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13jun17


Condenaron a siete y ocho años de prisión a dos ex jefes policiales por el secuestro y las torturas a un cooperativista


En el marco de un proceso oral y público desarrollado con las características del nuevo modelo acusatorio, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nš2 de Salta impuso este mediodía ocho años de prisión al ex jefe de la Policía, Miguel Gentil, y siete años de prisión al ex jefe de Investigaciones de la misma fuerza provincial, Joaquín Guil, quienes fueron hallados responsables por el secuestro y las torturas que sufrió el militante y cooperativista Marcial Uro a fines de 1975.

El veredicto se dio en línea con los pedidos de pena formulados ayer por los fiscales generales Francisco Snopek y Carlos Martín Amad, quienes actuaron en el proceso con la asistencia del fiscal ad hoc Juan Manuel Sivila.

En un hecho sin precedentes en juicios por crímenes de lesa humanidad, el presidente del tribunal, Abel Fleming, el vocal Domingo José Batule y la vocal Gabriela Catalano dieron a conocer oralmente los fundamentos después del veredicto. Durante una hora y media, los magistrados y la magistrada se pasaron la palabra para fundar por qué habían decidido, por unanimidad, la imposición de las penas a los dos acusados.

El tribunal consideró que tanto Gentil como Guil fueron responsables de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia y de tormentos agravados por tratarse de un perseguido político.

El de hoy fue el primer pronunciamiento del TOCF 2 salteño en una causa por crímenes de lesa humanidad. En su exposición, volcada en un acta que será entregada a las partes en los próximos días, los jueces mostraron un conocimiento acabado del contexto histórico y de la organización represiva en esa zona del país.

En base a las pruebas reunidas en el juicio -la víctima, Uro, no llegó a declarar porque falleció el año pasado- los jueces fijaron la fecha en la que ocurrieron los hechos. Fue uno de los temas controvertidos del debate. El tribunal señaló que la privación ilegal de la libertad se prolongó durante cuatro semanas en el período abarcado entre septiembre y diciembre de 1975, y lo acreditó en base al testimonio de un sobreviviente que compartió el cautiverio con la víctima y a un pedido de informes "en cuadruplicado" de la inteligencia policial, fechado en septiembre de ese año y sin vinculación con ningún expediente judicial -lo cual daba cuenta de la persecución ilegal-, en el que se requieren los antecedentes de Uro.

El 29 de mayo pasado, cuando comenzó el debate, el tribunal recurrió al modelo acusatorio del nuevo Código Procesal Penal. La Fiscalía y la Defensa Oficial formularon alegatos de apertura, donde sostuvieron sus tesis y adelantaron las pruebas con las que las sostendrían. Luego, durante el examen de la prueba, el tribunal no intervino; la Fiscalía y la defensa llevaron sus elementos y formularon los interrogatorios de los testigos.

En el juicio se acreditó que Uro fue secuestrado en su domicilio del barrio Finca Independencia de la capital provincial. Personal de la policía y sin uniforme ingresó a su vivienda y causó destrozos, tras lo cual lo confinó durante dos semanas en la Central de Policía, donde fue sometido a tormentos.

Luego fue privado de la libertad durante dos semanas más -hasta que fue liberado- en la delegación local de la Policía Federal y en el domicilio del ex comisario de esa fuerza, Ernesto Federico Levy, quien estuvo imputado en esta causa hasta su fallecimiento.

La víctima había cofundado una cooperativa de trabajo de carpintería y herrería y era militante social y presidente de siete villas de emergencia.

[Fuente: Ministerio Público, Bs As, 13jun17]

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