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30ene12
Tribunal Superior de Bogotá confirma condena de 30 años contra el coronel (r) Alfonso Plazas Vega
Tres magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá completaron el estudio de la sentencia en contra del coronel Luis Alfonso Plazas Vega y mantuvieron en fallo de segunda instancia que, por los hechos sucedidos los días 6 y 7 de noviembre de 1985, el coronel deberá pagar 30 años de prisión.
El Tribunal estableció que la decisión en contra del coronel Plazas Vega corresponde a sólo dos de los llamados desaparecidos del Palacio de Justicia. Se trata de la exguerrillera Irma Franco y el administrador de la cafetería del lugar, Carlos Augusto Rodríguez Vera. En cuanto a las otras nueve personas desaparecidas, que no hacen parte de la condena, se decretó nulidad parcial de lo actuado a partir del cierre de la investigación.
Sobre Cristina Guarín, David Suspes, Bernardo Beltrán, Héctor Jaime Beltrán, Gloria Stella Lirazazo, Luz Mary Portela, Norma Esguerra, Gloria Anzona y Lucy Amparo Oviedo, el Tribunal consideró que la investigación no reunía los requisitos de seriedad e integralidad, por lo cual dispuso la nulidad para que se recolecte más evidencia y se establezca si realmente están desaparecidas o sus cuerpos reposan entre los cadàveres encontrados y evacuados del Palacio de Justicia en noviembre de 1985.
Plazas debe cumplir su condena en un centro carcelario en condiciones que no hieran a las víctimas ni a la sociedad, señala la sentencia del Tribunal, que además advierte que ninguna unidad militar del país puede llevar el nombre de Alfonso Plazas Vega.
El fallo también ordena que el ministro de Defensa, el comandante de las Fuerzas Militares, el comandante del Ejército, el comandante de la Brigada 13 y el comandante de la Escuela de Caballería celebren, en los próximos tres meses, un acto público en la Plaza de Bolívar en el que pidan perdón por los delitos registrados los días 6 y 7 de noviembre de 1985.
El Tribunal exhorta al Gobierno para que la ejecución de la pena que se impone se cumpla de un modo que no ofenda el dolor de las victimas.
Ante la inexistencia de pronunciamientos por parte de las autoridades judiciales que determinen la posible responsabilidad en los hechos del expresidente Belisario Betancur, el Tribunal exhorta a Luis Moreno Ocampo, o a quien haga de Fiscal principal ante la Corte Penal Internacional, a que considere la posibilidad de presentar el caso e "impida la impunidad que brinda el fuero que protege al expresidente en el ámbito interno colombiano".
Pero no sólo piden determinar la responsabilidad del expresidente. También el Tribunal compulsa copias de la sentencia para que la Fiscalía General de la Nación determine la eventual responsabilidad penal de cada una de las personas que oficiaban como ministros en la época de los hechos, debido al papel que entonces cumplió el Consejo de Ministros.
En el fallo se señala la petición hecha también a la Fiscalía para que proceda a investigar por desaparición forzada al general Víctor Alberto Delgado, director general de la Policía en 1985, y a otros oficiales que participaron en la llamada retoma al Palacio de Justicia.
El ente judicial considera que debido a la magnitud de los hechos y a las personas que aún falta por investigar, la Fiscalía debe crear una unidad especializada que se encargue exclusivamente de atender los procesos que surjan dentro del caso Palacio de Justicia.
El Tribunal advierte que contra la providencia, conocida este lunes, procede el recurso de casación.
Antecendentes
Aunque la condena por la desaparición de 11 personas en la retoma al Palacio de Justicia, que se conoció en junio del 2010, era de 30 años, Jaime Granados, abogado defensor del coronel, apeló la decisión de la justicia, al considerar que la juez que determinó la sentencia prevaricó al tener en cuenta el testimonio de un supuesto testigo falso que declaró en el juicio.
Hoy, casi dos años después, el Tribunal ratificó la decisión. El fallo inicial contra Plazas Vega se dio después de que el expediente pasó décadas engavetado en los escritorios de los investigadores. Poco se había hecho, desde el punto de vista penal, para tratar de esclarecer lo ocurrido ese noviembre sangriento.
Hasta ahora sólo se han publicado informes de corte académico -dos comisiones de la verdad- sin efectos penales. También se han impuesto sanciones de carácter administrativo y disciplinario por excesos de los militares en la retoma.
En septiembre del 2009 concluyó su juicio, luego de múltiples audiencias donde se vio de todo: recusaciones, amenazas a la juez, recursos para trasladar el proceso a la justicia penal militar, excusas médicas por parte del exoficial e incluso una bochornosa pelea en plena calle entre Plazas y manifestantes en su contra. Tras nueve meses de análisis, la juez finalmente emitió la sentencia de 30 años.
El fallo se apoyaba en la tesis jurídica con la que en Perú se condenó a 25 años de cárcel al expresidente Alberto Fujimori, como "autor mediato" de masacres. Es decir, la responsabilidad penal que le cabe a quien se sirve del mando que tiene en una estructura de poder para cometer, a través de subordinados, graves delitos.
El documento sostenía que aunque Plazas Vega no desapareció a los empleados de la cafetería por mano propia, lo hizo aprovechando el poder de mando que tenía. Otro hecho muy "significativo" para la juez fue el protagonismo que tuvo el coronel Plazas ante los medios de comunicación a la hora de informar sobre las operaciones. Fue en una de esas intervenciones cuando pronunció su célebre frase: "ĦAquí, defendiendo la democracia, maestro!"
Aunque el comandante de la Brigada 13 era el general Jesús Armando Arias Cabrales, las intervenciones de Plazas dan a entender que en el terreno, fue él quien comandó la operación.
Varios testigos también aseguraron que Plazas estuvo en la Casa Museo del 20 de Julio, y sobrevivientes, que según el expediente declararon en esa época, lo escucharon impartiendo órdenes y participando de reuniones privadas con otros oficiales. Eso indica que no podría ser ajeno a la clasificación que allí se hizo de los llamados "sospechosos" que luego fueron trasladados a guarniciones militares, entre ellas la Escuela de Caballería, que estaba bajo su responsabilidad directa.
Para la juez, Plazas siempre estuvo informado del traslado de personas rescatadas a la Escuela de Caballería, pues como comandante de esa unidad táctica contaba con un radio con frecuencia compartida con sus hombres y con los otros oficiales de mando.
En el expediente está la transcripción de audios en los que subalternos de Plazas Vega coordinan el traslado de "sospechosos" a la Escuela. El coronel "era conocedor de lo que acontecía con ese grupo de sobrevivientes", señaló la sentencia, cuyo estudio en segunda instancia determinó que la condena a Plazas Vega es de 30 años.
[Fuente: Revista Semana, Bogotá, 30ene12]
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