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22feb19


La AN juzgará a Trapero por rebelión: rechazan que la causa pase a Cataluña


La Audiencia Nacional juzgará al mayor de los Mossos Josep Lluís Trapero por no frenar el asedio frente a la Consejería de Economía en septiembre de 2017 y por el referéndum del 1-O, hechos ante los que la Fiscalía le imputa un delito de rebelión y pide 11 años de cárcel para él. Según confirman fuentes jurídicas a El Confidencial, el tribunal se ha declarado competente por unanimidad y rechaza así las alegaciones de otros dos de los acusados: el ex secretario general de Interior César Puig y el exdirector de la policía autonómica Pere Soler, quienes solicitaron que la causa recayera en un juzgado catalán porque no son "delitos contra la forma de gobierno".

A diferencia de Puig y Soler, la abogada de Trapero y de la que fuera intendente del cuerpo, Teresa Laplana, no puso en duda la competencia de la Audiencia Nacional en la vista del artículo de previo pronunciamiento celebrada el 5 de febrero. "No voy a formular ninguna alegación para esta cuestión", se limitó a decir la letrada Olga Tubau, que representa a ambos. Además de la causa a la que se enfrentan en la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo ha citado como testigos a Trapero, Laplana y Soler en el juicio del 'procés', en el que los tres policías comparecerán una vez terminen las declaraciones de los políticos, que arrancan la próxima semana.

El abogado de Puig, Jaume Alonso-Cuevillas, fue el primero en poner en duda la competencia de la Audiencia Nacional para juzgar a su cliente en la vista del 5 de febrero. "Sería la primera vez que para una causa concreta se daría una interpretación diferente a la que se ha dado hasta la fecha", argumentó el letrado, apuntando en este sentido a que la rebelión y la sedición nunca han sido competencia de la Audiencia Nacional por no ser "delitos contra la forma de gobierno". Durante su intervención ante el tribunal, el letrado se preguntó cómo sería "interpretado en instancias europeas" que juzgase estos hechos "como un tribunal de excepción para un caso concreto", lanzando así el mensaje de que llevarán la sentencia hasta Estrasburgo.

Pau Ferrer, abogado de Soler, mostró a continuación una postura similar a la de su compañero y defendió que los delitos de rebelión y sedición no son "contra la forma de gobierno", por lo que la Audiencia Nacional no debe hacerse cargo del caso: "No es competente para el conocimiento de los hechos por los que se sigue la presente causa. No lo era para su instrucción ni tampoco lo es ahora para su enjuiciamiento", aseguró. "La Audiencia Nacional debió inhibirse a favor de los juzgados de instrucción de Barcelona y ahora debe inhibirse a favor de la Audiencia Provincial de Barcelona".

La polémica intervención del fiscal

"¿Puede haber imparcialidad y serenidad si se mandan la rebelión y la sedición a Cataluña?". La pregunta la lanzó el fiscal Pedro Rubira durante la vista celebrada en la Audiencia Nacional y provocó un terremoto en el Ministerio Público. Con estas palabras, Rubira cuestionó que los tribunales catalanes estuviesen preparados para hacerse cargo del juicio con el clima de tensión que se vive en el territorio, una afirmación que no sentó bien al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

"Cuestionar por un miembro del Ministerio Público, en el ejercicio de la acción penal, la imparcialidad de los jueces que ejercen en Cataluña, constituye una gravísima irresponsabilidad de quien tiene, precisamente, por mandato constitucional y estatuario el deber de proteger el ejercicio independiente e imparcial de la jurisdicción", respondió el TSJC en un comunicado. "El Ministerio Fiscal, por el rol que ocupa en el proceso y por la alta función que la Constitución le encomienda, no puede ceder a la demagogia, a la banalidad o a la ofensa para la defensa de los intereses públicos que representa", denunció el alto tribunal catalán, recordando además a "todos los que cuestionan de manera interesada e irresponsable la labor jurisdiccional".

La Audiencia Nacional juzgará al mayor de los Mossos Josep Lluís Trapero por no frenar el asedio frente a la Consejería de Economía en septiembre de 2017 y por el referéndum del 1-O, hechos ante los que la Fiscalía le imputa un delito de rebelión y pide 11 años de cárcel para él. Según confirman fuentes jurídicas a El Confidencial, el tribunal se ha declarado competente por unanimidad y rechaza así las alegaciones de otros dos de los acusados: el ex secretario general de Interior César Puig y el exdirector de la policía autonómica Pere Soler, quienes solicitaron que la causa recayera en un juzgado catalán porque no son "delitos contra la forma de gobierno".

A diferencia de Puig y Soler, la abogada de Trapero y de la que fuera intendente del cuerpo, Teresa Laplana, no puso en duda la competencia de la Audiencia Nacional en la vista del artículo de previo pronunciamiento celebrada el 5 de febrero. "No voy a formular ninguna alegación para esta cuestión", se limitó a decir la letrada Olga Tubau, que representa a ambos. Además de la causa a la que se enfrentan en la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo ha citado como testigos a Trapero, Laplana y Soler en el juicio del 'procés', en el que los tres policías comparecerán una vez terminen las declaraciones de los políticos, que arrancan la próxima semana.

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El abogado de Puig, Jaume Alonso-Cuevillas, fue el primero en poner en duda la competencia de la Audiencia Nacional para juzgar a su cliente en la vista del 5 de febrero. "Sería la primera vez que para una causa concreta se daría una interpretación diferente a la que se ha dado hasta la fecha", argumentó el letrado, apuntando en este sentido a que la rebelión y la sedición nunca han sido competencia de la Audiencia Nacional por no ser "delitos contra la forma de gobierno". Durante su intervención ante el tribunal, el letrado se preguntó cómo sería "interpretado en instancias europeas" que juzgase estos hechos "como un tribunal de excepción para un caso concreto", lanzando así el mensaje de que llevarán la sentencia hasta Estrasburgo.

Pau Ferrer, abogado de Soler, mostró a continuación una postura similar a la de su compañero y defendió que los delitos de rebelión y sedición no son "contra la forma de gobierno", por lo que la Audiencia Nacional no debe hacerse cargo del caso: "No es competente para el conocimiento de los hechos por los que se sigue la presente causa. No lo era para su instrucción ni tampoco lo es ahora para su enjuiciamiento", aseguró. "La Audiencia Nacional debió inhibirse a favor de los juzgados de instrucción de Barcelona y ahora debe inhibirse a favor de la Audiencia Provincial de Barcelona".

La polémica intervención del fiscal

"¿Puede haber imparcialidad y serenidad si se mandan la rebelión y la sedición a Cataluña?". La pregunta la lanzó el fiscal Pedro Rubira durante la vista celebrada en la Audiencia Nacional y provocó un terremoto en el Ministerio Público. Con estas palabras, Rubira cuestionó que los tribunales catalanes estuviesen preparados para hacerse cargo del juicio con el clima de tensión que se vive en el territorio, una afirmación que no sentó bien al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

"Cuestionar por un miembro del Ministerio Público, en el ejercicio de la acción penal, la imparcialidad de los jueces que ejercen en Cataluña, constituye una gravísima irresponsabilidad de quien tiene, precisamente, por mandato constitucional y estatuario el deber de proteger el ejercicio independiente e imparcial de la jurisdicción", respondió el TSJC en un comunicado. "El Ministerio Fiscal, por el rol que ocupa en el proceso y por la alta función que la Constitución le encomienda, no puede ceder a la demagogia, a la banalidad o a la ofensa para la defensa de los intereses públicos que representa", denunció el alto tribunal catalán, recordando además a "todos los que cuestionan de manera interesada e irresponsable la labor jurisdiccional".

"¿Puede haber imparcialidad y serenidad si se mandan la rebelión y la sedición a Cataluña?", se preguntó el fiscal en la vista de la AN

Horas después de la celebración de la vista, la Fiscalía de la Audiencia Nacional emitió entonces una aclaración en la que aseguraban que "en ningún caso duda de la profesionalidad de los magistrados que ejercen sus funciones en Cataluña y en el resto del territorio nacional", para lo que subrayaban la "confianza en la independencia de jueces y tribunales en Cataluña, así como la imparcialidad de cada juez en cada caso que se somete a su jurisdicción". Con este comunicado, el Ministerio Público trató de matizar las palabras de Rubira, para lo que argumentó que "en el presente caso también se observa la conveniencia de preservar la necesaria serenidad en el enjuiciamiento de unas conductas que están generando un sentimiento de fractura social que no se puede desconocer".

La acusación contra Trapero

La Fiscalía de la Audiencia Nacional acusa al exmayor de los Mossos d'Esquadra Josep Lluis Trapero de un delito de rebelión y pide 11 años de cárcel para él por lo ocurrido entre el 20 y 21 de septiembre de 2017 frente a la Consellería de Economía en Barcelona y por los preparativos que llevó a cabo para permitir el referéndum ilegal del 1 de octubre. El Ministerio Público pide las mismas penas para el exdirector de los Mossos, Pere Soler, y para el exsecretario general de Interior de la Generalitat, César Puig, mientras que en el caso de la intendente de ese cuerpo, Teresa Laplana, rebaja la acusación a sedición y tan solo tiene en cuenta los hechos ocurridos entre el 20 y 21 de septiembre, ante lo que pide 4 años de prisión.

En el escrito, la Fiscalía carga contra el papel desempeñado por los Mossos, policía que, según explican, tuvo "especial relevancia" por "su capacidad investigadora e intimidatoria al servicio de la organización y de los fines independentistas": llevaron a cabo "funciones impropias de un cuerpo policial como fue la realización de seguimientos a otros cuerpos policiales, entorpecer su labor y, en algunos casos, incluso, oponerse físicamente".

El Ministerio Público subraya además que Carles Puigdemont "realizó profundos cambios en los mandos de los Mossos d'Esquadra así como en la Consejería de Interior del Gobierno de Cataluña" antes del 1 de octubre de 2017, destacando en este sentido los nombramientos de Joaquim Forn como nuevo 'conseller' de Interior en julio de 2017, de Josep Lluis Trapero como nuevo mayor del cuerpo policial en abril de ese mismo año y de Pere Soler, quien pasó a estar al frente de la Dirección General de la Policía poco antes del referéndum. Asimismo, en el escrito se recoge también la participación del secretario general de Interior, César Puig, quien ostentaba el cargo desde julio de 2015 pero no dudó en seguir las órdenes de su nuevo jefe.

[Fuente: Por Pablo Gabilondo, El Confidencial, Madrid, 22feb19]

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