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05oct21
El TC tumba dividido el cierre del Congreso en el primer estado de alarma
El Tribunal Constitucional se ha vuelto a mostrar dividido para declarar inconstitucional el cierre del Congreso de los Diputados durante el primer estado de alarma. La votación ha vuelto a ser muy reñida, por seis votos a favor y cuatro en contra, según confirman fuentes del tribunal.
En el pleno celebrado hoy ha salido adelante el borrador de sentencia presentado por el magistrado Antonio Narváez, que estima parte del recurso presentado por Vox contra los acuerdos de la Mesa del Congreso del pasado 19 de marzo y 21 de abril de 2020 por los que se suspendió el plazo de presentación de iniciativas parlamentarias.
Según la resolución del tribunal, se declara que ha sido vulnerado el derecho fundamental de participación política de Vox. Así, se acuerda restablecerles en su derecho y, a tal fin, declarar la nulidad del primero de los acuerdos de la Mesa del Congreso de los Diputados de 19 de marzo de 2020.
Este acuerdo fijaba suspender desde ese día el cómputo de los plazos reglamentarios que afectan a las iniciativas que se encuentren en tramitación en la Cámara hasta que la Mesa levante la suspensión.
Asimismo, el Tribunal Constitucional declara la nulidad del acuerdo de la Mesa del 21 de abril de 2020, que desestimó la solicitud de reconsideración presentada por el Grupo Parlamentario de Vox en el Congreso de los Diputados contra el anterior.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio Narváez, considera que la declaración del estado de alarma, como la de cualquiera de los otros dos estados, "no puede en ningún caso interrumpir el funcionamiento de ninguno de los poderes constitucionales del Estado y, de modo particular, el Congreso de los Diputados".
En consecuencia, la decisión de la Mesa hizo cesar temporalmente la tramitación de iniciativas parlamentarias de los recurrentes, lesionando su derecho de participación política. La sentencia cuenta con los votos particulares de los magistrados Juan Antonio Xiol, Cándido Conde-Pumpido, María Luisa Balaguer y el presidente Juan José González Rivas.
Tras conocerse el fallo, la presidencia del Congreso emitió un comunicado en el que tras manifestar el “absoluto respeto y acatamiento de la sentencia” recordó que el acuerdo anulado se adoptó, junto con otras medidas, como la ampliación del voto telemático y del horario y las posibilidades de registro por correo electrónico, "precisamente con el propósito de hacer posible la continuidad de la actividad parlamentaria y el cumplimiento de las instrucciones de las autoridades sanitarias en una situación de pandemia".
Asimismo la presidencia de la Cámara, ejercida por Meritxell Batet, señaló que el acuerdo tuvo lugar "una semana después de haberse producido la suspensión de una sesión plenaria del Congreso a petición precisamente de Vox", el grupo recurrente, que había comunicado su decisión de cumplir una cuarentena por el positivo de uno de sus miembros, y unos días después de que "otros órganos constitucionales, entre ellos el propio Tribunal Constitucional, tomaran decisiones similares".
Además manifiesta que dicho acuerdo tuvo una “duración limitada en el tiempo”, acordando la Mesa el día 7 de abril de 2020 su finalización con efectos del día 13 de abril, por lo que solo tuvo eficacia durante dieciocho días hábiles y circunscrita en el ámbito parlamentario a los plazos aplicables a la presentación de enmiendas a las iniciativas legislativas y al cómputo de los relativos a las iniciativas de control escrito.
En el texto, la presidenta reitera que la finalidad de esas decisiones fue “mantener las funciones constitucionales del Congreso”, que a diferencia de otras Cámaras legislativas, siguió reuniéndose “sin que se produjera la interrupción de su funcionamiento ni, en concreto, la suspensión de ninguna otra sesión plenaria”. Por el contrario, recuerda, el Congreso siguió reuniéndose en sesiones plenarias, en dos ocasiones en el mes de marzo con sendas comparecencias del presidente del Gobierno, en cuatro sesiones plenarias en cada uno de los meses de abril y Presidencia del Congreso de los Diputados mayo, en nueve sesiones en junio y en seis en el mes de julio.
En definitiva, la Cámara continuó tramitando todas las iniciativas parlamentarias, con especial atención a las relacionadas con la declaración y prórroga del estado de alarma, las comparecencias del Gobierno y la convalidación de Reales Decretos-leyes, así como el mantenimiento del control parlamentario, que nunca fue suspendido, respondiéndose en ese período de dieciocho días hábiles a más de mil preguntas de los diputados, insiste el texto.
[Fuente: Por Carlota Guindal, La Vanguardia, Barcelona, 05oct21]
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