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10abr18
Los jueces alemanes comparan el 'procés' con protestas en un aeropuerto
Desconcierto e indignación. Ese es el resumen de la acogida que ha tenido en el Tribunal Supremo el contenido completo de la resolución de los tres jueces alemanes que han analizado la petición del juez Llarena de entregar a Carles Puigdemont. El escrito, destinado a fijar medidas cautelares, descarta desde el inicio la entrega por el delito más grave, el de rebelión, y lo hace tras asegurar que no es "admisible" compararlo con la alta traición alemana tras "imaginarse el caso en su conjunto como si se hubiera producido allí". Para ello, asemeja los hechos con los sucedidos en 1984 en el aeropuerto de Fráncfort y analizados por el Supremo germano. El instigador de aquellas manifestaciones resultó absuelto. Estas son algunas de las claves de la resolución:
- El caso del aeropuerto se considera no solo comparable sino, en algunos aspectos, idéntico a lo sucedido en Cataluña. Se trataba entonces, en los años ochenta, la responsabilidad penal de un líder de una iniciativa ciudadana para evitar la ampliación del aeropuerto. Varios miles de personas obedecieron a su llamada y mantuvieron durante horas graves enfrentamientos con las fuerzas policiales en los que resultaron heridas numerosas personas. La acción de incitación del acusado no se consideró bastante para confirmar la condena.
- El auto, cuya traducción ha adelantado 'La Vanguardia', explica que no hay ninguna ley alemana que penalice la participación en una rebelión en España. Por ello aborda el asunto bajo el supuesto ficticio de que Puigdemont fuera el presidente de un Land alemán y en los hechos están implicadas instituciones alemanas. Concluye que sus actos no serían delito allí porque la 'violencia' no sirve como concepto abstracto.
- Salvo que la fuerza en sí se ejerza directamente sobre el órgano constitucional, hay que acreditar que fuera de tal magnitud se considere suficiente para doblegar su voluntad, explica la resolución. Lo bastante para que le prive de tomar decisiones con libertad. Tal, que fuera capaz de forzar al Gobierno a adoptar las medidas exigidas, a capitular.
- Ventila los hechos a analizar sobre la rebelión en un folio escaso. Así, describe que en el otoño de 2017, Puigdemont se propuso organizar, "en cooperación con otros políticos", un referéndum previamente declarado ilegal por el Tribunal Constitucional. Dado que con anterioridad se habían producido actos que obstaculizaban el trabajo policial --dice--, miembros de la policía avisaron de que el 1-O podía haber incidentes y, pese a ello, el 'expresident' siguió adelante con la convocatoria. Eso es todo.
- La responsabilidad de lo que sucedió durante la consulta se puede atribuir a Puigdemont pero, y aunque la legislación española pueda entenderlo de otra manera, en Alemania "el poder de la masa" no es suficiente para alcanzar el nivel de violencia requerido.
- Respecto a la malversación, se señala erróneamente que en España se pena con hasta tres años y reconoce de nuevo "la responsabilidad política" del reclamado en el gasto para el referéndum, pero destaca que si no se han efectuado pagos efectivos y sin que quede aclarado si el Estado tuvo que hacerse cargo de esos costes, existe la duda de si puede procederse a la entrega también por este delito. Pide más documentación para apoyar la solicitud.
- La sala realiza unas "observaciones previas" en vista de la atención pública que concita la relevancia de la persona reclamada. Explica aquí que la policía alemana estaba obligada a detenerle y también que el Juzgado de Primera Instancia que tomó la decisión de enviarle a la cárcel lo hizo en aplicación de la legalidad y solo hasta que decidiera al respecto el tribunal del Land.
- Asegura que si se le entrega, no puede afirmarse que se le someta en España a una persecución política. No hay indicios de actos imputados injustamente por los tribunales españoles.
- El tribunal establece otras medidas cautelares además de la fianza de 75.000 euros. Por ejemplo, obliga a Puigdemont a no abandonar Alemania mientras se prolongue el procedimiento de extradición sin la autorización de la Fiscalía General alemana. Además, debe presentarse cada martes en la comisaría de policía número 1 de Neumünster. También está obligado a comunicar cualquier cambio de domicilio.
[Fuente: Por Beatriz Parera, El Confidencial, Madrid, 10abr18]
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