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01jun05


Hijo de matrimonio Lejderman - Ávalos insistirá en condenar a los culpables.


Desde Argentina, el único descendiente de los cónyuges que fueron ultimados por una patrulla militar en la Cuarta Región manifestó su decepción con la justicia chilena y anunció que apelará a la decisión adoptada por el ministro Joaquín Billard, quien absolvió a todos los procesados en el caso basándose en un fallo de la justicia militar.

Ernesto Lejderman ávalos, el otrora niño de dos años que presenció el asesinato de sus padres a manos de una patrulla militar que los ultimó en los hornos de carbón del poblado de Guallihuayca, Cuarta Región, manifestó su “profunda decepción” ante la decisión del juez Joaquín Billard que absolvió a los cuatro militares procesados en esta causa, al aplicar la institución de la “cosa juzgada”.

El pasado 25 de mayo, el mencionado magistrado decidió no aplicar ninguna sanción penal al ex comandante del Regimiento Arica, Ariosto Lapostol Orrego; al capitán Fernando Polanco Gallardo, jefe de inteligencia de esa unidad, y a los suboficiales Luis Humberto Fernández Monje y Héctor Vallejos Birtiola, en su calidad de autores de los delitos de homicidio calificado.

Fundamentalmente, Billard justificó su resolución en que estos mismos hechos habían sido investigados por el Segundo Juzgado Militar de Santiago, instancia que en marzo de 1992 determinó sobreseer total y definitivamente este proceso por la supuesta prescripción del delito, decisión que fue confirmada por la Corte Marcial en julio de 1993.

El dictamen del ministro fue bastante cuestionado por abogados de derechos humanos, ya que contraviene todo lo actuado por la justicia chilena en los últimos años, ya que diversas resoluciones han establecido que los delitos de lesa humanidad no son prescriptibles y, por otro lado, que la institución de la “cosa juzgada” sólo es aplicable cuando existe una investigación por los mismos hechos que haya concluido con la condena o absolución de los imputados, pero no por la extinción de la acción penal.

No hubo investigación previa

En ese sentido, varios profesionales consultados afirmaron que es de común conocimiento que los tribunales castrenses no investigaron ningún hecho relacionado con violaciones a los derechos humanos y que, incluso, los eventuales imputados en esos procesos fueron citados a declarar en calidad de testigos, por lo cual no podían ser obligados a testificar en contra de sí mismos.

Al respecto, Ernesto Lejderman, quien participa en organizaciones de derechos humanos de su país y fue contactado por vía telefónica por El Mostrador.cl, señaló que “estoy profundamente deprimido. Antes del fallo estaba muy entusiasmado con los avances que había logrado el proceso en este último año, por eso no entiendo lo que ocurrió ahora. A través de mi abogado (Héctor Salazar) vamos a apelar de esta resolución, porque todavía hay que determinar quienes fueron todos los autores de este crimen”.

Las palabras del hijo del ciudadano argentino Bernardo Lejderman Konujowska y de su esposa mexicana, María del Rosario Avalos Castañeda, se refieren a que según los dichos del ex oficial de Ejército Pedro Rodríguez Bustos, quien declaró en el cuaderno secreto de la causa “Caravana de la Muerte”, la patrulla que asesinó al matrimonio estuvo formada por seis militares y no cuatro, como lo estableció la investigación de Billard.

“Respeto a la justicia de Chile y todo lo que ha hecho en los últimos años, lo que no comparto es este fallo que es un grave error y que contraviene todo lo que se ha dado en estos últimos años”, enfatizó al explicar que también se deberían investigar la participación de esos dos militares que nunca fueron procesados.

Cheyre y su reservado testimonio

En mayo de 2003, cuando el proceso estuvo a cargo del ex ministro Daniel Calvo, en una diligencia reservada y llevada a cabo en el living de su residencia particular el comandante en jefe del Ejército, Juan Emilio Cheyre, prestó declaración por su participación en este hecho.

Según fuentes consultadas por El Mostrador.cl, el uniformado mostró una muy buena disposición para colaborar con los requerimientos del tribunal. “El general Cheyre, al contrario de muchos uniformados, respondía las preguntas del magistrado mirándolo directamente a los ojos y en una actitud convincente que aplacó las dudas del juez respecto a la veracidad de sus dichos”, sostuvo.

En ese relato, el alto uniformado, que en ese tiempo tenía el rango de teniente, confirmó que a él le correspondió la misión de llevar al hijo de la pareja, de dos años de edad, a un hogar de menores de La Serena a cargo de unas religiosas, lugar en que se contactó a sus parientes en Argentina para que lo vinieran a buscar.

Las mismas fuentes consultadas explicaron que esa situación no reviste ningún tipo de delito, ya que el niño –en ese momento huérfano- fue trasladado a un lugar destinado para tal efecto y, por ejemplo, no fue destinado a una adopción irregular o algo por el estilo.

Sin embargo, el otrora infante, que a la fecha tiene 34 años, considera que esta participación de Cheyre es un claro indicio que él debe manejar más antecedentes sobre la muerte de sus padres –lo que negó en su declaración judicial-, ya que debe estar al tanto de todas las personas que participaron en esa patrulla militar que los ultimó.

Al respecto, Ernesto Lejderman recordó que el año pasado envió una misiva al uniformado para solicitarle su colaboración para esclarecer el caso, sin embargo, esta correspondencia jamás tuvo respuesta por parte del comandante en jefe del Ejército.

El matrimonio Lejderman – ávalos fue asesinado en un supuesto enfrentamiento con militares, ocurrido el 8 de diciembre de 1973 en la localidad de Guallihuayca, al interior de Vicuña (IV Región).

[Fuente: Por Jacmel Cuevas, El Mostrador, Santiago de Chile, 01jun05]

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