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26sep07


Montajes judiciales en Arauca desde el 2002 al 2007


A quienes no han sido asesinados en una masacre, asesinato selectivo o ejecución extrajudicial, ni han sido desplazado forzadamente del departamento; se le depara ser víctima de otra de las estrategias diseñadas con miras a reprimir la organización y labor social, intentando acallar la expresión de un pueblo, la cual contiene entre otras cosas montajes urdidos por la Fiscalía General de la Nación, mediante una Unidad Especializada creada para ello, denominada Estructura de Apoyo de Arauca, que tiene su base en la brigada XVIII del Ejército Nacional, en conjunto con la fuerza pública y utilizando a sujetos que tras unos beneficios económicos, jurídicos o de otra índole, hacen pasar como supuestos reinsertados de los grupos armados de oposición, los cuales son puestos a verter toda serie de injurias, calumnias y falaces imputaciones, fundamentadas en los informes de inteligencia de la misma fuerza pública, que son recibidas como declaraciones de boca de aquellos.

A partir de dichos ardides, se captura y somete a procesos penales y de paso al escarnio público, a las personas que previamente han sido ubicadas y seleccionadas con tal fin, y únicamente con esas supuestas declaraciones de quienes entonces fungen en calidad de "testigos de cargo", se les conmina al ostracismo, en las diferentes cárceles y penitenciarías que el régimen ha construido de acuerdo a prototipos del imperio del norte, por el tiempo que considere conveniente y sin que durante el discurrir de estos procesos así montados, tengan dichos ciudadanos las más mínimas garantías constitucionales y procesales.

De la forma como se hacen las preguntas y los análisis de lo dicho por los presuntos reinsertados, se desprende claramente que lo que se está cuestionando es un trabajo y actividad social, satanizando también al proyecto de vida de los araucanos y sus organizaciones sociales, es todo lo que se ha peleado y construido en las gestas desplegadas desde el propio inicio de la construcción del histórico tejido social; el objeto central de la persecución, lo constituyen entonces las denuncias, las exigencias de un pueblo organizado, el estar presentes en la planeación y decisión sobre el propio futuro, es por ello que se ha estigmatizado, perseguido y reprimido a dirigentes sociales, a empresas de economía solidaria, a empresas comunitarias e incluso a programas institucionales pero que han sido concedidos con la gestión de las comunidades araucanas.

Se ha cuestionado desde el mismo nombramiento de la referida Unidad de Fiscalías, por cuanto como lo expresó la Honorable Corte Constitucional y también la Procuraduría General de la Nación, ofende al espíritu de la Carta Política, tener a una unidad de fiscalías adscrita a una guarnición militar, se pierde toda imparcialidad en el desarrollo investigativo, cuando los mismos servidores públicos encargados de la seguridad de estos fiscales, son quienes efectúan las capturas y realizan los informes para el inicio de los procesos. (Sentencia de la corte constitucional y de la procuraduría). De otra parte, las personas que van a actuar como reinsertados y testigos de cargo, conviven por mucho tiempo en esas mismas guarniciones militares inclusive desde bastante antes de efectuarse las capturas y empezarse los procesos puntuales para determinados líderes sociales; generalmente participan de los operativos que terminan con las capturas, y son los que de manera irregular, arbitraria e ilegal señalan y deciden a quien o quienes se debe retener y judicializar, esto casi siempre ocurre con posterioridad a que la fuerza pública ha retenido también de manera ilegal a esa misma persona, la ha censado, reseñado, fotografiado y filmado como insumo del mismo artificio.

Igualmente la Unidad de Fiscalía a que nos venimos refiriendo, es claro, que en estricto derecho carece de facultades constitucionales y legales para iniciar y terminar investigaciones, por delitos como el de rebelión que es el más utilizado en esta estrategia, por cuanto fue creada para conocer en la etapa de investigación previa y mientras no existiere implicado conocido, de los hechos delictuosos de terrorismo, cometidos en contra de la infraestructura del oleoducto Caño Limón- Coveñas. A pesar que por todos los abogados que han actuado en estos procesos se ha planteado la nulidad por haber transgredido la constitución y la ley, desbordando la competencia asignada, no ha sido posible que ello se subsane, y si bien en algunos pocos casos el Juez Único Promiscuo del Circuito de Saravena, declaró la nulidad de lo actuado por esta unidad de fiscalía en investigaciones por el punible de rebelión, estos pronunciamientos fueron revocados por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Arauca, que contrariando la Constitución, la Ley y claros pronunciamientos de los más altos Tribunales de Justicia, convalidó lo actuado de manera irregular y temeraria por la fiscalía.

En el mismo marco de la estrategia analizada, a los judicializados se les envía para cárceles apartadas del sitio donde ocurrieron los hechos, se lleva la investigación y tienen su núcleo familiar, también contrariando claros preceptos constitucionales y legales; se les tiene en centros de reclusión creados o habilitados para la custodia de condenados aún en su etapa de sindicados; a los familiares se les somete en muchas ocasiones a diversos tipos de vejámenes cuando van a visitar a las personas detenidas.

En la mayoría de estos asuntos las personas injustamente procesadas o sus abogados, con total apego a la ley solicitaron se le sustituyera la detención preventiva en un establecimiento carcelario, por la detención domiciliaria en su lugar de habitación, al principio el Juez Único Promiscuo del Circuito de Saravena, concedió dichas sustituciones, pero el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Arauca, revocó la mentada decisión, después que tanto la Fiscalía General de la Nación como la Procuraduría General de la República, apelara la misma, ordenando el traslado de todos los dirigentes sociales nuevamente a las cárceles del régimen.

El Juez de conocimiento de todos estos casos en el municipio de Saravena, es decir, el Juez Único Promiscuo del Circuito, como castigo a la concesión de las detenciones domiciliarias, algunas libertades provisionales por vencimiento de términos, las nulidades que declaró por la falta de competencia de la Fiscalía de Estructura de Apoyo de Arauca y los Hábeas Corpus otorgados por las capturas ilegales, fue separado del conocimiento de los asuntos penales, nombrándose un Juzgado Penal del Circuito de Saravena, que comenzó a despachar desde la ciudad de Bogotá D.C., lo mismo ocurrió con los Jueces de Arauca capital. Está claro que se trató del nombramiento de un Juez AD-HOC, para el conocimiento de los juicios contra la dirigencia social y sus organizaciones.

Casos tipos de detenciones masivas, las cuales han tenido el mismo modus operandis:

  • El 12 de noviembre de 2002, en el municipio de Saravena, fueron detenidas y judicializadas 43 personas.

  • El 21 de agosto de 2003, en el municipio de Saravena fueron detenidas y judicializadas 37 personas.

  • El 21 de octubre de 2003, en los municipios de Arauca, Saravena y Tame, fueron detenidas y judicializadas más de 20 dirigentes políticos candidatos a gobernación, alcaldía, corporaciones pública y una defensora de Derechos Humanos.

  • En febrero de 2004, en el municipio de Saravena en las veredas de Puerto Conteras y Puerto Nariño, fueron detenidas y judicializadas 16 personas.

  • El 30 de octubre de 2005, en el municipio de Cubará-Boyacá, fueron detenidos 16 pobladores de la región, en un operativo de la Fiscalía Especializada de la Estructura de Apoyo con sede en la Brigada XVIII de Arauca, en cooperación con la Policía Nacional del departamento de Arauca, Ejercito Nacional y miembros del C.T.I.

  • El 12 y 13 de Agosto de 2006, en el municipio de Fortul, fueron detenidas 14 personas.

  • El 27 y 28 de octubre de 2006, fueron detenidos y judicializados en el municipio de Saravena 19 personas dirigentes sindicales, comunales y pobladores del común.

  • En noviembre de 2006, en el municipio de Saravena fueron detenidas y judicializadas 15 personas.

  • El 5 de marzo de 2007, en el caserío de Pueblo Nuevo, en el municipio de Tame, fueron detenidas 23 personas, a las cuales se les precluyó.

  • El 3 y 4 junio de 2007, en el municipio de Arauquita fueron detenidas y judicializadas 13 personas.

  • El 13 y 14 de julio de 2007, se desarrolló en la ciudad de Saravena un operativo conjunto entre las fuerzas militares y de policía y algunas autoridades judiciales, dando captura a 13 personas miembros del gremio de los comerciantes y transportadores.

  • El 1 de septiembre, fueron capturados cuatro pobladores del caserío Pueblo Nuevo, vereda Puerto Jordán del municipio de Tame.
Saravena 26 de septiembre de 2007

Organizaciones sociales de Arauca


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