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30sep17
La responsable de proteger los datos de los catalanes 'escapa' a China la semana del 1-O
La directora de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, Maria Àngels Barbarà, se encuentra desde el pasado fin de semana fuera de España. La responsable de controlar el adecuado cumplimiento de la legalidad en los ficheros públicos que ha manejado la Generalitat para el censo que se empleará en la votación de mañana, lleva días en Hong Kong, a donde ha viajado para asistir a una conferencia internacional.
Barbarà se encuentra entre los 77 altos cargos de la Generalitat que recibieron el apercibimiento del Tribunal Constitucional, en el que se les advertía de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión de las leyes diseñadas para la celebración de la consulta. Junto a la mayor parte de integrantes del Govern, la responsable de proteger los datos de los catalanes recibió el requerimiento en el que el TC les ordenó que se abstuvieran de iniciar, tramitar, informar o dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdos o actuaciones que permitiera la preparación del referéndum.
Tras ser notificada hace más de 15 días, la directora catalana de protección de datos decidió aceptar la invitación para asistir a la XXIX Conferencia Internacional de Protección de Datos, organizada entre el 25 y el 29 de septiembre en China. El evento se celebra una vez al año y en él participan autoridades de la materia de todo el mundo que intercambian información sobre los desarrollos tecnológicos y jurídicos que los últimos 12 meses. La directora de la Agencia Española de Protección de Datos, Mar España, también había sido invitada a la reunión aunque, en el caso de la delegación estatal, representando a la AEPD ha acudido el vocal asesor de Relaciones Internacionales.
El TC no se limitó a apercibir a Barbarà y el resto de cargos y también les indicó expresamente que debían abstenerse de iniciar, tramitar, informar o dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdos o actuación que permita la preparación y/o celebración del referéndum sobre la autodeterminación de Cataluña, apercibiéndole de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en caso de no atender el requerimiento.
Según apuntan a El Confidencial fuentes jurídicas, en el caso de Barberà el incumplimiento de esta orden no ha procedido del hecho de la acción sino precisamente de lo contrario. Su providencial ausencia ha evitado que ejerza la función para que la fue nombrada, dado que entre sus competencias se encuentra el control de los ficheros públicos creados por la Generalitat y la adopción de medidas correctoras para que se adecúen los tratamientos a la legislación vigente.
Debía sancionar
Sus funciones están reguladas en el artículo 5 de la Ley 32/2010, de 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, y en ellas se especifica que debe velar por el cumplimiento de la legislación vigente sobre protección de datos de carácter personal y resolver las reclamaciones de tutela formuladas por las personas afectadas respecto al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
También se encuentran entre sus funciones dictar instrucciones y recomendaciones en materia de protección de datos de carácter personal y de acceso a la información y proporcionar información sobre los derechos de las personas en materia de tratamiento de datos personales y atender sus peticiones de información, las quejas y las denuncias. Además, debe ocuparse de sancionar cualquier tipo de fichero ilegal, como el empleado para la elaboración del censo electoral catalán.
La Agencia Española de Protección de Datos lleva atendiendo durante los últimos días numerosas consultas de censados en Cataluña que se han puesto en contacto para mostrar sus dudas sobre cómo deben proceder ante una citación por parte de la Generalitat para integrar una mesa electoral. Los ciudadanos han explicado que, en muchos de los casos, han sido convocados por teléfono y no han recibido notificación oficial por correo postal.
El organismo estatal aclaró este viernes que las personas que decidan acudir a las mesas electorales del referéndum del próximo 1 de octubre se enfrentan a sanciones de hasta 600.000 euros. Pueden incurrir en dos incumplimientos de la LOPD, uno por manejar un censo fraudulento y otro por cederlo a terceros, para el recuento tras el cierre de la jornada electoral. Cada una de estas infracciones contempla multas de 40.001 a 300.000 euros, según el artículo 45.2 de la LOPD.
[Fuente: Por Rafael Parera, El Confidencial, Madrid, 30sep17]
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