Informations | ||
Derechos | Equipo Nizkor
|
05oct20
La Universidad de Barcelona, condenada por vulnerar la libertad ideológica y de expresión
La Universidad de Barcelona (UB) vulneró el derecho de libertad ideológica, de expresión y de educación. Así de contundente es una sentencia del 30 de septiembre pasado emitida por el juzgado de lo contencioso administrativo número 3 de Barcelona. El motivo fue la aprobación el 21 de octubre de 2019, por parte del claustro de la institución, del 'Manifiesto conjunto de las Universidades catalanas de rechazo a las condenas de los presos políticos catalanes y a la judicialización de la política'. Además, condena a la UB a pagar las costas del juicio.
Es la primera sentencia que condena a una Universidad por posicionarse públicamente en un asunto de naturaleza política. Hasta el momento, había habido sentencias contra otras instituciones por vulnerar la neutralidad, como ayuntamientos o el propio proceso al 'expresident' Quim Torra, a quien le obligaron a retirar una pancarta partidista de la fachada de la Generalitat. También el Colegio de Abogados de Barcelona fue condenado cuando se adhirió al Pacto Nacional por el Derecho a Decidir, que había creado Artur Mas para apoyar institucionalmente el 'procés'. En esa sentencia ya se vislumbraba que las instituciones públicas no pueden tomar partido. Pero jamás había sido condenada una Universidad.
En el manifiesto aprobado, la entidad se solidarizaba con "la presidenta del Parlamento, el presidente de Òmnium y el expresidente de la ANC" y llamaba a "la movilización pacífica, cívica y democrática". Aseguraba el texto que "lo que está amenazado no es solo el soberanismo catalán. La amenaza gravita sobre la integridad de las libertades y derechos fundamentales, como los de manifestación y de expresión, por una deriva autoritaria que criminaliza la disidencia. Esta excepcionalidad hace necesaria y urgente una respuesta cívica e institucional clara".
El Claustro exigía "la inmediata puesta en libertad de las personas injustamente condenadas o en prisión provisional y el sobreseimiento de todos los procesos penales en curso relacionados, y el retorno de las personas exiliadas". Añadía el rechazo de "la represión y la violencia policial, que ya ha ocasionado graves lesiones a manifestantes, con la agravante de haber empleado métodos prohibidos en diferentes normativas, propias e internacionales". En aquellos momentos, Cataluña ardía por los cuatro costados, ya que las manifestaciones y protestas violentas se sucedían en todo el territorio.
Sometida al deber de neutralidad
Ante la celebración del Claustro, uno de sus miembros, el catedrático de Filosofía del Derecho Ricardo García Manrique, solicitó la anulación de la convocatoria al entender que la aprobación del manifiesto excedía el ámbito competencial del mismo y vulneraba los principios de neutralidad y lealtad institucional que debe exigírsele a una entidad de estas características. También señalaba el académico que un texto de estas características vulneraba la libertad ideológica y de expresión de todos los miembros de la Universidad (profesores, alumnos, personal administrativo y de servicios) al atribuirle a la institución en su conjunto una opinión política determinada, ofreciendo una imagen de unidad que no se corresponde con la pluralidad que realmente existe y que puede condicionar el libre desarrollo claustral. Esta no hizo caso y llevó el tema a la reunión programada, aprobando el manifiesto.
Como consecuencia de ello, García Manrique llevó el tema a los tribunales y a la demanda se sumaron el catedrático de Derecho financiero y Tributario José Andrés Rozas, la profesora de Derecho Civil Chantal Moll de Alba, el catedrático de Ciencia Política Rafael Martínez, y el estudiante de Relaciones Laborales Daniel Tolosana. La institución alegó la falta de legitimación del catedrático para presentar un recurso, pero Fiscalía también apoyó el recurso de los profesores.
La sentencia indica que la Universidad forma parte "de la Administración pública y no es una institución de representación política. Por ello, en tanto que institución pública, está sometida al deber de neutralidad, tal como recuerda la reciente sentencia de la sala de lo contencioso del Tribunal Supremo" [se refiere a la sentencia sobre el Colegio de Abogados de Barcelona anteriormente citada]. Por ello, en tanto que entidad de tal naturaleza, "no puede asumir como propia una posición política determinada y tanto menos cuando esa posición es manifiestamente contraria a los valores y principios del ordenamiento jurídico vigente".
Además, a la semana siguiente, Quim Torra recibió a una representación de claustrales de todas las Universidades, que le entregaron una copia del manifiesto. "Esto es un dato más sobre la manipulación de las instituciones al servicio de una causa que puede ser muy legítima, pero que no puede utilizar los organismos públicos a su antojo", explica Ricardo García a El Confidencial.
Vulnera el derecho a la educación
La jueza considera también vulnerado el derecho de libertad de expresión e ideológico, debido a que el catedrático presentó un recurso contra la convocatoria del Claustro pero no le notificaron su rechazo hasta las 13:40 horas del mismo día en que se aprobó. Ya presencialmente, el catedrático recurrió esa determinación, volviendo a pedir la desconvocatoria y rechazaron su solicitud al no estar presentada por escrito, a pesar de que le habían notificado su resolución minutos antes y no había tiempo material para redactarlo. Esa actitud de la cúpula universitaria tenía "como único objetivo eliminar la crítica".
La sentencia obliga también a la Universidad a publicar la sentencia en su página web, ya que el manifiesto impugnado "afecta a una pluralidad indeterminada de personas". La sentencia, no obstante, puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).
García Manrique, por otra parte, explica también a este diario que "hay una cosa muy importante, y es que la sentencia dice que se viola el derecho a la educación, que es una cosa muy grave. Lo que viene a señalar es que la Universidad no es quién para opinar sobre otra institución y, especialmente, en los términos en que está escrito el manifiesto, puesto que interfiere en la separación de poderes. Pero, además, dice que no debe decidir sobre si una sentencia es correcta o no, ya que en ese caso no solo se mete en terreno del poder judicial, sino que menoscaba la formación de los alumnos. En otras palabras, si vulnera todos esos principios, no puede formar a los alumnos en el respeto a los valores constitucionales".
En definitiva, el posicionamiento radical del Claustro eliminó cualquier consideración de la jueza. El texto no solo asumía los postulados del independentismo más extremista, sino que copiaba sus soflamas y consignas políticas en un texto que se asemejaba más a un panfleto político que a una declaración institucional respetuosa con otras instituciones. Y ya se sabe: quien siembra vientos recoge tempestades.
[Fuente: A. Fernández, El Confidencial, Madrid, 05oct20]
This document has been published on 10ct20 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes. |