Información | ||
Derechos | Equipo Nizkor
|
16jun16
Informe de aplicación de la resolución 2270 (2016) del Consejo de Seguridad sobre Corea del Norte proporcionado por el Reino Unido
Naciones Unidas
Consejo de SeguridadS/AC.49/2016/6
Distr. general
16 de junio de 2016
Español
Original: inglésComité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la resolución 1718 (2006)
Nota verbal de fecha 31 de mayo de 2016 dirigida al Presidente del Comité por la Misión Permanente del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte ante las Naciones Unidas
La Misión Permanente del Reino Unido ante las Naciones Unidas desea presentar al Comité y al Grupo de Expertos el informe adjunto de 90 días sobre la aplicación de la resolución 2270 (2016) del Consejo de Seguridad (véase el anexo).
El informe se presenta con arreglo al párrafo 40 de la resolución 2270 (2016) y versa sobre las medidas adoptadas por el Gobierno del Reino Unido para aplicar lo dispuesto en los párrafos 6 a 15, 17 a 23 y 27 a 39 de la resolución.
El Reino Unido se toma sumamente en serio sus responsabilidades en virtud de las resoluciones del Consejo de Seguridad relativas a la República Popular Democrática de Corea y vigila de cerca cualquier actividad, a fin de asegurar el pleno cumplimiento de las sanciones de las Naciones Unidas.
Anexo de la nota verbal de fecha 31 de mayo de 2016 dirigida al Presidente del Comité por la Misión Permanente del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte ante las Naciones Unidas
Resolución 2270 (2016) del Consejo de Seguridad
Informe de aplicación del Reino Unido
Introducción
1. La Misión Permanente del Reino Unido ante las Naciones Unidas saluda atentamente al Presidente del Comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la resolución 1718 (2006)y tiene el honor de adjuntar el informe preparado con arreglo al párrafo 40 de la resolución 2270 (2016) sobre las medidas adoptadas por el Gobierno del Reino Unido para aplicar lo dispuesto en sus párrafos 6 a 15, 17 a 23 y 27 a 39.
Antecedentes jurídicos
2. Las resoluciones del Consejo de Seguridad se incorporan en el derecho interno de los Estados miembros de la Unión Europea mediante decisiones y reglamentos del Consejo de la Unión Europea, que tienen efectos jurídicos directos en cada Estado miembro. Además, el Consejo de la Unión Europea está facultado para implantar medidas restrictivas autónomas, como la designación de personas que no hayan sido incluidas en la lista a nivel de las Naciones Unidas. Estas medidas tienen efecto únicamente en los territorios de los Estados miembros de la Unión Europea.
3. El Consejo de Seguridad, en su resolución 2270 (2016), impuso nuevas medidas y amplió el alcance de varias ya existentes. Los días 4 y 31 de marzo de 2016, el Consejo de la Unión Europea adoptó sus decisiones 2016/319/PESC y 2016/476/PESC, respectivamente, por las que se modificó la decisión 2013/183/PESC, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea, haciendo así efectiva la resolución 2270 (2016) del Consejo de Seguridad. El 27 de mayo de 2016, el Consejo de la Unión Europea adoptó la decisión 2016/849/PESC, que a) consolidó las disposiciones de todas las decisiones anteriores del Consejo sobre la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea y b) impuso nuevas medidas autónomas de la Unión Europea.
4. Las medidas relativas a aquellos elementos de las decisiones citadas que entran dentro de la competencia de la Unión Europea en virtud del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea fueron incorporadas por el Consejo de la Unión Europea en su reglamento (CE) núm. 329/2007, de 27 de marzo de 2007. Este reglamento ha sufrido modificaciones, las más recientes mediante los reglamentos (CE) núm. 2016/682, de 29 de abril de 2016, y (UE) 2016/841, de 27 de mayo de 2016. Con las medidas restrictivas de la Unión Europea se aplican las resoluciones del Consejo de Seguridad 1718 (2006), 1874 (2009), 2087 (2013), 2094 (2013) y 2270 (2016). La Unión Europea también ha implantado otras medidas autónomas.
5. El Reino Unido establece su propia legislación para aplicar sanciones relativas a los delitos nacionales en el Reino Unido y en sus territorios de ultramar. También prepara su propia legislación nacional para el control de las exportaciones de armas.
6. Los delitos relacionados con el incumplimiento de las sanciones financieras se incorporan en la legislación mediante los siguientes reglamentos sobre sanciones financieras elaborados por el Ministerio de Economía y Hacienda del Reino Unido: el Decreto núm. 1749 de 2009 relativo a Corea del Norte (Sanciones de las Naciones Unidas) y el Reglamento núm. 1877 de 2013 relativo a la República Popular Democrática de Corea (Sanciones Financieras de la Unión Europea).
7. El Ministerio de Empresas, Innovación y Cualificaciones se encarga de aplicar los controles generales vigentes a nivel nacional y de la Unión Europea sobre la exportación y el comercio de armas y otros bienes controlados por razones estratégicas. Esos controles están consignados en diversos instrumentos jurídicos nacionales y de la Unión Europea, en particular el Decreto núm. 3231 de 2008 relativo al Control de las Exportaciones (en su forma enmendada) y el Reglamento
(CE) núm. 428/2009 del Consejo.
8. El Reino Unido tiene la responsabilidad de aplicar las resoluciones del Consejo de Seguridad en aquellos de sus territorios de ultramar que queden fuera de la jurisdicción de la Unión Europea. El Ministerio de Relaciones Exteriores y Asuntos del Commonwealth está en proceso de aplicar la resolución 2270 (2016) del Consejo de Seguridad. Anteriormente aplicó otras resoluciones mediante la siguiente legislación relativa a los territorios de ultramar: el Decreto núm. 3066 de 2012 relativo a la República Popular Democrática de Corea (Sanciones) (Territorios de Ultramar), el Decreto núm. 1718 de 2013 relativo a la República Popular Democrática de Corea (Sanciones) (Territorios de Ultramar) (Enmienda) y el Decreto núm. 2599 de 2013 relativo a la República Popular Democrática de Corea (Sanciones) (Territorios de Ultramar) (Enmienda) (núm. 2). Esta legislación se aplica a todos los territorios de ultramar, con la excepción de las Bermudas, que establecen su propia legislación, y de Gibraltar, donde se aplican los reglamentos de la Unión Europea.
9. El presente informe describe en detalle la incorporación de la resolución 2270 (2016) del Consejo de Seguridad en la legislación nacional del Reino Unido y la legislación de la Unión Europea. Estas medidas también se están aplicando en los territorios de ultramar.
Bienes, artículos y asistencia técnica sujetos a embargo
10. Con respecto a los párrafos 6 a 9, 27 a 31 y 39 de la resolución 2270 (2016) del Consejo de Seguridad, el reglamento (CE) núm. 428/2009 del Consejo de la Unión Europea, de 5 de mayo de 2009, otorga a los Estados miembros facultades para impedir la exportación o el tránsito de cualquier producto que pueda utilizarse en relación con un programa de armas de destrucción en masa hacia cualquier destino, o para uso final militar hacia un destino sometido a un embargo de armas impuesto por una resolución vinculante del Consejo de Seguridad, una decisión o posición común del Consejo de la Unión Europea o una decisión de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa. Además, faculta a los Estados Miembros para impedir el corretaje de cualquier artículo que pudiera utilizarse en relación con un programa de armas de destrucción en masa hacia cualquier destino, o de cualquier artículo de uso doble enumerado en el anexo I (del reglamento) para uso final militar hacia uno de los destinos sujetos a embargo de armas antes mencionados. Este reglamento es vinculante en su totalidad y directamente aplicable en todos los Estados miembros. En el Decreto sobre el Control de las Exportaciones de 2008 figuran medidas y disposiciones complementarias para la aplicación de esos controles.
11. El Decreto sobre el Control de las Exportaciones de 2008 prohíbe la exportación de armas y demás equipos y tecnologías militares desde el Reino Unido hacia cualquier destino, a menos que la exportación haya sido autorizada por escrito mediante una licencia otorgada por el Secretario de Estado de Empresas, Innovación y Cualificaciones. Además, la República Popular Democrática de Corea es un "destino sujeto a embargo" a efectos de los controles del Reino Unido sobre el corretaje respecto de bienes militares. Como resultado de ello, se prohíbe a toda persona del Reino Unido suministrar o entregar a la República Popular Democrática de Corea bienes militares procedentes de un tercer país, o consentir en suministrar o entregar, o llevar a cabo cualquier acto concebido para promover dicho suministro o entrega, independientemente del lugar del mundo donde se realice ese acto, a menos que dicho acto esté autorizado por escrito mediante una licencia otorgada por el Secretario de Estado.
12. Todas las solicitudes de licencias para la exportación o el corretaje de bienes controlados, o para la prestación de servicios conexos, se evalúan caso por caso teniendo en cuenta los criterios unificados nacionales y de la Unión Europea para la concesión de licencias de exportación de armas de 25 de marzo de 2014. No se concederá ninguna licencia si con ello se incumple cualquiera de los criterios. En particular, el criterio 1 se refiere a las obligaciones y los compromisos internacionales del Reino Unido en la esfera del control de armas y la no proliferación y el criterio 7 se refiere al riesgo de desviación a programas de armas de destrucción en masa que son motivo de preocupación.
13. En el reglamento (CE) núm. 329/2007 del Consejo de la Unión Europea, en su forma enmendada, se prohíbe lo siguiente: a) vender, suministrar, transferir o exportar bienes, materiales, equipos y tecnologías que pudieran contribuir a los programas de la República Popular Democrática de Corea relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción en masa; b) comprar, importar o transportar dichos artículos provenientes de la República Popular Democrática de Corea; c) facilitar asistencia técnica, financiación y ayuda financiera relacionadas con las armas, etc. y con los bienes, etc. que pudieran contribuir a los programas de la República Popular Democrática de Corea relacionados con armas de destrucción en masa; y d) obtener ese tipo de servicios de la República Popular Democrática de Corea. Estas prohibiciones se aplican directamente a todas las actividades realizadas en la Unión Europea y a los nacionales de los Estados miembros en cualquier lugar del mundo.
14. Las prohibiciones aplicables a la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de artículos de lujo a la República Popular Democrática de Corea figuran en el artículo 4 del reglamento (CE) núm. 329/2007 del Consejo de la Unión Europea. La lista de los artículos de lujo a los que se aplican las prohibiciones figura en el anexo III de dicho reglamento. La inobservancia de tales prohibiciones constituye delito según la Ley de Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de 1979 y el Decreto núm. 3182 de 2013 sobre el Control de las Exportaciones (Sanciones Impuestas a la República Popular Democrática de Corea y Côte d'Ivoire y Enmienda relativa a la República Árabe Siria). En ambos casos, los delitos se castigan con una pena máxima de diez años de prisión y una multa ilimitada.
15. La exportación y la importación de bienes controlados sin la correspondiente licencia constituyen delito en virtud de la Ley de Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de 1979; el corretaje de bienes militares sin licencia constituye delito según el Decreto sobre el Control de las Exportaciones de 2008. Ambos delitos se castigan con una pena máxima de diez años de prisión y una multa ilimitada. El incumplimiento de cualquiera de las otras prohibiciones mencionadas anteriormente constituye delito con arreglo al Decreto de 2013 sobre el Control de las Exportaciones (Sanciones Impuestas a la República Popular Democrática de Corea y Cote d'Ivoire y Enmienda relativa a la República Árabe Siria), que pronto será modificado para que el incumplimiento de cualquiera de las otras prohibiciones mencionadas anteriormente constituya un delito castigado con una pena máxima de entre dos y diez años de prisión, según el delito, y una multa ilimitada.
16. El Ministerio de Empresas, Innovación y Cualificaciones brinda a los exportadores, comerciantes e intermediarios información amplia sobre las sanciones y los controles de las exportaciones mediante sus páginas web, notificaciones para los exportadores y un programa de seminarios y cursos de capacitación; también trabaja en estrecha colaboración con órganos de promoción del comercio y asociaciones comerciales pertinentes. Asimismo, el Ministerio ofrece diversos servicios de asesoramiento para las empresas y los particulares que deseen determinar si sus actividades están sujetas a alguna prohibición o restricción.
17. La Dirección de Aduanas y Rentas Públicas del Reino Unido es el departamento encargado de aplicar los controles y de investigar las infracciones posibles o reales. La Fiscalía del Estado enjuicia a quienes infringen los controles.
Aduanas
18. Con respecto al párrafo 18 de la resolución 2270 (2016)del Consejo de Seguridad, la Dirección de Aduanas y Rentas Públicas del Reino Unido sigue haciendo cumplir las prohibiciones pertinentes sobre la exportación de armas, materiales conexos y otros bienes prohibidos en virtud del reglamento (CE) núm. 329/2007 del Consejo de la Unión Europea, en su forma enmendada, a la República Popular Democrática de Corea, especificadas en la resolución 2270 (2016)del Consejo de Seguridad, así como el sistema estratégico de licencias de exportación del Reino Unido. La Dirección de Aduanas y Rentas Públicas del Reino Unido ha puesto en marcha medidas para descubrir e interceptar cargamentos en tránsito por el Reino Unido con origen y destino en la República Popular Democrática de Corea.
19. La Dirección de Aduanas y Rentas Públicas del Reino Unido está alerta ante el riesgo de que se exporten bienes prohibidos a destinos conocidos por el desvío de bienes, y mantiene controles que pueden interceptar los bienes que pudieran desviarse ilegalmente a la República Popular Democrática de Corea. Asimismo, hace cumplir la prohibición del tráfico y los controles del corretaje en relación con artículos militares cuyo origen o destino es la República Popular Democrática de Corea, en los casos en que la actividad comercial se lleva a cabo en el Reino Unido, o en cualquier parte del mundo si la realiza un nacional del Reino Unido.
Sector financiero y congelación de activos
20. Con relación a los párrafos 10, 12, 15, 23 y 32 a 38 de la resolución 2270 (2016) del Consejo de Seguridad, cuando se incluyen entidades en la lista del régimen de sanciones contra la República Popular Democrática de Corea, el Ministerio de Economía y Hacienda publica notificaciones dirigidas al sector financiero del Reino Unido en las que se indica que los activos de todas esas entidades deben congelarse y notificarse al Ministerio. El Ministerio de Economía y Hacienda del Reino Unido también ha fijado sanciones penales para quien incumpla la congelación de activos, enunciadas en el Reglamento núm. 1877 de 2013 relativo a la República Popular Democrática de Corea (Sanciones Financieras de la Unión Europea), en su forma enmendada.
21. Existen sanciones penales para impedir que las instituciones crediticias o financieras con sede en el Reino Unido mantengan cuentas, oficinas o filiales en la República Popular Democrática de Corea cuando existan motivos razonables para creer que estas podrían contribuir a los programas nucleares, de armas de destrucción en masa o de misiles balísticos de la República Popular Democrática de Corea.
22. Después de cada reunión plenaria del Grupo de Acción Financiera en que se mantenga a la República Popular Democrática de Corea en la lista de jurisdicciones que presentan deficiencias estratégicas en sus regímenes de lucha contra el blanqueo de dinero y contra la financiación del terrorismo, el Ministerio de Economía y Hacienda publica una notificación en que recomienda a las entidades reguladas que consideren a la República Popular Democrática de Corea como país de alto riesgo a los efectos del Reglamento núm. 2157 de 2007 relativo al Blanqueo de Dinero. Recomienda a las empresas aplicar medidas reforzadas de diligencia debida de conformidad con los riesgos que se indican. Esta recomendación implica, entre otras cosas, aplicar medidas reforzadas de diligencia debida con respecto al cliente e intensificar la vigilancia permanente en función del riesgo. La notificación más reciente se publicó en febrero de 2016. Las sospechas sobre blanqueo de dinero, financiación del terrorismo o financiación de la proliferación deben comunicarse a la Unidad de Inteligencia Financiera del Reino Unido del Organismo Nacional de Lucha contra la Delincuencia.
Restricciones de viaje
23. Con relación a los párrafos 11 y 14 de la resolución 2270 (2016) del Consejo de Seguridad, el Reino Unido aplica las sanciones de las Naciones Unidas y de la Unión Europea relativas a la prohibición de viajar incorporando las resoluciones del Consejo de Seguridad y las decisiones o las posiciones comunes del Consejo de la Unión Europea en el Decreto de 2000 relativo a la Inmigración (Designación de Prohibiciones de Viajar) (Decreto de 2000). En los artículos 8B 1) y 2) de la Ley de Inmigración de 1971 (versión enmendada), se dispone que a toda persona que esté sujeta a un instrumento de la Unión Europea o de las Naciones Unidas que haya sido designado se le denegará el permiso para entrar o permanecer en el Reino Unido y si ya lo tuviera le será revocado.
24. Todas las personas sujetas a la prohibición de viajar que figuran en listas de las Naciones Unidas o de la Unión Europea están incluidas en las listas de control del Reino Unido y normalmente se les deniega la entrada o el tránsito por el Reino Unido. Con sujeción a las obligaciones internacionales, si una persona incluida en la lista ya se encuentra en el Reino Unido, se estudiará la posibilidad de revocar cualquier permiso que se le haya concedido y enviarla a su país de origen.
25. Si aún no se hubiera designado una prohibición de viajar de las Naciones Unidas con arreglo al Decreto de 2000, podrán invocarse otras disposiciones legislativas para denegar la entrada o el tránsito por el Reino Unido a una persona incluida en la lista, sobre la base de que su exclusión del Reino Unido redundaría en beneficio público.
Enseñanza o formación especializadas
26. Con respecto al párrafo 17 de la resolución 2270 (2016) del Consejo de Seguridad, cuando una persona solicite la entrada en el Reino Unido con el fin concreto de estudiar una disciplina que suscite preocupación desde el punto de vista de la proliferación, se denegará la solicitud de visado con arreglo a la parte 6A de las Normas de Inmigración del Reino Unido si esa persona necesita un certificado de autorización válido en el marco del Plan de Aprobación de Tecnología Académica pero carece de él. El Gobierno del Reino Unido está facultado para ordenar a una universidad que excluya a un estudiante internacional de un programa de estudios comprendido en el Plan de Aprobación de Tecnología Académica si previamente no ha logrado obtener autorización con arreglo al Plan.
27. El Plan de Aprobación de Tecnología Académica es una iniciativa del Gobierno británico, dirigida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Asuntos del Commonwealth, que impide la transferencia intangible de tecnología y el acceso de posibles estudiantes internacionales de posgrado a programas de estudio y módulos impartidos por instituciones de enseñanza superior del Reino Unido que podrían proporcionarles conocimientos o destrezas relativos a la proliferación y los sistemas vectores de las armas de destrucción en masa, incluidos los misiles balísticos.
28. Una persona que no sea ciudadana de un país del Espacio Económico Europeo ni de Suiza necesitará un certificado de autorización del Plan de Aprobación de Tecnología Académica cuando solicite permiso para realizar uno de los siguientes:
a) Estudios de posgrado conducentes a un doctorado o a una maestría de investigación en una de las disciplinas que se enumeran en el párrafo 1 del apéndice 6 de las Normas de Inmigración;
b) Estudios de posgrado conducentes a una maestría de tipo académico u otra titulación de posgrado en una de las disciplinas que se enumeran en el párrafo 2 del apéndice 6 de las Normas de Inmigración;
c) Un período de estudio o investigación de más de seis meses sobre una de las disciplinas que se enumeran en los párrafos 1 o 2 del apéndice 6 de las Normas de Inmigración en una institución de enseñanza superior cuando dicho período forme parte de una titulación extranjera de posgrado.
29. Quienes se encuentren en el Reino Unido con permiso de estudiante deberán solicitar un nuevo certificado del Plan de Aprobación de Tecnología Académica si cambian de programa de estudios a uno que necesite el certificado, si cambia el contenido del programa que cursan o si solicitan el traslado a otra institución o necesitan prorrogar la autorización para seguir cursando ese programa.
30. Si un migrante solicita permiso para entrar o permanecer en el Reino Unido pero no como estudiante, la autorización que se conceda podrá excluir cualquier estudio en las esferas arriba citadas a menos que se haya obtenido previamente un certificado de autorización del Plan de Aprobación de Tecnología Académica.
Transporte
31. Con respecto a las medidas relativas a las restricciones marítimas a que se hace referencia en los párrafos 19, 20 y 22 de la resolución 2270 (2016) del Consejo de Seguridad, el Reino Unido considera que es probable que estas medidas tengan un efecto escaso, incluso nulo, en los buques y en los servicios y trabajadores marítimos del Reino Unido. No se considera necesario contar con disposiciones ni controles suplementarios para la aplicación de dichas restricciones, que será realizada por el Organismo Marítimo y de Guardacostas.
32. Con respecto a los párrafos 19 y 21 de la resolución 2270 (2016) del Consejo de Seguridad, no existen servicios aéreos regulares entre el Reino Unido y la República Popular Democrática de Corea. El Reino Unido no tiene conocimiento de ningún caso en que una aeronave de la que se creyera que transportaba bienes sujetos a embargo hubiera solicitado permiso para despegar del Reino Unido, aterrizar en él o sobrevolarlo.
33. Toda aeronave no perteneciente a la Unión Europea que realice vuelos comerciales hacia o desde el Reino Unido requiere para ello el permiso expreso del Secretario de Estado de Transporte, que puede revocar, suspender o modificar los permisos según sea necesario. Del mismo modo, si una aeronave con matrícula de la Unión Europea vuela hacia o desde el Reino Unido y posteriormente viaja a un lugar fuera de la Unión Europea, también requiere dicho permiso. El requisito de contar con el permiso del Secretario de Estado de Transporte serviría para asegurar que nuestra obligación de aplicar la resolución 2270 (2016) del Consejo de Seguridad se cumple efectivamente.
Aspectos diplomáticos
34. En relación con el párrafo 13 de la resolución 2270 (2016) del Consejo de Seguridad, al ser uno de los principales Estados miembros de la Unión Europea y miembro permanente del Consejo de Seguridad, el Reino Unido tiene un interés directo en promover la seguridad internacional y la seguridad de la península de Corea. Por lo tanto, el Reino Unido desea que la República Popular Democrática de Corea cumpla sus obligaciones internacionales como Estado Miembro de las Naciones Unidas, colabore con la comunidad internacional y adopte medidas constructivas encaminadas a la desnuclearización.
35. El Reino Unido mantiene contactos con las autoridades de la República Popular Democrática de Corea, incluidos los diplomáticos, para velar por que se entiendan claramente nuestras opiniones sobre esas cuestiones y las de nuestros asociados internacionales. El Reino Unido aprovecha todas las oportunidades para instar al Gobierno de la República Popular Democrática de Corea, incluido el personal diplomático, a que se abstenga de cometer nuevos actos de provocación y vuelva a colaborar con la comunidad internacional, en particular respecto de sus programas nucleares, de misiles balísticos y de otras armas de destrucción en masa.
36. El Reino Unido cumple plenamente sus obligaciones en virtud de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas. A cambio de ello, espera que todas las personas que gozan de privilegios e inmunidades diplomáticas cumplan lo dispuesto en el artículo 41 de la Convención, que establece que todas las personas que gocen de privilegios e inmunidades deberán respetar las leyes y reglamentos del Estado receptor. El Reino Unido adopta medidas firmes contra todo abuso de los privilegios o inmunidades por parte de las misiones diplomáticas, y todas las misiones en el Reino Unido pueden consultar nuestra guía de asuntos de protocolo.
This document has been published on 17Aug16 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes. |