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08may06


Hernando insta a las Cortes a iniciar los trámites para la renovación de los vocales del CGPJ.


El presidente del Consejo General del Poder Judicial, Francisco José Hernando, insta hoy el inicio de los trámites necesarios para la renovación de los vocales del Consejo, cuyo mandato vence dentro de seis meses, al remitir una comunicación en este sentido a los presidentes del Congreso y del Senado, Manuel Marín y Javier Rojo, respectivamente. Fuentes del CGPJ indican que la renovación del Consejo debe ser instada por su presidente, según establece el artículo 114 de la Ley Orgánica del Poder Judicial con seis meses de antelación a la expiración del mandato, por lo que la comunicación debería haberse realizado ayer, pero al ser domingo, lo hará esta jornada el secretario general del órgano de Gobierno de los jueces, Celso Rodríguez, quien se desplazará en persona a ambas Cámaras.

El oficio que Hernando envía a Marín y Rojo incluye una relación del escalafón de la carrera judicial y el censo de las asociaciones judiciales, ya que ésta será la primera vez en que todos los vocales del Consejo serán elegidos por el Parlamento, conforme se estableció en la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial de mayo de 2001, acordada en el Pacto de Estado para la Justicia.

La propia ley permitía que la siguiente renovación, con el objetivo de llevarla a cabo con la mayor urgencia, fuera realizada por el entonces presidente del CGPJ, Javier Delgado.

En esa ocasión los doce vocales de procedencia judicial (los otros ocho eran designados ya por el Congreso entre juristas de reconocido prestigio) fueron elegidos al cincuenta por ciento entre miembros de asociaciones judiciales y jueces independientes que contaban con el aval del 2 por ciento de la carrera.

El sistema de elección de los vocales utilizado por Delgado consistió en seleccionar a 36 personas (tres por cada plaza que se iba a cubrir), de los que la mitad fueran designados por las asociaciones judiciales, que se repartirían las 18 plazas que les correspondían en función de su número de afiliados, y el resto, entre jueces que contaran con el aval del dos por ciento de la carrera judicial.

Como los candidatos independientes con el aval exigido no fueron suficientes, al final las asociaciones designaron a 24 candidatos. Por el número de afiliados respectivo, la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) designó a catorce candidatos, mientras que Jueces para la Democracia y la asociación Francisco de Vitoria a cinco cada una.

En la actualidad hay una asociación más, el Foro Judicial Independiente, que podría también tener que elegir a sus candidatos en función de su representación en la carrera.

Ofrecimiento de auxilio

El pasado 22 de marzo, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó un informe en el que se ofreció a auxiliar al Congreso de los Diputados y al Senado para ordenar y encauzar la concurrencia de los candidatos de procedencia judicial a la renovación del órgano de gobierno de los jueces.

El informe, de 21 folios y del que fue ponente el vocal de la minoría progresista Luis Aguiar, pretende contribuir a que la renovación del órgano pueda desenvolverse con puntualidad y eficacia.

El mandato del actual CGPJ finaliza el 7 de noviembre, aunque es previsible que, como en la última renovación, el proceso se retrase unos meses por motivos técnicos. El documento indicaba que la propuesta de vocales de procedencia judicial es competencia de las Cortes Generales y el procedimiento es de naturaleza exclusiva e íntegramente parlamentaria.

Añade que la confección de la lista de aspirantes fue encomendada al presidente del CGPJ para la renovación de 2001 por razones coyunturales de urgencia, pero que los ulteriores procedimientos de renovación competen en exclusiva a las Cortes.

El informe consideraba aconsejable que el Reglamento del Congreso de los Diputados regulara la renovación del CGPJ, al menos en lo relativo a los 12 vocales de extracción judicial. No obstante, esta reforma urgente choca con los mecanismos de reforma del Reglamento parlamentario, por lo que insta a la Cámara Baja a la interpretación e integración de su contenido.

Por ello, el Consejo se ofrecía para auxiliar a las Cámaras, desde una perspectiva de leal colaboración de poderes, ordenando y encauzando con sus propios medios la concurrencia de los candidatos ante las mismas.

[Fuente: Estrella Digital, Madrid, Esp, 08may06]

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