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DERECHOS


01jun03


A pesar de las Medidas Provisionales de la Corte Interamericana desaparecen dos afrodescendientes y otro es asesinado.


Mientras el Estado colom biano dilata la respuesta a la propuesta de Zonas Humanitarias, de Justicia y Reparación Integral, de enfrentamiento a las actuaciones militares regulares e irregulares, se expende la siembra de Palma Aceitera de modo ilegal en los Territorios Colectivos de las Comunidades por parte de las empresas Incubar Urabá y Urapalma, persisten las actuaciones militares encubiertas de represión y de control sobre la población civil de los ríos Jiguamiandó y las 9 comunidades del Curbaradó.

Desde el pasado viernes el menor de edad RONALDO RAMOS ARBOLEDA y JOSE JOAQUIN MOSQUERA fueron desaparecidos forzosamente por unidades armadas encubiertas de tipo paramilitar que operan por ACCION, por OMISION, AQUIESCENCIA y COMISION POR OMISION de la Brigada XVII.

Viernes 30 de mayo,
aproximadamente a las 12:00 horas en el río Jarapetó, en el punto conocido como Guapetó, distante a una hora y cincuenta minutos a pie del asentamiento de Pueblo Nuevo, cuatro afrodescendientes fueron atacados por "civiles" con armas largas, vestidos de camuflado, que actúan dentro de la estrategia militar encubierta de tipo paramilitar.

Los tres campesinos, entre quiénes se encontraban, el menor de edad 13 años, RONALDO RAMOS ARBOLEDA, y los adultos, de 42 años, RAMIRO ANTONIO SANCHEZ DENIS y de 38 años aproximadamente, JOSE JOAQUIN MOSQUERA y otro

afrodescendiente quién logró salvar su vida, se dirigían río abajo en una embarcación de madera, sin motor, conocida como champa, en dirección a una vivienda donde dejarían a dos de ellos que se encontraban enfermos.

Uno de los campesinos al observar que un armado apuntaba contra ellos, luego percibir la presencia de muchos más, avisó a los restantes ocupantes moviendo con fuerza la pequeña embarcación. RAMIRO ANTONIO, se lanzó entonces al agua buscando tierra firme y boscosa, siendo baleado por los paramilitares. El otro adulto alcanzó a huir en medio de las balas, logrando llegar a la orilla e internarse en la selva. El cuerpo sin vida de RAMIRO ANTONIO quedó metros más abajo en la barranca del río.

Entre tanto, un significativo número de los armados obligaron a RONALDO Y JOSE JOAQUIN, quiénes se encontraban enfermos a orillarse. Luego de rodearlos, les hicieron bajar sus motosierras y otros instrumentos de trabajo, los insultaron, y se los llevaron en dirección a Urada, en donde se encuentra una base militar de la estrategia armada encubierta.

Desde ese momento RONALDO Y JOAQUIN se encuentran desaparecidos.

El otro afrodescendiente, quién logró huir al ataque directo, se dirigió entre la espesa vegetación aguas arriba de Jarapetó para avisar a 12 afrodescendientes, con quiénes se encontraba trabajando, desde el 23 de mayo, en cortes de madera de aprovechamientos domésticos, contemplados por ley 7O de comunidades negras.

Esta actividad tradicional de la cual se pueden derivar unos mínimos ingresos, ha sido uno de los pocos mecanismos a través del cual los afrodescendientes han intentado enfrentar el bloqueo sistemático militar y el avance ilegal en la siembra de Palma Aceitera, protegida por efectivos de la Brigada XVII

Sábado 31 de mayo,
hacia las 16:00 horas, los afrodescendientes que se encontraban en Jarapetó en trabajos domésticos a raíz del asesinato de RAMIRO y la desaparición forzosa de sus dos compañeros, regresaron al lugar de asentamiento provisional de Pueblo Nuevo.

Desde marzo pasado la Corte Interamericana de Derechos Humanos resolvió medidas provisionales a favor de las comunidades afrodescendientes del Consejo Comunitario del Jiguamiandó y 9 comunidades del Curbaradó, los nuevos daños irreparables infieren la ausencia de voluntad política del Estado para adoptar las medidas y los mecanismos planteados para proteger la vida de los pobladores civiles y allanar caminos de verdad, y de justicia, que eviten la repetición de nuevos atentados a la vida, a la integridad personal y a las posibilidades de sobrevivencia de la población afrocolombiana.

La ausencia de actuaciones administrativas del poder ejecutivo sobre la Brigada XVII y frente a las empresas privadas palmicultoras lo hace responsable de los nuevos daños irreparables. Desde octubre de 2001, el Estado colombiano conoce de los lugares de las bases paramilitares en donde se planean, se distribuyen responsabilidades de actuación armada, que coinciden con los lugares de presencia militar oficial de efectivos de la Brigada XVII o de unidades de la Policía de Urabá en Belèn de Bajirá, Pavarandó, Urada, Mutatá sin que hayan actuado para enfrentarlas o combatirlas o desarticularlas o afectar los nexos entre la institucionalidad y su parainstitucionalidad , como lo han recomendado innumerables pronunciamientos de los organismos multilaterales y regionales de derechos humanos.

Evidentemente nada de lo ocurrido hubiese sucedido, si el derecho a la justicia por los sistemáticos desplazamientos vividos por las comunidades afrodescendientes, las persecuciones, las torturas, las amenazas, los saqueos, las quemas de casas, los asesinatos y las desapariciones forzosas, cometidas desde 1.996 hasta hoy, a través de actuaciones armadas encubiertas y regulares, que se iniciaron con el General RITO ALEJO DEL RIO, hubieran sido investigadas rigurosamente, sancionados sus responsables y reparadas las familias de las víctimas y el colectivo socio cultural.

Los nuevos daños irreparables exigen la respuesta urgente del Estado Colombiano a la propuesta que como Población Civil las comunidades han presentado en defensa de la Vida y el Territorio, ejerciendo el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, el Derecho Humanitario y los Derechos Territoriales cobijados por la ley 70 de comunidades afrodescendientes y los Derechos de los Pueblos.

Se exige al Estado colombiano la actuación urgente de modo que regresen con vida al seno familiar y colectivo RONALDO y JOSE JOAQUIN, desaparecidos forzosos, y quienes se encuentran cobijados con las medidas provisionales. Bogotá, D.C 1 de junio de 2003 <

Comision Intereclesial de Justicia y Paz.

Solicitud Adicional en el IE 22 del Consejo Comunitario Jiguamiandó y 9 comunidades Curbaradò

Urge la presencia de la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General, Personería Municipal en el Territorio Colectivo del Jiguamiandó a fin de que la familia de RAMIRO pueda dar sepultura a sus restos mortales.

Bogotá, D.C 1 de junio del 2003
>Comision Intereclesial de Justicia y Paz y Consejo Comunitario Jiguamiando Familias de Curbarado.

DDHH en Colombia

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Este documento ha sido publicado el 03jun03 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights