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01jun06
Tropas del Batallón 21 ejecutan a Genaro Potes en El Castillo, Meta.
El día sábado 26 de mayo de 2007, siendo las 3:00 p.m., el señor Genaro Potes, de 51, identificado con cedula de ciudadanía No. 17.351972, de San Martín - Meta-, salió de la casa de su hermano ubicada en la Vereda Campo Alegre, del Municipio de El Castillo (Meta), con rumbo hacia la vereda Puerto Esperanza, vistiendo una camiseta blanca y un pantalón azulado, movilizándose a caballo, con el objetivo de asistir a una reunión de rebajas de Impuesto Predial. A las 4:00 p.m., fue detenido en la vereda Campo Alegre por tropas del Batallón 21 Vargas, a cargo del Comandante Ferro.
Según versiones de vecinos testigos de los hechos, el campesino fue amarrado en un cultivo de cacao, al lado de la escuela de la misma vereda, el ejército interrogó a otro campesino que pasaba por el sitio en el momento de la detención si conocía al señor Genaro, los soldados señalaron de guerrillero al detenido. El vecino les indicó que sí lo conocía, como un señor trabajador y honesto de la región.
El día domingo 27 de mayo, vecinos de la Vereda Puerto Esperanza vieron que el cuerpo del señor Genaro Potes fue bajado en una camioneta al servicio de las fuerzas militares y traslado al Municipio de Granada -Meta.
El día 28 de mayo en las horas de la mañana, en la emisora Colombia Stereo se informó que en el Municipio de El Castillo, en la vereda Campo Alegre, el Ejército Nacional en enfrentamiento con la Guerrilla , había dado de baja un guerrillero.
El comandante Pérez encargado de la Brigada 21 Vargas, manifestó en repetidas ocasiones que el señor Genaro Potes era un guerrillero, obstruyendo además el reconocimiento y la entrega del cadáver, aduciendo que se encontraba indocumentado, cuando su familia asegura que el Señor Genaro salió de su casa con sus documentos de identificación personales, junto con las escrituras de su finca.
Características físicas especiales de la persona
El señor Genaro Potes sufría una parálisis mental leve y problemas de motricidad, manifestándose en su poco equilibrio al caminar, como consecuencia de una poliomielitis adquirida en la niñez. Situación que todos conocían porque se percibía a simple vista.
Antecedentes de desplazamiento
Según declaración del registro único de población desplazada, fechada en febrero de 2006, el señor Potes se desplazó internamente dentro del municipio, el día 26 de mayo de 2003, de la vereda los Alpes, hasta la vereda Caño Embarrado. Durante esta época se produjo en el municipio de El Castillo el desplazamiento masivo que dejó sus campos desolados. Además de múltiples asesinatos, desapariciones y otras violaciones de derechos humanos y de derecho internacional humanitario.
Conclusiones
El señor Genaro Potes aún presentando características físicas y mentales especiales, evidentes a plena vista, lo que lo hacia poseedor de un trato especial y respetuoso, máxime cuando quienes lo detienen arbitrariamente (Ejército Nacional), son autoridades que por su deber constitucional, deben velar por la vida, honra y bienes de los habitantes del territorio, sometido a tratos crueles, inhumanos y degradantes, despojado de sus documentos de identidad y luego asesinado y reportado como guerrillero muerto en combate.
Esta muestra descarada de sevicia, con que se violan los derechos humanos de los campesinos y su posterior utilización para mostrar resultados de acciones en combate, alarma a la comunidad de este municipio quienes se sienten inseguros frente a las mismas fuerzas del Estado.
Por lo tanto elevamos las siguientes.
PETICIONES
- Pedimos a los amigos y amigos, organizaciones sociales y de derechos humanos que conozcan esta información por favor difundirla a por todos los medios posibles y que se envíen comunicaciones a las siguientes autoridades nacionales:
- Al señor Presidente de la Republica , Doctor Álvaro Uribe Vélez, que garantice el derecho a la vida, a la libre movilidad de los pobladores de el municipio de El Castillo - Meta-.
- Al señor Presidente de la Republica , Doctor Álvaro Uribe Vélez como jefe máximo de las fuerzas militares, exigir a sus efectivos que garanticen los derechos fundamentales de los campesinos de la Región
- Al Ejercito Nacional que se abstenga de presentar las ejecuciones extrajudiciales, como bajas en combate y cumpla con su misión constitucional de proteger la vida, honra y bienes de todos los colombianos.
- A la Procuraduría General de la Nación , doctor Edgardo Maya Villazón para que inicien las investigaciones disciplinarias a que haya lugar.
- A la Fiscalía General de la Nación para que inicie las investigaciones penales.
- Al Señor defensor Pueblo, Doctor Volmar Pérez que asumiendo directamente el caso en cuestión. De igual manera que garantice la presencia permanente de un defensor delegado de esta oficina para la Región del Alto Ariari, que haga un acompañamiento efectivo a los campesinos y campesinas que vienen siendo víctimas de violaciones de derechos fundamentales.
Movimiento Nacional de Victimas de Crímenes de Estado
Corporación Claretiana Norman Perez Bello
Comité de Solidaridad con Presos Políticos
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