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21feb15
Las sombras del 'caso Monedero'
A pesar de la rueda de prensa de ayer, las explicaciones de Juan Carlos Monedero siguen lejos de despejar las principales incógnitas sobre su caso, en especial en lo que se refiere a posibles irregularidades con Hacienda y la Complutense.
Ningún documento oficial sobre el informe ni el contrato y un cambio de versión sobre el trabajo
El número tres de Podemos no sólo no presentó ayer un solo documento oficial que acreditase la existencia de los trabajos de asesoría para varios países latinoamericanos encabezados por Venezuela, sino que cambió de versión respecto a lo que había sostenido días atrás. Monedero aseguró que el contrato "se hace", es decir, se firma con su empresa Caja de Resistencia Motiva2. Esto descartaría, según esta tesis, que lo rubricara como un asesor particular, que le habría obligado a tributar por IRPF. Sin embargo, hasta ahora la versión oficial, que él mismo había dado a la prensa, defendía que los trabajos se habían realizado "tres años atrás", en 2010, y que cuando se le pagó en octubre de 2013 se había hecho con retraso. Resulta que la sociedad no existía en 2010, porque se creó días antes de facturar los 425.000 euros en octubre de 2013.
Según esta nueva versión, si se firmó el contrato con Caja de Resistencia sólo puede ser a partir de octubre de 2013 y, por tanto, se le pagó en hora, incluso por adelantado, ya que en la factura presentada ayer -y emitida por la propia sociedad de Monedero- se subraya que el "proyecto dura hasta finales de 2014". Respecto a la alta cantidad recibida, fuera de mercado según la mayoría de especialistas, dijo que le parecía "satisfactoria" y que "tenía que ver con las necesidades para poner en marcha un proyecto comunicativo amplio", en alusión a su interés por destinar el dinero a La Tuerka.
Un ejercicio de fiscalidad ficción contra la sospecha de fraude
Monedero pretendió respaldar sus prácticas fiscales con el aval de unos expertos. Y, para ello, aportó el informe de un despacho (Life Abogados) para avalar que es lícito e incluso inocente el uso de su sociedad -Caja de Resistencia Motiva2- como mecanismo para tributar un trabajo realizado a título personal.
¿Y cómo ha conseguido que unos fiscalistas respalden una práctica combatida e inspeccionada en el resto de contribuyentes españoles? Pues por medio de un ejercicio de fiscalidad ficción.
El informe efectivamente es correcto técnicamente; pero no desde un punto de vista práctico, básicamente porque no responde al caso Monedero, sino a un supuesto inventado, como señala Ramón Álvarez de Mon, del despacho Fuster-Fabra.
El truco es simple. El supuesto que analizan los expertos parte de la sociedad real e ingresos reales de Monedero. Y, a partir de esa información, desarrolla una simulación del pago de impuestos que hubiese tenido que abonar en caso de haber tributado por IRPF y en el supuesto del pago como empresa (Impuesto de Sociedades, IS). Hasta ahí, todo perfecto. ¿Pero cómo consigue demostrar que no se ha ahorrado impuestos con la estructura societaria? Pues incluyendo un supuesto reparto de dividendos no documentado desde la sociedad hacia la cuenta personal de Monedero.
¿Resultado? Si el pago fiscal se hubiese realizado por IRPF hubiese ascendido a 164.470 euros; si por Sociedades, y con reparto de dividendo, se situaría en 167.877 euros.
Un buen truco, porque el repartir dividendos, a la fiscalidad personal (IRPF) por esos ingresos se hubiese sumado a la de la sociedad (IS). Salvo por un pequeño problema: ese reparto de dividendos no está acreditado. Y no lo está por la sencilla razón de que el truco del uso de sociedades instrumentales radica precisamente en no repartir dividendos (con lo que no se paga IRPF) y destinar los fondos a supuestos gastos, deducibles a su vez, con lo que aún se reduce más el pago fiscal. ¿Y cuál parece ser ese gasto? Pues el programa de La Tuerka. Todo perfecto: menos impuestos y el dinero acaba en un programa de televisión de promoción personal y de Podemos.
Una empresa organizadora de eventos que hace informes 'muy interesantes' de economía
Por otra parte, Monedero admitió que encargó por 70.000 euros un "análisis" económico de América Latina a una empresa nada más cobrar los 425.000 euros. En la propia documentado facilitada por Podemos se reconoce que esta empresa (Viu Europa SL) se dedica a "organización de convenciones y ferias de muestras", pero Monedero les presentó ayer como expertos en la materia, ya que hacen "análisis de la situación económica" latinoamericana desde hace "mucho tiempo" y resultan "muy interesantes".
Un 'informe interesado' y 'jurídicamente insostenible' sobre la Universidad
Los expertos consultados lo tienen claro: el profesor de Ciencia Política de la Complutense sólo podría haber realizado ese trabajo amparándose en el artículo 83 de la Ley de Universidades (Lomlou). Sin embargo, ello habría exigido cumplir tres requisitos que Monedero se saltó: pedir autorización a su rector, poner el contrato a nombre la Universidad y cederle a ésta hasta un 20% de los ingresos obtenidos, tal y como recogen los Estatutos de la UCM.
En cambio, Monedero dio ayer un giro de 360 grados. Así se podría definir el informe que presentó para defender la legalidad académica de los 425.000 euros que percibió. Principalmente porque, de los siete folios de que consta el documento, seis hacen un viaje por argumentos legales irrelevantes. Por ejemplo, cita el informe Universidad 2000, publicado aquel año por los rectores, pese a que sólo es un documento de reflexión y nunca tuvo valor jurídico. O la legislación relativa a la creación de empresas de base tecnológica desde la universidad, pese a que su empresa no encaja con ese perfil.
Sólo en la última página se defiende un argumento jurídico por el que, supuestamente, Monedero no habría vulnerado la ley; el mismo que Podemos esgrimió desde un principio: que el informe realizado por Monedero no supone "prestación de servicios" para una entidad externa a la universidad, sino "un trabajo de investigación", equiparable a las obras de "producción y creación literaria, artística y técnica" que recoge como excepciones el artículo 19 de la Ley de Incompatibilidades.
Y lo cierto es que esa tesis ya había sido desmontada por expertos en Derecho Administrativo y en legislación universitaria, que ayer insistían en su veredicto. "Una cosa es que la excluya de las posibles incompatibilidades de un profesor con dedicación exclusiva la publicación de libros y artículos o la participación en conferencias y seminarios, que forman parte de su ámbito creativo y hasta de su actividad académica", argumentaban esas fuentes, "y otra prestar servicios por cuenta ajena".
Discrepaban, así, del "informe interesado" y "jurídicamente insostenible» elaborado para Monedero por la abogada Carmen Perona Mata, que lo firma como "Colegiada 46120" pese a ser abogada jefe de la Federación de Enseñanza de CCOO.
[Fuente: Por Carlos Cuesta, Juanjo Becerra y Álvaro Carvajal, El Mundo, Madrid, 21feb15]
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