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15feb10
Auto prorrogando por un mes el secreto de la actuaciones a excepción del Ministerio Fiscal
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo PenalAUTO
CAUSA ESPECIAL
Causa Especial Nº: 20343/2009
Fallo/Acuerdo: Auto Texto Libre
Procedencia: Tribunal Superior de Justicia de Madrid -Sala de lo Civil y Penal-
Fecha Auto: 15/02/2010
Magistrado Instructor Excmo. Sr. D.: Francisco Monterde Ferrer
Secretaría de Sala: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo
Escrito por: FGRCausa Especial.- Auto prórroga secreto de las actuaciones
Causa Especial Nº: 20343/2009
Magistrado Instructor Excmo. Sr. D.: Francisco Monterde Ferrer
Secretaría de Sala: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo PenalAUTO
Magistrado Instructor Excmo. Sr. D.:
D. Francisco Monterde Ferrer
En la Villa de Madrid, a quince de Febrero de dos mil diez.
I. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Por auto de 15 de Enero pasado se acordó, a solicitud del Ministerio Fiscal incluida en su escrito de 12 de enero, el secreto de las actuaciones para todas las partes personadas, a excepción del Ministerio Fiscal, por el plazo de treinta días.
SEGUNDO.- El Ministerio Fiscal en el día de hoy, presentó escrito en el que interesó "…que se acuerde la prórroga del secreto de las actuaciones para todas las partes personadas, a excepción del Ministerio Fiscal, por tiempo de UN MES…"
II. RAZONAMIENTOS JURÍDICOS PRIMERO.- En el día de hoy vence el plazo reseñado en el auto de 15 de enero pasado, decretando la prórroga del secreto de las actuaciones, subsistiendo las razones que lo motivaron, entre las que destacan las necesidades de la instrucción, la naturaleza de los delitos perseguidos y el carácter de las diligencias de prueba documentales y periciales que se están practicando, unido a la situación en que se encuentra el procedimiento seguido ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, del que dimana la presente Causa Especial, actuaciones declaradas secretas, es necesario continuar manteniendo el secreto total de las actuaciones, también para las partes, en los mismos términos acordados en el reseñado auto.
SEGUNDO.- La prórroga del secreto de las actuaciones no está prevista como tal en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Sin embargo, el Tribunal Constitucional ha reseñado (STC. 176/88) que tal laguna no impide al Juez de Instrucción proteger el valor constitucional que justifica el secreto del sumario si el plazo ha resultado insuficiente para hacer efectiva plenamente esa protección e, igualmente, que resulta inaceptable que la prórroga del plazo máximo del secreto sumarial ocasione, por sí sola y sin más condicionamiento, un resultado de indefensión.
III. PARTE DISPOSITIVA DISPONGO: Prorrogar por el plazo de UN MES el secreto de las actuaciones para todas las partes a excepción del Ministerio Fiscal.
Notifíquese la presente resolución.
Así lo acuerda, manda y firma el Excmo. Sr. Magistrado-Instructor D. Francisco Monterde Ferrer, de lo que como Secretario, certifico.
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