EQUIPO NIZKOR |
|
24nov11
La Fiscalía rechaza apartar a uno de los magistrados que juzgará a Garzón por las escuchas
La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo (TS) que rechace la recusación formulada por el juez Baltasar Garzón contra Manuel Marchena, uno de los siete magistrados designados para juzgarle por ordenar intervenir las comunicaciones que mantuvieron en prisión los imputados del "caso Gürtel" con sus abogados.
En el escrito remitido a la sala segunda del TS, el fiscal argumenta que el hecho de que Marchena sea el instructor de la causa abierta a Garzón en el Supremo por los cobros que recibió durante una estancia en Nueva York no es motivo suficiente para recusarle.
"Ser instructor de una causa distinta en modo alguno puede sustentar la causa de recusación promovida, salvo que se derive a una especie de enemistad o interés, causa distinta de recusación, que desde luego tampoco se acredita. Mantener la tesis que se ofrece conduciría a situaciones absurdas", señala el escrito de la Fiscalía.
Marchena fue el último magistrado recusado por Garzón, que anteriormente había planteado también la recusación de otros cinco magistrados de los siete que integran la sala que debe juzgarle por las escuchas del "caso Gürtel" el próximo 17 de enero. En el caso de esos cinco magistrados -Juan Saavedra, Julián Sánchez Melgar, Perfecto Andrés Ibáñez, José Ramón Soriano y José Manuel Maza, quienes -según Garzón- están contaminados por participar en la instrucción y haber resuelto recursos, la Fiscalía apoyó sus recusaciones al estimar razonables las dudas del magistrado sobre su imparcialidad.
Sin embargo, el Ministerio Público no ve motivos suficientes para apoyar la recusación de Marchena, incluso aunque este fuera el ponente en la resolución que rechazó la abstención presentada el pasado mes de septiembre por el magistrado Perfecto Andrés Ibáñez, que planteó apartarse de la causa por haber formado parte de la sala que admitió la querella contra el juez por autorizar escuchas entre detenidos y abogados del caso Gürtel. Según el fiscal, la actuación de Marchena no revela la existencia de una falta de imparcialidad, ya que el auto que rechazó la abstención "no es sino un análisis de la actuación de un magistrado".
La Fiscalía recuerda la doctrina del propio TS y del Tribunal Constitucional (TC) sobre las causas de recusación, según las cuales instruir otra causa distinta, como alega Garzón, no es suficiente para apartar a un magistrado del proceso si no se demuestra que existe además enemistad manifiesta o un interés directo o indirecto en la causa penal.
A su juicio, respecto a Marchena no se ha demostrado ese interés o enemistad, sino una discrepancia de criterios entre el juez y la parte, por lo que, según la doctrina del Supremo, admitir su recusación "llevaría a la absurda conclusión de que siempre que se dé tal discrepancia, aun reiterada, habría causa legítima y fundada de recusación".
[Fuente: El Confidencial, Madrid, 24nov11]
This document has been published on 21Jan12 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes. |