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02jun21


El TC rechaza el intento de Conde-Pumpido de revocar las condenas por el asedio al Parlament en 2011


El Pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado la ponencia de Cándido Conde-Pumpido que pretendía revocar las condenas de tres años de cárcel que el Tribunal Supremo impuso por el asedio al Parlament de Cataluña en junio de 2011. El texto del exfiscal general planteaba estimar los recursos de amparo de los condenados, que inicialmente fueron absueltos en la Audiencia Nacional con el voto particular en contra del hoy ministro del Interior Fernando Grande-Marlaska. Será otro magistrado, Antonio Narváez, el que se ocupe ahora de la redacción de una sentencia favorable a avalar esas condenas. La decisión se ha tomado con siete votos a favor de rechazar la ponencia y cuatro en contra.

El asunto fue abocado a Pleno hace dos años tras promoverlo así, por la especial sensibilidad del tema, tres magistrados de la Sala Primera: Santiago Martínez Vares, Andrés Ollero y Alfredo Montoya. Durante este tiempo el Pleno lo había abordado en varias ocasiones, pero el juicio del 'procés' y la división del tribunal había llevado a posponerlo.

En abril de 2015, el Supremo condenó a tres años de cárcel a los ocho asaltantes del Parlament, vinculados al Movimiento 15-M, que el 15 de junio de 2011 asediaron la Cámara catalana e impidieron al entonces president Artur Mas y otros parlamentarios acceder a la misma. En una sentencia de la que fue ponente Manuel Marchena se revocó el fallo de la Audiencia Nacional donde se había absuelto a 19 acusados. En esa resolución se sostuvo que «el ejercicio de la libertad de expresión y del derecho de reunión no pueden operar como elementos neutralizantes de otros derechos y principios indispensables para la vigencia del sistema constitucional». La Sala de lo Penal del Supremo defendió, además, que los asaltantes «contribuyeron con su acción a reforzar la violencia e intimidación sufrida por los diputados autonómicos impidiéndoles el normal desarrollo de sus respectivas funciones representativas».

[Fuente: Por Nati Villanueva, ABC, Madrid, 02jun21]

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