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24may16
Anticorrupción cree que Deloitte pudo ayudar a falsear las cuentas de Bankia
La Fiscalía Anticorrupción cree que Deloitte y su socio en Bankia, Francisco Celma, podrían haber colaborado "en la elaboración y presentación, que ya no solo en la revisión, de unos estados contablemente presuntamente falsos que habrían inducido a error a los inversores". Así lo sostiene el fiscal del Caso Bankia, Alejandro Luzón, en su escrito remitido a la Audiencia Nacional, y distribuido este lunes a las partes por el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4, Fernando Andreu.
El escrito, con fecha de entrada del 28 de abril, ya fue respondido por el propio juez Andreu, que la pasada semana decretó la investigación tanto de la firma auditora (a su representante legal) como de Francisco Celma. Ambos deberán comparecer ante el magistrado el próximo 20 de junio, en una nueva imputación que ha revitalizado el Caso Bankia, que según todas las fuentes jurídicas se precipitaba hacia la fase de juicio oral.
La sospecha de Anticorrupción respecto de Deloitte se sostiene sobre varios hechos. Por un lado, están las sanciones por infracciones muy graves impuestas por el ICAC a la auditora y a su socio. "Tal sanción se basa, esencialmente, en que el auditor quebrantó el deber de independencia intrínseco a la función de auditoría consistente en verificar y dictaminar si las cuentas expresan la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de la empresa, o entidad auditada", según el fiscal, cuando le prestó a Bankia otros servicios distintos de los de auditoría con los que se pudo generar no solo un conflicto de intereses, sino "una posible actuación de autorrevisión" y una directa responsabilidad sobre las cuentas presentadas por la entidad, posteriormente rescatada por el Estado.
Anticorrupción se basa en la reciente jurisprudencia para cercar a los auditores, ya que una sentencia de 2002 recalcaba que "no se debe descartar la posibilidad de la participación, por cooperación necesaria, de las entidades auditoras que al realizar la fiscalización externa de la contabilidad, colaboran y se prestan a la formación de unas cuentas anuales o balances falseados", según refleja el escrito de la Fiscalía.
Reproches de los peritos
El Fiscal Luzón también se apoya en los informes de los dos peritos del Banco de España para impulsar esta nueva imputación, toda vez que ya en sus informes de diciembre de 2014 reprocharon a la auditora su actuación con dureza. Preguntados sobre la existencia de irregularidades que deberían haber sido detectadas por Deloitte, el inspector Antonio Busquets respondía con rotundidad: "En su mayor parte las irregularidades mencionadas fueron apreciadas a partir de los papeles de trabajo de las auditorías realizadas (...) por lo tanto la respuesta es afirmativa: dichas irregularidades podrían haber sido detectadas por los auditores", concluyó. Su compañero, Víctor Sánchez Nogueras, se expresó en similares términos.
Por si fuera poco, los nuevos informes periciales remitidos posteriormente por los dos inspectores del Banco de España como respuesta a las contrapericiales remitidas por otras partes, "no solo vienen a ratificar sus primeras conclusiones sino que se muestran todavía más críticos con el papel desempeñado por Deloitte y su socio Francisco Celma, realizando afirmaciones de indudable gravedad y trascendencia", añaden desde la Fiscalía.
Para profundizar precisamente en estos aspectos clave para dilucidar las responsabilidades penales del Caso Bankia ha convocado el juez Andreu a Francisco Celma, quien sin embargo ya declaró en su momento en calidad de testigo. En su momento explicó cómo su negativa a presentar un informe de auditoría desencadenó la reformulación de las cuentas del ejercicio 2011, si bien no entró a valorar "sobre los distintos puntos que son objeto de controversia en las distintas periciales presentadas", reconoce el fiscal.
En concreto, los cabos sueltos por los que tendrá que responder Celma serán las incidencias en la salida a Bolsa, la contabilización definitiva de la combinación de negocios o la existencia de provisiones para insolvencias, entre otros. "No parece que pueda cerrarse la instrucción sin conocer el parecer del socio auditor", concluye Alejandro Luzón.
[Fuente: Vozpópuli, Madrid, 24may16]
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