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07feb20
Gonzalo Boye abogado de Puigdemont tendrá que indemnizar a Revilla por su secuestro en 1988
El abogado de Carles Puigdemont y Quim Torra, Gonzalo Boye, tendrá que pagar la indemnización que le impuso la Audiencia Nacional por ayudar a ETA en el secuestro del empresario Emiliano Revilla en 1988 a manos del comando liderado por José Luis Urrusolo Sistiaga. El letrado fue condenado por detención ilegal a 14 años y ocho meses de prisión y a indemnizar a Revilla con 200 millones de pesetas (1,2 millones de euros) de forma conjunta con los otros dos condenados en la misma vista oral, además de a pagar las costas del juicio.
La decisión ha sido adoptada por la Sección Primera de la Audiencia Nacional en un auto en el que rechaza que haya prescrito la posibilidad de reclamar el pago, en contra de lo que alegaban Boye y la Fiscalía. El tribunal ordena "hacer efectivos" los embargos acordados en el pasado y "profundizar en la investigación patrimonial" del abogado. En particular, ha acordado embargar las cuentas corrientes que posea, los ingresos que reciba del despacho de abogados que comparte con su mujer y los procedentes de Antena3 Noticias y del Colegio de Abogados de Madrid.
Tras la condena dictada en 1996, Boye se declaró insolvente y no afrontó los pagos. Cumplió seis años de prisión efectiva que aprovechó para estudiar Derecho. Al salir de prisión ofreció a la Justicia pagar 2.500 pesetas mensuales (15 euros) que luego elevó a 5.000. Cuando volvió a la luz pública fue en 2004, ya como abogado acusador en nombre de víctimas del 11-M. Por entonces la abogada de la Asociación de Víctimas del Terrorismo Manuela Rubio, que coincidió con el letrado en el juicio, percibió que ya no se trataba de ningún insolvente. En 2008 solicitó activar el embargo de sus bienes. La Audiencia Nacional lo rechazó porque sólo la víctima estaba legitimada para presentar esa petición. Y la familia Revilla no quería saber nada del asunto. Pese a ello, el fiscal pidió a la Policía que revisara su situación económica. El resultado fue que seguía siendo insolvente.
Pero las cosas cambiaron en 2018. Entonces un abogado se presentó en la Audiencia Nacional en nombre del empresario y solicitó "el embargo sobre los saldos de cuenta corriente y ahorros bancarios" de sus secuestradores. Se acordó entonces "proceder a la averiguación patrimonial de los penados y decretar el embargo pertinente a fin de hacer frente a la responsabilidad civil". Antes se preguntó a Revilla "si había llegado a percibir cantidad alguna como indemnización, a lo que respondió negativamente", según recuerda el auto de la Sección Primera, del que ha sido ponente el magistrado Francisco Javier Vieira.
La clave para acordar ahora el embargo ha sido aquel intento fallido de 2008, que según los magistrados supuso que se reiniciara el plazo de prescripción de 15 años desde el dictado de la condena. "Volvió a iniciarse un nuevo plazo prescriptivo de 15 años", sostienen cuatro magistrados de la Sección que preside la magistrada Concepción Espejel. El tribunal indica que la doctrina está dividida -las audiencias provinciales discrepan- entre si puede prescribir la ejecución del embrago o si eso ni siquiera es posible. Los jueces resaltan que aunque se aceptar la tesis más favorable a Boye, esa prescripción no se habría producido aún.
La Fiscalía no comparte el criterio, y tampoco uno de los magistrados del tribunal, Ramón Sáez, que ha dictado un coto discrepante alegando que la Sala se aparta del criterio seguido hasta ahora en estos casos.
La actuación patrimonial contra Boye se extiende a los otros dos juzgados junto a él, también de origen chileno y miembros o simpatizantes del MIR, el Movimiento de Izquierda Revolucionaria: Alexis Alberto Corvalán y René Miguel Valenzuela Ambos fueron declarados insolventes. La indemnización se les impuso con carácter conjunto y solidario, lo que significa que a cualquiera de los tres se le puede reclamar la totalidad de la cuantía. Luego sería asunto suyo reclamar la parte correspondiente a los otros dos.
Los tres fueron condenados a la misma pena de 14 años, ocho meses y un día. En el caso de Gonzalo Boye Tusset, nacido en Viña del Mar (Chile) en 1965, los hechos probados señalan que "participó plenamente" en las tareas de vigilancia de Revilla. Por ejemplo, prestando varias veces su Chrysler modelo 150 ranchera de matrícula alemana "para que fuera empleado" en esas tareas. Además, visitó en al menos dos ocasiones el domicilio donde se había habilitado el zulo. También participó en el cobro o blanqueo de los fondos que ETA pagó al grupo de chilenos por su ayuda en el secuestro. La sentencia hace mención a dos encuentros en el Café Comercial de Madrid en los que Boye habría recibido parte de esos fondos.
Entre el material incriminatorio que sustenta la sentencia se encuentra la confesión del propio Boye de que había prestado el coche para las vigilancias. Inicialmente su versión era que lo había dejado para un transporte de muebles. Gonzalo Boye, simpatizante del MIR, para quien había realizado servicios de vigilancia e información [...] dispone de pasaporte alemán nš [...] , pasaporte chileno nš [...] en sus declaraciones, que ratifica plenamente a presencia judicial, reconociendo sus anteriores firmas, no niega haber prestado su coche marca Chrysler 150 ranchera, de matrícula alemana, [...] para efectuar vigilancias, si bien en principio dice se lo solicitó para un transporte de muebles". La condena de la Audiencia Nacional fue recurrida en casación, pero fue ratificada por el Tribunal Supremo.
En 2004 la Audiencia volvió a celebrar un juicio por el secuestro, esta vez contra dos autrores materiales: José Luis Urrusolo Sistiaga y Antonio Gabiola Goyogana. La sentencia recuerda que ETA y el MIR contactaron en parís en 1987 y acordaron trabajar conjuntamente en secuestros para financiar a ambas organizaciones. En ejecución de ese plan, Corvalán se desplazó a Madrid, "donde con Gonzalo Boye Tusset y otras personas estuvo realizando vigilancias al empresario hasta conocer sus hábitos y sus trayectos. la información obtenida se le trasladó en París Valenzuela, que se la hizo llegar a la dirección de ETA". Con esa información, el 23 de febrero de 1988 ETA secuestró a Revilla, que pasó 249 días en un zulo del que sólo salió tras pagar un rescate.
[Fuente: Por Manuel Marraco, El Mundo, Madrid, 07feb20]
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