EQUIPO NIZKOR
Información

DERECHOS


30sep03


Comparecencia del señor secretario de Estado de Comercio y Thrismo (Utrera Mora), para informar sobre las estadísticas españolas de exportación de material de defensa y doble uso del año 2002.


Cortes Generales
Diario De Sesiones del Congreso de los Diputados

Comisiones. Año 2003 - VII Legislatura - Núm. 835 Defensa: Presidencia del Excmo. Sr. D. Rogelio Baón Ramírez

Sesión núm. 45, celebrada el martes, 30 de septiembre de 2003

ORDEN DEL DÍA:

- Comparecencia del señor secretario de Estado de Comercio y Thrismo (Utrera Mora), para informar sobre las estadísticas españolas de exportación de material de defensa y doble uso del año 2002. A petición del gobierno. (Número de expediente 212/001640.)

Se abre la sesión a las once y quince minutos de la mañana.

El señor PRESIDENTE: Buenos días, señorías. Comienza la sesión con un único punto en el orden del día, que es la comparecencia, a petición del Gobierno y cumpliendo la obligación parlamentaria de informar anualmente sobre el comercio de armas, del secretario de Estado de Comercio, que ha accedido a este puesto, porque antes venía como secretario general. Interpretando el sentimiento de la Comisión, debemos felicitarle y expresarle los mejores deseos en este su corto periodo de gestión, aunque, como digo, en esto tiene antecedentes porque venía ocupándose de esta materia.

Como es preceptivo, la presidencia ha circulado el informe que previamente había enviado la secretaría de Estado y es la base documental sobre la que va a girar el debate. El formato de la sesión como es conocido de SS. SS., comienza, con tiempo libre, es decir, sin limitación temporal, el secretario de Estado con su informe, y a continuación los demás portavoces, de menos representación numérica en la Cámara a más, cerrando la portavoz del Grupo Popular.

Yo suelo conceder siempre un segundo turno, que no es de réplica sino de aclaraciones o de peticiones. Sólo discrecionalmente, si hay alguna alusión personal, concedería la palabra para réplica. Si no, no habría más contradicción que el primer turno.

Sin más asuntos, don Francisco Utrera tiene la palabra.

El señor SECRETARIO DE ESTADO DE COMERCIO Y TURISMO (Utrera Mora): Esta comparecencia, como otras que ya hemos tenido en el pasado, está centrada exclusivamente en el informe que se ha remitido en relación con las operaciones de comercio exterior, tanto de material de defensa como de material de doble uso, correspondientes al pasado año 2002. Esta comparecencia encuentra su causa en los acuerdos del Pleno del Congreso de los Diputados, tanto de 18 de marzo de 1997 como de 11 de diciembre de 2001, sobre transparencia en el comercio de armas y sobre transparencia y mejora de los controles en el comercio de armas ligeras.

El informe que obra en su poder es un conjunto, un agregado de toda la información disponible sobre las estadísticas españolas de aduanas en relación con la exportación de material de defensa y de doble uso. Es una información completa, es una información rigurosa y es una información transparente, desde el punto y hora en que se remite a las comisiones de Defensa y de Exteriores del Congreso de los Diputados, debido precisamente a los acuerdos a que antes he hecho referencia. Como SS. SS. saben, la metodología es similar a la que se utilizó en el informe del pasado año. Se incluyen todos los datos correspondientes a las exportaciones de material de defensa y doble uso, agregándolos en determinados cuadros (ustedes disponen de ellos en los anexos) en los que se recoge el total de información tanto por países como por tipos o grupos de elementos de material de defensa o de doble uso, y, por otro lado, con un cruce de información por países y por tipos de armamento, -en el caso de material de defensa- o de productos -en el caso de material de doble uso.

La información que se remite al Congreso de los Diputados está en uno de los grados más avanzados de transparencia que existe entre los países occidentales, que a su vez son los que con mayor detalle suministran información a sus parlamentos y a sus opiniones públicas. Podemos resumir una cuestión previa en la que podríamos detenemos diciendo que el proceso de obtención y de elaboración de las estadísticas implica un esfuerzo muy notable por parte de los servicios de la Secretaría General de Comercio Exterior y del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales. Se suministran los datos correspondientes a las exportaciones efectivamente realizadas, en vez de las autorizadas, como es práctica en algunos países. Observen SS. SS. -luego tendremos ocasión de repetirlo- que la Junta Interministerial de Material de Defensa y Doble Uso, el órgano encargado de autorizar las licencias correspondientes de exportación de estos materiales, autoriza licencias, por tanto operaciones, que se realizan o no y consecuentemente, la agregación de esas autorizaciones no da una cuenta cabal, no da una cuenta exacta de las verdaderas exportaciones realizadas. Para obtener esas cifras de exportaciones, hay que hacer un vaciado de todas y cada una de las operaciones registradas en Aduanas y, por tanto, de las realizadas durante el año. Con esa agregación obtenemos las cifras de exportaciones efectivamente realizadas, que son las que ustedes tienen en el informe que se les ha remitido.

Permítanme que haga una referencia más detallada al cumplimiento que con este informe se da del acuerdo del Congreso de los Diputados de 11 de diciembre de 2001, sobre transparencia y mejora de los controles en el comercio de armas ligeras. Aunque está referido a este acuerdo, también puede aplicarse al acuerdo de 18 de marzo de 1997, que era menos específico en cuanto a los puntos del acuerdo a tratar y que, consecuentemente con el de 11 de diciembre de 2001, recogemos con toda precisión las implicaciones que tiene este informe y la naturaleza que tanto desde la Administración como desde el Parlamento le hemos atribuido.

En el punto primero del acuerdo se establece el envío semestral de los datos esenciales de las exportaciones de material de defensa y doble uso a las comisiones de Defensa y de Asuntos Exteriores, divulgación anual de datos de las exportaciones realizadas, clasificándolas por países de destino y mayor concreción de productos por países. El cumplimiento de este punto primero del acuerdo del Congreso de los Diputados se justifica en el propio informe y en los anexos correspondientes del mismo.

Se remite informe semestral, se remite un informe anual, un compendio de todas las operaciones realizadas durante el año, además se divulgan los datos de exportaciones realizadas, se clasifican por países de destino y se realiza una mayor concreción de productos por países.

En el punto segundo de este acuerdo del Congreso de los Diputados se establece la aplicación, caso por caso, del código de conducta de la Unión Europea en materia de exportación de armas, no llegando a autorizar operaciones cuando no se cumplan sus ocho criterios. Permítanme que me extienda algo más en este punto. En este caso hay que dejar clara la posición del Gobierno español en esta materia. A través de la JIMDDU, Junta Interministerial de Material de Defensa y Doble Uso, se analiza, caso por caso y de manera completa, cada una de las operaciones que se someten a autorización, cumpliendo escrupulosamente los embargos tanto de Naciones Unidas, como de la Unión Europea, como de OSCE, además de aplicar los ocho criterios del código de conducta de la Unión Europea en materia de exportación de armas, y no se autoriza operación alguna que no cumpla tales criterios. La JIMDDU exige determinados documentos de control, concretamente certificados de último destino y, en su caso, declaraciones de último destino, que deben de ser firmados por las autoridades nacionales del país importador, de forma que se garantice el destino, usuario y uso final del material exportado y se impida una reexportación no deseada.

El Gobierno español ha adoptado, además de los criterios del código de conducta y por supuesto el cumplimiento riguroso de los embargos establecidos, una serie de principios muy restrictivos en la aprobación de exportaciones: se impiden los envíos de armas o equipos que por sus características pudiesen ser utilizados para atentar contra la vida y la integridad física de las personas, o que pudiesen ser empleados en represión interna o como material antidisturbios en países con una situación de conflicto interno, regional o con insuficientes garantías en el respeto de los derechos humanos. En lo referente a operaciones de arma pequeña y ligera, la JIMDDU tomó la decisión, durante el año 2001, de condicionar la autorización de exportaciones de estas armas, en el caso de países con una especial sensibilidad o en los que exista un riesgo de desvío en el uso final, a que el destinatario o usuario final tuviese una naturaleza pública, es decir, Fuerzas Armadas o de Cuerpos de Seguridad del Estado. En estos casos se exige, por tanto, un documento de control en el que se especifique ese extremo antes de autorizar la licencia. El documento de control es un certificado de último destino en todos los casos.

En diciembre de 2001 se prohibieron, como SS. SS. conocen, las exportaciones desde España de determinados dispositivos restrictivos del movimiento de seres humanos, tales como grillete s para pies y cadenas para la cintura. Esta prohibición se incorporó como disposición adicional 12 en la Ley 2412001, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, de 27 de diciembre. Por tanto, no sólo los ocho criterios del código de conducta, sino, además, una relación de restricciones adicionales que la JIMDDU establece, de acuerdo con la sensibilidad de los países y de acuerdo también con sus antecedentes en cuanto a riesgo de desvío, para limitar las autorizaciones de operaciones, sobre todo en el caso de arma pequeña y ligera, de esas licencias.

El punto tercero del acuerdo del Congreso de los Diputados establecía que se promovería, durante la presidencia española del Consejo de la Unión Europea, el estudio de: en primer lugar, una mejora y reforma del código de conducta sobre las transferencias de material de defensa, de seguridad y policial; y en segundo lugar dentro de este punto tercero, un impulso a la ampliación de los productos que debe tratar dicho código, siguiendo la definición establecida en las Naciones Unidas en 1997 e incluyendo el material para torturar y aplicar la pena de muerte. En tercer lugar dentro de este punto tercero, se solicitaba una mejora de los mecanismos de control sobre los agentes intermediarios, promoviendo la utilidad de la creación de un registro sobre los mismos y del estudio y control de sus operaciones. En cuarto lugar, -dentro de este apartado tercero nuevamente-, el establecimiento de controles sobre la producción bajo licencia, así como la adopción de mecanismos efectivos de control de uso final de las transferencias y la extensión del código de conducta de la Unión Europea a todos los países de la OSCE.

Hay que señalar que el COARM acordó, en el año 2002, la celebración de reuniones de expertos en listas de control para llevar a cabo una actualización constante de la lista común del código de conducta a partir de los cambios que pudieran introducirse en la lista militar del arreglo de Wassenaar. Asimismo, dichas reuniones contemplan una revisión del mecanismo de denegaciones y de renovación de éstas, dado el creciente número de denegaciones acumuladas en los cinco años de existencia del código. La presidencia española urgió a la Comisión para que ésta finalizara la elaboración de una lista referida a equipos para la aplicación de la pena de muerte y la tortura. La misma se compone de dos partes, la primera se refiere a equipos directa y específicamente diseñados para que sea aplicada la pena de muerte, sean utilizados en tortura o en tratos y castigos crueles, inhumanos o degradantes; y la segunda la componen aquellos artículos que, aun siendo de uso civil, podrían ser empleados en los supuestos descritos anteriormente. La Comisión ha presentado la lista en enero de 2003 bajo la forma de un proyecto de resolución. En esta se plantea la prohibición de comercio exterior con terceros países de los equipos mencionados anteriormente y la sujeción a autorización previa de las exportaciones de los segundos, es decir, de los que podrían ser empleados en esas actividades. La resolución se completa con dos anexos que recogen los equipos antes aludidos.

España se adelantó a la mayoría de los países de la Unión Europea al incluir en su legislación, antes de que se aprobase el código de conducta, el control del denominado material paramilitar y de seguridad. Estos equipos fueron incorporados en el artículo 23 de la relación de material de defensa contenida en el reglamento de comercio exterior de material de defensa y doble uso, aprobado en el Real Decreto 491/1998, de 27 de marzo. Asimismo, en España está prohibida, como antes hemos mencionado, la exportación de determinados dispositivos restrictivos del movimiento de seres humanos, tales como grillete s para pies y cadenas para cintura, debido al riesgo de un posible empleo inadecuado de estos productos, tratándose este uso de una violación de derechos humanos. Asimismo, la presidencia española consiguió el acuerdo de los quince países de la Unión Europea para la elaboración de un texto de posición común sobre el control de la intermediación en el comercio de armas basado en dos puntos esenciales. En primer lugar, la inscripción previa en un registro de los operadores, y en segundo lugar la autorización de esas operaciones. El Consejo de la Unión Europea ha aprobado finalmente esta posición común el pasado 23 de junio. Asimismo, la presidencia española solicitó información a aquellos países que disponen de legislación en esta materia, con el objeto de generalizar estos controles en el resto de países comunitarios.

La futura legislación española de control de comercio exterior de material de defensa y doble uso, que se está preparando, incluye precisamente ambos instrumentos, el registro y la autorización previa, de acuerdo con la posición común aprobada el 23 de junio, en este caso para intermediación, trasbordos, desvíos o cualquier asistencia en negociación o en los acuerdos de contratos, compras, ventas o cualquier otra asistencia a las transferencias de este tipo de productos desde territorio español. El reglamento español incorporará también un mecanismo de intercambio de información con los restantes países de la Unión Europea sobre este tipo de operaciones, de tal manera que se favorezca un cruce de datos con estos países, para así evitar que puedan quedar sin control operaciones de intermediación. Asimismo, constituyó el primer tema cerrado durante la presidencia española la aplicación del criterio séptimo del código de conducta a la producción bajo licencia en un país tercero. Así se tiene en cuenta antes de conceder una licencia para el establecimiento de una filial los riesgos de exportación o desvío indeseado por parte de terceros países en los que se produzca armamento bajo licencia concedida por una empresa perteneciente a un país de la Unión Europea. Este acuerdo aparece reflejado también en el cuarto informe anual del código de conducta.

La adopción de mecanismos efectivos de control de uso final de las transferencias llevó a España a recabar información sobre las prácticas nacionales basadas en la exigencia de documentos de control de uso y destino final. Esta información, conjuntamente con la labor efectuada antes por la presidencia sueca, permitió llegar a una concreción de los elementos básicos que debe reunir un certificado de último destino, avanzando así hacia sistemas de control más armónicos. Asimismo, el Consejo prosiguió con los contactos con otros países y organismos interesados en adherirse al código de conducta. Se intercambió información con los países asociados sobre las denegaciones agregadas de equipos militares en aplicación del código, dando cumplimiento a lo anteriormente mencionado de extender la aplicación del código de conducta a terceros países.

Además de las anteriores iniciativas, España presentó durante el año 2002 una propuesta de modificación del arancel de aduanas, TARIC. Esta propuesta persigue una mayor des agregación que permita llegar a identificar mejor determinados envíos, como son los relativos a ciertos equipos antidisturbios, combustibles, explosivos y determinadas armas y municiones. Estamos refiriéndonos en este apartado a que una desagregación mayor del arancel de aduanas permitiría identificar lo que es genuinamente material de defensa de aquellos otros instrumentos que no son material de defensa, pues no están incluidos en ninguna lista ni tampoco son objetivamente aplicables a usos militares. Estamos hablando de escopetas de caza deportiva, sus cartuchos, combustibles, -distinguir entre combustibles de uso civil y militar-, explosivos de uso civil y militar; en estos casos se requeriría, a nuestro entender -y así lo trasladamos durante nuestra presidenciauna des agregación mayor en el arancel de Aduanas, para facilitar precisamente el conocimiento de esas operaciones. La propuesta tuvo una acogida favorable en el grupo COARM, que, no obstante y al no tener competencias en la materia, decidió remitida al Comité de Nomenclatura Combinada, en Luxemburgo, encargado de estudiar las cuestiones de arancel de aduanas. El comité está analizando en la actualidad la propuesta española.

El apartado cuarto del acuerdo del Congreso de los Diputados instaba al Gobierno a seguir participando en los diferentes foros internacionales que tratan el problema de la proliferación y control de armas ligeras. A este respecto, y con mucha brevedad, hay que señalar que España viene participando de manera activa en todos los foros internacionales de no proliferación y control desde su incorporación a éstos. La descripción en detalle de las actividades llevadas a cabo en estos foros durante el año 2002 se encuentra descrita en el informe, en las estadísticas que obran en su poder.

El apartado quinto del acuerdo del Congreso establecía que el Gobierno promovería en el seno de la Unión Europea el estudio de iniciativas de recompra, recolección y destrucción de armas en países o zonas concretas. España ha participado y participa en la actualidad en los programas derivados de la acción común de la Unión Europea, de 17 de diciembre de 1998, sobre armas ligeras y de pequeño calibre, que tiene como objetivo la lucha contra las acumulaciones desestabilizadoras de armas de estas características y promover su destrucción. En definitiva, estamos hablando de ayuda técnica, de ayuda financiera para la eliminación de existencias de ese armamento. En el año 1999, operación realizada en Camboya; en el año 2001, en Albania, países iberoamericanos y Caribe, por un importe global superior a los 2,5 millones de euros. En el segundo informe anual de la aplicación de la acción común, editado en octubre del 2002, se describen estas actuaciones y también las actuaciones realizadas por España, fundamentalmente centradas en el desminado y la destrucción de existencias, y principalmente realizadas por la Guardia Civil.

En el apartado sexto, o el punto sexto del acuerdo del Congreso de los Diputados, se instaba al Gobierno a comparecer ante la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados para detallar las operaciones de comercio exterior de material de defensa y doble uso y las actuaciones llevadas a cabo por el Gobierno para contribuir a un mejor control de las armas ligeras. La anterior comparecencia en esta Comisión tuvo lugar el 24 de septiembre del 2002, para dar cumplida cuenta de las exportaciones de material de defensa y doble uso realizadas durante el año anterior, 2001, así como de las iniciativas y avances habidos durante la Presidencia española del Consejo de la Unión Europea. Estas comparecencias se han sucedido sin interrupción desde la aprobación del acuerdo en el Pleno del Congreso de 18 de marzo de 1997 sobre transparencia y control de comercio de armas. La presente comparecencia gira precisamente en tomo al análisis de los datos del 2002, así como de los avances producidos en este periodo de tiempo en el control del comercio exterior de armas pequeñas y ligeras.

El punto séptimo del acuerdo del Congreso de los Diputados prevé la posible propuesta, en el ámbito de la Unión Europea, de un debate sobre el control de los tránsitos aéreos, marítimos o terrestres de armamento por el territorio de los Estados miembros. La aplicación a los tránsitos de armamento a través de territorio de la Unión Europea de los criterios del código de conducta fue una de las iniciativas más importantes presentadas por España durante su Presidencia. La importancia de esta propuesta es clara si se tiene en cuenta que algunos países comunitarios no han homogeneizado todavía sus listas de material de defensa en tomo a la lista común del código, y en consecuencia se siguen produciendo diferencias de criterio a la hora de autorizar una exportación o un tránsito. La Presidencia española consiguióque se incluyese un texto en el cuarto informe anual del código, por el que los Quince se comprometen a aplicar los ocho criterios a la hora de analizar un tránsito de este tipo. Es necesario resaltar que España viene aplicando los criterios del código a los tránsitos por territorio español.

El punto octavo del acuerdo del Congreso de los Diputados instaba al Gobierno a aplicar los resultados de la Conferencia de Naciones Unidas celebrada en julio del 2001, en Nueva York, sobre el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras. En dicha conferencia se elaboró un programa de acción que contiene en su parte segunda una serie de disposiciones que deben ser adoptadas en el ámbito nacional. La mayor parte de estas disposiciones son mucho menos exigentes que la normativa actualmente aplicada en España. Por ejemplo, en lo que se refiere al control de exportaciones de material de defensa y de doble uso, el programa de acción exige implantar un sistema de autorización de las exportaciones de armas pequeñas y ligeras que tenga en cuenta (dice textualmente) el riesgo de que se desvíen al tráfico ilícito. Como ya se ha mencionado anteriormente, España aplica, para autorizar o denegar sus exportaciones de material de defensa, el código de conducta en materia de exportación de armas aprobado por el Consejo de la Unión Europea en junio de 1998. Éste introduce criterios mucho más estrictos que la vaga referencia del programa de acción al riesgo de que se desvíen al tráfico ilícito. Análogamente en otros aspectos, como el marcaje, registro y seguimiento de estas armas, las normas españolas y europeas son mucho más completas y ambiciosas que las disposiciones del programa de acción; de hecho, en España el marcaje es obligatorio desde fecha tan remota como el año 1929.

Una segunda categoría de disposiciones contenidas en el programa de acción son las que imponen a los Estados la obligación de recoger en su ordenamiento jurídico ciertas normas. Así, por ejemplo, el programa de acción obliga a tipificar como delito el tráfico ilícito de armas. Esta es una norma que desde luego existe en el ordenamiento jurídico español ya desde la ley de 1995, de 12 de diciembre, de represión del contrabando, por lo que la aplicación del programa de acción no ha exigido ninguna acción específica por parte del Gobierno, puesto que ya se venía realizando.

Una tercera categoría de disposiciones es la que obliga a tomar medidas de tipo administrativo para facilitar la coordinación y la transmisión de información en el ámbito del comercio de armas pequeñas y ligeras. De esta forma se insta a los Estados a designar un punto de contacto o se solicita que éstos voluntariamente remitan a las organizaciones internacionales información sobre las armas confiscadas o destruidas. Este tipo de medidas ya se han tomado en relación con los socios de la Unión Europea, con los que ya existe una red de puntos de contacto que realizan un muy fluido intercambio de información en estas materias.

Finalmente, el programa de acción contiene una serie de disposiciones de carácter político.

En estas disposiciones se insta a los Estados a cooperar para la eliminación del tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras, a prestar asistencia técnica y financiera en este campo a los Estados que lo precisen y a promocionar en un ámbito regional medidas de transparencia y cooperación aduanera. En el seno de la Unión Europea, la acción común sobre armas ligeras y de pequeño calibre y el programa para prevenir y combatir el tráfico ilícito de armas convencionales, ya recogen estas cuestiones con mayor amplitud que el programa de acción analizado.

Del 7 al 11 de julio de 2003 tuvo lugar en Nueva York, como conocen, la I Reunión bienal de Estados para considerar la aplicación del mencionado programa de acción. En esta reunión se hizo un examen de la ejecución del programa a partir de los informes nacionales de 79 Estados. Entre los aspectos de mayor relevancia, cabe destacar en primer lugar la coincidencia generalizada en la necesidad de desarrollar un instrumento internacional sobre marcaje y seguimiento de estas armas, recomendando a la Asamblea General que en su próximo periodo de sesiones adopte la decisión de negociar dicho instrumento.

El segundo punto más importante fue el referido a la propuesta por una serie de organizaciones no gubernamentales englobadas en la International Action Network and Small Arms (AINSA), consistente en la elaboración de un tratado internacional sobre el comercio de armas pequeñas y ligeras basado en el principio de que los exportadores de estas armas no las suministren a países o grupos que violan el derecho internacional humanitario y los derechos humanos. La Unión Europea se ha adelantado a propuestas de estas características con su código de conducta, que incluye las armas pequeñas y ligeras en su lista común de productos a los que se les aplican los ocho criterios en la exportación. Cabe resaltar, por otra parte, que veintiún países han adoptado controles en las exportaciones de estas armas desde la celebración de la Conferencia de Naciones Unidas en el año 2001. De los 79 Estados participantes, tan sólo 39 de ellos exigen certificados de usuario final. Además de lo anterior, España ha sido país anfitrión, en octubre de 2002, de la III reunión interparlamentaria sobre armas pequeñas y ligeras, con participación de parlamentarios españoles, suecos y centroamericanos. En este encuentro se dio un paso decisivo en la elaboración de directrices en materia de armas pequeñas y ligeras, que sirvan de guía para los parlamentos centroamericanos en su tarea de modernizar las legislaciones de aquella región relacionadas con la lucha contra este tipo de armas. Entendemos por tanto, de lo hasta ahora expuesto, que se ha dado puntual y completa respuesta al acuerdo del Congreso de los Diputados de diciembre del 2001 Y a cada uno de los puntos o apartados establecidos en el mismo.

Permítanme ahora que me refiera a los instrumentos de control en España y al futuro reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, otro material y productos de tecnologías de doble uso.

El reglamento vigente que regula el comercio exterior de material de defensa y de doble uso, fue aprobado en el año 1998, concretamente el Real Decreto 491, de 27 de marzo de ese año. La aprobación de una serie de cuerpos legislativos, además de la continua evolución de las directrices y las listas de control en los distintos foros internacionales de no proliferación, hacían necesaria la actualización de la legislación nacional. Es por ello que se está avanzando de forma consistente en la revisión del marco legislativo español para incorporar estas novedades, y así está previsto aprobar un nuevo Reglamento de comercio exterior de material de defensa y de doble uso en los próximos meses. Es verdad que preveíamos una aprobación anterior, pero hemos preferido la calidad a la celeridad, o si se quiere la precisión en el nuevo real decreto, en el nuevo reglamento, toda vez que como antes hemos mencionado la acción común acordada el 13 de junio por la Unión Europea introducía elementos nuevos que tenían que ser considerados en la confección de este reglamento.

Los cambios más relevantes que está previsto introducir en esta legislación, en esta nueva legislación, son los siguientes: Se crea una nueva figura administrativa denominada licencia global de proyecto, aplicable a programas cooperativos de defensa. Como veremos después en las cifras que corresponden a las operaciones del año 2002 y que con toda seguridad en 2003 y años sucesivos constataremos, se van incrementando las operaciones referidas precisamente a estos programas de cooperación, de ahí la importancia de incluir esta denominada licencia global de proyecto. Se adapta por tanto la legislación española a lo dispuesto en los artículos 12 a 18 del apartado tercero correspondiente al acuerdo marco de la carta de intenciones para la reestructuración e integración de la industria europea de defensa.

En el nuevo reglamento se introduce la obligatoriedad de registro previo y el control de las operaciones de intermediación en el comercio de armas. Pasa a estar sometida a control cualquier operación realizada en territorio español que contemple la intermediación, trasbordo, desvío o cualquier asistencia en la negociación o en los acuerdos de contratos, compras, ventas, o cualquier otra asistencia a las transferencias de material de defensa. Se crea además una cláusula escoba para material de defensa, similar a la ya existente en el Reglamento comunitario de doble uso. Con una cláusula de este tipo, una (catch-all), se puede llegar a exigir una autorización en las exportaciones de productos no sometidos a control, debido a que la Administración o el exportador tuviesen conocimiento o pudiesen sospechar que tales materiales fuesen a ir destinados a un uso distinto del civil previsto, es decir a uso como material de defensa, o bien a la producción de equipos de defensa, O sencillamente que la operación contraviniese los criterios del código de conducta.

La JIMDDU ve modificada su composición en la Presidencia, que pasaría a corresponder al secretario general de Comercio Exterior, y la vicepresidencia que correspondería al secretario general de Asuntos Exteriores. Se crea además un nuevo registro, denominado de operadores de comercio exterior de material de defensa y doble uso, en el que se incorpora a los importadores y a los intermediarios. Y en último lugar se añade un anexo nuevo para el denominado otro material, que incluye los equipos paramilitares y de seguridad que figuran en el anterior reglamento como artículo 23 de la relación de material de defensa. Conviene precisar que el nuevo reglamento incorpora otro artículo 23, que no debe confundirse con el anterior, recogiendo en éste de forma integral el mismo artículo en la lista común del código de conducta en materia de exportación de armas.

Por lo que respecta a la regulación del comercio exterior de productos y tecnologías de doble uso, ésta viene recogida en el reglamento del año 2000, el 1334/2000, de 23 de junio, y sucesivas modificaciones. El reglamento comunitario establece un régimen por el cual deben ser controlados en la exportación los productos y tecnologías de doble uso incluidos en el anexo I, esto es una lista de control con diez categorías, así como otros no incluidos en esta lista, según su artículo 4, la cláusula escoba o catchh-all. En su anexo IV se incluye el subconjunto de productos y tecnologías de doble uso cuyas expediciones dentro de la Unión Europea deben ser sometidas a control por su especial sensibilidad.

A la hora de autorizar las operaciones en el año 2002, la JIMDDU llevó a cabo un estudio exhaustivo de las mismas, aplicando los siguientes parámetros: respeto absoluto de los embargos vigentes de Naciones Unidas, la Unión Europea y aSCE, y el cumplimiento de los compromisos asumidos en foros internacionales de control y no proliferación en los que España participa; aplicación de los ocho criterios del código de conducta de la Unión Europea en materia de exportación de armas a las exportaciones de material de defensa, la adopción de principios restrictivos en la aprobación de exportaciones a determinados países inmerso s en una situación de conflicto interno o regional, impidiendo los envíos de armas o equipos que por sus características pudiesen utilizarse para atentar contra la vida y la integridad física de las personas, tal como antes hemos mencionado, o pudieran ser empleadas en represión interna o como material antidisturbios.

En lo referente a las operaciones de arma pequeña y ligera, también como hemos mencionado la JIMDDU había tomado decisión ya en el año 2001 de condicionar la autorización a la exportación de estas armas en el caso de países sensibles, así como limitar el destino a que se tratara de usuarios públicos, de naturaleza pública, fuerzas armadas y cuerpos de seguridad. Al mismo tiempo, ya he mencionado que grillete s para pies y cadenas para cintura fueron prohibidas las exportaciones de estos dispositivos a partir de diciembre de 2001, Y como consecuencia de la inquietud expresada en la Comisión de Defensa del Congreso y en algunos medios de comunicación, en años anteriores, la Secretaría General de Comercio Exterior pidió al departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, que aplicasen una serie de filtros en determinados envíos que permitiesen una comprobación absoluta de los mismos. Dichos filtros se establecieron en exportaciones de determinados envíos a países concretos de África subsahariana, concretamente las subpartidas 9303.90, la 9306.21, la 9306.29.40, la 9396.30.91 y la 9306.30.98, comprobándose que por las unidades exportadas, por su peso y por su valor unitario, efectivamente correspondían a munición de caza y no a arma ligera, como se daba a entender en algunas publicaciones.

Como se ha dicho con anterioridad, la JIMDDU aplica de manera rigurosa los ocho criterios del código de conducta en cada exportación de material de defensa. Así, y a título de ejemplo, se llegó a detectar en los primeros meses de 2002 un intento de exportación de arma pequeña, en el que se pretendía eludir el sistema de control español al utilizar la vía de exportación a través de otro país de la Unión Europea con una interpretación más laxa de los criterios del código de conducta. Ello se tradujo en una intervención de las armas en su tránsito por territorio español y la apertura de un procedimiento judicial contra la empresa exportadora. Precisamente a estos tránsitos se les vienen aplicando también los criterios del código por parte de autoridades españolas, para evitar que puedan ser aprobados tránsitos por territorio español de terceros países, especialmente los referidos a arma pequeña y ligera, simi1ares a las exportaciones que hubiesen sido denegadas por la JIMDDD.

La mayoría de las licencias aprobadas son acompañadas de documentos de control de uso, destinatario y usuarios finales. De esta manera, se exige certificado de último destino siempre que exista el menor riesgo de reexportación y/o de uso indebido o distinto al inicial para el que se solicita la autorización. El certificado de último destino es un documento que debe ser firmado por las autoridades del país importador, no siendo posible la reexportación del producto o su uso con otro fin distinto al descrito sin el permiso de las autoridades españolas.

Permítanme por último que antes de entrar en el análisis de las operaciones, de los datos de exportación relativos al año 2002, precise a qué tipos de productos se refieren estas estadísticas. Ello es importante para evitar confusiones, evitar equívocos, a los que tan frecuentemente se dan algunas organizaciones, que tratan de incluir como material de defensa lo que no es ni ha sido nunca material de defensa, o que introducen unos datos, unas estadísticas que no se corresponden con el registro de Aduanas ni con las autorizaciones de la JIMDDU, y que por tanto no tienen contrastación real ninguna.

La expresión material de defensa incluye productos específicamente concebidos para uso militar. El término productos y tecnologías de doble uso resulta más amplio, se trata de productos y tecnologías de habitual utilización civil, que sin embargo pueden tener una finalidad militar. Estamos hablando de ciertos combustibles especiales, equipos de comunicaciones, cables de fibra óptica, ordenadores que por su capacidad de proceso pudieran ser utilizados para un direccionamiento de armas, equipos nucleares, pesticidas y otras sustancias químicas, etcétera. Los productos sometidos a control como material de defensa dentro de la legislación española se basan en la lista militar del Arreglo Wassenaar y la lista común del código de conducta, además de incorporar las categorías 1 y 2 del régimen de control de tecnología de misiles.

Entre los productos que no están clasificados como material de defensa conviene hacer mención a determinados casos particulares. Así, los aviones de transporte que no tengan especificaciones ni equipos militares y que estén catalogados por la Dirección General de Aviación Civil como aeronaves civiles, están excluidos expresamente de las listas, no sólo de las españolas sino de las listas internacionales, ya que sus usos y aplicaciones se corresponden con la naturaleza civil de los mismos. Dichas aeronaves pueden tener muy diversos usos: salvamento, transporte de material civil, medicamentos, alimentos, etcétera, vigilancia costera contra el tráfico de drogas, inmigración ilegal u otros muchos usos, pero desde luego no se les puede aplicar naturaleza de material de defensa.

Otro ejemplo de producto no sometido a control es el referido a navíos o buques de carga o transporte, siempre que no tengan especificaciones ni equipos militares. Un caso concreto puede ser el de un remolcador de buques, que puede aplicarse a buques pesqueros, o incluso de embarcaciones destinadas a la vigilancia costera, siempre que no incorporen armamento. Atribuir a ese tipo de elementos materiales la naturaleza de arma, y por tanto de material de defensa, no dej a de ser un ejercicio de pura especulación y de pura imaginación, y en consecuencia las cifras o los agregados de cifras que se deriven de la inclusión de este tipo de materiales no dejan de ser una triste parodia de lo que trata de reflejar la seriedad del informe de exportaciones de material de defensa que a ustedes se les remite anualmente.

Por último, las armas con cañón de ánima lisa, usadas en el tiro deportivo o en caza, y sus municiones, siempre que no estén diseñadas especialmente para uso militar ni sean de tipo totalmente automático, no están sometidas a control en la exportación dentro de la legislación española. Sus especificaciones técnicas e incluso su precio hacen desaconsejable y hacen prácticamente inútil, son inservibles para uso militar. Lo anterior

viene refrendado por el propio código de conducta de la Unión Europea, en cuya lista común de equipos militares no se ha creído necesario ni conveniente la inclusión o la incorporación de este tipo de artículos, por tener un uso fundamentalmente civil.

En lo referente a productos y tecnologías de doble uso, se puede afirmar que los grandes avances habidos en la última década han tenido efectos directos sobre la posibilidad de producir agresivos químicos y bacteriológicos, además de sobre el empleo de equipos de uso corriente, como son ordenadores y sistemas de criptografía en programas nucleares, o de misiles. Los atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001, en Nueva York y Washington, han puesto de manifiesto la necesidad de evitar cualquier contribución a los programas de fabricación de armas de destrucción masiva, aplicando a su vez los controles a la exportación de manera simplificada y efectiva que permita el desarrollo del comercio y el intercambio de tecnología con fines pacíficos.

Esta doble dimensión define determinados precursores químicos, agentes biológicos, ordenadores de elevada capacidad, sistemas de encriptado, materiales radiactivos y determinadas máquinas-herramienta, entre otros muchos productos, así como la tecnología necesaria para su fabricación, como productos -así se les califica- y tecnologías de doble uso.

Pues bien, sobre estas premisas, sabiendo lo que son las cosas y no lo que podríamos imaginar que las cosas son, sabiendo qué material de defensa es lo que se dice en las listas que es material defensa, y material de doble uso es lo que dicen las listas que es material de doble uso, podemos entrar en el análisis de las estadísticas españolas correspondientes a las exportaciones realizadas en el año 2002 de material de defensa y doble uso.

Los cuadros con las cifras de exportación de material de defensa se incluyen en el anexo segundo de las estadísticas. Antes de entrar en el análisis concreto de los datos, hay que resaltar que España es un exportador modesto en el comercio internacional de amas y que sus ventas han fluctuado de manera significativa de año en año, dependiendo de los contratos alcanzados por las empresas del sector. No obstante, y como antes mencioné, en los últimos años los flujos de exportación e importación han tenido un carácter más regular, como consecuencia de la entrada de varias empresas españolas en programas de cooperación conjunta en el ámbito militar: el programa Eurofighter, el futuro avión de transporte A-400M, el carro de combate Leopard y programas de comunicaciones electrónicas MIX. Esta tendencia se consolida en el año 2002 y cabe esperar que se mantenga en años futuros, debido a que dentro del programa Eurofighter ya durante el año 2001 dio comienzo la entrega del ala derecha de este avión, fabricada en España, y en los próximos años se producirán los primeros envíos derivados del conocido contrato de venta de cinco fragatas F-85 a la Marina noruega.

En el año 2002 se produjo un aumento del 18,8 por ciento en las exportaciones de material de defensa respecto al año 2001, incremento inferior al experimentado un año antes, del 67 por ciento, pero que hizo que se mantuviese la tendencia positiva de las exportaciones. En porcentaje para el conjunto de países de la Unión Europea, las exportaciones supusieron, en total el 83,5 por ciento; mientras que si éstas se refieren a los países OTAN, al total de países OTAN, el porcentaje ascendió al 88,9 por ciento.

Hay que señalar que la tendencia creciente de concentración de nuestras exportaciones en los países de la Unión Europea y en los países OTAN encuentra su causa, por un lado en la integración de las industrias de defensa, de producción de material de defensa, y también en la integración y armonización de sistemas de armas dentro del mundo occidental, dentro de OTAN. Así, en el año 1999 el porcentaje total de exportaciones a OTAN más países de la Unión Europea no pertenecientes a OTAN se quedaba en el 77.04 por ciento, pasamos en el año 2002 al 88,92 por ciento, en una tendencia creciente, como digo, a la concentración de exportaciones en estos países.

Las ventas a países de la Unión Europea se elevaron en el año 2002 a 229,4 millones de euros, distribuidos principalmente entre Reino Unido, Italia, Alemania, Francia y Grecia. La partida principal correspondió a partes y piezas para el avión Eurofighter 2000 con destino a Reino Unido, Italia y Alemania, además de combustibles a los dos primeros países, Reino Unido e Italia. También se ha de destacar la cifra de exportación a Estados Unidos, que se consolidó como uno de los principales mercados para el sector de defensa español, exportándose básicamente combustibles con especificaciones militares, componentes para aeronaves y arma pequeña. Las ventas restantes, es decir lo que queda fuera de lo mencionado, por un 11,1 por ciento del total de lo exportado, asciende a 30 millones de euros, 30,45 millones de euros para ser más preciso, una vez descontadas las exportaciones a países de Unión Europea y países OTAN. Estas exportaciones de 30,45 millones de euros se repartieron entre 29 países, entre los que destacan Marruecos, con 6,65 millones de euros, Venezuela, con 3,63 millones de euros; India, con 3,39 millones de euros; y Uruguay, con 2,11 millones de euros. Otros mercados, pero de mucha menor importancia, se encontraron en países árabes y del sudeste asiático.

Por categorías de productos, las principales exportaciones correspondieron a partes, piezas y componentes de aeronaves (154,4 millones de euros), más de la mitad, concretamente el 56,2 por ciento del total de las exportaciones de material de defensa en el año 2002. Como es lógico, vista la participación española en el programa Eurofighter y que éste se encuentra en una fase de crecientes intercambios de componentes completos para su ensamblaje final, cabe esperar que esta tendencia siga suponiendo porcentajes mayores en el total de nuestras exportaciones en el futuro. También fueron relevantes las ventas de combustibles militares, por 52,66 millones de euros, que totalizan el 39,2 por ciento del total de nuestras exportaciones de material de defensa. Estas exportaciones, estas ventas de combustibles militares, una partida tradicional dentro de las exportaciones españolas de material de defensa, se reparte entre combustibles para aeronaves y combustibles para buques, y prácticamente se sitúan por mitades cada una de estas exportaciones específicas de combustibles para aeronaves y para buques. La tercera partida correspondió a partes, piezas y componentes para vehículos de transporte y de uso militar, concretamente ascendió a 18,28 millones de euros, que totaliza el 6,7 por ciento del total de exportaciones de material de defensa en el año 2002. Y la cuarta categoría más exportada fue la de vehículos de transporte y uso militar, por algo menos de 10 millones de euros, totalizando el 3,5 por ciento de las exportaciones.

Se puede decir que la categoría de partes, piezas y componentes para aeronaves aumentó su peso específico de forma muy importante, el 25,2 por ciento, por las razones antes aludidas, el programa Eurofighter. Las dos primeras categorías en orden de importancia, partes, piezas y componentes para aeronaves y combustibles militares, representaron en el año 2002 el 75 por ciento, las tres cuartas partes del total de la exportación española de material de defensa, muy por encima del 49 por ciento del año anterior, y estas dos categorías explican por sí mismas las ventas de partes, piezas y componentes para aeronaves y combustibles militares, sólo estos dos componentes explican por sí mismos el incremento total de las exportaciones de material de defensa en el año 2002 respecto del año 2001, compensando incluso el descenso habido en otras categorías de productos

En cuanto a arma pequeña y ligera, como puede observase en la comparación de exportaciones de las categorías relativas a arma pequeña y ligera, categorías 1 a 6, entre los años 2001 Y 2002 en todas las categorías analizadas, excepto en la referida a municiones para arma pequeña, se redujo el valor de las exportaciones en 2002 respecto a 2001. Insisto, se han reducido las exportaciones de arma pequeña y ligera, con la única excepción de las municiones de arma pequeña, en el año 2002.

Si nos atenemos a las principales categorías de exportación española de material de defensa, hay que señalar que en el año 2000 las cinco categorías (arma pequeña, arma ligera; partes, piezas y componentes de aeronaves; combustibles militares; partes, piezas y componentes para vehículos terrenos de transporte y uso militar y los vehículos terrenos de transporte y uso militar) han ido evolucionando de forma muy diferenciada. En el año 2000 el arma pequeña y arma ligera totalizaban por encima del 10,5 por ciento del total de

exportaciones; en el año 2002 no llegan al 7 por ciento; mientras que las partes, piezas y componentes de aeronaves, junto con los combustibles militares, que en el año 2000 ascendían al 48 por ciento, se sitúan en el año 2002 en el 75 por ciento. Partes, piezas y componentes para vehículos terrenos de transporte y uso militar, prácticamente de un porcentaje irrelevante del 0,03 en el año 2000, se ha pasado al 6,7 por ciento en el año 2002; y en vehículos terrenos de transporte y uso militar se ha mantenido una evolución errática, el 5,24 por ciento en el año 2000, el12 por ciento en el año 2001 y el 3,5 por ciento en el año 2002.

En cuanto a los datos de operaciones tramitadas, en el año 2002 se tramitaron 568 solicitudes de licencia de exportación de material de defensa, correspondiendo 412 a licencias individuales, 12 a licencias globales, éstas permiten la realización de varios envíos a diferentes países y destinatarios, y 144 a licencias temporales. Además de las anteriores, se tramitaron un tráfico de perfeccionamiento activo y 269 rectificaciones de licencias concedidas con anterioridad. La rectificación se refiere bien a una ampliación de plazo o a un cambio en la aduana de despacho.

De las 412 licencias individuales, 335 fueron aprobadas; 13 denegadas; 18 desistidas por el propio exportador; 19 caducaron por expiración del plazo de presentación de documento de control del uso final asociado a la licencia; y 27 quedaron pendientes. Las 12 licencias globales, las 144 temporales y el tráfico de perfeccionamiento activo fueron aprobadas, salvo una exportación temporal que quedó pendiente.

Hay que decir también que en 2002 se aprobaron 8 acuerdos previos de exportación, siendo ésta una figura administrativa que supone la conformidad inicial de la Administración a envíos futuros sujetos en todo caso a licencia individual, que en el futuro habrá que pasar por la JIMDDU, siempre que en el momento de efectuar dichos envíos las circunstancias no hayan cambiado. Normalmente estas operaciones se refieren al programa Eurofighter (partes, piezas y componentes) y también a la transformación que se realiza en España del Airbus para dotarle de capacidades de reabastecimiento de aeronaves en vuelo, que realiza la empresa EADS-CASA.

En cuanto a las inscripciones en el Registro especial de exportadores, en el año 2002 se produjeron, en cuanto a material de defensa, 14 inscripciones de empresas de material de defensa. Los datos de denegaciones durante el año 2002, tal como se ha mencionado, fueron 8 denegaciones como resultado de la aplicación del código de conducta. De esas denegaciones, 6 correspondieron a arma pequeña, siendo los criterios aplicados en cuatro de ellas el criterio séptimo (riesgo de desvío), en estos casos por no presentar el destinatario suficientes garantías, y el octavo, adecuación técnica y económica de la exportación, y en las dos restantes sólo el criterio séptimo. Las otras dos denegaciones incluyen armas pequeñas y ligeras, siendo el criterio aplicado el séptimo.

El menor número de denegaciones (insisto, denegaciones en aplicación del código de conducta) habidas en el año 2002 en comparación con las producidas en 2001, se explica por el descenso de solicitudes con destino a aquellos países que habían sido objeto de la mayoría de las 29 decisiones denegatorias del año anterior. Conviene precisar también que las ocho denegaciones del año 2002 están más en sintonía con la ratio de denegaciones que por número de autorizaciones tramitadas en otros países de la Unión Europea corresponde a la importancia de las exportaciones de material de defensa. En los ocho primeros meses de este año 2003, el número de denegaciones ha ascendido a 7.

Las ocho denegaciones del año 2002 fueron comunicadas a los Estados miembros de la Unión Europea, y además de estas denegaciones, las que se derivan de la aplicación del código de conducta, las autoridades españolas procedieron durante el citado año a la denegación de cinco exportaciones adicionales, que totalizan las 13 que mencioné al principio. En este caso se trata de productos no incluidos en la lista común del código de conducta, denegaciones que son plenamente efectivas aunque no se comuniquen a los restantes países de la Unión Europea.

En el año 2002 se inició también una investigación sobre posibles envíos por varias empresas españolas de material de defensa sin autorización previa, no estando concluida aún esta investigación. Se impidió un tránsito por territorio español, al que he hecho referencia antes, correspondiente a una partida de armas pequeñas cuya exportación había sido denegada previamente por la JIMDDE, y por último, y gracias a la obligatoriedad del marcaje de armas pequeñas y ligeras, se pudo realizar el seguimiento de una exportación realizada en el año 1992 de algunas armas que han tenido una singularidad específica. Es importante mencionar también que en el mes de julio del año 2003 la policía nacional interceptó un tránsito no autorizado correspondiente a fusiles y subfusiles de asalto con destino a un país del África subsahariana.

En cuanto a las tecnologías, productos y tecnologías de doble uso, los cuadros con las cifras de exportación de productos y tecnologías de esta naturaleza se incluyen en el anexo III de las estadísticas que les han sido remitidas a todos y cada uno de los miembros de esta Comisión. Las exportaciones realizadas de productos y tecnologías de doble uso muestran que el incremento significativo observado en 1999 respecto de los dos años anteriores, se quebró en el año 2000 con una caída del 2,3 por ciento, habiéndose reducido drásticamente las ventas al exterior en el año 2001, con una disminución del 76 por ciento, y experimentando un ligero aumento, desde cifras de partida muy bajas en el año 2002, un crecimiento del 8,1 por ciento. Ello se explica, todas estas reducciones en unos años y un ligero incremento en el año 2002, se explican por el cierre de la planta en España de una conocida multinacional extranjera. Hasta el primer semestre del 2001 esta filial había sido el primer exportador en doble uso, merced a la venta de circuitos electrónicos a países del sudeste asiático, fundamentalmente Singapur y Tailandia. La caída en las cifras de exportación de esta empresa se produjo ya en el primer semestre del año 200l.

De entre los destinos de exportación, nos referimos ahora a los datos de 2002, destacan sobremanera las exportaciones de generadores de vapor y condensadores de potencia a Estados Unidos, que con 64,73 millones de euros absorbe el 79,5 por ciento del total exportado de este material de doble uso. Al margen de este destino, otros tres países, China, Venezuela e Irán, representando en su conjunto el 13,3 por ciento, con 10,82 millones de euros de exportaciones, son los otros tres destinatarios principales de material de doble uso, y el resto se distribuye entre 50 países de muy diversas áreas. Las exportaciones a China fueron de condensadores de potencia, intercambiadores de calor, máquinas herramientas y sustancias químicas. A Irán se exportaron sustancias y equipos para industria química y tratamiento de materiales. Finalmente, todos los envíos a Venezuela correspondieron a sustancias químicas para su industria petroquímica.

Tres categorías de productos han constituido tradicionalmente los campos de especialización de empresas exportadoras españolas: la electrónica, circuitos electrónicos integrados, sustancias químicas con destino a industria farmacéutica, laboratorios y curtidoras de pieles, principalmente, y los materiales y equipos nucleares, uranio, partes de reactor nuclear, generadores de vapor para centrales nucleares y electrodos de grafito para hornos eléctricos. En el año 2002 las ventas se concentraron, como es lógico, en la categoría más exportada a Estados Unidos, que son los materiales, instalaciones y equipos nucleares, con 64,86 millones de euros, y como hemos dicho casi el 80 por ciento del total exportado. La segunda categoría que merece la pena destacar dentro de estas exportaciones 2002, son los materiales, sustancias químicas, microorganismos y toxinas, con algo menos de 10 millones de euros y el 11,9 por ciento del total exportado. Tratamiento de materiales constituyó la tercera categoría en orden de importancia, con poco más de 6 millones de euros y el 7,6 por ciento del total exportado.

En cuanto a las operaciones tramitadas en doble uso, en el año 2002 se tramitaron 327 solicitudes de licencias de productos y tecnologías de esta naturaleza, correspondiendo 308 a licencias individuales, 16 a licencias globales y 3 a exportaciones temporales. Asimismo, hubo 26 rectificaciones de licencias concedidas con anterioridad. De las 308 licencias individuales, 272 fueron aprobadas, 19 denegadas, 5 desistidas por el propio exportador, 11 caducaron y una quedó pendiente. De las 16 licencias globales, 12 resultaron aprobadas y en las cuatro restantes desistieron las empresas de su tramitación. Todas las exportaciones temporales fueron aprobadas y no se tramitó ningún acuerdo previo durante el año 2002. Se inscribieron 13 empresas exportado ras de productos y tecnologías de doble uso en el año 2002. Y se produjeron, como he señalado, 19 denegaciones: 18 de sustancias químicas y 1 de equipos relacionados con la industria química, con la capacidad de generación química. Todas ellas estuvieron motivadas por el riesgo de desvío a la fabricación de armas de destrucción masiva, químicas y biológicas. En este año se realizó también una investigación acerca de las exportaciones de sustancias químicas sometidas a control por dos empresas españolas, sin haber obtenido la autorización previa. El Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales abrió un expediente relacionado con dichos envíos. Las denegaciones acumuladas en lo que va de año ascienden a 5, todas ellas en sustancias químicas.

Con esto yo creo que hemos recogido lo esencial del informe correspondiente a exportaciones de material de defensa y de doble uso durante el año 2002, en cumplimiento del acuerdo del Congreso de los Diputados. Tal y como hemos referido en todos y cada uno de sus apartados, el informe corresponde a una metodología muy rigurosa respecto de las categorías, tanto de material de defensa como de doble uso, que deben de ser incluidas. Por otro lado, no solamente es la metodología española, sino que es la metodología común internacional dentro de la Unión Europea. Además, de las cifras de exportaciones, tanto en material de defensa como de doble uso, se detectan determinadas tendencias que muy resumidamente podemos señalar en la concentración en programas de cooperación industrial con los países europeos, en la exportación de combustibles y en la propia concentración geográfica en países OTAN y de la Unión Europea.

Y ésta sería la exposición del informe correspondiente al año 2002 de exportación de material de defensa y doble uso.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Utrera, por este exhaustivo informe.


A continuación, los portavoces de los distintos grupos van a hacer uso de la palabra para comentar este informe que ha expuesto oralmente y que ellos han recibido por escrito en sus datos básicos. Por parte de Coalición Canaria, don Luis Mardones tiene la palabra en primer lugar.

El señor MARDONES SEVILLA: Quiero dar la bienvenida a esta Comisión al señor secretario de Estado, tanto por su presencia como por su exhaustivo informe. Como bien ha dicho el señor presidente de esta Comisión, don Rogelio Baón, los portavoces y miembros de esta Comisión hemos recibido el informe escrito de las estadísticas españolas de exportación de material de defensa y de doble uso correspondiente al pasado año 2002. Yo tengo que coincidir con el señor secretario de Estado en que estamos recibiendo cada vez una mejor información, sobre todo se están cumpliendo los principios políticos y de control establecidos por acuerdo del Pleno del Congreso de los Diputados, tanto el del año 1997 como el del año 2001, en los que habíamos vuelto a pedir transparencia en todas las cifras. Muchas veces ha habido oscuridad a la hora de saber las cifras, pero hoy día, con esta metodología y la sistemática que trae el informe, yo creo que ha quedado aclarado. A este portavoz, por ejemplo, le eximen de muchas preguntas al respecto porque, señor secretario de Estado, vienen perfectamente reflejadas en la exposición que hayal respecto. Espero que sigamos ese criterio, sobre todo en cuanto a los controles que deben hacerse dentro de un escenario, no solamente el de la exportación de la industria española de defensa -sea del tipo de armas que sea, armas cortas, ligeras, las que más se especifican aquí, las de doble uso, armas más peligrosas y de difícil control- sino sobre todo en lo que se refiere, como digo, a la sistemática y a buscar nuevos espacios y nuevos escenarios, no solamente el de la industria española de defensa de exportación, sino de la industria de la Unión Europea, de nuestros socios, tanto lo que España está exportando a países de la Unión Europea que al mismo tiempo son de la OTAN, como los que son de la Unión Europea pero no la OTAN y los que son de la OTAN pero no de la Unión Europea, como es el caso, por ejemplo, de Estados Unidos y de Canadá. Se ve que el mercado de Estados Unidos es significativo, como dentro de otros países el mercado británico, curiosamente, o el mercado venezolano, por hacer mención a alguna cuestión que aparece en el informe que nos hemos leído.

Yo solamente -y con esto termino, señor secretario de Estado, señor presidente- quiero hacer una pregunta. En el archipiélago canario se han detectado a veces noticias de prensa muy llamativas en cuanto a que barcos en tránsito han atracado en puertos canarios y ha habido dificultades para conocer los manifiestos de carga, en la sospecha de que llevaban armas, si bien con destino a terceros países. En este informe se habla de las operaciones triangulares de estos operadores que no son oficiales pero que actúan legalmente, podríamos llamarlos así, dentro del mercado de armas. Son empresas comerciales que hacen operaciones triangulares: salida de material de España, en el manifiesto de carga pone un destino y después puede ocurrir que vayan a otro destino; son casos que pasaron hace años y que este diputado recuerda. La pregunta, por tanto, es: ¿Cómo se están haciendo las verificaciones de los manifiestos de carga de armas que pasan por puertos españoles? A veces las autoridades aduaneras o policiales españolas, sobre todo el Servicio de Vigilancia Aduanera, o quien haga la inspección, si la puede hacer, del buque que se sospecha que exporta armas, no de procedencia española, digo, sino que están en tránsito en los puertos, sobre todo en Canarias, con destino a países africanos en situación muy inestable de seguridad, tienen muchas dificultades.

El señor PRESIDENTE: Seguidamente, el portavoz de Convergencia i Unió, don CarIes Campuzano, tiene la palabra.

El señor CAMPUZANO I CANAHES: Agradezco también esta larga y concreta exposición del señor Utrera. Yo también quiero de entrada disculparme porque no podré escuchar su respuesta, ya que he de defender las enmiendas de mi grupo parlamentario en la Comisión de Administraciones Públicas a un proyecto de ley. Por tanto, le ruego que me disculpe.

Es evidente que el seguimiento que la Cámara hace de esta información derivada de ese acuerdo de marzo del año 1997 va demostrando que la información que se traslada al Congreso va mejorando año tras años. Mi grupo quiere remarcar este primer apunte desde algunas críticas que le debemos de formular, pero valorando ese esfuerzo que se hace para que la documentación que se envía pueda permitir un mayor control del Gobierno en esa materia y un mayor debate político. Hablando de la mejora de esta información, es evidente que estas comparecencias anuales ayudan a ello. El propio señor Utrera en algunas de sus manifestaciones hacía referencia a cambios que se producen como resultado de ese tipo de debates. Por tanto, yo creo que aquel acuerdo del año 1997 ha sido positivo, lo fue en el año 2000, y es una senda en la que debemos continuar.

Desde esa foto global que mi grupo valora de manera interesante, me gustaría remarcar cuatro cuestiones muy concretas que nos continúan preocupando. En primer lugar, ya es una discusión clásica en esta Comisión el debate sobre el nivel de transparencia en relación a otros informes que se producen en el marco de la Unión Europea o en el marco de los países de la OCDE. Lo cierto es que ciñéndonos exclusivamente a la información que se nos facilita, sería necesario avanzar en una mayor des agregación de la información y en el cruce entre países y productos, si de verdad queremos plantear algunos debates. De ahí que mi grupo entienda que ha habido mejoras, pero que no estamos aún en el óptimo que pueda permitir a esta Comisión cruzar esos datos.

En segundo lugar, continuamos teniendo algunas discrepancias -y es motivo de preocupación- en la aplicación de los criterios de la Unión Europea. Por ejemplo, que continúen recibiendo armamento español Marruecos, Angola, Venezuela o Ghana, según estas estadísticas, nos preocupa, porque entendemos que son países que in cumplen los criterios del código de conducta, desde la vulneración de derechos humanos en el caso de Marruecos y Venezuela, hasta cuestiones relacionadas con situaciones de posconflicto, en el caso de Angola, o países en áreas sensibles, como Ghana. Ahí, por tanto, le hacemos una crítica. No mostramos el mismo entusiasmo que el señor Utrera en la aplicación de ese código de conducta. (El señor vicepresidente, Sanjuán de la Rocha, ocupa la presidencia.)

En tercer lugar, nos gustaría saber si no cree el Gobierno que sería más adecuado que esa futura legislación en este ámbito tuviese el rango de ley, precisamente para darle mayor blindaje jurídico, mayor debate político, mayor capacidad de intervención de los grupos parlamentarios en ese proceso de adecuación de la legislación española. Mi grupo vería bien que la reforma de ese real decreto nos llevase a una ley, consensuada en esta Cámara, que ordenase todo lo relacionado con las exportaciones de material de defensa y de doble uso.

Y finalmente -creo que al menos en el texto figura, no recuerdo ahora si en su intervención así se ha formulado-, existe un cierto movimiento internacional que aboga, siguiendo la estela del Tratado de Ottawa, por la elaboración de un tratado internacional que regule esas mismas cuestiones a escala global. Del informe y de su intervención cabe deducir que la apuesta del Gobierno español es porque el modelo bueno, que es el modelo del código de conducta de la Unión Europea, es el modelo que nos garantiza en el marco de la Unión Europea este esfuerzo de control en las exportaciones realizadas. Yo creo que una visión más amplia del fenómeno de proliferación de armas, especialmente de las armas pequeñas y ligeras, nos exigiría ir hacia un modelo como el que se planteó en el proceso de Ottawa, un tratado internacional que regule el control de armas ligeras y pequeñas. Nos gustaría que el Gobierno tuviese una posición activa en esa línea. De algunas respuestas parlamentarias y del documento deduzco que el Gobierno no está en esa tesitura, y ahí también hay un punto de discrepancia.

Para terminar, simplemente quiero confirmar si la información, que todos vimos a través de los medios de comunicación, de la intercepción en el puerto de Barcelona de un alijo de fusiles y subfusiles, creo recodar, dirigidos a algún país africano, forma parte de las informaciones que se nos han dado en esta sesión.

El señor VICEPRESIDENTE (Sanjuán de la Rocha): A continuación tiene la palabra, en nombre del Grupo Parlamentario Socialista, don Alberto Moragues.

El señor MORAGUES GOMILA: Sean mis primeras palabras para unirme a las de felicitación por su reciente nombramiento, señor secretario de Estado, y desearle, a nivel personal y en el ámbito de sus competencias, los éxitos que más convengan a nuestro país.

En cuanto al informe sobre exportación de material de defensa y de doble uso, la primera cuestión que quiero plantear, en este caso a la Comisión, es nuestro desacuerdo por el escaso tiempo que ha transcurrido entre la distribución de este informe y su debate en la Comisión. Y no lo digo, señor presidente, porque los grupos parlamentarios no hayamos podido establecer una posición política acerca de los mismos, en absoluto, es cierto que una semana escasa no es mucho tiempo, pero es suficiente para ello. El motivo de nuestra discrepancia es que este plazo no permite implicar en el debate a la sociedad y, por supuesto, al conjunto de organizaciones no gubernamentales que en nuestro país se han interesado y se han implicado de manera destacadísima en todos los procesos para incrementar la transparencia y el control del mercado armamentístico, y que por supuesto fueron y continúan siendo piezas básicas en incentivar el debate político sobre el comercio de armas.

Creo sinceramente, señor secretario de Estado y señor presidente de la Comisión, que no hubiera pasado nada negativo, sino todo lo contrario, si el debate se hubiera demorado algunas semanas, para, como he dicho antes, implicar a sectores sociales en el mismo. No en balde todas las posiciones internacionales y nacionales de gobiernos y organismos multilaterales hacen siempre alguna referencia a la necesidad de que las sociedades asuman compromisos para contrarrestar y hacer frente a las culturas de la violencia, haciendo llamamientos a la participación pública en programas educativos y de sensibilización. Y esto, aquí y ahora, sólo lo hacen las ONG, y especialmente las que han llevado adelante la campaña de Adiós a las armas. Aunque puedan parecemos más o menos ajustadas las acusaciones que éstas hacen a la Administración acerca de una interpretación laxa a la hora de aplicar los criterios del código de conducta de la UE y aunque se pueda discrepar de la información que publican, no creo que se pueda restar toda credibilidad a los informes de las organizaciones no gubernamentales alegando, como hizo en su día el entonces secretario general, que nunca se ha cuestionado por la Unión Europea nuestra política de exportación de armas, porque todos sabemos que la Unión Europea es uno de los mayores fabricantes y comerciantes mundiales de armas, y todos sus miembros tenemos o podemos tener alguna tentación de callamos para no perjudicar los sensibles intereses industriales y comerciales establecidos alrededor de los productos de defensa. Hacemos votos, por tanto, para que en próximas ocasiones este debate sea un debate social lo más amplio posible, con participación de todos los interesados, sin miedos ni perjuicios. La información es transparencia y del conocimiento de la misma sólo pueden redundar beneficios para todos si realmente nos creemos la filosofía que animó a los grupos parlamentarios a proponer y aprobar la realización de este debate anual, que debemos recordar también que debe servir para impulsar una cultura de la paz.

Dicho esto, y ciñéndome al informe de año 2002, debo aclarar algún concepto en el que debe entenderse mi intervención, porque las cuestiones y discrepancias que pueda plantear deben ser vistas a la luz de la relativa importancia de nuestro mercado armamentístico, como ya ha recordado en su intervención el secretario de Estado. Según se ha publicado recientemente, el Instituto Internacional de Investigación para la Paz de Estocolmo (conocido como SIPRI) ha calculado que el mundo ha gastado en armas en el año 2002 una suma de 794.000 millones de dólares, de los cuales un 43 por ciento corresponde a los Estados Unidos. Si comparamos estas cifras con las de la producción del sector industrial de la Defensa en España, publicadas en el informe anual de Afarmade, que hablan de una producción total de 734 millones de euros, o si las comparamos con las cifras del informe de la Secretaría de Estado sobre las exportaciones españolas del año 2002, que hablan de 274 millones en material de defensa, podemos concluir que la participación de nuestra industria de defensa en el conjunto de la producción mundial es bastante moderada, por no decir bastante insignificante. Y por tanto, nuestras posibles responsabilidades en el mal uso o incluso en el uso ilícito de armas, son también muy limitadas.

Pero debo añadir que el contexto mundial en que nos movemos es verdaderamente preocupante. El incremento mundial del gasto en armas durante el año 2002, a resultas del impacto producido por los acontecimiento del 11 de septiembre, ha sido de un 6 por ciento, el doble que en el año anterior. Es absolutamente evidente que hay un regreso a una carrera armamentística, que se ha colocado en niveles de gasto parecidos a los que existían en los tiempos de la guerra fría, y ello sin contabilizar aún las evidentes consecuencias del conflicto de Irak.

Dicho esto, quiero dejar claro que lo que a mí me interesa en este debate no es la cuestión cuantitativa, porque reclamo que nuestro planteamiento sea un planteamiento ético: que tengamos todos el máximo convencimiento de que las operaciones en las que participa el Estado español se adecuan no sólo a la letra de la ley, sino al espíritu de la misma, código de conducta de la Unión Europea incluido. Para todos debería ser importantísimo que la acción del Gobierno ni sea ni pueda ser puesta en duda por la sociedad o por alguno de sus agentes. Las ONG tienen esta consideración, y ellas ponen en duda algunas cifras y algunos comportamientos de la Administración. Esto, unido a una permanente falta de diálogo con esas organizaciones, señor secretario de Estado, no sirve más que para que se siga considerando el mercado armamentístico como el súmmum del oscurantismo. Y todos hemos de convenir que no es así, que las estadísticas anuales, desde que se iniciaron, en 1997, hasta la fecha, han mejorado sustancialmente, y aunque aún hay recorrido por hacer hemos de ser conscientes de que estamos en el pelotón de cabeza entre los países que efectúan y comunican anualmente informes sobre comercios de armas.

Ya en el debate del año pasado mi grupo reconocía esta situación, y este año debo decir que la misma ha continuado mejorando, en especial la primera y segunda parte del informe, en el que se da una mayor información sobre los análisis de las estadísticas y las principales acciones acometidas en España y en los foros internacionales. Por eso y por la mayor claridad en las cifras publicadas, el informe anual nos permitiría hacer un debate distinto, un debate global sobre la cuestión de la proliferación de armamento, su control y consecuencias y el papel que juega España, tanto en el contexto comunitario como en el mundo.

A pesar de todo lo que ha dicho el secretario de Estado justificando la impecable sujeción del informe a la normativa vigente, a lo mejor ha llegado la hora de que empecemos a pensar que este informe debería ir más allá de las estadísticas de exportación y se incluyeran en él aspectos tan importante como la importación de armas, la fabricación española de material de defensa y la venta de material que no estando clasificando como material de defensa, como lo contempla el arreglo de Wassenaar, vaya destinado a fuerzas armadas o a fines deportivos o de seguridad personal. Quiero recordar que las armas deportivas o de seguridad también matan. Ello sería posible porque los datos de importación también los controla su departamento y la Administración de Aduanas, y los datos de fabricación los publica anualmente la Asociación de fabricantes de material de defensa. No se trataría, pues, más que de agregar información ya existente, reconociendo que ello representaría aún un mayor esfuerzo a los servicios administrativos de su departamento, cuya labor, que ha recordado el secretario de Estado, también quiero reconocer públicamente.

Si ello fuera posible, la Comisión tendría un conocimiento global de la cuestión y ampliaría su campo de actuación y de debate no sólo a nuestra participación en la exportación, sino que obtendríamos una visión del mercado interior de un país como el nuestro, que cuenta con una de las mejores, más restrictivas y más antiguas legislaciones sobre el control de armas, y que cuenta con unos de los servicios de intervención de armas y explosivos, gestionado por la Guardia Civil, más admirado y respetado del mundo. Y créanme que lo digo con conocimiento de causa, porque lo he podido comprobar en foros internacionales. Creo que a este convencimiento responde la novedad de incluir algunos párrafos destinados a cuantificar las actuaciones de la Intervención central de armas de la Guardia Civil. Y dejo aquí esta propuesta para futuras reflexiones y debates.

El informe del año 2002 anuncia la inminente publicación de un real decreto para control del comercio exterior de material de defensa, otro material y productos de tecnologías de doble uso, y enumera los cambios más importantes que va a incluir. Quiero decide, señor Utrera, que estamos absolutamente de acuerdo con ellos y saludamos las novedades que va a incorporar y que el informe de 2002 resume. Pero debo recordade, y usted ha hecho referencia a ello, que ya en el debate del año pasado nos anunció que estaba en proyecto una nueva regulación del material de defensa, e incluso el Diario Oficial de las Comunidades Europeas del 31 de diciembre de 2002 incluía en su apartado 1.b (legislación recientemente promulgada) la siguiente información: En 2001 las autoridades españolas elaboraron un nuevo reglamento del comercio exterior de material de defensa y de material de doble uso, que entrará presumiblemente en vigor en 2002. A continuación resumía las novedades más importantes que se incluían. Convendrá conmigo, señor secretario de Estado, que alguna contradicción existe en la información, y usted ha hecho, como he dicho antes, referencia a ello.

¿En qué situación de elaboración está exactamente este nuevo marco legislativo que se ha anunciado? ¿Cuáles son los motivos, aunque usted también ha apuntado alguno, por los cuales el nuevo reglamento no acaba de hacerse una realidad? ¿Para cuándo este nuevo e importante reglamento que debe regular mucho mejor cuestiones tan importantes como el registro y el control de las operaciones de intermediación? Yo no voy a poner en duda que su departamento ha preferido la calidad a la celeridad, como ha dicho en su intervención, y que es muy conveniente introducir en el reglamento la recientemente aprobada Acción Común Europea; pero, por favor, no quiera vendemos que en el proyecto de reglamento se está avanzando de forma consistente, porque no es creíble, señor secretario de Estado.

Con relación a las exportaciones de arma pequeña y ligera, nos gustaría que el informe fuera bastante más exhaustivo y poder conocer mucho más los datos de las operaciones de exportación y de intermediación autorizadas y, por supuesto, de las denegadas, de las cuales sólo se informa de su número y de los motivos de su denegación, o cuáles son los motivos de la caducidad de algunas de las autorizaciones concedidas. Sé que mi petición es complicada y que se me repetirá, como se me dice cada año, que ésta es una información sensible y secreta. Y yo le voy a contestar como hago cada año: que esto para el Parlamento no es ningún problema si hay voluntad política de hacerlo, que existe en esta Cámara una Comisión de Secretos Oficiales que puede recibir cualquier información, por confidencial que sea. Y yo reclamo y nuestro grupo reclama esta información que es de la máxima importancia para dar credibilidad a toda esta política de transparencia y control que debe envolver el mercado armamentístico, y muy especialmente en lo que se refiere al comercio de armas cortas y ligeras, por las consecuencias letales que su uso conlleva.

Sé que lo conocen SS.SS., pero me voy a permitir recordarles que se estima que en el mundo existen alrededor de 700 millones de armas ligeras, el 50 por ciento de ellas en manos de civiles, y que son un verdadero arsenal de armas de destrucción masiva, porque su uso es el responsable directo de 500.000 muertes cada año: 300.000 en países en situación de conflicto y el resto en países pacíficos, como consecuencia de homicidios, suicidios, accidentes, usos imprudentes, etcétera. Por ello, entenderán todos que cualquier medida restrictiva en este ámbito nos parezca poca. Y en ello, en la visión restrictiva del mercado de armas, de armas cortas y ligeras, coincidimos con la política de su departamento, que cada vez ejerce mayores controles y aumenta el número de denegaciones, tanto de exportaciones como de tránsitos de operaciones con riesgo de desvío, por cuestiones de inestabilidad en la región de los países destinatarios. Por la especial situación interna de los países receptores o porque las operaciones tienen unos dudosos destinatarios. Por primera vez, creo, aparece en el informe que se han abierto investigaciones sobre posibles envíos sin autorización previa. Todo ello en aplicación estricta del código de conducta de la Unión Europea. Nos parece muy bien que en este campo se actúe preventivamente y sea suficiente para denegar una operación la sospecha fundada, y que no sea necesaria una certeza, que muchas veces es muy difícil o imposible determinar. Sólo querríamos tener más información sobre las identidades, los motivos y las consecuencias de todas esas investigaciones o denegaciones, o de las causas de los desestimientos instados por los exportadores.

Saludamos también muy positivamente, y especialmente lo hago en mi calidad de representante español, juntamente con otros diputados de esta Comisión, en el Foro Interparlamentario Eurocentroamericano sobre control de armas pequeñas y ligeras, que para España se hayan convertido en mercados prácticamente cerrados Centroamérica, algunos países del Cono Sur o de la antigua Europa del Este, aunque estas restricciones hayan tenido consecuencias negativas en el sector industrial español, por la consiguiente pérdida de puestos de trabajo. Está claro que estas restricciones harán mucho más difícil que aparezcan armas españolas entre las intervenidas por la Policía en Brasil, que provenían de unas ventas presuntamente legales a Uruguay; o que se detecten en los Balcanes armas cortas fabricadas en España cuyo destino final era Panamá. (El señor presidente ocupa la presidencia.) Este es el camino correcto y tendrá, señor secretario de Estado, no lo dude, nuestro apoyo más incondicional.

De toda la relación de países con los que se ha operado, a alguno de los cuales se han referido los portavoces que me han precedido, quiero referirme solamente a uno para expresarle mi preocupación ante la inestabilidad en la región y para que nos explique, si se puede, la posición y las razones de nuestro Gobierno para autorizarlas. Me estoy refiriendo a operaciones de venta de armas de la categoría segunda, es decir, armas ligeras, por valor de más de 3 millones de euros que se han efectuado con la India, cuando algunas publicaciones informan que este país ha incrementado en los últimos meses sus importaciones de armas hasta en un 72 por ciento, viviendo, como vive, una situación de conflicto fronterizo con su vecino Pakistán.

Teníamos previsto, asimismo, solicitar información sobre las acciones impulsadas por la presidencia española de la Unión Europea, pero en su intervención, señor secretario de Estado, nos ha aclarado bastantes de estos asuntos, tanto lo que nos parecía importantísimo, la propuesta española para la aplicación de los ocho criterios del código conducta en los tránsitos intracomunitarios, como la posición común sobre operaciones de intermediación, o cuáles han sido los avances reales en la armonización de los certificados de último destino, que el secretario de Estado nos ha explicado que ha tenido un final feliz y que nosotros queremos aplaudir.

Muy importante y muy interesante nos ha parecido la propuesta de modificación del arancel de aduanas, el TARIC, porque incluiría armas deportivas y municiones, algo que estamos reclamando los grupos parlamentarios desde hace tiempo. El señor secretario de Estado no nos ha explicado qué futuro tiene esta propuesta española. No sabemos en que situación se encuentra.

Nos gustaría conocer cuál ha sido la valoración que ha hecho el Gobierno de la ejecución del programa de acción de Naciones Unidas en la última reunión bienal de Estados celebrada en la ONU el pasado mes de julio, si es que ha hecho alguna, no tanto por las repercusiones de estos acuerdos en nuestra legislación, que no tendrán ninguna, como se ha encargado de recordar el secretario de Estado, sino por la importancia que nuestra postura podría dar a la comunidad internacional.

Finalmente, quisiera preguntar al secretario de Estado qué valoración le merece y si considera interesante la iniciativa que algunas organizaciones no gubernamentales impulsan a nivel mundial para adoptar un nuevo convenio marco sobre las transferencias internacionales de armas, y si es posible que España pueda tener un papel de liderazgo en una iniciativa de este tipo.

Agradeciendo, señor secretario de Estado, sus respuestas y consideraciones a nuestros planteamientos y preguntas, quiero terminar mi intervención reiterando la convicción de mi grupo de que España ha mejorado y mejora sustancialmente sus estadísticas año tras año y que el informe y el debate de esta mañana, a pesar de la poca participación de mis colegas, es una digna prueba de ello, aunque, como he dicho antes, si hay voluntad, podemos recorrer aún un largo camino.

El señor PRESIDENTE: Para cerrar el turno de fijación de posiciones, tiene la palabra doña Asunción Oltra, en nombre del Grupo Parlamentario Popular.

La señora OLTRA TORRES: Quiero que las primeras palabras de esta portavoz del Grupo Popular sean para sumarse a la felicitación que ya ha hecho el presidente de la Comisión al señor secretario de Estado de Comercio y Turismo, deseándole toda suerte de éxitos

en su nueva responsabilidad, y por supuesto agradeciéndole que comparezca de nuevo ante esta Comisión para informar sobre las estadísticas de exportaciones de material de defensa y doble uso del ejercicio 2002.

En primer lugar, este grupo celebra, como ya dijimos el año pasado en su comparecencia, el total cumplimiento del acuerdo del Congreso de los Diputados de 11 de diciembre de 2001, al que se ha referido S.S. punto por punto. En segundo lugar, hemos tenido conocimiento, por el informe y por su intervención, del contenido del proyecto de reglamento de control de comercio exterior de material de defensa, otro material y de productos y tecnologías de doble uso, del que nos gustaría destacar el registro y control de las operaciones de intermediación en el comercio de armas, la creación de un nuevo registro de operadores de comercio exterior de material de defensa y de doble uso y la separación en un anexo del denominado otro material sometido a control, que incluye los equipos paramilitares y de seguridad.

Pasando a la cifra de las exportaciones de material de defensa, comprobamos que un 83,5 por ciento lo son a países de la Unión Europea y un 88,9 por ciento a países OTAN, cifras que hablan por sí mismas. De los países no miembros de la Unión Europea o del Tratado del Atlántico Norte la mayor cifra de comercio es con Marruecos. El año pasado, en su comparecencia ante esta Comisión, me interesé por las autorizaciones de operaciones con Marruecos tras los acontecimientos del islote de Perejil y la situación diplomática del momento; ahora, a este grupo le interesaría tener más detalle sobre esas cifras.

Siguiendo con el esquema del informe, habría que hablar de las exportaciones por categorías de productos y destacaría dos cuestiones. Por una parte, el ligero crecimiento del volumen total de exportaciones, de un 18,8 por ciento respecto al ejercicio de 2001, incremento que, como refleja el informe, es claramente inferior al producido entre los años 2001 Y 2000, Y las partidas más importantes tienen que ver con la participación española en el programa Eurofighter y los combustibles militares, como en ejercicios anteriores. Por otra parte, comparando las exportaciones de armas pequeñas y ligeras con las cifras del ejercicio 2001-2002 observamos un descenso importante tanto en cantidad global como en detalle de cada una de las categorías. Respecto del material de doble uso, hay que destacar el ligero crecimiento del 8,17 por ciento respecto del ejercicio anterior, así como las explicaciones que nos ha facilitado a esta Comisión y que contiene el informe sobre su clasificación en categorías de tanta importancia a juicio de este grupo.

Destacable es también la transparencia en cuanto a datos de operaciones tramitadas y sobre las denegaciones, que vemos que han descendido considerablemente respecto del ejercicio 2001 tanto en operaciones de exportación como en tránsitos. Por otra parte, este grupo celebra los avances que han tenido lugar en el año 2002 respecto del código de conducta de la Unión Europea, destacando la armonización de las contribuciones nacionales al informe anual del código de conducta, el debate sobre el control de las operaciones de intermedi ación de armas, que ha llevado a la aprobación de la posición común 2003/468, sobre el control de corretaje de armas, con amplia participación de España, la propuesta por parte de España de la aplicación del código de conducta a los tránsitos intracomunitarios de armamento, la aprobación de una propuesta de aplicación del criterio siete del código a las exportaciones destinadas a permitir la producción bajo licencia de armamento en terceros países y la armonización de los certificados de último destino de los Estados miembros.

Los nocivos efectos de las armas pequeñas y ligeras se cometen desde varios frentes. Sin duda alguna, el control y la transparencia en las transacciones comerciales de los países productores es una de las mejores herramientas, pero la pertenencia y el trabajo de los países implicados en esta tarea en los foros internacionales supone el otro pilar importante. Me gustaría resaltar, por ser un foro parlamentario, las jornadas que compartimos con parlamentarios centroamericanos y suecos, tanto en Madrid como en Panamá, con importantes resultados en materia de armonización de legislación para el control de armas ligeras en estos países y en el que también colaboraron funcionarios de los distintos ministerios, que aportaron su experiencia en materia de control de armas pequeñas y ligeras, felicitación que hago extensiva al señor presidente de esta Comisión, que lo es también del foro interparlamentario.

Por último, este grupo quiere manifestarle nuestra felicitación porque año tras año se hable en esta Comisión sobre novedades respecto del control de las exportaciones del material de defensa y doble uso. Que año tras año los portavoces de los diferentes grupos resalten el avance en la información que se nos proporciona dice mucho de la voluntad de este Gobierno de seguir avanzando en claridad, transparencia y control.

Respecto de la credibilidad y fiabilidad de los datos ofrecidos, hago mías las palabras que el año pasado, en esta Comisión, pronunciaba el señor Moragues. Decía así: quiero que tenga claro desde el principio de mi intervención, señor secretario general, que por mi parte no hay sí pero que valga ni ninguna duda acerca de la fiabilidad de su información.

A nadie se le escapa la profusión de información que contiene el informe que hemos recibido. Cada año recibimos un informe más completo y más exhaustivo que no se queda en trasladamos las estadísticas de comercio exterior de material de defensa y doble uso, sino que hace un repaso preciso de los hechos relevantes que durante el ejercicio que se contempla ha habido respecto de la materia sobre la que estamos tratando. En este momento, cuando se celebra la última comparecencia de la presente legislatura, el grupo al que represento quiere manifestar su felicitación por la labor que durante estos cuatro años ha hecho el Gobierno del Partido Popular por avanzar en lo que sin duda es una demanda de nuestra sociedad y de la totalidad de los grupos políticos de esta Cámara.

El señor PRESIDENTE: Para dar respuesta a los distintos portavoces, tiene la palabra el señor secretario de Estado.

El señor SECRETARIO DE ESTADO DE COMERCIO Y TURISMO (Utrera Mora): En este segundo turno de intervención, quiero que mis primeras palabras sean para agradecer a todos los grupos, en primer lugar, la actitud general en cuanto al informe, porque entiendo que es positiva, que hay un grado razonable de satisfacción sobre la información recogida en el informe y a su calidad, respecto a la forma en como se presenta el mismo y al alto grado de transparencia en que se sitúa la información sobre un tema tan delicado como es la exportación del material de defensa y de doble uso de España en el contexto internacional. Por tanto, mi sincero agradecimiento a todos los grupos parlamentarios por esa actitud que, por nuestra parte, se corresponde con el rigor con el que se analizan las operaciones, con el rigor de los contactos que mantenemos con los seis ministerios que están presentes en la Junta Interministerial del Material de Defensa y Doble U so y por la aportación de cada uno de los entes presentes en la JIMDDU y de las actuaciones que desarrollan que van coordinadas a la consecución de un objetivo que todos compartimos en esta sala, que es un control eficaz de las transferencias de las exportaciones de material de defensa y de doble uso.

En segundo lugar, y en cuanto, a la intervención del portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, señor Moragues, quiero felicitarle por su intervención en lo que se refiere a la reflexión relativa a la proliferación de armamento en el mundo. Desde la pequeñez de nuestra industria de defensa en relación con las cifras de armamento mundiales, compartimos esa misma preocupación. Por tanto, estamos hablando en los mismos términos. Ciertamente no puede atribuirse responsabilidad ninguna a España ni a la industria de armamento española en la proliferación de armas. No se puede hacer cuantitativamente, por la dimensión de nuestras exportaciones y de nuestra producción, ni cualitativamente, por el rigurosísimo control al que sometemos a todas las operaciones de exportación. Saltándome el orden de respuestas que luego seguiré, permítame que manifieste sobre la duda que usted planteaba respecto a los informes que se han elaborado por la policía brasileña en relación con la destrucción de armas cortas de los últimos años en los que se atribuía un alto porcentaje de esas armas a España, como salió publicado en una información periodística, que inmediatamente conocimos esa información, la Dirección General de la Policía se puso en contacto con las autoridades brasileñas, bajo instrucciones de la JIMDDU, y fruto de esos contactos sabemos exactamente cuál es la información verdadera, que no es la que se publicó. La información verdadera es que las estadísticas a las que se hacían referencia en esas informaciones no correspondían a los últimos años, sino que correspondían al período 1950-1998, es decir, estamos hablando de un período de 48 años de aprehensiones de armas en un país del tamaño de Brasil. Los porcentajes no eran del 16 por ciento, sino que la destrucción de armas que se había procedido a realizar en los últimos 3 años correspondía a 114.000 pistolas, de las que el porcentaje que correspondía a las armas españolas era muchísimo menor que el que se recogía en aquella información periodística. Cuando hablamos de factores cualitativos es importante resaltar que la percepción que tiene la policía brasileña, según los contactos que ha mantenido con ellos la policía española, es que las armas que están ocasionando algún conflicto o preocupación no son españolas. Podemos comprobar que muchas veces la información que se publica en los medios de comunicación en ocasiones se deriva de la propia información que difunden algunas empresas, porque se refieren a contratos potenciales que podrían alcanzarse en su caso o a licitaciones para alcanzar esos contratos, y si estas informaciones de prensa se van agregando a otras, podemos llegar a cifras que no tienen correspondencia con la realidad. En este caso de Brasil, la información que le estoy facilitando es la que nos viene directamente de la policía brasileña.

En cuanto a las aportaciones de todo tipo de organizaciones, tanto gubernamentales como no gubernamentales, las tomamos en consideración, pero la crítica que formulamos es a las informaciones que sean manifiesta y abultadamente erróneas, por ejemplo, una información que se ha publicado hace poco que fijaba las exportaciones españolas en unos 10.000 millones de euros. Convendrá usted conmigo en que esto es una falta de rigor absoluta, porque para alcanzar 10.000 millones de euros sería necesario que exportáramos del orden de 25 navíos tipo Príncipe de Asturias. Son cifras que no se corresponden con la realidad y que en algunos casos son fruto de errores metodológicos, aunque no sé que error se puede cometer para llegar a esa cifra, porque en esa cifra prácticamente quedarían recogidas todas las exportaciones de los sectores industriales españoles, por lo que no tiene razón de ser. Pensemos que son errores, pero lógicamente pedimos seriedad en los análisis, sobre todo por la interferencia que esa falta de rigor puede producir en los análisis y en las cifras aportadas al debate político. Veo que hoy, como el año pasado en esta sala, esa información errónea no está creando un debate sobre cifras irreal es, sino que, por el contrario, existe una coincidencia básica en lo que estamos haciendo.

Permítanme que pase a contestar a las preguntas que se me han formulado, en la medida en que me sea posible, y si alguna de estas preguntas no la contesto por falta de información, podremos mantener contactos posteriores. El señor Mardones, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, me preguntaba sobre las operaciones de tránsito en puertos canarios, pensando que podrían tratarse de operaciones triangulares, con un origen distinto de España y con un destino a cualquier otro país, que al tratarse de Canarias podría ser el África subsahariana, que burlan los controles de los países de origen y que, al mismo tiempo, transitan por territorio español. Hay que saber que a los tránsitos autorizados por el Ministerio de Asuntos Exteriores, previo informe del Ministerio del Interior, se les aplican los mismos criterios de control que a las operaciones de exportación. En casos parecidos a estos, la Guardia Civil y, desde luego, el Servicio de Vigilancia Aduanera inspeccionan la carga, sobre todo si no se ha obtenido la autorización previa del tránsito o si la declaración de la carga ofrece dudas. Así ha sucedido en numerosas ocasiones y, en estos casos, se hace lo procedente, que es realizar la inspección física de la carga. Por tanto, en respuesta a la pregunta del señor Mardones, cuando haya dudas en la declaración de la carga, es motivo suficiente para proceder a la inspección física que se realiza normalmente en estas circunstancias.

El señor Campuzano, portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergencia i Unió) manifiesta algunas dudas respecto a las exportaciones que se han realizado durante el año 2002 a países como Marruecos, Angola, Venezuela y Ghana. En esto coincide con la portavoz del Grupo Parlamentario Popular, doña Asunción Oltra, respecto a las exportaciones a Marruecos. En relación con estas exportaciones hay que señalar que la JIMDDU, la Junta Interministerial de Material de Defensa y Doble U so, que es la encargada de controlar las exportaciones de este material, ha sido especialmente cuidadosa en el análisis de las solicitudes de exportación a este país, desde la crisis acaecida en el verano del año 2002. Dicha crisis, como ustedes recordarán, tuvo su origen en la llamada a consultas por tiempo indefinido del embajador de Marruecos, el 28 de octubre de 2001; la posterior invasión del islote Perejil por este país e111 de julio de 2002, y con posterioridad, el 16 de julio, el Gobierno español retiró a su embajador en Rabat, recuperándose el islote el 17 de julio, y llegándose a un acuerdo entre ambos países de vuelta al statu qua anterior el 20 de julio. Finalmente, el 31 de marzo de 2003, se ha producido la vuelta de embajadores y el pleno restablecimiento de relaciones. Desde octubre de 2001 hasta el primer trimestre de 2003 se puede situar un período en el que ha habido una crisis diplomática y también una crisis militar específica durante algunos días en el mes de julio de 2002. Precisamente por esta razón, durante el primer semestre de 2002 fueron informadas favorablemente cuatro licencias con destino a Marruecos. De ellas -puesto que la cuarta no fue operativa- las tres operaciones realizadas consisten en la exportación de 50 camiones Nissan sin blindaje, sin armas y sin equipos de material de defensa, es decir, 50 puros y simples camiones, así como 30 ambulancias para transporte de heridos con destino a la administración de la defensa nacional. Por tanto, se trata de vehículos de transporte terreno, camiones con unas especificaciones técnicas que permiten su uso bien para volquete basculante, furgón contraincendios, grúa, camión cisterna o camión taller. Las ambulancias son también vehículos todoterrenos con específico uso para atención de heridos. En el segundo semestre, coincidiendo con la peor parte de la situación, no hubo autorización alguna. Lo exportado en dicho año lo fue durante el primer semestre: repuestos para ambulancias Nissan Patrol del Ejército de tierra de Marruecos, con cargo a licencias que habían sido ya aprobadas en el año 2001, todavía en vigor, y lo exportado en el segundo semestre del año, ya en los meses finales, consistió en 30 ambulancias y 50 camiones Nissan que habían sido autorizados durante el primer semestre. Quiero llamar la atención respecto a que este material de defensa de transporte lo es sin dotaciones, ya sea blindaje, armas, o materiales específicos de defensa que, a interpretación de la JIMDDU, no introducían riesgo ninguno ni de agravamiento de la crisis, ni tampoco consecuencias sustanciales en el orden militar. El presidente puede contemplar las fotografías de los camiones y ambulancias que han sido exportados y embarcados con destino a Marruecos.

En cuanto a las exportaciones a Angola correspondientes al año 2002, hay que señalar que por resolución de 15 de septiembre de 1993, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas estableció la imposición de un embargo a este país, autorizando únicamente las exportaciones de armamento que tuvieran por destinatario el Gobierno y que fueran realizadas a través de determinados puntos de entrada en el país. Las exportaciones españolas han cumplido escrupulosamente las condiciones de este embargo, ya que los usuarios finales han sido siempre las fuerzas armadas o las fuerzas de seguridad del Gobierno angoleño, legalmente constituido.

La cifra de exportación, 1,2 millones de euros, se explica casi en su totalidad por la venta de ocho helicópteros Eurocopter, de segunda mano, con destino a las Fuerzas Armadas para llevar a cabo operaciones de salvamento. Con relación a Ghana, lo exportado en el año 2002 correspondió a una partida de visores de equipos GPS y de telémetros para fuerzas ghanesas de los cuerpos de paz de Naciones Unidas para el desempeño de una misión en la República Democrática del Congo, por tanto, sin utilización en Ghana, pero era necesaria la autorización para que las fuerzas de paz ghanesas pudieran realizar esa misión. En cuanto a Venezuela, las exportaciones españolas correspondieron en su totalidad a material antidisturbio, no letal, material que no puede considerarse como una amenaza para la vida en ese país.

Tanto el señor Campuzano como el señor Moragues han coincidido en valorar positivamente todas las iniciativas internacionales para controlar mejor las transferencias de armas. Desde la perspectiva de reducir la proliferación de armamento internacional no podemos más que estar de acuerdo con todo tipo de iniciativas internacionales que puedan implicar un mejor control y una mayor restricción a las transferencias de armas, sobre todo, de armas pequeñas y ligeras. Es verdad que, tal como he detallado en la primera parte de mi exposición y se recoge en el informe de exportación de material de defensa de doble uso correspondiente al año 2002, las propuestas sobre las que se está trabajando en este momento son menos rigurosas que el código de conducta que nos hemos dado a nosotros mismos los países de la Unión Europea. Consecuentemente, preferimos mantener el rigor de nuestros controles superior a esas propuestas de control internacional en la parte en la que actualmente se está trabajando. Pueden estar seguros de que cualquier avance en ese control internacional que reúna los requisitos de constituir un efectivo instrumento de control, ser aplicable y no introducir ninguna cláusula que haga difícil su interpretación y su conocimiento, sería bien recibido y analizado por el Gobierno español para incorporamos a una iniciativa internacional de esa naturaleza, puesto que compartimos el objetivo final de impedir la proliferación de armas, y sobre todo de ese tipo de armas cortas, en el mundo. La última pregunta que me realizaba el señor Campuzano se refería a un alijo de fusiles aprehendidos en el puerto de Barcelona y que presuntamente tenían como destino un país africano, caso al que me he referido en mi exposición. Efectivamente, ese alijo de armas, que no eran de procedencia española sino que se encontraban en tránsito, fue aprehendido porque además, en ese caso, se daba una declaración de carga incorrecta que obligó a su aprehensión. Esto es fruto de las inspecciones físicas que se realizan cuando existe alguna duda en relación con el cargamento que portan las naves.

En cuanto al señor Moragues, coincidimos con él en que nuestra industria de defensa es muy poco relevante si lo comparamos con las cifras mundiales y en que han mejorado la calidad y los controles de España, que ya tienen gran tradición. Concretamente, la Guardia Civil que está encargada de la mayor parte de esos controles está reputada internacionalmente por la eficacia y la precisión con la que se están realizando. Piénsese, por ejemplo, en un problema reciente que hace algunos meses se ha presentado en España sobre el transporte de armas cortas en carreteras francesas, que no iba escoltado convenientemente y tampoco se transportaba en vehículos blindados, vehículos de seguridad. Ese caso no se puede dar en España, como usted sabe muy bien porque a partir de un cierto número de piezas de armas pequeñas, los de los convoyes tienen que ir escoltados por la Guardia Civil y tienen que ir con un transporte de seguridad. Por tanto, aquella situación que podría ciertamente haber tenido algunas consecuencias negativas para España, producida en Francia, a la inversa no se podría haber dado. En España no hubiese sido posible ese transporte por manifiestamente ilegal y hubiese sido una grave responsabilidad para quien realizara un transporte de esa naturaleza sin la comunicación, sin el control y sin la autorización de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Señala S.S. una contradicción en que informáramos a la Unión Europea de que estábamos elaborando un real decreto; la sobrerreacción que en el informe correspondiente a 2001 se produjo al incluir como la previsible entrada en vigor del real decreto del reglamento de control de protección de armas y que a estas fechas todavía no tengamos concluido el real decreto. No hay contradicción en términos generales. Se trata de que los seis ministerios integrados en la JIMDDU están haciendo observaciones al texto que están siendo objeto de múltiples revisiones en el seno de las convocatorias de la JIMDDD. Estamos en una fase final de elaboración del real decreto, pero hemos preferido demorar en el tiempo su aprobación final para garantizar la inclusión, en todos sus términos, de las mejoras y de los avances que se estaban produciendo en la posición común europea y las reflexiones de los departamentos ministeriales. Estamos ahora en una fase en la que la JIMDDU ya va a dar por concluida la elaboración del borrador y, luego, se iniciará la remisión al Ministerio de Administraciones Públicas y posteriormente al Consejo de Estado. Consecuentemente, no le puedo dar una fecha, ni dos meses ni tres meses. Me gustaría que estuviera mañana, pero no va a ser así. Podría ser tres meses, lo que queda del año 2003, o podríamos entrar en los primeros meses del 2004. En definitiva, tenemos muy claros los criterios de reforma del reglamento. También hay un acuerdo básico de los grupos parlamentarios en las cuestiones que van a ser incluidas y se hará con la mayor brevedad posible. Espero que no ocurra como con la remisión del informe que ahora están analizando los grupos parlamentarios que también se ha demorado algunos días, pero no por culpa de la Secretaría de Estado que lo envió en tiempo y forma.

En cuanto al conocimiento de las exportaciones del material de defensa, ya conoce S.S. las premisas sobre las que trabajamos. Hacemos un control exhaustivo de las operaciones una por una, las autorizaciones se someten a los criterios del código de conducta, más, en el caso de arma pequeña ligera, a las propias restricciones que la JIMDDU ha ido elaborando con el tiempo, de tal forma que estamos convencidos de que las autorizaciones finales de este tipo de licencias se corresponden no solamente con la letra del código de conducta, sino con el espíritu de este código, de tal forma que la credibilidad de los controles que realizamos en España está absolutamente garantizada. Usted ha recordado una frase que dije el año pesado: que nunca se han cuestionado la política ni los instrumentos de control de los españoles dentro de la Unión Europea, eso es verdad y hay que reiterar que nunca se han cuestionado, de la misma forma que no se cuestionan las denegaciones que nosotros practicamos. Eso es una trayectoria de rigor que se ha ganado con los años, gracias a la iniciativa del Congreso de los Diputados y a los acuerdos de 1997 y de 2001, que incluían unas propuestas que han permitido mejorar el control y la transparencia en la información que se suministra sobre material de defensa Y' doble uso. Es verdad que los controles españoles son eficaces, es verdad que somos uno de los países con un grado más acreditado de transparencia y que se practican avances de año en año, porque estamos en un grado de transparencia bastante razonable y elevado. No se trata de una carrera donde cada año haya que ir pasando un peldaño nuevo, una valla nueva y haya que demostrar que se haya producido un avance. Lo que hay que hacer es lo que hay que hacer y lo estamos haciendo de la misma forma que el Congreso de los Diputados a la hora de enjuiciar el informe que anualmente se les remite.

Por último, en cuanto a las ventas a India y a Pakistán, la JIMDDU ha seguido una política muy cautelosa durante los últimos años en el estudio de las solicitudes, como también lo han hecho los órganos encargados de informar y aprobar estas operaciones en otros países de nuestro entorno. Lo exportado en el año 2002 correspondió a arma ligera y sus simuladores, de tal forma que las operaciones autorizadas estaban dentro del código de conducta y de la sensibilidad que la JIMDDU atribuía a todo tipo de operación o de autorización de licencia con destino a esos países.

Respecto a la extensión del informe y a la tramitación como ley de un real decreto de reglamento, lo normal es que se tramite como real decreto. Son cuestiones de fondo sobre las que me gustaría reflexionar y comentaré en su momento con los portavoces de los grupos parlamentarios con más detenimiento.

El señor PRESIDENTE: No sé si hay un turno de aclaraciones brevísimo. Don Alberto Moragues tiene la palabra.

El señor MORAGUES GOMILA: Tomo la palabra muy brevemente. Quiero agradecer el ofrecimiento que ha hecho el señor secretario de Estado en su intervención. A los portavoces de los grupos parlamentarios nos interesaría tener un intercambio de impresiones sobre alguna cuestión y, fundamentalmente, sobre un tema que es difícil de contestar por parte del secretario de Estado referente a la información sobre operaciones denegadas, países destinatarios, etcétera, que forman parte de un bloque de información muy sensible, que es difícil que se dé públicamente. Me gustaría reflexionar sobre la posibilidad de algún tipo de reuniones a puerta cerrada, fuera del Parlamento, en el departamento ministerial, en la que se nos proporcionan sobre estas cuestiones que cobran más importancia cada año.

Termino, señor presidente. Me gustaría pedirle al señor secretario de Estado formalmente una comparecencia cuando tengan definitivamente cerrada la redacción del real decreto. Me parece que sería interesante. El secretario de Estado no se prodiga demasiado en estos temas aquí porque tenemos tasado el debate únicamente para el informe y, como digo, sería interesante una comparecencia suya cuando tengan terminada la redacción del nuevo real decreto, aunque aún no esté aprobado.

El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor secretario de Estado.

El señor SECRETARIO DE ESTADO DE COMERCIO Y TURISMO (Utrera Mora): Muy brevemente también. Quiero decir que estamos abiertos, como lo hemos estado en estos últimos años, a introducir modificaciones que mejoren el informe, la información y el conocimiento por parte de los grupos parlamentarios de todas y cada una de las operaciones de exportación del material de defensa de doble uso. Coincido con S.S., de la misma forma que usted coincide conmigo, en que hay una información que es muy sensible, sobre todo la que se refiere a empresas y países concretos en el caso de denegaciones, que hay que utilizar con suma prudencia, entre otras cosas porque las actas de la JIMDDU son secretas y, consecuentemente, están sometidas a secreto oficial. Por otro lado, estaré encantado de explicar en el Congreso todas las modificaciones que introduzcamos en el real decreto del reglamento. Permítame que no anuncie fechas porque todavía no sabemos en qué momento va a estar definitivamente listo, pero tengan por seguro que nuestra intención es tener disponible este reglamento lo antes posible, entre otras razones porque nos va a facilitar y clarificar el control, nos va a permitir ser más rigurosos en el control de operaciones yeso justamente es lo que pretendemos dentro de la JIMDDD.

El señor PRESIDENTE: En mi calidad de presidente, debo manifestar mi satisfacción por cómo se ha llevado a efecto este acto de control al Gobierno, que ha sido solvente y efectivo. Asimismo, perdiendo la neutralidad de ser presidente de esta Comisión, yo soy presidente del Foro Parlamentario Internacional para desarme de armas cortas en Latinoamérica y en ese sentido debo resaltar (los señores que han intervenido son miembros de ese foro e intervienen activamente en el mismo) el nivel de transparencia que hay en los organismos internacionales, por el que debemos felicitamos. Por eso la propuesta que le ha hecho el señor Moragues no es tanto de control como de tener conocimiento, y yo como presidente la apoyo. Bien es cierto que habrá que tener en cuenta la sensibilidad de ciertos datos, por lo que habría que pedir permiso, pero esta Cámara tiene cauces adecuados, a través de la Comisión de Secretos Oficiales, para tener información. Es bueno que los parlamentarios que pertenecemos a esos órganos internacionales tengamos la información suficiente, aunque sólo sea para la autotutela o defensa de la posición de España que, repito, tiene un alto nivel.

Doy las gracias al cuerpo de taquígrafos, a los medios de comunicación que han asistido y a todas sus señorías.

Se levanta la sesión.
Era la una y treinta y cinco minutos de la tarde.

NOTA.-El presente «Diario de Sesiones», de la Comisión de Defensa, del martes, 30 de septiembre de 2003, no guarda la relación cronológica habitual, con el fin de no retrasar la publicación de los «Diarios de Sesiones» ya elaborados.

DDHH en España

small logo
Este documento ha sido publicado el 13oct03 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights