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22mar14


La Comisión Europea podrá liquidar bancos españoles aunque se oponga el BdE o el BCE


El nuevo mecanismo de liquidación de bancos que ha pactado la Unión Europea comenzará a operar a partir de otoño de este año 2014. Y tras ese momento, la liquidación o la reestructuración de los bancos sólo corresponderá al Banco de España si no es necesario inyectar dinero público, es decir, si los accionistas y acreedores españoles de la entidad pueden pagar el rescate de ese banco.

Desde el primer euro que requiera ayudas públicas, el regulador nacional perderá la capacidad de controlar si se liquida o si se reestructura un banco español y serán el Banco Central Europeo (BCE) o la Junta Única de Resolución de la Comisión Europea los que se encarguen de la solución en un plazo de 24 horas. Esa liquidación o reestructuración podrá salir adelante sólo con el apoyo de uno de los dos organismos, es decir, que la UE podrá cerrar entidades incluso si el Banco de España o el Banco Central Europeo se oponen.

Si una entidad entra en apuros -la Comisión Europea no ha establecido qué criterios objetivos justifican la intervención--el BCE o ese organismo de la Unión Europea podrá dictar cómo se liquida una entidad. La única prórroga que se concibe es de 8 horas para introducir modificaciones al plan dictado por esos organismos. El nuevo sistema establece tres escalones de decisión para liquidar una entidad:

Si se puede liquidar el banco sólo con quitas, es decir, con los depósitos de los ahorradores y con los fondos de los acreedores, será el Banco de España el que pueda liquidar una entidad. En cualquier caso, ese plan de reestructuración será supervisado por el BCE.

Si es necesario inyectar cualquier tipo de ayuda pública o de fondos públicos europeos, entonces la decisión de liquidar una entidad corresponderá al Banco Central Europeo o a la Junta Única de Resolución (JUR). El Banco Central Europeo podrá disparar el mecanismo de liquidación de los bancos con preferencia.

Transcurridos tres días, incluso si el BCE no ha aprobado la liquidación de un banco, la Junta Única de Resolución podrá hacerlo por su cuenta.

"Las decisiones se toman por consenso pero si no hay consenso, el mecanismo de la Comisión Europea podrá intervenir bancos", confirman fuentes del ministerio de Economía. Así, la Comisión Europea tendrá los mismos poderes para liquidar entidades que el regulador europeo, incluso aunque se opongan los bancos centrales.

Los criterios de por qué se interviene una entidad quedarán al arbitrio de los reguladores nacionales o internacionales. "No hay criterios objetivos que desencadenen una intervención", afirman fuentes del ministerio de Economía.

El Banco de España, menguado

Pese a que oficialmente, el Gobierno asegura que "el Banco de España colaborará estrechamente con el Banco Central Europeo para la ejecución de sus funciones de supervisión", lo cierto es que el Banco de España deja de ser responsable del control bancario salvo en el caso de las dos cajas de ahorro que siguen vivas en España.

"El Banco Central Europeo realizará una supervisión directa de las entidades 'significativas' mientras que las no significativas, la supervisión es indirecta a través de las autoridades de supervisión nacionales", afirma el Ejecutivo. En términos prácticos, eso significa que el Banco de España es el regulador directo de Caixa Ontinyent y Colonya, Caixa Pollença. Es más, incluso en el caso de que esas dos cajas incurran en apuros, el Banco de España no podrá tomar decisiones de liquidación o reestructuración sin el acuerdo del BCE.

El Ejecutivo asegura que este es un "elemento fundamental" dentro de la arquitectura de la UE y que "está teniendo ya efectos prácticos en España" porque sólo las expectativas de mercado han contribuido "a rebajar la prima de riesgo y el diferencial de la deuda española con la de los socios europeos".

[Fuente: Vozpópuli, Madrid, 22mar14]

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