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28ene12
Comunicado del juez Baltasar Garzón en contra del Auto de la Sala Segunda del Tribunal Supremo
Nota que hace pública el Juez Baltasar Garzón real en relación con el auto dictado por el juez Manuel Marchena Gómez en la causa especial 203339/09 de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, instruida por éste en contra de aquél.
En relación con el Auto de fecha 27 de enero de 2012 por el que el Instructor de esta causa acuerda mi inculpación por un supuesto delito de cohecho impropio, quiero expresar mi más absoluto y contundente rechazo a lo que se afirma en dicha resolución porque contradice lo ampliamente probado en la causa de referencia por todas y cada una de las diligencias de prueba practicadas.
Sin perjuicio de hacer valer esta afirmación a través del oportuno recurso de apelación, deseo realizar algunas consideraciones:
- 1.- El mencionado Instructor, me ha denegado, en forma sistemática, la práctica totalidad de las pruebas fundamentales que, no habiendo querido acordarlas de oficio, ha propuesto mi defensa y que pretendían demostrar, sin lugar a dudas, la falta de veracidad de las afirmaciones de aquel y la inconsistencia de la acusación que incomprensiblemente, desde el punto de vista del derecho, me formula.
- 2.- Una vez más, y con mayor razón, ahora, a la vista de los argumentos del auto, debo afirmar públicamente que no he solicitado, ni gestionado, ni administrado, ni recibido, personalmente o por tercero, ni directa o indirectamente, cantidad alguna en metálico o en especie, de ninguna de las entidades o corporaciones patrocinadoras de los seminarios y cursos de los que fui director académico en la New York University entre los años 2005 y 2006 cuando era profesor visitante, con relevo de mis funciones jurisdiccionales en el Juzgado central de Instrucción n5 de la Audiencia Nacional, en dicha universidad.
- 3.- El Instructor construye la mencionada resolución sobre una interpretación sesgada, parcial y no verdadera en relación con lo acreditado en la causa. Sin amparo probatorio alguno, hace afirmaciones tan graves como inciertas sobre mí y sobre personas físicas y jurídicas que nada tienen que ver con la investigación prospectiva que ha realizado sin respetar mínimamente los derechos de cada una de esas personas, que ni siquiera han sido oídas.
- 4.- A través de mi defensa, en otro procedimiento de público conocimiento, planteé la recusación del Juez Marchena al entender que no era posible conciliar la labor de instructor que tiene en esta causa con la que simultáneamente ostenta como juzgador en la otra y que se halla en fase de deliberación sobre mi culpabilidad o inocencia. La resolución ahora dictada, demuestra lo fundado de aquella recusación.
- 5.- Es difícil reparar los graves perjuicios ya irrogados por esta causa, tanto en mi persona como en terceros, pero, mi confianza en el sistema judicial español está fuera de toda duda, como he venido demostrando y, por ello, estoy seguro que, a través de los recursos que mi defensa planteará quedaran claros los hechos de forma definitiva.
Baltasar Garzón Real
Madrid 28 de enero de 2012
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