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22dic22


Los varapalos de la justicia europea al independentismo


Desde que Carles Puigdemont huyó a Bélgica para esquivar a la justicia española y el Tribunal Supremo dictó prisión provisional para los miembros de su gobierno que no le siguieron, el independentismo ha repetido como un mantra que la única justicia digna de llevar ese nombre es la europea. La estrategia de Puigdemont -asesorado por Jaume Asens y Gonzalo Boye- se demostró exitosa con las negativas de Bélgica a aceptar las euroórdenes contra el ex president, Toni Comin y Lluís Puig. También ante el tribunal alemán de Schlesweig-Holstein.

Sin embargo, lo cierto es que en los últimos cinco años los tribunales europeos han propinado más de un disgusto a los líderes del procés. El último, la inadmisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) al recurso de Oriol Junqueras contra la decisión del Parlamento Europeo de dejar vacante su escaño en 2019.

Aunque sin duda el peor revés para el independentismo ha sido hasta el momento la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH) contra el recurso de Carme Forcadell y otros 75 diputados de JxSí y la CUP por la suspensión del pleno del Parlament del 9 de octubre en el que se debían proclamar los resultados del referéndum del 1-O.

Estrasburgo falla a favor del Constitucional

El TEDH rechazó por unanimidad en marzo de 2919 la demanda contra la decisión del Tribunal Constitucional. Los jueces de Estrasburgo declararon «inadmisible» en todos sus puntos la demanda presentada por la expresidenta del Parlament.

El fallo aludía a defectos de forma, pero en su argumentación, en Tribunal de Estrasburgo dejaba claro que la suspensión del Pleno era «necesaria en una sociedad democrática» para el mantenimiento de la seguridad pública, la defensa del orden y la protección de los derechos y libertades de los demás.

Los magistrados europeos señalaron además que la decisión de la Mesa del Parlament de autorizar la sesión plenaria suponía un «irrespeto manifiesto de las decisiones del Tribunal Constitucional del 7 y 12 de septiembre de 2017», por lo que, con la suspensión del pleno, «el TC pretendía garantizar el respeto de sus propias decisiones, para preservar así el orden constitucional«.

El TEDH avala la prisión provisional

No ha sido el único revés de Forcadell ante el TEDH. Un mes después, el Tribunal de Estrasburgo rechazó también su demanda contra prisión provisional impuesta por el Tribunal Supremo a los líderes del procés durante la instrucción del caso.

La inadmisión fue dictada por un juez único, sin entrar en el fondo de la cuestión. El rechazó se atribuye al hecho de que Forcadell no había agotado la vía interna cuando recurrió al TEDH, puesto que el Constitucional no había resuelto su recurso contra el ingreso en prisión cuando formalizó la demanda en Estrasburgo.

Ratificación de la multa a la síndica

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la instancia en la que confían los líderes independentistas para ver revocada la sentencia del procés, tampoco avaló la demanda contra el Constitucional por las multas a los síndicos electorales del 1-O. Montserrat Aumatell, miembro de la sindicatura escogida la madrugada del 7 de septiembre por los partidos independentistas para velar por el rigor del referéndum del 1-O, recurrió en Estrasburgo la multa de 6.000 euros impuesta por el TC.

En una decisión inusualmente rápida, el TEDH inadmitió de plano la demanda de Montserrat Aumatell, que consideraba que la sanción y el proceso por el que le fue impuesta vulneraban el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

De acuerdo con el TEDH, el hecho de que la demandante no recibiera la notificación de la multa personalmente «no le impidió tener conocimiento de la misma o acatar» la decisión. Además, advirtió que la multa impuesta estaba «ordenada por ley» y que, además, «había sido notificada personalmente de las decisiones relativas a la suspensión del referéndum«. Por tanto, concluían los magistrados de Estrasburgo, «era consciente de que su conducta podía llevar a multas y un proceso penal».

Denuncia por las cargas policiales del 1-O

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos también archivó dos demandas contra España por la actuación de la policía durante el referéndum ilegal del 1-O de 2017 en Cataluña. Se trataba de las dos primeras demandas que han llegado al Tribunal de Estrasburgo, presentadas por dos particulares, vecinos de la comarca del Bages (Barcelona).

«A la vista de las pruebas aportadas, no parece que se haya producido una vulneración de los derechos y libertades» de la Convención Europea de Derechos Humanos, argumentó el tribunal para inadmitir la demanda.

Los demandantes denunciaron España por vulnerar su derecho a un juicio justo, al considerar que la Justicia española realizó una investigación «muy escasa» de las cargas. Consideraban además que la actuación policial, durante el 1-O, vulneró su derecho a reunión, a la libre expresión y a no ser sometido a un tratamiento inhumano o degradante.

Fracaso de Valtonyc, éxito de Junqueras

El rapero Josep Miquel Arenas, alias Valtònyc, tampoco tuvo éxito ante el Tribunal de Estrasburgo, que inadmitió su recurso contra la condena impuesta por la Audiencia Nacional. Valtònyc huyó a Bélgica, donde comparte refugio y equipo jurídico con Puigdemont, tras ser condenado a tres años y medio de prisión por los delitos de enaltecimiento del terrorismo, calumnias e injurias graves a la Corona y amenazas.

De hecho, la primera victoria de peso en la justicia europea fue la conseguida por Junqueras en 2019, cuando el Tribunal de Justicia de la Unión cambió la doctrina europea para considerar que era legalmente eurodiputado desde la proclamación de los resultados. El Tribunal Supremo no permitió a Junqueras, que se encontraba en prisión preventiva, acudir ante la Junta Electoral para jurar la Constitución y recoger su acta de diputado, lo que llevó al presidente del Parlamento Europeo, a declarar vacante su escaño.

El TJUE sentenció que el Supremo debió autorizarle porque desde el mismo momento de la proclamación como electo gozaba de inmunidad. Una decisión ineficaz para Junqueras, que en ese momento ya había sido condenado por el procés, pero que sirvió a Puigdemont, Comin y Ponsatí como aval para reclamar su acceso al Parlamento Europeo en plenitud de facultades.

Previamente, sin embargo, tanto el TJUE como el Tribunal General de la Unión Europea rechazaron las cautelares planteadas tanto por Puigdemont como por Junqueras para que se les permitiera tomar posesión de sus escaños. Y ahora, el TJUE ha rechazado también su demanda contra la decisión adoptada en su día por David Sassoli, entonces presidente del Parlamento Europeo.

[Fuente: Por Iva Anguera de Sojo, El Independiente, Madrid, 24dic22]

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