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18ene03


Los detenidos políticos de la cárcel de Arauca son represaliados tras denunciar que había sometido a filmación y "empadronamiento" forzoso a quienes les visitaban.


El Comité de Solidaridad con los Presos Políticos -CSPP-, el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo -CAJAR-, la Corporación Jurídica Yira Castro, la Corporación Jurídica Humanidad Vigente y el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos -CPDH- denunciamos ante las autoridades colombianas, la opinión publica nacional y la comunidad internacional, los siguientes hechos sucedidos en la cárcel de Arauca:

1.- El pasado 5 de Enero, las familias y demás visitantes de los detenidos políticos de la Cárcel de Arauca, fueron sometidos a un empadronamiento por parte de la SIJIN, con el visto bueno del señor ALVARO CHACON PINZON, Director de la Cárcel, siendo obligados a entregar la siguiente información:

a) Nombre y Cédula de Ciudadanía
b) Dirección y teléfono de residencia
c) Profesión u oficio
d) Relación de los hijos mayores de 14 años
e) Nombre del compañero(a) y a que se dedica
f) A quien visita, por qué delito está, y cuál es su relación con él.

Finalmente fueron filmados y fotografiados por personal de la SIJIN, también con el consentimiento del Director de la Cárcel, lo cual viola flagrantemente los derechos fundamentales de las personas.

2.- Con fecha 7 de Enero del presente, los detenidos enviaron un documento denunciando estos hechos a la Procuraduría, Personería Municipal y Defensoría del Pueblo.

3.- El pasado 16 de Enero, en forma intempestiva y como represalia por esta denuncia, todos los firmantes del documento fueron traslados (50 detenidos) a la cárcel de Combita en Boyacá, con el fin de dificultar la visita de sus familiares y crear una suerte de escarmiento para que en lo sucesivo los detenidos se abstengan de denunciar los atropellos a que son sometidos por las autoridades carcelarias. Este traslado entorpece las diligencias judiciales que tenían varios detenidos para los próximos días.

Al ser preguntadas las autoridades de la cárcel de Arauca por las razones de este proceder han respondido que es una orden del INPEC en Bogotá.

4.- Las autoridades del INPEC, para justificar este hecho arbitrario, han informado a los medios de comunicación que el traslado de los presos se realizó "para evitar una fuga masiva que venía siendo planeada", cosa absolutamente falsa.

Por lo anterior, y con el fin de proteger los derechos de las personas privadas de la libertad, las organizaciones firmante solicitamos a las autoridades:

A.- Entregar a los organismos de control (Defensoría, Personería), todas las filmaciones y fotografías tomadas a los familiares de los internos.
B.- Investigar y sancionar a los responsables de dichos atropellos contra los ciudadanos.
C.- Garantizar los derechos de las personas privadas de la libertad, conforme a la Constitución y a la ley colombiana y en especial, conforme a las Reglas Mínimas de Naciones Unidas para el tratamiento de los Reclusos.
D.- Garantizar, los derechos de sus familias y amigos, conforme a la Constitución, las leyes nacionales y los Tratados que obligan al Estado Colombiano.

Adicionalmente, las organizaciones denunciantes responsabilizamos la SIJIN y al INPEC por lo que pueda ocurrir a las personas que fueron sometidas a estas medidas de empadronamiento.

Bogotá, Enero 18 de 2002

DDHH en Colombiar

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Este documento ha sido publicado el5mar03 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights