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Balance 1997 - Derechos Humanos en Chile
FASIC
Santiago, Enero de 1998Introducción
1.- A Nivel Nacional:
Procesos en Tramitación
I. Corte Suprema
- A. Pendiente Sobreseimiento Definitivo Por Amnistía
- B. Sobreseimiento Definitivo por Amnistía
- C. Sobreseimiento Definitivo por Cosa Juzgada
- D. Sobreseimiento Definitivo por Prescripción
- E. Sobreseimiento Temporal
- F. Reapertura De Sumario
- G. Vega Monumental Concepción Año 84
- H. Contiendas De Competencia
III. Corte Marcial
Nomina De Denuncias Por Denegación De Justicia En Caso De Detenidos Desaparecidos Y Ejecutados
IntroducciónA ocho años del proceso de transición a la democracia en Chile, el tema de los derechos humanos, referido principalmente a la herencia de las violaciones de los mismos cometidas durante la dictadura del general Pinochet, mantiene una persistente vigencia en el acontecer nacional y con evidentes resonancias en el campo político institucional.
Sin duda, y como ya lo advertimos en el balance del año anterior, frente a la comunidad internacional, el país enfrenta un creciente desafío de credibilidad democrática, precisamente a partir de cuestionamientos serios en foros internacionales y tribunales de otros países, como por la comprobación de nuestra ineficacia para hacer efectiva resoluciones judiciales en contra de personas directa o indirectamente vinculadas con el pasado régimen militar.
Si bien es cierto, al interior del país, la imagen que se proyecta es de que tales materias están fuera de la órbita de interés de los ciudadanos, el fuerte incremento de los votos nulos y la abstención en la última elección parlamentaria, son indicadores indesmentibles del creciente proceso de desafección que nuestra población presenta -sobre todo la juventud- al proceso de transición democrática que vivimos.
Al parecer, el tratamiento dado al tema pendiente de las violaciones a los derechos humanos durante la dictadura militar, es una de las materias que incide en dicho fenómeno de desencanto.
Finalizado 1997, se puede afirmar sin temor a cometer un error, que la reconciliación nacional sigue siendo el gran tema pendiente de la sociedad chilena, sin que se vislumbren propuestas serias para enfrentarlo en su raíz.
Paralelamente, parece consolidarse más bien un proceso de regresión en el sistema de liberalización del país, en donde los actores políticos que al inicio de la transición asumieron la tarea de impulsarlo, han ido perdiendo terreno, manifestando cada vez más frecuentemente, vacilaciones y claudicaciones.
Es así, como el cierre del año encontró a la clase política sumida en una profunda crisis y desgarrada por tensiones y debates internos, sin que existan signos de claridad hacia el futuro, salvo el prepararse para una ardua lucha por el poder.
Dentro de este contexto, ocurrieron ciertos hechos de particular significancia tanto en el plano nacional como internacional, que conviene destacar en el presente análisis:
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1.- A Nivel Nacional:Justicia Militar:
a) Es importante consignar que durante el 97 se aprobó la gran reforma al proceso penal teniendo ésta un carácter trascendente, pero permaneció fuera de la agenda, todo lo concerniente a la justicia militar, órgano jurisdiccional castrense de cuestionable pasado y dudosa legitimidad democrática en el presente. Se trata sin duda de uno de los nudos heredados de la dictadura que no ha sido posible desatar.
Pero lo que resulta más preocupante sobre esta materia, es que tampoco se vislumbra ninguna iniciativa por encarar este problema en los próximos años. El Ministerio de Justicia proyecta el inicio de estos cambios más allá del 2000.
b) El Ministerio Público Militar -instancia institucional castrense creada durante la dictadura destinada a defender los intereses de las FFAA-, reeditó su ofensiva desplegada en 1996, para poner punto final, por vía judicial, a todos los procesos pendientes por violaciones a los DD.HH. de tiempos del régimen del general Pinochet.
Con fecha 17 de septiembre del año pasado, dirigió al Pleno de la Excma. Corte Suprema, una solicitud en orden a que esa instancia instruyera al cierre de la totalidad de los procesos que se sustancian en la justicia ordinaria, por violaciones a los DD.HH..
Fue este un último intento por tratar colocar un freno a las investigaciones por violaciones de los DD.HH., antes de que se produjera una radical sustitución de ministros en esa instancia, producto de las reformas al poder judicial, que implicaba la salida de los jueces mas adictos al poder militar.
Nuevamente la Corte Suprema mantuvo su posición ya definida frente a la solicitud del año anterior, en orden a proclamar "Que los jueces son independientes para resolver qué preceptos y de qué modo deben aplicarse a las causas sometidas a su conocimiento, sin que a este respecto sean admisibles injerencias externas -emanadas desde otras sedes distintas del Poder Judicial mismo-; ni tampoco internas provenientes de sus superiores jerárquicos dentro de este mismo Poder.".
No obstante lo anterior, la Corte Suprema estimó recomendar a los tribunales del país la activación de las tramitaciones de los procedimientos criminales a su cargo, con respecto a esta clase de causas.
En suma, resultó claro que el intento derivó en fracaso, pero dejó en evidencia que el poder militar no ha variado ni un ápice su posición frente a esta materia.
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Corte Suprema
c) Sin duda, el proceso de reestructuración y recomposición de la Corte Suprema, hace abrigar nuevas expectativas en los cientos de juicios aún abiertos, y que no han logrado resultados.
Es así, como de la Sala Penal del máximo tribunal el año 97 han emanado dos fallos que podríamos catalogar de esperanzadores:
Nos referimos, a aquel recaído en el recurso de casación en el proceso de los detenidos desaparecidos Rodolfo Alejandro Espejo Gómez y a Gregorio Gaete Farías, sobreseído definitivamente por aplicación del Decreto Ley de Amnistía Nº 2191, de 1978, por la justicia militar, y que la Corte Suprema dejó sin efecto anulando el fallo, y disponiendo solamente el sobreseimiento temporal de la causa, lo que permitirá reabrirla en el evento de que surjan nuevos antecedentes que así lo posibiliten.
El segundo, acogió un recurso de casación sobre un fallo de la justicia militar que había sobreseído igualmente en forma definitiva la causa conocida como "La Operación Albania" (año 1987), ordenando la reapertura del mismo y disponiendo la ejecución de importantes diligencias destinadas a establecer la identidad de los responsables.
Cabe consignar que mientras esa investigación prosiga en manos de la justicia militar, no existe ninguna posibilidad de avanzar positivamente en el esclarecimiento de esos asesinatos múltiples perpetrados por agentes de la CNI, por lo que resultará determinante el pronunciamiento del Pleno del máximo tribunal en orden a designar un Ministro en Visita civil para que se aboque al conocimiento y fallo de dicha causa.
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Consejo de Defensa del Estado
d) Con la expectativa de moderado optimismo frente a los cambios que se están generando en el poder judicial, nos enfrentamos a otra realidad en donde otros organismos estatales, presentan un comportamiento que podríamos calificar de, al menos, contradictorio en materia de DD.HH..
Nos referimos al Consejo de Defensa del Estado, el cual, por una parte, da señales de estar preocupado por colaborar en ciertas investigaciones judiciales por violaciones a los derechos fundamentales, como por ejemplo el mismo proceso de "La Operación Albania", y por otro lado, opone serias trabas para que víctimas de tales violaciones sean reparadas por el Estado, a pesar de existir sentencias judiciales que así lo mandan.
Las actitudes contradictorias de este ente fiscal, redundan en que, en definitiva, a pretexto de una malentendida defensa del patrimonio fiscal, se llega incluso a negar hechos establecidos por el propio Informe Rettig, para eximir al Estado de su obligación de indemnizar a las víctimas, blanqueando de paso toda una parte de la historia represiva del país de responsabilidad de las FF.AA..
Lo anterior, tendría cierto sentido si dicho Consejo fuera parte de los enclaves autoritarios heredados de la dictadura militar. Sin embargo no es así, ya que mayoría de los miembros de su Consejo han sido designados durante los gobiernos democráticos y corresponden a personalidades del mundo jurídico antidictatorial.
Teniendo presente el claro compromiso programático en materia de DD.HH. suscrito por ambos gobiernos de la Concertación, resulta incomprensible que esa entidad se esté transformando en la peor valla que deban enfrentar las víctimas de la dictadura para obtener algún grado de reparación por las penurias vividas y que aún se viven.
El criterio economicista con que se enfrenta el problema, aludiendo a los precedentes que se pueden ocasionar en estos casos si se adoptare un criterio más flexible, son absolutamente insostenible si se tiene presente que las cantidades que en definitiva se establezcan, no representan una carga que el erario nacional no pueda absorber..
El problemas parece estar más bien en la obligación del Fisco, de tener que demandar, en su turno, a los agentes del Estado que provocaron ese perjuicio que ha debido indemnizarse, cosa que en la práctica implicará demandar a una serie de personas que pertenecieron o aún pertenecen a la FF.AA. Aparentemente, no se desea "molestar" a ese contingente por necesidades de mantener una buena relación cívico-militar.
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e) Un problema que se ha venido denunciando sistemáticamente por los organismos de DD.HH., y, en particular, por FASIC, es el de la práctica de la tortura, que aún persiste en los procedimientos de la policía.
Es necesario recordar el informe del relator temático de Naciones Unidas Sr. Nigel Rodley, quien visitó Chile en 1995, donde presentó su preocupación ante la existencia de tortura y malos tratos a detenidos.
Ésta ha sido enfáticamente negada por las altas jerarquías policiales, cada vez que ha existido una denuncia sobre la materia. Sin embargo, la fuerza de los hechos ha sido mas potente que el discurso oficial.
Sabidas son las dificultades que se presentan cuando se hace necesario establecer un principio de prueba sobre estas prácticas, y es precisamente esa dificultad, la que ha permitido eludir hasta ahora una responsabilidad institucional involucrada en estas materias.
Ha debido ocurrir un desgraciado desenlace en un caso en particular, (en el presente mes de enero) para que quede en evidencia en forma indesmentible que la tortura está aún presente en nuestro país.
Por primera vez, ha debido aceptarse oficialmente la existencia de este nefasto fenómeno, y, comienza a surgir un incipiente debate sobre la forma como se preparan nuestras policías y la doctrina que se les imprime en las aulas de sus instituciones matrices.
Nos parece altamente conveniente y positivo que ese debate se siga desarrollandondo y con altura de miras, con el objeto que quienes están encargados de resguardar el orden público, puedan alcanzar grados crecientes de profesionalismo dentro de un marco de respeto a los derechos fundamentales de las personas.
Especialmente, se hace necesario que el Cuerpo de Carabineros de Chile entre en un proceso radical y profundo que reoriente su función profesional, retomando su línea histórica .
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Poder Militar
f) Las graves ausencias que presenta la institucionalidad desde la perspectiva democrática, y que habían logrado quedar encubiertas por un discurso oficial que proyectaba una realidad de normalidad institucional, afloraron en toda su magnitud cuando el general Pinochet anunció que una vez que dejara la comandancia en jefe del Ejército, asumiría en plenitud sus funciones como senador vitalicio. Si bien es cierto que ello ha estado siempre prescrito en la Constitución, y no debiera ser novedad, el anuncio remeció al país.
Todo el trabajo de ingeniería política desplegado desde la Moneda para encarar la sucesión del mando en el Ejército, y que, en principio, fue anunciado como un manejo "brillante" conducido por el Ministro de Defensa, comenzó a desplomarse con la desafortunada proposición de ascenso a general, concordada por el citado Ministro y Pinochet, del Brigadier Jaime Lepe Orellana vinculado al asesinato del diplomático español Carmelo Soria, hecho que, felizmente no llegó a concretarse.
A lo anterior, se sumó el anuncio de Pinochet sobre su senaturía vitalicia, para que quedaran al desnudo todas las falencias que aún presenta nuestro proceso de recuperación democrática, y lo gravitante que en ello resulta el tema de los DD.HH..
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Acusación Constitucional
En este ambiente, y reflotados todos los fantasmas del pasado reciente, no fue extraño que algunos parlamentarios democráticos, muy sensibles al tema, anunciaran una acusación constitucional en contra del general Pinochet, a fin de someterlo a juicio, por afectar gravemente el honor y la seguridad de la Nación. Dicha iniciativa se vio rápidamente bloqueada por el Gobierno mismo, como por la dirigencia del partido político al cual pertenecían los parlamentarios impulsores de la acusación, bastando para ello discretos niveles de presión castrense.
Así finalizó el año: por una parte, con una sensación generalizada de que no ha sido mucho lo que hemos logrado avanzar en el proceso de normalizar nuestra convivencia democrática, y por la otra, con la impresión que el desperfilamiento creciente del gobierno por liderar esta fundamental tarea, se profundiza, quedando cada vez más en evidencia su debilidad frente al poder militar.
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2.- A Nivel Internacional:Hay cuatro hechos que han trascendido nuestras fronteras, que están estrechamente vinculados al tema de los DD.HH.:
Juicio en España
a) Sin duda el de mayor resonancia e importancia, por las derivaciones que de él se puedan producir, es la investigación preliminar que se está llevando a cabo por el titular del juzgado Nº6 de la Audiencia Nacional de España, ante una denuncia presentada en ese país por la Unión de Progresistas de Fiscales en contra de la Junta Militar Chilena por crímenes contra la humanidad.
Si bien es cierto el gobierno chileno ha negado sistemáticamente facultades jurisdiccionales a esa instancia para llevar a cabo dicha investigación, la fuerza de los hechos y los grados de desarrollo que esa investigación está alcanzando, como asimismo, el impacto que ella ha provocado en España, ha obligado al ejército tomar un curso de acción de defensa en ese tribunal. La presencia del Auditor General del Ejército en dicho país formulando presentaciones y allegando documentos en ese proceso, representan el hecho indesmentible de que ese juicio debe ser tomado en consideración en toda su magnitud, y que su fundamento jurídico es plausible.
A lo anterior, cabe agregar que durante el año que pasó importantes testimonios fueron rendidos en dicho proceso, y el Departamento de Estado de Estados Unidos decidió prestar amplia colaboración al fiscal instructor, abriendo sus archivos reservados que pudieran contener información relevante para dicha investigación.
El desarrollo de esta causa pondrá a prueba el efectivo compromiso de nuestras autoridades con la comunidad internacional y el Derecho Internacional de los DD.HH., plasmado en diversos acuerdos y tratados internacionales de los cuales Chile es parte.
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Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA
b) Por ahora, las señales que hacia la comunidad internacional ha dado nuestro país no son alentadoras.
Teniendo presente que a raíz de cuatro denuncias presentadas por FASIC contra el Estado de Chile por denegación de justicia ante dicho organismo, esta adoptó una importante resolución . Esta providencia declara que el Decreto Ley de Amnistía 2191, de 1978 "es incompatible con las disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos", y que la Corte Suprema había vulnerado los artículos 1.1 y 2 de la citada Convención, al no declarar inaplicable la referida amnistía, en diversos casos judiciales de detenidos desaparecidos y ejecutados políticos; el Ministerio de Justicia puso la misma oficialmente en conocimiento de nuestro máximo tribunal.
Sin embargo, el Pleno de la Corte Suprema, después de tomar conocimiento de tal resolución, resolvió archivar los antecedentes sin tomar decisión alguna, quedando la sensación de que para ese poder del Estado, la responsabilidad internacional de Chile sigue siendo un tema absolutamente ajena a ella.
Por su parte, el Gobierno, y el Presidente de la República, quien por mandato constitucional es responsable de las relaciones internacionales del Estado chileno, no ha emitido ningún pronunciamiento sobre la materia, limitándose su intervención sólo a la comunicación al máximo tribunal.
Con ello se ha puesto en evidencia el precario nivel de respeto efectivo de las autoridades con los compromisos internacionales que Chile ha asumido en el campo de los DD.HH..
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Caso 4 chilenos condenados en Perú.
c) Cabe consignar otra importante resolución adoptada por la Comisión de DD.HH. de la OEA, en orden a acoger la denuncia presentada por FASIC contra el Estado del Perú por graves violaciones a las normas del debido proceso al condenar a cuatro chilenos a cadena perpetua por el delito de traición a la patria. A mediados del año pasado presentó una demanda contra el Estado del Perú ante la Corte Interamericana de Justicia de Costa Rica .
Estos conciudadanos se encuentran cumpliendo condena desde hace 4 años en el penal de alta seguridad de Yanamayo en Puno sometidos a un régimen carcelario que atenta contra las normas más elementales de humanidad universalmente aceptadas.
Si bien, dada las características del sistema de protección interamericano, los mecanismos a disposición son aún demasiado lentos y poco eficaces, la utilización sistemática de los mismos, cada vez que se produce una violación a cualquier derecho básico consagrado en la Convención, han permitido ir abriendo ciertas brechas que posibilitan, poco a poco, mejorar las posibilidades de defensa.
Lo anterior, ha ido cobrando más importancia, si se tiene en cuenta que uno de los problemas de fondo presentes en nuestra región, y por cierto también en Chile, es precisamente los altos grados de impunidad que los violadores de DD.HH. logran al interior de sus propios países.
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Colonia Dignidad
d) Cabe finalmente hacer referencia al caso de Colonia Dignidad, 1997 fue un año que mostró en toda su magnitud la verdadera potencia de los poderes fácticos y lo ineficaces que se muestran frente a ellos, los instrumentos de protección contemplados en nuestro ordenamiento institucional.
Los tribunales, a pesar de la decidida voluntad de ciertos magistrados por poner término al cúmulo de ilegalidades y delitos que se han cometido en dicha colonia, como la policía, y la autoridad ejecutiva, han sido incapaces de dar cumplimiento a una orden de aprehensión en contra del líder de esa Colonia, quien se encuentra bajo cargos de abusos sistemáticos a menores.
No se puede soslayar el antecedente histórico de las claras vinculaciones de esa colonia con sectores castrenses, la colaboración prestada a los organismos represivos durante la dictadura militar, y las estrechas relaciones con los sectores políticos y económicos más recalcitrantes del país.
Hasta la fecha, esa simple orden de aprehensión no ha podido ser cumplida, la policía ha demostrado su absoluta ineficacia para hacerla efectiva, y todo el asunto se presenta rodeado de interrogantes y dudas sin respuestas, mientras el fantasma de la impunidad también se proyecta sobre las cordillera de Linares, sitio geográfico de ese enclave de origen germano.
Santiago, Enero de 1998
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Procesos en Tramitación
Justicia Civil Justicia Militar
Total
207 44
251
Procesos Civiles por Daños y Perjuicios contra el Estado
5Indice
- Comisión Interamericana de DDHH OEA
- 34 Denuncias contra Estado de Chile
- 1 Denuncia contra el Estado del Perú
- 1 En estudio antecedentes (Perú)
- Comité DD.HH. de la ONU
- 11 Denuncias contra Estado de Chile.
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Santiago, enero de 1998.
I. Corte SupremaA. Pendiente Sobreseimiento Definitivo Por Amnistía
Martinez Hernandez M. Eugenia R casación en acuerdo Barrientos Paredes Eduardo R casación en acuerdo Desaparecidos De Paine R casación acuerdo desempate Quiñones Lembach Marcos R casación empate Contreras Maluje Carlos R. casación empate Lopez Stewart Maria R. casación acuerdo desempate Acuña Reyes Roberto R. casación acuerdo desempate Henriquez Espinoza Edgardo R. casación acuerdo desempate Martinez Quijon Guillermo R casación en acuerdo Andronicos Antequera Jorge E Ivan González Manriquez Francisco R. casación en acuerdo Ortiz Moraga Jorge R casación en tramite Ziede Gomez Eduardo R casación en acuerdo Indice
B. Sobreseimiento Definitivo por Amnistía
Carrasco Matus Carlos
Guendelman Wisniak Luis
Llanca Iturra Monica
Perez Molina Sergio
Indice
C. Sobreseimiento Definitivo por Cosa Juzgada
Alvarado Borguel Maria Ines
Elgueta Pinto Renato
Indice
D. Sobreseimiento Definitivo por Prescripción
Catalán Lincoleo Samuel
Gutiérrez Rivas Luis Y Otros
Avalos Davidson Alejandro
Indice
Espejo Gomez Alejandro
Gaete Farias Gregorio
Indice
Operación Albania ( 12 ejecutados año 1987)
Indice
G. Vega Monumental Concepción Año 84
Casación en acuerdo (sobreseimiento definitivo
)Indice
Acuña Castillo Miguel 8º Jdo. del crimen:competente Andreoli Bravo M Angelica 11º Jdo. del crimen acuerdo Aranda Romero Roberto Competente 2º fiscalia militar Aranda Pablo Bagus José Competente 2º fiscalia militar Barrios Duque Alvaro Competente 2º fiscalia militar Fuentes Alarcon Jorge Competente 2º fiscalia militar Lagos Nilsson Gloria Desempate en acuerdo Morales Saavedra Newton Competente 2º fiscalia militar Munita Castillo Patricio Competente 2º fiscalia militar Poupin Oissel Arsenio Competente 2º fiscalia militar Radrigan Plaza Anselmo Competente 2º fiscalia militar Sanchez Cornejo Competente 2º fiscalia militar Garay Hermosilla 8º del crimen en trámite Bueno Cifuentes Carmen 6º Juzg.del crimen en trámite Muller Silva Jorge Muñoz Andrade Leopoldo 3º del pac en trámite Indice
II. Corte de Apelaciones
Alcayaga A. Augusto Sobreseimiento Temporal Confirmado Fernandez Cuevas Miguel Sobreseimiento Temporal Confirmado Fernandez Cuevas Juan Sobreseimiento Temporal Confirmado Devia Devia Jose Sobreseimiento Temporal Confirmado Guggiana Espoz Jose Sobreseimiento Temporal Confirmado Cabezas Quijada Sergio Apelación Sobreseimiento Definitivo Por Cosa Juzgada Cinco Desaparecidos Año 87 Apelación Sobreseimiento Temporal Indice
III. Corte MarcialA.-Sobreseimiento Definitivo Por Amnistía
Almonacid Luis Apelación en acuerdo Poblete Cordova Pedro Apelación en acuerdo Vargas Fernandez Felix Apelación en trámite Guajardo Zamorano Luis Tormen Mendez Sergio Apelación en trámite Weibel Navarrete Ricardo Apelación en trámite Lorca Tobar Carlos Revocó amnistía reapertura de sumario Indice
B.- Sobreseimiento Definitivo Por Cosa Juzgada
Barrios Duque Álvaro Apelación en trámite Indice
Nomina de Denuncias por Denegación de Justicia en Caso de Detenidos Desaparecidos y EjecutadosA. Interpuesta ante Comisión Interamericana de DD.HH. de la OEA.
Fecha Rol Aedo Carrasco Francisco Eduardo 19-12-95 11.573 Alsina Hurtos Juan 31-10-94 11.231 Andronico Antequera Jorge Elias 30-03-95 11.541 Andronico Antequera Juan Carlos 30-03-95 11.541 Arias Ramirez Jaime Pascual 11-01-95 11.549 Arias Ramirez Luis Armando 11-01-95 11.549 Catalan Lincoleo Samuel 26-07-97 11.771 Chanfreau Oyarce Alfonso 16-03-95 11.505 Fierro Morales Jose Delimiro 11-01-95 11.549 Fritz Monsalve Eulogio 12-08-96 11.675 Gedda Ortiz Maximo Antonio 19-01-96 11.585 Gonzalez De Asis Guillermo 08-05-96 11.652 Gonzalez Manriquez Luis Fco. 30-03-95 11.541 Guerrero Gutierrez Carlos Edo. 22-01-96 11.583 Huaiquiñir Benavides Joel 25-01-96 11.595 Jorquera Encina Mauricio Edo. 28-10-96 11.705 Lagos Salinas Ricardo Ernesto 03-08-94 11.229 Marin Rossel Jorge Rogelio 09-08-95 11.546 Meneses Reyes Juan Aniceto 21-05-94 11.228 Millar Sanhueza William 09-08-95 11.546 Perelman Ide Juan Carlos 07-12-95 11.569 Reyes Gonzalez Agustin Edo. 11-04-96 11.532 Rojas Denegri Rodrigo 12-09-88 9.755 (Quintana Arancibia Carmen Gloria) Sanchez Mejias Luis Alberto 30-03-95 11.572 Valdes Chavez Mario Alejandro 11-01-95 11.549 Vasquez Escobar Jorge Enrique 11-01-95 11.549 Vergara Inostroza Pedro Jose 20-07-95 11.282 Toro Bravo Nicomedes 26-03-97 11.746 Inhumacion Ilegal 15 Ejec La Serena 09-08-95 Operacion Albania (12 Ejecutados) 30-07-96 11.659 Carrasco Matus Carlos 15-12-97 Guendelman Wisniak Luis 15-12-97 Avalos Davidson Alejandro 31-12-97 Indice
B. Ante el Comite de Derechos Humanos de Naciones Unidas
Fecha Rol Perez Vargas Dagoberto Osvaldo 08-08-96 718-96 Caso Chihuio (17 Ejecutados) 12-04-96 716-96 Menanteau Aceituno Humberto Y Carrasco Vasquez Jose 26-08-96 746-97 Gutierrez Rivas Luis 08-07-97 Valdivia Vasquez Miguel Angel 10-07-97 Valdivia Vasquez Segundo Fdo. Valdivia Vasquez Victor Edo. Fuentes Rodriguez Humberto 10-10-97 Alvarado Borguel Maria Ines 15-12-97 Elgueta Pinto Martin 15-12-97
Santiago de Chile, enero 1998
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Documento editado electrónicamente por el Equipo Nizkor, en Madrid a 13 de julio de 1999DDHH en Chile
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