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14jun13


Condenan a Díaz Ferrán a quince años de inhabilitación por la quiebra de Marsans


El empresario Gerardo Díaz Ferrán vive tiempos difíciles. Un juzgado mercantil le acaba de condenar a quince años de inhabilitación y a cubrir el déficit patrimonial que se ha quedado en la liquidación de Viajes Marsans, que se calcula en torno a unos 400 millones de euros.

La condena llega cuando el expresidente de la CEOE se encuentra en prisión por no poder hacer frente a los cinco millones de euros de fianza impuestos por la Audiencia Nacional, precisamente por vaciar patrimonialmente el grupo Marsans. A esto, se le añade un juicio fijado para el próximo mes de noviembre por un delito contra la Hacienda Pública relacionado con la compra de Aerolíneas Argentinas en 2001.

El expresidente de los empresarios también está imputado por el juez Epidio Silva Pachecho junto al expresidente de Caja Madrid, Miguel Blesa, por recibir un préstamo de 26,6 millones de euros a sabiendas de que no iba a poder devolverlo por la situación que atravesaba la compañía.

Situación patrimonial ficticia

Dicha situación queda ahora acreditada por el Juzgado número 12 de lo Mercantil, que hace responsable de Díaz Ferrán y a su socio, Gonzalo Pascual (ya fallecido), de la situación a la que llegó Viajes Marsans. A su juicio, los empresarios no solicitaron el concurso cuando la situación empezaba a fallar, sino que prefirieron demorarlo y ese retraso contribuyó a agravar la situación de la empresa. Las causas que alegaron para justificar la insolvencia, como la imposibilidad de emitir billetes o la pérdida de confianza de los clientes no son causas, al contrario, son consecuencias de la falta de liquidez por la manera de manejaron la situación, según el juez.

La sentencia sostiene que Diaz Ferrán simuló una situación patrimonial ficticia y optó por no desatender a las numerosas peticiones de devolución y reclamaciones de los consumidores. Así, recoge que los activos ficticios disfrazan un estado de Viajes Marsans que era de pérdidas en ejercicio 2008/2009 de 224.748.665 euros, dejando los fondos propios negativos en menos 121.748.665 euros. No menos importantes, apunta el juez, resultarían los dos millones de euros de saldos acreedores llevados a cuenta de gastos; o los casi nueve millones de euros que se ponen en cuenta de deudores facturas de proveedores pendientes de recibir.

En la sentencia, el juez muestra las evidencias de que los empresarios estaban haciendo una gestión inadecuada y llamativa. Por ejemplo, en un momento en que la compañía no funciona bien se encuentra salidas de caja en efectivo no justificadas por importe de 336.266,77 euros, o unos "pagos a presidencia" por importe de 1.181.782,32 euros.

No sólo eso, es significativo que Díaz Ferrán y Pascual de darse de alta como trabajadores de Viajes Marsans, fijándose un salario mensual de 20.555.21 euros, pero percibiendo un adelanto del montante anual total de 360.000 euros. Adelantos de los que, por el contrario, no se beneficiaron los trabajadores de la concursada.

Asimismo, se trata de una evidencia de la mala fe de actuación de Díaz Ferrán cuando en abril de 2010 se dio una orden de que los ingresos en efectivo procedentes de la venta de servicios dejaran de ingresarse en las cuentas de Viajes Marsans para ingresarse en una cuenta a nombre de Marsans Shopping.

Por otro lado, critica la intención de dejar aparte a Posibilitumm Bussiness, cuando precisamente esta empresa, presidida por Ángel de Cabo -también imputado en la investigación que se lleva a cabo en la Audiencia Nacional y actualmente en prisión-, compró todas las empresas de Díaz Ferrán.

"Ciertamente de Posibilitumm Bussiness, no son predicables todas las causas por la que el concurso ha sido declarado culpable, pero sí las que se ha razonado que revisten especial gravedad, tanto por su número, como por la incidencia en el daño causado a miles de perjudicados".

Por lo tanto, resulta adecuada a la gravedad

extrema de su conducta, según el juez, tanto por la concatenación de causas, como por los miles de afectados por la insolvencia, la extensión de la inhabilitación al plazo de 15 años.

[Fuente: Por C. Guindal, El Confidencial, Madrid, 14jun13]

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