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12jun19


La jueza rechaza procesar por organización criminal a altos cargos por el 1-O


La jueza Alejandra Gil, que investiga la organización del referéndum unilateral del 1-O, ha rechazado procesar por organización criminal a 28 de la treintena de investigados, entre ellos altos cargos del Ejecutivo catalán, al entender que carecían de la "infraestructura adecuada par realizar un plan criminal" y que no les unía un "acuerdo asociativo duradero y no puramente transitorio". El Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona ha desestimado, así, el recurso presentado por la Fiscalía de Barcelona y mantiene la fianza de 5,8 millones que impuso a los 17 acusados de malversación. La magistada ha levantado el procesamiento de tres imputados y confirma la del resto, ha rechando la mayoría de las alegaciones de las defensas y ha insistido en que "todos actuaron conjunta y concertadamente".

Entre las personas a la que la fiscalía atribuía el delito de organización criminal se encontraban el director de TV-3, Vicent Sanchis; el de Catalunya Ràdio, Saül Gordillo; la presidenta de la Corporació Catala de Mitjans Audiovisuals (CCMA), Núria Llorach; así como el secretario de Comunicació del Ejecutivo catalán, Antoni Molons; los secretarios generales de Presidència y de Treball, Joaquim Nin y Josep Ginesta, respectivamente, y el de Relacions Internacionals, Aleix Villatoro. También incluye a la interventora de la Generalitat, Rosa Vidal; al director general de Comunicació, Jaume Clotet, y al director general de Patrimoni, Francesc Sutrias.

La jueza recuerda que el auto de procesamiento es una "resolución motivada y provisional" por la que "se declara formalmente inculpadas a unas personas respecto a unos hechos presuntamente delictivos para que puedan defenderse con plenitud de medios. Es decir, se exponen los indicios que existen contra los encausados y que "son algo más que una plena posibilidad". No se exige en este momento, por lo tanto, "certezas absolutas, ni pruebas inequívocas y concluyentes", pues convertiría este auto en el anticipo de una sentencia condenatoria.

Al enteder de la magistrada, las alegaciones que se exponen en los recursos sobre la ausencia de indicios son valoraciones de la prueba "más propia" del juicio que de la fase de instrucción, que se limita a averiguar lo sucedido. De ahí que rechace las explicaciones de las defensas sobre la desobediencia, los fondos destinados o no al referéndum o la contratación de observadores internaciones o los servicios que se realizaron para el 1-O.

Confirmada la fianza

La jueza ha confirmado la fianza civil impuesta y ha denegado la pretensión de algunos procesados de que se tuviera en cuenta los 2,1 millones de euros depositados en Tribunal Supremo en la causa que se sigue por rebelión contra los que fueran miembros del cesado Gobierno de Carles Puigemont.

En su resolución alega que "la fianza allí depositada" lo fue para asegurar las responsabilidades pecuniarias de otras personas en otro procedimiento y a disposició de un tribunal que "decidirá sobre su destino".

Documentos aportados por Gordillo

La togada, además, no ha tenido en consideración los documentos aportados por el director de Catalunya Radio, Saül Gordillo, con los que intentaba demostrar que el director de márketing de la Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals (CCMA) Martí Patxot y la presidenta en funciones de este organismo Núria Llorach, le presionaron para que emitiera los anuncios del 1-O.

"La presentación de esta nueva documental (correos electrónicos) no anula los indicios racionales contra Gordillo" y ratifica que este pudo cometer un delito de desobediencia. Estos documentos, incide la resolución, deben valorarse en sentencia.

[Fuente: Por J.G. Albalat, El Periódico, Barcelona, 12jun19]

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