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4ago99
Varios organismos de Derechos Humanos piden la dimisión de los ministros de exteriores de España y Chile.
El Equipo Nizkor; la Asociación pro Derechos Humanos de Andalucía; el Serpaj Europa y la Asociación pro Derechos Humanos de España:CONSIDERANDO:
La posición hecha pública por el Ministro de Relaciones Exteriores de Chile, Juan Gabriel Valdés, por la que se solicita del Estado español la suspensión del procedimiento de extradición del Senador Vitalicio Augusto Pinochet Ugarte, sirviéndose, a modo de mecanismo instrumental, del arbitraje previsto en el art. 30 de la Convención contra la Tortura.
La posición hecha pública por el Ministro de Asuntos Exteriores de España, Abel Matutes, en el sentido de que estarían estudiando detenidamente las "originales propuestas" del Gobierno chileno con la intención de solicitar al Consejo de Estado su opinión a efectos de promover la utilización instrumental de la Convención contra la Tortura.
La intención por parte del Gobierno español de solicitar al primer partido en la oposición su colaboración en la maquinación del mecanismo jurídico necesario para dar forma a la antes mecionada instrumentación, y ello como forma de dar fin al procedimiento contra el Senador Vitalicio Augusto Pinochet Ugarte, detenido por las autoridades policiales británicas el pasado 16 de octubre de 1998.
El reconocimiento por parte del mecionado Ministro de Asuntos Exteriores de España de haber enviado información judicial sobre la causa que se sigue en la Audiencia Nacional española, en forma oficial y a través de la vía diplomática ordinaria, sin recurrir al Juzgado de Instrucción Núm. 5, ni cumplir con el procedimiento judicial preceptivo en un Estado de Derecho.
RECORDAMOS:Que el Estado chileno no está legitimado para hacer uso del art. 30 de la Convención contra la Tortura, debido a que dicho país en el momento de la ratificación del mencionado instrumento internacional opuso reserva precisamente a dicho artículo.
Es obvio que el Ministro de Relaciones Exteriores de Chile conoce este hecho de forma fehaciente, por lo que su actuación tiene la única finalidad posible de obstruir el funcionamiento de la justicia, proteger al Senador Vitalicio y consolidar la impunidad de la que goza el Estado chileno.
Ninguno de los Estados implicados en este momento en la detención del Senador Vitalicio es parte en el procedimiento. Dicho de otra forma, ni el Estado español, ni el chileno, ni el británico, son parte y, por lo tanto, carecen de iniciativa alguna al margen de las previstas en un Estado de Derecho.
La justicia española no aplicó la Convención contra la Tortura, tal y como se desprende explícitamente de los autos de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de fecha 4 y 5 de noviembre de 1998; el panel de jueces de esta Sala calificó unánimemente como genocidio, y no como torturas, los delitos cometidos por el Senador Vitalicio.
Es obvio que el Ministro de Asuntos Exteriores de España conoce este hecho de forma fehaciente, por lo que su actución tiene como única y posible finalidad la de obstruir el funcionamiento de la justicia y proteger a un imputado por un órgano jurisdicional español como consecuencia de delitos graves contra los derechos humanos, convirtiendo al Estado español en cómplice de la pretendida protección a favor del Senador Vitalicio.
Las normas que rigen en un Estado de Derecho no permiten, en ningún caso, interpretaciones de las leyes al margen de los tribunales de justicia y consecuentemente, prohíben todo arreglo extrajudicial en este tipo de delitos. En el caso que nos ocupa, los tribunales se han expedido en tiempo y forma, tanto en Gran Bretaña como en España, por lo que los Gobiernos de dichos Estados deben proceder de acuerdo con las resoluciones emanadas de los mismos y no conspirar contra el funcionamiento de la justicia internacional.
El Gobierno español ha agotado el procedimiento de extradición de Augusto Pinochet Ugarte en los términos legalmente previstos por el ordenamiento jurídico vigente en el Estado español, por lo que no cabe, ni existe, posibilidad alguna de retractación y, menos aún, a través de una pretendida retroactividad jurídica como la propuesta al Secretario General del PSOE, Joaquín Almunia.
La Convención contra la Tortura es un instrumento del derecho internacional de los derechos humanos que pretende perseguir el delito de torturas sistemáticas o conspiración para torturar, hechos que, en todo caso, la defensa del Senador Vitalicio tuvo a bien reconocer en el procedimiento seguido ante la Cámara de los Lores, por lo que es obvio que las posibles interpretaciones que pretenden los Ministerios de Exteriores mencionados, no pueden ser más que formas de colaboración dignas de la figura de encubrimiento, en este caso, de los delitos cometidos por el Senador Vitalicio.
El Gobierno de Chile ha reiterado en numerosas oportunidades que renunciaba a recurrir a la Corte Internacional de Justicia de La Haya, ante la que podría denunciar la "mala" aplicación de la Convención por parte de la justicia británica o española. Esta inteligente decisión consolida nuestra opinión de que estamos frente a una mera operación de encubrimiento y obstrucción a la justicia realizada en forma premeditada y planificada.
Por todo ello SOLICITAMOS:1) Que el juez instructor de la causa por los desaparecidos españoles en Argentina y Chile impute por obstrucción a la justicia y conspiración para el encubrimiento de delitos contra la humanidad a los Ministros de Exteriores de Chile y España.
2) Que el Gobierno español proceda a cesar en sus funciones al Sr. Ministro de Asuntos Exteriores por violación de su obligación constitucional de respetar la justicia y el principio de separación de poderes.
3) Que el Gobierno chileno proceda en idéntica forma contra su Ministro de Relaciones Exteriores, Juan Gabriel Valdés.
4) Que el Gobierno español proceda a hacer públicos los documentos que obren en su poder sobre la etapa de la represión en Chile y que, hasta el momento, ha ocultado deliberadamente.
ENVIAR MENSAJES A:A) Autoridades Españolas:
- Presidente del Gobierno. D. José María Aznar. Fax: +34.91.549.2739
- Ministra de Justicia. Dña. Margarita Mariscal de Gante y Mirón. Fax: +34.91.390.2268
- Fiscal General del Estado. D. Jesús Cardenal Hernández. Fax: +34.91. 319.3317
- Presidente del Congreso de los Diputados. D. Federico Trillo-Figueroa Martínez- Conde. Fax: +34.91.429.7138
- Portavoz del Grupo Popular ante el Parlamento. D. Luis de Grandes. Fax: +34.91.420.2516
- Portavoz de CiU ante el Parlamento. D. Joaquim Molins i Amat. Fax: +34.91.429.6776
- Portavoz del PNV ante el Parlamento. D. Iñaki Mirena Anasagasti Olabeaga. Fax: +34.91.429.4623
- Portavoz de Coalición Canaria ante el Parlamento. D. Juan Carlos Mauricio Rodríguez. Fax: +34.91.369.0515
- Portavoz del Partido Socialista Obrero Español ante el Parlamento. D. Joaquín Almunia Fax: +34.91.429.7860
B) Autoridades Chilenas:
- Presidente de la República - Eduardo Frei Ruiz-Tagle Palacio de la Moneda - Santiago, Chile - Telegramas: Presidente, Santiago, Chile - Fax: + 562 694 5080
- Ministro del Interior - Raúl Troncoso - Palacio de la Moneda - Santiago, Chile - Telegramas: Ministro Interior, Santiago, Chile - Fax: +562 696 8740 / 699 2165
- Ministra de Justicia - Sra. María Soledad Alvear - Ministerio de Justicia - Morandé 107 - Santiago, Chile - Telegramas: Ministra Justicia, Santiago, Chile - Fax: + 562 698 7098
- Ministro de Relaciones Exteriores - Sr. Juan Gabriel Valdes - Ministerio de Relaciones Exteriores - Catedral 1158, Piso 3 - Santiago, Chile - Fax: + 562 696 8796 / 672 6274
Juicio a Pinochet
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