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21jun23


El juez Llarena dicta una orden de detención nacional contra Ponsatí


El instructor del 'procés', Pablo Llarena, ha acordado este miércoles emitir orden nacional de detención contra la exconsejera Clara Ponsati tras constatar que no ha justificado su incomparecencia ante el juez el pasado 24 de abril.

El magistrado asegura que la eurodiputada, procesada solo por desobediencia tras la supresión del delito de sedición, «ha desatendido voluntaria e injustificadamente la citación judicial», por lo que acuerda su arresto para tomarle declaración, sin perjuicio de que esa detención se deje sin efecto si Ponsati comparece voluntaria y personalmente ante el instructor, como ocurrió con las otras dos procesadas por este delito, Meritxell Serrer y Anna Gabriel.

Ponsati fue citada personalmente para comparecer ante Llarena el pasado 24 de abril. No se presentó en el Tribunal Supremo y su defensa incorporó un escrito en el que justificó su incomparecencia con el argumento de que forma parte de dos comisiones del Parlamento europeo.

Llarena explica que la ley de enjuiciamiento criminal contempla la posibilidad de convertir en detención una orden de incomparecencia cuando el citado no justifique causa legítima que le impida presentarse ante el juez. En este caso, dice el magistrado, no puede admitirse la sugerencia de la defensa de que la procesada estuvo imposibilitada para atender el llamamiento judicial primero porque la citación era para la mañana del 24 de abril, mientras que las funciones parlamentarias a las que alude la defensa eran por la tarde, y «razonablemente compatibles» mediante la petición de videoconferencia o incluso «sirviéndose de los medios de comunicación existentes entre Bruselas y Madrid».

«La defensa tuvo un amplio margen para advertir a este instructor de las dificultades de la investigada para atender sus responsabilidades políticas y solicitar el reajuste en la citación que considerara preciso. Se eludió esta previsión y se optó por presentar un escrito exculpatorio que tampoco ha estado seguido de ninguna propuesta de atender el llamamiento judicial con posterioridad al 24 de abril», apunta el magistrado.

Para el juez, las funciones parlamentarias son solo una «excusa» para no atender al llamamiento del magistrado: la propia investigada, dice, ha expresado en diversas ocasiones que no tiene intención de atender a la citación judicial. «Así resulta también de que la encausada (que está personada en el procedimiento y es sabedora de que la instrucción de la causa se encuentra paralizada por su falta de declaración indagatoria), no sólo abandonara nuestro país inmediatamente después de su posible intervención en los hechos, sino que se opuso personalmente a que el Reino Unido la entregara a las autoridades judiciales españolas para responder por la responsabilidad que se ventila en este proceso».

Llarena también rechaza que se deba suspender el procedimiento judicial por la existencia de una demanda de amparo de las inmunidades parlamentarias ante el Parlamento Europeo.

[Fuente: Por Nati Villanueva, ABC, Madrid, 21jun23]

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