Information | ||
Derechos | Equipo Nizkor
|
25may20
La juez cita como imputado al delegado del Gobierno en Madrid por permitir el 8M pese al coronavirus
La titular del Juzgado de Instrucción 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, ha citado a declarar el próximo 5 de junio en calidad de investigado al delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, por un presunto delito de prevaricación al haber permitido entre otras concentraciones masivas, la marcha feminista del 8 de marzo pese al avance de la epidemia de coronavirus.
La citación se publica el mismo día en el que el titular del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha destituido al coronel jefe de la Comandancia de la Guardia Civil en Madrid, Diego Pérez de los Cobos, por una pérdida de confianza que se habría producido precisamente en este contexto: No habría informado ni a sus superiores ni al propio ministro de que sus agentes están llevando esta investigación judicial sobre la presunta prevaricación de José Manuel Franco.
En una providencia notificada este lunes, Rodríguez-Medel convoca a Franco por videconferencia a las 9 de la mañana y llama asimismo en calidad de testigos para que comparezcan a continuación al secretario general de la Delegación del Gobierno, Fernando Talavera, al jefe de Gabinete del delegado Luis María Sanz y al director de la Unidad de Seguridad Ciudadana, José Luis Correas.
La causa se abrió a instancias de un particular que se querelló contra el delegado del Gobierno en Madrid, entre otros, por haber permitido las concentraciones multitudinarias en las dos primeras semanas del mes de marzo, antes de la declaración del estado de alarma, cuando ya constaba al menos un aviso del Centro europeo para la prevención y el control de enfermedades sobre el avance de la enfermedad.
Tras admitir a trámite la querella, la juez imputó inicialmente a Franco delitos de lesiones por imprudencia y prevaricación. No obstante, tras recibir un informe forense que no encontraba relación causa efecto entre acudir a una manifestación como la del 8M y contagiarse, decidió retirar la primera imputación y ahora investiga al delegado del Gobierno por la segunda.
En este contexto, además de citarle a declarar, ordena otra serie de diligencias y entre ellas, remitir la causa al forense que elaboró aquel informe por si «considera preciso» ampliar sus conclusiones.
Manifestaciones convocadas y canceladas
La juez requiere de nuevo al secretario General de la Delegación del Gobierno, al que ya pidió documentación en una primera ronda de diligencias, toda la relación de resoluciones de toma de conocimiento o prohibiciones de concentraciones/manifestaciones dictadas por esta institución entre el 5 y el 14 de marzo y así como copia íntegra de todos los expedientes, incluso de aquellos que estaban pendientes de dictado de resolución antes del estado de alarma.
También quiere la juez que la Delegación informe sobre las manifestaciones y concentraciones que acabaron siendo desconvocadas, «bien por propia iniciativa o a requerimiento de la Delegación del Gobierno» tal y como el secretario General informaba en un primer requerimiento. Ahora, le pide que concrete en qué fechas se produjeron esas cancelaciones y qué cauce siguieron.
Las resoluciones de Sanidad
No obstante, en su investigación sobre hasta qué punto era conocedora la Delegación del Gobierno de la propagación de la pandemia y las advertencias sobre el distanciamiento social al respecto, la juez se dirige asimismo al Ministerio de Sanidad para que su Secretaría General informe sobre la difusión que dio a un oficio del 3 de marzo con una «recomendación de medidas extraordinarias en relación con la situación provocada por el nuevo coronavirus Covid-19».
Le da de plazo hasta el 1 de junio para informar de la fecha en que este documento fue publicado y/o remitido a la delegación del Gobierno, si es que se hizo.
Mismos datos pide en relación al comunicado de la directora General de Salud Pública, Calidad e Innovación Pilar Aparicio Azcárraga, que versaba sobre la celebración de reuniones durante la epidemia de Covid-19 en fecha de 6 de marzo, y sobre «cualquier otro documento que con anterioridad al 14 de marzo y haciendo referencia a concentraciones multitudinarias o a la conveniencia de mantener la distancia social en el marco de esta crisis sanitaria« haya difundido este departamento.
Además, pregunta al ministerio que dirige Salvador Illa «si le consta que se haya celebrado con anterioridad al 14 de marzo de 2020 una Comisión Interministerial de coordinación de la Administración Periférica del Estado (art.78 Ley 40/2015) en la que se tratara la crisis sanitaria derivada del COVID-19«.
No obstante, la juez también se dirige a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid para que se informe del día en que fueron publicados en la página web oficial del Gobierno regional las medidas de prevención frente al coronavirus y hasta qué fecha fueron accesibles, así como acreditación documental de la fecha y el cauce por el que fueron comunicadas esas resoluciones con medidas a la Delegación del Gobierno en Madrid.
[Fuente: Por Isabel Vega, ABC, Madrid, 25may20]
This document has been published on 31May20 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes. |