Información | ||
Derechos | Equipo Nizkor
|
06jun16
Chile expone cinco motivos para demandar a Bolivia por el Silala
Después del anuncio de la presidenta de Chile, Michelle Bachelet, de demandar a Bolivia por el Silala, el canciller Heraldo Muñoz argumentó en conferencia de prensa los cinco motivos que impulsaron a ese país a demandar a Bolivia.
El primero es que Chile le pide a la CIJ que decida si el Silala es un curso de agua internacional y por lo tanto Chile tendría derechos sobre estas aguas.
La segunda razón es que de acuerdo al derecho internacional Chile tiene derecho a un uso "equitativo y razonable" de las aguas del Silala.
La tercera razón es que bajo el derecho internacional Chile tiene derecho al uso de las aguas del Silala.
La cuarta explicación es que Bolivia tiene la "obligación" de cooperar con Chile y notificar todas las medidas que se planifiquen y que se pueda intercambiar información sobre este recurso hídrico como también de conducir un estudio de impacto ambiental para que Chile pueda evaluar los efectos de las medidas de Bolivia.
Muñoz expresó que Bolivia tiene la obligación de tomar medidas para prevenir y controlar la contaminación que daña a Chile por las actividades que se realizan en las cercanías del Silala.
"Manejaremos esta demanda de manera sobria y profesional, velando siempre por intereses de Chile", expresó Muñoz.
El canciller también anunció que la Directora de Fronteras y Límites de la Cancillería chilena, Ximena Fuentes, entregó esta mañana la demanda al Secretario de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de la Haya.
Bolivia y Chile ya tienen una demanda ante la CIJ de la Haya. Bolivia pide que Chile negocie una salida soberana al mar. En septiembre la Haya se declaró competente.
En marzo de este año el presidente Evo Morales denunció que Chile hace un uso "abusivo y arbitrario" de las aguas del Silala y anunció que se iba a tomar medidas al respecto.
También denunció que Chile había instalado una base militar a 15 kilómetros de la frontera cerca del Silala.
[Fuente: El Día, Santa Cruz de la Sierra, 06jun16]
This document has been published on 07Jun16 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes. |