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28mar19
La Abogacía del Estado insta a imputar a 40 votantes del 1-O por impedir la actuación policial
Una "masa tumultuaria". Así considera la Abogacía del Estado que actuaron unos 40 votantes, en concreto los denunciantes de la Escola Prosperitat de Barcelona, ante las cargas de la Policía el 1-O para impedir que cumpliesen con el mandato judicial de retirada de urnas. Por eso, la Abogacía del Estado insta a que se les impute por los delitos de resistencia a la autoridad, desobediencia grave, intimidación, desórdenes públicos y atentado a la autoridad, ya que no actuaron de forma pasiva sino activa para impedir el referéndum.
"Creían tener el derecho a obstaculizar la actuación policial" porque los poderes públicos autonómicos les hicieron incurrir en el "error invencible" de que defendían su derecho a voto y que actuaban legalmente, señala la Abogacía en un escrito presentado ante el Juzgado de Instrucción número 7 de Barcelona en el que se suma al recurso interpuesto ante la Audiencia de Barcelona por el Sindicato Profesional de la Policía y solicita que ordene al juez de Barcelona que investiga las cargas del 1-O que impute a unos cuarenta votantes que denunciaron haber sufrido lesiones.
Las lesiones
Por eso, la Abogacía remarca que la responsabilidad por las lesiones sufridas por estos votantes en las cargas sería "enteramente imputable" a la administración autonómica y no a la Policía. "Sabiendo que la votación estaba prohibida, que había orden de retirar las urnas y que se iban a retirar por la policía, le habrían engañado para hacerle creer que era su derecho impedir la actuación policial, y por consiguiente exponiéndole a lesiones seguras y haciéndole incurrir en una conducta delictiva", señala y considera que solo quedarían eximidos si acreditan que la Generalitat les "engañó" para que creyeran que ejercían su derecho a voto.
Sobre las lesiones sufridas por los "obstruccionistas", la Abogacía del Estado considera que se trataría de un caso de "autoría del poder público autonómico, por creación de una situación de peligro, como quien envía a otro a un lugar en el que seguro que va a sufrir un daño". Además, remarca la "irresponsable" actuación de los poderes públicos autonómicos y otras instituciones que, "de forma concertada y con reparto de funciones delictiva, incumplieron la Constitución y el Estatuto e invitaron a las masas a la actuación tumultuaria para conseguir sus fines de ruptura constitucional".
"Si alguno de los votantes alega que creía tener derecho a obstaculizar la actuación policial, para ser eximido tendría que acreditar que la invitación de los poderes públicos autonómicos a defender su derecho al voto "no sólo le espoleó al incumplimiento de las leyes, sino que además le hizo incurrir en error invencible sobre la ilicitud del hecho delictivo", señala el escrito.
El Juzgado de Instrucción número 7 de Barcelona acordó el pasado 5 de febrero desestimar la imputación de estos heridos, alegando que la justicia no había prohibido a los ciudadanos acudir a los puntos de votación y que atribuirles un delito de resistencia supondría "trasladarles las responsabilidades del fracaso de las instituciones públicas en este tema". La Fiscalía ha pedido a la Audiencia de Barcelona que mantenga la resolución del juez de no imputar a los activistas, ya que cree que el hecho de que denunciaran a la Policía por las lesiones sufridas el 1-O no acredita que cometieran un delito de resistencia o desobediencia grave.
En la misma línea, el Ayuntamiento de Barcelona, que ejerce la acusación popular en la causa rechaza la pretensión de la Abogacía del Estado, a la que recrimina que pida imputar "únicamente" a los activistas que denunciaron "extralimitaciones policiales".
[Fuente: Por Germán González, El Mundo, Madrid, 28mar19]
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