EQUIPO NIZKOR |
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02oct03
Se denuncia amenazas de muerte contra una menor, hija de una defensora de derechos humanos.
Abogado
ROY EDMUNDO MEDINA
Fiscal General de la República
Su DespachoRespetable Señor Fiscal Medina:
Yo, Bertha Oliva Guifarro, mayor de edad, hondureña, defensora de derechos humanos, vecina de la Colonia Residencial Centro América, de Comayagüela, MDC.; en mi condición de Coordinadora General del Comité de Familiares de Detenidos-Desaparecidos en Honduras (COFADEH), con oficinas en la Avenida Cervantes, Barrio La Plazuela, Casa No.1301 de Tegucigalpa; con todo respeto comparezco ante usted como representante del Ministerio Público para presentar formal denuncia de amenazas de muerte en contra de mi menor hija BERTHA MARCELA PALACIOS OLIVA, por persona desconocida, de conformidad con los hechos y fundamentos de derecho siguientes:
PRIMERO: Resulta que el día viernes 26 de septiembre del presente año, a eso de las 5:00 p.m., estando laborando en mi oficina, recibí dos llamadas continuas a mi celular No.990-56-15 y al contestarlas solamente escuchaba una música de fondo, luego colgaban. Inmediatamente recibí una tercera llamada al celular, la cual al contestarla se me preguntó por “Julio”, contestando que era teléfono equivocado. La voz de una mujer.
SEGUNDO: Al colgar mi celular, sonó mi teléfono privado No.220-71-47 y al contestarlo una voz de hombre joven me preguntó: “Doña Bertha”. Si le contesté. “¿Quién habla?, volvió a preguntarme. ¿Usted es doña Bertha?”. Al confirmarle que si, acto seguido me dijo: “Doña Bertha, hoy le matamos su hija”, riéndose sarcásticamente: JA, JA, JA….y colgó.
TERCERO: Ante tal amenaza, inmediatamente me trasladé al centro educativo donde cursa sus estudios mi hija Bertha Marcela Palacios Oliva, temiendo por su vida y su seguridad.
CUARTO: Considero Señor Fiscal General, que la anterior amenaza es parte de toda una estrategia de disuasión, amedrantamiento y descrédito que diversos sectores y personas, aún desde el Estado mismo, se encuentran sumamente molestos por el Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto el 22 de septiembre del 2003, ante la Honorable Corte de Justicia, a efecto de que se analice y resuelva de conformidad con la Carta Fundamental, si el Decreto-Ley 117-2003 contentivo de la reforma del Artículo 332 del Código Penal sobre la figura delictiva de Asociación Ilícita, es inconstitucional o no, por considerar que el mismo violenta principios, derechos y garantías de todos(as) los hondureños(as).
QUINTO: Desde el momento que presenté dicho recurso, varias personas a través de los medios de comunicación especialmente hablados, han manifestado que a mi persona deberían matarla, otros que el gobierno debe expulsarme del país, por qué no me han matado un familiar, así como hechos calumniosos en contra de mis hijos, etc.
FUNDAMENTO DE DERECHO.
Fundamento la presente acción en los artículos 59, 60, 68 de la Constitución de la República, 207 del Código Penal vigente, 16, numeral 2, 17, numeral 2, 26, numeral 2, 54, 58, 61, 92, 93, 264, 265, 267, 268, 270, 272, y 273 del Código Procesal Penal y demás aplicables de la Ley del Ministerio Público y de la Declaración Internacional de Defensores de Derechos Humanos de la ONU.
PETICION:
Al Señor Fiscal General pido: Admitir la presente denuncia, fundada en la resolución emitida por la Organización de los Estados Americanos el 07 de junio de 1999 y especialmente su artículo 3, deplora los actos que impidan u obstaculicen directa o indirectamente el trabajo de los defensores de los derechos humanos tanto en el ámbito nacional como regional, e insta a los Estados a tomar las medidas necesarias para garantizar la vida, la libertad y la integridad de los defensores. Por tanto solicito proceder de conformidad con la Ley.
Tegucigalpa, MDC., 02 de octubre del 2003.
Bertha Oliva de Nativi, Coordinadora General
Comité de Familiares de Detenidos-Desaparecidos en Honduras (COFADEH)
Este documento ha sido publicado el 03oct03 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights