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19mar14


Fundamentos de la sentencia en la causa de los centros de detención Arsenal Miguel de Azcuénaga y Jefatura de Policía de Tucumán


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CAUSA: "Arsenal Miguel de Azcuénaga y Jefatura de Policía de Tucumán s/secuestros y desapariciones (Acumulación Exptes. A - 36/12, J-18/12 y 145/09)", Expte.: A - 81/12

En la ciudad de San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán, República Argentina, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil catorce, siendo horas 12:00, tiene lugar la audiencia para efectuar la lectura íntegra de la sentencia dictada el trece de diciembre del año dos mil trece por los Señores Jueces de Cámara del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán, Doctores CARLOS ENRIQUE IGNACIO JIMENEZ MONTILLA quien presidió la audiencia, GABRIEL EDUARDO CASAS y JUAN CARLOS REYNAGA. Integró el Tribunal en carácter de juez sustituto el Dr. HUGO NORBERTO CATALDI, en los términos del artículo 359 del C.P.P.N. Actuó como Fiscal General Subrogante el Dr. LEOPOLDO PERALTA PALMA y los Fiscales Ad-Hoc PABLO CAMUÑA y PATRICIO ROVIRA. Siendo víctimas (de Jefatura de Policía): Francisco Rafael Díaz; Francisco Rafael Díaz; Ricardo Aroldo Coman; Ramón Antonio Coman; Juan Antonio Fote; Alberto Luis Gallardo; Miguel Ángel Núñez; Carlos Moisés Núñez; Arturo Alberto Lezcano; Luis Román Gerez; Justo Agustín Alarcón; Pedro Antonio Alarcón; Juan Carlos Andrada; José Rafael Chamas; Carlos Ernesto Pettarosi; Eduardo César Araujo; Rosa del Carmen Quinteros de Viecho; Juan Alberto Miño; Lilia Estela Sesto; Olga del Valle Rabsium; Gloria Constanza Curia; Fernando Ramiro Curia; Víctor Manuel Moreira; Pablo Benito Brito; Raúl Andrés Véliz; José Guetas Chebaia; Elda Leonor Calabró; Javier Hipólito Centurión; José Americo Díaz; Juan Leandro Díaz; Susana Macor de Díaz; Juan Leandro Eudaldo Díaz; José Américo Díaz; Juan Manuel Carrizo; Raúl Edgardo Elías; José Carlos Méndez; Miguel Antonio Lapetina; Víctor Hugo Elías; José Manuel Rodriguez; Angélica Margarita Palacio; Antonio Domingo Paz; Manuel Antonio Tártalo; Berta Soldati; Carlos Severino Soldati; Juan Pablo Carballo; Miguel Angel Olea; Justo Francisco Ontivero; Juan Carlos Ontivero; Salvador Leocadio Navarro; Carlos María Gallardo; Dora María Pedregosa; José Inocencio Racedo; Alcira Ochoa de Racedo; Wilfredo Rodriguez; Aída Inés Villegas; Jorge Villegas; María Esther Silva; Carlos Antonio Soto; Miguel Segundo Tula; Héctor Gerardo Tul; Rubén Lindor Tártalo; Juan Carlos Di Lorenzo; María del Pilar Carmen Toledo; Humberto Rubén Ponce; Ismael Adriss; José Gabriel Agüero; Estela Josefina Lopez de Agüero; Yolanda Esther Arguello; María Tránsito Barrionuevo; Raúl Romero, Roberto Valenzuela; Reyes Alcario Romero; María del Valle Bazán de Romero; Nélida Azucena Sosa de Forti; Pedro Antonio Cerviño; José Ramón Cerviño; Enrique Aurelio Campos; Demétrio Ángel Chamatrópulos; Matías Claudio Pereira; María Cristina Bejas; Carlos Oscar Jimenez; Fidel Emilio Correa; Guillermo Corroto; Pastor Roberto Cisterna; María Cisterna de Bulacio; Ana María Cossio; Víctor Felipe Egloff; Luisa Ana Ibañez; Wenceslao Quinteros Manuela Margarita Diaz; Juan Ángel Rodríguez; Ricardo Daniel Somaini; Francisco Eudoro L; Raúl Gustavo Santillán; Juan Carlos Castro; Alicia Raquel Burdisso; Silvina Parrile de Salinas; Ricardo Luis Salinas; Luis Rojas; José Dalmiro Rojas; José Eduardo Ojeda Sierra; Horacio Marcelo Ponce; Domingo Nicolás Romano; Barrionuevo Luis Alberto; Juan Ignacio Cativa.

Víctimas del Centro clandestino de detención Arsenal Miguel de Azcuénaga: Juan Carlos Bustamante; Santos Aurelio Chaparro; José Antonio Cano; Gustavo Adolfo Fochi; Nemesio Humberto Barrionuevo; Oscar René Nieva; Ernestina Teresa Yackel; José Almerico; Humberto Reyes Morales; Julio Arnaldo Del Castillo; Víctor Fernando Alderete y Antonia del Valle Barrionuevo; Mario Barrionuevo; Francisco Carlos Monasterio; Julio Guillermo Suárez; Manuel Humberto Suárez; Gloria del Valle Iñiguez y Ramón Brizuela; Federico Adolfo Fürth; María Candelaria Moyano; Osvaldo José Gregorio Giribaldi; Luis Alfonso Holmquist; Juan Manuel Quinteros; Enrique Raúl Fernández; Julio Ricardo Abad; Ana Cristina Corral; Oscar Rafael Berón; Ercilia Dolores Carabajal; Alfredo Antonio Coronel; Blanca Hoyos; María Margarita Laskowski; Ángel Adolfo Méndez Brander; María Trinidad Iramain; René Manuel Quinteros; Diana Elsa Fabio; Ana María Sosa de Reynaga; Ángel Vicente Manfredi; Juan de Dios Gómez; Enrique Godoy; Félix Viterbo Corbalán; Rodolfo Hugo Lerner; José Horacio Díaz Saravia y Teresa Mercedes Guerrero de Díaz Saravia; Germán Cantos, Anabel Beatriz Cantos; Luis Cantos; Manuel Julio Díaz; Luis Eduardo Falú; Enrique Alberto Sánchez; Juan Francisco Carreras; Carlos Raúl Osores; Hernán Eugenio González; Humberto Alfredo González; Andrés Héctor Lorenzo Lerma; María Cristina Rodríguez Román de Fiad; Raúl Alberto Vaca Rubio; Rafael Vitalino Yañez; Nora Alicia del Valle Cajal Juan Carlos Pastori; Ángel Alfonso Medina Gutiérrez; Víctor Hugo Safarov; Enrique Gonzalo Díaz Macías; Benigno Alberto Pereyra; César Gustavo Campopiano; Julio César Campopiano; Celia Georgina Medina; Rina Rosa Alarcón; Alberto Argentino Augier; Alejandro Federico Alderete Soria; Azucena Bermejo de Rondoletto; María Cenador de Rondoletto; Jorge OsvaldoRondoletto; Pedro Rondoletto; Silvia Margarita Rondoletto; María Teresa Sánchez; Teresita Cándida Hazurún; María Celestina González Gallo; Fortunato Leandro Fote; Rosario Argañaraz y Miguel Alberto Argañaraz; María Angélica Mazzamuto de Romero; Roberto Romero; Antonio Raúl Romero; Damián Octavio Márquez; Armando Archetti; Juan Faustino Rodríguez; Pedro Ricardo Rodríguez; Ernesto José Segundo Cruz; Matilde de los Ángeles Palmieri de Cerviño; Héctor Oscar Justo; Manuel Eugenio Olivera; Alberto Díaz; Víctor Hugo González Toledo; María Isabel Jiménez de Soldatti; Baltasar Acuña; Antonio Naief Saade Saeig; Luis Alberto Soldatti.

Actúan en carácter de abogados representantes de las partes querellantes: Dra. LAURA EUGENIA FIGUEROA: En representación de los querellantes Oscar Segundo, Gustavo Enrique y Sara Estella Holmquist, Guillermina Manuela Romano de Corral, Marta Posse de Fernández e Irma Herminia Posse en causa "Holmquist, Luis Adolfo; Fernández, Enrique Raúl y Corral, Ana Cristina s/Privación Ilegal de la Libertad". Expte. 1565/04; Apoderada de la querellante Ana María Falú en la causa "Baaclini de Falú, Regina Esther S/Su denuncia por Secuestro y desaparición de Luis Eduardo Falú", (Expte. N° 413/05); Apoderada de la querellante Zaira Auad en la causa "Auad de Díaz Macías, Zaira S/Su Denuncia por privación ilegítima de la libertad y otros delitos en perj. de Enrique Gonzalo Díaz Macías", Expte. N° 1121/05; Apoderada del querellante Diego Reynaga en la causa "Bussi, Antonio Domingo; Menéndez, Luciano Benjamín y otros S/ Privación Ilegítima de la libertad, Homicidio Agravado y otros delitos en perjuicio de Ana María Sosa de Reynaga y de Ángel Vicente Manfredi", Expte. N° 1123/05. Acum. 1124/05; Apoderada de los querellantes María Rosa Hourbeigt, Ana Archetti y Marcos Archetti en la causa "Bussi, Antonio y otros S/Privación ilegítima de la libertad, tortura y otros delitos en perjuicio de Armando Archetti", Expte. N° 401.577/06; Apoderada de la querellante Claudia Villegas en la causa "Villegas de Robert, Claudia S/ Denuncia secuestro y desaparición de Aída Inés Villegas - Expte. 1395/05, Acumulado: Menéndez, Luciano Benjamín y otros s/privación ilegítima de la libertad y otros delitos en perjuicio de Aída Inés Villegas y Jorge Villegas -Querellante: Claudia Inés Villegas", Expte. N° 1551/06; Apoderada de la querellante Silvia Frias en la causa "Díaz, Hugo Alberto S/ Su secuestro y desaparición - Querellante: Silvia Magdalena Frías de Díaz", Expte. N° 1.685/04; Apoderada del querellante Domingo Apaza en la causa "Apaza, Carlos Román S/ Su secuestro y desaparición" , Expte. 1.664/04; Apoderada del querellante Joaquín Ariño en la causa "Menéndez, Luciano Benjamín y otros S/ privación ilegítima de la libertad, torturas y otros delitos en perjuicio de Joaquín Ariño", Expte. N° 1.465/04; Apoderada del querellante Andrés Héctor Lorenzo Lerma en la causa "González, Humberto Alfredo S/Privac. Ileg. de la libertad" - Acumulado: "Lorenzo Lerma, Andrés Héctor S/Su Denuncia por privación ilegítima de la libertad", Expte. 1183/05 Ac. 1619/5; Abogada patrocinante de Nélida Medina en la causa "Bianchi, Ramón Oscar s/Su Secuestro y Desaparición. Denunciante: Clara N. Medina Vda. de Bianchi" -Expte. N° 1815/05; Abogada patrocinante de Celia G. Medina en la causa "Medina, Celia Georgina s/ denuncia p/privación ilegítima de la libertad" acumulada a "CARLONI de CAMPOPIANO, Adelaida Celina s/ denuncia por privación ilegítima de la libertad en perjuicio de CAMPOPIANO, Julio César - Imputados: MENÉNDEZ, Luciano Benjamín; VIDELA, Jorge R.; MASERA, Emilio; BUSSI, Antonio Domingo y otros"- Expte. N° 1530/05 Expte. N° 443/84; Abogada patrocinante de la representante legal de FADETUC María Virginia Sosa.-Dr. BERNARDO LOBO BUGEAU y PABLO GARGIULO en representación de la querella que ejerce la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y del querellante Alberto Luis Gallardo en la causa "Gallardo Alberto Luis s/ su denuncia por privación ilegítima de la libertad y otros delitos" Expte. N° 1460/04.-Dr. ANTONIO TEJERIZO y Dra. JULIA VITAR en representación de la querellante Julia Salinas en la causa "Parrile de Salinas, Silvana y Salinas, Ricardo Luís s/ su secuestros y desapariciones"- Expte. N° 400.284/06.-Dr. DANIEL WEISEMBERG y Dra. VALENTINA GARCIA SALEMI en representación de la querellante María Alicia Noli en la causa "Sánchez, Enrique Alberto S/Su Secuestro y desaparición" (Expte. N° 677/06), y de los querellantes Pablo Argañaraz y Fundación ANDHES en la causa "Bustamante de Argañaráz, Graciela del Valle S/ Su secuestro y desaparición" (Expte. 1.459/04).- Dr. EMILIO GUAGNINI, en representación del querellante Carlos Soldati en las causas "Notari de Soldati, Berta del Rosario s/ su denuncia por secuestro y desaparición de Berta María Soldati y Soldati, Carlos Severino s/ su denuncia por privación ilegítima de la libertad y turturas", Expte. N° 1214/05 y "Notari de Soldati, Berta del Rosario S/ Su denuncia por secuestro y desaparición de Luis Alberto Soldati", Expte. N° 401.116.- Dras. INES LUGONES y JULIA VITAR en representación de la querellante Margarita Lawcobsky en la causa "Autores desconocidos s/privación ilegítima de la libertad de Ángel Adolfo Méndez Brander", Expte. N° 400.732/07.- Dra. JULIA VITAR en representación de los siguientes querellantes: Marta Inés del Valle Rondoletto en la causa "Bussi, Antonio Domingo, Menéndez, Luciano Benjamín y otros s/ secuestro de: Pedro Rondoletto, María Cenador de Rondoletto, Silvia Margarita Rondoletto, José Osvaldo Rondoletto, Azucena Bermejo de Rondoletto, tortura agravada; homicidio calificado y otros delitos", Expte. 627/05; Licia Eugenia Campos en la causa "Campos, Enrique Aurelio S/ Secuestro y desaparición", Expte. 401.473/08; Alfredo Osvaldo Forti en la causa "Sosa de Forti Nélida Azucena s/ Denuncia s/su secuestro y desaparición - Querellante: Alfredo Waldo Forti", Expte. N° 401.507/05.- Cecilia Parrille en la causa "Parrile de Salinas, Silvana y Salinas, Ricardo Luís s/ su secuestros y desapariciones - Querellante: Cecilia Mabel Parrille", Expte. N° 400.284/06.- Dr. DANIEL VILLAGRA en representación del querellante Analía Chebaia en la causa "Chebaia José Guetas s/ secuestro y desaparición" Expte N° 401.384/03).- Dr. DANIEL MENDIVIL, en representación del querellante Julio César Marini en la causa "Oesterheld, Diana Irene S/ Secuestro y desaparición" (Expte. N° 1.442/04); y de la querellante Graciela Inés Osores en la causa "Bussi, Antonio Domingo; Menéndez, Luciano Benjamín y otros s/Privación ilegítima de la libertad, torturas agravadas, homicidio calificado y otros delitos e.p. de Carlos Raúl Osores y Graciela Inés Osores", Expte. 499/06.-

Actúan en representación del Ministerio Público de la Defensa el Sr. Defensor Público Oficial Dr. CIRO VICENTE LO PINTO y por los Sres. Defensores Públicos Oficiales Ad Hoc Dres. ADOLFO EDGARDO BERTINI, MARIANO GALLETTA, MANUEL BONNIN, VANESA LUCERO y MARTÍN GALLIANO en representación de los imputados Luciano Benjamín Menéndez, Camilo Ángel Colotti, Jorge Omar Lazarte, Luis Edgardo Ocaranza, Mario Miguel D'Ursi, Ramón Ernesto Cooke, Roberto Heriberto Albornoz, Ricardo Oscar Sánchez, Luis Armando De Cándido, Hugo Rolando Albornoz, Ángel Custodio Moreno, Juan Alberto Abraham, Rolando Reyes Quintana, Ramón César Jodar, María Luisa Acosta de Barraza, Oscar Humberto Gómez, Félix Insaurralde, Pedro Joaquín Pasteris, Guillermo Agustín Ugarte, María Elena Guerra, Benito Palomo, Guillermo Francisco López Guerrero, Antonio Esteban Vercellone, Adolfo Ernesto Moore, Alberto Héctor Rafael Montes de Oca, Ariel Rolando Valdiviezo, Augusto Leonardo Neme, Celso Alberto Barraza, Ernesto Rivero, Fernando Torres, Hugo Enzo Soto, Juan Carlos Sowinski, Luis Daniel de Urquiza, Luis Orlando Varela, Marcelo Omar Godoy, Pedro Osvaldo Caballero, Ramón Alfredo Ojeda Fuente y Tomás Adolfo Guemes.- Actúan en carácter de abogados defensores particulares: Dr. FACUNDO MAGGIO y JOSE MOLINA por la defensa de los imputados Carlos Eduardo TRUCCO y por José Eloy MIJALCHIYK (causa Arsenales).- Dr. TOMAS ROBERT por la defensa del imptado Miguel Ángel CHUCHUY LINARES.- Dr. LUIS AUGUSTO RAMON BENEDICTO FERNANDEZ por: Juan Carlos BENEDICTO.- Dra. JULIETA JORRAT por la defensa del imputado Hugo Javier FIGUEROA.

Siendo imputados LUIS ORLANDO VARELA, argentino, D.N.I 7.092.080, con domicilio en calle Tero Tero N°625 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy, ROBERTO HERIBERTO ALBORNOZ, argentino, L.E. 4.073.811, nacido el 20 de Noviembre de 1931, con domicilio en calle Martín Fierro N° 541, Banda del Río Salí, Tucumán, RICARDO OSCAR SANCHEZ, argentino, D.N.I 8.085.865, nacido el 21 de Agosto de 1944, con domicilio en calle Mendoza 2459 de ésta ciudad, LUIS ARMANDO DE CANDIDO, argentino, L.E. 6.384.062, nacido el 12 de Febrero de 1939, con domicilio en calle Alsina N° 660 de ésta ciudad, MARCELO OMAR GODOY, argentino, D.N.I 11.119.961, con domicilio en calle Pedro Suárez N° 3117, Posadas, Misiones, ERNESTO RIVERO, argentino, D.N.I7.788.235, con domicilio en calle Jaramillo N° 2877, piso 15°, dpto. "B", ciudad Autónoma de Buenos Aires, TOMAS ADOLFO GUEMES, argentino, D.N.I 8.160.683, nacido el 12 de Noviembre de 1942,con domicilio en calle Ingeniero Ambrosio Taravella N° 6486, B° Granja de Funes, ciudad de Córdoba, provincia de Córdoba, BENITO PALOMO, argentino, D.N.I 8.222.537, nacido el 21 de marzo de 1943, con domicilio en calle San Martín N° 925, Concepción del Uruguay, Entre Ríos, ALBERTO HECTOR RAFAEL MONTES DE OCA, argentino, D.N.I 8.024.954, nacido el 24 de Octubre de 1943, con domicilio en calle Belgrano y Maza, Villa Atuel, provincia de Mendoza, JOSE CARLOS SOWINSKY, argentino, D.N.I 5.093.721, con domicilio en calle Timbó, casa 17, Manzana "f", Barrio Santa Elena, Agrupa, provincia de Misiones, RAMON ALFREDO OJEDA FUENTES, argentino, D.N.I 4.531.128, con domicilio en calle Nicolás Descalzi N°5520, piso 4°, dpto. "B", Lugano I y II, ciudad Autónoma de Buenos Aires, ADOLFO ERNESTO MOORE, argentino, D.N.I 7.772.824, nacido el 16 de Enero de 1946, con domicilio en Avenida Maipú N° 821, piso 6°, dpto. "D", Vicente López, Provincia de Buenos Aires o calle Guayra N° 1810, piso 8°, dpto. "A", FERNANDO TORRES, argentino, D.N.I 7.088.663, con domicilio en Santa Fe N° 215 de ésta ciudad, CAMILO ANGEL COLOTTI, argentino, D.N.I 6.119.283, nacido el 7 de Noviembre de 1935, con domicilio en calle 7 N° 1215, Piso 5°, pto. 1 de la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, AUGUSTO LEONARDO NEME, argentino; D.N.I 4.862.449, nacido el 19 de Septiembre de 1937, con domicilio en calle Zabala Nª 2465 piso 4ª Dpto. "A" de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, PEDRO OSVALDO CABALLERO, argentino, L.E. 4.259.468, con domicilio en calle Ramallo N° 2346, piso 14°, dpto. "A", ciudad Autónoma de Buenos Aires, RAMON ERNESTO COOKE, argentino, D.N.I 5.584.065, nacido el 02 de noviembre de 1933, con domicilio en El Lazo N° 281, Barrio Pájaro Azul, San Carlos de Bariloche, HUGO ENZO SOTO, argentino, L.E. 6.946.841, con domicilio en calle Virrey Olaguer y Feliu N° 3052, planta baja, dpto. "A", ciudad Autónoma de Buenos Aires, JUAN ALBERTO ABRAHAM, argentino, D.N.I 8.053.247, nacido el 01 de Septiembre de 1941, con domicilio en calle Bolívar 3276 de ésta ciudad, ROLANDO REYES QUINTANA, argentino, D.N.I 7.628.190, nacido el 9 de Diciembre de 1948, con domicilio en Avenida Alfonsina Storni N° 64 de ésta ciudad, HUGO JAVIER FIGUEROA, argentino, D.N.I 8.004.893,con domicilio en calle Ricardo Rojas N° 312, San Cayetano, de ésta ciudad, OSCAR HUMBERTO GOMEZ, argentino, L.E. 7.037.205, nacido el 17 de Diciembre de 1930, con domicilio en calle Moreno N° 1229 de ésta ciudad, FELIX INSAURRALDE, argentino, D.N.I 8.224.049, nacido el 9 de Marzo de 1944, con domicilio en Pasaje Martín Fierro N° 1153 de ésta ciudad, ANTONIO ESTEBAN VERCELLONE, argentino, L.E. 7.056.994, con domicilio en Pasaje Poeta Castro N° 564, altura Gobernador del Campo al 500 de ésta ciudad, ANGEL CUSTODIO MORENO, argentino, D.N.I 7.049.982, nacido el 17 de Enero de 1934, con domicilio en calle Perú 2452, B° Los Cuarteles, de ésta ciudad, GUILLERMO AGUSTIN UGARTE, argentino; L.E. 7.797.055, nacido el 27 de Agosto de 1949, con domicilio en Avenida Roca Este N° 325, Tafí Viejo, Tucumán, JORGE OMAR LAZARTE, argentino, D.N.I 4.449.071, nacido el 10 de Agosto de 1944, con domicilio en calle Ruiz Huidobro N° 3640, Capital Federal, ARIEL ROLANDO VALDIVIEZO, argentino, D.N.I 8.196.717, con domicilio en Avenida Almirante Brown Nª 959, piso 3, dpto. "D" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CARLOS EDUARDO TRUCCO, argentino, D.N.I 8.268.240, nacido el 07 de Octubre de 1947, con domicilio en calle Juan Bautista Alberdi N° 2462, Olivos, Provincia de Buenos Aires, MARIO MIGUEL D'URSI, argentino, L.E. 4.980.901, nacido el 7 de Enero de 1948, con domicilio en Avenida Belgrano N° 3981, planta baja, dpto. 2, ciudad Autónoma de Buenos Aires, LUIS EDGARDO OCARANZA argentino, L.E. 8.488.479, con domicilio en calle Junín N° 665, piso 4, dpto. "A" de ésta ciudad, MIGUEL ANGEL CHUCHUY LINARES, argentino, D.N.I 10.493.711, nacido el 10 de Enero de 1953, con domicilio en calle Salas y Valdez 850 Blok G, 2° piso, dpto 11 de ésta ciudad, MARIA LUISA ACOSTA DE BARRAZA, argentina, D.N.I 5.151.190, nacida el 31 de Enero de 1946, con domicilio en La Rinconada, Simoca, PEDRO JOAQUIN PASTERIS, argentino, D.N.I 7.076.638, nacido el 07 de Septiembre de 1939, con domicilio en calle Mendoza N° 2845 de ésta ciudad, GUILLERMO FRANCISCO LOPEZ GUERRERO, argentino, D.N.I. 10.402.936, nacido el 12 de Septiembre de 1952, con domicilio en Avenida Alem N° 571, RAMON CESAR JODAR argentino, D.N.I 4.394.949, nacido el 26 de Agosto de 1942, con domicilio en Avenida Roca N° 527, Tafí Viejo, Tucumán, MARIA ELENA GUERRA, argentina, D.N.I 10.791.234, nacida el 16 de Febrero de 1953, con domicilio en calle San Miguel 754 de ésta ciudad, CELSO ALBERTO BARRAZA, argentino, D.N.I 8.465.018, nacido el 30 de Marzo de 1951, con domicilio en Avenida Alem N° 3078, Posadas, Misiones, LUIS DANIEL DE URQUIZA, argentino, D.N.I 7.792.831, nacido el 26 de Abril de 1948, con domicilio en calle Sánchez de Bustamante N° 1831, Piso 6°, dpto. "B", ciudad Autónoma de Buenos Aires, JOSE ELOY MIJALCHYK, argentino, D.N.I 7.086.361, nacido el 13 de Diciembre de 1941, con domicilio en calle Pedro de Mendoza N° 55, El Colmenar, Tafí Viejo, Tucumán, y JUAN CARLOS BENEDICTO, argentino, D.N.I 12.352.042,con domicilio en Frías Silva 938, Yerba Buena, Tucumán.

I. IMPUTACION FISCAL

Que en oportunidad de iniciarse este debate, en cumplimiento de la Acordada 1/12 de la Cámara Federal de Casación Penal, se distribuyeron copias de los requerimientos de elevación de la causa a juicio a todos los imputados y se requirió al Ministerio Público Fiscal que expusiera una síntesis acusatoria. Allí se concretaron las imputaciones de hechos delictivos que se atribuían a cada uno de los imputados. Los defensores plantean entonces diversas objeciones, alegando en lo sustancial que existían conductas atribuidas que no habían sido objeto de indagatoria en la instrucción, o que no fueron incluidas en el auto de procesamiento, o que no estaban en el requerimiento o en el auto de elevación. Frente a ello el Tribunal dictó una resolución declarando expresamente cuál era la acusación que se mantenía vigente, en función de que la conducta haya sido atribuida en todos esos actos procesales: declaración indagatoria, auto de procesamiento, requerimiento y auto de elevación.

Tal resolución es de fecha 22 de noviembre de 2012, con la única aclaración en relación a tales pautas, que se consideraba vigente también la acusación por asociación ilícita, en función de las circunstancias descriptas en torno a los hechos y sus resoluciones complementarias. De tal manera, no se ha creado una acusación -según los reiterados planteos de la defensa-, sino que se ha preservado rigurosamente el principio de congruencia en garantía de los propios imputados. Así las cosas, en ningún caso el Tribunal ha agregado imputaciones -lo cual sería absolutamente inadmisible-, sino que, por el contrario, ha eliminado todas las imputaciones que no hayan mantenido vigencia en todos esos actos procesales. También en esta sentencia se ha respetado a rajatablas tal decisión y en consecuencia se ha garantizado el principio de congruencia en forma absoluta y, al circunscribirse los hechos motivo de acusación, quedaron perfectamente determinados, respetándose el principio acusatorio.

La mencionada pieza procesal dictada el 22 de noviembre de 2012 que fuera oralizada en la audiencia de debate determinó: En relación al planteo de nulidad de la síntesis del Requerimiento Fiscal de Elevación a Juicio formulado por el Ministerio Público de la Defensa, con adhesión de los Dres. Maggio, Robert, Jorrat y Benedicto, no ha lugar en atención a las consideraciones que a continuación se efectúan.- En primer término cabe explicitar que si bien el planteo nulificante se dirige contra la síntesis de la acusación pública, en realidad, por vía de consecuencia, supone también el cuestionamiento de otras piezas procesales referidas a la acusación -requerimiento fiscal de elevación a juicio y "saneamiento " del mismo-. Además, la referida síntesis no ha reemplazado la entrega en forma individual del requerimiento a cada uno de los imputados. - En ese marco, el Tribunal ha constatado los casos invalidantes de la acusación expresamente traídos por la defensa al momento de plantear las cuestiones preliminares. Así, corresponde aclarar que la acusación formulada por el Ministerio Público Fiscal en el Requerimiento de Elevación a juicio que queda vigente como plataforma fáctica para este debate, está constituida por la parte dispositiva del Auto de Elevación a Juicio, conforme lo dispone el artículo 351 del Código Procesal Penal de la Nación. Por otra parte el Tribunal aclara que se considera vigente la acusación respecto al tipo penal de la asociación ilícita atento a que, tanto en las indagatorias como en el requerimiento fiscal de elevación a juicio, los imputados fueron anoticiados sobre las distintas circunstancias en el supuesto marco de un actuar ilícito concertado de miembros de un aparato organizado de poder estatal, con lo que se preserva debidamente el principio de congruencia. Así las cosas, los imputados pudieron defenderse sobre la realidad de los hechos objeto de la acusación, como sobre su ilicitud y punibilidad (confr. Ledesma Ángela Ester "Principio de congruencia en el proceso penal. Reglas aplicables", Ponencia General XXIV Congreso Nacional de Derecho Procesal. Comisión Procesal Penal, Mar del Plata Noviembre 2007.)- En los supuestos que en el auto de elevación a juicio se haya incluido una conducta que no haya sido atribuida por el Ministerio Público Fiscal en su requerimiento de elevación a juicio, esa nueva conducta del auto de elevación queda excluida de la plataforma fáctica de este debate.-Además, se apartan también de la plataforma fáctica, los siguientes hechos que no han sido imputados al momento de la respectiva declaración indagatoria. Tal situación se advierte respecto a los siguientes imputados: CABALLERO PEDRO OSVALDO, se excluyen las imputaciones en relación a la víctima Federico Furth; VALDIVIEZO ARIEL ORLANDO, se excluyen las imputaciones en relación a la víctima Felix Viterbo Corbalán; OJEDA FUENTE RAMÓN ALFREDO, se excluyen las imputaciones en relación a la víctima Juan Carlos Bustamante; SOTO HUGO ENZO, se excluyen las imputaciones en relación a la víctima Luis Alberto Soldati; SÁNCHEZ RICARDO OSCAR, se excluye la imputación en relación a la víctima Raúl Edgardo Elías por el delito de violación de domicilio; REYES QUINTANA ROLANDO, se excluye la imputación como participe por el delito de privación ilegítima de la libertad en relación a la víctima Juan Antonio Fote; se excluyen las imputaciones en relación a las víctimas Arturo Alberto Lescano, José Manuel Rodríguez, Miguel Segundo Tula, Miguel Angel Olea, Manuel Antonio Tártalo, Miguel Angel Nuñez y Carlos Moisés Nuñez, OCARANZA LUIS EDGARDO se excluye la imputación como participe por el delito de privación ilegítima de la libertad en relación a la víctima Wenceslao Quinteros; ALBORNOZ ROBERTO HERIBERTO se excluye las imputaciones en relación a las víctimas Miguel Angel Nuñez y Carlos Moisés Nuñez; COLOTTI CAMILO ANGEL, se le excluye la imputación por el delito de violación de domicilio en relación a la víctima Luis Alberto Barrionuevo; ACOSTA DE BARRAZA MARÍA LUISA, se excluyen las imputaciones en relación a la víctimas Miguel Angel Nuñez, Víctor Raul Moreira y Horacio Marcelo Ponce; FIGUEROA HUGO JAVIER, se excluyen las imputaciones en relación a la víctimas Pedro Guillermo Corroto, Juan Carlos Castro, Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas, Enrique Aurelio Campos y José Eduardo Ojeda Sierra; GOMEZ OSCAR HUBERTO se excluyen las imputaciones en relación a la víctimas Juan Antonio Fote, Carlos Alberto Gallardo, y Miguel Ángel Nuñez; INSAURRALDE FELIX, se excluyen las imputaciones en relación a la víctimaVíctor Hugo Elías;UGARTE GUILLERMO AGUSTIN se excluyen las imputaciones en relación a la víctimas Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo; VERCELLONE ANTONIO ESTEBAN se excluyen las imputaciones en relación a la víctimas Ricardo Aroldo Coman; Luís Alberto Gallardo; Luís Román Gerez; Raúl Andrés Veliz; Angélica Margarita Palacio; Miguel Ángel Olea; Dora María Pedregosa; Carlos Antonio Soto; CHUCHUY LINARES MIGUEL ANGEL se excluyen las imputaciones en relación a la víctima Miguel Ángel Nuñez; DE CANDIDO LUIS ARMANDO, se excluyen las imputaciones en relación a la víctima Manuela Margarita Díaz; MORENO ANGEL CUSTODIO, se excluyen las imputaciones de las víctimas Manuela Margarita Díaz y Víctor Felipe Egloff.- En otras palabras, según lo considerado supra, la acusación fiscal de apertura del debate queda consignada de la siguiente manera:

1) Respecto de ROBERTO HERIBERTO ALBORNOZ, L.E. N° 4.073.811, se lo imputa como presunto autor material de los delitos de violación de domicilio en perjuicio de Luis A. Holmquist; privación ilegítima de libertad con apremios y vejaciones en perjuicio de Juan Faustino Rodríguez, Pedro Ricardo Rodríguez, José Antonio Cano, María Angélica Mazzamuto de Romero, Roberto Romero y Antonio Raúl Romero y Luis A. Holmquist; tormentos agravados en perjuicio de María Angélica Mazzamuto de Romero, Antonio Raúl Romero y Luis A. Holmquist; homicidio calificado en perjuicio de Luis A. Holmquist; privación ilegítima de la libertad en perjuicio de José Guetas Chebaiam, Francisco Díaz, Víctor Egloff y Alberto Gallardo, y del delito de torturas agravadas en perjuicio de Juan Ignacio Cativa, Raúl Elías, Juan Antonio Fote y Miguel Antonio Lapetina, y del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP); y presunto autor mediato en la comisión de los delitos de (i) Violación de domicilio (art. 151 del CP) en perjuicio de Díaz, Francisco Rafael; Comán, Ramón Antonio; Comán, Ricardo Aroldo; Fote, Juan Antonio; Gallardo, Alberto Luis; Lescano, Arturo Alberto; Díaz, Daniel Alfredo; Gerez, Luis Román; Rabsium Olga del Valle; Sesto, Lilia Estela; Curia, Gloria Constanza; Curia, Fernando Ramiro; Véliz Raúl Andrés; Chebaia, José Guetas; Macor de Díaz, Susana; Díaz; Díaz, José Americo (cuqui); Elías, Raúl Edgardo; Mendez, José Carlos; Lapetina, Miguel Antonio; Rodríguez, José Manuel; Paz, Antonio Domingo; Soldati, Carlos Severino; Ontivero, Juan Carlos; Ontivero, Justo Francisco (15 años); Pedregosa, Dora María; Racedo, José Inocencio; Santos Ochoa de Racedo, Alcira; Rodríguez, Wilfredo; Villegas Jorge; Villegas Aida Ines; Silva, María Esther; Soto, Carlos Antonio; Tula, Miguel Segundo; Tula, Héctor Gerardo; Ponce, Humberto Rubén; Arguello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Bazán de Romero María del Valle; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Jiménez, Carlos Oscar; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Cossio, Ana María; Egloff, Victor Felipe; Díaz, Manuela Margarita; Somaini, Ricardo Daniel; Lazarte, Francisco Eudoro; Santillán, Gustavo Raúl; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis; Ponce, Horacio Marcelo; Romano, Domingo Nicolás; (ii) Privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis inciso 1 y 2 ley 14616) en perjuicio de Díaz Francisco Rafael (h); Comán, Ramón Antonio; Comán, Ricardo Aroldo; Fote, Juan Antonio; Lescano, Arturo Alberto; Díaz, Daniel Alfredo; Gerez, Luis Román; Alarcón, Justo Agustín (h); Chamas, José Rafael; Andrada, Juan Carlos; Petarossi, Carlos Ernesto; Quinteros de Viecho, Rosa; Miño, Juan Alberto; Araujo, Eduardo Cesar; Moreira, Victor Raúl; Curia, Gloria Constanza; Curia, Fernando Ramiro; Brito, Pablo Benito; Véliz Raúl Andrés; Calabró, Elda Leonor; Centurión, Javier Hipólito; Macor de Díaz, Susana; Díaz, Juan Leandro (parche); Díaz, José Americo (cuqui); Carrizo, Juan Manuel; Elías, Raúl Edgardo; Mendéz, José Carlos; Lapetina, Miguel Antonio; Elías, Victor Hugo; Rodríguez, José Manuel; Palacio, Angelica Margarita; Paz, Antonio Domingo; Tártalo, Manuel Antonio; Soldati, Berta; Soldati, Carlos Severino; Carballo, Juan Pablo; Olea, Miguel Angel; Ontivero, Juan Carlos; Ontivero, Justo Francisco (15 años); Navarro, Salvador Leocadio; Gallardo, Carlos María; Pedregosa, Dora María; Racedo, José Inocencio; Santos Ochoa de Racedo Alcira; Alarcón Pedro Antonio; Rodríguez, Wilfredo; Villegas Jorge; Villegas Aida Ines; Silva, María Esther; Soto, Carlos Antonio; Tula, Miguel Segundo; Tula, Hector Gerardo; Tartalo, Rubén Lindor; Toledo María del Pilar ; Di Lorenzo Juan Carlos; Adriss, Ismael; Ponce, Humberto Rubén; López de Aguero, Estela Josefina; Agüero, José Gabriel; Arguello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Sosa de Forti, Nélida Azucena; Cerviño, Pedro Antonio; Cerviño, José Ramón; Campos, Enrique Aurelio; Bejas, María Cristina; Pereyra, Matías Claudio; Chamatrópulos, Demetrio Angel; Jiménez, Carlos Oscar; Correa, Fidel Emilio; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Cossio, Ana María; Ibañez, Luisa Ana; Quinteros, Wenceslao; Díaz, Manuela Margarita; Rodríguez, Juan Angel; Somaini, Ricardo Daniel; Lazarte, Francisco Eudoro; Santillán, Gustavo Raúl; Castro, Juan Carlos; Burdisso, Alicia Raquel; Parrile de Salinas, Silvana; Salinas, Ricardo Luis; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis Ojeda Sierra, José Eduardo; Ponce, Horacio Marcelo; Romano, Domingo Nicolás; Cativa, Juan Ignacio; (iii) Torturas agravadas (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de Díaz, Francisco Rafael; Díaz Francisco Rafael (h); Comán, Ramón Antonio; Comán, Ricardo Aroldo; Lescano, Arturo Alberto; Díaz, Daniel Alfredo; Gerez, Luis Román; Alarcón, Justo Agustín (h); Chamas, José Rafael; Andrada, Juan Carlos; Petarossi, Carlos Ernesto; Quinteros de Viecho, Rosa; Miño, Juan Alberto; Araujo, Eduardo Cesar; Moreira, Victor Raúl; Curia, Gloria Constanza; Curia, Fernando Ramiro; Brito, Pablo Benito; Véliz Raúl Andrés; Chebaia, José Guetas; Calabró, Elda Leonor; Centurión, Javier Hipólito; Macor de Díaz, Susana; Díaz, Juan Leandro (parche); Díaz, José Americo (cuqui); Carrizo, Juan Manuel; Mendéz, José Carlos; Elías, Victor Hugo; Rodríguez, José Manuel; Palacio, Angelica Margarita; Paz, Antonio Domingo; Tártalo, Manuel Antonio; Soldati, Berta; Soldati, Carlos Severino; Carballo, Juan Pablo; Olea, Miguel Angel; Ontivero, Juan Carlos; Ontivero, Justo Francisco (15 años); Navarro, Salvador Leocadio; Gallardo, Carlos María; Pedregosa, Dora María; Racedo, José Inocencio; Santos Ochoa de Racedo, Alcira Alarcón Pedro Antonio; Rodríguez, Wilfredo; Villegas Jorge; Villegas Aida Ines; Silva, María Esther; Soto, Carlos Antonio; Tula, Miguel Segundo; Tula, Hector Gerardo; Tartalo, Rubén Lindor; Toledo María del Pilar ; Di Lorenzo Juan Carlos; Adriss, Ismael; Ponce, Humberto Rubén; López de Aguero, Estela Josefina; Agüero, José Gabriel; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Bazán de Romero María del Valle; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Sosa de Forti, Nélida Azucena; Cerviño, Pedro Antonio; Cerviño, José Ramón; Campos, Enrique Aurelio; Bejas, María Cristina; Pereyra, Matías Claudio; Chamatrópulos, Demetrio Angel; Jiménez, Carlos Oscar; Correa, Fidel Emilio; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Cossio, Ana María; Egloff, Victor Felipe; Ibañez, Luisa Ana; Quinteros, Wenceslao; Díaz, Manuela Margarita; Rodríguez, Juan Angel; Somaini, Ricardo Daniel; Lazarte, Francisco Eudoro; Santillán, Gustavo Raúl; Castro, Juan Carlos; Burdisso, Alicia Raquel; Parrile de Salinas, Silvana; Salinas, Ricardo Luis; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis Ojeda Sierra, José Eduardo; Ponce, Horacio Marcelo; Romano, Domingo Nicolás; (iv) Homicidio agravado (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de Lescano, Arturo Alberto; Gerez, Luis Román; Alarcón, Justo Agustín (h); Chamas, José Rafael; Andrada, Juan Carlos; Quinteros de Viecho, Rosa; Araujo, Eduardo Cesar; Rabsium Olga del Valle; Sesto, Lilia Estela; Moreira, Victor Raúl; Curia, Gloria Constanza; Curia, Fernando Ramiro; Chebaia, José Guetas; Calabró, Elda Leonor; Centurión, Javier Hipólito; Macor de Díaz, Susana; Díaz, Juan Leandro (parche); Díaz, José Americo (cuqui); Carrizo, Juan Manuel; Elías, Victor Hugo; Rodríguez, José Manuel; Paz, Antonio Domingo; Tártalo, Manuel Antonio; Soldati, Berta; Ontivero, Juan Carlos; Racedo, José Inocencio; Santos Ochoa de Racedo, Alcira; Alarcón Pedro Antonio; Villegas Jorge; Villegas Aida Ines; Silva, María Esther; Tula, Miguel Segundo; Tula, Héctor Gerardo; Tártalo, Rubén Lindor; Toledo María del Pilar; Di Lorenzo Juan Carlos; Adriss, Ismael; Ponce, Humberto Rubén; López de Aguero, Estela Josefina; Agüero, José Gabriel; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Sosa de Forti, Nélida Azucena; Campos, Enrique Aurelio; Bejas, María Cristina; Pereyra, Matías Claudio; Jiménez, Carlos Oscar; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Egloff, Victor Felipe; Ibañez, Luisa Ana; Quinteros, Wenceslao; Díaz, Manuela Margarita; Somaini, Ricardo Daniel; Santillán, Gustavo Raúl; Castro, Juan Carlos; Burdisso, Alicia Raquel; Parrile de Salinas, Silvana; Salinas, Ricardo Luis; Díaz Francisco Rafael (h); Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis; Ojeda Sierra, José Eduardo; Ponce, Horacio Marcelo; Romano, Domingo Nicolás, todo en concurso real (art. 144 bis inc. 1 y 2 y 144 ter segundo párrafo -ley 14616-, art. 80 inc. 2, 6, 7, art. 55 y 45 del CP) conforme lo considerado.-

2) respecto de PEDRO OSVALDO CABALLERO se lo imputa como presunto autor material en la comisión del delito de asociación ilícita agravada (arts. 210 y 210 bis del CP) y asimismo por resultar presunto partícipe necesario penalmente responsable por la comisión de los siguientes delitos: Privación ilegítima de la libertad (art. 144 bis inc. 1°y 2°y último párrafo del CP conf. ley 14616) y Torturas agravadas (art. 144 ter del CP) y Homicidio triplemente calificado (art. 80 incs. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de Luis Alberto SOLDATI, en concurso real (art. 55 del CP), conforme lo considerado.-

3) respecto de JUAN CARLOS BENEDICTO, DNI 12.352.042, se lo imputa como presunto autor material en la comisión del delito de tormentos agravados en perjuicio de Adolfo MÉNDEZ BRANDER, Margarita LASKOWSKI y Gustavo Adolfo FOCHI y en la comisión del delito de homicidio agravado en perjuicio de Gustavo Adolfo FOCHI, y del delito de asociación ilícita agravada, todos en concurso real (art. 144 ter segundo párrafo -ley 14616-, art. 80 inc. 2, 6 y 7, art. 210 y 210 bis del CP, art. 55 y 45 del CP), conforme lo considerado.-

4) Respecto de CAMILO ANGEL COLOTTI, DNI N° 6.119.283, se lo imputa como presunto autor mediato en la comisión de los delitos de (i) Violación de domicilio (art. 151 del CP) en perjuicio de: Argañaraz Rosario, Argañaraz Miguel Alberto, Rodríguez Juan Faustino, Rodríguez Pedro Ricardo, Cantos Luis, Ponce, Humberto Rubén; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Bazán de Romero María del Valle; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Jiménez, Carlos Oscar; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Cossio, Ana María; Egloff, Victor Felipe; Díaz, Manuela Margarita; Somaini, Ricardo Daniel; Lazarte, Francisco Eudoro; Santillán, Gustavo Raúl; Ponce, Horacio Marcelo; Romano, Domingo Nicolás; (ii) Privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis inciso 1 y 2 ley 14616) en perjuicio de Argañaraz Rosario, Argañaraz Miguel Alberto, Fote Fortunato Leandro, Rodríguez Juan Faustino, Rodríguez Pedro Ricardo, Pereyra Benigno Alberto, Abad Julio Ricardo, Cantos Luis Alarcón Pedro Antonio; Moreira, Victor Raúl; Elías, Victor Hugo; Gallardo, Carlos María; Adriss, Ismael; Ponce, Humberto Rubén; López de Aguero, Estela Josefina; Agüero, José Gabriel; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Sosa de Forti, Nélida Azucena; Cerviño, Pedro Antonio; Cerviño, José Ramón; Campos, Enrique Aurelio; Bejas, María Cristina; Pereyra, Matías Claudio; Chamatrópulos, Demetrio Angel; Jiménez, Carlos Oscar; Correa, Fidel Emilio; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Cossio, Ana María; Egloff, Victor Felipe; Ibañez, Luisa Ana; Quinteros, Wenceslao; Díaz, Manuela Margarita; Rodríguez, Juan Angel; Somaini, Ricardo Daniel; Lazarte, Francisco Eudoro; Santillán, Gustavo Raúl; Castro, Juan Carlos; Burdisso, Alicia Raquel; Parrile de Salinas, Silvana; Salinas, Ricardo Luis; Ojeda Sierra, José Eduardo; Ponce, Horacio Marcelo; Romano, Domingo Nicolás; Barrionuevo, Luis Alberto; (iii) Torturas agravadas (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de Argañaraz Rosario, Argañaraz Miguel Alberto, Fote Fortunato Leandro, Rodríguez Juan Faustino, Rodríguez Pedro Ricardo, Pereyra Benigno Alberto, Cantos Luis, Alarcón Pedro Antonio; Moreira, Victor Raúl; Elías, Victor Hugo; Gallardo, Carlos María; Adriss, Ismael; Ponce, Humberto Rubén; López de Aguero, Estela Josefina; Agüero, José Gabriel; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Sosa de Forti, Nélida Azucena; Cerviño, Pedro Antonio; Cerviño, José Ramón; Campos, Enrique Aurelio; Bejas, María Cristina; Pereyra, Matías Claudio; Chamatrópulos, Demetrio Angel; Jiménez, Carlos Oscar; Correa, Fidel Emilio; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Cossio, Ana María; Egloff, Victor Felipe; Ibañez, Luisa Ana; Quinteros, Wenceslao; Díaz, Manuela Margarita; Rodríguez, Juan Angel; Somaini, Ricardo Daniel; Lazarte, Francisco Eudoro; Santillán, Gustavo Raúl; Castro, Juan Carlos; Burdisso, Alicia Raquel; Parrile de Salinas, Silvana; Salinas, Ricardo Luis; Ojeda Sierra, José Eduardo; Ponce, Horacio Marcelo; Romano, Domingo Nicolás; Barrionuevo, Luis Alberto; (iv) Torturas seguidas de muerte (art. 144 ter tercer párrafo) en perjuicio de Julio Ricardo Abad; (v) Homicidio agravado (art. 80 inc. 2, 6y 7 del CP) en perjuicio de Argañaraz Rosario, Fote Fortunato Leandro, Rodríguez Juan Faustino, Rodríguez Pedro Ricardo, Pereyra Benigno Alberto, Cantos Luis, Moreira, Victor Raúl; Elías, Victor Hugo; Adriss, Ismael; Ponce, Humberto Rubén;López de Aguero, Estela Josefina; Agüero, José Gabriel; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Sosa de Forti, Nélida Azucena; Campos, Enrique Aurelio; Bejas, María Cristina; Pereyra, Matías Claudio; Jiménez, Carlos Oscar; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Egloff, Victor Felipe; Ibañez, Luisa Ana; Quinteros, Wenceslao; Díaz, Manuela Margarita; Somaini, Ricardo Daniel; Santillán, Gustavo Raúl; Castro, Juan Carlos; Burdisso, Alicia Raquel; Parrile de Salinas, Silvana; Salinas, Ricardo Luis; Ojeda Sierra, José Eduardo; Ponce, Horacio Marcelo; Romano, Domingo Nicolás, y como autor material del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis); todos en concurso real (art. 55 del CP), conforme lo considerado.-

5) respecto de ADOLFO ERNESTO MOORE, DNI 7.772.824, se lo imputa como presunto autor mediato en la comisión de los delitos de (i) Violación de domicilio (art. 151 del CP) en perjuicio de ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, JIMÉNEZ DE SOLDATI María Isabel, BERÓN Oscar Rafael, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, ALMERICO José, DÍAZ Alberto, OLIVERA Manuel Eugenio, ALDERETE SORIA Alejandro Federico, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, CANTOS Luis; (ii) Privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis inciso 1 y 2 ley 14616) en perjuicio de ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, SOLDATI Luis Alberto, AUGIER Alberto Argentino, JIMÉNEZ DE SOLDATI María Isabel, SAADE SAIEG Antonio Naief, BERÓN Oscar Rafael, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, MÁRQUEZ Damián Octavio, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, JUSTO Héctor Oscar, PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, ACUÑA Baltasar, ALMERICO José, DÍAZ Alberto, OLIVERA Manuel Eugenio, ARCHETTI Armando, CRUZ Ernesto José Segundo, ABAD Julio Ricardo, ALDERETE SORIA Alejandro Federico, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, CANTOS Luis, CANTOS Germán; (iii) Torturas agravadas (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, SOLDATI Luis Alberto, AUGIER Alberto Argentino, JIMÉNEZ DE SOLDATI María Isabel, SAADE SAIEG Antonio Naief, BERÓN Oscar Rafael, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, MÁRQUEZ Damián Octavio, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, JUSTO Héctor Oscar, PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, ACUÑA Baltasar, ALMERICO José, DÍAZ Alberto, OLIVERA Manuel Eugenio, ARCHETTI Armando, CRUZ Ernesto José Segundo, ABAD Julio Ricardo, ALDERETE SORIA Alejandro Federico, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, CANTOS Luis, CANTOS Germán; (iv) Torturas seguidas de muerte (art. 144 ter tercer párrafo del CP) en perjuicio de Julio Ricardo ABAD; y (iv) Homicidio agravado (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de ARGAÑARAZ Rosario, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, SOLDATI Luis Alberto, JIMÉNEZ DE SOLDATI María Isabel, SAADE SAIEG Antonio Naief, BERÓN Oscar Rafael, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, MÁRQUEZ Damián Octavio, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, ALMERICO José, ARCHETTI Armando, CANTOS Luis; como partícipe necesario en la comisión del delito de abuso deshonesto (art. 127 del CP según ley 11.221 y 21.338) en perjuicio de M.I.J.S.; y como autor material del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP) en concurso real (art. 55 del CP), conforme lo considerado.-

6) respecto de ARIEL ORLANDO VALDIVIEZO, DNI 8.196.717, se le imputa ser presunto autor mediato en la comisión de los delitos de (i) Violación de domicilio (art. 151 del CP) en perjuicio de ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, QUINTEROS René Manuel, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, GODOY Enrique, QUINTEROS Juan Manuel, SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto, MONASTERIO Francisco Carlos, MOYANO María Candelaria; (ii) Privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis inciso 1 y 2 ley 14616) en perjuicio de ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, QUINTEROS René Manuel, FOTE Fortunato Leandro, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, GODOY Enrique, PEREYRA Benigno Alberto, LERNER Rodolfo Hugo, ABAD Julio Ricardo, QUINTEROS Juan Manuel, SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto, MONASTERIO Francisco Carlos, MOYANO María Candelaria; (iii) Torturas agravadas (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, QUINTEROS René Manuel, FOTE Fortunato Leandro, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, GODOY Enrique, PEREYRA Benigno Alberto, LERNER Rodolfo Hugo, QUINTEROS Juan Manuel, SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto, MONASTERIO Francisco Carlos, MOYANO María Candelaria; (iv) Torturas seguidas de muerte (art. 144 ter tercer párrafo) en perjuicio de Julio Ricardo ABAD; y (iv) Homicidio agravado (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de ARGAÑARAZ Rosario, FOTE Fortunato Leandro, PEREYRA Benjamín, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, LERNER Rodolfo Hugo y como autor material del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP) en concurso real (art. 55 del CP), conforme lo considerado.-

7) respecto de CARLOS EDUARDO TRUCCO, DNI 8.268.240, se le imputa ser presunto autor mediato en la comisión de los delitos de (i) Violación de domicilio (art. 151 del CP) en perjuicio de ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, QUINTEROS René Manuel, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, GODOY Enrique, QUINTEROS Juan Manuel, SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto, MONASTERIO Francisco Carlos, MOYANO María Candelaria; (ii) Privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis inciso 1 y 2 ley 14616) en perjuicio de ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, QUINTEROS René Manuel, CORBALÁN Félix Viterbo, FOTE Fortunato Leandro, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, GODOY Enrique, PEREYRA Benigno Alberto, LERNER Rodolfo Hugo, ABAD Julio Ricardo, QUINTEROS Juan Manuel, SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto, MONASTERIO Francisco Carlos, MOYANO María Candelaria; (iii) Torturas agravadas (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, QUINTEROS René Manuel, CORBALÁN Félix Viterbo, FOTE Fortunato Leandro, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, GODOY Enrique, PEREYRA Benigno Alberto, LERNER Rodolfo Hugo, QUINTEROS Juan Manuel, SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto, MONASTERIO Francisco Carlos, MOYANO María Candelaria; (iv) Torturas seguidas de muerte (art. 144 ter tercer párrafo) en perjuicio de Julio Ricardo ABAD; y (v) Homicidio agravado (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de ARGAÑARAZ Rosario, FOTE Fortunato Leandro, PEREYRA Benjamín, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, LERNER Rodolfo Hugo; y como autor material del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP) en concurso real (art. 55 del CP), conforme lo considerado.-

VIII) respecto de RAMON ERNESTO COOKE, DNI 7.788.235, se le imputa ser presunto partícipe necesario en la comisión del delito de privación ilegítima de libertad con apremios y vejaciones (art. 142 bis inciso 1 y 2 del CP) en perjuicio de CORRAL Ana Cristina, CAMPOPIANO César Gustavo, MEDINA Celia Georgina, CAMPOPIANO Julio César, YACKEL Ernestina Teresa; BARRIONUEVO Mario, BARRIONUEVO Antonia del Valle, DÍAZ SARAVIA José Horacio, GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes, OSORES Carlos Raúl, RONDOLETTO Pedro, CENADOR DE RONDOLETTO María, RONDOLETTO Silvia Margarita, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, BERMEJO DE RONDOLETTO Azucena, GONZÁLEZ GALLO María Celestina, ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto IRAMAIN María Trinidad, QUINTEROS René Manuel, CORBALÁN Félix Viterbo, DÍAZ MACÍAS Enrique Gonzalo, AUGIER Alberto Argentino, SOSA DE REYNAGA Ana María, MANFREDI Ángel Vicente, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, FOTE Fortunato Leandro, JUSTO Héctor Oscar, PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, ALMERICO José, GÓMEZ Juan de Dios, GODOY Enrique, DÍAZ Manuel Julio, PEREYRA Benigno Alberto, ALARCÓN Rina Rosa, GIRIBALDI Osvaldo José Gregorio, FALÚ Luis Eduardo, GONZÁLEZ Hernán Eugenio, VACA RUBIO Raúl Alberto, RODRÍGUEZ ROMÁN DE FIAD María Cristina, YAÑEZ Rafael Vitalino, SAFAROV Víctor Hugo, SÁNCHEZ María Teresa, SÁNCHEZ Enrique Alberto, FOCHI Gustavo Adolfo, MORALES Reyes Humberto, LERNER Rodolfo Hugo, CARRERAS Juan Francisco, GONZÁLEZ Humberto Alfredo; LORENZO LERMA Andrés Héctor, PASTORI Juan Carlos, CRUZ Ernesto José Segundo, CHAPARRO Santos Aurelio, IÑÍGUEZ Gloria del Valle, BRIZUELA Ramón, CORONEL Alfredo Antonio, CARABAJAL Ercilia Dolores, HOYOS Blanca, ALDERETE SORIA Alejandro Federico, CAJAL Nora Alicia del Valle, FABIO Diana Elsa, QUINTEROS Juan Manuel, SUÁREZ Manuel Humberto, MOYANO María Candelaria, MÉNDEZ BRANDER Ángel Adolfo, LASKOWSKI María Margarita, CANTOS Anabel Beatriz, CANTOS Germán, y como autor material del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP) en concurso real (art. 55 del CP), conforme lo considerado.-

9) respecto de RAMÓN ALFREDO OJEDA FUENTE, DNI 4.531.128, se le imputa ser presunto partícipe necesario en la comisión de los delitos de (i) Violación de domicilio (art. 151 del CP) en perjuicio de CORRAL Ana Cristina; DÍAZ SARAVIA José Horacio, RONDOLETTO Pedro, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, JIMÉNEZ DE SOLDATI María Isabel, BERÓN Oscar Rafael, MEDINA GUTIERREZ Ángel Alfonso, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, GODOY Enrique, DÍAZ Alberto, OLIVERA Manuel Eugenio, ALDERETE SORIA Alejandro Federico, MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, HAZURÚN Teresita Cándida, CANTOS Luis; (ii) Privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis inciso 1 y 2 ley 14616) en perjuicio de CAMPOPIANO Julio, CORRAL Ana Cristina, DÍAZ SARAVIA José Horacio, RONDOLETTO Pedro, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, GONZÁLEZ GALLO María Celestina, ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, SOLDATI Luis Alberto, AUGIER Alberto Argentino, JIMÉNEZ DE SOLDATI María Isabel, SAADE SAIEG Antonio Naief, BERÓN Oscar Rafael, MEDINA GUTIERREZ Ángel Alfonso, FOTE Fortunato Leandro, MARQUEZ Damián Octavio, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, JUSTO Héctor Oscar, PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, ACUÑA Baltasar, ALMERICO José, GODOY Enrique, PEREYRA Benigno Alberto, ALARCÓN Rina Rosa, DÍAZ Alberto, OLIVERA Manuel Eugenio, ARCHETTI Armando, CARRERAS Juan Francisco, CRUZ Ernesto José Segundo, ABAD Julio Ricardo, CAJAL Nora, ALDERETE SORIA Alejandro, MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, HAZURÚN Teresita Cándida, CANTOS Anabel Beatriz, CANTOS Luis, CANTOS Germán. (iii) Torturas agravadas (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) CORRAL Ana Cristina, DÍAZ SARAVIA José Horacio, RONDOLETTO Pedro, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, GONZÁLEZ GALLO María Celestina, ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, SOLDATI Luis Alberto, AUGIER Alberto Argentino, JIMÉNEZ DE SOLDATI María Isabel, SAADE SAIEG Antonio Naief, BERÓN Oscar Rafael, MEDINA GUTIERREZ Ángel Alfonso, FOTE Fortunato Leandro, MARQUEZ Damián Octavio, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, JUSTO Héctor Oscar, PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, ACUÑA Baltasar, ALMERICO José, GODOY Enrique, PEREYRA Benigno Alberto, ALARCÓN Rina Rita, DÍAZ Alberto, OLIVERA Manuel Eugenio, ARCHETTI Armando, CARRERAS Juan Francisco, CRUZ Ernesto José Segundo, CAJAL Nora, ALDERETE SORIA Alejandro,

MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, HAZURÚN Teresita Cándida, CANTOS Anabel Beatriz, CANTOS Luis, CANTOS Germán; (iv) Torturas seguidas de muerte (art. 144 ter del CP) en perjuicio de CAMPOPIANO Julio, ABAD Julio Ricardo; y (v) Homicidio agravado (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de CORRAL Ana Cristina, DÍAZ SARAVIA José Horacio, RONDOLETTO Pedro, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, GONZÁLEZ GALLO María Celestina, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, SOLDATI Luis Alberto, JIMÉNEZ DE SOLDATI María Isabel, SAADE SAIEG Antonio Naief, BERÓN Oscar Rafael, MEDINA DE GUTIERREZ Ángel, FOTE Fortunato Leandro, MARQUEZ Damián Octavio, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, ALARCÓN Rina Rosa, ARCHETTI Armando, CANTOS Luis, CANTOS Germán, y como autor material del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP) todos en concurso real (art. 55 del CP), conforme lo considerado.

10) respecto de ALBERTO HÉCTOR RAFAEL MONTES DE OCA, DNI 8.024.954, se le imputa ser presunto partícipe necesario en la comisión del delito de privación ilegítima de libertad con apremios y vejaciones (art. 142 bis inciso 1 y 2 del CP) en perjuicio de HOLMQUIST Luis Adolfo, FERNÁNDEZ Enrique Raúl, CORRAL Ana Cristina, NIEVA Oscar René, YACKEL Ernestina Teresa; BARRIONUEVO Mario, BARRIONUEVO Antonia del Valle, DÍAZ SARAVIA José Horacio, GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes, OSORES Carlos Raúl, GONZÁLEZ GALLO María Celestina, IRAMAIN María Trinidad, QUINTEROS René Manuel, CORBALÁN Félix Viterbo, JIMÉNEZ DE SOLDATI María Isabel, SOSA DE REYNAGA Ana María, MANFREDI Ángel Vicente, FOTE Fortunato Leandro, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, JUSTO Héctor Oscar, BARRIONUEVO Nemesio Humberto, ALMERICO José, GÓMEZ Juan de Dios, GODOY Enrique, DÍAZ Manuel Julio, DÍAZ Alberto, OLIVERA Manuel Eugenio, FÜRTH Federico Adolfo, GIRIBALDI Osvaldo José Gregorio, SÁNCHEZ María Teresa, ARCHETTI Armando, DEL CASTILLO Julio Arnaldo, FOCHI Gustavo Adolfo, MORALES Reyes Humberto, LERNER Rodolfo Hugo, LORENZO LERMA Andrés Héctor, CRUZ Ernesto José Segundo, IÑÍGUEZ Gloria del Valle, BRIZUELA Ramón, CORONEL Alfredo Antonio, CARABAJAL Ercilia Dolores, HOYOS Blanca, ABAD Julio Ricardo, ALDERETE SORIA Alejandro Federico, ALDERETE Víctor Fernando, FABIO Diana Elsa, QUINTEROS Juan Manuel, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto, MONASTERIO Francisco Carlos, MOYANO María Candelaria, HAZURÚN Teresita Cándida, MÉNDEZ BRANDER Ángel Adolfo, LASKOWSKIMaría Margarita, CANTOS Anabel Beatriz, CANTOS Luis, CANTOS Germán, y como autor material del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP) todos en concurso real (art. 55 del CP), conforme lo considerado.-

11) respecto de FERNANDO TORRES, DNI 7.088.663 se le imputa ser presunto partícipe necesario en la comisión de los delitos de (i) Violación de domicilio (art. 151 del CP) en perjuicio de HOLMQUIST Luis Adolfo, CORRAL Ana Cristina, CAMPOPIANO César Gustavo, MEDINA Celia Georgina, NIEVA Oscar René, YACKEL Ernestina Teresa; BARRIONUEVO Mario, DÍAZ SARAVIA José Horacio, GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes, OSORES Carlos Raúl, RONDOLETTO Pedro, CENADOR DE RONDOLETTO María, RONDOLETTO Silvia Margarita, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, BERMEJO DE RONDOLETTO Azucena, ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, IRAMAIN María Trinidad, QUINTEROS René Manuel, CORBALÁN Félix Viterbo, JIMÉNEZ DE SOLDATI María Isabel, BUSTAMANTE Juan Carlos, BERÓN Oscar Rafael, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, BARRIONUEVO Nemesio Humberto, ALMERICO José, GÓMEZ Juan de Dios, GODOY Enrique, DÍAZ Manuel Julio, DÍAZ Alberto, OLIVERA Manuel Eugenio, YAÑEZ Rafael Vitalino, SÁNCHEZ María Teresa, CANO José Antonio, DEL CASTILLO Julio Arnaldo, SÁNCHEZ Enrique Alberto, FOCHI Gustavo Adolfo, MORALES Reyes Humberto, GONZÁLEZ Humberto Alfredo; LORENZO LERMA Andrés Héctor, CHAPARRO Santos Aurelio, IÑÍGUEZ Gloria del Valle, BRIZUELA Ramón, CORONEL Alfredo Antonio, CARABAJAL Ercilia Dolores, MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto, MONASTERIO Francisco Carlos, MOYANO María Candelaria, HAZURÚN Teresita Cándida, MÉNDEZ BRANDER Ángel Adolfo, LASKOWSKI María Margarita, CANTOS Luis; (ii) Privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis inciso 1 y 2 ley 14616) en perjuicio de HOLMQUIST Luis Adolfo, FERNÁNDEZ Enrique Raúl, CORRAL Ana Cristina, CAMPOPIANO César Gustavo, MEDINA Celia Georgina, CAMPOPIANO Julio César, NIEVA Oscar René, YACKEL Ernestina Teresa; BARRIONUEVO Mario, BARRIONUEVO Antonia del Valle, DÍAZ SARAVIA José Horacio, GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes, OSORES Carlos Raúl, RONDOLETTO Pedro, CENADOR DE RONDOLETTO María, RONDOLETTO Silvia Margarita, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, BERMEJO DE RONDOLETTO Azucena, GONZÁLEZ GALLO María Celestina, ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, IRAMAINMaría Trinidad, QUINTEROS René Manuel, CORBALÁN Félix Viterbo, DÍAZ MACÍAS Enrique Gonzalo, JIMÉNEZ DE SOLDATI María Isabel, BUSTAMANTE Juan Carlos, BERÓN Oscar Rafael, SOSA DE REYNAGA Ana María, MANFREDI Ángel Vicente, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, FOTE Fortunato Leandro, MÁRQUEZ Damián Octavio, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, JUSTO Héctor Oscar, PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, ACUÑA Baltasar, BARRIONUEVO Nemesio Humberto, ALMERICO José, GÓMEZ Juan de Dios, GODOY Enrique, DÍAZ Manuel Julio, PEREYRA Benigno Alberto, ALARCÓN Rina Rosa, DÍAZ Alberto, OLIVERA Manuel Eugenio, FÜRTH Federico Adolfo, GIRIBALDI Osvaldo José Gregorio, FALÚ Luis Eduardo, GONZÁLEZ Hernán Eugenio, VACA RUBIO Raúl Alberto, RODRÍGUEZ ROMÁN DE FIAD María Cristina, YAÑEZ Rafael Vitalino, SAFAROV Víctor Hugo, SÁNCHEZ María Teresa, ARCHETTI Armando, CANO José Antonio, DEL CASTILLO Julio Arnaldo, SÁNCHEZ Enrique Alberto, FOCHI Gustavo Adolfo, MORALES Reyes Humberto, LERNER Rodolfo Hugo, CARRERAS Juan Francisco, GONZÁLEZ Humberto Alfredo; LORENZO LERMA Andrés Héctor, CRUZ Ernesto José Segundo, CHAPARRO Santos Aurelio, IÑÍGUEZ Gloria del Valle, BRIZUELA Ramón, CORONEL Alfredo Antonio, CARABAJAL Ercilia Dolores, ABAD Julio Ricardo, CAJAL Nora Alicia del Valle, FABIO Diana Elsa, MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto, MONASTERIO Francisco Carlos, MOYANO María Candelaria, HAZURÚN Teresita Cándida, MÉNDEZ BRANDER Ángel Adolfo, LASKOWSKI María Margarita, CANTOS Anabel Beatriz, CANTOS Luis, CANTOS Germán; (iii) Torturas agravadas (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de HOLMQUIST Luis Adolfo, FERNÁNDEZ Enrique Raúl, CORRAL Ana Cristina, CAMPOPIANO César Gustavo, MEDINA Celia Georgina, NIEVA Oscar René, YACKEL Ernestina Teresa; BARRIONUEVO Mario, BARRIONUEVO Antonia del Valle, DÍAZ SARAVIA José Horacio, GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes, OSORES Carlos Raúl, RONDOLETTO Pedro, CENADOR DE RONDOLETTO María, RONDOLETTO Silvia Margarita, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, BERMEJO DE RONDOLETTO Azucena, GONZÁLEZ GALLO María Celestina, ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, IRAMAIN María Trinidad, QUINTEROS René Manuel, CORBALÁN Félix Viterbo, JIMÉNEZ DE SOLDATI María Isabel, BUSTAMANTE Juan Carlos, BERÓN Oscar Rafael, SOSA DE REYNAGA Ana María, MANFREDI Ángel Vicente, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, FOTE Fortunato Leandro, MÁRQUEZ Damián Octavio, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, JUSTO Héctor Oscar, PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, ACUÑA Baltasar, BARRIONUEVO Nemesio Humberto, ALMERICO José, GODOY Enrique, DÍAZ Manuel Julio, PEREYRA Benigno Alberto, ALARCÓN Rina Rosa, DÍAZ Alberto, OLIVERA Manuel Eugenio, FÜRTH Federico Adolfo, GIRIBALDI Osvaldo José Gregorio, FALÚ Luis Eduardo, GONZÁLEZ Hernán Eugenio, VACA RUBIO Raúl Alberto, RODRÍGUEZ ROMÁN DE FIAD María Cristina, YAÑEZ Rafael Vitalino, SÁNCHEZ María Teresa, ARCHETTI Armando, CANO José Antonio, DEL CASTILLO Julio Arnaldo, SÁNCHEZ Enrique Alberto, MORALES Reyes Humberto, LERNER Rodolfo Hugo, CARRERAS Juan Francisco; LORENZO LERMA Andrés Héctor, CRUZ Ernesto José Segundo, CHAPARRO Santos Aurelio, IÑÍGUEZ Gloria del Valle, BRIZUELA Ramón, CORONEL Alfredo Antonio, CARABAJAL Ercilia Dolores, CAJAL Nora Alicia del Valle, FABIO Diana Elsa, MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto, MONASTERIO Francisco Carlos, MOYANO María Candelaria, HAZURÚN Teresita Cándida, LASKOWSKI María Margarita, CANTOS Anabel Beatriz, CANTOS Luis, CANTOS Germán; (iv) Torturas seguidas de muerte (art. 144 ter tercer párrafo) en perjuicio de Julio César CAMPOPIANO, Juan de Dios GOMEZ, Enrique Gonzalo DIAZ MACIAS, Víctor SAFAROV, Humberto Alfredo GONZALEZ, Gustavo Adolfo FOCHI, Julio Ricardo ABAD y Ángel Adolfo MÉNDEZ BRANDER; y (iv) Homicidio agravado (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de HOLMQUIST Luis Adolfo, FERNÁNDEZ Enrique Raúl, CORRAL Ana Cristina, NIEVA Oscar René, BARRIONUEVO Mario, DÍAZ SARAVIA José Horacio, GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes, OSORES Carlos Raúl, RONDOLETTO Pedro, CENADOR DE RONDOLETTO María, RONDOLETTO Silvia Margarita, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, BERMEJO DE RONDOLETTO Azucena, GONZÁLEZ GALLO María Celestina, ARGAÑARAZ Rosario, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, IRAMAIN María Trinidad, CORBALÁN Félix Viterbo, JIMÉNEZ DE SOLDATI María Isabel, BUSTAMANTE Juan Carlos, BERÓN Oscar Rafael, SOSA DE REYNAGA Ana María, MANFREDI Ángel Vicente, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, FOTE Fortunato Leandro, MÁRQUEZ Damián Octavio, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, BARRIONUEVO Nemesio Humberto, ALMERICO José, DÍAZ Manuel Julio, PEREYRA Benigno Alberto, ALARCÓN Rina Rosa, FÜRTH Federico Adolfo, GIRIBALDI Osvaldo José Gregorio, FALÚ Luis Eduardo, GONZÁLEZ Hernán Eugenio, VACA RUBIO Raúl Alberto, YAÑEZ Rafael Vitalino, SÁNCHEZ María Teresa, ARCHETTI Armando, CANO José Antonio, DEL CASTILLO Julio Arnaldo, SÁNCHEZ Enrique Alberto, MORALES Reyes Humberto, LERNER Rodolfo Hugo, CARRERAS Juan Francisco, CORONEL Alfredo Antonio, CANTOS Anabel Beatriz, CANTOS Luis, CANTOS Germán y como autor material del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP) todos en concurso real (art. 55 del CP); conforme lo considerado.-

12) respecto de MARCELO OMAR GODOY, DNI 11.119.961, se le imputa ser presunto autor material en la comisión de los delitos de privación ilegítima de libertad y tormentos en perjuicio de Víctor Fernando Alderete (caso 82), Nora Alicia del Valle Cajal (caso 83), y María Cristina Román de Fiad (caso 58) y del delito de asociación ilícita agravada, todos en concurso real (arts. 144 bis inc 1 y 2, 144 ter segundo párrafo, art. 210 y 210 bis, art. 45 y 55 del C.P.), conforme lo considerado.-

13) respecto de CELSO ALBERTO BARRAZA, DNI 8.465.018, se le imputa ser presunto autor material de los delitos de abuso sexual en perjuicio de A.V.B., y del delito de asociación ilícita agravada, todos en concurso real (art. 127 del CP según ley 11.221 y 21.338, art. 80 inc. 2, 6y 7, art. 210 y 210 bis, art. 55 y 45 del CP), conforme lo considerado.-

14) respecto de JOSÉ CARLOS SOWLNSKI, DNI 5.093.721, se le imputa ser presunto partícipe necesario en la comisión del delito de privación ilegítima de libertad con apremios y vejaciones (art. 142 bis inciso 1 y 2 del CP) en perjuicio de HOLMQUIST Luis Adolfo, FERNÁNDEZ Enrique Raúl, CORRAL Ana Cristina, NIEVA Oscar René, YACKEL Ernestina Teresa; BARRIONUEVO Mario, BARRIONUEVO Nemesio Humberto, ALMERICO José, FÜRTH Federico Adolfo, GIRIBALDI Osvaldo José Gregorio, CANO José Antonio, DEL CASTILLO Julio Arnaldo, FOCHI Gustavo Adolfo, MORALES Reyes Humberto, CHAPARRO Santos Aurelio, IÑÍGUEZ Gloria del Valle, BRIZUELA Ramón, CORONEL Alfredo Antonio, CARABAJAL Ercilia Dolores, HOYOS Blanca, QUINTEROS Juan Manuel, SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto, MOYANO María Candelaria, MÉNDEZ BRANDER Ángel Adolfo, LASKOWSKI María Margarita, y como autor material del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP) en concurso real (art. 55 del CP), conforme lo considerado.-

15) respecto de HUGO ENZO SOTO, LE 6.946.841, se le imputa ser presunto partícipe necesario en la comisión de los delitos de privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones, tormentos agravados y homicidio triplemente agravado (art. 142 bis inc. 1 y 2, art. 144 ter 1 y 2 párrafo, art. 80 inc. 2, 6 y 7 todos del C.P.) en perjuicio de Federico FURTH, en concurso real (art. 55 del CP), conforme lo considerado.-

16) respecto de TOMÁS ADOLFO GÜEMES, DNI N° 8.160.683, se le imputa ser presunto autor material en la comisión de los delitos de privación ilegítima de libertad y tormentos en perjuicio de Nora Alicia del Valle Cajal (caso 83); partícipe primario en la comisión del delito de privación ilegítima de libertad con apremios y vejaciones (art. 142 bis inciso 1 y 2 del CP) en perjuicio de CORRAL Ana Cristina, CAMPOPIANO César, MEDINA Celia, CAMPOPIANO Julio, BARRIONUEVO Antonia del Valle, DÍAZ SARAVIA José Horacio, GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes, OSORES Carlos Raúl, RONDOLETTO Pedro, CENADOR DE RONDOLETTO María, RONDOLETTO Silvia Margarita, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, BERMEJO DE RONDOLETTO Azucena, IRAMAIN María Trinidad, QUINTEROS René Manuel, CORBALÁN Félix Viterbo, DIAZ MACIAS Enrique Gonzalo, AUGIER Alberto Argentino, SOSA DE REYNAGA Ana María, MANFREDI Ángel Vicente, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, ALMERICO José, GÓMEZ Juan de Dios, GODOY Enrique, DÍAZ Manuel Julio, PEREYRA Benigno Alberto, FALU Luis Eduardo, GONZÁLEZ Hernán Eugenio, VACA RUBIO Raúl Alberto, RODRÍGUEZ ROMÁN DE FIAD María Cristina, YAÑEZ Rafael Vitalino, SAFAROV Víctor Hugo, SÁNCHEZ María Teresa, CANO José Antonio, SÁNCHEZ Enrique Alberto, FOCHI Gustavo Adolfo, LERNER Rodolfo Hugo, CARRERAS Juan Francisco, GONZÁLEZ Humberto Alfredo, LORENZO LERMA Andrés Héctor, CHAPARRO Santos Aurelio, HOYOS Blanca, ALDERETE SORIA Alejandro Federico, CAJAL Nora, CANTOS Germán, y como autor material del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP) en concurso real (art. 55 del CP), conforme lo considerado.-

17) Respecto de LUIS ORLANDO VARELA, DNI 7.092.080, se le imputa ser presunto autor mediato en la comisión de los delitos de (i) Violación de domicilio (art. 151 del CP) en perjuicio de HOLMQUIST Luis Adolfo, CORRAL Ana Cristina, CAMPOPIANO César Gustavo, MEDINA Celia Georgina, NIEVA Oscar René, YACKEL Ernestina Teresa; BARRIONUEVO Mario, DÍAZ SARAVIA José Horacio, GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes, OSORES Carlos Raúl, RONDOLETTO Pedro, CENADOR DE RONDOLETTO María, RONDOLETTO Silvia Margarita, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, BERMEJO DE RONDOLETTO Azucena, ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, IRAMAIN María Trinidad, QUINTEROS René Manuel, CORBALÁN Félix Viterbo, JIMÉNEZ DE SOLDATI María Isabel, BUSTAMANTE Juan Carlos, BERÓN Oscar Rafael, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, BARRIONUEVO Nemesio Humberto, ALMERICO José, GÓMEZ Juan de Dios, GODOY Enrique, DÍAZ Manuel Julio, DÍAZ Alberto, OLIVERA Manuel Eugenio, YAÑEZ Rafael Vitalino, SÁNCHEZ María Teresa, CANO José Antonio, DEL CASTILLO Julio Arnaldo, SÁNCHEZ Enrique Alberto, FOCHI Gustavo Adolfo, MORALES Reyes Humberto, GONZÁLEZ Humberto Alfredo; LORENZO LERMA Andrés Héctor, CHAPARRO Santos Aurelio, IÑÍGUEZ Gloria del Valle, BRIZUELA Ramón, CORONEL Alfredo Antonio, CARABAJAL Ercilia Dolores, HOYOS Blanca, ALDERETE SORIA Alejandro Federico, ALDERETE Víctor Fernando, QUINTEROS Juan Manuel, MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto, MONASTERIO Francisco Carlos, MOYANO María Candelaria, HAZURÚN Teresita Cándida, MÉNDEZ BRANDER Ángel Adolfo, LASKOWSKI María Margarita, CANTOS Luis; (ii) Privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis inciso 1 y 2 ley 14616) en perjuicio de HOLMQUIST Luis Adolfo, FERNÁNDEZ Enrique Raúl, CORRAL Ana Cristina, CAMPOPIANO César Gustavo, MEDINA Celia Georgina, CAMPOPIANO Julio César, NIEVA Oscar René, YACKEL Ernestina Teresa; BARRIONUEVO Mario, BARRIONUEVO Antonia del Valle, DÍAZ SARAVIA José Horacio, GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes, OSORES Carlos Raúl, RONDOLETTO Pedro, CENADOR DE RONDOLETTO María, RONDOLETTO Silvia Margarita, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, BERMEJO DE RONDOLETTO Azucena, GONZÁLEZ GALLO María Celestina, ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, IRAMAIN María Trinidad, QUINTEROS René Manuel, CORBALÁN Félix Viterbo, DÍAZ MACÍAS Enrique Gonzalo, AUGIER Alberto Argentino, JIMÉNEZ DE SOLDATI María Isabel, BUSTAMANTE Juan Carlos, BERÓN Oscar Rafael, SOSA DE REYNAGA Ana María, MANFREDI Ángel Vicente, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, FOTE Fortunato Leandro, MÁRQUEZ Damián Octavio, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, JUSTO Héctor Oscar, PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, ACUÑA Baltasar, BARRIONUEVO Nemesio Humberto, ALMERICO José, GÓMEZ Juan de Dios, GODOY Enrique, DÍAZ Manuel Julio, PEREYRA Benigno Alberto, ALARCÓN Rina Rosa, DÍAZ Alberto, OLIVERA Manuel Eugenio, FÜRTH Federico Adolfo, GIRIBALDI Osvaldo José Gregorio, FALÚ Luis Eduardo, GONZÁLEZ Hernán Eugenio, VACA RUBIO Raúl Alberto, RODRÍGUEZ ROMÁN DE FIAD María Cristina, YAÑEZ Rafael Vitalino, SAFAROV Víctor Hugo, SÁNCHEZ María Teresa, ARCHETTI Armando, CANO José Antonio, DEL CASTILLO Julio Arnaldo, SÁNCHEZ Enrique Alberto, FOCHI Gustavo Adolfo, MORALES Reyes Humberto, LERNER Rodolfo Hugo, CARRERAS Juan Francisco, GONZÁLEZ Humberto Alfredo; LORENZO LERMA Andrés Héctor, PASTORI Juan Carlos, CRUZ Ernesto José Segundo, CHAPARRO Santos Aurelio, IÑÍGUEZ Gloria del Valle, BRIZUELA Ramón, CORONEL Alfredo Antonio, CARABAJAL Ercilia Dolores, HOYOS Blanca, ABAD Julio Ricardo, ALDERETE SORIA Alejandro Federico, ALDERETE Víctor Fernando, CAJAL Nora Alicia del Valle, FABIO Diana Elsa, QUINTEROS Juan Manuel, MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto, MONASTERIO Francisco Carlos, MOYANO María Candelaria, HAZURÚN Teresita Cándida, MÉNDEZ BRANDER Ángel Adolfo, LASKOWSKI María Margarita, CANTOS Anabel Beatriz, CANTOS Luis, CANTOS Germán; (iii) Torturas agravadas (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de HOLMQUIST Luis Adolfo, FERNÁNDEZ Enrique Raúl, CORRAL Ana Cristina, CAMPOPIANO César Gustavo, MEDINA Celia Georgina, NIEVA Oscar René, YACKEL Ernestina Teresa; BARRIONUEVO Mario, BARRIONUEVO Antonia del Valle, DÍAZ SARAVIA José Horacio, GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes, OSORES Carlos Raúl, RONDOLETTO Pedro, CENADOR DE RONDOLETTO María, RONDOLETTO Silvia Margarita, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, BERMEJO DE RONDOLETTO Azucena, GONZÁLEZ GALLO María Celestina, ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, IRAMAIN María Trinidad, QUINTEROS René Manuel, CORBALÁN Félix Viterbo, AUGIER Alberto Argentino, JIMÉNEZ DE SOLDATI María Isabel, BUSTAMANTE Juan Carlos, BERÓN Oscar Rafael, SOSA DE REYNAGA Ana María, MANFREDI Ángel Vicente, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, FOTE Fortunato Leandro, MÁRQUEZ Damián Octavio, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, JUSTO Héctor Oscar, PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, ACUÑA Baltasar, BARRIONUEVO Nemesio Humberto, ALMERICO José, GODOY Enrique, DÍAZ Manuel Julio, PEREYRA Benigno Alberto, ALARCÓN Rina Rosa, DÍAZ Alberto, OLIVERA Manuel Eugenio, FÜRTH Federico Adolfo, GIRIBALDI Osvaldo José Gregorio, FALÚ Luis Eduardo, GONZÁLEZ Hernán Eugenio, VACA RUBIO Raúl Alberto, RODRÍGUEZ ROMÁN DE FIAD María Cristina, YAÑEZ Rafael Vitalino, SÁNCHEZ María Teresa, ARCHETTI Armando, CANO José Antonio, DEL CASTILLO Julio Arnaldo, SÁNCHEZ Enrique Alberto, MORALES Reyes Humberto, LERNER Rodolfo Hugo, CARRERAS Juan Francisco; LORENZO LERMA Andrés Héctor, PASTORI Juan Carlos, CRUZ Ernesto José Segundo, CHAPARRO Santos Aurelio, IÑÍGUEZ Gloria del Valle, BRIZUELA Ramón, CORONEL Alfredo Antonio, CARABAJAL Ercilia Dolores, HOYOS Blanca, ALDERETE SORIA Alejandro Federico, ALDERETE Víctor Fernando, CAJAL Nora Alicia del Valle, FABIO Diana Elsa, QUINTEROS Juan Manuel, MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto, MONASTERIO Francisco Carlos, MOYANO María Candelaria, HAZURÚN Teresita Cándida, LASKOWSKI María Margarita, CANTOS Anabel Beatriz, CANTOS Luis, CANTOS Germán; (iv) Torturas seguidas de muerte (art. 144 ter tercer párrafo del CP) en perjuicio de Julio César CAMPOPIANO, Juan de Dios GOMEZ, Enrique Gonzalo DIAZ MACIAS, Víctor SAFAROV, Humberto Alfredo GONZALEZ, Gustavo Adolfo FOCHI, Julio Ricardo ABAD y Ángel Adolfo MÉNDEZ BRANDER; y (v) Homicidio agravado (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de HOLMQUIST Luis Adolfo, FERNÁNDEZ Enrique Raúl, CORRAL Ana Cristina, NIEVA Oscar René, BARRIONUEVO Mario, DÍAZ SARAVIA José Horacio, GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes, OSORES Carlos Raúl, RONDOLETTO Pedro, CENADOR DE RONDOLETTO María, RONDOLETTO Silvia Margarita, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, BERMEJO DE RONDOLETTO Azucena, GONZÁLEZ GALLO María Celestina, ARGAÑARAZ Rosario, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, IRAMAIN María Trinidad, CORBALÁN Félix Viterbo, JIMÉNEZ DE SOLDATI María Isabel, BUSTAMANTE Juan Carlos, BERÓN Oscar Rafael, SOSA DE REYNAGA Ana María, MANFREDI Ángel Vicente, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, FOTE Fortunato Leandro, MÁRQUEZ Damián Octavio, RODRÍGUEZ Juan Faustino, RODRÍGUEZ Pedro Ricardo, BARRIONUEVO Nemesio Humberto, ALMERICO José, DÍAZ Manuel Julio, PEREYRA Benigno Alberto, ALARCÓN Rina Rosa, FÜRTH Federico Adolfo, GIRIBALDI Osvaldo José Gregorio, FALÚ Luis Eduardo, GONZÁLEZ Hernán Eugenio, VACA RUBIO Raúl Alberto, YAÑEZ Rafael Vitalino, SÁNCHEZ María Teresa, ARCHETTI Armando, CANO José Antonio, DEL CASTILLO Julio Arnaldo, SÁNCHEZ Enrique Alberto, MORALES Reyes Humberto, LERNER Rodolfo Hugo, CARRERAS Juan Francisco, PASTORI Juan Carlos, CORONEL Alfredo Antonio, CANTOS Anabel Beatriz, CANTOS Luis, CANTOS Germán; como partícipe necesario en la comisión del delito de violación sexual (art. 119 del CP según ley 11.221 y 21.338) en perjuicio de G. V.I., N.C. y B.H; y del delito de abuso deshonesto (art. 127 del CP según ley 11.221 y 21.338) en perjuicio de A.V.B, D.F. y M.I.J.S., y autor material del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP) en concurso real (art. 55 del CP); conforme lo considerado.-

18) respecto de LUIS DANIEL DE URQUIZA, DNI 7.792.831, se le imputa ser presunto autor mediato en la comisión de los delitos de delitos de privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones, tormentos agravados y homicidio triplemente agravado (art. 142 bis inc. 1 y 2, art. 144 ter 1 y 2 párrafo, art. 80 inc. 2, 6 y 7 todos del C.P.) en perjuicio de Luis Alberto SOLDATI.-

19) respecto de AUGUSTO LEONARDO NEME, DNI 4.862.449, se le imputa ser presunto autor mediato en la comisión de los delitos de (i) Violación de domicilio (art. 151 del CP) en perjuicio de Argañaraz Rosario, Argañaraz Miguel Alberto, Quinteros René Manuel, Fote Fortunato Leandro, Godoy Enrique, Adad Julio Ricardo; Suarez Julio Guillermo; (ii) Privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis inciso 1 y 2 ley 14616) en perjuicio de Argañaraz Rosario, Argañaraz Miguel Alberto, Quinteros René Manuel, Fote Fortunato Leandro, Godoy Enrique, Adad Julio Ricardo, Suarez Julio Guillermo, Pereyra Benigno; Lerner Rodolfo Hugo, Quinteros Juan Manuel, Suarez Manuel Humberto, Monasterio Francisco Carlos, Moyano María Candelaria; (iii) Torturas agravadas (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de Argañaraz Rosario, Argañaraz Miguel Alberto, Quinteros René Manuel, Fote Fortunato Leandro, Godoy Enrique, Abad Julio Ricardo, Suarez Julio Guillermo, Pereyra Benigno; Lerner Rodolfo Hugo, Quinteros Juan Manuel, Suarez Manuel Humberto, Monasterio Francisco Carlos, Moyano María Candelaria; (iv) Torturas seguidas de muerte (art. 144 ter tercer párrafo) en perjuicio de Abad Julio Ricardo; y (v) Homicidio agravado (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de Lerner Rodolfo Hugo y como autor material del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP) en concurso real (art. 55 del CP), conforme lo considerado.-

20) respecto de JOSÉ ELOY MIJALCHYK DNI 7.086.361, se le imputa ser presunto partícipe secundario en la comisión de los delitos de privación ilegítima de libertad con apremios y vejaciones y torturas agravadas en perjuicio Félix Viterbo Corbalán, María Angélica Mazzamuto de Romero, Roberto Romero y Antonio Raúl Romero, conforme lo considerado.-

21) respecto de BENITO PALOMO, D.N.I. 8.222.537, se le imputa ser presunto autor material del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP), presunto partícipe necesario del delito de privación ilegítima de libertad con apremios y vejaciones (art. 142 bis inciso 1 y 2 del CP) en perjuicio de HOLMQUIST Luis Adolfo, FERNÁNDEZ Enrique Raúl, CORRAL Ana Cristina, YACKEL Ernestina Teresa; ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, AUGIER, Alberto Argentino, MARQUEZ Damián Octavio, RODRIGUEZ Pedro Ricardo, FÜRTH Federico Adolfo, GIRIBALDI Osvaldo José Gregorio, CRUZ Ernesto José Segundo, IÑÍGUEZ Gloria del Valle, BRIZUELA Ramón, CORONEL Alfredo Antonio, CARABAJAL Ercilia Dolores, HOYOS Blanca, ABAD Julio Ricardo, QUINTEROS Juan Manuel, MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raul, SUÁREZ Julio Guillermo, MOYANO María Candelaria, MÉNDEZ BRANDER Ángel Adolfo, LASKOWSKI María Margarita, delitos cometidos en concurso real (art. 55 del CP), conforme lo considerado.-

22) respecto a GUILLERMO FRANCISCO LÓPEZ GUERRERO, D.N.I. 10.402.936, se le imputa ser presunto autor del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP), presunto partícipe secundario (art. 46 C.P.), en la comisión de los delitos de privación ilegítima de libertad y tormentos agravados (art. 144 bis incs, 1 y 2, 144 ter 2do parr. Conforme ley 14616), cometidos en perjuicio de Nora Alicia del Valle CAJAL.-

23) respecto de MARÍA ELENA GUERRA, D.N.I. 10.791.234, se le imputa ser presunta autora del delito de usurpación de propiedad (inmueble de calle Frías Silva n° 231) consumado al amparo de la comisión de un delito de lesa humanidad (art. 181 del C.P. y normativa internacional vigente a la fecha de los hechos), conforme lo considerado-

24) Respecto de RAMÓN ERNESTO COOKE, DNI N° 5.584.065, se lo imputa como presunto autor mediato en la comisión de los delitos de (i) Violación de domicilio (art. 151 del CP) en perjuicio de: Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; y Rojas, Luis; (ii) Privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis inciso 1 y 2 ley 14616) en perjuicio de Adriss, Ismael; López de Aguero, Estela Josefina; Agüero, José Gabriel; Correa, Fidel Emilio; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Rodríguez, Juan Angel; y Rojas, Luis; (iii) Torturas agravadas (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de Adriss, Ismael; López de Aguero, Estela Josefina; Agüero, José Gabriel; Correa, Fidel Emilio; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Rodríguez, Juan Angel; y Rojas, Luis; y (iv) Homicidio agravado (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de Adriss, Ismael; López de Aguero, Estela Josefina; Agüero, José Gabriel; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; y Rojas Luis, todo en concurso real (art. 55 C.P.), conforme lo considerado.-

25) respecto de JUAN ALBERTO ABRAHAM, DNI N° 8.053.247, se lo imputa como presunto autor material en la comisión del delito de privación ilegítima de libertad en perjuicio de Francisco Eudoro Lazarte (Expte. n° 136/07) y del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP); y como partícipe en la comisión de los delitos de (i) Violación de domicilio (art. 151 del CP) en perjuicio de Díaz Francisco Rafael; Comán, Ramón Antonio; Comán, Ricardo Aroldo; Gallardo, Alberto Luis; Lescano, Arturo Alberto; Gerez, Luis Román; Rabsium Olga del Valle; Sesto, Lilia Estela; Curia, Gloria Constanza; Curia, Fernando Ramiro; Véliz Raúl Andrés; Chebaia, José Guetas; Macor de Díaz, Susana; Díaz; Díaz, José Americo (cuqui); Elías, Raúl Edgardo; Lapetina, Miguel Antonio; Rodríguez, José Manuel; Paz, Antonio Domingo; Soldati, Carlos Severino; Ontivero, Juan Carlos; Ontivero, Justo Francisco (15 años); Pedregosa, Dora María; Racedo, José Inocencio; Santos Ochoa de Racedo, Alcira; Rodríguez, Wilfredo; Villegas Jorge; Villegas Aida Ines; Silva, María Esther; Soto, Carlos Antonio; Tula, Miguel Segundo; Tula, Héctor Gerardo; Ponce, Humberto Rubén; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Bazán de Romero María del Valle; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Jiménez, Carlos Oscar; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Cossio, Ana María; Egloff, Victor Felipe; Díaz, Manuela Margarita; Somaini, Ricardo Daniel; Lazarte, Francisco Eudoro; Santillán, Gustavo Raúl; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis; (ii) Privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis inciso 1 y 2 ley 14616) en perjuicio de Díaz, Francisco Rafael; Díaz Francisco Rafael (h); Comán, Ramón Antonio; Comán, Ricardo Aroldo; Gallardo, Alberto Luis; Lescano, Arturo Alberto; Gerez, Luis Román; Alarcón, Justo Agustín (h); Chamas, José Rafael; Andrada, Juan Carlos; Petarossi, Carlos Ernesto; Quinteros de Viecho, Rosa; Miño, Juan Alberto; Araujo, Eduardo Cesar; Moreira, Victor Raúl; Curia, Gloria Constanza; Curia, Fernando Ramiro; Brito, Pablo Benito; Véliz Raúl Andrés; Chebaia, José Guetas; Calabró, Elda Leonor; Centurión, Javier Hipólito; Macor de Díaz, Susana; Díaz, Juan Leandro (parche); Díaz, José Americo (cuqui); Carrizo, Juan Manuel; Elías, Raúl Edgardo; Mendéz, José Carlos; Lapetina, Miguel Antonio; Elías, Victor Hugo; Rodríguez, José Manuel; Palacio, Angelica Margarita; Paz, Antonio Domingo; Soldati, Berta; Soldati, Carlos Severino; Carballo, Juan Pablo; Olea, Miguel Angel; Ontivero, Juan Carlos; Ontivero, Justo Francisco (15 años); Navarro, Salvador Leocadio; Gallardo, Carlos María; Pedregosa, Dora María; Racedo, José Inocencio; Santos Ochoa de Racedo Alcira; Alarcón Pedro Antonio; Rodríguez, Wilfredo; Villegas Jorge; Villegas Aida Ines; Silva, María Esther; Soto, Carlos Antonio; Tula, Miguel Segundo; Tula, Hector Gerardo; Tartalo, Rubén Lindor; Toledo María del Pilar; Di Lorenzo Juan Carlos; Adriss, Ismael; Ponce, Humberto Rubén; López de Aguero, Estela Josefina; Agüero, José Gabriel; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Sosa de Forti, Nélida Azucena; Cerviño, Pedro Antonio; Cerviño, José Ramón; Campos, Enrique Aurelio; Bejas, María Cristina; Pereyra, Matías Claudio; Chamatrópulos, Demetrio Angel; Jiménez, Carlos Oscar; Correa, Fidel Emilio; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Cossio, Ana María; Egloff, Victor Felipe; Ibañez, Luisa Ana; Quinteros, Wenceslao; Díaz, Manuela Margarita; Rodríguez, Juan Angel; Somaini, Ricardo Daniel; Santillán, Gustavo Raúl; Castro, Juan Carlos; Burdisso, Alicia Raquel; Parrile de Salinas, Silvana; Salinas, Ricardo Luis; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis Ojeda Sierra, José Eduardo; (iii) Torturas agravadas (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de Díaz, Francisco Rafael; Díaz Francisco Rafael (h); Comán, Ramón Antonio; Comán, Ricardo Aroldo; Gallardo, Alberto Luis; Lescano, Arturo Alberto; Gerez, Luis Román; Alarcón, Justo Agustín (h); Chamas, José Rafael; Andrada, Juan Carlos; Petarossi, Carlos Ernesto; Quinteros de Viecho, Rosa; Miño, Juan Alberto; Araujo, Eduardo Cesar; Moreira, Victor Raúl; Curia, Gloria Constanza; Curia, Fernando Ramiro; Brito, Pablo Benito; Véliz Raúl Andrés; Chebaia, José Guetas; Calabró, Elda Leonor; Centurión, Javier Hipólito; Macor de Díaz, Susana; Díaz, Juan Leandro (parche); Díaz, José Americo (cuqui); Carrizo, Juan Manuel; Elías, Raúl Edgardo; Mendéz, José Carlos; Lapetina, Miguel Antonio; Elías, Victor Hugo; Rodríguez, José Manuel; Palacio, Angelica Margarita; Paz, Antonio Domingo; Soldati, Berta; Soldati, Carlos Severino; Carballo, Juan Pablo; Olea, Miguel Angel; Ontivero, Juan Carlos; Ontivero, Justo Francisco (15 años); Navarro, Salvador Leocadio; Gallardo, Carlos María; Pedregosa, Dora María; Racedo, José Inocencio; Santos Ochoa de Racedo Alcira; Alarcón Pedro Antonio; Rodríguez, Wilfredo; Villegas Jorge; Villegas Aida Ines; Silva, María Esther; Soto, Carlos Antonio; Tula, Miguel Segundo; Tula, Hector Gerardo; Tartalo, Rubén Lindor; Toledo María del Pilar; Di Lorenzo Juan Carlos; Adriss, Ismael; Ponce, Humberto Rubén; López de Aguero, Estela Josefina; Agüero, José Gabriel; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Sosa de Forti, Nélida Azucena; Cerviño, Pedro Antonio; Cerviño, José Ramón; Campos, Enrique Aurelio; Bejas, María Cristina; Pereyra, Matías Claudio; Chamatrópulos, Demetrio Angel; Jiménez, Carlos Oscar; Correa, Fidel Emilio; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Cossio, Ana María; Egloff, Victor Felipe; Ibañez, Luisa Ana; Quinteros, Wenceslao; Díaz, Manuela Margarita; Rodríguez, Juan Angel; Somaini, Ricardo Daniel; Lazarte, Francisco Eudoro; Santillán, Gustavo Raúl; Castro, Juan Carlos; Burdisso, Alicia Raquel; Parrile de Salinas, Silvana; Salinas, Ricardo Luis; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis Ojeda Sierra, José Eduardo (iv) Homicidio agravado (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de Lescano, Arturo Alberto; Gerez, Luis Román; Alarcón Pedro Antonio; Alarcón, Justo Agustín (h); Chamas, José Rafael; Andrada, Juan Carlos; Quinteros de Viecho, Rosa; Araujo, Eduardo Cesar; Rabsium Olga del Valle; Sesto, Lilia Estela; Moreira, Victor Raúl; Curia, Gloria Constanza; Curia, Fernando Ramiro; Chebaia, José Guetas; Calabró, Elda Leonor; Centurión, Javier Hipólito; Macor de Díaz, Susana; Díaz, Juan Leandro (parche); Díaz, José Americo (cuqui); Carrizo, Juan Manuel; Elías, Victor Hugo; Rodríguez, José Manuel; Paz, Antonio Domingo; Soldati, Berta; Ontivero, Juan Carlos; Racedo, José Inocencio; Santos Ochoa de Racedo, Alcira; Villegas Jorge; Villegas Aida Ines; Silva, María Esther; Tula, Miguel Segundo; Tula, Héctor Gerardo; Tártalo, Rubén Lindor; Toledo María del Pilar; Di Lorenzo Juan Carlos; López de Aguero, Estela Josefina; Agüero, José Gabriel; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Sosa de Forti, Nélida Azucena; Campos, Enrique Aurelio; Bejas, María Cristina; Pereyra, Matías Claudio; Jiménez, Carlos Oscar; Correa, Fidel Emilio; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Egloff, Victor Felipe; Ibañez, Luisa Ana; Quinteros, Wenceslao; Díaz, Manuela Margarita; Somaini, Ricardo Daniel; Santillán, Gustavo Raúl; Castro, Juan Carlos; Burdisso, Alicia Raquel; Parrile de Salinas, Silvana; Salinas, Ricardo Luis; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis; Ojeda Sierra, José Eduardo; todo en concurso real (art. 55 C.P.), conforme lo considerado.-

26) Respecto de RICARDO OSCAR SÁNCHEZ, DNIN°8.085.865, se lo imputa como presunto autor material en la comisión del delito de privación ilegítima de libertad con apremios en perjuicio de Javier Hipólito Centurión, Pastor Roberto Cisterna y María Cisterna de Bulacio (Exptes. N° 401774/04 y N° 400783/07), y del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP); y presunto autor mediato en la comisión de los delitos de (i) Violación de domicilio (art. 151 del CP) en perjuicio de: Díaz, Francisco Rafael; Comán, Ramón Antonio; Comán, Ricardo Aroldo; Gallardo, Alberto Luis; Lescano, Arturo Alberto; Díaz, Daniel Alfredo; Gerez, Luis Román; Rabsium Olga del Valle; Sesto, Lilia Estela; Curia, Gloria Constanza; Curia, Fernando Ramiro; Véliz Raúl Andrés; Chebaia, José Guetas; Macor de Díaz, Susana; Díaz; Díaz, José Americo (cuqui); Lapetina, Miguel Antonio; Rodríguez, José Manuel; Paz, Antonio Domingo; Soldati, Carlos Severino; Ontivero, Juan Carlos; Ontivero, Justo Francisco (15 años); Pedregosa, Dora María; Racedo, José Inocencio; Santos Ochoa de Racedo, Alcira; Rodríguez, Wilfredo; Villegas Jorge; Villegas Aida Ines; Silva, María Esther; Soto, Carlos Antonio; Tula, Miguel Segundo; Tula, Héctor Gerardo; Ponce, Humberto Rubén; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Bazán de Romero María del Valle; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Jiménez, Carlos Oscar; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Cossio, Ana María; Egloff, Victor Felipe; Díaz, Manuela Margarita; Rodríguez, Juan Angel; Somaini, Ricardo Daniel; Lazarte, Francisco Eudoro; Santillán, Gustavo Raúl; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis; Ponce, Horacio Marcelo; Romano, Domingo Nicolás; (ii) Privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis inciso 1 ley 14616) en perjuicio de Díaz, Francisco Rafael; Comán, Ramón Antonio; Comán, Ricardo Aroldo; Gallardo, Alberto Luis; Lescano, Arturo Alberto; Díaz, Daniel Alfredo; Gerez, Luis Román; Alarcón Pedro Antonio; Alarcón, Justo Agustín (h); Chamas, José Rafael; Andrada, Juan Carlos; Petarossi, Carlos Ernesto; Quinteros de Viecho, Rosa; Miño, Juan Alberto; Araujo, Eduardo Cesar; Moreira, Victor Raúl; Curia, Gloria Constanza; Curia, Fernando Ramiro; Brito, Pablo Benito; Véliz Raúl Andrés; Chebaia, José Guetas; Calabró, Elda Leonor; Centurión, Javier Hipólito; Macor de Díaz, Susana; Díaz, Juan Leandro (parche); Díaz, José Americo (cuqui); Carrizo, Juan Manuel; Elías, Raúl Edgardo; Mendéz, José Carlos; Lapetina, Miguel Antonio; Elías, Victor Hugo; Rodríguez, José Manuel; Palacio, Angelica Margarita; Paz, Antonio Domingo; Tártalo, Manuel Antonio; Soldati, Berta; Soldati, Carlos Severino; Carballo, Juan Pablo; Olea, Miguel Angel; Ontivero, Juan Carlos; Ontivero, Justo Francisco (15 años); Navarro, Salvador Leocadio; Gallardo, Carlos María; Pedregosa, Dora María; Racedo, José Inocencio; Santos Ochoa de Racedo Alcira; Rodríguez, Wilfredo; Villegas Jorge; Villegas Aida Ines; Silva, María Esther; Soto, Carlos Antonio; Tula, Miguel Segundo; Tula, Hector Gerardo; Tartalo, Rubén Lindor; Toledo María del Pilar ; Di Lorenzo Juan Carlos; Adriss, Ismael; Ponce, Humberto Rubén; López de Aguero, Estela Josefina; Agüero, José Gabriel; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Sosa de Forti, Nélida Azucena; Cerviño, Pedro Antonio; Cerviño, José Ramón; Campos, Enrique Aurelio; Bejas, María Cristina; Pereyra, Matías Claudio; Chamatrópulos, Demetrio Angel; Jiménez, Carlos Oscar; Correa, Fidel Emilio; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Cossio, Ana María; Egloff, Victor Felipe; Ibañez, Luisa Ana; Quinteros, Wenceslao; Díaz, Manuela Margarita; Rodríguez, Juan Angel; Somaini, Ricardo Daniel; Lazarte, Francisco Eudoro; Santillán, Gustavo Raúl; Castro, Juan Carlos; Burdisso, Alicia Raquel; Parrile de Salinas, Silvana; Salinas, Ricardo Luis; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis Ojeda Sierra, José Eduardo; Ponce, Horacio Marcelo; Romano, Domingo Nicolás; (iii) Torturas agravadas (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de Díaz, Francisco Rafael; Comán, Ramón Antonio; Comán, Ricardo Aroldo; Gallardo, Alberto Luis; Lescano, Arturo Alberto; Díaz, Daniel Alfredo; Gerez, Luis Román; Alarcón, Justo Agustín (h); Chamas, José Rafael; Andrada, Juan Carlos; Petarossi, Carlos Ernesto; Quinteros de Viecho, Rosa; Miño, Juan Alberto; Araujo, Eduardo Cesar; Moreira, Victor Raúl; Curia, Gloria Constanza; Curia, Fernando Ramiro; Brito, Pablo Benito; Véliz Raúl Andrés; Chebaia, José Guetas; Calabró, Elda Leonor; Centurión, Javier Hipólito; Macor de Díaz, Susana; Díaz, Juan Leandro (parche); Díaz, José Americo (cuqui); Carrizo, Juan Manuel; Elías,Raúl Edgardo; Mendéz, José Carlos; Lapetina, Miguel Antonio; Elías, Victor Hugo; Rodríguez, José Manuel; Palacio, Angelica Margarita; Paz, Antonio Domingo; Tártalo, Manuel Antonio; Soldati, Berta; Soldati, Carlos Severino; Carballo, Juan Pablo; Olea, Miguel Angel; Ontivero, Juan Carlos; Ontivero, Justo Francisco (15 años); Navarro, Salvador Leocadio; Gallardo, Carlos María; Pedregosa, Dora María; Racedo, José Inocencio; Santos Ochoa de Racedo, Alcira Alarcón Pedro Antonio; Rodríguez, Wilfredo; Villegas Jorge; Villegas Aida Ines; Silva, María Esther; Soto, Carlos Antonio; Tula, Miguel Segundo; Tula, Hector Gerardo; Tartalo, Rubén Lindor; Toledo María del Pilar; Di Lorenzo Juan Carlos; Adriss, Ismael; Ponce, Humberto Rubén; López de Aguero, Estela Josefina; Agüero, José Gabriel; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Bazán de Romero María del Valle; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Sosa de Forti, Nélida Azucena; Cerviño, Pedro Antonio; Cerviño, José Ramón; Campos, Enrique Aurelio; Bejas, María Cristina; Pereyra, Matías Claudio; Chamatrópulos, Demetrio Angel; Jiménez, Carlos Oscar; Correa, Fidel Emilio; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Cossio, Ana María; Egloff, Victor Felipe; Ibañez, Luisa Ana; Quinteros, Wenceslao; Díaz, Manuela Margarita; Rodríguez, Juan Angel; Somaini, Ricardo Daniel; Lazarte, Francisco Eudoro; Santillán, Gustavo Raúl; Castro, Juan Carlos; Burdisso, Alicia Raquel; Parrile de Salinas, Silvana; Salinas, Ricardo Luis; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis Ojeda Sierra, José Eduardo; Ponce, Horacio Marcelo; Romano, Domingo Nicolás; (iv) Homicidio agravado (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de Lescano, Arturo Alberto; Gerez, Luis Román; Alarcón, Justo Agustín (h); Chamas, José Rafael; Andrada, Juan Carlos; Quinteros de Viecho, Rosa; Araujo, Eduardo Cesar; Rabsium Olga del Valle; Sesto, Lilia Estela; Moreira, Victor Raúl; Curia, Gloria Constanza; Curia, Fernando Ramiro; Chebaia, José Guetas; Calabró, Elda Leonor; Centurión, Javier Hipólito; Macor de Díaz, Susana; Díaz, Juan Leandro (parche); Díaz, José Americo (cuqui); Carrizo, Juan Manuel; Elías, Victor Hugo; Rodríguez, José Manuel; Paz, Antonio Domingo; Tártalo, Manuel Antonio; Soldati, Berta; Ontivero, Juan Carlos; Racedo, José Inocencio; Santos Ochoa de Racedo, Alcira; Alarcón Pedro Antonio; Villegas Jorge; Villegas Aida Ines; Silva, María Esther; Tula, Miguel Segundo; Tula, Héctor Gerardo; Tártalo, Rubén Lindor; Toledo María del Pilar; Di Lorenzo Juan Carlos; Adriss, Ismael; Ponce, Humberto Rubén López de Aguero, Estela Josefina; Agüero, José Gabriel; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Sosa de Forti, Nélida Azucena; Campos, Enrique Aurelio; Bejas, María Cristina; Pereyra, Matías Claudio; Jiménez, Carlos Oscar; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Egloff, Victor Felipe; Ibañez, Luisa Ana; Quinteros, Wenceslao; Díaz, Manuela Margarita; Somaini, Ricardo Daniel; Santillán, Gustavo Raúl; Castro, Juan Carlos; Burdisso, Alicia Raquel; Parrile de Salinas, Silvana; Salinas, Ricardo Luis; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis; Ojeda Sierra, José Eduardo; Ponce, Horacio Marcelo; Romano, Domingo Nicolás, todo en concurso real (art. 55 C.P.), conforme lo considerado.-

27) Respecto de ROLANDO REYES QUINTANA, DNI N° 7.628.190, se lo imputa como presunto autor material del delito de privación ilegítima de libertad con apremios en perjuicio de Juan Antonio Fote (Expte. n° 401262/05) y del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP); y como presunto partícipe en la comisión de los delitos de (i) Violación de domicilio (art. 151 del CP) en perjuicio de: Díaz, Francisco Rafael; Comán, Ramón Antonio; Comán, Ricardo Aroldo; Fote, Juan Antonio; Gallardo, Alberto Luis; Díaz, Daniel Alfredo; Gerez, Luis Román; Rabsium Olga del Valle; Sesto, Lilia Estela; Curia, Gloria Constanza; Curia, Fernando Ramiro; Véliz Raúl Andrés; Chebaia, José Guetas; Macor de Díaz, Susana; Díaz, Leandro; Díaz, José Americo (cuqui); Elías, Raúl Edgardo; Lapetina, Miguel Antonio; Paz, Antonio Domingo; Soldati, Carlos Severino; Ontivero, Juan Carlos; Ontivero, Justo Francisco (15 años); Pedregosa, Dora María; Racedo, José Inocencio; Santos Ochoa de Racedo, Alcira; Rodríguez, Wilfredo; Villegas Jorge; Villegas Aida Ines; Silva, María Esther; Soto, Carlos Antonio; Tula, Héctor Gerardo; (ii) Privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis inciso 1 ley 14616) en perjuicio de Díaz, Francisco Rafael; Díaz Francisco Rafael (h); Comán, Ramón Antonio; Comán, Ricardo Aroldo; Gallardo, Alberto Luis; Nuñez, Miguel Angel; Nuñez, Carlos Moisés; Díaz, Daniel Alfredo; Gerez, Luis Román; Alarcón Pedro Antonio; Alarcón, Justo Agustín (h); Chamas, José Rafael; Andrada, Juan Carlos; Petarossi, Carlos Ernesto; Quinteros de Viecho, Rosa; Miño, Juan Alberto; Araujo, Eduardo Cesar; Moreira, Victor Raúl; Curia, Gloria Constanza; Curia, Fernando Ramiro; Brito, Pablo Benito; Véliz Raúl Andrés; Chebaia, José Guetas; Calabró, Elda Leonor; Centurión, Javier Hipólito; Macor de Díaz, Susana; Díaz, Juan Leandro (parche); Díaz, José Americo (cuqui); Carrizo, Juan Manuel; Elías, Raúl Edgardo; Mendéz, José Carlos; Lapetina, Miguel Antonio; Elías, Victor Hugo; Palacio, Angelica Margarita; Paz, Antonio Domingo; Soldati, Berta; Soldati, Carlos Severino; Carballo, Juan Pablo; Ontivero, Juan Carlos; Ontivero, Justo Francisco (15 años); Navarro, Salvador Leocadio; Gallardo, Carlos María; Pedregosa, Dora María; Racedo, José Inocencio; Santos Ochoa de Racedo Alcira; Rodríguez, Wilfredo; Villegas Jorge; Villegas Aida Ines; Silva, María Esther; Soto, Carlos Antonio; Tula, Hector Gerardo; Tartalo, Rubén Lindor; Toledo María del Pilar; Di Lorenzo Juan Carlos; (iii) Torturas agravadas (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de Díaz, Francisco Rafael; Díaz Francisco Rafael (h); Comán, Ramón Antonio; Comán, Ricardo Aroldo; Fote, Juan Antonio; Gallardo, Alberto Luis; Díaz, Daniel Alfredo; Gerez, Luis Román; Alarcón, Justo Agustín (h); Chamas, José Rafael; Andrada, Juan Carlos; Petarossi, Carlos Ernesto; Quinteros de Viecho, Rosa; Miño, Juan Alberto; Araujo, Eduardo Cesar; Moreira, Victor Raúl; Curia, Gloria Constanza; Curia, Fernando Ramiro; Brito, Pablo Benito; Véliz Raúl Andrés; Chebaia, José Guetas; Calabró, Elda Leonor; Centurión, Javier Hipólito; Macor de Díaz, Susana; Díaz, Juan Leandro (parche); Díaz, José Americo (cuqui); Carrizo, Juan Manuel; Elías,Raúl Edgardo; Mendéz, José Carlos; Lapetina, Miguel Antonio; Elías, Victor Hugo; Palacio, Angelica Margarita; Paz, Antonio Domingo; Soldati, Berta; Soldati, Carlos Severino; Carballo, Juan Pablo; Ontivero, Juan Carlos; Ontivero, Justo Francisco (15 años); Navarro, Salvador Leocadio; Gallardo, Carlos María; Pedregosa, Dora María; Racedo, José Inocencio; Santos Ochoa de Racedo, Alcira Alarcón Pedro Antonio; Rodríguez, Wilfredo; Villegas Jorge; Villegas Aida Ines; Silva, María Esther; Soto, Carlos Antonio; Tula, Hector Gerardo; Tartalo, Rubén Lindor; Toledo María del Pilar; Di Lorenzo Juan Carlos; (iv) Homicidio agravado (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de Lescano, Arturo Alberto; Gerez, Luis Román; Alarcón, Justo Agustín (h); Chamas, José Rafael; Andrada, Juan Carlos; Quinteros de Viecho, Rosa; Araujo, Eduardo Cesar; Rabsium Olga del Valle; Sesto, Lilia Estela; Moreira, Victor Raúl; Curia, Gloria Constanza; Curia, Fernando Ramiro; Chebaia, José Guetas; Calabró, Elda Leonor; Centurión, Javier Hipólito; Macor de Díaz, Susana; Díaz, Juan Leandro (parche); Díaz, José Americo (cuqui); Carrizo, Juan Manuel; Elías, Victor Hugo; Paz, Antonio Domingo; Soldati, Berta; Ontivero, Juan Carlos; Racedo, José Inocencio; Santos Ochoa de Racedo, Alcira; Alarcón Pedro Antonio; Villegas Jorge; Villegas Aida Ines; Silva, María Esther; Tula, Héctor Gerardo; Tártalo, Rubén Lindor; Toledo María del Pilar; Di Lorenzo Juan Carlos; todo en concurso real (art. 55 C.P.), conforme lo considerado.-

28) Respecto de LUIS EDGARDO OCARANZA, LE N° 8488479, se lo imputa como presunto autor material en la comisión de delito de privación ilegítima de libertad en perjuicio de Wenceslao Quinteros y del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis); y como presunto autor mediato en la comisión de los delitos de (i) Violación de domicilio (art. 151 del CP) en perjuicio de Egloff, Victor Felipe; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis; (ii) Privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis inciso 1 y 2 ley 14616) en perjuicio de Adriss, Ismael; López de Aguero, Estela Josefina; Agüero, José Gabriel; Campos, Enrique Aurelio; Pereyra, Matías Claudio; Chamatrópulos, Demetrio Angel; Correa Fidel Emilio; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Egloff, Victor Felipe; Ibañez, Luisa Ana; Rodríguez, Juan Angel; Burdisso, Alicia Raquel; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis; Ojeda Sierra, José Eduardo; (iii) Torturas agravadas (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de Adriss, Ismael; López de Aguero, Estela Josefina; Agüero, José Gabriel; Campos, Enrique Aurelio; Pereyra, Matías Claudio; Chamatrópulos, Demetrio Angel; Correa Fidel Emilio; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Egloff, Victor Felipe; Ibañez, Luisa Ana; Quinteros Wenseslao; Rodríguez, Juan Angel; Burdisso, Alicia Raquel; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis; Ojeda Sierra, José Eduardo; (iv) Homicidio agravado (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio Adriss, Ismael; López de Aguero, Estela Josefina; Agüero, José Gabriel; Campos, Enrique Aurelio; Pereyra, Matías Claudio; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Egloff, Victor Felipe; Ibañez, Luisa Ana; Quinteros Wenseslao; Burdisso, Alicia Raquel; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis; Ojeda Sierra, José Eduardo, todo en concurso real (art. 55 C.P.), conforme lo considerado.-.

29) Respecto de RAMÓN CÉSAR JODAR DNI N° 4.394.949, se lo imputa como presunto autor material en la comisión del delito de violación de domicilio en perjuicio de Angélica Margarita Palacio (Expte. n° 254/04); todo en concurso real (art. 55 C.P.), conforme lo considerado.-

30) Respecto de MARIO MIGUEL D'URSI, LE N° 4.980.901, se lo imputa como presunto autor mediato en la comisión de los delitos de (i) Violación de domicilio (art. 151 del CP) en perjuicio de Romano, Domingo Nicolás; Barrionuevo, Luis Alberto; (ii) Privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis inciso 1 y 2 ley 14616) en perjuicio de Romano, Domingo Nicolás; Barrionuevo, Luis Alberto; Cativa, Juan Ignacio; (iii) Torturas agravadas (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de Romano, Domingo Nicolás; Barrionuevo, Luis Alberto; Cativa, Juan Ignacio; (iv) Homicidio agravado (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de Romano, Domingo Nicolás; y como autor material del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP); todo en concurso real (art. 55 C.P.), conforme lo considerado.-

31) Respecto de JORGE OMAR LAZARTE, argentino, DNI N° 4.449.071, se lo imputa como presunto autor mediato en la comisión de los delitos de (i) Violación de domicilio (art. 151 del CP) en perjuicio de Díaz, Francisco Rafael; Comán, Ramón Antonio; Comán, Ricardo Aroldo; Fote, Juan Antonio; Gallardo, Alberto Luis; Nuñez, Miguel Angel; Nuñez, Carlos Moisés; (ii) Privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis inciso 1 y 2 ley 14616) en perjuicio de Díaz, Francisco Rafael; Díaz Francisco Rafael (h); Comán, Ramón Antonio; Comán, Ricardo Aroldo; Fote, Juan Antonio; Gallardo, Alberto Luis; Nuñez, Miguel Angel; Nuñez, Carlos Moisés; (iii) Torturas agravadas (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de Díaz, Francisco Rafael; Díaz Francisco Rafael (h); Comán, Ramón Antonio; Comán, Ricardo Aroldo; Fote, Juan Antonio; Gallardo, Alberto Luis; Nuñez, Miguel Angel; Nuñez, Carlos Moisés; (iv) Homicidio agravado (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de Díaz Francisco Rafael (h); y como autor material del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP); todo en concurso real (art. 55 C.P.), conforme lo considerado.-

32) Respecto de MARÍA LUISA ACOSTA DE BARRAZA, se la imputa como presunta como autora material penalmente responsable por el delito de asociación ilícita agravada, conforme arts. 210 y 210 bis del CP y como partícipe necesaria penalmente responsable de las siguientes conductas: Violación de domicilio, conforme art. 151 CP en perjuicio de Yolanda Esther Argüello (caso 2); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); María Transito Barrionuevo (caso 7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero, Reyes Alcario Romero y Bazán de Romero María del Valle (caso 8); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); José Guetas Chebaia (caso 18); Fidel Emilio Correa (caso 19); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz (caso 21); Daniel Alfredo, Juan Leandro Eudaldo y José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Luís Alberto Gallardo (caso 28); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Berta y Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Wilfredo Rodríguez (caso 42); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho, Eduardo Cesar Araujo y Juan Alberto Miño (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Carlos E. Petarossi (caso 55); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Dora María Pedregosa (caso 59); Carlos Antonio Soto (caso 60); Ricardo Aroldo Coman (caso 61); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); Ana María Cossio (caso 64); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Miguel Ángel Olea, (caso 68); Angélica Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Miguel Segundo Tula (caso 75); Juan Ángel Rodríguez (caso 77); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78). Privación ilegítima de la libertad, conforme artículo 144 bis inc. 1° y 2°y último párrafo del CP - ley 14616 en perjuicio de José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (caso 1); Yolanda Esther Argüello (caso 2); José Carlos Méndez (caso 4); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); María Transito Barrionuevo (caso 7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero, Reyes Alcario Romero y Bazán de Romero María del Valle (caso 8); María Cristina Bejas (caso 9); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Matías Claudio y María Cristina Verónica Pereyra (caso 13); Javier Hipólito Centurión (caso 14); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); Demetrio Ángel Chamatropulus (caso 16); Pedro Antonio y José Ramón Cerviño (caso 17); José Guetas Chebaia (caso 18); Fidel Emilio Correa (caso 19); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz (caso 21); Ismael Adriss (caso 22); Daniel Alfredo, Juan Leandro Eudaldo y José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Raúl Edgardo Elías (caso 26); Luís Alberto Gallardo (caso 28);Carlos María Gallardo (caso 29); Luisa Ana Ibáñez (caso 30); Miguel Antonio Lapetina (caso 31); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Juan Carlos Castro (caso 36); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Berta y Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas (caso 41); Wilfredo Rodríguez (caso 42); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Nélida Azucena Sosa de Forti (caso 47); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo (caso 49); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho, Eduardo Cesar Araujo y Juan Alberto Miño (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Carlos E. Petarossi (caso 55); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Víctor Hugo Elías (caso 58); Dora María Pedregosa (caso 59); Carlos Antonio Soto (caso 60); Ricardo Aroldo Coman (caso 61); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); Ana María Cossio (caso 64); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Wenceslao Quinteros (caso 67); Miguel Ángel Olea, (caso 68); Angélica Margarita Palacio (caso 69); Alicia Raquel Burdisso (caso 70); Raúl Andrés Veliz (caso 71); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas(caso 73); Juan Pablo Carballo (caso 74); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); Juan Ángel Rodríguez (caso 77); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78). Torturas agravadas, conforme art. 144 ter del CP en perjuicio de José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (caso 1); Yolanda Esther Argüello(caso 2); José Carlos Méndez (caso 4); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); María Transito Barrionuevo (caso 7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero, Reyes Alcario Romero y Bazán de Romero María del Valle (caso 8); María Cristina Bejas (caso 9); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Matías Claudio y María Cristina Verónica Pereyra (caso 13); Javier Hipólito Centurión (caso 14); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); Demetrio Ángel Chamatropulus (caso 16); Pedro Antonio y José Ramón Cerviño (caso 17); José Guetas Chebaia (caso 18); Fidel Emilio Correa (caso 19); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz (caso 21); Ismael Adriss (caso 22); Daniel Alfredo, Juan Leandro Eudaldo y José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Raúl Edgardo Elías (caso 26); Luís Alberto Gallardo (caso 28);Carlos María Gallardo (caso 29); Luisa Ana Ibáñez (caso 30); Miguel Antonio Lapetina (caso 31); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Juan Carlos Castro (caso 36); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Berta y Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas (caso 41); Wilfredo Rodríguez (caso 42); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Nélida Azucena Sosa de Forti (caso 47); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo (caso 49); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho, Eduardo Cesar Araujo y Juan Alberto Miño (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Carlos E. Petarossi (caso 55); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Víctor Hugo Elías (caso 58); Dora María Pedregosa (caso 59); Carlos Antonio Soto (caso 60); Ricardo Aroldo Coman (caso 61); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); Ana María Cossio (caso 64); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Wenceslao Quinteros (caso 67); Miguel Ángel Olea, (caso 68); Angélica Margarita Palacio (caso 69); Alicia Raquel Burdisso (caso 70); Raúl Andrés Veliz (caso 71); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas(caso 73); Juan Pablo Carballo (caso 74); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); Juan Ángel Rodríguez (caso 77); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78). Homicidio triplemente calificado conforme art. 80 incs. 2, 6 y 7 del CP en perjuicio de José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (caso 1); Yolanda Esther Argüello (caso 2); Lilia Estela Sesto, Olga del Valle Rabsium y una tercera persona no identificada (caso 3); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia (caso 5); María Transito Barrionuevo (caso7 ); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero y Reyes Alcario Romero (caso 8); María Cristina Bejas (caso 9); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Matías Claudio Pereyra (caso 13); Javier Hipólito Centurión (caso 14); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); José Guetas Chebaia (caso 18); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz (h) (caso 21); Ismael Adriss (caso 22); Juan Leandro Eudaldo, José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Luisa Ana Ibáñez (caso 30); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Juan Carlos Castro (caso 36); Berta Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas (caso 41); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Nélida Azucena Sosa de Forti (caso 47); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo (caso 49); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho y Eduardo Cesar Araujo (caso 52); Juan Carlos Ontivero (caso 53); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Víctor Hugo Elías (caso 58); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Wenceslao Quinteros (caso 67); Alicia Raquel Burdisso (caso 70); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas(caso 73); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78); todo en concurso real (art. 55 C.P.), conforme lo considerado.-

33) Respecto de MIGUEL CHUCHUY LINARES, se lo imputa como presunto autor material penalmente responsable por el delito de asociación ilícita agravada, conforme arts. 210 y 210 bis del CP y como partícipe necesario penalmente responsable de las siguientes conductas: Violación de domicilio, conforme art. 151 CP en perjuicio de Yolanda Esther Argüello (caso 2); Lilia Estela Sesto, Olga del Valle Rabsium (caso 3); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); María Transito Barrionuevo (caso 7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero, Reyes Alcario Romero y Bazán de Romero María del Valle (caso 8); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); José Guetas Chebaia (caso 18); Fidel Emilio Correa (caso 19); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz (caso 21); Daniel Alfredo, Juan Leandro Eudaldo y José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Luis Alberto y Carlos Alberto Gallardo (caso 28); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Wilfredo Rodríguez (caso 42); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho, Eduardo Cesar Araujo y Juan Alberto Miño (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Carlos E. Petarossi (caso 55); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Dora María Pedregosa (caso 59); Carlos Antonio Soto (caso 60); Ricardo Aroldo Coman (caso 61); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); Ana María Cossio (caso 64); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Miguel Ángel Olea (caso 68); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); Juan Ángel Rodríguez (caso 77); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78). Privación ilegítima de la libertad, conforme artículo 144 bis inc. 1° y 2° y último párrafo del CP - ley 14616 en perjuicio de José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (caso 1); Yolanda Esther Argüello (caso 2); José Carlos Méndez (caso 4); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); María Transito Barrionuevo (caso 7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero, Reyes Alcario Romero y Bazán de Romero María del Valle (caso 8); María Cristina Bejas (caso 9); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Matías Claudio y María Cristina Verónica Pereyra (caso 13); Javier Hipólito Centurión (caso 14); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); Demetrio Ángel Chamatropulus (caso 16); Pedro Antonio y José Ramón Cerviño (caso 17); José Guetas Chebaia (caso 18); Fidel Emilio Correa (caso 19); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz (caso 21); Ismael Adriss (caso 22); Daniel Alfredo, Juan Leandro Eudaldo y José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Raúl Edgardo Elías (caso 26); Luis Alberto y Carlos Alberto Gallardo (caso 28); Carlos María Gallardo (caso 29); Luisa Ana Ibáñez (caso 30); Miguel Antonio Lapetina (caso 31); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Juan Carlos Castro (caso 36); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Berta y Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas (caso 41); Wilfredo Rodríguez (caso 42); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Nélida Azucena Sosa de Forti (caso 47); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo (caso 49); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho, Eduardo Cesar Araujo y Juan Alberto Miño (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Carlos E. Petarossi (caso 55); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Víctor Hugo Elías (caso 58); Dora María Pedregosa (caso 59); Carlos Antonio Soto (caso 60); Ricardo Aroldo Coman (caso 61); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); Ana María Cossio (caso 64); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Wenceslao Quinteros (caso 67); Miguel Ángel Olea, (caso 68); Angélica Margarita Palacio (caso 69); Alicia Raquel Burdisso (caso 70); Raúl Andrés Veliz (caso 71); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas(caso 73); Juan Pablo Carballo (caso 74); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); Juan Ángel Rodríguez (caso 77); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78). Torturas agravadas, conforme art. 144 ter del CP en perjuicio de José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (caso 1); Yolanda Esther Argüello(caso 2); José Carlos Méndez (caso 4); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); María Transito Barrionuevo (caso 7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero, Reyes Alcario Romero y Bazán de Romero María del Valle (caso 8); María Cristina Bejas (caso 9); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Matías Claudio y María Cristina Verónica Pereyra (caso 13); Javier Hipólito Centurión (caso 14); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); Demetrio Ángel Chamatropulus (caso 16); Pedro Antonio y José Ramón Cerviño (caso 17); José Guetas Chebaia (caso 18); Fidel Emilio Correa (caso 19); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz (caso 21); Ismael Adriss (caso 22); Daniel Alfredo, Juan Leandro Eudaldo y José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Raúl Edgardo Elías (caso 26); Luís Alberto Gallardo (caso 28);Carlos María Gallardo (caso 29); Luisa Ana Ibáñez (caso 30); Miguel Antonio Lapetina (caso 31); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Juan Carlos Castro (caso 36); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Berta y Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas (caso 41); Wilfredo Rodríguez (caso 42); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Nélida Azucena Sosa de Forti (caso 47); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo (caso 49); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho, Eduardo Cesar Araujo y Juan Alberto Miño (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Carlos E. Petarossi (caso 55); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Víctor Hugo Elías (caso 58); Dora María Pedregosa (caso 59); Carlos Antonio Soto (caso 60); Ricardo Aroldo Coman (caso 61); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); Ana María Cossio (caso 64); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Wenceslao Quinteros (caso 67); Miguel Ángel Olea, (caso 68); Angélica Margarita Palacio (caso 69); Alicia Raquel Burdisso (caso 70); Raúl Andrés Veliz (caso 71); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas(caso 73); Juan Pablo Carballo (caso 74); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); Juan Ángel Rodríguez (caso 77); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78). Homicidio triplemente calificado conforme art. 80 incs. 2, 6 y 7 del CP en perjuicio de José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (caso 1); Yolanda Esther Argüello(caso 2); Lilia Estela Sesto, Olga del Valle Rabsium (caso 3); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); María Transito Barrionuevo (caso7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero y Reyes Alcario Romero (caso 8); María Cristina Bejas (caso 9); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Matías Claudio Pereyra (caso 13); Javier Hipólito Centurión (caso 14); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); José Guetas Chebaia (caso 18); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz (h) (caso 21); Ismael Adriss (caso 22); Juan Leandro Eudaldo, José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Luisa Ana Ibáñez (caso 30); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Juan Carlos Castro (caso 36); Berta Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas (caso 41); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Nélida Azucena Sosa de Forti (caso 47); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo (caso 49); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho y Eduardo Cesar Araujo (caso 52); Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Víctor Hugo Elías (caso 58); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Wenceslao Quinteros (caso 67); Alicia Raquel Burdisso (caso 70); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas(caso 73); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78); todo en concurso real (art. 55 C.P.), conforme lo considerado.-

34) Respecto de HUGO JAVIER FIGUEROA, se lo imputa como autor material penalmente responsable por el delito de asociación ilícita agravada, conforme arts. 210 y 210 bis del CP y como partícipe necesario penalmente responsable de las siguientes conductas: Violación de domicilio, conforme art. 151 CP en perjuicio de Lilia Estela Sesto, Olga del Valle Rabsium (caso 3); Gloria Constanza y Fernando Ramiro Curia (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); José Guetas Chebaia (caso 18); Francisco Rafael Díaz (caso 21); Juan Leandro Eudaldo, José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Luís Alberto Gallardo (caso 28); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Antonio Domingo Paz (caso 34); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Wilfredo Rodríguez (caso 42); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés Villegas (caso 51) Rosa del Carmen Quinteros de Viecho y Eduardo Cesar Araujo (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Carlos E. Petarossi (caso 55); Dora María Pedregosa (caso 59); Carlos Antonio Soto (caso 60); Luís Román Gerez (caso 63); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín Alarcón (caso 66); Miguel Ángel Olea, (caso 68); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Miguel Segundo Tula (caso 75). Privación ilegítima de la libertad, conforme artículo 144 bis inc. 1° y 2° y último párrafo del CP - ley 14616 en perjuicio de Juan Carlos Méndez (caso 4); Gloria Constanza y Fernando Ramiro Curia (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Javier Hipólito Centurión (caso 14); José Guetas Chebaia (caso 18); Francisco Rafael Díaz (caso 21); Juan Leandro Eudaldo, José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Raúl Edgardo Elías (caso 26); Luís Alberto Gallardo (caso 28); Carlos María Gallardo (caso 29); Miguel Antonio Lapetina (caso 31); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Antonio Domingo Paz (caso 34); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Berta y Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Wilfredo Rodríguez (caso 42); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo (caso 49); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho y Eduardo Cesar Araujo (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Carlos E. Petarossi (caso 55); Víctor Hugo Elías (caso 58); Dora María Pedregosa (caso 59); Carlos Antonio Soto (caso 60); Ricardo Aroldo Coman (caso 61); Luís Román Gerez (caso 63); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín Alarcón (caso 66); Miguel Ángel Olea, Angélica Margarita Palacio (caso 69); Raúl Andrés Veliz (caso 71); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas(caso 73); Juan Pablo Carballo (caso 74); Miguel Segundo Tula (caso 75). Torturas agravadas, conforme art. 144 ter del CP en perjuicio de Juan Carlos Méndez (caso 4); Gloria Constanza y Fernando Ramiro Curia (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Javier Hipólito Centurión (caso 14); José Guetas Chebaia (caso 18); Francisco Rafael Díaz (caso 21); Juan Leandro Eudaldo, José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Raúl Edgardo Elías (caso 26); Luís Alberto Gallardo (caso 28); Carlos María Gallardo (caso 29); Miguel Antonio Lapetina (caso 31); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Antonio Domingo Paz (caso 34); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Berta y Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Wilfredo Rodríguez (caso 42); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo (caso 49); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés Villegas (caso 51) ; Rosa del Carmen Quinteros de Viecho y Eduardo Cesar Araujo (caso 52) ; Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Carlos E. Petarossi (caso 55); Víctor Hugo Elías (caso 58); Dora María Pedregosa (caso 59); Carlos Antonio Soto (caso 60); Ricardo Aroldo Coman (caso 61); Luís Román Gerez (caso 63); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín Alarcón (caso 66); Miguel Ángel Olea, (caso 68); Angélica Margarita Palacio (caso 69); Raúl Andrés Veliz (caso 71); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas(caso 73); Juan Pablo Carballo (caso 74); Miguel Segundo Tula (caso 75). Homicidio triplemente calificado conforme art. 80 incs. 2, 6 y 7 del CP en perjuicio de Lilia Estela Sesto, Olga del Valle Rabsium (caso 3); Gloria Constanza y Fernando Ramiro Curia (caso 5); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Javier Hipólito Centurión (caso 14); José Guetas Chebaia (caso 18); Francisco Rafael Díaz (h) (caso 21); Juan Leandro Eudaldo, José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Antonio Domingo Paz (caso 34); Berta Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo (caso 49); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho y Eduardo Cesar Araujo (caso 52); Juan Carlos Ontivero (caso 53); Víctor Hugo Elías (caso 58); Luís Román Gerez (caso 63); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín Alarcón (caso 66); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas (caso 73); Miguel Segundo Tula (caso 75); todo en concurso real (art. 55 C.P.), conforme lo considerado.-

35) Respecto de OSCAR HUMBERTO GÓMEZ, se lo imputa como presunto autor material penalmente responsable por el delito de asociación ilícita agravada, conforme arts. 210 y 210 bis del CP y como partícipe necesario penalmente responsable de las siguientes conductas: Violación de domicilio, conforme art. 151 CP en perjuicio de José Gabriel Agüero y Yolanda Esther Arguello (caso 2); Lilia Estela Sesto, Olga del Valle Rabsium (caso 3) Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); María Transito Barrionuevo (caso 7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero, Reyes Alcario Romero y Bazán de Romero María del Valle (caso 8); (caso 15); José Guetas Chebaia (caso 18); Fidel Emilio Correa (caso 19); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz (caso 21); Daniel Alfredo, Juan Leandro Eudaldo y José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Luís Alberto Gallardo (caso 28); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Carlos Moisés Núñez (caso 35); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Wilfredo Rodríguez (caso 42); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Domingo Nicolás Romano (caso 44); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho, Eduardo Cesar Araujo y Juan Alberto Miño (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Carlos E. Petarossi (caso 55); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Carlos Antonio Soto (caso 60); Ricardo Aroldo y Ramon Antonio Coman (caso 61); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); Ana María Cossio (caso 64); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Miguel Ángel Olea, (caso 68); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Miguel Segundo Tula (caso 75); Juan Ángel Rodríguez (caso 77); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78). Privación ilegítima de la libertad, conforme artículo 144 bis inc. 1° y 2° y último párrafo del CP - ley 14616 en perjuicio de José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (caso 1); Yolanda Esther Argüello(caso 2); José Carlos Méndez (caso 4); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); María Transito Barrionuevo (caso 7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero, Reyes Alcario Romero y Bazán de Romero María del Valle (caso 8); María Cristina Bejas (caso 9); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Juan Ignacio Cativa (caso 12); Matías Claudio y María Cristina Verónica Pereyra (caso 13); Javier Hipólito Centurión (caso 14); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); Demetrio Ángel Chamatropulus (caso 16); Pedro Antonio y José Ramón Cerviño (caso 17); José Guetas Chebaia (caso 18); Fidel Emilio Correa (caso 19); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz y Francisco Rafael Díaz (h) (caso 21); Ismael Adriss (caso 22); Daniel Alfredo, Juan Leandro Eudaldo y José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Raúl Edgardo Elías (caso 26); Luís Alberto Gallardo (caso 28);Carlos María Gallardo (caso 29); Luisa Ana Ibáñez (caso 30); Miguel Antonio Lapetina (caso 31); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Carlos Moisés Núñez (caso 35); Juan Carlos Castro (caso 36); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Berta y Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas (caso 41); Wilfredo Rodríguez (caso 42); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Domingo Nicolás Romano (caso 44); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Nélida Azucena Sosa de Forti (caso 47); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo (caso 49); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho, Eduardo Cesar Araujo y Juan Alberto Miño (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Carlos E. Petarossi (caso 55); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Víctor Hugo Elías (caso 58); Dora María Pedregosa (caso 59); Carlos Antonio Soto (caso 60); Ricardo Aroldo y Ramon Antonio Coman (caso 61); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); Ana María Cossio (caso 64); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Wenceslao Quinteros (caso 67); Miguel Ángel Olea, (caso 68); Angélica Margarita Palacio (caso 69); Alicia Raquel Burdisso (caso 70); Raúl Andrés Veliz (caso 71); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas(caso 73); Juan Pablo Carballo (caso 74); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); Juan Ángel Rodríguez (caso 77); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78). Torturas agravadas, conforme art. 144 ter del CP en perjuicio de José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (caso 1); Yolanda Esther Argüello(caso 2); José Carlos Méndez (caso 4); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); María Transito Barrionuevo (caso 7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero, Reyes Alcario Romero y Bazán de Romero María del Valle (caso 8); María Cristina Bejas (caso 9); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Juan Ignacio Cativa (caso 12); Matías Claudio y María Cristina Verónica Pereyra (caso 13); Javier Hipólito Centurión (caso 14); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); Demetrio Ángel Chamatropulus (caso 16); Pedro Antonio y José Ramón Cerviño (caso 17); José Guetas Chebaia (caso 18); Fidel Emilio Correa (caso 19); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz y Francisco Rafael Díaz (h) (caso 21); Ismael Adriss (caso 22); Daniel Alfredo, Juan Leandro Eudaldo y José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Raúl Edgardo Elías (caso 26); Luís Alberto Gallardo (caso 28);Carlos María Gallardo (caso 29); Luisa Ana Ibáñez (caso 30); Miguel Antonio Lapetina (caso 31); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Carlos Moisés Núñez (caso 35); Juan Carlos Castro (caso 36); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Berta y Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas (caso 41); Wilfredo Rodríguez (caso 42); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Domingo Nicolás Romano (caso 44); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Nélida Azucena Sosa de Forti (caso 47); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo (caso 49); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho, Eduardo Cesar Araujo y Juan Alberto Miño (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Carlos E. Petarossi (caso 55); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Víctor Hugo Elías (caso 58); Dora María Pedregosa (caso 59); Carlos Antonio Soto (caso 60); Ricardo Aroldo y Ramon Antonio Coman (caso 61); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); Ana María Cossio (caso 64); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Wenceslao Quinteros (caso 67); Miguel Ángel Olea, (caso 68); Angélica Margarita Palacio (caso 69); Alicia Raquel Burdisso (caso 70); Raúl Andrés Veliz (caso 71); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas(caso 73); Juan Pablo Carballo (caso 74); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); Juan Ángel Rodríguez (caso 77); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78). Homicidio triplemente calificado conforme art. 80 incs. 2, 6 y 7 del CP en perjuicio de José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (caso 1) ; Yolanda Esther Argüello(caso 2); Lilia Estela Sesto, Olga del Valle Rabsium (caso 3); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); María Transito Barrionuevo (caso7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero y Reyes Alcario Romero (caso 8); María Cristina Bejas (caso 9); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Matías Claudio Pereyra (caso 13); Javier Hipólito Centurión (caso 14); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); José Guetas Chebaia (caso 18); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz (h) (caso 21); Ismael Adriss (caso 22); Juan Leandro Eudaldo, José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Luisa Ana Ibáñez (caso 30); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Juan Carlos Castro (caso 36); Berta Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas (caso 41); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Domingo Nicolás Romano (caso 44); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Nélida Azucena Sosa de Forti (caso 47); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo (caso 49); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho y Eduardo Cesar Araujo (caso 52); Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Víctor Hugo Elías (caso 58); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Wenceslao Quinteros (caso 67); Alicia Raquel Burdisso (caso 70); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas(caso 73); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78); todo en concurso real (art. 55 C.P.), conforme lo considerado.-

36) Respecto de FÉLIX INSAURRALDE, se lo imputa como presunto autor material penalmente responsable por el delito de asociación ilícita agravada, conforme arts. 210 y 210 bis del CP y como partícipe necesario penalmente responsable de las siguientes conductas: Violación de domicilio, conforme art. 151 CP en perjuicio de Yolanda Esther Argüello (caso 2); Lilia Estela Sesto, Olga del Valle Rabsium (caso 3); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); María Transito Barrionuevo (caso 7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero, Reyes Alcario Romero y Bazán de Romero María del Valle (caso 8); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); José Guetas Chebaia (caso 18); Fidel Emilio Correa (caso 19); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz (caso 21); Daniel Alfredo, Juan Leandro Eudaldo y José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Luís Alberto Gallardo (caso 28); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Wilfredo Rodríguez (caso 42); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho, Eduardo Cesar Araujo y Juan Alberto Miño (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Dora María Pedregosa (caso 59); Carlos Antonio Soto (caso 60); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); Ana María Cossio (caso 64); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Miguel Ángel Olea, (caso 68); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Miguel Segundo Tula (caso 75); Juan Ángel Rodríguez (caso 77); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78).. Privación ilegítima de la libertad, conforme artículo 144 bis inc. 1° y 2° y último párrafo del CP -ley 14616 en perjuicio de José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (caso 1); Yolanda Esther Argüello(caso 2); José Carlos Méndez (caso 4); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); María Transito Barrionuevo (caso 7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero, Reyes Alcario Romero y Bazán de Romero María del Valle (caso 8); María Cristina Bejas (caso 9); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Matías Claudio y María Cristina Verónica Pereyra (caso 13); Javier Hipólito Centurión (caso 14); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); Demetrio Ángel Chamatropulus (caso 16); Pedro Antonio y José Ramón Cerviño (caso 17); José Guetas Chebaia (caso 18); Fidel Emilio Correa (caso 19); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz (caso 21); Ismael Adriss (caso 22); Daniel Alfredo, Juan Leandro Eudaldo y José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Raúl Edgardo Elías (caso 26); Luís Alberto Gallardo (caso 28);Carlos María Gallardo (caso 29); Luisa Ana Ibáñez (caso 30); Miguel Antonio Lapetina (caso 31); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Juan Carlos Castro (caso 36); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Berta y Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas (caso 41); Wilfredo Rodríguez (caso 42); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Nélida Azucena Sosa de Forti (caso 47); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo (caso 49); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho, Eduardo Cesar Araujo y Juan Alberto Miño (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Carlos E. Petarossi (caso 55); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Dora María Pedregosa (caso 59); Carlos Antonio Soto (caso 60); Ricardo Aroldo Coman (caso 61); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); Ana María Cossio (caso 64); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Wenceslao Quinteros (caso 67); Miguel Ángel Olea, (caso 68); Angélica Margarita Palacio (caso 69); Alicia Raquel Burdisso (caso 70); Raúl Andrés Veliz (caso 71); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas(caso 73); Juan Pablo Carballo (caso 74); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); Juan Ángel Rodríguez (caso 77); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78). Torturas agravadas, conforme art. 144 ter del CP en perjuicio de José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (caso 1); Yolanda Esther Argüello(caso 2); José Carlos Méndez (caso 4); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); María Transito Barrionuevo (caso 7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero, Reyes Alcario Romero y Bazán de Romero María del Valle (caso 8); María Cristina Bejas (caso 9); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Matías Claudio y María Cristina Verónica Pereyra (caso 13); Javier Hipólito Centurión (caso 14); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); Demetrio Ángel Chamatropulus (caso 16); Pedro Antonio y José Ramón Cerviño (caso 17); José Guetas Chebaia (caso 18); Fidel Emilio Correa (caso 19); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz (caso 21); Ismael Adriss (caso 22); Daniel Alfredo, Juan Leandro Eudaldo y José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Raúl Edgardo Elías (caso 26); Luís Alberto Gallardo (caso 28);Carlos María Gallardo (caso 29); Luisa Ana Ibáñez (caso 30); Miguel Antonio Lapetina (caso 31); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Juan Carlos Castro (caso 36); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Berta y Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas (caso 41); Wilfredo Rodríguez (caso 42); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Nélida Azucena Sosa de Forti (caso 47); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo (caso 49); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho, Eduardo Cesar Araujo y Juan Alberto Miño (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Carlos E. Petarossi (caso 55); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Dora María Pedregosa (caso 59); Carlos Antonio Soto (caso 60); Ricardo Aroldo Coman (caso 61); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); Ana María Cossio (caso 64); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Wenceslao Quinteros (caso 67); Miguel Ángel Olea, (caso 68); Angélica Margarita Palacio (caso 69); Alicia Raquel Burdisso (caso 70); Raúl Andrés Veliz (caso 71); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas(caso 73); Juan Pablo Carballo (caso 74); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); Juan Ángel Rodríguez (caso 77); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78). Homicidio triplemente calificado conforme art. 80 incs. 2, 6 y 7 del CP en perjuicio de José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (caso 1) ; Yolanda Esther Argüello(caso 2); Lilia Estela Sesto, Olga del Valle Rabsium (caso 3); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); María Transito Barrionuevo (caso7 ); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero y Reyes Alcario Romero (caso 8); María Cristina Bejas (caso 9); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Matías Claudio Pereyra (caso 13); Javier Hipólito Centurión (caso 14); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); José Guetas Chebaia (caso 18); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz (h) (caso 21); Ismael Adriss (caso 22); Juan Leandro Eudaldo, José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Luisa Ana Ibáñez (caso 30); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Juan Carlos Castro (caso 36); Berta Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas (caso 41); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Nélida Azucena Sosa de Forti (caso 47); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo (caso 49); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho y Eduardo Cesar Araujo (caso 52); Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Wenceslao Quinteros (caso 67); Alicia Raquel Burdisso (caso 70); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas (caso 73); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78); todo en concurso real (art. 55 C.P.), conforme lo considerado.-

37) Respecto de PEDRO JOAQUÍN PASTERIS, se lo imputa como presunto autor material penalmente responsable por el delito de asociación ilícita agravada, conforme arts. 210 y 210 bis del CP y como partícipe necesario penalmente responsable de las siguientes conductas: Violación de domicilio, conforme art. 151 CP en perjuicio de Yolanda Esther Argüello (caso 2); Lilia Estela Sesto, Olga del Valle Rabsium (caso 3); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); María Transito Barrionuevo (caso 7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero, Reyes Alcario Romero y Bazán de Romero María del Valle (caso 8); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); José Guetas Chebaia (caso 18); Fidel Emilio Correa (caso 19); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz (caso 21); Daniel Alfredo, Juan Leandro Eudaldo y José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Luís Alberto Gallardo (caso 28); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Wilfredo Rodríguez (caso 42); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Domingo Nicolás Romano (caso 44); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho, Eduardo Cesar Araujo y Juan Alberto Miño (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Carlos E. Petarossi (caso 55); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Dora María Pedregosa (caso 59); Carlos Antonio Soto (caso 60); Ricardo Aroldo Coman (caso 61); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); Ana María Cossio (caso 64); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Miguel Ángel Olea, (caso 68); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Miguel Segundo Tula (caso 75); Juan Ángel Rodríguez (caso 77); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78). Privación ilegítima de la libertad, conforme artículo 144 bis inc. 1° y 2° y último párrafo del CP - ley 14616 en perjuicio de José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (caso 1); Yolanda Esther Argüello(caso 2); Lilia Estela Sesto, Olga del Valle Rabsium (caso 3); José Carlos Méndez (caso 4); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); María Transito Barrionuevo (caso 7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero, Reyes Alcario Romero y Bazán de Romero María del Valle (caso 8); María Cristina Bejas (caso 9); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Juan Ignacio Cativa (caso 12); Matías Claudio y María Cristina Verónica Pereyra (caso 13); Javier Hipólito Centurión (caso 14); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); Demetrio Ángel Chamatropulus (caso 16); Pedro Antonio y José Ramón Cerviño (caso 17); José Guetas Chebaia (caso 18); Fidel Emilio Correa (caso 19); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz y Francisco Rafael Díaz (h) (caso 21); Ismael Adriss (caso 22); Daniel Alfredo, Juan Leandro Eudaldo y José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Raúl Edgardo Elías (caso 26); Luís Alberto Gallardo (caso 28);Carlos María Gallardo (caso 29); Luisa Ana Ibáñez (caso 30); Miguel Antonio Lapetina (caso 31); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Juan Carlos Castro (caso 36); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Berta y Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas (caso 41); Wilfredo Rodríguez (caso 42); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Domingo Nicolás Romano (caso 44); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Nélida Azucena Sosa de Forti (caso 47); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo (caso 49); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho, Eduardo Cesar Araujo y Juan Alberto Miño (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Carlos E. Petarossi (caso 55); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Luís Alberto Barrionuevo (caso 57); Víctor Hugo Elías (caso 58); Dora María Pedregosa (caso 59); Carlos Antonio Soto (caso 60); Ricardo Aroldo Coman (caso 61); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); Ana María Cossio (caso 64); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Wenceslao Quinteros (caso 67); Miguel Ángel Olea (caso 68); Angélica Margarita Palacio (caso 69); Alicia Raquel Burdisso (caso 70); Raúl Andrés Veliz (caso 71); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas(caso 73); Juan Pablo Carballo (caso 74); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); Juan Ángel Rodríguez (caso 77); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78). Torturas agravadas, conforme art. 144 ter del CP en perjuicio de José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (caso 1); Yolanda Esther Argüello(caso 2); José Carlos Méndez (caso 4); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); María Transito Barrionuevo (caso 7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero, Reyes Alcario Romero y Bazán de Romero María del Valle (caso 8); María Cristina Bejas (caso 9); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Juan Ignacio Cativa (caso 12); Matías Claudio y María Cristina Verónica Pereyra (caso 13); Javier Hipólito Centurión (caso 14); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); Demetrio Ángel Chamatropulus (caso 16); Pedro Antonio y José Ramón Cerviño (caso 17); José Guetas Chebaia (caso 18); Fidel Emilio Correa (caso 19); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz y Francisco Rafael Díaz (h) (caso 21); Ismael Adriss (caso 22); Daniel Alfredo, Juan Leandro Eudaldo y José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Raúl Edgardo Elías (caso 26); Luís Alberto Gallardo (caso 28);Carlos María Gallardo (caso 29); Luisa Ana Ibáñez (caso 30); Miguel Antonio Lapetina (caso 31); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Juan Carlos Castro (caso 36); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Berta y Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas (caso 41); Wilfredo Rodríguez (caso 42); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Domingo Nicolás Romano (caso 44); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Nélida Azucena Sosa de Forti (caso 47); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo (caso 49); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho, Eduardo Cesar Araujo y Juan Alberto Miño (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Carlos E. Petarossi (caso 55); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Luís Alberto Barrionuevo (caso 57); Víctor Hugo Elías (caso 58); Dora María Pedregosa (caso 59); Carlos Antonio Soto (caso 60); Ricardo Aroldo Coman (caso 61); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); Ana María Cossio (caso 64); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Wenceslao Quinteros (caso 67); Miguel Ángel Olea, (caso 68); Angélica Margarita Palacio (caso 69); Alicia Raquel Burdisso (caso 70); Raúl Andrés Veliz (caso 71); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas(caso 73); Juan Pablo Carballo (caso 74); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); Juan Ángel Rodríguez (caso 77); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78). Homicidio triplemente calificado conforme art. 80 incs. 2, 6 y 7 del CP en perjuicio de José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (caso 1); Yolanda Esther Argüello(caso 2); Lilia Estela Sesto, Olga del Valle Rabsium (caso 3); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); María Transito Barrionuevo (caso7 ); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero y Reyes Alcario Romero (caso 8); María Cristina Bejas (caso 9); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Matías Claudio Pereyra (caso 13); Javier Hipólito Centurión (caso 14); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); José Guetas Chebaia (caso 18); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz (h) (caso 21); Ismael Adriss (caso 22); Juan Leandro Eudaldo, José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Luisa Ana Ibáñez (caso 30); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Juan Carlos Castro (caso 36); Berta Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas (caso 41); Domingo Nicolás Romano (caso 44); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Nélida Azucena Sosa de Forti (caso 47); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo (caso 49); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho y Eduardo Cesar Araujo (caso 52); Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Víctor Hugo Elías (caso 58); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Wenceslao Quinteros (caso 67); Alicia Raquel Burdisso (caso 70); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas(caso 73); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78); todo en concurso real (art. 55 C.P.), conforme lo considerado.-

38) Respecto de GUILLERMO AGUSTÍN UGARTE, se lo imputa como presunto autor material penalmente responsable por el delito de asociación ilícita agravada, conforme arts. 210 y 210 bis del CP y como partícipe necesario penalmente responsable de las siguientes conductas: Violación de domicilio, conforme art. 151 CP en perjuicio de José Gabriel Agüero y Yolanda Esther Argüello(caso 2); Lilia Estela Sesto, Olga del Valle Rabsium (caso 3) Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); María Transito Barrionuevo (caso 7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero, Reyes Alcario Romero y Bazán de Romero María del Valle (caso 8); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); José Guetas Chebaia (caso 18); Fidel Emilio Correa (caso 19); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz (caso 21); Daniel Alfredo, Juan Leandro Eudaldo y José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Luís Alberto Gallardo (caso 28); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Wilfredo Rodríguez (caso 42); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Domingo Nicolás Romano (caso 44); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho, Eduardo Cesar Araujo y Juan Alberto Miño (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Dora María Pedregosa (caso 59); Carlos Antonio Soto (caso 60); Ricardo Aroldo Coman (caso 61); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); Ana María Cossio (caso 64); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Miguel Ángel Olea, (caso 68); Miguel Segundo Tula (caso 75); Juan Ángel Rodríguez (caso 77); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78). Privación ilegítima de la libertad, conforme artículo 144 bis inc. 1° y 2° y último párrafo del CP - ley 14616 en perjuicio de José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (caso 1); Yolanda Esther Argüello(caso 2); José Carlos Méndez (caso 4); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); María Transito Barrionuevo (caso 7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero, Reyes Alcario Romero y Bazán de Romero María del Valle (caso 8); María Cristina Bejas (caso 9); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Juan Ignacio Cativa (caso 12); Matías Claudio y María Cristina Verónica Pereyra (caso 13); Javier Hipólito Centurión (caso 14); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); Demetrio Ángel Chamatropulus (caso 16); Pedro Antonio y José Ramón Cerviño (caso 17); José Guetas Chebaia (caso 18); Fidel Emilio Correa (caso 19); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz y Francisco Rafael Díaz (h) (caso 21); Ismael Adriss (caso 22); Daniel Alfredo, Juan Leandro Eudaldo y José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Raúl Edgardo Elías (caso 26); Luís Alberto Gallardo (caso 28);Carlos María Gallardo (caso 29); Luisa Ana Ibáñez (caso 30); Miguel Antonio Lapetina (caso 31); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Juan Carlos Castro (caso 36); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Berta y Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas (caso 41); Wilfredo Rodríguez (caso 42); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Domingo Nicolás Romano (caso 44); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Nélida Azucena Sosa de Forti (caso 47); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho, Eduardo Cesar Araujo y Juan Alberto Miño (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Carlos E. Petarossi (caso 55); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Víctor Hugo Elías (caso 58); Dora María Pedregosa (caso 59); Carlos Antonio Soto (caso 60); Ricardo Aroldo Coman (caso 61); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); Ana María Cossio (caso 64); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Wenceslao Quinteros (caso 67); Miguel Ángel Olea, (caso 68); Angélica Margarita Palacio (caso 69); Alicia Raquel Burdisso (caso 70); Raúl Andrés Veliz (caso 71); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas(caso 73); Juan Pablo Carballo (caso 74); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); Juan Ángel Rodríguez (caso 77); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78). Torturas agravadas, conforme art. 144 ter del CP en perjuicio de José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (caso 1); Yolanda Esther Argüello(caso 2); José Carlos Méndez (caso 4); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); María Transito Barrionuevo (caso 7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero, Reyes Alcario Romero y Bazán de Romero María del Valle (caso 8); María Cristina Bejas (caso 9); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Juan Ignacio Cativa (caso 12); Matías Claudio y María Cristina Verónica Pereyra (caso 13); Javier Hipólito Centurión (caso 14); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); Demetrio Ángel Chamatropulus (caso 16); Pedro Antonio y José Ramón Cerviño (caso 17); José Guetas Chebaia (caso 18); Fidel Emilio Correa (caso 19); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz y Francisco Rafael Díaz (h) (caso 21); Ismael Adriss (caso 22); Daniel Alfredo, Juan Leandro Eudaldo y José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Raúl Edgardo Elías (caso 26); Luís Alberto Gallardo (caso 28);Carlos María Gallardo (caso 29); Luisa Ana Ibáñez (caso 30); Miguel Antonio Lapetina (caso 31); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Juan Carlos Castro (caso 36); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Berta y Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas (caso 41); Wilfredo Rodríguez (caso 42); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Domingo Nicolás Romano (caso 44); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Nélida Azucena Sosa de Forti (caso 47); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho, Eduardo Cesar Araujo y Juan Alberto Miño (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Carlos E. Petarossi (caso 55); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Víctor Hugo Elías (caso 58); Dora María Pedregosa (caso 59); Carlos Antonio Soto (caso 60); Ricardo Aroldo Coman (caso 61); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); Ana María Cossio (caso 64); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Wenceslao Quinteros (caso 67); Miguel Ángel Olea, (caso 68); Angélica Margarita Palacio (caso 69); Alicia Raquel Burdisso (caso 70); Raúl Andrés Veliz (caso 71); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas(caso 73); Juan Pablo Carballo (caso 74); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); Juan Ángel Rodríguez (caso 77); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78). Homicidio triplemente calificado conforme art. 80 incs. 2, 6 y 7 del CP en perjuicio de José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (caso 1) ; Yolanda Esther Argüello(caso 2); Lilia Estela Sesto, Olga del Valle Rabsium (caso 3); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); María Transito Barrionuevo (caso7 ); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero y Reyes Alcario Romero (caso 8); María Cristina Bejas (caso 9); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Matías Claudio Pereyra (caso 13); Javier Hipólito Centurión (caso 14); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); José Guetas Chebaia (caso 18); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz (h) (caso 21); Ismael Adriss (caso 22); Juan Leandro Eudaldo, José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Luisa Ana Ibáñez (caso 30); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Juan Carlos Castro (caso 36); Berta Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas (caso 41); Domingo Nicolás Romano (caso 44); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Nélida Azucena Sosa de Forti (caso 47); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho y Eduardo Cesar Araujo (caso 52); Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Víctor Hugo Elías (caso 58); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Luís Román Gerez (caso 63); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Wenceslao Quinteros (caso 67); Alicia Raquel Burdisso (caso 70); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas(caso 73); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78); todo en concurso real (art. 55 C.P.), conforme lo considerado.-

39) Respecto de ANTONIO ESTEBAN VERCELLONE, se lo imputa como presunto autor material penalmente responsable por el delito de asociación ilícita agravada, conforme arts. 210 y 210 bis del CP y como partícipe necesario penalmente responsable de las siguientes conductas: Violación de domicilio, conforme art. 151 CP en perjuicio de Yolanda Esther Arguello (caso 2); Lilia Estela Sesto, Olga del Valle Rabsium (caso 3); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); María Transito Barrionuevo (caso 7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero, Reyes Alcario Romero y Bazán de Romero María del Valle (caso 8); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); José Guetas Chebaia (caso 18); Fidel Emilio Correa (caso 19); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz (caso 21); Daniel Alfredo, Juan Leandro Eudaldo y José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Wilfredo Rodríguez (caso 42); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Domingo Nicolás Romano (caso 44); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho, Eduardo Cesar Araujo y Juan Alberto Miño (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54 Raúl Gustavo Santillán (caso 56); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Ana María Cossio (caso 64); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Ángel Rodríguez (caso 77); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78). Privación ilegítima de la libertad, conforme artículo 144 bis inc. 1° y 2° y último párrafo del CP -ley 14616 en perjuicio de José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (caso 1); Yolanda Esther Argüello (caso 2);; José Carlos Méndez (caso 4); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); María Transito Barrionuevo (caso 7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero, Reyes Alcario Romero y Bazán de Romero María del Valle (caso 8); María Cristina Bejas (caso 9); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Juan Ignacio Cativa (caso 12); Matías Claudio y María Cristina Verónica Pereyra (caso 13); Javier Hipólito Centurión (caso 14); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); Demetrio Ángel Chamatropulus (caso 16); Pedro Antonio y José Ramón Cerviño (caso 17); José Guetas Chebaia (caso 18); Fidel Emilio Correa (caso 19); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz y Francisco Rafael Díaz (h) (caso 21); Ismael Adriss (caso 22); Daniel Alfredo, Juan Leandro Eudaldo y José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Raúl Edgardo Elías (caso 26); Carlos María Gallardo (caso 29); Luisa Ana Ibáñez (caso 30); Miguel Antonio Lapetina (caso 31); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Juan Carlos Castro (caso 36); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Berta y Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas (caso 41); Wilfredo Rodríguez (caso 42); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Domingo Nicolás Romano (caso 44); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Nélida Azucena Sosa de Forti (caso 47); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo (caso 49); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho, Eduardo Cesar Araujo y Juan Alberto Miño (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Carlos E. Petarossi (caso 55); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Víctor Hugo Elías (caso 58); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Ana María Cossio (caso 64); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Wenceslao Quinteros (caso 67); Alicia Raquel Burdisso (caso 70); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas(caso 73); Juan Pablo Carballo (caso 74); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); Juan Ángel Rodríguez (caso 77); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78). Torturas agravadas, conforme art. 144 ter del CP en perjuicio de José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (caso 1); Yolanda Esther Argüello(caso 2); José Carlos Méndez (caso 4); Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); Pablo Benito Brito (caso 6); María Transito Barrionuevo (caso 7); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero, Reyes Alcario Romero y Bazán de Romero María del Valle (caso 8); María Cristina Bejas (caso 9); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Juan Ignacio Cativa (caso 12); Matías Claudio y María Cristina Verónica Pereyra (caso 13); Javier Hipólito Centurión (caso 14); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); Demetrio Ángel Chamatropulus (caso 16); Pedro Antonio y José Ramón Cerviño (caso 17); José Guetas Chebaia (caso 18); Fidel Emilio Correa (caso 19); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz y Francisco Rafael Díaz (h) (caso 21); Ismael Adriss (caso 22); Daniel Alfredo, Juan Leandro Eudaldo y José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Raúl Edgardo Elías (caso 26); Carlos María Gallardo (caso 29); Luisa Ana Ibáñez (caso 30); Miguel Antonio Lapetina (caso 31); Francisco Eudoro Lazarte (caso 32); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Juan Carlos Castro (caso 36); Salvador Leocadio Navarro (caso 37); Berta y Carlos Severino Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas (caso 41); Wilfredo Rodríguez (caso 42); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Domingo Nicolás Romano (caso 44); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Nélida Azucena Sosa de Forti (caso 47); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo (caso 49); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho, Eduardo Cesar Araujo y Juan Alberto Miño (caso 52); Justo Francisco y Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Carlos E. Petarossi (caso 55); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Víctor Hugo Elías (caso 58); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62); Ana María Cossio (caso 64); José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Wenceslao Quinteros (caso 67); Alicia Raquel Burdisso (caso 70); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas(caso 73); Juan Pablo Carballo (caso 74); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); Juan Ángel Rodríguez (caso 77); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78). Homicidio triplemente calificado conforme art. 80 incs. 2, 6 y 7 del CP en perjuicio de José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (caso 1) ; Yolanda Esther Argüello(caso 2); Lilia Estela Sesto, Olga del Valle Rabsium; Gloria Constanza, Fernando Ramiro Curia y Víctor Daniel Moreira (caso 5); María Transito Barrionuevo (caso7 ); Roberto Lucio Valenzuela, Raúl René Romero y Reyes Alcario Romero (caso 8); María Cristina Bejas (caso 9); Elda Leonor Calabró (caso 10); Juan Manuel Carrizo (caso 11); Matías Claudio Pereyra (caso 13); Javier Hipólito Centurión (caso 14); Carlos Oscar Jiménez (caso 15); José Guetas Chebaia (caso 18); Pedro Guillermo Corroto (caso 20); Francisco Rafael Díaz (h) (caso 21); Ismael Adriss (caso 22); Juan Leandro Eudaldo, José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz (caso 23); Manuela Margarita Díaz (caso 24); Víctor Felipe Egloff (caso 25); Luisa Ana Ibáñez (caso 30); Ricardo Daniel Somaini (caso 33); Antonio Domingo Paz (caso 34); Juan Carlos Castro (caso 36); Berta Soldati (caso 38); José Manuel Rodríguez (caso 39); Humberto Rubén Ponce (caso 40); Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luís Salinas (caso 41); Domingo Nicolás Romano (caso 44); José Dalmiro y Luis Rojas (caso 43); Arturo Alberto Lescano (caso 45); María Esther Silva (caso 46); Nélida Azucena Sosa de Forti (caso 47); Dr. Rubén Lindor Tártalo (caso 48); Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Toledo (caso 49); Héctor Gerardo Tula (caso 50); Aída Inés y Jorge Villegas (caso 51); Rosa del Carmen Quinteros de Viecho y Eduardo Cesar Araujo (caso 52); Juan Carlos Ontivero (caso 53); Horacio Marcelo Ponce (caso 54); Raúl Gustavo Santillán (caso 56); Víctor Hugo Elías (caso 58); María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna (caso 62);; José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo (caso 65); Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón (caso 66); Wenceslao Quinteros (caso 67); Alicia Raquel Burdisso (caso 70); Manuel Antonio Tártalo (caso 72); Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas (caso 73); Miguel Segundo Tula (caso 75); Enrique Aurelio Campos (caso 76); José Eduardo Ojeda Sierra (caso 78); todo en concurso real (art. 55 C.P.), conforme lo considerado.-

40) Respecto de LUIS ARMANDO DE CANDIDO, LE N° 6.384.062, se lo imputa como presunto autor material en la comisión del delito de torturas agravadas en perjuicio a Raúl Edgardo Elías, del delito de privación ilegítima de la libertad en perjuicio de Eduardo César Araujo (Expte. n° 350/06 y n° 400.452/09), y del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP); y como presunto partícipe en la comisión de los delitos de: (i) Violación de domicilio (art. 151 del CP) en perjuicio de: Díaz, Francisco Rafael; Comán, Ramón Antonio; Comán, Ricardo Aroldo; Lescano, Arturo Alberto; Díaz, Daniel Alfredo; Gerez, Luis Román; Rabsium Olga del Valle; Sesto, Lilia Estela; Curia, Gloria Constanza; Curia, Fernando Ramiro; Véliz Raúl Andrés; Chebaia, José Guetas; Macor de Díaz, Susana; Díaz; Díaz, José Americo (cuqui); Elías, Raúl Edgardo; Lapetina, Miguel Antonio; Rodríguez, José Manuel; Paz, Antonio Domingo; Soldati, Carlos Severino; Ontivero, Juan Carlos; Ontivero, Justo Francisco (15 años); Pedregosa, Dora María; Racedo, José Inocencio; Santos Ochoa de Racedo, Alcira; Rodríguez, Wilfredo; Villegas Jorge; Villegas Aida Ines; Silva, María Esther; Soto, Carlos Antonio; Tula, Miguel Segundo; Tula, Héctor Gerardo; Ponce, Humberto Rubén; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Bazán de Romero María del Valle; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Jiménez, Carlos Oscar; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Cossio, Ana María; Egloff, Victor Felipe; Rodríguez, Juan Angel; Somaini, Ricardo Daniel; Lazarte, Francisco Eudoro; Santillán, Gustavo Raúl; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis; Ponce, Horacio Marcelo; (ii) Privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis inciso 1 ley 14616) en perjuicio de Díaz, Francisco Rafael;; Comán, Ramón Antonio; Comán, Ricardo Aroldo; Lescano, Arturo Alberto; Díaz, Daniel Alfredo; Gerez, Luis Román; Alarcón Pedro Antonio; Alarcón, Justo Agustín (h); Chamas, José Rafael; Andrada, Juan Carlos; Petarossi, Carlos Ernesto; Quinteros de Viecho, Rosa; Miño, Juan Alberto; Araujo, Eduardo Cesar; Moreira, Victor Raúl; Curia, Gloria Constanza; Curia, Fernando Ramiro; Brito, Pablo Benito; Véliz Raúl Andrés; Chebaia, José Guetas; Calabró, Elda Leonor; Centurión, Javier Hipólito; Macor de Díaz, Susana; Díaz, Juan Leandro (parche); Díaz, José Americo (cuqui); Carrizo, Juan Manuel; Elías, Raúl Edgardo; Mendéz, José Carlos; Lapetina, Miguel Antonio; Elías, Victor Hugo; Rodríguez, José Manuel; Palacio, Angelica Margarita; Paz, Antonio Domingo; Tártalo, Manuel Antonio; Soldati, Berta; Soldati, Carlos Severino; Carballo, Juan Pablo; Olea, Miguel Angel; Ontivero, Juan Carlos; Ontivero, Justo Francisco (15 años); Navarro, Salvador Leocadio; Gallardo, Carlos María; Pedregosa, Dora María; Racedo, José Inocencio; Santos Ochoa de Racedo Alcira; Rodríguez, Wilfredo; Villegas Jorge; Villegas Aida Ines; Silva, María Esther; Soto, Carlos Antonio; Tula, Miguel Segundo; Tula, Hector Gerardo; Tartalo, Rubén Lindor; Toledo María del Pilar ; Di Lorenzo Juan Carlos; Adriss, Ismael; Ponce, Humberto Rubén; López de Aguero, Estela Josefina; Agüero, José Gabriel; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Sosa de Forti, Nélida Azucena; Cerviño, Pedro Antonio; Cerviño, José Ramón; Campos, Enrique Aurelio; Bejas, María Cristina; Pereyra, Matías Claudio; Chamatrópulos, Demetrio Angel; Jiménez, Carlos Oscar; Correa, Fidel Emilio; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Cossio, Ana María; Egloff, Victor Felipe; Ibañez, Luisa Ana; Quinteros, Wenceslao; Rodríguez, Juan Angel; Somaini, Ricardo Daniel; Lazarte, Francisco Eudoro; Santillán, Gustavo Raúl; Castro, Juan Carlos; Burdisso, Alicia Raquel; Parrile de Salinas, Silvana; Salinas, Ricardo Luis; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis Ojeda Sierra, José Eduardo; Ponce, Horacio Marcelo; (iii) Torturas agravadas (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de Díaz, Francisco Rafael; Comán, Ramón Antonio; Comán, Ricardo Aroldo; Lescano, Arturo Alberto; Díaz, Daniel Alfredo; Gerez, Luis Román; Alarcón, Justo Agustín (h); Chamas, José Rafael; Andrada, Juan Carlos; Petarossi, Carlos Ernesto; Quinteros de Viecho, Rosa; Miño, Juan Alberto; Araujo, Eduardo Cesar; Moreira, Victor Raúl; Curia, Gloria Constanza; Curia, Fernando Ramiro; Brito, Pablo Benito; Véliz Raúl Andrés; Chebaia, José Guetas; Calabró, Elda Leonor; Centurión, Javier Hipólito; Macor de Díaz, Susana; Díaz, Juan Leandro (parche); Díaz, José Americo (cuqui); Carrizo, Juan Manuel; Elías,Raúl Edgardo; Mendéz, José Carlos; Lapetina, Miguel Antonio; Elías, Victor Hugo; Rodríguez, José Manuel; Palacio, Angelica Margarita; Paz, Antonio Domingo; Tártalo, Manuel Antonio; Soldati, Berta; Soldati, Carlos Severino; Carballo, Juan Pablo; Olea, Miguel Angel; Ontivero, Juan Carlos; Ontivero, Justo Francisco (15 años); Navarro, Salvador Leocadio; Gallardo, Carlos María; Pedregosa, Dora María; Racedo, José Inocencio; Santos Ochoa de Racedo, Alcira Alarcón Pedro Antonio; Rodríguez, Wilfredo; Villegas Jorge; Villegas Aida Ines; Silva, María Esther; Soto, Carlos Antonio; Tula, Miguel Segundo; Tula, Hector Gerardo; Tartalo, Rubén Lindor; Toledo María del Pilar ; Di Lorenzo Juan Carlos; Adriss, Ismael; Ponce, Humberto Rubén; López de Aguero, Estela Josefina; Agüero, José Gabriel; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Bazán de Romero María del Valle; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Sosa de Forti, Nélida Azucena; Cerviño, Pedro Antonio; Cerviño, José Ramón; Campos, Enrique Aurelio; Bejas, María Cristina; Pereyra, Matías Claudio; Chamatrópulos, Demetrio Angel; Jiménez, Carlos Oscar; Correa, Fidel Emilio; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Cossio, Ana María; Egloff, Victor Felipe; Ibañez, Luisa Ana; Quinteros, Wenceslao; Rodríguez, Juan Angel; Somaini, Ricardo Daniel; Lazarte, Francisco Eudoro; Santillán, Gustavo Raúl; Castro, Juan Carlos; Burdisso, Alicia Raquel; Parrile de Salinas, Silvana; Salinas, Ricardo Luis; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis Ojeda Sierra, José Eduardo; Ponce, Horacio Marcelo; (iv) Homicidio agravado (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de Lescano, Arturo Alberto; Gerez, Luis Román; Alarcón, Justo Agustín (h); Chamas, José Rafael; Andrada, Juan Carlos; Quinteros de Viecho, Rosa; Araujo, Eduardo Cesar; Rabsium Olga del Valle; Sesto, Lilia Estela; Moreira, Victor Raúl; Curia, Gloria Constanza; Curia, Fernando Ramiro; Chebaia, José Guetas; Calabró, Elda Leonor; Centurión, Javier Hipólito; Macor de Díaz, Susana; Díaz, Juan Leandro (parche); Díaz, José Americo (cuqui); Carrizo, Juan Manuel; Elías, Victor Hugo; Rodríguez, José Manuel; Paz, Antonio Domingo; Tártalo, Manuel Antonio; Soldati, Berta; Ontivero, Juan Carlos; Racedo, José Inocencio; Santos Ochoa de Racedo, Alcira; Alarcón Pedro Antonio; Villegas Jorge; Villegas Aida Ines; Silva, María Esther; Tula, Miguel Segundo; Tula, Héctor Gerardo; Tártalo, Rubén Lindor; Toledo María del Pilar; Di Lorenzo Juan Carlos; Adriss, Ismael; Ponce, Humberto Rubén; López de Aguero, Estela Josefina; Agüero, José Gabriel; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Sosa de Forti, Nélida Azucena; Campos, Enrique Aurelio; Bejas, María Cristina; Pereyra, Matías Claudio; Jiménez, Carlos Oscar; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Egloff, Victor Felipe; Ibañez, Luisa Ana; Quinteros, Wenceslao; Somaini, Ricardo Daniel; Santillán, Gustavo Raúl; Castro, Juan Carlos; Burdisso, Alicia Raquel; Parrile de Salinas, Silvana; Salinas, Ricardo Luis; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis; Ojeda Sierra, José Eduardo; Ponce, Horacio Marcelo; todo en concurso real (art. 55 C.P.), conforme lo considerado.-

41) Respecto de ÁNGEL CUSTODIO MORENO, DNI N° 7.049.982, se lo imputa como presunto autor material en la comisión del delito de privación ilegítima de la libertad en perjuicio de Eduardo César Araujo (Expte. N° 400.589/07) y del delito de asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP); y como presunto partícipe en la comisión de los delitos de (i) Violación de domicilio (art. 151 del CP) en perjuicio de: Rabsium Olga del Valle; Sesto, Lilia Estela; Ponce, Humberto Rubén; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Bazán de Romero María del Valle; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Jiménez, Carlos Oscar; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Cossio, Ana María; Somaini, Ricardo Daniel; Lazarte, Francisco Eudoro; Santillán, Gustavo Raúl; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis. (ii) Privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis inciso 1 y 2 ley 14616) en perjuicio de Alarcón, Pedro Antonio y Alarcón Justo Agustín (h); Chamas, José Rafael; Andrada, Juan Carlos; Quinteros de Viecho, Rosa; Miño, Juan Alberto; Moreira, Victor Raúl; Elías, Victor Hugo; Gallardo, Carlos María; Adriss, Ismael; Ponce, Humberto Rubén; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Sosa de Forti, Nélida Azucena; Cerviño, Pedro Antonio; Cerviño, José Ramón; Campos, Enrique Aurelio; Bejas, María Cristina; Pereyra, Matías Claudio; Chamatrópulos, Demetrio Angel; Jiménez, Carlos Oscar; Correa, Fidel Emilio; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Cossio, Ana María; Ibañez, Luisa Ana; Quinteros, Wenceslao; Rodríguez, Juan Angel; Somaini, Ricardo Daniel; Lazarte, Francisco Eudoro; Santillán, Gustavo Raúl; Castro, Juan Carlos; Burdisso, Alicia Raquel; Parrile de Salinas, Silvana; Salinas, Ricardo Luis; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis; Ojeda Sierra, José Eduardo; (iii) Torturas agravadas (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de Alarcón, Pedro Antonio y Alarcón Justo Agustín (h); Chamas, José Rafael; Andrada, Juan Carlos; Quinteros de Viecho, Rosa; Miño, Juan Alberto; Araujo, Eduardo Cesar; Moreira, Victor Raúl; Elías, Victor Hugo; Gallardo, Carlos María; Adriss, Ismael; Ponce, Humberto Rubén; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Sosa de Forti, Nélida Azucena; Cerviño, Pedro Antonio; Cerviño, José Ramón; Campos, Enrique Aurelio; Bejas, María Cristina; Pereyra, Matías Claudio; Chamatrópulos, Demetrio Angel; Jiménez, Carlos Oscar; Correa, Fidel Emilio; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Cossio, Ana María; Ibañez, Luisa Ana; Quinteros, Wenceslao; Rodríguez, Juan Angel; Somaini, Ricardo Daniel; Lazarte, Francisco Eudoro; Santillán, Gustavo Raúl; Castro, Juan Carlos; Burdisso, Alicia Raquel; Parrile de Salinas, Silvana; Salinas, Ricardo Luis; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis; Ojeda Sierra, José Eduardo; (iv) Homicidio agravado (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de Rabsium Olga del Valle; Sesto, Lilia Estela; Moreira, Victor Raúl; Elías, Victor Hugo; Alarcón Pedro Antonio; Argüello, Yolanda Esther; Barrionuevo, María Tránsito; Romero, Raúl Rene; Romero, Reyes Alcario; Valenzuela, Roberto; Sosa de Forti, Nélida Azucena; Campos, Enrique Aurelio; Bejas, María Cristina; Pereyra, Matías Claudio; Jiménez, Carlos Oscar; Corroto, Pedro Guillermo; Cisterna, Pastor Roberto; Cisterna de Bulacio, María; Ibañez, Luisa Ana; Quinteros, Wenceslao; Somaini, Ricardo Daniel; Santillán, Gustavo Raúl; Castro, Juan Carlos; Burdisso, Alicia Raquel; Parrile de Salinas, Silvana; Salinas, Ricardo Luis; Rojas, José Dalmiro; Rojas, Luis; Ojeda Sierra, José Eduardo; todo en concurso real (art. 55 C.P.), conforme lo considerado.-Los hechos materia de esta acusación se imputan en función de que supuestamente configurarían delitos de lesa humanidad".-

Asimismo en fecha 28 de junio de 2013 el Tribunal dictó la siguiente resolución respecto del imputado Roberto Heriberto Albornoz con relación a las víctimas Josefa Nicolaza Oliva y Ramón Oscar Bianchi: "Advierte el tribunal que en el auto de elevación a juicio de fecha 9 de octubre de 2009 en la causa "Arsenal Miguel de Azcuénaga", integrado por las causas "Carloni de Campopiano" Expte n° 443/84; "Luis Adolfo Holmquist, Enrique Raúl Fernández y Ana Cristina Corral", Expte. 1565/04; "Pedro Rondoletto, María Cenador de Rondoletto, Silvia Margarita Rondoletto, Jorge Osvaldo Rondoletto y Azucena Bermejo de Rondoletto", Expte.627/05 y otros -obrante a fs. 4875/4906vta, cuerpo 321-, que integran los presentes autos, se omitió infundadamente consignar en el punto VIII) de la parte resolutiva respecto de ROBERTO HERIBERTO ALBORNOZ los hechos delictivos que damnificaron a Josefa Nicolaza Oliva.- En consecuencia, luego del cotejo de las piezas procesales pertinentes (indagatoria de fs. 253/254 vta. del cuerpo 259; auto de procesamiento de fs. 264/290 del cuerpo 259; confirmación de auto procesamiento de fs. 420/441 del cuerpo 260; requerimiento fiscal de elevación a juicio de fs. 510/527 del cuerpo 260 y auto de elevación a juicio de fs. 4875/4904 del cuerpo 321) se concluye que se considera vigente la siguiente imputación respecto a Roberto Heriberto Albornoz: presunto responsable de los hechos delictivos que damnificaron a Josefa Nicolaza Oliva habiendo intervenido como autor mediato en la comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad con vejaciones y apremios y como autor directo del delito de asociación ilícita agravada en concurso real y en grado de reiteración, delitos todos que configuran el contexto del delito internacional de genocidio (art. 144 bis incisos 1 y 2, art. 210 y 210 bis del C.P, Declaración Universal de Derechos Humanos; Resolución n 3 y n 95 de la Asamblea general de las Naciones Unidas; Principios aprobados por la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas -1950-; Resolución 1074 D -28/7/65-y 1158 XLI -5/8/66- del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas; Resoluciones 2338, 2391 y 2583 del año 1969 de la Asamblea General de las Naciones Unidas; Convención sobre imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad, vigente desde 1970; Principios de cooperación internacional en la identificación, extradición y castigo de culpables de crímenes de guerra o crímenes contra la humanidad de 1973; Convención para la prevención y sanción del delito de genocidio de 1956; los Convenios de Ginebra I, II, III y IV de 1948; la Convención de Viena sobre el derecho de los Tratados de 1968) conforme determinación efectuada en el apartado IV.B del presente auto (Atribución de responsabilidad y calificación legal).-

Asimismo constata el tribunal que en la resolución de fecha 22 de noviembre de 2012, que transcribió la imputación vigente en este juicio con absoluto respeto del principio de congruencia, se omitió consignar la acusación que pesa contra Roberto Heriberto Albornoz en virtud del auto de elevación de fecha 09 de octubre de 2009 -obrante a fs. 4875/4904vta. del cuerpo 321-. De tal manera, se considera vigente la siguiente imputación respecto a Roberto Heriberto Albornoz: "...presunto responsable de los hechos delictivos que damnificaron a Ramón Oscar Bianchi habiendo intervenido como autor mediato en la comisión del delito violación de domicilio; privación ilegítima de la libertad con apremios; torturas y homicidio calificado y como autor directo del delito de asociación ilícita agravada en concurso real, delitos todos que configuran el contexto del delito internacional de genocidio (art. 151, art. 144bis incisos 1 y 2, art. 144 ter primer párrafo, -según ley 14616-, art. 80 inciso 2, 6 y 7, art. 210 y 210 bis, art. 45 y 55 del C.P.; Declaración Universal de Derechos Humanos; Resolución N° 3 y N° 95 de la Asamblea general de las Naciones Unidas; Principios aprobados por la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas -1950-; Resolución 1074 D -28/7/65110 y 1158 XLI -5/8/66- del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas; Resoluciones 2338, 2391 y 2583 del año 1969 de la Asamblea General de las Naciones Unidas; Convención sobre imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad, vigente desde 1970; Principios de cooperación internacional en la identificación, extradición y castigo de culpables de crímenes de guerra o crímenes contra la humanidad de 1973; Convención para la prevención y sanción del delito de genocidio de 1956; los Convenios de Ginebra I, II, III y IV de 1948; la Convención de Viena sobre el derecho de los Tratados de 1968) conforme determinación efectuada en el apartado IV.B del presente auto (Atribución de responsabilidad y calificación legal)."

Durante el transcurso de la audiencia de debate, las partes acusadoras -Ministerio Público Fiscal y Querellas Colectivas- ampliaron la acusación conforme el artículo 381 del CPPN, respecto a cuatro grupo de casos: PRIMER CASO: imputación de delitos sexuales conocidos en la audiencia contra víctimas comprendidas en este juicio contra: Luis Orlando Varela como autor mediato y contra Ernesto Rivero, Alberto Héctor Rafael Montes de Oca, Fernando Torres y Tomás Adolfo Güemes como partícipes necesarios (art. 45 CP) del delito de violación sexual agravada por haber sido cometida con el concurso de dos o más personas y por causar grave daño a la salud de la víctima (arts. 119 y 122 CP según ley 11.221 y 21.338) en perjuicio de M.T.G.D.S., contra Luis Orlando Varela como autor mediato y contra Ernesto Rivero, Fernando Torres y Tomás Adolfo Güemes como partícipes necesarios (art. 45 CP) del delito de abuso sexual agravado por haber sido cometido con el concurso de dos o más personas (arts. 127 y 122 CP según leyes 11.221 y 21.338) en perjuicio de C.G.M. Contra Roberto Heriberto Albornoz como autor mediato, y contra Juan Alberto Abraham, Ricardo Oscar Sánchez, Rolando Reyes Quintana, María Luisa Acosta de Barraza, Miguel Ángel Chuchuy Linares, Hugo Javier Figueroa, Oscar Humberto Gómez, Félix Insaurralde, Pedro Joaquín Pasteris, Guillermo Agustín Ugarte, Antonio Esteban Vercellone y Luis Armando De Cándido, como partícipes necesarios (art. 45 CP) del delito de violación sexual agravada por haber sido cometida con el concurso de dos o más personas y provocar graves daños a la salud de la víctima (art. 119 CP según leyes 11.221 y 21.338) en perjuicio de E.L.C., SEGUNDO CASO: imputación del delito de robo doblemente agravado por casos conocidos en esta audiencia: contra Jorge Omar Lazarte y Roberto Heriberto Albornoz como autores mediatos y contra Oscar Humberto Gómez como partícipe necesario (art. 45 CP) del delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado, en banda y con armas de fuego (arts. 164, 166 inc. 2° y 167 inc. 2°CP) en perjuicio de ALBERTO LUIS GALLARDO contra Roberto Heriberto Albornoz como autor mediato, y contra Oscar Humberto Gómez, Luis Armando De Cándido, Juan Alberto Abraham, Ricardo Oscar Sánchez, Rolando Reyes Quintana, María Luisa Acosta de Barraza, Miguel Ángel Chuchuy Linares, Hugo Javier Figueroa, Félix Insaurralde, Pedro Joaquín Pasteris y Guillermo Agustín Ugarte, como partícipes necesarios (art. 45 CP) del delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado, en banda y con armas de fuego (arts. 164, 166 inc. 2° y 167 inc. 2°CP) en perjuicio de ALBERTO LUIS GALLARDO, por el hecho sucedido durante a los pocos días del tercer secuestro de la víctima durante los primeros días de abril de 1976 en su domicilio de calle Mendoza n° 1340 contra Roberto Heriberto Albornoz como autor mediato, y contra Juan Alberto Abraham, Ricardo Oscar Sánchez, Rolando Reyes Quintana, María Luisa Acosta de Barraza, Miguel Ángel Chuchuy Linares, Hugo Javier Figueroa, Oscar Humberto Gómez, Félix Insaurralde, Pedro Joaquín Pasteris, Guillermo Agustín Ugarte, Antonio Esteban Vercellone y Luis Armando De Cándido, como partícipes necesarios (art. 45 CP) del delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado, en banda y con armas de fuego (arts. 164, 166 inc. 2° y 167 inc. 2°CP) en perjuicio de JAVIER HIPÓLITO CENTURIÓN, contra Roberto Heriberto Albornoz como autor mediato, y contra Juan Alberto Abraham, Ricardo Oscar Sánchez, Rolando Reyes Quintana, María Luisa Acosta de Barraza, Miguel Ángel Chuchuy Linares, Hugo Javier Figueroa, Oscar Humberto Gómez, Félix Insaurralde, Pedro Joaquín Pasteris, Guillermo Agustín Ugarte, Antonio Esteban Vercellone y Luis Armando De Cándido, como partícipes necesarios (art. 45 CP) del delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado, en banda y con armas de fuego (arts. 164, 166 inc. 2° y 167 inc. 2°CP) en dos oportunidades en perjuicio de JUAN PABLO CARBALLO, contra Roberto Heriberto Albornoz como autor mediato, y contra Juan Alberto Abraham, Ricardo Oscar Sánchez, Rolando Reyes Quintana, María Luisa Acosta de Barraza, Miguel Ángel Chuchuy Linares, Hugo Javier Figueroa, Oscar Humberto Gómez, Félix Insaurralde, Pedro Joaquín Pasteris, Guillermo Agustín Ugarte y Luis Armando De Cándido, como partícipes necesarios (art. 45 CP) del delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado, en banda y con armas de fuego (arts. 164, 166 inc. 2° y 167 inc. 2°CP) en perjuicio de LUIS ROMÁN GEREZ, contra Luis Orlando Varela como autor mediato y contra Fernando Torres y Tomás Adolfo Güemes, (Rivero y Montes de Oca no corresponden por su rol), como partícipes necesarios (art. 45 CP) del delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado, en banda y con armas de fuego (arts. 164, 166 inc. 2° y 167 inc. 2°CP) en dos oportunidades en perjuicio de MARÍA CRISTINA RODRÍGUEZ ROMÁN DE FIAD. Contra Luis Orlando Varela como autor mediato y contra Fernando Torres y Tomás Adolfo Güemes, como partícipes necesarios (art. 45 CP) del delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado, en banda y con armas de fuego (arts. 164, 166 inc. 2° y 167 inc. 2°CP) en dos oportunidades en perjuicio de ENRIQUE ALBERTO SÁNCHEZ. Contra Luis Orlando Varela como autor mediato y contra Ramón Alfredo Ojeda Fuente, Fernando Torres y Tomás Adolfo Güemes (Rivero no corresponde, por su rol), como partícipes necesarios (art. 45 CP) del delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado, en banda y con armas de fuego (arts. 164, 166 inc. 2° y 167 inc. 2°CP) en perjuicio de PEDRO RONDOLETTO y JORGE OSVALDO RONDOLETTO TERCER CASO: imputación de la participación dolosa en los homicidios de los jefes de gendarmería que actuaron en el ccd arsenal miguel de azcuénaga contra: Alberto Héctor Rafael MONTES DE OCA, como partícipe necesario (art. 45 CP) del delito de Homicidio triplemente calificado (art. 80 incs. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de las víctimas que se enumeraron en la apertura del debate y la oralización de la acusación de este MPF, contra Ernesto RIVERO, como partícipe necesario (art. 45 CP) del delito de Homicidio triplemente calificado (art. 80 incs. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de las víctimas que se enumeraron en la apertura del debate y la oralización de la acusación de este MPF; Contra José Carlos SOWINSKI, como partícipe necesario (art. 45 CP) del delito de Homicidio triplemente calificado (art. 80 incs. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de las víctimas que se enumeraron en la apertura del debate y la oralización de la acusación de este MPF; Contra Tomás Adolfo GÜEMES como partícipe necesario (art. 45 CP) del delito de Homicidio triplemente calificado(art. 80 incs. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de las víctimas que se enumeraron en la apertura del debate y la oralización de la acusación de este Ministerio Público Fiscal.- cuarto caso: participación de hugo enzo soto y pedro osvaldo caballero (jefes de la cia ars 5) en la ejecución de delitos cometidos en el CCD Arsenal contra Hugo Enzo SOTO, como partícipe secundario (art. 46 CP) de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada (art. 144 bis inc. 1° y 2° y último párrafo del CP conf. ley 14616) torturas agravadas (art. 144 ter del CP) torturas seguidas de muerte (art. 144 ter último párrafo del CP) y Homicidio triplemente calificado (art. 80 incs. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de las víctimas que se enumeraron en la apertura del debate y la oralización de la acusación de este MPF y Contra Pedro Osvaldo CABALLERO, como partícipe secundario (art. 46 CP) de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada (art. 144 bis inc. 1° y 2° y último párrafo del CP conf. ley 14616) torturas agravadas (art. 144 ter del CP) torturas seguidas de muerte (art. 144 ter último párrafo del CP) y Homicidio triplemente calificado (art. 80 incs. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de las víctimas que se enumeraron en la apertura del debate y la oralización de la acusación de este MPF.

A continuación las querellas ampliaron la acusación: el Dr. Weisemberg como querellante de la causa de Enrique Sánchez amplía su requerimiento por idénticos argumentos a los expresados por el fiscal, imputa a Rivero y Guemes como partícipes necesarios por los delitos de robo agravado y homicidio triplemente agravado conforme a las declaraciones de los testigos Auad, Pérez y Torres. La Dra. Vitar, por la querella de la familia Rondoletto que adhiere a lo manifestado por el fiscal de imputar a Rivero y Guemes como partícipes necesarios del delito de homicidio y también contra Caballero como partícipe secundario en perjuicio de la familia Rondoletto. Por el caso de Méndez Brander y Margarita Lascowsky amplía contra los imputados Montes de Oca, Sowinsky y Rivero por delito de homicidio. El Dr. Gargiulo adhiere a lo planteado por fiscalía pero quiere agregar ampliación de la acusación por declaraciones del debate que son supuestos de agravante de calificación. Así el caso de Caballero que fue acusado como partícipe necesario de torturas y homicidio en perjuicio de Luis Alberto Soldati. Amplía la calidad de participación necesaria a la de autor en virtud de un hecho nuevo cual es la declaración en audiencia del testigo Joaquín Ibáñez el 26 de julio de 2013 de donde puede concluirse que Soldati desapareció del interior de la Compañía. Lo imputa por infracción de deber, porque Caballero como jefe de la Compañía 5 tenía deber de custodia sobre el personal bajo su mando. Jurisprudencia del Juzgado Federal 1 y la sentencia del TOF de La Plata en causa "Dupuy". El Dr. Lobo Bugeau por las querellas de Falú y Gallardo adhiere a la ampliación de imputaciones realizada por el fiscal agregando que en el caso de Gallardo al usarse en tiempo y forma el 346 se dispone acusar por robo agravado.

El Tribunal en esa oportunidad resolvió:

    "En auto dictado el 22 de noviembre de 2012, tras la exposición de una síntesis acusatoria por parte del Ministerio Público Fiscal e inmediata pretensión de invalidación por parte de la defensa al sostener que se pretendían atribuir hechos que no estaban en los autos de elevación y de procesamiento, en resguardo del debido proceso y, básicamente del derecho de defensa, en aplicación del principio de congruencia, éste Tribunal reconoció vigencia en forma explícita y detallada sólo a aquellos hechos que le habían sido atribuidos a los imputados al momento de la declaración indagatoria, auto de procesamiento, requerimiento de elevación a juicio, auto de elevación e inclusive síntesis acusatoria, excluyendo todos aquellos que no habían estado presentes en todas esas instancias procesales. Se mantuvo así la absoluta coherencia de todos los actos incriminatorios, en definitiva en beneficio y no en perjuicio de los imputados, que así las cosas no pueden invocar desconocimiento de las hipótesis delictivas que se han mantenido congruentes en la etapa preparatoria del juicio (tradicionalmente conocida como "instrucción").-Pues bien, la plataforma fijada en ese auto es la que tuvo en cuenta el Tribunal para analizar la procedencia de las ampliaciones acusatorias planteadas en el debate en el marco del artículo 381 del Código Procesal Penal de la Nación y respecto a las cuales corresponda realizar el control jurisdiccional, sin que ello implique una valoración siquiera provisoria de los hechos atribuidos como delitos sino única y exclusivamente el ejercicio de la función jurisdiccional ordenatoria del proceso, es decir, comprobar que existe un nuevo hecho o circunstancia que modifica la calificación legal o integra un delito continuado. Si así lo fuera, "la continuación de la conducta delictiva o la circunstancia agravante de que se trate se encontrará comprendida en la atribución y en el debate " (Clariá Olmedo, Jorge A., Tratado de Derecho Procesal Penal, T. VIII, Rubinzal Culzoni, p. 790). De esta manera, en el marco de ese control, cabe consignar que el Ministerio Público Fiscal planteó en su exposición cuatro grupos de casos. En el primer grupo de casos, aludió a imputación de delitos sexuales conocidos en la audiencia contra víctimas comprendidas en este juicio. En ese ámbito referencial, como primer caso introdujo el delito de violación sexual agravada por haber sido cometida con el concurso de dos o más personas (artículos 119 y 122 del Código Penal según ley 20.642 según ley 11.221y 21.338), en perjuicio de M.T.G.D. Y basó su pretensión en la declaración testimonial de Susana Leoni Auad en la audiencia. Tal ampliación la formula en contra de Luis Orlando Varela como autor mediato y de Ernesto Rivero, Alberto Héctor Rafael Montes de Oca, Fernando Torres y Tomás Adolfo Güemes como partícipes necesarios (artículo 45 del C.P.). Cabe tener en cuenta que en relación con las conductas que habrían perjudicado a M.T.G.D., en el auto del 22 de noviembre de 2012, el Tribunal consideró que habían cumplido con el principio de congruencia los hechos imputados a Luis Orlando Varela como autor mediato en función de las hipótesis previstas normativamente como violación de domicilio (artículo 151 del C.P.), privación ilegítima de la libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis inc 1 y 2 C.P. Ley 14. 616), torturas agravadas (art. 144 ter 1°y 2°párrafo del C.P. Ley 14.616) y torturas seguidas de muerte (art. 144 ter, 3er párrafo del C.P.). En función de ello puede decirse que en este iter críminis atribuido, que implicaría la disposición absoluta sobre el cuerpo y el destino de un ser humano, la circunstancia nueva en la audiencia sería que además pudiera haber sido objeto de violación sexual. Ello significa para el Tribunal una agravación que no resulta extraña ni súbita respecto al marco fáctico imputado a Luis Orlando Varela. Por lo que se hace lugar a tal ampliación. Tal como se adelantó, respecto a la misma víctima se amplía la imputación del hecho delictivo de violación sexual agravada como partícipe necesario a Ernesto Rivero, quien en función del auto del 22 de noviembre de 2012 viene imputado como partícipe necesario de privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (artículo 142 bis inciso 1 y 2 del C.P.). Tal como se dijera en los párrafos precedentes, la conducta delictiva atribuida implica un supuesto de sometimiento calificado que afecta gravemente la libertad con agresiones y en ese marco se habría presentado en la audiencia una circunstancia nueva, que agrava la imputación sin que resulte extraña ni súbita respecto del marco fáctico imputado a Ernesto Rivero. Por lo que se hace lugar a tal ampliación. Idéntica consideración cabe respecto a Alberto Héctor Rafael Montes de Oca y Tomás Güemes, por lo que se hace lugar a la ampliación solicitada. Con relación al imputado Fernando Torres, caben idénticas consideraciones que las formuladas precedentemente sobre la acusación que pesa sobre Luis Orlando Varela, con la diferencia que a Torres se le ha atribuido el carácter de partícipe necesario. En consecuencia, corresponde hacer lugar a la ampliación. Dentro del primer grupo, la Fiscalía introdujo en su ampliación acusatoria, como segundo caso, el delito de abuso sexual agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221 y 21.338), en perjuicio de C.G.M., atribuyéndoselos como autor mediato a Luis Orlando Varela y como partícipes necesarios a Ernesto Rivero, Fernando Torres y Tomás Adolfo Güemes. A Luis Orlando Varela -conforme auto del 22 de noviembre de 2012-, en relación con la víctima C.G.M, se lo imputa como autor mediato de violación de domicilio (artículo 151 del C.P.), privación de libertad con apremios y/o vejaciones (arts. 144 bis, incisos 1 y 2 de Ley 14.616) y torturas agravadas (art. 144 ter, primer y segundo párrafo Ley 14.616). En el marco de esa plataforma fáctica, que incluye supuestas agresiones físicas graves no resulta extraño ni súbito considerar que las nuevas circunstancias operan como una agravación de la imputación originaria en el mismo carácter de autor mediato. Por lo que se hace lugar a la ampliación. En relación con Ernesto Rivero, éste viene imputado como partícipe necesario de privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (artículos 142 bis incisos 1 y 2 del C.P.). En ese marco delictivo referencial y con las características que habría revestido la situación de sometimiento atribuida, no resulta extraña ni súbita la ampliación sino que constituye una agravación de la imputación originaria en el mismo carácter de partícipe necesario. Idénticas consideraciones merece la situación de Tomás Adolfo Güemes, por lo que corresponde hacer lugar a la ampliación. A su vez, con respecto a la víctima C.G.M, Fernando Torres viene imputado por violación de domicilio (artículo 151 del C.P.), privación ilegítima de la libertad con apremios y/o vejaciones (arts. 144 bis, incisos 1 y 2 del C.P., ley 14.616) y torturas agravadas (art. 144 ter primer y segundo párrafo del C.P., ley 14.616). La circunstancia nueva habría sido la declaración de la propia víctima en la audiencia, lo que constituye en principio un supuesto de agravación de la imputación originaria -abuso sexual agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas, artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221 y 21.338-, que no resulta súbita ni extraña con relación al marco fáctico de sometimiento y agravantes que se habría atribuido. Por lo que se hace lugar a la ampliación. Al continuar con la consideración del primer grupo de casos formulado en su ampliación por el Ministerio Público Fiscal, como tercer hecho a analizar es la atribución del delito de violación sexual agravada por haber sido cometida con el concurso de dos o más personas (artículo 119 según ley 20.642, según ley 11.221 y 21.338), en perjuicio de E.L.C. y que se imputa a Roberto Heriberto Albornoz como autor mediato y a Juan Alberto Abraham, Ricardo Oscar Sánchez, Rolando Reyes Quintana, María Luisa Acosta de Barraza, Miguel Ángel Chuchuy Linares, Hugo Javier Figueroa, Oscar Humberto Gómez, Félix Insaurralde, Pedro Joaquín Pasteris, Guillermo Agustín Ugarte, Antonio Esteban Vercellone y Luis Armando De Cándido como partícipes necesarios. En relación a la víctima E.L.C., la imputación que pesa sobre Roberto Heriberto Albornoz, lo es como autor mediato de privación ilegítima de la libertad con apremios y vejaciones (artículo 144 bis inciso 1 y 2 del C.P., ley 14.616), torturas agravadas (144 ter primer y segundo párrafo del C.P., ley 14.616) y homicidio agravado (art. 80 inciso 2, 6, y 7 del C.P.). En ese marco referencial, la presencia en el debate de una supuesta circunstancia que agrava aún más la situación de hipotético cautiverio absoluto con agresiones físicas y muerte, sería una situación agravante que no es súbita ni extraña a la imputación originaria. Por lo que corresponde hacer lugar a la ampliación. En cuanto a la misma víctima, E.L.C, los imputados consignados precedentemente y a cuyo respecto se pretende la ampliación como partícipes necesarios (art. 45 del C.P.), vienen acusados por privación ilegítima de libertad con apremios y/o vejaciones (art. 144 bis incisos 1 y 2 del C.P., Ley 14.616), torturas agravadas (144 ter primer y segundo párrafo del C.P., ley 14.616) y homicidio agravado (art. 80 inciso 2, 6, y 7 del C.P.). Valen Idénticas consideraciones que las señaladas al analizar la imputación a Albornoz en el párrafo precedente, aunque en relación a los imputados señalados como partícipes necesarios. Por lo que corresponde hacer lugar a la ampliación. El segundo grupo de casos lo constituyen supuestos referidos al delito de robo doblemente agravado. No obstante que todos los delitos constituyen en esencia agresiones a la libertad individual en el sentido de hacer cada uno lo que quiera con su vida, con su domicilio, con su físico, con sus bienes -pero única y exclusivamente cada uno- , los supuestos ilícitos que se describen en el Código Penal, lo son en función de proteger determinados bienes jurídicos o ratificar la vigencia de las normas que los protegen, que reconocen diferentes grados de valoración por parte del legislador y normalmente su lesión implica circunstancias fácticas distintas. En la acción de secuestrar, torturar o matar, de ninguna manera puede considerarse que el acto de robar sea una circunstancia agravante o un eslabón más de un delito continuado (este mismo Tribunal, con distinta integración, aceptó una ampliación por hecho nuevo como continuidad delictiva en el marco de una acusación por administración fraudulenta consumada a través de sucesivos asientos contables, al aparecer nuevas y sucesivas falsas registraciones). No se trataría de agravación de los hechos atribuidos sino de hechos independientes. Por lo que sin perjuicio de que de ninguna manera podrá invocarse eventualmente ni el principio ne bis in idem ni el de cosa juzgada, porque tales hechos no han sido investigados ni juzgados en este proceso, corresponde no hacer lugar a la ampliación en estos casos. En función de la vigencia plena del sistema acusatorio, corresponderá al Ministerio Público Fiscal decidir la promoción de acciones penales respecto a tales conductas. El tercer y cuarto grupo de casos que pretende introducir como ampliación el Ministerio Público Fiscal, no se corresponden con supuestos de hecho o circunstancias nuevas constitutivas de agravaciones o eslabones del delito continuado, sino de hipótesis acusatorias a cuyo respecto se constató en el auto de este Tribunal del 22 de noviembre de 2012, que no se había cumplido con el principio de congruencia. Por lo que no corresponde hacer lugar a esta ampliación. Las consideraciones efectuadas son extensivas a las adhesiones formuladas por los representantes de las partes querellantes. Particular análisis merece la ampliación invocada por el Dr. Pablo Gargiullo al pretender el cambio de imputaciones de participación necesaria a autoría mediata con base en la doctrina de la infracción de deber. A ese respecto, se considera que no cabe hacer lugar en aras de la coherencia de la acusación por parte de todos los acusadores y en relación con el principio de congruencia en la etapa preparatoria, más aún cuando se trata de hipótesis con idéntica pena amenazada".

II. HECHOS

Respecto a las circunstancias de hecho y de derecho que fundamentan las imputaciones que se han considerado vigentes por preservar el principio de congruencia, son aquellas que surgen del requerimiento de elevación a juicio y de las síntesis acusatoria desarrollada en el debate por el Ministerio Público Fiscal.

III. DECLARACIONES DE LOS IMPUTADOS

Que a los efectos del relato de los hechos históricos constitutivos de la plataforma fáctica del juicio y de la merituación de las pruebas producidas en la audiencia, donde se asientan tales extremos, resulta necesario tener presente las palabras de los imputados que optaron por declarar en el debate, en tanto en sus descargos refirieron a cuestiones que ayudan significativamente a la reconstrucción de los hechos aquí juzgados.-

Declaraciones de los imputados en ejercicio de su defensa material

FERNANDO TORRES

Dijo que durante los hechos no fue citado ni procesado en la justicia militar ni en la civil, tampoco fue mencionado en las miles de listas de la Comisión Bicameral de Tucumán. Precisó que la comisión recibió 500 denuncias y en éstas no hay una sola alusión a su nombre. Dijo que en esos años mientras la bicameral desarrollaba sus investigaciones en Tucumán, él se encontraba destinado al comando de la Vª Brigada donde era jefe de operaciones y participó de muchos actos públicos acompañando al gobernador de esa época que era Riera. Agregó que también es cierto que residió en su domicilio, desde hace mucho tiempo, sin quejas, ni reproches sociales. Dijo que hizo una vida pública y normal toda la vida. Que no conoce a nadie de los que lo nombran a él; que ni uno solo dijo de qué forma participó para realizar un injusto; que se lo acusa de ser un mando clave, de tener poder de mando directo sobre los subordinados. Refirió, respecto a su jerarquía, que conforme el perito Carloni, las jerarquías de oficiales son 11 y a su vez en estas había categorías. Que en cuanto a la jerarquía y la antigüedad fue siempre el más moderno de los oficiales que prestaron servicio, dentro de la estructura del departamento de inteligencia estaba en el tercer nivel y después en el cuarto nivel. Agregó que ese era el nivel real que tenía la jerarquía y el que él tenía; que una persona con esta jerarquía y cargo, no podía tener un rol relevante en la lucha contra la subversión ni en otra actividad en los mandos intermedios. Agregó que en el destacamento ocupaba un rol bajo y no intermedio y en cuanto a preparar y ejecutar ordenes ilegales manifestó que nunca hizo eso fuera de las normas legales. En lo que hace al poder de mando sobre los subordinados dijo que en el año 76 y 77 no tenía a nadie dependiendo de él porque actuaba realizando tareas personales para el jefe de destacamento y nunca tuvo subordinados de gendarmería. Dijo que el testigo Coronel Rivas lo menciona cuando dice que el destacamento de inteligencia no trabajaba junto con ninguna otra fuerza de seguridad ni gendarmería. Asimismo acotó el declarante que el perito Carloni dijo que la gendarmería nacional dependía del comandante de la quinta brigada. Dijo que no tiene ninguna comisión que lo vincule con gendarmería nacional; que en ese apartado y comisiones figuran comisiones de horas y días y tiene registrado un acto en Bolivia cuando estaba en el regimiento de Tartagal. Agregó que el informe del Ministerio de Seguridad y Justicia hace un confuso análisis de directivas, lo que nos lleva a decir que en dichos reglamentos se dejan constancias de directivas que debían cumplir los oficiales y sub oficiales del 142, y esto no es así, solo cumplen ordenes del jefe de destacamento y los jefes de destacamento, del jefe de brigada. Precisó que los reglamentos son principios, conceptos y normas orientativas que pasan por un tamiz intermedio que está dado por la misión por el ambiente geográfico y por la disponibilidad de recursos humanos y materiales. Manifestó que mientras se desempeñó en el destacamento de inteligencia nunca tuvo conocimiento de un plan que signifique un ataque generalizado y sistemático contra la población; que tampoco está acreditado en este juicio oral que esto haya ocurrido, se toman conceptos sobre la actividad de inteligencia mostrándola como algo ilegal. Dijo que lejos de ser una actividad ilícita o exclusiva de las fuerzas armadas, es una materia que se usa en el ámbito civil, académico y empresarial, también hay una distorsión cuando se habla de organización, de ninguna manera resulta un agrupamiento amorfo de personas que realizaban la misma función o la misma tarea como dice el ministerio publico fiscal. En cuanto a las tareas por él cumplidas dijo que las hacía bajo ordenes directas del jefe de destacamento como lo refiere el testigo Rivas en cuatro oportunidades; que su tarea era realizar la repercusión de las acciones de gobierno en los medios, mediante el análisis de la fotografía y un estudio preliminar que era analizar el mensaje que quería transmitir, si era negativo, positivo o neutro para el gobierno, también medía la imagen publica de algunos funcionarios que anunciaban medidas para ver cómo repercutían esas medidas; que estos informes los entregaba a las 10 de la mañana por triplicado al jefe de destacamento, también debía participar en estudios sobre cuestiones políticas o económicas de Tucumán y respecto de la producción azucarera para ver con anticipación cómo iba a ser la zafra. Agregó que también le hacían chequear los curriculum vitae en lo que hace a la parte académica y profesional de las personas que iban a ser nombradas en cargos importantes en la provincia. Dijo que esas eran las tareas reales pero como figuraba como jefe de la primera sección, esta sección no realizaba tareas ilícitas. Manifestó que ninguna de las tareas que se realizaban, eran ilícitas. Dijo al respecto el declarante, que nunca estuvo en el Arsenal ni conoció a la señora Cantos. Respecto a que Pérez también lo menciona desplazándose en un Renault 12 blanco, dijo el declarante que en ningún caso fue propietario de ese auto ni tampoco el destacamento. Respecto a que también se lo menciona tomando mate, aclara que él nunca tomaba mate. Acto seguido analiza la declaración de Pérez; al respecto dijo que él estuvo destacado en el regimiento del monte y era 2do jefe y vivía en Tartagal hasta que le salió el traslado en diciembre del 84; que la prueba de que estuvo en Tartagal es la planilla que está en el informe de calificaciones del 83, 84. Acotó que está debidamente probado que durante ese mes y año se encontraba en Tartagal y no en Tucumán. En cuanto a la declaración de Susana Auad, manifiesta que Auad en sus numerosas declaraciones no lo menciona ni tampoco el hecho de la visita a Cantos, a pesar de que la nombra en varias oportunidades. Por último manifiesta que su actuación siempre estuvo a derecho y fue de colaboración; que nunca hizo nada para obstaculizar. Dijo que es inocente, que jamás estuvo en el Arsenal, ni realizó un trabajo relacionado con Arsenales ni cometió un delito; que cuando se lo cita se lo hace desde la confusión de su identidad o por una mentira.

HUGO ENZO SOTO

Dijo que cumplió tareas en unidades de Arsenal, en San Francisco, Córdoba, en la Fabrica Militar que hay allí. Que dedicó 30 años a la actividad docente, en la Universidad Tecnológica de San Francisco y de Pacheco y en la Universidad Militar, fue director durante 5 años, fue jefe de la Compañía de Arsenal Miguel de Azcuénaga del 74 a mediados del 76. Que su misión era abastecer y fabricar partes, componentes y repuestos para el Arsenal, ópticas y electrónica de autos. Que ello lo hacía bajo la orden del Comando de Arsenales pero él dependía de la Compañía V°. Dijo que la organización de la Compañía V° se dividía en partes y cada una realizaba actividades diferentes, abastecimiento, mantenimientos, finanzas y grupo comando. Que las Secciones de la Cía. se subdividían en grupos, mantenimientos de armamentos, autos, ópticas y electrónicas; se seguían subdividiendo en pelotones, había mucha diversificación de tareas. El jefe hacía conocer lo necesario a cada uno para que cumpla su función y cada jefe de sección ejercía el control de lo que se hacía bajo su orbita, la estandarización era la simple rutina que le permitía actuar en forma casi automática, tareas repetitivas que lo hacían altamente capacitados. Dijo que en la Compañía había 4 Oficiales. Agregó que el grupo Comando de Cía. asistía al Jefe de Comando para hacer las operaciones. En relación a la ubicación dijo que la Cía. V° ocupaba un sector de 5 a 6 hectáreas, esa subunidad tenía 4 edificios principales que realizaban la tareas mas importantes. Dijo que está acusado de hechos de lesa humanidad contra Fürth, pero que él no participó ni conoció nada al respecto. Que su jefe directo fue quien ejerció esa actividad. Que él no participó de ningún plan contra cierta cantidad de víctimas ni estuvo bajo el control de ningún aparato militar. Aclaró que cumplió funciones en una unidad que recibía informaciones y ordenes técnicas siempre en el marco de la legalidad. Que las órdenes que recibía eran legales y si ellas se convirtieron en ilegales él no lo conocía. Acotó que él respetó la cadena de mando y que no supo si se convirtió en ilegal.

CELSO BARRAZA

Dijo que fue injustamente acusado del delito de abuso sexual. Que es la primera vez que puede usar su derecho de defensa porque las anteriores estaba sockeado y no pidió las pruebas. Acotó que es falso que le hayan exhibido las pruebas al momento de tomársele la indagatoria. Que la declaración de Antonia Barrionuevo la recibió dos meses antes del juicio. Que se presentó espontáneamente cuando se enteró que lo citarían. En relación a la declaración de la testigo que expresó que fue manoseada y tocada por él, dijo el imputado que esa acción fue manipulada contra su persona, que ella solo declaró dos veces ante la justicia federal y no mencionó abuso sexual alguno, ni lo nombró al dicente, tampoco en la denuncia ante la Bicameral ni en el Consufa; y en el Tribunal no expresó ninguna de las palabras que se le adjudican en el auto de elevación a juicio, por lo que esa prueba es inexistente, dijo el imputado. Agregó que en su declaración, Barrionuevo se refiere a un primer alférez Barraza, y él ascendió a ese cargo en el 79 y sí existía alguien con ese apellido y con ese cargo en ese momento, Carlos Hugo Barraza, hermano del declarante. Dijo que ella nombró a los interrogadores "Grasita", "Ávalos" y "Abba"; que también nombró a un tal "Lucho", pero que nunca nombró a un tal Barraza. Respecto a la declaración de Azurún, dijo que jamás prestó servicios en el sur del país, su hermano sí lo hizo. Remarcó que la documentación que se aporta y que dice que él participó en el móvil de Córdoba, no coincide con la realidad de los hechos, ya que en esa época ya tenía la baja, cuya fecha puntual fue el 19/11/76. Precisó que no estuvo en Tucumán en la fecha de los hechos, diciembre del 76 y que no hay declaraciones de la presunta víctima. Negó haber hecho cursos de inteligencia y haber sido interrogador. Que en el 75/76 no tenía jerarquía para ser jefe. Que las veces que se nombró a Barraza estuvo identificado con el asesinato de la Flia. Rondoleto y lamentablemente fue su hermano quien participo de ese hecho. Que la Cámara de Apelaciones dijo que existían dos Barraza y el gendarme Cruz es el único testigo presencial y nombró específicamente a Roberto Hugo Barraza. Que el hecho fue mientras él no se encontraba en Tucumán, estaba en la escuela de suboficiales cumpliendo tareas de docencia. Aclara que al momento de los hechos se encontraba en la escuela de suboficiales de Jesús María, el 19/11/76, trabajaba en la sección personal del destacamento móvil de Córdoba. Destaca que los testimonios de Torres y Cruz no se refieren a él.

BENITO PALOMO

Sobre las imputaciones, dijo que fue comisionado en dos oportunidades en Tucumán por orden de Gendarmería, una en mayo y junio de 1976 y otra vez en enero y febrero del 77. En esas oportunidades hizo escala en Bs. As. para presentarse ante las autoridades y para recibir órdenes y los viáticos. Dijo que en Tucumán dependía del II° Comandante de la Brigada. Que sus tareas estaban relacionadas con funciones de registro de archivos y otras afines; otra vez lo comisionaron para llevar documentación en un sobre cerrado. Acotó que no cumplió funciones de tropa, ni estuvo en el móvil de Córdoba; que no tuvo mando ni dominio, revistaba en Santa Cruz desde el 76 hasta el 77. Relató que en una sobremesa presenció un entredicho en el que Antonio Cruz lanzó una piña a otro oficial y lo tuvo que sancionar, en Octubre de ese año pidió la baja Cruz. Recuerda que en 1982 en Misiones, Concepción de la Sierra, recibió una carta de Cruz pidiéndole ser reincorporado. El dicente averiguó al respecto y le dijeron que era difícil por la cantidad y calidad de las sanciones que tenía. Recuerda que le contó a Cruz; a los 20 días lo llamó Cruz y le dijo que sí había recibido la carta pero que quería insistir. El declarante le dijo que no se podía y Cruz le cortó la comunicación previo insulto. Precisó que en el 78, estando en condiciones de ser promovido, la Junta lo declaró apto y el Director lo llamó y lo convocó a una reunión con Simon Lazara de la APDH. A las dos o tres semanas le ordenaron nuevamente entrevistarse con Lazara, quien le dijo que no objetaría su ascenso. Ese año lo ascendieron a Comandante hasta el 2003, que se retiró.

CAMILO ÁNGEL COLOTTI

Dijo que el ejército para cumplir con su misión hasta el año 1975, tenía una estructura fija; que después de la directiva 404/75 lucha contra la subversión y materializa en divisiones el país; Tucumán tenía el área 321. Especificó que cada zona tenía su propio jefe y no siempre un jefe de Ejército era jefe del 321, podía ser de cualquier fuerza. Precisó que en el caso del Regimiento 19 de Infantería, nunca fue designado jefe del área 321 ya que no era la autoridad más importante de la provincia, ni siquiera tenía representante en la Comunidad informativa a pesar de la importancia de la lucha. Indicó que los efectivos del regimiento 19 cumplían funciones en el monte, en el Operativo Independencia, en Tte. Berdina. Relató que el Regimiento se dividió en dos partes, un equipo de combate, con refuerzos y apoyo y otro equipo que quedaba en la unidad haciendo los servicios y luego reemplazaban a los que estaban en el monte. Describe el imputado con un mapa, la zona de acción. Explicó que cada fuerza de tarea tenía un límite preciso que era dado con un elemento fácilmente identificable, podía ser una ruta o un río, nadie podía salir de los límites. Dijo que el ejército enviaba personal para que se capacite, atento la importancia del Operativo Independencia; los miembros del Regimiento 19 que ingresaban al Operativo Independencia, dejaban de depender del Regimiento y pasaban a depender del Comando Táctico; el Regimiento no tenía responsabilidades por lo que ocurría allí. Dijo que él nunca fue designado en esa área, ni en cargo ni con funciones, su misión operacional fue cumplida dentro de los límites asignados a Berdina. Dijo que por el tipo de lucha, el Operativo Independencia tenía un LRD, también tenía un lugar para heridos, cuando se detenía a alguien se informaba al Puesto de Comando para que lo pasara a retirar, luego se perdía contacto con ese detenido. Precisó que el regimiento no tenía lugar de detención de heridos, sí tenía base de apoyo de combate, tenía víveres, alimentos, elementos básicos. Concluyó diciendo que las bases de los equipos de tareas tenían esa función, mas no eran para interrogar.

LUIS EDGARDO OCARANZA

El imputado Ocaranza dijo que en el año 77 era Teniente recién ascendido y venía asignado del Regimiento Monte 28 de Tartagal. Que era la única unidad de monte de la época. Dijo que se recibió el 7 de diciembre de 1977 y al sable se lo confió el presidente Perón. Llegó a Tucumán a los 25 años como Teniente. En esa época el Ejército no mandaba subtenientes por la cantidad que había muerto en Tucumán. Su grado era el más bajo de la V Brigada, nunca tuvo la aptitud de inteligencia y que esa aptitud se la adquiría en el tercer año. Que jamás estuvo destinado a la policía de Tucumán. Dijo que su legajo personal revela que no había ningún vínculo entre Regimiento 19 de Infantería y las fuerzas policiales. Aclaró que si estuvo en Jefatura pero que eso tenía que ver con una de las varias funciones que cumplían en la zona de operaciones, controles de ruta, etc. Recordó un evento en el cual tuvo que custodiar un tren con trabajadores que viajaban a Chaco y estaban de franco. No recuerda en qué momento del año 77 fue a Jefatura, pero por no más de un mes o mes y medio, y le ordenaron ser "estafeta" de Zimmermann, y era el nexo entre la comunicación entre Zimmermann y Bussi o Cattaneo. Que ello tenía que ver con la clasificación de los documentos y con quien podía manipularlos. Que los documentos según su seguridad son manejados por distinta jerarquía de personal; hay documentos públicos, reservados, secretos, confidenciales, secretos y confidenciales y exclusivamente secretos y confidenciales, éstos últimos son los que sólo eran manejados por oficiales, por eso los manejaba él. Que el Coronel González Naya emitía esos documentos y generalmente estaba acompañado de personas que él identificaba como policías. Que no recuerda a Clemente. No conoció a Confidenciales, al SIC, ni a Albornoz. Explicó que tenía 25 años, era soltero. Que hacía 9 años que no estaba en su casa, en Tucumán. Dijo tenía gran libertad, que para el Regimiento 19 él estaba en la policía y para la policía él estaba en el 19. Que así aprovechó y se dirigía a la policía para saber si había documentación y realizaba algunas actividades en el Regimiento. Explicó que los miércoles se reunían en el 19 con los jefes en un almuerzo al que asistía hasta el capellán, el padre Juan Carlos Vecce y algunos amigos del Regimiento. Dijo que Clemente en la declaración del año 2010 dijo que él llegó a desmantelar la oficina de Confidenciales, pero que él se pregunta cómo el teniente de monte Ocaranza pudo llegar a quemar documentación de Jefatura y desmantelar en una semana esa oficina. Por otra parte se pregunta cómo pudo poner Clemente en su media un cuarto de resma de papel. Por otro lado dijo que el testigo miente ya que él solo tenía contacto con Zimmermann, y agregó que hasta enero de este año jamás lo conoció al Teniente Coronel Cooke. Indicó que Juan Martín Martín declaró que la oficina de confindenciales se desmanteló entre fines del 77 y principios del 78, cuando el SIC pasó a ser Departamento de Inteligencia y que ahí dejó de existir el campo de concentración y que todas esas cosas fueron llevadas a archivos organizados, a los cuales tuvo acceso y que nunca mencionó fogata alguna. Destacó que fue apercibido en octubre del 77 por no dar estricto cumplimiento a los programas de la sección. Se preguntó a se refería el testigo cuando lo nombró como Asesor, sobre que especialidad podía asesorar al Jefe de Policía como Teniente de monte. Solicitó la lectura del folio 89 de la documentación aportada por Clemente ya que no le quedó claro cuando lo reemplazó a González Naya. Por otra parte dijo no es razonable considerar que pudo un Teniente de monte quemarle la documentación nada menos que a González Naya.

MARIO MIGUEL DURSI

Dijo que el testigo Clemente le contó en su oficina durante varios meses su accionar. Que además de pertenecer a la JP pertenecía a Montoneros y en ese carácter dirigió en el año 1975 el intento de secuestro de José María Paz, administrador del Ingenio Concepción. Dijo que cuando el taxista de apellido Ramos cerró la puerta del auto, Clemente le dio un tiro en el pecho a Paz y lo mató. Que cuando Ramos hizo un identikit parecía una foto de Clemente, por ese motivo se fuga a Salta junto a su compañera María del Carmen que también era montonera. Que ese identikit salió hasta en La Gaceta. Eso preocupó al padre de Clemente, quien aprovechando su calidad de militar fue a verlo a Bussi y pactó la entrega de Clemente a cambio de su vida. Que todo ello le fue contando por el Sr. Clemente en su oficina mientras le cebaba mate. Que en Río Seco se entregó y se comprometió a colaborar con las fuerzas en la llamada lucha contra la subversión para entregar a sus compañeros, encaminando los interrogatorios, lugares de descanso, escondites de armamentos, dando pruebas de lealtad. Así se produjo un hecho más que doloroso, Clemente mató a su compañera, esa era la prueba de lealtad que le habían exigido, pero luego el mismo Clemente le confesó al imputado que lo hizo porque temía que su compañera lo denunciara con montoneros. Que es cierto que se entregó en Río Seco y de ahí fue llevado a Nueva Baviera, al Arsenal y a Jefatura de Policía, pero que ese peregrinar fue para que marque la gente que estaba ahí, si pertenecían a Montoneros. Nunca Clemente estuvo detenido ni torturado, sólo estuvo retenido por su seguridad en Jefatura desde el 76 cuando se entregó porque la organización lo buscaba. Que más allá de haber estado detenido salía, tal como lo confesó. Que fue al cine con Fariña, que fue al balneario de Lules y a fin de año ya lo dejaban ir a su casa. Dijo que Clemente mintió en todo, traicionó a sus compañeros, y después traicionó a los que salvaron su vida. Que Clemente era de Montoneros, no era de ningún movimiento barrial o de la JP. Que es verdad que en noviembre del 77 el SIC se disolvió y se fueron todos de pase. Que todo ello le contó desesperado cuando el SIC desaparece y se siente desamparado. Que el testigo creía que contándole todas sus peripecias el declarante lo iba a salvar. Que no tenía ordenes de matarlo ni a Clemente ni a Martín. Que los dos andaban sueltos. Que Clemente usaba uniforme y entre Martín y Clemente se desconfiaban, sólo se aceptaban como compañeros de ruta porque sabían como habían actuado cada uno.

ARIEL ROLANDO VALDIVIEZO

El imputado desarrolló temas como "Derecho a la verdad denegado en este juicio y protección de los terroristas guerrilleros", dentro del cual hizo referencia a la obra de Jean Francois Revel "El Conocimiento Inútil", citó luego el art. 18 de nuestra Carta Magna, habló del derecho a la verdad y los aspectos que este abarca y de la política de Estado; definió el derecho a la verdad como "el derecho que asiste a las víctimas de las violaciones de los derechos humanos y de los crímenes de lesa humanidad y a sus familiares a conocer toda la verdad de lo acaecido, independiente del lado en que hayan participado". Refirió a la naturaleza del derecho a la verdad como único medio de alcanzar el "derecho a la justicia". Dijo, entre otras cosas, que el derecho a la verdad es autónomo y se relaciona estrechamente con la historia y la verdad y con el derecho esencial a la justicia, y que aquel es un medio para alcanzar a este último. Agrega que se siente despojado del derecho a la verdad en este juicio. Refirió bajo el título "Principios Nazis de Jossef Goebbels", a temas como el Principio de simplificación del enemigo único, el principio del método de contagio, principio de la trasposición, de la exageración y desfiguración, de la vulgarización, de orquestación, de renovación, de la verosimilitud, de la silenciación, de la transfusión y de la unanimidad, los cuales, al decir del imputado, van acompañados de notables y millonarios gastos, a la persecución por parte del Estado y al abandono de la seguridad, educación, salud, etc., por esta política de Estado que el poder judicial apoya. Luego bajo el título "Historia del Poder Judicial siguiendo una política de estado", hace un repaso breve de la historia de las políticas de estado desde la asunción de Raúl Alfonsín como Presidente de la Nación, hasta hoy, pasando por Carlos Menem y Néstor Kirchner; cita los arts. 22 (nullum crimen sine lege) y 24 (irretroactividad ratione personae) del Estatuto de Roma; cita la obra de Carlos A. Manfroni, "El terrorismo como crimen de lesa humanidad" y refiere a las acciones genéricas y específicas en que se divide la política de estado, enumerando a continuación cada una de ellas. Bajo el título "Historia del Ministerio Público Fiscal siguiendo una política de estado", refirió a la resolución de la PGN 158/07 e hizo un detenido análisis de la misma. Luego bajo el título "Historia de la Procuraduría General de la Nación siguiendo una política de estado", hace referencia a los dichos de la Dra. Alejandra Gils Carbó en el diario La Nación del 26/02/2013 y refiere a la contradicción que a su parecer existe entre éstos y el art. 120 de la C.N. Concluye el declarante diciendo que lo mencionado precedentemente respecto al Poder Judicial, al MPF y a la PGN, convierte también de nulidad absoluta este juicio ya que el declarante carece, manifiestamente, de toda garantía y seguridad jurídica ante esta Política de Estado en la que confluyen. Luego refiere, bajo el título "Desarrollo del Juicio", lo que él considera irregularidades en el presente juicio y las enumera en 17 puntos. Párrafo seguido, bajo el título "Nulidades de Actuaciones e Imputaciones del MPF en elevación a juicio", enumera las que él considera nulidades respecto de las acusaciones que se le imputan y particularmente refiere al "Estado de indefensión", a los delitos de "Lesa humanidad" y a su carácter de "empleado público"; hace una análisis de la Ley 19.101 del personal militar en relación con el Código Penal y concluye diciendo que aquella ley prohíbe expresamente al militar ser funcionario público. Dijo que en el hipotético caso de haberse desempeñado como funcionario público, el Ejército lo habría colocado en disponibilidad y luego de los seis meses, en pasiva. Que esas dos situaciones, como lo establece la Ley 19.101, deberían haber estado registradas en su legajo, el que presenta como prueba. Agrega que también esta ley establece que tendría que haber sido separado de sus funciones en su servicio activo, lo que no fue así puesto que en el momento en que el Ministerio Público Fiscal lo acusa, revistaba en estado militar, al mando de un elemento de combate, del equipo de combate Caspinchango, perteneciente a la Fuerza de Tarea Berdina y en estado de guerra, configurado por el gobierno democrático, combatiendo contra el ERP, por lo que sostiene el declarante que nunca actuó como funcionario público en el sentido que pretende darle el MPF según lo explicara precedentemente. Aclara que actuó como funcionario público solo en jurisdicción militar con estado militar y en actividad, como oficial del Ejército Argentino, perteneciente a una de las Fuerzas Armadas de la República Argentina. Refiere que se le ordenó combatir en una guerra revolucionaria, contra soldados terroristas guerrilleros que habían ocupado un tercio de la provincia de Tucumán. Agrega que los decretos 1454/73, 1368/74, 2462/75, 2770/75, 2772/75 y 2712/75, entre otros, las directivas u órdenes 1/75, 404/75, 405/75, entre otras, todas emanadas de un Gobierno Democrático que le ordenó, facultó y dio legítimas atribuciones para realizar operaciones militares y de seguridad, en territorio ocupado por el enemigo donde por decreto 1368/74 del 07/11/74 y decreto 2715/75 de octubre del 75, se decretó el estado de sitio por gobierno democrático "quedando suspendidas las garantías constitucionales", art. 23 de la C.N., acotó el declarante. Bajo el título "Asociación Ilícita", manifestó que por orden de sus superiores tuvo que actuar en una guerra revolucionaria en la zona de operaciones en la provincia de Tucumán. Refirió al art. 882 del Código de Justicia Militar y dijo que de las tres condiciones que impone el artículo citado, dos de ellas se cumplían claramente ya que existía de hecho una guerra y se encontraban en tiempo de guerra por medio del decreto presidencial n° 261/75, del 5 de febrero de 1975. Agrega que todo ello ocurrió en un gobierno democrático, el de mayor consenso de la historia argentina. Precisa que al actuar en ese marco jurídico, establecido por el Estado que tutelaba el accionar de las FFAA y dentro de una institución de la Nación Argentina, todas sus actividades fueron lícitas, ya que en el momento, en Tucumán, combatió cumpliendo estrictamente las órdenes del Estado y asimismo, a orden de ese Estado dejó de combatir, acotó. Refirió que como Oficial Subalterno con grado de Teniente Primero, no tuvo ninguna responsabilidad política ni estratégica, que solo era responsable del cumplimiento de las órdenes que se le impartieron, de la vida de sus soldados, de la educación y conducción de éstos en combate y que lo hizo dentro del marco jurídico establecido por ese gobierno. Dijo que nadie le ordenó que fuera al monte tucumano a una guerra revolucionaria con el Código Penal, ya que de haber sido así, hubiera pedido ser acompañado por un juez de la Nación y un escribano público; el juez para que autorice disparar y así poder entrar en combate, y el escribano para testificar los hechos ocurridos, como emboscadas, contraemboscadas, combates de encuentro, pinzas, rastrillajes, sólo para nombrar algunas de las operaciones que se efectúan en el monte. Refiere el imputado que irónicamente se lo juzga con un Código Penal, por legos en materia castrense y es por eso, agrega el dicente, que el MPF efectúa acusaciones con fundamentos falaces, por ignorancia u omisión, siempre fiel a una política de Estado. Acota que ninguna guerra es moral, de lo contrario los países irían a combatir con La Biblia, El Talmud, El Corán, etc., lo que es un absurdo absoluto. Que todos lo hacen con el Código de Justicia Militar, sus leyes y reglamentos militares que legitimaban su accionar, así como tampoco concurren al combate con el Código Penal, pues sería otro incongruencia, ya que la orden de disparar significa la muerte de una persona, y eso en el Código Penal está totalmente penado y en el CJM, estaba totalmente legalizado, de no ser así, todo militar ante una orden podía negarse a su cumplimiento, por eso el CJM es sabio cuando expresa que el único responsable es el que imparte la orden, la cual debe ser cumplida estrictamente, concluye el dicente. A continuación refiere el declarante que el bien jurídico protegido en el delito de asociación ilícita, es el orden público y que al respecto la CSJN ha dicho que "El orden público es sinónimo de tranquilidad pública interna o paz social (...) en consecuencia la criminalidad no reside esencialmente en la lesión efectiva de las cosas y personas, sino en la repercusión que ellos tienen en el espíritu de la población y en el sentimiento de la tranquilidad de la población y en el sentimiento de tranquilidad pública, produciendo alarma y temor por lo que pueda suceder". En base a ello el declarante expone las pruebas del por qué de la falsedad de la acusación del MPF y agrega que en primer lugar, para llegar a esta acusación el MPF invierte la historia y la carga de las pruebas y en segundo lugar, desconoce o ignora sentencias, decretos, leyes, informes de organismos internacionales, que se supone deben conocer por ser temas de su especialidad y motivo de debate de este juicio. Y a continuación pasa a detallar esas pruebas. Refiere a "Francisco de Vitoria (1483-1546) y Francisco Suárez (1548-1617)"; al "Decreto 1454/73 (declara ilegal al ERP)"; a la "Ley 20840/74 (de Seguridad Nacional)"; a la "Causa 13/84 (Juicio a las Juntas)"; al "Decreto 1368/75 (Estado de Sitio)"; "Decreto 2452/75 (declara ilegal a Montoneros)"; "La Organización de Estados Americanos"; "La Unión Europea (Posición Común en el 2001)"; "Preámbulo de la Corte Internacional"; el "Estatuto de Roma". Así, al decir del acusado, queda demostrado que las FFAA de la Nación, contrario a las falaces acusaciones del MPF, lejos de encarar una agresión contra la civilidad, llevaron una defensa fundada por el gobierno democrático de mayor consenso de la historia argentina, el del Gral. Perón, contra organizaciones terroristas guerrilleras, organizadas en ejércitos irregulares en el marco de una Guerra Revolucionaria, interna, quedando que el Ejército Argentino, el resto de las FFAA y las FFSS, no actuaron como asociaciones ilícitas, sino defendiendo lo que los terroristas guerrilleros atacaban y lo hicieron como componentes legales de las estructuras del Estado, Estado que tiene derecho a la legítima defensa cuando es agredido y el Presidente de la Nación tiene la obligación y las facultades Constitucionales para ordenar la defensa por medio de sus FFAA (art. 99 inc. 12, 13, 14, 15 y 16 CN), y así lo hizo, acotó el declarante. Agrega, que el MPF expresa en su acusación que ".los imputados colaboraron con la asociación.", lo que expone una vez más, al decir del imputado, su situación de lego en conocimiento de Justicia Militar y asuntos militares, ya que el Ejército no es una asociación, es una Institución de la Nación y uno no colabora en el sentido que quiere darle el MPF, sino que cumple órdenes y no es voluntario su cumplimiento, es obligatorio, sin opción. Dijo al respecto que nunca tuvo acuerdo implícito o explícito de voluntades con nadie, ni superiores ni subordinados, podía o no gustarle una orden, pero la orden no se discutía, ni se debatía según el art. 541 CJM, no era cuestión de gusto, simplemente se cumplía, por eso nunca tuvo, dijo el imputado, conocimiento acerca de si participaba o no de una asociación ilícita. Dijo que nadie le ordenó salir a matar civiles inocentes, como fueron todos los asesinados por la guerrilla, ni a colocar bombas en lugares públicos, escuelas, transportes, industrias, etc., ni efectuar secuestros extorsivos, ni matar jueces ni fiscales, ni asesinar niños, ni policías, ni secuestrar diplomáticos extranjeros, ni asesinar familiares de militantes, ni tampoco torturar a nadie; que siempre que pudo ayudó a la gente. Que era plenamente consciente de que era parte de una Institución del Estado, con normas y leyes que rigen las operaciones militares, todas ellas dictadas por la Nación, por eso nunca obedeció ordenes contrarias a ese Estado de Derecho, ordenes legítimamente avaladas por el CJM, leyes y reglamentos militares que daban valor legal a su accionar conforme al art. 882 CJM y con estado de sitio según decreto mencionado precedentemente. Sostiene el imputado que en virtud del art. 34 inc. 4 y 5 del CP, es inimputable y es curioso que el MPF no lo mencione, lo cual nulifica su acusación ya que en el mencionado art. no tiene cabida el "acuerdo de voluntades". Cita a Zafaroni, Kohler y Roxin. Expresa que el MPF es quien debe probar si el dicente se excedió en el cumplimiento de las órdenes que le fueron impartidas. Que el Estado le ordenó a él defenderlo de quienes querían hacerlo desaparecer y reemplazarlo con una Constitución Socialista, marxista, leninista, modificando todos los poderes del Estado por medio de la lucha armada. Agregó que si hubo errores indudablemente no fueron suyos, sino de quienes condujeron el país; que a él sólo le cabía, como Oficial Subalterno, cumplir órdenes. Luego agrega que con estos juicios se vulneran todas las garantías del debido proceso y se pone en riesgo la vigencia de la Constitución Nacional. Habla luego de autoría mediata, cita normas del CJM, del Código Penal de la Nación, del Estatuto de Roma, y su definición de los crímenes de lesa humanidad. Luego hace un análisis del art. 1° de la Reglamentación de la Justicia Militar y de los conceptos y definiciones de Superioridad de grado y de mando, todo ello en pos de refutar la acusación fiscal. Refirió el imputado que en la zona de acción que le tocó actuar, Caspinchango, todo hecho de combate era ordenado, ya sea por la guerrilla o por el dicente, como podía ser fortuito también, como los combates de encuentro, por lo que él estaba obligado a estar presente conduciendo las actividades de combate ya que tenía la responsabilidad por ser Jefe de una Compañía en primera línea, en una guerra asimétrica y era el único responsable, como Jefe, de lo que haga o deje de hacer su Equipo de Combate y dicha responsabilidad no podía ser delegada ni compartida, conforme el art. 1001 del Reglamento de Organización y funcionamiento de los Estados Mayores. Aduce que el MPF, en la primera parte de la sentencia de la Causa 13/84, no se ajusta en nada a los que participaron exclusivamente en la Zona de Operaciones, en el monte, y pasa a rebatir punto por punto tales manifestaciones, ya que no se puede acusar a todos de todo. Expresa que con ello deja sentadas las bases para atacar la acusación de la autoría mediata. Concluye este punto diciendo que la acusación del MPF es maliciosa, falaz y engañosa como ya lo ha demostrado y refiere que no puede el MPF incorporarlo como autor mediato; que nunca actuó en forma ilegal ni recibió orden ilegal alguna; que nunca impartió órdenes ilegales para que sus 4 oficiales, 18 suboficiales y 123 soldados, cometan acciones punibles; y que actuó exclusivamente de acuerdo a órdenes y a lo que obligaba el CJM, leyes y reglamentos militares vigentes al momento de los hechos. Párrafo seguido, expone extensamente el acusado sobre la inversión de las pruebas y la negación de la historia en estos juicios, lo que acarrea la nulidad absoluta de éstos. Luego hace una introducción a la defensa de los casos que se le imputan. Dijo que en el transcurso de esta Guerra Revolucionaria fue designado por la superioridad para prestar servicios en el Regimiento de Infantería 19 (RI 19) con asiento en la ciudad de San Miguel de Tucumán, con el grado de Teniente Primero, al que se presentó el 7 de enero de 1976, siendo nombrado Jefe de la compañía por su Jefe de Regimiento y en cumplimiento de órdenes concurre por primera vez a la Zona de Operaciones el 12 de Mayo de 1976 como Jefe de Equipo de Combate Caspinchango, que pertenecía a la Fuerza de Tarea Berdina. Luego hace una descripción de la situación de la guerrilla del ERP al llegar con su equipo de combate a la zona de operaciones y dice que solo combatió contra la organización del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) exclusivamente en su Zona de Acción de Caspinchango del Monte Tucumano. Refiere a la cantidad de combatientes del ERP; las zonas de mayor virulencia guerrillera y enfrentamientos, entre las que nombra Santa Lucía, Las Mesadas, Potrero Negro, Los Sosa y Caspinchango; la organización e inteligencia con la que contaba el ERP. Luego hizo alusión a la situación de su equipo de combate al llegar a la zona de operaciones y destaca la falta de información con la que contaban, la escasa profesionalidad de sus soldados, describe la forma en que se lleva a cabo una emboscada y sobre la dificultad de hacerla; menciona que no contaban con vehículos durante los primeros seis días, lo que los ponía en una situación desfavorable respecto de la del terrorista guerrillero, aclara. Bajo el título "Zona de operaciones del Operativo Independencia", describe qué es una fuerza de tarea y un equipo de combate y refiere que su equipo de combate nunca actuó como patota, sino que siempre lo hizo vestido de uniforme, con grado y apellido luciendo en el pecho, en cumplimiento de órdenes emanadas de la superioridad. Describe, párrafo seguido, cómo era la organización territorial por esos años y los límites, dimensiones y subdivisiones de la Fuerza de Tarea Berdina. Refiere que esta Zona es la que estuvo vigente en el año 1976 hasta principios del 77. Explicó algunos aspectos inherentes a la Zona de Operaciones, como ser la responsabilidad, respecto de la cual dijo que era indelegable; la Zona de responsabilidad; los límites y las zonas llaves. Refirió a cuestiones de organización militar, aclaró conceptos y terminología, como ser el término "Comandante", "Jefe", la Cadena de mando y otros aspectos, como tiradores, pelotón comando, uniformes, límites. Describe asimismo la organización territorial de la zona de operaciones, la cadena de comando en la zona de operaciones para luego pasar a hablar de los casos que se le imputan. Refiere que se encuentra siendo prejuzgado y en un estado de indefensión total ya que oportunamente nadie le dio la oportunidad de defenderse. Refiere a la declaración del testigo Jerez. Dice a continuación que soldado es desde el general hasta el conscripto, y que todos cumplen órdenes de la máxima autoridad de la Nación, que no es otro que el Poder Político, representado por el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, el Presidente de la Nación. Cita el art. 668 bis del CJM, el art. 1 inc. b) de la Ley 17531 del Servicio Militar Obligatorio, los arts. 5 y 6 de la Ley 19.101, Ley para el Personal Militar, el art. 667 del CJM, el art. 34 inc. 4 y 5 del Código Penal, el art. 33 inc. a), b) y c) del Estatuto de Roma y dice a continuación que el hecho de que fuera derogado el CJM no significa que este no haya existido y que bajo su tutela actuaron no solo las FFAA sino también todas las fuerzas policiales y de seguridad y civiles. Volviendo al tema de su defensa, dijo que está en un claro prevaricato como asimismo en total estado de indefensión, por encontrarse en la situación que precedentemente expuso, bajo una falsa declaración con la cual han sido condenadas ya otras personas. Párrafo seguido expuso sobre todas las oportunidades en las que estuvo en la Zona de Operaciones por orden de la superioridad, detalla las fechas y aclara algunos aspectos sobre este tema. Luego refiere el acusado a los tres grupos geográficos respecto a los casos que se le imputan. Previamente aclara algunos puntos como ser que los soldados no tienen enemigos, que en realidad es el Estado el que tiene Enemigos y que para ello tiene sus FFAA que son direccionadas hacia los que el Estado considera sus enemigos aplicando el derecho que le corresponde por la CN y que los testigos Juan Francisco Arreyes y Antonio Domingo Jerez son los únicos que lo nombran en forma directa, el resto de los testigos lo hace porque el MPF o los querellantes les preguntaron, en forma indicativa, si conocían al Teniente Primero Valdiviezo. Pasa así a nombrar a los detenidos fuera de la provincia de Tucumán, a los detenidos en la provincia de Tucumán pero fuera de la zona de acción de la fuerza de tarea Berdina y los detenidos específicamente en la zona de acción de la fuerza de tarea Berdina. Entre los primeros, nombra a Fortunato Leandro Fote, Rodolfo Hugo Lerner y Julio Ricardo Abad; entre los segundos, a Rosario Argañaraz y Miguel Alberto Argañaraz, a Juan Faustino Rodríguez y Pedro Ricardo Rodríguez y a Benigno Alberto Pereyra, y en el último grupo nombra a Francisco Monasterio, Julio Guillermo Suárez, Manuel Humberto Suárez, René Manuel Quinteros, Enrique Godoy, respecto de los cuales dice el acusado que él no se encontraba en la zona de operaciones con su equipo de combate por lo que no participó ni ordenó a ninguno de sus subordinados ejecutar esas operaciones militares por las que hoy lo acusan; y por último nombra a María Candelaria Moyano y Juan Manuel Quinteros, respecto a los cuales dice no haber participado tampoco de sus detenciones a pesar de que sí se encontraba en su zona de acción. En base a ello, arriba el acusado a las siguientes conclusiones: Que respecto a los detenidos fuera de la provincia de Tucumán y los detenidos fuera de la zona de operaciones, en ninguno de los casos que se le imputan, puede haber participado ni ordenado a nadie de su equipo de combate, por ser hechos ocurridos fuera de la Zona de Acción de la Fuerza de Tarea Berdina con asiento en la localidad de Santa Lucía y fuera de su Zona de Acción; y que los casos que le adjudica el MPF son, a su entender, al voleo, sin previo estudio de los mismos; que prueba de ello serían los casos de los detenidos fuera de la provincia a más de 1300 km. de su zona de acción, como así también los casos en los que no se lo nombra. Agrega que la única prueba que existe son declaraciones falsas de los testigos presentados por el MPF y la querella. A continuación analizó el acusado cada uno de los casos que se le imputan, precedentemente mencionados, los que fue refutando uno por uno, negando cada uno de los hechos. Luego ensaya una contestación, punto por punto, respecto a la declaración de Domingo Antonio Jerez. Desarrolla los aspectos más importantes de esta declaración a fin de demostrar las falsedades de las acusaciones de Jerez. Continúa refutando punto por punto la declaración de Jerez. Hace referencia el acusado a un reportaje que le hizo "Página 12" a Domingo Antonio Jerez, el 06 de Octubre de 1999, el que también intenta refutar en todos sus términos. Por último, refirió a las actividades de su equipo de combate desde su llegada por primera vez a la zona de operaciones, el 12 de mayo de 1976, hasta el 08 de julio de 1976. Al respecto hace un resumen de los hechos ocurridos el día de su llegada y los días posteriores.-

PEDRO OSVALDO CABALLERO

Refirió a la contradicción existente entre el marco fáctico elaborado por el Ministerio Fiscal y la experiencia por él vivida; para ello relata sucintamente una serie de hechos históricos que le tocó vivir en primera persona. Dijo que la realidad era heterogénea por la sucesión de generaciones de Comandantes que fijaban el rumbo de la instrucción, producto de factores externos, políticos, sociales y económicos. Resalta la diferencia entre la versión dada por el Fiscal y la realidad, ya que a decir del acusado, no es el ejército el que trata de modificar las condiciones socio políticas de la sociedad, sino al revés, son los integrantes de la sociedad los que van modelando el comportamiento del ejército en consonancia con los cambios que ellos generan. Relata su experiencia respecto a ciertos hechos históricos de la política argentina que le tocó presenciar cuando era estudiante. Luego relata algunas situaciones que le tocó vivir ya como Oficial. Relata que posteriormente se gradúa como ingeniero mecánico con orientación militar y narra la experiencia vivida en su primer destino, el Batallón de Arsenales 601 "Esteban de Luca". Precisa que su responsabilidad en dicho destino, durante los años 70, 71 y 72, era estar a cargo del taller donde se realizaba la reconstrucción de los vehículos blindados adquiridos al término de la segunda guerra mundial y que tenían más de 25 años de servicio. Dijo que en diciembre de 1972 se dispone su traslado al Batallón de Arsenales 121 "San Lorenzo", ubicado en la localidad santafesina de Fray Luis Beltrán; donde realizaba tareas correspondientes a la dirección de los talleres de mantenimiento. Siguiendo con esta cronología, narra que en diciembre de 1973 es trasladado a la fábrica militar "Fray Luis Beltrán", donde se hace cargo de la gerencia de producción, y desde donde dirigía tres líneas de producción independientes, munición para armas portátiles, munición para morteros y cañones y distintos productos de venta en el mercado no militar, como material ferroviario. Precisa que estas líneas funcionaban con 2 o 3 turnos por día. Que en esas funciones se desempeñó durante los años 74, 75 y 76. Relata a continuación un episodio violento vivido el 13/04/75 en el barrio que poseía la fábrica para el personal profesional, donde se enfrentaron con el ERP. En relación a la geografía y organización, habló de la carga delictiva que se le imputa por haber sido Jefe de la Compañía de Arsenales 5 "Miguel de Azcuénaga". Refiere a la sentencia de la causa N° 13/84. Refuta algunos de los pasadizos de dicha sentencia. Refiere que, analizando las imputaciones que reiteradamente se le hacen, surge como evidente que la parte acusadora se deja llevar por una hipótesis de acusación simplista, buscando relacionar el desempeño del declarante como Jefe de la Compañía de Arsenales 5 Miguel de Azcuénaga, con la comisión de los delitos ocurridos en el presunto centro clandestino de detención, al asociar el predio del Comando de la Brigada de Infantería V°, ubicado en la zona norte de la ciudad de San Miguel de Tucumán, como de responsabilidad geográfica y funcional de la Cía. de Arsenales 5 Miguel de Azcuénaga, sin investigar ni explicar la fundamentación de dicha acusación. Agrega que con ello se busca que el juzgador asocie rápidamente las atividades delictivas con el término "Arsenal" y consecuentemente todo lo que esté asociado con ese término, resultará imputable por esas actividades delictivas. Aclara que cuando analiza la ubicación geográfica de la Compañía de Arsenales 5, dentro del contexto histórico en que se desarrolló la transformación del Ejército, a la luz de las doctrinas impuestas por la administración del Gral. Onganía, hace mención a la disolución del Arsenal Miguel de Azcuénaga y a la creación de la Compañía de Arsenales 5, como dos hechos no relacionados entre sí, es decir, la Cía. no es una continuación del Arsenal y sus atribuciones. Analiza el acusado una imagen del Arsenal extraída del mapa "Google", refiere a su superficie, dimensiones, límites, instalaciones y edificaciones. Refiere luego a la organización y funcionalidad de la Compañía de Arsenales 5 y aclara al respecto que dichas funcionalidades abarcaban sólo una parte del abanico correspondiente a las funciones logísticas, no incluía ni Intendencia, ni Sanidad, ni Veterinaria, ni Transporte, ni Construcciones, solamente el área Arsenales. Insiste el dicente con este tema alegando que la parte acusadora trata de todas maneras de insinuar una relación entre sus funciones y el Centro clandestino de detención. Refiere a la reorganización del Ejército en la década del '60 cuando todas sus unidades pasan a ser móviles, sin jurisdicción territorial, con la consiguiente reorganización del personal civil. Hace mención de la misión y capacidades de la organización y aclara que el Jefe de la Cía. de Arsenales debía realizar y coordinar una serie de tareas que no están de ninguna forma relacionadas con las imputaciones que la fiscalía y las querellas tratan de justificar con argumentos vagos e imprecisos, pretendiendo definir un perfil del Jefe de la Compañía que nada tiene que ver con el perfil que la superioridad que lo designó había definido, ni con la realidad que le tocó vivir. Analiza la situación logística del servicio de Arsenales que le tocó enfrentar durante su gestión en la Compañía de Arsenales 5. Dijo que se hizo cargo el 14 de diciembre de 1976 y debió enfrentar una serie de tareas de responsabilidad y ejecución personal de diversa complejidad, para completar la recepción; que el jefe de la Compañía de Arsenales 5, era el único responsable de la administración de partidas presupuestarias dispuestas por el comando de arsenales, para su aplicación anual en la compra de repuestos y contrataciones de quienes realizaban las reparaciones. Narró a continuación la primera tarea de inspección y mantenimiento que le fue asignada. Refiere que también era común que le enviaran a él, requerimientos relacionados con la acción de gobierno del Gral. Bussi, los que debían ser atendidos con la urgencia que habitualmente exigían sus pedidos, acota el imputado. Dijo que el Comando de Arsenales era el órgano superior del Ejército en el ámbito del Servicio de Arsenales, encargado de fijar las políticas particulares del Ejército para el Servicio de Arsenales y periódicamente en el curso del año, una o dos veces, reunía a los jefes de las unidades de Arsenales para recibir información sobre la ejecución de los presupuestos asignados y recabar las necesidades de acuerdo a las actividades que se cubrían en las distintas unidades. Dijo que desde el 7 de septiembre del 77 al 13 de septiembre del 77, lo trasladaron a Buenos Aires para asistir al Comando de Arsenales, en cuya oportunidad debió presentar un informe detallado de los trabajos realizados con motivo de la finalización de la Operación Independencia y los presupuestos pendientes de realización. Dijo que por lo general le quedaban tareas incompletas. Concluye este punto diciendo que, sus actividades y dominio territorial en el cargo de Jefe de la Compañía de Arsenales 5 "Miguel de Azcuénaga", en ningún aspecto resultan emparentadas con las que buscan atribuírle a través de las argumentaciones de la fiscalía y los representantes de las distintas querellas, buscando permanentemente generar implicancias o inferencias tendenciosas a partir de supuestos falaces relacionados con sus declaraciones. En cuanto al aspecto judicial, hace una reflexión general de su situación judicial y procesal y de lo que él denomina como objetivo y procedimientos del Ministerio Público Fiscal. Refiere a la causa "Dardo Molina", a los hechos que allí se le atribuyen; a la organización del Ejército Argentino y sus niveles de comando. Expresa que la puesta en posesión de su cargo como jefe de la compañía, se realizó el día anterior a que ocurrieran los hechos, según determina el expediente, por lo que no es viable considerar que pudiera pasar del cargo de gerente de producción de una fábrica mecánica, que ostentaba, a hacerse cargo del puesto de jefe de la Compañía de Arsenales y formar parte de un grupo de personas cuyos integrantes no son identificados en la causa, dedicado a la comisión de todo tipo de delitos aberrantes en la persona de alguien que, hasta el día de la indagatoria, no tenía la menor idea ni de su existencia ni de las actividades que realizaba. Dijo que la acusación en sí resulta absurda, ya que la compañía de Arsenales 5, no podía recibir órdenes de ninguna autoridad de la Policía de la Provincia de Tucumán, aún cuando su jefe sea un oficial del Ejército. Agrega que tampoco los presuntos autores son identificados como pertenecientes a la dotación de la Compañía de Arsenales 5, por lo que resulta absurda la imputación de autoría mediata, ya que para que ello ocurra, también es necesario, entre varios otros factores, que los presuntos autores pertenezcan a la organización a mis órdenes. Continúa su exposición argumentando sobre su situación judicial, refutando la acusación del MPF. Luego refiere a la causa "Arsenales" y a los hechos que se le atribuyen. Refiere nuevamente a la sentencia de la causa N° 13/84. Recalca a continuación la total desvinculiacón de sus responsabilidades funcionales con respecto a la organización y funcionamiento, tanto del CCD como de la "comunidad" o "consejo" que funcionaba en el ámbito de la V° Brigada de Infantería. Refiere luego a la resolución judicial por la que se lo procesó por encubrimiento y el consiguiente fallo dictado por la Cámara en septiembre de 2011, específicamente los puntos que lo involucran. Analiza el fallo, refiere a la intención del MPF de adjudicar imputaciones genéricas. Refuta los párrafos más relevantes de dicho fallo. Dijo, entre otras cosas, que la Compañía de Arsenales 5, no era la encargada de la logística y la provisión de todos los elementos que debe usar el ejército, sino que era la responsable de suministrar el apoyo del Servicio de Arsenales a las unidades de la Brigada de Infantería V°; que el Servicio de Arsenales es sólo una parte de la Logística del Ejército y no todo. Continúa refutando los puntos más relevantes del fallo mencionado. A continuación refiere a la causa Osvaldo Muñoz, relata los hechos que se le atribuyen y los distintos episodios judiciales que le tocó vivir por haber sido Mayor del Ejército, Jefe de la Compañía de Arsenales 5 "Miguel de Azcuénaga", durante los años 77 y 78; concluye su exposición diciendo que no se advierte cuáles son las pruebas que lo relacionan con la comisión de los delitos que se le imputan. En relación a Luis Alberto Soldati, relató que en el mes de marzo del 78 se produce la incorporación de la nueva clase de soldados conscriptos y entre ellos se incorpora Soldati. Hace una breve descripción acerca del ámbito en el que desarrollaba sus actividades Soldati. Refiere a cuestiones de organización y actividades comunes de los soldados. Describe el sistema de francos y licencias, el procedimiento que se seguía habitualmente para la administración de los francos y luego relata la situación vivida respecto a Soldati. Específicamente, sobre la conversación a la que hace referencia el testigo Carlos Soldati con el imputado éste recordó a Luis Alberto Soldati como un conscripto de carácter fuerte, entusiasta, con gran afición a los deportes. Señaló que se le dio franco el jueves, como no retornó se envió una comisión policial a la casa familiar. Recordó dos encuentros con el testigo. Un primero de carácter aclaratorio, luego otro. Ofreció gestionarles una entrevista con el Coronel Llamas en el Comando y así se hizo la segunda reunión en la que el declarante estuvo presente. Ante la falta de novedades dijo que les aconsejó acudir a la justicia. Precisa que como indicó Carlos Soldati, hacia el 77 no había un clima de subversión en la Compañía de Arsenales.

MARIA LUISA ACOSTA DE BARRAZA

Dijo la imputada que aporta prueba documental. Señala que durante toda su vida dedicó años de esfuerzo a las mujeres olvidadas de la sociedad a través de su trabajo en el penal.

MARIA ELENA GUERRA

Al tomar la palabra durante la declaración de Delgado solicita que el testigo aporte la documentación pertinente que tiene en su poder, especialmente la necesaria para ver la edad de Marini. Dijo que aporta prueba documental.

JORGE OMAR LAZARTE

Dijo que las acusaciones que se le realizan son por sus funciones de noviembre del 74 a noviembre del 75 en Tucumán, una comisión de servicios en tiempos democráticos para la policía de Tucumán. Que esa comisión fue encomendada por el gobernador Amado Juri. Que todos los integrantes de la comisión se sorprendieron cuando supieron que estaban destinados a Tucumán, provincias donde operaban dos organizaciones, el ERP, con el grupo Ramón Rosa Giménez y la Compañía de Monte, que tenía banderas, uniformes y armas de fuego. Dijo que así como la Compañía de Monte operaba en el sur de la provincia, Montoneros lo hacía en la ciudad. Precisó que al hacerse cargo Castelli, Amado Juri dio un discurso que publicó el diario "La Gaceta" en 1974; en ese discurso destacó el propósito de actuar conjuntamente el gobierno y las fuerzas para ir contra lo antiargentino. Refirió que en 1974 había una gran violencia en todo el país, se habían registrado 733 acciones operativas según los balances anuales del ERP y Montoneros; hubo 466 atentados con explosivos; 133 secuestros extorsivos; 110 asesinatos de civiles y militares, Larrabure, Viola y otros. Dijo que en 1975 se producían tres atentados por día. Señala que lo que sostiene se basa en fuentes y esencialmente sobre tres ejes: El primero, refiere a la fecha de revista de Lazarte; el reglamento 210, que dice que el personal que recibe un pase tiene 15 días para trasladarse al nuevo lugar de destino y el suyo se demoró por la enfermedad de su mujer y la de su hijo. Que por ese motivo le permitieron que se trasladara dos semanas antes a Buenos Aires. Que en definitiva sobre la fecha de revista hay errores e imprecisiones. Que el segundo eje son las acusaciones, todos los damnificados testimoniaron en autos y ninguno de ellos lo vio participar de un hecho ilícito. Considera un absurdo que como teniente primero, con 26 años de edad, sea el jefe y organizador de una asociación ilícita y se lo impute como autor mediato, desconociendo los hechos y las personas que aparecen en los distintos casos; que nadie lo nombró en todos los testimonios de víctimas que se han brindado. Dijo que no pueden acusarlo por el homicidio agravado de Díaz, quien fue detenido en marzo de 1976 y luego desaparece en mayo del 78, ya que hacía dos años que no estaba en Tucumán el dicente. Sobre la autoría mediata cita a Roxin y el Tratado de Roma. Considera que al aplicársele la autoría mediata se equivoca el fiscal porque no se dan los extremos necesarios, sino que hay puro voluntarismo para que obtenga una condena. Agrega que no cumplió tareas de poder de mando. Destaca que Zafaroni exige que la teoría se aplique detalladamente y eso no se verificó en su caso; que Bejas habla de una grilla de imputaciones en la que el dicente no está incluido. Continúa su exposición diciendo que el tercer eje es el cargo desempeñado; el MPF dice que el dicente era supervisor del D2, que tenía poder de mando sobre todos los subordinados jerárquicamente a él. Al respecto señala que esa no es la verdad documental; que desde el momento en que se hicieron cargo de la Policía de Tucumán, que carecía de todo, no tenía personal, vehículos, uniformes ni calzado. Que así es que surge la necesidad de coordinar acciones entre el dicente y otro oficial llamado Biscardi que al poco tiempo muere en un accidente. Que se buscó dar de baja a 1200 efectivos y tomar nuevo personal. Que se lo acusa de ser supervisor militar, pero ese cargo no existía a la fecha de los hechos, del 74 al 75, fue creado con posterioridad. Indica que fue designado, por boletín, a cumplir una actividad que nada tiene que ver con lo que se le endilga. Reconoce que lo que se le atribuye le cuesta comprenderlo porque se basa en suposiciones y mendacidades. Entiende que este juicio le recuerda al juicio de Nuremberg en el que se juzgaron a los líderes nazis, primero se procesaron 4850 personas, luego quedaron 611 y finalmente 36 fueron condenados, mientras los fiscales europeos y norteamericanos querían hacer una justicia con equidad, los soviéticos consideraban que se trataba de una cuestión de índole política, una mera formalidad que no había que retrasar con la producción de prueba. Considera que del análisis de los 3 ejes revela en los acusadores o impericia en los ejecutores y en los que controlaban esas ejecuciones, o mala fe. Recuerda que con su primer defensor concluyó que faltaba una acusación que indique el modo y participación del dicente en la comisión de un delito. Agrega que su propósito no es eludir responsabilidades sino ejercer una defensa contra las acusaciones injustas que le formularon los fiscales Ad-hoc. Dijo que la comisión que le encomendaron no tenía nada que ver con la lucha contra la subversión; que el año 1974 era un período democrático. Dijo que Biscardi fallece al caer el avión en el que viajaba, en la zona Oeste de Tucumán; que se trató de un viaje sorpresivo, ya que debía ir el jefe de policía, pero como estaba en Santiago, quedaron el declarante y el mayor Biscardi, así que se quedó el dicente y subió Biscardi; se trataba de un reconocimiento en el que iba la plana Mayor del III Cuerpo del Ejército. Explica que su rol no era informar al personal de la policía sobre la lucha contra la subversión; que la policía no hacía inteligencia, así lo establecía la Ley 25.220; solo realizaba investigaciones. Agrega que en el marco del rol de investigación se exploraban los más diversos tópicos pero no recuerda con exactitud la currícula del año 75. Dijo que el jefe de policía era el encargado de dirigir, supervisar y controlar. Precisó que físicamente prestaba servicios en el edificio de la Jefatura. Recuerda que en esa época no había en ese lugar áreas restringidas; que más tiempo pasaba en la Escuela de Policía que en ese edificio; que sus funciones consistían en ir a distintas comisarías; estaba a cargo del área personal, pero eso no implica que interviniera en pases o evaluaciones; estaba específicamente concernido en las 1200 vacantes que había que cubrir. Dijo que desconoce el SIC; que conocía a Albornoz, pero no tenía contacto con él ya que estaba en la Brigada de Investigaciones; que a Bulacio lo conoce sólo de vista; a Sánchez no lo conocía, lo conoció ahora en Villa Urquiza; a De Cándido también lo conoció ahora en Villa Urquiza; que había cientos de cursantes en la escuela de Policía, que mal puede reconocer a De Cándido entre ellos. Señala que para los militares, los integrantes del ERP y Montoneros eran llamados subversivos, delincuentes subversivos, organizaciones político-militares; que no se sabía muy bien cómo llamarlos, ellos se denominaban organizaciones político-militares. Dijo no saber que hubiese una estructura de lucha antisubversiva en la policía. Asimismo, en el transcurso de la audiencia, el acusado aclaró conceptos como el de "guerra revolucionaria", distinguiéndolo del concepto de "guerra". Dijo al respecto que el término "guerra revolucionaria" se aplica inicialmente en América Latina, en Cuba y se proyecta al resto de América Latina, especialmente en Tucumán. Que el PRT ERP decide llevar adelante la guerra revolucionaria en Argentina con un punto inicial en Tucumán, llevando el centro de gravedad al sudoeste de la provincia y proyectándolo al resto del país, logrando crear una zona liberada. Dijo que el testigo Gerardo Romero, que perteneció a Montoneros, dijo que esto era una guerra revolucionaria, de manera tal que querer hablar de que eran escaramuzas, es parte de la ignorancia del testigo; la guerra revolucionaria no es la guerra convencional, donde se enfrentan dos ejércitos, el término escaramuzas no existe en el vocabulario militar, lo que hay son pequeños enfrentamientos entre grupos muy reducidos.-

LUIS ORLANDO VARELA

El imputado Varela expresó que las imputaciones en su contra son falsas, inventadas, que no conoce a esas dos mujeres, que prefiere que lo condenen por un asesinato pero no por algo que se le refiera a su moral; que no entiende que los jueces hayan aceptado esa atrocidad. Agregó que las acusaciones de la Sra. Auad son totalmente inaceptables, que no puede creer que se tome como dogma lo que ella dijo, que él nunca estuvo en Arsenales.-

GUILLERMO FRANCISCO LOPEZ GUERRERO

El imputado López Guerrero dijo durante la audiencia, que no es verdad que le haya dicho a la testigo Cajal que Benedicto era informante; que recién conoció a la señora Cajal en 1990 por otros motivos.

MARCELO OMAR GODOY

El imputado solicitó que se incorpore a la audiencia de debate, como prueba documental, las páginas 136 y 137, "Los niños soldados", del libro "Los llaman los jóvenes idealistas".

LUIS ARMANDO DE CANDIDO

Realizó algunas consideraciones respecto a la persona del testigo Juan Martín Martín e hizo algunas acotaciones referidas a la participación de éste en los hechos que hoy se juzgan. Relató algunas experiencias que le tocó vivir con Martín, así como las tareas que realizaba y los lugares donde éste prestaba servicios. Refirió que respondía al sobrenombre "Pancho". Respecto al testigo Delgado, dijo que éste estuvo durante un mes frente a la casa del dicente sacándole fotos; que una vez el testigo lo agarró al hijo del dicente menor de edad y lo trató de asesino. Refirió a un episodio violento con la policía, en el que estuvo también involucrado Delgado y otros compañeros de éste. Refirió que lo enfrentaron tres personas y le cerraron el paso; logró llegar a su casa, agarrar un arma y luego llegó la policía y detuvo a tres de ellos, uno era Delgado, que vivía en la calle San Lorenzo y pintaba letreros. Dijo que Delgado miente, que ni siquiera tiene la edad que dice tener, que finge ser periodista, que siempre lo persiguió al dicente.

AUGUSTO LEONARDO NEME

Realizó consideraciones y aclaraciones respecto del testigo Juan Martín Martín. Dijo que en su declaración en el Consufa el dicente dijo que no lo conocía ni lo registraba como Juan Martín Martín, luego dio con esta persona, era un policía que vestía de civil, armado y lo vio en Nueva Baviera, donde prestó servicios por muy poco tiempo ya que era sacado a recorrer todo Tucumán y ciudades vecinas y respondía al sobrenombre de "Pancho". Que después de un tiempo empezó a recolectar información respecto de Juan Martín. Relató la llegada de éste a la Policía; dijo que se alojaba en el ex Ingenio Nueva Baviera junto a otros soldados; vestía de civil y tenía libertad de movimiento por todo el comando. Agregó prueba documental.

MIGUEL ANGEL CHUCHUY LINARES

El imputado dijo que lo conoce al testigo Pascual Ariño, de la casa de su prima. Explica que cuando desaparece el hermano del testigo Ariño, éste se refugia 10 días en la casa de la prima y ahí comparte la habitación con el dicente durante 10 noches, en la casa de la prima de Ariño, ubicada en Muñecas y Chile. Dijo que de ahí en más no puede decir el testigo Ariño que conoce al dicente porque nunca hablaron del caso del hermano de Ariño, ni conoce al padre ni a la madre de él, solamente a la Sra. Paz de Laureant, que es la madre de María Elena Laureant. Respecto a ésta última, niega el acusado haber sido concubino, ni amante, ni nada; dijo que ella tenia 42 años y el dicente 23; que no es verdad que se haya reunido con la madre o el padre de esta chica; que no concurrió a ninguna reunión familiar ni conoce a la familia Laureant. Refiere que el Sr. Laureant era Oficial Principal de la policía, se retira en el 73 y del 75 al 78 era Oficial Auxiliar y estaba en el área logística. Agregó que el Sr. Laureant luego fue jefe del área "antecedentes personales".-

RAMON CESAR JODAR

Dijo que niega rotundamente los cargos que se le imputan, especialmente lo referido a la violación de domicilio; que no la conoce a la Sra. Margarita Palacio y que se reserva el derecho de ampliar su declaración en cualquier momento que lo crea oportuno.-

IV. LOS ALEGATOS TÉCNICOS DE LA DEFENSA

En su alegato, la Defensa de Celso Alberto Barraza cuestionó las fechas que el fiscal indica como de desempeño en Tucumán. Asimismo refirió las alusiones acusatorias que se han formulado en algunas actuaciones respecto al "Primer Alférez Carlos Hugo Barraza" y el hecho que la representación de FADETUC decidió no formular acusación.

El defensor de Ernesto Rivero, realizó un análisis de fechas de destino en Tucumán, y a partir de allí, plantea la exclusión de algunos casos, en función de las fechas de secuestro de las victimas. Alude también a la diferencia entre ser jefe del móvil de Gendarmería o jefe de sección del móvil, ya que estos tenían varias secciones. Alega asimismo su baja graduación al momento de los hechos. Descalifica además los dichos del ex gendarme Torres.

En la valoración de las pruebas respecto a Benito Palomo, su defensa también hace hincapié en que según el legajo no cumplió funciones en destacamentos móviles, ya que las comisiones que cumplió en Tucumán, eran como oficial destinado al Comando de la V° Brigada. Planteo exclusión de casos y valoró los testimonios que lo incriminaron en forma directa.

Al momento del alegato final, la defensa de Jose Carlos Sowinski, sostuvo que las comisiones que realizó Gendarmería en esos años, se referían a "controles de ruta, patrullaje y seguridad de barrios militares". Descalificó como testigo al Gendarme Cruz que había pertenecido al mismo destacamento móvil de Jesús María.

En relación a Tomas Adolfo Güemes, su abogado alegó que sus destinos en Tucumán lo fueron en el Comando de la V Brigada y se dedicaban a relevamientos topográficos. Cuestionó los dichos de varios testigos, en particular de María Cristina Román de Fiad.

El letrado que alegó por Alberto Rafael Montes de Oca, comparó las fechas de sus destinos, según el Fiscal y lo que surge del legajo, como así también refirió a que las comisiones de Gendarmería venían a Tucumán a hacer solamente control de rutas y custodia del comandante y del segundo comandante de la v Brigada. Cuestionó los testimonios que refieren a su presencia en el centro clandestino de detención del Arsenal.

La defensa técnica de Marcelo Godoy, cuestionó las fechas consignadas por el Fiscal como de actividad en Tucumán en comparación con el legajo , e insistió con lo que hacia Gendarmería en control de rutas y custodia del gobernador. Formuló además diversas conclusiones sobre las declaraciones de los testigos que se refirieron al imputado.

El defensor de Guillermo Francisco López Guerrero, al alegar cuestionó las declaraciones de la testigo Cajal, a quien le atribuyó una relación sentimental con su defendido. Cuestionó además la participación de uno de los querellantes de la Secretaría de Derechos Humanos. Refirió además a las labores del personal civil de inteligencia del Ejército.

La defensa técnica de Alfonso Ernesto Moore analizó su legajo en comparación con la acusación y dijo que era el oficial de más baja graduación en el Destacamento de Inteligencia. Hizo además un pormenorizado análisis de las funciones reglamentarias y legales de los destacamentos de inteligencia, como asimismo que su tarea era recolectar información sobre condiciones climáticas, geográficas y económicas de la zona de operaciones.-

En relación con Augusto Facundo Neme , su defensor analizó la acusación fiscal, las funciones en el Puesto de Comando táctico de Nueva Baviera, que se había limitado a elaborar una carta de situación, explicando con detalles lo que ello significaba. Luego refirió a cada uno de los hechos que le fueron imputados.-

El abogado de Luis Edgardo Ocaranza realizó un análisis cronológico del desempeño de los supervisores militares en Jefatura de Policía, se refirió a la carrera militar de su defendido y las declaraciones de algunos testigos a los que calificó de "falsos". Aludió también a cada uno de los casos que se le atribuyeron.-

Al alegar respecto a Ramón Alejandro Ojeda Fuentes, su defensor indicó que el rol cumplido de Jefe del grupo Subversión del Destacamento de Inteligencia era de baja responsabilidad y que ello era solo una etiqueta, cuestionó el acto de la declaración indagatoria.-

En el alegato referido a Fernando Torres, se cuestionaron las imputaciones que se le dirigieron, se aludió a diversas cuestiones cumplidas fuera de Tucumán, y a que fue jefe de la Primera Sección y Situación General en el Destacamento de Inteligencia 142. Analizó las jerarquías de los oficiales del ejército y que su condición era la de Oficial Subalterno con el grado de capitán. Que su tarea era la repercusión de las acciones de gobierno y los curriculum de los funcionarios.-

Respecto a Luis Orlando Varela, se alegó sobre los casos que se le atribuyen en relación con las fechas consignadas en su legajo , que estaba en el escalafón mas bajo de la línea de mando. Aludió a su declaración en instrucción. Cuestionó a los testigos por sus supuestas falsedades e inconsistencias.-

La defensa técnica de Juan Albero Abraham, cuestionó las acusaciones sobre algunos hechos en relación a las fechas de su producción comparándolos con sus periodos de licencias. Que sus funciones eran meramente administrativas.

Al alegar a favor de María Acosta de Barraza, el defensor técnico refirió que estaba en funciones administrativas. Alegó además respecto a los periodos de licencia en comparación con los hechos que se le atribuyen.

Con respecto a Guillermo Agustín Ugarte, el defensor alegó que su defendido prestó servicios en la Dirección de Transito de la Policía de Tucumán, a la fecha de los hechos que se le atribuyen.

La defensa de Pedro Osvaldo Caballero, cuestionó los testimonios de Ibáñez y García, como soporte de la acusación en contra de su defendido, por la desaparición del soldado Luis Soldatti.

El defensor de Hugo Enzo Soto, sostuvo que quien tomó contacto con el soldado Forth fue el Teniente Inocenti y que su defendido los recibió a los familiares y les dijo que hicieran la denuncia. Puso énfasis en que en horas de la tarde prestaba servicios en el Ejecutivo Provincial.

La defensa de Félix Insaurralde, aseguró que su defendido prestaba servicios en la Brigada de Inteligencia y que sólo intervino en delitos comunes. Cuestionó la asignación de hechos por parte del Fiscal.

Al alegar a favor de María Elena Guerra, su defensor negó que se haya consumado el delito de usurpación ya que ello no habría sido probado y rechazó los distintos testimonios vinculados al caso.

El abogado que ejerció la defensa de Ángel Custodio Moreno, cuestiono la congruencia entre la fecha delos hechos que se le imputan con relación a los datos de su legajo.

La defensa de Ángel Joaquín Pasteris, alegó que siempre cumplió funciones técnicas (dactiloscopia), las que resultan inocuas en aplicación de la teoría de la imputación objetiva.

Al alegarse por Ramón César Jodar, se puntualizó que había error en la imputación de asociación ilícita y que no estaba suficientemente probado lo que se le imputaba en relación a la víctima Margarita Palacio.

Al producirse el alegato defensivo de Rolando Reyes Quintana, cuestionó la falta de correspondencia de las fechas de los hechos que se le atribuyeron respecto a sus funciones y particularmente las circunstancias vinculadas con conductas que habrían tenido como víctima a Leonardo Fote.

El defensor de Antonio Esteban Vercellone, alegó que estaba asignado al Servicio de Informaciones Confidenciales pero prestaba servicios en otra repartición de la Policía y cuestiono asimismo la comparación de la fecha de los hechos que se le imputan con los datos de su legajo.

Con respecto a la situación de Jorge Omar Lazarte, su defensor dijo que no se probó que como subjefe de Policía tuviera vinculación con el D2 y estuviera en conocimiento de las presuntas detenciones ilegales y torturas, como tampoco que desde su posición dirigiera la lucha antisubversiva. También se planteó en forma subsidiaria prescripción sobre hechos anteriores al 24 de Marzo de 1976 por falta de tipicidad de lesa humanidad. Se cuestionó además los casos que le atribuyeron. Se cuestionó la constitucionalidad del tipo de asociación ilícita por adelantamiento del reproche.

El alegato defensivo respecto a Ramón Ernesto Cooke, giró en torno a su condición de Ingeniero en Electrónica y que por ello no podía ocupar cargos en unidades de combate sino que eran eminentemente técnicos, así resulta indicativo al respecto que fue Ministro de Difusión y Turismo en el Gobierno de Bussi por designación del 21 de Abril de 1976. Se aseguró que nunca conoció el Centro Clandestino del SIC mientras fue Jefe de Policía.

Con respecto al imputado Mario Miguel D Ursi, su defensa alegó que se debe ser rigurosos en el análisis de los casos y no atribuirle hechos por la mera comisión de un destino determinado, sumado a ello que cuando fue como supervisor militar a la Jefatura en el SIC ya no había habido nada. Cuestiono principalmente la calidad del testimonio de Clemente.

El defensor de Luis Daniel De Urquiza, se limitó a la imputación que se consideró vigente en la resolución del 22 de Noviembre de 2012, en relación con la desaparición del soldado Luis Soldatti, que prestaba servicio en la Compañía Militar de Arsenales. Que a la fecha del hecho (Mayo de 1978), dijo la defensa-, no existía el CCD Arsenal, que no se probó que oficiales del Destacamento 142 hayan tenido participación en el hecho imputado.

Al realizarse el alegato en defensa de Camilo Ángel Colotti, se señaló que fue considerado en la categoría de archi-enemigo. Que sus actividades en relación al Regimiento 19 de Infantería se ajustaron estrictamente a las órdenes legalmente recibidas y se cuestionó la calidad de algunos testigos. No tenía funciones de estado mayor. Se analizó la prueba producida.

En relación con el alegato defensivo de Ariel Rolando Valdiviezo, se hizo hincapié en que a su respecto se había tratado de aplicar el denominado derecho penal de autor, ignorándose además que Valdiviezo siempre actuó de uniforme y con su identificación. Agregó que la sola comisión a Tucumán no importa responsabilidad alguna sino que debe probarse con alguna otra prueba de cargo, tal como sostuvo la Fiscalía en el caso Milani. Se analizan además los distintos hechos que se atribuyeron.

Al alegar la defensa en favor de José Eloy Mijalchik, sostuvo que había sido objeto de una imputación genérica sin aportes concretos a los hechos delictivos, que se le atribuyó haber colaborado con una atmósfera de apoyo. Que fue un ataque a la Iglesia Católica como institución, sin descripción de hechos concretos.

El defensor de Carlos Eduardo Trucco, alegó, entre otras cosas, que su defendido no fue Jefe de Compañía ni oficial de Estado Mayor, se deslindó responsabilidad respecto a detenidos. Se analizan los distintos hechos que se le atribuyen y que por su jerarquía no podía ser autor mediato.

El abogado que ejecutó la defensa de Juan Carlos Benedicto, hizo consideraciones respecto a que 3/4 partes del mundo no han aceptado el Estatuto de Roma, que los principios de derecho internacional son interpretados en forma caprichosa. Señaló además que la descripción que hizo Pérez de "Juanca" no coincide con la de su defendido y que éste tenía 18 años al momento de los hechos. Que nadie identifico a su representado como "Juanca".

Al hablar la defensa de Hugo Javier Figueroa, consideró que se le impidió expresar sus opiniones políticas. Se remontó en las reflexiones a la Segunda Guerra Mundial, que Moscú intentó llegar a Latinoamérica y les arruinó la mente a muchos jóvenes idealistas argentinos. Hizo una crónica sobre la evolución de la actividad guerrillera. Que existían responsabilidades múltiples. Que su defendido nunca fue guardia ni traslado gente, que era un simple agente de 20 años. Habló detalladamente sobre cada uno de los hechos que se le atribuyeron.

El defensor del Miguel Ángel Chuchy Linares, señaló que se lo acusa de prestar ayuda. Que por su cargo no podía tomar decisiones ni ayudar a la gente del SIC. Que por otra parte no es lo mismo D2 que el SIC. Que cuando su defendido estaba en Informaciones Policiales lo era en la sección hoteles y guardias privadas. Que su cliente estaba en un lugar diferente al señalado como CCD.

El defensor de Oscar Humberto Gómez, cuestionó la atribución de varios hechos por la fecha de su comisión y dijo que en este proceso se están investigando personas y no hechos. Que ya en 1977 no estaba en la Jefatura de Policía. Que no hay testimonios en su contra.

El defensor de Roberto Heriberto Albornoz, sostuvo en su alegato que le correspondía la absolución por que ya había sido condenado en el juicio de Jefatura I, es decir delitos cometidos en ese ámbito. Su defendido fue nombrado 5 veces en Jefatura y 35 veces en Arsenal. Nadie dijo que lo habían visto en Arsenal, donde no tenía ninguna injerencia. Incluso se le atribuyen hechos de Jefatura, cuando ya tenía otro destino policial. La defensa técnica de Luis De Cándido, en su alegato analizó los grados inferiores que tenía su defendido al momento de los hechos y los hechos que se le atribuyen en periodos que se encontraba de licencia. Se refirió particularmente a la declaración testimonial de Elías. Consideró que hay ausencia de pruebas a su respecto.

Con respecto a Ricardo Sánchez, la defensa consideró los grados que tenía al momento de los hechos, como así también que en Informaciones no estaba durante 1975 y de allí excluyó los casos o conductas en ese período. Centró los análisis en los hechos que perjudican a Centurión y a los hermanos Cisterna. Dijo que había 16 Sánchez que se desempeñaban en esa época en la Policía de Tucumán.

Se invocó también la obediencia debida como causa de justificación o subsidiariamente como causa de exclusión de culpabilidad, atento a los grados de los imputados. Se cuestionó asimismo la acusación por autoría material del tipo de asociación ilícita y la violación de la prohibición de la retroactividad de la ley penal en relación a esas figuras penales. Se consideró además que estaban pretendiendo aplicar un "derecho penal del enemigo", con cita de reflexiones a ese respecto del jurista Dr. Daniel Pastor, como así también se apuntó que los acusadores manejaban con "selectividad" la jurisprudencia internacional y que fueron reiterativos en discursos meramente simbólicos. Se alegó asimismo que la pena de prisión perpetua es inconstitucional, por falta de posibilidad de aplicación de la norma de progresividad en función de la edad de los imputados. Se cuestionó además la violación del principio de inocencia al no haberse otorgado excarcelaciones y la falta de aplicación del imperativo normativo de la prisión domiciliaria.

A continuación, el Tribunal emitirá el pronunciamiento en forma conjunta (Art. 398 del C.P.P.N.) excepto en lo relativo al monto de las penas atribuidas a los imputados y a las absoluciones de Celso Alberto Barraza, Luis Daniel De Urquiza, Juan Carlos Benedicto y José Eloy Mijalchik, atento a la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga

V. PLANTEOS PREVIOS

Antes de fundamentar acerca del veredicto dictado en autos, corresponde pronunciarse sobre las cuestiones previas planteadas durante la audiencia de debate que, en cuanto a su resolución, quedaron para definitiva.

Cuestiones planteadas durante la audiencia que se reservó pronunciamiento para definitiva.-

En el punto I) del veredicto se dispuso no hacer lugar a las pretensiones de nulidades, falsos testimonios, exclusiones probatorias y prescripción planteadas por las partes, sin perjuicio de la estricta vigencia del principio de congruencia en los términos del marco acusatorio fijado por resolución de fecha 22 de noviembre de 2012, conforme se considera.-A los fines de una mejor exposición de las cuestiones se tratarán en el orden en que fueron planteadas en el debate.-

a) Planteo de prescripción de la acción penal por parte de las defensas de los imputados Ramón César Jodar y María Elena Guerra.-

La defensa oficial solicitó el sobreseimiento de los imputados Jodar y Guerra conforme al art. 361 del C.P.P.N. por entender que la acción penal se encuentra prescripta. Alegaron que los delitos imputados- usurpación y violación de domicilio como autores materiales-no encuadran dentro de los delitos de la lesa humanidad y que la circunstancia de que se imputen como cometidos en ese contexto no los convierte en delitos de esas características.-

Al respecto en esa misma audiencia el Tribunal resolvió: "Con respecto a la supuesta prescripción alegada, está claro que todos los imputados se encuentran en tal condición en función de que se les atribuyen delitos de lesa humanidad que implican imprescriptibilidad. Sin perjuicio de ello, y atento que al respecto pudieran eventualmente resultar relevantes las pruebas que se produzcan en el debate, difiérase su resolución para definitiva".-

Pues bien, producida que fuera la prueba en el debate resulta claro que los delitos imputados y probados en la audiencia constituyen delitos de lesa humanidad, tal como se explica al desarrollar la responsabilidad penal de Jodar y Guerra.-

En el caso del Ramón César Jodar se trata de una conducta típica de las acciones que conforman la concreción del plan sistemático de represión de un grupo de la población civil por sus roles públicos.-

En lo que respecta a María Elena Guerra cometió una acción ilícita que se integra al plan sistemático, al usurpar un inmueble como consecuencia del secuestro y muerte de los ocupantes legales.-

b) Exclusión del testimonio del testigo Juan Carlos Clemente y de la documental aportada, planteado por la defensa oficial.-

El Dr. Ciro Vicente Lo Pinto expresó que en anterior oportunidad (debate en otro juicio) esa defensa oficial instó al tribunal y al Ministerio Público Fiscal a que realicen investigaciones sobre el testigo Clemente. Señaló que con el testimonio del testigo Raúl Edgardo Elías se produjo otro hecho que deviene en la necesidad de investigar al Sr. Clemente, y que conforme a los arts. 194, 195, 196 y 196 bis del C.P.P.N., las facultades investigativas las tienen los jueces, o si se inician ante el fiscal, luego se le da participación al juez.-

Agregó que los dichos de Clemente sirven de base a éste y a otros juicios, y que debía tenerse presente que el testigo que se cuestiona puede haber participado en los delitos que se juzgan en esta audiencia, por lo que solicitó la exclusión de las pruebas aportadas y de todos sus dichos. Manifestó además que ésta es la oportunidad para que el Ministerio Público Fiscal ahonde en la investigación y si no, que lo haga el propio tribunal, por lo que debía excluirse la prueba hasta que se compruebe que Juan Carlos Clemente no tuvo nada que ver con los hechos que en éste juicio se ventilan.-

Por su parte el Dr. Edgardo Adolfo Bertini señaló que luego de escuchar los testimonios de Rivero, la señora de Cativa, Ríos Santucho y Elías, se completó el marco que desacredita al testigo Clemente como un testigo veraz en tanto le corresponden las generales de la ley y su testimonio se convierte en falso, por lo que, de tomarse esta declaración se estarían incorporando los dichos de una persona que habría intervenido en los delitos que declara.-

A su turno, el Dr. Peralta Palma, en representación del Ministerio Público Fiscal, expresó que el tema fue resuelto por el tribunal y que se trata de las exclusiones probatorias que algunos defensores quieren incorporar en reemplazo de las nulidades. Expresó que no sabía dónde estaba el perjuicio ni como se había violado el derecho de defensa. Remarcó que había elementos aportados a la causa y que el tribunal sabrá incorporarlos con la sana crítica, agregando que el momento correspondiente para descalificar al testigo era el de los alegatos y que por tanto no cabe exclusión probatoria a priori.-

El Tribunal entiende que el rechazo de la pretensión, más allá de que no fuera fundada en norma procesal concreta, surgió de la errónea interpretación que hizo la defensa en cuanto a que las circunstancias probatorias indicadas transitaban el camino de las denominadas prohibiciones probatorias. Ello surgió evidente cuando se reparó en que se equiparó tanto la declaración del testigo Clemente, como la incorporación de prueba documental por parte de éste, a una situación de restricción impuesta a la actividad probatoria cuya inobservancia de preceptos provoca la inadmisibilidad como elemento de prueba por resultar de una obtención ilegítima pero ya incorporada al proceso.-

Siguiendo a Maier en esta materia (Derecho Procesal Penal I Fundamentos -del Puerto, Bs.As. 2ª edición 3ª reimp., pag. 695), el tema introducido por la defensa al debate se conoce también en el Derecho constitucional europeo como prohibiciones de valoración probatoria y en el derecho anglo-sajón bajo el rubro exclusionary rule (regla de exclusión), supression doctrine (doctrina de la supresión) con su extensión al fruit of the poisonous tree (fruto del árbol venenoso), por el efecto principal que provoca: la decisión judicial contraria al interés del portador de la garantía no puede ser fundada en elementos de prueba obtenidos mediante su inobservancia o con violación de las formas previstas en resguardo de la garantía.-

Pues bien, en el planteo no se indicó cual fue la inobservancia de las reglas constitucionales y legales o cuales fueron los actos que se cumplieron en audiencia de toda regla de autorización. Ni siquiera como sugerencia se alegó acerca del modo irregular de obtención de la prueba o de la inobservancia de reglas prescriptas para su incorporación al proceso. Tan sólo se sustentó en circunstancias particulares del testigo, pretendiéndolas equiparar a la situación de los imputados, al sostener que aquel podría haber participado en los delitos que se juzgan en esta audiencia.-

Al respecto, a todo evento, debe tenerse presente que el testigo Juan Carlos Clemente no tiene imputación penal ni proceso abierto en su contra por la presunta comisión de los delitos juzgados en estos autos, con lo cual esa consideración de la defensa no resultó otra cosa que una pretendida maniobra descalificante del testigo que en nada se condijo con los supuestos a los que la regla procesal invocada alude.-

La ligereza en el modo con que la defensa pretendió excluir la prueba se advirtió al reparar que intentó en todo momento confundir el testimonio y la documentación, como si se trataran de una misma prueba, o como si ésta surgiera de aquel, para luego denotar lo testimoniado y por carácter transitivo lo documentado, poniendo en tela de juicio el accionar del testigo en los momentos en que sucedieron los hechos criminosos aquí juzgados.-

La defensa, afirmó por un lado, que en tanto el testigo Clemente, en base a lo dicho por el testigo Elías, podría resultar investigado por complicidad en los hechos juzgados, por lo que debió procederse sin más a la aplicación de la regla de la exclusión probatoria y, por otra parte, pretendió desacreditar al testigo como veraz por entender que le correspondían las generales de la ley y su testimonio se convirtió en falso, con lo cual, al tomarse la declaración de Clemente, se estaban incorporando los dichos de una persona que habría intervenido en los delitos que declara.-

Se advierte así que en aras de lograr el descrédito pretendido se invocaron caminos procesales que regulan supuestos totalmente distintos, sin que ninguno de ellos sean verificables en los extremos aludidos, pues, en definitiva, ni la hipótesis de que el testimonio y la documentación aportada fueron medios de prueba obtenidos a través de métodos o formas ilegítimas, ni la circunstancia afirmada de que el testigo miente, fueron demostradas conforme a las reglas de la sana crítica racional. Ello porque en ningún momento señalaron las formalidades omitidas o incumplidas al incorporar el testimonio y la documentación que se impugnaba.-

Se trató en definitiva de un planteo que puso en evidencia la discrepancia de la defensa en cuanto a los dichos y al contenido de la documentación aportada por el testigo, que como tales, el Tribunal valoró al momento de dictar el veredicto, pero que de ningún modo pueden ser considerados supuestos de prohibición probatoria o falsedad testimonial.-

No escapa al Tribunal que el reproche de la defensa en relación a estas pruebas producidas (testimonial del testigo Clemente y documental aportada por éste) fue una constante a lo largo del extenso debate, sin que en ninguno de los múltiples intentos impugnativos se advirtiera un sustento procesal invalidante.-

En esta sentencia, el Tribunal fija posición respecto a los denominados detenidos "colaboradores" y el valor de esos testimonios brindados en la audiencia, como observadores de la totalidad de lo sucedido, sumado a otras pruebas coincidentes.

c) Falsos testimonios.-

Previo al análisis concreto de cada planteo de falso testimonio es preciso remarcar que en la presente causa fueron traídos a juicio delitos cometidos en los centros clandestinos de detención, entre los cuales se destacaron los denominados "Jefatura de Policía" y "Arsenal Miguel de Azcuénaga". Desde el 12 de Noviembre de 2.013 hasta el 13 de Diciembre de 2014, en el transcurso de noventa jornadas de audiencias de debate se presentaron informes periciales y declararon trescientos cincuenta y ocho testigos, ya sea en la sala de audiencias del Tribunal o a través del sistema de video-conferencias, como así también se leyeron y reprodujeron el audio de un total de cuarenta y seis personas imposibilitadas de comparecer o atestiguar por razones de salud y de personas fallecidas. Se realizaron inspecciones oculares en los centros clandestinos de detención y en los lugares donde funcionaron o existieron bases militares, con testigos presentes. Se juzgaron numerosas privaciones ilegítimas de la libertad, torturas y homicidios cometidos mediante la implementación de un plan Estatal organizado y sistemático de desaparición forzada de personas ocurridas hace más de treinta y ocho años.-

Lo enunciado, como consecuencia de que el Tribunal en todo momento del juicio tuvo presente y sin perder de vista el significado que debe darse a testimonios que versan sobre hechos que sucedieron hace casi cuarenta años en un contexto sumamente particular, con un altísimo porcentaje de víctimas-testigos, algunos referentes a delitos sobre la integridad sexual, y de familiares directos de las víctimas desaparecidas y de las víctimas sobrevivientes.-

Este cuadro de situación obligó en todo momento a llevar adelante una valoración de la prueba que se enmarque en el especial contexto en que sucedieron los hechos criminales que se fueron probando en la audiencia.-

Estas circunstancias tan particulares y a la vez generalizadas, con innumerables casos revictimizantes que motivaran la intervención legalizada de equipos técnicos especializados para el acompañamiento de víctimas y testigos del terrorismo de Estado que se iba demostrando día a día con el transcurrir de la prueba producida, fue forjando el marco específico que sentó los parámetros estándares de valoración de la prueba testimonial.-

No escapó tampoco al Tribunal aquellas otras circunstancias específicas en relación a testimonios producidos por las defensas en el pleno ejercicio de su derecho constitucional.-

En atención a éstas consideraciones y en el análisis concreto de cada pretensión traída a la audiencia por las partes, se analizaron y ponderaron todos aquellos detalles o extremos que influyeron en el ánimo tanto de los testigos que prestaron declaración en la audiencia como en aquellos profesionales que en ejercicio de sus derechos procesales se motivaron en planteos de falso testimonio.-

Lo considerado, con independencia absoluta de la convicción que cada uno de los testimonios cuestionados produjo en el ánimo de los juzgadores una vez que fueron analizados a la luz del proceso de la sana crítica racional.-

1) Planteo por parte del Ministerio Público Fiscal de falso testimonio de Amelia del Cármen Zárate (28/02/2013).-

La testigo manifestó en la audiencia que en el año 1976 vivía en un pasaje a la altura de calle Frías Silva 250 de la ciudad de San Miguel de Tucumán. Que uno de sus vecinos, en Frías Silva 231, en los años 74 o 75, era la familia Marini. Que en el año 1976 la vivienda quedó desocupada y que conocía muy bien este hecho porque su casa colindaba con la de ellos y sentía mucho miedo en tanto, a su entender, estaba abandonada.-

Recordó que la casa vuelve a ocuparse ya nacido su segundo hijo, hacia el 1977 o un poco más, y que allí vio a una señora de edad, grande, de unos cincuenta y cinco años, que le comentó que eran los nuevos vecinos, y le dijo que después iba a ir a vivir una hija suya, lo que se concretó aproximadamente un año y medio después. Estimó que los Marini abandonaron la casa hacia el 74, y que habría estado vacía unos dos o tres años. Hizo hincapié que era muy raro ver una casa así en ese estado, abandonada. Precisó que Alcira Guerra era jubilada, y que su hija policía, aunque no sabe si llegó al barrio ya con esa condición.-

Dijo que vio a María Elena Guerra por primera vez en el año 1980, unos años después de que había llegado su madre. Calculó que habría tenido unos dieciocho o veinte años. Refirió que la elevación de un muro en el frente de la casa estima que se hizo hace unos diez años. Terminó su relato diciendo que no recuerda que la casa hubiese estado alquilada a la familia Araldi.-

El Sr. Fiscal General solicitó el falso testimonio de la testigo Aurelia del Carmen Zárate y centralizó la pretensión en la circunstancia de que negó tener conocimiento sobre los hechos ocurridos en ese domicilio, y sin embargo ello ha quedado demostrado en el juicio de Jefatura de Policía.-

A su turno, el Dr. Edgardo Adolfo Bertini, expresó que la pretensión fiscal era una forma de coacción a la testigo, porque el fiscal manifestó que quedó probado el hecho ocurrido al matrimonio Oesterheld-Araldi, y sobre ese hecho la señora dijo que no recordaba.-

Tal como surge de lo relatado, la pretensión del Ministerio Público Fiscal no resistió el menor análisis, puesto que en relación a la familia Araldi la testigo dijo que no recordaba que hubiese estado por ellos alquilada la casa.-

Esta circunstancia, el no recordar, luego de casi cuarenta años, muestra a las claras que no existió intención alguna de mentir u ocultar información al Tribunal. Es más, analizado el testimonio en el contexto del marco expuesto en párrafos precedentes, la pretensión fiscal quedó desprovista de racionalidad, al punto de aparecer como desmesurada si se repara en el fin perseguido de que no se dé crédito al testimonio. El análisis acusatorio partió, en el caso concreto del relato, de una premisa errada, cual es, que la Sra. Zárate conoció lo que se probó al respecto en la causa Jefatura de Policía. Pero aún si se tuviera por cierto ese extremo, no comprobado, tampoco estaríamos ante la mentira que adujo ver el Sr. Fiscal General, en tanto la testigo no dijo que la vivienda no estaba alquilada a la familia Araldi, si no, simplemente, manifestó que no lo recordaba.-

Por lo considerado se impuso el rechazo de la pretensión.-

2) Planteo de la Defensa Oficial de falso testimonio de Jorge Guillermo Delgado (01/03/2013).-

Declaró que es periodista de distintos medios locales y nacionales, como freelance. Que tuvo conocimientos de lo sucedido con el inmueble de calle Frías Silva 231 porque al respecto hizo una investigación como consecuencia de que hubo gente que le contó que esa casa había sido usurpada en el año 1976.-

Dijo que los vecinos no sabían el apellido del matrimonio que vivía en esa casa y que lo pudo determinar cuando llegó a dar con el hijo del dueño, el Sr. Marini. Contó que los vecinos con los que habló le relataron el secuestro del matrimonio con su niño, y que la joven estaba embarazada. Luego supo por Marini que eran los Araldi-Oesterheld. También contó que se enteró que la casa fue usurpada por el comisario Albornoz y María Elena Guerra, quienes ingresaron allí hacia setiembre u octubre del 76. Que días después del secuestro se vio sacando los muebles.-

Respecto a esta información, dijo que la puso en conocimiento del fiscal federal Ferrer en 2005. Sobre la investigación respecto de la suerte corrida por el matrimonio, dijo que la buscó en la Dirección de Familia y Minoridad. Allí su director le permitió acceder al Libro de la Casa Cuna en el que constaba que el niño Fernando, hijo del matrimonio, había sido dejado allí en 1976. Así también supo, que el matrimonio Araldi-Oesterheld vivía en el Hotel Petit de calle Crisóstomo Alvarez de esta ciudad, desde que llegaron a Tucumán en diciembre del 75. A ellos los conoció en ese mismo mes y año a la altura del cine Majestic, por la calle 24 de Septiembre, porque se los presentó un amigo que tenían en común.-

Respecto de la fotografía de Diana, tomada por Raúl, que aportó al expediente, manifestó que es de junio del 76. Explicó que aparece embarazada y que a la foto la obtuvo en una entrevista con la Sra. Elsa Sánchez de Oesterheld. Destacó que pudo fotografiar el inmueble a lo largo del tiempo, y también a Fernando Araldi. Señala que los vecinos le dijeron que Albornoz vivía allí con Guerra, que era su amante, y que en una oportunidad al lugar llegó la esposa de Albornoz, que hizo un escándalo.-

Relató que conoció otros casos de apropiaciones de inmuebles, como el de la causa Coronel. Dijo que durante las investigaciones sufrió apremios, concretamente de parte del imputado De Cándido. Al respecto, recordó que personal de la Comisaría Segunda lo detuvo en instancias en que se encontraba cerca de la casa del imputado, con un amigo en una camioneta. Dijo que fue acusado de querer secuestrar a De Cándido. Que no obstante ello, pudo llamar al vicegobernador y se esclareció el hecho de que era un periodista haciendo una investigación.-

Afirmó que en otro hecho, un hijo de De Cándido, un sábado de agosto de 2004, quiso arrollarlo con el auto, y recordó que justo el día anterior, coincidentemente, se había dispuesto la prisión de De Cándido. Destacó que han ingresado varias veces a su casa, incluso en 2011, en un robo extraño, ya que sólo se llevaron documentación.-

Dijo, que según los vecinos, a Diana la sacaron de calle Frías Silva, aunque Juan Martín dice que la sacaron de Avellaneda y Santa Fe. Sobre esa contradicción consideró que lo que dice Juan Martín también es plausible y que, de hecho, se compadece con el modus operandi de los secuestradores.-

Agregó que en septiembre del 76 fueron a la casa a vivir Albornoz y Guerra, que esto se lo contó un señor que tenía un taller al frente, y también Federico Storni. Dijo que Marini le manifestó que el interés del matrimonio Araldi era comprar la casa, pero que la operación no llegó a concretarse, y que vivieron allí unos cinco meses aproximadamente.-

El Dr. Lo Pinto, luego de ofrecer como prueba el legajo de la policía de su defendida María Elena Guerra, donde, según afirmó, consta que en el año 1976 no revestía calidad de policía, solicitó el falso testimonio del testigo Delgado porque entendió que éste prestó una declaración anterior que no se condice con lo que dijo en esta audiencia de debate, y además, porque no estábamos en presencia de una investigación periodística seria que permitiera tenerlo como testigo en estos autos, en tanto no se habían verificado ninguno de los datos contradictorios que existían, sino simplemente que el testigo se había avocado a repetir dichos de otras personas.-

Entendió que estábamos ante grandes perjuicios, porque en este juicio se encontraban detenidas personas por la imputación del delito de usurpación. Remarcó la necesidad de que se libren los oficios solicitados a fin de conocer en qué fecha trabajó en los medios periodísticos que señaló el testigo y pretendió que el Sr. Delgado acredite su condición de periodista a través de la exhibición del carnet pertinente.-

El Sr. Fiscal General se opuso a lo solicitado, porque entendió que no estábamos ante un tribunal de enjuiciamiento sobre el rigor periodístico que desarrolla el testigo Delgado. Recalcó que no correspondía al tribunal revisar esa circunstancia, sino ponderar su declaración.-

Agregó que no surge del planteo, ni se demostró en la audiencia, la falsedad invocada. Afirmó, que en el caso, se trató de investigar si hubo apropiación de inmueble y posterior usurpación. En tal sentido, recordó que la causa ya pasó anteriormente por el tribunal y que por tanto la prueba de los hechos ya fue acreditada en anterior juicio.-

A su turno, el Dr. Mendivil se expresó por el rechazo de plano del planteo.-

Por lo expuesto, advirtió el Tribunal que, en definitiva, la defensa enderezó el argumento central de la pretensión de declaración de falsedad testimonial hacia una circunstancia particular del testigo que entendió no acreditada. A partir de allí, intentó desarrollar una hipótesis tendiente a demostrar que si el testigo miente en cuanto a su condiciones personales, todo su relato queda desacreditado.-

En otro tramo de la impugnación pasó a conmensurar esa labor y concluyó que se no se trataba de una investigación seria que permitiera tenerlo como testigo en estos autos, en tanto no se habían verificado ninguno de los datos contradictorios que existían, sino simplemente que el testigo se había avocado a repetir dichos de otras personas. Sin embargo, no enunció las desacreditaciones ni tampoco indicó en qué consistían las contradicciones.-

Refirió a una declaración anterior prestada por el testigo y afirmó que no se condecía con la versión dada en la audiencia, pero no señaló en qué consistían las contradicciones ni cuáles eran las afirmaciones contradictorias. Ello, no obstante no haber señalado un solo punto contradictorio en las afirmaciones o en las versiones recogidas por el testigo.-

No se trata aquí de explicar cuanta convicción tiene el testimonio del Sr. Delgado, sino de fundar por qué no estuvimos ante una declaración mendaz. En relación a ello, puede decirse, simplemente, que el planteo, tal como fue traído al estrado, no contuvo entidad, en tanto no se dirigió a señalar las contradicciones precisas en las que habría incurrido el declarante o cual era la versión falaz que dio ante los estrados, sino sólo intentó poner en tela de juicio la calidad profesional del declarante.-

En definitiva, si bien el Sr. Delgado no exhibió credencial de periodista tal como lo pretendió el Sr. Defensor Público Oficial, lo concreto es que en el caso tampoco la pretensión exhibió el rigor procesal que requiere un planteo de falsedad testimonial en un juicio penal. No obstante lo considerado, el testigo en todo momento manifestó que es freelance, con lo cual la acreditación de pertenencia a algún medio periodístico carece de relevancia.-

De todos modos, más allá de que se considere o no la condición de periodista, lo concreto es que la defensa no logró ni siquiera echar un manto de duda en cuanto a la veracidad de lo declarado.-

3) Planteo del Dr. Mendivil de falso testimonio de Emma Filomena Fereyra (01/03/2013).-

La testigo declaró en la audiencia que conoce a María Elena Guerra desde hace unos cuarenta años, ya que en el año 76 realizó tareas de limpieza en la casa de su madre, tres veces a la semana. En el año 1979 o 1980 conoció a María Elena, la veía con el uniforme de la policía, ya que fue a vivir allí. Relató que trabajó hasta el 86, 87 u 88, ya que en esa época se enfermó y no pudo continuar con la relación laboral.-

Señaló que la madre de María Elena le contó que ella había comprado la casa. Que cuando llegó a trabajar por primera vez la misma estaba habitable y no parecía abandonada, que se encontraba en buen estado. No recordó el nombre de su empleadora, la madre de María Elena. Manifestó que unos años antes de ir a trabajar en la casa ya vivía por la zona pero que no recordaba de operativos policiales en el barrio, ni tampoco el traslado de muebles en ese domicilio. No se acordó de la fecha de la muerte de la madre de María Elena, no obstante aclarar que ya no trabajaba en el lugar.-

Dijo que a María Elena, luego de dejar de trabajar en su casa, siguió viéndola en algunas oportunidades, precisamente cuando necesitaba algún papel de la policía y también al tomar conocimiento de que la madre de María Elena falleció en 1980.-

El Dr. Mendivil pidió el falso testimonio de la testigo Ema Filomena Ferreyra, porque dijo que vio por última vez a la madre de María Elena Guerra en el año 1986 mientras que la señora falleció en el año 1980.-

El Dr. Bertini señaló que nos encontrábamos ante igual situación que la de muchos testigos que no se acordaron fechas y se entendió que podían no acordarse, por lo que solicitó igualdad de armas para el caso y que se rechace el pedido de falso testimonio.-

Surge evidente que en el presente caso todo se redujo a un problema de fecha, específicamente en cuanto a cuando la testigo vio por última vez a la madre de la imputada María Elena Guerra.-

Como se explicó antes de abordar cada caso concreto, el no recordar o confundir fechas es propio de la naturaleza humana y toda vez el caso se trató de precisiones relativas a hechos ocurridos hace casi cuarenta años, la pretensión del Dr. Mendivil careció de un sustento razonable.-

4) Planteo de la Dra. Laura Eugenia Figueroa de falso testimonio de Miguel Angel Noguera (24/05/2013).-

El testigo declaró que es compadre del Padre Mijalchyk. Que nació en El Colmenar, en el hogar de menores. Su papá trabajaba ahí hasta el año 72. Que en ese año le adjudicaron una casa en el Barrio Padilla, eso fue en agosto del 72, y vivió allí hasta agosto del 76; al frente estaba Félix Viterbo Corbalán.-

Dijo que desde el 11 de agosto del 76 hasta noviembre del 79 fue delegado comunal de El Colmenar. Respecto a Félix Viterbo Corbalán, recordó que era excelente, trabajaba en el ferrocarril y que puso una ferretería en frente de la casa del dicente. Que un día se enteró que pusieron una bomba en el negocio de Félix.-

Indicó que él asumió el 11 de agosto en la comuna y cuando vuelve al día siguiente del Barrio Padilla, a trabajar en la comuna, vio que había personas afuera y le contaron que lo habían secuestrado a Félix Viterbo Corbalán la noche anterior.-

Relató que no vio nada porque él vivía en la calle Italia al 4500. Precisó que el hermano de Félix era más amigo cercano por la edad. Dijo también que es radical y que en el 73 había hecho un programa de acción para El Colmenar, eso llegó a manos de un gran dirigente justicialista, Hugo Gelsi, y fue él quien decidió designarlo delegado comunal. Recuerda que en esa época estaba mal económicamente, golpeado por "El Rodrigazo".-

Refirió que andaban buscando a un Miguel Noguera para asumir la comuna, pero había cinco con ese nombre, entonces no sabían cuál era, hasta que certificaron y resultó ser el dicente; que Miguel González le tomó juramento. Dijo que el Intendente era quien ponía en el cargo a los delegados comunales. A cargo del declarante estaban Las Talitas, El Colmenar y Villa Mariano Moreno, esto, durante el gobierno militar de Antonio Domingo Bussi; aclaró que no lo conoció.-

Dijo que ya no estaba en El Colmenar cuando fue el estallido relacionado con Corbalán; que sólo sabe que éste era dirigente sindical. Relató que como delegado comunal fue a la casa de Gobierno, porque anduvo por otro problema de un primo suyo llamado Reinaldo Correa, que después apareció muerto; allí le decían que no se meta en esas cosas y que él les contestaba: "soy delegado comunal, tengo que velar por el bien de la gente", y que entonces le respondieron: "sos el último orejón del tarro, tienes que ejecutar todo lo que digan los de arriba", y que el dicente les contestó "siempre y cuando no vaya contra mis principios".-

Recordó que en la Iglesia fue a hablar con Monseñor Conrero, consiguió que le dé una nota para ir a Buenos Aires a hablar con Primatesta, la carta que le dieron iba dirigida a éste. Allí le dijeron lo mismo que en el Arzobispado, que cualquier pedido debía canalizarse por De Nevares; eso, con relación a las averiguaciones por la situación de Corbalán.-

Respecto a Doña Berna, la madre de Corbalán, la recuerda reclamando siempre por su hijo, pero manifestó que el declarante sólo podía consolarla. Dijo que atribuye el enriquecimiento de los militares al fondo patriótico y que de ello da cuenta del aumento del patrimonio de Bussi sin respaldo que lo justifique.-

Recordó que a Mijalchyk lo conoció en el 64, que éste estuvo en su boda y en la muerte de su padre. Dijo que se lo conoce como "Padre Pepe" y que era conocido con ese nombre desde el seminario. Precisó que no sabía, a la fecha de los hechos, de la existencia del Arsenal; que conocía de la Escuelita de Famaillá porque a un primo suyo lo secuestraron y tuvo que alojar en su casa al hermano de éste.-

Refirió que Conrero era Arzobispo en Tucumán; que sí conoció al Padre Vecce, quien era capellán del ejército y daba misas por la televisión, en Canal 10, que ya murió. Indicó que hizo todas las gestiones que pudo para ayudar a la Sra. de Corbalán, entre la que recuerda haber intentado hablar con Primatesta.-

Declaró que se comunicaba día por medio con la madre de Corbalán y que la nota se la dio a la Sra. Maga, para que le manden a De Nevares. Que a la Sra. de Félix la asesoró en algo para que le puedan dar la pensión de los desaparecidos y no sabía cómo llenar los formularios y años después conoció a la hija, ya grande, historiadora, que el preguntó por unas cosas de la historia de El Colmenar. Que en la conversación ella le contestó que sabía dónde había estado su papá, en el Arsenal. Que le mostró el informe de la Bicameral, y le dijo "mirá, ahí figura que estuvo en el Arsenal, lo hemos buscado por todos lados".-

Manifestó que no sabe de dónde la Sra. de Corbalán pudo haber pensado que él estaba detenido en el Arsenal Azcuénaga, ya que era sólo delegado comunal y jamás ingresó al Arsenal y que Mijalchyk nunca le dijo que lo vio a Corbalán en el Arsenal ni nada de eso.-

Expresó que no le consta, ni nunca supo, que Mijalchyk fuera capellán del Ejército, sabía que era párroco de la Parroquia San José Obrero, desde el Nogal hasta Chorrillo, porque misionábamos por ahí. Dijo que el Padre Mijalchyk fue un punto de apoyo para él y su novia, que luego fue su esposa, de hace cuarenta y cinco años.-

Explicó que él era huérfano de padre y que a los diez días de que éste murió, estaba mal y no sabía cómo sobrellevarlo, por lo que se conectó con el Padre Mijalchyk y éste le dijo "hay muertes que son necesarias". Que con respecto a Corbalán hizo los trámites que le pidieron en la Iglesia y en el Gobierno.-

Mediante escrito presentado el día 27 de Mayo de 2013, obrante a fs. 2.841 (cuerpo 439), la Dra. Figueroa solicitó se haga lugar al pedido de falso testimonio de Miguel Angel Noguera. En la audiencia del día 30 de Mayo de 2013 se puso en conocimiento de las partes el decreto obrante a fs. 2845, que en lo pertinente reserva su resolución para el momento del dictado de la sentencia definitiva. El Dr. Robert expresó que no era el momento oportuno para pedir falso testimonio, que se debería haber planteado inmediatamente después de la declaración del testigo.-

En el escrito, la Dra. Figueroa manifiesta que el testigo incurrió en falso testimonio cuando dijo que mientras trabajaba en la legislatura tomó conocimiento que el libro de la Comisión Bicameral figura Felix Viterbo Corbalán como visto en Arsenal y se lo mostró a la Sra. Magdalena (esposa de Corbalán), que él nunca ingresó al Arsenal y que el Padre Mijalchik nunca le dijo que vio a Corbalán allí.-

Afirma la Dra. Figueroa que la declaración de la Sra. Magdalena Díaz de Corbalán ante la Comisión Bicameral fue realizada el 07 de Agosto de 1984 y en esa oportunidad manifestó que otro vecino, aparentemente también detenido, de nombre Miguel Angel Noguera, le dijo que lo vio en el Arsenal y que se encontraba bien.-

Sostiene que a la fecha de la declaración la Comisión Investigadora de la legislatura no había elaborado las conclusiones, mucho menos se había aprobado el dictamen de la Comisión y que el libro fue publicado varios años después.-

Por otra parte manifiesta que el informe Sábato fue presentado el 20 de Septiembre de 1.984 y fue conocido por el pueblo muchos meses después.-

Afirma que las fechas de ambas investigaciones son anteriores a su actuación en la legislatura y la declaración de la Sra. Díaz es anterior a su participación como asesor del legislador Courel y anterior a las publicaciones mencionadas.-

En el caso, si bien las referencias que trajo la Dra. Figueroa en cuanto a las fechas en que la Sra. Díaz declara ante la Comisión Bicameral serían anteriores al tiempo en que el testigo trabajó en la legislatura, lo concreto es que esa circunstancia no fue considerada suficiente por el Tribunal para concluir que estábamos en presencia de un testimonio mendaz. En efecto, si bien la versión del testigo en cuanto a cómo tomó conocimiento de que Félix Corbalán estaba en Arsenales no resulta precisa, lo cierto es que recordó haber mostrado a la Sra. Magdalena el libro donde figurara tal extremo y esa circunstancia evidentemente operó en la memoria del testigo como un hecho determinante que lo llevó a confundirse en cuanto al momento en que tomó conocimiento sobre el posible paradero de Corbalán.-

De lo considerado, resultó que la confusión no tuvo la entidad de mentira, pues no fue contradictoria y en definitiva resultó coincidente con las otras versiones que refieren a que el Sr. Corbalán estuvo detenido en Arsenales.-

En un mismo sentido, la Sra. Magdalena Díaz declaró que Noguera, aparentemente también detenido vio a su hijo en Arsenal, lo que también parece ser fruto de una confusión.-

Es justamente en estos casos donde debe recurrirse a los parámetros fijados ut supra en cuanto al modo de interpretar los dichos de los testigos en juicios como el presente.-

Por lo demás, que el testigo sea compadre del imputado no fue valorado por el Tribunal, por sí sólo, como un motivo determinante de la presencia de una mentira, mucho menos cuando el testigo lo hizo saber en el instante mismo en que comenzó la declaración, lo que motivara que la Dra. Figueroa intente un desestimiento cuando manifestó que al momento en que lo ofreció no conocía esa circunstancia.-

En todo caso ese se lo tiene presente al momento de valorar los dichos como prueba producida en los presentes autos.-

5) Planteo del Dr. Robert de falso testimonio de Juan Carlos Dip (30/05/2013).-

Declaró que para la fecha de los hechos era comerciante en Caspinchango, Monteros. Que cuando llegaron los militares, el Teniente Primero Jandula, y Saravia y Díaz, se asentaron en los talleres de ahí, y al otro día le rodearon el almacén y rompieron todo porque decían que el declarante les daba comida a los guerrilleros y que lo único que encontraron fue una pistola que pertenecía al padre.-

Manifestó que en esos operativos estaba el Teniente Trucco, quien le sacaba la mercadería porque decía que no tenían víveres y nunca la devolvió. Contó que un día, mientras estaban cenando, llegaron unos tipos, le pusieron el arma en la cabeza a su hermano y les dieron una lista de mercadería que tenían que llevar para entregar en un lugar que también les dijeron, pero no obstante ellos nunca lo hicieron.-

Relató también, que otro día, mientras iban en la camioneta, unos encapuchados los sacaron a los golpes y les pegaban diciéndoles que ellos les daban mercadería a los guerrilleros, hasta que los metieron en un camión tipo unimog y los llevaron. Pasaron por el ingenio La Fronterita, Famaillá y Grafa y cuando llegaron a Santa Lucia, uno de los tipos se dio cuenta que iba mirando, entonces, le pego un culatazo en la cabeza y le dijo que si seguía viendo le dispararía en la cabeza.-

Contó luego, que llegaron a un lugar donde los tiraron adentro de un pozo, y lo amenazaban permanentemente con que lo iban a matar, y les preguntaban, a él y a su hermano, por los guerrilleros. Luego, dijo, los sacaron y los tuvieron en el pabellón, él sentía gente que gritaba, otros agonizaban, allí estuvieron tres o cuatro meses.-

Relató que un día les dijeron que los iban a largar y los llevaron cerca de Villa Quinteros, donde los dejaron y les advirtieron que a los cinco minutos se desaten, pero su hermano no se podía desatar y estuvieron como una hora. Posteriormente tomaron la camioneta y regresaron a su casa. Dijo que supone que estuvo en Santa Lucía, también, que su padre nunca pudo reponerse en su negocio por la cantidad de cosas que le sacaban los militares.-

Contó que cuando nace el pueblo de Berdina, los militares les dieron el bar del complejo deportivo y un localcito. Recordó que Trucco y Visoso iban a comprar a su negocio.-

Contó que fue liberado el 20 de enero del 77, que no puede identificar a ningún captor de los quince que lo secuestraron.-

Durante la declaración, a pedido del Dr. Robert se le exhibieron las fojas 195/196 (cuerpo 355) y se le preguntó si se trataba de su letra la que aparece en la solicitud del beneficio, a lo que el testigo manifestó que sí. Asimismo se le exhibió la declaración prestada ante el fiscal federal, obrante a fs. 194 y vta., del cuerpo 355 y reconoció su firma.-

El Dr. Robert solicitó el falso testimonio del testigo Dip porque entendió que era contradictorio con lo que dijo de Medina y de Quinteros y también con sus declaraciones en cuanto a la solicitud del beneficio indemnizatorio. Por otra parte señaló que el testimonio era falaz en cuanto a que le vendía en su almacén al señor Trucco en el año 1976, ya que en esa fecha éste ya no se encontraba en esa ciudad, conforme consta en su legajo.-

El Dr. Peralta Palma expresó que no consideraba que el testigo se haya contradicho, y que éste contó su verdad, hizo las aclaraciones correspondientes en su momento con mucha claridad, dijo que no lo vio a Quinteros, que solo escuchó que estaba ahí.-

Estamos aquí ante otro caso donde las fechas aparecieron como determinantes para imputar un falso testimonio. La precisión que se pretendió no se condice con la realidad de la vida. Es absolutamente razonable que un testigo, luego de tantos años, se equivoque en cuanto al momento exacto en que sucedieron los hechos.-

La afirmación del testigo de que vio al imputado Trucco en el año 1976, en contraste con la prueba documental de que en esa fecha no estaba en el lugar no significó, sin más, una mentira.-

En todo caso se trató de una confusión que de ningún modo descalificó el relato como procesalmente válido. Ello, con independencia de la valoración que el Tribunal da a sus dichos en el momento oportuno.-

6) Planteo por parte de la Dra. Figueroa de falso testimonio de Pedro Solórzano (20/09/13).-

Dijo que es médico, que perteneció a una fuerza militar, fue convocado por el Ejército para prestar servicios como tal. Desde que egresó del Hospital Militar Central fue médico de frontera, especialmente en el sur, en Las Lajas, Neuquén.-

Manifestó que cuando estaba por retirarse de la institución, en el 76, fue comisionado a Tucumán. Tenía el grado de mayor.-

Adujo que presentó su retiro cuando llegó a este provincia y se concretó a los tres años y que en el 76 cumplió funciones en el Comando de Brigada con carácter de asesor del presidente de la junta médica del área que correspondía a la brigada. No tenía subordinados y cumplió funciones administrativas tanto en la brigada como en el hospital militar de Tucumán, y como presidente de la junta cuando había que realizarla. Por motivos de servicio normalmente no iba al sur de la provincia, salvo orden específica del comandante de la brigada para hacer alguna tarea en particular.-

La única vez que recuerda haber ido fue como consecuencia de la orden de cubrir a un grupo de soldados enfermos en la zona de Caspinchango, cerca de Santa Ana, atento a que había un grupo de soldados en operaciones que estaban enfermos.-

Relató que fue al lugar con un suboficial, el sargento Lays, y en la zona de Santa Ana se agregó el subteniente médico Toledo Pimentel. En esa oportunidad se presentó al oficial del grupo que estaba allí e hicieron la terapéutica adecuada a la patología y regresaron en la ambulancia, mejor dicho, intentaron regresar a la ciudad, cosa que no pudieron hacer. Las afecciones eran cuadros bronquiales, broncopatías en general por frío y lesiones de piel. Recordó que allí se entrevistó con un oficial, cuyo nombre no recuerda, pero jerárquicamente era superior el dicente, era personal subalterno.-

Contó que no pudieron regresar a San Miguel de Tucumán porque fueron atacados por grupos de hombres que encontraron en el camino, cerca de Santa Ana, los cuales pensaron que eran gente en la ruta, eran unas quince personas apostadas a izquierda y derecha de un camino de tierra, hombres y mujeres, y creyeron que era gente de trabajo de los cañaverales, pero cuando intentaron pasar un puentecito de madera explotó una bomba que destruyó el vehículo y fueron ametrallados por derecha e izquierda y mueren el subteniente médico Toledo Pimentel, el sargento Lays y dos o tres soldados.-

Como el dicente estaba sin casco, perdió el conocimiento, el cuero cabelludo le sangró y esta gente lo dio por muerto. Su lesión fue por una esquirla de granada, tanto en la cara como en la cabeza.-

Manifestó que la ambulancia fue ametrallada de izquierda a derecha. Precisó que estaban regresando por haber cumplido la asistencia del personal de tropa en Caspinchango. Estimó que desde la base hasta el lugar donde fue el ataque había una hora u hora y media de viaje, andando a velocidad normal. Explicó que iba adelante en la ambulancia, al lado del chofer y del subteniente Toledo Pimentel. Los soldados iban atrás. Con posterioridad al ataque, el dicente perdió el conocimiento, luego supo que destruyeron el vehículo. Se encontró en un zanjón junto a los cadáveres de Toledo Pimentel y Lays. Describió que Toledo Pimentel fue atravesado por un proyectil, el sargento Lays fue lesionado en la cara, la que tenía desfigurada por un impacto de itaca. Los soldados fallecidos murieron por disparos de ametralladora.-

Reiteró que recupera el conocimiento en un canal, con dos hombres encima de él. Toledo Pimentel muere en sus brazos, lo encuentra agonizando, trató de reanimarlo, Lays ya estaba muerto. Explicó que terminó en la zanja porque fue colocado allí, arrastrado. La zanja estaba a unos treinta o cuarenta metros del lugar del ataque, que el declarante se encontraba con su rostro y chaqueta ensangrentados y sucios. Aclaró que en la ambulancia iban sin armamentos, sólo con instrumental de cirugía.-

Dijo que la gente que observó apostada a ambos lados del camino eran personas jóvenes, de entre veinticinco y treinta años, con ropa igual a la de un obrero común de los cañaverales, estaban caminando con ropa de trabajo, de campesinos, daba la sensación de que estaban trabajando en los cañaverales. No generaban ningún temor, ninguna suspicacia.-

Recordó que el imputado Valdiviezo le dijo al testigo que era él quien estaba a cargo de la base de Caspinchango y le preguntó a qué hora llegó a la base y que el declarante le informó que fue a las 2 o 3 de la tarde. Le preguntó el imputado cuánto tiempo estuvo en la base, desde que llegó hasta que se fue, y el declarante le respondió que estimaba que fue una media hora. En la base militar desconoce cuánto personal había, sólo vio a los soldados enfermos.-

Aclaró, que si bien estaba asignado al comando de la brigada, por su condición de oficial, automáticamente pasó a ser el presidente de la junta médica del hospital militar. El asiento de la junta médica era en el propio hospital pero normalmente trabajaba en el comando de la brigada.-

Relató que en su calidad de oficial médico de la brigada no tenía contacto directo con el comandante, sino con un oficial del cuerpo comando, de logística, quien era su jefe. El dicente desconoce si llevaban personas que eran abatidas en enfrentamientos al hospital militar porque su función era técnica, asesorar al oficial logístico. Que la junta médica emitía dictámenes en el hospital militar, siempre sobre personal de cuadros, oficiales, suboficiales y soldados.-

Apuntó que del atentado sufrido se iniciaron investigaciones, se hizo un sumario, pero desconoce cuál fue el destino final de las mismas y si fueron identificados los autores del atentado.-

Dijo que el ataque que relató fue en 1976, en abril y que la ambulancia fue destruida por la bomba en el puente, pero la camioneta no se incendió. Aclaró que Toledo Pimentel era teniente primero y que cumplía con la función de médico. Dijo que estima que los soldados también murieron por los impactos de bala que recibieron. Señaló que asocia a los civiles que vio vestidos de campesinos con el ataque, con total seguridad, dijo que fueron atacados por esas personas, que eso le consta porque una vez que se produce la explosión de la bomba inmediatamente todos dispararon a la ambulancia, los vio disparar, sólo que después quedó inconsciente.-

Durante la declaración del testigo Solórzano, el imputado Valdivieso solicitó autorización para hacer preguntas directamente. Se hizo lugar por presidencia. Luego de formular preguntas la Dra. Figueroa expresó que el testigo mintió en relación a: 1) si el soldado Toledo Pimentel había muerto por las balas o por la explosión, 2) si asocia el ataque con el grupo de civiles, primero dijo que no y después que sí, y 3) sobre si quedó inconciente.-

Expresó que le resulta sumamente importante porque casualmente las personas que menciona el imputado Valdivieso son víctimas de esta causa y que el Sr. Solórzano es conocido como una persona afín al genocidio y a la dictadura militar, más de una vez se ha pronunciado por su ideología, ha violado el juramento de decir verdad, solicita su detención inmediata y que se remitan las actuaciones por falso testimonio al juez que corresponda.-

El Dr. Lo Pinto consideró que la Dra. Figueroa amedrentaba a los testigos porque cuando le preguntó a éste no lo dejó contestar intentando imponer la idea que tenía ella en la mente y de hecho, cuando el Sr. Presidente le pregunta al testigo sobre lo mismo, contestó sin titubear. Consideró que no había falso testimonio. Expresó su molestia en relación a los dichos de la querella en cuanto a que el testigo tiene ideologías contrarias, en tanto todos los testigos que vinieron tenían ideología contraria. Afirmó que no había contradicciones en el testimonio y solicitó se rechace el pedido.-

El Dr. Lobo Bugeau se adhirió al pedido de falso testimonio del testigo.-

De lo transcripto surge claramente que el testigo no incurrió en contradicción alguna.-

Al respecto, la Dra. Figueroa adujo mentiras por parte del testigo que no fueron tales. En cuanto a la primera afirmación, Solórzano dijo sin titubeos que "Toledo Pimentel fue atravesado por un proyectil" y que "muere en sus brazos, lo encuentra agonizando, trató de reanimarlo" y en relación a su propia lesión, que "fue por una esquirla de granada, tanto en la cara como en la cabeza".-

En cuanto a la segunda atribución de mentira, el testimonio no dejó tampoco dudas: "la gente que observó apostada a ambos lados del camino eran personas jóvenes, de entre veinticinco y treinta años, con ropa igual a la de un obrero común de los cañaverales, estaban caminando con ropa de trabajo, de campesinos, daba la sensación de que estaban trabajando en los cañaverales. No generaban ningún temor, ninguna suspicacia" y en otro tramo sostuvo: "que asocia a los civiles que vio vestidos de campesinos con el ataque, con total seguridad, dijo que fueron atacados por esas personas, que eso le consta porque una vez que se produce la explosión de la bomba inmediatamente todos dispararon a la ambulancia, los vio disparar, sólo que después quedó inconsciente".-

El tercer punto que despertara la sospecha impugnativa resultó también precisamente contestado, conforme surge del párrafo precedente.-

Resulta evidente que el caso no existió contradicción alguna, con lo cual la pretensión impugnativa de la querella se tornó descolocada y superficial, al pretender con ligereza imputar de falso testimonio a un testigo que en definitiva fue víctima.-

d) Planteo de la Dra. Vitar sobre la exclusión probatoria de los testimonios brindados ante el Juez de Instrucción Militar (08/03/2013).-

Al testigo Romano se le exhibieron las fojas 35/36 y 111 y 112 del Cuerpo 64. La Dra. Vitar solicitó la exclusión como material probatorio de autos de las declaraciones prestadas ante la instrucción militar. Al respecto, destacó que el juez militar Cabral se encuentra investigado por falso testimonio.-

Precisó que se trataba de declaraciones prestadas cercanas al hecho o en tiempos de la democracia, cuando aún la gente tenía miedo. Estimó que tomar como parte integrante del material probatorio aquellas declaraciones carecía de sentido atento al hecho de que se trata de instrumentos llenos de falsedades.-

Al hacer uso de la palabra el Dr. Peralta Palma destacó que ya el Tribunal en causa "Vargas Aignasse", con otra integración, en los fundamentos de la sentencia expedió con relación al valor de ésas documentales.-

El Dr. Lo Pinto señaló que las declaraciones prestadas ante la instrucción militar oportunamente han sido incorporadas al expediente como prueba. Indicó que si bien es cierto que el Tribunal ya ha sentado criterio sobre el punto en causa "Vargas Aignasse", no debería excluirlas en estos autos. Agregó que en todo caso debía valorarlas en función del restante material probatorio.-

El Dr. Benedicto destacó que esas declaraciones forman parte del expediente y han sido incorporadas por la fiscalía. Que, en consecuencia, deben tenerse por incorporadas y oportunamente ser valoradas por el Tribunal. Precisó que no cabe por gusto sacar de la causa pruebas que ya se encontraban incorporadas porque de repente se observa que no conviene tenerlas incluidas.-

La Dra. García Salemi señaló que la exclusión probatoria sin duda depende de una valoración del Tribunal, que ya viene teniendo un criterio sobre el punto.-

Cabe, previo a enderezar el razonamiento sobre la cuestión planteada, traer al texto lo sostenido por en la sentencia en autos "Vargas Aignasse Guillermo S/Secuestro y Desaparición ".- Expte. V - 03/08, del 04 de Septiembre de 2008, en lo pertinente: "...más allá del proceder alarmante en cuanto a la forma de tomar testimonios en el ámbito de la justicia castrense, lo que no tiene parangón es la circunstancia de que en esos documentos se volcaron versiones totalmente contrarias a la realidad de los hechos. Así, conforme fueron narradas las circunstancias en esos documentos las evidencias en torno a ilícitos de enorme trascendencia y magnitud abrieron paso a la impunidad de los responsables, cuanto menos por un largo período de tiempo".-

"Si a ello se suma que estuvo dos años preso en una época en que las Fuerzas Armadas ostentaban la suma del poder público, resulta razonable y por tanto creíble la versión dada en la audiencia, que marca a las claras que el accionar jurisdiccional castrense desplegó su actividad en torno a desaparecer y ocultar toda prueba que vincule a los responsables de ilícitos penales durante aquel período dictatorial".-

"No escapa a éste Tribunal que se trata de cuatro testimonios brindados ante la justicia militar que se encuentran objetados en cuanto a su contenido por los propios actores. Ellos son quienes negaron, por diversos motivos, haber dado la versión que recogen esos instrumentos. Por otra parte, uno de ellos, Palavecino, trae por su condición de víctima en aquellos años, datos que aportan para la reconstrucción de aquellos hechos delictivos que por las características propias del accionar se intentaban ocultar".-

Se advierte que ya en aquel pronunciamiento quedó en crisis la autenticidad de las expresiones supuestamente volcadas en las actas labradas en la justicia militar por los testigos que allí comparecieron.-

Ello no obstante, tener presente también, que en otros casos se han producido, tanto en la etapa instructoria como en audiencia de debate, ratificaciones del contenido de las actas labradas en ese fuero de justicia militar.-

Siendo ello así, y en vista de ese marco de situación, el Tribunal considera que no corresponde un rechazo in totum de las instrumentales originadas en el fuero cuestionado.-

Tal interpretación obliga al Tribunal a realizar un análisis caso por caso, con absoluta conciencia, en función de la sana crítica racional, de que los testigos se presentaban por aquel entonces ante operadores absolutamente parciales que tenían dirigido sus esfuerzos a lograr la absoluta impunidad.-

Adviértase que de todos los sumarios que el Tribunal ha tenido a la vista hasta el presente, en ninguno se encontraron conclusiones incriminantes, aún de manera eventual, para algún miembro del Ejército.-

e) Planteo nulidad por parte del Dr. Benedicto Fernández, del testimonio de Luis Fernando del Jesús Rovetta Cliver (01/08/2013).-

Durante la declaración, el Dr. Maggio solicitó la exclusión del testigo Rovetta Cliver, conforme al art. 384 procesal, atento a que éste manifestó que la Dra. Figueroa se había contactado con él en las últimas 48 horas para acercarle una documentación.-

El Dr. Peralta Palma sostuvo que este testimonio tiene carácter técnico, en tanto no deponía sobre hechos de la causa que haya percibido con sus sentidos sino en relación a un trabajo profesional realizado en el marco de su actividad en la UNT. Expresó que la exclusión de un testigo se sustenta en la violación de garantías constitucionales que no se dan en el caso, mientras que el Dr. Rovira agregó que el testigo fue ofrecido por el Ministerio Público Fiscal.-

La Dra. Figueroa manifestó que Rovetta era testigo del juicio, que no era testigo presencial de ningún hecho y habló, no a partir de las copias del informe que ella le acercó, sino de la actividad que desarrolló en el marco de su experiencia. Agregó que con Rovetta se conocen hace más de treinta años y que éste tiene un archivo en su cabeza. Afirmó que no habló de nada con el testigo, que eso sería innecesario por lo contundente de lo investigado por la UNT y la Legislatura.-

El Dr. Weisenberg manifestó que el artículo del código de rito prohíbe la comunicación antes de la audiencia, pero que el planteo del Dr. Maggio no tenía nada que ver con eso y que se trataba por tanto de una intervención maliciosa.-

Agregó el Dr. Gargiulo que era excesivo el planteo del Dr. Maggio, que el testigo no percibió hechos y que en ese marco el planteo debía desecharse, y que de seguirse el criterio de la defensa los testigos deberían estar en el limbo, sin posibilidad de leer ni los diarios.-

El Sr. Presidente resolvió que Rovetta era un testigo técnico y de contexto, por lo que no hizo lugar al planteo. El Dr. Maggio planteó revocatoria de lo resuelto por presidencia porque entendió que no se trataba de un testigo técnico sino de un testigo de la causa Lerner.-

El Tribunal resolvió: "En relación a la conducta de los testigos antes de comparecer a prestar declaración, el espíritu de las normas procesales y las formas jurisprudenciales al respecto, lo que buscan es preservar la veracidad y la máxima espontaneidad posible en el testimonio. De tal manera, el hecho de que una abogada querellante le haya facilitado una copia de un trabajo escrito en el que participó el testigo respecto de situaciones que guardan relación con este juicio, de ninguna manera alteran la autenticidad del testimonio del señor Rovetta, ya que ello, por lo que ha sucedido hasta el presente y sin perjuicio de la estación oportuna de valoración, no surge que haya sido instruido o se le haya marcado el camino de sus declaraciones. Asiste razón al querellante que señaló que en nada afecta en la veracidad de las declaraciones de los testigos que los medios de comunicación difundan las distintas instancias del juicio oral. De tal manera, no se hace lugar a la reposición y se confirma lo dispuesto por Presidencia en el sentido de no excluir el testimonio del Dr. Rovetta. Ante el planteo del Dr. Bonnin en relación a la forma de interrogar a los testigos si les comprenden las generales de la ley, en cuanto señaló que al hacerlo por Presidencia debe requerirse si existen los impedimentos en relación con los imputados. Al respecto se aclara que no hay duda que en sentido estricto entre las partes del juicio están los acusados, pero lo que se ha buscado es señalarle a los testigos que en los casos en que son víctimas, su consecuente enemistad con aquellos, no es una causa impeditiva de su testimonio (téngase presente que los querellantes están obligados a declarar como testigos, artículo 86 del CPPN). Tales interrogatorios en definitiva lo que buscan es apreciar la veracidad del testimonio". El Dr. Maggio hizo reserva de casación y dejó expuesto que durante el cuarto intermedio el testigo estuvo leyendo papeles y haciendo notas violando el debido proceso y la defensa en juicio, a lo que se tuvo presente por presidencia.-

El Dr. Maggio se opuso a que interrogue al testigo la Dra. Figueroa. Presidencia no hizo lugar al pedido y permitió que la querellante le formule preguntas.-

El Dr. Benedicto se opuso a que se tenga en cuenta la declaración del testigo porque se extendió en su declaración. Manifestó que era de orden público saber de qué declararía el testigo; procesalmente se afectó a la defensa no saber de qué hablaría el testigo. Remarcó que el testigo fue propuesto por la fiscalía para que hable de la causa Lerner y no de otra cosa. Planteó la nulidad del testimonio del Dr. Rovetta.-

En contestación de la vista, el Dr. Rovira expresó que no se señaló el daño que produjo ésta declaración a su defendido y que la defensa alegó nulidad pero no dio a entender cual fue la norma de rito afectada o violentada, por lo que consideró que no había ataque a la legítima defensa, sino artilugio que pretendió anular el brillante testimonio del testigo.-

La Dra. Figueroa manifiestó que el expediente sobre la denuncia de Rovetta fue ofrecido por esa parte como prueba instrumental, expediente caratulado Rovetta s/su denuncia, y aclaró que cuando el testigo habló de que el expediente se extravió fue porque el consejo de las fuerzas armadas se quedó con mucha documentación. Con respecto a la copia que le aportó al testigo aclaró que forma parte de la causa Campopiano, que no tienen firma pero si membrete de la UNT, y manifestó que si el tribunal lo consideraba, el Sr. Rovetta entregue al tribunal esas fotocopias.-

La Dra. Vitar se opuso a la nulidad del testimonio del testigo Rovetta, porque entendió, que si bien fue ofrecido en la causa Lerner, éste fue parte de un grupo de delegados de bioquímica, eso es parte de la universidad, y es sobre eso que él investigó. Agregó que todo lo que depuso fue pertinente a lo que se investiga, por ejemplo, tres miembros de la familia Rondoletto que ella representa, hay tres miembros universitarios desaparecidos, y otros dos fueron dejados cesantes de la universidad.-

El Dr. Weisemberg se adhirió y manifiestó que el pedido de no ser tenido en cuenta ya fue resuelto cuando el Dr. Maggio pidió su exclusión, además no enuncia presupuestos de nulidad por lo que debe rechazarse de plano.-

El Dr. Gargiulo señaló que el tribunal siempre ha privilegiado el descubrimiento de la verdad de los hechos y se permitió agregar todos los datos que pudieran aportar los testigos, en consecuencia el tribunal debía sostener ese criterio. El Dr. Lobo Bugeau, expresó que éste tipo de planteos lo que hacía era desconocer que el objeto de este proceso es la delincuencia conglobante.-

La extensa transcripción de las instancias de la audiencia de debate en este punto, resulta pertinente para dejar en claro que no estamos en presencia de un acto procesal viciado de nulidad. El planteo del Dr. Benedito apunta a anular un testimonio porque según su parecer se excedió de aquello que debía declarar y señaló como vicio formal el hecho de que la defensa no conoció con anticipación de qué hablaría el testigo.-

Se desprende claramente del propio planteo que la circunstancia aludida como vicio procedimental no constituyó una violación a las reglas del debido proceso legal ni impidió o perturbó el ejercicio concreto del derecho de defensa en juicio.-

La impugnación carece de indicación de cuáles eran los actos procesales incumplidos, ni tampoco cuáles normas prevén el supuesto alegado. No obstante, lo que determinó el rechazo de la pretensión es que en el ofrecimiento del testigo se procedió conforme el último párrafo del Art. 355 del C.P.P.N.-

VI. DECLARACIONES DE LOS TESTIGOS EN LA AUDIENCIA

DANIEL VILLAGRA

Dijo el testigo que presenció el secuestro de José Chebaia la noche del 24 de marzo de 1976. Relató que volviendo de la Facultad con Rubén Chebaia se encontraron con alguien cerca de Casa de Gobierno, como a las 20 horas, y les comentó que esa noche comenzaba el gobierno de facto y les recomendó que no duerman en su casa por lo que decidieron ir a la casa del padre de Chebaia, en Avenida Mate de Luna 3921, por considerarla más segura y se quedaron a dormir allí, junto a Analía y la esposa de Chebaia. Que como a las 2 de la mañana por la Avenida Mate de Luna escucharon gritos que decían que abran y que cuando José Chebaia preguntó "Quien es carajo" respondieron que eran de Coordinación Federal. Prosiguió narrando que en el acto entraron por la planta baja aproximadamente 14 personas que estaban con uniformes azules y poleras negras que les tapaban la cara, a excepción del "Tuerto Albornoz", y que los amenazaron con pegarles un tiro en la cabeza y que "El Tuerto Albornoz" le preguntó a Chebaia quien era mientras lo apuntaba con un arma. Agregó que a él también le preguntaron quién era y que respondió que era amigo de la familia. Que se movían con linternas que apuntaban al techo blanco y que con eso alumbraban perfectamente. Que el miedo era muy grande, que era una situación de terror. Dijo que se lo llevaron a José Chebaia y que había tres vehículos un Torino, un Falcón, y un Renault 12 desde el cual los alumbraban. Que ellos bajaron corriendo y subieron a la camioneta para seguirlos y que a una cuadra de la casa vieron que estaba el Ejército o Gendarmería cortando la calle. Agregó que la madre de Rubén llamó inmediatamente a la Casa de Gobierno para avisar que se lo habían llevado a su esposo. Que luego, esa misma noche, se quedaron en la casa, Rubén, él y Gustavo, y que como a las 3 de la madrugada regresaron los del ejército, entonces con Rubén se escaparon por el fondo. Subrayó que Gustavo Orlando escuchó que cuando volvieron a la casa dijeron "Operativo 12 cumplido". Aclara que al día siguiente fueron a hacer la denuncia en la comisaría de Villa Luján y que se fueron a la casa de unos familiares de Rubén en San Pedro en donde pasaron unos días. Que cuando volvieron se enteraron de todo lo que estaba pasando, que los que antes estaban matando ahora estaban en el poder. Agregó que esa noche él tenía un arma pero que no lo palparon. Agregó que los que se llevaron a Chebaia eran los mismos que participaron del secuestro de la que era su mujer y que también allí identificó al "Tuerto Albornoz". Que durante el secuestro de su esposa como habían muchos libros les dijeron que había que quemarlos junto con los libros y que buscaban su vinculación con la guerrilla. Que su mujer estaba embarazada, y que ella también reconoce a otro cordobés de apellido De Cándido pero que no sabe cuál de los dos era. Precisó que la persecución sobre su persona se remonta a la época en donde tenía que hacer el juramento porque lo obligaban a que jure por el Estatuto Militar a lo que él se resistió, pero luego lo hizo para poder ejercer la defensa de los presos políticos. Que como logró cinco sobreseimientos le hicieron el procedimiento en su casa y le robaron todo. Agregó que sobre Chebaia supo que estuvo en Educación Física y que lo trasladaron al Hospital Militar y que luego un cura le dijo que no lo busque más porque lo habían matado. Agregó que él militó en el partido comunista pero que se fue por diferencias de criterio. Dijo que recién hizo la denuncia judicial en 2003 porque no siempre se vivió un clima de tranquilidad en el país como ahora y que reconoció a Albornoz por una foto en el diario "La Gaceta".

FERNANDO SOSA PADILLA

El testigo dijo trabajar en la actualidad en la Secretaria de Derechos Humanos de la provincia de Tucumán. Su tarea es coordinar las tareas del equipo que asiste a las victimas ya que no es ni psicólogo, ni trabajador social, ni nada que lo habilite a tratar con testigos. Manifestó que el 16 de Octubre del año 74 fue detenido por la policía federal en su carácter de militante de la juventud peronista y trasladado a la dependencia de esa policía donde fue objeto de golpes y torturas, posteriormente, enero de 1975 fue trasladado a la cárcel de Villa Urquiza donde estuvo detenido hasta al mes de Septiembre hasta que fue trasladado a la cárcel de Rawson de donde fue liberado el 9 de febrero del año 79. Dijo el testigo que comenzó su militancia religiosa en el año 1966. Que el 28 de junio se interrumpió el gobierno de Illia y asumió el gobierno de facto de Onganía. En esa época se produjo el cierre masivo de ingenios a favor de los ingenios del norte, particularmente del ingenio Ledesma. Esa situación llevo a que jóvenes nucleados en la iglesia católica y en consonancia con el Concilio Vaticano segundo asumieran un compromiso social. Expresó que la gente perdió sus trabajos, los pueblos fueron abandonados y muchos emigraron a engrosar las villas miseria de Buenos Aires. Que ellos tenían claro una consigna, "siempre un oído puesto en el evangelio y el otro en la necesidad del pueblo", lo que los llevó junto con los sacerdotes tercermundistas a contener a la gente víctima del genocidio económico. La represión al pueblo tucumano los llevo a participar en la parroquia de San Pío X a cargo del padre Dip como un lugar de reunión y reflexión. En el 66 el genocidio se profundizo con el brutal cierre de los ingenios; llevaron adelante la encíclica "Popularun progressio" conocida como el progreso de los pueblos que expresaba que el hombre no tenía que estar al servicio de la riqueza y del capital, sino al revés. En ese sentido dijo que fueron profundizando su compromiso social y la resistencia contra el gobierno de Onganía. Que como Juventud muchos jóvenes de su generación entendieron que los pobres de la Argentina tenían nombre y apellido e identidad política, y que ella era el Peronismo. Que junto a la CGT y otras organizaciones buscaban que su líder exiliado regrese para tener una sociedad más justa e igualitaria. Que esto se proyecta en la década del 70. Que el transitó en una organización católica conocida como Puente, en donde había debate en función a los documentos del Vaticano segundo. En el año 72 estuvo en el Puente n° 4 en donde participaron muchos peronistas y personas independientes. Que en ese sentido profundizaron en un encuentro de jóvenes en el país con el objetivo de lograr elecciones limpias, lo cual se logró el 17 de noviembre del 72 cuando se trajo de nuevo al Gral. Perón. A principios del 73 tenían reuniones grupales que se realizaban los días martes en la parroquia de San Roque, dijo que otra cosa eran los retiros espirituales en la casa de Belén, y que al finalizar esas reuniones se llevaban adelante las misas comunitarias donde se realizaban las oraciones de los fieles y cada uno hacia una petición, algunos peticionaban por el pueblo, otros su adhesión a las fuerzas militares. Que es en ese contexto se cruza con el Sr. Benedicto. Que en ese lugar se comienzan a notar las contradicciones entre lo que pedían unos y lo que pedían otros. Que ese momento es su primer contacto con quienes luego conformarían la Concentración Nacional Universitaria. Que Evaristo Padilla, decano de la facultad de Arquitectura era miembro de Puente y quien llevaba adelante el pensamiento militar dentro de su facultad. Que los acontecimientos se fueron dando en el marco de una sociedad en pugna con diferentes intereses. Dijo que después del 73 algunos se pasaron a la juventud peronista y otros al FANET (Federación de Agrupaciones Nacionales de Estudiantes Tucumanos). Tenían diferencias pero convivían, jamás tuvieron que enfrentar situaciones de violencia. Que después que en el 73 se consagró la formula Cámpora-Solano Lima y de que se lograra la liberación de presos políticos se dio un retroceso en sectores de la ultraderecha peronista, que fueron quienes produjeron la masacre de Ezeiza. Estos grupos estaban compuestos por la CNU, juventud sindical peronista, ex miembros de la policía federal y del servicio de inteligencia y los "argelinos" contratados por López Rega. Estas organizaciones tenían filiales en Tucumán. Que en Junio del 73 se realizó un Congreso de la Unión de Estudiantes Secundarios en el Gymnasium universitario y al empezar dicho congreso se dieron con esa institución empapelada de carteles en los que los denunciaban de ser los zurdos y marxistas del movimiento peronista y exigiendo su apartamiento de ese movimiento. Que luego de limpiar y comenzar con el Congreso en horas de la siesta se hizo presente el joven Juan Carlos Benedicto, quien debe haber tenido unos 15 años de edad junto a dos jóvenes. Manifiesta que en ese momento se encontraba solo en la puerta del Congreso y que le dijo que no podía dejarlos pasar atento a los antecedentes violentos de la CNU. Que en esa instancia se enfrentó con Benedicto, que ambos se encontraban armados y que luego de una discusión se retiraron expresando que se volverían a ver. Relata hechos de violencia producidos por la CNU. Dijo que comisarios como Albornoz e Hidalgo protegían a esos grupos por lo que no podían realizar denuncias. Que a Juan Carlos Benedicto lo reconoce porque lo conocía de antes y aporta una fotocopia del diario La Gaceta en la cual se lo ve en una foto en noviembre del 73 en una reunión junto a otros dirigentes peronistas de la CNU y la CNES. Manifestó que lo conocía de diferentes actos políticos y del grupo Puente. Ante la pregunta de la Fiscalía sobre lo sucedido durante los años posteriores a su detención por estos grupos el testigo dijo que algunos dejaron esa militancia pero que otros siguieron la secuencia CNU-Triple A-Grupos de tarea de la dictadura militar. Citó al "indio" Castillo y al "Pipi" Pomares como ejemplos de quienes pertenecían a estos grupos a nivel nacional. En Tucumán nombró a Benedicto, Esper y Cristian Jensen. Por otro lado dijo que Francisco Brepe que era miembro de la CNU se separó de esa organización y se unió al FANET razón por la cual fue hostigado por Esper y otros ex compañeros. Que en el año 77 este vio como Esper junto a Juan Carlos Benedicto entraban a un local del Rectorado de la Universidad Nacional de Tucumán en el cual se realizaban tareas de inteligencia por parte de la dictadura cívico-militar. La CNU era un sector que se había sumado al final del 71 al peronismo y provenía del grupo Tacuara, de la juventud argentina nacionalista, inspirados por el cura Minville. En la CNU se dedicaban a leer textos de Hitler y lo que hacían era participar en las asambleas estudiantiles pero para romperlas. No recordó una insignia o símbolo de esos grupos. Dijo que Benedicto formaba parte de la CNES (Concentración Nacional de Estudiantes Secundarios) pero que realizaban reuniones conjuntas con la CNU. Dijo recordar solo a Juan Carlos Benedicto de la familia Benedicto y que el alias de este era "el conejo". Que por referencias cree que este estudiaba en el Colegio Nacional nocturno, pero no está seguro. Que en esa época era una conducta estar armado. De Cristian Jensen dijo que era un ingeniero tucumano. Que en esa época ya se sentían las contradicciones entre los postulados del Concilio Vaticano segundo y los de los sectores de ultraconservadores. Estos sectores impedían cualquier tipo de cambio progresista. Que todos aquellos que se acercaban al sector de curas tercermundistas, ya sean laicos o religiosos, eran muy mal vistos, a tal punto que el padre Mujica fue asesinado por orden de López Rega. Sobre cómo podría acreditar sus dichos dijo que esos hechos se encuentran investigados en juicios de lesa humanidad que se tramitan en La Plata y Mar del Plata. Que a Jensen y a Esper los conoce de los enfrentamientos por la defensa de la UNT de cuando estaba Pedro Amadeo Heredia. Dijo no tener ningún encono personal con los miembros de la CNU que sus enfrentamientos se dio en el marco de la lucha por la justicia social y la reconstrucción nacional. Solo era una cuestión de valores, de consignas y de luchas políticas e ideológicas. Reiteró que el único conflicto con Juan Carlos Benedicto fue el que relató en el marco del Congreso realizado en el Gymnasium universitario y con la CNU en el parque Avellaneda y en la Tecnológica Nacional en el año 1974. Citó al Dr. Carlos Gallardo como testigo de lo sucedido con Benedicto ya que al momento del conflicto algunos compañeros de la UES (Unión de Estudiantes Secundarios) salieron en su defensa. Dijo que habitualmente no usaba armas salvo para defender los locales de militancia y que a Benedicto lo conocía porque terceras personas le habían señalado cual era en anteriores actos. Que en el acto del Gymnasium el dijo "tu eres Juan Carlos Benedicto, y me dijo si, lo soy" y que él se presentó como Fernando Sosa Padilla. Que en algún momento compartieron las reuniones de los martes del grupo Puente. Que esto fue a finales del año 72, principios del 73 y que en esa época Benedicto tenía 15 años. Dijo que el decidió realizar la denuncia porque creía oportuno contar sobre la secuencia CNU-Triple A-Grupos de tareas ya que hasta ese momento no se encontraba procesado Juan Carlos Benedicto. Reiteró que el día que vio a Juan Carlos Benedicto este se encontraba junto a un hermano menor, o no y otra persona, según lo había manifestado el propio Benedicto. Que ese hermano parecía menor pero no puede ratificarlo ni decir que era menor ni mayor. Que cuando ingreso a Puente tenía 20 o 21 años y había gente de esa edad y otros más jóvenes de edad de secundario. Dijo que Juan Carlos Benedicto pudo haber estado en el Puente n° 7 aunque no le consta ya que a él lo conocía de las reuniones comunitarias. No compartió con él en Puente sino en las reuniones grupales de los días martes con 40 o 50 personas. Que ahí lo reconoció. Dijo que el 1 de mayo de 1974 concurrieron a Plaza de Mayo y sucedieron todos los hechos que son de público conocimiento y que a partir de ahí son agredidos desde los techos de distintas casas por miembros de la CNU y la policía federal. Luego cuando el General Perón declara que atentaban contra su gobierno pide que el pueblo se dirija a Plaza de Mayo y que el 12 de junio lo hicieron. Que lo que sucedía era similar a lo que le habían hecho a Salvador Allende en Chile. Que el 1 de Julio del 74 también participaron junto a la juventud peronista y otras organizaciones de la despedida de los restos de Perón. Cuando Perón se enoja y los corre de la Plaza, ellos recayeron en la juventud peronista regional 5°. Aclaró que en su conjunto en esa época no estaban armados sino que se armaban para defender sus locales, unidades básicas de la juventud peronista ya que habían sufrido atentados. Que en un local de calle San Martín al 600 vio gente armada con armas de guerra calibre 45. Que la gente de la CNU no lo conocía por eso pudo ir a ese local. Que el 16 de Octubre del 74 fue detenido por pertenecer a la juventud peronista regional 5° y estuvo hasta febrero del 74 en la cárcel de Rawson. Que luego del 77 les restringieron el acceso a noticias y radios. Que se enteró que Amado Juri era el Gobernador e hizo un pedido de auxilio en el 74 por un levantamiento policial. No recuerda de hechos violentos pero si de un clima de violencia en el interior de la provincia. En el 75 si se vivieron hechos violentos con muertes. La CNU y CNES estaba relacionado con un sacerdote llamado Fray Aníbal Fosbery, sacerdote dominico. Muchos de los miembros de la CNU integraron grupos militares y grupos de tarea. Que eso lo sabe por comentarios de terceros y por los juicios de lesa humanidad que se desarrollan en la actualidad.

LAURA EUGENIA FIGUEROA

Dijo la testigo que Celia Georgina Medina fue y es amiga de su hermana, ambas estudiaban en la Facultad de Filosofía y Letras en el año 1976. Que en Octubre de ese año Celia se encontraba en su domicilio materno estudiando con su hermana. Cerca de la 1 de la mañana sonó el teléfono y era la madre de Celia que aparentemente le pedía que vuelva en forma urgente a su casa. En ese momento la testigo decidió llevarla en su auto hasta el domicilio ubicado en calle Muñecas 660. Cuando llegaron las recibió un hombre vestido de civil, con ropa oscura, que no era propia de las fuerzas de seguridad, situación que las sorprende al no atender nadie perteneciente a la familia. Que le pareció que esa persona era un escribiente o alguien perteneciente a las fuerzas de seguridad y las hicieron pasar a un cuarto junto a toda la familia. Cerraron la puerta y sacaron a Celia. Cuando uno de ellos abrió la puerta ya no estaba Celia, se la habían llevado. Que ahí comenzó el calvario de la familia Medina para encontrarla. Con el tiempo se enteró por "Maga", la madre de Celia, que ese grupo había ingresado por el fondo de la casa mientras estaba en la sala, la encañonan y la obligan a llamarla por teléfono para que vuelva. Que la amenazaron de ir a rodear la casa de los Figueroa, donde se encontraba estudiando Celia. Narró que "Maga" se descompuso con esa situación y pidió ir al baño, pero que no le permitieron cerrar la puerta, lo que significó un acto violatorio porque la controlaban con armas en mano. Que cuando la llevaron secuestrada, el padre, el hermano y el cuñado de Celia hablaron con el cuñado de Juan Agustín Medina que era militar del Ejército, el Coronel Ghioto para ver si estaba al tanto de los operativos. Por otro lado el cuñado fue a buscar alguien de las fuerzas de seguridad. Que Celia Medina estuvo secuestrada desaparecida entre 12 días y dos semanas. Fue un infierno para todos por el momento que se vivía en el país desde años atrás y ellos ya se imaginaban lo que estaba sucediendo. Dijo no entender por qué no fue secuestrada ella ya que había sido delegada gremial en la administración publica y tenia militancia política en el Partido Socialista de los Trabajadores. Fue dejada cesante acusada por subversión. No recordó la cantidad de personas que había entre los secuestradores la noche que se llevaron a Celia. Narró que luego la Sra. Medina les contó que primero fue subida a una camioneta amordazada, donde fue golpeada. Dijo no poder narrar más de los hechos que le sucedieron porque ella es la abogada querellante de la Sra. Medina y que será ella misma quien en su oportunidad relate los hechos. Que sí puede relatar lo sucedido con posterioridad a la liberación. Que le consta que cuando Celia salió del Arsenal fue un antes y un después en su vida, con daños profundos. Que tiempo después, ya recibida, la asesoró jurídicamente y le consta el mal trato recibido por el Tribunal Militar que estaba integrado por personas que no soportaban a las victimas de ser mujeres ni mucho menos que las abogadas sean mujeres. Que ella logró que no se la interrogue a puertas cerradas tal cual lo normaba el código militar y ese Tribunal fue a su casa. En el expediente figuraba la declaración del tío de Celia Medina, el Coronel Ghioto y el de su tía Magdalena Medina que hablaba pestes de Celia y de la declarante y reconocían la desaparición de Celia Medina pero que no era cierto que haya estado en un centro clandestino de detención. Dijo que su domicilio materno era Próspero García 131 y que el día del hecho había ido con sus dos hermanos. Que no había gente en la vereda, solo le llamó la atención quien las recibió en la casa de Celia. No vio armas. Aclaró que todos fueron ingresados a una sala menos Celia a quien la retuvieron en otro lado. Julio César Campopiano era "noviecito" de Celia Medina y había sido secuestrado horas antes que Celia. El padre no hizo denuncia porque pensaba que eso entorpecería la libertad de su hija, realizó tramites, incluso habló personalmente con Bussi, a quien le había prestado una casa en Córdoba. El Sr. Medina era un empresario reconocido en Tucumán ya que trabajaba en una concesionaria de autos Ford. Dijo que Celia fue llevada a la cárcel de Villa Urquiza y de ahí fue dejada en libertad. Ella volvió a verla en forma inmediata a su liberación. Dijo que tenía 26 años y que su hermana, la que estudiaba con Celia Medina, se llama Beatriz. Que su madre se encontraba en casa al momento del hecho y se horrorizó por la situación pero no la acompañó. Dijo que a la fecha del hecho no conocía el Arsenal. En esa época no supo por qué la habían llevado a Celia.

RAÚL OSVALDO SANTILLÁN

Dijo el testigo que, aproximadamente, la noche del 26 de febrero, en su casa de Concepción, estaba por comer cuando escuchó que golpearon la puerta fuertemente e ingresaron, por el costado, muchas personas con capuchas, algunos con botas y otros con zapatillas y armas largas. Relató que su madre salió primero y la agarraron y "encañonaron". Que gritaban que apaguen la luz pero como su señora la prendió de nuevo, también la encañonaron a ella. Agregó que en la casa, además, estaba presente su hijo de un año. Dijo que le preguntaron si era el "Perro Santillán" a lo que contestó que afirmativamente, entonces lo esposaron, taparon los ojos, lo sacaron de su casa y lo subieron a una camioneta, tipo furgón y lo tiraron encima de otra persona. Que también había otros autos y camionetas. Indicó que a la persona que le puso las vendas le preguntó porque lo llevaban y le contestó que no se preocupe que ya lo iban a largar. Que de su casa anduvieron un tiempo hasta que llegaron a un lugar, al que no pudo identificar por la venda pero era un tipo calabozo grande. Precisó que ahí se encontró con Oscar Jiménez, que era amigo de la familia y trabajaba en "Grafanor", al que cree que mataron. Relató que estando en ese calabozo, Jiménez, le dijo que lo habían llevado el día anterior y le habían pegado y masacraron y que pudo ver por debajo de las vendas y le mostró que tenía hematomas en el cuerpo. Que después lo sacaron del lado de Jiménez y lo pusieron al lado de otra persona que no le dijo el nombre pero si que era de La Trinidad. Luego precisó que al otro día lo llevaron a una sala donde, por lo que vio a través de la venda, había dos personas, una mesa, un aparato y una cama con tiras, y que le dijeron que se acueste en la cama donde lo ataron de pies y manos y le pusieron dos cables en los ojos y en los testículos. Que vio un fogonazo en los ojos y se levantó en el aire. Que les preguntó que querían, porque hasta ese momento no le habían dicho nada, y le preguntaron por su nombre de guerra y si conocía a una lista de personas, de los cuales solo conocía a dos por ser vecinos. Continuó relatando que después lo llevaron al calabozo y luego a otro lugar tipo oficina y después a otro donde había calabozos individuales chicos. Que de esos chicos, por un pasillo, se pasaba a otro comunitario. Dijo que lo alternaron de los calabozos chicos a la celda comunitaria y de ahí a las oficinas. Que después lo llevaron a un tipo galpón, que tenía el piso pintado con alquitrán y ahí se encontró con el Dr. Augier. Que los trasladaban en un Jeep, y se sentaban en una parte donde se calentaba mucho por el caño de escape y algunos se lastimaron con eso. Dijo que el primer día en ese galpón estaba un señor colgado y que escuchó un lamento que decía por favor mátenme. Que ese día le dieron de comer guiso y después no sintió más nada y que cuando se despertó escuchó una voz que decía vamos que se está despertando. Precisó que afuera del galpón había un baño chiquito y los llevaban allí a hacer sus necesidades fisiológicas y que solo una vez pudo bañarse y afeitarse. Agregó que allí también había, un tipo campito, donde les daban leche. Dijo que lo sacaron de ese galpón y lo llevaron a uno de los lugares donde estuvo anteriormente. Que, en una de las salas, había una cama con elásticos y lo hicieron sentar allí y le preguntaron muchas cosas como si tenía miedo de morirse. Que al otro día lo llevaron a otro sector que le dijeron que espere que lo iba a atender el jefe pero que estuvo dos días parado y se caía del cansancio. Agregó que varias veces lo interrogaron y le preguntaban por nombres pero de la lista solo conocía a Pepe Ojeda, al Gaucho Jiménez y al hermano de Pepe Ojeda, el resto eran personas desconocidas. Que en los tres lugares donde estuvo lo interrogaron sobre las mismas personas, le decían que cuente, que hable porque era su oportunidad para salvarse. Que cuando lo vio a Jiménez por última vez, en la celda comunitaria, le preguntó si había hablado de él y le dijo que sabía que iba a salir, pero que él no, que para que le dejen de pegar había admitido que era guerrillero y le había reventado los oídos y que sabía que se iba a morir porque se sentía muy mal. Agregó que también le dijo que lo habían "chupado" Valladares y que si lo veía a Pepe Ojeda que le diga que se cuide porque lo iban a "chupar". Por último le dijo que le diga a su familia que busquen la plata de la fábrica que le debían. Indicó que a los hermanos Ojeda los conocía porque Pepe había sido compañero en la primaria de su hermano de la primaria, y que supo que lo secuestraron. Que sabe que a Jiménez también lo trasladaron de lugares porque lo vio en dos lugares distintos. Que, además de Jiménez, solo habló con un cacique de Salta pero no podían hablar mucho porque daba la sensación que adentro de la celda había personas infiltradas para escuchar lo que se hablaba. Pero que si escuchó a una muchacha que estaba en una celda de al lado, a la cual interrogaban de noche, entonces un muchacho que estaba en su celda le decía "mi amor no hables". Agregó que a esa chica la interrogaban mucho y un día escuchó sus gritos hasta que no la escuchó más. Que de los detenidos todos eran jóvenes salvo el padre de un seminarista que era más grande, al que recuerda porque un día lo hicieron caminar vendado en los ojos para que se golpée con las paredes. Relató que escuchó muchas veces interrogar a otras personas, pero que no escuchó bien las voces porque ponían radios o algo, por lo que solo se escuchaban los gritos y lamentos. Que cuando lo llamaban lo hacían por un número, y que se lo cambiaron en los tres lugares donde estuvo. Que supone que en el galpón había unas veinte personas pero que no podía ver por la venda, ni por las pelusas que tiraba la venda. Agregó que la persona que daba órdenes no le sintió una tonada que fuera de otro lugar que Tucumán. Dijo que sintió en uno de los lugares que era cercano a una ruta porque todo era silencio, como campo y cuando entraban autos se escuchaba mucho ruido. Que en el galpón no lo torturaron ni interrogaron, salvo una vez que un guardia le apagó un cigarrillo en el empeine del pie. Que en el lugar de las celdas comunitarias había personas que trataban con los detenidos y algunos limpiaban el piso y llevaban ropa pero no lo interrogaron. Que a los sesenta días del secuestro, estaba en la celda comunitaria y le volvieron a preguntar por muchas personas y le dijeron que el doctor no estaba de acuerdo pero que le iban a dar la libertad. Que luego le dieron ropa, porque andaba en calzoncillos, y que como le quedaba grande le dijeron que era grande el finado. Entonces lo subieron a un auto y lo dejaron cerca de Famaillá. Que le pareció que también llevaban a otra persona que dejaron antes, que pudo haber sido un chico de Aguilares que era panadero. Que cuando lo liberaron caminó hasta que se subió al Trébol y volvió a su casa. Agregó que cuando volvió a su casa fueron muchas personas a preguntarle si había visto a algunas personas, pero que era muy difícil saber bien quienes estaban, que solo estaba seguro de las personas que ya nombró. Que cuando recobró la libertad lo llevaron a declarar en el Juzgado Militar por la causa de Oscar Jiménez, pero que no pasó nada raro, pero que no pudo leer el acta militar de ese juicio. Agregó que cuando desapareció su familia hizo una denuncia y que hasta la presentación judicial de esta causa no hizo otra denuncia. Que por comentarios supo que el primer lugar donde estuvo era de la escuelita de Famaillá, el segundo lugar, donde habían calabozos, era un lugar céntrico, donde se escuchaban los ruidos del centro, de campanas como de una Iglesia, por lo tanto sería Jefatura y, el tercer lugar, donde le daban leche y era un galpón del Arsenal Miguel de Azcuénaga. Culminó diciendo que tiene como secuelas dolor de hombro y columna que le quedó desde que una vez por ajustarle una venda lo golpearon. Y, psicológicamente, hasta hace poco, le ponía muy mal el llanto de los niños y que el psicólogo le dijo que esa angustia era porque eso le recordaba el llanto de su hijo cuando lo secuestraron.

JUAN MANUEL ZORRILLA

Al comenzar su relato, manifestó que del 75 al 76 era obrero del Ingenio San Juan, hasta que en el 76 luego de secuestrarlo a los 23 años, lo dejaron sin trabajo. Dijo que en el 75 lo habían buscado para secuestrarlo, pero por no haberlo encontrado en esa oportunidad no lo llevaron del Ingenio también llevaron a Herrera, a los hermanos Rocha, Trejo, Abregú., en el 75 ellos fueron liberados.Recordó que el día 3 de Mayo a la una de la mañana, llegó gente a la casa en la que vivía con su tía y su abuela. Abrió la puerta su tío, él estaba en una habitación con su abuela que estaba enferma, entraron con linternas, le preguntaron quién era, lo esposaron y le vendaron los ojos, aunque pudo verles los borceguíes, por lo que dedujo que eran policías, agregó que cuando lo subieron al auto, se dio cuenta que allí había otra persona. Narró que la mayoría de las personas que fueron secuestradas esa noche aun se encuentran desaparecidas, entre ellos recuerda a Juan de la Cruz, Chicho Tula, Candelario Herrera, los hermanos Santillán, Macaredo Jiménez, el Manco Rocha y Fierrito Trejo. El viaje de su traslado fue corto, dijo, llegaron a destino por un camino de ripio y arena, se ubicaron en una playa de estacionamiento. Dice que no pudo identificar a sus secuestradores, porque lo vendaron, pero sus voces no le eran conocidas aunque por la forma en que hablaban le parecía que eran policías del campo, por la tonada. Quienes le tomaron declaración, manifestó, parecían más de la ciudad. Precisa que fue interrogado respecto de sus supuestas actividades con compañeros extremistas, y cunado el les decía que no tenía compañeros extremistas era torturado. Recordó que estuvo detenido dieciocho días, le dieron la libertad 21 0 el 22 aproximadamente. Aparentemente, expresó, sus compañeros de detención fueron muertos porque nunca aparecieron. Respecto al lugar de detención, dijo que dormían en el piso, no les daban de comer ni beber agua, les decían que había que agradecerles las comidas a la cárcel, porque eran las sobras que quedaban de allí. Precisó que también había mujeres, que se quejaban, que parecía que una estaba embarazada. Dijo que supone que estuvo detenido en la Jefatura y que luego de ser liberado perdió el trabajo, personalmente lo ha afectado mucho. Respecto a su actividad en el Ingenio, relató que era ayudante de plomero y en tiempos de zafra trabajaba en la fábrica. En el Ingenio trabajaba desde el 71, desde los dieciocho años. Concluyendo su relato, manifestó que, fue liberado un viernes a la noche, lo dejaron sin comer anunciándoles que los iban a dejar libres, pero no lo liberaron, finalmente ese viernes sino el siguiente. Inocentemente pidió un certificado para justificar su audiencia del trabajo y le dijeron "vos que querés, salir o el certificado", posteriormente lo subieron junto al negro Thompson a un auto y los dejaron tirado cerca del Palacio de los Deportes, le dijeron que esperaran cinco minutos antes de desatarse.

MARCELO DEL VALLE AGÜERO

Dijo ser jubilado. A la fecha de los hechos trabajaba como periodista. Se jubiló como comisario mayor retirado porque como periodista también era jefe de prensa de la policía. En el año 1975, Bussi mando clausurar el diario Noticias en el que trabajaba lo tuvieron detenido 5 días porque al Gral. No le gustaba lo que escribía.-. El declarante presentó su renuncia como policía, donde tenia cargo de comisario principal, no se la querían aceptar, volvieron a detenerlo unos 5 días, finalmente le aceptaron la renuncia. Luego fue reintegrado a la policía en 1984. Su denuncia fue en el 75 aproximadamente, ya estaba el general. Manifestó que lugar de trabajo era Jefatura de Policía, y se encargaba de prensa en relaciones policiales. Dijo que tenía un sobrino que está desaparecido, que estudiaba medicina y que era una de sus grandes preocupaciones. Ello porque el joven con sus amigos se juntaban en la confitería El Buen Gusto, junto con otros chicos, y que tenía una afinidad con el partido socialista. Contó en la audiencia que el tuerto Albornoz manejó el procedimiento de su sobrino, agregando que conoció que en aquella época había un grupo de civiles, agrupados en lo que se denominó la CNU cuyos integrantes trabajaban para el servicio de inteligencia del ejército. Cuando sucedió lo del secuestro de su su sobrino, su hermano comenzó a movilizarse, así, logró contactarse con Osvaldo Martensen quien le dijo: "mirá, no me metas en líos, sólo voy a decirte que tu hermano sobrino está en confidenciales". Conforme su conocimiento, expresó que, confidenciales, estaba sobre calle Santa Fe esquina Salta, y quien estaba a cargo era el Tuerto Albornoz. Siguió su relato, diciendo que por la detención de su sobrino, presentó ante el juez Martínez un habeas corpus, y luego, a la semana otros dos más que fueron recibidos de mala manera y según le consta nunca se les dio trámite. Agregó que una chica que había estado detenida en Arsenal le dijo a su hermano que allí lo vio a su sobrino. En una oportunidad recordó que, sin que nadie se diera cuenta, ingresó al Juzgado Federal, escucho carcajadas y al abrir la puerta de una oficina, pudo observar al Juez Martínez bebiendo con el Gral. Bussi, que le preguntaron qué quería y él dijo "eso quería ver, lo que estoy viendo, usted es un atorrante". Respecto de la agrupación CNU- concentración nacional universitaria-, que utilizaba ese nombre solo como pantalla, contó en su testimonio que como sus integrantes conoció a dos hermanos de apellido Benedicto, que uno de ellos era sumamente pendenciero, que daba trabajo a sus padres, y que recuerda claramente que odiaba a las prostitutas, que tenia una manopla y que con ella las golpeaba, agregó que calcula que a la fecha ese Benedicto debe tener unos 53 o 54 años, también recuerda a otro señor llamado el facho Velázquez, a Juan José Naranjo también apodado el facho, que trabajaba en Obras Sanitarias, a un señor Esper, fotógrafo de la Casa de Gobierno, era también informante, a un señor Cejas y a uno Caínzo que es juez de Paz. Respecto de su actividad dijo que eran civiles informantes del servicio de inteligencia del Ejército que se infiltraban en distintos ámbitos. Si bien su sobrino desapareció en el 77, consideró que la CNU debe haber funcionado desde el 75. Respecto al Albornoz, dijo que le consta que fue un asesino sanguinario. Contó que cuando Albornoz era subjefe en la policía, dice que saliendo una noche de LV12 lo secuestraron y lo interrogaron. En un momento se hizo el dormido y así empezó a escuchar conversaciones y pudo ver que detrás de su secuestro estaba Albornoz. Recordó que el lugar de su secuestro fue una cueva que usaban los linyeras, cerca del Río Salí, allí pudo ver su carnet de periodista hecho pedazos, y el cajón donde lo habían sentado para interrogarlo. Albornoz era jefe de Confidenciales, y respondía a un capitán Abas, toda la gente estaba en la Brigada de Investigaciones, y recordó que trabajaban ahí mismo, un tal Chaile y un tal Valdez, a eso se le sumaba el grupo de civiles. Respecto al comisario Ricardo Sánchez lo recordó como un amigo, indicando que fue el único que en momentos de desesperación sobre el paradero de su sobrino lo ayudó. En esa época era un oficial ayudante. Con relación al comisario Wenceslao Quinteros dijo saber que era jefe de la novena que estaba en la Lavalle al 1800 que luego fue la octava y que lo mataron, pero no sabe las circunstancias. Explicó que cuando desaparece su sobrino Gabriel supo que quien dirigió el procedimiento en la terminal vieja fue Albornoz de Confidenciales con la ayuda del CNU. Destacó que Sara Estela de Agüero es su cuñada. Dice que tiene 25 denuncias de esa señora contra él, eso porque la señora quedó loca con la muerte de su hijo al extremo de que la vio cavando buscando a su hijo. Señaló que de López supo por un colega que lo tenían en Confidencial. Indica que del 76 al 83 trabajó en la Jefatura de Policía. Precisa que fue citado a declarar por la Fiscalía y luego notificado por el Tribunal. Indica que no tiene declaraciones anteriores en la causa. Respecto a hermanos Benedicto destacó que su escribanía quedaba frente al diario noticias y allí veía a dos de sus hijos, uno de 14 años y otro más grande. A los hijos de Benedicto no los vio más a partir del cierre del diario Noticias alrededor de 1975. Sobre los problemas de uno de los hijos con las prostitutas, a eso lo supo por su sobrino Gabriel. Manifestó que esas mañas eran las del más chico, y que sabe que eran ocho hermanos. Calcula que el más chico ahora tendría unos 54 años. Indicó finalmente que tanto D2 como Confidenciales tenían la misma función, investigaban a la gente y enviaban informes.

MANUEL RICARDO AGUIRRE

Dijo que el 4 de mayo de 1976 a las 2:30 de la mañana, abrieron la puerta de su casa en la que vivía con su esposa y su hija de dos años. Ingresaron policías y militares encapuchados, le preguntaban por un primo suyo, Manuel Tártalo, a lo que contesto que no sabía nada de él. Dijo que lo sacaron a la vereda, lo tiraron al piso y lo zapatearon encima, le pegaron con una varilla de un árbol de mora, lo vendaron, y lo subieron a un vehículo, ya adentro, le pusieron una inyección que lo atontó. Manifestó que vio cuando pasaron el punte Lucas Córdoba, y finalmente llegaron a Jefatura de policía, allí, una mujer le tomó el DNI y el nombre, aunque aún estaba desorientado por la inyección. Continuando su relato, dijo que escuchó que ahí también estaban unos compañeros del Ingenio San Juan, reconoció por su voz a Santillán, a Zárate, a Juan de la Cruz, a Herrera. Manifestó que todos los días lo golpeaban, y que finalmente fue liberado. Respecto a su lugar de detención, recordó, que había un pasillo largo, a través del cual, escuchaba el clamor de la gente cuando le pegaban, refirió que tenía mucho miedo a eso, que había un salón grande y un baño con la canilla permanentemente abierta. También recordó que había una mujer embarazada, aunque no escuchó quien era, no escucho disparos pero si que torturaban.También contó que el día que lo liberaron, le decían que no podían sacarle las esposas, por lo que lo golpeaban en las manos, llegando a sugerir uno de ellos que se las cortaran, finalmente las esposas salieron. Dijo que lo subieron finalmente a un auto, le preguntaron donde vivía, dijo en el ingenio San Juan, y lo dejaron al costado del camino. En total contabilizó 24 días de detención desde el 4 al 28 de mayo. Precisó que en el Ingenio era maestro de azúcar y que no tenía ninguna actividad política o sindical. De su primo por el que le preguntaban señaló que cuando regresó de su detención ya lo habían secuestrado y que continúa desaparecido. Dijo que nunca lo interrogaron aunque si le pegaron. Dijo no recordar que haya habido dirigentes sindicales Entre los detenidos. Añadió que nunca más supo nada de Tartalo. Concluyo su testimonio manifestando que tiene miedo todos los días aun hoy, y en este momento que se encuentra declarando.-

LUISA MARÍA VIVANCO

Dijo ser amiga de la familia Forti porque su marido estudiaba medicina con Nélida Sosa de Forti, y después siguieron siendo amigos. Supo que a Sosa de Forti la secuestraron cuando se iban del país. Al marido de la declarante (Bernardo) y al Dr. Forti, los habían contratado para trabajar en Venezuela, ambos ya estaban en ese país, a la espera de que a sus familias les hicieran la entrega de las respectivas visas.- Prosiguió narrando que Nélida Sosa de Forti estaba en Buenos Aires, terminando con los trámites para el viaje, mientras que por una enfermedad de uno de sus hijos sus trámites se vieron demorados, recordó que en esa oportunidad Nélida , le dijo que ella se tenía que ir, que no podía esperar. Relató que ella se entera de lo ocurrido con Nélida y sus hijos, porque poco tiempo después llamo el Dr. Forti a Córdoba y les conto que a Nélida y a los cinco chicos los habían bajado del avión, que el supo porque también viajaba un ingeniero amigo de la familia que le contó lo sucedido, igualmente supo, que luego a Sosa de Forti la trajeron a Tucumán, que los chicos habían estado en un lugar que no sabían bien cuál era. Respecto de la suerte que corrieron los niños, explicó que un cura de Venezuela los vino a buscar, por eso es que ella los vio, en la Isla de Guara del delta del Orinoco, donde estaban exiliados. Aclara que el Dr. Forti viajó a Venezuela sin nombre de guerra, en ese sentido un artículo que refiere a Forti como Alonso lo entiende erróneo. Precisa que tanto ella como su familia y la familia Forti decide en el 77 irse del país por la situación que aquí se vivía. El Dr. Forti era un médico rural y su esposa maestra, ellos y otros amigos de ellos elegían desde sus respectivas profesiones trabajar para el pueblo. Esas personas, continuo, eran perseguidas, estaban marcadas, giraba en todos la idea de irse y adónde. Agrega en su relato que, los había impactado mucho una bomba que pusieron en la casa de un vecino del barrio, y Bernardo y el Dr. Forti socorrieron a los chicos que vivían en esa casa. Dijo que conocían que todos los días secuestraban gente, se vivía en un clima muy difícil. En relación a la familia Forti, dijo que cuando volvió a verlos, trataba de no hablar mucho del tema por el dolor que eso generaba y la ilusión de que volviera su madre. Pero sobre el hecho del secuestro, el hijo mayor, Alfredo, le contó que habían pasado muchos controles policiales antes de subir al avión, que cuando estaban ubicados en sus asientos, llamaron en voz alta al Dr. Forti, y ahí los localizaron y los bajaron, los vendaron, recordó que, Alfredo le dijo que los vendaron, que su hermanito menor gritaba "nos van a matar" y los captores reían y decían "cómo sabe". El mismo Alfredo Forti en el juicio a las juntas reconoció al pozo de Quilmes como el lugar donde fueron llevados. También recordó en su relato que; años antes del hecho del Dr. Forti, en su carácter de psicóloga habían ido a prestar ayuda a la comunidad del barrio El Palomar y supo que allí habían secuestrado a mucha gente, todas personas comprometidas con la educación de adultos, todos comenzaron a desaparecer. El Dr. Jorge Villavicencio, dijo, fue secuestrado una semana después que Nélida Sosa de Forti, el estuvo en Villa Urquiza y luego en Sierra Chica, tiempo después su mujer fue informada de que fuera a retirar el cadáver. Desde el exterior, el grupo de su gente hacía permanentemente denuncias en Naciones Unidas y estaba gestionando la opción para Jorge Villavicencio, él muere al día siguiente del traslado, y un hombre que estaba en la celda contigua, dijo que lo mataron a golpes, aunque la versión del penal era que se había ahorcado. También, relató, que conoció a Margarita Lascowski mientras estudiaba psicología, porque en ese tiempo trabajaba como administrativa en la Facultad de Arquitectura. Adolfo era el compañero de ella. Supo, luego que ambos fueron secuestrados. Tiempo después a Margarita la liberaron y fue a verla a Buenos Aires, en esa oportunidad le contó que tenía la impresión que había estado cautiva en una especie de cuartitos alargados tipo caballeriza, que había escuchado la voz de Adolfo, estuvo como 35 días y luego la soltaron. En una oportunidad recordó que, Margarita volvió a Tucumán, y creía haber estado en la escuela de Educación Física, luego parece, por su descripción que donde estuvo fue en El Reformatorio. Volviendo sobre el relato de la familia Forti, dijo que tomó contactos con ellos en Venezuela ya que vivían juntos en la misma casa al principio. Respecto a los niños, supo que los dejaron tirados en la calle, atados, les robaron todo, los dejaron cerca de una familia que los conocía entonces ellos los ayudaron. Luego, recordó que, llegó un sacerdote muy asustado a buscarlos para llevarlos a Venezuela. Alfredo tenía 16 años en ese entonces, viajaba a Caracas que quedaba muy lejos, a hacer denuncias. Aclaró que si bien no habían pedido asilo político a Venezuela, estaban allí forzados por la situación que se vivía en el país, al respecto dijo que, vivía en Tafí Viejo que llegar a la ciudad era terrible, debía cruzar por Arsenales con las luces de posición, con muchísimos guardias. Explicó que todos los Forti eran anarquistas y que esa familia cuidó a sus hijos mientras ella estaba con su hijo internado.

JUAN CARLOS GARCÍA

Dijo el testigo que el 19 de abril de 1975 rompieron la puerta de la casa de sus padres y de allí lo sacaron, le hicieron algunas preguntas en la puerta y luego lo subieron a un carro de asalto. Comenzó relatando que pudo oír que preguntaban si habían encontrado algo en la casa y que la respuesta fue negativa. Que se detuvieron unas cinco veces hasta que llegaron a Jefatura y que antes de llegar miró por la ventanilla y vio las cornisas de las casas y el cartel de mueblería la "Gran Fama", por lo que se dio cuenta que iba por la Plazoleta Mitre. Agregó que al llegar los hicieron hacer una fila y les preguntaron los datos, y que contó que trabajaba por la mañana en Parques y Jardines de la Municipalidad y por la tarde en un taller. Indicó que con su propia campera lo ataron y luego lo golpearon brutalmente tildándolo de subversivo y al terminar los golpes le dijeron que eso era para que vaya pensando y diga los nombres de todos sus compañeros. Precisó que allí pudo ver a Pedro y Rubén Rodríguez, Lazo, Domínguez, Bulacio, entre otros. Dijo que estas personas eran conocidas suyas porque vivían cerca de su casa, y que vio también a unos presos comunes. Relató que, después, un policía lo llevó a hablar con Albornoz, quien era el jefe y lo recuerda por sus anteojos y una lesión en la uña de uno de sus pulgares. Que este tenía la oficina antes de llegar a la reja, a la derecha y allí estuvo sin vendas y sin ataduras y Albornoz le dijo que lo habían llevado por sus amigos subversivos, a lo que el testigo le contestó que solo se dedicaba a trabajar y no hacía nada con subversivos. Agregó que Albornoz también le dijo que lo habían llevado porque una mujer había llamado acusándolo de subversivo pero no había dado ningún otro dato. Que luego de ese interrogatorio tuvo otro, al que lo llevaron con la excusa de sacarle una foto y al ir pasó una persona que lo interceptó y le pegó una trompada. Que vio a Juan Fote y a su esposa y lo dejaron junto a ellos. Agregó que un día lo hicieron arrodillar adentro de un auto y pararon como cuatro o cinco veces y que supone que luego iban por una ruta porque no pararon más. Indicó que iba con Fote y que cuando llegaron a un lugar los hicieron caminar, después arrodillar y le arrancaron la cinta que tenía en los ojos arrancándole las cejas. Relató que allí vio a un civil que le sacó fotos y le pusieron dos gasas en los ojos y luego una venda y lo torturaron con una picana sobre el suelo húmedo y le volvían a preguntar por sus compañeros subversivos pero que él repetía que trabajaba en dos lugares y nada más. Continuó relatando que luego lo llevaron a otra habitación y estiró sus vendas y vio a varias personas de las que reconoció a Ferreyra, Rolando Bulacio, al Flaco Tito, Juan Fote y a Rubén Rodríguez. Agregó que pasaron varios días hasta que en una oportunidad volvieron a torturarlo, que el ceñía el estómago para resistir los golpes porque no sabía cuando vendrían por tener los ojos vendados, hasta que empezó a vomitar y lo dejaron de torturar. Dijo que pasaron los días hasta que un día después de comer un guardia les ordenó que alguien cantara o empezaban a los golpes. Que él diciente le contó que sabía cantar e hizo un recitado que hablaba del patrón, y uno aplaudió y obligó a los otros a hacerlo y escuchó las cadenitas de las esposas que sonaban. Entonces el guardia lo hizo recitar de nuevo ante el jefe y la segunda estrofa que nombra a próceres le gustó. Manifestó que eso pudo haber acelerado su libertad ya que el jefe ordenó que si nadie lo involucraba lo dejaran en libertad. Agregó que horas después le hicieron leer su declaración y que cuestionó una parte que decía sobre las actividades subversivas pero le dijeron que firmaba o empezaba el baile de nuevo. Que luego le devolvieron la plata y el reloj que le habían quitado en Jefatura. Indicó que horas después lo subieron a un automóvil y le pedían otros recitados mientras andaban por la ruta. Que también iban con él Irene González y Rubén Rodríguez y lo bajaron a la altura de La Reducción. Indicó que calcula haber estado en Jefatura 5 o 6 días y agregó que todo el tiempo tuvo un cartel con el número 13. Culminó su relato diciendo que al llegar a casa de su madre vio que tenía los ojos rojos y a partir de allí empezó a perder la vista hasta quedar ciego, ya que tiene dañado el nervio óptico.

JORGE ANTONIO ARGÜELLO

Dijo el testigo que tanto él como su hermana fueron detenidos un viernes de fines de mayo de 1977, un 27 o 28 de mayo. Alrededor de las 10 u 11 de la noche los retiraron de su domicilio hasta la ruta, los introdujeron a ambos en autos. Anduvieron por distintos lugares, él iba en un baúl y su hermana en otro auto. Al llegar a un destino lo recibieron con una trompada y lo pusieron en una celdita. Vivía en Cevil Redondo, era y es empleado público y su hermana trabajaba como empleada doméstica. En la casa ambos dormían, no pudo ver cómo ingresaron a la casa, despertó con las linternas en la cara. Antes su hermana ya había sido detenida de la vía pública sin explicarle el por qué. A la fecha de los hechos él tenía 23 años y su hermana tenía 28 años. Dice que en la celdita estuvo hasta el lunes a la mañana. El lunes y martes por la mañana y el lunes por la tarde le aplicaron picana. El martes a la tarde le pegaron con un látigo. El día jueves lo liberaron a la altura de Villa Carmela. Durante su interrogatorio el día lunes también oyó que interrogaban a su hermana Yolanda y escuchaba sus gritos. Agregó que al momento del secuestro no sabe si su hermana estaba embarazada, pero tenía un hijo de seis años que vivía con ellos. Que Yolanda tenía una relación con un policía que a él lo hacía entrar gratis a los partidos de Atlético pero no recuerda su nombre ni volvió a verlo. Luego de su liberación el sábado fue a jugar al futbol, le preguntaban qué le había pasado porque tenía la espalda morada. De Yolanda no volvió a saber nada. Dijo que se enteró que iban a proponerle a su madre que la liberen a su hermana a cambio de lotes, se lo dijo el hijo de su hermana. Supo que estaba en Arsenal porque no se sentía el tránsito, y porque el miércoles y jueves que estaba un poco fresco lo habían sacado al sol para que se calienten y se burlaban de ellos haciéndolos jugar a que eran verduleros. Añadió que la tonada de sus captores en el centro clandestino de detención era tucumana. Recordó que a la noche, antes de ir a dormir rezaban. En ese lugar pudo escuchar a mujeres, de noche se sentía que sacaban a mujeres para tener relaciones. No escuchó disparos de armas de fuego, tampoco llantos de bebés. Agregó que por comentarios supo que su hermana habría tenido dos hijos más, eso le dijeron a sus padres, y que la habían soltado. Remarcó, que habría tenido dos hijos más en cautiverio. Manifestó que tuvo secuelas durante 5 a 19 años, se deprimía cuando estaba por cumplir años porque cumplió años durante su secuestro.

TERESA DEL CARMEN BARRIONUEVO

Dijo la testigo que a su hermana, María del Tránsito Barrionuevo, la secuestraron de su casa el 18 de mayo de 1977, mientras estaban sus padres y hermanos en el domicilio de calle Reconquista de Tafí Viejo. Recordó que sus captores estaban uniformados con ropa militar, llevaban armas e ingresaron y preguntado directamente por su hermana. Dijo que ingresaron a su dormitorio como tres personas y al de sus padres también, y que a estos les pegaron cuando la llevaron y que con la funda de una almohada la taparon a su hermana y se la llevaron entre varios automóviles. Que al momento del secuestro tenía 31 años y la declarante 26. Agregó que realizaron una denuncia en la Comisaría de Tafí Viejo y que luego hicieron innumerables trámites buscándola. Indicó que Lisandro Soria, un policía, mandó a amenazarla mediante un tercero para que no siguiera buscándola a su hermana. Dijo que su hermana era ama de casa y también colaboraba con una persona que hacía trajes de novia. Agregó que Barrionuevo era una excelente persona y solidaria con los demás.

ANÍBAL OSCAR RODRÍGUEZ

Dijo el testigo que el 1 de junio de 1977 estaba trabajando en el Ingenio Cruz Alta, cuando unas personas fueron a su casa le dijeron a su esposa que eran del correo y entraron. Que como él no estaba los torturaron a su señora e hijos chiquitos, que le vendaron los ojos a ella y la amenazaron de muerte. Dijo que le insistían que diga donde estaban las armas, y que revolvieron y rompieron todo. Precisó que, como no estaba en la casa, fueron a buscarlo, cerca de las tres de la mañana, a La Ramada a buscarlo varias personas, algunos vestidos de militar y otros de civil. Que le pusieron una capucha y cargaron en un auto y empezaron a torturarlo. Agregó que lo llevaron a un lugar donde le pusieron dos reflectores grandes en los ojos y le decían que tenía que contar. Que lo golpearon peor que a un animal y que al otro día en una cama de hierro eléctrica lo ataron de pies y manos, no podía pedir ni agua y le pusieron el número 61. Narró que cuando le pegaban le preguntaban en que andaba si era gremialista. Agregó que eran distintas las personas que custodian que las que interrogaban, y que el jefe tenía tonada porteña. Que entre los detenidos no podían conversar y que cuando llevaban a un nuevo detenido comenzaba la locura de los golpes, y que el lugar donde estaba secuestrado estaba cerca de la Cancha de Argentinos del Norte porque se sentía las frenadas en la calle ante el semáforo. Relató que no vio las vestimentas de la gente que estaba en ese lugar pero que también habían mujeres que aparentemente eran violadas porque escuchaba les decían que se callen. Dijo que cuando le dieron la libertad, el 24 de junio de 1977, una voz de porteño, le pidió perdón. Que al recuperar su libertad hizo reposo absoluto dos meses porque estaba enfermo con problemas en las vías urinarias por los golpes que le habían dado.

HUGO ALBERTO OSORES

Dijo el testigo que trabajaba de manera temporaria para el Ingenio Cruz Alta y que el Sr. Brito le daba trabajo en el verano y que en esa época era pintor. Relató que en el mes de abril del 1976, a las 9 o 10 de la mañana, militares uniformados entraron a la sede de la FOTIA en calle Congreso al 300 y se lo llevaron a Brito. Precisó que eran tres o cuatro, de los cuales dos tenían armas y que afuera no sabe si había más. Agregó que lo sacaron a cara descubierta, sin violencia, rápido. Que lo volvió a ver después de 40 días y le contó que lo tuvieron en la Brigada.

MARÍA DEL VALLE BAZÁNDE ROMERO

Dijo la testigo que vivía con su esposo y dos hijas en Pacará, Cruz Alta, y que se dedicaban a cortar caña para el Ingenio Concepción y que su esposo era del sindicato. Comenzó relatando que el 20 de julio de 1977 entraron a su casa varias personas vestidas con ropa militar, como con lunares verdes y que tenían armas largas. Que de esas personas identificó a Ramón Núñez, policía de Pacará, porque no tenía la cara cubierta. Precisó que ella estaba de "encargue" de su hija, que la golpearon muchísimo y torturaron. Subrayó que le arrancaron los dientes a patadas y trompadas y que a sus hijas chiquitas también les pegaron. Que a su esposo lo agarraron del brazo, lo tiraron a la cama y le vendaron los ojos y ataron las manos y estuvieron como media hora golpeándole. Agregó que les preguntaban dónde estaba el depósito de armas pero que ellos solo tenían los machetes y cuchillos para trabajar. Que, además, buscaban a Lucio Romero, que ella lo conocía porque era su cuñado y que a él y a su otro cuñado, los secuestraron esa misma noche en la Colonia 5 del Ingenio Concepción, y nunca supo donde estuvieron detenidos. Dijo que su suegra le comentó que las personas que entraron a llevarlos, estaban vestidos de militares. Que sus cuñados también trabajaban para el Ingenio Concepción, que se llevaron a todos los que estaban en el Sindicato. Respecto de su hija por nacer, dijo que nació el 12 octubre de 1977 con los hombros quebrados por los golpes que recibió mientras estaba en la panza. Dijo que hizo la denuncia cuando se formó la CONADEP porque antes no le "llevaban el apunte" en las Comisarías, la corrían. Que ella acudió a la gente del ingenio pero le dijeron que no sabían nada y no recibió ninguna ayuda para criar sus cinco hijos. Indicó que su marido era trabajador, honesto y que se quedó sin nada porque se llevaron todo. Concluyó diciendo que sufrió mucho, que nunca se puso la dentadura porque ese es su testimonio de lo que sucedió, que sabía que el juicio iba a llegar algún día.

HILDA DEL VALLE ROMERO

Dijo la testigo que es hermana de las víctimas Raúl Romero, Roberto Valenzuela y Reyes Arcadio. Relató que en julio de 1977, en la casa donde vivía con sus hermanos en Colonia 5 del Ingenio Concepción, llegaron como 20 policías, que rodearon la casa e ingresaron por la fuerza, pateando la puerta, y tenían ropa verde, armas cortas y largas. Agregó que los amenazaron, hicieron tirar al suelo y los llevaron a su hermano Raúl en un auto rojo y a Roberto en un auto verde. Indicó que podían ver porque con una linterna alumbraban. Agregó que fue una noche de horror, que los golpearon hasta a sus sobrinos y que ella tenía 16 o 17 años en ese momento. Que de los policías reconoce a uno de la Estación de Pacará, Ramón Nuñez, pero cuando fue a declarar él negó haber estado. Precisó que al día siguiente fueron a la policía de La Florida, pero no le habían dado ingreso a nadie y a los ocho meses fueron a averiguar a Jefatura pero nunca más supieron nada de ellos. Que sus hermanos eran trabajadores de la caña y Reyes Arcadio era dirigente del sindicato del Ingenio Concepción.

PABLO BENITO BRITO

Dijo el testigo que era administrador del Sanatorio de FOTIA y el 5 de Abril lo detuvieron en el edificio. Relató que primero lo llevaron a Jefatura y después a la Brigada. Agregó que le sacaron los pantalones, le ataron las manos, taparon los ojos y lo pusieron en un calabozo. Que en la Brigada había personal policial y militar pero que no sabe quién los golpeaba. Precisó que de los detenidos había un muchacho de apellido Leiva, de Santa Lucía, que no se podía mover. Afirmó que lo llevaron los militares por orden de Duran, interventor de la FOTIA, y que le quedaron secuelas en las piernas de los golpes que le dieron.

MARTINA ROSA HERRERA

Dijo ser novia de un desaparecido, de Ezequiel Matías Claudio Pereyra que a la fecha del hecho tenía 23 años. Contó que desapareció cuando fue a buscarla en el restaurant "Mi abuela", que lo capturaron de calle 25 de Mayo y Santa Fe. Que Pereyra estudiaba medicina, iba caminando con un amigo, que le relató que bajaron de un Falcon viejo dos personas con poncho negro, le preguntaron si era Pereyra y al decir que sí lo metieron al auto con violencia, golpeándole la frente. A los tres días del hecho pudo ver parado un hombre con ropa que le conocía a su novio en Jefatura, ello mientras pasaba la declarante en el ómnibus de la línea 1 por la calle. Contó el hecho a la hermana de Ezequiel, hicieron otros trámites y nunca más supo de él. Agregó que una hermana de su novio al poco tiempo fue también secuestrada. Que el secuestro fue el 7 de junio de 1976. Indicó que el ómnibus 1 iba por calle Salta hacia el norte, así fue que lo vio a su novio. Manifestó que si bien su impulso fue bajar y verlo tuvo miedo de que la acribillaran, por eso fue y le avisó a su hermana. Lo vio cerca del mediodía. Indicó que luego fue a preguntar a Jefatura por su novio, pero que entró por Avda. Sarmiento. Cuando vino la democracia un joven cuyo nombre no recuerda, morocho, no muy alto, le dijo que había estado detenido en Jefatura con su novio. Precisó que cuando lo vió en Jefatura pudo hacerlo porque en esa época eran todos jardines en el lugar, lo vio porque le daba un rayo de luz. Aclaró que al verlo, en forma inmediata se bajó en la cuadra siguiente pensando en ir directamente, se lo contó a su hermana y al otro día fueron por la avenida Sarmiento a preguntar por su novio.

SEGUNDO BONIFACIO JURI

Dijo que fue amigo de Ezequiel Pereyra. Ambos estudiaban medicina, lo conocía además de ser compañero en la Facultad porque vivían en la misma pensión. Un día había ido a estudiar a la Biblioteca Central y volvía por 25 de Mayo y ahí lo encuentra a Ezequiel que había ido a estudiar a la biblioteca de la facultad de Derecho. Se detuvieron en la esquina de 25 de Mayo y Santa Fe, él se dirigía a buscar a su novia que estaba comiendo en el restaurant "Mi abuela". Se pararon a charlar, pasaron unos minutos, eran como las ocho y media, frenó bruscamente un Falcon color verde oscuro a la altura de un limonero. Bajaron dos personas, una que venía atrás y otra adelante. El de atrás era robusto, el de adelante más delgado. El más robusto sacó un arma, lo apuntó y lo introdujo en el auto. El de adelante sacó la cabeza por la ventanilla y le dijo "vos hijo de tu madre andáte a tu casa". Que se fue caminando a su pensión. Al día siguiente buscó las direcciones de la familia de Ezequiel, logró hablar con un primo de él. Luego lo buscó el primo. Al tiempo lo invitaron al Comando de la 25 de Mayo a ratificar o rectificar lo sucedido. Fue y allí se encontró con un oficial de apellido Toledo que conocía del liceo de Córdoba donde había estudiado. Le preguntaron si sabía quién lo había detenido, y le comentó que no había informe policial sobre la detención, que podrían haberlo detenido amigos suyos. El declarante respondió que no creía que fuera así porque los captores eran gente grande. Recordó claramente que tenía abajo una ropa, una camisa de color marrón de las que usaba en el liceo, que también vio que la usaban los captores. De los captores dijo recordar el auto, la esquina, la persona que se bajó del asiento de atrás, robusto, más bien gordo, el de adelante flaco, y que tenían camisas marrones. También recuerda que quedó paralizado mientras su amigo se resistía a subir. Dijo que nunca preguntaron por su nombre. Recordó haber sido dirigente universitario junto a su hermano, pero con una actividad sólo ligada a la política universitaria. Señaló que el primo de la víctima le contó que el padre de ésta era un militar que había fallecido.

RUBEN EDGARDO CHEBAIA

El testigo es hijo del desaparecido José Guetas Chebaia, dijo el deponente que el día 23 de marzo en horas de la tarde, fue informado de que se estaba poniendo en marcha un golpe militar, por el comité nacional de su partido telefónicamente, recuerda que se dirigió hacia la facultad de derecho a buscar a Daniel Villagra, una vez con el citado buscaron una camioneta pasaron por casa de gobierno y recuerda que vieron movimientos no habituales. Dijo que fue a su casa de El Manantial, en la ruta 38 km 1540, busco a su señora, mientras tanto se dirigieron a casa de Daniel Villagra, y luego ya con su esposa a casa de su suegra en calle Lavalle al 300, dijo que aproximadamente a las 22 horas, se dirigió al domicilio de su padre quien se encontraba en canal 10 en un entrevista, presentando un programa económico sobre emprendimientos industriales, recordó que cuando regresó su padre de canal 10, le dijo a este que sabia que iban a ser citadas todas las autoridades de la provincia, el era vicepresidente de la CGE, y Secretario de Planeamiento y Desarrollo, recuerda que su padre no estaba de acuerdo con él, agrega el deponente que insistió en su postura, dijo que siendo la 1 de la madrugada comienza a sonar la marcha de San Lorenzo en la radio y advirtió que había comenzado el golpe y que se quedó con Villagra en la casa de sus padres, además estaban su madre y hermanas. Aproximadamente pasadas la 1.30 de la madrugada el testigo escucha golpes en la puerta, ingresaron al domicilio y llevaron a su padre al primer piso de su casa, quienes ingresaron al domicilio, se identifican como de coordinación Federal, fueron empujados con el Dr. Daniel Villagra, hacia la habitación donde dormían, relata que fueron enfocados con linternas y que tenia un arma en la sien. Dijo que sintió un ruido del arma que el testigo creyó que era un disparo fallido pero que luego Villagra le dice que en realidad fue el remonte del arma, el testigo aclara que él no podía ver para atrás de ellos, Villagra si; los sujetos que ingresaron al domicilio se identificaban con nombres de la naturaleza, tierra, agua. Relató que a su padre le pusieron una funda en la cabeza y se lo llevaron, dijo que desde el balcón de su casa vieron dos automóviles Falcon y un Renault 12, salieron vecinos a causa de los gritos, entre los que recordó al Sr. y Sra. Saez, el Dr. Heredia que vivía al frente, Cuello Elías, Sr. Yapur y algún otro vecino que ahora están fallecidos, siguió el relato, lograron salir a la calle y en América y Av. Mate de Luna había un camión del ejercito con soldados, parados allí, cargaron a su padre y se lo llevaron, algunos familiares que vivían cerca nuestro, Celedonio Fanjul, llegaron a su casa y llevaron a su madre y hermana fueron a casa de una tía, el deponente hizo la denuncia en la comisaria VIII, agrega el testigo, después recuerda un colectivo de la línea 5 con un oficial y soldados, que fueron a buscar a su padre y no lo encontraron porque ya lo habían llevado. El testigo dijo que ante estas circunstancias escaparon porque pensaron que venían por el resto de los que se encontraban en la casa. El testigo fue a la casa de una hermana, el Dr. Villagra a un baldío, afirma el deponente que eran buscados, su madre habló con el coronel Shenk y el coronel Tenk quienes eran habitués del domicilio de la familia, también lo era Videla mas asiduo concurrente al domicilio y el General Menéndez, iban por cuestiones sociales, pues su padre era Presidente de la Federación Económica, además de otras ocupaciones publicas, Agrega que su padre era profesor de la Escuela de Guerra, recuerda que su madre habló con Amado Juri, Gobernador en ese entonces, el mismo equipo que secuestró a su padre intervino en el secuestro del Ministro de Economía, conocido como "Tururu" Martínez. El testigo agregó que era presidente de la Federación Universitaria, Procurador y Escribano, dijo que advirtieron que también secuestraron al presidente de la F.E. de Catamarca y Santiago. Refiere el testigo que tuvo que estar fuera de la provincia por obvios temores, que fueron a buscarlo esa noche a su casa del Manantial, pero otro grupo, que se lo dijo el encargado de dicha quinta Sr. Arias, a quien apuntaron contra la pared con sus hijas, al que requerían por el paradero del testigo. El testigo agrega que en el operativo que en que secuestraron a su padre no veía los rostros, pero si pantalones, y botines, recuerda no ver las caras. Dijo que tuvo que estar en distintos lugares con su señora, en la casa de un amigo suyo de apellido Mena en Añatuya, que los alojó, y le dijo que la madre de aquel le dijo que se fueran porque lo iban a aprehender. Dijo que así es que fueron a Catamarca, después volvieron a Tucumán, porque les atropellaron la casa, se llevaron cosas de valor, también sacaron cosas de su local comercial, la vaciaron, sacaron mercadería afuera aduciendo que estaba vencida. Dijo que su madre se entrevistó con el Jefe de Policía Mario Albino Zimmermann, porque al testigo lo buscaban por todos lados, su madre identifico unos autos en la playa de estacionamiento del lugar donde se entrevistó con Zimmermann, Y recuerda que Zimmermann le dijo a su madre que de día podían estar tranquilos pero no de noche, dormía en una casa distinta todas las noches. Un día el capellán del ejército de apellido Cucala, a través de un gerente de su empresa, Cucala muy amigo de su padre lo mando a llamar le dijo que no lo busque más que su padre Había fallecido en el hospital militar, que no le pregunte mas pero que él sabía, un policía también les dijo que su padre estaba en la escuela de Educación Física. Dijo que Cucala le dio el día y hora de la muerte de su padre desde ese día busco sus restos y no pudo dar con él, hasta el día de hoy. Dijo el testigo que los autos que identifico su madre eran los que los vigilaban después. Dijo que una o dos horas después de que se llevaron a su padre, fue un ómnibus del ejercito, en ese interregno fue a hacer la denuncia en la Comisaría de la Plaza de Villa Lujan. Dijo que lo de Cucala, que le dice que no lo busque a su padre fue a fines del 76 comienzos del 77, pero el le decía el 28 o 29 de marzo como fecha de muerte de su padre. Recordó que su padre era un hombre enfermo que necesitaba albumina humana. Dijo que personalmente no atendía ninguna de las llamadas telefónicas que pedían dinero, porque él se escondía, atendía su madre. Dijo que de su casa se llevaron un sobre con dinero que había para pagar una cuota de un crédito prendario de una maquinaria, concretamente se llevaron dinero, no recuerda la cifra. Dijo además que su padre era dirigente empresario, sin actividad política, presidente de la FET en ocho periodos y presidente de la CGE. Recordó que la mejor semblanza de su padre esta registrado en un libro del Dr. Roberto Pucci "Historia de la destrucción Económica de una Provincia", el libro termina con una frase de su padre "Con violencia y muerte no vamos a construir la Argentina del futuro". Pide la incorporación de ese libro de Historia, en la entrada de la FET hay placas que recuerdan a su padre y repudian su secuestro. Agrega que su padre fue persona de mucho trabajo social en la construcción de dos templos, Cristo Rey, frente a su casa, y Pio X, en la Ciudalela el cura párroco era Amado Dip, su padre fue el fundador de la primer obra social argentina IMMA, corría carreras de autos, apoyaba a Nassif Stefano, era delegado del club San Martin, ante la FET por futbol, su padre tenia muchas actividades sociales y vocacionales, agrego, dijo que su padre era agrónomo pero tuvo problemas y escondió el titulo, lo encontró en la caja fuerte, era compañero su padre de Alejandro Romay. Dijo que el Gral. Menéndez puede recordar que era asiduo concurrente de su casa. Ante la pregunta de la Defensa, manifestó debe ser difícil la labor de la defensa pero que apoya el sistema democrático y el derecho a la defensa de los imputados que su padre y otros no tuvieron, después del libro "disposición final" de Videla todo está dicho por él quien fue presidente de la Nación, libro de Ceferino Reato, acompañado a esta causa y respondió que no recuerda claramente detalles si subieron o bajaron las escaleras, pues eran momentos de mucha tensión. Dijo el deponente, que después de los llamados a la puerta de su casa, ingresaron, declara que se apagaron las luces, la del pasillo no. A la pregunta del Dr. Reynaga, dijo a fines del 1976 o Enero de 1977, Cucala le dijo lo de su padre, que estuvo internado en el Hospital Militar cree que le dijo que era cama 8, precisa que fue en calles Italia y Viamonte. Dijo que fueron los mismos autos, por la descripción de la familia de "Tururu" Martínez y los mismos autos que tienen un enfrentamiento con ATEP, donde murieron Arancibia el hermano de este y un policía; Agregó en esa época había cartelitos que decían no divulgue el rumor eso conspira contra la nación, no tiene precisión de quienes ingresaron a casa de su padre, agrego, que el cadáver de su padre, lo buscaron en el cementerio del Norte y en pozo de Vargas. Se instaura un mecanismo de examen de ingreso en todas las facultades de Argentina "el tríptico" un modelo de selección que genero revueltas estudiantiles, el testigo era presidente de la Federación Universitaria de Tucumán, es cuando los universitarios ingresan a la FET, donde su padre impide el ingreso a la policía, lo que está registrado en La Gaceta. Dijo además que su padre tuvo unos incidentes con Arrechea, en el "Salón Blanco", de Casa de Gobierno días antes del Golpe. Y su padre le dio una trompada y lo desparramó por el salón blanco, porque tuvo una actitud destemplada y prepotente con alguien, esto dijo, fue noticia de primera plana del diario la Gaceta. Agregó que Arrechea que era ya Jefe de Policía, tuvo mucho que ver en lo de su padre y gente de la Provincia de Tucumán y otro grupo conocido como la "banda de Gordon". Ministerio Publico Fiscal solicita ante el testimonio del testigo se oficie al Ministerio de Defensa para que diga si tiene registro de gente internada en el Hospital de Tucumán, los meses posteriores a Marzo del 76.

ANA LIA CHEBAIA

La testigo es hija de José Guetas Chebaia, refiere que el día 23 de marzo de 1976, en horas de la tarde, circulaban aviones que volaban bajos, se comunicó a casa de gobierno que era el lugar donde trabajaba su padre para averiguar qué pasaba. Relata que no pudo hablar porque estaba reunido con el gobernador Amado Juri. Recuerda la testigo que esa noche su padre tenia una entrevista en canal 10 y su padre llegó tarde a casa, la testigo se durmió y dijo que luego escuchó que golpearon las puertas de su casa, su padre preguntó quién era, la testigo escuchó que se identificaban como Coordinación Federal, entraron aproximadamente 12 personas, al dormitorio de la declarante dos policías con linternas en las manos, uno le apuntaba a la cabeza con un arma otro requisaba el dormitorio, a su padre le decían vístase, recuerda la testigo que era aproximadamente 1 y 30 de la mañana, estaban vestidos con uniforme policial azul oscuro, uno con capa de lluvia, refiere que pudo ver cuando se llevaban a su padre, lo vio bajar por la escalera, su madre gritaba "se lo llevan al papá". Recuerda que salieron al balcón y pudieron ver tres autos, sus ocupantes advirtieron la presencia de la familia y los encandilaron con un reflector. Declara además que su madre se comunicó con alguien el cual la testigo cree que fue Amado Juri, quien le dijo que no se afligiera, que llevaban a los funcionarios a la casa de gobierno para entregar sus funciones, la testigo recuerda que fue a dormir a casa de un familiar, en ese tiempo tenía doce años. Durante la irrupción al domicilio de Av. Mate de Luna 3921, revolvieron la casa, se llevaron un dinero que su padre tenía guardado para pagar un crédito y algunos objetos. Su madre y su hermano mayor hicieron gestiones. Su madre se entrevistó varias veces con Bussi, agrega la testigo que su padre tenía un estado de salud bastante comprometido, utilizaba albumina humana, por problemas de salud, además dijo que una tía, trabajaba en el Ministerio de Bienestar Social, a la que le dijeron que necesitaban la medicación, su madre en una entrevista con Bussi le dijo que ella tenía albumina y se la llevó, porque estaba en el hospital militar, en otra ocasión no se la recibió porque le dijo que ya no sabía dónde estaba. Recuerda que su madre dijo a Bussi que no tenia de la plata que le pedían, Bussi le dijo que él iba dar el dinero, y su madre debía ir a entregar el rescate, porque eran unos policías traidores. Agrega la testigo que Bussi sabia vida y obra de todo el grupo familiar, su hermana mayor fue detenida, le ofreció custodia a su madre, su madre le dijo que no la veía, a lo que Bussi le leyó todo el parte de lo que hacia la familia, eran conversaciones cotidianas en su casa. Agrega además la testigo que en ese momento eran cuatro hermanos, posteriormente, falleció una tercera hermana, eran un varón y tres mujeres. La noche que ingresaron al domicilio de la testigo, recuerda ésta que en la casa se encontraban su madre, su padre, su hermano, el Dr. Villagra y su hermana fallecida con su bebe y la declarante. Recuerda la testigo que un amigo de su hermana, que estaba haciendo el servicio militar en Córdoba, al observar una foto de su padre en una visita a casa de la familia, vio la foto de su padre y dijo haberlo visto en el Hospital Militar, era el Dr. Ricardo Albaca. En cuanto al estado de salud de su padre refiere la testigo que el mismo tenía hígado graso si no le administraban la albumina, corría riesgo de vida, eventualmente era asistido por un enfermero quien le administraba la citada medicación. Dijo la deponente que su padre era empresario, presidente de la Federación Económica de Tucumán por muchos años, cuando asume la gobernación Amado Juri lo invita a ser Secretario de Planeamiento y Coordinación. Refiere la testigo que la familia poseía una fabrica de vinagres y embutidos y negocios mayoristas, los que tuvieron que cerrar, a causa de las persecuciones permanentes y allanamientos. Recuerda que en una ocasión el ejercito realizo un allanamiento en un local cerca del abasto en la calle Libertad y Piedras. En tanto, recuerda la testigo que la noche que entraron a su casa, los que ingresaron a su dormitorio estaban encapuchados, señaló que su madre vio a un hombre que tenia cejas llamativamente anchas, que en alguna oportunidad su madre lo vio en una entrevista que mantuvo con Bussi. Manifiesta la declarante, que su madre era recibida por Bussi con habitualidad, cuando lo llamaba. Hasta el día que Bussi se fue de Tucumán, su madre se entrevistó con el y le dijo que lamentablemente no había podido hacer nada. Además recuerda la testigo el grupo familiar se trasladó a Avenida Sarmiento al 400, por temor que le pasara algo a la familia, que en una ocasión su madre vio a un grupo de funcionarios entre los que se encontraba Menéndez y Bussi y la reacción de la referida fue cruzar de vereda hacia el grupo de militares, Menéndez le dijo: "Sra. De Chebaia cómo está?" Y su madre le dijo que la ayude con el marido, añade la declarante que Menéndez se dirigió a Bussi diciendo que ayude a la Sra. Chebaia en lo que necesite, Menéndez le dijo el ejército está dividido en dos bandos, yo estoy del otro bando. Recuerda la testigo que se presentaron muchos habeas corpus, cuando vino la O.E.A, su madre hizo la denuncia. Agrega que su madre escribió muchas cartas pidiendo audiencia con Videla y desde el Ministerio del Interior se denegaban. Recuerda la testigo que su padre también fue vicepresidente de la Confederación General Económica, y agrega que su padre era un hombre público. Era un hombre ejemplar, hasta hace treinta días atrás han tenido otro homenaje y reconocimientos. A la pregunta del Dr. Reynaga, dijo que en referencia a la llamada de su madre la noche del secuestro de su padre, no recuerda con quien habló. Indicó que la característica física de la persona que su madre reconoció entre el grupo que ingresó al domicilio eran las cejas anchas y nunca supieron su nombre.

GRACIELA LEONOR CHEBAIA

La testigo fue hija del desaparecido José Guetas Chebaia. En marzo de 1976 la declarante residía desde hace un año en un campamento minero en Rio Negro. Recuerda que tomó conocimiento por radio que hubo un golpe de estado, que era el único medio que se podía sintonizar por los vientos. Las comunicaciones eran muy difíciles porque había una cabina telefónica sobre la ruta 3. Aclara la testigo que en la zona donde vivía era todo muy precario, su familia se comunicó con un geólogo conocido de su esposo que también es geólogo, para que le avisaran que le estaban llamando a la cabina telefónica. Refiere que al momento que logró comunicarse con su familia le atiende un tío, Jorge Fanjul, y le comunica que se llevaron a su padre y le dijo que lo estaban llorando por muerto, le pidió que vuelva a Tucumán (recordó la testigo que era un Domingo a las 23 hs). La testigo tenía que recorrer 200 km de Trelew, debía ir a la ciudad de Buenos Aires y recién a Tucumán (agregó que se trasladaba con un bebé). Cuando la deponente llegó a Tucumán, tomó conocimiento del caos de su hogar, todos desconcertados, corrieron rumores de que había pasado por jefatura, escuela de educación física, que debido a los maltratos estaba muy mal. Aclaró que su padre estaba muy enfermo con una cirrosis medicamentosa y era tratado con un droga que traían de Londres, a su padre se le hacían transfusiones de sangre y albumina humana, agrega la deponente que esa droga provocaba leucemia. Además la testigo relata que antes su padre le escribió solicitando que regrese a Tucumán, pues le habían diagnosticado tres meses de vida. La testigo recordó que a su llegada a Tucumán, siempre había un auto blanco en la puerta de la casa familiar observando todo, llamadas constantes anónimas, pidiendo dinero y diciendo que si no entregaban dinero, lo encontrarían colgado en un árbol del parque Guillermina, recordó que Bussi no la dejaba que entregue el dinero, pues la amenazaba que sería detenida, su madre se trasladó al comando con el tratamiento de su padre, pero no le daban respuestas del paradero de éste. Puntualizó que la noche era tétrica, quedaban las mujeres solas su hermana y la deponente con sus bebés. La testigo recordó que con su hermana escondían los bebés en los botineros y les daban unas gotitas para dormir, porque temían que si eran llevadas, les hicieran daño a los hijos, agregó que el horror que vivían era tal que esperaban el amanecer mirando por las rendijas de la ventana, cuando despertaba su madre y su hermana menor recién dormían la testigo y su otra hermana. Agregó que un día su madre le pide que busque a su hermana que estaba jugando en una casa vecina de la familia Díaz Colodrero. Cuando abrió la puerta de sus vecinos, se encontró con gente vestida de verde, sacaron a la dueña de casa y a los que estaban ahí, incluida la testigo, los subieron a un "celular", y los trasladaron a la Av. Sarmiento al 500 "comunicaciones", aclaró que estaba sin documentos y que su bebé estaba con su madre, relató que escuchó alaridos de la tortura de la gente, pensó que ese iba a ser su destino, no recuerda el tiempo que pasó ahí, la pusieron en una habitación oscura y le dijeron que la iban a trasladar a su casa , pero la testigo no podía saber si era verdad, la dejaron en la puerta de su casa. Su padre era todo en la familia, todo en su vida, lo buscaron por todas partes, todo era negativa, a los pocos días se dio cuenta que estaba embarazada de otro hijo, y la testigo tenía problemas con los embarazos, por lo que tenía que regresar a Rio Negro, dijo el mes y medio o dos que estuvo acá en Tucumán, fue un infierno, permanentemente vigilados por un auto en la puerta de la casa de su padre. La testigo dijo que al volver, estaba sola con la ausencia de su padre, y con el recuerdo del llanto de su madre y hermanos. Advirtió que la huella que le dejó la desaparición de su padre no la pudo superar, aun teniendo un marido, hijos y nietos. Agregó la testigo que su padre era un hombre incorruptible que pisaba fuerte, un hombre que se alimentaba de honestidad, moral y principios, no había qué achacarle, dejo una ausencia hasta hoy, vivía de su trabajo, no era un hombre rico, clase media que estaba en grave estado de salud. Manifestó que las personas que estaban en el vehículo blanco, no recuerda si estaban vestidas de civil porque no salían ni al jardín de la casa. Dijo que cuando fue a buscar a su hermana, secuestraron a cuatro personas más, ella es llamada en primer lugar y liberada, los demás quedaron esperando el interrogatorio, fueron liberados pero no recuerda el día. Supo que había pasado su padre por la escuela de educación física, donde fue torturado y fue ejecutado porque estaba signado con disposición final.

JUAN CARLOS CLEMENTE

En la audiencia se procedió a escuchar el audio del testimonio de Juan Carlos Clemente en la causa Jefatura de Policía: "El testigo manifestó que estudiaba medicina, y era militante barrial, era de la juventud peronista, hizo militancia hasta el año 72, 73, no se recibió de médico, hizo regular quinto año, antes de anotarse en sexto año empezó su militancia política y tuvo dificultades con algunas materias. Salió del servicio militar en año 68, en el 75 a mediados de año, le allanaron la casa dos o tres veces, la primera vez no estuvo, cree que fue el ejército, en ese momento vivía con sus padres y su hermano más chico que era casado, cuando volvió se enteró que lo habían secuestrado al hermano y al cuñado, esto le contó su padre, se fue por temor a que volvieran a allanar la casa, posteriormente lo liberaron a su hermano que había estado en la Federal, la misma noche que secuestran al hermano los padres hablan con los curas de la parroquia Monserrat. El testigo dijo que estaba en pareja con una hermana de su cuñada y analizaban la posibilidad de irse de Tucumán, los primeros días dormían en la sacristía de la parroquia con el permiso de alguna de estos curas, pero esto no se pudo prolongar mucho entonces se fueron a Salta, cree que en agosto del 75, fue con su novia a Salta, en Salta pararon en un hotel, empezó a buscar trabajo y empezó a trabajar en un taller donde hacía lonas de camiones tabacaleros y carpas, él sabía coser a máquina, entonces le fue fácil conseguir el trabajo, dijo que en Salta estuvo cerca de un año porque el trabajo en el taller empezó a decaer y le avisaron que era posible que quedara sin trabajo, entonces empezó a buscar otra posibilidad y cree que salió una posibilidad en el ingenio Providencia en Tucumán, en mayo antes de volver a Tucumán, su esposa María del Carmen, tuvo familia, después de un mes el vino a Río Seco, cree que fue la primera semana de julio del 76. Relató que estaba durmiendo en la casa de un conocido y se despertó a las 3 de la mañana con una escopeta en la frente, a la otra persona y a él los detuvieron, les vendaron las manos y los metieron en una camioneta, de ahí se bajó en un salón grande con ventanas altas en donde había una serie de personas detenidas, vendadas y paradas contra la pared, después se enteró que era el ingenio Nueva Baviera, dijo que en la camioneta lo introdujeron vendado con las manos atadas atrás junto con "el Correntino", dijo que después de estar parado a la pared, vio de reojo por la venda, escuchó voces y esto lo hizo pensar que había gente alrededor de él, cree que había pocas personas, solo veía para el costado, dijo que del "Correntino" no volvió a saber nada, a la mañana sintió que alguien abrió una puerta detrás de él y preguntó "quien es el perro Clemente" y lo primero que supuso fue que alguien lo reconoció, le tocaron la espalda y le dijeron que vaya, el que le tocó la espala le dice: "que contento que se va a poner el Tuerto Albornoz cuando sepa que te tengo a vos", lo pasaron a un cuarto donde cree que estaba en una ronda de seis o cinco personas que comenzaron a golpearlo, pero había alguien que le pegaba en la espalda con algo duro, él les dijo que era asmático e intentó exagerar la crisis para que lo dejaran de golpear, después de ahí le sacaron la ropa a tirones, lo pasaron a un elástico lo ataron y le empezaron a pasar un cable que lo hacía tiritar y patalear, quedó uno o dos días, no recuerda, sí recuerda que un día se presentó un señor vestido de verde con casco y le dijo: "yo tenía un amigo que tenía un compañero de curso que se llamaba Clemente", agregó que cuando le vio la cara observó que era Luis Albano, compañero del colegio Tulio García Fernández que se fue en cuarto año a hacer el servicio militar y el testigo le respondió que él tenía un amigo, que tenía un compañero que se llamaba Albano y así estuvieron toda la noche hablando en tercera persona y entendió que no tenía posibilidades de sobrevivir y que él no podía hacer mucho. Recordó que durante la tortura le preguntaban que hacía en Río Seco, si conocía el lugar donde guardaban armas, si a qué reunión había ido, si conocía a montoneros. Agregó que pertenecía a organizaciones de base peronistas, que no tenían grado militar. Manifestó que se enteró que estaba en Nueva Baviera en el viaje a Jefatura, cree que lo llevaron a la semana, porque la primera noche había un salón con colchones a la vuelta, algunos mojados y gente ahí. Dijo que escuchó a la mañana siguiente por parlantes la gran fiesta policial por el día del niño, el locutor lo relataba o explicaba el homenaje a los niños, añadió que no tiene claro por donde entró ese día, sí tiene una imagen de ir viajando entre dos personas y reconoció el auto que era un Ford Falcon y después entró en la Jefatura, dijo que iba tapado con una manta, estaba en el piso mirando hacia la ventana del auto, el que era el chofer le decían el Ketchup Calderón y el que estaba atrás era Venturino, dijo que llegó y había un salón grande en donde lo tiraron en el colchón y había algunos que se quejaban que estaban cerca de él y que había guardias. Ahí estuvo hasta la noche y a la noche de nuevo alguien le dijo "Perro vamos", no caminó mucho, lo llevaron hacia una puerta, entró y había gente, alguien empezó a decir "este es el perro" "ablandenló, lo interrogaron con preguntas generales. Relató que después de la golpiza lo pasaron a una cama al frente de la oficina de de confidenciales y le empezaron a pasar el cable por los testículos por los labios, por ahí alguien lo mojaba y le volvían a pasar, volvió al salón, volvió a recibir palos y el cable y lo pasaron a una zona con calabozos individuales, escuchó decir que Diana se había querido suicidar y vio una chica embarazada chorreando sangre, escuchó, no supo si a los guardias, insultando, decían "esta hija de puta se quiso suicidar". Dijo que cuando estuvo en el calabozo solía salir una vez al día al baño, le pasaban comida que era un plato de sopa y un día abrió la puerta un guardia y un oficial al que reconoce después le dijo "vamos que Gonzalez Naya te quiere hablar", lo llevaron a una oficina y le dijeron que su compañera estaba detenida en Salta, incluso le dijeron que estaba detenida con el hijo, le empezaron a preguntar si había algún dato que pudiera aliviar la situación de su compañera y lo mandaron a la celda de nuevo, recordó que empezó a pensar que les podía interesar, algo para canjear, algo para cambiar y se acordó que tenía guardada la idea que en la ruta a Cafayate había dos tachos con armamento al costado de la ruta, 20 metros adentro enterrados en la tierra, entonces pidió hablar con Gonzalez Naya y le contó esto, y Gonzalez Naya le dijo: "si esto es verdad, te traigo a tu compañera", al tiempo lo llamaron, le sacaron la venda y le mostraron su compañera, ella era de pelo rubio de tez blanca y la que estaba sentada de espalda era de pelo negro, lacio y piel morena, entonces cree que dijo, esa no era, posteriormente se enteró que era Nora Montesinos, ella era de Salta cree que de Tartagal, la conocía porque habían estado militando en la JP, después conversó con ella en Jefatura y le relató que había estado detenida con María del Carmen y que María del Carmen le comentó que cuando a él lo secuestraron se fue de la casa hacia Córdoba, dejó el hijo al cuidado de los padres y se fue a Alta Gracia a la casa de unos curas y un tal Vicente la escondió una semana después, el testigo después habló con el cura y este le contó que no la había podido detener que lo había salido a buscar al testigo. Dijo que cuando estuvo en la celda un guardia abrió y le dijo que había una persona herida, si entendía algo de medicina y lo llevó a una celda donde había una joven que tenía el pie herido, la herida estaba infectada, entonces le trajeron un jabón y él intentó lavarle y vendarle el pie y ella le dijo que era la novia de Cuchillo Di Lorenzo, este chico era muy nombrado en el ámbito del peronismo juvenil. Recordó que había una sala contigua a los calabozos en donde había detenidos sentados. Le dieron un balde con agua y le da a agua una persona que reconoció como "el turco", Elías. Otra vez lo llevaron a la sala donde estaba Albornoz y le preguntaron si era montonero y él dijo que no. Recordó que entre las personas detenidas vio pasar al frente, rumbo a la oficina, mano derecha, alguien que lloraba y decía "qué será de Pablito", le conoció la voz porque era compañera de facultad era de apellido Bustamante. Dijo que vio en Jefatura a Juan Martín, escuchó estando en el salón, gritos muy agudos como si fuera un niño que gritaba que lo estaban torturando, pero dijo que lo ubicaba como Pancho, y que le decían "no grités Pancho porque te vamos a seguir dando" y cree que estaba en la sala del teléfono del cable, después también en otra situación dijo que los pasaron con Juan Martín a una celda comunitaria pero bastante después, dijo que no vio a Pedro Cerviño, no lo conoce, respecto a Holmquist dijo que con el hermano de él se encontraban siempre. No sabe exactamente pero alguien dijo "se ahorcó el fachito" tiene duda si era el hermano de Ponce o el hermano de Holmquist, dijeron que había amanecido muerto ahorcado del picaporte. Relató el testigo que lo trasladaron al Arsenal, no lo interrogaron, de ahí lo trasladaron a la Jefatura de nuevo y de la Jefatura salió en un auto en el baúl de noche, y cree, por lo que escuchó en el auto, que lo llevaron al límite con Salta y lo llevaron a la delegación de la Policía Federal de Salta y lo pusieron en un calabozo, ahí estuvo poco tiempo y tiene la imagen que estaba en un anfiteatro con gente con uniforme verde, sentados en el anfiteatro y le pedían que informe sobre su militancia, le preguntaron cuál había sido la relación de su padre con él, el padre había sido suboficial cocinero del ejército, después lo llevaron a la Policía Federal, él les contestó que su relación con el padre no era buena. Después lo trasladaron de Salta a Tucumán, en el camino lo bajaron y lo hicieron caminar, y le dijeron: "llegó la hora", supuso que lo iban a matar, pidió un cigarrillo y alguien le dijo que se apurara, el preguntó si podía rezar, se arrodilló, le pusieron la mano en el hombro y le dijeron: "que cagazo" y lo trajeron de nuevo a Jefatura. Relató que el oficial Fariña lo llevó a un balneario de Lules diciéndole que iban a pasar un día domingo, el testigo encontró conocidos, reconoció a De Cándido, alcanzó a ver en la pileta a un tal sargento Ruiz y un tal Torres, cree que su padre había dicho que Torres se había metido en inteligencia, dijo que después que se bañaron volvieron. En la jefatura lo empezaron a sacar a lavar autos que estaban estacionados en el playón, dijo que no sabe en qué fecha Gonzalez Naya le avisó que le iban a permitir volver a la casa a dormir, fue un 31 de diciembre cuando llegó y recién logró ver a su hijo que no veía desde hacía 6 u 8 meses, el testigo volvía a dormir a las 8 de la noche e iba a trabajar a las 8, entraba y salía por calle Santa Fe. Dijo que perteneció a la policía de la provincia. Desde la oficina de administración le preguntaron si se animaba a hacer los organigramas, cada tanto y en determinado momento del mes hacía unos esquemas con borradores donde figuraban jefes y dijo que se acuerda claramente que decía célula montonera u organización montonera en Tucumán y que Dardo Molina era jefe de montoneros, dijo que lo conoció a Dardo Molina de la época de militancia como integrante del senado, del gobierno, dijo que no lo vio, que no recuerda otro nombre en el organigrama. Manifestó que en esa oficina estaba América Alurralde, Veliz, un tal Rosso, esa oficina estaba a la entrada del playón, en esa oficina había estanterías con biblioratos de todo tipo, a fines del 77 apareció un asesor llamado Ocaranza que vino con la orden de desmantelamiento de confidenciales y sacaron carpetas, biblioratos y lo que servía cargaban en un rastrojero, lo otro lo quemaban, en algunas había listas de personal, había memorandum y listas de detenidos que tenían en un costado DF o DL, pensando que alguna vez eso podía servir tuvo la oportunidad de sacar cosas. Posteriormente se le exhibieron al testigo fs. 184, fs 185, fs. 190 de la documentación aportada por él y dijo que la letra la encontraba muy parecida a la letra de Albornoz. Respecto a la documentación que aportó al tribunal manifestó que la obtuvo cuando llegó la orden de desmantelamiento. Cuando lo pusieron a manejar biblioratos, viendo que algunos papeles eran importantes decidió sacarlos. Dijo que la oficina tenía la tarea de archivar el material en biblioratos que estaban en estantes y tenían títulos, los papeles que decían memorándum los ponía en memorándum, o listas de personal, lo iba clasificando según los biblioratos. Dijo que no tuvo tiempo de revisar el listado ni ningún papel. Añadió que el traslado no duró más de una semana, cuando no hubo que más sacar, él enterró los papeles en un mueble de mampostería en su cama, en su casa de soltero y después cuando se casó y se fue a vivir a su casa de casado, la enterró en un contrapiso y la logró sacar hace 2 o 3 años porque hicieron una refacción de la casa, dijo que nunca revisó estos papeles. Cree que había 20 biblioratos pero no es algo que él tenga definido, se acuerda estantes con biblioratos. Agregó que en Jefatura reconoció voces y que no sabe por qué está vivo, dijo que no conserva la credencial de la policía, tiene idea que cuando presentó la renuncia en el 84 entregó su credencial de policía. Recordó que sacó la documentación y se la puso en la pierna con la media y así la llevaba, tenía el presentimiento que eran importantes y por eso se quemaban, había gente que seleccionaba y otra que quemaba porque había una fogata, envolvió la documentación y la guardó, que para guardarla usó unas bolsitas anti humedad, eso más plástico, mas papeles, más papeles y así los envolvió. Dijo que cuando se casó y se cambió de casa tuvo que hacer todo el envoltorio de nuevo y la puso en un contrapiso. Manifestó que no existió la amenaza "te voy a matar" pero uno entiende cuando los mensajes son claros, lo fueron a visitar y le preguntaban donde estaba Juan Martín y le decían "lo vamos a hacer boleta". Trabajó hasta el año 77 que se produjo el desmantelamiento, dijo que no sabe cuántos cadáveres se entregaron a los familiares, el recibía papeles que decían memorándum, sacaba la carpeta y lo ponía en la carpeta, nadie más sabía que él había llevado esos papeles a su casa, dijo que nunca fue amigo de De Cándido que sólo tenían una relación de trabajo. Respecto a la documentación que presentó al tribunal, dijo que esa era la única que tenía en su poder, no hizo reserva de ninguna otra documentación, hace dos años cuando empezaron a realizarse juicios, vio la posibilidad de presentarla, teniendo la documentación a mano, sacó la primera hoja que era una lista y la mandó a un organismo de derechos humanos de la procuración en forma anónima en Buenos Aires, dijo que cree que nadie más tenía documentación, no recordó si le comentó a Juan Martín. No supo si Juan Martín sacó documentación, dijo que lo que puede haber es una ficha o prontuario del D2 eso fue año 80, 81, 82 que le mostró a la señora Marta Gómez del esposo, pero eso no era documentación confidencial sino que era un prontuario que estaba en el D2 y él le mostró a la señora Marta Gómez en los años 80 porque ella era cuñada de Juan Martín, había perdido su esposo y le relataba que había gente que le decía que el esposo estaba en varios lugares y que era posible encontrarlo si se tocaban algunos resortes entonces le pareció útil decirle que le parecía que estaba muerto, dijo que solamente colaboró con Marta Gómez, añadió que en el prontuario de Julio Martín aparece la palabra fallecido, que no recuerda de otros detenidos que dijera lo mismo, dijo que durante 30 años le preguntaron de Juan Martín, añadió que Juan Martín salió del país en el 78, dijo que Juan Martín le escribía. Manifestó que periódicamente lo visitaban en su casa o en su trabajo para preguntarle como andaba y la pregunta permanente era si sabía algo de Juan Martín, que al otro día de recibir la citación del tribunal lo fueron a visitar a la casa. Relató que no sabe si la comunidad informativa se reunía en Jefatura, recordó listas de detenidos, de memorándum de personal, agregó que había un bibliorato que decía declaraciones, pero no recordó si eran tomadas en sesión de tortura, dijo que no supo de personal de calle. Agregó que Juan Martín le escribió cuando llegó a la Argentina, cuando estaba en Madrid, o Guadalupe, dijo que no sabe si Juan Martín recibió amenazas, creería que sí, quienes lo visitaban le dijeron que tenían capacidad para mandar un equipo a Europa para buscarlo a Juan Martín cuando empezó a declarar en el exterior y le dijeron que en el aeropuerto lo iban a estar esperando. Recordó que todo lo que se hacía tenía que estar autorizado por el supervisor militar, D'Ursi lo autorizó a De Cándido a ingresar a la propiedad de calle Chacabuco, no recordó porqué, no sabe si era habitual que se autorizara, no vio un registro de desaparecidos, manifestó no tener conocimiento exacto si Albornoz dispuso de esto o aquello pero era amo y señor de quien se le antojara, no supo si De Cándido participó del secuestro de Marta Coronel, indicó no conocer cómo muere Raúl Araldi, no se comentaba cual era el destino de los cadáveres que aparecían como DF, dijo que no supo la interna de Albornoz con D Ursi, había habladurías pero no le consta, los comentarios de internas no solo eran con D Ursi, se hablaba también de González Naya, de todo militar que iba, dijo que no recuerda listas de mujeres embarazadas, dijo que Veliz era comisario y estaba en la oficina con la señora Alurralde, no recuerda a Lago. Dijo que el que tenía el poncho puesto era Kecho Calderón el día que lo secuestraron a él. Dijo que conoció a una persona que le decían Sargento García que era jefe de guardia, agregó que supo o lo creyó haber escuchado es que lo tuvieron detenido en uno de los calabozos del fondo, del policía Wenceslao Quinteros, de Astorga, de Enrique Victorio Heredia no sabe nada. Dijo que el teniente Ocaranza vino con la orden de desmantelar inteligencia, lo que no servía iba a la fogata, lo que no lo cargaban en un rastrojero, había gente que sacaba detenidos en auto a esos se le llamaba paseadores, lo llevaban para marcar gente".

Dijo en la audiencia de la presente causa, que en los años 70 estudiaba medicina, tenía militancia política barrial, en la zona villera del ámbito del partido peronista. En el año 75 se fue a Salta por razones de trabajo y regresó a la provincia por una propuesta de trabajo en el Ingenio Providencia en Río Seco. Llegó en julio del 76 y lo recibe un Sr. Juan Miño que iba a contactarlo con alguien en Río Seco por el trabajo. Como al segundo día allanan una vivienda en la que estaban en una habitación Miño y su hija. Así los secuestran y los conducen a un lugar que luego identificó como Nueva Baviera, de allí como a la semana lo llevaron a Jefatura. Que allí llegó luego de una semana de Nueva Baviera. Dijo que lo secuestraron atado, con ojos vendados en una camioneta, estuvo una semana en Nueva Baviera y de allí fue a Jefatura. Reconoció el lugar porque había movimientos por la fiesta del día del niño, se oía por los micrófonos una fiesta con hijos de la familia policial. Estudió medicina hasta quinto año. Su zona de militancia era el noroeste de la ciudad, barrio Echeverria, Villa Muñecas, Villa Santillán, barrio Modelo y zonas aledañas. Era una época de efervescencia política. Estaba la juventud radical, la peronista y esta tenia sectores de trabajo, en los barrios el movimiento evita, el movimiento villero y en la facultad la JP. Precisó que no hizo política universitaria y que a Salta se fue porque le habían allanado la casa a mediados del 75, que en realidad lo hicieron 3 o 4 veces entre la provincial y la federal. En ese momento estaba de novio con María del Carmen Clemente, hermana de la esposa de su hermano. Explicó que a su hermano antes de irse a Salta también lo habían detenido, y que por ese motivo antes de irse a Salta se refugió en la sacristía de una Iglesia porque el padre Torres lo acogió. Formaba parte del grupo parroquial, y perteneció al grupo Puente 4 y también dijo que había pertenecido a la acción católica. Fue detenido en julio del 76, el primer domingo de agosto del 76 llegó a Jefatura, ingresó por calle Santa Fe a un playón, lo bajaron y llevaron a un salón bastante amplio en el que identificó colchones en el suelo y personas. Allí lo tuvieron detenido uno o dos días, y luego lo pasaron a una oficina donde le presentaron a un grupo donde su sensación era de que había regocijo por su captura. Que una noche lo llevaron a un recinto con una cama metálica y allí se le aplicó picana con un teléfono. Que se dio cuenta que ese salón era muy usado para torturar en interrogatorios, todas las noches se oían llantos y quejas de quienes estaban allí. Señaló que una vez luego de un alboroto vio que sacaban de ese cuarto a una mujer embarazada ensangrentada y gente que a los gritos decian "Dina se quiso suicidar". Que ya de antemano sabía quien estaba secuestrado o había desaparecido por lo que sabía que esa persona era Diana Irene Oesterheld, hija de un dibujante conocido. Recordó que estuvo detenido con Juan Martín, a quien oyó mientras se lo interrogaba, lo reconoció porque cuando gritaba tenía una voz muy particular, muy aguda. A Juan Martín lo conocía de antes de marchas y manifestaciones, él militaba en la JUP, en la universidad. Todo ese tiempo estuvo vendado. Luego lo pasaron a un calabozo cerca del estacionamiento, cerrado, que tenía un espacio con calabozos con puertas y cree que daba a la calle Santa Fe. Que por un ventiluz veía y escuchaba rezar. En ese lugar no sabe bien cuánto tiempo estuvo, al ritmo de su intento de supervivencia poco a poco iba obteniendo concesiones y se hacía menos violento. Le daban más agua o comida más seguido, que no lo ataron con alambre, eso se prolongó hasta fines del 76 y en ese lapso tuvo una salida al Arsenal en el baúl de un auto. Allí estuvo 3 días reconoció celdas muy pequeñas. Allí no lo interrogaron. Luego lo regresaron a Jefatura, y hacia fin de año, de noche, en un baúl, lo llevaron a Salta. Cree que era un Torino por lo que hablaban sus captores. En el límite con Salta lo cambian de patota y de vehículo, así va detenido a Salta por la policía federal, y luego lo llevan a un anfiteatro con militares. Eran todos de verde. A cara descubierta y bañado lo llevan ante un militar que lo interroga sobre su situación familiar, con los vecinos. Relató que a su hermano lo habían secuestrado ya que era muy parecido a él, pero que en realidad le dijeron que al que buscaban era a Juan Carlos Clemente. Que en Nueva Baviera fue apaleado en una ronda y luego fue llevado a una cama donde le pasaron corriente. Que luego lo visitó un capitán llamado Luis Albano que era compañero suyo del colegio Tulio en Nueva Baviera donde conversó con él, pero hablaron como en tercera persona, que él y el otro eran conocidos de ellos mismos. Que no lo ayudó en nada. En Nueva Baviera pudo ver a otros detenidos. Ello porque si bien estaba vendado, la venda era de lona y, de acuerdo a la forma de la cara, dejaba una luz para ver. Reconoció a "Ketchup Calderón" cabo primero o sargento que le dijo "que contento que se va a poner Albornoz cuando sepa que estás aquí". Pero no vio a nadie más porque al segundo día ya lo llevaron a una pieza aislada. El lugar era manejado por policías, Calderón, un tal Venturino, otro personal policial de guardia, y afuera lo que había era personal militar. En los interrogatorios le preguntaban por nombres, direcciones, armas, depósitos de armas y dinero, apodos pero todo fundamentalmente de la organización Montoneros. En ese momento no conocía ni ubicaba a Albornoz. Sí ubicaba a Tamagnini, Sirnio o Arrechea. Luego, en Jefatura, reconoció además de a Dina y Juan Martín a Graciela Bustamante con quien habia compartido cursos en el Centro de Salud donde él era practicante menor. (habían estudiado en medicina juntos). Oyó quejas por un tal Pablito. Alguien le comentó la posibilidad que fuese su hijo. No supo qué pasó con ella. También recuerda (no sabe si en Nueva Baviera o Jefatura) que alguien se le acercó y le preguntó si él era "el perro" y al responder que si le dijo "yo soy ese al que llevaste en tu moto golpeado por un ladrillazo al hospital". En Jefatura cuando pasó con tres personas (Juan Martín, Nora Montesinos y Fernández -la flaca-) a otro calabozo más comunitario con otras celdas adentro, tuvo más vinculación con la gente. Tenian un espacio para dormir y un baño. Había un banco de plaza y a veces lo sacaban junto a Juan Martín a lavar autos en el playón o cebar mate. Dijo creer que a Nora Montesino la llevaron de Salta confundida con su compañera. A Nora la conocía porque era esposa de Maxi, un militante de la JP de apellido Trenchi. A "la flaca" la conocía de oídas pero nunca la había visto. En los partes que se pasaban las novedades ya se escuchaba su nombre, ello fue antes de la masacre de calle Azcuénaga. Un día le destaparon la venda, lo sacaron a hacerle preguntas y lo sentaron en un escritorio ante un Sr. Albornoz y González Naya se movía como si fuera el instructor. Pudo saber con el tiempo quien era quien porque a Albornoz le decían "el tuerto" y González Naya andaba vestido de militar. Hacia fin de año del 76 le dicen que iban a permitirle ir a su casa, lo lleva Fariña a su casa y su cuñada lo primero que hizo fue preguntarle por su hermana. Ahí lo vio a su hijo después de mucho tiempo ya que su esposa lo había dejado en esa casa para poder buscarlo sin una carga. Fariña le dijo a su cuñada que no preguntara más por que Mary ya estaba muerta. Fariña se quedó un rato en su casa y cuando se va sus padres le cuentan que los habían llevado a Jefatura (su padre era cocinero del Ejército) y les habían dicho que ellos quedaban como garantía del comportamiento de su hijo. Que iba a dormir como a las 8 de la noche y se iba a la mañana. Que así fue como 3 o 4 meses. Dijo que Fariña era un oficial de la patota, que integraba un grupo junto a De Cándido y Flores. Explica que las patotas salían a secuestrar. Que después constata que habia una sola patota y grupos, diferentes grupos con afinidad entre ellos. Una de ellas estaba integrada por De Candido, Fariña y Flores, muy ligada a Gonzalez Naya, y otra integrada por Lula, Hugo Albornoz, Moreno (el perro), un tal García. Luego habia otra donde estaba Bulacio, Chaile, Rucci, Insaurralde y otros que no recuerda. Explica que habían patotas y guardias. Los primeros secuestraban e interrogaban. Los jefes de guardias eran Chaile, Figueroa, García, que custodiaban a los detenidos. Destaca que en Jefatura también había personal que realizaba funciones de tipos administrativo, era una oficina de archivo donde se encontraba una tal América Alurralde, Juan Abraham, un tal Veliz y no recuerda más. Ahí había papeleo, declaraciones de detenidos, memorandum, lista de detenidos, casas operativas, operativos pendientes de ejecución. Eso de la entrada a la derecha, al frente había unos baños, a continuación la sala donde juntaban detenidos, otra habitación a la derecha que era de interrogatorios, a la izquierda un cuarto vacío, el cuarto de Albornoz y al final un museo que siempre estaba cerrado. Explica que sabía las funciones y los nombres de la patota porque salían permanentemente, porque los escuchaba hablar de los interrogatorios, porque una vez lo llevaron en un procedimiento. El jefe de la patota era Albornoz, aunque había un asesor militar que tiene la sensación de que no pinchaba ni cortaba. Era su intuición, por "la forma de torta". Para él todo definía Albornoz. Cuando llegó estaba González Naya, luego Ocaranza, quien tuvo la orden de desmantelar todo, luego en el 78 llegó D'Ursi. Cuando trabajaba como administrativo en el D2 ya estaba D'Ursi. Precisó que de septiembre a octubre todo se relaja un poco, más en enero y febrero del 77. Que en abril o mayo de ese año, cuando el hacía un resumen de situación lo llevaron con un carnet y le dijeron ahora sos policía. Fue González Naya quien le dijo eso. En el D2 había dos prontuarios, uno común y uno político ideológico donde hablaba de la tendencia y actividad que cada uno realizaba. Una vez le dijeron, "ya no vamos a tener que hacer la vaquita para lavar autos, ahora vas a ser policía, vas a tener un sueldo". Dijo que no pidió ser secuestrado, ni ser policía. No estuvo en condiciones de decir que no a eso, ni cuando lo subieron a un ford falcon, ni cuando le dijeron esta noche te vas a casa, no estuvo en condiciones de nada durante 7 años. Cuando renunció tampoco estuvo en condiciones. Destacó que aún después de llegada la democracia tampoco podía decir que no a muchas cosas, que seguía siendo visitado en su trabajo y en su casa. No iba Albornoz, pero si su chofer Vercellone, otro de apellido Sosa. Destaca que tres días antes del primer juicio le llegó una patota avisándole que tenía que tener cuidado con lo que iba a declarar, que se acuerde de López, ese fue Sosa. Durante 34 años dice que le pidieron datos sobre Juan Martín en España. Él se fue en el 78, y explicó que una vez vuelto de España se apareció subrepticiamente por su casa. Ahí le contó que ya estaba viviendo en Buenos Aires. En el 2003/2004 o 2005 me fueron a preguntar otra vez por Juan Martín porque querían hacerlo boleta por lo que estaba haciendo. Eso le dijo Albornoz. A esa altura tenía una pila de documentación, que nunca se le ocurrió quemarla porque le parecía importante. Fueron a su casa Quintana, Sosa, Insaurralde y uno más que no recuerda, esposo de una policía que estaba en la guardia. Dijo que ya en diciembre del 76 pudo ir a su casa por primera vez, y desde ahí ya dormía en su casa y luego iba a Jefatura. En esa época ya andaba sin vendas en los ojos, así los identifica bien a los miembros de la patota. No pudo identificar a nadie más ya que las detenciones se hacian de noche y directamente pasaban a los calabozos. No recuerda mas detenidos conocidos. En Arsenal no vio a nadie, escuchó voces de mujeres bañándose y percibió gente repartiendo comida en el galpón de los detenidos. Gente de custodia y detenidos repartiendo comida. Recordó que en el galpón la guardia era muy estricta. Supo que era Arsenal por las conversaciones que oía, porque se decía algo de gendarmería, porque antes de ser detenido ya sabían que la policía se dedicaba a los "perucas" y el 142 a los "erpianos" y que sabían que el 142 realizaba su trabajo en el Arsenal. Dijo que ello lo deduce él antes o después, que no puede precisarlo. Señaló que a la oficina de la Sra. Alurralde en Jefatura llegaban los memorándum del Batallón 142, de la Comunidad Informativa, todos en triplicados. Luego (aunque no sabe bien cómo) concluyó que la coordinación entre Jefatura y el Arsenal era total y diaria. En Salta no reconoció a nadie. Sobre la documentación que aportó en la causa Jefatura I dijo que se vincula cuando llegó hacia principios del 77 un tal Ocaranza en lugar de Gonzalez Naya a quien "rajaron" de Jefatura, con la orden de desmantelar el D2 porque empieza con la documentación. Ello fue hasta principio del 78 que llega D'Ursi y ya estaban todos adelante y otros se habían mandado a comisarías del campo. Algo de la documentación se quemaba, otra se tiraba a un rastrojero azul. Dijo que un día se quedó solo, no recuerda si con Juan Martín, le parece que sí, en una época de fiestas, y recuerda que ya habiendo identificado unos biblioratos con anterioridad, es que armó un paquete y se los llevó a su casa, a un "escondrijo" que tenía de la época en la que tenían esos lugares para sortear los allanamientos. Eso fue en la casa de sus padres, y cuando se trasladó llevó ese paquete y realizó el mismo trabajo. Dijo que estuvo en esa situación hasta que pidió la baja en abril o mayo del 84, un mes después de casado. Dijo que él tomó la decisión de pedir la baja. Que ello coincidió con la estadía de un tal Santillán que estaba a cargo y era accesible con él. Destaca que emocionalmente nunca volvió a ser el mismo. No pudo volver a estudiar porque también había legajos ahí. Sólo quien ha estado en el infierno sabe lo que es el infierno. Aclaró que no sabe por qué lo llevaron al Arsenal, que allí no fue torturado. Con relación a que mencionó a Sirnio y Tamagnini, sabía que eran policías, el terror del estudiantado. Cuando llegó a Jefatura ellos ya no estaban. De Tamagnini supo que murió en un atentado, y con relación a Sirnio supo que también murió en un atentado. Cree que el atentado de Sirnio fue producto de la propia patota policial porque los panfletos eran muy burdos, supuestamente montoneros y por comentarios que lo hacían suponerlo. Cuando él llegó estaba Albornoz. Ocaranza era el reemplazo de González Naya, para él tenía la orden especifica de desmantelar el D2, eliminar todo.Supone que era borrar las huellas Con D'Ursi es que ya nadie queda atrás, del lado de la Santa Fe, donde funcionaba la sede del D2. Sobre la Sra. Alurralde que estaba en la oficina, agrega que había otras mujeres que cree que tenían que ver con la guardia, una era una tal Barraza, la esposa de Ugarte y una flaca cuyo nombre no recuerda, una morocha. Luego de mencionar a los militares que mandaban, entre los policías que mandaban menciona como jefe principal durante todo el tiempo a Albornoz. Con relación a un episodio sucedido en la localidad de Lules dijo que un día Fariña lo lleva al balneario, se cambian, se meten a la pileta y allí individualiza a parte de la patota y a algunos oficiales del Ejército que suponía que trabajaban en el 142. Precisó que ve allí a un tal Sargento Ruiz y sus compañeros le dicen que eran del 142. A Ruiz lo vio varias veces en la calle, a Torres lo vio en el año 86 cuando lo llevaron a firmar una declaración en la que debía afirmar que no conocía ni a Juan Martín, ni conocía a Marta Gómez, cuñada de Juan Martín y que debía precisar que nunca había estado detenido. Allí estaba Torres y otros dos oficiales de la justicia militar. Recordó a Torres como una persona medio calvo y flaco. Sobre su estancia en Río Seco señaló que allí lo esperaba en la ruta Miño, que allí se quedó dos días y recuerda que dormía un hija o hija adoptiva de Rosa Quinteros, pareja del mencionado señor que había sido secuestrada poco tiempo antes según le comentaron. A Miño no volvió a verlo pero en Jefatura un día se armó un revuelo porque llegaron Fariña y De Cándido diciendo que se había fugado Miño de la casa a la que lo habían llevado. Que luego se enteró por Juan Martín que Miño está vivo y vive en Francia, y supo que Miño ya conocía esa casa a la que lo habían llevado y por eso supo como escapar por los fondos. Dijo que decía que a esa casa habían llevado 4 o 5 que murieron en un tiroteo. Sobre un tal Víctor Moreira y Araujo alias "virus" dijo no saber nada. De Centurión dijo que lo conocía antes de su secuestro porque era un referente de la juventud peronista barrial de la quinta regional pero no lo vio. De Holmquist manifestó que conoció a su hermano que le decían "el Facho". Que a él le decían el "Fachito" porque era menor. No recuerda si de este o del hermano de Ramón Ponce se decía que lo habían dejado en cuartito para torturarlo y que se suicidó. A los hermanos Curia los conocía de la UES pero no lo vio, a Gustavo Santillán tampoco. Respecto de Carlevaro no lo conoció con ese nombre, pero explicó que luego supo que un tal Javier fue capturado y torturado en Jefatura entre Agosto y Septiembre del 76, y que ese era Carlevaro. A Juan Carlos "cuchillo" Di Lorenzo lo recuerda de la JUP. En Jefatura le preguntó (a Clemente) si era estudiante de medicina y le comentó que había una chica con el pie lastimado. Cuando vio a la chica mientras le limpiaban la herida ella le dijo "soy la novia de cuchillo Di Lorenzo" era una chica medio rubia de unos 20 o 25 años. Con relación a la armería que se encontraba en Jefatura dijo que era un cuarto que luego se convirtió en oficina de control de personal. Había un armero de apellido Tártalo. Indicó que luego de los operativos a los fondos de la Jefatura un rastrojero azul llevaba muebles, escritorios, camas, ropero, que no sabe qué destino tendrían. Los autos que con Juan Martín lavaban eran los de la patota, no autos policiales, todos autos particulares que generalmente eran usurpados en allanamientos. Sobre viviendas señaló que De Cándido vivía en la casa de Marta Coronel, que se apoderó de su casa, la refaccionó y vivió ahí. Que no conoció otro caso. En la D2 una mañana escuchó un revuelo del que había salido herida una detenida que luego quedó en libertad, en ese momento llamaron a un médico, a Galdeano, que era un médico que iba seguido a Confidenciales. Pero aclaró que allí nunca escuchó disparos. Las personas que tenían destino de muerte (DF) no sabe adónde iban, pero dijo que de noche habían movimientos, ruidos a partir de la medianoche. En dos ocasiones lo llevaron vendado a hacer una fila y había un camión de cabina roja y caja metalizada y allí trasladaban a los detenidos sobre quién tomaba la decisión de que alguien subiera o no al camión supone que dependía de Albornoz y Alurralde. Ese camión no estaba siempre en el playón. Ello lo puede afirmar por impresiones que se fue formando con el tiempo. Con relación a la información que obtenían a través de los interrogatorios y torturas dijo que había un bibliorato con declaraciones de puño y letra de los detenidos con informes de los torturadores sobre la información colectada o de quien comunicaba al superior. Había un bibliorato que decía "Declaraciones de Detenidos". Los informes eran de los mismos torturadores, no venían de afuera. Si había algunos especialistas como fue el caso de "Ketchup" Calderón. El grupo de De Cándido, Flores y Fariña era el más cercano a González Naya, supone que por una razón de afinidad entre ellos. La otra patota, la de Albornoz estaba integrada por "Rucci" Reynoso, Bulacio e Insaurralde. Que los grupos no eran permanentes sino que iban armándose a medida que los mandaban. El grupo de De Cándido, Flores y Fariña sí era permanente. Dijo que los documentos que él aportó fueron sacados de Confidenciales, en la época que Ocaranza realizaba el desmantelamiento. Que cuando llegó D'Ursi ya no había detenidos. Indicó que a mediados de la estadía de Ocaranza ya no había detenidos en Confidenciales. Cuando D'Ursi pasó al D2 "hubo un desparramo", algunos fueron a Tránsito, otros a comisarías del campo. Otros como Calderón, Fariña, De Cándido, Flores quedaron con D'Ursi en el D2. Dijo que en Jefatura había un capellán, Quintín Ibáñez, pero que en Confidenciales no había presencia de religiosos. Indicó que una vez escuchó una conversación en la que Ocaranza decía "¿y si traemos un confesor para los DF?", pero no le consta que eso se haya hecho. Que ellos pudo haber sido al principio de la llegada de Ocaranza pero no le consta que se haya instrumentado. Sobre las visitas que se le hicieron después del 83 mencionando a Vercellone como chofer, se refiere a ese momento posterior. Que Vercellone en el 76 al 78 no era el chofer de Albornoz sino que integraba en ese entonces la patota de Albornoz de Confidenciales. De Quintana dijo que era custodia de Cattaneo, junto con Valdez, Sosa y Chaile (padre). El Chaile de la patota era el hijo de éste. Dijo que Ugarte fue quien 4 o 5 días antes del juicio fue a buscarlo de modo amenazante a su casa. Señaló que Sánchez formaba parte también de la patota, tenía su grupo de salida y que oyó que había formado parte del secuestro de los Rondoletto. No recuerda el nombre pero dijo que hace poco tiempo lo había visto en la calle con bastón, que era un petiso canoso. Sobre Pasteris dijo que se ocupaba de las huellas digitales de cadáveres y era chapista de Confidenciales. No supo si formaba parte de otros grupos. No vio cadáveres en Jefatura. Sobre un tal Linares dijo que lo conoció como estudiante de medicina y que luego supo que trabajaba en la parte de adelante del D2. De María Elena Guerra supo por comentarios que era pareja de Albornoz. En cuanto a la relación de Ocaranza primero y de D'Ursi luego con Albornoz dijo que era buena, y destacó que las decisiones siempre eran tomadas por Albornoz. Aclaró que en Confidenciales se trabajaba de 8 a 12 y de 4 a 8 o 9 de la noche. Lo de Vercellone como chofer de Albornoz dijo que fue una situación posterior al 84, que Vercellone le decía "Albornoz te llama" y que cuando él salía Albornoz lo esperaba y específicamente siempre le preguntaba la dirección de Juan Martín. Precisó que de Confidenciales salían memorándum con destino a Jefatura, al 142, a la Comunidad Informativa. Precisó que Rosa Quinteros, la esposa de Miño, había sido secuestrada muy poco tiempo antes que ellos, no sabe cuanto antes. Dijo que si se alojó en casa de una reconocida militante fue porque no tenía adonde ir y porque Miño le había asegurado que no tendría peligro. Indicó que no fue militante en la universidad, que no iba al comedor estudiantil, pero sí formaba parte de las manifestaciones que las organizaciones peronistas en ese marco organizaban. Manifestó que aparte de Graciela Bustamante no conoció otros estudiantes de medicina que hayan sido secuestradas. Dijo que en Jefatura oyó a Calderón hablar del Pozo de Vargas, refiriéndolo con ese nombre, y en cuanto a que iba a ese lugar. Dijo que el pozo era conocido en toda la zona de Villa Muñecas con ese nombre ya que era un pozo de agua. Eran cañaverales donde chicos salían a "hondear" por la zona. Dijo que no pudo leer las declaraciones de los biblioratos y sobre la lista "Operativos pendientes de ejecución" indicó que eran nombres enumerados. Que el poder absoluto lo tenía Albornoz. Dijo que en la oficina de Alurralde se decía que ella iba a la Comunidad Informativa de vez en cuando. Precisó que dos o tres veces fue al departamentos de D'Ursi, una vez con Juan Martín, otra con él y Nora (todo porque Juan Martín estaba tramitando su pasaporte que D'Ursi le gestionó). Dijo que normalmente andaban juntos Juan Martín y él. Que esas visitas fueron cuando D'Ursi ya estaba al mando, hacia el 78 y él ya no estaba detenido. Que D'Ursi tenía su oficina dentro de Jefatura a la izquierda de subjefatura. Precisó que para D'Ursi hicieron una carta de situación, que es un mapa con pinchos de colores en puntos importantes que eran lugares de conflicto, fabricas, sindicatos, domicilios. No puede precisar el hilo conductor de la marcación porque le daban un papel con los lugares a marcar en el mapa, cada color correspondía a un rubro de lugares. Aparte de cebar mates y hacerle el cuadro de situación a D'Ursi precisó no recordar otras tareas. Que recién en el año 84 recuperó la libertad. O sea, tenía libertad ya en el 78, pero no verdadera libertad de movimiento o de acción, a esa la tuvo a partir del 84 y en rigor, hace tres o cuatro años. Señaló que no tuvo una relación especial con Ocaranza, pudo haberlo acompañado a algunos lugares como por ejemplo a la casa de Marta Gómez con Juan Martín. Con González Naya no tuvo relación porque en tiempo de éste estaba detenido. Dijo que su secuencia es secuestrado, torturado / detenido-desaparecido / libertad vigilada / policía ex detenido / ciudadano civil. Que no sabe como logró hacer ese camino, que hizo lo posible por no morir, por no quedarse en el camino y que cada día que pasaba daba una bendición pero que no sabe por qué, no tiene una explicación. Dijo que vio una chica ensangrentada que llevan arrastrando y que decían "Dina se quiso suicidar" y atando cabos supuso que era Diana Oesterheld. No escuchó otros nombres de mujeres. Sobre la existencia de calabozos dijo que de un lado había 4 o 5 y del otro lado 4 o 5 que estaban de frente, del lado de calle Santa Fe. En el salón de detenidos también había gente, y contigua a la sala de guardia había 4 habitaciones, un patio y un baño compartido. No recuerda haber interrogado a Pedro Cerviño. Dijo que cuando lo llevaba alguna de las patotas eso era indistinto, cualquiera podía hacerlo, bastaba con un "subí al auto". No recuerda adónde iban, salían a dar vueltas por la ciudad. Dijo creer que el término de esa acción no era el de paseador. Señaló que era obvio que conocía a mucha gente de la militancia porque iba a muchísimas marchas. Ante la pregunta de si marcaba gente dijo que no. Precisó que las vueltas en el auto siempre eran por la ciudad, por toda la ciudad pero no por el Arsenal. Con relación a que uno de los miembros de las patotas era "el perro" Moreno precisó que su nombre era Ángel Custodio Moreno que era vecino suyo. Tenía las mismas funciones, era parte de los grupos, del hermano del Albornoz "lula" y una tal García. Con relación al desmantelamiento de confidenciales y el destino de su documentación reiteró que ese destino era una fogata que se hacía en el playón de Jefatura, y que otra se colocaba en un rastrojero azul. En Jefatura sólo vio policías y militares, no personal civil. Aclaró que cuando lo sacaron y quisieron subir al rastrojero de noche estaba vendado y no supo quien dio la orden de que no lo subieran. Precisó que en la Facultad de Medicina no pudo en el 83 retomar los estudios porque el asesor militar de esa dependencia no lo permitió. Que tenía cursado quinto año y que inició un expediente pero que le contestaron que no había cupo por lo que tuvo que abandonar. Que eso le dijeron en sección alumnos y por parte del asesor militar en la Universidad. Aclaró que si bien Juan Martín lo invitó a salir del país, no lo hizo porque tenía un hijo de dos años y padre y una madre, por eso decidió no ir. Sobre si conocía a la familia Rondoletto dijo que no la conocía y que vagamente tiene la idea que Sánchez tuvo un problema porque había vaciado la casa. En Jefatura de Salta (de Tartagal), sólo recuerda a Nora Montesino. De Estela Josefina López "la insurrecta" dijo que la conoció de las marchas, de antes de su secuestro, su apodo tenía que ver con que se oponía a todo. Dijo que a Luis Alberto Gallardo lo conoció de oídas solamente, antes de la detención. Que en mayo del 72 fue al retiro que hizo con el Puente 4, allí estaba Locacio, Sosa Padilla, pero no recuerda a Juan Carlos Benedicto. El sacerdote que coordinaba el movimiento era uno de la parroquia Monserrat, Correa, y también Vicente, ambos fundadores de los curas del tercer mundo. Dijo que no conoció un agente de apellido Vega cuando le dieron el carnet de policía. Sobre las casas operativas de las organizaciones barriales dijo que eran lugares donde podían hacerse reuniones. Respecto de donde vivía Albornoz dijo creer que en la Banda del Río Sali. En la estructura de confidenciales distinguió entre una guardia (en la que estaban entre otras personas tres mujeres y un agente), por otra parte la administración y otra la de las patotas. Que esas mujeres no salían a los operativos. Precisó que a Torres lo vio dos veces, una en Lules y otra en la Justicia Militar. Dijo no saber del accionar de la patota el día del golpe porque en esa fecha estaba suelto. A Mario Senco lo conoció porque era vecino suyo y era de la policía. Dijo no saber por qué motivo lo secuestran, que debieran preguntárselo a Calderón que es la persona que lo hizo. Sobre los privilegios que tenía junto a Juan Martín dijo no saber por qué los tenía. Con relación a la llegada de Ocaranza a Jefatura dijo que a él le dieron el carnet de policía en abril o mayo del 77. Que fueron a visitarlo, entre otros, Reyes Quintana, Ugarte, Sosa e Insaurralde a su casa dos días antes que le llegue la citación para que se presente al juicio de Jefatura I. Aclaró que ese juicio se fue postergando y que se lo llamó en febrero o marzo y recién declaró en junio o julio. Que a D'Ursi lo conoció a principios del año 78. Con relación a que dijo que no militaba en la universidad pero que en las marchas lo conoció a Juan Martín dijo que a las marchas iban todas las agrupaciones políticas del peronismo, movimiento villero, UES o JUP, así es que lo encontró. Sobre que dijo que Fariña era un especialista en torturas y el más afín con González Naya y que después se fue a una pileta con él dijo que ello fue así. En cuanto a las conversaciones que escuchaba sobre los DF, sobre las torturas u operativos dijo que escuchaba cuando las rondas eran en el playón y él estaba lavando autos. Precisó que fueron cuatro los sobrevivientes de Jefatura, Nora Montesinos, "la petisa" Fernández, Juan Martín y él. Respecto del cuadro de situación que confeccionó dijo que en esa época ya dormía en su casa. Sobre si manejó documentación mientras trabajaba en la oficina de la Sra. Alurralde explicó que lo que hacía era colocar la información que llagaba en canastos en biblioratos. Que esa información que llegaba tenía un titulo, como ser memorandum, notas, operativos pendientes de ejecución, lista de personal, etc. Dijo que las suposiciones las fue armando con sus conocimientos y percepciones. Sobre la carpeta que sacó de confidenciales explicó que para sacarla colocó en las medias que tenía, que eran de futbolista, bien ceñidas, las hojas necesarias, y así salió caminando. Que en el D2 no tuvo trabajo específico, había una sección de tarjetero y otra de biblioratos, con personal de carpintería, y con idea suya, hicieron una estantería para colocar biblioratos, ese fue uno de los trabajos que hizo por unos seis meses. Las fotocopias las sacó por seis meses aproximadamente ya que sacaron cerca de 40.000 copias. Aclaró que cuando salía con la patota no tenía función ya que lo llevaban y él no podía oponerse. Que le pedían que marque gente que podía ser miembro de alguna organización. Que nunca lo hizo. Con relación a su ida a Salta indicó que fue con su compañera María del Carmen con quien tiene un hijo. Luego regresó solo. Que su padre era suboficial militar y se retiró del Regimiento 19. No conoce que alguien haya realizado alguna acción respecto de su paradero. Su esposa María del Carmen militaba en la JP. En esa época no supo nada de su secuestro a pesar que hacía preguntas ligeras en Jefatura. No conocía al Ingeniero Paz. Respecto a por qué se llevó la documentación en ese momento dijo que eran listas que supuso eran el único registro escrito de la barbaridad que sucedía y que alguien debía conocerlo. Que creía que quienes hacían ello tenían la sensación de impunidad. A Salta lo llevaron a un anfiteatro donde había unas 200 personas de uniforme militar y le preguntaban cuestiones personales. Que su intuición fue que lo llevaron para ofrecerlo como trofeo y que allí sólo le preguntaron por cuestiones personales. Repitió no recordar motivos concretos para su secuestro ni para recibir privilegios. Que siempre estuvo como policía destinado al D2, que allí cambiaron los jefes. Pasaron Santillán, "el diablo" Quinteros y otro que no recuerda el nombre. Sobre el uso de armas en la policía dijo que si le dieron un arma cuando le dieron el carnet. Dijo que pertenecía a movimientos de parroquia como el de la parroquia Monserrat. Que a los de grupos católicos les llamaban "cristianuchos" y que "el negro Rolando" era uno de ellos. Escuchó que él murió en la tortura del interrogatorio. Contó que cuado lo trasladaron desde Nueva Baviera a Jefatura en un auto tirado en la parte de atrás tapado con una colcha cree haber visto a su hermano en bicicleta. Destacó que la solicitud de admisión en la policía la firmó, pero en un estado de presión, en la situación en la que se encontraba estaba dispuesto a firmar cualquier cosa, incluso la culpabilidad del asesinato del Che Guevara. Que el acceso al SIC no era libre para todo el personal de Jefatura. Había guardias armados en el portón de calle Santa Fe. Sin embargo, hacia el norte no había ningún portón y todo estaba descubierto pero el personal sabía que por ahí no podía pasar. Que a la par del SIC considera que no había un D2 "normal" o paralelo. Explicó que sus padres se enteran que había caído porque su compañera antes de irse a Córdoba dejándoles el hijo les dijo que era posible que él hubiera caído. Dijo que en la universidad ingresó en el 66, interrumpió en el 67 para ingresar al Ejército (servicio militar), luego reingresó en el 68 o 69 y fue estudiante activo hasta el 8 noviembre del año 72. Reiteró que las movilizaciones las organizaba cada movimiento pero que participaban todos los movimientos de las marchas. Dijo no saber por qué allanaron su casa, nunca le dieron. Que al regresar de Salta no fue a la casa de sus padres porque temía que lo volvieran a agarrar. No sabe la fecha exacta que lo llevaron al Arsenal. Ante la pregunta de una de las defensoras sobre qué era ser un pinche (en alusión a sus funciones durante la estadía de D'Ursi) dijo que era ser el último orejón del tarro, al que utilizaban para los mandados, al que lo hacían cebar mates entre otras cosas. Aclaró que no manejaba papeles importantes con D'Ursi pero si con América Alurralde. Sobre por qué portaba el arma dijo que no podía impedirlo. Que los papeles aportados los guardo desde el 77 hasta el año 2010. Que no hay testigos ya que si ello hubiese pasado él no estaría declarando. Por ultimo dijo no recordar haber recibido sanciones cuando cumplía la función de policía.

SUSANA CHIAROTTI

La testigo manifestó que se formó en derecho en los tres niveles, hace treinta años que se forma en derechos humanos y género. Además es experta de la OEA del comité de expertas de violencia desde el año 1995, destinado a estudiar de qué manera se cumplía la convención de Belém Do Pará, se crea un mecanismo que es el MESEGVI para ver como funciona esta convención de Belem do Pará en los distintos estados que la ratificaron, en ese marco fue relatora para Colombia hizo seguimiento a los casos de violencia sexual a las mujeres como consecuencia del conflicto armado, docente sobre género en Flacso y en la maestría de género en la universidad de Rosario, en el año 2009 y 2010 hicieron un estudio sobre la violencia sexual en los centros clandestinos y resultó el libro Grietas en el Silencio y después cuando hizo como miembra de INGESNAR y de CLADEM (Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer). Trabaja sobre casos de violencia sexual sobre las mujeres en conflictos armados. En ese marco hizo un informe sobre la violencia contra las mujeres en Colombia. Es docente de género en una maestría en Flacso y en la Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional de Rosario. Aclaró que género es la construcción cultural que se hace sobre la diferencia biológica entre los sexos y que provoca determinadas relaciones de poder y roles que cambian según la sociedad y la época, por ejemplo en América Latina la agricultura está a cargo de los varones y el pastoreo en manos de las mujeres y en África el contacto con la tierra está solo en manos de las mujeres, y con los animales los varones, esto va cambiando según la cultura. La violencia de género para la Convención de Belem do Pará es toda acción o conducta que provoca daño físico y psíquico a las mujeres tanto en el ámbito público y privado. Esta Convención incorpora el ámbito público. Sobre la violencia sexual dijo que comprende a la violación, el abuso sexual, la prostitución, la trata, el acoso, entre otras que sea perpetrada o tolerada por el estado. La responsabilidad del estado surge tanto cuando sus agentes la perpetran a la violencia y también cuando la toleran. En el marco de los conflictos armados la violencia sexual se introduce en el sistema interamericano por la sentencia Castro Castro contra Perú. La Corte analiza lo que pasó en el Penal Castro Castro donde entraron las fuerzas armadas y estaban detenidas personas de Sendero Luminoso y Tupamaros e hicieron desnudar a las mujeres incluso las embarazadas, las ponen sobre el piso, la corte hace un estudio de todo lo que constituyó la violencia sexual, haciendo un análisis de todo: la desnudez forzada, la exhibición pública de esa desnudez que constituye violencia sexual y un tacto vaginal que le hicieron a una de las mujeres que la Corte Interamericana consideró que constituyó una violación. La Corte toma la jurisprudencia del Tribunal de Yugoslavia sobre violencia sexual que se entiende como todo acto sexual de una persona sin su consentimiento, y la violación sexual es la penetración con pene u objeto en boca ano o vagina, u otro objeto en ano o vagina. El Tribunal Penal Internacional para Ruanda en el caso Acayesu (1998) definió ampliamente a la violencia sexual y a la violación. Define la violencia sexual como todo acto con connotación sexual que se hace sobre el cuerpo de una persona en circunstancias coactivas y la violación es definida como la invasión física del cuerpo de una persona con connotación sexual en circunstancias coactivas. Como acciones configurativas de violencia sexual a su criterio son la desnudez forzada frente a una persona o varias, la exhibición de esa desnudez, tocamientos, las requisas invasivas, la esterilización forzada, el aborto forzado, embarazos forzados, violación a solas o en grupo, las mutilaciones, las amenazas de cometer esos actos. Manifestó que durante siglos se ignoró por parte de muchos estados la violencia sexual que existía en los marcos de conflictos armados como si hubiese sido un daño colateral o un daño menor. De hecho, en Nüremberg a pesar que se habían cometido violaciones nunca se juzgaron delitos sexuales, pese a que había, aunque ese mismo año el consejo de Control aliado en Berlín emite la ley N° 10 y ahí se hace una lista de los delitos de lesa humanidad y se incluye a la violación. Luego aunque lo que pasó en la Argentina no fue una guerra es necesario tener en cuenta El Convenio de Ginebra que es para conflictos armados regula el tratamiento a prisioneras, norma que si bien regula conflictos armados frente al terrorismo de estado del país brinda una pauta orientadora. Dice que las mujeres detenidas tienen que estar en un lugar distinto del de los varones, tienen que ser custodiadas por guardias mujeres y no se puede hacer contra ellas ningún atentado al pudor, violación, prostitución o cualquier tipo de violencia sexual o que implique en el lenguaje de Ginebra como atentado al pudor. Todo esto es ratificado por el Protocolo 2 del Convenio de Ginebra y que pone especial énfasis en que se proteja a mujeres y niños de este tipo de delitos. En el tribunal de Japón cuando se hacen los primeros juzgamientos se ignoran la gran masividad de actos y por eso en los años 90 se forma un movimiento de las conform womens que es de las mujeres que habían sido esclavas sexuales en los campos de concentración y se hace un tribunal ad- hoc, donde se juzga a todos los que habían sido responsables de esos campos de concentración y se les otorgan las indemnizaciones correspondientes pero en general no se le dio la importancia que se les dio en los últimos años sobre todo porque se ha construido todo un cuerpo de análisis jurídico sobre la violencia de género. Por otra parte el PIDCP plantea en el artículo 3 que mujeres y varones tienen iguales derechos, en el art 7 prohíbe la tortura y los tratos crueles inhumanos y degradantes y luego en el artículo 10 regula el tratamiento de personas privadas de libertad y refiere a que tienen que ser protegidas en su honor y dignidad. Luego está la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer del año 1979. Esta convención primero define en qué consiste la discriminación y después en el artículo 2 pone como responsabilidad del Estado la obligación de crear todos los mecanismos administrativos y judiciales para garantizar que si ha sido violado algún derecho de la mujer el tribunal le otorgue justicia. En 1995 se hizo la Conferencia de Beijing, y se emitió una plataforma y en esa plataforma, en el parágrafo 132 le solicita a los Estados que al investigar delitos cometidos en el marco de los conflictos armados presten especial atención a los delitos sexuales y especialmente habla de las violaciones reiteradas, de los embarazos forzados, y pide que esos delitos no integren las leyes de impunidad y tengan la adecuada reparación para las víctimas. En 1998 se aprueba el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional que en el art 7 entre los delitos de lesa humanidad, en el inciso g enumera la violación, la prostitución, el embarazo forzado, la esterilización forzada y otros delitos sexuales, expresando que serán entendidos como de lesa humanidad cuando son cometidos como un ataque contra la población civil, generalizado y sistemático y en el año 2002 la CPI emite los elementos de los crímenes y explica cómo debe entenderse el artículo 7, cuándo hay que entender que son delitos de lesa humanidad, cómo esos delitos que son comunes en un contexto de ataque masivo de la población civil por parte de órganos del estado o de organizaciones que quieren llevar adelante algún tipo de política se convierten en delitos de lesa humanidad; y también el 9 de septiembre de 2002 dictan las reglas de procedimiento y prueba. Así la regla 70 plantea que nunca se debe inferir el consentimiento de la víctima por alguna palabra o conducta o acción que haya realizado cuando hay un ambiente de amenaza, en un ambiente coercitivo. Y la regla 96 establece que nunca se debe aludir a la experiencia sexual previa de la víctima, esto es muy importante como pauta para los derechos nacionales. Cuando hay violencia sexual sin violación, ese delito debe diferenciarse como injusto autónomo de las torturas, como delito de lesa humanidad, fue un debate que se dio durante diez años mientras se estuvo discutiendo el estatuto de la Corte Penal Internacional, ahí había un equipo que era el equipo de género en el que Cladem trabajó para que sean considerados delitos autónomos, de lesa humanidad. El sistema interamericano de derechos humanos se regula por la Convención Americana de Derechos Humanos que en art 5 establece que debe respetarse la integridad física de todas las personas y el art 11 que regula el tratamiento de las personas privadas de libertad y que deben ser tratadas con respeto a su honra y a su dignidad. También está la Convención de Belem do Pará que en el preámbulo plantea que la violencia contra la mujer es una violación a los derechos humanos, luego en el artículo 3 consagra un nuevo derecho humano, que es el derecho de todas las mujeres a vivir una vida libre de violencia. Establece en el art 7 una regla que ya estaba en el caso Velázquez Rodríguez, que es la regla de la debida diligencia, ésta pasa a la Convención y ahora es norma con mandato vinculante y regula en el artículo 7 inc. b la obligación de los Estados de prevenir, investigar y sancionar con la debida diligencia y agrega en el inciso g que para ello deben crearse todos los mecanismos judiciales necesarios no sólo para la investigación sino para la adecuada reparación y compensación a la víctima. En el artículo 9 la convención plantea que hay que tener en cuenta las situaciones de vulnerabilidad en la que se pueden encontrar algunas mujeres, no es que las mujeres seamos vulnerables, sino que podemos vivir algunas situaciones de vulnerabilidad y especialmente habla de situaciones de vulnerabilidad en casos de conflicto armado o en casos de privación de libertad. Respecto del estado de la jurisprudencia internacional en lo que se refiere a los delitos sexuales en los marcos de terrorismo de Estado o conflictos armados internos, destacó el caso Aidin contra Turquía de la Corte Europea en que se plantea que la violación por agentes del estado es un delito particularmente grave, pero la primera vez que un tribunal internacional emite una sentencia condenando por delitos sexuales como delitos autónomos de lesa humanidad y condenando como autores mediatos es el caso Acayesu de 1998 del Tribunal Penal Internacional para Ruanda, donde las mujeres Tutsi habían sido atacadas masivamente por la etnia Utu, en ese tribunal se emiten esas dos definiciones que luego fueron difundidas internacionalmente y se consideran delitos de lesa humanidad autónomos, diferentes de la tortura por proteger un bien jurídico diferente, y tres años después, en Yugoslavia se dicta la sentencia del caso Kunarac que es muy importante porque señala que las fuerzas serbio-bosnias habían atacado a la población y habían cometido delitos sexuales en forma coordinada y sistemática, que se dio rienda suelta a los subordinados, no importaba en qué cadena de mandos estaban, para hacer cualquier tipo de acción con connotaciones sexuales. La cuestión en Yugoslavia, como se atacaba a la población musulmana y como la etnia musulmana se transmite por línea paterna, un hijo no musulmán significaba destruir la familia y la etnia, por eso las mujeres eran violadas hasta que quedaban embarazadas y luego retenidas hasta 6 meses o más y cuando ya no podían abortar se las dejaba en libertad y a raíz de eso se produjeron homicidios de honor, porque los hermanos o padres las mataban para que no trajeran vergüenza a la comunidad, hubo infanticidios, y por eso lo que dijo el Tribunal fue que había sido un delito de lesa humanidad destinado a destruir, no sólo contra las víctimas sino contra toda la comunidad. El tribunal de Sierra Leona en el 2000 se pronunció por primera vez sobre la esclavitud sexual. En el sistema Interamericano la Corte emite en el año 2006 el caso Penal Castro Castro, cuando entraron las fuerzas en lo que se llamó Operativo Mudanza para trasladar a las presas de un lugar a otro y en realidad lo que se produce es un tiroteo, había 400 mujeres presas, también había varones. Se destacó en ese fallo que impedir que las mujeres se bañaran cuando menstruaran era violencia sexual, que estuvieran tirados y apilados en el patio, desnudos unos encima de los otros, el apilamiento lo considera una de las formas de violencia sexual y dicen que es un delito de lesa humanidad. En el caso de la Masacre de las dos Erres contra Guatemala, las fuerzas Kaidiles que era un grupo para militar, atacó una población indígena, pusieron a los detenidos en dos recintos, en dos galpones y violaron a las niñas y a las mujeres frente a sus familias y se pateó en el vientre a las mujeres embarazadas hasta lograr el aborto, y ahí la Corte dijo que la violencia sexual de todo tipo era un delito de lesa humanidad. La Comisión Interamericana empezó antes con jurisprudencia de género, en el año 96 con el caso Raquel Martín de Mejía vs. Perú, en este caso es la esposa de un militante comunista que es detenida y violada cuando van a buscar al marido en la casa y lo que le cuestiona el Estado peruano es por qué no denunció en su momento y la Comisión hizo un análisis de por qué no denunció y tomó en cuenta que las autoridades eran los mismos militares que habían perpetrado la violación, analiza el contexto para destacar por qué en ciertos contextos no se puede denunciar, y destacó el estigma que produce la violación, es el único delito en el que el estigma recae sobre la víctima y no sobre el perpetrador y el temor de lo que pudiera decir la sociedad ayacuchana de que ella había sido violada y de lo que pensaran sus hijos había impedido que Mejía denunciara en ese momento. La Comisión Interamericana produjo un Informe en el caso de las hermanas González c México. En este caso eran tres jóvenes indígenas que iban con su madre y son detenidas en un retén por soldados, a la madre la dejan afuera y violan reiteradamente a las hijas en el retén. Además quiso juzgar la justicia militar y la Comisión dijo que el delito se agrava si lo cometen soldados y gente que tiene que proteger a la comunidad antes que agredirla. El caso "Campo Algodonero contra México" es interesante porque la Corte dice que todo juzgamiento de este tipo debe hacerse con perspectiva de género y tiene un capítulo donde destaca las reparaciones con perspectiva de género. Sobre la valoración de los testimonios de las mujeres en este caso de juicios cuando son las propias víctimas, es decir testigos necesarios, la víctima tiene que hacer un esfuerzo tan importante para hacer declaraciones de este tipo debido a todos los obstáculos que hay para denunciar la violencia sexual que debe tomarse como prueba válida y no debe requerirse la revalidación del testimonio, la Corte de Yugoslavia y la Interamericana, precisa que descreer del testimonio a la víctima cuando fueron violadas por ejemplo en el caso de Valentina Cantú, caso en el que la víctima se tuvo que ir de la comunidad por la vergüenza que le causó la violación, descreer de ese testimonio es someterla a una nueva injusticia. Indica que los Comité le hicieron expresamente recomendaciones al Estado Argentino en 2010, Argentina debió reportar ante dos comités, el de Derechos humanos y el de la CEDAW (Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer). El Comité de Derechos Humanos destacó el esfuerzo argentino, pero recomendó que pusiera su mayor esfuerzo por las causas de lesa humanidad para profundizar el robo de bebés y aquella con contenido sexual, el de la CEDAW también felicitó a Argentina por los juicios sobre delitos de lesa humanidad, pero criticó y lamentaba que no se hubiesen visibilizado de manera autónoma los delitos de violencia sexual y por eso pedía que se tomaran medidas proactivas para visibilizar estos crímenes y que se tomen las medidas de manera autónoma y repare a las víctimas de manera adecuada. Destacó el caso Gelman donde Claudia García es secuestrada y allí la Corte Interamericana lo que analiza es que hubiera sido imposible hacer la ejecución y la preparación del seguimiento de Claudia García si no hubiera habido un plan, un tipo de coordinación, órdenes entre las personas que hacían la inteligencia, incluso personal diplomático y las personas que fueron los agentes que detuvieron y ahí la Corte determina que esa desaparición, estaba dentro de un plan clandestino de lesa humanidad. En el terrorismo de Estado en Argentina, en el marco de la investigación para la edición del libro Las Grietas en el silencio, se leyeron las actas del juicio, tuvieron entrevistas con víctimas en cinco provincias y registraron testimonios de causas en Formosa, Chaco, Santa Fé, Buenos Aires, La Pampa, Neuquén, Mendoza, Tucumán y Córdoba y ahí lo que pudieron constatar es que, al margen de que no se requiere que el delito en sí sea generalizado y sistemático, sino que el ataque debe ser generalizado y sistemático, es que los testimonios eran muchísimos las víctimas fueron mujeres y hombres, que abarcaba a todas las jerarquías y gradaciones y todas las fuerzas de seguridad (de guardia cárceles a comandantes), tuvieron testimonios por ejemplo en Rosario que explicaban como las víctimas habían sido desnudadas, puestas en fila, encapuchadas, con las manos atadas, y un grupo de personas opinaba sobres sus cuerpos, comentaban, hacían apuestas, se burlaban. La desnudez forzada fue frecuente también para los varones, recogieron testimonios de varones que eran puestos en la misma condición y a veces con guardias armados con perros que soltaban por lo que muchos han sufrido desgarros de todo tipo. La testigo llama la atención sobre el tema de la desnudez forzada porque desde los comienzos de la historia de la humanidad el cubrir el cuerpo tuvo que ver con la protección. Se registraron testimonios de violaciones sexuales en grupo, a varones y mujeres, hay un caso en Chaco, en la causa Caballero, de un varón violado con un crucifijo al que le dijeron "ahora te va a coger Dios", al que luego le aplicaron picana y lo desgarraron. Otro preso contó que le habían introducido un cono en el ano que le provocó una serie de fisuras que hizo que después perdiera sangre constantemente y después lo cosieron como coser a un perro y después no pudo nunca más recuperar las funciones fisiológicas de manera normal. También eran frecuentes los tocamientos, las lamidas en el pecho, la picana en los genitales que condujo a esterilidad. A muchos varones le ponían la picana en los testículos y les decían ahora no vas a poder tener más hijos. Se ha revistado casos de esterilización forzada de una mujer recientemente operada del útero a la que violaron reiteradamente. Hay una esterilización forzada en una causa contra Menéndez de Mendoza se relata el caso de una mujer que estaba operada recientemente del útero y les aclaró que estaba recientemente operada que fue violada reiteradamente y perdió el útero, también se registran embarazos forzados, en el caso de Silvia Suppo de Rafaela, ella declaró después de muchos años porque decía que no podía hablar delante de sus hijos, que lo sabían sus compañeros, relató que quedó embarazada y fue obligada a abortar en Santa Fé en una clínica que no sabía donde quedaba, después de esta declaración a Suppo la matan de una puñalada en marzo de 2010, crimen que hasta ahora no se resuelve. También era violencia sexual el tener que hacer las necesidades y bañarse en presencia de los guardias, de hecho muchas de las violaciones se producían en las duchas. También hay relatos en la sentencia de procesamiento de arsenales, de jóvenes de 12 años que fueron violadas, de una víctima que estuvo obligada a estar en el patio con las piernas abiertas al sol y cuando la llevan de nuevo a la celda le prohíben cerrar las piernas, hay abortos forzados de personas que llegaron embarazadas y debido a las torturas perdieron a sus bebés. Recordó a una de las víctimas del Servicio de Informaciones de Rosario, cuando le plantearon de entrevistarla les dijo "a mi nunca me hicieron violencia sexual", entonces le explicaron en qué consistía la violencia sexual, entonces en ese momento relató que tenía 18 años, era militante, y que cuando la van a buscar de la casa tenía un bebé de seis meses le parten el camisón en dos y le introducen la pistola en la vagina y le lamieron la leche que perdía de su pecho y le decían "mirá lo que se está perdiendo tu hijo por haberlo abandonado", esto es de una crueldad extrema. Relató la violación de una mujer en Zárate, en un barco, por un oficial. Una de las víctimas cuenta que fueron desnudadas mujeres y varones en un conteiner, subidos al barco Murature que estaba anclado en la base de Zárate y ahí eran violadas reiteradamente, no saben por quién pero en un momento la preparan de manera especial, la lavan con una manguera y la dejan con alguien que cree que es un oficial por cómo se cuadraron y que el oficial la viola. La testigo llama la atención sobre las estrechas dimensiones de un barco, se registra cada cosa que se dice y hace, esto está vinculado con la responsabilidad mediata. En Neuquén una joven de 15 años que fue llevada a Bahía Blanca que militaba en el partido revolucionario de los trabajadores, fue violada allí, y en Neuquén lo está declarando después de muchos años. En el Campo el Vesubio se han declarado casos de esclavitud sexual, el encargado del CCD tenía tres mujeres, una como esposa, otras dos como sirvientas y limpiaban sus habitaciones. Destacó que era frecuente que muchas personas no hayan inicialmente declarado haber sido víctimas de violencia sexual, esto tiene que ver con la evolución de la violencia de género, cuando se hace la CONADEP y la causa 13/84, no teníamos en la Argentina leyes de violencia, no teníamos la convención de Belem do Pará, no había estudios, ni políticas ni carreras universitarias específicas sobre violencia de género, todo eso se fue construyendo, hoy hay doctrina, normas, jurisprudencia, antes eso no existía, y también había reticencia de los Tribunales a escuchar, porque mucha gente en el juicio a las Juntas sí había dicho, había ceguera de los Tribunales al género, ese fue uno de los obstáculos para que la gente declarara abiertamente. Esta ceguera de género hacía que por incomodidad o por pudor la gente mirara para otro lado y no preguntara más, entonces esa reticencia de los tribunales pudo haber sido un obstáculo para que la gente declarara, otro es el estigma que los delitos sexuales arrojan sobre la víctima en esta sociedad patriarcal, hasta hace poco tiempo eran delitos contra el honor, cuando alguien era violado era como que se perdía la honestidad o el honor, esto posteriormente se cambió. Por otro lado sostuvo que tal como se maneja en la justicia ordinaria los delitos de violencia sexual al tener que probarse que la víctima no provocó ni aceptó la relación sexual se termina investigando a las víctimas y esto somete a las víctimas a una violencia institucional que les hace mucho daño para después terminar en la impunidad porque el índice de impunidad en los casos de violencia sexual es muy alto, eso desanima para declarar. Precisa que los varones sufrían violencia sexual directa e indirecta, por ejemplo en la causa de Mendoza contra Menéndez, allí uno de los detenidos relata como lo llevaron vendado a tocar a la mujer que estaba colgada y desnuda y le dijeron ahora vas a ver lo que le hacemos y lo ponen cerca de un metro y medio de la mujer para que escuche los gritos y después le dicen esto mismo le vamos a hacer a tu hija, que en ese momento tenía 6 años. Destaca que para los varones era más difícil denunciar la violencia sexual, porque las mujeres hemos construido un relato, tenemos grupos de autoayuda, podemos ser lastimadas pero no perdemos nuestra femineidad, pero para los varones haber sido avasallados, haber sido penetrados tiene otra connotación, porque no generaron un corpus teórico de violencia de género, no construyeron un relato de género. Que un hombre sea penetrado en esta sociedad patriarcal implica que sea feminizado, y como las mujeres somos consideradas inferiores ser puesto en el lugar femenino es perder, es incluso ser sospechado de homosexual y esa humillación de ser expuesto es lo que puede llevarlo a callarse y los humilla doblemente. Relató un caso de un centro de Buenos Aires en el que un detenido se quiso suicidar y explican que fue porque se lo obligó a practicar sexo oral a un guardia cárceles que lo había torturado delante de todos, a la propia humillación se suma la de que se lo haga frente a los demás varones. Precisó que estos delitos que ella relata eran delitos comunes que estaban en el código como delitos contra la honestidad, lo que convierte a un delito común en uno de lesa humanidad es el contexto, el que se haya desplegado en el marco de un ataque a la población civil, de un plan premeditado y establecido por parte de fuerzas gubernamentales o paragubernamentales, lo que hay que tener en cuenta es que el hecho que existía un plan o una táctica ya fue demostrado en la causa 13. Ahí se demostró de qué manera eran detenidas la personas, cómo debían ser mantenidas en la clandestinidad, como debía negarse su presencia a familiares o autoridades que preguntaran por ellas, como debía hacerse todo en el marco de la mayor clandestinidad, tratando que la personas estuvieran encapuchadas, tabicadas, hacer las cuestiones de noche para que no se identificara a los captores, tenerlas detenidas en un espacio dependiente de autoridades militares o de otras fuerzas, dentro o fuera pero dependientes, realizar el aniquilamiento de esas personas, tener una ejecución centralizada y otra descentralizada, esa fue una de las características, si se da la orden de aniquilar al enemigo y se deja la ejecución de manera descentralizada para que ese aniquilamiento del enemigo se haga de cualquier manera se da rienda suelta para cualquier tipo de opresión contra la persona detenida tenga lugar y eso es lo que lo convierte en un delito de lesa humanidad, además resulta difícil concebir que las autoridades no lo hayan conocido, y si no lo conocían hubieran debido conocer y si lo conocían debieron sancionarlo y no hubo ningún registro de sanciones para estos hechos. Tampoco se puede pedir que figuren órdenes secretas para que sean considerados que fueron dadas por los superiores porque no hubo órdenes escritas para torturar y sin embargo se torturó, no hubo órdenes escritas para robar bebés y cambiar la identidad y sin embargo se lo hizo, entonces es importante tener en cuenta ese contexto. La jurisprudencia nacional sobre la violencia sexual en el marco de los delitos de lesa humanidad se inicia con la causa 13/84, en conadep hay varias denuncias, ahí está el testimonio de Norberto Luke que fue psicólogo de las abuelas de Plaza de Mayo y después experto ante el Comité de los Derechos del Niño que cuenta como le habían introducido un hierro en el ano y después le aplicaron picana sintiendo como se le desgarraban las entrañas, sin embargo en la causa 13 no se condena por delitos sexuales, pero se establece el plan sistemático y generalizado contra la población civil. Luego en el caso de Américo Barcos, en Santa Fé, el tribunal reconoce que la violación sexual que había denunciado una de las víctimas era un delito de lesa humanidad, pero no se había imputado a Barcos de manera separada por esa violación por eso no lo pudieron condenar. Luego, en el año 2010 está la causa Molina de Mar del Plata, en la que el jefe de la base aérea de Mar del Plata era acusado, se da por probado que hubo violaciones sexuales reiteradas y amenazas de violaciones sexuales es condenado Molina como autor de violación sexual como delito de lesa humanidad. Cuando la defensa quiso interponer la prescripción se dijo que los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles, la Cámara de Mar del Plata dijo que está probado que los delitos sexuales son tan extendidos y masivos que ocurrieron dentro del plan sistemático como una forma de destruir a las víctimas y al entrar dentro del plan sistemático es un delito de lesa humanidad y no se puede juzgar unos delitos y dejar otros sin juzgar y lo condenan por violencia sexual. En el auto de procesamiento de Arsenales también se procesa por responsabilidad mediata a todos los responsables por violación sexual y abusos sexuales, usando la figura del código penal y aclarando que deben analizarse de manera diferente a la figura de tormento y lo mismo en el auto de procesamiento de la causa del Penal de Villa Urquiza. En noviembre de 2010 en causa "Menéndez" de la Cámara de Mendoza éste y otros, son condenados como autores mediatos a Menéndez y a otros, por violación sexual como delito de lesa humanidad, teniendo en cuenta que él debió conocer lo que hacían sus subordinados o de haber conocido debería haber sancionado. Esta es la primera sentencia que condena por responsabilidad mediata a los delitos sexuales como delitos autónomos de lesa humanidad y toma toda la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del caso Castro Castro y toma también la definición de Yugoslavia. Al ser preguntada sobre cuáles eran los objetivos que perseguía la violencia sexual en el marco del terrorismo de Estado, respondió que para los varones tenía el objetivo de humillar al enemigo, para las mujeres el propósito era otro, las mujeres lo sufrieron de manera especial, contra ellas no sólo era humillar y destruir al enemigo, sino también disciplinarlas y castigarlas por haberse atrevido a militar y haberse atrevido a ingresar al espacio público, por ejemplo a una detenida en Rosario le partieron los pechos en cuatro inutilizándoselos se le dijo "vos no vas a poder amamantar más" "ves, esto te pasa por salir de tu casa". Ese era el mensaje porque había un instructivo que la guerrillera es más peligrosa que los guerrilleros, no era solo castigarlas por haberse atrevido a enfrentar el orden sino también haberse atrevido a desafiar su rol de mujer que se supone debe ser pasivo, debe ser ligado a la familia y al hogar, esposa, madre, eso es lo que se ha marcado en esta sociedad para las mujeres y por haber infringido ese rol había un doble castigo. Sobre su idea respecto de cómo deben declarar las víctimas de los delitos sexuales en el ámbito del debate, destacó que no debiera quedar impune el caso de ninguna víctima que denuncie violencia sexual, el estado debe perseguir estos delitos, a las víctimas debe contenérselas, asegurar que su testimonio no va a caer en el vacío. Si no se hace justicia la gente siente que se vuelve a cometer una agresión. Hay que evitar que el agresor directo se encuentre en el recinto y toda la contención psicológica, hay que prestar un oído más atento, sacarse la anteojera de género, escuchar mejor lo que dicen varones y mujeres. Por ejemplo cuando alguien dice "sufrí todo tipo de vejámenes, nos llevaron desnudas, nos hicieron de todo", ahí la gente está expresando y tirando una línea para que un tribunal sensible le pregunte un poco más, para que se investigue desde la fiscalía un poco más, de hecho ante la reticencia de los tribunales de condenar estos delitos en manera autónoma la fiscalía de la nación tuvo que emitir dos instructivos a los fiscales y en ese instructivo se van desarmando todos los argumentos que se habían puesto para no juzgar estos delitos de manera autónoma, se explica por qué no pueden ser subsumidos como tormento, porque son delitos que protegen bienes jurídicos distintos, se explica por qué no pueden ser considerados delitos de mano propia ya que no son delitos ligados a la profesión de la persona, pueden ser delitos de mano propia el prevaricato porque solo el juez puede prevaricar, o la falsa denuncia porque solo el testigo puede hacer una falsa denuncia, pero una violación la hace cualquiera y no hay diferencia entre alguien que se acercó al cuerpo de una persona con un cuchillo y le partió el vientre o le aplicó la picana o lo golpeó con el puño a aquel que le puso la picana en el pene o la vagina o haberle puesto un caño en el ano y la picana adentro que es claramente violación, entonces hay que tener un oído más sensible al género, más atento, para leerlo con perspectiva de género que es en definitiva la recomendación que hizo la Corte Interamericana y el Comité de CEDAW a la Argentina. Dijo que respecto de las víctimas hoy la mejor justicia que se puede hacer es investigar adecuadamente separarlos de la tortura y es muy diferente ser visualizado como alguien que pone la picana a alguien que violó, manoseó a otro ser humano, entonces la primera obligación es visibilizar, investigar, la segunda es sancionar de manera autónoma estos delitos separados de la tortura y la tercera es reparar porque las víctimas no pidieron compensación económica por esto, pero hay gente que dijo que sólo escuchando que se condena por esto ya se encontraba reparada, hay una dimensión simbólica en la reparación que es muy importante y hay que tener en cuenta lo que dijo la Corte Interamericana en el caso Campo Algodonero, tiene todo un capítulo de cómo tienen que ser las reparaciones con perspectiva de género, no solo hay que reparar a la víctima sino también a la comunidad del daño, que son todas aquellas personas que se sintieron heridas por lo que le pasó a la víctima. Hay que reparar el daño material, psicológico, pero también la comunidad de daño. Destaca que los delitos sexuales en contextos de conflictos no sólo pueden surgir de fuerzas estatales, sino también de fuerzas paraestatales, como los grupos paramilitares.

FARIDE SALIM DE ADRISS

Comenzó relatando la testigo que a la fecha del hecho vivía con su marido y tres hijos. Que el 16 de noviembre de 1977 a las 15:30 horas su hijo Ismael salió para trabajar, pero que supone que era mentira porque apenas salió lo estaban esperando tres personas armadas en un Opel color verde de chapa 627395. Agregó que su hijo le gritó a una vecina que estaba cerca que avise que se lo llevaban. Que esta vecina era una maestra a la que llamaban Negrita y trabajaba en San Pablo, y que al principio pensó que era una broma pero al ver a los hombres armados se dio cuenta que no, por lo que anotó la patente del auto y se lo comentó a Perla Magui. Que fue ella quien, cerca de las siete de la tarde, le dijo que su hijo no iba a volver. Aseguró que muchas personas vieron cuando se lo llevaron pero nadie quiso atestiguar por temor. Continuó relatando que creyó enloquecer en ese momento, y que otra vecina, Clara Magui, la llevó en su auto a buscarlo en la Brigada, a la Policía Federal y a Jefatura. Que en este último lugar le impidieron entrar poniéndole un arma en el pecho y que ante sus gritos salió Albornoz y le dijo que allí no había detenidos, que tenía que hacer una denuncia en la comisaria de su zona. Que pasaron los días y continuó con el peregrinaje por su hijo. Que además, hizo comunicaciones a Presidencia de la Nación, al Ministerio del Interior, a los Comandantes de las tres fuerzas y luego denunció en la CONADEP. Que en su momento le dijeron que haga un habeas corpus pero ningún abogado lo quería hacer pero en los años 76, 77 y 79 logró presentarlos. Agregó que finalmente fue a la justicia federal, ante la Dra. Carabajal, y por su desesperación quiso tirarse de la ventana del juzgado. Continuó relatando que también pidió una audiencia con el Comandante Ruiz pero la atendió Guastavino en la V° Brigada y le dijo que sabía todo de su hijo y que estaba enterrado. Que ante esto le contestó que lo iba a desenterrar con sus propias manos si fuera necesario. Indicó que luego fue al Obispado y pidió hablar con el Obispo pero el Padre Randisi le dijo que no la podía atender y le indicó que fuera a la parroquia de su zona. Que así contactó al Padre Basols quien le dijo "¿qué hacía usted cuando su hijo delinquía?" y que se sintió profundamente herida con esa respuesta, por lo que le contestó que si él sabía si su hijo delinquía que le diga en qué. Agregó que después de todo esto le enviaron siete anónimos, uno de ellos diciendo que lo habían ejecutado a su hijo por apátrida. Precisa que primero anduvo sola pero luego, en la Brigada, se encontró con Nieves de Ariño, Irma Holmquist y Furth y empezaron a reunirse a rezar el rosario en el patio de la Iglesia Sagrado Corazón. Que llegaron a ser más de quinientas madres. Agregó que como no tenían abogados que las ayuden se juntaron para ver qué podían hacer y en el año 83 hicieron una presentación en la justicia federal, pero que nada tuvo resultado positivo. Resaltó que también hizo la denuncia en la Comisión Bicameral y declaró también ante el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas y que allí la trataron mal porque no la dejaron leer lo que habían escrito y le hicieron firmar. Entonces, agregó, que cuando la llamaron del juzgado a ratificar o rectificar esa declaración ella negó su contenido. Precisó que luego supo que su hijo estuvo en Jefatura porque allí fue visto por Juan Martín y que en una nómina del CELS también aparece en ese lugar. Por último, describió a su hijo Ismael y dijo que era un buen hijo. Indicó que él trabajó hasta mayo del 76 como subdirector de abastecimiento en la Municipalidad cuando lo dejaron cesante. Señaló que un amigo de su hijo que era odontólogo, Díaz, los chicos Furth y Ponce, también desaparecieron y que participaba en la Juventud Peronista. Concluyó diciendo que a su hijo le faltaba solo una materia para recibirse en la Facultad de Ciencias Económicas.

JOSÉ ROBERTO FALCO

Comenzó declarando el testigo que a José Ignacio Cativa lo conocía porque eran compañeros en la Dirección de Abastecimiento de la Municipalidad, pero que mientras fueron compañeros no conoció su familia pero luego conoció a su esposa. Agregó que Cativa tenía una intensa actividad gremial que en varias oportunidades lo detuvieron. Recordó que primero, en el 73, la esposa de Cativa le pidió ayuda para presentar un habeas corpus porque lo habían detenido. Agregó que luego coincidían en la parada de Junín y avenida Sarmiento y al verlo ahí Cativa le contó que lo habían llevado porque creían que estudiaba los movimientos de Jefatura. Que volvió a verla a la esposa en el 77 cuando le pidió de nuevo ayuda para presentar un habeas corpus pero esa vez no pudo presentarlo porque estaba en la mira. Continuó relatando que entonces la esposa de Cativa hizo un escándalo en Jefatura y amenazó con suicidarse y matar a sus hijos si su marido no aparecía. Agregó que logró hablar con alguien quien le dijo que tuviera paciencia, que se tranquilizara y a la noche Cativa fue liberado. Indicó que la esposa le avisó y fue a visitarlo a la mañana siguiente. Precisó que Cativa estaba en un estado completamente lamentable, con moretones, quemaduras, agujeros en las muñecas pero que no le relató mucho porque estaba en shock. Que luego de ese episodio siguió visitándolo e indicó había quedado muy deteriorado. Concluyó diciendo que Cativa no formaba parte de una organización guerrillera y que a los dos los cesantearon por el decreto 8/3. Por último señaló que entre las personas que trabajaban en la Municipalidad la Sra. Forti desapareció.

MARÍA CRISTINA DÍAZ DE CATIVA

Dijo ser esposa de Ignacio Cativa desde el año 71. Que su esposo era empleado municipal y delegado del sindicato, compañero de Sosa de Forti. Que el estado de salud del Sr. Cativa en la actualidad es delicado. Que el 11 de septiembre de 1971, había elecciones en el sindicato e ingresaron por el fondo de la casa de vecinos policías y militares. Ingresaron y revolvieron todo. El militar a cargo del operativo les dijo que lo tenían que acompañar, su esposo fue en un auto, ella en otro. Que en esa casa ella tenía muchos libros y revistas que fueron robados. Dijo que venían de la casa de un tal Clemente. Que un tal Fiori llegó a su casa en bicicleta avisándole que lo iban a buscar. Cuando llegaron los camiones también lo llevaron a Fiori con su bicicleta. Dijo que los llevaron a 25 de Mayo y avenida Sarmiento y luego a Jefatura. Los hicieron parar en un salón grande, en la noche comenzaron a llegar camiones con estudiantes universitarios entre los que se encontraba un tal Marteau que los dirigía. Allí lo dejaron libre a Fiori que avisó del secuestro de ella y su marido. Que la interrogó Albornoz de muy mala manera; le dijo que ella lo azuzaba a su marido para las cosas que hacía. Dijo la declarante no podía hacerle entender que nunca había tenido actividad política, que era imposible, por esa razón, que ella lo manejara para que él tuviera actividad política. Que su esposo era compañero de Sosa de Forti. Que fue llevada a declarar a los tribunales federales de calle 25 de Mayo, donde le dieron el sobreseimiento y fue liberada. A la semana fue liberado su esposo. Que ella le suplicaba a su marido que deje la actividad política pero él lo llevaba en la sangre, no podía evitarlo. Dijo que una vez la llevó a un acto estudiantil, dijo que vibraba de la emoción de cómo se defendía la Patria pero que nunca lo acompañó en esas actividades porque sentía miedo. Luego vino la masacre de Trelew. Precisó que en el año 76 por su participación en el sindicato lo dejaron cesante. Finalmente una noche que había ido al velatorio de una chica Lea Place no regresó y eso la preocupó mucho porque nunca faltaba de su casa. Fue a la casa de su madre, luego volvió a su casa y de allí a la casa de la madre de ella y empezó a buscarlo por comisarías y hospitales. Buscó al Dr. Falco para que la ayude y éste presentó amparos. A los dos o tres días apareció su esposo. Dijo que en el 76 lo dejaron cesante de la municipalidad por motivos políticos. Que luego de ello se ocupó con tareas de pintura. Que un día salió a buscar leche desde la Escuela donde ella trabajaba y como no volvía lo comenzó a buscar. Fue a la casa de su suegro y de su madre. Se presentó en Jefatura y le dijeron que fuera más tarde. Este hecho es del 77, la persona de Jefatura que le dijo que fuera más tarde era un vecino de la casa de su madre. Le dijo que fuera más tarde porque aún no le habían llegado los partes. Que por intermedio de su hermano y del señor Fernández habló por segunda vez con Albornoz, éste le dijo "ya va a volver su marido, debe andar chupando por ahí" y ella le dijo que su marido no se habría ido sin tener su hijo comida. Luego apareció un tal Balardini que le dijo que no estaba su marido en ese lugar. Lo buscaron por todas partes, hospitales, comisarías, hasta que uno de sus vecinos le dijo que insistiera en Jefatura, que seguro que estaba ahí. Así volvió a Jefatura con su cuñada y pidió hablar con un Mayor pero le dijeron que no estaba, ella dijo que lo esperaría, insistió asegurando que su marido estaba ahí, que ella iba a hacer cualquier cosa para recuperar a su marido, que el mundo entero se iba a enterar, que se iba a quemar en la plaza con su hijo. Allí le dijeron que no haga una locura, ella volvió a su casa pero como tenía miedo se fue a pasar la noche con la madre. Allí sintieron ruidos, creía que iban por ella, pero lo traían de los brazos a su marido, con la ropa hecha girones, al desnudarse vio que tenía moretones por todo el cuerpo. Explicó que lo habían tenido en Jefatura todo el tiempo, que lo interrogaba Albornoz, que lo dejaron en el monte que había atrás de la iglesia San Roque. Dijo que cuando lo sacaban creía que iban a matarlo, y que se alegraba por eso porque no quería seguir viviendo como lo hacía, pero que lo liberaron. Relató las torturas de las que fue víctima su marido, que quedó con impotencia sexual, que lo mataron dos veces, que a raíz de lo que vivó su familia la declarante se convirtió en la carcelera de sus hijos. Que su marido había formado con otras personas el Club Ecuador, que allí estaba con el señor Nieva. Que fue dejado cesante en la municipalidad. Recuerda entre otros compañeros de su marido desaparecidos a la Sra. Sosa de Forti. Sobre el señor Fernández que la acompañó cuando buscaban a su marido destacó que es quien habló para que Albornoz la atendiera.

JULIO CESAR RODRÍGUEZ ANIDO

Dijo que en la década del 70 actuaba como abogado de la matrícula en Tucumán. Se recibió en 1966 y consideró que como el Estado argentino lo había educado gratuitamente una retribución era ofrecer sus servicios profesionales a quienes lo necesitaran. Así fue designado asesor de la FOTIA, de la CGT y del sindicato de trabajadores y empleados de Bella Vista. Como el cierre de los ingenios había generado una situación de crisis, el cierre de textil Escalada también complicó la situación. A partir de los años 70 aparece una dictadura que con Onganía continuaba la dictadura del 55. Para el declarante era suficiente que alguien estuviera contra la dictadura para que le ofreciera sus servicios. Dijo que la dictadura del 76 fue el resultado de todo lo anterior, en particular de la dictadura del 55. Así apareció una represión social, económica y política y una enorme desigualdad. Que se propuso luchar contra eso y a altos costos. El objetivo principal era luchar por un país nuevo, una sociedad distinta. Previo a las elecciones de 1973 y hasta que se exilió tuvo muchas dificultades, problemas a cada instante. No sabe el día que comenzó pero tenía seguimiento policial, intervención de los teléfonos, todo el tiempo tenía que estar en guardia. Cuando fue el tucumanazo irrumpieron en su casa, lo llevaron a Jefatura y al día siguiente lo llevaron en Jeep a Santiago del Estero. Después en un avión comercial junto a Luciano Arroyo lo llevaron atado. El capitán le ofreció conocer la cabina y mientras lo llevaba le ofreció llamar por él a alguien y él le dijo que avise a Luis Cerruti Costa. El día que sale lo secuestran a Néstor Martín y a Centeno. Lo llevaron a la cárcel de Caseros con un régimen muy duro y de ahí a la cárcel de Villa Devoto, y de ahí lo liberaron. Como estaban a disposición del PE nunca le formaron un proceso. Al producirse la fuga de Villa Urquiza unos años después el declarante tenía muchos defendidos allí. Mataron a 5 guardia cárceles, lo que le produjo pena. Explicó que luego fue detenido, lo llevaron a la Jefatura y lo recibió Albornoz. Llamó el gobernador Sarrulle con quien poco tiempo atrás había conversado y pidió por él, así es que eso le salvó la vida y fue liberado. En el 73 fue candidato a gobernador por el Frente Único del Pueblo. El declarante figuraba en listas de personas a detener. Indicó que había mucho conflicto al interior del peronismo especialmente entre los sectores políticos y sindicales. Dijo que quería cambiar el país y la sociedad pero la burocracia política se opuso, así el gobierno de Tucumán no podía expresar esa lucha y su partido rompió con esa línea política. Que una noche estando en su casa en Yerba Buena le pusieron dos bombas, pero de las que matan, no de las que intimidan. Una en el auto, otro a un metro de donde dormía su esposa. Habían calculado mal, no repararon que había una pared de cemento que no iba a derrumbarse. Un fierro de su casa se estrelló en la casa de sus vecinas Luisa Vivanco y de Azucena Sosa de Forti (luego secuestrada). Días después atacaron el estudio jurídico de Las Heras al 100, lo destrozaron. Dijo que ya no tenía ninguna defensa, en la esquina de la policía local ponían gente que avisara que él era abogado de los subversivos. Así, sin más remedio se fueron del país, los persiguieron hasta el aeropuerto. Se fue a Venezuela. Que a José Chebaia lo conoció. Sobre el plan económico de Perón en la época destacó que tenía conexión con el del gobierno anterior, era un proyecto de Estado, como mesa de cuatro patas, y dentro de eso la concepción de la Argentina potencia, de la sustitución de importaciones por industrialización. En el 73, al volver Gelbar y Chebaia, que era gerente de la Federación Económica. estaba en esa línea. Se buscaba crear una fuente nacional de riqueza, de desarrollo económico. Desde el exilio desarrolló actividad política vinculada con el país, Valladares en Venezuela le pidió que colaborara en un frente de oposición en la Argentina con Obrerón Cano y otros. Desde fuera del país denunciaban en distintas partes del mundo a los dictadores que iban a reuniones en el exterior. Toda una generación que soñaba con una patria generosa, incluyente, desapareció. Con esa actividad estuvieron hasta el 80 u 81. Dijo que Holanda no salió a ser distinguida por Videla en el mundial gracias a su actividad. Expresó que el atentado contra la casa fue en el 74. Que no era sólo abogado de los sindicatos, era padrino de bodas, invitado de cumpleaños, gestor de atención médica en Bella Vista, en Delfín Gallo, en Los Ralos, en La Providencia y la policía permanentemente lo detenía. Relató luego otra detención en la que también fue llevado a la Jefatura porque se topó con Menéndez mientras actuaba como abogado de detenidos y tuvo un intercambio de palabras. De Gallardo sabe que estuvo preso, conoció mucho a la Dra. Calabro que está desaparecida. Con Pisarello tuvo una amistad y un respecto personal. Entiende que el golpe del 76 tiene continuidad con los del 55 y del 66, esto en el sentido que económicamente se inscribe en la escuela de Chicago que no admite interferencias en el mercado y, con ello, ataca a los sindicatos.

ANA MARÍA CONTRERAS

La testigo solicitó la lectura de las declaraciones que prestó en la instrucción y las ratificó. Agregó que a sus hijos cuando eran muy chiquitos e iban al colegio los detenían y les revisaban los portafolios. Dijo que al Sr. Clemente lo conocía de vista porque era vecino suyo, era un señor bajo y delgado. Cree que era hijo de un cocinero militar.

MARTA ROSA CONTRERAS

La testigo solicitó la lectura de las declaraciones que prestó en la instrucción y las ratificó. Dijo que luego del hecho pudo verlo a Cativa pero quedó como ausente, era una persona totalmente cambiada. Dijo el Sr. Cativa que sigue viviendo en el barrio.

JUAN MARTÍN MARTÍN

Previo a su declaración en la audiencia se procedió a escuchar el audio de su declaración en la causa Jefatura I de fecha 22 de agosto de 2010, la cual se reproduce: El testigo manifestó que el 12 agosto del 76 fue secuestrado en Tucumán y llevado a la Jefatura de Policía, interrogado y torturado; asimismo expresó que después, fue llevado a otro Centro Clandestino de Detención ubicado en el ex Ingenio Baviera, en la localidad de Famaillá. Durante ese lapso, fue trasladado dos veces a Jefatura de Policía; a mediados o fines de enero del 77 lo llevaron a la comisaría de Monteros para luego ser trasladado al Arsenal Miguel de Azcuénaga donde permaneció hasta mayo del 77, momento en el cual es devuelto a Jefatura de Policía. Declaró el testigo que allí estuvo hasta el mes de septiembre del 78, mes en el cual salió de país. Al respecto dijo que "como nunca estuvo legalmente detenido, dijo que fue liberado cuando pudo salir del país. Mientras tanto, desde fines del 77, hasta septiembre del 78, en realidad estuvo en una situación de libertad vigilada". Expresó el testigo ser hermano de Julio Antonio Martín Martín, quien se encuentra desaparecido desde que fue secuestrado en diciembre de 1975 en su trabajo, una fábrica de casas prefabricadas ubicada en la localidad de Bella Vista, que su familia se contactó con un abogado para tratar de saber algo de su hermano y que ese abogado era el doctor Pisarello, al que luego también mataron. Asimismo manifestó que ese abogado le dijo a su padre que su hermano estuvo en la Escuelita de Famaillá y además en Jefatura de Policía. También, al decir del testigo, fueron secuestrados y desaparecidos, por los meses de febrero o marzo del 76, la hermana de la esposa de su hermano, Carmen Gómez, y su esposo Hugo Gargiulo. Expresó el testigo que no sabe porqué lo secuestraron a su hermano Julio; que sus padres recorrieron todas las instancias posibles para tratar de averiguar algo de él, que sus padres le dijeron que una vez hablando con Arrechea este les dijo que "el día que aparezca Juan Martín, a lo mejor aparece Julio Martín vivo". Al contestar las preguntas referidas a su paso de un Centro Clandestino de detención a otro, el testigo expresó que fue por decisión de las fuerzas armadas; y en cuanto a la existencia de un circuito represivo manifestó que cree que efectivamente había una coordinación para decidir llevarlos de un lado a otro e interrogarlos en uno u otro campo de concentración. Agregó que probablemente fueron fuerzas distintas o grupos de inteligencia distintos, que lo que conoció es que en Jefatura todo el grupo operativo y el grupo que interrogaba era gente de la Policía de Tucumán con un supervisor militar de inteligencia, que siempre desde que cayó detenido, hubo un supervisor militar a cargo de la operación, que en Nueva Baviera había un grupo de la Policía de Tucumán, pero que a su parecer no había un campo de concentración de mucho tiempo, sino de gente que tenía un trabajo en la zona; que ahí la gente estaba un tiempo y se la llevaban rápidamente; que en Nueva Baviera, como grupo operativo de secuestro, estaba la policía, pero que estaba el comando de la zona de operaciones a cargo del teniente Arrechea y había también una importante base militar. Al respecto refirió el testigo que participaban en forma rotativa militares del ejército; que el grupo que más actividad tenía como grupo operativo de secuestros era de la Policía de Tucumán y que gente de inteligencia del ejército iba a hacerse cargo de los prisioneros y a torturarlos para sacarles información. Sobre el Centro clandestino Arsenal Miguel de Azcuénaga manifestó que no estaba la policía; que era sólo gente del ejército la que realizaba interrogatorios y torturas; que la guardia del campo estaba a cargo de personal de gendarmería nacional. En cuanto al coordinador policial de los interrogatorios el testigo expresó que era el teniente primero González Naya, pero cuando éste viajaba a Buenos Aires era reemplazado por otro oficial del ejército, un tucumano llamado teniente Ocaranza que se hacía nombrar como el teniente Frías y que al momento de salir, estuvo a cargo el teniente Mario D'Ursi como supervisor militar del departamento de inteligencia de policía de Tucumán, del D2. Manifestó el testigo que vio personal militar que desconocía y que conocía, que el jefe de policía, en los años 76-77, era el teniente coronel Mario Zimmermann y que solo le consta un caso de un compañero de apellido Campos, en el año 77, que lo llevaron herido a Jefatura de Policía, que ahí lo dejaron morir y que varias veces fue Zimmerman a verlo. Al referirse a la Jefatura de Policía el testigo relató que había dos zonas, en realidad, era todo un sector grande que daba a la calle Santa Fe. Se entraba por mitad de cuadra y había como una playa de estacionamiento, a la izquierda estaba como un pabellón que ahí era donde iban los que recién llegaban, que era donde se torturaba a la gente. Había dos oficinas o salas chiquitas; ambas se las usaba para torturar a la gente. Había una zona grande donde la gente estaba tirada en el suelo, hasta que se la trasladaba a otra zona, que estaba desde la playa de estacionamiento a la derecha. Era una vieja zona de calabozos individuales, en algunos había gente amontonada. Sobre su secuestro expresó que fue en agosto de 1976, después de haber entrado a un restaurante que había en un club ubicado por la zona de la avenida Colón, en un pasaje paralelo a esa avenida, que allí había ido a comer, y que al entrar vio a un compañero de militancia que conocía como el "viru", "virulana", (un chico cordobés que luego de muchos años le mostraron una foto y que cree que era de apellido Araujo), con el cual se sentó a comer y que pasados unos minutos, escuchó un estruendo y sillas que caían, al darse vuelta lo golpearon con la culata de una pistola y los secuestraron a los dos. Que lo volvió a ver al "viru" los primeros días en Jefatura de Policía muy torturado. Que se encontraba en la zona de los calabozos. Refirió el testigo que en el año 1976 trataba de ganarse la vida como técnico electricista, hacía planos, trabajos de electricidad, y que le decían Pancho. Que estudió en la Universidad Nacional de Tucumán hasta el año 74, ya que por su militancia en la Juventud Peronista empezó a ponerse difícil la situación y dejó de ir a la facultad de ingeniería civil. Que era el representante de la JUP en la universidad. Manifestó que estuvo en una base militar ubicada en San Javier en el mes de mayo del '77, que a esa zona, el ejército la tenía como control de operaciones, donde, según sus informaciones, había militancia de izquierda en la zona del monte y lo llevaron dos o tres veces a Potrero de las Tablas y a Lules, siempre preguntándole sobre la existencia de campamentos en la zona y para que diera información de ellos, que en ese lugar, lo que había era como una especie de base de combate sin gente de inteligencia y que los soldados conscriptos eran quienes lo custodiaban, situación que fue generando una relación, por lo que pudo conseguir lápiz y papel, para entre otras cosas, dibujar a pedido de los soldados fotos de sus novias, lo cual al testigo le parecía fantástico, para tratar de entretenerse. Al responder sobre las siglas SIC como el lugar donde se encontraban los detenidos, el testigo dijo que permanentemente escuchó ese nombre durante muchísimo tiempo. El nombre de departamento de inteligencia o la estructura la conoció a finales del 77; siempre esa zona reservada en la Jefatura de Policía respondía a un grupo que funcionaba con un nombre como Servicio de Información Confidencial. El SIC era una denominación interna, era como lo denominaban a ese grupo operativo de la policía, ellos decían, somos del SIC. Sobre el imputado Roberto Heriberto Albornoz el testigo Juan Martín Martín expresó que el mismo lo interrogó nada más al caer detenido pero que además lo vio múltiples veces hasta el año 78, inclusive cuando salió en libertad; que a su parecer Albornoz era el responsable a nivel policía, era el número 1, por abajo del supervisor militar, a cuya conclusión llegó porque no vio otro por encima de él, que "Albornoz daba órdenes, que todo el mundo hablaba del jefe y se refería a él como el jefe". Manifestó que siempre vio a la misma gente en el SIC, que existía un grupo operativo, gente más administrativa y gente que era de custodia de los detenidos; que todos estaban en esa estructura, porque además eran los únicos que podían entrar a esa zona restringida y que incluso custodiaban el acceso a esa zona del resto de los miembros de la Jefatura de Policía. En relación a la existencia de personal especializado para tomar declaraciones el testigo dijo que si por declaraciones dice que era escuchar o participar de las sesiones de torturas, cree que sí. Que se acuerda de Roberto Albornoz, y un hermano de él, Hugo Albornoz, Luis De Cándido, un tal Fariña, el comisario Moreno, el comisario Bulacio, había un suboficial Ugarte, un subcomisario Sánchez, había un oficial Chaile, había un comisario Marini, había un suboficial Flores, un suboficial Vilas, había un suboficial Insaurralde. Asimismo expresó que no había interrogatorios sin torturas, que ello era una sola tarea, que el grupo operativo era el que secuestraba y además torturaba y que nunca escuchó que uno de los torturadores dijera que estaba cumpliendo una orden; que no había una hora determinada para las torturas ya que ello dependía del horario en que secuestraban y que eso se hacía más bien por la noche, aunque aclaró el testigo que su secuestro fue de día. Al respecto dijo que había mucho más movimiento de noche. Los movimientos de zona de tortura a la de calabozos se hacían de noche; así no se podía observar desde los edificios, era una zona amplia y sin techo. A la pregunta de acerca de si tenía conocimiento que en Jefatura llevaban registro de las personas detenidas, el testigo manifestó que vio bastantes listados a partir de fines del 77, principios del 78; que vio cajas con documentos, entre los que encontró el suyo, registros, listados; que estaban en la zona del lado de la zona de la tortura, en el edificio que daba para la calle Salta; que ese pabellón que daba a la calle Salta era donde Albornoz tenía su oficina; que conoció dos etapas, la última, cuando se desarma el SIC y pasa oficialmente a ser nuevamente el departamento de inteligencia, que en ese momento se levantó el campo de concentración que estaba sobre Santa Fe (fines del 77); que todas esas cosas fueron llevadas a las oficinas del departamento de inteligencia donde había archivos organizados con cajonera y que él conoció, porque lo hicieron trasladar cosas; que era una cosa bastante desprolija; que había cajas de cartón con documentos, carpetas una arriba de otras, cajas con papeles de interrogatorios y listados. El testigo expresó que tuvo bastante acceso a las listas porque cuando trasladaba las cosas pensaba en recolectar la máxima información que pudiera por si sobrevivía; que los listados tenían al lado de cada nombre una señal característica, así manifestó que quienes tenían las siglas DF (disposición final) significaba que existía la orden para que se los mate y quienes tenían las siglas PEN serían entregados al Poder Ejecutivo Nacional. Sobre el traslado de detenidos dijo que vio traslados de gente del campo, era de noche y había un camión que decía en un costado Transporte Higiénico de Carne, y que normalmente estaba estacionado en la playa de Jefatura sobre calle Junín. En ese camión se subía la gente y se la trasladaba. Se los subía atados y con los ojos vendados. El color del camión era gris plateado, que escuchó muchas veces decir que iban al pozo; y no tiene idea donde. Respecto del Arsenal el testigo manifestó que lo hicieron recorrer varias "cosas", desde donde estaban tirados todo el día a donde los llevaban para interrogarlos y torturarlos, como una oficina donde estaban dos o tres; que en esa zona alguna vez escuchó algún disparo, pero no que le diera la tónica clara de escuchar disparos aunque expresó que en el tiempo que estuvo ahí, dos o tres veces de noche, los ataron más, los vendaron más, les taparon los oídos, que había mucho movimiento y que se llevaban compañeros que no volvían más y que el comentario era que los mataban; también expresó que los sacaban de las instalaciones de lo que sería un polvorín, que tenía el piso y las paredes de brea, unas ventanitas muy chiquitas, altas; que había dos, uno muy cerquita de otro entre los cuales en uno había subdivisión con prisioneros; que ahí estaban tirados o máximo sentados todo el día, salvo en el momento en que los hacían parar o cuando llevaban al baño y que no tiene constancia ni sintió olor de quema de personas, pero sí que se preparaba algo especial cuando los vendaban y ataban fuerte; que por ahí tenían visitas de afuera, y lograban ver botas y que se llevaban a gente que no volvía. En referencia al imputado Bussi el testigo manifestó que lo vio en Jefatura de Policía, varias veces en Nueva Baviera, en la Comisaría de Monteros por enero del 77, pero que no le consta haberlo visto en el Arsenal; que Bussi era como el ogro, y que no tenía demasiado contacto con los prisioneros, pero que cuando lo tenía era porque los golpeaba o porque los torturaba. Manifestó el testigo Juan Martín Martín que en el último tiempo de detención tuvo bastante acceso a información, sobre todo oral, que "decían" que existía como un órgano donde estaban representados el conjunto de los servicios de inteligencia que operaban en la zona, en donde se decidía sobre los que ya estaban prisioneros, si el destino era DF (disposición final), o si iban a disposición del PEN o si quedaban en libertad; que no era una decisión de cada uno, sino que se tomaba en esa "comunidad de inteligencia", que recuerda que sindicaban al coronel Cattáneo como jefe de esa comunidad informativa y que participaba el supervisor militar del D2 por la estructura de Jefatura, que iba gente del 142 de inteligencia, de la V Brigada, de la SIDE y del resto de los grupos de inteligencia que operaban en Tucumán. Acerca de si el coronel Cattáneo era un militar que tenía presencia en los lugares de CCD el testigo expresó que no, que sólo lo vio una vez en Nueva Baviera; que no recuerda haberlo visto más, pero sí que la gente de la policía hablaba mucho de él. Dijo el testigo que los oficiales D'Ursi, como González Naya, vinieron a Tucumán asignados a ser los supervisores militares del D2. Expresó que el destacamento de inteligencia 142 no participó de su secuestro y que desconocía cómo operaba y su funcionamiento; que sabía de su existencia, que era personal de ese destacamento el que operaba y torturaba para obtener información en Arsenales; que después vio una que otra vez, como en plan de visita, a algunos tipos del 142 en Jefatura y que el comentario era que la gente del 142 no era un personal asignado permanentemente. Dijo que cree, de acuerdo a lo que fue conociendo, que en la policía además de haber personal militar perteneciente al ejército, había personal civil. Añadió que uno de los que lo torturó en Arsenales le decía "te conozco porque soy estudiante universitario como vos", y que esta persona le dijo que había sido su compañero. Respecto del Teniente Valdiviezo dijo que lo vio en el regimiento 19, en uno de los traslados; cree que fue antes de que lo llevaran a la base de ciudad universitaria, añadió que le vio la cara en el traslado; lo identificó porque estuvo más de una vez en el campo de concentración de Nueva Baviera y siempre tuvo la impresión de que Valdiviezo era un oficial del regimiento 19. Sobre el momento en que recuperó su libertad el testigo expresó que salió de Argentina, hacia la isla de Guadalupe, que la forma de tratar de que lo dejaran en libertad para salir del país, fue tratar de buscar una explicación convincente por lo que consiguió un contrato de trabajo en un ingenio azucarero en la isla de Guadalupe, a donde fue en septiembre del 78 y estuvo un mes hasta que partió a Madrid, España; que cuando lo autorizaron a viajar, lo primero que tenía que hacer era conseguir el pasaporte, razón por la cual D'Ursi, que era el supervisor militar del D2, lo llevó a hacer el trámite, porque en realidad aún no estaba liberado, no era nadie y seguía estando en manos directa de ese grupo de inteligencia. El testigo dijo que cree que en un primer momento lo dejaron vivo porque pensaban que podían obtener a largo plazo más información; porque Tucumán estaba arrasado y ya no tenían ni el apuro ni un problema de capacidad como para tener que ir matando prisioneros y que todo eso se fue aunando para que quedara vivo. Dijo que mientras más tiempo estaba vivo, se daba cuenta que tenía más posibilidades, porque pasaba de ser un objeto absoluto, a ser un tipo con el cual hablaban todo el día. Se lamentó que los que lo secuestraron y torturaron ahora le quieran hacer causas. Asimismo expresó haber estado absolutamente secuestrado, sin ninguna posibilidad de circular, excepto cuando sus captores lo sacaban, hasta el mes de junio del 77; que en ese mes lo separaron del grupo de secuestrados; que estuvo solo en una celda grande al lado del sector de celdas un par de meses, excepto cuando lo sacaban "ellos" con la idea de que marcara gente por la calle o cuando lo sacaban para que les lave el auto, les repare la radio, les instale un pasa cassette y que nunca lo llevaron a un domicilio donde se produjo un secuestro. Sobre los nombres que denunció ante la Comisión Americana de Derechos Humanos y luego aclaró ante la Comisión Bicameral, el testigo dijo que: vio a Dardo Molina, senador provincial tucumano, en el sector de calabozos de la Jefatura de Policía en el primer tiempo, desde su secuestro hasta antes de su traslado a Nueva Baviera. Dijo que su estado físico era deplorable, estaba muy golpeado, porque era un hombre casi sin pelo y en la cabeza tenía varios rastros de golpes importantes, no vio a Raúl Mauricio Lechessi, a Damián Márquez; si vio a Luisa Ibañez que era una compañera de la facultad de derecho, la vio en junio, julio aproximadamente, en Jefatura de Policía, en la zona de calabozo; a Adriana Mitrovich de Torres Correa la vio un día que lo hicieron repartir la comida en los calabozos, estaba en uno de los calabozos; también vio a Gloria Constanza y cree que había sido detenida antes que él; cree que la vio en los sectores de calabozo, antes de su traslado; respecto de Fernando Ramiro Curia dijo que no lo vio pero le dijeron que estuvo. Manifestó que sabía que nunca más habían aparecido y que la suerte seguida cuando no aparecían era que los mataban. Señaló que no vio a Ricardo Daniel Somaini pero supo que estuvo y que militaban juntos en un grupo en la universidad. Afirmó que vio a varias personas de apellido Ponce y acerca de Horacio Marcelo Ponce, si era del grupo de Ricardo Somaini, dijo que no lo vio pero supo que estuvo. Respecto a Ricardo Santillán dijo que no lo vio pero supo que había estado a mediados del 77; a Susana Marcor de Díaz no la vio pero le comentaron que estuvo; que Juan Leandro Díaz, si es el hermano de Susana, supo que estuvo. Respecto de Humberto Rubén Ponce expresó que si es el hermano del Gringo Ponce sí estuvo en Jefatura; Luis Alberto Valdéz le parece recordar que le dijeron que estuvo, pero que no puede afirmar si lo conocía. Añadió que pese a las condiciones en las que estaban permanentemente se comunicaban con el resto, aún en la peor condición. Una de las cosas que hacían era tratar de pasarse toda la información de quienes habían caído, quienes estaban, a quienes había trasladado; además, en el período Julio - Agosto del 77, dijo que entró muchas veces a la zona de los calabozos colectivos para repartir comida, para limpiar y así también pudo ver gente, o que gente le dijera que había otra gente. Relató que le parece recordar que María Cristina Bejas: era una chica que estaba en las zonas de los calabozos individuales y que estaba muy mal; que a Aída Inés Villegas la vio, no en Jefatura, pese a que sabe que estuvo, que la vio en Baviera; la habían trasladado ahí. Dijo que estuvieron charlando mucho. Relató que los llevaron para ponerlos como vidriera, no recuerda si fue en una visita que hizo toda la plana mayor del III Cuerpo donde estaba el general Menéndez o fue en otra visita grande, que también los llevaron a varios con cartelitos y en una de esas dos idas, la vio a Aída Inés Villegas. Recordó que Bussi decía "pregúntenle cosas "; en realidad teníamos que hablar sobre nuestra militancia, como habíamos caído, donde habíamos sido secuestrados. Dijo que no los torturaron en ese momento; que había otro muchacho que lo conocía de Bioquímica, cree que era Rodolfo Lerner o algo similar y que le había dicho que lo detuvieron en el sur, que había sido un preso que después de que lo pusieron en libertad volvió a Tucumán y lo agarraron de nuevo. Dijo que vio a Jorge Villegas; no la vio a Rosa Quinteros Delvecchio, pero supo que estuvo. Relató que él estaba en Nueva Baviera y fueron a comentarle para que se enterara y supiera que a un grupo de prisioneros los habían matado en un supuesto enfrentamiento; relató que debió haber sido en septiembre u octubre del 76 y le dijeron que a Rosa Quinteros la habían matado en ese enfrentamiento; pero estaba prisionera desde antes que él. Dijo que lo vio a Daniel Carlevaro en Jefatura en la parte de calabozos y que estaba muy mal, aparentemente estuvo en ese grupo que mataron; respecto de Hugo Bernucci no lo vio, pero escuchó hablar a la gente del SIC que murió mientras lo torturaban; sin embargo, lo blanquearon en ese supuesto enfrentamiento; dijo que vio a Chichí Toledo, no sabe si es María del Pilar Toledo, Chichí era la novia de Juan Carlos Di Lorenzo; los habían secuestrado juntos. Los conocía de la época de la militancia, y que a Juan Carlos no lo vio; a Ismael Adris no lo vio pero supo que estuvo, lo conocía de la JUP; vio a Norma Cibantos, cree que fue para fines del 77, cree que ya no existía el campo de concentración como tal, se acuerda de ella por el comedor universitario, estuvo poquito tiempo y se la llevaron; María Isabel Jiménez de Soldati, decana de la Facultad Tecnológica, supo que estuvo, pero no la vio personalmente; no recuerda bien a Wenceslao Quinteros, cree que era policía; lo vio en Jefatura de Policía; escuchó que lo habían secuestrado porque tenía cuentas pendientes con Albornoz; lo acusaba la gente de inteligencia que trabajaba para el 142; dijo que no vio a Carlos Román Apaza pero supo que estaba, a Joaquín Ariño no lo vio, pero supo que estaba; a Guillermo Vargas Aignasse no lo vio, pero escuchó a la gente del SIC decir que lo habían tenido; respecto de Rodolfo Miguel dijo que era un muchacho santiagueño, que cree que había sido diputado y sabe que estuvo en Jefatura; José Eduardo Ojeda Sierra estuvo en la Jefatura y su hermano Fernando en Nueva Baviera; dijo que le sonaba el nombre de Alicia Raquel Burdisso pero no podría decir si la vio; supo que estuvieron Ana Cristina Corral, Luis Holmquist y Cerrota de Ramos, José Eduardo Ramos, Luis Rojas y José Dalmiro Rojas. Respecto de Reyes Romero y José Raúl Romero dijo que le parecía que era gente que vivía en la zona este y que estuvieron en Jefatura de policía. Dijo que estuvieron también en Jefatura Berta María Soldati, Ezequiel Matías Pereyra, cree que era un chico de medicina. Manifestó que a Carmen Gómez de Gargiullo la conocía perfectamente; era como de su familia, no la vio, pero sí en una lista, con las letras DF al lado, igual que a Héctor Hugo Gargiullo. Le dijeron que a Stracca Otto que había estado en Jefatura; a Olga Rapson la mataron fuera de Jefatura dos días después que lo trajeron a él, vivía con la compañera del testigo; a Javier Hipólito Centurión le parece recordarlo de alguna lista; que le suena los nombres de Juan Carlos Chaparro y De la Cruz Juan Angel pero no recuerda haberlos visto, sabe que estuvo Alvarez García Julio Rolando "Pampero"; dijo que la vio a Marta Coronel; respecto de Carlos Araldi manifestó que trajeron su cadáver a Jefatura por julio, agosto del 77, lo llevaron muerto a tiros; Diana Oestherled era la esposa de Araldi; estuvo en Jefatura, no la vio personalmente, pero escuchó sus gritos, estaba embarazada, recordó que gente de inteligencia decía que se había intentado cortar las venas y que por suerte se había salvado; supo que estuvo María Tránsito Barrionuevo, no recuerda qué le paso; a Enrique Campos lo trajeron herido primero, se lo llevaron al hospital militar y días después lo trajeron y los comentarios era que Bussi o Zimmerman habían dicho que como no cantó nada, había que dejarlo morir; dos o tres días después se murió. Sobre Carlos Gallardo dijo que lo vio; que fue para fin del año 76; que para darle licencia de fin de año al grupo operativo de Nueva Baviera, llevaron a 8 O 10 de ahí a Jefatura y que es ahí donde lo vio a Carlos Gallardo. Sobre Juan Carlos Clemente expresó que si lo vio en Jefatura y que lo vio como un prisionero más. En lo que se refiere a la relación que tenía con el teniente primero Mario Angel D'Ursi el testigo dijo que Clemente y él estuvieron en los últimos meses antes de salir, mediados del 78, bastante más cerca de D'Ursi, porque parecía que él tenía una interna importante con Albornoz, aparentemente por unas investigaciones sobre actividades de Albornoz. Cuando salió, Clemente quedó en la misma situación, todo el día en la Jefatura. Dijo que varias veces fueron al domicilio particular de Mario D'Ursi. Fue él quién arregló las salidas del testigo. Dijo que la información que tuvo de Clemente fue que quedó en la policía; a ambos los hicieron firmar papeles como si fueran a ingresar. Recordó que Albornoz le dijo "si algún día hacés una cagada, nos vamos a hundir todos, pero vos también". Preguntado acerca de si vio a Marta Coronel el testigo dijo que sí; que estaba muy mal, que deliraba, que estaba muy enferma, que según le comentaron, tenía una infección en los pechos por la tortura y que murió en Jefatura de Policía; que de Rolando Coronel supo que estaba en Jefatura, que a Graciela Bustamante la vio muy mal, en un calabozo de los individuales; que sobre Ricardo Torres Correa le dijeron que estaba en la sala de adelante y que a Ángel Garmendia no lo vio, pero supo que estaba igual que Fontanarrosa. Con respecto a si recibía cartas de familiares en España el testigo expresó que sí, recibía y las contestaba, que cada vez que le llegó intentó contestarlas. Respecto al imputado Luis Armando De Candido manifestó que lo conoció perfectamente ya que fue uno de los que lo secuestró; que estaba en el grupo operativo, que secuestraba y torturaba y que trabajaba en el SIC, con Albornoz. Precisó el testigo que el SIC y el D2 no eran lo mismo, el SIC era una parte del D2, era un aparato casi con vida propia de inteligencia de la policía, supone que siempre existió el D2; el SIC era un grupo especial, organizado para hacer una tarea, que era secuestrar, torturar, mantener el control de Jefatura. Manifestó el testigo Juan Martín que el oficial de supervisión de inteligencia desde fines del 77 hasta el 78 fue D'Ursi; que De Candido y Albornoz lo interrogaron y torturaron, en la zona de interrogatorios de Jefatura que estaba en el ala que daba a la calle Santa Fe, que no los vio puntualmente torturar a otras personas que no sea a él, pero que sí los vio entrar y salir con prisioneros de ese sector y que compartió el cautiverio con muchas personas. Sobre Enrique Campos amplió su relato y expresó que llegó herido, que era un muchacho que estaba en la zona Este, de la Banda del Río Salí; tenía un balazo en la espalda. Llegó a Jefatura y se lo llevaron al hospital militar. Como una semana después, no recuerda cuanto tiempo después, lo llevaron a la Jefatura y lo tiraron en la zona donde todavía estaba la parte de tortura, sobre un colchón y las instrucciones que le dijo la gente de la guardia, y lo que comentaba la gente del SIC era que Bussi o Zimmerman, cree que Zimmerman, dio la orden de dejarlo morir porque no había cantado nada; dos o tres días después, murió. Del imputado Bussi expresó que lo vio puntualmente meterse en donde lo tenían a un muchacho que habían llevado de Buenos Aires, el "bombo" Ávalos, a Nueva Baviera, que a su parecer era un muchacho importante del PRT, que Bussi fue a verlo personalmente y lo torturaron; que le contó gente del grupo operativo que además de torturarlo con picana, Bussi había ordenado ponerlo sobre una chapa metálica para que sintiera más el dolor de la picana; que fue el único caso en que lo vio en esa situación. Acerca de las condiciones de detención en la Jefatura el testigo dijo que había dos zonas, según se entraba a la izquierda, estaba la parte donde ponían a la gente que llegaba nueva, o si venía de la zona de calabozo, era la zona de tortura. Ahí también había gente que no fue a calabozos y que algunos, hasta es posible que hayan sobrevivido y hayan salido. Dijo que en ese lugar las personas estaban en malas condiciones, "el olor a mugre, a miedo, la gente gritando; en general daban poco de comer"; luego había otro lugar que es la zona de los calabozos. Había calabozos individuales, había un calabozo común, había un solo baño para toda la zona. En el calabozo común estaban todos hombres; en los individuales estaban las mujeres y si sobraban, ponían a los hombres, había dos hileras de calabozos separados por un pasillo. La comida la traían a diario desde la penitenciaria, siempre era prácticamente lo mismo, era caldo con huesos, los huesos siempre venían pelados, les traían las sobras de la penitenciaría. Se comía dos veces al día, había pocos platos, cuando uno terminaba se volvían a llenar para pasarlos, la higiene era nula, de vez en cuando los hacían bañar; en el baño había una ducha, con salida de un caño de la pared; ahí uno se desnudaba y se bañaba cuando se podía, pero pasaban diez, quince días sin bañarse. Con respecto a las torturas dijo que "la picana era para todo el mundo, que la hacían con teléfonos de campaña del ejército; no eran otro tipo de máquina, no eran máquinas en la pared, se realizaban sobre un sommier metálico, atado al sommier se aplicaba uno o dos teléfonos, dependía de la ocurrencia de quienes lo hacían; les ponían electrodos en la cabeza y en los testículos" ; relató que "había un tacho grande en la otra habitación que se llenaba de agua y les metían la cabeza en el agua a esto lo llamaban el submarino mojado; el submarino seco era la bolsa de plástico en la cabeza". Dijo que lo más común fue la picana eléctrica. Relató que había como dos habitaciones de tortura. En cuanto a si los integrantes del SIC, torturaban, interrogaban y secuestraban el testigo manifestó que el SIC fue más grande que un grupo de secuestradores o torturadores, tenía una infraestructura, había un grupo de operativos, que eran los que secuestraban y torturaban, algunos torturaban más; había administrativos que llevaban todo el control; había una mujer, que me parece que era oficial principal, oficial ayudante; era la señora de Insaurralde o algo así; es decir, había un grupo administrativo. Después había un grupo de custodios, que cuidaban a los prisioneros, con turnos rotativos, había hombres y mujeres; siempre había una mujer en el grupo de custodia de los prisioneros. Sobre Graciela del Valle Bustamante de Argañaras y Adriana Mitrovich dijo que las conocía personalmente y que tuvo un diálogo corto con ellas; que a Julio Argañaras lo conocía ya que era el marido de Graciela Bustamante y que un día lo vio en la plaza Independencia, lugar al que lo llevaron personas del grupo operativo entre los cuales se encontraba Bulacio y otras dos personas más; que Julio lo vio y que sus captores lo conocían a Julio Argañaras; que ellos le decían "ese es el marido de la negra Bustamante; qué sabés de él?", a lo que el contestó: "Pero si no tienen nada que ver, la negra tampoco". Después de esa situación el testigo expresa no saber si se lo llevaron y que Argañaras estaba con dos nenes chiquitos cuando lo vio. En lo que se refiere al auto de Adriana Mitrovich expresó que era un Renault 6, que se lo quedó el grupo operativo; que en ese auto lo llevaron un montón de veces a su casa y que los del SIC lo usaban permanentemente. Asimismo el testigo manifestó recordar haberle contestado una carta a la señora Esther Marquesto de Bustamante pero no su contenido. Preguntado sobre qué habían hecho con el cuerpo de Marta Coronel manifestó el testigo que "escuchó que un médico que trabajaba ahí, el señor Ricardo Galdeano le había puesto una inyección para que se muriera pronto así dejara de sufrir, que recuerda que la sacaron envuelta en unas mantas, que estaba en la zona de calabozos y que la subieron a un rastrojero; (había uno o dos rastrojeros) y que la llevaron a enterrar, pero que no sabe donde". Manifestó recordar que era de día. Dijo el testigo que el doctor Galdeano controlaba a los prisioneros para ver si se los podía seguir torturando o no, que estaba mucho tiempo con la gente del SIC y posteriormente con la gente del D2, que verificaba la situación de los prisioneros en la zona de calabozos, porque ahí se enfermaban mucho. En relación a los domicilios de los Coronel, el testigo expresó saber que a una de las casas de Rolando Coronel, que estaba frente a la facultad de Bioquímica, se la quedó Luis De Cándido. Se refirió al "botín de guerra", compuesto por las casas de los compañeros que mataban y se las quedaban; y por otra parte, todos los elementos de adentro de la casa. Eso se lo repartían o iba a parar a una especie de depósito que había en la zona de calabozos. Dijo que había un lugar donde vio muebles, libros, cosas que no se querían llevar. Entre ellos se vendían aparatos de música, equipos que se robaban de las casas, relojes. Dijo que cuando allanaron su casa buscándolo a él se robaron todo, hasta las tijeras. El testigo recordó como otra casa ocupada por los miembros del SIC, una en la que habitaba un comisario Bulacio que ocupaba la casa de algún militante, en la prolongación de la calle Rondeau o Bolívar, hacia lo que era el aeropuerto; que Albornoz tenía conocimiento; que en los bienes grandes, como los autos y las casas, existía el respaldo del personal jerárquico de la V Brigada para poder quedárselos, que está casi seguro que existía el respaldo del supervisor militar. Respecto a la pregunta de porqué lo trasladaron tanto, el testigo manifestó que estuvo en Jefatura porque lo secuestraron en la ciudad, en Nueva Baviera, porque cuando lo agarraron, militaba en la zona sur, hacía trabajos de la JP, apoyando el trabajo gremial en el sur, cree que lo trasladaron a Arsenal porque la gente del 142 estaba convencida de que aunque ya habían pasado 6 meses, podían sacarle información de algo. Estos traslados se debían a cuestiones de inteligencia. Dijo estar convencido que los traslados tenían que ver con una cuestión de inteligencia, que incluso cuando lo trasladaron a bases militares era por inteligencia. Relató que para fines del año 77 desapareció la estructura del SIC y el Centro Clandestino de Detención Jefatura como tal, no estuvo más esa zona restringida, hubo una parte de la gente operativa que quedó en el D2, y hubo otra gente del SIC que fue a otras regionales, a comisarías en capital, a la Brigada de Investigaciones; lo mismo pasó con la parte administrativa, la que desapareció por completo fue la de custodia, pues todos eran suboficiales o agentes destinados a otros lugares. Dijo que en ese marco, no tenía lugar físico donde estar, excepto en el D2, pero ahí no se podía dormir, no era un campo de concentración, sólo había oficinas; lo hicieron colaborar en el traspaso de cosas de documentación; lo blanquearon con su familia; a su familia comenzaron informándoles que estaba vivo, luego lo llevaron a su casa y lo trajeron otra vez (ya estaba separado del resto, pero existía el campo); y finalmente, coincidente con la época en que vino un supervisor militar, que fue D'Ursi, lo llevaron a su casa, lo dejaban dormir en su casa y lo iban a buscar. Uno de los que más lo iba a buscar era De Cándido, hasta que llegó un momento en que iba sólo de su casa a Jefatura y volvía. Manifestó que a eso llama libertad vigilada, como nunca estuvo oficialmente prisionero, nunca tuvo oficialmente libertad vigilada. Sobre otras personas a las que recuerda en la misma situación, el testigo nombró a Nelly González, Juan Carlos Clemente y Nora Montesinos. Preguntado acerca de porqué no se escapó manifestó que la primera vez que lo llevaron a su casa, Albornoz le dijo que algún día se podría escapar, pero que se acordara que estaban los padres, la cuñada, y el sobrino del testigo; y recordó Martín que Nora Montesinos, que estuvo en esa situación varios meses antes, un día no aguantó más y se fue a trabajar a otra provincia, entonces le secuestraron dos hermanos, hubo dos Montesinos que fueron secuestrados en Tartagal y los tuvieron 20, 30 días hasta que Nora se presentó y los liberaron, dijo el testigo que de alguna manera eso era una lección y que se había propuesto que si algún día salía, iba a tratar de salir legal, no huyendo, porque le parecía que la iban a pagar otros. El testigo manifestó que sus padres no realizaron denuncias, que estaba secuestrado su hermano y que el día que lo secuestraron a él, su compañera Lidia Sesto, fue a hablar con sus padres para decirles que él no aparecía y dos días después la mataron junto a Olga Rapson en un supuesto enfrentamiento, que sus padres fueron al lugar y les dijeron que habían matado tres personas, dos mujeres y un hombre razón por la cual pensaron que lo habían matado; que por ello nunca presentaron papeles. Manifestó que estuvo un tiempo sin denunciar lo que conocía, que cuando salió del país, tenía la orden, el compromiso, el apriete, de la gente del grupo de inteligencia, que lo obligaban a reportarse. Dijo que cuando llegó a la isla de Guadalupe, envió postales, durante un tiempo estuvo sin hacer declaraciones en el sentido de contar lo que había vivido, pero pasó el tiempo y pensó que se debía haber amainado la situación y que si lo que podía decir se perdía porque lo atropellaba un colectivo en la esquina, era una "macana grande", entonces empezó a denunciar en España lo que había vivido y lo que conocía, entonces los empezaron a visitar a sus padres la gente del SIC, del D2, y les decían que me enviaran saludos cuando me escribieran, pero que por suerte no hubo otra cosa. Manifestó el testigo que sí conocía al señor Osvaldo Pérez; que en el año 74 militaban juntos en la universidad; que Pérez no era peronista y que volvió a verlo en el Arsenal; que vio muchos compañeros de militancia en los centros clandestinos y que ahora están todos muertos. El testigo manifestó que recuerda a González Naya, Moreno, Bulacio, y al hermano de Albornoz, Hugo Albornoz. Manifestó que leyó nombres de personas cuando lo hicieron trabajar organizando archivos los últimos dos o tres meses del año 77 en el departamento de inteligencia. Sobre Diana Oesterheld el testigo relató que "él estaba en la parte donde se torturaba, no en calabozos, todavía atado en el sommier, fue el primer o segundo día, y empezó a sentir gritos de una mujer, que alguien le pegaba; pero no era como si le estuvieran torturando, sino pegando; reconoció la voz de Diana, pero después los escuchó decir que Diana había intentado suicidarse cortándose las venas", dijo que la conocía de la militancia, sabía que estaba embarazada, nunca más escuchó hablar de ella, no sabe adonde pudo ser trasladada. Sobre el cuerpo de Carlos Araldi expresó que vio su cadáver en Jefatura, que estaba muerto a tiros, que también Liliana Sesto y Olga Rapson fueron llevadas muertas; que las llevaron en una camioneta, le mostraron y se las llevaron. Dijo que en Jefatura no vio niños, solo vio a un niño como de ocho años en Nueva Baviera que estaba secuestrado con su papá. Relató que en Nueva Baviera vio muerto a un muchacho Mc Donald que lo habían matado en Concepción en la casa del señor que estaba secuestrado con su hijo y que a ese padre con su hijo los tenían secuestrados porque la madre había quedado en la casa con gente del ejército. Preguntado sobre lo que era un pozo el testigo dijo que en arsenal, lo hacían cavar un pozo, lo desnudaban, lo metían al pozo hasta el cuello y lo tapaban, estaba enterrado con la cabeza afuera, horas, no sabe cuantas. Respecto a la custodia en Jefatura dijo que la hacía gente del SIC y no entraba nadie, por más que fuera policía o ejército si no estaba autorizado a entrar en esa zona. Dijo que de Albornoz se decía que andaba en la quiniela clandestina, prostíbulos; que no le consta, pero sí sabe que D'Ursi intentó investigarlo. Manifestó que "el SIC tenía un jefe que era Albornoz y tenía un supervisor militar que fue Gonzalez Naya, que después fue Ocaranza y después D 'Ursi". El testigo expresó no recordar si Alicia Cerrota de Ramos estaba embarazada, y que a Jorge Rondoletto lo vio cuando estuvo con Aída Villegas en Nueva Baviera, que ella le dijo que había sido un secuestro de un montón de personas y que habían secuestrado a toda la familia Rondoletto; a Jorge, que era su íntimo amigo, a Azucena, Silvia y los padres, que nunca los vio, que supo que estuvieron en Jefatura porque se lo dijo Aída y que Azucena estaba embarazada. Sobre si el médico Galdeano tenía otros ayudantes expresó que las veces que lo vio estaba solo, que era como uno más del D2 y que no le extrañaría que su dependencia administrativa haya sido el departamento de inteligencia. Respecto de la fecha de la muerte de Marta Coronel manifestó que no se atrevía a decir fechas concretas; que pudo haber sido julio, como agosto o septiembre del 77. Fue en el año 77 con seguridad. El testigo expresó que a él lo secuestraron por ser militante peronista, que era el responsable de la JUP en la universidad, que lo secuestraron el 12 de agosto del 76 y salió del país en septiembre del '78, es decir que durante dos años estuvo a disposición, de una u otra forma, de sus captores; que lo tuvieron más de una vez en bases militares; dijo que sobre las razones de sus traslados deben dar respuestas los que lo trasladaban, que lo trasladaban porque hacían con él lo que se les daba la gana y que cada uno creía que podía sacarle más información. Con respecto a si en el período en que estuvo en cautiverio, permaneció sin vendas ni esposas el testigo respondió que dependía del lugar, de la fecha, de quiénes estaban ese día, de muchas cosas; que hubo momentos muy terribles; que en Arsenal jamás estuvo sin venda, que allí estuvo casi tres meses atado y vendado siempre, pero que en Nueva Baviera no; que en Jefatura, el primer tiempo sí, y luego no. Sobre si tenía la posibilidad de conversar con gente dijo que cuando lo sacaban del sommier donde lo torturaban con picana, y lo dejaban en la sala contigua a la sala donde se torturaba, ya desde ahí, tuvo comunicación con otros prisioneros. Siempre se tenía comunicación, dijo que no pudieron cortar eso, esposados, vendados, mucho más si no estábamos vendados, tirados, sentados, cuando íbamos al baño haciendo el trencito en Arsenal. El testigo manifestó que eran varios los que habían sobrevivido y que estaban en Madrid; así que varios habían conseguido el pasaporte y habían salido, que además de los que quedaron vivos, sólo conoció a una persona que quedó en libertad, que esa persona fue Carlos Gallardo; que vio decenas de personas pero que sólo le consta 6, 7 u 8 vivos. Sobre su relación con Carlos Gallardo manifestó haber conversado una sola vez, en ese momento, estaba comiendo un sanguche que le había dado una de las policías que hacía la guardia; la celda del testigo no tenía candado, la de Carlos no recuerda; estaba prácticamente enfrentada con la de él, en ese campo, la guardia estaba afuera del pasillo, cerraban con un cerrojo por afuera. En ese momento, cuando reconoció que era Carlos, salió, como no tenía candado su celda, no estaba esposado -los habían traído de Baviera, estuvieron solo unos días por el fin de año, como una especie de licencia por la fiesta al grupo de 10-, habló con Carlos, pocas cosas, cómo estaba, trató de reconfortarlo, decirle que sabía que no era militante hacía bastante tiempo antes, trató de decirle que él estaba mejor que muchos más; recordó que le dio a Gallardo un pedazo de sanguche. El testigo manifestó no recordar haberle sacado la venda a Gallardo. Manifestó que a la gente del grupo operativo que los custodiaba en Baviera, aparentemente por las fiestas, le daban licencia; era personal de la policía de Tucumán, eran del interior, los 8 o 10 prisioneros de Nueva Baviera, fueron trasladados desde el 23 al 2 de enero o por esa fecha a fin de año del 77. Dijo que cuando D'Ursi lo acompañó para que le dieran el pasaporte; que él se lo gestionó con la policía federal, apenas lo tuvo, sus padres le sacaron pasaje para la isla de Guadalupe. Sobre la participación de supervisores militares dijo que a Jefatura sólo iban a actuar; que González Naya lo secuestró con la gente de la Jefatura y lo vio varias veces; que ellos sí impartían ordenes pero le decían jefe a Albornoz y le decían jefe a González Naya; que D'Ursi estaba muy preocupado con el señor Albornoz por internas entre ellos y que le tenía miedo, que D'Ursi le decía al testigo que si se enteraba de cualquier cosa que le dijera y que él iba a hacer todo lo posible para que lo liberaran, manifestó que D'Ursi no quería que hablen en Jefatura porque estaba temeroso de Albornoz, por eso D'Ursi iba a su domicilio, dijo que tomó conocimiento de la comunidad de inteligencia porque decían "esta semana hay reunión de la comunidad y hay que llevar papeles" y esto lo escuchó decir a Gonzalez Naya, a Albonoz y a D'Ursi, no tenían problemas en decir estas cosas adentro; dijo que el problema fue que él sobrevivió. Sobre Juan Carlos Clemente expresó que lo conoció de la militancia política y que le decían el perro, que le mataron la mujer, que tenía un nene que le devolvieron después de matarle la mujer. Con respecto a Hidalgo dijo que lo vio varias veces por Jefatura; incluso ingresando a la zona restringida sin ningún problema, por lo que se veía que tenía una relación directa con el SIC, con el departamento de inteligencia, porque a ese sector no entraban ni el resto de los jefes de la policía, incluso una vez al subjefe de la policía no lo dejaron entrar. Relató que a Enrique Campos lo conocía de la militancia, de la JP porque el peronismo de izquierda era bastante amplio, con participación de la JP, la JUP, gente de la organización Montoneros, que trabajaba en los frentes políticos y que inclusive militó en la organización Montoneros. Preguntado acerca de quién tenía la decisión final sobre los detenidos manifestó que no sabía, que suponía que Bussi. Preguntado acerca de cómo sabe que los que lo secuestraron a él tenían subametralladoras dijo que son las que pueden entrar en cualquier bolso, son las que la gente les dice pistolas ametralladoras. Preguntado acerca de cómo sabe que al momento de su secuestro participó un Peugeot 505 amarillo y un Falcon dijo que pudo ver y que el problema era cuando uno veía 200 veces más esos autos, no se olvidaba más. Expresó el testigo que conocía a Arrechea de cuando había sido jefe de la policía de Tucumán un año o dos; y porque fue quien le dijo a sus padres que si lo agarraban a él, tal vez tuvieran suerte y aparecía su hermano; que al depósito de armas y explosivos no lo conoció en los primeros días mientras lo torturaban sino a fines del 77; que con tiempo, paciencia, con tiempo de estar ahí, pudo saber quienes y cuantos eran los guardias. Sobre Luis Ocaranza explicó que en el tiempo en que tenía mayores libertades, escuchaba que le decían teniente Frías a Ocaranza, que una vez lo llevaron a pasear, y esta persona presentó los documentos en un control y ahí le dijeron teniente Ocaranza. Luego le prestó al testigo un libro sobre la vida de San Martín y el libro decía Luis Ocaranza. Respecto de Campos que llegó con un tiro en la espalda, manifestó estar casi un cien por ciento seguro que la persona que ordenó dejarlo morir fue Zimmermann. Preguntado acerca de los fines políticos y militares de Montoneros manifestó que querían una revolución peronista, que hubiese justicia social, independencia económica, soberanía política. Dijo que empezó a militar en la juventud peronista cuando tenía 18 años; que siempre estuvo en la parte estudiantil y que en la universidad no había jefes. A la pregunta sobre lo que era la columna del Norte el testigo expresó desconocerla, manifestó conocer el enfrentamiento en El Cadillal por los diarios; que vio una mujer en la televisión que reivindicaba ser del ERP, que no tenía idea quién financiaba internacionalmente Montoneros, que nunca recibió instrucción militar, que no identificó a nadie cuando lo sacaban de los centros clandestinos; que lo sacaban efectivamente para ver si identificaba a alguien pero que nunca lo hizo. Sobre sus condiciones de detención dijo que varias veces estuvo limpio y que a lo mejor hay más que escucharon tantas cosas como él, pero que tal vez están muertas; que en La Base de San Javier no estuvo más de una semana; que Moreno era Subcomisario de la policía de la provincia pero que no recuerda su nombre; que encontró su DNI cuando lo obligaban a organizar los archivos a fines del 77, mediados del 78. Relató que en el Arsenal siempre estuvo con los ojos vendados, que lo conoció a Osvaldo Pérez de la universidad, donde habían militado juntos, ahí lo vio como un prisionero; que él era el que repartía la comida, entre otras cosas. Sobre Antonio Bussi y una persona que le decían el Bombo Avalos el testigo aseguró que cuando lo trajeron a Avalos, lo vio por debajo de la venda al general Bussi entrando a una oficina donde lo tenían al Bombo; lo escuchó "gritar y chillar" a Avalos mientras lo torturaban, relató que los que lo tenían de prisionero al testigo se reían y le contaban como una hazaña especial que Bussi haya ido especialmente a torturarlo al Bombo y que además le pusieron una chapa para torturarlo mejor. Dijo que sólo lo vio una vez a Cattáneo en Nueva Baviera, no lo conocía pero le dijeron los guardias quién era. El testigo dijo que consiguió trabajo en la Isla de Guadalupe a través de un amigo de su padre quien le ofreció hacerle un contrato de trabajo para trabajar en un ingenio azucarero; que allí fue, aunque no trabajó y al mes se fue a Madrid; que fueron sus padres quienes financiaron los viajes. Dijo que regresó al país en el año 85 para contar lo que vivió para que quedara testimonio en este país de lo que sucedió, los cientos de muertos no encontrados, entre ellos su hermano, allegados a su familia y muchos compañeros, manifestó que vino a prestar testimonio y que el fiscal Strassera le tuvo que poner protección a su compañera y a su hija porque las amenazaban. Dijo que en todos los lugares, excepto en Baviera, recuerda haber tenido números para identificarlo, aunque eso no significaba que no haya escuchado muchísimas veces hablar del negro Rolando o de la negra Mary, del flaco Martín. Ante la pregunta del imputado Bussi acerca de si participó en un enfrentamiento en un aserradero en la ciudad de Lules donde habría muerto su hermano Sebastián, el testigo expresó que no, y que además no tenía ningún hermano llamado Sebastián, que su hermano se llamaba Julio Antonio Martín, que fue secuestrado el 27 de diciembre de 1975 en Bella Vista. Con respecto a Mac Donald manifestó que cree que era un muchacho que pertenecía al PRT, que lo esperaron en una casa en la ciudad de Concepción, que el hombre de esa casa y su hijo de 8 años estaban secuestrados en el campo de Nueva Baviera; que fue una emboscada, que cuando llegó a esa casa Mac Donald lo mataron y se llevaron el cadáver a Nueva Baviera. Al exhibírsele en la audiencia un plano con la disposición actual de Jefatura, explicó que el lugar donde dice sector ampliado -se entraba por Santa Fe a la izquierda-, no estaba ocupado por el SIC; estaba partido, detrás de ese sector estaba el museo policial, por ese sector estaba la oficina de Albornoz, había un baño, hacia fuera, quedaban afuera dos puertitas: en la izquierda daba a una especie de habitación pequeñita, donde tenían armamento; en la parte de la derecha era más grande, donde estaba la parte administrativa (papeles, documentación). En el sector grande es donde estaban después de la sala de tortura. Hacia la derecha, según uno entraba, la zona donde estaban los calabozos. A la derecha, entrando a la zona de calabozo, estaba el calabozo grande, al frente estaba el baño, y a ambos lados había calabozos individuales. A la derecha había un pabellón de los típicos que conoció del hospital de niños.

Durante la audiencia de la presente causa, el testigo manifiestó que no deseaba agregar nada a su declaración del año 2010 cuyo audio se escuchó en la sala. A las preguntas que se le realizaron contestó que no conoció al matrimonio Agüero ni a Enrique Camilo Sexto, y que supo que Víctor Moreira estuvo secuestrado en la Jefatura de Policía; con respecto al delegado gremial de la municipalidad de apellido Cativa, dijo que no lo conoció, tampoco recuerda al delegado gremial de Grafanor -Famaillá- de apellido Jiménez; aclara -en relación al guardabosques de San Javier por el que se le pregunta- que cuando estuvo detenido en la base militar de San Javier no vio a ningún detenido, ni escuchó hablar de ningún guardaparques; tampoco conoció a ningún empleado del ingenio Ñuñorco de apellido Correa. Dijo que no conoció al dirigente de la juventud peronista de Monteros de apellido Corroto pero que cree recordar que estuvo en Jefatura, que recuerda su nombre. En relación a un joven Francisco Rafael Díaz, dijo que sólo recuerda un Díaz, al que no vio pero que supo que estuvo en Jefatura, que era marido de Susana Macor. Con relación al empleado y estudiante secuestrado de Los Ralos Antonio Domingo Paz, dijo que no lo recordaba. Respecto al joven Carlos Severino Soldati, dijo que sólo recuerda a Berta Soldati, y que supo que estuvo en Jefatura de Policía. Tampoco recuerda a José Manuel Rodríguez, ni a un empleado de los Talleres Esperanza, Domingo Nicolás Romano ni al señor Arturo Alberto Lescano de Santiago del Estero, ni a una señora María Ester Silva de Alderetes a quien dijo en una de sus declaraciones que sí la había visto. Respecto al caso de la señora que bajaron de un avión en Ezeiza y la trajeron a Tucumán, dijo que se enteró del caso por la prensa pero que no puede aportar nada que se haya enterado en los campos de concentración. Dijo que el nombre de Alicia Burdiso, le suena como de Jefatura de Policía; que no puede identificar ni conoció al empleado ferroviario Juan Carlos Andrada ni a su amigo que estudiaba abogacía José Rafael Chamas. Manifiestó que no ubica a Juan Ángel Rodríguez. Dice que le parece recordar al estudiante de la universidad tecnológica, Juan Carlos Bustamante, porque lo conocía de la universidad, pero que no recuerda si le dijeron que estuvo en el Arsenal o de Jefatura. A un hombre que le decían Tucho y se llamaba José María Américo, lo recordó porque lo vio en Arsenal y que él contaba que era camionero, que por eso lo identificó pero no tiene idea cómo se llamaba. En cuanto a Fredy Coronel, no lo ubica, ni a Blanca Hoyos ni a Hercilia Dolores Carabajal; tampoco a alguien a quien le decían "pecho i tabla". Sí recordó perfectamente a unos jóvenes de Santiago del Estero, Germán y Anabel Cantos, a quienes vio en el Arsenal, pero no recordó a Luis Antonio Campos. Dijo que recuerda a Luis Eduardo Falú, de Arsenales, que estaba en un compartimento al frente del suyo y que lo conocía de la facultad. A Villita Sánchez, que tenía una cerrajería y estaba casado con una señora Noli, no lo recuerda. A Juan Francisco Carreras le pareció recordarlo de la militancia en la universidad pero no recordó haberlo visto ni haber sabido nada de él de los campos. A Hernán Eugenio González, estudiante de medicina, lo recuerda perfectamente aunque dice que no lo vio pero supo que estuvo en Arsenales. Dijo que recordaba a Raúl Alberto Vaca Rubio y que le comentaron que estuvo en Arsenales; que a María Teresa Sánchez de la Vega, -"Mori" Sanchez quien estudiaba psicología-, dijo que la recordaba pero que no la vio y que Aída Villegas le dijo que estuvo secuestrada en Jefatura de Policía pero que también le comentaron que estuvo en el Arsenal; respecto a Tina Gonzalez, de Empalme Ranchillos, comentó que le sonaba el nombre pero no pudo afirmar si de los campos o de afuera; en cuanto a Fortunato Leandro Fote indicó que lo vio en Baviera y después en Arsenal; que a los Argañaraz de Simoca, los vio en Baviera tanto al padre como al hijo, pero que a Armando Archetti no lo recordaba. También señaló que recordaba de Arsenales a un médico de Alderetes, de apellido Augier; que le pareció recordar el nombre de Julio César Campopiano de Arsenal, pero que no estaba seguro y que no recordaba a Félix Viterbo Corbalán. Expresó que no recordaba el nombre de Ernesto José Segundo Cruz, estudiante de ingeniería química, pero sí a un muchacho que le decían el "loro" Cruz en la facultad pero no sabe si estuvo en alguno de los campos y que a Alberto "el negro" Díaz, de la Banda del Río Salí, no pudo recordarlo. Expresó que tampoco puede recordar a un estudiante de bioquímica de apellido Del Castillo que trabajaba en el Ingenio Fronterita ni al estudiante de arquitectura José Ignacio Díaz Saravia. Respecto a un empleado del Banco Nación, de apellido Medina Gutiérrez, señaló que recordaba a un muchacho del sur que le decían "la chancha Medina" pero no pudo afirmar con certeza si estuvo o no en el Arsenal, en cambio sí pudo asegurar que su mujer estuvo en Arsenal. Manifestó el testigo que no recordaba a Beto o Peto Pereyra, del Ingenio Aguilares; ni a Justo Faustino Rodríguez y Pedro Ricardo Rodríguez. En relación a una de las mujeres a las que aludió en su declaración escrita, manifiestó que actualmente sólo podía recordar que se llamaba Mary e indicó que en la declaración aludida consta su apellido; asimismo recordó que había otra mujer oficial o suboficial que rotaba en la guardia como personal femenino y que era la mujer de uno de los oficiales del SIC, de Chaile hijo, porque había dos Chaile: un padre y un hijo; finalmente agrega que no recuerda otros nombres o descripciones de personal femenino.- Relata que los papeles y archivos que le hicieron cargar cuando desactivaron el SIC, fueron a parar a la oficina de inteligencia del D2 de la Policía pero que no sabe qué hicieron luego con esos papeles. Respecto a Nueva Baviera, expresó el testigo que él sabía que se trataba de una base militar por dos razones: En primer lugar, desde antes que lo detuvieran conocía que ahí estaba el centro de operaciones y, en segundo lugar, porque escuchaba permanentemente llegada de camiones, salida de helicópteros; relata que el lugar era como una instalación de un laboratorio, que había unas mesadas de mármol grande sobre columnas, era como un gran salón como laboratorio y adosado a ese salón había dos pequeñas habitaciones, un baño, y se entraba por un cuarto como si hubiera sido una entrada de recepción; indica que todo ese edificio estaba junto a una especie de rampa de entrada de autos que tenía un techo muy alto, como si fuera un galpón, y que esa era la zona en la que estaban los secuestrados. Especifica que en las dos habitaciones pequeñas era donde interrogaban, y los prisioneros permanecían en el salón grande y en las dos habitaciones pequeñas cuando no había interrogatorios; cuenta que a él lo tuvieron en esas habitaciones para mantenerlo aislado. Contó el testigo que en general no había muchos prisioneros en ese lugar, que eran alrededor de ocho o diez, pero que en algunas oportunidades llegaron a ser treinta o cuarenta personas aproximadamente, pero que la gente estaba poco tiempo allí. Dijo que a algunos de los prisioneros que vio en Baviera, los vio luego en Arsenales, que él estuvo en Jefatura, luego en Baviera y después a Jefatura nuevamente; de ello el testigo deduce que era un campo de concentración "de paso". Considera que a diferencia de otros lugares, además de no ser un grupo grande de personas, no era casual que fueran todos agentes de policía y cabos, que incluso el que dirigía el grupo era un cabo primero; por lo que le parece que era algo constituido para cuidar prisioneros y para hacer uno que otro operativo. Cuenta que los que iban a interrogar eran gente del Ejército, y que no sabe a quién respondían orgánicamente, supone que respondían a la jefatura de la base de operaciones que estaba allí; afirma que había integrantes de otras fuerzas y que vio marinos en el lugar. Relata que el jefe de la base era aparentemente Arrechea, además identifica al Mayor Neme como el segundo en la zona de operaciones y que estaba en forma permanente en la zona donde estaban las personas secuestradas, y que le consta porque ellos no tenían problema en identificarse y entre ellos hablaban normalmente y lo nombraban sin ningún tipo de problemas. Cuenta que a Valdiviezo, del Regimiento 19, lo vio dos o tres veces por esa zona y le parece que participó en alguno de los traslados de gente. En cuanto a las bases de Lules, Bella Vista y Monteros expresa que eran pequeñas bases o asentamientos militares y que cree que había bases por todos lados. En relación al Arsenal Miguel de Azcuénaga cuenta que fue trasladado allí desde Monteros y que le parece que ese traslado estuvo a cargo de personal de gendarmería en un auto; especifica que esas personas no estaban en Monteros sino que lo fueron a buscar de Monteros. Dice que los gendarmes se encargaban de custodiarlos, los llevaban al campo a hacer las necesidades, a la hora de comer y custodiaban la zona. Relata que por las noches no veía otro personal aparte del de gendarmería y que éstos de vez en cuando sacaban a algún prisionero y le daban una paliza en particular o sacaban a todos para lo mismo, no para interrogarlos sino más bien para diversión o por bronca. Manifiesta que no puede asegurar si hubieron abusos a mujeres en el Arsenal pero sabe que es un comentario que escuchó permanentemente en todos lados pero no puede asegurarlo porque no lo vio. Piensa que en un pabellón había aproximadamente quince personas de cada lado, o sea alrededor de treinta personas, cree que entre treinta y cuarenta personas había por división y que en el tiempo que estuvo el lugar estaba lleno de gente. Cuenta que había una guardia que los obligaba a rezar, otra los obligaba a cantar, los que los obligaban a rezar decían que den gracias a Dios por estar un día más vivo. No puede decir la cantidad de gente que sacaban en cada traslado pero cuenta que de repente faltaba gente. Al único que pudo identificar es a un oficial del Ejército que le decían el Capitán Moore y que lo identifica como un oficial del 142, a quien también vio y escuchó en Baviera, y en el Arsenal. Sobre la obligación a rezar que recibían por parte de los guardias en el Arsenal el testigo dijo que eso dependía de los mismos guardias, que algunos los hacían rezar y otros a cantar. Que los primeros les decían que debían rezar por estar vivos un día más. Que durante su estadía en Arsenal no pudo determinar la cantidad de personas que eran trasladadas. Dijo que luego de ello faltaba gente, pero que no sabe cuanta. Respecto de los miembros del Batallón 142 dijo que al único que pudo identificar en aquel momento porque lo había visto en Nueva Baviera era al Capitán Moore, pero a otros los conocía solo de vista. A Moore lo vio en Baviera, con quien había hablado allí y lo percibió en Arsenal. En relación a las visitas que le realizaban a sus padres cuando él se encontraba en España dijo que según le contaron sus padres, fue un tal Héctor Domingo Calderón quien estaba a cargo de la policía en Baviera y luego perteneció al SIC. Que luego había otros pero no recuerda sus nombres. Que recibió muchas cartas anónimas de amenazas mientras estaba en España y que dos de ellas fueron firmadas. Una de ellas por Enrique Flores del SIC y otra por "el cordobés" que él supone que era De Cándido. Sobre el rol de la Policía de Tucumán durante la llamada lucha antisubversiva dijo no poder decir el papel que cumplía, que supone que era un rol importante. Que lo que sabe es que existía un grupo especial de inteligencia de la Policía de Tucumán, interno, que tenía una zona a cargo dentro de la Jefatura de Policía y que había un supervisor militar especifico con ese grupo por fuera del Jefe y Subjefe de Policía. Dijo no saber cuando comenzó a funcionar esa supervisión atento que cuando lo "agarraron" ya funcionaba así. Respecto del área de jurisdicción del SIC y su relación con las comisarias del interior de la provincia dijo que ese grupo tenía participación en el conjunto de la policía, eran reconocidos como tales y podían moverse en el ámbito provincial. Explicó que con el concepto "masificación de la represión" en Tucumán quiso decir que se dio en todos los niveles contra organizaciones armadas, contra sindicatos, contra estudiantes, y contra todo lo que pudiese ser oposición a un proyecto que existía en Argentina. Respecto del desarrollo de la lógica de los operativos dijo que si había un detenido había que romperlo, torturarlo, destruirlo, había que obtener información y luego realizar la misma operación hasta conseguir información. Dijo que la circulación de la información conseguida era básica, se escribía muy poco, quedaban documentos de la gente. No vio una sistematización clara de la información. Que al llegar las personas detenidas y luego de pasar de la zona de tortura al calabazo se le asignaba un número. A partir de allí, cuando tomaban la asistencia diaria, los administrativos, preguntaban por números, no nombres. Respecto de la existencia de abusos sexuales o violaciones dijo haber escuchado comentarios pero que no puede aportar datos exactos. Que la capacidad del Arsenal para albergar detenidos se le ocurre que podían ingresar entre 25 y 30 personas en condiciones de hacinamiento y podían existir entre 10 o 15 calabozos individuales. Que había otro calabozo grande al lado de esos pero que siempre estuvo vacío. Que ahí estuvo él entre los meses de julio y agosto del 77. Colindaba con las oficinas donde torturaban a la gente. Queexistía la posibilidad de que allí entraran cerca de 30 personas. Que el valor de la vida humana se acaba una vez que una persona era detenida. Sobre el circuito interno de traslado del detenido dijo que primero ingresaba a la zona de tortura, que cuando pensaban que esa etapa, al menos en forma intensiva había terminado, iban a parar al calabozo pero ello no significaba que no pudiera volver a la zona de tortura. Que salvo que apareciese una información nueva, quedaban en el calabozo hasta "el traslado a donde sea". Sobre la detención del comisario Wenceslao Quintero dijo que recordar comentario del hecho pero no quienes lo habían secuestrado. Que la Policía tenía una intervención de hecho ya que el Jefe y el Subjefe eran militares y que el grupo especial policial dentro de inteligencia tenía control del supervisor y/o dirección de personal militar. Que esa relación generaba tensiones, al grupo no le gustaba estar controlado ni obedecer instrucciones de un supervisor militar. Que en un momento determinado D'Ursi comenzó una investigación contra Albornoz, no contra la Policía. Que a Juan Abraham lo conoció del SIC, que María Acosta Barraza era del SIC, alguna vez la vio en la guardia, que le pareció que tenía funciones administrativas pero no tiene demasiados elementos. Que Hugo Javier Figueroa era de la guardia del SIC. Que Pedro Joaquín Pasteris era del SIC y tenía un taller de auto donde hacían los trabajos de los autos de ellos. Que Rolando Reyes Quintana estuvo en el SIC. Que Antonio Esteban Vercellone también era del SIC. Dijo que los antecedentes de Roberto Albornoz para llegar a ser jefe del SIC estaban relacionados a la represión política de los 70. Que él era uno de los personajes policiales que actuaba en la represión política. En relación a la participación de los Ingenios Azucareros en el secuestro y desaparición de personas dijo que recuerda personal del Ingenio Fronterita estaba ligado al grupo operativo de Baviera y que un área de recursos humanos de la Scania pasaba información al SIC sobre la actividad gremial. Dijo que en aquel momento funcionaban grupos como la Triple A y de tareas desde el 75 que eran casi todos lo mismo. Sobre Aída Villegas dijo que no la conoció hasta que la vio en el campo de concentración de Baviera, cuando la llevaron ahí ella se presentó. Dijo que no la conocía de antes. Que a su hermano Jorge lo conoció de la militancia de la Juventud Universitaria Peronista. Dijo que a Jorge Villegas nunca lo vio en Baviera, que supo que estuvo en Jefatura. Sobre las declaraciones que realizó con posterioridad a la prestada ante la CADHU dijo que declaró muchas veces, una de ellas en el año 85 ante el CELS, y ante una Comisión Bicameral de Tucumán que lo entrevistó en Buenos Aires. Dijo no recordar si alguna de ellas fue ante un escribano público. Sobre la última declaración dijo que le hicieron preguntas sobre la realizada ante la CADHU, que fue ante la ONU. Que le pidieron una ampliación sobre algunos casos en particular. Luego de la lectura de listas elaboradas en declaraciones anteriores, el testigo ratificó todo lo declarado con anterioridad, manifestando no poder recordar absolutamente todo, razón por la cual pudo haber contestado que no ante alguna de las preguntas de la abogada querellante. Que esos listados los trató de hacer en su momento reconstruyendo todo lo que recordaba y lamentablemente hoy recuerda menos. Dijo no recordar nombres y grados de miembros del Batallón 142, a excepción del Capitán Moore. Dijo suponer que había oficiales y suboficiales y que con seguridad, civiles integraban ese batallón. Dijo que dentro de Arsenal no vio nada, no puede identificar a la gente que se encontraba allí, aunque cree recordar que todos estaban de civil, incluso el personal de gendarmería que los custodiaba. Manifestó que uno de sus interrogadores se identificaba como un compañero de la facultad y no como miembro del Ejército, lo cual lo lleva a pensar que había personal civil. Aclaró que esas son consideraciones propias de él según las circunstancias. Sobre un tal Maldonado dijo que Leandro Fote le comentó que lo habían llevado con él de Buenos Aires y cree recordar que Lucho Falú le dijo que Maldonado estuvo en el Arsenal, aunque no lo conocía ni lo vio. Sobre "el chaqueño" Pérez dijo que lo conocía de la militancia en la Universidad, que militaba en el PRT y coincidieron en charlas, discusiones de la Universidad ya que él era responsable de la JUP. Que lo vuelve a ver en el Arsenal, lugar donde Pérez repartía comida. Que a eso se refería cuando en otra declaración afirmaba que tenía una situación especial. Dijo que esa situación fue la misma que él tenía cuando estaba en Jefatura. Dijo que no pudo intercambiar opiniones ni charlas, solo saludos cortos. Respecto de una tal "Piturra" dijo creer que era la pareja del "chaqueño", que ella también repartía comida en el Arsenal y que la conocía de la facultad de arquitectura. Sobre el traslado de prisioneros a un lugar llamado el "Pozo" y él porque llevaban bidones de nafta dijo que él estaba convencido, que a quienes trasladaban allí los mataban y que por eso llevaban esos bidones. Dijo no saber ni donde ni cómo. Ante la pregunta de si el cura Gervan era el mismo que el cura Gaucho dijo que si. Que era una persona de unos cincuenta años, que lo secuestraron en el sur y que lo llevaron a Baviera con su rastrojero. Dijo no saber quien era el cura Cabrera. Sobre Pío Laghi dijo que en su estadía en Baviera un día los hicieron bañar, le dieron ropa limpia y los sacaron al playón donde estaban Bussi, Arrechea y bastante gente de la Iglesia, vestidos con ropa de hábitos de la Iglesia. Que le presentaron a uno de ellos y Bussi le pedía que le preguntara sobre su estado y sobre si su familia sabía que estaba detenido. Que esa persona le regaló un rosario y una biblia y que luego le dijeron que era Pio Laghi. Por otro lado expresó sobre el Arsenal que cuando lo llevaban intentaba reconstruir en su cabeza por donde iba, en lo posible tener una idea temporal y que cuando lo llevaron al Arsenal el intuía que estaba allí. Que no había ingresado por la puerta principal sino que lo hacían por un camino corto y paralelo a la ruta y que allí había un control. Que ese camino era sinuoso. Que cuando estuvo en semilibertad pasó muchas veces por ahí e identificó la entrada y el puesto de control. Dijo no saber si hoy podría reconocer ese lugar atento que era una zona de monte que vio una vez de entrada y otra de salida. Manifestó que estando en Jefatura tuvo claro que allí había otro campo y que prisioneros iban a ese lugar y que está convencido que más de un detenido en Jefatura terminó yendo a Arsenal. En relación a como supo que Berta María Soldati estuvo en Jefatura dijo no recordar como pero que fue parte de la reconstrucción de información a la que fue accediendo por los compañeros. Que a Berta la conocía de antes, de la militancia en Montoneros y que estando él en libertad se enteró que ella había caído y que no había aparecido más. Que no supo quiénes fueron sus captores. Dijo no constarle que hayan sido secuestrados conscriptos militares, que lo leyó pero que no le consta ni lo supo. Respecto de cómo supo las fechas a las que se refirió en declaraciones anteriores dijo que haciendo memoria y relacionándolas con momentos de vivencias propias. Que esas fechas fueron estimativas y que puede ser que haya errores. Que trató de armar una cosa organizada que fuese lo más valedera posible, que le sirviera a los familiares. Sobre el momento del secuestro de Berta Soldati dijo que fue antes y cerca de su secuestro y de Luis Alberto y Carlos Severino Soldati nunca tuvo información. Expresó que a la Dra. María Alicia Noli la conoció en el año 1985 y nunca pudo haber sabido algo de su marido porque entonces no la conocía. Dijo que a Leandro Fote lo vio por primera vez en Nueva Baviera, que allí pudo hablar con él y es donde le dijo que lo habían secuestrado y llevado a Tucumán y en Arsenal solo lo vio. Estaba bien, como se podía estar en un campo de concentración. Que el imputado D'Ursi nunca intentó justificarse sobre la forma que realizaban las detenciones, que sostenía que era una guerra. Ante la pregunta de si se respetaba la normativa internacional referida a la guerra dijo que "ello es una evaluación política y que tiene claro que independientemente de lo que se diga, estamos hablando de miles de secuestrados, de miles de desaparecidos, de miles de torturados, entonces que es suficiente". En relación a si existía un criterio distintivo para trasladar a una persona a Jefatura o Arsenal dijo que los hombres que lo hacían pertenecían a una fuerza determinada y que se llevaba a la gente a los campos donde esas fuerzas operaban. Que si a él lo hubiese secuestrado gente del 142 con seguridad hubiese tenido su primera escala en el Arsenal en vez de haberla tenido en la Policía. Que uno iba a parar a donde operaba la fuerza que lo había secuestrado. Dijo que el personal que operaba en Jefatura se especializó en Montoneros y que el personal del 142 se especializó en miembros del PRT pero que a pesar de ello ambas fuerzas operaban contra todo elemento que consideraran que era un objetivo para la destrucción, independientemente si era radical, peronista, sindical o lo que sea, que según se operaba sobre un sector posiblemente se iba consiguiendo información de ese sector, que esa fue la lógica. Sobre el rol que cumplía Vercellone dentro del SIC dijo que este era un hombre más de los operativos independientemente que no lo vio en un rol tan activo como a otros. Con respecto al secuestro de los miembros de la familia Rondoletto expresó no tener datos y que se enteró de tal situación estando en Nueva Baviera por Aída Villegas quien fue la que le comentó. Cuando volvió a Jefatura nadie le comentó, era como un silencio sobre el tema y en Arsenal tampoco supo nada. Que supo que Marta Rondoletto estaba fuera del país por lo que no estaba secuestrada. Que era muy amigo de Jorge y Azucena, y que estuvo en casa de ellos días antes del secuestro. De Enrique Campos dijo que lo conocía del año 73/74 de la militancia y que lo identificaba como un compañero de la JP, que no tenía una relación de amistad ni personal y que lo volvió a ver en el año 77. Dijo que se lo conocía como "Manuel" y que no recordaba quien lo llevó herido a la Jefatura, que lo vio herido, que le dijeron que lo habían identificado en un control en la zona oeste y al intentar huir le habían disparado en la espalda. Que no lo vio cuando llegó a Jefatura. Dijo que él diría que Campos no fue sometido a torturas allí porque se lo llevaron rápidamente porque se moría. Que le dijeron que lo llevaron al Hospital Militar. Que fue una sorpresa verlo a la semana o a los diez días nuevamente en Jefatura donde lo llevaron y tiraron en un colchón diciendo que como no quería colaborar lo dejarían para que se muera. De Ricardo Salinas y su compañero dijo que supo que estuvo. Expresó que lo conocía de un grupo de militancia que se llamaba Evolución Tucumán. De Estela López, de apodo "la insurrecta" dijo recordar a una chica en el año 72/73 que estaba en el mismo grupo de militancia, bajita, rubita y de pelo enrulado. Sobre una persona de apellido Rodríguez de apodo "el toro" del Sindicato de trabajadores del Sur de Huasa Pampa con problemas cardiacos dijo no recordarlo. Sobre la existencia de abusos sexuales en los centros de detención expresó que ello es una evaluación, que quizás en el Arsenal se podría haber dado, pero es solo una impresión. Respecto de Pio Laghi dijo no saber en eso momento quien era, ni quien era el nuncio. Que después se enteró que era el embajador del Vaticano en Argentina. Dijo que su impresión personal fue que en la causa N° 13 (juicio a las Juntas), no se consideró su testimonio por la presión de la Iglesia. Que recuerda amenazas y protección a su mujer y a sus hijos. Que le llamó la atención que pese a que quería declarar no lo hubiesen llamado, aunque en el diario salía la presión de la Iglesia por la implicancia que yo le daba. Contó que cuando estuvo detenido en Potrero de la Tablas lo hicieron dar un vueltita en helicóptero y lo colgaron con una soga. Respecto de Luis Alberto Gallardo Paredes dijo no recordarlo. Del Sargento de policía García dijo que fue uno de los jefes de equipo de guardias del SIC y lo secuestraron ahí muchos meses hasta que lo sacaron con un traslado, tal vez haya sido el último ante de desarmar el Sic. Dijo que decían que García informaba a familiares de detenidos sobre esas detenciones. Que el último traslado antes de cerrar el campo de concentración inventaron que se había desatado una epidemia de hepatitis porque no querían que quedara nadie. Que en realidad le habían dado un medicamento a los que quedaban detenidos allí y les daba los síntomas de hepatitis. Dijo que no cree que los hayan llevado a otro campo. Del Dr. Ángel Gerardo Pisarello dijo que no supo si estuvo en Jefatura. Que lo conocía porque era el abogado de su hermano. Dijo que vio listado pero que no recuerda alguno que haya sido elaborado en el Hospital Militar. Sobre la alimentación en Arsenal dijo que era un poco mejor que la que le daban en Jefatura. Que le daban una taza de leche a la mañana, un guiso con un pedazo de pan. De María Trinidad Iramain "Trini" que era artista dijo no recordar. Respecto de lo sucedido con los bienes de Diana Oesterheld y Fernando Araldi dijo que en ese momento no supo nada, que luego leí sobre la usurpación de su casa. Sobre la disposición de los bienes de gran valor dijo que en principio quedaban para el grupo operativo, sobre todo los autos que se utilizaban en los operativos. De los inmuebles dijo que eran mucho más escasos, dijo recordar una en calle Chacabuco, una en la continuación de calle Rondeau o Bolívar que la tenía el Comisario Bulacio y cree recordar la casa de Juan Masaguer que estaba en el Este también se la apropiaron. Que cree que el oficial Quintana fue quien la tuvo. Manifestó no recordar a una policía de nombre María Elena Guerra ni a Carlos Osores. Dijo que a través de la gente del CELS se ofreció como testigo. Que no fue a declarar ni conocía una resolución de ese Tribunal que manifestaba que no se había comprobado su privación de libertad. Dijo considerarse una víctima. Manifestó el testigo que en su vida desde que salió de los campos hasta la actualidad ha escrito y hablado muchas veces y que la verdad se fue formando con ideas y conocimientos que ha ido teniendo. Dijo que la primera declaración fue en el año 80 u 81 ante la CADUH que fue presentada ante la ONU y dijo no recordar si alguna de sus declaraciones fueron realizadas con elementos que percibió al momento de los hechos o después de ellos, aunque pudo recopilar esas informaciones por lo que le contaban otros de los otros. Sobre el plano realizado en el año 1984 del Ingenio Nueva Baviera y su funcionamiento dijo que lo que no pudo explicarle al Fiscal General es el funcionamiento de la base militar. Respecto de sus dichos sobe la gente que estaba con Neme, su grupo, que lo nombraban libremente (a Neme) dijo que era un grupo que lo tenia a él y que estaba al mando de Calderón que se hacían cargo de la guardia del campo de Baviera. Aclaró que desde Septiembre u Octubre del 77 hasta el 78 estuvo horas hablando con unos u otros (con sus captores). Ante la consulta de la Defensoría Oficial aclaró que él salió del país en Septiembre del 78; que no existe contradicción en sus dichos sobre las personas que dijo ver o supo que estuvieron ya que en las condiciones en que se encontraba en el calabozo individual, por debajo de la venda podía ver a los que tenía enfrente, podía establecer una comunicación y que ello no significaba que no estaba incomunicado, situación que muchas veces rompía. Sobre lo declarado en relación a que tanto él como Clemente se encontraban más cerca de D'Ursi que de Albornoz dijo que D'Ursi les hablaba más e intentaba comunicarse más con ellos. Que fue varias veces al domicilio de él, muchas de ellas porque les pidió que lo acompañaran y otras veces para conversar temas que no quería hablar en Jefatura. Dijo que iban en carácter de confidentes. Que no sabe quién sabe de esas visitas y que D'Ursi vivía en un edificio de calle Muñecas y av. Sarmiento. Que los trasladaba normalmente en el auto y que no sabe quién determinó su salida del país pero que fue este quien la oficializó. De un tal Ingeniero Paz dijo no recordar. Manifestó que González Naya fue uno de los primeros que lo torturo a su llegada y eso cambio y tuvo conversaciones con él sobre si colaboraba con el SIC. No tuvo contacto con Arrechea en Jefatura. Que puntualmente González Naya nunca lo sacó de Jefatura con otras personas. Dijo que en Nueva Baviera vio a Valdiviezo y que supo que era él porque entabló una relación y la gente decía que era el teniente Valdiviezo. Expresó que pasó una sola noche en Regimiento 19 de Infantería cuando lo llevaron de policía a la base de San Javier. No supo quien le dio la libertad vigilada y que la misma consistía, primero llamaron a sus padres y le dijeron que estaba vivo, que fue el inicio de blanquearlo, estuvo con sus padres y luego lo llevaron a Jefatura. Dijo que luego lo volvieron a llevar a su casa, le permitieron que se quedara a dormir allí y lo buscaron por la mañana y luego de ello lo dejaban ir a su casa y que volviera. Expresó que a la fecha su madre vive pero su padre no. Con vecinos dijo que supone haber tenido contactos pero amigos en ese momento no había. Dijo que de todas maneras su vida se desarrollaba todo el día en la Jefatura y a la noche volvía a su casa a dormir. Que su madre vive en España. Manifestó no recordar quien se encontraba a cargo al momento que le permitían sacarse la venda, que seguramente había indicaciones de la Jefatura para ser más permisivos o por lo menos que quienes lo hacían creían que no estaban transgrediendo ordenes concretas. Dijo que asocia la etapa en la cual podía estar permanentemente sin vendas a quien estuviera y el trato que tuviera con el. Respecto de ese trato dijo no poder dar nombres aunque dijo que por ejemplo en Arsenal había una guardia que los "molía a palos", otra guardia que los hacía cantar. En Jefatura había dos guardias, muy terribles aunque no recuerda a mando de quien y otras que no lo eran tanto. Que la de Hugo Figueroa no era tan terrible. Dijo no conocer otras personas, además de Clemente, que hayan conversado con los supervisores militares. De Nora Montesinos dijo que estuvo un tiempo en el campo y luego estuvo controlada. Que no sabe cómo era su relación personal con la gente del SIC. Dijo que si era común que los supervisores hablen con los detenidos, unas veces muy mal, a través de la tortura, otras veces jugando el rol de malo y bueno y al final preferían hablar con uno de ellos ante que con uno del SIC. Dijo que había un sector en jefatura donde no ingresaba nadie excepto que estuviese autorizado por el supervisor militar. Que los administrativos del SIC estaban en esa zona, los demás no entraban allí. No recuerda a un tal Víctor Fontanarrosa. Dijo creer que no había gente del Destacamento 142 en forma permanente en el Arsenal ya que allí solo había gendarmes custodiando. Sobre un ingreso a la policía en enero de 1978 dijo que nunca ingresó aunque si firmó muchos papeles y que le hicieron un examen médico para ese ingreso, aunque tampoco lo vio a ese informe. Dijo que no le quedaron lesiones de las torturas recibidas, excepto las psicológicas. En relación a como supo los nombres de las personas que vio detenidas en el Arsenal dijo que fue porque los pudo ver, independientemente de las condiciones. Que si uno tiene voluntad y memoria puede reconstruirlo. Que no le consta que haya habido un hospital móvil en el Arsenal. Aclaró que fue secuestrado en un bar, que como lo explicó en alguna declaración, es posible que lo haya explicado de una manera o de otra pero ratifica ante el Tribunal que secuestrado en el comedor de un club de un pasaje paralelo a la avenida Colón. Con respecto a la contradicción en dos declaraciones diferentes sobre la forma en que lo trasladaron (en ambulancia o Falcon azul) dijo que nunca fue en una ambulancia del Ejército a ningún lado. Dijo que cuando dice que estuvo en Nueva Baviera hasta fines de enero es así, lo cual no significa que no lo hayan sacado dos días y llevado a Monteros, lo cual él reconoció. Que no tiene una percepción que hayan sido 20 días los que estuvo en Monteros, que cree fue una situación totalmente transitoria y que desde Monteros lo trasladan al Arsenal. Aclaró no entender las divergencias en una declaración leída por la Defensa Oficial en cuando a los tiempos que estuvo detenido en cada uno de los campos ya que afirmó y reafirmó ante el Tribunal otros datos. Dijo no tener documentación probatoria acerca de sus captores. De Julio Abraham dijo que solo conoció un Abraham que no sabe si es Julio o Juan. Que trato de recomponer todo lo que recordaba de la gente del SIC y el Sr. Abraham estaba en administración. En relación a la evaluación que realizó sobre su creencia de la existencia de abusos sexuales en el Arsenal dijo que ello es así atento a que en las noches se sacaba a la gente con bastante libertad por parte de la guardia e igual que se sacaban hombres, se sacaban mujeres. Que solo hizo una evaluación posible. Dijo no recordar exactamente la fecha que salió del país, que sabe que fue en septiembre del 78. Reafirmó que en Noviembre del 77 aproximadamente se desmanteló el SIC y que luego de ello solo sabe que estuvo allí uno o más días una chica llamada Norma Sivantos. Que ello le contó la gente del SIC aunque cree que ellos no fueron los que la llevaron, que es posible que la hayan llevado a Arsenal. Supo que los guardias del Arsenal eran de Gendarmería porque ellos conversaban con los detenidos. De las cartas amenazantes recibidas dijo que por el contenido de las mismas siempre las asoció a los miembros del SIC. Que nunca cobró salario alguno de la policía. Dijo que nunca, jamás, vio a Clemente vestido de policía, sin embargo lo vio con el arma reglamentaria. Que de los años 70, por su actividad de militancia, solo recuerda que se hablaba de Albornoz, Sirnio, Tamagnini, como personajes de la policía que se encargan de la represión política. Que su alias era "Pancho". Dijo que hubo un tiempo en el que estaba en Jefatura de la mañana a la noche y luego ya volvía a comer a su casa, volvía a la noche a su casa u otro lado. Que era un régimen de control pero se movía con mucha libertad. Una vez en libertad dijo que mando postales desde Guadalupe y cuando llegó a España para que supiesen porque tenía temor a que si dejaba de informar donde estaba pudiese pasarle lo mismo que a Nora (Montesinos) que le mataron dos hermanos. Dijo que su objetivo dentro de Montoneros era la revolución peronista y que si sabía que era una organización declarada clandestina. Sobre los trabajos que realizaba en el sur de la provincia dijo que los mismos consistían en contactar a quienes trabajaban en los ingenios y tratar de organizarlos sindicalmente. Que él trabajaba en la JTP ya que no estaba más en la universidad. Dijo que el día que lo secuestraron había ido al comedor, a comer. Que sus secuestradores no estaban de uniforme, eran todos de civil. Aclaró que siempre estuvo con venda en Arsenal y que en Jefatura como en algunas ocasiones en Baviera estuvo sin vendas. Dependió del momento, lugar y de la guardia. Dijo que en Madrid se encontró con otros sobrevivientes de campos de concentración y que ahí se dio cuenta que Clemente, Nora, Osvaldo Pérez y él no eran los únicos sobrevivientes. Dijo que los secuestros se realizaban las 24 horas, esencialmente durante la noche pero también los había de día. Dijo que no marcó gente ni fue participe de ningún procedimiento. Que el trato hacia él fue distinto porque ya habían pasado dos años, porque duró y perduró, porque se generó una relación distinta con la gente del SIC a cuando era "una bola de carne atada y vendada que solo habla por medio de la tortura" y que la situación de la provincia y él país fue cambiando, lo que generó nuevas condiciones. Dijo que la teoría de la recuperación de militares significaba que ellos intentaban dejar viva a algunas personas. Que ellos deben haber entendido que si él se iba a su casa y volvía significaba que no se iba a escapar. Que luego que se fue y se dio cuenta que su familia estaba fuera de peligro empezó a contar sobre la información que había recabado. Dijo que no conocía el Código de Justicia Revolucionario de Montoneros. Dijo que a Figueroa lo vio muchas veces mientras existió el campo de concentración del SIC, luego cuando se desmantela a fines del 77 no lo vio más. Por ultimo dijo que esta situación le trae muchos recuerdos desagradables y que es un homenaje a tantos cientos de muertos.

VILMA HORTENSIA RIVERO

Antes de que la testigo declare se procede a reproducir el audio del testimonio prestado con anterioridad en la causa "Jefatura 1". Describió que su hija trabajaba en el Sanatorio Rivadavia y que antes de salir de allí habló con su padre para decirle que iba a tomar un café con unas amigas y que volvería a las 23 horas. Que mientras iba caminando por calle Muñecas con sus amigas, una de apellido Arroyo y otra de nombre Mary, baja un hombre armado de un Falcón naranja y la secuestra. Agrega que todo esto fue presenciado por las amigas que iban con ella y por otra chica que volvía del teatro San Martín y se escondió detrás de un árbol para ver todo. Dijo la testigo que no recuerda su nombre, pero esa mujer la llamó y le contó del secuestro de su hija y que antes de que la capturen puso cara de sorpresa y retrocedió. Manifiesta la testigo que seguramente la sorpresa de su hija fue porque reconoció al entregador. Luego afirma que las amigas siguieron caminando y volvieron al Sanatorio. A continuación relata que al enterarse del secuestro, su marido buscó dar con el Comisario Albornoz quien dijo que iba a recibirlo pero nunca lo hizo. Que ellos lo conocían a Albornoz y su familia de antes porque eran vecinos. Luego señaló también que Albornoz era muy cercano a la familia Berardi y que ellos tenían vinculación con un pariente suyo, es por eso que acudió a Berardi y su marido para pedirle una entrevista a Albornoz. Indica que cuando pudo hablar con este le dijo que le preguntara a los amigos de su hija, los Montoneros. Que esa conversación con Albornoz tuvo lugar en la calle, en las proximidades de su casa, en Banda del Río Salí. Luego pasó a relatar que cuando su hija se recibió del secundario le regaló un anillo de perla cultivada y que un día fue su cuñada a la casa con ese anillo y lo reconoció. Que su cuñada le explicó que su sobrina se estaba por casar con el hijo de Albornoz. Agregó que a pedido de su cuñada nunca le dijo nada a su sobrina. Que ese matrimonio duró muy poco y que su sobrina tiró el anillo porque no sabía que era de su prima. Afirmó que fue a la "Bicameral", a la CONADEP, a la Nunciatura y al Tercer Cuerpo pero nunca logró nada. Luego continuó relatando que en la búsqueda de su hija visitó siete iglesias y rezó pero ya no cree en muchas falsedades de la iglesia Católica, aunque sí en Dios. Que cuando fue a la Nunciatura la atendió un sacerdote, de quien no recuerda el nombre, quien le dijo que en esos tiempos muchos religiosos colaboraron, y, agregó, nunca la Nunciatura le contestó por escrito las gestiones que inició. Afirmó que su hija la habló dos o tres veces desde la Jefatura y le dijo que estaba bien, que se quedara tranquila porque colaboraba, por lo cual la declarante ahora sabe que seguramente fue torturada y por eso "colaboraba". Que la llamada de su hija fue antes del 9 de julio y que le dijo que calculaba que para esa fecha la iban a liberar. También indicó que una mujer de apellido Marteau le dijo que vio a su hija en la Jefatura entre siete chicas que iban a viajar a Salta por lo cual fue a Salta, a la cárcel, pero no había nada allí. Luego pasó a relatar que su hija formaba parte de la Juventud Peronista y que por la actividad política de su hija, antes del secuestro, durante un año vivió en su casa una chica mendocina, Lilia Sesto. Recordó que Sesto muchas veces no volvía a dormir a la casa, por lo cual le reclamó a su hija y le dijo que si seguía haciendo eso no podría vivir más en su casa. Además, señaló que en una oportunidad Juan Martín pasó por su casa y que al preguntarle a su hija por él, le contestó que también era de la Juventud peronista y que era pareja de Sesto quien se encontraba embarazada y que se iba a casar con él. Luego relató que la misma Lilia Sesto llevó a su casa a una niñita de un año y meses, que su marido se opuso a recibirla pero la acogió. Que a la semana Sesto la quiso retirar pero ya no quería entregarla porque ya la quería y le pidió tenerla unos días más y luego se enteró que la madre de la niñita murió a los días. Luego indicó que a Sesto también la mataron por lo que su hija le dijo que busque a un señor Bordón que la iba a ayudar a localizar a la familia de la niña. Dijo la testigo que fue a ver a la familia Bordón, que no recuerda si la atendió el mismo Bordón o su mujer y que a Bordón lo secuestraron después y siempre pensó que fue porque ella al ir a verlo ayudó a que le marcaran la casa porque mientras iba en el auto, en compañía de su cuñada, advirtió que era seguida por un auto en el que reconoció al hermano de Albornoz. Agregó que con los datos de la familia de la niñita la llevó a Santa Fe con su familia. Que con el tiempo supo que el "Negro" era Romero, el padre de María Alejandrita y que Lilia le había contado que cuando murió la madre de la niñita se salvó el padre porque la había sacado a la chiquita a caminar por la calle. Que no puede asegurar que el "Negro" le haya entregado la niñita a Lilia, lo único que sabe es que Lilia se la entregó a ella. Concluyó afirmando que los dos grandes entregadores son Martín y Clemente, quien ahora quiere hacerse el héroe. Dijo que acusa directamente a Juan Martín porque era pareja de Lilia Sesto y que supone que la sorpresa de su hija cuando la capturan es porque reconoce a su captor, o sea a Martín o al "Perro" Clemente, aunque nunca lo escuchó nombrar a su hija. Agregó ante estos estrados, en la audiencia del presente juicio, que fue a la Comisión Bicameral a hacer la denuncia por su hija que estaba secuestrada y le preguntaron si sabía del secuestro de la chica Coronel, dijo que escuchó decir que la habían secuestrado a Marta Coronel y a su padre, y que cuando ella pasaba para ir a la parroquia observaba al frente de la casa de esta chica, y una vez miró por la cerradura y vio personas, sobre todo hombres que andaban adentro y al frente un Falcon sin chapa patente, dijo que el comentario en la iglesia es que estaban desaparecidas. Recordó que a su hija la secuestraron el 27 de mayo del 77. Comentaban en la parroquia que en la casa de Coronel estaban policías, pero no puede decir si eran federales, provinciales y no sabe qué rango ocupaban dentro de la policía, dijo que su hija y Marta Coronel se conocían de la facultad de derecho, dijo que en una oportunidad leyó en el diario La Tarde que decía que en la Jefatura de Policía se encontraban 86 personas detenidas y que estaba el nombre de Marta Coronel, y no recuerda quien le dijo que a la chica la picanearon en el pecho y que estaba infectada y que tenía mucha fiebre y que estaba muy mal, dijo que en el diario La Tarde aparecía el nombre de su hija que estaba en la Jefatura de Policía. Supo también que fue secuestrado el hijo del doctor Ariño. Dijo que cuando fue el golpe su hija concurría a la facultad y pertenecía a la juventud universitaria peronista y el esposo de la testigo le dijo que no iría más a la facultad, le buscaron trabajo y empezó a trabajar en el sanatorio Rivadavia, le dijo al padre que iba a volver a las 11 de la noche, como a las 9 y media hablaron y le dijeron que no la esperen a la hija porque la habían secuestrado en un Ford Falcon, sin patente color anaranjado y antes de subir al auto, iba con unas compañeros, y le contaron a la testigo las chicas que iban con su hija que se había sorprendido antes de subir al auto. Dijo que la señora Marteau en una oportunidad la llamó por teléfono y que tenía conocimiento que la vio a la hija en Jefatura y la testigo le preguntó como tenía acceso a la Jefatura y no recuerda buen si le dijo si ella o el marido vendía libros y tenía que ir a cobrar y la vio con 7 mujeres que iban a ser trasladadas a Salta. Manifestó que perteneció a familiares detenidos desaparecidos. Con motivo del secuestro de su hija presentó un recurso de habeas corpus y el doctor Fabio los ayudó en el primer habeas corpus y después se presentó en la Bicameral. Dijo que a Dante Bordón no lo conocía pero cuando su hija estaba detenida la hicieron hablar por teléfono a la casa de la testigo y le dijo que fueran a la calle Fortunata García para preguntar dónde podía localizar a un tal negro, entonces la testigo fue con una cuñada y otra persona y habló con este señor. Manifestó la testigo que ella tenía una niñita en su casa de un año y medio, y la familia Bordón era familiar de la niñita, la niña se llamaba María Alejandra Niklison y la llevó a Santa Fe, cuando la mataron a la chica que la llevó a casa, la mataron a la madre. Se acuerda que la casa de Bordón quedaba por la avenida Alem. Dijo que fue a la casa de Bordón en un auto y fueron seguidos, que es una historia larga, fue con su cuñada y ella se dio vuelta y le dijo que las seguían, dijo que ella no llegaba a comprender la magnitud del desastre que hicieron, que la cuñada le dijo "atrás viene el jetón Lula" que era el hermano de Roberto Albornoz. Dijo que a Bordón lo secuestraron a los pocos días, que se sentía culpable porque era como si ella le hubiera marcado la casa, pero después fue una hija del señor y le dijo que no se sintiera culpable. Manifestó que el padrino de la niña Romero Niklison vivía en Santa Fe, el señor que vivía en la Fortunata García no tenía relación con la niña, pero lo fue a ver a Bordón para que le dijera donde vivía la madrina de la niña. El señor Bordón era hermano del señor Bordón que vivía en Santa Fe en el barrio Guadalupe, entonces ella se fue a Santa Fe y no la quisieron recibir a la niña y la mandaron a la casa de una hermana de la madre de la bebé. Dijo que cuando declaró en sede militar, nunca dijo que no los conocía a los Coronel, dijo que no lo conoció a Juan Martín, que tuvo conocimiento de Juan Martín cuando dijeron en la televisión que abatieron al jefe montonero Juan Martín.

NELIDA ESTHER LESCANO

Comenzó relatando la testigo, quien es la esposa de Juan Ángel Rodríguez, que su marido marido fue sacado del Ingenio Ñuñorco, su trabajo, en noviembre de 1977, junto con un compañero de apellido González. Indicó que su esposo era candidato sindical y que no recuerda que haya tenido problemas con la patronal. Agregó que lo llevaron con la ropa de trabajo y que estuvo detenido entre 10 y 15 días. Que primero fue llevado a la policía de Monteros, donde estuvo como tres días en un chanchito, después lo trasladaron a la Brigada de Tucumán donde estuvo como otros tres días y después lo llevaron al Juzgado donde le dieron la libertad. Agregó que su esposo le comentó que mientras estaba detenido nunca le explicaron por qué lo habían llevado, que sabe que lo golpearon pero no sabe sobre qué cuestiones le preguntaban porque él prefería no recordar nada de lo sucedido. Agregó que el Comisario de Monteros era Almirón. Luego indicó que su esposo recibió tratamiento psicológico por las secuelas psíquicas que le dejó lo sucedido. Por último recordó que tenía por vecino a Risso Patrón y que a su marido solo lo detuvieron en la oportunidad que relató.

MARÍA TERESA CONTRERAS

Dijo la testigo ser prima de la esposa de Juan Ángel Rodríguez e indicó que este fue sacado el 12 de noviembre de 1977 del ingenio con su ropa de trabajo. Que al ocurrir esto, la declarante (que en ese momento estaba embarazada) con su padre fueron a la Comisaría a ver qué sucedía y allí un policía le dijo que estaba incomunicado. Señaló que en la Comisaría su padre le dijo que había personal militar. Agregó que luego lo llevaron a Tucumán a la Brigada de Investigaciones y que luego a su padre le precisaron que estaba en el chanchero de la Brigada, y que luego de allí fue llevado a los Tribunales Federales. Agregó que no recuerda que haya tenido actividad sindical, y que no era subversivo pero que durante los 5 días que estuvo detenido hicieron un allanamiento en la casa a Juan Ángel Rodríguez. Luego resaltó que estuvo detenido por 5 días. Por último, dijo que su padre le vio moretones a Rodríguez pero que no contaba lo que le había pasado.

TERESA IDELMA DÍAZ

Comenzó diciendo la testigo que su abuelo, Luis Rolando Cansino, trabajaba en el Ingenio Ñuñorco en la parte de mantenimiento de las maquinarias. Precisó que cuando ya no vivían adentro del ingenio un día su abuelo regresó a la casa y dijo que había pasado algo raro, que habían llevado a varios compañeros, Correa, Rodríguez y a un señor apodado Chamorro. Que los sacaron con la ropa de trabajo y que su abuelo le comentó que el clima laboral en el Ñuñorco en esa época era compleja porque la condición de los obreros socios los llevaba a tener roces con los jefes ya que en esa época el Ingenio era una SRL y todos eran socios, cañeros y obreros. Agregó que supo que esos compañeros de su abuelo que fueron detenidos los liberaron dos o tres semanas después. Luego recordó que a Juan Ángel Rodríguez lo habían llevado a la Jefatura y que luego fue sobreseído, pero que nunca supieron por qué causa lo habían llevado. Recordó que si bien su abuelo no empleaba la palabra tortura decía que Rodríguez y sus compañeros volvieron muy golpeados y en muy mal estado y como no sabían los motivos del secuestro le preocupaba mucho a su abuelo. Concluyó indicando que todos los detenidos liberados luego siguieron trabajando en el ingenio.

JOSÉ BENJAMÍN ESCOBAR

Comenzó relatando el testigo que es policía retirado con el grado de Oficial Principal e ingresó a la policía en el año 1967. Agregó que estuvo en la Comisaría de Tafí Viejo como sumariante desde el 69 al 73 aproximadamente. Que en la época de la llamada "lucha antisubversiva" estuvo en la Capital y que no recuerda si en el 76 estuvo en Tafí Viejo pero sí en la Comisaría 13 de San Miguel de Tucumán. Detalló que la Comisaría de Tafí Viejo estaba pegada a la Delegación Regional y que en ninguno de esos dos lugares había actividad relacionada a la "lucha antisubversiva" y que solo recuerda un hecho de esa índole vinculado con un concuñado suyo, José Roque Quinteros. Concluyó señalando que en la Regional estaban Royatti y López como autoridades y que había a un Oficial de apellido Jodar con quien eran compañeros, siendo este último de una promoción antes que el declarante.

CELEDONIO VILLA

Relató el testigo que en el año 1976 fue a hacer un relevo en la Jefatura y que hacia el centro del edificio, a la par de la Brigada, vio detenida a una chica de apellido Palacios, a quien conocía porque vivía a media cuadra de su casa. Que la muchacha estaba paradita donde indicó pero que no sabe si era frecuente que en ese lugar se vieran detenidos. Concluyó diciendo que hace muchos años que no la ve a Palacios.

FIDEL EMILIO CORREA

Comenzó el declarante diciendo que era Jefe de guardia del Ingenio Ñuñorco y pasó a relatar que en esa época el ingenio era una sociedad entre empleados, obreros y cañeros. Que el sesenta por ciento lo tenían los cañeros y los trabajadores el cuarenta y que durante algunos años este sistema funcionó bien hasta que llegó una mafia ya que los trabajadores plantearon que querían que las utilidades en el ejercicio final del año 77 les fueran entregadas en un cuarenta por ciento, además plantearon que se regalaba el azúcar a los cañeros sin respetar el precio de mercado. Que como no querían darles el cuarenta por ciento comenzó el problema. Indicó que el síndico de los trabajadores era Ponsati. Agregó que posteriormente los trabajadores plantearon que se robaba la venta del azúcar y que querían que el Ingenio tuviera su propia caña para no depender de los cañeros. Que luego al declarante y a González les propusieron irse del Ingenio ofreciéndoles un camión con acoplado para cada uno para transportar el azúcar. Que él se reunió con González en su casa y ambas esposas y que entre los cuatro acordaron que no iban a aceptar la propuesta aunque los despidieran, aunque, agrega, jamás imaginaron que por ese motivo iban a detenerlos. Continuó relatando que a las cinco de la tarde del otro día llegaron los del Ejército y los detuvieron en el Ingenio, que quienes los llevaron estaban uniformados con ropa militar. Agrega que recuerda un teniente primero de apellido Zapata pero no el nombre de la cabeza máxima que estaba en Santa Lucía. Relató que su hijo tenía un amigo policía a quien le preguntó qué podía hacer y éste le dijo que su padre estaba "cagado". Que a las diez de la noche su hijo pudo verlo y le comentó lo que le habían dicho por lo que le encargó a su hijo que le pidiera ayuda a un hermano que estaba en la Marina. Que así su hermana habla con la esposa de su hermano y le cuenta lo sucedido. Indicó que este hermano le pidió la venia a su jefe, el Contralmirante Anaya y este luego de interiorizarse del hecho le dijo que iba a ayudarlos. Que Anaya habló a Tucumán, aunque no sabe con quién, y preguntó por el declarante, acerca de si estaba detenido, y les dio un plazo de una hora para que le contestaran. Que a los cuarenta minutos les informaron que estaba secuestrado en la Brigada de la Avenida Saenz Peña. Que luego Anaya le gestionó a su hermano el pasaje a Tucumán para que si o si lo viera al declarante, estuviera o no incomunicado, por lo cual su hermano se comunicó con el Jefe de la Brigada y pudieron verse. Que estando detenido allí estuvo por cuatro o cinco días en un pequeño cuarto trasero en el que dormía de sentado. Agregó que escuchaba las torturas, y que en una oportunidad escuchó a alguien que decía "matame hijo de puta, matame pero no me hagás eso". Que durante ese tiempo creyó que iban a torturarlo pero no lo hicieron físicamente aunque sí moralmente. Que en un primer momento estuvieron, junto con Rodríguez, en la policía de Monteros y luego los llevaron a Jefatura, y estuvo secuestrado en total once días. A continuación recordó que Ernesto Corbalán fue torturado, que le quemaron los testículos y quedó "inutilizado", y que por ello se terminó ahorcando. Luego indicó que el Comisario de Monteros en esa fecha era "Petete" Almirón quien vivía a media cuadra de su casa. Que estando detenido le pidieron que declarara que González era subversivo pero él se negó. Señaló que finalmente un día a las seis de la mañana lo llevaron a declarar a la Justicia Federal y luego lo liberaron. Asegura que el mismo día que lo liberan recibió un telegrama de despido por reorganización del ingenio. Agregó que aunque afirma que lo destruyeron moralmente es porque lo exoneraron a los 54 años, a poco de jubilarse, lo que implicó que terminara jubilándose con la mínima cuando su sueldo era muy alto, porque le computaron los últimos diez años en los que trabajó por tareas no calificadas. Concluyó diciendo que su apodo era "Cochuna" pero que no tenía ninguna actividad subversiva, que todo lo que sucedió es por el Ingenio donde trabajaba y la situación que allí se vivía, especialmente por el conflicto de índole económica por lo que indica como responsables a la gente del Ingenio, concretamente los cañeros, Urueña, Bravo, Sosa Barber, Gandur, integrantes del directorio del Ingenio.

HUGO EMILIO CORREA

Señaló el testigo que su padre trabajaba en el ingenio Ñuñorco y que hacia fines del 77 fue sacado por la fuerza del ingenio. Agrega que fue llevado a la comisaría de Monteros donde estaba incomunicado, por lo que en la plaza hacían guardia junto con su hermana, su madre, amigos ya que no tenían novedades. Que luego lo observaron salir en una camioneta y no lo vieron más y que supieron que había sido trasladado a la Brigada por lo que hacían guardia en la plaza Urquiza, aunque no tenían la certeza de que estuviera allí. Finalmente concluye que después de unos días lo liberan.

NORMA NATIVIDAD GONZÁLEZ

La testigo dijo que el 19/04/75 en horas de la noche llegó a la casa de sus padres cerca del Ingenio San José un grupo de gente de la Brigada. que entre ellos llegó Albornoz, golpearon las puertas, entraron y la llevaron detenida a la declarante y a su hermano que en ese entonces tenía 16 años. Dijo que los llevaron a Jefatura de Policía y los tuvieron allí parados. Que en ese lugar vio a otras personas de su barrio, de la zona del Ingenio San José también vio a una hermana suya. Manifestó que al principio no tenía vendas y que allí vio gente vendada y no vendada. Que una vez la vio a su hermana ser arrastrada por "el Tuerto" Albornoz y que luego de esa tarde no la volvió a ver. Fue vendada con un parche en cada ojo y muchas vendas que le impedían saber si era de día o de noche. Después de un tiempo fue trasladada a la Escuelita de Famaillá donde volvió a ver a su hermana, quien le contó que había sido torturada y violada reiteradas oportunidades. Dijo que su hermana es Socorro González. La testigo contó que luego de dos semanas, aproximadamente, en Famaillá la llevaron a la Jefatura donde fue blanqueada y puesta a disposición del Juzgado Federal. Dijo que su hermana fue capturada en 1975 nuevamente y al día de la fecha se encuentra desaparecida. Narró que en reiteradas oportunidades la Brigada fue a su casa, revolvían todo y robaban muchas cosas de allí. La declarante estuvo cinco años en Villa Devoto y luego le dieron la opción para salir del país. Precisó que el operativo de su secuestro consistía en que por el barrio iban casa por casa y sacaban a gente de una determinada edad, a partir de los 16 años. Que a su casa ingresaron violentamente por la noche. Precisó que su hermana Socorro no estaba en ese momento en su casa pero al día siguiente de esas detenciones ya la vio en Jefatura. Que su hermano Alfredo Ricardo González estuvo detenido unas dos semanas en Jefatura, donde fue muy golpeado. Él fue sacado de la casa junto con ella. Indicó que los del Operativo en San José no estaban uniformados y los llevaron en un camión hasta la Jefatura. En Jefatura vio a Juan Fote, a Pedro Rodríguez, a Lazo, a Nora Vega, a los hermanos Romero. Que el operativo llegó a su casa alrededor de las 2 de la mañana. Una vez que la subieron en el camión seguían yendo por otras casas sacando gente y tirándola en el suelo del camión. Dijo que mientras los trasladaban, los insultaban todo el tiempo y dijo recordar que un policía se tiró arriba suyo. En Jefatura dijo recordar solo a Albornoz, quien siempre estaba en su oficina. Lo reconoció porque era conocido. A la familia de Fote la conocía de antes, conocía a Leandro porque era dirigente sindical, a Juan Fote lo vio en Jefatura. Precisó que la vendaron y esposaron para llevarla a Famaillá. En Jefatura en ese primer tramo estuvo alrededor de cuatro días, después dos semanas en la Escuelita de Famaillá y luego de nuevo en Jefatura. Que en los interrogatorios le preguntaban por gente de San José y que la torturaban para que reconozca que había participado de un intento de copamiento en Catamarca. Que supone que a Famaillá los llevaron miembros del Ejército porque el camión era del Ejército. Llevaron a la escuelita a gente de San José. Señaló que entre el trato entre Jefatura y Escuelita había diferencias, como que torturaban más en la Escuelita, y agregó que, de hecho, a ella la torturaron en Famaillá y no en Jefatura. Agregó que en el Juzgado Federal le preguntaron si quería declarar y que el Secretario le dijo que ellos, en la Justicia, sabían lo que pasaba en Famaillá. No le ofrecieron abogado defensor. Precisó que a su madre no le decían cuando iba a Jefatura a preguntar por ella, que estaba allí. Que a Buenos Aires la trasladaron vendada, esposada y golpeada, en un avión. De Jefatura fue directamente a Villa Devoto. En la escuelita pudo hablar con su hermana y al salir de Villa Devoto supo que Juan Fote también había estado detenido en un penal. Indicó que a Leandro Fote lo conocía de la zona del Ingenio San Juan, pero no sabe nada sobre sus circunstancias. Dijo la testigo que la noche que la llevaron en el camión a Jefatura un policía que se tiró encima de ella la "manoseó" hasta que llegaron a la Brigada. Que ella estaba embarazada de tres meses, en Famaillá le dijeron que le iban a quitar la ropa. Su hermana le dijo que la violaron muchas veces y que le pusieron una especie de manguera en la vagina con un líquido y que le dijeron que nunca más iba a tener hijos, que no iba a ser nunca más madre. A ella la torturaron mucho con la picana en Famaillá a pesar de que les dijo que estaba embarazada. Afirmó que quería contar lo de su hermana porque ella no está para contarlo ya que desapareció mientras esperaba el colectivo y no volvió a aparecer. En Famaillá la manosearon y la torturaron hasta que perdió el conocimiento. Dijo que lo que le pasó le parece que fue una pesadilla, como que sucedió el día anterior. No sabe si había militares o policías pero que lo guardias que cuidaban eran de Gendarmería.

RENÉ ARTURO RISSO PATRÓN

El testigo manifestó que en la ciudad de Monteros era vecino de Juan Ángel Rodríguez. Que la gente vivía atemorizada porque el lugar era el epicentro de todas las cosas que sucedían. Dijo que a él le allanaron la casa y que quienes hacían los desmanes eran uniformados, militares. Que había militares por todos lados. Precisó recordar sólo personal militar, no policías ni personal de civil. Por la tonada y lo que se comentaba dijo que allí había personal militar de Salta. Indicó que después de las 19 hs. no se podía andar por la calle sin documentos. Que permanentemente los militares entraban en las casas. Recordó a Juan Rodríguez y a su esposa que era santiagueña. Que Rodríguez era oficial sopletero del Ingenio Ñuñorco y que iba a ser puesto como dirigente sindical. Estimó que a la fecha de los hechos, Rodríguez tendría unos 58 años. Sobre la detención de Rodríguez manifestó que lo apresaron y lo llevaron en un móvil militar a Famaillá. Que pudo ver el hecho porque tenía la cerca baja y la casa de Rodríguez distaba unos treinta metros de la suya. Que ese hecho fue alrededor de las 9 de la noche, aunque agregó que los operativos se hacían en cualquier hora del día. A Rodríguez lo llevaron militares. Estimó que del operativo de su secuestro participaron de 6 a 8 personas y que a la víctima luego de ese hecho nunca más volvió a verla. Mencionó que ese mismo día también vio como sacaban a "Cochún" Correa y a otras personas cuyos nombres no recuerda. Fueron 4 los que llevaron esa noche junto a Rodríguez y Correa. De las personas que hacían desmanes no reconoció a ninguna y supo luego que eran de Salta. Señaló que todo el personal era militar, sin embargo recordó a un comisario Almirón del cual no puede precisar si participaba o no de esos operativos pero que se supo que andaba en el recorrido de Acheral a Santa Lucía. Agregó que también había operativos al sur de Monteros. A Correa si volvió a verlo. Recordó al Comisario Hugo Quinteros que vivía en la calle 24 de septiembre, frente a la Escuela de Comercio y que también desapareció junto a su hermano "chacho" Quinteros. Dijo que durante la noche se oían explosiones y que era frecuente que los militares cargaran albañiles y los llevaran a hacer trabajos para ellos. Hugo y Chacho eran ambos de Monteros. Dijo que Wenceslao Quinteros era el padre de ambos por lo que podría ser que Chacho se haya llamado Wenceslao, como su padre. Manifestó que a los habitantes de Monteros cada vez que debían trasladarse a otras localidades los requisaban y les pedían los documentos, a veces paraban los ómnibus y otras los hacían bajar. Que no vio personal militar apostado en las cercanías del Ingenio Ñuñorco porque vivía a ocho cuadras de allí. Precisó que al secuestro de Rodríguez lo vio cuando estaba saliendo de su casa rumbo a la plaza. Indicó poder distinguir perfectamente los distintos uniformes de las fuerzas de seguridad porque tiene un pariente gendarme y varios policías.

JUANA ROSA PERALTA DE PEDREGOSA

Recordó que el 13 de marzo del 76 fue secuestrada en la casa de su madre, que estaba circunstancialmente allí porque el 12 de marzo era el cumpleaños de su marido, Manuel Francisco Pedregosa y habían hecho una pequeña reunión. Señaló que aproximadamente a las 21 hs. su marido la llama diciéndole que no podría ir porque no fueron a relevarlo. Que el turno de su marido terminaba a las nueve de la noche y al no relevarlo quedó automáticamente trabajando en la estación de Ranchillos. Que por esa razón la dicente se queda en lo de su madre con su hija que tenía 8 meses. Continúa deponiendo que a las 4 de la mañana, golpearon violentamente la puerta de vidrio de la casa de su madre, reventando la cerradura de la puerta. Que estaban en la casa además su madre y sus cinco hermanos, uno de los cuales estaba casado. Continúa sosteniendo que irrumpieron en la casa alrededor de 8 a 10 hombres de civiles, con una máscara, un pañuelo en el rostro, solo se les veía los ojos y la frente. Que todo transcurrió en cuestión de segundos. Que preguntaron directamente por ella y que a una de sus hermanas la confundían con ella. Recordó la testigo que su madre imploraba porque "no me llevaran". Dijo que fue muy violento, que a sus hermanas y a su madre las pusieron contra la pared, a sus hermanos varones uno contra la pared y otro acostado con las manos atrás en el comedor de la casa. Afirmó que todo transcurrió con mucha violencia. Que arrancaron una sábana de la cama donde estaba acostada ella y comenzaron a cortar tiras, con una de las tiras le vendaron los ojos y con la otra le ataron las manos hacia atrás. Que previo a que fuera vendada, le habían pedido el documento y lo rompieron, por ello, su madre preguntó "¿por qué lo rompen?", recibiendo como respuesta "que a donde iba no iba a necesitar documento". Que después la sacaron e introdujeron violentamente dentro de un auto. Dijo que tiempo después tuvo conocimiento que habían cortado la luz de la esquina de la casa, el cable del teléfono y utilizado varios autos. Agregó que en el auto la empezaron a golpear, le tiraron del cabello, la insultaron hasta que llegaron a un lugar. Recuerda que allí subió dos o tres escalones. Que escuchó dentro del lugar gritos, llantos, gemidos. Que estaba vendada y lo mismo fue colocada contra una pared donde comenzaron a pegarle trompadas, golpes en distintas partes del cuerpo. Que ella "por instinto" se puso de frente y siguió recibiendo golpes hasta que logran tirarla al piso, que la empezaron a patear. Refirió que se sintió "como una pelota de fútbol, sin poder ver nada". Que en medio de toda esa situación, escuchó unos gritos aterradores de dolor, de desesperación y reconoce el timbre de voz de su marido. Que en el lugar donde estaba también reconoció el timbre de voz de su cuñada, Dora de Manso. Siguió relatando que comenzaron a acusarla de cosas, que ella no respondía porque no entendía y tampoco le dieron lugar. Que perdió los dientes de adelante. Contó que todo el tiempo hubo golpes, ensañamiento contra ella. Que cuando a ella "la dejaban" escuchaba a su marido. Que no sabe si estuvo dos o tres días. Expresó que le aplicaron picana en la sien. Indicó que en un momento vio, por debajo de la venda, a su marido al que también estaban torturando por lo que pudo presenciar y escuchar toda la tortura y los golpes a él. Dijo que también me colocaron la picana en la boca, que sentía en los oídos un sonido estremecedor, que sentía como me quitaban las fuerzas, me dejaban y volvían a empezar. Que perdió la noción de su cuerpo, que muchas veces no podía distinguir si soñaba, vivía o estaba muerta. Precisó que una noche la pusieron dentro de una camioneta o un camión junto a otros detenidos como si fueran bolsas de papa, apilados en la caja de esos vehículos, al último arrojaron una manta, comenzó a ahogarse. Que sintió una voz y la reconoció, que estaba su marido cerca de ella, prácticamente al lado. Que su marido le preguntó si era ella y que no pudo hablar porque estaba ahogada, que apenas pudo decirle que "sí". Contó que le preguntó por la niña y le dijo que se quedara tranquila, que no les iba a pasar nada. Prosiguió su relato diciendo que llegaron a un lugar donde los bajaron a todos del vehículo. Que volvió a subir, tuvo la impresión de unas galerías amplias porque había un viento, una brisa suave. Cuando llegaron también pudo percibir como un salón grande. Que le entregaron una frazada y diciéndole que se tirara al piso. Indicó que, al igual que en Jefatura, cuando torturaban ponían la radio a todo volumen. Que eso sucedía todos los días, era un entrar y salir de gente incesante. Contó que no sabía donde estaba porque no se podía ni hablar. Que pudo sentir temprano por las mañanas como un trampolín de pileta, ruido de los aviones, autos, campanadas de la Iglesia. Agregó que en jefatura sintió los cánticos de una procesión, el ruido del "manicero". Que estando en Educación Física escuchaba las campanadas de la Iglesia, por ello pudo darse cuenta que se trataba de la Escuela de Educación Física y porque años anteriores había sido estudiante de ahí. Que nuevamente fue torturada allí. Indicó que la voz que sentía era "aporteñada", mezclada, pero que la gente que los manejaba tenía tonada "litoraleña". Que pudo ver por debajo de las vendas botas. Que la llevaron a la sala de torturas. Que comienzan a torturarla, preguntándole por su nombre de guerra, sus datos. Que allí se "ensañaron peor", le pusieron la picana en la vagina y ella estaba embarazada. Que el personal era de gendarmería. Que estuvo detenida desde el 13 de marzo, que estuvo detenida dos o tres días en Jefatura y que en Educación Física estuvo hasta el 22 de abril. Agregó que fue sacada a otro lugar donde estuvo entre 4 o 5 días, para volver a estar en Educación Física. Dijo que una noche fue sacada en un auto porque le dijeron que tenía que reconocer una casa. Cuando llegaron le aflojan y bajan la venda y le dicen que mire donde ellos señalaban. Ella refirió que nunca estuvo allí, por lo que comenzaron a torturarla psicológicamente, también la agarraron de los cabellos haciéndola arrodillar, le dijeron que era su última oportunidad para hablar y como la diciente no sabía, hicieron una simulación de tiro, que creyó estar muerta. Que sintió, risas y burlas. Que la introdujeron adentro del baúl y la dejan en educación física. Que continuaron torturándola, golpeándola, torturándola psíquicamente, diciéndole que tenían a una hermana suya. Precisó que todos los días era incesante el entrar y salir de gente. Contó que tuvo una "pérdida grande", a una de las mujeres que estaba a su lado, le manifestó que creía que se moría, que no tenía fuerzas. Esa mujer comenzó a gritar, arriesgando su vida "guardia, guardia" y entonces la llevaron dentro de la misma dependencia. No puede saber que le hicieron, cuando logró recuperarse le dijeron que había perdido el embarazo, que no pregunte, que no haga mención de él. Continuó relatando que fue llevada nuevamente a ese lugar, que siguieron torturándola, que le echaron agua helada y prendieron un ventilador a la par. Le hicieron preguntas, exigiéndole que responda, "cuando el mismo viento me ahogaba y no dejaba respirar". Agregó que un día, estando adentro del departamento la colocaron al lado de una puerta donde sentía entrar y salir gente, el movimiento era de noche. Que una noche escuchó nombrar a tres personas, una de las cuales era el nombre de su marido. Señala que en el baño podían conversar con las otras chicas que estaban allí, que la dicente se buscaba con Dora. Que Dora le dijo que si lo había visto a Manuel indicándole del lado que estaba y que cuando saliera del baño mirara. Que salió, trató de ir caminando lento y lo vio. Que se dio cuenta que estaban separados los hombres de las mujeres por los cofres del vestuario. Que su marido tenía la remera levantada, todo el abdomen negro, no sabría decir si eran quemaduras, golpes y en calzoncillos. Contó que cuando a ella y su marido los pusieron en la camioneta, quedaron de acuerdo que si iban al mismo lugar él iba a toser y ella le iba a responder o viceversa, y así fue, sobre todo a la mañana, para saber que amanecíamos allí. Que esa noche sintió sus pasos, sintió que tosía, y ella respondió, el vehículo arrancó y esperó, pero nunca más le respondió, "él está desaparecido". Agregó que siempre sintió decir que se trató de una guerra pero no era una guerra. Luego precisó que Dora es María Dora Pedrosa. Que supo por Dora que estaba una pareja de un cuñado de la dicente pero que no la vio, pero en libertad tomó conocimiento que estaba en ese lugar, le decían Tina. Dijo que estando en Educación Física la llevan a un lugar, que no puede precisar donde y que allí también torturaban, que había mucha gente. Recordó que en una oportunidad la trasladan a un lugar donde había un silencio profundo, después supo que era el comando. En ese lugar, la tuvieron en una celda sola donde le sacaron la venda pero le costaba ver, no divisaba las cosas. Le daban solamente agua. Estuvo más o menos un día y medio. En el Comando sintió un ir y venir de botas, un caminar pesado de botas. Después la buscaron y diciéndole que mire la pared y volviéndole a colocar las vendas. Dijo que la llevaron a un lugar donde sentía voces de hombres, le preguntaron si la dicente sabía donde estaba. Comenzaron a hacerle preguntas. Refiere que ya no era un trato como el anterior, le dijeron que debía firmar, le levantan la venda y vio una hoja en blanco. Expresó que la obligaron, porque cuando se negó, escuchó el ruido de las armas. Desde ese lugar la trasladaron a Villa Urquiza, ingresó de noche y la recibió Hidalgo. Que lo sabe por la gente que ya estaba ahí, la tuvieron incomunicada aproximadamente 3 o 4 días. Indicó que la trataron con un ensañamiento que solo Dios sabe, la pusieron en una celda sin colchas sin nada, había humedad. La hicieron acostar y ella sentía una voz de una niña, que le preguntaba dónde estaba, quien era. Que empezó a sentir voces de otras mujeres. Agregó que era la hijita de otra de las mujeres y que la mandaban para ver como estaba, porque estaba allí. Que le abrían la celda sin darle de comer, solo agua. Que vio otros niños. Una de las chicas le comentó, que cuando la testigo ingresó, le dijeron que no se acercaran a ella porque "estaba loca y divagaba con un embarazo psicológico". Dijo que la tenían aislada, el personal penitenciario la ignoraba. Su estado físico comenzó a deteriorarse por lo que le dijeron que llamarían a un médico. Que la persona que la atendió era un preso como ella. Continuó con su embarazo, como pudo, no comía porque "su estómago estaba cerrado" y por la calidad de la comida. Contó que en dos oportunidades fue trasladada al Hospital Militar. Que sentía a su hijo dentro de ella. Que su hijo nació a los 6 meses y medio en Buenos Aires, porque el 8 de octubre la trasladaron a la cárcel de Villa Devoto. Refiere que fue un traslado infrahumano, en un Hércules, engrilladas de a dos con los pies con la compañera, en cuclillas. Estaba con su hija mayor, la única embarazada que hubo en ese traslado fue la dicente. Que no tuvieron piedad ni consideración, por su estado. Que cuando llegaron a Devoto el médico directamente la deriva al hospital. Que en el hospital no la reciben porque no había incubadora, tubo de oxigeno. Contó que la ingresaron a la cárcel, la separadan del grupo, sin requisa y que la llevaron a una enfermería. Que sentía voces, caminar y gritos de mujeres que le preguntaban "de donde era, de donde venía" y ella no podía contestar. En un momento determinado ingresó una mujer, le tomó el pulso y entró con un médico. Que fue sacada inmediatamente de la enfermería, como a las 6 de la tarde. Relató que la pusieron en lo que creyó que era una ambulancia, escuchó que la llevaban a la Maternidad de la Sardá. Que comenzó a bajarle el pulso, presión, que perdía sangre y por ello la llevaron al Hospital Vélez Sarsfield. Expresó que le pedía a Dios que salve a su hijo. Que cuando llegaron había un operativo impresionante, que gritaban "todos contra la pared mostrando las armas", hasta que a la ella la entraron por un pasillo. Refirió que fue un parto traumático, que estaba sola y que no tenía ni un pañuelo para su hijo. Que sentía como golpeaban las puertas y las ventanas con las armas. Que los médicos ponían mesas para trabar la puerta por como empujaban. Que su hijo nació quebrado, hasta el día de hoy tiene secuelas, luxaciones, la rotula de mi hijo está en la ingle. Contó que su madre lo trajo a Tucumán desde Buenos Aires. Que su madre se enteró donde estaba por una carta anónima. Que el director del Hospital se vio en la obligación de pedir el traslado de la dicente por temor a que a alguien se le escape un tiro y mate a alguna persona. Que fue trasladada a la Sardá. Que a su hijo lo internaron en neonatología en terapia intensiva. Agregó que le hicieron transfusiones, que estuvo internada en otro piso. Que perdió el conocimiento y pudo saber por su historia clínica que tuvo un paro cardíaco. Que un día un doctor le dijo que la iba a llevar a ver a su hijo que estaba en otro piso, entonces entró a la sala de neonatología donde estaban las incubadoras una al lado de la otra, iba mirando los bebés y vio uno que tenía cables por todos lados. El médico le dijo que ese era su hijo. A ella, le sacaron leche y le daban por una jeringa con zonda. Que le dieron de alta pero no al bebé. Relató que su hijo nació con el nervio óptico contraído, porque no veía le hicieron una cirugía, con una pierna extendida y la otra doblada. Señala que hoy su hijo tiene una pierna rígida y la otra con limitaciones. Que su madre le hizo hacer una rehabilitación que duró como 12 años. Que estuvo en el Hospital de Tucumán horas porque la sacaron de villa Urquiza por las pérdidas y al ingresar se dio cuenta que la llevaban por un aborto y comenzó a gritar, a llamar la atención y por eso la llevaron de vuelta a Villa Urquiza. Señaló que estuvo detenida hasta junio del 79 Que cuando volvió su hija ingresaba a jardín de infantes, que era casi una desconocida para sus hijos. Dijo que las visitas en el penal eran tremendas y las separaba un vidrio, la niña tenía ataques de llanto. Aseveró que nunca fue llevada ante un juez. Que desde la Cárcel de Devoto presentó un habeas corpus en el 78 porque había presión internacional. Que salió en libertad en junio del 79. Concluye su testimonio precisando que su esposo era ferroviario. Que Dora también fue torturada. Que después que salió en libertad, llegó a la conclusión que estuvo detenida en Jefatura de Policía por los trenes de la estación, y en educación física por el ruido de los aviones y el trampolín. La niña de villa Urquiza se llama Liliana. Que al marido lo secuestran el 13 de marzo a la noche, en la estación de Ranchillos en horas de trabajo, que vivían en Ranchillos. Señala que la única declaración que hizo es en 2006. Que ahora tiene otro escenario por eso puede relatar más, porque antes no confiaba en los jueces. Que el hermano de su marido militaba en el ERP.

DORA MARIA PEDREGOSA

Contó que la llevaron el 12 de marzo de 1976, que estuvo 16 días detenida y que fue torturada. Que le dijeron que fue "por averiguaciones de la vida de su hermano". Dijo que también su hermano Francisco Pedregosa fue secuestrado del trabajo en el Ferrocarril de Ranchillos, que su hermano nunca volvió. Agrego que estaba vendada y como "era audaz", se la aflojó y pudo ver a su hermano. Que lo reconoció por la remera que tenía puesta. Que vio que estaba "morado negro". (Señalando su torso). Que lo vio hasta el tercer día que estuvo detenida. Expresa que estuvo en Jefatura porque sintió la campana de salida del tren Mixto todos los días. Que fue trasladada a Educación Física y a ningún otro lugar. Continuó recordando que el día de su secuestro, militares ingresaron a su casa, que le robaron cosas de su pertenencia. Que a su hijo le pusieron una almohada en la cara para que no viera lo que estaba pasando, que era "chico". Agregó que a los pocos días internaron a su hijo de siete años en un lugar al lado de la Catedral, que lo hizo su marido por seguridad, aconsejado por unos amigos. Que su hijo sufrió mucho porque lo hacían dormir en un gallinero, en un asador. Sostuvo que cuando ella desapareció, su marido realizó la denuncia en la comisaría de la calle Maipú, pero allí no hay constancias de su detención. Señaló que en su detención, primero en Jefatura y luego en Educación Física, sólo reconoció a su hermano y a una señora que le decían Gringa a la que no vio más. Dijo que su cuñada Juana Rosa (Peralta de Pedregosa) estuvo tres años y ocho meses presa en Buenos Aires, pero que "no conoce nada más". Indicó que en sus lugares de detención no pudo reconocer a ninguno de sus captores. Concluye su testimonio diciendo que fue liberada en La Rinconada, tirada al lado del camino. Que la interrogaron por "averiguaciones" de su hermano, le preguntaron "dónde estaba, pero ella no sabía".

ANDRÉS AVELINO ALARCÓN

Dijo el testigo que tiene dos hermanos desaparecidos, Pedro Antonio y Justo Agustín Alarcón. Indicó que su padre pertenecía a las fuerzas policiales hasta que se retiró en abril del 75. En julio del 75, fuerzas policiales entraron, en el domicilio próximo a la casa de su familia, equivocadamente. Sostuvo que ingresaron, rompieron y robaron elementos de la casa. Que allí buscaron y preguntaron por Justo Agustín. Continuó relatando que al día siguiente un muchacho vecino le contó que entraron en una casa buscándo a su padre. El 14 de octubre del 75, "sacan" al declarante, lo llevan a Jefatura y lo tienen hasta el día 26 de diciembre del 75. Contó que fue torturado, que tiene secuelas de ello en un ojo y en los oídos. Que fue liberado el día 26 de diciembre del 75, en la Avenida Ejército del Norte junto al Hogar San José, señala que en ese tiempo era un monte. Agregó que al año siguiente, el 16 de julio del 76, sacaron a su hermano del medio, Pedro Antonio. Que su padre y su tío fueron hasta la calle Marco Avellaneda al 1700, a la casa de sus tías, donde vivía su hermano Justo Agustín porque imaginan que iban a ir a buscarlo allí. Que al llegar ven los móviles policiales. Que la policía ingresó y robó todo, pertenencias de su hermano. Dijo que su tía informó a la policía que Justo estaba en una casa en El Colmenar, que se dirigieron hasta allí y llevaron a su hermano mayor y que al hermano del medio lo liberaron en la Avenida Mitre al 1700. Que después de eso nunca supieron nada de Justo. También recordó que al año siguiente, el 16 de abril de 1977, en la Avenida Mitre al 1700, cuatro policías en un Torino secuestraron a su hermano Pedro. Señala el dicente que con su padre fueron a la Jefatura, que allí el Tuerto Albornoz habló con su padre y le dijo que no tenían a su hermano. Señaló que su hermano del medio fue detenido en la vía pública. Que su padre había sido policía, que había trabajado con María Luisa Acosta de Barraza en la Comisaría Segunda. Que él trabajaba en la Panadería La Primavera y los domingos ayudaba a vender diario a su hermano. Sostuvo que ninguno de los tres hermanos tenía militancia política. Agrega el declarante que fue detenido por la policía, que estuvo en la Jefatura, que fue torturado y que le preguntaban si era extremista o montonero. Indicó que sus captores estaban uniformados. Precisó que quienes llevan a Pedro y a Justo, al primero en la casa, al segundo de la calle en un Torino, también eran personal uniformado. Señaló que su padre nunca tuvo ningún problema en la policía que pudiera justificar lo sucedido. Que su padre trabajó primero en el Ingenio San Ramón, luego en la cárcel, en la octava de Villa Luján, en comisarías de Barrio Jardín, la tercera, la segunda, la primera, y se jubiló en la cuarta de San Cayetano. Dijo que su padre no hizo más gestiones aparte de haber hablado con Zimmermman y con un sargento que estaba "borracho" en Famaillá. También precisó que tuvo otra detención de tres días, en la comisaría sexta. Recordó que conocía a un muchacho que era "entregador" y trabajaba en el Hospital de Niños, quien lo acusó de haber sacado de allí a una chica enferma. Precisó que unos de los hermanos Brandán era el entregador. Dijo que su padre murió diciendo que el "Tuerto" Albornoz le mató a sus hijos. Que aparte de sus hermanos no tiene otros parientes desaparecidos. Que conoció a Nancy Alarcón, persona desaparecida según lo refiere la Dra. Figueroa. Dijo conocer que estuvo en Jefatura porque allí vio a un muchacho que conocía y que estaba en Jefatura. Señaló que Arturo Ponsatti escribió una carta a su tía en Ginebra para denunciar lo sucedido con sus hermanos. Precisó que su tía era costurera de Bomberos, que por ello le consiguió a su padre una audiencia con Zimmermann. Contó que anteriormente jamás hizo otra denuncia y que vino a declarar porque una chica Carolina Pereyra se lo sugirió.

EDUARDO FRANCISCO BRIATURA

Señaló que era primo hermano de Ezequiel Matías Claudio Pereira. Respecto a lo acontecido a su primo, contó que un día el dicente volvía de la facultad de medicina a una casa pequeña que habían alquilado con un grupo de jóvenes oriundos de Salta, en calle Córdoba 14, ese mediodía de un 7 de julio de 1977, la novia de su primo, Rosita Herrera, lo estaba esperando en la puerta para comentarle que la noche anterior Ezequiel había sido secuestrado por dos personas de poncho que se movilizaban en un Falcón verde. Que esto que le contó Rosita era un relato de otra persona que acompañaba a su primo al momento de su secuestro, de nombre Segundo Juri. Precisó que el secuestro sucedió el 6 de julio del 77, a las 9:30 de la noche, en una de las esquinas de la Plaza Urquiza, Santa Fe y Muñecas. Que allí se detuvo el Falcon verde y a punta de pistola se llevan a su primo Ezequiel. Que Juri llamó por teléfono a la novia de su primo y al otro día ella le avisa al dicente, para que éste le avise a la madre de Ezequiel que vivía en Jujuy. Dijo que en esa época las comunicaciones no eran fáciles, que se trasladó a la telefónica de calle Muñecas y recién a la noche pudo decirle a su tía lo sucedido. Que la madre de Ezequiel, Juana Rosa Carrizo Alvarado de Pereira pudo llegar a Tucumán al día siguiente y averiguar con desesperación el destino de su primo. Que se dirigió a la Curia y al Comando en la calle Sarmiento al 400. Allí alguien le dijo a su tía que el que manejaba "todos estos temas" era el Mayor Toledo. Añade el testigo que no tiene dudas que se trataba de el Mayor Toledo Pimentel, porque precisa, que con el tiempo, era "vox populi" que el que manejaba todo el tema de los desaparecidos era este Mayor Toledo Pimentel. Que su tía tuvo una entrevista con el Mayor para averiguar lo sucedido a su hijo y que al otro día el dicente la acompañó a otra entrevista con Toledo Pimentel, porque "estos represores" solicitaban que alguien testifique lo acontecido, cuando en realidad el propósito era sacar más información de los detenidos a los familiares. Contó que en la entrevista expresó que su primo Ezequiel era una buena persona, estudioso, que escribía poemas y que el Mayor le pidió que comente que tipo de poemas, de que trataban. Continuó diciendo que cuatro años después, estudiando medicina tenía de compañeros a Fabián Landa, hijo del que fue Rector de la UNT, Carlos Landa y de un muchacho que lo llamaban "Viquín" de apellido Toledo Pimentel. Que por un amigo en común, Eduardo Benzasón, se enteró que "Viquin" le había relatado que años anteriores la gente del Comando, lo había citado a los sótanos del mismo y que allí le habían mostrado a los "tres que mataron a tu hermano". Agrega el dicente que cree que un muchacho de apellido Toledo Pimentel había sido ejecutado por gente del ERP en el sur de la provincia, mientras iba en una ambulancia porque era Teniente Médico. Precisó que su tía hizo gestiones ante la justicia por lo acontecido con su primo, pero que desconoce los detalles. Que durante la adolescencia de Ezequiel vivió en Salta, pero que luego fue trasladada a Jujuy como vice rectora de un colegio. Que era viuda hace varios años. Continuó precisando el testigo que, su prima Verónica, llego a Tucumán para estudiar Profesorado de Inglés en el año 73. Que estaba en Jujuy cuando sucedió lo de Ezequiel y que ella volvió como pudo a Tucumán, hasta que a mediados del '77 también fue secuestrada y torturada salvajemente. Que la tuvieron tres días y la soltaron. Que su tía Juana Rosa vino también a Tucumán a buscar a su prima. Que todo esto coincidió con otro secuestro de un compañero que vivía en la misma casa que alquilaban en la Córdoba. Señala el secuestro de otro estudiante de medicina, Alfredo Cuello, secuestrado y torturado durante 3 días y posteriormente liberado. Precisó que a ambos los secuestraron "los capuchas" y los interrogaron por la militancia de Ezequiel y si algún otro que vivía en la Córdoba 14 tenía militancia política. Que su primo militaba activamente en la JUP, Juventud Universitaria Peronista, que tiene seguridad que nunca participó en ninguna acción militar. Que él llegó a Tucumán en el año '75, que ya prácticamente estaba acabándose la actividad política con libertad, porque habían comenzado a matar gente. Refirió a que su participación en el JUP, fue hablar en Asambleas Universitarias contra el TRIPTICO Nacional, que eran tres materias que el ministro de educación, Ivanicevich, había introducido en todas las carreras Universitarias. Sostuvo que su primo había llegado a Tucumán en el año 73 por lo que su militancia fue mayor. Relató que Alfredo tras ser liberado, regresó a la Córdoba 14 y allí contó que lo habían encapuchado e introducido al piso del Ford y que dieron varias vueltas. Que tiene comunicación con su prima ocasionalmente porque ella se casó con un funcionario de la ONU y constantemente es trasladada a otros países. Que Ezequiel fue secuestrado el 6 de julio del '77, su prima y Cuello a mediados de Octubre del '77. Señaló que en el 2011 por la lista aportada por Clemente, que fue sacada clandestinamente de Jefatura, supo del destino final de su primo.

MARÍA CRISTINA BARRIONUEVO

Dijo haber conocido a Estela Josefina López a partir de 1970. Que se trataba de un momento particular, que en muchos sectores sociales, movimientos de obreros sindicalizados, estudiantiles organizados, empezaron a manifestarse, a expresarse cansados de los golpes militares, de la dictadura. Contó que frente a los cierres de Ingenios Azucareros se llega al tucumanazo. Que frente al cierre de un comedor estudiantil de calle Muñecas, se realiza una olla popular para mil estudiantes el 10 de noviembre del 70. Que llegaron sectores de trabajadores organizados y estudiantes de la escuela Normal a prestar apoyo a esta protesta, entre los que estaba Estela López. Dijo que la Policía no reprimió por la cantidad de personas que había. Que por ello la asamblea decide formar una comisión para coordinar medidas de fuerza y para parlamentar con la policía que pedía que se libere la calle. Continuó precisando que el comedor representaba un foro político permanente en el que el debate como técnica político permitía arribar al consenso. Que allí estaban Héctor Marteau, por la LIA, el "Macho" Luna por el GVI, "Tucho" Sueldo, Juan Falú, El "Zurdo" Morales, por el peronismo en la Universidad, que era el INTEGRALISMO, "Pepe" Tupac, Pablo Picardi, Rosa Nasif, por el PCR, el "Chino" Moya por el PST. Indicó que Héctor Marteau, es elegido por la asamblea para hablar con la policía, pero que no se avanza porque la policía puso muchas exigencias. Que Estelita López representaba al ARES, que era un grupo del PCR que estaba en el estrado secundario. Finalmente, al no arribar a un acuerdo, la policía avanza sobre la barricada, reprimiendo. Que muchos salieron corriendo hacia el norte, "otros fuimos a guarecernos en el mismo comedor". Que la "detención era inminente" por lo que se refugiaron en los techos. Señala la declarante que allí estaba Estelita con su uniforme blanco de la Normal. Que desde la "techedumbre" observaron que había un gran despliegue policial, pero también advirtieron que muchos vecinos comenzaron a colaborar, a abrirles las puertas de sus casas, a apoyarlos "hartos de tanta presión militar". Contó que la protesta duró cuatro días. Recordó que el Coronel Jorge Rafael Videla, que estaba con asiento en Tucumán, fue el encargado de organizar la represión de la protesta. Que Videla utilizó a todas las fuerzas conjuntas, Gendarmería Nacional, Policía Federal, Policía de Tucumán, Ejército. Recordó que donde más fuerte se sintió el despliegue de la Policía Federal, fue en los sectores populares, como ser villa de San Cayetano, donde quemaron y allanaron casas, golpearon a los habitantes. Que como premio a la represión en el Tucumanazo, Videla fue ascendido, meses más tardes, a General de Brigada. Continuó testificando que en el marco de todas esas protestas siguió viendo a Estelita, quien luego se sumó al comedor de calle Ayacucho una vez que comenzó a estudiar agronomía en la Universidad. Recordó que frente a las persecuciones a los empleados judiciales estos pidieron ayuda a los estudiantes y el comedor decidió sacar las mesas a la calle. Que esta protesta fue reprimida por la policía, que también subieron a la "techumbre" de las casas, y en esa escapatoria Estelita, en el paso de un techo a otro, no puede avanzar, que la ayudaron a saltar y pudo escapar, pero quien la había ayudado a cruzar, Enrique Alé, es capturado por la policía. Señala que sucedió en el año 72. Que en el 73, cuando festejaban desde el peronismo el triunfo de Cámpora, volvió a ver a Estelita, aunque esta formaba parte de otra agrupación política que tenía como lema "ni golpe ni elección, insurrección". Finalmente relata la testigo que Estelita se incorporó a la línea peronista a la que pertenecía la declarante. Que en esa época había inundaciones en Santiago del Estero, la declarante con su agrupación y con Estelita llevaron un camión cargado de elementos para ayudar a los santiagueños. Que no pudieron llegar a los inundados, porque "la patota del caudillo Juárez les quitó las cosas". Recordó además, que Estelita trabajó en lo que habían llamado Bloque 1 de la Agrupación Evita, para recuperar la figura de la mujer en la zona de Esteban Echeverria, Villa Muñecas, toda la zona de villas que iba desde Barrio Jardín. Que Estelita tenía mucha empatía con los chicos y por ese motivo siempre le asignaban tareas cercanas a éstos. Que Estela ayudó a fortalecer la imagen del héroe popular, desmitificando las navidades, adornando un naranjo como árbol de navidad. La dicente junto con Estelita, Mary Clemente, Liliana, Betty, Lucy, muchas otras compañeras y Estelita revindicaron la figura de la mujer. Contó que Estelita era becaria de la Facultad de Filosofía y Letras, por sus distinciones académicas, facultad a la que llegó luego de dejar la carrera de agronomía. Que Estelita dejó la agrupación porque pensaba casarse con José Gabriel Agüero. Concluyo su testimonio señalando que una vez que regresó del exilio, se enteró que Estelita era una detenida desaparecida. Que comenzó a averiguar lo que le había pasado y fue como se enteró que existía un pasaje con el nombre de Estelita, cerca de dónde trabajaba, a la altura de la calle José Manuel Estrada 1600.

FERNANDO LEOPOLDO LEILA

Dijo que mientras estaba de presidente la Sra. de Perón, lo llevaron de la calle hasta la Brigada, atrás de la comisaría. Que lo golpearon y lo dejaron allí unos dos o tres días. Que luego lo liberaron. Que pasados uno o dos meses volvieron a llevarlo a la Brigada de la Sarmiento, lo golpearon nuevamente y luego lo liberaron. Contó que en la Brigada, una vez que lo llevaron alrededor de treinta días, vio a su amigo Tula, que vivía en San Lorenzo y Chiclana y el diciente en la calle Amador Lucero. Que también vio a Elías. Que los tres hicieron un pacto que consistía en que el que saliera primero, contaría en sus casas y fue el testigo quien primero fue liberado. Señaló que Elías vivía en la calle Muñecas 456. Que nunca más volvió a ver a Tula ni a Elías. También recordó a una persona de apellido Bazán. Dijo que siempre fue tornero. Que cuando lo detenían le decían que era porque andaba en la joda. Mencionó que frecuentaba al partido peronista. Señaló que le preguntaban también por algunas personas que no conocía y por otras que conocía como Justo. Refirió que en las detenciones sus captores eran personal de civil, que iba en autos, comúnmente en unos Falcon. Que le consta que estuvo alojado en la Brigada porque reconocía los pitidos del tren. Precisa que en el lugar donde estuvo detenido había otras personas, que el dicente era el número 16, agregando que una noche escuchó voces de mujeres. Recordó que entre quienes trabajaban en la Brigada, había una policía a la que llamaban "la machito", quien normalmente se encargaba de llevarlos al baño, pegándole con un palo de escoba. Finalizó contando que luego de la detención de treinta días en la Brigada volvió a ser detenido en otras oportunidades.

FELIPE LÓPEZ

Dijo el testigo que los primeros días de mayo del 76 lo secuestraron, lo tuvieron detenido como tres días y que luego fue detenido nuevamente. Dijo que vivía en Villa Carmela, que fueron a su casa a las 4 de la mañana y que ahí estaban en el barrio los hermanos Coman. Que hay cosas que no recuerda porque hace poco tuvo un accidente. Fue secuestrado dos veces. Ingresaron la primera vez a su casa con luces fuertes, a los gritos, fue vendado y sacado de su casa. Que según supo después habría sido llevado a la Jefatura, pero no puede asegurarlo porque estaba vendado. Dijo que a Galeano y a los Coman los vio durante su segunda detención. Que ahí lo llevaron en un camión grande. Reconoció a los Coman al conversar, y lo mismo a Santillán y Galeano, todos compañeros del trabajo en el barrio. Sobre la segunda detención mencionó que también estuvo en Jefatura y que lo supo porque lo comentaban cuando iban al baño. Dijo que allí fue sometido a torturas, que lo interrogaban sobre varias personas pero como es chaqueño no conocía a la gente de su barrio. Fue liberado en La Rinconada. Por ultimo expresó que su accidente lo tuvo en 2001 aproximadamente.

OSCAR ZENÓN CAMPOS

El testigo dijo que trabajaba en YPF desde los 16 años. Que su padre lo mandó a ver a su hermano a la finca donde este trabajaba y le pidió que lo sacara de allí porque Gendarmería lo andaba buscando. Que lo sacó en tractor de allí y lo dejó en la Terminal en Salta, Departamento de San Martín. Contó que su hermano era intendente de la localidad de Aguaray durante el gobierno de Ragone y que lo buscaban por su actividad política, por ser peronista. Que la última vez que lo vio a su hermano éste le dijo que se iba hacia Tucumán. De su hermano no pudo averiguar nada, ni en Salta ni en Tucumán. Su hermano también trabajaba en YPF, en la localidad de Campo Durán y aceptó ser intendente a pedido del gobernador Ragone. Dijo que su hermano a pesar de ser intendente no tenía ni vehículo ni casa propia, que pensaba que la riqueza tenía que repartirse equitativamente. Que era quince años mayor que el declarante. Contó que a su hermano lo sacó en un tractor en el año 77, en noviembre o diciembre, lo subió en un colectivo Atahualpa y no volvió a verlo.

LELIA ELENA GÓMEZ DE CAMPOS

Dijo que su esposo era Enrique Aurelio Campos. Destacó con relación a su secuestro en una localidad llamada San Juan aunque creía que se llamaba Santa Ana. Que hacía 15 días que vivían allí. Un día su esposo regresó de su trabajo en un taller mecánico como a las 4 de la tarde y estaba perturbado. Dijo que le había cocinado su comida favorita pero él se sentó y apenas probó. Que estaba preocupado porque un compañero suyo había desaparecido, que no estaba seguro pero que ese día no lo había visto. Se puso a arreglar la casita que habían alquilado sin techos ni puertas, estuvo en esos arreglos y como a las 7 de la tarde le dijo que iría a ver si había desaparecido su compañero pero que si él no volvía que se fuera con los chicos y que no volviera más. Alrededor de las 8 de la noche se fue en bicicleta, le pidió que le comprara alimentos y se fue. En la casa estaba con sus cinco hijos y la madre de la declarante que había llegado días antes. Le dijo a su madre "creo que al Negro no lo vemos más". Su madre le dijo que no fuera tonta, que no pensara así. Lo esperó toda la noche y a eso de las 7 de la mañana llevó a sus hijos a Metán con su madre. Dijo que lo relatado corresponde al jueves 21 de julio del 77. La declarante regresó porque su esposo le había indicado que a la tarde fuera a un lugar para hablar con una persona. No encontró a nadie y se fue. Luego se fue de su casa al día siguiente, fue a encontrar a una persona a Banda del Río Salí pero no la encontró. Decidió volver a su casa. Esperando para ir allí en colectivo vio a una señora de edad que le dijo que al lugar al que iba había unos cuatro o cinco autos, un Peugeot marrón y varios Falcon. Dijo que en la parada vio llegar a una mujer vecina de su casa de Alderetes que era madre de un policía federal. Por temor se alejó de ella y fue hasta un quiosco y al regresar ya había perdido el ómnibus, lo que era su objetivo para no viajar con esa mujer. Que esperó al próximo ómnibus a la hora siguiente, que ya era de noche, veía unas lucecitas de cigarrillos de unos chicos según parecía. Cruzó una finca de limones y unos cañaverales y llegó a su casa. Notó que la misma ya no tenía nada, techo, puertas ni ventanas, objetos de adentro, los animales, chanchos, caballos, gallinas, pavos reales. Habló con su vecina que le pidió que por favor se vaya porque había llegado el ejército y la estaban buscando. Llamó a su hijo y le pidió que la sacara por el medio del monte. Así llegó a una ruta, el chico le pidió dinero porque si no la denunciaría. Así le perdió la confianza y lo siguió y volvió a salir cerca de su casa, por la finca de limones, iba con su niña en brazos, vio una casa en un lote de la que la iluminaban, abrió un portón de madera e ingresó como si fuera su casa, el perro no ladró, le rogó a la señora que le dijera por dónde salir, y salió por un callejón, recorrió unos 700 metros y sintió el ruido del auto, se adentró en los cañaverales, alimentó a su hija, salió del cañaveral, volvió a sentir el auto, se escondió detrás de un palo borracho y llegó a una fábrica, habló con el sereno, siguió camino, fue como así a las tres de la mañana llegó a otro pueblo en el que estaba uno de los autos que la señora le había mencionado, justo pasaba el ómnibus y pudo irse. Buscó saber de su marido por gente que ella conocía. Precisa que si bien vivía en Salta con su marido en Campo Quijano, este fue intendente en la época de Ragone, iban a irse a otra parte pero prefirió ser intendente, lo que generó un desacuerdo de la pareja. Se preocupaba por los indígenas, las tierras. Dice que siendo su marido intendente tuvieron en la casa ocho allanamientos, lo sabe porque los contó cuando estaba todo fresco, la mayoría de las veces ingresaban, abrían todo y revolvían todo y se iban, nunca encontraron nada. El 23 de noviembre del 74 su marido estaba en una reunión de centros vecinales y alrededor de las 7 u 8 de la noche un hombre se presentó en su casa buscando a su marido, acompañado del comisario. Media hora después llegó a la casa un camioncito lleno de hombres uniformados que allanaron su casa. Dijo que su hermana fue a buscar a su marido (de la declarante) en auto y que la seguían. En su casa desapareció un portafolio, hizo la denuncia y discutió en la Comisaría. Durante un mes no supo más de su marido. Allanaron de nuevo su casa pero no revisaron nada. Luego un alférez de gendarmería de apellido Cabezas le dijo que iba a encontrar a su marido vivo o muerto o iba a matarla a ella. Así fue a vivir con sus padres, y luego al poder volver a ver a su marido escaparon juntos hacia Tucumán. La declarante se fue con su hija a Buenos Aires, luego a la provincia de Salta, luego a Aguaray porque necesitaba la tenencia de sus hijos. Dijo que ella conocía al juez de paz. El 8 de marzo de 1996 un compañero de militancia de su marido que había estado fuera del país fue a su casa en Vaqueros, Salta, así se encontró con Lucrecia Barquet, quien le entregó a una de sus hijas un libro de Tucumán en el que una persona llamada Juan Martín mencionaba como detenido a su marido. No hizo la denuncia por desaparición porque su marido expresamente le pidió que no lo hiciera porque quería que diera prioridad al cuidado de sus hijos, que no se expusiera a que la desaparecieran. Contó que su marido compró un lote en Alderetes, allí hicieron su casita y que no sabe por qué los últimos días de febrero o comienzos de marzo se fueron de la casa, cree que días antes la policía les pidió que se fueran.

LICIA EUGENIA CAMPOS

Dijo ser hija de Enrique Aurelio Campos. Señaló que inició las acciones judiciales en Salta porque las persecuciones a su padre se iniciaron allí pero que se declararon incompetentes y se giró a la justicia federal de Tucumán. La denuncia que realizó la testigo (querellante en autos) resultó de una reconstrucción de familiares y amigos. Que a la fecha del hecho, el 21 de junio de 1977 la declarante tenía 6 años. Reunió documentación relativa a su padre, y luego en un diario digital halló más información, una lista de personas a desaparecer en la que figuraba su padre. Dijo que el día que desapareció su padre desapareció toda su familia, su madre se dedicó a buscar a su padre y repartió a sus hijos. Que nadie quería acercárseles por miedo. Dijo que un día los organismos de derechos humanos le dieron a su madre un libro en el que estaba un testimonio de Juan Martín que decía haber visto a su padre en Jefatura. Que ese fue el primer indicio de la suerte corrida por su padre. Que en su familia cada cual buscaba por separado porque era muy doloroso, que a partir de la causa Vargas ella le pidió a su mamá que fueran a Tucumán a buscar datos. Destacó que la fecha del secuestro de su padre le llamó la atención, y la coincidencia con Luisa Ana Ibañez, el del Sr. Bordón y el de su padre. Que las tres familias ayudaron y asistieron a la familia Niklison. Precisó que al momento del secuestro de su padre vivían cerca de Scania Bavia, con su madre recorrió el camino inverso reconstruyéndolo y así llegaron a colonia San José, Cruz Alta, a cinco kilómetros del punto de partida.

RICARDO AROLDO COMÁN

Comenzó su testimonio diciendo que en mayo de 1975, estando fuera de su casa, esperando la llegada del transporte que lo llevaría a la cosecha del limón, vio que en la esquina un camión del ejército se detuvo. Empezó un operativo y el declarante se encerró en su casa. A los dos o tres minutos llegaron a su vivienda pateando puertas, estaba con su esposa embarazada de siete meses y su hija de un año y un mes. Continuó diciendo que lo agarraron de los pelos levantándolo, la niñita lloraba y a su mujer la empujaron. Sostuvo que los intrusos ingresaron a su casa sin preguntarle quién era. Escuchó a sus hermanos que gritaban. Precisó el testigo que lo sacaron de la casa y le pegaron un culatazo, lo llevaron, cerca de una canchita pararon y lo llevaron a un señor Santillán, a otro señor Galeano que subió ya sangrando, y también allí subieron al chaqueño López. Que primero los llevaron a la Sarmiento pero ahí dijeron que los llevaran a Jefatura porque allí no había lugar. Recuerda que una vez en Jefatura los ubicaron en un salón grande donde había muchas mesas, tipo escritorios, los ubicaron, vendados, esposados o atados con alambres contra la pared. Que ahí estuvimos unos días hasta que nos pasaron a un lugar que le decían "la chanchita, fue allí donde comenzó mi calvario". Relató que continuamente los torturaban por orden de un señor que decía "saquen a fulano, a mengano". Dijo que los golpeaban y amenazaban con violarlo. Recordó el testigo que en el trayecto por la ruta de San José, cerca del supermercado vio como alzaban a una chica morocha, alta que cree que se llamaba Irene Sofor de Gonzáles. Que a ella también la llevaron a Jefatura pero no la pusieron con las demás, la depositaron en otra parte, dijo que a la noche pudo oír sus gritos y llantos. Indicó que los días siguientes no la vio más. Recordó que estuvo nueve meses detenido, lo liberaron en febrero del 76. Que planeando irse a Salta por miedo a que lo detengan nuevamente, el día antes de hacerlo lo vuelven a detener hasta mayo. Que a diferencia de la primera vez no lo llevaron al chanchito. Señala que en esta segunda detención vio a Santucho, a Jaroslavsky, a alguien que le decían Mori o algo así. Que también lo torturaron hasta que en mayo le dieron la libertad. Continuó exponiendo que su esposa ya se había ido de su casa por temor de que fueran a buscarla, el declarante inmediatamente agarró su bolso y se fue a Rosario de la Frontera. Al tiempo regresó porque la "cosa" se había calmado un poco. Agregó que su madre le contó que a su hermano Ramón lo habían llevado en varias oportunidades. Recuerda que Jaroslavsky lo aconsejaba acerca de como ponerse, como respirar para resistir a las torturas. Cuenta que en la calle, cerca de la fiscalía federal lo vió a Santucho después de muchos años y que es él quien lo aconseja mucho en la actualidad, especialmente porque el diciente no quería declarar, tenía miedo, vivo con pánico. Afirma que como consecuencia de lo que vivió, actualmente no soporta ver que se castigue a la gente. No se explica hasta la fecha por qué lo detuvieron, si era un simple cosechero del limón. Recuerda que le gustaba mucho el fútbol y el arbitraje. Continúa expresando que en las detenciones era horroroso lo que se hacía a la gente. Que supo que estaba detenido en Jefatura la primera vez porque no tenía los ojos vendados al ingresar, cuando los rechazan en el comando fue a la central o sea a la Jefatura. Precisó que la segunda vez ya reconoció la Jefatura porque había estado allí. Indica que vivía en Villa Carmela. Señaló que la evocación de todas las cosas que vivió le resultó muy dolorosa. Refiriéndose a la situación de su hermano, precisa que lo detienen con él la primera vez, y que cuando lo detienen por segunda vez su hermano seguía detenido. Al ser el testigo confrontado con su declaración anterior en la que refirió que en las dos detenciones coincidieron las mismas con las de su hermano, dijo no recordar bien. Dijo que los intrusos que ingresaron a su casa eran muchos, alrededor de diez. Que los atacantes eran del ejército y militares y que el camión era verde, uno del ejército. Culmina peticionando justicia para los asesinos y que sufran lo que nos hicieron sufrir a nosotros. Indicó que la detención fue a la mañana temprano, cuando iba a trabajar, que no era militante sino un simple cosechero del limón. Señaló que durante su detención un preso le señaló a un policía que iba pasando por ahí como Hugo Albornoz y también a Quinteros como el policía que sacaba gente de las casas.

RAMÓN ANTONIO COMÁN

Testificó que en el año 75, por la mañana, irrumpió la policía y el ejército en su casa y lo llevaron al declarante con sus hermanos. Que estuvo detenido en la Brigada y en la Jefatura. Que lo largaron en febrero del 76, volvieron a llevarlo otra vez. Asevera que en todas las detenciones que sufrieron fueron torturados. Que luego lo largaron cerca del cerro San Javier y que él cruzando fincas pudo llegar a su casa en Villa Carmela. Precisó que llegó muy sucio. Señaló que a él lo llevaron por lo menos cuatro veces, una vez lo llevaron de la ruta, lo metieron en un carro de asalto. Señaló que esa vez lo llevaron a la Jefatura, que le vendaron los ojos, que fue torturado y escuchó gente siendo torturada. Recordó el diciente que en Jefatura lo condujeron a una habitación llena de fotos de cuerpos desmembrados y cadáveres, que exhibiéndole las fotos le preguntaban si quería terminar así o comentarle a quienes conocía y quien no. Dijo que con su esposa y su hija de 3 años finalmente se fue a casa de sus suegros en San Pedro de Colalao, lugar en el que permaneció sin problemas hasta los años ochenta. Expuso que como secuelas de su secuestro señala que por mucho tiempo no quiso hablar de nada. Refiere que tiene golpes en la cabeza, en la rodilla, que tiene problemas en la columna. Precisa el testigo que primero secuestraron a Pascual Suárez, que luego fueron a la casa de su familia, donde fue secuestrado junto a su hermano, todas las demás detenciones que sufrió fueron en la calle. Dijo que las detenciones las realizó la policía y que también vio camiones del ejército. Indicó que en la Jefatura oyó que nombraban todo el tiempo el Pilo Bordón y al Tuerto Albornoz como los torturadores de Jefatura. Continúa relatando que la segunda vez que lo detuvieron, se cruzó con Juan Carlos Ríos, que luego se enteró que esta persona era pariente de Santucho de Tucumán. Recordó que durante su detención, en los interrogatorios le preguntaban por los militantes del peronismo de Villa Carmela. Agregó que a la fecha de los hechos era militante de la juventud peronista. Dijo que lo que le pasó es algo durísimo, que lo sufrió en su cuerpo. Señaló que vio a una chica "blancona" de Córdoba, que le dijo que hoy es el día de ella porque era el de la Virgen y que sus padres iban a venir a buscarla de Córdoba, que ella quedó detenida cuando a ellos los dejaron en libertad y que nunca supo más de ella. Indicó que escuchó que le decían Nena en la Jefatura. Agregó que tiempo después una señora llamada Yolanda Arguello le dijo que lo vio a él en Jefatura. Dijo que la primera vez estuvo detenido de octubre a septiembre del 75, que lo hicieron dar varias vueltas y hasta que llegaron a Jefatura. Sostuvo el declarante que durante ese traslado iba vendado. Que reconoció a Albornoz en el lugar y que luego vio notas de diario en las que aparecía su foto y también lo reconoció. Precisó que en sus dos declaraciones en la instrucción, dijo que su esposa y sus hijas no son nombradas por él porque no quería implicarlas por miedo, pero que luego habló con ellas y las mismas le dijeron que dijera la verdad, que no tenían problema con eso. Dijo que su hermano militaba en la juventud peronista. Que sabe que el lugar donde estuvo detenido era la Jefatura porque nombraban a ese lugar y, asimismo, porque en algunas oportunidades estuvo en el lugar sin vendas. Indicó el diciente, que todas las veces que fue llevado detenido era para preguntarle quienes eran los cabecillas del ERP de la zona donde vivía. Precisó que su madre no quería que desarrollara actividades políticas. Señaló que en el camión fue trasladado vendado y atado, tirado boca abajo. Relató que en la Jefatura estaba normalmente contra la pared o tirado en el suelo. Dijo que permanecía la mayor parte del tiempo con las manos atadas atrás, salvo cuando lo llevaban en fila al baño. No pudo indicar si todo el tiempo estaba con su hermano o si estaban en el mismo lugar. Normalmente permanecían atados y vendados, aunque a veces le quitaban las vendas. Precisó que fue torturado con picana eléctrica. Señaló que a la fecha de los hechos trabajaba en pintura de obras.

JUAN CARLOS RÍOS SANTUCHO

Relató que es sobrino de Mario Roberto Santucho, jefe del ERP. Que vivió hasta los 11 años en Tucumán, cuando lo conoció a través de familiares y que su madre viajó a Jujuy a Palpalá en los Altos Hornos Zapla. Contó que a los 17 años, su tío le dijo que lo buscara en tal dirección para darle trabajo. Fue entonces, que a los 19 años, se vino en el tren "Cinta del Plata" con un amigo. Llegó a Tucumán a las 8 de la mañana, cuando la policía le pidió su documento e interrogaron por su apellido materno, el diciente le informó que era Santucho y fue entonces que escuchó decir a un policía "a este era el que estábamos esperando". Indicó que lo agarraron y lo llevaron a un café que había en la estación de trenes, luego a la Comisaría primera donde fue alojado junto a delincuentes comunes. Que alrededor de las 7 u 8 de la noche llegó una persona de apellido Quiroga, de tonada santafesina, cordobesa, que cuando supo que el diciente era sobrino del famoso Santucho lo golpeó. Que luego lo llevaron nuevamente adentro y un Comisario Pascual Pérez, se acercó para saber los motivos por los cuales estaba en Tucumán. Continuó exponiendo que estuvo detenido tres o cuatro días y luego lo trasladaron a un lugar de piso de cemento amarillo, que había varios edificios, un parque y unos perros. Que allí encontró al doctor Máximo Eduardo Jaroslavsky, quien le dijo que era médico y trabajaba en el área de cardiología del Centro de Salud Sostuvo que estuvo allí unos ocho días para luego ser trasladado a Jefatura. Sostuvo que lo hicieron revisar por el Dr. César Rengel, que según le dijeron era el médico Jefe del departamento policial. Agrega el testigo que le preguntaron por Santucho, dónde estaba éste, que si sabía de lo sucedido en Monte Chingolo, de un atentado al Vicealmirante Hermes Quijada. Que el diciente no sabía y por eso fue golpeado. Luego lo llevaron a un salón grandísimo donde volvió a encontrarlo a Jaroslavsky. Por unas bombas de estruendo pensó que estaba en mayo. Que estaban "tabiqueados" (vendados), esposados o amarrados con alambres cuando se quedaban sin esposas, que fue golpeado continuamente. Relató que fue llevado en dos oportunidades al cementerio del Norte, atrás de una cruz grande cerca del panteón del Centro de Jubilados ferroviarios. Allí eran golpeados, "martillados", que le hicieron ruleta rusa. Señaló que por lo general iban al cementerio 10 o 15 y que nunca sabían cuantos volvían. Continuó testificando que un coronel Ernesto Alais, le hizo preguntas y que le decía que el diciente debía hablar y que así iba a salir todo bien, que lo iban a llevar con Lorens de antecedentes y Pasteris de "los dedos", que harían los trámites para su libertad. Sostuvo que ese día lo interrogaron por un Señor que él tenía anotado en el bolsillo, porque era la dirección que el tenía que ir para que le dieran trabajo, la de Jusik Sefir Vedur, que vivía en la calle Entre Ríos 32. También le preguntaron por Isa Musa, el Yulo Bedur y por Patricia Dimiti que le decían la "Serpiente". Relató que sus captores le dijeron que esas personas eran delincuentes del ERP y que por ello comenzaron a pegarle más fuerte y gritarle "zurdo de esto, zurdo de lo otro". Agrega que Jaroslavsky le enseñó a respirar para resistir a la picana. Dice que una vez le golpearon luego de la picana el estómago y empezó a sangrar porque recientemente había sido operado de hemorroides. Indicó que uno de los policías presentes dijo que tengan cuidado porque "este se les podía ir", que estaba muriéndose y si le pasaba algo Zimmermann y Albornoz iban a "cortarle las pelotas". Expresa Ríos Santucho que fue así como recibió atención médica, lo pusieron en reposo, le dieron alimentos y medicamentos. Que desaparecieron varias de las personas que estuvieron con él. Aseguró haber visto a Ramón Mori Amaya junto a Leandro Fote en Jefatura. También vio a otros como Bianchi, Vermetin y Egloff, Constancia Curia, Gloria Díaz, mujer del "Parche" Díaz y Julia Díaz. También vio a Irene Socorro González, hermana del "Pelado" González, de la zona de San José. Dijo que como a la semana no volvió a ver a las chicas. Agrega que luego, cuando dejaron de golpearlo un día le dijeron a Jaroslavsky "judío de mierda, ahí te han venido a buscar a vos", cree que era con referencia a un hábeas corpus que habían presentado. Finalmente (tratando de ubicarlo en la sala) dijo que lo vio a Roberto Heriberto Albornoz y que por comentarios luego supo que el tenía un "maleante" llamado Héctor Calderón, que manejaba toda la delincuencia de torturadores. Indicó que Ricardo Comán lo ayudó, un muchacho que vivía en San José. Dijo que fue llevado a todos lados, al cementerio, a la calle, recordó que estaban Comán y Albornoz. Señaló que lo vio finalmente a Jaroslavsky agonizando, respirando fuerte, y dijo que ordenaron colocarlo en una bolsa de arpillera. Dijo que Albornoz lo torturaba psicológicamente permanentemente. Agregó que Orce que era de otra parte también torturaba, y asimismo Pilo Bordón. Recordó que un 24 de enero lo sacaron en un auto y lo dejaron en Santa Fe y Avellaneda atado con alambres y sucio, un taxista lo socorrió y pidió que lo lleven a calle Entre Ríos, de allí lo mandaron a Las Estancias y de allí lo llevaron a Güemes y luego fue a Santa Cruz de la Sierra donde lo recibió un senador, pero como en Bolivia estaba Hugo Banzer Suárez, que era cercano a Videla finalmente lo sacaron a Brasil. Relató sobre la salida al Cementerio de Norte, que los llevaron tabicado a un lugar lejano, había un portón grande, olor a velas, detrás de una cruz grande cerca del panteón de los jubilados ferroviarios les hicieron ruleta rusa. Fueron como tres veces allí, y eran fuerzas conjuntas porque vio uniformes verdes y gente de civil. Héctor Calderón, Pilo Bordón, Mariano Moreno, Luna son otros torturadores que reconoce. También recuerda a Jodar, quien lo apuraba y le decía que si no hablaba iban a hacerlo boleta. Siempre le preguntaba por un tal Schettini. Era interrogador y torturador. Dijo que también le hicieron mucho daño Arrechea y Zimmermann. Dijo que a Bianchi lo conoció en Jefatura porque era amigo de Jaroslavsky, con él y Bermejo, Ruiz, Mori Amaya y Leandro Fote eran un grupo. El declarante tenía unos 19 años, Fote unos 28. Precisó que el 15 de abril del 76 sale de Jujuy a Palpalá, llega a Tucumán el 16 y a las 8.30 es detenido hasta el 24 de enero del 77 a las 22 horas. Reconoció la Comisaría primera, la Brigada, la Jefatura. Dijo que todas las personas que ha mencionado fueron torturadas e interrogadas por las mismas personas que ya ha nombrado como torturadores e interrogadores. Sostuvo que Jaroslavsky le enseñó a agudizar los sentidos porque esta tabicado, que prestara atención a los sonidos, a los olores. Agrega que adentro de Jefatura había a veces conscriptos, y que ellos pegaban mucho. Recuerda a uno de ellos, a Mingo Zárate. La persona que llevaron al polvorín agonizante en una bolsa es Máximo Eduardo Jaroslavsky, de casualidad lo vio en un caballete con un testículo negro, agonizante, ahí dicen que lo pongan en una bolsa de arpillera y lo lleven a polvorines que hace poco supo que era Arsenal. Quien dio la orden era Roberto Heriberto Albornoz. Señaló que pudo regresar al país en el 85, pero agrega que en el 78 estaba en Santa Cruz de la Sierra, de ahí en los Crucero Costa, luego en Buzios y Cabo Frío. (Dice respecto de Albornoz que lo identificó en la audiencia pero lo señala a otro imputado). Dice que Alais al hablar con él para chamullarlo -calcula que hacia julio o agosto del 76- se identificó perfectamente y le preguntó por su tío, otros familiares, y otras personas. Precisa que su tío Santucho venía del lado materno. Precisa que nunca fue militante. Indica que su tío Santucho le había dado direcciones para que buscara trabajo en Tucumán, por eso llego a la provincia.

FRANCISCO RAFAEL DÍAZ

Manifestó el testigo que en el año 74 a medianoche entró un grupo de gente a su casa, eran policías, reconoció al Tuerto Albornoz como el jefe del equipo. Prendió la luz, lo hicieron levantar y descalzo lo sacaron afuera. Lo envolvieron con una colcha, lo llevaron a Jefatura y le dieron una trompada. Cuando lo llevaron a Jefatura, Arrechea era Jefe. Le llevaron la máquina de escribir, un reloj pulsera y una radio de bolsillo. Luego de eso vio en la cancha a uno de ellos con su radio. Que el jefe Arrechea preguntó que había pasado y le respondieron que "anduvo repartiendo panfletos". El testigo dijo que no lo conocía. Que un grupo de compañeros fue a pedir que lo dejen en libertad. Lo llevaron a un lugar donde estaban todos amontonados. Eran como 70 personas, al otro día fue un avión y él se salvó de casualidad. El testigo dijo tener 90 años. Dijo que el primer secuestro fue en el año 74. Se le exhibieron fojas de una declaración anterior de donde surge que fue detenido en el año 75. Supo el testigo que era Albornoz el jefe del operativo porque era muy conocido, no conocía a ninguna persona que estaba ahí. Que luego de esta detención sufrió otra, quienes lo secuestraron tenían tapada la cara, lo metieron en un auto y lo llevaron a la Escuela de Educación Física. Que supo que era es lugar porque iba a oftalmología al frente y por el huequito del cubrecamas vio la reja de entrada. Cuando estaba adentro estaba tirado en el piso pegados unos con otros, había más de 100 personas, él había colocado los armarios en ese lugar. Un gendarme le dijo que no tenía nada que ver. Había chicos, un criollo y un japonés. Recordó que uno de ellos se llamaba Fernando, estaban muy golpeados, el jefe de guardia era vecino de él y le dijeron a los otros que tengan compasión con él. Lo liberaron después y a los 10 o 15 días leyó que dos terroristas se habían matado y eran estos dos chicos que estaban secuestrados. Dijo que fue dirigente barrial. Que lo citaron para que vaya a reconocer la Escuela de Educación Física y ese lugar estaba todo cambiado, ya no estaba la reja. Que estaba marcada con humedad donde estaba la puerta. Que la segunda vez fue secuestrado su hijo que tiene el mismo nombre. Que no recibieron mal trato en Educación Física. Cuando le informaron que lo iban a largar, por una rendija alcanzó a ver una chica detrás de la puerta, una chica embarazada y sangre. Que había una persona que nombró a varios, a su hija, a su yerno, a ver si se iban también. Que le dijeron que no se muevan hasta que no vieran el brillo de la camioneta que se fuera. Que al hijo lo liberaron con él. Sintió voces de gendarmes rosarinos, cordobeses y misioneros. Que a su hijo lo secuestraron al salir del Colegio Nacional cuando se hacía el homenaje del 25 de mayo, iba con un hermano menor y otro compañero, los dos más chicos se volvieron en un ómnibus más directo. Que los otros que estaban esperando encontraron el zapato del muchacho y un cargador. Fue a la comisaría e hizo a la denuncia en la comisaría de Villa Luján esa misma noche. Al otro día fueron al juez federal, después llamaron al comando donde los atendió Cabral. Dijo que era dirigente del partido comunista, dirigente gremial y barrial. Que su hijo estaba haciendo una tarea en el colegio nacional para reunir fondos para hacer una demostración. Que fue a Buenos Aires a declarar. Dijo que no tuvo ninguna novedad de su hijo salvo que tenía hundido el cráneo y rota la clavícula. Que hablaron a su casa por teléfono, habló su hijo y les dijo que cuando cumpliera 3 años lo iban a dejar en libertad. Que ese llamado lo recibió la hermana. Dijo que cuando se encontró con Cabral no firmó nada. Su hijo se llamaba Francisco Rafael Díaz. Dijo que vio a Arrechea, y él mandaba porque era el jefe. Manifestó que fue Presidente del centro vecinal del barrio San Carlos y delegado del congreso pedagógico. Dijo que trabajaba de maestro herrero.

JUAN CARLOS DÍAZ

Dijo que en marzo de 1976 varias personas irrumpieron en su casa cuando todos estaban durmiendo buscando a su hermano Francisco Rafael Díaz. Que les decían que no tenían que moverse, que llegaban para llevarlo él. Que así lo llevan a su hermano, pero también querían llevarse cosas de la casa y un señor con sobretodo, vestido de militar lo impidió. Lo subieron a su hermano a un auto en el que luego supieron que ya estaba su padre en el baúl, lo llevaron a la Escuela de Educación Física y los tuvieron dos días y los liberaron en calle Rondeau. Que tiempo después, el 24 de marzo de 1978, el declarante saliendo del colegio nacional vio a un muchacho corriendo y que lo perseguían varios hombres. En ese momento un Renault 12, un Peugeot 504 y un Ford Taunus llegaron, redujeron al joven y lo metieron en un baúl. Que los autos se fueron y el declarante con sus amigos de 16 años se acercaron al lugar del hecho y reconocieron en el suelo un zapato de su hermano, unas vainas servidas y un cargador numerado, elementos que su madre entregó a la policía. Que no tuvieron más noticias de su hermano. Quien estaba con el declarante era Luis Palomino. Lograron denunciar las patentes de dos de los tres autos. El Renault 12 después volvió a buscar algo que se había caído y al no encontrar nada aceleraron y se fueron. Aclaró que en el operativo del secuestro de su hermano, en marzo de 1976, irrumpieron civiles y un señor uniformado con botas, en el segundo secuestro, el de marzo de 1978 eran todos civiles. En el primer secuestro del hermano del declarante, el de la Escuela de Educación Física, éste comentó que en el lugar estaban varias personas con ojos vendados y manos atadas, que les pedían el nombre. Agregó que su padre en marzo del 76 también había sido secuestrado. Que vivía en calle Lavalle al 3300, ya iba en el baúl. Precisó que sus padres denunciaron en la policía, en la Iglesia, en los organismos internacionales la desaparición de su hermano. Además interpusieron un habeas corpus del que no obtuvieron respuesta. Señaló que su hermano era empleado de un taller metalúrgico y era estudiante. Agregó que su hermana Susana Elena Díaz también se encuentra desaparecida. Que eran siete hermanos, que todos vivían en la casa materna a la época de los hechos.

ALBERTO LUIS GALLARDO

Dijo que su primera detención se produjo en agosto de 1975, en el marco del atentado al avión Hércules en el aeropuerto Matienzo. Que fue incriminado en ese hecho y a la noche irrumpieron en su casa a balazos limpios, mataron su perro, lo golpearon a él y a su familia, incluso a su hija de 10 años. Lo acusaban de ser uno de los integrantes de la banda que había puesto la bomba. Dijo que los invasores ingresaron con absoluta violencia, no respetaron ni a su hija de 10 años, rompieron muebles, según ellos no solo buscaban documentación incriminatoria, sino que se dedicaron a saquear su casa. En esa época tenía una empresa de luz y sonido y luego de secuestrarlo a él y a su hijo, los llevaron a la escuelita de Famaillá. Que al regresar a los 2 o 3 días advirtieron que les habían robado valiosas luces. De la escuela de Famaillá recuerda las torturas que tuvieron que soportar, especialmente los golpes con puños y culatas de armas que lo hicieron perder toda la dentadura superior. Allí escucharon alaridos de la gente que era torturada, recordó que lo ataron a un camastro y le aplicaron corriente eléctrica. A su hijo siendo menor lo golpearon tanto que hasta le quebraron un dedo. Al momento de comer no les sacaban las vendas y con una mano debían sacar polenta cruda. Esa primera detención se inició en el domicilio de calle Mendoza 1340. Recordó que en ese primer secuestro en la escuelita de Famaillá, oyó una voz a sus espaldas que le decía que era de montoneros y que había puesto la bomba, recordó que era una voz con tonada cordobesa, la misma que escuchó una vez en una reunión de la unión obrera metalúrgica, un seguridad tenía esa misma voz. Recordó que en ese primer secuestro, encontrándose tirado en una galería con su hijo a unos dos o tres metros, en horas del amanecer moviendo la ceja pudo correr su venda y vio con preocupación y horror un cuerpo que por su contextura física era femenino, colgado del techo de uno de los tirantes de la galería. Que ese cuerpo sangraba y estaba abierto desde la vagina hasta el cuello. Relató que prosiguieron las torturas, que le dijeron que iban lo eliminar a él y a su hijo porque no tenían datos firmes para incriminarlo en la voladura del avión. Lo llevaron a una oficina para que firme un papel con la autorización de sólo levantarse apenas la venda, y así pudo ver a un oficial que por su vestimenta era de jerarquía, y pudo ver cerca también a un personaje de sotana con una banda púrpura colgada de la cintura. Allí le hicieron una serie de preguntas, dijo no saber nada de la voladura. Pasada una hora lo llevaron fuera, le acercaron la mano de su hijo, los tiraron en una camioneta en la que anduvieron unos 30 minutos, le dijeron que les desatarían las manos, que se quedaran parados y que no se dieran vuelta "o los hacemos cagá matando". Que también les indicaron que sólo podían caminar cuando se perdiera el ruido del motor del auto que los había llevado. Así lo hicieron y vieron que estaban cerca de la Iglesia San Pío X. Paró un taxi en el estado lamentable que estaba y el taxista sin cobrarle nada lo dejó en la puerta de su casa. Al llegar vio los daños causados en su casa, su mujer casi cae de espaldas al verlos, no se imaginaba que volverían. Precisó que el hijo que secuestraron con él era Carlos Alberto Gallardo, quien tenía 16 años en ese momento del hecho. Como el hecho fue cometido durante gobierno constitucional al día siguiente del hecho, luego de ir por curaciones al sanatorio de Avenida Mitre, se puso en contacto con el senador Dardo Molina que le dijo al senador Corbalán que lo acompañara a Casa de Gobierno a denunciar el secuestro. Dicha persona pidió audiencia, pero Amado Juri se negó a recibirlo y se tomó el atrevimiento de decir "por algo será", lo que le dolió mucho porque él era peronista. Agregó que el senador Corbalán le dijo que fueran a Jefatura, lo hicieron y allí estaba a cargo Arrechea, quien los recibió y al verlo al declarante dijo "Ah, Ud. es al que le mataron el perro", lo que le llamó la atención porque hasta ese momento no había informado nada al respecto. Recordó que Arrechea le hizo pedir un café al Senador, mientras que a él lo tenía parado, le dijo que era montonero y que estaba incurso en delito de traición a la patria. El declarante le dijo que por lo menos esperaba que le devolvieran las cosas y Arrechea le dijo que el Ejército en todo caso tenía que reparar, y agregó que lo viera a Juri a ver si tenía tiempo (y a eso lo destaca porque al poco tiempo fue el golpe). Sobre el segundo hecho dijo que el 24 de marzo de 1976, a las 22 o 23 horas la puerta de su casa fue golpeada y abierta con violencia. Ingresaron encapuchados con botas negras como las que usaba la policía federal y personal policial vestido de civil. Así en presencia de su familia lo capturaron y lo llevaron a la Jefatura donde fue esposado y pasado a una habitación que a su criterio era el Departamento del D2 dirigido por Heriberto Albornoz. Allí fue recibido con insultos y golpes, uno de los golpeadores era Bulacio, y había otros más e incluso el propio Albornoz que hacía lo suyo. Dijo que todos eran valientes porque cualquier mequetrefe con un arma oficial es malo. Así quedó maltrecho y alrededor de las 5 de la mañana lo sacaron por la puerta principal de la Jefatura y le dijeron que se fuera a la casa, lo que le llamó la atención. Al salir vio que en la calle Salta había barricadas, su instinto de conservación le decía que no tenía que ir allí porque iban a inventar un enfrentamiento que era lo que siempre hacían. Así agarró hacia la derecha rumbo al casino, lugar en el que había más gente, lo que daba mayor resguardo. Tomó un taxi y se fue a su casa. Al día siguiente hizo las denuncias correspondientes pero sin resultados. Aclaró que en el secuestro del 75, el primero, quien se presentó con un habeas corpus en su casa fue el doctor Pisarello, pero no se lo dejaron presentar en los tribunales. Sobre los interrogatorios del primer secuestro dijo que le preguntaban por las armas y los compañeros montoneros. Le preguntaban también qué tipo de reuniones tenían en Fotia, que relación tenían con el sector de los sindicatos. A continuación relató un tercer secuestro, que fue en plena vía pública, en la esquina de 25 de Mayo y San Martín, al mediodía, los primeros días de Abril. Aclaró que como trabajaba en reparaciones de una empresa cinematográfica había arreglado un cartel del Cine Plaza. En la esquina de la plaza Independencia lo levantaron, alguien gritó "ahí lo llevan a Gallardo". Fue llevado a Jefatura, otra vez los interrogatorios y las torturas. Ahí estaba de nuevo Albornoz y González Naya, lo tuvieron hasta la noche, de allí lo subieron a un vehículo que tenía una leyenda, "Transporte de Carnes". Que a él, junto a otras personas, los llevaron en viaje como 30 minutos, y finalmente llegaron al Arsenal. De ahí fueron sacados de la camioneta, los levantaron y los tiraron en una habitación con un olor nauseabundo insoportable. Confirmó que era el Arsenal porque escuchaba gente yendo al trote y ordenes de mando. Dijo que obviamente no era el Colegio Don Bosco. Pasaron unos días, y una mano lo hizo levantarse, junto a otras personas los ponen en un vehículo, les anuncian que los iban a liberar pero que iban a hacer boleta al que se sacara la venda. Los tiraron en Avenida Juan B. Justo en un camión del Ejército y una camioneta con el pretexto de que el declarante había confesado que era de montoneros y otras cosas. Mientras duró su detención saquearon su casa, le robaron todos sus equipos de luz y sonido, nunca pudo volver a rearmar su taller. Al volver a su casa su familia quería que se fueran de la provincia, no sabía si salir a la calle donde desde la esquina de su casa lo vigilaban. Su primera esposa, Emma Quinteros, haciendo las compras había recibido amenazas de que iban a matarlo a él. Que permanentemente era seguido. Un cuarto hecho tuvo lugar la última semana de abril, este fue el hecho más grave de todos porque para esa fecha iba circulando en su Jeep Ika y en calle Marco Avellaneda y Córdoba lo interceptó un vehículo, lo capturaron y lo llevaron a Jefatura donde ya estaba el Estado Mayor con Arrechea a la cabeza. Lo trasladaron nuevamente al Arsenal, allí imagina que soldados lo sacan a él y a otras personas y los colocan en un cuarto. Oían gritos terribles, alguien que pedía que lo asesinaran. Una noche, en ese espacio reducido que era como una caballeriza escucharon los que estaban allí una voz que decía ahí llega el general. Escucharon carreras de personas que corrían, voces de mando, luego un silencio de unos 15 o 20 minutos. Allí escuchó la voz de mando de Bussi acompañado de otros represores aparentemente. Que un momento dado alguien dijo que le acercaban agua al general, y éste dijo "pónganlo ahí". Con el tiempo se dieron cuenta que se hacían fosas circulares, paraban a la gente en el borde y les pegaban un tiro en la nuca y caían muertos a la fosa. El gendarme Torres contó que primero mataba el general y luego los subalternos, el que no mataba quedaba muy mal parado. Transcurrido un tiempo el declarante y los detenidos se imaginaban lo peor. Nuevamente lo levantaron y le desataron los pies, lo llevaron a un pedazo de patio, se le corrió algo la venda y alcanzó a ver 2 o 3 vehículos y que estaban poniendo gente en fila. Luego advirtió que el primer camión era el de DF que significaba "disposición final", y que él estaba en esa fila, le preguntaron el número, dijo que era el 9 y ahí lo cambiaron de fila. Dijo que piensa que la mano de Dios intervino y por eso está hablando ahora. Lo subieron al camión y lo tiraron como a las 4 de la mañana en la esquina norte del parque 9 de julio, fue hasta una confitería caminando, vio a un conocido al que le contó lo que pasaba y este le consiguió un taxista que lo llevó a su casa. Al llegar toda su familia estaba espantada, solo pidió una ducha y cambiarse de ropa. Tomó la bicicleta y fue a un lugar a ver si allí podía quedar escondido. A eso lo hizo porque cree que se equivocaron al cambiarlo de fila. Unos compañeros al verlo en el lugar se asustaron, le dijeron que ya se estaban yendo a Salta y que se fuera con ellos. Que salieron a las 5 o 6 de la mañana, de ahí pasaron a Jujuy, allí llamó a una familia por teléfono pidiendo sin decir dónde estaba que le dijeran cómo estaba su esposa y le dijeron que habían rodeado toda la manzana como a las once de la noche. Que Arrechea en un auto "borravino" que le pertenecía, más camiones del Ejército entraron a su casa buscándolo, eso porque supone que Arrechea no podía concebir que hubiera podido salir del Arsenal, donde estaba dispuesto que muriera. Estaba enloquecido, su esposa le contó que pateaba todo, no podía creer que se hubiera escapado. Mientras estuvo detenido en el Arsenal pudo escuchar unas voces, unas que preguntaban por Dardo Molina, como él lo conocía dijo "quién pregunta por Dardo Molina". Sobre las ejecuciones en Arsenales supo que murieron allí de esa manera, recordó que un dirigente le dijo que habían matado a una chica española de corta edad, después supieron que era Ana Corrado. Respecto del cuarto secuestro, precisó que duró unas 48 horas. Agregó que allí escuchó de nuevo la tonada cordobesa del torturador que había oído en la Escuelita. Le preguntaban por Pilo Díaz, Samuel Villalba, sobre que había hecho el declarante, sobre cuál era su jerarquía y participación en la coordinadora peronista que en el 73 se había puesto en contra del gobierno. Agregó que después de la detención de su hijo, la de la Escuelita, quedó muy traumatizado, luego se casó con una chica y se radicó con ella en Santa María. Que Dardo Molina no pertenecía a Montoneros, que era senador. Sobre el hombre de la faja púrpura agregó que se comentaba que por los centros clandestinos de detención andaba un purpurado llamado Pío Laghi.

SALVADOR ATILIO JOSÉ IOVANNE

Dijo, con relación, a Luis Gallardo que la militancia de ambos comenzó a mediados de los años 60 en la época de la crisis de los ingenios azucareros, época conocida como "el tucumanazo". En todo eso fueron compañeros, Luis no era un dirigente sindical propiamente, era un técnico mecánico que tenía un equipo de sonorización que prestaba servicios de espectáculos. El declarante lo contrató en distintas oportunidades para la sonorización de distintos eventos. Dijo que en esa época lo económico estaba directamente relacionado con lo político, se coaccionaba a los empresarios para hacer obras. El declarante desde el 76 en adelante, desde el 24 de marzo, recordó que por la ruta 9 había al menos 6 patrullas que hacían sucesivas revisiones. Que ese día precisamente al ingresar a la ciudad vio una fila de todos los colectivos de la ciudad. Cuando llegó a su casa, su madre le hizo la valija y se fue a Buenos Aires porque había sido nombrado en una empresa turística que hacía cruceros. A Luis lo atendió varias veces que andaba escapando ya que lo acusaban de cuando se explotó el piso del aeropuerto, pero dijo que le consta que no tuvo nada que ver con eso, solo estaba en la esquina norte. Otra vez lo acusaron de pinchar gomas. Ambos eran peronistas. Expresó que los habeas corpus no daban ninguna garantía. Que al llegar la democracia dos jueces amigos le comentaron que rescataron distintos habeas corpus. Que en la dictadura los jueces no daban garantías. En ese marco un habeas corpus para Luis no tuvo sentido. Una vez lo llevaron a Luis Gallardo a La Escuelita y tuvo la suerte de que lo bajaran de un camión de los que solo quedaron desaparecidos. Destacó que Luis en las sucesivas persecuciones sufrió grandes daños patrimoniales, en el equipo de su emprendimiento, y en el hecho de que perdía oportunidades laborales por ser perseguido. Sobre las persecuciones destacó que también tiene secuelas psicológicas, a Luis lo apodan "El Triste". Señaló que a partir de las persecuciones se convirtió en un muchacho a media marcha, todos los secuestrados tienen secuelas físicas, psíquicas, religiosas. Que a Luis lo vio mucho mejor en los últimos 5 años. Tuvo dos divorcios, problemas con los hijos. Precisó que la fila de colectivos a la que refirió con anterioridad no tenían "cinta de plata", eso es, no estaban los ómnibus que levantaban de noche. Que en la fila estaban todos los colectivos urbanos, llegaban hasta pasando la vía de la Uruguay, no solo en la avenida Salta, en todas las calles.

VIRGINIA MERCEDES ROMANO

Dijo que desde los 15 años trabaja en el mercado del norte. En ese marco lo conoció a Gallardo que hacía trabajos de electricidad en el mercado, y también lo veía en las marchas peronistas. Hacia el otoño de 1976 Gallardo dijo que era una persona permanentemente buscada, no lo dejaban vivir, por cualquier motivo lo detenían. En una oportunidad llegó al negocio de la declarante pidiendo socorro. Supo que una vez lo detuvieron a Gallardo cerca de la Fotia. Precisó que con ayuda de la gente que venía del norte llevando mercaderías al mercado del Norte pudieron sacarlo en un camión del país por el norte.

LUIS FERNANDO MONTI

Sobre Juan Carlos Soto dijo conocerlo por ser vecino de la zona en que vivía, a 150 mts de su casa. Supo que estuvo detenido porque se lo comentó y como vecino lo veía y en determinado momento no lo vio más y eso se comentaba en el barrio. Que al Sr. Soto lo encontró 4 o 5 años atrás yendo por la av. Belgrano. Que logró divisarlo y lo invitó a llevarlo hasta donde fuese. Que lo trasladó hasta la calle San Lorenzo a un instituto de diálisis. Que le comentó que allí lo dializaban por lo cual se ofreció a buscarlo cuando lo necesitare. No lo llamó más y un domingo se encontraron casualmente en un bar de calle Santa Fe y Mitre. Se sentó en su mesa, conversaron y volvió a ofrecerle ayuda para llevarlo a la diálisis. Que una vez lo fue a retirar del instituto, tomaron un café en el parque 9 de Julio y le contó que lo dializaban porque lo habían detenido, que había sufrido mucho y entre esas cosas le dijo que lo habían torturado y que años antes de empezar con la diálisis le extirparon los testículos porque los tenia quemados. Que luego no podía orinar porque tenía un riñón como la mitad de un dedito. Nunca le comentó donde estuvo detenido pero si dijo que creía que estuvo en la Jefatura por los autos que escuchaba, y que lo sacaban de un ambiente y lo llevaban a otro. Que siempre había mucho movimiento de autos. Que ese lugar quedaba en Sarmiento y Salta. Que se dio cuenta que lo habían llevado al Arsenal en auto. No podía precisar el tiempo pero podrían ser 5, 7 o 9 días. No podía ver nada porque estaba vendado aunque vio a un tal Valdez, quien les dijo que allí se terminaba el ciclo de su vida. Que fue ese Valdez quien lo descargó y reconoció que era vecino. Que Soto no sabía nada. Debe haber tenido 7 años más que Soto, era de la calle Uruguay, por Monteagudo. Luego de que Valdez reconoció todo, le pegaron un tiro en la cabeza, salpicándoles la sangre. Que lo dejaron en un cañaveral diciéndole que se lave el cerebro y se olvide de todo. Que esa última detención podrías haber sido en el Arsenal unos 9 o 10 días. Que fue trasladado de un lugar a otro, pero estuvo 3 meses aproximadamente detenido. Cuando fue detenido estaba casado con Margarita Otero y ya no vivía en la casa del barrio cuando se casó. La Sra. De Soto era alta. Supone que ella tiene que saber del secuestro. Soto era profesor particular de él cuando estaba en la secundaria. Fue director de una Escuela y siguió enseñando en su casa y en la localidad de Trancas en una escuela de adultos. Dijo no recordar el nombre del Sr. Valdez y que Soto nunca le dijo que se hizo cargo Valdez antes que lo mataran. Por ultimo dijo que fueron dos las veces que hablaron del tema, una en el parque y otra en bar de Santa Fe y Mitre.

JUSTO JOSÉ GÓMEZ

Dijo recordar a Juan Carlos Soto. Que la única relación es de convivencia del mismo barrio. Cada uno tenía sus propias actividades. No tenían una relación personal. Dijo que con el tiempo y comentarios del barrio se tomó conocimiento que Soto fue detenido, de ahí en más todo quedó quieto sobre la proyección de futuro de Soto. Que vivía a la vuelta de su casa y que perdió el contacto totalmente. No lo volvió a ver. Que la época de los hechos puede haber sido 75/76, no tiene idea bien. Era una persona con actividades normales, que se dedicaba a los suyo sin relaciones vecinales.

JUAN ANTONIO FOTE

Se procede a reproducir en la audiencia el audio de la declaración prestada por el testigo en causa "Jefatura": El testigo manifestó que anteriormente declaró ante la Comisión Bicameral y ante el Juzgado Federal de Tucumán. Que fue privado de su libertad el 19 de abril del año 1975 y que fue sacado de su casa a las 3 de la madrugada por la Brigada de Investigaciones e introducido en un auto Torino verde. Recordó que había como 30 vehículos, también habían sacado mas gente, y que después de varias horas que lo tuvieron en el auto, lo introdujeron por avenida Santa Fe a la Brigada. Ahí fueron como 15 personas de San José. Estuvo una semana o una semana y media detenido desvendado. Una noche a horas 21 escuchó al Sr. Albornoz hablando en voz alta por los pasillos diciendo "se terminó la contemplación para la gente de San José, en especial para ese hijo de puta que está ahí". A los 20 o 30 minutos apareció un hombre que le vendó los ojos y lo llevó a un salón grande que había en la Brigada, que tenía 2 compartimentos, lo rodearon unos 10 hombres y lo golpearon con patadas y trompadas preguntándole por su hermano Fortunato, quien era medio hermano y a quien el testigo dijo que no veía mucho porque se habían criado separados. También le preguntaron por otros nombres y como él respondía que no sabía nada lo golpearon con mayor intensidad, por lo cual se le cayó la venda y desde el suelo vio al Sr. Albornoz con una tablita sentado en una mesita que decía "déjenlo, déjenlo que vea". En ese momento salió todo el grupo para que no los viera, se paró Albornoz y 2 personas desde atrás le acomodaron la venda y lo siguieron golpeando con patadas y trompadas hasta que lo voltearon al piso y escuchó que decían "a este hijo de puta habría que matarlo afuera y no traerlo adentro", siguieron pegándole y al otro día no podía ni moverse. A los tres días lo llevaron a declarar, vendado a la misma habitación, un salón intermedio donde lo interrogó Albornoz quien tenía un papel donde decía que se reunía un grupo como de 30 o 40 personas en la casa de su hermana a lo que le respondió que sólo iba a la casa de su hermana a tomar mate. Que luego Albornoz le dijo que se levantara despacito la venda para que lea lo que había escrito en ese papel y le preguntó si conocía a la "negra Ahumada", el testigo manifestó que si la conocía porque era presidenta de una unidad básica de la zona y Albornoz le dijo que estaba ahí por ella. Lo volvieron a llevar al salón. Tres o cuatro días después una persona le preguntó el nombre, le dijo que se levantara, le cambiaron la venda y lo llevaron con dos personas más, Carlos García y otra chica de apellido González. Los subieron a un auto y viajaron por la ruta por dos horas más o menos. Llegaron tipo 9:10 de la noche a una casa y le llamó la atención porque sentía un repiqueteo como de tambores. Ahí le preguntaron si él era Fote y le dijeron "vos sos pesado ?, acá te vamos a ablandar", le pegaron un par de patadas y lo tiraron en un salón con una colcha. A la noche lo volvieron a buscar más personas y le dieron el número 87; tipo 5 de la mañana se comunicó con un muchacho Ferreyra que lo habían sacado de su casa y quien le expresó que estaba ahí hace varios días. Asimismo dijo el testigo que al día siguiente lo sacaron como a las 9 de la mañana y un "tipo" sacó un papel, le preguntó por nombres y por su hermano. El testigo dijo que respondía lo de siempre, le decían que estaba mintiendo y lo llevaron a un aula donde le dieron de comer un poco. Esa noche lo volvieron a sacar, le leyeron nuevamente el papel y le dijeron "parece que estas mintiendo" ; lo llevaron a un pasillo, lo agarraron a patadas, le sacaron la ropa, lo ducharon, le pegaron y luego lo llevaron a una cama medio plástica, le ataron los pies y las manos, un médico le tomó el pulso y lo picanearon en las piernas, en los testículos y después en la boca. Le preguntaban por su hermano Fortunato y por otros nombres. También le echaron baldadas de agua y su cuerpo temblaba, cada vez le ponían con más intensidad, después lo llevaban para el aula; se iban a comer y volvían. Así estuvo como 5, 6 días. Manifestó el testigo que al séptimo día lo sacaron a la mañana, lo midieron con un metro y le dijeron "a este hay que hacerle un cajón como de 1,70". Lo amenazaban que si no cantaba la iban a ir a buscar a su mujer. Lo volvieron a llevar al aula. Al siguiente día lo sacaron otra vez, deliberaron y un tipo dijo "déjenlo para mí" . Lo llevaron caminando hacia afuera y le habló acerca de que él tenía un hijo en Buenos Aires y que no le hubiera gustado que le pasara lo mismo, le dijo que esa tarde lo llevarían, como a las siete, ocho de la noche lo volvieron a llevar a la Brigada donde estuvo 2 o 3 días más, hasta que junto a otras cinco personas lo llevaron al juzgado federal donde le leyeron la declaración que le había tomado Albornoz. Después lo llevaron de vuelta a la Jefatura y finalmente a fines de mayo lo llevaron a Villa Urquiza donde estuvo unos cinco días, de ahí lo trasladaron en avión al penal de Rawson, donde estuvo hasta finales del 80. Por último lo llevaron a La Plata, donde estuvo hasta el 16 de noviembre del 81, fecha en la que le dieron libertad vigilada. Que así estuvo hasta diciembre del 82. Dijo que el proceso penal que tuvo fue la declaración indagatoria que le tomaron en el juzgado federal, pero que ahí no tuvo abogado defensor, la indagatoria la tomó un secretario y no recuerda quién era el juez. Recordó el testigo que cuando llevaron a Rawson lo sobreseyeron por falta de mérito y que un abogado defensor, Rafael de Barca, le comunicó que estaba preso a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, pero que le habían dictado la falta de mérito. Sobre si algún juez lo había visitado el testigo dijo que nunca, que cuando vino la OEA a la Argentina, le abrieron una causa inventada y que ahí si fue el juez federal Manlio Martínez; que en su caso le decían que andaba con una metralleta y que el juez le preguntaba qué opinaba de eso riéndose. Respecto sobre si le denunció a ese juez federal lo sucedido con anterioridad, el testigo expresó que no le dijo nada porque se notaba que estaban desamparados, que no existía la ley. Dijo el testigo que al momento de su detención tenía 19 años y trabajaba en una empresa constructora de la ampliación del barrio Kennedy, que Fortunato Leandro Fote, su hermano, se desempeñaba como delegado del ingenio San José, fue diputado y secuestrado en Buenos Aires y que aún hoy continúa desaparecido y que todos los interrogatorios eran sobre su hermano. Sobre la ex Jefatura de Policía manifestó que la conocía porque el chofer que manejaba el auto cuando lo secuestraron lo llevó a Jefatura sin venda. Respecto de cómo sabía que era Albornoz quien le había tomado declaración, dijo que sabía porque Albornoz andaba todos los días en la Brigada y la gente decía que era Roberto Albornoz y que era el Jefe. Otro nombre que el testigo dijo recordar como quien le pegó una patada en el estómago era un policía de apellido Escobar. También dijo que le preguntaban por una señora de San José de apellido González, llamada Irene, a quien la llevaron junto a él a Famaillá. Otras personas que dijo recordar como secuestradas de San José son Ernesto Molina, un muchacho de San José que lo llevaron con su señora de apellido Yapur, José Esteban Lazo, Pedro Eduardo Rodríguez, los dos muchachos Romero, Manuel y Antonio, un muchacho Romano, otro García. Fueron como 15 en total a los que llevaron ese día. También estaba Claudio Alberto Lescano. Por último dijo que tenía un hermano de apellido Pacheco Figueroa Ambrosio, quien fue sacado de la casa de su hermana el día 26 de agosto del año 75 por el señor Albornoz con sus colaboradores, era 4 años mayor y nunca volvió a aparecer, también vivía en San José. Que al día de hoy contabiliza unas 20 o 24 personas desaparecidas de San José".

En el transcurso de la audiencia de la presente causa, dijo que recordó un operativo en San José con aproximadamente 30 vehículos. Que entraron dos personas al dormitorio con itakas y ahí le pusieron la campera para llevarlo y le guardaron el documento. Al salir, cuando lo sacaron, había un carro de asalto con unos cuantos detenidos y luego buscaron mas personas. Él fue llevado en un auto verde. Dijo que Quintana era el chofer que esperaba en el auto y que luego lo vio por la Brigada. Que esa persona es la misma que lo buscó de Famaillá. Que Hugo Albornoz es uno de los que lo sacó de su habitación. Que eso decía esa persona, que tal vez era su nombre de guerra. Junto a Hugo Albornoz estaba con otro llamado Fernando Bulacio y un tal sargento Pérez. Sobre un oficial Sánchez dijo no recordar nada más. Que ellos eran colaboradores golpeadores de Albornoz. En relación a Socorro González manifestó que la llevaron con él desde Famaillá a Jefatura de Policía. A los tres días esa mujer fue liberada. Que recuerda como otras personas detenidas a José Esteban Lazo, Norma Natividad, Antonio Romero y Pedro Rodríguez, junto a ellos fue trasladado al Juzgado Federal en un carro de asalto y luego los volvieron a llevar a su lugar de detención. De Miguel Domínguez dijo que era de San José y estuvo con él detenido y luego lo largaron. A Martín Paz lo vio en Jefatura. Que la mayoría de San José estaban en la misma condición. Sobre Escobar, quien le dio una patada en el estómago supo que trabajaba en Tafí Viejo, era de mediana estatura y morocho.

JOSE CARLOS MENDEZ

Comenzó relatando el testigo que durante la dictadura trabajaba en la finca de Amado Juri, y agregó que era tapicero, carpintero y plomero. Que nunca tuvo problemas con la policía, pero unos desconocidos lo llevaron, según las declaraciones judiciales, en marzo de 1976, pero no puede decir que fue detenido. Relató que cuando lo detuvieron "estaba muerto de miedo". Culminó diciendo que en la actualidad tiene 80 años y es jubilado.

OLGA MARGARITA OTERO DE SOTO

Comenzó relatando la testigo que es la esposa de Carlos Antonio Soto desde el 4 de octubre del 75. Que su marido era empleado en una casa de comercio y preparaba alumnos para rendir. Dijo que la madrugada del 11 de enero de 1976 estaban durmiendo e irrumpieron en su casa y entraron personas uniformadas, aunque no recuerda bien las características de uniforme porque no estaba prendida la luz de la habitación y la obligaron a taparse hasta la cara y le pusieron un arma. Que después vio que habían dado vuelta toda la casa. Agregó que en relación a su marido no escuchó nada pero se dio cuenta que lo taparon con una sábana que había dejado en el comedor. Indicó que cuando se levantó fue a la casa de un hermano de su marido quien le dijo que la testigo vaya a trabajar y que él se iba a ocupar de todo. Afirmó que como ella era muy joven y no sabía que hacer, los que se ocuparon fueron la familia de él. Que durante el tiempo que su esposo estuvo secuestrado no tenían ninguna información de donde estaba. Luego afirmó que volvió en marzo, muy deteriorado y con una cicatriz en la frente. Que le comentó que estuvo en la Jefatura y después en el Arsenal y también en el departamento de Educación Física, lo que suponía por los ruidos que se sentían. Que lo interrogaron, torturaron y le hicieron varios simulacros de fusilamiento. Que cuando lo interrogaban le preguntaban por varias personas y sobre un vecino de la cuadra, "El Japonés", pero al que ella no conocía pero que supo que lo mataron. Indicó que su marido le dijo que nunca pudo identificar a sus secuestradores porque estaba vendado todo el tiempo. Concluyó diciendo que por las torturas sufridas perdió un testículo y que durante 10 años le hicieron diálisis hasta que falleció.

GERARDO ALFREDO ROMERO

Conocía a Enrique Campos y va a dar su testimonio desde su militancia porque es desde allí donde se da su conocimiento por el amor por la patria y de un mundo más justo y mejor. Por esa ideología coincidieron en una misma organización. Campos era del movimiento nacional peronista y estaba enrolado en la lucha para conseguir una patria más justa y soberana. Que lo conoció en la militancia. A partir de un compañero le llega la noticia de que Campos no había acudido a la cita de control. Que esas citas eran muy importantes como una herramienta de seguridad y auxilio en casos de emergencia y forma rápida de enterarse del secuestro de un compañero. Que esos momentos en que recibían esas noticias eran muchos, uno tras otro. Campos no apareció a las citas y por el grado de compromiso tenían certeza que había caído en manos de las patotas militares y policiales del aparato represivo. Que aplicaban torturas y secuestros sin límites para sacar información. Puede como militante dar fe y testimonio de la enorme seriedad y el compromiso puesto en su militancia. Que todos murieron en manos del aparato represivo. La causa principal de su muerte fue su militancia. El conocimiento de Campos se da en la militancia, por lo tanto todos los contactos que tenía con él eran dentro de ese contexto y su secuestro y desaparición es también en ese contexto. La fecha a la que no va a la fecha de control es aproximadamente en junio o julio del 77. Tenía contacto con él y habitualmente la dejaba a su nena y dormía el también allí. Que en esa época también secuestraron a Dante Bordón y no recuerda a nadie más, porque para ese momento eran muchos menos los compañeros que caían. Un compañero que era el esposo de Diana Oesterheld, en la Banda del Río Salí. Previamente de la detención de Campos lo veía cuando la llevaba a su hija a la casa de él. No sabe si había rendido para entrar en Scania. Mucho después supo por los testimonios de Juan Martín qué le había pasado. Que la clandestinidad de Montoneros se hace clandestina obligada por el hostigamiento de las Triple A en la época de Isabel Perón. No había división de combatiente u otro. Campos era un militante de la organización Montoneros.

JUAN PABLO CARBALLO

Comenzó relatando el testigo que en 1976 trabajaba en la Gabinete de la Jefatura de Policía, desde el año 70, haciendo cédulas de identidad, que su trabajo era administrativo y que tenía el cargo de Agente. Que sus jefes eran Romano Espeche, Maidana y Lobo. Continuó diciendo que tuvo problemas con este último, que era el segundo jefe, y lo trasladó a la Volanta. Pero a los tres meses lo mandaron a llamar de la Brigada por lo que se dirigió por su propia voluntad en su auto particular al edificio de la Avenida Sarmiento y Muñecas, frente de lo que ahora es la Legislatura, y que apenas entró le agarraron el vehículo, el cual nunca más apareció. Indicó que al ingresar lo llevaron a la oficina de Rodríguez Quiroga y lo comenzaron a interrogar sobre una cédula que se había confeccionado con sus iniciales y que según ellos la tenía un extremista, por lo que lo acusaban de hacerles cédulas a ellos. Indicó que Rodríguez Quiroga y Figueroa le pegaron y lo golpearon en la espalda con una itaca. Que luego lo llevaron atado y vendado y lo metieron en un baño sucio. Relató que todas las noches, Herrera y otros le pegaban y "picaneaban" en una cama con elásticos a otras personas y al testigo. También recuerda que Arrechea era otra de personas que le pegaron. Que por las vendas que tenía no podía ver quienes estaban pero que calcula que en ese lugar había unas 30 personas más y algunas mujeres que aunque no las veía, las escuchaba gritar de noche. Luego relató que un día la llevaron a su señora, y delante de él, la ataron y desnudaron. Que le hicieron iniquidades y hasta perdió una criatura para que hable, pero él no tenía nada que hablar. Indicó que los peores eran Figueroa y Herrera y agregó que eran los peores, unos criminales. Luego relató que un día se desmayó y se despertó en el Sanatorio 9 de julio, donde le dijeron que lo habían llevado por una peritonitis, pero que él sabía que no había tenido esa enfermedad, lo que sí tenía era reventados los oídos por los golpes. Que después lo llevaron al Hospital Padilla y no dejaban que vea a nadie, ya que estaba siempre con guardia. Indicó que después Figueroa hizo que lo lleven de nuevo a la Brigada, donde de nuevo lo tuvieron atado y le pegaban. Que vio lo que le hacían a los demás, castigo y picana, todas las noches, y que también había mujeres, que a la noche escuchaba los gritos. Indicó que su madre lo llamó al Dr. Romano Norri, quien era el único abogado que se ocupaba de esos casos porque ningún otro quería hacerlo. Continuó relatando que después lo llevaron a la Comisaria 7 y ahí también de noche lo torturaron y no dejaban que tenga comunicación con ningún otro detenido. Que después lo llevaron a la Comisaría de Yerba Buena y ahí vio como mataban a un joven de 16 años con una itaca por lo cual Sobrecasas y Ponce lo querían obligar a que declare que el chico se había escapado. Indicó que Sobrecasas trabaja en el "Libertad". Que a raíz de este episodio lo llevaron al Juzgado Federal la Dra. Ahualli le levantó la incomunicación pero cuando lo volvían a llevar a la Comisaría lo volvían a incomunicar. Continuó diciendo que antes del Mundial lo llevaron al penal de Villa Urquiza por orden del Juez Guerineau. Que allí vio a Amado Juri, Hernando, Molina, el matarife, Torres, el intendente y a otros que no sabe quienes eran pero de los que decían que eran extremistas. Que a Don Amado lo hacían trabajar en la cortada de ladrillos, y que aunque algunos querían ayudarlo él no los dejaba. Relató que en el penal, a la noche, entraban policías y militares con una linterna y los sacaban arrastrándolos, y que hasta algunos los mataron. Relató que entre ellos se tenían que ayudar a levantar, y que les mostraban un baúl y les decían que ahí los iban a poner para tirarlos al Cadillal. Relató que una vez el subcomisario Albornoz (no "El Tuerto") le dijo que no iba a salir más por la Ley 20840. Que otra cosa que le hicieron fue que lo ponían en ruedas de reconocimiento para que la gente lo señale para así poder hacerle otra causa. Que, además, le hicieron firmar muchas cosas, pero como no lo dejaban leer no sabe ni que firmó. Indicó que estuvo detenido en Villa Urquiza hasta los tiempos de Malvinas del año 82, y a partir de allí tuvo que ir a firmar, con custodia, al Juzgado, hasta que a principios del 83 le dieron la libertad. Aseguró que incluso después de firmar su libertad también lo seguían. Agregó que cuando volvió a su casa no había nada, le robaron todo y lo dejaron en la ruina. Que en el libro de Mesa de Entradas del Juzgado Federal está registrada su entrada pero no la salida, por lo que averiguó que unos libros fueron mandados a quemar por Bussi. En relación al auto con el cual se dirigió a la Brigada, indica que lo había comprado en Satra con plata que le había dado su madre, pero que cuando estaba detenido le decían que lo había adquirido con la plata que le habían dado los extremistas, pero nada de eso era cierto. Que el auto era un Fiat 128 y nunca más lo vio. Agregó que el nombre de su esposa Rosario del Carmen Ruiz y de su madre María Luisa Correa, a quien hicieron infartar por todo lo que tuvo que vivir cuando él estaba detenido. Resalta que cuando fue llevado ante el Juez fue tratado de manera correcta Concluye diciendo que Duilio Figueroa y "El Pelado" Herrera andan en la calle pero son unos delincuentes y que antes no había hablado porque tenía miedo porque lo seguían, pero ahora declara porque quiere que todos sepan quienes son estas personas.

ROSARIO DEL CARMEN RUIZ

Comenzó declarando la testigo que es la señora de Juan Pablo Carvallo. Relató que el día 11 de febrero su marido le dijo que no iba a volver a comer porque lo habían llamado de la Brigada ya que el Comisario lo quería hablar con él pero no volvió más. Que, luego, a las dos semanas un policía le golpeó la puerta y le dijo que el Comisario quería hablar con ella y que ya estaba incomunicada y no podía hablar con nadie. Que la sacaron del brazo y la llevaron a un auto. Indicó que en la Brigada le dijeron que su marido andaba con los extremistas y que le hacía cédulas para ellos por lo cual quedaba detenida. Relató que después un señor alto le puso una venda, se quedó sentada en un baño y su marido apareció todo ensangrentado. Que le pegaron a él delante de ella y a ella delante de él. Agregó que ella estaba embarazada de 6 meses y que se los dijo para que no le peguen. Que también su marido les pedía que no le hagan eso. Que, además, la hicieron pasar debajo de un alambre. Continuó relatando que como a las 4 de la mañana, le pegaron una trompada muy fuerte y sintió el desprendimiento del bebé y empezó a sangrar, entonces le sacaron las zapatillas y el pantalón y agarrándose de una silla el bebé nació y lloró y se movía y era un varoncito. Que como el bebé lloraba pidió verlo pero le dijeron que estaba muerto y lo habían llevado al cementerio. Agregó que también pidió ir al hospital pero solo le dieron una Novalgina. Que también en el baño, lo vio parado a su esposo, llorando, y pidió verlo, pero lo la dejaron. Dijo que al otro día le dicen que su marido le quería hablar, pero que no podían hacerlo porque estaba por la ley de seguridad, pero que ella no sabía que era y que de nuevo les pegaban y les decían que iban a ir al baúl porque los iba a matar. Que estuvo ahí tirada como 6 meses y la pasaron a la Brigada Femenina y de ahí al Buen Pastor, donde las monjas le pegaban también le pegaban porque le decían que era la esposa de un extremista. Indicó que estuvo casi 3 años detenida. Que su madre la quiso visitar en el Buen Pastor pero le negaban que estaba allí. Que nunca reconoció a nadie que también haya estado detenido con ella. Agregó que después de la Jefatura, a su marido, lo pasaron a la cárcel y que les decían que no los largaban porque estaban metidos con los extremistas. Indicó que ella denunció lo que le pasó en el Juzgado Federal pero no recuerda la fecha. Culminó diciendo que no fue violada pero si fue "picaneada" en los pechos y sufrió muchos golpes que le provocaron el aborto.

RAÚL EDGARDO ELÍAS

Se procede a reproducir en la audiencia el audio de la declaración prestada por el testigo en causa "Jefatura":

Relató que fue privado de su libertad el 6 de junio del año 1976. Dijo que iba en un taxi, salía de la Jefatura de Policía, se dirigía a un asado que le hacían sus amigos porque dos días antes habían entrado a su casa, golpearon a su hermana, a la madre y a su padre lo trataron mal, dañaron la casa y se robaron cosas. Relató que fue a Jefatura a ver al jefe de policía y subjefe de policía para decirles que no era necesario que hicieran eso y después se fue al comando con un amigo militar a ponerse a disposición de ellos, para decirles que no hacía falta la parodia de ir a la casa, que no quería que a su familia le pasara nada si él era el responsable. Habló con el subjefe de policía Castelini y se puso a su disposición. Ese día domingo salió de la Jefatura y cuando estaban en el parque, en el asado, faltaban cubiertos, entonces volvió a buscar cubiertos a su casa. Dijo que la hija del jefe de policía lo había hablado para ir al Cadillal entonces fue a la Jefatura para agradecerle, incluso para invitarla al asado, llegó a la Jefatura y la familia Zimmerman estaba comiendo, relató que salió de ahí y caminó hacia Maipú y después de esperar tomó un taxi y frente a una escuela lo cruzaron dos autos, un Falcon color naranja, pudo salir del taxi, hizo dos pasos, quiso entrar a una casa, sonó una alarma y se entregó. Agregó que lo subieron al Falcon, iban 3 personas uno adelante y dos atrás, lo hicieron arrodillar en el piso, lo esposaron y le pusieron un trapo en los ojos y le fueron pegando, relató que siguieron por Sarmiento hasta esquina norte, pasaron la vía, dieron vuelta, y entraron por unos portones y después circularon dentro de ese espacio. Pararon el auto, lo hicieron bajar en un salón donde se notaba que había gente, lo hicieron sentar, había movimiento de platos, parecía que estaban comiendo. Dijo que ahí tenían que estar parados hasta la noche cuando empezaban las sesiones de tortura física. Contó que a la noche lo pasaron a una sala para interrogarlo, estaba vendado y esposado, lo patearon, le pegaron y le pusieron la picana en la cabeza y en la cara. Le preguntaron sobre la hija del jefe de policía y qué relación tenía, y si tenía relaciones sexuales con ella. Después lo encerraron en el chancho, al otro día se repitió la misma sesión y así fueron tres o cuatro días, al tercer día le tiraron una colcha porque no tenían colchón, esa sala tenía un ventiluz arriba y sentía voces como que daba a un salón, vio por el ventiluz y vio gente que estaba vendada, dijo que no sabía si había estado una semana en esa situación, que sentía gente que torturaban porque se sentían los gritos, al lado de esa sala había otra sala y un baño y recordó que una vez le hicieron tomar el agua del inodoro. Dijo que luego lo pasaron a una sala, no quería hablar con nadie por el terror que tenían, ubicó que estaba en la Jefatura que está en la esquina de la calle Sarmiento y Salta, recordó que después lo llevaban más esporádicamente a la sala de sesión de torturas y le volvían a preguntar sobre la hija del jefe. Dijo que el señor Ferro lo había acompañado a su padre para averiguar de él y que Zimmerman le dijo que la gente del ERP lo había secuestrado, le dijeron a su padre que estaban en la pista de encontrarlo. Después de 15 días, no le hicieron nada. Relató que una noche lo sacaron, le dieron de comer los restos de la gente de la cárcel, era una comida líquida, lo hicieron repetir la comida, lo acostaron y lo sacaron callado y lo llevaron a la parrilla, a la sala de interrogatorio, le pusieron las manos en los respaldos de hierro y le ataron los pies con cables y comenzó el interrogatorio, dijo que fue muy tremendo que se comió un pedazo de lengua, cree que se desvaneció, se fueron los que interrogaban, que eran distintos a los que los cuidaban, los que los cuidaban se reían y seguían jugando con la picana, les pidió ir al baño, no lo dejaron y se orinó, entonces le pegaron porque había ensuciado, lo llevaron a bañar con agua fría, lo hicieron lavar la ropa y le hicieron poner la ropa, lo llevaron de nuevo a la parrilla y lo dejaron, después lo sacaron y lo llevaron al salón y lo dejaron ahí. Contó en la audiencia que una noche estaba mal, en un estado de desesperación, que le dijo a otro amigo que quería sacarse la venda y que lo mataran, entonces el amigo le dijo que rezaran, empezaron a rezar y vinieron dos y los pusieron contra la pared y le empezaron a pegar, le quebraron el esternón, después pasó un tiempo y lo sacaron a un interrogatorio y le mostraron fotos de personas para que reconociera, le preguntaron por un domicilio, las piedras al 700, dijo que él iba para ahí porque vivía su novia, lo castigaron porque no conocía a las personas que le mostraban en las fotos. Después lo llevaron de nuevo a la sala, estaban acostados permanentemente con la ropa con la que estaban cuando se había producido el secuestro. Dijo que por aquellos días hicieron un allanamiento y vinieron con cosas de esa casa y las pusieron en el salón donde ellos estaban, había un paquete de fideos que se repartían y lo comían crudo, entre esas cosas que trajeron vinieron piojos, y todos se contagiaron, entonces con un fuentón de creolina fumigaban la ropa, la ropa mojada se volvían a poner y les dieron ropa que supone que debió ser de algún allanamiento. Dijo que los llevaban al baño una vez al día, a la mañana cuando hacían el cambio de guardia. Después lo llevaron a los calabozos de calle Sarmiento, había un pasillo en el medio donde había celdas con algunas mujeres y algunos privilegiados que lo sacaban de noche a visitar. Los cambiaban de ubicación para que no sepan quienes faltaban. En el primer lugar de encierro los llevaban al baño haciendo un trencito, en el otro lugar había una letrina dentro del lugar donde estaban detenidos. Dijo que en ese momento tenía 24 años. Contó que el señor con el que rezaba el rosario era Lechessi que era legislador, lo conocía porque tenían amigos en común por ejemplo Ferro, dijo que Lechessi le daba ánimo y que era valiente, lo castigaban delante de ellos y el legislador les decía a quienes lo torturaban, que él era el poder legítimo, y que a Lechessi lo sacaban y lo ponían bajo la lluvia. Dijo que con él estaba un chico que tenía de apodo Pamperito, era de Jujuy. El testigo manifestó que después lo vio a Centurión y al Perro Clemente que salía con la policía a marcar gente y a hacer detener gente, que él lo vio porque cuando fue el episodio de los piojos le hicieron sacar la venda. También dijo que lo vio al doctor Tártalo, otros chicos, que no sabe los nombres pero los habían secuestrado a la salida de la fábrica Grafa, otro chico de ascendencia judía que no recuerda el nombre. Dijo que Vargas Aignasse no estuvo detenido con él pero cuando estaba en el chancho sintió una persona que torturaban y que retaba a los torturadores y decía que era Vargas Aignasse, agregó que por el tipo de preguntas y las respuestas de valor y hombría pudo haber sido Vargas Aignasse. Añadió que vio a varios estudiantes universitarios y del secundario también. Relató que entre las mujeres estaba la doctora Calabró que la conocía de vista por la mueblería que tenían y tiene entendido que era abogada. Dijo que él habló con una persona de apellido Díaz pero no era Hugo Díaz. Manifestó el testigo que sabía que estaba en la central de policía porque comentaban entre los detenidos porque después de unos días se abría la confianza entre quienes estaban detenidos. Puntualizó que a la par de él amaneció muerto el doctor Tártalo, parecía que había tenido un infarto la noche que lo interrogaron, un policía le pegó un puntapié a Tártalo y no se movió entonces los hicieron pasar a todos al centro del salón y los hicieron saltar, lo retiraron a Tártalo y los cambiaron de lugar, dijo que nunca más supo de Tártalo. Narró que conoció a González Naya en el gobierno de Riera cuando fue al aeropuerto a recibir gente que venía a la asunción de Riera y González Naya estaba en el aeropuerto. Indicó que en el allanamiento a su casa fue Gonzalez Naya según lo que le dijo su padre. Señaló que cuando lo secuestraron estaba en la parte del D2. Enfatizó que recordaba a Cattaneo, Ibarra, Flores, Chaile y después había policías menores, dijo que el que lo secuestró fue Luis De Cándido, y que lo recuerda porque lo torturaba. Subrayó que cuando lo interrogaban, cuando le preguntaban por la hija del jefe de policía, había una persona que conocía de esto. Manifestó que al momento de los hechos no tenía militancia política, que era afiliado al peronismo. Relató que la casa que ocupaba De Cándido era de Coronel y que los había conocido a Coronel y a su esposa de la época de la universidad. Dijo que estuvo detenido en el ángulo de avenida Sarmiento y Salta y que estuvo cerca del D2, cuando le sacaron la venda y le mostraron las fotos y estaba en el D2, el jefe era Albornoz, cuando los pasaban a la zona de la calle Santa Fe parecía que era el previo antes de llevarlos al calabozo, cuando lo liberaron lo hicieron bañar y le dieron de comer, cree que en el acto de liberación se acercó Albornoz y le dijo que "era una guerra sucia que no sabían donde estaba el enemigo, seguí tu vida", y que Albornoz le dio un reloj que le habían sacado y lo llevaron en una Rural 12 y lo dejaron cerca de la casa de los padres, y que al irse no firmó nada. Contó que por la calle Santa Fe había personal sin uniforme, de civil. Sostuvo que las mujeres al principio eran menos, que había una chica que estaba embarazada o se le había producido un aborto porque estaba con un proceso infeccioso y que no puede identificar quien era. Dijo que todos los que estaban detenidos fueron sometidos a sesiones de tortura y había otros que traían de la escuelita de Famaillá. Dijo que Luis De Cándido fue la misma persona que lo detuvo y lo torturó y era la única persona que donde lo veía lo hostigaba, le ponía el auto a la par o lo intimidaba con la mirada. Agregó que Albornoz le dio la mano cuando lo liberaron. Dijo que cuando había interrogatorios los llevaban a otro lugar, lo llevaban caminando por el patio. Concluyó que cuando él estaba detenido no sabe si estaba Juan Martín y que la imputación que le hacían a él era pertenecer a la juventud peronista.

Agregó ante estos estrados, en la audiencia del presente juicio, que: Participó de la inspección ocular de Jefatura I, de igual manera amplió su declaración. Relató que era militante, que en el 72 era delegado de Ciencias Económicas por la Juventud Peronista y luego una Asamblea lo designa Secretario General de la Juv, esa fue su militancia activa. Perón se encontraba en el exilio. Subrayó que en el 74 cuando se produce el sismo en el peronismo, un sector se fue a otro partido y él con sus compañeros se quedaron dentro del peronismo. En el año 74/75 se dedicó a finalizar su carrera universitaria, se fue de viaje de estudios a Europa, y cuando retornó se encontraba aislado de la militancia activa, dentro de la Juventud Peronista como de la Universidad. Cuando suceden los hechos del 76 se persiguió todos los que habían tenido militancia activa dentro de lo que hace la militancia universitaria, a pesar que en el caso de ellos ya estaban aislados. Que en el Gobierno de Tucumán estaba el Sr. Juri, amigo del testigo por la militancia. Que la relación con Castellini surgió porque a ambos les gustaban los caballos y de las actividades del Club Hípico de Tucumán. Por otro lado precisó que, cuando fueron a su casa, González Naya y quien tiene entendido como el segundo, Albornoz (según descripción física hecha por su padre) y otras personas, fueron violentos con su madre y hermana, agregó que saquearon su casa. Al día siguiente de este suceso Elías radicó la denuncia en la Comisaría Tercera, lo atendió el Crio. Paz, que no pertenecía a ésta, sólo estaba allí porque el testigo hizo la denuncia, incluso quisieron ponerle una custodia en su casa. Que había problemas internos, que supuestamente los atacantes eran resabios de la militancia con gente del ERP. El testigo aseguró que no tenía relación con el ERP y que las diferencias políticas que tenía con la gente de izquierda no interferían con los requerimientos que hacían de la reivindicación universitaria. El Sr. Elías mencionó nuevamente a Albornoz como el segundo al mando y agregó que éste realizaba tareas investigativas de su casa. Luego sucede su secuestro, encabezado por De Cándido. Subrayó que González Naya no participó ni ve a Flores. Que De Cándido estaba con alguien más, pero no lo recuerda. Relató que cuando quiso entrar en una casa de la calle Sarmiento vio que Dé Cándido remontó su pistola y se entregó. Aseguró, que a raíz de ésto, llevaron a su padre a la quiebra, que permanentemente caía gente a su casa supuestamente diciendo que tenían pistas, que lo iban a ir a buscar. Incluso cuando sucede el caso Pisarello, fue el hermano con alguien más hasta Santiago del Estero para ver si el cadáver que habían encontrado era él. Subrayó que la situación de quiebra económica y financiera llevó a su padre a vender la casa. El testigo aseguró que el calvario que vivió en el cautiverio no sólo fue físico, sino que también fue moral, por el trato que les daban. Por otro lado, aseveró que vio por primera vez a Clemente luego del episodio de los piojos, que estaba allí con la gente antes de que los hicieran parar y sacarse toda la ropa en el centro de la sala, luego los hacían pasar para que se bañaran, los fumigaban, se lavaban los calzoncillos y los pantalones, que era la única ropa que les quedaban, porque el resto de las prendas se mandaron a quemar. Luego de bañarse volvían a la sala y si había que interrogarlos, los pasaban a otra. Precisó que cuando fue liberado tenía la prohibición de pasar cerca de la Universidad. Que no recuerda nombres de otras personas que estuvieron en cautiverio con él, además de las que nombró en su declaración anterior. Sólo agregó que había un viejito, un hombre de entre 60 y 70 años, que lo habían traído del sur, que lo tenían a los saltos, como a los jóvenes. Afirma haber estado secuestrado junto con Pedro Roberto Córdoba, aclaró que anteriormente dio el apellido como González. Que Córdoba vivía por la calle Rondeau o Lavalle, que llegó de pijamas y lo llevaron ese día a los "chirlos", que estuvo una semana, declaró que no tenía nada que ver, se habrían equivocado y lo liberaron. El Sr. Elías resaltó que los muchachos obreros de Grafa habrían sido más chicos que él, que castigaban más al judío, que llegaron juntos, después los tenían separados y que les pegaron malamente. Por otro lado, el testigo relató que no sabe el nombre del dirigente de la Fotia de Los Ralos, que lo conocía por Chorba y de la militancia, que trabajaron juntos para el retorno de Perón. Que solía ser corpulento y que cuando lo traen de otro lugar estaba tan flaco como él, subrayó que cuando él fue liberado pesaba 48 kilos. Precisó que perdió el contacto con Córdoba, Chorba y los obreros de Grafa. Además, que sí cree que el dirigente de Fotia puede ser de apellido Salinas. Afirmó que desconoce qué le ocurrió a Centurión, que lo habrían trasladado en la noche en un camión, por el ruido del vehículo. El testigo sólo sabe que el muchacho que dio aviso a su familia de que él estaba con vida se domiciliaba en la calle Amador Lucero. El Sr. Elías sólo recuerda el nombre de una mujer que estuvo con él en cautiverio, Elda Leonor Calabró. Relató que estaban vendados, cuando se acostaban se movían las vendas, pero a los que podían ver también estaban vendados. Afirmó que había un guardia que era bastante sanguinario, disfrutaba castigarlos, era policía, no recuerda si era Gómez o Sánchez, "morocho, cabudo, estatura mediana a baja, fornido y medio chueco". Y a un tal Chaile. Asimismo, que había mujeres policías que los custodiaban, no recuerda nombres, sí que una era rubia. El testigo explicó que cuando iban a la sala de tortura lo hacían vendados y esposados, sólo podían identificar a la gente que los cuidaba a diario. El Sr. Elías dijo que las mujeres detenidas eran sometidas a un trato especial y que supo de delitos de índole sexual, por lo menos a dos de ellas. Que iban de noche, que después de varios días de tortura o sin comer les llevaban golosinas, más tarde salían, luego entraba uno o entraba otro. Que estas mujeres se encontraban en el calabozo, en el segundo lugar de detención. Afirmó que pudo identificar a una, a la Dra. Calabró. El testigo dijo que conoce a Juan Carlos Clemente o al "Perro" Clemente de la militancia. Negó haber estado en un interrogatorio con él. Manifiestó que sus interrogatorios empezaron relacionados con su vida política y luego trataron de relacionarlos con su vida personal, por su relación con la Srta. Graciela Zimermann. Que la madre de ésta no lo quería porque era árabe. Aclaró que la familia Zimermann vivía en la Jefatura. El testigo agregó que no puede asegurar que Vargas Aignase estuvo detenido, sólo escuchó comentarios que había pasado por la sala de tortura. El testigo desconoce la actividad de Clemente dentro de la policía, que sólo puede referirse a la actitud que tenía ese día que estaba con la policía, que salía a marcar y detener gente, por eso el apodo de "Perro". Además, aseguró que cuando lo picaneaban en la cama de hierro lo hacían con ropa sin los zapatos.

IRMA SUSANA TULA

La testigo es hermana de Héctor Gerardo Tula, vivían en Matienzo 863 cuando fue el secuestro, ahí vivían sus hijos su esposo, sus padres y el hermano. El 8 de junio de 1976, era un día frío, en la madrugada estaban durmiendo, la estufa daba una pequeña luz, tipo 3 de la mañana, entraron en forma violenta un grupo de personas al dormitorio de la testigo, estaban con gorras y armas largas. Preguntaron donde estaba Tula, la testigo les dijo que vivía al lado, era la misma casa pero en la habitación del lado, salieron por el pasillo, rompieron un vidrio de una ventana, y saltaron a lo que era la antesala de la pieza de los padres, se despertaron ellos y los empujaron a la cama con alguien que los vigilaba que no se movieran. Recordó que le dijeron al hermano que se levantara y se cambiara, luego escuchó ruidos de pasos cuando se iban. Cuando se fueron, los vecinos comentaron que eran varios autos, que lo sacaron con la funda de la almohada en la cabeza, y lo llevaron hasta avenida Roca. Manifestó que el trámite de la búsqueda la hicieron sus padres, pero no tuvieron resultado. La testigo divisó que las personas que ingresaron tenían uniformes y las armas. Recordó que el hermano trabajaba en obras públicas de la municipalidad y estudiaba en la tecnológica ingeniería. Dijo que nunca pudieron entender porque se lo llevaron. Cree que el mismo día que se lo llevaron a su hermano, se llevaron a dos chicos más del barrio. Cree que uno era Julio González y el otro chico también de apellido González.

MARIA LUISA DEL VALLE FACCETTI

La testigo fue vecina de Luis Gallardo en calle Suipacha al 200. Recordó que por el mes de agosto del año 75, por la terminal vieja, donde fue la voladura de aviones, hubo apagones de luces. Salieron los vecinos para ver qué pasaba. Su casa era de dos pisos y desde la terraza pudo observar que había muchos autos y camiones y se sentían gritos. Después se enteró que lo habían golpeado y secuestrado junto con el hijo, que en ese entonces tendría 15 años. Tuvo conocimiento que le mataron a un perro que él tenía. Dijo que luego fue el golpe de estado y de nuevo ocurrieron apagones y vio que se acercaban autos con policías, para decirles que entraran a la casa. Recordó que a los dos o tres días lo vieron a Gallardo todo vendado y golpeado. En la primera semana de abril sufrió un secuestro y a fines de abril otro. Dijo que las personas que se lo llevaron eran policías, que la policía sabía que Gallardo era dirigente de la Juventud Peronista. Manifestó que no lo volvió a ver porque se había cambiado de casa. Supo que Gallardo quedó mal de la vista y tuvo muchos golpes fuertes.

ROSA PAULA ESTEBAN

Dijo ser la esposa de Luis Román Jerez, a quien describió como un hombre simple dedicado a trabajar y a cuidar a su familia, no era político, ni tenía ideales, no noté nada raro en su conducta. Que trabajaba en el Sanatorio ADOS en la parte de contaduría. Que aún no entiende porque sucedió "todo esto". Que se quedó sola con dos niños, de 5 y 7 años después de que desapareció su esposo el 25 de marzo del 76. Contó que su esposo iba a trabajar en el auto, un Peugeot 404, a nombre de la dicente y que cuando notó que no regresaba fue a las seis de la mañana al sanatorio a buscarlo y los compañeros le avisaron que lo habían detenido junto con el auto. Que fue al Comando de Oficiales donde le confirmaron que su marido estaba detenido por las fuerzas militares, pero alojado por la policía provincial y le dijeron que "si resiste la cagada, lo van a devolver" y que no volviera nunca más a preguntar por su esposo. Continuó precisando que se dirigió a la Jefatura donde le pedían cosas a cambio de información, pero que era todo falso. Añadió que cuando fue a retirar su auto, fue atendida por el Sr. Arrechea, quien en un principio le iba a devolver el vehículo pero al no saber conducir la dicente no lo llevó y que cuando fue con un vecino a buscarlo Arrechea le dijo que "el auto iba a ser ocupado o tirado por ahí". Relató que también fue al seminario por que le dijeron que allí tenían los detenidos. Que en la Brigada vio como golpeaban brutalmente a la gente, "toda morada y deformada", allí vio a quien cree que era el padre de Luis Garretón y un chico de Bella Vista que era sindicalista. Manifestó que en esa época eran pocas las personas que buscábamos a los familiares ya que había mucho miedo. Que buscó a su marido por todos los lugares, donde tuvo conocimiento que había gente detenida, que "lo busqué entre los vivos y los muertos ". Que en Educación Física y vio las lonas donde golpeaban a la gente. Que fue al cementerio a buscarlo y un muchacho que trabajaba ahí, le dijo que "los traían por números" y que necesitaba la orden de un juez para buscarlo. Que ella siempre dejaba flores en las crucecitas blancas pensando que ahí estaba su esposo. Continuó su testimonio precisando que su vida fue muy dura a partir de la desaparición de su marido, porque ni siquiera pudo cobrar la pensión, ya que no contaba con un certificado de defunción. Que recién después de 10 años pude lograr cobrarla y la mínima. Sostuvo la dicente que supo que a su marido lo secuestraron del lugar de trabajo, que fueron militares y policías. Que su esposo hace dos años trabajaba en el Sanatorio ADOS, pero que desde los 18 años trabajaba en el Ingenio León Rougués. Que un pariente le dijo que no anduviera buscando a su marido así porque "estaba marcada" y era peligroso. En la Iglesia Sagrado Corazón, al frente de la Asistencia, se reunían en un sótano, al principio eran muy pocas personas y después les prestaron un salón por ser más. Que recibieron ayuda de Francia, pero de la Argentina nada. Finalmente contó que los militares vigilaban su casa, la perseguían y que entraban a su casa, para amenazarla que "la iban a llevar" , que todo esto sucedió delante de sus hijos. Que esta situación causó en sus dos hijos y en la dicente muchos problemas psicológicos, económicos y físicos. Agregó que su marido trabajaba con Rodríguez Azcarate quien fue secuestrado junto con su marido. Que Rodríguez Azcarate fue liberado, le rompieron los tímpanos y las costillas por la tortura. Finalmente señaló que se enteró por terceros que su auto andaba circulando pero desconoce quien lo tenía. Que declare ante el Juez Parache y que éste le dijo de la extracción de sangre para reconocimiento de las víctimas. Quiere hacer la muestra de sangre.

CARLOS ERNESTO PETTAROSSI

Comenzó su testimonio diciendo que fue secuestrado en dos oportunidades, la primera el 28 mayo del 75. Que en esos tiempos era contratista del Ingenio La Fronterita. El día de su secuestro, alrededor de las 13 o 13:30 horas, llegó una camioneta rastrojera, similar a la que andaban los inspectores del ingenio, por lo que se acercó pensando que eran un inspector de la empresa. Afirmó que años después, cuando se encontraba trabajando en el Hotel Garden, el que tenía convenio con la mutual de Oficiales, pudo reconocer al chofer, era un oficial de apellido Olmedo, que "un tal chueco Juárez", Jefe de policía había solicitado el alojamiento. Respecto al día de su secuestro, recordó el dicente que lo levantaron y vendaron. Que el rastrojero comenzó a dar vueltas, sin sentido, en círculos. Que pudo reconocer la ruta 38, porque sentía vehículos que iban para un lado y para el otro, pero que perdió la "noción de donde estaba". Precisó que aproximadamente a los 40 minutos, llegaron a lo que parecía un galpón grande, que escuchó música "tipo marchas". Luego sintió el ruido de un pasador porque era una puerta de chapa o hierro, no puede precisarlo. Que había gente que se paraba en la puerta, conversaban y hacían sonar las armas para asustarlo. Contó el dicente que escuchaba la transmisión de una radio, también por la noche pudo escuchar gente implorando que "la maten" por la forma que lo agredían y pegaban. Que al tiempo del cautiverio comenzó a caminar por el calabozo, que sentía una piola desde arriba y pensaba que iban a ahorcarlo. Contó que después lo trasladaron, no puede precisar donde. Que en ese lugar también vio detenidos, escuchaba "pitos de máquinas". Que estuvo casi tres meses allá y que con el tiempo uno hablaba con las otras personas secuestradas y que ninguno sabía donde estaban, que uno dijo que quizás era Nueva Baviera. Que había una persona que daba órdenes y gritaba todo el tiempo. Recordó el testigo que muchas veces "lo sacaban y tiraban a un campo que había ahí, hacía mucho calor" , que lo rociaban con miel o azúcar en la cara, que ello era insoportable, porque las hormigas se subían a la cara. Dijo que no fue picaneado, pero que si pedía agua lo ahogaban con una bolsa en la cabeza o sumergiéndolo en un tacho con agua. Que sentía mucho movimiento de personas. Que estuvo secuestrado tres meses, luego lo llevaron de allí y soltaron. Que con el tiempo le dijeron que ese lugar era en Acheral. Respecto a la segunda detención indicó el dicente que sucedió al año siguiente. Que era dirigente del club Famailla y que fue a realizar una llamada a una cabina telefónica. Que lo sacaron personas de civil de la cabina número 3. Que lo vendaron y llevaron no sabe el lugar. Refirió el testigo que sufrió una tercera detención. Que Roberto Albornoz era el jefe de la Policía. Que en el lugar estaba contra la pared sin vendaje, Que cree que estuvo quince días detenido. Que por estos sucesos, perdió su trabajo en el Ingenio La Fronterita. Dijo que no creer que sus detenciones estuvieran relacionadas con su trabajo. Que sus secuestradores le preguntaron por una persona que le decían "el comandante Tito". Que en el 72 aproximadamente fue dirigente del Sindicato de Municipales y que ahí tenía un compañero, cree de apellido Olmos, que era secretario general al que mataron colocándole una bomba. Que también se desempeñó como presidente de la subcomisión de futbol de Famaillá. Continuó señalando que en su primera detención cuando se acercó a la camioneta tenían una ametralladora y le dijeron "disimula y decís a la gente que ya vas a volver". El que conducía la camioneta estaba vestido de policía. Que en el galpón grande por el tipo de conversaciones supone eran militares. Dijo que sintió como gritaban los otros detenidos. Que si ve a sus captores los reconoce, que eran personas jóvenes de unos 25 años. Dijo el testigo que un compañero suyo de la Comisión del Club, "Pipi Cornejo", fue secuestrado y torturado acusado de cambiar los giros en el correo, era empleado del Correo de Famaillá. Que en el cargadero de "Manchalao", constantemente pasaban vehículos, que una vez sintió disparos y como a la semana comenzó a sentirse un olor putrefacto insoportable, que con un empleado de él vio en un surco de caña un cadáver con un tiro en la cabeza, vestido de verde, con mocasines, que eso sucedió el 76. Recordó el dicente que luego de su liberación su casa fue un martirio. Todo el tiempo sentía ruidos de autos en su casa, muchísimos ruidos en la calle. Que la Policía Federal entraba todo el tiempo a revolver sus casas, tiraban las cosas y se llevaban las pocas cosas de valor. Que le quitaron todo. Respecto de una denuncia que realizó ante el juez federal, dijo el testigo en audiencia que Cacho Contreras era vecino suyo, que después que lo soltaron, su amigo lo invitó a un restaurante. En eso que estaban sentados en el bar, llegó Albornoz que era amigo de Contreras y se sentó en la mesa a la par suya. Que estaba con el guardaespaldas que le decían el correntino, pero era paraguayo, de apellido Insaurralde. Recordó el dicente que al agarrar la copa con la mano izquierda, Albornoz le pegó una patada y le dijo "con la otra mano" , dejando muy atemorizado al dicente. Describió el testigo que la vida en Famaillá, cambió totalmente con la presencia del ejército. Que la Policía Federal "saqueó a todos". Que a las 20 horas ya no circulaba nadie, que había bolsas de arena que cercaban ciertos lugares, donde no se podía circular. Que mucha gente de Famaillá "fue secuestrada y no volvieron más". Que una vez "me sacaron" de mi casa toda una tarde, porque tenía cubetas para hacer hervir las jeringas a raíz que mi esposa trabajaba en el hospital y colocaba inyecciones a vecinos. Recordó que tenía un vecino de apellido Ponce de León que trabajaba de chofer en la policía. Que su hijastro, recién recibido de policía, lo pusieron a trabajar de secretario de Almirón. Que un día vio un papel escrito con lápiz, era una lista y estaba el nombre del dicente primero, que su hijastro le preguntó a Almirón porque estaban esos nombres en la lista y que le respondió "que esta noche viajan por extremistas". Señaló el testigo que Almirón era el "asesino número uno de Famaillá". Que Roque Carabajal, vecino del dicente trabajaba con Almirón, cree que era sargento y era una de las personas que "recogía la gente y la desaparecia" en Famaillá. Que mientras Julio Cesar Saracho era intendente de Famaillá, el dicente pudo saber que por orden de Saracho, pusieron tres bombas, una a Olmos que era dirigente del Sindicato de Famailla, el que murió. Que otra a bomba a un tal Saravia y a 5 km en una zona conocida como "tres almacenes" otra. Finalmente dijo el testigo que la gente que vive en el sur, conoce muy bien a Almirón y Carabajal, que ambos fueron los que lo tiraron por las calles a Ramón Rosa Jiménez en el jeep del ejército. Precisó que su primer secuestro fue desde el 21 de mayo del 75 al 10 de agosto del 75 y el segundo secuestro 14 del abril del 76 y lo liberaron el 2 de Agosto del 76. Que perdió su trabajo y que nunca hizo ninguna denuncia por temor a que le sucediera algo al dicente o su compañera.

MARIA BEATRIZ TULA DE LOYOLA

Dijo ser hermana de un desaparecido, Miguel Segundo Tula. Que su hermano vivía con la esposa y su bebé, a dos o tres cuadras de la casa de su madre. Respecto al secuestro de su hermano, dijo que la noche lo secuestraron su cuñada fue a casa de su madre para decir que a Miguel lo "habían sacado de la casa". Que la dicente y su madre salieron a averiguar "por todos lados", comisarias de la Banda del Río Salí y destacamento de militares cerca "del Ingenio" y que nadie les decía nada. Que su madre presentó habeas corpus y todos los trámites que realizó su madre le entregó al hijo de su hermano. Señaló que el día de los hechos, personas encapuchadas vestidas de militar ingresaron a la casa donde vivía la dicente, que dieron vuelta todo y que dijeron que no se llevaban a su hermano menor porque era chico. Que no pude reconocer a los militares entraron encapuchados y que jamás volvió a tener noticias del hermano. Que el secuestro ocurrió en el año 76. Agregó que de la zona donde vivía conoce a muchos que desaparecieron, que los sacaron y los llevaron. Que le llegaron comentarios de gente que dijo ver a su hermano, pero a Miguel nunca lo liberaron. Recordó que su hermano trabajaba en el Ingenio San Juan y que Thomson fue el que me dio el dato de su hermano, dijo que estuvieron en un subsuelo y que el hermano de la testigo tenía las manos atadas hacia atrás. Finalmente precisó que después nunca mas volvieron a su casa. Que también entraron a la casa de otro hermano que vivía en otro barrio "en el Alto". Que Miguel tenia 20 años, que sólo era un trabajador del Ingenio y que no formaba parte del sindicato de trabajadores del Ingenio San Juan. Concluye solicitando justicia y saber donde está su hermano.

MARIA ANGELICA RACEDO

Brindó declaración en audiencia contando al Tribunal que Alcira Ochoa Racedo y José Inocencio Racedo eran sus padres. Contó que trabajaban en el campo, su padre era cosechero, en la finca cañera "Noguera Hermanos" y su madre lo ayudaba. Su familia estaba integrada por sus padres y once hermanos. Vivían en una casa, sus padres dormían con sus dos hermanos menores y la dicente y el resto de la familia en otra habitación. Sobre el día de los hechos, dijo que el día 30 de mayo del 76 a las dos de la mañana, patearon la puerta de su vivienda, cuando ella despertó vio que un soldado estaba en la puerta del cuarto y no los dejaba salir. Señaló que sacaron a sus padres y que querían llevar a su hermano de un año y medio. Que su madre imploraba que dejaran al bebé y lo dejaron con su hermana de trece años. Que los sacaron a la calle y los metieron a un baúl de un auto y se los llevaron. Contó que al otro día fueron a Santa Lucía, donde estaban los militares, preguntaron por sus padres y le respondieron que "no estaban que no sabía nada, que no fueran más a preguntar". Que al momento de los hechos tenía 21 años. Que vivían en Capinchango, Santa Lucia Monteros. Que nunca más supieron de sus padres. Recordó que entraron a su casa muchos militares. Que tuvo conocimiento que junto a sus padres llevaron a un muchacho Juan Manuel Quinteros que luego fue liberado. También mencionó a una persona de apellido Lizárraga que también "lo llevaron" pero luego falleció Continuó diciendo al Tribunal que el teniente Valdiviezo le dijo a un tío de la dicente que se había cometido un error con sus padres, lo trajo a la cuidad para que cobre una ayuda para sus hermanos menores. Contó que antes que lleguen los militares era un pueblo tranquilo, "todos eran peladores de caña era para la finca Nougués, era una finca privada". Finalizó diciendo que su hermana de trece años vio como maltrataban a sus padres. Que su madre aparentemente estaba embarazada y que por un testigo supo por el embarazo llego a término. También recordó que un día los militares llevaron a todo el pueblo a la base en Santa Lucia. Que todo el tiempo hacían rastrillajes y pedían los documentos. Se escuchaban ruidos de balas.

JULIO CESAR CENTURION

Dijo ser hermano de un desaparecido, Camilo Hipólito Centurión. Recordó que el secuestro de su hermano se produjo el 19 de agosto del 76, en las calles 25 de mayo y Mendoza a las 21:30 de la noche. Que trabajaban atendiendo un laboratorio propiedad de su familia. Que se separaron porque un amigo de su hermano lo buscó para ir a tomar un café en el bar el Sorpasso. Recordó que Camilo siempre se juntaba con Rolando Santilli y Rolando Maciel, que fueron testigos del secuestro del hermano del dicente, pero que ambos están fallecidos. Que le contaron que cuando salieron del bar, Santilli iba a llevar a Maciel en su vehículo y vieron que cuatro personas habían parado a su hermano en la 25 y Mendoza en un Torino y lo subieron al mismo. Manifestó que los del auto tenían armas en una mano. Que los amigos siguieron al auto porque se dieron cuenta que algo raro pasaba. Que auto entró a la Jefatura de la Policía y fue cuando llamaron a la casa del testigo para contar a la familia lo que había pasado con Camilo. Siguió declarando que al amanecer se pusieron en contacto con unos amigos y que les dijeron que su hermano había sido detenido por averiguaciones y entonces les "dieron datos que las cosas no venían fáciles". Que el comisario Roque Rodríguez, les dijo que su hermano estaba por actividades políticas y quedaron en encontrarse a los dos días en calle San Fe y Salta. Que junto a su hermano mayor fueron a las 10 de la mañana, que esperaron hasta las 16 no apareció nadie. Contó que por la noche fueron nuevamente a la casa de Rodríguez y éste les dijo que cuando fue a retirar al hermano del dicente le dijeron que ya no estaba ahí detenido. Recordó que un amigo de su hermano que estaba en el ejercito, les dijo que "si el atorrante de Bussi se entera nos mata, nos dijo que Camilo murió electrocutado en la cama de agua. Que Albornoz estuvo presenciando la tortura y que también le dieron un tiro en la cabeza". Aseguró el testigo que sus padres terminaron muriendo por esta causa. Que nunca pudieron encontrar respuesta alguna, a pesar de haber realizado denuncias en la policía de Tucumán, Federal, Juzgado Federal, Tribunales Provinciales, que presentaron habeas corpus. Que desean conocer la verdad sobre lo sucedido con su hermano, los nombres y apellido de quienes lo mataron. Señaló que el imputado Albornoz presenció la muerte del hermano, también como quien robó y dejó a toda su familia en ruina. Continuó contando al Tribunal sobre las actividades de su hermano. Dijo que Camilo era presidente de la juventud peronista de Tucumán. Que tuvo conocimiento que también secuestraron a dos hermanos de apellido Ponce, amigos de su hermano, a Penna, a Neme Rody, a Otto un chaqueño. Que a los Ponce le secuestraron la hermana para que vea como mataban al hermano. Que los dos continúan desaparecidos. Manifestó que los robos comenzaron luego del secuestro de su hermano. Que les robaron repuestos, herramientas, documentos de financiación. Dijo el dicente que fue "cliente por cliente", pero que ya le habían cobrado todos los documentos. Que dejaron a su familia "en la ruina económica". Precisó que su posición económica era "cómoda", que los arruinaron, que tocaron fondo, pero que "gracias a que hubo amigos que nos ayudaron pudimos comer". Contó que su hermano dejó a dos niños solos, que en la casa de sus padres se vivía "un drama" y que la situación en su casa era desesperante. Sostuvo que González Naya robaba en persona las cosas de su taller y que el dicente lo increpó en una fiesta a la que González Naya había asistido con un tal "Swan", estrecho colaborador de Bussi, que el primero lo apuntó pero no se animo a disparar. Finalizando su testimonio, dijo que las personas que habían participado en el secuestro de su hermano, eran un tal Chato Sánchez, Carpincho y Triviño, que esa información le fue dada al dicente por el comisario Rodríguez. También contó que un muchacho que era oficial de la Policía Federal que había ido por un arreglo a su taller, le dijo en el bar "El Molino" "quien era informante y quien no". Que informantes eran un tal Corbalán, Pedro Julio Bulacio, dos mozos del Molino.

CÉSAR ROLANDO JIMÉNEZ

Comenzó diciendo el testigo que estuvo detenido con Manuel Tártalo. Que Tártalo vivía a dos casas de una casa que le prestaban del Ingenio San Juan. Que ese día salieron los dos a trabajar al Ingenio, pero que él se volvió, y cuando llegó al Ingenio alguien le dijo que "unas personas habían golpeado y metido en un auto a Tártalo" y que cuando salió pudo ver que lo estaban llevando en un auto azul. Que esto ocurrió en el 76. Describió que las personas estaban vestidas de civil. En otra oportunidad, en mayo, llegó a la casa de su padre por la noche, alrededor de las once o doce. Que patearon la puerta, "encañonaron" a su mamá, a su hermano y que lo sacaron y le pusieron vendas en los ojos. Que los introdujeron en un carro grande y lo golpearon en la pierna. Que cuando miró al lado vio a Tártalo. Que no sabían donde estaban porque estaban vendados, pero que cree que estaban en San Miguel de Tucumán. Seguidamente indicó que a los 15 días lo soltaron y se enteró que también estaban Gramajo, Rocha y otros más pero no recuerda los nombres. Sobre el lugar de detención precisó que percibió que era una ambiente grande, que parecía un aula. Que estaban tirados en esas colchonetas que usa el ejército. Qe durante su cautiverio le tomaban declaraciones, le preguntaban si pertenecía a la guerrilla, a Montoneros. Contó que una vez llevaron al dicente al baño y un capellán le hacía pregunta. Que no sabía nada porque no estaba en la guerrilla. Que no lo torturaron, pero escuchó que a otros sí, en otra habitación. Recordó gente quejándose de las torturas. No sabe si Tártalo fue torturado, que sólo lo vio en el vehículo, no sabe si estuvieron juntos, porque estaba vendado. Dijo no poder precisar si el uniforme era azul o verde, pero que tenían botas y armas. Que no tenían ninguna tonada. Que no pudo identificar a nadie, pero si escuchó a mujeres que de noche gritaban y gritaban. Recordó una noche que estaba dormido y sintió que tenía las esposas sueltas. Que cuando lo llevaron al baño había mucho mal olor y el capellán les hacía preguntas. Que supo que era un capellán porque le dijo y por debajo de la venda vio una sotana negra y zapatos. Que estuvo detenido entre diez y quince días. Dijo que el segundo secuestro de Tártalo fue el del Ingenio. Que no recuerda si ese día llevaron a más personas. Conoce que del Ingenio están desaparecidos Cruz, Miguel Tula, Crespo. Que el único que tenía actividad sindical cree que era de apellido que Ibarra y Basualdo. Que buscaban a César Ricardo Jiménez, quien está desaparecido. Finalizó diciendo que lo sucedido fue en el año 76. Reconoció la firma del acta que señala el año 75.

CARLOS SEVERINO SOLDATI

Se procede a reproducir en la audiencia el audio de la declaración prestada por el testigo en causa "Jefatura": Relató que fue secuestrado el 28 de septiembre del 76, a la madrugada, un grupo de 15 y 20 personas llegaron a la casa de sus padres cerca de Simoca, gritaron policía, su madre asustada les abrió, entraron con la cara cubierta con medias y pañuelos, se notaba que eran personas jóvenes salvo una que dirigía el grupo, entraron con armas y preguntaron "donde está Soldati, el que estudia", dijo que lo alumbraron con la linterna y a los gritos le preguntaron que hacía, observó que un muchacho con la cara cubierta subió por la escalera y los otros dijeron que era un asesino contratado para matar. Recordó que le pusieron la pistola en la cara y le dijeron "cállate que te mato", en el living estaban los padres con las manos levantadas, lo sacaron, vio hacia la izquierda un automóvil, cree que era un Torino, dijo que había un furgón oscuro que estaba esperando, le pusieron una capucha, lo tiraron al piso del furgón, en el furgón estaba Pedro Pablo Rodríguez también secuestrado, le empezaron a preguntar por el domicilio de Luis Alberto su hermano, le dijeron que si no quería hablar en ese momento iba a cantar mas adelante, otro dijo "no se si éste es zurdo pero este sí", y le pegaron a la otra persona. Recordó que los captores decían que Videla era demasiado bueno porque no quería más muertes, y les dijo "si están en algo no saben los que les va a pasar". Un vecino dijo que en esa hora sobre la ruta había un Mercedes que cree era del ejército. Manifestó que el furgón tomó hacia el norte con toda velocidad, fueron por un camino de tierra, como a mitad de camino secuestraron a otra persona. Relató que lo bajaron en un especie de corredor ancho, lo guiaron por un lugar donde había mucha gente, se dio cuenta por la tibieza del ambiente, por el olor, y lo tiraron al piso, sintió voces de gente que corría, y le dijeron que iban a buscar más gente. Más tarde el guardia le sacó la capucha, le puso una banda elástica y le trajeron una colcha, uno de ellos le preguntó si venía del campo y si los padres estaban ahí, y le dijeron que lo conocían a los padres, le preguntaron si seguía de novio con la misma chica en Simoca. Dijo el testigo que escuchó a una persona que decía que había sido muy lento el operativo en su casa. Cuando amaneció estaba con la espalda sobre el piso y por la venda pudo ver gente tirada en el piso, maniatada, vendada, más adelante comenzaron los interrogatorios le preguntaban sobre una reunión, si había ido a una reunión. Manifestó que cuando lo secuestraron tenía 25 años, que tiene dos hermanos detenidos desaparecidos, a su hermana la secuestraron antes, el 6 de julio del 76 y a su hermano Luis Alberto el 18 de mayo del 78 en Arsenales, dijo que Luis figuraba como conscripto. Recordó que escuchó que en el interrogatorio previo al de él le preguntaban a una persona si había ido a una reunión y si en esa reunión estaba Soldati, que después escuchó que despotricaban contra unos curas que habían organizado una reunión en Catamarca, después escuchó otros sonidos como cuando uno tira la cadena en los baños viejos y después otros gritos de dolor. Dijo que lo llevaron a una habitación donde lo golpearon y amenazaron con fusilarlo, le preguntaron sobre la dirección de su hermano y el testigo les dijo que estaba en una pensión, pensaba que ya le había dado tiempo a su hermano para escapar. Dijo que después no escuchó más, salvo movimientos como de gente marchando, tropas, voces de mando. A la tarde lo llevaron a otro sitio dentro de esa galería, de pie le dieron un mate cocido y pan y le preguntaron si estaba rico y le dijeron "has visto vas a estar mejor que en tu casa". Dijo que pensaba que estaba en la Escuelita, los centros estaban muy próximos, después recuperó recuerdos y tiene la seguridad que estuvo en Nueva Baviera, dijo que hace poco fue a la Escuelita y vio que había una ruta y cuando estaba en cautiverio no le llegaban los ruidos, no tiene registros de haber escuchado el ruido. Dijo que declaró en el tribunal militar, en la Comisión Bicameral y en la CONADEP. Recordó que estuvo un día en Famaillá y hacia la noche lo pusieron en un camión y fueron en un viaje largo, por el tránsito se dio cuenta que estaban en una ciudad, el vehículo hizo una maniobra y se detuvo, lo bajaron golpeándolo contra el piso, esa fue la primera señal que las cosas iban a ser peores en Jefatura, verificaron la venda, le dieron un número y lo trasladaron al calabozo, era un lugar muy pequeño, 2 metros por uno, más tarde le trajeron la comida, le desataron las manos, luego de comer le pusieron esposas, a la noche se abrió la puerta y le preguntaron sobre el nombre de guerra. Dijo que por una ventana a lo alto, percibió voces, quejidos, otros pedían agua, ir al baño, le llegaban ruidos de la calle, chicos que corrían, esa mañana escuchó las campanas del Corazón de María porque era muy particular, el ruido del avión fue una señal del lugar en el que estaba, pero las campanas de la iglesia lo precisan en ese lugar, después escuchó a una señora que le preguntaba al guardia donde quedaba la calle Santiago. Hacia el mediodía después de que le trajeron la comida pidió ir al baño y había gente en el pasillo, una doble fila de calabozos y gente tirada en el piso, muy golpeada, y los guardias mismos se asombraban, había entre los guardias uno de ellos que lo trataba correctamente y otros que no, que le pegaban trompadas. Dijo que no reconoció a ningún compañero de cautiverio. No escuchó mencionar ningún policía. Dijo que ante la CONADEP reconoció Jefatura y que quedaban huellas en la pared en el piso de las divisiones del calabozo aunque habían sido demolidos, la explanada para llevarlo al calabozo, que era a cielo abierto, esto también estaba. Dijo que estuvo 11 días privado de su libertad. El guardia que lo trataba bien lo sacó de la celda, lo condujo a través de la explanada hacia otro sector del edificio que estaba iluminado, y quedó parado y escuchó una voz que decía "Carlos Soldati íntimo amigo de Pedro Medina", dijo que Medina había sido compañero en la carrera de filosofía,y una semana antes de que lo secuestren al testigo, habían entrado en la casa de su tía en calle San Lorenzo donde él se quedaba a estudiar y se llevaron un libro que tenía el nombre de Medina. Lo levantaron, lo volvieron a castigar, piensa que eran cachiporras, luego lo hicieron tocar un arma, amenazándolo con fusilarlo, le colocaron dos cables en la sien con cinta adhesiva y le dieron descarga eléctrica, la rigidez de los músculos le impidieron seguir gritando, le preguntaban sobre el domicilio de Luis Alberto, por su hermano Aldo por su cuñado Benito y por los dirigentes de la facultad de filosofía, cuando les dijo que a su hermana Berta María la habían secuestrado en julio, le dijeron que había pasado a la clandestinidad. Agregó que esos 10 días fueron de la mayor incertidumbre de pensar en la posibilidad cierta de la muerte, de hundirse en la nada, siempre soñó con el día que fuera liberado, dijo que en la celda tenía una cierta tranquilidad hasta que venía el guardia, una noche sintió un gran alboroto, puertas que se abrían y se cerraban y le preguntaron por el número, estaban sacando gente, en esos días su hermana María Cristina con su papá fueron recibidos en la casa de gobierno y le negaron todo aunque prometieron encargarse del asunto, cuando lo estaban por liberar le dijeron que se lavara la cara, le cubrieron los ojos lo llevaron a otro sector del edificio y le dijeron "te vamos a soltar, tratá de entender, esto fue una guerra, vos has estado en el fondo de esta iglesia, mucho ojo con lo que hablás, te vamos a estar vigilando, si hablás te vas al hoyo" , le preguntaron donde quería que lo llevaran y les dijo que a la casa de su hermana, lo pusieron en una rastrojera, le dijeron que no se diera vuelta y que inmediatamente quemara la camisa del ejército, llegaron a la casa de su hermana, era como la una, se fue a bañar y el cuñado se asombró por cómo tenía la espalda, durmió en la casa de su hermana y al otro día volvió a su casa. Dijo que su hermano fue secuestrado mientras hacía el servicio militar, volvió para hacer el servicio militar porque no quería ser desertor, fue incorporado el 18 de marzo del 78, dijo que el hermano tenía permiso y lo vieron el miércoles, el sábado tenía franco y fue al campo, el sábado no apareció y el lunes un camión del ejército llegó a su casa preguntando por el hermano, le dijeron que se había adelantado el franco, Osvaldo Caballero, que era el responsable de la compañía de arsenales, les dijo que se había adelantado el franco, dijo que su familia quiso conversar con un muchacho Sotelo que había salido con su hermano pero no pudieron hablar porque estaban todos los militares. Dijo que los datos que tiene son de dominio público, que el gobernador era Bussi, el jefe de policía Zimmerman, el comisario Albornoz, que decían que estaba a cargo de Jefatura de policía. Manifestó que no vio si la camioneta rastrojera que lo llevó por la avenida Sarmiento tenía registro porque le dijeron que no se diera la vuelta. Dijo que no escuchó el nombre de ninguno de sus captores ni torturadores, que había mujeres secuestradas, que vio una chica muy golpeada tirada en el piso cuando lo llevaron al baño, mientras estaba en el baño había una mujer como para bañarse, y que le decía a los guardias que no la miraran que quería bañarse, no escuchó niños. Dijo que después de tantos años es bueno estar en manos de la justicia. Manifestó que existen muchos ciudadanos distraídos que se preguntan porqué Bussi y otros militares tienen que comparecer ante la justicia, dijo que "el general Bussi y los demás militares tienen que comparecer ante la justicia no porque se hayan batido a duelo en un campo de batalla, están aquí porque cuando Bussi fue gobernador y los otros ocupaban cargos de jerarquía fueron secuestradas miles de personas, sacadas de sus casas, torturadas en forma atroz y en la oscuridad de la noche fusiladas y quemados sus cuerpos y negada toda información a los familiares, ni siquiera devolvieron los cuerpos aún la guerra tiene respeto por los prisioneros, todos fueron sacados indefensos, qué lejos estamos de San Martín que decía la patria no hace al soldado para que la deshonre con sus crímenes, cómo es posible que sus dos hermanos estén desaparecidos, cómo es posible que el ejército se haya degradado a tal nivel que se haya convertido en una pandilla de criminales sin ley, sin moral sin alma, por eso venimos después de tanto tiempo a pedir justicia, por la vida de tantas víctimas, por mis padres que esperaron inútilmente abrazar a mis hermanos, por la violencia sexual que seguramente padecieron todas las mujeres, por los principios que fueron pisoteados, hay una distancia insalvable entre la cárcel a Bussi y los desaparecidos y la justicia debe actuar por muchas razones, establecer la verdad de los hechos, reconocer la dignidad de las víctimas y restablecer un equilibrio alterado por la total desmesura porque eso fue el proceso, cuando pienso en mis hermanos destrozados por la tortura, sin protección por el mundo civilizado, me sacude el espanto, como si esto hubiera ocurrido ayer, como si estuviera ocurriendo en este momento, porqué tanta crueldad con seres indefensos, porqué tanta saña", y dijo que quería hacer un pedido al general Bussi y a todos ellos que ya tienen mas de ochenta años, están al final de la vida, que digan lo que nunca se animaron, la verdad por dolorosa que sea, donde están los cuerpos, que tengan ese gesto de humanidad por única vez, dijo que eso podría ayudar a los familiares y sería un beneficio para toda la sociedad, dijo que si tenían buenas razones para proceder hubieran ido de día con sus uniformes oficiales, no encapuchados en la oscuridad de la noche para negar todo lo que hacían, dijo que están abrumados por tanta tragedia, que necesitan la justicia como el aire.

Agregó ante estos estrados, en la audiencia del presente juicio, que: cuando lo bajan del furgón en Nueva Baviera, escuchó que alguien dijo, "toda la familia de este tipo es zurda", agregando que a su entender, esta es una calificación muy dura, una amenaza a la vida de todos, prácticamente una condena, y seguramente esa etiqueta circulaba de boca en boca por todos lados. Aclaró a continuación que , nunca supo a que se estaban refiriendo, si a la actividad gremial y cooperativa de su tío, a su mamá y su compromiso con la comunidad, a su papá que le hacía los aportes a los trabajadores, a la música que escuchaban, agregando que es difícil ponerse en el lugar de quien hace ese juicio con su obsesividad y su actitud persecutoria. Con relación al secuestro de su hermana el 6 de julio de 1976 dijo que ella trabajaba en el Instituto Jean Piaget de Psicopedagogía, y señala que de allí alrededor de las 10 de la mañana fue secuestrada por un grupo de hombres que actuaron de civil y a cara descubierta, y que circulaban en un Renault 12 naranja, en ese momento estaba alli, acotó, María Cristina Bejas, directora del lugar y también desaparecida. Pasado el tiempo, en los ochenta tomaron conocimiento de la declaración de Juan Martín quien dijo que vio a su hermana en Jefatura de Policía un mes después de su secuestro, a este respecto, dijo, que en el material aportado por Clemente también figura ella en una lista, con las letras "DF" y unos papeles de su madre que su hermana tenía consigo porque estaba tramitando un crédito. Respecto a las gestiones que se hicieron luego de su secuestro, narró que , fueron hechas ante el Jefe de la Policía, que para ese entonces era Zimmermann y que dos años después hicieron más gestiones. Volviendo al día del secuestro de Berta, dijo que se enteró el mismo día, mientras trabajaba cerca de su casa, fue Arturo Sassi que llegó en una camioneta y le dio la noticia. Al resto de su familia , fue Cristina Bejas quien les relató lo sucedido, se comunicó de inmediato con su hermana María Cristina, que trabajaba en el Centro de Documentación de la provincia, a unas tres cuadras del lugar del secuestro. Ella fue quien se entrevistó con Zimmermann y dijo que negó el hecho y le mostró fotos de personas acribilladas a ver si la reconocía allí. Su hermano, dijo, era peronista y hacía actividad social en barrios pobres y que fue secuestrado el 18 de mayo de 1978 mientras cumplía el servicio militar. Precisa que en su secuestro -anterior al de su hermano, posterior al de su hermana- lo buscaban a su hermano, a los golpes me arrancan el domicilio de mi hermano, entonces su cuñado Benito lo busca a su hermano muy temprano de su pensión en Avenida Roca y asi, sus hermanos Aldo y Luis Alberto, se escapan unos días, con rumbo a Chile, a ellos, teóricamente nadie los buscaba, pero dedujeron que como a el que no tenia actividad política lo habían secuestrado, ellos que si tenían una militancia política corrían mucho mas peligro. En diciembre, contó, antes de la navidad su hermano Aldo regresa y no le pasa nada. Aproximadamente en Octubre de 1977 regresa de Chile su hermano Luis Alberto, quien tenía una prórroga en el servicio militar pero ya se le vencía, y no quería ser desertor, aparte extrañaba mucho a sus seres queridos, por otro lado, su familia pensaba que lo peor había pasado. Contó que, lo mandaron a Jesús María unos meses primero y regresando en diciembre a Tucumán. Para ese entonces, Bussi ya se había retirado de la provincia y se pensaba que los grupos de secuestros ya habían desaparecido, era gobernador Montiel Forzano que tenía otro discurso, otra imagen, como de profesor universitario. Dijo que su hermano Luis Alberto estaba bien en la conscripción en Arsenal. Mi hermano, narró, iba frecuentemente a la casa de Manuela Pedraza, y una vez estando allí le comentó muy preocupado que un oficial le había dicho que sabía que en Arsenal había infiltrados, y que si pasaba algo, esa persona y su familia tendrían problemas. Y luego hablaron de otra cosa como no queriendo asumir o reconocer ese horror del cual ya habían tenido algunos anticipos. El día previo a sus secuestros, contó, él y su madre salían del médico y se cruzaron con su hermano Luis Alberto que volvía de la cancha. El día sábado esperaban que Luis Alberto llegara a Manuela Pedraza, pero nunca llegó. Siendo ya el lunes, dijo, su padre le contó que había llegado al lugar un camión del Ejército buscando a Luis. Allí pensé lo peor, dijo. Contó, que lo buscaban porque ese lunes a la mañana en Arsenal no se había presentado. Apenas se enteraron, se fueron a Arsenal el declarante junto a su padre, allí, se entrevistaron con Pedro Osvaldo Caballero, él les dijo que en ese momento había salido de franco mi hermano, le cambiaron su franco por el día jueves en lugar del sábado que era el día que le correspondía. Allí, dijo, supimos que había salido con un compañero, Sotelo, y después lo buscaron a Sotelo que apareció nervioso, no pudieron hablar a solas con él. Caballero les dijo que no tenían nada que ver con su secuestro, y capaz que su hermano estaba todavía vivo y torturado en ese mismo lugar. Mas adelante, en el tiempo, en los años ochenta un joven de apellido Castellano lo citó en un bar y le contó que había visto a su hermano, cumpliendo el servicio militar. Le contó los buenos recuerdos que tenía de su hermano, tocando la guitarra, cantando en la Compañía de Arsenales. Sólo fueron palabras de recuerdo y de emoción hacia su hermano. Dijo recordar a Jefatura, y sobre Pedro Medina dijo que él era compañero de Facultad, lo conocía porque vivía cerca de Simoca, que recuerda que fue secuestrado en febrero del 75 a la salida de Simoca, antes del secuestro de que a él lo secuestraran. Recordó que en julio del 78 los recibió a él, y a su madre Montiel Forzano con Ballofet, quienes les dijeron que no tenía ninguna noticia, recordando puntualmente la mirada siniestra del coronel Ballofet. Aclara que al hablar con Caballero en las dos oportunidades en que lo hicieron pensaron que él era el responsable máximo de Arsenal. Reconoció, oportunamente, la letra de su madre en la documentación aportada por Clemente, en particular la de fs. 213, esto es, una nota de su madre en poder de su hermana al momento de su secuestro que termina apareciendo en Jefatura y retirada de allí por Clemente. También dijo que recuerda vagamente el encuentro con el coronel Llamas y destaca que no hay forma de explicar la desaparición de su hermano ni la idea de que fue secuestrado. Aclara que nunca les dieron explicaciones respecto del adelanto del franco de su hermano del sábado al jueves.

MARÍA CRISTINA SOLDATI

Dijo la testigo que Berta María, su hermana, desaparece en julio del 76 a los 26 años, que por ese entonces ella se encontraba trabajando en el Centro de Documentación. Recordó que Cristina Bejas la llama por teléfono diciéndole que tenía que hablar con ella porque había pasado algo con su hermana Berta. En esa charla le contó que a las 9 de la mañana habían ingresado al Instituto tres personas con armas largas y con caras descubiertas y se la habían llevado, en un Renault 12 azul eléctrico nuevo. Recordó que si bien la familia había vivido otras situaciones dramáticas eso fue tremendo. Recurrió a familiares y a autoridades por sus contactos laborales y nadie sabía qué decirle. A la noche se fue a hablar con el Capellán del Ejército el padre Boix que había bautizado a sus hijos pero en definitiva nadie sabía nada. Contó que luego, fueron a verlo al Jefe de Policía Zimmermann, que le explicó la situación, le relató dónde vivía y éste sin darle muchas explicaciones le pasó un alto de fotos para que vea si ahí estaba su hermana, esas fotos eran de chicas acribilladas en casas, cadáveres sobre sillas, mesas, llegó hasta la mitad, no pudo terminar de verlas, eran mas de cien. Zimmermann no le dio mayor importancia, le dijo "entonces se habrá ido a algún lado". Recordó luego que hacia el 74 o el 75 por su actividad social dos veces la habían detenido por unas horas y llevado a la Jefatura. en esas dos oportunidades pudo darse cuenta que quien manejaba todo era Albornoz, inclusive él dijo que le llevaran comida. Dijo también que su hermana simpatizaba con el partido peronista pero que desconoce si era militante. Luego del secuestro de su hermana no supieron más de ella en lo inmediato, luego, muchos años después supieron que Juan Martín la mencionaba como detenida en Jefatura y luego en la documentación aportada por Clemente aparece en una lista en la que figura con las siglas DF. Respecto del secuestro de su hermano Carlos Alberto recordó que estaban aterrados. Dijo que con su marido, iban mucho al campo a a tratar de apaciguar el gran dolor que tenían, y una noche estando allí sintieron gritos, golpeaban las ventanas y las puertas, que eran varias personas que gritaban, "la policía, la policía, abran la puerta", entraron eran entre quince y treinta pero parecían miles, estaban por todas partes, solo había un gordo sin capucha, con una boina enorme, con una pistola chiquita, así vio como bajaban del altillo donde estaba su hermano, a ella, a sus hijitas y a Gladys, las encerraron en una habitación, y sintieron un alarido desgarrador de Carlos que decía "Papá", un tiro y luego se fueron. En ese panorama, creímos que Carlos estaba muerto, buscamos su cuerpo, fuimos a buscarlo por las casas vecinas. En estas circunstancias, su padre intentaba desesperadamente proteger a Aldo y a Luis Alberto. Decidieron que se los hiciera desaparecer de Tucumán, los amigos lo escondieron en pleno centro y en auto los llevaron a Chile donde estaba otro hermano y ahí se quedaron Aldo por un mes y medio y Luis Alberto por un tiempo más. Asimismo, luego de unos once o doce días de la desaparición de Carlos, narró, golpearon la puerta de la casa, alguien del ejército por la campera verde, y ahí le devolvieron a su hermano Carlos todo lastimado, temblando mucho, también recordó que le pidieron que quemara la campera que había llevado porque le habían ordenado eso. Respecto al secuestro de Luis Alberto, su padre, dijo, le había pedido prórroga en el ejército, ya que se consideraba que si no se presentaba era un desertor y eso era delito, por otro lado , él extrañaba mucho, y no aguantaba seguir sin su familia. Estuvo un tiempo escondido en Córdoba. Su padre, decidió entrevistarse con Ballofet, le contó toda la situación, y le dijo que le confiaba su hijo que ya volvía al país. Continuando con su relato, dijo que en marzo su hermano ingresó como conscripto. Finalmente, contó que llegaron del ejército a buscar a su hermano, ella les dijo que seguramente estaba en Simoca porque estaba de franco, y fue allí, cuando se dio cuenta que algo tremendo había pasado. Recordó asimismo que realizaron mil gestiones para dar con el paradero de Luis Alberto sin ningún éxito. Recordó puntualmente que en el Arsenal se entrevistaron con Caballero que dijo que había salido un día jueves, aunque el siempre salía los sábados que eran su franco. Recordó también en su relato que el 73 o el 74, les habían puesto una bomba en la casa de Manuela Pedraza, algunos de la familia atribuían este hecho a que su madre le había dado las llaves a algunas personas para que velaran allí a integrantes del ERP, eso porque al tirar la bomba les dejaron un papelito que decía que eso les pasaba por ayudar al ERP. Respecto a por que ella supone que le pasó esto a su familia, dijo que, su casa de Manuela Pedraza era un lugar en el que se consolaba y ayudaba a la gente, eran los valores de la familia y a eso lo pusieron en práctica sus hermanos, y sobre todo, Luis Alberto que era el más preocupado por la educación de la gente y Berta María por el techo y la alimentación de la gente. Era, dijo, -y en gran medida sigue siéndolo- una casa a la que la gente del pueblo siempre acudía. Respecto a Cristina Bejas dijo que la conocía porque era la directora del instituto Jean Piaget y porque se ocupaba de la educación de adultos. Recordó que desapareció pero nada más porque en Tucumán ella no tenía familia, fue la única testigo del secuestro de su hermana. Concluyendo su relato, dijo que su familia nunca recibió ninguna comunicación del Ejército sobre Luis Alberto.

MARÍA CRISTINA RUEDA

Narró en la audiencia que sobre el secuestro de Carlos Soldati recuerda que esa noche, en horas de la madrugada les golpearon la puerta y les gritaban desde afuera desesperadamente, llamando a su marido. Dijo que cuando abrieron vio al vecino que les contó que habían secuestrado a su hijo, que rápidamente se levantaron, ella su marido y sus hijos y los acompañaron a la casa, que luego ella se fue a trabajar, al volver del trabajo pasó por la casa de los Soldati, su marido había ido a acompañarlos a hacer trámites para dar con el paradero de Carlos. Luego, once días después, dijo, supo de su retorno. Dijo que se enteró de la desaparición de Berta María que fue a trabajar y nunca más volvió. De Luis Alberto supo que estando en el servicio militar le dieron franco y nunca llegó a su casa, había desaparecido.

GLADYS DEL CARMEN NOTARI

Contó que el día 28 de Setiembre de 1976, siendo las dos y media de la mañana aproximadamente, su tía la despertó y le dijo que había entrado la policía. En la casa estaba María Cristina con las dos hijitas, nos levantamos rápido. Pude ver como se dirigieron hacia el altillo donde estaba Carlos y allí vi a un hombre con un arma larga, mientras que otro nos empujaba hacia el dormitorio, y nos encierran ahí. De pronto, dijo, se escuchó tiros, y unos gritos de Carlos. Dijo que no puede calcular bien cuantas personas entraron ese día, pero cree que eran unas cinco o seis, aunque desde donde estaban pudo oír muchas voces mas, aunque no pudo identificar a nadie porque todos estaban con las caras cubiertas, recordó que calzaban botas, tipo borceguíes, negros. También pudo recordar que el papá de Carlos salió en su búsqueda, pensaban que estaba muerto y fue cruzando la ruta a pedirles ayuda a unos vecinos, a Arturo Sassi y a Cristina Rueda. Estima que el operativo duró aproximadamente una hora. Señaló que los intrusos gritaban preguntando por "el muchacho que estudia". Recordó que también tuvo conocimiento de la desaparición de Berta María.

SANTO ISABEL ALBO

Contó en la audiencia, al inicio de su testimonio que Justo Agustín y Pedro Alarcón eran criados por su tía. Dijo que el 14 o 16 de Julio alrededor de las 3 de la mañana pararon tres o cuatro autos oscuros. Llegaron a su casa, le prohibieron que prendiera la luz, revolvieron todo , al parecer , luego se dio cuenta , que buscaban a justo , al principio no lo encontraron pero después lo hallaron en un rincón , su madre , desesperada , les rogaba que no le pegaran . Luego, dijeron que solo prendiera la luz cuando se hubieran ido, cuando tocaran la bocina desde la comisaría. Justo tenía unos 27 años y trabajaba en el Banco Nación, agregó. El procedimiento duró de 20 a 40 minutos. La comisaría a la que se referían estas personas es la del Colmenar, la de la William Cross. Recordó que un tal Auteri estaba esa noche de oficial en la Comisaría . Agregó que su tía , hizo muchas gestiones para encontrar a Justo pero nunca mas supieron de él. Al terminar su relato , añadió que cree que en el auto que llevaron a Justo iba también Pedro, pero no puede asegurarlo.

PEDRO CÓRDOBA

Dijo en la audiencia que fue secuestrado el 5 de junio de 1976 en su domicilio, que entró un grupo de personas que destrozaron la puerta. Recordó que eran unas 4 o 5 personas, armadas, con una ropa mezcla de militar y policía, con botas. Que lo sacaron de su casa, a él, que a su madre y a su hermana las encerraron en la habitación. Cuando lo sacaron, le envolvieron la cabeza con un trapo, y luego de unos 10 minutos de recorrido lo hicieron bajar, dijo que la venda era improlija, por lo que pudo percibir que habían entrado a un lugar pequeño, que estuvo allí, unas dos horas, finalmente llegó a un local muy iluminado en el que habían varias personas. Contó que allí lo interrogaron con torturas, le preguntaban por amigos, familiares y compañeros de trabajo de la facultad y que después lo llevaron al recinto pequeño en el que había estado al principio. Al amanecer, dijo, que reconoció los jardines de la Jefatura de Policía. Narró que mas tarde, lo llevaron a un lugar donde había muchas personas sentadas o recostadas contra la pared que allí estuvo todo el día. Recordó que en un horario en particular todas las noches se trasladaba a las personas a otro lugar que supone que era la sala de torturas donde él había estado, lo supo por los gritos de dolor que escuchaba. También recordó que una persona junto a él le dijo que estaba hace mucho tiempo allí, y que su nombre era Raúl Elías. Dijo que esa misma noche fue llevado a una playa de estacionamiento y tirado en la puerta de su domicilio. Que hizo la denuncia policial junto a su madre, que le tomaron declaración, aunque en el 2004, cuando fue a pedirla a la policía, le dijeron que no había registro de ella. Que a los 30 o 40 días de su secuestro, al reintegrarse a su trabajo, supo que dos de sus compañeros habían sido secuestrados. Y agregó que, por las torturas recibidas, dio nombres de familiares y compañeros. Contó que fue liberado la noche del 21 de junio. Recordó también que en el lugar donde estaba secuestrado, había hombres y mujeres presos, destacando que como secuela de su secuestro tiene lesiones acumulativas en la espalda.

JULIO CESAR MARINI

Dijo en la audiencia de debate que, en los años 70, su padre era el propietario de la casa de calle Frías Silva 231 y se la alquilaba a Raúl Araldi, por el año 1975. Araldi , le restituye la casa, en agosto de 1976, contó que sus vecinos le alertaron que veían como de esa propiedad se estaban sacando muebles, ante este hecho, junto a su padre se dirigieron hasta las proximidades de la vivienda y corroboran lo informado indica que un vecino avisa que estaban sacando muebles de la casa. Ya por el mes de Setiembre de ese año, dijo, Albornoz, jefe del SIC y Guerra, se mudan a vivir allí. Respecto a esa propiedad, contó que pertenecía a su padre desde el año 55 aproximadamente, y que allí nacieron sus hijos. Respecto a la recuperación de la casa, dijo que, en el año 2004, se hizo la denuncia en la fiscalía federal, contó lo sucedido y logró recuperarla el 15 de octubre de 2009, desalojando a María Elena Guerra, quien había iniciado un trámite judicial para quedarse con la casa. Agregó que a Albornoz y Guerra, los veía con frecuencia porque era el barrio de su infancia y porque trabajaba en el Mercado de Abasto, también veía muchísimo movimiento policial, fundamentalmente porque allí se hacían reuniones. Contó también que a María Elena Guerra en una oportunidad la ayudó a cambiar una rueda de su auto, que al principio lo saludaba, pero luego dejó de hacerlo, cuando se enteró que era hijo de Marini.

AURELIA DEL CARMEN ZARATE

Dijo en la audiencia que en el año 1976 vivía en un pasaje a la altura de Frías Silva 250. Que sus vecinos de Frías Silva 231, en los años 74 o 75 era la familia Marini. Que en el año 1976, la casa quedó desocupada, que ella conoce muy bien este hecho porque su casa colindaba con la de ellos, y aclara que sentía mucho miedo porque esa vivienda a su entender estaba abandonada. Recordó que la casa vuelve a ocuparse ya nacido su segundo hijo, hacia el 77 o un poco más, allí vio a una señora de edad, grande, de unos cincuenta y cinco años, que le comentó que eran los nuevos vecinos, y le dijo que después iba a ir a vivir una hija suya, concretándose esto más o menos un año y medio después. Estimó que los Marini abandonaron las casa hacia el 74, y que habría estado vacía unos dos o tres años. Hizo hincapié que era muy raro ver una casa así en ese estado, abandonada. Precisó que Alcira Guerra era jubilada, y que su hija era policía, aunque no sabe si llegó al barrio siendo ya policía. Dijo que vio a María Elena Guerra por primera vez en el año 80, unos años después de que había llegado su madre. Calculó que habría tenido unos 18 o 20 años. Dijo que la elevación de un muro en el frente de la casa estima que se hizo hace unos diez años. Terminó su relato diciendo que no recuerda que la casa hubiese estado alquilada a la familia Araldi.

SUSANA NILDA CHAMAS

Dijo en la audiencia de debate que el 9 de Noviembre de 1976 su hermano salió de su domicilio para buscar un amigo e ir a ver un pariente que estaba enfermo, estuvo en el policlínico ferroviario y luego fueron a un bar, que después que se retiraron de allí, nunca mas supo de él. Contó que averiguó en todos lados, pero nadie sabía nada. Dijo que su padre habló con el capellán del ejercito e inclusive presentó un habeas corpus pero sin ningún resultado. Dijo que después de un tiempo, por medio de un taxista, se enteró que su hermano había sido secuestrado. En una oportunidad, recordó que le pidieron que declare que su hermano había sido secuestrado por los guerrilleros, que la hicieron pasar a una sala, que allí había un juez y también estaba un tal Cabral. Dijo que este Sr. le hizo ver una carpeta chica forrada en cuerina, adonde se encontraban todos los datos de los desaparecidos, allí, pudo ver los nombres de las personas caídas en El Cadillal y Famaillá, dijo que pudo ver el nombre de su hermano, cuando estuvo con Cabral, en la parte de desparecido tenia un signo de pregunta y nada mas. Respecto a su hermano, dijo que en julio salió de cumplir con el servicio militar, pero nosotros no sabíamos, dijo, si tenía actividad política, deportiva etc. Agregó que José, tenía 22 años cuando desapareció, y que vivían en la zona de Villa Urquiza. Terminó su relato diciendo que conocieron muchas personas que tuvieron el mismo problema pero no que tenían relación con él.

VICTOR ROBERTO SCHEDAN

Dijo que conoce al Sr. Wilfredo Rodríguez, desde hace mucho tiempo. Que por esos años le dijeron que estaba detenido en la comisaría segunda, entonces hizo por su cuenta recurso de habeas corpus, dijo que el secretario, se lo devolvió, aduciendo que Rodríguez no iba a aparecer. Así, dijo, procedió a avisarle a los padres, que luego no supo más nada. Contó asimismo que Rodríguez era su compañero de estudio, y que salían a pescar. Conforme la versión que él tiene, dijo que Rodríguez estuvo secuestrado en la escuela de policía, que el mismo le contó que no lo interrogaban por alguna cuestión en particular y que le vendaron los ojos. Que sufrió torturas psíquicas. Luego de ser liberado, dijo, Rodríguez fue a buscar su documento en una comisaría, ya que desde allí lo llamaron a la casa de los padres para avisarle.

AZUCENA DEL VALLE BORQUEZ

Comenzó su relato diciendo que es esposa de Antonio Paz. Contó que en su pueblo hubo muchos desparecidos, inclusive el dia del secuestro de mi esposo, dijo, también se llevaron a otros cuatro vecinos. Continuó su relato diciendo que esa noche ingresaron a su casa unas 5 personas, de tonada cordobesa, con uniformes, armas largas y a cara cubierta, y que en ese momento se quedaron sin luz, que esa gente comenzó a revisar todo, además, sacaron la funda de la almohada y se la pusieron como capucha. Dijo que después que salieron vio un auto blanco que pasaba la esquina. Que inmediatamente fue a la casa de su madre, dándose con la novedad de que allí también habían ido. Recordó que le dijeron que llevaban a su esposo a investigaciones pero cuando fueron allí, les dijeron que no estaba que hicieron muchos trámites pero nunca tuvieron ninguna respuesta. De la gente conocida que secuestraron recordó a Sisto Villarreal, un chico Díaz otro Sr. Díaz y a mi marido, dijo que ellos trabajaban en la Textil Escalada en Los Ralos. Respecto a la fábrica dijo que tenía sus delegados, y que supo que también se los llevaron a ellos, su marido, Paz, era delegado. Al año siguiente dijo, la fábrica se cerró, también agregó que desde el año 73, al frente de la fábrica estaba un militar de apellido Cecilia. Respecto a los tramites posteriores al secuestro , dijo que presentaron un habeas corpus ante el juez Martínez y al Gral Hharguindeguy, y también al jefe de policía, en realidad, aclaró, fuimos a todos lados, por ejemplo a cárceles de todo el país, a los hospitales psiquiátricos, a la escuelita de Famaillá, pero no tuvimos ninguna respuesta. Por ese entonces, recordó que tenía 27 años, y mi chiquito 4 años. Contó que le dijeron a su suegra que su marido estaba en jefatura y que si no le encontraban nada lo iban a soltar. Terminó su relato diciendo que en el 77 fueron secuestradas 6 personas más y solo regresaron Santos Juárez y Cabrera los demás no volvieron y nunca mas supimos mas de ellos.

JOSEFA MICAELA ANDRADA

Al comenzar su relato dijo que es hermana de quien permanece desparecido, Juan Carlos Andrada. Que su hermano desapareció en el año 76, lo esperaban en su casa pero nunca volvió de tomar clases en una academia. Dijo que a partir de allí, comenzaron a buscarlos por todos lados, dijo que fueron a la comisaría 5, a todos los hospitales pero no lo encontraron. Luego, dijo, hicimos la denuncia en la comisaría 5°. Posteriormente, contó que se enteraron que desapareció junto con José Chamas. Que la versión que tiene ella de los hechos es que ese día, José lo fue a buscar a su hermano a la casa, y su madre le dijo que lo fuera a buscar al Ferrocarril Mitre, donde trabajaba, se dirigió hasta allí, y entonces fue que mi hermano le pidió que lo acompañe hasta el Policlínico a ver a su otro hermano que estaba enfermo, luego se dirigen al bar de abajo, después de ese encuentro , teóricamente José tenia que encontrarse con la novia y mi hermano tenia que ir a clases a una academia pero él nunca llegó ahí. Yo personalmente, dijo, presenté un habeas corpus y solicité una audiencia con Zimmermmam, recordó que era 24 de diciembre, que los llamaron para las seis de la mañana, pero los atendieron al mediodía recién, en esa oportunidad les pidieron una foto de su hermano y los volvieron a citar para el 31 de diciembre nuevamente a las seis de la mañana, haciéndolos pasar a las 12 del mediodía, para decirles que no lo tenían , que no sabían qué había pasado que seguro lo llevaron los extremistas. Así, nunca mas supe nada de mi hermano, dijo, sin embargo se enteró por Susana, la hermana de José Chamas se lo llevaron fuerzas de seguridad. Luego de 10 años, recordó, un vecino Juan Benito Moya, me preguntó de mi hermano, y en ese momento me dice que lo vio detenido en jefatura de policía.

JORGE GUILLERMO DELGADO

Dijo en la audiencia que es periodista de distintos medios locales y nacionales. Manifestó que tuvo conocimientos de lo sucedido con el inmueble de Frías Silva 231. Señaló que al respecto hizo una investigación porque hubo gente que le contó que esa casa había sido usurpada en el 76. Dijo que los vecinos no sabían el apellido del matrimonio que vivía en esa casa, hasta que llegó a dar con el hijo del dueño de esa casa, el Sr. Marini. Contó que los vecinos con los que habló le relataron el secuestro del matrimonio con su niño, y que la joven estaba embarazada, luego supo por Marini que eran los Araldi-Oesterheld. También, contó que supo que la casa fue usurpada por el comisario Albornoz y María Elena Guerra, quienes ingresaron allí hacia setiembre u octubre del 76. Que días después del secuestro se vio sacando los muebles. Respecto a esta información, dijo que la puso en conocimiento del fiscal federal Ferrer en 2005. Sobre la investigación respecto de la suerte corrida por el matrimonio, dijo que buscó información en la Dirección de Familia y Minoridad, allí su director Sánchez Iturbe le permitió acceder al Libro de la Casa Cuna en el que constaba que el niño Fernando, hijo del matrimonio, había sido dejado allí en 1976, así también supo que, el matrimonio Araldi-Oesterheld vivía en el Hotel Petit de calle Crisóstomo de Tucumán desde que llegaron a Tucumán en diciembre del 75, a ellos los conoció en diciembre del 75 a la altura del cine Majestic, por la calle 24 de Septiembre, porque se los presentó un amigo que tenían en común. Respecto de la fotografía de Diana tomada por Raúl que aportó al expediente, es de junio del 76 allí ella aparece embarazada y la obtuvo en una entrevista que tuvo con Elsa Sánchez de Oesterheld. Destacó, también, que pudo fotografiar el inmueble a lo largo del tiempo, y también a Fernando Araldi. Señala que los vecinos le dijeron que Albornoz vivía allí con Guerra que era su amante y que en una oportunidad al lugar llegó la esposa de Albornoz que hizo un escándalo. Relató que ha conocido otros casos de apropiaciones de inmuebles como el de la causa Coronel. Dijo que durante las investigaciones que ha realizado sufrió apremios, concretamente de parte de De Cándido cuando personal de la Comisaría segunda lo detuvo cuando él estaba cerca de la casa del imputado con un amigo en una camioneta. Dijo que fue detenido acusado de querer secuestrar a De Cándido, el declarante pudo llamar al vicegobernador, y se esclareció el hecho de que era un periodista haciendo una investigación. Dijo que en otro hecho un hijo de De Cándido un sábado de agosto de 2004 quiso arrollarlo con el auto, y recordó que justo el día anterior coincidentemente se había dispuesto la prisión de De Cándido. Destacó que han ingresado varias veces a su casa, incluso en 2011 en un robo extraño ya que sólo se llevaron documentación. Dijo que según los vecinos a Diana la sacaron de calle Frías Silva, aunque Juan Martín dice que la sacaron de Avellaneda y Santa Fe. Sobre esa contradicción considera que lo que dice Juan Martín también es plausible y que, de hecho, se compadece con el modus operandi de los secuestradores. Agregó que en septiembre del 76 fueron a la casa a vivir Albornoz y Guerra, que se lo dijo un señor que tenia un taller al frente y también Federico Storni. Dijo que Marini le manifestó que el interés del matrimonio Araldi era de comprar la casa pero que la operación no llegó a concretarse, y que vivieron allí unos cinco meses aproximadamente.

EMA FILOMENA FERREYRA

Dijo en la audiencia que conoce a María Elena Guerra desde hace unos cuarenta años, ya que en el año 76 realizó tareas de limpieza en la casa de su madre tres veces a la semana. En el año 1979 o 1980 conoció a María Elena, la veía con el uniforme de la Policía, ya que fue a vivir allí. Dijo que trabajó allí hasta el 86, 87 u 88, ya que en esa época se enfermó y no pudo trabajar más. Señaló que la madre de María Elena le contó que ella había comprado la casa. Que cuando llegó a la casa estaba habitable, y no parecía estar abandonada, que estaba en buen estado. Dijo no recordar el nombre de su empleadora, la madre de María Elena. Recordó que unos años antes de ir a trabajar en la casa ya vivía por la zona pero dijo no recordar operativos policiales en la zona, ni traslado de muebles. Tampoco dijo saber la fecha de la muerte de la madre de María Elena porque ya no trabajaba en el lugar. Aclaró que a María Elena, luego de dejar de trabajar en su casa siguió viéndola en algunas oportunidades, cuando necesitaba algún papel de la policía y también al tomar conocimiento de que la madre de María Elena falleció en 1980.

MIRTA EMPERATRIZ MENIN

Dijo ser vecina de María Elena Guerra, que vivió en diagonal a la señora desde aproximadamente 1980, año en el que fue a vivir al barrio. Aclaró que sólo tenían una amistad de vecinas. Señaló que por comentarios de los vecinos vivía en su casa desde 1979 o 1980 aproximadamente. Indicó que vivía sola en la casa pero que antes vivía allí con su madre según la propia mujer le dijo.

GUILLERMINA ESTHER JIMÉNEZ

Dijo conocer a María Elena Guerra de la Iglesia del Perpetuo Socorro que la conoció hacia 1995. Señala que vivía en calle Frías Silva, aunque no sabe desde cuándo, sólo sabe que desde hace muchos años. Aclara que vive en calle Pellegrini 249 desde 1986. Dijo desconocer a quien pertenecía la casa donde vivía la señora Guerra.

ENRIQUETA DEL VALLE PÉREZ

Dijo que conoce a María Elena Guerra desde el momento en que sus hijos fueron al colegio Nuestra Señora del Rocío, ello porque la señora era madre de un compañero de su hijo, pero sabe que vivía allí desde antes, sólo que no la conocía. Supo que en esa casa antes vivía la familia Marini. Tambiéndice que cree que esas personas se fueron a vivir a Córdoba, pero la declarante era muy chica en esa época, luego la casa estuvo desocupada y luego llegó la señora Guerra. Indica que conocía a la casa desde muy chica porque uno de los hijos de Marini, Teresa, era profesora de danzas y la declarante era alumna de ella. Luego se fueron, cree que a Córdoba, y luego la casa queda deshabitada según le parece. Dice que cuando la conoció era una casita muy chica, muy humilde. Señala que supo que la casa estaba deshabitada por el estado en el que estaba, deteriorada, con un portón dañado. Dijo tener 51 años. No puede precisar cuando la familia Marini dejó la casa, la señora hizo danzas allí de los 5 a los 9 años. Dijo que al tomar contacto con la señora Guerra por los hijos de ambas no supo cómo llegó a la casa. Indicó que conoció a Teresa Marini, y al resto de la familia, a Nacho, Lalo y otro hermano además de Teresa. El rumor de que los Marini se fueron a Córdoba calcula que fue cuando tendría la declarante unos10 años. No recuerda en la zona de esa casa ningún operativo militar o policial.

ELBA ELENA LEDESMA

Dijo que no conoció a la familia Marini, ni a la familia Araldi-Oesterheld. Que a la Sra. Guerra si la conoce desde 1980 aproximadamente, ya que vivía en la calle Frías Silva al 200. Precisó que a María Elena la conoció en el trabajo, eran compañeras de trabajo en la policía, pero trabajaban en reparticiones diferentes. Destacó que conoció la casa de la señora Guerra al morir su madre, fue con otras compañeras a visitarla allí por no haber podido ir al velorio. Precisó que la primera vez que fue a su casa Guerra vivía sola, y luego lo conoció a su actual marido.

MARTA LIA SILVA

Contó en la audiencia que el día 7 de julio de 1976 intentaron secuestrar al hijo para ello presionaron al esposo y a ella para que le digan donde podian encontrarlo porque no estaba con ellos en aquel momento. Dijo que para ese entonces, vivían a un kilómetro de la ciudad de Alderetes y cuando entran a buscarlo al hijo algunos estaban encapuchados y otros con botas de militares. Su casa tenía plantas altas por lo que su esposo creyó que eran asaltantes. Después de eso, se mudaron de la casa, y el socio del marido llevó a su hijo a Salta y el marido y ella se fueron a vivir con su hermana. Contó que el 8 de junio hubo un allanamiento en la casa de Alderetes, que le llevaron todo, joyas, colección de libros de medicina, toda la ropa y lo que no llevaron lo destruyeron, agregó que una vecina con la que tenían muy buena relación le produjo un infarto cuando veía que todo tiraban por la ventana. Recordó que fueron a buscar al hijo que estaba en el sanatorio Rivadavia de guardia, y que los mismos médicos le aconsejaron que se suba al techo. Contó que el 28 de julio el marido y su socio lo llevaron al hijo a Buenos Aires a la casa de los padres del socio del marido, y alli, lo ocultaron, no le permitían salir, tenía que estar oculto. Su hermana donde fueron a vivir también fue secuestrada. Agregó que a principio de septiembre hubo un operativo conjunto entre el ejército y la policía alli, saquean todo y queman en la calle lo que no podían llevar, a partir de esa fecha, la casa queda usurpada por la policía de Tucumán. Luego, dijo, la policía empezó a rondar por la escuela donde trabajaba. Contó que cuando lograron sacar al hijo cerca de la frontera había un señor que tenía relaciones comerciales con el marido, por eso pudieron sacarlo a Bolivia. Respecto al secuestro de su hermana, dijo que en el momento que la llevaron estaba con su sobrino, que tenia síndrome de down, que el chico gritaba y lloraba, que otra hermana se lo llevó con ella pero no lo podia cuidar así que lo dejaron en un asilo., pero allí lo trataban mal, finalmente lo llevó una enfermera del hospital. Dijo que cuando al chico le sacaron el documento no declararon su incapacidad, entonces el fantaseaba y decía que la madre era amiga de los montoneros, la policía tomaba en cuenta estas declaraciones. Siguió su relato, y dijo que el hijo estaba en Santa Cruz de la Sierra, ella tomó un tren y lo fue a ver, contó que ahí había un muchacho que protegía a los exiliados. En Bolivia pudo sacar el documento, le dieron un trabajo como empleada doméstica para que cuidar un bebé. Respecto a su hijo dijo que consiguió trabajo ayudando a un medico. Contó que volvió a la Argentina con el gobierno constitucional. Posteriormente dijo que intentó recuperar la casa, que ganó un juicio en la provincia y la indemnizaron pero era muy poco. La casa estaba destruida, no tenía dinero para restaurarla, así que la vendió. Después vivió alquilando, actualmente vive en la casa de su hijo en Lomas de Tafi. Finalizó su relato diciendo que de su hermana nunca supo nada más.

EMMA ESTHER QUINTEROS

Dijo la testigo que un día golpearon la puerta de manera muy fuerte y entraron preguntando por el marido y preguntaban quién era ella, empezaron a revolver toda la casa, la tiraron boca abajo, tenía una sobrina discapacitada a su cargo que también la tiraron al piso y a sus hijos también; la amenazaron, comenzaron a desmantelarle la casa, relojes, joyas y se fueron. Cuando no escuchó más ruidos, comenzaron a levantarse. Dijo que no les pudo ver la cara a quienes entraron. Que habló con un abogado para ver qué pasaba y se hicieron los trámites legales hasta que lograron sacarlos, estuvieron bastantes días detenidos, los habían golpeado, las secuelas que le quedaron fueron de traumas de los golpes que le dieron. Contó también que otro año volvieron y se lo llevaron a su marido de la puerta de la casa, él era militante peronista. Dijo que su esposo era electrotécnico y arreglaba artefactos eléctricos, hacía iluminación y sonido en los clubes. Dijo que producto de los secuestros el esposo se enfermó; que estuvo varias veces detenido en distintos lugares. Agregó que su hijo estaba estudiando en el Colegio Lorenzo Maza y como se divulgaba que el marido de la dicente era "extremista", el director del Colegio le pidió que se fuera y no pudo terminar de estudiar. Por último recordó la testigo que la gente que ingresó a su casa estaba vestida de civil y eran alrededor de cuatro personas; y que su sobrina tenía cuatro años aproximadamente.

JULIA ARGENTINA LEMME DE ELIAS

Dijo que su marido trabajaba en la Universidad, en el Departamento de Artes. Que un día se fue a la inauguración del Museo Policial y cuando terminó el espectáculo unas personas se identificaron como de la Brigada y le dijeron a la profesora que quedaba detenido Elías porque en el grabador que él había llevado había 100 gramos de Trotil, pero no había nada, entonces le dijeron que lo tenían que llevar por averiguación de antecedentes. Dijo que la profesora Elba Castría lo siguió con el auto y fue a la casa de éste a decir que lo habían detenido por averiguación de antecedentes. Que el papá de esta profesora trabajaba en tribunales y le dijo que a la noche lo dejarían libre al "Turco", esposo de la dicente, porque no tenía antecedentes. Dijo la testigo que fue a la Jefatura con su cuñado y ahí le dijeron que su esposo estaba detenido pero que iba a salir el 31 a las 12:00 y que lo esperaran cerca. Contó que esperaron y luego los corrieron y le dijeron que iba a salir el 3 de Enero. Que esta señora tenía unas vecinas que dijeron que había llegado a la casa el jefe de los comisarios y que estaba Zimermman. Que el día 3 se cruzó con una vecina que le dijo que se quedara tranquila que el 30 de diciembre lo mataron, se les fue de las manos y lo mataron. Dijo que cuando se formó la Bicameral realizó la denuncia, fue a la Jefatura en enero o febrero, la atendió Zimermman y le pidió a Cisneros que traiga el libro donde estaba su esposo. Que éste le dijo "acá figura, él estuvo en la Jefatura pero le dimos a elegir que se fuera del país y se fue al Perú". Que la dicente se fue a la Nunciatura y allí le dijeron que nunca había pasado una persona de apellido Elías. Dijo que del Perú le mandaron una nota diciendo que nunca había entrado ni salido ningún Víctor Hugo del país. Relató que su hijo, que nació en el 77, tenía dos meses cuando el Coronel Llamas le mandó una notificación para decirle que tenía que charlar con ella; fue a la Jefatura a las diez de las noche y el Coronel Llamas le dijo que pasara a un cuarto y que le iban a pasar una película pero que dejara a su hijo; pasó al cuarto y pasaron una película de Perón y le dijeron que diga cuando aparezca su marido para que le cuenten algo, pero el marido de la dicente nunca apareció en la película. Recordó que en la mesa de entradas un agente raso le dijo que su esposo estaba en Jefatura. Narró la testigo que cuando su marido se fue, allanaron su casa buscándolo a él y después se fueron; revolvieron todo, le llevaron una carpeta donde tenía boletas, la golpearon y le pusieron un fusil en el vientre. Recordó también que su hija, que tiene problemas de dicción y trauma emocional, tenía 8 meses en esa época. Dijo que las vecinas a las que hizo referencia son Ema Carrizo y Rosa Carrizo. Dijo que no sufrieron amenazas; que su marido estuvo detenido anteriormente, dos o tres veces, porque militaba en la Juventud Peronista y la mayoría de sus amigos están desaparecidos. Nombró la dicente a María Sánchez. Dijo también que Francisco Pedregosa nació en cautiverio y su papá está desaparecido; que no recuerda otro nombre. Contó que quedó sola con los dos chicos y salió después a trabajar a destajo. Que luego pudo ver un libro con registros y cuando lo abrieron, estaba la firma de su marido. Dijo que con posterioridad recibió un informe del Ministerio que decía que su marido había optado por irse al Perú; pero que después el mismo Ministerio le aclaró que no era su marido, y que tampoco había salido ningún homónimo. Por último dijo que no pudo tomar conocimiento si su marido estaba fuera del país.

FRANCISCO EUDORO LAZARTE

Se le exhibió al testigo durante la audiencia su declaración prestada en la etapa de instrucción y reconoció su firma inserta al pie de la misma. Dijo oportunamente que estuvo en Jefatura secuestrado. Que lo conocía al "Turco" Abraham, estaba dentro de la policía, lo conoció en Río Colorado, pero cuando lo liberaron el dicente fue a buscarlo y no lo vio más. Contó que a él lo tenían detenido; que estaba también el Dr. Dardo Molina y lo escuchaba como lo torturaban, igual que a él. Dijo que el doctor Dardo Molina estaba en Jefatura y que como él, muchos que pedían que lo mataran y no los hagan sufrir. Dijo por último que algo recuerda de la señora de Galei; que ellos eran un grupito que estaba con esa señora pero no recuerda más porque lo tenían vendado.

MARIA LUISA FOGLIA DE LAZARTE

Dijo que el día 6 de enero del 77 como a las 2:00 de la mañana llegaron personas llamándolo a su marido. Que entraron personas con armas y reflectores y lo único que dijo la declarante, recuerda, es que tengan cuidado con los chicos. Le dijeron que levante una campera, vio un arma grande, salió afuera la testigo y vio dos vehículos y recuerda que hicieron disparos. Dijo la declarante que fue a Nueva Baviera. Recuerda que cuando lo liberaron a su esposo, le contó que lo torturaron, le vendaron los ojos y las manos, tenía que comer de rodillas, escuchaba a personas que pedían que la mataran, sintió ruido de trenes; él le dijo que creía que estaba en Jefatura y que lo nombraban a Albornoz, al "Tuerto", diciendo "mirá lo que has hecho", refiriéndose a que lo habían matado a Dardo Molina y Albornoz dijo "que se jorobe"; que también estaba el "Turco" Abraham. Que su esposo estuvo cuarenta y cinco días detenido. Que les avisaron que lo habían dejado en el Parque 9 de Julio y que posteriormente lo habían llevado a la Comisaría N° 13, después de eso cuando volvió a la casa empezaron a recibir amenazas, dijo que lo llevaron porque ahí estaba González. Dijo que le llegaban citaciones de que tenían que ir a pagar impuestos de una finca y los pagaban porque los amenazaban que iban a matar a toda la familia si no lo hacían. Dijo que las secuelas de su esposo fueron muchas porque le pegaban en la cabeza, le salía sangre de la nariz, a la noche no dormía, gritaba. A veces nombra a esas personas. Dijo también que los llevaron a una escribanía porque le tenían que devolver unas tierras; que González comentó que lo habían detenido por la mala venta de esas tierras, entonces los citaron a una escribanía para que devuelvan todo; el escribano era Figueroa, recordó la testigo. Dijo que el marido le contó que habían llegado unas personas al lugar donde estaba detenido y lo nombraban a Albornoz y otros le recriminaban a este último lo que había hecho con Dardo Molina, le decían "te has pasado". La testigo dijo que ella vivía en el campo, que tenía pocos vecinos.

FRANCISCO JOSE LAZARTE

Narró el testigo que es hijo de Francisco Lazarte. Que tenía 11 años al momento de los hechos. Que el momento en que ocurrió esto no lo recuerda, recuerda cuando lo habían sacado; recuerda haber salido a la puerta y que su mamá estaba llorando y que estaba su tío, después vio luces y escuchó disparos, no vio el momento que lo sacaron, solo vio luces. Contó que el tío era Carlos Alfredo Lazarte. Dijo que esa noche estaba un tío abuelo de él y una tía que vivía con ellos. Recordó que el domicilio era Amaicha del Llano. Dijo que su padre estuvo detenido cuarenta y cinco días; que en todo ese tiempo lo buscaron; que se dio un caso de una persona en Bella Vista que lo habían liberado a la orilla de la vía, lo primero que se hizo fue buscarlo por ahí, también se lo buscó en Famaillá, hasta que un día les dijeron que estaba en la Comisaría N° 11 y ahí fue el reencuentro. Contó que fueron sus tíos a buscarlo a la Comisaría y él fue después. Relató al Tribunal que nadie le dijo por qué su papá estaba en ese lugar; que su papá estaba pálido, débil, muy flaco. Que a su padre le pidieron que devolviera "eso" por lo cual había sido secuestrado; él había comprado unas tierras y esa persona que le vendió le pidió que las devolviera y ahí fue que lo secuestraron. Dijo por último que su familia nunca entró en posesión de esas tierras.

NÉLIDA GIMENEZ

Dijo la testigo que desde 1956 vive al frente de la casa de calle Frías Silva, de los Marini. Dijo que era amiga de Teresa, de Julio César, de Pelusa, los hijos de Onésimo y de su esposa doña Nena. Que al fallecer la esposa de Onésimo cree que éste vendió la casa, aunque no recuerda cuándo. Precisó que ella se casó en el 77, en el 78 nació su hija y antes de esa fecha andaba ocupada con sus asuntos personales, por eso no sabe. Dijo que sólo puede asegurar que los Marini dejaron la casa antes de que ella se casara. Que no sabe qué pasó con la casa luego de que la familia la abandonó, no sabe si se ocupó inmediatamente, pero luego se ocupó con cirujas, estaba derrumbándose la galería, sin puertas, los yuyos altos, eso podía verse porque la verja de entrada era baja. Dijo que cuando era chica entró a la casa; que cree que la casa estuvo desocupada durante años y recuerda que cuando ella se casó, al poco tiempo llegó una señora bajita, gordita, de anteojos, que le dijo que tejía y ella le encargó ropa para su bebé que estaba por nacer. Dijo que esa señora parecía tener alrededor de cincuenta años, se llamaba Alcira, vivía sola; que primero vio a los muchachos que desmontaban los yuyos con ella y luego la vio a ella sola. Recuerda que la señora Alcira también vendía ollas Essen. Indicó la testigo que nunca fue interrogada por ningún periodista sobre el destino de esa casa; que tampoco vio que hicieran largas fiestas en esa casa. Dijo no recordar la fecha del fallecimiento de la señora Marini, sólo recuerda que ella en ese momento era chica. Dijo que no supo que en el barrio haya habido un operativo militar; que cree conocer a Enriqueta Pérez, que cree que vive en el pasaje Gálvez. Dijo también que a María Elena Guerra la vio mucho antes de 1980, fecha en la que tuvo que viajar a Buenos Aires por problemas de salud de su hijo. Dijo que Marini vendió la casa porque es un comentario que ella escuchó en el almacén, o volviendo del mercado; que la casa había sido vendida. Precisó que no sabe a qué se dedicaban los Marini, salvo Teresa, que era profesora de danza.

CARLOS MARIANO ZAMORANO

Dijo el testigo que declarará bajo la modalidad de videoconferencia por la incertidumbre de su estado de salud; que tiene una carpeta entera de pruebas instrumentales que acreditan sus problemas de salud. Señaló que en el último trimestre del '74 se observaba un domino total del terrorismo de Estado más allá de que muchos historiadores no lo reconozcan. Que en su casa en ese último trimestre hubo dos episodios de tiroteos y que en uno de ellos una bala impactó en la panza de su cónyuge que estaba embarazada. Dijo que la Triple "A" decía que en esa oportunidad lo condenó a muerte al dicente. Que a mediados de octubre se produjo el tercer tiroteo contra su vivienda. Agregó luego que a fines de octubre en la Universidad hubo problemas y el declarante fue designado como defensor de unos estudiantes. Que en ese marco hizo algunos trámites en la policía y el oficial Russo le dijo que no interfiriera. Que también le dijo a Russo de los tres tiroteos y éste le hizo un gesto encogiendo sus hombros. Luego relató el testigo el secuestro de un hombre en Santa Lucía; dijo que recorrió como 100 kilómetros y en el camino saludó mucha gente hasta que lo ingresaron en la ciudad a una casa de torturas interrogándolo bajo tortura por los domicilios de los abogados Rodríguez Anido, Martinelli y Zamorano, esto es, los abogados que defendían a presos políticos. Que eso preanunciaba lo que llegaría después. Y agrega que a los otros abogados les dinamitaron las casas. Dijo que el 28 de noviembre del 74 es arrestado y lo estuvo hasta el 80, que estuvo unos días en Villa Urquiza y que de allí lo hicieron recorrer 8000 kilómetros por cárceles de todo el país. Dijo que considera que por su perfil Guetas Chebaia era un objetivo a eliminar. Recuerda como compañeros detenidos a Osvaldo Sigfrido De Benedetti. Precisa que si bien no era de Tucumán estaba procesado en esta provincia. Precisó también que conoció a De Benedetti, llamado "El Tordo", en el Pabellón 1 del Penal de Rawson, en el 77. Dijo que no le resultó difícil detectar sus condiciones de hombre inteligente, cultivado, con una extraordinaria memoria, hacía una profunda crítica de la actividad del PRT y ERP. Dijo el declarante que hizo una profunda amistad con él. Indicó que a De Benedetti lo sacaron del Penal de Rawson en julio del año 78 y al dicente lo sacaron tiempo después y lo llevaron a Córdoba. Dijo que habían trasladado a veinticinco personas procedentes de distintos penales. Que en ese momento lo encontró en Córdoba de nuevo a De Benedetti como rehén del mundial de fútbol. Que la idea era que si mataban a Videla, los mataban a todos, si mataban a uno de más abajo matarían a cinco y así sucesivamente. Recordó que un compañero del ataque de la Compañía Aerotransportada de De Benedetti fue llevado a torturar y éste le dijo que seguro se quebraría y quedaría expuesto y lo matarían. Dijo que De Benedetti decía que prefería negar hasta morir su vínculo con ese joven, a reconocer algo, por eso está seguro que era imposible pensar en una fuga de De Benedetti. Agregó el testigo que desde Córdoba lo llevaron al declarante a la Unidad nro. 9 de la Plata, los visitó la Cruz Roja y preguntó por De Benedetti y le dijeron que ya estaba muerto. Remarcó el testigo que De Benedetti, cuando sacaron al soldado para llevarlo a interrogar, expresó su gran preocupación porque estaba seguro que lo señalaría a él. Dijo el testigo que vio por última vez a De Benedetti dentro de la cárcel de Córdoba, dentro del llamado seleccionado, porque eran los rehenes del mundial, hacía deportes allí con él porque como estaban desahuciados supone que no los controlaban tanto. Indicó que recuerda una declaración testimonial que prestó en Buenos Aires con anterioridad. Dijo que el término "acto de servicio" es definible tal como se indica en el CJM, significa que sólo pueden cumplirse órdenes inspiradas en actos del servicio; una persona ordenada a cumplir un acto ilícito tiene no sólo el derecho, sino también la obligación, de negarse, sobre todo si es una orden manifiestamente ilícita. Continuó su relato diciendo que no hay obediencia debida, que eso ya fue analizado en el ejército de San Martín en el siglo XIX. Que San Martín señaló que en relación al famoso soldado Landívar, no puede admitirse que haya habido obediencia debida, que allí había una vulneración del derecho de gentes. Que surge muy claramente del Código de Justicia Militar que la orden de servicio solamente debe ser cumplida por el inferior. Sobre el decreto 2716/83 de baja de documentación de la subversión, de los arrestos PEN, dijo que Alberto Zinni planteó en un juicio la retención de documentación. Destacó el testigo que en la causa "13", las condenas a las cabezas son en función de la cantidad de centros clandestinos bajo su mando, cosa que el fiscal Moreno Ocampo cuestionó diciendo que había que cuestionar por Junta, no por arma, por la misma responsabilidad a todos, pero esa postura no fue acogida. Dijo sobre los fallos de la Corte "Zamorano" y el anterior "Timmerman", que en el primero fundamentó la justificación de la detención y en el segundo no la justificó, por la doctrina de su fallo, o sea, a Timmerman la Corte le aplicó la doctrina de Zamorano, pero al propio Zamorano no. Dijo que como abogado intervino como representante de la querella en la causa Rivero y en la causa Avellaneda, pero que no se dedica específicamente a esa actividad. Dijo que el artículo 34 del Código Penal exime de responsabilidad en caso de estado de necesidad, así es interesante por qué los de jerarquía inferior no explicaron en qué los podía afectar el no cumplimiento de la orden. Dijo que en el plano teórico es evidente que el estado de necesidad puede funcionar como causal de inimputabilidad y que si se alega eso en un juicio, debe debatirse.

FERNANDO CARLOS ARALDI

Se reprodujo en la audiencia, el audio correspondiente a la declaracion del testigo en la causa "Jefatura 1": dio cuenta del secuestro de los padres y de su secuestro personal que fue a fines de julio del 76, cuando lo secuestraron estaba con su madre en barrio Ciudadela, cree que fue el 26 de julio, lo dejaron en la casa cuna de la calle Congreso, dijo que tiene un acta de la casa Cuna, ingresó como NN llevado por la Jefatura, sus abuelos paternos lo buscaron el 10 de agosto, consiguió la constancia de la casa Cuna en el 2005, cree que fue en septiembre del 2005, fue un par de veces a buscarla, primero no lo atendieron porque no estaba la autoridad competente, volvió más tarde y le entregaron la copia, el supo de los ilícitos más o menos a los 10 años, dijo que sus abuelos paternos le contaron que su padre mandó una chica a Buenos Aires a avisarle a los abuelos paternos que estaba en la Sala Cuna y ellos lo fueron a buscar, vinieron como dos o tres veces hasta que lo entregaron. Manifestó que habló con Delgado, tuvo conocimiento de la casa usurpada por la investigación que él hizo. Dijo que tiene entendido que Albornoz participó porque él era el jefe de las operaciones de las fuerzas de seguridad en ese momento, que tiene conocimiento que a su padre lo mataron directamente y trajeron el cuerpo a Jefatura, que eso le contó Juan Martín, le contó que escuchó un día que unos policías estaban festejando porque el padre era uno de los últimos jefes montoneros que quedaban y lo habían traído a Jefatura, finalmente ratificó el domicilio de calle Frias Silva. Seguidamente el declarante explicó que le consta que sus padres vivían en Frías Silva N° 231, por distintos testimonios. Que desde chico, al conocer la historia de sus padres, por sus abuelos paternos sabe que en su cumpleaños número uno estuvo en Tucumán, el 10 de junio, días antes del hecho. Agregó que tomó conocimiento de la dirección de la casa con Delgado; que vino a Tucumán y tomó contacto con Marini, quien le confirmó que conoció a sus padres ya que les alquiló la casa desde diciembre del 75 hasta el secuestro de su madre. Dijo que hay una foto de él, al año de edad, con su madre que lo tiene en brazos en la puerta de la casa y corroboró que esa es la casa porque la vio al venir a Tucumán en 2005 y 2010 y está igual salvo por un tapial que en 1976 no estaba. Agregó el testigo que se aferra al testimonio de Julio porque es quien les alquilaba la casa a sus padres. Que con relación a su abuela materna, no sabe si antes del hecho había estado alguna vez en Tucumán. Precisó que Julio Marini le dijo que hacia 1976 el inmueble fue ocupado por María Elena Guerra. Dijo asimismo el testigo que vivió en Frías Silva N° 231 entre los tres meses y el año y un mes de edad. Aclaró que en esa casa de calle Frías Silva vivía con su madre y que el 28 de julio del 76 secuestraron a su madre de otro lugar. Que a su madre la intentaron capturar estando con su hijo que vivía en calle Crisóstomo, pero logró escapar dejándolo ahí a él con sus documentos debajo de una cama de donde fue secuestrado; pero que a ella la secuestraron luego en Avenida Roca. Acto seguido pide la palabra la defensa, y cedida que le fuera por presidencia, manifiesta que mientras el testigo Delgado ha señalado que a la madre del declarante la secuestran de calle Avellaneda y Sarmiento, éste último dice que fue de Avenida Roca. A lo que el testigo respondió que no desea contradecir al testigo Delgado porque en realidad existen distintas versiones del hecho; que de lo reconstruido a lo largo del tiempo, luego del secuestro quien quedó viviendo en calle Frías Silva 231 fue María Elena Guerra. A pedido de la defensa aclara que si su abuela materna en causa "Jefatura" referenció que su hija vivía en el Hotel Petit, es porque habían vivido allí, pero que el dicente supo luego que vivían en calle Frías Silva 231 porque los abuelos paternos al volver del cumpleaños anterior al hecho le contaron eso, que estaban viviendo en calle Frías Silva 231.

JUSTO FRANCISCO ONTIVERO

Dijo ser hermano de Juan Carlos Ontivero y haber estado también detenido. Precisó que ambos fueron detenidos el 17 de mayo del 76 y los llevaron a la Escuelita de Famaillá; que los empezaron a golpear desde que emprendieron el camino hacia la Escuelita. Que al llegar a ese lugar los golpeaban por cualquier cosa, los interrogaron, les hicieron simulacros de fusilamiento, les preguntaban cómo querían vivir. Dijo el declarante que él tenía 15 años en esa época. Dijo que cuando lo llevaron, saludaba inocentemente a la gente, no sabía qué le iban a hacer. Recordó el testigo que eso fue en el primer interrogatorio, que luego lo llevaron a otro lugar. Que estaba todo el tiempo con las manos atadas hacia atrás y sentía gritos, llantos, voces de niños. Que sólo los sacaban para defecar, pero para orinar lo hacían en un balde ahí mismo, cada uno ayudaba a orinar al compañero porque estaban con las manos atadas. Dijo que luego los interrogaron nuevamente, uno hacía el bueno, otro el malo, a cada respuesta había un golpe, el declarante no entendía nada. Dijo que no le aplicaron picana, pero a su hermano sí. Recordó el testigo durante la audiencia que les preguntaban cosas, como ser cuántas veces subía al cerro, a lo que él respondía que nunca y eso implicaba una patada o una piña. Que luego de esa declaración se enfermó porque era el mes de mayo y recuerda que estaba con un pantalón corto. Dijo que su madre le contó que había ido a buscarlo por todas partes y que en todas partes le dejaba comida, que incluso había ido a la Escuelita de Famaillá pero nunca le dijeron nada. Relató que luego lo llevaron a Jefatura, pero que no era un chico despierto, era un chico del campo, cerca de Lules, conocía el lugar ya que había ido una vez a retirar una cédula. Dijo que por su edad lo dejaban sacar la basura, limpiar, pasar cerca de los otros detenidos del lugar, a quienes trataba de darles algo de agua; recordó que hasta le rogaban por el balde con agua sucia, que veía heridos y pedía ayuda para ellos. Que en Jefatura estuvo desde el domingo hasta el 24 de mayo a la noche; estuvo detenido 11 días en total, aproximadamente desde el 11 hasta el 24 de mayo del '76. Dijo que no se explica por qué los detuvieron. Que en Jefatura ya no fue interrogado bajo tortura, ni le preguntaron nada. Dijo que cuando limpiaba Jefatura estaba sin vendas, podía ver todo, pero no recuerda las identidades del personal. Precisó el testigo que había muchos detenidos, unos quince de su lado, y del lado donde estaba su hermano, otros quince. Respecto a su secuestro por la Policía Federal, por la tarde, recuerda que también fueron trasladados Juan Carlos Torres y los hermanos Fuentes. Precisó asimismo que su hermano le contó que le habían puesto picana en la lengua y en los genitales y le advirtió que en el interrogatorio podrían hacerle eso. Agregó que la noche de la liberación, su hermano se fue a la casa de Juan Carlos Torres, porque se casaba; que al otro día el declarante fue a la fiesta del 25 de mayo en el pueblo; que fue el día más triste de su vida porque nadie quería mirarlo, ni sus primos querían acercársele. Agregó que el 26 de mayo empezaba la zafra y a las tres o cuatro de la mañana se lo llevaron a su hermano, le pusieron una pistola en la cabeza a éste y se lo llevaron mientras le decían a su madre que si no había hecho nada, volvería, si no, no. Recordó el declarante que a él le pusieron un faro en la cara y le dijeron que no se moviera. Que eran hombres armados vestidos de civil. Precisó que su hermano a la fecha del hecho tendría unos 22 años. Agregó que hubo otras personas de su pueblo secuestradas, Fuentes, Torres, a los que puede contactar. Dijo que vio a una mujer en la Escuelita, llamada Amalia Bulacio, que fue liberada posteriormente y a la que puede contactar, aunque no vive en Tucumán; también recordó a Vau. Recordó a un joven rubio, de ojos claros, que estaba en Jefatura y que días después leyó en La Gaceta que había muerto en un enfrentamiento, cuando en realidad ese joven estaba ahí en Jefatura. Sobre la base militar del Ingenio Lules, dijo que estaba allí instalada aproximadamente desde el mes de marzo. Dijo que tanto él como su hermano pelaban caña. Precisó que en Jefatura estaba en un salón grande en el que había un escritorio. Manifestó que no entiende por qué desaparecieron a su hermano, por qué los secuestraron a ambos. Señaló también que tomó contacto con Bussi y su hijo, que los atendió, que su hijo cuidó a chicos de las fuerzas armadas y siempre le enseñó a que no haga lo que hicieron con él. Dijo el declarante que nunca buscó venganza y anhela que se llegue a la verdad; que piensa que a los imputados los haría sentir bien decir la verdad. Por último, acotó que en esa época él era muy chico, que a los quince años era muy tímido, muy inocente, del campo, no como los chicos de ahora.-

CARLOS ALBERTO GALLARDO

Dijo ser víctima. Recuerda el día que lo llevaron de su casa, tenía 17 años. Fue el día que volaron el viejo aeropuerto de Tucumán. Dijo que no entendía nada, en esa época estaba en cuarto año del colegio Lorenzo Masa. A su madre y a su hermana las pusieron en el suelo, les dijeron que al que se moviera le pegaban un tiro en la cabeza, mataron al perro, los golpearon a todos, al declarante lo agarraron de los pelos, luego, ya vendados los metieron en la caja de una camioneta. Dijo que antes de eso, en la casa, vio a tres personas a las que podría reconocer perfectamente y hace unos tres años los vio sentados en un bar. Agrega que les ataron las manos hacia atrás con un cable. Dijo que cuando los subieron al vehículo ya estaban con los ojos vendados. El declarante dijo que no podía entender lo que sucedía, manifestó que nunca se imaginó que pasaría una cosa así. Que luego fue trasladado por tres días, que le parecieron eternos, a una escuela; que supo que era una escuela porque había un patio. Contó que sentía que estaba junto a su padre porque reconocía su voz. Recordó que reconocía a quien daba las órdenes porque era el único que tenía los zapatos de suela, todos los demás tenían zapatos de goma. Precisó el testigo que no se los llamaba por el nombre, que cada uno tenía un número. Destacó que en ese lugar fue golpeado, lo ataban en una silla con las manos atrás y le pegaban trompadas y cachetadas. Señaló que también en más de una oportunidad le hicieron amenazas de fusilamiento. Relató que una vez oyó que a alguien se le bajaba la venda y que se sabía que si se te bajaba por completo la venda te mataban. Dijo que oyó disparos, gritos, torturas; que a la noche se llevaban gente a una formación en la que decían que los iban a fusilar. Señaló que también pudo oír los gritos de su padre cuando era torturado, que lo pudo reconocer. Dijo que escuchó cómo mataban a alguien, dice que fue tremendamente doloroso porque no sabía si era un familiar. Respecto de su padre, dijo que escuchaba sus gritos y que decía a los torturadores que no sabía nada y lo amenazaban con matarle a su hijo que estaba allí también. Que en cuanto a la liberación, recordó ante el Tribunal, que fue a la noche, en un pasaje frente a la Iglesia San Pío X; los bajaron y los liberaron a los dos, a su padre y al declarante. Dijo que cuando llegaron estas personas que los habían liberado, mataron al perro y se llevaron aparatos electrónicos, reflectores y parlantes. Dijo que no pudo seguir estudiando, iba a cuarto año de un colegio religioso y el cura le dijo que se tenía que ir del colegio, el rector Mena, recordó. Dijo que estuvo en la Escuelita de Famaillá, que estuvo tres días detenido. Que a su padre lo volvieron a detener, cerca de la casa. Dijo que también escuchó que había mujeres con niños y que torturaban mujeres, y que ellas decían "no le pegues a mi bebé que está por nacer".

CARLOS ALFREDO LAZARTE

Dijo que el 6 de enero, alrededor de la una de la mañana, estaba durmiendo en su casa cuando de repente ingresaron, pateando la puerta, varias personas con linternas, le preguntaron dónde estaba "Chacho" Lazarte y luego de identificarlo se lo llevaron. Dijo el testigo que eran alrededor de cinco o seis personas, algunos uniformados, con botas. Que afuera había apostados dos o tres vehículos con las luces encendidas; que todo fue muy rápido, no duró más de 5 o 10 minutos. Agregó que la casa estaba ubicada en la ciudad de Bella Vista; que su otro hermano, hoy fallecido, hizo la denuncia por la desaparición de Francisco. Indicó que su hermano supo que "Chacho" estuvo en la Comisaría 11 en calidad de detenido; que cuando lo liberaron estaba barbudo y muy delgado. Dijo que "Chacho" nunca le comentó las razones del secuestro; que sólo le contó que estaba en un lugar con los ojos vendados y las manos atadas. Por último acotó que "Chacho" era cañero.

WILFREDO GUILLERMO RODRÍGUEZ

Dijo que lo detuvieron en junio de 1976; que prestó declaración en el año 84 sobre cómo fueron los hechos; que de esa época no Recordó tanto. Dijo que estaba trabajando, de allí lo levantaron un día viernes y lo llevaron a la Comisaría 2, ubicada en la calle Buenos Aires de esta ciudad. Que el sábado a la noche lo hicieron firmar lo que supone era una orden de libertad y lo metieron en un automóvil, le pisaron la cabeza y los glúteos y lo trasladaron a la Brigada ubicada en calle Sarmiento. Recordó que lo liberaron sin documento y le advirtieron que tuviera cuidado con lo que hacía y cómo se portaba. Dijo que estuvo hasta el año 81 sin documentos, sin trabajo y con miedo. Precisó que antes del secuestro habían pasado unas personas por la casa de su padre, preguntando por el dicente; que era claro que lo buscaban a él. Dijo respecto a los secuestradores, que era personal uniformado de la policía; que eran alrededor de seis personas. Indicó que cuando lo sacaron de la Comisaría, lo llevaron a la Brigada de Investigaciones, lo vendaron, le ataron las manos y lo pusieron contra una pared, tres o cuatro días, sólo, sin comer, sin tomar agua. Dijo que no fue interrogado, que ni siquiera sabía por qué estaba ahí. Que en la Comisaría estuvo un día y en la Brigada alrededor de tres. Remarcó que su padre y su madre se movieron incesantemente para conseguir que liberaran al dicente. Agregó que el 31 de diciembre de 1975, le aplicaron la Ley de Prescindibilidad, justo el día que vencía esa ley; que también se la aplicaron a Alberto Martínez, su compañero de la Universidad. Aclaró que ambos trabajaban en la Universidad Tecnológica Nacional; que Martínez era presidente y el declarante, secretario del gremio. Recordó también que cuando llegó a la Comisaría 2, le hicieron firmar algo que supone era su liberación. Que en la Brigada no pudo advertir la presencia de otros detenidos porque estaba solo, en una habitación de 5 por 5 metros, al fondo, a mano derecha, pasando un patio descubierto. Respecto a su liberación, dijo que Recordó haber estado vendado y acostado; que alguien fue, lo buscó, lo sacó, lo llevaron a una oficina y lo hicieron firmar unos papeles; que era de noche, entonces, por miedo, pidió que lo soltaran a la mañana siguiente. Dijo que en la Brigada lo hicieron firmar una declaración sobre su ideología; que después de su liberación, durante años llamaron por teléfono a su casa, por tres o cuatro años, preguntando por él y cuando el dicente atendía, colgaban. Indicó que eso cambió con el cambio de gobierno. Dijo que a su padre, quien murió al año siguiente del secuestro del dicente, le afectó mucho el tema de los llamados telefónicos. Dijo que hacia el final de la época militar, cinco años después del hecho, lo llamaron de la Comisaría 13 de Villa Luján y le dijeron que allí tenían su documento, que lo buscara; que fue en compañía de su abogado, Víctor Schedan. Recordó el testigo que una vez fue a tramitar un certificado y al ver sus antecedentes personales, le preguntaron si había tenido problemas con el D2, a lo que el dicente respondió que no. Por último, precisó que junto con Alberto Martínez, estaban en el sindicato de la Universidad Tecnológica Nacional, como representantes del sector no docente.

MARGARITA HORTENSIA FERNÁNDEZ

Dijo ser la esposa de Pedro Guillermo Corroto. Precisó que su esposo era un industrial panadero, que era un referente social que ayudó mucho a la gente; que como hijo mayor, al morir su padre, se hizo cargo de toda su familia; formó clubes de voley, boxeo, fútbol, era muy leído, era un líder natural. Dijo que él estaba enfermo, durante el matrimonio fue operado tres veces, la última vez el 21/11/76. Dijo que el 21/01/77 es secuestrado sin que se le haya cicatrizado la herida de la operación; militaba en la Juventud Peronista, fue incluso candidato a legislador provincial en primer término, pero renunció por su situación de salud. Dijo la testigo que eran de Monteros. Dijo que aportaba pan a las ollas populares que hacían los empleados de los ingenios, que también llevaba pan para sus alumnos para que desayunaran. Sobre el hecho recuerda que esa noche su esposo fue secuestrado alrededor de las 3:30 de la madrugada. Que ella estaba en el momento del secuestro, que había estado soñando cosas muy feas, se había acostado muy tarde porque detrás de la cerca del fondo de su casa veía cabezas de personas; que lo había estado buscando incesantemente a su marido y había estado viendo un partido de voley. Que esa noche se durmió profundamente, cansada de andar, y como a las tres y media se despertó de su sueño en el que todo se convertía en sangre y lo vio dormido a su lado a su marido, a quien no había escuchado volver. Dijo que lo despertó diciéndole que había tenido un mal sueño, volvió a adormecerse y a los diez minutos la despertaron ruidos de vehículos. Precisó que entraron al depósito de harina que estaba en una habitación contigua a la suya, oía a varias personas, pasos de botas, luego oyó que rompieron la tranca y entraron cuatro personas a su dormitorio, en tanto que otras dos permanecían en la cocina. Recordó también a uno de los encapuchados, por su forma de moverse, por sus ojos verdes y cejas rubias. Oyó que decían "Corroto, Corroto, a vos te buscamos". Contó que su marido, que estaba desnudo porque así dormía para que se le secara la herida, se despertó y se lo llevaron. Remarcó nuevamente que esas personas estaban encapuchadas. Dijo que si bien estaba todo oscuro dentro de la casa, pudo ver por la puerta que estaba abierta, porque por allí entraba la luz del patio que estaba siempre iluminado. Continuó su relato diciendo que su marido preguntó si se podía poner el pantalón, se lo puso y lo sacaron; la declarante rogaba que no lo golpearan porque estaba recién operado y un hombre con un arma se le acercó, la apuntó a la dicente y le dijo "mire su hijo, está despierto, quédese ahí". Dijo que ella estaba paralizada, la tiraron en la cama, su hijo mayor enmudecido miraba lo que sucedía con los ojos grandes y su hijo de nueve meses estaba con los ojos cerrados. Dijo que mientras salían y se iban, quien la apuntaba se quedó custodiándola y luego salió corriendo, pero antes le dijo que esperara una hora antes de moverse de donde estaba. Que al quedar sola con sus hijos fue a ver a su cuñado. Que en la policía no le querían recibir la denuncia ni el 21, ni el 22, ni el 23, recién se la recibieron el 24. Dijo que una vecina, Margarita, le dijo que de esa Comisaría andaban vigilando a su marido y otra le dijo que su vecino Juan Carlos Almirón había participado del operativo del secuestro. Sobre el hombre de los ojos verdes con cejas rubias que había visto en su secuestro dijo la testigo que una vez que estaba amamantando a un bebé en una casa, reconoció a ese individuo. Que ella estaba amamantando al hijo del secuestrador de su marido, le preguntó cómo se llamaba y él le dijo Hugo Andrada y entonces la declarante le dijo "Ud. ha estado en mi casa la noche que secuestraron a mi esposo", y él lo reconoció; ella le preguntó quién estaba al mando y él le contestó Marcos o Hugo Urrutia, no recordó exactamente la testigo, y que el operativo había partido de la escuela. Continuó su relato la testigo y dijo que luego del hecho era seguida todo el tiempo por un bombero petisito que le dijo que vaya a Nueva Baviera, que hable con los oficiales superiores; pero que cuando fue no la dejaron hablar con ninguno, intimidándola y diciéndole "señora, váyase a cuidar a sus hijos, no tiene miedo de perderlos?". Indicó también que a su hermana le avisaron que iban a secuestrarla pero logró escapar y se fue a Buenos Aires, ella fue la que el 10/05/77 pidió información sobre el esposo de la declarante y le abrieron un trámite en el que le dijeron que ella tenía que ir el 20/05/77 en persona al Ministerio del Interior. Agregó que luego fue citada en el mes de junio; que el 07/05/77 había muerto su padre, que estaba desesperada. Dijo que fue allí interrogada por Raúl Guglielminetti, que había como doce individuos, no la trataron mal, sólo le dijeron que a su marido lo habían secuestrado los Montoneros. Dijo que el 06/06//77 la agarraron a su hermana los militares y la llevaron a un Hospicio en Bell Ville y quedó completamente desequilibrada. Dijo que la citaron por última vez el 02/02/78. Recordó ante el Tribunal que todo el tiempo le decían que su marido había sido secuestrado por Montoneros. Que la segunda vez que fue citada, iba con su hijo y le hicieron preguntas sobre si su marido era Montonero o del ERP. Precisó también que declaró en la Bicameral, en el CELS, en la CONADEP. Dijo que una mujer, luego del retorno de la democracia, le dijo que había visto a su marido en Jefatura y en ocasión del juicio a Bussi la llamaron a ratificar o rectificar una denuncia ante el Juez Manlio Martínez. Señaló que su marido era de la Juventud Peronista, pero no de lo que luego supo que se llamaba Juventud Peronista Revolucionaria, de Montoneros. Aclaró que a Urrutia nunca lo conoció, que Andrada le dijo que a cargo del operativo estaba Raúl o Marcos Urrutia. Recordó haber ido con su cuñada a una división de inteligencia de Monteros. Dijo que recuperó los restos de su marido de Arsenales, con el senador Márquez. Que le informaron el 27/03/12 y le entregaron los restos el 01/03/12 inhumándolos en el Cementerio del Norte. Indicó que Marcos Urrutia formaba parte del ingenio Ñuñorco, no supo si trabajaba en inteligencia. Señaló que los restos de su marido fueron hallados con la mandíbula quebrada y tres tiros. Como secuela del hecho destacó que su hijo, que vio el secuestro, nunca quedó bien a pesar de todos los tratamientos que hizo, terminó suicidándose a los treinta y cinco años. Que otra secuela fue que perdió todos los bienes de su marido, sólo subsistió con sus ingresos como docente. Que su otro hijo que tenía nueve meses a la fecha del secuestro, nunca pudo ver a nadie con sombrero o pañuelo porque se aterrorizaba, quedó con tartamudez, ella quedó tres meses internada en una casa de reposo al pie del cerro con sus hijos repartidos entre vecinos y familiares. Dijo por último que agradece a Dios haber podido recuperar a un hijo y a dos sobrinos que tenía a cargo.-

JULIO ARGENTINO SANTILLÁN

Dijo ser hermano de Raúl Santillán, quien tenía 22 años en esa época, estaba casado con Beatriz Moya, era recién egresado de la Escuela de Educación Física, cursaba ingeniería en la UTN y enseñaba natación; era egresado del Gymnasium de la UNT, al igual que el declarante. Dijo que todos los egresados de ese colegio eran sospechosos de malas ideas y vinculados a los subversivos. Dijo que su hermano tuvo actividad en el centro de estudiantes del colegio Gymnasium, luego en el GET y luego en la Juventud Peronista. Dijo que el 22 de abril de 1977 a la madrugada, alrededor de la 1:30, su hermano fue secuestrado de su domicilio que habitaba con su familia y sus suegros, fue golpeado y llevado en unos automóviles; la casa quedaba en Yerba Buena en la esquina de Pringles y Peñaloza. Relató que buscando información habló con Pedro Herrera, un vecino de la zona, quien le comentó que él y sus hijos habían visto todo lo que había sucedido, que cortaron las calles, que había un Falcon verde y un Peugeot amarillo con alrededor de 8 o 10 personas, con botines caña larga color negro, algunos uniformados, otros de civil, armados con fusiles tipo FAL, ametralladoras y pistolas; que ellos vieron rostros cubiertos con pañuelos, algunos con uniforme verde, otros azul y otros de civil; que los uniformados quedaron afuera, y los civiles ingresaron a la casa saltando la tapia. Dijo el declarante que le pidió a Pedro Herrera que declarara ante la CONADEP y éste aceptó, fue y firmó la declaración, pero con la condición de no implicar a su esposa ni a sus hijos, lo cual al declarante le pareció loable. Contó que Herrera vio que el hermano del declarante escapaba por el fondo de la casa, salta una tapia, y ahí le hicieron disparos al aire, su cuñada gritaba y allí su hermano dijo "no disparen, me entrego", otro decía "átenlo, átenlo". Contó que así fue que lo subieron a culatazos a su hermano en uno de los autos y se fueron. Que eso es lo que sabe del hecho, a través de un testigo directo. Agregó que ahora que los tiempos han cambiado, que sería interesante que citen a los hijos de Pedro Herrera. Indicó el testigo que aunque realizaron diversas gestiones para dar con su paradero, no fueron exitosas; un jardinero le dijo que cree que uno de los hijos de Herrera todavía vivía ahí. Dijo que luego fue un periplo tortuoso, por todos lados anduvieron, no sabían qué hacer, denuncias en la policía, fueron a la iglesia, hablaron con vecinos, era imposible. Dijo que llegó a un militar por cuestiones de parentesco, un teniente primero de esa época, Schwab, que estaba cerca de Bussi en el gobierno. Que Schwab le propuso ponerlo en contacto con Bussi siempre que diera nombres de subversivos, a lo que el dicente se negó rotundamente. Agregó que Schwab hizo lo mismo con los padres del declarante, que también se negaron. Acotó que luego Schwab le dijo que no sabía nada de Gustavo y le explicó que seguramente por su parentesco con él no le habían dicho nada, le ocultaron lo sucedido; que sí sabía del destino de Horacio Ponce, otro secuestrado el mismo día que su hermano, que fue secuestrado y matado esa misma noche, pero de Gustavo no sabía nada. Dijo que un tiempo más adelante, una persona que había estado desaparecida y que lo habían largado después de haber sido torturado en Fernández, en Santiago del Estero, era primo de unas amigas del dicente, que la llamaron a su hermana y le dijeron que había aparecido Gochi Rojo, que le hicieron simulacro de fusilamiento y estaba todo torturado y se fue a Jujuy, pero que le avisen a los Santillán que una noche en la que se pudo sacar la venda de los ojos, lo reconoció a Gustavo Santillán y al "Hippie" Torres Correa. Que eso era uno de los pocos datos que tuvieron de que podía estar vivo. Dijo que su hermano figuraba en una lista en Jefatura, en la lista de Clemente, con la sigla "DF", destino final. Dijo que su padre después le contó que en el mes de octubre, un día, su madre se despertó a la madrugada con una angustia como nunca había tenido y le dijo "lo están matando a mi hijo" y eso coincide con otros datos que obtuvieron luego, cuando su cuñada le dijo que a su padre le avisaron que a Gustavo ya lo habían matado. Recordó que una vez preguntó por Schwab a Ramón Shaud, que le decían "Tito", y éste le dijo que había sido ascendido a capitán y que estaba en La Tablada. Agregó que luego le preguntó a Schwab por su hermano, le dijo que no sabía nada; el dicente le dijo que le mandaba saludos "Tito" Segundo, ahí se transformó, se puso muy pálido y le dijo que no lo vea porque podía terminar como Gustavo; después habló de nuevo con Segundo que le dijo "tu primo no quiere que hables conmigo porque yo sé muchas cosas de lo que hizo él". Precisó que sus padres hicieron gestiones con Zimmermann. Indicó que diez días antes Gustavo le dijo al dicente, con un rostro muy angustiado, "estoy preocupado porque anoche lo llevaron al Mosca Moreira", que era un amigo de él, a lo que el dicente, como no se imaginaba que estuviera todo tan grave, le dijo "vos no estás vinculado a la guerrilla, a las armas, dedicate a estudiar, andá tranquilo a la casa y a la facultad, no te juntés con gente que te pueda comprometer". Por otra parte destacó el testigo que días antes del secuestro de Gustavo, él con su familia habían ido al campo y cuando volvieron encontraron revuelta toda la casa y pensaron que eran ladrones, pero después sacaron conjeturas de que lo habían ido a buscar a él. Agregó el testigo que también desaparecieron amigos de su hermano, Somaini, Salinas, todos eran de la generación de él, del Gymnasium, del GET, no sabe si de la JP. Dijo que supo que Gustavo estuvo en Jefatura por comentarios de su cuñada que se contactó con un médico y un policía que le contaron. Recordó que su madre se llamaba América Schwab de Santillán; el capitán Schwab era sobrino carnal de ella. Precisó por último, que a la fecha del hecho, Schwab era secretario de Bussi, muy metido en obras públicas.-

BEATRIZ MOYA DE SANTILLÁN

Dijo que Gustavo Raúl Santillán era su esposo, señaló que era una persona muy especial, muy sensible. Contó al Tribunal que se casaron muy jóvenes; que él hizo primero la carrera de educación física porque le gustaba mucho la actividad al aire libre y los niños, luego hizo el profesorado en historia y luego ingresó a la UTN a estudiar ingeniería eléctrica. Dijo que a la mañana trabajaba en la Municipalidad, en guarderías de niños. Indicó que en el momento que desaparece su marido, no tenía militancia política, pero cuando se conocieron pertenecía al "Grupo Evolución Tucumán", allí lo conoció, era un grupo que se dedicaba a trabajar sobre distintos problemas sociales, ayudaban en los colegios, en los municipios. Que luego cuando el GET decide hacer otras cosas, ingresó en la Juventud Peronista y Gustavo ingresó con el GET a la Juventud Peronista. Dijo que cuando decidieron vivir juntos y casarse, hablaron sobre la necesidad de abandonar las actividades políticas, así él dejó de ser militar hacia 1974 y se casaron el 6 de febrero de 1976. Manifestó que al casarse primero vivieron en casa de los padres de la declarante porque la familia de ella quería que no abandonaran sus estudios. Que en esa época su padre era diputado provincial por el radicalismo. Dijo que al momento del golpe ya había tenido su chiquita; que se fueron a vivir luego a una casa en Yerba Buena, también con los padres de la declarante. Agregó que el 22 de abril de 1977 fue el secuestro. Que la semana anterior habían ido a una casa de veraneo en Colalao del Valle, de los padres de la declarante y al regresar observaron todo revuelto, supusieron que habían entrado ladrones, pero le llamó la atención que en la cama grande estaban abiertas como en abanico todas las fotos del casamiento y pensó "que raro ladrones mirando fotos del casamiento". Que en ese momento su padre no estaba, había viajado, con Gustavo decidieron denunciar el hecho en la Policía. Dijo que en ese momento llegó Horacio Ponce que les contó que Víctor Moreira había desaparecido ese día a la mañana. Dijo la testigo que Gustavo le había dicho que hacía mucho tiempo que no militaba, que no tenían por qué temer nada, no se imaginaban que pudiera pasar lo que pasó. Contó que la policía fue a la casa del robo, tomaron huellas, pero la investigación no prosiguió. Dijo que después del hecho, como su padre tenía conexiones en la policía, una persona que en ese momento era médico de la policía les dijo que Gustavo estaba muy golpeado pero bien, que tenía problemas pulmonares muy serios y que Bussi había dicho que éste debía tener cola de paja, por eso el operativo que iba a llevarse de una manera se frustró con su huida al saltar la tapia y huir sin vestirse ni nada. Dijo que luego a ese hombre lo vio dos veces más pero le dijo que no podía decirle nada más; nunca le dijeron el nombre de ese médico. Sobre el secuestro dijo que ese día estaba muy afligida porque no llegaba a horario su marido y era muy respetuoso de los horarios; había salido en su moto y eso la preocupó, por eso lo buscó en su trabajo, luego en la tecnológica; fue a ver a su cuñada de calle España y les pidió que la acompañaran a buscar a Gustavo al Timbó; fueron, y al volver lo encontró en su casa; él le dijo que no tenía que preocuparse así, tuvieron una pequeña discusión, quedaron en hablar al día siguiente cuando estuvieran más tranquilos. Dijo que esa noche estaba cambiando a su hija, la puso en la cuna, sintió que se paró un auto, le avisó a Gustavo y por una rendija él se asomó, le dijeron que saliera, que ya lo habían visto y él le dijo "mi amor no salgas, abrazó y besó a su hija", las encerró y salió. Dijo la declarante que se asomó y vio tres hombres tapados con pañuelos blancos, con armas largas; ella creyó que Gustavo se iba a entregar pero su madre viniendo de otra parte de la casa le dijo que lo había visto pasar al fondo; la dicente escuchó una ráfaga de ametralladoras, gente que decía "acá está, acá está" y se oyó finalmente que lo habían agarrado; oyó que él decía que por favor no le peguen, la declarante le decía que se callara así dejaban de pegarle, escuchó que lo metieron en el auto apostado afuera, los vecinos después le dijeron que era un Falcon y que también había un Peugeot. Dijo que su hermano trataba de abrir el portón porque le exigían que así lo hiciera, la declarante quiso salir con su hija en brazos y un hombre le dijo que se quedara tranquila y le dijo que no pasaba nada, que volviera adentro; después llegó otro hombre que dijo "qué tanta contemplación" y le pegó una patada, ella cayó con su nena en brazos, la madre de la dicente tomó a su nieta y a la declarante la levantaron, luego su hermano dijo algo y le pegaron, después empujaron a su madre y la metieron en la cocina. Relató que a su hermano lo pusieron contra la pared, lo amenazaron con matarlo, luego los encerraron, les dijeron que apagaran la luz y que no salieran, y así se fueron. Dijo que finalmente salieron de la casa, se dirigieron a casa de su cuñada, luego a la casa de su suegra que era cerca de la de Horacio Ponce, su concuñado le contó que en casa de Horacio había pasado lo mismo a la misma hora. Precisó que solo vio a cara descubierta al hombre que a ella le pegó. Que los vecinos después le contaron que en el operativo vieron gente con uniformes azules y verdes y gente de civil. Dijo que el vecino que les informó lo que está relatando era Pedro Herrera. Que sobre las gestiones realizadas para dar con su marido dijo que primero fueron a la comisaría de Yerba Buena, les dijeron que ahí no podían recibir esas denuncias, fueron a la Jefatura, tampoco quisieron recibirle la denuncia, luego hicieron un habeas corpus firmado por la declarante, eso fue lo primero que ingresó como denuncia. Relató que luego consiguió hablar con Zimmermann, fue con sus suegros, el hombre la interrogó exhaustivamente sobre la posibilidad de que los extremistas pudieran haberlo llevado, lo que la declarante descartó de plano porque siempre estaba con su marido o sabía lo que hacía. Dijo que Zimmermann le preguntó por las ideas políticas de su marido, le sacó un artículo del diario en el que figuraba que Gustavo, como presidente del club colegial Gymnasium, se adhería a un paro por la muerte de un compañero, a lo que la declarante preguntó qué era lo malo de todo eso. Dijo la testigo que Zimmermann le dijo que si Gustavo no había hecho nada, que se quedara tranquila y que rezara. Manifestó que luego con sus suegros fueron a la Brigada, volvieron a interrogarla con grabador; que allí le preguntaron si podía reconocer a las personas que habían ido a su casa, al tiempo que ponían a un joven detrás de un biombo y le pegaban. Que fue terrible, se imaginó cómo estarían golpeando a Gustavo, era en esa época demasiado joven. Agregó que presentaron varios habeas corpus, la declarante dos, otro su padre, y luego varios en forma colectiva, todos con resultado negativo; se consignaba que las autoridades no habían visto que figurara detenido en ningún lugar. Sobre el lugar de detención de su marido sólo supo por un hombre que decía que había estado en Jefatura, que lo vio dos veces más pero le dijo que ya no podía informarle más. Por otra parte recordó que un primo de su marido, Héctor Schwab, le dijo que si quería saber algo debía darles nombres de subversivos. Agregó que su tío siempre dijo que cuando estuvo preso, Albornoz lo había torturado antes de exiliarse y su padre fue a hablar con Albornoz, quien le dijo que habían visto su auto, que tenía chapa de legislador, en casa de unas personas complicadas, un amigo de Gustavo con el que se juntaban a comer. Recordó que también secuestraron a amigos de su marido el mismo día, a Ponce, a Salinas y a Somaini; que Salinas estaba en el GET y cree que también en la Juventud Peronista. Precisó que no recuerda cuándo fue el episodio de su tío con Albornoz, pero sí recuerda que se fue del país en el 75.

IRMA TRANSITO ROMANO

Dijo ser hermana de Domingo Nicolás Romano, el menor de nueve hermanos. Dijo que el 24 de marzo de 1976 en su casa de Delfín Gallo, Nueva Esperanza, fueron a buscar a Benito Romano, pero como no lo encontraron, porque estaba en Buenos Aires, se llevaron a Ramón. Señaló que su hermano menor, Domingo Nicolás, tenía 22 años a esa fecha, era casado, tenía dos hijos y estuvo desaparecido seis meses. Que el 12/01/78 se lo llevó la Brigada de Investigaciones. Que su familia fue a la Jefatura y allí le dijeron a su madre que ya le habían dado la libertad junto a Domingo Coronel, incluso le mostraron la firma de su hijo en el libro de registro. Indicó que Coronel sí volvió, pero al hermano de la dicente nunca más lo vieron. Precisó que sobre este hecho su cuñada le dijo que los secuestradores se identificaron como miembros de la Brigada de Investigaciones. Dijo que Domingo Nicolás trabajaba en la Cooperativa Obrera de Conasa; que no sabe si tenía actividad política pero lo acompañaba a su hermano Benito. Que según los registros de Jefatura, habría sido liberado junto a Domingo Coronel; pero que nunca dieron con el paradero de su hermano menor. Respecto de su otro hermano, Ramón, dijo que el 24/03/76, entraron los del ejército a la casa de Delfín Gallo y se lo llevaron; estuvo detenido seis meses, rompieron todo y se lo llevaron. Que su hermano mayor lo buscó por todas partes, anduvieron por todos lados, cárceles, iglesias, y nadie sabía nada. Dijo que luego Ramón apareció, estaba sucio, desgreñado. Relató que él estudiaba en la universidad, pero después del hecho no pudo retomar sus estudios universitarios. Que llegó sin hablar nada, tenía hambre, no había comido, su madre le hizo un mate cocido. Respecto a Benito, dijo que con la llegada de la Democracia, a su madre le dijeron en La Plata que no lo busque más. Dijo que él fue detenido el 14 de abril en Buenos Aires; que lo secuestraron del lugar donde se hospedaba, en el Hotel Splendid. Aclaró que sus tres hermanos secuestrados trabajaban en Conasa, una cooperativa con la que se buscaba abrir los ingenios. Que su hermano Benito era directivo obrero; que lo detuvieron en Buenos Aires. Que luego supo que todos los dirigentes azucareros fueron desaparecidos. Dijo que su hermano Ramón está vivo, es el único sobreviviente de los tres secuestrados y remarcó finalmente que quienes se lo llevaron tenían botas y estaban uniformados.-

DOMINGO BALDOMERO CORONEL

Dijo que fue detenido en la madrugada del 12 de enero de 1978, alrededor de las tres de la mañana; golpearon la puerta de su casa, en el barrio El Bosque, le dijeron que lo buscaban a él, preguntó por qué, su esposa intervino preguntando por qué no lo citaban como corresponde y le dijeron que no la haga más difícil; le pidieron al dicente que los acompañe, entonces su mujer y sus hijos comenzaron a gritar y llorar. Que el dicente, ante esa situación, accedió a salir, a los pocos metros lo vendaron, lo introdujeron en un vehículo y le colocaron esposas. Dijo que allí le dijeron que pertenecía a la Juventud Peronista, que era Montonero. Dijo que permanentemente le apretaban los puños; que anduvieron como una hora; después siguieron andando hasta la madrugada, le dijeron que le iban a sacar las vendas para que corriera junto a ellos pero sin mirarles las caras; que pudo ver que estaban en la Plaza Urquiza; que vio otra gente que corría desde otros autos como él, alcanzó a verlo a Domingo Nicolás Romano, su compañero de Sindicato. Dijo que le pegaron, que quedó muy golpeado. Que les decía a sus agresores que solo buscaba con la actividad sindical la reapertura del Ingenio Esperanza, sólo eso. Recordó que más tarde, por la noche del día siguiente, le sacaron la venda y le dieron ropa. Precisó que estaba en la Brigada de Investigaciones; que por el patio del lugar vio cruzar a un policía de Delfín Gallo y lo saludó por su apodo, "Chachín", aduciendo que era su concuñado, cuando en realidad era hermano de un concuñado del dicente. Que así fue que le hicieron firmar la libertad y le dijeron que se vaya con "Chachín". Recordó que llegó a las 5 o 6 de la mañana a casa de sus suegros. Recordó que al otro día el médico de la empresa, aunque ya había sido despedido de la misma, lo atendió; estaba todo golpeado el dicente. Dijo que tenía prohibido salir de la provincia; que se comunicó con el dirigente Miguel Lazarte, a quien le preguntó por qué lo perseguían y éste le dijo que le haría un contacto con un dirigente de Buenos Aires; se trasladó el dicente a Buenos Aires, fue al Ministerio del Interior y allí le dijeron que no había orden del PEN ni del Ejército, en contra de él; lo hicieron hablar en Tucumán con Ángel Pascual Díaz. Dijo que estima que estuvo detenido alrededor de tres días, aunque no sabe exactamente, por el estado en el que se encontraba. Agregó que luego de su liberación, siempre tuvo vehículos alrededor de su casa, siguiéndolo, pero como se consideraba un hombre público que había sido despedido de una empresa pública, Conasa, tenía que salir a buscar trabajo, no tenía otra opción, acotó el testigo. Aclaró que su encuentro con el hermano de su concuñado es lo que facilitó su egreso de la Brigada y en la vereda de enfrente lo esperaban dos hermanos de Domingo Romano, "Pototo" y "Coqui". Dijo que a Domingo sólo lo vio cuando entraron en pelotón a la Brigada y nunca más. Precisó también que no pudo ver los papeles que le hicieron firmar antes de salir de la Brigada. Señaló que al ser detenido tenía 28 años. Aclaró que en su actividad gremial empezó como secretario de actas y luego asumió como secretario general cuando Benito fue a Buenos Aires. Indicó que trabajó desde que tenía 14 años en el Ingenio, que se sumó a la Compañía Esperanza, que vio su cierre y su reapertura. Precisó que las reivindicaciones de los obreros de ingenios, eran solamente para tratar de mejorar las condiciones de trabajo y la fuente de trabajo, junto a Leandro Fote, por ejemplo, ente otros dirigentes. Aclaró que no lo vio en libertad a Romano. Que a partir de las torturas que sufrió el dicente tiene muchas secuelas y estuvo en tratamiento psiquiátrico en el Hospital Padilla. Aclaró por último, que hizo la denuncia tal cual lo hizo ante este Tribunal, en el sexto piso del Juzgado Federal y que Dijo lo mismo que lo que acaba de declarar.-

OLGA CORROTO DE JAIME

Dijo ser hermana de Corroto. Refirió que actualmente vive a ocho cuadras de donde vivía él. Que a él lo secuestraron muy temprano, pero le fueron a avisar a las 10 de la mañana; por lo que la dicente presentó un recurso de habeas corpus, le escribió al Sr. Presidente, al Sr. Gobernador, a su vecino que era Comisario, al Intendente, también habló a la Iglesia, escribió a todas partes pero no tuvo respuesta, trataron de comunicarse con el Papa, pero tampoco tuvieron respuesta, nunca. Dijo que cuando entraron a su casa tenían armas grandes y había una camioneta de la policía. Que no sabe quiénes eran los que entraron. Dijo que todos los años le llegaban cartas nombrando a los culpables, le daban direcciones, le decían que denuncie; que todos los años a fin de año pasaba eso. Dijo que la camioneta era de la Policía de Monteros. Recordó que presentó habeas corpus en la Justicia Federal. Dijo que se entrevistó con dos personas para saber dónde estaba su hermano; que le dijeron que estuvo en Sierra Chica. Dijo que los restos del hermano fueron encontrados; que su hermano era peronista. Dijo por último, que los que ingresaron a la casa de su hermano eran policías y militares; que tuvo conocimiento de ello por comentarios, así como también tuvo conocimiento de que su hermano estuvo en la Escuelita de Famaillá y en Jefatura de Policía.-

ALEJANDRO FRANCISCO VIECHO

Dijo ser esposo de Rosa del Carmen Quinteros; que a pesar de haber estado detenido en la época de los hechos, hizo una reconstrucción e investigación para saber qué le había pasado a su esposa. Explicó que era seminarista en Tucumán y que su esposa pertenecía a la acción católica rural de Tucumán, a la cual el Seminario le dio un espacio físico y así fue que la conoció a Rosa, que era dirigente campesina de La Cocha, estaba a cargo de la comisión regional del movimiento. Señaló que era una época en la que la Iglesia tenía un alto compromiso con los pobres, que participaba en proyectos de educación rural y en otros en los que se estimulaba la organización campesina. Dijo que todos los que participaban del movimiento tenían la convicción de que la única manera de progresar, para los pobres, era organizándose. Indicó que Rosita fue una de las que organizó en Tucumán la Liga Agraria. Dijo que esa lucha, enfrentada con el poder militar, generaba conflictos, como fueron el "Cordobazo" o el "Tucumanazo"; que en este último el dicente participó en las "barricadas". Dijo que en la Iglesia y en el propio seminario, además de aquellos sectores que apoyaban la lucha social, había otros que apoyaban la dictadura militar; que, por ejemplo, en uno de esos movimientos de derecha estaba Mijalchyk. Que Rosa fue detenida en el 71 y el declarante en el 72; salieron luego con la amnistía peronista en el 73, se casaron y tuvieron dos hijas. Que comenzaron a trabajar en el Este de Tucumán, en la Banda del Río Salí, donde también estaba "Titi" Escalada, de Los Ralos. Que trabajaban con la gente que había perdido sus trabajos cuando cerró la fábrica. Que juntos lograron organizar un sindicato con estos trabajadores y los peones rurales se sumaron a la lucha. Dijo que cuando salió de la cárcel casi todos sus compañeros del sindicato estaban desaparecidos. Que con Rosa organizaron además la JTP azucarera y realizaron un paro muy importante en el año 74, con lo que además del aumento de sueldo, lograron mejores condiciones laborales, como ser el traslado de los compañeros en vehículos adecuados y no en los camiones cañeros. Precisó que la dictadura logró que prácticamente 200.000 tucumanos quedaran sin trabajo, cuando ingresó al campo azucarero la máquina integral. Que su esposa fue nuevamente secuestrada el 11 de mayo del 76; que esa mañana tenía una cita a la cual nunca llegó. Señaló que ingresó a la cárcel en el 74 y salió en el 81; que a su hija Alejandra no la conocía porque no tenía visitas. Que Susana, su otra hija, quedó al cuidado del compañero que vivía con Rosita, que también fue secuestrado por la Policía y que por suerte, sin saber cómo, la llevaron a Susana con su familia, a La Cocha. Agregó que el padre de Rosita, Leandro, fue secuestrado y torturado en tres ocasiones. Que su yerno le dijo que también otro compañero del movimiento rural, de apellido Artaza, había sido secuestrado y desaparecido. Precisó el dicente que él mismo denunció la desaparición de Rosita, pero sobre la base de una información errónea, ya que, en realidad, lo último que el dicente pudo averiguar fue que la secuestraron yendo a Acheral en ómnibus. Que Juan Martín dijo que Rosita fue fusilada en Jefatura. Continúo su exposición el testigo diciendo que él fue detenido por segunda vez el 29 de junio de 1974 y salió en libertad el 29 de junio de 1981. Que estuvo en Villa Urquiza, en Villa Devoto y desde septiembre del 75 hasta que salió, estuvo en Rawson. Sobre el padre Nieva, dijo que eran muy amigos, que ambos vivieron en Tafí Viejo; que era padrino de su hija Alejandra. Que René Nieva y su esposa, Teresita Yackel fueron secuestrados; que a ella, como estaba embarazada, la soltaron; que tiene entendido que a René le dispararon y murió en el Hospital Militar. Contó que otros compañeros del Grupo Tercer Mundo, al que el testigo pertenecía y que tenían militancia política, fueron perseguidos, y que Carmona está exiliado en Venezuela. Señaló que sobre el fusilamiento de Rosa hay cierta confusión; que algunos le dijeron que fue en Jefatura, pero también le han dicho que la sacaron de allí y la fusilaron en una casa de Villa 9 de Julio. Agregó el declarante que luego de su liberación, siguió militando en lo suyo que es la organización sindical docente. Precisó que para dar con el destino de Rosita interpuso un habeas corpus y pidió informes en la policía, el ejército, la justicia. Indicó que Mijalchyk no fue compañero suyo; que Mijalchyk ya era sacerdote y en ese marco tenía trato con él, se veían siempre, pero Mijalchyk se ubicaba en sus antípodas ideológicamente. Sobre el padre Nieva, de Tafí Viejo, dijo que mantenían reuniones y que ambos trabajaban en la Parroquia de Villa Obrera. Que pertenecía al clero secular, no de congregación. Indicó que al padre Gerbán lo conoció porque era asesor del Movimiento Rural Católico y fue secuestrado en Concepción. Que fue muy amigo del padre "Gaucho" Cabrera. Dijo conocer a Ferrante, que era sacerdote de la orden de los dominicos, que fue uno de los líderes del Tercer Mundo. Que Ferrante vive. Que fue preso político y que estuvo detenido en varias oportunidades, lo capturaban y lo largaban, acotó. Continuó diciendo, en relación al padre Fosbery, que lo conoce, pero no tenía trato personal con él. Que Fosbery tuvo una relevancia nacional y hasta internacional por su posición muy extrema de derecha, desde la orden de los dominicos. Señaló que la noticia de que su esposa fue asesinada, la dio Juan Martín; que éste fue quien lo informó y la justicia lo receptó. Que según ese informe fue asesinada en un simulacro de fusilamiento en septiembre del 76. Que sobre la información alternativa de que su esposa podría haber muerto en una casa de Villa 9 de Julio, Precisó que habría sido en calle Blas Parera al 200. Por otra parte, señala que existen datos de un niño que antes de que Rosita vaya a Jefatura la habría visto con una herida en el vientre en Nueva Baviera. Señaló que al hábeas corpus lo interpuso ante la justicia federal. Sobre su carácter de preso político incomunicado y la relación con sus hijas, señaló el testigo que con el golpe del 76 se cortó totalmente la comunicación; que ya venía mal. Que desde septiembre del 75 a junio del 81, estuvo incomunicado de sus hijas. Señaló que fue seminarista en el 62, primero en Córdoba, luego en Paraná y en el 69 llega a Tucumán y en esa época conoció a su esposa. Que se hicieron muy amigos, militaron juntos, pero recién se casaron luego de la amnistía, en el 73. Indicó sobre su primera detención en Rosario, en el 72, que el motivo fue la militancia en el movimiento montoneros; que salió en virtud de la Ley de Amnistía en el 73. Que la segunda detención fue el 29 de junio del 74 hasta el 29 de septiembre del 81, por ser montonero. Que Manlio Martínez lo condenó a 10 años de prisión y esa condena fue disminuía a 7 años por la Cámara, por su militancia en el grupo Montoneros. Expresó que dejó el seminario porque monseñor Ferro le pidió que se retire porque la Iglesia reprimía la militancia social en ese momento. Afirmó el declarante que en la Iglesia tenía una clara posición de tercer mundista, que era muy resistida por la otra facción de derecha. Precisó por último, que su esposa figura como DF en la lista aportada por Clemente.-

MARÍA ELENA AZEVES

Manifestó ser la esposa de Demetrio Ángel Chamatrópulos. Indicó que vivía en la ciudad universitaria de San Javier, ya que su esposo estaba a cargo de la administración del Parque Biológico del lugar. Que ella por la mañana trabajaba en la hostería de la ciudad y a la tarde como docente. Señaló que una tarde, cuando volvía de la escuela caminando, pasó en un auto la enfermera que trabajaba en la ciudad universitaria, que era de origen alemán, junto a dos mujeres que la dicente conocía, Lucía Padrón y Nelly Sayago, que alquilaban una casa allí; y le ofrecieron llevarla. Que la enfermera le contó que por la mañana el marido de la dicente fue detenido por no llevar documentos; que a ella la liberaron pero a Demetrio no. Continuó su relato diciendo que su marido era peronista pero sin militancia política, que por ese motivo fue que no se preocupó demasiado y esperó a que su marido volviera. Que alrededor de las 4 de la mañana se preocupó mucho y le pidió a un vecino que la llevara hasta la comisaría de El Corte; fueron y como no sabían nada allí, se dirigieron a la comisaría de Yerba Buena, a la Jefatura de Policía, a la Brigada de Investigaciones y en ningún lado sabían nada de su esposo. Precisó que fue allí que tomó conciencia de la gravedad de la situación, se preocupó muchísimo y empezó la espera de entre 40 y 45 días. Que al día siguiente del secuestro la declarante fue a hablar con el rector de la Universidad, con el jefe de seguridad del lugar. Que también acudió a un amigo, el juez de Concepción Antoraz y con él fueron a verlo al juez federal, Dr. Manlio Martínez, que puso un pretexto para no atenderlos. Que toda búsqueda fue infructuosa, porque nadie sabía nada. Precisó la declarante que ella es correntina y su marido de Buenos Aires; que tenían dos hijos pequeños de seis y cuatro años en ese momento. Expuso que no conocía a nadie en la provincia y que todos los días bajaba de la ciudad universitaria a la ciudad para ir al Rectorado. Que todos le aconsejaban que presente un recurso de habeas corpus. Que un día se encontró con Julio Santillán y su esposa, que vivían en la villa de San Javier y ambos le desaconsejan hacer el habeas corpus porque a ellos, con la desaparición de su hijo, Octavio Santillán, no les había dado ningún resultado. Declaró que todas las noches esperaba el ruido de la camioneta rastrojera de su marido. Que pasaron 45 días desde la desaparición; ella seguía trabajando en la hostería y en la escuela, hasta que una noche como a las 2 de la mañana el administrador de la hostería de San Javier trajo al marido de la dicente en un estado calamitoso, barbudo, flaco, mugriento, con la frente lastimada por las vendas. Dijo que su marido quedó psicológicamente afectado como consecuencia de la detención. Que durante meses no pudo dormir de noche, tenía pesadillas, ataques de miedo, creía que lo perseguían todo el tiempo, ante cualquier sospecha de que lo perseguían volvía a la casa angustiado. Declaró que el rector de la Universidad en ese momento era Néstor González y que el Teniente Primero Medina estaba a cargo de la seguridad de la universidad; que ambos le dijeron que no sabían nada. Sobre el juez Antoraz, precisó que con él fue al Juzgado Federal a verlo al Juez Federal Manlio Martínez, pero que éste no los atendió alegando que estaba descompuesto. Dijo que no presentó el habeas corpus a raíz de lo que le habían dicho los Santillán. Que su marido, aparte de las secuelas psicológicas, como consecuencia de lo sucedido, aumentó muchísimo de peso, quedó con una ansiedad espantosa que lo hacía comer y comer y con una gran depresión. Indicó que actualmente su marido está postrado en una cama ya que padece de obesidad mórbida y está siendo sometido a tratamiento. Dijo que luego del secuestro de su marido, lo continuaron hostigando, se presentaban personas de civil, en autos, sin identificación y le decían que tuviera cuidado con lo que hacía, que lo estaban vigilando. Señaló que un morocho, barbudo, de unos 38 años, que le decían "El Perro", iba a la casa de la dicente a amenazarlo al marido. Culminó su relato diciendo que su marido le dijo que sospechaba que estuvo detenido en la Jefatura, por el ruido de las campanas del tren.-

RICARDO DANIEL SOMAINI

Dijo tener 90 años y ser padre de Ricardo Daniel Somaini, quien a la fecha de su secuestro tenía 22 años. Dijo que su hijo se dedicaba a la cinematografía, hacía películas de propaganda, era muy estudioso, había egresado del Gymnasium. Indicó el declarante que su hijo tuvo militancia estudiantil en el colegio secundario y además con sus amigos fundó una agrupación política, el GET, "Grupo Evolución Tucumán". Que al dicente le parecía positivo porque él también había tenido militancia estudiantil. Precisó que la noche del 22 de abril de 1977, alrededor de las 2 de la mañana golpearon la puerta, no abrieron porque era muy tarde y peligroso, abrieron una ventana del comedor que daba a la calle y se encontraron con muchos autos afuera. Que un hombre se les acercó y les dijo que estaban buscando a unos presos, que necesitaban entrar a la casa. Que la esposa del dicente le dijo a este hombre que cómo podía ser que estén buscando presos fugados si las luces de la comisaría estaban apagadas; a lo que el hombre le dijo que abra la puerta o le volaba la cabeza a su marido, lo apuntaron con un arma al dicente y en ese momento su hijo habló y explicó que era a él a quien buscaban. Que la persona que comandaba el grupo le preguntó al hijo del dicente, Ricardo, la dirección de una persona de apellido Moreira, a lo que Ricardo respondió que vivía cerca de allí y entonces le pidieron al hijo del dicente que los acompañe. Señaló que se lo llevaron a su hijo Ricardo; que fue la última vez que lo vieron y nunca supieron nada más de él. Indicó que los secuestradores vestían camperas, los vehículos en los que se movilizaban eran marca Ford Falcon y que había camionetas también. Que estaban armados, con armas cortas y largas. Precisó que las luces de la calle estaban apagadas, lo que no era normal. Agregó que las gestiones realizadas para dar con el paradero de su hijo no dieron frutos, que nadie les decía nada, que ningún trámite prosperó. Contó que la ex esposa de un policía que era el jefe de guardia de la Universidad Nacional de Tucumán, que era empleada del declarante en la Facultad de Medicina, se ofreció a buscar información, por ello el declarante fue a ver a dos personas, pero sin ningún resultado positivo. Dijo que en esa época la gente no hablaba, no había comunicación. Recordó que en una reunión, hablando con un periodista de La Gaceta, Franco Casiano Flores, éste le comentó que había estado con un militar de Buenos Aires, que comandaba y coordinaba los secuestros, por lo que el dicente le pidió que averiguara algo. Que a la semana siguiente Casiano le dijo que ese hombre lo vio a su hijo sentado en el pasto conversando con otro chico; el declarante pensó que Casiano lo estaba "macaneando" porque no era la forma que trataban en esa época a los detenidos. Indicó que presentaron habeas corpus, notas a distintas organizaciones, que siempre pensaron con su esposa que podrían hacer algo. Que también hicieron reclamos en Estados Unidos, Canadá, México, en distintas organizaciones de Derechos Humanos de todo el mundo, denunciando el secuestro de su hijo. Destacó que todas esas organizaciones de Derechos Humanos los recibieron muy bien y siempre estuvieron dispuestos a ayudarlos. Que tiene un cuñado militar de nombre Rafael Pedro Morei. Que fueron con él a ver a un Coronel Nadal que les dijo que no sabía nada. Continuó declarando que sus hermanos también hicieron gestiones para dar con su hijo, en particular su hermano mayor, que trabajaba en la industria farmacéutica y que tenía un amigo que le sugirió que fueran a ver a un sacerdote amigo, sin embargo tampoco dio resultado. Indicó que otro hermano suyo, que trabajaba como Director General de Agua y Energía, también hizo gestiones ante el Comando de la Avenida Sarmiento, particularmente con el Ministro de Trabajo de esa época, para que le solicitara a Bussi una entrevista para conocer qué había pasado con el hijo del dicente. Dijo que este ministro consiguió una entrevista con Bussi, quien le dijo al hermano del dicente que había hablado a la policía y ésta le informó que Ricardo no tenía antecedentes en esa dependencia, por lo que desconocía los motivos por los cuales estaba desaparecido. Declaró que su tercer hermano, que era médico, fue incorporado a la reserva en la zona de Córdoba y se hizo amigo del jefe médico, entonces le pidió a éste que hable con el militar encargado del cuerpo médico de la 5ta sección de Tucumán, para solicitarle una entrevista por el tema de su sobrino Ricardo y la entrevista se realizó. Dijo que su hermano volvió a los quince días y le exhibieron una lista de detenidos desaparecidos en la que no figuraba el hijo del dicente. Agregó que su esposa habló con Bernardo Vides Almonacid para que fueran a hablar con el obispo, quien la recibió con buena disposición, pero a medida que se iba interiorizando del hecho, cambió de carácter, no informó nada y negó por completo cualquier participación de la Iglesia en la desaparición de personas. Que también hizo una denuncia ante el juez militar Cabral, al día siguiente del secuestro. Que a Cabral lo conocía con anterioridad y le dijo desconocer por completo el tema de los secuestros, que no sabía nada de esas cuestiones. Precisó que muchos amigos de su hijo, del Gymnasium, también desaparecieron, como ser, Moreira, Santillán, Tomsic, Jorge Billone y muchos otros cuyos nombres no Recordó. Que su hija hizo una presentación conjunta ante el Juez Federal. Dijo que nunca tuvo noticias de su hijo. Concluye diciendo que todos los responsables del proceso deberían estar en una cárcel en la Antártida, bien lejos y sufriendo por todo lo que hicieron.-

GUILLERMO IGNACIO MOYANO

Declaró que en mayo de 2011 denunció ante la Fiscalía Federal un hecho del que fue testigo cuando era chico. Precisó que en la ruta 302, entre la ruta y la vía paralela, camino a Santiago del Estero, alrededor de las 5 de la mañana se escucharon ruidos muy fuertes y disparos; su padre les dijo a su hermano y a él, que se escondieran debajo de la cama. Que al amanecer, su padre salió a ver qué pasaba y les dijo que había sucedido algo con la policía. Que su padre les pidió que fueran a ver si allí, en ese movimiento, estaba su hermano, que hacía poco había ingresado a la policía, para llevarle mate cocido. Que fueron y un militar vestido de verde les preguntó quiénes eran, entonces ellos le respondieron que buscaban al hermano del dicente para darle mate cocido, por lo que el militar les respondió que no estaba allí pero que lo mismo llevaran el mate cocido. Que al volver con el mate, el militar les ofreció ver el auto incendiado con tres cuerpos carbonizados adentro y un cuarto cuerpo afuera. Señaló que alrededor de las 5 de la tarde cargaron los cuerpos en unas bolsas negras y los enterraron en una esquina del cementerio de Tacana. Agregó que hace dos años, un amigo que iba por trabajo a Amaicha, hablando con otra persona llamada Darío, le comentó lo que el declarante sabía y éste le sugirió que denunciara el hecho en la fiscalía y así lo hizo. Precisó que su casa quedaba en ese momento a 57 kilómetros de San Miguel de Tucumán. Que tenía 9 años. Que al momento del hecho no había nadie, lo más cerca a la casa del declarante estaba a 600 metros. Que este suceso se comentó durante mucho tiempo en la zona donde él vivía. Dijo que un tío, al contarle hace poco tiempo el dicente que hizo la denuncia en la fiscalía, le dijo que la madre de él se había acercado a ver y que uno de los hombres muertos, el que estaba afuera del auto, tenía una camisa celeste, mucho pelo y mucha ceja, que estaba en posición como si hubiese estado atado de pies y manos. Que según su tío, en La Gaceta publicaron que había sido una persecución, que el auto al darse la voz de alto no había detenido su marcha y que una bala impactó en una rueda y el auto se estrelló contra un árbol, incendiándose y que una persona había escapado. Que le dijeron que el "Toro" González estaba a cargo de la comisaría en esa época. Indicó que una antropóloga de nombre Selva, lo buscó al dicente hace poco en un taxi, él le indicó que eran cuatro personas y ésta le dijo dónde estaban. Que la antropóloga le dijo que habían encontrado a tres y el sábado a una persona más. Dijo que era una mujer y tres hombres. Que se enteró por la televisión que fueron identificadas dos personas. Manifestó que había tres cadáveres carbonizados adentro del auto y un cuarto afuera, que no estaba carbonizado. Que el auto no estaba carbonizado en su totalidad. Que era de color rojo y que durante mucho tiempo permaneció en la comisaría de Tacana. Recordó que del personal apostado en el lugar, uno era policía, estaba vestido de azul, era un hombre mayor de apellido Iglat, los demás eran militares y estaban vestidos de verde. Que el auto quedó en medio del camino; que la versión del diario La Gaceta que Dijo que el auto había chocado con un árbol, es falsa; que el auto no chocó con ningún árbol, porque durante mucho tiempo quedó en el centro de la calle la marca negra del incendio. Agregó que luego llegaron militares en un camión para llevarse los cuerpos.-

LUIS ERNESTO MACOR

Dijo que Susana Irene Macor era su hija y Díaz era su yerno, el esposo de Susana. Señaló que Susana era una chica excelente, la mayor de seis hijas, un ejemplo para todas las demás. Que iba a la Escuela Sarmiento, era bastante dirigente y líder en la escuela. Que tanto el declarante como su esposa siempre se preocuparon por la crianza de sus hijas y por las personas que las rodeaban. Destacó que sus hijas siempre recibieron una buena educación y el ejemplo de los padres; que las llevaban a la Escuela Sarmiento y al Club Lawn Tenis. Señaló que, sin embargo, su hija Susana de alguna manera se les escapó de las manos. Que siempre habló con su hija, sin eludir ningún tema. Que no sabe por qué Susana desapareció. Que no pudieron encontrarla. Contó sobre las gestiones para encontrar a su hija; que Balofet, que estaba en el Ejército, siempre le decía a la esposa del dicente que cuando sepa algo se lo iba a comunicar. Que lo mismo sucedió con el jefe militar Llanos. Que su familia tiene una enorme pena porque les arrebataron a su hija sin darles ningún motivo o fundamento. Que jamás les dieron una explicación que permitiera acreditar que su hija haya hecho algo malo. Contó que su esposa no quiere declarar porque su corazón no tiene reposo ante semejante pena. Precisó que tuvieron un miedo terrible, por Susana y también por sus otras hijas que durante años eran permanentemente vigiladas por personas que andaban en un Falcon color verde. Que afortunadamente un cura del barrio, llamado Luis, dijo que la familia Macor era una familia modelo, que no había que molestarla; que a partir de allí los dejaron de perseguir. Dijo que tal era el miedo que tenían, que tuvo que regalar, vender y hasta tirar, muchos libros de su carrera de psicología. Destacó que lo que sucedió con Susana fue un error muy grande de la sociedad, del declarante y de su esposa. Que a la fecha del secuestro, su hija tenía alrededor de 22 años, estudiaba agronomía y estaba casada con Díaz, que tenía 27 años. Que su yerno trabajaba en la universidad como no docente. Precisó que Susana se casó con Díaz porque estaba embarazada. Que se casaron dos años antes del secuestro y tuvieron un hijo, Alvaro, que a la fecha del hecho tenía aproximadamente un año. Precisó que el secuestro fue el 26 de mayo del 76. Que su hija y el marido, en ese momento, vivían en la ciudad de San Miguel de Tucumán, en la calle Rivadavia 616. Dijo que la hermana de su yerno le entregó su nieto Alvaro, porque una de las personas que habían secuestrado a Susana dijo que entregaran el niño al abuelo paterno, por lo que el dicente supone que debió haber sido alguien que lo conocía, un ex alumno, por ejemplo. Dijo que al principio cuidaron ellos del bebé, pero que luego, como su hija Susana nunca apareció, otra hija suya, Patricia y su marido, lo tomaron en adopción plena, eran jóvenes y no podían tener hijos pero a partir de ello tuvieron muchos más. Testificó que inmediatamente después del secuestro fue a la comisaría tercera pero no les dijeron nada. Agregó que su esposa fue a ver a Harguindeguy a Buenos Aires y tampoco le dijeron nada. Dijo que nunca supo dónde estuvo detenida su hija. Que una hija del dicente se casó con un militar. Que no sabe por qué tanta persecución. Que recién en el año 83, por medio de un diario, tuvieron noticias de que el hecho fue en Famaillá, fueron pero no había nada. Dijo que lo poco que saben, es que los encapuchaban y algunas otras circunstancias que están consignadas en el artículo que exhibe el dicente y que, en consecuencia, considera innecesario mencionar. Dijo que es un declarante, que no sabe nada, porque la gente que secuestró a su hija nunca dio ninguna información. Continuó declarando que su pena es permanente, por no saber nada de su hija; por no haber podido despedirse nunca de ella, ni siquiera del cadáver. Aseguró que su yerno tendría sus ideas políticas, pero era un buen muchacho, no era un guerrillero de fusil y su hija mucho menos. Que no cree que ni su hija ni su yerno, ni ninguna persona merezcan lo que les sucedió. Agregó que es injusto llamar a su hija "desaparecida"; que hay palabras mucho más graves y adecuadas para describir lo que ha sucedido.-

CESAR OSVALDO ANTORAZ

Dijo el testigo sobre Demetrio Angel Chamatrópulos, que éste era guardaparque en el cerro San Javier. Que el declarante y su esposa alquilaban a veces las casas que tiene la Universidad allí, por eso lo conocía. Recordó que un día llegó a la casa del dicente la esposa de Chamatrópulos y les contó que éste había sido secuestrado mientras bajaba del cerro en su camioneta. Que el declarante era juez en Concepción y en el carácter de tal comenzó a hacer averiguaciones en la ciudad de Tucumán, habló con el comisario Medina para que indague qué había pasado con Demetrio y también con algunos jueces, posiblemente Padilla o Martínez, precisó. Indicó que aproximadamente un mes después, se enteró que Chamatrópulos ya estaba en su casa. Que no Recordó el dicente haber hecho una presentación al respecto, pero considera posible que haya hecho que un amigo suyo la hiciera. Concluyó diciendo que era juez del crimen en Concepción y por hechos como el de la causa, no Recordó haber intervenido en ningún habeas corpus. Recordó que Demetrio era muy corpulento, muy agradable, simpático, muy particular y muy "gaucho".-

MARÍA ALEJANDRA PONCE

Dijo ser la hermana de Horacio Marcelo Ponce. Recordó que en el colegio a su hermano le pusieron de apodo "Querubín", por su aspecto físico, ya que parecía un Angel, rubio y con rulitos. Que al momento de su secuestro, Horacio tenía 21 años, estudiaba abogacía y trabajaba en una radio llamada "Radio Llamadas", dedicada a la ubicación de personas. Que al secundario lo hizo en el Gymnasium. Contó sobre la actividad política de su hermano, que perteneció al centro de estudiantes del Gymnasium, al GET y a la juventud peronista. Dijo que el GET era un grupo más bien de estudio, leían mucho sobre la realidad del país, les interesaba la solidaridad, la amistad y la igualdad social. Recordó que la madrugada del 22 de abril de 1975, alrededor de la 1:30 de la madrugada, tocaron el timbre de su domicilio ubicado en calle Italia 2700. Que la declarante abrió una ventana que daba al frente de la casa, ésta tenía un portón bajo y un muchacho muy joven saltó la verja, se puso frente a la ventana donde estaba la dicente y le preguntó por "Horacito". Que su madre preguntó quién lo buscaba y en ese momento el muchacho, que tenía un pañuelo en el cuello, se lo subió. Indicó la testigo que se trataba de un muchacho rubio, con una mirada celeste, muy penetrante, muy joven, que les dijo que se hagan para atrás. Que simultáneamente, otro muchacho más corpulento saltó la verja de la casa, ambos estaban vestidos de civil. Que encerraron a la dicente y a su madre en un cuarto; se escuchaban tres voces, una le decía a Horacio que se quedara tranquilo y que lleve algo que no sabía la dicente en ese momento qué era, pero que después dedujeron que se referían a un pullover. Que las dos mujeres estaban encerradas en el cuarto de la declarante, luego las trasladaron al baño, en la otra habitación dormían sus dos abuelitas, que estaban muy enfermas. Agregó que su madre gritaba el "Padre nuestro". Que luego de algunos minutos, una de las abuelas pedía ir al baño y como nadie le contestaba, se dieron contó que ya estaban solas. Que salieron del baño y todas las luces de la casa habían quedado prendidas. Destacó que al estar su casa sobre calle Italia al 2700, no se podía circular sin ser controlados porque las calles estaban valladas y además era cerca del Hospital Militar y de un regimiento del ejército. Dijo que las personas que caminaban por esas cuadras, eran iluminadas con un reflector, que no se podía circular en auto, ni en bicicleta; había que bajarse de la bicicleta y caminar. Recordó que luego del secuestro, al abrir la puerta de su casa, vio pasar una camioneta Ford F100 color crema con una franja verde, en contramano del tráfico. Que al día siguiente su madre fue a la seccional 12 a denunciar el hecho, pero no le recibieron la denuncia; también fue a Jefatura a ver si el hermano de la dicente estaba allí, pero no lo encontró. Que le recibieron la denuncia el 26 de abril. Que su madre presentó diversos recursos de habeas corpus ante el juzgado federal en los años 78 y 79, realizó denuncias en organizaciones de derechos humanos e incluso le escribió una carta a Videla con motivo de la visita de éste a Tucumán. Dijo que su madre se llamaba Mirta Josefina Raia, que era una pianista reconocida a nivel provincial y nacional, pero que eso no contribuyó para encontrar a su hermano Horacio. Precisó que al día siguiente del hecho, el jefe de radio llamada, un capitán del ejército, al hablar con la madre de la dicente, que se había comunicado para avisarle que Horacio no iría a trabajar, le dijo que la ayudaría y que se quedara tranquila, que por trabajar donde trabajaba, su hijo y su familia habían sido investigados. Que a los 15 días volvió este sujeto y le dijo a la madre de la dicente que sus compañeros le habían dado vuelta la cara, que no había podido obtener ninguna información. Señaló que por motivo de esto, su madre fue apartada de la sociedad, nunca más pudo dar ningún concierto en el teatro San Martín, porque estaba "prohibida" su actuación. Relató que el 24 de junio, varios hombres ingresaron a la casa de la dicente; que buscaban algo que incrimine a su hermano, revolvieron todas las cosas de la casa y decidieron llevarlo. Que a su hermano lo subieron a un camión celular con el sello de la policía que era escoltado por autos particulares. Dijo que su hermano Horacio estuvo detenido dos días y medio, que cuando volvió a casa era de noche y comentó que lo habían liberado en Avenida Roca, casi en el empalme con la Ruta 38, junto a otras dos personas masculinas, que había estado vendado y esposado todo el tiempo. Precisó la dicente que con los años, tomó conocimiento de lo que había vivido su hermano durante el cautiverio, que lo llevaron a un lugar donde fue interrogado bajo amenazas de aplicarle picana, que pudo ver campos y cañaverales a través de la venda, por lo que creía que estuvo detenido en un ingenio, le pegaban con una toalla mojada, lo desnudaron; que cuando le vieron la cicatriz de la operación del corazón, el hermano de la dicente les explicó que no podía estar más de 6 días sin medicación y como sus captores no quisieron tener problemas, lo liberaron luego de un largo viaje por la ruta, pasando por Famaillá. Que le hicieron firmar algo que no sabía qué era y le advirtieron que se cuidara mucho porque iba a ser controlado. Continuó exponiendo que entre los compañeros de su hermano fueron desaparecidos, Ricardo Luis Salinas, Gustavo Santillán y Ricardo Somaini. Que al día siguiente del secuestro de su hermano fue a verlos un familiar de Santillán, para contarles lo que había pasado con Ricardo y luego se comunicaron con la familia Somaini, así supieron que los tres amigos habían sido secuestrados el mismo día. Y que la semana anterior Moreira ya había sido secuestrado de la calle. Que cuando supieron de esto, la madre de la dicente le dijo a su hijo que se fuera de Tucumán, pero éste respondía que no, porque no hacía nada malo. Señaló que Carlos María Gallardo era amigo de su hermano y pertenecía al GET. Que su hermano una vez contó que Moreira le había dicho que mientras estaba como conscripto, los llevaban a abatir guerrilleros al cerro. Precisó que el vecino de una familia amiga que trabajaba como policía en Jefatura, dijo haberlo visto allí a Horacio con el pelo largo y barbudo. Indicó que también tiene dos primos desaparecidos de apellido Curia. Fernando Ramiro Curia, de 18 años y Constanza Gloria Curia. Sobre las desapariciones de éstos, recordó la dicente que un grupo de militares fueron a la casa de su tía en busca de Fernanda Curia, apodada "Potota", prima de la dicente; que cuando ésta quiso entrar a la casa, la sacaron del lugar y siguió de largo hacia la casa de una tía que vivía cerca. Luego supo la dicente que habían llevado a Constanza y Fernando. Que buscaban a "Potota", pero se llevaron a Constanza porque ésta andaba con un bolso de "Potota", que llevaba su nombre bordado. Que sus primos dijeron que estuvieron en Jefatura y Fernando en algún lugar de Tafí Viejo. Concluyó diciendo que su madre se encerró en sí misma, al igual que su tía y fue marginada por la familia.-

MARÍA FERNANDA CURIA

Declaró ser hermana de Constanza y Fernando Ramiro Curia. Que la madrugada del 11 de mayo del 76 la declarante llegaba del Colegio Nacional. Que al llegar a la puerta de su casa, vio dos automóviles "Torino" con policías con uniforme azul, uno de ellos la apuntó con una ametralladora en el pecho; le dijeron que se cruzara al frente. Recordó que intentó explicarle que esa era su casa, pero no la escucharon y le repitieron que se vaya. Que corrió asustada hasta llegar a la calle José Colombres al 200 donde vivía una hermana de su madre, durmió toda la noche en lo de su tía, se despertó a las 6 de la mañana y fue a su domicilio. Continuó su relato diciendo que al llegar, su madre le dijo que se habían llevado a sus dos hermanos. Que tiempo después pudieron averiguar que los habían secuestrado fuerzas conjuntas del ejército y la policía. Que su madre le contó que entraron seis personas con el rostro cubierto con pañuelos, de uniformes verdes y armados. Que su hermana María Sol junto a su novio, Máximo Wilde, habían partido a la seccional primera a radicar la denuncia, luego a la casa de su padre, Manuel Curia, que vivía en Simoca, para comentarle lo sucedido con sus hermanos. Dijo que su padre habló con un amigo militar, Vera Robinson, que le respondió que no podía dar información porque trabajaban "tabicados", es decir, que no tenían información. Que a partir de ese día comenzaron a recibir llamados anónimos a través de los cuales le decían que su hermana estaba en Jefatura de Policía, que la fueran a buscar. Que la dicente, en una de las llamadas, preguntó quién daba la información y le contestaron que era el general; que el único general que había en toda la provincia era Bussi. Recordó que un domingo, saliendo de la iglesia San Roque, quisieron detener a su madre y a la dicente, pero lograron escapar en un taxi y esa noche durmieron fuera de su casa. Que su madre presentó un hábeas corpus y el juez le informó que no había ninguna orden de detención en contra de su madre. Precisó que cuando se llevaron a su hermana preguntaron por "Potota". Que su hermana María Constanza, en esos momentos usaba un bolso de la dicente, bordado con su apodo. Señaló que preguntaron por "Potota" pero que buscaban a Constanza. Indicó que su hermana militaba en la Juventud Universitaria Peronista y estudiaba arte y agronomía. Que su hermano estudiaba en el secundario y estaba en la Unión de Estudiantes Secundarios. Que ambos integraban el GET, el Grupo de Evolución Tucumán. Precisó que entre las personas que integraban el grupo, se encuentra desaparecido su primo, Horacio Ponce. Contó que a su hermanos Sol y Mario los sacaron de la cama, los tiraron al piso, los vendaron con unas sábanas y que Sol escuchó que Constanza lloraba y preguntaba por qué los llevaban y le respondieron que los llevaban porque eran montoneros. Indicó que María Sol decía que los secuestradores tenían una tonada "aporteñada". Concluyó diciendo que su familia presentó recursos de habeas corpus e hicieron denuncias, todas con resultado negativo.-

RAMÓN FRANCISCO ROMANO

Dijo que tiene dos hermanos detenidos y desaparecidos. Domingo Nicolás y Benito Vicente Romano. Que Domingo fue secuestrado el 12 de enero de 1978 y Benito el 14 de abril del 76. Refiriéndose al secuestro de Domingo Nicolás dijo que su cuñada le contó que, mientras se encontraban descansando junto a sus dos hijos, irrumpió gente a la casa que se identificó como perteneciente a la brigada de investigaciones, que inmediatamente comenzaron a golpearlo, lo introdujeron en un vehículo y lo llevaron a Domingo. Indicó que la casa estaba ubicada en Delfín Gallo, Ingenio Cruz Alta. Que su cuñada fue a buscar a la madre y al declarante que vivían en el mismo pueblo y les contó lo sucedido. Entre las gestiones que realizó, precisó que fue a la Brigada de Investigaciones donde le dijeron que su hermano había sido detenido por averiguación de antecedentes pero que ya se había firmado para que se retire. Que un muchacho de apellido Palavecino se encontraba en la Brigada, apodado "Chachi" al que la cuñada del dicente le había contado que "Chachín" había participado del operativo de detención de su hermano. Ahondó precisando que había concurrido a la Brigada junto a Coronel y a su hermano Oscar Emilio, que les mostraron un Registro en el que decía que había sido liberado, estaba la firma pero que su hermano Domingo nunca llegó a la casa. Que en ese tiempo el declarante trabajaba en el taller Esperanza, perteneciente a la CONASA (Compañía Nacional Azucarera Sociedad Anónima). Respecto a la detención de Benito, sostuvo que se produjo el 14 de abril de 1976, pero aclaró que anteriormente lo habían buscado a Benito el día del golpe, el 24 de marzo de 1976. Que ingresaron personas con pasamontañas y armas. Que su hermano no estaba y como escuchó decir a uno que "había que llevar a alguien" el declarante fue detenido. Declaró que fue interrogado, torturado y permaneció detenido 6 meses. Que lo picanearon que le metían chapitas en la sien, le daban electricidad y sentía un dolor intenso en los ojos y la cabeza. Recordó que temió por su vida todo el tiempo y sobre todo, cuando una persona que se identificó como el "Tuerto" Albornoz lo interrogó mientras lo golpeaba con una regla de madera, acusándolo de querer matarlo. Que en ese momento el declarante estudiaba ciencias económicas, que tenía 24 años y que después de estar detenido retomó sus estudios pero que luego los abandonó por el clima de persecución que había en la Universidad, que los hacían llenar unos formularios. Precisó que en los interrogatorios le preguntaron especialmente por Benito, pero también le pedían los domicilios de todos sus otros familiares. Que sospecha que estuvo detenido en Jefatura porque cuando lo llevaban en el piso trasero de un auto, tapado con una bolsa de yute, pudo ver que llegaban al parque, luego a la esquina norte y al poco tiempo se detuvieron. Que los detenidos estaban numerados y que nunca los llamaron por el nombre. Confirmó que estuvo en Jefatura porque figura en la lista aportada en causa Jefatura por el testigo Clemente. Continuó deponiendo que cuando lo liberaron fue amenazado, que le dijeron que no participara de ninguna reunión de más de dos personas porque lo iban a detener. Que no sabe qué pasó con Domingo Nicolás. Que hace poco un señor Cardozo le dijo que Páez, el actual delegado comunal de Delfín Gallo, había participado del operativo. Que un Sr. Cabrera Norberto dijo que lo vio a Nicolás en el Arsenal.-

CARLOS MARÍA GALLARDO

Por presidencia se dispone la reproducción del audio correspondiente a la declaración prestada por el testigo en la causa "Jefatura" ante estos estrados:

Dijo que en el año 1975 fue secuestrado de su casa, donde vivía con sus padres, allí ingresaron por la noche personas encapuchadas mientras él dormía y golpearon a su padre, le cubrieron la cabeza con una toalla y se lo llevaron. Estuvo 12 días secuestrado en la Escuela de Famaillá y lo liberaron porque le dijeron que habían comprobado que ya no militaba en el peronismo. Después del golpe fue secuestrado nuevamente. Relató que el 27 de diciembre de 1976, caminaba por calle Laprida y al llegar a la intersección con calle San Juan, pararon algunos autos, recibió un culatazo en la nuca, patadas en la espalda, le preguntaron su nombre y lo secuestraron. En esa situación permaneció hasta el 30 de marzo de 1977 en Jefatura de Policía, noche en la que fue liberado, siempre esposado y vendado, en la avenida que va atrás del autódromo, que le dijeron "caminé, no te des vuelta, te vamos a hacer mierda". Según las expresiones del testigo poco tiempo después llegó un auto de policía, le dijeron que a partir de ese momento iba a estar en calidad de comunicado, lo llevaron a una comisaría y luego a Villa Urquiza hasta el 6 de abril del 1978 cuando fue trasladado a la unidad penal de Sierra Chica, en Buenos Aires, donde fue liberado el 20 de octubre de 1978. Manifestó el testigo que desde que fue secuestrado estuvo tirado en el piso, esposado y golpeado, que vivió escenas de terror que ni en una película se podrían hacer; que lo interrogaron con picana eléctrica en los brazos, en los testículos, le hicieron el submarino en inodoros con excrementos humanos, que le preguntaban por tres personas, un tal Fitipaldi, que no sabía quién era, por Juan Masaguer y por Gerardo Vallejos, un tucumano cineasta. Que durante cuatro días fue tratado de esa manera y le decían "pendejo de mierda, no sabés ni mierda, para qué estés acá". Aclaró el testigo que él tenía 21 años. Sobre Jefatura dijo que estuvo en el pabellón que daba a calle Santa Fe, en una celda individual, que supo que estaba en Jefatura por voces que oía de vecinos conversando, que estaba las 24 horas esposado, tirado en el piso, vendado y que le daban una comida diaria. Entre las personas que manifestó haber visto Recordó a Guillermo Miguel, Rudy Miguel, diputado provincial de Santiago del Estero, quien estaba en una celda contigua, y que éste fue a la celda de él y le levantó la venda. Respecto de sus declaraciones ante la Justicia Federal dijo que uno de esos días, el tercero o cuarto, se paró una persona delante de él, y le dijo "galleta (un apodo del secundario), yo soy fulano de tal". Que se quedó callado ante el miedo de ser molido a palos. Esta persona le dijo "quedate tranquilo porque se sabe que terminaste de militar en el 74 y no sabés una mierda " que esa persona era Juan Martín, que le bajó la venda y lo pudo ver, dijo que Juan Martín era integrante de ingeniería y había formado parte del GET, donde militaron juntos. Dijo el testigo que luego, progresivamente, se fue separando del peronismo en julio del 74, y desde entonces, no volvió a verlo nunca más hasta ese momento. Manifestó el testigo que en una segunda oportunidad lo volvió ver a Juan Martín, la noche del 31 de diciembre, cuando Juan Martín Martín lo llamó con un chistido, y le dijo "vení, no te va a pasar nada", se acercó a la mirilla de la celda y le dio un sándwich de ternera, aunque no le sacó la venda, lo reconoció por la voz. Sobre la primera vez que se acercó Juan Martín manifestó que fue mientras el dicente estaba acostado en la celda, que las celdas estaban abiertas, lo cual era una manera de presionarlos, era una manera de obligarlos a estar siempre en la misma posición. Juan Martín no le dijo nada más y no sabe en qué condición física estaba esta persona. En cuanto a los interrogatorios dijo que se hacían vendados y esposados por lo que no Recordó ninguna cara de militar o policía; que hubiera querido que todo eso no haya pasado; que a su padre nunca pudo contarle todo esto porque murió cuando él estaba detenido, que a su padre lo extorsionaron, lo coimearon en esos 90, 95 días que estuvo detenido. Dijo que cuando entraron a su casa, a sus padres los golpearon, les robaron; que esto que le pasó no le generó odio. Dijo que cuando salió, hizo política para restituir los centros de estudiantes, porque cree y creyó en el Estado de Derecho. Manifestó que el límite de la condición humana es el cuerpo, que el ánimo de venganza nunca formó parte de su patrimonio personal, que no sabe odiar a nadie y que estas cosas deben servir a los argentinos para reconciliarse pero con justicia. Dijo que había cosas que no iba a contar porque le daba vergüenza decir las cosas que seres humanos le hicieron a otros seres humanos. Relató que nunca fue juzgado por ningún tribunal federal, que fue detenido, dado de alta como detenido a disposición del Poder Ejecutivo Nacional. Manifestó que conocía a los Torres Correa, que Adriana Mitrovich militaba en el GET, era dirigente estudiantil en arquitectura; y que Torres Correa era su esposo. Respecto de su padre dijo que lo vio en la navidad de 1977, en Villa Urquiza y que luego lo vio en los días de visita en Sierra Chica. Dijo que conocía que el jefe de policía era Zimmerman, y el interventor militar de la provincia era Bussi. Relató que en Jefatura estuvo en un lugar más grande, en un salón sobre la calle Sarmiento, que era trasladado a una habitación cercana a las celdas donde se le hizo firmar declaraciones sin anteojos y presionado; dijo que las sesiones mayores de torturas se hacían en un salón más grande y que la caminata era mayor, hacia Sarmiento y Salta, que a esas sesiones iba acompañado por los carceleros y que las torturas eran individuales. Expresó también que cuando iban al baño, iban todos en trencito y que una noche escuchó sollozos de una bebé que decía "mamá" lo que fue desesperante. El testigo negó que el señor Martín lo haya interrogado. Manifestó que Juan Martín le dijo "quedate tranquilo, no te va a pasar nada" y que si usaron la palabra interrogar en su declaración testimonial fue un error; que el día que Juan Martín se arrodilló para darle un sándwich lo pudo ver por debajo de la venda. Dijo que algunas personas podían salir de sus celdas y caminar, como Guillermo Miguel, pero con riesgo físico.

Posteriormente, en el transcurso del debate el testigo dijo haber participado de la inspección ocular realizada en la Jefatura que se hizo en la causa homónima. Precisó que siempre estuvo detenido en el sector de calles Santa Fe y Junín y en ese lugar es que escuchó voces de mujeres y de un niño. Que eran dos voces de mujeres y que no puede asegurar si había más. Que junto a su padre trabajaban en la inmobiliaria Introburs, en la calle José Colombres, su padre era el gerente. Indicó que por los diarios tuvo conocimiento que un testigo había aportado al Tribunal un informe de inteligencia que consignaba que trabajaba en Introburs. Contó que participó del GET, que este grupo había sido constituido originalmente en los años 69 y 70 por el profesor Orlando Bravo. Que de su curso del Gymnasium, que eran treinta alumnos, más de diecisiete tenían afición por temas sociales y actividad política. Indicó que pertenecían al grupo "amigos entrañables", con Horacio Ponce, Ricardo Somaini, Víctor Moreira, Gustavo Santillán y que todos se encuentran desaparecidos al día de hoy. Que eran lo que hoy serían "boy scouts", hacían tareas comunitarias, alfabetizaban a gente de "La Bombilla", llevaban donaciones a los lugares más necesitados. Sostuvo que su participación era activa en el secundario, que había muchos alumnos del Gymnasium, de las restantes escuelas universitarias y la Enet 2, manejaban el centro de estudiantes de medicina. Precisó que el GET buscaba participar en la vida política universitaria y social para mejorar la vida de la gente, no se tenía ninguna actividad en la lucha armada y que hubo proximidad con algunos dirigentes sindicales. Continuó recordando que en el año 73 no tuvo ninguna inserción política, que las elecciones universitarias las ganó el Frejuli y, así, gran parte de los integrantes del GET fueron a la Juventud Peronista. A partir del conflicto con Perón en el 74, el retiro y posterior muerte de Perón produjo que el declarante se fuera en junio de la Juventud Universitaria Peronista y lo mismo hicieron sus amigos Ponce, Somaini, Moreira, Santillán. Aclaró que ninguno tenía actividad en la lucha armada y que todos eran estudiantes. Contó que egresó del Gymnasium en el año 73. Que el SUN era el sindicato universitario nacionalista, un grupo menor en número y significación política, sin peso en el electorado estudiantil. Otro grupo universitario era el Fanet al que pertenecía Vargas Aignasse.

MARÍA MAGDALENA DI LORENZO

Dijo ser hermana de Juan Carlos Di Lorenzo. Relató que en el año 76, el sábado 6 de noviembre, su hermano y la novia estaban de visita en la casa donde vivía la dicente. Que por un imprevisto su padre tuvo que ir a hacer una gestión y se dirigió a la avenida independencia detrás de la quinta agronómica donde se encontró con Juan Carlos que había ido en su moto con la novia. Según lo relatado por su padre a la testigo, su hermano dijo que volvía a la casa, pero nunca llegó. Dijo no saber qué pasó con su hermano en ese trayecto, que no volvió a verlo jamás, que fue como si lo hubiera tragado la tierra. Continuó exponiendo que al día siguiente, su padre fue a buscar a Juan Carlos por el supuesto recorrido que debería haber realizado, pero no vio nada y nadie pudo decirle nada. Que junto a su padre recorrieron los hospitales para ver si alguien sabía algo, pero no dio resultado. Señaló que Juan Carlos iba con su novia María del Pilar Carmen Toledo, en la moto. Que su padre inició toda la búsqueda, se movilizó, presentó un recurso de Habeas Corpus en noviembre del 76. Respecto a la novia de su hermano, dijo la testigo desconocer qué pasó con ella. Que su padre se comunicó con el padre de María, tuvieron algunas diferencias y no se comunicaron nunca más. Finalizó su testimonio diciendo que su hermano tenía 28 años, estudiaba ciencias económicas y militaba en la Juventud Peronista. Dijo que desconoce si la novia era militante. Que a su hermano le decían "Cuchillo" porque le gustaban los asados, tocar la guitarra, era muy fiestero y tenía un cuchillo de marca "Puma" que llevaba a todas partes. Manifestó que tiene un recorte del año 83 del diario La Tarde, en donde figura el nombre de su hermano y decía que había estado en la Escuelita de Famaillá. Dijo que eso es lo único que sabe de su hermano hasta el día de hoy.

RITA MABEL PONCE

Dijo ser hermana de Humberto Rubén Ponce. Sobre lo acontecido con su hermano, recordó que el 31 de mayo de 1977, estaba la dicente en su casa ubicada en calle Buenos Aires N° 62 junto a su padre Jesús María Ponce, su madre Rita Mauricia Olivera de Ponce, su hermano mayor Humberto Rubén, la esposa de éste María Teresa Madariaga, su hermana María Isabel y su hermano Ángel Gerardo. Que en ese momento su hermano Ángel, que tenía 16 años, estaba parado en la puerta principal de su casa y unas personas vestidas de militar lo empujaron hacia adentro. Señaló que su hermano Humberto Rubén estaba por almorzar junto a su señora que había vuelto de trabajar del SIPROSA. La testigo tenía 18 años y estaba por ir al colegio. Su madre y padre estaban en la cocina. Dijo que cuando ingresaron los juntaron a todos en una pieza, estaban vestidos de militar y armados. Que eran ocho o diez personas y llevaron a su hermano. Su madre les suplicó que no lo lleven a Humberto. Contó que desordenaron la casa, comieron la comida que había, se llevaron las moneditas y los encerraron 25 minutos aproximadamente. Que le pidieron las llaves del auto Dodge de su padre y también se lo llevaron. Precisó que cuando salieron de la habitación el teléfono estaba escondido. Señaló que su madre fue a hacer la denuncia en la Seccional Segunda pero no le recibieron. Que su madre denunció en todos los organismos posibles para poder dar con el paradero de su hermano. Contó que su hermano tenía 28 años y era vendedor de ropa. También relató al Tribunal que a su hermano Ramón Edgardo Ponce lo habían llevado en el 75 y que la dicente y su madre le llevaban comida a Jefatura. Precisó que por intermedio del Dr. Pisarello, liberaron a su hermano Ramón. Contó que por ello Humberto se acercó y colaboró con el Dr. Pisarello en los trámites y búsqueda de personas desaparecidas. Que los mismos trámites que hicieron por Ramón también lo presentaron por Humberto pero sin ningún resultado. Finalizó indicando que Ismael Adriss, quien vivía a la vuelta de la casa de la dicente y era amigo de Humberto también está desaparecido; también Hugo Díaz, quien era dentista.

LUIS ENRIQUE EGLOFF

Dijo ser hermano de Víctor Felipe Egloff. Que el dicente iba de vez en cuando a la casa de su padre donde vivía su hermano, en calle San Martín 2727/2728, de donde fue sacado su hermano Víctor. El testigo trabajaba en Bomberos de la Policía de Tucumán y relató que por las averiguaciones que hacía su mamá respecto al secuestro de Víctor, fue citado por Zimmermann y se presentó ante aquel, quien le preguntó si era hermano de Víctor Felipe y si sabía que su hermano era Segundo Oficial de los Montoneros. Que después le preguntó por su hermana Alicia Lucinda y si la había visto en cosas raras, a lo que el dicente respondió que no, que estudiaba psicología y su hermano arquitectura. Dijo que preguntó a Zimmermann si sabía algo de su hermano Víctor y quién lo había secuestrado, motivo por el cual Zimmermann lo corrió de la oficina amenazándolo que en 48 o 72 horas lo iban a correr de la Policía. El testigo aclaró que se retiró en el año 2003 de la Policía con el cargo de Suboficial Mayor. Finalizó diciendo que le decía a su mamá que no podía exponerse a perder su trabajo porque tenía tres hijos que mantener. Que no Recordó la fecha exacta del secuestro de su hermano.

ALICIA LUCINDA EGLOFF

Comenzó su testimonio diciendo ser hermana de Víctor Felipe Egloff. Que esa noche alrededor de la 1:30 de la mañana toda la familia estaba reposando y que ella hacía unos trabajos para la escuela. Que sintió unos disparos, perros que ladraban, que al rato abrió la puerta de su habitación, vio a su primo y una luz que lo alumbraba y alguien le decía que levante las manos y se tire al suelo. Recordó que ante esa situación regresó a la pieza y sintió voces en la habitación de su hermano, que estaba al lado de la suya, y escuchó que le decían que era de la juventud peronista. Que después alguien entró en su habitación, la cubrieron con una colcha y sintió que revolvían cosas. Que le pusieron una pistola en la cabeza. Que cuando ya no sintió más ruido escuchó la voz de su mamá y de su papá que caminaban preguntando por todos ellos. Recordó que en su habitación había un teléfono pero que cuando se fueron los secuestradores, no estaba. Que sus padres fueron a hacer la denuncia a la comisaría de Villa Luján. Dijo que su mamá, su papá y una sobrina vivían en la parte de adelante, al medio vivían su abuela y abuelo y al final de la casa estaban las habitaciones de su hermano y la de ella y ocasionalmente estaba su primo, Pedro Véliz. Precisó que cuando llevaron a su hermano, su madre creyó que estaban llevando a "Coco", su primo, y el hermano de la dicente le dijo "no mamá, soy yo". Que varias personas fueron las que entraron en la casa. Señaló que a partir del secuestro de su hermano se vivió un clima duro en la familia, su mamá lloraba todos los días e hizo todos los trámites que podía hacer para averiguar el destino de Víctor hasta sus últimos días. Contó que su hermano estudiaba arquitectura, no era problemático, nunca había hecho manifestación de ideas políticas. Que nunca se ausentó de su casa, que no salía salvo para estudiar y de noche salía poco. Dijo la testigo que tiene conocimiento de que unos compañeros jujeños de su hermano, que a veces dejaban el tablero en su casa, también están desaparecidos. Que eran compañeros de la facultad pero no iban a su casa. Dijo que su madre se reunía con el grupo de familiares de desaparecidos en la Iglesia Corazón de Jesús. Culminó su exposición diciendo que su hermano no tenía apodos, que padecía de una otitis recurrente, pero no Recordó que le hayan llamado "el sordo".

EDMUNDO JOSÉ EGLOFF

Precisó ser hermano de Víctor Felipe Egloff y lo describió como una persona tranquila, sin problemas, con pocos amigos. Cuando lo secuestraron tenía 22 años y una prórroga del servicio militar porque era alumno regular de la facultad de Arquitectura. Recordó que el 12 de mayo de 1977 su padre llegó más tarde al taller y con los ojos llorosos y le contó al testigo lo que había pasado la noche anterior. Que ingresaron en la oscuridad con linternas, un grupo de no menos de seis hombres con el rostro cubierto. Que llegaron en automóviles e hirieron al perro en una pata. Dijo que su padre le relató que los pusieron contra la pared, los amenazaron y se llevaron a su hermano. Que su madre se reunía con familiares de otros secuestrados en una iglesia ubicada en la Avenida Alem. Que ella fue la que hizo todas las presentaciones, las denuncias ante las autoridades policiales, eclesiales y políticas. Recordó que su madre le comentó que un tal "Padre Víctor" le había dicho que habían cometido una injusticia con Víctor, pero nunca más vieron al Padre Víctor.

RAMÓN EDGARDO PONCE

Se reprodujo en la audiencia, el audio correspondiente a la declaración del testigo en el juicio "Jefatura I": Dijo que a Marta Coronel la conocía de la infancia, vivían en el mismo barrio, a tres cuadras, en la calle Buenos Aires al 600, y a Rolando lo conocía de vista y después en grande cuando él abrió la peña que tenía como nombre comercial "Los Montoneros", era un lugar habitual al que iban jóvenes del barrio por el año 69. Dijo que se enteró del secuestro a través de su madre en el año 1977 y en el año 1984, el 9 de marzo se presentó ante la Comisión Bicameral de derechos humanos y declaró en carácter de amigo, tenía un vínculo familiar de carácter político porque estaba casado con una prima hermana de Marta, Alicia Sara Pesa. Después del secuestro de Marta y Rolando la casa quedó en manos de Luis De Candido y la Dra. Analía Marteau y en la puerta había una placa que decía "Analía Marteau Abogada", la conoció a ella de lejos, tomó conocimiento a través de una gestión en la dirección nacional de catastro donde apareció inscripto un número y empezó a averiguar porque no encontraba el sentido de ese número y se presentó en tribunales en mesa de entrada y le dieron un juicio de prescripción adquisitiva que se llamaba "Luis Armando De Candido, Analía Marteau s/prescripción adquisitiva" expte. N° 1653/02, iniciado el 5 de junio del año 2002 en el Juzgado Civil y Comercial común, Secretaría N° 4. Dijo que luego, a través de personas amigas lo recibió la Dra. Emily Amenábar a quien le explicó la situación; que llevó recortes del diario La Gaceta del año 1981 o 1980 donde aparecía una denuncia sobre numerosas personas implicadas en apropiación indebida de inmuebles rurales y que en una de esas publicaciones figuraba el intento de apropiación de la casa de calle Chacabuco 478. Manifestó que la Dra. Amenábar hizo sacar de la caja fuerte el expediente y le dijo que le extrañaba que nadie hubiera reclamado esa propiedad y le preguntó el vínculo y él le dijo que actuaba en carácter de amigo porque la familia no estaba en condiciones de realizar tales acciones. Dijo que él se presentó ante la Secretaria de Derechos Humanos del Dr. Lobo Bugeau, y que esa Secretaría hizo una presentación. Que después él habló personalmente con su suegra pero que ella le dijo que no estaba en condiciones de participar y que la madre de Marta, su hermana estaba muerta. Que se presentó el 10 de junio del 2004 ante la Fiscalía por la denuncia de herencia vacante, intervino la Fiscalía de Estado en el juicio de prescripción. Dijo tener un hermano, Humberto Ponce, desaparecido simultáneamente con Marta, el día después, el 31 de mayo de 1977, quien fue secuestrado de su casa en calle Buenos Aires 652, fue llevado por fuerzas de seguridad, los padres fueron encerrados en una habitación, y nunca más se supo de su hermano, su madre hizo las denuncias correspondientes en la seccional 2°, presentó varios recursos de habeas corpus, en diferentes comisarías, en el episcopado y también en el comando de avenida Sarmiento, y como no encontraba respuesta, paulatinamente se fue reuniendo con otras madres los días viernes a las 15 horas en la iglesia de calle Chacabuco. Que el cura José Basols les permitió que se reunieran allí y nació el centro de familiares y de madres de plaza de mayo. Dijo que el padre fue acusado de favorecer a la guerrilla, de incitador de violencia y que tuvo que grabar su sermón para presentarlo al arzobispado. Dijo que su hermano con Marta Coronel eran socios comerciales, se dedicaban a la venta de ropa y que Marta había sido testigo de casamiento de su hermano con Teresa de Madariaga un mes antes del secuestro, militaban juntos en la universidad pero que ella era peronista y su hermano radical. Dijo que ambos trabajaron juntos con el Dr. Ángel Gerardo Pisarello en la comisión de ayuda y solidaridad a los presos políticos, y que dicha comisión siguió funcionado aún después del secuestro del Dr. Pisarello. Dijo que el barrio sur en la época del 60 tenía mucho movimiento de estudiantes, era un barrio con mucha cantidad de jóvenes, con una dinámica política y cultural muy fuerte, uno de los centros de reunión era el local comercial, la peña folklórica "Los Montoneros". Manifestó que Victoria Azar, madre de Marta Coronel, inició desde Estados Unidos, en el año 1980 un juicio para intentar recuperar el inmueble pero al haber en ese momento un cambio de numeración, de 479 pasó a 478, ese juicio terminó en la nada. Los desaparecidos del barrio sur que el testigo dijo recordar son Ismael Abrich, Hugo Díaz, Ingeniero Garmendia, Luis Falú, Juan Ávila, que era psicólogo, Joaquín Ariño, un muchacho de apellido Furth que hizo el servicio militar y no le entregaron los documentos y cuando lo fue a retirar no apareció mas, según versiones fue desaparecido en el comando de comunicaciones. Dijo que inició un juicio por desaparición forzosa el 19 de septiembre del 2004 en el juzgado civil y comercial n° 3 a cargo del Dr. Aráoz, juicio que le fue denegado por no tener vínculo familiar, hizo presentaciones ante el Ministro Fiscal De Mitri ya que tanto Marta como Rolando aparecían vivos en los padrones, que a ese expediente el Dr. De Mitri lo pasó como nota a la Defensoría Oficial del Dr. Paz. Dijo que Juan Carlos Ponce es hijo de su hermano y que no conoció otro Carlos Ponce. Manifestó que respecto de las propiedades de Coronel solicitó que ambas propiedades fueran declaradas de utilidad pública, se procediera a expropiarlas y se construyera un paseo por la verdad, la memoria y la justicia a nombre la familia Coronel. Dijo que él fue el depositario judicial de las propiedades con entrega efectiva por parte del Juez Federal Dr. Daniel Bejas pero que en febrero del 2010 se revocó tal situación. Sobre esas propiedades existe a la fecha, una situación particular ya que las boletas de impuesto inmobiliario estaban a nombre de Rolando Coronel y de repente comenzaron a llegar a nombre de María Carabajal por lo que inició un expediente, N° 20.468, en la Dirección General de Rentas de la provincia el 25 de agosto del 2010, otro expediente en la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia y en la Secretaría General de la Gobernación. Dijo que el expediente de Rentas pasó a Catastro y que a raíz de esta situación descubrió la existencia de otro juicio contra Rolando Coronel por parte de María Carabajal de fecha 26 de septiembre de 2008, y otro expediente administrativo N° 20.648 del 5 de julio del 2008, mediante el cual se inscribió un boleto de compraventa donde María Carabajal compró a Rolando Coronel el 29 de septiembre de 1977 el inmueble de calle Chacabuco 476-478. Que luego de eso se inscribió en Catastro y se pasó a Rentas donde se decidió cambiar la titularidad del inmueble a nombre de María Carabajal. Dijo que el Director de Catastro, Félix Herrero fue quien firmó tal expediente y también el expediente de prescripción adquisitiva iniciado por Luis Armando de Candido y Analía Marteau. Dijo que actualmente se encuentra en posesión de los inmuebles el equipo de antropología forense. Finalizado el audio, el testigo ratificó todo lo manifestado en aquella oportunidad. Y agregó en la audiencia de este juicio que es hermano de Humberto Ponce. Que su hermano hizo el servicio militar en la marina en el año 70 y 71. Que para su hermano la política no era fundamental y se definía como radical. Lo describió como un hombre de la noche, que le gustaba el casino, el hipódromo, jugaba al póker y trabajaba vendiendo ropa. Que su hermano estuvo prácticamente ajeno al proceso de militancia social y que solía criticar al declarante por dedicarse a "eso". Que Humberto comenzó a comprometerse cuando detuvieron al declarante y a mujer, Alicia Sala Peza, de la casa de atrás de la cancha de San Martín, el sábado 18 de enero de 1975. Indicó que por ello su hermano empezó a ayudar a las personas que estaban presas. Que acompañó a Ángel Gerardo Pisarello en su ayuda a los detenidos. Contó que su madre en abril del año 1975 integró la primera comisión de Familiares de Presos Políticos, la cual estaba auspiciada por el Dr. Pisarello y se lanzó públicamente en la sede de la Unión Cívica Radical (UCR), en las Heras primera cuadra. Que la relación entre su hermano y Pisarello se estrechó porque su padre Jesús María Ponce era radical y muy amigo de Ángel y habían militado juntos en el año 35. Continuó precisando el testigo que se crió en una familia muy política. Que todo el tiempo se realizaban reuniones y asambleas del partido radical. Que en ese marco su hermano conoció a Juan Carlos Aguirre que también ayudaba a Pisarello. Contó que estuvo detenido en Tucumán, en el servicio penitenciario de Villa Urquiza, luego a las mujeres las trasladaron a Buenos Aires y a los hombres al Chaco, que estando el dicente detenido allá, se presentó Humberto con el Dr. Pisarello. Que luego lo trasladaron a Trelew y que allí sólo pudo ir Pisarello. Dijo que su hermano manejaba dinero producto de su trabajo y que cuando comenzó a endurecerse el proceso, ayudaba a los que tenían que exiliarse dándoles dinero e incluso llevó en su auto a gente hasta el límite con Bolivia. Ahondó contando que su madre le pidió al hermano del dicente que se fuera del país ya que las cosas se estaban poniendo difíciles y éste le respondió que no hacía nada malo. Respecto al secuestro de su hermano dijo el testigo que pasado el mediodía ingresaron a la casa y encerraron a toda la familia en una habitación. Que cuando los secuestradores llevaron a su hermano, su madre con un crucifijo de la habitación se arrodilló delante de las personas diciendo que en nombre de Cristo iba a hacerse justicia. Señaló que su hermano estaba casado con María Teresa Madariaga quien hizo la denuncia, al igual que la madre del dicente, "Nena" Ponce y su hermana Isabel. Relató que su madre hizo numerosas gestiones por su hermano ante autoridades eclesiásticas, judiciales, policiales, militares. Agregó que su hermano era muy amigo del padre Padilla quien estaba en el Hospital de Niños. Que su madre presentó dos recursos de Habeas Corpus ante el juez federal en el año 78 y que ambos fueron rechazados. Que cuando vino la Comisión de Derechos Humanos también expuso su denuncia. Respecto a su padre, contó el testigo que estuvo desaparecido en la Jefatura a raíz que había reclamado judicialmente que le pagaran por la confección de trajes y tapados para la Policía. Depuso que el 1° de septiembre del 81 y en julio del 82 la madre del dicente presentó recursos de habeas corpus que también fueron rechazados. Finalmente en el año 84 hizo otra presentación por su hermano Humberto y por el declarante y que gracias a esto él fue liberado ya que estaba a disposición del Poder Ejecutivo Nacional por el decreto N° 1368 del 19 de febrero de 1975. Dijo que su madre también se presentó en la Comisión Bicameral para denunciar el secuestro y desaparición de su hermano y que en el año 2006 se constituyó la causa en el Juzgado Federal. Su madre ya había fallecido en el año 1995. Respecto a su libertad, dijo el declarante que fue liberado el 24 de enero de 1982 cuando se levantó el arresto domiciliario, porque el 24/01/81 había salido de la cárcel. Añadió que pudo declarar en la causa de su hermano después de la sanción de la ley 25779, que declara nulas las leyes 23492 y 23591. Concluyó sosteniendo que Humberto era colaborador del Dr. Pisarello quien tenía muchas causas de presos políticos. Que con su hermano asistían a Acción Católica y conocían desde chico al padre Mijalchyk. Que por gente vinculada a los militares y a la Policía pudo conocer que su hermano había estado en la Jefatura de Policía y que luego lo mataron.

PEDRO ENRIQUE VÉLEZ

Manifestó ser primo de Víctor Felipe Egloff y que estuvo en su casa la noche que lo secuestraron. Recordó que sintió un reventón, luego se enteró que había sido un disparo; que se levantó de la cama y se acercaron dos personas vestidas de civil que lo tomaron del brazo, le pusieron un arma en la cabeza y comenzaron a hacerle preguntas al dicente sobre su lugar de trabajo. Que él respondió que trabajaba en la empresa Jabón Federal, que luego lo sacaron al patio, lo tiraron al piso y le pusieron un arma en la nuca diciéndole que no se moviera, ni mirara nada. Continuó describiendo que escuchó a su tía preguntar "Coco sos vos?", refiriéndose al dicente y su primo le respondió "no mamá, soy yo". Que todo sucedió alrededor de la una de la madrugada. Recordó que hirieron al perro en la pata, que arrancaron el teléfono fijo y lo dejaron tirado a una cuadra de la casa. Que los que ingresaron no se identificaron de ninguna manera y estaban de civil, con la cara cubierta. Dijo no poder precisar cuánta gente ingresó al domicilio. Que lo relatado sucedió el 13 de mayo del año 77. Agregó que con su primo Víctor eran muy amigos, siempre andaban juntos los fines de semana, iban al cerro, al río, a bailar. Que sólo conoció a los amigos de su primo que vivían en el barrio, no a los de la facultad. Indicó que conoció a un chico de apellido Aparicio, del gremio de UTA que se lo llevó el Ejército pero que luego apareció.

ELBA JESÚS CASTRÍA

Dijo que Víctor Hugo Elías fue empleado administrativo de la Facultad de Artes y la mejor persona que conoció en ese ámbito. Describió que el señor Elías era un hombre de bien, un empleado ejemplar, una excelente persona. Dijo que el día 29 diciembre de 1976, jamás lo olvidará porque era el cumpleaños de su hija y que después de una presentación en el teatro iban a ir a la casa de la declarante a festejar. Que le presentó a su hermano Miguel Ángel a Víctor Hugo Elías. Que se alejó y vio, a unos metros de distancia, como lo tomaron del brazo dos personas y ella pensó que eran amigotes de Víctor Hugo. Que José Agusto Moreno y su hermano le dijeron que Víctor Hugo no estaba. Precisó que preguntó a unos militares dónde estaba su empleado Víctor Hugo Elías y que le respondieron que fuera a buscarlo a la Policía Federal en calle Santa Fe y Maipú. Que de allí salieron dos militares o soldados y ella les explicó que en un acto tomaron a su empleado Víctor Hugo Elías. Que le dijeron que si ellos se enteraban dónde estaba le iban a avisar pero que en ese momento no estaba en ese lugar y la declarante se fue pensando que la llamarían luego. Que alrededor de la una de la mañana, fue nuevamente a preguntar a la comisaría por Víctor Elías y tampoco obtuvo respuesta. Que al otro día fue al Rectorado, habló con el rector sobre lo que había pasado con Elías y le pidió que hiciera algo para encontrarlo. También fue al Comando y pidió hablar con el Coronel Llamas quien la hizo pasar, la dicente fue acompañada por la abogada Emma Lidia de Nucci, pero les dijo que no sabía nada de Elías. Agregó que tiempo después comenzó a recibir llamados en su casa en los que le decían que se callara la boca, que se cuidara porque tenía una sola hija y ella les respondió que no tenía miedo. Dijo que sus allegados le pedían que se cuidara porque era viuda y tenía una sola hija. Relató que en una oportunidad, advirtió que la seguían dos personas que le dijeron que la iban a ayudar. Recordó que volvió a entrevistarse con el coronel Llamas y éste le dijo que iba a averiguar. Que siguieron amenazándola y en algunas oportunidades le decían que su hermano estaba en México. Finalizó su testimonio recordando que la noche del secuestro estaba en un acto por la inauguración del Museo de la Policía en calle Salta y Santa Fe, que por ello fue inmediatamente después del secuestro a las instalaciones de la Jefatura Policía y a la institución que está en Maipú y Santa Fe.

CLA UDIA INÉS VILLEGAS DE ROBLES

La testigo dijo que sus hermanos eran dos jóvenes hermosos y comprometidos. La testigo era la hermana menor. Aída se había recibido de psicóloga, tenía 22 años y su hermano Jorge, 19 años. La secuestraron el 2 de noviembre del 76 de la casa de la testigo. La testigo había salido minutos antes de la casa, habían comido todos juntos, su abuela se había ido a dormir la siesta, la hija de la testigo también dormía. El hermano, Jorge, y la testigo salieron juntos. Jorge iba a la facultad en ómnibus y la testigo se iba al médico, regresó como a las dos horas y se encontró con el desorden y la angustia de su abuela porque se habían llevado a su hermana Aída. La abuela se llamaba Amelia Babot de Herrera. La abuela le contó a la testigo que estaba durmiendo la siesta y se despertó con un hombre con armas que la increpaba. Relató que entraron entre 8 y 10 personas, con armas largas y cortas, estaban muy arropadas, tenían varias camperas o pasa montañas o medias que les cubrían la cara. La señora Babot pudo ver una persona de tez morena, con rasgos de árabe y cejas gruesas, las tonadas eran "aporteñadas", también había personas rubias, les vio los borceguíes de la fuerza militar, había una voz de mando, incluso entraban y salían de la casa. Otro grupo de hombres pusieron a la empleada como escudo humano y la hicieron subir a la terraza. La testigo manifestó que a su abuela junto con la empleada la encerraron en la habitación donde dormía la hija de la testigo. Que cuando estuvieron encerradas se percibían quejidos, entró uno de los hombres para decirle que fuera a ver que no se llevaban nada. La abuela contó que su hermana estaba ensangrentada la cara y amordazada y se la llevaron. Cuando la testigo volvió, vio a la empleada tratando de ordenar el desorden de la pieza, los colchones estaban dados vuelta, desparramados todos los apuntes de su hermano que estudiaba arquitectura, había un charco de sangre y la funda de la almohada llena de sangre, ahí advierte que el cable de la lámpara estaba desconectado, cree la testigo que en esos momentos torturaron a la hermana. Recordó que al frente de la casa vivía un vecino que tenía un taller de arreglos de electrodomésticos, él estaba abriendo el taller cuando se produjo el despliegue de autos y le ordenaron que lo cerrara, el vecino cerró, pero se quedó mirando y pudo ver tres autos y un carro de asalto del ejército en la misma esquina, contó este hombre que atrás había como bultos, que vio cuando la sacaban caminando a la hermana de la dicente con la cara pintada, pero la testigo Aclaró que en realidad la cara estaba ensangrentada. Dijo que el vecino era de apellido Rodríguez pero que cree que está muerto. Dijo que el primer dato fehaciente de lo que les pasó lo tuvieron con el testigo Juan Martín. La abuela y la testigo empezaron a hacer los trámites de denuncia en la comisión de familiares, en la Comisión Interamericana, en la Cruz Roja, en el Ministerio del Interior. La testigo dijo que fue citada por el tribunal militar a declarar en el Regimiento en Catamarca. Dijo que supo que a Aída la vieron en Jefatura y Nueva Baviera. Pero el primer dato que tuvo la testigo de que estaba en Jefatura es porque conoció a un subteniente a quien preguntó si los podía ayudar, este subteniente era Almaraz y él la llamó, se encontraron y él le dijo que su hermana estaba en Jefatura de Policía y la estaban interrogando y que no podía preguntar más porque peligraría su carrera. Dijo la testigo que vio la nómina de Juan Martín en Catamarca y viajó a Buenos Aires al diario La Voz y le informaron sobre el testimonio y le dijeron que fuera al CELS y ahí le dijeron que Juan Martín había dado su testimonio en España, cree que ahí le dieron una copia del primer testimonio, tiene una copia también de una carta que Juan Martín le contestó a la mamá de Moris Sánchez que desaparece el mismo día o cerca, donde la mamá de Moris le escribe para que le informe si la había visto y él le contesta y ahí nombra a su hermana Aída y el testigo Juan Martín dijo que estuvo en Nueva Baviera y que habló con ella. La testigo expresó que según el testimonio de Juan Martín la vio a Aída cuando vino Menéndez, la vio en Nueva Baviera con Juan Falú en una parodia de fusilamiento y también la vio en Jefatura de Policía. Dijo que el habeas corpus de Aída se presentó ese mismo noviembre en el Juzgado Federal número 2. El resultado fue negativo. Respecto a su hermano Jorge Villegas, relató que fue secuestrado 7 meses después, el 8 de junio del 77, lo secuestraron de la casa de la testigo entre las 2 y media y 3 de la mañana, estaban durmiendo, tocaban la puerta con mucha violencia, se despertó porque la escuchó a su abuela discutir en una de las puertas, entonces preguntó qué pasaba y la vio a la abuela que discutía con un hombre grandote o que tenía un camperón grande, aparecieron dos hombres, la tiraron, le taparon la cabeza y la empezaron a interrogar. Más allá de la violencia del secuestro, no existió la violencia de golpearlo, a su hermana la llevaron como se encontraba y a su hermano le permitieron vestirse. Dijo que a su hermano es como si se lo hubiera tragado la tierra, al irse le daban órdenes de no salir por el lapso de una hora, pero salieron inmediatamente y no vieron nada. Dijo que Juan Martín lo vio en Jefatura y muy recientemente con el testimonio de Clemente que da contó que estuvieron en Jefatura con la sigla DF. Relató la testigo que fue a la facultad de arquitectura y se encontró con alguien que cree que era un militante del partido intransigente que le contó que una persona lo había visto a su hermano en arsenales porque escuchó su voz; la testigo aclaró que su hermano cantaba y tenía una voz muy fuerte. Respecto de algún apodo que tuviera el hermano dijo que de chiquito en Catamarca le decían "Perchera". Pidió que se tenga en contó el documento de fs. 293 y 413 donde está la lista de Clemente donde aparece Villegas Jorge y Villegas Aída. La testigo dijo que cercano al secuestro de Jorge, llegó Videla a Tucumán y que cuando lo llevaron a su hermano hubo una gran razia, dijeron que era una medida de seguridad porque venía Videla. Recordó que su hermano cantaba en un coro y que secuestraron a todos los miembros del coro, pero apareció casi el 50%. Manifestó que la familia Rondoletto fue secuestrada el mismo día que su hermana, Aída era amiga de Silvia y Marta Rondoletto, eran de la misma facultad, de Filosofía y Letras y militaban en la Juventud Peronista, con Moris Sánchez también se conocían y con el matrimonio Ramos. Dijo asimismo que había una amiga de Aída en la casa y según contó la abuela la sacaron del dormitorio y la interrogaron en la pieza contigua, cree que esta persona se llamaba Ana María, era catamarqueña, pero no la volvió a ver. Que la empleada doméstica se llamaba Luisa Corregidor y cree que era del interior. Dijo que cree que por el lapso de un mes, después del secuestro de la hermana advirtió que en la esquina de Córdoba y Catamarca había un auto todas las mañanas en esa esquina y no sabe si era una mujer o un hombre de pelo largo, ese auto estuvo casi un mes. La testigo manifestó que en las listas de Clemente aparecen Burgos, Córdoba, Guillermo Díaz Martínez, Cano, Álvarez, todos ellos son vistos en Tucumán y son de Catamarca.

MARCOS MANUEL TAIRE

Dijo ser periodista y que conoció a Chebaia en el cumplimiento de su profesión. Agregó que el mencionado representaba al empresariado nacional. Explicó que en Tucumán desde principios de los años '70 hubo una presencia militar y policial que tenía que ver con un plan de reorganización del país que en el momento en que se gestaba no fue advertido. Dijo que hasta ese momento gobernaban los civiles, la provincia era un gran polo universitario, había gremios y sindicatos. Se buscó cambiar el modo de hacer política y economía en la provincia y en el país. Manifestó que una gran mentira fue que en el sur de la provincia operaba un comando terrorista, las fuerzas de seguridad así pudieron decir que operaban defensivamente cuando en realidad lo hacían ofensivamente. Aclaró que previo al "Operativo Independencia" y el Golpe de estado ya había aparecido la teoría de la guerrilla revolucionaria para justificar la represión de muchas personas. En Tucumán el cierre de los ingenios fue el primer genocidio, asfixió a la economía y a los trabajadores. Agregó que en ese marco la FOTIA fue el refugio de los trabajadores. Dijo que fue un avance extraordinario de los trabajadores, surgió en el año 1944 con Perón y fue ganando lugar, recordó a Romano, Santillán, como algunas de sus figuras, todos muertos, exiliados, desaparecidos. No fue casual que en las primeras horas del Golpe el noventa por ciento de los gobernantes de Tucumán hayan ido a parar a las mazmorras. Agregó que el Operativo Independencia aunque fue planteado como defensivo fue ofensivo, fue plantado desde la jefatura general del Ejército. Al llegar a Tucumán la idea fue atacar todo aquello que fuera en contra de la reorganización que pretendían desarrollar. Dijo que fue probado por especialistas que la compañía del monte era un grupo minúsculo que no justificaba de ninguna manera la intervención del Ejército, que con el Código Penal hubiera bastado para reprimir cualquier accionar ilegal. Toda la parafernalia de Santa lucía, Lules, Famaillá sólo sirvió para el control poblacional secuestrándola, torturándola, desmovilizándola, dejándola indefensa. En consecuencia, sostuvo que no puede hablarse de la existencia de una guerra, tanto la izquierda como la derecha sostienen desde lugares contrapuestos algunas veces que fue una guerra, pero eso no puede compartirse. La hipótesis de una guerra fue un argumento de las defensas en el juicio a las juntas, allí apareció. Los que se apropiaron del poder constitucional lo que se proponían era aterrorizar a la gente para poder llevar adelante un gran cambio en el país. Dijo que le llamó la atención que se hable en diarios y juicios de fusilamientos, y eso es errado porque esa práctica implica algún tipo de proceso, y lo que hubo fueron asesinatos lisos y llanos. Indicó que el Operativo Independencia sólo puede comprenderse si se tiene en cuenta que en el fondo lo que había eran intereses económicos y hay que tener en cuenta cómo el Ejército se dirigió de inmediato a atacar a la industria azucarera. Destacó el rol de los empresarios tucumanos como apoyo del Operativo Independencia con el Fondo Patriótico Azucarero lo cual implicó una transferencia de fondos extraordinaria de los trabajadores a los industriales. Destacó que, además de los industriales azucareros, apoyaron al Operativo Independencia y al Golpe de Estado un sector de la Iglesia Católica, en tanto le dio a los represores el basamento moral para legitimar los crímenes que cometía,. El otro sector fue el periodismo, que desde el primer día llevó adelante la campaña de acción psicológica en la provincia mintiendo y tergiversando. Propaganda que venía diseñada por el Comando en Jefe del Ejército. Dijo que la represión en Tucumán empezó mucho antes del Operativo independencia, y recordó que obedeció también a un plan global, cuya réplica en el país fue el "Plan Cóndor". Destacó la asunción de Héctor García Rey como jefe de la policía de Tucumán, quien había intervenido en México en la batalla de Tlatelolco. Añadió que esto no se advirtió hasta que en Paraguay salieron a la luz los archivos del terror relativos al "Plan Cóndor". O sea, indicó, tuvimos como Jefe de Policía en Tucumán a un actor del "Plan Cóndor". Describió que se armaron dos operativos de cuestionada legalidad, con el asalto en mayo del año 1974 de la Policía Federal con Villar a la cabeza y en octubre del mismo año Menéndez a cargo. Dijo que sólo se detuvieron peladores de caña, y luego de ambos operativos empieza la verdadera represión con el lanzamiento del "Operativo Independencia" en el año 1975. Añadió que en todo lo que describió, la Policía de Tucumán era un apéndice de ese aparato montado por el Ejército y, de hecho, su cabeza estaba a cargo del personal del Ejército. Dijo que es periodista desde hace más de 40 años, que trabajó en Tucumán hasta el año 1976, fecha en la que tuvo que irse de la provincia. Ese año, indicó, lo hizo en un diario en Santiago del Estero y en enero del 77 se fue a Buenos Aires, donde trabajó en casi todas las radios: fue director de radio "Excelsior" y trabajó en diversos medios gráficos. Precisó que la participación de la iglesia en todo lo que describió fue muy grande, incluso más en esta provincia. Indicó el rol que tuvo Blas Victorio Conrero. Agregó que muchos personajes de la Iglesia tenían pleno acceso y colaboración con el SIC. Recordó el caso de los chicos Agüero. Sobre el sacerdote Mijalchyk, rememoró, el diálogo que tuvo con un prisionero que no quería declarar, quien dijo que lo vio a este hombre al lado de un pabellón de torturados y le dijo si iba a rezar por el y éste le contestó "para lo que va a servir". Luego destacó que prisioneros de la "Escuelita de Famaillá" vieron a dos sacerdotes, Veche y Alderete. Recordó el secuestro y tortura del padre Nieva, y de Raúl Sánchez. Sobre este último. explicó que en un interrogatorio, desesperado, luego de una semana dijo que las armas sobre las que preguntaban estaban en una Iglesia, y como ese sacerdote era amigo de Conrero le salvó la vida intercediendo con las fuerzas militares por él. Sobre Aníbal Fósberi, rector de la UNSTA, cabeza de FASTA y Director del Boisdrón, logró cupos para que los que quedaran afuera ingresaran a su Universidad. Sobre el rol de la prensa en la acción psicológica entablada por el Comando General del Ejército dijo que hay tres tipos de acciones psicológicas: la blanca dice la verdad, la negra es hecha desde un lugar pero se la adjudica al enemigo, la gris es la que se difunde a través de los operadores llave, amigos vinculados al poder. Describió que los operadores llave en Tucumán estuvieron en "La Gaceta" y en "Canal 10" de Tucumán. Agregó que la difusión de las actividades del Comando General del Ejército tuvo que ver con esa "acción gris". Precisó que infinidad de veces "La Gaceta" difundía ejecuciones como si hubiesen sido enfrentamientos. Destacó el caso de Osvaldo Pérez, secuestrado más de un año en Arsenal. Sobre Mijalchyk precisó que el detenido con el que habló está en el Programa Nacional de Protección de Testigos. Además, agregó que se ensañaron con los dirigentes de FOTIA, del CONASA, como Santillán. Luego, volvió a referirse refirió al "Fondo Patriótico" y dijo que comenzó a funcionar en mayo o junio del año 1976 y dejó de funcionar cuando Bussi se fue de Tucumán en noviembre del 77. Que a partir de ahí el fondo recibió aportes millonarios de todos los ingenios de Tucumán. Dijo que en Tucumán hubo atentados contra la universidad, partidos políticos, de profesionales. Añadió que el gobierno nacional no le declaró la guerra a la subversión y que la primera vez que se usó la palabra "guerra", lo hicieron los defensores en el juicio de las Juntas. Sobre el Proceso de Reorganización Nacional, en el ámbito social, dijo que supone que todos los que estamos presentes vimos a uno de los responsables y que hubieron personas que planificaron lo que iban a hacer mucho antes que los militares tomaran la decisión de hacer lo que hicieron, porque no lograron hacer por la caída de Onganía. Dijo referirse a los grupos económicos que fueron cómplices.

IRMA LIDIA RÍOS

La testigo es madre de la víctima José Dalmiro Rojas y esposa de la víctima Luis Rojas. Relató que el 21 de julio del 77 secuestraron a su hijo a las 3 de la mañana, entraron rompiendo la puerta, lo sacaron, lo taparon y lo llevaron. Que la gente estaba uniformada, armados y con la cara tapada. Dijo que trató de ir a la puerta pero no pudo ver nada más, fueron bastantes hombres, le dijeron que no los siguieran, había dos autos. Que el hijo había hecho el servicio militar en la marina, era estudiante de medicina y trabajaba, era militante en la facultad, trabajaba en la universidad. La testigo relató que fueron a la comisaría de la Banda del Río Salí, le tomaron nota, después fueron al Episcopado, a Jefatura, presentaron habeas corpus. Respecto al marido, la testigo dijo que el 13 de septiembre lo secuestraron al marido, entraron, fueron al dormitorio y le dijeron que su hijo iba a volver, pero no volvió más. Dijo que eran los mismos, lo taparon con sábanas y lo llevaron. Que el marido trabajaba en el Ingenio Concepción. Dijo que hizo trámites también por su marido, que presentó un habeas corpus en el Juzgado Federal.-

EDUARDO BERNABE ROJAS

Dijo ser hermano de José Dalmiro Rojas e hijo de Luis Rojas. Que tenía 14 años cuando secuestraron a su hermano y a su padre. Dijo que a su hermano lo secuestraron en julio del 77, rompieron la puerta, entró gente armada, iban entrando en cada una de las habitaciones, vio una persona con borceguíes encapuchado, tenían armas largas. Le dijeron que levantaran las manos y se enojaron, le movieron el colchón. Respecto al padre dijo que lo secuestraron el 13 de septiembre del 77, se volvieron a sentir golpes, escuchaba que preguntaban por su padre, le decían a la madre que se quedara tranquila, que lo llevaban para que hable con el sargento y después lo devolvían.

PEDRO LUIS ROJAS

Dijo ser hermano de José Dalmiro Rojas e hijo de Luis Rojas. Precisó que primero lo secuestraron a su hermano y después al padre. Que cuando lo llevaron al hermano, vinieron armados, con armas largas, rompieron la puerta, los amenazaron para que apagaran la luz, ahí vio las armas, ponchos, capuchas, él estaba en el dormitorio con uno de los hermanos y en el otro estaba José Dalmiro. Dijo que andaban con linternas estos sujetos; que logró ver unos botines. Que en el primer procedimiento actuaron salvajemente, en el otro no, fueron al dormitorio del padre directamente. Dijo que acompañó a su madre a hacer los trámites, los primeros los hizo el padre, después cuando no estaba el padre, él acompañó a su madre al juzgado, a la CONADEP, a la Bicameral, después fueron a una iglesia por la Chacabuco que era un sostén para pedir información, para saber dónde estaban. Dijo que el hermano en el año 74/75 durante dos años hizo la milicia en la armada, después empezó a rendir materias de derecho y en su trabajo en la facultad, estaba en la parte de la biblioteca. Que el padre estaba en la actividad social, era tesorero de una acción católica que eran los Antonianos, era tesorero en un taller mecánico donde trabajaba, también fue colaborador en un colegio de monjas. Indicó que cuando lo llevaron al padre le dijeron que lo llevaban para que converse con el hermano; que estuvo colaborando en el gremio del ingenio Concepción. Que tuvo un cargo pero no Recordó cuál. Dijo que del Ingenio Concepción desaparecieron Ruiz, Zoilo Pérez.

JORGE ANTONIO ROJAS

Dijo que es hermano de José Dalmiro Rojas e hijo de Luis Rojas. Dijo que tenía 16 años cuando ocurrió el secuestro de su hermano mayor que era estudiante, en la madrugada de julio del 77. Que el testigo dormía con él, cuando llegaron las personas con violencia, en la madrugada sintió la explosión, rompieron la puerta de su casa, preguntaron quién era Dalmiro Rojas y su hermano se levantó, el testigo llegó a ver el Fal. Que lo taparon con la sábana y se fueron. Recordó que le llevaron un reloj, que la madre gritaba, preguntaba a dónde se lo llevaban., el padre salió a buscarlo al hermano del dicente. Que su padre hizo todo para encontrar a su hijo, fue a verlo al padre Díaz, a pedirle ayuda, también se enteró que le fue a pedir a Albornoz si podía ayudarlo. Que después secuestraron a su padre, llegaron a la noche, fue más rápido que el secuestro de su hermano; que a partir de ahí la vida les cambió, fueron años de encierro. Pidió que entreguen los cuerpos para poder ir a rezar. Dijo que el padre Díaz era muy importante en la Banda del Río Salí. Manifestó que el hermano participaba de la acción católica.

VILMA ROSA MOLINA

Dijo la testigo que era profesora de la ENET 1 de Concepción. Dijo que conocía a la familia Ojeda Sierra, José Eduardo fue su alumno y se encuentra desaparecido. Era un alumno excelente con gran compromiso personal. Fue profesora hasta 4to año. Relató que se enteró con mucha conmoción que había desaparecido, que no tuvieron más información, no supo nunca por qué desapareció José Eduardo. Dijo que sabe que había otros integrantes de la familia desaparecidos. Dijo que de la ENET hay chicos que también están desaparecidos, pero no Recordó los nombres. La testigo estuvo a cargo de la cooperadora de la escuela y renunció por un episodio que hubo. Tenían un lugar con un comedor escolar como presidenta de la cooperadora y los directivos de la escuela comenzaron a usar el predio para otros eventos particulares y a la testigo le disgustó porque se le perdían cosas. Recordó que el clima que se vivía en Concepción era de mucho terror, en todas partes los requisaban, sentían mucho temor. Que la presencia militar en Concepción era muy notable, dijo que el esposo que salía a trabajar a las cinco de la mañana le contaba que salía en el auto y encontraba los coches militares que lo paraban; que ella trabajaba en Alberdi y la detenían para requisarla y pedirle documentos.

ROQUE RAÚL OJEDA SIERRA

Dijo que es hermano de José Eduardo Ojeda Sierra. Que todos vivían en la misma casa. Que tiene tres hermanos desaparecidos, Luis Rodolfo, Hugo Fernando y José Eduardo. Que José Eduardo fue detenido el día 24 de marzo, el mismo día del golpe de estado y fue llevado con varias personas de la ciudad de Concepción. Relató el testigo que su hermano José estuvo 18 días desaparecido y cuando lo liberaron le comentó que había estado con el doctor Alderete, abogado, el doctor Maturana, el doctor Prat, Courtade, el contador Audi, todos vecinos de Concepción y le manifestó que cree que estuvo en Jefatura de Policía en Tucumán. Que el hermano le comentó que estuvo 18 días pasando lo "indecible", lo trataban en forma salvaje, terrible, mucho no le contó porque parecía que tenía miedo pero volvió muy mal psíquicamente, estaba trabajando en tribunales de auxiliar y a raíz de la detención lo tildaban de subversivo porque militaba en la juventud peronista, lo dejaron cesante del trabajo, entonces por temor a las cosas que sucedían en esa época decidió irse de Concepción y se fue a trabajar en Jujuy, se comunicaba con ellos, parecía que las cosas estaban más tranquilas y decidió volver, se dedicó a hacer comisiones de Concepción a Tucumán, hacía tramites en Rentas, en la Secretaría de Comercio, de Educación, gestionando certificados dado que él tenía conocimiento porque era estudiante de derecho. Era delegado del comedor estudiantil en esa época. Dijo el testigo que supone que lo llevaron porque hacían manifestaciones por la continuidad del comedor, eso fue suficiente para que lo llevaran y lo culparan de subversivo, extremista. Recordó que su hermano le comentó que lo culpaban que era marxista cuando lo interrogaban, inclusive había recibido una carta diciéndole que se fuera del país si no lo iban a matar y en el texto de la carta le decían marxista. Después, a raíz de esa nota que le mandaron, el abogado Julio César Mora que trabajaba a la par de Bussi, como era conocido, le mostró la carta y le dijo que se quedara tranquilo que esa carta amenazante no era del ejército ni de ninguna fuerza armada, entonces se quedó en Concepción, siguió trabajando normalmente y hasta eso pasó desde el 24 de marzo como un año y el 18 de agosto del 77 lo volvieron a secuestrar a media cuadra de la casa, venía de Tucumán con un maletín, de traje, lo secuestró gente de civil que se bajaron de un Ford Falcon sin patente, color verde opaco, eso lo sabe porque un vecino le contó. Se paró el auto lo tomaron del brazo y lo introdujeron al auto, arrancaron raudamente por calle San Martín tomando por Lamadrid en Concepción, supone el testigo que lo llevaban a un centro que había en el ingenio La Corona y el otro centro era en Staufer que era una fábrica abandonada. Después averiguaron y nadie le daba datos ni salidas, negaban que estuviera ahí. Hicieron denuncias policiales, habeas corpus en los tribunales de Concepción, después vinieron a Tucumán al Comando del Ejército y no obtuvieron respuesta. Dijo que se reunió con Suárez Vila cuando trabajaba en tribunales, y esta persona concurría a tribunales, le habló en el pasillo de tribunales cómo era de conocido su hermano "Pepe", le dijo que se quedara tranquilo, que "Pepe" estaba bien que ya iba a salir, pero fue un instante nada más. El testigo relató que también estuvo detenido. Dijo que el 21 de julio del 76 entraron a su casa, rompieron puertas, revolvieron todo, él estaba durmiendo, le preguntaban donde estaban las armas, removieron cajones, toda la casa, mientras tanto lo levantaron de los cabellos y lo llevaron a la fuerza apuntándole con un arma porque todos habían entrado armados, eran como 10, a su mamá y a su papá lo tenían contra la pared apuntándole con las armas, los padres pedían por favor que no lo llevaran, lo sacaron a empujones y lo subieron a un furgón que estaba al frente de la puerta de su casa, similar al que usaba el ejército y también usaba la cárcel para traslado de detenidos, le ataron las manos, adentro del camión había 8, 10 personas tiradas en el piso, atados, los ojos vendados. Que el camión estaba oscuro y no pudo identificar a las personas que estaban ahí, escuchó decir "lo busquemos a Merchán", que era un chico de 17 años que vivía al frente de su casa, preguntaban también por su hermano Hugo, preguntaban quién era Baco, decían que era el nombre de guerra de su hermano. No lo encontraron a Merchán porque trabajaba en la fábrica y estaba trabajando con su hermano. Lo tuvieron al testigo secuestrado preguntándole donde vivía su hermano, porque por razones de distancia estaba alquilando en Famaillá a dos cuadras de la fábrica de Grafa, le preguntaban a qué hora entraba al trabajo el hermano. Lo levantaron y lo llevaron en un camión a la fábrica de Grafa y de ahí lo tomaron de los cabellos, le habían sacado la venda y apuntándole con el arma lo obligaron a que diga cuál era su hermano porque sino lo iban a matar, el testigo después de ver la gente que entraba al trabajo les dijo cuál era su hermano, entonces lo separaron de la gente que estaba entrando a la fábrica a las 6 de la mañana y lo llevaron al auto que estaba adelante, arrancó el auto y el testigo estaba en el camión con gente del ejército custodiando, volvieron al lugar, y el testigo dijo estar seguro de que era el ingenio Nueva Baviera. Lo bajaron, en ese lugar había 30 o 40 personas, estaban todos sentados alrededor, todos con las manos atadas y los ojos vendados; alcanzó a divisar, porque estaba sentado, que uno de los que custodiaba se retiró, entonces se hizo para atrás y alcanzó a verlo a Daniel Merchán y a su hermano Hugo y estaba también Martínez, la novia de Martínez, Noemí Ramírez, que fue llevada también. Recordó que fueron a la casa de Ramírez y la sacaron a la chica que tenía 17 años, que gritaba y la sacaron en camisón. Precisó que todas estas personas están desaparecidas. Dijo el testigo que él estuvo secuestrado tres días. Dijo que el personal que vio está seguro que pertenecía al ejército, se dio contó por la vestimenta porque él hizo el servicio militar, había personal vestido de vaquero y zapatilla, pero a ninguno le vio la cara. Recordó que delante de él, a la izquierda, había un mostrador revestido de azulejos blancos, dijo que se cansó de escuchar torturas en ese lugar, sobre el mostrador había una radio que ponían música a todo volumen y lo que más Recordó son gritos, alaridos, pedidos de auxilio, entraban y salían y los gritos eran terribles, lo que más se acuerda de la chica Noemí como lloraba y gritaba pedía auxilio y sabe que era ella porque la había visto antes y era una chica que había concurrido a su casa porque era novia de Martínez, esa chica no participaba en ninguna reunión de la JP era novia. Manifestó que lo golpearon en la cabeza, lo hacían parar a patadas. Sobre su tercer hermano desaparecido dijo que cuando regresaba de Córdoba hacia Concepción porque había ido al velorio de su suegra, en el trayecto fue bajado y se lo llevaron. Era también trabajador de una fábrica, de una fábrica de Córdoba en la que se hacían bolsas, y allí pertenecía a un gremio, era delegado. Lo llevaron porque decían que era subversivo, extremista, porque reivindicaba un salario justo. Nunca supieron sobre su paradero. Dijo que entre su hermano Hugo y Martínez, Ramírez y Merchán había una relación, era un grupo de egresados de la escuela técnica que pertenecía al centro de estudiantes. Se comentó que los chicos fueron entregados por la plana mayor de la escuela Técnica porque ese año o el anterior el Ingenio La Corona había donado un predio a la Escuela para los estudiantes. Los directivos no les permitían la entrada a los alumnos y no admitían injerencia del centro de estudiantes porque decían que el predio era de la escuela, no de los estudiantes. Los alumnos reclamaron, hicieron notas en La Gaceta, resulta que los directivos lo usaban a la noche para "timba", se lo dieron al Automóvil Club y les impedían a los alumnos ingresar allí. Los estudiantes reclamaron al Ingenio, al administrador, a Finazi que le exigió a la escuela que entregue el predio que no había sido entregado para que funcionara el Automóvil Club. En el segundo secuestro de José Eduardo, el del 18 o 19 de agosto de 1977 precisó que Larcher fue a la casa familiar.

MIGUEL LARCHER

Dijo que en 1977 tenía 21 años, que conocía a José Eduardo Ojeda Sierra porque las familias eran amigas. Dijo que José Eduardo hacía trámites de gestoría y el declarante estudiaba medicina, ambos vivían en Concepción. Recordó que una vez volviendo a Concepción se encontraron y estaban caminando juntos y alrededor de los 50 metros de caminata él como que se detuvo, y vio un Falcon. Esa gente se bajó del automóvil y cuando José Eduardo quiso entregarle una carpeta de la gestoría para que se la entregue a su madre ya se lo llevaron. Esas personas estaban con las caras descubiertas. Dijo que después del hecho le relató lo sucedido a uno de los hermanos de José Eduardo, que fue a la casa familiar a avisar. Luego de ese episodio supo que uno de los hermanos de José Eduardo buscó datos sobre su paradero. Nunca más volvió a verlo a su vecino. Precisó que sabe que otros dos hermanos de José Eduardo fueron desaparecidos, y además otros dos chicos, Merchán y Martínez.

RICARDO TOMÁS MA TURANA

Con relación a José Eduardo Ojeda Sierra dijo conocerlo porque se criaron juntos en Concepción. Hacia el 76 el declarante era estudiante. José Eduardo era una promoción anterior al declarante, también estudiaba derecho. Ambos militaban en la JP, José Eduardo era delegado del comedor universitario, y ambos tenían militancia universitaria en la JP. Supo que fue secuestrado en dos oportunidades, el 24 de marzo del 76, cuando en Concepción hubo varias detenciones y entre ellas la de "Pepe". Que a todos los que fueron secuestrados sin orden judicial los levantaban de sus casas en un camión y a los quince días fueron apareciendo, así apareció José Eduardo, "Pepe". Que así secuestraron al contador Audi, al Dr. Alderete, Soria, apoderado de Fotia, a otro Dr. Alderete, y varios más. Dijo que de hecho ese mismo camión fue a buscar al declarante a su casa pero estaba rindiendo en Tucumán, por eso no lo capturaron. Que estuvieron secuestrados en la Jefatura de Policía. Fueron liberados en forma paulatina y en distintos lugares. Allí también fue secuestrado Augier y Mario Courtade. Que todos recuperaron la libertad en ese primer secuestro. Que esa detención fue hecha por personal del Ejército con uniforme y con vehículos del ejército. Llegaban a los domicilios, identificaban a las personas y las llevaban. Que luego de la liberación tuvo contacto con muchos de los secuestrados, entre ellos Pepe. Precisó que los liberados con los que habló le dijeron que no hubo interrogatorios ni imputaciones, supone que las detenciones solo fueron para evitar reacciones al Golpe. Precisó que quien fue amenazado y tuvo que irse de la provincia, de ese grupo, fue el Dr. Alderete Soria. Que luego de la liberación, "Pepe" se fue de la provincia porque se vivía una incertidumbre permanente, sobre todo en el sur de la provincia, permanentemente se detenía e interrogaba a gente. Que "Pepe" estuvo ausente un tiempo, varios meses, luego regresó a Concepción y en el 77 retomó los estudios de abogacía. Que seguían viéndose pero ya no tenían actividad política; que "Pepe" retomó con energía sus estudios, lo hacía de noche, en tribunales de Concepción porque un juez de allí se lo permitía. Dijo que hacia julio o agosto tomó conocimiento que poco antes de llegar a su casa, en horas de la mañana, en pleno centro, lo secuestraron. Agregó que si bien hicieron gestiones para dar con su paradero nadie decía nada. Que en el 78 el declarante fue enviado a hacer el servicio militar a La Pampa porque estaba con una prórroga y perdió contacto con todo, hasta al 79. Que por comentarios supo que se decía que fue llevado a Nueva Baviera, otros decían que a Arsenales. Intentaron interponer un habeas corpus pero no consiguieron abogado que lo firmara. Remarcó que había dos bases militares, la más importante estaba en los predios del ingenio Corona y otra en lo que hoy es la escuela Municipal de Concepción, Staufer, sobre calle San Martín. Agregó que tiene entendido que eran de otras provincias; que en La Pampa un sargento primero le contó de hecho que había estado en la base del ingenio La Corona. Dijo que la policía de Tucumán operacionalmente dependía del ejército y en lugares como Famaillá el ejército estaba dentro de las mismas comisarías. Que en Monteros había personal militar en la comisaría, en Concepción no, pero sí muy cerca. Indicó que Rina Rosa Alarcón fue una empleada de comercio secuestrada y desaparecida y que otras personas desaparecidas de Concepción fueron el hermano de "Pepe", llamado Hugo; Merchán, que era vecino de "Pepe"; Oscar Gerván, ex sacerdote; "Bocacho" Martínez; Lupín, mozo de la Comisaría El Condado. Que los secuestros posteriores al 24 de marzo ya no se hacían con personas y camiones del ejército, ya eran en la mayoría de los casos personas de civil y en autos de civil. Aclaró que en la Ruta 38, entre San Miguel de Tucumán y Concepción, a veces viajaban en tren, otras en ómnibus, que en ambos casos detenían a las personas y si no tenían documentos eran retenidas en los controles. Agregó que puede ser que el Dr. Alderete haya estado en Arsenal, Alderete Soria, en cambio, solo fue detenido una vez y en Jefatura según le dijo. Dijo que no Recordó de las autoridades militares de la época en Concepción porque por su situación quería mantenerse alejado, y supo que su destino fue La Pampa porque era considerado un elemento peligroso. Sobre Oscar Gerván aclaró que como sacerdote ejerció primero en Catamarca, luego en Tucumán y luego dejó los hábitos. Refirió que fue secuestrado con su camioneta que al cabo de cuatro años apareció abandonada y destrozada, nunca se supo más de él, era secretario general de empleados.

MARÍA ELENA DEL VALLE OJEDA SIERRA

Dijo que Luis Rodolfo, José Eduardo y Hugo son sus hermanos desaparecidos. Que su familia se compone de sus padres, cinco varones y la declarante. Que en 1977 tenía unos treinta años; José Eduardo trabajaba en Tribunales, estudiaba derecho en la capital y luego por razones económicas no pudo venir más y comenzó en Concepción un profesorado de historia, tenía unos 22 años. Que a la época de los hechos la declarante no vivía en Tucumán, sino en Córdoba. Que supo que lo detuvieron dos veces a José. Aclaró la dicente que volvió a Tucumán en el 78. Que Juan Antonio, su otro hermano, y su madre, lo buscaban a José Eduardo. Que la declarante y su hermano Luis Rodolfo vivían en Córdoba, al morirse su suegra la declarante vino en tren y su hermano, se supone, fue secuestrado en el camino; que nunca más supieron de él. Sobre su otro hermano dijo que trabajaba en Alpargatas, luego en Grafanor, y que lo secuestraron justo cuando había alquilado una pieza en Famaillá porque le costaba llegar temprano a su trabajo desde Concepción. Recordó la testigo que esa noche había ido a visitar a su madre, cuando empezó a la noche a escuchar ruidos raros, el perrito que tenían ladraba, salió a ver y encontró unos encapuchados con unos botines muy grandes, luego en el cuarto de su madre vio encañonada por encapuchados a su madre, a su padre de la misma manera. Requisaron la casa, les impresionaba el tamaño de las personas. Luego de revisar todo en uno de los dormitorios estaba uno de sus hermanos, Roque Raúl que fue llevado y al otro día no sabían que había pasado con Hugo Fernando. Luego supieron que fue secuestrado en el horario de entrada al trabajo, que allí lo secuestraron. Con el tiempo supo que lo secuestraron en un Falcon verde, que lo señalaron, lo llamaron y se lo llevaron de la fila de gente a ingresar en la fábrica. Hizo una negación total de todo lo sucedido viendo el sufrimiento de sus padres, supone que por el gran dolor que tenía. Hace poco tiempo una vecina le comentó que vio a Pepe en el camión y que al lado de él iba otra muchacha, que ellos se preguntaban quiénes eran, uno dijo Ojeda, otro Finoli. Dijo que en el momento en el que iban a ser ejecutados estaba arrodillados, volvieron a hablarse y se reconocieron como Ojeda y Finoli, que Finoli se salvó, según él porque tenía un Rosario en la mano, pero al poco tiempo falleció de cáncer. Dijo que su amiga hace poco le dijo que su hermano poco antes de morir le comentó lo que la declarante acaba de relatar. La amiga que le contó todo es Ana María Finoli, hermana de "Pepe" Finoli.

LUIS RENÉ NÚÑEZ

El testigo contó que trabajaba en el ingenio Santa Rosa y que el 18 de septiembre al bajarse del auto, en la puerta del edificio, se encontró con un sujeto, pero no le dio importancia y subió a su departamento. Arriba se encontró con otro individuo, pero tampoco le dio importancia. Recordó que entró y estaba también su suegra porque había nacido una hijita del dicente. Esa noche a las 4 de la mañana le rompieron la puerta del departamento, él y su esposa pidieron ayuda a los gritos. Describió que lo metieron en el piso de un auto y lo llevaron a un lugar donde entraron por un portón. Luego lo introdujeron en un salón y sintió una voz feroz y de una cachetada lo tiraron al piso. Dijo que nunca se olvidará de esa voz. Continuó relatando que de ahí lo metieron en un salón grande y eran desesperantes los gritos y alaridos que sintió de las personas torturadas. Indicó que al segundo o tercer día sintió una voz terrible que clamaba por sus hijitos y de repente esa voz se cortó, cree que se trataba de Lucho Sosa, a quien conocía de la facultad porque militaba en la Democracia Cristiana con Tati Solís, que era esposa de aquél. Afirmó que Lucho murió en la tortura ese día. Además contó que eran terribles los golpes que le daban en la espalda, en los riñones y que hoy padece una diabetes tipo 1 por parálisis de páncreas. Relató que la tortura era tremenda: golpes, escupitajos, en la cama con elástico le aplicaron picana en la sien, en la lengua y en los testículos. Recordó que quien lo torturaba se divertía haciéndolo y le decía que no le preguntaría nada porque sabía todo de él; que alguien se acercaba y le tiraba un poquito de agua. Agregó que después pasaba otro a la tortura hasta que le volvía a tocar a él. Indicó que las sesiones eran cada 10 horas o más porque perdía la noción del tiempo. Describió que parecía que era una pieza donde lo torturaban y luego lo llevaban de nuevo al salón grande donde había muchas personas. Contó, además, que un día tenía hambre y le trajeron una especie de locro gelatinoso con huesos y patas y alguien le dijo que coma porque sino no aguantaría. Luego recordó que le asignaron el número 72 y notó que estaban muy interesados en los bienes que tenía él y su familia. Agregó que una vez alguien lo llamó por su nombre y le dijo que él se iba a ir en libertad; lo sacaron de ese lugar y lo llevaron a un recinto que era un pasillo con 4 calabozos del lado derecho e izquierdo, era una construcción nueva, que podría ser el edificio de la Brigada. Describió que le sacaron la venda y le dijeron que se iba de ahí; que el frío era tremendo; que de pronto se le corrió la venda y vio una chiquita de unos 12 años en la celda del frente como escribiendo en la pared, era Alicia Raquel Burdisso y estaba ahí porque era del PC. Contó que de esa forma se comunicaban por unos días y que un día le preguntó qué día era y ella le dijo que era 1° de julio y él saltó de alegría y recordó que a raíz de eso les dieron una tremenda golpiza a ambos por lo que no se animaron a comunicarse nuevamente. Aclaró que él creía que esta chica se llamaba de apellido "Bordillo"; que ella sí sabía que el dicente era René Núñez. Que un día lo llevaron a una sala donde había 4 individuos que apestaban a alcohol y cigarrillo y le dijeron que había sido condenado a muerte y le preguntaron qué tenía para decir, a lo que el declarante dijo que se encomendaba a Dios y ellos se jactaron "qué Dios, acá los únicos dioses somos nosotros y tu vida depende de nosotros", le dijeron. Lo tiraron en un basural. Recordó que a su suegra también la llevaron junto a él secuestrada y que la tiraron el mismo día que él pero que ella nunca habló del tema. A Alicia Burdisso no la vio más después de aquella vez. Cree que a él lo liberaron por intervención de Horacio Poviña quien tenía muy buena relación con su padre. Precisó que Alicia Raquel Burdisso estaba frente a su celda. Relató que se comunicaba con "escrituras" en la pared. Precisó que su primera denuncia es del año 2009 porque cuando vino la democracia se encontró con toda la banda de López Rega en el poder. Dijo que trabajó en Papel del Tucumán y luego se fue a Paraguay donde trabajó en Itaipú, estuvo fuera del país hasta hace dos años, volvió en el 2011, con lo puesto. Sobre su declaración en el 2009 con relación a por qué en esa declaración no lo mencionó a Albornoz dijo que era por miedo. Precisó que sobre el número de calabozos del lugar donde estuvo secuestrado dijo que pudo ver cuatro de cada lado, de una construcción nueva. Cada uno de dos metros por uno y medio, rejas pintadas de gris, arriba tenían una ventanita.

JUAN ALBERTO MIÑO

Relató que nació en Corrientes pero que la mayor parte del tiempo la pasó fuera de esa provincia en Buenos Aires, Córdoba y Chaco, y que tuvo que salir de Chaco por su actividad en Montoneros. Contó que llegó a Tucumán a fines del 75 o principios del 76, aproximadamente, primero vivió en la Capital luego en Río Seco, cerca de Concepción. Allí convivió con Rosa Quinteros, a quien le decían "Lucrecia" y cuando lo secuestraron al declarante hacía quince días que la habían secuestrado a ella. Contó que Rosa Quinteros pertenecía a la liga agraria, era militante del campo pero que en aquel momento estaba al margen de la gente, no se dejaba ver mucho y no militaba en la calle debido a que sabía que estaba amenazada y tuvo que pasar a la clandestinidad con sus dos hijas. Dijo que Rosa Quinteros era originaria de La Cocha, donde vivía su familia y era conocida por la zona. Manifestó que no sabe la fecha exacta en que la secuestraron pero que fue a principios del año 76, después del golpe militar, en abril o mayo, y que la identificaron en un tren o colectivo que iba a San Miguel de Tucumán. El testigo contó que quedó a cargo de Susana, la hija más grande de Rosa Quinteros, después que la secuestraron a ella ya que no sabía dónde vivían los abuelos. Dijo que luego de que la secuestraron a Rosa Quinteros, fue a esconderse a la casa otro militante que venía de Salta y que desde la conducción de su organización le impusieron que lo cobijara. Relató que una noche cuando dormía lo despertaron de un culatazo y lo llevaron a él y al otro muchacho en un camión mientras que a la nena la dejaron en unos vecinos y que hasta hace unos años no supo qué había pasado con esa niña. Contó que a él y al otro muchacho los llevaron en un furgón tipo camión cerrado a un lugar que supone era el ingenio Nueva Baviera, en el Sur de Tucumán, lo que deduce porque el viaje no fue muy largo. Dijo que entre seis o siete personas participaron del secuestro, que estaban vestidos de civil y piensa que eran militares o policías. Cuando llegaron a Baviera los llevaron directamente a la "parrilla" y los torturaron a los dos en una cama de hierro en donde aplicaban electricidad, primero a uno y luego al otro. Que en un primer momento lo pusieron apoyado contra unos piletones y el declarante vio un grupo de gente entre los que reconoció a militantes de base del sector sur de Tucumán de quienes él era una especie de responsable dentro de la organización; recordó a una persona de edad que le decían "El Tío", quien era un militar retirado de la marina, que militaba con ellos. Aclaró que él los conocía por el nombre de guerra. Recordó que en un segundo interrogatorio les preguntó a los torturadores por Rosa Quinteros o ellos la mencionaron y a los dos o tres días lo carearon con Rosa Quinteros. Mencionó que eso fue el mismo día que bajó en el lugar un helicóptero con un jefe militar canoso que el declarante supone que era Arrechea. Contó que en esa oportunidad les dieron una o dos horas para que se pusieran de acuerdo respecto a lo que iban a decir y que ambos decidieron dar algunos datos para parecer creíbles y dar tiempo a que la gente que nombraran no sea "afectada" por su declaración. Después se llevaron a Rosa Quinteros y nunca más la vio. El declarante aclaró que en Baviera no escuchó gritos, lo que sí ocurrió cuando lo trasladaron a la oficina central de Jefatura; que supone que eso se debió a que las siete u ocho personas que estaban en Baviera ya habían sido muy maltratados antes que él llegara. Contó que pudo ver al militar que bajó en el helicóptero y también a soldados con casco cuidando la entrada de ese lugar. Recordó que la última vez que vio a Rosa Quinteros ella tenía una herida inflamada en el vientre y estaba moralmente muy mal porque se preocupaba por sus hijas y que físicamente no la notó tan mal ya que al menos podía caminar. Manifestó que estuvo entre dos o tres semanas en ese lugar y que después lo llevaron a la Jefatura de Policía de Tucumán donde había una entrada en una esquina con un portón que cree era azul y por donde entraban y salían los camiones. Dijo que esa vez lo trasladaron en un camión cerrado junto a otra persona que luego vio en Jefatura. Describió que eran pésimas las condiciones de cautiverio en Jefatura, que todos estaban en una gran sala, había una reja grande que daba a las dependencias de la policía, en la sala había un montón de gente sentada en cuclillas, vendada y con las manos atrás en la espalda; cerca había un lugar con duchas, baños. Dijo que se orinaban encima si no venían los guardias a llevarlos al baño; había mujeres también. Contó que allí fue torturado y que todas las noches se escuchaban los gritos de la gente que era torturada. Recordó que una vez un muchacho joven, de quien el declarante era responsable en Tucumán, lo cubrió con una frazada. También recordó haber visto a una chica que le decían "La Negra" y un muchacho al que le decían "El Perro", quienes caminaban por los pasillos sin vendas en los ojos y comentó haber leído en un diario que los habían matado en Salta, pero tiempo después se enteró que "El Perro" vivía. Relató el testigo que otra vez uno de los interrogadores se hizo pasar por montonero y le decía que hable; esa vez lo hicieron declarar todo sobre su vida, quién era, en qué trabajaba, quiénes eran sus padres. Contó que en otra ocasión los sacaron a varios en un camión tipo frigorífico cerrado, con dos puertas atrás, adentro era todo de chapa, de metal, había mujeres y hombres, salieron de Tucumán, anduvieron como media hora y recordó que algunos decían que los llevaban al Norte, a Salta; finalmente llegaron a una zona donde el camino era feo, de tierra. Que allí los bajaron a todos, vendados y con las manos atrás; recordó que había otros autos y alguien preguntó quién era el "Porá" a lo que el testigo contestó que era él, lo subieron al camión y cerraron la puerta por lo que el testigo creyó que ese era el final. Luego sintió ruiditos como si cortaran ramas secas, como si estuvieran preparando un fuego y de pronto el ruido de la ametralladora. Refirió el testigo que esa vez mataron a unas siete personas y que escuchó los tiros de gracia. Dijo que en el camión pudo hablar con una mujer que se acordaba de él pero que no recordó el nombre. Que cuando lo llevaron de nuevo a Jefatura estuvo un día entero en un calabozo y como a las tres de la mañana abrieron la puerta de la celda y lo llevaron afuera donde había una camioneta tipo Ford F100, sin techo, en la que estaban tiradas tres personas atadas y dos custodios que se sentaron a los costados; un auto los seguía por atrás. Salieron de la Jefatura y empezaron a andar por las calles. Contó que en uno de los interrogatorios dio una dirección de la calle Blas Parera, en donde sabía que ya no había nadie porque la consigna era que si le pasaba algo al declarante los que vivían en esa casa se tenían que ir; ahí vivía la pareja de un compañero de él y que ahora están en Canadá. El testigo reconoció que era esa casa cuando los bajaron y los metieron a todos en la sala del comedor, que era grande; las luces estaban apagadas y los guardias andaban con linternas sacando heladeras, cocinas, llevándose lo que podían robar. Contó que, como estaba todo oscuro y él estaba al lado de una puerta que sabía que nunca se podía cerrar, se desató las manos y los tobillos; en una de esas idas y venidas de sus captores, él se levantó, se fue al pasillo del fondo, luego al jardín de atrás, saltó al fondo y dio a una calle lateral, corrió y corrió hasta llegar a un parque desde donde sintió los tiros de la ametralladora y supo que los estaban matando a los que estaban con él. Recordó que después salió en los diarios un artículo en donde decían, sin dar el nombre del declarante, que gracias a él pudieron identificar una casa de terroristas a quienes mataron en un enfrentamiento. Manifestó el testigo que conocía mucha gente pero con su nombre de guerra, no con el nombre real, se acordó de un muchacho rubio, gringo que era su responsable, pero no recordó el nombre. Dijo que la versión del diario no era veraz y supone que publicaron lo que dijeron los policías porque no había periodistas en el lugar; luego se enteró que el barrio donde había sido el hecho estaba rodeado de militares, desconociendo si eso fue porque lo buscaban a él o porque querían hacer el simulacro del enfrentamiento. Luego de su fuga atravesó todo Tucumán y se fue a la casa de una familia que conocía, llegó a la madrugada y le dieron una cama para que se acueste, él estaba mal y con miedo. Al día siguiente salió a buscar un documento para poder irse, fue a la casa de uno que le dio un par de medias, otro le dio cincuenta pesos, intentó robar unos documentos de un auto y no pudo, tomó un tren a concepción y se fue a la casa de un militante de lejos, quien le dio cien pesos y refiere que tuvo suerte de que no hubiera control porque no tenía documento de identidad. Luego, tomó un tren a Córdoba, en el que también tuvo suerte de que no hubiera control y llegó a esa provincia, era agosto o septiembre. En Córdoba vivió dos años con documento falso hasta que se fue del país, no podía ver a su familia ni a la última hija que tuvo que estaba en Chaco, aclaró que su mujer estaba embarazada cuando él se fue del Chaco. Manifestó que le sonaba el apodo "El Petiso", de Tucumán; que no reconoció el nombre de Eduardo César Araujo; sí recordó a Javier Carlevaro y comentó que era responsable de una unidad. Dijo que estuvo un mes a cargo de Susana, la hija de Rosa Quinteros, desde que desapareció Rosa hasta que lo buscaron a él. La nena tenía casi tres años, después se enteró que ella vivió con sus abuelos pero que éstos no le contaron mucho por lo que hay una nebulosa respecto a quién la entregó a sus abuelos ya que los vecinos no conocían nada de él ni de Rosa Quinteros. Manifestó que lo llevaron a la casa de Blas Parera porque él les brindó esa dirección. Dijo que los nombres de guerra los usaban para identificarse entre ellos ya que era una organización de tipo militar. Contó que el tal "Perro" venía escapándose de Salta y que a él se lo impusieron, pero que cada uno hacía su trabajo independientemente. Manifestó que no sabe qué rol tenía en la organización pero cree que pudo haber sido segundo oficial mayor. El declarante aclaró que él era oficial segundo dentro de la organización y que Montoneros era una organización político-militar y que el de oficial segundo era un pequeño escalón al que se subía después de ser militante de base; después se pasaba a oficial primero. Comentó que era la forma en que se organizaron para poder hacer frente al aparato militar. Contó que Carlos Omiliana, actual responsable del Centro de Antropología Forense, es quien le dijo que "El Perro" estaba vivo.

JOSÉ ANTONIO CORONEL

Dijo estar casado con la hermana de la víctima Carlos Jiménez. A la fecha de los hechos Carlos trabajaba en Grafanor, vivía en Concepción. Antes de trabajar allí había trabajado en la Marina, tenía un cargo allí al que renunció para poder casarse. Lo conoció a Carlos pocos meses antes de casarse. Que se casó el 10 de enero del 77. Supo por su suegra lo que sucedió con su cuñado porque luego de casarse el declarante se fue a vivir con su esposa a Las Estancias lugar en el que se enteró del secuestro. Ante ello la llevó a su esposa que estaba embarazada, a Concepción y quedó un tiempo allí en tanto él regresó a Las Estancias al otro día por trabajo. Su suegra le contó que llegaron a la casa familiar personas encapuchadas con ropa de fajina verde y botines negros. Que la esposa del dicente lo buscó a su hermano Carlos por varios días hasta que llegó a una escuela en Famaillá en la que le dijeron que nadie le iba a decir dónde estaba su hermano, que no lo buscara más. Luego regresó a Las Estancias con el declarante. Recordó que hizo trámites para su suegra en Buenos Aires vinculados con la desaparición de su cuñado al que precisó que le decían "El Gaucho". A esa gestión la hizo luego del advenimiento de la democracia. Dijo conocer de vista a Raúl Osvaldo Santillán que vivía a unos cien metros de la casa de sus suegros. Indicó que sus suegros siempre esperaban el informativo de Canal 10 para ver si había alguna noticia de su cuñado. Que sufrieron enormemente, hasta su muerte.

DANIEL ALFREDO DÍAZ

Dijo que a la fecha de los hechos su familia estaba compuesta por sus padres y ocho hermanos. Vivían en calle Rivadavia al 600. Dijo que fue secuestrado. Que estando haciendo trabajos de electricidad en Rivadavia y Pje. Bertrés con el Dr. Viscido, perito de la policía federal, lo sacaron de allí. Ingresaron al lugar, cuando él abrió la puerta de inmediato penetraron con violencia, dos le pisaron la espalda y la cabeza. Le preguntaron si por allí había pasado alguien. Le pegaron un culatazo, revisaron todo y le pusieron una goma en los ojos. Dijo que habían llegado en dos autos Ford marrones, lo subieron a uno de ellos y oía que decían entre ellos "aquí vamos a matar dos pájaros de un tiro". Que supone que decían eso porque secuestraron a dos hermanos suyos, lo sacaron a uno de ellos que tenía un chico y nunca más se supo de él. Siguieron luego por calle Corrientes, doblaron en Santiago y a mano derecha doblaron hasta calle Muñecas, llegaron a Santa Fe, anduvieron media cuadra en contramano. Se orientaba perfectamente porque conocía el barrio. Finalmente llegaron a la Jefatura, traspusieron una puerta grande de hierro, llegaron así derecho a una pieza grande. Veía todo porque cuando le pusieron la goma en la cara estiró la cara y le quedó un orificio para ver. Los tenían tirados en ese lugar grande, en el piso, no les decían nada, sólo les preguntaban los nombres y si tenían actuación política. De su familia les dijo que tenía un hermano en la universidad, otro en el secundario. Dijo que después fueron torturados, no eran tucumanos, no parecían ni argentinos, tenían un tono de voz raro, sentía el ruido de botellas que ellos tomaban. Uno de ellos, al que no reconoció porque seguían encapuchados, le pegó con algo muy contundente, como un rifle, en la cadera. Que también le pisaron la pierna, pero no para inmovilizarlo, sólo por pegarle. Le siguieron preguntando por sus ideas políticas, decía que no tenía ninguna y que de sus hermanos no lo sabía. Siempre les tiraban del pelo y los llevaban para el baño en el que como podían debían hacer sus necesidades. La tercera vez que estuvo tirado en el piso dio la casualidad que a su hermano mayor, el desaparecido, lo pusieron a la par suya, o capaz que fue intencional. Que lo sentía quejarse pero con las manos atadas le logró tocar el pullover y le preguntó como quejándose para que no lo noten los secuestradores "¿Cacho?", y él le respondió que sí era, le preguntó por qué estaban ahí y al parecer alguien escuchó porque vio botas cerca. Que después lo sacaron a su hermano de su lado y empezaron a golpearlo, el declarante escuchaba que su hermano pedía que no le pegaran, luego no volvió a oírlo. Con la misma venda que tenía puesta vio a su hermano menor que tenía asma y tenía que estar permanentemente con su nebulizador y no lo tenía. Que lo vio en una orilla, en un rincón, de rodillas, y luego lo vio dos veces más y luego nunca más. Que a los dos o tres meses le dijeron que lo dejarían en libertad. Le preguntaron si era Daniel Díaz y le dijeron que iban a liberarlo para que cuidara al chiquito de su hermano. A la noche sintió el ruido de una camioneta, al caer en la caja advirtió que era una ambulancia casi destruida. Lo tiraron allí a él y a los cuatro o cinco más, los apilaron y los llevaron por la ruta que iba a San Pablo, tiraban uno por uno en la ruta. Al último lo tiraron al declarante cerca de Lules, le dijeron que no se moviera más hasta que no sintiera el ruido del vehículo. Así, sin ver nada ni saber nada se volvió unos diez pasos y ahí un camión del Ejército lo alumbró, a la piola ya se la habían sacado, solo tenía la goma de los ojos, no podía moverse mucho, estaba lesionado en la pierna. Sólo le preguntaron que hacía ahí, lo levantaron en el camión. Se sentían muchos tiros en el lugar al que llegaron. Le preguntaban qué ideas políticas tenía y él decía que ninguna. Le decían que ahí iban a matarlo, el declarante ya estaba resignado a eso y dejó de sentir los dolores. Como a las dos o tres horas de estar ahí lo volvieron a subir al camión, sin vendas en los ojos, atadas las manos y lo llevaron a la comisaría de San Pablo y lo tiraron en un calabozo donde se ubicó en un colchón tirado. Dijo que se moría de hambre pero los militares habían ordenado que no se le acercara nadie. Al amanecer pedía por favor comida, algo, y no se acercaba nadie. Alrededor del mediodía se le apareció un muchacho amigo al que conocía de antes, quien lo miró y le preguntó qué hacía ahí. Le dijo que no tenía nada que ver con nada, que él tramitaría su liberación. Así, como a las dos de la tarde volvió diciéndole que ya se había solucionado su problema. Como a las 8 de la tarde, su amigo le dijo "Guido, no me defraudes", recomendándole que no vaya a querer escapar. Como a las diez de la noche regresó el camión de los militares, le dijeron que estaba en libertad, el declarante le pidió a Guido que lo dejaran ahí, que él se volvería solo. Al otro día, al amanecer le dieron para el ómnibus y así volvió a si casa, estaba todo destruido. Contó a su familia lo sucedido y empezaron a tener inconvenientes. Tipos encapuchados le pedían datos de militancia política que él nunca tuvo. El mayor era vigilante de la universidad y seguía allí una carrera, su hermano era del colegio de calle Maipú o Muñecas. Que una vez llegaron quienes lo perseguían y lo tiraron de la planta alta por la escalera de cemento, hicieron que se golpeara el tobillo con un riel, sus familiares lo llevaron al Centro de Salud donde lo curaron, le pusieron un clavo. Después de eso ya no fueron más, salvo una vez que alguien con la cara descubierta le dijo al declarante y a su hermana que tenían que salir de ahí y les sacaron las cosas de la casa. Así dejaron todo abandonado y se fueron a otro lugar. Dijo tener secuelas de golpes en la columna, la quijada, el tobillo y el peroné. Su hermano menor se llamaba José Américo, Juan Leandro, el mayor. Supo que esa misma noche secuestraron a su cuñada Susana Macor, pero a ella no la vio en Jefatura ni sabía que había sido secuestrada. Al regresar supo por su hermana del secuestro de su cuñada y su hermana cuidaba al chiquito hasta que los padres de su cuñada se lo llevaron. Hasta el nombre le cambiaron al niño y lo adoptó una de las cuñadas de Susana Macor. Sobre la chica a la que vio en Jefatura dijo que en el salón de Jefatura vio a una chica a la que le preguntaban por su filiación política y la violaron dos o tres veces, estaba embarazada. Que escuchó que le pegaron un tiro, pero no en el salón central, en otro lugar lleno de cables. Era una pieza muy chica y allí la sintió gritar y luego un disparo. Dijo no recordar la persona que gestionó su liberación en la comisaría de San Pablo, pero un amigo suyo de apellido Silva debe saberlo porque era muy amigo de ese hombre. A su hermano mayor lo llamaban "Cacho" y al menor "Puqui". Agregó que a su hermano mayor en la universidad además lo apodaban "Parche". Sobre la casa de la que lo sacaron supo por su hermana que todavía existe. Su hermana fue a Catastro y no figuraba, pero existe en los números 614 y 616. Del 614 sabe que sacaron la planta alta. Tiene entendido que a esa casa la había comprado su mamá pero ello no figura en ninguna parte. Dijo que sobre sus hermanos y su cuñada lo único que hizo para dar con sus paraderos fue un habeas corpus, luego de ir a la Bicameral. Que luego fue al Juzgado Federal donde denunció los hechos y quien lo atendió le dijo que no hiciera ninguna demanda porque todavía había "parapoliciales". Esa persona no le dijo nada más y le hizo un habeas corpus. A estos trámites los hizo dentro del año del hecho. Precisó que su sobrino tenía cuatro meses, Rosa Mafalda Díaz es la hermana que quedó a cargo de la criatura luego del secuestro. Cree que su hermana fue violada en el momento del hecho, aunque no puede asegurarlo. Que sí sabe que le introducían en los labios el cañón de un arma y además tenía el brazo derecho quebrado, la curaron en el Centro de Salud.

JOSÉ ANTONIO CISTERNA

Dijo ser hermano de Pastor Cisterna y María Angélica Cisterna, ambos desaparecidos. Dijo que María Angélica estaba casada con Bulacio, tenían dos hijos. Que María Angélica y Bulacio antes de estar desaparecidos estuvieron detenidos en Jefatura, fueron secuestrados en fechas diferentes. Dijo que Ricardo Sánchez lo sabe porque él los detuvo a los dos. Que su hermana vivió después con Sánchez en Concepción y Sánchez le consiguió trabajo para el hermano del dicente, le decía que iba a trabajar en el ingenio y un día se fue y no volvió más. Dijo que su hermana estaba embarazada de 9 meses. Manifestó que el único responsable es Sánchez porque su hermana vivía con él; que lo llevó al hermano del dicente y no volvieron más ninguno de los dos. Después de la desaparición de sus hermanos no lo volvió a ver a Sánchez. Las averiguaciones las hicieron sus padres. Una sola vez fueron dos tipos a su casa y le dijeron que no busque más a sus hermanos. Que esas personas estaban de civil. No supo si María Angélica dio a luz. Dijo que Sánchez era policía.-

FERMÍN ÁNGEL NÚÑEZ

Dijo ser hijo de Miguel Ángel Núñez y sobrino de Carlos Moisés. Que su padre trabajaba en Concepción y en el año 75 lo secuestraron de la casa. Que él fue detenido el 28 de enero y el padre en el mes de abril del 75. Que se percató de la detención del padre en el centro clandestino que funcionaba en la "Escuelita" de Famaillá. Que lo sacaron de Jefatura, después lo trasladaron a Villa Urquiza y después a Famaillá. Dijo que le pidió a un gendarme si lo podía dejar que lo saludara al padre, a lo cual el gendarme accedió. Posteriormente lo llevaron a la Jefatura en el mes de mayo, luego al Juzgado Federal y posteriormente lo devolvieron a la cárcel de Villa Urquiza. Que a su tío también lo reconoció porque estaban en una especie de galería. Aclaró que ya conocía la escuelita de Famaillá. Dijo que lo llevaron a un aula donde estaba con Carrizo y Paz y escuchó la voz de su tío, habló un poco con él. A los pocos días lo llevaron a la Jefatura y su padre quedó en la escuelita. Después se enteró que a su tío lo dejaron en libertad y que al padre lo trasladaron a la cárcel de Villa Urquiza. Dijo que prácticamente toda la familia fue secuestrada, al hermano que tenía 13 años lo llevaron a la Jefatura de Policía y a sus otros dos hermanos que trabajaban en la COOTAM con él y eran menores de edad, también. Que estuvieron tres meses en Jefatura y los pusieron en libertad. Lo trasladaron con uno de los hermanos a Rawson. Ellos salieron en el año 81 u 82. El padre fue secuestrado en abril del 75, el padre también estuvo en Jefatura previo a la escuelita, aproximadamente 20 días. El tío también le contó que estuvo en Jefatura. Al tío lo escuchó porque estaba a la par. Estaban condenados a muerte en la galería, tenían una cinta roja. Al padre lo torturaron. En Jefatura lo torturaron a él, a sus hermanos también. En la escuelita también lo torturaron con picana y submarino. En Jefatura estaba Albornoz, quien estaba al frente de todo, le dijo a su madre que si quería la libertad le entregara las escrituras de la casa. Reconoció a Hidalgo, Figueroa, Marcoti, Carrizo, Pacheco, Olmos. Dijo que Olmos era de estatura mediana, blanco, que fue detenido el 18 de enero de 1975, de la planta de COOTAM, por tener propaganda subversiva, lo trasladaron a Jefatura, el día anterior lo habían secuestrado a su hermano de trece años y a otro más, lo llevaron al Juzgado Federal y le leyeron declaraciones de Jefatura de Policía, lo llevaron a Villa Urquiza, después lo trasladaron a Jefatura, donde estuvo un día completo hasta la noche y lo trasladaron junto con Martín Paz en un baúl de un auto Ford Falcon a la escuelita de Famaillá. Estuvo 20 o 25 días y lo volvieron a trasladar a la Jefatura.

LILIA RAMONA QUIROGA DE QUINTEROS

Dijo ser esposa de Wenceslao Quinteros, desaparecido. Que su esposo era comisario principal, le avisó que no iba a trabajar más, presentó el retiro y se fue a trabajar con los hermanos en una fábrica de helados. Entró a un banco de la avenida Alem y no apareció más. Lo fueron a buscar al gerente del banco y éste les dijo que había entrado pero luego había salido para buscar los documentos. A las 11 de la noche la dicente fue a hacer la denuncia en la comisaría 7°. Después tuvo una audiencia con Zimmermann, fue un policía y le dijo que en el D2 estaba su marido. La atendió el Mayor Agosti y le dijo que no podía pasar. Después le preguntó a Zimmermann qué había hecho con su marido y éste le dijo que no tenía nada que ver. En el año 80 la citaron del Comando y le preguntaron si iba a seguir el juicio, la hicieron firmar que renunciaba al juicio. Dijo que nunca supo las diferencias que su esposo tuvo con Zimmermann, pero sí sabe que tuvo problemas con él. Refirió que Albornoz trabajaba con su marido cuando hacían los procedimientos. Dijo que una vez iba en el ómnibus y dos policías comentaban que lo habían mandado a que lo saquen al negro Quinteros, la testigo le preguntó, pero los dos hombres se bajaron. Hizo denuncias ante la Comisión Bicameral. Dijo que escuchó que lo habían matado al Comisario Sirnio. Por ultimo dijo que conocía a la familia López, que se los llevaron a todos.

NORMA GLADYS CISTERNA

Dijo ser hermana de Pastor y María Angélica Cisterna. Que María Angélica estaba casada con Fernando Bulacio y tenían tres hijos. Indicó que antes de la desaparición de Pastor, un día estando en casa de su madre junto a María Angélica y su marido, luego que se fueron, avisaron a su madre que habían detenido a María Angélica y la habían llevado a la Jefatura. Que luego llevaron también al esposo de la hermana de la dicente. Recordó que su madre fue a la Jefatura y Sánchez se hizo cargo de su hermana, que vivía con ella. Contó que María Angélica quedó embarazada de él, que se fueron a vivir a Concepción. Que Sánchez, no conforme con lo que hizo con su hermana, llevó también a Pastor supuestamente para darle un trabajo y fue la declarante quien llevó a su hermano a Concepción. Expresó que su madre esperaba a sus dos hijos y que su hermana nunca volvió por lo que fueron a la pensión donde supuestamente vivía Sánchez con su hermana. Que no encontraron a sus hermanos y una señora que vivía allí les contó que habían estado reunidos en una fiesta. Que fueron a ver a Sánchez a la comisaría, que este se puso muy nervioso y les dijo que su hermana se había ido a Salta porque le habían dicho que secuestraron a la hija. Que su madre contestó que eso era imposible porque la chica estaba bien con su abuela. Precisó que su hermana estaba embarazada de nueve meses, que la última vez que la vio fue cuando dejó a Pastor en Concepción. Que cree que todo esto sucedió en el año 76 o 77, no puede precisar. También recordó que Sánchez era conocido de su hermana porque iba a buscarla a su casa y llevaba a la dicente en el auto para averiguar sobre su hermana, le preguntaba dónde trabajaba, si salía de su casa, con quién salía. Que María Angélica trabajaba en la "Pan-Am", que iba a trabajar y volvía a la casa. Contó que nunca vio algo que le extrañara de su hermana, tampoco de su cuñado, quien trabajaba en la Municipalidad. Señaló que la persona que hace mención es el Comisario Oscar Ricardo Sánchez, quien trabajaba en la Jefatura. Seguidamente la declarante precisó que entre la primera detención de su hermana y su desaparición transcurrió mucho tiempo. Que Fernando Bulacio estaba en la cárcel y su hermana lo visitaba. Que conoció a Sánchez durante la primera detención de su hermana. Dijo que su cuñado cumplió la condena y luego lo mataron, cree la testigo que en realidad lo mandaron a matar. Dijo que cuando llevó a Pastor, éste le preguntó como la trataba Sánchez y ella se puso a llorar, le dijo que le pegaba, pero que ya iba a volver a la casa. Recordó que estando en casa de su hermana, conversando en presencia de Sánchez, esta le preguntó por sus hijos, por sus hermanos, y que Sánchez estaba nervioso y le tiró una patada por debajo de la mesa y sin querer le pegó a la declarante y que ante esta situación Sánchez pidió perdón diciendo que lo que quería era correr una silla. Creyó que la reacción fue porque creía que María Angélica estaba preguntándole otras cosas. Finalmente, contó al Tribunal que su familia no supo si el embarazo llegó a término. Cree que el único culpable de la muerte de sus hermanos es Sánchez. Que su madre sufrió mucho porque Sánchez les hizo mucho daño llevándose a sus hijos. Que no hicieron ninguna denuncia. Que al momento de los hechos Pastor tenía 19 años y María Angélica unos 23 o 24 años. Que no conoce los motivos de la condena de su cuñado. Indicó que lo mataron cuando estaba en una pensión, con otra mujer con la que tenía un hijo.

TESTIGO FABIANA MARÍA ROUSSEAUX

Dijo ser psicóloga especialista en violaciones de derechos humanos, que es directora del Centro de Asistencia a Victimas de Violaciones de Derechos Humanos que depende de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Relató al Tribunal que hace 20 años trabaja en esta temática y que los últimos 10 años se la incorporó a las estructuras del estado ya que los sobrevivientes y familiares víctimas cuando sucedió este horror en la Argentina tuvieron que acudir a organismos que estaban por fuera del estado. A raíz de esto, señaló la testigo, se generó una situación complicada, no solo en la Argentina sino también a los sobrevivientes y familiares de los países que intervinieron en el plan Cóndor porque no podían asistir a ningún servicio de salud público para ser asistidos, esta situación generó problemas psicológicos y físicos, no pudieron tratar las torturas sufridas y produjo un agravamiento de los cuadros clínicos y psicológicos. Aseguró que quienes trabajaron y pasaron al estado los datos se encontraron con un cuadro desolador respecto de las consecuencias de las secuelas, por ello se empezó a pensar y adoptaron estrategias de abordaje para empezar a tratar estas secuelas. Se organizó un conjunto interdisciplinario de profesionales, que trabajaron también junto con otros equipos de El Salvador, Uruguay, Brasil, Chile, Paraguay y Bolivia pensando en un concepto nuevo de "trauma psicosocial", surgido a raíz de la experiencia salvadoreña, donde hubo aberrantes actos de violación a los Derechos Humanos. Seguidamente, la especialista sostuvo que es difícil hablar de reparación integral del daño a través de los procesos judiciales como ritos restitutivos, porque la marca de lo ocurrido es grave, no sólo ya sobre los sobrevivientes y sus familiares más cercanos, sino sobre la sociedad. Añadió que el "terror de estado", significo una fragmentación enorme de la sociedad, este proceso puede observarse en el interior de las familias, de las sociedades y se va a propagar en las generaciones siguientes, tal como ocurrió en la experiencia de lo que fue el "posracismo". La reparación del daño es compleja, sin embargo sostuvo la psicóloga que desde que el Estado asumió como política publica la reparación a las víctimas en todos los sentidos posibles, de ahí que el simbólico que esta comprendido la reparación en salud, la dignidad está ligado con los procesos judiciales en la Argentina. Sostuvo que el sistema judicial no estaba preparado para asumir los testimonios de estos testigos que son víctimas del estado y desde su lugar de trabajo considera que habría que ejercer una acción contundente por parte del poder judicial para fomentar en los Tribunales una herramienta que tomara en contó el derecho del testigo no solo la obligación. Fundó sus dichos, en que muchas oportunidades se deja por fuera lo que significa para un testigo víctima del terrorismo de estado volver a contar lo que vivió, el proceso que se juega es el de revivir los hechos. Contó que desde el año 2006 se buscó una herramienta para que esa víctima dentro del sistema no sea revictimizada, sino que haya un proceso reparador del daño. Dijo que se acompañó a los testigos durante su declaración y en etapas post testimoniales, el equipo de profesionales se encontró con situaciones graves, como ser enfermedades autoinmunes y situaciones emocionales graves dentro de la estructura de ese testigo. Dijo que acompañar a los testigos víctimas de ese proceso es una obligación porque sino se puede hablar de una política reparadora, tiene que haber un proceso de dignidad de la víctima. Que el Centro Ulloa participó de la elaboración del "Protocolo de Intervención para la Protección de Testigos Victimas" junto con el Juzgado 12 a cargo del Dr. Torres y que hoy es una herramienta para todos los jueces, operadores judiciales, querellantes y fiscales que intervienen en este tipo de causas. Agregó que fue presentado en el año 2011 en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Que en ese protocolo se menciona la necesidad de trabajar coordinadamente con el poder judicial y con el protocolo de Estambul, para determinar la magnitud del daño provocado, que con ello se buscó marcar los límites para preguntar a una víctima, porque se habían observado situaciones serias como ser que en algunos Tribunales se pensó en realizar un careo entre una persona victima y su represor o situaciones en donde los imputados hablaban con las victimas, aseguró que todas estas situaciones ponen en riesgo la integridad de la victima y el proceso judicial. La reiteración de testimonios por parte de los sobrevivientes revictimiza, por eso en la acordada se ajustó y se trató de evitar la producción permanente de testimonios. En la confección del protocolo se valoraron las cuestiones de defensa porque fue confeccionada con un equipo de abogados. Seguidamente indicó que cuando los juicios se reabrieron, se encontraron con dificultades serias respecto que se aplicaba una lógica judicial que no está atravesada por los delitos de lesa humanidad, señaló por ejemplo que se citaba a los testigos a través de una cédula que llevaban fuerzas de seguridad y que se les decía que iban a ser llevados por la fuerza pública. Que todas estas situaciones descompensaban al testigo y afectaba la producción de la declaración. También notaron que no había un cuidado de como se citaba a los testigos, todos a la misma hora, cruzándose en los pasillos a los imputados, sin contemplar que esa situación que puede desencadenar en personas que sufrieron violaciones extremas, en ese sentido se tuvo que considerar que los aportes no se contradijeran con la lógica procesal. Más adelante, dicente explicó que la "experiencia concentracionaria" alude a las personas que transitaron y sufrieron secuestros en los centros clandestinos. Dijo que aquí se debe pensar cuál fue la lógica que se aplicó en algunas provincias, que por ejemplo en Tucumán, no puede denominarse centro clandestino a un lugar cerrado, ya que hubo localidades enteras que pueden considerarse como centros clandestinos, en la medida que fueron tomados o militarizados durante años y las personas tuvieron que convivir en la cotidianeidad con "algo " que es del orden de lo terrorífico, de lo ominoso, convivieron con personas que usaron su casa, su auto, que las torturaron, mujeres usadas como objetos, que fueron violadas, embarazadas, obligadas a abortar e incluso torturas farmacológicas y otro tipos de torturas consideradas impensables, indicó que todo esto también tiene que tomarse como "experiencia concentracionaria". Las consecuencias de eso no solo las podemos calcular en torno a las generaciones violentadas sino en las generaciones venideras, ya existen casos de personas víctimas de apropiaciones que ya han tenido sus hijos, por ello ya se está pensando y trabajando sobre la cantidad de sintomatología que desarrollaron. Reflexionó que socialmente conviviremos con personas que tienen su identidad falseada, convivimos todavía con personas que son desaparecidas y sólo haciendo mención a una consecuencia como la desaparición que este tipo de delito ha producido, no podemos hablar de la muerte. Asimismo, indicó que esto produce que no se puede velar una muerte con la ausencia del cuerpo, no se accede a los ritos funerarios y que el rito funerario es un acto público, toda la comunidad tiene derecho a velar a sus muertos y esto también esta velado para la comunidad. Dijo que convivimos con desaparecidos, convivimos con delitos muy serios, con impactos y marcas sociales que continúan sus efectos y todavía persisten. Agregó que todavía está pendiente poder comprometerse desde los distintos sectores del estado en la construcción de equipos profesionales que puedan estar capacitados en esta temática y personas que fueron victimas de abusos sexuales tengan la posibilidad de ser escuchadas por profesionales que sepan de eso. Sostuvo que preocupa que todavía haya personas que no puedan relatar lo que vivieron y que haya profesionales que pareciera que escucharan por primera vez estos testimonios. Argumentó al Tribunal que la repetición de los testimonios del audio de los testigos, no produce el mismo efecto de volver a testimoniar sobre lo que ya declaró. Dijo que hay que tener en cuenta la situación de cada testigo. Agregó la declarante que las políticas de reparación de daño es para las víctimas de delitos de lesa humanidad y que ella dirige un Centro para tal fin, que no conoce que dentro de los Estados haya políticas donde esté previsto que se repare a las personas que cometen delitos de genocidios o terrorismo de estado. Que si una persona que está imputada en un juicio de lesa humanidad y se acerca al estado a pedir una ayuda terapéutica, el estado no le puede negar y puede concurrir a los centros de Salud Públicos y si dentro de esa institución hay algún profesional dispuesto a brindar la ayuda que necesita, el estado no lo puede negar. Diferenció que no todo tipo de preguntas tiene grados de revictimización, sino que considera que existen preguntas indignas, moralmente reprochables y esto lo tiene que evaluar el tribunal. Considera que no se puede ingresar incisivamente en el relato, porque cuando el testigo habla, pone a hablar al "horror". Sostuvo que los límites tienen que estar dados, el criterio generalizado está en el protocolo y todas las prácticas tienen que ser en función de la generalidad. Que el protocolo fue elaborado por un equipo de profesionales junto al del Poder Judicial y que está destinado a las víctimas testigos, se intenta poner la lupa sobre la víctima antes que sobre el testigo. Sostuvo que el Protocolo no va en contra de los tratados internacionales. Más adelante explicó, que por ejemplo de las secuelas del nazismo, además del concepto de "trauma psicosocial", se aplica el de "daño transgeneracional", consensuado y aceptado por la comunidad científica internacional. De esto no se hablaba antes de lo que significó el quiebre ético moral de "El Nazismo", por ello, sostuvo que después de esa experiencia nadie puede ignorar que estas marcas quedan hasta la cuarta generación, los efectos de las políticas y prácticas genocidas perduran. Dijo que cree que a nivel jurídico se puede hablar de la prescriptibilidad, pero para las víctimas las políticas genocidas, el daño que ello significó, son imprescriptibles, esas prácticas les frustraron sus proyectos de vida. Aseveró que trabajan todos los días con jueces de instrucción y de Tribunales Orales y recaban las dificultades que surgen en esto tipos de causas y todo lo recabado fue hablado con el Dr. Lorenzetti. Finalmente expresó que las manifestaciones del trauma social y el daño transgeneracional fue estudiada a partir de la enorme fragmentación que produjo el terror de estado hasta la actualidad, el silencio social que tuvieron que soportar los sobrevivientes, porque no hubo escucha social, vivieron en soledad este dolor extremo y tuvieron que soportarlo en silencio. Que todo ello agravó los efectos, además la pretensión de las escuchas de sospecha sobre la veracidad de lo que relatan, explicó la declarante, es algo que también se ve como marca, porque en esta sociedad hay todavía muchas personas que ponen en tela de juicio esos hechos, esto tiene que ver con que "el horror produce efectos paralizantes que impide escuchar lo que se está relatando, esos efectos psicosociales, sumado a la convivencia que hubo de aquellos ojos que vieron lo que sucedió y callaron, y la convivencia de los delitos que se siguen cometiendo como las apropiaciones, los efectos de la desaparición, la palabra desaparecido causa un impacto que no es lo mismo que la muerte", acotó. Concluyó afirmando que es común que haya personas que pasaran muchos años sin relatar las torturas vividas, porque no había garantías para realizar esas denuncias y los efectos del terror siguieron intactos hasta que no se habilitó un lugar social que fue anudando todos aquellos actos del horror que vivieron las víctimas. Que las preguntas incisivas sobre la participación de los testigos en organizaciones sociales no apuntan a lo que se juzga, lo que se juzga son los delitos por parte del Estado. Que es de gran importancia lo que ocurrió porque la sociedad argentina está dañada por lo que sucedió.

JOSÉ AMÉRICO QUINTEROS

Manifestó que no tuvo ninguna relación con la causa, que seguramente se trataba de un homónimo.

JOSÉ DOMINGO SANDOVAL

Dijo el testigo que a Ricardo Luis Salinas lo conoció en el año 1966, cuando cursaban juntos el secundario en el Gymnasium Universitario. Por otra parte resultó luego ser el hermano de quien sería su esposa. Dijo que a Silvana Parrille la conoció en Buenos Aires, era su novia y luego fue esposa de Ricardo Salinas. Indica que Ricardo Salinas era carpintero y ebanista y ella era estudiante del profesorado. Convivió con ambos un tiempo, pero ellos vivían en Buenos Aires y el declarante en Tucumán. El 30 de diciembre de 1976 llegaron a Tucumán, a visitar al deponente y su novia de ese momento, porque el declarante se casaba. El casamiento fue en el Registro Civil de Villa Luján. Recordó que para casarse le exigieron afeitarse porque el registro compartía edificio con la Comisaría. Recordó que en la ceremonia del casamiento civil, no se permitían testigos ni familiares ni amigos, debían esperar en la plaza, ese era el clima que se vivía en ese momento. La ceremonia religiosa era en San Martín de Porres. Llegaron a Tucumán para la boda, pero de paso hacia el Norte a buscar un lugar donde afincarse. Estuvieron con el declarante y su familia también la noche del 31 de diciembre y al día siguiente, siguieron viaje hacia el Norte, se iban a Salta y a Jujuy. El declarante y su esposa permanecieron en Tucumán hasta el 6 de enero porque se casaba un muy amigo suyo. Antes de que se fueran al Norte acordaron reunirse los dos matrimonios en Buenos Aires. El declarante y su esposa partieron, pero Ricardo Salinas y Silvana Parrile nunca llegaron a Buenos Aires. Así se volvieron a Tucumán muy angustiados después de unos días. Dijo que alrededor del 19 de enero se comunicaron con la familia de Silvana, le recomendaron que vinieran a iniciar la búsqueda, el padre de Silvana, Vicente Parrile, ya estaba camino al Norte. En Tucumán el Sr. Parrille buscó al declarante y juntos partieron a Jujuy porque había un rumor de que estaban allí. El declarante y Vicente Parrille todo el tiempo sentían que los seguían. Recordó vagamente una entrevista con alguien que decía trabajar en la policía, aunque no puede asegurarlo y tuvieron una entrevista por la noche en una habitación cercana a la estación de trenes. Les dieron algunos datos que al día siguiente llevaron a la cárcel de Villa Gorriti porque les dijeron que estaban allí. Dijo que al llegar al penal les dijeron que ya habían sido liberados y les mostraron un libro de salidas con la firma de los dos. Ellos les respondieron que era imposible que siendo liberados no se hayan comunicado con sus familias y ellos les respondieron que no podían hacer nada, que ya aparecerían, que seguramente andaban de paseo. Recordó que regresaron angustiadísimos a Tucumán; que estaban convencidos que no habían sido liberados. Después del Penal de Gorriti y antes de su regreso a Tucumán, fueron a la Jefatura de Policía y allí les repitieron que habían sido liberados, que andarían paseando y les dijeron que no importunaran más, que se fueran de la provincia y no volvieran porque no era conveniente. Luego Vicente Parrille volvió a Jujuy desobedeciendo las sugerencias pero sin resultados. En Jujuy tuvieron la noticia oficial de la desaparición de Ricardo Salinas y Silvana Parrille. Nunca más supieron de Ricardo y Silvana hasta el año pasado, cuando los notificaron que los restos de Ricardo habían sido identificados. Dijo que Ricardo se fue a Buenos Aires en algún momento del 75, en el primer trimestre. Precisó que en Tucumán estuvieron poco tiempo, desde el 30 de diciembre al 02 de enero como mucho. Que pudo saberse que ellos estuvieron en libertad en Jujuy hasta el 07 de enero. Dijo que a Alfredo Salinas también lo conoció, pero después que a Ricardo, cuando inició el noviazgo con su hermana. Dijo desconocer qué pasó con Alfredo, sólo sabe que en julio o agosto del 75 se fue y no supieron más de él. Agregó el testigo que su esposa fue cesanteada en la universidad y luego tuvo que ser reincorporada y a él le dijeron que abandonara su cargo de ayudante estudiantil. Indica que se graduó de ingeniero electricista en el año 1981 y que al tramitar el título le pedían una fotografía en la que no podía llevar barba. Precisó que el rancho hecho de adobe y paja, en el que vivieron Ricardo y Silvana en Villa Urquiza, fue destrozado. Agregó que los perpetradores de los hechos que relató fueron unos cobardes, se sentían impunes.

CECILA PARRILLE

La testigo dijo ser hermana de Silvana Parrille. Dijo que Silvana y Ricardo desaparecieron el 07 de enero de 1977, en San Salvador de Jujuy. Su hermana a mediados del mes de enero de 1977 envió una carta de puño y letra en la que relata las condiciones en que había sido secuestrada con su esposo y le pidieron que destruya la carta porque temían que la misma comprometa al que la había sacado del centro de detención. Precisó que con su madre la rompieron y la tiraron al inodoro. Dijo que a ese momento su padre ya había partido a Salta a iniciar la búsqueda, pero al recibir en Buenos Aires la carta de la familia en donde se explicaba que estaban detenidos en Jujuy, partió hacia Jujuy. Luego de la comunicación telefónica con el padre en la que le comentaron al mismo de la carta de Silvana en la que explicaba que había sido detenida por personal del Ejército a plena luz del día en la calle en la ciudad de Jujuy, éste se comunicó con un tal coronel Reyes Jefe de la Región 323, que le indicó dónde estaban detenidos, le entregó una lista de artículos de primera necesidad que necesitarían Silvana y su esposo, al día siguiente su padre fue a verla y le dijeron que ella y su marido habían sido liberados y le mostraron las rubricas en el libro de salidas del lugar de detención. Agregó que en marzo volvió a Jujuy su padre, pidió una entrevista con el gobernador Urdapilleta pero lo recibió el mayor Donato que le dijo que sus familiares estaban vivos pero que no podía decirle nada más; que había pruebas del ingreso de su padre a casa de gobierno. Que mucho tiempo después y gracias a un libro titulado "Detenidos desaparecidos" lograron determinar que estuvieron detenidos en el penal de Villa Gorriti, Silvana y Ricardo, desde el 7 de enero, lo que coincide por lo dicho en su carta por Silvana, al 20 de enero y que supuestamente habían obtenido la libertad. Que finalmente supieron que fueron trasladados de ese penal de Jujuy al centro clandestino de Jefatura de Policía, tomaron conocimiento por HIJOS filial Jujuy, que Erasmo Mendoza, que se encargaba de los traslados, fue el que los llevó. Recordó que hicieron denuncias ante la OEA, ONU, CONADEP. Precisó que el 22 de agosto de 1975 en Buenos Aires ingresaron a su vivienda fuerzas del ejército; que fueron interrogadas la dicente y Silvana Parrille y a la mañana siguiente cuando Silvana lo llamó a Ricardo, supo que había sido secuestrado, que permaneció detenido siete días, interrogado por su actividad política y torturado y supieron que en esa detención le informaron de la muerte de su hermano Alfredo Salinas en Tucumán. Dijo que Ricardo Salinas militó, antes de conocer a Silvana, en el GET y con Silvana ambos militaron luego en el Partido Revolucionario de los Trabajadores. Que Ricardo y Silvana vivían en Mataderos, Silvana estudiaba para ser maestra de grado y trabajaba en la empresa Grimoldi; Ricardo era el sostén del hogar con su taller de carpintero y ebanista. Dijo que su hermana era una persona inteligente, sensible, emprendedora, que luchaba por la justicia, la igualdad de derechos, el socialismo y soñaba con ser educadora en el interior del país. Acotó que no piensa que Silvana dio la vida por sus ideales, sino que en todo caso se la arrancaron porque quería vivir, quería enseñar y ser madre. Precisó que está absolutamente segura de que la carta estaba escrita de puño y letra de su hermana. Agregó que su padre al ser anoticiado de la existencia de la carta se va de Salta a Jujuy y allí se entrevista con Reyes y se confirma la versión de la carta. Dijo que en el ingreso a la vivienda de su familia en el 75 la declarante explicó que les preguntaron por las actividades políticas de ella y de su hermana, no le preguntaron por Ricardo. Sobre las intenciones de ir al norte del país cree que era un proyecto de la pareja de vivir en el interior. Que solo llegaron a estar casados un año, tenían 23 y 22 años. Señala que su padre se enteró del contenido de la carta de Silvana, cuando desde Salta llamó a su casa de Buenos Aires avisando que había llegado bien. Que durante ese viaje su padre estaba acompañado por José Sandoval, cuñado de Ricardo Salinas, que hicieron algunas gestiones juntos.

MIGUEL ANGEL OLEA

Dijo el testigo que tenía 23 años en 1976, era estudiante en la facultad de medicina en donde militaba en un movimiento de base de izquierda en la misma facultad. Dijo que fue secuestrado en los últimos días de febrero de 1976, primeros días de marzo. Recordó que era la época de carnaval, él estaba en un campo en Piedrabuena, a donde había ido a sembrar chacra para cosechar choclo y a fumigar. Relata que un domingo a la tarde, presto a volver a Tucumán, se vio rodeado de policías junto al dueño de la finca, Enrique Paéz. Dijo que los metieron en una camioneta, los vendaron, le ataron las manos; desde ese momento no supo más de Páez. Que el primer traslado fue a una comisaría de Piedrabuena por poco tiempo, después a una comisaría de La Ramada, mientras tanto se hizo la noche y después de 3 horas de viaje en vehículo, llegaron a la Brigada de Investigaciones. Acotó el testigo que deduce que era la Brigada porque había mucho ruido de vehículos y de chicos que jugaban en la plaza Urquiza y se escuchaban las propagandas de los bailes del Club Atlético Tucumán. Relató que cuando llegaron los policías no preguntaron por nadie y simplemente los ataron con torpeza y los vendaron. Recordó que en el segundo traslado a La Ramada ya las voces eran otras, dijo que eran de porteños. Remarcó que nunca más vio a Páez y que no sabe si estaba con él en el segundo traslado a la comisaría de La Ramada. Dijo que había más de veinte personas en el lugar en el que estaba, los ruidos de los alrededores, le ayudaron a identificar el lugar en el que estaba secuestrado, estuvo más de veinte días allí; describió que hacían pequeños traslados para despistarlos, pero dentro del mismo recinto. Relató que fue torturado, a veces en el mismo lugar y otras a unos cinco o seis pasos del lugar donde estaba. Dijo que los hacían escuchar las torturas de los otros para infundir más temor; que escuchó gritos de mujer, llantos, pero que no le consta si era por abuso sexual. Aclaró que los amenazaban que los iban a matar o a violar, a todos les decían eso. Dijo sobre las condiciones de detención, que el trato era denigrante, comían con los ojos vendados y las manos atadas atrás, como perros y que si se querían bañar les tiraban agua helada con una manguera y así desnudo en el piso mojado le aplicaban picana eléctrica. Que no pudo identificar a los torturadores. Que después de veinte días, lo sacaron junto a otra persona a otro lugar y pensó que lo llevaban para matarlo; luego de circular media hora en un vehículo lo liberaron junto a la otra persona en un lugar de Yerba Buena y vio las antenas de Radio Nacional. Aclaró que su familia no hizo ninguna denuncia porque ya estaban acostumbrados a que él se ausentara por quince días debido a sus estudios, ya que se quedaba en casa de sus compañeros. Después de dos años, en un centro recreativo en Yerba Buena a donde había ido con su primo para distraerse y cantar, se enteró el motivo de su liberación; refirió que en un momento se fue al baño y se encuentra con un señor que era amigo de sus padres, quien reconoció al dicente y le dijo que estaba ahí gracias a él porque él era quien lo había salvado diciéndoles a sus superiores que lo liberen ya que era un "ladrón de gallinas". Dijo que esa persona era Salvador Lontana, era militar del Ejército. Dijo el testigo que tomó conocimiento que figuraba en una lista de personas detenidas. Manifestó que se recibió de médico. Contó que conoció a Ana María Sosa de Reynaga y Ángel Manfredi, quienes pertenecían al Partido Comunista Revolucionario. Dijo que Norma Nassif fue compañera suya en medicina y estuvo detenida por razones políticas en el año 75; dijo que al salir de una asamblea la detuvieron a Norma en la calle y recordó que eso fue en agosto de 1975. Recordó que el operativo fue sorpresivo, de pocas personas, en un auto, que la rodearon, la metieron en un auto, no le pidieron DNI, contó que había varias personas en esa oportunidad. Dijo que no sabe lo que ocurrió con Ana María Sosa y Ángel Manfredi.

PEDRO ANTONIO CERVIÑO

Dijo el testigo que el 8 de febrero de 1977 junto a su hermano Ramón fueron secuestrados mientras volvían de Lastenia; salían del trabajo en una fábrica llamada Industria Refractaria del Norte. Agregó que iban en un Citroen Ami 8 y se les atravesó un Peugeot, los subieron al Peugeot, los vendaron, dieron vueltas, llegaron a Jefatura de Policía de Tucumán; que allí fue torturado con picana eléctrica, golpes, le sacaron uñas, le tiraron un líquido que le generó un profundo dolor en la espalda. Respecto al lugar en el que estuvo en cautiverio dijo que lo reconoció en la Comisión Bicameral del año 1983-84, recordó que vio a algunos detenidos e hizo una lista que la expuso muchas veces. Vio a Nélida Sosa de Forti, a Ricardo Salinas y a su mujer. Que Nélida y Ricardo eran amigos suyos. Dijo que en el lugar le hablaron de Cristina Bejas, de Adriana Barcia que había sido pareja suya y había desaparecido antes que el declarante fuera secuestrado. Declaró que luego de un mes lo sacaron de Jefatura y lo sometieron a un tribunal militar en un proceso que duró alrededor de una semana, dijo que era un proceso ridículo porque un militar teniente primero de nombre Abelardo Inocenti, era su abogado defensor, quien le dijo que sólo lo defendía por estar obligado a hacerlo, que lo consideraba una bomba de tiempo. Dijo que lo condenaron a 14 años de prisión por tenencia de armas y asociación ilícita. El deponente recordó que estuvo detenido alrededor de seis años en Villa Urquiza, en Sierra Chica, en Caseros, en La Plata, le dieron la libertad en diciembre del 82. Que en el año 1984, ante la justicia federal de Tucumán, destacó las condiciones de detención en Jefatura, denuncias que hizo su madre que también estuvo detenida en Arsenal. Destacó que Antonio Bussi no podía desconocer un lugar de detención que dependía de un subordinado suyo, Zimmermann, que estaba en la Jefatura. Agregó que quienes lo llevaron al Consejo de Guerra, eran los que lo habían interrogado, que el médico que curó sus torturas luego lo vio en el Comando de la V° Brigada. Agregó que era obvia la participación de las fuerzas armadas, por las situaciones que relata. También vio a Salinas y su mujer Silvina, a Margarita Díaz, a Corroto, a Griselda Ponce, a Guillermo Miguel. Dijo que en denuncias anteriores confeccionó un plano de lo que era Jefatura. Precisó que toda su vida vivió en Junín 925, a media cuadra de la Jefatura, por eso la conocía muy bien, cuando llegaron sus captores los tiraron en un patio, sabía que estaba en Jefatura. Recordó un lugar al que llamaban "la suite", por ahí se veía hacia afuera y también veían la chimenea de la cervecería Norte que a ciertas horas hacía sonar un silbato. Recordó que reconoció al "Perro" Clemente que estaba detenido ahí. Recordó que cuando lo torturaban le insistían sobre dónde estaba el embuste del Este, un supuesto reducto Montonero; que el declarante no lo sabía pero por miedo a la tortura les dijo que estaba en Lastenia, así fueron a un lugar en Lastenia, no encontraron nada, allí Clemente le bajó la venda, recordó el testigo. Dijo que las personas que lo torturaban e interrogaban se movilizaban de civil y en autos. Señaló que a las personas que vio pudo verlas cuando no estaban los guardias, se levantaban la venda y al ir al baño, se daban maña para mirar. Indicó que Ricardo Salinas estaba frente a él, también Guillermo Miguel y la mujer de Ricardo Salinas al lado de éste, eran celdas individuales. Que Nelly estaba muy golpeada, el dicente la llamó pero no pudo ni contestarle, estaba vestida con un vestido amarillo, era llevada al baño por varias personas. Dijo que todos estaban golpeados, siempre estaban mal porque eran todos torturados, pero estaba consciente y podían hablar. A Salinas lo conoció en el GET, ambos eran militantes en la universidad, a Nelly la conocía de la militancia en el peronismo de base y de la militancia gremial del gremio de los municipales. Dijo sobre Corroto, Ponce y Margarita Díaz, que no los conocía. Agregó que Corroto era de Monteros, Ponce de Catamarca, Margarita era de El Manantial. Que a Carlos María Gallardo sólo lo vio en Villa Urquiza y Sierra Chica. Agregó que Daniel Fontanarrosa, Arturo Vallejo, Rafael Morales, Abel Herrero, Juan Martín, Santillán, Horacio Ponce, Somaini y María Teresa Sánchez, eran todos del GET. Recordó las lesiones en la espalda y testículos de Carlos Ledesma Padilla luego de las torturas. Precisó que hay una declaración suya obtenida bajo tortura, no conoce los informes médicos que se hicieron en Jefatura sobre su estado. Estimó que fue trasladado a la Brigada a comienzos de marzo. Dijo que su hermano fue rescatado antes por ser un militante católico de los focolares y Monseñor Primatesta hizo gestiones para que lo sacaran. Recordó que en la Brigada pudo reconocer a Ricardo Díaz, él estaba en un baño y Ricardo en otro. Dijo que Ricardo era un dirigente universitario. Señaló que su hermana desapareció en Buenos Aires. Dijo ser visitado por una tía abuela en la Brigada, que le llevó comida. En cuanto a las audiencias en el Tribunal militar sobre su defensor Inocenti dijo que no ejerció defensa alguna sobre el declarante, dijo que solicitaba un atenuante porque era católico y el atenuante fue que el fiscal pidió 15 años y el tribunal le dio 14 años. Que sólo pudo manifestar en las audiencias que aquello de lo que lo acusaban era falso, dijo que tanto sus captores como el deponente, lo sabían, pero no pudo aportar pruebas. Dijo que se tuvo en cuenta su declaración tomada en Jefatura, era la única prueba que usaron. Que lo acusaban de llevar armas en el auto de su hermano. Sobre el secuestro de su madre Matilde Palmieri de Cerviño, fue amenazado, pero no recordó bien las amenazas porque ocurrieron mientras era torturado, agregó. Precisó que su madre realizó denuncias que luego el dicente ratificó estando en libertad; hizo denuncias ante la Comisión Interamericana estando en la cárcel de Caseros y luego en el juicio a los comandantes y en la Justicia Federal Tucumana. Respecto a Cristina Bejas y Berta Soldati, dijo que eran amigas suyas; Cristina Bejas era amiga, de la infancia, de sus hermanas y Berta Soldati era militante del peronismo de base, no supo qué les pasó; que sabe que están desaparecidas. Sobre su madre precisó que estuvo detenida en Arsenal, que fue secuestrada unos días después del secuestro del dicente, no recordó la fecha exacta. Destacó que en la zona en la que vivía tenía las calles siempre cortadas, no se podía caminar por algunas aceras como las de la Jefatura, las de la Brigada y las del Comando de la V° Brigada. Acotó que no era fácil circular por allí, que los habitantes del barrio vivían en tensión y temor permanente. Respecto de Juan Carlos Clemente, señaló que supo que estaba detenido porque se presentó como "El Perro" Clemente cuando le bajaba la venda. El testigo dijo desconocer si Clemente estaba detenido o si era parte de los grupos de tareas. Dijo el deponente que el nombrado Clemente estaba junto con el grupo que lo torturaba, que le consta que lo torturó. Dijo que lo sabe porque él se lo dijo. Alguien le bajó la venda y le dijo "yo soy el perro Clemente". Agregó que las torturas consistían en golpes y quemaduras de cigarrillos. Recordó que le preguntaban sobre armas, personas, lugares. Aclaró que Juan Carlos Clemente estaba vestido de civil; que las voces de los torturadores no eran de más de tres o cuatro personas, siempre las mismas y entre esas voces estaba la de Clemente, incluso en torturas anteriores. Que obtuvo la libertad el 24 de diciembre de 1982. Agregó el testigo que pasaron 29 años desde su primera declaración ante la justicia y 36 años desde que sucedieron los hechos.

ALFREDO WALDO FORTI

Dijo el testigo ser hijo de Nélida Azucena Sosa de Forti. Declaró que el día 18 de febrero de 1977, en la ciudad de Buenos Aires su madre y sus cuatro hermanos varones menores y el declarante se disponían a viajar a Venezuela para encontrar a su padre que era médico. Dijo además que, los papeles, pasajes, las visas y pasaportes de todos estaban en orden. Declaró que el vuelo 284 de Aerolíneas Argentinas, con destino a Caracas estaba presto a despegar con los motores encendidos y solicitaron la presencia de Alfredo Forti, aclaró que así también se llamaba su padre. El declarante se presentó y ordenaron el desembarco de toda la familia aduciendo que existía una orden de detención. El dicente declara que quienes dieron dicha orden fueron personal de fuerzas de la policía federal, migraciones y gendarmería. Declaró que su madre exigió la orden de detención de autoridad competente, luego de discusiones al respecto un oficial de la fuerza aérea, al pedido de su madre de que pudieran viajar los niños, el declarante de 16 y hasta el menor de 8 años, el oficial de la Fuerza Aérea, preguntó y le dijeron que no era posible porque eran menores no acompañados por ningún adulto, se procedió al desembarco de toda la familia. El dicente declaró que a la salida del aeropuerto fueron entregados por uniformados de diferentes fuerzas, recordó que había un pase libre en el aeropuerto para el grupo de oficiales que los sacó de Ezeiza y los entregó a un grupo de civiles que según declara el testigo eran de las Fuerzas Armadas, que los sacaron del aeropuerto de Ezeiza en dos automóviles. El declarante y sus hermanos salieron del aeropuerto, pararon en un baldío, donde todos fueron atados y vendados, siguieron camino a lo que parecía un centro de detención en el que permanecieron alrededor de seis días. Declaró que con el regreso de la democracia, al reportar a la CONADEP su caso, pudo descubrir que había estado en el pozo de Quilmes, que era sede de la Brigada 14 de la policía de Buenos Aires. Declaró que en esos seis días no tuvieron explicación alguna, su madre en varias oportunidades pidió hablar con la autoridad del lugar. Dijo el testigo que estuvieron todo el tiempo en un patio interior rodeado de calabozos, agregó que en una parte el techo del mismo tenía una abertura enrejada a través de la cual podía verse parte del cielo y parte de la edificación que continuaba hacia arriba. Añadió que las guardias entraban y salían llevándoles alimentos. Dijo que por sus hermanos más pequeños que jugaban en ese patio interior, al tercer día de detención, por la abertura enrejada que mostraba parte del cielo y de la edificación hacia arriba, unas jóvenes mujeres desde el primer piso empezaron a saludar, supieron que eran estudiantes de La Plata que estaban desaparecidas, una de ellas contaba con 6 meses de embarazo, y les dijeron que arriba, en el segundo piso estaban sus compañeros varones. Al sexto día la madre del declarante fue llevada a la noche, al regresar les contó que había hablado con un jefe del lugar que se identificó como Coronel, le indicó a su madre que la orden de detención había venido de Tucumán, le dijo a ésta que procedería a trasladarlos a Tucumán, no informó sobre las causas. En esa ocasión su madre pedía que autoricen a sus hijos a que se quedaran en Buenos Aires en casa de unos familiares, pero los vendaron y ataron a todos, a los chicos los pusieron en un auto, a su madre en otro, continuó el dicente relatando que luego de un recorrido pararon los dos autos, uno de los captores le entregó los documentos del declarante y de los hermanos, dijo que los dejaron atados y vendados con una sábana encima y les dijeron que se llevaban a la madre, que la verían en poco tiempo. Recordó que al desatarse y sacarse las vendas el declarante vio que estaban cerca de la dirección de una familia amiga, pensó que su madre dijo que los dejaran allí. Dijo que desde el inicio, desde fines de febrero del año 1977, la familia hizo todo para dar con su madre a la que nunca volvieron a ver, interpuso recurso de Habeas corpus, denuncias ante diferentes Gobiernos de países extranjeros, Organismos Internacionales, denuncias en el Vaticano. Declaró que las búsquedas fueron infructuosas, para tener conocimiento del lugar de detención de su madre. Dijo que solo con el Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, se aceptó la ocurrencia de los hechos denunciados de Ezeiza, pero el Gobierno de facto, aceptó los hechos denunciados, pero adujo allí que su madre era una mujer que se estaba escapando de Montoneros y éstos para evitar abandonos como ese se hicieron pasar por militares y lograron engañar a las autoridades de Ezeiza y así los secuestraron. Continuó el dicente declarando que luego vino CONADEP, juicio a las juntas, la Comisión Bicameral en Tucumán, querellas iniciadas por la familia. Dijo que de todas las investigaciones realizadas se pudo concluir que su madre fue trasladada de Buenos Aires a Tucumán, fue alojada en Jefatura de Policía, donde fue vista y hay una lista de detenidos desaparecidos donde su madre figura con la sigla DF. Agregó que de todo lo recopilado por la familia, precisó que es innegable la responsabilidad del Ejército en el secuestro y desaparición de su madre. Precisó que en el juicio a las juntas por el caso de su madre fueron condenados Videla, Agosti, Camps y otros por su responsabilidad jurisdiccional en la desaparición de su madre. Indicó que conocía a Luisa Vivanco porque era amiga personal de su madre y de su padre, con su familia siempre tuvieron mucho contacto porque eran vecinos de Yerba Buena. Agregó que Luisa y su familia incluso vivieron en Venezuela. Explicó que sus padres decidieron irse a Venezuela porque en el año 1976 en Tucumán se vivían momentos muy dolorosos, mucha violencia, detenciones, torturas, desapariciones. Que incluso amigos, compañeros y conocidos de sus padres también habían sufrido esos hechos, por eso sus padres decidieron mudarse a Venezuela. Recordó que su madre era una persona muy sensible, única hija de un médico salteño, desde joven mostró sensibilidad por el arte y por lo social, siempre se interesó por la gente, sobre todo por los más pobres, y en esa mezcla de actividades formó una familia grande de seis hermanos, su madre siempre tuvo actividades solidarias y les dio a sus hijos una formación moral firme, su madre tuvo una tarea de acción social para el prójimo, que lamentablemente para el gobierno de la época era un enemigo al que tenían que destruir, rescató la importancia de la formación que su madre les brindó. Dijo que sus hermanos al momento de los hechos eran Mario de 12 años, Renato de 11, Néstor de 9 o 10 y Guillermo de 8 años. Precisó que en el lugar donde fueron dejados al momento de su liberación habían residido antes de su secuestro. Aclaró que en el vuelo a Caracas había dos funcionarios del Gobierno de Venezuela que testimoniaron sobre el hecho y un conscripto, ellos testimoniaron en el juicio a las juntas aunque también recibieron informalmente testimonios de azafatas y otras personas. Recordó que luego de que los liberan, su padre desesperado, sabiendo que no podía volver al país buscó el apoyo de la Iglesia y así un sacerdote venezolano llegó al país dos días antes de la liberación de los hermanos. Hicieron gestiones ante la policía federal para recuperar los pasaportes, aerolíneas para recuperar los pasajes, todo se hizo a través del Padre Alfonso Naldi. Que el nuncio apostólico Pío Laghi no le dio ningún apoyo, pero sí el adjunto del cardenal Tórtolo, Emilio Gracelli; con él se logró la remisión de los pasaportes por parte de la Policía Federal y de los pasajes por aerolíneas a cargo del Brigadier San Juan. Recuperada esa documentación y obtenida por Graceli la autorización de Ministro del Interior Harguindeguy y del Jefe de la Policía Federal para salir del país, es que el embajador de Venezuela acompañó al grupo a Ezeiza y aún con esas autorizaciones de las cabezas del gobierno militar en el aeropuerto hubo un serio inconveniente en la entrada del Aeropuerto de Ezeiza porque aparentemente un sector de las Fuerzas Armadas se oponían a que salieran del país. Dijo que al contingente se había incorporado Silvana, la hermana mayor que había quedado en Tucumán por una materia que tenía que rendir. La salida del país se concreta el 23 o el 24 de abril, un mes después aproximadamente del secuestro. Dijo que el padre Naldi ya falleció, que presentó varias declaraciones, la principal fue ante el juicio a las juntas y también textos y copias legalizadas ante la Comisión Bicameral de Tucumán y ante las comisiones de Derechos Humanos de la OEA y de NNUU. Recordó que Gary Coll y Serrano eran los apellidos de los funcionarios de Venezuela. Declaró también que Daniel Mazola, era una persona que estaba en el vuelo.

GUILLERMO JOSÉ FORTI SOSA

Dijo el deponente que al 18 de febrero de 1977 tenía 8 años, estaba con sus hermanos Alfredo, Mario, Renato y Néstor, además de su madre. Estando en Buenos Aires con los preparativos para ir a Venezuela donde estaba su padre trabajando, en el aeropuerto con todos los trámites hechos, relató que una vez en el avión llamaron por el altavoz del avión a Alfredo Forti, su hermano mayor que se llama como su padre se presentó en la cabina del avión, luego su madre fue a hablar con las personas que los solicitaron, así los bajaron a todos del avión con los equipajes, y unas personas de civil, una tenía uniforme, los llevaron en dos autos, un Peugeot 504 y un Ford Falcon, los subieron a un vehículo a los hermanos menores y al mayor y su madre en otro. El declarante relató que se asustó porque su madre y Alfredo iban en otro auto, el deponente recordó que empezó a llorar y lo llevaron al auto de su madre. A partir de allí los vendaron y ataron las manos a todos y los agacharon. Dijo que llegaron a una oficina donde oía máquinas de escribir, luego a otro sitio y finalmente a una celda. Con posterioridad supieron que ese sitio era el Pozo de Quilmes. Señaló que estuvieron allí unos seis o siete días. Dijo que su madre no le decía nada pero la llamaba un supuesto coronel que la interrogaba y ella para calmarlos y consolarlos les decía que iban a encontrarse en Venezuela todos. Relató que un día sin decir nada los sacaron, los ataron, los vendaron y los taparon con una sábana, a todos los hermanos, los subieron a un auto y a su madre en otro auto. Y finalmente los dejaron en una plaza, cree que era la Plaza San Martín, cerca de unos amigos de su madre, una de nombre Haydé. Que desde ese momento no volvió a ver a su madre, se comunicaron con su padre, luego vino un sacerdote, Alfonso Naldi quien a petición de su padre hizo todos los trámites con Alfredo. En casa de esa señora estuvieron dos días, luego fueron a casa de su abuela en Olivos y luego el padre Naldi hizo gestiones con Alfredo, también los ayudó monseñor Gracelli, para recuperar el pasaje y los pasaportes. También recordó que intervino la embajada de Venezuela. Su hermano se reunía con ellos y siempre insistía sobre el paradero de su madre. Finalmente lograron conseguir los pasajes y el pasaporte, el embajador venezolano los acompañó al aeropuerto. Sobre el destino de su madre dijo que después de aquel momento supo que se hicieron muchas gestiones por conversaciones con su hermano, y que así se supo que su madre fue llevada de Buenos Aires a Tucumán, y que en Tucumán estuvo en Jefatura. Aclaró que con el coronel con el cual hablaba su madre este le había dicho que debían trasladarla a Tucumán. Recordó el deponente que su madre era cariñosa, afectuosa, sensible a lo social, a ayudar a los pobres, buena esposa, ayudaba a leer y a escribir a los necesitados. Precisó que los vendaron en el alto en el camino que hicieron cuando él testigo se puso a llorar por querer estar con su madre, lo trasladan al vehículo con su madre y en ese momento es que son vendados y amarrados, recordó que estaban en un calabozo. En el lugar de detención indicó que jugando con su hermano habló con otros detenidos que estaban en un piso superior. Sus hermanos mayores Mario y Alfredo organizaron unas colchonetas para estar mejor y Renato buscando cosas halló como una cuchara de madera con unos alambres y unas monedas con un cable, supo luego que era una picana. Dijo que su padre falleció en el 2009. Recordó que hicieron gestiones en los gobiernos de Venezuela y EEUU, en la OEA, en Naciones Unidas, en distintas ONG. Recordó siempre a su hermano mayor Alfredo y su padre haciendo todos los trámites para dar con el paradero de su madre.

JULIO CÉSAR ALBORNOZ LIZONDO

El testigo relató hechos que perjudicaron a Angélica Margarita Palacio y de un acompañamiento que brindó en su tiempo. Dijo el testigo que Angélica Palacio era feligresa de la parroquia de Tafí Viejo, ahí la conoció después se enteró que estuvo detenida 20 o 30 días y después la dejaron en libertad; en ese tiempo recurrió a la parroquia y le contó al deponente lo que había sufrido y le pidió que la acompañara a la policía de Tafí Viejo para averiguar por qué la habían detenido. Recordó el testigo que en la comisaría no lo dejaron entrar, entró ella sola, salió amargada porque no le dijeron nada. Dijo que Palacio se sentía perseguida. Recordó el deponente que le aconsejó que se fuera de la provincia y se fue a Rosario de la Frontera a casa de una tía, allí también empezaron a perseguirla, a preguntar, por los vecinos se enteraba que la estaban buscando entonces se trasladó a Mercedes, San Luis, allí estuvo 6 años, luego pasó a Jujuy buscando trabajo y lo consiguió y actualmente está viviendo ahí. Ella pedía indemnización moral por los daños físicos y económicos que pasó, médicos, psicólogos, medicinas que tuvo que gastar. El testigo dijo ser sacerdote cura párroco de Cristo Obrero de Tafí Viejo. Contó que le vendaron los ojos y lo trasladaron oculto en el asiento de atrás de un vehículo; que quiere una reivindicación económica.

JULIA JOSEFA SALINAS LANCIOTTI

La testigo declaró sobre Ricardo Salinas y Silvana, su hermano y cuñada. Dijo que a fines de 1976, Ricardo y Silvana vivían en Bs. As. Vinieron a Tucumán porque la testigo se casaba, compartieron la ceremonia civil y religiosa y pasaron el 31 de diciembre en la provincia de Tucumán, después decidieron viajar al norte para comprar un terreno en la provincia de Salta donde Silvana iba a ejercer como maestra y su hermano como carpintero. Quedaron en encontrarse una semana después en Bs. As. Viajaron con el esposo a Buenos Aires pero Ricardo y Silvana no se encontraron ahí, la familia de Silvana no sabía nada, los familiares tampoco sabían nada, entonces volvieron a Tucumán, cuando volvieron se comunicaron con la familia de Silvana para que vinieran y el padre ya había viajado; que cuando Vicente Parrille vino a Tucumán fueron con el esposo de la dicente a Jujuy con un peregrinaje penoso hasta que le dijeron que Silvana y Ricardo estaban en un instituto penitenciario en Jujuy y que volvieran al día siguiente, que los podrían ver, cuando volvieron les dijeron que ya no estaban ahí que les habían dado la libertad y les mostraron un libro de salidas con las firmas de Ricardo y Silvana. Que los padres de Silvana recibieron una carta de Silvana escrita por ella con un sobre cuya letra no era de ella, en esa carta le dijeron que fueron secuestrados en Jujuy en una plaza, en esa carta Silvana les decía que rompieran la carta para no comprometer a la persona que había escrito y así lo hicieron. Que la hermana de Silvana leyó un libro de detenidos desaparecidos, donde nombraban a su hermana y Ricardo que habían sido secuestrados y llevados a la cárcel de Jujuy Villa Gorriti. Que fueron sacados de ahí el 20 de enero. Recordó también lo que supieron de los testimonios de Juan Martin y Pedro Cerviño y el hecho de que los dos aparecen en las listas de Clemente con las siglas DF. Que a fines del 2011 recuperó los restos de su hermano en una fosa colectiva en el Arsenal, en agosto del año 2012. Relató que eran 4 hermanos, eran huérfanos de padres, los hermanos menores Ricardo y Alfredo decidieron dejar de vivir en el departamento donde vivían en el año 1974 y Ricardo construyó una casa en Villa Urquiza, recordó que a principios del 75 Ricardo le dijo que había pensado en irse de Tucumán por la situación de represión que había en Tucumán, se fue a Bs. As., se comunicaban por carta y después conoció a Silvana Parrile. En octubre del año 1975 la testigo viajó a Bs. As. para conocer a Silvana, después Cecilia, la hermana de Silvana le contó que en Agosto Ricardo había sido secuestrado en Bs. As. y lo habían torturado y lo mencionaron a su hermano Alfredo pero nunca le contó, cree que para no hacerla sufrir. Relató que a mediados del año 1976 una patota atacó la casita de Villa Urquiza, fue un grupo de personas que destrozó la casa, robaron muchas cosas y lo que no robaron lo rompieron. A los vecinos les dijeron que la casa era una cueva de delincuentes subversivos, los vecinos no le dijeron con precisión si eran militares o policías, eran de las fuerzas de seguridad, ella le escribió una carta a Ricardo contándole. Dijo que Alfredo Salinas también está desaparecido desde Julio de 1975, durante todo el tiempo del proceso no tuvieron noticias de él pero interpretaban que podía estar fuera del país o que no se comunicó para protegerse. Que no hicieron la denuncia de Alfredo en la CONADEP, pensaban que estaba vivo, estaban decididos a no darlo por muerto, hasta que en la lista de Clemente apareció, pero en una lista de cadáveres identificados. Un mes después de la desaparición de Alfredo ya estaban reconociendo su cadáver, Alfredo tenía 19 años. Ricardo iba al Gymnasium y participaba en el club colegial, peleaban para que se fuera la interventora. Ricardo se incorporó al GET desde el año 69 o 70. En el 73 cuando Cámpora gana las elecciones se acercó a la Juventud Peronista. Dijo que de Ricardo tiene la imagen de su rostro, era una persona llena de luz y de compromiso. Dijo que entre junio y octubre del 76 es cuando destruyen su casa de Villa Urquiza. El GET era un grupo que tenía hasta las elecciones del 73, una actitud clara en contra de la lucha armada, sí defendían la posibilidad del pueblo de rebelarse ante situaciones de injusticia, después del 73 algunas personas que pertenecían al GET, pudieron tener un acercamiento a algún grupo de ese tipo, pero individualmente, nunca como grupo colectivo. Recordó que Ricardo traía un maletín especial para lustrar el juego de dormitorio que le regaló para el casamiento, el otro equipaje era ropa común. Cuando fue el velatorio de Ricardo se aproximaron muchísimas personas y fueron personas que no conocía la testigo y entre las personas que se acercaron estuvieron los familiares de Horacio Ponce Raia y de Ricardo Somaíni y Gustavo Santillán que eran amigos y compañeros de Ricardo del Gymnasium y el G.E.T.

JULIO ARGENTINO ARGAÑARAZ

Se procede a reproducir en la audiencia el audio de la declaración prestada por el testigo en causa "Jefatura", en cuya oportunidad dijo que Graciela Argañaraz era su esposa y está desaparecida desde el 29 de abril del 77, dijo que conocía a Adriana Mitrovich, Ricardo Torres Correa y Horacio Ferreyra Córdoba, eran amigos y compañeros de militancia política, Graciela venía del movimiento Evolución Tucumán, era católica, militante de acción católica, ligada a la juventud obrera católica, y después se sumó al Grupo Evolución Tucumán, después del desastre que hizo Onganía en las universidades, disolvió los centros, la actividad política y este grupo nació como independiente, había gente de distinta procedencia, este grupo se conformó con la idea de estudiar y de ver qué es lo que estaba pasando en el país, estudiaban qué era el peronismo, las distintas orientaciones, preocupándose por la cuestión estudiantil, fue un grupo fuerte en la universidad, Graciela era la única de este grupo, fue muy fuerte, en medicina llegaron a tener un diario ligado que se llamaba "El Pueblo", cuyo dueño era José Ignacio García Hamilton, mucha gente del GET trabajaba en ese diario al que le pusieron una bomba luego. Dijo que ellos estaban ligados a grupos disidentes del socialismo y con disidencia del FIP, ya comprendían lo que era el peronismo para la sociedad argentina y la fuerza transformadora de ese movimiento, Horacio Ferreyra era más independiente, tenían una agrupación asociación socialista nacional. Dijo que la noche del 28 de abril Ricardo Torres Correa, que aparte de ser compañeros eran muy amigos, lo habló por teléfono y le dijo que Adriana se había ido a estudiar con Horacio, estaba haciendo las últimas materias de arquitectura, y le dijo que supuestamente iba a volver a determinada hora y no volvía, entonces fueron a buscarla a la casa donde estaban estudiando; Ricardo entró y le dijo que estaba todo en orden, en la ignorancia y la inocencia de la crueldad que se estaba iniciando fueron al hospital Centro de Salud, fueron a la policía, porque pensaban que había pasado algún tipo de accidente, terminaron como a las 3 de la mañana y lo dejó a Ricardo en la casa de Adriana Mitrovich en calle Moreno y Rondeau y ahí se fue a su casa, pasó la noche con Graciela, comentaron el tema, ella estaba haciendo una pasantía en la terapia del Hospital de Niños, la dejó en el hospital y le dijo que la iba a pasar a buscar y se fue a lo de los Mitrovich, estaba Ricardo, los padres de Adriana, el padre de Adriana había tenido contacto con Vera Robinson que era pariente de él y que aseguraba que ya tenían datos de Adriana y que Adriana aparecería al mediodía. Dijo que había quedado con Graciela en ir a buscarla, Ricardo le dijo que él la iba a pasar a buscar. Relató el testigo que no llegaban, entonces se fue al Hospital de Niños, preguntó por Graciela y le dijeron que la había ido a buscar Ricardo, entonces fue por Lavalle y en la zona de Lavalle y Chacabuco vio movimiento de gente y vio que había un operativo donde había sido secuestrada Graciela y Ricardo, de ahí se fue a la casa de los Mitrovich. Dijo que supo de la carta que Juan Martín le mandó a la madre de Graciela, donde le decía que la había visto a Graciela en la Jefatura, que tuvo contacto con ella, dijo que conocía a Juan Martín de la militancia y era muy amigo de Graciela. Que inició la búsqueda de Graciela, hizo una denuncia policial en la comisaría segunda en el folio 94 donde describió los hechos, hizo carta al Ministerio del Interior, un telegrama a Bussi, por medio de su suegra hizo una denuncia a la CONADEP, a Cruz Roja, al Papa Pablo VI, un habeas corpus en el 78 y en varias instancias fue al Ministerio del Interior en casa rosada, relató que ahí lo atendió un funcionario que le dijo que él figuraba como desaparecido, y le dijo que esperara, entonces el testigo se escapó, volvió a Tucumán, le comentó la situación a su suegra y le comentó de las madres que estaban apareciendo en Buenos Aires. Manifestó que uno de los primeros contactos con el comando de la V° Brigada fue una persona de apellido Caffarena y después con el general Llamas de Madariaga oriundo de Formosa, la madre del testigo era de Formosa y lo conocía entonces fue a la Brigada, le comentó la situación y a través de esa gestión, el testigo lo fue a ver a Llamas de Madariaga, y comenzó el general Llamas a tener contacto con los padres de Ricardo, la esposa de Horacio, a través de esa gestión se consiguió que le devolvieran el vehículo secuestrado a su amigo Ricardo y su esposa. Dijo que a raíz de la fuerte militancia católica de Graciela se le acercaron curas ligados al movimiento del tercer mundo y recordó una carta de recomendación para ver a Pío Laghi que le dio el padre de Alejandro Sangenis que estaba vinculado a la iglesia, logró verlo a Pío Laghi. Recordó el testigo que cuando fue a verlo a Pío Laghi sintió que podía hablar, le comentó lo que estaba pasando, él le dijo que le comentaría a Massera, y le dijo que rezaran un padre nuestro. Una vez que vino la democracia el testigo se enteró que este era un personaje que visitaba las cárceles clandestinas. Dijo que en el año 2003, él estaba casado con Blanca López Cross, en noviembre de ese año se radicó en Salta porque no conseguía trabajo y consiguió entrar en el hospital, ahí rehizo su vida. Relató que en una oportunidad su esposa y su cuñada volvían de Buenos Aires y se acercó una persona que era el doctor Eduardo Herrera, que era una persona que trabajaba con ellos en el Hospital de Niños, le dio una tarjeta a su esposa. Después su esposa le contó que este hombre a viva voz contaba que era médico, entonces su esposa le dijo que su esposo también era médico y este hombre le dijo que la vio a Graciela en Jefatura torturada y le contó hechos, entonces el testigo decidió ir a verlo y Herrera le contó que la había visto a Graciela en Jefatura con signos de tortura y que en una oportunidad pasado un tiempo lo llamaron a Choromoro y lo recibió un tal Oliva y se encontró con 15 cadáveres, entre los que estaba Graciela, que no tenía signos de bala sino que había muerto por tortura y que Oliva le había dicho que tenía que hacer 3 certificados de defunción porque lo había ordenado Bussi, entonces Herrera manifestó que eran 15, entonces le dijo que se fuera y después lo llamaron cuando había 3 cadáveres para que hiciera el certificado, él les preguntó dónde estaban los otros y le dijeron que los habían puesto en una fosa común con alquitrán y entre estas tres personas no estaba Graciela. Ante estos relatos, el testigo hizo una denuncia ante el Fiscal Ferrer y relató lo ocurrido, tuvo un careo con Herrera donde Herrera negó todo, falleció después. Dijo que las personas que estaban en calle Lavalle cuando secuestraron a su esposa, le dijeron que era un operativo grande que habían encerrado el auto de Ricardo, eran personas de civil. Manifestó que él es un sobreviviente, que no fue fácil sobrevivir, que otra hubiera sido la Argentina con una Graciela Bustamante, con Ricardo Torres Correa, Adriana Mitrovich, con Horacio Ferreyra Córdoba; dijo que mataron lo mejor de la Argentina. El testigo concluyó su declaración leyendo unas palabras del escritor Tomás Eloy Martínez. Posteriormente el testigo agregó en esta audiencia que recordó que vio la carta que Juan Martín mandó a su suegra y aclaró que la declaración que acababa de escuchar, lo conmovió, fue una declaración muy general en esa oportunidad porque se estaba juzgando a los jefes del genocidio; manifestó que omitió decir que Juan Martín mencionó a Ángel Custodio Moreno específicamente y recordó el nombre por la alusión a "custodio". Aclaró que intentó buscar testigos de lo ocurrido en Lavalle y Chacabuco en aquella oportunidad pero que la gente tenía mucho miedo. Relató que el lugar al que aludió, donde se encontraban las madres y que el dicente va a averiguar por Graciela, era una dependencia del Ministerio del Interior, con varias mesas, y que ahí se recibía a los familiares de los secuestrados, eso era en la misma Casa de Gobierno. Dijo que después de muchos años se vio en la lista de Clemente como un operativo pendiente de realizar.

JOSÉ RAMÓN CERVIÑO

Comenzó su testimonio relatando que el día 8 de febrero de 1977, aproximadamente horas 14:45, salió de la fábrica junto a su hermano Pedro. Agregó que en un cruce de caminos un Peugeot se detuvo a mitad del camino, abrieron las puertas con violencia y en solo algunos segundos los tomaron e ingresan al automóvil. Agregó que pasaron por el puesto de la caminera de la Banda del Río Salí sin ningún problema y que los llevaron a un lugar que, después supo, era la Policía de Santa Fe y Junín. Allí le preguntaron quién era, le sacaron sus pertenencias, le ataron con el cinto las manos, le preguntaron por su nombre de guerra, sus actividades políticas y si pertenecía a alguna organización. Relató que como se cansó, se sentó, por lo que le preguntaron qué hacía sentado, lo golpearon, lo llevaron a unos 30 metros de allí y le dijeron que ya que no tenía memoria, le iban a hacer acordar. Dijo que lo ataron a un elástico de alambre, le preguntan si no sabía que era la parrilla, pero les contestó que no sabía ya estaba vendado y bajo la venda le colocaron lo que supone era un electrodo. Indicó que empezaron las descargas eléctricas y lo golpearon con un palo de goma en el estómago. Luego agregó que transcurrido un día o día y medio después, sintió un "banquito" que se acercó y alguien que se sentó junto a él, y a esa persona le ordenan que se lo lleven. A continuación, dijo, lo desataron, levantaron entre dos y llevaron a una habitación subiendo un par de escalones. Recordó que había ventiluces sobre los laterales y, aproximadamente, 15 o 16 personas. Indicó que le dijeron que era el número 200. Agregó que pasados un par de días, se sucedieron un par de interrogatorios en los cuales le preguntan por Cristina Bejas, "Tati" Solis y Jiménez Lascano que eran sus amigos y compañeros de facultad. Sobre Cristina Bejas, dijo que supo que despareció. Recordó que no lo torturaron después de eso, pero oía torturas permanentemente, gente que pedía agua y que a una persona que contaba que "le habían hecho el potro". Dijo que uno de los detenidos, el 116, estaba autorizado a levantarse un poco la venda y llevarlos al baño. Recordó a uno de los interrogadores le decían "el Capitán", y supone que era alguien del Ejército y tenía tonada litoraleña. Continuó relatando que volvieron a aplicarle torturas, interrogarlo sobre donde estaba una de sus hermanas, de María Teresa, quien estaba muerta. Sobre tu otra hermana, María Luisa, no sabía dónde estaba, y prefería no saberlo por temor a que bajo torturas pudiera decir dónde estaba. También dijo que le preguntaron por el cura Sánchez a quien conocía por un grupo de cristianos con fuerte compromiso social. Expuso que lo peor sucedió cuando lo llevaron, dos días antes de trasladarlo a la Brigada, a una habitación donde le sacaron las vendas porque temía ver a sus captores. Indicó que supo que estuvo detenido en Jefatura porque vivía en Junín al 900 y escuchaba los trenes, los ruidos del barrio que conocía. Agregó que en jefatura reconoció por su voz a su hermano, pero a nadie más y que en la habitación donde estaba había de 15 o 16 personas, no había mujeres allí, pero está seguro que en otros lugares las había porque escuchaba sus gritos. Dijo que en Jefatura le hicieron firmar un papel que en lo sustancial, por lo poco que pudo leer -por la venda- era sobre un grupo que desarrollaba actividades contra el gobierno. Indicó que ese documento le produjo una gran crisis de angustia, se puso mal por haber accedido a firmar y no haberse negado. Luego relató fue "blanqueado" y lo trasladaron a la Brigada de Investigaciones, donde lo instalaron en una habitación y permitieron que lo visiten su mujer y amigos y le lleven comida. Añadió que en la Brigada vio al padre Quijano, al padre Padilla y Altiera. Luego recordó que después de unos días lo liberaron y le avisaron que iban a citarlo para un tribunal de guerra a fines de marzo o en abril. Agregó que a Pedro, su hermano, desde el momento en que los capturaron no lo vio más, y lo encontró de nuevo en el tribunal de guerra y supo que estaba en Villa Urquiza. Describió que el juicio duró unos 5 días, y el gran tema allí era saber dónde estaba su hermana y había un clima de amedrentamiento. Dijo que estaba tranquilo por su fe cristiana, más allá de que sintiera un gran temor por su vida, sabía que podía pasarle cualquier cosa y lo aceptaba. Dijo que su hermano Pedro tenía un defensor y el testigo otro y el juicio se desarrolló en dependencias del Comando, en calle Laprida y 25 de Mayo, primer piso. Agregó que luego del proceso le pidieron que firme actas y la sentencia. A su hermano le dieron 14 años de prisión por una granada encontrada en el auto y que a él lo absolvieron. Describió que durante este juicio no había público, era cómico cómo se desarrollaba y estaban presentes el Tribunal de oficiales del ejército, el Fiscal militar y el Defensor militar. Agregó que en ese proceso en un momento alguien sacó un arma diciéndole que podía matarlo. Luego recordó que a su hermano lo visitó en Caseros, en La Plata y en Rawson. Indicó que al quedar libre se encontró, en la producción de Canal 10, con uno de sus captores y se saludaron. Contó que luego José Padilla le dijo que el ejército lo estaban persiguiendo y que lo iban a "liquidar", por lo que se fue a vivir a la casa de Padilla, cerca del colegio Guillermina, con las hermanas de este y ahí le daban instrucciones para poder escaparse por atrás de la casa si alguien iba a buscarlo. Agregó que luego se fue a Córdoba en colectivo, con su familia, donde fue acogido por los focolares de su movimiento donde estuvo un día y luego se fueron a Buenos Aires, lo llevaron a un departamento y le dijeron que no salgan hasta que, finalmente, lo llevaron a Necochea. Allí le indicaron que solo hable con ellos una vez a la semana, desde cabinas públicas y otras medidas de seguridad para que no pudieran rastrearlo, donde estuvo hasta que pasó el peligro. Contó que su esposa vio una foto en el diario de tres niñas buscaban sus familiares, las que reconoció como las hijas de María Luisa, su hermana, enterándose de este modo que ella también había muerto. Luego relató que mientras estaba en Buenos Aires, el sacerdote Victorio Saviolo junto con José Padilla, fueron a verlo al entonces gobernador Bussi pidiendo por el declarante, a lo que Bussi les dijo "que no sabía nada" y el padre Saviolo le dijo que "nada podía pasarle pues tendría un problema internacional" a lo que Bussi respondió "padre, en realidad este muchacho sabía algunas cosas y tenía ideas de izquierda" y el padre le respondió "las ideas de él son mi responsabilidad, entonces póngame preso a mí". Agregó que es probable que sin la intervención de Victorio no hubieran salido vivo ni él ni su hermano. Añadió que no le quedaron secuelas físicas pero a Pedro, su hermano, sí. Explicó que todo lo que les sucedió con su hermano estaba relacionado con su hermana María Luisa. Incluso, agregó también la perseguían a su madre porque tenía contacto con su hermana y cree que a su madre la llevaron a Famaillá y aunque no la torturaron físicamente, sí la amenazaron y hostigaron.

EDUARDO SEVERO JEREZ

Relató el testigo que trabajó en el Ingenio Ñuñorco desde el año1969 hasta el 1979, como contador y administrador. Describió que el ingenio era una especie de cooperativa ya que se repartían las utilidades entre los trabajadores, y si alguno se retiraba recibía una porción económica que alcanzaba pagar un auto o una casa. Agregó que se repartían como beneficios las acciones liberadas que por el retiro se capitalizaban y se llegaron a dar 3 y 4 aguinaldos juntos. Indicó que en esa época el presidente era Sosa Barber, el vicepresidente Carlos Alberto Bravo y los síndicos Gandur y Rotundo, los restantes eran directores cañeros, empleados y obreros. No Recordó que haya habido conflictos con los trabajadores en esa época. Dijo que esta estructura societaria le llamaba la atención a los militares, quienes pensaban que era comunista por lo que el Ingenio tuvo muchos problemas y recibían presiones por parte del gobierno. Por esto, agregó, estuvo detenido en una causa fabricada por subversión económica -fraude al comercio y la industria- junto a personas de trayectoria intachable. Añadió que su casa fue dos veces allanada, en los años 78 y 79, y explicó que estuvo detenido siete días y luego lo trasladaron a Concepción donde sufrió un escarnio público, ya que lo hicieron dar dos vueltas, esposados, por la plaza. Dijo que el juez Maloberti, de la Cámara Penal, lo sobreseyó. Relató que toda la causa era una vil maniobra para incriminarlos por subversión y que las autoridades que sucedieron en el Ingenio Ñuñorco malversaron todo y presentaron la quiebra, cuando hasta el 1977 la situación era excelente, buenos sueldos, utilidades y aguinaldos. Dijo que Mario Valentín González fue secuestrado pero luego de arduas gestiones lo liberaron gracias que Sosa Barber, quien se entrevistó con los militares. De los cañeros más importantes que recordó a Hael y Urueña y dijo que el Ingenio no hacía aportes al Fondo Patriótico. Culminó diciendo que la policía de Monteros solo tenía personal policial.

SAUL ALBERTO IBAÑEZ

Señaló es testigo que cuando se encontraba prestando servicio militar y su padre -que era abogado- lo visitaba. Relató que en su casa le comentó que hacia el año 1976, con motivo de la búsqueda de la familia Abregú, fue conducido por algunos contactos al Comando de la Brigada y allí fue llevado a una planta alta. Dijo que su padre vio en esa planta alta unos "piletones" con cuerpos y otros en unos dormitorios de la Compañía. Su padre, luego fue conducido por un pasillo por uno de los oficiales que era Bussi y en un pasillo que daba a una habitación, sintió un grito que salía de esta y por un instinto ingresó a la habitación donde, debajo de un escritorio, vio muy golpeado a Dardo Molina, quien le dijo "Ibáñez sácame de aquí". Agregó que su padre trató de acercarse a Molina pero lo retiraron de la habitación y uno de los oficiales cerró la puerta y Bussi le dijo "usted no ha visto nada". Dijo que el lugar donde sucedieron estos hechos era lo que hoy sería el edificio del fuero penal provincial, las salas de juicio oral del primer juicio son lo que antes era el dormitorio de la compañía, y donde está el baño actual sería el baño con "piletones" de esa época. Dijo hacia abajo estaba lo que era el arsenal y la panadería de la compañía. Luego de esa situación su padre recibió un croquis en su calle de Corrientes al 700 en el que se detallaba el itinerario que hacía el declarante entre la escuela y su casa. Continuó el deponente, que como conscripto tuvo que hacer un ejercicio vivo, un ejercicio militar personalizado que está prohibido, y lo arrastraron por el piso de los lugares donde había estado su padre. Cuando hicieron el croquis fue al momento del hecho, en esa época tenía 12 años, lo sucesos como conscripto fueron naturalmente años después. Su familia tiene muchos amigos y conocidos desaparecidos, recordó a Ana Corral habitué de su casa y desaparecida. Además recordó que su familia recibió amenazas en la casa paterna de su padre, en Rivadavia al 200, como tirar en el zaguán bolsas con sangre o pedazos de carne, ahí Recordó el testigo vivía también su tío, juez en esa época. Describió el secuestro de Guillermo Abregú que era ahijado de su padre. En esa época también robaron un auto a su tío. Dijo que recordó que su padre estaba seguro que vio a Dardo Molina, no puede precisar la cantidad de cuerpos pero dijo que su padre le comentó que eran muchos. Agregó que su padre tuvo acceso a la experiencia de recorrer el Comando porque integraba la directiva del Colegio de Abogados, además tenía contactos por razones familiares y por un procurador del estudio jurídico de su padre de apellido Moreno Ocampo, con militares y, en tercer lugar, había interpuesto varios habeas corpus por los Abregú, su tío había ingresado como Juez de Documentos y Locaciones, además dos socios de su padre en ese momento eran camaristas penales. Agregó que en esa época tenía 12 años. Precisó que sobre lo que vio no hizo denuncias porque recibía amenazas concretas, además en esa época el Colegio de Abogados tuvo una bomba.

JUAN DOMINGO ALMARAZ

Dijo el testigo que era del mismo barrio que Tártalo que trabajaba con su padre en el Ingenio San Juan. Reconoció el testigo fue secuestrado en varias ocasiones, que en una de las detenciones compartió cautiverio con Tártalo. Dijo que comenzó cuando llevaron presos a cuatro o cinco porque había problemas en el ingenio, lo detuvieron con un joven de apellido Cajal los llevaron a Jefatura, Albornoz le inició una causa por tenencia de armas de guerra y después lo llevaron preso a varios, el "ojoroso" era Tartalo, Chicho era Tula. Dijo que el Juez Jesús Santos entendió en sus causas Esto fue en el año 1974. Recordó que también estuvo detenido en Sierra Chica. Comandaba Albornoz. Dijo que sus captores lo detuvieron aduciendo que era chofer y portaba armas. Dijo que el tuerto vivía a la par de su padre y se ensañó con ellos. Recordó que con Albornoz, "el tuerto", estaba un tal Veliz que era de los grupos, eran 7 u ocho tipos de la Brigada que andaban con Albornoz, los comandaba él. A Valladares lo vio en la Jefatura gente de la Banda del Río Salí, Sosa Padilla, Morante, vio vivos a los mencionados. Recordó también a Cajal en Jefatura. Tártalo y Tula eran trabajadores del ingenio. Dijo que Albornoz era el que organizaba las represiones contra los trabajadores del ingenio. Fue torturado, tenía 15 años cuando lo secuestraron. La primera vez que lo secuestraron estuvo en Jefatura no mucho tiempo, no lo volvió a ver a Tártalo, dijo que fue liberado una vez, que antes de su secuestro su madre lo alojó, y fueron advertidos para que se fueran. Vio en Jefatura también al "macho" Luna dirigente estudiantil y a una chica de la Banda del Río Salí embarazada, atada de manos y pies. También vio a Valladares, a Juan Ángel De la Cruz, a Segundo Alderete, los tenían en un rincón y cuando los querían torturar los llevaban a otro cuarto. Reyes Camus y Molina estaban con Albornoz, eran policías de la Brigada, había 3 de la Banda. A la pregunta de la defensa dijo, que no Recordó la fecha exacta de detención, que fue en el año 1974, en esa ocasión Dijo que vio a estas personas. La segunda detención fue más o menos en marzo, abril de 1975, dijo que fue una causa en la que intervino la justicia provincial, hubo un atentado y lo culparon de eso, después pasó a disposición del Poder Ejecutivo Nacional. Dijo que a Tártalo lo vio en su detención en 1974, estuvo pocos días y fueron liberados ambos. En abril del 1975 el deponente dijo estar detenido.

JOSE ANTONIO GRAMAJO

El testigo fue secuestrado, vivía en el ingenio San Juan y trabajaba en el ingenio. Fue citado por Tártalo, dijo que era su compañero. El testigo vio a Tártalo donde estaban detenidos, los liberaron juntos, el 3 de mayo de 1975 con varias personas más. Recordó que fueron secuestrados, Trejo, Juan de la Cruz un joven de apellido Herrera y otro que no recordó su nombre, todas las personas eran trabajadores del Ingenio San Juan. No participaban sindicalmente. Agregó que a Tártalo le decían el "Ojoroso", dijo que los llevaron a la Escuelita de Famaillá, vio a Tártalo cuando los sueltan porque los sueltan juntos a él, a Trejo a Herrera en Famaillá. Antes de soltarlos a todos los muchachos los encerraron y los golpeaba un "porteño", los interrogaban sobre si estaban vinculados con el extremismo, dijo que le pegaron mucho, a Tártalo también, estuvieron aproximadamente un mes en el lugar, lo vuelven a secuestrar en 1976, lo secuestraron en el ingenio San Juan, con el mismo grupo que lo secuestraron en 1975, pero ya en la segunda vez no volvieron, están desaparecidos. Dijo que Almaraz no fue detenido junto con ellos y no sabe si en años anteriores detuvieron gente.

MARÍA ESTHER NIEVA

La testigo fue cónyuge de Silvestre Máximo García desaparecido. Describió que el 14 de abril de 1977 su esposo entró a trabajar en la Jefatura de Policía y no volvió nunca más; dijo la testigo que fue a la Jefatura a preguntar el día 15 porque no había vuelto y Albornoz le dijo que se había ido; otra vez también lo fue a buscar a Albornoz y éste la mandó a buscarlo a González Naya en su departamento ubicado en Av. Sarmiento y 25 de Mayo; ella fue hasta ahí y González Naya le dijo que fue a hablar por teléfono con Albornoz, lo hizo y volvió y le dijo que aquel decía que su marido se había ido con una mujer. Agregó que tenía 5 hijos para mantener y el que mantenía el hogar era su esposo. Recordó que el Subjefe de policía le dijo lo mismo que Albornoz, que se había ido y que espere a que vuelva. Ella denunció esta situación en la Comisaría del Manantial y denunció la desaparición pese a que Albornoz le dijo que lo denuncie por abandono de hogar. Contó que el Sr. Marcoti estaba allí. Relató que en la Jefatura conoció al agente Campero porque trabajaba antes en El Manantial en la Comisaría; al señor De Cándido que le decían el cordobés porque Albornoz le ordenó que la llevaran a Castillo (una casa de electrodomésticos) para que hable con un muchacho quien le dijo que su marido había pagado la heladera. Contó que su marido llamó a la telefónica de El Manantial y dijo que entregue el dinero de la heladera. Después ella se da contó que Albornoz había tenido mucho que ver con la desaparición de su esposo. Dijo que en la Jefatura su marido vio al Sr Luis Conte, quien luego de Jefatura pasó a Arsenales (eso le comentó su marido), y le dijo que le avise a sus familiares, por lo que su marido fue a la casa de Marta y Rolando Coronel a decirles que le avisen a la esposa de Conte que éste estaba detenido. Luego conoció por el diario "La Gaceta" que su marido figuraba en el listado de Juan Martín que había declarado que Albornoz detuvo a su marido y lo puso en una celda solo y lo torturó desde Abril hasta Noviembre cuando lo fusiló. Dijo que ella estuvo presente en el juicio en el año 2010 cuando se presentó la lista de Clemente y su marido figuraba en la lista con la sigla D.F. Manifestó la testigo que no le creía a Albornoz pero se calló porque tenía miedo por sus hijos. Pidió que Albornoz se digne a decirle dónde están los restos de su marido, que eso sería muy importante para la testigo y sus hijos porque su familia quedó destruida. Su marido trabajaba con Albornoz, en la Comisaría de San Pablo, pero cuando fueron los allanamientos lo trajeron de Villa Nougués y lo pusieron en manos de Albornoz. Dijo que su marido era de mucha confianza de la gente de Villa Nougués, que el Sr. Terán Nougués de la Hostería le prestaba una habitación para que viva ahí ya que la comisaria estaba al lado, de Villa Nougués lo trasladaron al Manantial porque su marido era oriundo del lugar y conocía a la gente.

ALEJANDRO CARLOS SANGENIS

El testigo integró la Comisión Bicameral por la Violación de los Derechos Humanos en Tucumán. Contó que el origen de esa comisión data del retorno de la democracia en el gobierno de Pedro Riera como proyecto emanado del Ejecutivo, (en ese momento había Cámara de Senadores y de Diputados en la Provincia). Se crea con el espíritu de que se cite, dándole un marco dentro del poder legislativo, para que sea en el seno de este donde se expresen con mayor facilidad y garantías los testigos y víctimas, Recordó que en esa época había un clima de mucho temor. La Comisión funcionó en el primer piso del poder legislativo, compuesta por el Dr. Meswich, y el Dr. Baunali; por Senadores y por los diputados Arturo Sassi, el Dr. Nazur y el declarante, jubilados de la justicia de instrucción Salguero, Bulacio y asesoras por la legislatura las Dra. Noli y la Dra. Vitar. Se invitó a todo el mundo a hacer las denuncias y también a los acusados de los cuales se presentaron 3 o 4 policías provinciales pero nadie de las Fuerzas Armadas. Al cabo de más de un año se arribó a conclusiones desde la comisión y ambas Cámaras aprobaron por unanimidad terminando en un informe final de características políticas, reconocido por algunos organismos internacionales incluso O.N.U. Manifestó que el informe fue el primer paso para institucionalizar a jóvenes y viejos militantes peronistas que estaban estigmatizados por haber estado presos. Recordó que a dos cuadras funcionaba en el Comando de la V Brigada, el Juzgado Militar que cree a cargo estaba un auditor del Ejército de apellido Cabral. Dijo que se promulgaron las leyes de Obediencia Debida y Punto Final. Relata que la UNT ha publicado el resumen del informe. Dijo que la Comisión se creó por ley cuyo proyecto emanó del Poder Ejecutivo. Los que intervinieron eran ex secretarios de tribunales y abogados de reconocida trayectoria en el foro local y el Dr. Varela. Aclaró que citaban por escrito se lo tramitaba por secretaria parlamentaria del poder legislativa, entre los casos más resonantes fueron Bussi, Vilas, por ejemplo. En las declaraciones participaban los cinco secretarios trabajaban mañana y tarde horario corrido y siempre había un funcionario legislativo; también estaban las Dras. Noli y Vitar. Contó que a él y toda la comisión recibieron amenazas de bombas en el recinto y el testigo recibió amenazas personalmente. Expresó que el libro es fidedigno y que es un compendio de las sesiones de la legislatura y del informe. Recordó que en una oportunidad visitaron el recinto del Comando y le pidieron al encargado del Comando de la V Brigada, Bonifacino, ingresar al recinto. Allí lo llamaron y le dijeron que Bussi quería hablar con él a lo que el testigo dijo que se retiraría del lugar porque el ámbito para hablar era el de la Comisión. Dijo que conoció a Graciela Bustamante de Argañaraz y a su marido, estudió con ella y compartió el Hospital de Niños con ella recién recibidos y recordó que fue una sorpresa para todos los médicos que la hayan secuestrado de día, en un día de trabajo. Contó que acompañó al marido a visitar a algunas autoridades religiosas, consiguieron entrevistas con Monseñor Juan Carlos Aramburu con el Nuncio Pío Laghi. Mencionó que a la época que la secuestraron (el 29/04/77) a Graciela, el ya no era médico de la Policía; contó que desde el año 1972 estuvo en la Policía y especifica que el 6 de mayo de 1977 presentó la renuncia a la Jefatura y que le hacen "abandono de cargo" (precisó que se recibió de médico en octubre de 1976); comentó que Julio Argañaraz le pidió que averigüe por Graciela y él preguntó pero nadie sabía nada de ella. Aludió al mensaje del gobernador de la Provincia, Pedro Fernando Riera, en el informe de la Bicameral en el que aludió que no hay justicia sin verdad y sin justicia no hay paz. Dijo que las invitaciones de la comisión bicameral no eran siquiera contestadas. Describió que mientras estuvo en la Policía de la Provincia pudo advertir que la organización era vertical; que estaba en el área sanidad de la Policía, que antes era la cátedra de la Universidad donde estaba el Dr. Freidenberg pero que éste se va cuando llega el proceso y se va con la cátedra y esa área pasa a llamarse D-6. Relató que la estructura de sanidad de la Policía realizaba tareas como prueba de parafina, análisis de sangre, de alcoholemia, y que no intervenían en acciones de combates, de enfrentamientos, etc. Y recordó que sólo una vez lo llamaron por un supuesto enfrentamiento en la calle Azcuénaga, Barrio Echeverría. Manifestó que el Poder del Ejército decidía el Jefe de Policía, el subjefe, etc. Y que el país estaba supeditado al miedo donde la usina generadora eran las Fuerzas Armadas. Manifestó que las denuncias que recibieron en la comisión eran desde el gobierno de facto militar. Dijo que hicieron relevamientos de Centros Clandestinos de Detención como Jefatura, Escuelita de Famaillá, lo que consta en el Informe en donde hay archivos fotográficos. Respecto a responsables civiles en Tucumán, dijo que en el informe sí se menciona ese tipo de responsabilidad civil pero no con nombre y apellido (cita el fondo patriótico, el aporte de la industria e ingenios hacia la estructura del gobierno de facto). Se preguntó con quién estaba la presidenta Isabel Martínez, en momento en Ascochinga, aludiendo a que se encontraba con las esposas de los miembros de la Junta Militar.

MARIO VALENTIN GONZÁLEZ

Dijo tener 88 años y que padeció un ACV. Contó ante el Tribunal que trabajó en el Ingenio Ñuñorco más de 30 años, desde 1940; allí hizo todo tipo de tareas, estaba al frente del taller de tornería, reparaba balanzas, operaba el trapiche, casi siempre en turnos de doce horas. Dijo que tuvo allí actividad gremial como vicepresidente de la FEIA, como representante gremial de la FOTIA y de la FEIA; luego de salir del ejército a los 21 años empezó su actividad gremial. Agregó que llegó a ser síndico del Ñuñorco, redactó el estatuto de la mutual Ñuñorco, trabajó en el ingenio hasta 1980. Dijo que producto de su representación gremial fue secuestrado a pedido del Directorio del Ingenio Ñuñorco; que ante una situación de corrupción Francisco Sosa Barber, presidente del directorio, un día lo llamó y le dijo que lo estaban culpando de tener armas en el taller. Señaló el testigo que Urueña es uno de los ideólogos de su secuestro junto con el CPN Jerez, el abogado Bravo y el abogado Gandur; y quien los enjuició a todos estos personajes fue el Dr. Maloberti. Dijo que tuvo una cesantía durante la gobernación de Barbieri por treinta días y lo salvó el presidente de la FOTIA y el gobernador Barbieri. Dijo que en el momento de su secuestro un señor de apellido Russo que estaba a la par, vio todo. Precisó que dos encapuchados le golpearon la cabeza y lo metieron en el auto; que después supo quiénes eran; eran el que ahora está preso, Moreno, y un tal Molina, que era el que marcaba a la gente. Dijo que los seguimientos comenzaron dos años antes de que lo secuestraran, fue secuestrado el 11/11/77. Que luego de ser capturado y colocado en el auto, fue vendado, le sacaron el reloj, paró el auto, bajó un secuestrador y continuó la marcha hasta que llegó al Arsenal; que reconoció el lugar por una subida que había. Contó que le preguntaron dónde estaba y él dijo que primero lo agarró la policía, luego los militares y que luego dijo que estaba en el Arsenal. Recordó que les explicó que sabía dónde estaba porque había hecho allí el servicio militar y le comunicaron que había sido secuestrado por pedido del directorio del Ñuñorco. Agregó que reconoció la voz de Bussi en una de las sesiones de torturas. Dijo también que en una de las peores torturas que recibió, Bussi le preguntó por una empresa llamada "DEVO" que estaba trabajando en el Ñuñorco. Solicitó el testigo durante la audiencia que se lo haga comparecer a Maloberti para que se conozca lo que el Dijonte relata. Agregó que el contador Cohen, que vive cerca del Tribunal, ha sido auditor y también tiene información. Recordó asimismo que encontrándose detenido en el Arsenal pudo ver a Pedro Cruz. Que al ser liberado el Dijonte, un hermano de Cruz fue a verlo y le dijo que no denunciara nada, que era mejor así. Dijo que después lo llevaron a ver al abogado Valls. Recordó también a una chica que vio en Arsenal, que tenía a su marido detenido en otro Galpón, que le decía al Dijonte que su marido estaba quebrado y que estaban detenidos allí porque repartían cuadernos en la entrada de la ciudad, en el Manantial. Dijo el declarante que quien custodiaba en el Arsenal era Gendarmería. Contó que le decían "escuchá lo que están cavando, ahí vas a ir vos"; primero les pegaban un tiro, al primero lo hacía Bussi, después les tiraban aceite y los quemaban. Dijo que vio cómo le pegaron un tiro a uno en la espalda y lo quemaron. En relación a Pepe Almirón, quien era el comisario de policía de Monteros, dijo que tenía dos ayudantes, uno era Gómez, hijo de un ex Senador y el otro era Ramón Graneros, esos eran los que señalaban en el Ingenio a quién llevar. Dijo que en el Arsenal estuvo secuestrado unos 15 o 20 días; que al ser liberado, le sacaron las ataduras que tenía, lo vendaron con un cable de luz, le pusieron nuevas vendas y le leyeron una proclama que decía "El Ejército Revolucionario del Norte dispone la libertad y siguen las investigaciones, y si es culpable, será fusilado donde sea que se encuentre". Precisó que luego lo llevaron por los peores caminos de la provincia, en el camino a Simoca lo ataron a una grúa, lo pisaban, lo golpeaban, después le dijeron que se quede allí una hora y que después se desate; se levantó la venda y salió a la ruta, se tiró en la banquina donde por suerte había unos yuyos altos, porque justo pasaba un auto de la policía y temía que lo mataran. Dijo que lo buscaron con linternas y no lo hallaron; se desató y cada vez que pasaba un auto se tiraba en la banquina porque no sabía quién podía ser. Que así estuvo durante 4 o 5 kilómetros, hasta la Ruta 38. Dijo que al auto suyo lo tenía en el garaje a la vuelta de su casa, ahí tenía ropa y cosas para afeitarse, así, en ese garaje, sin luz, se cambió, entró por el portón cerrado, saltó la tapia, y sacó el auto, estando ya limpio y afeitado. Dijo que durante su secuestro su esposa primero habló con el Dr. Rueda, asesor de la FOTIA quien le dijo "tengo una sola casa y éstos hacen volar todas las casas, no puedo hacer nada"; después habló con Molina, y con Valls; luego buscó a un alumno de ella que era capitán o algo así, que estaba al frente de un movimiento del ejército de Monteros y le dijo que no podía hacer nada porque parecía que habían cosas de sectores del ejército que los otros sectores no sabían. Dijo que también hicieron averiguaciones su cuñado, su hija y su yerno. Agregó que su hija vio el secuestro. Dijo que tiene sólo dos hijas. Agregó que todas las gestiones realizadas por su familia fueron infructuosas. Precisó que estando detenido en Arsenal le dirigió una carta a su esposa diciéndole que estaba bien, que pronto iba a volver. Contó que cuando lo torturaban, lo tenían en una cama de hierro con los brazos atados, cables en los pies, genitales y oídos; subían encima suyo, lo pisaban, lo golpeaban con un garrote en todo el cuerpo y le decían "no vas a morir así, primero te vamos a cortar las orejas, después te vamos a sacar los ojos". Recordó que solían matar por la noche y al otro día los llevaban a los cuerpos. Que cuando uno estaba tirado en el piso podían escucharse conversaciones; así oyó que hablaban de que había 20 minutos hasta ese lugar donde llevaban los cuerpos, calcula que se referían a que los llevaban al dique Las Termas y lo tiraban ahí. Agregó que llevaron a otra gente del Ñuñorco, a su cuñado, a Correa, a Corbalán; Correa trabajaba en el ingenio y tenía actividad gremial de jerarquía y Corbalán también. Explicó que a Correa le dijeron que el declarante estaba muerto, que ante eso Correa permitió que Corbalán hiciera sonar los pitos y, por ese motivo, lo secuestraron a él también. Agregó que luego de su liberación se hizo ver por su médico de cabecera que lo revisó, estaba todo morado, le dio 30 días de reposo y en ese lapso visitó distintos médicos que le recetaban calmantes. Recordó el declarante que vino seis días a vivir a la ciudad de Tucumán a casa de una cuñada para hacerse tratar sus dolencias. Que al retornar a su trabajo su mujer y su hija no querían saber nada con que fuera a trabajar; el declarante manifestó esta situación en el Directorio y el Director, quien hoy es jefe de la Justicia, Doctor Gandur, le decía que iba a hacerle la renuncia, que la firme. Dijo que lloró dos noches por haber renunciado. Que al otro día los echaron a todos los torneros del taller y el declarante se sentía culpable; de ahí que lo defiende Maloberti. Dijo que a la fecha de los hechos el Directorio tenía representación de empleados, obreros, cañeros y la Caja Popular. Contó que el Ñuñorco aportaba dinero al Fondo Patriótico Azucarero; había una relación total entre el ingenio y el ejército, los cuatro ideólogos que tenían contacto con el ejército eran Gandur, Bravo, Jerez y Urueña, ladrones máximos del Ñuñorco, relató el declarante. Precisó que el secuestro de Correa y Rodríguez fue a los dos días. Aclaró que el juicio con Maloberti fue por su secuestro, no de índole laboral. Recordó el testigo la visita que hizo con la CONADEP al Arsenal; los galpones ya habían desaparecido; Recordó que todos los demás que lo acompañaban estaban más afectados que él. Dijo que también declaró ante la Bicameral. Recordó allí a Sangenis y a Sassi Colombres. Recordó por último que lo llevaron al Ejército para que cambiara su declaración pero que nunca lo hizo, y lo amenazaron con que lo llevarían de nuevo.

BERTA LUCÍA MOYA

Dijo que conoció a Luisa Ana Ibáñez; era compañera de trabajo. Narró que ese día salieron del Sanatorio Rivadavia, a las ocho de la noche, a tomar un café con otros dos chicos, iban los cuatro caminando juntos, la vereda era ancha; de repente a Luisa la agarraron del brazo y se la llevaron a un auto. Recordó que fue todo tan rápido que quedaron todos paralizados y volvieron al Sanatorio, donde un gerente y un administrador le avisaron a la familia. Contó la declarante que ella se fue a su pueblo en Bella Vista en el último ómnibus que salía a las once de la noche. Dijo que en el año 2007 declaró que volvieron y avisaron al Sanatorio. Recordó que la declarante estaba en la parte administrativa del Sanatorio y Luisa en el sector de Radiología; cuando ingresó al Sanatorio Luisa ya estaba trabajando ahí, la Recordó como alguien adorable, abierta, solidaria; nunca le comentó a la dicente si tenía alguna militancia política, tampoco le comentó haber recibido amenazas. Dijo que la vereda estaba oscura, que no pudo ver a los captores de Luisa, sí vio que era un auto oscuro y que estaba sin luces. Precisó que Luisa no estaba saliendo con nadie al momento de su secuestro. Que en el Sanatorio nunca se comentó nada del hecho. Aclaró la declarante que a la madre de Luisa la conoció antes del hecho, cuando fue a dormir a su casa en dos oportunidades, pero después del hecho no volvió a verla. Recordó finalmente que la captura fue muy rápida, no vio forcejeos, todo pasó en un instante.

BLANCA ESTELA MARTÍNEZ

Dijo que en 1976 tenía 25 años, era estudiante de arquitectura y presidía el Centro de Estudiantes en la agrupación que dirigía el Partido Comunista Revolucionario. Recordó que en ese momento había una persecución permanente a los dirigentes populares, estudiantiles, trabajadores, docentes de la facultad, cuando se declara el Operativo Independencia con el argumento de atacar a la guerrilla, ellos fueron detenidos. Precisó que ella fue detenida en el año 72 y liberada una semana después. Dijo que en el 75 presenció la detención de Norma Nassif, con quien estaba en el mismo grupo, en el PCR. Recordó que Norma acababa de rendir una materia de medicina, entonces fue a encontrarse con ella en calle Lavalle; los pararon entre Ayacucho y Lavalle, bajaron varias personas de una camioneta con uniformes claros de la policía o del Ejército; los rodearon a los 25 compañeros que fueron a recibir a Normita, les sacaron los documentos, y recordó también que cuando les sacan los DNI los captores comentan que también estaba allí Blanca Martínez. Dijo que Norma gritaba, que la golpearon. Relató que luego convocaron a una conferencia de prensa y tomaron la facultad porque querían que el rector apelara por una de sus mejores alumnas, dirigente del centro de estudiantes. Contó la testigo que habían vivido situaciones de detenciones de amigos que no aparecían; que al día siguiente de eso, la familia de Normita les avisó que la habían identificado. Dijo la declarante que dos veces allanaron su casa buscándola a ella; otra vez mientras comía con sus padres golpearon la puerta y ella salió saltando la tapia y se fue a la facultad y no salió. Relató que sabía que la estaban persiguiendo y convocó a una asamblea y contó lo que le pasaba y que ella prefería que si la sacaban que lo hagan delante de sus compañeros que la habían elegido por quinta vez consecutiva. Dijo que era vecina del Dr. Pisarello, también secuestrado y asesinado. Que el 20 de marzo del 75 en calle Lavalle a metros de Ayacucho, hubo un entredicho entre los captores acerca de si la llevaban a ella también en ese acto. Dijo que sí conoce a Miguel Ángel Olea, era un joven estudiante hijo de campesinos humildes que se unió a su grupo político y luchaban por el ingreso irrestricto y los comedores universitarios entre otras cosas. Añadió que a fines del año 75, decidieron, a raíz de las persecuciones que sufrían, ir a trabajar al campo de un pariente, Enrique Páez, en Burruyacú, era un campo chico; eran 4 o 5 personas, iban en un micro público y un día a fines de febrero su tío le Dijo a Miki que vaya a buscar no sé qué, y nunca más apareció Miki (refiriéndose a Miguel Ángel Olea); dijo que eso fue a fines de febrero, comienzo de marzo en época de carnaval del 76. Precisó que su tío también fue secuestrado y después liberado y lo tuvieron dos días secuestrado y lo torturaron. Dijo que Miki estuvo más tiempo secuestrado. Relató que Manfredi y Ana María Sosa también están desaparecidos por haber ido al Ingenio San Juan, y una lista larga de otras personas. Aclaró asimismo que no sufrió detención pero sí persecución y allanamiento, a pesar de que ella ya no dormía en la casa de sus padres. Que cuando la detuvieron a Nassif, también estaba Olea entre los 25 estudiantes que presenciaron el hecho. Dijo que el Partido Comunista Revolucionario sí apoyaba el gobierno de Estela Martínez de Perón, relata que incluso ella firmó una solicitada de apoyo al gobierno y defensa del gobierno constitucional; que ellos ya veían cómo se estaba gestando el golpe. Respecto al interrogante de cómo se explica que pese al apoyo del PCR al gobierno hayan secuestrado a la principal referente de dicho partido (por Nassif), dijo que ellos pensaron que los militares que actuaron en el golpe iban en contra de cualquier militancia política, que el PCR fue uno de los primeros en ser declarado ilegal. Nombró, de la facultad de Arquitectura, al chico Falú. Contó también que Norma Nassif estuvo detenida siete años aproximadamente. Respecto al caso Olea describió que lo secuestraron cuando estaba sólo con su tío, estaban todos pero al que secuestraron fue a él. Dijo que Enrique Páez es el tío de Olea, que Enrique fue detenido junto con Olea. Agregó que Genaro Páez era el otro tío de Olea, que era Juez de Paz, y fue quien pidió por los dos y le dieron primero a Enrique. La testigo aclaró que ella no estuvo cuando lo secuestraron a Olea y que su tío Enrique era un campesino muy pobre que vivía solo en el campo y que en esa época Norma Nassif hacía un año que estaba detenida y a disposición del PEN, en Devoto.

JUAN CARLOS CASTRO

Dijo el testigo que su padre trabajaba en la Comisaría de la Reducción, sobre la Ruta 38, yo iba a trabajar en la cantera de Sema, y yo siempre salía a las seis, y lo esperaba a él hasta que salga a las siete; y entonces estábamos con cuatro muchachos ahí y vino un Falcon rojo, a la par del chofer venía el Comisario Almirón, de Monteros, lo llamaron a su padre y éste le dijo al Dijonte que se iba a hacer unos trámites a Monteros y nunca más lo vio. Su padre trabajaba en la Comisaría de Monteros y de ahí lo trasladan a la Comisaría de Reducción por orden del Comisario Almirón. Su madre le comentó que su padre tuvo un intercambio de palabras en una oportunidad a raíz de un episodio en que un oficial Ruiz se pegó un tiro en la cabeza y discutieron el padre del dicente con Almirón, y desde allí que Almirón no tenía simpatía por su padre. Luego nunca más apareció. Contó que el día del secuestro de su padre fueron a la mañana, y que permanentemente iban por la noche, a su casa, pero su padre no estaba, nunca encontraron nada. Dijo que su padre vivía a dos cuadras y media de la escuelita de Famaillá. Su madre permanentemente averiguaba y lo buscaba a su padre luego de la desaparición. Nunca pudieron averiguar nada de su padre. A su madre le comentaron que el padre del dicente había estado en la Brigada y después lo llevaron a la Jefatura. Agregó el declarante que lo secuestraron el 5 de mayo y lo largaron en septiembre, pero antes había estado detenido en enero y soltaron el 2 de abril. Manifestó que no existió relación entre su secuestro y el de su padre y que a él durante su cautiverio no le preguntaron nada de su padre. Especificó que vio cuando lo secuestraron a su padre porque estaba al frente de la comisaría conversando con su señora a diez metros de la comisaría, al frente de la Comisaría, estaba el Cabo Cardozo que era de Famaillá, entonces el auto rojo vino, paró y lo vi a Almirón, todos vestidos de Policía. Agregó que su padre le dijo al declarante que se vaya en el colectivo que él se iba a hacer unos papeles a Monteros. Ese día estaba el Sr. Carrizo y Cardozo. Aclaró que él no lo conoce a Carrizo quien estaba en la puerta de la comisaría y él lo vio desde la puerta. Dijo que Cardozo estaba en la puerta de la Comisaría y que no había bolsas de arena como en la Comisaría de Famaillá, porque era una Comisaría chiquita. El testigo tenía 20 años en el momento del secuestro de su padre y que él le contó esta versión de los hechos a su madre, todo lo que vio, incluso el color del auto en que se lo llevaron; pero luego no acompañó a su madre a hacer las diligencias oportunas. Dijo que su padre siempre tenía problemas con los subalternos de él. Su padre salía de trabajar a las seis y media de la tarde.

JULIO FEDERICO STORNI

Dijo que vive en las Piedras 1884 hace 62 años. Precisó que conoció a Raúl Araldi y a Diana Oesterheld, iba con su hermano Pedro por calle Frías Silva y éste les presentó al matrimonio en la esquina de la panadería. Precisó que fue en febrero o marzo del 76. Ella tenía cabello rubio, muy claro y estatura baja y él era un chico medianamente alto, cabellos negros con un poco de canas. El declarante siempre circulaba por el barrio porque juntaba chicos para un equipo de futbol, y allí siempre veía al matrimonio, sobre calle Frías Silvas, 20 metros antes del pasaje Gálvez, yendo hacia el norte sobre la vereda derecha. Como su casa era en Piedras y Frías Silva varias veces los vio en calle Frías Silva, inclusive un par de veces lavando el auto. La panadería de la esquina se llamaba Capetta. Aclaró que de su domicilio a la casa de matrimonio hay unos 150 metros. La casa del matrimonio tenía una verja de un metro de altura ya con la pintura desgastada y un jardincito en la entrada. Estima que vio al matrimonio hasta noviembre del 76 y después nunca más los vio. Sobre el destino del matrimonio no le consta qué les sucedió, más allá de los comentarios del barrio. Luego de que no vio más al matrimonio en la casa, meses después vio una mujer en la casa; una mujer que entraba y salía. La veía especialmente cuando iba a la verdulería de la esquina. Dijo que alguna vez vio movimiento policial en la casa, vio un vehículo Torino estacionado varias veces y también vio al oficial Albornoz junto a otros oficiales. Sabe que se trataba de Albornoz porque lo conocía por haber sido detenido en el año 71; en esa oportunidad Albornoz lo había indagado en la Jefatura de Policía. Dijo conocer a María Elena Guerra, que a partir de febrero del 77 ya estaba en esa casa. La vio muchas veces yendo hacia la panadería o a la verdulería. Aclaró que no vio juntos a Albornoz y a Guerra en la casa, sólo los vio juntos con otras personas en la vereda de la casa. Precisó que en esa casa nunca vio a una persona llamada Alcira Inocencia Guerra. Era entrenador de básquet en el Club Nicolás Avellaneda. Vio la casa ocupada hasta noviembre del 76 y ya en el 77 la vio a María Elena Guerra. No Recordó haberla visto desocupada tiempo después. Dijo ser entrenador y profesor particular de historia y castellano. Dijo que siempre pasaba por el frente de la casa. Destaca que también conocía a la familia Marini. Recordó a tres de sus hijos. Reiteró que fue detenido junto a familiares suyos, dos hermanos, su madre, en el 71, que salió en La Gaceta, que fue en agosto u octubre del 71. Dijo no conocer a Emma Ferreyra, al menos por el nombre. Respecto a Enriqueta Pérez dijo no saber si la conoce, pero sí a Lita Pérez. A Guillermina Ester Giménez al menos por el nombre no la conoce. Con relación a Mirta Emperatriz Menin dijo que cree que vive frente al pasaje Gálvez. Agregó que hay personas en el barrio que nunca dijeron cómo se llaman, que eso es típico de los barrios. Dijo conocer a Delgado porque a él le llega la revista de ATS, y ahí vio que éste le hacía un homenaje a su hermano Storni que era un plástico conocido que vivía en Suecia. Al agradecerle el homenaje lo conoció. De noviembre del 76 a febrero del 77 no puede asegurar que haya habido camiones sacando cosas de la casa pero había rumores de que hubo un tiroteo relacionado con la desaparición de Araldi y Oesterheld.

HECTOR RENÉ SUELDO

Dijo el testigo que fue policía. Recordó cómo últimos destinos, las Unidades Regionales Capital y Este. Contó que trabajó en la Dirección de Tránsito en los primeros años de su carrera como policía, con el cargo de Oficial Sub-ayudante luego de estar dos años en la Escuela de Policía. No recordó con exactitud las fechas; dijo también que estuvo en Caballería, antes de pasar a Tránsito. Precisó que en Tránsito salía con patrullas a controlar el tránsito en rutas pero no en la vía pública. Que estando en Tránsito lo destinaron al paso fronterizo de Río Huacra. Relató el testigo que eran varios policías porque la división de Tránsito era un cuerpo de la policía, serían unos veinte con el rango de Oficiales, la mayoría egresados de la Escuela de Policía, cuya instrucción siempre duraba dos años. Entre sus compañeros de la época en Tránsito, identificó a Armando Juárez y a Martínez. Dijo que a Guillermo Agustín Ugarte lo recordó, pero cree que ingresó después de que él salió de dicha repartición. Indicó que cada Oficial tiene un grupo determinado de personas o servicios, pero casi nunca entre Oficiales; no trabajó junto a Ugarte, aunque es posible que hayan compartido la misma planta de Oficiales. Dijo que cree que ni siquiera compartían el dormitorio de Oficiales porque estaban en turnos diferentes; que en esa época los turnos eran 24 por 24 y existía una casilla rodante destinada a trabajar en la ruta haciendo control vehicular, por 48 horas; el franco era de 24 horas. Añadió que tenía en esa época subordinados a su cargo; que era frecuente que se aplicaran sanciones a los Oficiales, era un gobierno militar y eso implicaba mucho control y disciplina para el personal de las fuerzas de seguridad. Precisó que uno de sus jefes era Antonio Eulogio Cisneros; que no sabe si al día de hoy vive. Dijo que no era posible que un Oficial de la División de Tránsito prestara servicios en otra división. Indicó que su relato refiere al año 76. Dijo no recordar al Oficial Sub-ayudante Hugo Figueroa. Agregó que cree que Figueroa fue a la División Tránsito con Ugarte en época en la que el declarante ya salía de la división Tránsito, en el 76 o 77; que para mayor precisión habría que consultar su foja de servicios. Agregó ser clase 56, ingresó a la Escuela de Policía en el 74 y egresó como Oficial Sub-ayudante a la Policía en el 76 y lo destinaron al Cuerpo de Caballería; luego a Tránsito, con destino en Huacra, donde hacía controles vehiculares. Dijo que no tuvo ningún episodio en esas circunstancias, con la llamada lucha antisubversiva. Concluyó su declaración diciendo que en Tránsito estuvo unos dos o tres años y que no sabe bien cuándo llega Hugo Figueroa y Guillermo Ugarte.

ORLANDO BENITO CARRIZO

Dijo no recordar nada de la fecha ni de los hechos referidos a la causa porque padece mal de Parkinson. Solamente precisó que trabajó con el Subcomisario Eulogio Roque Marín en la Seccional Sexta.

CARLOS NÚÑEZ PIOSSEK

Dijo haber trabajado en la Policía de Tucumán. Que luego de un curso, ingresó en la División Antecedentes y llegó a quedar encargado en la Sección Dactiloscopia. Precisó que estuvo en antecedentes hasta el 83 u 84, luego pasó a Famaillá hasta que se retiró. Recordó que en Dactiloscopía, cuando llegaba una ficha dactiloscópica se examinaban los registros y se informaba al solicitante. Recordó el testigo que de Antecedentes no salían a pintar porque en cada lugar, en todas las Comisarías y Hospitales, había alguien que pintaba. Precisó que no conocía nada de los hechos, trabajaba de 13 a 14 y después se iba a estudiar abogacía y a trabajar en una finca y también se dedicaba al vóley. Recordó que había gente hasta las 22 horas al público y después quedaban dos señores que casi no conocía porque nunca veía. Dijo que en los casos de enfrentamientos, tiroteos en la calle o huellas de los cadáveres, no sabe dónde se tomaban. Aclaró que el prontuario es un legajo de la Policía; que puede contener o no antecedentes; es sólo para tener control de los ciudadanos de la provincia, pero hoy eso se cambió, ya no es así. Dijo que cuando cotejaba las huellas lo hacía con la impronta de las huellas que le llegaban; que la época de los hechos le trae malos recuerdos porque lo sancionaron y le hicieron cortar el pelo. Seguidamente se le exhibieron al declarante, dos fojas pertenecientes a las carpetas de Clemente, en las que hay una lista de cadáveres identificados por sus huellas, con la firma del testigo. Continuó su relato el testigo diciendo que trabajó en la Policía casi 32 años; que en la Policía no era posible estar adscripto a más de una dependencia; que pasó por ocho o diez oficinas antes de llegar a Dactiloscopía. Con respecto a la documentación que se le exhibió en la que el testigo reconoce su firma, explica que no Recordó bien y sólo puede decir que se mandaba la nota y si salía positiva la identificación de la huella informaba al jefe y éste contestaba. Dijo que esa lista seguramente la hizo en base a los datos que tenía en su oficina. Precisó que recibía una nota con las huellas dactilares de un NN, sin ningún dato y ahí se determinaba si salía positivo o no en base a la ficha dactiloscópica, iban al Registro Nacional de las Personas y si seguía positivo elevaba a su jefe. Indicó que dependía de la División de Antecedentes Personales, ahí elevaba los resultados a los que llegaba a partir de su investigación con las fichas dactiloscópicas y contestaba a su jefe que era el Jefe de División. Por último precisó el testigo que el destino de la documentación producida no era la Sección misma en la que estaba, sino el Jefe de División; y que la información que producía tenía alto nivel de seguridad, por lo que no podía verla cualquiera, no iba al D2.

ELSA SÁNCHEZ DE OESTERHELD

Se procede en la audiencia a reproducir el audio de la declaración de la testigo, prestada en la causa "Jefatura I".

La testigo es madre de Diana Oesterheld. La testigo relató que tiene cuatro hijas, dos de ellas embarazadas, dos yernos y su esposo desaparecidos. Dijo que Diana tenía un hijo y estaba embarazada, se enteró de la desaparición de Diana y su esposo Araldi un mes después que su hijito cumplió 1 año. Se enteró del secuestro de Diana en septiembre, agosto del año 76 porque alguien fue a Buenos Aires a avisar lo que había pasado, le dijeron que un grupo militar se había llevado a Diana, y al niño lo habían llevado a la Sala Cuna, ella tenía contacto por los papás de Araldi, vino a Tucumán y presentó un habeas corpus. Los Araldi comenzaron a viajar a Tucumán pero le negaban el niño, le decían que no estaba, pero ellos lo vieron en la Sala Cuna, cree que una jueza les dijo que se los llevaran y que se iban a hacer los trámites de la adopción en San Isidro porque los abuelos vivían en San Isidro. Manifestó que a Raúl Araldi lo conocía todo lo que podía conocer a un muchacho que festejaba a una chica, que era una persona excepcional, tenía el título de doctor en química o física estaba recién recibido, era una persona muy inteligente, podría haber sido un matrimonio excepcional. El trabajaba acá, cuando llegaron a su casa él no estaba, se salvó, estaba desesperado por Fernando, su hijo, y el embarazo de Diana, dijo la testigo que fue una cosa monstruosa, no sabe dónde y cómo desapareció, cree que un año después, supo por los padres de Carlos Araldi que ellos habían recibido una persona que les dijo que vieron el cuerpo de Carlos en el departamento de policía, el consuelo era que estaba el hijo de Diana, pero a ella le preocupaba el embarazo de Diana. Dijo que las diligencias que hizo fue venir a Tucumán y presentar el habeas corpus, era una situación muy traumática porque era peligroso y estuvo mas de tres días y tenía un trabajo con cargo importante, tenía miedo de perder el trabajo, era una situación que tenía facetas espantosas, no le hicieron ir a la comisaría primero porque todos tenían miedo que ella fuera ahí, la alojaron en un colegio de hermanas y una de las profesoras tenía su esposo abogado, no hubo inconvenientes, la atendieron, la escucharon, le dijeron que se volviera muy tranquila, que no había necesidad que se quedara porque si había una novedad le avisarían para que volviera, el secretario del juez le dijo esto, ella no lo vio al juez. Dijo que habló con muchísima gente, tenía la posibilidad de contactarse con gente en Buenos Aires pero no tuvo nunca ninguna novedad, todos estos treinta y pico de años quedaron en imposibilidad de averiguar. Dijo que su hija y su yerno estaban contentos de vivir en Tucumán, ella había programado venir a visitarla, tenía la esperanza de venir un mes después que pasó todo. Dijo que lo único que recibió era un aviso para ir a una institución militar mas o menos frente al obelisco, era administrativo, era un edificio de unos 9 pisos, la mandaron para que se encuentre con un representante de un organismo militar de acá de Tucumán y fue, pero le hacían preguntas que le llamaban la atención por lo poco importantes y el abogado le dijo que leyera bien todo pero no tenían que ver con Diana, eran preguntas tontas, supone que era para demostrar o para que las personas que pedían ayuda se quedaran tranquilas que empezaban un trabajo para averiguar sobre las personas desaparecidas, pero nunca más supo nada de sus personas desaparecidas. Dijo que sí conoció a Jorge Delgado porque le vino a hacer una nota a su casa, fue una de las tantas notas que le hicieron porque por la fama de su marido estaba siempre requerida por mucha gente. Dijo que cree que el 14 de marzo a las 3 de la mañana entraron a su casa porque lo perseguían a su marido, ella estaba sola en la casa, el ejército vino con gran cantidad de soldados armados muchos ocuparon las casas de las manzanas y fueron todos sorprendidos, ella les dijo que lo que buscaban no lo iban a encontrar, la casa no tenía llave, vivían permanentemente con gente por las cosas que escribía el marido, les dio las llaves y les dijo que tenían todo a su disposición, mientras no la invadieran, no le faltaran el respeto, a ella la ataron junto con la chica que trabajaba en su casa, le preguntaron sobre las hijas, la testigo respondió que estaban casadas. Recordó que estaban armados, hablaron al comando del ejército que la testigo supone era de campo de Mayo por la zona donde vivía, dijeron que tenían un concepto óptimo, le pidieron disculpas y las desataron. Dijo la testigo que fue muy impactante para ella. Respecto de sus hijas relató que eran muy jovencitas, militaban, cuando comenzó la militancia de la juventud peronista era propia de los colegios, quisieron ir al colegio del estado y fueron al Nacional de San Isidro, todo siempre dentro de un estado general del país donde todo era delicado. Escuchó que a la familia de Araldi le dijeron que el cuerpo de Araldi había estado en la Jefatura de Policía con otros cuerpos y así se habían enterado que él estaba en la Jefatura pero muerto. Todo eso lo comentaron los Araldi pero ellos no sabían tampoco la identificación de las personas que le dijeron esto. Manifestó que toda la vida buscó gente que la pudiera ayudar, hasta la democracia, la guerra de Malvinas fue el final de esta historia terrible, dijo que le cambiaron la forma de vivir, de ser, ella nunca supo quien era hasta que le tocó lo que le tocó, no supo que podía tenerse en pie con lo que pasó, provocó la diferencia de un día para otro de tres generaciones, sus hijos, o los sobrevivientes, los abuelos, sus padres que perdieron toda su familia cuando estaban al fin de sus días, la herida está, dejó llagas que no se pueden curar así nomás, la justicia y la ley a ella la reconfortan. Sobre Diana recordó que era sumamente inteligente, era una persona hipersensible, tenía una desesperación por la miseria, todas sus hijas, pero Diana se destacaba, tenía una alegría de vivir tremenda, dijo que va a dar a conocer lo que escribía, dijo que el otro infierno para ella es ver las cosas que dejaron. Manifestó que los que quedaron buscan a sus posibles hermanos o bebés que estén con vida, ella pertenece a Abuelas de Plaza de Mayo dijo que todos los chicos recuperados son sus nietos, fue un ejemplo de coraje muy grande, viven por las ganas de vivir por ellos, por la esperanza de encontrar, faltarían 500 chicos que se supone que viven y tienen 101 recuperados, se sienten con la lucha de reencuentro que les da mucha esperanza. Dijo que hizo lo que pudo con el gran respeto de la vida, que la violencia le parece que es lo peor, que puede destruir, porque se caracteriza por agrandar el drama, concluyó diciendo que tiene convicción en los derechos humanos.

CARMEN CAINZO DE MITROVICH

Se procede en la audiencia a reproducir el audio de la declaración de la testigo, prestada en la causa "Jefatura I".-

La testigo es madre de Adriana Cecilia Mitrovich y suegra de Torres Correa. Dijo que el 27 de Mayo estaba en Buenos Aires y cuando llegó al otro día le dieron la noticia del secuestro de su hija. Su esposo le contó que Horacio había quedado a una determinada hora pasar a retirarla a Adriana, Adriana y Horacio estudiaban arquitectura. Dijo que Ricardo la había ido a buscar a la doctora Argañaras del Hospital de Niños y no regresó, entonces buscaron algún contacto y el contacto que podían tener era con el coronel Vera Robinson que estaba casado con una prima hermana de su marido, se enteraron que Adriana y su esposo estaban en la Jefatura de Policía y como era una noche fría el coronel Vera Robinson llevó una frazada para que su hija se acueste y no esté sobre el piso como estaban los demás y su hija le contestó que la retirara que toda la gente estaba en el piso y ella no iba a tener una frazada. Dijo que se fue a Buenos Aires a la liga por los derechos del hombre y un abogado le hizo el habeas corpus, con ese habeas corpus se fue a la nunciatura apostólica y habló con monseñor Henry, un inglés, le dijo que los chicos estaban con vida y ellos habían publicado en el diario la gaceta que se retiraban de la política cuando empezaron la violencia en las asambleas, el sacerdote le dijo "señora, quiere un consejo, no vuelva más, usted cree que está en Argentina pero está en Argelia porque esto es Argelia". Dijo la testigo que una persona que trabajaba en un hotel de la calle San Martín le había manifestado que un grupo de argelinos se instaló en el hotel y que pusieron las armas bajo la cama y a la noche iban a matar. Dijo que el auto de Torres Correa fue a parar al servicio de la policía que esto le consta porque el auto se reconocía porque los vidrios estaban numerados por Torres Correa así que era inconfundible, ese auto fue devuelto después por el coronel Llamas a pedido de su consuegra que viajó a Buenos Aires a pedir que se lo entregaran. Dijo que supo de la carta que Juan Martín le mandó a la señora de Bustamante de Argañaras, la señora le dijo que Juan Martín vio a Graciela y a Adriana. La testigo recordó que sufrió allanamientos y saqueos, dijo que la policía iba con grupos de chicos de 12, 13 y 14 años y que ella se le acercó a un grupo de chicos y les preguntó cuánto le pagaban y los chicos le dijeron que nada, que les decían que robaran lo que quisieran. Dijo que allanaron innumerables veces su casa, que le llevaron libros y que su marido les dijo que la imprenta era argentina, pero igual se los llevaron. Dijo que el coronel Vera Robinson la vio en Jefatura a Adriana después de que fue secuestrada, y que le dijo a la testigo que iba a decir todo lo que sabía, que iba a contar todo. Dijo la testigo que la sociedad tucumana no piense que sólo los represores mataban, Bussi también mataba y enseñaba a matar, dijo que es un peligro que esta gente alguna vez vaya a quedarse con el poder, que los hijos de Bussi deberían irse de Tucumán, le hicieron mucho daño a la provincia. Dijo que cuando querían matar a obreros elegían a los mas lucidos. Manifestó que hizo trámites en todas las embajadas incluso a la OEA y la ONU, en el plano internacional no dejaron nada por hacer, viajaba todos los meses a Buenos Aires averiguando si los chicos estaban ahí. Recordó que con otras madres se reunían en la iglesia del Sagrado Corazón de Jesús, y le contó el padre Basols que meses atrás le habían golpeado la puerta y le habían dicho que había un auto con armas largas que se llevaron a una mujer y a un hombre, este hombre era el yerno de la testigo y Graciela Bustamante y el cura le dijo que fue a hablar con el juez René Padilla. Se reunieron unas 15 madres y se fueron al juzgado federal, y dijeron que iban a pasar aunque no les dieran audiencia, y le dijo al juez que el padre Bassols le contó que levantaron a un joven manejando el auto y a una chica con un delantal, el juez le dijo que efectivamente el padre Bassols le contó eso y el juez dijo que era algo grave que no hizo otra cosa que comentarlo con otros jueces pero nada más. La testigo manifestó que entonces empezó la lucha, nadie quería saber nada, se cruzaban de vereda cuando alguien tenía un familiar desaparecido, dijo que no tuvieron la ayuda del pueblo y que no puede acusarlos, se necesita mucho amor, mucha lucha cuando se tiene una pérdida, y con el tiempo fueron perdiendo el miedo y, dijo la testigo que lucha por los 30.000 desaparecidos. Dijo que la fueron a buscar a la casa a ella y al marido y ella pensó que era para darles noticias de sus hijos y le preguntó amigablemente al policía de que se trataba y el policía le preguntó si había encargado una misa en Santo Domingo y ella le dijo que sí, entonces la detuvieron y la llevaron a una comisaría, la pusieron en un calabozo porque el policía decía que "el motorcito de todo esto era Carmen Mitrovich así que hay que encerrarla", ella estaba al cuidado de una bebé de 7 meses y con la ayuda del padre Basols y un juez, pudo salir, estuvo detenida en una comisaría de la calle Buenos Aires. Dijo que no fueron a hablar con ningún funcionario policial. Fue presidenta de familiares de detenidos desaparecidos de Tucumán. Recordó que Juan Martín usaba el auto de su yerno para señalar a quien se podía secuestrar. Algunos empleados de la policía, cuyo nombre no Recordó, le dijeron que la vieron a la hija en Jefatura, y a Ricardo Torres Correa y a Graciela Bustamante de Argañaras, no le dijeron de Ferreyra Córdoba. Dijo que le dijeron que Juan Martín iba solo, el auto servía para señalar gente, el auto al que se refiere es un auto rojo.

JUANA ANGELA GÓMEZ DE TARTALO

Dijo en la audiencia de debate que a su esposo Antonio Tártalo lo secuestraron por primera vez el 3 de Mayo de 1975, cuando ella estaba embarazada y tenia un hijo de 4 años. Agregó que vivían en un conventillo del ingenio sin luz ya que su marido era obrero del Ingenio San Juan, la vivienda estaba ubicada en la calle 24 de Setiembre y se la habían dado del ingenio, que de allí lo sacaron. Contó que la segunda vez que lo sacan fue en el 76. Recordó que esa noche, en el secuestro producido en el '75 unos hombres en la puerta decían "a vos te buscamos Ojoroso, salí o entramos y matamos a toda tu familia", que asustada les dijo que su marido no era la persona que buscaban y que pasen que la puerta estaba abierta, que cuando entraron maltrataron a su hijito y ella trató de defenderlo, y le prohibieron que se mueva, asimismo, como no había luz enfocaban con linternas, respecto a su marido, le dijeron que se lo llevaban para hacerle unas preguntas. Dijo que entre los intrusos pudo ver a Albornoz al que ella conocía porque compraba carne al lado de la casa donde vivía. Agregó que al entrar tiraron todo, que tenían un modular hecho de cajones de manzana y se lo destruyeron, que preguntaban insistentemente por las armas de Tártalo, que ella hablaba porque su marido estaba descompuesto, cuando se fueron estaba desesperada porque no encontraba a su hijo, quien se había escondido afuera de la casa detrás de un montículo de tierra, pero uno de los hombres que habían entrado. Agarró a su niño de la mano y se lo entregó, diciéndole que se metieran en la casa y no salieran. Que al mirar hacia fuera vio que en el camión que trasladaban a su esposo iban otros conocidos, así vio a Jiménez, Gramajo, Rocha, Santillán padre e hijo y Trejo. Luego, contó que se dirigieron hasta la Jefatura, ella le llevo café y cigarrillos a su marido, allí estaba de encargado Olmos, él recibió las cosas, pero le rompió el termo y se quedó con los cigarrillos aclarándole este tal Olmos, que si su marido no había hecho nada ya lo soltarían, contó también que a raíz de todos estos hechos tuvo complicaciones en el embarazo. Respecto al secuestro producido en el año 75, dijo que en esa oportunidad estuvo preso solo 15 días, cuando volvió, dijo, estaba todo golpeado, los parpados hinchados, la espalda llena de golpes, el mismo le contó que Albornoz lo torturó, le puso la picana tres veces que le dijo "no vas a conocer tus otros hijos si no hablás" que le pusieron por segunda vez la picana, le dijeron "ahora no vas a tener más hijos". Ese día, contó, a él y a los demás los bañaron, estaban llenos de grasa, los llevaron al hospital pero no quisieron recibirlos, sólo pudo curarlo con alcohol comprado en la farmacia. Recordó que su marido era obrero peronista del Ingenio San Juan, y que luchaba por evitar el cierre del ingenio. Precisó que antes de la segunda detención de su marido secuestraron a su suegro Martín Faustino Tártalo, el le contó que en Villa Urquiza lo preguntaron si era el padre del Ojoroso, pero estaba muy golpeado, le sacaron todos los dientes, dijo que al salir la gente no lo reconoció, que pasado un tiempo su suegro le pidió que lo acompañara a hacer la denuncia en el Juzgado Federal, aunque le dijeron que estuvo poco tiempo detenido. Recordando la noche de la detención de su marido en el año 76, contó que se fue a trabajar y que a las diez de la noche llegó un obrero y le contó que se habían llevado a su marido, había ido al Ingenio y marcó tarjeta y fue ahí cuando unos sujetos vestidos de civil se lo llevaron, que le contaron que él gritaba que no lo dejen llevar, que no había hecho nada pero que todo terminó cuando le pegaron un culatazo en la cabeza y lo desmayaron. Señaló que así, se quedó sola a cuidar a sus hijos. Aclaró que en el 76 además de a su marido se llevaron y desaparecieron a Trejo, a Santillán padre, Santillán hijo, a Chicho Tula. Señaló también que todos los trabajadores secuestrados eran aquellos que luchaban para evitar el cierre del Ingenio San Juan. Respecto a Albornoz, quien entró en su casa en el primer secuestro de su marido, recordó que su apodo era "El Tuerto". Agregó que ese hombre vivía en el ingenio San Juan, por la mano derecha, empezando de la Ramón Paz Posse, pasando una vía, en la quinta casa vivía, a la par de los chicos Almaraz. Con relación a José Sixto Alderete precisó que lo llevaron y estaba en la cárcel, la madre de él andaba con la declarante, y que logró sacarlo de la cárcel y luego personas armadas vestidas de civil lo volvieron a llevar. Aclara que Trejo se llamaba Juan Carlos y le decían "Fierrito".

JUAN CARLOS SOSA

Dijo en la audiencia que es hermanastro del Gringo Correa, por la rama materna. Contó que en la década del 70 estuvo en la armada Argentina en condición de Oficial, se retiró dos años después de la guerra de Malvinas con el grado de Suboficial Mayor. Así, dijo, el 11 de noviembre de 1977, se encontraba en Córdoba por razones laborales y tuvo que intervenir cuando su familia le informó lo que había sucedido con su hermano, dada la situación, decidió viajar a Tucumán, donde se entera que hacía varios días su hermano estaba desparecido y no se conocía su paradero; antes de dirigirse a Monteros averiguó dónde podría estar su hermano y fue a la Jefatura de Policía, allí afortunadamente pudo saber que estaba su hermano. Mientras tanto, su familia que no sabía que él había viajado a Tucumán, empezó a averiguar en el regimiento y alguien los orientó hacia la Jefatura. Recordó que también pudo ver a su hermano, y que en esa oportunidad le manifestó a la gente de Jefatura que seguro había una equivocación por lo que solicitó que lo liberaran y eso hicieron sin inconvenientes. Dijo también, que pidió hablar con el juez Federal de Tucumán que era Manlio Martínez quien fue el que dispuso la libertad de su hermano. Dijo que luego se enteró que su hermano había estado detenido en Monteros 3 días pero que la incertidumbre surgió porque en esa comisaría no supieron decirle a dónde lo habían trasladado. Cuando el lo vio, contó, no estaba en buenas condiciones. Manifestó que supone que a su hermano lo detuvieron porque era dirigente azucarero, ya que trabajaba como mecánico del Ingenio Ñuñorco en Monteros. En ese momento, dijo, no sabía si había alguna causa judicial en contra de su hermano y recuerda que en Jefatura le dijeron que su hermano no tenía nada que ver, que era zurdo sólo porque escribía con la izquierda. Expresó que a su criterio no existían razones valederas para la detención de su hermano, sino que les molestaba a la gente de la empresa. En cuanto al cuñado de su hermano, que también había sido detenido, dijo que pasó momentos más graves antes de recuperar la libertad, que lo trasladaron de un lugar a otro, sin poder reconocer a donde, siempre esposado, con los ojos vendados y con mala actitud de sus captores para con él, aunque después se enteró que luego pudo escaparse.- Dijo también, que conoció de la detención de otros compañeros de su hermano, pero que no recuerda a todos; solo aún señor de apellido Corvalán. También recordó a Juan Ángel Rodríguez pero no supo que le pasó, sólo sabe que lo detuvieron. Recordó también que en agosto del 78 fue publicado en La Gaceta que su hermano el "Gringo Correa" había sido dejado en libertad, libre de toda causa. Cuenta que consecuentemente a esto su hermano le comentó que perdió el trabajo y expresa que no se tuvo en cuenta el daño moral y económico que se le hacía a toda la familia.

NELIDA ROSA DEL VALLE TOLEDO

Dijo en el debate ser hermana de María del Pilar Carmen Toledo, quien hacia el 75 estudiaba ciencias económicas y trabajaba. Que su hermana desapareció en la vía pública en noviembre de 1976, cuando iba acompañada de Juan Carlos Di Lorenzo. Contó que se enteró del hecho por la amiga con quién esta vivía que se llamaba Ana María. Di Lorenzo. Según su relato , ese día, Juan Carlos, había ido a buscarla al departamento en el que vivían, habían salido en una moto de propiedad de él hacia la casa de una amiga y en la zona del ex Aeropuerto desaparece. Para dar con el paradero, dijo, que sus padres interpusieron un habeas corpus que en primera instancia le rechazaron, hicieron denuncias en la policía con la esperanza de que no perdiera su trabajo, dijo también que su padre viajó a todas las cárceles del país buscándola, pero nunca más se supo de ella. Contó que su hermana militaba en la Juventud Universitaria Peronista, en una militancia no muy participativa pero sí clara. Por esa militancia de hecho su hermana si bien no había sido secuestrada con anterioridad sí estudiando lo fue cuando estaba en la casa de una profesora, entró la policía y los llevaron a todos a la Comisaría. La profesora llamó a los padres de los alumnos y así fue liberada. Su padre se llamaba Ramón Toledo y su madre Josefa Rosa Madueño. Contó que también conoció a Ana Cristina Corral, que eran compañeras de colegio en la Escuela Sarmiento, supo que el 16 de agosto llegaron personas no identificadas portando armas buscando a Rosa Toledo, que cuando vieron que su amiga no correspondía con las características de la persona que buscaban se fueron. De la desaparición de Ana Cristina -que a la fecha del hecho tenía dieciséis años, que fue anterior a la de su hermana no recuerda nada. A Ana Cristina la llamaban Puppy.

OSCAR ENRIQUE CONTE

Se procedió a escuchar el audio de su testimonio en la causa "Jefatura I":

El testigo Oscar Enrique Conte sostuvo que cuando fue a declarar a la fiscalía dejó incompleta su declaración porque sintió miedo ante la circunstancia de no haber estado nunca delante de un Tribunal. Que fue secuestrado junto Marta y Rolando Coronel la noche del 28 o 29 de Mayo del año 1.977. Conoció a Marta en el año 1.975 porque él era esposo de su prima. Fue a lo de Rolando en las vacaciones de verano e invierno, en el año 1.977, desde el día 18 al día 28 o 29 de Mayo. Quería trasladarse a Tucumán a vivir, hasta entonces residía en Buenos Aires. Dijo que cuando vino a Tucumán vivía arriba de la casa de Marta y Rolando Coronel. Que el día 26 a la noche Marta no llegaba a la casa, estaban esperando con Rolando, eran las dos o las tres de la mañana, notaron que pasaban autos alumbrando la casa, Rolando se sentía mal, corrió la cortina de la pieza de él y vieron un jeep del ejército, detrás un auto Ford Falcon oscuro, fue cuando le dijo Rolando que se fuera para arriba, a la piecita. Cuando estaba subiendo lo alumbraron desde la terraza y bajó a contarle a Rolando, se hicieron como las cinco de la mañana, nunca llegó Marta, esperó que se hagan las siete de la mañana y se fue a lo de los suegros, en calle Lamadrid y se acostó. Relató que después llamó a Marta, él le preguntó que le había pasado y le contestó que se había quedado en la casa de unos compañeros a estudiar, entonces él le dijo que Rolando había estado preocupado y le contó lo que había ocurrido en la madrugada, Marta le dijo que no se preocupara, que debían haber estado buscando algún preso de la Comisaría que había atrás de la casa. Manifestó que al otro día fue a casa de Marta, se quedó todo el día, que según Marta, Rolando llevaría entradas para ir al cine esa noche y que éste le había dicho que el domingo comprarían el diario para ver casas y sus valores. El día sábado 28 de Mayo estaban comiendo a eso de las once treinta de la noche, Rolando estaba arreglando una bicicleta, él estaba sentado en el living de la casa, cerca del acceso, sintió que golpearon la puerta, dijeron "Marta, Marta", abrió una hoja de la puerta, entraron como once hombres, lo tiraron al piso, remontaron las armas, se sintió un ruido de chapas atrás, dijo que era factible que otro grupo hubiera entrado por atrás de la casa, lo tiraron sobre la cama, le taparon la cabeza, Marta pasó al lado llevada por cuatro o cinco personas. Vio un auto con las dos ruedas subidas sobre la vereda, cree que ahí se la llevaron a Marta. Recordó que le pegaron a él y a Rolando y les preguntaban dónde estaban los otros, Rolando decía "no le peguen a los chicos, no los maten". Un policía de treinta años de edad, con tonada cordobesa le pegó y preguntó dónde estaban los otros, dijo "vamos con todos" y los cargaron en una camioneta que estaba en las mismas condiciones que el Ford Falcon, con las dos ruedas en la vereda. Cargaron primero a él, tapado con una manta, atrás a Rolando Coronel, cerraron la puerta y arrancaron la camioneta. Habrán transcurrido siete u ocho minutos hasta que llegaron al lugar que lo trasportaron. Adujo que mientras los trasladaban Rolando decía que el declarante no tenía nada que ver, sintió un ronquido de Rolando, como que lo estaban ahorcando, cuando llegaron abrieron la puerta de atrás de la camioneta, ya Rolando no hablaba cuando arribaron, lo bajaron de la camioneta, se le salió un poco la manta y alcanzó a ver que era un patio donde posiblemente estaba el auto donde fue trasladada Marta, no vio donde lo llevaban a Rolando. Dijo que entre tres personas lo llevaron a un salón donde notó que muchos lloraban y gritaban, le pusieron una venda en los ojos, las manos atrás y lo acostaron en el suelo. Se hicieron las dos o tres de la mañana, le preguntaban si era Carlos Ponce. Lo llevaron a un lugar donde había un tacho de agua y le preguntaban sobre elementos subversivos, él decía que sólo había venido a comprar una casa en Tucumán, lo sacaron del tacho de agua y una persona le preguntó si se había ablandado, lo tiraron en un elástico de cama, desnudo, le pasaron la picana y le preguntaban de los subversivos, estuvo así como dos horas. Recordó que lo tuvieron tirado dos días, a la noche pasó por la misma sesión, le preguntaron si era Carlos Ponce, si era el marido de Marta Coronel. El tercer o cuarto día lo cruzaron por un patio, entraron en un calabozo, escuchó gritos de dolor, chicas que lloraban, cree que una era Marta Coronel porque preguntaba "donde está mi papá ". Lo sacaron de nuevo para preguntarle de una persona, Eduardo René Stouder, le preguntaron si conocía la calle Rodríguez Peña al 1.500, si qué zona era, les respondió que era La Recoleta, si era gente de plata, le preguntaban por otra persona de Buenos Aires, Juan Porco, cree que le hablaban de la avenida Corrientes; de allí lo llevaron al calabozo donde estuvo como veinte días, no le pegaron más por el transcurso de esos días, hasta que lo sacaron y lo volvieron a picanear, le preguntaron si conocía a Edgardo Mercedes Ponce, le pegaron y picanearon toda la noche. Relató que como a la semana lo sacaron, lo cargaron en un auto junto con dos personas, arriba de él iba una mujer, una señora de cuarenta años llorando, la señora dijo que se llamaba María Isabel Jiménez, que trabajaba en la facultad. Contó que en el asiento de adelante iba una persona que le parecía era de Buenos Aires porque le preguntaban cosas sobre Buenos Aires; le hicieron algunas preguntas a la chica que lloraba constantemente, llegaron a un lugar, revisaron el auto, no se bajó, siguieron por un camino de tierra como seis minutos, entraron en una puerta, los bajaron, a él lo llevaron a un lugar donde había un galpón con gente, dijeron que no hablaran en el galpón, también que desde ese momento no tenía nombre ni apellido sino que era el numero treinta y siete, le dieron una manta, lo tiraron al suelo, siempre con la cabeza contra la pared y los pies al pasillo. Sostuvo que a la siguiente noche preguntaron por el numero treinta y siente, sintió a dos o tres personas, había un auto afuera, no le dijeron una palabra, lo llevaron a una pieza, abrieron una puerta y le dijeron "te vamos a dar en seco para que mañana hables" con Luis Saba, y le dieron cinco golpes de corriente acostado en una chapa metálica. Al otro día lo ubicaron en una pieza de madera con una luz que alumbraba un lugar, le habían sacado las esposas y le pusieron esposas de hierro comunes, otro le sacó las vendas y vio a un muchacho tirado en una cama que tenía una campera verde, estaba descalzo con un vaquero, tenía barba y cabello largo, él no conocía a este muchacho, entonces le pegaron, el muchacho no sabía tampoco quién era él, le dijeron que era González, alias Coco, que era un combatiente. A él le decían "¿no te acordás de éste?, es de Buenos Aires", lo sacaron, mientras lo llevaban había un hombre del ejército que estaba de guardia que le decían el Coya. Refirió que en el número treinta y cuatro había una chica que él no vio, pero era una mujer, que les dijo "no le des agua porque lo matás" , por la sesión de tortura, entonces le pusieron un cigarrillo en la boca y le dijeron "son cosas de la vida" . A los dos o tres días, lo sacaron a la noche y le preguntaron si estaba mejor, le dijeron que lo llevarían a la jefatura (por Jefatura de Policía) porque lo pedían desde allí; él preguntó si lo iban a matar y una persona le dijo que no sabía, le contó además que tenía hijos y que era suboficial del ejército. Dijo el testigo que ya en Jefatura de Policía, cree que entre el 13 y 14 de Septiembre a la noche, alguien le preguntó si conocía a Hidalgo, como a la media hora le dijeron que iba a hablar con el jefe, el jefe era el comisario Albornoz. Éste le preguntó nuevamente si conocía a Hidalgo, él no lo conocía, entonces Albornoz le dijo "te salió la virgen te vas a tu casa" . Lo llevaron en una camioneta rastrojera, preguntó si lo iban a matar y el hombre le dijo que no, que no mataba a nadie y le sacó las vendas. Lo llevaron a la terminal para que viajara a Buenos Aires, el señor le dijo que era empleado de la penitenciaría, eran las cinco y media de la mañana. Le dijeron que había hablado con un cabo mayor de la penitenciaria. Esta persona le dio un paquete de cigarrillos y le dijo "nada te va a pasar". Contó el testigo que no tomó ese tren y se fue a la casa de Beti, su prima. Su novia trabajaba en un hogar escuela y le dijeron que lo esperara. Tomó un avión, llegó a Buenos Aires y lo estaba esperando un amigo, era el alcalde mayor del Servicio Penitenciario Federal, Guillermo Boykens, quien se había comunicado con el Servicio Penitenciario de Tucumán, así consiguió su libertad. Dijo que Marta no fue en la camioneta con ellos, la llevaron en un auto, cree que alguien debió haber visto el movimiento. No sabe el nombre de los vecinos porque él no era de Tucumán. El primero que entró a la casa fue un muchacho de treinta o treinta y cinco años, que trabó con una itaca la puerta, tenía una camisa oscura, cree que era de la policía, tenía un rombo en la camisa color dorado. El que le pegó fue un gordo grande pelirrojo, que había uno que le pegaba cuando estaba tirado en el piso y tenía tonada cordobesa. Le preguntaba cuantos más había en la casa, era un muchacho medio gordito, corpulento, mirada fija. Este señor, el cordobés, dio la orden de llevarse a los tres. Declaró que supo que en Jefatura de Policía estuvo detenido un médico de nombre Carlos Román Apaza, también María Isabel Jiménez, que trabajaba en la facultad, según contó ella. Sintió hablar de Juan Martín, supo que estuvo ahí, había un señor grande de apellido Ponce que no sabe si era odontólogo o algo parecido. La segunda vez que lo llevaron, antes que lo saquen, el 13 de Septiembre había una persona que gritaba mucho, decía ser comisario de la policía y estaba junto con ellos detenido. Esta persona gritaba que "el oficial Quinteros estaba detenido y estaba en poder de inteligencia", otros policías le decían "cagate hijo de puta por habernos entregado". Relató que del segundo lugar en el que estuvo detenido, algunos compañeros decían que estaban en un lugar que se llamaba los polvorines. Que le preguntó a uno de los guardias, a un tal Cacho y a un tal Prefecto y éstos le dijeron que estaba en Polvorines de Tucumán, custodiado por gendarmería nacional. La señora que no tomara agua, estaba al frente de él cuando le tocaba guardia al Coya, quien les permitía hablar. El nombre de esta señora era Graciela Argañaraz o Bustamante y era médica. Manifestó que llegó hasta la Secretaría de Derechos Humanos cuando estaba el doctor Lobo Bugeau, tenía miedo, por eso no contó todo lo que le pasó. Tuvo militancia en Buenos Aires hasta el año 1.975, fue secretario del movimiento Evita Montonera, una vez que fue el golpe se desvinculó de todo, no militó más. En Tucumán intentó militar de nuevo en el año 1.985 o 1.986, en convergencia peronista. Sus compañeros le dijeron que hiciera la denuncia pero él no quería acordarse. En Tucumán, en convergencia peronista, estaba con Vargas Aignasse. Adujo que Rolando Coronel tenía cincuenta y tantos años. Un vecino de apellido Portillo, que conocía a Rolando le dijo que la casa de Chacabuco estaba ocupada por policías. Tenía veintiséis años cuando lo secuestraron, supo que las personas que entraron al domicilio de Rolando y Marta eran policías porque tenían camisa azul y una insignia que cree, es de la policía de la provincia. Una o dos noches antes que lo llevaron vio la luz que venía de la comisaría segunda; el día que lo secuestraron sintió un ruido de chapa atrás, el fondo de Rolando daba, cree, con la seccional de policía. Dijo que María Magdalena Blanco era una señora ahijada de Rolando Coronel, tenía dos o tres chiquitos. El día anterior ella había estado en la casa. El patio donde estuvo después de polvorines fue en Jefatura de Policía y lo llevaron a hablar con Albornoz que estaba en ese edificio. La chica con el número treinta y cuatro era la chica Bustamante o Argañaraz, que estuvo con él en polvorines y es la que dijo que no le dieran agua que lo iban a matar, y la chica Jiménez era de Soldatti. Ariño estaba detenido en Jefatura, que sintió que lo nombraban, había dos o tres Ponce. La médica Argañaraz le preguntó por una compañera, algo de Correa, si los había visto en Jefatura y le dijo que no recordaba. No la vio a Argañaraz, pero cuando le hablaba no era una persona normal para hablar por las condiciones en la que estaba. Recordó que Coya era un carcelero, uno de los que los cuidaba, no lo vio, pero Coya le dijo que era un suboficial del ejército de Buenos Aires, que su apellido era Pacheco, cree que no fue torturador porque con él se portó bien. En Jefatura escuchó sobre Pastor Cerezo, Fontanarrosa, pero no escuchó nada de Bordón, Lechessi y Garmendia. La persona con la que lo confundían era Carlos Ponce, que no recordaba el otro nombre que tenía esa persona. Guillermo Boykens era alcalde de la penitenciaria de Ezeiza, es médico y su familia vive en Monte Grande.

ANTONIO EULOGIO CISNEROS

Contó en la audiencia que es policía retirado con el grado de comisario general en el año 91, y que ese es el cargo más alto de la policía; que estuvo destinado a la escuela de policía, al comando radioeléctrico, seccional 1°, logística, jefe de operaciones, y otros más que deben estar en el legajo. Además dijo que fue jefe del comando radioeléctrico división tránsito, que cree que era comisario el grado que tenía en ese momento; que tenía agentes, suboficiales y oficiales a su cargo, que tenía un plantel de 15 oficiales. Contó que las funciones eran distintas porque el oficial era oficial del Cuerpo y en base a una orden de servicios se le asignaban las funciones; era rotativa la función del oficial; la función interna que cumple era de guardia. Dijo que también hacían servicios de patrulla en ruta los oficiales y los suboficiales y que vestían uniformes de la policía. Afirmó que exclusivamente estaban destinados al cuerpo del comando radioeléctrico los que estaban a su cargo y no trabajaban en otro lugar, eso no se podía hacer porque el destino era ese; se hacía algo incorrecto si cumplía otra función. Dijo que en su legajo está claramente determinado las funciones que cumplió y que sí podía aplicar sanciones. Indicó que sí recordó a Ugarte pero no sabe si lo sancionó en algún momento. Relató que si se llegaba tarde al cumplimiento de una función se le aplicaba una sanción en su foja de servicio, y si era reincidente se dejaba constancia; las sanciones podían ser apercibimiento o días de arresto que la sanción se notificaba, después se elevaba al departamento Personal y él supone que esa planilla iba al legajo personal del causante. Contó que egresó de la escuela de policía en el año 64 con el grado de oficial subayudante, a partir de ese momento lo ponen en función, dijo no recordar con exactitud el año en que estuvo en el comando radioeléctrico, después fue policía de tránsito donde los puestos eran móviles aunque durante la jornada podían implantarse turnos fijos. Contó que la unidad central estaba en la calle 12 de octubre. Respecto a Ugarte dijo que lo ubica porque estaba destinado al comando radioeléctrico del cual el declarante era jefe, pero no puede dar una fecha, Agregó que nunca vio su legajo porque eso queda bajo la responsabilidad del departamento Personal. Manifestó que nunca le pidieron personal de su área para algún requerimiento particular. Narró que no sabía que en la Jefatura había un Servicio de Información Confidencial y que él sí iba a Jefatura que en la época que estuvo a cargo el comando dependía de Departamento Operaciones que estaba en Av. Sarmiento; allí estaba el Departamento Logística. Dijo no recordar quién era el jefe de policía en el año 76 y tampoco qué cargo tenía él en ese año, aunque agregó que en el 76 posiblemente un militar era jefe de policía, y que él puede haber sido oficial ayudante. No Recordó haber comunicado a sus superiores ningún control operacional.

NORA ESTHER MONTESINO

Dijo en la audiencia que Raúl Trenchi era su esposo y fue secuestrado de la ciudad de Tucumán en octubre de 1975. Precisó que vivían en la calle Alsina y que cerca del mediodía, estando con su hija que en ese entonces tenía menos de un año, sintió ruidos, vio luego que ingresaron varios hombres de civil y con armas que la dejaron en la cocina con su bebé y le empezaron a preguntar sobre las actividades de su esposo, así habló con un hombre del que luego supo su nombre y que le dijo que militaba en la Juventud Peronista que luego revolvieron toda la casa, hasta que escuchó la camioneta rastrojera de su esposo arrancar. Agregó que la pusieron en un cuarto con su bebé, le dijeron que preparara el bolso porque la irían a buscar, que luego oyó los gritos de su esposo, el arranque de autos y luego silencio. Que sus vecinos al salir de donde estaba le Dijon que se habían llevado a su esposo. Contó que a la tarde o a la noche toda la familia lo sabía. Que sus suegros hicieron habeas corpus, solicitadas, y otras presentaciones, su suegra se llamaba Bárbara Binor. Respecto al día del secuestro agregó que invadieron la casa y esperaron que llegara su esposo que iba a ir a almorzar con un señor que no conocía, el señor Slemenson. El comisario que le preguntaba en la cocina cuando llegaron a su casa se llamaba Sánchez. Dijo que después del hecho regresó a Salta. Que allí en la casa donde vivía con su suegra y su hija escucharon golpes, que ingresaron invasores que la ataron y vendaron y se la llevaron, luego supo que era la Delegación de Policía Federal de Salta, eso fue el 11 de agosto del 1976. Contó que la pusieron en una celda sola, la desnudaron, torturaron, le dispararon balines y le introdujeron objetos por la vagina que allí estuvo unas dos o tres noches y luego la trasladaron a la ciudad de Tucumán en auto. Después conoció que uno de los que la llevaban era un comisario. Dijo que la dejaron en Tucumán en un lugar que no sabe si era de la policía federal y luego a la Jefatura de Policía, que desde su secuestro a la llegada a la Jefatura de Policía de Tucumán estima que no pasó más de una semana. Cuando llegó dijo que estaba vendada y maniatada, y que la colocaron en una celda individual con una colcha en el piso. No sabe cuánto tiempo estuvo allí. Posteriormente la trasladaron a una celda cerrada y en varias oportunidades le dijeron que iban a trasladarla. La primera celda en Jefatura tenía rejas, no puerta, en un momento estaba haciendo flexiones con los ojos vendados y alguien hablaba con ella que esa misma persona cuando la trasladan a la otra celda también le hablaba, esa persona la tranquilizaba, porque ella estaba muy preocupada por su hija y por sus padres. Luego supo que ese hombre había hablado con uno de sus hermanos que estaba en Tartagal avisándole que estaba bien. Agregó que mucho tiempo después, en el Informe de la Bicameral vio que figuraba como detenida en la declaración de Juan Martín, y también a continuación de su caso estaba Juan García, el señor que le hablaba, la tranquilizaba, le llevaba cosas para comer y le avisó a su familia que estaba bien. Que ahí vio que él figura como desaparecido. Respecto a su lugar de detención dijo que el lugar de la celda con reja como puerta era como un pasillo con celdas a ambos lados, sentía rejas que se abrían, voces, pero no vio personas, aunque supone que García debe haber intercedido por ella en alguna oportunidad, que luego la trasladaron a una celda con otra detenida, Nélida Fernández, que era un lugar más amplio, ahí se quedaron las dos y luego la llevaron a casa de Nélida y luego gente de la "Jefatura" la trae hasta Salta. Que estima que fue hacia diciembre del 76 en que se produjo su liberación. Agregó que luego también fueron secuestrados sus hermanos. Contó que se quedó un tiempo en Salta luego de ser liberada, pero sus padres estaban muy preocupados, así que se la llevaron a Mendoza donde ingresó a trabajar en una Compañía de Créditos, que un día un familiar le dijo que el dueño de la Compañía comentó que habían llamado de Tucumán preguntando por ella, por lo que dejó de trabajar en ese lugar. Dijo que ya en su trabajo nuevo recibió la visita de sus primas quienes le contaron que habían secuestrado a sus hermanos en Campamento Vespucio. Contó que fue a la "Jefatura" y la atendió González Naya, que quería saber por qué habían secuestrado a sus hermanos, aunque estima que ellos querían tener la seguridad de que ella estaba cerca, de que ella no era un peligro para ellos, que luego se volvió a Salta y que una noche tocaron la puerta y aparecieron sus dos hermanos, sucios, barbudos, uno con la cara desfigurada porque se le había infectado la venda de los ojos. Dijo que luego de estos hechos decide volverse a Tucumán, donde González Naya le consigue un trabajo en un supermercado de la Banda del Río Salí y que luego consigue otro trabajo más en el centro. Dijo también que en algunas oportunidades tuvo que ir a la "Jefatura", allí se encontró con dos compañeros que estuvieron detenidos y se quedó en Tucumán por un buen tiempo hasta que fueron sus padres a buscarla y se la llevaron a Salta nuevamente, que esto habría sucedido aproximadamente a mediados o fines del 78. Contó que durante su secuestro Sánchez le comentó que habían secuestrado también a su suegra, lo que luego confirmó porque su padre hizo un habeas corpus para ella, que su suegra sigue desaparecida, que ella fue secuestrada en septiembre del 75, recordó que se movió muchísimo por su hijo y por ella, hizo muchísimas gestiones. Agregó que Sánchez era más bien bajo, de tez oscura, pelo corto lacio, lo Recordó con las manos siempre en los bolsillos. Dijo que una vez le comentó que se había criado en Campamento Vespucio, y supieron que tenían una amiga en común de allí, supone que quizás eso fue el motivo para que no le pasara lo mismo que a su esposo, aunque otros le dijeron que se salvó por su hija. Dijo que también en jefatura donde estuvo entre agosto y diciembre del 76 reconoció a Flores entre el grupo de la Jefatura, a Roberto Albornoz y a su hermano, el primero era el que estaba a cargo del grupo según tiene entendido, que allí, también vio a una señorita alta, pelo lacio, trigueña, a la señora que la llevó en el auto, no muy alta, gordita, tez blanca, pelo oscuro ondulado. Recordó a Martín y a Clemente que son las personas que junto con Nélida pudo ver que estaban como detenidas en la Jefatura, asimismo, que una vez mientras la llevaban a una de las celdas lo vio a Juan Martín, y en otra oportunidad cree que también a Clemente. A ellos los conocía porque eran compañeros de militancia de su esposo. Respecto a sus hermanos dijo que fueron secuestrados en mayo del 77 y liberados en julio del 77, sus nombres son Walter Alejandro y Hugo Eduardo. Que ella fue quien en Salta les abrió la puerta cuando fueron liberados, ellos les confirman que habían estado detenidos en la Jefatura, luego su hermano mayor le contó que fueron torturados. Precisó que existe relación entre su secuestro y el de su marido y el de su suegra, ya que acompañando a su marido militó con él en Tucumán en la Juventud Peronista, indicó que cuando en Jefatura fue torturada le preguntaban especialmente por las actividades de su marido. También agregó que aparte de Martín, Clemente y Nélida Fernández no pudo ver el rostro de otros detenidos, sólo voces, de hombres y de mujeres y muchos quejidos, agregó que en Jefatura no Recordó haber sido sometida a torturas, que sólo fue torturada en Salta, incluso en Tucumán al llegar le curaron unas heridas. Que supo luego que Claudio Slemenson era militante peronista. También dijo que en Salta Recordó al comisario Livy. Que en Jefatura, los alimentos estaban a cargo de un oficial y que a ella le decía la garza de tan flaca que estaba, cree que llevaban comida de la cárcel. Dijo que en una oportunidad la sacaron de Jefatura a recorrer el centro y que ahí aprovechó para que le dieran de comer, que no sabe si tenía privilegios con relación a otros detenidos pero si Recordó que con Nélida estaban en una celda más limpia, con colchón, sin vendas, pero encerradas.-

ARMANDO JUÁREZ

Comenzó relatando el testigo que de los años 69 al 94 trabajó en la policía y se retiró como oficial inspector. Indicó que estuvo destinado a Tránsito o policía caminera, por tres meses durante el 72 o 73 hasta el 80 u 81y tenía el cargo de Oficial Principal en esa época y en los años 77, 78 era Oficial Ayudante. Dijo que recuerda a algunos compañeros de esa época pero no la fecha exacta de cada uno, y nombró a Héctor Sueldo, J. J. Sueldo, dos hermanos de apellido Bulacio, Marcelo Sebastián Medina, Pacheco, Figueroa, Ugarte, Gutiérrez, Flores. Sobre Ugarte dijo suponer que era Oficial Ayudante. Describió que el trabajo estaba distribuido y cada uno salía por su lado en distintos móviles; a veces hacían control de ruta y otras veces salían por el centro. Agregó que en algunas oportunidades tenía personal a cargo y que estos eran pasibles de sanciones cuando se descubría que alguien no estaba cumpliendo como correspondía con sus tareas. Un caso podía ser llegar tarde, lo que podía provocar un llamado de atención, apercibimiento y detención. Indicó que los jefes eran los que imponían las sanciones y dijo que no se podía trabajar en ningún otro lado cuando estaba destinado a esa función ya que los agentes podían ser llamados en cualquier momento. Dijo que hubieron varios agentes de apellido "Flores" pero no recordó a Juan David, sí a Raúl Flores -quien hacía la distribución de los servicios-, y a otro Flores a quien le decían "el Zorro"; No recordó cómo se llamaba "Figueroa" y dijo que pudo haber sido Hugo Javier, solo recordó que le decían "Cachivache". Aclaró que los agentes que nombró eran como 10 años más chicos que él. Contó que Flores ya trabajaba ahí cuando llegó el dicente y Figueroa tenía la misma función de Guillermo Ugarte, que era el recorrido del centro. Agregó que Flores ya estaba cuando él ingresó en el año '69 y era el encargado de hacer las órdenes de servicios. Dijo que sabía que existía el servicio de confidenciales pero no qué hacían. Indicó que el jefe de policía era quien disponía cual era el destinado de cada uno lo que era informado en el propio legajo. Describió que los controles de ruta eran normales, se controlaban las luces de los autos y el carnet de manejo de los conductores. Explicó que los oficiales eran evaluados anualmente respecto a la conducta de cada uno y eran calificados por los jefes de cada área. Esta calificación era como una opinión y luego se realizaba una junta de calificación y allí dependía el ascenso. Dijo que el D2 era un departamento de informaciones, pero no sabe qué quería decir eso. Manifestó que el servicio se cumplía bajo la modalidad de "24 x 24".

DEMETRIO ANGEL CHAMATROPULOS

Se reprodujo en la audiencia, el audio correspondiente a la declaración del testigo en causa "Jefatura I".

El testigo dijo que fue privado de su libertad el 5 de mayo de 1977 a las 0:55 de la mañana. Era guarda parques nacional y en el año 73 el instituto Miguel Lillo creó el parque biológico en Tucumán y le asignaron la misión de organizar el parque, vivía en la ciudad universitaria de Tucumán con su esposa y dos hijos, bajaba a la ciudad para hacer los trámites en el instituto Lillo y en distintas bajadas vio estacionar un Ford Falcon, con una raya cruzada con unos hombres adentro. El viernes 5 de mayo del 77, bajaba con una enfermera en la camioneta y cuando llegó a la tumba de Pablo Rojas Paz estaba estacionado el auto en la banquina y abajo estaban tres personas con pasamontañas que le apuntaron con pistolas Fall, preguntó si necesitaban el documento y le dijeron "bajá de una vez turco hijo de mil puta" y lo palparon para ver si tenía armas, en ese interín pusieron en marcha la rastrojera, giró para mirar y vio que se había subido un encapuchado y se fue con la enfermera, después de eso lo llevaron al Falcon, lo hicieron ascender atrás, se sentó un señor y le puso la cabeza en el regazo y le apuntaron con un arma, en ese interín escuchó que decían son las 9 hs. 50 minutos. Recordó que anduvieron un largo rato, descendiendo el cerro, escuchó que entraron en un lugar del centro, entraron por un portón, lo bajaron, le ataron las manos con un cinturón, lo llevaron a un lugar y le decían "montonero hijo de puta", le empezaron a pegar, lo tuvieron un largo rato golpeándolo con golpes de puño, le vendaron los ojos y se quedaron en ese lugar, después de un tiempo alcanzó a aflojarse las manos se las desató, se levantó las vendas y vio que estaba en un calabozo muy chiquito, se incorporó y miró por la ventana, se acercó un guardia y lo volvieron a atar, le pusieron bien la venda y lo dejaron ahí, no sabe cuanto tiempo pasó, en ese momento no le pegaron más. Relató que a la noche lo sacaron, que notó que pasó por un lugar descubierto porque lloviznaba, vio por la venda que tenía tubos fluorescentes, lo torturaron, le pegaron, lo volvieron a llevar al calabozo, escuchó que era domingo porque estaba la radio prendida y estaba jugando Atlético, a la noche lo vinieron a buscar y lo llevaron a otro lugar, lo sentaron y una persona le convidó cigarrillos, con un trato muy amable y una voz marcial le dijo "usted tiene una denuncia que es una carga muy fuerte entonces queremos que hable, que cuente toda su vida", empezó a contar que era guarda parques, que vivió en la Patagonia muchos años, le preguntaron si tenía ideas políticas, les dijo que era simpatizante del peronismo pero que no estaba afiliado, le preguntaron por algunas personas, por Gustavo Santillán, le dijo que lo conocía de nombre, y a la fecha está desaparecido; por el senador Dardo Molina, y dijo que no lo conocía sino por el diario. Relató el testigo que sabían todo de la vida de él, le preguntaron sobre Catamarca, y dijo que no había estado, pero le dieron una trompada y recordó que había estado porque se había muerto el padre de un amigo y él lo llevó a Catamarca a su amigo. La declaración duró según ellos siete horas. Lo sacaron de ahí y lo llevaron a un lugar más grande donde sentía murmullos, lo acostaron en el piso, la persona que lo llevaba hablaba como cordobés, y le dijo que se quedara tranquilo que iba a andar bien, fumó de nuevo porque le dio cigarrillos, este cordobés era un jefe, cuando lo liberaron lo siguió viendo, esa persona estaba en la parte de inteligencia donde actuaba siempre el bueno y el malo, este era el bueno. El testigo dijo que estuvo detenido en Jefatura de Policía. Recordó que después de un año de estar liberado iba caminando por la calle Junín y se paró un Ford Falcon interrumpiendo el tránsito, bajó la ventanilla y le dijeron "como le va señor Chamatropulos", con una voz de cordobés y se fue, esta persona era de estatura normal, de tez blanca el pelo no era negro sino castaño claro, después de esa vez pensó que lo seguían de nuevo. Pasaron un par de años más y en el año 79 fue al rectorado a la parte de asuntos jurídicos, una persona que estaba parada en la vereda le dijo que era el que le daba cigarrillos, le preguntó si lo ubicaba, y el testigo le dijo que sí, esta persona le dijo que lo habían puesto a disposición de la comisaría de Esquina. Relató nuevamente su detención en Jefatura, después de esa noche, el domingo le dieron de comer, al otro día escuchó murmullos de gente que estaba secuestrada, vino una mujer y le dijo que su número iba a ser el 25, a las horas vino un grupo de personas y empezaron a nombrar los números, cuando dijeron 25 lo insultaron, y le colgaron una soga en el cuello que tenía una madera escrito el número 25, en ese ínterin, cuando estaban repartiendo los números uno de los custodios preguntó a alguien si era médico y esta persona dijo que sí que era Apaza, después el testigo se enteró que estaba desaparecido. Dijo el testigo que había gente que lo ayudaba a ir al baño, que cree que eran detenidos pero con capacidad de moverse, uno le dijo que era abogado de Santiago y que estaba secuestrado hacía cinco meses. Manifestó el testigo que en ese entonces no tenía idea de la represión, que escuchó gritos de dolor de mujeres y hombres, en un momento se le corrió la venda y estaba en un salón con personas a la vuelta y había un ventilete largo y escuchaba la campanadas del Corazón de María que eran como un carrillón y chicos jugando y escuchaba el ruido inconfundible de los jeep, que tienen un arranque y una forma de andar especial y escuchaba el sonido de los vehículos y después cuando salió en libertad fue a ver el lugar y era como lo veía de adentro. Dijo que en Jefatura lo vio a Zimmermann, a Bussi y a Albornoz, sabía que era Albornoz porque un compañero de trabajo era primo hermano de Albornoz, Bussi parecía que estaba de visita porque entraron al salón donde estaban detenidos, a Bussi lo conocía porque iba seguido a San Javier igual que Zimmermann. Dijo que tenía mucha relación con las fuerzas de seguridad, que fundamentalmente su trabajo era defender la naturaleza, que en ese momento empezaron a desmontar la zona, su trabajo era retrotraer esas actividades, dijo que la universidad nombró un servicio de seguridad en el 76 y lo pusieron a Ismael Auache que tenía inteligencia, este señor lo citó y le dijo que dependía de él y el testigo le respondió que dependía del instituto Lillo, tuvieron una relación tirante y en una oportunidad lo citó Auache a su despacho y le habló de la comunidad informativa, la denuncia que tenía el D2 y decían que en San Javier había un señor de origen griego que lo había traído el montonero Heredia para organizar la guerrilla en Tucumán y se reunían en su casa y organizaban. Manifestó el testigo que Auache había mandado la carta porque cuando le tomaban declaración en el momento de su secuestro le preguntaban sobre esto, cree el testigo que fue Auache quien ordenó su detención. En los primeros días de julio lo liberaron. Le dieron una patada, lo levantaron, el cordobés le dijo que lo iban a liberar, lo llevaron a un lugar donde había otras personas y le dijeron que cuente un chiste para que lo largaran, y en eso se hizo un silencio sepulcral y escuchó una voz militar que le preguntó si sabía para qué lo habían traído y le dijeron que lo iban a fusilar, el testigo se puso a llorar y les dijo que era inocente, lo pusieron en el paredón, remontaron las armas, escuchó el ruido, y empezaron a reírse, y le dijeron "esto es para que te sirva de experiencia", preguntó si eran militares y le dijeron sí, que eran el comando libertadores de América, le dijeron que conocían desde el primero hasta el último pelo de su cuerpo, a continuación lo subieron en un auto en el asiento de atrás, estaba vendado, subieron al cerro, le dijeron que lo iban a dejar en la hostería porque arriba estaba el ejército y tenían miedo que los dejen presos, simulaban que eran de un bando distinto. Recordó que vivió dos etapas del operativo, una con el gobierno democrático hasta el 76 y después del gobierno democrático, que no cambiaron mucho la manera de trabajar, la primera vez fue ocupada por gendarmería dependían del ejército, el que estaba a cargo era el segundo comandante Varas, ellos hacían patrullaje en el monte, traían detenidos pero los traían en los camiones acostados en el piso, vendados, pero el testigo no sabía qué destino tenían esas personas. Dijo que declaró en el juzgado federal una sola vez. Relató que el Ejército y Gendarmería le pidieron un relevamiento topográfico, que hizo un censo de personas que vivían en el cerro para saber el lugar donde iba. Recordó que una vez fue a su casa gente del ejército y le preguntó que hacía, ahí había una relación fluida con gendarmería, eso fue durante el gobierno democrático, cuando vino el proceso lo empezaron a perseguir. Una vez la gente de gendarmería le pidió que vaya a buscar gaseosa, la Coca Cola le regalaba gaseosa a gendarmería, y le pidieron que fuera al ingenio a buscar Coca Cola, la gente de gendarmería lo invitó a un asado y entonces le dijeron si quería ver algo, en ese entonces era el sindicato de los empleados del ingenio, al entrar ahí, le mostraron 20 o 15 personas detenidas adentro del mini service del ingenio, manifestó el testigo que cuando estuvo secuestrado se sintió mal porque se acordó de estos detenidos y que él no había hecho nada por ellos, dijo que a estos detenidos los vio durante el período constitucional y que al edificio del ingenio lo manejaba gendarmería. Dijo que no tuvo ninguna causa penal, inclusive cuando lo liberaron, tuvo la suerte que no firmaba planilla porque vivía en el cerro, después que lo liberaron le robaron la camioneta y apareció en la comisaría del parque 9 de Julio. Después de liberado, durante dos años lo estuvieron vigilando, iban a su casa a la una, dos de la mañana, golpeaban, su mujer se levantaba les preparaba café, siempre eran de inteligencia, vino uno de bigotito pelo negro lacio, se presentaba como Clemente, le decían "el perro Clemente", dijo que supo el nombre porque esta persona se presentó, no lo vio en Jefatura. Manifestó que cuando iba gente a su casa vivía con un terror tremendo, y que cada vez que pasaba algo anormal hablaba con un oficial del ejército porque en ese entonces su esposa trabajaba en la administración del hotel San Javier y ahí estaba un muchacho teniente del ejército a cargo de un grupo que acampaba en San Javier y les dijo que cualquier cosa que les pasara hablaran con él, entonces el testigo le comentó de Clemente y este oficial le dijo que no se preocupara porque era de la policía y era un infiltrado de montoneros. Dijo que se decía que en San Javier había un centro clandestino de detención. Recordó que cuando estuvo secuestrado escuchó mujeres que gritaban en forma desgarradora, que las mujeres decían "nos están matando pero nosotros vamos a triunfar", que no puede olvidarse de estos gritos. Dijo que cuando vio a Bussi en Jefatura estaba vestido de fajina, que estuvo detenido aproximadamente un mes y días, que el cordobés era la misma persona que le dijo que estaba trabajando en la comisaría de Esquina y la persona que vio después al frente del rectorado. El fiscal solicitó que conste que Luis Armando de Candido estuvo desde el 21 del 6 del 76 al 9 del 1 del 78 prestando servicios en D2, y después como jefe de la comisaría de Esquina y que todo esto está en el legajo de Luis de Cándido. El testigo dijo que los gendarmes llevaban una venda en el casco y él les preguntó porqué llevaban la venda y ellos respondieron que era para las personas que detenían. Vio también en la caja de un camión acostadas dos personas con los ojos y manos vendadas, dijo que todos estaban sometidos a la autoridad militar aún cuando era época de la democracia porque estaba el Operativo Independencia. En el transcurso de la audiencia se hizo reconocer al testigo unas fotos a los fines que determine si la persona a la que se refería como el Cordobés era Luis Armando De Candido y el testigo reconoció en un 85% a Luis Armando De Candido como el "Cordobés".

CARLOS MARÍA MENA

Manifestó que fue perseguido en el año 69 al fallecer su padre. En el 75 lo detuvieron de nuevo porque querían requisar la casa de Tafí Viejo, en Taficillo. Recordó que fue él quien los acompañó a los de Jefatura. Manifestó que Pesce, quien era amigo de Albornoz, tenía un juicio con él. Dijo el testigo que vivía en la calle Córdoba 226. Que la finca era una herencia de su padre y en el 75 la requisaron, era una casa grande de siete habitaciones. Después el testigo fue detenido en el 76 y lo llevaron directamente a la cárcel de Villa Urquiza por varios meses, lo tuvieron en un calabozo lleno de agua y hacían entrar perros para que lo mordieran. Declaró que tenía campos con vacas, caballos, limones y que él nunca estuvo metido en política; que su abuelo fue gobernador de la Provincia, pero él y su padre no actuaban en política. En el 76 lo detuvo un tal Camaño, que lo secundaba a Albornoz, era un torturador de Jefatura. Que lo llevaron a Jefatura, que lo sabe porque era cerca de su casa y allí lo esperaba Albornoz o Arrechea, quien dijo que lo pasen al fondo. Que estaba perdido, hablaba solo y se dio cuenta de que estaba drogado porque le ponían una inyección que le decían la droga de la verdad. Lo torturaron muchísimo, palos, garrotazos, lo ataban con alambre de púa y tenía el brazo podrido. Le preguntaban por las armas, y por el lugar en donde las tenía en la casa. Albornoz le decía a Arrechea que Mena tenía como veinte guerrilleros en la casa. Que luego de estar en la Jefatura lo llevaron a Villa Urquiza. Cuando llegó ya lo habían matado a un tal Torrente, y estaba la sangre. En Villa Urquiza vio a Roschild, Carlos Sutter, un tal Pimentel y un muchacho Ortiz y que en el penal había como cincuenta personas con él. En Jefatura, recordó a un tal Carrizo (cabo Carrizo). Escuchó que Luis Alberto Lezcano, de Santiago del Estero, estaba a la par de él y le preguntaron dónde había conseguido el uniforme y Lezcano les dejo que lo había comprado; eso fue alrededor de abril o marzo, en el año 76, después del golpe. También estaba detenido ahí un diputado Valenzuela con el que pudo hablar dos o tres palabras. Relató que en Jefatura estuvo ochenta días, del 10 marzo del 76 al 28 de mayo del 76, que Albornoz le preguntaba por una chica Carrizo que había vivido en la finca, eran dos o tres hermanas que vivían en el monte. En Villa Urquiza estuvo siete u ocho meses y luego, en avión, lo llevaron a Sierra Chica por dos años, después a La Plata y en el camino los hicieron descender de los celulares pero no pasó nada. Estuvo seis años en total, más o menos. Lo liberaron el 24 de junio de 82, después de la guerra de las Malvinas, a los días de eso. Siempre estuvo a disposición del ejecutivo, en Villa Urquiza también. Manifestó que lo obligaron a firmar algo en La Plata y también en Rawson. En La Plata ante un escribano Martochi. Los papeles que le hicieron firmar eran para la venta de la finca de Tafí Viejo. La primera vez que lo detuvieron le comieron dos vacas y le dijeron que la plana mayor había ido a la finca a comerlas. Agregó que esos ochenta días en Jefatura lo mantenían a agua. Contó que el escribano Benedicto, al que le decían "Conejo" era el que le hacía los papeles, en calle Buenos Aires, y sabe que ahora está detenido. Dijo que el escribano Benedicto lo habló varias veces para que le firme para Iván Maleki, quien lo amenazaba por teléfono, andaba armado y también amenazaba a su esposa, a su hermana y decían que lo iban a matar si no les daba la propiedad; también estaba un abogado Jorge Ruiz (que murió) quien se apoderó de su casa de calle Córdoba 226, y de parte de la finca. Guillermo Federico Pesce decía que la propiedad era de él. Refirió que tiene setenta y un años y que su memoria estaba bien. Dijo que en La Plata querían que firme papeles que decían que él daba poder para ellos, pero que no sabe qué le hicieron firmar. En el año 83 ya no tenía sus propiedades, eran de Maleki; con la casa se quedó Jorge Ruiz, que el abogado le remató la casa y la compró él mismo. Declaró que la esposa le contó que firmó algo respecto de la finca de Tafí Viejo y le dieron un cheque sin fondos, porque le decían que lo matarían, y que Maleki tenía unos poderes o algo parecido en ese momento. Recordó que en la escribanía de Benedicto se hicieron todos los papeles, éste lo amenazaba por teléfono y le decía que le firme para Maleki, y que si no firmaba lo iban a ejecutar. Dijo que cuando lo liberaron ellos ya tenían la finca pero faltaban los papeles. La finca era de él y de su hermana. A ella también la detuvieron (un tal Salim). Relató que en Rawson estaba Carlos María Zamorano, un abogado tucumano. En La Plata escuchó que hablaban del "pabellón de la muerte", de donde sacaban personas que decían que eran "irrecuperables". En Rawson eran todos irrecuperables; cuando Videla fue a Córdoba llevaron a cien personas de ahí por si atacaban a Videla y esas personas iban a ser todas ejecutadas. A Maleki lo vio hace dos años. También habló de Camilo Ahmed, quien era un torturador, secretario de Albornoz. Recordó que en Rawson conoció a un interno de apellido De Benedetti, el Tordo (por doctor le decían), era abogado. Relató que vio a Benedicto, porque lo llamó a la calle Buenos Aires y le decía que le firme las escrituras a Maleki. Que aquel lo llamó a su estudio notarial, pero las cosas ya estaba hechas, que eso fue en el 84-85 aproximadamente, que tenía la escribanía en la calle Buenos Aires, que el local estaba abierto y él sabía que había intervenido en la venta de la propiedad, tenía cincuenta y tantos años y le decían Conejo Benedicto, usaba bigotes. Contó que la escribanía estaba a media cuadra o una cuadra de la comisaría 2da, por la misma vereda y le dijo que quería que le dé una mano al francés para que pudiera vender. Describió que al fondo estaba el escribano. Que Benedicto le decía que colaborara con Maleki, que lo iban a ayudar a él porque sabía lo que le había pasado, le dijo que le convenía hacer el arreglo con el francés porque le podía costar caro. Que la transferencia de la propiedad la hizo fuera de la provincia de Tucumán y que en la escribanía de Benedicto no firmó nada.

CLEMENTINA HILDA MORA

Dijo tener ochenta y tres años. Su marido falleció, se llamaba Francisco Ritti. Que vive en calle Uruguay 1485, desde hace más de veinte años. Antes vivía en calle 12 de Octubre. Por otra parte hay una propiedad de calle Uruguay 1.353, que es de su cuñado. En sobre esa propiedad desconoce qué sucedió en 1976. La casa de Uruguay 1.353 era de su cuñado, Salvador Ritti. Se trata de un edificio de cuatro departamentos chicos. En uno de ellos, hacia el fondo, actualmente vive su hija. Su cuñado los alquilaba y los administraba. Reitera que no recordó ningún episodio sucedido en 1976.

ROBERTO OLEGARIO RODRIGUEZ REY

Dijo que es médico neurocirujano. Que prestó declaración ante el juez federal en el 2004 donde recordó haber atendido a Miguel Antonio Lapetina, no se acuerda de los detalles de la declaración. Se le exhibió las fojas donde consta su declaración y se la oralizó. En su condición de médico recordó haber tenido al paciente Lapetina por traumatismo de cráneo, pero no se acuerda porqué se produjo atento a que pasaron treinta años.

EDGARDO BENJAMIN CARLONI

Coronel Mayor en actividad. Se desempeña como Director de asuntos humanitarios y políticas de género del Ejército Argentino desde el 01 Noviembre 2004. Las funciones primarias de la Dirección a su cargo es contestar todos los requerimientos de la Secretaria de DDHH a través del Ministerio de Defensa relacionados con los Derechos Humanos y delitos de lesa humanidad y además Políticas de género comunes a todos los organismos del Estado. Informó que en 1976 el Comando de la V° Brigada de Infantería con asiento en la Provincia de Tucumán dependía directamente del Comando del III° Cuerpo del Ejército que se encontraba en Córdoba y éste de la Jefatura Mayor del Ejército en Buenos Aires. El Ejército estaba conformado por tres cuerpos; el Primero en Bs. As., en Palermo, el segundo en Rosario y el Tercer Cuerpo en la Ciudad de Córdoba, conocido como Zona III, tenía tres Brigadas que le dependían, la Brigada IV de paracaidistas de la Ciudad de Córdoba, Brigada 8 de Montaña en Mendoza y la Brigada V en Tucumán. Había una directiva de Comando en Jefes del Ejército en que dividía el País en Áreas, Zonas y Subzonas, no tiene en su poder la Directiva que disponía eso, pero existe un libro de los hermanos Mittelbach en donde está plasmada la orden original que divide al en País Áreas, Zonas y Subzonas. La V Brigada era la Subzona 32 que tenía 3 áreas: el área 321 , a cargo del Regimiento 19 de Infantería que abarcaba prácticamente todo Tucumán, área 322 al cual pertenecía el Regimiento de Caballería de Salta y el Regimiento de Monte de Tartagal), y el Área 323 que tenía las dos Unidades que estaban en Jujuy. Dijo que todos dependían del Comando de la V Brigada de Infantería; Cabeza de área era el Regimiento 19, después había subunidades independientes como la Compañía de Arsenales. Agregó que El Estado Mayor se conforma según el nivel de conducción con una persona que lleva personal, otra inteligencia, otra operación, otra logística y finanzas. La misión del Estado Mayor es asistir al Comandante en todas las tareas que le asigne el comandante como especialista en el área que maneja. Dijo que en la Brigada de Tucumán había un comandante de Brigada y un segundo Comandante y Jefe Mayor. Conformado por: G1 es lo que involucra el área de Personal; G2 Inteligencia, G3 Operaciones, G4 Logística; eso es a nivel Comando, a nivel Comando en Jefe del Ejército, esos G 1; 2; 3; 4 y 5, se los denominaba J1; J2; J3; J4 y J5. A nivel Regimiento está el Jefe de Regimiento, el Segundo Jefe de Regimiento y Jefe de la Plana Mayor, en el nivel Regimiento o Unidad se llama Plana Mayor y no Estado Mayor, las áreas son las mismas pero se las llama S1; S2; S3 y S4. A nivel Subunidad Independiente que es un nivel más bajo, ejemplo en Tucumán la Compañía de Arsenales, tenía un Jefe de Compañía pero no asignado un Segundo Jefe ni una Plana Mayor, donde hay una sección Plana Mayor y no siempre había un oficial de cada sección. Contó que la estructura del Regimiento es: Jefe de Regimiento, Segundo Jefe de Regimiento y Jefe de la Plana Mayor. Que está dividido en Compañías de Infantería A; B; Comando y Servicios, etc. dependiendo de la orgánica del año en que se haya dispuesto. Es distinta la Compañía del nivel Regimiento a la Compañía Subunidad Independiente como era en el caso de la Compañía de Arsenales, el Jefe de esa compañía era un oficial, nombrado para desempañarse en esa función como Jefe; el jefe de Compañía en un Regimiento de Infantería se llama jefe de Escuadrón. Siempre la misma función con distintos nombres. El Jefe de Compañía es el responsable de la instrucción de esa subunidad, y es responsable de los oficiales, suboficiales y soldados que tenga asignada esa subunidad. Una compañía tenía más de 100 soldados, 120 según el rol de combate (puede mandar por escrito esos datos). Dijo que los Regimientos de Montaña de Jujuy y Tartagal tendrían más efectivos por el ganado y los puestos de rol de combate. Agregó que los rangos de oficiales de Ejército eran: Teniente General, Comandante en Jefe del Ejército; Generales de División, eran comandantes de cuerpos y jefes de estado mayor del ejército; Generales de Brigada, eran Comandantes de Brigadas, podían ser directores Colegios Militar, los J, integrantes del estado mayor General de Ejército; Coroneles, en algunas áreas eran Jefes de Regimiento, y después están los Tenientes Coroneles, que eran base de las unidades del ejércitos de todas las armas; Luego había Mayores que eran segundos jefes de esas Unidades, eran Mayores de subunidades independientes. Hasta ahí, dijo, eran oficiales jefes; después están los Grados de oficiales y subalternos: Capitán, Teniente Primero, Tenientes, subtenientes, eran los oficiales instructores de esas subunidades. La única jerarquía que hay hoy y que no existía antes es la que detenta el declarante: Coronel Mayor. La aptitud OEM es Oficial de Estado Mayor, es un curso superior que se realiza en la Escuela Superior de Guerra en una etapa intermedia en la carrera, se da en la jerarquía de Capitán o en las primeras fracciones del grado de Mayor; para ser Oficial de Estado Mayor tienen que rendir un examen de ingreso, cursar, generalmente 1/3 de los que se presentan son los que obtienen el título después de tres años de estudio. Explicó que AEI Aptitud Especial de Inteligencia: es una aptitud menor a la de Oficial de Estado Mayor, quienes optan por ésta área , en el grado de Teniente Primero rendían un examen de ingreso, en la escuela de Inteligencia, un curso de un año, y egresaban con la aptitud especial de inteligencia. Es un curso regular del Ejercito que sigue existiendo hoy, la Escuela hace un par de años que es un instituto conjunto de donde salen los oficiales de inteligencia de las tres Fuerzas Armadas. Se estudiaba Conducción, Inteligencia, contrainteligencia, todo lo que tiene que ver con el proceso de reunión de información discusión y uso de esa información, etc. Dijo que aptitud AEC Aptitud Especial de Comando: Eran los oficiales que hacían el curso de comando, son fuerzas especiales, es un curso voluntario al igual que el de inteligencia, hay que rendir un examen, ahora hay una escuela especial en Córdoba, están especializados en combate para todos los teatros de operaciones: zona montaña, zona desértica, etc. El reglamento 8-1, 8-2, 83, el reglamento de Brigada, etc. eran los reglamentos en vigencia en la época de la lucha contra la subversión, el reglamento lucha contra elementos subversivos tiene una versión del año 75 y otra del año 77; Eran reglamentaciones orgánicas, era doctrina en vigencia y eran aplicables a todas las bases doctrinarias, buscaban capacitar a todo el personal de los elementos de combate para ponerlos en condiciones de poder operar en este tipo de lucha; Era un conjunto de leyes y normas en vigencia que servían para instruir a las tropas para estar en condiciones aptas de procedimientos de combate contra la guerrilla, contra la subversión, operaciones netamente ofensivas. Algunos documentos eran públicos y otros reservados; el LCES, era reservado, no eran para todas las instancias del Comando, en la presentación del reglamento decían qué niveles de jerarquía podían tomar conocimiento de ese reglamento, generalmente eran de jefes para arriba, en su momento estaban dentro de la normativa legal. Agregó que todos estos reglamentos tienen que ver con la parte de inteligencia por eso estaban reservados a un sector de la conducción. El rol de la inteligencia se dividía en niveles: Jefatura II de Inteligencia; el Batallón de Inteligencia 601 de Bs As; y había destacamentos de inteligencia distribuidos en todas las zonas del país, en el Cuerpo del Ejercito 3 estaban el estamento 141, 142 y 143. Prácticamente había un destacamento de inteligencia que ocupaba la mimsa zona de la Brigada. El destacamento de inteligencia tenía una doble dependencia, que se denominaba "canal técnico", es el intercambio de información que no va por "canal de comando", se iban nutriendo e intercambiando información directamente; el Jefe 2 inteligencia centralizaba toda la información del Ejército. El 601 era el que informaba al que correspondía, en el caso de personas detenidas en distintas provincias con conocimiento del destacamento, los destacamentos de otra provincia no tenían conocimiento por este canal técnico, sí el de nivel superior. El ciclo de inteligencia comienza con una orden o misión y tiene 4 pasos: el primero: se llama dirección y abarca todos los planes y las ordenes en vigencia; el segundo paso es de la reunión en donde están los especialistas de inteligencia que reúnen información requerida; el tercer paso es el de proceso, se registra, se interpreta y valoriza la información; el cuarto paso es la difusión y uso de la información, ahí está la apreciación del comandante quien determina a donde se difunde y hacia dónde se difunde la información en base a su apreciación según lo que le dan los especialistas; se llama ciclo porque en cualquier paso se puede dar inicio. Las fuentes de información son todas, una persona sí es una fuente de información; las tropas son las principales fuente de información. El Personal Civil de Inteligencia o PCI, es una persona especialmente capacitada para la ejecución de actividades de inteligencia y contrainteligencia, no siguen la carrera militar, hacen cursos en la escuela de inteligencia. Agente de Reunión era el que reunía la información. Aclara que los legajos del personal civil de inteligencia, son los únicos legajos que por regla no pueden leer, los de personal no saben qué dicen esos legajos. Las actividades de inteligencia son: espionaje, sabotaje, subversión y la característica de estas actividades era que se realizaban en una zona bajo control del enemigo. Y las de contrainteligencia son el contraespionaje, contrasabotaje, contrasubversión, estas actividades se desarrollaban en una zona bajo propio control. Sobre Acción Psicológica, dijo que, hay un reglamento que estaba en vigencia en esa época; todos esos reglamentos por los que le preguntan eran aplicados para instruir al personal en este tipo de combate y la base de esos reglamentos ha sido el derecho internacional humanitario tanto en tiempo de paz como de guerra; están a la luz los Tratados internacionales para los conflictos armados, de ahí se desprende la base legal de esos reglamentos, que tienen que ver con su conformación desde el año 1949 con el convenio de Ginebra, y los demás que fueron adhiriendo. El último protocolo que adhirió nuestro país fue en el año 77. La estructura puede haber variado de acuerdo a la zona, y la misión que tenía cada elemento en su momento y el comandante puede haber dado la orden del cambio de misión. Existía 404/75 que se llamó lucha contra la subversión y tenía la finalidad de poner en ejecución todas las medidas y acciones necesarias que emanaban del Consejo de Defensa que era la Directiva N° 1/75; EL Consejo de Defensa estaba formado por el PEN que coordinaba todas las fuerzas armadas para la lucha contra la subversión (orden de febrero del 75 de M. E. Martínez de Perón); esa directiva ponía en marcha y de ahí surgió el plan del Ejercito que tenía la finalidad de ejecutar todas las operaciones necesarias para posibilitar el accionar del ejército y la prioridad I era la Provincia de Tucumán y la responsabilidad personal era del Comandante de la V Brigada; Prioridad 2 era Capital, Prioridad 3 Córdoba y prioridad 4 Rosario. Comunidad informativa de inteligencia existió y tiene que ver con el "canal técnico" que ya mencionó, quiénes lo integraban a esa comunidad: destacamento de inteligencia, la persona que tenía la responsabilidad en cada Estado Mayor o Plana Mayor de llevar el área de inteligencia, no sólo del ejército sino de las que dependían y llevaban inteligencia. Dijo que en algunas Provincias, no en todas, el Jefe de la Policía era un oficial del ejército de las Fuerzas Armadas, de la documentación que han tramitado a lo largo de este tiempo con la Fiscalía y el Juzgado Federal de Tucumán, había en todas las áreas de la policía de Tucumán personal del ejército en comisión. En cuanto a lo del derecho humanitario, aclaró que los reglamentos se hacían respetando las reglamentaciones de Derechos Humano. En cuanto a los reglamentos internos que se aplicaron entre el 1975 y a partir del 24 de marzo del 76 hasta el 83, dijo que estaban todos en vigencia, porque estaban dentro del marco legal del ejército, dijo que Ejército sí reconoce como marco legal la Constitución Nacional. Dijo que los reglamentos estaban en vigencia con anterioridad, esos reglamentos no se hicieron en el año 76 y añadió que puede mandar por escrito en qué fecha pueden haber entrado en vigencia. El Regimiento 19 ejercía sus funciones en toda el área de la Provincia de Tucumán. Subunidades independientes es para diferenciarla de la subunidad que tiene el Regimiento; la subunidad independiente no tienen todas las armas, se da para el caso de Arsenales logística; Escuadrones de exploración; de ingenieros, comunicación, etc. Dependen todas del comando de Brigada, del comandante quien ejerce el comando y responsabilidad directa. En relación al Arsenal Miguel de Azcuénaga y el Regimiento 19 dijo que no le consta que tenían una relación salvo que el comandante le haya encomendado realizar o coordinar una tarea. Cuando los del Regimiento 19 hacían la instrucción en el terreno de Arsenal, dijo que eso era así porque la instrucción era común para todas las unidades, se hacía un núcleo de instrucción en una misma área y que en Tucumán puede haber sido la compañía de Arsenales Miguel de Azcuénaga. En cuanto al personal del regimiento 19 dijo que si sabe que participó en la lucha antisubversiva y que en los reglamentos sí figuran "lugares de reunión de detenidos", el Regimiento 19, dentro del área 321 no recordó cuál era la función específica. No tiene presente quiénes hacían las detenciones. En cuanto a los legajos del personal del ejército dijo que no es común que no figuren los años de servicios que prestaron durante los años 75, 76, 77 y que no puede decir qué pudo haber pasado porque si estuvo en actividad ese oficial, eso tiene que estar en su legajo. Manifestó que si tramitó el legajo del Teniente Coronel retirado Valdiviezo, pero que no tiene presente ahora si le faltan datos al legajo, y que no recibió quejas del mencionado respecto a datos faltantes de su legajo; dijo que el legajo pasó por su oficina pero no recibió reclamos respecto a falta de información en ese legajo por parte del propio Valdiviezo. Respecto a los agentes de inteligencia civil, dijo que ellos tienen una reglamentación particular y un nombre de encubrimiento (lo que está previsto por su propio reglamento) y todo eso hoy está dentro de la ley de seguridad interior; pero dijo que todos cobran sueldos, tienen obra social. En cuanto a la existencia de personal permanente y no permanente de inteligencia referido por un testigo en esta causa, dijo que no tiene conocimiento. Sobre la Comunidad Informativa, llevaba tareas de inteligencia y contrainteligencia y especifica que intercambiaba información, era el "canal técnico", de inteligencia. En cuanto a la conformación, la orden de participación la daba el Comandante, según le interese cubrir una zona. Las Policías Provinciales formaban parte de esta comunidad informativa, el personal civil de inteligencia también pudo haber integrado la comunidad informativa, según el rol de combate. No se le ocurre cómo ejemplificar las actividades de sabotaje y espionaje pero dijo que la actividad de inteligencia se realiza en zona bajo control del enemigo. La acción Psicológica tiene como finalidad disminuir la moral y la eficiencia del enemigo u oponente, se materializaba haciendo Planes de desvelo y engaño, sosteniendo la moral de la propia tropa, contrarrestando propaganda enemiga. Dijo que tiene que haber habido un plan de acción psicológica, ordenada por el Comandante de Brigada, y esas pautas estarían en plan de velo y engaño o en la propaganda para infundir el terror. Manifestó que la zonificación fue creada antes de la década del 70 y que en el 75 ya estaba la orden de zonas, pero no recordó las fechas. Dijo que la subunidad independiente debe haber tenido custodia de Gendarmería por una orden específica del Comandante. El destacamento de Inteligencia 142 dijo que corresponde al D2, es el órgano ejecutor de inteligencia de la Brigada. Estima que a la fecha de los hechos había, un Jefe, 2 oficiales jefes, 4 o 5 oficiales subalternos, suboficiales 30 a 45 y personal civil 30 a 45 integraban la unidad de inteligencia. Los PCI es Personal Civil, un operador SCD es el operador del sistema de cómputo de datos. No sabe contestar que es un auxiliar de conducción. No recordó hasta que fecha fue secreto el Reglamento derogado 9/1. El comandante en jefe del ejército dirigía desde el poder ejecutivo después del 76, la estructura restante en principio se mantuvo tal como estaba con anterioridad. Dijo que Control operacional es un control que se asigna para una determinada misión específicamente y tiene un tiempo de inicio y de finalización; el control funcional es el que ejerce la organización dentro de su cadena de comando y es permanente. Expresó que Puesto de comando principal es donde está instalado el comandante o jefe que conduce la operación y se puede desdoblar en un puesto o mando táctico, depende del equipo de asesores y el comandante. El personal militar se lleva un legajo original y uno duplicado. El legajo original no se mueve nunca del Estado Mayor de Ejercito mientras que el duplicado acompaña al hombre en sus distintos destinos de su carrera militar. Expresó que en la zona de Tucumán había varias fuerzas de tareas pero no pudo precisar cuántas ni cuáles eran. Dijo que el comandante tenía todas las responsabilidades en su figura de comandante; la brigada V, dependía orgánicamente: Regimiento 19, las dos unidades de Jujuy, la unidad de Tartagal, la de Salta, la compañía de Arsenal y el Regimiento 19. La compañía de Arsenales es un elemento de apoyo de combate, que dependía directamente del comandante, es una subunidad independiente. Su función es mantener los efectos de arsenales en condiciones y mantenimiento. Dijo que normalmente los jefes de estas subunidades eran oficiales ingenieros militares. La misión de la compañía es esencialmente técnica pero desconoce si el jefe tenía alguna misión especial, dependía del comandante de brigada en forma directa. Dijo que el área 321 era la relacionada con la provincia de Tucumán según el libro de los hermanos Mittelbach ("Sobre áreas y tumbas"). Expresa que el Comandante de Brigada era la autoridad en Tucumán esa zona. Dijo que técnicamente no es coherente que el Jefe del Regimiento de Infantería 19 haya impartido ordenes por sobre el Comando de Brigada. El Arsenal dependía del Comando de la V Brigada, efectuaba provisión y mantenimiento de arsenales a los elementos dependientes de la V Brigada de Infantería. Las unidades de Salta y Tucumán dependían del Comando de Brigada. Manifestó que entiende que la Brigada determina los lugares de reunión de detenidos y asigna después las responsabilidades. La compañía era un elemento orgánico del Regimiento de Infantería 19, interpreta por eso que Trucco se desempeñó a partir del 2/12/75 como oficial de Personal del Regimiento. Aclaró que no es lo mismo ser Jefe de Compañía que Jefe de tareas. Dijo que Trucco, según lo que se manifiesta, pasó a integrar la plana mayor órgano de asesoramiento del jefe de regimiento. Las funciones de S1 están en el reglamento de servicio interno que está en vigencia. El Oficial G1 es el oficial de personal en un nivel superior al de unidad; en el reglamento de Brigada están aclaradas las funciones del G1 más amplias que las del S1. Una unidad tiene que tener mínimo 12 suboficiales para llevar adelante la tarea (confección de legajos, mesa de entradas, incorporación de las clases, registros e informes de la unidad, etc.) por lo que cree que entre 10 y 12 personas trabajaban allí. El equipo de combate es otra cosa. El oficial S 1, son funciones administrativas en época de paz, si el Regimiento está en operaciones, tiene las mismas funciones administrativas llevadas a un plano operacional. Los rangos son: Jefe de Regimiento, 2do Jefe de regimiento, Jefe de Subunidad; los miembros de la plana mayor y el oficial de personal son parte y no tiene mando sobre las subunidades. Las prescripciones reglamentarias es lo que se debe cumplir. Dijo que la misión se tiene que cumplir, el comandante para dar la orden y cumplir la misión tiene que basarse en los reglamentos en vigencia. Interpretó que se flexibilizan de acuerdo a la situación imperante.Leyó el libro histórico del año 76-77 dijo que el Destacamento de Inteligencia 142 en el año 76 tenía 14 suboficiales, 19 civiles, 20 soldados y 8 oficiales.En cuanto al concepto de subordinación militar dijo que es parte de la disciplina: subordinación y disciplina son la base de la organización militar. La subordinación implica que se acepta la base disciplinaria del estado militar, la subordinación es parte de la actividad diaria de los militares. Dijo que el estado militar conlleva la subordinación que implica el cumplimiento de las órdenes que le impartan las autoridades en el cumplimiento de su servicio, el jefe que imparte la orden, controla su cumplimiento. Y que es un delito tipificado en esa época la insubordinación (actualmente está previsto en el registro de sanciones disciplinarias), recordó que en el año 75-76 la pena por incumplimiento de una orden estaba en el código militar y no la recordó pero sí tenía una pena por no cumplir la orden, la pena tiene que ver con la sanción. Aclaró que caso de insubordinación se hace un sumario, con testigos, etc., y se determina luego de actuaciones de justicia militar que están previstas si hubo o no insubordinación. El Personal Civil de Inteligencia se rige por una ley especial de inteligencia de la Nación y tiene subordinación en los niveles de Comando dentro del destacamento según el puesto que tenga en la organización. El comandante era el responsable del apoyo logístico. Dijo que la compañía de Arsenales tenía las funciones de provisión, mantenimiento de arsenales, intendencia y sanidad. Dijo que si ordenaron ser escalón logístico de la brigada para una determinada función, le tienen que haber dado los elementos para poder cumplir con esa función. Dijo que desconoce cuáles eran las funciones que cumplía el Jefe de Brigada pero dijo que tendrían que estar en alguna orden. Manifestó que desconoce, cómo estaba integrada la fuerza de tarea Berdina. Un equipo de combate reglamentario está integrado por una subunidad orgánica completa, y un elemento de nivel sección que se le agrega para cumplir determinada misión Consideró que el ejercito se desenvolvía dentro las normas vigentes en esa época. En cuanto a los agentes civiles de inteligencia dijo que desconoce si podía tener contacto entre ellos y que se rigen por la ley 25.520.

LILIANA SUSANA VITAR

La testigo fue asesora ad honorem de la Comisión Bicameral de Tucumán. Explicó que la Comisión tuvo la particularidad de ser la única en el país. Tucumán en 1975, con la Escuelita de Famaillá, fue un campo de experimentación del terror que luego se implantaría en todo el país. Con la Comisión se buscó esclarecer esa situación. La Comisión recibió denuncias de familiares y las presentó a la justicia. Recibió la visita de la Conadep en dos oportunidades. Fue muy exhaustiva en la toma de declaraciones a los familiares de las víctimas y a las víctimas. Trabajaba personal que tenía las condiciones para elaborar informes muy precisos. Además al comienzo tenía una parte política que daba cuenta del propósito de la doctrina de la Seguridad Nacional. Relató que el Anexo 1 se ocupó de la metodología represiva, analizó la forma en que se realizaban los operativos, el personal que lo llevaba a cabo, los vehículos que empleaban, las horas en que generalmente se producían y los lugares en que se realizaban (especialmente domicilios, pero también universidades, lugares de trabajo, vía pública y hasta hubo un caso que se produjo en un casamiento). Secreto, clandestinidad e impunidad eran las tres características de los operativos. En la metodología se destaca que acudían con uniformes o vestidos de civil, con o sin los rostros cubiertos. La Comisión destacó cómo se atacaron incluso a adolescentes, a familias enteras como los Rondoletto, y todo el espectro universitario. El capítulo 2 refirió a los centros clandestinos de detención. Pudo determinarse que eran treinta y tres. Se hicieron incluso reconocimientos, como el de la Jefatura, con el testigo sobreviviente Pedro Abregú. La Comisión no fue autorizada a reconocer Arsenales, pero los testigos aportaron sobre éste mucha información. La Comisión dividió los CCD según dependieran de organismos militares y policiales. En Monteros se usaba el colgamiento. Respecto de la Escuela de Educación Física, la Comisión se constituyó en el lugar, con Lindor Barrionuevo y con el rector de la U.N.T., Pons. También hubo un capítulo especial para la administración de justicia. Allí se explicó que si bien los privados de libertad eran llamados detenidos, estaban secuestrados, algunos luego eran legalizados y pasados a Villa Urquiza. Entrevistó a médicos y enfermeros, habló con presos comunes y declararon que los presos que llamaban subversivos estaban en la sección E que ingresaban con perros con el cabo Carrizo y mordían. Las mujeres estaban en la guardia y hubo testimonios que relataron violaciones sexuales; las mujeres sufrieron graves violaciones a los derechos humanos. Manifestó que las denuncias datan del año 74, pero existieron muchas denuncias del 75 por el Operativo Independencia. Calificó de paradigmático el caso de Jarolavsky del año 75, Carlos Córdoba, estudiante, también del 75. El caso de Jarolavsky produjo un repudio del colegio médico. Todas las causas de la Bicameral del 75 fueron elevadas al Juzgado Federal, pidió audiencia a la Corte de la Provincia y se entregaron las denuncias. Dijo que una primera etapa fue en diciembre del 84 y la otra entrega fue en el 85, antes de entregar el informe, entonces también se derivaron causas al Centro Judicial de Concepción, ya estaba vigente la ley que decía que la investigación la tenía el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, entonces se derivaban ahí y el Consejo empezó a llamar a todos los que habían hecho denuncias, empezaron a acompañar a los familiares porque no los dejaban entrar a la audiencia, esto ocasionó planteos. Los ponían a la par de un baño sin luz, los familiares eran obligados a levantar las denuncias, pero no declinaron, son los que dieron las fuerzas a todos. Con esta ley fue un peregrinar de las tres abogadas, Noli, Terraf, y Figueroa, porque fue muy difícil acompañar a los familiares. La testigo recordó que ella recibió amenazas y la Comisión Bicameral también, los legisladores, las tres abogadas fueron panfleteadas, lo que generó un repudio de parte de madres, de concejales, de diputados. Estas amenazas coincidían cuando la Bicameral daba los informes a la justicia o cuando organizaba un acto la comisión de abogados de derechos humanos. El colegio de abogados recibió amenazas también. No podían tener miedo a la par de las madres, frente a tanta violación de derechos humanos. El doctor Augier se refirió a todos los métodos de tortura, por ejemplo dejar la cabeza afuera, o de arrastre en Arsenal o la cama eléctrica. Adujo que en los centros clandestinos se violaron lugares como escuelas, colonias de menores reconocida como El Reformatorio, la Escuelita de Famaillá. Dijo que se recibieron denuncias en la justicia federal. El Consejo Supremo no llamó a ningún imputado, entonces se dictó la ley que dijo que las Cámaras Federales tenían que abocarse a las causas. La Cámara sacó una acordada para que el Consejo de las Fuerzas armadas elevara las causas, si bien esta acordada los notificó, en esos días de enero el Consejo siguió llamando a familiares, entonces ellas, las tres abogadas, hicieron denuncias y después el juez militar les hizo una denuncia a ellas. Entonces se apersonaron en esas denuncias. La testigo considera que el objeto de esta denuncia era amedrentarlas, pero la Cámara Federal tuvo las causas, se giraron a la Cámara Federal de Córdoba, ellas viajaban y solicitaban que se constituya en la provincia de Tucumán porque los familiares estaban acá, los centros clandestinos también, muchos familiares vivían en el interior, la Comisión Bicameral se constituyó en el interior y tuvo el apoyo de los Concejos Deliberantes. Manifestó que la Comisión Bicameral funcionó aproximadamente desde marzo de 1984 hasta abril o mayo de 1985, que es cuando se presentó el informe final en una sesión plenaria. La Comisión trabajó con tres copias; una remitió a la justicia, la otra quedó en la legislatura, y el otro juego quedó en la Cámara de Diputados, pero la parte de pruebas todo fue a la justicia. Recordó que pedían que les dieran computadoras pero era difícil, todo lo hacían con máquina de escribir. Hicieron un trabajo con Leme, era tal la aprehensión de todos los datos y la necesidad de esclarecer, que después, el trabajo por centro clandestino, lo completaron con las abogadas. Los legajos de cada una de las denuncias fueron llevados con las pruebas a la justicia. La Comisión libraba oficio al Ministerio del Interior, a Jefatura de Policía, pidió libros, pidió informes, tuvo a su alcance algunos libros cuyo contenido fue transcripto y todo fue derivado a la justicia, aproximadamente averiguaron cerca de cuatrocientas ochenta y siete denuncias que comprendían liberados y familiares que denunciaban la desaparición. En cuanto a las notificaciones a los familiares relató que cuando surge la Comisión Bicameral se dio publicidad, fue una sesión en donde se trató de publicitar, muchos familiares fueron solos, muchos del interior no fueron. Hay algunos que no lo hicieron en la Bicameral pero sí en la Conadep y esos casos fueron a la justicia porque la Conadep hizo planteos en la Cámara de Córdoba. Recordó que entre la metodológia estaba el saqueo y el botín de guerra, a veces llevaban autos particulares, un caso dramático fue el de la doctora Noli que su bebé tenía un año, le llevaron toda la ropa, incluso del niño. Dentro de las actividades de la Comisión estaba el libramiento de oficios, la citación a personas del ejército, pero no fue ninguno. De la policía federal fueron, pero aquellos que tenían cargos menores. La Comisión le devolvió a la señora de Masaguer un inmueble ubicado en Las Talitas, que en ese momento estaba ocupado por un policía. Dijo que la Comisión Bicameral citó a miembros de las Fuerzas Armadas, se dirigió al Consejo Supremo y pedía que comparecieran a la bicameral, porque tenían facultades de investigación. Pidió el comparendo para el esclarecimiento y para que aportaran datos, también lo hizo con la policía federal y provincial. Que la comisión llegó a tomar conocimiento de la existencia de restos en el Cementerio del Norte, eso quedó documentado en una presentación de la Bicameral. Manifestó que las actuaciones de la Bicameral, desde el punto de vista procesal y probatorio, tienen un alto valor. La Bicameral incluso hizo un estudio de todas las facultades constitucionales de las facultades investigadoras, consultaron estudios y sobre todo tenía el valor testimonial de las personas y todo eso fue derivado a la justicia, porque paralelamente a la Comisión Bicameral, habían interpuesto denuncias y querellas en el Juzgado Federal N° 2. Recordó que había causas paralelas y muchos familiares que habían denunciado en la bicameral estaban en esas querellas, pero tienen amplio valor porque pasaron a ratificar en la justicia, estas comisiones tienen como objetivo recabar información, prueba, todo lo que podía hacer como poder del estado, la comisión recoge pruebas, por ejemplo un liberado hablaba que había estado en un centro de detención, nombraba testigos, entonces se llamaba a esas personas, se pedía el libro de las cárceles donde se registró el homicidio de Sutter y de Torrente. La testigo dijo que el informe se aprobó por las dos cámaras. La conclusión del informe fue que hubo un plan sistemático, que los operativos se hacían con todas las fuerzas de seguridad, que los planes represivos comenzaron en el 75, que se emplearon métodos de tortura inimaginables. La Comisión incorporó el testimonio de los ex gendarmes Cruz y Torres y se reconoció que no solo era a militantes políticos la persecución, sino que se amplió contra obreros, artistas, abogados, como el doctor Fagalde, Pisarello, Molina, que se les impedía ejercer la profesión. Muchos pesos políticos quedaron sin defensa cuando mataron a sus abogados, la Comisión llegó a la conclusión que fue un plan sistemático, actuando conjuntamente bajo la dirección del ejército. Respecto al poder judicial en el año 75, dijo que son elocuentes los casos porque era como un circuito, también hubo un paso de desaparecido que estuvieron en los Centros Clandestinos y después fueron blanqueados y pasaron por el Juzgado Federal y contaron los tormentos, no prosperaron los habeas corpus, los abogados que interpusieron los habeas corpus fueron asesinados, la Bicameral describió esta privación de justicia. Los testimonios de los presos políticos que pasaron por los juzgados relataron las privaciones de derechos, alguien describió que los presos que tenían bidones donde comían y hacían sus necesidades. Dijo que en general los habeas corpus eran de la justicia federal, también había en la provincia, pero la mayoría era ante el juzgado federal. Las denuncias que recordó son al Dr. Martínez, que después del 83 no siguió. Recordó que cuando intervenían en la justicia federal como abogadas, recusaron a Alvarez Suriani, que era profesor de la escuela de policía, porque no podía ser imparcial, pero no les hicieron lugar a las recusaciones. Que en un momento no tenían cámara federal por las recusaciones y las excusaciones y estaban vacantes los juzgados federales, las causa estuvieron demoradas por la falta de jueces. Dijo que optaron por la unificación de las causas porque era un plan sistemático y la ubicación por campos respondía a ese plan y por los testimonios de la Bicameral, la agrupación por centro clandestino, ayudaba a la prueba porque todo era en la clandestinidad y poder probar a través de los sobrevivientes por centro clandestino, entonces así la prueba se fortificaba, también con lo que dijeron los gendarmes y esto también se hizo porque nunca hubo un listado completo, incluso en la misma cárcel donde se ve que ingresaba el ejército, la policía federal y provincial, tampoco se contaba con la legalización de los presos que estaban ahí. Declaró que no recordaba el número exacto de autores de violaciones a los derechos humanos que registró la Comisión, que optó por nombrar a las personas que estaban en los legajos dividiéndolas por policía federal, provincial y los que estaban en la cárcel. En el año 87 se denuncia a doscientas ochenta y siete personas, esto lo hace la asociación de abogados por los derechos humanos. Manifestó que mujeres y varones denunciaron violencia sexual, uno de los presos comunes declaró que en la parte de la guardia donde estaban las mujeres con sus "changuitos", eran violadas y en la escuela de Famaillá la picana era dirigida a los senos y a la parte genital, y la detenida en la comisaría de Monteros que denunció colgamiento. Respeto a la participación de estamentos de la sociedad civil, del empresariado azucarero, de las autoridades universitarias, de la iglesia, dijo que se hicieron reconocimientos de conventillos de Fonterita que fueron reconocidos como centro clandestino, de la iglesia no se acuerda en particular salvo el testimonio de Juan Martín que mencionó a Pio Laghi, de la parte universitaria algunas denuncias hacían alusión a algunos en particular, manifestó que los legajos estaban a disposición. Recordó que fue muy impactante trabajar en todo eso, que tuvo que ser intervenida por terapeutas, se volvió afónica. Respecto a civiles se mencionaba médicos, el gendarme Cruz nombró a un médico que estaba en Arsenales, que logró que curaran a una persona con gusanos o tétanos en la Jefatura de Policía, el Dr. Gagliano es nombrado, se lo restablecía y segían con las torturas. Dijo que era muy importante haber testimoniado.

JOSE ENRIQUE LENCINA

El testigo vive en calle Uruguay 1.347. Durante el año 1976 vino a Tucumán una semana antes que cambiara el gobierno de Isabel Perón. Manifestó que recordaba un operativo militar-policial que se realizó en un domicilio de esa cuadra de calle Uruguay. Se acordó que fue a dos casas de la suya, a la semana o dos que cayó el gobierno de Isabel Perón. Estuvo en la casa de su madre y a dos casas alquilaba gente un departamentito, había chicas, estudiaban y también un matrimonio. Un día domingo se fue a hablar por teléfono, cuando volvió a las 7 y 30, 8 de la tarde, cuando venía por calle Uruguay, no pudieron llegar porque había un auto particular con armas, se escuchó como que había contestado otra arma de adentro, vino otro auto, pero estaban de civil, salieron del pasillo y se fueron al auto y sacaron una escopeta. Recordó que llegó una camioneta, atravesó la calle Uruguay, y la gente decía que eran policías, los corrieron a todos, salieron de ahí, dieron la vuelta a la manzana y recién pudo entrar a su casa a la 01 de la mañana. Se escuchaban tiroteos, subieron a los techos, inclusive entraron por la puerta de su casa, por una escalera pasaron por el vecino y llegaron a la habitación donde estaban las personas, esto último le contaron. Cuando llegó estuvo mirando y preguntando que le había pasado a la gente de esa casa, en eso que estaban en el lugar, vieron un camión del ejército y que sacaban camas, cocina, arrastraron dos bultos y los tiraron encima del camión. Luego pusieron vigilancia. Relató que allí vivían dos chicas y que la casa que alquilaban tenía un portón, que todavía está el pasillo. Que a la mano izquierda tiene una habitación con baño y varias más. Las chicas, cree que vivían en la primera. Ese departamentito no tenía salida a la calle, sino al pasillo. A las chicas las vio comprar frutas, dijo que no vio otra persona de ese departamento. Que en el operativo no se acuerda si hubo muertos, recordó dos bultos que aparentemente era de personas muertas porque en el pasillo había sangre, parecían cuerpos envueltos. Recordó que cuando estuvo en la esquina hicieron tiros y que parecía que de adentro le respondieron. El inmueble era de una familia Riti. Que conoció a los dos hermanos que ya fallecieron. Después quedó ahí una consigna policial por un tiempo, varios meses, dos o tres. Llevaron a todos. Refirió que estaba en la puerta a una distancia de treinta metros, que vio cuando rameaban los cuerpos y los tiraron encima del camión. Que le contó un policía que el departamento tenía tiros arriba, granadas, que estaba hecho un colador la pared. Que no recordó bien si una persona fue a preguntar algo, había comentarios que anduvieron preguntado. Dijo que escuchó tiros desde la esquina, no sabe de donde provenían los tiros, los que se escuchaban de adentro eran de baja calibre, los que hacían los policías era fuertes, como de 45 y después sacaron escopetas. Como estaba haciendo el servicio militar conocía los sonidos de una dinamita, de bajo calibre, o alto.

N. C.

Dijo que era estudiante universitaria en los años 70 en la facultad de arquitectura de la U.N.T.. Que fue secuestrada, torturada, mansillada, en el mes de septiembre. Lo recordó con claridad porque estaban por festejar el día del estudiante. Ese día desapareció el chico con el que salía, que en ese momento estaba haciendo el servicio militar, fue a buscarlo en los lugares donde desapareció, en el comando y le contestaron que había salido a ver unos guerrilleros, que estaba en comisión. Dijo que se refería a Juan Carlos Pastori, que en ese momento estaba haciendo la conscripción, era estudiante universitario inscripto en arquitectura. Declaró que estaba trabajando en la exposición rural de Tucumán, cuando ingresaron al stand dos o tres personas y le dijeron que las acompañara. La metieron en un auto, le ataron las manos, la taparon con una campera, que se trataba de como cinco tipos. Recordó que la llevaron a un lugar donde le leyeron una lista de nombres y le preguntaron si los conocía, respondiéndoles que no. Luego la violaron y la dejaron sentada en un descampado. Llegaron dos personas y le dijeron: "Norita que estás haciendo acá" y les dijo "decime que estoy haciendo yo". La acercaron a otro lugar y un tipo le dijo "tranquila" porque a vos te entregó tu novio, ella preguntó si estaba ahí, y le preguntaron si quería hacer un careo con él, la hicieron pasar, la tiraron al piso, había unas colchas que tenían olor a orín, escuchó que había más gente y le dijeron "quien sos como te llamás", dijo que se llamaba N. C., le preguntaron qué estaba haciendo ahí, ella preguntó quiénes eran. Ellos eran Santiago Díaz, Lucho Falú y Trini Iramain. Así pasó ese día. Contó que esa noche le hicieron el careo con Juan Carlos, al que llamaban "sombra". Cando le leían el listado de gente le preguntaban sobre su nombre de guerra, entonces le dijeron "te vamos a llamar la gringa", y que si llegaba a hablar le volaban la cabeza, que se limitara a escuchar; le averiguaron a Juan Carlos si la conocía, no sabe qué dijo él pero no la inculpó. Dijo que al otro día durmió tirada en el piso en unas colchas. Los levantaban temprano, les daban el desayuno y los tenían de plantón y comenzó a llegar gente que no estaba ahí, se refería a los interrogadores, eso tenía horario comercial de 8 a 12 y de 4 a 6, 7 de la tarde. Se la interrogó casi todos los días, hablando de todo un poco, de cualquier cosa, de la familia, de lo que hacía. Recordó que al que la interrogaba le decían "el Moreno", tenía un fuerte perfume y una voz muy particular, ella le dijo que el día que escuchara la voz la iba a reconocer. Se juntaron con otros dos más, le mostraron una foto, tres tipos la interrogaban, le dijo que si lo conocía al muchacho que se llamaba José Luis, según ellos lo habían traído, lo habían estaqueado durante una semana, y era amigo de su novio y estaba con otro muchacho más. Comenzaron a pegarle, tirarle de los pelos, hasta que decidieron que la tenían que picanear, entonces, le dijeron "ahora vamos a saber la verdad", la colocaron en un elástico de cama, le pusieron un cable en la cara y le picanearon los pechos y el vientre. Declaró que estaba embarazada, cree que tenía un embarazo incipiente, le pusieron la picana en la boca, en los dedos, pasaron cerca de la zona baja y se descompuso, debió haber perdido el conocimiento y la dejaron tirada hasta el otro día. Un hombre volvía a hablar con ella, queriendo sacar información, pidiéndole nombres de gente, pero cree que tenían el pleno conocimiento de quien era cada uno de los que estaba ahí y sabían quién era ella. Adujo que ella era militante peronista de la Federación Nacional de Estudiantes Tucumán. Recordó a Cachito y dijo que creía que Moreno y Cachito pertenecían al ejército, los cuidaban los gendarmes, no sabe quiénes la interrogaban, cree que eran civiles. Manifestó que en la facultad la llamaban "Piturra" a Estela Auad o Susana Auad, que la vio esa misma noche en Arsenales, veía por debajo de la venda, no sabe qué hacía la "Piturra" en Arsenal, después se enteró que estaba detenida, cuando la fue a ver a la testigo, colaboraba, servía la comida junto con su novio, "el Chaqueño". Dijo que Pasteri era el papá del bebé que esperaba. Que después de la picana tuvo una pérdida de sangre y lo perdió sin que fuese asistida. Que con el paso de los días y la tortura, al baño las llevaban a las mujeres juntas, se sacaban las vendas y vio a compañeras de la facultad, como Trini Iramain, Tere de Díaz Sarabia, otra chica que le faltaba un pecho, que tenía algo que ver con el doctor Desjardins, o era cuñada o parienta, otra chica que la golpeaban mucho, no se acuerda el apellido, era una rubita. Dijo que Alfredo González murió adentro del arsenal, ella pasó por encima de su cadáver porque tuvo que levantar el pie y con la venda baja vio que era él y estaba muerto. Que Lucho Falú era un niño, no sabe porque estaba ahí, y que "la Piturra" pertenecía al ERP, dijo que Falú estaba al lado de ella, le dijo que fuera a su casa y que le dijera a los hermanos que estaba ahí y que no la dejen entrar a Berta Miranda porque era amiga de "la Piturra" y era quien lo había entregado. Recordó a Santiago Díaz, que era de Santiago del Estero, después llegó un muchacho Lerner, que decían que lo habían encontrado en la frontera, llegó hecho un toro y al otro día era un despojo humano. Que estaba José Díaz Saravia, se veían porque cuando no estaban ellos, los gendarmes, le levantaban un poco las vendas; José Sarabia, estaba destruido esposado en los pies y en las manos y su esposa Tere estaba en otro lado, en otro compartimento, tenían caballerizas para un lado y caballerizas para otro. Que había otro chico, cree que el padre tenía una cerrajería sobre Catamarca y 24 de Septiembre, junto con Alfredo esa tarde hubo un chico que quedó tirado esa noche con pelo ensortijado, de apellido árabe o griego, se llamaba Safaróv lo conocía de ir a tomar café, lo vio tirado en la tierra muerto, con moscas. Recordó que la señora que le faltaban los dos pechos le dijo que fuera al consultorio de Desjardins, cree que la chica era Reynaga, tenía niños esta chica. Respecto de las fotos manifestó que había otro chico que no estaba en Tucumán, que le decían "Pichon" pero la foto que le mostraron no era de él sino de otro chico y se confundió y dijo que era Pichón pero no era, Pichón era Lorenzo Lerma, no lo ve en Arsenal Miguel de Azcuénaga. Dijo que a una chica que vivía en la avenida Mate de Luna, como al 2000, la vio en el Arsenal, que la golpearon con trompadas en el estómago, en la cara. Que una vez apagaron todas las luces y todos estaban con las manos atadas para atrás y comenzó un tiroteo y movimiento de gente que corría, se escucharon muchos tiros y balas y ya después Saravia no estaba. Relató un hecho vinculado con un anillo y una pulsera con la que llegó al Arsenal y le quitaron, en su lugar le dieron un anillo con la virgen del Valle en reparación. Relató que un día pidió hablar con Juan Carlos Pastori, le pidió a un gendarme, éste le dijo que cuando estuvieran dormidos la "Piturra" y el "Chaqueño" recién se iban a poder encontrar porque si no correrían grave peligro. Que después le patearon el pie para que se despertara y la llevaron con Pastori, estaba un gendarme con ellos, y ella en esa oportunidad le dijo que estaba embarazada, se puso a llorar, y le dio el anillo con la virgen del Valle para que lo ayudara. Al otro día el "Chaqueño" le vio el anillo a Juan Carlos, y le preguntó cómo había llegado a las manos de él, y le dijo que el anillo le mandaron con un pan, luego masacraron a golpes. Recordó que el "Chaqueño" y la "Piturra" estaban sin vendas, cada uno vigilaba uno de los pabellones. Que el chico de la imprenta era Maldonado. Que los que la secuestraron, cuando le dijeron que se tenía que ir, la dejaron en la esquina de la casa, a uno de ellos le decían el "Ganso", el otro no se acuerda como le decían, eran de Tafí Viejo. Contó que en los años 80 ella estaba construyendo para un capitán del ejército y empezaron a aparecer estos personajes, hasta que un día, en la esquina del lugar de trabajo la citaron y le dijeron que tenía que entregar compañeros porque si no iba a ser boleta, le avisó a sus padres de esta situación y el padre le dijo que iban a hablar al ejército, se habló a inteligencia y tuvo una entrevista con un capitán y el capitán le dijo que no tuviera miedo, que no le iba a pasar nada, que era víctima de una guerra y no la iban a molestar más. Narró que siguió en libertad vigilada, que siempre la vigilaban, se querían hacer los amigos, que había un tipo que hasta hace dos años le decía "hola Gringa" por la calle, dio nombre de personas que fueron servicio de inteligencia, como Benedicto, el "Conejo" Benedicto. La testigo dijo en la audiencia que fue compañera de la hermana de Benedicto en el colegio Santa Rosa y que Benedicto trabajaba haciendo espionaje, en general, no sabe si estuvo en el tema de ella, también fueron informantes López Guerrero, Migueles, Marcos Urrutia; Berta Medina, "Piturra" y el "Chaqueño", que a su vez eran entregadores. Mencionó al "Indio", que estando vendada se desarrollaban otros sentidos, éste era un tipo alto grandote, morocho, no lo vio cara a cara, le pidió que la llamara a su madre y le dijera que estaba bien. Afirmó que no puede identificar a su violador o torturador. Recordó como sus secuestradores al "Petiso", a "Lito Mauricio Cruz", el "Ganso", ellos son los que la chuparon. Manifestó que Daniel Castro era una persona con la que salió la testigo después de su secuestro, después se enteró que era oficial del ejército, con el tiempo ató cabos, recordó que había un teniente rubio que lo apoyaba a Juan Carlos Patori en todo lo que hacía, debió haber ascendido en la carrera militar, le preguntó a este militar si tenía algo que ver en la desaparición de Juan Carlos y le dijo que no, pero se acabó el encanto. Se decía que Ahuad y el "Chaqueño" habían matado a un compañero porque hacían sesiones de interrogatorio y tortura. La señora que habló con ella era Rodríguez de Fiad, Marcelo Paterlini era compañero de facultad, amigo de Lucho Falú, que le avisó al ministro Falú que su hermano había estado secuestrado en el Arsenal. El mayor Neme es el militar con el que habló la testigo y ella le dio los nombres de los tipos que la molestaban. Recordó que una noche llegó la familia Rondoleto, una chica estaba embarazada, se le notaba el embarazo, los vio de tarde noche. Respecto del Arsenal dijo que la casa estaba al medio y tenía tres o cuatro casillas de madera y ahí torturaban, el baño también estaba separado. El personal que hacía la custodia era gendarmería, era diferente del que torturaba, los gendarmes eran correntinos, mendocinos, después vino una guardia tremenda que era sanjuanina. Declaró que el chico que le dio el mensaje para que fuera a calle 24 de septiembre era Enrique Sánchez. Estaba Santiago, ella, Lucho, el chico Sánchez y le dijo que avisara a su familia que estaba con vida. Dijo que esta guardia organizó concursos de cantos, era un gendarme, esto era una especie de aire fresco en medio de todo. Mientras ella estuvo no vio sacerdotes. Una tarde estaba en el baño, "Cachito" le dijo bájate la venda que tengo que entrar, le vio las manos ensangrentadas y le dijo que venía de hacer un operativo en los montes, y a partir de ese día apareció un muchacho del campo con una gorrita, sin venda, que le llamaban Afanancio. No recordó a Cafarena. Dijo que el chico González murió por la tortura porque no entregó a nadie. Cree que fue a fines de noviembre cuando fue liberada. En una oportunidad la quisieron violar y como se puso a gritar, la pusieron de plantón al sol y se desmayó, esto fue con la guardia nueva, con la gente de San Juan. Que un grupo fue la que la secuestró, el de los interrogadores, y los gendarmes eran buena gente. El conejo López Guerrero y Guillermo López Guerrero los dos trabajaban en inteligencia, pero uno era arquitecto, Guillermo, lo sabe porque conversaban y renegaba con Bussi, diciendo que éste se llevaba a Buenos Aires lo que robaban de los desaparecidos. Que Guillermo López Guerrero le dijo que Benedicto era de inteligencia. Fue compañera de la hermana de Benedicto desde cuarto grado hasta tercer año. Nunca vio a Benedicto en la escribanía, lo vio en cafés, una vez fue con su madre enferma, le pidió la silla y se la negó y la miró con sorna y con soberbia, lo había visto cuando era más chico, se paraba en la calle Congreso y Crisóstomo y marcaba a la gente que estaba en el bar de Congreso y Crisóstomo, le consta esto porque con el transcurso de los años se enteró que respondía al "Turco" que era servicio también. Aseguró que Benedicto pertenecía a los servicios de inteligencia del Ejército porque se lo dijo un amigo. Agregó que Guillermo López Guerrero no era su amigo. Que tanto López Guerrero como Benedicto eran empleados del Ejército. La hermana de Benedicto se llamaba Ester, después que salió del colegio, en tercer año del colegio Santa Rosa, no volvió a verla, es decir, desde que tenía unos 15 o 16 años. Aclaró que la familia de Ester tenía por padre un escribano, y tenía unos dos hermanos más, eran 4 o 5 hermanos. Especificó que había un varón mayor, una hermana menor que es la que fue su compañera y dos más chicos. Ya en tercer año dijo que lo conocía al que fue escribano, era más chico que ella. Respecto a que todos conocían que Benedicto era informante aclara que en Tucumán todo el mundo se conoce, hay gente que frecuenta lugares comunes, que tienen amigos en común, que por ese motivo sabía que era informante del Ejército y también por López Guerrero. Agregó que luego de ser liberada todos los tipos que se hacían los amigos evidentemente la seguían, que está cansada de las persecuciones. Que la custodia que le pusieron por lo de la "Piturra" y la que actualmente tiene, dan cuenta de las constantes amenazas que recibe. Que hay personas que creen que porque tuvieron por padre un escribano tienen derecho a ensuciar el nombre de una mujer. Solicitó que el Tribunal la ayude a que cesen las persecuciones, en su vida en general, en su trabajo. Dijo que le arruinaron su juventud y la vida y su hijo está sufriendo por lo que le hicieron hace cuarenta años. Señaló que no puede determinar si hay algo en contra suyo, que hace unos años viajó a Córdoba, entraron en su casa, en el hotel en el que se alojó. Hay una denuncia por amenazas de Susana Leoni Ahuad. Agrega que le dijeron que hay una denuncia de que era colaboradora de los servicios, dijo que es una locura esa situación. Los tipos que tuvieron el poder en su momento no pueden seguir pisoteando a todo el mundo.

C.G.M.

Relató que en el 75 estaba en el conservatorio de arte dramático y en el 76 estudiaba en la facultad de Filosofía y Letras. En el año 75 cuando salía de la Facultad la detuvieron en Jefatura por un día por no llevar documentos. Agregó que en octubre del 76 estaba estudiando con la hermana de la doctora Figueroa cuando su madre la llamó por teléfono diciéndole que se sentía mal, que no podría buscarla. Así la llevaron a su casa Laura y Beatriz Figueroa. Al llegar vio a su madre apuntada por un hombre de civil, a su hermana recientemente embarazada también la estaban apuntando. Le preguntaron si conocía a Julio Campopiano, dijo que sí y ofreció ir a declarar al día siguiente porque tenía un parcial. Recordó haber mirado a Laura, pensaba que habían ido a buscar a su hermano Carlos que era del partido socialista de los trabajadores. Temía por Carlos y Laura, no por ella. Pero uno de los tres hombres que estaban con ellos le dijeron "venís con nosotros". La subieron en la parte trasera de un auto alto, supone que era un jeep, con la cabeza tapada. Adelante y atrás arrancaron otros autos. Oía que se comunicaban entre los autos por un transmisor. Primero percibía las luces de la ciudad, luego no y aumentó la velocidad, supone que era una ruta, luego ingresaron a un camino de tierra, le sacaron los anteojos y el reloj, le dijeron que no mirara a nadie. Alguien escribía a un costado. Le vendaron los ojos. La llevaron a un lugar que ellos llamaban el pabellón, donde había otros detenidos. Eran como pequeñas celdas, el piso era de tierra. Las celdas eran bajas, con el ladrillo de canto, de un metro de alto por 1,20 de ancho, lo recordó porque le sobresalían los pies y se los golpeaban para que los metiera. Recordó que después llegó Julio Campopiano al que reconoció porque pedía que no lo empujaran. Esa noche pudo hablar con él y al día siguiente empezaron los interrogatorios. Éstos no eran en el pabellón, sino cerca del baño. Allí había una cama con elástico metálico pero sin colchón. Algunos interrogatorios eran con golpes. Normalmente se sentaban dos hombres grandotes y no la dejaban mover. Además de preguntarle por su hermano, por Torres Correa, por Mitrovich, le preguntaron por gente del PCR, de la JP, del ERP, del PRT, por las actividades de Julio Campopiano. Un tipo de interrogatorio muy particular era el que llamaban el del abogado defensor en el que se les decía que para ser blanqueados y pasar al poder ejecutivo debían declarar y dar nombres. Durante el tiempo que estuvo en el pabellón supo que interrogaron varias veces a Julio. Había dos chicas que cuando no estaban los interrogadores se movían en el campo sin vendajes y ayudaban con la limpieza y la comida. Un día que se le cayó la comida que la apoyaban en el tabique logró identificarse esa chica, era Teresa Guerrero de Díaz Saravia que le dijo que iba a salir, que contara a su familia. Luego estuvo con Trinidad Iramain y le pidió que avisara a su familia. Una vez preguntó por qué ellas no usaban vendas en los ojos. A su lado había una chica que llamaban la "Piojosa" y al otro lado un hombre al que llamaban el "Peronista" que estaba muy golpeado. Frente a su celda también había otro hombre muy enfermo, con los ojos infectados, un médico lo vio y les dijo a los interrogadores que se les había ido la mano que iban a tener que esperar para seguir con los interrogatorios. La "Piojosa" le dijo que sus padres habían sido secuestrados, que dos hermanos suyos creía que también, que pensaba que sólo el menor se había salvado, esta chica era muy humilde, del sur, sus padres se dedicaban al desmonte. Luego volvió a verla en la cárcel de Villa Urquiza. Precisó que cuando habló con Julio -las pocas veces que lo hizo porque no estaban los guardias o interrogadores- siempre la alentaba. No era una valiente allí adentro, se le caía la comida y él la alentaba, le daba comida. Dijo que estaba en buenas condiciones, en el sentido de que al volver de un interrogatorio estaba bien. Julio y ella formaban parte de un grupo de intelectuales con curiosidad política y cultural. Discutían de política, pero también participaban de eventos culturales. Escribían y leían poesía, ella conoció por él al escritor Roa Bastos. Julio además de poeta e inteligente era alegre y buena persona. Julio tenía 8 meses menos que ella, ella tenía 18, él 17. Recordó que en su lugar de detención una vez la llevaron a la "Piojosa" y a ella a bañarse porque se quejaban del olor que tenían. La llevaban al baño una vez a la mañana y otra a la tarde. Había que cruzar unos 10 o 15 metros por piso de tierra. El baño tenía piso de cemento, tenía sanitarios, la puerta del inodoro que no llegaba al piso era de chapa, allí pudo hablar con Trini. La bañaron más lejos, con las vendas mojadas pudo ver que era un lugar grande, de paredes oscuras, era no como un baño sino como un galpón con cañerías del que salía agua. Mientras se bañaban estaban hombres mirándolas. Sobre los hombres grandotes que la aprisionaban mientras la interrogaban estima que además de esos dos, había alguien atrás que normalmente le golpeaba la espalda si no le gustaba lo que oía, alguien adelante y alguien más escribiendo. Recordó que le preguntaron por qué no usaba tacos y ella dijo que porque tenía pie plano y la golpearon, y le dijeron no los usaba para huir en los enfrentamientos. Los interrogatorios siempre eran acompañados por insultos. El "Indio" era un interrogador particularmente cruel, parecía, aunque no lo vio, un grandote. Dijo que era muy cruel porque a veces sin interrogatorios lo mismo golpeaba a la gente. No sabe con qué golpeaban a las personas, supone que era con algo contundente. Precisó que si bien antes dijo que no había sido torturada ello obedeció a que en su ignorancia creía que los golpes no eran torturas. Una vez le dijeron que se sacara la venda, ella no quiso, se la sacaron y ella se tapó los ojos y discutió alguien de ejército con alguien de gendarmería. Finalmente, tiempo después de salir en libertad supo que había estado en el Arsenal. Permaneció detenida allí unos diez días. El guardia que se hacía llamar Denis Martin le dijo que saldría, la buscaron, le vendaron las manos, la colocaron en un automóvil entre asientos delanteros y traseros. Se detuvieron en un lugar que no era ciudad donde oyó tiroteos, parecía que se había desatado una guerra. Le habían colgado en el pecho un cartón y un guardia la insultó y le ordenó que corriera. Ella estaba desesperada, preguntaba donde tenía que correr, le dijeron que era una viva, volvieron a subirla al automóvil, luego se detuvieron en otro lugar donde la torturaron, le pusieron vendas mojadas sobre las vendas que tenía en los ojos, le picanearon todo el cuerpo y la mojaban con una manguera. También le golpearon mucho la cabeza y la obligaban a sostenerse de pie. Esa noche le dieron a elegir entre submarino o violación, ella preguntó qué era el submarino, le dijeron que era diez veces más intenso que la picana, ella eligió el submarino. Después parece que llegó por suerte un superior y la vistieron rápidamente, la pusieron en un elástico de metal. Sentía ruidos, era que temblaba tanto que el elástico de la cama golpeaba contra el piso. Quien llegó acercó una silla a la cama, le preguntó por qué estaba en ese estado, sus torturadores le habían dicho que no dijera nada o la mataban, y ella no dijo nada, le preguntaba por qué estaba mojada. Se hizo pis esa noche, le dieron un té caliente, por primera vez allí escuchó la voz de una mujer. Esa mujer al día siguiente la llevó al baño, pidió sacarse la venda, casi no veía nada, en un ojo no veía casi nada, en otro tenía pus. Solo vio que la mujer tenía un delantal celeste. Luego le dijeron que iban a liberarla, la dejaron con el cartel que siempre le ponían junto a un árbol. Un hombre la vio, la llevaron a la seccional de Policía, volvieron a hacerla declarar y le dijeron que tenía que firmar una declaración. La obligaron a firmar una declaración que nunca leyó a punta de pistola. Esa noche durmió en una celda de esa comisaría y al día siguiente la llevaron a Villa Urquiza. Allí la ingresaron a un pabellón con un patiecito, luego unas celdas. Ahí una chica llamada Graciela o Gabriela o Gloria tenía cosas como yerba porque le permitían que la visite la familia. Al día siguiente llegó la "Piojosa", y el director del Penal, Hidalgo, las hizo bañar con desinfectante. Esa chica que estaba allí les dio ropa y así pudo cambiarse de ropa después de diez días. Estaban las tres solas en ese pabellón y no hacían nada. El día que llegó Hidalgo habló con él, le dijo que la conocía porque la había visto en Jefatura en su detención del 75. Ella pidió revistas y le dijeron que no, que estaban ahí para que se volvieran locas. Un día Hidalgo le dijo que iban a ser liberadas y la llevaron en un Mejari a plena luz del día hasta la Jefatura donde habló con Zimmermann que le preguntó si sabía por qué había estado presa, que se les había ido la mano con ella, que para él era peligrosa porque estudiaba filosofía y letras, que era peligrosa esa gente no sólo por lo que hacía, sino por lo que pensaba. Luego en un Mejari la dejaron en casa de su mamá. Zimmermann no estaba de acuerdo con su libertad. Le dijo que su padre movió cielo y tierra para dar con ella pero que si tenía algo que ver, aunque fuera hija de Rockefeller estaría muerta. Que en Arsenal un interrogador le dijo que conocía a su hermano y a Laura Figueroa, y cree reconocer la voz del hermano, de Germán Valdiviezo, que cree que era militar. Recordó que luego de su libertad las presiones sobre ella y su familia siguieron, primero para que no declarara en ningún lado y cuando llegó la Conadep hubieron llamadas telefónicas para que no declarara ni ante ellos ni ante la justicia, y luego de declarar, para que retirara sus denuncias. Eso fue motivo de discordia con una hermana de su papá casada con un militar. Lo central era que no debía decir que había estado en Arsenal. Agregó que en el 85 fueron los militares a la casa familiar y allí querían que ratificara su declaración policial del 75 que fue tomada bajo tortura y ella se negó. Nunca fue ratificada por ella. Que cuando la retiraron del Arsenal y la llevaron a un lugar en el campo, no puede estimar cuánto tiempo pasó porque en el medio hubo ese tiroteo que ha referido. Solo sabe que ese lugar no era el Arsenal. Durante el tiroteo oyó gritos de órdenes, quejidos. En ese lugar le hicieron preguntas como las del Arsenal, pero también nuevas, le atribuyeron un enfrentamiento. En Arsenal había alguien que escribía todo el tiempo, que daban cuenta de sus características. Al dejarla en el árbol estaba con los ojos vendados, el hombre que se presentó como de la policía apareció al minuto. Le preguntó qué hacía solita, si no tenía miedo, ella -que creía que le quedaba poco tiempo de vida y todo le importaba poco- le dijo que no porque la estaban vigilando. A la venda se la sacaron dentro de la comisaría. Destacó que al año siguiente de su secuestro detuvieron a su empleada y le preguntaron por ella, luego hubieron llamados telefónicos, su tía fue a presionar a su papá que ya estaba enfermo y el día del entierro de su padre, su tía le dijo que levantara la denuncia de la policía. Que habló varias veces con la señora Guerrero que se identificó como Tere Guerrero de Díaz Saravia. Habló con ella cuando se le cayó la comida y luego en el baño. Ella le contó que allí estaba su marido, pero en otro Pabellón. Esas conversaciones eran en el Pabellón, en el baño o cuando las llevaban al baño. A veces las sacaban al sol, ahí podía escuchar ruido de hojas como de un cañaveral o de pastos altos. Julio, Teresa y Trini, estaban con vida cuando ella salió de Arsenal. Durante su cautiverio sus familiares no hicieron actos para dar con su paradero porque les aconsejaron que no hicieran nada. Su padre le prestó una casa a Bussi para su hijo enfermo y por eso le pidió ayuda pero cree que Bussi no hizo nada. Agregó que no sabe quién determinó su libertad ante el hecho de que Zimmermann le haya dicho que si por él fuera no le habría dado la libertad. Pidió justicia y consideración para los testigos.

MARIO ERNESTO MEDINA

Relató que en 1976 tenía un año de recibido de contador público. Al año siguiente, en enero lo convocaron al servicio militar y en febrero lo incorporaron a la Compañía del Comando y Servicios. Cumplía con las funciones que le asignaban. A los dos meses por instancias de los presidentes de los colegios de graduados y de médicos ante Bussi, se solicitó que se los asignara a las funciones inherentes a sus profesiones, entonces dejaron de limpiar pisos y cosas así y pasaron a desempeñar funciones técnicas. Eran noventa personas de distintas profesiones. El 24 de marzo estaban en el comando todavía y les dijeron que se quedaran despiertos y a las 4 de la mañana Zimmermann pidió cuatro contadores y cuatro abogados y los llevaron al subsuelo de Casa de Gobierno. A las 9 de la mañana comparecieron ante Abbas. Éste los maltrató y los cuatro comparecientes quedaron callados. Luego les asignaron distintas funciones técnicas dentro del mismo organismo. Estando en la Fiscalía de Estado los dejaban retirarse a la noche a sus domicilios y el 28 de mayo, a la noche, en casa de sus padres, llamaron a la puerta, su padre salió al portón del garaje, le preguntaron por el declarante y le dijeron que abriera la puerta o la volteaban. Estaban armados e ingresaron aproximadamente tres por el frente de la casa. Por los fondos ya había siete personas. Todos con caras cubiertas. El declarante estaba en un cuarto de atrás de la casa y lo llevaron, revolviendo todo y robaron cosas. A sus padres los hicieron arrodillar con la cabeza contra el piso. Lo esposaron y le vendaron los ojos, le dijeron a su padre que volvería si no tenía nada, que lo llevaban por averiguación de antecedentes. Lo introdujeron en el baúl de un auto y había allí un hombre grande que se quejaba. Dieron la vuelta a la manzana, levantaron a otra chica adentro del auto. En el baúl estaba él con el hombre grande que se quejaba. Escuchaba que hablaban como por radio y decía que iban con tres elementos al EUDEF. Dijo que los bajaron a los empujones y patadas, los hicieron subir unas escaleras y los distribuyeron contra la pared en una especie de salón de gimnasia. Allí un muchacho lo codeó y le dijo que era de San Pablo, que acababan de traerlo, que de allí habían llevado a mucha gente. Les ordenaron bajo amenazas de muerte que se callara. Quiso ir al baño y le preguntó al chico que estaba junto a él y parece que al lado había un infiltrado que lo golpeó y los llevaron a él y al chico atrás y les pegaron. Finalmente a cuatro los llevaron al baño y cuando estaban terminando de orinar lo golpearon en la cabeza muy fuerte. En EUDEF estuvo cuatro días y luego lo subieron a un camión verde oliva. Por radio oyó que los llevaban al Arsenal. Las vendas se aflojaban y eso permitía ver algo, así pudo ver alambrados, perros peleando, reflectores muy fuertes y un galpón que tenía subdivisiones cortas. Sus pies sobresalían porque las divisiones tenían 1,10 o 1,20 de largo por 0,80 de alto. No puede describir con palabras el trato dentro de ese campo de concentración, quien estuvo allí puede tener cabal idea de la pérdida de la dignidad de la persona. Es algo inolvidable. En su caso hubo violación de domicilio, secuestro, torturas, allí lo tuvieron cuatro o cinco días con dos panes a la mañana, un caldo de almuerzo y dos panes a la tarde. Si decían que alguien se había portado mal les reducían la comida o el agua, eran castigos colectivos. Les pegaban cada vez que iban al baño, salían en fila india atados. Tenían que dormir de costado en el piso. Luego de 4 días conoció a algunos compañeros, a un santiagueño que le decía Santiago que estaba hace seis meses que tenía militancia activa que le decía que no aguantaba más. Luego de cuatro o cinco días le dijeron que tenían que interrogarlo, lo llevaron dos guardias gendarmes a una habitación posterior. Allí sintió los gritos de dolor de la gente que estaba adentro. Se sentía mucho olor a carne quemada. Lo hicieron pasar, le dijo un oficial con acento porteño que se identificara y que les contara de su vida. Le preguntaron si se apodaba Guegué, les dijo que sí, pero le preguntaron por su nombre de guerra. Él les explicó que había militado en la facultad en un grupo independiente que reclamaban por comedor universitario, mayor presupuesto, cambios en los exámenes. No tenían el dominio del centro de estudiantes, sino de tres secretarías. Agregó que solo era un simpatizante y les dijo eso, pero que ante eso le dijeron que debía estar confundido, que le iban a dar algo de memorex. Así fue picaneado de parado y cayó de rodillas. Luego fue atado en un elástico y volvieron a pasarle la descarga. Fue torturado con intervalos de dos días el tiempo que estuvo detenido. Le decían que estaba vinculado al ERP y con un Medina del sur de la provincia. Finalmente le dijeron que iban a averiguar sus antecedentes en todo el país y si no salía nada lo liberarían. Otro muchacho que conoció fue a Furth que le dijo que militaba no recordó si en el peronismo. Agregó que rezaba mucho el rosario, Furth le dijo que vivía en la 9 de julio al 500, que no sabía si saldría o no, le pidió que aunque no creía, que rezara por él porque le estaban dando buena comida y creía que era porque iban a matarlo. La comida era peor que la de los perros. Recordó que a los guardias que eran de gendarmería los rotaban cada 15 días para evitar la familiaridad con los detenidos. Recordó una familia de arquitectos también, una chica embarazada. La gente hablaba, se hacía chistes, y algunos guardias tenían cierta compasión, le daban naranjas a la embarazada, algo de agua, algo de la comida de los perros que tenían para custodiarlos a ellos. Una noche un gendarme compadecido dejó la olla de los perros para que comieran como a las 3 de la mañana, lo de los perros. Dijo que esa noche comieron desesperadamente, la condición humana llevaba a que se quitaran la olla entre ellos porque estaban muy débiles. Relató que una vez le hicieron el submarino. Los tabiques se iban despoblando, supone que es porque los mataban. Bussi incitaba matar a la gente. No había instancia judicial. Recordó que éste decía "le pego el primer tiro yo, si sos macho y estás conmigo", eso le contaron personas del ejército. El suboficial Padoni que estuvo en varios CCD le dijo que vio gente destruida en Baviera, en La Fronterita, como estaba en mantenimiento llevaba comida ahí. Cree que muchas cosas se borraron de su memoria porque es imposible vivir con esa pesadilla. Dijo que el 22 de diciembre de 2006 hizo denuncia en la Secretaría de DDHH de la Provincia y en septiembre de 2007 ante la justicia federal. Sobre el hombre grande que vio en Arsenal manifestó que una vez que volvía de ser torturado lo vio colgado como una hamaca de los chicos. Le habían sacado las unas, todo ensangrentado, colgado. No sabe si era quien decía que era sastre del ERP. Supone que es la misma persona que subieron con él al automóvil. Sobre la mujer a la que le decían la "Turca" o la "Gorda" que estaba embarazada dijo que se hablaba de ella pero no la vio. Cree haber visto al matrimonio de arquitectos, los dos rubios. También lo vio al "Chaqueño" Osvaldo Pérez que le dijo "que tal Mario, cómo estás", él se dio vuelta y no lo vio salvo su pelo castaño, supone que estaba sin vendas, por eso lo saludó, y hablaba fuerte cuando no se podía, evidentemente tenía otro trato. En el Arsenal había uno que llamaban el "Loco", a otro el "Doctor" y a otro el "Procurador". Decían que el que se portaba mal iba a tener la muerte de la urraca. Nunca se hizo tocar por ese doctor porque era un gendarme, un guardia que realmente no era doctor. En ese infierno uno dudaba de todo porque había total desprecio por la vida. Cuando en Arsenal rezaba el rosario, se le acercó un sacerdote, pero él no lo vio, era el capellán castrense Cucala Boix. Dijo que daba la comunión y hablaba a los que iban a ejecutar. Destacó que había relación entre algunos sacerdotes y el poder militar. Relató que en su militancia estudiantil en el grupo de Base Independiente estaba el Macho Luna y el "Chaqueño" Osvaldo Pérez, también José Peña, Saúl Lizondo, Olga Salor. Silvia Focchi, Moni Blekwedel. A fines del 74 Luna le dijo que había un chileno que entró al grupo y que era un infiltrado. Todo se decía que estaba infiltrado. Así se dedicó a estudiar y se recibió. Aclaró que un mes y medio luego de su liberación, a mediados de septiembre del 76 lo vio a Osvaldo Pérez con un grupo de chicas riéndose a carcajadas, cree que él no lo vio. Dijo que le llamó mucho la atención verlo así luego de haberlo visto en Arsenal. El testigo recordó que lo liberaron en una finca cañera del El Colmenar con un dirigente gremial cañero. A las 8 o 9 de la noche los dejaron atados espalda contra espalda en un cañaveral advirtiéndoles que sólo pasada una hora podía soltarse. Volvieron caminando y tomaron el ómnibus 7 hasta la terminal. De allí tomó un taxi a su casa. Agregó que fue reincorporado al servicio militar. Señaló que sólo denunció lo sucedido en el 2006 porque después de haber tenido intervenido su teléfono por años, hasta el gobierno de Alfonsín, y estando saturado de tanta impunidad quiso dejar tanta miseria atrás y seguir con una vida nueva. Mantuvo su compromiso desde su trabajo con los desposeídos pero se alejó de todo lo sucedido. Quien ha vivido todo lo que él ha vivido sólo pudo blanquear su situación. Dijo que si es indemnizado donará todo a comedores infantiles, que con Kirchner pudo tener las condiciones para sacar a la luz lo sucedido. Señala que lo liberan el 5 de septiembre y reingresa a la conscripción luego de haber quedado como desertor, jurando de nuevo. Nunca lo dejaron volver a la Casa de Gobierno. Topa, cuando aún no estaba en fuerza republicana, fue el único que se acercó a saludarlo, era su compañero de facultad. Dijo que su padre se llamaba Ernesto Gregorio Medina y que éste cursó un telegrama a Bussi, que a la vuelta de su casa vio que llevaron a una chica por calle Lamadrid. Dijo que al Capitán Abbas, por la voz lo reconoció en Arsenal. Explicó que Abas tenía tono porteño y su voz era un poco grave y aguda, gritón, autoritario. Indicó que Cacho Furth tenía una militancia, pero no recordó si era peronista o de otro partido. Ya no hacía el servicio militar, había sido llamado a retirar el documento de identidad y lo secuestraron.

OSVALDO HUMBERTO PÉREZ

Dijo el testigo que declaró una sola vez en sede judicial. Manifestó que fue amigo de Berta Miranda, de Margarita Laskowsky y es amigo de Santiago Díaz y Adolfo Méndez. Que nació el 10 de mayo del 53 en Añatuya, vivió en Pampa de los Guanacos, después se trasladó a Sáenz Peña, provincia de Chaco y finalmente se trasladó a Tucumán a estudiar en la Facultad de Ciencias Económicas en la UNT. En el 72 comenzó sus estudios, relató que eran años muy revueltos, complicados, se vivía una efervescencia en el movimiento estudiantil y empezó a consustanciarse con las inquietudes políticas, se relacionó en la universidad, con militantes y dirigentes políticos. Se sumó al grupo Movimiento de Base Independiente (MBI), que estaba liderado por el "Macho" Luna, acudía al comedor universitario y de a poco fue trasladando su militancia. Primero integró las comisiones de control y de presupuesto. Realizaba diferentes tareas, ese año ingresó también a la comisión de delegados del comedor universitario, estuvo vinculado a la comisión de becas y a la lucha que ello implicaba, en las luchas por mayor presupuesto para la educación en sí y para el comedor en particular. Integró el MBI y llegó a ser electo a fines del 74 en la última comisión que hubo en el comedor, esa comisión a poco de ser electa sufrió la detención de sus miembros en una reunión. Que detuvieron a todos los que estaban allí, los dirigentes políticos que participaban fueron ubicados en la comisaría tercera de Tucumán y otros compañeros pasaron a estar a disposición del poder ejecutivo, como fue el caso de Luna, Seca y Figueroa. En el año 75 la situación política que se vivía en Tucumán era muy difícil para los que desarrollaban algún tipo de actividad política partidaria. Ya en el 74 asolaban la vida las bandas de la triple A, los comandos de derecha policiales y para-policiales. Se puso una bomba y se hizo desaparecer el comedor de la quinta agronómica. Recordó el caso de la familia de Lea Place e infinidad de atentados. Que en ese contexto empezó el año 75. Fueron desplazados y le pusieron guardia en el comedor, haciéndose restrictivo el ingreso al mismo y empezó así una persecución. En ese momento ya estaba en marcha el Operativo Independencia, comenzó el encarcelamiento y detención, ello cada vez más creciente. Manifestó el testigo que no terminó la carrera, se interrumpió en el 76 porque estuvo prisionero en Tucumán, en un campo de concentración, del cual fue liberado en el 77. Intentó seguir, pero las circunstancias económicas y de violencia que vivía hicieron inviable que siguiera. Recordó que fue secuestrado en el año 76 y que el 24 de abril de ese año la detuvieron a Susana Auad que era su novia y compañera. La secuestró un grupo de tareas, de la calle Alberdi al 100, donde vivía entonces. En ese momento se dio cuenta que su vida peligraba y empezó a ocultarse. En abril de ese año, como consecuencia de la caída de Susana le allanaron las casas donde había vivido, de la calle Ayacucho al 200 casi calle Las Piedras pero no lo encontraron. Los últimos días de abril allanaron una casa en la calle Libertad donde el testigo se encontraba presente, logró fugarse. Entonces pensó irse al Paraguay, pasar por el Chaco donde estaba su familia y seguir el camino, pero fue detenido por la policía del Chaco, lo llevaron a la comisaría segunda, y después lo trasladaron a la Brigada de Investigaciones donde se agravó su detención inicial. Fue vendado, atado con soga y sometido a interrogatorios de manera violenta. Dentro de la Brigada de Investigaciones de Sáenz Peña, en la golpiza, lo patearon en las costillas, le preguntaban por qué estaba ahí. Que eso fue relativamente breve, pero a la noche fue un grupo especial, todos civiles, y vendado lo metieron en el baúl de un auto marca Torino y lo llevaron a una zona rural de Sáenz Peña donde empezaron una sesión de tortura cruenta; lo picanearon, le hicieron submarino seco, golpes en todo el cuerpo, lo arrastraron con el auto y le hicieron simulacros de fusilamiento. Que estuvieron toda la noche hasta el amanecer, ahí pararon y lo llevaron de vuelta a la Brigada de Investigaciones. Quedó en un estado deplorable, no podía caminar ni moverse, estuvo tirado. El día de la detención fue el 3 de mayo del 76. Lo trasladaron después de dos días a la ciudad de Resistencia, esposado, con vendas y fue alojado en un salón donde había más compañeros prisioneros, entre veinte y cuarenta, ahí se reiniciaron los interrogatorios y las torturas. Lo llevaron a un lugar que era el viejo autódromo de la ciudad, donde otra vez lo arrastraron con el auto. Dijo que entre todos esos simulacros de fusilamiento recibió un balazo en la pierna derecha, después lo dejaron y siguieron de forma permanente interrogándolo bajo tortura. En Sáenz Peña lo detuvo la policía en un patrullero, de la comisaria segunda a la Brigada fue en ese patrullero con gente de civil y después, cuando lo sacaron, no pudo identificar a nadie, pero era la policía del Chaco la que lo torturaba. En Chaco sus familiares no interpusieron ninguna acción, pero le hicieron llegar una bolsa con alimentos y ropa a la Brigada y supo que se interiorizaron unos ex diputados de la provincia de Chaco y el obispo de Sáenz Peña, Italo Estéfano. Fue trasladado desde Resistencia a Tucumán. En la Brigada de Investigaciones había un guardia de la policía del Chaco, el cabo Sotelo, que era un personaje fácil de recordar porque tocaba el bandoneón y lo hacía para tapar las sesiones de tortura que pasaban en el mismo predio. Que esa noche Sotelo le dijo que le iba a cantar el cumpleaños feliz porque era 9 de mayo. A la mañana temprano lo separaron, le dieron una buena golpiza, y le dijeron que se le había terminado el repertorio, que lo iban a buscar de Tucumán. Pasó un rato, lo sacaron a un callejón y le retocaron el vendaje y las ataduras y lo cargaron en el baúl de un Renault 12, en principio no tuvo ningún contacto con quienes lo trasladaron pero pararon en una parte del camino y lo bajaron para que se estirara e hiciera sus necesidades, escuchó las voces y eran tres personas que no las vio, a la tarde noche cree que hicieron una parada en la Escuela de Educación Física (EUDEF), porque se sentía ruido de algún avión en algún momento. Lo pararon en un lugar, lo bajaron, lo hicieron subir una escalera circular tipo caracol a un primer piso donde lo torturaron y lo primero que le dijeron fue "tenemos un regalito de cumpleaños para vos", le levantaron la venda y en un camastro estaba tirada una mujer desnuda, toda golpeada, manchada de sangre por todos lados, que era su novia, Susana Auad, y lo empezaron a picanear, preguntando sobre su nombre de guerra, sobre Susana. Ese lugar fue identificado como "El Reformatorio", en la avenida Las Bases. Supo por referencias, porque El Colmenar quedaba al frente y los gendarmes hacían alusión a que tomaban el ómnibus de la línea 7. Le dijeron que ese lugar se llamaba Colonia de Menores o Reformatorio. Relató que en el Reformatorio el clima era tremendo, de zozobra, estaban sometidos a una situación de tormentos porque en todo momento, las 24 horas del día, estaban sometidos a maltratos, no los curaban de las heridas, no tenían higiene, no les permitían bañarse, la comida era mala y escasa y permanentemente los hacían hacer salto rana, cuerpo tierra. El Reformatorio tenía un salón con ocho metros de ancho y quince de profundidad, donde estaban todos los prisioneros, una puerta que daba a la escalera y un salón más chico que era la sala específica de la tortura que estaba en el mismo salón y ahí los hacían saltar. Que las personas que lo interrogaban eran distintas, la guardia los tenía parados y no les daban de comer. De ese manejo, de sostenimiento del estado de tormento, era responsable la guardia del lugar, a cargo de gendarmería. Que después aparecía el cuerpo de interrogadores, que eran personas distintas. Recordó que los interrogadores también torturaban y provenían de dos orígenes, uno, que tenía un segundo comandante y dos suboficiales, que rotaban cada treinta días y otro, conformado por los interrogadores que venían del grupo de tareas de inteligencia, de la parte militar, del Destacamento 142 de Inteligencia. Dijo no saber si los integrantes de gendarmería que interrogaban pertenecían a alguna parte de inteligencia, pero por lo que hablaban, había una comunidad de inteligencia. Que el que estaba a cargo era Luis Sabadini, era segundo comandante de gendarmería, después se enteró que éste fue una de las personas que lo fue a buscar a Resistencia, pero no sabe si estuvo desde el momento cero, es decir, desde el 10 de mayo del 76. Sabadini era una persona muy particular porque era muy formado, tenía un modo de ser que llamaba la atención en ese contexto, tenía un perfil afeminado. Por lo que sabe, cree que está muerto. Expresó que el comentario era que Sabadini estaba en Campo de Mayo, preso y allí se suicidó. Cree que éste en el Reformatorio estuvo poco tiempo, era una persona con amplia cultura, con rasgos de liderazgo, era especialmente cruel, tenía una crueldad inusitada, él mandaba, fue quien impuso el enterramiento vivo en el Arsenal. Que en determinado momento lo llevaron prisionero a Lerner, que era un compañero del comedor que salió del país con la opción pero volvió clandestino y lo llevaron al Arsenal. Recordó que cómo sería el grado de maltrato que tenía, que a pesar de haber sido ellos muy amigos no lo reconoció por los golpes y lo hinchado que estaba. Que ello fue cuando lo llevaron para que lo reconozca. En un determinado momento lo llevaron para interrogarlo a las piecitas del Reformatorio y Sabadini le dijo "mira lo que hicieron estos brutos y vos no les dijiste nada, ahora les vas a contar a tu compañero y él va a anotar todo". El elemento que usó fue un bidón con agua y le colgó una zonda nasogástrica y le empezó a meter agua en el estómago y se fue. Le dijo "después me van a pasar lo que vos digas". En ese momento el testigo quedó solo con Lerner quien le manifestaba el dolor por la hinchazón. Llamaron a los guardias y suspendieron esa tortura. Ese era el grado de sadismo de Sabadini con la tortura. En el Reformatorio se llamaban la patota, era un grupo de personas que hacía los allanamientos, los secuestros y los interrogatorios. Se auto llamaban así, esa patota estaba integrada por personal del Destacamento de Inteligencia, gente que no sabe si estaba en una fuerza policial, pero eran manejadas por capitanes del ejército. La patota confluía con el IPG (Interrogadores de Prisioneros de Guerra) en el interrogatorio. Los Jefes eran del ejército y de gendarmería. Recordó que en determinado momento estaban armando un gráfico con los compañeros que iban deteniendo y quienes estaban prófugos o no los ubicaban, que en el Reformatorio si había un gráfico, era chico, una carpeta, en cambio en el Arsenal, en una de las piezas que ocupaban para los interrogatorios, había un gráfico grande, en un papel pegado en la pared. Se llamaba orden de batalla y ahí estaban los distintos organismos, partes de los partidos políticos, los nombres de los compañeros o prisioneros y los que estaban ausentes. Pudo ver los gráficos, porque había papeles, en determinado momento del interrogatorio querían que vea algo, le levantaban la venda para que vieran algún documento o papel que le querían mostrar. Recordó que un día, en el Reformatorio, había ocurrido el atentado de Caspinchango contra una ambulancia del ejército y como consecuencia de eso, una tarde noche, fue la patota y empezaron a golpear y les decían "los suyos han matado" y nombraban a Toledo Pimentel como uno de los muertos. Ese día los empezaron a golpear, a masacrar. En ese momento fue muy tremenda la golpiza. Cuando lo llevaron a la otra sala para interrogarlo estaba uno de los integrantes de la patota al que le decían "Juanca", un fotógrafo que le decían "el gordo Tito", un tal Flores, un tal "pecho i'tabla". Eran muchos, cuando se retiraron les decían que los iban a matar a todos, quedaron varios compañeros tendidos. Se acuerda particularmente de uno, que sabía cómo estaba vestido, que era Gustavo Adolfo Fochi, cuyo nombre de guerra era Sebastián. Lo de Caspinchango ocurrió en mayo del 76, después de esa noche, volvió un grupo que no lo pudo individualizar y se llevó una cantidad más de prisioneros, de los cuales nunca más se tuvo noticia. En ese momento el grado de tabicamiento era bastante fuerte. El traslado al Arsenal fue tiempo después. Ese traslado, de todos los prisioneros, desde el Reformatorio, fue en la madrugada del 1 de julio del 76, después de ese día no vio más a Fochi. Escuchó nombrar, en esos cuatrocientos cuatro días que estuvo detenido, de un escribano Benedicto y que él lo asociaba con la persona que le decían Juanca, que era una persona más alta que él, joven, pelo largo. Que tuvo un trato particular porque esa persona fue la encargada de llevarlo a marcar la casa de Adolfo Méndez y Margarita Laskowsky y en tiempos de la universidad estaba también él. Reiteró que era delgado, el pelo medio largo, más alto que el testigo, medía aproximadamente 1,80. No le consta que haya sido escribano porque la mayoría de los integrantes de la patota usaban nombre de guerra, pero después vieron que los nombres de guerra se mezclaban con la vida real. Era una persona de edad similar a la de él, que cumplía 23 años. Expresó que había un muchacho que le decían "el ganso" que era integrante de la patota, que generalmente oficiaba de chofer del grupo, aunque no sabe el nombre completo. Sobre López Guerrero dijo no haberlo conocido en ese momento, pero que lo conocía como "cabezón" o "Humberto", y que era uno de los que integraba los grupos de calle de la patota. Se enteró que López Guerrero era "el cabezón" o "Humberto" porque cuando lo dejaron en libertad en Tucumán, el 29 de julio del 77, lo llevaron a Resistencia a ponerlo en libertad y en ese viaje iban en una Cupé Taunus verde, "el cabezón Humberto", un muchacho morochito, que lo vio poco o nada y un oficial que lo conocían como Capitán Medina. Cuando lo dejaron en Chaco, en Sáenz Peña, estos dos jóvenes quedaron con él de custodia porque tenía que estar en el Chaco quince días y después volver a Tucumán. Ahí se enteró que era López Guerrero. Como torturadores, el primer interrogador, después de Sabadini, era un segundo comandante que le decían "García", el segundo comandante Benito Palomo, lo cual sabe porque esa persona volvió una o dos veces más en sus funciones y estuvo en el Reformatorio. Del Chaco a Tucumán lo llevaron Sabadini y Flores. El capitán "Vargas", "Naso" o Varela, a quien se lo llamaba indistintamente, según las circunstancias, era uno de los jefes de la patota. Lo conoció esa noche que llegó y cree que es quien le dijo que tenía un "regalito de cumpleaños", en referencia a la detención de Susana Auad. Cuando interrogaban le dio una trompada en la nariz y le quebró el tabique nasal y le dijo "esto es por la patada en el culo que me dieron por vos", ello relacionado con una patada de un caballo que había recibido Varela cuando había ido a allanar su casa de la calle Libertad, que es el lugar de donde se escapó. Había dos "Indios", que eran diferentes personas. A uno le decían "el indio de Tafí", vinculado al Destacamento de Inteligencia, porque era el que lo mantenía en contacto cuando quedó en libertad. Este tendría cerca de cincuenta años, era morocho, bajo de estatura y cree que murió. Dijo que había otro "Indio", que era un suboficial de gendarmería, de las guardias internas, era formoseño, no se acuerda si de Las Lomitas y era una persona muy violenta, que muchas veces estaba alcoholizado, que siempre era de los sostenedores del estado de tormento. "El Indio" era de contextura robusta, morocho, pelo bien firme, un clásico norteño. Dijo que en el Arsenal había una chica muy jovencita que le decían la "ñatita", que era indocumentada, de trece, catorce o quince años y que había sido llevada ahí por ser pareja del "Bombo Abad", era una criatura con un carácter estruendoso, andaba corriendo y se ofrecía para barrer y ella le decía Marcelo al "Indio" y por esa razón dedujo que era Marcelo Godoy. Expresó que "el flaco" era un suboficial de gendarmería que iba con una de las guardias internas; era una persona bastante áspera, cuando el testigo comenzó a hacer la comida era remiso a eso, no los quería llevar al baño, pero nunca supo su nombre. Conoció un oficial de gendarmería que posiblemente era el jefe de la guardia, que le decían "Isidro" y emparentaban Isidro con Rivero, posiblemente eran la misma persona. Que en el caso de Rivero era del móvil 1 de Campo de Mayo. La casa donde sacaron todo era de Margarita Laskowsky y Adolfo Méndez, que quedaba en Marcos Paz, donde empieza la avenida Aconquija. A esa casa lo llevaron para marcarla y de ahí fueron secuestrados los dos. Aclaró que no vio la casa vacía, vio que sacaron todo, porque esas cosas estaban en la planta baja del Reformatorio que estaba repleta de muebles, ahí lo llevaron a que se vista y lo pusieron frente a lo que eran sus cosas y de ahí sacó ropa limpia. Alberto Núñez alias "chiqui" era militante del Grupo de Base Independiente (GBI) de la facultad de Ciencias Económicas y lo vio en el Reformatorio. Sobre Osvaldo y José Giribaldi dijo que al que conoció en el Reformatorio, que fue el primer compañero cuando lo tiraron y no podía caminar, era un chico que se llamaba Mario Giribaldi. Osvaldo no estaba en el Reformatorio y que Mario tampoco podía caminar porque decía que le habían roto las rodillas. A Mario lo vio en Arsenal y confiaba que podía zafar porque no tenía militancia profunda, pero su temor era que lo llevaran al hermano, que estaba muy complicado. Giribaldi fue trasladado al Arsenal. Que a Berta Miranda la vio en el Reformatorio, donde estuvo quince o veinte días, aunque no sabe cuándo fue liberada. Berta conocía a Susana Auad porque estaban estudiando juntas y tenía militancia, en su misma tendencia. A Trini Iramain, le decían "la flaca Trini", estaba detenida en el Reformatorio y la trasladaron al Arsenal. De Fredy Coronel dijo que era un chico de Ranchillos, Cruz Alta, y que estaba en el Reformatorio y lo trasladaron al Arsenal. Había dos mujeres embarazadas, de estado avanzado. Vio que una estaba tirada, era una mujer joven, pero no recordó como era, sí que tenía una panza incipiente y que le dijeron "ya la vamos a sacar, ya no le duele nada". De la otra mujer embarazada dijo que la trasladaron al Arsenal porque la vio, estaba al fondo, junto a otras mujeres. Un día no la vio más. A una de ellas "el Indio" le decía "la comadre" porque él iba a ser el padrino. No volvió a ver nunca más ni a ella ni a la criatura. Era una mujer joven, de unos veintipico de años, con embarazo a término. Que las condiciones eran muy severas en el inicio, en el Arsenal se agudizaron. Dijo creer, y por las referencias posteriores, que esa mujer era algo de Fote porque él preguntaba por una nuera embarazada. Aclaró que en el Arsenal había una guardia muy agresiva, que los castigaba permanentemente y tenía las vendas más ajustadas, razón por la cual no puede recordar fisonomías de la mujer embarazada. En el Reformatorio había un tal Horacio, compañero que estaba tirado en la puerta, era de Buenos Aires, pero cree que lo habían herido en Tucumán, tenía un apellido vasco, estuvo ahí y no fue trasladado al Arsenal. En el Reformatorio estuvo el matrimonio Méndez-Laskowsky y fueron trasladados al Arsenal. Sobre Díaz Saravia dijo que estuvo en el Reformatorio y fue trasladado al Arsenal. A Santiago Díaz lo secuestraron en Santiago del Estero y fue directamente al Arsenal. A Teresa, la esposa de Díaz Saravia, la vio en el Arsenal, no en el Reformatorio, los primos Cantos, Germán y Anabel estuvieron en Arsenal. Al matrimonio Asaff, que habrían tenido un comercio en la plazoleta Mitre, recordó que una vez le dijeron a ella: "viste vieja de mierda que esto no es como atender a guerrilleros", refiriéndose al alimento. Ellos estuvieron en el Reformatorio y no los trasladaron a Arsenales. Sobre Miguel Ángel Figueroa dijo que era compañero de Ciencias Económicas, lo conocía por los problemas que estaban viviendo de represión. Que se había ido a Santiago del Estero porque es santiagueño, junto con su hermana. Los hermanos Figueroa fueron prisioneros, los vio y lo conocía a Miguel Ángel de la actividad militante en el comedor de la facultad. Los vio en el Arsenal, nunca más tuvo noticias. El 30 de Junio aproximadamente fueron trasladadas en un colectivo medio chico, de veinte asientos posiblemente, pero también participaron algunos camiones, por lo que calcula que fueron como mínimo cuarenta personas o más, porque cuando llegaron al Arsenal, el polvorín estaba dividido en dos alas, una tenía tabiques de madera y otro de mampostería. Que ocuparon los dos galpones, y que a Susana Auad, la trasladaron también al salón con él, pero que a las mujeres las habían puesto al fondo. Había un solo foco, las paredes tenían alquitrán y había luz baja. Dijo que al Arsenal se ingresaba por la ruta 9, al frente estaba Tiro Federal de Tafí Viejo. Que el polvorín donde lo tenían alojado, era un predio rodeado de un monte con plantaciones de citrus y que la construcción, que respondía a un polvorín, era un galpón de veinte metros por doce metros, estaba rodeado por un borde de tierra que hacía que se ocultara un poco a la vista. El talud de tierra era perimetral, a dos metros de la pared, a cinco o seis metros de distancia, había un cerco perimetral, dos casillas de madera de dos por dos, una lo ocupaba el gendarme de guardia para poner su equipo y eventualmente era ocupada como sala de tortura. Recordó que hacia atrás había una piecita que era el lugar más frecuente de tortura, había un mangrullo que estaba en un ángulo dentro del perímetro alambrado, estaba construido de vigas de madera y había reflectores hacia fuera. Dijo también que habían desmontado y acordonado tierra suelta. Que había unos cordones que estaban entre cien y ciento cincuenta metros, por el portón de la izquierda iba el camino que bordeaba el alambrado de la ruta 9 y desembocaba en el polvorín. El polvorín era una construcción de doble pared de mampostería y las paredes estaban revestidas con una membrana. Estaba subdividida también dentro del recinto, a la mano izquierda había una pequeña letrina y algo para lavado de ropa y en el frente del polvorín estaba la ruta 9. Ahí había una carpa donde estaba el fogón de los gendarmes, de la guardia interna. El único baño que había era una letrina y estaba dentro del perímetro, a la izquierda cerca del portón de entrada. Se sabía que era de doble pared el galpón porque para llevarlos a ellos hicieron dos ventiluces y en la pared lateral había un lado con ladrillo a la vista. Había unos ventiluces arriba con los que se alcanzaba a divisar la doble pared. El techo adentro era una loza gruesa, el piso era de cemento revestido con membrana. No vio grilletes, ni cadenas en el Arsenal ni en el Reformatorio. En el Reformatorio vio varios compañeros que no sabe si estaban atados, ni con qué, en los ventiluces. En el Arsenal utilizaban una barra de hierro, lugar en el que se colgaba gente como método de tortura. No sabe dónde estaba el vivac, con el cambio de guardia salían y caminaban hasta un acordonado y después no se veía ninguna construcción. Había un solo galpón dividido por una pared y había varones y mujeres. Dijo que ahí los detenidos eran principalmente del PCR, ERP y PRT. Sobre dirigentes peronistas, dijo que vio un dirigente gremial, que nunca se paró porque estaba destrozado y que estaba con Márquez. Recordó a un Sr. Chaparro, pero no saber su procedencia política. De Dardo Molina y Lechessi no escuchó nada, de Luis Falú sí escuchó. Aclaró que sí había peronistas, pero que generalmente no llevaban al Arsenal a peronistas ligados a Montoneros. Estuvo un muchacho, Eduardo Vaca, también del peronismo. Sobre la familia Rondoletto dijo que vio llegar a una familia que la llevaba la patota y que con el trascurso del tiempo surgió que era la familia Rondoletto y que la tendencia política de ellos era montonera, no los conocía antes ni de su militancia. Adolfo Méndez era un compañero, pareja de Margarita de Laskowsky. Recordó al Dr. Alberto Argentino Augier, quien estuvo secuestrado en el Arsenal varios meses y en algún momento, ante la gravedad de algunos prisioneros, hablaban con él pero no le permitían que los atendiera. Dijo recordar a José Luis Maldonado, que era un militante político del grupo de Base de Bioquímica y a quien lo conoció del comedor y de otro grupo de Base. Que a él lo habían chupado en Buenos Aires, estuvo en el Arsenal y murió por haber contraído tétano. Recordó que Maldonado estuvo unas horas desde que murió tapado con unas mantas. Dijo que las veces que se presentaban casos de compañeros que morían como consecuencia de la tortura, los gendarmes los culpaban y lo tenían que ir a tirar al pozo. Que "Tina" o Gloria Iñiguez no eran la misma, porque "Tina" está desaparecida y Gloria Iñiguez sobrevivió; "Tina" estuvo mucho tiempo detenida en el Arsenal, lugar al que llegó desde el Reformatorio. Cree que era estudiante de filosofía o letras y que tenía militancia en la federación juvenil comunista o partido comunista. Gloria Iñiguez estaba con Fredy Coronel, eran todos de la Florida, Ranchillos. Que "Tina" era de apellido González o Rodríguez. Respecto de una persona apodada "Grasita", era un integrante de la compañía del monte del ERP y él con el "bombo" Abad, estaban acusados de ser los autores materiales del atentado a Caspinchango. "Grasita" era del sur de Tucumán, de la zona rural. No los vio nunca más. Ante la pregunta de quién era Santiago Arqueti, dijo que no sabe si era real el nombre de Santiago, pero el apellido sí. Dijo referirse a una persona que era un filósofo santiagueño, un hombre que había sido de los precursores de los partidos revolucionarios de la lucha armada. Que él estaba en Santiago y lo llevaron a Tucumán, a Arsenales. Dijo conocer a Alicia Noli de la militancia, en la Quinta Agronómica. Respecto de otros compañeros de su grupo político, nombró a los hermanos Figueroa, Lerner, Maldonado, Juan Carrera, "Villita" Sánchez. Conoció a un Mario Medina, que era mayor y estaba en otro nivel, en posgrado de Ciencias Económicas pero no recordó haberlo visto. A la señora María Román de Fiad la vio en el Arsenal, dijo que esa señora la llevaron detenida junto con Eduardo Vaca, que militaba en Montoneros, pero que ella no tenía militancia y estuvo poco tiempo en el Arsenal. La llevaron secuestrada en su propio auto, un Peugot 504 gris y quedó en el polvorín. En ese auto llegó el Dr. Augier al Arsenal y él relató que en un lugar lo cambiaron de una camioneta a un auto blanco. Dijo que la Sra. Fiad tuvo una conducta especial en el Arsenal por el modo de ser de ella que resaltaba que no tenía nada que ver con la política, que no sabía dónde estaba y tenía una actitud hostil para con los detenidos, además en todo momento quería hacer valer su situación porque evidentemente era de una familia acomodada económicamente. Respecto de "pico" Safarov dijo que se llamaba Víctor, era un estudiante de derecho, jujeño, tenía militancia dentro del partido comunista. Cuando lo llevaron al Arsenal ya estaba destrozado, golpeado, tenía quebrado un codo y el Dr. Augier dijo que tenía un grado de infección muy avanzado y que era una gangrena. El único camino era la cirugía y eso no existía allí. Estuvo varios días agonizando, lo que demuestra el parámetro de hasta donde llegaba la capacidad de soportar dolor a que eran sometidos los detenidos. El estado de Safarov era desesperante, pedía que lo maten, que no lo toquen, estaba en estado de delirio. Estaba dentro del galpón pero murió en el portón, en la puerta de una de las alas. Ahí le pusieron el gasoil de un mechero, porque tenía agusanado el brazo y una mañana lo sacaron a una de las puertas para curarlo y murió ahí. Otro compañero jujeño que recordó es uno al que le decían "sombra", era un muchacho soldado, que su nombre era Juan Carlos Pastori, que estaba haciendo el servicio militar y lo llevaron vestido con un short, una camiseta y estaba pelado. Que se enteró ahí dentro que la novia de Pastori era una estudiante de arquitectura llamada N. C. A ella la vio detenida en el Arsenal y dijo que fue llevada por la patota del grupo de tareas. Ese día, a la siesta, el declarante dijo que se había preocupado porque notó que Susana Auad no estaba en el galpón y ante la pregunta sobre donde estaba, a los gendarmes, éstos le respondieron con evasivas. A la tarde empezaron a llegar todos los autos, la bajaron a Susana Auad y después a N. C., a quien la llevaron a una piecita donde funcionaba el salón de tortura. Le dijeron a él que fuera a la piecita, no se acuerda si eran dos o tres integrantes de la patota, y la reconoció a N. C.. Las personas que estaban ahí eran De María y un tal "Juanca" y comenzaron algo habitual que hacían con los prisioneros, que era llegar a un lugar y desposeerlos de identidad, le sacaban la ropa, las cosas de valor que pudieran tener, y a partir de ese momento tenían número. Dijo que "Juanca" le ordenó que le saque la blusa, que siga, que le baje la pollera y que siga, le resultaba tremendamente violento porque la conocía de la facultad de Arquitectura. Dijo a sus captores que no podía seguir, se le rieron porque no quería hacer eso, entonces le sacaron el corpiño, mientras la manoseaban y se reían de él. Le preguntaban si no sentía nada, y él les decía que no, que no era un ámbito normal para tener una relación, que era una mujer que estaba temblando del miedo, vendada, no era el ámbito de un ser normal para tener sexo, siguieron manoseándola y la violaron. Que los que quedaron con ella fueron "Juanca", el mismo que lo llevó a marcar la casa de Laskowsky, que lo asociaban con el apodo "escribano" Benedicto. De ahí la llevaron a C. al galpón. Juan Carlos Pastori estuvo dos meses ahí, después y no los vio más. Ante la pregunta de un episodio de un anillo entre C. y Pastori, dijo no recordarlo. Que a la señora Masamuto de Romero no la conocía de antes, le suena el apellido porque es raro, le suena que estuvo ahí en el Arsenal, pero no la conocía. Dijo que recordó a un Canseco en Arsenal que había sido llevado del sur, vinculado con la actividad de la compañía del monte. No era del movimiento estudiantil, era un obrero o un trabajador del campo, no era jujeño, porque había otro Canseco desaparecido que militaba en el comedor, pero no le consta que ellos hayan estado secuestrados en el Arsenal, sí sabe que alguno de los Canseco fueron víctimas de la noche del apagón de Ledesma. Los hermanos Argañaráz, de Monteros, estaban secuestrados, eran gente de campo, obreros rurales. A Lito Medina si lo vio. Dijo que había un joven, Hernán González, estudiante de la Facultad de Medicina que estuvo en Arsenal, estatura baja, bien rulado; el otro González que conoció por la imprenta de calle Don Bosco era alto, flaco y también estaba en Arsenales y pudo haber sido Alfredo González y estaba también vinculado a José Luis Maldonado. Sobre un grupo de policías que llegó a Arsenal dijo que una noche llegó un camioncito, que era ocupado para traslado de compañeros prisioneros, y era diferente porque era un Mercedes Benz 508. Los gendarmes decían que esa vez le había tocado a los otros y decían que eran policías. El camioncito Mercedes Benz decía transporte higiénico de carne. No vio ese camión cerca de la zona de los pozos donde tiraban a los compañeros muertos. Dijo que vio a Ernesto Alais, al Coronel Lamas, a Bussi. Una vez hubo mucho movimiento porque habían andado los jefes de gendarmería, autoridades de gendarmería. Respecto de un joven del sur de apellido Tapia, dijo que era un prisionero que estuvo en Arsenal secuestrado unos cuantos meses y un día desapareció, entonces le comentó uno de los gendarmes de la guardia que la noche anterior habían llevado a fusilar en el pozo, entre los cuales había un padre y un hijo. Que no recordó si había alguien más y que Tapia estaba con vida cuando lo estaban por quemar y el oficial a cargo dijo que lo quemaran igual. Manifestó que Barraza era oficial jefe de la guardia que estaba ahí, pero no se acuerda si fue Barraza el que dio esa orden. Torres y Cruz eran gendarmes que estuvieron de guardia. Nunca estuvo en Jefatura de Policía. Que tomó conocimiento de Ana Corral, sabe que estuvo en Arsenal, pero no la conocía de la militancia. Entre los mecanismos de sobrevida de los que hacían para mitigar el dolor y el sufrimiento, desarrollaban muchas tácticas de informarse para saber si era posible retacear alguna información, por ese motivo sabe que estaba Ana Corral. Que a ella no le transcribió la declaración, recordó que era una chica joven. A Juan Martín lo conocía de la militancia porque con él, en nombre de la JUP, junto con un muchacho Rosino, de la federación juvenil comunista y Rubén Chebaia, integraron la última coordinadora estudiantil que se formó en Tucumán, y la integraron cuando las desapariciones y los encarcelamientos eran masivos y para ver que se podía hacer para sobrevivir. Tuvieron contacto hasta principios del 76 y lo vio en el Arsenal. Dijo que aproximadamente calcula que en Arsenal fueron asesinadas ochocientas personas o más. Que los traslados puede ser que iban al pozo y no al galpón, por ejemplo citó el caso de los policías que no estuvieron con ellos. Contó un hecho puntual con un gendarme que le decían "Carlitos", era formoseño, de Las Lomitas o Pozo del Tigre, que sabía tocar la guitarra y cantaba en las guardias porque coincidió una vez que estaba secuestrado Lucho Falú y los hermanos Canto, que son integrantes del dúo Coplanacu, y se armaban guitarreadas y una vez se armó un "baile" y los golpearon mucho porque escucharon que estaban cantando y cantaban el tema comandante che Guevara. De "Carlitos" dijo que era formoseño, era un suboficial, cree que fue sancionado porque nunca más volvió al Arsenal de guardia. Torres era otro "Carlitos", gendarme raso que fue quien le relató el hecho del padre y el hijo y el de Tapia. Dijo creer que era bonaerense, no era del norte. Supo de dos gendarmes que llevaban una carta o una encomienda que mandaba la hermana de Susana Auad para ella, esos gendarmes fueron relevados y nunca más volvieron al Arsenal. Dijo que Torres le contó que estaba al borde del pozo y recibieron la orden del suboficial de quemar gente. Que a los pozos nunca llegó. Que él cortaba leña pero nunca pudo visualizarlos. No le comentaron la cantidad de fosas que había en el Arsenal. Sobre Di Lorenzo dijo que le suena de la Facultad de Ciencias Económicas, que estaba en un instituto con Mario Medina, en posgrado. A Celia Medina no la conoció de antes y tuvo noticias que estuvo en el Arsenal, en el gráfico u orden de batalla estaban todas las estructuras del PRT, ERP y otro de la juventud guevarista y en ese gráfico estaban los integrantes muertos, porque aparecía un primo de los Cantos, que era Cantos Carrascosa y después, en ese gráfico estaba, que murieron en un simulacro de enfrentamiento en la avenida de La Vega donde mataron a cuatro jóvenes y en ese gráfico quedaba un nombre que era Micaela. Luego el Capitán "Naso" le dijo que era Celia Medina, para que lo anote en el gráfico. No transcribió la declaración de Celia Medina en el Arsenal. De Julio Cesar Campopiano dijo que estaba vinculado pero no estuvo en el gráfico ni lo vio en el Arsenal. A Luis "Lucho" Falú dijo que lo conocía de la época de la militancia en el comedor universitario, del peronismo de base, él militaba en esa tendencia y lo vio secuestrado en el Arsenal. Compartieron mucho tiempo de cautiverio, también desarrollaba tareas de limpieza. Dijo que mucho antes de julio del 77 ya no estaba "Lucho" Falú. No supo de su destino. Del señor que le decían "Cayayo" dijo que no lo conocía de antes salvo que estaba secuestrado en Arsenal. No recordó haber hablado con María Jiménez. A Margarita Laskowsky y Adolfo Méndez los conoció por el año 73, 74 y durante el año 75 se profundizó la relación porque Adolfo no tenía trabajo, era un militante popular y habían comprado un terreno para hacerse una casa por Marcos Paz y como el testigo tenía una situación parecida lo empezó a ayudar a levantar su casa. Dijo el testigo que él iba viviendo en la obra mientras la misma avanzaba. Que el matrimonio tenía un hijo muy pequeño, de un año de edad. La arquitecta Laskowsky estaba en la facultad y a la criatura la atendían ellos. Fue pasando el tiempo hasta que llegó el golpe, cuando se enteró que la habían secuestrado a su novia tomó contacto con ellos y les dijo que no iba a ir más por ahí porque tenía miedo que lo siguieran. Se fue a Chaco y cuando volvió detenido a Tucumán, en el Reformatorio, fue el momento en que le arrancaron la información de la ubicación de la casa y como era. Aclaró el testigo en que momento de los interrogatorios entregaban la información, ya que en muchos casos se decía que tal compañero "entregó" o "cantó". Dijo que había toda una mecánica para desestructurar y destruir al ser humano, no había límite para nada, estaban sujetos a la imaginación de ellos, de no soportar más dolor, de perder todo, "ahí es cuando nos sacaban los números de casa, de teléfono, datos, en ese marco de destrucción, toda la comunidad de inteligencia que rodeaban todo eso hacía que los desarmaran y todos tenemos nuestros límites y la capacidad de resistir los golpes de la vida, en este caso la tortura, a mí me pesó, sacaron la dirección y yo sabía que cuando me arrancaban la dirección también sabía que le arrancaban la vida a ellos, el camino eran los pozos". Dijo que fueron a marcar la casa, una o dos veces. La primera lo llevó "Juanca" y la otra vez un tal Flores, que le decían "pecho i'tabla". Después fue allanada la casa, los secuestraron y llevaron al Reformatorio. Que dentro de los mecanismos que podían armar, idear, para tratar de salvar algo se comunicaban y trataban de comunicar algo y dentro de todo pudieron bloquear información. Dijo que "Mara" no tenía ninguna militancia, y por suerte ella sobrevivió. Adolfo no y la criatura fue entregada a los abuelos. Fueron dos veces a marcar la casa con gente de la patota, se acuerda de "Juanca" porque es el que le hizo cambiar la ropa en el Reformatorio, no fue al allanamiento, fue solo a marcar. Los vio secuestrados en el Reformatorio, que en realidad lo vio a él y en un determinado momento le dijo que a Mara la habían bloqueado, que la habían logrado tapar y él le dijo que también estaba en el Reformatorio. A Adolfo lo torturaron mucho, era una persona muy fuerte y por eso le decían "Yeti", había un encarnizamiento particular porque era hijo de un Coronel y porque tenía un hermano que había desaparecido antes que él. Se encarnizaron porque era hijo de un coronel del ejército. En un momento, un día, fue un oficial, un jefe de la guardia de gendarmería, y lo sacó a Méndez al patio donde los llevaban a hacer sus necesidades y lo empezó a castigar con un trenzado de cables que usaban como látigo. Le pegó tanto que Méndez quedó tirado. Dijo creer que le decían "cachito", era una persona robusta de un 1,70, tenía bigotes y era durante la guardia de él que se habían puesto muy severos. Supo que a Adolfo lo mataron entre octubre y diciembre en el Arsenal, aunque no pudo precisarlo. Dijo que la violencia sexual era algo metódico, lo primero que hacían con un prisionero al torturarlo era desnudarlo, tirarlo a una cama y atarlo. El principal ensañamiento era con la zona de los genitales, en los pechos. Que en el Chaco le habían picaneado tanto los testículos que estaban muy morados y enormemente inflamados. En ese marco la violencia sexual se desarrollaba en el interrogatorio. Con relación a la familia Rondoletto dijo recordar que estaban por servirles la comida en el Arsenal, eran los primeros días de noviembre o diciembre del 76, un día ventoso y caluroso y recordó que llegon los autos de la patota y al ir a servir la comida adentro, uno o dos autos se metieron, entre la carpa y el cuerpo del polvorín. Vio bajar gente y advirtió que por lo menos un par de ellas eran mayores, recién llegaban de chuparlos porque cualquier persona que recientemente era privada de la vista, trastabillaba porque no estaba pensando en no ver sus pasos. Los que estaban vendados hacía mucho tiempo, con algo de picardía podían moverla, manejarse mejor. Había guardias que los llevaban, una sola vez al baño, eso ya era otro martirio más, el guardia les daba a los que iban a ir una soga para que se ataran, lo llamaban el trencito fantasma. Nunca faltaba quien se caía y se caían todos y los guardias los pateaban. El que tenía vendas desde hacía mucho tiempo se adaptaba. La gente que vio bajar del auto caminaba como con vendas recientemente puestas. Vio que eran cinco o seis personas. Después supo que era una familia que tenía una imprenta y que su apellido habría sido Rondoletto. Que al poco tiempo los llevaron del lugar porque estaban vinculados a Montoneros y esa cuestión se manejaba en Jefatura o en otro lugar, pero no en Arsenal. Se los llevan así, a todos, al poco tiempo. Relató los dichos de Torres y Cruz que decían que habían matado a un padre y a un hijo, serían estos. Sobre Azucena Bermejo de Rondoletto, que estaba embarazada, dijo no constarle ni pudo recordar bien haberla visto, aunque supo que estuvo. Dijo creer que era algo gordita, no sabía que estaba embarazada. En relación a su mención de alguien llamado "el Manchado", dijo que era una persona de la guardia interior. Agregó que Moreno era una persona distinta del "Manchado", que había un Moreno que era segundo comandante y que tenía una mancha en un ojo. Moreno era un alias, era un IPG, un interrogador. Manejaba el auto de la señora de Fiad en el secuestro de Augier. Dijo que lo conocía como interrogador, pero reiteró que no era aquel a quien le decía el "Manchado". El "Manchado", en cambio, era suboficial raso y que por dichos de sobrevivientes supo que su apellido verdadero es Güemes. Respecto de Montes de Oca dijo que era un jefe de la guardia de Gendarmería, cree que llegó con el móvil 3 de una vez les pegó un baile que los dejó a todos de cama, retó a los guardias porque cocinaban mañana y noche, endureció las condiciones de detención. Señaló que Eugenio González Brear era alguien a quien conoció como el Capitán Roberto y era jefe del Destacamento de Inteligencia 142, andaba en los operativos, lo vio en el Arsenal controlando el tema de los interrogatorios, años después le hicieron llegar un libro donde él mismo relataba sus funciones en el Destacamento 142. Sobre cuando lo sacaron del Arsenal al declarante y a Auad, aclaró que la única vez que salió del Arsenal fue cuando llegó el capitán Varela, o "Naso" o "Vargas" con un grupo de gente y les dijeron "vamos porque tenemos que hacer un viajecito". Dijo que al principio pensaron que era el último viaje porque fue trasladado en el baúl. Luego se detuvieron y lo pasaron al asiento. Iban dos autos, en uno Susana y él, en otro la esposa de Varela con sus hijos. Explicó que los llevaron a Jujuy, a la Jefatura de Policía de Jujuy. Les dijeron que había un asunto raro, una detenida en Jujuy que se llamaba Hilda Figueroa que trabajaba en el comedor de la Facultad de Derecho. Llegaron a Jujuy, el declarante dijo que la conocía del comedor. Recordó que ella cantaba y que usaba bastón por una enfermedad que sufría. Que la habían secuestrado la noche del apagón en Ledesma y había estado en el centro clandestino Campo Guerrero. Aclaró que Figueroa no tenía militancia política, estaba en primer año, no entendían porque estaba ella ahí. Les hicieron un careo con la joven, ambos efectivamente la conocían, Susana también la conocía. La joven les contó que en el Campo de Guerrero la sometieron a terribles vejámenes, que fue violada consecutivamente por cinco, seis o siete gendarmes que hacían la guardia del lugar. Sobre el auto en el que iba el declarante con Susana Auad, precisó que también iba, "el Ganso" que manejaba el auto y Leonel Sosa, quien andaba por el Arsenal. Recordó que en el año 85, Sosa, con "el Indio de Tafí", fueron a verlo a su casa porque sabían que iba a ser citado por la Comisión Bicameral. Le dijeron que no compareciera, estuvieron en su casa y luego se fueron. La joven Figueroa le relató en detalle las torturas que tuvo que padecer, sobrevivió pero quedó en silla de ruedas para siempre. Dijo que el día de las violaciones los gendarmes festejaban porque era el día de gendarmería. Sobre Enrique o "Villita" Sánchez, dijo que lo conocía de la militancia en la Facultad de Bioquímica, del grupo de Base y del comedor universitario, donde él colaboraba con la Comisión de Delegados. Lo vio como secuestrado en el Arsenal en el 76, posiblemente en septiembre u octubre. Conversó en algunas oportunidades con él pero muy poco. Recordó que cuando tenían un día tranquilo jugaban a las damas -si los encontraban con eso los mataban- y una vez que estaba jugando a las damas con "Villita" y Juan Carrera, aquel le contó que la esposa había quedado afuera de eso, no sabía que estaba casado, allí le comentó que estaba casado. Hablaban trivialidades, cómo estaban, sobre lo político partidario, sobre militancia ya casi no se hablaba nada. Dijo creer que lo vio hasta fin de año del 76 o comienzos del 77. Nunca más supo de él. Aclaró que en el Arsenal supo que se llamaba Enrique Sánchez, que lo conocía como "Villita". Que a la Sra. Román de Fiad la vio por septiembre y hasta octubre del 76. Sobre el peugeot 404 de ella que quedó allí, dijo que lo usaba el segundo comandante Moreno. Sobre otros autos que se usaban para marcar o secuestrar, dijo que eran muchísimos. Que de eso hablaba con "el ganso" que estaba en lo de los autos, en la calle. Este le dijo que mayormente usaban el Peugeot 504, pero que los autos se renovaban mucho. Dijo que de hecho a él lo secuestraron en un Renault 12, celeste metalizado. Que los IPG, y los de gendarmería, solían usar un Falcon blanco, similar al que usaba el Coronel Lamas. Sobre "Horacio", dijo que esa persona de apellido vasco podría ser Olarzábal. Se trataba de un muchacho porteño, por la tonada, que lo habían herido de un tiro en la nalga. Lo vio solamente en El Reformatorio. Aclaró que las guardias del Arsenal usaban perros para control y ataque, que por ejemplo los largaban cuando los prisioneros iban al baño. Señaló que al mayor Neme lo oyó nombrar en el Arsenal, pero no pudo identificarlo, a diferencia del coronel Alais, al que conocía de los diarios por el cargo que tenía. De Varela, al que apodaban "Naso", dijo que habría tenido 1,75 o 1,80, delgado, de cara descarnada, usaba bigotes gruesos, tenía una tonada sureña. Dijo que en el Arsenal oyó hablar de Nelly Yolanda Borda. Sobre el sacerdote que concurría al Arsenal, precisó que era una persona de 1,70, no muy alto. Cuando lo vio por primera vez pensó que era un gendarme porque usaba un pantalón y una campera. Estaba en la carpa del fogón. Después le vio el cuello que usan los sacerdotes. Le preguntó si podían rezar y el sacerdote le respondió "no, para qué van a rezar si todos se van a ir al infierno". Lo vio muchas veces en el Arsenal. Sobre El Motel, dijo que muchas veces escuchó algo como "las instalaciones del frente" y que se situaba al frente del Arsenal. Supone que se referían al "Motel". Respecto del vehículo con la leyenda "transporte higiénico de carnes", dijo no saber de dónde iba porque sólo lo vio adentro del Arsenal. Sí sabía que llegaba muchas veces trayendo prisioneros. Los gendarmes le decían al sacerdote "padre Pepe", pero no sabe su nombre. Con relación hasta cuando lo vigilaron no pudo precisarlo. Recordó que una vez, un primo suyo, Nicasio Sánchez Toranzo, lo ayudó a presentar una declaración en la que explicaba que se había ido a Paraguay porque su situación era insostenible y que volvió en el 1977, esa declaración por ahí anda y fue en la sede del Comando de la Brigada. Sobre el "Petiso Osores", aclaró que lo vio en el Arsenal, era muy notorio porque era bien petisito, lo vio secuestrado. No le vio signos de tortura notables, sólo lo vio en el Arsenal, pero no sabe desde cuándo estaba allí, y tampoco lo vio bien, por las mismas condiciones de la detención. Sobre niños en el Arsenal dijo haber mencionado a la Ñatita y que también vio a un niño de once, doce o trece años, al que llevaron con su papá. No vio otros. Aclaró que era frecuente verlo a Varela en el Arsenal y en el Reformatorio, que era jefe de la patota. A Montes de Oca, primero lo oyó nombrar como jefe y una vez fue al lugar de cautiverio. Sobre la forma de operar en el Reformatorio y en Arsenal, dijo que era la misma, un IPG del 142 y de gendarmería, por otra parte un grupo de calle y un grupo de guardia. Sobre los IPG dijo que había un tal Ballofet, pero que eso era un apodo, se trataba de un Capitán del Ejército. Era una persona de incipiente calvicie, más bien gordito, por eso le decía "balonfe". No oyó nombrar ni a Ojeda Fuentes ni a Moore. Sobre los funcionarios que visitaron el Arsenal, Fernando Torres y el Teniente Abbas, aclaró que no fueron juntos al Arsenal. Al capitán Torres lo conoció porque iba en horarios tranquilos, sábados, domingos, feriados, tenía un Renault 12 break claro. Lo que hacía era bajarse y preguntar por Anabel Cantos, la hacían salir a ella y conversaban, evidentemente le llevaba alguna golosina y otros enseres, apósitos, cigarrillos para compañeros. Una vez pidió que le calentaran agua y le dieran un equipo de mate. Varias veces lo vio en esa actividad. No recordó haberlo visto entrar al polvorín, ni que haya tratado con ellos. Sobre Abbas, dijo no saber su grado y que también lo vio, pero no ingresando al polvorín. Al capitán Torres volvió a verlo cuando declaró en septiembre del 84 en el Comando de la V Brigada, se saludaron cuando salía del bar de la esquina. Sobre Gendarmería dijo que rotaban a distinto ritmo que los IPG (normalmente estaban un mes) y otro los móviles (cuarenta y cinco días). Había móviles de Córdoba y de Buenos Aires (de Campo de Mayo), de junio del 76 a junio del 77. En esa época no vio móviles de San Juan. Sobre esos cambios estimó que obedecían a la necesidad operativa de descansar al personal. Dijo que cada irrupción de la patota implicaba una zozobra tremenda porque ellos terminaban con la vida. Los traslados de prisioneros al pozo generaban impacto en los secuestrados porque no sabían a cuál le tocaría. Señaló que las detonaciones de proyectiles eran frecuentes en el Arsenal, pero también por la Compañía de Arsenales. Precisó que entre el polvorín y la Compañía de Arsenales no le consta que existiera comunicación más allá de que el polvorín no distaba a más de cuatrocientos cincuenta metros de los bordes de la Compañía y más allá de que todo el predio estuviera lleno de caminos. Las tareas de limpieza, búsqueda de leña y agua eran hechas por gente que ya llevaba tiempo en el lugar, por ejemplo, nombró a Germán Cantos y Lucho Falú. Susana Auad, hacia limpieza interna. "Grasita" y Gloria Iñiguez participaban, pero no de forma habitual. Aclaró que Osvaldo Giribaldi estuvo en el Arsenal. Supo que estuvo. Que lo llevaron desde Jujuy y después desapareció, estaba con su esposa, que era una señora embarazada a término. La esposa sobrevivió. Aclaró que había un cuarto Cantos, un primo de los hermanos, Cantos Carrascosa. Recordó a Matilde Palmieri de Cerviño, la conoció en el Arsenal, la llevaron porque buscaban a sus hijos que estaban prófugos, ella era directora de un colegio, la llevaron una siesta pero estuvo sólo un día o dos. Respecto de José Américo "Tincho", que era camionero, dijo que era un hombre mayor que cantaba tango y provenía de Catamarca, aunque no sabe si ese "Tincho" era Américo. Sobre que algunos prisioneros eran obligados a hacer una suerte de autobiografía y él pasarla en máquina de escribir, dijo recordar que pasó una de Leandro Fote, otra de Pasqueti, del "Bombo" Abad, de Augier. Sobre el hecho de que algunos prisioneros eran llevados como trofeos a otros lugares, por relatos de ellos supo que eso le hicieron al "Bombo" Abad, a Grasita, a Leandro Fote. Una vez, porque estaba en el sur Pio Laghi y otra vez, porque había una visita de alguien importante en el sur. Los llevaban y los traían de nuevo. Indicó que los interrogadores se llevaban la declaración de puño y letra y su versión transcripta. Dijo que los IPG ya tenían información de los prisioneros, que cuando ya uno caía en el Arsenal, era porque ya tenían mucha información de cada uno. Sobre el cura "Pepe", dijo que por comentarios de los prisioneros supo que era el mismo que tenía una iglesia cerca y que se apellidaba Mijalchyk. Sobre "Humberto" o el cabezón López Guerrero, dijo que tenía 1,75 a 1,80, de tez y pelo claro, es la persona que lo acompaña cuando es puesto en libertad en junio del 77. Tenía ojos claros, pelo castaño claro, a pesar que muchas veces la gente de la patota andaba con pelucas. Sobre Benito Palomo dijo que tenía 1,75, de contextura normal, tez trigueña, pelo corto, castaño oscuro, ojos marrones y tenía una verruguita en la nariz. Ante la pregunta de la defensa sobre la descripción del tal "Moreno" que habría sido Güemes, dijo que tendría 1,70, piel morena, con una mancha en el rostro, cuerpo de contextura normal. De Montes de Oca, dijo que era no muy alto, de contextura fuerte, de bigotes, pelo castaño oscuro. Recordó que Montes de Oca lo descubrió cortándose las uñas con gillette y lo agarró a latigazos, no era una persona para mirarle la cara y a la que no vio muchas veces. Estuvo trescientos sesenta días detenido en el Arsenal, desde el 1 de julio del 76 al 28 o 29 de junio del 77 en Arsenal. Niega los dichos del testigo Medina de haberlo visto en noviembre del 76 tomando algo en un bar porque sólo tuvo una salida a Jujuy, y pararon a tomar algo en una confitería de Rosario de La Frontera. El viaje a Jujuy lo hizo 40 kilómetros en baúl, luego en el asiento, sin vendas ni esposas. Sobre el hecho de violencia sexual con la Sra. C., precisó que el conflicto desatado entre los IPG y la patota por ese motivo desconoce a qué obedecía, supone que a la violación. Sobre la presencia de dos "indios", dijo que a uno de ellos le decían Marcelo y le consta porque le molestaba que le digan por su nombre. Así le decía la "La Ñatita" y algunas compañeras que le cebaban mate o le planchaban la ropa. Después aparecieron gendarmes nombrando quien llegaría y de ahí surge que "el indio" era Marcelo Godoy. Aclaró que Lerner logró salir del país junto a Luna, Sica y otros compañeros más con asistencia del Dr. Pisarello, porque en el 75 todavía existía la opción de salir del país, pero aún durante la vigencia del gobierno constitucional más adelante, en el 75, ya se quita esa opción. Lerner regresó, lo capturaron y lo llevaron al Arsenal. A Maldonado, que no sale del país, lo capturaron en Buenos Aires y lo meten en el Arsenal. Respecto de por qué puede reconocer la zona de los pozos, dijo que una vez que estaban quemando cuerpos cambió el viento y les llegó el olor a carne quemada, que por eso pudo orientarse sobre la localización de los pozos, que no podían estar más allá de doscientos o trescientos del Arsenal porque éste se terminaba. Dijo que le consta que el 1 de julio del 76, fue su traslado al centro clandestino Arsenal, no descartó que antes también funcionara como campo de exterminio, que sabe que el polvorín estaba sin uso porque cuando llegó no tenía el olor de ellos, personas con meses sin bañarse. Manifestó que él estuvo cuatrocientos cuatro días detenido entre el Reformatorio y el Arsenal y junto a Auad eran los prisioneros más antiguos. Agregó que no pasó mucho tiempo hasta que empezó gradualmente a hacer tareas como, cocinar, cortar leña o buscar agua. Que tal vez pasó un mes desde su llegada. En el Reformatorio estuvo todo el tiempo vendado, y vio una carpeta que le mostró el segundo comandante del IPG, García o Varela, con nombres durante el interrogatorio, donde estaba sin venda. Al gráfico grande lo vio en el polvorín. Dijo que al Coronel Llamas, lo veía cuando llegaba solo en su coche. A Bussi lo vio cuando estaba adentro, lo llevaron para que lo viera. Contó que los mismos gendarmes tenían temor cuando iba Bussi, no cuando iban los de la patota. En cuanto a Berta Miranda, contó que pertenecía a la misma agrupación que él, el PRT, y dijo que esa pregunta le hizo acordar a las que hacían los interrogadores con la picana en la mano. Que él nunca realizó tareas de custodia y que no puede saber acerca de los sentimientos que tenían otras personas hacia él. No recordó a Antonio Romero. En cuanto a las características del padre "Pepe", dijo que lo vio dos veces y por eso no puede dar más precisiones físicas de él; no sabe si usaba botas, botines o alpargatas. Expresó no recordar los nombres de los gendarmes que le dijeron que el padre Pepe era Mijalchyk, pero agregó que adentro había gente que lo reconoció al padre Pepe de la Capilla del Colmenar. Dijo no poder reconocer si un sacerdote es Capellán o no y que a la señora Masamuto no la conocía en esa época. Relató que puede ser que en un primer momento no se haya acordado del nombre del padre Pepe pero que a medida que pasó el tiempo fue reconstruyendo la historia y se acordó de más cosas. Aclaró que hoy se puede acordar de algo que a lo mejor no se acordaba hace veinte años y que la memoria es así. Recordó al cura que iba y que dijo que no se ocupaba de sus almas. Dijo que él no conocía a ninguno de los dos curas, y que al padre Pepe tampoco lo conoce ahora. Manifestó que no puede referir la hora exacta en que fue el hecho de Caspinchango, pero repitió que fue entre la tarde y noche. Aclaró que a Fochi no lo trasladaron al Arsenal, ya no estaba cuando se produjo el traslado. Que no debe haber recordado al momento de declarar ante el juez de instrucción que a Fochi lo mataron a patadas. Relató que Fochi, a fines del mes de mayo no estaba más en el Reformatorio y no fue trasladado al Arsenal. Lo vio tirado el día de la golpiza y también vio a la señora embarazada, pero no le consta que haya estado muerto. Dijo no recordar en qué posición se encontraba cuando entró la patota, si estaba parado, sentado, o cómo, aclaró que ello dependía del manejo de la guardia, el trato que les impartían, algunos los hacían bailar, otros eran más severos, unos los ponían acostados, otros sentados. Que ello era en el Reformatorio. Aclaró que cuando a él lo llevaron al Reformatorio, tenía un balazo en la pierna y estaba muy mal, por eso estaba cerca de la puerta porque así se podía acercar arrastrándose a la letrina. Cuando intentaba ver algo a través de la venda se podía ver, y cuando estaban acostados lo hacían para tener margen para ver por debajo de la venda más lejos. El petiso Horacio también estaba cerca de la puerta, Mario Giribaldi que tenía la rodilla hecha un desastre y otra gente grande; a veces los castigaban poniéndolos parados. Dijo que a "Juanca" lo conoció en el Reformatorio como integrante de la patota, ahí lo vio, es quien lo llevó a marcar la casa de Adolfo Méndez y lo hizo bañarse y lo llevó a la planta baja del Reformatorio a buscar ropa limpia y después fueron a marcar la casa de Méndez. Que en aquel momento tenía una cupé Taunus, que era un auto de lujo, después tuvo otra más. Especificó que la cupé era verde militar, la que él conoció, y en ese auto lo llevaron a él a ponerlo en libertad en Resistencia y cuando volvieron a devolverlo ya tenía otro, pero dijo no poder afirmar que hayan sido del ejército o privada de "Juanca". Dijo que nunca vio lista alguna de miembros del Destacamento 142.

JUAN MANUEL QUINTEROS

Dijo que su padre era René Quinteros, quien fue secuestrado. Agregó que él también fue secuestrado en Acheral en marzo del 76 cuando estaba por sacar entradas en el club y lo metieron un mes en la comisaría. Que por suerte pudo sacarlo Teruel. Dijo ser oriundo de Caspinchango. En el año 76 tenía 24 años, trabajaba pelando caña. Su padre era enfermero, tenía una constancia para circular cuando lo requería su profesión. Su padre era enfermero de la empresa Nougués Hermanos. Dijo que en la zona (Caspinchango, Santa Lucía) a la fecha de los hechos se vivía con miedo, muy atemorizados, había tanques de guerra, a las 20 horas había que apagar las luces, llevaban a quienes ellos querían. En esa época en Caspinchango vivían alrededor de unas 600 familias, se conocían casi todos. La mayoría vivía de pelar caña. Antes del cierre del Ingenio Santa Lucía algunos pobladores de Caspinchango trabajaban allí. Recordó que Bernardino Martínez, hoy desaparecido, vivía allí. En ocasión del cierre del Ingenio dijo que eso, si bien no impactó en él, en mucha gente sí lo hizo. Precisó que entre Caspinchango y Santa Lucía hay unos siete kilómetros. Que el Ejército ingresó al lugar a partir de marzo del 76, que estaban en los galpones de Caspinchango. Allí el personal militar imponía orden, a todos los habitantes del lugar los obligaban a apagar la luz a las 8 de la noche. Al declarante la primera vez lo sacaron del club, la segunda vez, de su casa. Que lo sacaron con violencia y lo llevaron a Santa Lucía donde fue picaneado. Aclaró que había otras personas que también habían sacado de Caspinchango entre los que citó a José Racedo, Mansilla, Rosa Díaz, Lizárraga. En Santa Lucía estuvo alrededor de un mes. Allí fue picaneado y atado por días, rogaba que lo desaten, le cortaron las dos orejas. Luego, vendado, cree que lo llevaron a Jefatura y de ahí al Arsenal. Allí vio a Tití y Chacho Lizárraga detenidos, también a los padres de su esposa. Fue el 29 de mayo del 76 a las 2 de la mañana el secuestro. Reiteró que en Santa Lucía estuvo secuestrado como un mes. Dijo que el lugar de detención de Santa Lucía estaba a cargo del Ejército, había oficiales y cargos más bajos. Dijo que yó nombrar allí a un tal "Nieves" y a Valdiviezo, quien llegaba a la casa de su abuelo, de allí lo conocía. Y llegó a verlo, era un hombre grande, bigotudo. No sabe si él lo sacó de la casa, pero antes lo había visto en casa de su abuelo. Por lo que comenta la gente en Berdina, cree que Valdiviezo no era tanto el que mandaba porque recibía las órdenes de Bussi. Señaló que en Santa Lucía, Chimenea Mota, Berdina y Arsenal Miguel de Azcuénaga, una persona de apellido Suárez vio a su mujer toda picaneada. Después los militares le pidieron disculpas. Dijo que varios de Santa Lucía recuperaron la libertad. Que Bernardino Martínez no recuperó la libertad. La base militar estaba en el propio Ingenio que en esa época ya estaba cerrado. En Caspinchango no se podía vivir. Sobre el Arsenal dijo que estaba en un casillero entre otros más. Escuchaba gente que gritaba y se quejaba. Vio gente muerta, uno que largaba agua por la boca. Allí estaba también su amigo Lizárraga con quién conversaban sobre cuando les tocaría que los maten. Que frente a su casillero estaba "Chala" Ruiz que le pidió que le diga a su mujer dónde estaba para que ponga un abogado y lo saque a él. Que le pidió que hable a Sidán. Ruiz no salió nunca. Trabajaba en el monte con la leña, vivía de Santa Mónica para arriba. Al Ñato Castellano de Caspinchango lo vio también en Arsenal, lo reconoció allí por su campera de cuero. No salió más. Tenía otro hermano. Contó que había muchos casilleros. Que les ordenaban que se tiren cuerpo a tierra y a las mujeres las violaban ahí mismo, en los casilleros. Dijo que quienes violaban a las mujeres eran los militares y los guardias aunque no puede asegurarlo. Que muchas mujeres de allí no salieron. En los casilleros calcula que estuvo como un mes, también en la Chimenea Mota donde le cortaron las dos orejas mientras lo acusaban de cubrir gente. Un muchacho Jerez, soldado, le dijo que su nombre salió en la revista Gente. Le hicieron cantar la marcha peronista, decir "Viva Perón". El soldado le dijo que si estaba mal tenía orden de enterrarlo. Agregó que lo trasladaron a ese soldado a la Escuela Diego de Rojas, en Famaillá y luego declaró que el testigo había muerto. Agregó que cuando por no aguantarla más se sacó la venda y vio a un muchacho de Caspinchango y le dijo a un militar que le pregunte a Paco Reyes si es que él tenía algo que ver. Ese soldado declaró ante un Juez que lo habían torturado. Indicó que los interrogaban porque decían que todo Caspinchango colaboraba con los guerrilleros, con los del PRT, ERP, con los "fuleros". Dijo que una vez habló con la escritora Lucía Mercado, que ella no dijo la verdad. En Arsenal recordó a uno que le decían el "Indio", a otro "la liebre". Agregó que cuando lo interrogaban lo sacaban del casillero y lo llevaban a una casita en la que había una silla y una mesa. Recordó que estaba sentado y atado y lo zambullían en un tacho de 200 litros de agua que estaba lleno de sangre. Dijo que Dios lo castigue si miente. Señaló que en Arsenal lo sacaban al baño esposado, que allí estaba Lizárraga y el Chala Ruiz. Indicó que en Villa Urquiza y en Sierra Chica no estuvo más de dos años. Indicó que nunca fue llevado a declarar ante un juez. Al día de hoy sigue medicado por las torturas recibidas. Tampoco fue condenado. Que primero estuvo como desaparecido, 4 o 5 meses y luego a disposición del PEN. Aclaró que a su padre lo secuestraron después. A él le decían "el Gringo" o "el Gallego", que era muy querido porque siempre quedaba en el arco. Aclaró que en diálogos con su padre pudo establecer que a éste lo secuestró Valdiviezo que llegó en un Jeep. Eso lo supo porque Valdiviezo iba mucho a Caspinchango, aunque no puede asegurar que haya sido él. Aclaró que la Chimenea Mota queda en dirección a Teniente Berdina. De Santa Lucía lo llevaron a Chimenea Mota, de ahí cree que a Jefatura y de ahí a Arsenal, luego al parque donde le dieron orden de que cuente hasta 300 y a los minutos lo llevaron a Villa Urquiza. Dijo que conoció al hermano de Jesús Blasco. Señaló que en Caspinchango había alrededor de 600 personas, no familias. Que esto fue el 29 de julio hasta el 25 de octubre. Ahí estaba Ahumada. De los guardias de la cárcel dijo que algunos los trataban bien y otros mal. Señaló que fue liberado en el 78 pero que en el diario dijeron que fue liberado en el 78 primero y luego en el 79. Después de ser liberado fue vigilado durante un tiempo.

JOSÉ TEODORO ROCHA

El testigo dijo que vivía en Santa Lucía, en la localidad de Santa Elena que dista del Ingenio y a unos dos kilómetros de la plaza de Santa Lucía. Al año 76 tenía 20 años, trabajaba en la administración pública, en el Departamento de Irrigación. Que fue detenido varias veces en un lugar llamado Cerco de Luna. Siempre lo detenían allí porque en ese lugar había un asentamiento de militares. Vivía en ese lugar, por eso siempre lo detenían ahí. La primera detención fue en el 76, estuvo detenido unas dos semanas, luego en otra detención algunos meses. En esta última estuvo un día en la base de Santa Lucía y de allí lo llevaron a Arsenales. Le preguntaban por un familiar suyo, Antonio Rocha al que le decían "Grasita" que trabajaba en Vialidad. Era uno o dos años mayor que él. A Rocha siempre lo detenían, desconoce sobre sus actividades políticas. En la base de Santa Lucía además de preguntarle por "Grasita" le preguntaban por el "Bombo". En el Arsenal estuvo 47 o 48 días. Lo llevaron un domingo y el lunes ya lo estaban interrogando con picana. Que había una parrilla con fierros donde lo picaneaban y se lastimaba. Que por esos lastimados había detenidos "embichados". Le preguntaban de "Grasita" y "Bombo". Estaba vendado. Los interrogadores estaban de civil, había uno que se hacía pasar por cura, que les pedía que confiesen cosas que ellos no sabían. Quien se hacía pasar por cura aparecía en el lugar de detención del Arsenal. Sobre cómo era el Arsenal dijo que más chico que la sala del Tribunal, con techos de losa y paredes de ladrillos bajas que separaban las casillas. Allí vio a Serrucho Castellano. Estaban sentados o acostados sobre el piso. Rara vez comían. Iban al baño sólo cuando los llevaban, de a varios, formando un trencito. Recordó un matrimonio joven que fue asesinado, como también un muchacho de Santa Lucía, "el fisicudo" Carlos Soria. El matrimonio fue matado luego de que los picanearon, a golpes los mataron. También en Arsenal a Orozco y a la señora. No la vio a Ñata Monasterio pero la conocía de antes, y la oyó en el lugar. Ella fue careada con él, y dijo que al declarante no lo conocía, pero al Grasita si. También vio a Lito Medina, a un muchacho joven de apellido Palavecino, a René Quinteros, quien estaba muy golpeado y a Enrique Godoy que logró salir, pero ya falleció. Agregó que también estaba el gringo Zelarak, Agos Figueroa, "el Sapo" que era de apellido Suárez y trabajaba en el Ingenio Santa Lucía. Al Sapo Suárez, como al matrimonio, lo mataron a golpes en la cabeza con un fierro. Recordó que en el Arsenal lo hicieron firmar algo, aunque no sabe leer ni escribir. Lo liberaron por Raco, junto a Serrucho Castellano. Dijo que en el Arsenal había como dos pabellones. De los que estaban a cargo de Arsenales había un petiso bien vestido, de civil que fue el que lo mató al Sapo. Tenía unos 50 años, luego de pegarle al Sapo no dijo nada. La base de Santa Lucía estaba ubicada en el predio del Ingenio. Sobre Lucía Mercado dijo que no fue entrevistado por ella. Respecto de Caspinchango agregó que se construyeron dos barrios, uno de ellos es Capitán Cáceres. No sabe si allí llevaron a gente que vivía en Caspinchango. Sobre el certificado de la detención en Arsenal dijo que en ese papel se consigna que estuvo secuestrado desde el 14 de agosto al 02 octubre. Relató que al momento de ser llevado al Arsenal, fue sacado de su casa, de Santa Elena, en el baúl de un auto y lo llevaron a la base de Santa Lucía y de ahí al Arsenal. En el viaje de Santa Lucía a Arsenal iba con Quinteros, Godoy, Agos, Moyano y "Mosca Gacha".

JUAN MAXIMILIANO OROZCO

Dijo el testigo que en los años 70 vivía en Santa Lucía. Que en el año 76 tenía 26 años. Trabajaba en la caña, pelaba caña para el ingenio, comenzó a trabajar en el 71 en la finca de Avellaneda y en la actualidad sigue trabajando ahí. Dijo que económicamente el pueblo sufrió con el cierre del ingenio. Recordó que en enero del 75 en Santa Lucía llegó la Policía Federal y después el Ejército y cuando llegó la federal hubo una razia, sacaron gente de las casas. El Ejército se asentaba en una oficina del ingenio Santa Lucía. Todas las localidades aledañas vivían de la caña, había pocos negocios y no sabe si los que vendían alimentos fueron hostigados. Había gente desconocida que les preocupaba la presencia, y nunca tuvieron ningún inconveniente, no molestaban a los pobladores. Esta gente desconocida no sabe si tenían denominación o los llamaban de alguna manera, ellos circulaban por el pueblo y también donde estaban trabajando ellos en la caña dentro del monte. Sintió nombrar al zurdo Jiménez, "el bombo" era del barrio y su apellido era Abad. Dijo que esa familia eran tres hermanos y el padre. Julio Abad "Bombo" era su nombre, al padre le decían "Bombo Ávalos". Esa familia tuvo problemas cuando llegó el Ejército por eso se fueron. El Ejército los llevaba a la base para saber que estaban haciendo en la calle. Les dieron una tarjeta para que exhibieran cuando eran detenidos en la vía pública. Si no tenían la tarjeta los detenían inmediatamente. Dijo que todos eran conocidos por el Ejército atento que no eran muchos. Había una orden del Ejército que no se podía salir a la noche. Ingresaban a las casas como si fuesen dueños, llevaban gente, la soltaban cuando ellos querían. Aclaró que no se llevaban muebles. El señor Avellaneda era patrón de ellos, les daba charlas, le decían "Manolo", les decía que se portaran bien. Era un hombre bueno, no sabe si hablaba con los militares. Contó que su hermano y su esposa también fueron detenidos. Llegaron como a las 8 de la noche, los sacaron vendados y los llevaron a una Escuelita de la localidad de Nueva Baviera donde también vio a un compañero de apellido Roldán y otro Cruz que recuperaron la libertad al mes. Dijo que les dijeron que los llevaron porque ayudaban a la gente en el monte, sabe que estuvo en la escuelita porque le dijeron y después los trasladaron a Arsenal. Fue detenido el 27 de septiembre del 76 y estuvo un mes. La gente les dijo que estaban en el Arsenal. Lo separaron de su esposa, estaba cerca de su hermano pero ambos estaban vendados. En ese lugar había muchas personas. Conoció a Enrique Godoy que estuvo más tiempo aunque no pudo hablar con él en Arsenal. De la Escuelita se acuerda que era un lugar chiquito. En Arsenal había un pabellón largo, todos estaban numerados, le dieron una colcha y estaban en el suelo, vendados los ojos y con la ropa con la que los habían llevado. Los sacaban al baño al campo y los seguían con un perro. Ahí hacían sus necesidades. La comida le daban una vez por semana, comían a las 4, o 5 de la tarde, los sacaban por separado a varones y mujeres, en el campo les echaban agua, ellos los secaban, porque estaban esposados, y para hacer las necesidades y comer tampoco les soltaban las manos. Los sacaban también para torturarlos con picana en una cama de fierro, les pegaban, los interrogaban. A uno que torturaba le decían "Cachito" a otro le decían el "Indio". Dijo que estaban mujeres en el mismo pabellón y su esposa también, a su mujer le pegaron pero no la picanearon, le preguntaban por él. Contó que los tiraron en un lugar y los hicieron contar hasta 10 para sacarse la venda. Cuando recuperó la libertad, se había terminado el trabajo porque eran temporarios, pero lo volvieron a tomar en la temporada siguiente sin problema. No sabe de embarazos en el pueblo por parte del personal del Ejército. No vio un sacerdote. En Arsenal varias veces escuchó tiros como a las 12 de la noche. Aclaró que cuando le comentaron del festival de Tafí Viejo ya hacía 15 días que estaba en Arsenal. Dijo que a su esposa la dejaron en otra parte.

HECTOR RENE OROZCO

Dijo el testigo que desde el año 70 vive en Santa Lucía. Que en aquel momento trabajaba en el surco cañero para la finca Avellaneda y que ahora lo hace para el ingenio Santa Rosa. Recordó que cuando llegó el Ejército a Santa Lucía tenía 26 años. Estaban trabajando y tenían una oficina a la par de la base y los militares le dijeron que estaban en estado de sitio porque estaban todos los militares a la vuelta de Santa Lucía. Dijo que el pueblo cambió mucho a partir de eso, no tenían libertad para salir a trabajar ni de día ni de noche, en el surco se trabajaba de madrugada y no tenían libertad. Cuando llegó el Ejército les dieron un carnet, tenían que tenerlo para andar por el pueblo y si no lo portaban tenían problemas, los detenían directamente. Dijo no recordar nombres de jefes militares en la base. Hacían patrullaje dentro del pueblo, se los veía con las armas, iban con jeep y camiones llenos de soldados. Muchas veces llegaban de repente y los sacaban de la casa, los llevaban a la base y los interrogaban. Mayormente llegaban de noche. Dijo que sacaban mujeres y varones de las casas. El Ejército andaba todo el tiempo por las calles, a veces salían al campo en patrullajes. Dijo que del cura párroco no recordó que haya tenido una actividad de protección. Contó que fue detenido una noche a horas 22, le voltearon la ventana mientras estaba con su hija que tenía un año, le pusieron un fusil en la sien y le hicieron un tiro, lo sacaron para el fondo donde había una cancha y le dijeron "dispará", lo patearon y que esa situación le produjo una quebradura de costillas y un problema en los oídos por los tiros recibidos. Vio soldados a la vuelta de la cancha. Su esposa estaba descompuesta, lo llevaron al hospital y lo volvieron a dejar. Le dijo a su hermano que no pudo ir a trabajar porque estaba golpeado, eso fue más o menos en julio del 75. Contó que el secuestro fue el 27 de septiembre del 76. Los llevaban a declarar a la base, les preguntaban si conocían gente. A la mayor parte de la población de Santa Lucía les pasó esto. Cuando lo secuestraron estaban trabajando, era un día lunes y sintió que pasaron a 100 metros de la casa, se pararon y lo sacaron, le pegaron un tiro al perro mientras estaba su esposa y su hija. También contó que estaba una persona con capucha, vestido de militar. A los muchachos Roldán también los secuestraron, se llevaron 5 o 6 muchachos del barrio, los Roldán, Cruz y Gringo Zelarayán, el hermano y la esposa del hermano. Los llevaron esa noche y se dio cuenta por los altos parlantes que era la Escuela. Nueva Baviera era un galpón grande donde estaban todos ahí, de noche les hacían preguntas, ahí lo torturaron. Les preguntaban del "bombo Abalos" que era un muchacho del barrio. Estuvo como una semana ahí, después fueron como 30, 40 apilados unos sobre otros y los llevaron a un lugar donde se escuchaba propagandas para el festival del limón, estaba en el Arsenal. Cuando estaban apilados había mujeres también, ahí iba su cuñada. Cuando llegaron al Arsenal había un montón de perros grandes, los metieron adentro, era como un pasillo, cada uno tenía una casillita, estaban en el piso, les dieron una manta, los llamaban por número. Dijo que él tenía un apodo "Poyeta" y que le pusieron ahí el apodo. La gente que interrogaba estaba de civil, escuchó a un tal "Cachito" que era jefe de los que interrogaban y al "Indio", este era una persona muy grande, tenía la mano muy grande, lo cual supo porque le pegó una piña en el pecho, una sola vez lo sacaron para interrogar para el día de la madre en octubre, lo picanearon, le preguntaban por distintas personas, le dijeron "te voy a presentar una persona que te conoce", y llegó una chica "Ñata", le preguntaron quién era y ella dijo que era un compañero. Esa chica era la "Ñata" Monasterio, le pegaron en las costillas, le pusieron la picana en todo el cuerpo, él no la vio a "Ñata" porque tenía venda. Dijo que ir a cortar leña en ese momento ya era peligroso. Nunca tuvieron contacto con las personas que estaban en el monte y no eran militares. Lo colgaron de la pared y de solo estar le pegaban hasta desmayarlo, estuvo hasta que se fueron. Recordó que una vez les pedía agua y el oficial le dijo llamarse Martín, y le dijo "si yo te doy agua con la picana que te han puesto no durás 48 horas" y puso un algodón con alcohol y le pasó, lo bajó cuando se fueron los otros, y lo puso cerca de la tela y como a las 5 de la tarde lo volvieron a colgar cuando volvieron los otros. Dijo que había una persona que parecía que controlaba como estaban, si estaban descompuestos o no, porque les decía que paren, que mermen. Sintió que alguien escribía en la máquina de escribir. No se acercó un sacerdote a consolarlo. Nunca llegó un médico ni un enfermero a tratarlo. Después de esa tortura estuvo como 20 días más. Para ir al baño a todos los llevaban al campo agarrados de la cintura. Manifestó que nadie les pidió disculpas ni le explicaron por qué los habían detenido. En aquella época nunca fueron ante un juez.

HUGO ANGEL BUSTOS

El testigo manifestó que su ingreso al Ingenio San Juan fue a los 14 años en cerco, luego pasó a canchón y fábrica. Fue elegido presidente de la juventud en el año 68, cuando el partido justicialista estaba intervenido. En esa época se produjeron aumentos de boleto en Lastenia y la población venía de un ingenio cerrado. Estaba de gobernador Sarrulle. Pedían rebajas del boleto porque la gente sin trabajo no podía llegar a la ciudad por falta de dinero. Así paralizaron el transporte. De esa forma la gente se concentraba para el reclamo hasta que un día fueron desalojados de la Plaza Sarmiento por la policía y luego los invitaron a Casa de Gobierno a arreglar el tema. Finalmente se logró bajar el precio del boleto. Así se inició como presidente de la juventud. La gente de la zona tenía malas condiciones de vida, así se hizo conocido entre las personas con los reclamos gremiales. Las viviendas eran precarias, no tenían agua. Le preocupaba la situación de los trabajadores. Así le propusieron ser Secretario General del Sindicato ya que era obrero del ingenio. No aceptó pero al hablar en Disco Agro con Guerineau le hizo planteos sobre las condiciones de vida de la gente, no tenían agua, transporte, dispensario. Finalmente aceptó ser Secretario General. Dijo que ello fue en 1973 y que ganó las elecciones. El reclamo constante era que los peladores de caña mejoraran sus condiciones de trabajo. Así comenzó su actividad gremial. Hacia 1974 con Perón en el gobierno seguía siendo dirigente gremial. Señaló que en el Ingenio San Juan se detuvo mucha gente que hoy está desaparecida. Agregó que a fines del 76 y 77, personalmente fue detenido. Su secuestro fue el 28 de mayo del 77 y estuvo hasta el 18 de junio del 77 y contó que el mismo se produjo en su casa. Su familia estaba compuesta por su esposa, sus dos hijas pequeñas y su suegro. Fue alrededor de la 1 o 1.30 de la mañana. Rompieron la puerta e ingresaron. Se levantó, las niñas lloraban y le pusieron un arma en el pecho, lo encapucharon y lo tiraron dentro del baúl de un vehículo. Anduvo mucho tiempo, se detuvo varias veces. Al llegar a destino lo bajaron. Alguien se acercó y le levantó la capucha, otro se la puso de nuevo. Lo puso en fila con otra gente, al que decía que era o no era macho les decían que al día siguiente sabrían quién era macho. Después empezaron a golpearlo, a quemarlo con agua hervida en la espalda, luego lo pusieron en un elástico de cama, daban cuerda y le aplicaban algo horrible que hacía que su cuerpo se contrajera. Le preguntaban dónde estaban las armas. Al día siguiente la sesión de tortura se repitió, lo golpearon, le preguntaron si había puesto la bomba en el avión. Le metieron la cabeza en un tacho con agua. No sabe dónde estuvo, un compañero que lo sucedió en el sindicato y estuvo secuestrado (Juan Sandoval) le decía que estaban en el Arsenal. A deshoras de la noche sentía un avión que pasaba. Nunca le quitaron la venda, se la ajustaban constantemente. Dijo que pudo ver que estaba en un salón, entre "parecitas". Sandoval era el número 48, él el 60, por lo que al parecer había mucha gente. No escuchaba muchas voces salvo de noche. Había una persona que los hacía rezar, pero no era padre, era alguien que lo hacía rezar, pero que también estaba secuestrado. Dijo que era pleno invierno y estaba desnudo, en calzoncillos y una remera pegada al cuerpo con las quemaduras del agua hirviendo infectadas. Un hombre cantaba para alegrar a la gente, era un guardia, un tal Román. Dijo que cuando lo torturaban pedía que le pegaran un tiro, le preguntaban sobre la gente a la que ayudaba, sobre dónde había puesto la bomba del avión, le decían que era un revoltoso que alteraba a la gente. Quienes lo llevaban a las torturas tenían voces de personas de otro lugar, correntinos o porteños. Contó que a veces los sacaban afuera, al baño, o a que les diera el sol. Al único que reconoció durante su cautiverio fue a Sandoval. Recordó que alguien le dijo que era el hijo de Espeche, de un comercio que él conocía y lo instó a que se alimentara porque le indicó que iban a soltarlo, estaba detenido como él. Relató que cuando lo secuestraron, al otro día su esposa recibió un telegrama intimándolo a que se presentara a trabajar y finalmente lo despidieron. Que resulta evidente que su secuestro tuvo que ver con CONASA. Agregó que le dijeron que lo secuestraron porque iba a venir Videla a Tucumán, para que no agitara a la gente. Mucha gente le tenía bronca. Luego de salir en libertad no pidió la reincorporación a su trabajo. Dijo recordar trabajadores del ingenio como Ramón Alfredo Zárate que trabajaba en la actividad sindical. Dijo que Alderete, Zárate, Tula, Juan Ángel de la Cruz, Miguel Gerónimo Herrera, Raúl Cesar Santillán, Tártalo, todos ellos eran trabajadores del ingenio San Juan que han desaparecido. Lo mismo que Trejo y Ricardo Jiménez. En Arsenal había voces de mujeres, las nombraban por número. Que cerca de dónde estaba había un ventiluz. Cuando lo interrogaban sentía que alguien escribía a máquina. Agregó que alguna vez le curaron la espalda. Señaló que con relación a su liberación después de que lo curan sólo pensaba en su casa. Supone que soñaba con un túnel hasta que vio un señor de blanco que le hizo ver la idea de irse a su casa. Que le decían que la última tortura que iban a hacerle era meterlo en un calicanto con barro, pero no se lo hicieron. Llegó Román y le dijo que se pusiera un vaquerito porque estaba desnudo. Al rato sintió caminar gente, lo nombraron "60!", le preguntaron si podía levantarse. Finalmente lo subieron a un vehículo, amenazaron con tirarlo a El Cadillal, iban parando y amenazándolo, finalmente lo dejaron, le dijeron "mijo, sepa perdonar lo que le ha pasado, queremos poner orden al país, preséntese en cualquier comisaría que lo están buscando, pero escuche bien, solo sáquese las vendas cinco minutos después de oír que el vehículo se aleja". Al tiempo un tractorista lo dejó en el canchón del Ingenio Concepción y de allí se fue a su casa. Dijo que no declaró hasta el día de hoy porque tenía miedo. Precisó que al baño al que ha referido que en el Arsenal estaba como adentro del edificio era un espacio al que llegaba subiendo una escalera. Iban al baño adentro, no los llevaban afuera a hacer las necesidades. Sobre el ventiluz en el que se apoyaba estaba como a la altura del suelo, era como un agujero.

JUAN FRANCISCO CABRERA

El testigo manifestó que siempre vivió y se crió en los Ralos, menos los 20 días que estuvo secuestrado en el Arsenal. Trabajó en el Ingenio Concepción y después lo dejaron sin trabajo por haber participado de la lucha del año 68, de la textil escalada. En el año 1966, la dictadura de Onganía que derrocó a Illia, a los pocos días ordenó el cierre de los ingenios pero no el del ingenio de Los Ralos. Dijo que la firma Avellaneda-Terán, era propietaria del ingenio Los Ralos y Santa Lucía y que en ese momento llegaron a un acuerdo con los del gobierno y se cerró el ingenio. La mayoría de los trabajadores del ingenio de los Ralos se fueron a vivir en villas miserias en Buenos Aires y muchos murieron por el desarraigo. Los hijos de esos trabajadores entraron a trabajar en el 67 en la textil Escalada que se instaló en Los Ralos. Se trataba de una fábrica que ya estaba cerrada en Avellaneda y que por contactos con los gobiernos de facto la llevaron allí. Que eso fue un alivio para muchos que no tenían trabajo. El testigo dijo que trabajaba en el ingenio Concepción y que a la Textil entraron a trabajar los hijos de los obreros del ingenio, pero al poco tiempo, los dueños empezaron a despedir a los trabajadores y no les pagaban indemnización. Dijo que los dueños eran Lamuraglia y su hijo. En el año 1969 se inició un proceso duro, de una lucha que tuvo repercusión nacional, en que los jóvenes se pusieron al frente de la lucha e hicieron un sindicato independiente y todos los ayudaron en esa lucha contra Lamuraglia. Que esa lucha duró desde el 22 de octubre de 69 hasta el 73. La textil cerró el 1ro de enero del año 70 porque el gobierno de la provincia había dispuesto clausurar la fábrica por 3 días. La lucha siguió con ollas populares y concentraciones, entre otras acciones. Que gracias a esa lucha en el año 71 Manrique se comprometió a hablar por los trabajadores, pero eso recién sucedió en el 72, cuando Manrique los visitó. Que la fábrica abrió el 21 de febrero de 1973 y hasta el año 1978 que la cerró la dictadura militar de Videla. Relató que el 10 de junio de 1977 a la noche, fue un grupo de 30 personas aproximadamente a secuestrar 8 personas en los Ralos, y que antes habían secuestrado a 9 más. El 24 de diciembre de 1975 secuestraron a Manuel Arturo Rojas, 3 horas antes de la nochebuena, y no volvió más. Pocos días después el 12 de marzo de 1976, antes del golpe de Estado, secuestraron al delegado comunal de Los Ralos, Juan Manuel Salinas que le decían cariñosamente "Chorbita". Contó que de toda la vida le decían así porque tenía una chorbita y vivía presumiendo con eso, no era nombre de guerra como después dijeron. Que el 24 de marzo secuestraron a un montón de gente amiga. En el mes de septiembre un carro de asalto de la cárcel de Villa Urquiza fue con varios milicos y secuestraron a 4 muchachos de los Ralos: Miguel Molina y Antonio Molina y dos hermanos Rodríguez (Horacio y Enrique), uno de los chicos Molina se escapó y a los otros los mataron ahí en la puerta del pueblo y los dejaron tirados, fue una cachetada para el pueblo. El 8/10/76 lo secuestraron a Enrique Lisandro Díaz, quien fue lo más grande como dirigente gremial que tuvieron en Los Ralos, lo secuestraron con Antonio Domingo Paz, un joven estudiante universitario que fue a Los Ralos a solidarizarse con la gente de ahí y se casó con Susi Bórquez quien era de Los Ralos. Domingo Díaz también fue secuestrado esa noche, fue a la 1 de la mañana de esa noche. Ese día era el cumpleaños de Perón y aniversario de la muerte del Che Guevara, por lo que no fue casualidad la fecha. El 2 de abril lo secuestraron a un raleño que vivía en la colonia del Ingenio Concepción: Sueldo Reyes. Después pasaron 8 meses y ellos creyeron que la cosa se estaba calmando pero el 10 de junio de 1977 secuestraron 8 trabajadores en Los Ralos, la mayoría de la Textil Escalada. A todos los sacaron de las camas: Oscar Berón, Villareal, Narciso Véliz, Lauro Fuensalida, Santos Juárez y el declarante. Se salvaron Hugo Luna y Manuel Fernández. Manifestó que de los Ralos secuestraron 15 personas y sólo dos se salvaron, el declarante y Santos Juárez. También secuestraron a Olivera y a Holmsquist. Contó que esa noche él estaba en un velorio, volvió a su casa, buscó a su esposa con el chiquito de 9 meses y fue al hospital. Llegó a la casa de su madre, él tenía dos hijos de un matrimonio anterior que enviudó. Como a la 1 o 1,30 de la mañana se despertó porque empujaron la puerta y encandilaron con linternas; él ya supuso que lo iban a detener por lo de sus amigos; le preguntaron el nombre y cuando les contestó empezaron a golpearlo y le pusieron su camiseta de venda en los ojos, lo esposaron y él sintió el sollozo de su madre y el llanto de sus hijos que gritaban "papito" "qué está pasando"; lo pusieron en el baúl de un auto (eso le contaron los vecinos), donde ya había otra persona. Antes de partir a San Miguel de Tucumán, como a 500 o 600 metros, dentro de la zona urbana de Los Ralos, levantaron a otro y lo querían meter ahí atrás del auto pero no entraba. Los llevaron al Arsenal y en el trayecto no pudo ni hablar con el que iba atrás del baúl; él creía que iba a morir como los otros que no habían vuelto. Sabe que era el Arsenal porque conocía las rutas y calculó el tiempo y el recorrido, de pronto dejaron de verse las luces y en 4 minutos llegaron al Arsenal. Pero sobre todo dijo que supo que era el Arsenal porque a los pocos días que lo secuestraron al declarante, secuestraron a un chico de 14 o 15 años que les dijo que estaban en el Arsenal y que a él lo habían llevado caminando; también porque una tarde se sentía una propaganda de un supermercado Oscarcito, Juancito o algo así. Después en oportunidad de que hacía unos fletes pudo constatar que había un Supermercado con ese nombre. Dijo pensar que los que secuestraban eran de la policía de la provincia, los de guardia eran de gendarmería y los que interrogaban del Ejército. Dijo que los que interrogaban eran más instruidos que los que hacían guardia y los que secuestraban, por eso deduce que eran del Ejército. Pasó como 20 días en un galpón de 20 metros x 4 metros con una fila de boxes por un costado y otra fila de boxes por el otro costado con un pasillo de 0,80 centímetros. Que las paredes eran como un ladrillo de canto de 1,20 metros de altura y de la pared pequeña de adelante había una pequeña parecita que hacía de puerta; tenían una manta para taparse. Él estaba cerca de Santos Juárez (que es con quien lo liberan), en el box de su mano derecho estaba Santos Juárez y los otros de los Ralos estaban a su izquierda (eran 4 más o 3), o sea que los 6 de Los Ralos estuvieron ahí en el Arsenal; a la mañana siguiente de que lo secuestraron empezaron a escuchar las voces de los otros cinco de Los Ralos. A veces sentía voces de personas diferentes que conversaban. Que apenas llegó al Arsenal le sacaron el saco y quedó en manga de camisa; sintió un disparo cerca de su cabeza, lo metieron dentro de un piletón con la cabeza para abajo, unos 10 o 15 segundos y lo volvieron a sacar (eran dos tipos los que lo metían en el piletón); le dieron un número a cada uno, él era el 65. El sábado ese fue una tortura liviana pero ya el domingo a la noche fue la primera tortura fuerte, era el infierno. Dijo que les tocó estar 3 domingos en ese lugar y se sentía la ovación en las canchas de fútbol por alguna jugada buena en algún partido de fútbol y se escuchaba eso desde adentro, porque se estaba preparando el mundial. Que él no podía creer que pasara eso. Los jueves llegaban las visitas de los jefes militares y eran las peores torturas, siempre se sentían los gritos de las torturas. Al declarante lo torturaron terriblemente el primer jueves que estuvo allí, le aplicaron descarga de corriente en la cabeza, le ponían una malla metálica en la cabeza y daban la descarga eléctrica de varios segundos. Contó que él estaba sentado en un banquito bajo donde le dieron descarga eléctrica y le temblaba todo el cuerpo y se mordía la lengua. Contó que había dos mujeres detenidas: la ingeniera Jiménez, Decana de la Facultad Tecnológica, y otra que estaba con ella; se sentían los gritos de ellas en la torturas. Había otra mujer que servía el mate cocido, no sabe si era detenida, colaboradora o personal de maestranza del lugar, tenía un apodo "la Petisa" o "la Piturra". Desde el comienzo le dijeron que si intentaba sacarse la venda le volaban los sesos. La sala de tortura era una pieza chica contigua al galpón porque se escuchaban los gritos de los que torturaban; en la tortura le preguntaban por la actividad que realizaba y lo acusaban de montonero y de que había participado en la lucha de la textil escalada; le preguntaban de las actividades del cura Rodríguez en Los Ralos. Dijo que lo hacían porque a veces los curas colaboraban con la gente de los pueblos, le preguntaban si era del Tercer Mundo y si había tenido vinculación con montoneros, también le preguntaban por su hermano Hugo Cabrera, de Hugo Luna, Manuel Fernández. Nunca le preguntaron de los que estaban detenidos ahí. Que Santos Juárez salió junto con él. Describió la tortura del 2do jueves, faltando 7 para que los larguen, fue el 23/07/77, en un momento después de torturarlo le preguntaron si era amigo de "Chorbita" Salinas y dijo que sí, entonces le dijeron que ese era un "fulero", a lo que el testigo dijo que a él no le constaba y ahí lo agarraron entre seis personas a patadas por todo el cuerpo; casi inconsciente lo picanearon y cuando se cayó lo volvieron a patear; esa vez quedó inconsciente. Que algunas noches se escuchaban disparos como a 300 metros. Dijo que había tortura psicológica también y que una noche uno de los captores hablaba por radio como si le diera indicaciones a otro de que fueran a buscar a su madre (a la madre del monto cabrera, decían), después volvía a hablar diciendo que en 15 minutos llegaban con su madre a la base y él creía que era cierto; al rato lo llevaron a la sala de tortura y le dijeron que hable todo lo que sabía y él contó toda su participación política, y le dijeron "ahí la traen a tu mama a ver si cantás con tu mama presente". Lo liberaron junto a Santos Juárez. Agregó que un día lo llamaron por el número a Santos Juárez y lo llevaron a la sala de interrogatorios.

OMAR EDUARDO TORRES

El testigo, ha declarado dos veces en la justicia militar sobre la compañía de arsenales, en los juicios a las Juntas Militares, ha declarado en los Juzgados Federales de Tucumán en el año 85 y la ultima en el 2005, ante la CONADEP, en la embajada de España y en relación a los juicios de lesa humanidad de la Provincia de Tucumán, dijo que ingreso en agosto del 75 a Gendarmería Nacional hasta diciembre del 83, recordó que se retiró por lo que vio desde el año 76 hasta el 81-82 la manera de comportamiento que tenía la fuerza no le convencía, no quería seguir tolerando aberraciones, faltas de respeto, era contratado y si uno deseaba renovar el contrato lo hacía, le renovaron en una oportunidad y en el año 80 y cuando él no quiso renovar en el 78 lo indagaron mucho y no tenía opción para decir cuál era el motivo, él decía que no le gustaba y lo inducían, él no iba a decir que no le gustaba que mataran gente y se violaban los derechos individuales de las personas. Dijo que creía que era una fuerza de servicio de bienestar de seguridad de fronteras y personas. Dijo que no recibió instrucción relacionado a la lucha anti subversiva, sus superiores le dijeron que no comente nada de lo que veía ahí, los obligaron a cambiar nombres a poner apodos, le leían párrafos del código de justicia militar donde decía que de no obedecer iban a ser reprimidos con prisión arresto. Recordó que sabía que venían al Operativo Independencia. No sabían que tarea debían realizar en Tucumán. En relación a la lucha antisubversiva, las veces que el testigo vino a Tucumán venia un grupo de 40 o 45 personas y lo distribuían para cuidar la familia de Bussi eran 5 o 6 para cuidar detenidos en arsenales se dividían en guardias de 24 por 24, dos grupos externos e internos. No cumplió funciones en rutas o edificios públicos. Dijo que en el momento le decían que tenían que hacer con los detenidos, no había reglamento interno que lo determinara. A partir de 1976 cumplió funciones en Campo de Mayo y en Tucumán por un periodo de 45 -50 días, luego venia el móvil de Rosario y al móvil de Rosario lo trasladaba el de Córdoba, después fue trasladado a Córdoba en el 79 en el 80 a La Quiaca. Dijo que no tuvo participación en la lucha antisubversiva, solo custodiaba el predio de arsenal y una oportunidad estuvo en el edificio de Av. Sarmiento y 25 de Mayo, recordó que estuvo en tres oportunidades en Arsenal, en mayo del 76 hasta julio del 77. La guardia eran 4 o 5 fuera del galpón de arsenales, alambrado con alambre olímpico tejido, tenía un portón y dentro otra guardia de 4 o 5 más. Cuidaban solamente el exterior y la gente que llegaba ingresaba con un santo y seña y por la entrada de ruta 9 había un grupo de 3 gendarmes, y por el teléfono de campaña se le avisaba a la guardia interior. No entraba nadie no autorizado. Los jefes eran conocidos Bussi, Zimmermann eran conocidos así como los oficiales de gendarmería, los oficiales ingresaban con un santo y seña. Dijo que los detenidos estaban atados con cadenas. Si recordó tener un apodo ya que era la opción de usarlo, a él le decían conejo perteneció al móvil 1 de Campo de Mayo, en ese móvil existía un gendarme al que le decían Carlitos, pero ese era su nombre. El Centro Clandestino de detención Arsenal, dependía de la V° Brigada de Tucumán. Los oficiales eran obedecidos en prácticamente todo, ellos transmitían órdenes de la V Brigada, recibían órdenes de personal del ejército algunos de civil. Recordó a De La Fuente, comandante o 2 comandante, Risso Avellaneda, Ernesto Rivero era jefe suyo, también un oficial de apellido Jorge, Warnes, Pérez Carballo todos oficiales. Recordó que a Marcelo Godoy le decían el indio físicamente tenía 1,78 de altura, 80 kilos morocho alto. El galpón del Arsenal estaba dividido en dos partes de un lado las mujeres y las personas que hacían comida y limpieza acompañar al baño a los que estaban muy golpeados, había un solo galpón dividido por la mitad, en la otra mitad estaban todos varones, cada sector tenía una puerta independiente y las celdas eran con tabiques de madera de un metro 50 y enfrentados con el pasillo de no más de un metro y medio, al frente y atrás había una ventilación de 15 o 20 centímetros. Al frente en ambos lugares había una puerta de cada lado, las paredes eran de ladrillo y piso de cemento alisado. Dijo que las personas que entraban detenidas tenían una manta o una colchoneta. Había personas desnudas pero no era usual que estuvieran desnudas totalmente, el alambre perimetral era de 2, 20 metros tres hilos de púas de tipo alambrado olímpico, había cuatro casillas de madera en cada esquina del galpón donde tomaban declaración escribían a máquina y era sala de tortura, había un baño de a 5 por 5 y tenían ahí las duchas. Frente a la carpa del galpón había una carpa opuesta donde se realizaban tareas domésticas y algunos hombres ayudaban con las actividades. La guardia externa una carpa afuera, con árboles grandes, el camino tres o cuatro km a la ruta en la que había un monolito, una trincheras. Frente al Club de Cazadores había una casa donde iban a comer dormir y descansar A 80 -100 metros de la ruta y una carpa grande de 20 por 15 metros. Dijo que las casillas donde estaban los detenidos eran de madera con el piso de hormigón. Recordó que en ese lugar solamente estaba un galpón, 100 metros más al fondo había otros galpones del ejercito pero no tenían acceso. Dijo que a la compañía Arsenal Azcuénaga, traían un camión con agua del club de cazadores estaba la misma entrada que llegaba al galpón número 9 donde estaban los detenidos, para cubrir guardias había un sendero por el que transitaban. El testigo reconoce un croquis que hizo ante CONADEP. Dijo que los vehículos que ingresaban empezaban a ingresar desde el Tiro Federal a los Galpones., la senda que él dijo es del campamento al galpón, además al galpón había otro camino de ingreso independiente. Dijo que había luz eléctrica en la zona del galpón, que se alimentaba del campamento. En el camino no había luz eléctrica, pasaban los cables. Recordó que en ese lugar eran sacados los detenidos para torturarlos e interrogarlos, él lo veía a través del alambrado era continuo. Dijo que cuando llevaban a los detenidos a los lugares de tortura no eran muy amigables, le hacían el submarino, los colgaban de los pies cabeza abajo, vio en condiciones a los detenidos en un estado de permanente maltrato. No pudo ver mujeres embarazadas, en una oportunidad, vio un joven de 15 o 16 años, delgado, blanco, su aspecto era sano, la guardia interna tenía prohibido dar nombres, era raro que ellos pudieran ingresar a la cocina. Recordó el deponente que los detenidos eran traídos en autos en los baúles o asientos de atrás, Falcon Peugeot, Taunus, traían de tres o cuatro en forma constante todo los días y en cualquier horario. Dijo que solo los días que fusilaban gente en la fosas traían camiones y los dejaban a los detenidos a 80-100 metros de las fosa, los detenidos eran custodiados por soldados o suboficiales y cada detenido iba con custodia hacia la fosa, eran no más de 10 detenidos, cada 20 días ingresaba un camión. Recordó que había un camino que llevaba hasta la fosa a los detenidos para ser ejecutados, vio 5 o 6 fosas, desde el año 76 al 77, en el intervalo en que se iba y volvía nunca estaban los mismos detenidos. Cada detenido era llevado con un oficial los ponían de rodillas frente a las fosas cuando Bussi ejecutaba al primero los demás continuaban con la ejecución, le toco estar a 6 o 7 metros de la fosa, los detenidos llegaban golpeados, vendados y atados. Recordó que les ponían aceites de autos y les echaban kerosene o gasoil y les prendían fuego. Había un pelotón de fusilamiento eran los que acompañaban a Bussi ingresaban sin insignia y ejecutaban a las personas. En la oportunidad que fue a custodiar en 25 y sarmiento, reconoció a Zimmermann, como uno de los que integraba dicho pelotón también recordó a Jorge, Risso Avellaneda, Orellana, Warnes. Dijo que cuando vio el conflicto de gendarmería con el gobierno nacional vio en televisión al Sargento Pepe que actuó como torturador en los centros clandestinos de detención, no solo en arsenales sino también en el 301 y otros centros clandestinos, Víctor Pepe. Recordó a los gendarmes Barraza, Rivero, Lujan Pérez Carballo, Orellana, Karaleski. Recordó que los que estaban por ser ejecutados no tenían idea de su situación. Los prisioneros no podían ser rematados pues al caer en la fosa se les prendía fuego y ellos los daban por muertos. Recordó a Ana Corral que no tenía más de 17 años y Luis "lucho" Falú. Dijo que a la noche cuando todos dormían él entraba y se ponía a revisar el libro de guardia donde figuraban los nombres de los detenidos los números de documentos, decían traslado o viajó a los ejecutados le ponían viajó, a Lucho Falú, lo conoce porque los mandaban a traer leña y ahí recordó a Falú por ser sobrino del folclorista. Dijo que Bussi le ejecutó a Falú y a Corral la ejecuto Zimmermann, el testigo recordó a Corral por una solicitada en el diario en el que solicitaban su paradero. Recordó varias mujeres, Susana Auad "la Piturra" y "el chaqueño ramiro", estaban libres y colaboraban con las torturas. Identificó a Rondoletto de las fotografías que el reconoció en una oportunidad en juzgado federal, recordó a Gustavo, ojos claros, rubio, una particularidad en la ceja, un corte. No presenció muertes, en el campamento, solo una persona con la cabeza rota llena de gusanos. En el juzgado federal N°1 en el año 85 reconoció foto de Susana Auad "la Piturra". Dijo que "el Chaqueño" estuvo como interrogador de los detenidos, colaboraba con la comida, con la guardia, salía bien vestido, se perdía por periodos de 10 0 15 días, se manejaba por el centro y tomaba declaraciones a distintas personas, nunca cruzo palabras. Recordó que el trato que tenía "el Chaqueño" era desigual al de los otros. La orden que tenían los oficiales era que "el chaqueño" se movilice libremente. Nunca tuvo charla con Ramiro, nunca comentó nada. Dijo que Susana Auad se movía de la misma forma que Ramiro entre ellos manejaban a todos los detenidos, era delgada, vestía de vaqueros remeras y tenía zapatos tacos altos. Dijo Auad y el "chaqueño" tomaba declaración a los detenidos, ejercían violencia sobre ellos, golpes, piñas. Recordó además que Susana Auad participaban de tareas de limpieza y cocina las mujeres que estaban con Susana estaban en malas condiciones físicas y vendadas menos Susana, cuando llegaban autos del centro las mujeres de la cocina se ponían vendas, menos Susana Auad. Dijo que era normal que Auad y el "Chaqueño", hablaran con los jefes sin vendas. No recordó gente de contrainteligencia en el predio, no vio al "Chaqueño" ni a "la Piturra" cerca de ejecuciones. Dijo que a los demás detenidos los sacaban para que no estén en las ejecuciones y escuchen las mismas, las personas que estaban en mal estado se quedaban en el camión, con ellos iban Ramiro y "la Piturra". Dijo que "Yacaré" era Oscar Galeano, un gendarme hacia guardia con ellos. Dijo que la tarea de enlace entre el comando de la V Brigada de Infantería y el Arsenal eran los oficiales a cargo de ellos. Dijo que los gendarmes Rovira, Miño, Escalante hacían guardias como el, eran del móvil de Campo de Mayo. Dijo que el cabo Maldonado y el gendarme Ríos fueron descubiertos con cartas de los detenidos que sacaban afuera, los encontró un día detenidos y apuntados por otros guardias. Recordó que cuando hacia guardia iba la mujer de Ríos, y ellos le decían que estaba dado de baja y se había ido y no era así porque estaban detenidos. Dijo que las cartas eran de los detenidos de Tucumán, supone que se conoció esa situación por Ramiro o "la Piturra", o algún familiar que haya ido a reclamar. En gendarmería José Montes era un oficial de gendarmería, "el perro" Alsina oficiaba como custodio de Bussi, así como Jiménez. En la V Brigada veía automóviles, muebles, que le decían que eran de secuestros, vio soldados estaqueados al sol. Recordó al Sgto. Rodríguez, y Quiroga, que oficiaban como médicos en Arsenal. Recordó a Pereira Apestegui, oficial de inteligencia, 2° Comandante, el intervenía en los interrogatorios, los días de ejecuciones también estaba Pereira, todos los del grupo de inteligencia estaban vestidos de civil. La mayoría de los que llevaba gente estaban vestidas de civil, había personal de la policía tanto Federal como de la Provincia. Recordó que a la mañana los hacían cantar la marcha Aurora a los detenidos. Nunca hubo muerto por enfrentamiento, había un cabo primero Luna que fue herido manipulando su arma en su escritorio y Videla lo condecoro como herido en combate. Dijo que vio una señora que era docente y un hombre con muletas. Dijo que reconoció en el año 1985 el predio donde estaban los detenidos en Arsenal, junto con el Dr. Parache y la Dra. Noli, había sido destruido el campamento con topadora, la mampostería había sido rota, los pozos de agua, los del baño estaban hundidos, llegaron al galpón, no pudieron ingresar, estaba con candado, alegaban que estaba con material explosivo, pero mientras se retiraban vieron que le faltaba parte del techo, pudieron ver aisladores, los palos de luz sacaron el alambre olímpico, las casillas ya no estaban pudo remover la tierra con un palo y encontró los pisos que estaban con cemento. Cuando incineraban los cuerpos se podía percibir el humo a 80 o 100 metros, Dijo que el terreno donde estaban las fosas estaba limpio y después selva o monte. Los jefes del destacamento Móvil de Campo de Mayo, eran Omastorfe, Medina, oficiales, suboficiales, y gendarmes de destacamento calcula que eran al alrededor de 300, en el destacamento 40 o 45 venían a Tucumán, luego relevados por el móvil de Córdoba y luego a Córdoba por Rosario, todos permanecían durante 40 o 45 días. Estuvo tres veces en Tucumán 04/05 del 76, 07 del /77 y un tercer periodo en el medio de los anteriores. Acompañaba a los hijos de Bussi al colegio, estuvo quince días a cargo de la custodia de Bussi. Vio a Rondoletto en Arsenal, torturado, lo vio día por medio o todos los días, para almorzar los sacaban a todos afuera los ponían en hileras, era un persona mayor no tan gordo. Dijo que las veces que fue eran gente nueva la que estaba detenida, los únicos que seguían eran Ramiro y "la Piturra". El camión con agua ingresaba por el costado de la ruta, por donde ingresaba la gente secuestrada, lo traían desde Arsenal. Dijo que la guardia interna en el Arsenal la hacía Gómez, el oficial a cargo designaba una guardia por día. Recordó que traían gente de afuera y de la compañía Arsenales para ejecución el modo de ejecución era el mismo. Dijo que recordó a José Montes. El testigo saco un listado con nombres de detenidos del libro de guardia, pero cuando volvía advirtió que eran revisados a su regreso, y el papel se rompió por los nervios y lo transpirada que estaba su mano. Dijo que no vio, pero se sabía que los gendarmes violaban a las detenidas. Dijo que vio muebles y autos en la V brigada. Dijo que los soldados estaban estaqueados en el patio de la V brigada, porque no cumplían órdenes, no vio en arsenales gente en esa situación porque eran golpeados todos los días. Dijo que el camión no llegaba hasta la fosa porque estaba en medio de la vegetación, las fosas estaban a más de 100 metros del galpón. Dijo que el tendido eléctrico provenía del regimiento de Arsenales. Recordó la gente detenida en el arsenal era ejecutada en el arsenal, había un grupo de gendarmes en Nueva Baviera, que traía detenidos. Dijo que vio cuando torturaban a los detenidos enterrándolos bajo tierra, había un gendarme cordobés que tenía un perro con el que atemorizaba. Dijo que en la lista que tomo había unas 200 personas. Recordó que algunos de los gendarmes que estuvieron con el estuvieron en "el motel" en Famaillá, no conoció el motel. Los gendarmes cuidaban a los detenidos en "el motel". Definió sus tareas como de cuidado de detenidos ilegalmente privados de su libertad sin ninguna garantía. Un camión con mercadería llegaba de la V Brigada. Los oficiales de gendarmería estaban a cargo de las órdenes. Hubo gente que no era de su unidad del destacamento I, calculó que cada una de las veces había setenta a ochenta personas detenidas por vez que estuvo en Tucumán. Había castigos que establecían los interrogadores eso lo decidían "la Piturra" y Ramiro. Recordó que las personas que traían a los detenidos eran los mismos que los interrogaban, solo sabía por la guardia que no estaban más de 15 días, no exhibían ningún tipo de documentación solo el santo y seña. Muchas veces estuvo en ejecuciones dos o tres veces a solo 6 metros, muchos de los que venían con camiones llevaban uniforme militar. Eran llevados en camiones del ejército. Manifestó que Rivero en el destacamento móvil 1 era un oficial a cargo de ellos a cargo de una de las subdivisiones del operativo. Tenía nombre de guerra pero no lo recordó. Añadió que Rivero participo de las ejecuciones. Dijo que con el indio Godoy compartió una sola vez su posición en el Arsenal después paso a la V Brigada. Mencionó un soldado conscripto pero no sabe el nombre. Dijo que la comida dentro del predio era para los detenidos. Dijo que en Tucumán estuvo en tres oportunidades en el año 1976 de Marzo a Junio, la segunda entre Septiembre, Octubre, no recordó bien la fecha, y la tercera en Julio, Agosto del año 77. Calculó que desde mediados del 76 hasta el Agosto del año 82. Dijo que la función que cumplió era de seguridad externa, compartía con 5 o 6 compañeros, recordó a Eduardo Cena, Federico Talavera, Andrés Sánchez, como compañeros Dijo conocer a Juan Martin por nombre, a Susana Auad y al "chaqueño", si los conoció. Recordó que el libro estaba resguardado por la guardia interna y cuando tomaban mate de noche el veía, no sabe cuál de los guardias estaba porque eran guardias de 24 por 24. Dijo que el compañero que le dijo "tené cuidado con la lista" fue Alberto Miño. Y recordó a Aníbal, Berta, Hugo Paroti, Paratore. Reafirmó la descripción de lo que dijo de la situación de Auad y Ramiro. Dijo que el apellido de Ana Corral surge cuando lee la solicitada de "La Gaceta", y cuando estaba detenida le pregunto si era Ana Corral. Dijo que no converso con Ramiro "el chaqueño". Afirmó que las fosas donde se quemaban cuerpos estaban en el monte a 150 metros del campo y a 80 metros del camino desde el galpón se llegaba caminando. Dijo que la gente que iba a ser fusilada la dejaban a mitad del camino y de ahí caminaban. Dijo que llevaban linternas, faroles a los fusilamientos. Quiso renunciar a su contrato y nunca lo dejaron. Recordó a José Montes pero no pudo precisar que le decían "lucho". Dijo que vio a Barraza, primer alférez, Warnes, no recordó el nombre de Barraza, recordó que tenía 1,78 de altura, de tez blanca. Reafirmó que los detenidos estaban atados con cadenas. Dijo que cuando veía que venía todo el contingente a Tucumán y dijo "si van todos porque no yo" y Medina le dijo que el próximo viaje venia, pero nunca le dijeron que había detenidos. Cuando se retiró el Arsenal todavía seguía funcionando. El móvil se hallaba dividido en diferentes secciones, el que estaba ahí no era siempre el mismo, las funciones eran rotativas. La guardia externa era siempre la misma, igual que la interna. Recordó a lo sumo un desnivel muy bajo, ventiluces al frente y en la parte de atrás. Dijo que las personas estaqueadas el sabia por los comentarios que eran soldados eran hombres jóvenes de aproximadamente 20 años. De noche tomaban mate con la guardia y le pregunto a Ana Corral sobre su identidad. Cuando se va a La Quiaca el comandante Medina le entrega una carta para el jefe de La Quiaca y en el tren el testigo la abre, en esa carta Medina manifestaba que era una persona de gran valor que era de lo mejor de Gendarmería y temió que pensaran que había hecho lo mismo que los demás. Dijo que conociendo lo que había pasado a Maldonado y a Ríos no podía renunciar o no cumplir una orden.

HILDA DEL VALLE FIGUEROA

La testigo relató que nació en Calilegua, Ledesma, Provincia de Jujuy, en Tucumán, sufrió de poliomielitis y tuvo 15 cirugías, en las piernas. Dijo que en el año 1974 empezó a estudiar derecho estuvo en Tucumán, rindiendo como alumna libre, en el año 75 hizo el ingreso formal a la facultad de derecho en Tucumán, aprobó tres materias de la carrera y tres del tríptico. En su casa había una situación económica adversa, por lo que la deponente tejía y cantaba en la peña "La Carreta". Indicó que los dueños de esta tenían también una peña en el Círculo de Suboficiales del Ejército en la calle Maipú. En el año 76 ella quiso estar unos pocos días en Calilegua, no había podido luchar contra el tríptico, a pesar del movimiento universitario de la época, en ese año estuvo en la pensión estudiando, el 23 de marzo estuvo rindiendo Civil I, en el colectivo se enteró que hubo un golpe de estado, llego a la pensión a las 9.30 de la mañana, por la tarde recibió una llamada de su madre para que vuelva a su casa en Libertador, porque en Tucumán las cosas estaban muy violentas, dijo la testigo que no se fue, aun así su madre vino el 25 de marzo a Tucumán, y la llevo a Calilegua. Tenía relaciones sociales con otros jujeños, ella vino a Tucumán con un mandato familiar, "anda pero no te metas en nada" le dijeron. Todos sus compañeros eran de la Escuela Normal de Ledesma y Santa Bárbara. Dijo la testigo que con gran sorpresa después de la tragedia preguntaron ¿qué nos pasó? Y dijo que la respuesta fue que estaba muy bien organizado, algo sistemático, terrible, están las situaciones de cada uno de nosotros y es terrible lo que descubrieron. Era compañera de curso y banco de José Cabrera, que vivía en Libertador, Rubén Molina, de Calilegua, Hugo Narváez, de Libertador, cursaba en otra división, Lalo Caceres, estudiaba abogacía, Osvaldo Jayat y Gerardo Herrera y Juan Jarma, vivían en la 9 de julio en un quinto piso, a los encuentros se sumaba Víctor Safaro. La testigo vivía en la pensión en la Banda del Rio Salí. En departamento de la calle 9 de julio estaba en la misma mano que la confitería "El Buen Gusto", a la vuelta estaba Mostacho. Dijo que su madre la llevó a Calilegua, y ella estudió con la esposa del Dr. Osuna, y entre el 10 y 12 de julio se enteraron que se habían llevado a uno de los chicos Córdoba de la pensión de la Quinta Agronómica; Bebe Córdoba, Polanco, Espinosa, Burgos, todos secuestrados de la pensión, dijo que la hermana de Córdoba y su papá vinieron a Tucumán a buscarlos con la hermana del chico Carrazán. Relató que en medio de la noche se despiertan con una patota en la pensión donde estaba la familia de Córdoba donde secuestraron a la hermana, abusan de ella, la tienen tres días, la hermana de Córdoba describe en una declaración el secuestro de Polanco, Espinosa y Burgos. Este grupo no estaba relacionado con el de la pensión de la calle 9 de Julio. En una época ellos tenían una peña de estudiantes jujeños. La testigo tuvo un novio de apellido Canseco, que le trajo muchos problemas porque estaba de novio con la hija del intendente Mirta Lemme, dijo que lo sintió morir a Canseco, en el cumpleaños de Hugo Narváez, esa noche se juntaron Rubén Canseco de otra pensión y se iban a una peña; esa noche les llegó la noticia de que les secuestraron de una peña, Rubén Molina les conto que primero los secuestradores fueron al departamento estaban Jayat y Gerardo Herrera, desde ese lugar los llevaron a la peña por los otros, alguien se acercó al oído de Jayat y les dijeron que se quede piola. Tenían noticias de los estudiantes de la quinta, y los estudiantes de la calle 9 de julio, venían las madres, a preguntar. El 20 de julio su mama vino a visitarla a su hermana en una finca. Cuando volvieron a Calilegua se produjo el apagón de Ledesma y esa noche fue secuestrada, cuando llegó a su casa vio la puerta abierta no termino de parar el auto el chofer que la trasladaba y los vendaron, ataron y la secuestraron durante seis meses. Cuando regresó estaba su casa destrozada. Dijo que concurrió al comedor universitario de la calle Ayacucho. Existía una comisión de estudiantes en el comedor universitario, no recordó nombres pero se enteró muchos años después que uno de esos estudiantes, pertenecía a la comisión de apellido Pérez. Vio a Susana Leoni Auad en ocasión de una comisión que la saca de la cárcel, en el primer secuestro la llevan a Guerrero, un lugar del obispado del que dispuso el Gobernador Urdapilleta. En la madrugada del 21 de julio llegó a Guerrero, ya estaban estos chicos que fueron secuestrados en Tucumán entre el 10 y 12 julio y los que fueron secuestrados en la peña el Alto de la Lechuza. Aclaró que la asociación de ex detenidos de Ledesma viene haciendo un censo desde 2009, recordó un testimonio que lo nombra a Safarov en Guerrero esta hasta el 4 de agosto de 1976 y la llevan a la central de policía de San Salvador y luego a la cárcel de Gorriti. En Guerrero, quiere dejar en claro la complicidad de la iglesia, ahí ya estaban los muchachos secuestrados en Tucumán, la iglesia formo parte del circuito represivo. Dijo que "Bebe" Córdoba y su hermano son llevados a Guerrero, "Johnny" Vargas también estudiaba en Tucumán, tanto este como Córdoba estaban muy mal, ahí le hacen una especie de acusación o denuncia, dijo que no podía creer que la acusaran, no la dejaban hablar. Estaba el Subcomisario Bilstein, la apuntaban y le decían que se callara. Fue acusada de ser correo del E.R.P le daban unas revistas en la terminal que ella las vendía y le entregaba la plata a dos venezolanos. Aclaró que su relación con Canseco, quien se había separado de su novia, porque su padre lo acusaba de ser montonero, él le contaba de Eva Perón y ella empezó a darse cuenta de su militancia política, nunca le preguntaron por Rubén Canseco durante las torturas. Con los chicos del departamento, estaban como si estuvieran espalda con espalda escuchó gritar a Canseco "Dios Mío Virgen Mía Ayúdame" él es secuestrado en Tucumán, en el Alto de la Lechuza, ella llego a la cárcel el 4 de agosto del año 1976, la tienen aislada 10 días, la sacan de la cárcel 4 veces en comisión dos veces a la Central de Policía la encierran en una habitación, la segunda vez la vuelven a llevar a la Central y la dejan tres días, no le preguntaron nada, la tercera vez la sacan y la llevan por el camino de la cornisa a Salta, en el medio del camino le hacen un simulacro de fusilamiento, la suben a un Ford Falcon, le tapan la cabeza con un poncho y la llevan a la federal, se acercó una persona el Sargento Zigaran, le comentó que tiene un hermano que trabaja en el Ledesma en el talar, como su cuñado, el le dijo que estaba en la Policía Federal, ahí él le convida un mate cocido. Ella estaba vendada. La llevan a una habitación la ponen sobre una cama le muestran fotos. Le hicieron cosas terribles en los interrogatorios. La llevan a la cárcel pero tarda mucho tiempo en recuperarse ellos alegaban que su problema en la pierna se lo hizo en el cerro. Dijo que el 7 de octubre los trasladaron a La Plata a los varones y Devoto a las mujeres, y dejaron a cuatro mujeres Soledad López, Maribel Jaramillo y la profesora Demitropulus y la testigo, las fueron liberando hasta que quedo sola en el penal. El 26 de noviembre de 1976 la sacan y la llevan a la Central de Policía, ella ve una mesa bar y al costado y una cama dos militares y un hombre que salía del baño y sacaba algo de un bolsito azul, se presentaron como el cap. Yones Tamayo y el Tte Ripoll, el muchacho del baño se sentó en la cama cucheta al lado de una chica, le preguntan si los conoce y ella le dijo que no. La chica le pregunta si estaba segura que no la conocía le dijo que ella iba a la escuela Normal. Le nombró a Juan Carlos Contreras compañero de Safarov. Dijo que esta mujer insistió que todo lo que decía era real y le dijo que era Susana Auad, que estaba detenida en un lugar horrible hacía mucho tiempo en Tucumán, que ahí ella quiso ayudar un chico pero le mintió y lo mataron si le decía la verdad que no la conocía la iba a ayudar, no preguntó por ningún jujeño, el hombre que estaba con Auad era Pérez. La testigo le preguntó que era del "Pájaro Chogui" y Auad le responde que era el cuñado. Recordó que Auad estaba muy flaca y demacrada y Pérez muy flaco y débil a pesar de estar recién bañado, Auad con el pelo desalineado, estaban muy mal alimentados los dos muy flacos. Dijo la testigo que le preguntó por su cuñado y a partir de ahí se da la vuelta Auad y empieza a hablar con Pérez, era como si fueran novios pareja, agarrándose de la mano. Recordó que vino un policía con un plato de comida, luego de un rato viene un policía y hablaron de un viaje a Tucumán. Dejaron ahí al testigo, pasado un rato largo y la condujeron a una habitación pequeña, donde estaban Tamayo y Ripoll, le comunicaron su libertad. Le dijeron que una semana iba a durar el trámite, le dijeron que tenía que recibirse de abogada, y perdonar lo sucedido. Dijo que Susana Auad tuvo relación con su liberación. Dijo que ninguno de los detenidos pudo disponer de la vida y la muerte de los otros en la misma situación como los secuestradores. Dijo que se le interrumpió la menstruación en el penal, que una compañera consiguió una pastilla, que a las dos semanas recupero su periodo y nunca pudo saber si estuvo embarazada, dijo que el hecho que su compañera haya podido conseguir esa pastilla implicaba que tuviera algún tipo de privilegios.

LUCIA MERCADO

La testigo relató sobre el pueblo de Santa Lucía todo dependía del ingenio azucarero, no se dieron cuenta que el administración del ingenio, era la única autoridad. No había delegado comunal, Juez de Paz, la pobreza manifiesta no la sintieron hasta que cerró el ingenio, el almacenero tenia lista de los obreros que iban ser despedidos. Dijo que Hilda Guerrero de Molina fue asesinada en una reunión de obreros del ingenio Bella Vista, esa resistencia obrera fue para defensa del ingenio Santa Lucía que cerró en el año 66, en plena zafra. Recordó que el asesinato de Hilda de Molina, los puso al frente de lo que significaba el movimiento gremial, político y económico, vinieron Ongaro, Agustín Tosco, dirigentes del país, canales de televisión, de la revista SI, Atilio Santillán, concurrió al sepelio, Manolo Avellaneda, Raúl Zelarayan y Víctor Romano. Dijo que Santa Lucía tenía 3 mil trabajadores en dependencia del ingenio, a partir del cierre del mismo más de la mitad de la gente se fue del pueblo. Había seis generaciones de gente que trabajó en lo mismo, era una sociedad estamental, había mucha pobreza y miedo al futuro, no se compartió más un plato de comida. Ponen una fábrica que se llamó Alcogas, fábrica de alcohol tomaron obreros, solo 100, los demás vivían de la caza y la pesca.- con respecto al sindicato una vez cerrado el ingenio, siguió Julio Racedo, un Sr. Flores, ya no habían obreros quedaron fincas cañeras de la empresa Avellaneda, Eduardo González, Ramón Rosa Jiménez, Mago Ahumada, Julio Racedo era de los obreros. Sobre Fote y "Negrín" Fernández dijo que el sindicato de Obreros de San José, estaba Santucho, el Negrito Fernández, Fote, los dueños del ingenio Santa Lucía eran dueños del Ingenio San José. Dijo que Ramón Rosa Jiménez era combatiente del E.R.P, detenido antes de su creación en el año 1969, era vecino de la testigo, dijo que andaba en el pueblo aun prófugo, nadie denuncio nada, una noche Jiménez estando en un bar, es herido en un tiroteo, lo llevan a la Comisaria, lo sacan arrastrando, llega al Hospital Padilla, luego lo llevan a Jefatura de Policía, después de una hora lo sacan de ahí y luego al Padilla, nunca apareció el cadáver, esto fue en el año 1972. Recordó la testigo que en el año 68 egreso de la universidad y fue a Bs As pero siempre regresó al lugar por eso estaba enterada de los hechos, comienza una investigación sistemática para hacer literatura. Recordó que con la muerte de Ramón Rosa Jiménez, se generó una división entre los pobladores ya que estaba muy evidente la guerrilla rural, a raíz de la muerte de Jiménez, llaman a un vecino Eudoro Ibarra, dos policías de Famaillá son los que se enfrentan a Jiménez, pero acusaron a Ibarra. Dijo que Ibarra era enemigo de Jiménez. Ibarra es uno de lo que lleva herido a Jiménez a la comisaria, Dijo que cuando fusilaron a Zaraspe e Ibarra, nunca se investigó, el 28 de Noviembre de 1974 llega un operativo conjunto a Santa Lucía, policía federal, ejército y policía provincial, ingresaron casa por casa, sacaban a la gente, les pedían el documento, bloquearon los accesos y salidas, detuvieron a 110 personas, la famosa razia de Santa Lucía la llevó a cabo la policía Federal, las otras fuerzas vigilaban. Dijo que la detención fue en la cancha del club. El 05 de enero del 75 había caído un avión, murió el jefe de la policía de Catamarca, de Córdoba y del tercer cuerpo del ejército. Cuando se instaló la base militar de Santa Lucía eran tres mil personas, entre el ingenio se instalaron carpas, llego Vilas, y Floret, utilizaron las oficinas del ingenio. El sindicato se constituye en sindicato de peones del surco de la industria azucarera, para la policía federal, en el centro se juntaban todos los zurdos, atrás del sindicato había una casa chiquita, de Margarita Cruz, los sacaron a ella y el marido, le rompieron todo, le pegaron mucho, la llevaron adelante al local del sindicato, le mostraron unos panfletos, la sacaron a la calle y explotó todo, inmediatamente hicieron una calle, detuvieron al señor González, a Mago Ahumada a Fuenzalida. Dijo que Pitolovich era un húngaro que vivía en Santa Lucía, la policía le golpeó la puerta, de su casa, él fue golpeado y detenido hasta que pudo aclarar que era encargado de la bomba de agua y no de artefacto explosivo. Dijo que con el Operativo Independencia se instala una base militar en el pueblo, con toque de queda, los que llegaban y salían del pueblo tenían que pasar por una base, el ejército llegó con prestigio y dinero, el decreto 261 265 de Isabel Martínez de Perón, le otorgó muchos fondos, lo primero que hicieron fue cortar todos los arboles de Santa Lucía, hicieron acciones de poder para inferir ya en gente con la dignidad minada, para poder crearles el miedo. Llegó el Secretario de Seguridad Social, dijo que llegó Isabel Perón a los dos meses, en el club hicieron una gran reunión donde visitó a las tropas, la población se vuelca al ejército ya que era la primera autoridad que se presenta en esta población. En la base militar hizo una reunión la Sra. de Perón tiene un almuerzo con las tropas. Si querían hacer una fiesta en sus casas se debía pedir permiso a la autoridad. Las autoridades militares estaban convencidas de que todo el pueblo era guerrillero. Había un plan de desmembramiento de la población. Dijo que muchos de los comerciantes del pueblo fueron detenidos y desaparecidos. Recordó que muchos simpatizaron con los combatientes, uno de ellos fue Torres, que un día fue detenido, su señora recibió una llamada de Frías, Santiago del Estero, que en un cajón de manzana estaban los restos de Torres. Dijo que el fondo de la casa de su hermana, daba con el patio de armas de la base, se fue por ese fondo su madre a llevar pan a uno de los soldados, vio bolsas de arpillera con restos humanos. Dijo que en el patio de armas eran tirados los restos humanos. Dijo que los Castillo tenían 60 años vivían en las orillas del pueblo cerca de la mesada, tenían dos hijas que desaparecieron, toda la familia desapareció, recordó que Mitelban dijo que en Mayo del 76 vio dos viejitos torturados, la sala de torturas estaba donde está ahora la escuela técnica. Dijo que el Antonio Tanito Toledo, está desaparecido, vivía en el pedemonte, dijo que el E.R.P jugó con todos estos chicos, Toledo fue entregado por su madre a los 16 años, lo culparon de guerrillero. Dijo que a Gatica viene una patrulla a detenerlo, lo sacaron de su casa en el km 11, está desaparecido, era pelador de caña en la finca de Avellaneda. Recordó a los Bombo Avalos, eran dos hermanos, prófugos en el monte, su padre fue detenido, luego detuvieron a los hermanos, la mujer de este es detenida a los dos o tres meses y es liberada después de seis meses. Cuando lo detienen al "Tanito" le preguntaron quiénes eran sus compañeros este contestó que su único compañero era Pepe González. Dijo que Pepe fue detenido, recordó que en el mes de Febrero llegó la base militar y tomaron las escuelas como centros clandestinos de detención, Pepe cuenta que ahí vio al matrimonio Castillo, al Mago Ahumada, a Racedo, Pepe es detenido en el 75 y es liberado en el 83 después de lo de Sierra Chica, dijo que su madre se enteró que lo vieron a Pepe en Villa Urquiza, la madre de Pepe en una oportunidad vio pasar un camión, donde iban Pepe y Cativa. Dijo que Olga Olea una prima suya, vivía en una casa de tablas, escuchó tiros, y sentía mojado en un costado, busco el mechero, cuando prendió el mechero vio que una bala había atravesado la cabeza del niño que dormía con ella, el padre de Olga salió a buscar un vehículo para trasladar a Olga al Hospital se encontró con un grupo de militares que entraron a la casa un batallón de soldados a la casa vieron a Olga y al niño que había muerto, Olga habló del sargento Valdivieso, entre los que estuvo presente, los militares llevaron el cuerpo del niño y nunca lo volvió a ver, Olga fue trasladada al hospital, y fue visitada por Valdivieso y Menéndez, quienes le ofrecieron una pensión. Dijo que cuando vino Bussi, la situación de Santa Lucía era la misma que la del Ingenio Fronterita, querían hacer desaparecer el pueblo, las autoridades militares estaban convencidas que todo el pueblo era guerrillero, dijo que Olga Olea veía humo amarillo que eran los bombardeos en el cerro. Dijo había alrededor de 100 o 200 guerrilleros. Dijo que Santa Lucía no tenía autoridad. Dijo que el E.R.P fue el único que estuvo presente en Santa Lucía, dijo que Manolo Avellaneda, quedó a cargo de la administración de Santa Lucía, antes del cierre. Dijo que en el pueblo hubo un enfrentamiento entre 20 o 30 guerrilleros que intentaron tomar la base de Santa Lucía. Recordó que Tita Rivadeneira le dijo que su tío Adolfo, que ponían los cuerpos en algunos lugares y los quemaban, una Sra. de apellido Herrera, dijo que detrás de donde está la ferretería se quemaban cuerpos. La testigo cuenta alrededor de 30 desaparecidos. Dijo que en el pueblo eran todos conocidos que el Eduardo "Ñato" González era del PRT, Fuenzalida, ella era la cuca para ellos y le tuvieron confianza y le contaron. Se refirió a Roberto Mario Santucho, Manolo Avellaneda, la gente decía que Manolo fue guerrillero, militarista, de todo dijo que con Santucho él tenía relación a través de interpósita persona, con "Nalo" Moreno si tenía una relación más directa. Dijo que siempre hubo en el año 75 hasta principio del 76 y cuando llego la base, ponían primero a los niños como homenaje a las autoridades. Recordó que detrás de la base se escuchó un tiro y vio un grupo de 20 o 30 que estaban vestidos con uniformes militares pero eran guerrilleros, que atacaban la base. Dijo que escucho nombrar a Tomas Toconas, desaparecido vecino de Pepe Gustavito y Cativa y vecino de una hermana de crianza suya, lo agarraron lo tiraron al camión y el año pasado aparecieron sus restos en Santiago del Estero. Recordó desaparecidos Mago Ahumada, Burgos, Sapo Suarez, Tanito Toledo, Soria, Danum dos hermanos, el hijo de Carlos d' Hiriart Administrador de Santa Lucía. Dijo que en el año 90 o 95 va gente a Santa Lucía buscando un sueco. Dijo la deponente que vinieron muchos del Norte, el Jefe General era Flores, Alais, Miguel Alfredo Paz Zavalía, Camilo Ángel Colotti, en mayo del 75 ponen una comuna en Santa Lucía, pero al decir de la gente el que mandaba en Santa Lucía era Colotti, de Neme conoce que se casó con una Sra. de Monteros. Escucho el nombre de Valdivieso. Dijo la testigo que escucho el nombre de Trucco, era militar en Santa Lucía. El golpe no fue relevante en Santa Lucía, Bussi se convierte en gobernador, la base siguió con la misma disciplina. Dijo que en Diciembre del 1981, se dan cuenta que no había militares en la base. Dijo que los que llevaban los interrogatorios y torturas eran fuerzas especiales lo supo por el propia Vilas. Dijo que la gaceta informaba los hechos desde una postura ideológica muy subliminal, recordó que monseñor Tortolo bendecía las tropas. Dijo que el diario "La Tarde" fue bombardeado y duro muy poco tiempo. Dijo que hasta el año 95 todos los delegados comunales eran elegidos por el P. Ejecutivo. Sobre la designación de Pedro Padilla, dijo que Colotti lo nombro delegado, pero en realidad el no detentaba ninguna autoridad, era un hombre joven soltero. Muchos de los detenidos le hablaron de Baviera, de la Comisaria de Monteros, pero fundamentalmente para la gente de Santa Lucía, eran la Base, el Sótano y Baviera, los centros clandestinos de detención más comunes. Dijo que conoce a Quinteros y a Rocha pero no los entrevistó.

JULIO GUILLERMO SUÁREZ

Dijo el testigo que no declaró en forma voluntaria, que la policía de Famaillá lo fue a buscar a su casa dos o tres veces, se presentaron dos hombres del ejército que había orden de declarar que nunca había estado detenido, que no conocía a Rene Quinteros ni a Soberon y aclaró que lo hicieron firmar bajo amenaza, no pudo leer lo que firmó en esa ocasión. Dijo no ratificar el contenido del acta que le fuera expuesta lo único que reconoce es la firma. Se presentó ante la Justicia Federal a declarar. En el año 76 el 30 de abril en la madrugada gente del ejército lo sacó de la casa, lo vendaron en el patio, lo subieron en un camión los llevaron a Juan Manuel Quinteros, los Lizarraga y a los hermanos Ascensio Ochoa, el matrimonio Racedo, los llevaron a la base de Santa Lucía, luego Arsenal, cuando lo llevaron a Santa Lucía ingresó muchísima gente más. No fue interrogado en Santa Lucía, luego en el traslado al Arsenal. Dijo que supo que estaba en el Arsenal porque era diferente, y porque ahí en el Arsenal pasaba el manisero a las 17 horas y tocaba la banda de música cuando ensayaba en el arsenal y estuvo seguro que estaba en el Arsenal. Pudo hablar con gente que le dijo que estuvo en arsenal, la segunda vez estuvo detenido con Quinteros y Soberon, los pusieron en un galponcito, al siguiente día llevaron a Bernardino Martínez padre e hijo que fueron muy golpeados. Dijo que el 2 de mayo lo trasladan a arsenal la primera vez luego lo liberan a él, a su hermano panchito el 23 de Junio, y los liberan en la ruta 38, ahí los vuelven a detener otra patrulla militar y lo llevan a la base del ingenio Santa Rosa, lo mandaron en tren al km 49 de ahí a pie iban a Caspinchango a higienizarse, en arsenal no comió. La segunda vez lo detuvieron el 20 de julio del 76 lo llevan a nueva Baviera 2 días y nuevamente lo llevan al arsenal. Dijo que había un galpón él estaba en el primer calabozo, había un pasillo en el medio, vio muchísima gente detenida, estuvo vendado con las manos esposadas hacia atrás, para comer le dieron pan duro y algún guiso, estuvo con Quinteros y Soberon, lo separaron de su hermano. En la primera detención lo torturaron en Jefatura de Policía, lo colgaron del portón y le aplicaron picana, le preguntaron si conocían a gente que nunca conoció. Dijo que las torturas aumentaban ante su desconocimiento hasta que no daba más y lo llevaban al galpón. Dijo que al matrimonio Racedo los escuchó cuando lo torturaban en Jefatura de Policía. Sabía que tenían muchos hijos los Racedo. Supo que los hermanos Lizárraga recuperaron su libertad. Quinteros padre e hijo Juan Manuel volvió en el 79, los liberaron juntos a los Soberon, Rene Quinteros y al testigo. Dijo que en las distintas oportunidades que estuvo detenido le preguntaban distinto. No supo que preguntaban a los otros. La segunda detención le dijeron que era una equivocación, que no era el a quien buscaban. Fueron despedidos de sus trabajos él y su hermano. Dijo que conoció a Pocha Moyano, ella fue liberada con Quinteros en el Cadillal, a él lo liberaron en los Vallistos, vio a Enrique el mono Godoy de Santa Lucía, estaba un joven de apellido Ale en Arsenal, era de Acheral, sobre Luis Bernardino y Bernardino Martínez, padre e hijo escucho los golpes que les daban, porque conversaban entre ellos. Dijo que estuvo poco tiempo en Nueva Baviera, recordó que estaba abajo en el viejo hospital o el laboratorio del ingenio, ahí le sacaron las vendas estuvo con Soberon, y Quinteros y su hermano, había personas del ejército había una base. Dijo que en el arsenal estaba el ejército. Dijo que dos veces a la semana se escuchaban muchísimos disparos en Arsenal. Dijo que en su detención en Arsenal notó muchas diferencias entre la primera y la segunda detención, en cuanto a las condiciones de detención, la segunda vez el lugar estaba más sucio, los detenidos eran tirados al barro, un día un soldado lo saco a tomar sol, y lo llevó hasta un puente y ahí vio unas zanjas donde se podía ver para abajo pozos de 2 metros o 3 metros y perros con las orejas bien paradas. Hizo referencia a Panchito dijo que su apellido era Monasterio, Dijo que a Elías Abraham lo vio en Santa Lucía. Prestó declaración en el Juzgado Federal en el año 2006. Aclaró que el puente al que hizo mención era angosto. Recordó al Oficial Trucco en Caspinchango, lo hizo trabajar ripiando la calle, también recordó a Salaberry, el Mayor Paz. En el 75 desarrollaba tareas, para el Operativo Tucumán, de la Secretaria del Interior, dijo que no había militares. Su primera detención fue el 20 de julio hasta el 25 de agosto. En Comando fue torturado. Fue liberado el 24 de junio. Era el jefe del Operativo Tucumán

SUAREZ MANUEL HUMBERTO

Dijo que trabajaba en Caspinchango, hacían trabajos varios, veredas cargaban ripio, eran obreros del gobierno, los hacían trabajar, limpiar las calles, después quedó en la comuna del Mollar. Relató que una noche estaba durmiendo con una familia lo sacan de su casa, también a la familia Racedo, Quinteros a sus cuñados Chacho, Agustín y José Lizárraga, estuvieron más de un mes, cuando lo sacaron lo llevaron a una base en Santa Lucía, luego los cargaron a un camión lo llevaron a arsenal donde los torturaron. Lo ataron en una silla le pusieron una venda en la cabeza y sintió cables, después de los garrotes lo colgaron estaba de puntas de pie en un reja, de ahí lo sacaron y lo pusieron en un calabozo, con Antonio Monasterio, Racedo, Julio Suarez. Antes de llegar a Famaillá luego de ser liberados lo detuvieron de nuevo, en un control de la ruta. Ahí había un teniente que le puso vendas, estuvo dos días dos noches y los soltaron. Al mes los vuelven a detener a él y su hermano y a Rene Quinteros, el deponente estuvo en Baviera atado con alambres de púas, el teniente le decía que diga la verdad. Llevaron el documento y le dieron la libertad. Se fue a Santa Lucía, en el año 80 u 81 estaba en Famaillá y lo llaman y va el inspector que tenían en la municipalidad, el intendente era Caro, y Quiroga el Secretario de Gobierno, le preguntaron que hacia después del trabajo y contestó que pelaba caña. En ese lugar había tres desconocidos. Tenga cuidado le dijeron. Lo vuelven a secuestrar con bolsas plásticas, lo golpean, lo atan, él se dio cuenta que estaba en Santa Lucía. Estuvo vendado no reconoció a nadie. Dijo que los Lizárraga eran Juan Carlos, José Agustín y Ricardo, después de Santa Lucía Pensó que lo llevaron a Arsenal. Lo acusaban de ser correo del extremismo. Hicieron llorar un niño en medio de las torturas, diciendo que era su hija y su mujer lo amenazaron que las iban a matar. Luego lo soltaron en la banderita. Solo pudo reconocer en arsenal a su hermano. Pudo reconocer a uno que lo detuvo que le decían el corregidor, creyó que fue quien lo secuestró la primera vez en Santa Lucía estaba Trucco, Valdivieso, Salaberry pero nunca conversó. Se escuchaban tiros en Arsenales y la banda de música. Solo se escuchaba que los lleven. Estaban su hermano, Racedo, Panchito Monasterio. Dijo que a ella la tenían en la cocina. Cuando lo liberan le dijeron que se presente en Santa Rosa en la base militar, un teniente los atendía, Moyano Quinteros, Soberon. Dijo que liberaron a su hermano, Quinteros, Soberon. El teniente era el jefe de la base les hizo volver al trabajo. Recordó que al Mayor Paz se lo escuchaba nombrar.

DOMINGO ANTONIO JEREZ

Se reprodujo en la audiencia el audio correspondiente a la declaración del testigo en la causa "Jefatura I":

El testigo nació en Alpachiri, y dijo que hizo el Servicio militar obligatorio, en el regimiento 19 de Infantería. Dijo que declaró en el Juzgado Federal N°1, hizo el servicio militar en el año 76, prestó el servicio en el regimiento 19 de infantería en Tucumán, en esa época vivía en Alpachiri a 18 km de Concepción, participó en operaciones militares de combate. Recordó dos hombres de más de 60 años, los bajaban de Caspinchango a Santa Lucía, a mitad de camino los hicieron saltar del camión, cuando saltaron los hicieron fusilar, fueron llevados al monte, los hicieron cavar una fosa y prenderles fuego, no conoce el nombre de esas dos personas. Recordó al Gringo Quinteros de Santa Lucía, lo torturaron, estaba muy hinchado, atado con sogas. El testigo participó de los allanamientos a domicilios, eran diez o quince, llegaban a los domicilios, una vez allí entraban y los sacaban, los llevaban al dispensario, dijo había una tal "Ñata" en el centro clandestino, fue detenida en Santa Lucía, la culparon de tirar la bomba a la ambulancia del ejército que recorría el tramo de Caspinchango a Santa Lucía, dijo que alcanzó a ver una persona escondida en los yuyos en oportunidad de que hicieran explotar la bomba contra la ambulancia del ejército, dentro de la ambulancia iba el médico y unos soldados, a su entender, pensó que eran los mismos militares los que atentaron contra la ambulancia, no recordó la fecha, pero dijo que era invierno, iba manejando el camión el cabo Leoncio. Dijo que había algunos que no hablaban claro el español, el jefe era el tte Valdiviezo, el subtte. Honesto. Dijo que Valdiviezo participo en todas los operativos y los interrogatorios Recordó en particular una mujer que estaba embarazada, a la que le pusieron un fusil en la vagina, y otros torturados a los que les introducían alfileres en las uñas, el dispensario estaba de la base a la mano derecha, existía un taller del ingenio y un galpón grande donde estaban ellos. El testigo participó en traslados de detenidos, de los lugares de detención desde Nueva Baviera a Famaillá, desde Caspinchango, Santa Lucía. Dijo que fue castigado por no querer pegar a otro soldado, lo tuvieron estaqueado, en el regimiento 19 lo castigaron por alcanzar agua a un soldado, que tenían atado dentro de una carpa, lo tuvieron en calabozo más de un mes. Dijo que no estaba de acuerdo con el actuar de esta gente. Dijo que los cuerpos de los fusilados eran enterrados en el monte después de quemarlos, dijo que por el hecho de la ambulancia, culparon al Gringo Quinteros a una tal "Ñata" y otros más. Dijo que en la base de San Javier, recordó a un flaquito de bigotes, al que usaban para hacer croquis, supuso que estudiaba para ser ingeniero, recordó que había más gente que estaba como detenida. Dijo que las órdenes venían de Bussi y Valdiviezo acataba, era el jefe de la base. Vio muchas embarazadas aproximadamente siete, solo la mujer que recordó fue torturada, las otras no. Dijo que él sacaba gasoil y nafta del camión para la quema de cuerpos, en la zona de Caspinchango. Dijo que el centro clandestino de Nueva Baviera, era muy amplio, tenía un sótano grande de tierra, él trasladaba los detenidos, era el centro clandestino más grande. Dijo que conoció Jefatura, trajo detenidos al hospital militar. En los traslados a veces llevaba dos a veces un detenido. Recordó que estuvo desde el año 1976, 16 meses, no lo querían dar de baja. En una oportunidad habló con Trucco, pidiéndole la baja. Dijo que no tuvo instrucción militar en esos 16 meses, estuvo en el monte, no le dieron instrucciones de que no haga lugar a órdenes aberrantes. Recordó que a las embarazadas las atendían un poco mejor en una sala en el dispensario. Recordó al cabo primero Leonti y eran varios los oficiales. Dijo que presenció violaciones de domicilio, torturas, secuestros, asesinatos, actos de desaparición, los operativos se hacían después de las 12 de la noche, vio Caspinchango, Santa Lucía, Nueva Baviera, Timbo Viejo, siempre estaba Bussi, el testigo lo vio matar a dos personas en Timbo Viejo a garrotazos. Describió que detuvieron a dos personas, y Bussi los mató a garrotazos, luego ordenó que desaparezcan los cuerpos, los tiraban a un costado del camino. El testigo recordó que al detenido de San Javier le decían, panchito. Le ordenan al testigo y a Díaz que cave la fosa, le ordenan que saque bidones de nafta y gasoil en la base para quemar y enterrar cuerpos, Dijo que no podía desobedecer las órdenes porque lo iban a matar. El deponente presenció el hecho de la mujer embarazada torturada con un arma en la vagina. Dijo que en el episodio del puente, reconoció a un hombre de inteligencia del ejército. Presenció la tortura de Quinteros, "Ñata", vio cuando Bussi asesinó a dos personas. Dijo que con la democracia sus superiores seguían teniendo poder, que fue perseguido por fuerzas militares de civil, que él conoció, estuvo escondido en el monte. Dijo no podía incumplir una orden, que esto era válido para todas las jerarquías, el trabajo del regimiento 19 al que pertenecía, llegaba al Timbo Viejo, el testigo era conductor, dijo que llamaron a Bussi cuando detuvieron a dos personas, que llegó en un coche 505 color negro, cuando llego lo hicieron ingresar adentro, aparentemente estos detenidos eran vendedores de cigarros. Dijo que en esa época tenía hasta tercer grado de la escuela primaria como instrucción. Dijo que varios soldados presenciaron lo que el relató, Hilario Díaz, de Gastona. Conoció varios Oficiales, que pasaron a Gendarmería, recordó a Valdivieso. Comentó sus vivencias con Hilario Díaz. Conoce todo Alpachiri, porque él nació ahí, no conocía Santa Lucía, Caspinchango, los cuerpos fueron enterrados de la base de Caspinchango, 5 km hacia arriba. Dijo que denunció ante el Juez Federal. Dijo que uno de los militares que lo perseguían eran Valdivieso y un militar de inteligencia. Valdivieso seguía en Tucumán. Ingresó por sorteo al servicio militar. Se entrevistó con el teniente primero Trucco para que se cumpla con su baja. Dijo que tenía 20 años cuando ingresó al servicio militar, pertenecía a la compañía A, y luego a la de servicio, una era para hacer rastrillaje la segunda para conductor o cocinero. Dijo que sacó un camión que estaba colgado en el monte. Dijo que caminaba en el monte, buscando guerrilleros. Termina la grabación. Dijo que El Jefe del Regimiento 19 era Alais, Colotti tenía un grado importante en el regimiento, Valdiviezo, torturaba secuestraba, y torturaba en casi todas las oportunidades, era el más torturador. Dijo que Valdiviezo, buscó a un hombre que se escapó, Valdiviezo le hizo un tiro en las piernas, esto ocurrió cerca de Caspinchango, el hombre era muy humilde, supuso que era Palavecino. Dijo que trasladó personas detenidas desde Caspinchango hasta Arsenal o Jefatura, hacían recorrido desde Caspinchango a Nueva Baviera, Arsenal, dijo que aproximadamente llevaban 50 detenidos por traslado, le tocó recoger personas en Arsenal a Nueva Baviera o Caspinchango, Ahí lo torturaron al Gringo Quinteros. Colotti dio órdenes, Trucco se la pasaba en el regimiento. Dijo que el Teniente Trucco era Jefe de toda la tropa. Dijo que Panchito era un flaquito de bigotes. En la base de Caspinchango había 40 efectivos, en Santa Lucía eran alrededor de 20 los jefes eran los mismos, había gente de otras provincias, policía. Manifestó que estuvo secuestrado varios días en extrañas circunstancias, dijo que el comisario de Lamadrid lo salvó. Recordó que en la estación que está antes de llegar lo detuvieron, lo tuvieron unas cinco horas, cuando salió de baja lo secuestran de la feria de Aguilares, lo salvó Paco Criado en esa oportunidad, fue después de que salió del regimiento. Vio torturas en Caspinchango, en el dispensario, había grupos de cinco o más detenidos, luego de torturarlos los trasladaban a Nueva Baviera, al dispensario recordó que iba un cura, que daba misa, había médicos y enfermeros que fueron víctimas de un atentado a la ambulancia en que se trasladaban, entre Caspinchango y Santa Lucía. Dijo que mataron a un cura que iba con un maletín. Dijo que Valdivieso era karateka que practicaba en el monte. Trucco hacia la formación por las mañanas, en una ocasión castigó a un sargento. El Jefe era Alais y Trucco le seguía. Dijo que Zapata era capitán en la base de Santa Lucía, al Subtte. Honesto. El testigo trasladaba a los jefes al Arsenal y a Jefatura, siempre iba con algún oficial o suboficial. Dijo que en la base de Caspinchango había una chimenea alta en la base de la chimenea, estaban ellos los conscriptos y dividida solo estaba la parte de oficiales y suboficiales, el dispensario estaba a 10 metros de la base. La base de Nueva Baviera estaba sobre la ruta 38, había un sótano abajo, de la chimenea del ingenio. El testigo estuvo cuando detuvieron a "la Ñata", era una "petisita", flaca, fue detenida con el Gringo Quinteros. Dijo que ingresó en invierno de 1976, estuvo 16 meses en el ejército como conscripto. Dijo que estuvo en todos los lugares, Santa Lucía, Caspinchango adonde ingresó por primera vez, estuvo también en San Javier, Villa Nougués, Timbó Viejo, Famaillá, Potrero de las Tablas, Lules, Bella Vista, durante el tiempo que estuvo en el ejército, el ultimo asiento fue en Villa Nougués y en San Javier. En el año 1977 estuvo en el Regimiento 19. Dijo que la ambulancia era en parte blanca. Dijo que la persona que conoció del servicio de inteligencia, estaba vestida de civil, no recordó si era del ejército o de la policía. Dijo que cuando se cruzó con la ambulancia del atentado, era casi el mediodía. Valdivieso formula manifestación. Ratificó el testigo que iba atrás en el camión. Dijo que en el dispensario entraban veinte o más personas, vio en otros centros clandestinos de detención gente colgada como reses. Dijo que por equivocación fue atacado por compañeros de armas cuando repartía comida en el monte. Dijo que primero estuvo en la compañía A y luego en la B. Dijo que el Peugeot en el que vio a Bussi era modelo 405 negro, que todavía circula en Aguilares. Dijo que su licencia de conducir se la proporcionó el ejército, en oportunidad de prestar servicios.

A.V.B.

Dijo la deponente, que en los años 70 era docente, trabajaba en la localidad de Santa Ana. Era soltera, vivía con sus ocho hermanos, los criaba porque era la mayor de la familia y sus padres estaban fallecidos. Le seguía en edad Mario que estaba casado, vivía a dos cuadras de su casa. Los restantes hermanos vivían con ella. En 1976 su hermano Mario era operario en Alpargatas de Aguilares. Recordó que el 23 de abril de 1976 su hermano casado con Mariana Luna fue secuestrado, en Villa Belgrano, localidad de Río Chico, de la casa de sus suegros. La casa estaba cerrada, treparon y entraron, lo llevaron en un Unimog. Estaban uniformados, no sabe si con uniformes militares o de la policía. Lo llevaron en dirección norte. Mario tenía 30 años. Tenía en Alpargatas militancia gremial en el sindicato de los textiles. Antes de su secuestro no había tenido problemas. Dentro de esa fábrica no hubo otro obrero que haya sido detenido o que se encuentre desaparecido. Sin embargo, recordó, otros vecinos de Santa Ana sí fueron secuestrados. Para dar con el paradero de su hermano, la esposa de Mario y la declarante presentaron un hábeas corpus. La declarante trabajaba en tres establecimientos, el 17 de noviembre de 1976 en la Escuela 320 de Santa Ana en horas de la tarde mientras tomaba un café con sus compañeras un joven delgado de ojos claros, pelo castaño con ademanes la llamó y fue detenida. La dejaron en libertad el 8 de diciembre. Al preguntarle al hombre qué necesitaba le dijo que tenía que acompañarlo a la policía porque estaba acusada de un robo porque su auto participó en un robo a las 20.30 del día anterior, pero ella dijo que era imposible porque ese día había estado trabajando en una escuela. Le dijo que no podía acompañarlo, la directora de la escuela le dijo que no podía sacarla de la escuela, el hombre le dijo que entonces las dos tenían que acompañarlo. Ella estaba en su auto. Un Fiat 600, ellos estaban en un Peugeot 504 celeste. A la declarante no le funcionaba el auto, luego arrancó, iban ella y la directora y un hombre que las acompañaba. El Peugeot 504 se colocó adelante, la obligó a detenerse. Les comunicaron que era un secuestro, que la directora debía quedarse allí y a ella se la llevaron. La directora quedó en la ruta llorando. Dijo que sus secuestradores primero habían pasado por su casa pidiendo agua, allí se enteraron que vivía la declarante y que estaba en la escuela. Anduvieron como un kilómetro y le pusieron unos anteojos oscuros como de sol. En ese momento, tomó conciencia de que como a su hermano la estaban secuestrando. Pasaron por Villa Clodomiro Hileret, reparó en la actitud del comisario Fares, notó que no tenía problemas con sus secuestradores. Pasaron controles también sin inconvenientes y cerca de Monteros pasaron otro control. Finalmente entraron a Tucumán por Ejército del Norte, doblaron por Sarmiento y luego por Salta. Al llegar a la Ruta 9 pararon en el arsenal, tomaron el camino paralelo de tierra hasta una tranquera. Al llegar al lugar le quitaron los anteojos y la vendaron. Alcanzó a ver una cerca perimetral con alambres olímpicos y adentro una construcción a dos aguas. Vio un lugar con espacio para 80 personas, 40 de cada lado, había divisorias de madera machimbrada de pino entre preso y preso, las paredes separadoras bajas. Cuando iba al baño veía una arboleda donde había autos estacionados. Lloró al llegar. Una detenida le dijo que no llorara, que todos estaban igual, secuestrados. Lloraba todo el tiempo, tuvo el coraje de levantar la venda, habló con una chica de apellido González que era maestra de El Empalme, otra chica profesora de geografía. También vio a un muchacho de mediana estatura que cantaba chamamé. Dijo que le repartió unos escritos a máquina para que cantaran. Le contó que su tío era Juan Falú. A su lado a los 4 días llegó una abogada, no le vio la cara pero habló con ella, le contó que tenía el estudio en Frías, le contó que quizás la habían secuestrado por su novio que era abogado y que pudo estar en algo. Su lugar era el 13. En el último divisorio había un señor al que no le daban de comer al que le tiró una naranja y que le dijo que se llamaba Tincho. Había tres guardias por cada turno. Recordó un guardia con un látigo. Todos eran de Gendarmería. Se levantó la venda y les preguntó quiénes eran. Supo que estaban en zona militar porque la comida era polenta con carne y el plato tenía las siglas E.A, Ejército Argentino. Una noche el muchacho con el que habló le convidó en un banco un pedazo de asado y coca cola. Oyó que gritaban por Lito, preguntó quién era ese y el gendarme le explicó que era un médico llamado Augier que estaba enterrado hasta cabeza y que le mojaban la tierra para que se compactara. Dijo que quienes le dieron de comer era una chica de Gastona que trabajaba en una óptica y que era de apellido Alarcón. Al salir del trabajo dijo que le quitaron el auto, lo manejaron y allí la pusieron a ella y al dueño de la óptica. No sabía por qué estaba allí. Esta chica le dijo que había dos secciones, de 40 plazas cada una. El doctor Augier pedía por Lito que era su hermano. Le pidió que averiguara por su hermano si estaba ahí, y como a los tres días le dijo que sí estaba pero ella no lo vio. Una vez que desenterraron al doctor y estaba yendo al baño se sacó la venda, el guardia le dijo que podían matarla por eso y ella le dijo que no tenía nada que ver con eso. Le preguntó al doctor por qué era la xilocaína y éste le dijo que era una especie de anestésico. Por las mañanas, cuando hacía un poco de frío la sacaban afuera y le preguntaban por sus alumnos, especialmente por unos alumnos. Pero dijo que tenía la mente como en blanco, no se acordaba el nombre de los alumnos aunque le decían los apellidos. Entre los días 5 y 6 de diciembre hubo un gran movimiento, cortaban vendas para taparles ojos y oídos, le dijeron que porque iban a matar gente. Le pusieron esos trapos pero lo mismo oía ruidos de tiros y gritos tremendos. Mencionó a la "Piturra" y a su novio, al "Chaqueño" que andaban con una máquina de escribir. El guardia que siempre hablaba con ella le dijo que la "Piturra" trabajaba con la gente del Arsenal. Respecto de las torturas recordó ser picaneada en una cama de hierro sin colchón y le pasaban por todas partes un cable pelado. El 8 de diciembre, la desnudaron con las piernas abiertas y las manos atadas con una soga atrás a cielo abierto. El "chaqueño" al que ella le dijo formoseño la llevó al baño cuando le pidió. A la mañana del 8 vio a un petiso cuando la llevaron a la sala de torturas, era un hombre pequeño que la golpeó en todo el cuerpo. Luego vio al Bombo Avalos que le dijo que colaboraba con otro amigo, con Grasita. La aporrearon de parada con las piernas abiertas, desnuda. A las 5 o 6 de la tarde le dijeron que se iba a bañar y que la iban a liberar. Ella al bañarse alternaba entre el delantal y la pollera y blusa, la ropa interior se la ponía mojada. Le dijeron que le pedían perdón por haberla tenido retenida. Les preguntó por su hermano y le dijeron que quién le decía si al llegar a su pueblo su hermano ya estaba allí. Le pidieron que si en su pueblo veían a alguien raro lo informara en la policía para ayudarlos. Antes de las 11 ya estuvo en Famaillá, la llevaron en un Renault 12. Adelante no reconoce quién iba y atrás la acompañaba en el asiento una mujer policía. Sintió que en un momento pararon en Villa Luján y luego salieron a la Ruta 38. Al llegar a Famaillá la liberaron después de Alpargatas, Le dijeron que tomara un ómnibus. Lo tomó, bajó en Concepción, bajó en casa de su prima Alcira Coronel pero regresó a su casa a las dos y media de la mañana. Esa tarde justamente sus hermanos habían llegado a casa de Alcira contándoles que la declarante estaba privada de su libertad. Dijo que en el Arsenal lo vio a Lucho, el que la secuestró, de tez mate, ojos claros, estatura mediana, y volvió a verla el día siguiente a su secuestro, el 9 de diciembre. La declarante fue a la Escuela, pero le dijeron que se vuelva a la casa al verla golpeada. Y vio a Lucho mirando vidrieras por la calle Maipú, siempre lo vio de civil. Ella le vio estando detenida los zapatos, unos mocasines color suela, y le preguntó cuándo iban a liberarla. Al ser secuestrada sus hermanos hicieron un habeas corpus, pero ella vio que sirvió de poco porque una vez en el juzgado averiguando por su hermano se encontró con su habeas corpus como si aún estuviera secuestrada. Sobre la abogada precisó que era Teresita Hazurum. Una vez estando en Frías paró en la plaza para ver si estaba la placa de la abogada pero no la vio. Sobre "Saba", al que mencionó como perteneciente a las fuerzas de seguridad dijo que una vez que ordenaron limpiar llegó "Saba", el gendarme que siempre hablaba con ella le dijo que era el nombrado. Señala que otras mujeres le decían que las torturas en el lugar eran muy intensas. Dijo que había en el galpón un hombre que se hacía el médico, se le acercó porque le dolía la cabeza y le dio una pastilla. Recordó que en el galpón decían que estaba un chico Campopiano pero ella no lo vio. Dijo que todo el tiempo que fue torturada además de preguntarle sobre sus alumnos, le preguntaban todo el tiempo sobre qué conversaba con sus hermanos y ella les decía que cosas familiares. Sobre el gendarme que le saca la venda, precisó que él le dijo que era gendarme, que era guardia, tenían guardia 24 horas y 48 de descanso. Señaló que cuando la sacaban a comer el asado vio ingresar un vehículo con un hombre y una mujer con una máquina de escribir. Ella se molestó al verla comiendo afuera y dijo "Y esa que tiene coronita". El guardia le dijo que mejor que no le contestara porque trabajaba en el Arsenal. Tenían ambos papeles en la mano. La "Piturra" y el "Chaqueño" estaban bien vestidos, le dijo el guardia que eran guerrilleros que colaboraban con los militares entregando gente. Al Bombo Ávila y al Grasita sólo los vio durante su tortura que fue el 8 de diciembre entero, luego de ser desnudada el 7. A ella adentro la llamaban A.

JUAN ANTONIO GONZALEZ

Dijo que en los años 70 vivía en Tafí Viejo y era estudiante de Ingeniería. Precisó que su padre pertenecía a la Comunidad parroquial de la Parroquia de Tafí Viejo. Este lo mencionó días después de su cesantía en los talleres de Tafí Viejo como patrocinador de una Escuela de Diáconos. En esa escuela su padre estudió 6 años después de ser dejado cesante en los talleres. Dijo que el 21 de enero de 1977 lo dejaron cesante, tenía el más alto cargo de carrera. No lo dejaron entrar al taller y nunca le dijeron por qué. Mijalchyk representaba en la Iglesia una ideología totalmente contraria a la de monseñor Dip que era la tercermundista a la que adhería su padre. Nunca le convenció al declarante que teniendo tan opuesta ideología con el padre Dip el señor Mijalchyk, se fundara una Escuela de Diáconos bajo el influjo de Mijalchyk. Dijo que la cesantía de su padre fue producida por la Iglesia. Su padre no entendía qué podría haber pasado. Tenía 37 años de servicio, egresado de la escuela técnica, tenía el más alto cargo de carrera, los talleres estaban en pleno y no tenía militancia ni ideología salvo la ideología con la liberación de los pobres de la teología de la liberación. Cuando le cuenta su padre al padre Dip de su cesantía éste le dijo que por ser su ayudante era que lo habían cesanteado. Al declarante no le cabe duda que ese fue el motivo de la cesantía, que el gobierno militar no tenía motivos para cesantearlo. Tampoco por el lado de la empresa ferrocarriles había problemas. Su padre tenía 600 personas a cargo. Su misión era producir reparaciones en serie de locomotoras, era imposible que la empresa hubiera tomado esa decisión. La Iglesia que lo cesantea es la que adhería al nacionalcatolicismo encabezada por Juan Carlos Aramburu. El propósito para instalar la Escuela de Diáconos era anular la doctrina del padre Dip y el trabajo de su padre. Al terminar la limpieza ideológica de tercermundistas se cerró la Escuela. Su padre trabajó gratuitamente en la Iglesia ayudando al padre Dip y terminó siendo el único destruido porque el padre Dip fue premiado como párroco de la Victoria. El hecho más aberrante fue que cuando lo dejan cesante le quedaba menos de un año para jubilarse. Le consta que el responsable fue Mijalchyk por su actuación en la Escuela de Diáconos y en el arzobispado en la persona de José García Bustos, del archivo le dijo que todo el archivo era materia de Mijalchyk de la parroquia San José Obrero. Cuando en el año 79 es reemplazado Dip por José Rollages sufrió un misterioso accidente, éste también era tercermundista. Otro misterioso accidente como los de Ponce de León o Angelelli. Y el párroco que llega después, Berengel, fue un cura antievangélico que permitió que no quedara ninguna huella tercermundista.

SANTOS JUAREZ

Dijo que fue secuestrado la noche del 10 al 11 de junio del 77 y fue llevado al Arsenal y estuvo allí hasta el 30 de junio de dicho año. En total estuvo 20 días. Aclaró que le rompieron la puerta y no le permitieron ver nada. Sus captores decían que eran de una fuerza de la Patria restauradora del orden. Dijo que el mismo día que lo llevaron a él, llevaron también a otras personas del pueblo, unas cuatro o cinco personas más. Recordó que estaba haciendo un trabajo en la ruta, cortando unos árboles para mejorar la visibilidad y por ese motivo fue que reconoció el camino. Fue vendado y esposado al ser sacado de su casa. Al momento del secuestro vivía con su esposa embarazada y su hijo de dos años. La violencia de sus captores sólo fue ejercida contra el declarante, no contra su esposa y su hija. Indicó que le pegaron un par de "culatazos" mientras le hacían poner unos zapatos viejos y lo sacaban de la vivienda. Precisó que lo trasladaron en una camioneta porque al ordenarle que suba al vehículo le dijeron que levante alto la pierna porque era una camioneta. Fue subido a la caja de la camioneta y allí estaba Sixto Villarreal al que reconoció porque hablaron. Al llegar al Arsenal eran seis. Recordó que era toda gente del pueblo, Veliz, Fuensalida, Cabrera, Oscar Verón. El lugar en el que quedaron cautivos era un galpón al que los gendarmes llamaban "Guardias" y los del Ejército "Barracón". Era un espacio de 15 a 20 metros de largo por unos 6 metros de ancho, aclaró el testigo. Dijo que los ubicaron en lo que llamaban boxes, estaban numerados, a él le tocó el 57, a Cabrera el 65, a Verón el 50. Dijo que allí permanecieron secuestrados con las manos esposadas, los ojos vendados, lo que impedía ver, salvo que se corriera un poco la venda, lo que le permitió reconocer a Verón por la ropa que tenía ya que no le vio la cara. Contó que oyó las voces de Villarreal y de Fuensalida; que los interrogatorios se hacían por separado, que no fue interrogado junto a sus amigos; a cada pregunta que le hacían, le daban un golpe de puño. Recordó que un día oyó un helicóptero, los sacaron hasta la tela metálica que rodeaba al galpón, los pusieron en fila contra la tela, como si estuviesen por dispararle. Dijo el testigo que pedía ser derivado a la justicia o a la iglesia para que se determine si había hecho algo malo. Agregó que periódicamente recibían la visita de un cura; que habló con el cura una vez, le preguntó qué hacía él y el cura le dijo "ustedes más que nadie necesitan ayuda". Lo llamaban "Pepe". Recordó que dos gendarmes hablaban y se referían al cura "Pepe", que de allí por conclusión sacó que el cura se llamaba "Pepe". Dijo que el cura andaba de pantalón azul, que rezaba el Padre Nuestro con los detenidos. Una vez escuchó que decían que "el 57" estaba hablando, que decía cosas de más y él dijo que rezaba en voz alta, que era eso simplemente, que le pedía a la Virgen que no lo haga perder la noción del tiempo. Dijo que quien dijo "el 57 está hablando" era otro preso. Precisó que todos vivían en Los Ralos; que los detuvieron del 10 al 11 de junio y en esa fecha supo que estaba allí Hugo Bustos del San Juan porque éste se identificó. Contó el testigo que se decía que lo iban a liberar a Bustos, entonces éste pedía ropa para salir; le habían quemado la mitad del bigote torturándolo. Dijo que esa noche se lo llevaron a Bustos y luego supo que fue liberado. También otro muchacho que se identificó era hijo del dueño de Méndez Automotores. Sería un joven de 25 años, o menos. Ese muchacho le pidió al declarante que si los liberaban, avise que estaba detenido en el Arsenal. Oyó que nombraban al negro Sandoval del Ingenio San Juan, pero nunca en su vida lo vio. Dijo que entre el número 50 y el 57 llevaron una mujer, aproximadamente a los diez días de la detención, que vivía en el barrio Ejército del Norte, lloraba mucho, le pegaban, la lastimaron en la vagina con un palo, como riéndose le preguntaban si sabía quién la había entregado. Le preguntaban a ella si lo conocía a Castro, ella les decía que era su novio y ellos la insultaron y le dijeron que Castro era uno de ellos que había simulado ser su novio; la golpearon mucho y después no pudo volver a verla. Dijo que además de su grupo de Los Ralos otro que recuperó la libertad fue Nino Anaquín, que estuvo tres o cuatro días detenido; lo liberaron camino a Los Ralos, cerca del molino Cotella. Indicó el testigo que antes de su detención trabajó en el ingenio nueve meses como activista en las ollas populares en Los Ralos por el cierre del Ingenio. Que el 24 de diciembre del 76 empezaron en el pueblo con las ollas populares. Dijo que allí empezó su militancia, que no sabe si fue muy importante pero hicieron cosas de relevancia; participó del Sindicato de Los Ralos; integró la juventud peronista. Aclaró que el resto de los integrantes de su grupo también tenían actividad en la movilización por el cierre de los ingenios. Recordó el secuestro de Lisandro Díaz de textil Escalada, la pérdida de mucha gente que luchaba porque Los Ralos no se muera. Rememoró a un gendarme que hacía el papel de bueno, que les repartía la comida. Le decía Toti. Es el único del que pudo saber el nombre. Sobre los interrogadores, aclaró que venían en coches, porque cada vez que se escuchaban los autos llegar, al poco tiempo se escuchaban gritos y golpes. Dijo que no tenían asiento permanente en el lugar, llegaban a trabajar y después se retiraban. De su liberación recordó que directamente pasó del Arsenal a Los Ralos. Señaló que pensaba que a Juan Cabrera, por cómo lo habían golpeado, iban a matarlo, pero lo liberaron con él, al costado de la vía, en Los Ralos. Recordó que le pusieron una pistola en la cabeza y le dijeron que no actuara en política. Explicó el declarante que antes no realizó la denuncia de lo que le sucedió porque dos o tres días después de su liberación fue a hacer la denuncia en la Comisaría y allí se encontró con el Comisario Almaraz que en ese momento no estaba en funciones, le explicó lo que le había sucedido, finalmente lo recibió el Comisario muy fastidioso y le dijo que fueran a la casa con un escribiente de apellido Juárez, le vio la marca en la puerta y este hombre le dijo que eso eran cosas del Ejército porque se veían huellas de los botines de personal del Ejército. Que esa fue la única denuncia que hizo, que no sabe si existe. Dijo que cuando fue lo del "Nunca Más", al ver que estaba el periodista Ruiz Guiñazú, no sabe por qué pero se retiró. Indicó que oyó que había en el Arsenal gente de Santiago del Estero. Recordó un muchacho santiagueño que cantaba que se llamaba Germán. Sobre Verón, recordó que estaba en el box 50 en el galpón y que estaba lúcido, que estaba más o menos bien, que eso le dijo incluso una vez que los llevaban al baño. Agrega que Verón fue picaneado. La custodia estaba a cargo de Gendarmería pero creyó que los torturadores eran de otra fuerza, tenían una tonada como porteña y la tonada de los gendarmes era del litoral. Aclaró que los propios guardias se identificaban como gendarmes. Señala que el Cura apodado Pepe, durante su detención, hizo unas tres o cuatro visitas. Dijo que accedió al Cura de manera espontánea, que no pidió una charla con él. Aclaró que una vez fue a la mañana y dos veces a la tardecita. Dijo que si bien estaba vendado y esposado, a veces la venda se le aflojaba y así pudo ver la ropa de la parte baja del Cura. Dijo que si bien no le vio un distintivo de Cura, tenía la certeza de que hablaba con uno, ya que desde los cinco años había ido el dicente al Colegio Salesiano, por lo que conoce como hablan los curas. Dijo que la tonada de Pepe era tucumana. Aclaró que puede distinguir como habla un religioso por la experiencia que tuvo con los curas en el Colegio religioso al que asistió de chico, porque después de las oraciones hablaban en latín. En el colegio primero se daban las misas en latín, luego en castellano, pero subsistían las oraciones en latín. Reiteró que al momento del secuestro trabajaba en el departamento de Irrigación, que hacían limpieza en la Ruta 9. Dijo que al volver de su secuestro tuvo que hacer muchos trámites para ser reintegrado en su trabajo. Dijo que fue convocado por el Tribunal a declarar y que conocía de la causa por los medios.

HECTOR ORLANDO GALVÁN

Dijo el testigo que fue detenido el 8 de mayo; que lo subieron a un auto y lo trajeron a Tucumán, a un lugar como una escuela, un edificio aparentemente nuevo; lo hicieron subir por una escalera mientras le pegaban con fusiles. Recordó que no sintió ningún ruido allí, pero que lo pudo reconocer a Mario Giribaldi, quien le dijo que lo llevaron al cuñado también. Precisó el dicente que no era militante. Recordó que ese lugar tenía piso de mosaico; que allí ensayaba una banda de música, que aparentemente eran unos chicos que estaban en el piso de arriba. Precisó el testigo que en una oportunidad que estaba hablando con Giribaldi, sintió que le pegaron con una bola, también le pegaron patadas y decían "estos chicos están hablando"; que a Mario también le pegaron; al dicente le voló la venda y vio muchísima gente que estaba en hilera contra la pared y otros tirados contra la pared, todos con vendas en los ojos. Que supo que esta escuela en la que estuvo detenido, está ubicada en una calle que va a un cementerio y que corta la avenida; que lo sabe porque el muchacho que estuvo con él, le decía que era contador y que lo habían sacado de una oficina y lo llevaron; que cree que era de apellido Paz este muchacho, y le dijo que si salían vivos iban a ir a avisar a la casa; además le dijo que era un hogar de niños, de chicos, pero no pudo recordar el nombre de la avenida. Recordó que se sentía el ruido de una ruta. Dijo que también estaba un muchacho de apellido Concha y gente con apodos; que estaban con una persona que a la que le decían Horacio, que era un "petisito" rubio de ojos verdes, que lo tenía anotado al declarante y al cuñado de éste en una libreta. Recordó que a esta persona la habían detenido en Tucumán y tenía tres balazos, uno en la pantorrilla, otro en la cadera y otro traspasaba los órganos genitales; que este muchacho tenía los nombres de gente de Santiago del Estero. Precisó que a la historia de él la conoce porque los gendarmes que cuidaban la zona, lo hicieron que contara cómo había sido su detención y aquel contaba que fue a los tiros. Precisó también que esta persona era porteña. Dijo que había un señor de apellido Salinas que lo hacían cantar tango; una chica embarazada que le decían panzona; una chiquita que habrá tenido 14 años que la hacían barrer y que decía que la habían detenido porque supuestamente proveía de agua a gente de la guerrilla. Recordó que esta niña contó que a toda su familia la mataron y entonces se escapó a Buenos Aires con una tía; que luego otra tía de ella, del interior, le dijo que volviera que estaba todo bien, entonces ella vuelve y ahí la secuestran. Relató el testigo que cuando lo trasladaron a Arsenales perdió el rastro de mucha gente, pero recordó que esa chiquita estuvo en Arsenal y la señora embarazada también. Dijo que en la escuela de menores había un chico jujeño que vendía diarios en la terminal, lo culpaban de un ataque de la guerrilla en Buenos Aires, lo violaron y le metieron ramas, estaba con mucha infección y mal olor, lo sacaron para matarlo. Dijo también que había un viejito que ellos creían que estaba loco; le decían viejo basura, comunista, lo acusaban de hacer trajes para la guerrilla, a ese señor también lo llevaron de noche para matarlo; al hermano de Mario también lo llevaron. Relató que un día llegaron unos militares a la escuela de menores; había uno que estaba enloquecido, era rubio, y le empezaron a pegar a toda la gente; se sentían los gritos muy fuertes de las mujeres cuando les golpeaban la cabeza contra la pared; decían que era porque ese día les habían matado un colega de ellos, pero el dicente salvó su vida porque un interrogador se lo había llevado. Dijo que era un oficial médico a quien habían matado; que esa noche solo sintió gritos, no sabe si los mataron a golpes, torturaron a muchas personas; que no sabe si eran civiles, pero sí sabe que había militares porque vio ropa color verde del ejército. Manifestó que la señora que estaba embarazada en este lugar de niños fue trasladada a un galpón que era un regimiento; los llevaron de noche en unos colectivos cerrados, como animales, recorrieron caminos desparejos, no sabían a donde los llevaban, hacía mucho frío, un salón pintado de negro y divisiones al medio, y a su vez había un sendero en el medio y boxes. Precisó que a esa mujer no se la volvió a ver más y ella contó después que el niño o niña sí nació. Contó que uno de los gendarmes que la trataba bien le decía panzona voy a ser el padrino de tu bebé. Que cree que en junio, julio, estaba en el arsenal. Recordó que los gendarmes eran Roberto, Carlitos, Gallito, "Indio", Papacho, no eran buena gente. Dijo que había un dirigente de la guerrilla que le decían "Bombo", que lo mataron a golpes, lo sacaban a cualquier hora de la noche y se sentían los gritos y los golpes. Recordó que el soldado Concha, que era santiagueño, hacía una semana que no les daba de comer, habían puesto un canasto de pan, lo único que les daban era cáscara de naranja; una persona pasó como una rana y empezó a tirar pan y lo agarraron de los pelos y lo llevaron y colgaron en un gancho y quedó metido en un pozo, se le salieron los hombros de su lugar y vino una persona que decía "yo soy cura y los tengo que curar a ustedes que son unos malditos", y le dijo que había personas mayores, un señor gordo y una señora de ascendencia árabe que le habían puesto un banquito, les decían que les vendían productos alimenticios a la guerrilla. Recordó el dicente que había una persona que le decían "El Chaqueño" y otra apodada "La Piturra", que cree que eran novios y decían que el declarante era dirigente estudiantil. Dijo que cree que la "Piturra" y "el Chaqueño" barrían. Recordó que ellos le decían llamalo al cura, y que dos veces tuvo la asistencia de este cura ya que tenía un hueco en la rodilla que se le había infectado con gusanos; le sacaron los bichos y esta persona decía "Soy cura pero no sé si les voy a poder curar el alma", pero al testigo lo curó con un palito, cree que le sacó los gusanos con alcohol, cree que estaba vestido de militar, no hacían ceremonias religiosas. Dijo que los prisioneros que estaban en el galpón, cuando los sacaban de noche, era porque iban a morir, porque los gendarmes decían "Esta noche hay fiesta, van a ver crecer los perejiles de ahí abajo". Dijo que uno de los detenidos que se llamaba Ramiro, iba cantando. Recordó que los gendarmes gritaban como gritan en los chamamés, a la noche también traían gente como animales. Dijo que lo vio al hermano de Mario con las manos atadas con alambre; que cree que estuvo en Arsenales como un mes; que cuando lo liberaron, eran las 5 o 6 de la tarde, estaba con un pullover, camisa y pantalón. Que "El Gallito", que era una buena persona, le dijo que lo iban a dejar en libertad; lo sacaron afuera y le dijeron "no tengas miedo que te vas a tu casa"; después vino un petiso medio gordito con una gorra con visera, con una carpeta, y un muchacho joven que cree el dicente que tenía ojos claros, y allí fue que lo metieron en un Peugeot y lo hicieron que se acostara en el asiento de atrás, el señor mayor le dijo que se sentara y le preguntaban si tenía familia en Tucumán para que lo dejaran ahí. Dijo que en el interín hablaba con el señor y le preguntaban por qué estaba en arsenal, lo llevaron para la calle Muñecas donde antes era la compañía de teléfonos y lo dejaron en la puerta; le dijeron que diga que se escapó con una mina al Uruguay y que no contara nada. Dijo el testigo también, que los vio a los hermanos Figueroa, un varón y una mujer, que barrían, limpiaban, ayudaban en la comida. Agregó que en Santiago sacaron a Sastre, a Giribaldi, al soldado Concha, una mujer que no sabe quién era y que Concha pedía por favor que no lo maten. Dijo que en Arsenales, a los costados había alambre de púas y perros, había unas carpas, hacían las necesidades en el campo a la madrugada; sentía cuando decían "Viene el macho", por el general Bussi, para las fiestas patrias; también fue para la jura de la bandera y para el día de San Martín, en agosto. Dijo que este militar que llegó, era rubio y les pegó ese día. Dijo que a Paz lo vio también en Arsenales. Sabe de Giribaldi porque cuando iban a hacer las necesidades, Mario le dijo "lo trajeron a Osvaldo", y Osvaldo contaba que lo habían secuestrado en Salta o Jujuy. Dijo el testigo que cree que habían secuestrado a una señora que trabajaba en un supermercado y tenía niños. Agregó que Osvaldo le contó que esa noche que lo sacaron, la había pasado junto con Concha. Dijo que la embarazada llegó a parir. Que al santiagueño que tenía lastimada las axilas, quemadas y tenía mal olor, le decían "Rody". Precisó que cuando lo interrogaron, le mostraron fotos de gente de Santiago y le preguntaban acerca de gente de Santiago.

MARIA MARGARITA LASKOWSKI

Relató que tanto a ella como a su compañero, Ángel Adolfo Méndez, los secuestraron el 22 de junio de 1976. Dijo que eran una pareja joven, con un hijo de un año y medio; que la testigo había sido docente en la Facultad de Arquitectura y trabajó en construcciones escolares; cuando vino el golpe, al día siguiente le mandaron un comunicado dejándola cesante en el colegio por la Ley de Seguridad y después en el otro cargo de construcciones escolares. Relató que con Adolfo se conocieron en el 69; que ella estaba en los últimos cursos de la facultad y estudiaban mucho; que cuando vino el "Tucumanazo", era una época que se leía mucho, leían todo lo que estaba disponible y pensaban cómo podían hacer un mundo más solidario, mejor. Contó que para la época que los secuestraron, como ella había sido dejada cesante y con la aplicación de la Ley de Seguridad se le cerraban las puertas y encima tenía una casa en obra con un crédito del banco, la idea era irse a Buenos Aires y buscar trabajo ahí. Recordó que no tenían muchos ingresos, eran pobres, la meta en ese momento era terminar la casa para poder irse y no tenían demasiada gente porque no iban a la facultad ni al trabajo, sino que se quedaba en la casa. Que para esa fecha, el 22 de junio, hubo unos días que no se quedaron a dormir porque estaban terminando el cielorraso, entonces Adolfo hacía esa parte y ella se quedaba con su hijo en la casa de sus padres, estaba engripada, entonces deciden dejarlo a Joaquín en la casa de los padres de la dicente para que ella se recostara; lo dejaron allí al hijo, fueron a la casa, Adolfo se puso a trabajar, ella se recostó, se levantaron a comer y después se acostó de nuevo y cuando abrió los ojos, estaba una persona a la par de Adolfo apuntándolo con una pistola en la cabeza, le dijeron que se levantara, que se vistiera, él se abrigó, había más gente, se sentía ruido de gente en la casa pero no sabe cuántos eran, ni los vio, los hicieron salir con la cabeza hacia abajo, los sentaron en el asiento trasero del automóvil, cree la dicente que en el asiento trasero iba otra persona; era a la tarde, los llevaron en silencio, nadie decía nada, la testigo iba mareada pensando qué recorrido hacían, pensó que iban hacia el Parque 9 de Julio, llegaron a un lugar, les vendaron los ojos y los hicieron subir una escalerita angosta y gente al costado los empujaba; cuando subieron escuchó un montón de voces que les preguntaban nombre de guerra y una persona dijo "ésta no tiene nombre de guerra". Contó que allí la separaron de su esposo, esta persona que los separa la conduce hacia un lugar donde cierra la puerta y tuvo la sensación de que estaba en un salón y la dejaron parada en un punto; nadie decía nada, se quedó parada muchas horas, hasta la noche, porque después cambió el ritmo, la llevaron contra la pared y la hicieron que se tirara al piso, se durmió porque estaba en un proceso de somnolencia por la enfermedad, pasaron unos interrogadores y le hicieron preguntas amenazantes, recordó la declarante. Señaló que la sensación en general es de terror; que después, cuando se le empezó a ir el shock, comenzó a estar conectada y se dio cuenta que había mucha gente tirada en el piso y que había muchos ruidos afuera, pasos, personas que hacían cosas afuera. Dijo que era una cosa que no sabía qué iba a pasar; pasó como tres días sin ir al baño, sentía que cualquier cosa podía molestar. Relató que era un sistema de tortura no habitual, el no saber por qué estaba ahí; pensaba qué estaría pasando con su hijo, estaban siempre con los ojos vendados, había un ritual en el que verificaban que la gente tenga bien tapados los ojos y los oídos y en algún momento de la mañana traían mate cocido y pan, algunas veces, algunas otras no, y a la noche, sopa. Dijo que tampoco escuchaba mucho que otros quisieran ir al baño, no había ningún tipo de cuidados. Recordó que en algún momento pensó que estaba ahí porque la habían dejado cesante, se deslizó la venda y pudo ver la pared y observó unas ventanas armadas con ladrillo y vio a Adolfo y Osvaldo Pérez, uno al lado del otro. Precisó que los cuidadores eran gendarmes y que los escuchó a ellos decir eso. Recordó que cuando pedía ir al baño, la acompañaban, salía a un pasillo, usaba el inodoro y siempre había alguien ahí; que el pedido lo hizo después de que escuchó la voz de una mujer que pedía ir al baño. Dijo que luego la sacaron de nuevo, la llevaron a la zona del baño, y en una cosa fugaz e instantánea le pusieron un cartel, que supone debe ser un número, la hicieron que se bajara la venda, vio un flash, le sacaron una foto y le subieron la venda. También recordó de ese lugar, que se escuchaban gritos de tortura en otra sala y además en un momento dado se escuchaba que en un lugar, que debía ser abajo en la entrada del edificio, ensayaban bandas militares. Relató que otra cosa que notó era que los gendarmes tenían una tonada litoraleña, una noche los hicieron levantar a todos y los hicieron bajar por la escalerita y subir a unos vehículos; siempre vendada, sin palabras, ella no hablaba con nadie, el vehículo le pareció ser un transporte de pasajeros que servía para trasladarlos, el ómnibus viajó a oscuras, todos vendados, con la cabeza hacia abajo. Dijo que ella creía que los llevaban para matarlos; llegaron a un lugar donde los hicieron bajar a los gritos y entraron por una puerta a un lugar que olía a revoque fresco y los hicieron avanzar hasta el final, hasta la pared del fondo, a algunas personas les ataban las manos; lo sabe porque entre los gendarmes decían "a aquel se le están desatando las manos"; los dejaron tirarse al piso, no estaban cuerpo con cuerpo sino que había un tabique de madera de por medio, si ella se acostaba tenía su largo, ella pensó que era una caballeriza y al frente, estaba pintado con pintura asfáltica y ahí también al entrar le dieron un número. Dijo que el primer lugar era el reformatorio; este segundo lugar era el Arsenal; a los pocos días cambió la guardia y de litoraleños pasaron a ser cordobeses. Dijo que escuchó una vez la voz de Adolfo y otra, la voz de Osvaldo Pérez, que lo conocía porque había ido a su casa a ayudarlos a pintar y después viajó; hacía tiempo que no se veían. Recordó que en algún momento, calcula, había dos gendarmes, uno en un banquito o en la pared, otro que recorría a lo largo la caballeriza. Precisó que no oía voces, nunca escuchó que hablaran entre los secuestrados. Indicó que aparte de los gendarmes que estaban todo el día, había un momento del día donde se escuchaba un vehículo llegar y se hacía silencio; el silencio era de todos, ni los gendarmes respiraban, se sabía que alguien había entrado pero eran muy sigilosos para caminar los interrogadores, no se sabía en qué lugar estaban, era un sigilo que congelaba. Recordó que ella siempre estaba con pánico de lo que iba a pasar; una vez se acercaron y le dijeron que la iban a liberar, pero a la vez todo seguía igual. También recordó que el 9 de julio los hicieron levantar para cantar el Himno Nacional. Dijo que una se va volviendo un ser envuelto de pensamientos, todo es siniestro, siempre se está imaginando qué cosa peor se viene; pensó que era una técnica de destrucción de la persona para enloquecerla; todo el tiempo uno está dialogando consigo mismo, es muy enloquecedor, incluso pensar por qué a mí no me pegan y al otro sí; todo es muy perverso y siniestro. Dijo que ella tardó en hablar, estuvo años sin mencionar este tema. Recordó que una vez la sacaron para interrogarla y había alguien que escribía a máquina, eran preguntas sobre el nombre, apellido, dirección, edad; después le preguntaron algo así como si a ellos los habían contactado para trabajar con una asociación de familiares de detenidos, a lo que respondió que no; le preguntaban si sabía que Adolfo pertenecía a una asociación guerrillera y les dijo que no; le preguntaron si en su casa se habían hecho reuniones políticas, si su casa estaba en obra o abierta, la hicieron firmar un papel y la llevaron. Recordó que ese episodio se repitió tres veces, las mismas preguntas, los mismos datos. Dijo que mientras tanto a ella le seguían diciendo que la iban a soltar. Recordó que en un cubículo había una mujer embarazada; lo sabía porque los gendarmes hablaban de una mujer embarazada, la que en alguna oportunidad dijo que la iban a largar. Recordó que después de los gendarmes cordobeses volvieron los litoraleños; en un momento apareció una voz de mujer que parecía mujer joven y le daba la sensación de que era bajita, con la voz medio aniñada y ahí escuchó que le decían a esta mujer que la dicente había estado antes con el grupo pero que venía de estar en Jefatura y en ese momento alguien preguntó si la fulana había tenido el hijo y dijeron que sí pero no se mencionó nombres. Recordó que esa mujer joven se movía con facilidad; en el lugar era conocida por los gendarmes, que le preguntaban "cuándo vas a venir a lavar las camisas". Dijo que una noche la sacaron a la dicente y a la señora embarazada, las metieron en un vehículo y un gendarme que había ahí, que se llamaba o le decían "Indio", le metió un billete en el tapado y le dijo "te va a hacer falta" y cree que alguien les dijo que las iban a largar; las llevaron vendadas, cabeza abajo y en un punto determinado las hicieron bajar; en el camino les iban diciendo que tuvieran cuidado con lo que hacían afuera, que no se les ocurra denunciar porque ellos saben dónde es su casa, saben de su hijito; le dijeron que saliera, se tirara al piso, no se sacara la venda hasta que no escuchara el motor lejos, ahí descubrió que le tiraron el DNI; esto fue el 27 de julio. Recordó que vio unos faros, le hizo seña y era un ómnibus, le dijo al chofer que iba hasta la terminal y la llevaron a una terminal que era como de prostíbulos y hoteles alojamiento, luego dio la vuelta y terminó en la Bernabé Aráoz; era de noche, como las nueve de la noche, tomó un taxi y se hizo llevar a la casa de los padres, entró y estaba la madre, el padre y el hijo; recordó que fue como entrar a su velorio, había velas prendidas por todos lados, el hijo estaba enojado, era un bebé que se sentía abandonado. Recordó la testigo que unos pocos días antes que la liberaran, un gendarme la llevó hasta el baño y le dijo que la iba a bañar, se sacó la venda, le cerró la puerta y se bañó, no sabe con qué se secó, había olor a sudor. Relató que en su casa dijo que no quería hablar con nadie y que dijeran que estaba en cama por orden médica; que pensaba que pronto iba a aparecer Adolfo porque si a ella la largaron lo iban a soltar a él también. Recordó que no quería ir a su casa de Yerba Buena; que a los pocos días sonó el timbre y atendió su madre, le dijeron que buscan unos señores y la dicente los reconoció por la voz, eran dos gendarmes, eran las voces que había escuchado en el Arsenal; venían con una carta de Adolfo, de su puño y letra, hablaba de su madre, pedía ropa de abrigo y un poco de dinero para que le compren comida; estos gendarmes quedaron en volver a los pocos días, se fueron con un bolso con comida que les dio la declarante, esto le hacía sentir que Adolfo iba a aparecer; pero nunca más volvieron. Precisó que la carta de Adolfo debe haber llegado el 7 de agosto. Dijo la dicente que tenía mucho miedo, se fue con su hijo, le destruyeron la vida, la dictadura le destruyó la vida, ella se acordó de sobrevivir, eran absolutamente impunes. Dijo que se convirtió en no sabe quién; afirm que fue como un tsunami, un terremoto. Recordó que en el momento del secuestro ella vio un vehículo; que los vecinos hablaban de un Renault 12 azul, pero ella vio más gente, sintió pasos de la gente, eran más, pero en el auto sólo subieron dos adelante y uno atrás; dijo que era "un ente" en ese momento. Relató los trámites que hizo su hermano; éste le dijo que Bussi les había dicho que estaban en una base guerrillera. Dijo también que cuando fue su hermano y su padre a la casa, estaban todos los objetos, fue rarísimo porque entraban y salían de la casa como querían. Contó que en Arsenales, igual que en el Reformatorio, le daban un mate con un pedazo de pan a veces, y una sopa, creería que todos los días; que no sabe si les daban a todos porque sintió a alguien que se quejaba porque tenía hambre. Recordó que los hicieron tirar boca abajo con los brazos extendidos y se oían tiros a lo lejos y una o dos veces les hicieron tomar esa posición boca abajo, a veces les agregaban algodones en las orejas, a los hombres los hacían esperar para ir al baño, se sentía que les decían hagan el trencito. Escuchó que había unos interrogadores, había uno más alto que olía a colonia "Old Spice"; que a partir de ese momento no soporta ver los frascos en el supermercado, dice que "es el mal en frasco"; que pudo verle la punta del pie, tenía unos zapatos muy finos. Recordó que en el interrogatorio le preguntaron específicamente por Luisa Vivanco, si estaba en esas reuniones, y respondió la dicente que Luisa trabajaba todo el día y tenía muchos hijos y era contraria a la violencia; que su marido estudiaba ingeniería forestal, en su relación vivieron en Santiago y en Tucumán; en Tucumán trabajaba como maestro mayor de obra de la casa y aprendió a hacer instalaciones eléctricas y a raíz de eso lo conoce a Osvaldo Pérez. Dijo que en el interrogatorio nunca le preguntaron por Osvaldo, él a veces se quedaba en casa de la dicente cuando era de noche, pero no vivía allí. Dijo que no sabía que Osvaldo estaba de novio. Recordó que conoció a otros estudiantes desaparecidos, a Tere Guerrero y a Díaz Saravia, a este último porque era muy amigo de Tere Guerrero. Dijo que cree que estuvo en el Reformatorio hasta fines de Junio; que cree que la liberaron el 27 de Julio. Recordó que leyó que Osvaldo Pérez relató la muerte a garrotazos del esposo de la dicente. Dijo que su marido era hijo de un coronel peronista de Bs. As que estuvo muy cerca del poder en el 55. Que en Santiago a su marido lo llamaban "El Yeti". Precisó que tanto su marido como Osvaldo Pérez, estaban con vendas en los ojos. Por último, dijo que no habían recibido amenazas; que a ella no la golpearon y que en Arsenal había unos veinte cubículos.

TERESITA CANDIDA HAZURÚN

La testigo dijo que estudió en la Universidad Nacional de Córdoba, se recibió en el 75; que nunca vino a Tucumán, salvo un día que tuvo que venir al casamiento de un primo. Relató que fue detenida el 20 de noviembre del 76, en Frías, que es donde vivía. Recordó que después del secuestro pasaron unos diez días hasta que fue trasladada a otra jurisdicción; hizo denuncia ante la CONADEP, otra ante el Tribunal Ad Hoc Militar y otra ante la Justicia Federal. Dijo que cuando fue trasladada desde Santiago hacia otra jurisdicción, fue llevada al Arsenal Miguel de Azcuénaga; que vinieron una tarde, ella estaba en un sótano de la SIDE, la metieron en un baúl y ahí alguien le dijo que se encomendara a Dios y ahí estuvo unas tres horas, era de noche, le asignaron un box tipo para caballo y vio torturas y vejaciones; había varias personas en esas caballerizas, relató la testigo, era un galpón grande, dividido. Precisó que no tenía ningún conocido ahí y que sí tenía militancia estudiantil. Recordó ante el Tribunal que tenía un novio que era de Córdoba. Siguió su relato diciendo que un día que hicieron un simulacro de combate, la golpearon, le pegaron un latigazo. Dijo que no fue interrogada; que la gente que custodiaba era de gendarmería y la que realizaba los interrogatorios era del ejército. Recordó que el 8 de diciembre de ese año fue el peor día de su vida; vinieron los interrogadores trastocados y se podía escuchar como torturaban a la gente, gritaban y volvían totalmente deformados. Precisó la testigo que ella estaba vendada, pero podía ver porque cuando el ejército no estaba, a veces la gendarmería los dejaba ver. Dijo ser hermana de un hombre que estaba en gendarmería. Manifestó que les daban de comer caldo con un poco de fideo o arroz hervido, desayunaban mate cocido y pan. También dijo que cuando querían, interrogaban a los prisioneros; que los interrogadores a veces iban a la mañana, otras, mañana y tarde; que los gendarmes avisaban cuando llegaban los militares y nadie se tenía que mover. Indicó que los que interrogaban y torturaban eran del ejército, no sabe si había civiles, a veces veía botas, otras veces no. Dijo que entre las personas detenidas estaba "El Chaqueño" y "La Piturra", que se hacían pasar por militantes, se movían sin vendas, a la mañana pasaban lista; se veía que colaboraban con ellos, fue la forma de salvar sus vidas. Dijo que de los nombres de personas detenidas reconoce a Vicente Lerner, Santiago Díaz y una chica que se hacía llamar Ana, que era santiagueña y tenía un hijito que no sabía cuál había sido su destino, pero las personas que la detuvieron le dijeron que lo llevarían con sus padres. Recordó que había un estudiante de historia que les hacía los informes del ejército como monografías, era medio gordito; había una maestra, llamada Antonia, que era hermana de un baqueano que los había guiado a los del ERP en el monte tucumano y decían que como el hermano estaba prófugo, la agarraron a ella. Agregó que a Roberto Barraza le decían Beto, era gendarme; que lo tiene presente porque estuvo de jefe del grupo; después viene otro de Buenos Aires y luego lo volvió a tener de jefe del grupo en Córdoba. Dijo que con ella se portaba bien, la sacaba a tomar mate con ellos afuera del pabellón cuando el ejército no estaba, hablaban de derecho penal. Recordó la testigo que a Antonia la vio atada a un costado y Barraza le tocaba los pezones, estaba totalmente desnuda y las piernas todas picadas porque la enterraron en un pozo. Precisó que Vicente le dijo que lo iban a hacer boleta. Dijo no recordar a Antonio Cruz; que sí se acuerda de un interrogador de nombre Luis y que había un capitán de la compañía del monte que era un colaborador, usaba la picana, en labios y vagina, era como la "Piturra" y su compañero. Dijo la testigo que no sabe por qué la trajeron a Tucumán; que la estuvieron siguiendo, porque le hablaban de lugares donde ella había estado dos meses atrás. Indicó que luego tomó conocimiento de gendarmes desaparecidos; supo que habían secuestrado a gendarmes que se habían arrepentido de todo lo que vieron y el mismo ejército los secuestró para que no siguieran hablando. Dijo que a su hermano que era profesor de gendarmería no le hicieron nada; tampoco a su otro hermano que era oficial de la Policía Federal. Dijo que en Arsenales escuchó comentar de una familia que habían secuestrado, pero que no sabe si estaban en el pabellón. Reiteró la dicente que recordó a Roberto Barraza, a quien le decían Lucho, y le tocaba los pechos a Antonia que estaba desnuda con las piernas abiertas y muerta de frío. Dijo que siempre venía uno del ejército y charlaba con ella, le llevaban revistas y shampoo y pasaban horas sentados charlando; que esto sucedía unas 3 o 4 veces por semana. Dijo que a las personas las tenían en ablande en pozos, las ponían ahí, les hacían un pocito a la par y si llovía la gente decía "me ahogo, me ahogo" y si hacía calor tenían sed; quienes decidían eso era gente del ejército.

MARÍA ALICIA NOLI

La testigo era esposa de Enrique Alberto Sánchez. Se habían casado el 2 de mayo de 1975 en Tucumán. Tenían la relación de una pareja joven. Un mes antes del secuestro habían tenido un hijo. Enrique había nacido en el 53 en Villa Belgrano, de una familia campesina. De muy chico su padre murió y a partir de allí pasó su vida en Villa Alberdi con familiares. Allí estudió, con acceso a la cultura y bienes de la clase media. Ingresó a la Facultad de Bioquímica, Química y Farmacia. Fue un excelente alumno, muy inteligente y muy sensible. Mientras estudiaba tuvo militancia en el comedor universitario. Ese comedor permitía a estudiantes del interior de la provincia y de otras provincias mejorar sus condiciones de vida. En la Facultad de Bioquímica estaba muy cercano al cuerpo de consejeros universitarios. Lo apodaban Villita por Villa Alberdi y por ser cercano al señor Villa. Cuando lo conoció y fue a su casa vio que tenía un poster del Che Guevara, toda una definición política en esos tiempos. Eran jóvenes que habían pasado la dictadura anterior y sabían perfectamente la situación política del país. Aclara la testigo que imaginaban un mundo en libertad, con libertad de pensamiento, expresión, asociación. Cada vez que eso se vulneraba se insistía sobre eso. Militaba en el FAS, pero no militaban en un grupo armado, lo dice para precisar como actuaba su marido. No era un combatiente armado, estaba armado con su ternura y su inteligencia. Leía a Neruda, le encantaba Les Luthiers. No era ni violento ni confrontativo, encontraba una magia en la química. Otros compañeros de Enrique del grupo de Bioquímica eran los hermanos Lázaro, pero que no tenía actividad política, pero si Lazcano y Barrera. A Juan un año antes lo habían buscado de su domicilio de calle Chacabuco encapuchados. Por ese motivo se fue a Belén y una oficina de seguridad de la universidad lo citó para que reiniciara sus estudios. Por carta Juan le pidió a Enrique que lo reinscribiera. A la fecha de los hechos Enrique trabajaba en lo suyo, era alumno de sexto año de bioquímica. No recordó bien, el padre de la declarante le ofreció que trabajara por la mañana en su negocio de Catamarca 11. El 14 de septiembre de 1976 fue secuestrado. Un mes antes de que naciera su hijo el 14 de agosto por indicación médica le dieron reposo absoluto a la testigo. Así resolvieron vivir en un departamento que alquilaba su madre en calle Lamadrid al 400. Lo habían alquilado para seguridad de sus hijas porque su hijo Daniel había sido encarcelado. Enrique se iba a la casa de calle Ecuador del matrimonio cada dos o tres días y luego iban al departamento. Un día le dijo a la declarante que vecinos de ambos lados de la casa le habían comentado que unos jóvenes, con la excusa de vender libros, les habían preguntado por el matrimonio. A ambos vecinos les pareció que eran policías pero habían preguntado por su embarazo, eso lo hizo pensar que capaz que eran amigos. Supo que en Tucumán había desapariciones pero pensaban que a ellos no iba a pasarles eso. Al ponerse más fuerte el accionar de la triple A la actividad política estudiantil se retrajo, y todo hacía que uno pensara que no haciendo nada no iba a pasarles nada. No pensaron, no hicieron una evaluación correcta del riesgo en el que estaba la vida de ambos y la del bebé. El 12 de septiembre vuelven a la casa, Enrique esa mañana fue a trabajar, volvió, almorzó, estaban festejando el primer mes del nacimiento. Un chico de 23 años que acababa de ser padre estaba feliz. Le dijo que se iba a la casa de Juan Carrera o de su hermana. Cada vez que sonaba la puerta pensaban que era alguien que iba a ver al bebé. Al sonar la puerta a eso de las 9 de la noche su marido fue a atender. La testigo sintió que él respondía que sí, "soy yo, pero por qué". Se abrió la puerta y vio gente con armas. La declarante como abogada reciente pidió orden de allanamiento y de detención, la corrieron a ella, y le dijeron a él que tenía que acompañarlos para una declaración. La declarante advirtió perfectamente la gravedad de lo que estaba pasando, y su marido también. Él pidió si podía despedirse del bebé, lo hizo. Vio que estaban en un Renault 12 blanco. Dijo que pensaba que los secuestradores tenían que ser tremendos, pero tenían un aire de señoritos de clase media. El Renault no tenía chapa, y había otro auto. Lo abrazaron al meterlo en el auto, ella le grito que iba a seguirlo. Le pidió a la señora de la sodería de enfrente que le prestara el auto, esa mujer le dijo que llamara a su padre. La declarante partió con su hijo, una mamadera y algunos pañales. Así como le prometió a Enrique que iba a seguirlo, se hizo una suerte de promesa interna de que a ella y a su hijo no iban a destruirlos. El Renault partió en dirección a la Avenida Salta. Esa misma noche su padre intentó hacer una denuncia. Su padre no entendía lo que sucedía, le decía, mañana vamos a hablar con algún militar. Los padres no tenían la lucidez que ellos tenían, porque tenían información más clara de lo que pasaba. Luego fue al departamento de su madre, les dijo que nadie debía saber dónde estaba. A la mañana siguiente llamó a un compañero de Enrique para que le contaran a Juan Carrera lo sucedido. Con los años se enteró que a Juan Carrera los compañeros no le avisaron para que rindiera tranquilo y así fue el caso del único secuestrado en medio de un examen. En el momento del secuestro de Juan unos compañeros lo vieron como enfermo a Enrique en un auto seguramente para que diga quién era Juan aunque finalmente en el examen fue identificado. Aclaró que los ataques a la propiedad en ese momento no le importaban en sí, más que como reveladores de lo que sucedía. Supo que con un carro del Ejército cortaron Lamadrid entre Congreso y 9 de Julio, tomaron el edificio que era de estudios jurídico y dos días después robaron todo, desde colecciones de enciclopedias, tapados de piel, medallitas de comunión. Luego supo que a la casa de calle Ecuador esa misma noche entraron pero no sacaron nada. Y después supo que un auto de la policía en la esquina de su casa llegó y sacó todo de su casa salvo fotos y libros, lo que le llamó mucha atención porque suponía que si los ladrones eran de inteligencia debían haberse llevado eso. Dijo que su madre pidió protección en la justicia y allí le dijeron "señora levante su casa" y eso hizo. Así luego, lo mismo entraron a esa casa y como no podían sacar nada le arrancaron la reja y el teléfono. Sobre las gestiones dadas para dar con su marido explicó que presentaron numerosos hábeas corpus hasta el arribo de la democracia, la tía, la madre, la declarante y hasta en Buenos Aires. Fue también a la nunciatura apostólica. Dijo que iban a la Iglesia porque pensaban que por su poder podían a hacer algo. Lo vio a Primatesta, en una reunión con mucha gente, logró alcanzarle una carta. Luego fue a la reunión con otros familiares, con Monseñor Gacelli que le contestó varias cartas y que verbalmente le dijo que en Tucumán estaba la oficialidad joven. La declarante le dijo que estaba desesperada porque habían pasado 3 meses y le habían dicho que a los 3 meses mataban a los detenidos y él le dijo, dando cuenta de que tenía información sobre el punto, que había vivos con más tiempo detenidos. Además en ocasión de la visita de la Comisión Interamericana también hizo gestiones. Formó con una tía de Enrique un expediente en una oficina de trámites. Eran búsquedas tremendas, con terrible incertidumbre. Cree que la información de que Enrique estaba en Arsenales le llegó por compañeros de bioquímica de Enrique, cree que fue Arancibia el que le dijo que habían dicho que Enrique estaba allí. Luego se interiorizó del funcionamiento del Arsenal con las inspecciones dispuestas por el juez Parache. Señaló que trabajó en la Comisión Bicameral, la primera abogada trabajando allí fue Liliana Vitar y luego se integró la declarante. Había mucho miedo, la cifra de declaraciones inicialmente era cinco veces menos a la que luego terminó ingresando. Tenía algunos límites, no podía por ejemplo hacer comparecer a las personas nombradas. Su informe fue muy serio y aprobado por la Legislatura. En ese informe se concluía que se había relevado 33 lugares tomados como Centros Clandestinos de Detención. Se recibían también declaraciones de dirigentes políticos y sindicales. Señaló que siguiendo su promesa de compromiso con lo sucedido con Enrique pudo ver que el cien por ciento de las denuncias revelaban personas llevadas en estado de indefensión, algo de la que la declarante ya no dudaba pero gran parte de la ciudadanía sí. El secuestro fue el 14 de septiembre de 1976. Con relación al grupo de estudiantes de bioquímica, no tenían representación política en el FAS pero cree que sí una representación deportiva. El cuerpo de delegados del FAS estaba reconocido por la universidad pero considera que en el 76 ya no funcionaba. Antes del 76 piensa que podía haber tenido una sede. Agregó que la desaparición de su marido es semejante a la sucedida en otras facultades de la universidad. Sobre los estudiantes universitarios militantes entre los años 75 a 76 precisó que fueron objeto de labores de inteligencia, especialmente con Ahuache y Barrionuevo al crearse la oficina de seguridad en la universidad. Recordó que en derecho y en el rectorado se encontraron legajos y fichas de estudiantes que eran seguidos. Manifestó que la actividad de inteligencia de la universidad tenía contacto con otras dependencias como el Ejército, precisó que eso está en la Bicameral. Dijo que no fue miembro del PRT, ni tampoco Enrique. A Osvaldo Humberto Pérez lo conocía del ambiente universitario, cree que estaba en el tema del comedor, cree que era de arquitectura o ciencias económicas. Dijo que no iba frecuentemente a la quinta. Sobre su viaje a Jujuy para tomar declaración a Susana Leoni Auad manifestó que fue aproximadamente en el 85 u 86. Recordó que Auad se presentó en compañía de un abogado. Señaló que los gendarmes ya en la CONADEP habían relatado los horrores de las torturas, Torres incluso ya había declarado sobre los pozos y había indicado que podía localizarlos y, por ello, Parache dispuso la medida. Ingresaron exactamente por el Club de Cazadores y Torres iba con un machete limpiando. Era un monte cerrado lleno de espinillos, no parecía que allí hubiera habido gente antes. Después de una recorrida se dieron con un galpón, Parache ordenó que se abriera, el gendarme se negó argumentando que eso era propiedad del Ministerio de Defensa. Así es que fueron a entrevistarse al Ministerio de Defensa. El galpón cree recordar que tenía paredes de chapa. Dijo que las huellas del terrorismo de Estado sobre sí misma y su familia son claras. Su hijo se quedó sin padre, fue muy triste y fue muy duro. Dijo que siempre trató de vivir con alegría en homenaje a Enrique. Agregó que ha defendido los territorios de salud, alegría y vida porque no los mataron a los tres. A la fecha del hecho acababa de recibirse, que en esa época la defensa de causas sociales o de derechos humanos era imposible, especialmente después de la muerte del doctor Pisarello. Incluso hasta los propios presos políticos ya no querían defensa privada. La más afectada era desde luego la justicia penal que era ciega, sorda y muda. Agregó que a la casa de calle Ecuador entraron con las llaves de Enrique porque no rompieron nada, sus secuestradores fueron luego los que entraron a la casa. Manifestó que ante la dimensión de lo que fue el Arsenal, en la privación de cualquier disfrute, de la visión, de la dignidad, aunque a esta última no la perdieron, se ha preguntado que diferencia separa a Arsenal de Aushwitz, cuando siempre se insiste en la industrialización de la muerte del segundo, recordó que su padre le decía que era imposible que existieran campos de concentración y exterminio del tamaño de Arsenales, pero existían. La diferencia es que no están acá ni Hitler, ni Bussi ni Menéndez, pero están Varela, Torres, los gendarmes que llevaban adelante estos hechos y, por ese motivo, sus representantes oportunamente van a pedir prisión perpetua para los imputados y cumplimiento en cárcel común.

D. F.

Dijo que fue víctima de detención ilegal. Explicó que en el año 1976 era estudiante de arquitectura, era dirigente del centro de estudiantes. Había sufrido dos detenciones previas al hecho del secuestro. Una cuando estaba en primer año de la Facultad, con motivo de la toma del comedor universitario; en la calle Muñecas fueron detenidas 14 personas y luego de eso se desencadena el "Tucumanazo". La otra detención previa al secuestro tiene que ver con su militancia en una agrupación universitaria de izquierda. Fue detenida cerca de Lules, frente a la fábrica Java cuando estaba repartiendo unos volantes de apoyo a SMATA. Estaba con Alberto Ziperovich y los detienen a los dos y los llevan a la Comisaría de Lules, de dónde rápidamente la sacó su padre porque era abogado. De la primera detención también la habían sacado antes, porque era menor de edad. Tenía una vida públicamente vinculada a la actividad política estudiantil. Luego del golpe de Estado, en agosto del 76, cuando ya tenía una hija de ocho meses, el 6 de agosto aproximadamente, una amiga suya había ido a conocer a su hija, con ella militaban juntas. Salieron de su casa que era en la calle General Paz porque tenía que cobrar un cheque de una señora que trabajaba en su casa, caminaron hasta la calle 24 de septiembre y 9 de Julio y la declarante cruzó hacia el Banco Provincia de esa época. Había mucha gente, tuvo que esperar mucho, y comenzó a sentirse observada, eran todos hombres, un clima raro, al llegar a cobrar al cheque le explicaron que había tanta gente porque estaba cobrando la policía. Salió con la sensación de que la seguían, la miraban, cruzó la plaza Independencia en diagonal y al llegar a la esquina donde era Bombay la detuvieron cuatro hombres, le preguntaron si era D. F., le pidieron los documentos, ella pidió que se identificaran, uno sacó un carné que la declarante no llegó a ver y le dijeron que eran de la policía. En la billetera tenía quince dólares que le había regalado una tía, había en esa época una versión de que la guerrilla tenía dólares, hablaron, finalmente la agarraron del brazo y la llevaron a un Falcon estacionado sobre 24 de Septiembre, la hicieron subir atrás con dos hombres a los lados, dos adelante. La llevaron a la central de investigaciones frente al teatro. La metieron en una habitación. Había un patio central allí. La dejaron sola en esa habitación como más de una hora, luego entró una persona vestida de civil y la hizo pasar a una puerta contigua donde había un tipo sentado. Le dijo que estaba detenida, le vació la cartera, otro desde atrás le vendó lo ojos, allí cobró conciencia de la gravedad de lo que sucedía. En la plaza cuando la llevaron eran como las 13:30. Luego de vendarla la tiraron en el piso del asiento de atrás de un auto y subieron adelante y atrás. Arrancaron en línea recta y la bajaron al poco tiempo en la Jefatura de Policía. Allí de nuevo la pusieron frente a una persona que le dijo "así que vos sos la zurdita hija de F.", la golpearon en los riñones y se desmayó, fue un golpe físico pero también emocional. Se despertó en un sillón del que la pararon y la llevaron a un calabozo y le dijeron que no se tocara la venda. Oía voces de gente que lloraba, que gritaba, que pedía ir al baño, pero no eran personas que estaban en el mismo recinto que ella, venían de otro lado. Allí estuvo toda la noche y al día siguiente, calcula que a la tarde, la metieron en un auto, tirada en el piso del asiento de atrás, con una frazada encima, anduvieron, por la velocidad calcula que por una ruta. En esa época cerca del Arsenal muchos carteles indicaban que era zona militar, que había que bajar la marcha, y por ese motivo vendada iba pensando en eso. Luego giró el auto, anduvo por una calle de tierra, se bajó el chofer, habló con alguien, retomó la marcha, luego se detuvo y la sacaron del auto y la entregaron a otras dos personas. Destacó que a la percepción del lugar la tiene de sus recuerdos junto a lo que supo luego de él. La introdujeron en un galpón con gente adentro, había como caballerizas de un lado y del otro longitudinalmente que tenían 0.80 por 1.20 metros de largo, con separaciones de 1.50 m de alto. No tenía alguien directamente al frente suyo sino inclinado. Quienes la llevaron adentro tenían una tonada del Litoral, correntina, y eran gendarmes. Estos gendarmes hacían guardias rotativas de 8 horas y eran los encargados de recibir a la gente que llegaba, y los encargados del trabajo más burdo, más grotesco, eran gente sin mucha instrucción. Cuando llegaba uno nuevo hacían chanzas groseras, los golpeaban. Decían por ejemplo "Gorriao" de aquí, "Gorriao" de allá, pateaban a la gente. Vino uno y la sacó del galpón, luego la llevaron a una sala en donde la hicieron desnudarse y acostarse boca arriba sobre una suerte de un elástico de cama, fue atada en muñecas y pies a ese elástico. Estima que serían unas 6 personas en esa sala. Empezaron a usar la picana mientras le preguntaban sobre muchos hechos ciertos, lo que revelaba que tenían información sobre ella. La declarante como pertenecía además de a FAUDI, al Partido Comunista Revolucionario, tejió una historia que cerraba dentro del ámbito estudiantil silenciando su actividad en el PCR. Le preguntaban sobre compañeros suyos de la facultad, sobre qué hacía con los volantes de la SMATA cerca de Lules. Entre pregunta y pregunta le pasaban la picana por todo el cuerpo, por la planta de los pies, muñecas, senos. Recordó que la picana daba muchísima sed, resecaba la boca y pidió agua. Mientras se reían le dijeron "con esto te va a ir peor" y le tiraron agua en la boca. Y fue realmente peor, no puede decir cuántas veces al día se sucedió eso porque mientras no estaba en esa sala de torturas la tortura era igual o peor porque se oían gritos de gente que estaba siendo picaneada, gritos como de locos, uno gritaba que había tenido adiestramiento en Vietnam. En el galpón, que quedaba muy cerca, por eso se escuchaban las torturas, un guardia dijo "a prenderse que es el trencito". Por debajo de la venda veía que en el pasillo del galpón había una soga, empezó a ver pies que caminaban, gente que se unía a la soga, oyó que era para ir al baño. Se levantó y tomó la soga. Los llevaron a un lugar que distaba del galpón como la sala de torturas. Allí había como una letrina sin puerta. Como todos estaban vendados sabían que llegaban porque chocaban unos contra otros. Ahí se podía ir al baño. Les llevaban comida. La primera vez un guardia gendarme le entregó una pasta como comida para perro en una lata. Aclaró que en la letrina no había agua, había papel de diario. En el trencito iban hombres y mujeres y entraban solos a la letrina. No se sacaba la venda porque tenerla era la posibilidad de salir con vida de allí, sabía que si veía a alguien difícilmente la iban a dejar salir, a la venda se la sufría pero también era la esperanza de seguir viviendo. Recordó que en una sesión de picana perdió el control de esfínteres y un guardia la llevó a la letrina para que se higienice. El guardia la dejó que se sacara la venda y ella no quería, en un tacho de querosene había agua, se desnudó y se metió allí, a ese guardia le decían el "Indio", él en varias oportunidades se había acercado y le había dado un caramelo, una manzana, y estando en el baño le dijo que se sacara la venda y él desde atrás se la sacó. Allí vio hacia afuera y vio dos o tres galpones iguales a aquel en el que ella estaba y le dio una bombacha y le dijo que "la dueña ya no la iba a necesitar porque estaba muerta". Practicaban al fondo del galpón como tiro al blanco. Una noche se escuchó un chisporroteo porque era una instalación precaria. No puede decir cuántas veces sucedió eso. A los dos días de estar allí sintió que traían a otra gente. Los guardias preguntaban a esa gente siempre el nombre, edad, actividad, filiación política. Entraron dos personas, una dijo que era Ana María Sosa de Reynaga y la otra Ángel Manfredi. Eran militantes del PCR y a Ana María la conocía porque había sido profesora suya, era una persona maravillosa. Sentía que tenía que hablar con ella. En un momento se animó y le habló, le dijo quién era, le dijo que sí, que se acordaba de ella. Se relataron las circunstancias del secuestro de cada una. Estima que había guardias pero que querían oír lo que hablaban, por eso las dejaban charlar. Le contó que junto a Ángel estaban en el Ingenio Concepción festejando el día del niño y que llegó una camioneta del ingenio con militares y se los llevaron de allí. El recorrido de ellos había sido similar al de la declarante. Estaban ambos festejando el día del niño pero en su actividad política. Manfredi era secretario del PCR, estudiante de filosofía y había trabajado en los talleres de Tafí Viejo. Con él no habló porque no quería decir que era del PCR y él se había identificado como del PCR. Ella supuso que por decir que era del PCR Ángel iba a morir, lo suponía por la situación misma en el lugar, también pensaba en su propia venda, pensaba en sí tendría el valor de sacarse la venda y salir corriendo y que se terminara todo. Dijo que se escuchaban disparos. Precisó que una vez uno de los guardias se le tiró arriba y empezó a manosearla, esas personas se escandalizaban porque ella no llevaba corpiño, como si fuera una falta moral grave, mientras ellos hacían lo que hacían. Le tapaba la boca y le decía que no grite, ella le gritó que se saliera de encima y él se fue. Al otro día con el cambio de guardia se le acercó el "Indio" y le dijo si podía contarle lo que había sucedido porque había sabido que alguien había intentado violarla o abusarla. Ella se animó a contarle. Cuando la había llevado al baño él le había dicho si quería que hiciera algo por ella y ella le pidió que hablara a su casa y preguntara por Natalia que era su hijita. No podía decir que estaba bien porque era mentira. Llamó a casa de sus padres y lo atendió su hermanita de 11 años en esa época y le dijo eso y cortó. Dio una señal de vida. La tonada del "Indio" era litoraleña, si bien lo vio en el baño, se le borró su imagen. Los interrogadores no eran gendarmes, eran oficiales del ejército. Tenían botas distintas, pero a eso también se lo dijo el "Indio". Al relatarle el intento de violación al Indio al día siguiente la sacaron del galpón, sentía un calor intenso, era el sol. Había una rueda de gente y le preguntaban sobre el hecho del día anterior. Era como que era un hecho inhabitual lo que le habían hecho el día anterior. Le preguntaban reiteradamente sobre el manoseo, estaban distendidos, tomando mate. Había uno que tenía unos zapatos muy lustrosos, como de charol que se notaban mucho en piso de tierra y entre tantas botas. Pasada esa situación el "Indio" la condujo nuevamente al galpón y le dijo que iban a liberarla. Ella había escuchado que un chico de medicina, Tito Guerrero, cree que era, lo habían liberado con la venda puesta. Ella pensó que le iba a suceder algo así. Le dijo a Ana María que iban a liberarla. Eso era alrededor del 22 de agosto, día de aniversario de la masacre de Trelew y eso la asustaba. Ana María le dijo algo que aún hoy le pesa, ella conocía a sus tres hijitos y le dijo que si la liberaran los mirara. Pero ella no pudo hacerlo porque al salir lo hizo con tal paranoia que no pudo arrimarse. Se encontró con su marido y le dijo lo que sabía de ella, que estaba en el arsenal y en qué condiciones estaba. No volvió a verlo más. Manifestó que tenía una deuda con esos chicos. Quizás en algo reparó cuando uno de ellos, Diego, la buscó para que testificara ante Garzón lo que había pasado con su mamá y lo hizo, fue la primera vez que hizo un testimonio ante alguien porque en la CONADEP y en la Bicameral nunca participó, pero no por temor, sino por la convicción de que no podía haber justicia, que era inútil prestar testimonio. Después del 22 de agosto en que habló con Ana María Sosa, Ángel Manfredi seguía allí con vida. Después de que el "Indio" le avisó que iban a torturarla, la tuvieron un día más sin la tortura de la picana y cree que el "Indio" le dijo que estaba Bussi. Todos estaban serios y circunspectos, estaban como ante la presencia de un superior importante. La llevaron a la sala de tortura, le dijeron que se desvistiera, la hicieron girar varias veces, veía unas botas muy lustrosas que no eran las habituales y pensó que era Bussi. Luego la sacaron de allí, la metieron en el asiento de atrás de un auto cubierta con una colcha, el auto se detuvo, bajaron los que iban sosteniéndola de un brazo y la metieron en un lugar en el que iban cerrándose rejas. La metieron en una habitación y le sacaron la venda, lo que vio eran hombres enormes rodeándola con unos sobretodos medio "celestones", parecían de la Gestapo, la miraban, nadie hablaba, sentía que tenía reflectores arriba. Luego volvieron a vendarla y apareció una mujer que la llevó del brazo. Sentía cerrarse de puertas de hierro hasta que abrió una, le sacó la venda, le desató las manos. Vio que estaba en un calabozo de 2 metros por 2 metros con una cucheta. No sabía dónde estaba hasta que una mujer le preguntó quién era, cómo se llamaba. Pensó que era la voz de uno de los secuestradores y no le respondía, hasta que conversó con ella, era una chica de apellido Paz de Saavedra Lamas que era sobrina de los dueños del ingenio Concepción y que a su marido lo habían matado en un enfrentamiento en una casa donde estaban teniendo una reunión, que estaba hace tres meses en esa situación. Ese lugar era también como un pabellón con calabozos a ambos lados con un pasillo central. No la vio nunca a esta chica, pero cantaban juntas, hablaban de sus hijos y le dijo que la secuestraron luego de matarlo al marido. Ella quería irse del país y quedó con darle sus hijitos a su hermana en la puerta de la Maternidad, le entregó los hijos a su hermana y en ese momento se cruzó un Falcon y se la llevó. Le dijo que no había estado en Arsenal sino en un lugar más céntrico con azulejos. A lo lejos escuchaba voces de mujeres y llantos de niños. Le explicó que esas mujeres eran presas políticas a disposición del PEN a las que las dejaban estar con sus hijitos. Estuvo varios días en esa celda, una vez al día llegaban con una lata y les daban de comer. Recordó que allí tenía mucho frío, que antes de hablar con esa chica se hizo un ovillo muerta de frío. Después de varios días un hombre le dijo que iba a hablar con el director de la cárcel. La sacaron a un patio grande con jardín y un hombre le dijo que tuviese cuidado, que no hablara con esa chica que era muy peligrosa, que era una guerrillera, que era tan peligrosa que creían que ella lo había entregado a su tío, que no hablase con ella, como que la odiaban por la clase a la que pertenecía y por ser de izquierda. Siguió hablando con ella porque era el único ser humano que tenía cerca, le llevaron luego unos días después un colchón y ropa suya, pensó que iban a ponerla a disposición del PEN porque le habían dado ropa que seguramente le había dado su familia. Le dijeron que se bañara en una letrina sin puerta en la que estaba con un guardia. Le llevaron cigarrillos. Hidalgo le dijo "dónde había aprendido a tirar la ceniza en el plástico" porque eso eran prácticas de la guerrilla. La hicieron que se bañara con un tacho de agua, aunque ya caliente. La chica con la que habló le dijo que estaban en la cárcel de Villa Urquiza. Se bañó, se cambió y le dijeron que iban a sacarla por una puerta, luego debía caminar por un patio mirando al frente, pensó que iban a dispararle. Finalmente llegó a unos ventanales a través de los cuales vio a sus padres. No hizo ninguna seña pero pensó que no iban a matarla. Allí estima que estuvo una semana o 10 días. Estando en Villa Urquiza no tuvo comunicación con ningún juez. Sobre el tipo de los zapatos de charol que vio en el Arsenal recordó que después de ver a sus padres la llevaron a hablar con un hombre del Ejército que le dijo que debía firmar una declaración en la que se decía que ella formaba parte de la guerrilla urbana. Finalmente firmó. Luego ingresó otra persona, le dijeron que era un ministro pero que ella supone que era un secretario de apellido Moreno Ocampo, un secretario del Ministro de Seguridad Ballofet. Ese hombre muy amable tenía unos zapatos muy similares a los de charol que había visto en el arsenal. Este hombre le dijo que si bien iban a liberarla tenía que entender que se trataba de una guerra y que ella era un error en esa guerra. Le dijeron que tuviera mucho cuidado con lo que hablaba luego de ser liberada. Le preguntaron si era pariente de Menéndez porque estaban por liberarla y ella le dijo que no. Moreno Ocampo casi pidiendo disculpas por los errores de la guerra la despidió. Volvió a la celda. Le llevaron comida a su celda, ella le dejó en la letrina a la chica Paz. Luego la llevaron a que la examinara un médico de la policía que le examinó especialmente los lugares donde se aplicaba picana, la dejaron un tiempo más en ese lugar, cree que para que se le fueran las marcas de la picana, y un domingo la llevaron al despacho del director de la cárcel. Hidalgo estaba sentado detrás del escritorio, estaba su padre que la abrazaba y le decía "Hidalgo sos un hijo de puta, desde cuando la tenías, me dijiste que no la tenías". Ella rogaba que su padre se callara por el poder que tenían. Hidalgo le dijo que tenía órdenes de no decir nada y su padre "Entonces además de hijo de puta sos un cagón". Le hicieron firmar un libro de salida de la cárcel -no firmó entrada-. Su marido en ese momento era Ziperovich y en el año 75 había recibido un mensaje firmado por la Triple A donde le decían que iban a hacerlo boleta por judío y por zurdo. Por otra parte recordó que en Arsenal mientras la interrogaban le decían que iban a llevar allí a su marido y a su hija. Dijo que a los tres meses de su liberación leyó que la chica Paz había sido extraditada. Aclaró que cree que la secuestró gente de la policía, la entregaron al ejército y a la policía y la devolvieron luego a la policía en Villa Urquiza. Señaló que una persona que en el Arsenal estaba de civil, luego del primer interrogatorio le dijo que estaba bien lo que había declarado. Supone que tenía que ser alguien cercano a ella porque los interrogadores sabían muchos detalles de su vida, supone que podía ser un infiltrado. Señaló que le preguntaban por Berta Miranda de la que sólo sabía que era compañera de su facultad. Agregó que su ex marido y su padre le contaron que habían ido a verlo a Bussi que de atrás de una puerta gritó que los atendiera Ballofet, y en esa puerta se encontraron con Moreno Ocampo, y parece que su padre había sido amigo del padre de Moreno Ocampo y se lo dijo. Alberto le dijo que también le había llamado la atención el zapato de charol de Moreno Ocampo, así pensaron que la misma persona era la de esa conversación, la del arsenal y la de la cárcel. Al hablar su padre con Ballofet le dijo que un tal González Naya conducía un grupo, que le dijeran si sabía algo de su hija. Además su padre era amigo del juez federal Lucio Vallejo que era bien amigo de Menéndez. Y su padre había hablado con Vallejo que le dijo que iba a tratar de interceder. Relató todo esto porque siempre se preguntó qué cosa hizo que la liberaran a ella y no a otros que hasta tenían menos compromiso que ella. Dijo que después de ella no sabe de otro liberado, que capaz que después de su liberación dieron la orden de que no saliera nadie más.

JULIO OMAR LUNA

Relató que a mediados de los 70 tenía 19 años. Que su padre trabajaba a esa época como supervisor en el Arsenal, de parte técnica, motores, talabartería. Agregó que iba él a ese lugar porque su padre no sabía manejar y él lo llevaba los sábados a la mañana y eventualmente algunos días de noche. El jefe del arsenal a mediados de los 70 era el mayor Soto y luego lo siguió otro, Murias, cree, por los años 80. A Soto lo veía siempre, está seguro que era el jefe de Arsenales. Dijo que conoció a Pedro Osvaldo Caballero. Dijo que su padre tenía una relación personal con Soto con motivo de la relación laboral. Soto en ocasiones iba a comer a su casa. Agregó que en la sección talabartería se hacían bolsas verdes de lona oscura, una vez preguntó para que servían y le dijeron que se trataba de bolsas para cargar cadáveres y tirarlos por el monte. No recordó quién se lo dijo. Manifestó que en el arsenal le dijeron que había como una cárcel pero que no la vio porque no estaba permitida la entrada, se accedía por atrás, por una entrada situada en un camino paralelo a la ruta. Le dijeron que había una cárcel ahí atrás, o, mejor dicho, lo escuchó. No le dejaban pasar para ahí, su padre se lo había dicho. No sabe si Soto tenía contacto con ese sector pero era el jefe del lugar. Soto conocía la existencia de esa cárcel, una vez caminando en esa dirección su padre que estaba conversando con Soto le dijo que no avanzara por ahí, que estaba prohibido. Agregó que vio un galpón con vehículos que había participado de conflictos, algunos destruidos, con orificios de balas, bolsos, zapatillas, eran materiales que incautaban durante los operativos. Era una suerte de museo. Ese galpón estaba en la compañía, en el predio mismo. Señaló que una vez le mostraron una fotografía en la que reconoció a un vecino de apellido García. Sobre Jorge Luis Guerrero dijo que fue un gran amigo suyo, compañero de estudios y que una vez volviendo de su casa en carnaval se separaron y no volvió a verlo más. Después supo que lo habían matado en el monte y que la hermana de éste había muerto en el Arsenal. También supo que desaparecieron al esposo de la hermana de su amigo. Dijo que al Arsenal veía ingresar vehículos militares y particulares. Agregó que era común ver gente con uniformes y gente vestida de civil. Explicó que pudo ver en el lugar sacerdotes cuando daban misa los domingos. La misa se oficiaba en una capilla. Había varios sacerdotes, la mayoría hoy fallecidos. El capellán que daba la misa en Canal 10. Dijo que frente a la compañía había un hotel, La Posta de los Arrieros, pero no sabe si era usado por la Compañía de Arsenal. Aclaró que acompañaba a su padre al Arsenal del 78 al 84.

RAMÓN CASTELLANO

Dijo el testigo que lo llevaron en el año 1976; lo sacaron a las dos de la mañana de su casa y lo llevaron del cabello. Recordó que su madre dijo "ya han venido los comegentes a llevarse a los hijos". Dijo que lo llevaron a "Chimenea Mota", en San Pablo, más arriba de Tte. Berdina, era un ingenio, lo tuvieron atado con las manos atrás y luego lo pusieron con las manos extendidas y le metieron máquina en la boca, la cabeza y en todo el cuerpo. Dijo que no sabe leer ni escribir, que orinaba sangre de tanto que lo habían garroteado; que luego lo pasaron a Baviera, en donde le pegaron mucho, luego a La Escuelita y finalmente a Arsenales, en donde no comía ni tomaba agua, se tomaba la orina. Dijo que allí lo ataban a la parrilla y le deban picana en todo el cuerpo, dijo que tiene secuelas en todo su cuerpo por eso. Relató al Tribunal que en esa época tenía 25 años y era pelador de caña, eran 9 hermanos y vivían en Caspinchango, en una casita precaria. Dijo que lo acusaban de ser guerrillero y él no sabía ni la letra "A"; que era muy pobre y a veces no tenía qué comer. Recordó que le preguntaban si conocía gente que él no conocía. Precisó que es hermano de René Armando Castellano y que vio cuando a éste lo metieron en el baúl de un auto y nunca más apareció. Dijo que los que lo llevaron estaban encapuchados. Asimismo dijo que no hicieron denuncias ni nada; que nunca más se supo de la vida de René. Indicó que en Baviera no reconoció a nadie; que en La Escuelita se escuchaba gente que era garroteada, pero no reconoció a nadie; y en el Arsenal, conoció a Teodoro Rocha; que se sentía la voz de una chica que le decían "La Ñata" Monasterio, que estaba embarazada, estaba la Pochola, Godoy, René Quinteros, los hermanos Orozco, Ramón Soberón, un chango apellido Palavecino, Oscar Palavecino. Aclaró que no sabe quiénes eran los que los garroteaban. En cuanto al sapo Allende, sabe que le pegaban con fierro, un día los sacaron a todos y los pusieron en fila y al Sapo Allende lo separaron y alguien dijo "es tremendo este hijo de puta", por el sapo Allende, que era de Santa Lucía y lo mataron, su nombre era René Miguel Suárez. Contó el testigo que cuando lo liberaron, lo llevaron cerca del dique "El Cadillal", descalzo, desnudo, lastimado; que también lo liberaron a Rocha y a Palavecino ese día. Dijo que volvió a pie hasta Caspinchango. Relató que el Arsenal era un pasillo; estaba uno al lado del otro; él estaba atado, lo custodiaban los militares, tenían la tonada como la nuestra, mataban gente y violaban a las mujeres, se podía escuchar los gritos; él lloraba. Dijo que allí estaba "El Indio" Suárez y "El Mocho" Suárez; que a Palavecino lo conoce como Oscar. Estaban los Suárez, la "Pochola" Bayart, una chica que le decían "Boca de Laucha", que era de Buenos Aires y tenía unos 45 años.

ERNESTINA TERESA YACKEL

Dijo ser hija de alemanes pero nacida en Entre Ríos. Dijo que vivió en Tucumán quince años; que durante los años 70 estaba en Tucumán. Dijo que fue monja paulina, de las hijas de San Pablo, que hizo los votos desde el 62 al 69, hasta que renunció. Precisó que dejó los hábitos y a partir de allí trabajó en una escuela en Famaillá; vivía en San Pablo; era el año 1970 o 1971. Dijo que en el 73 se casó con René Nieva, que éste no renunció a su sacerdocio para casarse; que Conrero le dijo que podía hacerlo a condición de no mostrarla como esposa. Contó que su marido era tucumano, trabajaba como sacerdote en Tafí Viejo. Indicó que ideológicamente se ubicaban en el Concilio Vaticano II y su marido era del movimiento de los Sacerdotes del Tercer Mundo; se dejaban empujar para la renovación de la Iglesia. Dijo que desde que se casaron, se ubicaron en esa ideología. Contó la declarante que en Tafí Viejo se dedicó a la preparación de catequistas porque se había formado en Chile para eso, pero luego de casarse, en Tucumán, trabajó en la Escuela; que con Oscar vivieron un año en la escuela que queda en Famaillá. Que su marido, como sacerdote, estuvo en Tafí Viejo, en la Capilla Nuestra Señora del Valle; trabajaba con el padre Dip, con Carmona. Precisó que cuando se complicó seguir trabajando como Sacerdotes del Tercer Mundo, el grupo se disolvió y cada uno siguió por su lado. Contó la declarante que fue detenida ilegalmente la noche que los levantaron de su casa; que hirieron mortalmente a su esposo. Dijo que tenían una hija de diez meses, habían salido por la puerta del fondo; recordó que la nena se despertó, la dicente fue a buscarla, al levantarla escuchó un disparo, agarró la niña y salió corriendo. Recordó que vio a su esposo herido, que quiso darlo vuelta, entonces le dijeron que qué hacía y ella les dijo que tenía que respirar, entonces ellos lo dieron vuelta al cuerpo. Recordó que le preguntaron quién era él, ella dijo que era René Nieva, su esposo, y le dijeron "Será su concubino"; ella les dijo que era su esposo. Dijo que tenían el rostro cubierto con un pañuelo. Precisó la declarante que ella estaba embarazada; que a veces piensa que su marido salió para salvarla a ella, a su embarazo y a su bebé; es como que creyeron que él iba a escaparse. Precisó que eso fue la noche entre el 19 y 20 de marzo de 1976; que allí la detuvieron, le dijeron que preparara a la bebé, que la dejara en la cama, que ya se ocuparían los vecinos; se aferró a la niña, le apoyaron no sabe si un dedo o un arma y ella dejó a la niña en la cama. Recordó que el patio estaba rodeado de autos y sus vecinos le dijeron que también la calle lo estaba. Precisó que la casa estaba ubicada en la calle Isabel La Católica, del Barrio Echeverría. Recordó la testigo que la subieron a un auto y la llevaron en el asiento de atrás con la cabeza gacha; que al primer lugar al que llegó, vio un pasillo, pero veía poco porque tenía la cabeza tapada con una sábana. Dijo que la sentaron en un hall y sintió que llevaban allí un cuerpo cargando y alguien que se quejaba; ahí ella dijo "Ese es mi esposo", no le respondieron y escuchó que alguien decía "pelotudo, te dije que lo lleves al fondo"; supone que era su marido aunque a ella no le dijeron nada. Dijo que estuvo detenida como en seis lugares distintos; en ese hall estuvo un rato, luego la sacaron a una explanada muy grande; la subieron a un auto nuevamente. Recordó que hasta el 24 a la noche estuvo en un lugar en el que había una especie de armarios pequeños. Dijo que fueron las peores cuatro noches de su vida porque fueron las primeras, le ofrecían comida pero ella no quería, le decían "ya te vas a ablandar"; pero luego para salvar al hijo que llevaba en su vientre decidió comer. Dijo que no se notaba que estaba embarazada, estaba de pocos meses. Precisó que no fue interrogada ni maltratada, ni allí ni durante los cuatro meses y medio que estuvo secuestrada. Recordó que luego de esos cuatro días, los cargaron en un camión, era mucha gente; llegaron a una suerte de terminal, había como una escalera y un hall que se abría a dos salones, en uno pusieron a los varones, en otro a las mujeres. Dijo que los interrogatorios eran en el hall o en los baños, que pasaron como veinte días y volvieron al salón de los armarios; luego una persona le dijo "ey monjita vení", "ey esposa del cura", "ey gringa", y allí entendió que se referían a ella, era un hombre que tenía zapatos color guinda muy lustrados, le habló de la Biblia, del derecho canónico y después de todo eso le preguntó qué era para ella la Pascua y ella dijo "el paso de la muerte a la vida", el hombre le dijo si sabía que estaban en tiempos de Pascua y le dijo que tomara lo que estaba pasando como un paso de la muerte a la vida. Dijo que nombró a Fósbery como el cura que estaba en contra de los curas del Tercer Mundo, que creyó verlo en su lugar de detención pero que no podría asegurarlo. Luego, una persona de la guardia le preguntó qué pasaba con ella, que le llamó la atención que no la hayan interrogado ni torturado. Dijo la testigo que sólo en la noche la sacudían y le preguntaban su nombre de guerra. Recordó que una vez le dijeron que su novio cura había confesado ser del ERP, otra vez, tres días después, le dijeron que él había dicho que era de Montoneros. Recordó que le preguntó a un guardia si qué era mejor, si la interrogaban o no, porque ella le temía a las torturas y el guardia le dijo "no gorda, quedate tranquila que no van a hacerte nada porque se te nota el embarazo", era un guardia de gendarmería, recordó la declarante. Precisó que por la música que oían y la tonada que tenían se distinguía que eran litoraleños; que a los 20 días le cambiaron la guardia, éstos eran de Córdoba y por los días siguientes llegaron los litoraleños. Dijo que de los guardias de Córdoba recordaba a Ángel porque fue a verla a su casa, porque una tía suya, modista, le contó de su secuestro a una clienta cuyo sobrino la conocía, le decían Gringa, panzona, invocó ese nombre y él la identificó con su tía. Recordó a dos personas de nombre Ángel y a un "Indio" con tonada litoraleña. Recordó gestos del "Indio", que él no fumaba pero a todas las mujeres le mandaba un cigarrillo después de comer. Dijo la declarante que ella le pedía ir al baño, le cantaba, le decía que iba a ser el padrino de su hijo, le decía "Indio cállate que no se si voy a salir de acá"; era el que más se daba con los internos. Dijo que recordó a Roberto, un guardia, que le llevó leche y naranja para usarlo como laxante cuando ella se lo pidió. Recordó que el 9 de julio los hicieron parar para cantar el Himno Nacional y al terminar un chico dijo "viva el ejército", y lo retaron. Recordó también a Carlos Olivares, un primo de su marido, en esos años estaba en la Banda de Música del Ejército, la visitó un día en el lugar de los armarios. Recordó que le habían quitado los apósitos de los ojos y les habían puesto unos papeles con agujeros en la nariz porque estaban todos con conjuntivitis. Recordó que estando así, alguien le tocó la rodilla, ella lo reconoció, le preguntó por su embarazo, le dijo que no podía hacer nada, que no sabía dónde podía estar su marido. Precisó que en el lugar de los armarios vio mujeres y que a una le decían la comadre porque estaba embarazada y tuvo a su bebé en ese lugar, recordó que ésta le contó a la dicente que su madre tenía una panadería cerca de la Iglesia San Pío X. Indicó la declarante que después del lugar de los armaritos, cerca del 25 de mayo, cambió la guardia. Recordó también que en el lugar de los dos salones grandes, la interrogaron, le preguntaron por qué se había casado con un cura, ella le dijo que se casó por el hombre que era, no por ser cura. Dijo que también estuvo en el Arsenal, recordó que se trataba de un lugar nuevo, húmedo; ya estaba de 7 meses de embarazo, los guardias le preguntaron cómo estaba y ella les dijo "acá hace un frío de cagarse" y le dieron tres frazadas. Recordó que estaba ubicada en un box, que tenía asignado un número. Recordó que había 25 personas de cada lado, 4 eran mujeres. Dijo que a la hermana de un militar, que estaba casada con uno del ERP, según le dijo, la sacaron con ella, las otras tres mujeres quedaron ahí. Recordó que los guardias eran de Gendarmería, el "Indio", Roberto, ahí los vuelve a ver; a la comadre no volvió a verla, dio a luz en el lugar de los armaritos y no sabe qué pasó con su bebé. Dijo que en el Arsenal la guardia era de gendarmería y los interrogadores, del Ejército; que así lo decían los propios guardias. Dijo que allí la interrogaron por primera vez el 6 de julio; que se notaba que los interrogadores eran gente instruida y tenían información sobre los interrogados; le dijeron que era posible que la liberaran, que quedaría a disposición del PEN y luego podría ser liberada. Indicó la testigo que recuperó la libertad el 27 de julio del 76. Dijo que dentro de los Sacerdotes del Tercer Mundo, conoció al padre Gerván, pero no sabe qué le sucedió, sólo que había desaparecido con otro sacerdote catamarqueño, Centurión, que trabajaba en Tucumán con Gerván, con los campesinos. Dijo que conoció bastante a Carmona, que cuando la secuestran a ella, cree que Carmona ya se había ido. Precisó que la persona que mencionó anteriormente que tenía zapatos color guinda, que creía que era sacerdote, nunca supo si realmente era sacerdote. Recordó que la misma guardia litoraleña que había estado 45 días, volvió después y fue una gran alegría. Dijo que con René conocieron al cura Sánchez que vive en Montevideo, son amigos hasta el día de hoy, formaba parte del movimiento de Curas del Tercer Mundo. Supo que su cuñado presentó un recurso de hábeas corpus y fue amenazado con que le pasaría lo mismo que a su cuñada y a su hermano, entonces no hizo nada más. Dijo que luego de su liberación no sufrió amenazas aunque le dijeron que se cuidara porque iban a seguir sus pasos cuando la liberaron.

ANTONIO RA ÚL ROMERO

Dijo que desde chico siempre le dijeron "El Corto"; que en el año 75 fue detenido. Relató que estaba almorzando en la casa de su madre en Juan B. Justo al 1400 y a los 15 o 20 minutos empujaron la puerta y entró gente armada; era el Comisario Albornoz, Roberto Heriberto y lo primero que hicieron fue golpearlo y ponerle esposas y le preguntaban dónde estaban las armas y él les dijo que nunca tuvo armas, entonces le dijeron "hijo de puta", lo llevaron al fondo y lo sacaron afuera; era una camioneta blanca, le ataron los ojos y lo tiraron al piso, subieron tipos atrás y lo llevaron pisándolo. Recordó a uno Marini, "El Turco" Marini, y a un tal Chaile; eran de la policía pero no sabe el dicente el cargo que tenían. Precisó el testigo que esto fue en Octubre o Noviembre de 1975. Recordó que entraron por la fuerza, tenían armas cortas y largas, cuando lo llevaron al fondo de su casa pudo ver que estaba rodeada su casa, tenían armas largas. Contó que él tenía militancia política desde joven en el peronismo y que pertenecía al peronismo de base. Dijo que tiene la idea de que estuvo primero en la Jefatura porque desde que llegó lo comenzaron a golpear con algo que parecía un palo, lo ataron a una silla con una soga y le pusieron la picana, lo voltearon con la silla y le volvieron a dar picana. Dijo que después perdió el conocimiento y luego volvió en sí mismo; que siempre le hacían preguntas de compañeros, Juan Ferrante -un cura tercermundista-, Ana María Falú, Fernando Hevia, todos del peronismo de base. Dijo que todo esto ya lo narró en el 2005; que cuando lo torturaban se sentía la voz de Albornoz y llegado un momento le preguntaban "jefe qué hacemos con éste?" Dijo que estuvo 3 o 4 días bajo torturas y luego lo sacaron a un cuarto, le sacaron unas fotos con flash, sin vendas y lo volvieron a dejar en el mismo cuarto que lo habían torturado. Recordó que al día siguiente una persona con voz suave y amable le charlaba y le decía que hable, que cuente dónde estaban las armas y le hizo todo un trabajo de ablande y al día siguiente una persona le dijo que creía que lo ponían en libertad, lo llevaron a un baño, lo limpiaron, lo arreglaron un poco y por un pasillo lo llevaron a una oficina chiquita con un escritorio chiquito, había una pistola chica, Albornoz le dijo en ese momento que se iba de ahí por orden del gobernador que era Amado Juri. Dijo que luego supo que unos amigos y su hermano hablaron con el gobernador y le pidieron que lo dejen en libertad. Dijo que en esa época ya convivía con su señora, pero que de día estaba con su madre; con su Sra. vivían en Rivadavia 1688. Contó que desde el año 1966 vivió en El Colmenar, en Juan B. Justo 2414, se casó con su mujer y en el 77 lo volvieron a secuestrar, el 7 u 8 de enero; lo sacaron a él y a su Sra. Relató que él llegaba de trabajar, tocaron el timbre y dos muchachos jóvenes le preguntaron si les podía ver el auto y el dicente les dijo que vayan al taller, pero salió y lo encañonaron; entonces una vez que estaba ya afuera, vio que se acerca de vuelta Albornoz diciendo "ese es el h... de p...", era alrededor de las 14 horas. Contó el testigo que tenía un taller mecánico; que después, cuando salió en libertad, se enteró que tiene un hermano que fue secuestrado, se llamaba Roberto Francisco Romero. Recordó que esa vez a él lo metieron en un auto, le tiraron su mujer arriba y lo llevaron, no recordaba bien si a Jefatura o al lugar donde funcionaba Investigaciones. Añadió a que de noche sentía los ruidos de chicos que jugaban, era cerca de su casa de Rivadavia. Dijo que allí le dieron golpes con palos y le quedaron marcas hasta hoy; hasta ese momento su mujer estaba allí con él; después lo pusieron en una cama y le aplicaron electricidad todo el día, mañana, tarde y noche y le preguntaban por armas, por compañeros guerrilleros. Dijo que a su mujer la torturaban también, ahí cerca, sentía los gritos y llantos de ella; estaban todos en un gran salón, no sabe quiénes eran los otros compañeros. Contó que su esposa cumplía una tarea política en el grupo de base y era directora de la Escuela Benjamín Villafañe, en Blas Parera al 300 o 400; que anteriormente su esposa era maestra de una escuela en el canal norte que funcionaba en una prefabricada. Dijo que la Sra. de Campopiano fue secretaria de su Sra. en la Escuela Benjamín Villafañe. Contó el testigo que los que torturaban eran los mismos; que cuando llegó le sacaron la ropa, los zapatos y que se sentía la voz de Albornoz; que perdió noción del tiempo que estuvo en Jefatura y que allí se orinaba en el mismo lugar que lo tenían y no le daban nada de comida. Dijo que una noche el ejército lo sacó de la Jefatura y lo llevaron a un lugar del sur, no sabe si era La Escuelita o Baviera, pero creyó que era Baviera porque se sentían ruidos de tropas; que allí una vez pudo ver al Coronel Arrechea que lo señalaba a él y decía que era un hijo de puta y que había que reventarlo; lo sacaron a una pieza y lo empezaron a picanear. Recordó que después, hablando con otros detenidos de allí, les comentó cómo era su torturador y le dijeron que se llamaba "Ketchup"; después se entera que era el Comisario Almirón. Dijo que perdió el contacto con su Sra. cuando lo metieron en la pieza de la cama con elástico. Dijo que después se enteró que a su mujer le decían "cómo habrás sido de puta para meterte con este guerrillero", y a la vez a él le decían que la habían hecho boleta a su mujer. En Nueva Baviera estuvo también 10 días aproximadamente y también le preguntaban por las armas. Describió que una noche lo sacaron de allí y lo trasladaron a un lugar a muchas horas de viaje y lo colocaron en un galpón grande donde sentía susurros y se dio cuenta que había más compañeros, advirtió que donde él estaba era como una casilla construida con materiales en donde los tenían a todos; al día siguiente lo llevaron a los interrogatorios; después lo estaquearon desde la mañana y lo dejaron ahí bajo los rayos del sol. Dijo que el calor le quemaba, le sonaba la cabeza porque era pleno mes de febrero; allí siente un compañero que le dijo en voz baja "che corto, soy Lucho, te voy a dar un poquito de agua, aguantá hermano, qué va a hacer, a la tarde te doy más porque me están mirando". Dijo que ese lugar era el Arsenal Miguel de Azcuénaga porque se escuchaba clarito el ruido de los bailes que hacían en la Estación Experimental. Recordó que un día, la tercera noche, el Dr. Augier le dijo: "Cortito vos sos de El Colmenar, quedate tranquilo que aquí está tu mujer", y así se entera que en ese lugar estaba también su mujer. Dijo que el Dr. Augier lo comunicó con un compañero que pertenecía a la Comisión de El Colmenar, Félix Corbalán, quien estaba desde hacía como siete meses allí; Félix le conversaba, estaba en otro casillero, y le decía: "Romero quedate tranquilo porque nosotros somos buenos y tenemos que rezar mucho para que cambiemos todo esto"; también recordó el testigo que un compañero estaba tirado allí en el medio del pasillo y vino un guardia y dijo "saquen eso de ahí". Dijo que cuando lo sacaron de la estaqueada a la noche, lo tiraron a una ducha y se le inflamó la piel, se le hizo una bolsa de agua en la piel, le tiraban agua fría, lo sacaron y al día siguiente le volvieron a dar picana, todos los días lo picaneaban y los trataban de hijo de puta. Dijo que evidentemente por las insignias, era gente de la marina, del ejército y de aeronáutica. Recordó que una vez, en plena sesión de tortura, le levantaron la vendas y una mujer lo tenía de los pelos, una tal "Piturra" y ahí pudo ver que era gente de la marina; también lo vio a Leandro Fote, y a ambos le preguntaron si se conocían uno al otro, pero ellos dijeron que no y en realidad sí se conocían, Fote era dirigente del sindicato de San José, ahí "la Piturra" dijo "sí se conocen estos hijos de puta" y les bajaron la venda y lo volvieron a picanear, estaban sentados, recordó. Añadió que la "Piturra" decía que había que reventarlos porque sí se conocían. Dijo el testigo que él no sabía quién era "la Piturra", pero se la pasaba hablando con los gendarmes y la identificaba por la voz; tenía olor a perfume, a limpia. Recordó que después de esa sesión de tortura, lo sacaron y lo hicieron arrodillar y a un compañero lo hicieron que lo orine en la cara. Dijo que les hacían un trabajo de destrucción todo el día, mucha humillación. Recordó que también se sentía hablar a un chaqueño que charlaba afuera con "la Piturra"; que una vez "el Chaqueño" dijo "sí, éste es, sáquenlo a éste" y lo llevaron al dicente a la pieza de tortura. Recordó que al "Chaqueño" se lo sentía charlar y que estaba a las risas con "la Piturra"; que los guardias eran del litoral, pero no recordaba ningún nombre ni apodo; a veces se sentía que entraban los jefes, como que iban, caminaban y controlaban; a veces, de noche, se escuchaban tiros, un par de tiros, pero no fueron muchas veces. Contó que el compañero que estaba tirado en el pasillo era "El Bombo" Avalos y Augier le dijo que tenía tétanos; recordó que "El Bombo" le preguntaba al doctor si se iba a morir y éste le decía que sí, que se quede tranquilo. Recordó que había también una mujer que, por su tonada, era santiagueña, también había otras compañeras, se escuchaba que eran jóvenes y estudiantes. Recordó que le dijeron que Juan Martín estaba detenido allí en el Arsenal, pero aclara que no lo conocía. También recordó el testigo haber escuchado que a uno de los guardias le decían "Colorado", pero no sabe quién era. Del Padre Mijalchyk dijo que sabía que era el sacerdote de San José y lo único que sabe de él es que iba y hacía los ablandes al confesarlos ahí en el Arsenal, entonces les decía que hablen, los hacía hablar. Aclaró el testigo que vivió toda su vida en El Colmenar, en Juan B. Justo al 2800, y cuando se casó, vivió en la calle Rivadavia. Dijo que cuando volvió a su casa, le habían robado todo, Albornoz y su banda; que supo que era la Policía, que se había quedado 15 días en su casa; les sacaron los anillos a él y a su esposa; aclara que a eso lo supo por comentarios de vecinos. Contó que una noche lo sacaron y le dijeron que se iba en libertad y que no diga nada, que se había cometido un error y que lo pondrían en libertad y que su Sra. estaba también allí; por lo que a fines de febrero o marzo, lo sacaron, lo tiraron en un auto con su Sra. y su hermano, y le preguntaron a dónde quería que lo dejen y él dijo "en el cementerio"; los tiraron en un pasaje cerca del cementerio israelita, vendados y atados, su hermano desatado. Recordó que estaban casi desnudos, él tenía apenas un elástico del calzoncillo, su Sra. semidesnuda y con una pierna infectada porque la habían quemado en la tortura, estaban descalzos. Precisó que esa noche se fueron a El Colmenar y entraron a la casa de su madre, se lavaron un poco, comieron un poco, estaban desorientados, cuando llegaron a la casa de Rivadavia estaba todo destruido. Dijo que luego advirtió que por unos meses los perseguían y controlaban, dormían en casas de amigos por toda la ciudad, hasta que pudo hacer las conexiones y salir a Paraguay en una lancha de cebollas, tapado con unas bolsas. Dijo que sí conoció a Miguel Ángel Noguera, porque los Noguera era la panadería del pueblo, en calle Monteagudo de El Colmenar; Noguera era Delegado Comunal de El Colmenar en el 75/76, antes del golpe fue elegido delegado comunal, lo eligió el pueblo, él pertenecía al Partido Radical, era persona pública. Dijo que tuvo conocimiento que su Sra. y otra gente estaba siendo investigada, que eso lo supo cuando se hizo público que había cosas escritas y que estaba siendo investigada su Sra. y otra gente. Dijo que a Félix Corbalán lo conocía mucho, que conversó con él, lo conocía porque fue miembro de la Comisión del Centro Vecinal de El Colmenar; que lo conocía desde muy joven, fue delegado en los talleres de Tafí Viejo también; que ese fue su pecado, por eso lo secuestraron. Dijo que supone que Félix estaba en una especie de delirio místico, él no era religioso, no era algo típico en su lenguaje, siempre hacía comentarios políticos, gremiales, era desconocido en su lenguaje y costumbre, no estaba bien Félix, agregó el testigo. Dijo que Augier le comentó que el padre Mijalchyk visitaba ese lugar. Dijo que no sabe que Mijalchyk está acusado de haber cometido delitos en contra de su persona. Dijo que nunca lo vio a Mijalchyk, ni en el auto en el que lo llevaron cuando lo privaron de la libertad, ni tampoco en la Jefatura de Policía, ni en Baviera.

MIGUEL ÁNGEL NOGUERA

Dijo que es compadre del padre Mijalchyk. Manifestó que nació en El Colmenar, en el hogar de menores, su papá trabajaba ahí, hasta el año 1972. Que en ese año le adjudican una casa en el Barrio Padilla, eso fue en agosto de 1972 y estuvo ahí hasta agosto del 1976; al frente estaba Félix Viterbo Corbalán. Dijo que desde el 11 de agosto del 1976 hasta noviembre del 1979 fue Delegado Comunal de El Colmenar. Respecto a Félix Viterbo, dijo que era excelente, trabajaba en el ferrocarril, puso una ferretería en frente de la casa del dicente. Que un día se enteró que pusieron una bomba en el negocio de Félix. Indicó que él asumió el 11 de agosto en la Comuna y cuando vuelve al día siguiente del Barrio Padilla, a trabajar a la Comuna, vio que había personas afuera y le contaron que lo habían secuestrado a Félix Viterbo la noche anterior. Dijo que no vio nada porque él vivía en la calle Italia al 4500. Precisó que el hermano de Félix era más amigo cercano por la edad. Dijo también que es radical y que en el 73 había hecho un programa de acción para El Colmenar, eso llegó a manos de un gran dirigente justicialista Hugo Gelsi, él decidió designarlo Delegado Comunal. Recordó que en esa época estaba mal económicamente, golpeado por "El Rodrigazo". Relató que andaban buscando a un Miguel Noguera para asumir la comuna, pero eran cinco Miguel Noguera, entonces no sabían cuál era, hasta que certifican y resultó ser el dicente; que Miguel González le toma juramento. Dijo que el Intendente era quien ponía en el cargo a los delegados comunales. Dijo que él era Delegado Comunal de Las Talitas, El Colmenar y Villa Mariano Moreno, durante el gobierno militar de Antonio Domingo Bussi, pero aclara que no lo conoce a Bussi y que sólo lo conoció en un avión en el que Bussi viajaba en la parte VIP junto a Víctor Massuh y Alberto Herrera. Dijo que ya no estaba en El Colmenar cuando fue el estallido relacionado con Corbalán; que sólo sabe que Corbalán era dirigente sindical. Relató que como Delegado Comunal fue a la casa de Gobierno, porque anduvo por otro problema de un primo suyo llamado Reinaldo Correa, que después apareció muerto; allí le decían que no se meta en esas cosas y él les decía "Soy delegado comunal tengo que velar por el bien de la gente", entonces le respondieron "Sos el último orejón del tarro, tenes que ejecutar todo lo que digan los de arriba", y el dicente les contestó "Siempre y cuando no vaya contra mis principios". Dijo que en la Iglesia fue a hablar con Monseñor Conrero, consiguió que le dé una nota para ir a Buenos Aires a hablar con Primatesta, la carta que le dieron iba dirigida a Primatesta, allí le dijeron lo mismo que le dijeron en el Arzobispado, que cualquier pedido debía canalizarse por De Nevares, eso con relación a las averiguaciones por la situación de Corbalán. Respecto a Doña Berna, la madre de Corbalán, la recordó reclamando siempre por su hijo, pero sólo podía consolarla. Dijo que atribuye el enriquecimiento de los militares al Fondo Patriótico, al respecto da cuenta del aumento del patrimonio de Bussi sin respaldo que lo justifique. Dijo que a Mijalchyk lo conoció en el 64, estuvo en su boda y en la muerte de su padre. Dijo que se lo conoce como "Padre Pepe" y lo conocían con ese nombre desde el Seminario. Precisó que no sabía, a la fecha de los hechos, de la existencia del Arsenal; que conocía de la Escuelita de Famaillá porque a un primo suyo lo secuestraron y tuvo que alojar en su casa al hermano de éste. Dijo que Conrero era Arzobispo en Tucumán; que sí conoció al Padre Vecce, quien era capellán del ejército y daba misas por la televisión, por Canal 10, ya murió. Indicó que hizo todas las gestiones que pudo para ayudar a la Sra. de Corbalán, por ejemplo intentó hablar con Primatesta, hablaba día por medio con la madre de Corbalán y la nota se la dio a la Sra. Maga, para que le manden a De Nevares. Dijo que a la Sra. de Félix la asesoró en algo para que le puedan dar la pensión de los desaparecidos y no sabía cómo llenar los formularios y años después la conoció a la hija ya grande, historiadora, que me vino a preguntar por unas cosas de la historia de El Colmenar, entonces le dijo si ya sabía dónde había estado su papá, y ella le contestó "si, ya sabemos, estuvo en el Arsenal nos han dicho", dijo la chica. Dijo que le mostró el informe de la Bicameral, y le dijo "mirá, ahí figura que estuvo en el Arsenal, lo hemos buscado por todos lados". Dijo que no sabe de dónde la Sra. de Corbalán pudo haber pensado que él estaba detenido en el Arsenal Azcuénaga, ya que era sólo Delegado Comunal y jamás ingresó al Arsenal y que Mijalchyk nunca le dijo que lo vio a Corbalán en el Arsenal ni nada de eso. Expresó que no le consta ni nunca supo que Mijalchyk fuera capellán del Ejército, sabía que era párroco de la Parroquia San José Obrero, desde el Nogal hasta Chorrillo, misionábamos por ahí. Dijo que el padre Mijalchyk fue un punto de apoyo para él y su novia que luego fue su esposa de hace 45 años, explica que él era huérfano de padre. Dijo que a los 10 días de que murió su padre y él estaba mal porque no lo sabía cómo sobrellevarlo, se conectó con el Padre Mijalchyk y éste le dijo "hay muertes que son necesarias". Dijo que con respecto a Corbalán hizo los trámites que le pidieron en la Iglesia y en el Gobierno.

MAGDALENA RUFINA DÍAZ DE CORBALÁN

Dijo ser esposa de Félix Viterbo Corbalán; que vive en El Colmenar desde que se casó. Precisó que su marido trabajaba en Tafí Viejo y tenía un negocio en El Colmenar, luego fue detenido el 24 de agosto de 1976. Dijo la testigo que le pusieron una bomba en el negocio una noche; que nunca dejaron panfletos ni sabía de dónde venía la bomba. Indicó la dicente que cuando entra la Junta Militar, lo dejaron cesante de los talleres de Tafí Viejo a su marido, porque él era dirigente gremial. Contó que lo secuestraron como a las 20:30 horas del negocio; llegaron tres individuos a cara descubierta y vestidos de civil con armas largas, preguntaron por él y le dijeron que los acompañe. Recordó la testigo que había una cliente ocasional en el negocio en ese momento, quien dijo que vio todo esto cuando iba llegando al negocio y que vio una camioneta blanca doble cabina sin chapa patente, estacionada; luego la dicente dijo que entró al negocio, que sacó dinero y se fue a la carnicería y cuando volvió al negocio vio que lo sacaban a su marido. Dijo que esa noche fue a la comisaría con su padre pero no le quisieron recibir la denuncia y al otro día fue a presentar un habeas corpus su padre y su suegro hizo la denuncia. Dijo que nunca habló con el Sr. Noguera ni con el Sacerdote Mijalchyk. Dijo que lo conoce al Sr. Noguera porque fue criado desde chico con su esposo, eran del barrio, y que al padre Mijalchyk lo conocía de la iglesia pero no habló con él. Aclara la testigo que el Sr. Noguera no estuvo detenido, pero sí es cierto que fue el Sr. Noguera quien le dijo que lo había visto a su marido ahí en el Arsenal; dijo luego que sabía que Mijalchyk era capellán de allí. Contó que en la Bicameral le leyeron el testimonio de Augier, en donde decía que el esposo de la dicente había estado junto a él en el Arsenal. Dijo que también otra persona le dijo que lo vio y también un matrimonio de apellido Romero, dijo haber conversado con su marido en el Arsenal y así es como corrobora los dichos de Noguera. Agregó que estaba la Sra. María Angélica Massamuto y su marido junto con el hermano de este último. Precisó que ni ella ni su marido iban a la iglesia; que sabe de un compañero de su esposo de los talleres que fue secuestrado y muerto, llamado Diego Fernández, de Tafí Viejo. Dijo que Héctor Ángel Lobo es un vecino de ella y estaba presente atrás del mostrador, iba a veces a conversar con su marido; que al Sr. Noguera lo veía todos los días porque era vecino y que le manifestó a los pocos meses del secuestro que su esposo estaba allí, a fines del 76 o 77, que todavía estaba con vida su marido; por último dijo la testigo que ella declaró en la bicameral en el 84.-

MARÍA ANGÉLICA MASSAMUTO DE ROMERO

Se dio lectura a su declaración. Declaró ante el Juez Federal que fue secuestrada el 8 de enero de 1977 de su casa de calle Rivadavia 1688 de esta ciudad, en un operativo de mucha gente; tocaron la puerta y pasaron; había gente en los techos de los vecinos; había móviles, el tráfico estaba cortado. Dijo que la sacaron a ella y a su marido Antonio Raúl Romero, le sacaron reloj y tres anillos; eran las 13 horas, la llevaron a ella y a su marido y a dos pibes que trabajaban con su marido. Precisó que reconoció a Albornoz, a Marini, a Chaile y a "El Colorado", que no sabe su nombre. Que la metieron en el piso de un auto y a su marido en otro y no lo vio más hasta el Arsenal. Recordó que la tiraron al piso y el tuerto Albornoz empezó a pegarle y le pedía datos de las actividades de su marido, a su marido le decían "El Corto" o "El guerrillero hdp..."; dijo que la llevaron a una celda donde estaba sola, había una chica de Tafí Viejo, que era delegada gremial. Recordó la dicente que la sacaron dos veces más con la misma rutina, golpes y preguntas de su marido, que pudo ver bajo las vendas que había gente al frente; estuvo varios días hasta fin de mes, los primeros días de febrero le dijeron que esa noche se iba; entonces la metieron en un auto, iban por un camino de tierra, por la manera en que se movía el auto, la bajaron, la metieron en un lugar; luego se enteró que era el Arsenal. Dijo que estuvo en un galpón donde estuvo Leandro Fote, y permanentemente traían más secuestrados, una chica Laura que vivía frente a la plaza Belgrano, que estaba embarazada de dos meses y estaba con su pareja, Lucho Falú, él le dijo que el motivo de su detención era la relación con Ana María Falú. Recordó que estaban controlados por gendarmes que tenían tonada litoraleña y que a la noche cantaban el zapucay. Dijo que a los dos días la sacaron y la llevaron al "cuartito", la tiraron en la parrilla y le aplicaron picana, le preguntaban sobre sus actividades y las de su marido; otro día la llevaron a otro galpón que en el piso había balas incrustadas. Recordó que había dos galpones con boxes a los costados. Indicó que a su izquierda estaba Augier y al otro lado estaba vacío porque su ocupante estaba en "el arbolito", el enterramiento hasta el cuello; allí ve que estaba su marido y su hermano Roberto Romero, a quien habían detenido antes por confundirlo con su hermano, es decir, el marido de la dicente; y recordó que también estaba Félix Viterbo Corbalán, a quien luego lo traen del enterramiento y estaba muy grave, todo picado y éste le preguntó al Dr. Augier si se iba a morir, le dijo que le dolía la lengua que no podía hablar, y murió a los tres días del enterramiento. Dijo que se sintió que cavaban y Augier dijo que era que lo enterraban al "bombo", no llegaba a los 30 años y decían que militaba en el ERP. Dijo que Félix Viterbo Corbalán estaba con delirio místico, invocaba a Dios, la Biblia, la Virgen, y a pesar de ser ateo juraba que al salir se dedicaría a su familia, era militante del PCR, la dicente lo conocía de El Colmenar. Recordó que estaba también "la Piturra", que era colaboradora, era joven, de pelo largo y ésta le dijo que con seguridad ella saldría y le dijo también que ninguno de los que estaban ahí tenían nada. Agregó que tanto "la Piturra" como "el Chaqueño" actuaban con total libertad, sin vendas, "el Chaqueño" era violento, insultaba, pateaba, colaboraban en las torturas y en las interrogaciones, tenía trato como de torturador y con referencias sexuales a las mujeres. Recordó la testigo que una vez la llevaron a bañarse y ella se sacó las vendas y vio un campo y una fila de detenidos y lo vio a su marido en calzoncillos, que parecía taparrabos; reconoció la voz de "el Chaqueño" que decía "a cagar todos" y los vio limpiarse arrastrándose mientras los gendarmes se reían. Dijo que Mijalchyk iba allí y hablaba con la gente, era capellán del ejército, iba de visita, consolaba gente y les decía que hablen con total sinceridad con los del ejército. Dijo que lo conocía al cura Mijalchyk porque iba en misión a la escuela en la que ella era directora. Recordó que desde allí escuchaba la propaganda del club Estación Experimental. Dijo que preguntaba si estaba Julio César Campopiano y le dijeron que no; que preguntaba porque al momento del secuestro ella era directora de la Escuela Rector Villafañe y la secretaria era Adelaida Carloni de Campopiano y le habían secuestrado dos hijos. Dijo que cuando los liberan los tiran en una calle paralela a la Avenida Juan B. Justo, a la altura del cementerio, que tenían la misma ropa con la que los habían secuestrado, estaban sucios, con un olor insoportable, los sacaron del auto, los bajaron, ella estaba delgada, con el vientre hinchado por el maíz y la pierna derecha infectada por quemadura de cigarrillo de uno de los torturadores; al regresar e ingresar al domicilio de Rivadavia 1688, el 1 o 2 de marzo, la casa estaba abierta y saqueada de todo objeto de valor, los animales muertos, se enteró por los vecinos que los habían estado viviendo 15 días allí. Dijo que sí sintió hablar de Juan Martín mientras estaba secuestrada en Arsenal y que decían que era un entregador o colaborador. Dijo que en el año 86 la llamaron del Comando para declarar, pero no se acuerda mucho de eso. Dijo que "la Piturra" le dijo que ella y su pareja saldrían en libertad; respecto a "la Piturra" dijo que ella estaba detenida pero en distinta situación a la de Lucho Falú quien dormía en los galpones y nunca participo de torturas, que en cambio "la Piturra" y "el Chaqueño" sí lo hacían, que dormían fuera de los galpones y sí participaban de interrogaciones y torturas, estos dos eran los únicos colaboradores según lo que ella sabía. Dijo la testigo que Falú quedó en el Arsenal cuando ella salió y todos los demás que nombró también quedaron allí. En su declaración de fs. 8 ante la Comisión Bicameral se refirió a Félix Viterbo Corbalán. Dijo que al lado de ella estaba el Dr. Augier y al lado de éste estaba Corbalán; que se comentaba el secuestro de éste en la zona de su domicilio, se encontraba barbudo pero con buen estado físico; que quizás Augier podría dar más información; recordó que habló con Corbalán y le dijo que lo habían torturado en un enterramiento y que uno de los torturados le había dicho que iba a salir pronto, se encontraba deprimido y rezaba mucho.-

RAMÓN FRANCISCO BRIZUELA

Dijo en su relato que fue secuestrado tres veces. La primera el 25/12/75. Por aquel entonces, vivía a una cuadra y media de la Comisaría de Villa La Florida, que como a las 16 horas en su casa se presentó un camión del Ejército con más de diez soldados y un jefe, ingresaron a la casa, le preguntaron su nombre y le dijeron que tenía que acompañarlos, en ese momento estaba con su esposa, la Sra. Iñigo, a ambos los hicieron subir al camión y a las dos cuadras le vendaron los ojos, los llevaron hasta la localidad de Alderetes, a la escuela del lugar, pudo reconocerlo por los ruidos característicos que los bancos hacen al desplazarlos. Luego, dijo, como a la hora, una persona comenzó a pegarle en la cabeza con el puño cerrado, durante unos 15 minutos, sin decirle nada, mas tarde, los llevaron al aeropuerto donde pasaron la noche. Al otro día, recordó, le sacaron la venda y vio carpas de color verde, también había varias mesas y sillas, vio a tres personas vestidas con ropa del ejercito y una de ella le preguntó por sus actividades políticas. Luego los liberaron en el hospital Padilla ya que su esposa estaba enferma quedándose ahí unas 24 horas más y luego, dijo, siguieron la vida normal. Ese primer secuestro, narró, duró unas treinta horas. Respecto a su actividad política, dijo que pertenecía a la Juventud Peronista, cuando no era ilegal serlo. Respecto a su segunda detención, dijo que tuvo que ver con su actividad de músico. Así, en una oportunidad en que se encontraba tocando en un baile, en el año 1976, llegaron policías que comenzaron a recorrer el baile, en un determinado momento vio que llevaban a su esposa y a su cuñada, Aída Luz Iñiguez, se acercó y pregunto que pasaba, le dijeron que era para averiguación de antecedentes, y le dijeron que si quería que fuera con ellos, los subieron a los tres a un carro de asalto donde también había otros vecinos. Dijo que, los llevaron a la Brigada de Investigación y lo tuvieron dos días en un calabozo junto con otros detenidos. A los dos días le tomaron una declaración y lo dejaron en libertad, alrededor de las 21 horas, e igualmente a su esposa y cuñada. Respecto a su tercera detención, contó que fue el 19/04/76 en su casa, así, esa noche mientras dormía, ingresaron a su domicilio varias personas, le iluminaron la cara con una linterna, y les ordenaron a su esposa y a él que se vistieran y se metieran debajo de la cama, la persona que comandaba el grupo se dirigió hacia la otra cama que estaba en la misma habitación donde estaba la guitarra eléctrica que usaba, la hico sonar y le dijo "creo que no vas a volver a tocarla más", luego sacaron a su mujer de debajo de la cama, y le vendaron los ojos. Posteriormente, lo sacaron afuera, y lo metieron en el baúl de un vehículo, a su esposa la metieron en otro auto, recordó que anduvieron alrededor de media hora, lo sacaron del baúl y lo llevaron a una habitación, lo hicieron sentar en el piso, sintió que a su esposa la ubicaban frente a él también en ese lugar, luego, llegó una persona, a los minutos se fue y vino con otra a la que le dijo "mirá a quien nos trajeron acá". Al día siguiente, dijo, los llevaron a otro lugar, recordó que era un sitio familiar para él, cerca del aeropuerto porque oía vibrar al edificio cuando salían los aviones. Al segundo o tercer día lo levantaron a la noche y lo llevaron a otro lugar del mismo edificio, quien lo trasladaba le dijo "quiero que se quede callado y oiga lo que otra persona dirá sobre ud.". Oía gente quejarse, llorar, gente que había sido o estaba siendo torturada. Así oyó la voz de Chaparro, un vecino suyo, que dijo que lo conocía y que pertenecía igual que él a la juventud peronista, sin querer le dijo por el nombre "Santo" y la persona que estaba con él lo golpeó diciéndole "te dije que no hablaras". Entonces lo golpearon y lo llevaron al lugar donde estaba antes, en el que permaneció unas dos semanas, supone que ese lugar era la escuela de educación fisica. Al regresar al salón, escuchó a su esposa, con quien se comunicaba tosiendo. Transcurridas dos semanas aproximadamente una noche los hicieron parar a todos, lo hicieron subir a un vehículo que se notaba que era un colectivo por los asientos y el pasillo al medio, quien lo llevaba le movía la venda, no sabe si fue o no a propósito. Así, dijo, confirmó que era un colectivo, vio a otras personas, y a los últimos que entraba los ubicaron tirados en el pasillo. Desde alli, pudo ver otra gente, entre los que habia uniformados que daban ordenes. Quien dirigía el movimiento dentro del ómnibus, comenzó a caminar por el pasillo y se ubicó delante de él, estaba con un uniforme verde. Cuando terminaron de organizar todo dentro del ómnibus comenzaron a desplazarse, el trataba, contó, todo el tiempo de memorizar el recorrido o imaginar por dónde iba la caravana, asi, advirtió que cruzaban el puente Lucas Córdoba. Pasados unos cuarenta o cincuenta minutos, pasaron por la la zona de Cevil Pozo, al llegar a las vías giró a la izquierda, hacia la zona de Delfín Gallo, hicieron unos 300 metros y la caravana giró a la derecha. Luego de cruzar las vias, pararon, bajaron todos, los sentaron en el piso, serían las 2 o 3 de la mañana. Aclaró que nadie durmió porque se oían tiros y gente que decía "allá va uno, allá va uno", "allá va otro, allá va otro". No oían a personas corriendo pero hicieron tiros toda la noche. A la mañana sintió la sirena del ingenio La Florida y confirmó que estaba en el aeropuerto de Cevil Pozo. Luego lo llevaron caminando y escuchó una voz que le era familiar, era la de Víctor Sánchez, al que le decían Pecho i Tabla, era vecino de La Florida, entrenador del equipo de básquet femenino y vendedor ocasional de comida, caminaron unos 100 metros y entraron en unos cañaverales, le hicieron dar varias vueltas para desorientarlo, le dijeron que se portara bien y colaborara. Esa misma noche los volvieron a subir en vehículos en caravana, allí habrán estado 24 horas. Anduvieron alrededor de una hora, los bajaron y los llevaron a un lugar que era en un primer piso, era un lugar con un salón de unos 20 por 5 metros. Tenía varias ventanas, alli, los hicieron sentar en el piso, lo llevaron a un baño donde lo torturaron, le aplicaron picana y lo sumergieron en un tacho con agua. Allí estaba Víctor Sánchez, al que vio y oyó, pero el no accionó la picana ni le pegó, parecía ser que el estaba a su cargo, agregó que en el lugar estuvo en un momento junto a Hugo Román, vecino de La Florida, también estaba otro muchacho al que no vio pero que le dijo que era de la Unión de Estudiantes Secundarios (UES), era cantante, bastante conocido, era más alto y corpulento que él. Asimismo, dijo, en algún momento estuvo al lado suyo un muchacho llamado Mario Apeceche, de Mercedes, provincia de Buenos Aires. También allí, pudo hablar con Zoilo Reyes de la Banda del río Salí, Santos Chaparro, estaba también su esposa pero en otro lugar, a quien era su cuñado, Coronel y a Ercilia Carabajal. La petiza era una militante de la juventud peronista, a ella la vio, cuando la torturaban en el otro lugar del mismo edificio, totalmente desnuda recostada en una cama de hierro, quien la torturaba le agarró el brazo y lo hizo presenciar la tortura, lo llevó, le levantó la venda y le preguntó si la conocía, dijo que si pero que no recordaba el nombre, la chica estaba muy dolorida, a la izquierda de la mujer estaba quien la picaneaba. La petiza era una persona baja, joven, de unos 30 años, su apellido era Fernández. Contó también que una vez se le acercó alguien para que reconociera a una persona, así, lo sacaron del lugar en un auto rojo y lo llevaron por una calle en la que sube una persona vestida de médico, luego se dirigieron frente a la Brigada de Investigaciones al Colegio Nacional, allí fueron a la dirección y le preguntaron por Fernández les dijeron que no estaba. Luego le presentaron otra persona que era aparentemente familiar de ella, la que fue también subida al auto. Le dijeron que contara dónde estaba la petiza y dónde vivía. Fueron así a esa dirección, y allí Víctor Sánchez con el supuesto médico secuestraron a la petiza. Luego, volvieron al lugar, donde estaba secuestrado que está seguro que era la Colonia de Menores. Al regresar lo dejan a ál en el salón en el que estaba y después lo llevan a presenciar a la tortura que ya relató. Quienes los vigilaban, dijo, eran de la Gendarmería Nacional y que recuerda, que lo llamaban Indio, cuyo rol era cuidar que no hablen, llevarlos al baño cuando lo necesitaban y repartía comida, otros eran Roberto, Carlitos y otro que decían que era capellán de la gendarmería que se hacía llamar Falucho. Por otra parte, dijo, que Fredy Coronel estaba haciendo el servicio militar, estaba con uniforme de conscripto y que lo vio allí, en la Colonia de Menores, y que pudo hablar con él pero en arsenal. Con Zoilo Reyes, dijo, que sí pudo hablar en la Colonia de Menores, que había sido muy torturado, le contó que tenía un amigo que era la única persona que podía gestionarle la libertad, pero no le dijo quién era. Dijo que no sabe bien cuanto estuvo en la Colonia, seguro que más de un mes. Luego, contó, lo llevaron al Arsenal, lo trasladaron en caravana, en grupo, llegaron de noche, entraron por un portón de dos hojas, lo hicieron sentarse en un lugar que era como un casillero que tendría un metro de ancho más o menos y un metro y medio de largo, tenía pared de ladrillo hueco de algo más de un metro., allí permanecieron parados todo el día. Estaba cerca de la puerta y podía ver a través de la venda, así vio al frente de donde estaban unas carpas verdes y humo. Agregó que, se oían las torturas, pero que cree que éstas no se hacían en el mismo edificio, sino al lado. Las mismas personas que estaban en el lugar anterior (Roberto, Carlitos, el Indio) fueron al Arsenal. Tuvo como una amistad con Carlitos, y que él es quien le dijo que estaban el Arsenal. Esas personas hablaban entre ellos en guaraní cuando no querían ser entendidos. En el arsenal, recordó, identificó a Ramiro, Gloria, Blanca, Ercilia, Chaparro, Coronel. Cuando hubo un cambio de gendarmes recuerda que los nuevos los sacaron a todos juntos al baño en trencito, mientras los otros los llevaban individualmente, pero fue una única vez que los llevaron así. Durante ese trencito pudo hablar con su cuñado Coronel que le dijo que el que los entregó a ellos fue Víctor Sánchez, Pecho i Tabla. En el Arsenal no fue interrogado. Allí pudo escucharla a su esposa, estaba en las mismas condiciones que él. No lo torturaron con picana o submarino, pero la gente de gendarmería de alguna forma los torturaba, psicológicamente, así, por ejemplo, su última noche en Arsenal fue llevado a una habitación por una persona, sólo le veía sus zapatos y pantalón negro. Otra persona llegó con Gloria. A ambos les anunciaron que se iban a ir de ese lugar pero no sabía dónde, pero que si quedaban en libertad tenían que aprender a valorar la vida. Gloria comenzó a llorar. Salieron en un vehículo del Arsenal, los bajaron en un parque, lo pusieron contra un árbol, la misma persona que en la habitación le reiteró que valorara la vida, luego, se fueron los del auto, los levantaron otras personas que llegaron en otro vehículo y los llevaron a una Comisaría a la madrugada, hasta la madrugada siguiente estuvo allí, sería el 20/08/76, luego, lo llevaron a Villa Urquiza, y el 24/03/77 lo llevaron a Sierra Chica, pero una semana antes lo llevaron al Regimiento 19 donde los torturaron física y psicológicamente. Sabía que era el Regimiento 19 porque estaban sin vendas. El 24/03/77 los llevaron en un carro celular al aeropuerto y a las dos horas partió en avión. Con ellos estaba detenido el Dr. Pezza, quien al ver que también estaba su padre comenzó a llorar . En abril de 1976 fue llevado de Sierra Chica a la unidad 9 de La Plata donde estuvo 1 mes y luego trasladado a Caseros y luego a la Unidad de Coordinación donde fue liberado en 1979. Respecto a los otros detenidos contó que , conocio a Ramiro un muchacho que le dijo que tenía familiares que tenían una panadería, que unos tíos suyos los llevaban a la panadería donde comía panes calientes con dulce de leche. En el Arsenal vio a una mujer embarazada a la que le decía la panzona. Sólo la vió una vez, en la Colonia de Menores, donde la vió sentada. Dijo que le dijeron que había un chico llamado Clever que estaba allí, quien tocaba en una banda. En Villa Urquiza vio entre los detenidos que había visto antes sólo a Santos Chaparro, que también fue llevado a Sierra Chica pero antes que a él.

ALBERTO DÍAZ

Contó que en el año 1976, después que fallece su padre, se va a vivir con su madre que estaba sola, que en ese mismo año, ingresaron a su domicilio y rompieron todo, en ese momento él no estaba allí. También en ese año, dijo, le dijeron que le daban 10 días hábiles para renunciar a la municipalidad. El 13 de mayo de 1977 lo sacan de su cama, eran aproximadamente las 22 hs., estaban todos encapuchados, lo alumbraban con linternas y a su señora la hacen poner boca abajo en la cama, preguntándole, donde estaban las armas, él contestaba que nunca tuvo armas, dijo que también le preguntaban como era su nombre, luego revisaron todo, tiraron a los chicos al costado de la cama, no encontraron nada, aunque igual lo sacaron de su casa, caminando, como a los 100 metros lo metieron al baúl de un auto fiat y se empezaron a desplazar, fueron hasta la avenida principal del Ingenio San Juan, eso es lo que cree. Luego lo llevaron al arsenal, y fue ahí donde empezaron a torturarlo, torturas de todas clases durante 14 días; a los 14 días los sacaron afuera, lo hacen apoyar en un paredón y uno de ellos dice "ya están estos para que los matemos, quiénes van a tirar", el percibió, dijo , que todos tiritaban del frío y del temor y un señor se le arrimó al oído y le dijo que se quede tranquilo que se iban en libertad. Cuando se fue, le pusieron un papel en el bolsillo en el que le recomendaban andar por el buen camino, alejarse de los vende patrias, y que recuerde el punto 2 porque sino lo iban a ajusticiar junto a toda la familia, y ese papel decía "Comando Militar....", también contó que dejó el papel en el Juzgado Federal. Dijo que había mucha más gente donde estuvo detenido pero que sólo reconoció a Ferreyra, que era su vecino, tampoco reconoció a sus captores. Contó que hizo el servicio militar en arsenales, cuando estaba detenido, una noche lo sacaron al campo y ahí reconoció que el lugar era el Arsenal. Dijo que alrededor de un monte estaba el polvorín, aparte había una casilla prefabricada donde torturaban, que los custodiaba gendarmería y se decía que los que torturaban eran del servicio de inteligencia. Dijo que a él le preguntaban por nombres que nunca había escuchado ni visto; también contó que se escuchaban tiros y que había mujeres, se las escuchaba cuando les tomaban asistencia por número. Dijo que las torturas eran continuas. Cuando lo liberaron le ataron las manos con cables y lo pusieron en un auto junto a otro señor, lo soltaron detrás del hipódromo y le ordenaron que después de una hora se levante, después que lo liberan consiguió un camión para trabajar porque quedó cesante en los trabajos, en ese período le salio un viaje para llevar la gente que venía a la zafra y aparece un señor que lo vigilaba y pasaba los datos. Luego, dijo, trabajó en una línea de ómnibus, hacía el turno nocturno hasta las 2 hs, un día ese hombre lo para y le dice que lo iban a volver a buscar el jueves porque querían saber de dónde venía después de las 2 de la mañana, así, el día y hora en que ese hombre le dijo, volvieron a buscarlo pero no lo encontraron, ese hombre era Antonio Segundo Campos pero nunca supo nada más de él. Dijo que fueron a su casa ese día y la encontraron a su esposa, le preguntaron de donde venía y ella les dijo que del trabajo.

B.H.

Dijo en la audiencia que sufrió varias detenciones. La primera que recuerda fue en la navidad de 1975, en aquel entonces, la detuvo el ejército y cree que la llevan a la escuelita de Famaillá, ese día no le hicieron nada pero si escuchaba los gritos de dolor de las demás personas. Al otro día la liberaron en la ruta. Respecto a la segunda detención, dijo, fue cuando ella viajaba en el colectivo a La Florida, allí, también iba Víctor Sánchez quien era su director técnico del equipo de básquet, cuando llegaron a la terminal, pararon el colectivo, se dio cuenta que la esperaban porque la bajaron y le pusieron esposas, en ese momento, Sánchez, dijo "qué pasa, ella es mi jugadora de básquet, ya la liberan" entonces la liberaron, él la invitó a tomar un café, le muestra un carnet del ejercito y le dice que él podía hacer desaparecer gente y que la haría secuestrar. A la semana siguiente, contó, llegaron unos encapuchados a su casa y se llevaron a su hermanita de 12 años porque ella no estaba, a la niña, la torturaron y la violaron, dijo.-Luego de un tiempo, llegaron nuevamente al rancho donde vivía con sus hermanos y los golpearon a todos, al ver esto, ella misma les dijo que era Blanca Hoyos, entonces la atrapan y la suben a un auto, allí, la manosean y le ponen los miembros sexuales en la cara; en ese momento escuchó que los secuestradores decían que ya llevaban a la morocha. Luego, llegan a un lugar, suben una escalera, era una habitación blanca, en ese momento llegó Sánchez y le dijo "viste, que yo cumplo", y le puso la picana eléctrica, ahí, comenzó lo que jamás se imaginó que viviría, entonces, comenzaron a torturarla. Al otro día le sacaron la ropa en una habitación y la acostaron en una cama de hierro, le ataron los tobillos y los puños con cadenas y le introdujeron la picana eléctrica en la vagina, inmediatamente comenzó a tener una hemorragia. En esas sesiones de tortura, le preguntaban constantemente por las armas. Todos los días, le envolvían los pechos. Contó, que esa noche ella murió y lo sabe porque despertó en un lugar donde había muchos cuerpos que no respiraban y ella sí, aunque en su interior deseaba estar muerta, para no tener que soportar más las cosas que le hacían. Una noche, contó, la llevan en un auto a un lugar donde sintió olor a limones y a campo, era el Arsenal, allí vivió los momentos más terroríficos de su vida, se escuchaba que lloraban, dientes que tiritaban, y gritos; todos los días la buscaban y la torturaban. Recordó que allí, había un gendarme que le decían Carlitos y que él le explicaba que tenía que hacer mucha fuerza para aguantar la picana, cuenta que una noche cortó la cadena de la fuerza que hizo; ella estaba muy flaquita, era puro hueso, en esas circunstancias, se presentaba Sánchez, le levantaba la ropa y se burlaba de ella diciéndole que él ya no la quería así. Dijo también que estando presa en Villa Devoto tuvo sicólogo. Recordó asimismo que el 21de junio de 1976 fue el último secuestro. Contó que aquel día un grupo de hombres ingresó violentamente a su casa, que ella vivía en un rancho grande con sus hermanos, tenía 19 años y su padre trabajaba en vialidad provincial. En el lugar de detención, en esta segunda oportunidad, escuchó ruidos de niños como si estuviera una escuela cerca, en ese lugar había una escalera, y pudo ver botas por debajo de las vendas. Aclaró que ahí no estaba Carlitos. Respecto a los otros detenidos, dijo que reconoció a Hugo Román quien le dijo "¿Blanquita sos vos?", inclusive, sabe que él recuperó la libertad al mes pero que perdió todos sus bienes. A Carabajal, Brizuela, Chaparro, Iñiguez, son a los que reconoció pero aclaró que ella estuvo muy mal allí. Una noche, contó, la sacan de ahí, cree que sola y la llevan al Arsenal, allí escuchó gritos, quejidos, llantos, y le llamaron la atención las tonadas litoraleñas de los gendarmes, escuchó a Roberto y el indio, que eran quienes los cuidaban. El Indio era quien los buscaba para llevarlos al lugar donde los torturaban. Dijo que una vez se le corrió la venda y logró ver la cara de una persona que la torturaba, era un tipo corpulento, colorado, con una enorme cicatriz en la cara, era la misma persona que ella identificaba por el perfume y que cuando sentía ese perfume ya sabía que la iban a torturar, él era el que decía "enchufalo o sácalo", dirigía la tortura, era de unos 40 o 38 años quizás. Contó que por las torturas su ropa estaba sucia y llena de sangre y los secuestradores decían que no le aguantaban el olor y le pusieron un uniforme, ella vio que ese uniforme tenía chapas e insignias. Ahí en el Arsenal escuchó llantos, olor a carne quemada y decían "ahí viene Bussi, el general" percibí constante movimiento. Continuamente, contó, sacaban gente para torturar y cuando iba Bussi, a la gente que sacaban, no volvía más. Escuchó llorar a la morocha y a Gloria, quienes suplicaban que les den pan. Contó que unos tipos tiraban el pan desde una punta y los muchachos se agolpaban para agarrarlo. En una oportunidad, dijo, lo torturan a Fredy Coronel de un lado y del otro a ella y Fredy decía "la blanca no tiene nada" y lo seguían torturando; a ella le preguntaban por Fredy y ella les contestaba que era un amigo de la Florida. Contó que cuando la detienen era jugadora de Central Norte y que ahí la llevó el dueño de la empresa La Florida para que juegue. Dijo también que la noche que la iban a sacar la llevaron a una habitación donde había un tipo que le dijo que era sacerdote y que confiese todo porque la iban a largar. En ese momento la sacan en un auto, y la dejan tirada, al instante viene Chaparro corriendo, le dice que corran y le saca la venda pero ella no quería Carlitos le había dicho en el Arsenal que si la liberaban, no corra ni se saque la venda porque volverían a buscarla, como a los dos minutos llega un furgón y la meten ahí, le ponen la venda ahí estaba Chaparro. Martín Décima, agregó, era el secretario general del sindicato del ingenio La Florida y ella supo que estaba en el Arsenal por comentario. Dijo que ella nunca vio a la panzona pero que si escuchó como se peleaban los guardias por quedarse con el bebe que había tenido, después que el niño nació, no se la vio más, dijo que los guardias que se peleaban no eran Carlitos ni los que ella identificaba por la voz. Dijo recordar unas carpas en el arsenal, limones, mucho verde, olor a campo; que el baño estaba afuera porque sentía aire en la cara cuando la llevaban; también estaba afuera la sala de torturas. Recordó que el hombre colorado del que ya habló tenía tonada porteña. Recordó que Sánchez iba al arsenal y se burlaba de ella. Alli, dijo, la quemaban con cigarrillos en las sesiones de tortura porque en esas sesiones los torturadores fumaban. Contó que mientras la violaban le decían hija de puta, guerrillera, nunca más vas a tener hijos y que había un tal Roberto que cantaba. Dijo que, en el auto iba una chica Montenegro a la que le decían la muña, lloraba mucho, le pegaban y le hacían lo mismo que a ella. En una oportunidad, contó, le dijeron que la iban a tirar cerca del cementerio, cuando ella salió de la cárcel esa chica se había matado, se había prendido fuego. Cuando la llevaban al parque, dijo, se sentía que los que la llevaban, estaban muy nerviosos porque decían que le podían hacer una emboscada. Después de levantarla en el parque, contó, la llevan a una comisaría, la ponen en un calabozo donde hacía mucho frío, entonces comienzan a insultarla,. Escuchó que también en ese lugar estaba Chaparro, porque lo sintió reír. Al día siguiente, la llevan a un escritorio y la hacen firmar con vendas en los ojos y poniéndole la mano donde tenía que estampar la firma. Luego de esto, dijo que la sacaron en un furgón a Villa Urquiza, y es allí donde recién le sacan la venda. Recordó que la metieron en una celda donde no había nadie y la cama era de cemento, que estuvo varios días ahí y luego la sacaron y llevaron a un pabellón donde había otras chicas que ya habían estado con ella es alli donde empieza a recuperarse porque estaba pesando 30 kg aproximadamente. En octubre del 79, dijo, la liberaron. Por aquel entonces cuando declaró ante autoridades de la OEA, recibió amenazas del director del penal que le dijo que era dueña de hablar pero que podían volverla a desaparecer, sin embargo, contó a la semana siguiente declaró ante la OEA el horror que había vivido y que aun vivían en la Florida, y que cada vez que iban a hacer un operativo cortaban la luz. Dijo que Sanchez en esa época tenía como 38 años porque ya tenía algunas canas.

ERCILIA DOLORES CARABAJAL

Dijo en el debate que fue detenida el 21 de Junio de 1976 del Ingenio La Florida, en el momento que iba a buscar un médico para su madre que estaba enferma, agregó que fue detenida por varios militares y dos civiles, Víctor Sánchez alias Pecho i Tabla y otro civil apodado el Negro, el Feto o Jorge Soria. Contó que, iba en una camioneta con una amiga y un amigo, que detuvieron la camioneta, preguntaron por la Morocha Carabajal, cuando dijo que era ella, la subieron a una Ford Falcon, la llevaron a un lugar donde fue torturada por cinco días, allí estaba sentada de espaldas y a su izquierda había una ventana por la que se escuchaba abajo niños que jugaban en un patio, entonces supuso que podía ser una escuela. En ese lugar, contó, que había otras personas y que reconoció a Chaparro. Estaba vendada y con las manos atadas. Respecto a quien la vigilaba, solo recordó haber visto sus botas, ya que es lo único que veía bajo las vendas. Dijo, que fue interrogada por su participación en Montoneros, en la subversión, ella sólo reconocía formar parte de la juventud peronista y haber participado en la lucha popular contra el cierre del ingenio. Añadió que vio también a Hoyos, Iñiguez y Coronel que está desaparecido. Narró luego que jugaba al básquet junto con Gloria y Blanca y el entrenador era Sánchez. Posteriormente, contó, la trasladan a otro lugar que supo que era el arsenal. Estaban alojados en lugares reducidos, separados por tablas. Que allí no la torturaron como en el lugar anterior pero le levantaban la pollera para verle las piernas y la torturaban psicológicamente, asi, contó que en el lugar anterior, una noche, hora habitual de las torturas, la habían desnudado y habían llevado a un compañero para que la tocara, el compañero se negaba y por eso le pegaron muchísimo. Que a los prisioneros varones dijo, los obligaban a masturbarse, lo supone porque en Arsenal la hicieron lavar un calzoncillo de alguien que se había masturbado. Que Indio, Chaco, Roberto, Carlitos, Rolando y Hormiga, eran los guardianes que eran gendarmes que tenían una tonada Chaqueña o de Misiones. Acotó que supo que estaba en el Arsenal porque Fredy Coronel (a quien le decía hermana porque su madre era madrina de ella y sus hermanos) le dijo que se llamaba así, le contó que cuando era conscripto él llevaba a los presos de Villa Urquiza tiempo antes a construir ese lugar. Supo así que a mano izquierda había un horno y a mano derecha un baño. En aquel lugar estaba también Hoyos, Iniguez, Chaparro y Brizuela, aunque a este último no lo escuchó hablar porque estaba en el otro extremo de lugar. Dijo que Gloria habló de la panzona, contó que había tenido un varón en Arsenal. Frente suyo estaba una chica delgada y alta a la que Gloria nombraba como Piturra. En Arsenal no fue interrogada, permaneció allí un tiempo aunque no sabe bien cuánto, recordó que llego para el 9 de julio porque estando tres o cuatro días allí Bussi los hizo cantar el himno parados en la punta de los recintos y salió en agosto o septiembre. Dice que no fue asistida por médicos o enfermeros, tampoco por sacerdote salvo cuando la torturaron de entrada, en esa oportunidad, luego de la tortura alguien le dijo "hija decí la verdad o te seguirán pegando" y le pareció que se trataba de un cura. Fue sacada del Arsenal una noche y la dejaron en un lugar que tenía césped y del que se veía un puente arriba, en ese momento, se sacó la venda y aparecieron unos policías que la llevaron a una comisaría y al mediodía del día siguiente la llevaron a Villa Urquiza donde estuvo del 18 o 19 de septiembre hasta octubre, cuando la llevaron a Villa Devoto. Su familia supo que estaba en Villa Urquiza pero no pudo visitarla. Desde septiembre del 76 a julio del 79 estuvo en Villa Devoto. Le hicieron firmar lo que supuestamente había declarado en la escuela en la que estuvo en primer lugar, pero no tuvo proceso judicial, quedó a disposición del poder ejecutivo. Respecto a Víctor Sánchez, sólo lo vio cuando la detuvo, luego no, y tampoco escuchó su voz. Desaparecidos de su pueblo son Coronel, Cajal, los Cisterna, López, Díaz, Romero, personas de la Colonia 4 de La Florida. Al ser secuestrada, dijo que , sus amigos con los que estaba eran Julio Arias y una chica que ya falleció. El traslado del primer lugar de detención al segundo se hizo cuando la tiraron en un camión junto a otra gente. Aclara que fue torturada todo el tiempo en su primer lugar de detención con picana, en Arsenal psicológicamente y levantándole la pollera, dándole una prenda transparente para que se vista y dándole un calzoncillo donde se habían masturbado para que lo lave. Para ir al baño la llevaban al monte, no al baño. Por la noche se oían muchos tiros. En el Arsenal cuando estuvo detenida calcula que de su ala habían unas 40 personas, enfrentadas separadas por un pasillo central, al otra ala no la conoció. Llegó a Villa Urquiza muy sucia y muy delgada, de pesar 50 kilos pasó a pesar menos de 40 kilos.

G.V.I.

Dijo en la audiencia que fue secuestrada 3 veces. La primera vez ocurrió el 25 de diciembre de 1975, en esa oportunidad, fueron a su casa y se la llevaron en un camión, le pegaron muchísimo, sentaron en una silla y la picanearon, después de ese episodio terminó en el Hospital centro de salud. Por aquel entonces, tenia 17 años, y el 5 de diciembre de 1975 se había casado, Víctor Sánchez que era el entrenador de básquet, antes de su casamiento le había dicho que si se casaba se iba a arrepentir. Recordó que ese primer secuestro fue terrible, tenía golpes internos y estaba muy descompensada. Su marido, dijo, tocaba en un grupo música y estaba tocando cuando llegó la brigada de investigaciones, ahí vio a Pecho i tabla, ella estaba sentada en una mesa con su hermana Aída y ve cuando Víctor la señala a ella y se la llevan, y decían "abran paso, subversiva peligrosa", la sacaron esposada y afuera le pusieron vendas en los ojos. Dijo que Victor estaba de civil, pero la otra gente estaba con uniforme de la policía de la provincia, en ese momento, su marido se bajó del escenario y también lo llevaron él. Al llegar a destino, le empezaron a preguntar cosas, qué hacía, si era extremista, si tenía armas, y mientras tanto le pegaban a su hermana que tenía 15 años, dijo que ese lugar era la brigada. Su madre hizo los trámites y a los 3 días logra sacarlos y llevarlos a la casa. Ella tenía mucho miedo y le decían que se fuera de La Florida pero dijo que ella no quería porque no había hecho nada. El 19 de abril se cortó la luz y llegaron a su pieza donde estaba con su marido y los trataron muy mal, y se los llevan, contó que sintió la voz de Sánchez y que los otros estaban encapuchados. En esa oportunidad, la llevaron a un lugar que parecía una quinta, después a otro lugar, luego a un edificio con escalera caracol que la hicieron subir; alli, sintió que estaba su marido y la morocha Carabajal; no pudo calcular cuanto tiempo la tuvieron, escuchó muchos gritos de gente a la que golpeaban, de ahí los trasladan a otro lugar que no sabe donde era; finalmente a otro lugar donde había casilleros como de animales, y estaban como perros, o peor porque a los perros se les da de comer; acotó. Estaban tirados y pensaba que no iba a salir de esa. Ahí los torturaban, les pegaban, ahí la violaron. Narró que cuando estaba en ese CCD tenia dos faltas pero un día comenzó con las hemorragias, que a ella le pareció que estaba embarazada pero como había tanta patada y trompada, no pudo saberlo bien. Ese Víctor Sánchez, Pecho i tabla, cada vez que la torturaba, también la violaba, había guardias que los cuidaban para que no salgan. Los interrogadores, llegaban a cualquier hora y andaban de civil, los pasos eran distintos, eso se podía escuchar, que no eran pasos de botas, ahí se daban cuenta que venían a torturarlos. Dijo que Sánchez era su entrenador de basquet. Agregó también, que en todos los lugares donde estuvo con su marido y se comunicaban tosiendo. Reconoció a la morocha Carabajal, Ercilia Carabajal quien también jugaba al básquet. Recordo que en el Arsenal cuando la llevaban a torturar al cuartito, en alguna oportunidad, le levantan la venda y le preguntan si ella conocía a Chaparro, dijo que ese Sr. estaba destruido, parecía viejito con la barba larga y no veía, ella no lo reconoció, pero cuando le hablo reconoció su voz, él era de la JUP de la Florida. Recordó que en el lugar de la escalera, había una señora embarazada a la que decían la panzona y en cierta oportunidad dijo era la sra. de García, ella tuvo a su bebé estando secuestrada. Recordó que un guardia la hacía caminar por el pasillo, le decían "el compadre" porque se compadeció, la panzona le decía "compadre ud me va a llevar el bebé" y él le decía que sí lo llevaría, dice que no saben si era para entregarlo a la familia de ella o a otra familia. Luego que tuvo al niño, no volvio a saber nada más de ella. Contó que en una ocasión, cuando a ella la estaban interrogando lo llevan a Alfredo Coronel para que sea testigo, él estaba haciendo la colimba y de ahí lo llevaron al Arsenal, y le dijo que conocía el lugar porque estaba haciendo guardia ahí y que por eso lo iban a matar. También, dijo que vio a Blanca Hoyos y nombraban a una chica que le decían la piojosa y a otra piturra (a quien dice que escuchó nombrar en los casilleros); que a Hugo Román también lo vio, el era un cañero y su abuelo trabajaba para él, él le contó que Sánchez lo había llevado; cuando una vez se pusieron al frente le vio gusanos en las manos, aclaró que Román no volvió más a La Florida. Escuchó apodos de los guardias: el indio, Carlitos, el compadre que andaba con la panzona. Dijo que había uno al que se hacía llamar cura, que una vez le dijeron que venía el cura a confesarla, él le dijo que le iban a dar 50 años de prisión o matarla y ella lloraba porque no tenía nada que confesar y sólo le dijo "que dios te perdone los pecados". Cuando pasaron las torturas, y el tiempo, dijo, un 20 de agosto les comunicaron que las iban a matar y cuando la sacan se choca con su marido y le reconoce la voz, también iba la morocha, los llevan a lugar que era como plaza ó campo, ahí, estaba atada y vendada y les dijeron que les daban 15 minutos y que recién se mueva; después de 5 minutos llega un vehículo y los llevan a una oficina y luego ella aparece en la cárcel de villa urquiza. Contó que por los golpes ella empieza a vomitar sangre. Al mes siguiente recién la trasladan y aparece en la cárcel de Devoto. Allí, no podía ver a sus padres porque ellos no tenían dinero, su hermana tuvo que ir a trabajar de muchacha a Bs As para poder hacer los trámites para que le den la libertad. Después de 4 años, dijo, va Suárez Mason a pedirle disculpas, aclara que estuvo hasta el 79 por "averiguación de antecedentes". Respecto a la Petisa, dijo que, era una chica que iba a La Florida, y que la vio en las reuniones de la JUP donde también iba su marido; después la vio en los casilleros del Arsenal. Un día la tiran a la petisa de una patada a la par de ella y la hacen ver como la torturaban. En Villa Urquiza estuvo con Graciela Achín, Virgina Posse y Albertina Paz. Contó que había muchas mujeres en el Arsenal pero que las llamaban por número que escuchó que las violaban. Dijo que Pecho i Tabla formaba parte del grupo de los interrogadores y que cuando cometió delitos sexuales en su contra lo hacía en el casillero, rara vez la sacaba a violarla, que cuando eso ocurría era porque además la torturaba. También contó que cuando volvió al pueblo luego que la liberaron nunca más vio a Sánchez. Dijo además que que todos los días se escuchaban detonaciones, tiros, gritos; que los interrogadores eran los que los sacaban y se comentaba ahí que era para liberarlos o para matarlos.

JUAN CARLOS DIP

Dijo, que para ese entonces, era comerciante en Caspinchango, Monteros, que cuando llegaron los militares, el Teniente primero Jandula, Saravia y Díaz, se asentaron en los talleres de ahí, y al otro día le rodearon el almacén y rompieron todo porque decían que ellos les daban comida a los guerrilleros, lo único que encontraron fue una pistola de su papá. En esos operativos estaba el Teniente Trucco quien le sacaba la mercadería porque decía que no tenían víveres y nunca les devolvieron. Contó que un dia, mientras estaban cenando llegaron unos tipos, le pusieron el arma en la cabeza a su hermano y les dieron una lista de mercadería que tenían que llevar para entregar en un lugar que también les dijeron, pero ellos nunca lo hicieron. Un dia mientras iban en la camioneta, contó, unos encapuchados los sacaron a los golpes de la camioneta y les pegaban diciéndoles que ellos les daban mercadería a los guerrilleros, los metieron en un camión tipo unimog y los llevaron, recordó que pasaron por el ingenio La Fronterita, Famaillá y Grafa, cuando llegaron a Santa Lucia, uno de los tipos se dio cuenta que iba mirando, entonces, le pego un culatazo en la cabeza y le dijo que si seguía viendo le dispararía en la cabeza. Luego, contó, llegaron a un lugar, donde los tiraron adentro de un pozo, y lo amenazaban permanentemente con que lo iban a matar, y les preguntaban a el y a su hermano por los guerrilleros. Luego, dijo, los sacaron y los tuvieron en el pabellón, él sentía gente que gritaba, otros agonizaban, allí estuvieron 3 o 4 meses. Un día le dijeron que los iban a largar y los llevaron cerca de villa Quinteros y los dejaron ahí, les advirtieron que a los 5 minutos se desaten pero su hermano no se podía desatar y estuvieron como una hora, posteriormente tomaron la camioneta y regresaron a su casa. El, dijo, que supone que estuvo en Santa Lucía. Dijo también, que su padre nunca pudo reponerse en su negocio por la cantidad de cosas que le sacaban los militares. Contó que cuando nace el pueblo de Berdina, los militares les dieron el bar del complejo deportivo y un localcito. Dijo que Truco y Visoso iban a comprar a su negocio. Contó que fue liberado el 20 de enero del 77, que no puede identificar a ningún captor de los 15 que lo secuestraron. Dijo también que a Trucco lo vio en el 76 y no recuerda la fecha exacta, Gamarra quien era cocinero iba a su negocio y sacaba la mercadería de prepo.

SANTOS AURELIO CHAPARRO

Contó en la audiencia que desde los trece años trabajaba en el ingenio La Florida, en los años 70 era obrero y fue dirigente gremial allí. Contó que a veces los mandaban a limpiar los sótanos en los trapiches sin ningún resguardo y donde iban estaba lleno de gusanos, que ante esta situación reclamó ante el delegado gremial y les dieron guantes y botas y que fue la primera vez que intervino en esas cuestiones. Por aquel entonces, dijo, ya era miembro de la juventud peronista que comandaba Rómulo Chirino. Contó que fue detenido en 1976 y que iban a darle la libertad justo el mismo día del golpe, en esa oportunidad lo habían llevado por averiguación de antecedentes y estaba en Educación Física, con los ojos vendados. Que el hombre que lo llevó, un gendarme, le dijo "ud. ya se va", al llegar al segundo piso vino otra gente que ordenó que no lo liberaran. En el lugar de detención, había animales y unas 40 personas detenidas, y en otro lugar cerca también había gente en las mismas condiciones, que estima que permaneció allí unos 20 días y luego lo sacaron en una camioneta, cuando lo sacaron lo agarraron entre dos y lo tiraron encima de otros que ya estaban en el piso, de ahí, lo llevaron a la Jefatura. Dijo que tanto en Educación Física como en Jefatura fue interrogado, le preguntaban constantemente a que partido estaba afiliado. Dijo que pertenecía a la unidad básica del partido, y que allí conoció a mucha gente como al interventor de la provincia Domínguez, a Mariano Ramos, a Dardo Molina, a Fernando Riera y a Amado Juri. En ambos lugares le preguntaban sobre los dirigentes políticos que conocía, sobre Benito Romano que era dirigente azucarero de Delfín Gallo y sobre Atilio Santillán. Dijo también que participó en las luchas para que no cierren el Ingenio. En Jefatura, dijo, estuvo detenido aproximadamente 20 a 25 días. En ambos lugares, vio a Zoilo Reyes (delegado de Fotia de Concepción) y a Salinas. En una oportunidad, contó, estando en la sala de tortura, llegó el Tuerto Albornoz y le dijo "¿vos creés que yo no se manejar esta maquinita?", que no sabe cuántos centímetros lo levantó y cuando se detuvo rebotó en la parrilla y no volvió a verlo más. Luego, lo sacaron de allí y lo llevaron a otro lugar, a una suerte de oficina en la que había un señor que le preguntó qué participación tenía él, entonces explicó que era dirigente gremial y habló del Secretario General Martín Décima. De Jefatura de Policía, narró, fue trasladado a la Colonia de Menores donde fue golpeado. Que en ese lugar pudo ver que los custodios eran de Gendarmería, pudo ver también, a un señor que militaba en Delfín Gallo con Romano, un señor de San Pablo muy obeso que pedía agua todo el tiempo y que también había estado en con él en Educación Física, a Zoilo Reyes que tenía un olor a podrido que era insoportable. Reyes era dirigente gremial y ayudaba con leche a los niños pobres. Allí vio también al Chorba Salinas, a una hermosa chica que era cantante, bien vestida, a un hombre de los Juríes, Santiago del Estero, que estaba con su hermano, que era dragoneante y por eso tenía otro trato, estaba sentado en una silla. Asimismo vio a un joven del PRT colgado de una ventana, a la Petiza, a la que vio desnuda, con los pezones cortados, la acababan de violar, la conocía porque el padre de ella había sido coordinador del peronismo. Además vio a la comadre, que estaba embarazada, que dijo que estaba en ese lugar por el marido que le dijo que estaba fuera del país. A Fredy Coronel lo vio en el arsenal, estaba haciendo el servicio militar y era de la Juventud Peronista, estaba vestido de soldado, él le dijo que la podredumbre que se sentía allí era de los cuerpos que estaban arriba de la caballeriza. En Arsenal vio a guardias de gendarmería, Carlitos, que fue el que le levantó la venda en Educación Física y el que lo llevó a la Colonia de Menores y le levantó la venda ahí pudo ver a chicos jugando. También recordó, a uno al que le decían el Indio, era el que más cosas les hacía, agregó que nunca imaginó que el ejército hiciera tantas maldades como las que les hicieron. Desde la Colonia de Menores dijo que fue llevado al Arsenal que en el traslado iban seis muchachos salteños, eran alrededor de 37 personas las que fueron llevadas de la Colonia de Menores al Arsenal, de los cuales alrededor de 6 eran mujeres, una de ellas la morocha Carabajal, la rubia Iñiguez y Blanca Hoyos que ahí le perdió el rastro a la Comadre. En el reformatorio vio a Salinas, cuando estaban por liberarlo, y le pidió que le contara a su padre dónde se encontraba, pero supo que Salinas no volvió a su casa. El Arsenal, contó, era un cobertizo para caballos y en los compartimentos que había estaban ellos, de ahí los sacaban por una puerta que daba al naciente, afuera había una carpa y a unos 100 metros había un pozo con gendarmes con ametralladoras. Del pabellón o caballeriza en el que se encontraba lo hacía caminar unos 10 o 15 metros y lo llevaban a una pieza donde lo torturaron, al frente estaba un mangrullo. A veces, dijo, le levantaban la venda y se la volvían a bajar. Ahí tomó contacto con unas mujeres santiagueñas de las Termas. Precisó que a la comadre la vio sólo al final en el Arsenal, cuando ya había tenido a su hijo, porque el médico que veía si podían o no seguir torturándolo le comentó que había tenido un varoncito de 4,5 quilogramos. Contó que en el Arsenal oyó nombrar a la Piturra que tenía un trato especial en el sentido de que se paseaba entre todos los que estaban ahí sin problemas, no sabe si era casada o no, pero recibía un trato diferente, se reía, que oyó a la Piturra decir "hay que darle, hay que darle, sino no va a decir lo que sabe", ella presenció cuando a un jovencito le cortaban el pene, según ellos era para que un familiar del niño viera lo que iba a pasarle.

SEBASTIANA BRIZUELA

Dijo que Alfredo Antonio Coronel era su esposo, quien fue secuestrado el 21/06/76 de su domicilio. Su marido estaba bajo bandera como conscripto en la V° Brigada. Esa noche llegaron a la casa familiar, vivían con su suegra, entraron 4 hombres fuertemente armados, le dijeron a su marido que se vistiera y a ella que no mirara. Recordó que a su marido le preguntaron cómo se llamaba y el dió su nombre y explicó que era soldado cumpliendo servicio en la V° Brigada. Uno de ellos le pegó, otro entró a la habitación de su suegra, que rogaba que no se lo llevara. Dijo que su marido le gritó "me llevan, me llevan" desde la otra habitación y un hombre le ató a la dicente las manos y le dijo que no mirara. Agregó que luego se fueron todos, salvo uno que quedó sentado a su lado y le dijo que se quedara tranquila, que él era de Posse (una localidad de Delfín Gallo), que si no tenía nada que ver su marido volvería. Fredy tenía 20 años, la declarante 18 años. Fredy, su marido, hacía como 2 meses que estaba en el servicio militar al momento del hecho, hasta ese momento trabajaba en el ingenio La Florida, donde había tenido actividad sindical, era de la Juventud Peronista. Prestaba servicios en el Comando, pero no sabe en qué ámbito específicamente. Recordó que lo dejaban salir cada dos o tres días, el 18 de junio le comunicó que el 20 de junio juraba la bandera, le explicó que lo buscara para que luego almorzaran en casa de su hermana en la calle 25 de mayo al 500. Ella fue pero él no salió, preguntó en el comando por él pero le dijeron que ya se habían retirado todos. Fue a la casa de su cuñada que le dijo que no había ido por allí, y volvió a la casa aproximadamente a las 18:00 horas, allí tampoco se sabía de él. Esa noche no volvió, lo hizo el 21 de junio aproximadamente a las 21:00 horas, estaba de civil (nunca volvía de uniforme) y cuando la declarante le dijo por qué no había estado el día anterior le contestó que después iban a hablar, que no quería hablar delante de sus padres. En el dormitorio le dijo que su jefe el Cabo Armas le hizo preguntas que él no entendió, le contó que tendría unos 30 años, medio rubio, blanco, le preguntó si tenía armas, si había participado de la huelga del Ingenio. Su marido le respondió que no tenía armas pero si había participado de la huelga, lo castigaron, por eso no salió. Recordó que esa noche a las 23:00 horas se lo llevaron. No vio el rostro de los secuestradores, el que estaba junto a ella era blanco, estaba de civil con campera marrón y pantalón de jean. Luego del hecho fue al Comando, le dijeron que no estaba allí y si en 24 horas no se presentaba iba a ser desertor. Regresó a su casa, fue a la Comisaría donde tampoco estaba. La declarante ya tenía en ese momento a su hermano Ramón Brizuela desaparecido, su madre le dijo que al otro día irían al Juzgado Federal donde presentó 51 recursos de habeas corpus. Contó que en el juzgado hace poco que le dijeron que no había nada de esos habeas corpus allí. Agregó que con su madre siguió averiguando por su hermano y su marido, donde le decían que podía estar iba. Dijo que el mes anterior al secuestro en el pueblo presentaban una obra de teatro, ella había ido con su marido y al volver frente al sindicato de Fotia se paró un falcon oscuro, bajaron la ventanilla y lo iluminaron a su marido, le dijeron "Fredy", allí al lado del conductor lo vio al Comisario Ferreyra. Su marido le dijo que fueran a casa de la madre de la declarante, le comentó lo raro que fue lo sucedido. Su marido le explicó que el Malevo Ferreyra era un comisario que no era de La Florida. Recordó que todos los días iba a la V° Brigada durante un mes, le decían que no volviera por allí que era un desertor, que debían habérselo llevado sus compañeros y ella les decía "qué compañeros" y les decía "que otros!". Dijo que otros secuestrados de la Florida son su hermano, Hoyos, Carabajal, Décima, unos muchachos Cajal, Chaparro. Sobre Víctor Sánchez dijo conocerlo, que era uno de los entrenadores de básquet, que era su entrenador. Lo llamaban Pecho i Cabra porque tenía enyesado el tórax en una época. Además de ser entrenador no conoció de qué vivía. Según lo que su hermano y Blanca le contaron él estaba donde ellos habían estado secuestrados, era un entregador y un torturador. Contó que su suegra sufría de gota en los pies, por eso quien hacía los trámites por su marido era la declarante, con la ayuda de su madre. Recordó que una mañana, como a los 5 meses de la desaparición de su marido la llevó a su suegra porque todas las madres iban a buscar a sus hijos, por ese motivo. Había pedido audiencia con el Jefe del comando de la V° Brigada, le dijeron que esperara hasta las 16:00 hs. Dijo que un hombre parado en una moto mientras ellas esperaban en la plaza la llamó para que se acercara, pero ella no quiso acercarse a esa persona, le pareció algo raro, se fueron al Comando pero al cruzar la avenida le rozó su campera con la moto, le comentó al guardia lo sucedido, el hombre volvió a pasar le dieron orden de alto, el hombre bajó y dijo que era de la Policía Federal. Estaba armado, le explicaron que casi atropella a la señora, que se fuera al autódromo a andar así en moto. Aclaró que los hermanos Cajal que eran de la colonia trabajaban en la zafra. Sobre Martín Décima dijo que era Secretario Gremial de Fotia, que trabajaba en La Florida.

JULIO ANTONIO AHUMADA

Dijo que el 02/05/76 a la madrugada llegaron personas a su casa buscándolo a su padre que era dirigente gremial. También lo llevaron a él, estuvieron 2 días en la Base de Santa Lucía y luego lo llevaron a la Comisaría 13. Lo sacaron una noche y lo soltaron en Acheral. Atravesó por el medio del pueblo, lo demoró el ejército, lo llevaron a la Comisaría de Acheral, lo llevaron al día siguiente nuevamente a la base de Santa Lucía. Tenía 18 años, no sabía ni que era la guerrilla. Lo soltaron nuevamente en Acheral y de ahí regresó a su casa distante 8 kilómetros. Fue interrogado y torturado. Dijo que si a su padre lo golpearon como a ál seguro lo mataron. Volvió a trabajar hasta que el 10/08/76 volvieron a buscarlo. Huyó por la casa del vecino y al no encontrarlo, lo llevaron a su hermano de 16 años, que estuvo detenido una semana. Lo soltaron el 17 de agosto. Agregó que volvieron a secuestrarlo. Lo llevaron a la "Escuelita de Famaillá" porque vió a través de la venda, lo tuvieron una semana y lo llevaron al Arsenal, estaba en un pabellón como una caballeriza. Cuando vieron que miraba por la venda fue torturado. Lo tuvieron allí hasta el 1 de septiembre, vendado y con pistola en la cabeza lo hicieron firmar unos papeles y lo dejaron en el Parque 9 de julio, allí lo agarraron unos policías y lo llevaron a la Comisaría 13 donde lo tuvieron hasta el otro día, también fue golpeado. Dijo que fue llevado a Villa Urquiza donde estuvo un mes y lo llevaron a la cárcel de Sierra Chica donde estuvo hasta el año 1976, Luego fue trasladado a la Unidad N° 9 de La Plata de donde lo liberaron a fines de 1979. Precisó que la primera vez, cuando lo llevaron con su padre, los que lo llevaron estaban encapuchados. Lo hicieron lavar unas ollas del ejército. El juez federal que lo vio le exhibió papeles que le hicieron firmar, en los que quedaba incriminado por el asesinato de Viola. Señaló que al soltarlo la primera vez, al retomar su trabajo en la sodería veía los aviones y helicópteros que tiraban bombas. De noche oyó tiroteos. Explicó que sobre su padre, su madre intentó averiguar sobre su paradero hasta el año 80 u 81cuando fue que le panfletearon la casa diciéndole que se dejara de joder. Su hermano Rubén Domingo fue liberado a la semana cuando lo capturaron al declarante, su madre le contó que cuando lo capturaron a él lo liberaron a su hermano. Dijo que su padre era empleado de Vialidad de la provincia y se lo llevaron por sindicalista. Con el golpe de Estado ya lo habían secuestrado 12 días a su padre, y le dijeron que se vaya, pero no lo hizo. Su hermano no tenía actividad política, lo llevaron de rehén solamente. Su hermano menor que en esa época tenía 14 años a la fecha es policía. Estaba vendado todo el tiempo, pero en la Escuelita oyó como torturaban a Pepe Caña de Santa Lucía, el muchacho pedía agua todo el tiempo. Añadió que en el Arsenal él también pidió agua porque la picana produce sed y con un embudo le dieron orín. Por la voz también identificó al sapo Suárez en el Arsenal que a la fecha está desaparecido. Dijo que le pegaron tanto que tuvo que decir que mató a un soldado porque un guerrillero lo había obligado. En Villa Urquiza estaba Santillán, Zamorano, Quinteros que le rajaron la oreja con la bayoneta. Lo políticos estaban arriba, Pérez, De Santis. Indicó que a sierra Chica fueron más de cien, los golpeaban en el avión durante todo el viaje. Calculó que en el Arsenal habrá estado unos quince días. Explicó que en el Arsenal lo torturaban con el submarino, la picana. Una vez atado de pies y manos lo tiraron a la pileta y le tiraron un ladrillo o piedra para que se hunda. Dijo que los interrogadores tenían acento porteño y los que vigilaban eran por el acento gente de Tartagal. Los guardianes en general no torturaban, pero los golpeaban si por ejemplo se sacaban la venda. Dijo haber oído tiros en el Arsenal, a la tarde, a la noche. En Santa Lucía recordó que estaban el capitán Abel, uno al que le decían Filoso. Allí había un subsuelo donde tiraban las cenizas. Manifestó que en Santa Lucía uno no podía moverse sin documentos, si estaban así los detenían. A las 6 de la tarde tenían que encerrarse en las casas. Y dijo que los culpables no estaban en las casas, estaban en el monte. Sobre su declaración ante la justicia militar; precisó que durante su secuestro no tuvo ningún defensor. Aclaró que a quien le amputaron las orejas y lo obligaron a comérsela era de apellido Zamorano. Recordó que Estela M. de Perón visitó la provincia. Hacia el 75 y 76 explicó que aparece gente en Santa lucía gente con ponchos y metralletas que no eran del lugar. La base de Santa Lucía aparece después del golpe.

ISIDRO ZELAYA

El testigo vivía en la Rinconada, Monteros en la década del 70, era agricultor; él y su padre fueron secuestrados. Dijo que a su papá lo sacaron de la casa y a él del fondo de la casa, era octubre del año 1977. Recordó que viajaron 1 hora y media aproximadamente, parecía un salón grande donde había mucha gente que se quejaba, fue interrogado bajo torturas y a su padre le pegaron mucho; le preguntaban por el Sr. Molina de Simoca y por el hermano de aquel. Añadió que su padre pedía que no le peguen al declarante; recordó que le preguntaban por el Sr. Argañaraz de Simoca, con quien el declarante no tenía relación y vendía mulas; su padre le contó que lo interrogaron junto a Argañaraz; estuvo detenido desde las 19:00 hs. hasta las 07:00 hs. del otro día. Indicó que en el grupo que los llevaron había dos policías y los demás eran militares. Después los liberaron y nunca denunciaron nada.

ROSA GUILLERMINA MAZZA DE ARGAÑARAZ

Dijo la testigo que el día viernes, 08 de enero del año 1977 estaba en casa, vivían con sus suegros y su marido trabajaba en el tractor que había comprado, a las 02:00 de la mañana sintió ruido y vio gente por la ventana, desconocida de civil con armas largas, cuando entraron patearon la puerta, le dijeron que se tapara la cara para no verlos, le preguntaron por las armas y por su marido. Tiraron todo y luego se fueron, y la testigo fue a ver a sus cuñados que estaban en otra habitación, Yolanda, Juan Carlos, Daniel, Ana Transito y Sergio Argañaraz. Dijo que Miguel Ángel Argañaraz y su suegro fueron secuestrados, se dió cuenta que les faltaban muchas cosas, entre ellas joyas, como su anillo de casamiento, cadenitas, etc. Contó que al día siguiente ella fue a hacer la denuncia cuando vio que llegar gente del ejército y le dijeron que ellos eran los que habían estado la noche anterior en su casa. Dijo que fue a hacer la denuncia pero sólo la escucharon no dejaron asentado nada; su marido volvió a la noche y más tarde llegaron los tipos esos y lo llevaron a este y al tractor, agregó que los acusaban de que en su casa de ellos se proporcionaba comida a los guerrilleros, contó que comenzó con su suegra la búsqueda, en Nueva Baviera reconoció a uno de los soldados que estuvieron en su casa. La testigo fue al colegio donde trabajaba su suegra y vio un recibo de cartas donde decía "Nueva Baviera", porque dijo que allí los habían tenido a su suegro y a su cuñado. Manifestó, que estaba embarazada de un mes. Dijo que su marido volvió a los 4 o 5 días, su cuñado apareció a los 5 meses en estado deplorable (sin camisa, sucio, con pelo largo), su esposo, dijo que estuvo en Nueva Baviera. Su cuñado comentó que vio al padre en Nueva Baviera y estaba con vida cuando lo soltaron a este. Indicó que reconoció a un soldado como uno de los que había ido a su casa, había una persona que le decían Ketchup cuando entraron a su casa la noche que se llevaron cosas: radio, pelota de futbol, monturas de caballo, cajas con cigallos, gaseosas, el tractor cuando se llevaron a su marido y nunca mas vieron el tractor. La familia Argañaraz, arrendaba una finca y su suegra trabajaba en un colegio Añadió que con mucho esfuerzo se habían comprado el tractor porque siempre trabajaban con mulas. Su esposo reconoció a una persona que le decían Misha o Romano. En un principio supo que estuvieron detenidos, su esposo, cuñado y suegro en Nueva Baviera. Indicó que a los restos de su suegro los encontraron en el Arsenal Miguel de Azcuénaga. En Simoca no le recibieron la denuncia, aclaró que ni el médico los que quería atender por miedo; ya que su marido contó que le pusieron picana. Dijo que su suegra quedó mal para toda la vida. Relató que Yolanda Argañaraz, su cuñada que era muy chiquita no quedó bien, destruyeron una familia porque su marido se tuvo que hacer cargo de los hermanos. El 4 de agosto del 2012 sepultaron los restos de su suegro. Contó que al tío de su marido y también lo secuestraron, su nombre era Benigno Argañaraz. Dijo que su cuñado le contó que lo llevaron el mismo día que a los Zelaya, padre e hijo. Dijo que la cantidad de militares que había en la zona, la madrugada de los secuestros, era impresionante, su cuñado le contó que había muchos camiones, con militares.

MARÍA ANGELICA BATALLAN

La testigo es madre de Juan de Dios Gómez, relató que estaba trabajando en una despensa, lo llevaron de ahí, vivía en Las Dulces cerca de Santa Lucía, él estaba más con su abuela, Juan de Dios tenía 20 años, los llevaba a hacerlos pastear a los caballos, la despensa era de un ingeniero de Santa Lucía, lo sacaron de la despensa, unos vecinos le dijeron al otro día que a la noche se lo habían llevado a Juan. No sabe si era gente de civil o uniformada. Lo buscaron con la suegra pero no les decían nada. No hizo denuncia, lo buscó. Fue a la bicameral. No tuvo noticias de nadie que lo haya visto a Juan de Dios. Dijo que había presencia militar en la zona, fueron dos veces a la casa pero no le hicieron nada. La testigo no sabe leer ni escribir. Fue preguntar en la Base de Santa Lucía, pero no le decían nada.

ALICIA DEL VALLE ARRIETA

La testigo es esposa de José Agustín Lizárraga, el 29 de mayo entraron a su casa un grupo de militares, estaban con capucha, rompieron la casa, con la carabina partieron la puerta y lo llevaron al esposo y la insultaban a ella. A la tarde había ido un grupo a censar. El esposo pelaba caña. A la testigo uno que estaba con ropa de militar y la tiraron encima de la cama y que si paraba la iban a dejar seca. Eran como las 12 o una, entraron con reflectores. Unos decían la llevemos porque se hace la mala y otro dijo "no ella no está en la lista", en la misma noche lo llevan también a Ramón Lizárraga, al marido de la testigo lo metieron en el baúl del auto. Eran de la localidad de Caspinchango, llevaron a Humberto Suarez a abran a Soberón a varias personas de Caspinchango. José Agustín tenía 29 o 32 años. A Juan Carlos Lizárraga también lo llevaron trabajaban en el sector de la caña y en irrigación el otro. El marido volvió y le contó que cuando lo sacaban para torturarlo le preguntaban quien era la que se hacía la mala ese día, él le decía que era su esposa. A él lo liberaron en una ruta. El marido le dijo que lo habían llevado para Santa Lucía y de ahí cree que en la Base de Caspinchango y después al Arsenal y lo torturaron todos los días, le metían la cabeza en un tacho y la picana y querían que les diga que estaba con los guerrilleros. Dijo que quien nombró a su marido era Ñata Monasterio que le contó su marido que también estaba detenida en Arsenal. Cuando lo liberan el marido se encontró con Castellano. Dijo que la misma noche que lo llevaron a su esposo lo llevaron a Racedo. Fue a averiguar con otros familiares a la base de Caspinchango, sintió nombrar a Valdiviezo y un teniente Josesito. Como a las 8 de la noche estaban apostados al frente de la casa con armas, también llevaron a Bernardino Martínez y Luis Martínez, Palavecino Guzmán. El cuñado cuando lo liberaron estaba mal de la cabeza, perdido por los golpes y las torturas, no quería dormir en la cama quería subirse al techo porque decía que lo iban a volver a llevar el otro cuñado también. El esposo falleció en agosto del 1993. Cuando volvió estaba traumatizado, le dolía la nuca, la espalda, sufría de dolores. Después de la liberación no sufrieron amenazas.

HECTOR OSCAR JUSTO

Dijo que fue detenido el 25 de marzo de 1977 cuando salía del Círculo de la Prensa donde estaba haciendo un curso, al salir por Mendoza, antes de llegar a Córdoba fue interceptado por dos o tres personas que le pusieron una pistola en la nuca, otra en la espalda, lo inmovilizaron, lo golpearon y lo subieron a un Falcon. Transcurrida una hora por un camino sinuoso, frenó el auto, lo tomaron de los brazos y colocaron en una vivienda con piso de madera y un escalón. Ahí fue interrogado sobre su vida cotidiana y sobre su vida política. Les dijo que no conocía subversivos y que a partir del 24 de marzo de 1976 estaba dedicado a trabajar junto a su madre en la pensión que tenía porque había sido cesanteado. Siguió precisando que sus captores le dijeron que estaba falseando la verdad porque era político. Contó el dicente que reconoció ser justicialista, concurrir a la sede del partido y explicó que atendía necesidades de gente humilde, ante esto sus captores lo instaron a que recordara más. Recordó que las personas que lo interrogaban tenían acento santafesino o porteño. Luego llegaron otras personas con olor a alcohol que le pusieron electrodos en las medias, las muñecas, debajo de las vendas de los ojos. Dijo que uno le preguntó "que te gusta, la onda corta o larga". Que así empezaron a picanearlo. Señaló el declarante que su cuerpo se levantaba 50 o 60 centímetros, en esa época pesaba 88 kilos. Que sus gritos de dolor eran muy fuertes, que se detuvieron para luego seguir torturándolo. Finalmente expresó que alguien retiró a los torturadores "retándolos" porque se estaban pasando. Antes de sacarlo le dijeron "tendrás que acordarte porque nosotros vinimos a instaurar una democracia que no permite que existan en el país elementos subversivos apátridas". Contó que un gendarme lo llevó y a este le pidió que avisara a su familia en calle Honduras 34 dónde estaba. Describió que posteriormente lo trasladaron a un sector con boxes, piso de ladrillo con alquitrán encima. Que lo ubicaron en un cubículo con una colcha y que le hicieron sacar los pantalones. Dijo que pudo advertir que todos los detenidos estaban en "paños menores". Al día siguiente lo hicieron salir, le habló una persona que se notaba que era un militar con rango y que le preguntó datos de su identidad, sobre su esposa e hijos y sobre sus actividades. El testigo le explicó que formaban parte de acción católica. Ese hombre le dijo que tenía que recordar más que la noche anterior, que eran un grupo de paramilitares que habían llegado para eliminar a la guerrilla apátrida. Reconoció que había estado en manifestaciones. Luego lo llevaron nuevamente al pabellón. Explicó que al menos durante una semana era llevado todas las noches a ser torturado. Agregó que una de esas veces lo sacaron de su box y lo llevaron a un extremo del mismo y oyó que decían "si, vino la madre y dos hijos, y hubo un accidente porque uno de los nuestros le quebró el brazo, también vino una vieja a la que tiene de pensionista, y una mina que también es pensionista" . A esa señora a la que se referían era una viuda de un sargento del Ejército que tomaba mate con su madre. Continuó recordando que una vez Albornoz llegó a la casa familiar, que revisaron toda la casa, abrieron colchones de las pensionistas y mataron los conejitos que tenían. Pasada una hora se retiraron. Precisó que el 25 de marzo a la noche fue la primera sesión de tortura, al otro día lo sacó un jerarca para interrogarlo. Que alrededor de 3 o 4 días después, como a las 4 de la mañana oyeron el ingreso de camiones, gritos, insultos, traían una cantidad de gente. Pasados cinco minutos a los que ya estaban en boxes los reubicaron en una sola parte del pabellón. A la gente que traían las pusieron en los boxes que habían dejado ellos. Contó al Tribunal que un día vio a un chico que había visto en una manifestación. Que el chico se bajo la venda con audacia y empezó a ver a la gente que estaba, y nombró que estaba allí Damián Márquez quien era amigo del declarante. Le contó que los habían traído de la Jefatura, estaba en muy mal estado. No pudo hablar más por temor ya que ingresaban los gendarmes a quienes reconocía por el ruido de sus botas. Explicó que los gendarmes los hicieron poner contra la pared, les pusieron algodón en oídos y ojos. Los colocaron luego boca abajo. Había una radio permanentemente encendida por la que se enteraban lo que sucedía. Que alrededor de las diez de la mañana sacaron a los que habían llegado a las cuatro de la mañana. Expuso que alrededor de las trece horas empezaron a escuchar detonaciones de armas de fuego, creyó que deben haber disparado más de cuarenta veces. Que a las 16 horas no les dieron la merienda (que era mate casi sin azúcar en una lata de caballa y una galleta de las que hacían en la cárcel). Después de ese suceso nadie se atrevía a hablar del tema, salvo un muchacho que dijo "los deben haber muerto". Lo hicieron oír una conversación para que sepa que su madre y su señora estaban detenidas. Detalló que los sacaron del lugar en fila y que al oir de su madre y su esposa se puso nervioso, se salió de la fila, que oyó un hombre que pedía que manden comida porque la gente tenía hambre. Que le dijeron que no había nadie de su familia allí. Le dieron un vaso de agua, el doctor Augier trató de calmarlo, diciéndole que había sido sometido a "cosas peores", y fue quien lo ayudó a curarse una herida que tenía en la muñeca por las esposas. Agregó que en el libro "Nunca Más" está una denuncia suya resumida. Recordó que Augier le contó que había estado en el pozo, donde la enterraban a una persona hasta el cuello. Lo enterraron una noche y al otro día lo sacaron como de lastima. Dijo que la presión de la tierra era terrible. Recordó que el doctor Augier fue citado una vez a la Superintendencia de Guerra, y que las doctoras Figueroa y Noli le recomendaron que no fuera. Que el dicente también fue citado y si concurrió, ya que tenía que hablar con Cabral. Dijo que Cabral con su secretario exhibían armas, el declarante fue con la doctora Vitar. Luego lo convocaron por segunda vez mediante una cédula de "tono amenazante". Expresó que en ese entonces cree que Cabral estaba nombrado en la Cámara de Diputados, nunca lo vio trabajar pero si cobrar un cheque. También pudo expresar al Tribunal que estando en Arsenal un día llegó el joven Cantos Carrascosa, quien fue ubicado en un box enfrentado al suyo. Éste le contó que había sido traído de Capital Federal y que unos vecinos del declarante eran parientes suyos. Le pidió que si salía avisara que estaba allí. Nombró a Anabel Cantos Carrascosa, y su hermano más chico, Germán Cantos Carrascosa, como detenidos en Arsenal. Contó que nunca dejaron de torturarlo y picanearlo, que un día lo llevaron a la habitación con pieza de madera, lo colocaron en un elástico de cama de bandas de metal sujetas a la estructura con flejes. Le ataron pies y muñeca y fue torturado brutalmente. También vio a Luis Falú, a un muchacho que trabajaba en una citrícola, y éste le dijo que en el otro pabellón estaba Fote. Explicó que había mujeres detenidas, estaban en la zona de los boxes adelante. Supo que una de ellas estaba embarazada y pedía ayuda y en algunas oportunidades la asistió como podía el doctor Augier. Recordó también que estuvo en el Arsenal un chico mochilero que "era hablador" y que contó que venía de Buenos Aires, que quiso conocer el norte y lo detuvieron en la ruta. Estuvo cautivo dos o tres días y después no se supo más de él. Manifestó que supo que estuvo detenido un muchacho cuyos padres eran panaderos que vivía en Avenida Avellaneda y Sarmiento. EL declarante tuvo conocimiento que estaba detenido en Arsenal como a los dos días de estar allí, que los gendarmes los hacían rezar. Agregó que uno de los hermanos Cantos se encargaba de repartir la comida, polenta con huesos. Recordó que el Indio era alguien de la gendarmería de San Juan, que le explicaron que cuando llegaron los de gendarmería de Córdoba sería peor. Indicó al Tribunal que los interrogadores eran de acento santafesino o porteño y quienes los torturaban eran tucumanos, normalmente tenían olor a alcohol. Sobre la presentación suya frente a la instrucción militar, explicó que fue presionado en esa situación, que Cabral lo interrogaba, que estaba detrás del biombo, después de conversar con el testigo iba tras un biombo y remontaba armas. Aclaró que la declaración ante la instrucción militar la firmó sin leerla y reconoció su firma. Añadió que no pudo retomar su tarea social en el partido justicialista, en Rivadavia 851, porque con la dictadura ya el partido estaba cerrado, no podía hacerse nada. Que al ser liberado caminó en dirección a la ciudad, pero al llegar al cruce con Francisco de Aguirre lo detuvo personal de la policía de Tucumán, lo llevaron a la Comisaría de Villa Mariano Moreno, le dieron un libelo, lo trasladaron a la Jefatura, lo interrogaron nuevamente, le preguntaron dónde vivía. Le anunciaron que lo llevarían y que a los quince días la Comisaría 3ra. lo citaría para denunciar su secuestro. Aclaró que a la fecha de los hechos tenía 35 años, su apodo era "Justito". Contó además que en el arsenal cuando se hacía un silencio total ingresaba al pabellón en el que se encontraba una persona importante. Que alguien pregunto quién venía, pero no contestaron nada. Después supo que decían que quien había llegado era Bussi porque de lo contrario no habría existido el silencio y la disciplina que imperaba. Finalmente señaló que todas las personas que nombró eran sometidas, como el testigo, a interrogatorios y torturas. Se acordó que en una oportunidad fue atado por sus esposas a un Jeep y fue arrastrado en el Arsenal como unos 200 metros. Que también fue colgado de los pies a un portón, cuando a la hora no aguantó más el dolor y empezó a gritar. Al regresar a su casa dijo que volvió muy enfermo de los riñones, con problemas de presión, de corazón y de impotencia probablemente por la picana. Que al Indio lo oyó, pero no pudo verlo. Indicó que si bien castigaban a quien se bajaba la venda no eran grandes torturas.

MARIA DEL SOL CURIA

Señaló al Tribunal que Gloria Constanza y Fernando Ramiro eran sus hermanos. Gloria era quien le seguía en edad a la declarante y Fernando era el menor. Sus padres estaban divorciados y ellos vivían con su madre. Sobre el día de los hechos recordó que sus hermanos fueron secuestrados por personal uniformado el 12 de mayo del 76 cerca de las doce de la noche. Que fue en su casa y que estuvo presente. Señaló que Gloria estudiaba con una amiga y Fernando hacia artesanías en el mismo cuarto. Que esa noche estaba estudiando matemáticas. Que su hermano era estudiante secundario. Precisó que junto con sus hermanos eran de la juventud peronista. Contó que el 12 de mayo de 1976, cerca de la medianoche acababa de retirarse a su cuarto y oyó las puertas de varios autos que se cerraban con fuerza. Ya en la provincia con la Triple A había habido muchos secuestros, incluso habían matado al amigo de su padre Dardo Molina. Al oír los portazos tuvo la intuición de que venían a llevárselos a ellos porque habían sido activos en la juventud peronista, aunque no hubieran tenido conexión con la guerrilla urbana peronista, con Montoneros. Se quedó en la cama y como a los dos minutos vio como entraban dos individuos altos con uniformes azules que parecían ser de la policía provincial. Tenían pañuelos que les cubrían las caras. Uno de ellos tenía una metralleta y se la puso en la cabeza ordenándole a la dicente que se levantara. Siguió describiendo que otro individuo a los pies de su cama tenía un arma automática niquelada, brillante. Pidió que le permitieran vestirse, accedieron y para ponerse los zapatos se arrodilló entonces oyó el remontar de armas, que levantó las manos y dijo que sólo estaba buscando los zapatos. Oyó como cortaban la sábana de su cama en tiras, y con esas tiras la ataron. Dijo que empezaron a interrogarla, le preguntaron si era Potota y ella les dijo que se llamaba María, que Potota era su hermana menor. Aclaró que su hermana se había hecho un bolso de Jean y había bordado su nombre allí. Por extensión a Constanza y a la declarante les decían Potota y a su hermano Pototo. Creyó que iban a torturarla y matarla por el precedente de Dardo Molina. Por todo ello intentó conectarse con Dios, estaba en un grupo religioso que decía que "había que activar la chispa divina que cada uno lleva, que eso se hace con la visión de cosas buenas", y con esa conexión logró no odiar a sus captores. Añadió que a parte del compañero de su hermana que estaba enseñándole matemáticas, estaba su madre con un perro enorme y fueron tan silenciosos sus captores que nunca la oyeron irse. Que todo lo sucedido lo presenció "paralizada y aterrorizada" su hermana Constanza. Le preguntaron por su hermana Potota y ella les mintió para salvarla. Su hermana volvía después de la medianoche, pero ella les dijo que volvía antes y ellos decidieron no esperarla. Ingresó al cuarto, le tocaron sus manos a ver si tenía callos por portación de armas, su hermana Coni si tenía callos, pero siempre los había tenido. Continuó declarando que sus secuestradores no eran tucumanos, que revisaron la casa pero no pasaron por el cuarto de su madre, miraron por el zaguán, el hall. Dijo que estaba la declarante callada porque temía que su madre se despertara y al impedir que se llevaran a sus hijos la mataran o le pasara lo que le pasó a la madre de Corrales que por impedir que se llevaran sus hijos le dieron un culatazo y quedó en coma. Dijo también que a su hermano Mario no lo oía. Que lo habían atado "como matambre" con unos hilos con los que hacía unos bolsos que vendía. Temía que hubieran dejado una carga de dinamita en la casa, en un desagüe porque ya había oído que sucedía, se fijó en todos los desagües. Le contó a su madre lo sucedido, pero de los nervios le dio un ataque de risa, que su madre por su risa no le creyó pero al ver a su hermano supo que era verdad. Su madre le dijo que tenía que hacer la denuncia. Recordó que para poder llegar a la Comisaría 1 tuvo la sensación que había una guerra, habían barricadas, que la enfocaron con reflectores y con un megáfono les preguntaron que quería, ella explicó que querían hacer una denuncia. Que los hicieron pasar y esperaron "horas de horas" para que le tomaran la declaración. También estaba un hombre que quería denunciar el secuestro de su esposa. Como a las 6 de la mañana le tomaron declaración. Señaló que un hombre escribía a máquina, el otro no hacía nada. Que a la denuncia fue a hacerla con el amigo de su hermano que estaba enseñándole matemáticas, Mario Wieder. Denunció que se llevaron a Gloria Constanza y a su hermano Fernando Ramiro. Seguidamente agregó que de la comisaría se fue a la Terminal, a Simoca donde vivía su padre con una señora con la que se había casado en segundas nupcias. Que su hermana María Fernanda le contó después que llegó a la casa después de las 12 de la noche, pero le dijeron que estaba habiendo un operativo, por lo que "calladita" se fue a dormir a casa de una tía. Sobre las gestiones realizadas para dar con sus hermanos su madre -a veces junto a la propia declarante-presentó varios habeas corpus. Incluso logró entrevistarse con alguien de los rangos superiores de la policía que negó todo, que le dijo "que la policía no tenía a sus hijos, que ellos eran terroristas y se los habían llevado otros terroristas". Su padre por sus conexiones con el justicialismo logró una entrevista con personal militar, pero le negaron todo. Su madre llegó a entrevistarse con Bussi y este le negó todo "en la cara". Luego del secuestro sufrieron presión psicológica, los llamaban y les decían que sus hermanos volverían para navidad, que estaban en Brasil, que no hicieran nada. Sobre el lugar de detención de sus hermanos explicó que conocían a Juan Martín, quien fue secuestrado, aparentemente hizo un trato con los militares y aceptó ser carnada para sobrevivir. Al tiempo este hizo una declaración en España. Este hombre en una lista que hizo incluyó entre los detenidos de la Jefatura a sus dos hermanos, Gloria Constanza y Fernando Ramiro. Entre otros desaparecidos de la época mencionó a los chicos Ponce, Laplace, Palito que murió en un supuesto tiroteo en Yerba Buena, aunque cree que fue una ejecución porque los vecinos del lugar no oyeron ningún tiroteo-, Rafael y su hermana Eliana, la gorda, casada con Arturo Vallejo, se llevaron al matrimonio dejando a una nena atrás.

MARIO ERNESTO SENCO

Brindó declaración al Tribunal diciendo ser empleado policial jubilado. Explicó que se desempeñó en la Policía de la provincia de Tucumán, que ingresó en el año 69 como oficial subayudante y en el 95 terminó su carrera como Comisario General. Precisó que en el 76 se desempeñaba en la Brigada de Investigaciones de Muñecas y Sarmiento. En esa época era subayudante, jefe de la sección de toxicomanía y en el 78 de criminalística. Contó que por 1976 tomó parte de la represión de un secuestro extorsivo. Que el 12 de marzo del mismo año fue ese procedimiento. Que después se fue a Buenos Aires a seguir la investigación. Añadió que en mayo de 1976 seguía actuando en la Brigada como Jefe de Toxicomanía. Señaló a González Naya como el interventor militar y a Jacobo Capraro como el jefe. Que a mediados del 76 llegó una camioneta "trasladando cuerpos". Aclaró que era Jefe de Toxicomanía. Recordó que en el año 75 hubo un procedimiento militar en la ruta 157 con un motociclista, que le ordenaron que hiciera las actuaciones correspondientes a la muerte del motociclista. Que entregó la moto a su esposa. Contó también, que al año siguiente hubo un enfrentamiento en Santa Lucía y que ordenaron al declarante llevar las actuaciones y comunicar a la justicia federal. Precisó que se fue con el médico de la policía, el dactiloscópico, el fotógrafo y que se hicieron las actas respectivas, para remitirlas al juzgado federal. Dijo que se trataban de seis o siete cadáveres. Que uno de ellos se parecía a Carrizo, así le comunicó el dicente a su superior y González Naya, pero le dijeron "que no hiciera nada, que de ese cuerpo se encargaban los militares". Que conocía a Carrizo porque era basquetbolista y tenía antecedentes por robo en Tucumán. Luego expresó que no puede asegurar que el cadáver fuera de Carrizo. Que Carrizo fue detenido en el año 68, 69 o 70 por el robo a un banco. Finalmente dijo que se molestó porque que no le permitieron dar un cierre a la investigación de Carrizo.

HÉCTOR ANGEL LOBO

Dijo tener 87 años y que conocía a Félix Viterbo Corbalán porque eran vecinos y amigos, todas las tardes iba a conversar con el. Señaló que cuando a Corbalán lo llevaron, el dicente estuvo presente. Sobre los hechos precisó que ese día fue al negocio que él tenía, una ferretería, como todas las tardes, y estaba sentado del lado de adentro del mostrador. Alrededor de las 17:30 llegó una camioneta de la que se bajó una persona vestida de civil y dos o tres uniformados todos con ametralladoras. Que ordenaron al declarante y a unos clientes que había que se pusieran contra la pared, que fingió no escuchar y quedó sentado. Seguidamente hicieron que Corbalán se identificara y procedieron a sacarlo y a meterlo en la camioneta. Que él se quedó en el negocio y el secuestrador que estaba de civil le dijo que se quedara cuidando el negocio, pero que cerró y fue a avisar lo ocurrido a los padres de Corbalán. Recordó que con posterioridad a este hecho supo que Corbalán estuvo secuestrado en el Arsenal, que se enteró por una chica que también estuvo detenida allí. Que no volvió a verlo a Corbalán. Supo que su familia hizo trámites para dar con su paradero pero no tuvieron éxito. Aparte del declarante en el negocio había un cliente, a ese es al que pusieron contra la pared.

PEDRO MARIO BARRIONUEVO

Brindó declaración al Tribunal diciendo que es hermano de Nemesio Humberto Barrionuevo. Contó que Nemesio nació el 20 de febrero de 1940, y el declarante en el 44, dijo que estudiaban y eran obreros de los talleres de Tafí Viejo. Que el 17 de marzo de 1976, una semana antes del golpe militar, su hermano desapareció. Dijo que un grupo de muchachos junto a Nemesio tenían cierta dirigencia sindical. Recordó que su hermano cumplía años el 20 de febrero y para ese entonces ya habían comenzado los secuestros en Tafí Viejo. Manifestó que un par de días antes del cumpleaños de su hermano, el declarante fue a visitarlo junto a su hijo que era el ahijado y lo encontró muy nervioso por lo que pasaba. Que hacía poco habían secuestrado a un chico Rocha y lo apresaron diecisiete días, que el declarante le dijo a su hermano "que si Rocha se la había bancado él también podría bancársela en caso de que lo secuestren". Dijo que Nemesio se le agravó una úlcera por lo que lo tuvieron que operar en el Sanatorio Regional. Que después del alta volvió a su hogar hasta "el fatídico " martes 17 de marzo. Señaló que tenían una tía a la que apreciaban mucho, cuidaban y donde siempre se reunía la familia. Cuando volvieron de la casa de ella, a la madrugada, el declarante sintió cuchicheos, algo que no era habitual porque su vivienda colindaba con una quinta sin vecinos, el declarante se asustó, abrió la puerta, dos personas lo empujaron y entraron a la casa. Precisó que su esposa se despertó, prendió la luz y vieron alrededor de ocho personas. Que uno le metió un culatazo en el pecho a su mujer, para que no prendiera la luz, mientras a él lo encandilaban y lo acusaban de ser Nemesio Alberto. Que el dicente gritaba que no era y entonces le preguntaron por su hermano pero él se negaba a decirles porque aún estaba convaleciente. Entonces una de las personas apuntó a su señora y al bebé, amenazando al testigo para que dijera donde estaba su hermano o iban a matar a su familia. Agregó que lo hicieron vestir y le avisaron que si hacía algo incorrecto se quedarían dos sujetos para fusilar a su señora. Dijo que todos estaban encapuchados, que uno tenía uniforme verde oliva y tonada de otro lugar. Describió que afuera había dos Ford Falcon o Torinos, que lo introdujeron en un vehículo entre medio de dos personas., haciéndole meter la cabeza en medio de las piernas, le pegaron culatazos y trompadas, provocando al testigo dos tajos en la cabeza. Agregó que su hermano estaba viviendo con sus suegros a seis cuadras de la suya. Contó que lo trataban de comunista, que lo "iban a hacer mierda" , mientras les decía que eran cristianos y pedía por su hermano que estaba convaleciente. Recordó que cuando llegaron a la casa de su hermano, destrozaron la puerta; el que le pegaba al declarante era un morocho voluminoso y le decía que "lo iba a reventar", que sacaron a su hermano. Que pudo ver luminosidad y se ubicó donde estaban, en los portones de Tafí Viejo. Continuó manifestando que durante el trayecto los secuestradores se preguntaban qué harían con el declarante y decían que lo iban a matar y tirar en una alcantarilla. Que cuando cruzaron el portón de los talleres, abrieron la puerta del auto, lo tiraron y le dijeron que no se levante antes de los diez minutos. Contó que estaba dolorido, ensangrentado y que nunca más pudo saber de su hermano. Que cuando llegó a su casa, estaba su esposa y su cuñada llorando. Con el tiempo tuvieron conocimiento que su hermano había estado internado en el hospital militar para una transfusión de sangre, que lo supieron a través de Orlando Santillán que era carpintero en el arsenal, se había criado con ellos en el barrio y era muy amigo de su hermano. Dijo que eso le dijo cuatro o seis días antes del golpe y que Santillán falleció hace 6 o 7 años. Creyó recordar que el día jueves previo al golpe, lo habían soltado a Hugo Díaz y éste le avisó que posiblemente lo iban a soltar a su hermano. Díaz relató al declarante que estaban todos vendados en un lugar donde se escuchaba la risa de los niños y el ruido de trenes por lo que ese muchacho dedujo que era la Brigada, también le dijo que su hermano se quejaba, que Díaz le preguntó qué le pasaba, su hermano le contestó que tenía abierta la herida y que pudieron conversar un poco. Dijo que a Díaz lo volvieron a secuestrar junto a su señora y después no apareció más. Manifestó que alrededor de 16 o 17 muchachos desaparecieron de Tafí: José "Gallito" González, "Turbo" Vega, Arias, Roberto Soraire, un muchacho Juárez. Culminó diciendo que el nombre del policía involucrado en el secuestro de Díaz y su esposa era de apellido Jodar y que vivía en la diagonal Victoria. Señaló que Ana María Tejeda de Suter vivía en la misma cuadra que su cuñada y esa señora era familia de un locutor de canal 10. Que a ella la secuestran porque en ocasión del sepelio de su esposo ella "gritó cosas y eso hizo que la secuestraran". También mencionó a un muchacho Romero de los talleres de Tafí Viejo como desaparecido.

GUILLERMO ENRIQUE VILLAGRA

Relató el testigo al Tribunal que en el año 1976 trabajaba en el Ingenio Aguilares al igual que Peto Pereyra y otro señor que también está desaparecido. Dijo que fue secuestrado el domingo 29 de octubre del 76 a las 3,30 hs en el momento que se levantaba para trabajar y no sabía a donde lo llevaban. Que con el correr de los años supo que era el Ingenio Nueva Baviera a través de una revista en donde se enumeraba los Centros Clandestinos de Detención en Tucumán. Sobre el día de su secuestro recordó que entraron a la habitación, rompieron puertas y vendaron al declarante en ese mismo momento. Indicó que eran del ejército y estaban con ropa de fajina; que lo sucedido fue presenciado por su padre y su esposa. Que después lo tiraron en un camión y se enteró por un vecino que al operativo había ido un camión, camioneta y un auto. Contó que vivía en la ciudad de Aguilares. Describió su lugar de cautiverio sosteniendo que había columnas de hierro de las que se tenía que agarrar para caminar y eran igual al ingenio donde él trabajaba. Relató que había más personas con él, que lo metieron en una habitación y lo golpearon. Que lo llevaron al Peto Pereyra con él quien estaba encapuchado y atado, que decían que el Peto acusaba al declarante de extremista. Luego sus captores pidieron que traigan a Mori Amaya, a quien conocía de la escuela y Mori Amaya dice que lo conocía del ingenio "pero que no tenía nada que ver, pero que Peto Pereyra sí tenía que ver con eso". Que le pidieron disculpas y le dijeron que era una equivocación y a la noche lo largaron junto a Felipe Alberto Álvarez en un camino cerca de León Rougés. Dijo que los volvieron a detener, los llevaron a la policía y al otro día al Ingenio Nueva Baviera. Que la gente de León Rougés interrogan a ambos y al otro día los llevan a la Policía de Santa Rosa. Recordó que Peto Pereyra era obrero del ingenio y mucho mayor que el declarante; Mori Amaya trabajaba en el laboratorio del ingenio. Peto Pereyra estaba deteriorado, vendado y encapuchado. Dijo que en octubre habían puesto una bomba a un ingeniero cuyo nombre no recuerda, era el administrador del ingenio. Siguió contando que dentro del ingenio había un kiosco y allí trabajaba un tal Cabrera a quien también secuestraron. Manifestó que le comentaron que a Peto Pereyra lo sacaron del lugar de trabajo y lo metieron en el baúl de un auto. Que nunca más los vio a Mori Amaya ni a Peto Pereyra. Dijo que recuerda a Guillermo Lobo pero que no trabajaba en el ingenio Aguilares, que conoció un Pirincho Cabrera quien era el que trabajaba en el kiosco. Sostuvo que el Negro Torres sí trabajaba en el Ingenio Aguilares y creyó que lo secuestraron antes que al declarante. Manifestó que no sabe si había extremistas en el sur, que sintió hablar de extremistas pero que no sabe. Dijo que lo reconoce a Peto Pereya porque a él le sacan venda y lo vio encapuchado. Contó que cuando lo liberaron simularon un fusilamiento.

FERNANDO FEDERICO FERREYRA

Relató que trabajaba en el ingenio San Juan desde los 16 años y que vivía en la calle Santo Cristo 99, prácticamente el mismo ingenio. Su grupo familiar eran su mujer y tres hijos de 6, 5 y 4 años. Dijo que después del ingenio trabajaba en un taxi para ayudarse económicamente. Contó que lo habían visitado los policías tres veces antes de su secuestro, preguntando por su actividad, cómo vivía. Seguidamente dijo que el 13 de mayo de 1976 regresó aproximadamente alrededor de las 22:30 horas y cuando llegó a su casa lo agarró una persona desde atrás y miró que había varios encapuchados que le preguntaron si el testigo era Ferreyra, amenazando que iban a llevarlo y que "ya sabría por qué" . Manifestó que ahí le pegaron y el declarante se cayó, antes le habían puesto una venda en los ojos, que lo sacaron de la casa y subieron al baúl de un vehículo. Precisó que iba solo, que el auto arrancó y viajaron como una hora y media hasta que llegaron a un lugar en donde lo bajaron y pudo advertir que de otro vehículo también bajan gente. Contó que lo pusieron a hacer flexiones estando esposado y vendado; lo sentaron y empezaron con los electroshock y los repitieron varios veces. Agregó que también lo castigaron con mangueras que parecían rellenas de arena y lo llevaron a un calabozo con paredes de canto. Que todos los días lo sacaban a hacerle averiguaciones y él no entendía a qué se debía todo eso porque el dicente sólo se dedicaba a trabajar. Dijo creer que estuvo en el Arsenal porque bajaban los aviones en dirección donde estaba el aeropuerto. Se acordó que sentía que sonaban pistolas sobre la cabeza de él, que sintió un estampido, que "algo se le metió" , porque a uno de los interrogadores se le había escapado un tiro. Señaló que no se podía tocar porque estaba atado y no sentía dolor, tenía un parche; desde ese momento disminuyó el castigo que le prodigaban y luego le dijeron que lo pondrían en libertad. Contó que lo subieron a un baúl, anduvieron cree 40 minutos en el auto y llegaron a un lugar. Cuando lo dejaron le dijeron que no se había comprobado nada y que no querían "verle la cara nunca más" , arrancaron y se fueron diciendo al declarante que estaba cerca de un río; transcurrido quince minutos se levantó y caminó hacia donde veía luces y cuando salió a la avenida se acercó un policía y lo detuvo, que le preguntó lo que hacía a esa hora en la calle pero el testigo no quería decir nada de lo que le había pasado y lo llevaron a la comisaría quinta; por lo que tuvo que decir la verdad, que había estado secuestrado hasta ese día. Luego lo liberaron y llegó a su casa que estaba como un monte, no había nada, por lo que el declarante creyó que los habían matado a todos. Se dirigió a la casa de sus padres y allí estaba su familia; después siguió viviendo como podía. Manifestó que antes que lo secuestraran nunca tuvo problemas con el jefe de vigilancia del ingenio. No pudo saber quienes custodiaban en el Arsenal y que estuvo un mes detenido clandestinamente por averiguación de antecedentes. Relató que en el Arsenal le preguntaban si hacía reuniones ya que él pertenecía al sindicato del ingenio, pero que respondía que no le interesaba la política. Describió que en el Arsenal se sentían gritos de terror y estampidos; que el castigo era a la noche por lo que deduce que no eran los mismos los que torturaban que los que los custodiaban y que a las 22 hs llegaba un camión con gente y se producía todo un movimiento y los guardias les anticipaban que extremen los cuidados. En cuanto al calor que sintió en su espalda cuando se le disparó el tiro a uno de los interrogadores dijo que no le extrajeron la bala y que está alojada en su cuerpo, que del Juzgado Federal lo mandaron a hacerse un estudio, radiografías en el Hospital y un médico le dijo que la bala estaba debajo del pulmón y que no convenía tocarla. Respecto de la alimentación en el Arsenal sostuvo que era mínima, que nadie comía nada por el terror, nadie tenía apetito. Recordó que sintió mujeres llorar, que vio al Negro Díaz. Dijo que en la Comisaría 5ta. había cuatro personas, que cuando los liberaron a todos les dieron el mismo papel que al declarante. Estuvo con otra persona de apellido Díaz (el mismo apellido que el del ingenio San Juan), uno de capital, otro que se llamaba Angel Abregú alias "el Lanchero" a quien largaron la misma noche. Expresó sobre el papel que le dieron que era del "Comando restaurador del orden" y tenía tres artículos: "el 1º decía que por no encontrarlo culpable de ningún delito ese tribunal lo dejaba en libertad pero, el 2º decía que no tenía que tener cargos en el sindicato y que su vida tenía que ser sin actividad política ni gremial, y el 3° decía que si era reincidente con lo que dicen los artículos sería ejecutado de inmediato". Contó que en el galpón donde estuvo había celdas hechas de ladrillos de canto, que a él le asignaron el número 61. Dijo que nunca más pudo trabajar en relación de dependencia y que tuvo que trabajar por su cuenta.

ROBERTO ESTANISLAO RODRÍGUEZ

Se procedió a escuchar el audio de su declaración en la causa "Aguirre, Emma del Valle s/ su denuncia por privación ilegítima de la libertad y otros delitos", Expte. N° A - 190/11.-

Dijo ser docente y que en el ingenio Santa Rosa era dibujante técnico.

Que en la década del 60 vivía en Kermes, localidad lindera con Huasapampa que queda a un kilómetro del Ingenio Santa Rosa y a un kilómetro y medio de la comisaría. Que en 1976 su familia eran sus padres y seis hermanos. Que Juan Faustino Rodríguez (su padre) y su hermano Pedro Ricardo Rodríguez se encuentran desaparecidos. Que ellos tenían militancia política y que en su familia eran obreros del surco. Que a su padre en el 63 lo dejaron cesante, que en el año 65 se generó un problema familiar porque su abuelo era capataz en la finca en la que trabajaba su papá. Que les pedían el terreno dónde vivían, y que justo cuando sucedió eso a su padre lo indemnizaron, y compraron un terreno. Que esas situaciones y la necesidad de ayudar al padre entre todos los llevó a comprar el terreno y comenzaron a arrendar fincas para plantar caña y con eso mejora la situación económica para poder sobrevivir. En el 65 al llegar el cierre de los quince ingenios con Onganía se generó un caos. Así fue surgiendo la conciencia de que esas situaciones debían ser revertidas y se vio la necesidad de formar un sindicato en Huasapampa. Relató que las casas eran de malhoja (también llamado despunte) con techos de paja, que todo eso era combustible, y que los baños eran letrinas, que se vivía en condiciones infrahumanas. Que en el 72 se graduó de la secundaria, en el 73 ingresó a la Facultad de Ciencias Exactas y que estando allí sugirió que en su zona se forme un sindicato. Que finalmente se formó el sindicato con todas las formalidades legales y al realizarse las elecciones ganó su papá, comenzó a cobrarse una cuota sindical y gradualmente creció entre el 75' y el 76'. Explicó que justamente en esa época aparecieron las razias de la Policía Federal Argentina a veces acompañada por el ejército, que avanzaban casa por casa, haciendo todo tipo de desmanes. En la vida cotidiana ese contexto afectaba las rutinas. Destacó que su familia en esa época no tuvo prácticamente problemas porque su padre y su hermano del sindicato eran muy queridos. Que en una oportunidad una persona ebria que en un local increpó a su padre que tomaba una gaseosa, luego quiso agredirlo físicamente y al huir por los fondos del local le dispararon con un arma de fuego. Que a los dos días ese señor ebrio llegó en una camioneta a la casa y le pidió disculpas. Que su hermano sufrió un problema de apendicitis cinco días antes del secuestro, que la operación se le complicó un poco. Que el día del secuestro, por la noche llegó un celular, ingresaron a la casa, los llevaron, y se dirigieron a la casa en la que se encontraba el declarante y su hermano enfermo. Que ingresaron cuatro personas y preguntaron "quién es el negro Rodríguez" y que como su hermano estaba convaleciente él dijo "yo soy el negro Rodríguez" y su hermano dijo lo mismo, pero supieron que él no era la persona que buscaban porque vieron en el pecho de su hermano los signos de la operación. Que en un forcejeo alcanzó a sacarle la capucha a una de las personas, que se efectuaron disparos y que lo dejaron inconsciente. Al respecto manifestó que yo abrí las ventanas cuando se estaban por ir, porque previamente habían secuestrado a otro señor vecino de la zona que no tenía ninguna militancia así y vi el celular ese de la policía que tenia la caja metálica y la puerta esa de atrás que se abría y se fueron. Vi un auto blanco de una persona muy conocida, hermano de un compañero de trabajo en la Escuela Técnica y que era jefe electricista del Ingenio Ñuñorco, Alfredo Lorini. Que a su papá lo dejaron muy afectado por la situación y que había dos sinvergüenzas que se hacían los amigos de su padre y hermano pero no lo eran, sino que eran informantes. Que esa noche (25 de enero de 1977) se lo llevaron a su hermano. Al otro día fueron a las ocho menos cuarto a la comisaría de León Rougés para denunciar el secuestro, lo atendió un oficial y le dijo que lo buscara al comisario. Que cuando Moreno apareció le dijo que no podía recibirle la denuncia porque correspondía a la jurisdicción de Monteros, que allí tenían que dirigirse; que en el instante mismo en que vio a Moreno supo que era la persona a la que él, en el curso del secuestro de su hermano le corrió la capucha. Con relación al secuestro de su padre que fue el 16 de febrero de 1977, recuerda que el día anterior le pidió que siga trabajando y ver cómo podía seguir estudiando porque su sueño era que fuera ingeniero, más allá de que necesitaba mantener a su familia. Que su padre tenía problemas de gastritis y tomaba medicamentos para tratarlos. Como personas desaparecidas de la zona, recuerda cuando estaba trabajando en el ingenio con Simón Campos que era electricista allí, que con anterioridad habían venido a preguntar en un Falcon blanco por él y por Simón Campos. Que también recuerda el caso de "Peti" Barraza, el secuestro de los hermanos Poli, el secuestro del "Moto" Giménez, el secuestro de la señora enfermera "Ñata" Pérez, a quien secuestraron por curar a un herido del ERP, y murió por los maltratos y vejaciones que recibió. Que otros desaparecidos son Fernández, Neme, el Pelao Ruiz, aunque este último después de mucho tiempo logró su libertad. Que no conoció a la Sra. Emma del Valle Aguirre, sino luego del secuestro de su padre y que luego fue maestro de sus hijos. Que la señora le contó de los sufrimientos en el lugar de encierro, que su padre dijo "prefiero que me maten, a que siga este sufrimiento", que luego gatillaron en su sien y mataron a su hermano. Señaló que tiene la absoluta seguridad de que la persona a la que retiró la venda cuando secuestraron a su hermano, es la misma que al día siguiente reconoció como el comisario Moreno. Que el sufrimiento por la muerte de su padre y de su hermano todavía no se lo puede sacar, y que pide que sean encerrados en una cárcel común, con el trato de verdaderos delincuentes. Agregó ante estos estrados, en la audiencia del presente juicio, que: a través del tiempo pudo averiguar las personas que actuaron como informantes, quienes hicieron el trabajo para preparar el terreno del secuestro. Aclaró que su hermano vivía en la casa de un tío y los fines de semana podían charlar. Que previo a año nuevo su hermano lloraba y decía que lo iban a secuestrar a lo que el declarante le decía que eso era imposible porque lo que hacían era trabajar en contra de una injusticia laboral, pero su hermano tenía terror. En esa situación su hermano nombró a los informantes que visitaban continuamente la casa, mencionó a "Pipino" Costilla quien vive cerca de su casa y en esa época hacía alarde de una especie de carnet que le permitía subir al ómnibus, actualmente vive en Yonopongo cerca de la escuela 121 y el declarante lo vio hace poco. La otra persona era el "Payo" Silva quien decía que era amigo de su papá y estaba todo el día en su casa, finalmente nombró al comisario Almirón quien frecuentemente llegaba a su casa a hablar con su padre. Manifestó que esas tres personas eran informantes y algunos de los tres fue partícipe directo del secuestro de su hermano; contó que hay otros involucrados en el secuestro: "Pupa" Ledesma, que era sobrina de su papá. Recordó que ella una noche lo llamó y le contó quiénes habían participado del secuestro de su hermano y de su padre; dijo que habían sido Moreno quien era comisario de León Rougés; Roberto Albornoz; un tal Rodríguez que ya falleció, Alfredo Lorini quien practicaba boxeo y le pegaba a la gente. Señaló que Almirón está muerto y el Payo Silva también; pero que viven Pipino Costilla, uno de Simoca, Jiménez, un Juárez y también un Andrada. Dijo que la noche del secuestro de su hermano también secuestraron a Marcos Nuñez; quien le contó que lo secuestraron junto a su hermano. Su padre tenía 53 años cuando lo secuestraron y luego desapareció el sindicato de obreros del surco. Dijo que después el declarante fue conociendo gente cuando se reunían en una iglesia en un subsuelo todos los familiares afectados y ahí se enteró de los distintos centros clandestinos y bases militares. Precisó que existían en León Rougés, en Acheral, en Baviera, en la escuelita de Famaillá, en Lules, etc. Continuó sosteniendo que los testimonios de Pupa y de Augier son importantes, sobre todo este último que narró en una entrevista con Verbitsky en Página 12, cómo mataron al padre del declarante en el Arsenal a quien recordaba como Juan Rodríguez. Manifestó que en esos testimonios se contó que su hermano llegó a tener gusanos en la herida de una operación de apendicitis. Dijo que Mercedes del Carmen Serrano de Rodríguez es su madre, que se encuentra muy mal de salud con un problema de artritis y que "desvaría un poco" pese a que fue la que mayor entereza tuvo dentro del grupo familiar. Catalina Rodríguez es hermana del declarante y melliza de Pedro Ricardo Rodríguez y se encuentra en pésimo estado de salud psicológica. Dijo que Luis Román Jerez, si es el que trabajaba en el ingenio, sí lo conoce pero no sabe que le pasó. El dicente manifestó conocer a las personas que iban a su casa, indicó que una vez fue un marino con Pipilo Costilla y sostuvieron una fuerte discusión y lo corrió de su casa. Aclaró que los informantes que mencionó no participaron en el secuestro pero que Alfredo Lorini, hermano del que trabajaba en el ingenio participó en el secuestro de su hermano y en el de su padre porque el Torino blanco que era de propiedad del mencionado estaba en el momento de los hechos sin chapa patente. También contó que había un infiltrado que trabajaba en la UNT esa persona se infiltraba en las asambleas. Dijo que Pupa Ledesma le contó que ella era informante del ejército, que ya murió y luego de darle la nómina al declarante ella siguió trabajando para la policía aunque en forma oculta. Culminó su testimonio contando que su padre era analfabeto y agradecía al servicio militar que le enseñó a escribir y leer algo y que su padre colaboró en Huasa Pampa para mejorar la calidad de vida de la gente de allí.

ELISA ANTONIA MEDINA

Se procede a escuchar el audio de la declaración testimonial en la causa "Aguirre, Emma del Valle s/ su denuncia por privación ilegítima de la libertad y otros delitos", Expte. N° A - 190/11.

Dijo que se domicilia en la ciudad de Monteros. En 1975 vivía en la localidad de Yonopongo que se encuentra situado a unos quinientos metros de León Rougés. Con relación a sus padeceres de la época de los hechos dijo que el 1 de mayo de 1976 la detuvieron y la llevaron a la policía de Monteros, y allí estuvo hasta el 25 o 26 de mayo, después la trasladaron. Pudo ver, porque la venda no estaba muy espesa, la escuela de León Rougés y que la llevaron a Villa Quinteros, donde estuvo aproximadamente una semana, y el 1 de junio la llevaron al Ingenio Santa Rosa. En Villa Quinteros vio familias del lugar que no conocía, la madre de los chicos Morales, la hermana de la madre y la hija y el esposo de la señora Morales. También vio a Héctor Pardo y a un señor Antonio Rivadeo al que le decían Toño. Allí, en la semana que estuvo no la torturaron, sólo lo hicieron en la policía de Monteros y en Villa Quinteros sólo la torturaron en interrogatorios con picana el último día. Luego la largaron cerca de su casa a la que esa noche le prendieron fuego y no le dejaron nada. En esa situación corrió a casa de su vecina Emma López y a la mañana siguiente, cerca de las nueve de la mañana, se la llevaron de ahí, aunque dejó a su hija. Luego su padre le contó que la Sra. López le entregó a la chiquita en la comisaría de León Rougés. Explicó que todo esto denunció ante la Bicameral, como así también el secuestro de su cuñado René Argentino Barraza. Su hermana le contó del secuestro de su cuñado que permanece desaparecido. En cuanto a su marido señaló que primero fue detenido el 8 de enero aproximadamente, y lo largaron muy golpeado como ocho días después. Que cuando le quemaron la casa su esposo no estaba allí y ellos se enojaron. Recordó que le pedían a ella kerosene. Que después la vuelven a detener no tiene claro el año, pero sabe que fue un 16 de febrero después del hecho, en el 77' calcula y le preguntaron si conocía al "Loco" Romano que era un policía y sus secuestradores lo buscaron a ese hombre y lo trajeron a su marido. Luego un hombre que la interrogaba le dijo que su marido no iba a volver, y que si quería después tener un hombre para sus desahogos nadie le iba a decir nada. Que ese día pudo bajarse la venda y verlo a su marido atado a un camastro, con todo su cuerpo lleno de moretones, y luego nunca más volvió a verlo. Que cuando la llevaban de nuevo le pedían que diga dónde quedaba la casa de la Sra. Aguirre y ella no le podía decir porque estaba vendada, que cuando fueron a la casa de la Sra. Aguirre la subieron a la camioneta en la que iban y le dijo "Emma la viste a mi Florita" y ella respondió "no, no la he visto" y ahí le ordenaron que se callara. Con relación al lugar donde vio a su marido no puede distinguir cual era, pero dijo recordar un mesón grande en una estancia revestida con azulejos blancos, un día pudo ver que le daban de comer. Recordó que la camioneta donde la trasladaban era azul revestida con una chapa de aluminio blanca. Que la primera vez, cuando estuvo un mes detenida, la llevaron en un auto blanco. Explicó que tuvo militancia política, primero en el partido radical, que la militancia simplemente consistía en ayudar a su padre a hacer alguna afiliación. En cuanto a su marido dijo que era agricultor, peronista afiliado pero sin actividad política, como su cuñado, peronista pero no militante Que su cuñado trabajaba en el ingenio Santa Rosa. Durante su detención vio gente que ella no conocía del lugar, como a la familia Morales, y allí por ejemplo, escuchaba cuando le preguntaban al chico Morales cómo se llamaba y le dijo Julio César, y ahí le preguntaban por su nombre de guerra pero diciéndole "cómo te he dicho que te llamaban a vos" y él decía "Luna" pero ella cree que era un nombre inventado por ellos. Que ella nunca tuvo apodos y que a su marido le decían "Peti" Barraza. Con relación a sus torturadores dijo que en Monteros se le presentaba un hombre al que llamaban el teniente o sargento Cabral, que era moreno, con piel quemada y que usaba una gorra roja porque decían que era de los paracaidistas. Que escuchó hablar del sargento Patriarca, que a Simón Campos lo conocía como un señor del lugar, muy buena persona, pero a quien no vio secuestrado, que al señor Rodríguez lo recuerda cuándo le preguntaban cómo se llamaba al secuestrarla a ella mientras era conducida en la camioneta. Que allí no estaba vendada, sino con la cabeza envuelta en una campera, y cuándo le preguntaban cómo se llamaba dijo "Juan Rodríguez" y al preguntarle por su apodo dijo "Toro". Que a quien ella conocía bien era a Roberto Rodríguez. Que como quedó sin casa la dejaron a unos mil quinientos metros de donde había sido su casa y de allí se fue a casa de su padre. Contó tener tres hijos, la chiquita era una bebé, tomaba el pecho. Con relación al comisario Moreno dijo que lo conoció después de lo que le sucedió, que Moreno era conocido de la zona porque era el comisario del lugar pero que ella no lo conocía porque no iba a la Comisaría. Precisó que la camioneta que la llevaba a ella fue primero a la comisaría para preguntar dónde vivía la Sra. Emma (ya que a ella le habían preguntado dónde vivía dicha mujer y ella no sabía) y luego fueron a buscarla a la señora Emma Aguirre. Agregó ante estos estrados, en la audiencia del presente juicio, que: ratificó todos sus dichos anteriores. Que fue torturada en la comisaría de Monteros donde la tenían atada a un ventiluz y le ponían una bolsa plástica en la cabeza hasta que se asfixiaba, que la quemaron con cigarrillos. Contó que en ese lugar perdió la noción del tiempo, que al despertarse en la celda vio varios pedazos de pan que cree le tiraban para que comiera, y ella no comía. Creyó que le suministraron algún medicamento porque estaba toda hinchada. Agregó que después llegó un doctor que le dio una pastilla para que se desinflame. No pudo indicar como hacía sus necesidades. Que durante su declaración a la CONADEP, sintió mucha vergüenza. Dijo que suplicaba que la bañaran después de tantos días, que la pusieron en un baño desnuda delante de un chico de 18 años, describió el hecho como una violación porque ni su marido la vio desnuda así. Prosiguió relatando que el teniente Marengo fue uno de los que con un muchacho rubio le quemaron la casa insultándola. El chico ese le pegó con su taco en la cabeza. Que a raíz de lo sucedido le quedaron dos lesiones en la cabeza. Recordó que fue torturada quemándole los pechos y la boca con cigarrillos. Dijo que el Toro Rodríguez estuvo en algún momento junto a ella. Que no vio a la señora López, ni a Pedro Rodríguez, el hijo del Toro. Dijo que su marido se llamaba Juan Angel Giménez, que en junio de 2012 le entregaron sus restos, estaban en Arsenales. Aclaró que la segunda vez que la detuvieron la pusieron en un lugar con azulejos, allí es donde vio a su marido tirado en un camastro por debajo de la venda que llevaba puesta. Su marido supo que ella estaba ahí porque la escuchó hablar cuando le preguntaban sobre los mosaicos de su casa, la acusaban de que eso "había salido de los guerrilleros". Indicó que en esa habitación había alrededor de cinco hombres que interrogaban a la declarante y a su esposo, les repetían que los mosaicos venían del dinero de los guerrilleros pero en realidad era porque habían vendido un caballo y con eso más el salario familiar habían podido comprarlo. Recordó que mientras vivió junto a su esposo fue ama de casa. Que en su primera detención la acusaban de que compraba mercadería para los guerrilleros, pero que era mentira porque solo compraban la comida para el día ya que ni heladera poseían por ser humildes. Sostuvo que su marido en la familia no tenía apodo, aunque algunos de afuera le habrían dicho "El Manco". Finalizó diciendo que Emma Aguirre y Emma de López son la misma persona. Que su segunda detención fue en el 77, la primera fue en 1976.

JUAN ANTONIO GODOY

Dijo que a la fecha de los hechos tenía 19 años, vivía en Santa Lucía. Su padre, Enrique Godoy, trabajaba en el Operativo Tucumán, en comunas y municipalidades. Que antes de eso trabajaba en la zafra, pelando caña. En relación al secuestro de su padre dijo que a las 2 o 3 de la mañana llegó a la casa familiar gente del ejército, lo apuntaron la cabeza y le dijeron que se quedara tranquilo, que buscaban a su padre. Sostuvo que en esa época eran comunes los secuestros y allanamientos, que ante eso uno no podía ir a preguntar nada a ninguna parte porque ellos eran dueños y señores del lugar. Recordó que antes de ese hecho, cuando por el Operativo Tucumán estuvo trabajando en Simoca, llevaba comida para subsistir e hizo un nota con un amigo que lo ayudo a redactarla porque sabía escribir. Esa persona se llamaba René Díaz y murió. La nota estaba dirigida a Bussi y la dejó en la base de Santa Lucía, allí expresaba que lo que le pagaban no representaba todas las tareas que hacía. Que un tal Corregidor se entera y se llega en Jeep a la casa familiar. Era un fin de semana, su padre estaba después de un asado algo bebido. Lo querían llevar y la familia pidió que lo llevaran más tarde porque no estaba en condiciones. Dijo que su padre finalmente se presentó en la base. Mientras tanto a René Díaz lo tenían dentro de un ataúd vivo en la base y le dijeron que lo mismo le pasaría a él. Que le reclamaron por el contenido de la nota, le dijeron que nunca llegaría a Bussi. Señaló que su padre estuvo secuestrado tres meses y medio. Contó que si bien no le pegaron, psicológicamente lo maltrataron, le decían que iban a matarlo, que tenían un pozo preparado para eso. Al regresar a la casa lo encontraron delgado, en mal estado. Lo dejaron en el puente de Monteros, en la ruta 38, a 200 metros del puente de Monteros. Lo pusieron boca abajo, le dijeron que estaba libre pero que tuviera cuidado. Lo soltaron a la una de la mañana y llegó a la casa al amanecer. Mientras estuvo su padre secuestrado se averiguó lo sucedido en la comisaría porque intentar averiguar en la base militar era inconcebible. Dijo que a través de las mujeres conocieron el destino de su padre. Aclaró que a través de su padre quisieron averiguar datos sobre su hermano Omar Godoy, dónde estaba, que hacía y que había hecho antes. Los militares secuestraban, torturaban. Que llegado a un punto el torturado se acordaba de un nombre y buscaban a la persona. Ante eso le dijeron a Oscar que volviera de Buenos Aires, él tenía todos los comprobantes de que trabajaba en Avellaneda. Contó que su hermano se presentó junto a su madre en la base militar y por la noche o al día siguiente liberaron a su padre. Indicó que el sargento Julio Roberto Hernández es el verdadero padre de un joven llamado Jorge David Racedo. El centro de los operativos en Santa Lucía era la base militar. Dijo que mucha gente de Santa Lucía fue secuestrada. Que no tiene presentes en este momento los nombres. Sobre Bernardino Martínez creyó que su padre le dijo que estaba en Arsenal, pero que también había gente de Santiago, Santa María, hasta de Buenos Aires. Que su padre estuvo vendado en Arsenales y que declaró en el juicio a las juntas.

EUSTAQUIO CESAR GRAMAJO

El testigo era amigo y socio de Pedro Rondoletto, eran socios en una imprenta, quedaba en la calle San Lorenzo 1666, hacían trabajos comunes, manifestó que fue testigo del secuestro del señor Rondoletto, cuando bajaron las persianas habrían sido las 3 de la tarde, porque trabajaban horario continuo desde las 7 de la mañana, a veces a las 12 se iban a casa a almorzar, el día del procedimiento fue el 2 de noviembre, las personas entraron violentamente a la imprenta, estaban encapuchados, bajaron la persiana, estas personas portaban armas, inmediatamente lo agarraron del brazo a Pedro y lo llevaron adentro, había una puerta que comunicaba con el escritorio y otra que comunicaba al fondo con la casa de él, quedó el testigo en el taller con dos muchachos con las manos levantadas, al testigo lo metieron en un lugar donde había una estantería, a otro muchacho lo arrinconaron en las máquinas, dijo que escuchaban como si estuvieran discutiendo y recordó que preguntaban por Marta Rondoletto que era la hija de Pedro, escuchó llantos, pero no sabe si le pegaron porque no vio, pero se ve que hubo violencia. Manifestó que el procedimiento demoró más de media hora, cuando terminó la misión salieron, los que los estaban custodiando a ellos estaban con armas, el testigo alcanzó a ver de reojo que salía vendado y las últimas palabras fueron "llamala a la mamá de Marta", pasaron dos minutos, el testigo preguntó a dónde lo llevaban, entró el jefe, que no estaba encapuchado y tenía como una barba postiza, y le dijo: "señor Gramajo tiene 24 horas para levantar esto", los encapuchados buscaban cosas, cree que se llevaron algo por ejemplo la chequera, el día antes Pedro dijo que firmara un cheque para pagar al personal, cortaron el teléfono. Marta no estaba en la casa, estaba Silvia, la señora Nené, en el segundo piso vivía el hijo Jorge con su esposa Azucena. Ese día llevaron a todos, vio a Nené y a Pedro que se lo llevaron. Las personas estaban de civil. Dijo el testigo que hizo una denuncia en la comisaría que estaba en la calle Lavalle, la comisaría octava, el testigo desarmó todo porque le dijeron que tenía que dejar pared, piso y techo porque sino correrían la misma suerte que la familia. Dijo que lo citaron al Comando, fue dos veces, manifestó que la Conadep lo citó a declarar a las 7 de la tarde un día de semana, pero no le tomaron la declaración pero le llamó la atención después porque le llegó una citación de los tribunales para que se presentara a declarar por una denuncia de la Conadep por declaraciones falsas.

MARTA INES DEL VALLE RONDOLETTO

Manifestó que sobre el secuestro de su familia tiene una reconstrucción que fue armando a lo largo de los años porque ella no estuvo presente ese día. Dijo que su padre tenía 56 años en el momento del secuestro, su madre 51 años, el padre era imprentero de toda su vida, desde los 18 años empezó a trabajar en la imprenta del abuelo, tenía una profunda actividad deportiva, jugador de fútbol de Central Córdoba y San Martín, fue dirigente del club y como pequeño empresario gráfico en el momento de su secuestro tenía el cargo de tesorero de la cámara gráfica, la madre estudió para encuadernadora y esa era la actividad que realizaba en la imprenta, el padre tenía como socio a César Gramajo. Su hermana, Silvia Margarita tenía 25 o 26 años, estudiaba ciencias de la educación, había estudiado para maestra y se había recibido de profesora de materias especiales, trabajaba en una escuela del Cadillal y en una escuela del Timbó, el hermano era estudiante de la carrera de ingeniería y trabajaba en la dirección de la vivienda y la cuñada, Azucena, que tenía entre 20, 21 años había hecho una carrera de profesora de Geografía, estaba trabajando en colegios como docente y estaba embarazada de tres o cuatro meses en el momento del secuestro. Los hermanos tenían actividad social, política, la cuñada estaba en el centro de estudiantes de geografía, había trabajado mucho, era una época en la que había cambios de planes de estudio y el movimiento estudiantil logró que las carreras se actualizaran y Azucena tuvo un importante rol en ese momento. El hermano también tenía actividad estudiantil, ideas políticas, trabajaban dentro de la JUP. La hermana era militante de la JUP, durante un tiempo estuvo a cargo en horas de la tarde de la primera unidad básica que funcionó en la facultad de filosofía y letras. La testigo rescató de su familia dos grandes valores que les había impregnado el padre, el profundo sentido de responsabilidad y un concepto de libertad, sostenía que para poder ser libre la única manera era siendo responsables. El padre no coincidía con sus elecciones políticas pensó toda la vida que el mejor gobernador era Celestino Gelsi y la madre pensaba que la Democracia Cristiana era lo mejor que la representaba, no entendían por qué sus hijos eran peronistas, se estaba redescubriendo la historia y valorando, por eso mucha juventud adscribió al peronismo, señaló esto la testigo porque casos como el de su familia, con esas características, no hay muchos, el mismo día en un momento del día como la siesta, a la vista de todo el mundo, con un increíble despliegue con cortes de calle en San Lorenzo y Próspero Mena y San Lorenzo y Libertad, tomando la casa de los dos vecinos que vivían al lado, se apoderaron y desde ahí y por la parte de atrás entraron. De acuerdo a los relatos dejaron gente custodiando afuera, incluso había versiones que había conscriptos sirviendo de guardias, fue todo relativamente rápido, 20, 25 minutos y los sacaron en dos autos, separados, hombres por un lado y mujeres por otro, supo que el hermano intentó defender a Azucena y lo golpearon, las últimas palabras de la madre fueron "Dios mío a donde nos llevan". La casa estuvo bajo consigna 2 meses, llegaban camiones y otros vehículos que iban sacando de la casa, muebles, su hermano se había casado en enero de ese año, salían con la caja de los regalos, según los vecinos. En una de esas oportunidades un vecino llamó a los padres de Azucena que se presentaron en el momento que se estaban llevando las cosas y le dijeron que estaban haciendo un inventario, y fue también en otra oportunidad el señor Bermejo y siguió a los vehículos, se bajaron, lo amenazaron y le dijeron que se retirara. Luego la casa dejó de tener estas consignas y quedó abandonada. La casa estaba en calle San Lorenzo 1666, son dos las casas, había una parte de arriba donde vivía el hermano. Manifestó que los padres de Azucena presentaron habeas corpus, cree que tres, uno de los cuales fue rechazado por el juez Manlio Martínez, pidieron entrevista con Bussi, había un contador Elías que era asesor de gabinete de Bussi, que era contador de la imprenta del padre y del señor Bermejo y a través de Elias buscaron tener una entrevista que nunca lograron. Los padres de Azucena hicieron todas las presentaciones, por ejemplo en el obispado para que le ayudaran, la señora de Bermejo tuvo una entrevista con monseñor Conrrero y le mostró una lista con un montón de gente que ella conocía y en el caso de la familia Rondoletto el sacerdote le explicaba que tenían esa lista y aparecían con una D a la par de cada uno de ellos y que él no sabía si significaba detenido o desaparecido, dijo la testigo que la figura de desaparecido ya circulaba pero que haya una lista con una D y que la tenga un miembro de la iglesia era bien significativo de lo que ocurría. Sostuvo que el secuestro de su familia tiene una conexión con lo que su marido y ella eran y hacían, la testigo estaba casada y está casada con Isauro Martínez, a finales de mayo del 76, el 29 de mayo la casa de la testigo fue allanada a la noche, pero ellos no estaban ahí de casualidad porque la testigo tenía que rendir una materia en la facultad, pasaba mucho tiempo en la casa de la madre porque le quedaba más cerca, ese día había estado estudiando en la casa de la madre y a la tarde se fueron a la casa de la suegra y pasaron la noche ahí. A la mañana del sábado unos vecinos la llamaron a la casa de la suegra para avisar que camiones del ejército habían entrado y se habían llevado todo, manifestó que habían sido dejados cesantes de canal 10, unos días antes, el 11 de mayo del 76, decidieron ahí mismo que algo tenían que hacer, decidieron irse de la provincia hasta poder ver que hacían y se fueron a visitar un hermano del marido en Córdoba pero al tiempo volvieron a ver si encontraban trabajo en Tucumán pero estaba difícil. Hacia septiembre del 76, finales, decidieron irse a Buenos Aires porque era insostenible la situación en Tucumán, habían ido a la casa de Cristina a buscarla y ella decidió irse de la provincia, también Bernarda Locasio había dejado la provincia. Se fueron en el auto y los acompañó la madre y la suegra a Buenos Aires, estuvieron en la casa de una parienta y la madre volvió a Tucumán hacia el 12 de octubre, los ayudaron a buscar un lugar donde vivir, la familia de la testigo la sostenía económicamente. Por ahí del 10 de noviembre, estando en una pieza en un departamento la llamaron los parientes de Buenos Aires diciéndole que había una persona que tenía que hablar urgente con ella, es entonces cuando le avisan que habían secuestrado a toda la familia. Relató que a partir de entonces comenzó de nuevo la historia de qué hacían, trató de comunicarse con los primos en Tucumán y estaban aterrorizados por lo que pasaba, le pidieron que no los llamara más porque tenían miedo. Dejó de tener contacto con los familiares hasta que en el mes de enero una tía donde habían estado en Buenos Aires la ubicó y le dijo que su casa en Buenos Aires hacía dos días había sido allanada por el ejército y que habían estado alrededor de tres a cuatro horas interrogándola por la familia Rondoletto, por la testigo, por el marido, para que dijera dónde estaban, en dos oportunidades la amenazaron que la iban a llevar pero no se la llevaron. Manifestó que la historia del secuestro de la familia tienen estas concatenaciones y se pregunta por qué tanta persecución, y cree que la explicación está en la vida pública y política que tenían, militaban en la juventud peronista y formaban el grupo de prensa de la juventud peronista y varios trabajaban en canal 10, y además en el caso específico de ellos tenían una activa vida sindical, la testigo era miembro de la comisión directiva del gremio de prensa, era delegada de canal 10 y vocal primera del sindicato en un momento que había mucha efervescencia en Tucumán y en el gremio de prensa estaban en período de paritarias que no se hacían hace mucho tiempo con una gran participación de los compañeros de los diarios y de canal 10, el gremio fue blanco de muchas presiones, le pusieron bombas en dos oportunidades, en una de las oportunidades que los mandaron a cubrir una información en el año 75 que tenía que ver con una imprenta allanada se acordó la testigo que llegando a la imprenta decían que era una imprenta clandestina por dos mimiógrafos, 15 días más tarde les robaron los mimiógrafos del sindicato y se llevaron papeles haciendo aparecer como que era un robo. En el caso concreto de canal 10 fueron objeto de focalización por varios grupos de derecha, canal 10 era un canal en el que participaban muchos compañeros de la JP, aparecieron en la revista Cabildo como canal 10 la cueva de rojos, subversivos, y tenían con el operativo independencia la constante observación por parte de personas como el famoso cabo Sabino que era un hombre de apellido Barrionuevo que estaba empecinado en encontrar rojos y marxistas en el canal y tenía especial fijación con algunos compañeros, en especial con Eduardo Ramos, en ese contexto el marido, hacia el año 74 era corresponsal del diario noticias de Buenos Aires y la testigo colaboraba con él, todas actividades públicas, quiere rescatar particularmente la importante vida política que se desarrollaba en esos años porque esa actividad política es la que explica los acontecimientos que se dieron en Tucumán de manera sistemática a partir del Operativo Independencia y se profundizaron con el golpe, desde los grandes grupos económicos afianzados en las fuerzas armadas comenzaron a profundizar la figura del enemigo ideológico y se trabajó fuertemente en esa construcción, poniéndose luego en práctica, el enemigo interno que habían ido construyendo en las fuerzas armadas a la luz de la doctrina de seguridad nacional que surge de una perspectiva política y filosófica, creando un enemigo ideológico caracterizado como marxista, comunista, extraños al sentir del mundo occidental y cristiano, la documentación que producen los propios militares hablan de esto, en ese perfil entrábamos todos aquellos que eran percibidos, más allá de sus identidades especificas políticas, como enemigos. Entonces existió un importante choque de dos proyectos de sociedad, de dos proyectos de país, el resultado de ese choque fue la imposición del terrorismo de estado. Sin embargo colateralmente, la persecución ideológica no sólo se limitó a esto porque también les interesaba la cuestión material como parte del botín de guerra, no sólo era la vida sino la apropiación de bienes que después era distribuidos entre la tropa como botín de guerra, pero al sistema judicial le importaba la cuestión material más que la cuestión de la vida, porque mientras Martínez no daba curso a los habeas corpus sí se preocupaba en el caso de su casa, respondió a los pedidos de vecinos para que se conserve y no quede como caedero de vagos, les dijo que sí a los vecinos y permitió que vayan a vivir en el 78 otras personas con la anuencia del padre de Azucena, o el caso de los autos de su familia, por declaraciones de sobrevivientes, el auto del padre dos días después del secuestro, Albornoz le entregó a alguien del grupo que se estaba jubilando, o el auto del hermano que quedó en poder de un militar llamado Schwab que le daba a una señorita que él conocía, la testigo logró dar con el auto porque cuando fue a hacer la denuncia en la bicameral, la persona que le estaba tomando la declaración, que era un empleado de la justicia de la provincia, le dijo que el auto lo tenía un compañero porque fue encontrado abandonado en el parque 9 de Julio, entonces se inició una causa y se lo daban a alguien como tenedor precario, así logró ubicar el auto, que, en el momento del secuestro había estado en un taller mecánico de la vuelta de la casa de los padres y lo fueron a buscar un grupo de policías al taller y se lo llevaron de ahí, manifiesta que había una preocupación muy concreta por los bienes materiales. La versión que tiene la testigo es la que le dio el mecánico Coronel, que le dijo que se opuso a que se lo llevaran y le dijeron que eran del área de inteligencia de la provincia, entonces se lo llevaron al auto y a él y lo interrogaron sobre la familia Rondoletto. Dijo que conoce el relato de Juan Martín, que es la persona que hace el relato del auto y la testigo se entera a finales del año 78 cuando Juan Martin hace una declaración en España y toma conocimiento que él dijo que había visto a su familia en Jefatura y cree que en un testimonio que amplía habló del asunto del auto. Manifestó que fue reconstruyendo los hechos, el segundo momento en el que tiene información ya estaban en democracia, cree que en el año 84, cuando las abogadas le dicen que había dos gendarmes y uno en especial que aseguraba que en un grupo de fotos reconocía al padre como uno de los fusilados en el arsenal y narró este gendarme el momento en que son sacados tres personas y llevados hacia una especie de pozo, en ese grupo había un militar de apellido Cafarena, por un gendarme de apellido Barraza, Julio, otro gendarme de apellido Pérez y Cruz, Caffarena les dice que le saquen las esposas y los atan con alambres y les dicen que los iban a dejar en libertad, los hacen caminar hasta cierto punto y estando ahí le ordena a Barraza que dispare y los matan, caen dentro del pozo y ordena que les pongan las llantas, los rocían con combustible y les prenden fuego. Al parecer uno de ellos, que sería el padre no había muerto, estaba vivo y el propio Cruz le advierte a un gendarme que estaba vivo que le dieran el tiro de gracia y se opone, no sabe si Cafarena o cual dice que no lo maten, esto da una pauta de cuál fue el tratamiento que recibieron. Después se enteró que había otro gendarme de apellido Torres que aludió que había un grupo familiar allí, avanzada la democracia se enteró que había una sobreviviente que había visto una familia conformada por dos personas mayores y una persona embarazada y que sabía que era de apellido Rondoletto, se corría el rumor que era de la familia Rondoletto. Dijo que le habían llegado rumores que había una mujer que había sobrevivido y que la madre le había dicho que vivía a la vuelta del mercado de abasto y que estaba con el padre, eso se enteró después, cree que esta versión era de alguien de apellido Cajal y que esta chica estaba absolutamente aterrorizada con lo que le había pasado y no estaba en condiciones de hacer mucho ni de decir mucho, años después supo que hizo su declaración en la secretaría de derechos humanos. Manifestó que conoce la historia por dos relatos, por el de Juan Martín y por la chica Cajal. Hace poco tiempo buscando otra información tomó conocimiento que en el año 86 madres de plaza de mayo publicaron un testimonio de una sobreviviente que no dio el nombre sino las iniciales que dijo que ella conoció a una señora mayor que había tenido un comportamiento que ayudaba a las jóvenes que llegaban heridas y que le pedía a los gendarmes agua para poder limpiarlas y que su comportamiento era de una verdadera madre. Dijo que hicieron muchas gestiones en Tucumán, a nivel nacional y a nivel internacional y la hermana de su madre que vive en Canadá y que el marido era un militar canadiense trató desde ese lugar conseguir algún tipo de información, le escribió a Videla a Hharguindeguy , Hharguindeguy le dijo que sabían que la familia vivía en San Lorenzo 1666. Esta carta que mandó la tía es de febrero marzo del 77. Relató que Amnisty Internacional tomó el caso e hizo una causa internacional en todas partes que corría paralela a las denuncias que hacía la familia de Azucena, la mamá de Azucena hizo denuncias porque era española, hizo las presentaciones en España y fue tomada por Baltazar Garzón la causa, y como el padre de la testigo era de origen italiano, la testigo hizo la denuncia ante el gobierno itlaliano cuando aquí se habían cerrado con la obediencia debida y punto final, en la APDH, la denuncia la hizo un pariente del marido de nombre Isauro Martinez teniendo en cuenta que estaba el doctor Alfonsin. Cuando vino la OEA también se hizo una denuncia, no quedó un solo espacio en que no se hicieran las gestiones, la testigo es querellante, desde que se recuperó la democracia empezaron las gestiones en la justicia, desde el año 84, 85, primero con Noli, Vitar, Figueroa, Guagnini y ahora con la doctora Vitar. Los testimonios de los sobrevivientes muestran la estrategia de ocultación que tuvieron policías y gendarmes para ocultar lo que hacían, contribuir con el ocultamiento, a profundizar el terror y al mismo tiempo tener un mayor control que sirviera como disciplinamiento y el rol que tienen los sobrevivientes también demuestra que la memoria es una demostración del fracaso absoluto que tuvieron. Sin los testimonios de los sobrevivientes y los gendarmes no podrían haber llegado hasta donde llegaron, recién en estos últimos años pudieron llegar hasta las fosas del Arsenal, esas fosas que son la prueba más palpable de la impunidad con la que se manejaban y usaron la infraestructura para hacer lo que hicieron comprobando que una vez que entró la Conadep en el año 84 en Arsenales y entraron muchos a ver qué pasaba, había una fisonomía, y después años más tarde estaba todo cambiado, con la estrategia de seguir ocultando lo que habían hecho y seguir con impunidad. Dijo que el hecho que se hayan tomado el tiempo de armar una fosa para desenterrar y volver a enterrar para mezclar todo como se está comprobando en Arsenal, demuestra cabalmente el objetivo de lograr la impunidad, pero se equivocaron, son los sobrevivientes y la lucha de los organismos para demostrar lo que se pone de manifiesto en estos juicios y para demostrar que se equivocaron totalmente, lo único que lograron con la política de desaparición y la estrategia de impunidad es que nuestros desaparecidos estén mas presente que nunca y nosotros seguimos buscando justicia. Respecto de Azucena no tiene ningún dato concreto sobre el hijo o hija de Jorge y Azucena, hay un solo dato que algún momento le pasó la gente del EAF donde en el archivo tenían alguien que decían que la cuñada habría sido conducida a Buenos Aires, a un lugar que le llamaban El Pozo de Banfield, pero no tiene otro dato concreto, manifestó que en la fecha del secuestro de la familia, en la noche previa secuestraron a Eduardo Ramos y a su esposa y a Mori Sánchez y secuestraron en horas de la tarde, después que pasan por la casa a Aida Villegas. Ramos era compañero del canal y a Mori Sanchez la conocía de la cuestión política peronista y lo mismo con Aída. Dijo que al señor Sosa lo conoce por primera vez a través de las cartas que su tía Olga le informa y le manda una copia de las cartas, pasó el tiempo y en esas cartas hay un relato pormenorizado de lo que había pasado con la familia, que habrían sido sometidos a un juicio sumario y que habían sido todos condenados, en esa carta justifica todo lo que había ocurrido; con la democracia, cuando vuelve al país la testigo que se fue en el 78, se presentó este señor en el año 85, 86 y le dijo que tenía más información y el marido le dijo que se retirara que no le creían. En las cartas él hacía mención de un registro en el penal de Villa Urquiza de la familia, la testigo tenía un tío imprentero que trabajaba en la imprenta de la cárcel y a través de la hermana de la madre trataron de averiguar si había algo en Villa Urquiza pero no pudieron encontrar nada. Manifestó que cree que los familiares si recibían este tipo de información, les hacían seguir pistas falsas como una manera más de contribuir al sufrimiento. Dijo que un vecino que vivía en frente de la casa, era un policía que después descubrió que era parte de los grupos que aparecían citados, el policía era Antonio Bazán, y permanentemente hacían correr historias, decían que la familia se había ido a España se corría también la versión que a las mujeres las habían llevado a un penal de Santa Cruz de las Sierras esto empezó a circular después de las Malvinas y las tenían a las mujeres para negociar en caso que se cayera el gobierno militar, la testigo recibió en el año 82 una carta de la mamá de Mori Sanchez en donde le decía que alguien le había contado a ella que su hija Mori Sanchez había sido vista en un aeropuerto en Holanda y si la testigo podía averiguar si era así, entonces se enganchaban en esas búsquedas, esta estrategia del control, del disciplinamiento, de tenerlos en vilo era llevada sistemáticamente y contribuyeron a ese clima personajes como este Sosa que hacía las cartas a la tía y un tal Leonel Sosa que lo descubrió denunciado por uno de los sobrevivientes como parte de una patota, estaban en todas partes, constantemente teniendo el control sobre la ciudadanía, a tal punto que cuando la testigo volvió y quiso hacerse cargo de la casa de los padres, un grupo de vecinos tenía la intención de hacer una nota y llevarle al juez para no entregarle la casa porque ella era un peligro, esta idea cree que la tenía el vecino que era parte de la patota.

FERNANDO ERNESTO SOSA

Dijo que en 1977 mantuvo una comunicación epistolar con Olga Cenador de Taylor. Explicó que fueron dos cartas que le envió a la señora. Dijo no recordar bien el contenido de las cartas aunque dijo recordar que las hizo con la información que obtuvo de una investigación que le ordenaron que hiciera. Que en realidad en esa época trabajaba como investigador privado y tenía una madrina de sus hijos, Clotilde Talavera de Aparicio que en segundas nupcias se había casado con Andrés Aparicio. Dijo que la conocía a esa mujer y que en ese marco Olga Cenador de Taylor le pidió que investigara qué había pasado con la familia Rondoletto. Así buscó información entrevistándose con vecinos y conocidos de la familia. Aclaró que Olga Cenador de Taylor fue la que le hizo el encargo, que la conocía porque había visitado su domicilio porque era hijastra de la señora Talavera. Indicó que de lo que recuerda, en esa época su tía en el afecto, Talavera de Aparicio, se enteró de la situación de la familia, desde Canadá le mandaron una carta a esa tía y por ésta inició la investigación. Señaló que en esa época se vivía un clima tenso, pesado, había mucho temor, y como sabía que se abría mucho la correspondencia, de allí el tono de la misiva, por eso hizo mención a que fue un proceso justo, para que si la abrían no tomaran represalias contra su persona. Que simplemente se limitó a informar a la Sra. para calmar su urgencia. Sobre el dato de la ejecución de la familia, dijo que ese dato lo obtuvo de personas que habían compartido detención con la familia y de trascendidos. Así supo que al señor Rondoletto lo mataron el mismo día de la detención. En enero del 77 ya había conversado con un ex detenido que supo que habían matado al Sr. Rondoletto específicamente, a pesar de que en la carta dijo que los ejecutados fueron todos los miembros de la familia. En la carta de marzo del 77 indicó que Silvia y Azucena fueron a un penal de Santa Cruz, a esa información también la obtuvo de trascendidos y había distintas versiones pero la más generalizada era esa. Aclaró que colectaba la información haciéndose el vendedor. Indicó que no recibió ningún dinero por esa investigación, que era simplemente la curiosidad por una familia que conocía su tía. En esa época trabajaba para el ingenio Concepción y levantaba también publicidad para una guía de calles que se estaba haciendo. Sobre las actividades en la universidad de Silvia Rondoletto, que había inducido a sus padres a publicar folletos, dijo que fueron informaciones de vecinos. Fue citado en la Bicameral. También trabajaba vendiendo propiedades. Indicó que no declaró en la jurisdicción militar aunque reconoce la declaración en sede militar que se le exhibe como suscripta por él. Que es cierto la parte que lo llevaron a Los Gutiérrez y lo amenazaron, pero niega que lo hayan obligado a firmar las cartas porque a las mismas las hizo él, y con mucho miedo. Por otra parte negó haber sido amenazado por la Sra. Rondoletto y aclaró que no conocía a esa familia. Que en sus averiguaciones nunca se contactó con personal de las fuerzas de seguridad. Sobre la custodia militar que había en la casa de la familia recordó que la vio entre noviembre y diciembre del 76 porque caminaba por la zona. Sobre las averiguaciones que hizo, respecto a la carta de marzo del 77 donde decía que ya había desaparecidos cuyos cuerpos no se devolvían a sus familiares, aclaró que a esa información la obtuvo de la gente con la que se comunicó, de vecinos. Precisó que supo que la custodia era del Ejército porque los vio uniformados, estaban apostados en la esquina, y dedujo que era una custodia de la casa de la familia Rondoletto.

OSCAR FELIPE DÍAZ

Dijo que conocía a Pedro Rondoletto porque trabajaba con él en la imprenta de San Lorenzo 1666. Fue testigo presencial de los hechos del 2 de noviembre del 76. A las 2 y media de la tarde ingresó un grupo de personas, dijeron que era un asalto, bajaron la persiana. Portaban armas, eran 3 o 4 personas, estaban con las caras cubiertas, vestidos de civil aunque le dio la impresión de que eran militares por las botas que usaban. Preguntaron por Rondoletto, lo tomaron a su jefe, Pedro, y se fueron con él a buscarlo a su hijo Jorge que vivía en un departamento arriba de la imprenta. Finalmente los sacaron a los cuatro integrantes de la familia y a Azucena Bermejo, esposa de Jorge. Los vecinos dijeron que los subieron a una camioneta. Fue un operativo en el que cortaron las calles San Lorenzo y Libertad y se escuchaba un helicóptero arriba. El declarante estaba contra la pared, con los brazos arriba, junto a la guillotina en la que trabajaba. Dijo que Cesar Gramajo y Javier Molina también estaban en el lugar. Los captores lo golpearon cuando por cansancio bajó los brazos. Al salir les dijeron que esperaran quince minutos antes de salir o los mataban y que sacaran todo para el día siguiente, que desocuparan la casa y la imprenta. Dijo que una vez fue citado al juzgado de instrucción militar, en la avenida Sarmiento, en el Comando, y recuerda que les molestó lo que les dijo, como que fue corrido de allí. Declaró en la justicia federal. A cerca del hecho nunca oyó que tuvieran miedo de algo. Lamentó haber perdido por ese hecho su fuente de trabajo. A los dos días del hecho dijo que los secuestradores fueron a llevar cosas de la casa, y que a eso lo supo por vecinos.

ZAIRA AUAD DE DÍAZ MACÍAS

Dijo que su marido a la fecha del hecho tenía 37 años, trabajaban juntos en un local de calle Mendoza. Estaban todos juntos cuando fue el secuestro. De joven tuvo militancia política pero desde los 30 años había dejado todo ese quehacer. Tenían tres hijos. Fue secuestrado un sábado 9 de octubre. Todos los sábados al cerrar su local iba a comprar unos libros. Ese sábado se demoró y ella empezó a preocuparse. Finalmente decidió cerrar el local y un hombre al que conocía de los comercios de la zona le dijo que lo vio pasar por la galería rodeado por dos personas vestidas de civil. Ese mismo día fue a la comisaría primera, su hermano Roberto, ya fallecido, conocía a un gendarme del Arsenal. Pidió que le dijeran que había sucedido con él. Cada 45 días trasladaban a los guardias, y ese mismo día con otro hermano suyo armó una cita para llevarle al cuñado un chocolate. Los dos gendarmes con los que logró hablar su hermano le dijeron que su cuñado estaba en el Arsenal, que les habían dado órdenes de golpearlos. Luego armaron una cena con los dos gendarmes que le dijeron a su hermano que en realidad su marido había muerto en la tortura el 12 octubre. Dijo que la figura del secuestrado-detenido-desaparecido es terrible, que uno acudía a hablar con los poderosos, con Cattaneo, con Zimmermann que negaban todo, les decían cosas agraviantes como que su marido se había ido con otra. Eran tan semejantes los discursos de ambos que eso daba cuenta que eran mentiras preparadas para salir del paso. También le mandó una carta a Bussi, pero no pudo hablar con él, llegó hasta la antesala de su despacho pero cuando se abrió la puerta los corrió. Recibió en medio de sus búsquedas una amenaza de bomba. Agregó que le dijeron que si un secuestrado no aparecía a los tres meses debía considerárselo muerto. Precisó que hizo trámites en la Federal, en el Comando, en el Juzgado Federal, en la Conadep y en la Bicameral. Su marido al momento del secuestro, estaba sano. Fue secuestrado el 9 de octubre y según los gendarmes murió por las torturas recibidas el 12 de octubre de 1976. Sobre el destino de su marido sintió rumores, así, por ejemplo, Cristina Rodríguez de Fiad le dijo que no podía contarle nada porque tenía mucho miedo, pero que lo había visto en el Arsenal.

MARÍA CLAUDIA FOTE

Dijo que Fortunato Leandro Fote era su padre y María Luisa Pacheco de Fote su madre. Que ellos están desaparecidos, y también sus dos hermanos. Su hermano José Leandro estaba en pareja con Mónica García que estaba embrazada y también fue secuestrada, tenía 15 o 16 años. Su padre fue dirigente gremial, en el 65 fue diputado, fue un gran hombre. A la actividad gremial la desarrollaba en el ámbito del ingenio San José y perteneció a la CGT. Recordó que una vez pusieron una bomba en su casa en el 73 y luego otra, eso determinó que se fueran de la casa que tenían en el Ingenio San José. Así tuvieron que irse a Buenos Aires, vivieron en Santos Lugares, en José León Suárez y también fue Ana Fote con Teresa, Angélica, Ana y sus hijos; en la casa también vivía un señor Ramiro, cuyo apellido no recuerda, con su esposa, su hijo y Lucía Elena Pintos. Una mañana su padre se levantó como todos los días, habló con su madre, le dio un beso y no volvió más. Su madre esa noche ya estaba muy preocupada, sabía que el hecho de que no volviera no era una buena señal. Que ese día salió de la casa su padre con una prima de ella, Ana Díaz. Su padre quedó en la estación de tren, su prima siguió su rumbo. Luego de la desaparición de su padre a los pocos días desocuparon la casa, pasaron varios meses escondidos, por mucho tiempo no vio a sus primas, por algún tiempo a sus hermanos. Luego de algunos meses fueron a vivir a una casa en calle Guamini, en San Martín. Se reunieron sus hermanos, Mónica, su madre, Lucía, su madre y la declarante. Lucía tenía un bebe, Ramón Ángel Pintos que es el único niño recuperado en Tucumán que murió a los 15 años. Un día, alrededor de las 5 de la mañana, en el 77, empezaron a golpear las puertas, entraron muchos hombres, algunos vestidos de militar, otros de civil. Registraron y rompieron cosas de la casa. En las habitaciones de José Leandro y Mónica los ubicaron a todos. Le exigían que se taparan la cabeza, pero la declarante pidió ir al baño y así pudo ver a toda su familia con las manos contra la pared. Le dijeron que preparara la ropa de Ramoncito, con sus documentos y su mamadera y uno de los invasores se lo llevó. Pudo ver que a toda su familia la subían a un camión del Ejército y a ella, y a Ramoncito, la dejaron en casa de una vecina. A las 10 u 11 de la mañana la llevaron a una comisaría donde una mujer de cabello negro le dijo que se lo llevaba porque ella no podría cuidarlo, y luego la llevaron a un lugar que cree que era un Juzgado porque a una persona la llamaban juez. Finalmente, al recordar el domicilio de una tía la llevaron allí. Luego fue a vivir con una abuela que siempre estuvo averiguando, incluso en el Comando la corrieron golpeándola. Su vida fue muy dura porque desapareció toda su familia, sólo le quedó su abuela. En el camión además de su madre y sus hermanos subieron a Mónica y a su mamá Lucía Elena Pintos. Aclaró que por años fue Claudia Forti y sólo luego de muchos años su abuela se lo cambió a Fote, eso porque tenían miedo. Cuando iba al colegio siempre había gente, hombres, que al pasar le decían "Fote" y eso le daba miedo a su abuela. Su tío Juan Fote estuvo detenido bastante tiempo, fue detenido por ser hermano de su padre, Fortunato Leandro Fote. Toda la familia era perseguida. Su padre fue un gran dirigente, una gran persona. Supo que su madre interpuso un habeas corpus por su padre alrededor de unos 20 días después del hecho. El secuestro de toda su familia, luego del secuestro de su padre, fue en agosto. Su padre fue visto muy torturado en la "escuelita", en Nueva Baviera y en el Arsenal. Con relación al testigo Pérez que dijo haber visto a su cuñada dando a luz dijo que las fechas no coinciden, su sobrinito debiera haber nacido en febrero del 78. Sobre el destino de su padre, supo que fue visto en distintos lugares, respecto del destino del resto de su familia dijo no conocerlo.

MARIA DEL VALLE PINTOS

La testigo relató ser hermana de Lucía Elena Pintos, dijo que vivían en San Miguel de Tucumán. Su hermana tenía en el año 76, 17 años, trabajaba junto a la familia Fote al cuidado de una niña, Claudia Fote. Manifestó que conocía a la familia Fote porque eran vecinos, que vivían en San José y cuando le colocaron una bomba se fueron a Buenos Aires y su hermana también fue con los Fote. Dijo que su hermana tenía un hijo, Ramón Ángel Pintos que nació el 11 de julio de 1976. Que con su mamá cuando vino la CoNaDep hizo la denuncia de la desaparición de la hermana y del bebé y les dijeron que lo del bebé era para Abuelas. La citaron y le dijeron que el sobrino estaba localizado y estando en Buenos Aires y leyendo un expediente se enteró de lo que había pasado con la familia Fote, como los habían llevado y que se fueron a Bs. As. porque estaban muy perseguidos y porque le habían puesto una bomba. Respecto del sobrino dijo que se lo llevó un policía de la bonaerense, quien lo tuvo en su domicilio con un documento con otro nombre, con denuncias de que era maltratado, lo ponía con la valija en la calle, no lo quería el policía, todo ello dijo constar por escrito. La testigo lo trajo al sobrino, pero murió a los 15 años por una cardiopatía congénita y un problema de distrofia muscular. Dijo que lo tenía el policía José Avelino Morales. Relató que el conocimiento que tiene es que primero fue secuestrado Leandro Fote, y después en el 77 secuestraron a toda la familia en Villa General Caseros partido de San Martín. Recordó que fueron secuestrados la señora Pacheco, madre de Claudia Fote, dos de sus hijos, la hermana de la testigo, y Mónica García que era la esposa de uno de los chicos Fote y el hijo de la hermana de la testigo, le dijeron que estuvo en la escuelita, en Arsenal.

VICTOR FERNANDO ALDERETE

El testigo dijo ser bioquímico. Explicó que en los años 70 era estudiante y formaba parte del centro de estudiantes de la Facultad de Bioquímica, Química y Farmacia y luego del cuerpo de delegados de la facultad en 5to y 6to año. Explicó que el cuerpo de delegados de la facultad comenzó a funcionar en el año 73 aproximadamente. Fue elegido en dicho cuerpo en el 74 o 75. Dijo que todos los delegados se pusieron de acuerdo en no tener actividades después de las 19 hs para evitar inconvenientes. En el 75 dijo recordar que fue secuestrado uno de los delegados, Walter Anaquín, estuvo unos días secuestrado y finalmente fue liberado. También por esa época entraron en el cuerpo de delegados fuerzas de seguridad, revolvieron todo, rompieron todo. Ese centro funcionaba en Ayacucho al 400. En esa época pusieron una bomba al lado de la sede del cuerpo de delegados, en la escuela de Luthería de la UNT a la que dañaron gravemente. Agregó que varios delegados fueron secuestrados, entre ellos el propio declarante en abril de 1976. Días previos ya habían secuestrado a otros delegados, a Bianchi, a Reyes Morales, a Del Castillo, a José Antonio Cano. Al declarante no le preguntaron nada al detenerlo pero hacían que viera a sus otros compañeros detenidos y que se reconocieran entre ellos. Precisó que vivía con sus padres, una tía y su hermano, que tenía 25 años Vivían en un departamento en la calle Marco Avellaneda al 500. Fue un grupo de entre 6 y 10 personas las que entraron a su casa según relato de sus padres, algunos con caras tapadas, otros con pelucas, todos de civil. El testigo estaba trabajando. Entraron a horas 14, y en ese momento estaban en el departamento sus padres y su tía, a las 17 horas llegó su hermano, y también lo retuvieron. Estuvieron hasta que llegó el declarante, desde las 14 hasta las 20 horas. En seis horas revisaron todo, absolutamente todo, se llevaron los uniformes del ferrocarril de su padre que eran mamelucos, como supuesta prueba de actividades guerrilleras. Sólo el que comandaba el grupo actuaba a cara descubierta y se hacía llamar "Capitán Quiroga", aunque su padre supone que era un alias. Este hombre en uno de los placares halló unas joyas de su madre y dinero y se los entregó a su padre diciéndole que le daba eso para que luego no se dijera que el Ejército robaba. Al llegar el declarante a las 20 horas le pegaron, lo que supone fue un culatazo, cayó al suelo, vio las botas o zapatos altos de los intrusos pero nada más. Lo subieron a un automóvil junto a su hermano, anduvieron como 20 minutos, vendado, al detenerse el auto le sacaron la venda para que reconozca a un compañero que era Del Castillo, ambos se reconocieron recíprocamente, a Del Castillo por los golpes recibidos se lo veía muy mal. Supone que estaba en una ronda de 5 o 6 personas. Entre todos, luego de reconocer a su compañero, empezaron a golpearlo y le colocaron unas esposas. Dijo que tenían cerca a su hermano para que escuchara lo que le hacían. A su hermano lo liberaron alrededor de las 23 horas, si bien estaba vendado al salir se sacó la venda un instante y vio que estaba en la Escuela de Educación Física. Su hermano de inmediato se lo comunicó a su padre que se dirigió hacia ese lugar pero no pudo ingresar porque estaba totalmente cercado. Recordó su lugar de detención como un salón grande donde estaba con otras personas a las que vio cuando le sacaron un momento las vendas. Vio a Morales, Bianchi, Del Castillo y Cano, todos delegados de Bioquímica. Al día siguiente llevaron a ese lugar a otro compañero, a Corral que fue liberado a fines de mayo. El declarante estuvo detenido 17 días, con los ojos vendados, en la escuela de Educación Física. Permaneció alrededor de 4 o 5 días y luego en un ómnibus lo trasladaron al Arsenal. En ambos lugares los interrogatorios estaban a cargo de la misma persona, eran interrogatorios mediante torturas con golpes de palo, trompadas, aplicación de picana en testículos, ojos y boca, en una cama elástica, a la que le aplicaban fuego abajo, la "parrilla". También le aplicaron submarino en un tacho con agua y, supone también, orina y excrementos por el olor que tenía. Al tacho también le ponían electricidad. El interrogador era siempre el mismo y siempre estaba presente. Le decía antes de interrogarlo "ya vas a ver que yo voy a limpiar a la universidad de zurdos como vos". No tenía tonada tucumana, más bien de Rosario o Buenos Aires. Los guardias eran del Litoral, tonada muy marcada, y escuchaban a la noche música de chamamé. Dijo que a estos sí logró verlos, tenían uniformes de gendarmería y andaban con botas. Cuando lo interrogaban esa persona hacía las preguntas y decía "dale más, dale más, metele de nuevo, no lo dejés pensar" cuando le aplicaban torturas. Las preguntas siempre referían al accionar del cuerpo de delegados. Lo interrogaban sobre sus compañeros Juan Carreras, Enrique Sánchez, Luis Bilbao, José Luis Maldonado. En Arsenal estaban en un salón que estima que era grande. Dijo que estimaba porque estuvo todo el tiempo vendado, y calcula que habrían allí unas 40 personas. Cada detenido tenía una frazada, estaba con los ojos vendados y con esposas en las manos. Les daban una comida única al mediodía, los interrogaban a la mañana y luego a partir de las 3 o 4 de la tarde. Los interrogadores de la tarde llegaban especialmente para interrogar, oía las puertas de los autos cuando bajaban. Del 17 de abril al 4 de mayo estuvo detenido. Normalmente estaban todo el día parados. Recordó que una noche un gendarme lo llamó, creía que era para interrogarlo pero le dijo que se quedara tranquilo, que iban a liberarlo. Le tomaron una declaración más formal, eso porque oía el tableteo de la máquina de escribir. Las preguntas eran las mismas de siempre, sólo que no lo torturaban. Había otras personas con él en esa misma situación que también fueron interrogadas. Todos estaban vendados. Una vez terminadas las declaraciones los subieron a una camioneta. Eran 5 varones y los largaron espaciados entre 500 metros en la ruta 9, en el camino entre el Arsenal y El Cadillal. Ese día llovía, pasaron 20 minutos y llegó un auto de la policía, lo obligaron a tirarse al suelo, le preguntaron que hacía solo en la ruta, lo metieron en el baúl del auto y oyó que lo mismo hacían con los otros liberados. Fueron todos conducidos a la Brigada de Investigación. De los otros liberados sólo recuerda que uno era de apellido Herrera, un hijo de un no docente llamado Moisés Herrera de la Facultad de Bioquímica. El padre del joven le había contado antes de ser detenido que su hijo estaba secuestrado. El joven le explicó que no tenía nada que ver, que yendo a bailar lo habían detenido un montón de tiempo. Los otros tres liberados, que no eran estudiantes, comentaron que habían estado en el Arsenal. Del personal de Gendarmería recuerda el apodo "El Indio", aunque aclaró que todos usaban apodos. Esa persona apodada "Indio" es recordado por su particular crueldad. Una noche tranquila ordenó que todos se pusieran con las manos atrás, esposados, y empezó a golpearlos. Se ensañó especialmente con el declarante, al punto que su interrogador al día siguiente le preguntó por qué estaba tan mal, él dijo que "el Indio" lo había golpeado y el interrogador salió enfurecido a reclamar que en ese lugar el único que podía tocar a la gente era él. Precisó que los delegados de Bioquímica de su agrupación eran los pertenecientes al GBI (Grupo de Base Independiente). Aclaró que en el Arsenal no vio ni escuchó a ninguna mujer. A la par suya estaba un muchacho que le dijo que era de Escobar, aunque aclaró que a veces hablaba con gente que eran gendarmes que sigilosamente se acercaban a conversar para extraer información. Indicó que declaró ante la Comisión Investigadora de la Universidad ratificada en sede judicial en Buenos Aires. Allí refirió al caso de Paterlini, un compañero delegado de la carrera de Farmacia que siempre anduvo en silla de ruedas y que normalmente lo llevaba Juan Carreras, pero también otros compañeros lo llevaban y traían de la casa, lo subían por las escaleras. Una vez fueron a buscarlo a Paterlini a su casa con armas largas, como si fueran a buscar al guerrillero más encumbrado. Uno de los represores empezó a indicarle con el fusil que se levante, el hermano le explicó que no se manejaba solo, que era paralítico. Allí empezaron a dudar, lo destaparon, y el que comandaba el grupo llamó explicando la situación, finalmente le dieron la orden de que se fuera en 24 horas de la provincia. Precisó que en el Arsenal el lugar de los interrogatorios no era el mismo que aquel en el que permanecían cautivos, y que el paso de un sitio a otro implicaba recorrer un espacio descubierto.

CARLOS ALBERTO REYNAGA

Dijo que Ana María Sosa fue su esposa. Se casaron en abril de 1965, y fue su esposa hasta el momento de su desaparición. Era profesora de ciencias de la educación, trabajaba en la Escuela Normal de la ciudad de Tucumán y de Simoca. Tenía militancia política en el grupo del partido comunista revolucionario. Su labor era de índole ideológica, no violenta. El día 8 de agosto de 1976 tenía una reunión en una escuela de Banda del río Salí o Lastenia. A las 14 horas la llevó a Mendoza y Avenida Mitre, la dejó allí y nunca más volvió a verla. Era un domingo, alrededor de las 19 horas, el Ejercito y civiles hicieron un allanamiento en su casa de calle Italia. Estuvieron alrededor de tres horas, requisaron todo sin violencia. Tenían tres hijos, Lucia de 8, Esteban de 5 y Diego de 3. Se llevaron libros, apuntes y se lo llevaron al declarante en un Jeep, con los ojos vendados. Lo llevaron a un lugar que estima era pasando el Río Salí. En la Banda del Río Salí lo dejaron en un lugar que parecía ser una Escuela. Pasó una hora y lo ingresaron a una oficina donde estaban todos los elementos de su casa y un oficial lo interrogó, más que sobre su esposa, por las actividades políticas de él, que siempre fue radical con actividad en el ámbito de su profesión de médico. Pasada una hora lo restituyeron a su casa. Los chicos quedaron con su cuñada y una empleada. Hizo todas las averiguaciones para dar con su esposa. En esa época estaba trabajando en el Hospital Padilla y su jefe lo ayudó a ir a hablar en el Comando. Fue dos veces y quedaron en comunicarle cualquier novedad. Luego fue una tercera vez. Cuatro días después del hecho denunció en la Comisaría 12 de Villa Luján y presentó un hábeas corpus cuya contestación fue negativa. Dijo que Juliana López Sosa, la madre de Ana María, como estaba muy allegada a la Iglesia hizo gestiones ante la jerarquía eclesiástica. Señaló que su esposa fue detenida y desaparecida. Posteriormente supo que con Angel Manfredi estuvo detenida, lo conocía a él porque trabajaba en los talleres de Tafí Viejo. Aclaró que su esposa en el 75 había padecido de cáncer y había tenido una cirugía con mastectomía total en una de las mamas. Su esposa tenía 37 años. La señora Nélida de Desjardins es la esposa de un médico conocido de él, los dos matrimonios eran amigos, viajaron las dos familias juntas de vacaciones en dos oportunidades. Antes del 8 de agosto de 1976 su esposa no había sido directamente amenazada, pero dos días antes del hecho cuando fue a la noche a buscarla a la escuela normal y le comentó, con referencia a los militantes del PCR, que ahora les tocaba a ellos. Señaló que nunca les devolvieron el material secuestrado en el allanamiento. Indicó que no siente que haya sido controlado con posterioridad al hecho. Hacia el año 76 tenía un consultorio propio, es uno de los fundadores del Sanatorio Regional, y además trabajaba en el hospital Padilla.

DIEGO ANDRÉS REYNAGA

Dijo ser hijo de Ana María Sosa, a la fecha del hecho tenía tres años y medio. Esa noche recuerda que lo secuestraron a su padre. Se quedaron los tres hermanos solos, recuerda a su hermano llorando. También recuerda mucho caos, la casa dada vuelta. Dijo que de lo que logró reconstruir del secuestro de su madre fue que el hecho ocurrió el 8 de agosto del 76 luego de las 14 horas. Fue a festejar el día del niño en una de las colonias del ingenio Concepción desde su militancia en el PCR. Ese día llegaron camionetas, presumiblemente del Ingenio Concepción, y estando en pleno festejo en una de las casas de la zona de Las Piedritas la sacaron encapuchada junto a su compañero del PCR Ángel Manfredi. Estuvo en el Arsenal, donde hay tres testimonios que acreditan que estuvo en cautiverio hasta el 30 de noviembre de 1976. Su padre el 12 de agosto del 76 hizo la denuncia policial y en septiembre presentó un habeas corpus. Su abuela Juliana López de Sosa realizó diversas gestiones en dependencias militares y eclesiásticas. Hizo la denuncia en el Juzgado de Instrucción N° 76 donde declaró. Allí declaró que ella fue a la casa el 8 de agosto del 76 a la noche enterada del hecho y vio en la puerta un camión del Ejército. Hizo una denuncia en la CONADEP. Cree que hizo todas las gestiones que pudo. Habló con Diana Fabio que le contó que vio a su madre en cautiverio y le relató las circunstancias del hecho mientras ambas estaban detenidas. Tiene entendido que el PCR tomó conocimiento de lo sucedido con su madre. En el operativo del secuestro de su madre supo que participaron fuerzas de seguridad, el Ejército. Cuando ingresaron a su casa también fue personal del Ejército, los vio uniformados. Dijo que su padre destacó que el hecho supuso que rodearan la manzana e ingresaran a la casa con armas, aunque no actuaron con violencia física. Que su padre fue trasladado encapuchado. Destacó que en el mismo horario la familia de Ángel Manfredi fue victima del mismo operativo militar del Ejército, aunque en esa casa hubo violencia, rompieron la verja de la casa con un camión. Expresó la existencia sobre una amenaza de que iban a secuestrar a la mujer de Ángel Manfredi y a sus tres hijos. Que Ángel Manfredi y su madre fueron victimas de los hechos del 8 de agosto, muy probablemente por sus ideas políticas. Su madre era una persona rebelde, innovadora, creó junto con un grupo de intelectuales la escuela de psicología social. También era innovadora en su práctica pedagógica, implementó en las escuelas normales en las que trabajó técnicas pedagógicas revolucionarios. Junto a Azar y Pilar Garbarino hizo una escuela para padres. Para gente reaccionaria, su madre era una persona peligrosa. Sobre la Sra. Desjardins dijo que era muy amiga de su madre, ella estaba casada con un amigo de su padre, el Dr. Desjardins, que vivían en Las Piedras al 700. Eran dos matrimonios muy amigos. Una mujer que habló con su madre mientras estaba detenida en Arsenal recibió la indicación de ésta de que se comunicara con la Sra. Desjardins de Piedras al 700, y la referencia a que le faltaba un pecho da cuenta de la identidad de su madre. Dijo que en Arsenal su madre estuvo junto a Rodríguez de Fiad. Destacó que con la desaparición de su madre tuvo dos sensaciones contrapuestas, por un lado la pérdida por asesinos, por otra parte el contacto con gente divina, entre ellas "Pirucha" Campopiano y a la par de tanta atrocidad aparecía la fuerza de la vida.

LOLA DEL VALLE FARHAT DE MANFREDI

Dijo ser la esposa de Ángel Manfredi. El día 8 de Agosto de 76 aproximadamente a las 20 hs llegaron a su casa de barrio Sarmiento, Evaristo Carriego 1059, un grupo de personas uniformadas del Ejército argentino, ingresaron a la casa derribando el portón con un camión. Ella estaba con sus tres hijos, de 1 año y medio, de 6 años y la mayor de 7 años y de inmediato empezaron a revisar absolutamente todas las pertenencias, a abrir cajones, roperos, y en un momento le dijeron que los llevaban a todos, que prepare la ropa de los chicos y ella en ese momento se puso a preparar las cosas. De pronto golpearon la puerta y llegó alguien y dijo que no los llevaban. Le dijeron que al día siguiente ella cumpla con sus obligaciones laborales de docente y eso es lo que ella hizo. Contó que ese día ellos habían almorzado en calle Colombia 83 en la casa de una familia de su esposo y después de almuerzo su esposo se fue y ella volvió con sus hijos a la casa. Relató que ella vivía una situación tremenda de mucho temor y que ella le decía a su marido que no quería saber a dónde iba ni con quién. Que le llegaron voces de sus vecinos que decían que a su marido lo habían agarrado en la misma cuadra; otros le dijeron que lo secuestraron en una reunión de una colonia del ingenio Concepción y que hasta el día de hoy tiene esa inquietud por ese desconocimiento de no saber de dónde lo secuestraron. A partir de ese momento no tuvo noticias de su paradero y allí comenzó un gran padecimiento familiar que no era fácil, ni siquiera la subsistencia a pesar de su trabajo. Contó que su vecina se quedaba con sus niños para que ella fuera a trabajar pero que un día le dijo que no podía verlos más y tuvo que ir a trabajar con los chicos, pero que el chiquitito necesitaba que lo cuide alguien. Contó que fue marginada por mucha gente y que lo comprende por lo riesgoso que era todo en ese momento. Manifestó que Ángel Vicente Manfredi era una persona que venía de una familia muy humilde y que desde los 14 años tuvo que trabajar e ingresó en los talleres de Tafí Viejo y quiso estudiar, por eso se orientó a la carrera de filosofía. Su jornada empezaba a las 3 de la mañana, volvía a las 15 hs y después se iba a clase. Era militante del PCR, su vida fue de compromiso social, quería un mundo mejor, y dijo que ella está segura de que jamás puso una bomba ni empuñó un arma y que su principal delito fueron sus ideas. Dijo que fue una persona admirable, que sus hijas lo sintieron así. Que antes había sido detenido, participaba en luchas estudiantiles, en el 69 estuvo detenido en el penal de Villa Urquiza. Dijo que otra vez lo llevaron a su marido y a ella a la Jefatura de Policía pero los liberaron esa misma noche. Otra vez sufrieron un allanamiento en su casa. El día del secuestro sus hijos estaban despiertos en la casa con ella. Hizo un habeas corpus pero se lo rechazaron. Emma Argentina Argañaras es la madre de su esposo, y sabe que su suegro Vicente Manfredi se presentó ante la comisión de derechos humanos en el año 86 y relató lo que le había pasado a su hijo. Su suegro le contó que relató lo que le habían contado en cuanto a que Angel estaba en una colonia del ingenio Concepción y llegó un vehículo y los llevaron. Dijo que Colombia 383 era la casa paterna de su marido. Contó que en el año 80 ella perdió su trabajo cuando acababa de ser nombrada titular y recién en el 85 pudo volver a ejercer la docencia y que tuvo que hacer innumerables trámites judiciales para recuperar su trabajo.

MARÍA CRISTINA RODRÍGUEZ ROMÁN DE FIAD

Dijo que en 1976 tenía una finca. El 20 de septiembre de 1976 había llamado a Raúl Vaca (hoy desaparecido) para que le devolviera un grabador que le había prestado. Ella se fue con sus dos hijas mujeres a retirar el aparato a calle Rivadavia al 300. Vaca le dijo que no lo tenía la persona que él creía al grabador y le pidió que lo lleve a buscarlo en otro lugar. En ese momento unos autos los detuvieron, los colocaron a Vaca y a la declarante en el suelo del vehículo, tiraron a sus niñas a la calle y se subieron al vehículo con ellos. Los condujeron a una suerte de caballeriza donde había muchas personas, con los ojos vendados, a los 2 o 3 días la llevan a escuchar a gente que estaban picaneando y le dijeron que si no decía donde escondía a los guerrilleros eso le iba a pasar a ella. Contó que en el auto tenía listas de sus peones con sus apodos y más de 20.000 pesos que había sacado del banco para pagarles el sueldo. Sus captores interpretaban que ella, con esa plata, pagaba a guerrilleros, que esas listas de peones eran listas de guerrilleros. Le sacaron la plata y los cuadernos. Uno de sus peones era Piti, era algo faltado, y creían que él era guerrillero. Dijo que si ella daba sus datos y lo buscaban iba a decir cualquier cosa y lo iban a matar. Le pegaron, le pisaron el estomago, recuerda a un señor de Tafí Viejo que lo dejaron colgado desde un viernes que llegó hasta el domingo que murió, estaba colgado de las manos. Todos clamaban para que lo bajaran. Recuerda las torturas que oía, a un chico Díaz al que picanearon hasta que mataron, llamaron al enfermero, un gordo que dijo "estos les hacen de todo y pretenden que yo los cure con un mejoral". Manifestó que ese señor era Díaz, el marido de Zaira Auad. Con su auto secuestraban gente, no sabe a quién, salían y volvían con el auto. El 27 de octubre la dejaron en libertad, junto a Nora Cajal y otra señora. Las dejaron frente a la Sociedad Rural y le dijeron que se vaya. Además de a Enrique Díaz recuerda a Sosa, Trini Iramain, Tere Guerrero, Lucho Falú, Enrique Sánchez, Díaz Saravia y al matrimonio Madrid que estaba con un chico que tendría unos 16 años. Eran dos pabellones, la declarante estaba en la parte izquierda, su amigo del grabador en la derecha. Nora Cajal estaba en el mismo pabellón. También allí estaba Hernán González que era amigo de Vaca, por eso lo conocía, Teté Yañez, un joven santiagueño y un joven detenido cuando pasaba por la frontera con Bolivia de apellido Lerner. Dijo que lo sintió nombrar a Augier pero aclaró que cuando ella se encontraba allí ya había sido dejado en libertad. Sobre Lucho Falú dijo que lo llevaron a las 2 o 2 y media de la tarde, lo dejaron en un box y les contó que lo habían detenido en la puerta de la casa. Al otro día lo llevaron a interrogar y regresó una bolsa de huesos, una persona terriblemente golpeada, una sola cosa negra, como Lerner que también fue muy golpeado. Nora Cajal le contó que estaba trabajando en la Rural, que la habían detenido el 22 de septiembre y fue liberada con ella. Tiempo después de ser liberada visitó a Cajal para preguntarle por su novio, le dijo que no sabía nada, después no volvió a verla. Al novio de Cajal lo vio un día en el Arsenal, un día que sacaron a todos porque iba a ir Bussi. Tiene entendido que está desaparecido. Sobre Trini Iramain dijo saber lo que ella le dijo, que trabajaba en la Dirección de Turismo, que tenía unos hijos muy chicos. El día que la obligaron a formar fila llegó un Unimog, la sacaron de la fila, otro dijo "no, esta no es", volvieron a meterla en la fila. Subió gente en el Unimog y al rato sintieron ruido de ametralladoras. Preguntaron que pasó y un gendarme al que llamaban el "Manchao" les dijo que el Unimog había sido atacado por unos guerrilleros, por eso los disparos. En su declaración judicial del 10/10/07 dijo que al que le decía, "Moreno" era Guemes. A Yañez lo sacaron con Trini Iramain. Sobre Ana María Sosa dijo que ella les contó que la detuvieron el día domingo, de una reunión y que estaba operada por cáncer. Cuando habló con ella ya le habían pegado, le dijo que no les había importado que estuviera operada. Tenía una bondad sin límites, vivía pendiente de todos a pesar de que ella estaba mal, con palitos de escoba hacía cositas, alentaba a todos diciéndoles que ya iba a pasar, hablaba permanentemente de sus hijos y de su marido. Hacían sus necesidades fisiológicas en un baño que estaba al lado del galpón en el que estaban alojados. Contó que había unos perros ovejeros alemanes y que el lugar estaba custodiado por la Gendarmería y el Ejército. Dijo que estaba el "Indio Godoy" entre los gendarmes. Señaló que lo vio, era grandote, pelo negro, bien indio, cara grandota, gozaba cuando torturaba a la gente. Todos cuidaban, preguntaban, torturaban, todos eran todo. Los grupos de tareas eran grupos que traían gente detenida. Ese grupo de tareas iba y se retiraba. En los interrogatorios supone que había gente de civil, la "Piturra" y el "Chaqueño" estaban presentes cuando tomaban las declaraciones, incluso la "Piturra" quedaba hasta las 3 de la mañana, y ella salía en el auto de la declarante. Ella no conversaba con ellos, y todos sabían de su rol. El "Chaqueño" era de perfil más bajo. Todos los detenidos estaban vendados, llevaban la comida quienes iban en el Unimog, y los guardias, el "chaqueño" y la "piturra" les servían comida. El "Chaqueño" y la "Piturra" estaban vestidos de civil. El capitán Nazo era una persona apellidada Varela. Una vez fue a una casa y lo vio al Capitán Nazo y preguntó a quien hablaba con él, quien era y le dijeron que era Varela. A la comida que venía en el Unimog verde supone que la llevaban del Ejército. Dijo recordar a un alférez y a otro de un grado más, ambos se iban todos los días al festival del Limón y volvían al día siguiente. De Varela sólo sabía que llegaba, a veces pasaba entre medio de ellos y se iba, tenía tonada porteña. También supo que estaba un conscripto de apellido Pastori, novio de Nora Cajal. El 29 de septiembre sacaron gente y se sintió un tiroteo, a ellos los hicieron tirar boca abajo, recuerda el día porque supo que era el día de San Miguel. A los que se iban les decían que se los llevaban a Villa Urquiza y a los dos días le daban la libertad, sólo luego supo que al salir de ahí los mataban. Dijo que de su casa le robaron un tapado de piel. Que Enrique Sánchez estaba muy mal, todo el tiempo hablaba de su hijo muy chiquito y de su mujer a los que amaba, tanto que un día le dijo "decile a Alicia que nos vamos, le indicó que estaba en Catamarca y 24 de Septiembre". Sabía que estaba en el Arsenal porque en algún momento sus captores se lo dijeron, por otro lado porque veían las luces de Tafí Viejo, y los tiros del club de cazadores, y las marchas en subida de los camiones. Decían que había listas que armaban y llevaban a Casa de Gobierno. Sobre el militar Nazo recuerda que era narizudo. De Díaz Saravia y Teresa Guerrero dijo que contaban que los habían secuestrado del pasaje Colombia, que los secuestraron de noche y les dejaron los chicos solos. Le dijeron que fuera a una casa de calle Maipú pero allí le cerraron la puerta en la cara. Que a los 5 o 6 meses se animó y pasó por el Arsenal y vio un mangrullo y una persona que tenía como una radio. Siempre que pasa por allí mira, y ahora no hay nada, mucho tiempo estuvo el mangrullo y luego lo voltearon, el mangrullo estaba frente prácticamente al Club de Cazadores. Agregó que sufrió persecuciones telefónicas, cambió el número, volvieron rastrearla y tuvo que sacar el teléfono. Una vez un hombre se presentó en su casa preguntándole por ella a la madre, ella no estaba. Varela era el jefe del Ejercito y Guemes (al que apodaban Moreno) jefe de Gendarmería. Dijo que en La Gaceta salió una nota de un ascenso de un tal Guemes y su foto le permitió reconocerlo a su captor en Arsenal. La dejaron en libertad en su auto. La mas joven que estaba en el Arsenal era una chica de 15 años de Monteros que después la llevaron, se supone que para llevarla de nuevo a Monteros. Guemes al que decían Moreno era algo gordo, no muy alto. De Varela recuerda además de la nariz grande que era medio alto. Sobre el Indio que dijo que era Godoy, supo que ese era su apellido porque el lo decía. Aclaró que es un solo galpón dividido por una pared en el medio, con boxes en cada lado. Arriba tenían una ventanillitas chicas. Su auto era un Peugeot 404 color gris clarito. Expresó que los juicios llegaron tarde, que ella está vieja y viejos los acusados. Que es muy triste recordar gente a la que decían que iban a liberar y que mataron. Así Enrique Sánchez, Trini Iramain que lloraban y clamaban por ver a sus hijos. Agregó que estando secuestrada entraron dos veces a su casa, le pegaron la primera vez a su mucama y a sus hijos, le robaron joyas y un tapado de piel. En el segundo allanamiento un hijo preguntó por ella y le respondieron pegándole una trompada y diciéndole que todos tenían que estar muertos porque eran guerrilleros como ella. Le dijeron que habían allanado su casa, que habían encontrado armas en un placar en su living, y ella le respondió "sos un pelotudo, en mi living no tengo placard, y no tengo armas en ningún lado". Su hijo cuando ganó Bussi se fue a Estados Unidos porque le agarró como un ataque de locura de saber que iba a volver a gobernar a Tucumán. Pide que se haga justicia.

MARÍA CANDELARIA MOYANO

En el año 70 ella vivía en un lugar que le dicen El Potrero. Ella estaba en Caspinchango, su papá trabajaba en la caña, fue un 13 de mayo. Dijo que de Caspinchango, a donde ella iba eran 10 km. Ella iba a llevarla a su mamá al doctor, llegó en bicicleta, empezó a subir y encontró que estaban un montón de militares en su casa y los militares le dijeron que iban para que les cebe mate. Dijo recordar a uno que le decían Teniente Arias pero ella dijo que no sabía cebar mate, que le dijeron a su mamá que la llevaban pero que la traerían al día siguiente para invitarla para el baile. Después le pusieron el yerbero, el mate, todo y ella entró al dormitorio a vestirse y abrigarse, se puso una cadenita, el reloj, y ahí la ataron y vendaron y a su mamá, le dijeron que se quede tranquila que ya volvían con su hijita, la llevaron a un monte y la acostaron, le pasaron encima animales y luego la tiraron en un camión encima de otra gente. Ella calcula que anduvieron 10 km, la sentaron en la cama y picanearon, sintió la campana de la iglesia y se dio cuenta que era Santa Lucía; después como a las 23 hs la levantaron y la llevaron a un lugar que decía Recreo Julio López por la música y la propaganda. Ella tenía 26 años en esa época; como a las 4 horas llegaron a un lugar y los tiraron de arriba del camión y metieron en un salón con piso feo. Desde esa fecha hasta agosto. Le pegaban mucho y sintió que era en el ovario, la acomodaron en un lugar angosto de piso áspero en donde a la gente le pegaban, aporreaban, les hacían de todo, los metían en un tacho de agua y los sacaban, a ella la sacaron para hacerle preguntas y ella contaba que trabajaba en la caña y que sólo veía gente pobre, que ella llevaba la comida y ayudaba y que no tenía estudios. La llevaron a un lugar con una cama llena de corriente y lo hacían pisar a un hombre que gritaba porque le quemaban los pies, después a otro lo asaban como a chancho y gritaba. Dijo que a ella un sargento bien gordo le pisó muy fuerte la uña. Otro día parece que la hicieron dormir porque ella sintió que decían "a esa chica podés violarla" y ella piensa que eso hicieron. Contó que a ella le tuvieron que sacar los ovarios después porque sangraba cuando la estaban por liberar. A ella la largaron con un Sr. René Quinteros porque ella pidió que la larguen con él porque era el único que ella conocía. Dijo que al tal teniente Arias ella lo había visto antes en un lugar cercano a su casa. Que ella no andaba en cosas malas, la llevaba a su madre al médico, ataba el sulky, hacía de hombre y mujer. Que Arias era alto, rubio, ojitos claros, y cuando estaba en su casa y ella lo miraba él le preguntó "qué te pasa, me estas mirando?" y ella le dijo que no miraba a hombres. Que ese teniente hablaba bien, no como tucumano. Que ella deduce que era Santa Lucía donde la llevaron por la iglesia, ahí la torturaron. Dijo que algunos de los que llevaban al lugar después del primero en el que estuvo, eran de Santa Lucía. Que cuando la sacaban al baño pudo ver que era como una selva el lugar y los helicópteros andaban bajito. Que no pudo ver a nadie pero sabe que estaban Rene Quinteros, Ramón Castellanos, un padre y un hijo de Caspinchango de apellido Martínez que vivían al frente de su casa en Caspinchango, había señoras, matrimonios que decían que eran de lejos, la señora estaba embarazada y le pegaban. De Santa Lucia había otra chica que ella no conocía y su padre; a Pastor Palavecino y a su Sra. también los llevaron y sabe que lo mataron. Que Valdiviezo andaba mucho en Caspinchango, otro de apellido Arrechea o algo así. Dijo que cuando iba a la casa paterna, le revisaban a su padre las alforjas y se llevaban la ropa interior de ella. Cuando la liberaron ella se bajó en el lugar de la administración de Caspinchango y de nuevo los rodearon los militares, los llevaron en sulky hasta Santa Mónica y al suegro de su hermano le pegaban mucho. Dijo que estuvo meses paralizada porque le dijeron que no se mueva de allí. A ella le dicen "Pocha" familiarmente. Dijo que sí conocía a Ñata Monasterio de chica pero que no la escuchó en el lugar que ella estuvo detenida. Que Valdiviezo andaba mucho por ahí y era petiso muy tremendo, fatal. El suegro de su hermano se llamaba Marcelino Coronel y también lo llevaron junto al hijo y al hijo lo mataron. Que René Quinteros cuando lo liberaron estaba muy mal, no tenía memoria, estaba demente de la cabeza. La secuestraron el 13 de mayo del 76 y la largaron el 29 de agosto con Rene Quinteros. Dijo que Quinteros era enfermero de Caspinchango. Que la dejaron del dique Cadillal para arriba, ella lo desató a Quinteros y luego siguieron la ruta, los volvieron a detener los militares y los tuvieron en Trancas hasta las 4 de la mañana y luego los trasladaron a la ciudad en una camioneta y los dejaron por la calle Perú. Ella se acordaba que Rene le había contado que tenía familia en la calle Perú, cuando llegaron a la casa de Teruel que eran familia de Rene ellos les explicaron quienes eran y no los querían atender porque estaban con muy mal aspecto. Ahí les dieron café, se bañó, le dieron ropa y la mandaron a la cama un rato, a ella le bajó la presión porque había perdido mucho peso. Después a ella la mandaron en colectivo a Caspinchango y don René quedó en la casa de sus familiares para que lo vea el médico. Dijo que por la zona vio a Videla y a Bussi en helicóptero.

JUAN ANDRÉS LUJÁN

Dijo que era amigo de Damián Márquez En el año 75 tipo 19,30 hs en un bar que quedaba entre calle 24 de Septiembre entre Las Heras y Congreso que se llamaba Los Amigos. Contó que el "Chonga" Vargas Aignasse y Damián Márquez estaban en sesión de bloque y él, junto a un pariente de Márquez estaban tomando un café en ese bar. Él era auxiliar de la Cámara (ordenanza de Márquez) cuando interrumpieron el tránsito y lo levantaron a él. Le taparon la cabeza con la camisa y los metieron a él y al pariente de Damián Márquez en el auto de éste último. Dijo que él podía ver porque su camisa era transparente, los bajaron en la Jefatura, entraron en un salón y apareció un tal Marcial que era policía y lo encapucha, lo hacían caminar de un lado a otro, lo insultaban diciendo que era zurdo, comunista y qué sabía de las actividades del Chonga y de Damián Márquez y les decían que pronto iban a desaparecer esos amigos. A las 7,30 de la mañana apareció en la seccional 1ra destrozado y allí lo esperaban Damián y el Chonga y él les cuenta lo que había pasado. Que la familia Márquez era su familia adoptiva y que él pasaba las 24 hs en la casa de ellos. Que estaba Marcial, otro policía, una mujer que se llamaba Norma "alias la condesa", Arrechea estuvo presente y era quien lo insultaba y le decía que iban a desaparecer el "Chonga" y Damian. Dijo que él, el "Chonga", Roberto Ríos eran del FANET. En esa época Damián era secretario general de la CGT. Todo esto fue en 1971, pero a él lo detuvieron en el 75. Dijo recordar haber visto desde lejos que lo levantaron a Márquez en un auto Falcon verde. Que Damián quería vender un auto y él fue a buscarlo.

HAYDEE DEL CARMEN ANCE

La testigo dijo ser la esposa de Nemesio Barrionuevo, quien era ferroviario y trabajaba desde los 14 años en los talleres. Lo secuestraron la madrugada del 17 de marzo del 76, tenía 36 años, estaba operado del estómago hacía 30 días, estaba de reposo, llegaron a la una de la mañana a los gritos, vivían en la casa de los padres, estaba la testigo con el marido y los hijos. Rompieron la puerta de calle y la puerta para entrar a la pieza. Calcula que eran 8 personas, estaban con ropa de policía, botas de policía, pañuelos y apenas se veían los ojos. Uno se fue con el arma donde estaba el esposo de reposo en la cama y a la testigo la tiraron para atrás y le pusieron la cara contra el placard, se despertó la hija de 8 años y preguntó donde lo llevaban y le pegaron una bofetada, le pegaron dos veces porque ella volvió a preguntar. Entró una persona de civil de traje y corbata, tenía bigotes, entró a cara descubierta, lo empujó al padre, dieron vuelta por la casa. La testigo le entregó una campera al esposo, después del golpe de Estado salió en el diario la persona que había entrado y era Juan Sirnio que luego fue fusilado. Fueron muy violentos al entrar, la testigo quiso abrazarlo pero la tiraron en la cama, cuando se sentó le apuntaron en la cabeza con un arma grande, y salió retrocediendo y le dijeron que ninguno se mueva porque les volarían la cabeza. Cortaron la luz, la testigo saltó por la ventana y vio 5 autos Ford Falcon. La hija se hizo la pis, y a su padre le subió la presión; tuvieron que buscar enfermeros. Fue a buscarlo a su hermano y se fueron a la comisaría donde los atendieron con una total indiferencia, no le tomaron la denuncia. Se fueron de Tafí Viejo a la ciudad e interpuso un habeas corpus. Salió un muchacho Díaz y fue a la casa de un primo hermano del esposo y dijo que había salido Carlos Shuri pero no Humberto. Dijo que estaba mal, tirado en un colchón por las torturas, se había abierto su herida, y dijo que estuvieron en Jefatura de Policía. El hermano de la testigo fue a la escuelita de Famaillá pero le dijeron que no volvieran, la testigo fue a Jefatura y le dijeron "si volvés mañana no salís mas de acá". Contó que llegó un momento que no buscaban mas porque recibían amenazas, entró una persona a ferrocarriles que hacía correr versiones, eso era más tortura. Una noche del mes de septiembre a la anoche sintieron un helicóptero y salieron al patio y el helicóptero estaba arriba, todas eran amenazas para infundir terror. Díaz comentó que se había reconocido con su marido porque estaba cerca de él, se conocían de ferroviarios. De Tafí dijo que se llevaron a Amado Sánchez, Hugo Vega, Arturo Juárez, Costilla, Sutter, la esposa, cree, que era Ojeda de apellido, Heredia y Soraire. Recordó que su marido era gremialista de los talleres y participaba en la juventud peronista.

ALICIA MARTA MONTENEGRO DE MARQUEZ

Dijo ser esposa de Damián Márquez. Que su marido nació en Las Cañas provincia de Catamarca, vino a Tucumán a los 15 años a buscar trabajo. Ingresó a los ceramistas y al conocer el peronismo abrazó su lucha. Fue delegado del gremio de las 62 Organizaciones de Perón. Fue hombre de una lucha inclaudicable, fue delegado del NOA, de enlace con Madrid, desde el 55, pese a las persecuciones. A los 34 años fue Secretario General de la CGT, filial Tucumán. Luchó cuando fueron cercenados, con Onganía, los derechos civiles y sociales, y luchó por el cierre de las compañías azucareras y por ADOS. Fue candidato a diputado por el partido laborista porque el partido peronista estaba proscripto y nunca asumió. En el 73 tuvo el primer cargo para senador de la provincia y estuvo en ese cargo hasta el 24 de marzo del 76, día en el cual a las 10 de la mañana lo llevó un oficial del Ejército de apellido Capdevila, con las chapas oficiales del Ejército, y les dijeron que iba a estar a disposición del PEN. Luego de ello se despidió de los 4 hijos, pero a la tarde volvió con ese mismo Capdevila y le dijeron que estaba libre de cargo. A los 20 días fue un oficial a llevarle el DNI. Recordó que ese mismo año secuestraron a Vargas, Villalba y Santillán. Fue un año terrible, su marido no tenía trabajo y su mayor hijo tenía 15 años. Ella notaba que había algo contra ellos y por eso se desprendió de su hijo mayor y del menor por temor y los mandó a Buenos Aires con su madre. A su única hija mujer la mandó con su madrina y ella se quedó con Jorge su segundo hijo. Un día la llamó la Sra. de Carrizo cuyo esposo era Ministro y les ofreció pasajes para México pero su marido les dijo que seis personas no podían huir y que huían los que "aceptaban culpas" y que él no tenía por qué huir. Dijo que su marido les decía a los hijos que las instituciones (el Ejército y la Policía) eran necesarias para la defensa del país pero que a veces los que se equivocaban eran los hombres y no las instituciones. Cayeron Dardo Molina, Vázquez Guzmán y Urueña, así llegó el 13 de enero del 77, y que a su marido le decían que estaba primero en la lista para ser buscado pero que él no huiría y que no se arrodillaría frente a ningún milico y les insistía a los hijos que estudien porque era lo único que él les podía dejar y el buen nombre. Ellos vivían en San Lorenzo al 2000 y ese día vio pasar autos militares y policiales y estaba muy asustada y le pedía a su marido que se fuera. Contó que el 13 de enero del 77 su marido fue a hablar con un ex diputado, Silvio Figueroa que tenía una agencia de automotores y un familiar vio que cuando estos hablaban (Silvio y su marido) los miraban policías. Se marchó por avenida Colón hacia calle San Lorenzo (eso se entera después). Mientras tanto ella se afligía porque no volvía su marido y ahí es cuando el tío que lo había visto charlando le cuenta que no le pudo avisar que lo observaban. Que al tercer día la llamó un joven y le dijo que estaban 4 coches, entre ellos un Falcon negro y otro verde. Por calle Las Piedras había un taxi, ese chico dijo que salieron unos jóvenes con tonada porteña que lo metieron en un auto con mucha rapidez ante su asombro. Le dijeron que del taxi se bajó uno y les dijo a esos tres chicos que estaban filmados y grabados y que si hablaban lo iban a saber. Contó que es muchacho no le dijo quiénes eran los otros muchachos. Que se encontró sola con cuatro chicos pequeños y que no trabajaba, ya que su marido era el que aportaba a la casa y empezó a buscar qué podía hacer. Dijo que quedaron en la miseria porque su marido era el proveedor de la casa y que no quería que ella trabajara porque la mujer tenía que educar a los chicos ya que eso no lo daba la universidad. Que su marido era muy idealista y le preocupaba el trabajo de la gente. Manifestó que ella logró un 10 de marzo, que había llegado una delegación de países negros, interpelar a Bussi y le preguntó por su marido pero Bussi le dijo que no lo conocía, que no lo tenían y nunca lo tendrían y que fuera a hablar con Balofet. Luego habló con el comandante Llamas quien le dijo lo mismo que Bussi y que lo espere a su marido que ya aparecería, que debería estar por algún lado. Contó que éste la llamaba y ella acudía con esperanzas y nada. Natalio Mirkin y Mariano Ramos eran grandes amigos de su marido y le dijeron que hablara con Primatesta, quien nunca la atendió pero le dio una misiva para que se la lleve a Menéndez. Que ella se fue a un campo y pidió hablar con Menéndez, esperó dos horas, luego llegó un capitán a quien ella le contó a lo que iba y le pidió que salga si no quería ser secuestrada también, por lo que ella se fue y tomó un colectivo para Tucumán. Que ella no tenía dinero y que las veces que fue a Buenos Aires a hacer gestiones fue por ofrecimiento de Natalio Mirkin. El Dr. Augier le contó que lo vio a su marido en Arsenales cuando estuvo detenido. También relató que el cacique Santana dijo que lo vio a su marido en la Jefatura de Policía donde había estado y por eso ella se fue a hablar con "el Tuerto" Albornoz pero salió un tal Chaile. Alguien (un policía) le dijo que Damián, Dardo Molina, Urueña y el Dr. Miguel estaban ahí. Ese alguien le dijo que su marido estaba enfermo porque los manguereaban con agua fría y los dejaban con la ropa mojada. Contó que "el Tuerto" Albornoz le dijo que se vaya con sus hijos. Que para ella fue una carga emocional muy grande que se llevaran a su marido. Ella tuvo la suerte de trabajar con Olijela Rivas, Nazur y Juárez para la vuelta de la democracia, y aunque haya ganado Alfonsín, lo mismo fue un triunfo. Dijo que Juan Luján era el chofer de su marido y que ese día fue a la casa de ellos y preguntó por Damián y se fue a buscarlo pero no volvió. Que ella ese día salió a buscarlo en el coche también. Contó que su marido junto a Raúl Lechessi integraban una comisión que estaba investigando a la Policía y que también desapareció. A Garretón también lo llevaron y después lo liberaron en el parque 9 de julio. Relató que ella lo encontró al Dr. Pisarello y éste le dijo que fuera por su estudio y que él le haría el habeas corpus, pero justo lo mataron y tiraron en Santiago del Estero. Dijo que Vázquez Guzmán desapareció el 29 o 30 de diciembre del 76; que la Sra. de Cerviño le dijo que su marido estaba en el Arsenal Azcuénaga y que el Sr. Justo, cree, que dijo que lo vio. Contó que su marido fue encontrado en el Arsenal Azcuénaga y sus restos fueron inhumados el 31 de marzo en un cementerio de esta capital; lo encontraron junto con Corroto Tapia. Que el Dr. Augier le dijo que a su marido no le ataban las manos y que escuchó cuando alguien le dijo "gritá como gritabas en la Cámara", y que Augier vio que lo traían agarrado y que él era el encargado de ayudarlos a orinar porque los picaneaban. Que otra noche lo fue a buscar y sólo vio sangre en el lugar a la altura de la boca y de la rodilla. Márquez tenía 42 años y ella 37. Dijo que a Menéndez lo vio en el mismo año del secuestro o en el 78 y que el encuentro con Albornoz fue en el 77. Que lo que le dijo el cacique Santana fue en Jefatura porque ahí lo vio. Dijo que lo vio en unas instalaciones que estaban en la ochava de Salta y ella no subió. Que Chaile era un policía petiso, morochito que la atendió y que ante la insistencia de ella Albornoz bajó y le dijo que vaya a cuidar a sus hijos y que no busque a su marido, que vaya a saber con quién se había ido. Su cuñado Alfredo Márquez hizo gestiones judiciales para reclamar por su marido pero no tiene esos papeles.

MARÍA ROSA HOURBEIGT DE ARCHETTI

Dijo ser la esposa de Armando Archetti y querellante en la causa de su marido. Indicó que el día 24 de enero de 1977 a las 20.30 horas la llamó su suegra. Dijo que el 20 de enero había viajado con sus dos pequeños hijos. Compraron una casa en Diciembre del 76 y para celebrarlo habían ido a Santiago del Estero a ver a sus suegros. Su marido era llamado Santiago. Ella estaba en el campo, en Buenos Aires con sus hijos. Su suegra le contó que estando en Santiago su marido jugando al tenis en el Club Lawn Tenis fue secuestrado. Su padre que era vecino de campo del hermano de Hharguindeguy buscó procurar noticias. Primero reiteró que le avisó por teléfono su suegra sobre el secuestro. Aclaró que su suegro había sido Vicegobernador entre otras cosas. El jefe de la cárcel, Silvetti, lo llamó por teléfono a su suegro, y le dijo a éste que quienes habían secuestrado a su yerno eran del SIDE de Tucumán. Recordó que en Tucumán por un episodio, se dio parte a la SIDE de la presencia de su marido. Dijo que el episodio fue que cuando fueron a la policía de Santiago un oficial pasó información de él a Tucumán. Recordó que Silvetti lo que le dijo es que un sargento de la policía Federal le envía la información a la SIDE de Tucumán de que Santiago estaba en la Provincia de Santiago. Su marido era titular de una cátedra en la UBA, su nombramiento había pasado por la SIDE, por eso tenía allí un prontuario. Dijo que en el año 68, cuando aún era estudiante de la UNT, de la carrera de filosofía, su marido con Santucho entre otros fundó el PRT, ahí se los "marcó" luego de una breve detención de la SIDE tucumana. Su suegra muy desesperada luego de ese suceso le rogó a su marido que dejara la actividad política y siguiera la carrera. Su marido siguió el consejo, pero mantuvo su simpatía ideológica con el PRT más allá de que no comulgaba con la derivación hacia la lucha armada del PRT. Su marido tenía múltiples intereses, teatro, poesía, filosofía de la ciencia, literatura. Luego del suceso del 24 de enero del 77 lo primero que hicieron fue ir a Buenos Aires, a comunicarse con el General Hharguindeguy, con quien mantuvo contacto siempre comunicando las cosas que iban sabiendo. Así también a Villareal, a monseñor Patto, al Nuncio de Buenos Aires. Dijo que un tío suyo amigo de un tipeador de la SIDE de Buenos Aires les contó que había tipeado que Archetti estaba a cargo del Coronel Isa, fueron donde estaba Isa pero negó todo. Entre enero y febrero una persona que no se identificó le dijo por teléfono que había estado con su marido en un campo de Famaillá y entre las cosas que dijo fue, que la tortura había pasado y que la pelea que habían tenido era una tontera que iban a estar bien, cosa que solo ella y su marido conocían porque habían tenido antes del secuestro una pequeña discusión. En mayo recibieron otra llamada, allí le dijeron que su marido estaba en el Arsenal. Denunció eso en el Ministerio del Interior y al poco tiempo le dijeron que no busque más a su marido que estaba muerto. Recordó que la primera llamada es de una mujer anónima, pero tiempo después ella se identificó como Matilde de Cerviño. Recordó que también increpó al subjefe de policía de Tucumán quien le confirmó que la SIDE lo tenía. Cuando la señora Cerviño se dió a conocer ambas deciden hacer una denuncia ante el Comando del Ejército. Explicaron que sus maridos estuvieron detenidos en el mismo lugar y dieron a conocer la existencia de los campos. Le dijeron a Falcón por qué hacían eso y éste les dijo que había miles de muertos, se quedaron sin palabras. A los meses de esa denuncia tuvieron una respuesta de Hharguindeguy que decía que los dichos de Cerviño eran inexactos, desestimó la denuncia porque no se probó lo de Archetti. También se entrevistó con el Brigadier Lammi Dozo, quien tuvo una actitud distinta de los otros militares que había entrevistado, le reconoció que había campos y que allí las personas no estaban debidamente identificadas por lo que no podía hacer nada concreto. Le dijo que fuera a Tucumán a entrevistarse en un bar con el mayor González, y ella lo hizo, y éste realizó toda una gestión pero no encontró a su marido. En ese viaje a Tucumán se entrevistó con su tío Sacriste que estaba haciendo un proyecto de urbanización para Bussi, y Sacriste preguntó por su sobrino Archetti a un militar que trabajaba con Bussi que le dijo "ah, no no no arquitecto, en eso no se meta". Formuló denuncias en la CONADEP, en el CELS, en la APDH, en la Cruz Roja, en la CAT, en la OEA. Declaró en el juzgado federal de Tucumán en la causa de la señora de Cerviño. Al saber que su marido estaba en el Arsenal presumió por la información que recopiló que fue gente de la SIDE la que lo llevó a Tucumán. Aclaró que quien hizo el traslado desde Santiago a Tucumán fue una fuerza de Tucumán. Recordó que en la SIDE santiagueña, increpó a Musa Azar pidiendo por su marido. Aclaró que Silvetti era el director de la cárcel en Santiago y que informó a su suegro porque era amigo suyo. Señaló que durante las gestiones que hizo para dar con su marido tuvo varios problemas. En el año 78 había dado una entrevista a la televisión sueca informando de la situación que se vivía en el país pero la amenazaron con que sus hijos iban a quedar doblemente huérfanos. Por otra parte cuando a su marido lo secuestraron su padrino de tesis y la secretaria de departamento en la UBA decidieron por 6 meses conservar su cargo y luego le dieron una licencia sin goce de sueldo, un gran acto de confianza y unos años después le hicieron un sumario por cobro indebido y tuvo que devolver todo. Y en el año 87 por trabajo tenía que viajar a Bélgica y no le emitieron el pasaporte, un secretario de juzgado militar de nombre Cabral le inhibió la salida, ella se negó a retirar los cargos y no liberaban la entrega de su pasaporte. Eso demuestra como fuerzas militares siguieron en democracia teniendo injerencia, los militares la acusaban de que los denunciaba.

ANA MARÍA DE FATIMA ESTEQUÍN

Dijo ser prima de Raúl Enrique Fernández. El día 30 de mayo de 1976 a las 12.30 salía de su casa y su primo, en Lamadrid al 1037 estaba esperándola. Ella salió a ver si venía porque iban a juntarse con su novio para ir a ver juntos un partido de fútbol. Cuando salió de su casa no veía bien de lejos, pero reconoció a su primo llegando. Se acercó a la casa de unos vecinos, la familia Solórzano porque ve un auto como el suyo, pero no era el auto de sus vecinos, un Falcon celeste, era un auto con cuatro personas adentro. Recordó que iba estirando los brazos para saludar a su primo cuando vió que bajaron dos personas de la parte de atrás con camperas de cuero negro y botas, ambos lo levantaron de los brazos y lo metieron en el auto, su primo tenía 18 años y contextura pequeña. Gritó y se tiró a la calle y en eso aparece un Torino blanco que estaba junto al otro auto tocando bocina. Sólo llegó a ver que giraron por calle San Luis. No puede decir más porque tenía 17 años, en esa época sólo tenía en mente el colegio y el viaje de quinto año. Para acreditar el secuestro de su primo sólo puede decir eso, en ese momento, se orinó, se arañó, tuvo que recibir ayuda psicológica. Su padre la levantó y la llevó a casa de su primo a contar lo que había pasado. Enrique sólo gritó "Mamá", nada más que eso. Enrique tenía 18 años, cursaba el segundo año de medicina, era muy inteligente, amante del futbol, deportista, asistía a reuniones de la Unión de estudiantes secundarios. En su familia hubo otro secuestro, el del hermano mayor de su madre Posse Cuezzo que estuvo secuestrado una semana, su esposa logró hablar con Bussi que le dijo que el dueño de la vida y de la muerte era él en Tucumán y que iba a salir. Otra persona de su familia también fue secuestrada pero prefirió no nombrarla porque no se presentó a declarar, por respeto. La madre de su primo quedó muerta en vida. Su hermana de 15 años quedó desamparada porque su madre salió enloquecida a buscar a su hijo. Recordó que cuando le dió el ataque de locura un vecino de apellido Caram se ofreció como testigo y declaró pero no sabe dónde.

GUILLERMINA MANUELA ROMANO DE CORRAL

Dijo ser madre de Ana Cristina Corral y querellante en la causa. Dijo que el 8 de junio del año 76 en su casa vivía con su esposo y sus hijas. Ese día fue el secuestro de Ana Cristina a las 2 de la mañana en Mario Bravo 1170 del Barrio Centenario. Ingresaron lo que supone eran militares por el uniforme que tenían. Obligaron a su marido a que abriera la puerta. Dijo la declarante que dormía y por los ruidos se despertó, se asomó por la ventana de su cuarto y alcanzó a ver una mujer. Ingresaron al cuarto en el que se encontraba. Allí llevaron a su marido y apuntándolo le decían que dijera dónde estaba Ana Cristina o iban a matarlo. A la declarante la interceptó un policía federal que reconoció por su uniforme pero no la apuntó, sólo la mantuvo en el lugar. Luego recordó haberse desmayado y ese policía la tiró en la cama y le tapó la cara con una sábana. Dijo que al despertar toma conocimiento de que se habían llevado a Ana Cristina. Dijo que Ana ese día tenía que arriar la bandera, era muy buena alumna. La noche anterior al secuestro le estaba preparando la ropa para que arriara la bandera. En ese entonces su hija Lelia estaba estudiando medicina con un compañero, él también estaba en la casa, se llamaba Carlos David Powell, hoy fallecido. El también presenció el secuestro de Anita, junto a su marido también abrió las puertas. A Anita en la casa le decían Ana y sus amigos Pupé. Hicieron diversos trámites para dar con el paradero de su hija, en Jefatura su marido habló con el Jefe de policía, era cree que Zimmermann, le dijo que ahí no estaba y que le diera una foto parea hacerla buscar. A los dos meses vieron en La Gaceta a esa foto diciendo que esa joven se había ido por su voluntad. Hicieron denuncias en la OEA, en la CONADEP. Su hija en la secundaría tuvo actividad política. Antes de su secuestro no supo si había sido amenazada. El novio de Anita recuerda cómo se llamaba pero no quiere nombrarlo. Aclara que Powel vivía en Yerba Buena o más arriba. Por los diarios supo que el Gendarme Omar Torres vió cuando la mataban, cuando le pegaban un tiro en la cabeza.

YOLANDA LELIA CORRAL

Dijo la testigo ser hermana de Ana Cristina Corral. Recordó que el día 8 de junio de 1976 estaba en su domicilio junto a sus padres y Ana Cristina durmiendo en la misma habitación y Powell en otra habitación, compañero y novio suyo en ese momento. Escucharon ruidos de puertas que golpeaban. Por un altavoz les ordenaban que abrieran. Dijo que su padre se levantó, fue a la cocina, por un vidrio roto lo encañonaron. Su padre no pudo abrir la puerta y le pidió a Powell que abriera la puerta del living. Relató que muchas personas uniformadas y con armas ingresaron a la casa, preguntaron por Pupé, la novia de Pajarito. Estuvieron un rato largo haciendo preguntas. A su padre y Carlos lo apuntaron. La declarante estuvo todo el tiempo en la cama. En un momento cesaron las preguntas y dijeron "Si no dicen quién es Pupé nos llevamos a las dos". Dijo que decidieron que Pupé era Ana y se la llevaron. Recordó que entró una mujer y cuando salió de la cama ella dijo "Anita abrigate bien que hace mucho frío". Dijo que la vistieron, la declarante le dio medias abrigadas, Anita lloraba, la sacaron a los empujones. Le pidió a esa mujer que había entrado que la cuidara, que era muy chiquita, que no podían llevársela así. Recordó que esa mujer le dijo que no iba a pasarle nada. Describió que la mujer tenía ropa oscura y el rostro tapado. Recordó que toda la casa estaba a oscuras y los intrusos los iluminaban con linternas que encandilaban. Dijo que robaron cosas en la vivienda, un reloj de Carlos, comida, vinos, cosas que estaban a mano, a la vista, y a su padre un arma con la que practicaba caza deportiva. Dijo que luego de que llevaron a su hermana, al segundo día, con su novio la declarante fue a la Jefatura de Policía pero no les llevaron el apunte. Luego del secuestro de su hermana tuvo un accidente y permaneció mucho tiempo internada, no pudo hacer nada por su hermana. Recordó que su padre se entrevistó con Zimmermann, que le dijo que no sabía nada y le pidió una foto de Ana que luego apareció en el diario La Gaceta informando que a ella no le pasaba nada. Dijo que su madre hizo gestiones en Tucumán, Córdoba y Santa Fe, ante autoridades civiles, militares y religiosas. Manifestó que la familia se enteró que Ana había estado en la Jefatura por Juan Martín con quien su madre se carteó y luego la vieron en la lista de Clemente publicitada en los medios. Dijo que solo con la llegada de la democracia y la formación de la CONADEP, con su labor de reconstrucción, gracias al testimonio de Omar Torres supo que Anita de 16 años había sido fusilada en el Arsenal. Manifestó que no entiende el grado de maldad de las personas que mataron a una niña luego de haberla torturado, es el súmmum de la crueldad. Recordó que su hermana y la declarante iban a la escuela Sarmiento. Dijo que en el año 1975 el novio de su hermana había sufrido un intento de secuestro y su madre la sacó del colegio y la llevó a Santiago del Estero, el segundo semestre de 1975. Luego, relató en el año 76 la inscribió en el Liceo de Señoritas. Dijo que ambas hermanas militaban en la UES (Unión de Estudiantes Secundarios), pero su hermana no era militante activa sino la declarante. Recordó que militantes de la UES hoy desaparecidos son Luis Holmquist, Raúl Fernández y Fernando Curia. Dijo que Carlos Powell falleció en 2012, declaró de lo sucedido a Ana Cristina en España ante el juez Garzón. Dijo que a Tettamanti no lo conoce, aunque sabe que era vecino del barrio.

RICARDO ROLANDO ALBORNOZ

El testigo dijo ser amigo de Luis Holmquist. Recordó que fue detenido junto con sus hermanos. Señaló que en el mes de julio de 1975 estaba durmiendo en la casa toda la familia cuando los levantaron en ropa interior a todos y los llevaron a la vereda. Dijo que estaba el Ejército, les vendaron los ojos y se llevaron a Andrés, Marcos y Víctor Hugo Albornoz, sus hermanos y su cuñado de apellido Rizzo. Dijo que fueron trasladados primero al Regimiento 19 y luego a la escuelita de Famaillá. El testigo declaró que vió que sus secuestradores eran del ejercito, estaban vestidos con uniforme, eran soldados. Recordó que en "la escuelita" fue interrogado, no tuvo contacto con sus hermanos o su cuñado porque estaban vendados, atados y tirados en el suelo. Dijo que una vez quiso hablar con su hermano y lo golpearon. Supo que estaba en la escuelita de Famaillá por las conversaciones que tenían los guardias entre ellos. Recordó que una vez les dijeron "los 3 a van a salir", en referencia a los tres hermanos Albornoz. Dijo que de Luis Holmquist no sólo era amigo, compartían militancia en la U.E.S. Manifestó que al ser detenido tenía 22 años. Relató que en la escuelita cuando lo interrogaron sobre todo le pidieron nombres, le preguntaron por el hermano de Luis, el Facho que se llamaba Oscar. Agregó que José Navarro era un policía, y militante que colaboraba con la U.E.S., que murió en la policía pero no se sabe cómo, dijo suponer que por su vinculación con la UES. En el Juzgado Federal declaró que vio a Luis Holmquist entrando a Casa de Gobierno, asoció ese hecho con la muerte de Navarro. Sobre Juan Carlos Clemente dijo el testigo, que era un compañero de la JTP. Recordó que su hermano también era de la JTP (Juventud Trabajadora Peronista). Dijo el deponente que el Perro fue varias veces a su casa, también el Negro Rolando y un hombre rubio de ojos celestes al que le decían el Mormón, pero su hermano le decía que no se hiciera ver por esa gente. Declaró que en enero del año 1978 es detenido nuevamente, en el momento del secuestro lo que recordó es que lo buscaron a su hermano para que repare un pasacinta y ahí lo secuestran el Perro estaba en ese momento en la esquina de la casa. Luego fue la policía diciéndole a su madre que ellos tenían la denuncia que había hecho su madre del secuestro de su hijo, y ahí también más atrás estaba el Perro a quien saludó pero él no le contestó. Cómo puede ser que el Perro tuviera la denuncia realizada por su madre, por eso no le dijo nada al Perro, estaba todo dicho. Dijo que ya se comentaba del Perro Clemente, que era conocido por todos que era policía, que actuaba como infiltrado, entregador, milico, manifestó que Clemente era muy querido en la zona, a esa persona que contó eso, no le creyó al principio porque no era conocido suyo. Dijo que el Cachi Clemente era el hermano del Perro, no escuchó comentarios sobre él. Volvió a ver al Perro Clemente hace 6 meses en el Mercofrut. Declaró que su hermano detenido en el año 1978 apareció a los días. Dijo que su hermano fallecido es el mayor. Recordó que al regresar de la detención del año 78 su hermano le contó que había estado secuestrado cerca del cerro, que lo habían picaneado con baterías de autos. Sobre el Negro Rolando el testigo precisó que era de Catamarca, era alto, grandote. Dijo que Pototo Curia, Raúl Fernández, Daniel Posse, Pupé y Daniela, eran sus amigos de militancia. Declaró que durante su detención, cuando dijeron que iban a liberarlo, uno hombre que estaba tirado en el piso junto a él, le pidió que avisara en su casa que estaba ahí, recordó que era una casa en la calle San Luis. Aseguró que Clemente participó de la detención de su hermano. Aclaró que en esa época ya estaba casado y supo que su esposa desapareció. Dijo que se enteró de la muerte del policía Navarro el mismo día que sucedió. Aclaró que no supo si Clemente estuvo detenido o secuestrado.

OSCAR SEGUNDO HOLMQUIST

Dijo el testigo que su madre fue querellante en la causa de su hermano y hoy lo es el propio declarante. El día 29 de mayo de 1976 fueron por la casa de su hermano Gustavo Enrique en calle Mendoza N° 719, ingresaron, le exigieron a Enrique que se vistiera, estaban sus hijos presentes, dijo que un hijo de Enrique fue golpeado. Su hermano fue atado, vendado y subido a un vehículo y de allí en caravana se dirigieron a la casa familiar en calle La Plata al 1400. Llegaron como a las 3 y media de la mañana aproximadamente, con una fuerte patada rompieron la cerradura e ingresaron al domicilio donde estaba Luis Adolfo, militante de la UES le exigieron levantarse. Dijo que se robaron joyas de su hermana Sara, que vendía y cometieron otros actos de pillaje como robo de libros. Dijo que entre los libros de su hermana había una foto de Perón, ellos se burlaron. Algunos estaban con las caras cubiertas, otros no, algunos con capotes del ejército, su madre logró reconocer porque lo conocía a Roberto Albornoz y oyó el nombre de González Naya. Se llevaron a Luis y a Enrique en la caravana y un vecino la lleva a su madre en auto y así llega a ver la cola de la caravana que entró por calle Santa Fe. Su madre pidió por su hijo a Albornoz diciéndole que estaban sus hijos allí y él le dijo que las madres eran unas locas, que siempre creían ver a sus hijos en todas partes. Dijo que Enrique y Luis estuvieron juntos en Jefatura, Enrique como ya declaró, supo bien donde estaba, y recordó que Enrique supo que estaba con Luis por la forma de respirar de este. Añadió que Enrique fue liberado a las 48 horas, y quien lo deja vendado en la calle le dice que se despida de su hermano que no iba a verlo más. Declaró que su madre fue a la policía federal con su hermano y un policía le dijo que vaya al Juzgado Federal a presentar un habeas corpus. Luego hizo otros, todos sin éxito ante Manlio Martínez. Fue a entrevistarse con el Jefe de Policía Zimmermann, a la Escuelita de Famaillá, ahí le dicen que vaya a Nueva Baviera. Al volver al Juzgado Federal encontró una nota que decía que vea a la Dra. Robles que iba a ayudarlos. Esa abogada hizo algunas presentaciones hasta que un día se encuentran en el estudio con un radiograma de la Regional Oeste de la Policía firmado por un tal Comandante Huacra, que decía que Luis y un chico llamado Ramón Ortiz habían sido detenidos el 29 de mayo de 1976 y liberados un 1 de Junio. Manifestó que se sucedieron hechos que les demostraron que un tiempo tuvieron a Luis en la Jefatura, una tía suya trabajaba en el Policlínico Ferroviario frente a la Jefatura, una mañana su tía y su hermana vieron a Luis saliendo de Jefatura en otra camioneta. Dijo que otra persona llamada Navarro lo vio a Luis ingresando a Casa de Gobierno acompañado de dos personas de Civil. El gendarme Cruz lo vio en el Reformatorio y Campopiano le dijo a su madre que lo vieron en Arsenal y le dijeron que cantaba dos canciones, copleras y prisioneros y la otra doctor perdón, eso dijo Campopiano y era verdad. Dijo que fueron múltiples los trámites de su madre, ante la embajada sueca, hasta les ofrecieron el exilio para todos, Embajada de España, Francia Italia, trámites ante la iglesia católica con el Obispo Conrero, dirigentes políticos, a través de una carta del Dr. Posse Cuezzo, se entrevista con Matera y con Balbín que la trató muy mal. Dijo que sobre la denuncia ante la O.E. A señaló ya se habían promulgado las leyes de obediencia debida y punto final y los indultos, su madre hizo la denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, declaró que su hermano y su madre, declararon ante el Consejo Supremo de las F.F.A.A, también en el año 79 se hicieron presentaciones ante la C.I.D.H. Dijo que vivían en el Ingenio los Ralos y cuando cerró el Ingenio en el año 1966 vinieron a San Miguel de Tucumán pero siguieron ligados a Los Ralos. Dijo que estando su papá internado por una operación en el sanatorio, Luis es detenido por repartir panfletos, pasaron dos días y Luis no iba a verlo y su papá se salió del sanatorio y ahí se enteró que su hermano estaba preso y sufrió un derrame. Dijo que en noviembre del año 1975 fue secuestrado su hermano y afirma que no tenía actividad política; que estuvo Enrique secuestrado 22 días en la escuelita de Famaillá y luego en la jefatura; fue muy torturado, todavía padece las secuelas de las torturas y cuenta que vio en la jefatura sobre un escritorio el nombre de Albornoz. Manifestó que Enrique trabajaba en la fábrica Robert Boss y que cuando fue secuestrado, el gerente de la fábrica le dice al reemplazante que detenga un poco la producción y cuando Enrique volvió le contó que eso lo había dicho para justificar ante la empresa que la producción bajaba sin su presencia. Dijo que del 10 al 22 de enero estuvo detenido, cuando lo detienen al declarante, dos personas habían puesto 2 revistas del P.R.T y el E.R.P debajo de su cama y lo golpearon, dijo que lo reconoció en la sala al que hizo eso y era De Cándido porque le quedó grabada su figura y su voz. relató que en el operativo llevan al declarante, a su sra. secretaria de Florencio Robles y a Luis. A él lo tienen 12 días y a su esposa la dejan en libertad casi en el acto. Dijo que su madre se entrevistó 2 o 3 veces antes de Mayo del año 1976 con Albornoz y su madre lo reconoció como uno de los que entraron a su casa, en el operativo Albornoz estaba a cara descubierta. Manifestó que supo que Juan Martín desde España dijo haberlo visto a Luis en Jefatura. Dijo que él estaba en la sala de audiencia cuando Clemente dijo que su hermano se ahorcó con una soga en el picaporte de una puerta. Relató que él fue amigo de Clemente y le costó asimilar lo relacionado a éste. Su madre a fines del año 77 le dijo que Clemente había ido a su casa pero él le pidió que no repita eso creyendo que podría ser una confusión, los que le dijeron eso a su madre fueron Ricardo y Hugo Albornoz. Dijo que él era muy amigo de Clemente y que él y su familia no dieron por válido lo que dijo Clemente respecto a que su hermano se suicido en Jefatura, y además porque supieron que su hermano estaba en Arsenales y por eso le parece extraño que de Arsenales lo hayan llevado a su hermano de vuelta a Jefatura. Cuenta que en el año 1984 ya no había dudas respecto a Clemente porque lo habían visto con uniforme de policía. Dijo que Clemente fue muchas veces a su casa y de ahí lo conocía a Luis también y frecuentaban el comité de la J.P. Declaró que además de Luis Holmquist, Raul Fernández, Ana Corral, estaba Ramiro Curia, Alberto Lezcano de Santiago del Estero, Norita Jiménez (responsable de la U.E.S), Domingo Valentín Palavecino de Barrio Victoria, que desapareció en el año 1978, quien siguió yendo a su casa después de la desaparición de su hermano a pesar de las advertencias de su madre, Daniel Posse, entre otros. Dijo que no tiene otra información de su hermano en Arsenal, que Campopiano le contó a su madre Pirucha sobre el hecho que declaró al comienzo de su declaración. Dijo que a Estela López la conoció por su militancia en la Juventud Peronista y del comedor universitario. Dijo que por lo que supo Clemente fue detenido en Rio Seco junto a Juan Carlos Mir o Miró a mediados de agosto del año 1976. Relató que entre Agosto y Diciembre del año 1976 su madre llega al Arzobispo Monseñor Conrero porque era prima del sacerdote Miguel Zelarayán, quien colaboró en un principio; y que Conrero la primera vez la recibió pero la segunda vez ya no la quiso recibir. Manifestó que Rolando era catamarqueño, su nombre era Francisco Gregorio Ponce Chasampi y le decían el Negro Rolando y trabajaba en la fábrica Beca en Bs As sindicalista de S.M.A.T.A, cuenta que era muy querido y peronista a muerte. Dijo que su hermano Luis había cumplido 20 años, había hecho el secundario en el Colegio san Cayetano, su primera participación en la vida política fue haber viajado el 20 de Junio para la vuelta de Perón. Recordó como lamentables los hechos de Ezeiza del 20 de Junio, cuando la juventud fue baleada. Dijo que desde que lo detuvieron a su hermano Luis su madre nunca más quiso dormir en una cama, ni tomar helados, ni celebrar Nochebuena. Agregó que un vecino que se llamaba Tomás Altamiranda colaboró con su madre, era policía y fue quien llevó a su madre en el auto siguiendo la caravana de autos en que la secuestraron a su hermano. Manifestó que su madre y su hermano recibieron amenazas por teléfono a la casa, al trabajo, en la calle, eran amenazas de muerte; también varios les decían que si escrituraban la casa les devolverían a Luis. Dijo que en el año 1984 su madre tuvo un careo con Albornoz en donde éste negó todo y dijo que en la segunda entrevista de Albornoz con su madre este mencionó que "al chicaje no lo tenían ellos sino el ejercito".

MANUEL MEDINA

Dijo que el día 22 de noviembre del año 1976 lo detuvieron; relató que lo sacaron de la finca donde trabajaba en Santa Lucía cerca de Los Sosa; llegó gente de civil, eran tres vehículos y le preguntaron si él tenía una moto y si la podían ver, por eso lo acompañaron a su casa y vieron la moto, pero le dijeron que los papeles estaban mal hechos y se lo llevaron a él y la moto; le pusieron unos anteojos negros, hasta Acheral luego lo vendaron y supuestamente lo llevaron al Arsenal, porque escuchaba la sirena de los talleres de Tafí Viejo. Dijo que el lugar era como un castillo y dividido por celdas de un metro de ancho y un pasillo al medio, estuvo detenido hasta el 5 de Enero de 1977. Dijo que lo acusaban de que gente de la subversión le había dado plata para comprar un tractor; pero que recién después de 18 días le preguntaron a dónde estaba el tractor; y él les dijo que los tractores eran de la firma en donde trabaja. Manifestó que Julio Ricardo Abad que era subversivo había dicho que ellos le dieron el dinero; cuenta que Rocha y Abad lo picanearon y los vio porque le sacaron la venda, le preguntaban dónde estaba el tractor. Dijo que a Raúl Roque Lanús, al hermano lo escucho nombrar, lo vio y aquel le chistó y pudo verlo y que también vio al hermano de Raúl Roque. Dijo que fue citado a declarar en el Comando. Reconoció una declaración de fs 65/67 del cuerpo 227 y reconoció la firma. Añadió que lo culpaban de haber entregado a otra gente de Santa Lucía; escuchó nombrar al Dr. Augier y dijo que lo acusaban de haber curado a algún subversivo, y que lo trataban de doctor; dijo el declarante que nunca lo curó. Dijo que había mujeres en el lugar; dijo que el lugar que el declarante describió como castillo, era custodiado por civiles, que nunca más los vio a Bombo y a Grasita. Describió que eran celdas de un metro de alto y dos metros de largo, piso era contrapiso, en la entrada del edificio había una puerta a dos hojas; dijo que no recuerda si había ventanas. Dijo que las celdas del interior no tenían puertas.

AMILCAR DÍAZ SARA VIA

El testigo es hijo mayor de Teresa Guerrero y Horacio Díaz Saravia. Dijo que el 4 de septiembre del año 76 cuando estaban durmiendo, entraron un grupo de personas armadas a la casa e irrumpieron en una de las habitaciones donde dormían su hermana, él y sus padres; en la otra habitación estaba la niñera que se levantó y fue a la habitación donde estaban ellos. Agregó que esos hombres les preguntaban cosas y que su mamá pedía que no les hagan nada a los chicos y todos salían y entraban y se llevaban cosas. Dijo que en un momento los levantaron a el y su hermana, se los llevaron y él lloraba y pedía que no se los lleven y lo mismo los llevaron, relató que la señora que los cuidaba se llamaba Adelina y fue quien se comunicó con sus abuelos para que vayan a retirarlos. Cuenta que la familia le dijo que ella estuvo un tiempo más cuidándoles esperando que volvieran sus papás y que también cuidaron y mantuvieron la casa. Señaló que no recuerda el apellido de la niñera tampoco ningún familiar pese a que trataron de ubicarla una vez que volvió la democracia. Recordó que sus abuelos hicieron inmensidad de gestiones, desde Habeas Corpus, hasta notas dirigidas a Bussi, Videla, Massera, la esposa de Videla, Aramburu, a la embajada de EE.UU, a la Cruz Roja y se entrevistó varias veces con Bussi. Dijo que su abuelo le escribió una carta a Bussi en donde le manifestó que no había cumplido lo acordado respecto a unas tierras en Av. Roca al 3500 donde quedaba el Complejo Ramayo. Dijo que todos los antecedentes y notas al respecto su abuelo las adjuntó al juicio de ausencia con presunción de fallecimiento. Manifestó que una tía la secuestraron y apareció luego y un tío que nunca apareció y que en Jefatura I apareció Jorge Luis Guerrero y Elsa Guerrero. Dijo que sus padres eran estudiantes de arquitectura, su mamá estaba preparando un trabajo final que era el 28 de septiembre, estaba en taller de Duffy y trabajaba en construcciones escolares y su papá en la biblioteca. Recordó que sus padres responsables, trabajaban, militaban, estudiaban. El declarante dijo que tenía dos años y seis meses cuando desaparecieron sus padres y su hermana un año y seis meses. Añadió que por versiones periodísticas de testimonios anteriores en esta causa, se enteró que vieron a sus padres en Arsenales. Manifestó que de su casa los secuestradores se llevaron radios, televisores, dinero, y su abuelo le contó que cuando llegó a buscarlos a él y a su hermana les decía que los llevaron y les pegaron y se llevaron las cañas de su papá. Explicó que por lo que lee de las cartas de su abuelo, se estaba por producir un juicio de expropiación sobre las tierras de Avenida Roca de su abuelo y cuando empezaron a hacer las obras su abuelo le dijo a Bussi que las tierras no eran públicas y que tenían dueños y dijo que dedujo que su abuelo quiso obtener información respecto a sus padres y dijo que son claras las cartas en cuanto a que Bussi no cumplió con lo pactado. Leyó una carta de mayo de 1977 de su abuelo a Bussi en la que aquel le preguntó por el paradero de sus padres.

EDUARDO RAFAEL DÍAZ SARA VIA

Dijo el testigo ser el hermano menor de Horacio Díaz Saravia. Relató que su hermano y su cuñada Teresa desaparecieron en septiembre de 1976. Recordó que en ese entonces el declarante tenía 14 años. Relató que un viernes a la noche muy tarde, madrugada del sábado, familiares de Teresa llegaron a su casa avisando que el matrimonio había sido secuestrado de su casa en Pasaje Polonia N° 52. Dijo que en la casa quedaron sus sobrinos y la señora que los cuidaba. Relató que su sobrino contó que los policías les pegaban patadas. Luego de eso su padre presentó hábeas corpus, enviaron cartas a todas las cárceles del país para saber si allí estaba su hijo y su nuera detenidos, a Videla, a su esposa, a Arzobispos, a curas, nada de eso dio resultado. Recordó que en una oportunidad, sin embargo, alguien le dijo a su padre que no pregunte más por Teresa, que su hijo todavía estaba vivo. Dijo que una noche les dijeron que lo llevaban a José en un avión, esa noche estuvo todo el tiempo en el aeropuerto. Vivían en Avda. Roca al 3300 en una casa con 7 hectáreas y en una oportunidad vez llegó gente uniformada, uno decía ser un secretario de Bussi que quería hablar con su padre. Agregó que su padre se fue con esa persona y de regreso comentó que querían hacer en sus tierras un complejo deportivo. A ese terreno finalmente lo prestaron para saber dónde estaba José. Hicieron canchas, rompieron un surgente. Pero nunca les dijeron dónde estaba su hermano. Recordó que con el tiempo hubo gente que les contó que José estuvo detenido en Arsenal, gente que también estuvo en ese lugar. Su hermano a la fecha del hecho tenía unos 29 años, estudiaba arquitectura y trabajaba de no docente en la universidad, su cuñada estudiaba arquitectura, estaba más avanzada en la carrera que su hermano. Manifestó que el día que entraron era a principios de mes y les llevaron los dos sueldos y la caja de pesca que tenían con todo el equipo. Precisó que eran cinco hermanos, José era el segundo y el declarante el último. Explica que su hermano manejó un Citroen azul que era propiedad de un hermano de Teresa.

OSCAR ORLANDO GODOY

Dijo el testigo que es hijo de Enrique Godoy. Añadió que no recuerda la fecha exacta en que su padre fue sacado una noche por unos autos Falcon, tapado con frazadas y se lo llevaron. Recordó que declaró en Buenos Aires ante el Fiscal Strassera. Dijo que en Santa Lucía había una base militar y que el declarante y su familia tenían una credencial para salir y entrar de Santa Lucía. Manifestó que una vez el ejército les rodeó el pueblo de Santa Lucía e iban requisando casa por casa y si encontraban una revista o algo que no les gustaba se lo llevaban ese día. Vivían en Santa Lucía, su padre era obrero del ingenio, lo trasladaban a Simoca. Después que lo llevaron a su padre el testigo fue a la base militar; comentó que tiene un hermano con problemas de crecimiento (enanismo), y el que estaba a cargo de la base militar lo llevaba siempre a su hermano a la mañana y lo traían a la tarde y un día le contó lo de su padre al encargado y éste le consiguió una entrevista con Valdiviezo. Aclaró que su hermano era chiquito de edad y de tamaño. Dijo que antes de hablar con Valdiviezo llegó un muchacho Quinteros de la zona de Caspinchango y les contó que su padre también había estado detenido en el Arsenal y que estuvo a la par del padre del declarante, y acordaron que el que saliera primero avisaría a la familia que estaban vivos. Relató que llegaron a Valdiviezo y este los atiendió en una oficina cuyas paredes estaban llenas de fotos en blanco y negro y les dijo que si sabía algo les contaría. Recordó que de Buenos Aires llamó un pariente y les contó que en Devoto había alguien de apellido Godoy y por eso ellos supieron y esperaron el llamado desde la cabina; en esa situación un día llegó Valdiviezo y le dijo a su madre que su esposo estaba vivo y que en cuatro o cinco días volvería a la casa. Dijo que una noche a las 4:30 hs tocaron la puerta y apareció su padre en mal estado físico, recordó que tenía 45 kg, el cabello hasta la cintura e ingresó arrodillado a la casa. Relató que su madre falleció al poco tiempo y su padre se recuperó al poco tiempo y volvió a trabajar en la caña de azúcar. Dijo que su padre lloraba todos los días y decía que quería contar lo que había visto y por eso fueron a Buenos Aires. Su padre reconoció a un chico Soria a quien veía cómo lo torturaban, que lo ataban de los pies y que a la noche un militar que le decían el Indio le pegaba con un palo hasta matarlo; recordó que contó su padre que a él le decían "el viejo" en el Arsenal. Dijo que su padre discutió con los militares porque aparte de ganar un mísero sueldo le pedían que pague el camión que los trasladaba a Simoca y uno de ellos le dijo que no joda. Dijo que su padre les contaba de un militar teniente que le decían "el corregidor" y que iba marcando gente que luego se llevaban. Su padre les contó que en el Arsenal los sacaban de noche y les hacían simulacro de fusilamiento. Recordó que a su padre lo liberaron en el puente que hay antes de llegar a Monteros sobre la ruta 38 junto a un Zelarayán, hijo de un dirigente azucarero y otro cuyo nombre no recordaba. Dijo que su padre vió cómo mataron a Carlos Soria, que el indio ponía música fuerte de noche y lo ataban de pies y lo torturaban para que hable y lo mataron con un palo. Agregó que su padre reconoció el arsenal porque el declarante vivía en Los Nogales y un día lo llevó a su padre a visitar la casa y su padre caminó de punta a punta el arsenal y reconoció el lugar, dijo que esto fue después que lo largaron y de que declararon en Buenos Aires, ante la CONADEP. Recordó a Quinteros lo liberaron mucho antes que a su padre. Dijo que recuerda a Carlos Soria porque era vecino de él y de su misma edad, y le decían fisicudo porque era flaquito. Recordó que Valdiviezo constantemente andaba en el jeep, mañana y tarde, iba con chofer y tres militares más que lo custodiaban. Manifestó que supone que la base militar se instaló como consecuencia de que los militares estaban en el poder y que hasta tenían un mangrullo. Dijo que a todo el pueblo les daban un carnet o credencial para que circulen, y que cuando descubrían a alguno sin ese carnet, automáticamente lo llevaban, relató que era como un pasaporte sin el cual no podían ni entrar ni salir de Santa Lucía. Dijo que a Santa Lucía iba gente de Santiago del Estero y Tafí del Valle a trabajar en la caña de azúcar porque había mucha caña a pesar que el ingenio había cerrado. Manifestó que sí conoció a Lucía Mercado y no recordó si la presidente Isabel Martínez de Perón fue alguna vez a la base. Dijo que vivió en San Fernando, departamento Tigre en año 1978 y aclaró que declaró en Buenos Aires en el juicio a las juntas y que ésta es la segunda vez que declara. En San Fernando trabajó en una fábrica de autopiezas. Dijo que en Santa Lucía todavía no se investigó que los dueños de la fábrica tenían un sótano, y que donde estaba Valdiviezo abajo había un sótano y que por ahí se trasladaba al ingenio, que ese sótano era un túnel que comunicaba a la oficina con la planta y que tenía unos 300 metros y que hoy está tapado con mucho cemento y que él junto a otros martilló y no lo pudieron abrir, opinó que debería abrirse eso y que por comentarios decían que había detenidos ahí y que habrían muerto muchas personas y habría huesos de seres humanos. Relató un episodio de un panfleto que les tiraron cuando estaban por inaugurar un monumento a los desaparecidos cuya copia acompaña.

FELICIDAD MARÍA VICTORIA CARRERAS

Dijo la testigo que en los primeros días de mayo del año 1976 fue allanada violentamente la casa en la que vivía con sus otros compañeros estudiantes. Recordó que su hermano no estaba en esa oportunidad porque estaba en casa de su abuela que vivía en Tucumán. Agregó que rompieron y robaron pero no golpearon a nadie. Relató que a los dos días su hermano se fue a su casa familiar en Belén, provincia de Catamarca. Su hermano el día 16 de septiembre tenía que rendir decide volver. Añadió que dos días antes se encuentra con un compañero de bioquímica, Enrique Sánchez, ambos estuvieron conversando del examen y otras cosas y quedaron en encontrarse en la facultad el 16 de septiembre a las 5 de la tarde. Declaró que su hermano fue a rendir y no regresó. Dijo que al llegar la noche llamó por teléfono una vecina contando que vio a Juan cuando lo llevaban unos tipos y en el hall de la facultad se encontró con un profesor. Al día siguiente la testigo presentó un habeas corpus. Luego le relataron que vieron a Enrique Sánchez sentado en un auto claro. Dijo que se enteraron que Enrique fue secuestrado. Dijo que cuando Juan estaba rindiendo y alguien preguntó por él, la Dra. Brauman dijo que si, otras personas se ubicaron en las dos puertas del aula. Juan fue el último en entregar porque había escuchado que preguntaron por él. Relató que sin violencia, a cara descubierta, como a las 6 de la tarde así se lo llevaron. Dijo que cuando Juan bajó las escaleras porque estaba en un aula de arriba es que se encuentra con el profesor Barbieri y le dice que haga algo para que no le hagan nada. Barbieri declaró que se sintió muy impotente ante eso, en su declaración ante la Bicameral explicó pormenorizadamente las circunstancias de su encuentro con Juan. relató la deponente que uno de los captores llevaba un sobretodo como escondiendo algo, y dijo que gritaba por ayuda al entrar al auto en el que lo llevan. La Dra. Brauman le dijo a la declarante que ella pensaba que hasta podían sacarlo a Juan por una ventana, estaba muy asustada. Se trata de un hecho que a pesar de haber sido en la facultad pasó desapercibido. Declaró que los captores conocían tanto el lugar, como el aula en la que Juan estaba rindiendo. Precisó que cuando su hermano dos días antes se despide de Sánchez le dijo a éste que se encontrarían en la Facultad. Cuando el día del hecho se hace la noche es que alguien del barrio cuenta que entre las 6 y 7 de la tarde sacaron a Juan y lo subieron a un auto, es que eran 6 o 7 chicos de Catamarca que hace muchos años que estaban en el barrio, por eso los conocían. Juan era delegado de su curso por el FAS ante el cuerpo de delegados. Recordó que además se encargaba de las becas y era un dirigente público que firmaba comunicados del F.A.S. Estaba totalmente comprometido con su actividad política, académica (era un estudiante regular) y con su trabajo (vendía boletos). Dijo que al momento del secuestro tenía Juan 26 años, otros estudiantes de bioquímica que fueron secuestrados no conoce de antes del hecho, sólo lo conoció a Enrique Sánchez, a Yolanda Borda que era de Belén y desapareció en mayo del año 1977 en un operativo impresionante en Catamarca. En diciembre del año 1977 sabe que fue secuestrado en Tucumán Oscar Gerván, de una familia conocida suya, que era cura, pero se enteró mucho después del hecho. Dijo que de Belén aparte de su hermano, Yolanda y Gerván hubo ciudadanos de Belén desaparecidos. Agregó que su madre Delia Enriqueta Pernacetti de Carreras realizó la denuncia en la CONADEP, y la declarante la acompañó. También denunció en la bicameral. Dijo que por el testimonio de Juan Martín ya se comentaba que habían visto a Juan en el Arsenal. Puntualizó que hicieron también otras gestiones, ante la Iglesia en obispado de Catamarca, Arzobispado de Córdoba y Buenos Aires, en el Ministerio del Interior, en la policía de Tucumán, en la Policía Federal. Dijo que su madre fue al Tribunal Militar de Avenida Sarmiento, la declarante la acompañó. Manifestó que hace pocos días averiguó que la Dra. Elsa Sofía Brauman está internada en un psiquiátrico, Barbieri murió, Gerardo Del Río (un auxiliar docente que estaba en el examen) nunca quiso declarar. Destacó que la desaparición de Juan tuvo un enorme impacto social en su pueblo, de alguna manera el tejido social se deterioró, la gente del pueblo llegaba a la casa sin entender que había desaparecido, gente de toda clase social. Recordó que con el secuestro de Juan y de los otros se instaló en Belén la figura del desaparecido. En la plaza del pueblo se plantaron tres algarrobos que guardan la memoria de Juan, de Yoli y de Oscar. Dijo que está orgullosa de que su hermano haya sido dirigente estudiantil y que desde allí haya podido ayudar a mucha gente. Explicó que Juan fue llevado en septiembre del año 1976, su padre muere en noviembre del mismo año, su madre sobrevivió 20 años dignamente. Agregó la testigo que quisieron destruirla psicológicamente pero no pudieron. Manifestó que en la búsqueda la testigo se entrevistó con el rector de apellido Barroso para llevarle una carta de su padre, cuando la recibió leyó la carta con alguna displicencia y le dijo que vuelva la semana que viene y no quiso recibirla más. Manifestó que el responsable de lo que ocurría en la facultad era el rector porque esas personas entraron a la UNT como si fuera su casa, conociendo perfectamente todo. Eso reclamó, la universidad tenía que proteger a sus alumnos. Dijo que Juan rendía fisiología ese día. Sobre el operativo militar en Belén el 27 de enero del 77 explicó que la única casa no allanada de la manzana fue la de la declarante. Tomaron el pueblo como hasta las 3 de la tarde, con ametralladoras en los trípodes de las esquinas, gente en los cerros adyacentes. Recordó que de las cartas enviadas a sectores religiosos dice que algunas fueron contestadas, otras no. Dijo que quiere saber dónde están los restos de su hermano.

MARTA LETICIA PEREZ

Dijo que Julio Del Castillo era su esposo. Se casaron en julio del año 1975. Los dos eran salteños, estudiaba bioquímica, trabajaba en el Ingenio la Fronterita. Dijo que F.A.S era el Frente Antimperialista por el Socialismo y actuaba como dirigente político allí. La declarante y Julio eran salteños. Dijo que Juan era decidido, solidario, generoso. El día 15de Abril del año 1976 como a las 4 de la mañana golpearon la puerta de la casa, Julio estudiaba, la declarante dormía, en otra habitación estaba su hermano. Recordó que mientras golpeaban ya entraban en la casa, era un grupo armado de entre 10 o 12 personas. Dijo que adentro de la casa había 8 o 10 personas, a ella la sujetaron en la cama contra el colchón, quien la sujetaba, tenía dos armas, un arma en la mano que la sujetaba, otra larga en la entrepierna, estaba de civil. Todos tenían los rostros cubiertos. Revolvieron la casa, decían buscar literatura subversiva. Manifestó que a su cuñado también lo tenían inmovilizado. La declarante estuvo en su cama rodeada por 6 tipos y el que estaba frente a ella se saca la máscara y le dice "no te vamos a violar" y se van. Dijo que con su cuñado se van a la Comisaría 1°, entró la declarante sola, mientras denunciaba suena el teléfono y dice "si, la de la Sáenz Peña está aquí", era evidente para la testigo que el grupo que lo había secuestrado a Julio era el que llamaba, que habían liberado la zona, incluso los taxistas de la parada cerca de su casa habían sido retirados. Dijo que regresó a Salta, hizo una denuncia en el Comando y en el patio vio al padre de Cano, otro delegado del F.A.S que había sido secuestrado el 20 de febrero de ese año. Agregó que allí la atienden y le explican que posiblemente su hermano había sido secuestrado en el marco de sus actividades subversivas. Dijo que cuando iban a Casa de Gobierno los seguía un Peugeot 504 amarillo, de éste auto se bajó un tipo que los sigue. Recordó que en la oficina vio a las familias de Bianchi y de Reyes Molina, también dirigentes del F.A.S. Hicieron múltiples gestiones sin éxito. Destacó el gesto del Dr. Pisarello que la recibió en su casa como a las 10 de la noche, allí tenía las huellas de una bomba que le habían puesto hacía poco tiempo, le dijo que esperen unos días para el habeas corpus. Señaló que allanaron el domicilio de la madre y de la hermana de Julio preguntando por la declarante, por eso comenzó a ocultarse. Su padre pregunta en Salta, en la Brigada, por qué la buscaban y le dijeron que eran órdenes de Tucumán. Durante años se ocultó en casas de familiares y amigos. Indicó que Pisarello le dijo a su padre que Julio podría estar en la Brigada y que a ese dato lo tenía por confidentes. Interpusieron los habeas corpus, luego Pisarello al poco tiempo fue secuestrado. Julio estuvo con Cano y Morales en el Arsenal. Recordó que Víctor Alderete le dijo que la última vez que lo vió en el Arsenal estaba en muy malas condiciones, que casi no podía incorporarse por las torturas recibidas. Señala que en el año 1979 o 1980 recibió una carta del Registro Nacional de las Personas firmada por un tal Jorge, amigo de quien le hizo llegar la carta en la que decía "muertos en Tucumán en julio de 1976". Dijo que esa carta fue agregada a la Bicameral. Destacó el gesto de Víctor de darle todos esos datos aún a riesgo de su vida. Dijo que entre los imputados en Jefatura I reconoció en la audiencia al único que se saca la máscara en su cama el día del secuestro de Julio, era Luis De Cándido. Dijo que vio golpeada a la esposa de Bianchi en la Casa de Gobierno cuando fue allí a preguntar por Julio.

GUSTAVO ENRIQUE HOLMQUIST

Se procede a escuchar el audio del testigo en la causa Jefatura I: El testigo es jubilado. Manifestó tener un hermano desaparecido y que él estuvo privado de su libertad en noviembre de 1975. Relató que siendo las 2 de la mañana, ingresaron a su domicilio, muchas personas de civil, con la cara tapada algunos, y se lo llevaron en un vehículo. Que primero le dijeron que lo llevaba un comando montonero por traidor, pero luego fue llevado a Jefatura, y lo interrogaron, le dieron trompadas, chirlos en los oídos, lo arrastraron de los tobillos y le preguntaron nombres que no conocía, inclusive, manifestó que le decían que lo iban a ejecutar ese día, le pusieron la cabeza en un balde plástico, un arma en la sien y le dispararon, aunque no salió el disparo; que siguieron interrogándolo y torturándolo durante la primera noche. A la siguiente noche recibió las mismas torturas y las mismas interrogaciones y la tercera le dijeron que lo iban a poner en libertad aunque lo trasladaron hacia una oficina dentro de Jefatura. El testigo dijo al respecto que estuvo parado frente a un escritorio y vio que en ese escritorio estaba su documento, pudo observar en un acrílico, el nombre de Roberto Albornoz, con una sigla que probablemente era de comisario, lo volvieron a subir a un auto, y lo trasladaron; luego se encontró con otro vehículo, y lo bajaron, lo hicieron caminar sobre pastos altos, chocó con un alambre alto y le dijeron "acá vas a ser fusilado"; alguien dijo " todavía no, tiene que hablar más ". Lo subieron al auto, lo llevaron a un lugar, a una oficina, lo hicieron desvestir, seguía con los ojos vendados, lo hicieron acostar en una cama, lo ataron y le comenzaron a aplicar corriente eléctrica, siempre con las mismas preguntas. Le hicieron poner la camisa, pantalón y zapatos, le pusieron las esposas en la espalda. Lo llevaron a un cuarto con otras personas. Pudo observar un pizarrón de una escuela probablemente. Pasó 14 días en esa situación. Según el testigo cuando torturaban ponían música; le daban de comer una sola vez, los custodios tenían tonada del litoral y siempre se trataban con apodo. Recordó que en los interrogatorios, una persona les tomaba la presión, el pulso, y decía hasta donde les podían seguir pegando. Expresó el testigo que reconoció los lugares por los que estuvo como Jefatura y la escuela de Famaillá. Que cuando estuvo en Famaillá, una noche le dijeron que lo iban a poner en libertad y que alguien le dijo "si podés andate del país, porque cuando llegue la represión en serio, ni tu perro va a quedar" aunque él pensó que ello no sucedería. Asimismo manifestó que antes de ponerlo en libertad le dijeron que lo habían rescatado de un comando montonero, razón por la cual lo habían tratado tan bien; dijo que lo quisieron hacer firmar una declaración en la cual afirmara ser peronista no combatiente; finalmente lo dejaron libre. El 29 de mayo de 1976 el testigo relató que fue secuestrado nuevamente y llevado a su casa a sacarlo a su hermano a quien sacaron de allí mientras lo golpeaban e insultaban. Fueron trasladados a Jefatura donde ambos fueron torturados. Pudo reconocer a su hermano en otra oficina por la respiración profunda que el mismo tenía producto de una enfermedad respiratoria que padecía. La noche siguiente fue llevado cerca del parque Avellaneda, donde le dijeron "con vos vamos a hacer un poco de justicia, pero de tu hermano olvidate, no lo vas a ver más". Sobre la pregunta de cómo sabe que en el segundo secuestro lo llevaron de nuevo a Jefatura el testigo expresó que tenía puesta una venda, que era un pañuelo que él usaba, y no estaba muy apretado y que además cuando uno está acostado puede tener un poco de visión; que también la reconoció por una palmera y porque se escuchaban los pitos de la cervecería Norte que estaba muy cerca. Manifestó el testigo que declaró ante la Comisión Bicameral, ante la CONADEP y también ante la Comisión de la OEA. Ante la pregunta de si algún familiar le contó como fue el secuestro de su hermano y quién intervino, el testigo dijo que, cuando volvió a su casa, su madre le contó que habían entrado muchas personas, algunas con ropas militares y de la policía. Reconoció que el imputado Albornoz estaba en el operativo, y cuando estuvo secuestrado, su madre habló con Albornoz para saber si él estaba detenido. Su madre dijo que un soldado se dirigió hacia un superior como capitán González Naya. Expresó también que su madre supo inmediatamente por un vecino que los habían llevado a Jefatura, que los ingresaron por calle Santa Fe, por el portón grande que había a mitad de cuadra; que caminó un trecho por un patio y luego lo llevaron a un salón donde lo torturaron. Sobre las actividades que realizaba en los años 70 el testigo dijo que trabajaba en una fábrica y que lo acusaban de ser activista, pero que ello no fue así ya que nunca tuvo problemas en la fábrica; que en los interrogatorios le preguntaban por sus hermanos y personas que trabajaban en la fábrica; que no tuvo militancia política aunque estaba afiliado al PJ. El testigo expresó que nunca fue sometido a proceso judicial, ni del gobierno constitucional ni del de facto, que ni siquiera tuvo ingresos a la policía; que en su primera detención pudo observar a un policía de apellido Álvarez, quién años antes fue vecino de la casa de su madre. Con respecto al primer secuestro manifestó que fue los primeros días del mes de noviembre del 75 y lo liberaron aproximadamente el 20 o 21 de ese mes, porque el 23 se reincorporó a la fábrica. Estuvo cerca de 17 días secuestrado, parte en la Jefatura de policía y parte en la escuela de Famaillá. Del segundo secuestro expresó que fueron dos noches. Una en la que fue secuestrado con su hermano y otra la noche siguiente que lo llevaron cerca de su domicilio donde lo pusieron en libertad. En cuanto a las condiciones de detención en Jefatura dijo que aparte de haberlo torturado, de ofender a sus hijos que eran pequeños, pegarle, haber escuchado aberraciones, en ningún momento le dieron agua, pasó tres días sin ninguna comida, en un rincón de ese salón. También manifestó haber recibido golpes, simulacros de fusilamientos, golpes en el oído y que lo arrastraron de los cabellos "por todos lados". Por último expresó que en la segunda oportunidad después que lo torturan, lo llevaron a un salón contiguo y que para pasar de un salón a otro se tenía que agachar; que en ese salón había mucha gente, mujeres detenidas, aunque niños no vio ni identificó a nadie. Dijo que las dos veces que lo llevaron lo hicieron entrar por la calle Santa Fe.

CRISTINA NOEMÍ CAMPOPIANO

Dijo que el 21 de octubre de 1976, era un jueves, aproximadamente a las 18 horas estaban en su casa Gustavo, que estudiaba ingeniería electrónica, preparando un examen, su hermana Ana Celia, de 12 años, y la declarante, que iba a la Escuela Normal y que estaba preparando también un examen. Recuerda que le faltaba un mapa entonces fue a comprarlo a la esquina de su casa, cuando volvía, como a la media cuadra, vio que había un hombre hablando con alguien en la puerta de su casa. Precisó que vivían en Asunción 236, justo al frente del depósito de Bercovich, que a esa hora tenía mucho movimiento de camiones. Dijo que a los 5 o 10 minutos volvieron a golpear, atiende su hermano y le dicen que unos compañeros de la Facultad lo buscaban; su hermano, molesto, le dice "pero como no los hiciste pasar". Recuerda la testigo que la puerta tenía una cadenita, al correrla Gustavo se sintió un griterío, entraron a los golpes 4 o 5 personas, la declarante corrió al living, su hermana lloraba y se escondió detrás de uno de los sillones del living. Agregó, que su hermano Gustavo medía 1.93 m. y era grandote, el promedio de las estaturas de los que entraron debía ser 1.75 m., sin embargo uno de ellos lo golpeó con tal violencia que lo volteó contra la puerta del dormitorio de su madre; la declarante desesperada pidió que soltaran a su hermano y en su inconciencia se cruzó ante la puerta de calle y les dijo que no sacarían a su hermano hasta que no se identificaran; recuerda que su hermano le gritaba que se corriera, que la iban a matar. Contó que uno de los secuestradores se acercó a ella, tenía jeans, anteojos metálicos de vidrios celestes, una itaca en la mano, se le acercó a cinco centímetros, le puso la itaka entre los ojos y le dijo "correte o sos boleta", ella reclamaba que le dijeran quiénes eran, su hermano gritaba y lloraba, que se corriera, que la iban a matar. Recordó que finalmente el que la apuntó, sacó una cédula y la puso de tal manera que sólo se veía la leyenda "Ejército Argentino", la dicente se corrió, lo metieron a su hermano en un Renault 12 blanco, su hermano alcanzó a gritarle "llamalo a Mandi". Dijo que su hermana seguía detrás del sillón con un ataque de nervios; que su madre no había regresado aún del trabajo y Julio tampoco; desesperada la declarante no sabía qué hacer pero no lo llamó a Mandi, que era amigo de su hermano, sino a una amiga suya cuyo padre trabajaba en el Juzgado Federal, Julieta Ramos, ella le pasó con su padre hoy fallecido, Arturo Ramos, y éste le dijo que se tranquilizara, le dictó un hábeas corpus y le pidió que al llegar su madre fuera a presentarlo. Dijo que la perra bóxer familiar estaba en el fondo, enloquecida, entonces la llevó hacia adelante. Recuerda la declarante, que tenía 15 años, y angustiada llamó a su novio y éste, al igual que Arturo Ramos, le dijo que se encerrara. Dijo que como a las 18:45 llegó su madre, le contó la dicente lo que había sucedido con Gustavo y ella lloraba; luego llegó la madre de su novio con un tío y ellos la llevaron a buscarlo a Gustavo. Relató que su madre era compañera de escuela de la esposa de Fidencio Hidalgo que era un hombre malísimo con la familia, que tenía algo que ver con la cárcel de Villa Urquiza, por lo que la madre de la dicente fue a pedirle ayuda a ella, la testigo y su hermana quedaron solas de nuevo, como a las 19:15 llegó Julio y la dicente le contó lo sucedido y él le dijo que se calmara, que él lo buscaría y lo encontraría. Recuerda la testigo que el amigo se llamaba Pedro Dilascio, era compañero de colegio. Dijo que su hermano hizo unas llamadas telefónicas y salió con Pedro; Julio se quedó con ella llamando por teléfono y tranquilizándolas hasta las 20:00 hs. más o menos, salió y a los 15 minutos sintió golpes en la ventana y en la puerta de la calle, era Pedro que le gritaba que le abriera, que también se habían llevado a Julio, la declarante le abrió, ambos quedaron en la casa, Pedro le contó que al salir de la casa para buscar a Gustavo, había cerca un Peugeot 504 blanco, con cuatro muchachos adentro, en Asunción y Mendoza, el auto estaba sobre Mendoza, en la vereda del Cementerio; Pedro le avisó que los estaban marcando, que se volvieran y Gustavo le dijo que no porque en la casa estaban las chicas; Pedro le dijo que pretendían cruzar en diagonal la maternidad y salir por Mate de Luna, pero a la altura de la puerta del cementerio les dijeron "quién es Campopiano"; Julio le dijo a Pedro "vos conocés a un Campopiano". Se bajaron los cuatro del auto, le dijeron "no te hagás el pelotudo, vos sos Campopiano" y se lo llevaron. Dijo que a la fecha de los hechos Julio Cesar tenía 18 años, al día siguiente de su secuestro, el 22 de octubre cumplía 19 años, era estudiante secundario, estaba terminando la secundaria, le faltaba un mes y medio para terminar, era actor, político y escritor, había ganado varios premios literarios, el último, el 3 de noviembre de ese año, nunca supo que lo ganó, lo recibió la dicente. Dijo que su hermano era un sol, que estudiaba en el Instituto Modelo; que fue secuestrado cuando volvía del colegio, con el pantalón gris del colegio y la camisa blanca porque antes de salir a buscar a Gustavo dejó los útiles y la corbata y se puso un rompevientos blanco. Dijo la testigo que a través de un gendarme, supo que su hermano contrajo tétanos a raíz de las torturas recibidas y lo dejaron morir. Dijo que este gendarme le contó que pidió asistencia médica para él y por orden de los superiores lo enterró. Relató que su madre presentó más de 17 habeas corpus y fueron todos rechazados; que un una vez un empleado le contó que el Juez Paraván había ordenado incinerar el expediente, el empleado temblando le dijo que se llevara el expediente con ese decreto. Agregó la dicente que su madre tuvo actuación en Madres de Plaza de Mayo filial Tucumán; que hay un antes y un después de eso. Respecto a Gustavo, dijo que apareció milagrosamente 10 días después, cerca de la medianoche, totalmente golpeado, inmundo, llorando. Recuerda que al abrir la puerta vieron algo espantoso, casi no veía, estaba casi ciego, su madre le decía "hijito mío" y él dijo "ya viene Julio, ya lo sueltan". La declarante acompañaba a su madre en la búsqueda de Julio, lo cual era torturante. Recuerda que una vez habló con un tal Llamas o Núñez, que debía llevar una carta a esa persona en el Comando, hacía muchísimo calor, llegaron como a las dos de la tarde, se anunciaron con un conscripto que estaba en la puerta que le dijo que esperaran, que no había llegado la persona que buscaban; con su madre esperaron bajo un arbolito; a las cuatro de la tarde, volvieron a preguntar y así sucesivamente; recién a las diez y media de la noche les avisó el conscripto que ya se había ido, que había pasado al lado suyo; la carta que llevaba su madre decía "hijo querido, tu madre no va a dejar de buscarte nunca", se la entregó al militar. Dijo que pasado un tiempo volvió a acompañarla para buscar una respuesta y de casualidad lo encontraron entrando al Comando a ese militar que le dijo "todavía no pude hacerle llegar la carta, pero mire, la tengo conmigo". Recuerda que escribió miles de cartas pidiendo noticias de Julio, desde esa que relata en diciembre del 76, hasta julio del 77. En el mes de julio del 77 sonó el teléfono en su casa, pidieron hablar con su madre y ésta cayó desmayada, le habían dicho "Habla Estela de la organización, no lo busque más a su hijo porque lo matamos". Dijo que el último dato que tenían era que había estado con Gustavo en el Arsenal, Gustavo les contó eso y que escuchaba como lo torturaban a Julio y que cuando lo liberaron a Gustavo, preguntó por su hermano y le dijeron "tu hermano se irá por detrás tuyo". Dijo que Adelaida del Carmen Aguilera era prima de su madre, madre de Marcos Bartolomé Urrutia, quien a la fecha no sabe si vive, le dijeron que era un hombre feroz, lo vio en una entrevista que le hizo Nóblega en "Los Primeros" cuando fueron los problemas de los paros, Nóblega lo entrevistaba con mucha familiaridad, estaba vivo por lo menos hasta hace dos años cuando lo vio en la televisión. Dijo que la prima de su madre, que se llama como su madre y le decían "Tía Tuca", tuvo una entrevista con la madre de la dicente y esta última le dijo luego a la dicente "a esta hija de puta le hice la cruz, sé que defendía a su hijo". Dijo que no sabe si Adelaida Aguilera y Marcos Urrutia declararon en el Juzgado de Instrucción Militar que Julio era subversivo, pero lo supone. Dijo que su hermano Gustavo, que estuvo en Arsenal, realizó croquis de lo poco que pudo ver y que aparte de Julio, pudo reconocer en el Arsenal a Celia Medina y también escuchó que Julio le decía a Celia "no llorés" y le tiró por encima del tabique un pedazo de pan.

ADA CELIA CAMPOPIANO

Dijo que es hermana de Julio César Campopiano. Recuerda que el 21 de octubre de 1976 en horas de la tarde, tocaron la puerta de su casa dos personas jóvenes y preguntaron por Campopiano y ella les pregunta de parte de quién y le contestan que eran compañeros de la facultad; entonces ella le dice a su hermano Julio que lo buscaban y éste va a atenderlos, de pronto siente gritos y ve que las personas tenían armas cortas y largas, su hermana se pone en la puerta y ellos sacan una credencial en donde se leía "Ejército Argentino" y tenía una bandera y una foto de la persona que lo exhibía. Recuerda la declarante que ella estaba escondida atrás de un sillón; que a su hermano lo llevaron en un Renault 12 blanco. Recuerda la dicente que vivían en Asunción 233 y ese día en la esquina había un vehículo del que bajaron algunas personas y preguntaron quién era Campopiano; Julio dijo que era él, lo golpearon a Pedro y vuelve éste a la casa diciendo que se llevaron a Julio. Precisó que Julio tenía 17 años y estaba en 4° año de la secundaria. Dijo que ese día su mamá y Julio habían ido a tomar un café; que su mamá había ido primero al colegio de su hermano a notificarse de algo; recuerda que Julio tenía el pantalón gris y la camisa del colegio. Dijo que Pedro, cuando volvió, tenía la cara muy golpeada. Recuerda que las personas que entraron a su casa estaban vestidas de civil, eran jóvenes y en general tenían peinado "a la gomina". Indicó que ella tenía 12 años al momento de los hechos. Dijo que su mamá estaba en la casa cuando Julio dijo que se iba a buscar a Gustavo. Contó asimismo que ella acompañó a su mamá en muchas diligencias y que fueron varias veces al Comando, hicieron denuncias en el Juzgado Federal, presentaron Habeas Corpus, también en "Amnesty Internacional", etc. Dijo que una persona le informó a su madre que Julio y Gustavo estaban en el Arsenal y que iban a salir, luego Gustavo salió efectivamente, pero Julio no. Recuerda que cuando salió Gustavo le dijeron que ya lo liberaban a Julio también, y por eso ellos lo esperaron toda la noche, pero nunca salió. Recuerda que un militar le dijo a su madre que sus hijos estaban en el Arsenal. Dijo que Gustavo contó que lo escuchó toser a Julio y sintió también que estaba Celia Medina. Contó que Adelaida Aguilera es prima de su madre y su hijo Carlos Urrutia trabajaba en inteligencia por lo que la madre de la dicente fue a verla para que la ayude con sus hijos y Adelaida le dijo que, para ella, su hijo estaba muerto. Precisó la testigo que su mamá, luego de todo esto, empezó a buscar a todos los hijos desaparecidos y que luchó mucho para que hoy se hagan estos juicios. Dijo que el gendarme Antonio Cruz lo reconoció a su hermano. Recuerda que en julio del 77 sonó el teléfono y una voz de mujer le dijo a su madre "Habla Estela de la organización, no busques más a tu hijo porque ya estaba muerto"; su madre averiguó de esa mujer y era una persona a la que le decían "Piturra"; indicó que su madre habló con esa persona pero no sabe qué le dijo. Recuerda que eran muy hostigados por un vecino, llamado Félix Insaurralde, que era de la policía y cada vez que tomaba se acercaba a la puerta de su casa e insultaba a su madre y a la familia; y cuando la dicente se lo encontraba en la calle, éste la apuntaba con la mano y hacía un gesto como si le disparara. Aclaró la testigo que esto fue después del secuestro, que ellos se mudaron a otro domicilio y de ahí eran vecinos de este señor Insaurralde. Dijo que hasta lo denunciaron en la policía. Agregó que a Celia Medina la secuestraron esa noche, que vivía en Muñecas al 600 y tenía una relación con el hermano de la declarante. Dijo que la sensación en su casa después del secuestro, era como si hubieran tirado una bomba; y que Gustavo se recibió y se fue a Méjico, donde vive actualmente.

JOSÉ ANTONIO DI MARCO

El testigo relató en la audiencia, que trabajaba en la imprenta de calle Córdoba esquina Muñecas y le pidieron que arregle la máquina del Sr. González; que estaba haciendo eso cuando llegaron personas armadas y le dijeron que se pongan mirando la pared y les hacían preguntas, les vendaron los ojos, los esposaron y los metieron en un auto que por lo que pudo ver era blanco, los tiraron en el piso de atrás y había armas allí. Dijo que los llevaron como 30 minutos por lugares con muchas curvas y los hicieron bajar y correr por un campo, de pronto les decían que se agachen porque había alambrados. Recuerda que los pusieron en una cerca perimetral y venían personas y les preguntaban si conocían a otros que el declarante no conocía ya que sólo conocía al Sr. González. Relató, que se sentían gritos escalofriantes como si torturaban a gente y decían "Ay mamita!"; que se sentía un ruido como de generador de corriente o como picadora de carne. Dijo que después lo dejaron en la Av. Ejército del Norte junto a otros muchachos más, entre los que recuerda a Carlos Rodolfo Medina y aclara que en la Bicameral se confunde y dice Juan Carlos García pero era Carlos Medina. Dijo que Carlos era empleado de la Imprenta Gráfica Interprovincial. Precisó que el día que los llevaron, habían 2 o 3 mujeres y 4 o 5 hombres, era mediodía y no habían empezado a comer cuando llegaron las personas armadas. Indicó que no sabe si a las otras personas las llevaron al mismo lugar que él, porque en el auto iba sólo él con las personas secuestradoras pero aclara que a todos los vendaron y pusieron contra la pared en la imprenta. Recordó en la audiencia que cuando lo liberaron en la Av. Ejército del Norte, eran tres: Carlos, un muchachito que según Carlos Medina era del frente de la imprenta y el dicente. Describió el testigo que él siempre estuvo en el alambrado perimetral y nunca le sacaron ni la venda ni las esposas; había pasto y lomadas. Contó que cuando lo llevaban a ese lugar hablaban como si fueran de la policía, luego como si fueran extremistas, siempre buscando confundir al declarante. Relató que no escuchó las voces de las mujeres de la imprenta en el lugar al que lo llevaron y que las había visto una semana antes de realizar el arreglo cuando había ido a ver de qué se trataba el trabajo, para encargar los materiales. Dijo que no sabe si Alberto González era el único dueño de esa imprenta. Aclaró el dicente que él fue porque Humberto Neme lo había recomendado para que le hiciera el arreglo; que la imprenta quedaba en la calle Don Bosco al 1800 o 1600; que estuvo cautivo desde las 15 hasta las 18 hs. aproximadamente en ese lugar que relató anteriormente y que lo soltaron tipo 19hs. En cuanto a las tonadas de quienes lo secuestraron describe que eran de distinto tipo, algunas cordobesas y otras de otros lados. Dijo que Carlos Roberto Medina era la persona con quien lo secuestraron, pero aclara que en el auto iba sólo el declarante. Dijo que luego de seis años recién lo volvió a ver a Medina. Precisó el declarante que él trabajaba de electricista y tenía una caja con las mejores herramientas que había en esa época y le robaron todo eso. Dijo que hizo la denuncia de la pérdida de su documento de identidad y lo recuperó en la comisaría de Tafí Viejo. Que pudo recuperarlo porque un vecino le avisó que estaba ahí su documento.

MATILDE DEL VALLE ESCOBAR DE OSORES

Relató la testigo que era esposa de Carlos Osores; que esa noche la declarante estaba en la casa de su suegra de donde lo sacaron a su marido; fue el 17 de septiembre de 1976 entre las doce y la una de la mañana; que su suegra le dijo que eran varias personas encapuchadas vestidas de verde. Precisó que también estaba su hijo mayor; que a su marido lo golpearon y lo subieron a una camioneta. Dijo que su suegra ese día cobraba la pensión de su suegro y se tenía que encontrar con la declarante a las 7 u 8 de la mañana; que cuando se vieron, su suegra le comentó que lo habían secuestrado al marido de la dicente, quien estaba en ese momento con una camisa blanca de algodón, un pantalón negro de hilo y botas de lona marca "Flecha". Dijo que su suegra le contó que esa noche cuando llegaron a la casa, él había llegado muy cansado porque había estado cuidando al hermano de la dicente y se durmió vestido. Dijo que también le llevaron un portafolio con herramientas de electricidad y una caja de cigarrillos; él en ese tiempo trabajaba en la carga de cañas. Dijo que en el 75 su marido se fue un tiempo a Bs.As., porque tenía miedo y decía que lo perseguían, se fue dos meses. Precisó la testigo que su marido estaba en la casa de la madre porque tenía miedo y decía que lo perseguían. Dijo que a los diez días del secuestro su suegra se fue a Bs. As., porque temía que les pase algo a sus dos hijas de 14 y 15 años; que quedó la declarante con sus dos hijos, de tres y cuatro años. Relató que antes del secuestro, vieron un camión con soldados al lado de su casa y que por eso su marido sentía miedo y se quiso ir a lo de su madre. Dijo también la declarante, que tuvo una entrevista con Marta Albaca y Estela Fernández, quienes le dijeron que le iba a pasar lo mismo que a su marido si no se iba a algún lado. Dijo que ella se fue a vivir con sus padres. Precisó que no sabía si otros integrantes de la familia eran perseguidos, pero quizás sí su marido y el hermano de su marido porque tenían distintas ideas políticas. Dijo que antes vivían en el Barrio Ejército Argentino, antes que renuncie su marido al Dpto. de Material de Construcción Escolar, y luego le quitaron la casa, las Sras. Fernández y Marta Albaca, quienes le decían a la declarante que tenían que abandonarla porque si no, le iba a pasar lo que le pasó a su marido, entonces su padre le dijo que se fuera a vivir con ellos y así fue. Contó que hizo denuncias en la comisaría de Ranchillos, lo buscó a su marido en la cárcel, en la comisaría, en la Policía Federal y en el 78 presentó un habeas corpus en el juzgado federal y le aceptó el Juez Martínez hijo y recuerda que la llamaron a declarar al comando y le cuestionaban acerca de una denuncia que supuestamente la declarante había hecho en Bs.As., pero ella les aclaró que no hizo ninguna denuncia en Bs. As. Dijo que le mostraron la denuncia y la firma era muy parecida a la suya pero no era la de ella, lo comprobaron luego con un perito calígrafo. Que no recuerda quién era el que le decía eso, era un oficial de la Policía. Describió que su suegra le dijo que los secuestradores tenían uniformes y medias en la cabeza. Agregó que en el año 79, 80 recibió unas cartas de Noruega y de Suecia pero no las abrió, las recibía y las quemaba porque tenía miedo, tenían nombres extranjeros de remitente pero como a la declarante no le decían nada, nunca las abrió, las quemaba, deben haber sido 5 o 6 cartas. Contó que con posterioridad, cuando trabajaba en un sanatorio, la llamaban por teléfono y preguntaban por ella con nombre completo, pero cuando ella atendía no contestaba nadie. Dijo que su marido tenía otra mentalidad, otra manera de pensar, pensaba distinto.

RICARDO OSCAR OSORES

Dijo que a su padre lo llevaron estando el declarante, sus tías y su abuela presentes. Que a la noche entró un grupo por la fuerza y pedían por el "petiso" Osores. Dijo que él dormía con su papá y empezaron a pegarle a su padre y a revolver todo y luego lo sacaron a su papá; que él tenía cuatro años al momento de los hechos. Dijo que se llevaron a su padre y nunca más lo volvió a ver. Precisó que era gente encapuchada y vestida de verde la que se llevó a su padre esa noche; que siempre lo buscó y que sigue haciéndolo.

ENRIQUE JOSÉ SOLDATI

Dijo que era esposo de María Isabel Jiménez; que cuando la secuestraron a ella, había sido recientemente dejada cesante de los cargos de docente de la Escuela Normal y de la Facultad Tecnológica, donde había sido decana desde el año'74. Dijo que cuando su esposa fue decana de la tecnológica, sí tenía actividad política, pero luego no. Contó que le pusieron una bomba en la casa en el año 75, que ellos se casaron en diciembre del 75 y unos meses antes le pusieron la bomba. Dijo que el 28 de mayo del 76, como a las dos de la mañana, golpearon la puerta y el declarante abrió y entraron un montón de personas encapuchadas y le taparon la cara para que no viera y se la llevaron a su esposa; recuerda que la llevaron vestida. Dijo que se hicieron todas las denuncias policiales, en la Comisaría 5ª; en la iglesia, ante políticos, cree que también Habeas Corpus en la Justicia Federal. Dijo que la noche del secuestro estaba su suegro y suegra en su casa y unos primos de su mujer, de Santiago del Estero. Relató que él no tuvo noticias acerca de dónde estuvo detenida su esposa ni tampoco que estaba embarazada; escuchó que alguien dijo haberla visto embarazada. Precisó que su suegro se llamaba Joaquín Jiménez y que no recuerda cómo se llamaba su suegra. Dijo que los que entraron estaban vestidos de civil y que él hizo denuncia en la comisaría 5a; que no sabe por qué la secuestraron a su esposa y tampoco sabe si quienes la secuestraron eran de una fuerza de seguridad.

MARTA INES GÓMEZ

Dijo ser bioquímica. Contó que en el 76 era docente en la Facultad y un día presenció el secuestro de un alumno, Juan Carreras. Recuerda que era la tarde, estaba trabajando en un laboratorio que continuaba hasta un pasillo que se abría a un anfiteatro donde estaba tomándose un examen; sintió ruidos, llegaba el doctor Barbieri escoltado por personas de civil, les dicen que iban a detener a una persona, se entera que era Juan Carreras, corre hacia afuera para avisar a la familia de Juan porque conocía dónde vivía, pero en la puerta de salida de la Facultad una persona de civil, armada, le impidió salir. Recordó que los alumnos más adelantados ayudaban a los más atrasados, por eso los conocía a Lerner y a Carreras. Dijo que siempre creyó que Lerner había sido secuestrado, pero en realidad ella presenció el secuestro de Carreras, por lo que pide disculpas si su equivocación pudo haber generado falsas expectativas a familiares. Explicó que con anterioridad no declaró porque le constaba que Barbieri ya había declarado por Carreras y también lo había hecho la Dra. Bauman. Agregó también que es esposa del desaparecido Julio Antonio Martín Martín y que tiene a su hermana Carmen Gómez de Gargiulo y su cuñado, desaparecidos.

CLARA NELIDA MEDINA DE RIZO

Recordó la testigo en la audiencia, que a las 2 de la mañana entró un grupo de 10 o 12 personas con armas cortas y largas, lo sacaron a su esposo así como estaba de la cama, en paños menores, lo sacaron al patio, lo tiraron en el piso boca abajo, él no se resistió pero igual lo patearon, le tiraron de los pelos, lo llevaron en una camioneta y luego supo la dicente que lo dejaron tirado por la zona de Tafí Viejo hasta que una buena persona que iba hacia el mercado lo acercó a la casa. Dijo que esa madrugada en su casa, estaba con su marido y su hija María Patricia Rizo; que vivían en la calle San Luis 249. Dijo que cuando esas personas ingresaron, preguntaban por el terrorista Bianchi, que suponían debía ser su hijo Ramón Oscar Bianchi. Recuerda que era el mes de abril y el 5 de mayo él cumplía 22 años; era estudiante de tercer año de bioquímica, estaba recién casado, su esposa estaba embarazada y cuando entraron también la golpearon. Precisó que el matrimonio de su hijo vivía en Monteagudo al 200. Dijo que a su marido se lo llevaron para que indicara donde vivía su hijo y su nuera, luego lo tiraron camino a Tafí Viejo. Dijo que luego de llevarse a su marido, en la casa quedaron dos individuos que se dedicaron a desvalijar todo, se comieron todo lo que había en la heladera y se llevaron una colcha y otras cosas; a la declarante la agarraron de los pelos. Dijo que, al regresar, su marido le comentó lo sucedido, lo poco que pudo saber, ya que estaba con los ojos tapados; en ese momento supo la dicente que su hijo había sido secuestrado. Dijo que para dar conocimiento de lo que había sucedido con su hijo, fue a todas partes, denuncio en la OEA y en reparticiones estatales. Indicó que luego supo que Medina, Morales y Del Castillo también fueron secuestrados, porque al otro día del secuestro de su hijo, como eran amigos de éste, fue a buscarlos la dicente y así supo que a Humberto y a Carlos Medina también se los había llevado la misma partida. Agregó que el día del secuestro de su hijo, también llevaron a los hermanos Romero y a una chica que festejaba con Morales. Dijo que su hijo formaba parte del cuerpo de delegados de bioquímica, era muy querido y era muy inteligente. Dijo que cuando comenzó a buscar a su hijo y a todos los demás chicos, fue enterándose de todos los que habían sido secuestrados e hizo una lista. Contó que por su actividad junto a otros familiares de desaparecidos de Tucumán, tanto su hija Patricia como la declarante, sufrieron persecuciones, permanentemente las seguían. Recuerda que una vez al salir de una procesión de la Virgen, en la zona del Hospital Padilla, la persiguió un individuo que quiso enredarla, le mintió, le dio miedo, entonces se fue a la casa donde trabajaba su marido. Dijo que le dio miedo pero pudo vencerlo, en ese momento y siempre. Precisó la testigo que al reunirse con otras madres, fundó Madres de Plaza de Mayo Filial Tucumán y fue la presidente. Recuerda que en Diciembre de 1980, en una marcha, un individuo vestido de policía quedó parado en la puerta de su casa, la declarante le preguntó qué quería, lo hizo pasar a su casa y le dio comida y un banco para que se sentara. Dijo que conoció a Ana María Tejeda de Suter; a Lita Figueroa, que era muy amiga de su hijo y tenía un hermano que era policía; que Yapura era un pariente de la dicente casado con una hermana de su esposo, era policía, él le hizo hablar con un policía de apellido Hermosilla; así supo que Sirnio y Roberto Albornoz eran los secuestradores y le dijeron a la dicente que si ellos habían secuestrado a su hijo, seguramente lo habían matado. Recuerda que alguien le dijo que ya no lo tenían a su hijo en la policía, que ya lo tenía el Ejército, cree que fue un militar el que le dijo eso, en Famaillá. Dijo que cumplirá 90 años en noviembre. Acto seguido se oraliza en la audiencia su declaración ante la Comisión Bicameral, la denuncia penal hecha en la justicia federal y reconoce sus firmas. Dijo la testigo que varias veces fue a verlo a Monseñor Conrero y que la última vez las trató de "madres de terroristas" cuando le pidieron que hiciera llegar una carta a Videla. Recuerda que no sólo no se la dio a Videla sino que se enojó con ellas y las maltrató cuando fueron a ver el resultado; con la carta en la mano, muy enojado, les dijo "madres de terroristas" y amenazó con encarcelarlas. Precisó que entre los que ingresaron a su casa la noche del secuestro de su marido e hijo, estaba un pelirrojo al que le decían "007" y le dijeron que podía ser Albornoz o Sirnio. Contó también que un amigo de su hijo, que estaba haciendo la conscripción, pudo ver un listado en el que figuraba otro amigo de su hijo. Recuerda que el padre Basols, de la Iglesia Corazón de María, le dijo que tenía una lista de desaparecidos, pero la dicente nunca pudo verla.

ROSA MARIA DEL SOCORRO VARGAS DE BIANCHI

Dijo ser la esposa de Ramón Oscar Bianchi; que el secuestro fue un 15 de abril de 1976 a las 2 de la mañana en semana santa. Estaba con su marido en la habitación del fondo, golpearon la puerta, creyó que llegaba su padre, pero le gritaron que abriera la puerta y patearon la puerta. Contó que entraron con ametralladoras; ella estaba embarazada de 5 meses, la tiraron al suelo apuntándola con una ametralladora, luego se dirigieron a su marido con un arma, que cree que era una 45 plateada y le dijeron "¿Vos sos Cachín alias Daniel?", luego rompieron algunas cosas de la casa, casi no dejaron que su marido se vistiera. Indicó que vio la cara de uno de los secuestradores, era un hombre de unos 40 años, rubio, vestido de civil, otro delgado y alto con una media en la cabeza y se notaba que tenía bigotes. Recuerda que este último preguntó si la llevaban a la declarante y el rubio de 40 años dijo que no, uno de ellos la levantó, la tiró en la cama de su habitación y se fueron con el marido de la dicente. Precisó que lo que sigue lo supo por su madre que le dijo que la obligaron a tirarse al suelo junto a su hermana y una compañera de estudio de esta última. Contó que le preguntaban por su yerno; le preguntaban si andaba en cosas raras y ella les respondió que no, que estudiaba bioquímica. Relató que a su papá lo tiraron al suelo también y le ataron las manos con su propio cinto, lo sacaron con las manos atadas y los ojos vendados. Recordó que en la parte de adelante de la casa ingresaron 3 o 4; que golpearon solo a la declarante y a su marido. Agregó que su tía abuela vio cómo sacaron de la casa al marido de la dicente, con las manos atadas y los ojos vendados, como si fuera un delincuente. Dijo que él tenía 21 años al momento de los hechos. Dijo que luego supo que a su marido también lo buscaron en la casa de los padres de él, es decir, la suegra de la dicente; que fue su suegro el que los llevó a los secuestradores a su casa. Que su suegra presentó un habeas corpus, el que no tuvo éxito y las gestiones que hizo la declarante tampoco dieron resultado. Contó que su suegra anduvo muchísimo, y la declarante con su embarazo un poco menos. Recuerda que logró ir con su padre a la Comisaría Primera, que correspondía a su domicilio y que nunca fue citada. Precisó la testigo que no declaró en sede militar aunque luego reconoció su firma en una declaración prestada ante esa autoridad. Indicó asimismo que su marido antes del secuestro estaba nervioso porque había tenido noticias de que a un compañero suyo lo habían llevado. Precisó que los secuestradores tenían botas y que alguien le dijo que la muerte de su marido fue al poco tiempo del secuestro, casi inmediatamente luego del secuestro.

RAMÓN HERMOSILLA

Dijo llamarse Ramón Eleodoro Hermosilla. Precisó que jamás declaró en sede militar y negó la firma inserta en el acta que se le exhibió, obrante a fs. 5152 de la causa "Bianchi"; dijo que nunca tuvo cédula de identidad de la policía de la provincia; que se identificaba con carnet policial, no con cédula de identidad. Aclaró el testigo que es la primera vez que declara y que hace 22 años está en situación de retiro, fue a la escuela de policía, es oficial egresado de la institución. Manifestó que en el 76 cumplió funciones en el departamento central de policía y en dependencias o comisarías de la capital de Tucumán; que puede haber sido oficial ayudante u oficial auxiliar y que en algún momento cumplió tareas administrativas como ayudante del segundo jefe de la policía. Agregó que no puede recordar con precisión quién era el jefe de policía porque había asesores militares en todas las áreas. Relató que había dos personas de apellido Sirnio y que al Comisario Inspector Juan Sirnio sí lo conocía porque era instructor en la escuela de policía, pero nunca trabajó bajo sus órdenes directas ya que Sirnio estaba en el área operacional. Dijo que no recuerda cuándo lo mataron a Sirnio. Relató asimismo que había varios con apellido Yapura en la institución policial pero no recuerda que algún familiar de Yapura le haya pedido información o ayuda. Indicó que sus funciones administrativas eran de atención al público e internamente atendía el papelerío del área personal, judicial, logística, etc.; tenía que supervisar al sub jefe de sección para elevar luego al jefe. Dijo que no recuerda a Clara Nélida Medina de Bianchi. Recuerda que en todas las áreas había asesores militares, en personal, en sanidad, en todas las áreas. Expresó que tres estrellas blancas hacen alusión al cargo de oficial principal y tres estrellas amarillas, son de comisario principal. Dijo no poder precisar si cuando estaba Sirnio también estaba Albornoz. Agregó que era vox pópuli la existencia del SIC. Por último se le exhibió al testigo una notificación para comparecer ante la justicia militar, obrante en autos, la cual reconoció, pero seguidamente aclaró que no compareció a tal citación.

MARÍA PATRICIA RIZO

Dijo ser hermana de un desaparecido. Contó que tenía 11 años cuando secuestraron a su hermano la madrugada del 15 de abril de 1976. Al respecto dijo que entraron una docena de personas de sexo masculino, algunos vestidos de civil, otros de militar, algunos a cara descubierta, otros con la cara tapada, portando armas; buscaban al hermano de la dicente, quien ya no vivía allí porque se había casado y solo iba durante la semana a estudiar a esa casa. Recuerda que era la madrugada de un jueves santo, era fin de semana largo; las personas entraron a los gritos y preguntaban dónde estaba Oscar. Recuerda que a su padre lo tiraron al suelo, maniatado, y se lo llevaron para que dijera dónde vivía el hermano de la dicente, que vivía en Monteagudo 328. Dijo que su padre se llama Mamerto Francisco Rizo y aclaró que es el segundo esposo de su madre, por eso su hermano es apellido Bianchi y ella, Rizo. Recordó la testigo que de los que entraron a la casa, uno tenía tonada cordobesa; que de las personas que quedaron en la casa, una tenía tonada cordobesa y usaba una nariz de payaso de cotillón, era más rubito y estaba armado, otro tenía pelo ondulado y era más oscuro. Dijo que se llevaron elementos de trabajo de su padre, las pocas joyas que tenían, abrieron los roperos, parecía que buscaban cosas para llevarse, hasta la comida de la heladera se llevaron. Recuerda que cerca del amanecer volvió su padre y relató lo que había sucedido, dijo que mientras lo llevaban se preguntaban los captores qué harían con el viejo y decían que lo matarían. Recuerda la testigo que después se enteraron que Humberto Reyes Morales, a quien le decían sopa, también había sido secuestrado. Dijo que su padre le contó que cuando lo encontraron a su hermano, decían "por suerte ya lo tenemos a este". Precisó que a su padre lo soltaron en calle Monteagudo esquina Santa Fe. Dijo que apenas amaneció, su madre fue a la casa de la esposa de Oscar y ésta estaba muy nerviosa; tenía 23 años, estaba embarazada y deciden ir a hacer la denuncia en el Comando. Relató que en la casa de su cuñada, donde vivía su hermano, había otras personas, tías mayores de edad, que fueron golpeadas en el procedimiento en el que secuestraron a su hermano. Dijo que su hermano estudiaba bioquímica y era delegado de la facultad y que otros compañeros de su hermano, que también fueron secuestrados, fueron Romero y Del Castillo. Recuerda la testigo que en el Comando les decían que ellos no lo tenían y se negaban a darle información. Indicó que Lita Figueroa era una amiga de su hermano, de la carrera de enfermería, rendía algunas materias de bioquímica y el hermano de la dicente la ayudaba. Dijo que Lita es una de las chicas que fue a visitar a la madre de la declarante después del secuestro y le dijo que le presentaría a su hermano José Figueroa que trabajaba en la policía. Narró que Figueroa le dio alguna que otra información; por ejemplo, que vio que uno tenía tres estrellas en el uniforme y que podrían haber sido Sirnio y Albornoz los que entraron en su casa. Contó que Yapura también les dijo eso. Precisó que Yapura trabajaba en la Policía. Contó que su madre siguió buscando al hermano de la dicente y cerca del mes de mayo, Yapura le confirma que Hermosilla, quien era secretario de Sirnio, le pidió que hiciera una nota para presentar a Sirnio, entonces la madre de la declarante la hizo, pero todo quedó en la nada. Recuerda que luego Yapura le confirma a la madre de la dicente, que su hermano había estado en Confidenciales de la Policía. Contó que su madre fue a la Escuela de Famaillá a hablar con Arrechea; también fue al cementerio del Norte a husmear entre los cadáveres ya que eso le habían recomendado que haga; también fue a un cañaveral en "Los Vázquez", en junio del 76 y encontró 5 cadáveres, dos varones y tres chicas. Relató la testigo que su madre le contó que esos cadáveres estaban en bolsas y parecía que los habían tirado desde un helicóptero, estaban desnudos, torturados, desfigurados. Contó que en el 78 Bussi iba a hacer un desfile en la plaza Belgrano y en esa oportunidad la madre de la dicente le gritó a Bussi "dónde están mis hijos?!" y un grupo de civil las rodearon a todas las madres y ellas por suerte pudieron escaparse corriendo. Aclaró la testigo que ella estaba presente en esa oportunidad y recuerda claramente lo que relata. También dijo que su madre presentó un recurso de amparo en favor de su hija, la dicente, porque una vez ésta prestó un libro a una amiga del Colegio Santa Catalina y en el libro había un panfleto y la amiga le contó a la Directora del Colegio y se produjo un episodio muy lamentable con Monseñor Conrero a quien le presentaron una nota para que se la pasara a Videla y Conrero las insultó y les dijo que eran madres de extremistas y que podrían haber metido una bomba en esa carta. Recuerda que eso fue traumático para las madres pero igual siguieron insistiendo con los sacerdotes y hubo algunos seminaristas de la Rioja que las ayudaron. Dijo que todos estos hechos desarmaron a su familia porque les arrancaron el alma. Dijo que fueron perseguidos, que les ponían policías apostados en la puerta de su casa y que eso ocurría cuando su madre organizaba marchas o actos para pedir por los desaparecidos. Especificó que eso les pasó en el año 80 cuando tuvieron que salir a escondidas. Dijo que al poco tiempo del secuestro de su hermano, fue a su casa Yapura e hizo una especie de requisa de la casa. Dijo que Pocho Brizuela era uno de los seminaristas riojanos que las ayudaron a las madres. Relató que su madre le comentó acerca de un pelirrojo petiso y bajo que le decían "El 007", pero nunca supo ella cómo se llamaba. Aclaró luego que ella no pudo ver las estrellas en el uniforme de los secuestradores, como su madre dijo que vio, porque estaba en el dormitorio. Dijo que a posteriori del secuestro alguien les comentó que vio unas fichas con datos de su hermano, la esposa y su familia; que se decía que había una lista de gente desaparecida y que era manejada por la Iglesia esa lista.

JOSÉ LUIS DEL VALLE FIGUEROA

Dijo el testigo que prestó declaración indagatoria en la causa "Jefatura" hace uno o dos años. Precisó que fue indagado en la causa "Jefatura II"; que en la presente le dictaron la falta de mérito y que está procesado con prisión preventiva domiciliaria en la causa "Operativo Independencia".

JOAQUIN ENRIQUE IBAÑEZ

Dijo el testigo que hizo la conscripción desde diciembre del 77 hasta marzo del 79. Indicó que estuvo todo el tiempo en el Arsenal; que allí tuvo por compañero a Luis Alberto Soldati. Relató el dicente que él ingresó el 20/12/77 y Soldati en el mes de febrero. Contó que a Soldati lo conocía de la primaria y que luego lo conoció durante la conscripción. Recuerda el testigo que le tocó llevar a Soldati del distrito militar de la 25 de mayo, salieron por el portón del comando y lo llevó hasta el Arsenal junto con la clase recién ingresada, en la cual estaba Luis Alberto Soldati. Precisó que en el Arsenal, Luis pasó al campo de instrucción apenas llegó y le pidió al dicente que le buscara cigarrillos y otras cosas de su casa. Que nunca supo que Luis se haya ausentado de la conscripción, salió de licencia el 18 de mayo y había cumplido toda la instrucción que había durado más de un mes por la temporada de lluvia. Dijo que estando en el Arsenal, en todo momento, hasta que salió de licencia, lo vio a Luis. Que Luis salió con otro compañero que también se llamaba Luis, hasta la Ruta nueva, mientras el dicente estaba haciendo guardia. Precisó que el teniente Guerrero iba en un auto y lo levantó a Luis; que pasada una hora volvió Luis Alberto a la Compañía pero ya lo tenían en el auto, agazapado, agarrado. Indicó que pasaron los días y fue a buscarlo su padre; que Luis salió el 18 de mayo a las 11:30 de la mañana, iba con otro compañero, a ambos los subieron al auto, pero al compañero que iba con Luis lo bajaron en la terminal vieja. Recuerda el dicente que él estaba en el puesto "1" de guardia, vio salir a Luis y a su otro compañero hacia la parada de ómnibus, pasó luego en un Torino el Teniente Primero Guerrero y los alzó a los dos; a la hora regresa el auto con Luis adentro. Dijo que luego de eso no lo vio más a Luis Alberto. Respecto a Pedro Osvaldo Caballero, dijo haberlo conocido, era el jefe de la compañía. Recuerda que el padre de Luis luego se presentó en el Arsenal, habló con Caballero, el dicente presenció eso porque era custodio. Que el padre llegó como a los 4 días porque no aparecía Luis. Indicó que sus superiores eran Pérez y el Sargento Primero Vera. Recuerda al Mayor Caballero, a Guerrero, a Echeverría, a Castro, a Schwab y a Moreno. Dijo que entre los compañeros había comentarios de que no aparecía Luis Alberto. Precisó que eran 380 los conscriptos; que la instrucción se hacía antes de entrar a Tafí Viejo, donde estaba el campo de exhibición. Remarcó que los conscriptos tenían varias funciones, guardia, limpieza, logística. Refirió el dicente que él estaba en la cocina y Soldati estaba en otra sección, que las secciones eran comandadas por suboficiales, el teniente primero Echeverría estaba a cargo de la tercera. Precisó que Inocenti también estaba ahí, vivía ahí, pero no sabe que rol cumplía; que Shwab cumplía también tareas en la compañía y fue destinado a otro lugar. Dijo que las guardias eran 5 o 6, estaban donde comienza el predio de la compañía; se entraba al predio por el quincho, por atrás; había lugares a los que los conscriptos no podían pasar; por ejemplo a la parte de los quinchos y los polvorines el dicente solo iba con el Sargento González. Indicó que había un lugar donde se hacían trabajos de carpintería, era un taller, había civiles que también estaban ahí. Dijo que después del hecho no volvió a frecuentar a la familia Soldati. Recuerda que al predio ingresaba un sacerdote que tenía acento como extranjero, era una persona de unos 70 kilos; iba seguido a la frontera, hacía la misa y se iba. También dijo que vio personal de gendarmería; que el personal de gendarmería entraba por la zona del quincho, los víveres los llevaban en un unimog, por adentro, no por la ruta. Recuerda que gendarmería custodiaba la zona; que una vez cuando se quedaron sin gas en la cocina fueron hasta los polvorines a traer leña y encontraron un pozo, no tan hondo, con ropa quemada y huesos, entonces se asustaron y volvieron. Precisó que la fosa estaba apagada, que se acercaron a ver, eran muchos, se veían hebillas de cintos, estaba la guardia de Jujuy y Salta. Dijo que no vio a Bussi; que a Shwab sí lo vio, también estaba el Teniente Guerrero, había civiles, sacaban presos de la cárcel y los llevaban a trabajar, eran presos comunes y otros que los separaban. Recuerda el testigo que un conscripto se había pegado un tiro; decían que estaba a cargo del Sargento González, se llamaba Miguel Ángel Coria. Recuerda que con el apellido Coronel había un dragoneante y también "El Chueco" Coronel, que hizo el servicio con ellos, era clase 58. Recuerda el dicente que desde el puesto "1", que era de ingreso, veía el ingreso de personas y vehículos, veía el camioncito de víveres y había un "350" blanco que entraba hasta el fondo. Relató que el quincho no estaba muy alejado del cuerpo central del arsenal; que había autos particulares que usaban los suboficiales; que el único ingreso era por la puerta principal; que lo vio ingresar a Soldati en un vehículo con Guerrero y otra persona y Soldati iba atrás, agachado. Dijo haber visto el vehículo que decía "transporte higiénico de carne", por la noche y que eran permanentes los disparos. Recuerda que Soldati pasó para el fondo donde estaban los galpones. Precisó que por el tanque de agua, en un camino interno al monte, había una guardia de Jujuy y Salta que no les permitían ingresar. Dijo que no vio construcción alguna atrás; que en el puesto "3" había una especie de corral; que él llegó hasta la puerta del polvorín donde había casillas; que a la comida la llevaban cruda, cocinaban para la compañía nada más. Indicó que el Teniente Primero Guerrero iba haciendo ejercicio hacia atrás de los polvorines. Recuerda que había dos de apellido Sotelo. Indicó también el testigo que los días francos eran los viernes y sábados; los domingos se tenían que reincorporar pero quedaba una sesión de guardia, no salían todos juntos. Dijo que la casa de los Soldati estaba frente a la ruta y tenía una entrada de pinos; que a Cerpa lo encontraron muerto en el casino de los oficiales, esto lo sabe por comentarios y porque como estaba en la cocina, iba al casino. Dijo que siempre iban 4 o 5 gendarmes en el camión y salían por atrás del quincho; que en el taller cumplían funciones de lunes a viernes. Recuerda que dejó escapar a una persona que estaba a su cuidado; que éste le pidió que lo dejara escapar y él lo dejó; que cree que vive en Yerba Buena; que por eso le pusieron una sanción, y le hicieron hacer movimientos vivos en un lugar donde entrenaban los perros.

NORA RUTH VACA

La testigo dijo ser hermana de Raúl Vaca Rubio. Relató que Raúl era un joven que al momento de desaparecer tenía 22 años, estaba cursando medicina acá en Tucumán; antes de inscribirse en la facultad de medicina había ingresado a la Escuela Naval Militar a razón de que estaba recién operado del apéndice. Recuerda que en una oportunidad su hermano hizo un ejercicio de fagina y se le abrió la herida por lo que tuvieron una baja para poder iniciarlo al año siguiente, entonces el padre le pidió que ese año se prepare, que estudie algún idioma, lo que fuere posible dentro de las posibilidades económicas; el hermano no aceptó y se vino a Tucumán para ver qué carrera estaba disponible; comenzó a cursar medicina, cursó hasta 1976, rindió la última materia el 3 de agosto del 76 y el 18 de septiembre los visitó en su casa, en la ciudad de Metán, prometiendo volver en el mes de octubre. Recuerda que no volvió en esa fecha, hasta que los padres recibieron una carta donde el compañero de pensión le refería que el hermano no volvía a la pensión y que sus cosas parecían abandonadas entonces los padres viajaron a Tucumán y allí se enteraron que Raúl había sido buscado por la señora Rodríguez de Fiad, que lo llevó en su auto, él salió con un bolso con ropa, ellos creían que era para viajar a Metán, pero supieron por declaraciones de esta señora, ya que ella les comentó lo que había ocurrido, que cuando el hermano de la dicente iba a subir al auto, dos personas salieron de una camioneta, le preguntaron el nombre y lo obligaron a subir. Dijo que no tiene claro si subió al auto de la Señora Rodríguez o a la camioneta, porque al parecer a ella la obligaron a cambiarse de lugar y los llevaron a ambos con los ojos vendados al Arsenal y luego a la Escuelita de Famaillá. Indicó que los padres hicieron muchas diligencias; esta señora comentó que había sido detenida y liberada a los 30 días; los padres vinieron a verla y ella les contó. Que los padres siguieron haciendo investigaciones porque el hermano tenía mucha relación con el clero de Salta y el Obispo Pérez, que le da a la madre de la dicente una carta de presentación para Monseñor Conrero. Que éste, luego de entrevistarse con el padre de la dicente, le dice a Randizi que haga las investigaciones pertinentes, advirtiéndole que el ejército desconfiaba del clero. Dijo que Randizi les confirmó que su hermano estaba en la lista de los que habían sido detenidos por el ejército. Dijo la testigo que en el comando le dijeron al padre que no la acompañara mas a la madre porque podía correr la misma suerte del hermano de la dicente, entonces la acompañaba la testigo; que tenía también una carta para Monseñor Primatesta, entonces la declarante acompaña a su madre, las atiende el secretario y las hace esperar dos horas en la entrada del obispado; a las dos horas entreabre una puerta Primatesta y le dice "Señora estamos en tiempo de guerra no podemos hacer nada", entonces se volvieron a Metán, la madre siguió buscando todo lo que podía, se enteró que en la Capilla Stela Maris de Buenos Aires había otro sacerdote de apellido Graceli que ayudaba a los familiares de los desaparecidos; hicieron esas diligencias y después se supo que recababa información para el Ejército. Dijo que hicieron la denuncia en el Cels pero no tuvieron resultado satisfactorio; presentaron habeas corpus y denuncias. Dijo que su hermano no tenía participación estudiantil; que sí sabe que en algunas oportunidades almorzaba en el comedor de la facultad; que tenía un amigo de la pensión que se llamaba Rafael Vitalino Llanes, que también está desaparecido y era de Metán. Indicó que el señor Llanes trabajaba en el ferrocarril y estudiaba para asistente social. Dijo que no le suena exactamente el nombre de Luis Barangou, pero cree que es quien le mandó la carta avisando que su hermano no aparecía por la pensión. Recuerda que la Sra. Fiad llamó a Metán para avisarles que había sido liberada. Precisó la testigo que por los dichos de esta señora Fiad, el hermano de la dicente, Raúl, estuvo en Arsenales y en la Escuelita. Que en esa época la testigo tenía 14 años, en el seno familiar la desaparición del hermano repercutió de una manera terrible; a la fecha su madre sufre de Alzeimer, nunca pudo superarlo, tuvo muchos intentos de suicidio. Indicó que el colegio donde estudiaba la declarante estaba a la vuelta de la casa y los profesores conocían este problema entonces le permitían salir en los recreos para ir a verla a su madre porque el padre trabajaba en el ferrocarril y viajaba mucho. Refirió la testigo que tiene una hermana que en ese tiempo estaba casada con un señor que había sido diputado en el ultimo gobierno democrático y vivían en el exilio, entonces la que quedaba en casa era la dicente. Dijo que el colegio fue intervenido, sacaron al rector y tomó la rectoría Alcides Plaza, hoy fallecido; que éste les imponía un régimen militar en el colegio; que un día se acercó al curso y preguntó quién era Nora Vaca y le pidió que en el recreo se acercara a la rectoría y le dijo que tenía conocimiento de que la dicente tenía un hermano subversivo, un padre subversivo y un cuñado subversivo; que se tenía que manejar con cuidado en el colegio. También recuerda que en una clase de educación física se presentó este señor; había dos compañeras con patines puestos, las obligó a que le den los patines a la dicente y la obligó a que se los pusiera, ésta se cayó y se le paralizaron las piernas, estuvo dos horas con las piernas así, él ordenó que se evacuara y pasado un tiempo panfletearon el colegio y fueron de la policía; la llevaron a ella a declarar, un policía la tenía del cuello y otro la pateaba y le decían que diga la verdad. Que en ese momento ella tenía 17 años, ellos tenían un croquis de cómo estaban ubicados los alumnos en el curso y la obligaron a decir como estaban sentados en el curso, la tuvieron un tiempo no muy largo y la liberaron. Indicó la dicente que su hermano desapareció en el 76 y en el 77 la testigo se enferma y la derivan al policlínico de Tucumán y en las noches se aparecía un médico que decía ser residente, medianamente joven, llamado Félix Saba, y conversaba mucho con la madre de la dicente, quien le contó al médico lo que les estaba pasando, que tenían al hijo desaparecido; el médico éste todas las noches se quedaba conversando con ellas. Recuerda la dicente que estuvo internada entre 15 y 20 días, luego la madre tuvo que viajar a Metán, la testigo quedó sola un día, una enfermera la subió a un piso, el médico Saba la obligó a la enfermera a que se vaya y violó a la declarante, amenazándola con que si contaba lo sucedido, su madre y su padre iban a ser fiambres. Dijo que nunca pudo hablar de esto, porque no podía llevar un dolor más a su hogar. Precisó la dicente que con su familia sufrieron mucho desprecio. Recuerda que el 31 de diciembre de 1975 apareció un señor en una moto en la casa de Metán preguntando por el hermano y lo atendió la testigo, no se acuerda si era él o un pariente que estaba estudiando medicina; querían un esqueleto que tenía su hermano, le decían que se lo querían comprar; le contó a su madre y ésta le dijo que el hermano estaba en la casa de los tíos, esta persona fue y se lo llevaron al hermano a la central de policía de Salta, los padres fueron a Salta, pasaron toda la noche del 31 de diciembre en la plaza y el 1° de enero se presentó el juez y lo liberaron a su hermano. Recuerda que su hermano no comentó nada de esta detención, lo tuvieron detenido esperando la presencia del juez, suponen que demoró toda la noche por averiguación de antecedentes. Precisó que sus padres son Rubén Vaca y Perla Rubio, él está muy anciano, tiene mucha dificultad para hablar y problemas emocionales. Remarcó que en la capilla de Buenos Aires el que recopilaba datos era Graceli.

MARÍA EUGENIA OSORES

Dijo que el secuestro de su hermano fue el 17 de septiembre de 1976. En el primer allanamiento estando en la casa de su madre en Ranchillos, rodearon todo, eran muchos efectivos de distintas fuerzas, a ella la dejaron en la cama, uno era rubio, de tonada porteña, se quedó a la par, le movía la cama, la manoseó por debajo de las sábanas y le pusieron una ametralladora en los pies de la cama. A su hermana se la llevaron a la cocina, les pedían que dijeran dónde estaban las armas pero en la casa no había nada de eso, hicieron un desastre, le preguntaban si conocía de unas fotos. El maltrato que recibieron fue impresionante. Esa fue la primera irrupción en su casa. En la segunda oportunidad, el policía Albornoz, se quedó a un costado afuera. En el tercer allanamiento se llevan a su hermano, dijo, que fue muy violento, le gritaban a mi mamá para que les abra la puerta, los tiraron al piso , y rápidamente lo llevaron a su hermano, no lo dejaron ni vestir, se fue con una sola zapatilla, que su madre gritaba, para que no le pegaran, al irse les tiraron una frazada y les dijeron que iban a hacerlas boleta a las tres. Agregó que en el primer allanamiento identificó a Orce, en el segundo a Albornoz, del tercero participó personal de civil con las caras cubiertas, solo se les veían los ojos. Dijo que cuando se llevan a Carlos fue el 17 de Setiembre de 1976, a altas horas de la noche, participó mucha gente, estaban por todas partes, caminaban por los techos, fueron rodeados por completo. Agregó que luego del secuestro de Carlos esperaron que se hiciera de día y se fueron en ómnibus a la ciudad a avisarle a la cuñada, que luego fueron a la comisaría de Ranchillos y lo buscaron por todos lados, que presentaron habeas corpus, pero nunca hallaron nada. Dijo además que en el tercer allanamiento de la casa familiar le preguntaban por sus ideas políticas, lo insultaban por tener pensamientos diferentes y por sus ideales y le dijeron que se lo iban a llevar. Carlos era un militante como tantos que luchaba por justicia para un país mejor. Respecto al destino de Carlos, supo que estuvo en Arsenales, ya que alguien se lo confirmó a su hermana, en ese momento, él tenía 25 años.-Respecto a las actividades de su hermano, contó que trabajaba como en Ranchillos en un cargadero y los fines de semana se iba a la ciudad a ver a sus hijos. Aclaró que sabe que era la cuadrilla de Orce porque su madre y su hermana alcanzaron a verlo. Que a Albornoz lo reconocen porque estaba en la casa y luego cuando fueron a la ciudad iba en el colectivo donde ellas iban a la ciudad y de la rabia su madre le pegó un codazo en la panza y ella un pisotón. Con relación a Ferreyra dijo que lo vió, y eso puede asegurarlo, por eso se terminó matando. Luego del secuestro de su hermano sufrieron mucho, los dañaron enormemente, quisieron destruir a gente que sólo quería un país mejor. Los seguían permanentemente y los tenían amenazados, recibían llamadas amenazantes de parte del Malevo. Dijo que le costó mucho insertarse en la sociedad que es tan injusta que los marca como si fueran judíos o extraterrestres. Manifestó que fue horrible vivir tantos años sin libertad, dijo que siente que hoy podrá ser libre para decir su verdad y pide justicia. Con relación al primer operativo que hacen en la casa de su madre, en relación al evento del encuentro en el ómnibus con Albornoz dijo que lo reconoció porque era un policía del pueblo.

EDUARDO MARIO OSORES

Dijo en la audiencia que es hermano de la víctima Carlos Osores. Contó que el 19 de agosto de 1975 supo por su madre que habían secuestrado a su primo Víctor Hugo González, que fue en ese momento que le dijo a su madre que tenía que irse porque ese secuestro era un mensaje claro. Quedó en hablar con ella a los 15 días porque se estaba amenazando a todos los militantes políticos, sobre todo a los de la izquierda. A los 15 días se encontró con su madre en el lugar acordado, la entrada del Hospital Padilla y se dirigieron a una plaza para que ella le cuente del secuestro de Víctor Hugo, que a los pocos días de ese encuentro entró a la casa familiar Marcelino Suárez, diciendo que tenia que haber un censo, su madre le dijo que Carlos estaba en la capital con Matilde y los chicos y que él no estaba, que por supuesto, a su madre, le llamó la atención la actitud de esa persona que era conocido de la familia y que vivía como a 2 km de la casa. Dijo que a los pocos días hicieron un operativo en su casa, le ordenaron a su madre que abriera, la hicieron tirar al suelo junto a su hermana más chica, que a la más grande la hicieron recorrer la casa y les preguntaban por los libros y armas de Carlos, que en semejante cuadro su madre distinguió uniformes verdes, algunos con las caras cubiertas y otros descubiertas, que uno de los jefes del operativo en un momento dijo "que pase la cuadrilla de Orce" y era gente de la policía, revolvieron todo, hasta un depósito y un taller que alquilaban para ese entonces, luego, llevan a su hermana a la cocina, mientras otro uniformado estaba en el baño. Destacó que en ese primer operativo su hermana y su madre ven a Francisco Camilo Orce que estaba entre los efectivos. Agregó que pasados unos días su madre habla con Celso y Susana González y le cuentan que ambos reconocieron en el secuestro de Víctor Hugo González a Pancho Orce. Luego, a los pocos días tuvo lugar el segundo allanamiento, su madre había puesto muchas cosas trabando la puerta, entre ellas una máquina de coser pesada, golpearon en forma violenta y les ordenaron que abrieran la puerta, diciendo que eran de la policía, una vez que ingresaron, juntan a sus hermanas y a su madre en una cama y las interrogan por Eduardo, Carlos y por él, revuelven todo, recordando que era mes de agosto, en ese procedimiento vieron a José Albornoz, que era un policía de la zona. Agregó que realmente se vivía una situación de pánico, de terror, que era insoportable. Contó que tomó la decisión de irse a Buenos Aires porque su vida corría peligro, que al poco tiempo de llegar a Buenos Aires Carlos Raúl se va a Buenos Aires también, porque vio un operativo en casa de su suegro donde seguramente lo buscaban a él. Que en la Capital Federal, ambos consiguieron trabajo y alojamiento. Narró que durante los primeros meses del 76 Carlos se volvió a Tucumán, porque extrañaba a sus hijos, consiguió trabajo en Ranchillos y los fines de semana veía en la ciudad a su familia. En una oportunidad, contó, su madre viajó a Buenos Aires por un tramite previsional, y al volver, en la Estación de Ferrocarril la espera Carlos, se van a casa de los suegros y luego Carlos la acompaña a El Empalme, se queda a dormir allí y ese día se produce el secuestro. Recordó que antes de ese hecho una chica conocida de su hermana le dijo que le avisara a su hermano Carlos que iban a buscarlo, aunque lamentablemente su hermana no tomó real dimensión de la advertencia. De la noche del secuestro recordó que golpearon de manera violenta, era el 17 de septiembre del 76, que eso se lo contó su madre, entran abruptamente, dicen que eran de la policía, que buscaban a Carlos, le ordenan vestirse, no le dejan ni ponerse las dos zapatillas, con su sabana, a la que cortan en pedazos lo atan y lo vendan luego de romperla, lo golpeaban, su madre lloraba y pedía que lo soltaran, le dijeron que ya lo iban a devolver, su madre se levantó y en la galería de la casa lo vio a Mario Ferreyra. Que al día siguiente su madre y una de sus hermanas se fueron a hacer la denuncia, en la calle en un auto lo vieron a Carlos en un Ford Falcon claro, en la Comisaría de Ranchillos que era una base desde la cual se hacían las conexiones para hacer operativos. Posteriormente, dijo que le avisan a la esposa de Carlos lo sucedido. En relación con los trámites posteriores al secuestro, dijo, que buscaron a Carlos por todas partes. También contó que su hermana le dijo que en el primer operativo que hicieron una de las personas, alguien gordito, de rulitos, con perfume muy fuerte la violó. Le dijo que recién lo contaba porque en el momento temía que si lo hacía corrieran peligro sus vidas. De ese operativo participó Francisco Camilo Orce. Continuó relatando que para dar con el paradero de su hermano se fueron a la Comisaría próxima a la casa del suegro de su hermano, a Hospitales, a instancias administrativas del Estado y en Buenos Aires ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. En el segundo operativo los secuestraron a Augusto Andrés González y a Cristina, después los liberaron. Agregó que supo que su hermano estuvo en arsenal porque alguien de apellido Augier que estuvo allí secuestrado dijo que había visto allí a alguien que se identificó como Petiso Osores y que le dio la dirección de su suegro para que contara lo sucedido. Así pudieron comprobarlo. Al poco tiempo su hermana intentó contactarse con Augier pero como era un hombre grande la familia pidió que evitaran hacerlo revivir cuestiones dolorosas que pudieran afectarlo. Respecto a al la militancia política de su hermano Carlos, aclaró que fue un militante político de izquierda, como el, militaban en la liga comunista que tenía dos agrupaciones, la obrera de avanzada y la de los estudiantes. Ambas corrientes tenían delegados e inserción en distintos espacios institucionales. Carlos, María Cristina, Víctor Hugo eran militantes comprometidos con la situación que vivía el país y aspiraban a una sociedad sin opresión., que participaron en noviembre del 70 y en julio del 72, respectivamente, de los dos tucumanazos. Sobre el secuestro el 19 de agosto de 1975 de Víctor Hugo González precisó que por relatos de su madre y familiares de Víctor Hugo éste y Ricardo fueron secuestrados y llevados a la Escuelita de Famaillá donde fueron torturados, que Ricardo fue puesto a disposición del poder ejecutivo, y Víctor Hugo fue ejecutado en la Escuelita de Famaillá. De su secuestro participó según les dijo la familia, Francisco Camilo Orce. Precisó que la Comisaría de Ranchillos que dijo que formaba parte del terrorismo de Estado según le contó su madre partía de una conexión de Bussi con dicha comisaría. Que por la desaparición de su hermano dijo, él que junto a su madre y su hermana la denunciaron ante la comisión Interamericana. Sin embargo aclaró que como detenido político vivía en la clandestinidad por lo que desde ahí no era mucho lo que podía hacer. Su primera declaración es del 18/05/09. Acordaron que Graciela viniera a Tucumán a hacer la denuncia. Dice que como militante reivindica a todos los compañeros desaparecidos por la dictadura que querían un mundo socialista.

GRACIELA INES OSORES

Contó en la audiencia, que su madre había llegado de Buenos Aires, y su hermano Carlos decidió quedarse en su casa con ellas. Recordó que una amiga de la misma edad, 15 años, le había dicho que tuviera cuidado, que la policía andaba buscando a su hermano para llevárselo, pero que olvidó decírselo.El día del secuestro, dijo, abrieron la puerta a patadas, su hermano estaba durmiendo en el mismo dormitorio que ellas, estaban su hermana y su mamá, dormían todos juntos por el miedo, le preguntaron al hermano quien era, le dijeron que se vistiera, Carlos alcanzó a ponerse el pantalón y una zapatilla, rompieron una sábana y con eso le ataron las manos, lo tiraron al piso y lo golpearon y a ellas le decían que se quedara callada que no hablaran, que ella estaba sentada en la cama , su mamá gritaba y ella también, por lo que las obligaron a callarse diciéndoles que si no lo hacían las mataban, y que no salieran de la pieza. Recordó que este hecho fue el 16 de septiembre del 76, lo llevaron antes de las 12 de la noche. Dijo que el personal que intervenía estaba vestido de verde y el que lo llevó al hermano es el mismo que la violó a ella, que haciendo averiguaciones supo que el que lo lleva es el malevo Ferreyra que estaba vestido de pantalón de jean y un sombrero blanco. Agregó que se quedaron en la casa llorando, a la mañana temprano se fueron a tomar el Ranchilleño y que ahí iba José Albornoz que se reía y que la madre le dio un codazo, luego se bajaron en Ranchillos iban a la comisaría, en ese momento ven un auto Falcon claro que venía de la comisaría, en el medio iba Carlos desnudo, corrieron por atrás del auto para que lo dejen bajar, tomaron el ómnibus para ir a la terminal y vieron que las seguían. Contó que se organizaron para ir a buscarlo, salieron a las comisarías y a los hospitales. Respecto a procedimientos anteriores contó que ya habían ido efectivos policiales, la primera vez fue en agosto del 75 , en esa oportunidad también entraron a los golpes, su mamá se despertó y le dijeron que eran de la policía, la empujaron, y en el pasillo le preguntaban cosas, la trajeron a Pimpina González que venía con una sábana tapada, esos tipos entraron con máscaras como de hule que tenían agujeros en la nariz y en los ojos, recordó a uno de los hombres que tenía el pelo ondulado y era quien daba ordenes, otro tenía un piloto azul, de pelo claro medio ondulado tirando a ondulado con acento porteño, recordó que se llevaron a Pimpina después la dejaron tirada en un parque. Que a Mari la sentaron en un rincón del respaldar de la cama, uno de los tipos la sacó afuera para que le muestre el taller que su madre alquilaba al Nene González, aclaró que también había gente en el techo. Luego, dijo, la llevó adentro, en la puerta del baño, había un hombre parado, ella estaba en la cocina, la hace abrir el horno de la cocina y le dice que muestre las armas, la llevó contra la mesa y le decía que lo besara, al negarse , la beso a la fuerza, y le dijo "vamos a jugar un ratito" la empezó a manosear, ella quería escaparse donde estaba la madre y Mary en un momento vio al tipo del baño riéndose por lo que le hacía el otro, le dijo que se subiera a la mesa, la subió a la mesa, le sacó la bombacha y sacó algo del bolsillo y le introdujo una cosa, le puso el vestido en la cabeza y le decía "eso no te pasaría si tuvieras tu amigo aquí", "decime donde están tus hermanitos" "así que vos sos virgen" y gozaba con lo que le hacía, como ella gritaba le decía pendeja de mierda no grités, agarró un repasador y le puso en la boca y le ató en la nuca, le dijo "tu mamita no te debe escuchar", le agarró los brazos, y continuo diciéndole, "tu mamá esa puta de mierda". Luego, la hizo bajar de la mesa, ella sangraba le hizo poner el repasador que tenía en la boca porque sangraba para que la madre no se de cuenta y le hizo limpiar el piso, le dijo que no diga nada porque las iban a matar a las tres, se estaba bajando el cierre del pantalón cuando llegó otro tipo y le dijo ya está, la llevó al pasillo la hizo poner contra la pared con la cabeza contra la pared, y a la madre y a Mary, les dijo ahora vamos a ir a pasear, se llevaron todo lo que les había gustado, un reloj, un cheque de Carlos entre otras cosas. Respecto al segundo procedimiento, en el allanamiento estaban las tres y golpearon la puerta la madre había puesto la máquina de coser por el miedo, la corrieron, le dijeron "vayan para la pieza", el tipo que dirigía el operativo era morocho estaba de traje negro camisa blanca y corbata negra las hizo sentar en la cama, uno de los tipos que revolvía el ropero fue y dejó una ametralladora a la par de ella, a su madre era a la que más le preguntaban sobre el hermano y le decían que eran guerrilleros y que mataban gente y que por eso lo buscaban que eran peligrosos, después que revisaron todo, se fueron y les dijeron que no hablaran con nadie y que no los siguieran, este allanamiento fue a fines de agosto del 75, que cuando se iban les dijeron que no se movieran, salieron al pasillo y vieron a José Albornoz que era un policía de la zona. Recordó además que en el primer allanamiento cuando recién entran lo hizo uno de verde y otros de la policía de la provincia y dijeron "que pase la cuadrilla de Orce" y él se quedó en la puerta parado. Respecto a los trámites que hicieron a fin de dar con el paradero de su hermano, contó que, fueron a Buenos Aires a la comisión interamericana, y después en Tucumán también. Añadió que un día fue Marcelino Suárez, entró por el fondo y les dijo que andaba haciendo un censo y les preguntaba por Eduardo y por Carlos, si estaban trabajando y ellas le decían que Eduardo vivía con ellas y Carlos vivía en la ciudad, que lo que les llamó la atención era porque había entrado por el fondo vestido de policía cuando él no lo era, que después preguntó a los vecinos si los habían censado y los vecinos dijeron que no. Añadió que a Ferreyra lo ve en el último allanamiento cuando se lo llevan a Carlos, estaba parado en el zaguán y sacó al hermano. El pelirrojo era de apellido De Marchi averiguó eso porque militó en hermanos y trató de averiguar en Tucumán, dijo que cree que tenía que ver con la marina por la imagen, cuando lo miraba, él le pegaba porque no quería olvidarse de la cara, dijo que después no lo volvió a ver, dijo que tenía tonada porteña, tenía un perfume fuerte, porque recuerda que cuando se bañaba sentía el perfume ese. Contó que posteriormente cuando trabajó con chicha Mariani, al volver de La Plata, el hijo le dijo que la habían llamado porque había un juez Richarson que quería hablar con ella por el hermano, llamaron para preguntarle del secuestro del hermano, y también de su violación y la amenazó, diciéndole que podía tener problemas que hay querellantes y muchos testigos averiguando si era verdad lo que decía y que tenga cuidado porque tenía varios hijos. Aclaró que el doctor Janson la comunicó con el programa de protección de testigos y hasta ahora está con el programa.

JOSE ALBERTO VITALE

Contó que era esposo de María Trinidad Iramain, dijo que ella era licenciada en artes egresada de la UNT, y que trabajaba en una repartición del estado que se llamaba "Conducción De Turismo" allí, organizaba las exposiciones de arte que se realizaban (artesanales, de pintura, etc). Dijo que se casaron en noviembre del 73 y que tienen dos hijos, el primero nació en 1973 y la segunda en el 74. Relató que María tenía militancia, ya que el contexto universitario en el que estaban había mucha participación política, aclaró que él era de la facultad de filosofía y letras. Añadió que muchos de sus amigos habían sido secuestrados, algunos eran periodistas como Maurice Jeger del diario La Gaceta (cuenta que fue el primer amigo que secuestran en el 75 junto a la mujer de Jeger); Leandro Díaz, quien militaba en el peronismo. El 24 de julio de 1976, recordó que su abuelo vivía en la parte de delante de la casa, ya que ellos le alquilaban la de atrás, que alrededor de las 3:30 hs, de madrugada, le contó su prima, llegó un grupo de hombres, diciéndole que eran de la policía y que abrirían la puerta por la fuerza si ellos no lo hacían voluntariamente. Que lo primero que él recuerda es un puntapié en la puerta y que a raíz de eso se cayó, luego, que lo tomaron de la cabeza y arrojaron al piso inmovilizándolo; los niños seguían en la cama donde dormían, que luego se acercó una persona con una gorra que le cubría la cabeza, de baja estatura y que tenía alrededor de 50 años quien parecía que era el que dirigía, ese tipo, le dijo a su esposa que se vistiera porque iría a un lugar muy frío; cuenta que su esposa estaba trémula ante la situación, que la acusaban de pertenecer a un grupo muy importante que militaba en se momento. Relató que exhibían armas que revoleaban al estilo cowboys lo que hacía que la escena sea dantesca; que abrieron el refrigerador de la casa y tomaron cosas. Contó que él les pedía que no le hicieran nada a su esposa que se lo hicieran a él porque ella tenía que cuidar los hijos, que lo llevaran a él si querían llevar a alguien, que no lo escuchaban y que todo terminó cuando le ataron las manos con los pañales de uno de sus hijos para que no se moviera y le pusieron una ropa interior en la cabeza. Añadió que ninguno estaba con uniforme, que eran entre doce a quince personas. Recordó que tenían tonadas que relacionó con el litoral y por eso pensó que podían ser gendarmes. Dijo que ella iba con su campera de gamuza abrigada, pantalones de jean, botas y un sweater. Luego, vio que partían autos grandes, uno antiguo como los autos Valiant con una parte muy prolongada hacia atrás, color azul muy ostentoso, que en ese llevaron a María Trinidad, aunque también había otro auto más pequeño. En el procedimiento, dijo, que además le investigaron la biblioteca y le sacaron libros, unos escritos sobre la revolución francesa. Contó que las primeras gestiones fueron denuncias que hizo en la comisaría, que su padre trató de hablar con algunas personas que tenían cierto grado militar pero que le dijeron que no podía hacer nada. Manifestó también que las gestiones no tuvieron ningún resultado y recordó que alguien le dijo a su padre que esas personas posiblemente eran del comando. Contó que no pudieron saber dónde estuvo su esposa secuestrada y que tuvo noticias recién en los últimos años a raíz de las causas y que en esas causas había una señora de apellido Campos que hablaba de María Trinidad y destacó que esa fue la primera noticia cierta que tuvo. Relata que de sus amigos están desaparecidos Archetti, cuyas dos hijas tenían 30 años y eran compañeras de ellos en facultad de Filosofía y Letras y se exiliaron en Italia; el sobrino de su esposa José D Iriart y la esposa de José, Noemí Moti, también desapareció después de julio de 1976. Añadió que su madre se llama Elba Rodríguez de Vitale y que fue ella quien hizo una denuncia ante la CONADEP y un Habeas Corpus. Reiteró que al día siguiente del secuestro fue a hacer la denuncia a la comisaría 2da. Mencionó que desea saber qué pasó con su esposa.

RAÚL FERNANDO CAMPERO

Dijo que conocía a María Trinidad Iramain, porque era vecino de su esposo quien vivía en la Rondeau 134. Contó que un día al llegar a su casa tipo 3 de la mañana, dejó el auto frente a su casa, que cuando se da vuelta ve una persona alta con la cara encapuchada, que le dice "mándese a mudar", por lo que salió corriendo hacia Las Heras, todos hablaban de un allanamiento. Dijo que dos autos salieron a contramano y que él fue corriendo a su casa pensando que era allí porque sus hermanos militaban en política, pero cuando llegó advirtió que todos dormían. Que entonces salio de nuevo, y vio que el padre de José Vitale lo llamaba y gritaba que acababan de llevar a Trini, que ingresó a la casa y vio un cuadro tremendo, los chicos lloraban, José estaba con el torso desnudo y golpeado en la espalda. Relató que José Vitale le comentó que le habían dicho que no averiguara más. Dijo también que sabía que Trini trabajaba en la dirección de Turismo donde hacía cosas de arte.

LUIS FERNANDO DEL JESUS ROVETTA CLIVER

Dijo que no conoció personalmente a Lerner, sino por unos informes en el que trabajó, mientras se desempeñaba en la UNT.-. Contó que cuando retornó la democracia, la universidad recuperó su autonomía y al reunirse con Virla como rector, un primer Consejo Superior decidió conformar una Comisión de Derechos Humanos. Que en la navidad del 86 se conoció la ley de Punto Final, con el término límite de 60 días, el declarante como presidente de la Comisión con Darío Seu se avocaron en las vacaciones a recabar información sobre distintos hechos, trabajaron ese verano en el informe y el 20 de febrero del 87 lo presentaron, a título personal porque por la fecha el Consejo Superior no podía reunirse. Relató que el 6 de marzo nació la segunda de sus hijas y entre las 3 y las 6 de la tarde se llevaron su denuncia ya que probablemente buscaban documentos. Días después, una noche hubo un segundo intento de entrar, llamaron a la policía, les dijeron que no tenían nafta y nunca fueron, así, ese informe sobre desaparecidos prácticamente desapareció. Respecto a él, manifestó que estaba dividido en dos partes, una referida a estudiantes, docentes y no docentes de la UNT, la segunda parte estudiaba, no el acoso a cada universitario en particular sino a la universidad en general. Dijo que la UNT aún antes del golpe del 76 ya estaba militarizada, se supervisaba su funcionamiento. Respecto a Lerner, dijo que se cree que pudo haber estado alojado en la EUDEF. Agregó que su denuncia se dirige en especial al Coronel Barroso y a todos los otros que pudieran ser autores de delitos de lesa humanidad. Añadió que en el caso de las gestiones de Verdaguer y Landa -hoy fallecidos- ambos intentaron mediar por algunos profesores que habían sido separados de sus funciones. Aclaró que gracias a Laura Figueroa hace menos de 48 horas tuvo acceso a 40 de las 60 páginas del Informe, aun así, falta una parte de la primera parte referida a cada víctima, también una parte de la segunda parte que menciona a los rectores, asimismo, falta una parte del Anexo, éste, se refiere al servicio de seguridad y vigilancia en la UNT. Que en el 86 se presentó una lista de víctimas. En el 87 se hizo el Informe de la Comisión que el dicente presidió. Sassi y Sangenis le habían pedido firmar el Informe. En el 88 viajó a España por una tesis doctoral, regresó en el 89 por la muerte de su padre y allí le pidió a Campero el material de la Bicameral. Así, contó, que logró en España publicar un Informe que llegó durante la primera campaña del genocida Bussi. Con respecto al informe, relató que trabajó con todo el material que tenían porque solo contaban con 60 días para presentarlo antes del punto final. Dijo que el Servicio de Seguridad de la universidad coordinaba su actuación con el 142, la SIDE y la Jefatura de Policía; mencionó a Hauache como el que dirigía esa coordinación. Dijo que los estudiantes tenían que presentar certificados de buena conducta; y que Hauache no sólo preguntaba por los estudiantes de la UNT sino también por los estudiantes de la tecnológica y de la escuela Juan Bautista Alberdi de donde Lerner fue alumno. De las dos fuentes que cita, resoluciones de los rectores, en las que se habla de personal que se da de baja, simplemente porque esta desaparecido y carpetas del propio servicio de seguridad de la UNT, que coordinaba su actuación con la Jefatura de Policía, sólo se puede acceder a la primeras porque las otras le informaron que fueron remitidas a la comisión de DDHH del Congreso de la Nación. Posteriormente, dijo, en el 88 se gira a asuntos jurídicos de la UNT las fichas del servicio de vigilancia que se encaminaban al acoso de la comunidad universitaria. Dijo que no fue sencillo conseguir información de Rodolfo Lerner porque sus padres fallecieron; el muchacho, era un destacado estudiante de la carrera universitaria, que a finales del 74 trabajaba como químico en el ingenio Santa Bárbara, a él, contó, lo detienen y llevan a Devoto, pero luego se acoge a una amnistía y se va al exterior, que a su regreso es detenido en la frontera. Agregó que hay una publicación del diario La voz que referencia a un informe del CELS en donde se decía que Lerner había sido visto en Nueva Baviera; después se supo que también fue visto en Arsenales en donde lo habrían sometido a torturas particularmente graves que le provocaron heridas en las piernas (por el enterramiento), y que también le dijo a una compañera de cautiverio que estaba seguro que lo matarían. Relató que se comunicaron con un hermano de Rodolfo Lerner pero que no tiene interés en participar del juicio. Relató que en el informe se detallaba que en la EUDEF estuvieron detenidos todos los integrantes del cuerpo de delegados de bioquímica y también recordó a Juan Carreras quien fue secuestrado mientras rendía un examen. Supo que a ese grupo se les atribuía atentados que nunca habían cometido y mencionó uno en particular en donde se había visto salir a gente de la policía previamente al atentado. Dijo que 158 son los estudiantes universitarios que tienen registrados como secuestrados, pero esa cifra no es exhaustiva y que pueden ser más, al respecto menciona a una persona que fue víctima de un homicidio al bajar de un ómnibus al final del año 75 a quien ellos no tenían registrado. Contó que Ismael Hauache pidió aumentar el numero de personal a su cargo para que la vigilancia pudiera ser las 24 hs; en otra oportunidad pidió armas con la excusa de repararlas; en otro informe se detallan las características de las armas que les aportaban; también en otro informe se le solicitaba a Arrechea que no exija que le devuelvan las armas porque ellos las necesitaban; en otro informe el destacamento de inteligencia 142 hace referencia que Roberto Rojo de Filosofía y Letras había permitido un homenaje a Cuba durante su gestión; también consta de que había censura en la biblioteca central; y constancias de documentos en los que se arengaba a la población a denunciar si advertían grupos de jóvenes mudados en la época; igualmente hay un poema de Berta Notari de Soldatti en el que ella les pide perdón a sus hijos por haberlos hecho buenas personas y quizás eso les costó la vida; todo eso estaba registrado. Narró que el servicio de seguridad y vigilancia fue cambiando de dirigentes pero la etapa más crítica y que mayor cantidad de desaparecidos tuvo se produjo en la época de Bussi. Manifestó que Hugo Lindor Barrionuevo fue nombrado por Heredia para cumplir funciones en canal 10, por ello puede afirmar que este proceso comenzó antes del golpe militar. Destacó que Barrionuevo fue colaborador de Hauache. También dijo que la Escuela de Educación Física fue tomada como Centro Clandestino de detención y a la semana de asumir Hauache ya funcionaba como CCD; todo esto en el año 1975. Agregó que en un informe incluido en la documentación que posee, dice que el personal de la EUDEF pasará a depender de Filosofía y Letras. Que además de la EUDEF y la residencia universitaria de San Javier, el canal de televisión fue copado por las autoridades. Manifestó que incluso actualmente hay personal de la universidad que tiene cierto temor en dar su nombre cuando aportan datos sobre esa época. Opinó que a su criterio también fue afectada la libertad académica ya que se prohibieron ciertos autores. Finalmente dijo que sospecha que en el Congreso de la Nación pueden estar la denuncia del 20 de febrero del 87 que fue presentada en el Juzgado Federal, inclusive, dijo deben estar las carpetas con información acerca del servicio de seguridad y vigilancia. Respecto a las fichas que existían en el rectorado dijo que ve como remoto pero no descarta que las mismas pudieran existir en la actualidad; también manifestó que las resoluciones que colecta el informe pueden estar en el rectorado. Dijo además que la carrera de sicología fue clausurada durante la dictadura y que la carrera de filosofía tuvo un fuerte control académico, muchos autores y obras fueron prohibidos como documentos del Sedam, el Principito, y todo aquello que tuviera que ver con un pensamiento crítico, con la escuela de Frankfurt o con algunas líneas del marxismo. Relató que empezó su carrera en el 72 y terminó su licenciatura a finales del 78 por lo que dice que fue testigo de la desaparición de muchos compañeros como los hermanos Soldatti, y que Carlos recuperó su libertad por gestión de Yenie Valentie. Dijo que si conoció a Celia Georgina Medina quien fue detenida y quien le dijo que en la tortura dio el nombre de él. De bioquímica recordó a Nelly Borda, una muchacha Cabral vecina de los Lerner y quien comunicó a la familia de Lerner que éste dijo que estaba seguro que iba a ser ejecutado; destacó que la mayor saña que tuvieron los del servicio de seguridad fue con el cuerpo de delegados de bioquímica quizás por la cercanía que esta facultad tenía con el rectorado; también mencionó que perseguían a los extranjeros a quienes les negaban validaciones de títulos por ejemplo. Dijo que el trato que recibían los familiares de los alumnos de la facultad que iban a pedir ayuda por sus hijos fue ultrajante e incluso cuenta que hay constancias en las que les decían "a tu hijo no lo vas a ver más", que no le consta que se haya dado información oficial del informe de la UNT a la tecnológica. Agregó que tiene en su poder los 500 folios de la denuncia que se presentó ante la justicia federal. Aclaró que lo que tiene para aportar al tribunal es una antología de la actividad del Servicio de Seguridad y Vigilancia de la UNT y dice que ello integra la denuncia presentada en el 87 ante la justicia federal; dijo que no sabe cuándo se extravió en la justicia federal la denuncia y reitera que él la presentó en el 87 y en el 88 se fue a vivir a España. Añadió que María Isabel Jimenéz de Soldati fue decana de la facultad tecnológica y secuestrada de su casa y destacó que en el expediente se detalla cuándo fueron cesanteadas las personas que secuestraron y que algunos fueron cesanteados antes del secuestro y otros con posterioridad.-

ANGÉLICA SALADO DE TERRAF

Dijo ser prima de María Teresa Sánchez, a la que llamaban Mori Sánchez y era estudiante de psicología, vivía en calle San Martín 1328 junto a sus padres y a la declarante, que había venido de Catamarca a estudiar. Que en el momento de su secuestro estaban también la madre de la declarante que había venido de visita, también había una empleada. Relató que la noche del hecho, entraron alrededor de las dos de la mañana, la dicente desde el cuarto donde dormía sintió fuertes golpes en la puerta y al poco tiempo llegaron personas que rodearon su cama, le dijeron que se pusiera boca abajo, que no hablara, salvo cuando le preguntaran; le preguntaron dónde estaba su prima, ella les respondió que no sabía, porque como no dormían juntas, no siempre sabía dónde estaba; oyó a su madre gritar pidiendo por la declarante. Agregó que le preguntaron varias veces nombre y actividades suyas y de su prima Mori, sentía movimientos en el techo, se hizo de mañana y su prima no llegaba, sus tíos estaban adelante, ella atrás, su madre en otro cuarto; Mori recién llegó a las 4 o 5 de la tarde del día siguiente. Recuerda que sintió a lo lejos el portón de la calle que se abría, ya que la casa era larga, y luego escuchó un grito fuerte de su prima. Dijo que finalmente todos abandonaron la casa y se llevaron a su prima; que desde las 2 de la mañana hasta las 4 o 5 de la tarde del día siguiente todos permanecieron en sus respectivas habitaciones aislados, la declarante en un cuarto de atrás, su madre en otro cuarto, sus tíos en uno de adelante. Recordó que cuando abrieron la puerta vio una figura que le ordenó que no la mirara y que se pusiera boca abajo, sin embargo, pudo ver a una persona que tenía una cartuchera con un arma de fuego que se la puso entre las piernas diciéndole que dijera dónde estaba su prima y qué sabía de sus movimientos. Agregó que cuando le dejaron de hacer las preguntas reiterativas que le hacían, le dijeron que no se preocupara porque ella no tenía nada que ver. Recuerda que le preguntaban por su nombre aunque era evidente que lo sabían. Dijo que tanto la dicente como su prima tenían 26 años, si bien eran cercanas Mori era muy reservada, cada una con sus amistades, era una persona exquisita, muy buena, muy estudiosa. Precisó que los intrusos tenían un pañuelo en la cara, no recuerda que tuvieran una tonada de otro lugar o al menos en ese momento no lo advirtió; luego de que se llevaron a María Teresa, sus padres inmediatamente llamaron por teléfono a la policía informando del hecho. Dijo que no sabe acerca de los trámites posteriores. Agregó que sus tíos sufrieron muchísimo, que su tía era la menor de sus hermanos y que se pasaba los días sentada en un sillón llorando. Que no supo acerca de dónde estuvo detenida su prima, ni la volvió a ver. Recuerda que los secuestradores tenían un Handy por el que hablaban. Que cuando llegó su prima, desde los techos vieron que llegaba, pero no sabe si había gente afuera.-

MARÍA ISABEL LEAL

Dijo la testigo que trabajaba en casa de Homero Sánchez, el padre de María Teresa, era empleada doméstica cama adentro. Que en la casa vivían Homero, Aída, la hermana de Aída, Mori y una sobrina. Precisó que Mori era una persona sociable, buena, estaba recibida de maestra. Recuerda que el 2 de noviembre del 76 estaban en casa los nombrados y además la declarante; como a las dos de la madrugada llegó gente, los encerraron a todos, a cada uno en un lugar distinto; entró mucha gente, algunos quedaron abajo, otros subieron a los techos. Recuerda que toda la noche y todo el día estuvieron así; que Mori llegó a las dos de la mañana; que cuando la vieron llegar a Mori, le dijeron a la declarante que fuera a abrirle la puerta, pero antes que lo hiciera, Mori ya había entrado, escucharon que gritaba y luego se la llevaron. Refirió que quedaron dos secuestradores con ellos, hasta las 20 horas, antes de irse le dijeron que esperara 5 minutos antes de abrirle la puerta a los demás. Estima la dicente que en el operativo intervinieron 8 o 9 personas. Recuerda la declarante que fue encerrada sola en su habitación, que todos estaban en distintas habitaciones encerrados solos. Que durante la mañana llamaron del negocio de don Homero preguntando por él, una vez les dijo que se había dormido, porque la obligaron a que diga eso, otra vez dijo que se estaba bañando y finalmente desconectó el teléfono. Indicó que en la casa había un consultorio de uno de los hermanos de Mori, tenía dos hermanos, pero no vivían allí. Recuerda que en un momento entró uno de los hermanos y quedó encerrado en la casa. Precisó la testigo que los secuestradores estaban vestidos de civil y armados, luego de que se fueron todo era silencio y llantos, la buscaron por todos lados a Mori pero no la encontraron. Dijo que los secuestradores dejaron un cuchillo y un toallón sobre el auto, en el garaje. Aclaró que no recuerda bien si llegó uno de los hermanos; sabía que uno de los hijos llegó y no lo dejaron salir pero puede haber sucedido otra cosa, no lo recuerda bien, acotó. Dijo que la vestimenta era medio marrón o verde. Que quedaron dos personas custodiándolos cuando se llevaron a Mori, que permanecieron encapuchados todo el tiempo.

HOMERO ALBERTO SÁNCHEZ

Dijo ser hermano de María Teresa Sánchez que era estudiante y trabajaba como maestra diferencial. El declarante es médico, relató que ese día estaba trabajando en el sanatorio y su cuñada le avisó que había entrado gente a la casa de sus padres. Eran las 2 ó 3 de la tarde cuando fue a la casa de sus padres, tocó timbre, le abrió la empleada y al entrar vio intrusos, uno de ellos le apuntó con un arma de fuego y lo llevaron hasta la habitación donde estaban sus padres. Allí se quedó con ellos, quienes le relataron que habían entrado como a las 2 ó 3 de la mañana y que habían estado esperando a su hermana hasta que llegó, gritó y se la llevaron. Sintió movimientos de la gente, ruidos como de un intercomunicador. La empleada, quien parecía ser la única que se podía movilizar por la casa, le sirvió un té a sus padres. Como a las 6 se fueron, les dijeron que esperaran 15 minutos y luego que salieran. Reiteró que llegó como a las 2 de la tarde y a Mori ya se la habían llevado, no sabe a qué hora, cree que se la llevaron como a las 8 de la mañana. Había por lo menos dos personas, que directamente lo llevaron a la habitación. Cuando salieron, no sabían a dónde ir, tenían conocimiento de la situación del país y de Tucumán. Hicieron denuncias y averiguaciones, su padre sobre todo y su hermano, ya fallecido. Mori tenía un auto que le había comprado su padre. No recuerda que pasó con ese auto, no importaba ya eso. Pasados los años no supo sobre qué pasó con Mori. A su padre y a su hermano sobre todo, que trabajaban juntos, algunas personas le ofrecían buscarle datos por plata, pero nunca supieron nada concreto acerca de su destino final. Recuerda que un amigo de Mori fue secuestrado, de apellido Ramos. Dijo que supo de otra persona que tuvo problemas, pero que no sabe si desapareció, fue un novio de Mori llamado Carlos Pezza. Afirmó que su madre tuvo participación en una organización de derechos humanos. Recordó que unos tres años después del hecho en la iglesia de la Chacabuco hubo una misa en la que detuvieron a su madre junto a otras integrantes de una organización. Posteriormente siguió yendo a reuniones de madres y familiares de personas desaparecidas. Dijo que conoció a Ramos como amigo de su hermana, pero no a su esposa, ni sabe el nombre de ésta.

AMALIA CORTEZ

Dijo que trabajaba en un super de la localidad de las Termas, relató que el 19 de noviembre del 1976 salió del trabajo como a la 1:30 ó 2 de la tarde y cruzando una plaza encontró al chiquito llorando en el pasto al rayo del sol. Miró a sus alrededores y no había nadie. Levantó al niñito y fue al bar de la pileta y le preguntó si había alguien en el baño que se hubiera olvidado al chiquito. El Sr. del bar le dijo que no había nadie. No sabía qué hacer, se fue a la casa de su madre y le contó lo sucedido. El chiquito tenía como un año y medio. La madre le dijo que fuera a la Comisaría. Posteriormente fue a la Seccional 40, allí hizo una exposición de lo sucedido y se ofreció a cuidarlo hasta que apareciera la familia, le dijeron que no, que se lo quedaría la señora Lazarte de Medina de la policía quien ya tenía hijos. A las dos noches llegaron a su casa preguntando por ella, era el abuelo del niñito, le agradeció lo que había hecho por su nietito, era de apellido Cantos. Adentro del auto había dos señoras, le dijeron que eran de Santiago. El parque al que se refirió donde halló al niño es uno situado junto a la ruta, donde está la pileta Yantazuma. El niño estaba con un pantaloncito, una remerita y pañales. El chiquito estaba con hambre, pero en buenas condiciones, daba la sensación de que había sido dejado hacía poco tiempo. Sólo estaba transpirado porque estaba en medio de los rayos del sol. Apenas caminaba, no tenía chupete y lloraba, pero no hablaba nada.

MARÍA DE LOS ÁNGELES PETRA CANTOS

Dijo ser hermana de Germán Cantos, prima de Anabel y de Luis Cantos. Germán a la fecha del hecho vivía en Buenos Aires, vivía en un departamento con familiares (Ernesto y Juan Rafael Cantos) y amigos. Añadió que lo habían sorteado para la conscripción pero como tenía número 009 se suponía que no iba a hacerla. Sin embargo lo convocan, esto generó inquietud en la familia. La primera semana de agosto lo incorporaron al Batallón 141 de Santiago. Estaba en periodo de instrucción por lo que las primeras semanas no podía salir, había que ir a verlo. En la primera visita la declarante fue a verlo, le entregó una medallita y German le dijo que no fuera a verlo más, tenía 16 años, que no le gustaba que estuviera ahí. Relató que un día un primo de él fue a llevarle un dinero y le dijeron que había salido de franco. Su padre el domingo siguiente fue a verlo y le dijeron que si no regresaba lo iban a declarar desertor. El Jefe del Batallón era D'Amico. Como conocían a su esposa que era profesora de piano fueron a verlo y éste se puso muy nervioso. También hablaron con Correa Aldana. Dijo que nunca obtuvieron mayores datos. Recordó que un compañero de conscripción le dijo que German le había dicho que temía que le pasara algo. Ese compañero lo vio a Germán parado como asustado y se acercó y le preguntó qué le pasaba y éste le explicó que lo retuvieron por cuestiones de papeles y que estaba muy preocupado porque no sabía qué le iba a pasar. Dijo que ese compañero le propuso que se juntaran en una pizzería a la que siempre iban pero cuando volvió a salir ya Germán Cantos no estaba. Preguntó en la Guardia del Batallón pero nadie lo vio salir. En la pizzería le dijeron que Germán no había ido por ahí. Ese amigo se fue a su casa pero el lunes se dio con que Germán no estaba. Indicó que Germán había militado desde el año 73 al 74 en la facultad cuando estuvo estudiando en Tucumán. Recordó que era muy solidario, procedía de una familia muy cristiana en la que la solidaridad era un valor central. Al momento del hecho tenía 21 años. En su casa vivían en una pesadilla, sus padres buscaron por todas partes sin obtener ninguna respuesta. Un cura llamado Sebastián de Santiago les dijo que German estaba en Tucumán y bien. Añadió que en diciembre llegó alguien corpulento con el pelo muy corto que dejó una carta y se fue, era de German, allí intentaba tranquilizar a su familia, pero también inmovilizarlos. Les daba a entender que no movieran mucho el avispero. Dijo que para ese momento Adabel ya había sido secuestrada, el 19 de noviembre. La carta daba la idea de que su hermano estaba en un lugar donde intentaban reformarlo. Relató que llegaron a tener noticias de que los tres estaban bien, en una lista de recuperables. Llegaban noticias como durante un año, hasta diciembre del año 77. Dijo que siempre se referían a los tres primos. Recordó que a Luis lo secuestran en Buenos Aires en abril o principios de mayo del año 1977. Agregó que al poco tiempo de ese hecho una tía de Tucumán dijo que un señor llamado Héctor Justo había estado detenido con él y éste le había dicho "si salís de aquí hablá con mi tía y avisá que los 3 estamos en Tucumán". Ese hombre había visto también a Germán sirviendo comida. Relató que una vez que dejaron de tener noticias la cosa fue peor. Su madre desde el hecho nunca más pudo dormir una noche completa. Agregó que eran siete hermanos, German el mayor, todos sufrieron la falta del hermano, los destruyó y los estigmatizó. Dijo que la casa familiar fue allanada muchas veces, con soldados y ametralladoras. Buscaban a otro hermano suyo, a Roberto. Su casa daba casi patio con patio con la SIDE, dijo que cada vez que salía de su casa un policía de civil le pedía documentos absolutamente todos los días. Agregó que su padre era Francisco (padre de Germán), Antonio el padre de Luis y Juan padre de Anabel, ambos hermanos del padre. Supo que a Daniel Cantos lo asesinaron en octubre del año 1975. Agregó que supieron que Hugo Caldera era amigo de Anabel y vivía en Famaillá, desapareció en el año 75. Dijo que sobre German oficialmente no sabe si fue declarado desertor, sólo de boca le dijeron que iban a hacerlo. Recordó que del destino de Anabel supo que volvió a Santiago a su casa materna, crió a su hijo, que después del secuestro de Germán casi no salía de la casa, hasta que un día que el niño estaba molesto salió a pasear y allí la secuestraron con su niño que fue abandonado en Las Termas. Su tío pudo recuperar al niño. Aclaró que luego de la carta recibida de Germán las posteriores informaciones que recibían procedían según suponían de alguien que estaba ahí trabajando, pero no sabe cuál era la mecánica. Agregó que la carta de Germán llegó con remitente de Tafí Viejo, su padre fue a ese remitente y halló a una mujer, cree que la esposa del emisor que era obrero de los talleres de FFAA y que estaba trabajando en la policía. El sobre se perdió, no sabe esa dirección, no conoce el nombre del emisor. Dijo que habló con Osvaldo Pérez que le relató su cautiverio, que había visto a German que cantaba y repartía comida, y también le dijo que había visto a Anabel y que la visitaba semanalmente aparentemente un militar. le dijo que le llevaba algunos enseres personales, que tenía una atención muy especial con ella, era muy tierna y joven, se la veía muy vulnerable. Recordó que Osvaldo Pérez habló con la dicente hace aproximadamente dos años. Supo que aparte de Justo y Pérez hubo otros sobrevivientes como Juan Martín que los habían visto a los tres primos. Indicó que el lugar de detención era Tucumán, de Juan Martín y Osvaldo Pérez les llegó la precisión de que era el Arsenal. Con relación a la entrevista de sus padres con D'Amico reiteró que éste dijo "no es la primera vez que me hacen esto", pero que no supieron qué quería decir. Dijo que ese militar era jefe de la compañía donde su hermano hacía la instrucción. Manifestó creer que D'Amico era responsable de lo sucedido a su hermano. Sobre el asesinato de Daniel en Tucumán dijo que militaba en el PRT, tenía 19 años, supieron de su muerte por La Gaceta, allí se consignaba con fotos que había muerto en un enfrentamiento. Su tío (padre de Daniel), con su padre, vino a Tucumán a buscar el cuerpo, les resultó muy engorroso. Agregó que su padre le contó que en la morgue vieron el cuerpo de Daniel con las ingles cortadas e impactos de bala en todo el cuerpo: más parecía un fusilamiento que la muerte en un enfrentamiento. Recalcó que fue en octubre del año 75. Dijo que su hermano supuestamente salió de franco, pero nadie fue a la casa familiar a preguntar por él. Añadió que D'Amico no se ofreció a realizar ninguna gestión para dar con el paradero de su hermano.

JUAN RAFAEL CANTOS

Es primo hermano de Luis Cantos y vivía en Buenos Aires en la calle Charcas esquina San Martín el año 77 junto a Luis, Ernesto Cantos otros dos santiagueños Emilio Pablo Ferro y Carlos Gómez Alberto. Dijo que todos eran estudiantes de Santiago, Luis estudiaba economía en la UBA y trabajaba en una empresa. Luis se fue en el año 1974 y el declarante en 1976; Ernesto También en el año 76 y los otros dos chicos eran más grandes y estaban en Buenos Aires desde antes. Agregó que Luis haba vivido antes en Tucumán donde estudiaba ingeniería química y milito en el PRT por poco tiempo. Luego Luis fue a Buenos Aires tenía un grupo de la iglesia del tercer mundo con quienes militaba en Buenos aires sí conoció a su novia que también estaba en ese grupo. Relató que luego del secuestro advirtieron que les habían hecho inteligencia en la zona del departamento que habitaban porque pasaban cosas extrañas. El 22 de abril del año 77 a las 22:00 hs de la noche estaban todos en el departamento, los cinco y de golpe tocan el timbre del departamento y Luis lo miró al declarante y le hizo un gesto de preocupación y se fue a atender la puerta, cuando abrió entraron a los golpes muchas personas pateando mesas, Ernesto se metió a la pieza y el declarante vio que un chico joven vestido de civil con gorra y con arma en la mano, les gritaba que se tiren al piso; al declarante lo metieron en la pieza donde estaba Ernesto, luego lo sacaron de allí y le mostraron una foto carnet de Luis y le preguntaban si el de la foto era el declarante a lo que él dijo que no era él sino Luis y empezaron a golpearlo a Luis, aparentemente le preguntaban sobre dónde había estado antes de vivir en el departamento; mientras tanto los otros revisaban todo el departamento; de pronto le llevaron una foto de Daniel Cantos que era el hermano de Luis que habían asesinado en el año 75 y el declarante les dice que era Daniel, hermano de Luis y le empezaron a golpear al declarante y a Luis. Atan al declarante y lo sacan en el baúl de un auto donde iba solo; en el trayecto el auto se paró y abrieron y cerraron el baúl y alguien comentó que se le iban a reventar las manos, por lo que el declarante supone que le habían atado ajustadas las manos a alguien dijo que lo ataron y metieron en una pieza y estaqueado comenzaron a torturarlo; en otra pieza lo tenían a Luis y el declarante suponía que le hacían lo mismo porque gritaba. Relató que las preguntas eran sobre dónde estaban las armas, qué hacían en Buenos Aires, insistían con el tema de las armas y sobre la actividad de Luis en ese grupo de la iglesia, le preguntaban quiénes eran los curas que estaban en ese grupo. Agregó que se acordaba de un cura Orlando Osorio que había estado seis meses en la ESMA; cuenta que así fue toda esa noche y que en un momento el testigo dijo que les manifestó que no militaban en nada y que sólo eran tres primos que estudiaban, a lo que preguntaron cuál era el tercer primo él contestó que Ernesto y empezaron a patearlo a Ernesto también a quien habían dejado afuera cerca de los autos y allí los golpearon. Uno de los captores le dijo "flaco te salvaste". Después se enteraron por los otros dos muchachos que vivían con ellos y que también habían sido llevados allí, que los captores deliberaban entre ellos acerca de qué harían con ellos y alguien dijo que el declarante y Ernesto no tenían nada que ver. Luego los soltaron a todos menos a Luis, los dejaron en una ruta cerca del autódromo y antes le dieron al declarante el reloj de Luis y le dijo que si volvía no saldría más. Contó que estaban de civil, a cara descubierta con vaqueros y armas. Manifestó que nunca pudieron averiguar donde los habían llevado pero que calcula que anduvieron 20 minutos en el auto. Después averiguaron que había sido el ejercito, y explicó que al día siguiente llegó el padre de Luis, quien se había encontrado con un amigo en la Calle Corrientes, que se llamaba Adolfo Pru, quien le dijo al padre de Luis que tenía un amigo de la policía federal que en ese momento estaba en el comando del ejército y le explicó que él coordinaba las actuaciones entre la marina, el ejercito y allí figuraba Marcelo T. de Alvear 464, antes le decían Charcas, 6to piso depto. 11 y en la agenda de ese señor García figuraba el operativo en el depto., que fue un operativo pedido del norte. Agregó que si supo que a Luis lo llevaron en un auto de la SIDE de Santiago del Estero desde Buenos Aires a Tucumán junto a otro chico que no sabe quién era. El testigo dijo que es hermano de Anabel Cantos a quien secuestraron el 19 de noviembre de 1976. Añadió que German Cantos fue secuestrado el 03 de Septiembre Cuenta que a través de un sobreviviente Justo se enteraron que los tres Cantos estaban en Tucumán. Dijo que antes de que la secuestraran a Anabel había habido un problema porque entraron a su casa y su padre fue a hablar con Musa Azar, por eso la escondieron a Anabel diez días en otra casa. El 19 noviembre del 1976, Anabel salió a pasear con su hijo Daniel que estaba muy molesto de un año y seis meses y nunca volvió, después encontró al hijo de Anabel en una plaza de Las Termas una señora y lo llevó a la policía. Relató que Anabel era la hermana que le seguía y estudiaba psicología en Tucumán y militó en el PRT pero sus padres los llevaron de vuelta a Santiago, Anabel quedó en Tucumán en una pensión en pareja con Hugo Caldera y fueron a vivir en Famailla en el año 74; trabajaba en una fábrica; en el año 75 nace su hijo Daniel en la capital de Tucumán con muy poco peso y a Anabel la atienden bastante mal. Contó que Hugo Caldera tenía que volver a Famailla por dos días y así lo hizo pero no volvió más; relató el dicente que al no volver el marido, Anabel ya suponía que algo había pasado porque lloraba mucho mientras lo cambiaba a Daniel. Así fue que Anabel vuelve a Santiago a protegerse con su hijo y vivía en la casa paterna, estudiaba geografía y tenía 20 años cuando la secuestraron. Supone el testigo que el momento más duro para su hermana debe haber sido cuando la separan de Daniel y el auto arranca sin él. Manifestó el declarante que supone que su hermana habrá tenido algo de paz cuando se encontró con Luis porque éste ya sabía que Daniel su hijo estaba a salvo. Germán Cantos era su primo, vivía en el departamento de Buenos Aires y había sacado número bajo en la citación del ejercito pero luego le llegó una citación, por lo que volvió a Santiago a incorporarse al ejército; relató que su tío no sabía qué hacer si lo presentaba o no al ejercito. Manifestó que en Santiago sabían que los chicos Cantos habían militado en el PRT y por eso pensaron que iba a estar más seguro en el ejército. Así un día, en el segundo franco, lo demoran a German porque le faltaba una firma de D'Amico su jefe de compañía en un papel y un compañero de conscripción José Iglesias, le contó Germán que tenía miedo y le pidió que salieran juntos, por lo que ese amigo se vuelve a la oficina a dejar algo para salir luego con Germán y cuando volvió ya no estaba Germán y ese muchacho preguntó en la guardia y le dijeron que no había salido nadie. Agregó que Germán le había dicho a Iglesias que si salía antes iría a la pizzería las Cuartetas, Iglesias también fue a buscarlo ahí y no lo encontró. Después supieron que también Germán estuvo en Arsenales. Dijo el declarante que su padre habló con Correa Aldana a cargo del regimiento 141 de infantería, con el obispo de Santiago Tato quien lo mando a que se entrevistara con Primatesta, con la gente del Ministerio del Interior, se presentó ante la comisión de OEA cuando vinieron a Argentina en el año 79, presentaron Habeas Corpus, etc. pero dice que todas las respuestas eran iguales: nunca supieron nada. Agregó que hace 6 o 7 años el estuvo en Santiago con Marcos Somiliana del EAAF, quien le comentó que conocía a alguien que había estado en Arsenal con su hermana, y al poco tiempo le manda un correo electrónico el sr. Osvaldo Pérez a quien le dicen el chaqueño y éste le cuenta que estuvo con Germán y Anabel en el arsenal pero no dice nada de Luis. Contó que en ese primer correo electrónico, Pérez hace mención de un militar que hablaba con Anabel, llamado Fernando Torres quien le había prometido cosas que no le cumplió. El testigo relató que un día Pérez lo llamó por teléfono y acordaron un encuentro también con los otros parientes de sus primos y se encontraron en la sede de la Asociación por la Memoria, Verdad y la justicia y les contó que primero llegó Germán, Luego Anabel llegó muy deteriorada por la tortura y que había estado previamente en Nueva Baviera. Dijo que Anabel en una carta que les había enviado antes del secuestro le contó a la familia que se habían mudado a un lugar que se llamaba Baviera. Añadió que la familia recibía noticias de los tres primos Cantos mensualmente mayo, junio, julio, Agosto del 77 y que la última era una de diciembre del 77 que decía que ya no estaban en Tucumán. Supusieron que los mataron en Diciembre del 77 pero Pérez les dijo que él salió en junio o julio del 77 y que los Cantos ya no estaban en el Arsenal. Juan Martín También los vio, pudo conversar con Teresita Hazurún quien le contó la misma situación de que Anabel se veía con un militar que le decía que la iba a legalizar. En una oportunidad les dijeron que busquen en el sur. Manifestó que no sabe cómo es que les llegaba esa información a la familia, alguien les daba esa información pero no sabe cómo llegaba. Expresó que la carta de Germán desde el cautiverio llegó con remitente y que su tío fue a la dirección de Tafí Viejo que señalaba la carta y habló con la mujer del hombre quien le dijo que su marido trabajaba para la policía y que se ausentaba por varios días y luego volvía, pero dijo que su tío nunca lo encontró. Relató que Pérez le comentó que algunos gendarmes que tenían esa práctica para pedir dinero o por compadecerse de los detenidos, aclaró que el nombre de ese hombre y la dirección se perdió. Relató el testigo que cuando volvió de Buenos Aires lo siguieron durante un año aproximadamente pero que no lo amenazaron, sí dice que había un vacío social importante hacia ellos. Relató que una vez le dijeron que una Sra. Nora Cajal había visto a Germán, en el Arsenal pero después resultó ser un error. Expresó que el militar con quien dijeron que Anabel hablaba no tenía relación con la familia, pero mencionó que su madre fue presidenta de los cursillos de cristiandad y un grupo de la iglesia y que le contó que tenía una amiga en Tucumán tenía un hijo en el ejército, pero nunca supieron quien era esa mujer. No supieron quién era Fernando Torres, sólo supieron por Pérez que era un militar que tenía una alta responsabilidad en la represión y que entraba cuando quería y no tenía que pedir autorización. Dijo que Pérez les contó que Torres también le llevaba a Anabel elementos de limpieza. Relató que en el año 2007 encontró un archivo en la Asociación sobre una nota que había hecho un oficial que pertenecía al batallón 601 de inteligencia, relatando su participación en algunos operativos y éste hombre decía que sí había participado en Santiago del Estero en el secuestro del Dr. Lezcano, Salomón, Giribaldi, Di Quiara y Anabel Cantos, de Anabel dijo que tenía 20 años y estudiaba geografía. Y ese hombre decía que había participado en el secuestro, interrogatorio y fusilamiento de algunos de los que menciona este hombre se llamaba Orestes Estanislao Vaello, quien fue ubicado y está trabajando al frente de una ONG que se dedica a proteger el medio ambiente en Paraguay. Dijo que ese hombre luego dijo que la CONADEP le había pagado para que dijera eso y luego supo que se decía que ese hombre había estado internado en un neuropsiquiátrico en Entre Ríos, manifiesta que ese Vaello era suboficial según lo que recordó. Nunca supieron más de Vaello. Expresa que Primatesta contestó una misiva a su familia diciendo que no podía hacer nada y que los acompañaba. Cuenta que la madre era amiga de un brigadier Basilio Lamidozo quien le dijo era difícil que pudiera hacer algo porque su fuerza estaba peleada con el ejercito. En cuanto a la declaración de Vaello en la CONADEP, el testigo tenía una fotocopia de un documento que tenían en la asociación por la Memoria, Verdad y Justicia de Santiago del Estero, que no la pudo encontrar para traerla pero que la seguirán buscando.

ALICIA MARÍA CANTOS

La testigo es hermana de Anabel Cantos. Dijo que Anabel era mayor que la declarante y era una hija modelo en su familia, era una chica común y distinta a la vez y expresó que tanto Anabel como sus primos eran brillantes; en cuanto a Anabel relató que desde niña era muy madura; manifestó que pertenecen a una familia grande de mucho amor con padres muy presentes en la vida de sus hijos. Agregó que Anabel estudio el colegio secundario y luego vino a Tucumán con un grupo de primos y amigos y vivían en una casa que alquilaban a un matrimonio que habían sido profesores de ellos y conocían a su papá. Relató que les escribía siempre cartas en las que era muy cariñosa y que en esas cartas los nombraba a cada uno. Agregó que Anabel se casó con Hugo y que compartía junto a sus otros primos inquietudes que no eran iguales a las de otros chicos de su edad, y que se juntaban a leer y pensar cómo hacer un mundo mejor. Manifestó que los cinco miembros de su familia que fueron víctimas de esto encontraron el sentido de sus vidas desde muy chicos. Dijo que nació Danielito, hijo de Anabel cuando vivían en Famaillá y ambos trabajaban en fábricas diferentes. Añadió que no sabe cuándo empezaron a militar y que a veces invitaban a la dicente y pudo ver que había mucho afecto hacia su hermana. Relató que cuando nace Daniel, el parto fue complicado y el bebé era muy chiquito por lo que Anabel se quedó en la casa de unos tíos en la capital tucumana mientras que Hugo, su marido, iba y venía de Famaillá. Recordó que el último día que su hermana lo vio a Hugo, la declarante estaba visitándola y aquel le preguntaba a Anabel si se animaba a ir a Famaillá, pero prefirieron que se fuera a Santiago a recuperarse un poco. Contó que esa fue la última vez que su hermana vio a su marido. Después Anabel volvió a Tucumán y luego la llevaron a Santiago del Estero donde empezó a estudiar licenciatura en geografía pero indicó que su padre no la dejaba ir a ningún lado sola porque tenía miedo que le pasara algo. Mencionó que luego de que desaparece Germán, Anabel se comienza a preocupar mucho y cuando salían ambas a caminar le comentaba a la testigo que no sabía si irse o quedarse. Dijo que una mañana del 19 de noviembre su madre tenía que hacer unas compras y se fue al centro, recuerda que su madre estaba embarazada, y ese día Anabel le dijo a la declarante que Daniel estaba molestito y que lo llevaría a pasear y esto fue lo último que hablaron, que cuando su hermana salió la testigo se quedó lavando ropa en la casa. Recordó que cuando su madre llegó al mediodía preguntó por Anabel y no la encontraron en la casa y dijo que en ese momento ella advirtió que hacía tres horas que había hablado con su hermana y nunca pensó que algo le podría haber pasado. Así empezaron a hacer llamadas y denuncias. Después le avisaron a su padre que habían encontrado a un niño en la ciudad de las Termas con las características de Daniel, y le dijeron que lo hablaban porque el niñito tenía un papel de cigarrillo que decía el nombre de la familia y la dirección. Relató que fueron con su padre a las Termas, a la comisaría a recuperar al niñito y que a las 23:00 hs. la dicente y su padre fueron a la casa de la Señora que tenía al chiquito y lo llevaron a la casa. Supuso que en ese trayecto desde la ciudad de Santiago a las Termas Anabel iba en ese auto seguramente implorándoles que dejen al niño en cualquier lado. Y es así que lograron recuperar a Danielito. Manifestó que no sabían que hacer, que sus padres no dormían y que era difícil no enloquecerse, que su padre encaneció en un mes y que sentían mucho dolor, tristeza, rabia, rencor quizás; y mencionó que también había esperanza. Contó que la familia canalizó todo eso trabajando con el amor, dando más amor, trabajando con asociaciones solidarias, otros agrupándose en la búsqueda interminable de los que no estaban. Dijo que su padre hizo la denuncia en la policía y que posiblemente esa fue una de las pocas veces que Anabel salió sola. Relató que pudieron averiguar que Anabel había sido llevada primero a un lugar que se llama Baviera y que luego llegó al Arsenal en mal estado por la tortura; supieron que estaba en el pabellón de mujeres en Arsenales por averiguaciones clandestinas que hicieron y por aportes de gente que se solidarizó con ellos. Agregó que Germán había mandado una carta a la casa y por eso sabían que los tres estaban ahí y que estaban bien. Dijo que se hicieron muchas denuncias, se buscó ayuda en la iglesia ya que ellos eran una familia católica; pero añadió que Monseñor Primatesta les dijo que las autoridades de la iglesia no tenían ninguna posibilidad de ayudarlos pero no obstante esto hicieran una nota; también denunciaron en Naciones Unidas. Manifestó que integrantes de su familia se encontraron con personas que les dieron datos de Anabel y sus primos. Relató que lo que ella sabía de Luis era que él se había vuelto de Tucumán para ir a estudiar en Buenos Aires; supo que se enamoró en Buenos Aires y quería casarse, que en mayo del año 77 fueron al departamento a buscarlo y los secuestraron a todos, luego los dejaron en libertad en unos cañaverales y advirtieron que faltaba Luis. Luego supieron que la orden había partido del norte y que por eso lo trasladaron a Tucumán. De Germán Cantos relató que estaba haciendo "la colimba", el servicio militar, pero que pese a que le salió un numero bajo lo llamaron y el se presentó; y dijo que un día que uno de ellos fue a llevarle dinero les dijeron que Germán había salido y era desertor. Agregó que la información que les llegaba no conocía de dónde provenía pero que cuando eso ocurría se reunían todos en la familia, los padres. Dijo que le suena el nombre de Fernando Torres. Expresó que la iglesia no los ayudó en aquel momento, dijo que quiere encontrar a su hermana y llevarla a casa y que no esté donde otros quisieron ponerla. Manifestó un reconocimiento a su hermano Juan, porque para la dicente fue la primera vez que habló de esto pero que su hermano jamás los dejó de buscar y que pagó un precio por eso. Remarcó que espera que las decisiones que se tomen en este juicio bendigan a los muertos y a sus familias y los ayuden a curar las heridas.

REYNALDO JIMÉNEZ

Brindó su testimonio al Tribunal diciendo que es hermano de Isabel Jiménez. Sobre Isabel contó que se dedicaba a la docencia, preparaba alumnos. Era muy solidaria con la gente. Que fue profesora de la Escuela Normal, de matemáticas e inglés. Trabajaba en la radio a la noche y de día enseñaba en la Escuela Comercio, en la Universidad Tecnológica Nacional y que de allí también fue decana en el año 74/75. Recordó que después que la hermana renunció en el año 75 les pusieron una bomba en su casa de noche. Que vivían en Italia al 500 junto a sus padres, el dicente y su hermana con su esposo. Que a la bomba la pusieron debajo de un auto Dodge 1500 y que la onda expansiva destruyó la cocina y el living comedor. Que recibieron muchas versiones sobre lo sucedido pero nada concreto. Los vecinos no se querían comprometer por miedo. Dijo que fueron a la Comisaría y a la justicia federal y no le recibieron la denuncia. Manifestó que su hermana fue secuestrada. Explicó que el viernes 27 de mayo de 1977 al mediodía el declarante tenía el casamiento de unos amigos suyos, Rojas y Augier, hacían el almuerzo en la confitería "El Duque" en San Lorenzo y Congreso. Que le pidió a su hermana un equipo de música y una caja de cassette para poner música porque el evento era familiar. A la tarde Roque Augier, su amigo lo invitó a una cena para festejar el evento de su hermana Rosa Augier en un campo. Siguió recordando que cuando regresaron en las primeras horas del día 28, llegó a su casa y le llamó la atención que había puertas abiertas y luces encendidas. Que su madre salió a los gritos diciendo que se habían llevado a su hermana. Una prima que estaba en la casa le contó que encañonaron a todos, que le dijeron a Isabel que se abrigara que se iba con ellos. Señaló que revolvieron todo, que le llevaron el equipo de música que justamente había pedido prestado para el casamiento, plata, joyas de la familia. Que salió a buscar a su hermana junto a su hermano (fallecido recientemente), que era Doctor en química. Explicó al Tribunal que se dirigieron primero a la Brigada, donde pidieron hablar con el encargado para contarle lo sucedido pero no pudieron. Luego fueron a la Jefatura, se bajaron, allí los pararon y apuntaron, les dijeron que a esa hora no podían ingresar, que eran como las 5 de la mañana. También fueron al Arsenal porque el dicente recordó un amigo de un amigo de apellido Inocenti que trabajaba ahí. Que llegaron a la calle lateral, al portón y los soldados de guardia les dieron que se alejaran de ahí. Que preguntaron por Inocenti y les dijeron que no estaba ahí. Estimó que el secuestro fue a las dos menos cuarto de la mañana. Seguidamente contó que un vecino de 25 de mayo e Italia le dijo diez años después que cuando llegaba a su casa vio un operativo que había cortado la calle de 25 de Mayo e Italia y Muñecas e Italia, que no le había contado antes por miedo y que andaban los del operativo en una camioneta. Que ese vecino ya falleció es Edgardo Escobar, compañero de su hermano en la escuela de Agricultura. Añadió que luego armaron un curriculum de su hermana y se presentaron en el comando y pidieron audiencia con el Tte. Cnel. Llamas, que le dieron en mano el curriculum y les dijo que ya vería lo que podía hacer. Que siempre junto a su hermano recorrieron toda la provincia para ver si alguien podía darles algún dato sobre Isabel. Señaló que dos veces quisieron hacer la denuncia en el juzgado federal pero no las recibieron. Al llegar la OEA a Buenos Aires fue la primera vez que les tomaron una denuncia. Que también cuando la OEA llegó a Tucumán presentaron una nueva denuncia. Que tuvieron contacto con las Madres de Plaza de Mayo de Buenos Aires y Tucumán, así conocieron a la Sra. Campopiano que les contó lo que podría haber pasado con su hermana. Según lo que averiguaron su hermana fue llevada a jefatura y de allí al Arsenal, concluyó eso de los distintos testimonios que escuchó. Explicó que en una oportunidad su hermano le dio a un militar un auto y plata a cambio de que averiguara el destino de su hermana pero que desapareció, nunca supo su nombre, "fue un cuento del tío". Indicó que al momento del secuestro su hermana estaba embarazada luego de haber hecho un tratamiento, estaba de unos dos o tres meses. Dijo que su compañero Luis Valdez es un desaparecido, que todo el mundo tiene un conocido desaparecido.

GLADYS ESTELA JIMÉNEZ

Dijo ser hermana de la ingeniera María Isabel Jiménez, la que trabajaba en la Escuela Normal y fue decana de la UTN (Universidad Tecnológica de Tucumán) durante la época de Perón. Señaló que más allá de su cargo de gestión no le conoció la familia ninguna militancia política. Buscaba mejorar la educación, luchó para que la Escuela Normal tuviera un edificio propio. Que en el 75 habían puesto una bomba en su casa, pero nunca se supo quiénes fueron los responsables. Sobre el día de los hechos, señaló que el 28 de mayo de 1977 su hermana fue secuestrada en la madrugada. Horas antes la declarante estaba -el 27- con su esposo y su hija de un año, reunidos con unos primos llegados de Santiago. Su hermana ya había sido dejada cesante de todos los cargos salvo de una escuela Técnica de la Avenida Mitre. Al llegar a la escuela el preceptor le dijo que habían despedido a todos los alumnos, empezó a regresar caminando y a la altura del puente de la Sarmiento la interceptó gente que le decía cosas. Así entró por Catamarca hasta España para evadir a esa gente, se quedaron despiertos hasta la una y media de la mañana, la declarante y su marido se fueron a dormir a su casa. Más tarde se sintieron ruidos en la puerta, según su prima de Santiago. También le dijo que su cuñado abrió, fue golpeado, lo tiraron al suelo. Que sus padres estaban en el dormitorio y fueron encañonados, precisó que su padre era sordo, no oía y por eso lo golpearon, eran personas mayores. Los secuestradores mandaron a su hermana a que sacara ropa de invierno. Prosiguió relatando que su hermano Reynaldo regreso a las 2.30 y tiempo después fue a buscar a su casa a la declarante y se quedó con sus padres y su hija mientras sus hermanos buscaban a María Isabel por Jefatura, Arsenales, Brigada, por todos lados. Contó que su hermana estaba cesante de la UTN y de la Escuela Normal, no recordó las razones de la cesantía, le enviaron un telegrama, eso fue luego de que le pusieran la bomba. Añadió que los familiares de Santiago eran Julio Mujica, su esposa Esther y sus hijos. Que hizo una denuncia en la justicia federal en el año 1984, que sus hermanos denunciaron la desaparición de María Isabel en la OEA, en la Bicameral, en el juzgado. Dijo que fue citada en el Comando a declarar porque había dicho que en su casa, la noche del secuestro de su hermana había habido un motín de guerra. Un teniente coronel, del cual no recordó el nombre, pidió a la dicente que explicara lo que había querido decir con "motín de guerra", y ella les explicó que además de llevarse a su hermana se llevaron todo. Indicó que ese hombre luego fue a su casa, a preguntarle cómo estaba, eso la extrañó mucho. Sostuvo que la misma noche que secuestraron a su hermana secuestraron a otros alumnos y profesores de la UTN, de ellos sólo recuerda el apellido Espeche. Que tomó conocimiento porque cuando iban a las reuniones de recordatorio de su hermana le comentaron que tenían cercada toda la zona y que secuestraron a las personas que mencionó. Dijo que tuvieron contacto con un sobreviviente, no la dicente, sino otros familiares. Explicó que al poco tiempo de la desaparición de su hermana murió su esposo, que eso le produjo un bloqueo con la situación para protegerse de tanto sufrimiento. Seguidamente añadió que también les dijeron que como su hermana sabía inglés, en Arsenal le pedían que tradujera textos. Que su hermana estaba embarazada, tenía 42 años. Manifestó que hay testigos que dicen haber oído a su hermana cantar en el Arsenal, ya que su hermana cantaba canciones españolas. Culminó su testimonio describiendo a su hermana como un ser muy culto, sociable, sus alumnas siempre le dicen que era un ser extraordinario. Señaló que cuando se hacían reuniones para homenajear a su hermana se iba enterando de los nombres de otras personas desaparecidas de su entorno, pero que ahora no los recuerda.

ANA CRISTINA ROBLES

Empezó contando al Tribunal que es abogada. Que trabajó en detenciones ilegales durante la dictadura. Con un grupo de abogados ante los secuestros de fueron desde el Colegio -de Abogados- a ayudar a esas personas. Recordó a las señoras Campopiano y Holmquist (madres de dos desaparecidos), especialmente a esta última. Indicó que había interpuesto un habeas corpus por un hijo y que en el expediente vio abrochado en la tapa un oficio que decía que había sido detenido por fuerzas de tareas, que lo arrancó y con el mismo fueron a la cárcel, a la Jefatura de Policía con las dos madres de las detenidas. Dijo que allí mostro su carnet y no las dejaron entrar; tampoco en el Comando adonde luego se dirigieron. Precisó que en vez de oficio pudo haber sido un radiograma policial. Destacó que ese hallazgo fue muy importante, allí se consignaba a Holmquist y a otro detenido cuyo nombre no recuerda. Añadió que por el hijo de la Sra. Campopiano hizo lo mismo que por el de Holmquist, presentó un habeas corpus en justicia federal y justicia provincial. Manifestó que ambas señoras se enojaron con la declarante porque creían que por los datos que había conseguido podía obtener más información, pero explicó que sólo accidentalmente había sacado de la tapa de un expediente en el que estaba abrochado ese papel del que habla. No reconoció una firma de una declaración ante la justicia militar que se le atribuye. Dijo que los jóvenes eran estudiantes sacados de su casa, no subversivos, ambas mujeres estaban destruidas, desconoce al militar Núñez, aseveró que nunca tuvo contacto con éste. Que su padre fallecido en el 94, era músico del Ejército pero jubilado antes de que se instaurara la tiranía. Expresó que la corrieron de su casa por su actividad con los desaparecidos. Aclaró que el radiograma u oficio estaba abrochado a un expediente que tramitaba ante la justicia de Instrucción, el juez era Antoraz y el secretario Beltrán. Que Beltrán durante mucho tiempo estuvo enojado con ella por haber sacado esa hoja. Precisó que el acta que le hicieron reconocer fue hecha ante la justicia militar. Agregó que aparte de los habeas corpus acompañó a las señoras Holmquist y Campopiano en distintas dependencias donde buscaban a sus hijos.

DAVID MARCELO CAMPOS

Relató que nunca declaró en el juzgado militar número 76, Se le exhibió el acta, reconoció su firma, pero dijo no recordar. Dijo que fue policía, se retiró de la fuerza en el año 78 y luego comenzó a trabajar en la administración pública de donde se retiró en el 2000. En el 76 era chofer de la fuerza estuvo destinado en la seccional 3era luego a la 11va que está en el parque y luego cree que vino a jefatura. Contó que fue chofer del subcomisario Luis Sosa, era el chofer de la comisaría cuando estaba a cargo. En aquella época también tenían asignado el control de moralidad en el parque 9 de julio entonces salían todas las noches de 20 a hs. 8 de la mañana y se procedía a la detención de quienes hacían exhibiciones obscenas en el parque. No recordó haber encontrado una mujer joven cerca de un árbol, pero sí, dijo haber detenido parejas. Expresó que no era común ver una mujer tirada en un árbol, que de haberlo visto no se hubiera olvidado, volvió a negar haber declarado ante el juzgado militar. Finalizó expresando que no conoce otras personas que hayan sido encontradas maniatadas y con los ojos vendados en el parque. Que a la comisaría 11 iba personal del ejército porque iban a buscar información para darle a la prensa, en el parque también se encontró con personal militar.

DOMINGO LAZARTE

Dijo ser policía. En 1976 revistaba en la Seccional 11, pertenecía a la Comisaría. Fue agente de guardia definiendo a este como aquel que está en la comisaría. Dijo que nunca participó de ningún procedimiento en la Parque 9 de Julio, que siempre estaba en la Comisaría. Nunca declaró en sede militar. Por secretaría de le exhibió una declaración prestada ante el Comando -fs. 419 del cuerpo 299-. Reconoció la firma, pero dijo no recordar si la leyó antes de firmarla. Sobre el caso que interesa expresó que se dirigió al Parque 9 de Julio con otro personal de la Comisaría, que ahí encontraron a la joven, atada y tirada bajo un árbol. Que la llevaron a la Comisaría. La describió como una mujer joven, que estaba muy nerviosa. No puede precisar que pasó luego de que la llevaron a la Comisaría 11. Entres personal policial que participó mencionó a David Marcelo Campos, otro oficial y el declarante en la comisión. Dijo que Campos era el chofer, quedó con él dentro del auto, sólo bajó el oficial cuyo nombre no recordó. Iban en un Mehari. Señaló que esa noche fueron al Parque 9 de Julio porque habían recibido una llamada anónima a la medianoche o a la madrugada. Que es la única vez que sucedió un hecho de esas características. Culminó señalando que Luis Alberto Sosa era uno de los jefes de la Comisaría, el otro era el subcomisario Arrelles.

ELVIRA BEATRIZ FURTH

Empezó su testimonio sosteniendo ser hermana de Federico Furth, que era dos años mayor que la declarante. Al momento de su desaparición tenía 21 años y estaba haciendo el servicio militar en Arsenal. El día que iban a darle la baja no apareció más. Estuvo desde enero del 75, el teniente Inocenti lo llamó para decirle que le firmarían la libreta y que fuera a retirarla el 30 de marzo del 76, a la libreta de la baja se la dan a sus padres. Recordó al Tribunal que Federico había contado a su familia que hacía tareas técnicas de comunicación y electrónica dentro y fuera del Arsenal. Tenía conocimientos técnicos porque le gustaba y que estudiaba geología en el Lillo. Dijo que al entregarle la libreta a sus padres, aduciendo que se había traspapelado, estaba firmada por el mayor Soto que estaba a cargo del Arsenal, sostuvo la dicente que en esa libreta hay un grave error porque se consigna que ingresa el 3 de marzo del 76 y egresa el 30 de marzo de 1976, lo que es falso porque Federico había ingresado en el año 75. Afirmó que al otro día de la desaparición del hermano sus padres se comunicaron con el Teniente Soto. La declarante y sus padres conocían personalmente a Soto, éste decía que su hermano era un excelente soldado, persona, que estaba consternado por la desaparición de Federico. Continuó diciendo que su hermano fue solo a buscar la libreta de su baja en el auto de un tío. Que el auto aparece quince días después en la comisaría de San pablo, lo habían encontrado cerca de allí. Indicó que un hermano mayor, Carlos, había visto la misma noche de la desaparición de Federico el auto de su tío saliendo del Arsenal y conducido por otra persona. Recordó que al no regresar Federico sus padres presentaron varios habeas corpus, hicieron todos los trámites posibles, fueron infinidad de veces al Arsenal. También contó que su padre pidió que fuera gente del Arsenal a su casa porque había unos equipos que su hermano había dicho que eran regalos del ejército, que fueron tres personas a revisar pero que dijeron que efectivamente "eran cosas viejas y sin valor, que el ejército no precisaba". Agregó que su hermano tenía muy buena relación con el Ejército, solo una vez lo vio de uniforme, andaba de civil y con una camioneta del ejército a su disposición. Señaló que siempre estaba con Soto, Inocenti, Schwab y Salaverri. Que una vez por la novia de su hermano, María Elisa Rodríguez, hablaron con Schwab y Salaverri en los departamentos que habitaban los militares en la 25 de mayo y que prácticamente les hicieron un interrogatorio, no les brindaron ninguna ayuda. Continuó diciendo que su hermano tenía muchísima relación con Schwab y con Salaverri le hizo trabajos en su casa. Que después del 7 de mayo nunca la casa o la familia tuvo problemas. Sólo su madre fue detenida por la policía en 1979 porque le dijeron por teléfono que se dejara de molestar con las misas y las marchas, por lo que hizo la denuncia y fue llevada a la Brigada, la tuvieron a la madre de la declarante hasta las dos de la mañana y la obligaron a levantar la denuncia amenazando que iban a secuestrar a sus otros tres hijos, el número del teléfono era del SIDE y su número era 18418, que su familia averiguó el teléfono por un amigo que era Secretario de allí y luego a esta persona le tiraron acido en el auto. Que su madre hizo la denuncia ante la justicia provincial. Contó que Federico no tenía ninguna militancia política ni en secundaria ni en universidad. Que su padre murió a los cuatro meses del hecho y su madre "loca de pena" a los seis años. Manifestó que el día de la muerte de padre de la declarante, la madre habló con Soto pidiéndole que entreguen a su hermano y tuvieron el descaro de llevar una corona al velorio. Agregó que en el 98 un gendarme cuyo nombre no recordó le dijo que al día siguiente de su desaparición de Federico lo habían matado. Continuó sosteniendo que Furth es un apellido de origen austríaco, que la madre de su abuelo si tenía apellido judío. Que vivían en 9 de julio 507, allí tenían también el negocio familiar. El abogado de la familia Julio César Saleme le dijo que el teléfono 18418 era del SIDE. El negocio familiar estaba vinculado a la fotografía. Señaló que a su madre la llamó a retirar la libreta de su hermano Abelardo Inocenti. Sus padres y su tío tuvieron encuentros con Inocenti y este les dijo que acompañó a Federico hasta la puerta y no lo vio más. Finalizó sosteniendo que un militar llamado Enrique Herrera, amigo de la familia, llamó a la casa familiar y le dijo por teléfono a la declarante que "Fritz" (así le decían a Federico) estaba bien, que había viajado en una comisión a Salta, lo mismo le dijo a una tía abuela y luego Herrera negó todo.

CARLOS ERNESTO FURTH

Dijo ser hermano de Federico Furth. Que en mayo del 76 su hermano fue dado de baja ya que estaba haciendo la conscripción en el Arsenal Miguel de Azcuénaga. Que fue llamado a retirar el documento y no volvió más. Recordó que al hacer las averiguaciones dijeron que su hermano nunca llegó al Arsenal. Que sus padres hablaron con el jefe, Soto y dijo que Federico nunca fue a retirar el documento. Señaló que el día que su hermano no volvió se contradijeron, ya que cuando se llamó para preguntar dijeron que estaba ahí, luego que había sido llamado a Casa de Gobierno y finalmente que no había estado en Arsenal. Que durante el transcurso de la tarde, el testigo fue a distintos hospitales, comisarías, sanatorios, comisarías a averiguar si estaba Federico sin ningún tipo de resultado. Señaló que la noche de la desaparición de su hermano fue al Arsenal junto a un amigo y en el momento que retornaba vio salir del lugar el auto, un Renault 6, color gris, con el que se movía su hermano conducido por otra persona. Que a la semana apareció en la comisaría de San Pablo y les dijeron que estaba ahí hacia varios días. Agregó que todas las veces que se intentó hablar con alguien en el Arsenal les dijeron que el hermano del dicente no había ido a retirar su libreta. Seguidamente precisó que la novia de su hermano conocía Schwab y concretó una reunión a la que fueron ella, el testigo y su hermana Elvira, describió esa entrevista como un interrogatorio. Contó al Tribunal un episodio con Godoy, que era suboficial, dijo el declarante que este hombre tenía una simpatía por el hermano, que lo acompañó a Jefatura, a algún hospital para averiguar del hermano y quedó en volverlo a acompañar pero después nunca más lo hizo. Que Godoy le contó que había recibido instrucciones para no acercarse más. Indicó que esta persona cumplía funciones en el Arsenal y que no fue citado ante el juez militar a declarar. Precisó que Federico hizo la conscripción desde el año 1975 a 1976. Que en el Arsenal realizaba tareas de electrónica. Que el apodo de Federico era Fritz. Manifestó que su hermano no tenía militancia estudiantil ni sindical, sólo tenía actividad dentro del predio. Que estaba permanentemente con Schwab. Que la ascendencia de su apellido es austríaca. Dijo que el hermano mientras hacía la conscripción estaba preocupado, le comentó en algunas oportunidades que le preocupaba lo que veía en el Arsenal, el testigo le preguntó que veía y le dijo "la cosas que ocurrían, no quiero decirlo", que le preguntó si era una preocupación por su seguridad y no le contestó. Agregó que desconoce los motivos por los que su hermano fue detenido. Que conocían a la familia Adris porque eran vecinos, que a uno de los miembros, Ismael, lo secuestraron, que desapareció en la esquina de Lavalle y 9 de Julio, no tenía relación con su hermano, estaban a la par del bar "La Franco". Continuó recordando que conoció a Luis Falú porque era vecino, el testigo lo vio a Luis Falú en varias oportunidades en "La Franco", que no vio ningún movimiento raro alrededor de Falú. Que Federico estudiaba geología en el instituto Lillo. Dijo que otros estudiantes fueron desaparecidos en esa época. Desapareció otro conscripto que no se acuerda el nombre. Indicó que fue con su madre y padre al Arsenal para conversar con el teniente Inocentti. Culminó su testimonio agregando que en Arsenales había un libro de entrada y salida y que el hermano había salido a las 12:30.

ALEJANDRO FEDERICO ALDERETE SORIA

Contó al Tribunal que es abogado, que se recibió en el 71 y se especializó en derecho laboral. Señaló que fue detenido ilegalmente. Que lo intentaron secuestrar una vez en octubre del 76 y hablo con Monseñor Ferro, de Concepción su lugar de residencia y le pidió al obispo una medida para esclarecer su situación. Que éste llamo a un militar que prestaba servicios en el Ingenio La Corona, que era la cabeza de la fuerza instalada allí. Recordó que se reunieron el obispo, el padre Herrera (número dos del Arzobispado), el militar, su ayudante y el declarante. El militar le dijo si podía irse unos días hasta que se esclareciera la situación. Se fue a Córdoba y regresó el día convenido, el obispo le dijo que el militar le había informado que el dicente no era buscado. Regresó a su casa y advirtió que lo estaban esperando allí, un Peugeot 504. Que "rodeo" la casa y se fue a la policía a hacer la denuncia perseguido por dos hombres que lo esperaban junto al automóvil. Manifestó que en la Comisaría le dijeron que no podían tomarle la denuncia. Fue a su casa y un par de días después cuando había ido a cobrar un cheque vio pasar el mismo auto con otra persona. Que pensó en irse al negocio de su padre que estaba a cuatro cuadras. Se dirigió allí corriendo, lo seguían, ingresó a la Corresponsalía de La Gaceta que estaba a cargo de Mario Juárez que era amigo suyo. Que allí ingresaron sus seguidores, lo encañonan, lo empujan. El dicente les preguntó quiénes eran y le mostraron un carnet que parecía ser de la policía federal. Agregó que a Mario Juárez lo encerraron atrás y al dicente le pusieron unos anteojos negros. Que lo llevaron por la ruta 38 vieja. Entre Arcadia y Río Seco paran, siguen viaje y a la altura de Lules cargan nafta, lo hicieron esconderse, hasta ese momento iba sentado. Continuó describiendo que si bien los antojos eran negros, por sus laterales ve un ingreso "camuflasheado", alambrados, perros. Que lo vendaron con algodones y tela. Que una persona empezó a decirle que no tendría que estar ahí, que no se le cayera la venda porque podía no seguir vivo si eso le pasaba. Que la garantía de su vida era que no viera a nadie. Afirmó el declarante que estaba en un campo clandestino de detención de personas con un régimen estricto, con una agresión permanentemente, aunque aclaró que nunca fue llevado a la cama de torturas. Dijo que lo interrogaban sobre su vida, no sobre otras personas. Que después reconoció que lo llegaron a Arsenales. Sostuvo el declarante era apoderado de la FOTIA, luego del golpe de estado, un militar lo había ratificado en su trabajo. Que en abril un nuevo militar con el cargo de interventor militar de la FOTIA aparece allí, Mayor Jorge Gerardo Capitán y le ordenó al declarante negociar en Buenos Aires los salarios de la cosecha de ese año. Dijo que cree haber tenido ese "problema" por la actividad que desempeñaba. Destacó que Bussi una vez le reclamó al mayor a cargo de la FOTIA por la actividad del declarante, decía que hacía cosas que no tenía que hacer. A fines de agosto o comienzos de septiembre el mayor que era su jefe le dijo que se fuera. Añadió que luego lo secuestraron, que estuvo 28 días secuestrado en Arsenal. Que un día antes de ser liberado le preguntaron que haría si lo liberaban, el dicente contestó que se iría a Córdoba y, ante eso, le dijeron que se fuera cuanto antes. Fue liberado en la ruta 38 vieja, cerca del INTA. También dijo que en el Arsenal vio al Dr. Augier, su familia era amiga de la suya. Era su médico. Que a Augier le preguntaban sobre su hija todo el tiempo. Sostuvo que también vio a un soldado detenido, no recuerda si le decían soldado o conscripto. Le sacaron las vendas y junto con ese soldado los hicieron limpiar el salón de detenidos, todos los boxes o celdas. Otra vez que logró ver es cuando estaban por "largarlo". Que vio a un militar con aspecto de extranjero, bajo, tirando a relleno, piel blanca, pelo castaño, soldado que ya menciono lo describió como "de aspecto saludable, moreno". Recordó a una chica que trabajaba frente a la farmacia de su padre, en un local llamado "Optica García". Era una empleada de ese local, era una morocha tirando a alta muy simpática. La chica vivía sobre la ruta 38 en un caserío a la entrada de Gastona llamado Las Lanzas. Que vendado escuchó que le decían "Alejandro soy yo", "yo soy tal -no recuerda el nombre-, la chica de la óptica". Dice que ingresó al arsenal muy nervioso, no recordó si le pusieron un número pero escuchaba a detenidos que llamaban por el número. Aparte de la chica de la óptica recordó a otras personas, a Yáñez que estaba en la casilla 2, junto a la casilla donde el declarante estaba que era la 1. Yáñez cuando llegó el dicente ya estaba, divagaba mucho, pero logró tener con él algún dialogo. Dijo que lo conoció allí, habló con él, que le pidió que si salía avisara a su familia que estaba ahí. No pudo hacerlo porque se fue a Córdoba, a la familia de Augier pudo decirles. En otro momento de su declaración dijo que Arsenal estaba preparado para que todos los detenidos oyeran las torturas como técnica de domesticación. Que una vez tiraron a un muchacho torturado frente a Yañez para que hablara con él, era un hombre, un ladrillero que le recriminaba a Yáñez algo. Pudo verlo, era un hombre joven, morocho, muy fornido pero muy golpeado. El muchacho le decía a Yánez "por qué me metes en esto" y Yáñez le pedía perdón. Creyó que Yáñez en algún momento le había entregado al muchacho una revista con material. Dijo que en Arsenal tuvo una suerte de trato especial en el sentido de que no lo torturaron nunca. Que comía lo mismo que todos, que el predio era como un "chiquero", el olor era muy desagradable. Señaló al Tribunal que durante la noche sentía olores a "quemas" . Se oían torturas y tiros, sacaban gente, traían gente, se oían vehículos. Que Yáñez dijo al declarante que lo iban a matar. Que sacaban gente de día y de noche. Dijo que fue atendido por un médico o enfermero por una infección muy fuerte que tenía en los ojos. Que no era Augier que estaba más adentro. Que no recibió asistencia espiritual de ningún tipo. Que estando detenido pedía a los demás que rezaran ya que creía en la fuerza de la oración. Que alguien detenido de Tafí Viejo se enojaba con el dicente porque hacía a todos rezar. Continuó diciendo que entre sus asistidos en el fuero laboral había sindicalistas combativos y no combativos. Señaló que una vez retirado de su cargo de abogado de la FOTIA fue suplido por Enrique Sancho Miñano que ya se encontraba trabajando allí. Recordó que Yáñez era ferroviario, estudiaba en la universidad y era militante. Su secuestro fue en los últimos días del mes de octubre y fue liberado 28 días después, en noviembre. Indicó que tuvo la impresión que la sala de torturas estaba detrás de dónde se alojaban. Que dos años después del hecho sobrevoló el lugar porque es piloto civil pero no pudo ver nada. Respecto al lugar donde estuvo detenido, dijo que había un lugar que era como para la parte interna, por donde se sacaba al baño, a sus espaldas -del casillero donde estaba- estaba el sitio donde se practicaban las torturas. Por delante otro espacio donde por la mañana se interrogaba sin torturas. Recordó haber visto como torturaban a un padre junto al hijo, que fue la primera noche en Arsenales. Que el chico suplicaba al padre que hablara. No pudo precisar el tiempo que funcionó la oficina que hizo referencia en el Ingenio La Corona. Afirmó que estuvo en el casillero 1 del galpón entrando a mano derecha. Dijo que lo impactó "sentir ver pasar" cantando en harapos a gente destruida que decían que era lo que quedaba de la Compañía del Monte Manuel Rosa Jiménez. Que escuchó a dos interrogadores conversando, analizaban una estrategia de interrogatorio. También escuchó decir "se quebró tal, acá mataron a tal". Que los guardias e interrogadores eran grupos distintos. Describió a los guardias como gente joven de gendarmería. En conexión con el movimiento de gente, entradas y salidas de personas oyó concomitantemente disparos, se suponía que era que mataban a esas personas, pero no pudo ver. Señaló que en el tiempo que estuvo detenido ocurrió un par de veces lo de lo disparos y que la constante eran las torturas. Mucha gente divagaba. También precisó que vio a Fote y los captores comentaban "el éxito que habían tenido quebrando a Leandro Fote". Que Fote y su gente eran contrario a las personas que el dicente asesoraba. Fote era del sector más duro. Señaló que conocía a los Bleckwedel porque tenía una fábrica de máquinas, que uno había sido ministro. Dijo que escuchó comentarios en Arsenal como que ni los Bleckwedel se salvaban, porque una pariente de ellos estaba en el Arsenal. Dijo que Raúl Soria, un pariente suyo ya falleció e hizo gestiones para dar con su paradero. Que había mujeres y hombres que se manejaban con cierta libertad, uno de esos hombres le robó al declarante los zapatos, se los cambió por unos más grandes. Que la mujer hablaba mucho de política, era joven, se trataba de una persona culta, con formación política. Hablaba de la evolución del proceso de los factores militares. Supone que la mataron. Ambos se encargaban se servir la comida. Dijo que no fue interrogado.

ENRIQUE RAMÓN GARCIA HAMILTON

Relató que recordaba el hecho en relación a Antonio Naief Saade Saieg, pero no la fecha. Dijo que debió haber ocurrido por la tarde y que conoce a Sr. Saade porque era uno de los dueños de casa Orbis al lado de La Gaceta. Que una noche lo llamó el socio de Saade, de apellido Martínez, y le contó que una persona había presenciado que cuando Saade iba por calle Salta al 100, lo subieron a Saade a un auto y saliendo rumbo al norte con otros autos que iban por atrás. Contó el declarante que hizo gestiones para averiguar lo sucedido a Saade, que habló con Blanco quien era mayor o autoridad de la policía, pero este le dijo que no sabía nada. Que hicieron otras gestiones pero que la respuesta era la misma. Finalizó diciendo que no supo más de lo que pudo haber sucedido con Saade Saieg. Aclaró que lo conocía por la vecindad y porque eran de un grupo que jugaba tennis los miércoles y sábados.

LUIS PEDRO YAÑEZ

Contó que es hermano de la víctima, Rafael Vitalino Yañez; que su hermano desapareció el 20 de septiembre de 1976, de una pensión ubicada en calle Rivadavia 305 y que se enteró por la dueña de la pensión que lo llevaron personas de civil. Precisó que realizó denuncias en comisarías, preguntó en distintos hospitales, que nunca tuvo respuestas, que una vez le dijeron que no insista porque le podía pasar lo mismo y que en el algún momento podía aparecer. Recordó que su hermano trabajaba en el ferrocarril y estudiaba asistencia social en una escuela que quedaba en la Crisóstomo. Que era conocido como Pepe y su casa familiar estaba en Metán. Manifestó que su hermano no tenía problemas de ningún tipo, que solo trabajaba y estudiaba. Agregó que vivía con Raúl Vaca que era también de Metán y a quien habían sacado el día anterior a su hermano de la misma pensión. Dijo que no sabe si su hermano tenía militancia política en Tucumán. Que Vaca era amigo de crianza de su hermano y que tenía una tía que tenía un negocio en Tucumán en la calle Crisóstomo.

OSCAR ALBERTO GARROCHO

Sobre Saade Saied dijo al Tribunal que le decían "Coco". Que es periodista de La Gaceta y que Coco tenía un negocio al lado. Dijo que esa noche, el 15 de septiembre de 1977, el declarante salía de una reunión con los directores del diario y en la puerta de Orbis se encontró con Coco que estaba "muy feliz" porque había cerrado un negocio con Vicente Lucci. Que traía en su mano una remera celeste y un pantalón azul, dijo que Coco era dirigente de San Martín y llevaba cuajada para su madre. El declarante vivía en San Martín al 900 y a los quince minutos de ese encuentro lo llamó "Jari" García Hamilton y le preguntó si sabía algo de Coco porque le habían dicho que lo acaban de secuestrar. El declarante se fue al diario y parece que Coco se fue a la calle San Martín donde guardaba una chevy naranja y lo agarraron cuando estaba sacando el auto. Contó que pudo reconstruir sobre lo ocurrido a su amigo que las personas que lo agarraron iban en un Fiat 148 Blanco, una Rural Falcon y otro vehículo. Que alguien vio cuando a Coco lo encañonaron, "metieron de los pelos" en una rural. Dijo el dicente que ese muchacho se asustó y dedujo que por el rumbo que tomaron iban hacia a Arsenales. Recordó el testigo que iba mucho a Los Nogales y cuando pasó por Arsenales vio esos autos que había descripto el chico. Señalo que redactaba policiales en La Gaceta y que a los cinco días que preguntó por el auto chevy de su amigo en la policía, alguien lo llamó a su casa y le dijo que "deje de joder porque le iba a pasar lo mismo". Relató que la información la recolectaba como periodista de los policías de bajo rango. Que Coco era íntimo amigo de Cacho Carrizo, Rodi Santucho y otros de la facultad de Ciencias Económicas. Que el hijo de Manuel Fernández Goña es quien le contó de los autos que intervinieron en el secuestro. Aclaró que escribió policiales de La Gaceta durante 10 años desde el 77 hasta el 87. Contó que cuando los militares daban información decían que se trataba de extremistas, y que solo investigó un poco más en el caso de Coco pero que en general ellos publicaban la información que recibían en el diario. Que en este caso fueron muchas las versiones que se dieron, incluso dijeron que Coco tenía una relación con una joven que no era del agrado de su hermano; después se hizo correr la versión de que Saade era financista de la guerrilla. Dijo que esa versión se hizo correr ante la presión de la Iglesia y otras personas y que posiblemente esa sea una información que instaló algún servicio. Precisó que durante esa época todos los medios televisivos, radiales y TELAM eran del gobierno. Dijo que Pablo Kantarosky a quien conoció fue liberado. Que es primo de Luis Edgardo Ocaranza acusado en está causa.

MIGUEL ELÍAS SAADE

Dijo ser hermano de Naief Saade. Señaló que el 16 de enero del 78 estaba en Mar del Plata y lo llamaron avisándole que lo habían llevado secuestrado saliendo de su local comercial "Orbita". Que averiguaron por todas partes y no obtuvieron respuesta. Finalmente se enteraron que fueron lo militares. Que presentaron habeas corpus que no se contestaron y empezó a reunirse con las madres. Agregó que supo que a su hermano lo llevaron cuando salía de su comercio, rumbo a buscar su auto, iba con un botecito de yogurt para su madre. Que lo secuestraron hasta con el auto. Calculó que lo llevaron de calles Junín y Santiago, donde está el semáforo. También dijo que en Salta al 1100 hay gente que manifestó que vieron que al hermano del declarante lo cambiaron de auto. Que fue llevado al Arsenal. Recordó que en junio o julio llegó su hermana a visitar a su madre desde Buenos Aires, que la fueron a buscar al aeropuerto, venían su hermana, el marido y que los encerró un auto. La agarraron, la taparon con su campera en el asiento. Dijo que los llevaron por todos lados, a su hermana, a su tía y al niñito lo dejaron cerca de los curas azules. Finalmente la subieron a un auto y la llevaron a su casa. Relató el dicente que su hermana vio una pistola al que la llevaba. Finalmente hablaron a su casa. Que su hermana dijo que no hicieran nada porque no lo traían a su cuñado, Ricardo, que dijo que lo llevaron en el auto del declarante. Luego lo subieron en un auto más chico, lo ataron, lo llevaron pasando el puente Blanco, se metieron en un cañaveral y le dijeron que cuente hasta mil, tenían la música fuerte. Que se empezaron a retirar y cuando oyó lejos la música salió, halló la ruta, se colgó de un carro cañero, de allí lo llevó un señor de una camioneta de verduras hasta la esquina norte, que allí se tomó un auto hasta la casa del declarante. Manifestó que su cuñado le relató que no le hicieron preguntas, que se llevaron el auto del declarante, los repuestos y la ropa que llevaba consigo. Dijo que su hermano fue presidente del Banco Provincia en la época del gobernador Juri, era contador. Sobre la militancia de su hermano dijo que era del MICE (Movimiento independiente de Ciencias Económicas). Que su hermano éste nunca le contó que hubiera sido amenazado, dormían juntos, salían juntos, y no supo que haya sufrido amenazas de ningún tipo. Que nunca tuvieron datos concretos sobre el destino de su hermano. Señaló que hay gente que les dijo que estaba en Arsenal. En particular una persona hoy fallecida que conocía a un militar que le decía que su hermano estaba bien, que ya lo iban a largar. Una vez se presentaron en su casa unos militares con un grabador y le pidieron que declarara todo lo que quisiera, que era en beneficio de su hermano. También sostuvo que un policía le pedía plata, incluso llegó a escribirle una carta pidiéndole que en un determinado lugar le dejara dinero o le pasaría "algo". Que esta situación le causó mucho temor y que nunca le dio la plata. Dijo que Oscar Garrocho nunca se acercó a la familia a informar qué había pasado con su hermano. Que tanto su hermano como el dicente eran amigos de Santucho, que además su hermano era compañero de Rody Santucho, y tenían proximidad por el MICE. Contó que le comentaron que su hermano podía ser financista de Rody Santucho, otros dicen que desapareció porque andaba con la mujer de un militar, ambas versiones al declarante le parecieron absurdas.

GRACIELA CRISTINA SAADE SAIEG

Dijo que era hermana de Antonio Naief Saade Saieg. Que un 16 de enero estando en Buenos Aires a las 20 horas, supo del secuestro de su hermano. Sobre lo sucedido contó que le dijeron que su hermano salió del negocio, fue al estacionamiento de su auto, subió al auto y en calle Santiago y Salta lo interceptaron y lo llevaron por Salta hasta una Comisaría. Que un amigo desde el balcón reconoció su Chevy y avisó a la familia. Señaló que ese día su otro hermano estaba en Mar del Plata pero un cuñado y dos amigos comenzaron a buscarlo. Dijo que madre lo estaba esperando hasta las 6 de la mañana del día siguiente, cuando le avisan que no llegaría. Que regresó su hermano de Mar del Plata y comenzó la búsqueda. Al principio decían que era un secuestro y pasando los días advierten que era un caso como tantos otros de los sucedidos en Tucumán. La declarante va de urgencia con su marido a Tucumán. Señaló que en julio del 78 secuestran a su marido, a su nena que era bebé, a la dicente y a una tía de 80 años. Dijo que habían ido al aeropuerto a buscar al marido, lo recogieron y cuando estaban regresando, en la calle 12 de octubre le cruzaron un auto, subiendo dos personas, que encapucharon a su marido, les hicieron bajar a todos la cabeza y los tuvieron dando vuelta por la ciudad un buen rato. Continuó relatando que llegaron a un lugar donde bajan las valijas y unos tubos de televisión del trabajo de su marido, los separan y a las mujeres las dejaron en la Av. Ejercito del Norte y a su marido se lo llevaron. Contó que con su hija y su tía esperaron un ómnibus pero un auto las recogió, dijeron que las habían robado y las llevaron a la casa. Mientras tanto las estaban buscando, la declarante se comunicó con su hermano y lo empezaron a buscar a su marido. Finalmente su esposo regresó como a las 4 de la mañana de unos cañaverales donde lo habían dejado. Contó que se colgó de un carro o camión cañero, llegó a la entrada de la ciudad, de ahí tomó un taxi y regresó a la casa. Siguieron buscando a su hermano, les decían que capaz que su hermano se había ido voluntariamente, la declarante pidió audiencia con Hharguindeguy pero la recibió otra persona. Ese hombre le dijo "que cree que vamos a alimentar a 30000 personas", ella le preguntó si lo habían matado, si le podía dar un certificado de defunción y éste le dijo que no, que muchos se habían ido. También les dijeron que sabían dónde estaba y que le pedían sumas de dinero a cambio de datos, nada tuvo éxito. Añadió que el día anterior al secuestro de su hermano le dijeron que estaba embarazada, con el shock de la noticia perdió el embarazo. Al año siguiente volvió a quedar embarazada, el médico le recomendó que no viniera a Tucumán, no obstante volvió y perdió nuevamente el embarazo. Dijo que cuando la secuestran en julio del 78 esas personas estaban de civil y el que las regresa a la casa tenía el pelo muy cortito. A las mujeres no les sacaron nada. El auto de su hermano nunca volvió. Sostuvo que a su marido le pegaron un poco. Dijo que hicieron la denuncia del hecho. Sobre su hermano Antonio contó que no tenía militancia política, trabajaba desde los ocho años con él como cajera y como secretaria en su negocio, nunca vio nada raro, nunca le hablo de nada para convencerla a ella, nunca vio que estuviera con otras personas que no fueran compañeros de facultad. Explicó que su hermano fue compañero de Sdédico, estuvo en la misma época que Santucho, pero nunca supieron nada. Antonio al momento de su secuestro tenía una buena situación económica, era muy generoso. Tenía al momento del hecho 38 años. Nunca pudo saber qué sucedió con su hermano.

RICARDO CANTOLI

Brindó declaración al Tribunal diciendo que era cuñado de la víctima y esposo de Graciela. Dijo que el venía de Buenos Aires porque tenía una distribuidora de tubos de televisión. Que su señora lo fue a buscar con su hija de un año y una tía al aeropuerto y cuando regresaban a la casa por calle 12 de octubre se cruzó un Peugeot 404 color celeste y bajaron dos muchachos de pelo muy corto que los encañonaron y dejaron a su señora, la tía y la nena en un lugar donde está el ejército. Añadió que lo llevaron por varios lados. Dijo que era el mes de julio y que a él le sacaron la campera y lo encapucharon con ella, luego lo cambiaron de auto y después lo abandonaron por el monte. Manifestó que no lo interrogaron sobre nada ni hablaron nada con él. Contó que lo tuvieron al lado de una ruta y que se dio cuenta porque sentía los autos que pasaban. Relató que no le quitaron nada salvo el auto que no apareció más y que era de su cuñado, de su otro cuñado. Dijo que no pudieron averiguar que había pasado con Antonio. Que el apareció como a las cuatro y pico de la mañana. Que no pudo distinguir qué acento tenían sus captores porque hablaron muy poco.-

EMILIO PALFERRO

Dijo que vivía junto a cinco estudiantes en Marcelo T. de Alvear y que uno de ellos era Luis Cantos. Recordó que terminó el secundario en Santiago del Estero y que hizo 3 años en la Universidad Católica de Santiago y luego se fue a estudiar a Buenos Aires. Relató sobre el día de los hechos, que por la noche alrededor de las once, golpearon la puerta muy fuerte y entró alguien al baño donde el declarante se estaba bañando y le pegaron un culatazo y se desmayó. Después se despertó en el living desnudo, atado y maniatado; dijo que en un dormitorio estaba Quiquilo, que este episodio duró hasta las cinco de la mañana y a esa hora los sacan. Agregó que lo llevaron en un auto pero había varios autos según los vecinos. Dijo que en el auto que lo llevaba tiraron a alguien en una bolsa de consorcio, que se quejaba mucho y el declarante supone que era Luis Antonio Cantos. Contó que los tiraron el sábado a la noche o domingo a la madrugada en una zona descampada a él, a Gómez Álvarez y a Quiquilo, aclaró que los habían sacado el jueves a la noche. Continuó recordando que todos volvieron al departamento. Dijo que Chabuca (por Luis Antonio) Gómez Álvarez y Ernesto volvieron a Santiago. Manifestó que las personas que ingresaron al departamento, según lo que pudo ver desde la ducha, es a dos personas vestidas todo de negro con capucha que le pegan un culatazo y ahí el testigo se desmayó. Como a las dos o tres horas reaccionó y ya estaba en el pasillo vendado, atado y amordazado. Dijo que cuando los trasladaban los bajaron dos o tres veces con simulacro de fusilamiento, después los llevaron a un lugar que supone habría sido cerca de Villa Lugano, ahí los hicieron bajar y subir escaleras, los dejaron tirados al declarante en una pieza chica, a lo sumo lo desataron una vez de las manos para que comiera unas galletitas y en otra habitación interrogaban a los demás. Señaló que al día siguiente lo interrogaron y ahí se enteró que habían intervenido el teléfono de ellos hace seis meses, que conocían datos de sus amistades y toda la vida del dicente y sus compañeros. Relató que le preguntaban sobre cuál era su nombre de guerra, que el sentía que a los demás chicos los torturaban; también le preguntaban donde había estudiado, si conocía amigos de Luis Antonio; le preguntaron sobre un chico de Añatuya, sobre el bachillerato humanista, aclaró que el iba al Colegio Nacional, pero conocía a chicos del Humanista. Contó que después de ese trance cada uno quedó como pudo, que a Carlitos Gómez Álvarez lo mandaron al campo; Ernesto volvió a Santiago; y el declarante se fue al sur con sus hermanos y terminó su carrera de abogado. Dijo que lo poco que se sabía de Luis Antonio era que alguien lo había podido ver vivo y a Germán también pero eran todas versiones, por eso se presentan tres habeas corpus. Recordó que Luis había tenido antes del secuestro una mononucleosis y el declarante pensó que no habría soportado los golpes. Agregó que al departamento de Buenos Aires iban muchos amigos de la facultad de cada uno pero aseguró que ninguno era violento y que no tenían armas y que cuando los largaron, uno de los captores dijo que era por eso, porque no tenían armas. Aclaró que Quiquilo era Juan Rafael Cantos. Manifestó que Luis Antonio estaba trabajando en una empresa que cree era Aloire porque no le gustaba que lo mantengan sus padres.

ANA MARÍA FALÚ

Relató al Tribunal que en el año 1976 estaba en Tucumán hasta que el 24 de marzo de 1976, se fue para preservar su vida y la de sus hijos. Que no estuvo en el momento en el que su hermano Lucho fue secuestrado. Dijo que ya se había recibido de arquitecta, que era militante y activista. Contó que fue echada de la UNT por una resolución que incluía a veintiséis personas. Que era docente por concurso. Dijo que su padre temía por ella, por eso le dijo que se vaya. Que su padre supo ver como "hombre probo y de justicia lo que venía". Sobre él dijo que había sido uno de los pocos tucumanos que fue capaz de defender ese eufemismo que fue la Libertadora, había sido ya preso político. Que era un hombre político y podía vislumbrar lo que se venía. Era un hombre que como Celestino Gelsi transitaban las cárceles, pero también la libertad, algo en ese momento hace que su padre supiera que las cosas eran distintas. Manifestó que se fue a Buenos Aires. Que su familia fue perseguida pero a diferencia de otras como los Rondoletto se fueron a tiempo. Algunos ya estaban en Buenos Aires como Juan Falú, el músico, y otros siguieron yéndose. Sin embargo, Lucho Falú se quedó en Tucumán. Sobre el día de los hechos, dijo que Luis Eduardo Falú de apenas 25 años, fue secuestrado al salir de su trabajo en Gas del Estado, un amigo lo lleva hasta Lamadrid y Chacabuco, a escasos 50 metros de la casa de su madre y nunca llegó. Que ahí "lo chupan, lo secuestran", aparece la figura de la desaparición concretada en el cuerpo de su hermano. Eso fue el 14 de septiembre de 1976 y afirmó que ese secuestro tuvo antecedentes. Dijo la testigo que cree que todo lo que sucedió después del 24 de marzo del 76 ya venía labrándose en el país en el marco de la doctrina de la seguridad nacional. Esa política que definía impunidades para sus actores que eran conscientes de lo que hacían y comprometidos con un proyecto, "el acallar voces". Precisó que el antecedente previo al secuestro, es que en el 71 el Tte. Coronel Mocchi entra a punta de pistola a la casa de sus padres, llega hasta el dormitorio de la casa de sus padres. Era una casa sin llave, en una comunidad de vecinos. Su padre en ese entonces se sentó con Mocchi en la mesa y le dijo "guarde esa arma" . Mocchi deja la pistola, no se inmuta ante su padre que le dice que era Presidente del Círculo de Magistrados, sostuvo la dicente que eso marcaba con la impunidad con la que se manejaban. Todos insistieron en que Lucho se fuera. Por su madre sabe la historia de que Berta Miranda va a la casa de su madre y le dice "estoy en el auto con dos secuestradores, por favor dígale a sus hijos que se vayan" pero cree que a quien hay que preguntarles sobre eso es a los imputados. Dijo que su madre le contó que Berta Miranda va a la casa paterna, habló con ella, le pidió por favor que se fueran todos sus hijos. La madre de la testigo le contó que Berta dijo que esos tipos querían hablar con Lucho y pidieron que se reunieran en un lugar público. Recordó estar en Buenos Aires con su esposo, su hijo y Lucho y ella pidiéndole que no vuelva a Tucumán. Ese día Lucho le contó de la charla en el Bar La Franco, le dijo que se entrevistó con dos sujetos, uno hacía de bueno y el otro de malo. Que esos tipos le dijeron a su hermano "andá y hacé memoria y hacé una lista de esos zurditos amigos tuyos". Luego del episodio de la Franco que estima la declarante que fue en agosto. Lucho no podía dejarlos solos a sus padres. Desde esa fecha hasta el 14 de septiembre su hermano siguió su vida normal, no recordó cuántos días pasaron pero Lucho volvió a Tucumán, a su vida, a su carrera de historia, a vivir con sus padres en Lamadrid 661. Continuó describiendo que si bien su hermano estudiaba historia, frecuentaba arquitectura porque también había empezado esa carrera, como la declarante que siguió dos carreras. Sostuvo que para localizar a su hermano su padre y su madre, acompañados de Ricardo Falú, Emilio Mrad, hicieron todo lo que podían hacer. No sólo se presentaron hábeas corpus, denuncias en la Comisaría 2, en la OEA, dijo que su madre fue a Ginebra, a Naciones Unidas, recorrieron el Ingenio Ñuñorco, la Escuelita de Famaillá. Sostuvo que los tormentos a los que sometieron a Lucho se extendieron a sus padres, a toda su familia. Que a su padre lo tenían esperando ante el comando con el calor tucumano a pesar de estar enfermo. Dijo que su carácter de hombre público no alcanzó para salvar a su hijo, eso agudizó su enfermedad y lo llevó a la muerte. Augusto Neme lo tuvo parado en Ñuñorco horas en el calor, a un hombre debilitado por su enfermedad y por lo que vivía la familia. Recordó que la familia también se entrevistó con Sábato. Que fueron una familia comprometida con los derechos humanos dentro y fuera del país. Dijo que a su padre no le sirvió de nada su investidura, que el terror instaurado era mayor, que no le dieron respuestas ni el ministro de gobierno de Bussi. Que en todos los lugares los maltrataron y ningunearon, que su padre pedía justicia. Agregó que el padre de la declarante le dijo al ministro de gobierno de Bussi que si tenían que ajusticiar a su hijo lo hicieran dentro de la ley. Agregó que su padre se murió al poco tiempo destruido por no ubicar a su hijo. Sostuvo la testigo que su hermano, Luis Eduardo, asesinado por Bussi es posiblemente una de las personas más mencionadas en la causa del arsenal, y "es mencionada siempre con respeto y dignidad". Que su hermano a pesar de su corta edad y los tormentos que recibió guardó su dignidad como hombre. Lo conoció a Martín, viviendo en Holanda un amigo en común los puso en contacto telefónico y Juan Martín no dijo más que lo que dijeron los demás de Arsenal, que fue quien se acercó a ponerle un limón aún a riesgo de su vida. Por teléfono le dijo que Lucho un día se había quebrado y había llorado tirado en la tierra y pidió perdón a todos los que estaban detenidos. Martín sostuvo que vio a su hermano en Arsenal, y le contó que lo hacían buscar leña y servir comida, eso porque le habían sacado las vendas, "se acercó a ponerle un limón en la boca como hecho que parece nimio pero de una valentía extraordinaria". Contó que tenía la esperanza que su hermano apareciera. Describió como un acto de salvajismo matar a su hermano, un gran activista universitario. Que su hermano Ricardo le dijo hace poco, que esperaban todo el tiempo que Lucho regresara, con Liliana y Juan afuera todo el tiempo pensaban que iban a decirles que Lucho había vuelto. Seguidamente sobre el "estado de terror que vivían" se escuchaba que "había que asesinar a los subversivos, a los amigos, a los cómplices, a los tibios y a los indiferentes, y en ese espíritu es que se apropian de los jóvenes argentinos". Recordó que al volver la democracia regresó a Tucumán y fue a la legislatura, a la Bicameral. Asistió con su madre a revisar las declaraciones que ya empezaban a hacerse. Así empezaron el juicio. Dijo que su hermano se formó con los salesianos, esos curas maravillosos de los cuales muchos de ellos fueron tercermundistas que enseñaban en el amor, con el folklore, en la amistad. Preciso que el compañero de Gas del estado que lo dejó cerca de su casa no sabe quién era, nunca lo supo. Eran las 2 de la tarde cuando salía del trabajo, debe haber sido el secuestro a las 2 y cuarto de la tarde. No conoce si alguien vio el secuestro. Agregó que su hermano no militaba orgánicamente, se estaba acercando al integralismo, su hermano Juan como iniciador del integralismo sabe más de esto. Lucho militaba en el integralismo pero de manera incipiente, los activistas en realidad eran los mayores. A la reunión en La Franco no fue solo, su primo Emilio estaba en el bar, su hermano y su padre andaba en un auto por los alrededores. Por la actividad de búsqueda de Lucho más que amenazas lo que tuvieron es un trato amenazante. Dijo que toda su familia se comprometió con los derechos humanos, Ricardo desde el gobierno en Tucumán, su hermano músico desde su arte, Liliana desde sus actividades.

EMILIO MRAD

Contó que su madre recibió una llamada del padre de Luis para decirle al testigo que fuera a La Franco porque Lucho se iba a encontrar con unas personas allí y quería que viera con quien se encontraba. Que el testigo fue como las a 5, 6 de la tarde. Dijo que estuvieron mucho tiempo reunidos con Lucho, se acuerda la fisonomía de algunos: uno era alto, una nariz encorvada, entre trigueño y blanco; la otra persona era baja con alguna calvicie, de baja estatua, después de eso se retiró Lucho y le contó al dicente lo que pasó en esa reunión, que estuvo en todo momento en La Franco, Ricardo daba vuelta con el auto, un tío Baclini también. Que esta gente se paraba, cree que uno se fue a otro lugar, el testigo estaba muy nervioso, era una conversación como que había uno bueno y uno malo. Las dos personas estaban frente a el y Lucho de espalda. Dijo que habían observado el movimiento de Ricardo Falú y de su tío que pasaban por el lugar. Que estas personas le dijeron que en treinta días tenía que dar nombres de personas de izquierda. Después de esta situación, el declarante se encontraba mucho con Lucho en el bar El Molino y siguieron hablando de este suceso, le decía que no iba a pasar nada. Recordó que Lucho decía que eran gente de inteligencia del ejército, estaban vestidos de civil. Dijo que nunca más volvió a ver el rostro de esas personas y hasta que en el juzgado le mostraron fotos de esas personas. Añadió que el día del secuestro de Lucho lo llamaron para decirle que no había ido a almorzar, el testigo fue al domicilio y permaneció ahí hasta que se vende el inmueble y después pasó a vivir a un departamento con ellos. Precisó que durante tres días estuvieron expectantes a que apareciera Lucho, que "hasta el día de hoy es así". Sostuvo que desde ese día empezó una tortura psíquica a los que vivían en esa casa, que ingresaban a la casa, dejaban el mensaje que alguien entraba y los observaba, el testigo estudiaba en la cocina y veía los libros abiertos después de la noche. Que la salud de su tío se fue deteriorando por la desaparición del hijo, en una oportunidad lo acompañó a la casa de gobierno donde lo atendió Balofet, le pidió que su hijo tuviera un proceso justo. Después de eso se tiraba en una silla debajo de la escalera y veían el dolor, le decía "es gente indolente, es gente que parece no tener hijos, solo pido que le permitan defenderse". También recordó que otra vez fue a la escuelita con el hijo, Ricardo y lo tuvieron esperando como cuatro horas. Sostuvo que no sólo torturaron a Lucho sino también mataron a su tío. Culminó su testimonio diciendo que la tía le puso el hombro a toda la situación. Pidió que se le exhiban los legajos de todos los militares.

EUGENIO AUGIER

Empezó diciendo ser hijo de Augier. Hacia fines del 76 se encontraba en Catamarca con la madre que era secretaria del juzgado federal de Catamarca, el padre era rector del colegio nacional de Aguilares y le avisaron que no tenían noticia del padre desde ahí hasta que regresa en abril del 77, no tuvieron noticia del padre, lo buscaron por todos lados, hicieron diligencias pero nadie les dijo nada. Recordó que su padre les contó todo lo que había pasado. Que fue sometido a torturas y vejámenes, que Alderete Soria pertenecía a la democracia cristiana, que lo vio (el padre) a Lucho Falú y otra gente, Beto Pereyra, Correa, el ex senador Damian Márquez, los vio como detenidos y otra gente que eran los guardias por ejemplo Carlitos, Lucho. Dijo que su padre trataba de curar como podía a un muchacho Lucho, le contó que lo curó. Que también a otros muchachos jóvenes del interior de la provincia también pudo aliviarles el dolor. Sostuvo que su padre fue liberado el 3 de abril de 1977, que ya había perdido la esperanza con su madre. Dijo que sintió una gran conmoción ver a su padre nuevamente, eso fue el 3 de abril de 1977. Contó al Tribunal que su padre era defensor de los pueblos originarios, defendía a los Llampas y que empresas madereras los querían sacar del terreno, que su padre habló con Menéndez. También recordó que su madre le mandó cartas a Menéndez, presentó recursos de habeas corpus, amparos pero nunca obtuvieron respuesta salvo palabras de consuelo. Contó que una vez en Aguilares le dijeron al testigo que tuviera cuidado, que se porte bien porque lo estaban vigilando. Indicó que siempre estuvo con guardia domiciliaria hasta que murió. Que hubo disparos sobre la casa, que mataron al gato, lo hablaban cuando tenía que declarar por los juicios. Que lo amenazaron, que hasta el 2007 siguió recibiendo amenaza le decían "ahora es un gatito después va a ser una persona". Culminó diciendo que el episodio del gato es a fines del 2006 y el empresario maderero es Cornet.

ESTELA EVARISTA FARIAS DE BERÓN

Dijo al Tribunal que es madre de la víctima Oscar Rafael Berón. Recordó que cuando entraron le taparon la cara a la dicente, a la empleada, que tenía problemas bronquiales, escuchaba que una persona le pegaba para que no llore y a ella le decían que no se destape, que se tape la cara. Que el otro hijo estaba durmiendo al costado de la cama y también le pegaban. Que escuchó que uno dijo "no le pegués ese no es" . Contó que le robaron la radio, una caja de golosinas que tenía la hija para vender. Que el hijo estaba en la pieza con dos hijitos que tenía. El domicilio era en Los Ralos, en Cruz Alta, que él vivía en una piecita, la hija de la señora tenía 13 años se llama Ester Berón, al otro hijo que le pegaban dijo que se llamaba Raúl Alberto Berón. Que lo sucedido fue aproximadamente alrededor de las dos de la mañana, que no los vio porque le taparon la cara. Recordó que escucho mencionar el apodo "Sosolo". Agregó que no escuchó vehículos y que su marido estaba en un velorio del vecino. Que el nombre de su esposo era Cerafín Berón. Señaló que esa noche también llevaron gente de los Ralos. Que su hijo fue a avisarle al marido y este puso en conocimiento a la policía de los Ralos. Contó que el marido de la declarante hacía las averiguaciones, que fueron a la iglesia también. Que el trabajaba en la dirección de sueldos de la provincia, nunca declaró ante un juez. Sobre su hijo dijo que estaba casado tenía dos hijos y vivían en la misma casa con ella, estaba la esposa, los hijos. No supo más de su hijo.

MARIA CRISTINA ORELLANA

Dijo ser esposa de Berón. Que éste tenía 27 años y trabajaba de empleado en la dirección de ganadería. El 11 de junio del 77 a la una y media de la mañana ingresó un grupo de personas al domicilio de la suegra, que era donde vivían, que violentaron la puerta en la oscuridad y los pusieron boca abajo. Recordó que los insultaban, que golpearon a uno de sus cuñados. Que cuando intentó levantarse prendieron las luces y le pidieron que se pusiera boca abajo. Dijo que su esposo había corrido a la habitación de sus padres, que ella intentó levantarse pero no la dejaron, que preguntó que pasaba, porque estaban ahí y que se calló por temor a que le hicieran algo a sus hijos que eran menores. Manifestó que tiraron todo con violencia, que pudo escuchar que trajeron al marido a la habitación para que se vistiera. Que como llegaron con total impunidad en la oscuridad imponiendo miedo y desconcierto se lo llevaron al esposo, no pudieron ver a nadie. Dijo que luego del secuestro de su marido su suegra quedó destruida. Añadió que escuchó pasos fuertes o corridas afuera de la casa. Que se llevaron cosas sin valor, una plancha, "unos ladrones rateros, golosinas". Que cuando el marido de la declarante se fue a la habitación de la madre, fue allí donde se desarrollaron los golpes, le dijeron por el apodo esto fue en la habitación de la suegra. También señaló que esa noche fueron secuestrados de Los Ralos Sisto Villarreal, Cabrera, Santos Juárez, que todos trabajaban en la administración pública y reclamaban por fuentes de trabajo y mejores salarios. Continúo testificando que fue a la comisaría de los Ralos con su suegro, la misma madrugada. Que hicieron la denuncia en la comisaría de Los Ralos manifestando lo que les acababa de pasar, la comisaría estaba a seis o siete cuadras. Agregó que en el primer colectivo que iba a la ciudad fueron a la brigada a la jefatura, al comando. Que su suegra presentó un habeas corpus que fue denegado. Hubo gente que se acercó para decirles que estaba en distintos lugares pero ellos no pudieron verificar donde estuvo. Santos Juárez se acercó y le dijo que habían estado juntos no le supo decir el lugar porque estaban con los ojos vendados y que rezaran como familia por él. También le recomendó que cuidara a los hijos y eso le generó una sensación fea, porque estaba siendo torturado y le dijo como estaba vestido y coincidía con la ropa con la que lo llevaron esa noche.

IRMA IMELDA GONZALEZ

Es hermana de María Celestina González. Dijo que fue víctima de detención ilegal. Contó que su hermana era maestra y viajaba todos los días con el juez de paz, ella estaba esperando en el juzgado al juez para que la llevara en el auto y varias personas en un auto la llevaron de ahí. Que eso es lo que le relataron a la testigo. Dijo que su hermana era estudiante de filosofía y letras. Que estaba en la casa de la testigo en la ciudad. Que sus primos Víctor Hugo y Héctor González, y Osores, el padre Augusto González y la testigo fueron secuestrados. Recordó que el día 28 de agosto de 1975, el día que explotó el avión militar en el ex aerpouerto y sienten un fuerte golpe en el comedor, sale a ver y en la ruta había tres autos y una voz dijo "esa no es" , cuatro pasaron adentro y el resto afuera, estaban encapuchados y uno que entró sacó un papel con nombre de personas y en esa lista figuraba Osores Carlos, Víctor Hugo González, Valentina Aguirre, Rosa Cequeira, Domingo Dante Marin y la esposa. Que entonces la testigo les dijo que no estaba en la casa porque estaba preparando una materia con una compañera. Después que revisaron toda la casa, como una hora, de reojo vio al de la lista y lo ve que va al dormitorio de la madre abre el ropero corta trozos de la sábana y empieza a atar al padre. Que empezó a llorar y después le vendaron a ella los ojos y le dijeron "ustedes dos se van conmigo" . Agregó que los hicieron sentar en un auto, en el asiento trasero recorrieron una distancia de una hora, la distancia es de 31 km, que se bajaron y golpearon fuerte no sabe si una ventana, puerta de una casa. Contó que demoraron una hora y sentía que abrían y cerraban el baúl del auto. Cree la testigo que pusieron una persona en el baúl. También declaró que recorrieron un trecho y sintió balazos volvieron a andar como 15 minutos y bajaron en una casa, abrieron el baúl del auto, en tres lugares hicieron lo mismo que en la casa. Llegaron a un lugar los hicieron subir cuatro o cinco escalones, sentía ruido de agua que caía, después los volvieron a subir al auto, volvieron a recorrer y se bajó el que manejaba y le dijo "aquí te vas a quedar", la hicieron cruzar la calle y la dejaron vendada a la par de un auto y le dijeron que no se diera vuelta, como a los minutos sintió balazos y pensó que era su papá al que habían matado. Dijo que una señora que iba a la maternidad la ayudó a desatarse y le pidió que la llevara a la casa de la tía. Señaló que la dejaron en el parque Avellaneda y al padre en el parque 9 de julio. Dijo que la tía la acompañó hasta la casa y estaba Luis Alberto González Osores, la madre, el hermano Bernardino. Seguidamente relató al Tribunal que Celestina dijo que no iba a dejar el trabajo ni la facultad. Que siguió trabajando y la secuestraron el 23 de noviembre del 76. Dijo que en la casa hubo tres allanamientos. Cuando allanaron la casa también lo hicieron en la casa de Inés Osores. Indicó que el esposo de ella era como hermano de su papá y la señora era madrina de Celestina. Que a Celestina le decían Tina. Vivían cerca de los Osores, Inés tuvo que vender la casa e irse, dijo que es la madre de Carlos Osores y de Graciela Osores. Que la hermana fue secuestrada después, Carlos en septiembre la hermana en noviembre.

BERNARDINO GONZÁLEZ

Recordó ante el Tribunal que cuando la secuestraron a María Celestina en el año 76, ella estaba en el juzgado de paz que quedaba en Los Pereira esperando al juez para que la lleve. Que llegó un auto 125 de la época. Que su padre fue a denunciar a la comisaría y ahí había un señor que dijo que estaba en un negocio al que llegaron unos tipos que habían ido en el auto que la llevó. Algunos testigos dijeron que los tipos esos andaban de civil. Dijo que el juez de paz era de apellido Yañez y que ya falleció. Dijo que a María Celestina la llevaron y a los demás que estaban en el juzgado los encerraron con llave y se fueron, había también un maestro al que desinflaron las ruedas del auto, Sotello. Que todo sucedió el 23 de noviembre de 1976 aproximadamente a las tres de las tarde cuando ella había salido de la escuela. Dijo que su hermana había recibido amenazas anteriormente y de eso se enteraron por comentarios. Los testigos que estuvieron ese día hablaron con el declarante y le dijeron que salieron de la escuela y fueron a esperar al juez de paz para que los lleve. Contó que su padre se llamaba Andrés González y se presentó ante la justicia, la CONADEP, en numerosos lugares. Que había dos personas que trabajaban para la policía en la zona, una era el señor Orce y otro Ferreyra, le decían el malevo Ferreyra y el otro Francisco Pancho Orce. También dijo que su padre era cuñado de un tío de Orce, que estaba a cargo de la comisaría de Estación Aráoz. Dijo que en la zona mencionaban que Orce era partícipe del secuestro de su hermana. Relató que los testigos que estaban en el juzgado no eran de la zona, su hermana era docente de la escuela de Los Pereyra, que estudiaba Filosofía y Letras, estaba en tercer año en la facultad. Expresó que asocia la desaparición de María Celestina con todo lo que les pasó a su familia ya que tiene otro primo desaparecido, y había toda una vinculación entre los afectados; los Osores tuvieron que abandonar la casa y se fueron a Buenos Aires; los culpaban que eran subversivos. Su padre había sido dirigente de una cooperativa cañera de la zona. Desconoce los motivos por qué lo habrán secuestrado a su padre y a la otra hermana. Dijo que ese secuestro fue realizado por gente con máscaras de policía y medias de seda en la cabeza. El día que lo secuestran a su padre y hermana, eran como las 10 de la noche. Afirmó que estaban armados y eran como diez personas que andaban en dos autos, esa vez preguntaron directamente por su padre y andaban con listas de gente que ellos no conocían. Contó que al declarante le pegaron una patada. Que su hermana Celestina se quedaba en la ciudad porque estudiaba y no dejó el trabajo porque decía que no había hecho nada y que no tenía de qué esconderse. Dijo que Celestina fue vista en el Arsenal Azcuénaga y que un sobreviviente la vio en enero del 77, eso se lo contaron en el Juzgado de Bejas, cuando fue a declarar. Finalizó sosteniendo que Orce y el Malevo trabajaban en la zona y que su primo Luis Alberto González le contó que los vio a Orce y al Malevo en el grupo que andaba sacando gente ese día. Que 3 días antes del secuestro de Celestina en la comisaría de estación Aráoz estaban deteniendo autos y les pedían datos; eso fue un viernes y su hermana desapareció al martes siguiente.

JORGE AUGUSTO GONZÁLEZ

Dijo ser hermano de María Celestina, que era docente. Que eran seis hermanos y ella era la penúltima. Su hermana estaba en la escuela y fue secuestrada el 23 de noviembre de 76, la secuestraron del juzgado de paz. Recordó que el juez era de apellido Llanos y le contó a su padre que María Celestina fue secuestrada. Su padre la buscaba por "cielo y tierra". Que fue a la casa de gobierno, a la jefatura de policia, al episcopado, al consejo de educación y nadie sabía decirle nada. El padre del testigo se encontró con Orce porque un cuñado de él le contó que Bussi le mandó una carta a Camilo Orce preguntando por el antecedente de la familia González. Que por eso el padre fue a la casa de Orce, que vivía en Ranchillos. Cuando llegaron este salió con un arma en la mano y su padre le dijo que baje el arma que ellos no iban a pelear. Indicó que su padre quedó conversando con Orce y el declarante se alejó un poco. Que salió llorando de ese encuentro. Dijo que en ese tiempo cuando buscaban a su hermana entraron a la casa de su padre y robaron todo lo que encontraban; ropa, joyas, la máquina de escribir, que vivieron momentos de terror.

CARLOS LUIS SOTELO

Dijo que era compañero de trabajo de Celestina González, conocida como Tina, que era maestra y que desempeñaba su función correctamente en la escuela 225 de Los Pereyra. Que cuando ella le pedía al declarante la trasladaba en su auto, a veces hasta la ruta y otras veces hasta el juzgado desde donde ella viajaba con el juez de paz hasta la ciudad. Relató que el día antes de que termine la labor escolar, Tina le dijo que la lleve hasta la ruta y cuando estaban saliendo ella le dijo que no iría con él porque hacía mucho calor, pero después cuando iba el declarante saliendo ella le pidió que la llevara hasta el juzgado. Recordó que después que ella subió al auto vio un fiat 1500 con varias personas adentro, y una vez que doblaron por la ruta lo dejó de ver, pero que por el espejo retrovisor observó que entró en la escuela. Agregó que cuando entró en la escuela 327 donde iba a buscar a su esposa, vio que venía el auto fiat muy rápido, como a 100 km por hora y dijo que ese auto apenas lo pasó a él se le paró adelante y se bajaron cuatro o cinco personas y empezaron a pegar al declarante y le preguntaban a dónde había dejado a la mujer que traía en el auto. Luego se subieron a su auto dos de ellos y lo hacen seguir hasta el juzgado. Seguidamente cuando llegaron al juzgado le dijeron que se tirara abajo del auto y le desinflaron las cuatro ruedas. Que ahí perdió contacto con los que estaban alrededor del auto. Señaló que esas personas iban de civil y cree que uno llevaba sombrero, estaban con la cara descubierta. Contó que el sombrero era común con alas más bien anchas y que las personas tenían tonada tucumana. Que después no supo qué pasó con Tina. Que a él lo tiraron abajo del auto. Que hacía un año que el declarante estaba viviendo en Tucumán porque es de Formosa. No recordó de qué color era el sombrero pero está casi seguro que era blanco y que el sujeto que lo usaba era el que más le pegó.

SUSANA LEONI AUAD

Dijo la testigo que es oriunda de Jujuy, llegó a Tucumán en el año 1972 a estudiar. Añadió que entre los años 1972 a 1976 estuvo en la Facultad de Arquitectura. Declaró que en el año 1976 fue secuestrada. Recordó que en ese tiempo trabajaba en el estudio del arquitecto Gallardo. Manifestó que simpatizaba con la izquierda y participaba en todas las manifestaciones de la Facultad de Arquitectura. Añadió que el 14 de abril de 1976 fue secuestrada, estaba estudiando para rendir con Susana Ascencio y Berta Lamente cuando a las 00:30 horas en su casa de calle Alberdi N° 138 ingresó gente encapuchada. Precisó que eran 4 o 5 personas fuertemente armadas y llevaban a un secuestrado muy golpeado y vendado, con las manos atadas, de nombre Sebastián, a quien le preguntaban por la declarante, a la que este señaló y es así que la secuestraron, la llevaron en un auto en la parte de atrás. Dijo que en su casa estaba otro arquitecto estudiando con Ascencio, de apellido Occhipinti. La testigo remarcó que fue alojada en la EUDEF, supo que era ese lugar por los ruidos, al poco tiempo la trasladaron junto a otras personas a El Reformatorio hoy llamado Instituto de Menores. Su destino final de detención fue el Arsenal. Recordó que en EUDEF estuvo en un salón grande, vendada, no pudo ver ni hablar con nadie. Pudo en el Reformatorio hablar con Ernestina Yackel, oyó que había una señora embarazada. Añadió que los apósitos que le pusieron en los ojos en el Reformatorio le impedían por completo ver. Recordó que hablaban de una mujer a la que llamaban Comadre o Panzona, que un gendarme llamado el Indio la llevaba a caminar. Dijo que manifestaban en voz alta que cuando tuviera el hijo iban a matarla. Un hecho que recordó de el Reformatorio es el del soldado Pimentel, fueron muy golpeados, mataron gente en ese lugar. Manifestó que en el Reformatorio estaba Ejército y Gendarmería. La deponente recordó que el día que ocurrió el hecho del soldado Pimentel, hubo muertos por la guardia, y que esta por los movimientos y ruidos que hacían lo revelaban, expresiones, alaridos, gritos; luego de ese hecho se escucharon muchas menos voces. Precisó que en el Reformatorio estuvo desde fines de abril hasta comienzos de junio, un mes y días. Pudo recordar que en el Reformatorio había un salón grande y unas escaleras, a la sala de torturas los llevaban alzando más o menos. Manifestó que en la sala de torturas no pudo ver nada, no pudo ni espiar, se le infectaron los ojos, tenía 23 años. Recordó que para el traslado al Arsenal los subieron a camiones que supuso eran del Ejército. Describió el Arsenal con dos pabellones, uno con tabique de madera en los que estuvo la declarante, otro que tenía tabiques de mampostería. Acotó que de la guardia oyó que de los trasladados al Arsenal, el de la testigo y los que la acompañaron, fue el primero y que fueron los primeros ocupantes del lugar, lo inauguraron, fue a principios de Julio, pero se lo consideraba como destino final, del Arsenal no se salía, los captores decían que eran dioses, dueños de la vida y la muerte. No recordó que en el Arsenal hubiera baños, sólo un pequeño lugar para lavar la ropa. Allí reconoció a Ana Cantos, con quien habló porque juntas lavaban la ropa, hacían trabajo de esclavos, German Cantos, su primo, Fredy Coronel, el Dr. Augier (a quien vio en el año 1977), Yolanda Borda. Añadió que al principio estaba con vendas, luego no, como Ana Cantos, cuando lavaban la ropa, cuando barrían. Estimó que las personas sin vendas estaban destinadas a morir. La testigo no sirvió comida, aunque otra gente lo hizo. Dijo que quien atendía a enfermos era un tal Ángel al que le decían enfermero Ángel aunque no supo si lo era, era un gendarme, no tenía elementos para atender enfermos o lesionados. Manifestó que en el Arsenal le ponen como apodo Piturra. Recordó que Osvaldo Pérez era su novio en el año 1976, estuvo con ella en el Reformatorio y en el Arsenal. A Pérez lo secuestraron en Chaco y lo llevan al Reformatorio en mayo y desde ahí con ella al Arsenal. Precisó que estuvo en el Arsenal hasta el 12 de julio de 1977, un año y 5 meses estuvo detenida en total. Relató que al salir del Arsenal la subieron en un auto y la dejaron cerca de la casa de su hermana con 38 kilos de peso, desnutrida, sin dientes. Dijo que continuó siendo vigilada, le advirtieron que tenía que quedarse ciega, sorda y muda. Siguió estudiando ese año, rindió 6 materias. Recordó que un señor Velardez de Tafí Viejo la vigilaba y la frecuentaba para que no haga ninguna denuncia. Supo la declarante que su familia la buscó, su madre presentó un hábeas corpus, ese instrumento acredita que estuvo secuestrada y que es sobreviviente. Dijo que del día de su secuestro recuerda a Vargas o Varela, a Velardez de Tafí Viejo, a alguien que le decían Juanca, a otro llamado Soplete González que decía que vivía en Barrio Oeste. Añadió que iba la declarante en un vehículo con esos captores, en otro auto iba Sebastián. Luego vio a Vargas o Varela, a Soplete González y a Velardez. Recordó a Palomo (García), a Medina al que le decían Moore. Manifestó que en el Arsenal estaban los mismos más la patota integrada por el Ganso que era el chofer, María y el Soplete. La patota estuvo con ellos en el reformatorio y fue con ellos al Arsenal. De los torturadores recuerda a Varela, Medina, Saba o Sabadini, a García. La testigo oyó a esas personas en el Reformatorio y las vio finalmente en el Arsenal. Dijo que al Reformatorio, en mayo lo llevaron a Osvaldo Pérez, encontrándose allí pudo verlo a él, estaban torturando a la dicente y lo llevaron a él a presenciar la tortura. Añadió que cuando fue el hecho del soldado Pimentel, recordó por las voces que estaban allí Juanca, Varela, González. Manifestó que antes del traslado al Arsenal les apretaron bien las vendas, por eso no pudo ver el acceso al mismo. Precisó que el Arsenal era un campo de concentración, con alambre perimetral que decían que estaba electrificado, que tenía una guardia interna y otra externa, de eso hablaban los mismos gendarmes de la guardia interna. Dijo que a los Gendarmes de la guardia externa a veces podía vérselos, que había perros que quizás custodiaban el lugar, oyó que uno murió electrocutado en el alambrado. Relató que en el Arsenal, por cada pabellón había 80 o 100 personas, los pabellones se ocupaban y se desocupaban, se llevaba gente, se la sacaba, al otro día venía otra gente, se mataba gente. Agregó que durante su estancia allí deben haber pasado unas 1000 personas en cálculo general. Dijo la deponente que no existía ni higiene ni alimentación, por eso la declarante salió con 38 kilos y desnutrida. Manifestó que no fueron al Country El Pilar, fueron a que los mataran, por eso no interesaba la comida o la higiene. Aclaró que no había baños, había una pieza con una letrina, sin puertas, un lavabo para lavar la ropa y un tacho con agua. Recordó que generalmente a las mujeres las llevaban a esa letrina y a los hombres al campo a hacer sus necesidades. Dijo que todo el tiempo que estuvo en el arsenal estuvo con Pérez, salieron con una diferencia de 20 días. Describió que la guardia siempre estaba uniformada. La patota y los torturadores de civil. Relató que eran tres grupos de gente, gendarmería a cargo de la custodia, la patota era de la calle, los interrogadores del Ejército que pertenecían a Inteligencia y que a veces se llamaban por el grado militar como por ejemplo capitán. Dijo que después se enteró de los apellidos de Moore y de otros. Recordó los Gendarmes usaban seudónimos también, leyendo las otras declaraciones de en esta causa después se enteró que el indio era Godoy. Añadió que a Godoy lo recuerda de que en el Reformatorio la paseaba a la comadre. Dijo que los guardias de gendarmería cambiaban cada 45 días, eran móvil 1 o 2 de Córdoba o Buenos Aires. La dicente manifestó que los guardias de gendarmería no participaban en los interrogatorios a los secuestrados directamente, pero indirectamente si porque estaban a merced de ellos, los torturaban y maltrataban a cualquier hora. Dijo tenían libre circulación. Supuso que hubieron violaciones, una compañera secuestrada le contó que fue violada, fue M.T.G.D.S., a quien un guardia le preguntó si quería estar con su marido, ella dijo que si y la guardia de esa noche, 3 o 4 personas, la violaron delante de su marido. También recordó la violación a N.C. Dijo que todo lo ocurrido en Arsenal fue una violación, todo lo que les hicieron contra su voluntad, contra su cuerpo. Agregó que el personal de custodia supone que participaba de las ejecuciones de secuestrados, no puede asegurarlo porque no estuvo allí. Recordó al Conejo que estuvo muchas oportunidades en el Arsenal, también recordó a Torres, cuando la torturaron por mandar, como Ana Cantos, una carta a sus familias. Manifestó que una noche entre la ropa sucia encontraron una carta dirigida a la declarante. Dijo que esa noche la guardia integrada por Cruz, Barraza, Montoya y dos gendarmes más de los que no recordó el nombre toman acción por eso y así fue torturada por la guardia de Gendarmería. Declaró que al día siguiente llegó la gente de inteligencia, el capitán Vargas, Moore, para enterarse de lo que le había pasado, pensaban que estaba sacando información, o algo así. Agregó que de esa manera fueron a su casa y le pidieron a su hermana las cartas mandadas por la dicente a su familia. Por eso es que la deponente insiste en que la guardia tenía amplios poderes, no sabe si para matarlo pero de allí, para que hicieran lo que quisieran. Aclaró que Vargas y Moore como eran del ejército, de inteligencia, supone que ante la guardia que era de Gendarmería no daban orden a ellos, eran como independientes. Recordó como otros guardias a Carlitos, a Cuchillo, pero rotaban mucho, era difícil que se repitiera alguien en el mismo lugar. Recordó a alguien al que decían Moreno que era secuestrador, un segundo comandante. Dijo que de los nombrados el jefe de la guardia cree que era el alférez Montes de Oca al que oyó nombrar en el Arsenal pero no lo vió. Añadió que escuchó en Arsenal el apodo Manchado, que decían que se había manchado con la nieve estando en el sur. Recordó que de los interrogadores que eran de inteligencia del Ejército además de Vargas, Saba o Sabadini, Medina, Moore, no recuerda los nombres de otros. Dijo que Mario Belfort, o el Negro Mario es alguien de quién escuchó adentro, pero no vio. Según su criterio el jefe del Arsenal era Varela o Vargas. Agregó que la patota estaba integrada por civiles que trabajaban en personal de inteligencia. Dijo que en Arsenal no vio religiosos pero en el Reformatorio habló con un cura al que le decían Falucho, pudo verlo, era mayor, cabello blanco, vestido de cura con sotana. Manifestó que en el Arsenal un capitán visitó bastante tiempo a Anabel Cantos, ella se lo comentó, que esa persona los iba a sacar de allí a ella y a Germán, alguien llamado Torres, santiagueño, que esa persona iba a salvarlos. Recordó que pudo espiar y ver a esa persona adentro del Pabellón, sentado junto a Ana, era alto, blanco. Dijo que iban al Arsenal gente de altos cargos, recordó que iba Bussi, añadió que la guardia comentaba que iban a recibir visitas de gente importante, cada vez que oían el helicóptero sabía que llegaba alguien importante. Dijo que fue torturada, fue desnudada, se le aplicaron torturas en sus partes íntimas. Manifestó que hubo ejecuciones en el Arsenal. Recordó que cerca del 24 de marzo de 1977 les ajustaron bien las vendas, les pusieron algodón en los oídos, les ataron las manos, a la declarante junto a otros la subieron a un camión y la llevaron cerca con la radio a todo volumen. Cuando regresaron, se comentaba que habían matado a mucha gente y las personas que habían quedado en el pabellón dijeron haber escuchado disparos. Dijo que en Julio o Agosto de 1976 hubo otra ejecución como la que describió, pero en esa ocasión no la sacaron, oyó los disparos. Recordó que sintió olor a carne quemada, luego los captores comentaron que habían estado haciendo asado, la dicente vio la camisa de una persona secuestrada tirada luego de sentir el olor a quemado, cree que fue en la ejecución que ha mencionó en último término. Agregó que en la ejecución de 1977 al volver en el camión había mucha menos gente. Añadió que en el año 1977 también oyó que llevaron a una familia para matarla y después se enteró que era la familia Rondoletto que decían que iban a venir de Jefatura. También comentaron que estaba un senador, Dardo Molina. Dijo que sobre las ejecuciones Grasita y el Bombo Ávalos dijeron que les habían comentado que los iban a matar en El Cadillal, comentaron que eran del sur. Añadió que había también una menor de edad, una chica de 15 años, señora de un capitán del ejército a la que decían la piojosa y decía que estaba embarazada. Aclaró que eso sería en septiembre u octubre de 1976. Dijo que a la comadre de el Reformatorio no la oyó en Arsenal. Tampoco volvió a ver u oír, mejor dicho a Ernestina Yackel en Arsenal, quien en el Reformatorio le había comentado que su pareja que también había sido secuestrada tenía contactos con el padre Dip. Dijo que le comentó que al marido lo habían matado. Aclaró que Sebastián era Fochi, no volvió a escucharlo ni en EUDEF, ni en Reformatorio, ni en Arsenal, estaba muy golpeado. Describió que en el Arsenal al salir del del galpón había dos casillas de madera y hacia el costado un lugar llamado la huerta donde por unas 24 horas enterraban gente, así estuvieron Augier, Grasita, el Bombo Ávalos. Vio también gente colgada de los brazos a la salida del pabellón. Dijo que vio gráficos, afiches, cartulinas en la pared que eran de la organización de la Compañía del Monte. En el reformatorio le exhibían fotos. Aclaró que por las preguntas que le hacían era como si los interrogadores sabían de cada uno más que uno mismo, habían hecho muy buena inteligencia previa. Manifestó que el Chaqueño era su novio desde el año 1975. En una sesión de tortura querían que de nombres y relaciones de gente de Jujuy pero la declarante no conocía nada de Jujuy. Recordó que para ponerla a prueba la carean con Hilda Figueroa, a quien no conocía, a quien nunca habían visto. Esa mujer era de tres promociones más bajas que la declarante en la Escuela Normal pero no se conocían dijo que eso fue la prueba de su desvinculación con Jujuy. El Capitán Vargas, Velardez y ganso como chofer llevan a la dicente a Jujuy. Agregó que iba además otro auto en el que iba la familia de Varela. Recordó que entre otros detenidos vio a Víctor Hugo Zafarov en el Arsenal, lo conocía del secundario y oyó su voz, pedía auxilio, gritaba, estaba aparentemente con gangrena en el codo por la tortura y no fue atendido ni por Angel, le consultaban al Dr. Augier que no podía hacer nada. También recordó ver a Fredy Coronel que con Osvaldo Perez y Germán Cantos hacían tareas. Dijo que a Fredy dejó de verlo cuando desaparece Ana, los primeros meses de 1977. Por la misma época dejó de verlo a Germán. Añadió que a Luis Cantos no lo vio, debe haber estado en el otro pabellón. La dicente dijo que también vio a Maldonado, Lerner, Horacio, en el Arsenal. Agregó que de Horacio supo que era una persona traída de Buenos Aires, rengueaba por un tiro en el pie. Recordó que oyó que estaba la señora Cerviño pero no pudo hablar con ella. Vio también a Teresa Saravia que hacía tareas de servidumbre. Conoció a Berta Miranda y Silvia Moggiato, arquitecta, actualmente, compañera de trabajo en el estudio de Gallardo, leían juntas El Combatiente. Manifestó que se enteró por comentarios que Berta había estado en el Reformatorio. Aclaró que sobre Nora Cajal dijo que en septiembre aproximadamente ya lo habían secuestrado al novio y luego de una sesión de torturas le dicen que tenían que identificarla a Cajal, le piden que se arrime a ella, eso fue en un stand de la Expo. Dijo que políticamente no tenía relación con Cajal, no leían nada juntas, cree que no tenían la misma tendencia política. Añadió que en su secuestro estuvo la patota, De María, Soplete, Velardez y Ganso que manejaba. Supo que Nora Cajal fue violada en el Arsenal. Recordó que de Santiago del Estero estaba Ana y Germán Cantos, Santiago Díaz a quien no vio pero escuchó comentarios de él, Giribaldi a quien sólo oyó nombrar. Aclaró que la guardia les vendaba los ojos, los esposaba, les tapaba los oídos ante las ejecuciones. A los detenidos en Arsenal la guardia les asignaba números. Escuchó el apodo Lucho en el Arsenal. Oyó nombrar a Lucho Falú en el Arsenal. en el Arsenal también escuchó al novio de Cajal que después supo que era conscripto. Dijo que oyó también a Gloria Iñiguez pero no habló con ella. En varios episodios concretos y en el seguimiento posterior nombró a Velardez al que le decían Indio, de Tafí Viejo que a esa época tendría unos 50 años. Añadió que pertenecía a la patota. Dijo que sobre el seguimiento que éste le hizo se prolongó por lo menos un año más. Recordó que posteriormente a su liberación vio a Nora Cajal en un Banco, hablando con el Ganso y otro más que no recuerda. Describió a el Ganso era joven, alto, con cara de ganso, delgado. Manifestó que luego de su liberación vio a López Guerrero a quien siguió viendo porque es arquitecto, pero tampoco estuvo hablando con él, lo reconoce como integrante de los civiles de la patota. Dijo que luego de su liberación declaró ante un juez militar, fue obligada a declarar bajo amenazas de que podía pasarle lo mismo, eso fue ya cuando estaba recibida y trabajando en Jujuy. Agregó que fue en el año 1984, la llevaron a declarar en instalaciones militares, ante un juez de apellido Cabral. Recordó que la buscaron en Jujuy la trajeron a Tucumán, Velardez y el Ganzo, como chofer. Estaba Cabral, el juez, y el doctor Germanó que era abogado. Dijo que la hicieron firmar que no había estado secuestrada, no fue una declaración que haya prestado en realidad. Luego de eso no recuerda que pasó, volvió a Jujuy. Encontrándose en Jujuy declaró ante la Bicameral, fue con la Dra. Noli en el año 1985. Declaró lo mismo que en sede militar, previas amenazas. Dijo sobre el apellido Sowinski, que después lo leyó. También escuchó el sobrenombre Pecho i Tabla y Ballofet. Aclaró que no puede precisar más que por comentarios de quien era su novio en ese momento, es que le quedaron grabados. Agregó que a Vargas o Varela lo vio dijo que era alto, 1.85 mts. , cabello lacio, le decían nazo por la nariz. Dijo que Cruz y Torres la involucraron cuando en realidad fueron quienes la torturaron, ellos no estuvieron en la misma situación que la dicente, añadió que salió del arsenal sin dientes, desnutrida y sin poder concebir. Explicó que cada 45 días había cambios de guardia, iban y volvían móvil 1 y móvil 2, y cada móvil tenía la misma integración que se repetía. Del Grupo de Bioquímica era Maldonado. Aclaró que en el Reformatorio le exhibieron fotografías no recordó haber conocido a alguien. Añadió que allí permanecía todo el tiempo vendada. Indicó que Juanca daba las órdenes, era una de tantas voces pero le pareció que sí. Señaló que en el Arsenal la escuchó a esa voz, pero no pudo identificar a ese tal Juanca. Dijo que a través de Susana Ascencio con quien vivía en Alberdi 138 supo que entraron y robaron dinero de la casa. Refirió a visitas de Bussi, cuando iba no pudo precisar si se producían ejecuciones. Manifestó que con relación a la familia Rondoletto sólo escuchó que eran como 5 personas. Recordó que Yolanda Borda cree que era una estudiante de bioquímica de Catamarca. Dijo haber tenido una causa y haber estado en 2005 privada de su libertad más de un año. Indicó que al Dr. Augier lo vio enterrado en un pozo, pudo hablar con él. Aclaró que no estaba diferenciada del resto de los detenidos, a menos que se crea que la diferencia fuera hacer tareas de servidumbre, lavar ropa de los gendarmes, sin dientes, desnutrida y descalcificada. Dijo que nunca estuvo libre. Recalcó que cuando la pusieron frente al religioso en el Reformatorio pudo verlo porque le sacaron la venda en ese momento. A Román de Fiad dijo que la mencionaron en el Arsenal, no por su nombre, sino por sus características. Relató que a pesar de haber estado vendada casi todo el tiempo reconocía a la gente por las voces. Explicó que su situación de servidumbre no implicaba que saliera del Arsenal, que no salía de allí, a pesar de que una testigo dijo que salía en el auto de ella. Dijo que nadie colaboró en ningún tipo de interrogatorios ni en los secuestros por voluntad propia. Eran todos secuestrados en un campo de exterminio. Señaló que era habitual que algunos detenidos fueran obligados a presenciar torturas de otros como táctica de ablande. Manifestó que una vez la sacaron, para ver a Nora Cajal en la Expo, ello porque presuponían que por ser estudiante de arquitectura tenía que conocerla. Agregó que con Pérez ambos estaban secuestrados, vendados aunque el trabajo de servidumbre se hacía sin vendas, la dicente con Ana lavando ropa, Pérez buscando leña. Manifestó que Torres y Cruz eran protegidos que habían torturado. Recordó que el alias de Torres era Cuchillo y el de Cruz Antonio. Dijo que son testigos protegidos porque le creyeron a ellos más que a la deponente. Añadió que Torres y Cruz saben que torturaron a otras personas, ambos trataban a las mujeres como los otros guardias del centro clandestino, eran gendarmes que como todos los que trabajaban en lugares así no eran buenitos, eran lo peor de lo peor. Dijo que concretamente fue torturada por la guardia de Cruz, pertenecía al móvil de Buenos Aires. Indicó que en Eudef estuvo del 14/04/76 al 20 o 25/04 del 76, Dijo que en la declaración de la Bicameral fue amenazada por el capitán Vargas por orden del Gral. Bussi. Añadió que cuando encuentran la esquela a la que ya ha referido es en abril del 77. Dijo que Pérez si accedió a una máquina de escribir, que supone que con la misma transcribió declaraciones de detenidos, pero a eso lo supo mucho tiempo después. Dijo en relación a la situación en el Reformatorio entre las voces que identificó una de ellas fue la de Juanca. Recordó que era una voz de mando, ofuscada, piensa que de una persona alta. Concluyó su altura por la voz. Agregó que a la misma voz la reconoció después en el Arsenal. Dijo que pertenecía a la patota. Recordó que Torres le dijo a Ana Cantos que quería sacarlos tanto a ella como a Germán, que iba allí de parte de la familia de ella que eran de Santiago. Manifestó que espera empezar a vivir, que los responsables de las atrocidades del 76 deberían estar donde tienen que estar, y que quisiera que se haga algo con los responsables del 2005.

MANUEL ERNESTO FERNÁNDEZ KRAUS

Dijo el testigo que fue un hecho muy doloroso que le quedó grabado a fuego en su mente porque tenía 18 años y Coco Saade Saieg era muy amigo de su padre, relató que una noche a mediados de enero del año 1978, no sabe si el 15 o 16 de Enero, el declarante vivía en cale Salta altura 1100 y Coco Saade tenía una Coupe Chevy muy linda. El dicente venía caminando por calle Salta y lo saludo a Coco y acto seguido vienen tres autos y se para uno delante de Coco, otro atrás un 205 o 128; otro al lado, era un Opel; se baja un señor de unos 40 años de la misma edad de Saade y adelante se para un Ford Falcon gris o verdecito. Dijo que se bajó una persona de cada auto, el del auto que se paró al lado del de Coco se bajó con una escopeta o revolver muy grande y lo obligaron a bajar a Coco del auto, lo subieron en el auto de adelante y salieron hacia el norte por Av. Salta. Uno de los captores se subió al auto de Coco y salió para atrás. Añadió que cree que Coco lo vio pero no lo saludó y el declarante salió a decirle a su padre lo que acababa de ver. Agregó que a Coco nunca más se lo volvió a ver y dijo que era dirigente de San Martín. Manifestó que las personas que bajaron de los autos vestían de civil, eran 6 personas y se bajaron uno del auto de adelante y otro del de atrás; en el de adelante quedaron las 2 personas adentro.

ASUNCIÓN DE JESÚS CERRIZUELA DE MEDINA

La testigo es esposa de Ángel Medina y madre de tres hijos con este. Relató que en la noche del 27 de septiembre de 1976 estaban en casa porque era víspera del cumpleaños de su marido y se encontraban con su madre, sobrina, un matrimonio vecino y sus hijos. Dijo que llegó aproximadamente a las 21:10 de la noche un grupo de encapuchados con botas, y medias en la cabeza y guantes, armados con armas largas. Entraron por la puerta de adelante y de atrás de la casa y preguntaron quién era Ángel Alfonso Medina, Lito Medina y nadie contestó. Agregó que encañonaron a un vecino y le preguntaron quien era y éste contesto que era Sarru, que estaba ahí por el cumpleaños del marido de la dicente. Dijo que fue su marido quien reveló que era él Lito Medina y los pusieron contra la pared y encañonados los llevaron a todos a otra habitación, ahí sintió el grito de su hijita de 10 años que gritaba desde un baño de atrás y la llevaron encañonada hacia ella; entonces pudo ver que otro grupo entraba desde la casa vecina. Manifestó que cuando volvió con su hija pudo ver que estaban el vecino y su madre contra un mueble encañonados y su hijo durmiendo. Recordó que su marido buscaba el documento porque se lo pedían. En un momento la declarante sintió que uno de los que entraron, un rubio de civil y mediana estatura de aproximadamente 45 años, le hablaba a su marido y de pronto sintió que su hijo gritaba ya que venía desde la esquina donde había estado jugando fuera de la casa y lo golpearon porque supuso que lo querían maniatar y él se resistía. Dijo que su otro hijo estaba durmiendo. Relató que al hijo que lo quisieron atar lo golpearon mucho porque se escuchaba que gemía. Manifestó que al marido lo cruzaron por atrás del fondo y lo pasaron a través de un alambre de púas y lo tiraron en una camioneta blanca que estaba estacionada adelante. Agregó que salió a la calle y pudo ver que salían con rumbo hacia el Hospital Lamadrid que desde ahí se tomaba a la ruta, aclaró que esto ocurría en Monteros. La testigo fue corriendo a la comisaría a poner la denuncia y le dijeron que vuelva al otro día. Indicó la testigo que va a la casa de su suegra y a la mañana siguiente volvió a hacer la denuncia y le dieron la constancia escrita. Dijo que con esa constancia vino a San Miguel de Tucumán, al otro día pidió audiencia con Zimmermann, pero lo esperó varias horas y se desvaneció, recordó que entonces apareció un muchacho de Monteros que ella conocía y consiguió que la conectara con Zimmermann quien la mandó a Baviera a hablar con Arrechea y añadió que fue hacia Baviera pero cuando llegó sintió unos tiros y salió un soldado que le dijo que Arrechea no estaba. Relató que luego sale un militar de adentro y la testigo preguntó por su marido a lo que este militar llamó a una persona y le preguntó "dónde andaba el grupo nuestro el 27?" y a lo que este respondió, que el grupo de ellos ese día andaba por el Ingenio Fronterita y además le dijo que eran un grupo de 12 personas no de 15 como ella le había dicho que eran los que anduvieron por su casa. Recordó la deponente que le dijo que se fuera y no volviera más porque le pasaría lo mismo. Dijo que en otra oportunidad fue al comando e intentó hablar con alguien ahí y apareció un hombre alto grandote, a quien la testigo le contó que iba a denunciar el secuestro de su marido (aclara que ya era el mes de octubre), y este sujeto le dijo que el Gral. Llamas la iba a atender; éste la hace pasar y la dicente le comentó lo de su marido y le dijo que quedó sin el pan porque su marido trabajaba en el Banco Nación y que quedó sin nada y necesitaba saber de su esposo. Dijo a éste Llamas que su marido era secretario del partido comunista en Monteros y excelente persona. Manifestó que un día la sacan de la casa porque no le alcanzaba para pagar el mensual; luego ingresó a trabajar en la Textil Escalada en Lules pero relató que los del ejército habían dicho en ese trabajo que ella iba a observar a los que trabajaban ahí, porque los demás la miraban con miedo; después la mandaron a trabajar al ingenio Ñuñorco y los del ingenio le dicen que la ayudarían sin que fuera a trabajar. Relató que es ahí que volvió a retomar la búsqueda. Remarcó que cuando lo golpeaban a su marido, también la golpearon a su hija en la cabeza y eso la afectó porque no pudo estudiar; también afectó a sus otros hijos en la misma manera. Agregó que en el Operativo Independencia es la primera vez que lo detienen a su marido y lo llevaron a la comisaría y lo golpearon. Dijo que otro día allanaron manzana por manzana y también la manzana de su casa y la 3ra vez que allanaron su casa lo llevan a su marido a la escuelita Diego de Rojas y lo tuvieron desde la mañana hasta la madrugada. Manifestó que siempre los hacían asustar golpeando la ventana de atrás de su casa y ya estaban afectados de los nervios; dijo que ella no dormía por las noches para que su marido pudiera dormir y salir a trabajar a la mañana y que su vida era un caos a raíz de tanto miedo que les infundían. Relató que su marido no quería irse de la provincia, que tenía 29 años y estudiaba derecho. Dijo que en Monteros en esa época había muchos militares y que a los pocos días del secuestro de su marido instalaron una base militar cerca de su casa y siempre iba por su casa un militar Marengo que le preguntaba por su marido, esa base estaba a menos de 50 mts de su casa y el tal Marengo supone que era de Jujuy. Añadió que con el tiempo se enteró que el Dr. Augier lo había conocido a su marido, pero que de eso se enteró por un papel que le hicieron leer en una oportunidad en que le hicieron un homenaje a los desaparecidos; recordó la dicente que habló con Augier quien le dijo que su marido tenía unas fuerzas y unas agallas que había sido un ejemplo en el Arsenal. Indicó que este señor les contó que hasta que el salió del Arsenal su marido estaba con vida y les dijo que cantaba La Internacional. Relató que una vez Llamas la increpó porque había ido al obispado y le dijo que hasta sabía cómo estaba vestida. Recalcó que presentó 2 habeas corpus y que fue a la CONADEP, a la Cruz Roja. Aclaró que la base militar estuvo como dos años cerca de su casa. Dijo que el comisario era un Almirón, quien la atendió cuando fue a denunciar el secuestro de su marido.

JULIA DEL CARMEN MEDINA GUTIÉRREZ

La testigo es hermana de Ángel Medina Gutiérrez, agregó que eran 3 hermanos su madre y su padre, oriundos de Monteros. Dijo que su hermano era militante del partido comunista y trabajaba en el Banco Nación. Relató que se enteró por su cuñada del secuestro de Ángel; que ocurrió el 27/09/76 a las 21:30 o 21:45 hs. aproximadamente, entró un grupo de personas armadas y que lo sacaron a su hermano delante de su hijo; y que ellos vivían a tres cuadras de la policía. Manifestó que al día siguiente fueron a cada uno de los destacamentos donde estaban los militares, luego fueron al ingenio Baviera y allí un capitán o teniente Arrechea les dijo que si Ángel no había tenido nada que ver en nada quedaría libre. Recordó que se presentó en su casa un señor. Sequeira y les dijo que a su hermano lo habían visto en Chaco, pero que esto era mentira, después no supieron más de su hermano hasta que se enteraron del testimonio del Dr. Augier. Dijo que al final del "Operativo Independencia" fue Bussi a la comisaría de Monteros y que su hermano se presentó ante Bussi y le dijo quién era, dónde trabajaba y que no quemaría sus libros. Expresó que su hermano fue un militante comprometido con su pensamiento.

ANGEL AUGUSTO MEDINA

El testigo es hijo de Ángel Alfonso "Lito" Medina Gutiérrez y que tenía 12 años cuando lo secuestraron a su padre. Dijo que jugaba en la esquina de su casa y que en su casa estaban festejando el cumpleaños de su padre. Describió que jugaba en la esquina opuesta a donde estaba el destacamento militar y que de pronto vio un movimiento extraño en la zona. Relató que durante el operativo independencia los molestaban mucho en su casa, los asustaban y vivían así. El dicente dijo que desde la esquina ve que se estacionó un auto raro en la cuadra y bajan personas desconocidas que eran extraños y tenían un andar particular. Agregó que salió corriendo hacia su casa y mientras iba vio que había un hombre armado en cada casa y lo quisieron parar pero se escabullo. Dijo que también vio gente armada al frente de su casa donde había una iglesia evangélica y supuso que pasaba lo peor, añadió que una semana antes la habían secuestrado a Coca Cosentino que era una amiga muy querida. Relató que cuando entró a la casa un vecino decía que él no era Lito Medina, después vio que su madre salía del dormitorio con una tirilla del documento. Dijo que a su hermana le estaban pegando, y vio una persona que tenía peluca y no tenía medias (porque los demás tenían medias en la cara), ese hombre tenía sólo peluca y anteojos de carey. Relató que su hermana les decía a esos hombres que no le peguen a su papito y cuenta que su hermana tenía epilepsia y problemas de salud. Describió que ve cuando a su padre lo llevaban golpeándolo y tirándolo sobre las rosas podadas y recordó que su padre gritaba que no les peguen a sus hijos y la mirada de desesperación de su padre. Indicó que lo tiraron a su padre en una camioneta. Manifestó que el secuestro de su padre no fue una casualidad ya que él militaba desde muy joven y había viajado a Checoslovaquia. Recordó que todos le decían a su padre que queme las revistas y los libros y su padre les decía que no podía quemar y que no se podía claudicar a sus ideales y que vino a este juicio a mostrar la luz que su padre irradia en él y que a través de su padre comprendió la lucha y el amor por la gente, y que lo sacaron unos traidores a la patria de su propia casa el día de su cumpleaños y está orgulloso de ser hijo de Lito Medina y expresó que pudo comprender a su padre y su lucha y que su casa era la sede de la juventud y que por ella pasaron trabajadores, obreros, maestras, etc.

RAMON ANTONIO BASUALDO

Dijo el testigo que vivía en Álvarez Condarco N ° 1186, de la localidad de Tafí Viejo. Relató que el 7 de septiembre del año 1976 alrededor de las 22:30 o 23:00 hs de la noche sacaron a tres personas de su casa: al testigo, a su hermano y José Hernández, su cuñado Manifestó que no tuvo nada que ver con Díaz, que a Manuel Julio Díaz lo conoce porque era de Tafí Viejo pero que no lo vio cuando estuvo detenido, que lo sabía por rumores y supo que fueron secuestrados el mismo día que Díaz pero que eso lo supo después. Relató que no sabe si hubo otros secuestros en Tafí porque después de lo que pasó el testigo se fue de Tafí Viejo.

CRISTINA NOEMI GALVÁN

Dijo la testigo que conoce a Juan Carlos Benedicto porque fue preceptora del colegio al que asistió Benedicto pero que no fue preceptora de este. Manifestó que en el año 1975 ella era muy joven recién entraba a trabajar y que no pudo recordar la cara de Benedicto; era preceptora en el turno noche desde las 20:00 hasta las 00:15 hs. de la noche en el Colegio Nacional Bartolomé Mitre. Añadió que trabajó en ese colegio hasta el año 1986 más o menos.

LUIS DE PIERO

Dijo el testigo que en el año 1976 concurría al Colegio Nacional en el horario de 20:00 a 00:00 hs. cursaba el 4° año y que era compañero de un muchacho Benedicto. Dijo que Benedicto era muy pachorriento y que sus compañeros le decían "fatiga" y que andaba todo el día conversando con las chicas más que con los hombres. Agregó que no lo vio manejando autos de lujo y que tampoco lo vio militando en actividad política porque no se integraba a ningún grupo. Manifestó que no tenía carácter agresivo y aclaró que no fue amigo sino sólo compañero. A salir del Colegio cada uno partía para diferentes lugares. Expresa que nunca le vio un auto lujoso, aunque no puede asegurar que lo haya o no tenido.

JORGE PANTALEÓN ABALLAY

Dijo el testigo que se retiró del Ejército Argentino en el 2001 como Sub Oficial Mayor y que en el año 1986 estuvo en San Juan. Manifestó que no recordó haber declarado ante el juez militar Roque Cabral respecto a la causa Carloni de Campopiano. Agregó lo único que recuerda haber declarado, es que no había nada en el Arsenal Miguel Azcuénaga. Agregó que no recuerda lo que declaró ante el juez militar Cabral. (se le exhibe cuerpo 298 fs. 295 y reconoce la firma). Indicó que en el año 1976 y 1977 era auxiliar del intendente de cuartel, hacía mantenimiento de edificio, de instalaciones eléctricas, sanitarias y esa era su tarea. Dijo que solo operó en el Barrio Militar que está al inicio del Arsenal y que no sabe por qué fue citado a declarar ante Cabral. Expresó que ante Cabral dijo que no existió nada porque tenían prohibido pasar por ese lugar, en referencia al lugar donde habría habido reunión de detenidos. Manifestó que no recuerda haber dicho ante Cabral que no funcionó un lugar de detenidos en Arsenal y en que sí existía eso en la escuelita de Famaillá y en la Jefatura de Policía, explicó que en la época de la declaración que se le exhibió le pusieron una declaración para que firme y que él no la leyó ya que cumplían órdenes y las órdenes eran esas, firmar y nada más. Relató el testigo que él hacía mantenimiento y que sí había un cable que llevaba energía eléctrica de la ruta 9 al sector del Arsenal al que tenían prohibido ir. Añadió que no recuerda desde cuándo existía la prohibición de ir hacia la parte de atrás del Arsenal. Agregó que no recuerda quién era jefe de la compañía y sí recuerda a Inoccenti y dijo que era jefe de la compañía y que no vio personal de gendarmería hacia ese sector. Manifestó que no recuerda quién era el jefe que le ordenó firmar la declaración en el Juzgado de Instrucción Militar. Dijo que no sabe cuántos conscriptos había en el arsenal. Relató que el suboficial principal Nieto era el intendente del cuartel en el año 1976 y que sí había personal civil en esa área: electricistas: Pérez, Nougues, Chia, Pereyra, soldador eléctrico etc. Recordó que eran ocho en total ese cuerpo de personal civil que trabajaban allí. Dijo que las tareas de mantenimiento que realizaba comprendía también la zona de los polvorines y que allí sí había agua que provenía desde los cuarteles. Agregó que el horario de trabajo del personal civil era desde las 6:00 hasta las 14:00 hs. de Lunes a Viernes.

MIGUEL ALBERTO ARGAÑARAZ

El testigo es hijo de Rosario Argañaraz, dijo que lo llevaron junto a su padre. Relató que los llevaron de su casa el viernes 7 de Enero de 1977. Añadió que lo liberaron en el mes de Marzo del 77, y antes hicieron que se despidiera de su padre, nunca más volvió a verlo. Dijo que más o menos una hora y media anduvieron en el camión de los militares, al otro día, el sábado, lo llevaron a una Escuela. Permaneció con los ojos vendados y las manos atadas. Indicó que lo detuvieron aproximadamente a la 01:00 o 02:00 hs. de la mañana delante de toda su familia: él, su padre, su cuñada. Recordó que al otro día, fueron a buscar a un tal Zelaya, lo llevaron y en la calle lo encontraron al hijo. Luego se enteró que esa oportunidad también secuestraron a su hermano y a un tío suyo. Dijo que Romano, estaba de civil, pasaron por frente de su casa, éste entro, sacó una escopeta y volvió a formarse con los militares. Manifestó que al único que conocía entre los captores era al policía Víctor Gerardo Romano. Dijo que Juan Carlos Argañaraz es su hermano y vive en Buenos Aires pero no recuerda la calle; en cuanto a Ana del Tránsito dijo que también vive en Buenos Aires. Agregó que en la escuela a la que lo llevan no le preguntaron nada de nada y que después se enteró del secuestro de su hermano Roberto. Añadió que en la escuela estuvo ese día y que después lo llevaron a un lugar que desconoce; ahí le preguntaron de donde sacaban plata para comprar el tractor, le preguntaban sobre la actividad de su padre; Dijo que su familia vivía de la caña. Manifestó que lo liberaron en Marzo, lo cargaron junto con otra persona no recuerda quien era pero que lo liberaron primero, a él lo dejaron en la Ruta 157, era de madrugada, le dijeron que cuando no escuche ruidos se sacara las vendas, que estaría al lado de su casa, luego se dio cuenta que no reconocía el lugar, se recostó al costado de la ruta, allí amaneció, vio que llegaba el Posta (colectivo), con un cartel que decía Tucumán, eso lo ubicó y comenzó a caminar por el costado de la ruta, llego a una casita donde le dieron dinero para el boleto y un par de alpargatas, así fue que pudo llegar a Simoca. El declarante manifestó que el Policía Víctor Romano, sigue en el pueblo. Dijo que su madre y su hermano Roberto hicieron los trámites y denuncias por el secuestro de su padre. Añadió que los restos de su padre fueron identificados y sepultados en Simoca el 04 de Agosto de 2012.

CARLOS FERNANDO DASQUE

El testigo dijo que perteneció a Gendarmería Nacional como oficial abogado auditor. Prestó servicios en la Agrupación Misiones entre los años 1982 y 1985. La fuerza tiene regiones, dependiendo de la importancia, Misiones depende de Rosario. El escuadrón es una unidad más pequeña, como el regimiento en el Ejército. Manifestó que era el único abogado prestando servicio como tal de su unidad. En el año 82, en la zona en la que se desempeñaba dijo creer que estaba el Comandante Benito Palomo, en un Escuadrón de formación de gendarmes en Concepción de la Sierra. Manifestó que Las dos situaciones que separan al hombre de la fuerza son el retiro y la baja. El retiro no admite la reincorporación. La baja admite la reincorporación a requerimiento del causante con un margen de tiempo, debe ser solicitado y luego avalado por la fuerza. Indicó que asesoraba sobre las reincorporaciones cuando le llegaba un expediente específico, las evaluaba, más aun si el trámite se adecuaba a derecho. Recordó que en el año 82 el comandante Benito Palomo lo consultó sobre el pedido de reincorporación de un Gendarme llamado Cruz, que le había enviado una carta a Palomo solicitando que mediara para su reincorporación; manifesto desconocer si entre ellos hubo contacto oral. Era una especie de carta en la que le pedía sus buenos oficios o una mediación para ayudarlo con la reincorporación en la fuerza. Agregó el declarante que en esa época recibió 2 consultas, la primera de un asesino que fue atrapado, el hombre apareció en el diario El Territorio, con uniforme de sargento de Gendarmería, ante esto hizo un requerimiento porque se acusaba a gente de la fuerza, requirió a la Dirección de Personal, en Buenos Aires, para qué informe sobre si este pertenecía o no a la fuerza, después de una semana Gendarmería contestaron que esa persona nunca estuvo en la fuerza, que se trataba de un mitómano. La otra consulta fue de Palomo por Cruz, recordó su nombre porque su suboficial Catalino Ramos le preguntaba novedades sobre Nazareno en referencia a Cruz. Le informaron que no era factible su reincorporación porque había tenido muchos problemas disciplinarios, incluso en su legajo había sido sancionado por el mismo Palomo, cuando trabajaban en la zona sur, en una subunidad. Añadió que era en zona Patagónica, o Río Turbio o algo así, al sur. Según recordó, Cruz le había mandado a Palomo una carta pidiéndole sus buenos oficios, era un requerimiento oficioso, no oficial. Ante la consulta el declarante le dijo a Palomo que no veía factible la reincorporación de Cruz porque era disciplinariamente conflictivo como el propio Palomo lo sabía ya que él mismo lo había sancionado. Manifestó desconocer la reacción de Cruz ante la negativa de su reincorporación, supuso, que no debió alegrarle la respuesta. Dijo que vio la carta que Cruz le envió a Palomo, se la facilitó el comandante en un viaje que hizo a Posadas, pero no era un tema de trascendencia oficial. Era una misiva de tinte coloquial. Le dijo al colega en el 82 u 83 sobre el punto. Dijo que el régimen de contratos lo manejaba la Dirección de Personal. Contó que se le hacía un contrato y la persona empezaba a prestar servicios. Señaló que entre el 82 al 85 era abogado de la Agrupación Misiones. Manifestó que estuvo en el edifico Centinela. Dijo tener conocimiento sobre la confección de legajos personales. Sobre la consulta de Palomo no recordó si puntualmente éste estaba de acuerdo o no con el requerimiento personal que le hacía Cruz. La reincorporación o no de Cruz no dependía del declarante, debía ser realizado ante la dirección de personal y ser tratado ante la junta respectiva. No supo de los problemas disciplinarios de Cruz, sólo por las referencias de sus antecedentes. Reiteró que recuerda el nombre de Cruz porque Catalino Ramos lo asimilaba a Nazareno.

CARLOS ISAAC PESSA

El testigo fue novio de María Teresa Sánchez desde 1970 a 1974, su apodo era Mori. Egresó en el 75 de la carrera de Medicina. Durante la relación que mantuvo con Mori era estudiante de Psicología. Ambos tenían participación en militancia estudiantil en la universidad dentro del GET, Grupo Evolución Tucumán. Así fundaron el Centro Único de Estudiantes de Medicina en el año 1969. Dijo que ella fue secuestrada y desaparecida luego de que concluyeran la relación. Conoció el hehco por deducción de las circunstancias que le tocó vivir y tiempo después por conocimiento y diálogo con los familiares de ella. El martes 2 de Noviembre del año 76, a primeras horas de la tarde encapuchados entraron al domicilio de su padre donde el declarante se encontraba viviendo. El dicente logró esconderse. Ese grupo de cinco personas permaneció toda la tarde y hasta el día siguiente en la casa y a cada persona que ingresa iban reteniéndola allí. Al otro día, en la madrugada del 3 de noviembre, el dicente fue con su padre que consiguió una entrevista para conversar con Varela en el Comando. Agregó que se fue a casa de unos amigos cerca del comando (a una cuadra) de donde lo secuestraron. Luego fue detenido. Permaneció en el comando un día, luego fue trasladado a Jefatura de Policía una semana, luego a Villa Urquiza y después a Sierra Chica hasta que obtuvo la salida del país. Desde el comienzo, en el comando empezaron a torturarlo, le dijeron que por Mori Sánchez sabían que había atendido a heridos que formaban parte de grupos armados. En la jefatura de Policía no pudo reconocer a nadie porque estaba encapuchado, en Villa Urquiza sí, a unos chicos de apellido Vizcarra de Río Colorado y a un señor Succar de San Miguel de Tucumán. Estaba alojado en un sector aislado, dijo que había un sector para los llamados "presos políticos" donde se encontraban ex funcionarios del Gobierno derrocado en el año 76. contó que supo por sus familiares le dijeron que eran personas armadas, encapuchadas, de civil, que hablaban con tonada provincial como si fueran tucumanos. Sabe que Mori permaneció desaparecida por conversaciones con su padre y otros familiares. Otros amigos suyos o de Mori del GET secuestrados y desaparecidos son Somaini, Santillán, Vallejo, Morales, Ponce y lamentablemente muchos más. Conocía a Eduardo Ramos. Fue autorizado a salir del país en julio del año 77. Dijo que su padre habló con un miembro del ejército de apellido Varela, y dijo que esa persona habría participado de los hechos en la casa de su amigo al día siguiente, cuando lo buscaron de esa casa. Fue con su padre a entrevistarse con Varela. Agregó que pudo salvarse por contactos de su padre con médicos reconocidos a nivel nacional como el Dr. Rene Favaloro, y por las gestiones de Monseñor Conrero en Tucumán. No conocía a ningún miembro de la familia Rondoletto. Dijo que el apodo Nazo o Vargas le sonaba, pero manifestó no recordarlo bien, dedujo que era a través de las personas que participaban del movimiento estudiantil. Añadió que, el grupo entró al domicilio de su padre el martes 2 de Noviembre del año 76, a las 15.30 y se quedaron hasta la mañana del día 3 de Noviembre. La entrevista con Varela la tuvieron esa mañana, en el Comando. La entrevista giró sobre la preocupación de la familia por la presencia de un grupo armado en su casa el día anterior con la clara intención de secuestrarlo. De la entrevista participó su padre y la obtuvo por sus contactos en la Provincia.

JOSEFA NICOLASA OLIVA

Dijo que fue secuestrada en 1976. Contó que en esos días iban por las mañanas a pelar caña y que los hacían tomar asistencia, como cuando iban a la escuela. Esto sucedía en Yacuchina. Relató que una vez una mujer estaba haciendo locro y se le perdió la comida. Que le reclamó a los militares que estaban cerca y estos llegaron protestando. A la señora le sacaron toda la comida, le llenaron la olla de piedra y arena, y le atizaron el fuego. La declarante tenía un chico que la ayudaba, el Mocho Rivero, que tenía unos 15 años. Un soldado llegó y le pegó al chico, y a la señora le pegaron un culatazo en la boca haciéndole tragar los dientes. La dicente fue amenazada, le dijeron que se callara. En ese trecho el chico le dijo "ayúdame, que no puedo más". Lo golpeaban, lo picaneaban. Un soldado le pegó en la clavícula y la tiró boca abajo. Le pusieron un algodón en los ojos con algo que le dolió muchísimo. Luego la vendaron y ataron y la tiraron a un zanjón donde ponían a la gente. Ella preguntó por qué le hacían eso y le dijo el soldado que ella tenía que decir todo lo que había visto, pero ella no había visto nada. Así la llevaron, no le dejaban comida ni nada. Le pisaron con fuerza la espalda, le dijeron "aquí vas a aprender con quien te estás metiendo". Fue un camión, la cargaron, junto a mucha gente, tirándola como quien tira una bolsa de papa. Dijo que los llevaron a Santa Lucía, a un cuartito, eran montones metidos en ese cuarto. Allí la tiraron boca abajo, le bajaron el pantalón y la violaron por la cola y la vagina. Un hombre, que la violó, le dijo a otro que no conocía a una mujer virgen, y le dijo al otro que siguiera. Hicieron todo lo que quisieron mientras ella estaba vendada y atada. Relató que al chico Rivero lo crucificaron, le pusieron una máscara y les dijeron a todos que lo miraran para que vieran lo que iba a pasarles si no colaboraban. Lo pinchaban con la bayoneta, le cortaron el pene y murió desangrado. Que ese chico le pedía ayuda, le decía "Josefa ayúdame", y ella no podía hacer nada. Dijo que eran unos perros caníbales, no les importaba nada. Que una se hacía la caca, la pis, todo encima, estaba metida en un calvario sin ayuda de nadie. Se preguntó por qué lo hacían, que si querían hacer la guerra no podían hacer así con mujeres y niños. Luego los llevaron a la Jefatura de Policia donde estaba Bussi, que ordenaba. Allí había jaulas con gente adentro, era un solo griterío pidiendo cosas. Al dolor se lo lleva adentro. Dijo que son unas personas malas, sin corazón, que ellos no hacían nada. A una mujer le echaron ácido en el cuerpo y la dejaron ciega y estaba embarazada. A ella le dijeron que le pasara iodo y cuando intentaba curarla se le desgarraba la carne. Tenía total impotencia al no poder ayudarla pero al dolor lo tenía dentro suyo y a ellos no les importaba nada de nada. Actuaban como si fueran dioses y no eran nada, eran caníbales. La mujer lo tuvo al bebe, pero no por donde tenía que ser, sino por ese agujero que se le había hecho. Un soldado le dijo que la ayude, le daba leche para que se mantenga. Dijo la dicente que era un esqueleto humano pero Dios le daba la fuerza. Que la picaneaban, que le ponían la cabeza en un tacho con agua que tenía gasoil y unas pastillas de veneno. Que los captores mientras tanto se divertían. Que Dios le da la fuerza para seguir adelante, para tener la fuerza para decir la verdad. A todos mataban como a perros, a hombres, mujeres y niños. Ellos se creían los reyes del mundo. Ellos pueden decir que todo es mentira, pero ella no miente, dice toda la verdad, nunca cayó presa ni fue a una comisaría, nunca robó nada. Bussi ese día la vio a la mujer. Cuando nació el bebé Bussi entró con sus botas lustradas y su ropa perfecta, le dijo que si decía dónde estaba su marido no le pasaba nada, y la mató pegándole un tiro y se llevó al niño, quién sabe dónde estará. Dijo que soportó hasta que salió, que estaba podrida en vida, que salió y estuvo sola en el hospital como un año, con la Virgen y Dios como sus únicos compañeros. Fue liberada cuando apareció un soldado al que le pedía que le dijera su nombre, ese soldado le decía que sabía que ella era inocente y le dijo que la ayudaría. Contó que cuando Bussi señalaba a los que había que matar, ellos los mataban. Que Yacuchina debe estar lleno de huesos. Los que pudieron salvarse eran los que lograban esconderse. Que el hecho fue en el 75 y 76. Entraban a trabajar hacia el 1 de mayo, luego de esa fecha fue el secuestro. Lo sucedido con Rivero fue en la casa de madera de Santa Lucía donde primero estuvo secuestrada. Allí había aparte de la declarante y Rivero muchísima gente pero que no podía ver por las vendas. Allí perdió la noción del tiempo, aunque estima que fue mucho por el olor a podrido que tenía, de la caca, la pis, la menstruación, era una sola pudrición, no había lugar ni para moverse. Luego la trasladaron a la ciudad. Cuando se le cayeron las vendas pudo ver borroso la galería de la Jefatura de la Policía. Allí la mataron a una chica de un tiro en la cabeza. Esa mujer le decía que era de Alberdi. En Jefatura también estuvo mucho tiempo, un soldado la ayudo allí, la llevó a un baño para que se lavara y tomó mucha agua. Le sacaron fotos mientras se limpiaba en el baño. Tenía pisos de mosaico, el baño azulejos, estaba muy limpio. Estaba con un pantalón de hilo azul y una camisa de Grafa. El soldado le dio una pollera y una blusa para que se pusiera, temblaba de frío, le dio una manta para que se abrigara. La gente que estaba allí era horrible de ver, los que estaban en las jaulas gritaban, lloraban y se quejaban todo el tiempo. Que puede mostrar sus heridas en el estómago, tiene nueve operaciones. La tenían con suero, le ponían sangre, le tenían que pillar la carne para que le entre la aguja. De Jefatura salió con la ayuda del soldado, él le dijo que tenía madre y hermanos, que la iba a ayudar. Le explicó que tenía orden de matarla pero que él la iba a salvar. Le dijo que la ayudaría a vivir para que contara lo que le pasaba. Le dio un vaso de leche con una pastilla y le dijo que iba a parecer que estaba muerta. Así otros soldados la tiraron al río Romano. Al llegar a su casa su familia le dijo "volvete con los machos con los que te has ido". Un muchacho que conocía la llevó al hospital de Monteros, pidió en su casa ropa para ella, la lavaron de nuevo y la pasaron a Tucumán donde estuvo un año. Gracias a ese soldado se salvó, junto a Dios y la Virgen. En el Hospital la visitaban un cura y cuatro monjas. Intentó matarse tirándose del 8° piso porque se sentía perra por no tener la fuerza para ayudar a otras personas. A la noche lloraba y pedía a Dios la muerte. Hasta la fecha a veces a la noche despierta llorando y diciendo "no me hagan así, no me hagan así". Sobre el hecho al chico Rivero dijo que fue en Santa Lucia, en un cuartito de madera, al frente del ingenio. Ahí había mucha gente amontonada. Rivero tenía a su mamá, iba a la escuela y su hermana se llamaba Rosa, vivían por ahí. Todos los que estaban en ese cuartito, estaban vendados. Tenía 20 años en ese momento y aclaró que no sabe leer ni escribir.

PASCUAL ARIÑO

Dijo ser hermano de Joaquín que se encuentra desaparecido. Que fue secuestrado el 3 de junio del 77 en su domicilio de Blas Parera a la noche. El se encontraba en la casa de sus padres en calle Las Piedras al 500, lugar en el que vivía. Trabajaba en la facultad de derecho, en la imprenta. Además era estudiante de esa facultad. El vivía con sus padres en la calle Piedras al 500. Llamó la esposa de su hermano diciendo que unos hombres armados se habían llevado a Joaquín. Él le dijo a su padre que tenía que hacer la denuncia en la policía y así lo hicieron. Era uno de los pocos casos que aceptaron esa denuncia. Empezó un calvario para tratar de ubicarlo. Sus padres fueron los que iniciaron las acciones. Estaba Manlio Martínez de juez federal y presentaron un recurso de amparo con resultado negativo. A los pocos días, su madre que tenia un parentesco con el cura Quijano, intentó reunirse pero no pudo. Todas las gestiones fueron negativas, gente ofrecía gestiones a cambio de dinero. Denunciaron ante la OEA, ante el cura Basols, en organismos de Derechos Humanos. Dijo que a su hermano lo secuestraron fuerzas de seguridad del Estado, no civiles. Su madre tuvo contacto con alguien del D2 que tenia una relación afectiva con una prima. Él lo vio varias veces, sintió las conversaciones 4 o 5 veces en su departamento. Decía que su hermano estaba en Jefatura y que llevaba mensajes. En esa época las redadas eran para con estudiantes universitarios. En junio del 77 llegó Videla a la provincia y decían que se habían tomado medidas preventivas que pasaron a ser definitivas. Esa persona se llamaba Chuchuy Linares. Se identificaba como miembro del D2. Hablaba con su madre diciendo que llevaba mensajes. Hace unos años, cuando se publican listas de personas que estaban en Jefatura estaba su hermano con un alias que solo su padre le decía, "el capo" y cree que Chuchuy Linares fue quien pasó esa información aunque no sabe a efectos prácticos para que lo hizo. Fue un día de semana el secuestro, a los pocos días lo secuestraron al Turco Dip, pero nunca sus padres lo denunciaron. Lo sacaron del Hotel Crillón. Su papá venia del peronismo, en ese momento habló con el padre de Daniel Posse para que lo ubiquen a su hermano en la facultad y fue ahí que lo pusieron en la imprenta. Joaquín iba avanzado en la carrera de procuración, tenia 22 años era del año 51. Su hermano una vez comentó que hacían fulerias en la imprenta, que usaban materiales para trabajos particulares, y lo querían involucrar. Existía mucha desconfianza en ese momento. Eso fue en el año 75, cuando dijo que si le pasara algo los responsables serían dos personas determinadas. Uno era el jefe de sección, otro, profesor de la facultad. En el año 77 su padre hizo la denuncia, él lo hizo con posterioridad en la justicia federal. No lo hizo contra Chuchuy Linares porque en esa época no podía hacerlo. El representó a su hermano hasta las leyes de obediencia debida y punto final. La esposa de su hermano se llamaba Mónica Graciela Portnoy. No sabe porque no vino a declarar. Su prima no era concubina de Chuchuy Linares, era solo una relación afectiva. Sobre un Sr. Laurant dijo conocerlo porque era pareja de una hija de Trinidad Paz. Trabajaba en la policía. No recuerda un pariente de apellido Lorenz. Chuchuy Linares ayudó a su familia, aunque fue nula pero algo debe haber hecho porque solo el sabia el alias de su hermano con el que aparece en la lista aportada por Clemente. Su padre no puede ser que haya aportado el dato del alias de su hermano. El imputado Chuchuy Linares interrumpió el testimonio y solicitó que especifique de donde lo conoce el testigo. Aclaró que lo conoció en la casa de su prima cuando se perdió su hermano y se fue a refugiar a esa casa donde compartieron habitación durante 10 días. Nunca más se volvieron a ver. Dijo que a la Sra. Trinidad Paz de Laurant es a la única persona a la que conocía. Dijo no conocer a sus padres ni haberse reunido con ellos. El Sr. Laurant era oficial de la policía y estaba en Logística y Lorenz fue miembro de la Policia en la sección datos personales y lo exoneraron por facilitar documentación a personas. El testigo dijo no haber dormido jamás en la casa de su tía Trinidad.

BERTA NOEMI MIRANDA

La testigo dijo que en junio del 76 vivía en Lamadrid 246 con sus padres y, una madrugada aproximadamente a las 3 de la mañana, golpearon la puerta de la casa, que era en el primer piso. Su padre salió a atender y se encontró con un grupo de personas con la cara tapada, con medias en la cabeza usadas como pasamontañas, incluso había una persona con nariz de payaso y se identificaron como la policía, preguntaron por la testigo que dormía en la parte de arriba, entraron al dormitorio de una hermana de 18 años y la levantaron pensando que era ella, entraron entonces violentamente al dormitorio siguiente que tenía un lugar de estudio; empezaron a revisar la biblioteca, tiraron libros, se llevaron algunos de ellos y se llevaron una caja de cartas personales que ella tenía de una compañera del secundario que se había ido a vivir a un kibutz. Le permitieron que se vistiera, le pusieron un tapado y la bajaron. Cuando llegaron a la calle la vendaron con un algodón con una cinta, pero logró ver un Ford Falcon y la tiraron en el piso del asiento trasero, se sentaron adelante y atrás y la iban golpeando y pateando. Llegaron a un lugar con un patio de tierra o de ripio, la bajaron y la hicieron subir con la venda y entraron a un lugar donde había una escalera, la llevaron a un salón donde había bastante gente y le dieron una frazada y la tiraron en el piso con otra gente y ahí comenzó una terrible experiencia, escuchó gemidos, gritos, quejidos y en un determinado momento la buscaron y la llevaron a una sala de tortura donde la desnudaron y la tiraron en un elástico de una cama, le aplicaron picana, la golpearon, le hacían preguntas, se reían, se burlaban y le preguntaban si estaba embarazada, la quemaron con cigarrillos y volvieron a llevarla al lugar donde estaba. Allí alguien que estaba a la par le dijo que no tomara agua si le aplicaron la picana, ahí escuchó una voz conocida que le preguntó el nombre, era Osvaldo Pérez que la testigo creía que se había ido de Tucumán. Tiempo después se enteró que ese lugar era el Reformatorio. Pasó el día con una rutina aparente, cree que al mediodía le repartieron de comer, estaba aterrorizada no sabía cómo manejarse, que tenía que hacer, no sabía cómo iba a ser para ir al baño hasta que se dio cuenta que había una rutina que otros detenidos conocían, que un determinado momento los llevaban al baño, siempre vendados. Manifestó su dificultad para hablar porque esa experiencia recién le contó a su marido hace poco tiempo y sus hijos no saben cómo fue. Sabe que la voz que escuchó era de Osvaldo Pérez porque era amiga y compañera de la facultad de Susana Auad quien salía con Osvaldo Pérez. Este había ido a avisarle que habían secuestrado a Susana Auad. Dijo que había dos personas que la interrogaron que después les vio los rostros, una se hacía llamar Vargas y otro Pablo; Vargas tenía una tonada porteña, y Pablo supuso que era un gendarme porque tenía una tonada litoraleña. Fueron ellos los que los secuestraron, esta persona hacía comentarios bastante nazis de los judíos. En el Reformatorio no tiene identificado nombres, a Susana Auad no la vio ni escuchó en el reformatorio, había una chica joven embarazada que estaba en el último período de embarazo porque se quejaba mucho, una señora del interior de la provincia, cada tanto pasaban y los pateaban. Se acordó que había salido de la casa de los padres con un mongomeri con capucha y metía la cabeza dentro para que no la vieran, porque parecía que llamar la atención era ir a una golpiza o sesión de tortura. Dijo que antes de su liberación le hicieron escribir una carta de puño y letra a la casa de los padres explicando que estaba detenida por un comando anti comunista y que no se preocuparan ni hicieran ninguna gestión ni recurso porque iba a ser liberada. Esa carta la tiraron por debajo de la puerta de su casa mientras estuvo secuestrada, la madre decidió tirar la carta. Mientras tanto en una de las sesiones le sacaron la venda para mostrarle unas tiras de fotos carnet con caras de estudiantes de la facultad, a algunos conocía y a otros no. Le preguntaron por gente del movimiento estudiantil. Vio fotos del chino Moya que era de filosofía, había fotos del centro de estudiantes de arquitectura y otras fotos de gente que no conocía. Le dijeron que la iban a liberar y la iban a llevar a su hermana de 18 años. Ante esta situación la testigo les dije que no lo iba a permitir y el tal Vargas le dijo yo "soy el dueño de tu vida y de tu muerte". Una tarde la sacaron del salón donde estaba, nunca estuvo en otro lugar que ese salón y le dijeron que la iban a liberar, la subieron a un Falcon que tenía el asiento delantero sin división, la hicieron agachar, le sacaron la venda cuando casi estaban llegando a un lugar y la dejaron en la esquina de la casa del padre, le entregaron el DNI y le dijeron que la iban a tener vigilada que no se le ocurriese irse fuera de la provincia o del país que la iban a controlar, que no le contara a nadie lo que le había pasado y que no hiciera denuncia. En ese momento fue cuando les vio la cara a estas personas. Luego de esto, Vargas y Pablo le hablaron esa misma noche, recibió atención médica de un tío de ella y sabía por su madre que había un auto en la esquina de la casa que estaba parado por largo tiempo. Un día recibió un llamado donde le dieron una cita en el bar ABC para un sábado a la mañana, era una cita de control. Antes de ir le avisó a su marido Vicente Guzzi y quien fue un rato antes a controlar que no le pasara nada. En esa cita apareció Vargas que era alto, de tez blanca, con bigotes, una nariz importante y que se destacaba en su rostro. Le preguntaron sobre Lucho Falú y ella les dijo que no le conocía ninguna militancia y le dijeron que querían hablar con Lucho y ella les dijo que hablaría con él. Cuando se fueron se volvió a la casa de sus padres, el marido se quedó un rato más y la acompaño a la casa de Lucho Falú. La testigo relató que fue, habló con Lucho, y le dijo "vos tenés tiempo, ándate", él le dijo que no tenía ninguna militancia que no se iba a ir, "porque me llevarían a mí ?" contestó él y le dijo que hablaría con su familia. Pasó un tiempo y ella siguió recibiendo llamados a las horas más insólitas, fue una presión psicológica terrible, le pidieron que le arme una cita con Lucho en el bar La Franco Argentina y ahí fue él con su padre y cree que con el hermano. Lucho hablaba con ellos, no se acuerda si ella estaba sentada en la mesa, cree que estaba sentada en otra mesa, cree que fue una presión a la familia Falú porque pensaban que se les habían escapado de las manos, sabe que le dijeron que había alguien de la familia dando vuelta en el auto, después nunca más le volvieron a preguntar por Lucho. Esta situación dijo que debió haber sido en el mes de julio. Mientras tanto la seguían llamando y también vigilando. Ella se fue el 4 de septiembre del 76 a vivir con su marido y ahí les perdió el rastro porque no tenía teléfono y nunca más los vio. El tal Pablo tenía cara redonda, ojos claros, pelo castaño oscuros y tonada litoraleña. Dijo que su marido si bien no fue secuestrado fue cesanteado en su trabajo estuvo mucho tiempo sin trabajo, una vez pidiendo trabajo llegó una persona de agencia de seguridad que le dijo Guzzi usted nunca podrá conseguir trabajo porque era dirigente gremial. La testigo consiguió trabajo en una empresa del padre. Las veces que lo vio a Vargas estaba de civil, en el Reformatorio cree que quien la interrogaba por las voces era Vargas y Pablo, la interrogaron en forma solitaria, no hacían el papel de bueno o malo. La testigo dijo que creía que Pablo era nazi, sin embargo había una contracara como queriéndola convencer a la testigo que los judíos hacían daño. Ello lo hacía de una manera no violenta, se refería a judíos y comunistas, le hacían preguntas sobre estudiantes en general. No le pidieron contacto con otros estudiantes. Le permitieron bañarse y le sacaron la venda pero le dijeron que esté con los ojos cerrados, cuando los abrió vio una serie de duchas y había un tipo vestido de verde mirándola.

MARIA MERCEDES BARRIONUEVO

Dijo ser sobrina de María Tránsito Barrionuevo. Contó que su padre fue preso político hasta el 74 y que Tránsito Barrionuevo llevaba la causa del padre, la testigo estuvo presente en la detención del padre y en la primera detención y segunda detención de su tía. El padre se llamaba Víctor Hugo Barrionuevo. En el año 76 su tía fue secuestrada, cuando sucedieron los hechos ella tenía 11 años. La detuvieron a la tía en la oscuridad, rodeando la casa, atropellando a toda la familia, estaban atemorizados porque la tía era la persona encargada, ella la llevaba a presentar recursos por el padre, entonces cuando la detuvieron fue en la oscuridad. El 18 de mayo del 77 entraron a la casa llamando a Barrionuevo, cuando nombran a María Barrionuevo la que responde es su madre y al momento de salir, el tío se esconde bajo la cama, y la madre les explica que era María de Barrionuevo y como se dan cuenta que no era la persona y la madre le indica donde estaba la tía, ya los abuelos estaban despiertos se llevaron a la tía en camisón, descalza. Su tía estaba muy enferma con enfermedad de riñones, la abuela le pidió que no se la llevaran, quedaron muy mal, permanecieron en la oscuridad y cuando reaccionaron era como volver a vivir la historia del año anterior. Ella estaba avisada que le podía pasar porque gestionaba el sostenimiento de la casa, la hermana trabajaba como empleada doméstica y recibían ayuda de la Cruz Roja y de otras instituciones gracias a ella. Quedaron devastados, la tía la tomó como acompañante en los trámites. Contó sobre un hecho que ocurrió estando ella sola, dijo que entraron a su casa un civil con un grupo de soldados, ella le contó a la tía, pero no hicieron denuncia, no tenían ni confianza porque a la comisaría no se podía llegar, la comisaría estaba cercada, tenía una tela metálica alrededor, se caminaba por la vereda del frente, en el año 77 cuando la detuvieron y desaparece quedaron solos. Calcula que su tía estuvo poco tiempo detenida, la dejaron abandonada cerca de una alcantarilla en Tafí Viejo, ella sospechaba que podía volver a ocurrir pero ella siguió haciendo trámites, fue a visitarlo a su padre en Villa Devoto, en Chaco. La responsabilidad de la familia la tomó Teresa del Valle Barrionuevo que es quien buscó datos y se reunía con otra gente en calle Chacabuco. Cuando la liberaron la primera vez a su tía recuerda que tenía golpes en las rodillas pero no dimensionaba en ese momento qué le habían hecho. Cuando vino la comisión de la OEA apareció el nombre de la tía en Jefatura de Policía. Dijo que en ese momento era difícil salir en Tafí Viejo, permanecían más en la casa de los abuelos por seguridad, había un destacamento de soldados en Tafí Viejo.

AMALIA BEATRIZ GONZALEZ DE CALABRO

Dijo ser cuñada de Elda Calabró, quien tenia 38 años, era abogada y vecina de ella. Vivian en dos departamentos casi pegados. Ella hacia la parte laboral y colaboraba con su madre en un negocio. No tenían otros familiares porque su padre había llegado desde Italia. Además tenían una finca. Defendió a empleados de una finca que habían despedido y tuvo una designación del sindicato de obreros metalúrgicos de la cual nunca se hizo cargo. Le descubrieron un tumor en marzo del 76. Al momento del golpe de Estado estaba en Buenos Aires. Era delgada, baja, menuda, crespa de cabello largo. Era amable y atenta. Siempre llevaba sus niños al parque o al circo. Su esposo antes de salir del negocio de calle 24 de septiembre, la fábrica de muebles, le dijo que tal vez irían a trasladar unos muebles. Salió manejando con Elda al medio y su suegra contra la ventanilla. La llamó para contarle eso. Tipo 20 le dijo que volvería. Pasada una hora, tipo 21.30 él la llamó contándole que en el pasaje Bertrés los habían interceptado y habían secuestrado a su hermana. La llamada la hizo desde la Brigada. Contó que Noe Jiménez le prestó ayuda. Su esposo le contó que dos autos habían interceptado a su camioneta, un falcon adelante y otro atrás. Se bajaron unos hombres, lo apuntaron con un arma corta y lo pasaron para atrás. Lo llevaron por calle Santa Fe hasta el parque y de ahí por la calle de las palmeras hasta el final. Bajaron entre 6 y 8 personas armadas. Describió a quien manejaba como un morocho, bajo, delegado y no muy grande de edad. Los bajaron a todos, todos gritaban, hicieron un disparo, otro a la rueda y tiraron la llave. Se llevaron a su cuñada. Su suegra tenía otra llave y quisieron seguir a los autos de los secuestradores pero no los alcanzaron. Se fueron a la calle Muñecas al 1000. Ahí Noe Jiménez les prometió ayuda y cerrar las rutas para que no la saquen de la provincia. El Dr. Moreno hizo el Habeas Corpus. Fueron a los departamentos de la Av. Sarmiento y 25 de Mayo a buscar un coronel que conocían para que haga averiguaciones. A las 12 de la noche volvieron a la casa. Su suegra lloraba desesperada. Nunca mas se acostó en una cama ni se sentó en una mesa por temor a que su hija no las tenga. Despidieron a los empleados y cerraron el negocio. Ella trabajaba en la Aguadita, su esposo no quería que ella vaya por temor. Pidió licencia por un tiempo. Pusieron cortinas en todas las ventanas y el coronel Bari le dio vigilancia en su domicilio. Su suegra gritaba al momento del secuestro que no la llevaran. Subsiguientemente a esa noche fueron a la Jefatura, Zimmermann los trato muy mal, y les dijo que si ella había hecho habeas corpus era porque también era guerrillera. Su familia negaba todo porque siempre estaban con ella y sabían que no era verdad. Les dijo que no tenia novedad, pero que si ella defendía guerrilleros ella también pensaba así. Fueron a Famaillá y Arrechea los recibió y les dijo que haría averiguaciones. Pidieron audiencia de Hanguindeguy en Buenas Aires. Comenzaron a aparecer personas que ofrecían datos a cambio de plata. Ellos decían que tenían datos de Elda. Vestían de civil aunque parecían del Ejército. Su esposo si les daba dinero, porque en algo tenían que creer. Todos les decían que no tenían noticias, inclusive Bussi. Estas personas que no eran autoridades, y llevaban información falsa decían que la veían a Elda y que le llevaban ropa y comida. Alguien cercano a Zimmermann le pagó con un auto mercedes benz muebles que habían comprado. Zimmermann la quería a esa coupé pero a pesar de ello no le entregó. Sin embargo repartió mucho dinero en quienes le prometían información de Elda. Le decían que estaba delgada y demacrada. Su esposo tenía nombres aunque no recuerda. Cree que eran Páez y Burgos aunque ella no confiaba en esos datos. Una amiga hizo la denuncia en la CONADEP. Ella desapareció pero mataron a toda la familia. Su suegra murió a los 9 meses y su esposo vivió mas años aunque vivió con mucha depresión. Dijo que en una oportunidad interceptó a Bussi en el edificio de Av. Sarmiento y este le pidió a sus colaboradores que le tomaran los datos y le prometió que lo tendría en cuenta. A los pocos días le mandaron una carta diciendo que desconocían de ese caso, que serían delincuentes callejeros. Con el tiempo supieron que ella había estado en la Jefatura de Policía. Se lo contó el Sr. Elías que luego fue liberado y no supo el final de ella. Pasó el tiempo y debieron seguir viviendo porque tenían hijos. Fue un desastre económico.

PEDRO EUGENIO DILASCIO

Declaró sobre el secuestro de Julio Cesar Campopiano. Dijo que eran compañeros de colegio. El día del secuestro estaba en la casa de una compañera, él lo acompañaba porque lo habían secuestrado al hermano. Cuando iban camino a la casa de los Campopiano, a media cuadra de ella y en una calle sobre el cementerio del Oeste se bajaron varias personas vestidas de civil y les preguntaron quien era Julio Campopiano. Dijo que a él le pegaron en el estómago y se lo llevaron a Julio: Luego fue a avisarle a la madre. Dijo que no vio si esas personas portaban armas y que se trasladaban en un solo vehículo.

JUAN FRANCISCO REYES

El testigo dijo que hizo el servicio militar en el año 76, allí conoció a Juan Manuel Quinteros. En ese año estuvo en el regimiento 19 y lo vio a Quinteros en una situación muy triste; vio como lo estaban sacrificando. Dijo que Quinteros hacía changas y era de Caspinchango que era una zona difícil. Contó que delante de él un militar le cortó una oreja. Su jefe militar era Valdiviezo, con quien estuvieron en el monte en el mes de marzo, después fueron al regimiento y después los volvieron a llevar no se acuerda qué tiempo. En ese periodo lo llevaban a Santa Lucía, a la otra base de Caspinchango. Dijo creer que Valdiviezo era teniente primero. Vio gente detenida aunque no los dejaban ver. En la zona de Santa Lucía y de Caspinchango no vio cadáveres a pesar de que hizo durante 14 meses el servicio militar. Sobre las tareas específicas que realizaban en la zona dijo que salían a hacer control de ruta, que a veces estaban en la base de Santa Lucía y otras veces en la base de Caspinchango. Dijo que había distintas compañías en el regimiento, no sabe si otras compañías participaron de enfrentamientos, algunos conscriptos vigilaban a las personas. Su compañía no participó en allanamientos en la zona. Cuando le cortaron la oreja fue en la zona de Caspinchango, cree que un conscripto perdió la pierna porque se le escapó un tiro en la pierna, esa persona era un tal Gordillo. A la zona de operaciones los llevaban con armas FAL. La compañía estaba compuesta aproximadamente por 25 personas. Había presos pero no los vio porque los oficiales y suboficiales no los dejaban, estaban detenidos en una pieza en la base, no recuerda si había casillas de madera. Los que estaban haciendo la conscripción eran maltratados, él recibió malos tratos haciendo la conscripción, se pudo acercar a Quinteros porque estaban a 5 km adentro de la base, en el campo. Dijo que cuando fue el incidente de Caspinchango de la ambulancia él estaba en el regimiento 19.

RAMON RODRIGUEZ RIVERO

Dijo ser hermano de José Manuel Rodríguez. Que el 3 de septiembre 1976 a la tarde llegaron muchos hombres del Ejército uniformados y rodearon la casa, entraron, esposaron al hermano, lo ataron, su madre se descompuso y tres hombres lo llevaron a 3 cuadras de la casa para buscar un médico para la madre. Dijo que pusieron armas arriba de la mesa mientras lo interrogaban y después lo llevaron a su hermano en un camión, lo ataron, amordazaron y vendaron los ojos. Que la casa de ellos estaba en calle Mateu 665, el testigo tenía 21 años, calcula que ese operativo duró una hora, estaban durmiendo la siesta cuando entraron. El camión donde lo subieron era un camión militar, había hombres alrededor de las veredas y en el vecino del frente. Había varios vehículos, no pudo ver si había gente en el camión. Sobre las denuncias presentadas dijo que se hizo una en los primeros días, se lo buscó hasta que se lo encontró en la Brigada, la hermana le llevó una o dos veces comida, una tarde o un mediodía le dijeron que iba a salir en libertad, cuando lo fueron a buscar les dijeron que ya había salido y en el libro estaba la firma de él que se le daba la libertad. Cuando vinieron las comisiones de la OEA hizo la denuncia la madre y la hermana, No sabe cómo supieron que estaba en la Brigada, sabe que la hermana lo encontró porque recorría todo. Nunca más supieron de su hermano. Juan Manuel era cartero, tenía un recorrido, y por la noche era recepcionista en un hotel de calle 24 al 600. Su hermano nunca le comentó que había sufrido amenazas. La hermana estaba nerviosa por eso la dejaron que lo viera en la Brigada aunque no recuerda en qué condiciones estaba.

BALTAZAR A CUÑA

Dijo que en el año 77 lo secuestraron en la terminal de ómnibus. Fue cerca de las 10 u 11 de la mañana. Ese día había ido a retirar un periódico del partido comunista en la empresa Chevalier. Lo detuvieron y lo llevaron a calle Colon y Crisóstomo Álvarez porque ahí tenía que entregar el paquete y de allí lo trasladaron al Arsenal. Fue a mediados de julio aunque no recuerda la fecha. Eran varias personas, cuando lo tuvieron en Crisóstomo Álvarez y Colón había varias camionetas en distintas partes por si se quería escapar, todos estaban de civil. En la terminal le pidieron los documentos y ahí lo llevaron, el personal estaba esperándolo. En calle Crisóstomo y Colón lo tuvieron aproximadamente dos horas, la persona que tenía que buscar el paquete del periódico no llegó, por lo que empezaron a golpear y le vendaron los ojos. Dijo que se orientaba por el Arsenal porque desde chico recorría la zona, la conocía, eso lo ayudó a ubicar donde estaba. Cuando llegaron, ellos dieron una contraseña para que le abran el portón, cree que era Saturno, lo bajaron y empezaron los golpes, las preguntas, la picana en el oído, en la sien, en los testículos, las tetillas. Le preguntaban sobre quienes eran los responsables de prensa, cuales personas conocía, los domicilios. Después de eso, el primer día no se podía parar por las torturas, de ahí lo sacaron arrastrando para el patio, lo tiraron en un pozo, y le preguntaron si quería seguir siendo comunista y el les dijo que sí y le pegaron un cachiporrazo y lo dejaron ahí hasta la oración después lo sacaron arrastrando porque no podía caminar lo llevaron a un galpón donde escuchó bastantes personas a las que llamaban por número. Dijo que él llegó a ser el 81. Estuvo ahí más de tres meses porque salió a mediados de septiembre. Cada vez que lo sacaban los hacían correr, escuchó cuando golpeaban a algunos, cuando se le aflojaba la venda pedía que se la ajusten porque pensaba que era la única forma de salir si no veía. El galpón era de un metro de largo, se podía percibir que había una persona al lado pero había una división entre persona y persona. Estaban sentados sobre el piso. Recuerda una persona embarazada, esposa de un policía y la decana de la Tecnológica, la señora embarazada cree que era Yolanda, cuando comentó del embarazo dijo que estaba de 7 meses, a ella y a la decana cree que la sacaron 15 días o una semana antes que él; antes de septiembre no estaban en el galpón. A la decana la obligaron a ser partera de las mujeres embarazadas, le apuraron el nacimiento de criaturas, las hacían abortar porque no estaban en período de nacimiento, esto se produjo fuera del galpón porque las sacaban afuera. Esas situaciones se deben haber consumado en el lugar que las torturaban, ello según contó la señora decana que dijo que la obligaron a hacer ese servicio. Dijo tener conocimiento que fue partera de tres mujeres, dos de otro pabellón y uno del pabellón de él, no sabe quiénes son estas mujeres. No sabe qué pasó con el bebé de la señora que dijo ser de San José. Recuerda a Oscar Verón que estaba a la par de él que era de la zona de Los Ralos, Cruz Alta. Otro muchacho, un tal Cruz que era de la juventud comunista, un delegado de la coca cola que era camionero que llegó con Cruz un mes después de él, era de apellido Jotar, uno de la ciudad de concepción, un turquito y un hombre que les dijo que estaban en Arsenal que lo sacaban para cortar leña que tenía tierra en Tucumán y lindante con Catamarca, era un hombre que tenía tractores y autos, según le comentaba la decana el hermano había sido dirigente político y era radical, recibió muchas torturas, perdió los dientes, este señor le pidió que avise que la tuvieron a la dirigente comunista Cosentino. Había una señora de 72 años que tenía mal de Chagas, estaba esposada con las manos atrás, vendada y pedía que le aflojaran las vendas. A esa señora la llevaron porque no encontraron las hijas y vino un oficial y dio orden que le sacaran las esposas porque era una señora mayor, cree que al tercer o cuarto día la sacaron de ahí. Por debajo de la venda cuando lo torturaban vio que estaban con pantalones azules y verdes y que uno le dijo que había ido ahí para ver gente que habia participado del atentado del aeropuerto Benjamín Matienzo pero que ninguna de las personas que estaban ahí eran del atentado. Había un interrogador que le decían "el perro" que era correntino y le gustaba cantar en guaraní y pedía que le toquen la mano a la que le faltaba un dedo y esto era por un tucumano que en una manifestación le había hecho volar el dedo. Contó que lo detuvieron de nuevo en el año 80 cuando iba yendo a Concepción. Un tal Romero fue quien lo hizo detener, lo llevaron a la comisaría de Monteros y después lo trasladaron a la escuelita de Famailla donde lo torturaron. Después lo trasladaron a la Brigada y ahí estuvo dos o tres días incomunicado y después lo blanquearon. Lo llevaron al Juzgado Federal y lo mandaron a la cárcel porque ahí le podían garantizar algo que en la Brigada no. En la cárcel estuvo 5 días. Esta persona Romero trabajaba en el correo de Villa Quinteros entre Monteros y Concepción, por esa zona trabajaba y tenía un almacén en Concepción. Este Sr. Romero se acercó antes de que lo hizo detener para afiliarse al partido y decía que tenía muchos afiliados para traer, pero cuando fue se dio cuenta que más que nada quería datos, no afiliarse, el testigo dijo que no lo afilió. Había otra persona de apellido Corbalán que también se quiso afiliar al partido comunista que se quería infiltrar, Corbalán se infiltró porque los del partido le dijeron que no había problema que se afilie. Sacó la conclusión que Corbalán era de las fuerzas armadas porque una vez en el auto iban a un lugar y el testigo le abrió la guantera y vio una pistola que era del Ejército. Corbalán y Romero participaron de su segundo secuestro. En el Arsenal una noche se escuchaba que torturaban a dos mujeres que lloraban y cuando llegaron al galpón comentaron las torturas, él alcanzó a ver a una de ellas y no tenían rastros de estar torturadas, cree que a Oscar Verón le costó la vida porque vuelta a vuelta se sacaba la venda, esa mujer era joven, más bien delgada. Una vez que lo llevaron a bañar lo vio a Verón pelado y le preguntó que le había pasado y le dijo que le habían tirado agua hervida en la cabeza, esas mujeres hacían comentarios para que los otros comenten. Los militares lo llevaron a reconocer el Arsenal tiempo despues. Dijo que está en condiciones actualmente de reconocer el lugar. La señora de 72 años vivía en Marco Avellaneda y Perú. No vio ningún sacerdote en Arsenales pero los hacían rezar, les ordenaban rezar, la voz que se sentía no era la de una persona con mando. A la decana para que atienda a las parturientas le daban estopas, estopas sucias. Un gendarme los hacía salir al sol, era como un recreo y dijo que como lo destinaron a Tucumán porque le mataron dos compañeros con la voladura del avión en Tucumán iba para ver si encontraba alguno de los que los habían matado. Que ese gendarme había ido para pelear contra la subversión, decía que era de Santa Cruz. Dijo que escuchaba de noche disparos como si fueran prácticas de tiros, sabe que una noche lo sacaron y lo tuvieron dando vueltas un par de horas y cuando volvieron ya no había la misma cantidad porque cuando los ponían a comer ya no se escuchaba la misma gente para comer y a él le dieron el número 52. Dijo que escuchó que alguien desde un lugar alto decía "ahí vienen los jefes". Desde el pabellón escuchó que el que vigilaba decía esto. Dijo que su esposa y la dirección del partido se movilizaron en su búsqueda y gestionaron en la Jefatura y el Comando.

OMAR EDUARDO TORRES

El testigo Torres aseguró que al imputado Godoy le decían "Indio". Relató que vino en tres oportunidades a Tucumán desde Campo de Mayo y que por lo menos en una Godoy estuvo presente. Afirmó conocer a un tal Pujol, pero que por el nombre de Miguel Conrado no sería el que él piensa. Que conoció a una persona de apellido Pujol en el Destacamento Móvil, que también vino a Tucumán, pero no puede asegurar que lo apodaran el "Indio", ya que entre ellos cambiaban los apodos.

EMILIO MRAD

El testigo Mrad, en el reconocimiento fotográfico, subrayó que no estaba en condiciones de reconocer a ninguna de las personas de las fotografías, debido a que todas ellas se encontraban con gorras y no sabe cómo es el pelo de cada una. El Sr. Mrad aseveró que recuerda perfectamente las características de la persona; que tenía muy poco pelo, pelado, de estatura baja y que tenía la nariz corva. Que las dos personas que recuerda, referente a las que estuvieron con el Sr. Falú en aquel día en la Confitería "La Franco Argentina", estaban vestidas de civil.

BERTA NOEMÍ MIRANDA

Referente a las personas que estuvieron con el Sr. Falú en aquel día en la Confitería "La Franco Argentina", la testigo identificó dos fotografías. Señaló una de ellas y aseguró que conoció a la persona con bigotes y entiende que más joven, pero que de todos modos cree que es la misma persona por "el rasgo muy distintivo que es la nariz y la expresión de los ojos". Las dos fotografías identificadas pertenecen a Luis Varela.

IRMA LUCRECIA FOCHI

La testigo es hermana de Gustavo Adolfo Fochi. Relató que su hermano era estudiante de Ingeniería, excelente alumno, militaba en el PRT, le gustaba la lectura, deportista. Por otro lado, contó que como su padre estaba enfermo de cáncer, fueron a una consulta con el Dr. Schullis quien les preguntó qué eran de Gustavo Fochi, a lo que respondieron: hermanas. El Dr. Shullis les devolvió el importe de la consulta, les dijo que no les podía cobrar ya que resultó haber sido compañero de pensión de Gustavo Adolfo Fochi, comentó que eran cómo mellizos. Además Fochi lo había ayudado con su mensualidad cuando no le alcanzaba el dinero para comer. La testigo agregó que esos actos describen cómo era su hermano: generoso. Seguidamente, comenzó relatando que a mediados de febrero del 76 sus padres estaban muy preocupados por lo que estaba sucediendo en Tucumán, que el 18 o 19 tomaron la decisión de que los iban a llevar a Salta. Que su madre llamó a su hermana (quien se encontraba en una pensión distinta a la de Gustavo) para que le avisara a su hermano que estuvieran listos porque los iban a pasar a buscar el día 21. El 19 su hermana fue a la pensión de Gustavo entre las 3 ó 4 de la tarde a fin de comunicarle sobre el llamado de la madre. La dueña de la pensión (según dichos de su hermana) le dijo que su hermano no estaba. Cuando su hermana estaba retirándose, la señora salió y la llamó, la hizo pasar y no había avanzado ni un metro de la puerta cuando salieron muchos uniformados armados con ametralladoras, con todo tipo de armas y ahí las retuvieron como hasta la una o dos de la mañana, las envolvieron en una frazada a esa hora y las tiraron en un basural. Su hermana regresó a la pensión sin saber lo que había pasado con su hermano. Al otro día llegó su mamá, las dos fueron a la pensión y se dieron con que a Gustavo lo habían secuestrado. La señora les comentó que el 20 de febrero alrededor de la una de la mañana personal uniformado se presentó a la pensión y se lo llevaron. Su madre se encontró con que la habitación de Gustavo había sido arrasada, no quedaba más que un par de medias y un calzoncillo, fue todo lo que pudieron recuperar de él. Como su madre no conocía a nadie en Tucumán, salvo los padrinos de su hermana, a los cuales acudió para ver qué hacía, presentó una denuncia en la Comisaría, en la Central de Policía y en el Comando, en todos los lugares donde las madres y los padres de ese momento podían hacerlo. Desde Salta su padre presentó un habeas corpus, mandó notas a todos los lugares, la OEA, las Naciones Unidas, a todas las iglesias, a todos los servicios penitenciarios del país. Constantemente, todos los meses mandaba a las distintas cárceles del país si había alguna persona que respondiera a los rasgos de su hermano o a su nombre. Y en todas las notas que presentaba no decía que se lo devolvieran, pedía que si él había cometido algún delito sea juzgado. Dirigiéndose al Tribunal la Sra. Fochi manifestó que cuando ve los carteles que dicen que éste es un "juicio injusto", afirma que ellos hubiesen querido un juicio injusto para su hermano, aunque más no sea. Pero que en esos momentos, no sólo la Justicia no los acompañó, sino que también perdieron a familiares y amigos que aunque estando cerca, por temor, también desaparecieron. Agrega que vienen de una familia católica y que con dolor sufrieron que algunos miembros de la Iglesia miraban para otro lado y callaron, omitieron. Aseguró, que la otra cara de la Iglesia es la que los sostuvo, organizando que pudieran acudir a diferentes cárceles, a lo largo y ancho del país, y así poder ver si en algunos de esos lugares encontraban el rostro de su hermano. En una oportunidad le dijeron a su padre (describe que Gustavo Fochi tenía un problema en las piernas y en los ojos) que en Famaillá había un joven que tenía los mismos problemas que su hermano y que respondía a su aspecto físico: alto, delgado, de cabello ondulado; pero nunca pudieron dar con un dato cierto. Subrayó que su padre murió sin saber algo de su hijo y que su madre asistió a las primeras audiencias porque ella no quería morirse sin saber algo de Gustavo, con la esperanza a lo mejor de encontrar un pedazo de cabello, una parte de su cuerpo, algo que ella pudiera dar un digno entierro, y como la "golpeó" muy duramente lo que escuchó en el juicio, ya no puede asistir. Por otro lado, manifestó que los que pudieron haber presenciado el secuestro de su hermano eran los dueños de la pensión. Relató que hace un par de años atrás les llegó a Salta una citación para su padre, quién ya había fallecido. Luego, junto a su hermana y madre, se presentaron en el Juzgado Federal de Tucumán y allí les comentaron que la citación dirigida a su padre, era relacionada con la desaparición de su hermana. Ésta, que vive en Tucumán, se presentó y ahí se enteran, por lo que vieron en una parte del expediente que según un testigo Pérez, su hermano había sido brutalmente torturado hasta morir. Lo primero en tantos años que supieron de Gustavo. La testigo negó tener conocimiento sobre las declaraciones de Susana Leoni Auad en relación a su hermano. Finalmente, manifestó que hace 37 años que esperan saber, que querrían que no finalice el juicio sin saber algo concreto sobre su hermano. Pidió Justicia.

PATRICIA BERNARDI Y JUAN NÓBILE

Juan Nóbile dijo que él y Patricia Bernardi son licenciados en antropología y que el Equipo Argentino de Antropología Forense se fundó en 1984 y trabajan buscando restos de personas desaparecidas. Que ingresaron a trabajar en el Arsenal "Miguel de Azcuénaga" en el 2009 con la instrucción de buscar restos humanos en el Arsenal. El Equipo Argentino de Antropología Forense pide explorar la zona que estaba a 400 metros de sur a norte, por 200 metros de este a oeste del Galpón 9. Para saber qué había pasado en los niveles subsuperficiales hicieron trincheras de aproximadamente 50 metros por el ancho de un balde de la retroexcavadora, que es aproximadamente 80 centímetros, desde el alambrado del Galpón 9 hasta el hallazgo de restos óseos humanos y continuaron por los 400 metros que habían solicitado por ese Galpón. En la trinchera N° 16 había una evidente remoción y encontraron fragmentos óseos que estaban con alteraciones del tipo térmicas (expuestos a altas temperaturas). Se determinó macroscópicamente que correspondían a la especie humana, no sólo los Licenciados Bernardi y Nóbile determinaron ésto, sino que también lo hizo el médico forense de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Tucumán, el Dr. Asial. Seguidamente ampliaron la excavación, encontraron proyectiles y vainas de proyectiles de armas de fuego, directamente asociadas a los restos óseos, como así también distintos tipos de elementos quemados. Luego se continuó con el trabajo manual. La pared sur presentaba alteraciones térmicas, remoción del terreno, fragmentos de neumáticos de automotor. Se tomaron medidas de los hallazgos en los distintos niveles. Se encontraron restos óseos muy fragmentados, quemados y otros no. También piezas dentales. En la pared Sur, perfil Este de la fosa vieron dientes de una retroexcavadora lo que indicaba que el terreno había sido removido y alterado posteriormente. Determinaron que en el interior del predio del Arsenal el Conjunto Quemado (CQ) N° 1 indicaba la presencia de restos óseos humanos alterados térmicamente, sobre todo en la pared Sur de evidencias de una estructura de combustión original. El área de las fosas está al Norte del Galpón 9, aproximadamente 100 metros tomados desde el alambrado. (Foto referenciación 1977). El Licenciado afirmó que el CQ N° 2 se encontraba inmediatamente después del CQ N°1. Asimismo, dijo que el CQ N° 2 y CQ N° 3 presentaban las mismas características que el CQ N°1. Lo que vieron son conjuntos en una misma área distribuidos en un área destinada a ello. Cercano al CQ N° 3, en el mismo grupo de fosas, se encontró en CQ N° 4, que fue positiva para la investigación ya que encontraron restos óseos humanos que no estaban expuestos a la acción total del fuego. Hallaron cráneos con signos de proyectiles y de haber sido expuestos al fuego. Es una fosa múltiple de inhumación diacrónica. El CQ N° 5 fue hallado in situ, o sea que no fue alterado. Los restos óseos humanos se hallaron en distintas posiciones, lo que indicaría que fueron arrojados. El Licenciado Nóbile relató que hallaron un número mínimo de 15 individuos en campo, pero que en el laboratorio pasaron a ser 13. Afirmó que luego del hallazgo no se movió nada hasta que tomaron nota, fueron el juez y las partes. Posteriormente se exhumaron los restos del los individuos. Concluyó diciendo que el pozo fue utilizado cinco veces, se hallaron monedas de 1976. Agregó que en el Arsenal se hallaron cinco conjuntos de restos quemados, o sea cinco fosas para la quema de cuerpos humanos, tres de ellas fueron removidas y dos de las fosas quedaron in situ con los hallazgos vistos. Subrayó que del CQ N° 4 se pudieron hacer identificaciones de los restos óseos. La Dra. Figueroa le preguntó por el Grupo N° 5, que si de acuerdo a sus conocimientos, esas franjas blancas que aparecían como material óseo quemado se podía determinar si esa materia ósea pertenecía a pocos o muchos individuos. Dijo que hay pocas posibilidades de determinar a cuántos, sólo un aproximado. Dijo que las dimensiones de la fosa hablan de una quema colectiva debido a las dimensiones de las fosas, como así también de los materiales utilizados para la quema. En el CQ N° 5 no hubo remoción, las cubiertas están sin alteración, están in situ. Dijo que hay una distancia entre el CQ N° 1 y N° 5 de aproximadamente 25 a 30 metros. El Dr. Camuña preguntó si en el CQ N° 1, 2 y 3 fue posible determinar si hubo más de un evento de quema. Dijo que no fue posible determinar eso, agregó que no se puede decir cuál de las fosas se quemó primero y cuál después. Dijo que se observaron las huellas de retroexcavadora que se utilizó para remover y esconder los restos quemados. Mostró una foto y concluyó que primero se hizo con retroexcavadora y que esas huellas están rotas por una pala manual. O sea, que por algún motivo hubo una retroexcavación y luego se cavó más. Dijo que sobre todo el conjunto quemado hay como un abanico y que sobre toda el área de fosas hay restos de retroexcavadora. Dijo que en el CQ N° 4 se pudieron reconstruir las heridas y las identificaciones. Contó que hoy por hoy no tienen identificaciones de los demás restos quemados. El Dr. Jiménez Montilla preguntó si puede haber más fosas en Arsenales: Dijo que fuera de su área de investigación no hallaron otras evidencias de quema de cuerpos, opinó que no quiere decir que no las haya. La Licenciada Bernardi se refirió al CQ N° 4, quien hizo el trabajo de antropología forense. De dicha fosa se recuperaron esqueletos completos e incompletos, los cuales fueron exhumados. Relató que se tomaron extracciones de piezas dentales y de cortes de huesos largos. El análisis de laboratorio arrojó el resultado de 13 personas individualizadas, hasta el momento se identificaron 12. El primer esqueleto es identificado como José Máximo Tapia. Explicó que cuando se refiere a perfil biológico es utilizar métodos para determinar: sexo, edad, estatura y lesiones perimortem. Las identificaciones arrojaron que todos eran de sexo masculino, en un rango de entre 19 y 27 años. El esqueleto N° 2, masculino, entre 40 a 50 años, estatura entre 1,68 a 1,75, las lesiones no se pudieron observar debido a que había gran parte de ausencia de la parte superior del esqueleto, identificado como Damián Octavio Márquez, desaparecido el 13/01/77. Asociado al esqueleto se hallaron fragmentos de soga en los antebrazos, manos y sogas próximas a la zona de las vértebras cervicales. Dos proyectiles, uno asociado a tibia derecha y el otro a vértebras dorsales. El esqueleto N° 3 se halló más completo que el anterior, pero con pérdidas en la parte torácica. De sexo masculino, entre 32 a 42 años, de 1,75 a 1,81. La lesiones observadas son en mandíbula, húmero izquierdo, costillas y vértebras, además signos de proyectiles. Se identificó como Pedro Guillermo Corroto Barrasa, desaparecido el 21/01/77. Se hallaron fragmentos de ropa, parte superior de medias, un botón y un filtro de cigarrillo. El esqueleto N° 4, por la proximidad a un centro de alteración de combustión hizo que la parte superior se hallase incompleto. De sexo masculino entre 50 y 70 años, de 1,66 a 1,72. Fue identificado como Juan Ángel Giménez, desaparecido el 13/02/77. Dijo que las lesiones observadas fueron en clavícula y en húmero, además de una entrada de proyectil, multifractura en el fémur con distintas entradas de un proyectil. Hallaron restos de ropa. El esqueleto N° 5 se encontraba en muy malas condiciones de conservación. De sexo masculino, entre 25 a 35 años, la lesión observada fue en mandíbula. Identificado como Miguel Avelino Alarcón, desaparecido el 26/02/77. Asociado al esqueleto se encontró un fragmento de proyectil de arma de fuego. Dijo que el esqueleto N° 6 fue uno de los más incompletos, no tenía miembros inferiores, masculino, de entre 51 a 65 años, estatura indeterminada. Las lesiones observadas fueron en cráneo y mandíbula. Esqueleto N° 7 era masculino, de 25 a 33 años, estatura indeterminada, lesiones en cráneo y miembros superiores, identificado como Hugo Marcelo Alarcón, desaparecido el 26/02/77. Las lesiones observadas se concentraban en el cráneo, como así también en el miembro superior derecho, que afectó el homóplato y la clavícula derecha. Relató que el Esqueleto N° 8 era un masculino, de entre 21 a 29 años, estatura indeterminada con lesiones en el cráneo y que fue identificado como Ricardo Luis Salinas. Desaparecido el 07/01/77. Presentaba impacto de proyectil y evidencia de calzado. El Esqueleto N° 9 tenía la parte superior más afectada, masculino, de entre 37 a 57 años, estatura entre 1,68 a 1,77. Lesiones observadas en la mandíbula. Fue identificado como Felipe Arturo Urueña, desaparecido el 28/01/77. El Esqueleto N° 12 era masculino adulto, estatura entre 1,76 a 1,82, presentaba ausencia o destrucción de la parte de la pelvis y de los extremos de ambos fémures. Las lesiones se concentraban en la mandíbula. Fue identificado como Rosario Argañaráz, desaparecido el 08/01/77. La causa de su muerte está relacionada a un impacto de proyectil de arma de fuego. El Esqueleto N° 11 era masculino, de entre 30 y 40 años, estatura 1,60 a 1,67. Respecto a los restos de Corroto y al modo de impacto de los proyectiles dijo que fueron proyectiles de distinto calibre. Y que la ubicación del proyectil se debe a la orientación víctima-agresor y que muchas veces la trayectoria del proyectil no va directamente al cuerpo porque puede rebotar en el piso, etc (eso a raíz de que el recorrido del proyectil es de abajo hacia arriba). Los proyectiles son de armas distintas. Dijo que en el laboratorio no se encontró restos de alambre relacionados a restos óseos. Dijo que en algunos casos se pudo constatar la presencia de tela relacionada a esqueletos, calzados, medias, etc. Dijo que es muy difícil establecer sólo con los restos óseos si la persona tuvo algún tipo de tortura, sólo en el caso de Maldonado consta que la persona recibió fuertes golpes previos al momento de la muerte. En cuanto al Esqueleto N° 15, el de Maldonado, el Licenciado Nóbile dijo que ese esqueleto estaba a una profundidad mayor y que encima de ese éste había otros esqueletos, o sea que fue el primero en ser colocado en ese lugar y luego los otros por eso, dijo que la fosa es diacrónica (en dos tiempos diferentes). La Licenciada Bernardi dijo que en 9 casos se ve que el cráneo es el elemento más afectado, aunque no se puede establecer que es un patrón debido a que en la parte del tórax hay esqueletos que presentaban pérdidas. El Licenciado Nóbile dijo que en el CQ N° 4 se hallaron múltiples vainas de proyectiles de armas de fuego y de múltiples calibres asociados a los esqueletos. La fosa del CQ N° 5 es la más profunda y está in situ, y dijo que todo ese sector se rellenó y que hay entre 30 y 50 cm de relleno en algunos sectores que se puso para ocultar los rastros. Los Dres. Weisemberg y García Salemi pidieron que se informe sobre los restos encontrados en el cementerio de Tacanas, y en referencia a ellos la Licenciada Bernardi relató que fueron designados como peritos para investigar y que los habitantes de la localidad de El Melón les dijeron que en la época de la dictadura se había matado a 4 personas pero no recordaban el año, también les dijeron que personal del Ejército había levantado los cuerpos y que los habían enterrado clandestinamente en el cementerio de Tacanas, y explicó cómo encontraron los restos, aclarando que también estaban quemados y que estaban entrelazados. Fueron levantando como cuatro conjuntos óseos y un quinto formado por algunos de los huesos que habían quedado en la base de la fosa. Subrayó que podría haber sido una fosa común. Dijo que en el diario La Opinión de Santiago del Estero del día 05/06/77 salió una nota que relataba que el vienes 3 a las 23 hs fueron abatidos 4 delincuentes, dos femeninas y dos masculinas, al intentar eludir un control de acceso a esta provincia, aclaró que el cementerio de Tacanas se encuentra en el límite de la provincia de Santiago del Estero y Tucumán. En ese diario mencionan que una de las personas asesinadas era Ferreyra, Ramón, alias el Negro. Dijo que en la causa Menéndez que se hallaba en la Cámara de Apelaciones, en la página 7 se encontraba esa información y que entre los muertos se encontraba una persona que nombran como Ramón Ferreyra. Dijo que los restos analizados en laboratorio se trataba de personas. Tres de ellos fueron identificados, uno como Adriana Mitrovich, desaparecida en 1977. Dijo que Mitrovich tenía un impacto de arma de fuego en el cráneo. La otra identificación era de Ramón Atilio Ferreyra, cuyo esqueleto estaba más completo y tenía lesiones en el tórax, en el cráneo y en la pelvis. El segundo individuo de sexo femenino era Graciela del Valle Bustamante de Argañaráz, secuestrada el 29 de abril del 77 junto a Torres Correa y vistos en Jefatura, asesinados el 3 de julio del 77.

PATRICIA CUENYA, DIEGO LEYTON YEZEQUIEL DEL BEL

La Lic. Patricia Cuenya dijo que el 25 de octubre se ingresó al predio de Arsenales para una inspección ocular con el testigo Omar Torres, el juez y la policía. La Licenciada relató que del análisis de las fotografías aéreas de los años 1968, 1976, 1985 y 2000 e imagen satelital del año 2002, en donde las distancias son aproximadas debido al margen de error propio de las diferencias de escala de las fotografías, sumado a la georeferenciación mediante GPS y los errores propios de los softwares utilizados, y tomados como referencias principales la Ruta Nacional N° 9 trazada en sentido N/S, el Camino Histórico Vehicular (CHV) ubicado a 840 m al N de la entrada principal de la Compañía de Arsenales que ingresa al predio con dirección E, la Compañía de Arsenales Miguel de Azcuénaga y las construcciones observables que denominan como Casa Vieja, ubicada a 400 m al N del CHV, Galponcito, ubicado a 485 m de la RN N° 9 por el CHV, y el Galpón N° 9 ubicado a 780 m de la RN N° 9 por el CHV, surgió, al comparar la foto del año 68 con la del 76, una bifurcación de caminos paralela a la Ruta Nacional N° 9, ingresando desde ésta a unos 80 metros por el Camino Histórico Vehicular. La bifurcación corre en dirección norte sur, desde el CHV hacia el norte por unos 370 metros hasta el sector de la Casa Vieja y desde el CHV hacia el sur por unos 598 metros hasta el sector principal de la Compañía de Arsenales. Asimismo, se reveló una mayor circulación en el CHV, por sus laterales desmontados. A diferencia de la foto del año 68 con la del 76, no se apreciaba el camino que se dirigía en sentido NE desde el Galpón N° 9 al sector de polvorines, que solamente se vio la traza SE, pero con una traza de menor intensidad de uso. Analizó que el sector del Galpón 9, se realizó una limpieza o desmalezado más extensivo en sus alrededores y que los senderos del exterior del alambrado se dirigían principalmente hacia el N del mismo. La Licenciada respecto a la zona perimetral del Galpón N° 9, tomando como referencia la fotografía aérea de 1976 dijo que se pudo apreciar, por la hora del día, por diferencias dimensionales, morfológicas, texturales, de ubicación y tonalidad rasgos que proyectaban cinco sombras que corresponderían a construcciones dispuestas alrededor del Galpón N° 9, cuatro de ellas en el interior del alambrado perimetral y una por fuera ubicada en la esquina NE del G n° 9, que sería la de mayor altura. También se refirió a que el alambrado perimetral presentaba dos aberturas, una en la esquina NO del G N 9 y la otra en la esquina SO del referido galpón. De la abertura ubicada al norte del alambrado surgen tres sendas, una de ellas hacia la Casa Vieja. Señaló que en la foto de 1985 se apreció que el camino que unía el Galpón N° 9 con la Ruta Nacional 9 desapareció, llegando la traza hasta el Galponcito, como así también que la vegetación avanzó sobre el camino que comunicaba el Galpón 9 con la Casa Vieja. Además se apreció un área de desmonte dilatada y generalizada que se extendía al NE del Galpón 9 y que abarcaba al circuito de polvorines. El desmonte se habría producido entre 1976 y 1985, el cual avanzó en sentido N hasta 100/120m desde el alambrado perimetral del Galpón 9, lo que coincidió con un gran bordo o montículo de tierra registrado durante las prospecciones pedestres que corría en dirección NE/SE, lugar donde luego fueron halladas las fosas de inhumación clandestina. De la imagen satelital del año 2002 dijo que la cobertura avanzó sobre la totalidad del CHV que unía la R9 con el G9, lo mismo sucedió en la senda hacia Casa Vieja. Subrayó que la abertura del alambrado se modificó con respecto a las aberturas observables en la fotografía del 76, porque el ingreso cambió hacia la esquina SE. Agregó, que la vegetación avanzó sobre la zona desmontada hacia el NE respecto de la fotografía del 85. El Dr. Maggio preguntó si la imagen aérea de 1976 tiene la caminería remarcada por algún tratamiento de la imagen, los peritos responden negativamente. El bordo que se observó al costado del camino es producto de acumulación de sedimentos por actividad humana. Se trata de algo antrópico, de algo hecho. El desmalezamiento del lugar, informó la Lic. Cuenya, que tuvo que haberse realizado entre el 76 y el 85. La extensión del bordo no es total, señaló el Lic. Leyton, es parcial, tiene más de 300 metros, en lo que hoy se visualiza abarca las dos flechas que corresponden a una imagen aérea de 1985. El Lic. Del Bel resaltó que en el alambrado se observaron algunas modificaciones, en la abertura y en los postes. Dijo que el alambrado que no se correlacionaba con el que estaba en todo el perímetro era el de la esquina NO y SO, esquinas que coincidían con las aberturas observadas en la fotografía del 76. Subrayó que había partes con un alambrado más nuevo. Algo semejante ocurrió con los postes del alambrado, dijo que los postes de madera son los más antiguos y los de hormigón los más modernos. El Lic Leyton dijo que relevaron otros galpones de la zona de polvorines además del Galpón 9. Se observaron diferencias, dijo que la arquitectura del Galpón 9 es distinta a la del resto de la de los polvorines, parecía más antigua, más semejante al Galponcillo situado en sus proximidades. Subrayó que a diferencia de los otros galpones, el Galpón N° 9 y el Galponcito tenían restos de instalación eléctrica. El Lic. Leyton relató que para las excavaciones próximas al Galpón 9 y el interior del alambrado se utilizaron el empleo de la fotointerpretación y los testimonios de víctimas, a ese sector lo denominaron como Cimiento 3, allí encontraron restos de madera y el espacio de un poste. Dijo que la información arqueológica relevada coincidió tanto con la fotointerpretación como con los testimonios que dan cuenta de unidades constructivas que se encontraban en ese lugar. Sobre el uso del desmantelamiento como término dijo que tomaba el término del lenguaje común, da cuenta de la remoción de una estructura que existía y que ya no existe. La Lic. Cuenya explicó que para realizar intervenciones superficiales en el suelo parten de los horizontes o capas del suelo. Si en esos horizontes se observa una intervención antrópica se busca ahí, empleando la retroexcavadora.

ALEJANDRO LEIVA Y RUY ZURITA

El Perito Zurita relató que la investigación realizada en el predio del Arsenal comenzó en el año 2005, basándose en los relevamientos de fuentes orales y escritas, como así también en técnicas de fotointerpretación de fotografías aéreas del año 68 y 77 e imagen satelital extraída de Google, agregó que trabajaron sobre 75 hectáreas. Analizó en detalle una fotografía aérea del 77, en la cual mostró distintas sectores que revelaban la presencia de estructuras de diferentes tamaños, el perito identificó algunas de ellas como baño, carpa, galpón, casillas, mangrullo y hasta una sombra que indicaría, según los testimonios, la presencia de un tacho de 200 litros, el que era utilizado para sumergir a las personas secuestradas a modo de tortura. Precisó que en la fotografía antes mencionada en donde se visualizan dos caminos como describiendo una "V", al norte del Galpón N° 9, son los que conducían a la fosa. Asimismo, describió la caminería interna y externa con respecto al alambrado perimetral del Galpón N° 9, en donde las internas comunicaban el Galpón N° 9 con las casillas ubicadas en las distintas esquinas del mismo, y las externas con el camino vehicular en dirección al Galponcillo y caminos peatonales que se dirigían a la Casa Vieja y a la zona donde fueron halladas las fosas. Refirió que el alambrado perimetral del Galpón 9 tenía remiendos que coincidían con las entradas observadas en la fotografía del 77, que había alambrado antiguo y moderno, también hizo mención a que había dos tipos de postes, de madera y de hormigón. Por otro lado dijo que encontraron restos de postes de tendido eléctrico de baja tensión en el recorrido del camino vehicular principal que provenía de la Ruta Nacional N° 9 hacia el interior del predio, como así también vestigios de instalaciones eléctricas tanto en el Galpón N° 9 como en el Galponcillo. Señaló que el Galponcillo es de similares características al Galpón N° 9, subrayó que las paredes del mismo estaban pintadas con brea. El perito Alejandro Leiva se refirió al trabajo de campo, que tenía como objetivo reconocer e identificar actividades constructivas que pudieran haber cometido modificaciones en la estructura del Galpón N° 9, en superficies horizontales y verticales, es decir en pisos y paredes. Dijo que el Galpón referido estaba construido en mampostería, con paredes dobles, en dirección E a O, dividido en dos alas, la Norte y la Sur, y también que presentaba respiraderos. Poseía ventanas de 1 metro por 0,60 metros y dos puertas de ingreso al frente del Galpón. Para la realización de la investigación se realizaron distintos métodos, entre ellos el decapage y la estratigrafía arqueológica, con los cuales pudieron observar modificaciones en el interior de las alas. Dijo que las modificaciones tapaban anclajes, tabiques y planchuelas de amarre, todas equidistantes entre sí, lo que habrían sido celdas, informó que en el ala N habrían sido 20 boxes para cada pared del ala referida, o sea un total de 40 boxes para el ala N del Galpón N° 9. Agregó que se observaron marcas de herramientas que habrían extraído la brea de las paredes. En cuanto al ala S subrayó que se registraron impactos de proyectil en la pared E. Dijo que también hallaron modificaciones de iguales características que en el ala N, encontraron evidencia de la existencia de 40 boxes, 20 en cada pared lateral del ala.

MANUEL OSVALDO GARCÍA

El testigo ingresó a la conscripción el 17 de marzo de 1978, hasta abril de 1979, en la Compañía de Arsenales 5 Miguel de Azcuénaga. En ese período tuvo como alrededor de 200 compañeros. Entre ellos tuvo de compañero a Luis Alberto Soldati, solamente en la instrucción, lo recuerda como un soldado distinto, instruido. Muchos soldados tenían un nivel cultural por debajo que el de Soldati, por lo que se hacía notar. Esa instrucción militar duró unos 55 días, luego ya se separaron porque al concluir se aprestaron al franco y después del franco no lo vio más. Relató que al principio no se comentaba nada, luego se dijo que el muchacho parecía que había desertado, al final se dijo que había sido secuestrado a la salida del cuartel. Mientras el testigo hizo la conscripción en la categoría de oficiales tenía a Morell, Echeverría, Guerrero y obviamente el jefe de Compañía que era el Tte. Coronel Caballero. Reiteró, que primero se decía que Soldati había desertado, luego eso fue cambiando y se terminó diciendo que había desaparecido, lo decían los mismos compañeros soldados. Por otro lado, como constancia de haber hecho la conscripción tiene el documento. Por Secretaría se agregó a autos copia del documento. Explicó que era clase 58 pero pidió prórroga de un año para terminar el secundario. Dijo que conoció a Joaquín Enrique Ibáñez, no lo recuerda en la instrucción, lo recuerda en el área de proveeduría, cocina, comedor, especialmente al principio. Le comentaron que no era un muchacho que había ingresado con los demás, para el testigo era un soldado viejo. Precisó que el trato que recibían los conscriptos no era de lo mejor, mucha presión psicológica, hacían un esfuerzo físico desmedido, los denigraban, de alguna manera con ello los ablandaban para la subordinación. A algunos les tocaron cosas muy fuertes, al dicente no tanto. Llegó a presenciar como a algunos soldados los estaquearon. Mientras estuvo en la instrucción una de las maneras de protección ante un combate era el pozo de zorro que consistía en hacer un pozo. En la instrucción los que hacían el pozo de zorro eran los que estaban castigados. Dijo que cuando hizo la conscripción en la Compañía no tenían acceso a un sector detrás de una torre cilíndrica en la que se hacía una guardia que era controlada por los propios conscriptos como guardianes. No supo sobre detenidos en ese lugar. Señaló que hacia ese sector vedado pasaban vehículos, había una especie de ventilete que miraba a la compañía. Que por ahí transitaban camiones, pero el tránsito era muy esporádico y se comentaba que hacía allí estaban localizados los polvorines. Entre otros compañeros recuerda a Armengold, Juan Carlos Prado, Almirón, Gustavo Díaz, Castellanos, Weber, Ibañez, Antúnez, Villagra. Destaca que los caniles -sectores de entrenamiento de perros- en los que trabajó estaban en el sector más al oeste y hacia el sur, en dirección a Villa Mariano Moreno. Los perros no salían a los operativos. Señaló que en la Compañía había una carpintería o talabartería cerca del sector de vehículos. Dijo que estaba asignado a los caniles. Con relación a la garita de guardia de ingreso de personas y vehículos situada al frente del estacionamiento dijo que la garita estaba delante de una suerte de torreta levemente sobreelevada. Explicó que la rotación de guardia se dividía en función de la cantidad de soldados y la cantidad de puestos de guardia y el funcionamiento de la imaginaria. Era probable que se rotara en distintas guardias. Había un puesto en la entrada, otro pasando el estacionamiento, otra al este, otro en una torreta cilíndrica al final del boulevard, otro cerca de un quincho que era el casino de suboficiales u oficiales y después otra cerca del calabozo, y un trípode con ametralladora Mag que apuntaba afuera a la altura de la posta de los arrieros. Dijo que fue trasladado al conflicto en San Antonio de los Cobres en diciembre de 1978. Explicó que uno de los puestos de guardia daba directamente a la ruta 9, pero en realidad todos miraban en todas direcciones. Las guardias sobreelevadas en torretas estaban en la entrada principal una y otra en dirección a Villa Mariano Moreno, eran dos torretas en total. Las torretas eran de material. Aclaró que había varias secciones, taller, automotor, administrativa, fourrier. Señaló que Ibáñez era un muchacho menudito, muy vivaz para hablar, lo conoce personalmente porque circunstancialmente está viviendo en la actualidad en su lugar de trabajo.

CARLOS SOMILIANA

Dijo ser miembro del Equipo Argentino de Antropología Forense, trabaja allí hace 25 años. Dijo que trabajó en la primera de las tres etapas de la antropología forense que es la investigación preliminar y, en ese marco, tuvo contacto con muchos testigos para determinar los lugares en los que podían hallarse restos. Precisó que a Miño lo conoce hace 4 o 5 años, cuando lo llamó a Francia para que le informe sobre detenciones clandestinas en San Miguel de Tucumán, aseguró que nunca tuvo una vinculación política con el Sr. Miño, no lo conocía de antes.

RAMÓN BERNABÉ CÓRDOBA

Dijo que entre el 76 y el 77 su padre tenía un par de animales y él se encargaba de sacar leña en un carro todos los días de lunes a sábado, en la zona del Niño Perdido de Santa Lucía, lugar en el que vivía. En esa época tenía unos 18 años. Dijo que en el 76 después del golpe de estado se instaló una base en el casco del Ingenio de Santa Lucía y que a partir de ese momento hubo presencia militar en todos lados. Agregó que se hacían permanentes controles en la ruta 307, que a él lo pararon en algunas oportunidades, que esos controles eran comunes. Negó haber militado. En los poblados cercanos, en Los Sosa y en Caspinchango también había bases militares. Dijo que una noche rodearon la prefabricada en la que vivían y los llevaron a la base y los largaron al otro día, al declarante como a las 6 de la mañana. Precisó que entre los habitantes de Santa Lucía era común que los detuvieran y los llevaran a la base, sobre todo cuando se circulaba después de las 9 de la noche, para evitar eso debían tener un permiso. Los militares de la base venían de Salta mayormente, y la tropa se renovaba cada 15 o 20 días. Asegura que era normal convivir con la presencia militar. El declarante aseveró que en la base militar de Santa Lucía estaba el mayor Colotti, a quien conoció al año siguiente, cuando hizo el servicio militar en San Miguel de Tucumán. Relató que en aquella época bailaba folclore, que su profesor era el Sr. Ortíz y que la cuñada de éste salía con el mayor Colotti, que como ensayaban en diagonal a su casa a Colotti lo veía siempre. También mientras hacía el servicio militar en el Regimieto 19 de Infantería pudo ver al teniente primero Valdiviezo, a quien como a Colotti ya había visto antes en Santa Lucía. Aseguró que la población se vio alterada con la presencia militar. Dijo que los militares instalados en la base de Santa Lucía trataban a todos de subversivos. Dijo que vio a Isabel Perón en la cancha de El Abasto de Santa Lucía, aunque desconoce el motivo por el cual ella estaba allí.

MARTA ELSA RODRÍGUEZ

Dijo que es hermana de José Manuel Rodríguez. Señaló que su hermano trabajaba a la mañana en el correo, a la tarde estudiaba y a la noche era recepcionista de un hotel, y los fines de semana enseñaba ajedrez en la iglesia de la esquina de su casa. Era una excelente persona. Que estaba estudiando el secundario porque se atrasó ya que tuvo que trabajar desde pequeño. Tenía 32 años. El 3 de septiembre del 76 llegó como todos los días alrededor de las 15 del correo, almorzó y puso el despertador a las 17 horas para levantarse. Ese día la declarante no fue a trabajar porque estaba enferma, y a la hora que sonó el despertador parecía como que querían voltear la puerta. La declarante abrió e ingresaron muchos militares armados en la casa. Como en la época esos operativos eran frecuentes y casa por casa, no se asustaron. A su madre se la llevaron al fondo, habían rodeado toda la manzana, cuando llevaron a su madre al fondo ya estaba la presencia militar ahí. La dicente fue a levantar a su hermano, le dijo que eran los militares y él no le creía, estaba adormecido, le pidieron documentación a todos y se lo llevaron. Su madre se descompuso por lo que hubo que atenderla a ella, los vecinos dicen que su hermano fue vendado y subido a un camión que estaba a la vuelta de su casa. La declarante empezó a buscarlo por todos lados hasta que un vecino de la casa llamó avisándoles que estaba su hermano detenido en la Brigada de Investigaciones, que le llevaran ropa y comida. Esa llamada fue como a los 3 días de la detención. Esa noche le llevó comida, pero no lo pudo ver. Luego por medio de una amiga que trabajaba en el Comando del Ejército logró hablar con alguien de jerarquía del comando. Ese hombre le dijo que iba a averiguar dónde estaba. Ese hombre la llamó y le dijo que no sabía nada. Posteriormente, cuando supieron que estaba en la Brigada, todos los días le llevaba desayuno, almuerzo, merienda y cena a su hermano, y se quedaba mirando. Un policía de la Brigada quería salir con ella y la dicente le dijo que lo haría si le hacía ver a su hermano. El hombre primero le dijo que no, porque estaba bajo arresto militar, que no podía hacer nada, luego que fuera el domingo y que preguntara por otra persona, la dejaron pasar, la requisaron y su hermano ya lo estaba esperando en el patio de la Brigada. Así pudo conversar con su hermano, le preguntó qué había pasado y su hermano le dijo que como había muchos nombres parecidos, con distintas caras por lo que tenían que averiguar si era él. Que estuvo vendado y esposado, hasta que un oficial ordena que le saquen las vendas, las esposas y que dieran aviso a la familia. La declarante estaba con miedo, le habían dicho que si veía a un verde que saliera. Lo visitó en otras oportunidades hasta que un día sábado en el que supuestamente le daban la libertad fue a buscarlo con la novia de él, y le dijeron que ya lo habían liberado a la noche. Sin embargo le recibieron la comida, ella dijo que lo hacían porque él estaba allí, el guardia volvió con la comida y le dijo que no estaba, la declarante se puso muy nerviosa, empezó a gritar, le mostraron el libro de guardia y allí figuraba su firma con la leyenda "libertad por falta de mérito". Otro policía con el que logró hablar la dicente le dijo que cuando su hermano firmó el libro lo agarraron de un brazo, lo metieron a un camión militar y se lo llevaron. Desde ese hecho que debe haber sido a los 10 días de la detención no volvió a verlo. Destacó que los secuestradores que irrumpieron en la casa eran todos militares, todos verdes. Reiteró que lo que ellos llamaban operación rastrillo era muy frecuente en esa época en Santa Lucía. El día que se llevaron a su hermano supo que también se llevaron a amigos de él, todos estaban en una lista del sindicato de los empleados de correo. Supo que a los otros dos los dejaron en libertad, su hermano nunca volvió. Explicó que su hermano no tenía actividad política aparte de esa participación en la lista del sindicato. Precisó que de su casa se llevaron cassettes con grabaciones de una sobrinita, fotos, papeles. Reiteró que del 3 de septiembre a la llamada telefónica pasan 2 días, llamaron el 5 de septiembre a la noche, era alguien de la Brigada, les dijeron que llamaban de la Brigada de Investigaciones, que su hermano estaba detenido ahí, que había que llevarle comida y frazadas. Aclaró que la persona que ordenó que a su hermano lo desataran y lo liberaran era el oficial Capraro. Aclaró que a su hermano lo vio una sola vez, explica que era muy sospechoso lo que habían hecho con él, lo encontró muy abandonado, con pelo largo y barba crecida, dijo que le prohibían cortarse el pelo y afeitarse. Aclaró que en esa época sacaban fotos de gente descuidada que eran guerrilleros, piensa que a su hermano no le permitían afeitarse ni cortarse el pelo porque ya estaban pensando en desaparecerlo y hacerlo pasar por guerrillero. Dijo que denunciaron la desaparición de su hermano en todas partes, pero sin éxito, incluso ante organismos internacionales.

PEDRO RAÚL SOLÓRZANO

Dijo que es médico, que perteneció a una fuerza militar, fue convocado por el Ejército para prestar servicios como médico. Desde que egresó del Hospital Militar Central fue médico de frontera, especialmente en el sur, en Las Lajas, Neuquén. Cuando estaba por retirarse de la institución en el 76 fue comisionado a Tucumán. Tenía el grado de mayor. Presentó su retiro cuando viene a Tucumán y se concretó el retiro a los 3 años. En el 76 cumplió funciones en el Comando de Brigada con carácter de asesor, Presidente de la Junta Médica del área que correspondía a la Brigada. No tenía subordinados, tenía funciones administrativas tanto en la Brigada como en el Hospital Militar de Tucumán como presidente de la junta cuando había que realizarla. Por motivos de servicio normalmente no iba al sur de la Provincia salvo orden específica del comandante de la brigada para hacer alguna tarea en particular. La única vez que recuerda es la orden de cubrir a un grupo de soldados enfermos en la zona de Caspinchango, cerca de Santa Ana, atento a que había un grupo de soldados en operaciones que estaban enfermos. Fue con un suboficial, el sargento Lays, y en la zona de Santa Ana se agregó el subteniente médico Toledo Pimentel. En esa oportunidad se presentó al oficial del grupo que estaba allí e hicieron la terapéutica adecuada a la patología y regresaron en la ambulancia, mejor dicho, intentaron regresar a la ciudad, cosa que no pudieron hacer. Las afecciones eran 4 bronquiales, broncopatías en general por frío, y lesiones de piel. Se entrevistó con un oficial allí cuyo nombre no recuerda pero jerárquicamente era superior el dicente, era personal subalterno. No pudieron regresar a San Miguel de Tucumán porque fueron atacados por grupos de hombres que encontraron en el camino cerca de Santa Ana, los cuales pensaron que eran gente en la ruta, eran unas 15 personas a izquierda y derecha de un camino de tierra, eran hombres y mujeres y creyeron que era gente de trabajo de los cañaverales pero cuando intentaron pasar un puentecito de madera explotó una bomba que destruyó el vehículo y fueron ametrallados por derecha e izquierda y mueren el subteniente médico Toledo Pimentel, el sargento Lays y dos o tres soldados. Como el dicente estaba sin casco, perdió el conocimiento, el cuero cabelludo le sangró y esta gente lo da por muerto. Su lesión fue por una esquirla de granada, tanto en la cara como en el cuero cabelludo. La ambulancia fue ametrallada de izquierda a derecha. Precisó que estaban regresando por haber cumplido la asistencia del personal de tropa en Caspinchango. Dijo que desde la base hasta el lugar donde tuvo lugar el ataque estimó que había una hora u hora y media de viaje andando a velocidad normal. Explicó que iba adelante en la ambulancia, al lado del chofer y el subteniente Toledo Pimentel. Los soldados iban atrás. Con posterioridad al ataque el dicente perdió el conocimiento, luego supo que les destruyeron el vehículo. Se encontró en un zanjón junto a los cadáveres de Toledo Pimentel y Lays, Toledo Pimentel fue atravesado por un proyectil, el sargento Lays fue lesionado en la cara a la que tenía desfigurada. Toledo Pimentel es atravesado por un proyectil, Lays por un impacto de itaca en la cara. Los soldados fallecidos murieron por disparos de ametralladora. Reiteró que recupera el conocimiento en un canal, con dos hombres encima de él. Toledo Pimentel muere en sus brazos, lo encuentra agonizando, trató de reanimarlo, Lays ya estaba muerto. Explicó que terminó en la zanja porque fue colocado allí, la zanja estaba a unos 30 o 40 metros del lugar del ataque, por su rostro y chaqueta ensangrentados y sucios, que fue arrastrado hasta la zanja. Aclaró que en la ambulancia iban sin armamentos, sólo con instrumental de cirugía. Dijo que la gente que observó a ambos lados del camino eran personas jóvenes, de entre 25 y 30 años, con ropa de un obrero común de los cañaverales, estaban caminando con ropa de trabajo, de campesinos, daba la sensación de que estaban trabajando en los cañaverales. No generaban ningún temor, ninguna suspicacia. El imputado Valdiviezo le dijo al testigo que es quien estaba a cargo de la base de Caspinchango y le preguntó a qué hora llegó a la base. El testigo informó que fue a las 2 o 3 de la tarde. Le preguntó el imputado cuánto tiempo estuvo en la base desde que llegó hasta que se fue, el testigo responde que estima que fue una media hora. En la base militar desconoce cuánto personal había, sólo vio a los soldados enfermos. Aclaró que si bien estaba asignado al Comando de la Brigada, por su condición de oficial, automáticamente pasó a ser el presidente de la junta médica del Hospital Militar. El asiento de la junta médica era en el Hospital Militar pero normalmente trabajaba en el Comando de la Brigada. Dijo que en su calidad de oficial médico de la Brigada no tenía contacto directo con el comandante, sino con un oficial del cuerpo comando, de logística, quien era su jefe. El dicente desconoce si llevaban personas que eran abatidas en enfrentamientos al Hospital Militar porque su función era técnica, asesorar al oficial logístico. Dijo que la junta médica emitía dictámenes en el Hospital Militar, siempre sobre personal decuadros, oficiales, suboficiales y soldados. Del atentado sufrido se iniciaron investigaciones, se hizo un sumario pero desconoce cual fue el destino final de la investigación y si fueron identificados los autores del atentado. Dijo que el ataque que relató fue en 1976, en abril. Dijo que la ambulancia fue destruida por la bomba en el puente, pero la camioneta no se incendió. Aclaró que Toledo Pimentel era teniente primero y que cumplía con la función de médico. Dijo que estima que los soldados también murieron por los impactos de bala que recibieron. Señaló que asocia a los civiles que vio vestidos de campesinos con el ataque, con total seguridad dijo que fueron atacados por esas personas, que eso le consta porque una vez que se produce la explosión de la bomba debajo de la ambulancia inmediatamente todos dispararon a la ambulancia, los vio disparar, sólo después quedó inconsciente. Señaló que el declarante y la comisión con la que iba fueron sorprendidos con disparos de armas de fuego de izquierda y derecha. Hubo una explosión de granada y a raíz de ella el declarante perdió el conocimiento. Cuando lo recobró se encontró en una zanja con dos hombres encima suyo.

SILVIA MARGARITA VELÁZQUEZ

Dijo ser esposa de Fernando Leopoldo Leila. Señaló que su marido fue secuestrado en la década del 70. Vivía en ese momento en Amador Lucero 251, ya estaban casados. Conocía a la mamá del muchacho Tula que secuestraron. La conocía porque iba a una iglesia evangélica y ella era cuñada de una señora que iba con la declarante a la iglesia. Relató que el hijo de la señora Tula es el que había sido secuestrado, nunca apareció. No supo el nombre del joven. Cree que Tula fue secuestrado en fecha aproximada a la de su marido. Su esposo nunca le contó nada de su secuestro, sólo dijo que le daban un plato de sopa, llegó muy flaco, nunca le dijo quienes lo secuestraron ni donde estuvo detenido, ni cómo fue liberado. A esto lo conoció por Clementina del Carmen Rodríguez de Tula, aseveró que al hijo no lo conoció.

EMMA DEL VALLE AGUIRRE

Se procedió a escuchar el audio del testimonio de Emma Aguirre bindado en la Causa "Aguirre, Emma del Valle s/ su denuncia por privación ilegítima de la libertad y otros delitos", Expte. N° A - 190/11. Dijo que fue secuestrada de su hogar el 17 de febrero de 1977. Que llegaron a su hogar hombres encapuchados que iluminaron todo con luces muy fuertes y le dijeron "por vos venimos". Que tomaron una ropa de su niña que tenía colgada, la subieron a una camioneta blanca, allí fue vendada y una mujer de nombre Elisa (Medina) le dijo que no le iba a pasar nada, que diga que no sabía nada "te llevan pero ya te van a traer, solo quieren saber si iba gente a mi casa", en el suelo del vehículo había una persona tendida. La bajaron a los empujones, le ataron las manos y los pies con alambres, los ojos los tenía aún vendados. Le pusieron una picana eléctrica, en el dedo del pie. En una cama de cinchones su cuerpo vibraba en el aire, le quemaron los pechos, la ingle, la boca. Le decían "decí donde tiene las armas Simón Campos hija de puta, decí dónde", "Vos sos la hembra del cura Luciano". La llevaron a rastras y la tiraron sobre una manta o una lona, estuvo esa noche ahí y todo el día siguiente. Luego volvieron, supone que al segundo día, la torturan con una botella de agua en la boca, al corrérsele la venda vio que quien le ponía la botella era el comisario de León Rougés y también estaba Antonio Domingo Bussi con un casco negro debajo del brazo y una fusta en la mano. Que Moreno le dijo, "mirá la cara que tiene la hija de puta" y en ese momento levantó un fusil que había a la par y le dio un golpe con la culata del fusil en el pecho y la siguieron torturando. Que Bussi decía "denle 10, denle 15, denle 20 a la hija de puta" y su cuerpo vibraba en el aire y le exigían que diga lo que ella no sabía, le pedían que dijera si Juan Ángel Giménez era zurdo, si Juan Rodríguez era zurdo, si don Simón Campos era zurdo. No sabe cuál era su culpa, si haber sido vecina de Juan Giménez. Dijo que si ella después de tanto tiempo viene es "porque el miedo es mal amigo y mal consejero" , que siempre tuvo miedo y aún lo tiene. Que no fue violada sexualmente, pero que fue torturada. Que le daban de comer una polenta podrida llena de gorgojos, y que allí lo vio a Juan Giménez que le dijo que estaba lastimado en la cabeza, y le dijo que también estaba Simón Campos y Rodríguez con su hijo. Aclaró que ella solo lo vio a Juan Ángel Giménez. Que le pusieron una picana sobre el empeine que le generó una gran ampolla, que tenía los tendones al aire y que recién cuando quedó libre se hizo atender, porque en ese lugar les prohibían la atención médica. Que estaba en un lugar con una mesada de azulejos blancos y en un momento se acerca una persona y le dice: Emma? soy Juan Giménez, estoy lastimado en la cabeza, ahí esta Simón Campos y Juan Rodríguez con su hijo. Que si hasta ahora no hizo una denuncia fue porque no había dónde. Que en su hogar vivía con su esposo, sus cinco hijos, sus dos hermanas que ella crió y su padre del corazón. Con relación al secuestro señala que más allá de su esposo y su hija, la más grande que tenía diez años, y Elisa Medina dentro de la camioneta nadie más la vio. Que hoy vive exactamente al frente de la comisaría dónde fue secuestrada, que hace 36 años que vive ahí. Que al comisario lo conocía porque el 1 de mayo de 1976 le prendieron fuego a la casa de Juan Ángel Giménez y su esposa (Elisa Medina) y su hija fueron a su casa. Al otro día, el 2 de mayo, los militares quisieron llevarse a la mujer y a la niña pero ella dijo que la niña era de ella para que no se la llevaran. Que luego al comunicarse con el abuelo de la niña se la entregó en la comisaría, y allí lo conoció a Miguel Ángel Moreno, y que antes lo había visto una vez cuando fue a llevarle un caballo tordillo a Juan Gimenéz. Dijo que a los secuestradores no pudo reconocerlos porque estaban encapuchados. Con relación a Simón Campos, explicó que según le dijo Gimenéz estaba donde estuvo detenida. Sobre los hermanos Argañaraz dijo que también supo de ellos: "uno estaba a los pies míos y el otro estaba más allá a los pies de su hermano" pero no pudo verlos porque estaba con los ojos vendados. Sólo a Giménez pudo verlo porque se levantó la venda de los ojos. Que siempre fue ama de casa, que nunca tuvo militancia política salvo que a los 16 años en Santiago del Estero se había afiliado al partido justicialista pero eso no tuvo continuidad. Que en el lugar del hecho ella nació por casualidad, y allí los conoció a Juan Ángel Giménez y a Simón Campos porque eran amigos de su abuelo. Agrega que ellos eran golondrinas. Señaló que León Rougés era un pueblo sitiado, que de día estaban los militares y de noche los encapuchados; que sólo se salía a la calle con documentos en la mano porque de lo contrario quedaba demorado o detenido. Que al momento del hecho no se le exhibió orden de detención alguna, que declaraciones si le tomaron, que le dieron a elegir si quería morir desde mil metros de altura en los cerros o a dos metros de profundidad con mil litros de nafta. Que fue liberada la noche del 5 de marzo o en la madrugada del 6, que volvió en medio de una tormenta. Explicó que cuando le preguntaron cómo quería morir la sentaron en una silla, que lo primero que hizo fue tocar esa silla porque si era de lata no iba a sentarse, era de madera. Dijo que no tenía noción del tiempo, que le dijeron vamos, y dijo, de nuevo a la cama, pero que del brazo la llevaron arrastrando porque tenía los pies atados con alambre, la metieron en un vehículo y salieron, estuvieron andando, andando en círculos no sabe cuánto tiempo, y luego le dijeron, aquí te vamos a dejar, le desataron manos y le dijeron, contá hasta cien, y que contaba despacito, los más lento posible "no fuera ser que aparecieran de nuevo", se sacó la venda que era el vestido de su hija, y vio un cartel que decía Acheral. Que fue volviendo a su casa con autos y camionetas, a la altura de Monteros, cerca de una fábrica un camionero paró y le preguntó si estaba solita y que allí sintió unas armas y le dijeron "vos seguí" . Volvió completamente amoratada a su casa y que la única persona que estaba sentada en la casa era su padre a quién le pidió perdón por las malas noches que había pasado. Con relación a si conoció otros vecinos que hayan sido secuestrados dice que con anterioridad fueron secuestrados los "hermanos Poli, un Sr. Fernández, Jesús González, Tololo Carrizo, Néstor Álvarez, Ñata Pérez (enfermera)". De secuestrados posteriores dijo no recordar. Precisó que a la fecha en que fue secuestrada, al correrse la venda vio a Miguel Ángel Moreno. Dijo que luego de los hechos quiso tener una vida normal en la medida de lo posible, tuvo dos hijos más, se dedicó a la costura, pero que trató en todo caso de sobrevivir. Que Elisa Medina los puso como testigos del secuestro de Juan Ángel Gimenez pero que ella y su esposo tuvieron miedo y no quisieron declarar y que después de su liberación no sufrió ninguna amenaza, y que luego de la denuncia tampoco, salvo que hace dos semanas desde un auto bordó un hombre le hizo una seña obscena. Precisó que su hija tiene 34 años, lo que permite considerar que al momento del secuestro estaba embarazada. En cuanto al lugar dónde estuvo detenida, según lo que le dijeron con posterioridad de acuerdo a su descripción estaba en el Ingenio Nueva Baviera. Agregó que uno de los Rodríguez pedía medicamentos y que le dijeron ya te vamos a dar picana a vos, que los gritos que se escuchaban allí eran terribles. Con relación a cuando le preguntaban sobre qué sabía de las armas de Simón Campos, dijo que aunque lo conocía nunca le vio ningún arma. Explicó que en el lugar de detención dormían en el suelo, sobre una manta. Escuchó allí una mujer que decía "por favor no me quiten a mi hijo" , pero aclaró que nunca escuchó llanto de un niño. Sobre el relato de la niña de Elisa Medina, aclaró que el padre de Elisa la recibió cuando ella la llevó acompañada de policías. Que Elisa Medina fue detenida el 1 de mayo de 1976, y que fue secuestrada nuevamente en enero de 1977. Que ella fue secuestrada el 17 de febrero del 1977, fue torturada, que en una oportunidad se le desató la mano izquierda, se corrió la venda y vio que Miguel Ángel Moreno le ponía una botella de agua en su boca. Que dijo además que Juan Ángel Giménez no tenía militancia política, que era obrista de la caña a pesar de que tenía un solo brazo y que no sabía leer ni escribir. En cuanto a Simón Campos señaló que tenía una sodería que ambos desaparecieron y nunca más volvieron. Respecto del momento en que los ve a Bussi y Moreno, aclaró que Moreno era un hombre de cuerpo robusto, no gordo, de piel clara, medio rubio, vio que tenía una camisa clara. Por último explicó que si bien calló mucho tiempo, no acepta que el comisario Moreno niegue las torturas, que fue vejada en sus derechos, que hay que estar cuando el cuerpo vibra, que pide con su verdad justicia.

JUAN ARNOLD KREMER

Dijo el testigo que perteneció al PRT que tenia al ERP como parte de su organización. Dijo que su función era hacer una revolución en la Argentina. Sobre Juan Manuel Carrizo dijo que lo conocía y que era parte de la conducción de esa organización. Su función no era precisa pero tenia a cargo la organización de varios grupos de personas en el país, asimismo, se ocupaba de la educación del militante, explicaba porque se estaba luchando y porque se jugaban la vida. El programa que ellos enseñaban era el de una nueva Argentina, en ese momento era difícil saber que podían ser secuestrados y desaparecidos. Aclaró que en ese momento parte de lo que se hacia era una lucha armada como respuesta a la violencia iniciada en 1966 por Onganía, se respondió a la violencia con más violencia. También dijo que Carrizo hacia las tareas administrativas de la organización, dijo haber suplantado a Santucho. Dijo no saber sobre la reunión en la quinta La Pastori o La Pastora en Buenos Aires que se desarrollo el 28 de marzo de 1976 pero recuerda una reunión en esa fecha. Que Carrizo no tenía funciones específicas en esa reunión. Contó que el 28 de marzo hubo una reunión central del partido y fueron sorprendidos por un ataque armado al que respondieron, pero sobre todo huyeron, obviamente tenían armas, aclaró, porque eran una organización armada. Volvió a ver a Carrizo a los pocos meses, cuando él se iba a Tucumán, aunque no recuerda cuando fue detenido, entre mayo y septiembre del 76, llegó la información de que no estaba, no apareció y ahí se dieron cuenta que había sido secuestrado. Dijo que esa información llegó al buró político mediante las redes de información que tenía la organización. No puede afirmar nada sobre su desaparición además, no vio a Carrizo salir de Buenos Aires camino a Tucumán. Respecto a Julio "Bombo" Abad dijo no recordarlo con ese nombre ya que se cambiaban frecuentemente los nombres, dijo que Armando era su nombre de guerra, si es quien el piensa y fue secuestrado en Buenos Aires al frente de la confitería "Ideal". Recordó que estaban en una casa de Buenos Aires, llegó una persona tucumana preguntó por Armando y dijeron que se había ido a encontrarse con un fulano y gritó Armando va a caer. Salió corriendo y vio como la policía se llevaba a Armando, nunca mas lo vieron. Narró que el 80% de la información de inteligencia salía de la propia organización.

ALEJANDRO RAÚL RIVAS

Dijo en la audiencia, que es militar retirado, que en el año 1977 y 1978 fue segundo jefe del destacamento 142, que reemplazaba al jefe en su ausencia. Que recibía órdenes y las transmitía. Que dependía del Coronel Buzo, quien a su vez dependía funcionalmente del Comando de la V Brigada y organizacionalmente del Estado Mayor del Ejército, Jefatura II. Recordó a un oficial Varela que cumplía funciones de auxiliar suyo en la guerra contra Chile, este conflicto estaba planeado para fines del 78 y la estrategia era muy importante y consistía en invadir Chile por el Sur para cortarlo por la mitad con la intención de que Perú y Bolivia intervengan a su favor, esa era la prioridad para su equipo, no para todas las fuerzas. Ese plan se empieza a gestar en años anteriores y terminó en el 78, aunque como no tenia un final definitivo, en el año 80 lo seguían buscando para que aporte sus conocimientos del terreno de la cordillera para posibles acciones militares. Desde que empezó el conflicto su prioridad era tal conflicto. Dijo que Buzzo era un muy buen Jefe y que tuvo la suerte de estar a su lado. Dijo, por otra parte, no recordar a Ojeda Fuentes, pero si a Varela colaborando en el tema Chile. Respecto a Moore dijo que le suena mucho pero no recuerda si estuvo en otro destino con él, concretamente no lo recuerda. A Fernando Torres lo recuerda porque lo veía seguido en el destacamento, trabajaba en la calle y que cumplía funciones de informar al comandante de la situación general de Tucumán y de la Brigada. Sobre la función del Destacamento dijo que eran compartimentos estancos donde cada uno cumplía una función especifica y que al final Buzzo hacia un informe y lo elevaba a los superiores orgánicos y técnicos. Jefe de situación general era específicamente la función de su jefe Buzo, conseguía información del sector estudiantil, gremial, económico en la provincia de Tucumán donde Bussi era Gobernador, esa información era elevada. Asimismo, dijo que el Estado Mayor determinaba los informes que elevaba el Comandante, quien además recolectaba los informes de otras jurisdicciones y a su vez la elevaba al comando del cuerpo. Dijo que su Comandante tenía un grupo que manejaba el dinero del Destacamento, que estaba a cargo de un suboficial y compraba los insumos del Destacamento y rendía a fin de mes esos gastos. Que Varela no estuvo a cargo de esa función, aunque no lo recuerda por el tiempo que pasó. Dijo que no era ese el cargo que tenia, formaba parte de un grupo a cargo del comandante. Dijo además que el Estado Mayor tiene la función de ordenar, daba órdenes escritas, era el único elemento que daba órdenes escritas y de allí se desprendía lo que le correspondía a cada sección. Todas las demás órdenes eran orales. Sobre la cantidad de personal civil del Destacamento dijo no poder decirlo con precisión ya que expresó que a la larga se sabe que todos los destacamentos cuentan con personal civil en la calle que llevan información a su jefe, y que ese personal no concurre al destacamento. Entre el personal civil no sabe si había algunos que cumplían funciones en forma permanente aunque puede ser que si, dijo. Administrativamente esas personas eran manejadas por personal del Ejército que trabajaba como logístico y eran ellos los que rendían cuenta del dinero que entregaban. Agregó que ignora si el personal civil trabajaba con el personal del Ejército. Dijo que prioridad había una sola, y esa era la preparación de la guerra contra Chile, aunque seguramente habría otras actividades. Narró que las funciones de un Destacamento de Inteligencia normalmente son las mismas, una sección de reunión interior, que reúne informaciones del interior, por ejemplo como pensaba el ambiente estudiantil o gremial del gobierno de turno, que pensaba la gente del desempeño de ese gobierno, y añadió que pasaba eso antes y ahora. Otra de las secciones, dijo, era la externa, reunión de información externa que va reuniendo información de países vecinos o que no mantienen buena relación con el país, son dos secciones, una hacia adentro y otra hacia afuera. Sobre la modalidad de recolección de información dijo que no la conoce porque no la realizaba, aunque supone que debe ser mediante algún tipo de encuestas pero no sabe específicamente. Reiteró que se encargaba de los ciudadanos chilenos específicamente. El destacamento tenia mucha gente aunque no recuerda cuantos, 3 o 4 capitanes. Dijo no haber trabajado concretamente con otras fuerzas en cuanto a la inteligencia aunque a veces recibía información por medio del Comando de otras fuerzas. Durante la hipótesis de conflicto con Chile, que existió siempre, se siguió trabajando en inteligencia en ese sentido. Respecto a Torres, dijo, no tenia funciones fijas, dependía directamente del Jefe del Destacamento que era quien le daba las órdenes, y luego elevaba sus informes al Comando de Brigada. La Plana Mayor era un elemento chico, similar al Estado Mayor pero en otros niveles, es mucho más chica, con menos personal. Sobre la comunidad informativa es una de las cosas que enseñan en la instrucción, es una reunión de delegados cada 15 días en la que distintos elementos emiten su opinión y cuentan lo que pasa en sus jurisdicciones. Durante su estadía en Tucumán no sabe si se hacían porque el que iba era Buzo aunque nunca le dijo ir a esa reunión. Buzzo daba las órdenes a sus dependientes aunque no sabe exactamente a quienes. Varela tenía más antigüedad que Torres, aunque no puede precisarlo.

ELENA CÓRDOBA

Contó la testigo que su marido, Alberto Manuel Díaz, está desaparecido. Dijo que él trabajaba en el ferrocarril. Que la noche del 8 de Setiembre de 1976, tocaron la puerta, el saltó la ventana de la cocina, lo alumbraron por la ventana de vidrio y le dijeron que abra la puerta, que era la policía. Así, prendieron la luz y entro la gente, ella vio a un solo sr. de tez blanca, gordito, de pelo medio castaño que tenia un saco como de la Marina con botones dorados, entonces se tapó y pudo ver poco. Algunos tenían pantalones blancos, con zapatos de fajina y pasamontañas, eran personas jóvenes, se llevaron a su marido a la cocina, había otros mas grandes que revisaron todo el dormitorio. En ese momento escuchó gritar a una de sus hijas porque daban vuelta los colchones, revolvieron y rompieron todo en busca de cosas, a él le preguntaban en la cocina cosas que ella no sabe. Uno de ellos dijo "esto es lo que encontramos" a lo que su marido respondió que no era suyo, luego, se lo llevaron, ella salió de la cama y por la ventana vio que lo metían en el baúl de un auto beige. Dijo que había gente con armas cortas que le hacían señas para que baje las cortinas. Cuando escuchó que se iban, vio que había dos autos más que se dirigían hacia un puente cercano y otros autos se sumaron a esa caravana. Dijo que su marido, ya le había comentado que lo perseguían, que lo acechaban detrás de los árboles. Contó que su esposo tenía 36 o 37 años. Luego del secuestro, realizó la denuncia en la Jefatura, en la Comisaría de Tafi Viejo y en los Talleres y que su abogado, Horacio Poviña la acompañó a la Brigada y luego de eso no la acompañó más. La denuncia fue redactada en papel en la Comisaría pero no fue asentada en libro alguno. Lo mismo sucedió en Jefatura. Dijo también que un primo Isaac Díaz le comentó que un policía le había dicho que a su marido lo tenían al frente del Arsenal, al lado del Club de Cazadores, en una casa vieja, según esa persona su esposo estuvo allí vendado, que le daban comida mala pero que entre ellos se decían que debían comerla para tener fuerza. Que creían estar cerca de Tafi por las luces de la hostería, también contó que le decían "Manguelo". Terminó el relato diciendo que el día del secuestro se llevaron las sabanas y dinero.

MARÍA TERESA RÍOS

Dijo en la audiencia que es la esposa de Alberto Pascual Pereyra, que a él lo sacaron del Ingenio Aguilares en el año 1976. Contó que vivían en Concepción y que no sabe si tenía actividades gremiales. Dijo que ella se enteró del hecho porque también la sacaron de su casa esa noche, los secuestradores eran gente que estaba de civil pero estaba armada y que la cara la tenían descubierta. Al día siguiente, dijo, la volvieron a llevar a su casa. A ella no le preguntaron nada ni la golpearon. Contó que su marido tenía 33 años y tenían 3 hijos en común y que en ese momento estaba embarazada. Nunca denunció su detención. Nadie le contó qué le había sucedido a Pereyra aunque los vecinos decían que los mataban a todos los que se llevaban. Dijo que le decían Peto y que eran concubinos, no estaban casados.

GRACIELA MARÍA ALU

Dijo en la audiencia que conoce a Ana María Cossio de vista, cuando tenían 22 años. Que militaba en el FIP y ella tenia sus amigos en el FANET. Una noche la pasa a buscar el contador Rojo que estrenaba su auto, allí iba el Sr. Kino Alvarez, buscaron a Ana María Cossio de un lugar que se llamaba El Golpe y quedaba en calle 24 de Septiembre. Dijo que pasó un rato, Ana María conversaba con otras personas y cuando decidieron irse, unas personas las interceptaron y las subieron al auto. Ella iba adelante y Ana María atrás, dijo que la apuntaban y le decían que no mire. Se marcharon y al gritar uno de ellos "Guau" salio otra persona de otro auto y la llevaron a Ana María en un Ford Falcon. Ahí los volvió a ver a Alvarez y Rojo que les habían robado los relojes. Ella volvió al bar y Rojo volvió a buscar su auto porque era nuevo. Contó que el bar estaba lleno de policías de civil y a Kino le dijeron que su casa estaba rodeada de civiles. Cuando unos estudiantes de arquitectura la llevaron a su casa un Falcon los perseguía, al llegar se encerró en su habitación y no salió durante 3 meses. Con el tiempo, contó, comenzó a salir y un día fue a tomar un café con Rojo que le contó que había estado secuestrado 40 días y que allí le preguntaban por ella pero que él solo les dijo que apenas la conocía. Que recién en el año 1993 supo donde había estado Álvarez y que después se había ido a vivir a España. Luego de mucho tiempo volvió a hablar del tema por temor a que su madre lo vote a Bussi en las elecciones que se realizaron en Tucumán. Dijo no recordar la cara de los secuestradores de la Sra. Cossio pero si que estaban vestidas de civil. Recordó que fueron varios y al que la apuntaba y el que tenía a Ana María en el auto. Recordó que el hecho fue en el 76 o 77, en una semana siguiente al viernes santo. Respecto del Sr. Rojo dijo que luego de ese café nunca más lo vio y que supo que Alvarez vivió en Holanda. Que cerca del año 90 o 91 Cossio estaba sentada cerca de la casa de gobierno con una amiga en común que la llamó y les dijo que tenían que hablar de ese tema, luego de ello se vieron pocas veces.

GRACIELA DEL VALLE TÁRTALO

Respecto a Rubén Lindor Tártalo, hermano de su padre, dijo que era medico clínico general, que la noche de su cumpleaños recibió un llamado para que vaya al Pasaje Frías Silva a ver un paciente y nunca más volvió, que el auto (Dodge 1500) apareció detrás de la escuela de Agricultura. Supo más tarde que su tío estuvo en Jefatura. Que fue a ver el auto que tenía señales de arma y sangre. Tártalo pertenecía al partido de bandera blanca y supo que recibía llamadas amenazantes y una vez le pusieron una bomba en el Pasaje O'Higgins, su casa. Dijo que todo esto fue en el 75 y fue secuestrado en el 76. Contó que su papá empezó a investigar que pasaba con su hermano y como consecuencia también lo amenazaron con hacerlo desaparecer. Dijo que su tío fue liberado pero terminó muriendo por las torturas recibidas. Que la familia estaba desesperada, que no sabe con quién habló su padre, pero la búsqueda fue incesante. Que la familia también tomó contacto con el Padre Randizi para saber del paradero, pero no sabe qué pasó con eso, porque la persona que iba a esas reuniones era la empleada doméstica.

ANA MARÍA COSSIO

Contó la testigo que desde el año 73 fue estudiante universitaria de la Licenciatura en Historia, asimismo fue afiliada el frente popular de Abelardo Ramos. Dijo que tenía una posición tomada en contra de la violencia aun siendo de izquierda. Contó que en la facultad se conocían listas de activistas o estudiantes entre las que se encontraba, también recordó entre ellas a Liliana Barrionuevo. Recordó que fue victima de dos secuestros. Su caso fue denunciado a la Conadep, la Bicamenal y el Cels, salio en diferentes artículos periodísticos como Humor y Pagina 12. Dijo que entiende el valor del juicio oral pero no cree recordar mas de lo que ya declaró desde hace 30 años. También, recordó haber publicado una solicitada en el diario en el momento que el bussismo sacó 250 mil votos. Dijo que según un filósofo francés hay que olvidar, pero no perdonar, que ella trabajó mucho para recuperar su vida normal y que agradece se haga lugar a su petición. Así, en sus sucesivas declaraciones ante la Comisión Bicameral, ley 5599, en fecha 02 de Agosto de 1984, manifestó que el 03 de Marzo de 1977, siendo las 01 horas de la madrugada, al volver a su domicilio, encontró a cuatro desconocidos en su interior, uno de ellos apuntaba con una pistola a su padre, otros de los sujetos revisaban íntegramente el departamento. Cuando ingresó debió identificarse mostrando su libreta universitaria, los hombres estaban vestidos de civil, agregó. Posteriormente, la subieron a un vehiculo, le vendaron los ojos, e iniciaron la marcha, por un camino por ella conocido , rumbo a San Javier o Villa Nougués, en una loma, contó, se detuvieron, en ese momento se acercó un grupo de jóvenes con los que conversaron sobre temas relativos al FIP , partido del que ella era militante. Luego de esto, retornaron a la ciudad, el conductor le pidió que le deje en custodia su reloj, ya que según le dijo, en el lugar en el que iba a estar se lo quitarían, añadió que en ese momento sintió un poco de alivio, ya que supuso que una vez que se aclarara su situación, seria dejada en libertad.- Luego de esto, la hicieron descender, y la llevaron a una habitación donde pudo acostarse y descansar unas horas, tras las cuales ingresaron allí varios hombres que la ataron, la interrogaron y la torturaron aplicándole picana eléctrica en las sienes, esta sesión duró unos 45 minutos, tras los cuales los hombres se fueron. Agregó que reiteradamente le preguntaron cuales eran las actividades que realizaba en Villa Nougués. En los días subsiguientes, fue trasladada a otro lugar, dijo, allí, conoció a un hombre que le propuso concretar una cita con ella una vez que fuera dejada en libertad y que el la llamaría por teléfono a su casa. Que el día 10 de ese mismo mes y año, la dejaron en la puerta de su casa. En la oportunidad mencionada, el desconocido se dio a conocer y le dijo que se llamaba David Flores, ese día también le informó que debían encontrarse en una fecha determinada en el bar "El Colonial", pero una vez en libertad ella no concurrió a la cita, lo que posteriormente fue reclamado telefónicamente por Flores, en esa oportunidad ella le dijo que no estaba dispuesta a ceder a sus presiones y que no la llamara mas, a lo que el le contestó que eso era "bastante grave", que ella presume que lo que pretendía este sujeto era que ella se transformara en informante y colaboradora suya. Tiempo después comenzó a trabajar en un estudio jurídico, llamativamente, un día se presentó Flores, con la excusa de que el abogado viese unos asuntos de un primo, en esa oportunidad insistió que era necesario que se viesen nuevamente, a lo que ella volvió a negarse. Esa misma noche , se reunió con Rojo, Álvarez y una amiga en común de apellido Alú, en el bar " El Golpe", en un momento dado, se para de la mesa para saludar a otros conocidos, sus amigos le hacen señas de que se marchaban diciéndole que la esperaban en la playa de estacionamiento, al llegar allí, vio como unos seis hombres con las caras cubiertas y portando armas se acercaban corriendo, obligándolas, a ella y a Alú a subir al auto de Rojo , mientras los muchachos miraban desde afuera, a poco de iniciar la marcha, la hacen bajar únicamente a ella y subir a otro auto donde es obligada a tirarse al piso, dirigiéndose una vez mas a la Jefatura de Policía, allí es conducida con los ojos tapados a un salón grande, corriéndose imperceptiblemente la venda logra ver en ese salón a Rojo al que comenzó a llamar hasta que un guardia la hace callar, que en horas de la madrugada es trasladada a una celda individual, donde permanece unos tres días atada de manos y pies y casi sin comer, luego de los cuales empezó un duro interrogatorio que incluyo picana en las sienes y el bajo vientre, finalizada la sesión fue conducida nuevamente al salón grande donde ya había estado. En el cual permaneció unos 15 días mas aproximadamente. Posteriormente, le informan que iba a ser liberada, no inmediatamente pero si después de un breve periodo de transición, así, una noche la suben a un auto y parten , quien conducía era Flores, al llegar a un lugar determinado le ordenan que se saque la venda y que se haga la dormida, cree que esta orden obedeció a que justo estaban por cruzar la frontera con Santiago del Estero, una vez que cruzaron siguieron el camino, y mas adelante la obligaron a descender, a cruzar un puente y a una vez allí, le ordenaron que dijese en el control policial que había sido secuestrada, que no sabía por quien y que ellos se encargarían del resto pues estaba todo planificado , así lo hizo, bajo y comenzó a caminar, vio un camión y le hizo señas para que la llevara, que así sucedió y apenas habían marchado unos 300 metros , el auto en el que había sido traída, se cruzo bruscamente obligando a parar al camionero, así, nuevamente queda en poder de los captores, como no le queda otro remedio, siguió las ordenes, así, el policía santiagueño que la atendió, se comunicó por radio con una comisaría recibiendo instrucciones de que la trasladasen allí de inmediato, al llegar, el titular de ese lugar hace una llamada telefónica, y el subjefe de policía le responde que sea trasladada a la Brigada de investigaciones, así, esa noche es trasladada y a la mañana siguiente interrogada por el jefe de policía que era militar. Luego de esto, es subida nuevamente a un vehículo y conducida hasta un terreno baldío donde nuevamente le preguntan quien o quienes la habían secuestrado, a lo que ella respondió que no sabia, entonces le dijeron que la tenían que hacer boleta, aunque si les dijo que los secuestradores le habían aclarado que seria dejada en libertad y que su situación se aclararía en Santiago del Estero, tras lo que fue trasladada a las oficinas de la SIDE donde nuevamente tuvo que contestar a muchas preguntas. Finalmente, dijo, fue trasladada al penal de mujeres de esa ciudad, ella estaba en pésimas condiciones físicas y psíquicas. Aclaró que desde la SIDE habían llamado a sus familia para avisarles que estaba detenida en Santiago del Estero, luego de permanecer siete días allí, es trasladada nuevamente a la SIDE donde le devuelven su documento de identidad y efectos personales, inmediatamente la suben a otro vehiculo y la trasladan a San Miguel de Tucumán, siendo conducida hasta la seccional 13 de Policía, al llegar, un capitán que viajaba con ella, ordena que anoten en el libro que se hacia entrega de la detenida a sus familiares, este militar entonces le dijo que se quedase tranquila, que el mismo había ordenado que sea entregada a sus familiares y que en horas más quedaría en libertad, sin embargo luego de varios interrogatorios, pasaron 48 horas y ella volvió a insistir con el Comisario sobre su libertad, a lo que le dijo que había un sector que no estaba de acuerdo con su liberación, entonces es llevada a la Comisaría 2a. Donde permaneció unos 7 días, poco después se le permite ver a su padre y a su hermano. Luego el Comisario Sosa le manifiesta que se estaba estudiando si era dejada en libertad o si quedaba a disposición del PEN. En días posteriores logra verse con su madre, la que le cuenta que en esos días se había comunicado con ellos el Coronel Llamas, quien les había dicho que al haber la detenida aclarado su situación sería dejada en libertad, así, Zimermmann le ordena a la jefa de la Brigada que la ponga en libertad, lo que ocurrió ese día a las 23 horas aproximadamente. Acto seguido dejó constancia que en las dos oportunidades en que fue detenida se hicieron las denuncias pertinentes, que sus padres se entrevistaron con Bussi, quien se mostró preocupado por el secuestro, y que luego les manifestó que el no había ordenado la detención, que Zimmermann al ser entrevistado por su padre y hermano, también negó haber dado orden de su detención.

FAUSTO MARCELO GONZÁLEZ

El testigo es militar retirado. Estuvo asignado a Tucumán en dos oportunidades, en 1962 y en 1978/1979 como jefe del Regimiento de Infantería. Remarcó que en este último carácter no estuvo a cargo del área 321, añadió que el regimiento ocupaba una parte de la zona de operaciones pero no tuvo ninguna relación con ningún área. La zona de operaciones estaba a cargo de la Brigada. Dijo que al llegar a Tucumán en el año 1978 se dedicó a un problema puntual, el problema con Chile, por eso es que al llegar se avocó al despliegue en ese tema. Agregó que conocía que de producirse el enfrentamiento con Chile debía llevar 1000 soldados a la guerra. Manifestó que el Regimiento a su cargo no participaba de la Comunidad de Inteligencia, y no tenía personal de inteligencia a su cargo. Indicó que el regimiento 19 en 1978 estuvo poco tiempo en la zona de operaciones porque como base tenían Santa Lucía y luego del Mundial 78 supo por el comandante de brigada que iba a levantarse la zona de operaciones. Dijo que se dedicaba al reconocimiento para el movimiento con Chile. Se hicieron tres reconocimientos más los que luego se agregaron después porque si bien se levantaba la zona de operaciones había que dejar personal en el lugar para darle tranquilidad a las personas de la zona. Recalcó que la zona de operaciones suponía coordinación con las distintas fuerzas de tareas pero no recuerda que haya habido una división de límites exactos. Contó que supone que las otras fuerzas de tareas al retirarse de la zona de operaciones comenzaron a irse. La fuerza de operaciones Aconquija-Berdina dependía del jefe de regimiento. Dijo que inicialmente hubo tres fuerzas de tareas, una al norte, Rayo, otra al sur, y una tercera. Precisó que al final se levantaron esas fuerzas de tareas y quedaron muy pocos efectivos, se levantaron porque no habían actividades. Agregó que el R28 era uno de los regimientos que iba a la zona, había unidades de distintas provincias. La fuerza de operaciones Aconquija-Berdina dependía del cuerpo de comando táctico de la Brigada mientras este último existió. Precisó que el cuerpo de comando táctico si bien no conocía como se componía en concreto en el plano teórico se sujeta a un comandante que puede estar en el puesto táctico mismo, o en el principal. Contó que no sabe si el puesto de comando táctico se dedicaba a la actividad cívica, aunque supone que el comando táctico, o el principal estaban a cargo de la actividad cívica. En términos doctrinarios destacó que en Tucumán se construyeron 4 pueblos en el marco de la acción cívica. Dijo que el Regimiento de Infantería 19 actuaba dentro de los límites que establecía la zona de operaciones. Indicó que el regimiento 19 tenía su base en Santa Lucia pero sus limites según recuerda era al este del río Luquez, al oeste estaba la zona de la ruta 38, cerros del Aconquija, al sur Concepción. Señaló que desde el punto de vista doctrinario cuando alguien se iba de un Regimiento se le retiraban algunas funciones pero tenía a su cargo todo lo ateniente a la administración del personal. Por otro lado es quien en general maneja la parte administrativa de la plana mayor. Señaló que el S1, el oficial de personal del regimiento, era el encargado.

ISABEL REGINA NAVARRO

Dijo ser hija de Salvador Leocadio Navarro, quien falleció en el año 86. En el año 76 su padre era encargado de una finca citrícola perteneciente a Vargas, a 2 km de Camino del Perú y a 2 km de Villa Muñecas. Junto a su madre vivían allí en la finca, en una casa. Contó que le llamaban El Viejo. Dijo que a su padre siempre le gustó la política, fue siempre peronista. Recordó que el martes 13 de julio de 1976 estando su padre, su madre y otros peones en la finca llegaron 4 o 5 vehículos, entre ellos un camión, de los que bajaron varios individuos fuertemente armados. Una chica que conocía su padre llamada Viviana fue bajada del camión y lo señalo diciendo "es ese". Así comenzaron a golpear a su madre y a su padre, subieron a su padre a un auto rojo y se lo llevaron. En procura de dar con su paradero se contactaron con un amigo de su padre que era militar de bajo rango que les dijo que no podían hacer nada, los hermanos de su padre tampoco pudieron averiguar nada, en la policía les dijeron que era asunto de los militares. Eran momentos muy angustiantes para su familia. Recordó que su hermano trabajaba en el empresa "El Trébol" y conocía a alguien que era suegro del Tuerto Albornoz. Fue así que su hermano fue con miedo a verlo a Albornoz, llegó a un lugar en el que había una gran fiesta, un asado con mucho alcohol, allí se lo presentaron y le dijo que su padre estaba desaparecido y si podía saber algo. En la cara de su hermano Albornoz le dijo que él había sido una de las personas que habían ido a secuestrarlo, también le dijo que se quedara tranquilo, que ya iba a ver que hacía. A los días su padre apareció en unos yuyos de la zona de Aguas Corrientes. Agregó que su padre estuvo un mes y medio detenido, volvió flaco, con la ropa orinada y defecada. No podía pararse por si solo porque estaba desnutrido. Dijo que alguien oyó sus quejidos. Le preguntó que le pasaba, le contó que había sido secuestrado, que quería ir a la casa de su hermano. Así fue que su tío fue a buscarlo. Contó que hubo que higienizarlo, comía prácticamente como un animal. Daba mucha pena. Señaló que su padre les comentó que creía que había estado en Investigaciones pero no estaba seguro porque todo el tiempo estuvo tirado y vendado. Su padre les dijo que unas mujeres que eran monjitas se acercaban y le daban unos caramelos, unas galletitas. Estuvo detenido 45 días. Su padre quedó desnutrido, sin trabajo y sin vivienda porque ya no estaba en condiciones de trabajar en la finca donde era encargado. Su hermano se llama Luis Alberto Navarro. La persona de El trébol que era el suegro de Albornoz no recuerda como se llama. Manifestó que el encuentro se produjo en una fiesta en la casa del Tuerto Albornoz. Sobre el Pozo de Vargas que estaba cerca de la finca dijo que su padre no le comentó nada, dijo suponer que ese lugar fue descubierto con el secuestro de su padre. Añadió que sobre los hechos sufridos por su padre hace poco fue citada por la justicia federal. Sobre el encuentro de su hermano dijo que éste en ese momento debió haber tenido unos 28 años, y que actualmente vive con ella. Señaló que su hermano no le dijo dónde era la casa de Albornoz.

TITO HUMBERTO LEMME

El testigo es cuñado de Víctor Hugo Elías. Que trabajaba en una casa de deportes frente a la casa de su madre. Contó que un día su patrón le dijo que había soldados y patrulleros en la cuadra, esto era en calle Ayacucho al 1100. Le pidió permiso al patrón y fue a su casa. Al llegar se encontró con soldados adentro de la casa. Su madre le dijo que no sabía que pasaba, mientras su hermana era apuntada con un arma. A la media hora se fueron. Dijo que le preguntaban por el esposo de su hermana, "el turco". El hecho fue el 29 de diciembre del año 76. Su hermana tenía una hija de 8 meses y estaba embarazada. En esa casa vivían su madre, su hermana, Elías y la hija de ambos. Calculó que fueron entre 15 y 20 personas, quienes participaron del operativo. Estaban vestidos con ropa militar aunque también vio gente de civil. Con el correr de los días se enteró que estaba en un museo de la policía que se inauguraba, que lo habrían llevado de ahí. Agregó que Elías trabajaba en Bellas Artes. Sobre los trámites para averiguar el paradero de su cuñado, dijo que su hermana fue quien hizo innumerables trámites. No supo nunca que pasó con él, salvo que esta desaparecido.

Algunos aspectos que, sin perjuicio de las síntesis de sus versiones testimoniales que se consignan por aparte, se consideran relevantes.

Vicente Daniel Villagra: dijo que Albornoz participó del secuestro de Chebaia. Cuando realizaron el segundo operativo en el lugar, era el ejército.

Marcelo del Valle Agüero: señaló que el comisario Osvaldo Martensen le dijo que a su sobrino Gabriel Agüero lo tenía Albornoz en confidenciales.

Juan Manuel Zorrilla: era del ingenio San Juan e indicó que lo detuvieron la misma noche que fueron detenidos la mayoría de los desaparecidos de esa zona. Que fueron policías secuestradores y que lo tuvieron en Jefatura.

Manuel Ricardo Aguirre: fue secuestrado por policías y militares, lo tuvieron en Jefatura. Dijo "tengo miedo".

Raúl Osvaldo Santillán: estuvo secuestrado en un lugar que había boxes, ahí estaba el doctor Augier. Que cuando lo picanearon se levantó como un metro. Que a la entrada del galpón había un muchacho hecho un montoncito, que al otro lo tenían colgado de los pies. Pasó por la Escuelita de Famaillá, Jefatura y Arsenales.

Juan Carlos García: lo tuvieron en Jefatura. Druante su cautiverio vio a compañeros de San José. Albornoz lo entrevistó. Lo tuvieron también en Famaillá, tenían uniforme verde.

José Antonio Argüello: aseguró que lo tuvieron en el Arsenal, lo torturaron y que de noche se sentía que sacaban mujeres para tener relaciones.

Los trabajadores del Ingenio Cruz Alta que fueron secuestrados, dijeron que los secuestradores eran militares, lo mismo dijeron los dirigentes del sindicato del Ingenio Concepción.

Ilda del Rosario Romero: señaló que los secuestradores eran como si fueran del ejército, pero que reconoció a un "milico" Ramón Núñez, que era policía de estación Pacará.

Pablo Benito Brito: dijo que lo llevaron a Jefatura y a la Brigada. Que había personal policial y militar.

Martina Rosa Herrera: indicó que vio a su novio desaparecido, Ezaquiel Matías Claudio Pereyra en Jefatura.

Rubén Chebaia: manifestó que el organizador de los secuestros de su padre y del ex Ministro Martínez fue el jefe de Policía Arrechea. El capellán del Ejército, Cucala Boix, le dijo que su padre había muerto en el hospital militar.

Juan Carlos Clemente: estuvo secuestrado en el SIC y lo llevaron para Arsenal y Nueva Baviera. Como miembros del SIC, de la "patota" que secuestraban, aludió a Albornoz, De Cándido, Flores Moreno, García, Chaile, Figuerora, Bulacio, Rucci, Insaurralde. Que después llegó Ocaranza para desmantelar. Después fue un tal D Ursi. Que tiempo después Vercellone y Sosa lo fueron a ver de parte de Albornoz. Que había tres mujeres policías (Barraza, de Ugarte y una flaca) que hacían guardia de los detenidos. Que sabían que en principio los policías se encargaban de los Montoneros, el Destacamento 142 del ERP y otros y que Inteligencia trabajaba en el Arsenal. Existía una plena coordinación entre Jefatura y el 142. Una vez lo llevaron a Lules donde miembros de la "patota" estaban con oficiales del Ejército del 142, se acordó del oficial Torres y el Sargento Ruiz.

Clemente dijo también que interrogadores eran De Cándido, Fariña y Flores, que "Rucci" era Reynoso, que Vercellone estaba en confidenciales con la "patota", decían que habían participado en el secuestro de Rondoletto. Dijo también que Pasteris era un perito de confidenciales; que el "Perro" Moreno era Angel Custodio Moreno; que creía que Sánchez había tenido problemas porque había vaciado la casa de los Rondoletto. Dijo además que creía que las mujeres no salían con la patota.

María Cristina Díaz de Cativa: declaró que su marido fue secuestrado y que lo torturaron y el que lo interrogaba era Albornoz.

Juan Martín Martín: señaló que el Mayor Neme era el segundo en la zona de operaciones. Que los gendarmes controlaban el Arsenal y que daban palizas. Que el capitán Moore, de Inteligencia, estuvo en el Arsenal. Del SIC, nombró a Pasteris, Quintana, Vercellone y brindó datos exhaustivos sobre el Centro Clandestino de Jefatura.

Vilma Hortensia Rivero: manifestó que su hija secuestrada la habló dos o tres veces desde Jefatura, que un anillo que ella le había regalado a su hija apareció en poder de la novia del hijo de Albornoz.

Norma Natividad González: relató que fue secuestrada con su hermana por un grupo, que iba Alornoz y la llevaron a Jefatura, que su hermana fue torturada y violada varias veces, que la tuvieron también en Famaillá y que los que cuidaban ahí eran de Gendarmería.

Juana Rosa Peralta de Pedregosa: relató como la secuestraron y la torturaron, la tenían cerca de su marido. La tuvieron en Jefatura y en la Escuela de Educación Física.

Andrés Avelino Alarcón: narró que secuestraron e hicieron desaparecer a dos hermanos y que su padre decía que el "Tuerto" Albornoz le había matado los hijos.

Ricardo Comán: señaló que lo torturaron y lo tuvieron en Jefatura, que le nombraron ahí a un hermano de Albornoz.

Ramón Antonio Comán: dijo que los llevaron varias veces, los torturaban en Jefatura, que los senía nombrar a Pilo Bordón y al Tuerto Albornoz.

Juan Carlos Ríos Santucho: dijo que lo secuestraron y torturaron, que le dijeron que Lorenz y Pasteris le iban a tomar las huellas, que vio a Ramón Amaya y que decía que habían estado en Nueva Baviera. Que un día apareció Orce, de Ranchillos, que venía a torturar. Que un día lo llevaron al cementerio. Que Jodar lo apuraba y le decía que si no hablaba lo iba a hacer boleta.

Felipe López: dijo que lo tuvieron en Jefatura.

Oscar Zenón Campos: señaló que sacó a su hermano Enrique Aurelio Campos de una finca en Salta que se venía para Tucumán, no lo vio más.

Lelia Gómez de Campos: narró que vinieron de Salta, etuvieron 15 días en la zona del ingenio San Juan, un día su marido se fue a averiguar por la desaparición de un amigo y no lo vio más. Dijo que se fue de la casa donde estaban y cuando volvió le contaron que el Ejército se había llevado todo.

Juan Carlos Díaz: dijo que llevaron a su padre y a su hermano (desaparecido). Que al secuestro lo hicieorn personas vestidas de civil y una de militar.

Albero Luis Gallardo: habló de las cuatro veces que lo secuestraron. En marzo de 1976 lo tuveiron en Jefatura, que uno de los golpeadores, Bulacio, era del grupo de Albornoz. Lo tuvieron también en el Arsenal.

Luis Fernando Monti: contó que era vecino de Soto, que éste le contó que lo tuvieron en Jefatura y también en el Arsenal. Que Soto le dijo que como Valdez asumió la responsabilidad, lo mataron a Valdez y a él lo liberaron.

Juan Antonio Fote: dijo que cuando lo secuestraron había un carro de asalto y ya había varios detenidos. Que eran varios de San José.

Raúl Edgardo Elías: refirió a su secuestro y a su cautiverio en Jefatura y al abuso sexual al que fueron sometidas algunas mujeres, entre ellas E.L.C.

Olga Margarita Otero: esposa de Soto, sostuvo que a su marido lo tuvieron en Jefatura, Arsenal y la Escuela de Educación Física. Que lo interrogaron, lo torturaron y le hacían simulacros de fusilamientos, que le preguntaban por el Japonés Héctor, que al tal Japonés Valdéz lo mataron.

Irma Susana Tula: recordó cuando se llevaron a su hermano Víctor Gerardo Tula, que fue el mismo día que se llevaron a otros chicos del barrio, Julio González y Nito González.

Rosa Paula Esteban: se refirió al secuestro de su marido, Luis Román Gerez, a quien se llevaron con su auto. Que Arrechea le dijo que le iba a devolver el auto.

Carlos Ernesto Pettarosi: contó que fue secuestrado en dos oportunidades, que creía que había estado en Baviera y en la Comisaría de Famaillá.

María Angélica Racedo: narró que en Caspingchago se llevaron a su padre y a su madre, que el Teniente Valdiviezo les había dicho que era un error.

Julio César Centurión: aludió al secuestro de su hermano Javier Hipólito Centurión. Que le comisario Roque Rodríguez les informó que esta en Caspinchango. Que el teniente coronel Roque les dijo que lo habían matado electrocutado en la cama de agua. Que estaba Albornoz. Que González Naya organizó el robo del taller y que lo secuestraron al Chato Sánchez un tal Carpincho y un tal Triviño. Que segundo Jefe de confidenciales era Duilio Bulacio.

César Rolando Jiménez: declaró sobre le secuestro de Tártalo.

Santos Isabel Albo: contó cuando se llevaron a Justo Agustín Alarcón y Pedro Antonio.

Carlos Severino Soldatti señaló que lo secuestraron y lo tuvieron en Nueva Baviera y en Jefatura de Policía. Tamibén se refierió a los secuestros de sus hermanos Berta María y Luis Alberto.

María Cristina Soldatti: se refirió a los secuestros de sus hermanos y que fueron a verlo al cura Cucala Boix que era capellán del Ejército y a Ballofet.

Pedro Roberto Córdoba: manifestó que lo secuestraron militares y policías. Que lo torturaron, que estuvo con Raúl Elías.

Julio César Marini: dijo que su padre era el dueño de la casa de Frías Silva 321, que se alquilaba a Araldi y Oesterheld. Que en agosto del 76 fue la policía a retirar los muebles. Que en septiembre de 1976 fue a vivir Albornoz con María Elena Guerra.

Azucena del Valle Bórquez: narró el secuestro de su marido Paz, en Los Ralos, y que le dijeron que lo tuvieron en Jefatura.

Josefa Micaela Andrada: se refirió al secuestro de Juan Carlos Andrada, que lo tuvieron en Jefatura, el policía Benito Moya les dio la información.

Susana Nilda Chamás: contó sobre el secuestro de José Rafael Chamás a que se lo llevaron junto con Juan Carlos Andrada.

Carlos María Zamorano: relató su cautiverio y el ambiente que se vivía en Tucumán. Contó que estuvo con Osvaldo De Benedetti ("El Tordo"), que lo trasladaron a Tucumán y ahí lo mataron.

Fernando Carlos Araldi: mostró una foto de cuando era un bebé y lo tienen sus padres frente a la casa de calle Frías Silva.

Justo Francisco Ontivero: señaló que fue secuestrado con su hermano, pasaron por la Escuelita de Famaillá y luego los llevaron a Jefatura, que los torturaron, y nunca más supieron de su hermano Juan Carlos Ontivero.

Emma Esther Quinteros: se explayó sobre el secuestro de su marido y su hijo (es esposa de Alberto Luis Gallardo).

Julia Agustina Lemme de Elías: contó lo que pudo averiguar del secuestro de su marido, Víctor Hugo Elías. Que Zimermann le dijo que se había ido a Perú.

Francisco Eudoro Lazarte: relató su secuestro y que escuchó a Dardo Molina.

María Luisa Foglia: dio detalles sobre el secuestro de su marido Francisco Eudoro Lazarte, que lo tuvo Albornoz. También declararon su hijo Francisco José Lazarte y su hermano Carlos Alfredo.

Wilfredo Guillermo Rodríguez: recordó que a él lo secuestraron, lo golpearon y lo tuvieron en la Brigada.

Margarita Hortensia viuda de Corroto: narró el secuestro de su marido, Pedro Guillermo Corroto, el 21 de enero de 1977, en Monteros. Que escuchó vehículos y golpes en la puerta. Entere los secuestradores estaba Juan Carlos Almirón, que era policía, un sobrino de Almirón, Valdéz, era chofer. Que en 1980 conoció a Hugo Andrada, que había sido policía, que le contó que él había participado y que el que comandaba era Marcos Mario Urrutia, que trabajaba en el ingenio Nuñorco y era de Inteligencia. Los restos de Corroto aparecieron en las fosas del Arsenal, tenía tres tiros y quebrada la columna.

Irma Tránsito Romano: se refirió a los secuestros de sus hermanos Domingo Nicolás Romano y Benito Romano.

Baldomero Coronel: contó que lo llevaron el 12/1/78. Que le decían "vos sos socio de Romano", que desde la plaza Urquiza vio cuando lo llevaban a Domingo Nicolás Romano".

Olga Corroto de Jaime: aludió al secuestro de su hermano Pedro Guillermo Corroto, que lo tuvieron en la Escuelita y en Jefatura.

Julio Argentino Santillán: recordó a su hermano Raúl Gustavo Santillán, quien había sido alumno del Gymnasium Universitario, miembro del Grupo Evolución Tucumán y de la Juventud Peronista. Que lo secuestraron el 22/4/77 de su domicilio, que por razones de parentesco entrevistó al entonces teniente 1° Schwab y este le pidió que le diera nombres de gente si quería que hiciera algo. Lo mismo les dijo a sus padres. Una persona que estuvo secuestrada, el Gochi Rojo, le dijo que un día se secó la venda y reconoció al "Hippi" Torres Correa y a Gustavo Santillán. Que su madre era de apellido Schwab de Santillán.

Beatriz Moya de Santillán: narró detalles de la noche en que secuestraron a su marido, Raúl Gustavo Santillán. Que un día pudo hablar con un médico de la Policía, que le dijo que estaba bien pero muy golpeado, que los vecinos le dijeron que en el secuestro participó gente de civil, militares y policías. Que lo tuvieron en la Jefatura.

Francisco Alejandro Viecho: recordó que él fue seminarista, que entonces conoció a Myjalchik que estaba en el sector de derecha. Que su señora Rosa del Carmen Quinteros (desaparecida) era del movimiento rural católico. Que toda esa dirigencia asumió el peronismo. Rosa fue detenida en el 71 y él en el 72, luego los liberaron por la amnistía. A él lo volvieron a detener en 1974 y estuvo preso hasta 1981. A ella la secuestraron el 11 de mayo del 76. La tuvieron en Jefatura y fue fusilada en Villa 9 de Julio.

María Elena Azaeves: narró el secuestro de su marido, Demetrio Angel Chamatrópulos. Que lo liberaron en estado calamitoso y que él creía que lo habían tenido en Jefatura.

Ricardo Daniel Somaini: relató que su hijo Ricardo Daniel Somaini, de 22 años, fue secuestrado el 22/4/77. Que era miembro del Grupo Evolución Tucumán y que había estudiado en el Gymnasium Universitario. Que cuando lo fueron a buscar le preguntaron sobre Moreira, se lo llevaron y no volvió nunca más.

Guillermo Moyano: señaló cuando un día a las cinco y media de la mañana, en la ruta 302 aparecieron dos vehículos y muchos tiros. Que cuando fueron a ver qué pasaba, los interceptó un militar. Había un auto quemado y dos personas quemadas, los enterraron en el cementerio de Tacanas. En fecha más reciente fue un antropólogo y había tres cadáveres.

Luis Ernesto Macor: recordó que fueron secuestrados un hermano de su yerno, su yerno Hugo Mnauel Días y su hija Susana Inés Macor.

María Alejandra Ponce: se refirió al secuestro de su hermano Horacio Marcelo Ponce (desaparecido) quien militaba en el GET y la Juventud Peronista, había estudiado en el Gymnasium Universitario. Se lo llevaron el 22/4/77. Una semana antes lo habían secuestrado a su amigo Víctor Moreira y ese mismo día a Somaini y Santillán. Un vecino que era policía dijo que lo había visto en Jefatura.

María Fernanda Curia: relató que tiene dos hermanos desaparecidos, que eran del GET y de la JP.

Ramón Francisco Romano: contó que a Domingo Nicolás Romano lo llevaron de su casa de Delfín Gallo. Que era gente de investigación de la Policía, que a él mismo también lo llevaron y lo picanearon. Albornoz le pegaba un día con una regla y le decía que iba a caer en sus manos. Que un sargento del Ejército (Norberto Cabrera) le había dicho que lo había visto a su hermano en el Arsenal.

Carlos María Gallardo: dijo que lo secuestraron y lo torturaron, que había estudiado en el Gymnasium Universitario y había sido del Grupo Evolución Tucumán.

María Magdalena Di Lorenzo: narró que era hermana de Juan Carlos Di Lorenzo y que a él lo secuestraron cuando iba en una moto con su novia. Que a él le decían "Cuchilo" y su novia se llamaba María del Carmen Toledo.

Rita Marta Ponce: detalló la forma en que secuestraron a su hermano Humberto Rubén Ponce el 3/5/77. Que se había involucrado en las gestiones de los organismos de derechos humanos porque ayudaba al abogado Pisarello. Que fueron militares los que fueron a llevarlo. Antes, en 1975 habían atendido a Ramón Edgardo Ponce, otro hermano.

Luis Enrique Egloff: aludió al secuestro de su hermano Víctor Felipe Egloff, ocurrido el 12 de mayo de 1977.

Alicia Lucinda Egloff: presenció el secuestro de su hermano Víctor Felipe Egloff.

Edmundo José Egloff: indicó que su padre le contó que habían secuestrado a su hermano Víctor Felipe y que un sacerdote de nombre Víctor le dijo a su madre que habían cometido una injusticia.

Ramón Edgardo Ponce: puntualizó los tiempos en los que estuvo privado de su libertad y aseguró que su hermano estuvo cautivo en Jefatura y allí lo mataron.

Pedro Enrique Vélez: recordó que él estaba cuando secuestraron a su primo Víctor Felipe Egloff.

Elba Jesús Castría: relató cómo detuvieron y se llevaron a Víctor Hugo Elías en momentos en que se encontraba en el acto de inauguración del Museo de la Policía.

Claudia Villegas de Roberts: se refirió primero al secuestro de su hermana Aída Villegas, de 22 años el día 2/11/76, por hombres tapados con pasamontañas y medias, que eran ocho o diez y que calzaban borcegíes militares. Que en la casa ya le habían empezado a aplicar descargas eléctricas. Un subteniente de nombre Rafael Almaraz le dijo que la tenían en Jefatura pero que no podía averiguar más porque peligraba su carrera. Añadió luego que a su hermano Jorge lo secuestraron el 8 de junio del 77. Que cuando lo llevaron a su hermano se dijo que habían hecho razias porque venía Videla de visita. Que a la familia Rondoletto la secuestraron el mismo día que a su hermana.

Marcos Taire: periodista, subrayó que la versión del Ejército sobre el interior tucumano fue una falacia. Que a Chebaia lo secuestraron porque representaba al empresariado nacional.

Irma Lidia Rojas de Rojas: recordó que el 22 de julio de 1977 se llevaron a su hijo José Dalmiro y el 13 de septiembre a su marido Luis Rojas. Que eran muchos, uniformados, con las caras tapadas.

Eduardo Bernabé Rojas y Pedro Luis Rojas: eran hermanos e hijo de José Dalmiro Rojas y Luis Rojas, respectivamente. Que su padre era del sindicato del Ingenio Concepción, manifestó que sus vidas fueron una reclusión.

Roque Raúl Ojeda Sierra: declaró que tiene tres hermanos desaparecidos: Luis Rodolfo, Hugo Fernando y José Eduardo. Que a él también lo llevaron una vez secuestrado, el 21/7/76. Que lo obligaron a individualizar a su hermano a la entrada de Grafa y luego lo llevaron a Nueva Baviera, que allí lo tenían a su hermano Hugo, a un vecino Merchant, a Noemí Ramírez, a Lucacho Martínez, todos desaparecidos y que habían sido del Centro de Estudiantes de la Escuela Técnica.

Miguel Larcher: vio cuando secuestraron a José Eduardo Ojeda Sierra.

Ricardo Tomás Maturana: era amigo de Luis Eduardo Ojeda Sierra y relató lo que supo sobre su secuestro.

María Elena del Valle Ojeda Sierra: aludió a la desaparición de sus hermanos Luis Rodolfo, Hugo Fernando y José Eduardo.

Luis René Núñez: recordó que a él lo secuestraron el 16/6/77, que lo llevaron a un lugar en el que se entraba por un portón, que eran desesperantes los gritos por tortura, que a los dos días escuchó una voz conocido que clamaba hasta que se cortó, dijeron "uno más a la cloaca", que cree que era Lucho Sosa, el esposo de Tati Solís, que lo torturaban. Que se comunicó con una chiquilina, flaquita, que escribió que era Alicia Raquel Burdiso. Al testigo lo liberaron el 27 o 28 de julio.

Juan Alberto Miño: reseñó como secuestraron a Rosa Quinteros a principio del 76, que luego lo detuvieron a él, lo torturaron, lo carearon con ella en Baviera. Que había soldados. Después lo llevaron a Jefatura, que había un portón grande por donde entraba y salía un camión con presos. Se escuchaban los gritos de los torturados, que los llevaban a torturar de noche. Que un día lo llevaron a que supiera que estaban matando a siete personas con tiros de gracia. El había dado la dirección de una casa que estaba desocupada en la calle Blas Parera. Después al otro día mataron a las personas que iban en el camión con él, dijeron que fue un enfrentamiento. Él consiguió fugarse.

Daniel Alfredo Díaz: dio una versión exhaustiva de su secuestro y de sus hermanos Juan Leandro Díaz y José Américo Díaz, a quienes nunca más volvió a ver. Que los torturaron a los tres. Que cuando lo liberaron a él, previamente un camión del Ejército lo había llevado a la comisaría de San Pablo.

Norma Gladys Cisterna: relató que a su hermana María Cisterna la llevaron a la Jefatura y después se lo llevaron también a su hermano Pastor Cisterna. Que le comisario Ricardo Oscar Sánchez se hizo cargo de su hermano, vivía con ella y ésta quedó embarazada. Después no supieron más y cuando lo fueron a ver a Sánchez les dijo que se había ido a Salta. A su cuñado Bulacio lo hicieron cumplir condena y después lo mandaron a matar.

José Antonio Cisterna: recordó que su hermana María y su esposo Bulacio estuvieron detenidos en Jefatura. El que los detuvo fue Ricardo Sánchez. Después su hermana vivió con Sánchez. Que también estuvo su hermano con él. No volvieron más. Dijo que el único responsable era Sánchez.

Fermín Ángel Núñez: aludió a su detención y a las de su padre y su tío. Que a él lo torturaron en Jefatura y a su hermano también. Lo mismo en la Escuelita de Famaillá, que a su padre y a su tío los vio detenidos en Famaillá.

Lilia Ramona Quiroga: es la esposa de Wenceslao Quinteros, un policía que tuvo una diferencia con Zimermann, según lo narró ella en la audiencia, y que desapareció un día que había ido a hacer un depósito en un banco.

Alfredo Waldo Forti: recordó que cuando tenía 16 años, en momentos que había subido a un avión para salir del país, los hicieron bajar a su madre, a él y a sus tres hermanos, que eran menores que él. Un grupo de civiles armados los llevaron en dos autos al lugar conocido como Pozo de Quilmes de la Policía de Buenos Aires. A la madre se la llevaron a Tucumán y a todos los chicos, incluido él, los dejaron en la calle cerca del domicilio de una familia amiga. A su madre la vieron en Jefatura. Su hermano Guillermo José Forti brindó un relato coincidente.

Pedro Antonio Cerviño: declaró como fue su secuestro con su hermano Ramón. Que fue torturado en Jefatura, que allí vio cautivos a Nélida Sosa de Forti, Cristina Bejas, Adriana Baviera. Recordó también a Ricardo Salinas y a su mujer, Pedro Corroto, Griselda Ponce, Guillermo Miguel. Que a él lo golpearon mucho, le aplicaron picana eléctrica, le sacaron las uñas. También lo vio al Perro Clemente que lo torturó, que Nelly estaba muy golpeada. Que Gallardo estuvo con él en Villa Urquiza, que su hermano lo vio en la V Brigada y que lo largaron antes porque era de los Focolares. Que a su madre la tuvieron en Arsenal, que lo vio a Ricardo Díaz detenido en la Brigada.

Julio César Albornoz Lizondo: que fue cura párroco de Villa Obrera, narró lo que supo sobre el secuestro por treinta días de Angélica Margarita Palacio, quien era feligresa de la parroquia de Tafí Viejo.

Julia Josefa Salinas Lanziotti: señaló en la audiencia que Ricardo Salinas era su hermano y su esposa Silvana, su cuñada. Que había viajado desde Buenos Aires a Tucumán y luego se dirigieron a Jujuy. Que allí los tuvieron en la cárcel de Jujuy, desde allí Silvana escribió una carta a su padre y en el libro de la cárcel figura como que había sido puestos en libertad. Nunca más se supo de ellos. Los restos de Ricardo fueron encontrados en las fosas de Arsenales. Aclaró que Alfredo también está desaparecido y perteneció al GET.

José Domingo Sandoval: esposo de Julia Josefina Salinas, brindó una versión coincidente y agregó que él acompañó al padre de Silvana, Vicente Parrile, a hacer averiguaciones en Jujuy y en la cárcel les dijeron que habían sido liberados.

Cecila E. Parrile es hermana de Silvana Parrile y añadió que en la carta que les mandó decía que la secuestraron militares y que Reyes, ayudante de Bernal Soto, le dijo a su padre que estaban en la cárcel, cuando fueron a buscarlos les aseguraron que habían sido liberados.

Miguel Angel Olea: expuso como fue secuestrado en los últimos días de febrero de 1976 y lo tuvieron 20 días más o menos. Fue interrogado bajo torturas y los hacían escuchar a los torturados, algo aterrador. Era estudiante de medicina y militaba en el Parido Comunista Revolucionario.

Julio Argentino Argañaraz: esposo de Graciela Bustamante, dijo que en la carta que Juan Martín le envió a su suegra lo nombra a Angel Custodio Moreno.

José Ramón Cerviño: recordó como secuestraron con su hermano. Que los llevaron a la policía, en Santa Fe y Junín. Lo pusieron en un elástico, le aplicaron descargas eléctricas y golpes con algo de goma. Lo pusieron en una habitación donde había 15 o 16 personas. Le dijeron "ahora sos el N° 200. Le preguntaban sobre sus hermanas María Teresa y María Luisa, les hicieron un juicio que fue una parodia.

Edgardo Severo Gerez: comentó el secuestro de gente del ingenio Ñuñorco

Saúl Alberto Ibáñez: dio la versión que había dado su padre sobre una visita al comando

Juan Domingo Almaraz: narró su detención, que estuvo en Jefatura, estaba el "Macho Luna", había una chica embarazada atada de pies y manos, lo vio a Cruz y Alderetes, que Camuz y Molina eran de la Brigada y estaban con Albornoz, que a José Antonio Gramajo lo vio cuando estuvo detenido con Tártalo.

María Estela Nieva: contó que tiene su marido desaparecido desde el 14/4/77, que entró a trabajar en Jefatura y no volvió nunca. De los que trabajaban con su marido conoció a Campero, a De Cándido -"el cordobés"-. Su marido le dijo que había visto a Luis Marcelo Conte, que pasó por Jefatura y luego a Arsenal. Recordó que Juan Martín declaró que Albornoz lo había detenido, torturado hasta noviembre y que lo fusiló.

Alejandro Sangenis: se reprodujo la grabación de su declaración en el debate en la causa Jefatura de Policía I.

Valentín Mario González: era director del ingenio Ñuñorco por los trabajadores. Lo secuestraron de su casa el 11/11/77; lo llevaron policías, lo tuvo el Ejército, estuvo en el Arsenal. Los gendarmes eran los que custodiaban y hablaban con él. Se jactaban y decían "escuchá lo que están cavando, ahí vas a ir a parar", primero Bussi los mataba, les tiraban nafta, los quemaban, los tapaban. Hizo un detallado relato sobre las torturas.

Berta Lucía Moya: estuvo presente cuando secuestraron a Luisa Ana Ibáñez.

Blanca Martínez: presenció en el 75 la detención de Norma Nassif.

Juan Carlos Castro: recordó la detención de su padre, supo que lo tuvieron en la Brigada y en la Jefatura. Vivían en Famaillá. Su padre trabajaba en la comisaría de la Reducción.

Julio Federico Storni: vio a Diana Oesterhed y a Araldi que vivían en calle Frías Silva antes del Pasaje Galvez. Que tiempo después vio a una mujer que entraba y salía, a Albornoz y a oficiales de policía.

Héctor René Sueldo: refirió al paso de Hugo Figueroa y Ugarte por la División Tránsito.

Orlando Benito Carrizo: ofició de secretario de actuación respecto al hecho ocurrido en Uruguay 1353.

Adolfo Núñez Piossek: reconoció actuaciones vinculadas al hecho de calle Uruguay 1353.

Se leyeron las declaraciones de Oesterheld y Cainzo de Mitrovich.

Juana Angela Gómez de Tártalo: es esposa de Manuel Antonio Tártalo. Puntualizó que lo llevaron en el 75 y en el 76, que lo vio a Albornoz, que los llevaron también a Jiménez, Gramajo, los dos Rocha, los dos Santillán, Trejo. Que su marido trabajaba en el ingenio San Juan. Que un señor Olmos estaba encargado de Jefatura. Que andaban buscando con la familia Tula y Tártalo, que a su marido lo sacaron del playón del ingenio. Tenía 21 años cuando lo llevaron.

Juan Carlos Sosa: era suboficial mayor de la Marina, declaró sobre los trámites que hizo para la liberación de su hermanastro Fidel Emilio Correa, que era del ingenio Ñuñorco y lo tenían en la Jefatura de Investigaciones de la Policía.

Nélida del Valle Rosa Toledo: hermana de María del Pilar Carmen Toledo. Rememoró que su hermana fue secuestrada cuando iba con su novio Juan Carlos Di Lorenzo en una moto. Nunca más se supo de ella; que la apodaban "Chichí" y a su novio "Cuchillo".

Oscar Enrique Conte: se reprodujo la grabación de la declaración en la causa Jefatura de Policía I. Agregó que vio a Graciela que era médica del Hospital de Niños. Que el "Cordobés" estaba al frente del grupo que lo detuvo. Que el capitán Abbas iba a interrogarlos con otros. Que se sentía olor a carne quemada.

Nora Ester Montesino: esposa de Raúl Hugo Daniel....Que lo secuestraron en octubre del 75. Que a ella también la secuestraron y la tuvieron en Jefatura. La torturaron, le metieron objetos por la vagina. Que cuando se llevaron a su marido, el comisario Sánchez le preguntaba sobre sus actividades. Se acordó del hermano de Albornoz y de "El Cordobés". Que escuchó voces de hombres, mujeres, quejidos.

Antonio Eulogio Cisneros: que es comisario general retirado de la Policía de Tucumán y Alberto Armando Juárez, también ex policía, recordaron que Ugarte trabajó en el Comando Radioeléctrico.

Demetrio Ángel Chamatrópulos: se reprodujo la grabación de su declaración en la audiencia de debate en la causa Jefatura de Policía I.

Carlos María Mena: relató cómo fue secuestrado, que lo llevaron a la Jefatura, que le dieron garrotazos, lo acusaban de que alojaba guerrilleros. De Jefatura lo pasaron a Villa Urquiza, de ahí a Sierra Chica, luego a La Plata y también estuvo en Rawson.

Clementina Hilda Mora de Ritti: detalló las características del inmueble de calle Uruguay al 1353.

Edgardo Benjamín Carloni: actual director de Asuntos Humanitarios y Políticas de Género del Ejército, respondió a preguntas sobre la organización militar de la época de los hechos y aseveró que en los planes, la provincia de Tucumán tenía Prioridad I. Que existió la Comunidad Informativa de Inteligencia y que en la Policía había personal militar en comisión.

Liliana Susana Vitar: declaró en relación con su actuación como letrada de víctimas y de la Comisión Bicameral en Tucumán.

José Enrique Lencina: declaró sobre el inmueble de calle Uruguay, respecto al cual dijo que la habitación que ocupaban los chicos quedó como un colador por los tiros.

N.C.: relató que se encontraba trabajando en la Exposición Rural cuando fue secuestrada. Que la famosa "Piturra" (Auad) fue la que la "marcó". Que la esposaron, le taparon la cabeza, la violaron. Su novio era Pastori, a quien también habían llevado y le decían que él la había entregado. Estaban cautivos Santiago Díaz, Lucho Falú, una chica Trini. Le hicieron un careo con Juan Caslos Pastori. Le pegaron, la picanearon. Les decía que no lo hagan, que tenían un embarazo incipiente. Le preguntaban cuáles eran sus actividades, ellos sabían que era del FANET. Entre los interrogadores había uno que le decían "Moreno", otro era "Cachito", pertenecían al Ejército. Los guardias eran gendarmes. "La Piturra" estaba detenida y servía la comida, con su novio "El Chaqueño". Estaba también cautivo un tal José Luis, que la familia tenía una imprenta en calle Don Bosco. Que Alfredo González murió en el Arsenal. Recordó a Trini Iramain, Tere de Díaz Saravia, un chico de apellido Maldonado que el padre tenía una cerrajería en Catamarca y 24 de Septiembre, Zafaró (lo vio tirado en la tierra); otra chica que vivía en Mate de Luna al 2.400 (la golpearon mucho). De Benedicto dijo que había uno que era entregador, pero que ella no sabía que haya estado en Arsenal. Que López Guerrero era informante. Que a uno de los que la secuestró le decían "El Ganso". Que habló con la señora Rodríguez de Fiad. Que una noche llevaron a los Rondoletto. Que Enrique Sánchez murió en el Arsenal (reconoció su foto).

C.G.M: narró la forma en que la secuestraron el 20/10/76. Que la llevaron por un camino de tierra, luego de pasar un portón, a un pabellón, donde había otros detenidos, como pequeñas celdas. Lo habían llevado también a Julio Campopiano. Al día siguiente empezaron los interrogatorios con golpes, había un elástico. Que había dos chicas que se movían por el campo sin vendajes, repartían la comida. Teresa Guerrero de Díaz Saravia le dijo que ella y su marido iban a pasar al Ejecutivo. Trinidad Iramain le dijo que dijera a su familia que estaba bien. Que el lugar era un campo militar. Que la llevaron a un lugar que tenía un garaje, la torturaron, la desnudaron, la picanearon en todo el cuerpo. A la noche la dejaron junto a un árbol. Un hombre la llevó a una seccional de Policía. Al día siguiente la llevaron a Villa Urquiza. Que recuerda que la interrogó una persona que tenía la misma voz que un compañero de su hermano, de apellido Valdiviezo. Que en 1975 la hicieron firmar una declaración a punto de pistola.

Mario Ernesto Medina: relató que lo secuestraron y lo llevaron al departamento de Educación Física. Ahí lo tuvieron cuatro días. Después lo trasladaron al Arsenal. Que en ese Centro Clandestino se recibía un trato que hacía perder la dignidad. Que lo tuvieron 4 o 5 días ahí, que se comunicaba a través del tabique. Conoció a un santiagueño al que le decían Santiago. Se escuchaban los alaridos de la gente de dolor. Se sentía olor a carne quemada, olor fuerte. Le dieron corriente, pasaron 4 o 5 días de torturas. Conoció a un muchacho de apellido Furth. Que a una persona mayor la vio colgada de las muñecas. Que al "Chaqueño" lo vio una vez y que estaba en una situación distinta. Le decían que iba el cura Cucala Boix, que era el capellán del Ejército.

Osvaldo Humberto Pérez: manifestó que lo detuvieron el 3 de mayo de 1976 en Chaco. A su novia, Susana Auad, la habían detenido el 14 de abril de 1976. Que lo trajeron en un Renault 12 a Tucumán. Llegaron a la tarde-noche, primero pasaron por la Escuela de Educación Física. Después siguieron, lo bajaron y subió a una escalera caracol a un primer piso. Le hicieron una sesión de tortura. Le dijeron "aquí tenés un regalito para vos": una mujer desnuda, golpeada, con sangre. Era su novia, Susana Auad. Lo picanearon. Eso era en el "Reformatorio" (los gendarmes aludían a que tomaban la línea de ómnibus 7). Había un salón grande, como de 6 por 15 metros y otro chico donde eran los interrogatorios. La guardia del lugar era de Gendarmería, los interrogadores eran de gendarmería o del Destacamnto de Inteligencia. Por lo que decían había una Comunidad de Inteligencia. Había un segundo comandante de Gendarmería Luis Salvadini que era muy cruel, lo vio de nuevo en el Arsenal, él impuso el tema de los enterramientos vivos. El grupo de inteligencia en el Reformatorio se llamaba "la patota" y lo integraban oficiales de Inteligencia del Ejército, se nominaban como "ipg" (interrogadores de prisioneros de guerra). El día que fue el atentado de Caspinchango (contra una ambulancia), se dedicaron a golpearlo. Cuando se retiraron ellos algunos compañeros quedaron tendidos, uno fue el caso de Gustavo Adolfo Fochi. Después de esa noche, volvió un grupo que se llevó una cantidad de compañeros de los que no supieron nunca más. El traslado del "Reformatorio" al Arsenal fue el 1 de Julio de 1976. Que él estuvo preso 404 días en el Arsenal. Lo llevaron a Resistencia y debía volver a Tucumán. Que Benito Palomo era uno de los interrogadores. A quien decían "Capitán Vargas" o "Naso" era Varela, por el modo, era uno de los jefes de esa patota. Había dos "Indios", uno del Destacamento y otro de Gendarmería. Este era muy violento, muchas veces alcoholizado, sostenedor del estado de martirio. Contextura robusta, morocho, pelo firme. Entre los cautivos había una chica a la que le decían "la Ñatita", indocumentada, de 13 o 14 años, la pareja del Bombo Avad. Había un oficial de Gendatmería que le decían Isidro, emparentado con Rivero. Entre los secuestrados, recordó a Alvaro Núñez ("Chiqui"), Berta Miranda, Trini Iramain, Fredy Coronel (también Avad), dos mujeres embarazadas, un Horacio -que lo trajeron de Buenos Aries-. El matrimonio Méndez y Laskowski, Díaz Saravia y su esposa, Santiago Díaz, los primos Cantos (Germán y Anabel), el matrimonio Assaf o Asad. Tenían un comercio en Plazoleta Mitre, Miguel Angel Figueroa (Paco) y su hermana. Describió detalladamente las instalaciones del Arsenal. Que principalmente los detenidos eran del PCR, PRT y ERP. Al que lo vio tirado en un solo ay de dolor, fua a Damián Márquez, totalmente destrozado, murió ahí. A Luis Falú si lo vio. Estuvo también un muchacho Vaca. Un día la patota bajó una familia, que después supimos que era Rondoletto. Que sí vio a Augier. Estuvo varios meses. A José Luis Maldonado, del Grupo de Base de Bioquímica lo chuparon en Buenos Aires, contrajo tétanos. Murió como consecuencia de eso. Los gendarmes se echaban la culpa porque tenían que llevarlo al pozo. Había una prisionera que le decían Tina, desaparecida. Gloria Iñiguez sobrevivió, estaba con Freddy Coronel. "Grasita" era un integrante de la Compañía del Monte, con el Bombo Abad, eran acusados por lo de Caspinchango. Los dos desaparecieron. Santiago Archetti era un filósofo santiagueño, uno de los precursores de la guerra revolucionaria, lo chuparon de Santiago. También estuvo "Villita" Sánchez (que era Enrique y él no lo sabía) A María Rodríguez de Fiad la vio, la llevaron junto con Vaca. A ella la llevaron en su auto. En ese mismo auto lo llevaron a Augier. Vio a Pico Safarov, que se llamaba Víctor, respecto a quien Augier decía que tenía gangrena y estuvo agonizando varios días, pedía que lo maten. A "sombra" (Juan Carlos Pastori), lo llevaron también, era estudiante de Agronomía, estaba haciendo el servicio militar. La novia era N.C. A ella la vio detenida, la llevó la patota. La bajaron de un auto, la metieron en una piecita. Estaban dos o tres de la patota. A uno le decían De María, un tal Juanca. Empezaron algo que era habitual, le sacaron la blusa, le bajaron la pollera, le arrancaron el corpiño, la estuvieron manoseando. De Pastori nunca tuvo noticias después de uno o dos meses. La señora Masamutto le suena que estaba en el Arsenal. Había un Canseco vinculado con la Compañía del Monte, era obrero no estudiante. Los hermanos Argañaraz, del sur, estaban ahí. Un Lito Medina y dos ferroviarios de apellido Manfredi, el petiso Osores de Tafí Viejo. Había una mujer con ellos. El otro González (Alfredo), un flaco alto, es el que tenía una imprenta. Una noche vino un camioncito y decían que eran policías, el camión decía Transporte Higiénico de Carnes. En alguna oportunidad los vio a Alais, Lamas, Bussi y dijeron que andaban altos jefes de Gendarmería. Recordó que Tapia era una prisionera, un día desapareció. Uno de los gendarmes le comentó que habían tirado al pozo a una gente, entre lo que había un padre y un hijo y entre ellos Tapia Que cuando fueron a quemarlos, Tapia estaba con vida. Ana Corral estuvo en Arsenal. Juan Martín también. Calculó que ejecutaron a 800 personas o más en Arsenal. Que había un gendarme al que le decían Carlitos que tocaba la guitarra. Una vez se armó una guitarreada con Falú y Cantos. Dos gendarmes que traían una encomienda para Juana Avat fueron relevados y no volvieron más. Que sabían que estaban los pozos pero no los visualizaban. Celia Medina estuvo en Arsenal. Había un gráfico sobre le PRT. En la Juventud Guevarista, en ese gráfico, un Cantos Carrascosa. Había un nombre "Micaela". El capitán "Naso" dijo que era Celia Medina. Recordó asimismo que estuvo Julio César Campopiano y que con Lucho Falú compartieron mucho tiempo de cautiverio. Varios meses antes de junio del 77 ya no esto más. Laskowski sobrevivió, Adolfo Méndez no. Con él habló y le dijo que habían "tapiado" (por cubrirla) a su mujer. Que la violencia sexual era algo habitual, el primer ensañamiento era con los órganos sexuales. Que vio cuando los bajaron a los Rondoletto, que le pareció que recién venían de chuparlos. Que el padre y el hijo que mataron aquella vez serían ellos. A un gendarme de la guardia interior le decían "el Manchado". Que conoció un moreno que era segundo comandante, que tenía una mancha en el ojo, era interrogador, el apellido era Güemes. Montes de Oca era un jefe de la guardia de gendarmería, que venía con los móviles. Una vez les pegó un baile y les reclamó a los guardias endurecimiento de las condiciones. Que Eugenio González Brear "capitán Roberto", era jefe del 142 y andaba en los operativos. El capitán Varela, con un grupo de gente, los sacó para hacer un viajecito con Susana. Lo llevaban en el baúl y luego pasaron adelante. En otro coche iban la esposa de Varela y los hijos. Los llevaron a la Jefatura de Policía en Jujuy. Allí había una detenida, Hilda Figueroa, que era del comedor universitario y tenía secuelas de poliomilitis. La habían secuestrado la noche del Apagón. Les hicieron una especie de careo. Le contó las violaciones a las que la habían sometido varios gendarmes. El Ganso y Leonel Sosa- a quien vio en el Arsenal-, son los que lo llevan a Jujuy. Rememoró asimismo que a "Villita" Sánchez lo conocía de la militancia de la facultad de Bioquímica y del comedor. Jugaban a un juego como de damas y él decía que la esposa había quedado fuera de esto. Dijo que creía que pudo haber estado hasta fines del 76. Que había perros. Que sintió hablar de Nelly Yolanda Borda. Que cree que había un sacerdote de 1, 70 metros, que no era muy alto. Había una referencia que Gendarmería estaba en el "Motel". Dijo que al que llamaban Ballofet era un capitán del Ejército de incipiente calvicie, gordito. Que al capitán Torres lo conoció porque venía en horarios tranquilos, sábados y domingos, tenía un Renault 12 gris. Se bajaba, preguntaba por Mabel Franco. Se sentaban ahí, estaban conversando. Le traía alguna golosina, cigarrillos (ella los daba). Al capitán Abbas lo vio en Arsenal. Recordó que cuando fue a declarar al Comando salió Torres, lo saludó y estuvo con él en el comando. Que los gendarmes interrogadores estaban 30 días y los móviles de la guardia, 45 días. Que un día la llevaron a Matilde Palmieri de Cerviño y que no sabe si estuvo uno o dos días. Aludió a un tal Tincho, de Catamarca que había tenido un camión. Refirió a Fote, Archetti, Avad, Armando, Augier. Que a algunos los llevaban para exhibirlos y volvían. Describió al capitán "Humberto", a Palomo, a Güemes, a Montes de Oca.

Juan Manuel Quinteros: relató que su padre, René Quinteros fue secuestrado, era enfermero de Nougués Hnos. Qu a él lo detuvieorn en marzo del 76 y estuvo hasta abril. Que Bernardino Martínez, que era del sindicato de Santa Lucía está desaparecido. Que en los galpones de Nougués Hnos. estaba el ejército, en Caspinchango. Que a él lo secuestraron una segunda vez, que llevaban también en el mismo vehículo a varias personas de Caspinchango. Que los llevaron a la Base de Santa Lucía y después a Teniente Berdina. Que ahí lo picanearon. Que estaba Ricardo Lizárraga y también Titi y Cacho Lizárraga. Que el secuestro fue el 29 de Mayo de 1976 y que lo tuvieron como un mes en Santa Lucía, eran del Ejército (estaban "Nieve", Valdiviezo, quien llegaba a la casa de su abuelo y decía que recibían órdenes de Bussi). Que Juárez la vio a su mujer detenida y picaneada. También Racedo. Que recuperaron la libertad Chacho Lizárraga, Chacho Villa y varios más. Bernardino Martínez no. La base militar estaba en el predio del Ingenio Santa Lucía. Que a él lo tuvieron como un mes en Arsenal, que allí estaba en un casillero, se sentía gritar a la gente, vio gente muerta. De noche sacaban a la gente. Que conversó con Chala Ruiz., que trabajaba en el monte. Que del Ñato Campillano tampoco se supo nada, tenía un hermano, también desaparecido. Que abusaron de las mujeres. Que se escuchaban tiros. Que estuvo también en la "chimenea mota" y allí lo torturaron. Que en Arsenal a uno le decían "el Indio", a otro "La Liebre". Que había un lugar donde los sumergían, un tacho de 200 litros de agua, que además tenía sangre. Que después lo llevaron a Villa Urquiza y de ahí a Sierra Chica. Agregó que la "chimenea mota" era cerca de Teniente Berdina.

José Teodoro Rocha: recordó que fue secuestrado. Qué él vivía en una colonia que pertenecía a Santa Lucía (San Elena, a dos kilómetros de Santa Lucía). Que él vivía a 200 metros de donde estaban los militares. Que lo tuvieron en Arsenal y que a él le dieron una constancia de que había estado detenido entre los días 14 de agosto al 2 de octubre. Que estaba "Serrucho" Castellano, sobre el piso. Que los llevaban al baño haciendo el trencito. Que había otro chico de Santa Lucía, "el fisicudo" Carlos Soria, lo mataron. Al "sapo" también. Estaban los hermanos Orozco y la señora. A Ñata Monasterio y a Medina les preguntaban sobre el declarante. También estaban Palavecino, que era un muchacho joven y René Quinteros, que le pegaron mucho. Se acodó asimismo de Enrique Godoy, el "Gringo" Zelarayán, Figueroa, el "Sapo" era Juárez (Miguel René), a quien lo mataron a golpes con un fierro en la cabeza.

Juan Maximiliano Orozco: refirió que tenía 26 años y los detuvieron a él, su hermano y su mujer. Que él trabajaba en la caña. Que el Ejército se instaló en Santa Lucía. Que los acusaban de que ayudaban a la gente que estaba en el monte. Que los tuvieron una semana en Nueva Baviera y después los tuvieron en Arsenal. Había muchos detenidos, que Roldán y Cruz eran unos de los que estaban ahí. Enrique Godoy también. Que tenían un número. Que cuando los llevaban al baño, iban con los perros. Que los ponían en una cama y les ponían la picana. Que uno de los que los torturaba era "Cachito" y otro el "Indio", un grandote. Que a su mujer le pegaron pero no la picanearon.

René Orozco narró que trabajaba en el surco. Que cuando llegó el Ejército tenía 27 años. Una noche lo golpearon mucho porque decían que habían visto salir gente de su casa. Que después lo detuvieron en setiembre de 1976, que esa noche los secuestraron también a los Roldán (dos), Cruz y Gringo Zelarayán. Que los llevaron a Nueva Baviera, los tenían en un galpón, los sacaban de a uno, los interrogaban y los torturaban. Después los llevaron al Arsenal. Que "Cachito" era uno de los que torturaba, que el "Indio" le pegó una piña que lo partió. Que a la Ñata Monasterio la violaron frente a él. Que lo picanearon por todo el cuerpo y una vez lo colgaron de las manos.

Hugo Angel Bustos: fue secuestrado del sindicato del ingenio San Juan. Declaró que lo secuestron entre el 28 de mayo de 1977 y el 18 de junio de 1977. Que lo sacaron de su casa y que le preguntaban por las armas. Lo pusieron en una cama, en un elástico y le aplicaban descargas eléctricas. Que le preguntaban también de la bomba del avión. Que lo sumergían en un tacho de agua. Tenía el número 60. Estabam en el Arsenal en un lugar separado con ladrillos de canto.

Juan Francisco Cabrera: explicó que siempre vivió en Los Ralos y que participó en la lucha contra el cierre de la fábrica textil Escalada. Que lo tuvieron prisionero veinte días en Arsenal. Que en la noche del 10 de junio del 77 los secuestraron a Oscar Berón, Sixto Villarreal, Narciso Véliz, Lucho Fuensalida, Santos Suárez y él. Que los secuestrados por aquellas luchas gremiales fueron 15 y se salvaron dos de la muerte. Que los guardias eran de Gendarmería. Que los que los llevaron eran de la Policía de Tucumán. Que los que iban a hacer los interrogatorios y torturaban eran del Ejército. Que era un galpón con dos filas de boxes, se acostaban tirados en el suelo y los metían cabeza abajo en un piletín. Que él era el N° 65. Que los sábados les daban trompadas y golpes, el domingo a la noche torturas y que el jueves cuando iban los jefes, las peores torturas, lo peor eran las descargas eléctricas en la cabeza. Había dos mujeres detenidas, La ingeniera Jiménez y otra junto a ella. Se sentía que las torturaban. Que había otra mujer que les servía el mate cocido, "La Piturra". Se escuchaban disparos a 30 metros. Que a él con Santos Juárez los liberaron juntos.

Omar Eduardo Torres: realizó una larga exposición sobre su paso como gendarme en el Arsenal. Que antes de venir les dijeron que tenían que cambiarse los nombres, no comentar nada y les leían el código de justicia militar. Que venían en grupos de 40 o 45, unos custodiaban a los internos, otros el predio y también hacían la custodia de Bussi. Que él venía de Campo de Mayo, que venían asimismo de Rosario y Córdoba. Que a él lo trajeron en tres oportunidades, entre Abril de 76 y Julio, agosto del 77. Que la guardia externa era de 4 o 5 y adentro 4 o 5 más. Que al lugar se accedía con un santo y seña. Que los detenidos estaban atados. Que había un gendarme que tenía de apodo "Conejo", que era de Campo de Mayo. Que el centro clandestino de detención dependía de la V Brigada. Que no recibían órdenes de militares, salvo aquellos que iban de civiles. Que el primer Alférez Rivero era jefe, también Jorge Warnes, Pérez Carballo. A Marcelo Godoy le decían el "Indio", que era de unos 80 kilos. Que el galpón estaba dividido en dos partes, por un lado las mujeres y las personas que ayudaban, y del otro, todos varones. Las celdas eran con tabiques de madera, con un pasillo y piso de cementos alisado. Los detenidos tenían una manta nada más. Que el perímetro tenía un alambrado tejido de 2,20 m. Arria, tres hilos de alambre de púa. Que había cuatro casillas, una en cada esquina del galpón, que las usaban para interrogar, torturar, elementos de limpieza, un baño de 5 por 5 con duchas. Que se cocinaba fuego en la tierra, adentro de una carpa. Había una casa para la tropa. Había luz eléctrica, que se llevaba con cables. Que continuamente sacaban a los detenidos para interrogarlos, y torturarlos. Había un techo con agua y un aro, los colgaban de los pies, les hacían tipo submarino. Era constante golpearlos, maltratarlos. Que en una oportunidad vio a un joven de 15 o 16 años. Que a los secuestrados los llevaban en autos, en los asientos de atrás o en los baúles, mayormente a la madrugada o a la noche. Solamente los días que fusilaban, iban camiones. Que llegaban custodiados por soldados. Que los dejaban a los detenidos a 80 o 100 metros de la fosa. Cada detenido iba con custodia hasta la fosa por una senda peatonal. Que él recordaba 5 o 6 fosas. Que había un oficial por uno que ejecutaban, lo hacían acribillar, cada oficial disparaba, Bussi primero. Que le tocó estar a seis o siete metros, que los detenidos estaban con las manos atadas y vendados. Que les ponían cubiertas de autos, aceite de autos, gasoil y se le prendía fuego. Recordó entre los gendarmes que estaban a Jorge, Rivero, Orellana, Warnes. También Barraza, Luján, Cavalesqui. A los prisiones los ponían de rodilla frente a la fosa, al caer en la fosa se les prendía fuego. Entre los primeros ejecutados estaban Ana Corral (de no más de 17 años) y Luis Falú (a quien le decían Lucho). Que con este último alguna vez fue a buscar leña, que le dijo que era sobrino del guitarrista Falú. Bussi le dio el tiro a Falú, y Zimermann a Ana Corroal. Que recodaba a Susana Auat y al Chaqueño, que ellos andaban libres y que más bien ellos colaboraban con las torturas que les hacían a los detenidos. Que en la etapa de instrucción reconoció una foto de Caspinchango, un chico al que le decían Gustavo (de 1,70 metros, rubio, blanco, ojos claros, tenía como un corte en la ceja). Refirió que una persona murió por una infección. Que el Chaqueño actuaba como interrogador, que a veces salía bien vestido y se perdía por días, iba y volvía, que ayudaba en la comida. Que a ellos les decían que era detenido, que dormía con los otros detenidos, pero que su situación era distinta. Que la orden que tenían era dejarlo que se movilizara y que disponía de los detenidos. Le recordaron que el Chaqueño lo acusaba de haber formado parte de la ejecución de Caspinchango y que tenía el sobrenombre de "Carlitos". El declarante manifestó que Auat y el Chaqueño tomaban declaración y escribían a máquina. Que los vio ejercer violencia, golpes o piñas, pero no los vio practicar submarino, picanear ni sacar las uñas. Que Auta hacía tareas de limpieza con otra otras mujeres, andaban sin vendas, cuando veía a alguien esas chicas tenían que vendarse. Que cuando había ejecuciones, a los detenidos los sacaban en un camión, a los que estaan muy mal, no. "Yacaré" era Galenao (Oscar) y Güemes era del móvil de Córdoba. Dos gendarmes, cabo Maldonado y gendarme Ríos, los descubrieron que llevaban información a los familiares de los detenidos y después ya no estuvieron.

La mujer de Ríos iba a preguntar. Que él supone que habían sabido por la Piturra y el Chaqueño. Que José Montes era suboficial de Gendarmería, que estuvo en Arsenal. El Pero Alsina también. Que cuando estaban de guardia en el edificio de los militares iban a almorzar a la V Brigada, había bienes secuestrados y soldados estaqueados. Que eran de Gendarmería, Pereyra Apestegui, que eran interrogadores e iban a las ejecuciones. Recordó también a un sargento Rodríguez y un suboficial Quiroga. Dijo que nunca ha sentido ni ha sabido de la presencia de sacerdotes. Que cuando volvió para una inspección ocular judicial comprobó que habían avanzado, las casillas no estaban más. Agregó además que vio como el enterramiento. Que tuvo en su poder una lista como de 200 detenidos, pero que el papel se le desintegró en las manos, porque pensó que si selo encontraban era hombre muerto. Que algunos otros gendarmes estuvieron en "El Motel", en Famaillá, cuidaban detenidos. Que Rivero era un oficial que estaba a cargo de ellos y participaba en las ejecuciones.

Hilda del Valle Figueroa: recordó que el 4 de Agosto de 1976 la llevan a la cárcel de Jujuy. Que el 26/11/76 la sacaron y la llevaron a la Central de Policía, que en una habitación había dos lmilitares y un muchacho. Que le dijeron que eran el capitán Torres y el otro eral Ripol. Le señalaron al muchacho y le dijeron si lo conocía, ella dijo que no y se fueron. "Quedaron un muchacho y una chica que decía que me conocía. Yo a ella no la recordaba, le decía que era de Ledesma" Le manifestó que se llamba Susan Auta y que estaba detenid en un lugar horrible en Tucumán. Pérez estaba al lado, calldito. Que los vio muy flaquitos y demacrados, como dos personas mal alimetnadas, era como si fueran novios.

Lucía Benjamina Mercado: efectuó un relato que se correspondía con libros ofrecidos como documental. Que de Santa Lucía se acordó de Valdiviezo y Trucco que Paz Zavalía era uno de los que mandaba.

Julio Guillermo Suárez: recordó que el 30/4/76 lo sacaron de la casa, que esa noche sacaron también a Racedo, a los Lizárraga, todos en un camión. Que los tuvieron tres días en la Base de Santa Lucía, después los llevaron a Arsenal. Que la segunda vez estuvo en Baviera y de ahí a Arsenales. Que estaba Bernardino Martínez y el hijo. Que lo habían detenido de nuevo el 23/7/76. Que lo tenían en un galpón, en el primer compartimento, vendado y con las manos esposadas. Lo tuvieron colgado con su hermano. Que el que andaba por Caspinchango era el oficial Trucco, que los hacía trabajar.

Manuel Humberto Suárez: narró que una noche lo sacaron de su casa, que esa noche sacaron a varios. Los llevaron a una Base Santa Lucía y de ahí al Arsenal. Que los torturaron, los golpearon, los picanearon. Lo sentaron en una silla y le hicieron descargas eléctricas. Que una vez lo tuvieron colgado. Que al mes que lo habían liberado, lo volvieron a llevar, con las manos atadas con alambre de púas, lo llevaron a Nueva Baviera.

Domingo Antonio Jerez: fue soldado en la época de los hechos. Se leyó su declaración anterior. Agregó que si desobedecían los mataban a ellos. Que en Caspinchango hay una chimenea, que estaba el dispensario. Que en todo participaba Valdiviezo. Que él llevó detenidos a Arsenal. Que a Trucco lo vio más en el 19, a Colotti si lo vio hacer las acciones narradas.

A.V. B.: dijo que era docente. Tiene un hermano desaparecido, que vivía en Santa Ana. Se llamaba Mario Barrionuevo, era operario de Alpargatas. El 23/4/76 lo sacaron de la casa de los suegros en Villa Belgrano en un unimog, tenían uniformes. Que el 17/11/76 la llevaron a ella y la liberaron el 8/12. Que la trajeron a Tucumán hasta la ruta 9, que entraron por una tranquera, por el costado del Arsenal. Le pusieron una venda, había una cerca perimetral con un alambrado olímpico. Estuvo en un galpón, como de 40 m de cada lado. En las esquinas había unos cuartitos de madera, en uno torturaban, en otro lado había un baño. Ella tenía el N° 13. Recordó que había un muchacho que cantaba chamamé, que ella vio a un muchacho que era Juan Falú. Que vio a una chica abogada de Frías, a un hombre de La Cocha que le decían "Tincho". Que vio a un enterrado que se le veía la cabeza descubierta, era Augier. La que daba de comer era una chica de Concepción de apellido Alarcón. Ella le dijo que sí estaba el hermano de la declarante. Que les ponían vendas y les tapaban los oídos, estaban haciendo tiros, matando gente. Que la torturaban, le daban descargas. Un día la desnudaron y la tuvieron parada. "Bombo Avalos me daba cintazos y "Grasita" miraba". No vio sacerdotes. Escuchó el nombre de Campopiano.

Julio Omar Luna: relató que su padre trabajaba en labores de mantenimiento en la Compañía de Arsenales, recordó como jefes a Soto y Caballero, que hacían unas bolsas que a él le comentaron que eran para cadáveres, que escuchó que paralelo a la ruta había una cárcel, que en la compañía había cosas incautadas en los operativos.

Ernestina Teresa Yackel: declaró que fue monja Paulina de 1962 a 1969. Que en 1971 se casó con Raúl Nieva, quien nunca renunció a su sacerdocio y que trabajaba como sacerdote en Tafí Viejo. Nieva, Carmona y Dip eran los párrocos de las tres parroquias. Recordó que hubo un momento en que se disolvió el grupo de curas tercer mundistas. Que ella fue detenida la noche en que los levantaron, que en esa ocasión a su marido lo hirieron mortalmente. Ello ocurrió entre el 19 y el 20 de marzo de 1976. La llevaron con la cabeza tapada. El primer lugar, un hall. Que escuchó como traían el cuerpo de alguien que se quejaba, era su marido. "Pelotudo, yo te dije que la lleven al fondo", gritó uno. La sacaron de ahí, había una explanada. La subieron a un auto y la llevaron a otro lugar, que tenía unos armarios. Que de ahí los cargaron en un camión, luego a un hogar de menores. Se escuchaban los gritos de los interrogados. Había gendarmes, "Ángel" (cordobés), "Indio" (litoraleño), Roberto. Que estuvo en el orfelinato y en el Arsenal (que en este lugar tenía un embarazo de siete meses). Que había unos tabiques, le dieron un número, había 25 personas de cada lado, eran cuatro mujeres. Que los gendarmes hacían guardia e interrogaban los del Ejército. Que eran personas que sabían muy bien todo, de un buen nivel de instrucción. La liberaron el 27/Julio/1976.

Ramón Castellano: recordó que en 1976 lo sacaron de su casa, que le pegaron un culatazo. Lo tuvieron en la "chimenea mota", le metían picana. Que lo garrotearon mucho, orinaba sangre. Que estuvo en Santa Lucía, Nueva Baviera, la Escuelita, Arsenales (ahí tres meses). Que tomaba el orín y le metían picana. Tenía 25 años, era jornalero, vivía en Caspinchango. Le decían que era guerrillero. René Armando es hermano suyo, nunca más se supo de él. Que en el Arsenal se escuchaba gente a la que garroteaban, se sentía el clamor. Ahí lo conoció a Teodoro Rocha. Estaban la Ñata Monasterio, Pochola Villagra, Dora Godoy, René Quinteros, Ramón Soberón, los Orosco (hermanos), Oscar Palavecino, el "Sapo" (a ese le pegaron un fierrazo, "lo han muerto", en Miguel Suárez). Que el mismo día los cargaron a Rocha, Palavecino y a él. Recuerda que había un pasillo y unos compartimentos, que estaba atado y vendado. Hacían tiros, sobre todo a la noche.

Antonio Raúl Romero: narró que en 1975 (octubre o noviembre) fue detenido por Albornoz, el Turco Marini y un tal Ávila, de la Policía. Que lo golpearon y le ataron las manos atrás, lo pusieron en el piso de una camioneta. Que él militaba en el peronismo de base, su padre y su hermano eran peronistas. Estuvo en la Jefatura, le dieron palos y también picana. El que dirigía era Albornoz, éste le dijo que salía en libertad por orden del gobernador. En el año 1977 lo volvieron a secuestrar (7 u 8 de enero), y también a su mujer. De nuevo Albornoz. Lo cargaron en un auto y tiraron a su mujer encima de él. Lo llevaron a un lugar, que era Investigaciones o Jefatura, le dieron palos y picana, sentía los gritos de su esposa. Que le tiraban agua y le pasaban corriente eléctrica. Que el Ejército lo sacó y lo llevó a un lugar del sur, supone que era Nueva Baviera, un salón con muchos presos. Un día lo vio a Arrechea, que le dijeron que el torturador era "Ketchup" y que después de salir se enteró que era Almirón. Que cuando estuvo en Arsenal hizo contacto con Lucho Falú, también con Augier y ahí se enteró que estaba su mujer. Que estaba Félix Ricardo Corbalán, que había un compañero que tenía tétanos, se moría, que llegaron una noche y lo sacaron. Una tal Piturra lo tenía de los pelos, les sacaba la venda y les preguntaba si se conocían, decían que no (era con Leandro Fote). Ahí la Piturra dijo "sí se conocen estos hijos de puta, hay que reventarlos porque sí se conocen". Que se lo sentía hablar libremente al Chaqueño. Que había mucha gente joven. Que los pusieron en un auto a él, su señora y su hermano. Dijo que había escuchado comentarios sobre el padre Mijalchyk.

Magdalena Rufina Díaz de Corbalán: recordó su condición de esposa de Félix Corbalán, que él trabajaba en los talleres de Tafí Viejo, fue detenido el 24 de Agosto de 1976, que antes ya le habían puesto una bomba en el negocio. Que el día que se lo llevaron, llegaron tres individuos con armas largas, de civil, a cara descubierta. Que ella iba llegando al negocio, vio una camioneta blanca, doble cabina, no tenía chapa patente. Aclaró que ella no habló con el padre Mijalchyk.

Ramón Francisco Brizuela: señaló que fue secuestrado tres veces. La primera, el 25 de diciembre de 1975. Que vivía a una cuadra y media del ingenio La Florida. Fue un camión del Ejército, que eran entre 10 o 15 y que lo llevaron con su mujer. Lo subieron, a las dos cuadras le vendaron los ojos, lo llevaron a Alderetes, cerca del aeropuerto, había carpas uno le golpeaba la cabeza y le hacía preguntas. Que él trabajaba en la sección calderas. Los dejaron libres en el hospital Padilla. La segunda vez, en febrero de 1976, para el carnaval. Estaba actuando, hacían música. Llegaron policías, las llevaban detenidas a su esposa y a su hermana. Que lo llevaron a él también porque quiso acompañar a su señora. Los llevaron a la Brigada, los tuvieron dos días en un calabozo. Le tomaron una declaración y lo largaron. La tercera vez, el 19 de Abril de 1976. Lo secuestraron en el barrio donde vivía. Se abrió la puerta, llegaron varios, alumbraban con linternas. A mi señora Gloria del Valle le dijeron que se vista. Nos llevaron en vehículos distintos. Que anduvieron media hora, lo llevaron a una habitación y a su señora también, sentados en el suelo uno frente al otro. Al otro día los sacan y los llevan a otro lugar. Que se sentían aviones. Lo hicieron escuchar a otra persona (se escuchaban quejidos, llorisqueos, como que habían sido torturados o los estaban torturando). Escuchó la voz de Chaparro -un vecino-. Decía que pertenecía a la Juventud Peronista igual que el declarante. Brizuela dijo "Santos" y lo golpearon. Ahí le empezó a pegar la persona que lo custodiaba, estuvo dos semanas en ese lugar. El cree que era la Escuela de Educación Física. Se escuchaban los gritos de tortura. Su señora seguía en el salón, se comunicaban tosiendo. Un día nos metieron en un colectivo, los que los llevaban tenían uniformes verdes. Iban hacia el este, cruzando el puente Lucas Córdoba. Después de 40 o 50 minutos, él creía que era la zona de Cebil Pozo. Giraron hacia la zona de Delfín Gallo, luego giran a la derecha y después de unos cinco minutos, los hicieron bajar en un lugar, los hicieron sentar en el piso. Se escuchaban tiros y gritos: "ahí va uno", "allá va otro". Hicieron tiros toda la noche. A la mañana, una persona lo tomó del brazo y le dijo vamos a caminar. En ese momento, escuchó la sirena del ingenio La Florida. Estaban en el aeropuerto de Cebil Pozo, que se estaba construyendo. Le veía las zapatillas a esa persona y un pantalón marrón, era Víctor Sánchez, le decían "Pecho", "Tabla". Era profesor de básquet y vendía comida. Iba también otra persona. Le dijo: "Te tenés que portar bien, tenés que colaborar". Esa misma noche, después de 24 horas, los sacan del lugar y hacen un recorrido de una hora. Los llevaron a un lugar que era un primer piso, subieron una escalera y los instalaron en un salón. Lo llevaron a lo que era un baño, le aplicaron picana, lo sumergían en un tacho, estaba Víctor Sánchez pero él no le pegó. Como que dirigía, estaba a cargo de él. La escalera era metálica. De día se escuchaba que practicaban clarinete, música. Al lado suyo, estaba Hugo Román, vecino de La Florida. También un muchacho que había sido presidente de la UES, que era cantante y era corpulento. Estuvo a su lado un muchacho de Mercedes, Buenos Aires, de nombre Mario. Estaban también Zoilo Reyes, de la Banda del Río Salí, Santos Chaparro, la señora del declarante, Alfredo Coronel, Ercilia Carabajal. Agregó que "la petisa" fue secuestrada por Víctor Sánchez, que la vio detenida, desnuda y con las piernas abiertas, golpeada, en la cama de hierro, a su lado estaba la picana. Baja, joven, había tenido unos 30 años, el apellido era Fernández. Recordó que Sánchez lo había sacado un día en un auto rojo por una calle, subió una persona vestida de médico y fueron a una escuela, Sánchez fue a la dirección, preguntó por la Fernández, le dijeron que no estaba, le presentaron una persona que era familiar, la llevaron y le exigieron que dijera donde vivía "la petisa", fueron a un barrio y allí la secuestraron, la escuela era el Colegio Nacional. Que de ahí fueron a la Colonia de Menores, de donde habían salido. Que los vigilaban personas de Gendarmería, el más conocido era el "Indio". Otros eran "Roberto", "Carlitos", un capellán de la Gendarmería se hacía llamar "Falucho". Se escuchaban las torturas y gritos de los torturados. Freddy Coronel estaba con uniforme de fajina, ya que estaba haciendo el servicio militar, que habló con él en Arsenal. Que a Zoilo Reyes lo habían torturado, "estaba re mal". Que le dijo que tenía un amigo con poder y que le podía salvar la vida. Que en la colonia estuvo como un mes y lo llevaron a Arsenales. De la misma manera que los llevaron, los trasladaron. En Arsenales había como un portón, entraron, lo hicieron ubicar en un casillero, que tendría un metro de ancho, un metro y medio de largo. Los tenían parados todo el día. Del lado del frente había unas carpas que se veían como que ahí hacían la comida. De noche se acostaban, tenían dos mantas, se escuchaban las torturas ahí al lado. Las mismas personas eran las que cuidaban en la Colonia. Que cuando no querían que se enteraran, hablaban en guaraní. Que estaban cautivos Gloria, Chaparro, Freddy Coronel. Que los llevaban juntos al baño formando un trencito al campo. Que ahí habló con Coronel. Que él salió en libertad en 1979 y todavía andaba Víctor Sánchez en La Florida. Que a diario la gente de Gendarmería los maltrataba, que ellos no los torturaban. La última noche lo hicieron entrar a una habitación, el sujeto tenía pantalones y zapatillas negras, la llevaron ahí también a Gloria, les empezó a hablar a los dos. "Ustedes se van, tienen que aprender a valorar la vida", les dijo. Gloria empezó a llorar. Los sacaron, los metieron en un baúl, los llevaron como a un parque. Aquella misma persona le dijo: "valorá lo que tengas, ya te van a venir a buscar". Llegaron otros, lo llevaron a una comisaría, hasta el otro día. De ahí a Villa Urquiza (20/Agosto/1976). El 24/3/77 lo trasladaron a Sierra Chica. Que antes pasó por el 19, estaba el Dr. Pezza. Estuvo en Sierra Chica hasta el 79, de ahí a La Plata y luego a Caseros. En junio de 1979 lo liberaron.

G. V. I: declaró que fue secuestrada tres veces. La primera vez, el 25/12/75 junto con su marido. Le pegaron muchísimo, la picanearon, fue a parar al Centro de Salud, tenía 17 años, se había casado el 17/12/75. Víctor Sánchez era entrenador del equipo de básquet en el que ella jugaba, le había dicho que si se casaba le iba a ir mal, tenía interés en ella. En el 76, su marido estaba tocando música cuando ella llegó al baile, las llevaron diciéndoles subversivas peligrosas a ella y su hermana, esposadas, las vendaron. Cuando estaban en la Brigada, la interrogaban, le pegan. Las pusieron en libertad, dijeron que había sido para averiguación de antecedentes. Que el 19 de Abril se cortó la luz, llegaron al dormitorio del matrimonio y los llevaron a los dos, otra vez sintió la voz de Sánchez. Eran encapuchados. Los trasladan a un lugar que parecía quinta, luego a otro lugar, a otro edificio con una escalera, junto con su marido y la Morocha Carabajal. Pegaban, se escuchaban gritos. Después los trasladaron a otro lugar y al último, en unos casilleros como si fueran casilleros de animales. Agregó: "como perros, el perro en realidad vive mejor". Había mucha gente. Ahí los torturaban, les pegaban, ahí la violaron. Añadió que ella tenía dos faltas y un día tuvo mucha sangre, parecía que estuvo embarazada. Víctor Sánchez cada vez que la iba a torturar la violaba. Había guardias, que ella cree que eran de Gendarmería. Les pegaban cuando llegaban los interrogadores. Que iban de civil, sus pasos eran distintos, se escuchaban las botas de los gendarmes. Cuando no eran botas eran los interrogadores. Que cuando la llevaban a la tortura en Arsenal, le preguntaban si lo reconocía a Chaparro, estaba muy mal, cuando habló lo reconoció, era de la Juventud Peronista de La Florida. Recordó que había una señora embarazada, que le decían La Panzona. Tuvo el bebé en el campo de concentración, era la señora de García. Que Freddy Coronel le dijo que a él lo iban a matar porque conocía el lugar. Que estaba también cautivo Hugo Román (tenía gusanos en las manos), no volvió a La Florida, no lo vio más. Los apodos de los gendarmes eran "El Indio", "Carlitos", "El compadre", había uno que se hacía llamar "Cura". El 20 de Agosto los sacaron con su marido, iba la Morocha, los llevaron como a un campo, la dejaron atada. Al rato otros las llevaron a una oficina. Después a Villa Urquiza. Que vomitaba sangre, la aislaron hasta que dejó de vomitar sangre. Más adelante la llevaron a Devoto. Allí estuvo hasta el 79. Recordó así mismo que la Petisa era una chica que iba para Florida, a las reuniones de la Juventud Peronista. Que en los casilleros, un día que les estaban pegando a todos, la tiraron a las patadas. Que se escuchaba a otras mujeres que las estaban violando. Cuando la carearon con Coronel, estaba desnudo. Que sí se escuchaban tiros, gritos, llantos. Afuera, como a la vuelta. Cuando los sacaban de ahí, era para darles la libertad o para matarlos.

B.H.: relató que tuvo varias detenciones. En la Navidad del 75, la detuvo el Ejército, que creía que la llevaron a la Escuelita de Famaillá, que escuchaba los gritos de dolor, al otro día la dejaron en la ruta. La segunda detención fue cuando la trasladaron en un colectivo que iba Sánchez (ella era del equipo de básquet), en el parque se bajó Sánchez y cuando llegaron a la Terminal, rodearon el ómnibus. Le pusieron esposas, estaba Sánchez, el hizo que la larguen, le mostró una credencial del Ejército Argentino. Como no accedió a sus pretensiones, le dijo que la iba a secuestrar. Fueron encapuchados a su casa, ella no estaba, la llevaron a su hermanita que tenía 12 o 13 años. La noche más terrible, la torturaron, la violaron. Agregó: "si yo hubiera sido guerrillera, los mato". Que comenzó a vivir con terror, con miedo. Hasta que una noche llegaron encapuchados, la vendaron, la esposaron, la tiraron en un auto, la manoseaban, le ponían los miembros sexuales en la cara. Llegaron a un lugar, la subieron por una escalera, Sánchez le puso la picana eléctrica, estuvo tirada en el piso. Recordó: "me acostaron desnuda en una cama de hierro, me introducían la picana eléctrica en la vagina, comenzó una hemorragia". La ataban, le pasaban los cables por los pezones, ponían el cable en el enchufe. Esa noche creía que había muerto. Que varios de los cautivos estaban en silencio, que mojaban la habitación para hacerle la tortura. Que la llevaron al lugar que olía a limones, como a campo. Que fueron los días más terroríficos de su vida, lloraban, clamaban. Se congelaban, se escuchaba el rechinar de los dientes. Todos los días la llevaban para torturarla. Que había uno que le decían "Carlitos", que le decía como tenía que aguantar los cables. Que se tenía que hacer cargo porque si no la iban a matar. Iba Sánchez, le levantaba la ropa, le decía que estaba hueso, que ya no la quería. Después la llevaron a Devoto, la atendieron psicólogos. Que el último secuestro fue el 21 de Junio del 76, que estaban encapuchados, ella tenía 19 años. Que ella veía botas en Arsenal. Que en una ocasión se apoyó en la espalda de Hugo Román, que al mes lo largaron, pero perdió todos sus bienes. Que estuvo desmayada, no estaba en buenas condiciones físicas. Se sentían las tonadas litoraleñas de los gendarmes. Que el Indio los buscaba para llevarlos a torturar. Uno de los que torturaba era un colorado, con una cicatriz en la cara. Que había olor a carne quemada. Que había mucho movimiento cuando decían que venía el General. Mataban gente. Había gente que sacaban y no volvían. Chaparro estaba muy mal, se veía, le decían "el Loco". A Freddy lo torturaban para que la acuse y decía que ella no tenía nada. Una noche le hicieron hablar con uno que decía que era sacerdote. Martín Décima también estuvo en Arsenal, nunca más supo de él. Que se peleaban por llevar el hijo de la Panzona, que después que el bebé nació nunca más supo de ella. Recordó además de los casilleros, carpas, mucho verde, el baño estaba afuera, el lugar donde interrogaban también afuera. La llevaron a Villa Urquiza y después a Villa Devoto. La liberaron en Octubre del 79.

Santos Aurelio Chaparro manifestó al declarar que trabajó trece años en el Ingenio La Florida, que en 1976, el día del golpe, estaba preso en Educación Física, con los ojos vendados. Que donde estaba había varios armarios. Del otro lado también había gente. Ahí lo tuvieron como veinte días. Lo sacaron en una camioneta y lo llevaron a la Jefatura, ahí había muchos compañeros. El señor que lo había llevado a firmar la libertad, que no se concretó, le dijo "te vas a Jefatura". Que él era de la Juventud Peronista y estaba en la unidad básica con Rómulo Chirino. En Jefatura lo tuvieron 20 o 25 días. Que ahí vio a Zoilo Reyes, a Salomón. Que se presentó Albornoz con tres oficiales cuando lo acababan de torturar y le dijo "vos creés que yo no sé manejar esta maquinita" y le dio un golpe bajo de corriente. Que rebotaba en la famosa parrilla, que al Tuerto no lo volvió a ver más. Lo llevaron a otro lugar, le preguntaban qué participación tenía él y que les decía que era dirigente gremial. Lo llevaron a la Colonia de Menores, había una escalera, le pegaban tanto que lo sacaban rameando. Ahí eran gendarmes. Lo vio al Chorba Salinas, también una chica hermosa que cantaba. Estaba también Zoilo Reyes, tenía olor a podrido. Un gendarme le levantó la venda y le dijo a vos te va a pasar lo mismo. Había dos hermanos de Santiago, que eran de Los Curies. Que vio a un joven colgado de una ventana, que decían que era del PRT. Había una joven "la Petisa", que la vio desnuda con los pezones cortados, que la acababan de violar. También vio a "la comadre", que estaba de encargue. A Freddy Coronel lo vio en Arsenal, junto con Gloria Iñiguez, la Blanca Hoyos, la Morocha Carabajal. Que en el Arsenal, era un cobertizo para caballos, que los tenían tirados ahí. Que los sacaban por una puerta que daba al naciente. Al frente había una carpa. Y más adelante, como a 100 metros había un pozo donde había gendarmes con ametralladoras. Había una pieza en la que torturaban. Al frente, un mangrullo. La Piturra tenía un trato especial, se paseaba por allí. Se veía, cuando lo sacaban dos gendarmes arrastrándolo. A un muchacho le cortaron el miembro y a ella no se le movía un dedo frente a las cosas que presenciaba. A esta altura, interrumpió su declaración por que estaba muy conmocionado, "no me haga recordar estas cosas", decía.

Ercicila Carabajal: recordó que fue detenida en La Florida por personal militar y dos civiles (uno era Víctor Sánchez y el otro Jorge Soria). Que los militares la hicieron subir a un vehículo Ford Falcon y la llevaron a un lugar, cinco días de torturas. Se escuchaban chicos que jugaban abajo. Había otras personas. Chaparro estaba detenido de antes, le dijo "Morocha". Estaba todo el tiempo vendada, la interrogaban sobre si estaba metida con los Montoneros. Después la trasladan al Arsenal (Freddy le dijo que estaba ahí). Había lugares reducidos, separados por tablas. Le levantaban la pollera, para mirarle las piernas. Ahí no la torturaban físicamente. Una noche la dejaron desnuda, a un compañero le decían "tocala", como ese no quiso, lo golpeaban muchísimo. De los gendarmes, recordó a "El Indio", "El Hormiga", "Chaco", "Roberto", "Carlitos". Que entre los cautivos estaba Blanca Hoyos, Gloria Iñiguez. Estaba también La Piturra. Que a ella la llevaron antes del 9 de julio, ya que ese día fue Bussi y los hicieron cantar el himno. Que la sacaron en setiembre. Que donde la torturaron, se le acercó una persona que le dijo que diga la verdad para que no le sigan pegando, puede haber sido un cura. Que cuando la sacaron, la dejaron en un puente. Aparecieron linternas, eran policías. La llevaron a una comisaría, de ahí a Villa Urquiza y después a Villa Devoto, hasta junio de 1979.

Juan Carlos Dip: recordó que era comerciante en Caspinchango. Llegaron los militares, le rodearon el almacén y decían que le vendía a los guerrilleros. Que el capitán Trucco y el subteniente les llevaban mercaderías y nunca le pagaban. Que un día dos barbudos pidieron a su hermano que mandaran mercadería, no lo hicieron. Un sábado, que llevaban pan, los interceptaron encapuchados, les pegaron, los subieron a un unimog y les tiraron una carpa encima. Pasaron por Fronterita, Famaillá, Santa Lucía. Que lo vendaron y los pusieron con su hermano en un pozo. Eso era el 26/9/76. Que sentía gente que gritaba, que agonizaba, los tuvieron tres o cuatro meses. Que los liberaron en enero del 77. En la base de Caspinchango estaban Trucco y Bisordi. Que vio detenido a Panchito Monasterio. Escuchó que también estaba René Quinteros.

Alberto Díaz: dijo que lo suyo comenzó en 1976, cuando lo intimaron a que en diez días renuncie a la Municipalidad, que si no lo iban a hacer boleta. Renunció y siguió trabajando en el Ingenio San Juan. El 13 de Mayo lo sacaron de su casa, revisaron todo, preguntaban por las armas. Lo llevaron en el baúl de un auto. Pasaron por lo de un señor Ferreyra a quien también lo detuvieron. Lo trasladaron al Arsenal, empezaron a torturarlos, durante 14 días. Entonces los sacan afuera y les dijeron que los iban a poner en libertad. Le pusieron un papel en el bolsillo, que decía "Comando Restaurador del Norte" y que tenía recomendaciones. Que había más gente detenida, escuchó mujeres, se oían tiros. Que estaba en el galpón y había una casilla donde los torturaban. Que los custodiaban Gendarmería y que se decía que los que les pegaban eran del Servicio de Inteligencia.

Sebastiana del Carmen Brizuela: es la esposa de Alfredo Antonio Coronel, recordó que lo secuestraron el 21 de Junio de 1976, a las 23.30 horas, en Ingenio La Florida. Que estaba haciendo el servicio militar. Que llegaron a la casa, entraron varios hombres armados, uno de ellos le pegó, estaban vestidos de civil, que él gritó "me llevan" y uno de ellos le dijo a ella: "no mire" y "quédate tranquila si no tiene nada que ver no le va a pasar nada". Lo llevaron y nunca más lo volvió a ver. Él tenía 20 años y ella 18. Que hacía dos meses que estaba haciendo el servicio militar, trabajaba en las calderas del Ingenio La Florida. Era de la Juventud Peronista. Ella ya tenía un hermano desaparecido. Que presentó 51 recursos. Que un mes antes, fueron a ver una obra de teatro, luego a caminar, frente al sindicato de FOTIA se paró un Falcon, bajaron las ventanillas, lo alumbraron, una voz gritó "Freddy", iba al lado del Comisario Ferreyra (el "Malevo").

Liliana Vitar: hizo un pormenorizado relato de las acciones realizadas en medio de obstáculos y dificultades, en apoyo de las víctimas del terrorismo de Estado.

Julio Antonio Ahumada: narró que el 2 de Mayo de 1976, a las 3.30, llegaron a buscarlo a su papá. Que lo llevaron con él a la base de Santa Lucía. De ahí a la Comisaría 13, un mes. Que lo torturaban con picana. Otra vez a la comisaría de Acheral. Lo largaron, su padre quedó ahí, que si lo han golpeado a él, lo han muerto. El 17 de Agosto lo volvieron a llevar. A la escuela Diego de Rojas de Famaillá, al Arsenal. Que había caballerizas, lo torturaban con picanas, submarino. Hasta los primeros días de setiembre. Después seccional 13. A Villa Urquiza, un mes. Después a Sierra Chica y a La Plata, de ahí salió el 28/Noviembre/1979. Que lo acusaban de la muerte de Viola, de tiroteos y de Manchalá. Que en Arsenal estuvo 15 días, cada dos horas lo sacaban a torturar. Que en la cárcel vio a Zamorano, Santos, Héctor Pérez, De Santis.

Jorge Isidro Zelaya: declaró que era agricultor, vivía en La Rinconada, Monteros. Que fueron detenidos él y su padre, más o menos en octubre del 77. Hicieron una hora y media de viaje, los llevaron a un salón en el que había mucha gente, le pegaban, fue interrogado bajo torturas. Le preguntaban por el señor Molina, de Simoca. Que al último que individualizó es a su padre, que pedía que no le pegaran al declarante. Le preguntaban también por el señor Argañaraz, de Simoca. Había dos policías y los demás eran militares. Estuvo detenido una noche.

Rosa Guillermina Maza de Argañaraz: recordó que militares secuestraron a su marido, su cuñado y su suegro. Decían que les proporcionaban comida a los guerrilleros. A los 3 o 4 días volvió su marido, dijo que había estado en Nueva Baviera. Después de un mes apareció el cuñado, quien comentó que había estado con el suegro de la declarante, que estaba vivo en Nueva Baviera. Los restos del suegro fueron identificados en Arsenal.

María Angélica Batallán: relató que Juan de Dios Gómez era su hijo, tenía 20 años, estaba trabajando en la despensa en Las Dulces, cerca de Santa Lucía. Un vecino le dijo "anoche lo han llevado a Juan". Lo buscaron por entero con su suegro.

Alicia del Carmen Arrieta: señaló que entraron a su casa, rompieron la puerta con la carabina, lo llevaron a su marido José Agustín Lizárraga, lo vendaron y le ataron las manos. Que a la tarde habían andado censando. Cuando llegaron a la noche eran cerca de las doce y media o una, un encapuchado vestido de militar la insultaba porque ella no se callaba. Ella abrió la puerta y una decía que la lleven, otro dijo que no porque no estaba en la lista. De Caspinchango los llevaron a Díaz, Quinteros, Suárez, Abraham, Pérez Soberón. Que su marido trabajaba en la caña, tenía 30 o 31 años. Que a los hermanos, Ramón Ricardo y Juan Carlos, también los llevaron. Cuando lo largaron, su marido creía que lo habían llevado a Santa Lucía, a la base de Caspinchango y de ahí a Arsenal. Contó que lo torturaban todos los días, le metían la cabeza en un tacho y lo picaneaban. Parece que lo había nombrado la Ñata Monasterio. Que cuando lo largaron se encontró con Lorenzo Castellano. A Racedo lo llevaron la misma noche que a su marido. Que en la base de Caspinchango les decían que no sabían nada, un teniente Josecito y Valdiviezo eran los que estaban. Que también lo llevaron a Martínez y su hijo. Que uno de sus cuñados cuando lo largaron estaba mal de la cabeza, el otro cuñado estaba mal también.

Héctor Oscar Justo: rememoró que fue detenido el 25 de Marzo de 1977, salía del Círculo de la Prensa y fue interceptado por dos personas que le pusieron una pistola en la nuca, lo subieron a un auto y lo llevaron a un lugar con lomadas y caminos sinuosos. Que había sido cesanteado de la Cámara de Diputados y estaba trabajando en la pensión de la madre. Le colocaron electrodos debajo de las vendas, en los tobillos. Que lo golpearon y lo picanearon, saltaba 50 o 60 centímetros. Llegó a un pabellón, que tenía boxes, separados con ladrillos, 1,60 m. de largo, le dieron una manta. Lo sacaban todas las noches para torturarlo. Una noche se escucharon camiones que traían gente, pegándoles, maltratándolas, los pusieron en los boxes vacíos. Que había un chico que se bajaba un poquito la venda, que le preguntaba a otro, "soy Damián" decía. Camisa raída, cabello largo, que lo habían traído de Jefatura. Aquel día sacaron a los que habían traído y se escucharon como 40 disparos. Recordó al Dr. Augier, quien le contó que lo habían enterrado en el pozo. Una noche lo trajeron a Germán Cantos Carrascosa. Le manifestó que lo trajeron de Capital Federal. Que estaba Anabel Cantos. Agregó el declarante que en la pieza de madera había un elástico de flejes, donde le aplicaron picana. Estaba también el chico Falú. El que habló con Damián era un chico que trabajaba en la citrícola, militaba con Fote, que estaba en otro pabellón. Había una mujer embarazada y otra mujer. Había otro detenido, un chico mochilero, de 15 o 16 años, estuvo dos o tres días, después no supieron más. Había otro que trabajaba en una panadería en Av. Avellaneda y Av. Sarmiento. Le dieron un panfleto del "Comando Restaurador del Norte". Lo liberaron el 29/4/77.

María del Sol Curia, es hermana de Gloria Cristina y Fernando Ramiro. Recordó que sus hermanos fueron secuestrados en Mayo de 1976, alas 12 de la noche, vivían en calle José Colombres 63, se los llevo personal uniformado - Gloria era estudiante de universitaria y Fernando Ramiro era estudiante secundario del Instituto Técnico. Todos formaban parte de la Juventud peronista. Que escuchó las puertas de varios automóviles, abrieron la puerta de su cuarto, de uniformes azul oscuro, con quepís, pañuelos atados a la cara- Uno la apunto con una metralleta y le dijo "levantate" - Otro tenía un arma, estaba en la punta de la cama- Se puso ropa encima del camisón, se puso los zapatos ( ahí escuchó amartillar las armas) -Cortaron en tiras las sábanas, le ataron las manos. Que a su hermana le decían "Porota" (le decían así por que era parecida a la primera mujer de Perón)- Estaban buscando a dos hermanos, Pototo y Potota -La tiraron al piso. Que había algunos con tonadas aporteñado. Se los iban llevando a sus hermanos, el hermanito iba llorando, quedó en la casa su amigo Mário que le estaba enseñando matemática a la hermana. Fue y le contó a su madre que no se había despertado, ella le dijo "tenes que ir ahora mismo a la comisaría"- Fue a la comisaría 1a, la enfocaron con un reflector, la apuntaban y la dijeron "¿a que vienen?". Los hicieron esperar horas de horas. Como a las seis de la mañana le tomaron declaración. Se fue a Simoca a ver al padre que vivía allí, Martín Martín dio los nombres de los dos hermanos.

Mario Ernesto Senco: policía retirado, reconoció y vio documentación y dijo que vio el cadáver de Juan Manuel Carrizo, que dijeron que lo traían de un enfrentamiento en Santa Lucía.

Héctor Angel Lobo: era vecino de Félix Viterbo Corvalán, relató que fue al negocio que él tenía, como todas las tardes, que estaba del lado de adentro. A hs. 17.30 llegó una camioneta, se baja uno vestido de civil con una ametralladora y dos o tres uniformados con ametralladoras. A un cliente lo pusieron contra la pared, lo identificaron a Corvalán y lo meten en la camioneta. El cerró el negocio y le dio la llave a los padres. Que él supo que Corvalán estaba en el Arsenal por una chica que también estuvo ahí, que ella le contó y a él no lo volvió a ver más.

Pedro Mario Barrionuevo: hermano de Nemesio Humberto Barrionuevo, eran aprendices en los talleres de Tafí Viejo -Que el 17 de Marzo de 1976, a la madrugada, entraron a su casa alrededor de ocho encapuchados. Le preguntaban donde estaba su hermano- Uno de ellos apuntaba a su señora y su bebé, que si no decía donde estaba su hermano los matarían. Dos quedaron con la mujer y lo introdujeron a un vehículo, uno de ellos estaba con uniforme verde oliva -adentro del auto le daban culatazos y golpes. Lo trataban de comunista, él decía que eran cristianos. Llegaron a la casa donde estaba su hermano (la casa de sus suegros). Lo sacaron a su hermano. Abrieron una puerta y tiraron al declarante, estaba ensangrentado y golpeado. Nunca más supo de su hermano. Que se enteraron que su hermano había estado internado en el hospital militar, porque le fueron a hacer transfusión de sangre. Les contó un muchacho que era carpintero del Arsenal, Orlando Santillán. El 23/3/76 a Hugo Díaz lo habían soltado y le cuenta a un primo del declarante, que habían estado en un lugar que pensaba podía ser la Brigada. A Hugo Díaz lo volvieron a secuestrar y no apareció más. A él y su señora. Jodar era un policía que se lo vinculó con la desaparición de Hugo Díaz.

Guillermo Enrique Villagra: manifestó que trabajaba en el ingenio Aguilares, también trabaja Alberto Pereyra. Que fue secuestrado el 29 de octubre del 1976 a las tres y media de la mañana. Fue torturado y golpeado, cree que estuvo en el Ingenio Nueva Baviera, era gente del Ejército, lo vendaron y le ataron las manos, lo secuestraron de la casa de sus padres. Había más detenidos en Nueva Baviera. Que también estaba Peto Pereyra, quién lo acusaba que el declarante estaba en la misma organización en que él estaba, que el declarante lo negó y le pegaron. Lo pusieron al frente de Mori Amaya, a quién lo tenían. Dijo que si conocían al declarante, del Ingenio y que no tenía nada que ver, que el Peto Pereyra sí estaba involucrado. Mori Amaya trabajaba en el laboratorio, que creía que era delegado- En esos días le habían puesto una bomba a un ingeniero Vasco, administrador del Ingenio Aguilares. Le comentaron que a Pereyra lo sacaron del ingenio. A Mori Amaya y a Peto Pereyra no los volví a ver.

Fernando Federico Ferreyra: recordó que el trabajaba en el Ingenio San Juan (desde los 16) y allí tenía su domicilio, que también tenía un taxi. El 13/5/77 llegaron, lo agarró una persona y le dijo "te vamos a llevar", "ya vas a ver". Había varios encapuchados -Le pegan una cachetada, ya le habían puesto una venda, lo pusieron en le baúl de atrás de un auto. Anduvieron como una hora y media. Los pusieron a hacer flexiones, los sacaron esposados y vendados, lo hacen entrar y empiezan con los electroshok, lo castigaban también con mangueras rellenas de acero. Lo pusieron en un calabozo con paredes de canto, todos los días los torturaban e interrogaban, que él pensaba que estaba en el Arsenal. Que tomaba remedios, que respiraba mal- Mermó el castigo. Un día lo cargan en un baúl, anduvieron como 40 minutos, lo sacaron del baúl, arrancaron y se fueron. Que durante su cautiverio escuchó gritos de terror, estampidas, el castigo era a la noche. Los que cuidaban no torturaban, que a las doce de la noche llegaban los interrogadores y ahí empezaba la tortúra, durante toda la noche. A uno se le escapó un tiro y la bala le quedó en el pulmón. Que se sentía gritar y llorar mujeres. Había uno de los cautivos que era de La Banda, el "Negro" Díaz. Que la Noche que lo liberaron y luego lo llevaron a la comisaría, había cuatro con el, uno era de la panadería de la esquina Norte. Recordó un Abregú. Les dieron un papel del "Comando Restaurador del Norte". Que su n° fue el 61.

Roberto Estanislao Rodriguez: ratificó el contenido de su declaración en el juicio que tuvo por víctima a Emma del Valle Aguirre. Agregó que participaron en el secuestro de su hermano, Moreno, Albornoz, Rodríguez (era comisario), Alfredo Lorini (vive en Yerba Buena, practicaba boxeo, era el que golpeaba a las personas), un informante (Pupa Ledesma) y un informante del Ejército (Pipito Costilla). Y dos comisarios, Jiménez de Simoca, y Juárez. También Andrada. Que su padre tenía 53 años.

Elsa Antonia Medina: escuchó y confirmó declaración anterior en otro debate. Añadió que sufrió totúras en la comisaría de Monteros. Era esposa de Juan Angel Jiménez, cuyos restos fueron encontrados en Arsenal.

Juan Antonio Godoy: declaró que es hijo de Enrique Godoy. En el 76, tenía 19 años, vivían en Santa Lucía, que su padre trabajaba para el Operativo Tucumán en Simoca. También trabajaban para la zafra. Que llegaban a las dos o tres de la mañana, gente del Ejército, voltearon la puerta, le pusieron una pistola en la cabeza, que le interesaba su padre. Que su padre con anterioridad le había mandado una carta a Bussi, por lo que un tal Corregidor lo fue a ver en la casa. Que a su padre lo tuvieron tres meses y medio en el Arsenal, lo dejaron en el puente de Monteros. Que querían saber que rol cumplía su hermano Oscar, que estaba en Buenos Aires, quien vino y documentó su situación.

Eustaquio César Gramajo fue amigo y socio de Rondoletto en la imprenta de la calle San Lorenzo 1666, estuvo presente en el procedimiento del secuestro, estaban encapuchados, bajaron las personas, portaban armas. Que a Rondoletto lo agarraron del brazo y lo llevaron atrás (donde estaba el domicilio), se escuchaba que discutían, preguntaban por Marta- El procedimiento demoró más de media hora- Salieron para irse- Alcanzaron a ver a dos. Las últimas palabras que escuchó fueron "por favor, por favor, ¿a donde me llevan?". El jefe estaba con la cara descubierta. La llevaron a la señora de Pedro (Nené). Asimismo a Jorge y su señora, y la hija Silvia. A todos lo llevaron ese día. Que estaban encapuchados y de civil. El declarante hizo una denuncia en la comisaría 8a. Le habían dicho que en el lugar sólo tenía que dejar pared, piso y techo, que sino correrían la misma suerte. Cuando se normalizó el país apareció Marta.

Marta Inés del Valle Rondoletto: Recordó que no estaba al momento de los hechos en casa de sus padres. Su padre tenía 56 años, su madre 51. Su padre era imprentero desde los 18 años y había hecho mucha actividad deportiva. Jugó al fútbol en Central Córdoba y San Martín. Era tesorero de la Cámara Gráfica. La madre era hija de imprentero. Su hermana estudiaba ciencias de la educación y trabajaba en dos escuelas. Su hermano estudiaba Ingeniería, trabajaba en la Dirección de la Vivienda. La cuñada era profesora de Geografía, estaba trabajando en algunos colegios. Estaba embarazada de tres o cuatro meses al momento del secuestro. Que sus hermanos tenían actividad social y política, su cuñada estaba en el centro de estudiantes. Que su hermano tenía actividades políticas en la JUP, jugaba al Softbol- Su hermana estaba en la unidad básica que se formó en la Facultad de Filosofía. Que a ellos les habían inculcado sentido de responsabilidad y libertad. Su padre era simpatizante de Gelsi y la madre con la Democracia Cristiana. Ellos no se explicaban nuestra identidad peronista. Puntualizó que el secuestro fue a las dos y media de la tarde, conforme ella lo ha reconstruido, con cortes de calle, tomaron las casas delos vecinos, entraron por la parte de atrás, en un despliegue impresionante, todo fue rápido, 20 o 25 minutos. El hermano se resistió por la señora y lo golpearon- Las últimas palabras de su madre fueron "Dios mío, ¿Dónde lo llevan?". Se fueron llevando las cosas. Los padres de Azucena plantearon tres habeas corpús (uno de los cuales fue rechazado por Manlio Martínez)- Había un contador Elías, a quie n le pidieron gestionara una audiencia con Bussi. Los padres de Azucena hicieron presentaciones en el Obispado, Conrrero les mostró una lista donde aparecían con una "D", quiere decir que ya era una categoría. Que con su marido (Isauro Martínez) se fueron de la casa donde vivían, los vecinos les cuentan que fueron a buscarlos- a los dos los dejaron cesantes de canal 10. Decidieron irse de la Provincia, estando en Buenos Aires les avisaron del secuestro de su familia. Que hasta los parientes estaban aterrorizados dejaron de comunicarse. En enero una tía de Buenos Aires les avisó que le habían allanado su casa, el ejército, en Lavalle y Reconquista, la interrogaron tres o cuatro horas. Narró la declarante que fue dirigente gremial de la Asociación de Prensa, que cuando trabajaba en canal 10 la controlaba el "Cabo Sabino" (Barrionuevo), que lo tenía apuntado especialmente a Eduardo Ramos. Se refirió a la intensa actividad política de aquellos años, que a partir de la doctrina de la Seguridad Nacional se construyó la noción de enemigo ideológico, chocaron dos proyectos de país, ahí apareció el terrorismo de Estado y también botín de guerra. A la justicia le preocupaba más la cuestión de los bienes, se tomaban algunas medidas con respecto a las casas. El auto de su padre, fue entregado como premio por Albornoz a un policía. El auto de su hermano quedó en manos de Schwab, que se lo prestaba a una señorita. Un gendarme dijo que Julio Barraza había sido uno de los que fusilaron a su padre en Arsenal, que los matan a los tres, caen a un pozo, les ponen gomas, combustible, les prenden fuego (que su padre a ese momento no había muerto). Que el gendarme Torres aludió a un grupo familiar, lo mismo un sobreviviente (padre, madre y nuera). Que la madre le había dicho que estaba con el padre de Cajal. Que le comentan que había una persona mayor que hablaba como una verdadera madre a los jóvenes que llegaban golpeados.

Fernando Ernesto Soria: realizó unas confusas e irrelevantes declaraciones.

Oscar Felipe Díaz: hizo saber que trabajaba en la imprenta Rondoletto, recordó que eran las dos y veinticinco de la tarde, entran, bajan las persianas "¿Quién es Rondoletto?", dijo uno. Tenían la cara tapada, usaban botas- Lo llevaron a Rondoletto al departamento de arriba, se escucharon voces. Por el pasillo los sacaron a él, Norma, José, Silvia y Azucena. Según los vecinos, los subieron a una camioneta, habían cortado la calle. Que al declarante le hicieron poner las manos arriba, le abrieron las piernas y lo voltearon de un culatazo. Que estaba también Javier Molina, que trabajaba en la imprenta, ya ha muerto.

Zaira Auad de Díaz Macías: esposa de Enrique Gerardo Díaz Macías, dijo que trabajaban juntos, que antes habían tenido militancia. Que a su hermano le dijeron los gendarmes que su marido había muerto en la tortura -La señora Cristina Rodríguez de Fiad le manifestó: "es muy doloroso, no puedo decirte"- Que ella y su hijo llegaron hasta aquí.

María Claudia Fote: hija de Fortunato Leandro Fote (perteneció al Ingenio San José), recordó que desaparecieron él, un hijo, otro hijo y la esposa. Que su padre secretario general de de la CGT. Que pusieron una bomba en su casa, que se cambiaban de casa. Que vivían en León Suarez, la declarante tenía seis años. Que el día que lo secuestraron, el padre había ido a una estación para ver a alguien, no volvió más. Que una madrugada en agosto del 77, golpearon las puertas y entraron muchas personas. Registraron todo y llevaron a la familia. Que a ella y Ramoncito los dejan en una casa. A los que se llevaron los subieron en un camión del Ejército. Que compañeros lo vieron a su padre en el Arsenal, muy golpeado.

María Mercedes de del Valle Pintos: declaró que es hermana de Lucia Elena Pintos, quién se había trasladado a Buenos Aires con la familia Fote. Recordó como recuperaron a un sobrino que lo tenía un policía de la bonaerense.

Víctor Fernando Alderete: señaló que es bioquímico, egresado de la UNT, que formo parte del cuero de delegados de la Facultad de Bioquímicos, que era delegado por 5°y 6° año. En el 75, fue secuestrado uno de los delegados, Walter Anaquín, luego lo liberaron. Que pusieron una bomba que afectó el local del cuerpo de delegados y la escuela de luthería. Que el declarante fue secuestrado el 17 de abril del 76.

Que habían secuestrado a otros de legados. Bianchi, Morales, Del Castillo, Cano. Que él tenía 25 años, vivía en Marcos Avellaneda al 500. Que entraron a las dos de la tarde, él estaba trabajando y volvió a las ocho de la noche. Habían permanecido allí. Revisaron todo, uno solo actuaba a cara descubierta, se hacía llamar "capitán Quiroga", que cuando llegó le dieron un culatazo -Los llevaron al declarante y a su hermano en autos separados, lo iban golpeando. Lo llevaron a un lugar y le sacaron la venda para que lo vea a Del Castillo, a éste lo veía muy mal por los golpes recibidos. Cuando lo reconoció, comenzaron a golpearlo. Era como una ronda de personas que le daban golpes. Lo hacían que vea a su hermano, a éste lo liberaron esa noche- Pudo observar que era la Escuela de Educación Física, era un salón, había varios delegados de la Facultad de Bioquímica. Al otro día que lo llevaron al declarante, lo llevaron a Jorrat. Estuvo 17 días. Los trasladaron a otro lugar, que resultó ser el Arsenal. Que el interrogatorio se lo hacía siempre la misma persona, los interrogatorios eran con tortura, palos, golpes, lo ataban a una cama, le ponían corriente eléctrica- le hicieron también lo del tacho -que le decía "yo voy a limpiar la Universidad de zurdos"- Los guardias eran del Litoral, se escuchaban chamamés, esos tenían uniformes de Gendarmería. Después fueron detenidos también Carreras, Sánchez, Maldonado. Que los interrogadores venían para hacer los interrogatorios. Que el día que lo liberaron los pusieron en una camioneta y los iban bajando por la ruta. Que le quedó grabado el apodo del "Indio", era el que más los hacía sufrir. Recordó que Nelly Yolanda de Borda también estaba.

Carlos Alberto Reynaga: recordó que Ana María Sosa fue su esposa, que era profesor de Ciencias de la Educación, trabajaba en la escuela Normal de aquí y de Simoca, era docente en la escuela de Psicología, militaba en el PCR, no tenía actitud de violencia.

El ocho de Agosto de 1976 tenía una reunión en una escuela de la zona de Banda del Río Salí, él la había dejado en la esquina de Mendoza y Avenida Mitre, no la volvió a ver. Que allanan la casa, se llevaron libros, apuntes.

Que se entrevisto con militares- Su mujer en el año 75 había sido operada de las mamas.

Diego Andrés Reynaga: hijo de Ana María Sosa, dijo que lo que pudo reconstruir que su madre salió a las 14 a festejar el día del Niño en una de las colonias del Ingenio Concepción, en el marco de su acción política como militante del PCR. Cuando estaba en pleno festejo, la sacaron a ella y a Angel Manfredi, los trasladaron, estuvo en el Arsenal. Que el declarante se entrevistó con Diana Fabio, que habló con su madre en cautiverio.

Lola del Valle Farhat: declaró que el 8 de Agosto de 1976, a las 20, llegaron a su casa en Barrio Sarmiento, un grupo de personas uniformadas del Ejército, con un camión derribaron un portón que había adelante del jardín. Revisaron todo -Que a su marido lo secuestraron, según unos vecinos lo habían agarrado en la misma cuadra de su casa, otros decían que lo habían levantado en al colonia del Ingenio Concepción.

Alicia María Montenegro de Márquez: esposa de Damián Octavio Márquez, dijo que su marido desarrolló su labor sindical en los ceramistas, que abrazó la lucha del Movimiento Peronista, fue secretario general del gremio de la CGT y de las 62 Organizaciones de Pie Junto a Perón, que fue enlace del NOA con Madrid, creador de ADOS. Que en 1962 fue candidato a diputado pero no pudo hacerse cargo y en 1973 asumió como senador-Estuvo en ese cargo hasta el 24 de marzo del 76. Ese día lo llevaron pero lo trajeron de nuevo a la tarde. Se produjeron el secuestro de Vargas Aignasse y la muerte de Santillán, el 76 fue terrible. Que a dos hijos suyos los mandó a Buenos Aires, se quedó con Jorge y al la hija la mandó con una tía. Cayeron Urueña, Vázquez Guzmán, Dardo Molina- El 13 de enero del 77 su marido fue a hablar con Silvia Figueroa, que cuando que estaban conversando la policía iba y venía- Se encaminó hacia su casa por la mano derecha de la avenida Colón, al medio día, ahí lo secuestraron, no volvió. Ese día le cortan el teléfono. Un joven le dijo que venían en un Falcon negro y un Falcon verde y otro coche Taxi, que lo subieron a uno de los autos. Un día lo interpeló a Bussi y este le dijo que no lo tenían. Fue a hablar con Ballofet, Llamas, Triaca no la recibió, Primatesta tampoco. Que habló con Aujier, quién lo vio en Arsenal. El Cacique Santana lo vio en jefatura. Albornoz le dijo donde andará. Habló con Chaile. Que su marido al momento del golpe, formaba parte de la comisión investigadora de la Policía. Sus restos desaparecieron en las fosas del Arsenal.

María Cristina Rodriguez Román de Fiad: relató que en el 76 era agricultor, que el 20 de Septiembre había llamado a Raúl Vaca para que le devuelva un grabador, fue a buscarlo en Rivadavia al 350, ahí Vaca subió al auto para que lo lleve -Se acercaron dos, los pasaron atrás al piso- Los llevaron a un lugar que era como una caballería, que tenía $20000 en el auto, se los robaron. Que decían que la lista de los peones era una lista de guerrilleros. La llevaron al medio del campo, la patearon, le pegaban y le decían cual era de la banda del "Pipi", "Pipi" era un tractorista de la finca. Un día levaron a un señor de Bella Vista y lo colgaron de las manos, murió a los dos días. Un día12 de octubre mataron a un chico Enrique Díaz, por la picana. Que andaban en el auto de ella- El 27 de octubre la dejan en libertad con los Madrid y Cajal. Que estaban en Arsenal, Ana María Losa, Teresita Guerrero, Lucho Falú, Enrique Sánchez, Hernán González, Gerardo Jiménez, Lerner, Díaz Susana. Que Guemes de gozaba cuando torturaban a la gente. El indio Godoy era uno de los interrogadores- Estaba Gendarmería y el Ejército. La Piturra y el Chaqueño estaban de civil. Dijo que no ha visto curas. Habló de Varela a quién le decían Capitán Naso. Recordó a Enrique Sánchez, quién estaba muy mal, asustado, le pidió que les dijera a Alicia que los amaba (por su esposa y su hijo). Se escuchaban los tiros del Club de Cazadores.-

María del Sol Curia: es hermana de Gloria Cristina y Fernando Ramiro. Recordó que sus hermanos fueron secuestrados en Mayo de 1976, a las 12 de la noche, vivían en calle José Colombres 63, se los llevo personal uniformado. Gloria era estudiante universitaria y Fernando Ramiro era estudiante secundario del Instituto Técnico. Todos formaban parte de la Juventud peronista. Que escuchó las puertas de varios automóviles, abrieron la puerta de su cuarto, de uniformes azul oscuro, con quepís, pañuelos atados a la cara- Uno la apunto con una metralleta y le dijo "levantate". Otro tenía un arma, estaba en la punta de la cama- Se puso ropa encima del camisón, se puso los zapatos (ahí escuchó amartillar las armas). Cortaron en tiras las sábanas, le ataron las manos. Que a su hermana le decían "Porota" (le decían así por que era parecida a la primera mujer de Perón). Estaban buscando a dos hermanos, Pototo y Potota. La tiraron al piso (piensa que para ver si tenía callos). Que había algunos con tonadas aporteñado. Se los iban llevando a sus hermanos, el hermanito iba llorando, quedó en la casa su amigo Mario que le estaba enseñando matemáticas a la hermana -Fue y le contó a su madre que no se había despertado, ella le dijo "tenés que ir ahora mismo a la comisaría". Fue a la comisaría primera, la enfocaron con un reflector, la apuntaban y la dijeron "¿a que vienen?"- Los hicieron esperar horas de horas- Como a las seis de la mañana le tomaron declaración -Se fue a Simoca a ver al padre que vivía allí- Martín Martín dio los nombres de los dos hermanos.

Mario Ernesto Senco: policía retirado, reconoció y vio documentación y dijo que vio el cadáver de Juan Manuel Carrizo, que dijeron que lo traían de un enfrentamiento en Santa Lucía.-

Héctor Angel Lobo: era vecino de Félix Viterbo Corbalán, relató que fue al negocio que él tenía, como todas las tardes, que estaba del lado de adentro. A hs. 17.30 llegó una camioneta, se baja uno vestido de civil con una ametralladora y dos o tres uniformados con ametralladoras. A un cliente lo pusieron contra la pared, lo identificaron a Corbalán y lo meten en la camioneta. El cerró el negocio y le dio la llave a los padres. Que él supo que Corbalán estaba en el Arsenal por una chica que también estuvo ahí, que ella le contó y a él no lo volvió a ver más.-

Pedro Mario Barrionuevo: hermano de Nemesio Humberto Barrionuevo, eran aprendices en los talleres de Tafí Viejo. Que el 17 de Marzo de 1976, a la madrugada, entraron a su casa alrededor de ocho encapuchados- Le preguntaban donde estaba su hermano. Uno de ellos apuntaba a su señora y su bebé, que si no decía donde estaba su hermano los matarían. Dos quedaron con la mujer y lo introdujeron a un vehículo, uno de ellos estaba con uniforme verde oliva -adentro del auto le daban culatazos y golpes. Lo trataban de comunista, él decía que eran cristianos. Llegaron a la casa donde estaba su hermano (la casa de sus suegros). Lo sacaron a su hermano. Abrieron una puerta y tiraron al declarante, estaba ensangrentado y golpeado. Nunca más supo de su hermano. Que se enteraron que su hermano había estado internado en el hospital militar, porque le fueron a hacer transfusión de sangre. Les contó un muchacho que era carpintero del Arsenal, Orlando Santillán. El 23/3/76 a Hugo Díaz lo habían soltado y le cuenta a un primo del declarante, que habían estado en un lugar que pensaba podía ser la Brigada. A Hugo Díaz lo volvieron a secuestrar y no apareció más. Jodar era un policía que se lo vinculó con la desaparición de Hugo Díaz.

Guillermo Enrique Villagra: manifestó que trabajaba en el ingenio Aguilares, también trabajaba Alberto Pereyra. Que fue secuestrado el 29 de octubre del 1976 a las tres y media de la mañana. Fue torturado y golpeado, cree que estuvo en el Ingenio Nueva Baviera, era gente del Ejército, lo vendaron y le ataron las manos, lo secuestraron de la casa de sus padres. Había más detenidos en Nueva Baviera. Que también estaba Peto Pereyra, quién lo acusaba que el declarante estaba en la misma organización en que él estaba, que el declarante lo negó y le pegaron. Lo pusieron al frente de Mori Amaya, a quién lo tenían. Dijo que si conocían al declarante, del Ingenio y que no tenía nada que ver, que el Peto Pereyra sí estaba involucrado. Mori Amaya trabajaba en el laboratorio, que creía que era delegado- En esos días le habían puesto una bomba a un ingeniero Vasco, administrador del Ingenio Aguilares. Le comentaron que a Pereyra lo sacaron del ingenio. A Mori Amaya y a Peto Pereyra no los volvió a ver.

Fernando Federico Ferreyra: recordó que él trabajaba en el Ingenio San Juan (desde los 16) y allí tenía su domicilio, que también tenía un taxi. El 13/5/77 llegaron, lo agarró una persona y le dijo "te vamos a llevar", "ya vas a ver"- Había varios encapuchados. Le pegan una cachetada, ya le habían puesto una venda, lo pusieron en el baúl de atrás de un auto. Anduvieron como una hora y media- Los pusieron a hacer flexiones, los sacaron esposados y vendados, lo hacen entrar y empiezan con los electroshock, lo castigaban también con mangueras rellenas de acero. Lo pusieron en un calabozo con paredes de canto, todos los días los torturaban e interrogaban, que él pensaba que estaba en el Arsenal. Que tomaba remedios, que respiraba mal. Mermó el castigo. Un día lo cargan en un baúl, anduvieron como 40 minutos, lo sacaron del baúl, arrancaron y se fueron. Que durante su cautiverio escuchó gritos de terror, estampidas, el castigo era a la noche. Los que cuidaban no torturaban, que a las doce de la noche llegaban los interrogadores y ahí empezaba la tortura, durante toda la noche. A uno se le escapó un tiro y la bala le quedó en el pulmón. Que se sentía gritar y llorar mujeres. Había uno de los cautivos que era de La Banda, el "Negro" Díaz. Que la noche que lo liberaron y luego lo llevaron a la comisaría, había cuatro con el, uno era de la panadería de la esquina Norte. Recordó un Abregú Les dieron un papel del "Comando Restaurador del Norte".- Que su n° fue el 61.-

Roberto Estanislao Rodríguez: ratificó el contenido de su declaración en el juicio que tuvo por víctima a Emma del Valle Aguirre. Agregó que participaron en el secuestro de su hermano, Moreno, Albornoz, Rodríguez (era comisario), Alfredo Lorini (vive en Yerba Buena, practicaba boxeo, era el que golpeaba a las personas), un informante (Pupa Ledesma) y un informante del Ejército (Pipino Costilla). Y dos comisarios, Jiménez de Simoca, y Juárez. También Andrada- Que su padre tenía 53 años.

Elsa Antonia Medina: escuchó y confirmó declaración anterior en otro debate. Añadió que sufrió torturas en la comisaría de Monteros. Era esposa de Juan Angel Jiménez, cuyos restos fueron encontrados en Arsenal.

Juan Antonio Godoy: declaró que es hijo de Enrique Godoy. En el 76, tenía 19 años, vivían en Santa Lucía, que su padre trabajaba para el Operativo Tucumán en Simoca. También trabajaban para la zafra. Que llegaban a las dos o tres de la mañana, gente del Ejército, voltearon la puerta, le pusieron una pistola en la cabeza, que le interesaba su padre. Que su padre con anterioridad le había mandado una carta a Bussi, por lo que un tal Corregidor lo fue a ver en la casa. Que a su padre lo tuvieron tres meses y medio en el Arsenal, lo dejaron en el puente de Monteros. Que querían saber que rol cumplía su hermano Oscar, que estaba en Buenos Aires, quien vino y documentó su situación.

Eustaquio César Gramajo: fue amigo y socio de Rondoletto en la imprenta de la calle San Lorenzo1666, estuvo presente en el procedimiento del secuestro, estaban encapuchados, bajaron las personas, portaban armas. Que a Rondoletto lo agarraron del brazo y lo llevaron atrás (donde estaba el domicilio), se escuchaba que discutían, preguntaban por Marta. El procedimiento demoró más de media hora. Salieron para irse. Alcanzaron a ver a dos. Las últimas palabras que escuchó fueron "por favor, por favor, ¿a donde me llevan?". El jefe estaba con la cara descubierta. La llevaron a la señora de Pedro (Nené). Asimismo a Jorge y su señora, y la hija Silvia. A todos lo llevaron ese día. Que estaban encapuchados y de civil. El declarante hizo una denuncia en la comisaría octava. Le habían dicho que en el lugar sólo tenía que dejar pared, piso y techo, que sino correrían la misma suerte. Cuando se normalizó el país apareció Marta.-

María Candelaria Moyano: refirió que el 13 de mayo del 76 estaba en Caspinchango, que vivían en una colonia, que llevaba a su madre al doctor. Que estaba lleno de militares- Uno alto, ojos claros, Teniente Arias, le dijo que quería que le cebe mates. La vendaron, le ataron las manos, la llevaron a un monte, la metieron en un camión. Llegaron a Santa Lucía. Le pusieron la picana, eran militares. La levaron después apretada con otra gente, tenía 26 años. La tuvieron hasta agosto. A la gente la aporreaban. La metían en un tacho de agua. Que el que andaba mucho por Santa Lucía era Valdiviezo. Que cuando la volvieron a llevar, la hicieron dormir, seguro la han violado, cuando la bajaron le salía sangre. A ella la bajaron con René Quinteros. Andaban helicópteros. Estaban Pastor Palavecino, René Quinteros, Ramón Castellano, había señoras, un matrimonio, una señora embarazada, Racedo, Martínez. padre e hijo. Vaidiviezo era tremendo, fatal.

Juán Andres Luján: contó que fue amigo de Márquez, que una tarde de octubre del 75, le taparon la cabeza, lo detuvieron y lo llevaron a la jefatura. Lo insultaron y lo golpearon, le decían que se iban a terminar los zurdos, que pronto iban a desaparecer el Chonga Vargas y el Mechudo Márquez. El que más lo insultaba era Arrechea. Lo soltaron al otro día a la mañana.

Haydeé del Carmen Ance: esposa de Nemecio Humberto Barrionuevo, dijo que su marido trabajaba en los talleres de Tafí Viejo y lo llevaron el 17 de marzo del 76, de Tafí Viejo. Llegaron a la una de la mañana, el matrimonio vivía en la casa de los padres de ella- Varias personas rompieron la puerta, vestían ropas de policía, viseras de jean y pañuelos en la cara. Que estaban muy sacados, uno tenía la cara descubierta, era Juan Sirnio. A los que llevaron con él y los bajaron, dijeron que habían estado en Jefatura.

María Rosa Hourbeigt de Archetti: recordó que el 24 de enero del 77 había viajado de Santiago con sus hijos y que su suegra le dijo que habían secuestrado a su marido, de sobrenombre Santiago, cuando volvía de jugar al tenis del Lawn Tennis. Que al otro día, con su padre hablaron con Harguindeguy. El jefe de la cárcel de Santiago le dijo a su suegro que era gente de la SIDE de Tucumán. Antes habían ido a la Federal, a hacer un trámite, de ahí salió la información. Su marido estaba nombrado como personal de filosofía en la UBA. En el 68 su marido junto a otros compañeros y amigos habían formado el PRT (con Santucho entre otros). En aquella época, la suegra de la declarante le dijo que dejara. De todos modos, no coincidía con la lucha armada. Que en sus gestiones de búsqueda de su marido tuvo múltiples contactos con Harguindeguy, vio al Nuncio, y a Villarreal (Secretario de Videla). Que en una información interna de la SIDE aparecía detenido en una unidad militar de Santiago, después un liberado de Famaillá les hizo llegar un mensaje de su marido, cuando liberaron al Dr. Augier se aludió al Arsenal, Harguindeguy le dijo que estaba muerto. Que la llamó la Sra. de Cerviño, que había estado en un campo con su marido. Que a Falcón le dijeron porqué no los juzgaban- Les contestó que habían miles de muertos. -Se entrevistó también con Lami Dozo. Que la amenazaron porque no hicieron declaraciones.

Ana María de Fátima Estequin: declaró que era prima de Enrique Raúl Fernández, que el 30 de mayo de 76, a las 12.30 se iban a encontrar, ella vivía en Lamadrid 1169 y él en la otra cuadra, al N° 1037. Que lo vio cuando iba hacía ella. A tres casas había un Falcon celeste (frente a la casa de de la familia Solórzano), creía que era el auto de Solórzano. Pero no era y había cuatro personas. Iba llegando ya su primo, estirando los brazos, bajan dos de la parte de atrás del auto, con botas y camperas negras. Lo levantaron a su primo, uno de cada brazo. Lo meten en el auto, ella se tiro. Apareció un Torino blanco, como abriendo paso, los vio girar por calle San Luis. Su primo tenía 18 años. Ella tenía 17 años. Lo escuchó gritar "mamá", nada más. Su primo cursaba el segundo año de Medicina. Lo único que sabe era que cuando era secundario iba a reuniones de la UES-El efecto psicológico en la familia fue tremendo. Su tía luchó con un pañuelo no con una capucha.

Guillermina Manuela Romano de Corral: declaró que es la madre de Ana Cristina Corral, que fue secuestrada del domicilio de Mario Bravo 1170, el 8 de junio de 1976, tenía 16 años. Ingresaron militares, por el uniforme que tenían. Su marido les abrió la puerta, por un vidrio roto le apuntaban con un arma. Lo hicieron arrodillar al marido, y lo amenazaban con armas- A ella la interceptó un policía federal, lo reconoció por su uniforme, después se desmayó, la empujaron a la cama y le taparon la cara con una sábana. En ese momento se la llevaron, sus amigos le decían Pupé, ese día tenía que arriar la bandera. El marido le entregó una foto a Zimermann, a los dos meses apareció en la gaceta.

Yolanda Leiva Corral: hermana de Ana Cristina Corral, recordó que estaba en el domicilio cuando la secuestraron. Que entró mucha gente, ropa militar, con capas, armas, las caras cubiertas. Eran muchos. Que una mujer sacó de la cama a Pupé, se la llevaron a empujones. Por el testimonio de Torres se enteraron que la habían fusilado. Las dos concurrían a la escuela Sarmiento.

Ricardo Rolando Albornoz: se refirió al día que lo secuestraron junto con sus hermanos Andrés Mario y Víctor Hugo, y su cuñado de apellido Rizzo, que el declarante era amigo de Luis Holmquist. Que fue en julio del 75, que gente del Ejército los subió a un camión y la llevaron, primero al Regimiento 19 y de ahí a la escuelita de Famaillá. Que los interrogaban todos los días, los tenían en un aula, en el piso. Cuando lo interrogaban, le pedían nombres, le preguntaban por el "Facho" Holmquist (Oscar)- Que José Navarro era un amigo policía que murió por que se le escapó un tiro -Que Víctor Hugo Albornoz fue detenido de nuevo en el 78.

Oscar Segundo Holmquist: recordó que a su hermano, Luis Adolfo, lo llevaron el 9 de mayo del 76, que su madre consiguió identificar a Albornoz y a González Naya- un vecino la llamó a su madre que lo vio entrar en Jefatura por la calle Santa Fe. Que a su hermano Gustavo Enrique lo tuvieron 48 horas y le dijeron olvidate de tu hermano. Que se supo que Juan Martín lo había visto a Luis y Clemente dijo en la audiencia de Jefatura I que Luis se había ahorcado. Que Luis al momento del secuestro tenía 20 años. Que un vecino que vio el secuestro fue Tomás Altamiranda, que llevó a su madre a seguir a los secuestradores.

Juan González: se refirió a que los dejaron cesantes por que estaban cerca de Monseñor David Dip. Recordó que fueron secuestrados los curas Nieva (desaparecido) y Gervan (exiliado en Venezuela).

Santos de Jesús Juárez: narró que el 10 de junio del 77 fue llevado al Arsenal, hasta el 30 de junio del 77. Que lo sacaron de su casa, lo vendaron y lo esposaron -Que esa noche secuestraron a personas. En la caja de la camioneta iba también Sixto Villareal. Que entre los que llevaron esa noche, recuerda a Narciso Véliz, Lalo Fuensalida, Juan Francisco Cabrera, Verón. Dijo que en el Arsenal había interrogadores y gendarmes que los cuidaban. Cada pregunta era un golpe, de puño o con la culata de un arma. Un día que andaba un helicóptero, pusieron como a veinte contra un alambrado, él pedía que si lo mataban que lo tiren en su pueblo. Sostuvo que iba un cura al que le decían "Pepe". Que vio a uno de una casa de repuestos (Méndez Automotores) También el "Negro" Sandoval. Que entre los n° 50 y 57 trajeron a una mujer, le pegaban feo con un palo en la vagina. Que el era de los Ralos. Que su militancia empezó en el 66. Que de la Textil Escalada surgieron dirigentes importantes. Hubo un Lisandro Díaz, que lo desaparecieron. Que había un muchacho santiagueño que cantaba (Germán). Dijo que en el barracón serían como 30 o 40 personas. Que 3 o 4 veces lo visitó un religioso, que él dedujo que era un sacerdote.

María Alicia Noli: declaró que Enrique Alberto Sánchez era su esposo, que se casaron el 2 de mayo del 75. Un mes antes del secuestro habían tenido un hijo. Que su marido había nacido en Villa Belgrano y que su infancia la pasó en Alberdi. Que ingresó a la Facultad de Bioquímica y era excelente alumno. Que tuvo militancia estudiantil en el comedor Universitario y que ahí había integrado listas. Que le apodaban "Villa" y "Villita" por Villa Belgrano y por el jugador de futbol Julio Ricardo Villa. Se había acercado al Frente Antiimperialista Socialista. Que era alumno del 6° año de Bioquímica. Por las mañanas trabajaba en Catamarca 11, el negocio de su padre. Que lo secuestraron el 14 de septiembre del 76. Que ellos vivían en Ecuador 108, que se fueron a un departamento en Lamadrid al 400, se instalaron con la madre de la declarante. Que unos vecinos les comentaron que habían andado preguntando por ellos en calle Ecuador. Que sonó la puerta a las 9 de la noche- Su marido contestó: "Si soy yo". Eran tres tipos jóvenes armados, alegaron orden de allanamiento y de detención. Decían que eran de la Federal y decían "si no salís peor para vos, para tu mujer y tu hijo. Que se lo llevaron en un Renault 12 blanco sin patente. Iban hacia la avenida Salta. Al otro día llamó un compañero y le dijo que le avisen a Juan Carreras, pero no le avisaron para que pudiera rendir y lo secuestraron a Carreras. Que se fue de Tucumán y la primera noticia fue que lo habían tenido a Enrique en un auto como enfermo. Que a la noche siguiente volvieron los secuestradores a calle Lamadrid y se robaron todo. Que su madre levantó su casa de Yerba Buena y como no encontraron nada arrancaron las rejas y el teléfono. Se refirió también a todos los trámites y gestiones que realizaron.

Héctor Orlando Galán: manifestó que le pegaron malamente en Santiago. Que lo trajeron en auto a Tucumán y que estuvo en dos lugares. Primero en una escuela, que subían por una escalera, que era un lugar de niños. Que estaba Mario Giribaldi. Que tenían a mucha gente, con vendas, en filas contra la pared. Que allí fueron las primeras torturas. Después lo llevaron a un galpón, donde había como unos boxes. Que había un contador Paz, que decía que vivía en General Paz. También un soldado Concha. Un tal Salinas que lo hacían cantar tangos. Una chica de 14 años más o menos, que le mataron toda la familia. Que a la chica la vio en el hogar y en el Arsenal. Había un chico que vendía diarios, que lo violaron y le habían metido ramas en la cola. Tenía muy mal olor. Que sacaban gente a la noche para matar. Había un viejito que ellos decían que era sastre de los guerrilleros, lo sacaron una noche para matarlo. Que se acuerda que un día llegaron los militares enloquecidos, los pateaban contra las paredes, un interrogador lo llevó y se sentían los gritos cuando se escuchaban los golpes de las cabezas contra las paredes. Decían que ese día les habían matado un colega, que era oficial médico, que lo habían emboscado y lo habían matado. Que los que fueron eran militares. Que el 8 de mayo lo llevaron a la escuela y en junio al Arsenal. Que recuerda entre los del Arsenal a "Roberto", "Carlitos", "Gallito", "Indio", "Papacho". Que al tal "Bombo" lo golpearon mucho. Que al declarante lo colgaron de las esposas. Que a un matrimonio que les decían "los turcos" los acosaban diciéndoles que vendían mercadería a los guerrilleros. Que había uno que decía yo no soy cura, andaba con ropa de militar. Se escuchaban ráfagas de ametralladoras. El hermano de Giribaldi contó una noche cómo los ejecutaban. Que vio a dos Figueroa, también ayudaban con la comida. Que se veía hacia fuera como un montículo. Que a él lo secuestraron el 8 de mayo del 76.

Amílcar Díaz Saravia: hijo de José Horacio Díaz Saravia y Teresa Mercedes Guerrero, reseñó que la noche del 4 de septiembre de 1976 estaban durmiendo en la casa, entró un grupo de personas armadas, que estaban él, su hermana y la niñera. Que los sacaron a ellos, revolvieron todo. Que su abuelo hizo gestiones de todo tipo, se entrevistó varias veces con Bussi. Se leyó una carta del abuelo a Bussi.

Eduardo Rafaél Díaz Saravia: hermano menor de José Horacio Díaz Saravia, narró que él tenía 14 años, que un viernes a la noche, familiares de Teresa Guerrero fueron a contarles que se habían llevado a José Horacio y su señora. Ambos eran estudiantes de Arquitectura. Que el padre mandó cartas a todas partes.

Oscar Orlando Godoy: hijo de Enrique Godoy, relató que su padre fue sacado una noche en un Falcon, lo taparon con una frazada y se lo llevaron. Que fue uno de los casos que se plantearon ante Strassera, ahí declaró su padre. Que en Santa Lucía había una base militar, que había que tener una constancia firmada por el jefe de la base para entrar o salir como obrero golondrina. Una vez el Ejército rodeó el pueblo y requisaba casa por casa. Que el padre era obrero, estuvo en el Operativo Tucumán. Que fueron a una entrevista con el teniente Valdiviezo. Un muchacho de Caspinchango dijo que su padre estuvo al lado de Godoy. Unos parientes les dijeron que había un Godoy en Devoto. A los 3 o 4 días se paró un Jeep y uno les dijo a su madre y a él que el esposo iba a salir libre. Que el viejo volvió muy demacrado, murió la esposa y él contó todo en la CONAEP. Había reconocido a un chico Soria, que vio como lo torturaban, que el Indio iba de noche con un palo hasta matarlo. Que había un tal Corregidor que hacía inteligencia y marcaba gente- Que el padre les contaba que les hacían simulacros de fusilamiento cuando estuvo en el Arsenal. Que al padre lo liberaron junto a Zelarayán, hijo de un dirigente azucarero.

Manuel Medina: recordó que fue detenido el 29 de noviembre del 76, lo sacaron de la firma en que estaba trabajando en Santa Lucía, gente de civil, vieron su moto, le dijeron que estaban mal los papeles. Que cree que lo llevaron al Arsenal, entre noviembre del 76 y el 5 de enero del 77. Que decían que gente de la subversión le había dado plata para comprar un tractor. Julio Ricardo Abad había dicho que ellos le habían dado plata- Que lo picaneaban. Que al Dr. Augier lo interrogaban por haber curado a un subversivo. Había mujeres.

Felicidad María Victoria Carreras: hermana de Juan Francisco Carreras, señaló que el 2 o 3 de marzo fue allanada la casa donde vivían su hermano con otros estudiantes, en calle Chacabuco 445, por eso fue a Catamarca desde mayo a septiembre y volvió para rendir. Se encontró con un compañero Enrique Sánchez por algo de la materia, en la casa que la declarante alquilaba. Quedaron en encontrarse en la Facultad el 16. Fue a rendir, lo esperaron de vuelta. Cuando se hacía la noche, llamó una vecina y dijo que cuando iba saliendo de la Facultad lo iban llevando dos tipos. No volvió. Que lo vieron a Enrique Sánchez sentado en un auto. A los dos días se enteraron que a Enrique lo habían secuestrado. Que cuando su hermano iba saliendo se cruzó con el profesor Barbieri, le dijo haga algo para que no lo llevaran. Era delegado por su curso. Estaba en fas- Tenía 26 años. Que el secuestro de gente joven de Belén produjo el deterioro del tejido social. Que en enero del 77 hubo en Belén un operativo importante por parte de militares.

Marta Leticia Pérez de Del Castillo: esposa de Julio Arnaldo del Castillo, dijo que su marido militó en el intregralismo, luego en el FAS, que formaba parte del cuerpo de delegados de la Facultad de Bioquímica. Se casaron en 1975. El 15 de abril del 76, a las 4 de la mañana, golpearon la puerta y la estaban forzando, era un grupo armado de 10 o 12 personas, vivían en avenida Sáenz Peña 215, los secuestradores disimulaban sus caras, revolvieron todo, decían buscar literatura subversiva. Saltó de la cama, les dijo que quería despedirse de su marido, ya lo tenían con los ojos vendados y las manos atadas, uno se descubrió la cara y le dijo "no te vamos a violar". Fueron a la comisaría y ella pudo entrar a denunciar. Que un día fue al Comando y estaba esperando también el padre de Cano. Otra vez fueron a la Casa de Gobierno, estaba la madre de Bianchi. Pisarello la recibió como a las 10 de la noche en su casa, que tenía las huellas de una bomba que le habían puesto. Unos días después un grupo armado la buscó en el negocio de sus padres en Salta (un café). Fueron a buscarla en casa de Julio. Así que permaneció oculta mucho tiempo. Víctor Alderete, que fue liberado, le contó que estuvo con su marido en el Arsenal. Que cuando a el lo liberaron, Julio ya estaba muy mal. Que recibió una carta del Registro Nacional de las Personas en la que decía que había una lista de muertos en Tucumán, donde figuraba Julio. Que Luis de Cándido es el que se sacó la máscara esa noche que lo llevaron a su marido.

Noemí Cristina Campopiano: relató que el 21 de octubre del 76, jueves, a las seis de la tarde, estaban en su casa Gustavo (estudiante), su hermana Araceli y ella preparando un examen, iba a la normal. Que se fue a buscar un mapa, cuando volvió, desde media cuadra vio a un hombre en la puerta de la casa. Vivían en Asunción 236. Cuando llegó el hombre se fue. Su hermana le dijo que había dicho que iba a arreglar la máquina de coser. A los 10 o 15 minutos golpearon la puerta. Fue su hermana y dijo que unos compañeros buscaban a Gustavo, éste fue a atender, abrió la puerta y se sintió un griterío, entraron a los golpes 4 o 5 personas. La hermana lloraba (tenía 12 años). Gustavo medía1,93 metros, pero lo trataron con tal violencia que lo tiraron con una patada en el pecho. Ella les dijo: suéltenlo. Ellos gritaban "llevalo, llevalo". Ella se paró en la puerta, y su hermano decía "salí que te van a matar". Uno le puso una Itaca en los ojos y dijo "correte o sos boleta". Uno de atrás dijo "díganle a esa boluda quienes somos". Uno sacó un carnet en el que sólo se leía "Ejercito Argentino". Se llevaron al hermano en un Renault blanco. Al frente del cementerio, un grupo lo secuestró a Julio César, que tenía 18 años. Al otro día (22 de octubre), cumplía 19 años. Era estudiante secundario, actor, poeta, escritor. Julio César estudiaba en el Instituto Modelo, había salido a buscarlo a Gustavo. Que es muy impactante escuchar que a su hermano lo torturaron y que murió de tétanos. Que como a los diez días apareció Gustavo totalmente golpeado, era espantoso como estaba, estaba casi ciego. "Ya viene Julio decía, pero Julio no apareció nunca. En julio del 77 recibieron una llamada, pidieron hablar con la madre, alcanzó a decir "no", "no" y cayó desmayada. Del otro lado le dijeron: "Habla Estela, de la organización. No lo busquen más a su hijo por que lo mataron"- Sabíamos que habían estado en el Arsenal, porque Gustavo había estado allí y escucho como lo torturaban. Gustavo describió el lugar al declarar en la justicia federal, habló de los cubículos.

Ana Celia Campopiano: hermana de Julio, dio una versión coincidente con la de Noemí Cristina y agregó que al momento del secuestro de Julio iba con Pedro Dilascio, que a éste lo golpearon y se llevaron a Julio. Que la Estela que habló a su madre, era la "Piturra". Que eran muy hostigados por un vecino que era Félix Insaurralde.

José Angel Di Marco: declaró que fue secuestrado por unas horas cuando fue a arreglar una máquina de la imprenta de Humberto Alfredo González. Que él no vio cuando se lo llevaron a González.

Matilde del Valle Escobar de Osores: narró que Carlos Raúl Osores era su esposo, que ella estaba esa noche en la casa de su madre. Que la suegra le contó que entraron personas de verde y lo sacaron al marido de la declarante. Que estaba el hijo de ellos, Ricardo, que tenía cuatro años. Estaban encapuchados, uniformes verdes, con armas. Al marido lo golpearon y lo subieron en una camioneta. El secuestro fue el 17 de septiembre del 76, entre las 12 y la 1 de la madrugada.

Ricardo Oscar Osores: es hijo de Carlos Raúl Osores. Manifestó que a su papá lo secuestraron el 17 de septiembre del 76, en el lugar conocido como Empalme de Ranchillos, entró un grupo por la noche, a la fuerza, pidiendo por el petiso Osores. Entraron a pegar, a revolver todo y a sacarlo a su padre. Se lo llevaron y nunca más se lo volvió a ver, el declarante tenía cuatro años -Era gente encapuchada, vestían de verde. Que siempre lo buscó y lo sigue buscando a su padre.

Enrique José Soldati: expresó que era el esposo de María Isabel Jiménez de Soldati, quién fue decana de la Universidad Tecnológica. Que habían puesto una bomba en la casa, en el 75, antes que se casaran. Que a ella ya la habían echado de la Tecnológica. El 28 de Mayo, como a las dos de la mañana, entraron encapuchados, lo metieron en una cama y se la llevaron.

María Margarita Laskowsky: declaró que a ella y a su compañero Angel Adolfo Méndez los secuestraron el 22 de junio de 1976. Que ella estaba recostada, era de siesta, vino Adolfo con un hombre que le apuntaba a la cabeza (había más gente). Se movían por la casa, los hicieron salir y los subieron a un auto. Que los llevaron en silencio en el viaje, les vendaron los ojos. Subieron por una escalerita muy angosta, se oían voces, les pedían los "nombres de guerra", "ésta no tiene", dijo uno y la separaron. La llevaron a un salón y la tuvieron parada muchas horas. Alguien la puso contra la pared y ahí la pusieron en el piso, pasaron algunos que eran interrogadores. Que la sensación general era de terror. No quería que se fijaran en ella, había mucha gente tirada en el piso, se pasó como tres días sin pedir ir al baño. Que en la pared del frente lo vio a Adolfo y a Osvaldo Pérez. Que los cuidadores eran gendarmes, lo dijeron ellos. Se oían gritos de tortura en otra sala. Que se escuchaba como que en una playa practicaba una banda de música. Los gendarmes tenían tonada litoraleña. Que una noche los hicieron bajar y los llevaron a otro lugar en un transporte como de pasajeros. Llegaron y los hicieron bajar. Entraron a un lugar que olía como a revoque fino. Había unos tabiquecitos. Ahí los hicieron tirar al piso, que estaba pintado con pintura asfáltica. Que sabía que era el Arsenal porque algunos lo decían. Cambiaban la guardia, de litoraleños a cordobeses. Una vez escucho la voz de Adolfo y otra vez la de Osvaldo Pérez. Que la custodia estaba a cargo de gendarmes, que llegaban en vehículos silenciosos, ahí llegaban los interrogadores: El 9 de julio los hicieron levantar temprano para cantar el himno. Había gritos y quejidos. Había alguien que escribía a máquina, preguntaban, primero datos personales, también si se había contactado con una organización de familiares de detenidos, si Adolfo militaba en agrupaciones subversivas, si en su casa se habían hecho reuniones políticas. Cubículo por medio estaba una mujer embarazada. Apareció una voz de mujer, que le daba la sensación de bajita, le decían que venía de haber estado en Jefatura, esa jovencita se movía con facilidad. Una noche un gendarme que le llamaba "Indio" me metió un billete en el bolsillo, dijo "te va a hacer falta". A ella y la embarazada la llevaron y las hicieron bajar en el camino. Eso fue el 27 de julio. A los cuatro días, estando en casa de sus padres, llegaron dos gendarmes con una carta de Adolfo, volvieron a los dos días, les dio un bolso con ropa de Adolfo y un poco de dinero, nunca más volvieron ni llamaron. Agregó que cuando estuvo secuestrada se escuchaban tiros a lo lejos, que les destruyeron la vida, que el límite del mal era como que no tenía techo. Fue espantoso, perdió su vida. Su marido era hijo de un coronel peronista. Que el "Indio" era litoraleño.

Teresita Hazurun: recordó que ella fue detenida en Frías por Musa Azar; el 20 de noviembre del 76 y trasladada a los 10 días al Arsenal, en el baúl de un auto Peugeot 504. La asignaron en boxes, torturaban a la gente, era un galpón grande, a ella no la interrogaron, le dieron una colcha de Ejército. Que ella militaba en Córdoba en Franja Morada, los gendarmes custodiaban, el Ejército interrogaba. Escuchaba a la gente gritar. Tenía un hermano que era profesor de Gendarmería. Que el Chaqueño y la Piturra se movían libremente, estaban Vicente Lerner, Santiago Díaz, Ana (Santiagueña), un estudiante de historia (Lucho Falú), una maestra (Antonia, la hermana de un baqueano), un muchacho de Banfield (un chico joven). Mencionó a Roberto Barraza, ella dijo que lo conocía por Beto, de Gendarmería, que estuvo de Jefe de grupo, era alférez recién recibido. Que A.V.B. estaba, atada, desnuda, Barraza le tocó los pezones. Que Lerner le decía que iba a ser boleta. Decía que uno que era capitán de la compañía del monte se había dado vuelta. Que había secuestrado gendarmes que se habían arrepentido, que el mismo Ejército los secuestró para que no sigan hablando. Se comentó el secuestro de toda una familia. Que cuando llegaban los detenidos los ponían en un pozo, un ablande.

D.F. contó que fue detenida el 6 de agosto del 76. Que fue dirigente del centro de estudiantes, que era del FAUDI. Que el día que la secuestran, cuatro tipos que eran de la Policía la llevaron a la Brigada de Investigaciones. Que la tuvieron ahí casi dos horas, luego la vendaron, y la llevaron a la Jefatura. Ahí la golpearon en los riñones, le decían "vos sos la hija de Fabio, la zurdita". Se desmayó y la pusieron en un calabozo. Que escuchaba gente que lloraba, que pedía que la saquen al baño. Al otro día la metieron en un automóvil, condujeron por una ruta, se metieron por una calle de tierra y entraron. La introdujeron en un galpón, había gente adentro. Era como una caballería, de un lado y del otro, tabiques dividiendo, de 80 cm. De alto, 1,50 m. de largo. Había detenidos, los que la llevaron eran gendarmes litoraleños, eran muy primarios, muy groseros, se empujaban, se pateaban, se decían "gorreado" de aquí, "gorreado" de allá. Un día uno de esos gendarmes le dijo que la tenía que llevar con los interrogadores, la llevaron a una habitación, la hicieron desnudar, la hicieron acostar boca arriba en un elástico de una cama metálica, le ataron las muñecas y los pies. Que había varias personas, seis por lo menos. Empezaron a usar picana y preguntaban sobre hechos (asambleas, versiones). La picaneaban, se arqueaba. Recordó que cuando no estaba en la sala de torturas, se escuchaban los gritos de la gente que la estaban torturando. Que un día cuando la estaban picaneando, perdió el control de esfínteres, el Indio la llevó al baño y le dio una bombacha diciendo que la dueña no la necesitaba porque estaba muerta. Que un día llevaron a Ana María Sosa de Reynaga y Angel Manfredi. Que se escuchaban disparos. Que uno se le tiró encima, manoseó, le tapaba la boca, ella gritó, salió de encima después de un rato y se fue. Que al otro día que le contó al Indio el intento de violación, la sacaron frente a una rueda y le preguntaban sobre ese manoseo. Cree que estuvo Bussi un día que la llevaron a la sala de torturas, la desnudaron y la hacían girar. Que la llevaron a un lugar con muchas puertas de hierro, ahí estaba una chica Paz de Saavedra Lamas, sobrina de los dueños del Concepción. Uno le dijo que estaban en Villa Urquiza. Allí le dieron la libertad.-

Enrique Ramón García Hamilton: Explicó que Saade era dueño de un negocio "Orbis" al lado de La Gaceta. Que un día lo llamo Martínez, socio de Saade, para decirle que cuando iba por calle Salta al 1100, lo hicieron bajar del auto y se lo llevaron. Que el declarante se comunicó con el Jefe de Policía (Blanco), quien le dijo que no conocía nada, que iba a averiguar. Que nunca le informaron de nada. Que Saade participaba también de un grupo de tenis con el dicente.

Luis Pedro Yañez: Hermano de Rafael Vitalino Yañez, contó que desapareció el 20 de Septiembre de 1976, de una pensión de calle Rivadavia 305. Que la dueña de la pensión le dijo que lo llevaron personas de civil. Que nunca más supo nada trabajaba en el ferrocarril y estudiaba asistencia social. A Raúl Vaca lo habían sacado de la pensión el día anterior, los dos eran de Metán.

Oscar Alberto Garrocho: Es periodista de "La Gaceta", se refirió a que "Coco" Saade tenía el negocio a la par del diario, que cree que el 15/12/1977, estuvo con él y le contó que había cerrado un negocio importante con Lucci, estaba con camisa celeste y pantalón azul, llevaba un vaso de cuajada para su madre. Al rato lo habló Harry García Hamilton para decirle que lo habían secuestrado a Saade. Que lo que él averiguó es que tres personas lo habían encañonado, que se movilizaban tres vehículos (un Fiat, un Falcon y otro), fue a la altura de Salta al 1200. Que testigo de ello fue el hijo de un amigo del declarante, que se acercó porque creía que iba el padre. Que por el rumbo iban a Arsenales.

Miguel Elias Saade Saieg: Hermano de Antonio Naief, declaró que le avisaron que lo habían secuestrado, era el 16/01/1978, fue la parte militar, habría ido a buscar su auto a la guardería y no llegó a la casa, lo llevaron en auto y todo. Que en calle Salta al 1.100 lo pasaron al asiento de atrás. Que hubo una persona, que era amigo de un militar, que le decía que el hermano estaba en Arsenal.

Graciela Cristina Saade Saieg: Hermana de Antonio Saade, dijo que ella residía en Buenos Aires, que según lo que pudo averiguar que su hermano salió de su negocio, va al estacionamiento, sube al coche, lo interceptaron y lo secuestran. Unos meses después, la secuestran a ella, su marido y la nena.

Emilio Palferro: Recordó que el residía en un departamento en calle Marcelo T. de Alvear en Buenos Aires, que la noche del 22 de Abril de 1977 los golpearon hasta las seis de la mañana, que habían cerrado la zona. Que a Luis Cantos lo tiraron dentro de una bolsa arriba del declarante en el baúl de un auto. Alcanzó a ver dos personas todas de negro encapuchadas, le pegaron un culatazo.

Ana María Falú: Hermana de Luis Eduardo Falú, señaló que se había ido de Tucumán el 26 de Marzo de 1976, no estuvo el día que secuestraron a Luis. Que ella fue activista y militante, fue dejada cesante en la U.N.T que su hermano fue secuestrado al salir de su trabajo de Gas del Estado, en la Lamadrid y Chacabuco, el 14/09/1976. Recordó que Luis se había entrevistado con dos personajes nefastos en el bar La Franco. Que Berta Medina había estado antes en la casa de la familia y les dijo a sus padres que estaba con dos secuestradores, que se fueran los Falú preguntó por Lucho. Que esos tipos que entrevistan a Luis en la Franco le pedían que les dé una lista de amigos "zurditos". La reunión fue en Agosto. Que Lucho era un excelente estudiante de Historia, se había anotado también en arquitectura y tenía 25 años. Que hay un señor Neme que lo tuvo parado varias horas a su padre en espera en el ingenio Nuñorco. Que Juan Martín le relató que lo vio, que iba a buscar leña y repartía la comida en el Arsenal. Que leyeron lo que decía el Dr. Augier y la Dra. de Cerviño.

Reynaldo Alberto Jiménez: Hermano de María Isabel Jiménez de Soldati, señaló que ella era docente, había sido decana de la Universidad Tecnológica, en el 75 les pusieron una bomba. Que su madre le contó como fue cuando llevaron a su hermana, que entraron, encañonaron a ella le dijeron que se abrigue por que se iba con ellos, ello ocurrió la noche del 28 de Mayo de 1977. El cree que la llevaron a la Jefatura y después de unos días al Arsenal.

Gladys Estela Jiménez: Hermana de María Isabel Jiménez, recordó que ella había estado en la casa de hermana, quien había ido a dar clase pero como no había se volvió, que en el camino la intercepto gente que le decía cosas pero llegó a la casa. Que la declarante y su marido se fueron a dormir, que les contaron lo que había pasado, que a su padre lo habían golpeado y se llevaron a su hermana, que a ella la habían dejado cesante en los cargos, que solo trabajaba en la Escuela Normal cuando fue secuestrada.

Cristina Robles: Manifestó que acompaño en algunos trámites a la señora de Holmquist y la señora de Campopiano. Que respecto al hijo de la señora de Holmquist, sacaron un papel de un expediente que decía que lo había detenido un grupo de tareas. Niega una declaración que se le atribuye en sede militar.

David Marcelo Campos: Recordó que era la policía de la provincia, que en 1976 era chofer, que en Octubre era chofer de la comisaría 11°, trasladaba a Luis Sosa, que todas las noches de 20:00 a 8:00 horas hacían rondas por el parque. Que se acuerda que en una oportunidad encuentran una mujer joven tirada a la al lado de un arbol, que era Celia Medina (esto consta en una declaración anterior, que en el debate dijo no recordar).

Domingo Lazarte: Policía, realizo una declaración coincidente con la de David Marcelo Campos.

Elena Beatriz Furth: Señalo que es hermana de Federico Furth, quien desapareció era soldado del Arsenal que se entrevistaba con Schwab y Salaverri. Que su hermano había ido a buscar la libreta y no volvió, que estuvo en el servicio de entre Enero de 1975 y el día de la desaparición. Que la libreta estaba firmada por el mayor Soto, que el padre de la declarante habló con el, que el automóvil de Federico apareció a los quince días en San Pablo. En Mayo del 76 su hermano fue dado de bajo fue a buscar un documento y no volvió mas. Que se habló con el Jefe del Arsenal, mayor Soto, quien le dijo que nunca había ido a retirarlo. Que daban versiones contradictorias. Que ella tras acudir por hospitales y comisarías esa noche, fue por el Arsenal y vio salir el auto en el que se movía su hermano. La novia del hermano era familiar de Schwab y le pidió que los recibiera. Que su hermano durante el servicio estuvo permanentemente con Schwab, le decían "Fritz" y le preocupaba lo que había visto en el Arsenal, no quería decirlo. Que la familia Adriss era vecina de ellos, que Ismael Adriss está desaparecido. Que Luis Falú también era vecino.

Alejandro Federico Alderete Soria: Declaró que estuvo secuestrado 28 días en Arsenal, que con el que más contacto tuvo fue con el Dr. Augier (que a éste en los interrogatorios le preguntaban sobre la hija), que vio a un soldado detenido, que se trataba de casillas cortas y que en una ocasión escuchó una alusión en relación con un familiar de los Bleckwdel. Que se reconocieron con una chica que habían sido empleada de la óptica García, conversaba con Yáñez (estaba en la casilla 2 y el declarante en la 1), escuchó que lo habían matado a Márquez. Que se escuchaban interrogatorios, gritos, quejidos. Que Yáñez sabía que había que lo iban a matar. Que también escuchó que lo estaban torturando al padre al frente de su hijo. Que decían estaba lo que quedaba de la Compañía del monte Ramón Rosa Jiménez.

Emilio Mrad: primo de Luis Falú, recordó que en Agosto de 1976, recibió un llamado de Alfredo Falú para que vaya al bar La Franco, donde se iba a reunir Lucho con gente de Inteligencia del Ejército. Que eso se produjo a las 5 o 6 de la tarde, estaba Lucho con estas dos personas. Que recuerda la fisonomía, uno era alto con nariz encorvada y el otro bajo con calvicie, que estuvieron mucho tiempo. Lucho le contó luego que le pedían que de un listado de diez nombres de militantes de izquierda. Que el padre de Lucho decía permanentemente que si lo tenían que fusilar, que lo hagan, pero que le hicieran un juicio justo.

Ester Evarista Faras de Verón: madre de Oscar Rafael Verón, puntualizo que cuando llevaron a su hijo, hurgaron en la pieza, se llevaron todo, el domicilio era en los Ralos, que él tenía una piecita. Que le estropearon la casa. Estaba casado, tenía dos hijos y trabajaba en la Dirección de Suelos.

María Cristina Orellana de Verón: esposa de Oscar Alfredo Verón, estuvo presente cuando secuestraron a su marido, era el 11 de Junio de1977, a la una menos diez. Ingreso un grupo de personas, eran muchos, les ordenaron que se pusieran boca abajo, con golpes, su esposo había corrido a la habitación de sus padres. Los dos chicos eran pequeños. Lo hicieron que se vista a su marido y se lo llevaron. Además se llevaron de todo. Ese día fueron llevados de Los Ralos, Sixto Villareal, Fuensalida, Cabrera, Santos Juárez.

Irma Imelda González: hermana de María Celestina González, narró que vivían en Empalme. Que su hermana fue a trabajar, era maestra, fue el 23 de Noviembre de 1976. Que también la declarante fue detenida. Que tenía 23 años.

Bernardino González: hermano de María Celestina González, recordó que estaban esperando en el Juzgado de Paz, cuando llegó su hermana la cargaron y se la llevaron. Andaban en tres autos. En un almacén los secuestradores habían comentado que iban directo al Arsenal. Iban de civil, ocurrió aproximadamente a la una de la tarde. Que entraron Orce, oficial de Estación Araoz, y el Malevo Ferreyra. Que un sobreviviente dijo que la vio en Arsenal.

Jorge Augusto González: hermano de María Celestina González, dijo que ella había estado en la escuela de Los Pereyra. Que la secuestraron en el Juzgado de Paz. Fue el 23 de Noviembre de 1976.

Carlos Luis Sotelo: manifestó que era compañero de trabajo de María Celestina González ("Tina"), en la escuela 225 de Los Ralos. Era el 23 de Noviembre de 1976 y Cristina le pidió que la lleve el frente del Juzgado de Paz. Cuando iban vio un auto blanco con varias personas. Luego la dejó a Tina. Cuando volvía a la escuela, lo interceptaron, se bajaron, le pegaron y le preguntaban dónde estaba la mujer que había llevado. Lo llevaron amenazando hasta el Juzgado, le seguían pegando y le dijeron que se tire en el auto. Iban de civil, uno llevaba sombrero blanco.

Susana Leoni Auad: relató que ella llegó a Tucumán en 1972. Que estudiaba Arquitectura, era simpatizante de izquierda, participaba en las manifestaciones, a la cero horas del 14 de Abril de 1976 fue secuestrada del domicilio de Alberdi 138. Ingresaron a través de golpes, fuertemente armados. Llevaron a Sebastián vendado y atado, secuestrado, la señalaba a la declarante y ahí la secuestraron. La alojaron en la Escuela de Educación Física, estaba vendada. Los trasladaron al Reformatorio. Después, a fines de Junio de 1976, al Arsenal. Que en la EUDEF era un salón grande, los golpeaban. En El Reformatorio habló con Ernestina Yackel. Escucho que había una señora embarazada. Que con los apósitos que ponían en El Reformatorio no se veía nada. Había otra señora embarazada que le decían "panzona". A esta mujer, un Gendarme, El "Indio", la sacaba a caminar. Que ella decía que cuando tuviera el hijo la iban a matar. Que el día de lo de Toledo Pimental, los golpearon mucho, había muchos gritos. En ese momento, se mató gente en el lugar. En El Reformatorio, estaban Ejército y Gendarmería. Que en El Reformatorio estuvieron desde fines de Abril hasta Junio. Que había un salón y unas escaleras, también una sala de torturas. La declarante tenía 23 años. Que los subieron en camiones, los llevaron al Arsenal, donde había dos pabellones, divididos en boxes. Ella estaba en el que tenía tabiques de madera. El otro tenía los tabiques de mampostería. Según la guardia, en ese traslado desde El Reformatorio ingresaron al Arsenal. "Era destino final, eran dioses, disponían de nuestras vidas, de ahí no se salía", dijo textualmente. Había un lugar de madera, donde torturaban. No había baños. Recordó a Ana Cantos (con ella habló y lavaban ropa), German Cantos, Freddy Coronel y Yolanda Borda. Al principio estaban vendados. Después la dicente y Ana Cantos estaban sin vendas, estaba destinada a morir, aseguró. Había un enfermero que le decían Ángel, de Gendarmería, no sabe si había sido enfermero realmente. Que el apodo "Piturra" se lo puso la gente de Gendarmería. Osvaldo Pérez, su novio, estuvo con ella en El Reformatorio y en el Arsenal, a él lo secuestraron en el Chaco. Que estuvo en el Arsenal hasta el 12 de Julio de 1977. Que la subieron en un auto, la dejaron cerca de la casa donde vivía su hermana, pesaba 38 kilos, sin dientes. Le dijeron que tenía que ser ciega sorda y muda, la seguían vigilando. Un señor Velardez, de Gendarmería, de Tafí Viejo, la vigilaba. Que ella sabe que los que la secuestraron fueron Varela (a quien le decían "Vargas"), Velardez, Juanca, "Soplete" (González). Que los vio a Juanca, un Garcia o Palomo, Medina (Moore). En Arsenal eran los mismos. Se acordó de "El Ganso", De María, "Soplete", Sabarini. Que en El Reformatorio escucho a Juanca y Varela, muy ofuscados por los problemas que habían tenido y se fueron a descargar con ellos. Que en Arsenal había un alambrado perimetral, que decían que estaba electrocutado. Había una guardia interna que estaba adentro y una guardia externa que se la veía. Había perros. Había 80 a 100 personas en cada pabellón, se ocupaban y desocupaban. Los trasladaban, se mataba gente. Que habrían pasado 1.000 personas, a groso modo. Que no existían medidas de higiene, ni alimentos. "ahí fuimos a que nos maten, para qué nos iban a alimentar", añadió. Hacían que los secuestrados cocinaran. Que había una pieza con letrina, a las mujeres las llevaban ahí. A los hombres al campo. A Pérez lo llevaron al Chaco, después la liberaron a ella. La guardia estaba con uniforme. Los interrogadores y la patota, de civil. Los interrogadores pertenecían a Inteligencia del Ejército, la patota también era del Ejército. Que después se enteró de algunos apellidos. El "Indio", era Godoy, en El Reformatorio la hacía pasear a la "comadre". Cada 45 días se cambiaban los móviles de Gendarmería (uno de Córdoba y dos de Buenos Aires). La guardia los torturaba, los maltrataban. Hubo violaciones. M.T.G.D.S le comentó que la habían violado al frente del marido. A N.C. también. A uno de Gendarmería le decían "Conejo". Torres era otro Gendarme que estuvo cuando la torturaron. Otro Gendarme más la torturaba. Otro Gendarme le había hecho entrar una carta de la familia. Cruz, Barraza, Montoya, y dos gendarmes más la torturaron. Que los de Inteligencia fueron a pedirle a su hermana las cartas que ella había mandado. De la guardia, había un Juan Carlitos. "Moreno" era uno de los secuestradores, era Segundo Comandante. Lo escuchó a Montes de Oca. Lo escucho al Negro Mario o Mario Belco. Jefe era Varela. En la patota había civiles. Que en El Reformatorio habló con un Capitán Falucho, una persona de edad, ya mayor, cabello blanco. Había un Capitán que visitó bastante tiempo a Ana Cantos. Que ella le comentó que esa persona la iba a salvar a ella y a German, de apellido Torres, de Inteligencia. Que lo pudo espiar dentro del pabellón, sentado frente a Ana: alto, blanco. Que Bussi si iba, se escuchaba ruido de helicóptero, venían de visita. Que si fue torturada, desnuda le aplicaron torturas en sus partes íntimas. Que si hubo ejecuciones, que ella recuerda una del 24 de Marzo de 1977, les ajustaban las vendas, les ataban las manos, a ella la subieron a un camión, pusieron la radio a todo volumen. Se sentían comentarios, que habían matado gente. Al otro día, había poca gente. En Julio o Agosto de 1976 hubo otras ejecuciones, disparos de armas, se escuchaban los disparos. Se sentía olor a carne quemada. Ella vio una camisa de una persona que había estado secuestrada. Que ella cre que en 1977, llevaron a una familia para matarla (después se enteró que era la familia Rondoletto) Comentaban que había un Senador: Dardo Molina. Dos compañeros que eran del sur, "Grasita" y el Bombo" Abad, comentaban que les habían dicho que los iban a largar en El Cadillal. Una persona menor de edad, que le decían "piojosa" de 15 años, decía que estaba embarazada. "Sebastián" era Focchi, que ella no lo volvió a escuchar, ahora sabe que está desaparecido, estaba muy golpeado. Había dos casillas de madera. Lo vio a Augier. Vio gente colgada de los brazos, en la salida del pabellón. Los interrogadores tenían una cartulina colgada, exhibían fotos. Sabían todo, el trabajo de inteligencia lo habían hecho antes. En una sesión de tortura, querían que de nombres de Jujuy. Que una vez la llevaron a Jujuy, iban Vargas, el Ganso (chofer) y Velardez. Que cree que en otro auto iba la familia Varela. Que en Arsenal lo reconoció por la voz a Safarov (fue compañero de ella), pedía auxilio estaba con gangrena en el codo por las torturas, no lo atendieron, murió sin atención. A Freddy Quinteros lo dejo de ver cuando no estuvo más Ana. Escuchó que estaban en Arsenal, José Luis Maldonado, Lerner, Horacio (de Buenos Aires, rengueaba por un tiro en el pie). Que también escucho que estaba una señora de Cerviño. Que la conoce a Berta Medina, que cree que había estado en El Reformatorio. En Septiembre aproximadamente, ya lo habían secuestrado al novio, después de una sesión de torturas le piden que se arrime a Nora Cajal en un stand de la Expo, estaba la patota, De María, Soplete, Velardez, el Ganso. La secuestraron y se comentaba que había sido violada. También se comentaba que estuvo Santiago Díaz y escucho el nombre de Giribaldi. De Falú, escucho que estaba ahí. A "Velardez" le decían también "Indio", una persona mayor. López Guerrero formaba parte de los civiles. Que fue obligada a declarar ante la Justicia Militar, cuando estaba trabajando en San Salvador de Jujuy, la llevaron a declarar Velardez y el Ganso, estaba Cabral y Germanó. Que a Varela lo decían "Naso". A Augier lo vio en el pozo y después habló con él. Que los Gendarmes que llevaron a Arsenal eran los peores.

VII. MARCO HISTORICO

En consideración a la complejidad de la cuestión a decidir, corresponde realizar un análisis del marco histórico en el que se produjeron los hechos, a efectos de acreditar fehacientemente que se trata de injustos cometidos desde el aparato estatal con un plan sistemático y generalizado de represión contra la población civil.-

El Tribunal se avocará a examinar brevemente los principales rasgos de este plan sistemático y tendrá especialmente en cuenta las consideraciones vertidas por los representantes del Ministerio Público Fiscal en los requerimientos obrantes a fs. 4799/4922 y 10716/10820 de los autos principales y, asimismo, las exposiciones que han realizado durante la audiencia de debate.-

En el sentido expuesto, es menester señalar que el sistema represivo articulado en el plano nacional se instaura oficialmente el 24 de marzo de 1976, cuando las Fuerzas Armadas derrocan al gobierno constitucional de Isabel Martínez de Perón y asumen el control de los poderes públicos nacionales, provinciales y de toda índole, tal como fue acreditado en la Causa N° 13, año 1984, del Registro de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal (en adelante "Causa 13/84").-

Si bien la ruptura total y completa del Estado de derecho puede datarse con precisión el 24 de marzo de 1976, múltiples normas y prácticas anteriores a esa fecha dan cuenta de un progresivo deterioro de las garantías constitucionales, fenómeno paralelo a un creciente incremento de la autodeterminación de las fuerzas de seguridad y militares al margen del gobierno constitucional. Este proceso es el que tornó factible y precipitó la usurpación total y completa del poder constitucional. El ejemplo más acabado del fenómeno descripto es Tucumán, provincia en la que el plan sistemático y generalizado de represión contra la población civil aparece montado a principios de 1975, más allá de que sus orígenes pueden rastrearse en años anteriores.-

En este sentido, se advierte que las Fuerzas Armadas en todo el país, y con particular intensidad en Tucumán, en el primer lustro de la década del 70' iniciaron actividades clandestinas con una metodología que revelaba una preparación para la usurpación total y completa del poder estatal en años posteriores. Grupos paramilitares y parapoliciales comenzaron a desplegar un accionar oculto y al margen de la legalidad que fue dispuesto por las propias jerarquías de las Fuerzas Armadas, sin perjuicio de que en los primeros tiempos puedan haber existido sectores de oficiales que no compartieron esa metodología.-

El proceder descripto, como se dijo, en Tucumán tuvo especial intensidad. Al respecto, durante la audiencia, un considerable número de testimonios dan cuenta de ello.-

Así Alejandro Francisco Viecho dijo que su esposa Rosa fue detenida en el año 71 y él en el 72. Que recuperaron la libertad con la amnistía peronista en el 73 y se casaron y tuvieron dos hijas. Que ambos lograron organizar un sindicato. También señaló que su esposa fue secuestrada el 11 de mayo del 76, que tenía una cita a la mañana y nunca llegó, en tanto que él estuvo privado de su libertad del 74 al 81.-

Lelia Elena Gómez de Campos señaló que el 23 de noviembre de 1974 su marido estaba en una reunión de centros vecinales y alrededor de las 7 u 8 de la noche un hombre se presentó en la casa familiar buscándolo, acompañado del comisario. Media hora después llegó un camioncito lleno de hombres uniformados que allanaron la casa.-

También en el debate María Cristina Soldati dijo que su hermana a la fecha desaparecida Berta María fue dejada cesante de su trabajo por no compartir la ideología imperante. Agregó que hacia el 74 o el 75 por su actividad social su hermana ya había sido detenida en dos oportunidades por unas horas y conducida a la Jefatura en la que en esa época era evidente que quien manejaba todo era Albornoz. Precisó además que ya en el 73 o el 74 con la Triple A les habían puesto una bomba en la casa familiar, en Manuela Pedraza.-

Con referencia en particular a la situación que a principios de los 70' se vivía en el sur de Tucumán Lucía Mercado dijo que el 18 de noviembre de 1974 en Santa Lucía, a las 6 de la mañana, despertaron a toda la población, iban casa por casa, y pedían los documentos, que detuvieron a muchas personas. Que el ejército controlaba quién entraba y quién salía del pueblo.-

También refirieron a la vida política en Tucumán y a hechos sucedidos en su marco en los primeros años de 1970 Julio César Rodríguez Anido, Francisco Rafael Díaz y Juan Domingo Almaraz.-

Juan Martín Martín explicó que estudió en la Universidad Nacional de Tucumán hasta el año 74, ya que por su militancia en la Juventud Peronista empezó a ponerse difícil la situación y dejó de ir a la universidad, donde cursaba la carrera de ingeniería civil.-

Osvaldo Humberto Pérez manifestó que en el año 75 la situación política que se vivía en Tucumán era muy difícil para los que desarrollaban algún tipo de actividad política partidaria. Que ya en el 74 asolaban la vida las bandas de la Triple A, los comandos de derecha policiales, parapoliciales. Se puso una bomba y se hizo desaparecer el comedor universitario de la quinta agronómica. Que en ese contexto empezó el año 75. Fueron desplazados y le pusieron guardia en el comedor, haciéndose restrictivo el ingreso al mismo y empezó así una persecución.-

Asimismo con relación a la vida universitaria en Tucumán en los comienzos de los 70 Víctor Fernando Alderete explicó que el cuerpo de delegados de la Facultad de Bioquímica, Química y Farmacia comenzó a funcionar en el 73 aproximadamente. Que fue elegido en dicho cuerpo en el 74 o 75. Agregó que todos los delegados se pusieron de acuerdo en no tener actividades después de las 19 horas para evitar inconvenientes. En el 75 fue secuestrado uno de los delegados, Walter Anaquín, estuvo unos días secuestrado y finalmente fue liberado. También por esa época entraron en el cuerpo de delegados fuerzas de seguridad, revolvieron todo, rompieron todo. Ese centro funcionaba en Ayacucho al 400. También en esa época pusieron una bomba al lado de la sede del cuerpo de delegados, en la Esuela de Luthería de la Universidad Nacional de Tucumán a la que dañaron gravemente. Agrega que varios delegados fueron secuestrados, entre ellos él mismo en abril de 1976. También sobre la vida política universitaria y sus contingencias en la década del 70 testimoniaron en el debate Beatriz Moya de Santillán, Carlos María Gallardo y Fernando Rovetta.-

Al derrocar al gobierno constitucional, la primera medida de relevancia que tomó la Junta Militar fue el dictado del Acta, del Estatuto y del Reglamento del "Proceso de Reorganización Nacional". Estas normas implicaron lisa y llanamente que la Constitución Nacional fuera relegada a la categoría de texto supletorio.-

Un examen detenido de tales instrumentos revela que las Fuerzas Armadas tomaron el control de todos los poderes del Estado, asumiendo así la suma del poder público. De los mismos surge una clara descripción de lo que constituye el delito constitucional de traición a la patria contenido en el artículo 29 de nuestra Carta Magna.-

El "Acta para el Proceso de Reorganización Nacional" estableció: "En la ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, a los veinticuatro días del mes de marzo del año mil novecientos setenta y seis, reunidos en el Comando General del Ejército, el Comandante General del Ejército, Teniente General D. Jorge Rafael Videla, el Comandante General de la Armada, Almirante D. Emilio Eduardo Massera y el Comandante General de la Fuerza Aérea Argentina, Brigadier General D. Orlando Ramón Agosti, visto el estado actual del país, proceden a hacerse cargo del Gobierno de la República. Por ello resuelven: 1. Constituir la Junta Militar con los Comandantes Generales de las Fuerzas Armadas de la Nación, la que asume el poder político de la República. 2. Declarar caducos los mandatos del Presidente de la Nación Argentina y de los Gobernadores y Vicegobernadores de las provincias. 3. Declarar el cese de sus funciones de los Interventores Federales en las provincias al presente intervenidas, del Gobernador del Territorio Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y del Intendente Municipal de la Ciudad de Bs. As. 4. Disolver el Congreso Nacional, las Legislaturas Provinciales, la Sala de Representantes de la Ciudad de Buenos Aires y los Consejos Municipales de las provincias u organismos similares. 5. Remover a los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al Procurador General de la Nación y a los integrantes de los Tribunales Superiores Provinciales. 6. Remover al Procurador del Tesoro. 7. Suspender la actividad política y de los Partidos Políticos, a nivel nacional, provincial y municipal. 8. Suspender las actividades gremiales de trabajadores, empresarios y de profesionales. 9. Notificar lo actuado a las representaciones diplomáticas acreditadas en nuestro país y a los representantes argentinos en el exterior, a los efectos de asegurar la continuidad de las relaciones con los respectivos países. 10. Designar, una vez efectivizadas las medidas anteriormente señaladas, al ciudadano que ejercerá el cargo de Presidente de la Nación. 11. Los Interventores Militares procederán en sus respectivas jurisdicciones por similitud a lo establecido para el ámbito nacional y a las instrucciones impartidas oportunamente por la Junta Militar. Adoptada la resolución precedente, se da por terminado el acto, firmándose cuatro ejemplares de este documento a los fines de su registro, conocimiento y ulterior archivo en la Presidencia de la Nación, Comando General del Ejército, Comando General de la Armada y Comando General de la Fuerza Aérea.".-

A su vez en el Estatuto para el "Proceso de Reorganización Nacional" se dispuso: "Considerando que es necesario establecer las normas fundamentales a que se ajustará el Gobierno de la Nación en cuanto a la estructura de los poderes del Estado y para el accionar del mismo a fin de alcanzar los objetivos básicos fijados y reconstruir la grandeza de la República, la Junta Militar, en ejercicio del poder constituyente, estatuye: Art. 1. La Junta Militar integrada por los Comandantes Generales del Ejército, la Armada, y la Fuerza Aérea, órgano supremo de la Nación, velará por el normal funcionamiento de los demás poderes del Estado y por los objetivos básicos a alcanzar, ejercerá el Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas y designará al ciudadano que con el título de Presidente de la Nación Argentina desempeñará el Poder Ejecutivo de la Nación. Art. 2. La Junta Militar podrá, cuando por razones de Estado lo considere conveniente, remover al ciudadano que se desempeña como Presidente de la Nación, designando a su reemplazante, mediante un procedimiento a determinar. También inicialmente removerá y designará a los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al Procurador de la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas...Art.5. Las facultades legislativas que la Constitución Nacional otorga al Congreso, incluidas las que son privativas de cada una de las Cámaras, serán ejercidas por el Presidente de la Nación, con excepción de aquellas previstas en los artículos 45, 51 y 52 y en los incisos 21, 22, 23, 24, 25 y 26 del artículo 67. Una Comisión de Asesoramiento Legislativo intervendrá en la formación y sanción de las leyes, conforme al procedimiento que se establezca. Art. 8. La Comisión de Asesoramiento Legislativo estará integrada por nueve Oficiales Superiores designados tres por cada una de las Fuerzas Armadas...Art. 12. El PENproveerá lo concerniente a los gobiernos provinciales, y designará a los Gobernadores, quiénes ejercerán sus facultades conforme a las instrucciones que imparta la Junta Militar. Art. 13. En lo que hace al Poder Judicial Provincial, los Gobernadores Provinciales designarán a los miembros de los Superiores Tribunales de Justicia y Jueces de los Tribunales Inferiores, los que gozarán de las garantías que fijen las respectivas Constituciones Provinciales, desde el momento de su nombramiento o confirmación. Art. 14. Los Gobiernos Nacional y Provinciales ajustarán su acción a los objetivos básicos que fijó la Junta Militar, al presente Estatuto, a las Constituciones Nacional y Provinciales en tanto no se opongan a aquellos.".-

Por último, a través del "Reglamento para el funcionamiento de la Junta Militar a cargo del Poder Ejecutivo Nacional y la Comisión de Asesoramiento Legislativo", se organizó el desarrollo de la actividad gubernamental.-

Los instrumentos mencionados revelan con toda evidencia, que la estructura de poder instaurada por las fuerzas militares implicó la ilegítima colonización de las funciones estatales administrativa, legislativa y jurisdiccional; tarea que se instrumentó mediante el control de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, que desnaturalizó el sistema de frenos y contrapesos previsto por el constituyente histórico como la principal herramienta de control institucional sobre el poder político y que configuró la suma del poder público.-

Desde la estructura descripta es que pudo montarse el plan sistemático y generalizado de represión contra la población civil a cuyo amparo se cometieron los delitos objeto de juzgamiento.-

Según el Sr. Fiscal Federal, las prácticas de represión contra la población civil pueden rastrearse reparando en los objetivos que el gobierno militar se propuso; objetivos que se conocieron expresamente el 29 de marzo de 1976, a través de un acta en la que se fijaban los propósitos del nuevo gobierno usurpador. En el acta que se indica, en su artículo 1, puede leerse que éstos giraban en torno a: "Restituir los valores esenciales que sirven de fundamento a la conducción integral del Estado, enfatizando el sentido de moralidad, idoneidad y eficiencia, imprescindible para reconstruir el contenido y la imagen de la Nación, erradicar la subversión y promover el desarrollo económico de la vida nacional basado en el equilibrio y participación responsable de los distintos sectores a fin de asegurar la posterior instauración de una democracia, republicana, representativa y federal, adecuada a la realidad y exigencias de solución y progreso del Pueblo Argentino.".-

Y en el marco de los objetivos propuestos se produjeron reformas legislativas importantes en concordancia con las proclamas descriptas. Así, por ejemplo, se restableció la pena de muerte, se declararon ilegales las organizaciones políticas sociales y sindicales y se estableció la jurisdicción militar para civiles.-

Asimismo, los objetivos de referencia dieron sostén a la represión generalizada y sistemática contra la población civil instrumentada a través de un plan clandestino de represión acreditado ya en la "Causa 13/84". Allí se señaló: "...puede afirmarse que los Comandantes establecieron secretamente un modo criminal de lucha contra el terrorismo. Se otorgó a los cuadros inferiores de las fuerzas armadas una gran discrecionalidad para privar de libertad a quienes aparecieran, según la información de inteligencia, como vinculados a la subversión; se dispuso que se los interrogara bajo tormentos y que se los sometiera a regímenes inhumanos de vida, mientras se los mantenía clandestinamente en cautiverio; se concedió, por fin, una gran libertad para apreciar el destino final de cada víctima, el ingreso al sistema legal (Poder Ejecutivo Nacional o Justicia), la libertad o, simplemente, la eliminación física...".-

Para la consecución de sus objetivos el gobierno militar dividió al país en cinco zonas de seguridad. Cada una correspondía a la Jefatura de un Cuerpo de Ejército y se dividía en subzonas. Conforme la declaración testimonial prestada en causa "Jefatura de Policía de Tucumán s/secuestros y desapariciones", Expte. J - 29/09 y oralizada en la audiencia por Mirta Mántaras, esta fragmentación territorial se tomó de la doctrina francesa de la división del territorio para operar en la guerra revolucionaria (véase también Mántaras, Mirta, Genocidio en Argentina, Buenos Aires, 2005, pág. 119).

De conformidad con esta división, el Comando de Zona I dependía del Primer Cuerpo de Ejército, su sede principal estaba en la Capital Federal y comprendía las provincias de Buenos Aires, La Pampa y la Capital Federal. El Comando de Zona II dependía del Segundo Cuerpo de Ejército, se extendía por Rosario, Santa Fe y comprendía las provincias de Formosa, Chaco, Santa Fe, Misiones, Corrientes y Entre Ríos. El Comando de Zona III dependía del Comando del Tercer Cuerpo de Ejército y abarcaba las provincias de Córdoba, Mendoza, Catamarca, San Luis, San Juan, Salta, La Rioja, Jujuy, Tucumán y Santiago del Estero, la sede principal se encontraba en la ciudad de Córdoba. El Comando de Zona IV dependía del Comando de Institutos Militares y su radio de acción abarcó la guarnición militar de Campo de Mayo, junto con algunos partidos de la provincia de Buenos Aires. El Comando de Zona V dependía del Quinto Cuerpo de Ejército, abarcaba las provincias de Neuquén, Rió Negro, Chubut y Santa Cruz y algunos partidos de la provincia de Buenos Aires (Cfr. Causa N° 44 del registro de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, también denominada "Causa incoada en virtud del decreto 280/84 del Poder Ejecutivo Nacional", fs. 8359 y ss.).-

El accionar represivo obedeció a un plan previamente elaborado, ejecutado en forma sistemática y aplicado a través de una estructura institucional y operacional que funcionó con un elevado nivel de eficacia.-

La similitud de hechos contenidos en las distintas denuncias recibidas por la CONADEP a nivel nacional y por la Comisión Bicameral de la Legislatura de Tucumán, -recuérdese que la Legislatura de la provincia de Tucumán, el 16 de febrero de 1984 por Ley Nro. 5.599, encomendó a una Comisión especial la recepción e investigación de las denuncias por violación de los derechos humanos cometidos a consecuencia del accionar del terrorismo de Estado en la provincia-, da cuenta de la homogeneidad del proceder del aparato organizado de poder en las distintas jurisdicciones. La mencionada Comisión receptó alrededor de 507 denuncias y sus conclusiones quedaron expresadas en Informe de la Comisión Bicameral, donde se reveló el funcionamiento de una depurada tecnología represiva de la cual puede deducirse la existencia de un conjunto de normas, paralelo al conocido, de carácter reservado y secreto, que regló las acciones contenidas en dicho plan.-

El sistema represivo montado apuntaba a la difusión del terror en forma masiva para así paralizar cualquier intento opositor; el propio Plan del Ejército, describía a los sectores sociales denominados enemigos bajo la siguiente definición: "Determinación del oponente: Se considera oponente a todas las organizaciones o elementos integrados en ellas existentes en el país o que pudieran surgir del proceso, que de cualquier forma se opongan a la toma del poder y/o obstaculicen el normal desenvolvimiento del gobierno militar a establecer" .

La metodología inherente al Plan del Ejército se caracterizó por una escalada represiva sin precedentes cuyos hechos reveladores son: el secuestro, la detención ilegal y la posterior desaparición de la víctima (por lo general en forma permanente, solo en algunos casos fueron liberadas); el traslado de la víctima a centros de reclusión ignotos y clandestinos; la participación de unidades represivas conformadas por elementos que ocultaban su identidad; la exclusión de toda instancia de intervención de la justicia; el abandono de la víctima en manos de sus captores quienes no contaron con traba legal ni material alguna para accionar sobre ella; la aplicación de tormentos y violencia sexual, de forma discrecional y sin más límites que la propia necesidad de los interrogadores de extraer información o su perversidad; la usurpación de bienes de las víctimas; el soborno a las víctimas y sus familiares en beneficio económico de sus victimarios; la sustracción u ocultamiento de menores, el cambio de identidad y la apropiación de ellos por los mismos captores de sus padres; la negativa de cualquier organismo del Estado a reconocer la detención, ya que sistemáticamente fueron rechazados todos los recursos de habeas corpus y demás peticiones hechas al Poder Judicial y a las autoridades del Poder Ejecutivo Nacional; la incertidumbre y el terror de la familia del secuestrado y sus allegados revelan la situación que se vivía durante el terrorismo de Estado.-

En la Provincia de Tucumán, el origen de este sistema masivo de represión estatal se manifestó mucho antes del golpe de Estado del 24 de marzo de 1976.-

Al respecto preciso es señalar que el 5 de febrero de 1975 el Poder Ejecutivo Nacional dictó el decreto 261 que en su artículo 1 establecía "El mando General del Ejército procederá a ejecutar las operaciones militares que sean necesarias a efectos de neutralizar y/o aniquilar el accionar de los elementos subversivos que actúan en la Provincia de Tucumán".

Resulta importante reparar el significado que en el lenguaje militar tiene la palabra "aniquilar" y cuál fue el sentido con el que fue empleada en la norma emanada del gobierno constitucional. En la jerga castrense "aniquilar" refiere a dejar al enemigo inerme, sin armas, detenido; esto en modo alguno implica matarlo, según especificó Mirta Mántaras en su declaración en audiencia prestada en causa "Jefatura", cuyo audio se tuvo por introducido en el debate de autos (véase también Mántaras, Mirta, Genocidio...ob.cit., pág. 103), por lo que resulta razonable entender, por la precisión precedente, que el decreto 261/75 al decir "aniquilar el accionar de los elementos subversivos" no alude a la eliminación física del enemigo, sino a la anulación de su accionar. Se pronunció en sentido semejante el ex ministro Antonio Cafiero en su testimonio durante el debate en causa "Jefatura", cuyo audio se tuvo por introducido en la audiencia de la presente causa.-

La aclaración precedente tiene importancia porque el decreto 261/75 marca un hito en el progresivo proceso de autonomización de las fuerzas militares y de seguridad que precipitará en el golpe de Estado de 1976.-

Esta autonomización comienza a revelarse, por ejemplo, con la Directiva interna 333 donde el Ejército facultó a detener personas al arbitrio de los militares, algo que no se encontraba contemplado en el decreto 261/75 (Cfr. Mántaras, Mirta, Genocidio...ob.cit., p. 104-105).-

El 06 de Octubre de 1975, a fin de crear un organismo que atendiera a la lucha contra la subversión en todo el país, el Poder Ejecutivo dicta los decretos 2770, 2771, 2772. Por el primero se crea el "Consejo de Seguridad Interna" integrado por el presidente de la Nación, los ministros del Poder Ejecutivo y los comandantes generales de las Fuerzas Armadas. Cabe observar que las Fuerzas Armadas se integraban al organismo para asesorar a la presidencia, proponiendo las medidas necesarias para la lucha contra la subversión. Por el decreto 2771 se permite al organismo creado por el decreto anterior, suscribir convenios con las provincias para que el personal policial y penitenciario quedara bajo su control operacional. Por el decreto 2772 se dispone que el accionar de las Fuerza Armadas en la lucha antisubversiva abarcaría todo el territorio del país (Cfr. Mántaras, Mirta, Genocidio...ob.cit., p. 113-114).-

A su vez, los tres decretos que se refieren fueron reglamentados el 15 octubre de 1975 por la Directiva 1/75 del Consejo de Defensa que dispone que la utilización de las Fuerzas Armadas, de seguridad y policiales en la lucha antisubversiva. Asimismo adjudica al Ejército la responsabilidad primaria en la conducción de las operaciones contra la subversión en todo el territorio de la Nación, la conducción de la comunidad informativa y el control operacional sobre la Policía Federal, el Servicio Penitenciario Federal y las Policías provinciales.

Finalmente, en el marco de la Directiva 1/75 el Ejército dicta el 28 de Octubre de 1975 la Directiva secreta del Comandante General del Ejército 404. Este instrumento normativo reviste importancia, en lo que aquí interesa, por dos motivos. Por un lado porque se trata de una norma secreta de las Fuerzas Armadas que, en tanto que tal, resulta absolutamente ilegítima, por otro, porque establece que es misión de las Fuerzas Armadas "Operar ofensivamente contra la subversión en al ámbito de su jurisdicción y fuera de ella en el ámbito de las otras FF.AA, para detectar y aniquilar las organizaciones subversivas a fin de preservar el orden y la seguridad de los bienes, de las personas y del Estado". Como se constata, se ha verificado una cambio significativo en los términos empleados, ya no se trata de "aniquilar el accionar de los elementos subversivos" como lo establecía el decreto 261/75, ahora lo que corresponde aniquilar son las organizaciones subversivas y, con ello, en la manda castrense de carácter secreto puede advertirse una aproximación a la idea de eliminación física del enemigo.-

En tal sentido puede afirmarse que la expresión "organizaciones subversivas" tiene la aptitud para cobijar en su campo semántico un idea de enemigo considerablemente amplia, capaz de abarcar a todas las organizaciones o elementos integrados a éstas existentes en el país, o que pudieran surgir del proceso que de cualquier forma se entienda que pudieran resultar adversas al accionar de las fuerzas de seguridad y militares. Es así que la idea de enemigo pudo incluir a los partidos políticos, a las organizaciones gremiales, estudiantiles, religiosas, etc. y, más ampliamente, a toda manifestación asociativa emergente de la sociedad civil.-

Ilustra la amplitud de la idea de enemigo sostenida por el aparato organizado de poder la afirmación realizada por el vicealmirante Lambruschini, Jefe de Estado Mayor de la Armada, con relación a "... la necesidad de considerar enemigos no sólo a los subversivos, sino también a los impacientes, los que ponen por encima del país los intereses de sector, los asustados, los indiferentes..." (Diario "La Nación", publicación del 4/12/1976 citada por Canelo, Paula, El proceso en su laberinto. La interna militar de Videla a Bignone, Prometeo, Bs. As, 2008, p. 44) y, en una dirección semejante, las declaraciones realizadas al International Herald Tribune, en París el 26 de Mayo de 1977, por el general Saint Jean, gobernador de la provincia de Buenos Aires, en cuanto señala "Primero mataremos a los subversivos, luego a sus colaboradores, luego a sus simpatizantes, luego a los indiferentes y por último a los tímidos" (Canelo, Paula, El proceso., op. cit., p. 44).-

Si se examina en particular el sistema represivo articulado en Tucumán, se advierte que el plan sistemático y generalizado de represión contra la población civil se despliega y aparece plenamente articulado a principios de 1975, más de un año antes que el 24 de marzo de 1976.-

Como ya se ha mencionado, la Misión del Ejército se materializaría mediante la división territorial del país en zonas, subzonas y áreas, las zonas serían cinco. En ese marco la provincia de Tucumán se ubicó en la Zona 3.-

La Zona 3 correspondía al Tercer Cuerpo de Ejército comprendiendo además a las provincias de Córdoba Santiago del Estero, Salta, y Jujuy.-

La Subzona 32 correspondía a la Quinta Brigada del Ejército inclusiva de las provincias de Tucumán, Salta y Jujuy.-

El Área 321, que estaba a cargo del Regimiento 19 de Infantería, pertenecía específicamente a la provincia de Tucumán.-

Por la Directiva 1/75 del Consejo de Defensa se estableció como prioridad N° 1 a la provincia de Tucumán.-

Como lo señalara el Sr. Fiscal Federal, dicha división territorial se manifestó en una verdadera ocupación del territorio provincial por fuerzas militares venidas de distintos lugares del país, focalizadas en determinadas áreas, estableciendo bases militares especialmente en la zona sur de la provincia, como Famaillá, Nueva Baviera y Santa Lucía.

La Zona de Operaciones Tucumán conservó la estructura organizativa según lo había determinado la Orden de Operaciones del III Cuerpo del Ejército 3/75 (Continuación Operación Independencia) que establecía una división operativa entre: 1-zona de combate, que comprendía el sudoeste de la ciudad de San Miguel de Tucumán, incluyéndola, y se encontraba subdividida en zonas de acción correspondientes a cada una de las fuerzas de tareas y equipos de combate que operaban periódica y rotativamente en su jurisdicción y, 2- zona de retaguardia, que comprendía el resto de la provincia de Tucumán y se encontraba subdividida a su vez en "zonas de acción" a cargo permanentemente de los elementos de combate con asiento en la ciudad Capital.-

La ciudad de San Miguel de Tucumán si bien formaba parte de la Zona de Combate, operaba independientemente de la misma como área, a órdenes del Jefe del Regimiento 19 de Infantería.-

El espacio que aglutina las manifestaciones más virulentas del ataque generalizado y sistemático contra la población civil son los sitios de confinamiento y tortura de personas secuestradas que se denominan centros clandestinos de detención.-

El propio Ejército los reconoce bajo la expresión eufemística de Lugar de Reunión de Personas Detenidas.-

La existencia de los centros clandestinos de detención en todo el país ya fue reconocida por la sentencia de la causa 13/84. En la misma se explicita que "No existe constancia en autos de algún centro de cautiverio donde no se aplicaran medios de tortura y, en casi todos, la uniformidad de sistemas aparece manifiesta... cualquiera sea la fuerza de la que dependía el centro o su ubicación geográfica".-

El Informe de la Bicameral de la provincia de Tucumán, Ley 5599 en su Anexo II identifica más de treinta centros clandestinos de detención e indica que funcionaron en dependencias públicas -establecimientos militares, policiales, educacionales- y privadas -ingenios- y el Anexo II de la causa Menéndez "Centros Clandestinos de detención", amplía a 36 el número de CCD que funcionaron en la provincia, identificándolos: "Estos lugares de detención y suplicio fueron instalados en Dependencias Policiales de las cuales se identificaron 17, (ej. Jefatura de Policía), Penitenciarias (Penal de Villa Urquiza, Cárcel de Concepción), Establecimientos Educacionales del Estado de los cuales se pueden enumerar 6 (Ej. La escuela Diego de Rojas de Famaillá), Dependencias Militares donde se consignan 8 (Ej. Arsenal Miguel de Azcuénaga), Dependencias Privadas se conocen por lo menos 3 ("el Motel"), e Instalaciones de los mismos Ingenios Azucareros, (CCD el llamado "Conventillo de Fronterita" que funcionó en instalaciones privadas del mismo ingenio La Fronterita, o el ex Ingenio Nueva Baviera".-

Al respecto, en la audiencia la testigo Liliana Susana Vitar -quien participó como asesora ad honorem de la Comisión Bicameral de Tucumán- analizó la labor de dicho cuerpo en la investigación de cómo operó el aparato represivo de poder en Tucumán, y permitió, a través de reconocimientos con víctimas sobrevivientes de los centros clandestinos de detención, develar el rol medular que tenían en el aparato represivo del Estado.-

VII.1 Consideraciones político institucionales

Nadie puede negar que, básicamente en la década de los años setenta, sumados unos años antes y otros años después, se vivieron jornadas de extrema tensión y conflicto en las calles de las ciudades del país, y también en algunos pueblos, como consecuencia de la acción represiva que asumieron las Fuerzas Armadas -que tenían subordinadas bajo su mando a las fuerzas de seguridad-, bajo la consigna de que lo hacían en contra de agrupaciones políticas que habían elegido la lucha armada como método para la conquista del poder.

Mas los miembros de esas organizaciones que resultaron reprimidos fueron la minoría, además que muchos de ellos fueron abatidos cuando se encontraban indefensos, en violación de reglas humanitarias esenciales.

En realidad, los máximos responsables de las Fuerzas Armadas pergeñaron un plan sistemático y generalizado de persecución de una parte de la población civil, que pudiera considerarse opositora o peligrosa para los planes de organización política y económica que se habían propuesto. Y en todos los casos, los derrocamientos de los gobiernos elegidos por votación popular (años 1966 y 1976), lo fueron porque quisieron salirse de la legalidad en la acción represiva y porque tenían un plan económico que no se correspondía con los programas que se habían votado en 1963 y 1973. En una vorágine de hechos de lesa humanidad que se consumaron en todo el país, se denigró a las Fuerzas Armadas que habían tenido siempre el orgullo de respetar los intereses de la Nación y del pueblo argentino y realizar las acciones militares con preservación del respecto de la dignidad humana. Se organizaron en forma sistemática y generalizada campos concentracionarios de torturas y muertes a lo largo y ancho del país, en los que estudiantes, obreros, profesionales, gremialistas, dirigentes partidarios, curas, empresarios, fueron sometidos a niveles máximos de indignidad, a través de golpes, descargas eléctricas, malos tratos, hambre, sed, desnudez, oscuridad permanente, enfermedades. Todo ello para provocar en las víctimas la despersonalización absoluta -convirtiéndolos en números-, con permanentes interrogatorios tendientes no sólo a obtener información, sino también a convertirlos en delatores, con el propósito de que perdieran su condición de inocentes frente a ese mundo vil y ruin en que habían sido introducidos a la fuerza.

Todos los centros clandestinos de detención respondían a esas pautas, pero particularmente los que se organizaron en los emplazamientos de Jefatura de Policía y la Compañía de Arsenal Miguel de Azcuénaga -cuyas víctimas en muchos casos provenían de otros Centros, por ejemplo, Nueva Baviera, Escuelita de Famaillá, Reformatorio, Escuela de Educación Física, Caspinchango, Santa Lucía y Comisarías-, se convirtieron en lugares donde el horror alcanzó niveles inimaginables, en los que se perdía toda esperanza (como en la entrada del infierno del Dante). Todo ello sumado al pérfido sistema de las desapariciones (ocultamiento de cadáveres) que en aras de la clandestinidad y la impunidad, provocaron que lamentablemente se vincularan tales métodos denigrantes en todo el mundo con las Fuerzas Armadas de la República Argentina.

VII.2 Los daños familiares. La pérdida de la condición de seres libres

Si bien en esta causa se discuten cuestiones que tienen que ver con las violaciones a los derechos humanos de la vida, la libertad, la integridad física y sexual, la dignidad, no se puede soslayar el impacto que el Terrorismo de Estado tuvo en muchas familias, que se vieron diezmadas no sólo por la catástrofe de la pérdida de seres queridos sino también por la imposibilidad de trabajar y llevar una vida digna. Muchas víctimas, que sobrevivieron a los secuestros, perdieron su trabajo y no pudieron recuperarlo, muchas familias quedaron a la deriva después del secuestro del ser querido que proveía al sustento diario.

Los testimonios brindados en la audiencia dan cuenta de esa situación. La testigo Juana Ángela Gómez, esposa del desaparecido Manuel Antonio Tártalo, obrero del ingenio San Juan, relató que tenía dos hijos y al momento del primer secuestro de su esposo tenía un embarazo de 8 meses, vivían en un conventillo del ingenio, sin luz, y que cuando su marido fue secuestrado se quedó sola para criar los hijos y lavar pisos. Los testigos Julio Guillermo Suárez, Ramón Francisco Brizuela, Alberto Díaz, Oscar Felipe Díaz, entre otros, relataron que después de su secuestro los echaron del trabajo y los cesantearon. La testigo Lola del Valle Farhat de Manfredi relató que a partir del secuestro de su marido comenzó un gran padecimiento familiar, que no era fácil ni siquiera la subsistencia a pesar de su trabajo, que una vecina se quedaba con sus niños para que ella fuera a trabajar pero que un día le dijo que no podía verlos más y tuvo que ir a trabajar con los chicos". La testigo Montenegro de Márquez relató que cuando secuestraron a su esposo Damián Márquez "se encontró sola con cuatro chicos pequeños y que ella no trabajaba, ya que su marido era el que aportaba a la casa y empezó a buscar qué podía hacer; que quedaron en la miseria porque su marido era el proveedor de la casa". La testigo Gladys Estela Jiménez relató que su hermana María Isabel Jiménez de Soldati, antes del secuestro, había sido dejada cesante de sus cargos en la Universidad Nacional de Tucumán y en la Escuela Normal, o el relato de los peladores de caña, o quienes vivían en Santa Lucía.

Asimismo, es necesario realizar un análisis especial de la actuación que tuvieron las fuerzas armadas en Caspinchango y Santa Lucía. Quedó acreditado en la audiencia que el pueblo estuvo tomado por el asentamiento militar desde febrero de 1975, un gran número de camiones, jeeps, camionetas, carpas y soldados con ametralladores tomaron las calles. Eran los militares quienes digitaban la vida del pueblo, hasta las fiestas más privadas (bautismos, comuniones), con lo que todo el ambiente se fue enrareciendo hasta afectar y quitarle a sus pobladores la rutina diaria del pueblo. En este sentido son ilustrativos los testimonios de Marcos Taire, Lucía Mercado, Juan Manuel Quinteros, Orozco, Godoy en la audiencia. Marcos Taire dijo que "Toda la parafernalia de Santa lucía, Lules, Famaillá sólo sirvió para el control poblacional secuestrándola, torturándola, desmovilizándola, dejándola indefensa". Lucía Mercado aportó en la audiencia el libro La Base que fue incorporado, en el que relata la historia del pueblo Santa Lucía y en su testimonio claramente refirió a la situación que vivían sus pobladores y hasta la modificación visual que sufrió el pueblo con la llegada de los militares: "lo primero que hacen es cortar todos los árboles de Santa Lucía, que tenían árboles distintos en cada calle, eso fue terrible". Juan Manuel Quinteros dijo que: "(...) en la zona (Caspinchango, Santa Lucía) a la fecha de los hechos se vivía con miedo, muy atemorizados, había tanques de guerra, a las 20 horas había que apagar las luces, llevaban a quienes ellos querían. En esa época en Caspinchango vivían alrededor de unas 600 familias, se conocían casi todos (...) el lugar de detención de Santa Lucía estaba a cargo del ejército, había oficiales y más bajos. Oyó nombrar allí a Valdiviezo, ese hombre llegaba a la casa de su abuelo, de allí lo conocía. Y llegó a verlo, era un hombre grande, bigotudo. No sabe si él lo sacó de la casa, pero antes lo había visto en casa de su abuelo." Juan Maximiliano Orozco dijo que "en el 75 en Santa Lucía llegó la federal y después el ejército y cuando llegó la federal hubo una razia sacaron gente de la casa. El ejército se asienta en una oficina del ingenio Santa Lucía (...) Les dieron una tarjeta para que exhibieran cuando eran interceptados en la vía pública. Si no tenían la tarjeta los detenían inmediatamente. Dijo que todos eran conocidos por el Ejército atento que no eran muchos. Había una orden del Ejército que no se podía salir a la noche. Ingresaban a las casas como si fuesen dueños, llevaban gente, la soltaban cuando ellos querían". Héctor René Orozco en sentido coincidente dijo: "(...) estaban todos los militares a la vuelta de Santa Lucía, el pueblo cambió mucho a partir de eso, no tenían libertad para salir a trabajar, casi todo el día y toda la noche, en el surco se trabajaba de madrugada y no podíamos tener libertad, cuando llegó el ejército les dieron un carnet, tenían que tenerlo para seguir y si no tenían eso tenían problemas, si no los detenían directamente. Hacían patrullaje dentro del pueblo, se las veía a las armas, iban con jeep, camiones llenos de soldados. Muchas veces llegaban de repente y los sacaban de la casa y los llevaban a la Base y los interrogaban, mayormente llegaban de noche. Dijo que sacaban mujeres y varones de las casas. El ejército andaba todo el tiempo por las calles, a veces salían al campo en patrullajes". Oscar Orlando Godoy dijo en la audiencia: "una vez el ejército les rodeó el pueblo de Santa Lucía e iban requisando casa por casa y si encontraban una revista o algo que no les gustaba se lo llevaban ese día". Ramón Bernabé Córdoba dijo: "(...) entre los habitantes de Santa Lucía era común que hayan sido detenidos y llevados a la Base, sobre todo cuando se circulaba después de las 9 de la noche". María Angélica Racedo, vivía en Caspinchando y en sentido coincidente con los otros testimonios dijo "que un día los militares llevaron a todo el pueblo a la Base en Santa Lucia. Que todo el tiempo hacían rastrillajes y pedían los documentos. Se escuchaban ruidos de balas".

En el ámbito de los estudios políticos los especialistas debaten en torno de las categorías conceptuales autoritarismo y totalitarismo, especialmente con relación al significado y a los fenómenos políticos abarcados por cada una de tales categorías.-

Las discusiones que se mencionan cobraron desarrollo principalmente a partir del enfoque de Hannah Arendt, en cuanto la eminente filósofa política prefiere reservar el término "totalitarismo" para comprender a excepcionales experiencias históricas contemporáneas, en particular, al nazismo en Alemania y al stalinismo en la URSS.-

Es a partir de tal perspectiva que otros autores también insisten en la singularidad del totalitarismo. Así, por ejemplo, Mario Stoppino señala que tan sólo el mundo totalitario es el que provoca una radical penetración y movilización de la sociedad (véase del autor su estudio de la voz "Totalitarismo" en Bobbio, Norberto, Matteucci, Nicola, Pasquino, Gianfranco, Diccionario de Política, Siglo XXI, México, 2000, Vol. 2).-

Tal como lo evoca el término "totalitarismo", lo decisivo es la profunda indistinción entre esfera pública y privada que provoca, todo es alcanzado por la dominación totalitaria, nada escapa a su regulación.-

Pues bien, es en el marco de lo precedentemente considerado que, dejando de lado las discusiones ya mencionadas en tanto exceden lo que aquí se juzga, lo que interesa destacar es que la prueba testimonial rendida en el debate con relación al modo en que operó en la zona de Santa Lucía el aparato organizado de poder instalado en el país en la década del 70 evoca, sin lugar a dudas, una experiencia totalitaria.-

VIII. CUESTIONES A RESOLVER

Que a los fines del pronunciamiento de fondo se plantearon las siguientes cuestiones:

1) ¿Existieron los hechos y son autores responsables los imputados?

2) En su caso, ¿qué calificación legal les corresponde?

3) En su caso, ¿qué pena debe imponérseles?, ¿procede la imposición de costas?

IX. PRIMERA CUESTIÓN

IX.1 HECHOS Y PRUEBAS EN PARTICULAR

Centro Clandestino de Detención Jefatura de Policía

Hechos que perjudicaron a José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero (Caso 1) (Causa: "Agüero, Nolasco Estelio s/su denuncia por secuestro y desaparición de Estela Josefina López" Expte. n° 554/07 y sus acumulados, Exptes. n° 724/07 y 1.047/09).

Ha quedado acreditado en este juicio que el 21 de septiembre de 1977, alrededor de las 23 horas, José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero, fueron llevados por un cuñado de José Gabriel a la Terminal de Ómnibus de San Miguel de Tucumán a fin de esperar el arribo de unos conocidos suyos que pasarían por Tucumán en viaje a Salta. Ello conforme relato coincidente de Marcelo Agüero ante este Tribunal; Habeas Corpus presentado por el padre de José Gabriel, Nolasco Estelio Agüero, ante la Justicia Federal el 27 de septiembre de 1977 (fs. 83 del cuerpo n°1); y denuncia de Sara Stella Santillán, madre de José Gabriel, ante la Justicia Provincial en el año 2009 (fs. 119 y sgts.). El matrimonio integrado por José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero no regresó a su domicilio y nunca más fueron vistos por ningún familiar. El testigo Marcelo Agüero manifestó en este debate que con el tiempo supo por el Jefe de la Regional Este de la Policía de Tucumán, Comisario Martensen, que su sobrino estaba en Confidenciales del centro clandestino de detención que funcionaba en Jefatura de Policía. A la fecha José Gabriel Agüero y Estela Josefina López de Agüero permanecen desaparecidos.-

José Gabriel Agüero había nacido en Tucumán el 30/07/1956, tenía 21 años al momento de su secuestro, estudiaba medicina, estaba casado con Estela Josefina López con quien vivía en calle Paso de los Andes 1020 de San Miguel de Tucumán. A la fecha de su secuestro trabajaba con su padre haciendo carteles con datos identificatorios y catastrales de fincas cañeras. Según relató en la audiencia su tío Marcelo Agüero, era habitué del bar El Buen Gusto y tenía afinidad con el partido comunista.-

Estela Josefina López de Agüero era conocida por sus amigos como "La Insurrecta" o "Insu", apodo que según la testigo Cristina Barrionuevo se debía a la frase "Ni golpe ni elección. Insurrección!" que Estela Josefina repetía en las manifestaciones de la Plaza Independencia luego del triunfo de Cámpora. Tenía 24 años, había sido estudiante en la Facultad de Agronomía y posteriormente en la Facultad de Filosofía y Letras; era miembro del Partido Comunista Revolucionario. La testigo Barrionuevo destacó en esta audiencia el temprano compromiso social que tuvo Estela Josefina López, señalando que militó desde la escuela secundaria en el tucumanazo y que continuó haciéndolo en su paso por la universidad, en asambleas y en el comedor universitario de la calle Ayacucho de la ciudad de San Miguel de Tucumán.-

Hechos que perjudicaron a Yolanda Esther Argüello (Caso 2) (Causa: "Argüello, Yolanda Esther s/ su secuestro y desaparición" Expte. n° 401.181/05)

Ha quedado acreditado en este debate que en los primeros días del mes de mayo de 1977 irrumpió en el domicilio donde Yolanda Esther Argüello vivía con sus padres, sito en la calle Perú s/n, ex Ingenio San José, Cebil Redondo, Departamento Yerba Buena, un grupo de personas de la policía, quienes vestían uniforme azul y portaban armas largas. Estos sujetos se llevaron a Yolanda Arguello en presencia de sus padres.

Fue trasladada al Centro Clandestino de Detención que funcionó en la Jefatura de Policía, donde estuvo detenida alrededor de un mes durante el cual fue maltratada y permaneció con sus ojos vendados, debiendo orinar en el mismo piso donde se encontraba tirada y siendo sometida a interrogatorios en varias oportunidades. En ese lugar prestó declaración bajo tortura, figurando en una lista elaborada por la policía de la provincia titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" (n° de orden 7) con la palabra "Libertad" que indica que su liberación fue decidida por la "Comunidad Informativa de Inteligencia". Durante su cautiverio su padre José Leoncio Arguello realizó variadas gestiones en vano para dar con el paradero de Yolanda. Fue liberada una noche en que la metieron en un camión junto a otras mujeres y la abandonaron en una zona conocida como Lacabera, distante cuatro kilómetros de su casa.-

Con posterioridad a ese hecho, un viernes 27 o 28 de mayo de 1977 conforme precisó en la audiencia Jorge Antonio Argüello -hermano de Yolanda-, alrededor de las 22 o 23 horas, irrumpió nuevamente al mismo domicilio un grupo de individuos de las fuerzas de seguridad portando armas de fuego que violentaron una de las ventanas y las puertas, y se llevaron secuestrada a Yolanda y a su hermano Jorge Antonio, quienes dormían en la misma habitación. Según relató Jorge Antonio Argüello, Yolanda dormía en la misma cama que su hijo de seis años al que antes de irse le dio un beso de despedida. Ambos fueron trasladados al centro clandestino de detención que funcionaba en el Arsenal Miguel de Azcuénaga. A la fecha de estos hechos Jorge Antonio tenía 23 años y Yolanda 28 años, ésta última mantenía una relación con un miembro de la policía, según lo contó su hermano Jorge Antonio. Según testimonio de Jorge Antonio Argüello, al sacarlos de la casa los subieron a ambos en vehículos distintos. El declarante iba en un baúl. Al llegar a un destino dijo Jorge Argüello que lo recibieron con una trompada y lo pusieron en una celdita. Allí fue torturado con picana eléctrica y latigazos. Durante su interrogatorio oyó que interrogaban a su hermana Yolanda y escuchaba sus gritos. Afirmó que supo que estaba en Arsenal porque no se sentía el tránsito, que los sacaron al sol para que se calienten, que a la noche, antes de ir a dormir los hacían rezar. También explicó que pudo escuchar a mujeres, y que de noche se sentía que las sacaban para tener relaciones. Jorge Antonio fue liberado el día jueves siguiente a su secuestro, a la altura de Villa Carmela, mientras que Yolanda permanece desaparecida hasta la fecha.

El testigo Baltazar Acuña relató que en el centro clandestino de detención Arsenales, compartió cautiverio con una mujer de San José que dijo estar embarazada de siete meses y manifestó creer que se llamaba Yolanda y era esposa de un policía; y también con la decana de la Universidad Tecnológica. Asimismo relató que a la decana la obligaron a ser partera de las mujeres embarazadas, a quienes les apuraban el nacimiento de las criaturas. Precisó dijo que eso se lo contó la señora decana, quien le manifestó además que la obligaron a hacer ese servicio respecto de tres mujeres, dos de las cuales estaban en el otro pabellón y una en el pabellón donde el testigo se encontraba, pero no supo decir quiénes eran esas mujeres ni qué pasó con el bebé de la señora que dijo ser de San José. Al respecto, Jorge Antonio Argüello expresó en la audiencia que a sus padres les dijeron que su hermana Yolanda había tenido dos hijos más en cautiverio y que la habían soltado.

Yolanda Esther Argüello, había nacido el 13 de octubre de 1948, trabajaba como empleada doméstica, al momento de los hechos tenía una relación sentimental con un policía.

Hechos que perjudicaron a Lilia Estela Sesto, Olga del Valle Rabsium, una tercera persona no identificada de sexo masculino y Enrique Camilo Sesto (Caso 3) (Causa: "Aroma de Sesto, Olga Romelia s/su denuncia" Expte. n° 696/07)

Ha quedado acreditado en la audiencia que el día 15 de agosto de 1976, personal policial y militar perteneciente al Comando de la Va Brigada asesinó a Lilia Estela Sesto y Olga del Valle Rabsium en la vivienda ubicada en calle Uruguay 1353 de San Miguel de Tucumán.-

Los cuerpos de ambas mujeres fueron trasladados al centro clandestino de detención que funcionó en la Jefatura de Policía, donde les fueron expuestos al testigo Juan Martín Martín, quien relató en la audiencia haberlos reconocido y enfatizó que ambas mujeres fueron llevadas muertas a la Jefatura en una camioneta, que se las mostraron a él y luego las llevaron -en igual sentido consta en su testimonio en la causa "Juan Martín s/ su denuncia por privación ilegítima de la libertad" Exp. 1921/04-. También dijo el testigo Martín Martín que el día que lo secuestraron a él, su compañera Lilia Sesto, fue a hablar con sus padres para decirles que él no aparecía y dos días después la mataron junto a Olga Rabsium en un supuesto enfrentamiento. Los cadáveres fueron identificados -fs. 87 Acta de entrega del cadáver de Olga del Valle Rabsium; fs. 96 Reconocimiento del cadáver de Lilia Estela Sesto realizado por el médico del Instituto de Medicina Legal y Criminalística de la Policía de la Provincia de Tucumán; fs. 99 Reconocimiento del cadáver de Olga del Valle Rabsium realizado por el médico del Instituto de Medicina Legal y Criminalística de la Policía de la Provincia de Tucumán- y posteriormente trasladados al Cementerio del Norte de la ciudad de San Miguel de Tucumán -fs. 178/180vta copia certificada de Libro de Inhumaciones del Cementerio del Norte correspondiente al periodo 1/1/76 a 2/1/77, en el cual se registró que en fecha 16/8/76 ingresó el cuerpo de Olga del Valle Rabsium junto a un N.N. femenino de igual procedencia que la anterior e inhumada en el mismo cuadro: Sala Ampliación Cuadro 44, Fila 6, Sepultura 18 de causa "Romero Enrique Fernando s/ su denuncia" Expte 1831/04-.

Si bien las autoridades militares informaron públicamente que se había producido un enfrentamiento en el cual las víctimas habrían sido "abatidas" -conforme consta a fs. 20 en artículo del diario La Gaceta de fecha 17 de agosto de 1976 titulado "Tres extremistas muertos en Tucumán"- tal versión se descarta en atención a las siguientes circunstancias: no hubieron bajas ni heridos por parte de las fuerzas militares o policiales; el acta de reconocimiento de ambos cadáveres describe orificios de arma de fuego con entrada por tórax y salida de proyectiles por la espalda; el testigo José Enrique Lencina -vecino de vivienda donde ocurrió el hecho- manifestó en la audiencia que los efectivos policiales o militares subieron a los techos y que así pudieron llegar desde atrás al departamento que habitaban las víctimas, e incluso que un policía le describió que desde allí tiraron granadas por lo que el inmueble parecía un colador..

El testigo además relató que desde una distancia de treinta metros pudo ver cuando "rameaban" dos bultos que parecían cuerpos envueltos y los tiraron en un camión en el que también vio cuando metían cosas que sacaban de la casa como cocina, camas, etc. Por último contó que la casa quedó custodiada bajo consigna militar por dos o tres meses.-

Lilia Sesto era mendocina, tenía 22 años, estudiaba abogacía en la Universidad Nacional de Tucumán, militaba en la juventud peronista y era pareja de Juan Martín Martín, conforme lo relataron Juan Martín y la testigo Vilma Rivero, quien además precisó que Lilia Sesto era amiga de su hija Luisa Ibáñez -también víctima en esta causa-, y que por tal motivo había vivido durante un año en casa de la mencionada. Olga del Valle Rabsium tenía 21 años y estudiaba Física en la Facultad de Ciencias Exactas de la Universidad Nacional de Tucumán.-

Hechos que perjudicaron a José Carlos Méndez (Caso 4) (Causa: "Méndez, José Carlos s/privación ilegítima de la libertad, torturas y lesiones" Expte n° 1.461/06.-)

José Carlos Méndez era trabajador del surco, pelador de caña. Trabajaba en la finca del gobernador de aquella época Amado Juri -ubicada en la Colonia 9 de la localidad de Sauce Huacho-, con quien tenía una relación cercana, ya que su esposa fue la niñera de uno de sus hijos. En el mes de marzo de 1976, luego del golpe militar, fue detenido por personal policial bajo las órdenes del Comisario Almirón y trasladado a la Escuela General Lavalle de la localidad de Famaillá. A la noche de ese mismo día fue llevado a la Escuela Diego de Rojas en la que funcionaba un centro clandestino de detención. En ese lugar fue interrogado con maltratos verbales y golpes en el estómago, con los ojos tapados con una bolsa y con vendas. Durante uno de esos interrogatorios, su forma de responder enfureció a quien lo indagaba y, en ese momento, sintió un golpe en la parte superior de la nariz y se desmayó. Al recobrar el conocimiento se dio cuenta de que estaba en otro lugar. Al preguntar a sus captores dónde se encontraba le dijeron que estaba en la Jefatura de Policía por averiguación de antecedentes. Fue liberado en la madrugada del 2 de mayo de 1976, en una ruta próxima a Famaillá. Una vez en libertad alguien llamado Marto le dijo que debía ir a la Casa de Gobierno a aclarar su situación para poder seguir trabajando.-

Hechos que perjudicaron a Gloria Constanza Curia, Fernando Ramiro Curia, y Víctor Manuel Moreira (Caso 5) (Causa: "Bussi, Menéndez y otros s/ privación ilegítima de la libertad en perjuicio de Curia, Gloria Constanza; Curia, Fernando Ramiro y Moreira, Víctor Manuel" Expte. n° 846/07)

Primer hecho

Gloria Constanza Curia y Fernando Ramiro Curia fueron secuestrados el 12 de mayo de 1976 de su domicilio familiar, sito en calle José Colombres 63 de la ciudad de San Miguel de Tucumán. Su hermana María del Sol relató en la audiencia de debate que se encontraba en la casa al momento en que un grupo integrado por entre 5 y 10 personas uniformadas, portando armas cortas y largas, irrumpió violentamente preguntando por Gloria Constanza, quien se encontraba estudiando en el comedor, junto a su novio y compañero Mario Widel.-

En ese momento, Gloria Constanza estaba durmiendo en una de las piezas, a quien despertaron a punta de arma y le vendaron los ojos y la maniataron con pedazos de sábana, tirándola al piso. Lo mismo hicieron con Mario Widel. Dejaron a ambos en la habitación. Según relató en la audiencia de debate María del Sol el grupo armado buscaba a "La Potota", apodo que le habrían asignado a Gloria por su corte de pelo y que ella llevaba bordado en un bolso. El grupo se trasladaba en dos autos modelo Torino, color oscuro, de la policía y había dos agentes de la policía apostados en la puerta del domicilio mientras se producía el procedimiento. Tales circunstancias fueron observadas desde afuera por María Fernanda Curia, quien regresaba a su casa y fue amenazada por los oficiales a punta de arma para que se retirara del lugar.

Gloria y Fernando Curia fueron trasladados al centro clandestino de detención de Jefatura de Policía. Juan Martín Martín los identificó entre los detenidos clandestinos de ese lugar en agosto de 1976. En ese sitio, además, Gloria Constanza prestó declaración bajo tortura, figurando en una lista elaborada por la policía de la provincia titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" (número de orden 40) con la sigla "DF" que indica que su ejecución fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia"). Asimismo puede corroborarse que los hermanos Curia fueron sometidos a torturas con la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente de fs. 235, de donde surge un informe manuscrito con datos "aportados" por "los Curia". Por otro lado el testimonio de Juan Carlos Ríos Santucho da cuenta que tanto Gloria como Fernando fueron alojados durante algún periodo en el Hospital Militar a efectos de realizarles curaciones por las torturas que habían recibido.

Gloria Constanza era estudiante de Agronomía y de Licenciatura en Artes, de 23 años de edad, integrante de la Juventud Peronista. Fernando Ramiro, de 18 años, era estudiante integrante de la Unión de Estudiantes Secundarios (UES). A la fecha ambos continúan desaparecidos.

Segundo hecho

Víctor Daniel Moreira fue secuestrado el 11 de abril de 1977, aproximadamente a las 9 de la mañana, en la vía pública, al salir de su domicilio sito en calle Balcarce 1408 de la ciudad de San Miguel de Tucumán.-

En la audiencia de debate María Alejandra Ponce, Beatriz Graciela Moya y Julio Argentino Santillán relataron haberse enterado del secuestro y desaparición de Moreira ya que el mismo había sido secuestrado días antes que sus familiares.-

Por su parte, Ricardo Daniel Somaini expresó que cuando secuestraron a su hijo sus captores preguntaban si Moreira vivía, si estaba allí.-

Conforme resulta del relato del testigo Juan Martín Martín, Moreira fue trasladado al centro clandestino de detención Jefatura de Policía, donde lo identificó entre los detenidos clandestinos en agosto de 1977.-

Víctor Daniel Moreira figura en la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente, específicamente en la lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", (número de orden 163) con la sigla "DF", lo que indica que su ejecución fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia".

El testigo Carlos María Gallardo dijo que Víctor Manuel Moreira tenía 23 años al momento de su secuestro, trabajaba en "Radio llamada", era estudiante militante de la Juventud Peronista y del GET (Grupo Evolución Tucumán), y que al igual que otros compañeros egresados del colegio secundario Gymnasium Universitario permanece desaparecido hasta el día de la fecha.

Hechos que perjudicaron a Pablo Benito Brito (Caso 6) (Causa: "Brito, Pablo Benito s/ su denuncia" Expte. n° 1.318/06)

Quedó acreditado en la audiencia que Pablo Benito Brito, quien trabajaba como administrador del Sanatorio de FOTIA, fue secuestrado el 5 día de Abril entre las 9 y las 10 de la mañana del edificio donde funcionaba la sede de FOTIA en calle Congreso al 300 de la ciudad de San Miguel de Tucumán. El hecho fue presenciado por Hugo Alberto Osores, quien era obrero temporario del Ingenio Cruz Alta y estaba ese día en el edificio de FOTIA realizando tareas de pintor. Encontrándose allí ingresaron tres o cuatro militares uniformados y a cara descubierta, dos de los cuales portaban armas. El operativo fue rápido y sin violencia. Después de cuarenta días Brito y Osores se reencontraron y éste último contó lo que había vivido.-

Pablo Benito Brito fue llevado a la Jefatura y después a la Brigada de Investigaciones. Durante su cautiverio, que duró alrededor de cuarenta días, estuvo en un calabozo con las manos atadas, los ojos vendados y sin pantalones. Fue golpeado y le quedaron secuelas de ello en las piernas. En la Brigada vio personal policial y militar y, entre los detenidos, a un muchacho de Santa Lucía de apellido Leiva, quien no se podía mover. Afirma que los militares lo llevaron por orden de Duran, interventor de la FOTIA, en ese momento.

Su descripción de las condiciones de detención coincide con lo que el testigo Aníbal Oscar Rodríguez, trabajador del Ingenio Cruz Alta en aquel momento, relata respecto a su propio cautiverio.

Hechos que perjudicaron a María Tránsito Barrionuevo (Caso 7) (Causa: "Barrionuevo, Teresa del Carmen s/ su denuncia" Expte. n° 820/07)

Conforme lo relatado por Teresa del Carmen Barrionuevo, su hermana María Tránsito fue secuestrada el 18 de mayo de 1977, a las 23 horas por un grupo de personas con uniformes militares y armadas que irrumpió en el domicilio familiar en que se hallaban, en calle Reconquista 410 de Tafí Viejo. Los secuestradores preguntaron por María Transito, sacaron una funda de una almohada, la taparon y se la llevaron.

La víctima fue trasladada al centro clandestino de detención Jefatura de Policía, donde fue reconocida entre los detenidos clandestinos por Juan Martín Martín en el mes de junio de 1977. Asimismo prestó declaración bajo tortura, figurando en una lista elaborada por la policía de la provincia titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" (número de orden 30) con la sigla "DF" que indica que su ejecución fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia". María del Tránsito Barrionuevo era solidaria con lo demás, era ama de casa, y ayudaba a una persona a coser trajes de novia. Al día de hoy continúa desaparecida.

Hechos que perjudicaron a Raúl Romero, Roberto Valenzuela, Reyes Alcario Romero y María del Valle Bazán de Romero (Caso 8) (Causa: "Bazán de Romero, María del Valle s/su denuncia" Expte. n° 604/07)

Raúl René Romero y Lucio Roberto Valenzuela -hermanos- fueron secuestrados del domicilio familiar sito en Colonia 5 del Ingenio Concepción, Luisiana, Departamento Cruz Alta, pasada la medianoche del 20 de julio de 1977. En la audiencia la hermana de ambos, Ilda del Valle Romero, quien se encontraba en la casa familiar al momento de los hechos y tenía 16 o 17 años, señaló que alrededor de 20 policías llegaron a la vivienda, la rodearon e ingresaron a la misma con violencia, pateando la puerta de entrada. Precisó que estaban uniformados, con ropa verde, y portaban armas cortas y largas. Asimismo indicó que los intrusos hicieron que se tiraran al suelo todos los que se encontraban en la casa, que fue una noche de horror, que los golpearon hasta a sus sobrinos que eran niños. Entre los policías que ingresaron a la casa pudo reconocer a Ramón Núñez, quien trabajaba en la Estación Pacará, pero cuando luego fue a declarar éste negó haber participado del hecho. Explicó que los policías llevaban linternas, que por eso podía verse lo que estaba sucediendo. Indicó que se llevaron a sus dos hermanos, a Raúl en un auto rojo y a Roberto en un auto verde. Señaló también que esa misma noche secuestraron a otro hermano suyo, a Reyes Arcadio. Raúl y Roberto eran trabajadores de la caña, Reyes Alcario era dirigente del sindicato del Ingenio Concepción. Sobre las gestiones realizadas para dar con el paradero de sus hermanos dijo que fueron infructuosas, que al día siguiente fueron a la policía de La Florida, pero no habían dado allí ingreso a nadie, y a los ocho meses fueron a realizar averiguaciones en la Jefatura de Policía, pero no les dijeron nada. Nunca más supieron de ninguno de los tres.

Horas más tarde del 20 de julio de 1977 fue secuestrado de su domicilio sito en Estación Pacará, Departamento Cruz Alta, Reyes Alcario Romero, hermano de Raúl René Romero y Lucio Roberto Valenzuela. En la audiencia la esposa de Reyes Alcario Romero, María del Valle Bazán de Romero señaló que se dedicaban a cortar caña para el ingenio Concepción y que su marido, además, pertenecía al sindicato. Ambos vivían en esa casa junto a sus pequeñas hijas. Explicó, asimismo, que la madrugada de los hechos ingresaron a su casa personas vestidas con ropa militar, como con lunares verdes, y que portaban armas largas. De entre éstas pudo identificar a Ramón Núñez, policía de Pacará, porque no tenía la cara cubierta. Manifestó que a su esposo lo agarraron del brazo, lo tiraron a la cama y le vendaron los ojos y ataron las manos, y lo golpearon alrededor de media hora. Explicó que ella también fue atacada e indicó que al momento de los hechos estaba embarazada de una de sus hijas. Precisó que fue golpeada muchísimo, que fue torturada, que le arrancaron los dientes a patadas y trompadas, y que a sus hijas chiquitas también les pegaron. También señaló que tanto a su marido como a ella les preguntaban por un depósito de armas, pero que ellos sólo tenían los machetes y los cuchillos para trabajar. Indicó que también buscaban a Lucio Romero, y a su otro cuñado, quienes fueron secuestrados esa misma noche. Agregó que su suegra le comentó que las personas que entraron a llevarlos a sus cuñados estaban vestidos de militares. Dijo que tanto su esposo como sus cuñados trabajaban para el Ingenio Concepción, que se llevaron a todos los que estaban en el Sindicato. Respecto de la hija que llevaba en su vientre, dijo que nació el 12 octubre de 1977, con los hombros quebrados por los golpes que recibió mientras estaba en la panza. Sobre las gestiones realizadas para dar con el paradero de su marido señaló que a la denuncia de lo sucedido esa madrugada sólo pudo hacerla cuando se formó la CONADEP porque antes no le llevaban el apunte, que en las Comisarías, la corrían. Agregó que acudió a la gente del ingenio, pero que le dijeron que no sabían nada. Destacó asimismo que no recibió ninguna ayuda para criar sus cinco hijos, que su marido era trabajador y honesto, y que se quedó sin nada porque se llevaron todo. Expresó que sufrió mucho, que nunca se puso una dentadura postiza porque su boca sin dientes es su testimonio de lo que sucedió.

Raúl René Romero, Lucio Roberto Valenzuela y Reyes Alcario Romero permanecieron detenidos en el centro clandestino Jefatura de Policía y sus ejecuciones fueron decididas por la "Comunidad Informativa de Inteligencia" que operaba en su ámbito. Tal extremo resulta acreditado por la circunstancia de que los tres hermanos (Raúl René Romero con el número de orden 226, Lucio Roberto Valenzuela con el 286 y Reyes Alcario Romero con el 225) aparecen consignados con la sigla "DF" en la lista que tiene por título "Índice de declaraciones de DS (Delincuentes Subversivos)" -fs. 01/09-, que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente en causa "Jefatura".

Hechos que perjudicaron a María Cristina Bejas (Caso 9) (Causa: "Bejas, Francisco s/ su denuncia" Expte, n° 593/07)

María Cristina Bejas fue secuestrada el 13 de abril de 1977 por una persona vestida de civil que la obligó a subir a un automóvil Peugeot color naranja con chapa patente de Buenos Aires en la puerta del Colegio Belgrano, sito en la intersección de calles Chacabuco y General Paz de la ciudad de San Miguel de Tucumán, lugar donde se reunía el Movimiento Familiar Cristiano del cual la víctima era integrante.-

Su padre Francisco Bejas y su hermano Andrés Manuel Bejas (fs. 1 del cuerpo 13) manifestaron que tal situación fue presenciada por un joven vecino del lugar y que al llegar a la Jefatura de Policía a denunciar la desaparición de María Cristina observaron en el estacionamiento el auto utilizado en el secuestro.-

Sobre el cautiverio de la víctima en la Jefatura el testigo Juan Martín Martín dijo recordar detenida a María Cristina Bejas en ese centro clandestino de detención. Además señaló que "era una chica que estaba en las zonas de los calabozos individuales y que estaba muy mal".-

El testigo Pedro Antonio Cerviño escuchó sobre Cristina Bejas mientras estaba secuestrado en la Jefatura de Policía.-

Por su parte Angélica Margarita Palacio (fs. 186 cuerpo 13) expresó que al ser secuestrada, los torturadores le dijeron que María Cristina Bejas era extremista, situación que al ser liberada no le contó a la misma por recomendación de Nora Turbay, y al poco tiempo la víctima fue secuestrada.

María Cristina Bejas figura en la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente, específicamente en la lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", (número de orden 33) con la sigla "DF", lo que da cuenta de que su ejecución fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia".-

María Cristina Bejas era psicóloga y entre los años 1973 y 1975 fue delegada provincial de la Dirección Nacional de Educación del Adulto. Al día de la fecha continúa desaparecida.-

Hechos que perjudicaron a E.L.C. (Caso 10) (Expte. n° 550/07)

Conforme se acredita con el relato de Amalia Beatriz González de Calabró el 15 de junio de 1976, aproximadamente a las 20.15 horas, su esposo Juan Antonio Calabró salió del negocio familiar junto a su madre y su hermana E.L.C., a trasladar unos muebles en su camioneta. En ese trayecto fueron interceptados por dos automóviles Ford Falcon sin chapa patente en calle Monteagudo y Pasaje Bertrés en los que se movilizaban un total de ocho sujetos. Uno de los vehículos se cruzó por delante y otro por la parte trasera, descendiendo de ellos personas armadas y a cara descubierta que obligaron a Juan Antonio Calabró a que se sentara en el asiento trasero. Uno de los hombres tomó el volante y otro sujeto ingresó al vehículo sentándose a su lado. Fueron conducidos por calle Santa Fe hasta el Parque 9 de Julio, al lugar conocido como calle de Las Palmeras. Los hicieron descender del vehículo a los tres, quitaron la llave y uno de los sujetos disparó a los neumáticos de la camioneta. Dos de los sujetos arrastraron a E.L.C. hasta uno de los automóviles Ford Falcon de color rojo o naranja y se la llevaron.-

Amalia González de Calabró explicó que su suegra tenía otra llave de la camioneta e intentaron seguirlos aunque no los alcanzaron.-

E.L.C. fue trasladada al centro clandestino de detención Jefatura de Policía. Allí fue reconocida por Raúl Edgardo Elías, quien manifestó en la audiencia que la conocía de vista por la mueblería que ella tenía. Agregó que las mujeres detenidas eran sometidas a un trato especial y que supo de delitos de índole sexual cometidos por lo menos contra dos de ellas. Precisó cómo era el comportamiento de los secuestradores respecto de las mujeres que estaban en los calabozos. Dijo que esas personas iban de noche y después de varios días de torturas y sin comer les llevaban golosinas, más tarde salían, luego entraba otro. Una de las mujeres a las que refiere el declarante era E.L.C.

En la Jefatura la víctima prestó declaración bajo tortura y figura en la lista aportada por el testigo Juan Carlos Clemente en causa "Jefatura" que se titula "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" con un número de orden asignado y con la sigla "DF" que indica que su ejecución fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia".-

E.L.C. era abogada laboralista, defensora de obreros despedidos y no tenía militancia política. Al día de hoy continúa desaparecida.

Hechos que perjudicaron a Juan Manuel Carrizo (Caso 11) (Causa: "Carrizo Juan Manuel s/privación ilegitima de la libertad seguida de muerte" Expte. n° 618/00)

Juan Manuel Carrizo era miembro del Partido Revolucionario del Pueblo y jefe de operaciones del Ejército Revolucionario del Pueblo. Fue secuestrado y ejecutado aproximadamente en el mes de mayo de 1976. Su esposa, María Cristina Andina (conforme declaración introducida por lectura en audiencia -cuerpo 15 fs.191 y 8-) recibió, a fines de mayo del 76, una llamada telefónica de una persona que se identificó como un compañero que le manifestó que su esposo había sido "chupado" el 20 de mayo por personal de inteligencia del ejército y posteriormente ejecutado. El hermano de la víctima, Armando Arturo Carrizo, recibió la noticia a principios de junio del 76, de que su hermano había sido detenido y ejecutado por fuerzas de seguridad.-

El testigo Juan Arnold Kremer dijo que Carrizo hacia tareas administrativas de la organización, y que fundamentalmente educaba a sus integrantes. Dijo no recordar cuando fue detenido, pero señaló que creía que fue entre mayo y septiembre del 76.-

El testigo Mario Ernesto Senco manifestó que en los años 1975/1976 se desempeñaba en la Brigada de Investigaciones como Jefe de la sección de Toxicomanía. En una oportunidad fue enviado a realizar actuaciones al Hospital Militar y allí vio 6 o 7 cadáveres. Precisó que uno de ellos se parecía a Carrizo, a quien conocía porque era basquetbolista y tenía antecedentes por robo en Tucumán. Señaló que a esa situación la comunicó a su superior y a la cabeza militar -González Naya-, y ambos le dijeron que no hiciera nada, que de ese cuerpo se encargaban los militares. Al día de la fecha Juan Manuel Carrizo continúa desaparecido.

Hechos que perjudicaron a Juan Ignacio Cativa (Caso 12) (Causa: "Cativa Juan Ignacio s/ su denuncia por privación ilegítima de la libertad, tortura y otros delitos" Expte. n° 753/06)

Conforme consta en la denuncia efectuada por la víctima -fs. 12 y 22 del cuerpo 17-, oralizada en el debate en razón de que Juan Ignacio Cativa falleció el día 14 de marzo de 2013 sin haberse concretado su declaración ante este Tribunal, el mencionado era empleado de la Municipalidad de San Miguel de Tucumán y delegado gremial hasta que el 26 de Mayo de 1976 fue cesanteado por el decreto 8/3 de la dictadura.-

Juan Ignacio Cativa fue detenido por primera vez en septiembre de 1971 junto a su esposa María Cristina Díaz de Cativa por efectivos del Ejército y de la Policía, quienes allanaron su casa de calle Méjico 2515. En esa oportunidad también fue detenido Luis Fiori, vecino de Cativa que se encontraba en la vereda de la casa de éste porque había ido a avisarle que lo irían a buscar los mismos efectivos que momentos antes habían allanado la casa de un vecino de apellido Clemente de la calle Venezuela, lo que fue visto por Fiori. En esa oportunidad fue trasladado al distrito Militar de Avenida Sarmiento y Laprida y luego a la Jefatura de Policía, donde fue interrogado por Roberto Heriberto Albornoz y liberado aproximadamente una semana después.-

La segunda detención de la víctima ocurrió en el año 1972 en la intersección de Avenida Mate de Luna y Alem de la ciudad de San Miguel de Tucumán, cuando se retiraba del velatorio de Clarisa Lea Plase. Fue conducido a la Brigada de Investigaciones en donde Roberto Heriberto Albornoz era el Jefe y pudo ver a su vecino de apellido Clemente vestido con uniforme verde y desempeñándose junto a Albornoz. Posteriormente fue liberado.-

El 18 de marzo de 1978, aproximadamente a las 14.30 horas, cuando descendía de un colectivo de la línea 7, en la intersección de Castro Barros y Pasaje Santillán del Barrio Kennedy de San Miguel de Tucumán, dos individuos interceptaron a Juan Ignacio Cativa y lo obligaron a subir en un automóvil Ford Falcon verde. Lo llevaron encañonado con una pistola en la nuca hasta el centro clandestino de detención que funcionaba en la Jefatura de Policía. Allí le vendaron los ojos, le encadenaron las manos hacia atrás y lo encerraron en una celda por unas horas. Luego lo trasladaron a un salón más grande, donde fue interrogado por Roberto Heriberto Albornoz, a quien reconoció por la voz, ya que en dos oportunidades anteriores -en septiembre de 1971 y en 1972- al ser detenido había sido interrogado por éste. En los interrogatorios le preguntaban el motivo por el cual estaba parado en la esquina de Sarmiento y Junín, al responder que estaba esperando el colectivo, Albornoz lo acusaba de estar "chequeando a los vehículos de la Jefatura de Policía", y le pegaban patadas, trompadas en los costados del cuerpo en la zona de las costillas, cuando caía al suelo lo levantaban a patadas, lo volvían a interrogar y al responder lo mismo los golpes iban aumentando en su intensidad. En un momento se orinó y perdió el conocimiento, ante lo cual lo fue llevado a una habitación pequeña o calabozo. Fue golpeado e interrogado durante 10 o 15 días. También le preguntaron por un vecino suyo de apellido Núñez, quien estaba detenido en una cárcel del sur. Lo acusaban de pertenecer al E.R.P. y de haber participado en el asalto a una farmacia. Al negar esas acusaciones le pegaban con las palmas de las manos en los dos oídos al mismo tiempo. Su estado de salud era malo, prácticamente no comía, y las pocas veces que le dieron alimento estaba en mal estado. En una oportunidad le tiraron la comida caliente en la cara, riéndose y burlándose; otra vez que lo arrastraban porque no podía mantenerse en pie, escuchó un disparo y uno de los captores le colocó un arma en la nuca simulando un fusilamiento. En otra ocasión, lo llevaron a un salón donde lo pusieron en una cama de hierro con elástico de cintas anchas y le ataron las manos y pies a la misma arrojándole agua en todo el cuerpo, le colocaron una botella de agua en la boca y electrodos en las sienes y lo interrogaron sobre dónde se reunía, quién era su jefe. Lo involucraban con el secretario general del sindicato municipal, Acuña, aduciendo que éste era montonero, y al responder negativamente a las preguntas, le aplicaban picana eléctrica cada vez con mayor intensidad, hasta que perdió el conocimiento. Luego introdujeron la cama en el calabozo levantando la parte de la cabecera con el declarante atado a la misma, de modo tal que quedó colgado de las muñecas. Lo desataron y lo interrogaron dándole nuevos golpes de corriente en la sien. En un momento mencionó el nombre de Juan Cerezo -quien creía trabajaba en la SIDE-, y allí cesaron los golpes y la picana. El 8 de julio de 1978, Juan Ignacio Cativa fue liberado en la Avenida Ejército del Norte, cerca del Hospital Obarrio, en diagonal al Hogar San Roque. Le sacaron las cadenas y la venda de los ojos, le prohibieron abrir los ojos y hablar sobre lo sucedido.-

Conforme el relato coincidente de María Cristina Díaz de Cativa -esposa de la víctima- y de José Roberto Falco -ex compañero en la Dirección de Abastecimiento de la Municipalidad-, ese mismo día la primera se presentó en la sede de la Jefatura y amenazó con suicidarse y matar a sus hijos si su marido no aparecía.-

Ana María Contreras y María Teresa Contreras -vecinas de Juan Ignacio Cativa al momento de los hechos- ratificaron ante el Tribunal sus testimonios -fs. 36 y 57; y fs. 37 respectivamente- en los que narraron su conocimiento respecto del secuestro y los padecimientos de la víctima, y coincidieron en que su cautiverio se extendió por tres o cuatro meses.-

Como consecuencia de las torturas y de los maltratos recibidos, Juan Ignacio Cativa sufrió diabetes nerviosa, pérdida de la audición, constante zumbido en la cabeza e impotencia sexual. Los testigos manifestaron que la señora Sosa de Forti e Ismael Adriss (quienes son referidos por Juan Ignacio Cativa en su denuncia), empleados de la Municipalidad de San Miguel de Tucumán, permanecen desaparecidos hasta la fecha.-

Si bien María Cristina Díaz de Cativa y José Roberto Falco al declarar audiencia ubicaron los hechos en el año 1977, la coincidencia entre la denuncia de la propia víctima y el testimonio de Falco en la etapa de instrucción, permiten tener por acreditado que el hecho tuvo lugar en el año 1978.-

Hechos que perjudicaron a Ezequiel Matías Claudio y María Cristina Verónica Pereyra (Caso 13) (Causa: "Carrillo de Pereyra, Palma Rosa s/su denuncia por secuestro y desaparición de Matías Claudio Pereyra" Expte. n° 400.594/07)

De la prueba producida en el debate ha quedado acreditado que el 6 de julio de 1977, aproximadamente a las 20.30 horas, mientras Ezequiel Matías Claudio Pereyra se encontraba conversando con su amigo Segundo Bonifacio Juri, en la esquina de las calles 25 de Mayo y Santa Fe de la ciudad de San Miguel de Tucumán, fueron amenazados por hombres armados que vestían de civil. Dos de ellos introdujeron a Ezequiel Matías Claudio Pereyra en el interior de un automóvil Ford Falcón verde, sin chapa patente mientras lo encañonaban con un revólver en el cuello.

Sobre el secuestro de la víctima ha declarado en la audiencia quien fuera testigo presencial del hecho, Segundo Bonifacio Juri. Dijo que era amigo de la víctima, que se conocían porque vivían en la misma pensión y porque eran compañeros en la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Tucumán. Sobre el día del secuestro precisó que había ido a estudiar a la Biblioteca Central de la Universidad Nacional de Tucumán y que regresaba a la tarde noche por 25 de Mayo. En esa calle se encontró con Ezequiel que había ido a estudiar a la biblioteca de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Tucumán. Explicó que se detuvieron en la esquina de 25 de Mayo y Santa Fe porque él se dirigía a buscar a su novia que estaba comiendo en el restaurant "Mi abuela". Se pararon a charlar, pasaron unos minutos, eran como las ocho y media, frenó bruscamente un automóvil Falcon color verde oscuro a la altura de un limonero. Bajaron dos personas, una que venía atrás y otra adelante. El de atrás era robusto, el de adelante más delgado. El más robusto sacó un arma, lo apuntó y lo introdujo en el auto. El de adelante sacó la cabeza por la ventanilla y le dijo "vos hijo de tu madre andáte a tu casa". Dijo que a continuación se fue caminando a su pensión. Agregó que al día siguiente buscó las direcciones de la familia de Ezequiel y que logró hablar con un primo de él. De los captores dijo recordar el auto, la esquina. Reiteró que la persona que se bajó del asiento de atrás, robusto, más bien gordo, el de adelante flaco, y agregó que tenían camisas marrones. También recuerda que quedó paralizado mientras su amigo se resistía a subir. Dijo que nunca preguntaron por su nombre.

Durante el debate Martina Rosa Herrera, novia de la víctima que a la fecha del hecho tenía 23 años, señaló que tomó conocimiento del secuestro porque se lo contó el amigo que estaba junto a Ezequiel en el momento en que fue capturado.

Asimismo Eduardo Francisco Briatura, primo hermano de la victima, dijo en la audiencia que Segundo Bonifacio Juri llamó por teléfono a la novia de su primo contándole lo sucedido y al otro día ella se lo contó a él para que le avisara a la madre de Ezequiel que vivía en Jujuy. Dijo que en esa época las comunicaciones no eran fáciles, que se trasladó a la telefónica de calle Muñecas y recién a la noche pudo decirle a su tía lo sucedido.

Sobre las gestiones realizadas para dar con el paradero de la víctima Eduardo Francisco Briatura explicó en el debate que la madre de Ezequiel, Juana Rosa Carrizo Alvarado de Pereira pudo llegar a Tucumán al día siguiente y averiguar con desesperación el destino de su primo. Que se dirigió a la Curia y al Comando en la calle Sarmiento al 400. Allí alguien le dijo a su tía que el que manejaba "todos estos temas" era el Mayor Toledo. También dijo el testigo que no tiene dudas que se trataba del Mayor Toledo Pimentel, porque con el tiempo era vox populi que el que manejaba toda la cuestión de los desaparecidos era esa persona. También indicó que su tía tuvo una entrevista con el Mayor Toledo Pimentel para averiguar lo sucedido a su hijo y que al otro día el dicente la acompañó a otra entrevista con Toledo Pimentel. Agregó que estimaba que esas entrevistas en realidad, más que procurar que alguien testificara sobre lo acontecido, tenían como propósito sacar más información de los detenidos a los familiares. Contó que en la entrevista expresó que su primo Ezequiel era una buena persona, estudioso, que escribía poemas y que el Mayor le pidió que le comentara qué tipo de poemas, de qué trataban. Agregó que su tía hizo gestiones ante la justicia, pero que desconoce los detalles. Dijo que durante la adolescencia Ezequiel vivió en Salta, pero que luego había vivido en Jujuy, cuando su tía fue trasladada allí a Jujuy como vice rectora de un colegio. También señaló que la madre de Ezequiel era viuda hacía varios años.

Sobre la figura de la víctima y sus actividades, circunstancias que en el presente caso permiten acreditar que constituía un blanco a eliminar por el aparato organizado de poder montado ilegítimamente en la provincia de Tucumán, al testimoniar en el debate Eduardo Francisco Briatura señaló que su primo militaba activamente en la JUP, Juventud Universitaria Peronista. Precisó que tiene seguridad que nunca participó en ninguna acción militar. También indicó que Ezequiel había llegado a Tucumán en el año 1973, lo que determinó que tuviera una militancia más intensa que él, que había llegado a la provincia en el '75, cuando ya prácticamente estaba acabándose la actividad política con libertad porque habían comenzado a matar gente.

Ha podido probarse en el debate que la víctima permaneció cautiva en la "Jefatura de Policía". Al respecto Martina Rosa Herrera señaló en el debate que a los tres días del hecho pudo verlo a su novio parado en "Jefatura de Policía" con ropa que le conocía. Precisó que pudo observarlo mientras pasaba por allí en el ómnibus de la línea 1, por la calle. También señaló que le contó lo sucedido a la hermana de Ezequiel, que hicieron otros trámites, pero que nunca más supo de él. Precisó que el ómnibus de la Línea 1 en el que se trasladaba cuando vio a su novio iba por calle Salta hacia el norte. Agregó que si bien su impulso fue bajar y verlo, tuvo miedo de que la acribillaran, que por eso fue y le avisó a su hermana. Lo vio cerca del mediodía. Indicó que luego fue a preguntar a Jefatura por su novio, pero que entró por Avenida Sarmiento. Por otro lado explicó que años después del hecho, luego de la llegada de la democracia un joven cuyo nombre no recuerda, morocho, no muy alto, le dijo que había estado detenido en "Jefatura de Policía" con Ezequiel. Precisó que al verlo en Jefatura pudo hacerlo porque en esa época eran todos jardines en el lugar, lo vio porque le daba un rayo de luz. Aclaró que al verlo, en forma inmediata se bajó en la cuadra siguiente pensando ir directamente, se lo contó a su hermana y al otro día fueron por la Avenida Sarmiento a preguntar por él.

Asimismo, el testigo Juan Martín Martín al brindar declaración testimonial en causa "Jefatura" el 22 de agosto de 2010 dijo que vio en "Jefatura de Policía" a Ezequiel Matías Pereyra, quien creía que se trataba de un chico de medicina.

Téngase presente además que la permanencia de Ezequiel Matías Claudio Pereyra en el centro clandestino Jefatura de Policía y su ejecución fue decidida por la denominada "Comunidad Informativa de Inteligencia" que operaba en su ámbito se acredita a través de la lista que tiene por título "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" en el número de orden 194 con la sigla "DF", que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente en causa "Jefatura".

Por otra parte, en el debate también ha quedado expuesto un indicio respecto de la participación del Ejército en la desaparición de la víctima. En tal sentido Segundo Bonifacio Juri en la audiencia explicó que tiempo después de sucedido el hecho fue citado al Comando de la 25 de Mayo a efectos de ratificar o rectificar lo sucedido. Fue y allí se encontró con un oficial de apellido Toledo que conocía del liceo de Córdoba donde había estudiado. Encontrándose allí dijo que le preguntaron si sabía quién había detenido a su amigo, y le comentaron que no había informe policial sobre la detención, que podrían haberlo detenido amigos suyos. Ante esa afirmación respondió que no creía que fuera así porque los captores eran gente grande. Es en el marco de esa entrevista que el testigo recordó claramente que quien hablaba con él tenía abajo una ropa, una camisa de color marrón de las que usaba en el liceo, que también vio que la usaban los captores de Ezequiel.

A partir de la prueba producida en la audiencia ha quedado también acreditado que a los tres meses del secuestro de Ezequiel Matías Claudio Pereyra su hermana, María Cristina Verónica Pereyra, también fue secuestrada y conducida al centro clandestino de detención Jefatura de Policía.-

Al respecto en el debate Eduardo Francisco Briatura señaló que su prima Verónica llegó a Tucumán para estudiar Profesorado de Inglés en el año 73. También dijo que la misma se encontraba en Jujuy cuando Ezequiel fue secuestrado, y que ella volvió como pudo a Tucumán, hasta en el mismo año '77 también fue secuestrada y torturada salvajemente. Precisó que la tuvieron tres días cautiva y luego la soltaron. Que su tía Juana Rosa vino también a Tucumán a buscar a su prima. Que todo esto coincidió con otro secuestro de un compañero que vivía en la misma casa que alquilaban en la calle Córdoba. Aclaró que mientras que su primo fue secuestrado el 6 de julio del '77, su prima y Cuello lo fueron a mediados de Octubre del '77.-

A María Cristina Verónica Pereyra también se refirió en la audiencia quien fuera la novia de su hermano, Martina Rosa Herrera, precisando que aquella también fue secuestrada al poco tiempo de desaparecer Ezequiel Matías Claudio Pereyra.-

Hechos que perjudicaron a Javier Hipólito Centurión (Caso 14) (Causa: "Centurión Javier Hipólito s/ su secuestro y desaparición" Expte. n° 1.774/04)

Conforme quedó acreditado con el testimonio de Julio César Centurión, su hermano Javier Hipólito fue secuestrado el 19 de agosto de 1976, alrededor de las 20.30 horas, cuando se encontraba en la puerta del bar "Il Sorpasso", ubicado en calle Mendoza n° 536 de San Miguel de Tucumán. Rolando Maciel (Declaración obrante a fs. 212 del cuerpo 20) y Dante Orlando Santilli (Declaración obrante a fs. 126/127 del cuerpo 19), presenciaron el momento del secuestro en la esquina de calle Mendoza y 25 de Mayo, por un automóvil Torino del cual descendieron del automóvil cinco hombres vestidos de civil portando armas cortas y largas y lo introdujeron en el coche. Estas dos personas siguieron al Torino por calle Mendoza hasta Laprida, luego hasta Marcos Paz, doblando por calle Santa Fe hasta la esquina de calle Salta sin lograr descifrar el destino final ya que en dicha esquina había una barrera que clausuraba el tránsito.-

Según se corrobora con la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente, Javier Hipólito Centurión fue trasladado al centro clandestino de detención que funcionaba en la Jefatura de Policía, lugar en el que fue torturado. Específicamente figura en la lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", (número de orden 41) con la sigla "DF".-

El testigo Raúl Edgardo Elías lo vio en dicho centro clandestino entre agosto y octubre de 1976. Juan Martín Martín recordó haberlo visto en alguna de las listas que se elaboraban allí. Por otro lado un policía de apellido Rodríguez le confió a Julio César Centurión que su hermano se hallaba en la Sección Confidenciales y que prontamente saldría en libertad. Aproximadamente dos semanas después del secuestro, el mismo oficial les dijo a los familiares que Centurión ya no se encontraba en esa dependencia policial.-

Hasta la fecha Javier Hipólito Centurión permanece desaparecido. Tenía 39 años de edad, estaba casado y tenía dos hijos, trabajaba en un taller mecánico y cursaba el 6° año de la carrera de ingeniería mecánica en la Universidad Tecnológica Nacional. Era militante de la Juventud Peronista.-

Hechos que perjudicaron a Carlos Oscar Jiménez (Caso 15) (Causa: "Coronel José Antonio s/ su denuncia por secuestro y desaparición de Carlos Oscar Jiménez" Expte. n° 553/07)

El testimonio de José Antonio Coronel da cuenta de que Carlos Oscar Jiménez fue secuestrado del domicilio materno, lugar al que llegaron personas encapuchadas con ropa de fajina verde y botines negros.-

Según Raúl Osvaldo Santillán el hecho ocurrió el día 25 de enero de 1977, un día antes de su propio secuestro. Asimismo Santillán relató que fue llevado a un lugar que sería la Jefatura de Policía. Precisó que ahí se encontró con Oscar Jiménez, quien era amigo de la familia y trabajaba en la empresa Grafanor. Allí pudo ver y hablar con Jiménez, quien le dijo que le habían pegado y lo habían masacrado. Observó por debajo de las vendas que tenía hematomas en el cuerpo. Al tiempo volvió a verlo, pero en un lugar diferente, que habría sido el Arsenal.-

Carlos Oscar Jiménez figura en la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente, específicamente en la lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", (número de orden 79) con la sigla "DF", lo que indica que su ejecución fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia".-

Al día de hoy Carlos Oscar Jiménez continúa desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a Demetrio Ángel Chamatrópulos (Caso 16) (Causa: "Chamatropulos Demetrio Ángel s/ su denuncia por privación ilegitima de la libertad y torturas" Expte. n° 1.1951/05)

Conforme lo manifestado por la propia víctima en su declaración brindada en la audiencia en la causa "Jefatura", reproducida en el presente debate, fue secuestrado el 5 de mayo de 1977, cerca de la 1.00 de la madrugada, mientras descendía del cerro San Javier en su camioneta rastrojera acompañado por la enfermera que trabajaba en la ciudad universitaria, de origen alemán.-

Esta última situación fue corroborada por la esposa de Demetrio Ángel Chamatrópulos, María Elena Azeves, quien en su declaración en el debate manifestó que una vez sucedido el hecho acudió a un amigo, al juez de Concepción Antoraz, y con él fueron a verlo al juez federal Manlio Martínez que puso un pretexto para no atenderlos. Agregó que toda la búsqueda realizada fue infructuosa porque nadie sabía nada. A su vez, el testimonio de César Osvaldo Antoraz concuerda con la versión de la esposa de la víctima sobre la falta de resultados positivos en las gestiones realizadas para dar con el paradero de la víctima. Así señaló que habló con el comisario Medina para que indague qué había pasado con Demetrio, y también con algunos jueces, posiblemente Padilla o Martínez, y que aproximadamente un mes después se enteró que la víctima ya estaba en su casa.-

Demetrio Ángel Chamatrópulos relató que cuando se encontraba viajando en su camioneta junto a la enfermera que llevaba fueron interceptados por un automóvil marca Ford Falcon, con una raya en el medio y tres personas con pasamontañas que les apuntaron con pistolas Fal y lo hicieron bajar de su camioneta. Uno de los encapuchados se llevó su camioneta junto a la enfermera y a él lo llevaron en el Falcon, hasta un lugar en el centro, al cual identificó como Jefatura de Policía por las campanadas de la Iglesia Corazón de María y el ruido de chicos jugando. En ese lugar le ataron las manos con un cinturón, le vendaron los ojos y lo tuvieron un largo rato golpeándolo con golpes de puño en un calabozo muy chiquito. Esa noche fue trasladado a otro sector, al que llegó atravesando por un lugar descubierto, donde fue torturado. Posteriormente fue introducido nuevamente en el calabozo. Momentos después lo llevaron a otro lugar, lo sentaron y una persona lo interrogó durante siete horas sobre su vida y le peguntaron por Gustavo Santillán y por el senador Dardo Molina. Una persona, a la cual el dicente identificó como "El Cordobés" y que consideró que se trataría de Luis Armando De Candido, lo llevó a un lugar más grande donde sentía murmullos y lo acostaron en el piso. Allí le colgaron un cartel de madera con el numero 25 y escuchó al Dr. Apaza. Pudo hablar con un abogado de Santiago del Estero que estaba secuestrado hacía cinco meses, escuchó gritos de dolor de mujeres y hombres, y al corrérsele la venda vio que estaba en un salón con personas a la vuelta. En Jefatura lo vio a Zimmermann, a Bussi y a Albornoz. Manifestó que Ismael Hauache, servicio de seguridad de la universidad en el año 76, fue quien ordenó su detención por considerar que ayudaba a Montoneros. Antes de ser liberado, a principios de Julio de ese año, lo hicieron contar un chiste en un salón donde había otras personas y lo pusieron en un paredón, donde le hicieron un simulacro de fusilamiento. Lo subieron con los ojos vendados a un auto y lo dejaron en la Hostería del cerro San Javier, aunque luego continuó bajo vigilancia, siendo "visitado" a altas horas de la noche por grupos de inteligencia militar y policial entre los que nombró a un tal "Perro Clemente". Ésta situación también fue ratificada por la esposa de Chamatrópulos, quien expresó que a su marido iba a amenazarlo a la casa de San Javier un morocho, barbudo, de unos treinta y ocho años, al que le decían "El Perro".-

La esposa de la víctima recordó que el administrador de la hostería llevó a la víctima desde la hostería hasta su domicilio en un estado calamitoso, barbudo, flaco, mugriento y con la frente lastimada por las vendas.-

Finalmente corresponde destacar la inclusión de Demetrio Ángel Chamatrópulos entre la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente, específicamente en la lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", en el número 64 y con la leyenda "Libertad" en su margen derecho. Ello revela que el mismo fue objeto del accionar de inteligencia de las fuerzas militares y de seguridad.

Hechos que perjudicaron a Pedro Antonio Cerviño y José Ramón Cerviño (caso 17)(Causa: "Cerviño, Pedro Antonio y Cerviño José Ramón s/ denuncia por privación ilegitima de libertad y tortura" Expte. n° 127/06)

Pedro Antonio y José Ramón Cerviño fueron secuestrados el 8 de febrero de 1977, en horas de la siesta cuando regresaban de su trabajo, en la Empresa Industrias Refractarias del Norte S.A. ubicada en la localidad de Lastenia. Ambos se trasladaban a bordo de un auto AMI 8 propiedad de José Ramón cuando se les atravesó un Peugeot, los subieron, los vendaron, dieron vueltas y llegaron a Jefatura de Policía de Tucumán.

Pedro Antonio Cerviño manifestó en la audiencia de debate que allí fue torturado con picana eléctrica, recibió golpes, le sacaron uñas y le tiraron un líquido que le generó un profundo dolor en la espalda. Reconoció el lugar cuando fue con la Comisión Bicameral en el año 1983-84, y pudo identificar un sitio al que llamaban la suite desde el cual se veía hacia afuera la chimenea de la cervecería del Norte, que a ciertas horas hacía sonar un silbato. Además dijo que en ese momento vivía a media cuadra de la Jefatura de Policía. En ese lugar estuvo un mes detenido hasta que lo sometieron durante una semana a un tribunal militar que lo sentenció a 14 años de prisión. Fue blanqueado y durante seis años pasó por los penales de Villa Urquiza, Sierra Chica, Caseros y La Plata. En diciembre del 82 le dieron la libertad.-

Precisó que durante su detención en Jefatura de Policía vio a Ricardo Salinas y su mujer Silvina Parrille, a Margarita Díaz, a Corroto, a Griselda Ponce, a Guillermo Miguel y al "Perro" Clemente.-

José Ramón Cerviño reconoció también a la Jefatura de Policía como el lugar de cautiverio porque vivía en Junín al 900. Escuchaba los trenes, los ruidos del barrio y, a pesar de que estaba vendado, conocía todos los sonidos del lugar. Allí le preguntaron quién era, le sacaron sus pertenencias, le ataron con el cinto las manos, le preguntaron por su nombre de guerra, por sus actividades políticas y sobre si pertenecía a alguna organización. Lo trasladaron a otra habitación a unos 30 metros, lo ataron a un elástico de alambre y le hicieron descargas eléctricas. Fue golpeado con un palo de goma en el estómago. Al finalizar la sesión de tortura fue desatado y llevado a una habitación subiendo un par de escalones y le asignaron el número 200. Al igual que su hermano Pedro fue blanqueado llevándolo a la Brigada de Investigaciones, lugar en el que permitieron visitas de su mujer y amigos. A los pocos días fue liberado y absuelto por el mismo tribunal militar que condenó a su hermano.-

La declaración de Ernesto Alberto Quijano obrante a fs. 147 del cuerpo 255 corrobora lo manifestado por José Ramón Cerviño en relación a su detención en cuanto manifestó haber realizado trámites con el Ministro de Gobierno Coronel Ballofet, razón por la cual José Antonio fue trasladado a la Brigada de Investigaciones.-

Hechos que perjudicaron a José Guetas Chebaia (Caso 18) (Causa: "Chebaia José Guetas s/ secuestro y desaparición" Expte. n° 1.384/03)

José Guetas Chebaia fue secuestrado de su domicilio ubicado en Avenida Mate de Luna 3921 de San Miguel de Tucumán el día 24 de marzo de 1976, aproximadamente a la 1.30 de la madrugada, por un grupo de personas armadas, encapuchadas, con borceguíes negros y pantalón de grafa azul, entre los que se encontraba Roberto Heriberto Albornoz y trasladado a la Escuela de Educación Física.-

Ello quedó acreditado con los testimonios de Ana Lía, Judith Emilia y Rubén Edgardo Chebaia, hijos de José Guetas y por el testimonio de Daniel Vicente Villagra, amigo de Rubén Edgardo, quienes se encontraban en ese momento en dicho domicilio.-

De los testimonios mencionados surge que las personas que ingresaron se identificaron como pertenecientes a "Coordinación Federal" y amenazaron a todos con armas, utilizando linternas porque habían cortado el suministro de electricidad durante el operativo. Revisaron la casa, levantaron algunas cosas de valor y secuestraron a José Guetas Chebaia, llevándolo con dirección al centro de la ciudad en tres vehículos, un Ford Falcon, un Torino y un Renault 12.-

Según lo manifestado por Vicente Daniel Villagra, salió corriendo junto a Rubén Chebaia, se subieron a una camioneta para seguir a los captores y a una cuadra de la casa vieron que se encontraba apostado personal del Ejército o Gendarmería cortando la avenida para dar paso a los autos que llevaban a José Guetas Chebaia. Al respecto Rubén Chebaia agregó que en avenida América y Mate de Luna su padre fue cargado en un camión del Ejército.-

Los testimonios de Rubén y Ana Lía Chebaia dan cuenta de las diferentes gestiones realizadas para dar con el paradero de su padre, entre las que se destacan la denuncia realizada en la Comisaría de Villa Luján, la presentación de habeas corpus, la denuncia ante la O.E.A, cartas pidiendo audiencia con Videla y pedidos de información al Ministerio del Interior. Asimismo manifestaron que su madre mantuvo entrevistas para obtener información del paradero de su esposo con el Jefe de Policía Zimmermann, con Luciano Benjamín Menéndez y Antonio Domingo Bussi, quienes asistían frecuentemente al domicilio de la víctima por cuestiones empresariales. Tiempo después del secuestro (fines del año 76 o principios del 77), el capellán castrense Cucala Boix le mandó a decir a Rubén Chebaia que su padre había fallecido en el Hospital Militar de calle Italia y Viamonte, en la cama 8, el 28 o 29 de marzo del 76. Por su parte, Ana Lía Chebaia recordó que un amigo de su hermana, Ricardo Albaca, quien estaba haciendo el servicio militar en Córdoba, al observar una foto de su padre en una visita a casa de la familia, dijo haberlo visto en el Hospital Militar.-

Al día de la fecha José Guetas Chebaia permanece desaparecido.

Hechos que perjudicaron a Fidel Emilio Correa (Caso 19) (Causa: "Correa Fidel Emilio s/ su denuncia" Expte. n° 821/07)

Al declarar en audiencia Fidel Emilio Correa dijo que era empleado y delegado gremial del Ingenio Ñuñorco y que al momento de su detención se encontraba a cargo de un plan de lucha de los empleados por el manejo de la venta del azúcar y por la forma de repartir las utilidades. En ese marco el 11 de noviembre del 77 y al día siguiente de que no aceptara el acuerdo que proponía el sector de los jefes, fue detenido en su lugar de trabajo junto con su compañero Rodríguez por efectivos uniformados con ropa militar y trasladado inmediatamente a la policía de Monteros, donde el comisario era un tal "Petete" Almirón.-

René Arturo Risso Patrón en audiencia mencionó haber visto como sacaban a Correa y Rodríguez junto a otras personas cuyos nombres no recuerda y la testigo Teresa Idelma Díaz, también durante el debate, dijo que un día su abuelo regresó a la casa del Ingenio y le comentó que se habían llevado a varios compañeros, entre los cuales se encontraba Correa, Rodríguez y a un señor Chamorro, y que el clima laboral en el Ñuñorco en esa época era complejo porque la condición de los obreros socios los llevaba a tener roces con los jefes.-

El testimonio de hijo de la víctima Hugo Emilio Correa da cuenta de esta situación al manifestar que hacían guardia en la plaza de Monteros junto con su hermana, su madre y amigos ya que no tenían novedades de su padre y el mismo se encontraba incomunicado. Luego de ello los llevaron a Jefatura de Policía y a la Brigada de Investigaciones. Su hermanastro, Juan Carlos Sosa, Oficial de las Fuerzas Armadas vino a la provincia especialmente a dar con su paradero y luego de realizar gestiones al respecto pudo ver a su hermano en la Jefatura de Policía en una situación nada agradable y solicitó su inmediata liberación al juez federal Manlio Martínez.

Según lo relatado por el propio Correa, en Jefatura de Policía estuvo en cautiverio por cuatro o cinco días en un pequeño cuarto trasero en el que dormía de sentado, donde no lo torturaron físicamente aunque sí moralmente. En total estuvo secuestrado once días hasta que lo llevaron a declarar a la Justicia Federal y luego lo liberaron. El mismo día que fue liberado recibió un telegrama de despido por reorganización del ingenio.-

Hechos que perjudicaron a Guillermo Corroto (Caso 20) ("Corroto de Jaime Olga s/ su denuncia por secuestro y desaparición de Pedro Guillermo Corroto" Expte. n° 285/06)

Pedro Guillermo Corroto fue secuestrado de su domicilio el día 21 de enero de 1977, alrededor de las 3.30 de la madrugada, por personas encapuchadas y que calzaban botas. Su esposa, Margarita Hortensia Fernández, relató en la audiencia que se encontraba presente al momento del secuestro de su marido, junto a sus dos hijos, y que se despertó al escuchar el ruido de vehículos que llegaban a su domicilio.-

Varias personas ingresaron al depósito de harina que estaba en una habitación contigua a la suya, rompieron la tranca y cuatro de ellas ingresaron a su dormitorio, en tanto que otras dos quedaron en la cocina. Uno de ellos gritaba "Corroto, Corroto, a vos te buscamos". Su marido se puso un pantalón y se lo llevaron, mientras que ella quedó por unos minutos custodiada por una persona que la apuntaba con un arma y que le dijo que esperara una hora para moverse de allí.-

También recordó que su esposo al momento del secuestro se encontraba en estado postoperatorio, que no se le había cicatrizado la herida de la operación del 21/11/76.-

Sobre la actividad política de su esposo dijo que era militante de la Juventud Peronista y vivía en la localidad de Monteros. Entre los captores nombró a Juan Carlos Almirón, de quien una vecina le dijo que había participado del operativo del secuestro, y reconoció a Hugo Andrada como uno de los que ingresaron a su domicilio. Según su relato el propio Andrada le reconoció su participación en el secuestro y le dijo que Marcos Urrutia, del Ingenio Ñuñorco, estuvo a cargo del operativo.-

También explicó que luego del retorno de la democracia una mujer le dijo que su marido estuvo en Jefatura de Policía. Esta versión es corroborada por el testimonio de Pedro Cerviño que dice haberlo visto detenido allí y del testigo Juan Martín Martín que dijo creer recordar que estuvo en Jefatura.-

Asimismo, por dichos de una persona a la que recordó como un "bombero petisito" Margarita Fernández supo que su marido también estuvo en el Ingenio Nueva Baviera.-

Los restos de Pedro Guillermo Corroto fueron hallados en el Arsenal Miguel de Azcuénaga, juntos con los del Senador Márquez. El día 01/04/12 fueron inhumados en el Cementerio del Norte. Entre el material óseo colectado se encontraron la mandíbula quebrada y tres impactos de arma de fuego. Los restos de la víctima fueron encontrados en la fosa 4 del Arsenal Miguel de Azcuénaga conforme informe de los peritos antropólogos que declararon en la audiencia.-

Pedro Guillermo Corroto figura entre la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente, específicamente en la lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", (número de orden 60) con la sigla "DF". Ello indica que su ejecución fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia".-

Con motivo del secuestro de Pedro Guillermo Corroto, su esposa realizó la denuncia en la Policía los días subsiguientes del hecho y recién el tercer día quedó asentada la misma. Declaró ante la Comisión Bicameral, el CELS y ante la CONADEP. Su hermana Olga Corroto de Jaime presentó un habeas corpus, escribió cartas al Presidente, al Gobernador y al Intendente. También buscó ayuda en la Iglesia. Como consecuencia de la situación vivida un hijo de Pedro Guillermo Corroto se suicidó a los 35 años de edad.-

Hechos que perjudicaron a Francisco Rafael Díaz y Francisco Rafael Díaz (h) (Caso 21) (Causa: "Díaz, Francisco Rafael s/ su secuestro y desaparición" Expte n° 1.462/04 y su acumulado "Medina de Díaz, Ana María s/su secuestro y desaparición")

En diciembre de 1975 Francisco Rafael Díaz fue llevado de su casa ubicada en calle Lavalle 3354 de esta ciudad por un grupo de policías al mando del "Tuerto Albornoz" y llevado a la Brigada de Investigaciones de la Policía de Tucumán donde fue sometido a un interrogatorio. Reconoció a Arrechea como el Jefe de ese lugar. Le robaron de su domicilio la máquina de escribir, un reloj pulsera y una radio de bolsillo. Fue liberado al día siguiente.

En la primera semana de marzo de 1976 fue nuevamente secuestrado de su domicilio en el marco de un fuerte operativo del que participaron alrededor de muchas personas vestidas de civil y armadas. En horas de la madrugada fue llevado en el baúl de un automóvil a la casa de su ex esposa ubicada en calle San Martín 2364 de esta ciudad, lugar donde secuestraron a su hijo, Francisco Rafael Díaz (h), al que le ataron las manos y le cubrieron la cabeza con una campera.

Juan Carlos Díaz relató en la audiencia de debate que tiempo después de ese secuestro, su padre y su hermano, le comentaron que ambos iban en el baúl y que fueron trasladados a la Escuela Universitaria de Educación Física (EUDEF) donde fueron sometidos a un interrogatorio en el que les preguntaron sobre su filiación política. Allí pudieron reconocer voces de gendarmes rosarinos, cordobeses y misioneros.

La propia víctima Francisco Rafael Díaz (p) expresó en la audiencia que pudo reconocer a la Escuela de Educación Física porque iba a oftalmología al frente y vio la reja de entrada. Pudo ver a más de 80 personas en ese lugar. A los pocos días ambos fueron liberados arrojándolos por calle Rondeau.

El 25 de Mayo de 1978, Francisco Rafael Díaz (h) fue secuestrado por segunda vez, cuando regresaba del Colegio Nacional a su casa. Conforme quedó acreditado con el testimonio de su hermano Juan Carlos Díaz, junto a otros compañeros él lo vio corriendo, mientras era perseguido por varios hombres. En ese momento un Renault 12, un Peugeot 504 y un Ford Taunus llegaron, redujeron a su hermano y lo metieron en un baúl. Cuando ellos llegaron al lugar, los autos se fueron, se acercaron al sitio del hecho y reconocieron en el suelo un zapato de su hermano, unas vainas servidas y un cargador numerado. Luego de ello no tuvieron más noticias, salvo un llamado telefónico de la propia víctima en el que manifestaba que le darían la libertad a los 3 años.

A la fecha, Francisco Rafael Díaz (h) permanece desaparecido. Sus padres hicieron denuncias en la policía, en la Iglesia, en los organismos internacionales, interpusieron un habeas corpus del que no obtuvieron respuesta.

Francisco Rafael Díaz (h) era empleado de un taller metalúrgico y estudiante. Al día de la fecha continúa desaparecido.

Hechos que perjudicaron a Ismael Adriss (Caso 22) (Causa: "Adriss, Ismael y otros s/recurso de habeas corpus" Expte. n° 357/83 Acumulado "Adriss Ismael s/Privación Ilegítima de la Libertad" .Expte. 401.179. Expte. n° 1.179/5)

Ismael Adriss fue secuestrado el día 16 de noviembre de 1977 al salir de su domicilio por tres personas que portaban armas y conducían un auto marca Opel color verde.-

Al declarar en audiencia la madre de la víctima, Faride Salim de Adriss, al ser su hijo interceptado logró gritarle a una vecina, a la que llamaban Negrita, que avise que se lo llevaban. Asimismo relató que muchas personas vieron cuando se lo llevaron a su hijo, pero que nadie quiso atestiguar por temor.-

Al realizar la denuncia en la V Brigada una persona llamada Guastavino le dijo que sabía todo de su hijo y que el mismo estaba enterrado. Le enviaron siete mensajes anónimos, uno de ellos diciendo que lo habían ejecutado por apátrida.-

El testimonio del Juan Martín Martín acredita que Ismael Adriss fue trasladado al centro clandestino de detención de Jefatura de Policía.-

Su madre realizó innumerables denuncias ante la Brigada, la Policía Federal y la Jefatura de Policía. Realizó comunicaciones a la Presidencia de la Nación, al Ministerio del Interior, a los Comandantes de las tres fuerzas y luego denunció en la CONADEP.-

Ismael Adriss cursaba la última materia en la carrera de ciencias económicas y militaba en la Juventud Peronista. Al día de la fecha continúa desaparecido.

Hechos que perjudicaron a Juan Leandro Díaz, Susana Macor de Díaz, Juan Leandro Eudaldo Díaz y José Américo Díaz (Caso 23) (Causa: "Díaz, Daniel Alfredo s/su denuncia por secuestro y desaparición de José Américo Díaz, Juan Leandro Díaz y Susana Macor de Díaz" Expte n° 1.372/05 y su acumulado Expte n° 1.526/05)

Al declarar en audiencia Daniel Alfredo Díaz dijo que el 26 de mayo de 1976 se encontraba haciendo trabajos de electricidad en una vivienda en construcción ubicada en calle Rivadavia y Pasaje Bertrés, cuando un grupo de personas golpearon la puerta e ingresaron de inmediato con violencia. Dos de esas personas le pisaron la espalda y la cabeza, le pegaron un culatazo, revisaron todo y le pusieron una goma en los ojos. Fue subido a un automóvil Ford Falcon marrón, se dirigieron por calle Corrientes, doblaron en Santiago y a mano derecha doblaron hasta calle Muñecas, llegaron a Santa Fe, anduvieron media cuadra en contramano y finalmente entraron a la Jefatura de Policía. Allí traspusieron una puerta grande de hierro y lo llevaron directamente a una pieza grande. Daniel Alfredo Díaz pudo ver todo el recorrido atento que la goma que tenía en la cara se había estirado y veía por un orificio. En ese lugar fue torturado mientras le preguntaban por nombres y sobre si tenía actuación política. A los dos o tres meses le dijeron que lo liberarían para que cuidara al hijo de su hermano. Una noche fue subido en una ambulancia casi destruida junto a cuatro o cinco personas más; los fueron tirando de a uno a lo largo de la ruta camino a San Pablo y a él lo tiraron cerca de Lules. Al desatarse las vendas un camión del Ejército lo levantó, lo indagaron nuevamente sobre sus ideas políticas y lo amenazaron de matarlo. Luego de tres horas fue trasladado a la comisaría de San Pablo donde un muchacho que lo conocía le tramitó la libertad y al día siguiente le dieron plata para el ómnibus y volvió a su casa.-

Juan Leandro Eudaldo "Parche" Díaz y José Américo "Cuqui" Díaz, hermanos de Daniel Alfredo, y Susana Macor de Díaz, esposa del primero de éstos, fueron secuestrados inmediatamente después de Daniel Alfredo y trasladados junto a él a la Jefatura de Policía. Allí pudo hablar con su hermano mayor, Juan Leandro Eudaldo, a quien lo pusieron a su lado, con las manos atadas y logró tocarle el pullover y preguntarle ¿Cacho? a lo que él le respondió que si era. Que después lo sacaron de su lado y empezaron a golpearlo. Nunca más lo vio ni escuchó.-

En relación a José Américo Díaz, su hermano Daniel Alfredo dijo haberlo visto en la Jefatura, sin su nebulizador para el asma, en un rincón y de rodillas. Luego pudo verlo dos veces más y de ahí nunca más.-

El testigo Juan Martín Martín dijo recordar un Díaz, al que no vio pero que supo que estuvo en Jefatura. Ese Díaz era marido de Susana Macor, de quien además dijo que le comentaron que también estuvo allí. De Leandro Díaz supo que estuvo en Jefatura aunque no pudo verlo.-

Susana Macor tenía alrededor de 22 años y estudiaba agronomía. Juan Leandro Díaz era estudiante universitario y empleado no docente de la universidad, donde cumplía funciones de vigilancia. José Américo Díaz era estudiante secundario del Colegio Nacional.-

Después de la liberación de Daniel Alfredo Díaz la familia sufrió amenazas por personas encapuchadas, el robo de cosas muebles y del inmueble de calle Rivadavia 616.-

Susana Macor de Díaz, Juan Leandro Eudaldo Díaz y José Américo Díaz figuran entre la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente, específicamente en la lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", (número de orden 140, 75 y 65, respectivamente) con la sigla "DF". Ello indica que sus ejecuciones fueron decididas por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia".-

Al día de hoy Susana Macor de Díaz, Juan Leandro Eudaldo Díaz y José Américo Díaz continúan desaparecidos.

Hechos que perjudicaron a Manuela Margarita Díaz (Caso 24) (Causa: "Espejo, Ramona Noelia s/ su denuncia por privación ilegítima de la libertad de Manuela Margarita Díaz" Expte. n° 1.908/05)

Manuela Margarita Díaz fue secuestrada el 17 de febrero de 1977, entre las 21.30 y las 22 horas, por sujetos que descendieron de tres vehículos con armas de fuego e ingresaron violentamente al domicilio sito en Calle 16, 134 de la localidad de El Manantial, Tucumán, conforme quedó acreditado por la declaración oralizada en la audiencia de la madre de la víctima Ramona Noelia Espejo (fs. 96/97 cuerpo 37).-

Su madre y su padre Eligio Díaz Vildoza fueron encerrados y golpeados en el baño mientras otras personas secuestraban a Manuela Margarita. La víctima fue sacada atada y con los ojos vendados, según le contaron los vecinos a Ramona Noelia Espejo.-

Manuela Margarita Díaz fue trasladada al centro clandestino de detención de Jefatura de Policía donde permaneció detenida ilegalmente. Allí fue vista por Pedro Cerviño, quien en la audiencia de debate relató recordarla a pesar de no conocerla con anterioridad ya que tuvo la oportunidad de conversar con ella entre otras personas detenidas en ese centro clandestino.-

Manuela Margarita Díaz trabajaba como maestra en la Escuela Nacional 14 de la localidad de Palma Sola, Provincia de Jujuy y al momento del secuestro se encontraba de visita en la casa de sus padres.-

Al día de hoy continúa desaparecida.

Hechos que perjudicaron a Víctor Felipe Egloff (Caso 25) (Causa: "Egloff, Víctor Felipe s/ su secuestro y desaparición" Expte. n° 1.748/04)

Víctor Felipe Egloff fue secuestrado de su domicilio el 12 de mayo 1977 aproximadamente a la 1.30 de la madrugada por un grupo de personas fuertemente armadas, con sus caras cubiertas y vestidas de civil. Dicha situación fue relatada por Alicia Petrona Vélez de Egloff, madre de la victima en su declaración oralizada en la audiencia (cuerpo 38 fs. 03). También se corroboraron el testimonio de su hermana Alicia Lucinda Egloff, quien manifestó que la noche del hecho ella se encontraba realizando un trabajo para la facultad y escuchó disparos, salió de la habitación y vio personas que alumbraban a su primo y se dirigían a la habitación de Víctor Felipe. Un de los atacantes le cubrió la cabeza con una colcha y escuchó que le preguntaban a su hermano si era de la juventud peronista. Cuando el ruido desapareció y pudo sacarse la colcha, notó que a su hermano lo habían llevado.-

Edmundo José Egloff, hermano de Víctor Felipe, relató en su declaración testimonial que no se encontraba al momento del secuestro y que al día siguiente del hecho su padre fue al taller mecánico en el que trabajaba y le contó que un grupo de no menos de seis personas había ingresado en la oscuridad con linternas, con el rostro cubierto y se habían llevado a su hermano.-

El testigo Pedro Enrique Vélez, primo de la víctima, también fue testigo presencial del secuestro. Recordó que sintió un reventón, se levantó de la cama y se acercaron dos personas vestidas de civil que lo tomaron del brazo, le pusieron un arma en la cabeza y comenzaron a hacerle preguntas sobre su lugar de trabajo. Además señaló que los atacantes no se identificaron de ninguna manera, estaban vestidos de civil y con la cara cubierta.-

Víctor Felipe Egloff tenía 22 años y una prórroga del servicio militar porque era alumno regular de la Facultad de Arquitectura. Sus padres hicieron la denuncia en la comisaría de Villa Luján y realizaron todos los trámites posibles para averiguar el destino de Víctor Felipe hasta sus últimos días.

Víctor Felipe Egloff figura entre la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente, específicamente en la lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", (número de orden 79) con la sigla "DF". Ello indica que su ejecución fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia".-

Al día de hoy Víctor Felipe Egloff continúa desaparecido.-

26) Hechos que perjudicaron a Raúl Edgardo Elías (Causa: "Elías, Raúl Edgardo s/ su denuncia", Expte. n° 350/06)

Al declarar Raúl Edgardo Elías en audiencia en causa "Jefatura", cuyo audio se reprodujo en el presente debate, dijo que fue privado de su libertad el 6 de junio del año 1976. Que iba en un taxi, salía de la Jefatura de Policía, se dirigía a un asado que le hacían sus amigos para animarlo porque dos días antes habían entrado a su casa, golpeado a su hermana, a la madre y a su padre lo trataron mal, dañaron la casa y se robaron cosas. Relató que fue a Jefatura a ver al jefe y al subjefe de policía para decirles que no era necesario que hicieran eso y después se fue al comando con un amigo militar a ponerse a disposición de ellos, para decirles que no hacía falta la parodia de ir a la casa, que no quería que a su familia le pasara nada si él era el responsable. Habló con el subjefe de policía Castelini y se puso a su disposición. -

Ese día domingo salió de la Jefatura y cuando estaban en el parque, en el asado, faltaban cubiertos, entonces volvió a buscarlos a su casa. Dijo que la hija del jefe de policía lo había hablado para ir al Cadillal y entonces fue a la Jefatura para agradecerle, incluso para invitarla al asado. Llegó a la Jefatura y la familia Zimmermann estaba comiendo, relató que salió de ahí y caminó hacia Maipú y después de esperar tomó un taxi y frente a una escuela lo cruzaron dos autos, pudo salir del taxi, hizo dos pasos, quiso entrar a una casa, sonó una alarma y se entregó. Lo subieron a un Falcon, iban 3 personas, una adelante y dos atrás, lo hicieron arrodillar en el piso, lo esposaron y le pusieron un trapo en los ojos y le fueron pegando, relató que siguieron por Sarmiento hasta esquina norte, pasaron la vía, dieron vuelta, y entraron por unos portones y después circularon dentro de ese espacio. Pararon el auto, lo hicieron bajar en un salón donde se notaba que había gente, lo hicieron sentar, había movimiento de platos, parecía que estaban comiendo. Dijo que ahí tenían que estar parados hasta la noche cuando empezaban las sesiones de tortura física. A la noche lo pasaron a una sala para interrogarlo, estaba vendado y esposado, lo patearon, le pegaron y le pusieron la picana en la cabeza y en la cara. Le preguntaron sobre la hija del jefe de policía y qué relación tenía, y si tenía relaciones sexuales con ella. Después lo encerraron en el chancho, al otro día se repitió la misma sesión y así fueron tres o cuatro días, al tercer día le tiraron una colcha porque no tenían colchón, esa sala tenía un ventiluz arriba y sentía voces como que daba a un salón, vio por el ventiluz y vio gente que estaba vendada, dijo que no sabía si había estado una semana en esa situación, que sentía gente que torturaban porque se sentían los gritos, al lado de esa sala había otra sala y un baño y recordó que una vez le hicieron tomar el agua del inodoro. Dijo que luego lo pasaron a una sala, no quería hablar con nadie por el terror que tenía, ubicó que estaba en la Jefatura que está en la esquina de la calle Sarmiento y Salta, recordó que después lo llevaban más esporádicamente a la sala de sesión de torturas y le volvían a preguntar sobre la hija del jefe. Dijo que el señor Ferro lo había acompañado a su padre para averiguar de él y que Zimmermann le dijo que la gente del ERP lo había secuestrado, le dijeron a su padre que estaban en la pista de encontrarlo. Después de 15 días, no le hicieron nada. Relató que una noche lo sacaron, le dieron de comer los restos de la gente de la cárcel, era una comida líquida, lo hicieron repetir la comida, lo acostaron y lo sacaron callado y lo llevaron a la parrilla, a la sala de interrogatorio, le pusieron las manos en los respaldos de hierro y le ataron los pies con cables y comenzó el interrogatorio, dijo que fue muy tremendo que se comió un pedazo de lengua, cree que se desvaneció, se fueron los que interrogaban, que eran distintos a los que los cuidaban, los que los cuidaban se reían y seguían jugando con la picana, les pidió ir al baño, no lo dejaron y se orinó, entonces le pegaron porque había ensuciado, lo llevaron a bañar con agua fría, lo hicieron lavar la ropa y le hicieron poner la ropa, lo llevaron de nuevo a la parrilla y lo dejaron, después lo sacaron y lo llevaron al salón y lo dejaron ahí. Contó en la audiencia que una noche estaba mal, en un estado de desesperación, que le dijo a otro amigo que quería sacarse la venda y que lo mataran, entonces el amigo le dijo que rezaran, empezaron a rezar y vinieron dos y los pusieron contra la pared y le empezaron a pegar, le quebraron el esternón, después pasó un tiempo y lo sacaron a un interrogatorio y le mostraron fotos de personas para que reconociera, le preguntaron por un domicilio, Las Piedras al 700, dijo que él iba para ahí porque vivía su novia, lo castigaron porque no conocía a las personas que le mostraban en las fotos. Después lo llevaron de nuevo a la sala, estaban acostados permanentemente con la ropa con la que estaban cuando se había producido el secuestro. Dijo que por aquellos días hicieron un allanamiento y vinieron con cosas de esa casa y las pusieron en el salón donde ellos estaban, había un paquete de fideos que se repartían y lo comían crudo, entre esas cosas que trajeron vinieron piojos, y todos se contagiaron, entonces con un fuentón de creolina fumigaban la ropa, la ropa mojada se volvían a poner y les dieron ropa que supone que debió ser de algún allanamiento. Dijo que los llevaban al baño una vez al día, a la mañana cuando hacían el cambio de guardia. Después lo llevaron a los calabozos de calle Sarmiento, había un pasillo en el medio donde había celdas con algunas mujeres y algunos privilegiados que los sacaban de noche a visitar. Los cambiaban de ubicación para que no sepan quienes faltaban. En el primer lugar de encierro los llevaban al baño haciendo un trencito, en el otro lugar había una letrina dentro del lugar donde estaban detenidos. Dijo que en ese momento tenía 24 años. Compartió cautiverio con el legislador Lechessi, con un chico de apodo Pamperito que era de Jujuy. Vio a Centurión y al Perro Clemente que salía con la policía a marcar gente y a hacer detener gente. También vio al doctor Tártalo y otros chicos, que no sabe los nombres pero los habían secuestrado a la salida de la fábrica Grafa. Entre las mujeres estaba la doctora Calabró a la que conocía de vista, habló con una persona de apellido Díaz. Sabía que estaba en la central de policía porque comentaban entre los detenidos. Dijo que quien lo secuestró fue Luis De Cándido y que lo recuerda porque lo torturaba. Manifestó que al momento de los hechos no tenía militancia política, era afiliado al peronismo.-

Precisó que estuvo detenido en el ángulo del predio de la Jefatura de Policía de Avenida Sarmiento y Salta, y que estuvo cerca del D2. Al respecto recordó que cuando le sacaron la venda y le mostraron fotos estaba en el D2, y que el jefe era Albornoz.-

Cuando lo liberaron lo hicieron bañar y le dieron de comer. Albornoz le dio un reloj que le habían sacado y lo llevaron en una rural Renault 12 y lo dejaron cerca de la casa de los padres. Al irse no firmó nada.-

Agregó que Luis De Cándido fue la misma persona que lo detuvo y lo torturó, y que fue la única persona que donde lo veía lo hostigaba, le ponía el auto a la par o lo intimidaba con la mirada.-

Al declarar en el debate de la presente causa la víctima agregó que en el año 1972 era delegado de Ciencias Económicas por la Juventud Peronista, y que luego fue designado por Asamblea como Secretario General de la Juventud. Explicó que durante los años 74/75 se dedicó a finalizar su carrera universitaria, que se fue de viaje de estudios a Europa y que cuando retornó se encontraba aislado de la militancia activa tanto en la Juventud Peronista, como de la Universidad.-

También manifestó que cuando suceden los hechos del 76 se persiguió a todos los que habían tenido militancia activa dentro de la universidad, aún a los que ya se habían retirado de la actividad política. Precisó que cuando fueron a su casa González Naya y quien tiene entendido como el segundo, Albornoz -según descripción física hecha por su padre y otras personas -, fueron violentos con su madre y hermana y saquearon su casa. Explicó que al día siguiente de ese suceso radicó la denuncia en la Comisaría Tercera y quisieron ponerle una custodia en su casa. Había problemas internos, supuestamente los atacantes eran resabios de la militancia con gente del ERP. Al respecto señaló que no tenía relación con el ERP y que las diferencias políticas que tenía con la gente de izquierda no interferían con los requerimientos que hacían de la reivindicación universitaria.-

Asimismo dijo que a raíz de su secuestro su padre llegó a la quiebra ya que permanentemente llegaba gente a su casa diciendo que tenían pistas, que lo iban a ir a buscar. Incluso su padre tuvo que vender la casa.-

Precisó que cuando fue liberado tenía la prohibición de pasar cerca de la Universidad y que no recuerda nombres de otras personas que estuvieron en cautiverio con él, además de las que nombró en su declaración anterior. Sólo agregó que había un viejito, un hombre de entre 60 y 70 años, que lo habían traído del sur. Afirmó haber estado secuestrado junto a Pedro Roberto Córdoba, aclaró que anteriormente dio el apellido como González. Expresó que el muchacho que dio aviso a su familia de que él estaba con vida se domiciliaba en la calle Amador Lucero. Recuerdó el nombre de una mujer que estuvo con él en cautiverio, Elda Leonor Calabró. Dijo que las mujeres detenidas eran sometidas a un trato especial y que supo de delitos de índole sexual, por lo menos a dos de ellas. Que iban de noche, que después de varios días de tortura o sin comer les llevaban golosinas, más tarde salían, luego entraba uno o entraba otro. Que estas mujeres se encontraban en el calabozo, en el segundo lugar de detención. Afirmó que pudo identificar a una, a la Dra. Calabró.-

Recordó que había un guardia que era bastante sanguinario, que disfrutaba castigarlos, que era policía, no recuerda si era Gómez o Sánchez, "morocho, cabudo, estatura mediana a baja, fornido y medio chueco". También nombró a un tal Chaile. Además dijo que había mujeres policías que los custodiaban, no recuerda nombres, sí que una era rubia.-

Explicó que cuando iban a la sala de tortura lo hacían vendados y esposados, sólo podían identificar a la gente que los cuidaba a diario. Dijo que conoce a Juan Carlos "Perro" Clemente de la militancia. Negó haber estado en un interrogatorio con él. Manifestó que sus interrogatorios empezaron relacionados con su vida política y luego trataron de relacionarlos con su vida personal, por su relación con Graciela Zimermann. Que la madre de ésta no lo quería porque era árabe. Aclaró que la familia Zimermann vivía en la Jefatura..

La víctima en la Jefatura fue vista por Pedro Roberto Córdoba, quien en la audiencia dijo haber sido secuestrado el 5 de junio de 1976 de su domicilio por un grupo de 4 o 5 personas armadas, con ropa mezcla de militar y policía, con botas. Le envolvieron la cabeza con un trapo, y luego de unos 10 minutos de recorrido lo hicieron bajar. Estaba vendado, pero de manera improlija, así pudo percibir que había entrado a un lugar pequeño. Allí estuvo unas dos horas, finalmente llegó a un local muy iluminado en el que había varias personas. Allí lo interrogaron con torturas, le preguntaban por amigos, familiares y compañeros de trabajo de la facultad. Después lo llevaron al recinto pequeño al que originalmente había llegado, al amanecer pudo reconocer los jardines de la Jefatura de Policía. A la tarde lo llevaron a un lugar donde había muchas personas sentadas o recostadas sentadas contra la pared. Una persona junto a él le dijo que estaba hace mucho tiempo allí, le dijo que era Raúl Elías. Esa conversación les costó caro porque los escucharon hablar y fueron reprimidos. Pedro Córdoba fue liberado la noche del 21 de junio.

También fue visto en Jefatura de Policía por el testigo que declaró en el debate Fernando Leopoldo Leila, quien dijo que vivía en la calle Amador Lucero. Además señaló que mientras estaban en cautiverio con Tula y Elías hicieron un pacto que consistía en que el que saliera primero, contaría en sus casas y fue él quien primero fue liberado. Señaló que Elías vivía en la calle Muñecas 456.

Raúl Edgardo Elías permaneció en cautiverio hasta el día 9 de octubre de 1976.

Hechos que perjudicaron a Juan Antonio Fote (Caso 27) (Causa: "Fote, Juan Antonio s/ su denuncia" Expte. n° 1.262/05)

Juan Antonio Fote fue sacado de su casa y privado de su libertad el 19 de abril del año 1975 a las 3 de la madrugada por personal de la Brigada de Investigaciones e introducido en un auto Torino verde que era manejado por un policía de apellido Quintana, a quien luego vio en la Brigada.-

Al declarar en la audiencia la propia víctima dijo que la noche del secuestro hubo un gran operativo del que participaron más de 30 vehículos y también secuestraron a otras personas. Fue llevado a la Brigada de Investigaciones. Ahí fueron como 15 personas de San José. Asimismo relató que una noche a horas 21 escuchó a Albornoz hablando en voz alta por los pasillos diciendo "se terminó la contemplación para la gente de San José, en especial para ese hijo de puta que está ahí". A los 20 o 30 minutos apareció un hombre que le vendó los ojos y lo llevó a un salón grande que había en la Brigada, que tenía 2 compartimentos, lo rodearon unos 10 hombres y lo golpearon con patadas y trompadas preguntándole por su hermano Fortunato y por otros nombres. Al caérsele la venda por los golpes vio a Roberto Albornoz. A los tres días lo llevaron a declarar, vendado, a la misma habitación, un salón intermedio donde lo interrogó Albornoz y luego lo volvieron a llevar al salón grande.-

Tres o cuatro días después lo trasladaron a un lugar que sería el centro clandestino de detención "La Escuelita", ubicado en dependencias de la Escuela Diego de Rojas, en la localidad de Famaillá, junto a Carlos García y una mujer de apellido González. Al día siguiente lo volvieron a interrogar, lo llevaron a un aula donde le dieron de comer un poco y lo llevaron a un pasillo, lo agarraron a patadas, le sacaron la ropa, lo ducharon, le pegaron y luego lo llevaron a una cama medio plástica, le ataron los pies y las manos, un médico le tomó el pulso y lo picanearon en las piernas, en los testículos y después en la boca. También que le echaron baldadas de agua y su cuerpo temblaba, cada vez le ponían electricidad con más intensidad, mientras que ellos se iban a comer y volvían. Así estuvo como 5 o 6 días hasta que lo volvieron a llevar a la Brigada.-

En la Brigada estuvo 2 o 3 días más, hasta que junto a otras cinco personas lo llevaron al juzgado federal, donde le leyeron la declaración que le había tomado Albornoz. Lo llevaron de vuelta a la Jefatura y finalmente a fines de mayo lo llevaron a Villa Urquiza donde estuvo unos cinco días, de ahí lo trasladaron en avión al penal de Rawson, donde permaneció hasta finales del 80. Por último lo llevaron a La Plata, donde estuvo hasta el 16 de noviembre del 81, fecha en la que le dieron libertad vigilada, hasta diciembre del 82.-

Juan Carlos García dijo en audiencia manifestó haber visto a Fote y a su esposa en la Jefatura de Policía y haber sido trasladado junto con él a otro lugar al cual llegaron por la ruta. Al igual que Juan Antonio Fote relató que en ese lugar fue interrogado y torturado y que allí también vio a la víctima.-

La testigo Norma Natividad González confirmó en su declaración testimonial que su hermana, Irene Socorro González, permaneció cautiva en "La Escuelita" de Famaillá, lugar al cual fueron trasladadas muchas de las personas detenidas de San José en un camión del Ejército. Asimismo, reafirmó los dichos de Fote sobre el operativo del 19/04/75 en San José y que un grupo de la Brigada, entre los que se encontraba Albornoz, participó del mismo.-

Por último, la testigo González vio a Juan Antonio Fote en la Jefatura de Policía.-

Hechos que perjudicaron a Alberto Luis y Carlos Alberto Gallardo (Caso 28) (Causa: "Gallardo Alberto Luis s/ su denuncia por privación ilegítima de la libertad y otros delitos" Expte. n° 1460/04)

Alberto Luis Gallardo fue detenido-secuestrado en varias oportunidades, conforme fue narrado por la propia víctima en la audiencia. Así expresó que la primera detención se produjo en agosto de 1975, porque dijeron que lo vinculaban con el atentado al avión Hércules en el aeropuerto Matienzo. Una noche irrumpieron a balazos en su casa, ubicada en calle Mendoza 1340, mataron a su perro, golpearon a él y a su familia, incluso a su hija de 10 años. En esa época tenía una empresa de luz y sonido y le saquearon valiosos artefactos. Junto a su hijo Carlos Alberto, de 16 años, fue trasladado a "la escuelita" de Famaillá donde recibió golpes con puños y culatas de armas que le hicieron perder toda la dentadura superior. Fue atado a un camastro y le aplicaron corriente eléctrica. A su hijo lo golpearon tanto que hasta le quebraron un dedo. Reconoció una voz con tonada cordobesa, la misma que escuchó una vez en una reunión de la unión obrera metalúrgica. En "la escuelita" de Famaillá fue llevado a una oficina para que firme un papel con la autorización de sólo levantarse apenas la venda, y así pudo ver a un oficial que por su vestimenta era de jerarquía y a un personaje de sotana con una banda púrpura colgada de la cintura. Luego de ello los tiraron en una camioneta en la que anduvieron unos 30 minutos, le dijeron que les desatarían las manos, que se quedaran parados y que no se dieran vuelta hasta que se perdiera el ruido del motor del auto que los había llevado. Cuando lo hicieron vieron que estaban cerca de la Iglesia San Pío X. Subieron a un taxi en el estado lamentable que estaban y el taxista sin cobrarles nada los dejó en la puerta de su casa.

Sobre el segundo hecho expresó que el 24 de marzo de 1976, a las 22 o 23 horas la puerta de su casa fue golpeada y abierta con violencia. Ingresaron encapuchados con botas negras como las que usaba la policía federal y personal policial vestido de civil. En presencia de su familia lo capturaron y lo llevaron a la Jefatura donde fue esposado y pasado al D2 dirigido por Roberto Heriberto Albornoz. Allí fue torturado, entre otros por un tal Bulacio y el propio Albornoz. Alrededor de las 5 de la mañana lo sacaron por la puerta principal de la Jefatura y le dijeron que se fuera a la casa.

En relación al tercer secuestro, manifestó que fue en plena vía pública, en la esquina de 25 de Mayo y San Martín, al mediodía, los primeros días de Abril de 1976 cuando salía de arreglar un cartel del cine Plaza. Fue trasladado a Jefatura, donde fue nuevamente interrogado y torturado. Pudo ver a Roberto Albornoz y González Naya. En ese lugar estuvo hasta la noche, lo subieron a un vehículo que tenía una leyenda, "Transporte de Carnes" y lo trasladaron, junto a otras personas, al Arsenal donde los tiraron en una habitación con un olor nauseabundo. A los pocos días lo tiraron en Avenida Juan B. Justo en un camión del Ejército. Mientras estuvo detenido su casa fue saqueada, le robaron todos sus equipos de luz y sonido.

Un cuarto hecho tuvo lugar la última semana de abril, cuando iba circulando en su Jeep Ika y en calle Marco Avellaneda y Córdoba lo interceptó un vehículo, lo capturaron y lo llevaron a Jefatura. Lo trasladaron nuevamente al Arsenal, donde lo alojaron en un cuarto reducido que era como una caballeriza. Allí vio fosas circulares donde paraban a la gente en el borde y les pegaban un tiro en la nuca y caían muertos a la fosa. Lo que fue acreditado con el testimonio del ex gendarme Torres cuando contó que primero mataba el general y luego los subalternos. Transcurrido un tiempo lo levantaron, le desataron los pies y lo llevaron a un patio donde, al corrérsele la venda, vio 2 o 3 vehículos y que estaban poniendo gente en fila que subía a un camión de "disposición final". Cuando estaba por subir le preguntaron el número y al decir el n° 9 lo cambiaron de fila. Lo subieron a otro camión y lo tiraron como a las 4 de la mañana en la esquina norte del parque 9 de julio, fue hasta una confitería caminando, vio a un conocido al que le contó lo que pasaba y este le consiguió un taxista que lo llevó a su casa. Ese secuestro duró 48 horas aproximadamente. Agregó que en esa oportunidad escuchó de nuevo la tonada cordobesa del torturador que había oído en la Escuelita. En el interrogatorio le preguntaban por Pilo Díaz, Samuel Villalba, sobre su jerarquía y participación en la coordinadora peronista que en el 73 se había puesto en contra del gobierno.

Su esposa, Emma Esther Quinteros, testigo de ésta audiencia, confirmó los hechos relacionados al desmantelamiento de su casa, relatando que se llevaron, relojes, joyas y artefactos de luces y sonidos. Asimismo, manifestó que su marido estuvo varias veces detenido en distintos lugares.

Por su parte, el testigo Salvador Atilio Iovane ratificó los hechos relacionados con el secuestro de Luis Alberto Gallardo y destacó las sucesivas persecuciones que sufrió, como así también los grandes daños patrimoniales que lo afectaron, producto de los robos a sus equipos de trabajo. La testigo Virginia Mercedes Romano expresó en audiencia que Alberto Luis Gallardo era una persona permanentemente buscada, que no lo dejaban vivir y que por cualquier motivo lo detenían. Supo que en una oportunidad fue secuestrado cerca de FOTIA.

Carlos Alberto Gallardo, hijo de Luis Alberto, en oportunidad de prestar declaración en ésta audiencia manifestó que fue secuestrado de su casa junto a su padre en agosto de 1975. Al momento de los hechos tenía 17 años y cursaba el cuarto año en el colegio Lorenzo Masa. El día que ingresaron a su domicilio pusieron en el suelo a su madre y a su hermana, les dijeron que si se movían les pegarían un tiro en la cabeza, mataron al perro, los golpearon a todos y los metieron vendados en la caja de una camioneta. Fue trasladado a "la escuelita" de Famaillá, donde estuvo tres días. En ese lugar le pusieron un número, ya que a los detenidos no se los llamaba por el nombre. Fue golpeado, atado en una silla con las manos atrás y le pegaron trompadas, cachetadas y le hicieron amenazas de fusilamiento. Escuchó disparos, gritos y torturas; incluso pudo oír los gritos de su padre cuando era torturado. Fue dejado en libertad un día a la noche en un pasaje frente a la Iglesia San Pío X, donde los bajaron y lo liberaron junto a su padre.

Hechos que perjudicaron a Carlos María Gallardo (caso 29) (Causa: "Gallardo, Carlos María s/su denuncia" Expte N° 401.459/05)

Conforme quedó acreditado con su propio testimonio, Carlos María Gallardo fue secuestrado en dos oportunidades. La primera de ellas fue en el año 1975 cuando un grupo de personas encapuchadas ingresaron al domicilio de sus padres, le cubrieron la cabeza con una toalla y se lo llevaron. Estuvo 12 días secuestrado en la Escuela de Famaillá y lo liberaron porque le dijeron que habían comprobado que ya no militaba en el peronismo.

El segundo hecho ocurrió el 27 de diciembre de 1976, alrededor de las 18.00 horas mientras caminaba por calle Laprida, al llegar a la intersección con calle San Juan (iba a la Facultad de Derecho) pararon algunos autos, recibió un culatazo en la nuca, patadas en la espalda, gritó su nombre y fue secuestrado. Fue llevado a Jefatura de Policía donde permaneció en cautiverio hasta el 30 de marzo de 1977 cuando fue liberado en las cercanías del Parque 9 de Julio. Al rato llegó un auto de policía, le dijeron que a partir de ese momento iba a estar en calidad de comunicado, lo llevaron a una comisaría y luego a Villa Urquiza hasta el 6 de abril del 1978 cuando fue trasladado a la unidad penal de Sierra Chica, en Buenos Aires, donde fue liberado el 20 de octubre de 1978.

Expresó que mientras estuvo en la Jefatura de Policía estuvo tirado en el piso, esposado y vendado. Fue interrogado con picana eléctrica en los brazos, en los testículos, le hicieron el submarino en inodoros con excrementos humanos y le preguntaron por tres personas, Fitipaldi, Juan Masaguer y Gerardo Vallejos. Allí estuvo en el pabellón que daba a calle Santa Fe, en una celda individual. Manifestó que las sesiones mayores de torturas se hacían en un salón grande y los detenidos realizaban una caminata larga para llegar hasta ahí. Iban acompañados por los carceleros aunque las torturas eran individuales. El camino hasta el baño se realizaba en filas tipo "trencito".

Su cautiverio en Jefatura de Policía quedó acreditado con el testimonio de Juan Martín Martín, que dijo que a fines del año 76, tenían sus celdas enfrentadas y que un día que la guardia estaba afuera del pasillo, habló con Carlos Gallardo algunas cosas y recordó que le dio un pedazo de sanguche.

Pedro Cerviño relató en la audiencia que compartió cautiverio con Carlos María Gallardo en las cárceles de Villa Urquiza en Tucumán y de Sierra Chica y que es una de las pocas personas que sabe salió con vida de esos lugares.

Carlos María Gallardo figura en la lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", con el número de orden 101 con la palabra "Libertad", que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente en la causa "Jefatura", lo que indica que su secuestro fue decidido por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia".

Al momento de los hechos Carlos María Gallardo tenía 21 años de edad y era estudiante de Abogacía. Mientras era estudiante segundario del Colegio Gymnasium (UNT), integró el Grupo Evolución Tucumán. Luego integró la Juventud Peronista y después, por diferencias políticas, progresivamente se fue aislando y a mediados del año 1974 dejó su actividad política.

Hechos que perjudicaron a Luisa Ana Ibañez (caso 30) (Causa: "Ibáñez, Luisa Ana s/ secuestro y desaparición" Expte. n° 1.575/04)

Luisa Ana Ibañez trabajaba como secretaria en el Sanatorio Rivadavia y militaba en la Juventud Universitaria Peronista conforme lo relatado por su madre, Vilma Hortensia Rivero, quien expresó que el día 27 de mayo de 1977 antes de salir de su trabajo habló con su padre para decirle que iba a tomar un café con unas amigas y que volvería a las 23 horas. Que según le comentó telefónicamente una chica que volvía del teatro San Martín y que se escondió detrás de un árbol para ver lo que sucedía, su hija antes de que la capturen puso cara de sorpresa y retrocedió. Que en ese momento Luisa iba caminando por calle Muñecas con sus amigas, una de apellido Arroyo y otra de nombre Mary, bajó un hombre armado de un Falcón naranja y la secuestró.

La testigo Berta Lucía Moya, en la audiencia manifestó que ese día se encontraba junto a Luisa Ibañez y que salieron juntas del Sanatorio Rivadavia a las ocho de la noche a tomar un café con otras dos personas. Que iban los cuatro caminando juntos, la vereda era ancha y que de repente a Luisa la agarraron del brazo y se la llevaron a un auto.

El testimonio vertido por Juan Martín Martín en la audiencia acredita que la victima fue trasladada al centro clandestino de detención que funcionaba en la Jefatura de Policía. Afirmó haber visto a Luisa Ibañez, que era una compañera de la facultad de derecho, en junio o julio del 77 aproximadamente, en la zona de los calabozos.

Su madre, Vilma Hortensia Rivero agregó al respecto que una señora de apellido Marteau le comentó en una oportunidad que tenía conocimiento que su hija estaba en Jefatura y que la vio con 7 mujeres que iban a ser trasladadas a Salta. Asimismo afirmó que su hija la habló dos o tres veces desde la Jefatura y le dijo que estaba bien. Que esas llamadas fueron antes del 9 de julio de ese año.

Luisa Ana Ibañez figura entre la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente, específicamente en la lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", bajo el número de orden 108 con la sigla "DF" que indica que su ejecución fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia".

Su madre presentó un recurso de habeas corpus con ayuda del Dr. Fabio, fue a la "Bicameral", a la CONADEP, a la Nunciatura y al Tercer Cuerpo, sin obtener respuestas. Al día de hoy Luisa Ana Ibañez continúa desaparecida.

Hechos que perjudicaron a Miguel Antonio Lapetina (caso 31) (Causa: "Lapetina, Miguel Antonio s/ su denuncia" Expte. n° 593/04)

Conforme quedó acreditado con las propias declaraciones de la víctima obrantes a fs. 43, 48 y 64 del cuerpo 46, Miguel Ángel Lapetina fue secuestrado, por primera vez, a fines de 1975 o principios de 1976, en el bar Bernasconi sito en calle San Martín de esta ciudad por dos personas vestidas de civil. En esa oportunidad fue llevado hasta el edificio de la Fiscalía de Estado donde fue sometido a un interrogatorio por una persona de apellido Abbas y otras tres personas más. Las preguntas se refirieron a desapariciones de autos y televisores pertenecientes a la Dirección de Turismo de la Provincia. En esa oportunidad le hicieron firmar una declaración, la que no le permitieron leer.

A fines de agosto de 1976, fue nuevamente detenido y esta vez fue llevado a un centro clandestino de detención ubicado en la zona de Choromoro, a cargo de militares. En ese lugar recibió golpes en todo el cuerpo y con el canto de las manos en los ojos. Compartió cautiverio con Randisi y Miguel Ángel Ganen. Sus captores lo culpaban de ser responsable de entregar los automóviles de propiedad de la Dirección de Turismo de la provincia al E.R.P. El 16 de septiembre de 1976 fue trasladado junto a Randisi y Ganen a la Brigada de Investigaciones dependiente de la Jefatura de Policía de la provincia. En ese lugar Félix Arutro González Naya (f) y Roberto Heriberto Albornoz lo interrogaron y sometieron a golpes.

Luego, habiéndosele iniciado una causa judicial ante el Juzgado Federal de Tucumán por supuesta infracción a la ley de estupefacientes, fue trasladado a la unidad penitenciaria de Villa Urquiza. A causa de las graves lesiones sufridas fue internado en el Hospital Padilla de esta ciudad. El 4 de mayo de 1977 Miguel Antonio Lapetina fue liberado.

Hechos que perjudicaron a Francisco Eudoro Lazarte (caso 32) (Causa: "Lazarte Francisco Eudoro s/ su denuncia por secuestro y torturas" Expte. n° 136/07)

Francisco Eudoro Lazarte, fue secuestrado de la vivienda que compartía con su familia sita en Amaicha del Llano, en un lugar llamado Kilómetro 1240, el 6 de enero de 1977 y trasladado a Jefatura de Policía.

La propia víctima relató en audiencia que estuvo secuestrada en Jefatura de Policía, que poco es lo que puede recordar sobre su alojamiento en dicho lugar porque estuvo vendado. Que allí pudo reconocer al "Turco" Abraham que trabajaba en la Policía de Tucumán y entre los detenidos reconoció al doctor Dardo Molina, oyó cómo lo torturaban y cómo pedía -de manera semejante a muchos otros- que lo mataran, que no lo hicieran sufrir más. Explicó que también él fue torturado.

Su esposa, María Luisa Foglia manifestó en audiencia que el día del secuestro, alrededor de las 2 de la mañana de ese día se presentaron extraños en la casa llamando a su marido, que ingresaron a la misma con armas y reflectores. Sus hijos también se encontraban en la casa. Le dijeron a su marido que levantara una campera y lo llevaron. Al asomarse afuera vio unos vehículos y oyó algunos disparos. También precisó que su esposo le dijo que mientras estuvo secuestrado en la Jefatura permaneció con los ojos vendados y las manos atadas, que comía de rodillas, que sentía ruidos de trenes que le hicieron suponer que se encontraba en la Jefatura, que pudo oír como reclamaban al "Tuerto" Albornoz diciéndole "¡mirá lo que has hecho!", en referencia a que había matado al doctor Dardo Molina y que aquel respondió diciendo "que se jorobe".

Su hermano, Carlos Alfredo Lazarte -quien también se encontraba en la casa al momento del hecho- precisó en la audiencia que los intrusos preguntaban por Chacho Lazarte -en referencia a su hermano, a quien apodaban de esa manera-, que quienes se llevaron a Francisco Eudoro eran 5 o 6 personas que llevaban linternas y algunos estaban uniformadas. Señaló que el operativo fue muy rápido, que no duró más de 5 o 10 minutos, y que afuera se encontraban apostados 2 o 3 vehículos con las luces encendidas.

Asimismo, Francisco José Lazarte, hijo de la víctima que a la fecha del hecho tenía once años y se encontraba en la vivienda, expresó en la audiencia que del secuestro de su padre sólo recuerda el momento en que salió a la puerta y encontró a su madre llorando porque se lo habían llevado, que vio luces y oyó algunos disparos.

Conforme quedó acreditado con los testimonios mencionados, Francisco Eudoro Lazarte permaneció secuestrado en la Jefatura de Policía por 45 días, de allí fue llevado al parque 9 de julio y trasladado posteriormente a la Comisaría 11 de dónde fue retirado por sus familiares.

Francisco José Lazarte (h) precisó que su padre luego de ser liberado fue amenazado, le pidieron que devolviera "eso" por lo que había sido secuestrado, en alusión a unas tierras que había comprado y de las que su familia nunca llegó a tomar posesión. Asimismo María Luisa Foglia señaló que con relación a las tierras adquiridas tuvieron que ir a una escribanía y devolverlas.

Hechos que perjudicaron Ricardo Daniel Somaini (caso 33) (Causa: "Morey de Somaini, Nora Angélica s/ su denuncia" Expte. n° 587/07)

Ricardo Daniel Somaini (h) vivía con sus padres y hermanos en el domicilio de Juan B. Justo N° 1.451 de San Miguel de Tucumán, fue secuestrado de su domicilio el día 22 de Abril de 1977, tenía 22 años, lo que quedó acreditado en ésta audiencia con la prueba producida en el debate y especialmente con los testimonios de su padre, Juan Martín Martín y María Alejandra Ponce.

Su padre, Ricardo Daniel Somaini expresó en la audiencia que su hijo se dedicaba a la cinematografía, hacía películas de propaganda, que era muy estudioso, egresado del Colegio Gymnasium. Tuvo militancia estudiantil en el colegio secundario y con sus amigos había fundado una agrupación política, el GET, Grupo Evolución Tucumán. Precisó que la noche del secuestro, alrededor de las dos de la mañana golpearon la puerta de calle. Que no abrieron porque era muy tarde y peligroso. Que sí abrieron una ventana del comedor que daba a la calle y se encontraron con muchos autos afuera. Que un hombre se les acercó y les dijo que estaban buscando a unos presos, que necesitaban entrar a la casa. Su esposa le dijo que cómo buscaban a unos presos escapados si las luces de la comisaría estaban apagadas, y el hombre le dijo "mire señora, abra o le vuelo la cabeza a su marido". Lo apuntaron con el arma y allí su hijo les explicó que lo buscaban a él.

Su padre expresó que la persona que dirigía el grupo le preguntó a Ricardo la dirección de una persona de apellido Moreira, su hijo respondió que vivía cerca de allí y le pidieron que los acompañe. Se lo llevaron, fue la última vez que lo vieron y nunca supieron nada más. Indicó que los secuestradores vestían camperas, los vehículos en los que se movilizaban eran Ford Falcon y también camionetas. Estaban armados con armas cortas y largas. Las luces de la calle estaban apagadas, lo que no era normal.

Su familia realizó distintas gestiones para dar con su paradero pero no dieron frutos, nadie les decía nada, ningún trámite prosperó. Presentaron habeas corpus, notas a distintas organizaciones, hicieron reclamos en Estados Unidos, Canadá, México y en distintas organizaciones de Derechos Humanos de todo el mundo, denunciando el secuestro de su hijo. Se entrevistaron con Bussi, con el Obispo, con el juez militar Cabral sin lograr obtener datos.

El testigo Juan Martín Martín, declaró en la audiencia que no vio a Ricardo Daniel Somaini pero supo que estuvo detenido en Jefatura, que lo conocía porque militaban juntos en un grupo en la universidad.

La testigo María Alejandra Ponce, al declarar en ésta audiencia, mencionó que entre los compañeros de su hermano se encuentran desaparecidos Ricardo Luis Salinas, Gustavo Santillán y Ricardo Somaini y que al día siguiente del secuestro de su hermano fue a ver a un familiar de Santillán, para contarle lo que había pasado con Ricardo y luego se comunicaron con la familia Somaini y así supieron que los tres amigos habían sido secuestrados el mismo día.

Ricardo Daniel Somaini figura en la lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" bajo el número de orden 261 con la sigla "DF", que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente en el Juicio de la causa "Jefatura", agregada a las presentes actuaciones, lo que indica que su ejecución fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia".

Al día de hoy Ricardo Daniel Somaini continúa desaparecido.

Hechos que perjudicaron a Antonio Domingo Paz (caso 34) (Causa: "Montenegro de Paz, Blanca Dominga s/ su denuncia" Expte. n° 581/07)

Antonio Domingo Paz fue secuestrado la madrugada del 9 de octubre de 1976. En esa fecha vivía en Los Ralos, provincia de Tucumán, junto a su esposa Azucena del Valle Borquez y a su hijo de 4 años. Era estudiante de Ciencias Económicas en la Universidad Nacional de Tucumán y se desempeñaba como empleado administrativo en la fábrica Textil Escalada.-

Durante el debate la esposa de la víctima Azucena del Valle Bórquez dijo que en horas de la madrugada del día del hecho alrededor de 5 personas uniformadas, con los rostros cubiertos, armas largas y con tonada cordobesa ingresaron a la casa familiar. Señaló que en el momento en que lo hicieron se quedaron sin luz. Agregó que en el interior del domicilio requisaron todo. Se llevaron a su esposo. Al salir de la casa pudo ver un auto blanco que pasaba por la esquina.-

Asimismo precisó que, del mismo modo que su esposo, otros trabajadores de la fábrica Textil Escalada fueron secuestrados; que, de hecho, se llevaron a todos los delegados de la empresa, a su marido, a dos personas apellidadas Díaz y a Sisto Villarreal. Indica que Textil Escalada desde el año 1973 estaba a cargo de un militar de apellido Cecilia. Destacó que en 1977 otras personas de la zona fueron secuestradas, 6 en total, de las cuales sólo regresaron 2, Santos Juárez y Cabrera.

Con relación a las gestiones realizadas para hallar a Antonio Domingo Paz dijo su esposa que, junto a la madre de la víctima Blanca Montenegro de Paz, realizaron numerosas gestiones infructuosas. Que fueron a todos lados, a cárceles de todo el país, a hospitales psiquiátricos, a la Escuelita de Famaillá, a dependencias policiales y judiciales, pero que no tuvieron ninguna precisión sobre el destino de su esposo. Interpusieron varios habeas corpus. El comisario Alcaraz le respondía por escrito cuando le solicitaba información sobre su marido. Su suegra -según ésta le contó- al hacer gestiones en la Jefatura de Policía tomó contacto con un policía de apellido Álvarez con quien se comunicó en varias oportunidades. De la declaración prestada ante la Comisión Bicameral de la Legislatura de la Provincia de Tucumán por la madre de la víctima -actualmente fallecida-Blanca Montenegro de Paz (fs. 1/3 del cuerpo 51 de autos) surge que mientras realizaba gestiones para obtener una entrevista con el Jefe de Policía Zimmermann el empleado policial Alfredo Álvarez le dijo que su hijo se encontraba detenido y estaban a la espera de recibir sus antecedentes procedentes de La Plata, que si no tenía nada lo dejarían en libertad. De la mencionada pieza procesal también resulta que la madre de la víctima logró entrevistarse con Zimmermann, quien no le dio ninguna respuesta concreta, que le dijo que su hijo con toda seguridad había sido llevado por gente de las organizaciones, aunque sin especificarle a qué organizaciones se refería-.

Sobre la permanencia de Antonio Domingo Paz en el centro clandestino Jefatura de Policía, corresponde señalar que su ejecución fue decidida por la denominada "Comunidad Informativa de Inteligencia" que operaba en su ámbito. Antonio Domingo Paz aparece consignado en la lista que tiene por título "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" en el número de orden 186 con la sigla "DF", que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente en causa "Jefatura".

Hechos que perjudicaron a Miguel Ángel Núñez y Carlos Moisés Núñez (Caso 35) (Causa: "Núñez, Carlos Moisés s/privación ilegitima de la libertad" Expte. n° 1.611/04)

En su declaración de fs. 15/16 del cuerpo 52 Miguel Ángel Núñez manifestó que fue secuestrado el 14 de mayo de 1975 horas antes del secuestro de su hermano Carlos, por un grupo numeroso de policías vestidos de civil quienes le exigieron que les indicara el domicilio de Carlos Núñez. Fue trasladado hasta el domicilio de su hermano y le sacaron la venda para que indicara cual era la casa. Reconoció al policía Ramón Chaile entre sus captores y pudo escuchar a los policías que hablaban de las órdenes impartidas por el Comisario Albornoz.-

Fue trasladado al centro clandestino de detención "Escuelita de Famaillá" donde fue torturado. Allí su hijo Fermín Ángel Núñez, conforme lo dijo al declarar en el debate, pudo identificarlo y verlo, luego de que un gendarme accediera a juntarlos.-

Fue trasladado a la cárcel de Villa Urquiza, en donde habría permanecido alrededor de 5 días, y de allí al Penal de Rawson, donde fue puesto en libertad el 23 de Octubre de 1983.-

En su declaración de fs. 01/06 del cuerpo 52 Carlos Moisés Núñez corroborada en lo sustancial por el testigo Fermín Ángel Núñez en la audiencia de debate, en el mes de mayo de 1975, siendo las 03:00 hs aproximadamente, un grupo numeroso de policías vestidos de civil con armas largas irrumpió violentamente en su domicilio sito en Emilio Castelar 2521. Allí fue golpeado, vendado, esposado. Lo interrogaron sobre si poseía armas de guerra o panfletos subversivos. En ese momento le destruyeron todo el mobiliario de la vivienda. Luego le pusieron una manta encima cubriéndole la cabeza y lo sacaron del domicilio haciéndolo caminar varias cuadras e introduciéndolo luego en el piso trasero de un automóvil.-

En dicho automóvil emprendieron un viaje que duró varios minutos. Luego el vehículo se detuvo en otro lugar en el que aparentemente buscaban a otra persona que no encontraron. El automóvil continuó su marcha hasta la Jefatura de Policía, lugar que reconoció al levantarse la venda, cuando los captores bajaron del automóvil. Posteriormente fue ingresado nuevamente al automóvil y lo trasladado a otro lugar, donde lo hicieron descender y pudo reconocer la voz de su hermano Miguel Ángel Núñez y de su sobrino Fermín Ángel Núñez -quien expresó en la audiencia que dicho lugar era la escuelita de Famaillá y que mientras lo tenían alojado en una galería pudieron conversar-.Permaneció en ese lugar aproximadamente 15 días, tiempo en el que fue amarrado a una cama por sus extremidades, golpeado, asfixiado y picaneado. En los interrogatorios buscaban información sobre el partido comunista y sobre lo que habían resuelto los comunistas en el velatorio del ferroviario Diego Fernández de Tafí Viejo. Fue liberado previa firma de un documento que no pudo leer. Al llegar a su domicilio se encontró con que su casa de madera había sido quemada por sus captores.-

Hechos que perjudicaron a Juan Carlos Castro (Caso 36) (Causa: "Nasrala de Castro, Rafaela del Carmen s/ su denuncia" Expte. n° 649/07)

Según lo relatado en la audiencia de debate por el testigo Juan Carlos Castro, su padre, también llamado Juan Carlos Castro, fue secuestrado de la puerta de la Comisaría de La Reducción por un Falcon rojo en el que se encontraba el comisario de Monteros de apellido Almirón. Explicó que pudo ver el secuestro atento que estaba al frente de esa comisaría conversando con su esposa.-

El secuestro ocurrió el día 29 de abril de 1977 según consta en la denuncia de Rafaela del Carmen Nasrala de Castro, esposa de la victima, ante Comisión Bicameral, quien además realizó diferentes trámites para averiguar su paradero.-

Juan Carlos Castro (h) dijo que a su madre le comentaron que su padre había estado en la Brigada y que después lo llevaron a la Jefatura.-

Juan Carlos Castro figura entre la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente en la audiencia de debate en causa "Jefatura" como prueba documental a la presente causa, específicamente en la lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", (número de orden 58) con la sigla "DF". Ello indica que su ejecución fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia".-

A la fecha Juan Carlos Castro continúa desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a Salvador Leocadio Navarro (Caso 37) (Causa: "Navarro, Salvador Leocadio s/ su denuncia por privación ilegítima de la libertad" Expte. n° 1.592/05)

El 13 de julio de 1976, aproximadamente a las 17.00 horas, Salvador Leocadio Navarro fue secuestrado mientras se encontraba trabajando con su esposa en la finca citrícola de propiedad de Manuel Antonio Vargas, sita entre la Curva de Los Vega y Los Pocitos, Departamento Tafí Viejo, Tucumán. Ello surge de la declaración de la víctima obrante a fs. 18 del cuerpo 55.-

Salvador Leocadio Navarro también manifestó que participaron de su secuestro unas seis personas vestidas de civil, a cara descubierta y fuertemente armadas, que descendieron de cuatro o cinco automóviles y un camión, del cual hicieron bajar a una mujer de nombre Liliana, quien lo señaló diciendo "ese es". Posteriormente fue aprehendido y subido a un automóvil de color rojo.-

Fue trasladado a un lugar que con el tiempo pudo identificar como la Brigada de Investigaciones. Allí lo introdujeron en una habitación donde lo sentaron en una silla, lo ataron de manos con un trozo de lienzo, le vendaron los ojos y lo interrogaron sobre su situación familiar, sus fuentes de ingreso, entre otras cosas. Luego fue llevado a otra habitación en la que se hallaban muchas personas. Le ordenaron que se tirara al suelo y que guardase absoluto silencio. Era sacado periódicamente para ser interrogado nuevamente, siempre sobre los mismos temas.-

Transcurrido aproximadamente un mes fue retirado en el mismo vehiculo y dejado en libertad en Aguas Corrientes, desde donde se fue caminando a la casa de su hermano.-

Las circunstancias asociadas con el secuestro de la víctima también fueron referidas en audiencia por su hija, Isabel Regina Navarro.-

Presenciaron el secuestro de Salvador Leocadio Navarro Juan Pablo Sosa, conforme resulta de las fs. 20 y 24 del cuerpo 55.-

Salvador Leocadio Navarro figura entre la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente, específicamente en la lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", (número de orden 166) con la sigla "Disp. PEN", lo que indica que su secuestro fue decidido por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia".-

Salvador Leocadio Navarro era militante del peronismo, era presidente de la Unidad Básica de Villa Muñecas al momento de los hechos. En la actualidad se encuentra fallecido.-

Hechos que perjudicaron a Berta Soldati y Carlos Severino Soldati (Caso 38) (Causa: "Notari de Soldati, Berta del Rosario s/ su denuncia" Expte. n° 1.214/05)

Ha quedado acreditado en este debate que Berta María Soldati -hermana de Carlos Severino y Luis Alberto Soldati, víctimas en esta causa-fue secuestrada el 6 de julio de 1976, entre las 9 y las 10.30 horas, cuando varios hombres vestidos de civil, armados y a cara descubierta irrumpieron en su lugar de trabajo, ubicado en calle San Juan al 800 de San Miguel de Tucumán, donde funcionaba el Instituto Privado de Psicopedagogía "Jean Piaget" y se la llevaron en un automóvil Renault 12.-

Su hermana María Cristina Soldati relató en la audiencia que esa mañana estaba trabajando en el Centro de Documentación Educativa, cuando la llamó por teléfono Cristina Bejas -víctima en esta causa, directora del instituto en el que trabajaba Berta María y que desapareció tiempo después- diciéndole que había pasado algo con Berta María. Así le informó "que a las 9 de la mañana ingresaron al Instituto tres personas con armas largas y caras descubiertas y se la llevaron en un Renault 12 azul eléctrico nuevo".-

Berta María Soldati fue llevada al centro clandestino de detención que funcionó en la Jefatura de Policía, donde fue vista por Juan Martín en el mes de agosto de 1976. En ese lugar prestó declaración bajo tortura, figurando en una lista elaborada por la policía de la provincia titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", en el número de orden 244 y con la sigla "DF" que indica que su ejecución fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia".-

Además de ello, a fs. 235 de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente surge un informe manuscrito en el que se enumera nombres y direcciones de siete personas titulado "Elementos: montoneros nombrados por los Curia y "Eve" Soldati", indudablemente extraído bajo tortura. Esta forma de referirse a Berta María Soldati coincide con la denominación que aparece en la columna "alias" , que figura al lado de su nombre en la lista elaborada por la policía de la provincia titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" (número de orden 244) referida supra.

Asimismo, entre la documentación aportada por Clemente, aparece a fs. 213 una hoja manuscrita por la madre de Berta María Soldati, Berta Notari de Soldati, con datos de los integrantes de la familia Soldati. La pericia caligráfica efectuada entre ese documento y la firma inserta en los Habeas Corpus interpuestos por la señora Notari de Soldati concluyó que "la grafía fue realizada por el mismo puño escritor" . Al respecto, María Cristina Soldati dijo en la audiencia que "Reconoce la letra de su madre en la documentación aportada por Clemente, en particular la de fs. 213, esto es, una nota de su madre en poder de su hermana al momento de su secuestro que termina apareciendo en Jefatura y retirada de allí por Clemente.". Carlos Soldati, también testigo y víctima en esta causa, relató que entre la documentación referida aparecen "... unos papeles de su madre que su hermana tenía consigo porque estaba tramitando un crédito".

La familia realizó numerosas gestiones que resultaron infructuosas para dar con el paradero de Berta María (y de su hermano Luis Alberto), Habeas Corpus, denuncias ante la Comisión Bicameral y CONADEP, entrevistas con el entonces jefe de Policía Zimmermann, cuyas diligencias constan en el expediente número 56 de esta causa.-

Hasta la fecha Berta María Soldati permanece desaparecida.-

Asimismo, ha sido acreditado en este juicio que Carlos Severino Soldati (hermano de Berta María y Luis Alberto Soldati, víctimas en esta causa) fue secuestrado el 28 de septiembre de 1976, aproximadamente a las 2,30 horas de la madrugada, por un grupo de entre quince y veinte personas armadas, que se identificaban como de la policía y se movilizaban en un automóvil Torino y un furgón oscuro. Las mencionadas personas ingresaron violentamente a su casa ubicada en Manuela Pedraza, Departamento Simoca, Tucumán, donde Carlos Severino dormía en su cuarto situado en un altillo de la casa. La patota recorrió las habitaciones preguntando "dónde está Soldati, el que estudia...", hasta que descubrieron la escalera del altillo, prendieron la luz y subieron, alumbrándolo con linternas le preguntaban a los gritos por su nombre y por lo que hacía.-

En la audiencia la víctima relató que a uno de ellos lo señalaban diciéndole que se trataba de un asesino profesional, contratado para matar; manifestó que estaba aterrado, que les gritaba que había un error, que no podía ser y que el que dirigía al grupo, le puso la pistola en la cara y le dijo: "callate que te mato". Cuando lo bajaron del altillo vio a sus padres en el living de la casa, contra la pared y con los brazos levantados. Lo tomaron de los brazos y, amenazándolo con armas de fuego, lo sacaron de su casa y lo tiraron en la parte trasera de una camioneta tipo furgón oscuro en donde lo encapucharon y le ataron las manos. Previamente le habían tirado los anteojos de ver.

El relato de Carlos Severino Soldati fue igualmente corroborado por las testigos María Cristina Soldati y Gladys del Carmen Notari, quienes se encontraban en la vivienda en el momento del secuestro y fueron encerradas con sus hijas pequeñas en una habitación. Ésta última mencionó además que los captores usaban botas tipos borceguíes.-

Carlos Severino también dijo que en el furgón donde fue trasladado se encontraba Pedro Pablo Rodríguez, vecino de Simoca actualmente desaparecido, quien unos momentos antes había sido secuestrado en Simoca, y lo llevaban encapuchado. Una vez arriba de la camioneta comenzaron a interrogarlo a los gritos por el domicilio de su hermano Luis Alberto (desaparecido desde 1978). Carlos Severino respondió que no sabía bien porque por esos días se había cambiado de pensión y quien le preguntaba lo amenazó diciéndole que si no quería decirles en ese momento ya cantaría más adelante. Un vecino le contó después a Carlos Severino que había un camión tipo Unimog del ejército detenido a esa hora sobre la ruta y que cuando llegó el resto del grupo el furgón comenzó a andar y giró hacia la derecha con rumbo norte a toda velocidad. El testigo manifestó que luego de unos momentos el camión giró hacia la izquierda en dirección oeste por el único camino de tierra que comunica Rio Colorado con Famaillá y a mitad de camino secuestraron a otra persona.

Fue trasladado a un centro clandestino de detención que funcionaba en las inmediaciones de la localidad de Famaillá, en el Ex Ingenio Nueva Baviera -según surge del relato efectuado en la audiencia-. Allí lo introdujeron en una galería cerrada, una especie de corredor cubierto ancho, en una construcción de paredes viejas, desgastadas; fue guiado entre cuerpos de personas y tirado en el piso. Más tarde uno de los guardias le sacó la capucha y le puso una venda elástica en los ojos, le dio una camisa del ejército para que se cubriera y una colcha. Le preguntó si lo habían sacado de su casa, en el campo, y si estaban sus padres ahí, y qué hacían estos, y le decía que él los conocía a sus padres, si seguía de novio con la misma chica en Simoca. Fue también interrogado sobre sus actividades y sobre su hermano Luis Alberto mientras era golpeado. Pudo percibir que en ese lugar había muchas personas encapuchadas y con sus manos atadas, tiradas en el piso, algunas muy golpeadas y escuchó gritos de dolor e interrogatorios hechos a otras personas, voces de mando y movimientos como de tropa.

A la noche siguiente fue trasladado en el piso de un camión al centro clandestino de detención que funcionó en la Jefatura de Policía de la provincia. La víctima precisó que reconoció el lugar por el repique de las campanas de la iglesia del corazón de María y porque escuchó que una señora le preguntaba a un guardia cómo llegar a la calle Santiago y el guardia le explicaba partiendo de la ubicación en la que se encontraban. Allí le asignaron el número 102 y lo llevaron a un calabozo muy estrecho, pudiendo ver que había muchas personas secuestradas en malas condiciones de salud, se sentían sus voces y quejidos. Fue torturado en varias ocasiones y golpeado constantemente; sometido a picana eléctrica, cachiporrazos de goma en la espalda y simulacros de fusilamiento. Lo interrogaban sobre algunas personas que conocía y sobre sus actividades en la Facultad de Filosofía. Le decían que era íntimo amigo de Pedro Medina, quien según el testigo había sido su compañero en la carrera de filosofía, entre 1972-1973. Al respecto, contó que una semana antes de que lo secuestraran habían entrado un grupo de desconocidos a la casa de su tía en la calle San Lorenzo al 900 -donde se quedaba durante la semana para ir a la facultad- y se habían llevado el libro "sendas perdidas" de Heidegger en el que constaba el nombre de Pedro Medina, quien había sido secuestrado a la salida de Simoca en febrero del año 75.-

Su cautiverio se mantuvo en esas condiciones durante 11 días, luego de lo cual fue liberado en una camioneta rastrojera y conducido a la casa de su hermana María Cristina Soldati, sita en Avenida Belgrano al 2.100 de esta ciudad, bajo amenazas de que no contara nada de lo que le había sucedido.-

Al respecto su hermana María Cristina dijo en la audiencia que a los once o doce días de la desaparición de Carlos golpearon la puerta de su casa a la noche y ahí le devolvieron a su hermano Carlos muy lastimado, temblando, y éste le pidió que quemara la camisa verde que tenía puesta porque así se lo habían ordenado.

Carlos Severino Soldati participó de un reconocimiento al centro clandestino de jefatura junto a miembros de la CONADEP en el año 1984, y volvió a hacerlo junto a éste Tribunal en el marco de los juicios orales en las causas "Jefatura" (año 2010) y en la presente.-

Berta Soldati nació el 2 de julio de 1949. A la fecha de su secuestro tenía 27 años de edad, era licenciada en Servicio Social y trabajaba en el Instituto Privado de Psicopedagogía "Jean Piaget".-

Carlos Severino Soldati a la fecha de su secuestro tenía 25 años de edad y estudiaba filosofía en la Facultad de Filosofía y Letras de la U.N.T. Vivía en casa de sus padres en Manuela Pedraza, departamento Simoca y muy a menudo, en días de semana, se quedaba a dormir en la casa de una tía, en el centro de la ciudad de San Miguel de Tucumán, para concurrir a la facultad. Fue liberado después de once días de cautiverio.-

Hechos que perjudicaron a José Manuel Rodríguez (Caso 39) (Causa: "Olaz de Rodríguez, María Luisa s/ su denuncia" Expte. n° 549/07)

Ha quedado acreditado con la declaración en audiencia de Marta Elsa Rodríquez, hermana de la víctima que José Manuel Rodríguez fue secuestrado de la vivienda familiar el 3 de septiembre de 1976.-

Dijo su hermana que la víctima tenía 32 años, que trabajaba a la mañana en el correo, que a la tarde estudiaba el secundario y que a la noche era recepcionista de un hotel. Agregó que los fines de semana enseñaba ajedrez en la iglesia del barrio.-

Asimismo dijo que el día del hecho su hermano llegó del correo como todos los días alrededor de las 15 horas, almorzó y puso el despertador a las 17 horas para levantarse. La declarante estaba en la casa y aproximadamente a la misma hora que sonó el despertador comenzaron a golpear la puerta. Abrió e ingresaron muchos militares armados a la casa. Como en la época esos operativos eran frecuentes en el lugar no se asustaron. A su madre se la llevaron al fondo, habían rodeado toda la manzana. Ella fue a levantar a su hermano, le dijo que eran los militares y él no le creía, estaba adormecido. Le pidieron la documentación a su hermano y se lo llevaron.-

Además relató que su madre se descompuso por lo que hubo que atenderla. Supo por los vecinos que su hermano fue vendado y subido a un camión.-

Buscaron sin éxito a su hermano hasta que a los tres días del secuestro un vecino de la casa llamó avisándoles que estaba detenido en la Brigada, que le llevaran ropa y comida. Esa misma noche le llevó comida. Los días subsiguientes le llevaba el desayuno, el almuerzo y la cena.-

Precisó en la audiencia que un policía de la Brigada quería salir con ella. Explicó que le dijo que ella accedería a hacerlo si el le hacía ver a su hermano. El policía primero le dijo que no y luego le dijo que un domingo fuera a preguntar por otra persona, y la hicieron entrar. Así pudo conversar con su hermano que le señaló que había muchos casos como el suyo, de personas detenidas equivocadamente. Lo visitó en otras oportunidades, hasta que un día sábado en el que supuestamente le daban la libertad fue a buscarlo con la novia de él, y le dijeron que ya lo habían liberado. Sin embargo le recibieron la comida. Al respecto dijo que pensó que lo hicieron porque su hermano aún permanecía detenido. El guardia volvió con la comida y le dijo que no estaba. Dijo que ante esa noticia se puso muy nerviosa, que empezó a gritar, que le mostraron el libro de guardia y allí figuraba la firma de José Manuel Rodríguez con la leyenda "libertad por falta de mérito". Agregó que otro policía le dijo que cuando su hermano firmó el libro lo agarraron de un brazo, lo metieron a un camión militar y se lo llevaron.-

Desde ese hecho que fue aproximadamente a los 10 días de la detención no volvió a ver a su hermano.-

Precisó que supo que el día que se llevaron a su hermano también se llevaron a amigos de él, todos estaban en una lista del sindicato de los empleados de correo pero que a los otros los dejaron en libertad.-

Sus familiares hicieron diversos trámites para dar con su paradero ante la CONADEP, Comisión Bicameral y CONSUFA.-

José Manuel Rodríguez estuvo cautivo en Jefatura de Policía de Tucumán, prestó declaración bajo tortura, figurando en la lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" bajo el número 208 con la sigla "DF" que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente en el juicio "Jefatura" e incorporada a las presentes actuaciones.

Al día de hoy José Manuel Rodríguez continúa desaparecido.

Hechos que perjudicaron a Humberto Rubén Ponce (Caso 40) (Causa: "Olivera de Ponce, Rita Mauricio s/ su denuncia" Expte. n° 628/06)

Conforme quedó acreditado en la audiencia con las declaraciones de los hermanos de la víctima Ramón Edgardo Ponce y Rita Mabel Ponce, Humberto Rubén Ponce fue secuestrado el día 31 de mayo de 1977 del domicilio de su padres ubicado en calle Buenos Aires al 600.-

Al momento del hecho la víctima se encontraba junto a su esposa María Teresa Madariaga, su padre Jesús María Ponce, su madre Rita Mauricia Olivera de Ponce y sus hermanos María Isabel y Ángel Gerardo Ponce.-

De lo relatado por Rita Mabel surge que encontrándose su hermano Ángel parado en la puerta principal de su casa unas 8 o 10 personas, armadas y vestidas con ropa militar lo empujaron adentro. Posteriormente ingresaron y juntaron a todos los presentes en una pieza y se llevaron a su hermano Humberto Rubén. También llevaron dinero, un auto marca Dodge y desordenaron toda la casa.

Conforme lo relataron sus hermanos Humberto Rubén Ponce trabajaba vendiendo ropa y se identificaba con la Unión Cívica Radical, pero no tenía militancia social, aunque comenzó a comprometerse cuando detuvieron a Ramón Edgardo Ponce y su esposa en enero del 75. Por esa situación empezó a ayudar a las personas que estaban presas o que debían exiliarse y colaboró en el trabajo que realizaba el Dr. Ángel Gerardo Pisarello con detenidos y desaparecidos.

Su madre realizó numerosas gestiones ante autoridades eclesiásticas, judiciales, policiales y militares. Presentó dos recursos de Habeas Corpus ante el juez federal en el año 78 y ambos fueron rechazados. También expuso una denuncia ante la Comisión de Derechos Humanos de la OEA.

El testimonio de Juan Martín Martín da cuenta que Humberto Rubén Ponce estuvo detenido-secuestrado en Jefatura de Policía.

Humberto Rubén Ponce figura entre la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente, específicamente en la lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", número de orden 195 con la sigla "DF", lo que indica que su ejecución fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia".

Al día de hoy Humberto Rubén Ponce continúa desaparecido.

Hechos que perjudicaron a Silvina Parrile de Salinas y Ricardo Luis Salinas (caso 41) (Causa: "Parrile de Salinas, Silvana y Salinas, Ricardo Luís s/ sus secuestros y desapariciones". Expte. n° 284/06)

Conforme quedó acreditado con los testimonios en audiencia de Julia Josefa Salinas Lanciotti, José Domingo Sandoval y Cecilia Parrile, el 7 de enero de 1977 Silvana Parrile de Salinas y su esposo Ricardo Luis Salinas fueron secuestrados en San Salvador de Jujuy.-

A fines de diciembre del 76 Silvina y Ricardo Luis habían llegado a Tucumán por el casamiento de la hermana de este último. Pasaron la noche del 31 de diciembre con la familia y los primeros días de enero de 1977 partieron al norte en busca de un lugar para afincarse. Habían quedado de acuerdo con Julia Josefa Salinas Lanciotti y José Domingo Sandoval en que se reunirían en Buenos Aires hacia el 10 de enero (versión ratificada por ambos en la audiencia de debate).-

Entre esos días, según relató Cecilia Parille, su hermana envió una carta de puño y letra en la que relataba las condiciones en que había sido secuestrada con su esposo por personal del Ejército a plena luz del día en una calle de la ciudad de San salvador de Jujuy. Al recibir la carta, el padre de Silvana entabló comunicación con un coronel de apellido Reyes, Jefe de la Región 323, que le indicó dónde estaban detenidos Silvana y Ricardo y le entregó una lista de artículos de primera necesidad que ellos necesitarían. Al día siguiente, cuando quiso verla, le dijeron que habían sido liberados y le mostraron las rúbricas en el libro de salidas del lugar de detención. Ricardo y Cecilia estuvieron detenidos en el Servicio Penitenciario de Jujuy, pabellón 3 y 4 respectivamente, según consta en el informe elaborado por el Secretario del Juzgado de Instrucción en lo Penal N° 1 de la provincia de Jujuy, en fecha 11 de de febrero de 1987 (fs. 27 del cuerpo 60).-

Las familias de las víctimas pensaron que realmente habían quedado en libertad, pero al no aparecer el matrimonio, en el mes de marzo el padre de Silvana volvió a Jujuy y se entrevistó con el mayor Donato, que le dijo que sus familiares estaban vivos. Mucho tiempo después y gracias a un libro titulado "Detenidos desaparecidos" lograron determinar que Silvana Parrile de Salinas y su esposo Ricardo Luis Salinas estuvieron detenidos en el penal de Villa Gorriti, y que fueron trasladados al centro clandestino de detención Jefatura de policía, ubicado en la provincia de Tucumán.-

Según relató Cecilia Parrille, a través de la agrupación HIJOS filial Jujuy tomaron conocimiento de que una persona llamada Erasmo Mendoza era quien se encargaba de los traslados de Jujuy a Tucumán.-

Del testimonio de Pedro Cerviño surge que efectivamente ambas victimas permanecieron cautivas en la Jefatura de Policía. Dijo el testigo que Ricardo Salinas estaba frente a él y su mujer al lado de éste, ambos en celdas individuales.-

El testigo Juan Martín Martín manifestó en la audiencia que supo que Ricardo Salinas y su compañera estuvieron allí.-

Silvana Parrile de Salinas y Ricardo Luis Salinas figuran entre la documentación aportada en audiencia por el testigo Juan Carlos Clemente en causa "Jefatura" en la lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", (números de orden 265 y 266) con la sigla "DF". Ello indica que sus ejecuciones fueron decididas por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia".-

Ricardo Salinas fue alumno del Gymnasium Universitario, participaba en el club colegial desde donde luchaban para que se fuera la interventora. Se incorporó al GET (Grupo Evolución Tucumán) desde el año 69 o 70. En el 73, cuando Cámpora ganó las elecciones, se acercó a la Juventud Peronista. Julia Josefa Salinas aclaró que el GET era un grupo que tenía hasta las elecciones del 73 una actitud clara en contra de la lucha armada, que sí defendían la posibilidad del pueblo de rebelarse ante situaciones de injusticia y que después del 73 algunas personas que pertenecían a la agrupación pudieron tener un acercamiento a algún grupo de ese tipo, pero individualmente, nunca como grupo colectivo.-

María Alejandra Ponce relató que su hermano Horacio Ponce, hoy desaparecido, fue compañero de colegio de Salinas, de Gustavo Santillán y Ricardo Somaini, también desaparecidos.-

A fines del año 2011 se recuperaron los restos de Ricardo Salinas en una fosa colectiva en el Arsenal Miguel de Azcuénaga.-

A la fecha Silvana Parrile continúa desaparecida.

Hechos que perjudicaron a Wilfredo Rodríguez (Caso 42) (Causa: "Rodríguez, Wilfredo s/ su denuncia" Expte. n° 665/07)

El día 30 de julio de 1976 Wilfredo Guillermo Rodríguez fue secuestrado de su negocio de calle Laprida 213 por personal policial. Fue trasladado a la Comisaría Segunda y después a la "Brigada", desde donde fue liberado.-

Quedó acreditado este hecho en la audiencia por el propio testimonio de la víctima, Wilfredo Guillermo Rodríguez, quien relató que fue detenido un viernes de julio de 1976.-

Con anterioridad, según supo luego por sus padres, lo habían buscado en su domicilio familiar.-

Describió que las personas que lo llevaron estaban uniformadas como policías. Luego explicó que fue llevado a la Comisaría Segunda, donde permaneció un día. Agregó que desde allí lo trasladaron en un automóvil, pisándole la cabeza y los glúteos, hasta la Brigada de calle Sarmiento. Indicó que no lo interrogaron y que lo tuvieron de "plantón", sin comer ni tomar agua los tres días que estuvo allí. Además, agregó que tanto en la Comisaría como en la Brigada le hicieron firmar algunos documentos. En este último lugar le advirtieron sobre lo que hacía y para ser liberado tuvo que firmar una declaración sobre su ideología. Dijo que en la Brigada estuvo aproximadamente tres días.

Precisó que al liberarlo no le entregaron su documento, por lo que estuvo durante 5 años sin identificación y con mucho miedo. Agregó que durante muchos años llamaban telefónicamente a su casa preguntando por el y cortaban. Explicó que esta situación lo afectaba mucho y que se suspendió cuando cambió el gobierno.-

Además, indicó que su padre y madre se movieron incansablemente para lograr su liberación.-

Por último manifestó que 5 años después del hecho llamaron para informarle que su documento estaba en la Comisaría 13 de Villa Luján, lugar al que se dirigió con el Dr. Víctor Shedan para retirarlo.-

Este testimonio ha sido coincidente con el brindado por el nombrado Dr. Víctor Shedan, quien al exponer en la audiencia de debate dijo que cuando estuvo detenida la víctima en la Comisaría Segunda interpuso un habeas corpus que fue devuelto por el juzgado. Explicó que, según supo, la víctima no fue interrogada por nada en particular y luego fue liberada. Además corroboró que tiempo después acompañó a la víctima a buscar su documento en una comisaría.-

Hechos que perjudicaron a Luis Rojas y José Dalmiro Rojas (Causa 43) (Causa: "Ríos de Rojas, Irma Lidia s/ su denuncia", Expte. n° 734/07)

Luis Rojas era trabajador del Ingenio Concepción, hacía tareas de mecánico, tenía 46 años a la fecha de los hechos y estaba casado con Irma Lidia Ríos.

José Dalmiro Rojas era uno de los hijos de ambos, tenía 23 años, era soltero y trabajaba como bibliotecario en la Universidad Nacional de Tucumán.

Conforme lo declarado en la audiencia por los testigos Irma Lidia Ríos, Eduardo Rojas y Pedro Luis Rojas quedó acreditado que Luis Rojas y José Dalmiro Rojas fueron secuestrados de la casa familiar en 1977.-

El 21 de junio de 1977, alrededor de las 3 de la madrugada, un grupo de sujetos uniformados y algunos vestidos de sport, portando armas cortas y largas, rompieron la puerta e ingresaron en el domicilio de calle 25 de mayo al 100 de la ciudad de Banda de Río Salí, Departamento Cruz Alta, Tucumán. Algunos de los atacantes que ingresaron tenían borceguíes y ponchos, amenazaron a la familia, los obligaron a mantener la luz apagada y se llevaron a José Dalmiro Rojas. Jorge Antonio Rojas relató que su padre fue a verlo a Roberto Heriberto Albornoz para pedir por su hermano.-El 13 de septiembre de 1977, del mismo domicilio antes mencionado, secuestraron a Luis Rojas. En horas de la noche ingresaron un grupo de hombres y secuestró a Luis Rojas, lo envolvieron en una sábana y dijeron que se lo llevaban para que "hablara con su hijo".

Padre e hijo fueron vistos por el testigo Juan Martín Martín en septiembre de 1977.-

Luis Rojas y José Dalmiro Rojas figuran en la lista aportada por el testigo Juan Carlos Clemente que lleva por título "Indice de declaraciones de delincuentes subversivos" bajo los números de orden 222 y 224, respectivamente y con las leyendas "DF", lo que prueba que permanecieron cautivas en el centro clandestino de detención Jefatura y que fueron ejecutadas conforme lo decidido por la "Comunidad Informativa de Inteligencia".-

Al día de la fecha Luis Rojas y José Dalmiro Rojas continúan desaparecidos.-

Hechos que perjudicaron a Domingo Nicolás Romano (Caso 44) (Causa: "Romano, Irma del Tránsito y Romano, María Antonia s/ desaparición" Expte. n° 729/07)

Domingo Nicolás Romano trabajaba como empleado administrativo en los Talleres Esperanza (CONASA), tenía actividad sindical, y era hermano del político y dirigente gremial Benito Vicente Romano.-

Al declarar en audiencia los hermanos de la víctima Irma Tránsito Romano y Ramón Francisco Romano señalaron que el 12 de enero de 1978 personal que se identificó como de la Brigada de Investigaciones de la Policía de Tucumán irrumpió en el domicilio de Domingo Nicolás Romano, en la localidad de Delfín Gallo, Departamento Cruz Alta y en presencia de su mujer y sus hijos lo llevaron secuestrado.-

Durante el debate Domingo Baldomero Coronel da cuenta de que Romano fue trasladado vendado a la Brigada de Investigaciones dependiente de la Jefatura de Policía de Tucumán. El testigo manifestó que fue secuestrado y trasladado en un vehículo el mismo día que Romano, y que al llegar a la plaza Urquiza le sacaron la venda, lo hicieron correr hasta la Brigada y en ese trayecto pudo ver a Domingo Nicolás Romano, quién corría desde otro auto hacia el mismo lugar. Nunca más vio a la víctima. Precisó que no pudo ver los papeles que lo hicieron firmar antes de salir de la Brigada y en los cuales figuraba su libertad y la de Romano.-

Hasta la fecha Domingo Nicolás Romano permanece desaparecido.

Hechos que perjudicaron a Arturo Alberto Lescano (Caso 45) (Causa: "Salomón de Lescano, María s/ su denuncia por secuestro y desaparición de Lezcano Arturo Alberto" Expte. n° 572/07).

Arturo Alberto Lescano en el mes de mayo de 1976 fue secuestrado en una parada de colectivo. Luego fue trasladado al centro clandestino de detención Jefatura de Policía.

Ha quedado probado en la audiencia de debate, conforme el recurso de habeas corpus interpuesto por María Salomón de Lescano, madre de la víctima, que Arturo Alberto Lescano fue detenido en el mes de mayo del año 1976 en una parada de colectivo en esta provincia (cuerpo 65, fs. 160).

Asimismo, su alojamiento en la Jefatura ha quedado acreditado por el testimonio de Oscar Segundo Holmquist, quien dijo que durante su cautiverio en dicho centro clandestino vio a la víctima.-

En igual sentido, Carlos María Mena, expuso que mientras se encontraba en Jefatura escuchó que se encontraba Alberto Lescano, de Santiago del Estero, a su lado, a quien interrogaban sobre dónde había conseguido el uniforme, a lo que la víctima respondía que "lo había comprado". Indicó que esto sucedió en abril o mayo de 1976.-

Además, el testigo Juan Rafael Cantos dijo en audiencia que en el año 2007 encontró un archivo en la Asociación por la Memoria Verdad y Justicia de Santiago del Estero sobre una nota que había hecho un oficial que había participado en el secuestro de Lescano en la provincia de Santiago.

Arturo Alberto Lescano figura en la prueba documental aportada por el testigo Juan Carlos Clemente en causa "Jefatura", en la lista que lleva por título "Índice de declaraciones de Delincuentes subversivos", bajo el número 131, junto a la sigla "DF".-

Hasta el día de hoy, Arturo Alberto Lescano se encuentra desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a María Esther Silva (Caso 46) (Causa: "Silva Vda. De Masaguer, Marta Lía s/ su denuncia" Expte. n° 547/07)

Marta Lía Silva declaró en audiencia que el 8 de Junio de 1976, en horas de la madrugada, irrumpieron en su domicilio ubicado en el barrio San Agustín, Primer Corte de la localidad de Alderetes, Departamento Cruz Alta, un grupo de cuatro personas vestidas de civil y uno con uniforme policial, algunos encapuchados y otros a cara descubierta, quienes portaban armas, buscando a su hijo Juan Masaguer, a quien no encontraron. Por temor hizo viajar a su hijo a la República de Bolivia y ella con su marido se fueron a vivir a casa de su hermana, María Esther Silva viuda de Visconti, en calle Florida 511 de Villa Alem, en San Miguel de Tucumán. Durante el periodo en que estuvieron en la casa de su hermana pudieron constatar que su casa de Alderetes había sido arrasada en varias oportunidades y se encontraba ocupada por personas armadas.-

El 21 de septiembre de 1976 una cuñada fue a avisarle a la escuela donde trabajaba que a su hermana María Esther Silva viuda de Visconti la habían secuestrado. Les dijo a sus compañeras de trabajo que si no volvía al día siguiente era porque había logrado escapar o bien había sido secuestrada.-

De acuerdo a la prueba producida en el debate, María Esther Silva fue secuestrada de su domicilio en presencia de su hijo Jorge Horacio Visconti, quien tenía Síndrome de Down. Por comentarios de vecinos supo que los secuestradores eran jóvenes encapuchados. El hijo de su hermana vivía pendiente de la madre y la madre de él. Al momento del secuestro de su madre se quería vestir para ir con ellos y le dijeron que se quedara piola, el chico lloraba y gritaba.

Una hermana suya lo llevó pero no lo podía cuidar, entonces lo llevó a un asilo, el chico gritaba y quería escapar, entonces lo tenían encadenado. Quería tenerlo con ella pero no se adaptaba. Lo llevaron al hospital, una enfermera lo encontró en la cocina durmiendo y hablando con el director le dieron un cargo, se encargaba de llevar el carro con la comida. La testigo de vez en cuando iba a verlo, le compraba ropa. Tiempo después lo llevaron al hospital psiquiátrico.

Asimismo, luego del secuestro de su hermana Marta Lía Silva dejó de trabajar porque había gente que rondaba el lugar de trabajo y querían saber dónde estaba su hijo, quien ya estaba en Santa Cruz de la Sierra. Recordó que tomó un tren y lo fue a ver, contó que ahí había un muchacho que protegía a los exiliados. En Bolivia pudo adquirir documento en tanto modificaron la ley y ya no era delito pasar de un país a otro sin documento para salvar la vida, consiguió trabajo como empleada doméstica para cuidar a un bebé. Volvió a la Argentina con el gobierno constitucional.-

Posteriormente intentó recuperar su casa que había sido apropiada por la policía. Ganó un juicio en la provincia y la indemnizaron, pero con muy poco dinero. La casa estaba destruida y no tenía dinero para restaurarla así que la vendió.-

Expresó que al retornar a la Argentina hizo todas las diligencias para ver si le podían dar su trabajo ya que no tenía nada. De su hermana nunca supo nada más. No supo dónde estuvo secuestrada.-

Quedó acreditado que María Esther Silva permaneció cautiva en Jefatura. Allí fue vista por Juan Martín Martín, quien la identificó como una mujer de 60 años, maestra, tía de Juan Masaguer.-

La víctima figura en la lista elaborada por la policía de la provincia titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" y aportada por el testigo Juan Carlos Clemente en la causa Jefatura y agregada a la presente, con el número de orden 233 y con la sigla "DF".-

Su hermana Marta Lía Silva realizó la denuncia ante la Comisión Bicameral

Al día de hoy, María Esther Silva continúa desaparecida.-

Hechos que perjudicaron a Nélida Azucena Sosa de Forti (Caso 47) (Causa: "Sosa de Forti Nélida Azucena s/denuncia por secuestro y desaparición" Expte. n° 1.507/05)

Alfredo Waldo Forti, hijo de Nélida Azucena Sosa de Forti, declaró en audiencia que el día 18 de febrero de 1977 se encontraba en la ciudad de Buenos Aires con su madre y sus cuatro hermanos varones menores, Mario de 12 años, Renato de 11, Néstor de 9 o 10 y Guillermo de 8 años, y se disponían a viajar a Venezuela para encontrarse con su padre que era médico. Sus papeles, pasajes, visas y pasaportes estaban en orden. El vuelo 284 de Aerolíneas Argentinas, con destino a Caracas estaba presto a despegar con los motores encendidos, cuando de la cabina solicitaron la presencia de Alfredo Forti -así también se llamaba su padre-.

El declarante se presentó y ordenaron el desembarco de toda la familia aduciendo que existía una orden de detención. Manifiestó que dicha orden emanó de personal de fuerzas de la policía federal, migraciones y gendarmería. Su madre exigió la orden de detención de autoridad competente y pidió que dejaran viajar a sus hijos. El oficial de la Fuerza Aérea preguntó si ello era posible y le dijeron que no porque eran menores no acompañados por ningún adulto, por lo que se procedió al desembarco de toda la familia-

Asimismo dijo que a la salida del aeropuerto fueron entregados por uniformados de diferentes fuerzas, recordó que había un pase "libre" en el aeropuerto para el grupo de oficiales que los sacó de Ezeiza y los entregaron a un grupo de civiles que eran de las Fuerzas Armadas, que los retiraron del aeropuerto de Ezeiza en dos automóviles.-

El declarante y sus hermanos salieron del aeropuerto, pararon en un baldío donde todos fueron atados y vendados, siguieron camino a lo que parecía un centro de detención en el que permanecieron alrededor de seis días. Con el regreso de la democracia, al reportar a la CONADEP su caso, pudo descubrir que había estado en el Pozo de Quilmes, que era sede de la Brigada 14 de la policía de Buenos Aires.-

En esos seis días no tuvieron explicación alguna, su madre en varias oportunidades pidió hablar con la autoridad del lugar. Estuvieron todo el tiempo en un patio interior rodeado de calabozos, en una parte del techo había una abertura enrejada a través de la cual podía verse parte del cielo y parte de la edificación que continuaba hacia arriba. Las guardias entraban y salían llevándoles alimentos.-

Al sexto día la madre de Alfredo Waldo Forti fue retirada a la noche. Al regresar les contó que había hablado con un jefe del lugar que se identificó como Coronel, que la orden de detención había venido de Tucumán y que procederían a trasladarlos a Tucumán. En esa ocasión su madre pidió que autoricen a sus hijos a que se quedaran en Buenos Aires en casa de unos familiares, pero los vendaron y ataron a todos, a los chicos los pusieron en un auto, a su madre en otro. Luego de un recorrido pararon los dos autos, uno de los captores le entregó los documentos del declarante y de los hermanos y los dejaron atados y vendados con una sábana encima y les dijeron que se llevaban a la madre, que la verían en poco tiempo.-

Al desatarse y sacarse las vendas el declarante vio que estaban cerca de la dirección de una familia amiga, pensó que su madre dijo que los dejaran allí.-

Dijo que desde producido el hecho, fines de febrero del año 1977, la familia hizo innumerables trámites para dar con su madre a la que nunca volvieron a ver, habeas corpus, denuncias ante diferentes Gobiernos de países extranjeros, Organismos Internacionales, denuncias en el Vaticano. Todas las búsquedas fueron infructuosas. Sólo se logró que con el Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos se aceptara la ocurrencia de los hechos denunciados de Ezeiza. El Gobierno de facto reconoció los hechos denunciados, pero adujo que su madre era una mujer que se estaba escapando de Montoneros y éstos, para evitar abandonos como ese, se hicieron pasar por militares y lograron engañar a las autoridades de Ezeiza y así los secuestraron.-

Agregó que luego vino CONADEP a la Argentina, se hizo el juicio a las juntas, se formó la Comisión Bicameral en Tucumán y se iniciaron las querellas de la familia.-

Precisó que de todas las investigaciones realizadas se pudo concluir que su madre fue trasladada de Buenos Aires a Tucumán, fue alojada en Jefatura de Policía, donde fue vista y hay una lista de detenidos desaparecidos donde su madre figura con la sigla "DF".-

Expresó que de todo lo recopilado por la familia, es innegable la responsabilidad del Ejército en el secuestro y desaparición de su madre. En el juicio a las juntas por el caso de su madre fueron condenados Videla, Agosti, Camps y otros por su responsabilidad jurisdiccional en la desaparición de su madre.-

Explicó que sus padres decidieron irse a Venezuela porque en el año 1976 en Tucumán se vivían momentos muy dolorosos, mucha violencia, detenciones, torturas, desapariciones. Incluso amigos, compañeros y conocidos de sus padres también habían sufrido esos hechos. Por eso sus padres decidieron mudarse a Venezuela. Recordó que su madre era una persona muy sensible, única hija de un médico salteño, desde joven mostró sensibilidad por el arte y por lo social, siempre se interesó por la gente, sobre todo por los más pobres, y en esa mezcla de actividades formó una familia grande de seis hermanos, su madre siempre tuvo actividades solidarias y les dio a sus hijos una formación moral firme, su madre tuvo una tarea de acción social para el prójimo, que lamentablemente para el gobierno de la época era un enemigo al que tenían que destruir, rescató la importancia de la formación que su madre les brindó.-

Precisó que en el vuelo a Caracas había dos funcionarios del Gobierno de Venezuela y un conscripto, ellos testimoniaron en el juicio a las juntas aunque también recibieron informalmente testimonios de azafatas y otras personas.-

Recordó que luego de que los liberan, su padre desesperado, sabiendo que no podía volver al país, buscó el apoyo de la Iglesia y así un sacerdote venezolano llegó al país dos días antes de la liberación de los hermanos. Hicieron gestiones ante la policía federal para recuperar los pasaportes, en aerolíneas para recuperar los pasajes, todo esto se hizo a través del Padre Alfonso Naldi. Expresó que el nuncio apostólico Pío Laghi no le dio ningún apoyo, pero sí el adjunto del cardenal Tortolo, Emilio Gracelli; con él se logró la remisión de los pasaportes por parte de la Policía Federal y de los pasajes por aerolíneas a cargo del Brigadier San Juan. Recuperada esa documentación y obtenida por Gracelli la autorización de Ministro del Interior Harguindeguy y del Jefe de la Policía Federal para salir del país, es que el embajador de Venezuela acompañó al grupo a Ezeiza y aún con esas autorizaciones en el aeropuerto hubo un serio inconveniente en la entrada del Aeropuerto de Ezeiza porque aparentemente un sector de las Fuerzas Armadas se oponía a que salieran del país. Al contingente se había incorporado Silvana, su hermana mayor que había quedado en Tucumán por una materia que tenía que rendir. La salida del país se concretó el 23 o el 24 de abril, un mes después aproximadamente del secuestro.

En igual sentido, Guillermo José Forti Sosa, hijo de Nélida Azucena Sosa de Forti declaró en audiencia y relató los hechos asociados con el secuestro y desaparición de su madre. Recordó que al 18 de febrero de 1977 tenía 8 años, agregó que cuando los bajaron del avión con los equipajes, los llevaron en dos autos, un Peugeot 504 y un Ford Falcon, que los subieron a un vehículo a los hermanos menores y al mayor y su madre en otro. Que él se asustó porque su madre y su hermano Alfredo iban en otro auto, por lo que empezó a llorar y lo llevaron al auto de su madre. Llegaron a una oficina donde oía máquinas de escribir, luego a otro sitio y finalmente a una celda. Que cuando los liberaron los dejaron en una plaza, cree que era la plaza San Martín, cerca de unos amigos de su madre, una de nombre Aide. Desde ese momento no volvió a ver a su madre, se comunicaron con su padre, luego vino un sacerdote, Alfonso Naldi quien a petición de su padre hizo todos los trámites con su hermano Alfredo. En casa de esa señora Aide estuvieron dos días, luego fueron a casa de su abuela en Olivos. Finalmente lograron conseguir los pasajes y el pasaporte, el embajador venezolano los acompañó al aeropuerto. Expresó que su madre era cariñosa, afectuosa, sensible a lo social, a ayudar a los pobres, buena esposa, ayudaba a leer y a escribir a los necesitados. Su padre falleció en el 2009. Recuerda que su hermano mayor Alfredo y a su padre hicieron numerosos trámites para dar con el paradero de su madre.

La testigo Luisa María Vivanco declaró en audiencia, contó que es amiga de la familia Forti porque su marido estudiaba medicina con Nélida Sosa de Forti, y después siguieron siendo amigos. Supo que a Nélida la secuestraron cuando se iba del país. A su marido y al Dr. Forti los habían contratado para trabajar en Venezuela, ambos ya estaban en ese país a la espera de que a sus familias les hicieran la entrega de las respectivas visas.-Nélida Sosa de Forti estaba en Buenos Aires terminando con los trámites para el viaje, mientras que por una enfermedad de uno de sus hijos sus trámites se vieron demorados, recordó que en esa oportunidad ella le dijo que se tenía que ir, que no podía esperar. Se enteró de lo ocurrido con Nélida y sus hijos poco tiempo después cuando llamó el Dr. Forti y les conto que a Nélida y a los cinco chicos los habían bajado del avión, que él supo lo sucedido porque también viajaba un ingeniero amigo de la familia que le contó. Aclara que el Dr. Forti viajó a Venezuela sin nombre de guerra, en ese sentido un artículo que refiere a Forti como Alonso lo entiende erróneo. Precisa que tanto ella como su familia y la familia Forti deciden irse del país en el año 1977 por la situación que se vivía. Contó que el Dr. Forti era un médico rural y su esposa maestra, ellos y otros amigos elegían desde sus respectivas profesiones trabajar para el pueblo. Esas personas eran perseguidas, estaban marcadas, giraba en todos la idea de irse y adónde. Conocían que todos los días secuestraban gente, se vivía en un clima muy difícil. Relató el momento del secuestro en forma coincidente con el relato de Alfredo Forti. Tomó contacto con la familia Forti en Venezuela ya que vivían juntos en la misma casa al principio.

Ha quedado acreditado que Nélida Azucena Sosa en algún mmomento posterior a su secuestro fue trasladada a Tucumán, permaneciendo cautiva en el centro clandestino de Jefatura de Policía.-

Pedro Cerviño en el debate dijo pudo a la víctima en varias oportunidades, desde el mes de marzo de 1977, en un pésimo estado de salud, no pudiendo reconocer la víctima al declarante, a pesar de que se conocían desde hacía mucho tiempo. Agregó que al parecer no podía hablar y apenas podía moverse. Era trasladada al baño por dos guardias ya que ella no podía hacerlo por sus propios medios. Llevaba un vestido de color amarillo. Cuando Pedro Cerviño fue trasladado del centro clandestino Jefatura Nélida Sosa aún se encontraba allí.-

Nélida Azucena Sosa de Forti figura en la lista elaborada por la policía de la provincia titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" bajo el número de orden 263 con la sigla "DF" (documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente en el debate de la causa "Jefatura" y que fuera agregada a las presentes actuaciones).-

Al día de hoy la víctima continúa desaparecida.-

Hechos que perjudicaron a Rubén Lindor Tártalo (Caso 48) (Causa: "Tártalo, Rubén Lindor s/ su denuncia" Expte. n° 721/07)

Graciela del Valle Tártalo declaró en la audiencia y dijo que Rubén Lindor Tártalo era su tío, el hermano de su padre. Agregó que su tío era médico clínico general, que la noche de su cumpleaños, el 24 de Junio de 1976, recibió un llamado para que vaya al Pasaje Frías Silva a ver un paciente y nunca más volvió. El automóvil de la víctima, un Dodge 1500, apareció detrás de la escuela de Agricultura. Supo que su tío estuvo cautivo en Jefatura. Pertenecía al partido de bandera blanca. También se enteró que antes de ser secuestrado había recibido llamadas de amenazas y que una vez le pusieron una bomba en su casa en el Pasaje O'Higgins. Aclaró que las amenazas previas tuvieron lugar en el año 1975.

Dijo asimismo que su padre empezó a investigar y lo amenazaron de que si seguía buscándolo iba a desaparecer. No sabe con quién habló su padre, pero la búsqueda fue incesante. Sabe que la familia también tomo contacto con el Padre Randici para saber del paradero de su tío, pero no sabe qué pasó, porque la persona que iba a esas reuniones era la empleada doméstica.-

Raúl Edgardo Elías en su testimonio prestado en la causa "Jefatura" agregado a éstos autos y en su declaración prestada en ésta audiencia expresó que vio a Rubén Lindor Tártalo en Jefatura de Policía, que amaneció muerto a la par suya. Parecía que había tenido un infarto la noche que lo interrogaron. Un policía le pegó un puntapié y no se movió, entonces los hicieron pasar a todos al centro del salón y los hicieron saltar. Posteriormente lo retiraron a Tártalo y los cambiaron de lugar. Dijo que nunca más supo de Tártalo.-

Rubén Lindor Tártalo figura en la lista titulada "Índice de Declaraciones de Delincuentes Subversivos" bajo el número de orden 271 con la sigla "DF", que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente en causa "Jefatura" y que fuera agregada a las presentes actuaciones.-

Sus familiares presentaron hábeas Corpus y realizaron denuncias ante la CONADEP para dar con su paradero. Todas las gestiones fueron infructuosas.-

Al día de la fecha la víctima continúa desaparecida.-

Hechos que perjudicaron a Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Carmen Toledo (Caso 49) (Causa: "Toledo, Ramón Miguel s/ denuncia" Expte. n° 1.376/05)

Ha quedado acreditado que Juan Carlos Di Lorenzo y María del Pilar Carmen Toledo fueron secuestrados en la vía pública el 06 de noviembre de 1976.-

María Magdalena Di Lorenzo, hermana de Juan Carlos Di Lorenzo, relató en la audiencia que el sábado 6 de noviembre del año 1976, su padre tuvo que ir a hacer una gestión por un imprevisto y se dirigió a la Avenida Independencia detrás de la Quinta Agronómica, donde se encontró con Juan Carlos que había ido en su moto con la novia.-

Según lo relatado por su padre, su hermano Juan Carlos dijo que volvía a la casa, pero nunca llegó. Indicó que su casa está ubicada en la calle Luis María Drago 245. No sabe qué pasó con su hermano en ese trayecto, no volvió a verlo jamás, dijo que era "como si lo hubiera tragado la tierra".

También dijo que al día siguiente, su padre fue a buscar a Juan Carlos por el supuesto recorrido que debería haber realizado, pero no vio nada y nadie pudo decirle nada. Que junto a su padre recorrieron los hospitales para ver si alguien sabía algo pero no tuvieron resultados. Señaló que Juan Carlos iba con su novia María del Pilar Carmen Toledo en la moto.-

Su padre inició toda la búsqueda, se movilizó, presentó un recurso de Habeas Corpus en noviembre del 76. Desconoce que pasó con la novia de su hermano, sabe que su padre se comunicó con el padre de ella y que tuvieron algunas diferencias por lo que no se comunicaron nunca más.-

Manifestó que tiene un recorte del año 83 del diario La Tarde, en donde figuraba el nombre de su hermano y decía que había estado en la Escuelita de Famaillá, y expresó que eso es lo único que sabe de su hermano hasta el día de hoy.-

Precisó que su hermano tenía 28 años, estudiaba ciencias económicas y militaba en la Juventud Peronista. Le decían "Cuchillo" porque le gustaban los asados, tocar la guitarra, era muy fiestero y tenía un cuchillo de marca Puma que llevaba a todas partes.

El testigo Juan Carlos Clemente dijo que cuando estuvo en la celda en Jefatura, un guardia abrió y le dijo que había una persona herida, si entendía algo de medicina y lo llevó a una celda donde había una joven que tenía el pie herido, la herida estaba infectada, entonces le trajeron un jabón y él intentó lavarle y vendarle el pie y ella le dijo que era la novia de Cuchillo Di Lorenzo, y agregó que ese chico era muy nombrado en el ámbito del peronismo juvenil.-

El testigo Juan Martín Martín dijo que vio en Jefatura a Chichí Toledo, que no sabe si es María del Pilar Toledo, pero que era la novia de Juan Carlos Di Lorenzo y supo que los habían secuestrado juntos. Los conocía de la época de la militancia pero a Juan Carlos no lo vio.-

Obran en el expediente innumerables trámites realizados por los familiares de Juan Carlos y de María del Pilar para dar con su paradero.-

María del Pilar Carmen Toledo, "Chichí" figura en la lista elaborada por la policía de la provincia titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" con el N° de orden 269 con la sigla "DF", listado que forma parte de la documentación aportada por el testigo Clemente en la causa "Jefatura", agregada a éstos autos.-

Actualmente ambas víctimas permanecen desaparecidas.-

Hechos que perjudicaron a Héctor Gerardo Tula (Caso 50) (Causa: "Tula, Héctor Gerardo s/ su secuestro y desaparición" Expte. n° 1.733/04)

Ha quedado acreditado que Héctor Gerardo Tula fue secuestrado de su domicilio de calle Matienzo 863, el día 8 de Junio de 1976. Allí vivía con sus padres Clementina del Carmen Rodríguez y Miguel Ángel Tula y su hermana Irma Susana Tula con su esposo e hijos.-

Su hermana relató en audiencia que esa noche estaba fría, que estaban durmiendo, la estufa daba una pequeña luz, tipo tres de la mañana, entraron en forma violenta un grupo de personas a su dormitorio, no los podía ver bien por la oscuridad, estaban con gorras, uniformes y armas largas. Entraron por un pasillo y de ahí a la casa, preguntaron donde esta Tula, Héctor Gerardo Tula, ella les dijo que vivía al lado, era la misma casa pero en la habitación del lado, salieron por el mismo pasillo, rompieron el vidrio de una ventana y saltaron a lo que era la antesala de la pieza de sus padres, se despertaron ellos y los empujaron a la cama, dejaron a una persona para que los vigilara que no se muevan. Le dijeron a su hermano que se levantara y se cambiara, luego escuchó ruidos de pasos cuando salían. Cuando se fueron, los vecinos comentaban que eran varios autos, que llevaba una funda de almohada en la cabeza y lo llevaron hasta avenida Roca.-

Dijo que los trámites de la búsqueda, hábeas corpus y otras denuncias, los hicieron sus padres, pero nada tuvo resultado.-

Héctor Gerardo Tula trabajaba en obras públicas de la municipalidad y estudiaba ingeniería en la tecnológica.-

El testigo Fernando Leopoldo Leila declaró en audiencia que estuvo detenido en la Brigada de Investigaciones de Avenida Sarmiento y que allí vio detenido a su amigo Gerardo Tula, que hicieron un pacto que consistía en que el que saliera primero contaría en sus casas y que él fue el primero en ser liberado. Agregó que le consta que estuvo alojado en la Brigada porque reconocía los pitidos del tren. Precisó que en ese lugar había otras personas detenidas y que él era el número 16, agregando que una noche escuchó voces de mujeres.

Héctor Gerardo Tula figura en el "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente al declarar en la causa "Jefatura", agregada a éstos autos, bajo el número 272 con las siglas DF, lo que acredita su permanencia en el centro clandestino Jefatura de Policía y su destino final.-

Hechos que perjudicaron a Aida Inés Villegas y a Jorge Villegas (Caso 51) (Causa: "Villegas de Robert, Claudia s/denuncia" Expte. n° 1.551/06)

Quedó acreditado en la audiencia de debate que el día 2 de noviembre de 1976, entre las 14.30 y 15.00 horas, un grupo de personas armadas, vestidas de civil, con el rostro cubierto por medias, gorros y pañuelos, portando armas cortas y largas, ingresó al domicilio de Aída Inés Villegas sito en calle Catamarca 386 de esta ciudad. En ese momento se encontraban en el domicilio junto a ella su abuela Amelia Babot de Herrera, la empleada doméstica Luisa Corregidor, una amiga de la casa y una sobrina menor de edad.

La testigo Claudia Inés Villegas recordó que su abuela le contó que estaba durmiendo la siesta y se despertó con un hombre con armas que la increpaba, vio los borceguíes de la fuerza militar, había una voz de mando, incluso entraban y salían de la casa. Otro grupo de hombres pusieron a la empleada como escudo humano y la hicieron subir a la terraza. A su abuela junto con la empleada la encerraron en la habitación donde dormía la hija de la testigo. Cuando estuvieron encerradas escucharon quejidos.

Durante el operativo de secuestro, golpearon a Aída Villegas en la cara, según relato de la testigo que vio manchas de sangre en la almohada y un vecino que dijo que su hermana tenía la cara roja cuando la sacaron del domicilio. Luego vio un cable de la lámpara y cree que le aplicaron descargas eléctricas antes de llevarse a su hermana. La sacaron amordazada y en ropa interior y la introdujeron a uno de los autos que esperaba afuera, que no tenía patente, había tres vehículos y un carro del ejército apostado en la esquina, conforme los relatos de vecinos.

Se tuvo por probado que Aída Inés Villegas fue trasladada al centro clandestino de detención Jefatura de Policía, conforme relató en la audiencia el testigo Juan Martín Martín. En igual sentido la testigo Claudia Villegas señaló que se encontró con un subteniente de apellido Almaraz que le dijo que su hermana estaba en Jefatura.

Según pudo constatar Juan Martín, con quien la víctima compartió cautiverio, en ocasión de una visita de altos jefes militares, entre quienes se encontraba Antonio Domingo Bussi y Luciano Benjamín Menéndez, Villegas fue llevada esposada a las dependencias del llamado Puesto de Comando Táctico, situado en el centro clandestino de detención del Ex Ingenio Nueva Baviera, en Famaillá, para luego ser llevada nuevamente a Jefatura.

Aída Villegas figura en el "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente al declarar en la causa "Jefatura", agregada a éstos autos, bajo el número 283 con las siglas "DF", lo que acredita su permanencia en el centro clandestino Jefatura de Policía y su destino final.-

Asimismo, también ha quedado acreditado en audiencia que el 8 de junio de 1977, entre las 2 y 3 de la madrugada, un grupo de personas ingresó al domicilio de calle Catamarca y llevaron secuestrado a Jorge Villegas.

Conforme lo relatado en la audiencia por Claudia Inés, hermana de la víctima, esa noche se escucharon ruidos, sintió a su abuela hablar fuertemente con una persona que tenía un camperón grande, aparecieron dos hombres le taparon la cabeza y comenzaron a interrogarla.

Jorge Villegas estuvo en Jefatura de Policía conforme lo relatado por el testigo Juan Martín. Figura en el "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente al declarar en la causa "Jefatura", agregada a éstos autos, bajo el número 284 con las siglas "DF", lo que acredita su permanencia en el centro clandestino Jefatura de Policía y su destino final.-

Al día de hoy Aída Inés Villegas y Jorge Villegas continúan desaparecidos.

Hechos que perjudicaron a Raúl Alfredo Carlevaro, Eduardo César Araujo, Rosa del Carmen Quinteros de Viecho y Juan Alberto Miño (Caso 52) (Causa: "Araujo, Amalia H. s/ su denuncia por privación ilegítima de la libertad y desaparición de Eduardo César Araujo" Expte. n° 589/07 y sus acumulados, Exptes. n° 652/07 y 452/09).

Ha quedado acreditado en audiencia que Rosa del Carmen Quinteros fue secuestrada el 11 de Mayo del 76 en la localidad de Río Seco, Tucumán, cuando se dirigía hacia Acheral en un transporte público (Declaraciones de Francisco Alejandro Viecho -esposo de Rosa y padre de sus hijas-; Juan Carlos Clemente y Juan Alberto Miño).-

La víctima fue trasladada primero al centro clandestino de detención que funcionaba en la base militar del ex Ingenio Nueva Baviera, en Famaillá, donde la vio y pudo hablar con ella el testigo Juan Alberto Miño, quien dijo ser pareja de Rosa en esa fecha. Éste contó que estaba muy torturada, tenía una herida en el estómago y preocupada por sus hijas que eran muy pequeñas.-

Luego Rosa fue trasladada al centro clandestino de detención que funcionó en la Jefatura de Policía.-

El testigo Juan Martín Martín declaró que supo que Rosa del Carmen Quinteros estuvo allí y que cuando él estaba detenido en Nueva Baviera, en septiembre, octubre o noviembre del 76, fueron a comentarle que habían matado a un grupo de prisioneros en un supuesto enfrentamiento, entre los que estaba Rosa Quinteros.-

Si bien no existe certeza sobre si el fusilamiento de Rosa Quinteros fue en la Jefatura o en una casa de Villa 9 de Julio, lo cierto es que la inclusión de la víctima entre la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente, específicamente en la lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", (número de orden 198) con la sigla "DF" indica que prestó declaración bajo tortura y que su ejecución fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia".-

Al día de hoy Rosa del Carmen Quinteros continúa desaparecida.

Juan Alberto Miño fue secuestrado en el mes de julio de 1976 en horas de la madrugada del domicilio de Río Seco, Tucumán, junto a Juan Carlos Clemente (alias) "Perro" -quien lo confirma en su testimonio ante este Tribunal-, mientras se encontraba en la casa que había adquirido la organización Montoneros en donde también se encontraba la niña Susana Viecho quien tenía casi tres años y era hija de Rosa Quinteros, quien había sido secuestrada tiempo antes. Fue trasladado a Nueva Baviera y permaneció allí durante dos semanas en las cuales fue torturado con picana eléctrica, lo pusieron en una "parrilla, una cosa de hierro donde ponen electricidad y le pegaban con madera". Luego lo llevaron al centro clandestino de detención que funcionó en la Jefatura de Policía, donde también lo torturaron a golpes y picana eléctrica. Estando en Jefatura, lo llevan en un camión junto a otros secuestrados a una casa en la calle Blas Parera que el mismo Miño había marcado. Miño relató en la audiencia las circunstancias que posibilitaron su fuga de los captores, contó que cuando lo bajaron en esa casa los pusieron a todos sentados en el living en lugares distintos, que no había luz y que mientras los miembros de la patota -alumbrándose con linternas- sacaban la cocina, la heladera y otros artefactos del inmueble, se pudo correr la venda de los ojos y desatarse, salió por una puerta que él sabia que no se cerraba, saltó el muro y salió por una calle lateral; corrió hasta llegar al parque desde donde escuchó el ruido de ametralladoras. Al respecto, el testigo Juan Carlos Clemente testimonió: "En cuanto a Miño en la Jefatura se armó un revuelo un día, no sabe exactamente cuándo, porque a la mañana siguiente de ese episodio llegó media patota diciendo -entre ellos Fariña y De Cándido- que se había fugado Miño, que lo habían llevado a una casa y que de ahí se había fugado. Parece que Miño ya conocía esa casa, porque había vivido alguna vez en esa casa, conocía los vecinos, la forma de salir por los fondos y es por ello que se pudo escapar, el comentario era que habían llevado a esa casa como a 4 o 5. Que se simuló un tiroteo".

También ha quedado probado en este juicio que Raúl Alfredo Carlevaro -alias Javier- estuvo secuestrado en el centro clandestino de detención que funcionó en la Jefatura de Policía de la provincia. El testigo Juan Carlos Clemente relató en la audiencia que en la Jefatura estuvo un tal "Javier", como era conocido Carlevaro. El mencionado dijo que sintió sus gritos y las torturas que le aplicaron, especificando que eso ocurrió aproximadamente en el mes de Agosto o Septiembre del 76. Por su parte, el testigo Miño manifestó recordar a Javier Carlevaro, de quien dijo que era responsable de una unidad dentro de la agrupación montoneros. Al día de hoy Raúl Alfredo Carlevaro continúa desaparecido. Por otro lado cabe destacar que la inclusión de Raúl Alfredo Carlevaro entre la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente, específicamente en la lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", (n° de orden 42) con la sigla "DF" indica que prestó declaración bajo tortura y que su ejecución fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia". Al día de hoy Raúl Alfredo Carlevaro continúa desaparecido.

Se ha demostrado en el debate que Eduardo César Araujo (a) "Viru", fue secuestrado el 14 de agosto de 1976, junto a Juan Martín, cuando ambos se encontraban en un bar ubicado en la intersección de avenida Alem y calle Bolívar de la ciudad de San Miguel de Tucumán, por un grupo operativo integrado por Arturo Félix González Naya (f), los subcomisarios José Bulacio y Ángel Custodio Moreno, los oficiales Luis De Cándido, Guillermo Agustín Fariña, Hugo Rolando Albornoz, y el cabo Carlos Reynoso. Fue trasladado al centro clandestino de detención que funcionó en la Jefatura de Policía de la provincia. El testigo Juan Martín describió ese momento especificando "que fue en agosto de 1976, después de haber entrado a un restaurante que había en un club ubicado por la zona de la avenida Colón, en un pasaje paralelo a esa avenida, que allí había ido a comer, y que al entrar vio a un compañero de militancia que conocía como el "viru", "virulana", -un chico cordobés que luego de muchos años le mostraron una foto y que cree que era de apellido Araujo-, con el cual se sentó a comer y que pasados unos minutos, escuchó un estruendo y sillas que caían, al darse vuelta lo golpearon con la culata de una pistola y los secuestraron a los dos. Que lo volvió a ver al "viru" los primeros días en Jefatura de Policía muy torturado. Que se encontraba en la zona de los calabozos.". Cabe destacar que la inclusión de Eduardo César Araujo entre la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente, específicamente en la lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", (n° de orden 9) con la sigla "DF" indica que prestó declaración bajo tortura y que su ejecución fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia". Al día de hoy Raúl Alfredo Carlevaro continúa desaparecido.

Por último no se puede dejar de mencionar que en fecha 5 de septiembre de 1976 aparecieron sendas notas periodísticas en los diarios "Clarín" y "La Voz del Interior" que refieren al supuesto enfrentamiento del día 3 de septiembre de ese año y mencionan a Eduardo César Araujo y Raúl Alfredo Carlevaro como abatidos en ese "episodio". La prueba producida respecto a los hechos que padecieron las víctimas, es contundente para demostrar la falsedad de tales publicaciones (Publicación del diario "Clarín" de fecha 5/09/1976 a fs. 3 y a fs. 22/23. Publicación del diario "La Voz del Interior" de fecha 5/09/1976 a fs. 32 del cuerpo n° 76).-

Rosa del Carmen Quinteros, domiciliada a la fecha de los hechos en Rio Seco, era muy solidaria con grandes intereses por lo social y militaba en el Movimiento Rural Católico y en la Liga Agraria; era conocida como "Lucrecia" estaba casada con Francisco Alejandro Viecho con quien tenia dos hijas muy pequeñas -Alejandra y Susana- quienes quedaron sin sus padres ya que al momento de los hechos Viecho se encontraba privado de su libertad desde el año 1974 y fue liberado en el año 1981.-

Juan Alberto Miño, (a) "Pora" actualmente en vive en la ciudad de Nantes, Francia; a la fecha de los hechos se domiciliaba en Rio Seco, provincia de Tucumán; según su propio relato era "oficial segundo" de la organización Montoneros.-

Eduardo César Araujo (a) "Viru" o "virulana" , se domiciliaba en la ciudad de Córdoba, era estudiante de Medicina y según el testigo Miño, responsable de una unidad dentro de la organización montoneros.

Raúl Alfredo Carlevaro, (a) "Javier" , era responsable de una unidad dentro de la organización montoneros, también según el testigo Miño.-

Hechos que perjudicaron a Justo Francisco Ontivero y Juan Carlos Ontivero (Caso 53) (Causa: "Ontivero, Justo Francisco s/ denuncia" Expte. n° 546/07)

Ha quedado acreditado en el debate que el día 17 de mayo, en horas de la tarde, Justo Francisco Ontivero, quien tenía quince años en esa fecha, fue sacado de la casa donde vivía un hombre de apellido Jiménez junto a su esposa, ubicada en el pueblo Ex Ingenio Lules, por personal de la Policía Federal que se movilizaba en carros de asalto. De allí fue llevado a su domicilio, ubicado también en el Ex Ingenio Lules, de donde secuestraron a su hermano, Juan Carlos Ontivero.-

Ambos fueron llevados junto a otras personas -entre quienes estaban Juan Carlos Torres y los hermanos Fuentes- al centro clandestino de detención conocido como "La Escuelita" ubicado en la localidad de Famaillá. Allí permanecieron cautivos cuatro días, con los ojos vendados y con las manos atadas a la espalda. Fueron interrogados bajo amenazas, golpes, y simulacros de fusilamientos, entre otras agresiones.-

Justo Francisco Ontivero describió de la siguiente manera los tratos degradantes a los que fueron sometidos durante el cautiverio: "(...) la única manera de salir ahí era cuando pedíamos para hacer las necesidades, pero digamos fecales,para el pis nos ponían un balde y yo le tenía que abrir al otro digamos la bragueta sacarle el miembro, levantar el balde, él mear y él hacer exactamente conmigo igual, porque teníamos las manos hacía atrás". Según lo relatado por el mencionado testigo, su hermano Juan Carlos Ontivero fue sometido a picana eléctrica en este lugar.

Luego de cuatro días aproximadamente, un domingo al mediodía, fueron trasladados en un Unimog al centro clandestino de detención que funcionó en la Jefatura de Policía, en San Miguel de Tucumán. En ese lugar a Justo Francisco le sacaron las vendas, le desataron las manos y le asignaron la tarea de sacar la basura, buscar agua y limpiar el baño; tal circunstancia permitió que pudiera ver que había unas treinta personas detenidas.-

Juan Carlos Ontivero también fue sometido a torturas en este lugar, conforme lo relató su hermano en la audiencia.-

Ambos hermanos estuvieron en Jefatura de Policía siete días y fueron liberados juntos el 24 de mayo de 1976 a las 21.00 horas, fecha que precisó el declarante porque recordó que al otro día de su liberación fue a la fiesta del 25 de mayo en el pueblo.

Igualmente ha sido acreditado en esta audiencia que el día 26 de mayo de ese mismo año, entre las tres o cuatro de la mañana, un grupo de personas vestidas de civil, armadas y a cara descubierta irrumpieron violentamente en la casa donde vivía la familia Ontivero en el Ex Ingenio Lules, ingresaron al dormitorio donde dormían los hermanos Juan Carlos Ontivero y Justo Francisco Ontivero Ontivero, les apuntaron con armas en la cabeza y se llevaron secuestrado a Juan Carlos vendándole los ojos con una taolla que pidieron a su madre. La familia no supo nada más de él. Al día de hoy Juan Carlos Ontivero continúa desaparecido.

Juan Carlos Ontivero, nació el 23 de septiembre de 1954, tenía 21 años al momento de los hechos, trabajaba en la época de zafra como pelador de caña, y cuando pasaba la zafra en la cosecha de tomate.

Su hermano Justo Francisco Ontivero, nacido el 16 de octubre de 1959, estaba casado, fue secuestrado junto con su hermano, al momento de los hechos tenía 15 años, también era pelador de caña, vivían con su madre y su otro hermano más chico en el ex Ingenio Lules.-

La familia vivía en una situación de pobreza, descripta por Justo Francisco: "...de noche, nos alumbrábamos con mechero, mi mamá no conoció la cocina ni la heladera". Actualmente es trabajador gastronómico y vive con su familia en la Provincia de Buenos Aires.

Ninguno de los dos hermanos tenía actividad política o gremial.

Hechos que perjudicaron a Horacio Marcelo Ponce (Caso 54) (Causa: "Raia, Mirtha Josefina s/ denuncia" Expte. n° 845/07)

Ha quedado acreditado en este debate -relato en audiencia de María Alejandra Ponce y la declaración testimonial de Mirta Raia introducida por lectura- que el día 22 de abril de 1977, aproximadamente a la 1.30 de la madrugada, se encontraban en el domicilio de Italia 2.768 de San Miguel de Tucumán, Horacio Marcelo Ponce, su madre Mirtha Josefina Raia, su hermana María Alejandra Ponce y sus dos abuelas.-

María Alejandra contó que abrió la ventana de la casa ante el pedido de un hombre joven, rubio y de ojos azules, quien le dijo que necesitaba entregar un paquete a Horacio Marcelo Ponce. Posteriormente esa persona se cubrió el rostro con un pañuelo y las amenazó a ella y a su madre con un arma. Pudo ver una camioneta Ford 100 color crema con una franja verde estacionada a contramano. Seguidamente ese hombre ingresó a la casa, junto con dos o tres personas más que estaban vestidas de civil y portaban armas.-

Mirtha Josefina Raia y María Alejandra Ponce fueron conducidas y encerradas en la habitación de esta última, en la que quedaron custodiadas por una persona que portaba un arma larga. Ambas escucharon que le decían a Horacio Marcelo Ponce que se quedara tranquilo, que se vistiese y que llevara un pullover. Luego fueron conducidas de la habitación al baño, y desde allí pudieron percibir que requisaron toda la casa, pero no escucharon más nada. Mirtha Josefina Raia gritaba el padre nuestro en esos momentos. Pasado un tiempo y como la abuela pedía permiso para ir al baño y nadie le respondía, salieron del baño y vieron que la puerta de entrada estaba abierta de par en par y que Horacio Ponce ya no se encontraba en la casa.-

Horacio Marcelo Ponce fue trasladado al centro clandestino de detención que funcionó en la Jefatura de Policía y prestó declaración bajo tortura.-

La víctima figura en una lista elaborada por la policía de la provincia titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" (número de orden 196) con la sigla "DF". Ello indica que su ejecución fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia" (fs. 105 del cuerpo 78).-

Asimismo el testigo Juan Martín dijo que Horacio Ponce estuvo en ese lugar en junio de 1977.-

Mirtha Josefina Raia realizó diversas diligencias para tratar de dar con el paradero de su hijo -denuncia policial; dos recursos de habeas corpus ante el Juzgado Federal (fs. 5/7); nota a la CIDH (fs. 11/12), a la ONU (fs. 13), a la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos y una misiva a Videla-.

A la fecha, Horacio Marcelo Ponce continúa desaparecido.

Horacio Marcelo Ponce había sido secuestrado anteriormente el 24 de junio de 1975, también desde su domicilio al que ingresaron seis hombres de civil, que buscaban bibliografía o material que lo pudiera "comprometer", mientras requisaban la biblioteca, tenían a Horacio sentado en un sillón apuntándole a la cabeza; se lo llevaron porque encontraron una campera verde que los captores consideraron era "las que usaban los guerrilleros" . Lo subieron a un vehículo celular con sello de la policía, que era seguido por otros vehículos de color claro. Fue llevado al centro clandestino de detención que funcionó en la Jefatura de Policía de la provincia donde estuvo vendado y esposado todo el tiempo, lo golpearon con una toalla mojada en la espalda y lo pincharon por debajo de las uñas de los pies, lo amenazaban con picanearlo para que "confiese" pero al desnudarlo y ver que tenía una cicatriz por una operación del corazón en la infancia no lo picanearon. Posteriormente fue trasladado al centro clandestino de detención conocido como "Escuelita de Famaillá". Fue liberado dos días y medio después junto a otros dos hombres en la Avenida Roca casi empalme con la ruta 38 sin su campera y sin su reloj.

Horacio Marcelo Ponce, nacido el 14 de julio de 1955, (a) "Querubín", tenía 21 años al momento de los hechos, era soltero, había egresado del Gymnasium Universitario y fue compañero de Gustavo Santillán, Ricardo Somaini, Ricardo Luis Salinas, Víctor Moreira, (todos desaparecidos) y de Carlos María Gallardo (fue secuestrado y sobrevivió). Cursaba regularmente y con buenas notas segundo año de la facultad de derecho de la UNT y paralelamente era empleado de la empresa "Radio Llamadas Tucumán". Militaba en el GET (Grupo Evolución Tucumán) y la Juventud Peronista. Era primo de Gloria Constanza y Fernando Ramiro Curia, desaparecidos y víctimas en la presente causa. Lo apodaban "Querubín" por su aspecto, era rubio, tenía el pelo con rulitos, de ojos claros color gris verdoso y era esbelto.-

Hechos que perjudicaron a Carlos Ernesto Pettarossi (Caso 55) (Causa: "Autores desconocidos s/ privación ilegítima de la libertad y lesiones en perjuicio de Pettarossi, Carlos Ernesto" Expte. n° 448/07)

Conforme ha sido corroborado en este debate, Carlos Ernesto Pettarossi fue secuestrado en tres oportunidades y llevado a distintos centros clandestinos de detención, en los que fue sometido a torturas y malos tratos, según él mismo lo relató durante la audiencia.-

El primer secuestro se produjo el 21 de mayo de 1975, aproximadamente a las 13.00 horas, mientras se encontraba trabajando en el cargadero Agua Blanca del Ingenio La Fronterita de donde era contratista, en Manchalá, Famaillá. Fue secuestrado por tres personas armadas, de civil, quienes lo introdujeron en una camioneta rastrojera en la que se movilizaban, que era similar a la que trasladaba a los inspectores del mismo Ingenio. Petarossi se acercó a la camioneta pensando que se trataba de los inspectores de la empresa, había tres personas que le preguntaron por su nombre, lo apuntaron con un arma y le dijeron que disimulase y que les dijera a los que estaban con él que ya volvería. Luego de varios años pudo reconocer al que conducía la camioneta, se trataba de un oficial de policía de la provincia, de apellido Olmedo, quien actualmente se encuentra fallecido. Como a los 150 metros del lugar de trabajo fue vendado y la camioneta comenzó a circular, una vez que salió a la ruta N° 38, perdió la noción de donde estaba y pasó alrededor de media hora o cuarenta minutos hasta que llegaron a un lugar que parecía ser un galpón grande, se sentía música como de marchas; después lo introdujeron en un calabozo muy pequeño -de 1,50 x 2 metros- que tenía una puerta de chapa o hierro con pasador y una soga colgaba desde el techo. En ese lugar escuchó que se comunicaban por radios. De noche se sentía gente que pedía que por favor la maten por la forma en que los agredían y les pegaban; también se escuchaban pitos de máquinas a la noche.-

Luego lo trasladaron a otro lugar en donde el testigo vio otras personas detenidas y escuchó gritos fuertes como de un oficial de alto mando que daba órdenes pero no reconoció quien era. En este lugar lo torturaron rociándole la cara con miel o azúcar y lo tiraron en una especie de campo para que las hormigas se le subieran a la cara, lo que le ocasionaba desesperación y dolores insoportables, conforme él mismo describió; también le metían la cabeza en un tarro de agua y otras veces en bolsas de plástico para asfixiarlo. Luego fue trasladado en un camión Unimog del que lo tiraron en marcha y le causaron fractura en la clavícula y en la mano izquierda. Unas personas de la zona, que no supo quiénes eran, lo levantaron y lo llevaron a su casa y le dijeron que lo habían dejado en un camino viejo cerca del cementerio de Acheral y el Río Arenillas.-

Permaneció en cautiverio durante más de tres meses, siendo liberado el 10 de agosto de 1975. De lo relatado por la propia víctima, cotejado con testimonios de esa misma fecha surge que estuvo en un primer momento en la comisaría de Monteros -también descripta por la testigo Elisa Antonia Medina e inspeccionada ocularmente por este tribunal-; y luego en la base de Caspinchango -el testigo dijo que daba la impresión que había mucha gente de seguridad, que por las conversaciones y los movimientos constantes que se escuchaban puede afirmar que se trataba del ejército, que uno de ellos gritaba reprochándoles a los demás que eran más de las cinco, que no habían hecho la limpieza y que ya iba a llegar el Capitan-.

El segundo secuestro se produjo el 14 de abril de 1976, alrededor de las 21 horas, mientras la víctima se encontraba en una cabina de teléfono público que quedaba en la calle Bartolomé Mitre, a una cuadra y media de la policía, haciendo un trámite para el Club Famaillá, del que era dirigente. En ese momento fue sacado mediante empujones de la cabina por un grupo de tres personas vestidas de civil, de entre 25 y 30 años, quienes a los 200 metros aproximadamente lo vendaron. Fue trasladado a un lugar donde había otras personas en su misma situación y le comentaban que podía ser Nueva Baviera pero él no pudo determinar dónde estuvo exactamente, en ese lugar el vendado que tenía era más fuerte y era más difícil ver a alguien. De allí fue liberado el 2 de agosto de 1976.-

En la audiencia la víctima relató que sufrió un tercer secuestro posterior a las otros dos, mientras era dirigente del Club Famaillá pero no logró recordar la fecha exacta, solo que fue mucho tiempo después de la segunda detención. Remarcó que en esa época estaba de jefe de zona o tenía alguna otra función importante en la policía Roberto Albornoz; permaneció detenido aproximadamente 15 días sin vendas, contra la pared, en una oficina chica, donde era la comisaría de Famaillá, al frente de la plaza, en un primer piso. Ahí lo veía a Roberto Albornoz, que iba y venía pero nunca se comunicó con él, Eran varios los que estaban en la misma situación, aproximadamente 12 personas, entre ellos un vecino de apellido Cornejo al que le decían "Pipi" que se llamaba Felipe, que se desempeñaba como jefe del correo de Famaillá; un secretario de una cooperativa, (a) "Pila" Frías; a uno que le decían "Carlete" que está en silla de ruedas, a un Sr. de apellido Cisterna, a uno que le decían "Capillosa", otro de apellido Racedo, que es hijo de un policía.

Hasta la fecha no supo cuál fue el motivo de su detención.

En aquella época su esposa no hizo denuncia por temor. La víctima explicó que no hizo denuncia hasta 2007 porque no quería recordar los momentos que había pasado, quería desligarse de todo.-

Cuando trabajaba en Fronterita le dieron un carnet que estaba firmado por 4 fuerzas de seguridad: la provincia, la federal, gendarmería y otro; los controlaban cuando entraban y salían y cada dos horas, iban a la noche a golpear la puerta de la casa para revisar si es que había otras personas que no eran de la casa, para que uno certifique.-

Carlos Ernesto Pettarossi. Nació el 26 de mayo de 1937. A la fecha de los hechos estaba casado y vivía con su esposa en Famaillá de donde es oriundo. A principios de la década del setenta había sido dirigente del sindicato de municipales de Famaillá; luego, en el año 1975 se desempeñaba como contratista del ingenio La Fronterita y después, a partir de 1976 fue dirigente del Club de futbol Atlético Famaillá. Según sus propios dichos en esta audiencia, no tenía ni tiene militancia política.-

Hechos que perjudicaron a Raúl Gustavo Santillán (Caso 56) (Causa: "Moya de Santillán, Beatriz Graciela s/ su denuncia por secuestro y desaparición de Raúl Gustavo Santillán " Expte. n°565/07)

Ha quedado acreditado en este debate que Raúl Gustavo Santillán fue secuestrado la noche del 22 de abril de 1977 de su domicilio ubicado en la esquina de calles Pringles y Peñaloza en la localidad de Yerba Buena donde se encontraba junto a su esposa, Beatriz Moya, su hija Cintia de un año de edad y su suegra, con quienes vivía. El matrimonio estaba con su hija en la habitación y Gustavo acostado con bermudas cuando paró un auto frente a la casa del que se bajaron personas armadas diciendo: "Gustavo Santillán salí que ya te hemos visto"; dos o tres hombres con la cara tapada con pañuelos blancos y portando armas largas treparon la tapia chica de adelante de la casa ante lo cual Gustavo Santillán salió por la parte de atrás. Fue aprehendido detrás de la tapia de su casa cuando intentaba escapar de los secuestradores. Desde ese lugar lo llevaron a golpes y culatazos hasta la entrada de la casa y lo metieron en un auto Ford Falcon que estaba en la esquina y se lo llevaron. El resto de la patota ingresó a la casa de la familia Santillán-Moya amenazándolos a los gritos y maltratándolos con empujones y golpes a Beatriz Moya, su hija bebé, su hermano y su madre. Finalmente los encerraron en el cuarto y les ordenaron apagar la luz y no salir hasta que ellos se hubieran ido.-

La casa familiar, cercana a la comisaría de Yerba Buena, estaba rodeada y las calles alrededor de la manzana estaban cortadas con autos de la policía. Un vecino que vio el operativo relató a la familia que intervinieron personas armadas, algunas vestidas con uniformes azules y verdes y otras de civil, que casi todos usaban botines de caña y algunos tenían pañuelos en la cara, también les dijeron que había un Peugeot 504 color amarillo.

Gustavo Santillán fue trasladado al centro clandestino de detención que funcionó en la Jefatura de Policía de la provincia. En ese lugar prestó declaración bajo tortura, figurando en una lista elaborada por la policía de la provincia titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" (n° de orden 260) con la sigla "DF" que indica que su ejecución fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia"; además Gustavo Santillán fue visto por Juan Martín Martín en junio del 77.-

Sus familiares realizaron distintas diligencias sin resultado: Habeas Corpus, ante la Justicia Federal; entrevista con el entonces Jefe de Policía de la Provincia Zimmerman, a la que asistieron el padre y la esposa de Gustavo; denuncia en la Brigada de Investigaciones; entrevistas entre el hermano de Gustavo, Julio Santillán, con Héctor Schwab (militar muy cercano a Bussi en el gobierno militar); denuncia ante la Comisión Bicameral; entre otras.-

El mismo día, aproximadamente a la misma hora que ocurrió el secuestro de Gustavo Santillán, fueron secuestrados en diferentes operativos Horacio Ponce y Ricardo Somaíni, quienes todavía se encuentran desaparecidos. Eran de la misma generación, amigos y compañeros de colegio y militancia. Además de ellos, fue secuestrado una semana antes que los anteriores y se encuentra actualmente desaparecido, Víctor Moreira, también amigo y compañero de militancia. Del mismo grupo también fue secuestrado Ricardo Salinas, cuyos restos fueron identificados en el Arsenal Miguel de Azcuénaga, durante el año 2012, y Carlos María Gallardo, quien declaró en este juicio.-

Raúl Gustavo Santillán nació el 24/07/1954 en Tucumán. Tenía 22 años a la fecha de su secuestro. Estaba casado con Beatriz Graciela Moya con quien tenía una hija, que tenía un año de edad al momento de su secuestro. Era egresado del colegio Gymnasium Universitario y acababa de terminar sus estudios de educación física en la Escuela Universitaria de Educación Física (EUDEF) dependiente de la UNT, además, cursaba ingeniería eléctrica en la Universidad Tecnológica Nacional (UTN). Trabajaba en la Dirección de Cultura de la Municipalidad de San Miguel de Tucumán enseñando natación y gimnasia a niños y niñas. Había tenido militancia mientras cursaba sus estudios secundarios como parte del club colegial (centro de estudiantes) del Gymnasium universitario; luego participó del GET (Grupo Evolución Tucumán) y posteriormente fue parte de la Juventud Peronista. A la fecha de su secuestro no tenía militancia. A la fecha Gustavo Santillán continúa desaparecido.

Hechos que perjudicaron a Luis Alberto Barrionuevo (Caso 57) (Causa: "Barrionuevo, Luís Alberto s/ su denuncia por privación ilegitima de la libertad" Expte. n° 705/07)

Ha quedado acreditado que Luis Alberto Barrionuevo fue secuestrado en Octubre de 1978, por un grupo de cuatro personas vestidas de civil, armadas, que se movilizaban en una camioneta color azul de la Policía Federal, mientras se encontraba caminando frente a los Tribunales de la ciudad de San Miguel de Tucumán. Que posteriormente fue llevado hasta su domicilio sito en calle Rondeau 428 y requisaron el mismo. Que a posteriori, lo trasladaron en la misma camioneta a la Brigada de Investigaciones, dependiente de la Jefatura de Policía de Tucumán, en donde lo alojaron en un calabozo en la planta baja, con los ojos vendados y las manos atadas y lo interrogaron en varias oportunidades. Que luego es trasladado a otra celda, en donde estuvo con otros detenidos y a la semana siguiente fue trasladado al Juzgado Federal, donde fue condenado y posteriormente liberado, a los dos días. Luis Alberto Barrionuevo estuvo desaparecido durante tres días. Ello conforme actuaciones de la CONADEP agregadas a fs. 1/3 del cuerpo 82 de la presente causa.

Hechos que perjudicaron a Víctor Hugo Elías (Caso 58) (Causa: "Lemme de Elías Julia Argentina s/denuncia por secuestro y desaparición de Víctor Hugo Elías" Expte. n° 1.369/5)

Ha quedado acreditado que la víctima fue secuestrada el 29 diciembre de 1976 mientras se encontraba trabajando en la ciudad de San Miguel de Tucumán. Al declarar en audiencia Elba Castría -jefa de la víctima- dijo que luego de una presentación en el teatro vio que dos personas lo tomaron del brazo. Pensó que eran amigotes de Víctor Hugo. Luego, José Augusto Moreno y su hermano le dijeron que Víctor Hugo no estaba. Precisó que preguntó a unos militares dónde estaba su empleado Víctor Hugo Elías y que le respondieron que fuera a buscarlo a la Policía Federal en calle Santa Fe y Maipú. Fue hasta allí y salieron dos militares o soldados y ella les explicó que en un acto tomaron a su empleado Víctor Hugo Elías. Ellos dijeron que si se enteraban dónde estaba le iban a avisar, pero que en ese momento no estaba ahí. La declarante se fue pensando que la llamarían luego.-

Alrededor de la una de la mañana fue nuevamente a preguntar a la comisaría por Víctor Elías y tampoco obtuvo respuesta. Al otro día fue al Rectorado, habló con el rector sobre lo que había pasado con Elías y le pidió que hiciera algo para encontrarlo. También fue al Comando y pidió hablar con el Coronel Llamas quien la hizo pasar pero le dijo que no sabía nada de Elías.-

Agregó que tiempo después comenzó a recibir llamados en su casa en los que le decían que se callara la boca, que se cuidara porque tenía una sola hija y ella les respondió que no tenía miedo. Dijo que sus allegados le pedían que se cuidara porque era viuda y tenía una sola hija. En una oportunidad, advirtió que la seguían dos personas que le dijeron que la iban a ayudar. Recordó que volvió a entrevistarse con el coronel Llamas y éste le dijo que iba a averiguar. Que siguieron amenazándola y en algunas oportunidades le decían que estaba en México.-

Precisó que la noche del secuestro estaba en un acto por la inauguración del Museo de la Policía en calle Salta y Santa Fe, que por ello fue inmediatamente después del secuestro a las instalaciones de la Jefatura de Policía y a la institución que está en Maipú y Santa Fe.-

La esposa de la víctima, Julia Argentina Lemme de Elías, declaró en la audiencia en igual sentido a Elba Castría. Agregó que su marido trabajaba en la Universidad, en el Departamento de Artes. Dijo que fue a la Jefatura con su cuñado y ahí le dijeron que su esposo estaba detenido pero que iba a salir el 31 a las 12:00 y que lo esperaran cerca. Contó que esperaron y luego los corrieron y le dijeron que iba a salir el 3 de Enero. Que el día 3 se cruzó con unas vecinas, Ema Carrizo y Rosa Carrizo, que le dijeron que se quedara tranquila que el 30 de diciembre lo mataron, que se les fue de las manos y lo mataron. Dijo que cuando se formó la Bicameral realizó la denuncia, fue a la Jefatura en enero o febrero donde la atendió Zimermmann, éste le pidió a Cisneros que traiga el libro donde estaba su esposo. Que éste le dijo "acá figura, él estuvo en la Jefatura pero le dimos a elegir que se fuera del país y se fue al Perú". También fue a la Nunciatura y allí le dijeron que nunca había pasado una persona de apellido Elías. Dijo que del Perú le mandaron una nota diciendo que nunca había entrado ni salido ningún Víctor Hugo Elías del país. Relató que su hijo, que nació en el 77, tenía dos meses cuando el Coronel Llamas le mandó una notificación para decirle que tenía que charlar con ella, fue a la Jefatura a las diez de las noche y el Coronel Llamas le dijo que pasara a un cuarto y que le iban a pasar una película pero que dejara a su hijo; pasó al cuarto y pasaron una película de Perón y le dijeron que diga cuando aparezca su marido para que le cuenten algo, pero el marido de la dicente nunca apareció en la película. Recordó que en la mesa de entradas un agente raso le dijo que su esposo estaba en Jefatura. Narró la testigo que cuando su marido se fue, allanaron su casa buscándolo a él y después se fueron; revolvieron todo, le llevaron una carpeta donde tenía boletas, la golpearon y le pusieron un fusil en el vientre. Recordó también que su hija, que tiene problemas de dicción y trauma emocional, tenía 8 meses en esa época. Dijo que su marido estuvo detenido anteriormente, dos o tres veces, porque militaba en la Juventud Peronista y la mayoría de sus amigos están desaparecidos. Contó que quedó sola con los dos chicos y salió después a trabajar a destajo. Que luego pudo ver un libro con registros y cuando lo abrieron, estaba la firma de su marido. Dijo que con posterioridad recibió un informe del Ministerio que decía que su marido había optado por irse al Perú; pero después el mismo Ministerio le aclaró que no era su marido, y que tampoco había salido ningún homónimo.

También en audiencia declaró su cuñado Tito Humberto Lemme quien trabajaba en una casa de deporte frente a la casa de su madre. El 29 de Diciembre del 76, su patrón le dijo que había soldados y patrulleros en la cuadra - calle Ayacucho al 1100. Le pidió permiso al patrón y fue a su casa, al llegar se encontró con soldados adentro. Su madre le dijo que no sabía que pasaba, mientras su hermana era apuntada con un arma. A la media hora se fueron, mientras tanto le preguntaban por el esposo de su hermana, "el turco". En esa casa vivía su madre, su hermana, Elías y la hija de ambos. Participaron del operativo entre 15 y 20 personas, estaban vestidos con ropa militar aunque también vio gente de civil.

Víctor Hugo Elías (a) "El Turco" figura en la lista "Índice de Declaraciones de Delincuentes Subversivos" bajo el número de orden 78 con la sigla "DF", que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente en la audiencia de causa "Jefatura".-

Hechos que perjudicaron a Dora María Pedregosa (Caso 59) (Causa: "Pedregosa Dora María s/su denuncia" Expte. n° 799/05)

Ha quedado acreditado en este debate que Dora María Pedregosa fue secuestrada el día 13 de marzo de 1976 en horas de la madrugada y estuvo en cautiverio durante dieciséis días en los centros clandestinos de detención que funcionaron en la Jefatura de Policía de Tucumán y en la Escuela de Educación Física de la Universidad Nacional de Tucumán donde fue sometida a torturas. Conforme surge de la declaración de la propia víctima ante este tribunal, la madrugada del 13 de marzo de 1976 un grupo de personas encapuchadas y armadas, rompieron la puerta de ingreso de la casa de la familia Pedregosa-Manso, en calle Marcos Paz n° 1.321 de San Miguel de Tucumán, donde se encontraba Dora María Pedregosa junto a su esposo Héctor Silvio Manso (actualmente fallecido) y su hijo de siete años Ernesto Heraldo. La patota sacó con violencia a Dora María de su casa y la introdujo en un auto en el que había tres personas más, tapándola con una colcha para que no viera nada. Fue trasladada en un primer momento al centro clandestino de detención que funcionó en la Jefatura de Policía de la provincia donde le vendaron los ojos y la pusieron contra la pared durante un período prolongado; fue sometida a interrogatorios en los cuales le preguntaban sobre el domicilio de su hermano Alfonso Humberto Pedregosa, mientras era sometida a picana eléctrica y golpes en todo el cuerpo. En este lugar la tuvieron un día y luego fue trasladada junto a un grupo de secuestrados en una camioneta a la Escuela Universitaria de Educación Física (EUDEF) de la U.N.T. en donde la introdujeron junto a los demás en un salón y los dejaron con una colcha en el suelo. Permaneció en ese lugar por 16 días y fue torturada todas las noches, especialmente con picana eléctrica; también fue sometida a torturas psicológicas mientras era interrogada sobre las actividades de su hermano Humberto Pedregosa. Compartió cautiverio con su hermano Manuel Francisco Pedregosa, a quien pudo ver -a través de la venda floja- hasta el tercer día de su cautiverio y al que reconoció por la remera que tenía puesta, estaba tirado en el suelo con el torso morado. La testigo Rosa Peralta de Pedregosa dijo ante este Tribunal que compartió cautiverio con Dora María en la EUDEF, y manifestó que también se encontraba en dicho centro clandestino de detención la compañera sentimental de Alfonso Humberto Pedregosa, Justina Carrizo alias "Tina", quien se encuentra desaparecida. Una noche la sacaron del lugar, la pusieron en la parte trasera de una camioneta y la dejaron tirada al costado de la ruta en la zona de la Rinconada.

Dora María Pedregosa, a la fecha de los hechos se domiciliaba en calle Marcos Paz 1321, estaba casada con Héctor Silvio Manso (f), tenía un hijo Ernesto Heraldo de 7 años de edad. Su familia fue víctima de persecuciones por parte de las fuerzas de seguridad, consecuencia de ello es que Francisco Manuel Pedregosa, fue detenido desde su lugar de trabajo, estación de Ranchillos, el día 13 de marzo de 1976 (actualmente desaparecido), el mismo estaba casado con Juana Rosa Peralta, quien al momento de los hechos estaba embarazada, detenida desde el domicilio de su madre el mismo día 13 de Marzo de 1976. Otro de sus hermanos, Humberto Pedregosa, era militante del Ejército Revolucionario del Pueblo, intensamente buscado por las fuerzas de seguridad. Dora María Pedregosa no tenía ningún tipo de militancia política.

Hechos que perjudicaron Carlos Antonio Soto (Caso 60) (Causa: "Soto Carlos Antonio s/ su denuncia por privación ilegítima de la libertad y otros delitos" Expte. n° 85/08).

Ha quedado acreditado en este debate que Carlos Antonio Soto fue secuestrado el día 11 de enero de 1976 alrededor de las 2,30 hs. de la madrugada, cuando se encontraba en su domicilio ubicado en Avenida Belgrano 2.550, Departamento 12, de esta ciudad junto a su esposa, Olga Margarita Otero. Ese día el matrimonio escuchó fuertes golpes en la puerta y ventanas de la vivienda, Carlos Antonio Soto abrió y fue encandilado con potentes linternas; ingresaron aproximadamente doce personas uniformadas que les pedían sus documentos. A Soto le cubrieron el rostro con una sábana y a su esposa la apuntaron con un arma a la cara ordenándole que no se moviera de la cama y que no se destapase hasta que se fueran -según relató en la audiencia la esposa de Soto y testigo presencial de los hechos-. Soto fue introducido en un automóvil y trasladado al centro clandestino de detención que funcionó en la Jefatura de Policía de la provincia -lo que supo por el recorrido del vehículo en el que lo secuestraron y por el pito de entrada de la cervecería que quedaba muy cerca sobre la Avenida Sarmiento, conforme su relato de fs. 3/5 del cuerpo 86 y los testigos Fernando Monti y Olga M. Otero, a quienes Soto describió los hechos luego de liberado-. Allí permaneció vendado y atado de pies y manos; fue golpeado, torturado con picana eléctrica, sometido a simulacros de fusilamientos, castigado con una especie de boleadora con elásticos con las cuales lo golpeaban en la zona de los riñones y testículos. En la audiencia, la señora Otero, también relató estos padecimientos de su esposo. Después fue trasladado al centro clandestino de detención que funcionó en la Escuela Universitaria de Educación Física (EUDEF) -Soto relató que escuchaba ruidos de aviones, fs. 3/5 del cuerpo 86-; y más tarde al centro clandestino de detención que funcionó en el Arsenal Miguel de Azcuénaga -lo que Soto dijo haber deducido porque notó un tráfico intenso de vehículos pesados y ruidos de motores a alta velocidad, como si se tratara de una ruta, fs. 3/5 del cuerpo 86-. Esto último fue narrado en la audiencia, además, por Olga Margarita Otero quien relató que su marido le contó que supuso que estuvo en esos lugares por los ruidos que sentía; también Monti relató que Soto le contó que fue trasladado en algún momento al Arsenal, que se dio cuenta porque era un lugar no muy lejano pero en ruta, lejos de los bullicios de la ciudad. Posteriormente lo llevaron nuevamente al centro clandestino de detención que funcionó en la Jefatura de Policía, donde fue tirado en dos oportunidades en una especie de letrina y los detenidos orinaban y defecaban en su cuerpo por orden de los guardias. La noche previa a su liberación fue sometido a una especie de "careo" con otro detenido, Héctor Juan Valdez (el Japonés), quien era su vecino y al ser preguntado acerca de Soto negó que éste tuviera militancia o pertenencia a algún grupo "subversivo". Esto último fue ratificado por el testimonio de Fernando Monti en la audiencia del 15/02/13, quien expresó que Soto le contó, en una de las charlas que habían tenido que él se había salvado gracias a los dichos de Valdez en el interrogatorio. Además la esposa de la víctima, en la audiencia, relató también el hecho antes mencionado y refirió que Soto creía que lo habían secuestrado por su vinculación, como vecino y conocido, con Valdez. Finalmente fue liberado el día 21 de marzo de 1976. Según relató el testigo Monti, Soto le comentó que fue liberado en horas de la madrugada, en un matorral. La esposa de la víctima y el testigo Monti, relataron que como consecuencia de las torturas y de las condiciones de detención, Soto sufrió profundos problemas psicológicos y graves enfermedades que le dejaron secuelas para toda la vida; entre ellos la pérdida de un testículo, atrofia de uréteres y pérdida de un riñón lo que lo obligó a someterse a hemodiálisis hasta el día de su fallecimiento en el año 2009.

Los hechos de que fue víctima Soto están descriptos en la denuncia presentada ante la fiscalía por la víctima (fs. 4 de la causa) e incorporada por el art. 391 del C.P.P.N. a este debate. Además, tal relato fue respaldado por las declaraciones durante la audiencia de la esposa de la víctima, Olga Margarita Otero, y de su amigo Fernando Monti, a quienes Soto relató sus padecimientos.-

Carlos Antonio Soto nació el 13/04/43. A la fecha de su secuestro tenía 32 años y estaba casado con Olga Margarita Otero con quien había contraído matrimonio tres meses antes de su secuestro. Vivía en Avenida Belgrano 2550, San Miguel de Tucumán. Trabajaba como empleado en la casa del radioarmador. Fue maestro particular (preparaba alumnos para rendir), maestro de escuelas en zonas carenciadas y fue también director de escuela. En algún momento de su vida fue también jugador en el club deportivo del norte.-

Hechos que perjudicaron a Ricardo Aroldo Coman y Ramón Antonio Coman (Caso 61) ("Coman Ricardo Aroldo s/privación ilegítima de la libertad, torturas y lesiones" Expte. n° 146/08, y su acumulado, Expte. n° 1.420/09).-

Ha quedado acreditado en este debate que en el mes de mayo de 1975 Ricardo Coman fue detenido de su domicilio ubicado en calle N° 6, José Hernández, de la localidad de Villa Carmela en el que se encontraba junto a su esposa Ana María Salazar (quien estaba embarazada de 7 meses); su hija de un año y medio; su madre y hermanos menores de edad. En el operativo intervinieron personal del ejército y de la policía de la provincia, quienes ingresaron al domicilio familiar y se dirigieron en forma directa a Ricardo Coman, lo sacaron y lo subieron violentamente a un camión del ejército en el cual ya se encontraba Pascual Suárez; posteriormente subieron a su hermano, Ramón Coman. En el trayecto pasaron por un caserío de donde llevaron a Víctor Santillán (quien actualmente está fallecido); a Antonio Galeano quien estaba con la cara lastimada cuando ingresó al vehículo y a Felipe López (a) el "Chaqueño" (Conforme surge de las declaraciones en la audiencia de Ricardo Aroldo Coman, Ramón Antonio Coman y Felipe López de fecha 14 de febrero de 2013).-

Fue trasladado al Comando de la V Brigada de Infantería junto a los demás secuestrados, posteriormente al centro clandestino de detención que funcionó en la Jefatura de Policía; allí fue vendado y esposado, y durante un día lo tuvieron con la cara contra la pared en un salón grande en el que había máquinas de escribir y personal trabajando en cada una de ellas; después lo llevaron al "Chanchito". Permaneció cautivo durante nueve meses en los que fue víctima de numerosos interrogatorios y torturas, como consecuencia de lo cual perdió la audición del oído izquierdo. Por comentarios de los detenidos supo que entre los torturadores de ese lugar estaba Hugo Rolando Albornoz y Quinteros.-

Fue liberado el 10 de febrero de 1976 en la zona del Dique Celestino Gelsi, pero a los pocos días fue nuevamente secuestrado de su domicilio por militares que actuaron violentamente. Lo llevaron al centro clandestino de detención de Jefatura de Policía y lo pusieron en un calabozo más grande en donde había tres personas, Juan Carlos Santucho, Ramón Mori y Jaroslavsky, quien les enseñaba a respirar cuando los sacaban a la tortura para aguantar la golpiza. En esas condiciones estuvo hasta mayo de 1976, fecha en que fue liberado.-

Igualmente ha sido demostrado en este debate que Ramón Antonio Coman fue secuestrado por primera vez en mayo de 1975 de su domicilio de calle N° 6, José Hernández, de la localidad de Villa Carmela, en un operativo protagonizado por el ejército y la policía. En esa oportunidad estaban presentes su esposa e hijos menores de edad y fue secuestrado junto a su hermano Ricardo Coman y otras personas más entre los que estaba Pascual Suárez. Fueron trasladados a la Brigada y después al centro clandestino de detención que funcionó en la Jefatura en donde lo pusieron en una especie de galpón en donde había otros detenidos.-

Fue liberado en muy mal estado físico en febrero del año siguiente, cerca del cerro San Javier, y llegó a Villa Carmela metiéndose por una finca.-

Si bien no pudieron establecerse con precisión las fechas exactas, lo cierto es que Ramón Antonio Coman fue detenido en varias oportunidades: una vez lo levantaron de la ruta porque se estaban quemando colectivos en Villa Carmela y lo metieron en un carro de asalto; en otra ocasión lo llevaron a la Jefatura de Policía en donde lo tuvieron otro tiempo y lo hacían pasear por varios lados. Fue torturado y en los interrogatorios le preguntaban por los cabecillas del ERP en Villa Carmela. En el centro clandestino de detención de la Jefatura sintió nombrar a Pilo Bordón y al Tuerto Albornoz, que eran los que los golpeaban y torturaban; cuando lo llevaban a la sala de torturas le mostraban fotos de personas que estaban sin piernas o con la cabeza dada vuelta y le decían que hable sino quería quedar así. Compartió cautiverio con Juan Carlos Ríos Santucho, con una chica de Córdoba, de tez blanca, joven (cuando lo llevaron en julio y lo liberaron al poco tiempo en agosto). Otra detención fue desde agosto del 76 hasta septiembre del 77. Después que lo liberaron se fue de Villa Carmela con su esposa e hija a vivir en San Pedro de Colalao, en la casa de sus suegros en donde se quedó trabajando hasta el año 80.

Los hermanos Coman fueron vistos en el centro clandestino de detención de Jefatura por Felipe López, otra víctima de esta causa quien dijo que "Reconoció a los Coman al conversar, y lo mismo a Santillán y Galeano, todos compañeros del trabajo en el barrio.".

Ricardo Aroldo Coman a la fecha de los hechos trabajaba en la cosecha del limón. Vivía en el domicilio materno ubicado en calle N° 6 José Hernández de la localidad de Villa Carmela junto a su esposa Ana María Salazar quien estaba embarazada de 7 meses y su hija de un año y un mes. Su hermano Ramón Antonio Coman vivía también en el mismo domicilio junto a su familia. Ricardo Aroldo no tenía militancia política alguna, fue árbitro de Fútbol.-

Ramón Antonio Coman, a la fecha de los hechos trabajaba como pintor de obras. Vivía en el domicilio materno ubicado en calle N° 6 José Hernández de la localidad de Villa Carmela, junto a su esposa e hijos menores de edad. Era Militante de la Juventud Peronista.

Hechos que perjudicaron a Pastor Roberto Cisterna y María Cisterna de Bulacio (Caso 62) (Causa: "Giménez María Luisa s/su denuncia por secuestro y desaparición de Pastor Roberto Cisterna y María Cisterna de Bulacio" Expte. n° 783/07)

Ha quedado acreditado en este juicio que entre los días 7 y 9 de noviembre de 1977 los hermanos María Angélica Cisterna de Bulacio -quien tenía 23 años, casada con Fernando Ceferino Bulacio con quien tenía tres hijos y estaba embarazada de 9 meses- y Pastor Roberto Cisterna -de 20 años- fueron sacados del domicilio ubicado en calle Gral. Heredia, de la localidad de Concepción, en donde vivían con el oficial de la policía de la provincia, Ricardo Oscar Sánchez, miembro del Servicio de Información Confidencial -según consta en su Legajo personal de la Policía de la Provincia de Tucumán obrante a fs. 105.-

Nunca más su familia volvió a verlos (conforme lo denunciado por la madre de los hermanos Cisterna, María Luisa Giménez, ante la Comisión Bicameral en fecha 04/05/84 -fs. 7/10- y ratificado ante el Juzgado Federal N° 1 de Tucumán el 27/10/08 -fs. 101-; ambos documentos incorporados por lectura en este debate).

Ricardo Oscar Sánchez, había obligado con amenazas de muerte a María Angélica a convivir con él desde aproximadamente un año antes de la fecha de su desaparición -fines del 75 principios del 76- aprovechándose de la circunstancia de que el marido de María Angélica estaba privado de la libertad. Mientras que el hermano de María, Pastor Cisterna, había llegado a ese domicilio aproximadamente dos semanas antes de la fecha de su secuestro en busca del trabajo que Sánchez le había prometido en un ingenio (según surge del testimonio de José Antonio Cisterna y Gladys Cisterna).-

Con anterioridad a ese desenlace, el día 27 de febrero de 1975, María Angélica Cisterna había sido secuestrada junto a su esposo Fernando Ceferino Bulacio y dos de sus hijos después de haber salido de la casa de su suegra, conforme consta en la denuncia escrita de Fernando Ceferino Bulacio presentada y ratificada el 24/05/1984 ante Juez Federal (en el marco de los autos caratulados "Rodríguez Mario Eulogio, Rodríguez Pedro Eduardo y Bulacio Fernando Ceferino s/ denuncia c/ Menéndez Luciano Benjamín y otros" Expte. n° 938/84) y que fue incorporada por lectura en audiencia de fecha 25/04/13. Luego de haber sido ingresados en la Jefatura de Policía, María Angélica y Fernando Bulacio fueron separados. La testigo Gladys Norma Cisterna, relató en la audiencia que a los veinte minutos aproximadamente de que salieron de la casa, fueron a avisarles que los habían detenido a María y a Fernando y que los habían llevado a Jefatura de Policía de la Provincia.

Allí en Jefatura, María Angélica fue golpeada y violada por Ricardo Oscar Sánchez y aproximadamente 15 días después fue llevada a la Maternidad y posteriormente liberada. Su esposo Fernando Ceferino Bulacio dice textualmente: "A mi señora la detienen dos veces, la primera vez junto conmigo y ahí la golpearon, la violaron y después la dejan en la maternidad porque, con el susto que se había llevado y la paliza, le volvió la menstruación y cuando le preguntaron qué le pasaba, ella dijo que estaba embarazada, entonces vino un médico, la vio y dio órdenes para que la llevaran a la maternidad. Esto fue como quince días después, anteriormente fue mi familia y retiró los chicos.".

En oportunidad de denunciar su secuestro, Fernando C. Bulacio describe que "... el que estaba a cargo de ese operativo era el oficial Chaile; un tal Lescano que manejaba el auto y Oscar Ricardo Sánchez, que era el dueño del vehículo, un Fiat 125 color borravino...".

Con posterioridad a este primer secuestro, María Angélica fue nuevamente detenida de manera ilegal y llevada a la Jefatura una madrugada mientras su esposo continuaba cautivo en ese lugar y la escuchó "...ella dice que se llama María Angélica Cisterna y que es soltera, entonces le dicen 'pero hija de puta, si a vos te tuvimos junto con tu marido' por mi y oigo que ella responde 'y bueno, si saben para qué me preguntan'. " Luego de tres días fue liberada y sus familiares la retiraron de Jefatura. Su esposo contó en la denuncia mencionada que "cuando yo estaba en la cárcel, ella me visitaba, hasta que se cortó la visita. Estando yo en Sierra Chica me entero de que mi señora había desaparecido de una manera bastante confusa, porque yo sabía del secuestro nada más".-

Después de la liberación de la primera detención de María Cisterna, el policía Ricardo Oscar Sánchez sacaba en el auto a Gladys Norma, hermana de la víctima, para averiguar sobre ella; le preguntaba qué sabía de su hermana, qué actividades realizaba, si salía o no (según lo contó en la audiencia Gladys Norma Cisterna). Pasado un tiempo y estando Fernando Ceferino Bulacio privado de su libertad, María Cisterna fue obligada bajo amenazas a convivir junto a Ricardo Oscar Sánchez en Concepción en la calle Gral Heredia y sus hijos quedaron al cuidado de la abuela paterna. En ese lapso, María Angélica quedó embarazada de Sánchez. Conforme lo manifestado por Bulacio en su denuncia incorporada por lectura a este juicio: "Mi suegra se echa a llorar, claro, ella me tenía rencor a mí, me tenía bronca porque decía que por culpa mía la hija llegó a tener relación justamente con el que la violó, que es este Oscar Ricardo Sánchez, que era oficial en esa época y me cuenta que después que se cortan las visitas a la cárcel, este tipo empezó a frecuentar la casa y ella no quería recibirlo; éste entró a presionarla hasta que se produjo otro allanamiento, pero no un allanamiento como fue la primera vez con carros de asalto, sino con autos particulares y cuatro tipos y mi señora se salvó porque no estaba en ese momento. Entonces después Sánchez volvió y le dijo que si no tenía relación con él la iba a matar, eso es lo que me dice mi suegra y mi esposa a partir de ahí empezó a recibirlo ahí en la calle y luego a salir con él, esto fue a fines del 76, principios del 77 y así siguen las cosas hasta que se la llevó con él, y como ella no se quería ir sola, la acompañó un hermano. "

Por su parte, Pastor Roberto Cisterna (hermano de María Cisterna y también víctima), fue a Concepción aproximadamente dos semanas antes de desaparecer, porque Sánchez le había prometido un trabajo en un Ingenio, conforme surge de las declaraciones de José Antonio Cisterna y Gladys Norma Cisterna ante el TOF en audiencia de fecha 22/03/2013. Ésta última contó en el debate que acompañó a su hermano Pastor hasta ese lugar y que una vez allí, pudo hablar a solas con su hermana María quien le dijo que "andaba mal" y que Sánchez le había pegado, pero le manifestó que ya iba a volver a la casa.

Conforme lo narrado por Gladys Norma Cisterna ante este tribunal, al no regresar sus hermanos y no tener noticias de ellos, María Luisa Giménez (madre de María y de Pastor) fue junto a la testigo a buscarlos a Concepción, a la pensión donde vivían Sánchez y María y luego fueron a hablar con Sánchez a la Comisaría, quien se puso muy nervioso y les dijo que María se había ido a Salta porque la habían secuestrado a su hija, a lo que la Sra. Giménez contestó: "¡¿cómo le van a secuestrar la hija, si la chica está bien en la casa de la abuela?!" .

A pesar de las denuncias y gestiones realizadas por la madre de las víctimas, María Luisa Giménez, y el marido de María Angélica cuando recuperó su libertad, nunca pudieron dar con su paradero. En una oportunidad la Sra. Giménez increpó a Sánchez, culpándolo de la desaparición de sus hijos y en respuesta este le dijo que él los había mandado a Jujuy. Un año después del secuestro, la madre de los hermanos Cisterna recibió un telegrama de fecha 20 de diciembre sin año, enviado directamente desde Buenos Aires, cuyo texto decía: "estamos bien besos" "Mary". Este hecho llamó la atención de la Sra. Giménez pues así era llamada su hija por su familia y también por Sánchez (Conforme surge de denuncia de María Luisa Giménez ante Comisión Bicameral de fecha 04/05/1984 obrante a Fs 7/10, ratificada ante Juzgado Federal N° 1 en fecha 27/10/2008, fs. 101. Ambas incorporadas por lectura en audiencia de fecha 25/04/2013).

La madre de María Angélica y Pastor fue a la Jefatura de policía con ese telegrama y fue atendida por Roberto Albornoz quien le dijo "mire, sabe cuál es el problema? La organización a la cual pertenecían su hija y su yerno la mató, como estaba viviendo con un policía, la mató por eso, porque nosotros, qué le podemos hacer? Si su hija es una buena chica." (según constan en la mencionada denuncia efectuada por Fernando Bulacio).-

En la audiencia Gladys Cisterna manifestó que a su cuñado Fernando Bulacio lo mandaron a matar después que éste cumpliera su condena, cuando ya estaba en libertad.

María Cisterna de Bulacio y Pastor Roberto Cisterna, y el hijo de la primera que habría nacido en cautiverio, permanecen desaparecidos a la fecha.

María Angélica Cisterna, era argentina, nació el día 22/01/1954. Trabajaba en Panam. Estaba casada con Fernando Ceferino Bulacio, con quien tenía 3 hijos. Al momento de su desaparición tenía 23 años de edad y estaba embarazada de 9 meses. Era la única de su familia que sabía leer y escribir, conforme lo narró su marido en la citada denuncia.-

Pastor Roberto Cisterna, era argentino, nació el día 12/10/1957. Al momento de su desaparición tenía 20 años de edad.-

Hechos que perjudicaron a Luis Román Gerez (Caso 63) (Causa: "Gerez Luis Román s/ su secuestro y desaparición" Expte. n° 1.769/4)

Luis Román Gerez fue secuestrado el 25 de Marzo de 1976 de su lugar de trabajo en el Sanatorio ADOS, ubicado en calle Mendoza al 100 de la ciudad de san Miguel de Tucumán. Su esposa Rosa Paula Esteban relató en audiencia que su marido era un hombre simple, dedicado a trabajar y a cuidar a su familia. Precisó que no tenía actividad política y que que no había notado nada raro en su conducta. Trabajaba en el Sanatorio ADOS, en la parte de contaduría. Dijo que quedó sola con dos niños, de 5 y 7 años, después de que desapareció su esposo.-

El día del secuestro Luis Román Gerez había ido a trabajar en el auto de su esposa, un Peugeot 404. Cuando Rosa Paula Esteban notó que no regresaba fue a las seis de la mañana al sanatorio a buscarlo y los compañeros le avisaron que lo habían detenido junto con el auto. Fue al Comando, donde le confirmaron que su marido estaba detenido por las fuerzas militares, pero alojado por la policía provincial. Le dijeron: "si resiste la cagada, lo vamos a devolver" y que no volviera nunca más a preguntar por su esposo. Se dirigió a la Jefatura donde le pedían cosas a cambio de información, pero todo lo que le decían era falso.-

Cuando fue a retirar su auto, fue atendida por Arrechea, quien en un principio le iba a devolver el vehículo, pero al no saber conducir la dicente no lo llevó y cuando fue con un vecino a buscarlo Arrechea le dijo que el auto iba a ser ocupado o tirado por ahí.

Agregó que también fue al seminario por que le dijeron que allí tenían los detenidos. Que en la Brigada vio como golpeaban brutalmente a la gente, "toda morada y deformada", allí vio a quien cree que era el padre de Luis Garretón y un chico de Bella Vista que era sindicalista. Manifestó que en esa época eran pocas las personas que buscaban a los familiares ya que había mucho miedo. Buscó a su marido por todos los lugares donde tuvo conocimiento que había gente detenida, lo buscó entre los vivos y los muertos. Fue a la Escuela de Educación Física y vio las lonas donde golpeaban a la gente. Fue al cementerio y un muchacho que trabajaba ahí, le dijo que los traían por números y que necesitaba la orden de un juez para buscarlo. Ella siempre dejaba flores en las crucecitas blancas pensando que ahí estaba su esposo. Contó que un pariente suyo le dijo que no anduviera buscando a su marido porque estaba marcada y era peligroso. Se reunía junto a familiares de otras víctimas en la Iglesia del Sagrado Corazón, en un sótano, al principio eran muy pocas personas y después les prestaron un salón por ser más. Recibieron ayuda de Francia, pero de la Argentina nada. Contó que los militares vigilaban su casa, la perseguían y que entraban a su casa para amenazarla que la iban a llevar, que todo esto sucedió delante de sus hijos lo que causó muchos problemas psicológicos, económicos y físicos.-

Luis Román trabajaba con Rodríguez Azcarate y fueron secuestrados juntos. Rodríguez Azcarate fue liberado, le rompieron los tímpanos y las costillas por la tortura. Se enteró por terceros que su auto andaba circulando pero desconoce quien lo tenía.

Además de la búsqueda detallada por su esposa se presentó un habeas Corpus ante la Justicia Federal y se realizó la denuncia ante la Conadep.

A la fecha, Luis Román Gerez continúa desaparecido.

Hechos que perjudicaron a Ana María Cossio (Caso 64) (Causa "Cossio Ana Maria s/ su denuncia por privación ilegitima de libertad" Expte, n° 1.473/05)

Ana María Cossio, compareció a la audiencia de debate como testigo. Manifestó en esa oportunidad que le resultaba muy difícil hablar de su secuestro por lo que solicitó autorización para ratificar sus declaraciones prestadas anteriormente ante la Comisión Bicameral, lo que fue consentido por las partes y aceptado por el Tribunal.

En consecuencia, conforme a la declaración prestada por la testigo Ana María Cossio ante la Comisión Bicameral, quedó acreditado que el 3 de marzo de 1977 aproximadamente a la 1 de la madrugada, la víctima fue secuestrada de su domicilio ubicado en calle Laprida 110 Piso 5° Dpto. "C" de San Miguel Tucumán.

Ese día cuando llegó a su casa, encontró a cuatro hombres desconocidos, uno de ellos apuntándole con una pistola a su padre Jorge Ernesto Cossio. Fue conducida hasta la planta baja y una vez en la vía pública, la subieron en un automóvil.-

Fue trasladada al centro clandestino de detención de Jefatura de Policía. Allí la introdujeron en una habitación y luego ingresaron varios hombres que comenzaron a interrogarla. Recibió golpes en diversas partes del cuerpo y picana eléctrica. Posteriormente fue sometida a nuevos interrogatorios en los que sólo hubo presión psicológica. En los días subsiguientes fue trasladada a otro sitio. En un momento, estando con los ojos vendados, se le acercó un sujeto desconocido y le propuso una cita para cuando fuese liberada. Este le bajó la venda para que pudiera reconocerlo y le dijo que se llamaba David Flores y que debía encontrarse en una determinada fecha y lugar con una mujer en un bar llamado "El Colonial".

Fue dejada en libertad en la puerta de su casa el 10 de marzo de 1977 a las 23.00 horas.

Una vez en libertad Ana María Cossio no asistió a la entrevista, lo que le fue reclamado por David "Cacho" Flores telefónicamente. Aclara que en dos oportunidades Flores la había citado para que charlasen un rato. Ella le pidió que dejase de llamarla, a lo cual Flores respondió que eso era grave. La declarante consideró que Flores intentaba transformarla en una informante o colaboradora. Ante semejante situación se fue un tiempo a vivir a Córdoba y cuando regresó a Tucumán comenzó a trabajar en el estudio jurídico de Eduardo Rougés. Un día se presentó Flores en su lugar de trabajo con la excusa de buscar asesoramiento para un primo, volviéndole a insistir sobre la conveniencia de que siguiera en contacto con él. Esa misma noche, era cerca de semana santa del año 1977, al retirarse del bar llamado "El Golpe" junto a Quino Álvarez, Gochi Rojo y una amiga de este, Graciela Alú, ya en la playa de estacionamiento, un grupo de seis personas armadas con pistolas y rostros cubiertos con pañuelos se aproximó a ellos. A ella y Alú las hicieron subir al automóvil de Rojo. Poco después la hicieron bajar a ella y la subieron a otro automóvil y fue trasladada nuevamente a Jefatura de Policía.-

En Jefatura fue llevada a un salón grande, con los ojos vendados y maniatada. Allí sintió que habían más personas detenidas. En un momento pudo levantarse imperceptiblemente la venda de los ojos alcanzando a divisar a unos 6 o 7 metros de distancia a Rojo. En horas de la madrugada fue llevada a una celda o habitación individual, en donde la acostaron en un camastro atándole las manos y pies. En estas condiciones permaneció tres días sin comer ni beber nada, hasta que en la mañana del tercer día entraron varios hombres a la pieza, dando comienzo a un duro interrogatorio mediante golpes y picana eléctrica en la sien y el bajo vientre. Finalizado el interrogatorio fue trasladada nuevamente al salón grande, en el cual permaneció quince días más. Allí tuvo la oportunidad de conversar con varios guardias, algunos de los cuales le dijeron que se encontraba en esa situación por haber tratado mal a un compañero, refiriéndose a Flores.-

Luego de dieciocho días de cautiverio, tres hombres la hicieron subir a un automóvil, el cual era conducido por Flores. Luego de dos horas aproximadamente de recorrido le dijeron que se sacara la venda de los ojos y se hiciera la dormida, orden que obedeció. Ello fue porque estaban por cruzar el puesto policial en el límite con Santiago del Estero. Al llegar a un sitio donde la ruta se bifurca, le ordenaron que se bajara y que se dirigiera hasta el control policial que se encontraba cruzando el puente y que dijese que había sido secuestrada, que no sabía por quién, allí la recibió un policía que la condujo a una comisaría. El jefe de dicha seccional se comunicó con el jefe o subjefe de la policía de Santiago, quien le dio la orden de que la trasladaran a la Brigada de Investigaciones de dicha ciudad. En ese lugar pasó la noche y fue nuevamente interrogada. Posteriormente la llevaron a la oficina de la SIDE y luego al Penal de Mujeres de Santiago del Estero, donde permaneció siete días. Transcurrido ese tiempo fue trasladada nuevamente a la SIDE donde le devolvieron el DNI y un Teniente 1° del Ejército junto con otros dos hombres la subieron a un auto y la trasladaron nuevamente a San Miguel de Tucumán.

Una vez en la ciudad, detuvieron el vehículo en el Comando de la Va Brigada, en donde se subió otra persona que tenía el grado de capitán. Se dirigieron a la Seccional 13° de la policía, ubicada en el Parque 9 de Julio. Allí el mencionado capitán le dijo al oficial de guardia que haga constar en el libro de entrada que en nombre de la Vª Brigada de Infantería hacía entrega de la detenida a sus familiares. En ese momento ingresó un Comisario de apellido Sosa, quien refirió que dicha medida era imposible acatar, pues la situación de Cossio aún no estaba resuelta. El comisario Sosa también le formuló preguntas acerca de su secuestro las que no contestaba. Permaneció 48 horas allí. Posteriormente fue trasladada a la Seccional 2° de Policía (Brigada femenina), y al día siguiente fue visitada por su madre, quien le contó que se había entrevistado con el Coronel Llamas y le dijo que la situación de su hija había sido aclarada.

Esa misma noche, a las 23:00 horas aproximadamente, fue puesta en libertad.

La declaración prestada en audiencia por la testigo Graciela Alú corrobora los dichos de Ana María Cossio en relación a cómo sucedieron los hechos de su segundo secuestro en el estacionamiento del bar "El Golpe".

Hechos que perjudicaron a José Inocencio Racedo y Alcira Ochoa de Racedo (Caso 65) (Causa: "Racedo María Angélica s/su denuncia por secuestro y desaparición de José Inocencio Racedo y Alcira Ochoa de Racedo" Expte. n° 534/07)

Ha quedado acreditado que Alcira Ochoa de Racedo y José Inocencio Racedo fueron secuestrados de su domicilio en Caspinchango, Santa Lucía, el día 30 de Mayo de 1976, a las dos de la mañana.-

Al declarar en audiencia la hija de ambos María Angélica Racedo, relató que sus padres trabajaban en el campo, su padre era cosechero, eran once hermanos. Que la noche del secuestro patearon la puerta de la casa, había un soldado en la puerta que no los dejaba salir. Dijo que querían llevarse a su hermano de un año. Sacaron a sus padres a la calle y los metieron en el baúl de un auto y se los llevaron y nunca más supieron de ellos.-

Precisó que en el operativo intervinieron muchos militares y que andaban a pie. Agregó que con sus padres llevaron también a un muchacho de nombre Juan Manuel Quinteros que luego fue liberado.-

Fueron a preguntar por sus padres pero les dijeron que no fueran más, que les iba a pasar lo mismo. Precisó que el teniente Valdivieso les dijo que se había cometido un error con sus padres, los trajo a Tucumán para que cobren una ayuda para sus hermanos menores.-

Expresó que antes de que lleguen los militares todos en el pueblo eran peladores de caña, era un pueblo tranquilo, cuando estuvieron los militares se hacían rastrillajes y pedían los documentos, se escuchaban ruidos de balas. Dijo que aparentemente su madre estaba embarazada al momento del secuestro y que según le contó un testigo el embarazo llegó a término.

Realizó denuncias ante la CONADEP y el CONSUFA.

Julio Guillermo Suárez durante el debate contó que fue secuestrado en Caspinchango y fue llevado primero a la base de Santa Lucía luego a Jefatura de Policía y luego al Arsenal. También dijo que recordaba al matrimonio Racedo que fue secuestrado el mismo día en Caspichango y fue llevado en un camión a la base de Santa Lucía. Dijo que escuchó cuando torturaban al matrimonio Racedo en Jefatura de Policía. Sabía que tenían muchos hijos.

En igual sentido, Manuel Humberto Suárez y Juan Manuel Quinteros contaron que fueron secuestrados en Caspinchango y que fueron llevados a la base de Santa Lucía donde se encontraban cautivos el matrimonio Racedo, Quinteros, Chacho, Agustín y José Lizárraga entre otros.

José Inocencio Racedo y Alcira Santos Ochoa de Racedo continúan desaparecidos hasta la fecha.

Hechos que perjudicaron a Justo Agustín Alarcón y Pedro Antonio Alarcón (Caso 66) ("Alarcón Justo Agustín s/su dcia. por secuestro y desaparición de Justo Agustín Alarcón y Pedro Antonio Alarcón". Expte N° 400602/07)

Andrés Avelino Alarcón dijo en ésta audiencia que sus hermanos Pedro Antonio y Justo Agustín Alarcón se encuentran desaparecidos. Su padre pertenecía a las fuerzas policiales hasta que se retiró en abril de 1975. En julio del mismo año, fuerzas policiales entraron en el domicilio próximo a la casa de su familia, equivocadamente, rompieron y robaron elementos de la casa. Allí buscaron y preguntaron por Justo Agustín. Al día siguiente un muchacho vecino le contó que entraron en una casa buscando a su padre. Contó que el 14 de octubre del 75 fue secuestrado, lo llevaron a Jefatura de policía y lo tuvieron hasta el día 26 de diciembre de ese año, fue torturado quedando secuelas de ello en un ojo y en los oídos. Fue liberado en la Avenida Ejército del Norte junto al Hogar San José, señala que en ese tiempo era un monte.

Al año siguiente, el 16 de julio del 76, entraron a la casa de su padre ubicada en Pasaje José Figueroa Alcorta n° 1.658 de esta ciudad, preguntaron por su hermano Justo Agustín quien no se encontraba en el lugar, luego de lo cual le vendaron los ojos a su otro hermano Pedro Antonio Alarcón, y lo llevaron secuestrado. Luego de esto, su padre y su tío fueron a la casa de sus tías donde vivía su otro hermano Justo Agustín porque imaginan que iban a ir a buscarlo allí. Cuando llegaron a la casa, ubicada en Marco Avellaneda al 1700, vieron los móviles policiales. La policía ingresó y robó todas las pertenencias de su hermano. Su tía informó a la policía que Justo Agustín estaba en una casa en El Colmenar, que se dirigieron hasta allí y llevaron a su hermano mayor y liberaron a Pedro Antonio. Después de eso nunca más supieron nada de Justo Agustín.

Al año siguiente, el 16 de abril de 1977, en la Avenida Mitre al 1700, cuatro policías en un Torino secuestraron nuevamente a su hermano Pedro. Recuerda que con su padre fueron a la Jefatura, que allí el Tuerto Albornoz habló con su padre y le dijo que no tenían a su hermano. Señaló que su hermano del medio fue detenido en la vía pública. Que su padre había sido policía, que había trabajado con María Luisa Acosta de Barraza en la Comisaría Segunda.

El testigo Andrés Avelino Alarcón también señaló que ninguno de los tres hermanos tenía militancia política. Que cuando él fue detenido por la policía estuvo en la Jefatura, fue torturado y le preguntaban si era extremista o montonero, sus captores estaban uniformados.

Precisó que sus hermanos Pedro y Justo, secuestrados el primero de la casa, el segundo de la calle, fueron llevados por personal uniformado. Señaló que su padre nunca tuvo ningún problema en la policía que pudiera justificar lo sucedido. Que su padre trabajó primero en el Ingenio San Ramón, luego en la cárcel, en la octava de Villa Luján, en comisarías del Barrio Jardín, la tercera, la segunda, la primera, y se jubiló en la cuarta de San Cayetano.

Su padre no hizo más gestiones aparte de haber hablado con Zimmermann y con un sargento que estaba "borracho" en Famaillá. Murió diciendo que el "Tuerto" Albornoz le mató a sus hijos.

Justo Agustín Alarcón (h) y Pedro Antonio Alarcón estuvieron cautivos en Jefatura de Policía de la provincia, conforme quedó acreditado con la lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" bajo el número de orden 3 y 10 respectivamente con la sigla "DF" que indica que su disposición final fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia" (lista que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente en la causa "Jefatura" y agregada a los presentes autos).

Al día de hoy Justo Agustín y Pedro Antonio Alarcón continúan desaparecidos.

Hechos que perjudicaron a Wenceslao Quinteros (Caso 67) (Causa: "Quiroga de Quinteros Lilia s/su denuncia por secuestro y desaparición de Wenceslao Quinteros" Expte. n° 539/07)

Ha quedado acreditado con la prueba producida en la audiencia que Wenceslao Quinteros fue secuestrado de su lugar de trabajo el día 11 de Julio de 1977.-

Su esposa, Lilia Ramona Quiroga, relató en audiencia que su marido era comisario principal de la policía de la provincia, que un día salió de la casa y volvió a las 22 horas, le contó que había tenido un problema con el Coronel Mayor Zimmermann y le avisó que no iba a trabajar más, presentó el retiro y se fue a trabajar con los hermanos en una fábrica de helados. También trabajaba en un banco de la Avenida Alem. El día del secuestro su hermano lo fue a buscar al banco y no lo encontró. Le preguntaron al gerente del banco quien les dijo que había entrado y luego salió para buscar los documentos. A las 11 de la noche de ese día ella fue a hacer la denuncia en la comisaría séptima. Un policía le dijo que en el D2 estaba su marido. Se reunió con Zimmermann y le preguntó que había hecho con su marido y le dijo que él no tenía nada que ver con su marido.

En el año 80 la citaron del Comando y le preguntaron si iba a seguir con el juicio, la hicieron firmar que renunciaba al juicio. No sabe las diferencias que su esposo tuvo con Zimmermann. Señaló que Albornoz trabajaba con su marido cuando hacían los procedimientos. Alguna vez escuchó que a su marido lo había matado el Comisario Sirnio. Hizo denuncias ante la Comisión Bicameral y la CONADEP.

El testigo Juan Martín Martín dijo en audiencia que no recuerda bien a Wenceslao Quinteros, cree que era policía, lo vio en Jefatura de Policía, escuchó que lo habían secuestrado porque tenía cuentas pendientes con Albornoz, la gente de inteligencia lo acusaba que trabajaba para el 142.

El testigo Oscar Enrique Conte, durante su declaración prestada en la causa Jefatura 1, agregada a éstos autos, expresó que la segunda vez que lo llevaron, antes que lo saquen, el 13 de Septiembre, había una persona que gritaba mucho, decía ser comisario de la policía y estaba junto con ellos detenido. Esta persona gritaba que "el oficial Quinteros estaba detenido y estaba en poder de inteligencia", otros policías le decían "cagate hijo de puta por habernos entregado".

A la fecha, Wenceslao Quinteros continúa desaparecido.

Hechos que perjudicaron a Miguel Ángel Olea (Caso 68) (Causa: "Olea, Miguel Ángel s/privación Ilegítima de la libertad y otros delitos" Expte. n° 1.949/07).

Miguel Angel Olea tenía 23 años en el año 1976, era estudiante de la facultad de medicina en donde militaba en un movimiento de base de izquierda. Fue secuestrado en los últimos días de febrero de 1976 o primeros días de marzo de ese año conforme quedó acreditado por el testimonio de la la propia víctima en esta audiencia.

Dijo que era la época de carnaval, estaba en un campo en Piedrabuena, adonde había ido a sembrar choclos y a fumigar, un domingo a la tarde, preparado para volver a Tucumán, se vio rodeado de policías junto al dueño de la finca, Enrique Paéz. Ambos fueron vendados y atados de manos. Luego los introdujeron en una camioneta, desde ese momento no supo más de Páez.

El primer traslado fue a una comisaría de Piedrabuena, por poco tiempo. Después a una comisaría de La Ramada. Mientras tanto se hizo la noche. Luego lo subieron en un vehículo y después de tres horas de viaje llegaron a la Brigada de Investigaciones. Pudo deducir que era la Brigada porque había mucho ruido de vehículos y de chicos que jugaban en la plaza Urquiza, y por las propagandas de los bailes del Club Atlético Tucumán.-

Precisó que en el segundo traslado, a La Ramada, las voces eran otras, eran de porteños.-

En la Brigada había más de veinte personas cerca suyo, los ruidos de los alrededores le ayudaron a identificar el lugar en el que estaba secuestrado, estuvo más de veinte días allí. Indicó que hacían pequeños traslados para despistarlos, pero dentro del mismo recinto. Fue torturado, a veces en el mismo lugar y otras a unos cinco o seis pasos del lugar donde estaba. Los hacían escuchar las torturas de los otros para infundir más temor. Escuchó gritos y llantos de mujer, no le consta que eran por delitos sexuales en contra de ellas. Aclaró que a todos los amenazaban que los iban a matar o a violar. Dijo que el trato era denigrante, comían con los ojos atados y las manos vendadas atrás, como perros y que si se querían bañar les tiraban agua helada con una manguera y así desnudo en el piso mojado le aplicaban picana eléctrica. No pudo identificar a torturadores.-

Después de veinte días lo sacaron junto a otra persona. Pensó que lo llevaban para matar. Luego de circular media hora en vehículo lo liberaron junto a la otra persona en un lugar de Yerba Buena, que pudo ver las antenas y reconoció que eran de Radio Nacional.-

Aclaró que su familia no hizo ninguna denuncia porque ya estaban acostumbrados a que se ausentara por quince días debido a sus estudios, ya que se quedaba en casa de sus compañeros.-

Después de dos años, en un centro recreativo en Yerba Buena adonde había ido con su primo para distraerse y cantar, se enteró el motivo de su liberación: en un momento se va al baño y también lo hace otro señor quien era amigo de sus padres y quien lo reconoce y le dice al testigo que estaba ahí gracias a él porque él era quien lo había salvado, que él le había dicho a sus superiores que lo liberen que era un "ladrón de gallinas". Esa persona era Salvador Lontana, era militar del Ejército.-

Dijo el testigo que tomó conocimiento que figuraba en una lista de personas detenidas. Manifiesta que se recibió de médico. Contó que conoció a Ana María Sosa de Reynaga y Ángel Manfredi quienes pertenecían al Partido Comunista Revolucionario pero no sabe que les pasó.-

En relación a Norma Nassif contó que fue compañera suya en medicina y que estuvo detenida por razones políticas en el año 1975; que al salir de una asamblea la detuvieron en la calle, era agosto de 1975. Recordó que el operativo fue sorpresivo, de pocas personas, que la rodearon y la metieron en un auto, no le pidieron documento de identidad, había varias personas en esa oportunidad.

Blanca Estela Martínez dijo en la audiencia que en 1976 tenía 25 años, era estudiante de arquitectura y presidía el Centro de Estudiantes en la agrupación que dirigía el Partido Comunista Revolucionario. Recuerda que en ese momento había una persecución permanente a los dirigentes populares, estudiantiles, trabajadores, docentes de la facultad. Cuando se declara el Operativo Independencia, con el argumento de atacar a la guerrilla, ellos fueron detenidos.-

Fue detenida en el año 72 y liberada una semana después. En el año 1975 presenció la detención de Norma Nassif, con quien estaba en el mismo grupo, en el PCR. Recordó que Norma acababa de rendir una materia de medicina, entonces fue a encontrarse con ella en calle Lavalle; los pararon entre Ayacucho y Lavalle, bajaron varias personas de una camioneta con uniformes claros de la policía o del Ejército, rodearon a los 25 compañeros que fueron a recibir a Normita, les sacaron los documentos, recuerda también que cuando les sacan los documentos los captores comentan que también estaba allí Blanca Martínez. Dijo que Norma gritaba, que la golpearon, hubo un entredicho entre los captores acerca de si la llevaban a ella también en ese acto, entre los estudiantes también estaba Miguel Ángel Olea.-

Luego convocaron a una conferencia de prensa y tomaron la facultad porque querían que el rector pidiera por una de sus mejores alumnas, dirigente del centro de estudiantes. Contó que habían vivido situaciones de detenciones de amigos que no aparecían.-

Blanca Martínez dijo que dos veces allanaron su casa buscándola, una vez mientras comía con sus padres golpearon la puerta y salió saltando la tapia y se fue a la facultad y no salió, sabía que la estaban persiguiendo y convocó a una asamblea y contó lo que le pasaba y que prefería que si la sacaban lo hicieran delante de sus compañeros que la habían elegido por quinta vez consecutiva.

En relación con Miguel Ángel Olea dijo la testigo que era un joven estudiante, hijo de campesinos humildes, que se unió a su grupo político en el cual se luchaba por el ingreso irrestricto y los comedores universitarios entre otras cosas. Dijo que a fines del año 75 decidieron, a raíz de las persecuciones que sufrían, ir a trabajar al campo de un pariente de Olea, Enrique Páez en Burruyacú, era un campo chico, eran 4 o 5 personas, iban en un micro público y un día a fines de febrero su tío le dijo a Miki (refiriéndose a Miguel Ángel Olea) que vaya a buscar algo y nunca más apareció; dijo que eso fue a fines de febrero, comienzos de marzo en época de carnaval del 76.

Aclaró que ella no sufrió detención pero sí persecuciones y allanamientos a pesar de que ya no dormía en la casa de sus padres. Dijo que el Partido Comunista Revolucionario apoyaba al gobierno de Estela Martínez de Perón, incluso ella firmó una solicitada de apoyo al gobierno y en defensa del gobierno constitucional.

Dijo que los militares que actuaron en el golpe iban en contra de cualquier militancia política, que el PCR fue uno de los primeros en ser declarado ilegal.

Contó que Norma Nassif estuvo detenida siete años aproximadamente. Aclaró que ella no estuvo presente cuando secuestraron a Olea, que al momento de su secuestro, Norma Nassif hacía un año que estaba detenida y a disposición del PEN, en Devoto.

Miguel Ángel Olea figura en la lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" bajo el N° de orden 179 con la palabra "Libertad" que indica que su liberación fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia" (lista que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente en la causa "Jefatura" y agregada a los presentes autos).

Hechos que perjudicaron a Angélica Margarita Palacio (Caso 69) (Causa: "Menéndez, Luciano, Bussi, Antonio y otro s/privación ilegítima de la libertad y otros delitos en perjuicio de Angélica Margarita Palacio" Expte. n° 254/04)

El 24 de marzo de 1976 en horas de la mañana Angélica Margarita Palacio se encontraba en la intersección de calle Congreso y avenida Roca, en la ciudad de Tafí Viejo, esperando el colectivo para ir a San Miguel de Tucumán. En ese momento fue llevada por dos personas vestidas de civil, entre ellas "Negrín" Villarubia de la policía de Tafí Viejo a quien conocía de toda la vida, a la comisaría de Tafi Viejo. Allí le vendaron los ojos y le ataron las manos, permaneciendo en ese lugar hasta las 18:00 horas. Posteriormente fue trasladada a la Jefatura de Policía, donde permaneció detenida. Allí comenzaron los interrogatorios, primero con violentos golpes y luego con picana eléctrica. Un día de abril del mismo año la retiraron de ese centro de detención y la dejaron en las proximidades de su domicilio.-

Luego de ser liberada viajó con su madre a Catamarca y durante su ausencia personas encapuchadas entre quienes se encontraban los entonces oficiales de policía Juan Jesús Villarubia y Ramón Cesar Jodar junto a otro policía de Tafí Viejo volvieron a ir a su casa a buscarla (Declaraciones de Angélica Margarita Palacio oralizadas en la audiencia de debate).-

Mientras estuvo secuestrada en Jefatura de Policía fue vista por Celedonio Villa, quien relató en la audiencia que en el año 1976 fue a hacer un relevo en la Jefatura y que hacia el centro del edificio, a la par de la Brigada, vio detenida a una chica de apellido Palacio, a quien conocía porque vivía a media cuadra de su casa.-

El párroco Julio César Albornoz Lizondo declaró en la audiencia que cuando le dieron la libertad, Angélica Palacio recurrió a la parroquia y le contó lo que había sufrido y le pidió que la acompañara a la policía de Tafí Viejo para averiguar por qué la habían detenido, pero que a él no lo dejaron ingresar y que ella salió amargada porque no le dijeron nada. Agregó que como se sentía perseguida le aconsejó que se fuera de la provincial. La víctima se fue a Rosario de la Frontera a casa de una tía.-

Angélica Margarita Palacio figura en el "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente al declarar en la causa "Jefatura", bajo el número 190 junto a la palabra LIBERTAD, lo que acredita su permanencia en el centro clandestino Jefatura de Policía.-

Hechos que perjudicaron a Alicia Raquel Burdisso (Caso 70) (Causa: "Páez de Sosenko, Mirta s/su denuncia por secuestro y desaparición Alicia Raquel Burdisso" Expte. n° 754/07)

Alicia Raquel Burdisso era afiliada al Partido Comunista. Una semana antes de su desaparición, su domicilio sito en calle Italia 1385 de San Miguel de Tucumán había sido allanado por la policía provincial.

El 21 de junio de 1977 salió de su lugar de trabajo en la Dirección Provincial de Agua Potable y Saneamiento y no regresó a su domicilio de Av. Benjamín Aráoz n° 1.143 de esta ciudad.

Quedó probado que Alicia Burdisso estuvo secuestrada en Jefatura de Policía de la Provincia conforme lo acreditaron en la audiencia el testigo Luis René Núñez quien relató que, cuando estaba en cautiverio, se le corrió la venda que tenía en los ojos y vio a una niña como de 12 años en una celda que escribió en la pared su nombre, era Alicia Burdisso. El testigo relató también que se comunicaba de esta manera con Burdisso hasta que les dieron una tremenda golpiza por lo que no volvieron a comunicarse. Lo que resulta verosímil para este Tribunal porque de los relatos de los distintos testigos víctimas surge en muchos de ellos que en las condiciones de cautiverio que se encontraban intentaban distintas formas de comunicarse eludiendo las guardias y el control. El cautiverio de Alicia Burdisso en Jefatura de Policía también fue constatado por los dichos de Juan Martín Martín en la audiencia que relató que la vio en junio del 77.

Contribuyen a fundar la credibilidad de los testimonios, las listas aportadas por el testigo Juan Carlos Clemente, en la cual figura "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" (número de orden 28) con la sigla "DF" que indica que su ejecución fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia".

Hasta la fecha Alicia Raquel Burdisso continúa desaparecida.

Hechos que perjudicaron a Raúl Andrés Véliz (Caso 71) (Causa: "Véliz, Raúl Andrés s/su denuncia por privación ilegitima de la libertad y otros delitos" Expte. n° 430/08)

El 7 de febrero de 1976 Raúl Andrés Véliz se encontraba en casa de sus padres en Tafí Viejo junto a su esposa Nora del Valle Albornoz, quien estaba embarazada, su hija Verónica Graciela de dos años, y sus padres. Al escuchar que se estaba realizando un operativo en las inmediaciones de la vivienda, Véliz y su esposa salieron a la calle para ver lo que estaba sucediendo. Se les acercaron dos soldados y le pidieron fuego y agua, luego de lo cual se retiraron. Diez minutos después vuelven dos militares y le solicitaron a Véliz que se identificara, por lo que éste les mostró su documento. Uno de los militares le pidió que lo acompañara hasta la esquina, donde comenzaron a golpearlo con armas e inmediatamente lo subieron a un vehículo del ejército en el que se encontraban otras personas, entre ellas el Dr. Pedro Solórzano, Miguel Barros, Oscar Nalim, José Fernández y su hijo.

Fue conducido a la Comisaría de Tafí Viejo, donde fue golpeado. Le vendaron los ojos y lo llevaron a una habitación donde continuó su tortura de diferentes formas, golpes, patadas y picana eléctrica en todo el cuerpo.

Ese mismo día fue trasladado a la Brigada de Investigaciones de la ciudad de San Miguel de Tucumán. Allí permaneció en cautiverio durante aproximadamente dos semanas, siendo torturado con picana eléctrica y recibiendo un trato inhumano.

Un día fue trasladado, junto con Barros, al Juzgado Federal, ante un juez quien le leyó una acusación en su contra por la cual lo responsabilizaban de haber amenazado a un soldado cuando pasaba en Unimog. El juez le explicó que serían liberados debido a que estas acusaciones eran infundadas.

Luego fue llevado nuevamente a la Brigada de Investigaciones, siendo liberado esa misma noche por el inspector Mayor Luis Rodríguez Quiroga, quien le expidió un certificado de libertad haciendo figurar como que ésta se había producido el día 13 de febrero de 1976.

Todo lo precedente conforme quedó acreditado con la denuncia de Raúl Andrés Véliz ante la Fiscalía Federal el 28 de Marzo de 2008, obrante a fs. 1 cuerpo 98, oralizada durante el debate.

En igual sentido su esposa, Nora del Valle Albornoz en su declaración testimonial oralizada en ésta audiencia relató cómo sucedieron los hechos y que después de media hora de que se habían llevado a su esposo, volvieron a su domicilio cuatro militares y allanaron la casa. Agregó que al otro día se enteró por vecinos que su esposo estaba en la Brigada de Investigaciones, que su suegro fue a buscarlo y que le dijeron que sí estaba ahí pero que no podía verlo.

Su esposo regresó a su casa de noche, no se lo reconocía porque estaba flaco, barbudo y sucio. Le contó que había sido torturado con picana eléctrica, que estuvo detenido más de los cinco días que figuran en el acta de libertad.

Expresó que los militares que se llevaron a su esposo eran de San Juan, tenían otra tonada y distintos uniformes.

A fs. 2 del cuerpo 98 obra la constancia de detención de Raúl Andrés Véliz en el Departamento de Investigaciones D-7 de la Policía de Tucumán y de su libertad en fecha 13 de Febrero de 1976.

Hechos que perjudicaron a Manuel Antonio Tártalo (Caso 72) (Causa: "Gómez Tártalo Juana Ángela s/ denuncia por secuestro y desaparición de Tártalo Manuel Antonio" Expte. n° 1.397/05)

Manuel Antonio Tártalo era obrero del Ingenio San Juan y vivía en un conventillo en la 24 de septiembre con su familia. De ese lugar fue retirado por primera vez el 3 de Mayo de 1975, conforme lo declarado por su cónyuge Juana Ángela Gómez en audiencia.

La testigo dijo que ese día sintió llegar un camión, ingresaron a la casa, le dijeron que se lo llevaban para hacerle unas preguntas. Entre las personas que ingresaron pudo reconocer al "Tuerto" Albornoz, al que conocía porque compraba carne al lado de la casa donde vivía. Le preguntaban dónde estaban las armas de Tártalo y ella no entendía lo que le preguntaban. Se lo llevaron en un camión. Fue liberado a los quince días. En esa oportunidad, llegó a la casa todo golpeado, con los párpados hinchados y le dijo que Albornoz lo había torturado.

La víctima fue secuestrada por segunda vez el 13 de Mayo de 1976 de la puerta del Ingenio. Su esposa contó que a las diez de la noche llegó un obrero del Ingenio y le dijo que se habían llevado a su marido que luego de marcar tarjeta se topó con hombres vestidos de civil que lo agarraron. Agregó que los obreros gritaban y él se resistía, pero que le pegaron un culatazo en la cabeza, se desmayó y se lo llevaron. Señala que todos los trabajadores secuestrados eran aquellos que luchaban para evitar el cierre del Ingenio San Juan.

Conforme el relato en esta audiencia del testigo César Rolando Jiménez, en la oportunidad del primer secuestro, Manuel Antonio Tártalo fue trasladado al centro clandestino de detención de Jefatura de Policía, en tanto él fue secuestrado el mismo día por sujetos uniformados con botas y fue trasladado a un lugar céntrico que pudo reconocer por los ruidos de la calle. Allí Tártalo le tocó la pierna para que lo reconozca, pero no pudieron verse porque ambos estaban vendados.

Luego de un tiempo, ambos fueron trasladados a otro lugar, al que arribaron después de una hora de viaje aproximadamente, donde permanecieron el resto del tiempo en que los tuvieron cautivos. En relación a ese segundo lugar, quedó acreditado que se trata de "la Escuelita" con el testimonio en audiencia de José Antonio Gramajo quien expresó que ahí estuvo secuestrado y compartió cautiverio con Manuel Antonio Tártalo, hecho del que tomó conocimiento cuando fueron liberados juntos.

Asimismo, cuando fue liberado, Tártalo le manifestó a su esposa que creía haber estado en Famaillá porque mientras permaneció cautivo escuchó que desde un altoparlante anunciaban un partido de fútbol en Famaillá.

En relación al segundo secuestro el testigo Jiménez relató que ese día salió junto a la víctima a trabajar al Ingenio, pero él se volvió a buscar algo. Cuando llegó al Ingenio alguien le dijo que unas personas lo habían golpeado y llevado en un auto, que salió y pudo ver cuando se lo estaban llevando en un auto azul, personas vestidas de civil. En esa oportunidad fue trasladado al centro clandestino de detención Jefatura de Policía conforme a lo manifestado por los testigos de esta audiencia Juan Domingo Almaraz y Juan Manuel Zorrilla, quienes lo vieron en esa dependencia cautivo.

Manuel Antonio Tártalo figura en el "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente al declarar en la causa "Jefatura", bajo el número 274 junto a las siglas DF, lo que acredita su permanencia en el centro clandestino Jefatura de Policía y su destino final.

Manuel Antonio Tártalo en la época de los hechos tenía 21 años, estaba casado con Juana Ángela Gómez, con quien tuvo un hijo de 4 años y su esposa estaba embarazada de ochos meses.

A la fecha continúa desaparecido.

Hechos que perjudicaron a Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas (Caso 73) (Causa: "Andrada, Josefa Micaela s/ su denuncia por secuestro y desaparición de Juan Carlos Andrada" Expte. n° 580/07 y su acumulado Expte. n° 790/07.

El 9 de noviembre de 1976 en horas de la tarde, Juan Carlos Andrada y su amigo José Rafael Chamas, ambos estudiantes de 22 años, fueron a visitar al hermano del primero que se encontraba internado en el Policlínico Ferroviario de Avenida Sarmiento y Junín de San Miguel de Tucumán. Luego de la visita, aproximadamente a las 19:30 horas, fueron a tomar un café a un bar en la misma cuadra. Al salir, giraron por calle Maipú en dirección sur y antes de llegar a calle Santa Fe, ambos fueron secuestrados por fuerzas de seguridad.

Josefa Micaela Andrada, hermana de Juan Carlos, declaró en la audiencia que el 24 de Diciembre de 1976 se entrevistó con el Jefe de Policía Zimmermann, que le pidió una foto de su hermano y le dio audiencia para el 31 de diciembre. Ese día la atendió y le dijo que no lo tenían, que no sabía que había pasado y que seguro lo llevaron los extremistas. Nunca más supo nada de su hermano.

Diez años después un vecino, Juan Benito Moya, le dijo que lo vio detenido en Jefatura de Policía y que antes no habló porque su vida corría peligro.

Susana Nilda Chamas, hermana de José Rafael, relató que después de un tiempo, por medio de un taxista conocido de su padre, se enteró que a su hermano lo habían levantado fuerzas de seguridad.

José Rafael Chamas figura en el "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente al declarar en la causa "Jefatura", bajo el número 63 con las siglas DF, lo que acredita su permanencia en el centro clandestino Jefatura de Policía y su destino final.

Juan Carlos Andrada y José Rafael Chamas continúan desaparecidos hasta la fecha.

Hechos que perjudicaron a Juan Pablo Carballo (Caso 74) (Causa: "Carballo Juan Pablo s/ su denuncia" Expte. n° 347/05)

Ha quedado acreditado que Juan Pablo Carballo fue secuestrado el 12 de enero de 1976 conforme la prueba producida en la audiencia.

Juan Pablo Carballo trabajaba en el Gabinete de la Jefatura de Policía, desde el año 1970 a 1976, haciendo cédulas de identidad. Su trabajo era administrativo y tenía el cargo de Agente. En el debate relató que sus jefes eran Romano Espeche, Maidana y Lobo y que tuvo problemas con este último, que era el segundo jefe, y lo trasladó a la Volanta.-

Agregó que a los tres meses, el 12 de enero de 1976, lo mandaron a llamar de la Brigada por lo que se dirigió por su propia voluntad, en su auto particular, al edificio de Avenida Sarmiento y Muñecas. Apenas entró se apoderaron de su vehículo, el cual nunca más apareció.

Lo llevaron a la oficina de Rodríguez Quiroga y comenzaron a interrogarlo sobre una cédula que se había confeccionado con sus iniciales y que según ellos la tenía un extremista, por lo que lo acusaban de hacerles cédulas a ellos. Indicó que Rodríguez Quiroga y Duilio Figueroa le pegaron y lo golpearon en la espalda con una itaka. Luego lo llevaron atado y vendado y lo metieron en un baño sucio. En el lugar donde estaba cautivo había unas 30 personas más y algunas mujeres que aunque no las veía, las escuchaba gritar de noche.

Mientras estuvo detenido, la llevaron a su señora y, delante de él, la ataron y desnudaron, le hicieron iniquidades y hasta perdió una criatura para que él hable, pero él no tenía nada que hablar. Un día se desmayó y se despertó en el Sanatorio 9 de julio, después lo llevaron al Hospital Padilla.

Luego, Figueroa hizo que lo lleven de nuevo a la Brigada, donde lo tuvieron atado y le pegaron. Posteriormente fue trasladado a la Comisaria Séptima y ahí también de noche lo torturaron y no dejaban que tenga comunicación con ningún otro detenido. Seguidamente lo llevaron a la Comisaría de Yerba Buena y ahí vio como mataban a un joven de 16 años con una itaka.

A raíz de este episodio lo llevaron al Juzgado Federal. La Dra. Ahualli le levantó la incomunicación pero cuando lo volvían a llevar a la Comisaría lo volvían a incomunicar.

Antes del Mundial lo llevaron al penal de Villa Urquiza por orden del Juez Guerineau. Estuvo detenido en Villa Urquiza hasta el año 1982. Permaneció en libertad vigilada hasta que a principios del 83 le dieron la libertad.

Rosario del Carmen Ruiz, esposa de Juan Pablo Carballo, relató en esta audiencia que el 11 de Febrero de 1976 su marido le dijo que no iba a volver a comer porque lo habían llamado de la Brigada ya que el Comisario quería hablar con él y no volvió más.

A las dos semanas un policía le golpeó la puerta y le dijo que el Comisario quería hablar con ella, la sacaron del brazo y la llevaron en un auto. En la Brigada le dijeron que su marido andaba con los extremistas y que le hacía cédulas para ellos por lo cual quedaba detenida. Después un señor alto le puso una venda, se quedó sentada en un baño y su marido apareció todo ensangrentado. Le pegaron a él delante de ella y a ella delante de él. Estaba embarazada de 6 meses. Agregó que como a las 4 de la mañana, le pegaron una trompada muy fuerte y sintió el desprendimiento del bebé y empezó a sangrar, entonces le sacaron las zapatillas y el pantalón.

Agarrándose de una silla el bebé nació y lloró, y se movía, y era un varoncito. Como el bebé lloraba pidió verlo, pero le dijeron que estaba muerto y lo habían llevado al cementerio. También pidió ir al hospital pero sólo le dieron una Novalgina. En el baño lo vio parado a su esposo, llorando, quiso verlo, pero no la dejaron.

Estuvo en ese lugar cautiva seis meses y de ahí la llevaron a la Brigada Femenina, y de ahí al Buen Pastor, donde las monjas le pegaban porque le decían que era la esposa de un extremista. Estuvo aproximadamente 3 años detenida.

Hechos que perjudicaron a Miguel Segundo Tula (Caso 75) (Causa: "Romero de Tula, María Argemina s/su denuncia por secuestro y desaparición de Miguel Segundo Tula" Expte. n° 1.558/05)

Miguel Segundo "Chicho" Tula trabajaba en el Ingenio San Juan. Fue secuestrado en la madrugada del 3 de Mayo de 1976. Se encontraba descansando en su domicilio del Ingenio San Juan, Departamento Cruz Alta, junto a su pareja María Medina y su hijo, cuando previo llamado a la puerta, irrumpieron en la vivienda personas con uniforme militar quienes luego de identificar a Tula, lo sacaron de la casa a empujones, llevándoselo secuestrado en un automóvil policial.

La hermana de la víctima María Beatriz Tula de Loyola declaró en la audiencia que la noche del secuestro su cuñada fue a casa de su madre para contarle lo que había sucedido y salieron a averiguar por todos lados.

Expresó asimismo que el día de los hechos personas encapuchadas vestidas de militar ingresaron a la casa donde ella vivía, dieron vuelta todo y le dijeron que no se llevaban a su hermano menor porque era chico. Jamás volvió a tener noticias de su hermano Miguel Segundo. Agregó que conoce a muchas personas que desaparecieron de la zona donde vivía. Que le llegaron comentarios de gente que dijo ver a su hermano en cautiverio.

El testigo Juan Manuel Zorrilla, secuestrado el mismo día, declaró en audiencia que la mayoría de las personas que fueron secuestradas esa noche aún se encuentran desaparecidas, recordando entre ellos a Chicho Tula.

El secuestro de Miguel Segundo Tula se produjo en el marco de un operativo realizado en la localidad del Ingenio San Juan, donde fueron detenidos varios compañeros de trabajo del ese ingenio.

Tula y todos sus compañeros fueron llevados al centro clandestino de detención de Jefatura de Policía.

La víctima figura en el "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos", que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente al declarar en la causa "Jefatura", bajo el número 275 con las siglas DF, lo que acredita su permanencia en el centro clandestino Jefatura de Policía y su destino final.

Hechos que perjudicaron a Enrique Aurelio Campos (Caso 76) (Causa: "Campos, Enrique Aurelio s/ secuestro y desaparición" Expte. n° 1.473/08)

Enrique Aurelio Campos fue secuestrado el 21 de Julio de 1977. Vivía en una localidad llamada San Juan con su esposa Lelia Elena Gómez y sus cinco hijos.

Su esposa expresó en la audiencia que ese día su esposo llegó perturbado porque un compañero suyo había desaparecido, como a las 7 de la tarde le dijo que iría a ver que había pasado con su compañero pero que si él no volvía que se fuera con los chicos y que no volviera más.

Lo esperó toda la noche y a eso de las 7 de la mañana llevó a sus hijos a Metán con su madre. Cuando volvió a la que era su casa, una semana después, se encontró con la casa desmantelada. Una vecina le dijo que estaba el ejército buscándola que se vaya. Manifestó que no hizo la denuncia por desaparición porque su marido expresamente le había pedido que no la hiciera, porque quería que diera prioridad al cuidado de sus hijos, que no se expusiera a que la desaparecieran a ella.

El 8 de marzo de 1996 tuvo noticias de su marido cuando le acercaron un libro de Tucumán en el que una persona llamada Juan Martín mencionaba como detenido a su marido.

Su hija Licia Eugenia Campos inició la denuncia para dar con el paradero de su padre en base a una reconstrucción de familiares y amigos, en tanto a la fecha de los hechos tenía 6 años. Dijo en audiencia que el día que desapareció su padre desapareció toda su familia, su madre se dedicó a buscar a su padre y repartió a sus hijos. Que el testimonio de Juan Martín que decía haber visto a su padre en Jefatura fue el primer indicio de la suerte corrida por su padre.

El testigo Juan Martín Martín, conforme declaró en audiencia, conocía a Enrique Campos del año 73/74, de la militancia, y lo identificaba como un compañero de la Juventud Peronista. No tenían una relación de amistad ni personal, lo volvió a ver en el año 77. Lo conocía como "Manuel". No recordó quien lo llevó herido a la Jefatura. Le dijeron que lo habían identificado en un control en la zona oeste y al intentar huir le habían disparado en la espalda. Dijo que Campos no fue sometido a torturas en Jefatura porque se lo llevaron al Hospital Militar rápidamente porque se moría. Que fue una sorpresa verlo a la semana o a los diez días nuevamente en Jefatura, donde lo llevaron y tiraron en un colchón. Los comentarios eran que Bussi o Zimmermann habían dicho que como no cantó nada, había que dejarlo morir. Dos o tres días después se murió.

El testigo Gerardo Alfredo Romero declaró en ésta audiencia que conocía a Enrique Campos de la militancia en la organización Montoneros. Que pertenecía al movimiento nacional peronista y estaba enrolado en la lucha para conseguir una patria más justa y soberana. Que a partir de un compañero le llegó la noticia de que Campos no había acudido a la cita de control y por el grado de compromiso tenían certeza que había caído en manos de las patotas militares y policiales del aparato represivo.

Con los testimonios vertidos en la audiencia ha quedado fehacientemente acreditado que Enrique Aurelio Campos fue secuestrado el 21 de Julio de 1977, que fue llevado herido a Jefatura de Policía y que falleció en ese centro clandestino de detención.

Hechos que perjudicaron a Juan Ángel Rodríguez. (Caso 77) (Causa: "Lescano de Rodríguez Nélida Esther s/privación ilegitima de la libertad, torturas en perjuicio de Juan Ángel Rodríguez" Expte. n° 1.578/08.)

Ha quedado acreditado en la audiencia que Juan Ángel Rodríguez fue secuestrado el 12 de Noviembre de 1977 del ingenio Nuñorco, junto con un compañero..

Su esposa Nélida Esther Lescano y su prima María Teresa Contreras, expresaron en la audiencia que Juan Ángel era candidato sindical y que no tenía problemas con la patronal, que lo llevaron con la ropa de trabajo y que estuvo detenido entre 10 y 15 días.

Primero fue llevado a la comisaría de Monteros, donde estuvo aproximadamente tres días en un chanchero. Después fue trasladado a la Brigada de Policía y finalmente fue conducido al Juzgado Federal, donde le dieron la libertad el 22 de Noviembre de 1977.

Cuando sus familiares fueron a la Comisaría de Monteros a averiguar el paradero de la víctima un policía les dijo que estaba incomunicado.

La testigo Teresa Idelma Díaz relató que su abuelo, Luis Rolando Cansino, que trabajaba en el Ingenio Ñuñorco en la parte de mantenimiento de maquinarias, un día regresó a la casa y dijo que habían llevado a varios compañeros entre los que nombró a Correa, Rodríguez y a un señor apodado Chamorro.

El testigo víctima de ésta causa, Fidel Emilio Correa declaró en la audiencia que estuvo detenido con Juan Ángel Rodríguez en la Comisaría de Monteros y que luego los llevaron juntos a Jefatura de Policía de Tucumán.

Hechos que perjudicaron a José Eduardo Ojeda Sierra (Caso 78) (Causa: "Ojeda Sierra, Juan Antonio s/ su denuncia por secuestro y desaparición de José Eduardo Ojeda Sierra" Expte. n° 372/08).

José Eduardo Ojeda Sierra fue secuestrado en dos oportunidades. En la audiencia de debate el testimonio de su hermano Roque Raúl Ojeda Sierra brindó soporte para dejar probada las detenciones de la víctima.

Relató el testigo que la primera detención de su hermano fue el mismo día del golpe de estado, el 24 de marzo de 1976. Estuvo detenido aproximadamente 18 días y fue sometido a torturas.

El segundo secuestro se produjo el 19 de agosto de 1977, aproximadamente a las 13.30 horas, cuando la víctima regresaba a su domicilio de la ciudad de Concepción en compañía de su vecino Miguel Larcher. Quedó acreditado en la audiencia que bajaron de un Ford Falcon personas de civil a cara descubierta. Quien presenció el secuestro fue Miguel Larcher que compareció a la audiencia y relató el secuestro de José Eduardo Ojeda Sierra.

Conforme el testimonio de Juan Martín Martín, José Eduardo Ojeda Sierra estuvo secuestrado en el centro clandestino de detención de Jefatura de Policía, prestó declaración bajo tortura, figurando en una lista titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" (número de orden 180) con la sigla "DF", que fuera aportada por el testigo Clemente en audiencia en causa "Jefatura", lo que indica que su ejecución fue decidida por la llamada "Comunidad Informativa de Inteligencia".

Al día de hoy José Eduardo Ojeda Sierra permanece desaparecido.

Hechos que perjudicaron a Diana Irene Oesterheld y su hijo, Fernando Carlos Araldi (Caso 81) (Causa: Actuaciones complementarias en "Oesterheld Diana Irene s/ Secuestro y desaparición" Expte. n° 1.442/04)

En la sentencia de la causa "Jefatura de Policía de Tucumán s/secuestros y desapariciones", Expte. J - 29/09 ha quedado acreditado que en julio de 1976 Diana Irene Oesterheld, quien estaba embarazada de entre seis y ocho meses, junto a su hijo de un año y medio de edad, Fernando Carlos Araldi, fueron secuestrados. Diana Oesterheld fue llevada al centro clandestino de detención que funcionó en la ex Jefatura de Policía y su vivienda fue ocupada por miembros de la policía. Juan Martín Martín en su testimonio prestado en la audiencia dijo -refiriéndose a una oportunidad en la que se encontraba en el lugar donde se torturaba- "sentí los gritos de una mujer, que alguien le pegaba; pero no era como si la estuvieran torturando, sino pegando, reconocí la voz de Diana, estaba embarazada, después escuché a los de inteligencia que decían que se había intentado cortar las venas y que por suerte se había salvado, yo la conocía de la militancia, nunca más escuché hablar de ella"; y sobre Carlos Araldi manifestó "trajeron el cadáver de Carlos Araldi por julio, agosto del 77, estaba muerto a tiros" . El testigo Clemente en la audiencia relató "escuché decir que Diana se había querido suicidar y vi una chica embarazada chorreando sangre, escuché, no se si a los guardias insultando, decían "esta hija de puta se quiso suicidar"; el testigo Osvaldo Humberto Pérez en la audiencia dijo que "sintió hablar de Diana Oesterheld y de Araldi en Jefatura pero no los vio". La madre de Diana Irene Oesterheld realizó todos los trámites pertinentes para averiguar su paradero (habeas corpus de fs. 8031/vta oralizado). El hijo de Diana fue entregado por miembros de la Jefatura de Policía a la Casa Cuna -Instituto de Puericultura Alfredo Guzmán de esta ciudad- el 28 de julio de 1976, según testimonial brindada en la audiencia por el propio Fernando Araldi y el testigo Jorge Guillermo Delgado. Además, las constancias que fueron oralizadas en el debate de fs. 6807 dan cuenta del ingreso de Fernando Carlos Araldi en la Casa Cuna el 28 de julio de 1976 y de fs. 6828 donde obra el acta de secuestro del libro de registros de la Casa Cuna. Según testimonios de Elsa Sánchez de Oesterheld -madre de Diana- después de dos oportunidades en la que les negaban a los abuelos paternos -Juan Araldi y Soledad de Araldi- que el niño hubiera sido entregado en la Casa Cuna, en la tercera oportunidad que vinieron sus abuelos a Tucumán lo localizaron y por orden de un juez les entregaron el niño que fue retirado el 10 de agosto de 1976. Los abuelos paternos lo llevaron a vivir con ellos a Buenos Aires. Al poco tiempo Raúl Araldi los visitó pero no volvió a verlos más (según testimoniales de Elsa de Oesterheld y fs. 6520 oralizada). Diana se encuentra desaparecida y es una de las personas que figura en la lista aportada por el testigo Clemente, en el curso de la audiencia, con las siglas "DF", bajo el número 175, fs. 06.- Raúl Carlos Araldi fue herido y su cuerpo fue llevado a la Jefatura de Policía en agosto de 1977. El cuerpo no fue encontrado.- Diana y su esposo Raúl Carlos Araldi eran militantes de la Juventud Peronista y oriundos de la ciudad de Buenos Aires. Habían venido a radicarse a Tucumán en diciembre del 75, según relataron en la audiencia de debate, los testigos Delgado, Sanchez de Oesterheld y Marini. Primero residieron de manera provisoria en el Hotel Petit de la calle Crisóstomo Álvarez 765, hasta febrero de 1976. Luego, alquilaron una casa ubicada en la calle Frías Silva 231 del Barrio Ciudadela y se fueron a vivir allí. La casa era de Onésimo Orfilio Marini, quien primero se las alquiló y posteriormente comenzó las negociaciones para vendérsela. A fines del mes julio de 1976 el inmueble ubicado en Frías Silva 231 fue ocupado por efectivos de la Jefatura de la Policía de la provincia de Tucumán. Allí se instalaron a partir de septiembre u octubre del año 1976 Roberto Heriberto Albornoz junto a María Elena Guerra, también agente de la Policía de la Provincia de Tucumán. La ocupación de la casa de calle Frías Silva por efectivos de la policía quedó acreditado en el curso de la audiencia por el testimonio de Delgado, Marini y Storni. El testigo Marini manifestó "fueron por calle Pellegrini, pararon a mitad de cuadra y estaban los vecinos mirando para la casa y la policía estaba sacando las cosas, muebles, ropero, colchón, ventiladores, en esa casa vivía la familia Oesterheld Araldi, le consta porque él lo acompañó al padre al hotel Petit en la calle Crisóstomo Alvarez y lo veía a su padre conversar con el señor Araldi, porque su padre le alquilaba la casa, en enero de 1976 el padre le entregó a Araldi la llave de la calle Frias Silva, llegaron con un niño, ahí le presentó a la señora Oesterheld. La casa, después de ser desmantelada seguía con movimientos de policía, sabe de esto porque el padre siempre daba vueltas por la casa y no podía creer lo que estaba pasando y veían a la policía, siempre había parado un policía en la esquina y en la puerta, en esa casa fue a vivir Albornoz, le consta porque el padre lo conocía a Albornoz y se lo mostró". Se incorporó por lectura (fs. 6872/6873) la demanda de usucapión iniciada sobre la vivienda donde vivían los Araldi Oesterheld.-

En audiencia se reprodujo el audio de la declaración de Fernando Carlos Araldi prestada durante el juicio de Jefatura y luego el testigo agregó que le consta que sus padres vivían en Frías Silva 231 por distintos testimonios. Que desde chico, al conocer la historia de sus padres, por sus abuelos paternos supo que en su cumpleaños número uno estuvo en Tucumán, el 10 de junio, días antes del hecho. Agregó que tomó conocimiento de la dirección de la casa por Guillermo Delgado. Vino a Tucumán y tomó contacto con Marini, quien le confirmó que conoció a sus padres, ya que les había alquilado la casa desde diciembre del 75 hasta el secuestro de su madre. Dijo que hay una foto suya, al año de edad, con su madre que lo tiene en brazos en la puerta de la casa. Señaló asimismo que corroboró que esa es la casa porque la vio al venir a Tucumán en 2005 y en 2010 y está igual, salvo por un tapial que en 1976 no estaba. Agregó que se aferra al testimonio de Julio Marini porque es quien le alquilaba la casa a sus padres. Con relación a su abuela materna, dijo no saber si antes del hecho había estado alguna vez en Tucumán. Precisó que Julio Marini le dijo que hacia 1976 el inmueble fue ocupado por María Elena Guerra. Dijo que vivió en Frías Silva 231 entre los tres meses y el año y un mes de edad. Aclaró que en esa casa de calle Frías Silva vivía con su madre, y que el 28 de julio del 76 secuestraron a su madre de otro lugar. Expresó que de lo reconstruido a lo largo del tiempo pudo saber que luego del secuestro quien quedó viviendo en calle Frías Silva 231 fue María Elena Guerra.

Julio Federico Storni relató en la audiencia que vive en calle las Piedras 1884 hace 62 años. Explicó que conoció a Raúl Araldi y a Diana Oesterheld. Que en febrero o marzo de 1976 iba con su hermano Pedro por calle Frías Silva y éste le presentó al matrimonio. Ella tenía cabello rubio, muy claro y estatura baja y él era un chico medianamente alto, cabellos negros con un poco de canas. Expresó que siempre veía al matrimonio sobre calle Frías Silva, veinte metros antes del pasaje Gálvez, yendo hacia el norte sobre la vereda derecha, inclusive un par de veces los vio lavando el auto. Aclaró que de su domicilio a la casa del matrimonio hay unos 150 metros. La casa del matrimonio tenía una verja de un metro de altura ya con la pintura desgastada y un jardincito en la entrada.

Estima que vio al matrimonio hasta noviembre del 76 y después nunca más los vio. Sobre el destino del matrimonio no le consta qué les sucedió, más allá de los comentarios del barrio. Meses después vio una mujer en la casa que entraba y salía. La veía especialmente cuando iba a la verdulería de la esquina. Dice que alguna vez vio movimiento policial en la casa, vio un vehículo Torino estacionado varias veces y también vio al oficial Albornoz junto a otros oficiales. Sabe que se trataba de Albornoz porque lo conocía porque había sido detenido en el año 71. Dijo conocer a María Elena Guerra. Explicó que a partir de febrero del 77 ya estaba en esa casa. La vio muchas veces yendo hacia la panadería o a la verdulería. Aclaró que no vio solos a Albornoz y a Guerra en la casa, que sólo los vio juntos cuando estaban con otras personas en la vereda. Precisó que en esa casa nunca vio a una persona llamada Alcira Inocencia Guerra. Agregó que la casa permaneció ocupada hasta noviembre del 76 y ya en el 77 la vio a María Elena Guerra. No recuerda haberla visto desocupada tiempo después. Precisó que siempre pasaba por el frente de la casa.

El testigo Jorge Guillermo Delgado dijo en ésta audiencia que es periodista de distintos medios locales y nacionales y que tuvo conocimiento de lo sucedido con el inmueble de Frías Silva 231 porque realizó una investigación sobre lo sucedido con el inmueble.

Refirió que los vecinos con los que habló le relataron el secuestro del matrimonio con su niño, y que la joven estaba embarazada. Supo que era la familia Araldi-Oesterheld y que la casa fue usurpada por el comisario Albornoz y María Elena Guerra, quienes ingresaron allí en septiembre u octubre del 76. Destaca que la información recolectada la puso a conocimiento del Fiscal Federal Ferrer en 2005.

Expresa que la fotografía de Diana con su hijo, que se encuentra en el expediente Jefatura es de junio del 76. Dijo que allí Diana aparece embarazada y que la foto la obtuvo en una entrevista que tuvo con su madre Elsa Sánchez de Oesterheld.

Dijo que pudo fotografiar a Fernando Araldi en el inmueble de Frías Silva en fecha reciente y aportó esa fotografía. Agregó que los vecinos le dijeron que Albornoz vivía en esa casa con María Elena Guerra que era su amante y que en una oportunidad al lugar llegó la esposa de Albornoz que hizo un escándalo.

Precisó que ha conocido otros casos de apropiaciones de inmuebles como el de la causa Coronel. Dijo que durante las investigaciones que ha realizado ha sufrido apremios, concretamente de Luis De Cándido.

Guillermina Esther Jiménez en el debate dijo conocer a María Elena Guerra de la Iglesia del Perpetuo Socorro desde 1995. Precisó que sabía que vivía en calle Frías Silva, aunque no desde cuándo. Agregó que vive en calle Pellegrini 249 desde 1986. Dijo desconocer a quien pertenecía la casa donde vivía la Guerra.

También Enriqueta del Valle Pérez dijo en audiencia conocer a María Elena Guerra por ser vecina suya, y que la conocía desde el momento en que sus hijos fueron al colegio Nuestra Señora del Rocío, porque la señora era madre de un compañero de su hijo, pero sabe que vivía allí desde antes, sólo que no la conocía. Precisó que sabía que en esa casa antes vivía la familia Marini. Estimó que esas personas se fueron a vivir a Córdoba, pero explicó que era muy chica en esa época. Asimismo manifestó que luego la casa estuvo desocupada y posteriormente llegó la señora Guerra. Indicó que conocía la casa desde muy chica porque uno de los hijos de Marini, Teresa, era profesora de danzas y la declarante era alumna de ella. Luego los Marini se fueron, precisó que le parecía que a Córdoba, y luego la casa quedó deshabitada según le parece. Dice que cuando conoció la casa era muy chica y muy humilde. Señala que supo que la casa estaba deshabitada por su deterioro. No pudo precisar cuándo la familia Marini dejó la casa y no sabe cómo llegó la misma a la señora Guerra. No recuerda en la zona de esa casa ningún operativo militar o policial.

Ema Filomena Ferreyra durante el debate dijo también conocer a María Elena Guerra. Precisó que la conoce desde hace alrededor de cuarenta años. Dijo que fue a limpiar en el año 1976 a la casa de la madre de Guerra, que iba tres veces a la semana a limpiar allí. También señaló que en el 76 conoció a la madre de María Elena Guerra y en el 79 u 80 la conoció a ella cuando fue a vivir allí, que la recordaba vestida con uniforme de policía. Trabajó en esa casa hasta 1986 o 1988. Señaló que la madre de María Elena Guerra le contó que ella la había comprado la casa. Destacó que cuando llegó a la casa estaba en estado habitable, no abandonada, que estaba en buen estado y que eso fue en 1976. No recordó el nombre de su empleadora, la madre de María Elena. Dijo que vivía por la zona y que no recordaba ningún operativo policial. No recordó la fecha de la muerte de la madre de María Elena porque ya no trabajaba en el lugar.

Mirta Emperatriz Menin dijo en audiencia que era vecina de María Elena Guerra, que vivía en diagonal a su casa desde aproximadamente 1980, año en el que fue la declarante a vivir al barrio. Aclaró que sólo tenían una amistad de vecinas. Señaló que por comentarios de los vecinos se enteró que vivía allí desde 1979 o 1980 aproximadamente, que vivía sola en la casa, pero que antes vivía allí con su madre según se lo dijo María Elena Guerra.

También depuso en la audiencia la testigo Elba Elena Ledesma, quien dijo no haber conocido a la familia Marini ni tampoco a la familia Araldi-Oesterheld. Agregó que a María Elena Guerra la conoce desde 1980 aproximadamente y que vivía en la calle Frías Silva al 200. Precisó que la conoció en el trabajo, en tanto eran compañeras en la policía, pero trabajaban en reparticiones diferentes. Destacó que conoció la casa de la señora Guerra al morir su madre, que fue con otras compañeras a visitarla allí por no haber podido ir al velorio. Precisó que la primera vez que fue a su casa Guerra vivía sola, pero que luego lo conoció a su actual marido.

Durante el transcurso de la audiencia, el Ujier de este Tribunal Adolfo García realizó una inspección en el domicilio de calle Frías Silva 231, donde pudo constatar que la foto aportada en la audiencia por el testigo Delgado, tomada al Sr. Carlos Araldi en ese domicilio en la actualidad, representa el mismo lugar a la que fue tomada en el año 1976 a Diana Oesterheld con su hijo Carlos sentado en sus piernas.

Asimismo, personal del Gabinete Científico de la Policía Federal de Tucumán realizó una pericia en la que se concluye "las planas fotográficas aportadas para estudio guardarían relación con aquel que actualmente se encuentra ubicado en la vivienda en cuestión, sita en calle Frías Silva N° 231 de ésta ciudad, no pudiéndose arribar a una conclusión categórica".

En consecuencia, ha quedado acreditado con los testimonios producidos en el debate oral que el matrimonio de Diana Oesterheld y Carlos Araldi vivía a la fecha de los hechos en la vivienda ubicada en calle Frías Silva 231 de ésta ciudad, que luego de la desaparición del matrimonio, se pudo ver un camión que sacaba los muebles de esa casa. A partir de septiembre u octubre del año 1976 se instaló en esa vivienda María Elena Guerra, agente de la Policía de la Provincia de Tucumán, quien tenía una relación sentimental con el entonces Jefe del SIC Roberto Heriberto Albornoz. Las declaraciones de las testigos aportadas por la defensa de María Elena Guerra no pudieron desvirtuar esta teoría, aportando sólo datos menores cómo que también allí vivía la madre de María Elena Guerra o que la casa era de la familia Marini, sin poder demostrar conocimiento sobre como adquirió María Elena Guerra el inmueble en cuestión. El hecho relevante es que María Elena Guerra, por su relación con Albornoz y en su condición de agente de policía, ocupó un inmueble cuya legítima tenencia en el carácter de locatarios correspondía a dos personas -Araldi y Oesterheld- que fueron secuestradas y asesinadas por el propio Albornoz con otros intervinientes en el hecho. El locador de ese inmueble había sido el padre del testigo Marini.-

Hechos que perjudicaron a Adriana Mitrovich, Horacio Ramón Atilio Ferreyra Córdoba, Graciela del Valle Bustamante de Argañaraz y Ricardo Torres Correa (Caso 84) (Causa: Actuaciones complementarias en "Bustamante de Argañaraz, Graciela del Valle s/su secuestro y desaparición" Expte. n° 1.459/04, y sus acumulados Exptes. n° 1.660/04 y n° 1.663/04)

En la causa "Jefatura de Policía de Tucumán s/secuestros y desapariciones" , Expte. J - 29/09, ha quedado acreditado el secuestro y desaparición de Adriana Mitrovich, Horacio Ramón Atilio Ferreyra Córdoba, Graciela del Valle Bustamante y Ricardo Torres Correa, juzgándose en este juicio la responsabilidad del imputado Angel Custodio Moreno en éstos hechos. En esa oportunidad se dijo: "Ha quedado acreditado en la audiencia que Adriana Mitrovich de Torres Correa y Horacio Ramón Atilio Ferreyra Córdoba fueron secuestrados el día 28 de abril de 1977. Según consta en denuncia de la Sra. Carmen Nelly Cainzo de Mitrovich ante Familiares de Detenidos Desaparecidos y Presos por razones Políticas y Gremiales de Tucumán (fs. 511) Mitrovich de Torres Correa fue llevada por su padre, en horas de la tarde del día 28 de abril del 77, a la casa de Ferreyra Córdoba sita en calle Crisóstomo Álvarez N° 832 de esta ciudad, lugar en el que se encontraban preparando la última materia para recibirse de arquitectos; a horas 19.30 Mitrovich de Torres Correa se comunicó con su padre para saber de la salud de su pequeña hija y le manifestó que regresaría a horas 21; momentos después tanto Mitrovich de Torres Correa como Ferreyra Córdoba se dirigieron a un bar ubicado en la esquina del domicilio de este ultimo (fs. 511), trayecto en el que fueron detenidos-secuestrados y trasladados a la Jefatura de Policía. La testigo Carmen Cainzo de Mitrovich, madre de Adriana Mitrovich dijo en la audiencia que acudió al Coronel Vera Robinson, después que su hija fuera secuestrada, para averiguar su paradero y que éste le manifestó que tanto Adriana Mitrovich como su esposo Ricardo Torres Correa estaban detenidos en la Jefatura de Policía y que él le llevó una frazada a Adriana para que se acostara, pero que ella se negó a recibirla. También expresó la Sra. Cainzo de Mitrovich que algunos empleados de la policía, cuyos nombres no recuerda, le dijeron que vieron a Adriana Mitrovich en Jefatura de Policía. El testigo Julio Argentino Argañaras ratificó durante la audiencia que el padre de Adriana Mitrovich había mantenido contactos con el Coronel Vera Robinson y que éste les había manifestado que tenía datos de Adriana Mitrovich y que ella aparecería en horas del mediodía. Asimismo el Sr. Julio Argentino Argañaras manifestó haber ayudado a Ricardo Torres Correa a buscar a su esposa hasta las tres de la mañana de ese día. El testigo Juan Martín Martín relató en la carta enviada a la Sra. M. Esther Marquesto de Bustamante (fs. 96/98) que en junio de 1977, estando él secuestrado, vio a Adriana Mitrovich en otra celda y hablaron varias veces y en la audiencia de debate expresó que la vio en un calabozo un día que lo hicieron repartir la comida en los calabozos. La lista aportada en la audiencia de debate por el testigo Juan Carlos Clemente -que integra la documentación del D2- da cuenta que tanto Adriana Mitrovich de Torres Correa como Horacio Ramón Atilio Ferreyra Córdoba estuvieron detenidos en el centro clandestino de detención Jefatura de Policía, atento a ambos que figuran en la misma. La mencionada lista (obrante a fs. 01/09 de la documentación referenciada) contiene una nómina alfabética de personas consignadas como detenidos subversivos. Bajo el número 87 (fs. 03) figura Ferreyra Córdoba, víctima a la que en el rubro "a" se la identifica como (PETISO) y en el rubro "Observaciones" se la señala como "DF" -destino final-. En el mismo sentido Mitrovich de Torres Correa figura bajo el número 162 (fs. 05) víctima a la que en el rubro "a" se la identifica como (CARMEN) y en el rubro "Observaciones" se la señala como "DF" -destino final-. Surge también del recurso judicial de Habeas Corpus presentado por la madre de Adriana Mitrovich de Torres Correa (fs. 617/619) a favor de su hija, el artículo del diario "La Tarde": "Los que fueron vistos en Tucumán" (fs. 360), las denuncias realizadas ante la Comisión Bicameral de Tucumán, la denuncia la Sra. Amalia de Jesús Córdoba de Ferreyra, madre de Horacio Ramón Atilio Ferreyra Córdoba ante la CONADEP y Familiares de Desaparecidos y Detenidos de la Provincia de Tucumán (fs. 494 y 495) y del documento desclasificado por el Departamento de Estado Norteamericano sobre lo sucedido en Argentina, (fs. 18.686/18.687), donde se informa como desaparecidos a Adriana Mitrovich de Torres Correa y a Horacio Ferreyra Córdoba que las victimas antes mencionadas fueron detenidas-desaparecidas el día 28 de abril de 1977.- El día 29 de abril de 1977 Graciela del Valle Bustamante de Argañaras y Ricardo Torres Correa fueron detenidos-secuestrados en la vía pública cuando circulaban en el auto de este último en la intersección de las calles Lavalle y Chacabuco de San Miguel de Tucumán. Ese día Bustamante de Argañaraz salió del Hospital del Niño Jesús, lugar en el cual realizaba su residencia médica, y era esperada por Ricardo Torres Correa, médico amigo y esposo de Adriana Mitrovich. Según relató la Sra. Carmen Cainzo de Mitrovich, en la audiencia de debate, el padre Bassols de la Iglesia del Sagrado Corazón de Jesús le contó, en esos días, que un auto con armas largas había interceptado un vehículo en calle Lavalle y Chacabuco y levantado al joven que lo manejaba junto a su acompañante, una chica con un delantal. El testigo Julio Argentino Argañaras, esposo de Graciela del Valle Bustamante, manifestó durante la audiencia que fue él quien debería haber ido a buscar a su esposa al Hospital del Niño pero que Torres Correa se ofreció hacerlo; al demorarse en volver Torres Correa decidió ir al Hospital y preguntar por ambos, allí le dijeron que Bustamante de Argañaras había partido junto a Torres Correa por lo que realizó el trayecto de vuelta y vio que en calle Lavalle y Chacabuco había movimiento por un operativo policial llevado a cabo minutos antes. Graciela del Valle Bustamante de Argañaras y Ricardo Torres Correa fueron detenidos-secuestrados de la vía pública, en la intersección de calles Lavalle y Chacabuco por un grupo armado que los obligó a dirigirse en el auto de Ricardo Torres Correa -Renault 6 color rojo- a la Jefatura de Policía de Tucumán. En el mes de Junio de 1977, Graciela del Valle Bustamante de Argañaras fue vista en muy mal estado por Juan Martín Martín en los calabozos individuales de la Jefatura (testimonio prestado en la audiencia); Juan Carlos Clemente relató en la audiencia de debate que escuchó en la zona del salón grande de la Jefatura, a Graciela del Valle Bustamante, a quien conocía de la facultad, que lloraba "por Pablito" -nombre de su hijo- y Oscar Enrique Conte relató haber mantenido una conversación con ella en el CENTRO CLANDESTINO DE DETENCIÓN Arsenal Miguel de Azcuénaga en la cual ella le preguntó por una compañera "de Correa". La testigo Carmen Cainzo de Mitrovich dijo que algunos empleados de la policía, cuyo nombre no recuerda, le dijeron que la vieron a su hija Adriana en la Jefatura, junto a Ricardo Torres Correa y a Graciela Bustamante de Argañaraz. (testimonio prestado en la audiencia). La documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente da cuenta, también, que tanto Ricardo Torres Correa como Graciela del Valle Bustamante de Argañaraz estuvieron detenidos en el centro clandestino de detención Jefatura de Policía, atento a que figuran en la lista que integra la documentación del D2 aportada en la audiencia de debate por el testigo antes mencionado. Dicha lista, obrante a fs. 01/09 de la documentación referenciada, contiene una nómina alfabética de personas consignadas como detenidos subversivos. Bajo el número 32 (fs. 01) figura Bustamante de Argañaras víctima a la que en el rubro "a" se la identifica como (FLACA) y en el rubro "Observaciones" se la señala como "DF" -destino final-. En el mismo sentido Ricardo Torres Correa figura bajo el número 277 (fs. 08) víctima a la que en el rubro "a" se la identifica como (HIPPIE) y en el rubro "Observaciones" se la señala como "DF" - destino final-. Asimismo surge de la carta enviada por Juan Martín Martín (obrante a fs.1/2) a Maria E. Marquesto de Bustamante, madre de la víctima, que Bustamante de Argañaras y Torres Correa estuvieron detenidos-secuestrados en el CENTRO CLANDESTINO DE DETENCIÓN Jefatura de Policía y del acta de entrega del automóvil Renault 6 color rojo -de propiedad de Ricardo Torres Correa-, emitida por el Departamento de Informaciones Policiales D2 a favor de la Caja Popular de Ahorros, sección seguros y la posterior acta de retiro del automóvil mencionado, entregado por la Caja Popular a la Sra. Ricci de Torres Correa (fs. 612/613 y 614) que ambos fueron detenidos-secuestrados de la vía pública cuando circulaban en dicho vehículo y que fueron llevados a la Jefatura de Policía. Los recursos judiciales de Habeas Corpus presentados por familiares directos de Graciela del Valle Bustamante de Argañaras (fs. 26, 27, 28, 512/513) y Ricardo Torres Correa (fs. 620/622) a favor de ellos, el artículo del diario "La Tarde": "Los que fueron vistos en Tucumán" (fs. 360), las denuncias realizadas ante la Comisión Bicameral de Tucumán y la declaración durante la audiencia del testigo Alejandro Sangenis quien relató que supo del secuestro de Bustamante de Argañaras cuando salió ese mismo día del Hospital de Niños y que también acompañó al Obispado a Julio Argañaras para obtener información de lo ocurrido, demuestran la intensa búsqueda de sus familiares y que los mismos se encontraban desaparecidos".

Por éstos hechos descriptos fueron condenados Roberto Heriberto Albornoz y Luciano Benjamín Menéndez.

En ésta audiencia se incorporó el audio de las declaraciones prestadas en la causa "Jefatura" por los testigos Juan Carlos Clemente y Juan Martín Martín.

Asimismo, declaró el testigo Guillermo Ignacio Moyano quien relató que en mayo de 2011 denunció ante la Fiscalía Federal un hecho del que fue testigo siendo chico, en la ruta 302, entre la ruta y la vía paralela, camino a Santiago del Estero, alrededor de las 5 de la mañana se escucharon ruidos muy fuertes, tiros y su padre dijo a él y su hermano que se escondieran debajo de la cama. Que su padre salió a ver que pasaba y les dijo que había sucedido algo con la policía y les pidió que fueran a ver si allí en ese movimiento estaba su hermano que hacía poco había ingresado a la policía para llevarle mate cocido. Que un militar vestido de verde les dijo quiénes eran y que ellos dijeron que buscaban a su hermano para darle mate cocido, les respondió que no estaba pero que lo mismo trajeran el mate cocido. Que al volver con la bebida, el militar le ofreció ver el auto incendiado con tres cuerpos carbonizados en un auto y un cuarto afuera. Que le ordenaron que trajeran al mediodía el almuerzo. Señaló que alrededor de las 5 de la tarde cargaron los cuerpos en unas bolsas negras y los enterraron en una esquina del cementerio de Tacana. Manifestó que había tres cadáveres carbonizados adentro del auto y un cuarto afuera que no estaba carbonizado. Que el auto no estaba carbonizado en su totalidad, "más de atrás". Que era de color rojo y que durante mucho tiempo permaneció en la comisaría de Tacana.

Los peritos Patricia Bernardi y Juan Nobile del EAAFF, comparecieron a la audiencia de debate y manifestaron que se pudo determinar que en el cementerio de Tacanas había una fosa común de la cual se recuperaron cuatro individuos adultos, hasta el momento, se identificaron positivamente tres casos y corresponden a las víctimas Graciela Bustamante de Argañaras, Adriana Mitrovich de Torres Correa y Horacio Ferreira Córdoba.

Centro Clandestino de Detención Arsenal Miguel de Azcuénaga

Hechos que perjudicaron a Juan Carlos Bustamante (caso 1). Causa: "Arra de Bustamante Matilde s/denuncia por secuestro y desaparición de Juan Carlos Bustamante" Expte. n° 1.270/5.-

El 2 de diciembre de 1975, alrededor de las 3,30 horas de la madrugada, mientras se encontraban descansando en la casa familiar -calle Bulnes 216 de la ciudad de San Miguel de Tucumán-, Juan Carlos Bustamante, sus padres, Juan Manuel Bustamante y Matilde Arra de Bustamante, y su hermana, irrumpieron cuatro personas encapuchadas con medias de mujer en la cabeza, armadas e identificándose como del Ejército, y secuestraron a Juan Carlos Bustamante. Al momento del hecho la víctima sufría de una hemorragia intestinal y paratifoidea positiva, era estudiante en la Universidad Tecnológica Nacional y trabajaba como técnico radiólogo en el Hospital Padilla (Declaraciones oralizadas en la audiencia de los padres de Juan Carlos Bustamante actualmente fallecidos. En particular, de Juan Manuel Bustamante, denuncias en causas por habeas corpus -Expte. 1357/78 a fs. 88/89 del cuerpo 209, Expte. 2817/75 a fs. 70/71 del cuerpo 209-; en el caso de Matilde Arra de Bustamante, declaración ante la Comisión Bicameral de la Legislatura de la Provincia de Tucumán del 26/04/1984 a fs. 4/5 del cuerpo 209; denuncia ante Familiares de Desaparecidos y Detenidos de Tucumán a fs. 112 del cuerpo 209).-

En su declaración ante la Comisión Bicameral de la Legislatura de la Provincia de Tucumán que corre fs. 4/5 del cuerpo 209, la madre de Juan Carlos Bustamante precisó que unos cinco meses antes del secuestro de su hijo se habían presentado en la casa familiar un grupo de agentes pertenecientes a la policía provincial y uno de ellos, a la policía federal, a cara descubierta, buscando a su hijo, quien se hallaba ausente en esos momentos, por encontrarse estudiando en la casa de un compañero. En esa oportunidad, uno de los que parecía estar al mando, con buenos modales, le dijo que su hijo andaba con muy malas compañías en la tecnológica. Por otra parte, en la citada pieza procesal, Matilde Arra de Bustamante, explicó que al momento del secuestro tenía la impresión de que quien actuaba como jefe del operativo era la misma persona que le había advertido cinco meses antes sobre las compañías de su hijo en la Universidad Tecnológica Nacional, que estaba casi segura que tenía la misma voz y, sobre todo, idéntico comportamiento.-

Los padres de Juan Carlos Bustamante hicieron diversas gestiones para dar con su paradero pero nunca más supieron de él.-

Juan Martín, al declarar en audiencia, dijo que le parecía recordar que Juan Carlos Bustamante estuvo en alguno de los centros clandestinos de detención, aunque ya no recordaba bien si en "Jefatura" o en "Arsenal".-

Hechos que perjudicaron a Santos Aurelio Chaparro (caso 2). Causa: "Chaparro Santos Aurelio s/denuncia por privación ilegítima de la libertad" Expte. N° 1.885/04.-

Santos Aurelio Chaparro, a la fecha de los hechos tenía treinta y nueve años de edad y se domiciliaba en La Florida, Departamento Cruz Alta.-

Fue obrero del ingenio La Florida desde los trece años, dirigente gremial y miembro de la Juventud Peronista. El testigo relató en la audiencia de debate que lo detuvieron la primera vez en enero de 1976 por averiguación de antecedentes, lo llevaron a la Escuela de Educación Física y le iban a dar la libertad el día del golpe militar, pero finalmente no lo liberaron. Permaneció detenido en ese centro clandestino aproximadamente veinte días, luego lo sacaron, lo llevaron en una camioneta -lo sabe porque lo agarraron entre dos y lo tiraron encima de otros que ya estaban en el piso- y lo trasladaron a la Jefatura, lo sabe, porque la persona que le dijo que lo había llevado para firmar la libertad cuando estaba en Educación física le había dicho que lo iban a llevar a la Jefatura.-

En estos dos centros clandestinos fue interrogado bajo tortura, entre las preguntas que le formulaban, la mayoría estaba dirigida a averiguar a qué partido estaba afiliado. En la Jefatura estuvo detenido veinte a veinticinco días. Allí estaba el Tuerto Albornoz, que se presentó con tres oficiales. Al declarante lo habían torturado y estaba aún en la parrilla cuando llegó Albornoz y le dijo "¿vos creés que yo no se manejar esta maquinita?" No sabe cuántos centímetros lo levantó. Cuando se detuvo revotó en la parrilla y no volvió a verlo más.-

De Jefatura de Policía fue trasladado a la Colonia de Menores, donde también fue golpeado. En ese lugar pudo ver que los custodios eran de gendarmería. A Fredy Coronel lo vio en el Arsenal, estaba haciendo el servicio militar y era de la Juventud Peronista, se encontraba vestido de soldado, él le contó que la podredumbre que se sentía allí era de los cuerpos que estaban arriba de la caballeriza. En Arsenal vio a guardias de gendarmería, "Carlitos", que fue el que le levantó la venda en Educación Física, que lo llevó a la Colonia de Menores y le levantó la venda y vio chicos jugando. Esos gendarmes eran de Corrientes. También recuerda a uno, al que le decían el "Indio", era el que más cosas les hacía; nunca imaginó que el ejército hiciera tantas maldades como las que les hicieron.-

De la Colonia de Menores, es llevado al Arsenal. En el traslado iban seis muchachos salteños. Eran alrededor de treinta y siete personas las que fueron llevadas de la Colonia de Menores al Arsenal, de los cuales alrededor de seis eran mujeres, una de ellas, la morocha Carabajal, la Rubia Iñiguez y Blanca Hoyos.-

Quedó acreditado que Santos Chaparro estuvo en el centro clandestino de detención "Escuela de Educación Física" y en el "Reformatorio", por su propia declaración prestada, parte en la audiencia de debate, y parte en su domicilio -artículo 386 del C.P.P.N.-; por la descripción que puedo efectuar de estos lugares y porque dan cuenta de su detención los testimonios de las víctimas Ramón Francisco Brizuela, que oyó la voz de Chaparro en la EDUDEF y posteriormente en el "Reformatorio", donde estuvo sentado a la par. Fue trasladado posteriormente al Arsenal, a un lugar que describe como caballerizas y donde estaban las personas detenidas. Allí fue visto por Oscar Humberto Pérez, Brizuela, Gloria del Valle Iñiguez y Blanca Hoyos.-

Iñiguez relató que cuando estuvo en el Arsenal y la torturaban le preguntaban por Chaparro y después pudo verlo en este lugar y "estaba destruido, parecía viejito, con la barba larga, que lo reconoció hasta que Chaparro le habló". La testigo Blanca Hoyos también lo reconoció en el Arsenal. Finalmente Brizuela relató que entre los detenidos en Villa Urquiza, se encontraba Santos Chaparro, quien fue trasladado luego a Sierra Chica.-

Hechos que perjudicaron a José Antonio Cano (Caso 3). Causa: "Cano José Antonio s/su secuestro y desaparición" Expte. n° 1.903/04 y sus Actuaciones Complementarias.-

El día 20 de febrero de 1976, José Antonio Cano -oriundo de Catamarca, quien a la fecha de los hechos tenía 22 años y estudiaba bioquímica en la Facultad de Bioquímica, Química y Farmacia de la Universidad Nacional de Tucumán- se encontraba en la pensión en la que vivía, sita en Avenida Roca 551 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, junto a su hermana, Marta Edith Cano y una compañera de habitación de ésta, de nombre Ana Anachuri.-

Aproximadamente a las 14:30 horas, irrumpieron en la pensión dos personas armadas, vestidas de civil. La víctima, en ese momento, se encontraba recostada en su habitación porque padecía de asma y no se sentía muy bien. Los invasores preguntaron por alguien llamado "Ramón Sebastián", quien, según dijeron, vestía vaquero, cinto ancho, zapatillas y era rubio, pero, luego de identificar a José Antonio Cano, lo capturaron, le ataron las manos y vendaron los ojos y lo llevaron secuestrado en la camioneta en la que se desplazaban. La víctima esta desnuda y descalza, sólo con el calzoncillo que llevaba puesto.-

Durante la incursión, saquearon la habitación de la pensión donde vivía Juan Antonio Cano, llevándose puyos de llama de dos plazas, ropa de cama, linternas, una radio, un bolso con un equipo de básquet, zapatos nuevos, camperas de cuero y tejidas, ropa en general y el dinero de un giro, todo perteneciente a la víctima.-

Los padres y la hermana realizaron diversas gestiones para dar con su paradero. Así realizaron trámites y presentaciones en la Vta Brigada de Infantería, en la Jefatura de Policía de la provincia de Tucumán, ante el Ministerio del Interior, ante la justicia federal, ante el comité internacional de la Cruz Roja, ante la Comisión Bicameral y ante la CONADEP. Todas las gestiones arrojaron resultados negativos. A la fecha José Antonio Cano continúa desaparecido

Tales extremos se acreditaron además por: declaración oralizada en la audiencia de la hermana de Juan Antonio Cano, Marta Edith Cano, testigo presencial del hecho, prestada ante el Juzgado Federal de Catamarca de fecha 22/11/2005 que corre a fs. 77. Declaraciones oralizadas en la audiencia de los padres de la víctima. En particular, de Luis Alberto Cano, Carta a la Comisión de Derechos Humanos de Catamarca de fecha 07/05/1979, a fs.21; Ratificación judicial de denuncia de fs. 7 ante Juzgado Federal de Catamarca de fecha 28/09/2005, a fs. 71. Tratándose de Cándida Filomena Miguel de Cano, denuncia ante la CONADEP a fs. 2/4 y ratificación de denuncia y ampliación ante CONADEP de fecha 24/05/1984 a fs. 5; denuncia ante Familiares de Desaparecidos y Detenidos por razones políticas de Buenos Aires a fs.6/7; denuncia ante la Comisión Bicameral de Tucumán del 12/02/1985, fs. 10 y fs. 42; denuncia ante la Presidente de la Comisión de Derechos Humanos de Catamarca de fecha 07/05/1979, a fs. 21; ratificación judicial de la denuncia de fs. 7 ante el Juzgado Federal de Catamarca de fecha 28/09/2005, a fs. 72).-

Al declarar en la audiencia Víctor Fernando Alderete, bioquímico, que a la fecha de los hechos era estudiante y formaba parte del centro de estudiantes de la Facultad de Bioquímica, Química y Farmacia de la Universidad Nacional de Tucumán, y luego del Cuerpo de Delegados de la Facultad en 5to y 6to año- dijo que en abril de 1976 varios delegados fueron secuestrados, entre ellos él mismo, pero que tiempo antes ya habían secuestrado a otros delegados, a Bianchi, a Reyes Morales, a Del Castillo y a José Antonio Cano. Precisó que su secuestro se extendió por 17 días, que permaneció detenido en los centros clandestinos de detención EUDEF y Arsenal, que a poco de iniciarse su privación de libertad le sacaron la venda para que reconozca a un compañero que era Del Castillo, que ambos se reconocieron recíprocamente, que a Del Castillo por los golpes recibidos se lo veía muy mal y, asimismo, que en una oportunidad durante su detención le sacaron un momento las vendas y pudo ver a Morales, Bianchi, Del Castillo y a Cano, todos delegados de bioquímica.-

Al brindar testimonio durante el debate Marta Leticia Pérez -esposa de Julio del Castillo, quien a la fecha de los hechos era también estudiante de bioquímica en la Universidad Nacional de Tucumán- dio cuenta del secuestro de la víctima, en cuanto refirió que mientras realizaba gestiones para hallar a su esposo, en una oportunidad, encontrándose en el Comando vio al padre de Cano -otro delegado de la FAS que había sido secuestrado el 20 de febrero de ese año- realizando gestiones para dar con el paradero de su hijo. Por otra parte, señaló que su esposo estuvo en Arsenal junto a Morales y a Cano.-

Hechos que perjudicaron a Gustavo Adolfo Fochi (Caso 4). Causa: "Fochi Gustavo Adolfo s/su secuestro y desaparición" Expte n° 1.884/04.-

Ha quedado acreditado con la prueba producida en ésta audiencia que Gustavo Adolfo Fochi fue secuestrado en la madrugada del 20 de Febrero de 1976, de la pensión donde vivía en calle Chiclana N° 426 de ésta ciudad, que de allí fue llevado por personal uniformado al centro clandestino de detención que funcionaba en la Escuela de Educación Física, de ahí fue trasladado al centro clandestino de detención llamado "El Reformatorio" donde falleció como consecuencia de violentas sesiones de tortura.-

Irma Lucrecia Fochi, hermana de la víctima, expresó en ésta audiencia que a mediados de febrero del 76 sus padres estaban muy preocupados con lo que sucedía en Tucumán por lo que decidieron llevar a su hermano a Salta. Así coordinaron para buscarlo el día 21 de Febrero. El 19 de ese mes otra hermana se dirigió a la pensión donde vivía Gustavo pero la dueña de la pensión le dijo que no estaba. Al retirarse, la señora la llamó de nuevo y su hermana vio salir a muchos hombres armados, quienes la retuvieron allí hasta las 9 de la mañana. Ella se fue sin saber qué había pasado con su hermano. Al día siguiente llegó su madre y ambas regresaron a la pensión. La dueña les dijo que el 20 a la madrugada, personal uniformado se había llevado a Gustavo. Su habitación había sido arrasada, sólo quedó un calzoncillo y unas medias. Realizaron diversas gestiones ante autoridades civiles, militares y de la Iglesia, sin éxito; mandaron notas a los penales, a organismos internacionales.-

La testigo Susana Leoni Auad relató en la audiencia que cuando fue secuestrada la llevaron cuatro o cinco personas fuertemente armadas. En el auto llevaban a otro secuestrado, muy golpeado y vendado, con las manos atadas, de nombre Sebastián, a quien le preguntaban por ella, él la señaló y es así que la secuestraron, la llevaron en un auto en la parte de atrás a la escuela de educación física -EUDEF-. Aclaró que Sebastián era Fochi y no volvió a escucharlo ni en EUDEF, ni en Reformatorio, ni en Arsenal, estaba muy golpeado.-

Luego fue trasladado al centro clandestino de detención llamado "El Reformatorio" conforme fue acreditado con el testimonio vertido en la audiencia por el testigo Osvaldo Humberto Pérez quien dijo que un día, en el Reformatorio, había ocurrido el atentado de Caspichango contra una ambulancia del ejército y como consecuencia de eso, una tarde noche, vino la patota y empezaron a golpearlos y les decían los suyos han matado y no los nuestros y nombraban a Toledo Pimentel como uno de los muertos y los empezaron a golpear, a masacrar, en ese momento fue muy tremenda la golpiza. Les decían que los iban a matar a todos, cuando se retiraron, quedaron varios compañeros tendidos, se acuerda particularmente de uno, que sabía cómo estaba vestido, que era Gustavo Adolfo Fochi, nombre de guerra Sebastián. Aclaró que Fochi no fue trasladado al Arsenal, ya no estaba cuando se produjo el traslado. Expresó que a Fochi lo vio tirado, creyó que estaba muerto, no lo volvió a ver nunca más ni supo nada más de él.-

Los testigos Leoni Auad y Héctor Galván coincidieron con el relato del testigo Pérez sobre la golpiza sufrida por los cautivos en "El Reformatorio" el día del episodio referente al médico Toledo Pimentel.-

Gustavo Adolfo Fochi al día de hoy continúa desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a Nemesio Humberto Barrionuevo (Caso 5). Causa: "Barrionuevo Nemesio Humberto s/su secuestro y desaparición" Expte. n° 1.902/4 acumulado Expte. n° 694/07.-

Nemesio Humberto Barrionuevo, a la fecha de los hechos tenía treinta y seis años de edad, se domiciliaba en calle Callao n° 256 de Tafí Viejo, era obrero ferroviario y trabajaba en los talleres de Tafí Viejo.-

Quedó acreditado en la audiencia, conforme el testimonio de Pedro Mario Barrionuevo, que el día 17 de marzo de 1976, en oportunidad que volvía a su casa, después de festejar un cumpleaños, sintieron unos cuchicheos a la par de su domicilio, lo que le llamó la atención porque colindaba con una quinta sin vecinos. Al abrir la puerta, dos personas lo empujaron y entraron a la casa. Lo acusaban de ser Nemesio Humberto Barrionuevo, a lo que contestó que no, que se trataba de su hermano. Estos sujetos obligaron a Pedro Barrionuevo a acompañarlos e indicarles el domicilio de su hermano bajo amenaza de regresar y matar a su esposa y a su hijo de dos años si se negaba a hacerlo o los engañaba.-

En esas condiciones, este mismo grupo de personas encapuchadas y fuertemente armadas ingresó en el domicilio de la familia Barrionuevo de calle Callao n° 265, Tafí Viejo y secuestró a Nemesio Humberto Barrionuevo en presencia de sus familiares.-

Fue trasladado a la Brigada de Investigación y luego a Jefatura de Policía de Tucumán, lo que se encuentra acreditado con la sigla DF -disposición final-, conforme lista aportada por el testigo Clemente, donde figura bajo el número 22.-

Conforme lo relatado por Pedro Mario Barrionuevo, Hugo Manuel Díaz, miembro del Partido Comunista, luego de ser liberado el 24 de marzo de 1976, se presentó en la casa del primo Miguel Guirense, y le informó que había estado detenido con Nemesio Humberto Barrionuevo quien se encontraba muy herido.-

El testigo declaró que un conocido le dijo que su hermano habría sido trasladado a Arsenal Miguel de Azcuénaga. Orlando Santillán, carpintero del Arsenal, informó que una semana después del 24 de marzo de 1976 supo que Humberto Barrionuevo había estado internado en el Hospital Militar y que se encontraba muy débil.-

Al día de hoy Nemesio Humberto Barrionuevo continúa desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a Oscar René Nieva y Ernestina Teresa Yackel (casos 6 y 7) Expte. N° 1.547/05.-

Oscar René Nieva, a la fecha de los hechos tenía cuarenta y tres años de edad, se domiciliaba en calle Isabel La Católica n° 2.586 de San Miguel de Tucumán, era sacerdote.-

Ernestina Teresa Yackel, a la fecha de los hechos tenía treinta y ocho años de edad, se domiciliaba en calle Isabel La Católica n° 2.586 de San Miguel de Tucumán, fue monja de las Hijas de San Pablo hasta que abandonó los hábitos en el año 69 aproximadamente, era pareja de Nieva, enseñaba catequesis y estaba embarazada de dos meses y medio.-

Nieva y Yackel eran del movimiento de los curas del tercer mundo, se ubicaban ideológicamente en el Concilio Vaticano II.-

Entre el 19 y 20 de marzo de 1976, ingresaron en el domicilio de calle Isabel La Católica n° 2.586, donde vivía Oscar René Nieva y Ernestina Teresa Yackel (embarazada de dos meses y medio), que conforme el relato de ésta, que declaró en la audiencia, estaban con la hija de ambos que tenía diez meses. Las personas que ingresaron tenían el rostro cubierto con un pañuelo. Las víctimas intentaron salir por el fondo, al momento que Ernestina Yackel se volvió a buscar a su hija, sintió un disparo, alzó la niña y vio a su esposo en el piso, herido cerca del abdomen y quiso darlo vuelta. Las personas que violaron su domicilio le preguntaron quien era, a lo que Yackel respondió que era su esposo, estas personas contestaron "su concubino será", Yackel intentó darlo vuelta y le ordenaron que lo dejara. Acto seguido le dijeron que deje a su hija en la cama, que algún vecino la iba cuidar, amenazándola con matarla a ella y a la niña en el caso que se negara y le apoyaron en la espalda no sabe si un dedo o un arma, la víctima dejo a la hija sobre la cama y la introdujeron en un auto.-

Ambos fueron llevados al "Reformatorio", donde Yackel pudo escuchar los quejidos de su esposo por última vez y compartió cautiverio con Susana Leoni Auad, quien en la audiencia, con su testimonio, corroboró esta circunstancia. Según lo relatado por Osvaldo Humberto Pérez en el "Reformatorio" había dos mujeres embarazadas y una de ellas fue trasladada al Arsenal. Yackel pasó como detenida clandestina en varios centros de detención. Posteriormente fue llevada al Arsenal Miguel de Azcuénaga. Durante su cautiverio fue sometida a gravosas condiciones de detención, se le infectaron sus ojos a causa de las vendas con las que era obligada a permanecer todo el tiempo, fue obligada a presenciar sesiones de tortura. Compartió cautiverio con "La Comadre" quien estaba embarazada y al momento de tener bebé fue trasladada.-

Finalmente fue liberada el 27 de julio de 1976.

Hechos que perjudicaron a José Almerico (Caso 8). Causa: "Abraham de Almerico María s/su denuncia por secuestro y desaparición de José Almerico" Expte. N° 575/07.-

José Almerico, (a) "Tucho" o "Tincho", a la fecha de los hechos tenía cuarenta y siete años de edad, se domiciliaba en calle Marcos Paz N° 1.941 de San Miguel de Tucumán, era camionero y trabajaba como repartidor de bebidas gaseosas con un camión de su propiedad.-

El 10 de abril de 1976, José Almerico se encontraba en su domicilio. En horas de la madrugada un grupo de personas vestidas de civil irrumpió en ese domicilio y se lo llevó secuestrado.-

Posteriormente fue trasladado al Arsenal Miguel de Azcuénaga, donde fue sometido a torturas, acusado de ser correo de guerrilleros, privándoselo de comida.-

Fue visto por Antonia del Valle Barrionuevo y por Juan Martín. Barrionuevo relató que en el Arsenal había un hombre al que le decían "Tucho" y se llamaba José Almérico, al que no le daban de comer y que lo recordaba porque le contó que era camionero.-

Hechos que perjudicaron a Humberto Reyes Morales (Caso 9). Causa: "Morales Reyes Humberto s/su secuestro y desaparición" Expte N° 1.678/04.-

El 14 de abril de 1976, Reyes Humberto Morales -quien a la fecha del hecho tenía veintidós años de edad y estudiaba química en la Universidad Nacional de Tucumán- se encontraba en casa de su abuela, Socorro Medina viuda de Morales, ubicada en calle Bernabé Aráoz 925 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, junto a su abuela ya mencionada y a su madre, Selma Ebraim de Morales.-

Aproximadamente a las 11.30 horas de la mañana, tres personas vestidas de civil y fuertemente armadas se bajaron de un automóvil en el que quedó una persona al volante y llamaron a Morales hacia la puerta. Al tenerlo al frente lo encañonaron y se lo llevaron, introduciéndolo en un automóvil Ford Falcon color blanco, abandonando el lugar a toda velocidad por Avenida Roca en dirección este (conforme denuncia en causa por habeas corpus de fecha 25/04/1979, Expte n° 499/1979, obrante a fs. 247/249 del cuerpo 242, de los padres de Humberto Reyes Morales, Selma Ebrahim de Morales y Humberto Morales).-

Al declarar en la audiencia Víctor Fernando Alderete -bioquímico, que a la fecha de los hechos era estudiante y formaba parte del centro de estudiantes de la Facultad de Bioquímica, Química y Farmacia de la Universidad Nacional de Tucumán, y luego del Cuerpo de delegados de la Facultad en 5to y 6to año- dijo que en abril de 1976, varios delegados fueron secuestrados, entre ellos él mismo, pero que poco tiempo antes ya habían secuestrado a otros delegados, a Bianchi, a Reyes Morales, a Del Castillo y a José Antonio Cano. Precisó que su secuestro se extendió por diecisiete días, que permaneció detenido en los centros clandestinos de detención EUDEF y Arsenal, y que durante su cautiverio, en una oportunidad, le sacaron un momento las vendas y pudo ver a Morales, Bianchi, Del Castillo y a Cano, todos delegados de bioquímica.-

Al prestar testimonio en el debate, María Patricia Rizo, al narrar los hechos relativos al secuestro de su hermano, ocurrido el 15 de abril de 1976, dijo que su familia, tiempo después del suceso, supo que Humberto Reyes Morales también había sido secuestrado.-

Las gestiones realizadas por los familiares de la víctima fueron infructuosas. A la fecha Humberto Reyes Morales continúa desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a Julio Arnaldo Del Castillo. (Caso 10). Causa: "Pérez de Del Castillo Nora Leticia s/su denuncia por secuestro y desaparición de Julio Arnaldo Del Castillo" Expte. n° 515/07.-

El día 15 de abril de 1976 Julio Arnaldo Del Castillo se encontraba en su domicilio de Avenida Sáenz Peña n° 215, de esta ciudad, junto a su esposa y su hermano Carlos Alberto Del Castillo. Aproximadamente a las 3.15 horas de la madrugada un grupo armado de alrededor de 10 personas vestidas de civil con los rostros cubiertos y botas tipo militar, que dijeron ser de la policía federal, ingresó a dicha vivienda violentando una ventana que daba a la calle. Luego de requisar la vivienda y de identificar a la víctima, se llevaron secuestrado a Julio Arnaldo del Castillo, previo amordazarlo, vendarle sus ojos y maniatarlo. Ello fue ratificado por la testigo Leticia Pérez de Del Castillo, esposa de la víctima, durante la audiencia de debate.-

Posteriormente Del Castillo fue trasladado al CCD que funcionaba en la Escuela Universitaria de Educación Física de la UNT. Allí fue sometido a golpes y torturas que lo dejaron en muy mal estado de salud, al punto de no poder valerse por sí mismo para ponerse de pie. Esto fue visto por Víctor Fernando Alderete, quien fue "careado" con Del Castillo por los interrogadores del lugar y ambos se reconocieron. Luego fue trasladado al CCD Arsenal Miguel de Azcuénaga. En ambos casos fue visto e identificado, entre los detenidos clandestinos, por Víctor Fernando Alderete, con quien compartió cautiverio, así como con otros compañeros de la universidad como Humberto Reyes Morales y Ramón Bianchi.-Julio Arnaldo Del Castillo era estudiante universitario de Bioquímica en la UNT y trabajaba como técnico químico del Ingenio Fronterita. Al día de hoy continúa desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a Víctor Fernando Alderete (caso 11). Causa: Principal, Expte. 443/84.-

El día 17 de abril de 1976, aproximadamente a las 14.00 horas, seis sujetos fuertemente armados, pertenecientes al Ejército, al mando de un militar que se hacía llamar "Capitán Quiroga", irrumpieron en el domicilio familiar de Víctor Fernando Alderete en calle Marco Avellaneda n° 532 de San Miguel de Tucumán; la víctima no se encontraba en ese momento, llegó a las 20.00 horas, se encontró con dichos sujetos, quienes luego de golpearlo y vendarle los ojos se lo llevaron junto a su hermano Luis Alberto rumbo al CCD existente en la Escuela de Educación Física de la UNT. Este último presenció las sesiones de torturas a las que fue sometido el dicente y luego fue liberado. El declarante compartió cautiverio con algunos de sus compañeros del cuerpo de delegados de la Facultad de Bioquímica como Ramón Bianchi, José Antonio Cano, Humberto Reyes Morales y Julio del Castillo. También pudo dialogar con Carlos Corral. Fue sometido a diferentes torturas e interrogado, por el "Capitán Quiroga", por su actividad política en la Facultad de Bioquímica. Luego fue trasladado al Arsenal Miguel de Azcuénaga junto a otros detenidos, volvió a ser sometido a torturas, interrogatorios y careos con sus compañeros universitarios. Entre los guardias que custodiaban el CCD había uno al que le decían "El indio", es decir, Marcelo Omar Godoy. Fue liberado durante la primera semana de mayo de 1976 sobre la Ruta Nacional N° 9, donde fue individualizado por policías de la provincia y llevado a una dependencia policial, desde donde avisaron a los familiares acerca de su paradero y así pudo recuperar finalmente su libertad.

Tales circunstancias de tiempo, modo y lugar, fueron ratificadas por Víctor Fernando Alderete en la audiencia de debate.-

Víctor Fernando Alderete a la fecha de los hechos tenía 25 años de edad, era estudiante de bioquímica y formaba parte del Cuerpo de Delegados de la Facultad de Bioquímica, Química y Farmacia de la UNT.-

Hechos que perjudicaron a Mario Barrionuevo (Caso 12) y Antonia del Valle Barrionuevo (Caso 47). Causa: "Barrionuevo Antonia del Valle s/denuncia por secuestro y desaparición de Mario Barrionuevo" Expte. n° 817/07.-

Mario Barrionuevo, a la fecha de los hechos tenía veintinueve años de edad, se domiciliaba en calle Lavandería s/n de la localidad de Santa Ana y trabajaba como operario de la Fábrica Argentina Alpargatas.-

Antonia del Valle Barrionuevo, nacida en la localidad de Alberdi. Actualmente se domicilia en calle Urquiza s/n de la localidad de Santa Ana (Departamento Río Chico) y es jubilada.-

Quedó acreditado en la audiencia de debate que el día 23 de abril de 1976, un grupo de personas uniformadas escalaron la vivienda y secuestraron a Mario Barrionuevo de la casa de sus suegros sita en Villa Belgrano, localidad de Río Chico y se lo llevaron en un camión unimog. En ese entonces la víctima tenía 30 años y militancia gremial en Alpargatas, fábrica en la que trabajaba.-

La esposa de la víctima y Antonia Barrionuevo interpusieron un hábeas corpus.-

Con posterioridad al secuestro de Mario Barrionuevo, se produce el secuestro de Antonia del Valle Barrionuevo. La testigo Barrionuevo relató en la audiencia que el 17 de noviembre de 1976 en la Escuela 320 de Santa Ana en horas de la tarde mientras tomaba un café con sus compañeras un joven delgado de ojos claros, pelo castaño con ademanes la llamó. Al preguntarle al hombre qué necesitaba le dijo que tenía que acompañarlo a la policía porque estaba acusada de un robo porque su auto participó en un robo a las 20.30 del día anterior, pero ella dijo que era imposible porque ese día había estado trabajando en una escuela. Le dijo que no podía acompañarlo, la directora de la escuela le dijo que no podía sacarla de la escuela, el hombre le dijo que entonces las dos tenían que acompañarlo. Ella estaba en su auto. Un Fiat 600, ellos estaban en un Peugeot 504 celeste. A la declarante no le andaba el auto, luego arrancó, iban ella y la directora y un hombre que las acompañaba. El Peougeot 504 se colocó adelante, la obligó a detenerse. Les comunicaron que era un secuestro, que la directora debía quedarse allí y a ella se la llevaron. La directora quedó en la ruta llorando. Sus secuestradores primero habían pasado por su casa pidiendo agua, ahí se enteran que allí vivía la declarante y que estaba en la escuela. Anduvieron como un quilómetro y le pusieron unos anteojos oscuros como de sol. Ahí tomó conciencia de que como a su hermano la estaban secuestrando. Pasaron por Villa Hilleret, reparó en la actitud del comisario Fares, notó que no tenía problemas con sus secuestradores. Pasaron controles también sin inconvenientes y cerca de Monteros pasaron otro control. Finalmente entraron a Tucumán por Ejército del Norte, doblaron por Sarmiento y luego por Salta. Al llegar a la Ruta 9 pararon en el arsenal, tomaron el camino paralelo de tierra hasta una tranquera. Al llegar al lugar le quitaron los anteojos y la vendaron. Alcanzó a ver una cerca perimetral con alambres olímpicos y adentro una construcción a dos aguas. Vio un lugar con espacio para 80 personas, 40 de cada lado, había divisorias de madera machimbrada de pino entre preso y preso, las pareces separadoras bajas. Como a los tres días preguntó por su hermano, si es que estaba detenido en el lugar y le dijeron que sí.-

Fue torturada con picana eléctrica por todo el cuerpo y la golpearon. El 8 de diciembre la desnudaron con las piernas abiertas y las manos atadas con una soga atrás a cielo abierto. La aporrearon de parada con las piernas abiertas, desnuda. A las 5 o 6 de la tarde le dijeron que se iba a bañar y que la iban a liberar cuando la interrogaban le preguntaban sobre sus alumnos y sobre las conversaciones que tenía con sus hermanos. Posteriormente Barrionuevo fue trasladado al Arsenal Miguel de Azcuénaga, donde fue identificado entre los detenidos clandestinos por Alberto Argentino Augier. Rina Rosa Alarcón, quien se encontraba cautiva, le dijo a Antonia Barrionuevo que entre los meses de septiembre y diciembre de 1976, Mario Barrionuevo estaba detenido en el pabellón opuesto al suyo, junto con Augier.-

El 16 de septiembre de 1976 una persona que se identificó como personal de seguridad se apersonó en la Escuela 320 de Santa Ana preguntando por Antonia del Valle Barrionuevo, quien se desempeñaba, como maestra, en la institución. Al ser identificada la misma se negó a acompañar a este sujeto y se retiró del establecimiento en su vehículo junto a la directora del establecimiento. Aproximadamente a un kilómetro de distancia fue interceptada por otro rodado en el que se movilizaban las tres personas que previamente habían estado en la escuela, quienes la obligaron a que detuviera su marcha. Antonia Barrionuevo fue obligada a bajar de su automóvil y a subir al de sus captores, en el que fue trasladada al CCD que funcionaba en el Arsenal Miguel de Azcuénaga.-

Allí le asignaron el n° 13. Fue sometida a crueles torturas, siendo interrogada por las actividades de su hermano Mario Barrionuevo, y asimismo siendo obligada a permanecer en las peores condiciones de detención, maniatada y con los ojos vendados. Fue manoseada y ultrajada sexualmente por el primer alférez de Gendarmería Celso Alberto Barraza (a) "Beto", lo que fue observado por Teresita Hazurún. A principios de diciembre, el día 5 o 6, fue llevada a la sala de torturas, colocándola en una cama sin colchón y aplicándole picana eléctrica en los pies y los pechos, golpeándola con un cinto que tenía una enorme hebilla de metal, que le dejó en carne viva los glúteos y los pechos; al tratar de gritar le tapaban la boca, aumentando así su sufrimiento. El día 7 u 8 de diciembre fue sacada desnuda a campo abierto y fue obligada a permanecer con las piernas abiertas, lo que la hizo sentir nuevamente humillada y degradada. A la mañana siguiente la devolvieron al pabellón donde la tenían aun desnuda y prohibiéndole cerrar las piernas. Ese mismo día en horas de la tarde le anunciaron que la iban a dejar en libertad. Fue liberada, en pésimas condiciones de salud, el 8 de diciembre de 1976 en horas de la noche en cercanías de la fábrica GRAFANOR. Fue trasladada hacia allí en un automóvil Renault 12 conducido por un tal "Lucho".-

En el Arsenal compartió cautiverio con su hermano, con Alberto Argentino Augier de Aguilares, Rina Rosa Alarcón de Concepción, Teresita Hazurún abogada de la ciudad de Frías (Santiago del Estero), y Luis Falú. También pudo ver a una estudiante de geografía de pelo lacio y largo, a una señorita de apellido González y a un tal "Tincho" (se trataría de José Almérico) a quien no le daban de comer.-

Hechos que perjudicaron a Francisco Carlos Monasterio (caso 13). Causa: "Monasterio Francisco Carlos s/ su denuncia por privación ilegítima de la libertad y otros delitos" Expte. n° 628/08.-

Francisco Carlos Monasterio, domiciliado en Teniente Berdina, Monteros, provincia de Tucumán.-

Los últimos días del mes de abril de 1976, Francisco Carlos Monasterio se encontraba viviendo en la casa de una tía ubicada en Caspinchango, junto a su tío, Antonio Monasterio. Un día que no pudo determinarse, en horas de la madrugada, ingresaron a la vivienda un grupo de alrededor de seis militares con cascos, empujando la puerta con sus fusiles, quienes preguntaron por Monasterio. Lo obligaron a levantarse, lo sacaron de la casa mediante golpes y lo introdujeron en la parte trasera de un camión. En el mismo operativo fueron secuestrados los hermanos Suárez (Julio Guillermo y Manuel) y su tío Antonio Monasterio. Al ser sacado de la casa le arrancaron la camisa, con ella le vendaron los ojos, y lo esposaron con las manos hacia atrás.-

Fue trasladado al Arsenal Miguel de Azcuénaga, donde compartió cautiverio con una chica de nombre Gladis de "Las Mesadas" -a quien conocía de la infancia-, el "Ñato" Castellanos, Juan Coronel, oriundo de Santa Mónica y "Chacho" Aguilera. Monasterio fue interrogado en varias oportunidades, lo acusaban de andar con "gente fulera" que disparaba en el monte. En horas de la madrugada era desnudado y llevado a una sala donde le aplicaban picana eléctrica en las sienes.-

El 24 de junio de 1976 fue liberado desnudo, junto a los hermanos Julio Guillermo y Manuel Suárez, cerca del INTA, en la zona de Lules, estaban con los ojos vendados y las manos atadas. Cerca de Famaillá, fueron nuevamente detenidos y llevados en un camión hasta el Ingenio Santa Rosa, allí estuvieron encerrados durante cinco días, y luego fueron finalmente liberados en las cercanías de Acheral.-

Hechos que perjudicaron a Julio Guillermo Suárez (caso 14). Causa: "Suárez Julio Guillermo s/privación ilegítima de la libertad y otros delitos". Expte. n° 256/08.-

Julio Guillermo Suárez, a la fecha de los hechos vivía en Caspinchango, Departamento Monteros.-

Quedó acreditado en la audiencia de debate, conforme el relato de numerosos testigos, entre ellos la propia víctima, que fue secuestrado el 30 de abril del 76 de su domicilio en Frías Silva, Caspinchango, Departamento Monteros, por personal del ejército, lo sacaron de la casa, lo vendaron y lo subieron en un camión.-

En el mismo operativo que lo secuestraron a su hermano Manuel Humberto Suárez, a Juan Quintero, a los hermanos Lizárraga (Ramón Ricardo y José Agustín Lizárraga) al matrimonio Racedo, (José Inocencio Racedo y su esposa Alcira Ochoa de Racedo) Fueron trasladados a la Base de Santa Lucía. Al tercer día los trasladaron al Arsenal.-

Posteriormente fue trasladado al Comando de la V Brigada donde lo torturaron con picana eléctrica y lo colgaron a él y a su hermano. Cuando lo interrogaban le nombraban personas que él no conocía, aumentando las torturas cuando decía no saber nada. Relató el testigo que estuvo en Jefatura de policía donde escuchó como torturaban al matrimonio Racedo, quienes se encuentran desaparecidos.-

La segunda vez, lo secuestraron el 20 de julio, lo llevan a nueva Baviera estuvo dos o tres días, donde comparte cautiverio con su hermano, con Ramón Soberón y René Quinteros. Posteriormente lo vuelven a trasladar al Arsenal.-

Quedó acreditado que estuvo en este segundo secuestro, en Nueva Baviera, porque lo vio René Quintero, quien también estuvo secuestrado en este lugar (conforme declaración obrante a fs. 55/56 y 49/50 del cuerpo 355 oralizada en la audiencia de debate).-

Relató que allí estuvo Enrique Godoy al que le decían "El mono", compartió cautiverio con Bernardino Martínez y su hijo Luis Bernardino Martínez, a quienes golpearon mucho, y una noche fueron sacados de sus celdas y no volvieron más; también pudo ver a un joven llamado Carlos Ale.-

Suárez, finalmente fue liberado junto a René Quinteros, Ramón Soberón y Pocha Moyano.-

Después de su secuestro lo echaron del trabajo.-

Hechos que perjudicaron a Manuel Humberto Suárez (Caso 15). Causa: "Suárez Manuel Humberto s/ su denuncia por privación ilegítima de la libertad y otros delitos" Expte n° 261/08.-

Manuel Humberto Suárez, a la fecha de los hechos vivía en Caspinchango, Departamento Monteros. En Caspinchango trabajaba limpiando las calles, el desagüe, cargando ripio, trabajaba para el gobierno, después lo trasladaron a la municipalidad de Monteros, después a la municipalidad de Tafí del Valle y luego a la comuna del Mollar, estuvo ahí cocinando y después lo trasladaron a la municipalidad de Famaillá.-

El 30 de abril de 1976, personal militar ingresó al domicilio de Manuel Humberto Suárez, en la localidad de Caspinchango (Monteros) y se lo llevaron secuestrado junto a su hermano Julio Guillermo, a la familia Racedo, a Juan Manuel Quintero a Agustín Lizárraga (la testigo Alicia del Valle Arrieta esposa de Lizárraga relató en la audiencia que cuando lo secuestraron a su esposo, también se lo llevaron a Manuel Humberto Suárez).-

Lo trasladaron a La Base en Santa Lucía y luego a Arsenal donde fue torturado con picana eléctrica y golpes. En la Base de Santa Lucía compartió cautiverio con José Racedo, Francisco Monasterio (Pancho), Antonio Monasterio, su hermano Julio y los hermanos Lizárraga y Bollero.-

Suárez fue sometido a torturas, mientras ejecutaban los tormentos lo acusaban de correo de los extremistas. En una oportunidad hicieron llorar una criatura y le dijeron que si no "deschavaba" matarían a su hija y después a su esposa y le decían que la niña que lloraba era su hija, que estaba ahí y también su esposa. Sentía los clamores de la gente que pedían agua y nadie les daba. Después de unos días de estar en el Arsenal, lo subieron a un camión y lo trasladaron a otro lado.-

Conforme el relato de su hermano Julio Guillermo, que permaneció detenido con la víctima, estuvieron en el Comando de la V Brigada y en Jefatura de Policía. En estos lugares le ataron los pies y las manos a una silla y le vendaron la cabeza y le pusieron cables, después le pegaron garrotazos y lo colgaron en una reja, donde permaneció y cuando lo sacaron tenían una manta abajo y con otra estaba tapado, los llevaron a un calabozo, estaban junto con José Racedo, Pancho Monasterio, Antonio Monasterio, su hermano Julio Suárez.-

Posteriormente los liberaron llegando a la papelera, caminaron para llegar a Famaillá, antes de llegar a Famaillá los detuvo un control del ejército en la ruta y lo volvieron a detener y lo llevaron a una escuela de León Rougés, ahí estuvo dos días, el trato era mejor y les dieron de comer, le sacaron la venda y los llevaron a hachar leña, y los liberaron sin documentos.-

Quedó también probado que el 20 de julio de 1976, lo secuestraron por segunda vez a Suárez, a su hermano y a René Quinteros. Y conforme testimonio de Julio Suárez en esta oportunidad también secuestraron a Ramón Soberón. Los trasladaron a las instalaciones del Ex Ingenio Nueva Baviera, a la víctima lo ataron con alambre de púa, lo vendaron y un teniente le tomaba declaración y el testigo decía que era un hombre de trabajo, que no sabía nada, posteriormente lo liberaron.-

Finalmente quedó acreditado que en el año 81 estaba trabajando en la Municipalidad de Famaillá, mientras sacaba césped, lo llamó un inspector de la municipalidad y le dijo que el intendente Caro quería hablar con él. El intendente lo interrogó acerca de qué hacía después de salir del trabajo y el testigo se iba a pelar caña porque el sueldo no alcanzaba. Había tres hombres desconocidos y le hacían preguntas si tenía palta si le podía conseguir palta, le dijeron que le vaya bien y que tuviera cuidado, en el camino se le cruzó un auto y lo levantaron, lo ataron con cadenas y le pegaron una paliza, le quebraron una costilla y le pusieron una bolsa en la cabeza.-

Hechos que perjudicaron a G. V. I. (Caso 17) y Ramón Brizuela (Caso 16). Expte. 839/07 y sus Actuaciones Complementarias.-

G. V. I., la llamaban "Tina", a la fecha de los hechos tenía diecisiete años de edad y se domiciliaba en La Florida, Departamento Cruz Alta. Estaba casada con Ramón Brizuela.-

Ramón Brizuela, a la fecha de los hechos tenía veinticuatro años y se domiciliaba en La Florida, Departamento Cruz Alta. Estaba casado con G. V. I. y militaba en la juventud peronista de la Florida.-

Ha quedado acreditado en la audiencia de debate, conforme la declaración de la propia víctima, que Ramón Brizuela fue secuestrado en tres oportunidades. Explicó que la primera detención, junto a su esposa, fue el día el 25 de diciembre de 1975, la que duró unas treinta horas. La segunda fue en un baile, también junto a su esposa y a la hermana de ésta, Aída Luz. En esa oportunidad, añadió que, los llevaron a la Brigada de Investigación y estuvieron detenidos durante dos días. Describió que el tercer secuestro tuvo lugar el día 19 de abril de 1976 en horas de la noche, cuando ingresaron varias personas a su domicilio de La Florida, departamento Cruz Alta, le iluminaron la cara con una linterna y le ordenaron a su esposa que se vistiera y a él lo metieron debajo de la cama. Posteriormente también lo sacaron a él y le vendaron los ojos. Precisó que las personas se encontraban de civil.-

Agregó que lo introdujeron en el baúl de un auto y a su esposa en otro y fueron trasladados a la EUDEF, infraestructura que reconoció en la inspección ocular realizada el día 30 de agosto de 2013. Dijo que, cuando estaba detenido supo que se encontraba allí porque oía vibrar el edificio cuando salían los aviones. Indicó que este lugar escuchó la voz de su esposa.-

Además señaló que después de dos semanas fue trasladado con otras personas que subían a vehículos, al centro clandestino de detención que funcionaba en la Colonia de Menores (Reformatorio -Hogar San Benito), instalaciones que reconoció en la inspección ocular realizada el día 13 de septiembre de 2013.-

Dijo que en este lugar también estaba su esposa, y describió que vio como torturaban a otros detenidos.-

Fue trasladado con un grupo de otras personas al Arsenal. Lo sentaron en un lugar que era como un casillero que describió en la audiencia y posteriormente reconoció en la inspección ocular en el lugar mencionado, llevada a cabo el día 13 de septiembre de 2013, como un lugar que tenía un metro de ancho más o menos y un metro y medio de largo, tenía pared de ladrillo hueco de algo más de un metro. Indicó que allí permanecieron parados todo el día por orden de alguien y como estaba cerca de la puerta y podía ver a través de la venda, vio al frente unas carpas verdes y humo de un fuego en el que se hacía desayuno y esas cosas. Continuó relatando que permaneció parado prácticamente todo el día mientras estuvo en el Arsenal, y a la noche se acostaba con una manta que le daban. Dijo haber oído las torturas, pero indicó que éstas no se hacían en el mismo edificio, sino al lado; que en ese lugar los custodiaban las mismas personas que estaban en el lugar anterior, a quienes identificó como Roberto, Carlitos, el Indio y Víctor Sánchez.-

Explicó que Carlitos, le dijo que estaban en el Arsenal, Agregó que esas personas hablaban entre ellos en guaraní cuando no querían ser entendidos. Pudo identificar a varios detenidos ilegítimamente.-

Por último, dijo que fue llevado junto con su esposa a una comisaría a la madrugada, aproximadamente el 20/08/76, y que de allí lo llevaron a Villa Urquiza y el 24/03/77 lo llevaron a Sierra Chica y luego a la Unidad N° 9 de la Plata, desde donde fue liberado.-

El testimonio de la víctima es coincidente con el de su propia esposa, G. V. I., quien en la audiencia también describió las anteriores detenciones, los traslados y el cautiverio de ambos en el Reformatorio y en el Arsenal.-

Además, la testigo Blanca Hoyos declaró, en la audiencia de debate, que reconoció a la víctima en "Arsenales". En igual sentido testificó, en la audiencia, Ercilia Carabajal.-

Asimismo, la hermana de la víctima, Sebastiana del Valle Brizuela, contó que cuando lo detuvieron a su marido "su hermano Ramón ya estaba desaparecido".-

Ha quedado en consecuencia acreditado que G. V. I., fue secuestrada en tres oportunidades junto con su esposo. La primera fue en el año 1975. En el segundo secuestro fueron trasladados a la Brigada de Investigaciones donde identificó a Víctor Sánchez.- Describió que en el tercer secuestro ingresaron a su domicilio de La Florida personas armadas y encapuchadas, y la llevaron junto con su esposo. Indicó que fue trasladada al centro clandestino de detención denominado el Reformatorio, donde sintió, entre otros, a su marido.-

Expuso que luego la trasladaron al "Arsenal" y describió que el lugar en donde estaba había como unos casilleros de animales. Indicó que allí fue torturada y violada sexualmente en numerosas oportunidades por Víctor Sánchez y creyó estar embarazada pero tuvo pérdidas abundantes de sangre debido a las patadas y las trompadas recibidas. También pudo saber que su marido estaba en Arsenales, entre otros detenidos y detenidas. Entre los guardias G. V. I. identificó a un tal "Carlitos", a un tal "Compadre" y a un tal "Indio" y de los interrogadores reconoció a Sánchez.-

Explicó que, aproximadamente, el 20 de agosto la trasladaron a otro lugar y luego a la cárcel de Villa Urquiza y al mes siguiente a la cárcel de Devoto en donde estuvo detenida hasta el año 1979, lugar desde el cual fue liberada.-

Esta declaración es coincidente con la prestada por su marido, Ramón Brizuela, en la audiencia dando cuenta de las detenciones, traslados y condiciones de cautiverio sufridas. Asimismo, el testigo Santos Chaparro al deponer en la audiencia de debate, relató que cuando fue trasladado de la Colonia de Menores hasta el "Arsenal" iban muchas personas, y entre las mujeres se encontraba la víctima.

A su vez, Blanca Hoyos, al declarar ante el Tribunal, manifestó que reconoció a la víctima en "Arsenales", y Ercilia Carabajal testificó en la audiencia de debate en igual sentido. Así también declaró Susana Leoni Auad, quien dijo ante el Tribunal que oyó a G.V. I. pero no habló con ella.-Por último, el testigo Osvaldo Humberto Pérez dijo en la audiencia de debate, que la víctima estaba en el grupo de "Fredy" Coronel y que le asignaban, excepcionalmente, tareas de limpieza en el centro clandestino de detención "Arsenales".-

Hechos que perjudicaron a Federico Adolfo Fürth (Caso 18). Causa: "Fürth Federico Adolfo s/privación ilegítima de la libertad" Expte. n° 401/05.-

Quedó acreditado en el debate que el día 7 de mayo de 1976, Federico Adolfo Fürth, recibió un llamado telefónico del Teniente Arturo Innocenti diciéndole que concurriera al Arsenal Miguel de Azcuénaga a retirar su libreta, pues había sido dado de baja del servicio militar. La víctima concurrió a la dependencia militar y desde ese momento no se lo vio nunca más. Así lo afirmaron, sin contradicciones ni fisuras, su hermana Elvira Beatriz Fürth y su hermano Carlos Ernesto Fürth durante la audiencia de juicio oral. Coincidentemente con el relato de los hermanos de la víctima, la testigo Faride Salim de Adriss, dijo durante la audiencia de debate que supo que Fürth había desaparecido. En igual sentido, el testigo Mario Ernesto Medina dijo "Otro muchacho que conocí fue "Cacho" Fürth, que me dijo que militaba no recuerdo si en el peronismo. Rezaba mucho el Rosario, me dijo que vivía en la calle 9 de julio al 500, que no sabía si saldría o no; me pidió que aunque no creyera, rezara por él porque le estaban dando buena comida y entonces creía que era porque iban a matarlo (...) Él ya no hacía el servicio militar, había sido llamado a retirar el documento de identidad y lo secuestraron".-

A la fecha de los hechos Federico Adolfo Fürth, tenía veintiún años de edad, era estudiante de geología y estaba haciendo el servicio militar en el Arsenal. Al día de hoy permanece desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a María Candelaria Moyano (caso 19). Causa: "Moyano María Candelaria s/ su denuncia por privación ilegítima de la libertad y otros Delitos" Expte. n° 149/08.-

El hecho en relación a María Candelaria Moyano ha quedado acreditado por el testimonio de la propia víctima, quien relató al Tribunal que en aquella época vivía en "El Potrero" y el día 13 de mayo de 1976 se dirigió a la casa de su madre en Caspichango para acompañarla al médico. Describió que al llegar estaban muchos militares quienes le dijeron que iban para que les cebe mate, a lo que ella contestó que no sabía hacerlo. Añadió que a su mamá le dijeron que no se preocupe porque la llevaban pero la regresaban al día siguiente. Luego, dijo, se fue a vestir y abrigarse a su habitación, donde la ataron y vendaron.-

Agregó que la llevaron al monte, donde la tiraron y la pusieron en un camión donde iban más personas. Refirió que anduvieron, aproximadamente, 10 kilómetros y la llevaron hacia otro lugar donde la sentaron en una cama y la "picanearon". Indicó que escuchó las campañas de la Iglesia por lo que supo que estaba en Santa Lucía.-

Continuó relatando que la volvieron a subir a un camión con más gente y la trasladaron hacia un lugar que era angosto y con el piso áspero. Puntualizó que allí escuchaba que les pegaban a otras personas y "les hacían de todo", como meterlos y sacarlos del agua. Indicó que le pegaron mucho y sintió dolor en los ovarios. También relató un episodio donde un sargento "gordo" le pisó muy fuerte la uña. Además, dijo, la llevaron a un lugar con una cama con corriente y escuchó que a un hombre le hacían pisar algo caliente por lo que gritaba y a otro "lo asaban" como a un chancho. Añadió que le hacían preguntas sobre si conocía "a gente mala" a lo que contestaba sobre su vida de campo y que solo se relacionaba con gente pobre.-

Además, relató que al día siguiente de su llegada a ese lugar, que era como un monte y andaban helicópteros que volaban bajo, la hicieron dormir y sintió que decían "a esta chica podes violarla", y sostuvo que cree que lo hicieron, porque cuando la liberaron sangraba mucho y tuvieron que sacarle los ovarios.-

Luego expresó que no pudo ver a nadie, pero supo que estaban René Quinteros, Ramón Castellanos, el matrimonio Racedo, entre otros, todos de la zona de su pueblo.-

A continuación narró cómo fue su liberación junto a René Quinteros, a quien conocía porque era enfermero en Caspichango. Indicó que este hecho sucedió el 29 de agosto de 1976 cuando los dejaron cerca de El Cadillal.-

También, refirió que Valdiviezo concurría mucho a Caspichango.-A su vez, José Teodoro Rocha, en la audiencia de debate, indicó que cuando fue traslado, detenido, desde Santa Lucía hasta el Arsenal, estaba presente Candelaria Moyano.-

Asimismo, Julio Guillermo Suárez, relató al Tribunal que también estuvo en cautiverio en "Arsenales" y enunció a los mismos vecinos que detalló la víctima, la indicó como compañera de cautiverio. Además, en igual sentido testificó Manuel Humberto Suárez en la audiencia de debate.-

Hechos que perjudicaron a Osvaldo José Gregorio Giribaldi (caso 20). Causa: "Giribaldi, Osvaldo José s/privación ilegítima de la libertad y otros delitos" Expte. n° 1.450/06.-

El 28 de mayo de 1976, Osvaldo José Giribaldi, fue detenido en el lugar en el que se encontraba trabajando, el Ingenio Ledesma, en la provincia de Jujuy, por el Comisario de El Talar. Fue trasladado a la localidad de Yuto y luego a la penitenciaría de la ciudad de San Salvador de Jujuy. En esta unidad ingresó junto con Jorge Turk. Posteriormente fue retirado del penal por personal del Ejército y fue llevado para ser interrogado a la provincia de Tucumán junto a otros detenidos (Declaraciones oralizadas de la madre de la víctima Emma Elena Giménez de Giribaldi, fallecida. En particular, Denuncia ante el Juzgado Federal de Jujuy en causa por Hábeas Corpus, Expte. 888/83, del 05/12/1983 -fs. 184/187-; Ficha donde relata las circunstancias del secuestro y detención de su hijo Osvaldo José a fs. 17; Acta de declaración testimonial ante Juez Federal de Santiago del Estero del 05/01/2004 en causa "Emma G. de Giribaldi s/querella c/Antonio Musa Azar", Expte. 9043/2003, a fs. 48 y vta.; Denuncia escrita ante CONADEP del 20/02/1984, a fs. 173/177; Denuncia ante la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de Santiago del Estero -fs.178/179; Denuncia escrita ante Madres de Detenidos y Desaparecidos del Dpto. de Ledesma, Jujuy, a fs. 181).-

Las gestiones realizadas por su madre para dar con el paradero de Osvaldo José Giribaldi fueron infructuosas. En Tucumán fue visto en los centros clandestinos de detención "El Reformatorio" y "Arsenal". Al declarar en la audiencia Héctor Rolando Galván relató que compartió cautiverio con la víctima en "El Reformatorio" y luego en "Arsenal", sitio al que en un determinado momento ambos fueron trasladados. En su testimonio en el debate Osvaldo Humberto Pérez dijo que a la víctima la vio en "Arsenal", que se encontraba allí junto con su esposa, una señora embarazada a término. Miguel Ángel Escat dijo que vio a la víctima y a su hermano Mario mientras permaneció detenido en un centro clandestino de la provincia de Tucumán. Explicó que los reconoció porque conocía al padre de ambos que era viajante (declaración oralizada de fs. 168/169 prestada ante Fiscalía Federal de Santiago del Estero en causa "Secretaría de Derechos Humanos d. Denuncia c/Mussa Azar y otros" Expte. 9002/03, del 10/03/2004).-

Con anterioridad al secuestro de la víctima, el 7 de abril de 1976, fue secuestrado Mario Giribaldi, hermano de Osvaldo, en Santiago del Estero, quien también permaneció cautivo en los centros clandestinos "Reformatorio" y "Arsenal".-

Hechos que perjudicaron a Luis Adolfo Holmquist (Caso 21). Causa: "Holmquist Luis Adolfo, Fernández Enrique Raúl y Corral Ana Cristina s/privación ilegal de la libertad" Expte. n° 1.565/4 y sus Actuaciones Complementarias.-

El 29 de mayo de 1976, Luis Adolfo Holmquist se encontraba en su domicilio de calle La Plata 1.439 de San Miguel de Tucumán durmiendo junto a su madre. En la madrugada, alrededor de las 3.30 horas, irrumpió en la casa familiar un grupo de personas, algunas uniformadas y otras vestidas de civil, entre las que se encontraban Félix Arturo González Naya y Roberto Heriberto Albornoz y se llevaron a la víctima. Momentos antes -aproximadamente a las 3 horas- habían secuestrado de su domicilio al hermano de la víctima Gustavo Enrique Holmquist, quien iba a bordo de uno de los automóviles en los que se movilizaban los secuestradores y pudo oír cómo rompían la puerta de entrada de la casa familiar y golpeaban, insultaban e introducían a su hermano en uno de los automóviles que participaban del operativo. Ambos son trasladados al centro clandestino de detención "Jefatura de Policía". Mientras se encontraban en "Jefatura de Policía" Gustavo Enrique pudo escuchar la respiración y la tos característica de Luis Adolfo, que tenía vegetaciones que le impedían respirar normalmente. Luego, a las 48 horas de su secuestro, Gustavo Enrique fue liberado, cerca del parque Avellaneda, donde le dijeron "con vos vamos a hacer un poco de justicia, pero de tu hermano olvidate, no lo vas a ver más" (testimoniales oralizadas en la audiencia de Irma Herminia Gómez viuda de Holmquist, fallecida, de fs. 140/148 y 772 del cuerpo 284; 1089/1092 del cuerpo 289, 619/620, 626/627, 763/765, 766 del cuerpo 287; y, asimismo, testimonial de Gustavo Enrique Holmquist en causa "Jefatura", cuyo audio se reprodujo en la audiencia de autos y testimonial en la audiencia del hermano de la víctima Oscar Segundo Holmquist).-

Al día de hoy Luis Adolfo Holmquist permanece desaparecido. Las gestiones realizadas por su madre y otros familiares para dar con su paradero fueron infructuosas.-

En el audio de causa "Jefatura" reproducido en el debate Juan Martín Martín dijo que supo que la víctima estuvo detenida en el centro clandestino "Jefatura".-

La permanencia de Luis Adolfo Holmquist en el centro clandestino Jefatura de Policía y su ejecución decidida por la denominada "Comunidad Informativa de Inteligencia" que operaba en su ámbito además se acredita a través de la lista que tiene por título "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente en causa "Jefatura". En dicha lista, con el número de orden 194 puede leerse Holmquist Luis Adolfo, apodo "Fachito", junto a la sigla "DF".-

Hechos que perjudicaron a Juan Manuel Quinteros (Caso 22). Causa: Principal, Expte. 443/84.-

Entre los últimos días de abril y los primeros de mayo de 1976 Juan Manuel Quinteros fue secuestrado. Cabe advertir que si bien la víctima ha declarado en el debate que el hecho se produjo el 29 de mayo, tal fecha no se compadece con su propio relato en cuanto allí expresa que estuvo prisionero en el centro clandestino de Santa Lucía un mes, en tanto en dicho sitio compartió cautiverio con otras personas de la zona de Santa Lucía de las que se señala a fines de abril como el lapso de inicio de sus detenciones en el centro clandestino de Santa Lucía; por ejemplo, Manuel Humberto y Julio Guillermo Suárez, otras víctimas de autos.-

Juan Manuel Quinteros se encontraba durmiendo en la casa de sus abuelos y fue secuestrado, de ese lugar, por personal del Ejército. En el mismo operativo fueron detenidos Manuel Humberto y Julio Guillermo Suárez, Juan Carlos y Ricardo Lizarraga, sus suegros José Racedo y Alcira Ochoa de Racedo, Rosa Díaz, "Flaco" Lilla. Todos ellos fueron trasladados a la base militar que se localizaba en las instalaciones del Ex Ingenio Santa Lucía. Posteriormente la víctima fue trasladada a la base de Caspinchango, a un lugar conocido como "Chimenea Mota", en Teniente Berdina. En ambos centros clandestinos de detención del sur de la provincia de Tucumán permaneció secuestrado alrededor de un mes y fue torturado, le cortaron las dos orejas. Posteriormente fue trasladado al Arsenal Miguel de Azcuénaga. Allí también fue torturado. Vio personas torturadas y dijo que se violaban mujeres. Precisó que estaba alojado en un casillero junto a otras personas en similares condiciones. Allí vio a su amigo Lizárraga; al Chala Ruiz, que no salió nunca, que estaba frente a su casillero y que le dijo que le diga a su mujer dónde estaba para que con un abogado lo saque de allí; al Ñato Castellano al que reconoció por su campera de cuero. Juan Manuel Quinteros permaneció en el Arsenal hasta julio de 1976, cuando fue retirado del lugar y abandonado en el Parque 9 de Julio de donde al poco rato es recapturado y conducido a una comisaría y después al Penal de Villa Urquiza donde permaneció del 29 de julio al 5 de octubre de 1976. Finalmente fue conducido a la cárcel de Sierra Chica, donde estuvo detenido a disposición del PEN hasta el 15 de enero de 1979, fecha en que fue liberado (declaración en audiencia de la víctima Juan Manuel Quinteros).-

Mientras Juan Manuel Quinteros se encontraba cautivo, el 31 de julio de 1976, fue secuestrado su padre René Manuel Quinteros.-

Mientras permanecía secuestrado en Caspinchango el soldado Juan Francisco Reyes, que hacía la conscripción con actividades en la zona de Santa Lucía, vio a la víctima, a quien conocía. Precisó que un militar le cortó una oreja delante suyo, que vio como lo estaban sacrificando, que era una situación muy triste (testimonial en el debate de Juan Francisco Reyes).-

Hechos que perjudicaron a Enrique Raúl Fernández (caso 23). Causa: "Holmquist Luis Adolfo, Fernández Enrique Raúl y Corral Ana Cristina s/privación ilegal de la libertad" Expte. n° 1.565/4 y sus Actuaciones Complementarias.-

El día 30 de mayo de 1976, pasado el mediodía, alrededor de las 12.30 horas Enrique Raúl Fernández -quien a la fecha de los hechos tenía 18 años y estudiaba medicina en la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Tucumán- fue secuestrado en la vía pública, en calle Lamadrid altura 1.100 de la ciudad de San Miguel de Tucumán. Su prima Ana María de Fátima Estequín presenció el hecho. Durante el debate, al prestar declaración testimonial, dijo que a las 12.30 horas del día del secuestro salió de su casa sita en Lamadrid 1179 de la ciudad de San Miguel de Tucumán porque estaba esperando a Enrique Raúl Fernández -quien vivía en la cuadra siguiente de la misma calle, al 1037-, porque éste debía encontrarse con el novio de ella para ir a ver un partido de fútbol. Precisó que al salir, aunque no veía bien de lejos, reconoció a su primo aproximándose y se acercó a la casa de sus vecinos Solórzano -distante unas tres casas de la suya- en la que estaba estacionado un auto parecido al de sus vecinos. Se trataba de un Ford Falcon de color celeste que en realidad no era el de sus vecinos, sino un vehículo de los secuestradores en cuyo interior había 4 personas. Dijo que prácticamente iba estirando los brazos para saludar a su primo, cuando vio que bajaron dos personas de la parte de atrás del auto, con camperas de cuero negro y botas. Esas personas sin dificultad -dada la contextura pequeña de Enrique Rául Fernández-levantaron a su primo, una de cada brazo, y lo introdujeron en el vehículo. Recordó que inmediatamente por atrás apareció un Torino blanco que comenzó a seguir al Ford Falcon celeste tocando bocina, como abriendo paso. En ese momento, salieron su padre y un vecino de apellido Caram. Llegó a ver que giraron por calle San Luis. Solo pudo escuchar que su primo gritó "Mamá", nada más que eso.-

Roberto Alejandro Caram, vecino que presenció el secuestro de la víctima, luego de narrar circunstancias asociadas con el hecho que se compadecen con lo considerado supra, precisó que días después del hecho, mientras realizaba gestiones en la Jefatura de Policía de Tucumán, vio estacionado en dicho lugar al Ford Falcon celeste en el que se desplazaban los secuestradores de Enrique Raúl Fernández (Declaración oralizada en el debate prestada ante el Juzgado Federal de Tucumán de fecha 14/02/1984, obrante a fs. 159/160 del cuerpo 284).-

A pesar de las gestiones realizadas por los familiares de la víctima, especialmente por su madre Marta Estela Posse de Fernández -quien refirió una entrevista con Roberto Heriberto Albornoz en la que comenzó a llorar y este le dijo "No llore porque yo entregué vivos a todos los chicos al Ejército"- no pudo ser hallado (Denuncia judicial presentada por Marta Estela Posse de Fernández, junto a Irma Herminia Gómez de Holmquist y Guillermina Manuela Romano de Corral, declaración oralizada obrante a fs. 140/148 del cuerpo 284).-

La permanencia de Enrique Raúl Fernández en el centro clandestino Jefatura de Policía y su ejecución decidida por la denominada "Comunidad Informativa de Inteligencia" que operaba en su ámbito se acredita a través de la lista que tiene por título "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente en causa "Jefatura". En dicha lista, con el número de orden 81 figura el nombre de la víctima junto a la sigla "DF".-

Hechos que perjudicaron a Julio Ricardo Abad (Caso 24). Causa: "Albarracín de Abad, Asunción Dolores s/su denuncia por secuestro y desaparición de Ricardo Romualdo Abad" Expte. N° 608/07

Julio Ricardo Abad, también conocido por el apellido "Ávalos", por el nombre de guerra "Armando" y por el apodo "Bombo" era oriundo de Santa Lucía, actuaba políticamente en el ámbito del ERP y a la fecha del hecho tenía alrededor de 20 años. Al declarar en la audiencia Juan Arnold Kremer -integrante en la década del 70' del PRT que incluía al ERP como parte de su organización y que se encargaba de la educación militante de los integrantes de dicha organización- dijo que la víctima fue secuestrada en la ciudad de Buenos Aires a mediados del año 1976, frente a la confitería "Ideal". Al respecto recordó que cuando se encontraba en una casa en Buenos Aires llegó a ese lugar una persona tucumana que preguntó por Armando y le dijeron que se había ido a encontrar con un fulano, y esa persona gritó "Armando va a caer" , salió corriendo y vio como la policía se llevaba a la víctima, a la que nunca más volvieron a ver.-

Luego de su secuestro en Buenos Aires Julio Ricardo Abad es trasladado a la provincia de Tucumán, dónde fue visto cautivo en los centros clandestinos de detención Nueva Baviera y Arsenal.-

Al respecto Juan Martín Martín al declarar en audiencia causa "Jefatura", testimonio cuyo audio se reprodujo en el presente debate, recordó de cuando vio a Bussi meterse donde lo tenían a un muchacho que habían llevado de Buenos Aires a Nueva Baviera, que se trataba de el "Bombo" Ávalos, un joven importante del PRT. Explicó que Bussi fue personalmente a ver a ese joven. Agregó que gente que había participado del operativo le dijo que además de torturarlo con picana, Bussi había ordenado ponerlo sobre una chapa metálica para que sintiera más el dolor de la picana. Precisó que le relataban esa situación como si se tratara de una hazaña especial.-

Asimismo, con relación específicamente al cautiverio de la víctima en Arsenal, al declarar en el debate Héctor Orlando Galván refirió a un dirigente de la guerrilla al que le decían Bombo al que mataban a golpes y sacaban a cualquier hora de la noche y se sentían los gritos y los golpes. Durante su testimonio en la audiencia Antonio Raúl Romero también aludió a Julio Ricardo Bazán como un compañero al que vio en Arsenal tirado en el pasillo. Asimismo, también en la audiencia, Leoni Susana Auad dijo que durante su permanencia en el Arsenal le dijeron que al "Grasita" y al "Bombo" Ávalos, personas que eran del sur de la provincia de Tucumán, los iban a matar en El Cadillal. También durante el debate Osvaldo Humberto Pérez señaló que vio en el Arsenal a una persona a la que llamaban "Grasita", que se trataba de un integrante de la compañía del monte del ERP, y también al "Bombo" Abad. Agregó que ambas personas estaban acusadas de ser los autores materiales del atentado de Caspinchango. Dijo también que a ninguno de los dos volvió a verlos. Por otra parte destacó que se encargó de tipear a máquina autobiografías que algunos detenidos fueron obligados a escribir, que así es que volcó los escritos de Fote, Pasqueti, Augier y del "Bombo" Abad. Por otro lado mencionó al "Bombo" Abad, a "Grasita" y a Leandro Fote como prisioneros que fueron retirados del Arsenal y llevados como trofeos a otros lugar donde se los exhibía y se los traía de nuevo. Precisó que así sucedió una vez porque estaba en el sur Pio Laghi, y otra porque había una visita de alguien importante en el sur. También fue vista la víctima en Arsenal por Alberto Augier, persona fallecida cuya declaración de fs. 3/7 del cuerpo 186 fue oralizada. Allí recuerda haber visto en el Arsenal a un muchacho al que llamaban "Bombo", quien había sido combatiente del ERP, secuestrado en Buenos Aires y trasladado a Tucumán. En dicha pieza procesal precisó que los recordaba con esposas en las manos y los pies, que lo hacían correr en esas condiciones, que cuando se caía lo pateaban, que lo castigaban y arrastraban hasta que caía en la inconsciencia, que entonces lo tiraban en su celda, esperaban a que sus heridas mejoraran y repetían las mismas operaciones. También indicó que en algunas oportunidades fue trasladado a otros campos de concentración para reconocer a otros cautivos.-A la fecha Julio Ricardo Abad permanece desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a Ana Cristina Corral. (Caso 25). Causa: "Holmquist Luis Adolfo, Fernández Enrique Raúl y Corral Ana Cristina s/privación ilegal de la libertad" Expte. N° 1.565/4 y sus Actuaciones Complementarias.-

Ana Cristina Corral a la fecha de los hechos tenía 16 años y era estudiante secundaria que cursaba sus estudios en la Escuela y Liceo Vocacional Sarmiento de la Universidad Nacional de Tucumán. Tenía actividad política en el ámbito de la UES (Unión de Estudiantes Secundarios).-

Al declarar en la audiencia su hermana Yolanda Lelia Corral dijo que el 8 de junio de 1976 alrededor de las 2 de la mañana estaba en su domicilio sito calle Mario Bravo 1.170 del Barrio Parque Centenario de la ciudad de San Miguel de Tucumán junto a sus padres, Ana Cristina durmiendo en la misma habitación y Carlos David Powell en otra habitación, compañero y novio suyo en ese momento. Escucharon ruidos de puertas que golpeaban. Por un altavoz les ordenaban que abrieran. Su padre se levantó, fue a la cocina, por un vidrio roto lo encañonaron. No puedo abrir y le pidió a Carlos que abriera la puerta del living. Muchas personas uniformadas y con armas ingresaron a la casa. Preguntaron por Pupé, la novia de Pajarito. Estuvieron un rato largo haciendo preguntas. A su padre y a Carlos los apuntaron. La declarante estaba todo el tiempo en la cama. En un momento cesaron las preguntas y anunciaron "Si no dicen quién es Pupé nos llevamos a las dos". En un momento decidieron que Pupé era Ana y decidieron llevársela. En ese momento entró una mujer y cuando su hermana salió de la cama ella le dijo "Anita abrigate bien que hace mucho frío". La vistieron, la deponente le dio medias abrigadas, Anita lloraba, la sacaron a los empujones. Le pidió a esa mujer que la cuidara, que era muy chiquita, que no podían llevársela así. Ella le dijo que no iba a pasarle nada. Esa mujer tenía ropa oscura y el rostro tapado. Toda la casa estaba a oscuras y ellos iluminaban con linternas que encandilaban. Robaron cosas en la vivienda, un reloj de Carlos, comida, vinos, cosas que estaban a mano, a la vista, y a su padre un arma con la que practicaba caza deportiva.-

Asimismo durante el debate, mientras narraba en términos semejantes el secuestro de Ana Cristina Corral su madre, Guillermina Manuela Romano de Corral, precisó que a la víctima en la casa le decían Ana, pero que sus amigos la llamaban Pupé; que su hija desplegaba actividad política; que era muy buena alumna y que precisamente la noche anterior le había preparado la ropa porque tenía que arriar la bandera. Sobre la actividad política de la víctima, su hermana Yolanda Lelia Corral recordó en el debate que ambas eran militantes de la UES, aunque aclaró que no era militante activa, que la militante activa era ella. Agregó que, como su hermana, existen otros militantes de la UES hoy desaparecidos como Luis Holmquist, Raúl Fernández y Fernando Curia.-

También aludieron al secuestro relatando circunstancias relativas al mismo de manera coincidente, el padre de la víctima Luis Roberto Corral y Carlos David Powel, ambos fallecidos, en sus declaraciones oralizadas que corren a fs. 156/157 y 152/153 del cuerpo 284, respectivamente.-

Sobre las gestiones realizadas por los familiares de la víctima para dar con su paradero, Guillermina Manuela Romano de Corral dijo que fueron muchas, que en la Jefatura de Policía su marido habló con el Jefe de Policía, quien dijo creer que se trataba de Zimmermann. Precisó que éste le dijo a su esposo que ahí no estaba y que le diera una foto para hacerla buscar. A los dos meses vieron en La Gaceta a esa foto, con una referencia a que su hija se había ido por su voluntad. Hicieron denuncias en la OEA, en la CONADEP. Yolanda Lelia Corral recordó que al segundo día del hecho con su novio fueron a la Jefatura de Policía, pero que no les llevaron el apunte. Agregó que al poco tiempo tuvo un accidente y permaneció mucho tiempo internada y no pudo hacer más por su hermana, que los que se ocuparon más de ella fueron sus padres, que su madre hizo gestiones en Tucumán, Córdoba, Santa Fe, ante autoridades civiles, militares y religiosas.-

Ana Cristina Corral permaneció cautiva en Jefatura y en Arsenal. Juan Martín Martín al declarar en audiencia en causa "Jefatura", cuyo audio se reprodujo en el debate de autos, dijo que supo que la víctima estuvo en la Jefatura. Osvaldo Humberto Pérez declaró en el debate que supo que estuvo en Arsenal. Omar Eduardo Torres al testimoniar en el debate dijo que la víctima fue ejecutada en Arsenal. Señaló que la joven no tendría más de 17 años. Precisó que recuerda el nombre Ana Corral porque, a la época del hecho, vio una solicitada en el diario en donde pedían por el paradero de ésta. Como su cara le había resultado conocida, luego él le preguntó el nombre y confirmó así que se trataba de ella.-

Sobre la permanencia de Ana Cristina Corral en el centro clandestino Jefatura de Policía, corresponde señalar que su ejecución fue decidida por la denominada "Comunidad Informativa de Inteligencia" que operaba en su ámbito. Al respecto debe tenerse presente que la joven aparece consignada en la lista que tiene por título "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" en el número de orden 45 como "Corral, Ana Cristina, (a) Pupe" con la sigla "DF", que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente en causa "Jefatura".-

Hechos que perjudicaron a Oscar Rafael Berón (caso 26). Causa: "Farías de González Segunda Olga s/su denuncia por secuestro y desaparición de Oscar Rafael Berón" Expte. n° 582/07.1562

Oscar Rafael Berón, (a) "Sosolo", a la fecha de los hechos tenía veintisiete años de edad, se domiciliaba en la localidad de Los Ralos (Departamento Cruz Alta) y era empleado de la Secretaría de Ganadería y Agricultura de Tucumán en Los Ralos. Había sido delegado gremial del Ingenio Los Ralos. -

Según quedó acreditado en la audiencia de debate por los testimonios de Estela Evarista Farías de Berón y María Cristina Orellana, el día 11 de junio de 1976 un grupo de personas ingresaron al domicilio de la familia Berón, en Los Ralos, Departamento Cruz Alta. Luego de requisar la vivienda, golpear a algunos de sus integrantes y sustraer cosas, se llevaron secuestrado a Oscar Rafael Berón. Relataron los trámites y averiguaciones que hicieron en diferentes dependencias policiales sin poder dar con su paradero. Además, contaron que esa misma noche fueron secuestrados otros habitantes de Los Ralos, entre quienes estaban Sixto Pascual Villarreal, Juan Francisco Cabrera y Santos Juárez.-

Asimismo, Juan Francisco Cabrera, relató que el 10 de junio de 1977 fueron secuestradas unas seis personas de Los Ralos, que fueron sacados de sus camas, entre los que se encontraba la víctima Berón.-

También quedó acreditado que Oscar Rafael Berón estuvo en el Centro Clandestino de detención Miguel Arsenal de Azcuénaga en tanto dieron cuenta de su cautiverio Baltazar Acuña y Santos Juárez. El primero de los testigos contó que mientras estuvo en el "Arsenal", a su lado, estaba Oscar Berón, a quien en una oportunidad le vio la cabeza pelada y le dijo que le habían tirado agua hervida. Agregó que a Berón le costó la vida sacarse la venda de los ojos. Asimismo, Santos Juárez contó al Tribunal que fue llevado desde Los Ralos hasta el Arsenal con Berón. Describió que los colocaron en unos "boxes" y que la víctima estaba en el número 50. Indicó que permanecieron esposados y vendados, pero que pudo ver a la víctima porque la venda se corría.-

Al día de hoy Oscar Rafael Berón continúa desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a Ercilia Dolores Carabajal (caso 27), Alfredo Antonio Coronel (caso 28) y B. H. (caso 29). Causa: "Coronel Filadelfio del Carmen s/su denuncia por secuestro y desaparición de Alfredo Antonio Coronel" Expte N° 809/07.-

El día 21 de junio de 1976 a las 23.30 horas aproximadamente, un grupo de individuos armados, entre los que se encontraba al menos una persona vestida de civil, ingresó al domicilio de Alfredo Coronel en calle Pedro Méndez, Barrio La Cancha, Delfín Gallo, de ésta provincia y se lo llevó secuestrado.-

Este hecho quedó debidamente acreditado con la declaración en audiencia de su esposa Sebastiana del Carmen Brizuela, quien dijo que esa noche entraron cuatro hombres fuertemente armados, le dijeron a su marido que se vistiera y a ella que no mirara. Luego se fueron llevando a su marido, salvo una persona que quedó sentado al lado de ella que le dijo que se quedara tranquila, que él era de zona de Posse (una localidad de Delfín Gallo), que si no tenía nada que ver su marido volvería.-

Alfredo Coronel tenía veinte años, hacía dos meses que estaba en el servicio militar, prestaba servicios en el Comando. Hasta ese momento trabajaba en el ingenio La Florida, donde había tenido actividad sindical, era de la Juventud Peronista.-

Su esposa también expresó en audiencia que del Comando lo dejaban salir cada dos o tres días, que un día que le correspondía salir ella lo fue a buscar para almorzar y el no salió. Esa noche no volvió a la casa, sino recién al día siguiente. Le dijo que su jefe, el Cabo Armas le hizo preguntas que él no entendía, sobre si tenía armas, si había participado de la huelga del Ingenio. El le contestó que no tenía armas pero que si había participado de la huelga por lo que lo castigaron y por eso no salió. Esa misma noche a las 23,00 horas se produjeron los hechos de su secuestro.-

Su familia fue al Comando, a la Comisaría, presentaron 51 hábeas corpus, sin obtener datos sobre su paradero. Sebastiana del Carmen Brizuela ya tenía en ese momento a su hermano Ramón Brizuela desaparecido.-

B. N. H. fue secuestrada el 21 de Junio de 1976 de su domicilio en La Florida, un grupo de hombres ingresó violentamente a su casa, ella vivía en un rancho grande con sus hermanos, tenía 19 años y su padre trabajaba en vialidad provincial. Declaró en audiencia que previo a éste hecho sufrió varias detenciones. La primera en la navidad de 1975, la detuvo el ejército y la llevaron a la escuelita de Famaillá, ese día no le hicieron nada pero si escuchaba los gritos de dolor de las demás personas. Al otro día la liberaron en la ruta. La segunda detención fue cuando ella viajaba en el colectivo a La Florida, en ese ómnibus iba Víctor Sánchez quien era su director técnico del equipo de básquet, cuando llegaron a la terminal, pararon el colectivo, se dio cuenta que la esperaban porque la bajaron y le pusieron esposas, en ese momento Sánchez, dijo qué ella era su jugadora de básquet que ya la liberan, entonces la liberaron. Sánchez la invitó a tomar un café, le mostró un carnet del ejército y le dijo que él podía hacer desaparecer gente y que la haría secuestrar. A la semana siguiente, llegaron unos encapuchados a su casa y se llevaron a su hermanita de 12 años porque ella no estaba, a la niña, la torturaron y la violaron. Luego de un tiempo, llegaron nuevamente al rancho donde vivía con sus hermanos y los golpearon a todos, al ver esto, ella misma les dijo que era B. H., entonces la atraparon y la subieron a un auto, allí la manosearon y le pusieron los miembros sexuales en la cara; en ese momento escuchó que los secuestradores decían que ya llevaban a la morocha. La llevaron a un lugar donde subió una escalera, era una habitación blanca, llegó Sánchez y le dijo "viste, que yo cumplo", y le puso la picana eléctrica, ahí comenzó lo que jamás se imaginó que viviría, comenzaron a torturarla. Al otro día le sacaron la ropa en una habitación y la acostaron en una cama de hierro, le ataron los tobillos y los puños con cadenas y le introdujeron la picana eléctrica en la vagina, inmediatamente comenzó a tener una hemorragia. En esas sesiones de tortura le preguntaban constantemente por las armas. En ese lugar escuchó ruidos de niños como si estuviera una escuela cerca. Una noche, la llevaron en un auto a un lugar donde sintió olor a limones y a campo, era el Arsenal, allí vivió los momentos más terroríficos de su vida, se escuchaba personas que lloraban, dientes que tiritaban y gritos, todos los días la buscaban y la torturaban. Allí había un gendarme que le decían Carlitos y que le explicaba que tenía que hacer mucha fuerza para aguantar la picana, cuenta que una noche cortó la cadena de la fuerza que hizo; ella estaba muy flaquita, era puro hueso, en esas circunstancias, se presentaba Sánchez, le levantaba la ropa y se burlaba de ella diciéndole que él ya no la quería así. Le llamaron la atención las tonadas litoraleñas de los gendarmes, escuchó a Roberto y el "Indio", que eran quienes los cuidaban. El "Indio" era quien los buscaba para llevarlos al lugar donde los torturaban. Logró ver la cara de una persona que la torturaba, era un tipo corpulento, colorado, con una enorme cicatriz en la cara, era la misma persona que ella identificaba por el perfume y que cuando sentía ese perfume ya sabía que la iban a torturar, él era el que decía "enchufalo o sácalo", dirigía la tortura, era de unos 40 o 38 años quizás. Contó además que Bussi iba al Arsenal y se percibía constante movimiento cuando él estaba, sacaban gente para torturar y no volvían más.-

En el Arsenal la quemaban con cigarrillos en las sesiones de tortura porque en esas sesiones los torturadores fumaban. Contó que mientras la violaban le decían "hija de puta, guerrillera, nunca más vas a tener hijos" y que había un tal Roberto que cantaba.-

Asimismo, el testigo Santos Chaparro dijo en la audiencia que fue llevado con B., Gloria y la Morocha, que le dijeron que las violara pero que él se negó rotundamente y, por ese motivo, lo sacaron a la rastra y lo golpearon mucho. Precisó que hicieron violar a otras personas, que les pegaban tanto a otros detenidos que accedían a violarlas, que eran tremendas las cosas que hacían hacer.-

Un día, la sacaron en un auto y la dejaron tirada, al instante vino corriendo Chaparro, le dijo que corran y le sacó la venda, a los dos minutos llega un furgón y la metieron ahí, le pusieron la venda, también estaba Chaparro. La llevaron a una comisaría y la pusieron en un calabozo. En ese lugar también estaba Chaparro, porque lo sintió reír. Al día siguiente, la llevaron a un escritorio, la hicieron firmar con vendas en los ojos de ahí la sacaron en un furgón a Villa Urquiza, allí donde recién le sacan la venda. Pesaba 30 kg aproximadamente. Fue liberada en Octubre del 79.-

En Arsenales compartió cautiverio con Hugo Román, Ercilia Carabajal, Ramón Brizuela, Santos Chaparro, Gloria Iñiguez y Alfredo Coronel. Supo que estaba Martín Décima, secretario general del sindicato del ingenio La Florida. Dijo que ella no vio a la panzona pero que si escuchó como se peleaban los guardias por quedarse con el bebe que había tenido.-

Ercilia Dolores Carabajal fue secuestrada el día 21 de Junio de 1976 del Ingenio La Florida, en el momento que iba a buscar un médico para su madre que estaba enferma, por varios militares y dos civiles, entre los que pudo reconocer a Víctor Sánchez alias "Pecho y Tabla" y el "Feto" Jorge Soria.-

En ésta audiencia detalló que ese día iba en una camioneta con una amiga y un amigo, que detuvieron la camioneta, preguntaron por la Morocha Carabajal, cuando dijo que era ella, la subieron a un Ford Falcon, la llevaron a un lugar donde fue torturada por cinco días, allí estaba sentada de espaldas y a su izquierda había una ventana por la que se escuchaba abajo niños que jugaban en un patio, por lo que supuso que podía ser una escuela. En ese lugar había otras personas, reconoció a Chaparro. Estaba vendada y con las manos atadas. Fue interrogada por su participación en Montoneros, en la subversión, ella sólo reconocía formar parte de la juventud peronista y haber participado en la lucha popular contra el cierre del ingenio. En ese lugar una noche, hora habitual de las torturas, la habían desnudado y habían llevado a un compañero para que la tocara, el compañero se negaba y por eso le pegaron muchísimo. Allí también vio a B. H., Gloria Iñiguez y Alfredo Coronel que está desaparecido.-

Posteriormente fue trasladada a otro lugar que supo que era el arsenal porque Fredy Coronel le dijo que se llamaba así porque él conocía el lugar de antes. Dijo que estaban alojados en lugares reducidos, separados por tablas. Allí no la torturaron como en el lugar anterior pero le levantaban la pollera para verle las piernas y la torturaban psicológicamente. Que Indio, Chaco, Roberto, Carlitos, Rolando y Hormiga, eran los guardianes gendarmes que tenían una tonada Chaqueña o de Misiones. En éste lugar estaba también Hoyos, Iniguez, Chaparro y Brizuela, aunque a este último no lo escuchó hablar porque estaba en el otro extremo de lugar. Escuchó a Gloria hablar de la panzona, que había tenido un varón en el Arsenal. Frente suyo estaba una chica delgada y alta a la que Gloria nombraba como "Piturra".-

En Arsenal no fue interrogada, permaneció allí un tiempo aunque no sabe bien cuánto, salió en agosto o septiembre. Fue sacada del Arsenal una noche y la dejaron en un lugar que tenía césped y del que se veía un puente arriba, en ese momento, se sacó la venda y aparecieron unos policías que la llevaron a una comisaría y al mediodía del día siguiente la llevaron a Villa Urquiza donde estuvo del 18 o 19 de septiembre hasta octubre, cuando la llevaron a Villa Devoto. Su familia supo que estaba en Villa Urquiza pero no pudo visitarla. Desde septiembre del 76 a julio del 79 estuvo en Villa Devoto. Le hicieron firmar lo que supuestamente había declarado en la escuela en la que estuvo en primer lugar, pero no tuvo proceso judicial, quedó a disposición del poder ejecutivo.-

Aclara que fue torturada todo el tiempo en su primer lugar de detención con picana y en Arsenal psicológicamente y levantándole la pollera, dándole una prenda transparente para que se vista y dándole un calzoncillo donde se habían masturbado para que lo lave. Para ir al baño la llevaban al monte, no al baño. Por la noche se oían muchos tiros.-

Ha quedado acreditado en ésta audiencia, con la prueba producida que Alfredo Coronel, B. H. y Ercilia Carabajal, fueron secuestrados el mismo día y fueron trasladados al centro clandestino de detención "Reformatorio", donde fueron identificados por Gloria del Valle Iñíguez y Ramón Brizuela, Coronel fue también identificado allí por Osvaldo Humberto Pérez. Luego, los tres fueron trasladados al centro clandestino de detención que funcionaba en el Arsenal Miguel de Azcuénaga, donde fueron sometidos a torturas e interrogatorios. Allí fueron vistos por Santos Aurelio Chaparro, Gloria Iñiguez, Ramón Brizuela. Además Alfredo Antonio Coronel fue visto e identificado por Osvaldo Humberto Pérez y por Susana Leoni Auad (todos testigos de ésta audiencia).-

B. H. y Ercilia Carabajal fueron trasladadas de Arsenales a la cárcel de Villa Urquiza. Fueron liberadas luego de tres años de permanecer privadas de su libertad, habiendo sido trasladadas luego del penal de Villa Urquiza a diversas unidades penitenciarias de la provincia de Buenos Aires.-

Alfredo Antonio Coronel fue visto por última vez en el Arsenal en los primeros meses de 1977. Al día de hoy permanece desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a María Margarita Laskowski (caso 30) y Ángel Adolfo Méndez Brander (caso 31). Causa: "Autores desconocidos s/ privación ilegítima de la libertad de Ángel Adolfo Méndez Brander" Expte. n° 732/07.-

María Margarita Laskowski Estaba casada con Ángel Adolfo Méndez Brander.-

Ángel Adolfo Méndez Brander a la fecha de los hechos tenía veintisiete años, se domiciliaba en calle Júpiter s/n, Yerba Buena, Tucumán y era estudiante universitario en la UNT.-

Se probó en la audiencia a través del testimonio de María Margarita Laskowski, que el día 22 de junio de 1976 fue secuestrada, junto a su compañero, Adolfo Méndez Brander. Describió que se despertó con una persona apuntándole en la cabeza, y los obligaron a salir y subirse a un auto. Indicó que eran varias personas. Luego de hacer un recorrido, cerca del Parque 9 de Julio, los bajaron, les vendaron los ojos y los hicieron subir por una escalerita. Que luego de esto la separaron de su esposo y la tuvieron parada en un salón durante mucho tiempo y luego la pasaron a otro lugar donde había mucha gente tirada. Especificó que fue interrogada pero no golpeada y que los cuidadores eran gendarmes con tonada litoraleña. Luego describió que pudo ver en ese lugar a su esposo y a Osvaldo Pérez. Que en un momento le pusieron un número, le sacaron la venda y vio un flash como si le sacaran una foto. Indicó que luego supo que este lugar era el Reformatorio y que escuchó gritos de tortura. Continuó describiendo que una noche la levantaron y trasladaron, en un ómnibus, vendada, hasta un lugar que tenía olor a revoque recién hecho y que tenía tabiques de madera como si fuera una caballeriza. Aquí también le dieron un número, estuvo al lado de una mujer que estaba embarazada y escuchó la voz de Adolfo, y también de Osvaldo Pérez. Indicó que los gendarmes que estaban aquí tenían, al principio tonada cordobesa, y luego de nuevo del litoral. Continuó relatando que fue nuevamente interrogada y que este lugar era "el Arsenal". Luego agregó que la noche del 27 de julio, con la señora embarazada, las subieron a un auto y las liberaron. Contó que en el camino les iban diciendo que no denuncien lo ocurrido porque sabían dónde vivían. Dijo que unos días después de que recuperó su libertad, fueron a la casa de sus padres dos gendarmes, a los que los reconoció del Arsenal por la tonada, quienes le entregaron una carta escrita por su marido, en la cual pedía comida, ropa y dinero. Indicó que por este hecho pensó que también iban a liberarlo a Adolfo, pero eso nunca ocurrió. Culminó diciendo que la dictadura le destruyó la vida.-

Quedó acreditado también que Margarita Laskowski y Ángel Adolfo Méndez fueron detenidos desde su domicilio y estuvieron, en un primer momento, en el Centro Clandestino de Detención del Reformatorio y luego en el Arsenal Miguel de Azcuénaga por la propia declaración de Margarita Laskowski. Además, dio cuenta del alojamiento de ambos en estos centros y la muerte de Méndez, Osvaldo Pérez, quien dijo al Tribunal que con "Juanca" fueron a marcar el domicilio del matrimonio Méndez -Laskowski, a quienes conocía desde el año 1973. Agregó fueron llevados al Reformatorio y luego a "Arsenales". Específicamente, sobre Méndez, indicó que supo que lo torturaron mucho porque era muy fuerte, por lo que lo apodaron "el Yeti". Que se habían encarnizado con él porque era hijo de un Coronel del Ejército y que supo que lo mataron entre octubre y diciembre en el Arsenal.-

Además fue incorporado como prueba documental la denuncia y Habeas Corpus por Inés Gertrudis Brander de Méndez, obrante de fs. 12 del cuerpo 323.-

Hasta el día de hoy Ángel Adolfo Méndez se encuentra desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a María Trinidad Iramain (caso 32). Causa: "Rodríguez de Vitali Elva Yolanda s/su denuncia por secuestro y desaparición de María Trinidad Iramain" Expte. n° 654/06.-

María Trinidad Iramain, a la fecha de los hechos tenía treinta y seis años de edad, se domiciliaba en calle Rondeau 178, de San Miguel de Tucumán, era licenciada en Artes y trabajaba en la Dirección de Turismo de la provincia. Estaba casada y tenía dos hijos.-

El 24 de julio de 1976, un grupo de personas armadas que se identificaron como de la policía, ingresó después de la medianoche al domicilio sito en calle Rondeau n° 178 de esta ciudad en momentos en que María Trinidad Iramain dormía con sus dos hijos (de 2 y 3 años) y su esposo Raúl Fernando Campero, llevándola secuestrada. Conforme el relato en la audiencia del testigo José Alberto Vitale, esposo de la víctima, su prima le relató que cuando ingresaron al domicilio, que compartían con sus padres y donde vivía también una tía y una prima, dijeron "somos de la policía, vamos a abrir la puerta por la fuerza si no la abren. El testigo refirió que al ingresar al dormitorio donde se encontraban durmiendo con los niños derribaron la puerta y lo tomaron de los pelos y lo tiraron al piso, los niños continuaban en la cama. Una de las personas que tenía el rostro con gafas grandes se dirigió a su esposa y le dijo que se vistiera porque iba a ir a un lugar muy frío. Entre las personas que ingresaron al domicilio había jóvenes con armas. Al testigo lo ataron a la cama con uno de los pañales de sus hijos y lo dejaron ahí mientras se llevaban a Trinidad Iramain, previamente desparramaron los libros de la biblioteca y se llevaron un libro sobre la revolución francesa. Abona la existencia del secuestro de Trinidad Iramain el testimonio de Raúl Fernando Campero quien era vecino de la víctima quien relató que cuando llegó a su domicilio en la madrugada, cuando iba a dejar su auto se acercó una persona de alta estatura que estaba encapuchada y le dijo "mándese a mudar", el testigo llegó hasta calle Las Heras. A los quince minutos tres autos salieron contramano. Al volver a su casa el testigo Campero se enteró que se la habían llevado a Trinidad Iramain, cuando entró al domicilio de la víctima para verlo a Pepe Vitale encontró todo revuelto, los niños lloraban y VItale tenía un fuerte golpe en la espalda.-

El testigo Osvaldo Pérez vio a la víctima en el centro clandestino El Reformatorio y relató que luego fue trasladada al Arsenal. Numerosos testigos relataron que vieron a María Trinidad Iramain en el CCD que funcionaba en el Arsenal Miguel de Azcuénaga. Allí fue torturada. Al haber permanecido mucho tiempo en el CCD los guardias le permitieron andar sin vendas en los ojos, siendo obligada a colaborar en las tareas de reparto de alimentos y limpieza de los baños. El testigo Humberto Pérez dijo en la audiencia que a la víctima le decían "la flaca Trini" y que estuvo detenida previamente en El Reformatorio y después la trasladaron al Arsenal. Las detenidas Nora Cajal y Celia Georgina Medina relataron también en la audiencia que vieron a Trinidad Iramain en el Centro Clandestino Arsenales, Medina tuvo oportunidad de hablar con ella en el baño. María Cristina Rodríguez Román de Fiad vio a la víctima en Arsenales quien clamaba por ver a sus hijos. Román de Fiad relató en la audiencia que un día por la mañana formaron a todas las personas que estaban secuestradas en el Arsenal y comenzaron a separar gente de la fila y los subían a un Unimog; en esta oportunidad, Trinidad Iramain fue sacada de la fila en lugar de María Cristina Rodríguez Román de Fiad y subida al camión; éste anduvo un corto tiempo y luego se escuchó que frenaba y más tarde sintieron el ruido de ametralladoras. Rodríguez Román de Fiad preguntó a uno de los gendarmes qué es lo que había ocurrido y éste le dijo que un grupo de subversivos habían querido tomar el Unimog. En el episodio del camión iba Trinidad Iramain.-

A la fecha María Trinidad Iramain se encuentra desaparecida.-

Hechos que perjudicaron a René Manuel Quinteros (caso 33). Causa: "Quinteros René Manuel s/denuncia por privación ilegítima de la libertad, torturas y otros delitos" Expte. n° 309/06 y sus Actuaciones Complementarias.-

Ha quedado acreditado en ésta audiencia con certeza suficiente que René Manuel Quinteros, quien se encuentra actualmente fallecido, fue secuestrado de su domicilio, sito en Caspinchango, Monteros, por personal del Ejército, el día 31 de julio de 1976. Le ataron las manos con cables y le vendaron sus ojos, siendo trasladado en un primer momento al centro clandestino que funcionaba en el ex Ingenio Nueva Baviera, donde fue brutalmente interrogado y torturado con picana eléctrica entre otras cosas. Allí escuchó que había mucha gente detenida. Lo introdujeron en un salón en el que había mesadas largas como de mármol, las paredes eran azulejadas de color blanco. Desde ahí escuchaba la campana de una escuela. En ese lugar compartió cautiverio con Ramón Soberón y Julio Guillermo Suárez.-

Posteriormente, fue trasladado, prácticamente inconsciente, en un camión al Arsenal Miguel de Azcuénaga, donde fue alojado en una celda individual con ladrillos de canto. Allí también fue torturado y compartió cautiverio nuevamente con Ramón Soberón, Guillermo Suárez y Enrique Godoy. Recordó que los captores en el arsenal tenían tonada litoraleña. Fue liberado después del 15 de Septiembre de 1976, sin poder precisar la fecha exacta, cerca del dique El Cadillal. Todo lo considerado conforme sus declaraciones obrantes a fs. 49/50 y 55/56 oralizadas en audiencia por encontrarse fallecido.-

En audiencia declaró el testigo Julio Guillermo Suárez quien dijo que la segunda vez que lo detuvieron, el 20 de julio del 76 lo llevaron a Nueva Baviera donde estuvo 2 días y después fue trasladado al Arsenal. Estuvo detenido con Quinteros y Soberón. Fueron liberados los tres juntos. A Quinteros lo dejaron en el Cadillal, a él lo liberaron en los Vallistos.-

En Arsenales también fue visto y reconocido por Ramón Castellano y por María Candelaria Moyano (testigos en ésta audiencia).-

Hechos que perjudicaron a D. E. F. (caso 34). Causa: Principal, Expte. 443/84.-

D. E. F., a la fecha de los hechos tenía veintidós años, era maestra y estudiante de Arquitectura en la UNT y militaba en el Frente de Agrupaciones Universitarias de Izquierda.-

Quedó acreditado en la audiencia que día 6 de agosto de 1976, la víctima salió de su casa con una amiga camino al Banco a cobrar un cheque, se separó de su amiga en calle 9 de julio y 24 de septiembre y cruzó la Plaza Independencia, ingresó al banco y al salir fue interceptada por tres sujetos que se identificaron como policías, quienes la introdujeron por la fuerza en la parte trasera de un automóvil Ford Falcon. Fue llevada a la Brigada de investigaciones, luego a Jefatura de Policía, de ahí la trasladaron a Arsenales Miguel de Azcuénaga y finalmente a Villa Urquiza. La constatación de estos lugares en los que estuvo detenida surge acabadamente de las descripciones que realiza la víctima sobre los lugares, relato que es coincidente con los testimonios de otras víctimas que declararon en la audiencia respecto del lugar en el que estuvieron (poner víctimas). Refiere que cuando la secuestraron la llevaron a la central de investigaciones, Brigada de policía de la Provincia de Tucumán, frente al teatro, la pusieron en una habitación y la dejaron sola, cree que permaneció en ese lugar y en esa situación, una hora, una hora y media hasta que ingresó una persona de civil y la hizo entrar en una habitación contigua y un hombre le dijo que estaba detenida y le vendaron los ojos y la subieron a un automóvil para conducirla a la Jefatura de Policía. Al llegar a este centro clandestino le dijeron "vos sos la zurdita, hija de Fabio", la golpearon con un arma en los riñones y se desmayó. Cuando recuperó el conocimiento la llevaron a los calabozos y escuchó gritos de dolor, voces de hombres y mujeres quienes pedían que los condujesen al baño, ruidos como de un jardín de infantes con maestras, pudiendo oír también a guardias que les gritaban.-

Al día siguiente la subieron a un auto, en el piso del mismo y tapada con una colcha y la llevaron al Arsenal Miguel de Azcuénaga y la entregaron a dos sujetos que la llevaron a un galpón. Quedó acreditado fehacientemente que estuvo en este centro clandestino de detención porque la víctima dio cuenta de las dimensiones del mismo y de la disposición de los sectores, precisó que el galpón era profundo y no tan ancho y tenía como caballerizas de un lado y del otro y una parecita como tabiques dividiendo, posteriormente la sacaron del salón y la llevaron a una habitación y la empezaron a interrogar. Fue sometida a torturas y a violencia sexual, la obligaron a desnudarse y a que se colocara boca arriba como en un elástico metálico y le ataron las muñecas y los pies a la cama y comenzaron a aplicarle la picana eléctrica en todo el cuerpo. En la habitación había alrededor de seis hombres. Los interrogatorios consistían en preguntas sobre hechos que eran ciertos tales como asistencia a asambleas, reuniones estudiantiles, le leían listadas de personas. A raíz de la sesión de tortura con la picana eléctrica D. E. F. pidió a los torturadores que le dieran agua, le tiraron agua en la boca y el dolor fue peor y se arqueba en la cama elástica Durante su permanencia en el centro clandestino fue torturada al menos dos veces por día, lo que ocurría también con el resto de los detenidos. Se probó en la audiencia que los detenidos en el centro clandestino Arsenales Miguel de Azcuénaga eran sometidos a distintos tormentos, la víctima relató que para ir al baño los llevaban en trencito, tomados de una soga y la custodia entraba al baño con las personas, nunca estaban solas para hacer sus necesidades fisiológicas. Relató la víctima que la venda era su resguardo que le permitía pensar que podía salir con vida porque no había visto a ninguno de sus captores, sus interrogadores o guardias, pero en una oportunidad después de que la picanearon de forma brutal, perdió el control de efínteres y uno de los guardias la llevo al baño a la letrina para higienizarse con un tacho de agua y le sacó la venda, a esta persona la llamaban "El Indio". La víctima para higienizarse tuvo que desnudarse y esta persona le dio una bombacha y le dijo "la dueña ya no la necesita, está muerta" y le dijo también que iba a salir si podía hacer algo por ella, ella le pidió que llamara a su casa y pregunte por su hijita Natalia. Relató un suceso de intento de violación cuando uno de los guardias se le tiró encima y la empezó a manosear y se escandalizaban porque ella no usaba corpiño, le taparon la boca y le dijeron que no gritara, este guardia estuvo un rato encima de ella y después salió. D. E. F. sufrió también tortura psicológica, porque mientras la interrogaban le decían que la tenían a su hija y a quien era su marido en esos momentos. Un día la pusieron bajo el sol y el "Indio" le dijo que la iban a liberar y la tuvieron un día sin torturarla con la picana y esta misma persona apodada "Indio" le dijo que estaba el general y la llevaron a la habitación de torturas y la desnudaron y la hicieron girar varias veces logrando ver unas botas lustrosas, y una persona que la observaba que cree que era Bussi. En Arsenales tomó contacto con Ángel Manfredi y Ana María Sosa relatándole ésta última que ambos habían sido secuestrados en La Colonia del Ingenio Concepción y habían pasado por la Jefatura de Policía antes de ser llevados al Arsenal.-

Posteriormente fue trasladada al penal de Villa Urquiza y conducida a una celda donde pudo hablar con otra detenida que estaba en la celda contigua en la misma condición, de apellido Paz. Posteriormente tuvo oportunidad de hablar con el director de Institutos Penales de apellido Hidalgo y fue revisada por un médico. Finalmente la llevaron al despacho de un militar que la obligó a firmar una declaración en la que decía que había participado de la guerrilla urbana y después la llevaron al despacho de Hidalgo, donde estaba esperándola su padre, para ser liberada.-

D. E. F. fue sometida a un verdadero suplicio como todas las personas que fueron secuestradas durante el golpe de estado del año 1976. Su calvario comenzó en la Brigada de investigaciones, luego fue trasladada a Jefatura de policía, al Arsenal Miguel de Azcuénaga y luego al Penal de Villa Urquiza. Durante su estadía en los centros clandestinos de detención fue sometida a tortura tanto física como psicológica y fue víctima de violencia sexual.-

Hechos que perjudicaron a Ana María Sosa de Reynaga (Caso 35) y Ángel Vicente Manfredi (Caso 36). Causa: "Bussi, Menéndez y otros s/privación ilegítima de la libertad, homicidio agravado y otros delitos e.p. de Ana María Sosa de Reynaga y de Ángel Vicente Manfredi" Expte. n° 1.123/5 acumulado Expte. n° 1.124/5.-

Ana María Sosa de Reynaga, a la fecha de los hechos tenía treinta años, se domiciliaba en calle Italia n° 2.920 de San Miguel de Tucumán, era profesora en ciencias de la educación y trabajaba en la Escuela Normal Juan B. Alberdi de Tucumán. Militaba en el Partido Comunista. Estaba casada con el Dr. Carlos Alberto Reynaga, médico, y tenía tres hijos.-

Ángel Vicente Manfredi, a la fecha de los hechos tenía treinta y cuatro años se domiciliaba en calle Evaristo Carriego n° 1.050 (B° Sarmiento) de San Miguel de Tucumán, era técnico ferroviario de los talleres de Tafí Viejo y estudiaba en la Facultad de Filosofía y Letras de la UNT. Militaba en el Partido Comunista.-

Quedó acreditado que el día 8 de agosto de 1976 Ana María Sosa de Reynaga y Ángel Vicente Manfredi se encontraban en el Ingenio Concepción festejando con gente del lugar el día del niño y llegó una camioneta del ingenio con militares y los secuestraron.-

Fueron llevados a Jefatura de Policía donde permanecieron detenidos, para ser luego trasladados al centro clandestino de detención que funcionaba en el Arsenal Miguel de Azcuénaga. Quedó probado fehacientemente que Ana María Sosa de Reynaga estuvo detenida en el Arsenal porque la víctima Diana Fabio pudo hablar con ella durante su detención, intercambiaron algunas palabras, Ana María se identificó y le pidió a Fabio que cuidara de sus hijos. Reafirma el hecho de que Sosa de Reynaga estuvo secuestrada en el Arsenal la circunstancia de que la testigo Nora Alicia del Valle Cajal relató que durante su cautiverio vio a una mujer a la que le faltaban dos pechos y al momento del secuestro de Sosa a la víctima le faltaban los dos pechos. Asimismo la testigo María Cristina Román de Fiad relató en la audiencia que pudo hablar con la víctima Sosa de Reynaga durante su cautiverio en el Arsenal Miguel de Azcuénaga, que era una mujer muy bondadosa y que la habían golpeado no obstante estar operada por un cáncer que padecía. Los testigos Carlos Alberto Reynaga, esposo al momento de los hechos de Ana María Sosa, y Diego Andrés Reynaga (hijo de Sosa) relataron las circunstancias en las que tomaron conocimiento del secuestro de la víctima y los trámites que hicieron para dar con su paradero.-

Respecto a Angel Vicente Manfredi, las testigos Nora Cajal, María Cristina Rodríguez Román de Fiad, declararon que compartieron cautiverio en el Arsenal Miguel de Azcuénaga con la víctima y que había sido secuestrado con Ana María Sosa de Reynaga. Asimismo su esposa Lola del Valle Farhat de Manfredi relató que su esposo era trabajador ferroviario y las circunstancias en las que tuvo conocimiento del secuestro de su esposo el día 8 de agosto en el ingenio Concepción, fecha en la que también allanaron su casa cerca de las 20:00 horas mientras la testigo se encontraba con sus hijos y le preguntaron por su marido. Días antes del secuestro de Manfredi habían allanado los casilleros de los talleres de Tafí Viejo.-

Al día de hoy Ana María Sosa de Reynaga y Angel Vicente Manfredi continúan desaparecidos.-

Hechos que perjudicaron a Juan de Dios Gómez (caso 37). Causa: "Batallán María Angélica s/su denuncia por secuestro y desaparición de Juan De Dios Gómez" Expte. n° 566/07.-

Al declarar en la audiencia María Angélica Batallán, madre de Juan de Dios Gómez, dijo que su hijo a la fecha de los hechos tenía 20 años de edad, se domiciliaba en la localidad de Santa Lucía, Departamento Monteros y trabajaba en una despensa perteneciente a un Ingeniero del Ingenio Santa Lucía. Se encargaba de llevar a los caballos para hacerlos pastar. El 10 de agosto de 1976, alrededor de las 18 horas fue secuestrado de su lugar de trabajo, lo sacaron de la despensa. Al día siguiente unos vecinos le dijeron a la deponente que se habían llevado a su hijo. No supo si en el secuestro las personas intervinientes estaban uniformadas o vestían de civil. Señaló asimismo que junto con la suegra lo buscaron sin éxito, que fueron a preguntar a la Base Militar de Santa Lucía, pero que allí no les dijeron nada, y que realizaron otras gestiones, pero que no pudieron dar con su paradero.-

Luego de ser secuestrado, Juan de Dios Gómez en algún momento fue conducido al Arsenal, último lugar en el que fue visto con vida. En este sentido, Enrique Godoy, actualmente fallecido, en su declaración oralizada en la audiencia de fs. 135/136 del cuerpo 206 lo vio en ese centro clandestino de detención. Esta persona, que a la fecha de los hechos conocía a la víctima puesto que ambos procedían de Santa Lucía, fue secuestrada pocos días después que Juan de Dios Gómez, el 15 de agosto de 1976. Permaneció en el Arsenal casi tres meses, adonde llegó el día siguiente al de su secuestro. Transcurrido alrededor de un mes de su cautiverio, fue interrogado respecto de personas de Santa Lucía que también se encontraban allí, tales como René y Juan Orozco; mientras eso sucedía es que dijo que reconoció a través de las vendas a dos personas que actualmente se encuentran desaparecidas, Bernardino Martín y Juan de Dios Gómez; y respecto de este último agregó que sabe que en una oportunidad los militares lo colgaron de los testículos y que quedó en muy mal estado.-

Hechos que perjudicaron a Enrique Godoy (Caso 38). Causa: "Godoy Enrique s/denuncia por privación ilegítima de la libertad y otros delitos" Expte. n° 1.553/05 y sus Actuaciones Complementarias.-

Enrique Godoy, quien a la fecha de los hechos tenía cuarenta y siete años, trabajaba como obrero en el Ingenio Santa Lucía y se domiciliaba en Santa Lucía, Departamento Monteros de la provincia de Tucumán, el 15 de agosto de 1976 fue secuestrado de su domicilio. Ese día, aproximadamente a las 4 de la mañana, un grupo de 6 o 7 personas vestidas con ropas del Ejército color verde oliva, portando armas cortas y largas, irrumpió con violencia en la vivienda en la que se encontraba. En la casa, además de la víctima, se encontraban su esposa Teresa del Carmen Marcial y sus hijos Juan Antonio, Rubén Enrique, Roberto y Marcela Beatriz. Los invasores preguntaron por "el flaco Godoy" y, luego de que Enrique Godoy dijo que era él, fue envuelto en una colcha nueva que había en el lugar, fue retirado de la morada y fue arrojado en el piso de una camioneta. En ese vehículo fue trasladado a la Base Militar que funcionaba en el ex Ingenio Santa Lucía, donde permaneció unas horas. Luego fue nuevamente subido a un vehículo y después de varias horas de trayecto, mientras permanecía con las manos atadas y los ojos vendados, fue depositado en el centro clandestino de detención que funcionaba en el Arsenal Miguel de Azcuénaga. Allí le asignaron el número 75 y fue introducido lo metieron en un box de aproximadamente un metro por un metro y medio. En ese lugar fue sometido a torturas, siendo interrogado por la muerte de Viola y de su hija, hecho desconocido para él, y por gente de Santa Lucía, particularmente por René Orozco y Juan Orozco. Compartió cautiverio con Bernardino Martínez y Juan de Dios Gómez, a quienes pudo reconocer en el lugar. Jefe del área en ese centro clandestino dijo que supo que era un tal teniente primero Valdivieso. Respecto a la causa de su secuestro indicó que el mismo se originó en un problema con el Teniente Corregidor, persona con la que había tenido un problema personal con anterioridad a su secuestro y quien lo había amenazado al deponente con "hacerlo llevar" y "hacerlo perder su trabajo", lo que sucedió con posterioridad. Fue liberado a principios de noviembre de 1976, luego de haber permanecido secuestrado dos meses y veinte días. Lo subieron a una camioneta y lo dejaron en el campo, en Monteros (Declaración oralizada en el debate del actualmente fallecido Enrique Godoy obrante a fs. 2/3 del cuerpo 216).-

Al declarar en el debate los hijos de la víctima Juan Antonio y Oscar Orlando Godoy, luego de narrar circunstancias vinculadas con el secuestro de su padre en términos semejantes a los explicitados supra, explicaron que las averiguaciones que hizo la familia para hallarlo no tuvieron éxito. Al respecto Juan Antonio Godoy precisó que trataron de averiguar lo sucedido en la Comisaría porque hacerlo en la Base Militar era inconcebible. A su vez, sobre esto último, ambos deponentes hicieron referencia a que al momento del secuestro de Enrique Godoy y desde que se había instalado la Base Militar en Santa Lucía, el Ejército tenía rodeado al pueblo, que sus habitantes debían portar una credencial para entrar y salir del pueblo, que los militares permanentemente requisaban casas y se llevaban personas.-

Ramón Castellano, pelador de caña de Santa Lucía, al declarar en el debate dijo que mientras estuvo secuestrado en el Arsenal compartió cautiverio con, entre otros, René Quinteros, los hermanos Orozco y Godoy. Otra persona de Santa Lucía que también pelaba caña, Juan Maximiliano Orozco, quien fue secuestrado el 27 de septiembre del 76 y fue trasladado al Arsenal, dijo que en ese lugar, en el que había muchas personas, compartió cautiverio con Enrique Godoy, aunque no pudo hablar con él.-

Hechos que perjudicaron a Félix Viterbo Corbalán (caso 39). Causa: "Corbalán Félix Viterbo s/privación ilegítima de la libertad" Expte. n° 1.180/5.-

Félix Viterbo Corbalán a la fecha de los hechos tenía 34 años. Su esposa Magdalena Rufina Díaz al declarar en la audiencia dijo que junto a su marido desde que se habían casado vivían en El Colmenar. Explicó que su marido trabajaba en los talleres de Tafí Viejo, donde también había actuado como dirigente gremial, pero que con la llegada de la Junta Militar lo habían dejado cesante. Posteriormente su esposo había instalado una ferretería en calle Monteagudo 2800 de la ciudad de San Miguel de Tucumán. De ese negocio fue secuestrado el 24 de agosto de 1976 alrededor de las 20 horas. Unos meses antes, habían puesto una bomba en su negocio, durante la noche.-

Al momento de su secuestro la víctima se encontraba en la ferretería junto a Héctor Ángel Lobo, quien al declarar en el debate dijo que se conocía con la víctima porque eran vecinos y amigos, que iba todas las tardes a la ferretería y que el día del hecho estaba allí, del lado de adentro del mostrador. Llegó una camioneta de la que se bajó una persona vestida de civil con una ametralladora y dos o tres uniformados, también con ametralladoras. Les ordenaron al deponente y a un cliente que se encontraba en el lugar que se pusieran contra la pared, pero el primero hizo como que no escuchaba y quedó sentado. A la víctima le ordenaron que se identifique y procedieron a sacarlo del negocio y a meterlo en la camioneta. El declarante permaneció en la ferretería y el sujeto que estaba de civil le dijo que se quedara cuidando el negocio. Cerró y fue a avisar la noticia a los padres de Corbalán.-

Asimismo en la audiencia la esposa de Félix Viterbo Corbalán señaló que presenció el secuestro porque antes del hecho había llegado al negocio, antes de entrar había visto una camioneta blanca doble cabina estacionada sin chapa patente. Retiró dinero de la ferretería se fue a la carnicería, y cuando estaba regresando pudo ver como sacaban a su marido del negocio.-

Las gestiones realizadas por los familiares de la víctima para hallarla no tuvieron éxito. Su esposa al día siguiente del secuestro Magdalena Díaz se presentó en la Comisaría a fin de radicar una denuncia, la que finalmente fue presentada por Juan Carlos Corbalán, padre de la víctima. También el padre de Magdalena Rufina Díaz, Carlos Eusebio Díaz, presentó habeas corpus.-

Félix Viterbo Corbalán estuvo secuestrado en el Arsenal. Sobre su permanencia en ese centro clandestino de detención dan cuenta el testimonio durante el debate de Antonio Raúl Romero y las declaraciones oralizadas en la audiencia de los actualmente fallecidos María Angélica Mazzamuto (fs. 1858 del cuerpo 306) y Alberto Augier (fs. 3/7 del cuerpo 186). Antonio Raúl Romero explicó que el Dr. Augier le dijo que se encontraba detenido junto a ellos un compañero suyo que pertenecía a la comisión de El Colmenar, Félix Corbalán que estaba hacía como siete meses allí. Cuando pudo conversar con él, recordó que la víctima le dijo "Romero quédate tranquilo porque nosotros somos buenos y tenemos que rezar mucho para que cambiemos todo esto". El deponente supuso que a Félix Viterbo Corbalán ya le habían alterado la cabeza, ello porque lo conocía mucho y sabía que no era religioso, que hablaba con un lenguaje que no era propio de él, que parecía como si estuviera con un delirio místico. Al declarar María Angélica Mazzamuto en su testimonio oralizado señaló "...Félix Viterbo Corbalán tenía una especie de delirio místico, invocaba a Dios, a la Virgen, a pesar de ser ateo, y juraba que al salir se iba a dedicar solamente a su familia, había sido militante del PCR, y actuado gremialmente en los talleres de Tafí Viejo. Yo lo conocía porque integrábamos juntos la comisión directiva del Centro Vecinal de El Colmenar.". En su declaración oralizada Alberto Augier recordó a la víctima como un compañero de desdichas en el Arsenal. Precisó que ocupaba la celda 56, la contigua a la suya. Explicó que se trataba de un hombre joven, que se encontraba ya hacía 7 meses en ese centro clandestino cuando él había llegado.-

A la fecha la víctima continúa desaparecida.-

Hechos que perjudicaron a Rodolfo Hugo Lerner (caso 40). Causa: "Lerner Rodolfo Hugo s/su privación ilegítima de la libertad y otros delitos" Expte. n° 1.449/06.-

Rodolfo Hugo Lerner, oriundo de la localidad de Ledesma, provincia de Jujuy, quien a la fecha de los hechos tenía veintiseis años y era estudiante de bioquímica y miembro del cuerpo de delegados de la Facultad de Bioquímica, Química y Farmacia de la Universidad Nacional de Tucumán, fue secuestrado en septiembre de 1976 y permaneció cautivo en el centro clandestino de detención Arsenal.-

Al declarar en audiencia María Cristina Rodríguez Román de Fiad, testigo que vio a la víctima en el Arsenal, explicó que supo que Rodolfo Hugo Lerner había sido secuestrado en la provincia de Salta, en la frontera con Bolivia. Asimismo, precisó que la víctima estaba muy golpeada. En sentido semejante se pronunció en la audiencia Nora Alicia del Valle Cajal, quien dijo que vio a Rodolfo Hugo Lerner en el Arsenal, precisando que se decía que lo habían encontrado en la frontera, y recordando que llegó un día hecho un toro y que tres días después era un despojo humano.-

También al testimoniar durante el debate Osvaldo Humberto Pérez dijo que vio a Rodolfo Hugo Lerner en el Arsenal. Respecto de su secuestro señaló que la víctima había logrado salir del país junto a Luna, Sica y otros compañeros más, con la asistencia del Dr. Pisarello, porque en parte del año 1975 todavía existía la opción de salir del país, pero que luego esa posibilidad desaparece, Lerner regresó de manera clandestina, lo capturaron y lo llevaron al Arsenal. Sobre el estado de la víctima durante su cautiverio en el centro clandestino, el deponente señaló que el grado de maltrato era tan profundo que, a pesar de haber sido muy amigo suyo, no lo reconoció por los golpes y por lo hinchado que estaba. Aclaró que pudo verlo porque lo habían llevado para que él lo reconociera. Es en el marco de esa referencia que relató una sesión de tortura a la que fue sometida la víctima, a la que recordó por su novedad y atrocidad. Al respecto precisó que a Rodolfo Hugo Lerner le introdujeron en su cuerpo una sonda nasogástrica y, a través de ella, le introdujeron agua en el estómago que procedía de un bidón, hasta que quedó completamente hinchado y dolorido.-

Al declarar en la audiencia de causa "Jefatura", cuyo audio se reprodujo en el presente debate, Juan Martín Martín recordó que en algunas oportunidades fue trasladado junto a otros secuestrados a sitios en los que eran exhibidos frente a jerarcas militares como trofeos de la lucha antisubversiva. Es en una de esas oportunidades -hacia fines de 1976- que fue llevado al centro clandestino de Nueva Baviera y exhibido como en una vidriera ante toda la plana mayor del Tercer Cuerpo junto a la víctima, a la que individualizó como Rodolfo Lerner, un muchacho al que conocía de bioquímica que había sido detenido, liberado y vuelto a capturar.-

Durante su declaración en audiencia Leoni Susana Auad también dijo que vio a la víctima en Arsenal.-

De la declaración oralizada durante el debate de Andrés Héctor Lorenzo Lerma que corre a fs. 157/158 del cuerpo 235 surge que el deponente compartió cautiverio con Rodolfo Hugo Lerner, en cuanto refiere que encontrándose secuestrado en el Arsenal en una oportunidad lo sacaron afuera, le quitaron las vendas de sus ojos y pudo ver al "Pibe" Lerner, compañero suyo de la facultad, sentado en el piso. Precisó que lo vio un instante y que se dijeron dos palabras, y que le llamó la atención su pierna, la cual tenía una herida muy fea.-

A la fecha la víctima continúa desaparecida.-

Hechos que perjudicaron a José Horacio Díaz Saravia (caso 41) y M. T. G. (caso 42). Expte. 1.955/01.-

José Horacio Díaz Saravia, a la fecha de los hechos tenía veintisiete años de edad, se domiciliaba en Pje. Polonia n° 53 de San Miguel de Tucumán, era estudiante de arquitectura y trabajaba como empleado no docente de la biblioteca de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la UNT. Estaba casado con M.T.G.-

M.T. G., a la fecha de los hechos tenía veinticinco años de edad, era estudiante de arquitectura en la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la UNT y trabajaba en Construcciones Escolares. Estaba casada con José Horacio Díaz Saravia.-

Conforme surge de las pruebas producidas durante la audiencia de debate, quedó acreditado que el día 4 de septiembre de 1976 se produjo el secuestro de José Horacio Díaz Saravia y M.T.G en el domicilio de Pasaje Polonia 53 de San Miguel de Tucumán conforme el testimonio de Amílcar Díaz Saravia, hijo de las víctimas. El testigo relató que el día del secuestro de sus padres, en horas de la noche, estaban durmiendo sus padres, su hermana y una señora que era la niñera, cuando ingresaron violentamente un grupo de personas que estaban armadas. En un ambiente de mucha violencia en la casa, entraba y salía gente, interrogaban a M.T.G. quien pedía que no le hicieran nada a sus hijos. Indicó que los hombres que ingresaron al domicilio golpearon a José Horacio Díaz Saravia y a M.T.G. y previo a secuestrarlos se llevaron objetos de valor y el sueldo de ambas víctimas.-

Asimismo, respalda el hecho del secuestro el testigo Eduardo Rafael Díaz Saravia, hermano de la víctima, quien relató en la audiencia que familiares de T. M. G. llegaron al domicilio de sus padres para avisarle que el hermano y su esposa habían sido secuestrados y que los hijos del matrimonio habían quedado con la niñera. La niñera es quien avisa a la familia sobre el secuestro.

José Horacio Díaz Saravia fue trasladado al centro clandestino de detención "El Reformatorio" y luego al Arsenal Miguel de Azcuénaga, conforme dijo Osvaldo Humberto Pérez, en la audiencia de debate. Y conforme expusiera el mismo testigo, M.T.G. fue trasladada al centro clandestino de detención que funcionaba en el Arsenal Miguel de Azcuénaga.-

Ambos fueron vistos en este lugar e identificados por otros detenidos clandestinos. La testigo María Cristina Román de Fiad, dio cuenta en la audiencia de debate del cautiverio en Arsenales del matrimonio víctima de este caso, y expuso que le contaron que habían sido secuestrados en su domicilio y sus hijos habían quedado solos.-

A su vez, Celia Georgina Medina, relató en la audiencia que había dos chicas que cuando no estaban los interrogadores se movían en el campo sin vendajes y ayudaban con la limpieza y la comida, una de ellas era M.T.G. Indicó que lo supo porque a la testigo una vez se le cayó la comida que la apoyaban en el tabique y la víctima logró identificarse le dijo que iba a salir, que contara a su familia.-

En igual sentido expuso en la audiencia Nora Alicia Cajal, quien relató que estando detenida ilegítimamente en el Arsenal, vio -cuando pudo correrse un poco la venda de los ojos- a José Díaz Saravia, quien estaba en su mismo recinto, mientras su esposa estaba en el otro. Describió que José estaba destruido y tenía esposas en los pies y manos. Asimismo, dijo que vio a M.T.G. en el baño, ya que allí podían sacarse las vendas. Agregó que una noche apagaron todas las luces, sintió mucho movimiento y tiros, y al otro día ya no estaba más José Díaz Saravia.-

Además, la testigo Susana Leoni Auad, relató al Tribunal que M.T.G. también realizaba tareas de servidumbre en el Arsenal. Agregó que la víctima le contó que había sido violada. Describió que un guardia le había preguntado a la víctima si quería ver a su marido, a lo que esta había contestado que sí, pero la guardia de esa noche, tres o cuatro hombres, la violaron delante de su marido.

Sus familiares realizaron gestiones para saber a dónde estaban detenidos.-

Al día de hoy ambos continúan desaparecidos.-

Hechos que perjudicaron a Germán Cantos (caso 43), Anabel Beatriz Cantos (caso 74) y Luis Cantos (caso 90). Causa: "Autores desconocidos s/ privación ilegítima de la libertad y otros delitos en perjuicio de Anabel Beatriz Cantos, Luis Cantos, Germán Cantos y Dardo Ezequiel Arias" Expte. n° 1.304/07.-

Germán Cantos, tenía veintiún años cuando fue secuestrado, y era oriundo de la provincia de Santiago del Estero. Hasta el mes de agosto de 1976, se encontraba residiendo en Buenos Aires donde estudiaba la carrera de Psicología y trabajaba.-

Anabel Beatriz Cantos de Caldera, era de la ciudad de Santiago del Estero, tenía veinte años, estudiaba en la Universidad Católica de Santiago del Estero la carrera de Ciencias de la Educación y Geografía. Casada con Hugo Miguel Caldera, quien desapareció en el año 1975.-

Luis Antonio Cantos, era oriundo de la ciudad de Santiago del Estero, tenía veintidós años cuando fue secuestrado, residía en Buenos Aires donde estudiaba Licenciatura en Economía en la Universidad de Buenos Aires y trabajaba en la Empresa Aluar.-

El hecho en relación a Germán Francisco Cantos ha quedado acreditado en la audiencia de debate por el testimonio de María de los Ángeles Petra Cantos, hermana de Germán, quien relató que a la fecha de los hechos su hermano estudiaba en Buenos Aires y fue convocado -a pesar de que por el sorteo no correspondía- para hacer el servicio militar, siendo incorporado al Batallón 141 de Santiago del Estero. Describió las visitas que le realizaba la familia, hasta que un día informaron que había salido de franco sin regresar. Relató los trámites que realizaron sus padres para dar con el paradero de su hermano, hasta ante el propio D'Amico y Correa Aldana. Además, agregó, luego fue secuestrada su prima Anabela en Santiago y luego su primo Luis en Buenos Aires.-

Indicó que en su casa se vivía una pesadilla porque no lograban ninguna respuesta, hasta que un cura llamado Sebastián les dijo que los tres estaban bien en Tucumán. Además, luego llegó una carta escrita por Germán, donde informaba que efectivamente se encontraban en esta provincia, intentaba tranquilizarlos pero solicitaba que no se "movieran" para buscarlos. Especificó que las cartas llegaron hasta diciembre del 77. Añadió estas cartas provenían de un remitente de Tafí Viejo, lugar al que se dirigió su padre y donde descubrió que se trataba del domicilio de un policía, pero no pudo dar en él.-

El testimonio ut supra mencionado es coincidente con el brindado por Juan Rafael Cantos, primo de Germán, quien expuso sobre la desaparición de la víctima desde el Batallón y detalló los trámites que hizo su tío, incluso ante organismos internacionales y la presentación de un habeas corpus. Indicó que todas las respuestas eran iguales: "nunca supieron nada". Asimismo, explicó sobre las cartas que recibían y la búsqueda de su tío en el domicilio del remitente.-

A su vez, otra prima de la víctima, Alicia María Cantos, relató sobre las detenciones que sufrieron los miembros de la familia y sobre Germán, describió también su desaparición mientras hacía el servicio militar, y las cartas que llegaban.-

Luego, testigos han corroborado la presencia de Germán Cantos en el CCD "Arsenales". En primer lugar, Juan Martín Martín, dijo recordar perfectamente a los jóvenes de Santiago del Estero, Anabel y Germán Cantos. Además, el testigo Osvaldo Humberto Pérez explicó que la víctima que se encontraba en el Arsenal y que era uno de los que se ocupaban de las tareas de limpieza y búsqueda de leña y agua.-

De igual modo declaró Susana Leoni Auad quien dijo que Germán se hallaba en este centro clandestino de detención y debía realizar tareas.-

Además, completa el cuadro probatorio la prueba documental, debidamente incorporada, sobre la exposición de Francisco Cantos en relación a la desaparición de su hijo del cuerpo 325 de autos (fs. 300/302). Así también comprende la prueba documental una carta, sobre la que hacen referencia los testigos, que fue aportada por María de los Ángeles Petra Cantos al momento de brindar su declaración testimonial, y debidamente incorporada.-

Hasta el día de la fecha, Germán Francisco Cantos permanece desaparecido.-

Ha quedado acreditado el hecho respecto de que Anabel Cantos, por el testimonio de su hermana Alicia María Cantos, quien expuso al Tribunal sobre la desaparición de Anabel. La testigo realizó un pormenorizado detalle de las diferentes mudanzas que tuvo su hermana y la desaparición del marido, motivo por el cual había regresado a la ciudad y casa familiar. Describió que la mañana del 19 de noviembre de 1976, "Danielito", el bebé de su hermana, estaba molesto por lo que decidió sacarlo a pasear en la ciudad de Santiago del Estero, pero nunca más volvió. Indicó que le avisaron a su padre que lo habían encontrado a su sobrino en la ciudad de Las Termas, desde donde lo retiraron. Explicó todas las denuncias que se realizaron para dar con su hermana y que supieron que había estado primero en un lugar llamado "Baviera" y luego en el Arsenal. Además, enunció a las demás desapariciones en la familia y las cartas que recibían.-

A su vez, la testigo María de los Ángeles Petra Cantos, expuso ante el Tribunal en igual sentido que su prima, las circunstancias de la desaparición de Anabel en la vía pública, mientras paseaba a su niño, en la ciudad de Santiago del Estero, y como el bebé fue hallado en la ciudad de Las Termas.-

El también hermano de la víctima, Juan Rafael Cantos, declaró ante el Tribunal en igual sentido que sus parientes en relación al contexto del secuestro de Anabel Cantos.-

Asimismo, Amalia Cortez declaró en sentido coincidente a lo expuesto por los familiares de la víctima, en tanto explicó que el día 19 de noviembre de 1976, aproximadamente a las 13:30 o 14:00 horas, mientras cruzaba una plaza en la ciudad de Termas, vio a un chiquito llorando pero en buen estado. Añadió que como no sabía que hacer lo llevó a la casa de su madre y luego fueron a la Comisaría donde quedó el niño. Indicó que dos noches después llegaron a su casa personas preguntando por el bebé y, el abuelo, le agradeció por lo que había hecho.-

Además, ha quedado probado su alojamiento en el centro clandestino de detención "Arsenales" conforme testificó Juan Martín Martín quien dijo acordarse perfectamente de ella junto con su primo Germán. A su vez, Osvaldo Humberto Pérez, en la audiencia de debate, dijo que se encontraba allí y que siempre el Capitán Torres preguntaba por la víctima, a quien hacía salir para conversar. Agregó que Torres le llevaba golosinas y otros enseres.-

Susana Leoni Auad, al brindar su testimonio en la audiencia, también sostuvo el alojamiento de Anabel Cantos en este centro clandestino de detención y dijo que habló con la víctima porque juntas lavaban la ropa, barrían y hacían trabajo de esclavas. Agregó que durante mucho tiempo el Capitán Fernando Torres, también santiagueño, la visitaba y le decía que iba a salvarla junto a su primo Germán.-

Asimismo, Teresita Candida Hazurum relató que mientas estuvo cautiva en Arsenales había una chica santiagueña que se llamaba Ana, quien le había contado que tenía un hijo del que no sabía nada, aunque los captores le habían dicho que lo iban a entregar a sus abuelos.-

Además, coinciden estos testimonios con la prueba documental incorporada en legal forma: denuncia presentado por Juan Cantos, padre de la víctima, que glosan a fs. 255/260 del cuerpo 325 de autos. Así también comprende la prueba documental una carta, sobre la que hacen referencia los testigos, que fue aportada por María de los Ángeles Petra Cantos al momento de brindar su declaración testimonial, y debidamente incorporada.-

Hasta el día de hoy, Anabel Beatriz Cantos permanece desaparecida.-Ha quedado probado el hecho en relación a la víctima Luís Antonio Cantos por el testimonio brindado en la audiencia por Juan Rafael Cantos, quien contó al Tribunal que vivía en Buenos Aires junto a su primo Luis y otros amigos. Describió que el 22 de abril de 1977 tocaron el timbre y al abrir la puerta ingresaron violentamente muchas personas, vestidas de civil y con armas. Indicó que todos fueron llevados en automóviles hasta una habitación donde fueron interrogados y torturados. Agregó que los soltaron cerca del autódromo salvo a Luis. Dijo, además, que otros familiares fueron secuestraron y describió las cartas que recibía la familia sobre los tres. Especificó que supo que su primo fue llevado a la SIDE de Santiago y luego llevado a Tucumán.-

También, Emilio Palferro, quien vivía con la víctima junto a más compañeros en un departamento en la calle Marcelo T. de Alvear 464 de Buenos Aires, relató idénticas circunstancias en relación al procedimiento del secuestro de la víctima.-

Así también declararon María de los Ángeles Petra Cantos y Alicia María Cantos, quienes relataron -en la audiencia de debate- cómo lo secuestraron a Luis Cantos en Buenos Aires. Además, refirieron a las desapariciones de los otros miembros de la familia y las cartas que llegaban donde se referían a que "los tres" se encontraban bien en Tucumán.-

A su vez, ha quedado acreditado su alojamiento en el centro clandestino de detención "Arsenales" por el testimonio de Osvaldo Humberto Pérez quien contó sobre la llegada de un primo de los "Cantos" a Arsenales. De igual modo expuso Héctor Justo quien relató al Tribunal que un día llegó un chico "Cantos Carrascosa" que había sido traído desde Capital Federal y fue ubicado en el box enfrentado al del testigo. Le pidió que si salía avisara que estaba allí. Además, indicó, en el otro pabellón estaban Anabel y Germán Cantos.-

La prueba documental -agregada en legal forma- también acredita este hecho conforme la denuncia de María Eugenia Carrascosa de Cantos de fs. 320/326 del cuerpo 325 y las denuncias y presentaciones efectuadas por el padre de la víctima, Antonio Cantos, a fs. 317/318 del mismo cuerpo de autos. Así también comprende la prueba documental una carta, sobre la que hacen referencia los testigos, que fue aportada por María de los Ángeles Petra Cantos al momento de brindar su declaración testimonial, y debidamente incorporada.-

Hasta el día de la fecha, Luís Antonio Cantos permanece desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a Manuel Julio Díaz (Caso 44). Causa: "Díaz de Naranjo Ángela Fermina s/denuncia por secuestro y desaparición de Díaz Manuel Julio" Expte. n° 1.374/5.-

Manuel Julio Díaz fue secuestrado el 8 de septiembre de 1976 de la casa familiar sita calle Constitución 356 de la ciudad de Tafí Viejo, en la que se encontraba junto a su esposa Elena Córdoba y sus dos hijas menores, de 10 y 12 años.-

Al declarar en la audiencia Elena Córdoba dijo que su marido trabajaba en el ferrocarril. Con relación al secuestro precisó que se produjo alrededor de la 1 de la mañana del 8/9/76. Tocaron fuerte la puerta de la casa y su marido saltó de la cama y se fue para ver qué sucedía a la ventana de la cocina. Allí alumbraron su rostro y le dijeron que levantara las manos. Seguidamente su marido le dijo a la declarante que prendiera la luz y abriera la puerta de entrada de la casa, que era la policía. Explicó que mientras con una mano prendía la luz, con la otra abría la puerta. Con la luz encendida pudo distinguir las características físicas de uno de los invasores. Precisó que se trataba de una persona de baja estatura, robusta, de tez blanca y pelo medio castaño, que vestía un saco como de la marina, con botones dorados. Aclaró que luego pudo ver muy poco porque le ordenaron que se metiera en la cama y que se tapara entera, con las sábanas y las frazadas. Agregó que levantando un poco la ropa de cama que la cubría pudo ver que los otros intrusos llevaban pantalones azules, como de fajina, borceguíes y algo que les cubría los rostros, como un pasamontañas. Eran 4 o 5 personas jóvenes, de unos 25 años que revisaron su habitación, dando vuelta los colchones, sacando la ropa de los placares, haciendo jirones las sábanas. Sus hijas que también se encontraban en el cuarto fueron obligadas a colocarse boca abajo y a taparse con las sábanas y frazadas. Mientras eso ocurría oyó que a su marido le hacían preguntas en la cocina. En un momento dado uno de los que invasores que estaba en el dormitorio donde se encontraba la declarante se dirigió a la cocina y dijo "esto es lo que encontramos arriba del placard" , a lo que su marido respondió que no era suyo. Estuvieron haciéndole preguntas a su marido un rato y luego se lo llevaron. Cuando la dicente advierte que iban saliendo los secuestradores de la vivienda salió de la cama y por una ventana que daba al frente de la casa levantó la cortina y pudo ver que su esposo era introducido en el baúl de un auto beige. Personas con armas cortas que se encontraban en las proximidades de la ventana por la que la declarante miraba lo que sucedía le hicieron señas para que bajara las cortinas apuntándola. Si bien acató la orden siguió cerca de la ventana y cuando oyó que todos los secuestradores se retiraban pudo ver que delante del auto donde su marido fue ingresado había dos vehículos más, y desde un pasaje cercano a la calle de su casa salieron otros autos más. Precisó que en total el operativo involucró 5 o 6 vehículos.-

Explicó que su marido no tenía actividad política, que solía asistir a las reuniones de los ferroviarios, pero que no tenía ningún cargo. Agregó asimismo que su esposo antes de su secuestro le había comentado que sentía que lo perseguían, que lo acechaban detrás de los árboles.-

También señaló que la noche del hecho se llevaron a dos muchachos más, a Basualdo y a Aguirre. Sobre Aguirre indicó que si bien no recordaba cuánto tiempo permaneció secuestrado, luego fue liberado y ella lo buscó en procura de noticias sobre el destino de su esposo, pero él nunca quiso recibirla y, después, éste junto a su familia se fueron a Buenos Aires y no supo más de ellos.-

Con relación a las gestiones realizadas para hallar a la víctima dijo que realizó la denuncia en la Jefatura, en la Comisaría de Tafi Viejo y en los talleres de Tafí Viejo. Su abogado era Horacio Poviña y la acompañaba a todas partes, hasta que fueron a la Brigada. A partir de ese momento el citado letrado le dijo que la disculpe, pero no podía ayudarla más, estaba muy mal, entró él solo y al salir de la Brigada le dijo eso. Precisó que en la Comisaría de Tafí Viejo si bien la denuncia le fue recibida, no fue asentada en libro alguno. Agregó que lo mismo sucedió en Jefatura.-

Respecto del paradero de su marido dijo que un primo de éste llamado Isaac Díaz le comentó que un policía le contó, pero bajo mucha reserva, al punto que no quiso decirle a ella el nombre de ese policía, que había hablado con su esposo. Así supo a través de los dichos del policía que hablaba con el primo de su esposo que a éste lo tenían secuestrado en un lugar al frente del Arsenal, al lado del Club de Cazadores, en una casa vieja que estaba para adentro, que siempre se la veía al pasar con el colectivo, hasta que en un momento dado ya no se la vio más por haber crecido los matorrales. Según esa persona su esposo estuvo allí vendado y había muchos muchachos jóvenes con él. También dijo que por la noche se sacaban las vendas, que los chicos lloraban y su marido les decía que no lloren, que tal vez los largarían pronto, que comieran aunque la comida fuera fea para que tuvieran fuerzas cuando salieran, que no estaban lejos de Tafí Viejo porque desde donde se encontraban podían verse las luces de la hostería de Tafí Viejo.-

Su marido tenía era llamado Mangúelo. La noche que se lo llevaron también robaron sábanas, dinero y algunas cosas de oro, anillitos, elementos así.-

A la fecha Manuel Julio Díaz se encuentra desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a Luis Eduardo Falú (Caso 45). Causa: "Baaclini de Falu Romina Esther s/su denuncia por secuestro y desaparición de Luis Eduardo Falú" Expte. n° 413/05.-

Luis Eduardo Falú, (a) "Lucho", a la fecha de los hechos tenía 25 años de edad, se domiciliaba en calle Lamadrid n° 661 de San Miguel de Tucumán, era estudiante universitario de historia en la Facultad de Filosofía y Letras de la UNT y trabajaba como empleado en Gas del Estado.-

A partir de las testimoniales prestadas en la audiencia por Ana María Falú y Emilio Mrad, quedó probado que el 14 de septiembre de 1976 secuestraron a Luis Eduardo Falú cuando salía de su trabajo en Gas del Estado. Fue interceptado en la calle Lamadrid esquina Chacabuco de San Miguel de Tucumán, en momentos en que se dirigía a su domicilio de calle Lamadrid n° 661, por un automóvil y obligado a ingresar en el vehículo. Asimismo quedó acreditado que previo al secuestro, la víctima se reunió con unas personas en el bar La Franco quienes le pidieron que confeccionara una lista de personas. El testigo Mrad que estuvo en el bar mientras la víctima se entrevistaba con estas personas contó en la audiencia que Luis Falú le manifestó que le pidieron que confeccionara una lista de personas. En el mismo sentido se manifestó Ana María Falú quien relató que su hermano le contó que le dijeron "andá y hacé memoria y hacé una lista de los zurditos amigos tuyos".-

Luis Eduardo Falú, llevado al centro clandestino de detención que funcionaba en el Arsenal Miguel de Azcuénaga. Allí fue visto por otros detenidos. El testigo Omar Humberto Pérez dijo que Falú estaba en Arsenal y coincidió con los hermanos Cantos, también detenidos en el lugar, recordó que cuando había algunas guardias tocaban la guitarra y colaboraba en tareas de limpieza. La testigo Antonia del Valle Barrionuevo dijo que en el Arsenal había un muchacho que le gustaba el folklore y que era de apellido Falú. Conforme el testimonio de la víctima Matilde Palmieri de Cerviño, durante su cautiverio en el Arsenal vio a Luis Falú. La testigo María Cristina Rodríguez Román de Fiad, relató que a Lucho Falú lo llevaron al Arsenal a las 2 o 2 y media de la tarde, "lo dejaron en un box, y él contó que lo habían detenido en la puerta de la casa. Al otro día lo llevaron a interrogar y regresó una bolsa de huesos, una persona terriblemente golpeada, una sola cosa negra". Asimismo el gendarme Omar Eduardo Torres, quien relató pormenorizadamente cómo funcionaba este Centro Clandestino de detención manifestó que "a veces lo mandaban a Falú y a otros detenidos a buscar leña" y que se acordaba de esta circunstancia porque le dijo que era sobrino de Falú, que tocaba la guitarra. El mismo testigo al relatar cómo se llevaban a cabo las ejecuciones en Arsenales precisó las circunstancias de la muerte de la víctima Luis Eduardo Falú, manifestó que "ejecutaron (....) a un chico Falú, cree que era Luis, le decían Lucho" Sabía que era Falú porque a la noche cuando todos dormían él revisaba el libro de guardia con los nombres de los detenidos donde decía el nombre y lugar, y él se deba cuenta que a los ejecutaban les ponía "viajó". Dijo que quien le pegó el primer tiro a la víctima fue Bussi. El testigo Juan Martín Martín relató que vio a Juan Falú en Nueva Baviera en un simulacro de fusilamiento y que también lo vio en arsenales, que estaba detenido en un box al frente del suyo. De la lectura de la testimonial de Matilde Palmieri de Cerviño producida en la audiencia (fs. 439/440 del cuerpo 257), surge que la testigo reconoció a Falú en Arsenales, donde fue visto e identificado entre los detenidos clandestinos por Matilde Palmieri de Cerviño. Asimismo Nora Alicia Cajal dijo que durante su cautiverio estuvo en una oportunidad al lado de Luis Falú, quien le dijo que fuera a su casa y le dijera a los hermanos dónde estaba. En ese lugar fue sometido a torturas. Luego de permanecer mucho tiempo allí se le permitió circular sin vendas en los ojos, como quedó acreditado por el relato de sobrevivientes en la audiencia, siendo obligado a colaborar con los guardias en el reparto de comida y la limpieza de los sanitarios. Fue asesinado en uno de los fusilamientos organizados e iniciados por Antonio Domingo Bussi en mayo de 1977.-

Hechos que perjudicaron a Enrique Alberto Sánchez (caso 46). Causa: "Sánchez Enrique Alberto s/su secuestro y desaparición" Expte. n° 677/06.-

Enrique Alberto Sánchez, (a) "Villita", a la fecha de los hechos tenía veintitrés años de edad, se domiciliaba en calle Ecuador n° 1.008 de San Miguel de Tucumán, era estudiante universitario y delegado de tercer año de la Facultad de Bioquímica de la UNT. Estaba casado con Alicia Noli, con quien tenían un hijo.-

Conforme lo acreditado en la audiencia de debate, el día 14 de septiembre de 1976, Enrique Alberto Sánchez se encontraba con su esposa, Alicia Noli y su pequeño hijo Juan Pablo, recién nacido, en su domicilio de calle Ecuador n° 1.008 de esta ciudad. Alicia Noli relató el momento del secuestro que fue aproximadamente a las 21.30 horas, cuando personas fuertemente armadas irrumpieron en el domicilio, estaban vestidos de civil, la testigo les solicitó que exhibieran orden de allanamiento pero la apartaron y preguntaron por Sánchez a quien detuvieron y lo llevaron secuestrado, previo a ello la víctima solicitó despedirse de su hijo. Lo sacaron a la calle y lo introdujeron en un automóvil Renault 12 blanco sin patente. Al día siguiente del secuestro, ingresaron al domicilio de la madre de la testigo y robaron todas las pertenencias y días después ingresaron al domicilio de calle Ecuador n° 1008 y también robaron todo lo que había. La testigo y su hijo recién nacido tuvieron que irse de Tucumán.-

Conforme relatos de Noli, Enrique Sánchez fue visto por compañeros de estudio en un automóvil con otras personas desconocidas en la oportunidad en que Juan Carreras (amigo de Sánchez) rendía en la facultad de Bioquímica, Química y Farmacia, con signos de encontrarse enfermo o mal dormido. En ese momento, ingresaron a la facultad y preguntaron quién era Juan Francisco Carreras, compañero de Sánchez, quien fue secuestrado e ingresado al mismo automóvil en el que se encontraba Enrique Alberto Sánchez. Quedó acreditado por los testimonios de Osvaldo Humberto Pérez -que vio a la víctima a fines del año 76 hasta principios del 77- Nora Cajal, María Cristina Rodríguez Román de Fiad, que Enrique Sánchez estuvo secuestrado en el centro clandestino de detención Arsenal Miguel de Azcuénaga. Cajal lo vio en este lugar y Rodríguez Román de Fiad pudo cruzar algunas palabras con él, Enrique le dijo que avisara en un negocio de la calle Catamarca y 24 de Septiembre y que le dijera a Alicia y a su hijo que los amaba. La testigo lo vio por última vez en octubre del año 76. Estos dichos fueron reafirmados por el testigo Humberto Pérez quien vio también a la víctima en Arsenales, a quien conocía de la actividad universitaria.-

Al día de hoy Enrique Alberto Sánchez continúa desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a Juan Francisco Carreras (Caso 48). Causa: "Pernassetti de Carreras Delia s/su denuncia por secuestro y desaparición de Juan Francisco Carreras", Expte n° 794/04.-

Juan Francisco Carreras, oriundo de Belén, provincia de Catamarca, a la fecha de los hechos tenía 26 años, estudiaba bioquímica en la Facultad de Bioquímica, Química y Farmacia de la Universidad Nacional de Tucumán, y se domiciliaba en una casa que compartía con otros estudiantes de las provincia de Catamarca sita en calle Chacabuco 445 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, aunque a veces también dormía en casa de una abuela que vivía en dicha ciudad. Tenía actividad política universitaria en el ámbito del Frente Antiimperialista y por el Socialismo (FAS). Era dirigente estudiantil, habiendo sido elegido delegado de tercer año de esa carrera ante el cuerpo de delegados en el Centro de Estudiantes, junto a Enrique Sánchez. Además era el encargado de las becas. Se trataba de un dirigente público, que firmaba comunicados en relación con la Universidad. Nunca tuvo otra militancia que la universitaria. Trabajaba vendiendo boletos para las carreras de caballos en Buenos Aires, dos o tres veces por semana, y los domingos a veces lo llamaban del hipódromo para que fuera a vender boletos (declaración testimonial brindada en la audiencia por la hermana de la víctima Felicidad María Victoria Carreras).-

Durante el debate Felicidad María Victoria Carreras también señaló que en los primeros días de mayo del 76 ya había sido allanada violentamente la casa en la que vivía su hermano con otros compañeros estudiantes. En esa oportunidad su hermano no se encontraba allí porque estaba en la casa de su abuela que vivía en Tucumán. Rompieron y robaron elementos de la vivienda, pero no golpearon a nadie. A los dos días de ese hecho su hermano se fue a la casa familiar de Belén. Sin embargo, en razón de que el 16 de septiembre de ese mismo año tenía que rendir un examen, decide retornar a San Miguel de Tucumán. Dos días antes del examen se vio con su compañero de facultad Enrique Sánchez y quedaron en encontrarse allí el 16 de septiembre a las 17 horas. Ese día su hermano se fue a rendir y nunca regresó.-

La tarde del 16 de septiembre Juan Francisco Carreras concurrió al Instituto de Química Biológica de la Facultad de Bioquímica, Química y Farmacia de la Universidad Nacional de Tucumán sito en calle Chacabuco 461 tercer piso a rendir un examen escrito de la materia Fisiología.-

Con relación al secuestro de la víctima en su declaración oralizada en el debate de fs. 50/52 del cuerpo 215 Elsa Sofía Brauckmann -docente que se encontraba tomando el examen- señaló que mientras tenía lugar la prueba escrita, alrededor de las 17 o 17:30 horas, una persona abrió la puerta e ingresó al local en el que estaba teniendo lugar la evaluación, le preguntó si allí se encontraba Juan Francisco Carreras y, ante la respuesta afirmativa, se retiró sin esperar a que la docente le dijera que los alumnos no podían retirarse del examen. Además del hombre que preguntó por la víctima -a quien describió la docente como una persona vestida de civil, con campera, estatura mediana o baja, ligeramente calvo- dos personas más esperaban en las adyacencias del Instituto. A la declarante le llamó la atención la presencia de esas tres personas extrañas. Al terminar el examen, aproximadamente a las 18:30 o 19 horas Juan Francisco Carreras, quien parecía sumamente nervioso pues había oído que habían preguntado por él, fue el último de los alumnos en retirarse. La docente pudo ver que la víctima caminaba con un hombre a cada lado rumbo a la salida.-

Antes de salir del Instituto de Biología, la víctima alcanzó a pedir ayuda a Domingo Francisco Barbieri -docente de la Facultad de Bioquímica, Química y Farmacia de la Universidad Nacional de Tucumán-, quien pudo ver como Juan Francisco Carreras era llevado por un grupo de 4 o 6 individuos, uno de los cuales lo llevaba del brazo y que estimó que podría haber tenido un arma escondida. El docente precisó que aunque la víctima le gritó que la ayudase, no pudo hacer nada porque el hecho le causó una enorme sorpresa e impresión. En la vereda estaban estacionados dos automóviles, uno de los cuales era un Ford Falcon de color muy claro. Juan Francisco Carreras fue introducido en uno de los vehículos, y volvió a pedirle ayuda, lo que le provocó gran angustia (declaración oralizada del actualmente fallecido Francisco Domingo Barbieri de fs. 47 del cuerpo 215).-

Asimismo también presenció el secuestro Marta Inés Gómez, bioquímica que a la fecha de los hechos se desempeñaba como docente en la Facultad de Bioquímica, Química y Farmacia de la Universidad Nacional de Tucumán. Durante el debate dijo que luego del hecho corrió hacia la calle, para avisar a la familia de la víctima porque conocía dónde vivía, pero en la puerta de salida de la facultad una persona de civil y armada le impidió salir.-

Durante el debate Felicidad María Victoria Carreras también señaló que le dijeron que en los autos que esperaban a la salida de la Facultad había algunas personas, entre las que fue visto el amigo de su hermano Enrique Sánchez, quien luego supo que también había sido secuestrado. Expresó además que le llamó la atención que el secuestro se hubiera llevado a cabo en dependencias de una universidad pública, en la que los captores ingresaron sin dificultad alguna y de la que, de la misma manera, se llevaron a su hermano.-

Sobre las gestiones realizadas para dar con el paradero de su hermano dijo que al día siguiente presentó un habeas corpus. Además precisó que su madre Delia Enriqueta Pernasetti de Carreras hizo la denuncia en la CONADEP y que ella la acompañó. Que su madre también denunció la desaparición ante la Comisión Bicameral, y que hicieron también otras gestiones, ante la Iglesia, en el Obispado de Catamarca, en el Arzobispado de Córdoba y de Buenos Aires, en el Ministerio del Interior, en la Policía de Tucumán, en la Policía Federal.-

Luego de su secuestro, en algún momento, Juan Francisco Carreras fue llevado al Arsenal. Al declarar en audiencia Osvaldo Humberto Pérez recordó haber visto allí a Enrique Sánchez y a Juan Carreras, compañeros de militancia de bioquímica.-

Por otra parte, en su declaración oralizada en el debate (fs. 128/143 del cuerpo 235) Andrés Héctor Lorenzo Lerma dijo que al ser secuestrado el 17 de septiembre de 1976 junto a Alfredo González, de la imprenta en la que trabajaba sita en calle Córdoba al 1700 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, supo que en uno de los vehículos que formaban parte del operativo iba Juan Francisco Carreras, compañero suyo que había sido secuestrado tiempo antes en la Facultad de Bioquímica, Química y Farmacia de la Universidad Nacional de Tucumán. También señaló que posteriormente, cuando ya fue ingresado como cautivo en el Arsenal, a poco de hacerlo, en la primera sesión de tortura que se le aplicó, fue sometido a un careo con la víctima. Finalmente, explicó que luego pudo ver a Juan Francisco Carreras en una segunda y última vez en el Arsenal. Al respecto recordó que un día alguien lo llamó por su nombre, que era Juan Carreras que le dijo que le habían prometido que lo iban a soltar, y que si lo hacían le dejaría un saco que llevaba, cosa que poco tiempo después efectivamente hizo, aunque no volvió a verlo.-

A la fecha la víctima permanece desaparecida.-

Hechos que perjudicaron a Carlos Raúl Osores (caso 49). Causa: "Bussi, Menéndez y otros s/privación ilegítima de la libertad, torturas agravadas, homicidio calificado y otros delitos ep de Carlos Raúl Osores y Graciela Inés Osores" Expte. n° 499/06 y sus Actuaciones Complementarias.-

Carlos Raúl Osores, (a) "Petiso", a la fecha de los hechos tenía veintiséis años, se domiciliaba en Empalme Ranchillos (Departamento Cruz Alta) y era de profesión electricista. Militaba en el Partido Comunista.-

Entre la noche y la madrugada del 16 y 17 de septiembre de 1976, personas encapuchadas y armadas ingresaron violentamente al domicilio de la madre de Carlos Raúl Osores, ubicado en Ranchillos. La víctima, atada y vendada, fue trasladada al Centro Clandestino de detención Arsenal Miguel de Azcuénaga, donde fue visto por última vez.-

Quedó acreditado también que Carlos Saúl Osores fue secuestrado desde el domicilio de su madre, por los testimonios brindados en la audiencia de debate por Ricardo Oscar Osores y Graciela Inés Osores, quienes relataron sobre la violenta interrupción en la morada familiar y la detención de Carlos. Ricardo Oscar Osores describió que estaba presente cuando se lo llevaron a su padre mediante golpes personas encapuchadas y vestidas de verde. Indicó que nunca más lo vio a su padre.-

Asimismo, Graciela Inés Osores relató que estaban durmiendo cuando tiraron la puerta a patadas. Describió que a su hermano lo sacaron de la cama y solo llegó a ponerse un pantalón y una zapatilla. Agregó que lo tiraron al piso, ataron de manos y pies y golpearon. Además, refirió que anteriormente habían sufrido violaciones de su domicilio y que otros familiares también fueron secuestrados.-

A su vez, Eduardo Mario Osores, manifestó ante el Tribunal la persecución que sufría su hermano desde tiempo antes y los diversos allanamientos que habían vivido desde el año 1975. Agregó que su madre le relató sobre la noche que llevaron a su hermano, y que no lo habían dejado ni vestirse. Indicó que otros miembros de la familia también fueron secuestrados.-

De igual modo, Matilde del Valle Escobar de Osores -esposa de la víctima- expuso que su suegro le contó sobre la detención de su marido por personas vestidas de verde y encapuchadas. Indicó que su esposo se encontraba en el domicilio materno porque se sentía perseguido desde hace tiempo. Resaltó la cantidad de averiguaciones realizadas, y hasta la interposición de un habeas corpus, con el fin de dar con el paradero de la víctima.-

María Eugenia Osores -hermana-, también expuso sobre lo que le contaron sus familiares del violento procedimiento realizado en el domicilio de su madre y en el cual se llevaron a su hermano Carlos. Agregó que lo buscaron "por cielo y tierra" pero nunca hallaron nada.-

Por lo demás, tiene relevancia para el caso el testimonio de Irma Imelda González, quien contó al Tribunal que el día 28 de agosto de 1975 cuando ingresaron personas a su domicilio pudo ver una lista donde figuraba el nombre de Carlos Osores.

Además, dieron cuenta del alojamiento de la víctima Osvaldo Pérez, quien relató que vio en el Arsenal al "petiso Osores", quien resaltaba por su baja estatura, y el testimonio, incorporado por su lectura, de Alberto Augier quien, en su oportunidad, expuso que en ese centro clandestino de detención había un muchacho al que le decían "el petiso".

Al día de hoy Carlos Raúl Osores continúa desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a Hernán Eugenio González (Caso 50). Causa: "Soria de González Norma Judith s/su denuncia por secuestro y desaparición de Hernán Eugenio González" Expte. n° 699/06.-

Hernán Eugenio González, a la fecha de los hechos tenía veinte años, se domiciliaba en San Miguel de Tucumán y era estudiante universitario de medicina en la UNT.-

El 17 de septiembre de 1976, mientras concurría a rendir un examen de Semiología en la Facultad de Medicina de la UNT, Hernán Eugenio González fue secuestrado en los pasillos del Hospital Padilla por un grupo armado.- Posteriormente fue trasladado al centro clandestino que funcionaba en el Arsenal Miguel de Azcuénaga.-

Quedó acreditado en la audiencia de debate por el testimonio de Norma Judith Soria de González, cuyo testimonio fue incorporado por su lectura, quien dijo que supo por los compañeros de facultad de su hijo que fue secuestrado el día 17 de septiembre de 1976 en el Hospital Padilla, cuando acudía a una clase. Agregó que le comentaron que las personas que lo interceptaron se identificaron como pertenecientes a la Policía Federal Argentina y que estaban vestidas de civil y portaban armas.

A su vez, quedó acreditado su alojamiento en el CCD Arsenales por varios testimonios. María Cristina Rodríguez Román de Fiad, quien relató en la audiencia que en dicho centro estuvo en el mismo pabellón (el de la izquierda) con Hernán Eugenio González. Dijo que lo conocía porque era amigo de Vaca. Asimismo, Juan Martín Martín relató al Tribunal que vio a la víctima en el Arsenal, y Osvaldo Humberto Pérez declaró que lo vio en el Arsenal, que era una persona con el pelo "ensortijado".

Al día de hoy, Hernán Eugenio González permanece desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a Humberto Alfredo González (Caso 51) y Andrés Héctor Lorenzo Lerma (Caso 52). Causa: "González Humberto Alfredo s/priv. Ileg. de la libertad" Expte. n° 1.183/05, acumulado "Lorenzo Lerma Andrés Héctor s/su denuncia por priv. Ileg. de la libertad" Expte. n° 1619/05 y sus Actuaciones Complementarias.-

Humberto Alfredo González, a la fecha de los hechos tenía treinta años de edad y se domiciliaba en calle San Miguel 583 de la ciudad de San Miguel de Tucumán. Era empleado del ingenio La Fronterita, estudiante universitario de la Facultad de Bioquímica, Química y Farmacia de la Universidad Nacional de Tucumán y trabajaba en la imprenta "Gráfica Interprovincial" de su propiedad, ubicada en la intersección de calles Córdoba y San Miguel de la ciudad de San Miguel de Tucumán.-

Andrés Héctor Lorenzo Lerma a la fecha de los hechos tenía 29 años de edad, se domiciliaba en calle Mendoza 1332 de la ciudad de San Miguel de Tucumán. Era estudiante universitario de la Facultad de Bioquímica, Química y Farmacia de la Universidad Nacional de Tucumán y trabajaba en la imprenta "Gráfica Interprovincial" y como inspector en la Dirección Nacional de Azúcar.-

Humberto Alfredo González y Andrés Héctor Lorenzo Lerma fueron secuestrados el 17 de septiembre de 1976 en la imprenta "Gráfica Interprovincial".-

Sobre el hecho Andrés Héctor Lorenzo Lerma en su declaración oralizada en el debate de fs. 128/143 del cuerpo 235 dijo que ese día alrededor de las 10 de la mañana llegaron a la imprenta dos hombres que preguntaron por los precios de unas tarjetas y formularios. Recordó que su compañero y dueño de la imprenta Alfredo González le comentó la posibilidad de que esas personas fueran policías, los que a ambos les preocupaba en razón de que el local ya había sido allanado en horas de la noche un mes antes. También señaló que al mediodía todo el personal de la imprenta se retiró a almorzar, con excepción de un empleado llamado Carlos que comía allí mismo. Explicó que al regresar alrededor de las 14 horas en la entrada de la imprenta vio a un auto estacionado, y que al ingresar al local alguien lo agarró por el cuello, le pusieron un arma en la cabeza, le taparon la cabeza con un trapo y le esposaron las manos. Pudo oír como a Alfredo González le hacían preguntas y cómo los secuestradores discutían acerca de cómo trasladarían a las personas que había en el local. Luego supo que había varios automóviles apostados afuera, y que en uno de ellos se encontraba Juan Carreras, compañero de la facultad a quien le hacían panfletos para las marchas de la época. Más tarde los subieron en vehículos, recordó que fue ubicado en el asiento trasero de uno de ellos, junto a Alfredo González. El declarante y Humberto Alfredo González fueron trasladados al centro clandestino de detención Arsenal.-

Al declarar en audiencia José Ángel Di Marco, quien trabajaba en una imprenta de calle Córdoba y Muñecas de la ciudad de San Miguel de Tucumán, que había ido a la "Grafica Interprovincial" a arreglar una máquina, el día del hecho dijo que al lugar llegaron personas armadas y les ordenaron a todos que se colocaran mirando la pared. Les hicieron preguntas, les vendaron los ojos, los esposaron. Tiempo después relató que fue introducido a un auto. Recordó un recorrido de alrededor de 30 minutos, por lugares con muchas curvas, hasta que fue bajado en un campo en el que lo hicieron correr. Posteriormente dijo que fue ubicado contra una cerca perimetral y venían personas y le preguntaban si conocía a distintas personas que le nombraban y que no sabía quiénes eran. Precisó que sentía gritos escalofriantes como si torturaran a gente y voces que decían "ay mamita!". También recordó que oía un ruido como de generador de corriente o de picadora de carne. Precisó que siempre estuvo en el alambrado perimetral y nunca le sacaron ni la venda ni las esposas, que había pasto, lomadas. Dijo que sus captores hablaban como si fueran de la policía, luego como si fueran extremistas, como buscando que se confundiera. Indicó que fue liberado en Avenida Ejército del Norte a las 19 horas, junto a Carlos Medina y un muchachito que según le dijo este último era un vecino de enfrente de la imprenta. Estimó que permaneció cautivo desde las 15 hasta las 18 horas. De la descripción que brinda el testigo de sus traslados hacia y desde el lugar de cautiverio y del lugar en el que permaneció secuestrado surge con claridad que se trataba del Arsenal.-

Una vez ingresadas al Arsenal, ambas víctimas fueron objeto de tormentos. De la declaración de Andrés Héctor Lorenzo Lerma antes citada surge que primero fue torturado Humberto Alfredo González, quien insultaba a los interrogadores haciéndolos enfurecer, hasta que la tortura fue tan intensa que perdió el conocimiento. Luego interrogaron al declarante, careándolo con Juan Carreras para determinar si en la imprenta habían hecho panfletos del centro de estudiantes de bioquímica. Recordó que Humberto Alfredo González negó que en la imprenta se hayan hecho panfletos, y, por ese motivo, hizo lo mismo. Posteriormente Andrés Héctor Lorenzo Lerma volvió a conversar con Juan Carreras en el galpón y éste le dijo que si lo liberaban le dejaría su abrigo, lo que finalmente hizo, pero no volvió a saber de él. Precisó que luego de la primera sesión de torturas despertó en un cubículo de aproximadamente 1,50 por 1 metro, que tenía un número en la pared, que el suyo era el 76, que a los lados había otros detenidos en otros cubículos similares. Tenía rotos tres dientes y le habían quebrado las costillas, lo que le producía un dolor intolerable en la parte izquierda del tórax. Además le dolían las extremidades por la posición en la que había quedado y no podía comer por tener las manos esposadas a la espalda. Uno de los días de su cautiverio, involuntariamente derramó parte de la comida y por ello fue brutalmente apaleado por uno de los guardias, hasta perder el conocimiento. Con relación a las condiciones de detención en el Arsenal expresó todos estaban mal alimentados, que eran objeto constante de golpes y malos tratos, que eran obligados a defecar en el campo grupalmente y a moverse con los ojos vendados, que ante cualquier equivocación eran golpeados por los guardias, que los obligaban a permanecer de pie y frente a la pared todo el día, siendo constantemente vigilados. Dijo también que todos eran sometidos regularmente a sesiones de tortura, cuando, al menos dos veces por día, llegaban los interrogadores al centro clandestino. Eran llamados por su número y llevados a la sala de torturas contigua al galpón en que estaban encerrados. Quienes no eran conducidos allí podían escuchar los interrogatorios y los lamentos de quienes eran torturados. Los cautivos eran obligados a realizar fuertes ejercicios físicos, a pesar de su deplorable estado de salud.-

Al declarar en audiencia Nora Alicia del Valle Cajal dijo que a Alfredo González lo vio en Arsenal. Precisó que murió en Arsenal, que en una oportunidad pasó por encima de su cadáver, que tuvo que levantar el pie y con la venda baja vio su cadáver, y junto a éste el de Safarov a quien conocía de ir a tomar café, lo vio tirado en la tierra con moscas.-

También durante el debate Osvaldo Humberto Pérez dijo que vio a Alfredo González, un chico a quien conocía de la imprenta de calle Don Bosco.-

Las gestiones realizadas por sus familiares para dar con el paradero de Humberto Alfredo González fueron infructuosas (presentaciones incorporadas al debate de Luisa Ávila de González -madre de la víctima- de fs. 34 del cuerpo 235, y de los hermanos de la víctima Hugo Gerardo y Rubén Ricardo González de fs. 3/4 del cuerpo 235 y fs. 213 del cuerpo 236, respectivamente).-

En la actualidad Andrés Héctor Lorenzo Lerma vive en San José, Costa Rica. Humberto Alfredo González se encuentra desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a María Cristina Rodríguez Román de Fiad (Caso 53). Causa: "Autores desconocidos s/secuestro y desaparición de Raúl Alberto Vaca Rubio" Expte. n° 1.410/05 y sus Actuaciones Complementarias.-

María Cristina Rodríguez Román de Fiad a la fecha de los hechos trabajaba en una finca propiedad de su marido. Al declarar en audiencia respecto de su secuestro dijo que el 20 de septiembre de 1976 había llamado a un amigo suyo, Raúl Vaca, hoy desaparecido, para que le devolviera un grabador que le había prestado. Así es que con sus dos hijas mujeres, en su automóvil, se dirigió a calle Rivadavia al 300 a retirar el grabador. Raúl Vaca le dijo que al aparato no lo tenía la persona que creía, que lo llevara a buscarlo en otro lugar, y se subió al vehículo. En ese momento el automóvil fue rodeado por un grupo de cuatro personas que tomaron de los cabellos a la declarante y a Raúl Vaca, y ambos fueron arrojados en el asiento de atrás. A sus hijas las dejaron en la calle. Los atacantes luego se subieron a su automóvil y en éste fueron trasladados a lo que luego pudo determinar que se trataba del centro clandestino de detención Arsenal.

Sobre su permanencia en Arsenal, en lo relativo a las condiciones de cautiverio y personas que vio, recordó que fue conducida a una suerte de caballeriza, donde había muchas personas con los ojos vendados. Señaló asimismo que a los 2 o 3 días fue llevada a oír a gente que estaban picaneando y le dijeron que si no decía dónde escondía guerrilleros eso le iba a pasar a ella. Agregó que en su automóvil tenía listas de sus peones con sus apodos y más de 20000 pesos que había sacado del banco para pagarles. Sus captores interpretaron que la deponente con ese dinero pagaba a guerrilleros, que esas listas de peones eran listas de guerrilleros, y se apoderaron del dinero y de las listas. Precisó que fue golpeada, que le pisaron el estómago. Recordó a un señor de Tafí Viejo a quien dejaron colgado desde el viernes que llegó hasta el domingo que murió, colgado de las manos. Todos clamaban para que lo bajaran. También se refirió a las torturas que oía, a un chico Díaz al que picanearon hasta que mataron, y luego llamaron a un enfermero que había allí, un gordo que dijo "estos les hacen de todo y pretenden que yo los cure con un Mejoral". Aclaró que mientras permaneció cautiva en el Arsenal emplearon su vehículo para secuestrar personas, no sabe a quiénes, que salían y volvían con el automóvil. Precisó que compartió cautiverio además de con Raúl Vaca (con quien había ingresado, aunque éste fue ubicado en el otro pabellón del galpón), con Enrique Sánchez y Ana María Sosa de Reynaga. Dijo que también se encontraban en ese lugar Trinidad Iramain, "Lucho" Falú, José Horacio Díaz Saravia y su mujer "Tere" Guerrero, "Tete" Yañez, un matrimonio de apellido Madrid y un chico que trabajaba con ellos en su finca, Hernán González, Gerardo Giménez, que había sido detenido en Salta y estaba en el otro pabellón, un chico de Santiago del Estero que detuvieron en la puerta de la Facultad de Filosofía, Nora Cajal, con quien pudo hablar, el novio de Nora Cajal, al "Pibe" Lerner, a Enrique Díaz Macías, a una chica de Monteros de 15 años que estuvo 5 o 6 días en el pabellón. Fue liberada el 27 de octubre de 1976 junto al matrimonio Madrid, un muchacho de 15 años que trabajaba con ellos y Nora Cajal. Los dejaron frente a la Sociedad Rural, dieron vuelta su automóvil y le dijeron que se fuera. Tiempo después de ser liberada visitó a Nora Cajal para preguntarle por su novio, le dijo que no sabía nada, después no volvió a verla. Precisó que al novio de Nora Cajal lo vio un día que sacaron a todos porque iba a ir Bussi. Tiene entendido que está desaparecido. Sobre Trini Iramain dijo saber lo que ella le dijo, que trabajaba en la Dirección de Turismo, que tenía unos hijos muy chicos. Relató también que un día la obligaron a formar fila, que luego llegó un Unimog y la sacaron de la fila, que posteriormente alguien dijo "no, esta no es", y volvieron a introducirla en la fila. Subieron personas en el Unimog y al rato sintieron ruido de ametralladoras, preguntaron que pasó y un gendarme al que llamaban el Manchao les dijo que el Unimog había sido atacado por unos guerrilleros, que por ese motivo habían oído disparos. Precisó que en su declaración judicial del 10/10/07 dijo que al que le decía Moreno era Guemes. A Yañez lo sacaron con Trini Iramain. Sobre Ana María Sosa dijo que ella contó que la detuvieron un domingo, durante una reunión, y que estaba operada por cáncer. Precisó que ella le contó que le habían pegado sin que les importara que estuviera operada. Sobre el carácter de Ana María Sosa señaló que tenía una bondad sin límites, que vivía pendiente de todos a pesar de que ella estaba mal, que con palitos de escoba hacía cositas, que alentaba a todos diciéndoles que ya iba a pasar, que hablaba permanentemente de sus hijos y de su marido. Recordó que Enrique Sánchez estaba muy mal, que todo el tiempo hablaba de su hijo muy chiquito y de su mujer Alicia a los que amaba. Sobre las condiciones de detención especificó que hacían sus necesidades fisiológicas en un baño que estaba al lado del galpón en el que estaban alojados. Dijo que había unos perros ovejeros alemanes. También señaló que el lugar estaba custodiado por gendarmería y el ejército. Entre los gendarmes recordó al indio Godoy a quien pudo ver, y precisó que era grandote, pelo negro, bien indio, cara grandota, y que gozaba cuando torturaba a la gente. Explicó que en el centro clandestino todos cuidaban, preguntaban, torturaban, todos eran todo. Sobre los grupos de tareas dijo que eran los encargados de traer personas detenidas, que llegaban al Arsenal y luego se retiraban. En los interrogatorios señaló que había gente de civil. Precisó que la Piturra y el Chaqueño estaban presentes cuando tomaban las declaraciones, y que la primera se quedaba hasta las 3 de la mañana y salía en su automóvil. Agregó que la Piturra no hablaba con los detenidos, y que todos conocían su rol. Sobre el Chaqueño dijo que tenía un perfil más bajo. Explicó asimismo que todos los detenidos estaban vendados, que los guardias, el Chaqueño y la Piturra les servían comida que traían en un Unimog. Dijo que el capitán Naso era una persona apellidada Varela, y explicó que una vez fue a una casa y lo vio allí al Capitán Naso y preguntó quién era, y le dijeron que era Varela. Precisó que a la comida que venía en el Unimog verde supone que la traían del Ejército. Recuerda a un alférez y a otro de un grado más, ambos se iban todos los días al festival del Limón y volvían al día siguiente. De Varela sólo sabía que llegaba, a veces pasaba entre medio de ellos y se iba, tenía tonada porteña. El 29 de septiembre de 1976 relató que sacaron gente y se sintió un tiroteo, a todos los hicieron tirar boca abajo, recuerda el día porque supo que era el día de San Miguel. A los que se iban les decían que se los llevaban a Villa Urquiza y a los dos días le daban la libertad, pero luego supo que al salir de ahí los mataban. Explicó que pudo saber que estaba en el arsenal encontrándose allí porque en algún momento sus captores se lo dijeron. Agregó que, por otra parte, desde el lugar se veían las luces de Tafí Viejo y se oían los tiros del club de cazadores y las marchas en subida de los camiones. Dijo que en el lugar se confeccionaban listas que se armaban y se llevaban a Casa de Gobierno. Sobre el Capitán Naso recordó que era narizudo. De Díaz Saravia y Teresa Guerrero dijo que contaban que los habían secuestrado del pasaje Colombia, que los detuvieron de noche y les dejaron los chicos solos. Señaló que a los 5 o 6 meses de haber sido liberada se animó y pasó por el Arsenal, y que vio un mangrullo y una persona que tenía como una radio. Agregó que siempre que pasa frente al Arsenal mira hacia allí, que ahora no hay nada, pero que durante mucho tiempo pudo verse el mangrullo, aunque luego lo voltearon. Precisó que el mangrullo se emplazaba prácticamente frente al Club de Cazadores. Luego de ser liberada dijo que sus padecimientos continuaron, que sufrió persecuciones telefónicas, que cambió el número, que volvieron a rastrearla y tuvo que prescindir de tener teléfono. También recordó que una vez un hombre se presentó en su casa preguntando por ella a la madre. Explicó que Varela era el jefe del ejército y Güemes -al que apodaban Moreno- el jefe de gendarmería. Agregó que en el diario La Gaceta salió una nota en la que se mencionaba el ascenso de un tal Güemes, y la foto que la acompañaba le permitió reconocerlo como su captor en Arsenal. Indicó que Guemes era algo robusto, no muy alto. De Varela dijo que además de la nariz grande, otra referencia es que era una persona relativamente alta. Sobre el Indio Godoy explicó que pudo conocer su apellido porque él lo mencionaba. Sobre el galpón donde permaneció cautiva dijo que se trataba de una sola construcción dividida por una pared en el medio, con boxes en cada lado, y que en las paredes laterales había pequeñas ventanas. Precisó que su automóvil era un Peugeot 404 de color gris claro. Dijo además que encontrándose secuestrada ingresaron en dos oportunidades a su vivienda. Precisó que la primera vez le pegaron a su mucama y a sus hijos, le robaron joyas y un tapado de piel. En el segundo allanamiento uno de sus hijos preguntó por ella y le respondieron pegándole una trompada y diciéndole que todos tenían que estar muertos porque eran guerrilleros como ella. También señaló que mientras estaba secuestrada en el Arsenal uno de sus captores le dijo que habían allanado su casa, que habían encontrado armas en un placard en su living, y agregó que ella respondió "sos un pelotudo, en mi living no tengo placard, y no tengo armas en ningún lado". También dijo que su hijo cuando Bussi ganó las elecciones en democracia se fue a Estados Unidos porque le agarró como un ataque de locura de saber que iba a volver a gobernar a Tucumán.-

La víctima participó de la inspección ocular realizada en el marco de la audiencia de debate el 13 de septiembre de 2013. Reconoció al polvorín denominado Galpón 9 como el lugar en el que en el Arsenal permaneció cautiva. Con precisión señaló que fue alojada en un box que en la actualidad corresponde a un sector de la pared que lleva el número18, en la pared norte del ala norte. Explica que sobre la pared norte, contando desde el fondo se ubicaba en el tercer puesto, y agrega que antes que ella se encontraba Ana María Sosa, al frente Trini Iramain y sobre la pared sur, hacia el medio, estaba Lucho Falú.-

Al declarar en la audiencia Osvaldo Humberto Pérez dijo que vio a la víctima en el Arsenal. Precisó que se trataba de una señora a la que habían llevado detenida junto con Eduardo Vaca, que militaba en Montoneros. Precisó que la señora no tenía militancia y estuvo poco tiempo en el Arsenal. Agregó que la llevaron secuestrada en su propio automóvil, un Peugot 504 gris que quedó en el polvorín, y que en ese vehículo llevaron al Dr. Augier al Arsenal. Sobre la víctima también dijo que su forma de ser evidenciaba que no tenía nada que ver con la política, que no sabía dónde estaba. También señaló que tenía una actitud hostil con los detenidos, que en todo momento quería hacer valer su situación porque evidentemente era de una familia acomodada económicamente.-

También al declarar en el debate Leoni Susana Auad y Nora Alicia del Valle Cajal recordaron la permanencia de María Cristina Rodríguez Román de Fiad en Arsenal. Nora Alicia del Valle Cajal recordó que conversaba con la víctima.-

Hechos que perjudicaron a Raúl Alberto Vaca Rubio (Caso 54). Causa: "Autores desconocidos s/secuestro y desaparición de Raúl Alberto Vaca Rubio" Expte. n° 1.410/05 y sus Actuaciones Complementarias.-

Raúl Alberto Vaca Rubio a la fecha de los hechos tenía veintidós años de edad, se domiciliaba en una pensión de calle Rivadavia 355 de la ciudad de San Miguel de Tucumán y era estudiante de medicina en la Universidad Nacional de Tucumán.-

Fue secuestrado el 20 de septiembre de 1976. María Cristina Rodríguez Román de Fiad al declarar en audiencia dijo que ese día había llamado a su amigo Raúl Vaca para que le devolviera un grabador que le había prestado. Así es que con sus dos hijas mujeres, en su automóvil, se dirigió a calle Rivadavia al 300 a retirar el grabador. Raúl Vaca le dijo que al aparato no lo tenía la persona que creía, que lo llevara a buscarlo en otro lugar, y se subió al vehículo. En ese momento el automóvil fue rodeado por un grupo de cuatro personas que tomaron de los cabellos a la declarante y a Raúl Vaca, y ambos fueron arrojados en el asiento de atrás. A las hijas las dejaron en la calle. Los atacantes luego se subieron al automóvil de la dicente y en éste ella y la víctima fueron trasladados al centro clandestino de detención Arsenal.-

María Cristina Rodríguez Román de Fiad agregó que compartió cautiverio con la víctima en Arsenal, aunque precisó que ésta fue ubicada en el otro pabellón que había en el galpón del centro clandestino.-

Al declarar en audiencia Osvaldo Humberto Pérez dijo que vio a la víctima en el Arsenal. Si bien la menciona con el nombre Eduardo Vaca, brinda referencias que permiten concluir que se trata de ésta. En tal sentido cabe tener presente que lo individualiza como un muchacho del peronismo que militaba en Montoneros y que había sido llevado al centro clandestino junto a María Cristina Román de Fiad.-

También al deponer en el debate Juan Martín Martín dijo que conocía a Raúl Alberto Vaca Rubio y que le comentaron que estuvo en Arsenal.-

Las gestiones realizadas por los padres de la víctima Perla Ilda Rubio y Raúl Alberto Vaca para dar con su paradero no arrojaron ningún resultado (declaraciones oralizadas de fs. 20, 55, 109, 156/vta., 86/88, 144/145 del cuerpo 340).-

La víctima en la actualidad permanece desaparecida.-

Hechos que perjudicaron a Rafael Vitalino Yañes (Caso 55). Causa: "Yañes Luis Pedro s/dcia por priv ileg de la libertad y desaparición de Rafael V. Yañes" Expte. n° 1.550/05 y sus Actuaciones Complementarias.-

Rafael Vitalino Yañes, quien era oriundo de la ciudad de Metán, provincia de Salta, a la fecha de los hechos tenía 24 años de edad, era estudiante terciario de trabajo social en una escuela ubicada en calle Crisóstomo Álvarez y trabajaba como empleado del FFCC Belgrano. El 20 de setiembre de 1976, aproximadamente a las 18 horas, personas vestidas de civil se presentaron en una pensión sita en calle Rivadavia 355 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, lugar donde vivía la víctima, y se la llevaron secuestrada. En esa pensión vivía junto con Raúl Alberto Vaca Rubio, quien era un amigo de crianza y que también era de Metán. Ese mismo día Raúl Alberto Vaca Rubio fue secuestrado en calle Rivadavia al 300 junto a María Cristina Rodríguez Román de Fiad (declaración prestada en la audiencia por Luis Pedro Yañes, hermano de la víctima).-

Durante el debate Luis Pedro Yañes también señaló que la familia de la víctima tuvo noticias de su secuestro cuando la dueña de la pensión lo llamó y le relató lo sucedido.-

Las gestiones de la familia de Rafael Vitalino Yañes para dar con su paradero fueron infructuosas (declaración que corre a fs. 9 del cuerpo 213 de Julia Verónica Alemán de Yañes, madre de la víctima). Por otra parte, Luis Pedro Yañes durante su testimonio señaló que hizo denuncias por el secuestro de su hermano en varias comisarías, hasta que le dijeron que desistiera de continuar haciéndolo porque podía pasarle lo mismo.-

Luego de su secuestro la víctima es trasladada al Arsenal. Ello surge de testimoniales rendidas en el debate que permiten acreditarlo.

Así, durante la audiencia Alejandro Federico Alderete Soria señaló que tomó contacto con Rafael Vitalino Yañes en Arsenal. Precisó que no lo conocía de antes y que no pudo verlo, pero que habló con él. Agregó que pudo hacerlo porque permaneció cautivo en la casilla 1, en tanto que la víctima ocupaba la casilla 2. También dijo que la víctima cuando llegó ya estaba en mal estado, físicamente deteriorada, y que divagaba mucho. Recordó que, no obstante, hablando de manera entrecortada, logró decirle que sabía que lo iban a matar. El dicente manifestó asimismo que le decía que siempre había que tener fe, que se lo expresaba porque es muy cristiano y tiene una profunda fe. Agregó que la víctima sin embargo le reiteraba su convicción de que iban a matarla. Indicó que Rafael Vitalino Yañes era ferroviario y estudiaba, y que era un militante. También recordó un episodio en el que los secuestradores sometieron a la víctima a un careo con otro cautivo, un ladrillero. Finalmente señaló que le pidió que si salía le avisara de su situación a un pariente que cree el dicente que era una tía que tenía un negocio por calle Crisóstomo de la ciudad de San Miguel de Tucumán. Se lamentó de no haber podido hacerlo porque cuando fue liberado salió directamente hacia la ciudad de Concepción de la provincia de Tucumán y de allí se fue a Córdoba.-

Durante el debate María Cristina Rodríguez Román de Fiad dijo que en el Arsenal también vio a un amigo de Vaca Rubio a quien conocía, a "Teté" Yañes. Agregó que supo que fue retirado para ser ejecutado junto a "Trini" Iramain o a Ana María Sosa- .

En la actualidad la víctima continúa desaparecida.-

Hechos que perjudicaron a N. A. d. V. C. (Caso 56). Causa: Principal, Expte. 443/84.-

La víctima a la fecha de los hechos militaba en el FANET y estudiaba arquitectura en la Universidad Nacional de Tucumán.-

Quedó acreditado en la audiencia a partir del relato de la propia víctima que en septiembre de 1976, N. A. C. se encontraba trabajando en la Expo de la Sociedad Rural de Tucumán, en un stand, apareció una compañera de la facultad, la saludó amablemente le dijo que había estado de vacaciones, la testigo le comentó que lo que estaba pasando con respecto a los secuestros y esta chica le dijo no sabía nada. Al rato llegaron dos, tres personas y le dijeron que las acompañara, N.A.C. dejó la cartera en el stand y dijo que avisaran a la casa. Posteriormente la metieron en un auto, le ataron las manos, la taparon con una campera, había como 5 hombres, le vendaron los ojos. Posteriormente fue trasladada al CCD Arsenal Miguel de Azcuénaga, al llegar fue violada sexualmente. Este hecho se confirma también por el testimonio brindado por Oscar Humberto Pérez quien relató que lo obligaron a sacarle el corpiño a la víctima y arengaban para que la acceda sexualmente. Durante su cautiverio intentaron violarla nuevamente, y ante las resistencias que opuso la dejaron bajo el sol lo que le provocó un desmayo. Quedó probado que fue interrogada bajo tortura con picana eléctrica en los pechos, la boca, la zona baja. La víctima al momento de su secuestro estaba embarazada, a causa de las torturas sufridas perdió su embarazo sin que se le prestara asistencia médica. Fue sometida a un careo con Juan Carlos Pastori, quien era su pareja. En Arsenales estuvo con Santiago Díaz, Luis Falú y una persona que le decían Trini. Quedó probado que N.C estuvo en el centro de detención Arsenal Miguel de Azcuénaga porque el relato coincide con las características del lugar que también describieron otros testigos tales como Humberto Pérez. Por otro lado la testigo María Cristina Román de Fiad relató que estuvo con la víctima en el CCD Arsenales y fue liberada junto con ella. N.C. presenció un tiroteo en el que se sentía movimiento y sacaban gente del Arsenal, asimismo pudo ver dos cadáveres tirados en el suelo pudiendo reconocer a Alfredo González y otro joven alto de cabello enrulado. El episodio de los tiroteos es respaldado por el testimonio de Humberto Pérez.-

Los hostigamientos a la víctima siguieron con posterioridad a su liberación en noviembre del año 1976.-

Hechos que perjudicaron a Juan Carlos Pastori (Caso 57). Causa: "Pastori Andrés Carlos s/Su denuncia por secuestro y desaparición de Juan Carlos Pastori" Expte. n° 707/07.-

Juan Carlos Pastori, quien era oriundo de Libertador San Martín, provincia de Jujuy, a la fecha de los hechos tenía 21 años de edad, vivía en San Miguel de Tucumán, era estudiante de arquitectura en la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad Nacional de Tucumán y se encontraba cumpliendo el servicio militar.

El 25 de septiembre de 1976, mientras estaba en el Regimiento de Comunicaciones 5 de San Miguel de Tucumán, desempeñándose como dragoneante, Juan Carlos Pastori fue secuestrado por las fuerzas militares. Éstas difundieron la versión de que el mismo había salido en comisión ese día, que había sido agredido por una patota volviendo al cuartel a las 20.45 horas y que luego le habían indicado que se realizara curaciones y fuera a casa de su familia, lo que nunca ocurrió (declaración oralizada en la audiencia del padre de la víctima Andrés Carlos Pastori que corre a fs. 2 del cuerpo 211).-

Luego de ser secuestrado, en algún momento fue trasladado al centro clandestino de detención Arsenal, conforme resulta acreditado por la prueba producida en la audiencia.-

En tal sentido, al declarar en el debate Nora Alicia del Valle Cajal, estudiante de arquitectura y novia de la víctima, dijo que la vio en Arsenal. Al respecto precisó que días antes de su secuestro su novio, quien se encontraba realizando el servicio militar, ya había sido secuestrado, que había estado buscándolo, que se había presentado en el Comando y allí le habían dicho que había salido en comisión a los montes a buscar unos guerrilleros. También señaló que encontrándose cautiva en el Arsenal fue sometida a un encuentro con su novio, que le preguntaron su nombre de guerra y ella les dijo que no tenía, y que le dijeron que iban a llamarla "Gringa". Sobre el encuentro agregó que le dijeron que si hablaba le volaban la cabeza, que se limitara a escuchar, y a Juan Carlos Pastori, a quien llamaba "Sombra", que permanecía encapuchado, sin poder verla, le preguntaron si la conocía y otras circunstancias, y precisó que él no la inculpó. También recordó que en el Arsenal estaba embarazada, y que el padre del hijo que esperaba era Juan Carlos Pastori. Hizo referencia a que en una oportunidad logró que uno de los guardias le permitiera encontrarse con su novio. Que así, una madrugada, alrededor de las 3 de la mañana, pudo verlo y contarle que estaba embarazada. Agregó que él lloró y le dijo que no tenía nada que ver con lo que lo acusaban. Además relató que pudo regalarle un anillito que al ingresar en Arsenal le habían dado en compensación por una pulsera de plata que le habían robado.-

También en el curso del debate, al prestar declaración testimonial, Osvaldo Humberto Pérez dijo que vio en el Arsenal a Juan Carlos Pastori, que era un compañero de militancia oriundo de Jujuy. Precisó al momento de su secuestro estaba haciendo la conscripción, que le decían "Sombra" y que había sido ingresado al centro clandestino pelado y vistiendo una camiseta y un short. Además señaló que en el Arsenal supo que su novia era otra detenida, una estudiante de arquitectura llamada Nora Cajal. Finalmente indicó que la víctima permaneció cautiva alrededor de dos meses y después no la vio más.-

María Cristina Rodríguez Román de Fiad en audiencia dijo que supo que en el Arsenal donde permaneció cautiva estaba un conscripto de apellido Pastori, que era el novio de una mujer con la que allí conversaba, Nora Cajal.-

Andrés Héctor Lorenzo Lerma en su declaración oralizada en el debate de fs. 157/158 del cuerpo 235 manifestó "Una noche, al poco tiempo de que se fueran los interrogadores, llegó un camión y empezaron los gritos de los guardias que le pegaban a alguien y lo insultaban. Me di cuenta de que era un soldado. Le gritaban traidor a la Patria, le arrancaron el uniforme, por las cosas que le decían me di cuenta de todo eso. Inmediatamente lo llevaron a torturar. Al preguntarle el nombre casi me muero de la impresión. Era Juan Carlos Pastory (sic), uno de mis amigos, y por un tiempo trabajó en la gráfica antes mencionada (la referencia es a la imprenta "Gráfica Interprovincial" en la que trabajaba el declarante y Humberto Alfredo González, personas también víctimas de autos). Al salir me contarían que estaba haciendo servicio militar en el comando y para peor creo que era dragoneante. Lo torturaron toda la noche. Estuvo en el mismo galerón que yo. Nunca lo relacionaron conmigo. Y a mí jamás me preguntaron por él. Pastory tenía el número 90, pues los guardias cuando lo llamaban hacia la puerta le gritaban, 90 venga para acá, y al responder, me daba cuenta que era Juan Carlos. Hasta que salí Pastory estaba bien, ya no le pegaban y lo llamaban también "El Soldado".

Las gestiones realizadas por los familiares de la víctima para dar con su paradero fueron infructuosas.-

Juan Carlos Pastori a la fecha continúa desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a Ángel Alfonso Medina Gutiérrez (Caso 58). Causa: "Cerrizuela de Medina Asunción de Jesús s/su denuncia por secuestro y desaparición de Ángel Alfonso Medina Gutiérrez" Expte. n° 1.620/05.-

Ángel Alfonso Medina Gutiérrez, a quien llamaban "Lito", a la fecha de los hechos tenía 30 años de edad y se domiciliaba junto a su esposa y sus tres hijos en calle Tucumán 53 de la ciudad de Monteros, provincia de Tucumán. Era empleado del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Monteros, y militaba en el Partido Comunista.-

El 27 de septiembre de 1976, entre las 21 y las 21.30 horas, fue secuestrado de la casa familiar.-

Al declarar en la audiencia la esposa de la víctima Asunción de Jesús Cerrizuela de Medina dijo que el secuestro se produjo cuando tenía lugar en la casa familiar una reunión por tratarse de la víspera del cumpleaños de su esposo. En la vivienda se encontraba la dicente, su esposo, su hija de 10 años, su hijo de tres años que estaba durmiendo, su madre y un matrimonio amigo. Pasadas las 21 horas se presentó en el domicilio un grupo de encapuchados con botas, medias en la cabeza, guantes, armados con armas largas. Ingresaron por la puerta del frente de la casa y por atrás, y preguntaron quién era Ángel Alfonso Medina, "Lito" Medina, y nadie contestó. Posteriormente encañonaron a su vecino y le preguntaron quién era, y éste explicó que se encontraba en la casa con motivo del cumpleaños de Medina. Luego su marido dijo que él era "Lito" Medina y los llevaron a todos a otra habitación. Encontrándose allí oyó que su hijita de 10 años, que estaba en un baño de atrás de la casa, gritaba. La llevaron encañonada a buscarla y pudo ver que otro grupo de intrusos entraba por el fondo de la casa. Al retornar con su hija al sector del frente de la casa vio que su madre y su vecino estaban encañonados, y este último en el suelo. Recordó que a su esposo le pidieron su documento, y este lo buscó. Seguidamente dijo que oyó que su hijo mayor, que llegaba desde la calle donde había estado jugando, gritaba, que lo hacía porque lo golpeaban porque querían maniatarlo y él se resistía. Agregó que luego cruzaron a su esposo por el fondo de la casa y lo arrojaron a una camioneta blanca que se encontraba estacionada delante de la vivienda. Luego partieron los atacantes llevándose a su esposo.-

En la audiencia también relató circunstancias asociadas con el secuestro de la víctima su hijo Ángel Augusto Medina, que al momento del hecho tenía 12 años. Dijo que encontrándose jugando fuera de la casa, en la calle, vio un movimiento extraño en la zona. Recordó que se asustó porque desde el Operativo Independencia en su casa vivían con miedo porque los molestaban con frecuencia. Observó que estacionó en la cuadra de su casa un auto raro y que de éste descendieron personas desconocidas con un andar particular. Seguidamente comenzó a correr y pudo ver que en la cuadra había un hombre armado en cada casa. Logró ingresar a su casa a pesar de que quisieron detenerlo. Vio a su padre, a su madre, a un vecino, a su hermana que lloraba y pedía que no le peguen a su papito. Recordó que todos los intrusos llevaban medias que cubrían sus rostros, con excepción de uno que tenía puesta una peluca y anteojos de carey. Recordó la forma en que retiraron de la casa familiar a su padre, golpeándolo y tirándolo sobre las rosas podadas, y también la mirada desesperada de su padre cuando se lo llevaban. Manifestó que el secuestro de su padre no fue una casualidad porque militaba desde muy joven en el Partido Comunista y había viajado a Checoslovaquia. Precisó que todos le decían a su padre que quemara las revistas y los libros que tenía, pero que él decía que no quemaría nada porque no podía claudicarse de los ideales.-

La víctima en algún momento fue trasladada al centro clandestino de detención Arsenal. Allí fue vista por Alberto Argentino Augier, conforme surge de su declaración oralizada en el debate que corre a fs. 3/7 del cuerpo 186 donde se refiere a la víctima en los siguientes términos: "'Nito' (sic) Medina, empleado del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Monteros, se manifestaba comunista, discutía con los guardias las ventajas de su ideología y afirmaba con énfasis que nunca había pertenecido a la subversión. Me pareció un hombre íntegro cuyo destino ignoro...".-

Las gestiones realizadas por los familiares de Ángel Alfonso Medina Gutiérrez para hallarlo no tuvieron resultado. Al respecto su esposa en el debate dijo que luego de que se llevaran a su marido se fue corriendo a la Comisaría a realizar la denuncia y le dijeron que regresara al día siguiente. A la mañana siguiente volvió y le asentaron la denuncia por escrito. Con la constancia de esa denuncia se dirigió al día siguiente a la ciudad de San Miguel de Tucumán, donde solicitó hablar con Zimmermann. Luego de varias horas de esperarlo se desvaneció. Agregó que posteriormente apareció un muchacho de Monteros al que conocía y que logró que pudiera entrevistarse con Zimmermann, quien luego de escucharla le dijo que ellos no tenían ningún detenido, que se fuera a Baviera y allí hablara con Arrechea que era quien estaba a cargo del secuestro del grupo que correspondía a su marido. Al llegar a Baviera oyó unos tiros y luego salió un militar al que preguntó por su marido, y esa persona le dijo que se fuera y no regresara porque podría pasarle lo mismo. Agregó que realizó otras gestiones, habeas corpus, presentaciones ante la Conadep y la Cruz Roja, por ejemplo, todas sin éxito.-

Sobre tales trámites también en la audiencia se refirió la hermana de la víctima Julia del Carmen Medina Gutiérrez.-

La esposa de la víctima también explicó que la desaparición de su esposo implicó una catástrofe para su familia porque la privó del sustento, ya que éste era el sostén económico.-

Por otra parte, hizo referencia a la actividad política de su esposo que militaba en el Partido Comunista, y precisó que antes de su secuestro ya había sido objeto de persecuciones. En tal sentido dijo que durante el Operativo Independencia fue detenido por primera vez, que fue conducido a la Comisaría y allí fue golpeado. Agregó que en otra oportunidad allanaron manzana por manzana la zona en que vivían, y que la manzana de la casa familiar también fue allanada. También señaló que la tercera vez que allanaron su domicilio su marido fue detenido y conducido a la Escuela Diego de Rojas. Asimismo explicó que tales persecuciones sumieron a la familia en un temor permanente, que siempre los hacían asustar golpeando la ventana de los fondos de la casa, que estaban afectados de los nervios, que la dicente no dormía por las noches para que su marido pudiera dormir y salir a trabajar a la mañana, y que su vida era un caos a raíz de tanto miedo que les infundían.-

Sobre la permanencia de su esposo en el Arsenal dijo que con el tiempo se enteró que el doctor Augier lo había conocido allí. Precisó que lo supo en una oportunidad en la que le hicieron leer un mensaje en un homenaje a los desaparecidos. Luego agregó que logró conversar con el doctor Augier que le dijo que su marido era un hombre con mucha fuerza, de grandes agallas, que había sido un ejemplo en el Arsenal. Indicó que también le contó que cuando salió de Arsenal todavía estaba con vida, que encontrándose en ese lugar cantaba la Internacional.-

En la actualidad Ángel Alfonso Medina Gutiérrez continúa desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a Víctor Hugo Safarov (Caso 59). Causa: "Safarov Simón s/su denuncia por secuestro y desaparición de Víctor Hugo Safarov" Expte. n° 603/07.-

Víctor Hugo Safarov, (a) "Vitin" o "Pico", a la fecha de los hechos tenía 25 años de edad, oriundo de Jujuy, se domiciliaba en una pensión de calle Lapida n° 797 de San Miguel de Tucumán y era estudiante universitario de abogacía en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UNT.-

Que entre finales del mes de septiembre y los primeros días del mes de octubre del año 1976, Víctor Hugo Safarov fue secuestrado. Estuvo alojado en el CCD de "Arsenal Miguel de Azcuénaga", donde murió.

Quedó acreditado en la audiencia de debate que Víctor Hugo Safarov fue secuestrado entre los últimos días del mes de septiembre y los primeros de octubre de 1976 en virtud de la prueba documental, debidamente agregada, del cuerpo N° 364, donde Sofía Dominga de Sarafov denunció la desaparición de su hijo. Allí informó que la dueña de la pensión donde estaba viviendo la víctima le escribió diciendo que su hijo había desaparecido y que días antes se habían presentado en la pensión tres personas de civil buscándolo, pero no lo encontraron. Agregó, en esa oportunidad, que por averiguaciones realizadas a los profesores de la Facultad de Derecho (carrera que estudiaba) el último examen lo había rendido el día 17 de septiembre de 1976.

Asimismo, quedó acreditado su alojamiento en el CCD "Arsenal Miguel de Azcuénaga" por el testimonio brindado, en la audiencia, de Nora Alicia del Valle Cajal, quien describió que en "Arsenales" vio a un chico de pelo ensortijado de apellido árabe o griego, Safarov, y que lo conocía de tomar café.

Además, Oscar Humberto Pérez, declaró que "Pico" Safarov -jujeño y estudiante de derecho- llegó al "Arsenal" destrozado y con un codo quebrado. Describió que lo hicieron ver por el Dr. Augier, que también estaba detenido allí, quien dijo que la herida estaba con gangrena por lo que había que operar, lo cual, en ese lugar, no existía. Luego agregó que la víctima estuvo días agonizando y que su estado era tan desesperante que deliraba y pedía que lo maten. Describió que como tenía gusanos en el brazo lo sacaban del galpón para limpiárselos y un día, al trasladarlo para esa tarea, en la puerta de una de las alas murió.

A su vez, Susana Leoni Auad brindó en la audiencia un testimonio coincidente, ya que dijo que entre los detenidos del Arsenal vio a Víctor Hugo Safarov, a quien conocía del secundario. Luego, detalló que oyó su voz, y que pedía auxilio porque estaba con gangrena en el codo, como consecuencia de la tortura. También dijo que no lo atendía "Ángel" sino el Dr. Augier.

Hasta el día de hoy, Víctor Hugo Safarov permanece desaparecido.. -

Hechos que perjudicaron a Enrique Gonzalo Díaz Macías (Caso 60). Causa: "Auad de Díaz Macías Zaira s/su denuncia por privación ilegítima de la libertad y otros delitos ep de Enrique Gonzalo Díaz Macías" Expte. n° 1.121/05.-

Enrique Gonzalo Díaz Macías a la fecha de los hechos tenía 37 años de edad, se domiciliaba en calle Salta 629 Departamento "C" de San Miguel de Tucumán y era comerciante (propietario del negocio "Rincón Infantil" ubicado en Galería Mendoza de esta ciudad).-

El día 9 de octubre de 1976, Enrique Gonzalo Díaz Macías fue secuestrado en la vía pública, por un grupo de personas armadas, vestidas de civil. Fue trasladado al centro clandestino de detención Miguel de Azcuénaga.-

Zaira Auad de Díaz Macías, esposa de la víctima, relató en la audiencia que el día 9 de octubre de 1976 en horas de la siesta su marido salió del negocio que tenía para hacer unas compras y que no regresó. Indicó que se preocupó por esta situación y haciendo averiguaciones entre los vecinos supo que por dos personas de civil, en la vía pública, lo detuvieron. Asimismo, relató las diligencias que realizó para dar con su esposo y que unos gendarmes le dijeron que estaba en el Arsenal y que había fallecido por la tortura.

Confirman esta declaración, el testimonio de María Cristina Rodríguez Román de Fiad quien relató en el debate que escuchó cuando torturaron al marido de Zaira Auad, hasta matarlo. Agregó que escuchó que llamaron a un enfermero que dijo "estos les hacen de todo y pretenden que yo los mejore con un mejoral".

Hasta la fecha, Gonzalo Díaz Macías continúa desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a César Gustavo Campopiano (Caso 62). Causa: Principal, Expte. N° 443/84 acumulado Expte. N° 1.530/05 y sus Actuaciones Complementarias.-

César Gustavo Campopiano a la fecha de los hechos tenía 20 años y vivía en la casa familiar de calle Asunción 236 de la ciudad de San Miguel de Tucumán. El 21 de octubre de 1976 fue secuestrado de ese domicilio.-

Al declarar en la audiencia Cristina Noemí Campopiano dijo que la tarde de ese día se encontraban en la casa César Gustavo Campopiano que estudiaba ingeniería electrónica, su hermana Ada Celia de 12 años a la fecha de los hechos y la dicente que en ese momento tenía 15 años y estaba preparando un examen. Alrededor de las 19:30 horas se presentaron en la casa familiar unas personas que dijeron a Ada Celia ser compañeras de estudio de César Gustavo. Dichas personas luego de penetrar en la vivienda sin explicación alguna comenzaron a intentar llevarse a la fuerza a la víctima. Al oír un griterío la declarante se fue al living. Allí su hermana Ada Celia lloraba detrás de uno de los sillones de la estancia. Su hermano Gustavo medía 1.93 metros y era grandote, el promedio de las estaturas de los que entraron estima que era de 1.75 metros. Precisó que sin embargo uno de ellos lo golpeó con tal violencia que lo volteó contra la puerta del dormitorio de su madre. La declarante desesperada pidió que lo soltaran y se cruzó ante la puerta de calle diciendo que no sacarían a su hermano hasta que se identificaran. Recordó que su hermano le gritaba que se corriera, que la iban a matar. Uno de los secuestradores se acercó a ella, llevaba jeans, anteojos metálicos de vidrios celestes y una Itaka en la mano. Le puso la itaka entre los ojos y le dijo "correte o sos boleta". La dicente reclamaba que dijeran quiénes eran, su hermano gritaba y lloraba, le repetía que se corriera, que la iban a matar. Finalmente el hombre que la apuntaba exhibió una credencial y la sostuvo de tal manera que sólo se veía su fotografía y la leyenda "Ejército Argentino". Finalmente se corrió, se llevaron a su hermano y lo introdujeron en un automóvil Renault 12 blanco. Gustavo alcanzó a gritarle "llámalo a Mandi". Agregó que su hermana seguía detrás del sillón con un ataque de nervios. Su madre no había regresado aún del trabajo y su otro hermano Julio tampoco. Desesperada la declarante no sabía qué hacer pero no llamó a Mandi que era amigo de su hermano, sino a una amiga suya cuyo padre trabajaba en el Juzgado Federal, Julieta Ramos. Ella la comunicó con su padre, hoy fallecido, y éste le dijo que se tranquilizara, le dictó un hábeas corpus y le pidió que al llegar su madre fueran a presentarlo. La dicente habló con su novio quien le recomendó que permaneciera encerrada en la casa. Poco tiempo después llegó su madre. Luego llegó la madre de su novio con un tío y ellos las llevaron a buscarlo a Gustavo.-

De modo semejante en lo esencial relataron las distintas circunstancias vinculadas con el secuestro en sus declaraciones oralizadas en audiencia la propia víctima y su madre Adelaida Celina Carloni de Campopiano -ténganse presentes, especialmente, los testimonios que corren a fs. 1321/vta. del cuerpo 303 y 10/12 del cuerpo 297, respectivamente- y, asimismo, su hermana Ada Celia en la audiencia.-

César Gustavo Campopiano en la declaración antes citada expresa que permaneció cautivo en el centro clandestino de detención. Al respecto allí precisó que luego de ser introducido en el automóvil Renault 12 blanco los llevaron a una zona de cañaverales de Villa Mariano Moreno donde una persona que él no conocía lo identificó negativamente y le preguntaron si conocía a Micaela, que luego supo que se trataba de la novia de su hermano Celia Medina. Posteriormente indicó que fue trasladado al Arsenal, donde fue golpeado para que dijera dónde estaba su hermano Julio, pero no dijo nada. A la noche de ese mismo día oyó cómo pedían nombres y documentos a su hermano Julio y a su novia que quedaron detenidos. Al día siguiente escuchó cuando torturaban a Julio. Agregó que supo que estuvo detenido en el Arsenal porque un guardia al que se lo preguntó se lo confirmó. Fue liberado transcurridos unos días. Cuando era retirado del lugar le preguntó a un guardia si su hermano sería liberado y le respondió que sería puesto a disposición del PEN.-

Durante el debate Cristina Noemí Campopiano recordó que su hermano Gustavo apareció milagrosamente 10 días después del secuestro, cerca de la medianoche, totalmente golpeado, inmundo, llorando. Al abrir la puerta constataron que estaba casi ciego, su madre le decía "hijito mío" y él dijo "ya viene Julio, ya lo sueltan".

Hechos que perjudicaron a Julio César Campopiano (Caso 63). Causa: Principal, Expte. N° 443/84 acumulado Expte. N° 1.530/05 y sus Actuaciones Complementarias.-

Julio César Campopiano a la fecha de los hechos tenía 18 años de edad y vivía en la casa familiar de calle Asunción 236 de la ciudad de San Miguel de Tucumán. El 21 de octubre de 1976 fue secuestrado.-

Su secuestro ocurrió tiempo después de producido el de su hermano César Gustavo Campopiano el mismo día, hecho que ya se ha analizado supra.-

Al declarar en audiencia Pedro Eugenio Dilascio, quien era compañero de colegio de la víctima y la acompañaba en ocasión de que ésta realizaba gestiones a raíz del secuestro de su hermano César Gustavo, recordó que a una media cuadra de la casa de la familia Campopiano, en una calle situada sobre el Cementerio del Oeste, bajaron varias personas vestidas de civil de un automóvil y preguntaron quién era Julio Campopiano. Agregó el dicente que a él lo golpearon en el estómago y se llevaron a Julio. Inmediatamente después del hecho fue a relatarle lo sucedido a la madre de la víctima.-

Sobre el secuestro la hermana de la víctima Cristina Noemí Campopiano en audiencia precisó que luego de que secuestraron de la casa familiar a César Gustavo llegó su otro hermano, Julio César, a quién le narró lo acontecido. Él le dijo que se calmara, que buscaría y encontraría a César Gustavo e hizo algunas llamadas telefónicas. Luego salió de la casa junto con su compañero de colegio Pedro Dilascio. Aproximadamente quince minutos después sintió golpes en la ventana y en la puerta de la calle. Era Pedro que le gritaba que le abriera, que también se habían llevado a Julio. La declarante le abrió, ambos quedaron en la casa,.Pedro Dilascio le contó que al salir de la casa a buscar a Gustavo observaron entre las calles Asunción y Mendoza, sobre ésta última, a la altura de la vereda del Cementerio del Oeste a un automóvil Peugeot 504 blanco con 4 personas dentro. Pedro le contó que le avisó a Julio César que los estaban marcando, que se volvieran, pero Julio le dijo que no lo hicieran porque en la casa estaban las chicas. Intentaron cruzar en diagonal, atravesando el Parque Avellaneda, hacia la Maternidad y salir por Avenida Mate de Luna, pero a la altura de la puerta del cementerio quienes iban en el vehículo les dijeron "quién es Campopiano". Julio le dijo a Pedro "vos conocés a un Campopiano". Luego se bajaron las 4 personas del auto y le dijeron a Julio "no te hagás el pelotudo, vos sos Campopiano" y se lo llevaron.-

La declarante agregó que su hermano era estudiante secundario, que estaba terminando la secundaria, que le faltaba un mes y medio para terminar. Dijo asimismo que era actor, escritor y que tenía actividad política, que había ganado varios premios literarios, que al último se lo dieron el 3 de noviembre, que nunca supo que lo obtuvo y que ella lo recibió por él. Estudiaba en el Instituto Modelo, volvía del colegio cuando fue secuestrado y se lo llevaron con el uniforme del colegio.-

Sobre el secuestro se pronunciaron en términos en lo central semejantes la otra hermana de la víctima Ada Celia Campopiano en audiencia y en sus declaraciones oralizadas su madre actualmente fallecida Adelaida Celina Carloni de Campopiano -téngase presente, especialmente, el testimonio de fs. 10/12 del cuerpo 297-.-

La víctima el mismo día en que es secuestrada es trasladada al centro clandestino de detención Arsenal. Ello surge de la declaración oralizada en el debate de su hermano César Gustavo Campopiano de fs. 1321/vta. del cuerpo 303. Allí manifestó que a la noche del día de su secuestro -que, como ya se dijo, tuvo lugar también el 21 de octubre, tiempo antes de producido el de Julio César-, encontrándose cautivo en Arsenal, oyó cómo pedían nombres y documentos a su hermano Julio y a la novia de éste, quedando ambos detenidos. Al día siguiente escuchó cuando torturaban a su hermano. Agregó que al retirarse del lugar en el que se encontraba detenido volvió a escuchar la voz de su hermano. Asimismo dijo que al ser liberado preguntó a un guardia si su hermano también lo sería y éste le respondió que sería puesto a disposición del PEN.-

Al declarar en audiencia Antonia del Valle Barrionuevo dijo que aunque no lo vio, permaneció cautivo en el galpón del Arsenal un chico Campopiano.-

También durante el debate Juan Martín Martín dijo que, aunque no estaba seguro, le parecía recordar el nombre de Julio César Campopiano del Arsenal.-

Celia Georgina Medina en audiencia dijo que al momento de ser secuestrada se le preguntó si conocía a julio César Campopiano. Posteriormente, luego de haber sido ingresada al Arsenal, dijo que allí lo reconoció porque pedía que no lo empujaran y, posteriormente, durante los interrogatorios que sufrió se le preguntó por las actividades de la víctima.-

A su vez, en la declaración oralizada en el debate que obra a fs. 128/131 vta. del cuerpo 297 Antonio Cruz manifiesta: "Que a la fotografía que se le enseña en este acto no la reconoce, pero que como sabe que se lo interroga en la causa presentada por la Sra. Adelaida Carloni de Campopiano manifiesta, que en la oportunidad de encontrarse en el Servicio de Paz y Justicia, la nombrada, madre de Julio César Campopiano le enseñó una fotografía en la que reconoció el deponente como la de una persona que se encontró detenida en el Arsenal Miguel de Azcuénaga, el que falleció por falta de atención médica y decían en esa oportunidad que había muerto de tétanos. Que lo reconoció porque al ser trasladado desde el Campo Clandestino hasta un Pozo existente más o menos a cincuenta o cien metros, ya muerto, vio su rostro, aclara que vio el cuerpo entero ya que el deponente, junto con otras cinco personas, ayudaron a cargar el cadáver. Que no recuerda el nombre de esas otras cinco personas, pero sí recuerda que uno de ellos era un Sargento Ayudante cordobés que había venido de Salta. Asimismo manifiesta que el cuerpo de esta persona lo quemaron. Que esta persona era de cabello castaño, de bigotes, delgado, con la boca abierta, tenía los labios amarillos y se encontraba todo sucio, que tenía el pelo medianamente largo, de aproximadamente un metro setenta y cinco.".

Las gestiones realizadas por los familiares de la víctima para dar con su paradero fueron infructuosas. En audiencia Ada Celia Campopiano señaló que acompañó a su mamá en muchas diligencias, que fueron varias veces al comando, que realizaron denuncias en el Juzgado Federal, habeas corpus, en Amnesty Internacional y en otros organismos. También en el curso del debate Cristina Noemí Campopiano recordó la relevante actuación de su madre en Madres de Plaza de Mayo Filial Tucumán.-

Ana Cristina Robles en el debate, luego de manifestar que desde su profesión de abogada trabajó a la fecha de los hechos en las detenciones ilegales que se producían, en el marco de esa actividad recordó a las señoras Holmquist y Campopiano. Precisó que las asistió en la presentación de habeas corpus en la justicia federal y provincial, y en la realización de gestiones en otras dependencias.-

Hechos que perjudicaron a C.G.M. (caso 64) Causa: Principal, Expte. N° 443/84 acumulado Expte. N° 1.530/05 y sus Actuaciones Complementarias.-

C.G.M. al momento de su secuestro tenía 19 años y era estudiante de la facultad de Filosofía y Letras.

Quedó acreditado en la audiencia de debate que en el año 75 la detuvieron y la llevaron a Jefatura de Policía por un día por no llevar documentos. Posteriormente, en octubre del año 1976, la víctima se encontraba estudiando en la casa de una compañera y recibió un llamado telefónico de su madre en el que le decía que no podría ir a buscarla porque se sentía mal, sus compañeras de estudio la llevaron a su domicilio de calle Muñecas n° 660, al ingresar vio que un hombre estaba apuntando con una pistola a su madre y a su hermana, en ese momento la interrogaron acerca de Julio Campopiano, la víctima dijo que lo conocía y que podía ir a declarar al día siguiente, pero en ese mismo momento la encapucharon y la subieron en la parte trasera de un auto. Fue trasladada al CCD que funcionaba en el Arsenal Miguel de Azcuénaga, circunstancia que quedó probada fehacientemente por el relato de la víctima en la audiencia donde refirió que mientras era trasladada en el automóvil al principio percibió las luces de la ciudad, después no y el auto aumentó la velocidad como si fueran por una ruta; por la declaración de Gustavo Campopiano oralizada en la audiencia de donde surge que escuchó a Celia Medina mientras estaba secuestrado en el Arsenal y la declaración de Osvaldo Humberto Pérez que refirió a que la víctima estaba en ese centro clandestino.

Al llegar al centro clandestino le vendaron los ojos y pudo distinguir características del lugar tales como celdas pequeñas, el piso de tierra. En ese lugar reconoció a Julio Campopiano y pudo hablar con él. Compartió cautiverio con una adolescente de 16 años analfabeta quien le comentó que era del campo y que en su secuestro habían matado a sus padres (estaba en la celda contigua a la de ella), con Trinidad Iramain y Teresa Guerrero de Díaz Saravia, las que llevaban mucho tiempo ya en el campo de concentración. Fue sometida a interrogatorios y torturas, preguntándole sus captores por Ricardo Torres Correa, Adriana Mitrovich, Julio Campopiano y otras personas. Los torturadores usaban el método del "abogado defensor", es decir que una persona le hacía creer que era abogado y le decía que lograría que la pongan a disposición del Ejecutivo si confesaba y decía la verdad.

Posteriormente fue trasladada en un automóvil a un sitio desconocido donde fue obligada a bajar y se le ordenó que corriera, a lo que ella desobedeció, siendo nuevamente ingresada al automóvil y trasladada a lo que describe como un garage. Allí fue brutalmente torturada hasta que llegó al lugar una persona con autoridad militar y ordenó que la trasladaran. Fue llevada a un lugar donde fue recogida por personal policial y atento a que llevaba una carta en la que había una supuesta declaración en la que reconocía ser miembro del ERP fue trasladada a la Jefatura de Policía, donde fue entrevistada por Albino Mario Zimmermann quien le informó que había sido detenida por ser estudiante de filosofía y que lamentablemente no la podían dejar detenida porque no le podían comprobar nada, pero si fuera por él no saldría en libertad. Fue liberada el 30 de noviembre de 1976.-

Hechos que perjudicaron a Rina Rosa Alarcón (Caso 65). Causa: "Alarcón Rina Rosa s/su secuestro y desaparición" Expte. n° 1.412/06. -

El día 25 de octubre de 1976, Rina Rosa Alarcón se retiró de su trabajo situado en calle Gral. Heredia y San Martín de la ciudad de Concepción. Fue secuestrada en la vía pública por personas desconocidas, conforme surge del hábeas Corpus presentado ante la justicia federal por su madre Analía del Carmen Robín de Alarcón, oralizado en audiencia.

Ha quedado acreditado acabadamente en la audiencia que estuvo detenida en el centro clandestino de detención que funcionaba en el Arsenal Miguel de Azcuénaga. Allí fue vista e identificada por Antonia del Valle Barrionuevo, Alejandro Federico Alderete Soria y Alberto Argentino Augier.

Antonia del Valle Barrionuevo dijo que en el Arsenal les daba de comer una chica de Gastona que trabajaba en una óptica y que era de apellido Alarcón. Rina le contó que al salir del trabajo con el dueño de la óptica les quitaron el auto, lo manejaron ellos, en el baúl lo pusieron al dueño de la óptica y a ella la llevaron allí. No sabía por qué estaba allí. Ella le dijo que en el Arsenal había dos secciones, de 40 plazas cada una.

Alejandro Federico Alderete Soria vio en el Arsenal, mientras estuvo secuestrado, a una chica que trabajaba frente a la farmacia de su padre, en un local llamado "Optica García". Era una empleada de ese local, era una chica morocha, alta y muy simpática, ella vivía sobre la ruta 38 en un caserío a la entrada de Gastona llamado Las Lanzas. Contó que estando vendado oyó que le decían "Alejandro soy yo", él dijo quién y le dijeron "yo soy tal -no recuerda el nombre-, la chica de la óptica"

Finalmente el Dr. Alberto Augier, cuyo testimonio fue incorporado por lectura en esta audiencia, dijo que había una chica rubia de Concepción que trabajaba en una óptica y que era quien repartía la comida a los detenidos, agregando que en el mes de marzo de 1977 fue sacada del Arsenal y no se supo más de ella.-

Al día de hoy Rina Rosa Alarcón continúa desaparecida.-

Hechos que perjudicaron a Alberto Argentino Augier (Caso 66). Causa: "Bussi Antonio Domingo y otros s/privación ilegítima de la libertad y otros delitos ep de Augier Alberto Argentino" Expte. n° 592/04 acumulado 215/77.-

Alberto Argentino Augier, fue secuestrado el día 29 de octubre de 1976 a horas 12:00 en la vía pública, en la ciudad de Aguilares.

Su secuestro ha quedado acreditado en primer lugar con su propia declaración prestada ante la CONADEP, la cual fue oralizada en ésta audiencia por encontrarse fallecido (declaración obrante a fs. 3/9 del cuerpo 186).

El día 29 de octubre de 1976, salió alrededor de las 12.00 horas de su trabajo, en el Colegio Nacional Nicolás Avellaneda de Aguilares, ubicado en la intersección de Avda. Mitre y calle Alberdi de dicha localidad. Allí fue interceptado por dos sujetos jóvenes que lo invitaron a ascender a una camioneta. Una vez allí le exhibieron identificaciones de la Policía Federal diciéndole que lo llevaban en presencia de sus superiores, llegando al extremo norte del puente viejo se detuvieron a esperar otro vehículo. Luego lo pasaron a un Peugeot 404. El conductor le dijo que su secuestro se debía a una carta que le había enviado a Luciano Benjamín Menéndez.

Fue trasladado al centro clandestino de detención que funcionaba en el Arsenal Miguel de Azcuénaga. Al llegar le vendaron los ojos, lo introdujeron en un local donde había mas gente y fue ubicado cerca de Félix Viterbo Corbalán. Le asignaron el n° 55 y le prohibieron hablar. Algunos días después fue sometido a interrogatorio, le preguntaban sobre su relación con Menéndez y sobre su hija apodada "Kika".

Fue sometido a distintas torturas, con picana eléctrica, dejado al sol durante un día de extremo calor con los ojos vendados y esposado con las manos atrás, enterrado de cuerpo entero dejándole sólo la cabeza fuera de la tierra durante cinco días, fue interrogado con un puñado de plantas espinosas en las manos para que con el menor movimiento se le clavaran las espinas en la espalda. Además describió todas las torturas que se hacían en el Arsenal: "la cama eléctrica", "El arrastre", "el enterramiento", "el submarino", "el colgamiento".

Compartió cautiverio con Luis Falú, Viterbo Corbalán, el Bombo Ale, Beto Pereyra, César Correa, un muchacho que apodaban "Petiso", una persona muy joven apodada "El Cayayo", Nito Medina, un hombre de más de setenta años apodado "El Carancho", Arquetti, Alderete Soria, una maestra de apellido Barrionuevo, un muchacho chaqueño que llamaban "Tito", René Argañaraz, Luis Maldonado, Damián Márquez y Rina Alarcón.

Su versión ha quedado completamente corroborada con testimonios de otras víctimas sobrevivientes, así Alejandro Alderete Soria escuchó los interrogatorios sobre la hija de Augier, conocía a los Augier porque eran familias vecinas.

Antonia del Valle Barrionuevo vio al Dr. Augier cuando estaba enterrado hasta la cabeza y dijo que le mojaban la tierra para que se compactara. Eso mismo fue contado por el propio Augier a Héctor Oscar Justo quien también contó en ésta audiencia que en una oportunidad el doctor Augier trató de calmarlo y fue quien lo ayudó a curarse de una herida que tenía en la muñeca por las esposas, le dijo que a él le hicieron cosas peores, que tratara de calmarse y en voz baja le contó que había estado en el pozo, donde enterraban a una persona hasta el cuello. Lo enterraron una noche y al otro día lo sacaron como de lástima.

Osvaldo Humberto Pérez dijo que el Dr. Alberto Argentino Augier estuvo secuestrado en el Arsenal varios meses y en algún momento ante la gravedad de algunos prisioneros le consultaban a él pero no le permitían que los atendiera. Dijo también que el Dr. Augier llegó al Arsenal en el auto de Rodríguez de Fiad.

El día 1° de abril fue sacado del Arsenal con las manos atadas y amordazado en un Renault 6. Fue llevado a algún lugar desconocido, donde fue interrogado largamente por su amistad con Menéndez, aunque no fue torturado. Luego fue finalmente liberado en la madrugada del día 3 de abril de 1977 en cercanías de la ciudad de Concepción.

Eugenio Augier, hijo de Alberto Argentino Augier relató en ésta audiencia que hacia fines del año 76 se encontraba en Catamarca con su madre quien era secretaria del Juzgado Federal de Catamarca. Su padre era rector del Colegio Nacional de Aguilares. Era defensor de los pueblos originarios y defendía a los indios Yampas, había empresas madereras que los querían sacar del terreno por lo que su padre habló con Menéndez y éste le dijo que se iba a ocupar. No tuvieron noticias de su padre desde fines del 76 hasta que regresó el 3 de abril de 1977, lo buscaron por todos lados, hicieron diligencias pero nadie les dijo nada. Su madre le mandó cartas a Menéndez, presentó hábeas Corpus, pero nunca obtuvo respuestas salvo palabras de consuelo. Cuando regresó su padre, les contó todo lo que había pasado, que fue sometido a torturas y vejámenes y a quienes había visto en su misma situación.

Expresó que este hecho marcó la vida familiar para siempre. Que su madre fue echada de su trabajo, que estuvieron perseguidos y constantemente vigilados y amenazados. Dijo que el Dr. Augier estuvo con guardia domiciliaria hasta su muerte porque lo amenazaban por teléfono justamente cuando lo llamaban a declarar para estos juicios o para prestar testimonio. Falleció como testigo protegido.-

Hechos que perjudicaron a Alejandro Federico Alderete Soria (Caso 67). Causa: Principal, Expte. 443/84.-

Los últimos días de Octubre de 1976, Alejandro Alderete Soria fue secuestrado en la corresponsalía del diario "La Gaceta" en la Ciudad de Concepción, frente a su amigo el señor Mario Juárez, corresponsal responsable de la misma. El secuestro fue llevado a cabo por dos sujetos jóvenes quienes lo perseguían desde que este salió de los tribunales de Concepción para cobrar un cheque. Los sujetos lo encañonaron y le mostraron un carnet donde se podía ver las siglas de la policía federal, llevaron a Juárez al fondo, esposaron a Alderete Soria y le pusieron unos anteojos negros. Fue conducido hasta un automóvil, que siguió marcha por la vieja ruta 38, a la altura de Lules, en una estación de servicio, cargaron nafta y lo hicieron esconder detrás de los asientos delanteros, el vehículo siguió la marcha y fue conducido al CCD Arsenal Miguel de Azcuénaga. Lo vendaron con algodones y tela. Una persona le dijo que no se le caiga la venda porque podía no seguir vivo si eso le pasaba, que la garantía de su vida era que no viera a nadie. Estaba en un campo clandestino de detención de personas con un régimen estricto, con una agresión permanente, aunque aclaró que nunca fue llevado a la cama de torturas. Lo interrogaron sobre su vida, no sobre otras personas. Había sufrido dos intentos de secuestros en las semanas previas a su detención. Todo esto quedó acreditado con su declaración prestada en audiencia.

Estuvo 28 días secuestrado en el Arsenal. Un día antes de ser liberado le preguntaron que haría si lo liberaban, él respondió que se iría a Córdoba y, ante eso, le dijeron que se fuera cuanto antes.

En el Arsenal vio al Dr. Augier, era su médico, su familia era amiga de la suya. Escuchó cuando le preguntaban sobre su hija, lo interrogaban todo el tiempo sobre ella. También vio a un soldado detenido, no recuerda si le decían soldado o conscripto. Una vez le sacaron las vendas y junto con ese soldado los hicieron limpiar el salón de detenidos, todos los boxes o celdas. También vio a una chica que trabajaba frente a la farmacia de su padre, en un local llamado "Optica García" -Rina Alarcón-, a Yáñez que estaba en la casilla 2 y escuchó que ahí había estado Leandro Fote.

En el Arsenal tuvo una suerte de trato especial en el sentido de que no lo torturaron nunca. Sintió olores a quemas, por la noche se oían torturas y tiros. Expresó que todos los detenidos oían las torturas como técnica de domesticación.

Su secuestro quedó corroborado con la declaración de Dr. Alberto Augier, oralizada en audiencia - fs 3/9 cuerpo 186- quien lo menciona entre las personas vistas en Arsenales.

Estuvo secuestrado durante 28 días, fue liberado en Noviembre de 1976, en la ruta 38 vieja, cerca del INTA. Luego de su liberación se fue a vivir a Córdoba.-

Hechos que perjudicaron a Azucena Bermejo de Rondoletto (Caso 68), María Cenador de Rondoletto (Caso 69), Jorge Osvaldo Rondoletto (Caso 70), Pedro Rondoletto (Caso 71) y Silvia Margarita Rondoletto (Caso 72). Causa: "Bussi, Menéndez y otros s/secuestro de Pedro Rondoletto, María Cenador de Rondoletto, Silvia Margarita Rondoletto, José Osvaldo Rondoletto, Azucena Bermejo de Rondoletto, tortura agravada, homicidio calificado y otros delitos" Expte. n° 627/5 y sus Actuaciones Complementarias

Pedro Rondoletto a la fecha de los hechos tenía 57 años y trabajaba en la imprenta "Tucumán Gráfica" que se emplazaba en la casa familiar.-

María Cenador a la fecha de los hechos tenía 51 años y trabajaba en la imprenta.-

Pedro Rondoletto y Marta Cenador estaban casados y vivían en la casa familiar sita en calle San Lorenzo 1666 de la ciudad de San Miguel de Tucumán. En dicha vivienda también vivía la hija del matrimonio Silvia Margarita Rondoletto y, en un departamento situado arriba, otro de los hijos, Jorge Osvaldo Rondoletto junto a su esposa Azucena Bermejo.-

Silvia Margarita Rondoletto a la fecha de los hechos tenía 26 años y era docente y estudiante de ciencias de la educación en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional de Tucumán.-

Jorge Osvaldo Rondoletto a la fecha de los hechos tenía 25 años, estudiaba en la Universidad Tecnológica Nacional y trabajaba en la Dirección de Vivienda.-

Azucena Bermejo a la fecha de los hechos tenía 23 años y era docente de geografía. Estaba embarazada con alrededor de 4 meses de gestación.-

El día 2 de noviembre de 1976, entre las 2 y las 3 de la tarde, un grupo de personas encapuchadas irrumpieron en el domicilio de la familia Rondoletto sito en calle San Lorenzo 1666 de la ciudad de San Miguel de Tucumán y secuestraron a todos los integrantes de la familia que se encontraban en la vivienda. Fueron así secuestrados el matrimonio de Pedro Rondoletto y María Cenador, los hijos de ambos Silvia Margarita Rondoletto y Jorge Osvaldo Rondoletto, y la esposa de éste último Azucena Bermejo, quien se encontraba embarazada con aproximadamente 4 meses de gestación. Posteriormente los secuestradores saquearon el domicilio familiar y personal policial se apropió de vehículos de propiedad de la familia.-

Durante el debate con relación al secuestro declararon dos personas que al momento del hecho se encontraban trabajando en la imprenta que funcionaba en el domicilio de la familia Rondoletto, Eustaquio César Gramajo -amigo y socio de la imprenta de Pedro Rondoletto- y Oscar Felipe Díaz -empleado de la imprenta-.-

Eustaquio César Gramajo dijo que personas encapuchadas y armadas con violencia ingresaron a la imprenta a las 3 de la tarde aproximadamente, bajaron la persiana del negocio, inmediatamente agarraron a Pedro Rondoletto del brazo y lo llevaron adentro. Precisó que había una puerta que comunicaba con un escritorio y otra con el fondo de la casa. Señaló que el dicente permaneció en el taller con dos muchachos, con las manos levantadas. Indicó que él fue introducido en un sitio donde había una estantería, que a otro muchacho lo arrinconaron en las máquinas. Oyó gritos, llantos y que preguntaban por Marta Rondoletto, una de las hijas de su amigo. Explicó que el procedimiento se extendió por alrededor de media hora, que se llevaron a toda la familia Rondoletto, que pasados dos minutos preguntó adónde los llevaban, que entró el jefe del operativo que no estaba encapuchado y tenía como una barba postiza y le dijo: "señor Gramajo tiene 24 horas para levantar esto". Agregó que que hizo una denuncia en la comisaría que estaba en la calle Lavalle, la Comisaría octava. También señaló que desarmó todo el negocio porque le habían ordenado que dejara pared, piso y techo y le habían dicho que de no hacerlo correrían la misma suerte que la familia.-

Oscar Felipe Díaz señaló que los vecinos le dijeron que luego de que los retiraron de la casa los cuatro integrantes de la familia y la esposa de Jorge, Azucena Bermejo, fueron subidos a una camioneta. Precisó que el secuestro fue un operativo de gran envergadura en el que cortaron las calles San Lorenzo y Libertad, y que escuchaban un helicóptero volando encima de la zona. Mientras los secuestradores se encontraban en la casa explicó que fue obligado a permanecer contra la pared, con los brazos arriba, junto a la guillotina en la que trabajaba., y que también estaban en el lugar César Gramajo y Javier Molina. Recordó que los captores lo golpearon cuando por cansancio bajó los brazos. Al salir les dijeron que esperaran quince minutos antes de salir o los mataban y que desmontaran la imprenta, que desocuparan la casa. También manifestó que supo por los vecinos que a los dos días del hecho se llevaron las cosas de la vivienda.-

También hicieron referencia al secuestro, en particular a la magnitud del operativo que involucró, dos vecinas de la familia Rondoletto, Elsa Aurelia Correa de Ríos y María Nélida Rueda de Politti, en las declaraciones oralizadas que corren a fs. 237/vta. y 233/vta. del cuerpo 266, respectivamente.-

Elsa Aurelia Correa de Ríos señaló que el 2 de noviembre de 1976, aproximadamente a las 14 horas, golpearon insistentemente la puerta de su casa, sita en calle San Lorenzo 1656 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, que lindaba con la casa de la familia Rondoletto. Al abrir la puerta dos personas vestidas de civil, armadas y sin exhibir identificación alguna le dijeron que se encerrara junto a los restantes integrantes de la familia en una habitación, que no conversaran y que no salieran de allí porque estaba por realizarse un operativo. Todos los integrantes de la familia que estaban en la vivienda se encerraron en la habitación. Oyeron que varias personas ingresaban en la casa familiar. Pasado un tiempo les abrieron la habitación y se les informó que el operativo había terminado. Al salir a la calle la declarante pudo ver una gran cantidad de personas, entre ellas a los empleados de la imprenta de la familia Rondoletto.-

María Nélida Rueda de Politti manifestó que el 2 de noviembre de 1976 alrededor de las 14 horas oyó ladrar a los perros en el fondo de su casa ubicada en calle San Lorenzo 1672 de la ciudad de San Miguel de Tucumán. Al acercarse a dicho sitio para averiguar qué sucedía oyó una voz masculina que le dijo "adentro, esto es un operativo". Posteriormente se encerró en una habitación de la vivienda junto a sus hijos. En algún momento pudo escuchar el ruido de un automóvil, se trataba de su marido que ingresaba al garaje de la casa. Seguidamente pudo oír como le indicaban a su esposo que se arrojara al suelo y aguardara en esa posición. Aclaró que quienes la obligaron a resguardarse en su casa estaban apostados en una tapia que separa su vivienda de una estación de servicio.-

La prueba producida en el debate acredita que los cinco miembros de la familia secuestrada fueron conducidos al centro clandestino de detención que funcionaba en la Jefatura de Policía y, posteriormente, fueron trasladados al centro clandestino de detención Arsenal.-

Sobre la permanencia de las víctimas en la Jefatura Juan Martín Martín al declarar en audiencia en causa "Jefatura" y en los presentes autos dijo que encontrándose en Nueva Baviera Aída Villegas le comentó sobre el secuestro de cuatro miembros de la familia Rondoletto y de Azucena Bermejo que estaba embarazada. Precisó que Aída Villegas le dijo que permanecieron cautivos en Jefatura y que era muy amigo de Jorge Rondoletto y Azucena Bermejo, que días antes del secuestro había estado con ellos en la casa de ambos.-

Juan Carlos Clemente durante el debate dijo que aunque no conocía a la familia Rondoletto supo de su secuestro.-

En cuanto al cautiverio de las víctimas en Arsenal Nora Alicia del Valle Cajal durante el debate dijo que encontrándose secuestrada en ese centro clandestino una noche llegó la familia Rondoletto, y recordó especialmente a una de sus integrantes, a una chica a la que se le notaba el embarazo y a la que vio en un piso de tierra.-

Al declarar en audiencia Osvaldo Humberto Pérez dijo que encontrándose en el Arsenal vio en una oportunidad llegar a una familia traída por la patota a cuyos miembros no conocía, pero que con el tiempo supo que se trataba de la familia Rondoletto. Precisó que dicha familia llegó en los primeros días de noviembre o diciembre de 1976, un día ventoso y caluroso, cuando estaban por servirles la comida. Recordó que llegaron los autos de la patota y se estacionaron entre la carpa y el edificio del polvorín. Observó bajar a unas personas y advirtió que por lo menos un par de ellas eran mayores. En ese momento le pareció que no eran personas habituadas a estar con los ojos vendados porque trastabillaban. Vio que eran 5 o 6 personas, que luego supo que tenían una imprenta y que pertenecían a Montoneros. Explicó que conocía los relatos de Torres y Cruz en cuanto referían que en una oportunidad mataron en el Arsenal a un padre y a un hijo, y que se trataría de dos integrantes de la familia Rondoletto.-

En el debate Omar Eduardo Torres dijo que encontrándose en el Arsenal veía todos los días a un señor que torturaban allí de apellido Rondoletto, que lo veía cuando sacaban a los cautivos a almorzar, al baño. Precisó que era una persona grande a la que reconoció en unas fotos que se le exhibieron.-

Antonio Cruz, actualmente fallecido, en su declaración oralizada en la audiencia de fs. 887/892 vta. del cuerpo 269, en ocasión de relatar asesinatos y quema de cadáveres en una fosa en el Arsenal, al serle exhibidas fotografías manifiesta: "Que reconoce a la persona que fusilara el Coronel Caffarena, juntamente con otras personas que eran padre e hijo. Que junto al Coronel Caffarena, se encontraba el Primer Alférez Barraza, que unos metros más atrás estaban el gendarme Pérez y el deponente. ...Que los detenidos a que hace referencia fueron sacados del recinto de detención. Que fueron sacados por la Guardia Interna y los pone en manos del Primer Alférez Carlos Hugo Barraza. De allí se aproximó el Coronel Caffareno y les dijo a los detenidos que los iba a dejar en libertad. En esa oportunidad lo llamó al deponente y a otros tres o cuatro Gendarmes y los condujo por el sendero al Pozo. Que los hizo arrodillar Caffarena y procedió a fusilarlos, cayendo al Pozo que se encontraba cubierto de ramas y de gomas de autos. Que cuando cayeron les tiraron más gomas y una mezcla de aceite con nafta y de lejos les tiraron antorchas. Que la persona que se le muestra en la fotografía quedó vivo y tenía una rueda de tractor sobre el pecho mientras se quemaba, por lo que el declarante le pidió a Barraza que lo matara, pero éste no le hizo caso y lo dejaron morir quemado...Que reconoce únicamente a una persona que en este acto se encierra su figura en un círculo, desconociendo al resto, que pertenecerían a la causa de un señor de apellido Rondoletto que se tramitan por ante este mismo juzgado y secretaría. Que se trata de una de las personas fusiladas en el hecho narrado anteriormente.".-

Los cinco integrantes de la familia Rondoletto que a la fecha se encuentran desaparecidos figuran en la lista que tiene por título "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente en causa "Jefatura", lo cual acredita la permanencia de todos ellos en el centro clandestino Jefatura de Policía y el hecho de que su ejecución fue decidida por la denominada "Comunidad Informativa de Inteligencia" que operaba en su ámbito . Así constan en los numerales 38, Cenador de Rondoletto, María, "Nena", "DF"; 20, Bermejo García de Rondoletto, Ricarda Azucena, "DF"; 205, Rondoletto, Jorge Osvaldo, "Gringo", "DF"; 206 Rondoletto, Pedro, "DF"; 207 Rondoletto, Silvia Margarita, "Flaca", "DF".-

Todas las gestiones realizadas para dar con el paradero de las víctimas fueron infructuosas.-

Al declarar en la audiencia Marta Inés del Valle Rondoletto (hija de Pedro Rondoletto y Marta Cenador, hermana de Silvia Margarita y Jorge Osvaldo Rondoletto y cuñada de Azucena Bermejo) con relación al secuestro en particular expresó que a las distintas circunstancias asociadas con el mismo las conoce a partir de una reconstrucción que fue armando a lo largo de los años, porque no se encontraba presente en la casa familiar el día del hecho. Que en esa labor tuvo un rol de relevancia el testimonio de sobrevivientes y gendarmes, porque sólo recién en los últimos años se comenzó a trabajar en las fosas del Arsenal que son la prueba más acabada de lo acontecido en ese centro clandestino. Al respecto recordó que antes del advenimiento de la democracia tomó contacto con testimonios que la ayudaron a reconstruir lo sucedido con su familia. Así, el testimonio de un mecánico que intentó oponerse a que se llevaran un vehículo de la familia que se encontraba en su taller, el testimonio de Juan Martín Martín cuando declara en España y dice que había visto a su familia en la Jefatura. Ya en tiempos de la democracia señaló que gracias a la información que le suministraron abogadas que trabajaban en causas de derechos humanos tomó conocimiento del testimonio de gendarmes que hacían referencia a una ejecución en la que fueron asesinados su padre y su hermano. También supo que una chica de apellido Cajal que había permanecido cautiva en el Arsenal, que estaba completamente aterrorizada con lo que había vivido y que no estaba en condiciones de hacer o decir mucho, había referido que en el centro clandestino había una mujer que vivía a la vuelta del Mercado de Abasto que estaba con su marido. Agregó que en el 86 las Madres de Plaza de Mayo publicaron un testimonio de una mujer del que no dan su nombre, sino sólo las iniciales, en el que la declarante dice que conoció a una señora mayor que había tenido una conducta ejemplar, que ayudaba a las jóvenes que llegaban heridas y que le pedía a los gendarmes agua para poder limpiarlas, y que su comportamiento era el de una verdadera madre.-

Sobre el operativo que derivó en el secuestro de sus familiares dijo que tuvo increíbles dimensiones. A plena luz del día, a la siesta, a la vista de todo el mundo, cortando las calles que rodeaban la casa familiar, tomando las casas de los vecinos que lindaban con la de la familia, en un lapso menor a media hora se llevaron a sus padres, a sus hermanos y a su cuñada. Supo que su hermano intentó defender a Azucena y lo golpearon, que las últimas palabras de su madre fueron "Dios mío adonde nos llevan". Precisó que luego del hecho la casa estuvo bajo consigna 2 meses, que llegaban camiones y otros vehículos, y que iban sacando de la vivienda todas las pertenencias de la familia, muebles, cajas de regalos que había recibido su hermano que se había casado en enero de ese año. También indicó que en una de esas oportunidades un vecino llamó a los padres de Azucena que se presentaron en el momento en que se estaban llevando las cosas y les dijeron que estaban haciendo un inventario, y que en otra oportunidad el señor Bermejo siguió a los vehículos que se llevaban cosas de la familia, hasta que sus ocupantes se bajaron, lo amenazaron y le dijeron que se retirara. Luego la casa dejó de tener consignas y quedó abandonada.-

En cuanto a la actividad política de su familia manifestó que su cuñada pertenecía al centro de estudiantes de geografía. Explicó que se trataba de una época en la que había cambios de planes de estudio y en la cual el movimiento estudiantil logró que las carreras se actualizaran, y que Azucena tuvo un importante rol en ese momento. Respecto de su hermano, dijo que también tenía actividad política estudiantil. Agregó que sus hermanos militaban en la Juventud Universitaria Peronista (JUP). Tratándose de su hermana, señaló que durante un tiempo estuvo a cargo en horas de la tarde de la primera unidad básica que se puso en la facultad de filosofía y letras.

Rescató de su familia dos grandes valores que les había inculcado el padre: el profundo sentido de la responsabilidad y un concepto de libertad que partía de la idea de que para poder ser libre la única manera era siendo responsables.

Aclaró que sus padres no compartían las elecciones políticas de sus hijos. Que su padre pensó toda la vida que el mejor gobernador había sido Celestino Gelsi y que su madre pensaba que la democracia cristiana era lo que mejor la representaba. No entendían por qué sus hijos eran peronistas.-

Agregó que el secuestro de su familia tiene conexión con lo que su marido Isauro Martínez y ella eran y hacían. Que la casa de ambos el 29 de mayo de 1976 había sido allanada, que no se encontraban en la misma porque habían pasado la noche en la casa de su suegra. Explicó que días antes habían sido dejados cesantes de Canal 10. La situación era delicada, se fueron a Córdoba y regresaron a Tucumán en septiembre. El clima imperante en la provincia determinó que volvieran a irse, se fueron a vivir a Buenos Aires. Encontrándose allí es que alrededor del 10 de noviembre la llamaron unos parientes de Buenos Aires avisándole que había una persona que quería decirle con urgencia algo. Al comunicarse con dicha persona supo que habían secuestrado a toda la familia. Trató de comunicarse con los primos en Tucumán y estaban aterrorizados por lo que pasaba, le pidieron que no los llamara más porque habían estado buscándola en todas las casas de sus parientes. De esa manera dejó de tener contacto con sus familiares hasta que en el mes de enero una tía de Buenos Aires la localizó y le dijo que habían allanado su casa y habían estado 3 o 4 horas preguntándole por la familia Rondoletto y por la declarante y su marido. Dijo que no puede entender tanta persecución. Cree que se vincula con la vida pública y política que llevaban. En particular mencionó la actividad que desarrollaba en el ámbito de la juventud peronista y su labor sindical como trabajadora de Canal 10 en el gremio de prensa.-

Además señaló que a la persecución ideológica se sumó la cuestión material, que como si se tratara de un botín de guerra se apropiaron de los bienes materiales de los secuestrados. Destacó que la justicia era más permeable a atender la cuestión material que a la problemática de los secuestrados. Indicó que en el caso de su familia se robaron dos vehículos y saquearon la casa.-

Hechos que perjudicaron a María Teresa Sánchez (Caso 73). Causa: "De la Vega Sánchez María del Carmen s/denuncia por secuestro y desaparición de María Teresa Sánchez de la Vega" Expte. n° 278/6.-

María Teresa Sánchez, quien era llamada "Mori", a la fecha de los hechos tenía 26 años de edad y se domiciliaba en calle San Martín 1328 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, junto a sus padres Homero Alberto Sánchez y María del Carmen De La Vega, su prima Angélica Salado y María Isabel Leal, empleada doméstica de la familia. Al momento del secuestro de la víctima, que ocurrió el 2 de noviembre de 1976, se encontraba de visita en la casa familiar también su tía Lucía De La Vega, hermana de su madre y madre de Angélica Salado.-

María Teresa Sánchez era docente en la Escuela Domiciliaria del Consejo de Educación de Tucumán y estudiante de tercer año de psicología en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional de Tucumán.-

Durante la audiencia Carlos Isaac Pessa, quien fue novio de la víctima entre los años 1970 y 1974, la recordó como una estudiante de psicología con la que compartían una militancia estudiantil en la Universidad Nacional de Tucumán en el ámbito del Grupo Evolución Tucumán (GET). También señaló que de modo semejante a María Teresa Sánchez, otras personas con las que desplegó actividad política a la fecha de los hechos dentro del GET fueron secuestradas o desaparecidas tales como Eduardo Ramos, Somaini, Santillán, Vallejo, Morales y Ponce.-

El 2 de noviembre de 1976, aproximadamente a las 2 de la madrugada, un grupo de personas armadas con armas cortas y largas, vestidas de civil y con el rostro cubierto, que se identificaron como policías, irrumpieron en la casa familiar de la víctima. Preguntaron por "Mori". La víctima se encontraba estudiando en casa de una compañera. Frente a esa circunstancia los invasores encerraron a las personas que se encontraban en la vivienda (los padres, la tía y la prima de la víctima, y a la empleada doméstica de la familia) en habitaciones separadas y aguardaron en la casa el regreso de la María Teresa Sánchez. A la mañana siguiente llamaron del negocio del padre de la víctima preguntando por él y los intrusos ordenaron a María Isabel Leal que dijera que se había dormido. Cuando más tarde volvieron a llamar tuvo que decir que se estaba bañando y, finalmente, desconectó el teléfono. También esa mañana, alrededor de las 10 de la mañana, llegó a la casa su otra hija, Rosaura del Carmen Sánchez, quien también fue encerrada, pero luego fue autorizada a retirarse porque había dejado a su hijo pequeño solo en su casa, auque se le dijo que si daba a conocer lo que estaba sucediendo en la casa la vida de sus padres se pondría en peligro. Alrededor del mediodía de ese día Homero Alberto Sánchez (hijo), unos de los hermanos de la víctima que no vivía en la casa familiar, llegó allí y le apuntaron con un arma de fuego y fue conducido a la habitación donde permanecían encerrados sus padres. Posteriormente procedieron de la misma forma cuando llegó el hermano mayor de la víctima, Pedro Guillibaldo Sánchez (Declaración oralizada en el debate de María del Carmen De La Vega de fs. 67/70 vta. del cuerpo 229, declaraciones en audiencia de Homero Alberto Sánchez (h), Angelita del Valle Salado y María Isabel Leal).-

Entre las 13 y las 13:30 horas llegó a la casa familiar procedente de la escuela donde trabajaba María Teresa Sánchez. Al abrir la puerta del garage para ingresar el automóvil Ami 8 que conducía fue sorprendida por los secuestradores. La victima gritó tan fuerte que hasta los vecinos la oyeron. Fue trasladada al consultorio de su hermano que se encontraba en la parte delantera de la vivienda. Hablaron con la víctima en dicho sitio alrededor de media hora. Posteriormente fue retirada de la vivienda familiar e introducida en un automóvil Fiat color blanco. Los secuestradores permanecieron en la vivienda hasta las 19 horas (Declaración oralizada en el debate de María del Carmen De La Vega de fs. 67/70 vta. del cuerpo 229).-

Ha quedado acreditado que la víctima permaneció cautiva en el centro clandestino de detención Jefatura y, asimismo, que estuvo secuestrada en el Arsenal.-

Al declarar en audiencia Juan Martín Martín dijo recordar a "Mori" Sánchez, que estudiaba psicología. Señaló que no la vio en Jefatura, pero que Aída Villegas le dijo que estuvo secuestrada allí. Además indicó que también le comentaron que estuvo en el Arsenal.-

En la declaración oralizada de fs. 128/133 vta. del cuerpo 297 Antonio Cruz reconoció en una fotografía que se le exhibió a la víctima. Así, en esa pieza procesal se consigna: "En este estado S.S. pone a la vista del declarante las fotografías presentadas por la Dra. Figueroa y reconoce a una fotografía que según lo aportado por la querellante sería de nombre María Teresa Sánchez. Que el deponente asevera dicho reconocimiento en virtud de que el mismo fue una de las personas encargadas de trasladar de su lugar de detención en la Jefatura de Policía de la Provincia hasta el Arsenal Miguel de Azcuénaga. Que el traslado mencionado se efectuó bajo las órdenes de un Alférez de apellido Barraza. Que se utilizó una ambulancia común y un Peugeot 504 color verde. Que el automóvil tenía patente de capital no recordando el número. Que una vez efectuado el traslado no volvió a ver a la persona que en este acto reconoce en la fotografía.".

La permanencia de María Teresa Sánchez en el centro clandestino Jefatura de Policía y su ejecución decidida por la denominada "Comunidad Informativa de Inteligencia" que operaba en su ámbito además se acredita a través de la lista que tiene por título "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente en causa "Jefatura". En dicha lista, con el número de orden 239 puede leerse Sánchez, María Teresa (Mori), junto a la sigla "DF".-

Las gestiones realizadas por los familiares de la víctima para dar con su paradero fueron infructuosas. Durante el debate Homero Alberto Sánchez (h.) dijo que por su padre supo que algunas personas le ofrecieron por plata buscarle datos, pero que nunca supieron nada concreto acerca de su destino final. María del Carmen De La Vega en su declaración de fs. 67/70 vta. del cuerpo 229 manifestó que al día siguiente del secuestro su marido efectuó una denuncia en la Jefatura de Policía y que a los pocos días se comunicaron con la familia desde esa dependencia informando que su hija no se encontraba detenida y solicitando nombre de amistades de la misma para realizar las averiguaciones pertinentes. Luego de ello dijo que no tuvo más noticias. Interpuso varios habeas corpus, todos con resultado negativo. Señaló también que ante la falta de resultados positivos sobre el destino de su hija es que comenzó a integrar la comisión de familiares de desaparecidos, y que a partir de ese momento comenzaron a vigilarla permanentemente. Agregó que en una oportunidad fue detenida junto a otros integrantes de la organización de derechos humanos a la que pertenecía, y que posteriormente, el 10 de diciembre de 1980, fue detenida por un lapso más breve.-

En la actualidad la víctima continúa desaparecida.-

Hechos que perjudicaron a Teresita Cándida Hazurún (Caso 75). Causa: "Hazurun Teresita s/privación ilegítima de la libertad y otros delitos" Expte. n° 1.413/06.-

Teresita Cándida Hazurún, oriunda de la ciudad de Frías, provincia de Santiago del Estero estudió en la Universidad de Córdoba y se recibió de abogada en 1975. Tuvo militancia universitaria en la agrupación Franja Morada. En la época de su secuestro estaba de novia con un joven que militaba en la Federación Juvenil Comunista. Tenía un estudio jurídico frente a la plaza de Frías.- en la Provincia de Santiago del Estero.-

El 20 de noviembre de 1976 fue secuestrada en Frías y trasladada a la ciudad de Santiago del Estero, donde permaneció ilegalmente detenida alrededor de 10 días en las oficinas de la SIDE.-

Al declarar en la audiencia la víctima manifestó que encontrándose en el sótano de la SIDE una tarde le dijeron que se encomendara a Dios, la introdujeron en el baúl de un vehículo y la trasladaron al centro clandestino de detención Arsenal. El cautiverio de la víctima en este lugar ha quedado acreditado por los testimonios brindados durante el debate por la propia víctima y por Antonia del Valle Barrionuevo.-

Teresita Cándida Hazurún dijo que al llegar al Arsenal le asignaron un box semejante a una caballeriza en un galpón grande subdividido. En ese lugar vio torturas y todo tipo de vejaciones. Fue golpeada un día que hicieron un simulacro de combate, le pegaron un latigazo. No fue interrogada. Explicó que la gente que custodiaba pertenecía a gendarmería y que quienes realizaban los interrogatorios eran del ejército. Indicó que el 8 de diciembre de 1976 fue el peor día de su vida. Ese día llegaron los interrogadores trastocados, se sentían los gritos de los cautivos al ser torturados y luego se los veía volver totalmente deformados. Aclaró que si bien durante su permanencia en el Arsenal se encontraba con los ojos vendados, cuando el personal del ejército no se encontraba en el centro clandestino los guardias de gendarmería en algunas oportunidades le permitían bajarse las vendas. Al respecto señaló que tenía un hermano que estaba en gendarmería, que suponía que por ese motivo se lo permitían. Agregó que los interrogadores a veces llegaban a la mañana, otras a la mañana y a la tarde y que los gendarmes avisaban cuando llegaban los militares porque cuando lo hacían los secuestrados no tenían que moverse. Precisó que los que interrogaban y torturaban eran del ejército, pero que no supo si también lo hacían civiles, a veces veía botas y otras no. Recordó entre los detenidos a dos personas que conoció como el Chaqueño y la Piturra que se movían sin vendas, que se hacían pasar por militantes, que colaboraban con los captores, que supone lo hacían para salvar sus vidas. Entre los detenidos recordó a Vicente Lerner con Santiago Díaz; a una chica santiagueña que se llamaba Ana, que estaba con su hijito cuando fue secuestrada; a un estudiante de historia que hacía los informes del ejército como monografías, que era medio gordito; a una maestra llamada Antonia que dijo que era hermana de un baqueano que había guiado a los del ERP en el monte tucumano y que estaba prófugo, que por eso la habían secuestrado a ella. Señaló que no supo las razones por las que fue trasladada a Tucumán, pero que era evidente que antes de su secuestro había sido seguida porque le hablaban sobre lugares en los que había estado dos meses antes.-

Antonia del Valle Barrionuevo vio a Teresita Cándida Hazurún durante su cautiverio en el Arsenal. Al respecto dijo que encontrándose allí a los 4 días llegó una abogada que se llamaba Teresita Hazurún, a la que no pudo verle el rostro, aunque habló con ella. Agregó que la mujer estaba a su lado, que su lugar era el número 13, que le contó que era posible que se encontrara allí por las actividades de su novio y que tenía su estudio jurídico frente a la plaza en la ciudad de Frías. Dijo que una vez liberada, encontrándose de viaje a Córdoba con su esposo y sus hermanos, se detuvo en Frías y recorrió el contorno de la plaza buscando su estudio jurídico para conocerla, pero que no lo halló.-

Hechos que perjudicaron a María Celestina González Gallo (Caso 76). Causa: "González Gallo María Celestina s/su secuestro y desaparición" Expte. n° 698/06.-

María Celestina González Gallo, quien era llamada "Tina", a la fecha de los hechos tenía 23 años de edad, se domiciliaba en Empalme Ranchillos, Departamento Cruz Alta, Provincia de Tucumán. Era maestra primaria y cursaba el tercer año de la carrera de filosofía en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional de Tucumán. Era la penúltima de 6 hermanos. Militaba junto a otros integrantes de su familia en el Partido Comunista.-

El día 23 de noviembre de 1976 la víctima al concluir la jornada laboral se retiró de la Escuela Nacional 225 de Los Pereyra, Departamento Cruz Alta, Provincia de Tucumán, donde trabajaba como docente. Su compañero de trabajo de la escuela, Carlos Luis Sotelo, la llevó en su automóvil Citroen Ami 8 color bordó al Juzgado de Paz de la localidad a fin de que desde allí el juez Felín Crisóstomo Llano la acercara en su vehículo a su domicilio en San Miguel de Tucumán. Carlos Luis Sotelo en el trayecto advirtió que un automóvil Fiat de color blanco los seguía, pero ya en la ruta perdió de vista al vehículo, pero por el espejo retrovisor observó que entró en la escuela. Al llegar al Juzgado de Paz de los Pereyra la víctima descendió del vehículo despidiéndose de su compañero de trabajo. Luego de retomar la marcha Carlos Luis Sotelo se dirigió a la Escuela 327 donde iba a buscar a su esposa. Vio que venía el auto Fiat blanco muy rápido, como a 100 kilómetros por hora. Dicho vehículo lo pasó y se detuvo delante del suyo. Se bajaron cuatro o cinco personas y empezaron a pegarle mientras le preguntaban dónde había dejado a la mujer que traía en el auto. Luego se subieron a su vehículo dos de los atacantes y lo obligaron a seguir hasta el juzgado. Cuando llegaron al juzgado le dijeron que se tirara abajo del auto y le desinflaron las cuatro ruedas. Allí perdió contacto con los que estaban alrededor del auto. Precisó que esas personas estaban vestidas de civil y con las caras descubiertas (Declaración en audiencia de Carlos Luis Sotelo).-

En la declaración oralizada en la audiencia de fs. 201 vta./202 del cuerpo 262 Irma Yolanda Lucena maestra de la escuela en la que se desempeñaba la víctima, dijo que luego de que la víctima se retiró de allí vio personas que descendieron de un automóvil, que preguntaron por "Tina", y que posteriormente siguieron al vehículo en el que María Celestina González Gallo se dirigía al Juzgado de Paz, lo que corrobora la manifestación de Carlos Luis Sotelo en cuanto señala que vio un vehículo que los seguía que luego se dirigió hacia la escuela de la que junto a la víctima acababa de partir.-

Aproximadamente a las 13 horas María Celestina González Gallo había llegado al Juzgado de paz y se encontraba esperando que el juez Felín Crisóstomo Llano culminara con sus tareas y la llevara a San Miguel de Tucumán. En ese momento irrumpieron entre cuatro y seis sujetos armados que, luego de identificar a la víctima, la aprehendieron con violencia y se la llevaron en el automóvil Fiat 1500, dejando a los demás presentes encerrados en el juzgado con candado (Declaración oralizada en el debate de Felín Crisóstomo Llanos que corre a fs. 9/10 del cuerpo 261).-

En algún momento la víctima fue trasladada al Arsenal. Allí fue vista por Antonia del Valle Barrionuevo y Osvaldo Humberto Pérez.-

Antonia del Valle Barrionuevo en la audiencia dijo que durante su cautiverio en el arsenal habló con una chica de apellido González que era maestra de El Empalme.-

Durante el debate Osvaldo Humberto Pérez recordó a "Tina", cuyo apellido era González o Rodríguez. Precisó que se trataba de una estudiante de filosofía y letras que tenía militancia en la federación juvenil comunista o el partido comunista.-

Antes del secuestro de la víctima su domicilio había sido allanado en 3 oportunidades, a mediados de mes de mayo año 1974, lo que motivo la presentación de un recurso de Amparo Preventivo en favor de la víctima y su hermana Irma Imelda González Gallo (Expte. N° 587/74, obrante a fs. 370/383 del cuerpo 262); el 28 de agosto de 1975 y el 16 de noviembre de 1976. En el allanamiento de fecha 28 de agosto de 1975 secuestraron a su padre Augusto Andrés González, a su hermana Irma Imelda González y saquearon la vivienda. Al respecto Bernardino González durante el debate dijo que asociaba la desaparición de su hermana con otros hechos similares que ocurrieron en su familia. Precisó que tiene un primo desaparecido, que los Osores tuvieron que irse a Buenos Aires porque los acusaban de que eran subversivos, que su padre había sido dirigente cañero.-

Por otra parte, Irma Imelda González y Bernardino González señalaron en el debate que su hermana tenía la firme voluntad de continuar con sus estudios en la facultad y su trabajo en la escuela porque decía que no había hecho nada y que no tenía de qué esconderse.-

Las gestiones realizadas por los familiares de la víctima no dieron ningún resultado positivo. Al respecto Jorge Augusto González en la audiencia dijo que su padre buscó a la víctima por cielo y tierra, que fueron a la Casa de Gobierno, al Episcopado, al Consejo de Educación y nadie sabía decirles nada. En su declaración de fs. 4/5 del cuerpo 261 el padre de la víctima manifestó que entre las diligencias que realizó para establecer el paradero de su hija denunció el secuestro en la comisaría de Los Pereyra el 2 de diciembre del 76 y escribió cartas dirigidas a Bussi.-

En la actualidad María Celestina González Gallo continúa desaparecida.-

Hechos que perjudicaron a Fortunato Leandro Fote (Caso 77). Causa: "Pacheco de Fote María Luisa s/su denuncia por secuestro y desaparición de Fortunato Leandro Fote" Expte. n° 180/06.-

Fortunato Leandro Fote era argentino, DNI n° 7.065.685, a la fecha de los hechos tenía 38 años de edad, residía en José León Suárez, provincia de Buenos Aires, militaba en el PRT-ERP y había integrado la comisión directiva del Sindicato del Surco del Ingenio San José, habiéndose desempeñado también como diputado provincial durante la presidencia de Illia.-

El día 01 de diciembre de 1976 Fortunato Leandro Fote desapareció, siendo visto por última vez en la estación de trenes. Fue trasladado a CCD "Ingenio Baviera" y "Arsenal". Al día de hoy continúa desaparecido.

Quedó acreditada en la audiencia de debate la desaparición de Fortunato Leandro el día 01 de diciembre de 1976 por el testimonio, incorporado por su lectura, de María Luisa Pachecho quien realizó la denuncia por este hecho. Asimismo, en sentido coincidente, María Claudia Fote, hija de la víctima, relató al Tribunal que sus dos padres fueron secuestrados. Dijo que su padre salió por la mañana con una prima y no volvió nunca más.

A su vez, María Mercedes del Valle Pintos, confirmó el conocimiento que tuvo de las diferentes desapariciones en la familia Fote.

Además, fue atestiguado el paso de la víctima por el CCD "Ingenio Baviera" por lo declarado por Juan Martín Martín, quien dijo que lo vio primero allí y luego en "Arsenales"

El alojamiento de la víctima en el CCD "Arsenales" además, fue confirmado, por Alejandro Federico Alderete Soria quien relató que allí vio a Fote y escuchó que los guardias comentaban el éxito que habían tenido "quebrándolo". De igual modo, Héctor Oscar Justo relató que en el Arsenal Miguel de Azcuénaga vio a un muchacho le comentó que en el otro pabellón estaba Fote.

El Testigo Osvaldo Pérez, recordó a Fote como un prisionero que era obligado a realizar una especie de "biografía" que el testigo pasaba a máquina. Además, indicó que a la víctima la trasladaban a diferentes lugares como trofeo.

Al día de hoy, Fortunato Leandro Fote permanece desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a Rosario Argañaraz (Caso 78) y Miguel Alberto Argañaraz (Caso 79). Causa: "Argañaraz Antonio Roberto s/su denuncia por secuestro y desaparición de Rosario Argañaraz" Expte. n° 498/07 y sus Actuaciones Complementarias.-

Rosario Argañaraz, a la fecha de los hechos tenía 25 años de edad, se domiciliaba en Buena Vista, Departamento Simoca y era agricultor.-

Miguel Alberto Argañaraz, a la fecha de los hechos tenía 17 años de edad, se domiciliaba en Buena Vista, Departamento Simoca y era agricultor.-

En la madrugada del día 8 de enero de 1977 fueron secuestrados de su domicilio familiar en la ciudad de Simoca, Rosario Argañaraz, y su hijo, Miguel Alberto Argañaraz. Fueron trasladados al CCD "Ingenio Baviera". Desde allí lo llevaron a Miguel Alberto hasta otro lugar desde donde fue liberado en marzo de ese mismo año. Rosario Argañaraz estuvo desaparecido hasta que sus restos fueron encontrados e identificados por el EAAF en el año 2011 en una fosa común del CCD "Arsenales".

Quedaron acreditados estos hechos en la audiencia de debate por el propio testimonio de la víctima Miguel Alberto Argañaraz, quien relató que el día 07 de enero del año 1977 lo llevaron junto a su padre desde su domicilio. Describió que estuvo en una escuela y que luego lo trasladaron hasta otro lugar al que no supo identificar. Indicó que en el mes de marzo fue liberado. Agregó que de su padre no supieron nada hasta que encontraron sus restos en Arsenales.

Este testimonio es coincidente con el brindado, en su oportunidad, por Antonio Roberto Argañaraz, el que fue incorporado por su lectura, quien denunció que en la madrugada del día 08 de enero de 1977 personas encapuchadas secuestraron a su padre y hermano.

Asimismo, la testigo Rosa Guillermina Mazza, expuso ante el Tribunal, que su suegro y cuñado fueron detenidos en enero de 1977. Agregó que su marido también fue secuestrado y que al ser liberado a los poco días le dijo que había estado en el "Ingenio Baviera" junto a su padre y hermano. Agregó que su cuñado fue liberado unos meses después y que se encontraba en un estado deplorable. E indicó que su suegro estuvo desaparecido y que fue encontrado su cuerpo en el "Arsenal".

El testigo Juan Martín Martín también dio cuenta del paso de las víctimas por el "Ingenio Baviera" al declarar que los vio allí.

Además, la persecución a la familia Argañaraz se comprobó por el testimonio de Jorge Isidro Zelaya quien relató que cuando era interrogado bajo tortura en el año 1977 le preguntaban por el señor Argañaraz.

A su vez, el destino de Rosario Argañaraz ha quedado indubitadamente comprobado por la identificación de sus restos óseos en la fosa común del CCD "Arsenales", lo que da cuenta de su traslado hasta ese lugar. El informe antropológico forense brindado por el EEAF dieron cuenta de la identificación del cuerpo y las causa de su muerte, prueba documental agregada a fs. 8517/8546 del cuerpo N° 37.-

Hechos que perjudicaron a María Angélica Mazzamuto de Romero (Caso 80), Roberto Romero (Caso 82) y Antonio Raúl Romero (Caso 81). Causa: Principal, Expte. 443/84.-

Antonio Raúl Romero declaró en ésta audiencia. Dijo que desde chico le decían "El Corto". En octubre o noviembre del año 75 fue detenido por primera vez. Estaba almorzando en la casa de su madre en Juan B. Justo al 1400 y a los 15 o 20 minutos que llegó empujaron la puerta y entró gente armada, era el Comisario Roberto Albornoz y lo primero que hicieron fue golpearlo y ponerle esposas y le preguntaban dónde estaban las armas, él les dijo que nunca tuvo armas, le dijeron "hijo de puta", lo llevaron al fondo y lo sacaron afuera; lo subieron en una camioneta blanca, le ataron los ojos y lo tiraron al piso, subieron tipos atrás y lo llevaron pisándolo. Recuerda que uno era "El Turco" Marini, y un tal Chaile; eran de la policía de la provincia.

Tenía militancia política desde joven en el peronismo y pertenecía al peronismo de base. Estuvo primero en la Jefatura, desde que llegó lo golpearon con algo que parecía un palo, lo ataron a una silla con una soga y le pusieron la picana, lo voltearon con la silla y le volvieron a dar picana. Después perdió el conocimiento y luego volvió en sí mismo. Siempre le hacían preguntas de compañeros del peronismo de base. Cuando lo torturaban se sentía la voz de Albornoz y llegado un momento le preguntaban "jefe qué hacemos con éste". En esa oportunidad, estuvo 3 o 4 días bajo torturas, luego lo sacaron a un cuarto, le sacaron unas fotos con flash, sin vendas y lo volvieron a dejar en el mismo cuarto que lo habían torturado. Al día siguiente una persona con voz suave y amable le charlaba y le decía que hable, que cuente dónde estaban las armas y le hacía todo un trabajo de ablande. Al día siguiente una persona le dijo que creía que lo ponían en libertad, lo llevaron a un baño, lo limpiaron, lo arreglaron un poco y por un pasillo lo llevaron a una oficina chiquita con un escritorio chiquito, había una pistola chica, Albornoz le dijo en ese momento que se iba de ahí por orden del gobernador que era Amado Juri.

En esa época ya convivía con su Sra. María Angélica Mazamuto, vivían en calle Rivadavia 1688 pero ese día estaba en la casa de su madre.

Ha quedado suficientemente acreditado con los testimonios vertidos e incorporados por lectura en la audiencia que el 8 de Enero de 1977 antes del mediodía, Roberto Romero fue detenido, confundiéndolo con su hermano Antonio Raúl Romero. El mismo día, María Angélica Mazzamuto y su esposo Antonio Raúl Romero fueron secuestrados de su domicilio de calle Rivadavia n° 1.688 de San Miguel de Tucumán, alrededor de la 13.00 horas.

Antonio Raúl llegaba de trabajar, tocaron el timbre y dos muchachos jóvenes le preguntaron si les podía ver el auto, les dijo que vayan al taller pero salió y lo encañonaron; entonces una vez que estaba ya afuera, vio que se acerca de vuelta Albornoz diciendo "ese es el h... de p...", era alrededor de las 14 hs., lo metieron en un auto, le tiraron su mujer arriba y los llevaron a Jefatura de Policía. Recordó que de noche sentía los ruidos de chicos que jugaban, era cerca de su casa de calle Rivadavia. Allí le dieron golpes con palos y le quedaron marcas hasta hoy; su mujer estaba allí con él; después lo pusieron en una cama y le aplicaron electricidad todo el día, mañana, tarde y noche y le preguntaban por armas, por compañeros guerrilleros. A su mujer la torturaban también, ahí cerca, sentía los gritos y llantos de ella; estaban todos en un gran salón, no sabe quiénes eran los otros compañeros. Su esposa cumplía una tarea política en el grupo de base y era directora de la Escuela Benjamín Villafañe, en Blas Parera al 300 o 400, anteriormente ella era maestra de una escuela en el canal norte que funcionaba en una prefabricada.

Cuando llegó le sacaron la ropa, los zapatos y se sentía la voz de Albornoz; perdió la noción del tiempo que estuvo en Jefatura, allí se orinaba en el mismo lugar que lo tenían y no le daban nada de comida. Una noche el ejército lo sacó de la Jefatura y lo llevaron a un lugar del sur, no sabe si era La Escuelita o Baviera, pero cree que era Baviera porque se sentían ruidos de tropas; allí una vez pudo ver al Coronel Arrechea que lo señalaba a él y decía que era un hijo de puta y que había que reventarlo; lo sacaron a una pieza y lo empezaron a picanear. Recuerda que después, hablando con otros detenidos de allí, les comentó cómo era su torturador y le dijeron que se llamaba "Ketchup"; después se entera que era el Comisario Almirón. Perdió el contacto con su Sra. Después se enteró que a su mujer le decían "cómo habrás sido de puta para meterte con este guerrillero", y a la vez a él le decían que la habían hecho boleta a su mujer. En Nueva Baviera estuvo también 10 días aproximadamente y también le preguntaban por las armas. Una noche lo sacaron de allí y lo trasladaron a un lugar a muchas horas de viaje y lo colocaron en un galpón grande donde sentía susurros y se dio cuenta que había más compañeros, advirtió que donde él estaba era como una casilla construida con materiales en donde los tenían a todos; al día siguiente lo llevaron a los interrogatorios. Un día lo estaquearon desde la mañana y lo dejaron ahí bajo los rayos del sol. Dijo que el calor le quemaba, le sonaba la cabeza porque era pleno mes de febrero; allí sintió a un compañero que le dijo en voz baja "che corto, soy Lucho, te voy a dar un poquito de agua, aguantá hermano, qué va a hacer, a la tarde te doy más porque me están mirando".

Ese lugar era el Arsenal Miguel de Azcuénaga, se escuchaba clarito el ruido de los bailes que hacían en la Estación Experimental. Recuerda que un día, la tercera noche, el Dr. Augier le dijo: "Cortito vos sos de El Colmenar, quedate tranquilo que aquí está tu mujer", y así se entera que en ese lugar estaba también su mujer María Angélica Mazzamuto. El Dr. Augier lo comunicó con un compañero que pertenecía a la Comisión de El Colmenar, Félix Corbalán, quien estaba desde hacía como siete meses allí; Félix le conversaba, estaba en otro casillero, y le decía: "Romero quedate tranquilo porque nosotros somos buenos y tenemos que rezar mucho para que cambiemos todo esto"; cuando lo sacaron de la estaqueada a la noche, lo tiraron a una ducha y se le inflamó la piel, se le hizo una bolsa de agua en la piel, le tiraban agua fría, lo sacaron y al día siguiente le volvieron a dar picana, todos los días lo picaneaban y los trataban de hijo de puta. Dijo que evidentemente por las insignias, era gente de la marina, del ejército y de aeronáutica.

Una vez, en plena sesión de tortura, le levantaron la vendas y una mujer lo tenía de los pelos, una tal "Piturra" y ahí pudo ver que era gente de la marina; también lo vio a Leandro Fote y a ambos les preguntaron si se conocían uno al otro, pero ellos dijeron que no y en realidad sí se conocían, Ahí la "Piturra" dijo "sí se conocen estos hijos de puta" y les bajaron la venda y lo volvieron a picanear, la "Piturra" decía que había que reventarlos porque sí se conocían. Después de esa sesión de tortura, lo sacaron y lo hicieron arrodillar y a un compañero lo hicieron que lo orine en la cara. Dijo que les hacían un trabajo de destrucción todo el día, mucha humillación.

Una noche lo sacaron y le dijeron que se iba en libertad y que no diga nada, que se había cometido un error y que lo pondrían en libertad y que su Sra. estaba también allí; por lo que a fines de febrero o marzo los sacaron, los tiraron en un auto con su Sra. y su hermano, y le preguntaron a dónde quería que lo dejen y él dijo "en el cementerio"; los tiraron en un pasaje cerca del cementerio israelita, vendados y atados, su hermano desatado. Estaban casi desnudos, él tenía apenas un elástico del calzoncillo, su Sra. semidesnuda y con una pierna infectada porque la habían quemado en la tortura, estaban descalzos. Esa noche se fueron al Colmenar a la casa de su madre, se lavaron un poco, comieron un poco, estaban desorientados, cuando llegaron a la casa de Rivadavia estaba todo destruido. Le habían robado todo, Albornoz y su banda, supo por lo vecinos que era la Policía, que se habían quedado 15 días en su casa.

Los persiguieron y controlaron por varios meses, dormían en casas de amigos por toda la ciudad, hasta que pudo hacer las conexiones y salir a Paraguay en una lancha de cebollas, tapado con unas bolsas.

En igual sentido a lo declarado por su esposo Antonio Raúl Romero, María Angélica Mazzamuto, fallecida actualmente, declaró en su oportunidad ante el Juez Federal, su declaración de fs. 1858/1860 fue oralizada en ésta audiencia.

El testigo Oscar Humberto Pérez dijo en ésta audiencia que a la señora Masamuto de Romero no la conocía de antes, le suena el apellido porque es raro, le suena que estuvo ahí en el Arsenal, pero no la conocía.

Las tres víctimas compartieron cautiverio con Alberto Argentino Augier, Félix Viterbo Corbalán, Luis Falú y Leandro Fote.-

Hechos que perjudicaron a Damián Octavio Márquez (Caso 83). Causa: "Montenegro de Márquez Alicia Marta s/su denuncia" Expte. n° 1.484/03 acumulada "Márquez Damián s/su secuestro y desaparición" Expte. n° 06/84.-

Alicia Marta Montenegro de Márquez, contó en audiencia que Damián Octavio Márquez nació en Las Cañas provincia de Catamarca, vino a Tucumán a los 15 años a buscar trabajo. Ingresó a los ceramistas y al conocer el peronismo abrazó su lucha. Fue delegado del gremio a las 62 Organizaciones de Perón. Fue hombre de una lucha inclaudicable, fue delegado del NOA, de enlace con Madrid, desde el 55, pese a las persecuciones. A los 34 años fue Secretario General de la CGT, filial Tucumán. Luchó cuando fueron cercenados, con Onganía, los derechos civiles y sociales y luchó por el cierre de las compañías azucareras y por ADOS. Fue candidato a diputado por el partido laborista porque el partido peronista estaba proscripto y nunca asumió. En el 73 tuvo el primer cargo para senador de la provincia y estuvo en ese cargo hasta el 24 de marzo del 76, día en el cual a las 10 de la mañana lo llevó un oficial del Ejército de apellido Capdevila, con las chapas oficiales del Ejército, y les dijeron que iba a estar a disposición del PEN. Se despidió de sus cuatro hijos, pero a la tarde volvió con ese mismo Capdevila y le dijeron que estaba libre de cargo. A los 20 días fue un oficial a llevarle el DNI. Señaló que se vivían momentos terribles, que habían secuestrado a mucha gente. Les habían ofrecido pasajes a México pero su marido dijo que no podían huir, que él no tenía por qué hacerlo.-

Vivían en la calle San Lorenzo al 2000. El 13 de enero del 77 su marido fue a hablar con un ex diputado, Silvio Figueroa que tenía una agencia de automotores y un familiar vio que cuando estos hablaban los miraban policías. Se marchó por avenida Colón hacia calle San Lorenzo. Mientras tanto ella se afligía porque no volvía su marido y un tío que lo había visto charlando en la agencia le cuenta que no le pudo avisar a Damián que lo observaban. Que al tercer día de su desaparición, llamó un joven y le dijo que ese día, por calle Las Piedras había un taxi del cual salieron unos jóvenes con tonada porteña que lo metieron a Damián en un auto con mucha rapidez. Que del taxi se bajó uno y les dijo a ellos que estaban filmados y grabados y que si hablaban lo iban a saber. Se encontró sola con cuatro chicos pequeños, en la miseria ya que su marido era el que aportaba a la casa y empezó a buscar qué podía hacer.-

El 10 de marzo, logró interpelar a Bussi y le preguntó por su marido pero Bussi le dijo que no lo conocía, que no lo tenían y nunca lo tendrían y que fuera a hablar con Balofet. El comandante Llamas le dijo lo mismo que Bussi y que lo espere a su marido que ya aparecería. Primatesta nunca la atendió pero le dio una misiva para que se la lleve a Menéndez. Ella se fue a un campo y pidió hablar con Menéndez, esperó dos horas, luego llegó un capitán a quien ella le contó a lo que iba y le pidió que salga si no quería ser secuestrada también, por lo que ella se fue y tomó un colectivo para Tucumán.-

El Dr. Augier le contó que lo vio a su marido en Arsenales cuando estuvo detenido. El cacique Santana dijo que lo vio a su marido en la Jefatura de Policía donde había estado, por lo que fue a hablar con "el Tuerto" Albornoz pero salió un tal Chaile. Un policía le dijo que Damián, Dardo Molina, Urueña y el Dr. Miguel estaban ahí. El "Tuerto" Albornoz le dijo que se vaya con sus hijos. La Sra. de Cerviño le dijo que su marido estaba en el Arsenal Miguel de Azcuénaga.-

En la audiencia también declaró Juan Andrés Luján, amigo de Damián Márquez. Contó que era auxiliar de la Cámara (ordenanza de Márquez) y que un día, en el año 75, el "Chonga" Vargas Aignasse y Damián Márquez estaban en sesión de bloque. El dicente estaba tomando un café con un pariente de Márquez en un bar que quedaba en calle 24 de Septiembre entre Las Heras y Congreso, cuando interrumpieron el tránsito y lo levantaron a él. Le taparon la cabeza con la camisa y los metieron a él y al pariente de Damián Márquez en el auto de éste último. El podía ver porque su camisa era transparente, los bajaron en la Jefatura, entraron en un salón y apareció un tal Marcial que era policía y lo encapuchó, lo hacían caminar de un lado a otro, lo insultaban diciendo que era zurdo, comunista y qué sabía de las actividades del Chonga y de Damián Márquez y les decían que pronto iban a desaparecer esos amigos. A las 7,30 de la mañana del día siguiente apareció en la seccional 1ra destrozado y allí lo esperaban Damián y el Chonga y él les contó lo que había pasado. La familia Márquez era su familia adoptiva y pasaba las 24 horas en la casa de ellos. Recordó que el día del secuestro fue a buscar a Damián de la agencia de autos y desde lejos vio que lo levantaron a Márquez en un auto Falcon verde.-

En consecuencia, quedó demostrado en ésta audiencia que Damián Octavio Márquez fue secuestrado en la vía pública y trasladado al CCD Jefatura de Policía, donde fue visto por el "Cacique" Santana. Además de ello, figura en la lista elaborada por la policía de la provincia titulada "Índice de declaraciones de Delincuentes Subversivos" bajo el N° de orden 164 con la sigla "DF", que forma parte de la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente en el Juicio de la causa "Jefatura", agregado a las presentes actuaciones.- Con posterioridad fue trasladado al CCD del Arsenal Miguel de Azcuénaga, donde fue visto e identificado entre los detenidos clandestinos por Alberto Augier, Matilde Palmieri de Cerviño, Osvaldo Humberto Pérez y Héctor Oscar Justo. Los restos de Damián Octavio Márquez fueron encontrados e identificados en la fosa común llamada "Conjunto Quemado 4" en el Arsenal Miguel de Azcuénaga. Luego de ser entregados a su familia, fueron inhumados el 31 de marzo de 2013, en un Cementerio de la Capital tucumana.-

Hechos que perjudicaron a Armando Archetti (Caso 84). Causa: "Bussi Antonio Domingo y Otros s/privación ilegitima de la libertad tortura y otros delitos ep de Armando Archetti" Expte. n° 1.577/06.-

Armando Archetti fue secuestrado el día 24 de Enero de 1977 a horas 20:00, luego de jugar al tenis en el Club Lawn Tenis de Santiago del Estero. María Rosa Hourbeigt, esposa de Armando Archetti, declaró en esta audiencia. Contó que ella estaba en Buenos Aires con los chicos cuando recibió la llamada de su suegra contándole lo que había sucedido. Desde ese momento inició la búsqueda de su esposo. Su suegro que había sido gobernador, era vecino del hermano de Harguindeguy por lo que intentaron procurar noticias por ese lado. Por otro lado, se comunicó con el jefe de la cárcel, Silvetti, quien le dijo que los que habían secuestrado a su hijo eran de la SIDE de Tucumán. Su marido era titular de una cátedra en la UBA, su nombramiento había pasado por la SIDE, por eso tenía allí un prontuario. En el 68, cuando aún era estudiante de la UNT de filosofía, junto a Santucho entre otros fundó el PRT, ahí ya los habían marcado luego de una breve detención la SIDE tucumana. Luego de éste suceso, su suegra muy desesperada le rogó que dejara la actividad política y siguiera la carrera. Armando le hizo caso, pero mantuvo su simpatía ideológica con el PRT más allá de que no comulgaba con la derivación hacia la lucha armada. Contó detalladamente los innumerables trámites realizados para averiguar por el paradero de su esposo. En el mes de febrero, una persona que no se identificó le dijo por teléfono que había estado con Armando en un campo en Famaillá y que le pidió que le diga que la pelea que habían tenido era una tontera que iban a estar bien, cosa que sólo ella y él sabían porque habían tenido una pequeña discusión antes del secuestro. En mayo recibió otra llamada, allí le dijeron que su marido estaba en el Arsenal. Denunció eso en el Ministerio del Interior y al poco tiempo le dijeron que no busque más a su marido que estaba muerto. La primera llamada fue de una mujer anónima, pero tiempo después ella se identificó como Matilde de Cerviño. Cuando la señora Cerviño se dio a conocer ambas decidieron hacer una denuncia ante el Comando del Ejército. Explican que sus maridos habían estado detenidos en el mismo lugar y dan a conocer la existencia de los campos. A los meses de esa denuncia tuvieron una respuesta de Harguindeguy que decía que los dichos de Cerviño eran inexactos, desestimaba la denuncia porque no se había probado lo de Archetti. Hizo la denuncia en la CONADEP, en el CELS, en el APDH, en la Cruz Roja, en la CAT, en la OEA. Declaró en el Juzgado Federal de Tucumán en la causa de la señora de Cerviño.-

Ha quedado suficientemente acreditado a lo largo de ésta audiencia de debate que Armando Archetti estuvo como un detenido clandestino en el Arsenal Miguel de Azcuénaga. Dan cuenta de ello los testimonios de Matilde Palmieri de Cerviño, Alberto Augier y Osvaldo Humberto Pérez.-

Matilde Palmieri de Cerviño declaró en varias oportunidades. Sus declaraciones fueron incorporadas por lectura en ésta audiencia atento a que hoy se encuentra fallecida. Ella dijo que estuvo detenida clandestinamente en el Arsenal Miguél de Azcuénga y que allí vio entre otros a Armando Archetti. Tuvo diálogo con él. Le contó que estaba casado con María Rosa Hourbeith, que tenía dos hijos y como había sido secuestrado, le dijo que su padre había sido gobernador de la provincia y le pidió que le transmitiera a su padre que estaba vivo y que le transmitiera en forma personal un mensaje a su señora que se quedara tranquila que cuando saliera todas las cosas en la relación de los dos "iban a ser diferentes" (fs. 52 cuerpo 257).

El Dr. Alberto Augier, cuya declaración también fue incorporada por lectura dijo: "Archetti era un muchacho joven de Santiago del Estero, lo trajeron de esa provincia y lo acusaban de ser ideólogo de la guerrilla".

Osvaldo Huberto Pérez dijo en ésta audiencia que no sabe si era real el nombre de Santiago, pero el apellido si era. Era un filósofo santiagueño, un hombre que había sido de los precursores de los partidos revolucionarios de la lucha armada. Que él estaba en Santiago y lo llevaron a Tucumán, al Arsenal.

Al día de hoy Armando Archetti continúa desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a Juan Faustino Rodríguez (Caso 87) y Pedro Ricardo Rodríguez (Caso 85). Causa: "Rodríguez Juan Faustino y Rodríguez Pedro Ricardo s/sus secuestros y desapariciones" Expte. n° 1.770/04 y sus Actuaciones Complementarias.-

El día 25 de enero de 1977 un grupo de personas armadas y encapuchadas que se identificaron como de las fuerzas de seguridad, irrumpieron en el domicilio de la familia Rodríguez sito en la localidad de León Rougés y secuestraron a Pedro Ricardo Rodríguez, de 21 años de edad.

El 16 de febrero de 1977 nuevamente un grupo de policías y otros sujetos irrumpieron en el mismo domicilio y secuestraron al padre del primero, Juan Faustino Rodríguez, de 53 años de edad.

Roberto Estanislao Rodríguez, hermano e hijo de las víctimas respectivamente, compareció a la audiencia, previo a prestar declaración se escuchó el audio de su declaración anterior realizada en el juicio: "Aguirre, Emma del Valle s/ su denuncia por privación ilegítima de la libertad y otros delitos", Expte. N° A - 190/11.- En esa oportunidad el testigo dijo: "Dijo ser docente y que en el ingenio Santa Rosa era dibujante técnico. Que en la década del 60 vivía en Kermes, localidad lindera con Huasapampa que queda a un kilómetro del Ingenio Santa Rosa y a un kilómetro y medio de la comisaría. Que en 1976 su familia eran sus padres y seis hermanos. Que Juan Faustino Rodríguez (su padre) y su hermano Pedro Ricardo Rodríguez se encuentran desaparecidos. Que ellos tenían militancia política y que en su familia eran obreros del surco. Que a su padre en el 63 lo dejaron cesante, que en el año 65 se generó un problema familiar porque su abuelo era capataz en la finca en la que trabajaba su papá. Que les pedían el terreno dónde vivían, y que justo cuando sucedió eso a su padre lo indemnizaron, y compraron un terreno. Que esas situaciones y la necesidad de ayudar al padre entre todos los llevó a comprar el terreno y comenzaron a arrendar fincas para plantar caña y con eso mejora la situación económica para poder sobrevivir. En el 65 al llegar el cierre de los quince ingenios con Onganía se generó un caos. Así fue surgiendo la conciencia de que esas situaciones debían ser revertidas y se vio la necesidad de formar un sindicato en Huasapampa. Relató que las casas eran de malhoja (también llamado despunte) con techos de paja, que todo eso era combustible, y que los baños eran letrinas, que se vivía en condiciones infrahumanas. Que en el 72 se graduó de la secundaria, en el 73 ingresó a la Facultad de Ciencias Exactas y que estando allí sugirió que en su zona se forme un sindicato. Que finalmente se formó el sindicato con todas las formalidades legales y al realizarse las elecciones ganó su papá, comenzó a cobrarse una cuota sindical y gradualmente creció entre el 75' y el 76'. Explicó que justamente en esa época aparecieron las razias de la Policía Federal Argentina a veces acompañada por el ejército, que avanzaban casa por casa, haciendo todo tipo de desmanes. En la vida cotidiana ese contexto afectaba las rutinas. Destacó que su familia en esa época no tuvo prácticamente problemas porque su padre y su hermano del sindicato eran muy queridos. Que en una oportunidad una persona ebria que en un local increpó a su padre que tomaba una gaseosa, luego quiso agredirlo físicamente y al huir por los fondos del local le dispararon con un arma de fuego. Que a los dos días ese señor ebrio llegó en una camioneta a la casa y le pidió disculpas. Que su hermano sufrió un problema de apendicitis cinco días antes del secuestro, que la operación se le complicó un poco. Que el día del secuestro, por la noche llegó un celular, ingresaron a la casa, los llevaron, y se dirigieron a la casa en la que se encontraba el declarante y su hermano enfermo. Que ingresaron cuatro personas y preguntaron "quién es el negro Rodríguez " y que como su hermano estaba convaleciente él dijo "yo soy el negro Rodríguez" y su hermano dijo lo mismo, pero supieron que él no era la persona que buscaban porque vieron en el pecho de su hermano los signos de la operación. Que en un forcejeo alcanzó a sacarle la capucha a una de las personas, que se efectuaron disparos y que lo dejaron inconsciente. Al respecto manifestó que yo abrí las ventanas cuando se estaban por ir, porque previamente habían secuestrado a otro señor vecino de la zona que no tenía ninguna militancia así y vi el celular ese de la policía que tenia la caja metálica y la puerta esa de atrás que se abría y se fueron. Vi un auto blanco de una persona muy conocida, hermano de un compañero de trabajo en la Escuela Técnica y que era jefe electricista del Ingenio Ñuñorco, Alfredo Lorini. Que a su papá lo dejaron muy afectado por la situación y que había dos sinvergüenzas que se hacían los amigos de su padre y hermano pero no lo eran, sino que eran informantes. Que esa noche (25 de enero de 1977) se lo llevaron a su hermano. Al otro día fueron a las ocho menos cuarto a la comisaría de León Rougés para denunciar el secuestro, lo atendió un oficial y le dijo que lo buscara al comisario. Que cuando Moreno apareció le dijo que no podía recibirle la denuncia porque correspondía a la jurisdicción de Monteros, que allí tenían que dirigirse; que en el instante mismo en que vio a Moreno supo que era la persona a la que él, en el curso del secuestro de su hermano le corrió la capucha. Con relación al secuestro de su padre que fue el 16 de febrero de 1977, recuerda que el día anterior le pidió que siga trabajando y ver cómo podía seguir estudiando porque su sueño era que fuera ingeniero, más allá de que necesitaba mantener a su familia. Que su padre tenía problemas de gastritis y tomaba medicamentos para tratarlos. Como personas desaparecidas de la zona, recuerda cuando estaba trabajando en el ingenio con Simón Campos que era electricista allí, que con anterioridad habían venido a preguntar en un Falcon blanco por él y por Simón Campos. Que también recuerda el caso de "Peti" Barraza, el secuestro de los hermanos Poli, el secuestro del "Moto" Giménez, el secuestro de la señora enfermera "Ñata" Pérez, a quien secuestraron por curar a un herido del ERP, y murió por los maltratos y vejaciones que recibió. Que otros desaparecidos son Fernández, Neme, el Pelao Ruiz, aunque este último después de mucho tiempo logró su libertad. Que no conoció a la Sra. Emma del Valle Aguirre, sino luego del secuestro de su padre y que luego fue maestro de sus hijos. Que la señora le contó de los sufrimientos en el lugar de encierro, que su padre dijo "prefiero que me maten, a que siga este sufrimiento", que luego gatillaron en su sien y mataron a su hermano. Señaló que tiene la absoluta seguridad de que la persona a la que retiró la venda cuando secuestraron a su hermano, es la misma que al día siguiente reconoció como el comisario Moreno. Que el sufrimiento por la muerte de su padre y de su hermano todavía no se lo puede sacar, y que pide que sean encerrados en una cárcel común, con el trato de verdaderos delincuentes"

En ésta audiencia agregó que cerca de año nuevo del año 77, su hermano lloraba y decía que lo iban a secuestrar. El le decía que eso era imposible porque lo que hacía era trabajar en contra de una injusticia laboral, pero su hermano tenía terror, en esa situación le dijo quiénes eran los informantes que visitaban continuamente la casa, nombrándole a "Pipino" Costilla, "Payo" Silva y el comisario Almirón. También cuenta que a lo largo de lso años pudo averiguar que hay otros involucrados en el secuestro de su hermano y su padre: "Pupa" Ledesma, Moreno Comisario de León Rougés, Roberto Albornoz, un tal Rodríguez que ya falleció, Alfredo Lorini, uno de Simoca, un Jiménez, un Juárez y un Andrada.

Destaca el testimonio del Dr. Augier quien narró en una entrevista como mataron a su padre en el Arsenal a quien recordaba como Juan Rodríguez. Por otros testimonios supo que su hermano llegó a tener gusanos en la herida de una operación de apendicitis.

Mercedes del Carmen Serrano, madre de Pedro Ricardo Rodríguez y esposa de Juan Faustino Rodríguez fue testigo presencial de los dos secuestros, su declaración ante la Comisión Bicameral de fs. 21/22 fue oralizada en ésta audiencia.

La testigo Elsa Antonia Medina, declaró también en la causa: "Aguirre, Emma del Valle". Su declaración quedó incorporada con la reproducción del audio en ésta audiencia. En esa oportunidad, en relación al caso de referencia dijo que al señor Rodríguez lo recuerda cuándo le preguntaban cómo se llamaba mientras eran conducidos en la camioneta. Que allí no estaba vendada, sino con la cabeza envuelta en una campera, y cuándo le preguntaban cómo se llamaba dijo "Juan Rodríguez" y al preguntarle por su apodo dijo "Toro". En ésta audiencia agregó que mientras estuvo detenida en la Comisaría de Monteros el Toro Rodríguez estaba en algún momento junto a ella pero que a su hijo Pedro Rodríguez no lo vio.

Emma Aguirre declaró también en la causa "Aguirre, Emma del Valle". Su declaración quedó incorporada con la reproducción del audio en ésta audiencia. En esa oportunidad dijo: "Que estaba en un lugar con una mesada de azulejos blancos y en un momento se acerca una persona y le dice: Emma? soy Juan Giménez, estoy lastimado en la cabeza, ahí esta Simón Campos y Juan Rodríguez con su hijo". "En cuanto al lugar dónde estuvo detenida, según lo que le dijeron con posterioridad de acuerdo a su descripción estaba en el Ingenio Nueva Baviera. Agregó que uno de los Rodríguez pedía medicamentos y que le dijeron ya te vamos a dar picana a vos, que los gritos que se escuchaban allí eran terribles".

Conforme quedó acreditado con los testimonios ut supra mencionados, Juan Francisco Rodríguez y su hijo Pedro Ricardo Rodríguez fueron trasladados primeramente al CCD que funcionaba en el Ex Ingenio Nueva Baviera, donde estuvieron cautivos hasta marzo de 1977. Posteriormente fueron llevados al CCD que funcionaba en el Arsenal Miguel de Azcuénaga, conforme el testimonio oralizado de Manuel Eugenio Olivera, obrante a fs. 17/19 del cuerpo 201, quien relató que compartió cautiverio en el centro clandestino que funcionaba en el Arsenal Miguel de Azcuénaga con un padre y un hijo de Monteros y el testimonio de Alberto Augier que en una declaración menciona que de Santa Rosa de Monteros llevaron al Arsenal a un señor de apellido Rodríguez con un hijo de más o menos once años, lo que se valora como indicio concordante en el sentido que habrían sido Pedro y Juan rodríguez.-Al día de hoy Pedro Ricardo y Juan Faustino Rodríguez continúan desaparecidos.-

Hechos que perjudicaron a Ernesto José Segundo Cruz (Caso 86). Causa: "Cruz, Ernesto Jose Segundo s/ Dcia por Privación ilegitima de la libertad y otros delitos".Expte. 400310/6.-

Ernesto José Segundo Cruz, quien a la fecha de los hechos era estudiante de ingeniería química en la Facultad de Ciencias Exactas de la Universidad Nacional de Tucumán, donde era Secretario General y militaba en la Federación Juvenil Comunista, al declarar en la audiencia en causa "Jefatura", dijo que fue secuestrado en febrero de 1977.-

Relató que el día del hecho regresaba de estudiar con su compañero Julio Flomembaum y, en la calle 25 de Mayo al 600 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, donde su padre tenía un departamento, lo estaban esperando unos hombres. Inmediatamente fue introducido a un automóvil, lo colocaron en la parte de atrás del mismo y le taparon la cara. Precisó que en el vehículo anduvieron bastante tiempo, hasta que llegaron a un lugar, donde para poder entrar los que manejaban el auto decían la palabra "Agua" y se abría un portón, transitaban otro trecho, volvía a aparecer un portón o algo por el estilo, y volvían a repetir la misma palabra. Finalmente, luego de pasar dos, tres o cuatro controles o barreras, llegaron a un lugar en el cual los estaba esperando otra gente. Dijo que si bien iba tirado, podía oír lo que sucedía. Explicó que en ese lugar había una casilla en la que le vendaron los ojos, lo esposaron y fue sometido a un interrogatorio. Lo primero que le preguntaron fue su nombre; después le preguntaron el nombre de su madre y de su padre para, finalmente, preguntarle nombres de personas que formaban parte del ERP o de Montoneros. Recordó que les dijo que no sabía eso, que era un estudiante universitario que sólo militaba en la Juventud Comunista. Se le aplicaron torturas. Permanentemente le pedían nombres del ERP y/o de Montoneros. Finalmente, luego de una larga sesión de torturas con golpes de puño y electrodos en la cabeza que le ocasionaban desmayos, fue esposado por atrás y le dijeron "ahí te van a cuidar unos guardias; los guardias no tienen autorización ni de pegarte ni de torturarte, pero vos portate bien y no te va a pasar nada". Dijo que lo que narró fue el inicio de su estancia en el Arsenal, que lo entregaron a unos guardias y esos guardias le dijeron que no podía conversar con nadie y le asignaron el número 49. Que de vez en cuando los sacaban al patio a tomar sol, siempre vendados, con algodón detrás de las vendas y en los oídos. Agregó que de noche a veces se sentía que había una ruta que pasaba por ahí porque el silencio era grande y a lo lejos se sentía algún ruido de camiones, de autos o de vehículos. También señaló que, de cuando en cuando, volvían autos a ese lugar con algún secuestrado porque se sentían gritos; de entrada era la tortura y a veces también sacaban al resto y les hacían preguntas. Expresó que a los guardias los rotaban cada 15 o 20 días y que sabe eso por las distintas tonadas -a veces cordobesa, a veces otra- que escuchaba. Le preguntaron por mucha gente, permanentemente le preguntaban y lo torturaban, por cada pregunta era una tortura. A veces también les mostraban fotos, los llevaban a una casilla de madera, apartada unos 50 o 60 metros de donde estaban alojados que era una especie de establo, en donde tenían los números, y que les sacaban las vendas, y les mostraban las fotos para que reconocieran a alguien y los amenazaban de muerte en caso de que los mirasen. Precisó que él no reconoció a nadie, y que a veces los dejaban en la casilla solo con las fotos. Dijo que estuvo secuestrado muchos meses y cree que recuperó su libertad hacia noviembre de 1977. Agregó que estuvo secuestrado en un sólo lugar, que no lo trasladaron, y que ahí escuchaba el ruido de camiones y autos. Manifiesta que supo donde estuvo secuestrado una vez que salió pero que en un determinado momento, cuando los sacaban a tomar sol y les ponían las esposas hacia delante, tomó una pajita y se la introdujo en el ojo para poder ver. Así pudo observar que se trataba de un lugar rodeado por una cerca de alambre, con una casilla central en una de las puertas y del otro lado, donde estaban alojados, era como un galpón a dos aguas que tenía ventanas arriba, como un cobertizo, y que de ahí se veía que de la parte de afuera había una escalera por donde aparentemente los guardias subían y los controlaban. Expresó que les daban las 4 comidas, que los hacían dormir temprano, y que a veces sentían en medio de la noche autos, cuando supuestamente estaban durmiendo, entraban muy despacio, casi sin hacer ruidos, sacaban algunos detenidos, los llevaban y se sentían tiros a lo lejos, estampidos amortiguados. Respecto del lugar de cautiverio dijo que eran paredes que tenían un metro por un metro y medio de canto y arriba había un número; que cuando los sacaban en trencito y después los volvían depositar allí, les preguntaban a cada uno por el número y así los iban dejando a cada uno en los boxes.-

Al declarar en la audiencia Baltasar Acuña recordó que en el Arsenal, entre los secuestrados allí, pudo ver a un muchacho de Monteros, que era del Partido Comunista y se apellidaba Cruz.-

Hechos que perjudicaron a Matilde de los Ángeles Palmieri de Cerviño (Caso 88). Causa: "Palmieri de Cerviño Matilde de los Ángeles s/su denuncia por privación ilegítima de la libertad" Expte. n° 779/07.-

Matilde de los Ángeles Palmieri de Cerviño a la fecha de los hechos tenía 57 años, era docente, rectora del Instituto Modelo de enseñanza secundaria. Tenía 12 hijos, entre ellos María Teresa, secuestrada en Buenos Aires el 26 abril de 1976; Pedro Antonio y José Ramón, secuestrados el 8 de febrero de 1977 en Tucumán y posteriormente liberados; María Luisa, asesinada en una confitería de Villa Devoto, Capital Federal el 7 de abril de 1977. Desde 1972 participaba activamente de organizaciones de defensa de detenidos políticos.-

La víctima actualmente se encuentra fallecida. De sus declaraciones oralizadas en el curso del debate, especialmente las de fs. 276/279 vta. del cuerpo 256 y fs. 454/vta. del cuerpo 257, surge que fue secuestrada el 11 de marzo de 1977. Ese día, alrededor de las 2.30 de la mañana, cuatro personas enmascaradas y armadas ingresaron a su domicilio sito en calle Junín 925 de la ciudad de San Miguel de Tucumán. Luego de reducir a su marido y a sus hijos que se encontraban en la casa, vendándoles los ojos y tirándolos al suelo, procedieron a esposarla, a vendarle los ojos y a introducirla a un automóvil en el cual se trasladaban los secuestradores. En este operativo se llevaron todos los objetos de valor que encontraron a su paso. Luego de un tiempo de andar en ese automóvil la hicieron bajar y la subieron a un camión porque el vehículo anterior se habría averiado. El traslado, incluyendo el cambio de vehículo e innumerables vueltas duró alrededor de dos horas.-

La víctima fue alojada en el centro clandestino de detención Arsenal. Precisó que fue ubicada en una especie de cubículo dentro de un pabellón, con espacios separados por ladrillos de canto, donde pudo percibir la presencia de, al menos, otros veinte detenidos en similares condiciones. Indicó que el lugar estaba controlado por el ejército y custodiado por gendarmería nacional. Señaló que el centro de detenidos contaba con dos pabellones de material con capacidad para albergar de cada lado del mismo a unas 20 personas. Había un pabellón exclusivo de hombres, allí cada detenido estaba separado del otro por una pared de ladrillo de canto. En el pabellón que llamaban de mujeres, pero en el que también habían hombres la construcción era mejor y las separaciones eran de tablones de madera. Allí fue interrogada en varias oportunidades, la primera vez a la mañana siguiente de su ingreso, por un alto militar del Ejército, quien provenía de Buenos Aires, según pudo observar por su tonada, y se trataba de un alto mando, conforme lo manifestó la persona misma. Fue interrogada sobre dos de sus hijas, con quienes tenía contacto periódico, y sobre diferentes circunstancias de su vida, de su familia y de otras personas de Tucumán. Durante su cautiverio pudo identificar entre los detenidos al Sr. Archetti, profesor de filosofía, oriundo de la ciudad de Santiago del Estero, quien le relató que había sido secuestrado cuando salía de jugar al tenis en el club social de la provincia de Santiago del Estero. Recordó que, de hecho, estaba vestido con ropa deportiva marca Adidas y tenía zapatillas. Esa persona le solicitó si salía le avisara sobre su situación a su padre, quien había sido gobernador de Santiago del Estero.-

Matilde de los Ángeles Palmieri de Cerviño fue liberada el 18 de marzo de 1976. Fue abandonada en unos cañaverales próximos a Villa Alberdi de la provincia de Tucumán, con los ojos vendados y las manos atadas. Le devolvieron la cartera con su documento de identidad, sus anillos, su reloj, y agregaron 2000 pesos para movilidad y una carta. Paró un Jeep de la policía provincial solicitando ser trasladada a Villa Alberdi, a la casa de un primo suyo que vivía allí. En lugar de ser conducida a ese lugar fue llevada a la comisaría de Villa Alberdi. Al respecto se le informó que debía entrevistarse con el comisario y explicarle su situación. Precisó que le resultaba evidente que quienes la trasladaban conocían su situación porque le pidieron su cartera insinuando la existencia de la carta que habían dejado allí y, asimismo, porque llamaron por radio diciendo "operación terminada". Al ser entrevistada por el comisario, éste leyó la carta en voz alta ya que ella no podía hacerlo porque no tenía sus lentes. En la carta, con la firma de un supuesto "Comando Revolucionario de Catamarca", se decía que no habiéndola encontrado culpable manifiestamente la dejaban en libertad provisoria, prohibiéndole informar a ninguna autoridad policial lo ocurrido. El comisario le manifestó que debía dar parte a la autoridad militar de la que dependía. A los 20 minutos aproximadamente llegó la autoridad militar y el comisario le hizo saber que por razones de seguridad debía vendarle los ojos. El visitante, que manifestó al comisario ser del oficial del ejército, era la misma persona que la había dejado en los cañaverales, a quien reconoció por la voz. Éste le dijo "señora, así que la tuvieron en Catamarca". Luego el comisario le quito la venda y recién ahí quedó en libertad.-

Matilde Palmieri de Cerviño hizo innumerables trámites, denuncias y gestiones denunciando la existencia de un centro clandestino de detención en el predio de la Compañía Arsenal Miguel de Azcuénaga. Las denuncias estuvieron dirigidas a la CSJN, al Ministerio del Interior, a Justicia Federal, a la Junta militar, al Comandante de la Vta Brigada, al episcopado argentino y a medios periodísticos.-

Mientras permanecía cautiva en el Arsenal, la víctima fue vista por Osvaldo Humberto Pérez, quien al declarar en la audiencia dijo que recordaba a Matilde Palmieri de Cerviño, que la había conocido en dicho centro clandestino de detención, y que la habían llevado porque buscaban a hijos suyos que estaban prófugos. Precisó que era directora de colegio y que permaneció secuestrada poco tiempo.-

Por otra parte, al brindar testimonio en el debate, Susana Leoni Auad señaló que mientras permanecía en el arsenal oyó que estaba la señora Cerviño, pero que no pudo hablar con ella.-

Hechos que perjudicaron a Héctor Oscar Justo (Caso 89). Causa: "Justo Héctor Oscar s/su denuncia por secuestro, tortura y otros delitos" Expte. n° 1.477/05.-

Héctor Oscar Justo, quien a la fecha de los hechos tenía 35 años de edad, fue secuestrado el 25 de marzo de 1977 y permaneció detenido en Arsenal, conforme surge de su declaración prestada en la audiencia en la que pormenorizadamente da cuenta de su permanencia en dicho centro clandestino de detención y de las penosas circunstancias que atravesó en ese sitio.

En su testimonio sostuvo que el día de los hechos salía del Círculo de la Prensa, donde estaba haciendo un curso, y caminaba por calle Mendoza. Antes de llegar a calle Córdoba fue interceptado por 2 o 3 personas que le pusieron una pistola en la nuca, otra en la espalda, lo inmovilizaron y lo subieron a un automóvil Ford Falcon. Transcurrida alrededor de una hora de recorrido, luego de llegar el vehículo a un camino sinuoso, se detuvo. Lo tomaron de los brazos y lo colocaron en una vivienda con piso de madera, donde fue interrogado sobre su vida cotidiana y sobre su vida política. Les dijo que no conocía personas con actividad subversiva, que a partir del 24 de marzo de 1976 estaba dedicado a trabajar con su madre en la pensión que esta tenía en razón de haber sido cesanteado de su trabajo en la Cámara de Diputados. Le dijeron que estaba falseando la verdad porque era un político. Ante esa afirmación si bien reconoció ser justicialista y concurrir a la sede del partido, les explicó a sus interrogadores que sólo se dedicaba a atender necesidades de gente humilde. Precisó que los interrogadores tenían acento santafesino o porteño, y que luego a estos se sumaron unas personas con alcohol que le aplicaron picana eléctrica. Lo elevaron 50 o 60 centímetros, a pesar de que a la fecha de los hechos pesaba 88 kilos. Al terminar la sesión de torturas fue llevado a un sector con boxes y piso de ladrillo con alquitrán encima. Lo ubicaron en un cubículo con una colcha. Le sacaron los pantalones. Todos estaban en paños menores, según pudo advertir después.

También dijo en el debate que al día siguiente lo hicieron salir y le habló una persona que parecía ser un militar con rango. Le preguntó datos de su identidad, sobre su esposa e hijos y sobre sus actividades. Le manifestó que seguramente tenía que recordar algo más que a la noche anterior. El deponente reconoció que había estado en manifestaciones. Luego lo llevaron nuevamente al pabellón. Explicó que al menos durante una semana era llevado todas las noches a ser torturado. Agregó que una de esas veces lo sacaron de su box y lo llevaron a un extremo del mismo y oyó que decían "si, vino la madre y dos hijos, y hubo un accidente porque uno de los nuestros le quebró el brazo, también vino una vieja a la que tiene de pensionista, y una mina que también es pensionista" . Explicó que se referían a familiares suyos y a una pensionista de su madre, que hacían que oyera eso para que supusiera que los habían secuestrado. Agregó que una vez fueron a la casa familiar, que integraba el grupo de invasores Albornoz y que revisaron todo, abrieron los colchones de las pensionistas, mataron a los conejitos que tenían. Pasada una hora se retiraron.

Precisó que el 25 de marzo a la noche fue la primera tortura; que al otro día lo sacó el jerarca que ya ha mencionado antes para interrogarlo; que alrededor de 3 o 4 días después, como a las 4 de la mañana, oyeron el ingreso de camiones, gritos, insultos, que traían a una cantidad de gente; que pasados unos 5 minutos a los secuestrados que ya estaban en los boxes los reubicaron en una sola parte del pabellón, y que a la gente que habían llevado las pusieron en los boxes que habían dejado ellos. También señaló que posteriormente los gendarmes hicieron que se colocaran contra la pared, les pusieron algodón en oídos y ojos, los colocaron luego boca abajo. Había una radio permanentemente encendida por la que se enteraban lo que sucedía. Alrededor de las 10 de la mañana sacaron a las que habían llegado a las 4 de la mañana. Alrededor de las 13 horas empezaron a escuchar detonaciones de armas de fuego, deben haber disparado más de 40 veces. Como a las 16 horas no les dieron la merienda que era mate casi sin azúcar en una lata de caballa y una galleta de las que hacían en la cárcel. Después de ese suceso nadie se atrevía a hablar del tema, salvo un muchacho que dijo "los deben haber muerto" .

Recordó que cuando le hicieron oír una conversación para que sepa que su madre y su señora estaban detenidas se puso nervioso, se salió de la fila y oyó un hombre que pedía que manden comida porque la gente estaba hambreada, que hasta ellos tenían hambre. Ese hombre pedía por su madre, por su esposa, por sus hijos. Le dijo que no había nadie de su familia allí. Le dieron un vaso de agua, el doctor Augier trató de calmarlo, y fue quien lo ayudó a curarse una herida que tenía en la muñeca por las esposas. Indicó que supo que estaba detenido en Arsenal como a los 2 días de encontrarse allí.

Dijo que al ser liberado caminó en dirección a la ciudad, pero que al llegar al cruce con Francisco de Aguirre lo detuvo personal de la policía de Tucumán que lo condujo a la Comisaría de Villa Mariano Moreno.

Posteriormente le dieron un libelo que se encuentra agregado a los presentes autos, lo llevaron a la Jefatura, lo interrogaron nuevamente. Le anunciaron que lo llevarían y que a los 15 días la Comisaría 3 lo citaría para denunciar su secuestro. Aclara que su apodo era "Justito". Al regresar a su casa dice que volvió muy enfermo de los riñones, con problemas de presión y corazón, y con problemas de impotencia, probablemente por la picana.-

Hechos que perjudicaron a Manuel Eugenio Olivera (Caso 91). Causa: "Olivera Manuel Eugenio s/su denuncia por privación ilegítima de la libertad, torturas y otros delitos" Expte. n° 501/06.-

En el mes de mayo de 1977 un grupo de aproximadamente 6 personas, 4 de civil y dos con uniforme militar, encapuchadas y fuertemente armadas ingresaron violentamente, rompiendo puertas y ventanas al domicilio de Manuel Eugenio Olivera, en calle Santiago altura 3.000 de San Miguel de Tucumán, donde se encontraban además quien era su señora en ese entonces y sus tres hijos menores de edad. Luego de ponerlo boca abajo y vendarle los ojos con un pedazo de tela del colchón, lo sacaron de la casa, lo metieron en un auto fiat familiar color borravino y se lo llevaron secuestrado.-

Fue conducido al centro clandestino de detención que funcionaba en el Arsenal Miguel de Azcuénaga, donde permaneció en cautiverio aproximadamente un mes, describe el lugar como un galpón grande donde estaban todos echados uno a la par del otro separados por una pared bajita, el piso era de cemento.

Le asignaron el N° 65. El lugar donde lo torturaban eran habitaciones aparte del lugar donde estaban alojados. Conocía de antes el arsenal porque iba a una cortada de ladrillo que quedaba al frente del arsenal.

Fue brutalmente castigado, siendo interrogado en varias oportunidades donde le aplicaban picana eléctrica además de fuertes golpes. Los ruidos de ráfagas de tiros de ametralladoras eran muy comunes por la noche. Una de las veces que lo sacaron afuera se le corrió la venda y logró ver a lo lejos tierra revuelta y en otra oportunidad escuchó que un guardia le decía a un detenido encapuchado que no se acercara a ese lugar porque había un pozo muy profundo.

Lo interrogaron sobre la familia López, que era una familia que vivía a una cuadra de su domicilio y que estaba integrada por Manuel, Marta, Rosa Cerafina, Carlos y Ramón Francisco López, de los cuales los últimos tres se encuentran desaparecidos. También le preguntaban por "el negro" Fernández, por la bomba que habían puesto, por quien era el muchacho que mataron en Catamarca cuando tomaron el regimiento.

Entre las personas con quienes compartió cautiverio identificó a un padre con su hijo de Monteros de trece años a quienes fusilaron el día que a él lo liberaron; por comentarios de los guardias, supo que se encontraba allí Dardo Molina, escuchó nombrar a Damián Márquez del Sindicato del Cerámico, a Ponce del Sindicato de Panaderos, a dos hermanos de apellido Agüero de la Banda del Río Salí, un detenido varón que los hacía rezar, una mujer a quien la hicieron participar cuando lo interrogaban a él y esta le decía que dijera que conocía a un tal "rana", después escuchó cuando la torturaban brutalmente y luego de ello no volvió a escucharla nunca más.

Fue liberado luego de un mes aproximadamente de permanecer en cautiverio. En ese momento los sacaron a él y al padre e hijo de Monteros, los hicieron arrodillar y les preguntaron si sabían rezar, luego de eso escuchó los disparos de arma de fuego y los cuerpos que caían al suelo, el cuerpo del chico de Monteros chocó contra el de él al caer. Le preguntaron a él si sabía rezar, el contestó que no y vino una persona que dijo que había orden de que lo liberasen. Lo tuvieron un rato largo esperando, luego lo subieron a un auto que dio muchas vueltas y lo dejaron desnudo, sólo con una camisa, en la calle Saavedra entre Santiago y San Juan.

En función de la prueba rendida en la audiencia y considerando especialmente el testimonio de la propia víctima obrante a fs. 1/3 del cuerpo 201 oralizada en audiencia, ha quedado acreditado su secuestro y posterior cautiverio en el centro clandestino Arsenales. Asimismo, resulta necesario precisar que si bien de la declaración de la víctima menciona como fecha de su secuestro el mes de mayo de 1978, por su testimonio y teniendo presente las personas que vio en cautiverio, ha podido determinarse que su secuestro fue en el mes de mayo de 1977.-

Hechos que perjudicaron a Alberto Díaz (Caso 92). Causa: "Díaz Alberto s/denuncia por privación ilegítima de la libertad y otros delitos" Expte. n° 1.515/05.-

Ha quedado acreditado, con la prueba producida en ésta audiencia, que Alberto Díaz fue secuestrado de su domicilio en el Ingenio San Juan el día 13 de Mayo de 1977.

Así, declaró en la audiencia la propia víctima Alberto Díaz, expresó que el día 13 de mayo de 1977, mientras se encontraba junto a su esposa e hijos en su domicilio de Ingenio San Juan, aproximadamente a las 22 horas, derribaron violentamente la puerta de entrada e ingresó un grupo de personas vestidas de civil, armadas y encapuchadas quienes lo encandilaron con linternas, obligándolo a levantarse; lo encapucharon, sin dar lugar a que vea a nadie, y a su esposa la hicieron poner boca abajo en la cama y que se tape con una colcha completamente. Comenzó a vestirse mientras lo interrogaban sobre si tenía armas, y lo identificaron preguntándole el nombre, como no encontraron nada requisaron el domicilio, tirando inclusive a los niños de sus camas al suelo. Lo obligaron a salir con ellos para, luego de caminar aproximadamente una cuadra, hacerlo subir en el baúl de uno de los automóviles Fiat en el que se movilizaban, previo esposarlo. Se detuvieron en la avenida principal del Ingenio San Juan y de allí se llevaron también detenido a Fernando Federico Ferreyra, quien era delegado gremial del Ingenio San Juan.

Fue trasladado al centro clandestino de detención que funcionaba en el Arsenal Miguel de Azcuénaga, donde lo hicieron ingresar en uno de los galpones asignándole un box en el que tenía el n° 71. Ahí empezaron a torturarlo, recibió torturas de toda clase durante catorce días, luego del día catorce lo sacaron afuera, junto con otros detenidos, los hicieron apoyar en un paredón y uno de ellos dijo "ya están estos para que los matemos, quiénes van a tirar", percibió que todos tiritaban del frío y del temor y un señor se le arrimó al oído y le dijo que se quede tranquilo que se iban en libertad.

Mientras estuvo en cautiverio pudo advertir que había mucha más gente pero sólo reconoció a Ferreyra, que era su vecino. No pudo reconocer a sus captores. Pudo reconocer el lugar porque hizo el servicio militar en arsenales. Expresó que alrededor de un monte estaba el polvorín y que había una casilla prefabricada donde torturaban, que los custodiaba gendarmería y se decía que los que torturaban eran del servicio de inteligencia. En los interrogatorios le preguntaban por nombres que nunca había escuchado ni visto, escuchó tiros y que había mujeres, se las escuchaba cuando les tomaban asistencia por número. Cuando lo liberaron le ataron las manos con cables y lo pusieron en un auto junto a otro señor, lo soltaron detrás del hipódromo y le ordenaron que después de una hora se levante. Le pusieron un papel en el bolsillo en el que le recomendaban andar por el buen camino, alejarse de los vende patrias, y que recuerde el punto dos porque si no lo iban a ajusticiar junto a toda la familia.

En forma coincidente la víctima testigo Fernando Federico Ferreyra, declaró en ésta audiencia que el 13 de mayo de 1977 regresó a su casa aproximadamente alrededor de las 22:30 horas, que una persona lo agarró desde atrás, le pegaron y se cayó, antes le habían puesto una venda en los ojos, lo sacaron de la casa y lo subieron al baúl de un vehículo. Precisó que iba solo, que el auto arrancó y viajaron como una hora y media hasta que llegaron a un lugar en donde lo bajaron y pudo advertir que de otro vehículo también bajaban gente. Supo que estuvo en el Arsenal, estaba alojado en un galpón donde había celdas hechas de ladrillos de canto, le asignaron el número 61. Todos los días lo sacaban a hacerle averiguaciones, lo interrogaban sobre si hacía reuniones ya que él pertenecía al sindicato del ingenio. Sintió gritos de terror y estampidos; el castigo era a la noche por lo que deduce que no eran los mismos los que torturaban que los que los custodiaban. A las 22 hs llegaba un camión con gente y se producía todo un movimiento. Sintió mujeres llorar, allí vio al Negro Díaz. Cuando lo liberaron le dieron un papel que era del "Comando restaurador del orden" y tenía tres artículos: "el 1º decía que por no encontrarlo culpable de ningún delito ese tribunal lo dejaba en libertad pero, el 2º decía que no tenía que tener cargos en el sindicato y que su vida tenía que ser sin actividad política ni gremial, y el 3° decía que si era reincidente con lo que dicen los artículos sería ejecutado de inmediato".

Alberto Díaz a la fecha de los hechos tenía 33 años de edad, se domiciliaba en calle Leocadio Paz 3ª cuadra del Ingenio San Juan y trabajaba como engrasador de maquinaria en ese mismo ingenio. Estaba casado y tenía hijos.-

Hechos que perjudicaron a Víctor Hugo González Toledo (Caso 93). Causa: "Toledo Paula s/su denuncia por secuestro y desaparición de Hugo González Toledo" Expte. n° 548/07.-

Ha quedado acreditado con la prueba obrante en autos que el día 25 de Mayo de 1977, aproximadamente a las 15.00 horas, Víctor Hugo González fue secuestrado en la Escuela Nocturna "Lídoro Quinteros" de la Banda del Río Salí, a la que concurría como alumno, por un grupo de personas armadas. Víctor Hugo fue secuestrado junto a un compañero de la escuela de apellido Luna, quien residía en el barrio el Palomar también de la Banda del Río Salí y quien habría sido liberado a los tres días, con los ojos vendados, detrás de Atlético.

El mismo día del secuestro, en horas de la noche, Víctor Hugo fue llevado por sus captores hasta el inmueble del Sr. Carlos Rosa Silva, sito en Laprida N° 140 del barrio El Mirador, pasando el Ingenio San Juan, donde alquilaba una pieza. Realizaron una prolongada búsqueda en la habitación que su hijo ocupaba y luego se marcharon con rumbo desconocido.

Paula Toledo, madre de la víctima, realizó múltiples gestiones para dar con su paradero, principalmente denuncias ante la comisión bicameral, la CONADEP, la comisaría de Lastenia, ante otras reparticiones policiales, dependencias militares, como el Comando, e instancias internacionales, OEA y Cruz Roja, además de presentación de habeas Corpus en la Justicia Federal.

Lo considerado surge de los testimonios de la madre de la víctima, Paula Toledo obrantes a fs. 12, 13, 14, 99 y 161 y de Carlos Silva, obrante a fs. 18, todas del cuerpo 219, testimonios incorporados por lectura en la audiencia por encontrarse todos ellos actualmente fallecidos.

Atento que las personas secuestradas en la misma época (Alberto Díaz, Manuel Eugenio Olivera, María Isabel Jiménez de Soldati) fueron trasladadas en su mayor parte al centro clandestino de detención Arsenal Miguel de Azcuénaga, sumado al modus operandi usual de sus captores, se infiere que Víctor González Toledo estuvo secuestrado en ese centro de detención.

Al día de hoy Víctor Hugo González Toledo continúa desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a M.I.J. (Caso 94). Causa: "Jiménez Joaquín Absalón s/denuncia por desaparición de María Isabel Jiménez de Soldati" Expte. n° 1.595/5.-

El día 28 de mayo de 1977 M.I.J. se encontraba en su domicilio de calle Italia n° 547 de esta ciudad, junto a su esposo Enrique José Soldati y los padres de ella. Aproximadamente a las 2 de la madrugada llamaron insistentemente a la puerta de dicho domicilio. Al acercarse el esposo de la víctima, el mismo fue amenazado y encañonado con armas de fuego y un grupo de gente encapuchada irrumpió en la vivienda. Le ordenaron a María Isabel que buscara ropa de invierno, se vistiera y se la llevaron secuestrada en uno de los tres vehículos en los que se movilizaban (conforme testimonio aportado en audiencia por su esposo Enrique José Soldati).

Reynaldo Jiménez, hermano de M.I.J, contó que ella se dedicaba a la docencia, preparaba alumnos, era profesora de la Escuela Normal de matemáticas e inglés. Era muy solidaria con la gente. Trabajó en la radio a la noche y de día enseñaba en la Escuela de Comercio, en el 74/75 fue decana en la Tecnológica. Después que renunció a ese cargo en el año 75 le pusieron una bomba en su casa, en calle Italia al 500, allí vivían sus padres, él declarante y su hermana M.I.J con su esposo. Señaló que él regresó a su casa en las primeras horas del día 28 y le llamó la atención que había puertas abiertas y luces encendidas. Apareció su madre diciéndole a los gritos que se habían llevado a su hermana. Una prima que también estaba en la casa le contó que encañonaron a todos y le dijeron a su hermana que se abrigara que se iba con ellos. Revolvieron todo, le llevaron plata y joyas de la familia. Salió a buscar a su hermana junto a otro de sus hermanos, se dirigieron primero a la Brigada, a la Jefatura, al Arsenal porque un amigo de un amigo suyo de apellido Inocenti trabajaba ahí, los soldados de guardia les dijeron que se alejaran de ahí y que Inocenti no estaba ahí. Luego armaron un curriculum de su hermana y se presentaron en el comando y pidieron audiencia con el Tte. Cnel. Llamas, le dieron en mano el curriculum y les dijo que ya vería lo que podía hacer. Luego empezaron a recorrer toda la provincia para ver si alguien podía darles algún dato sobre su hermana. Intentaron hacer la denuncia en el juzgado federal dos veces pero no se las recibieron. Al llegar la OEA a Buenos Aires fueron allí y fue la primera vez que les tomaron una denuncia. Cuando la OEA llegó a Tucumán presentaron una nueva denuncia. También tuvieron contacto con las Madres de Plaza de Mayo de Buenos Aires y Tucumán. Según lo que averiguaron y de los testimonios que ha oído asegura que su hermana fue llevada a jefatura y de allí al Arsenal. Su hermana estaba embarazada luego de haber hecho un tratamiento, estaba de unos dos o tres meses.

Su hermana Gladys Estela Jiménez, también declaró en ésta audiencia, relató los hechos sucedidos el día del secuestro en igual sentido a su cuñado y a su hermano y mencionó las innumerables gestiones realizadas para hallarla. Dijo que su hermana había sido dejada cesante de todos los cargos salvo de una escuela técnica de la Avenida Mitre. Contó que ella fue citada al Comando para declarar porque había dicho que en su casa la noche del secuestro de su hermana hubo un botín de guerra, ella les explicó que además de llevarse a su hermana se llevaron todo. Contó que tuvieron contacto con un sobreviviente que les dijo que como M.I.J sabía inglés en Arsenal le pedían que tradujera textos. Expresó que su hermana estaba embarazada, tenía 42 años, cantaba canciones españolas y hay testigos que dicen haberla oído cantar en el Arsenal, era muy culta, sociable, sus alumnas siempre le dijeron que era un ser extraordinario.

Ha quedado acreditado con los testimonios vertidos en audiencia que M.I.J fue secuestrada de su domicilio y trasladada a la Jefatura de Policía de Tucumán. El testigo Juan Martín dijo que supo que ella estuvo en Jefatura pero no la vio personalmente. Luego fue trasladada al CCD que funcionaba en el Arsenal Miguel de Azcuénaga (corroborado con los testimonios de Conte, Cabrera, Cruz y Acuña).

El testigo Oscar Enrique Conte dijo en audiencia que la noche que lo llevaron a los polvorines hubo un movimiento en Jefatura, a él lo cargaron entre el lugar del asiento y el respaldo del asiento de adelante y arriba de él le pusieron a una mujer que escuchó que decía que se llamaba M.I.J, y que era Ingeniera de la Universidad, el hombre que iba adelante le dijo que se olvidaba de decir que tenía el título de montonera y le pegó una cachetada. Nunca más la vio ni escuchó.

En Arsenales fue vista por Juan Francisco Cabrera que dijo que había dos mujeres detenidas, la ingeniera Jiménez, Decana de la Facultad Tecnológica, y otra que estaba con ella; se sentían los gritos de ellas en la torturas.

Allí también fue vista y reconocida por Baltasar Acuña quien en audiencia señaló que recordaba una persona embarazada, esposa de un policía y a la decana de la Tecnológica, la señora embarazada cree que era Yolanda, cuando comentó del embarazo dijo que estaba de 7 meses, a ella y a la decana cree que las sacaron 15 días o una semana antes que él; antes de septiembre ya no estaban en el galpón. A la decana la obligaron a ser partera de las mujeres embarazadas, le apuraron el nacimiento de criaturas, las hacían abortar porque no estaban en período de nacimiento, esto se produjo fuera del galpón porque las sacaban afuera. Esas situaciones se deben haber consumado en el lugar que las torturaban, según le contó la misma decana. Supo que M.I.J fue partera de tres mujeres, dos de otro pabellón y uno del pabellón de él, no sabe quiénes son esas mujeres. Expresó que a la decana le daban estopas sucias para que atienda a las parturientas.

Asimismo, Baltazar Acuña en su declaración ante la Comisión Bicameral de fecha 26 de Junio de 1984 (obrante a fs. 435/436 cuerpo 254) en ocasión de ser citado para aportar datos sobre M.I.J dijo que una noche, M.I.J volvió llorando y le contó a otra de las detenidas, encontrándose él cerca, que habían intentado vejarla y que ella conocía el nombre del que lo había intentado y que al día siguiente lo denunciaría ante los demás jefes. Cuando al día siguiente lo denunció, fue un día muy agitado y hubo una movida entre ellos por ese asunto.

Asimismo, el ex gendarme Antonio Cruz la reconoció fotográficamente y señaló ante el Juez Federal que la vio en Arsenales los últimos días de mayo de 1977, que la misma era una persona muy preparada y hablaba mucho con el primer alférez Barraza. (declaración obrante a fs 128/133 vta. oralizada en audiencia).-

M.I.J a la fecha de los hechos tenía 41 años de edad, era ingeniera electrónica, profesora de la Facultad Regional Tucumán, de la Universidad Tecnológica Nacional, institución en la que previamente se había desempeñado como decana (delegada interventora) y profesora en la E.N.E.T. n° 3. Militaba en la JUP.-

Al día de hoy continúa desaparecida.. -

Hechos que perjudicaron a Baltasar Acuña (Caso 95). Causa: "Autores desconocidos s/privación ilegítima de la libertad víctima: Acuña Baltasar" Expte. n° 1.994/85.-

Ha quedado acreditado en ésta audiencia que Baltasar Acuña fue secuestrado el día 28 de junio de 1977, entre las 10.30 y las 11.00 horas, mientras se encontraba en la Terminal de Ómnibus de Tucumán esperando una encomienda con prensa del Partido Comunista.-

La propia víctima declaró en ésta audiencia que fue detenido por un grupo de personas en la terminal de ómnibus de Tucumán, que primero le pidieron los documentos, luego lo llevaron a calle Colon y Crisóstomo Álvarez porque ahí tenía que entregar el paquete, allí había varias camionetas en distintas partes por si se quería escapar y todos estaban de civil, lo tuvieron aproximadamente dos horas, la persona que tenía que buscar el paquete del periódico no llegó, por lo que empezaron a golpear y le vendaron los ojos. De allí lo trasladaron al Arsenal, al que conocía porque desde chico recorría la zona. Cuando llegaron, dieron una contraseña para que le abran el portón que era "Saturno", lo bajaron y empezaron los golpes, las preguntas, la picana en el oído, en la sien, en los testículos, las tetillas. Le preguntaban quiénes eran los responsables de prensa, a cuáles conocía, los domicilios. El primer día no se podía parar por las torturas, de ahí lo sacaron arrastrando para el patio, lo tiraron en un pozo, le preguntaron si quería seguir siendo comunista y él les dijo que sí y le pegaron un cachiporrazo, lo dejaron ahí hasta la oración, después lo sacaron arrastrando porque no podía caminar y lo llevaron a un galpón donde escuchó muchas personas a las que llamaban por número. El tenía el número 81.

Reconoció a uno de sus torturadores, se identificaba como "El Perro", era correntino, por la tonada y porque le gustaba cantar mucho en guaraní.-

Compartió cautiverio con María Isabel Jiménez de Soldatti, Oscar Berón y José Segundo Cruz; con una anciana de 72 años de edad que había sido secuestrada al no encontrar a sus hijas militantes de la Juventud Peronista; un hombre de apellido Jotar que era delegado sindical de la empresa Coca Cola, tenía seriamente afectada la rodilla derecha a causa de las torturas y habría sido liberado; un "turquito" de aproximadamente 60 años de edad que era comerciante de chacinados de cerdo de la feria de Medina; una mujer de nombre Yolanda, embarazada de siete meses y esposa de un policía de San José; otras dos mujeres embarazadas quienes eran torturadas sin consideración por su situación y un hombre que era dueño de tierras lindantes entre Tucumán y Catamarca y cuyo hermano era un dirigente radical.-

Una noche durante su detención lo trasladaron junto a una gran cantidad de personas que estaban compartiendo cautiverio con él, al día siguiente percibió que había muchas menos personas en el Arsenal y pasó del número 81 a tener el número 52.-

Mientras permaneció secuestrado su esposa se movilizó para lograr su libertad junto con la dirección del Partido Comunista. Casi dos meses y medio después, el 9 de septiembre de 1977, fue liberado en las proximidades de El Manantial.-

Posteriormente fue secuestrado en el año 1980 y llevado a distintas dependencias policiales. Ello se produjo en el medio de un seguimiento e intento de infiltración en la estructura del partido comunista y fue llevado adelante por dos personas de apellido Romero y Corbalán.-

Baltasar Acuña a la fecha de los hechos tenía 33 años de edad, estaba casado y tenía 6 hijos chicos, se domiciliaba en El Manantial, era oficial metalúrgico y hacía changas arreglando cocinas, calefones, termotanques y haciendo trabajos de plomería. Militaba en el Partido Comunista.-

Hechos que perjudicaron a Antonio Naief Saade Saeig (Caso 96). Causa: "Saade Saieg Miguel Elías s/su denuncia por secuestro y desaparición de Antonio Naief Saade Saieg" Expte. n° 511/07.-

Los testimonios vertidos en la audiencia permiten tener por cierto que el día 16 de enero de 1978, Antonio Naief Saade Saieg fue secuestrado por personas vestidas de civil, armadas, en la vía pública.-

Ese día salió de su trabajo en Orbita Tucumán S.A., en calle Mendoza N° 666 y se dirigió a buscar su auto en un estacionamiento de calle Junín para dirigirse a su casa, donde lo esperaba su madre con quien vivía, para cenar (conforme testimonios de Miguel Elías Saade, Graciela Cristina Saade Saieg). A la altura de avenida Salta al 1.100, fue interceptado por tres vehículos -un fiat 128, un Opel y un Ford Falcon color gris o verde-, en cada uno iban dos personas, de uno de los cuales descendieron dos personas de civil armadas, de unos 40 años, una de ellas lo sacó de su automóvil y lo subió a otro y el otro se subió en el auto de Saade, partieron por calle Salta hacia el norte (testimonio de Manuel Ernesto Fernández Kraus).-

El testigo de ésta audiencia Oscar Alberto Garrocho contó que se encontró con "Coco", como le decían a Antonio, esa misma noche cuando cerró el negocio que era al lado del diario La Gaceta donde él trabajaba. "Coco" estaba muy feliz por un negocio que había realizado y llevaba en sus manos un bote con leche cuajada para su madre. A los quince minutos de ese encuentro recibió un llamado de Harry García Hamilton (también testigo de ésta audiencia) para preguntarle si sabía algo de "Coco" porque lo acababan de secuestrar. Los autos en los que se trasladaban las personas que secuestraron a Saade Saieg, fueron identificados por el testigo Garrocho y ubicados en el Arsenal Miguel de Azcuénaga, de lo que se induce que Antonio Saade Saieg estuvo detenido clandestinamente en dicho centro de detención.-

Su hermana Graciela, describió en audiencia las tareas realizadas para dar con su paradero, les decían que capaz que su hermano se había ido voluntariamente. Pidió audiencia con Harguindeguy pero la recibió otra persona que le dijo "que cree que vamos a alimentar a 30000 personas", ella preguntó si lo habían matado, si le podía dar un certificado de defunción y éste le dijo que no, que muchos se habían ido. Otras personas les pedían sumas de dinero a cambio de datos pero nada tuvo éxito. Presentaron varios Habeas Corpus.-

El testigo Enrique Ramón García Hamilton, amigo de Antonio, también realizó gestiones para obtener noticias sobre su paradero. Al día de hoy, Antonio Saade Saieg continúa desaparecido.-

Hechos que perjudicaron a Luis Alberto Soldati (Caso 97). Causa: "Notari de Soldati de Berta del Rosario s/su denuncia por secuestro y desaparición de Luis Alberto Soldati" Expte. N° 1.116/07.-

Luis Alberto Soldati, a la fecha de su secuestro tenía veinte años y estaba cumpliendo el servicio militar obligatorio; escribía poesía, estudiaba letras y en la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Tucumán; coordinaba una biblioteca para adultos en la zona de Balderrama y un cine club en Simoca; había militado en la UES (Unión de Estudiantes Secundarios) cuando cursaba la secundaria en la Escuela Normal de Simoca.

Ha quedado acreditado en este debate que el día jueves 18 de mayo de 1978 los más de doscientos conscriptos que en ese momento cumplían con el servicio militar obligatorio en la Compañía de Arsenales Miguel de Azcuénaga, fueron sorprendidos con un franco inusual, ya que éstos normalmente se otorgaban a partir de los días viernes. Entre esos conscriptos se encontraba Luis Alberto Soldati quién se había incorporado al servicio militar obligatorio desde el día 17 de marzo de ese mismo año. Aquel día Luis Alberto Soldati salió del Arsenal después que el resto de los conscriptos junto a otro soldado de apellido Sotelo, con quién se había demorado conversando en la entrada del lugar, y se dirigieron a la parada del colectivo que estaba situada sobre la Ruta N° 9, frente al Hostal Posta de los Arrieros. Estando ellos en la parada se les acercó desde el norte el automóvil Torino verde donde iba el Teniente I° Guerrero junto a alguien más y que había salido minutos antes de la Compañía de Arsenales con dirección al norte por la Ruta N° 9. Luis Alberto Soldati y su compañero subieron al automóvil porque los llevarían hasta la terminal de ómnibus en la ciudad de San Miguel de Tucumán. Aproximadamente una hora después de éste episodio, el auto Torino verde conducido por Guerrero ingresó a la Compañía, con Luis Alberto Soldati en el asiento de atrás custodiado por una persona que lo traía agachado e inclinado hacia un costado; el auto pasó hacia el fondo con dirección a los galpones del Arsenal -lugar de acceso prohibido para quienes hacían el servicio militar-. Este hecho fue presenciado por el conscripto Joaquín Ibáñez, quién se encontraba en ese momento realizando una guardia en la garita de entrada del Arsenal, desde donde pudo visualizar lo ocurrido por la altura considerable que tenía ese puesto de guardia N°1, según el propio Ibáñez relató durante la audiencia. Esta secuencia fue igualmente descripta por Ibáñez durante la inspección ocular realizada por este Tribunal al predio en donde funcionó la Compañía Arsenales Miguel de Azcuénaga. El testigo Ibáñez identificaba a Luis Alberto Soldati porque ambos habían asistido a la Escuela N°230 Provincia de Entre Ríos, de la localidad de Simoca, al mismo grado en distinta división desde el año 1964 hasta el año 1970, conforme consta en las copias certificadas de las actas de registro de dicha institución escolar, que fueron aportadas durante la audiencia y cuya correspondencia con los registros originales fue constatada por el ujier de este tribunal.-

El miércoles 17 de mayo de ese mismo año -día previo al secuestro-, Luis Alberto Soldati fue visto por su madre, Berta del Rosario Notari de Soldati y por su hermano, Carlos Severino, en la zona céntrica de la ciudad de San Miguel de Tucumán, oportunidad en la que Luis Alberto les comentó que había concurrido a un encuentro de fútbol en el que jugaba representando al equipo del Arsenal. Ello conforme lo relatado por el testigo y víctima en esta causa Carlos Severino Soldati.

El testigo Manuel Osvaldo García, compañero de conscripción de Soldati e Ibáñez, manifestó durante la audiencia en forma coincidente con éste último que al principio se comentaba entre los soldados "... que Soldati había desertado, luego eso fue cambiando y se terminó diciendo que había desaparecido" .

Luis Alberto Soldati nunca más regresó a su casa de Manuela Pedraza, Simoca. En cambio el día 22 de mayo de 1978 se presentó en el domicilio de la familia Soldati un camión del Ejército con una delegación que buscaba a Luis Alberto Soldati, alegando que había salido de franco el jueves 18 de mayo y no había regresado al Arsenal. Esto fue relatado en forma coincidente por el testigo Carlos Severino Soldati y por el condenado Pedro Osvaldo Caballero, quién era responsable de la Compañía Arsenales cuando ocurrió el hecho. Américo Piero Soldati -padre de Luis Alberto- y Carlos Severino Soldati, fueron atendidos en dos oportunidades por el inculpado Caballero en la Compañía Arsenales, quién les dijo que se había adelantado el franco y que Luis Alberto había salido con un compañero; una de esas entrevistas fue el 26 de mayo y pidieron hablar con Sotelo, quién demoró en aparecer, y con quién no pudieron hablar a solas sino delante de los otros oficiales, limitándose éste a repetir lo que les había dicho anteriormente Caballero. Esas entrevistas fueron descriptas durante el debate por el hermano de la víctima y por el propio Caballero quién además de recordar durante la audiencia algunos detalles de los encuentros, manifestó que Luis Alberto Soldati era un conscripto de cualidades sobresalientes, y que era candidato a ser designado dragoneante. Días antes del secuestro, Luis Alberto Soldati le había comentado con preocupación a su hermano Carlos Severino que en una arenga propinada por un oficial de Arsenales a los conscriptos, éste ls advirtió que estaban en una guerra, que sabía que en Arsenales había infiltrados y, mirando especialmente a Soldati, y su familia pagarían las consecuencias; ello conforme el testigo referido expresó en la audiencia.-

Cabe señalar que en este mismo juicio quedó acreditado que dos hermanos de Luis Alberto Soldati habían sido secuestrados con anterioridad a este hecho: Berta María Soldati, el 6 de julio de 1976 (permanece desaprecia); y Carlos Severino Soldati, el 28 de septiembre de1976, quién fue liberado luego de trece días de cautiverio durante los cuales fue interrogado en reiteradas oportunidades sobre el domicilio de su hermano Luis Alberto Soldati, a quién sus captores buscaron , sin éxito, en la pensión donde residía. Luego de estos sucesos, los padres de Luis Alberto enviaron a su hijo por seguridad a Chile de donde regresó a fines del año 1977 para incorporarse al Servicio Militar Obligatorio y continuar sus estudios universitarios (conforme lo relatado por sus hermanos María Cristina y Carlos Severino Soldati).-

Los familiares de Luis Alberto Soldati realizaron numerosos trámites para dar con su paradero, además de las referenciadas entrevistas con el penado Pedro Osvaldo Caballero como responsable de la Compañía Arsenales en aquel momento: entrevista con Montiel Forzano y Ballofet; denuncia ante la CONADEP; ante Familiares de Desaparecidos y Detenidos de la Provincia de Tucumán (Legajo CONADEP n°5.508); recursos de Habeas Corpus interpuestos por ambos padres el 09/06/78 (fs. 191/192 vta.), por la madre el 19/10/78 (fs. 173 vta.), por el hermano el 13/09/81 (fs. 18/19 vta.); denuncias en el ministerio del Interior Expte. 222.276/78, en la policía Federal y ante la Cruz Roja: entre otros.-

El testigo y ex conscripto Manuel Osvaldo García confirmó en la audiencia lo relatado por Joaquín Ibáñez en cuanto a que fueron compañeros de conscripción en la Compañía Arsenales Miguel de Azcuénaga y que éste último estaba destinado al área de proveeduría, cocina y comedor. También manifestó que le comentaron que no había ingresado al Arsenal con los demás, lo que concuerda con la explicación que el propio Ibáñez efectúa de su ingreso "irregular" a la conscripción y que consta en la versión completa de su testimonio ante la audiencia. Finalmente, concurre a determinar la veracidad de lo relatado por Ibáñez, la constatación -efectuada por el Tribunal durante la inspección ocular a Arsenales- de la existencia en la actualidad de un escrito que el mencionado había realizado con un cuchillo en la pared de una torre de guardia mientras cumplía la conscripción; si bien la leyenda está incompleta, es legible: "Joaquín Ibáñez, 1958, Simoca".-

Hechos que perjudicaron a J. N. O. Expte: 401.817/03.

Ha quedado acreditado en la audiencia de debate, por el propio testimonio de la víctima, que fue secuestrada en el año 1976 en Yacuchina. Relató un día en el trabajo, a un chico que era su ayudante, el "Mocho Rivero", un soldado le pegó, y ella protestó, por lo que la amenazaron y le dijeron que se callara. Agregó que un soldado le pegó en la clavícula y la tiró boca abajo, le pusieron un algodón en los ojos -lo que dolió muchísimo- y luego la vendaron, ataron y la tiraron a un zanjón donde ponían a la gente. Indicó que preguntó por qué le hacían eso y un soldado le contestó que ella tenía que decir todo lo que había visto, pero no había visto nada.

Agregó que la cargaron en un camión junto a mucha gente, y la trasladaron a un cuartito en Santa Lucía. Describió que allí la tiraron boca abajo, le bajaron el pantalón y la violaron por la cola y la vagina. Dijo que le hicieron todo lo que quisieron mientras ella estaba vendada y atada, y comentaban que era virgen.

Luego añadió que los llevaron a la Jefatura de Policía y describió que allí había jaulas con gente adentro, gritando, pidiendo cosas. Describió las torturas que observó y las que sufrió. Indicó que en ese centro clandestino de detención estuvo mucho tiempo aunque perdió la noción de cuánto.

Dijo que soportó hasta que salió, que estaba podrida en vida. Agregó que fue liberada cuando apareció un soldado al que le pidió que le dijera su nombre y le dijo que sabía que era inocente y que la ayudaría. Señaló que este soldado la llevó al baño para que se lavara -le sacaron fotos mientras lo hacía- y le dio una pollera y una blusa para que se pusiera, y como temblaba de frío, le dio una manta para que se abrigara. Además, expuso que le explicó que tenía orden de matarla pero que él la iba a salvar. Le dijo que la ayudaría a vivir para que contara lo que le pasaba, por lo que le dio un vaso de leche con una pastilla y le dijo que iba a parecer que estaba muerta. Entonces, agregó, otros soldados la tiraron al río Romano.

Indicó que al salir, estuvo internada en el hospital como un año, y le hicieron nueve operaciones. Precisó J.N.O. que no sabe leer ni escribir.

Hechos que perjudicaron a Ramón Oscar Bianchi. Expte. A-81/12 Cuerpos 276 a 283. Causa: "Bianchi, Ramón Oscar s/su secuestro y desaparición" (Expte. n° 1.815/4).-

Ramón Oscar Bianchi, era argentino, oriundo de la provincia de Tucumán, nacido el 5 de mayo de 1954, al momento de los hechos tenía 21 años, estaba casado con Rosa María del Socorro Vargas quien se encontraba embarazada de 5 meses de su primer hijo. Era estudiante de 3° año de Bioquímica en la UNT, e integraba el Cuerpo de Delegados de esa facultad.

Ha quedado probado que Ramón Oscar Bianchi fue detenido ilegítimamente el día 15 de abril de 1976. Dio cuenta de estos hechos en la audiencia de debate, su madre Clara Nélida Medina de Rizo, quien recordó que ese día a las 2 de la mañana ingresaron a su domicilio un grupo de 10 o 12 personas con armas cortas y largas preguntando por "el terrorista Bianchi", e indicó que supuso que lo buscaban a su hijo, quien ya no vivía allí. Señaló que sacaron a su esposo de la cama, en paños menores, lo golpearon y lo llevaron en una camioneta para que indicara dónde vivía su hijo y nuera. Recordó que cuando volvió su marido, contó que habían secuestrado a Ramón Oscar.

Describió que para dar conocimiento de lo sucedido fue a todas partes, denunció el hecho en la OEA y en reparticiones estatales y religiosas.

Agregó que su hijo era estudiante de bioquímica y delegado de la facultad y cuando comenzó a buscarlo fue enterándose de sucedido a los demás compañeros y haciendo la lista de todos los secuestrados. Por su actividad con otros familiares de desaparecidos de Tucumán, con su hija Patricia sufrieron persecuciones (Fue fundadora de Madres de Plaza de Mayo Filial Tucumán).

A su vez, María Patricia Rizo, hermana de la víctima, relató ante el Tribunal el violento allanamiento en su domicilio, en igual sentido que su madre. Además, dijo que apenas amaneció, con su madre se dirigieron a la casa de la esposa de Oscar quien estaba muy nerviosa.

Asimismo, relató los trámites que realizaron para dar con su hermano, como cuando fueron al Comando y les dijeron que ellos no lo tenían y se negaban a darles información.

También testificó en igual sentido la esposa de la víctima, Rosa María del Socorro Vargas de Bianchi, quien relató en la audiencia que la madrugada del 15 de abril de 1976, a las 2 de la mañana, golpearon, patearon la puerta e ingresaron con ametralladoras hombres que usaban botas. Agregó que estaba embarazada de 5 meses y la tiraron al suelo apuntándola con una ametralladora, y a su marido lo sacaron con las manos atadas y los ojos vendados.

Agregó que supo que a su marido también lo buscaron en la casa de su suegra, y que su suegro llevó a los secuestradores a su casa. Describió que auqella realizó muchísimas diligencias por su hijo y presentó un habeas corpus sin éxito, e indicó que las gestiones que la testigo hizo tampoco dieron resultado.

Estos relatos, además son coincidentes con el brindado por Francisco Mamerto Rizo, el cual fue incorporado por su lectura en el debate, que da cuenta de los allanamientos tanto en su domicilio como en el de la víctima (fs. 181, cuerpo 276 de autos).

A su vez, dio cuenta del cautiverio de la víctima en el centro clandestino de detención EUDEF, el testigo Víctor Fernando Alderete, quien contó que varios delegados de la facultad de bioquímica fueron secuestrados, entre ellos Ramón Oscar Bianchi. Agregó que en su lugar de detención, mientras se encontraba en un salón grande y le sacaron un momento las vendas, vio a la víctima.

Hasta el día de la fecha, Ramón Oscar Bianchi permanece desaparecido.-

IX. 2 Valoración Integral de las conductas en el territorio

Cerrado este proceso oral de recolección de prueba instrumental, testimonial, pericial, de inspecciones oculares y también de las versiones defensistas de los propios imputados, se debe valorar todo ello en el marco de una interpretación integral que se ajusta a la realidad: más allá del encomiable esfuerzo de los defensores técnicos -cuya calidad merece ser puesta de relieve -, por darle un matiz dogmático a la pretensión de que se juzguen todos los hechos como situaciones aisladas, ello significaría una visión ficticia de lo acontecido, un grave apartamiento de las circunstancias comprobadas, aquello que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha definido como la más palmaria muestra de arbitrariedad. Es que, lamentable y dolorosamente por toda nuestra sociedad y con repercusiones universales, ya que este tipo de masacres afectan a la humanidad en su conjunto; se trato de un plan de secuestros, torturas, violaciones y exterminios sistematizados y generalizado en todo el país, sin perjuicio que a este Tribunal le corresponda juzgar solamente lo ocurrido en el ámbito de nuestra Provincia. Y no es que se pretenda aplicar un derecho penal y procesal de dos o mas realidades o un derecho penal del enemigo, esas son categorías con las que no comulga: los imputados son ciudadanos argentinos que soportan un proceso por sus conflictos penales con la sociedad, a raíz de conductas que han sido tipificadas como delitos por su importante lesividad en contra de bienes esenciales para las personas en convivencia organizada: la libertad, la integridad física, la libertad sexual, la vida. A ellos se les han brindado las mismas garantías de las que goza cualquiera que debe someterse a una investigación penal. Todos somos responsables de la plena vigencia de nuestra Constitución en ese sentido, aun o con mayor énfasis frente a quienes consideran que el avasallamiento de nuestras norma fundamental con una cuestión meramente simbólica.

Pues bien retomando el foco de análisis respecto a la forma en que se produjeron las conductas que así son juzgadas, reconstrucción de lo sucedido bajo la perspectiva jurídica, nos demuestra que se trató de un plan de acción desarrollado en forma concentrada, que tenía sus puntos de referencia en el territorio con la participación de grupos o fuerzas (así llamadas en la jerga militar aunque muchos casos conocidos como "patotas" por el ciudadano común), subunidades, unidades, con distintos lugares de asentamiento y diversos lugares de detención, de torturas, de violaciones, de muertes, todo lo cual procede naturalmente ser calificado como un circuito represivo con idénticas características en todos sus puntos de referencias, aunque quizás deba aclararse que se ha probado que el principal centro de exterminio ha sido el Arsenal Miguel de Azcuénaga ( las espeluznantes y macabras "fosas" que fueron inspeccionadas)- Todo ese esquema no finalizo en la práctica como un conjunto de lugares aislados e independientes, por el contrario. Los secuestrados eran llevados de un lugar a otro, supuestamente según hilos investigativos de hipotéticos vínculos peligrosos (a los detenidos sistemáticamente se les preguntaba por sus actividades y por la de otros allegados, familiares, conocidos, etc.). Es cierto que no debe considerarse que todos los oficiales, suboficiales y efectivos participaron de hechos delictivos (un guardia del Regimiento 19 o un oficial instructor de la Compañía de Arsenales realizaban una actividad neutra o no generadora de riesgo no permitida y que existen, naturalmente, diversos grados de culpabilidad - para su atenuación o para su agravamiento según el caso-, pero no se corresponde con la realidad aquello que se pretende sostener en el sentido de que quién actuaba en Caspinchango, en Santa lucía, en la "Escuelita de Famaillá, en Nueva Baviera, en el SIC de Jefatura de Policía, en la Escuela de Educación Física, en el "Reformatorio", en el Puesto de Comando Táctico o en el Arsenal Miguel de Azcuénaga, poder considerar que su accionar era un hecho individual, que nada tenía que ver con todo lo que estaba pasando en todos esos lugares. Sobre todo, si se observa que las personas secuestradas, salvo las que iban siendo liberadas o incluso éstas cuando lo eran en el final del circuito seguían un itinerario que, supuestamente según la asignación de "peligrosidad", terminaba con la muerte.

IX.3 CENTROS CLANDESTINOS DE DETENCIÓN

A la fecha de los hechos de la causa, el accionar represivo del aparato organizado de poder y el régimen mismo en el que se inscribió, implicaron el apartamiento del Estado de derecho. Se alcanzaron así niveles de degradación de los valores humanitarios que, por lo menos en lo que se conoce como el mundo civilizado, son considerados como universales: el respeto a la vida humana, a su integridad, el derecho de acceso a un juicio justo, inexistencia de pena sin ley y juicio previo. Cuando se abandonan todas esas pautas de convivencia e incluso se producen hechos que demuestran el gozo frente al dolor humano, no existen palabras precisas para describir tales situaciones, justamente porque van más allá de lo imaginable por un ser humano que se vale de una lengua convencional para comunicarse con sus semejantes. Hay que hacer un gran esfuerzo para poder describir los niveles de maldad que se representaron durante el desarrollo del debate. En todos los ámbitos referenciados y visitados, pero particularmente en los centros clandestinos de Jefatura de Policía y del Arsenal, se hacía vivir a los secuestrados una situación de indignidad extrema, en la que se los torturaba, se les hacía padecer hambre y sed, estaban vendados y tabicados, todo en un marco en el que se ponía en crisis la propia identidad de las víctimas.

En lo que sigue, se intentará efectuar una aproximación a ese cuadro de situación en los centros clandestinos de detención que operaron en la provincia de Tucumán, todo ello en función de la prueba producida en el debate.

IX.4 Centro clandestino de detención Jefatura de Policía

El centro clandestino de detención que funcionó en la Jefatura Central de Policía (en adelante Jefatura), ocupaba un área comprendida entre las calles Santa Fe y Junín y las Avenidas Salta y Sarmiento de la ciudad de San Miguel de Tucumán. Estaba controlado conjuntamente por mandos del Ejército-denominados supervisores militares- y de la policía de la provincia de Tucumán (conforme, entre otros, testimonios prestados en causa "Jefatura", cuyo audio se reprodujo en el debate, de Juan Martín Martín, Juan Carlos Clemente y Carlos María Gallardo; declaración en audiencia de Raúl Edgardo Elías).

Este centro clandestino tenía un portón grande de acceso de chapa sobre calle Santa Fe. Se dividía en dos áreas principales: la de los calabozos y la de los interrogatorios (audio reproducido en el debate de las declaraciones realizadas por Juan Martín Martín, Luis Salvador Ortiz, Carlos María Gallardo, Juan Antonio Fote, Oscar Enrique Conte y Carlos Severino Soldati en causa "Jefatura"; testimoniales de Gustavo Enrique Holmquist, Raúl Edgardo Elías, Raúl Santillán y Juan Alberto Miño, entre otros).

El área de los calabozos -actualmente destruida y convertida en un sector descubierto que funciona como playa de estacionamiento- se encontraba subdividida en dos filas separadas por un pasillo central en las que se distribuían un total de 14 a 16 celdas que tenían puertas de chapa -algunas con mirillas-. Por ese pasillo se salía al patio descubierto central a través del cual las personas detenidas eran conducidas -siempre con los ojos vendados y corriendo- al área de interrogatorios.-

El área de interrogatorios se componía de un salón espacioso, en el que se alojaban detenidos -mujeres y varones-, y de dos habitaciones; una que era empleada como sala de tortura en la que se encontraba la parrilla y la picana eléctrica y en cuyo interior había un baño, y otra que funcionaba como oficina del imputado Roberto Heriberto Albornoz.

Por otra parte, próxima al área de interrogatorios se encontraba una habitación que era atravesada por las personas detenidas cada vez que eran conducidas al baño que se ubicaba al fondo de la misma.

Durante la inspección ocular realizada el día 12 de abril del 2013, en el marco de la audiencia de debate, en las dependencias en las que a la fecha de los hechos funcionó el centro clandestino de detención Jefatura, los testigos Luis Alberto Gallardo, Juan Antonio Fote, Oscar Enrique Conte, Carlos Severino Soldati y Raúl Edgardo Elías, reconocieron en dichas instalaciones el área de calabozos -incluso el testigo Conte precisó que en el suelo del lugar que correspondería a su emplazamiento, podían distinguirse marcas de las paredes divisorias de las celdas-, el área de interrogatorios y la habitación próxima a ésta. Respecto del área de interrogatorios, los testigos manifestaron que el salón grande de la misma hoy se encuentra subdividido, que en dicho salón -a esto en particular lo menciona el testigo Gallardo- había una mesita en la que se sentaba el imputado Roberto Heriberto Albornoz y un mesón al fondo en el que se practicaban torturas-. Del área de interrogatorios reconocieron las habitaciones que correspondían a la oficina del imputado Roberto Heriberto Albornoz y a la sala de tortura con el baño en su interior. En cuanto al área próxima al área de interrogatorios, en ésta los testigos reconocieron al baño actualmente existente como aquel al que eran llevados a la fecha de los hechos de la causa.-

Por otra parte, en el audio reproducido en la audiencia correspondiente a sus declaraciones prestadas en causa "Jefatura", los testigos Clemente y Martín Martín precisaron que existía también un cuarto que funcionaba como depósito de armas y municiones, y otro que era empleado para realizar tareas administrativas donde se llevaban carpetas, se seleccionaba la información recopilada, se recogía información sobre los operativos, los papeles que documentaban las tareas de la comunidad de inteligencia, etc.-

Con relación a las condiciones de detención los testigos relataron que en la Jefatura permanecían en la generalidad de los casos tirados en el piso (así, testimonial en audiencia de Juan Manuel Zorrilla), parados (declaración durante el debate de Norma Natividad González), en cuclillas (testimonial en audiencia de Juan Alberto Miño), permanentemente vigilados, con las manos esposadas o atadas (por ejemplo, testimonio brindado en la audiencia por Ricardo Aroldo Comán), los ojos vendados (declaraciones prestadas en audiencia por Juan Manuel Zorrilla, Manuel Ricardo Aguirre, Raúl Santillán, Juan Carlos García, Norma Natividad González, Juan Alberto Miño, audio reproducido en el debate de la declaración del testigo Carlos María Gallardo en causa "Jefatura"). Al ingresar se les asignaba un número y se les colgaba en el pecho un soporte (cartón, madera) en el que el mismo figuraba expuesto. En audiencia Ramón Francisco Romano dijo "...estábamos numerados, nunca nos llamaron por el nombre." (en términos similares se pronunciaron Luis René Núñez -en audiencia- y Ángel Demetrio Chamatrópulos -audio reproducido de su declaración en audiencia en causa "Jefatura"-).

Asimismo, las declaraciones de los testigos de manera coincidente permiten tener por acreditado que las condiciones de alimentación e higiene en "Jefatura" eran pésimas. La comida era escasa y de mala calidad. Consistía, por ejemplo, en sobras, o sopa con huesos o fideos hervidos (declaraciones en audiencia de Juan Manuel Zorrilla y Luis René Núñez). Algunas personas manifestaron que procedía del Penal de Villa Urquiza.

A los detenidos solamente les permitían ir al baño una o dos veces al día. Podían bañarse sólo de manera espaciada, sin la frecuencia necesaria para tener un mínimo de bienestar y evitar enfermedades.

Juan Martín Martín en su declaración en audiencia en causa "Jefatura", explicó que se comía dos veces al día, que había pocos platos, que cuando uno de los detenidos terminaba de comer se volvían a llenar para pasarlo a otro, que la higiene era nula, que de vez en cuando los hacían bañar, que en el baño había una ducha con salida de un caño de la pared en la que se desnudaban y se bañaban cuando se podía, pero que pasaban diez, quince días sin bañarse. En una misma dirección, al declarar en el debate, Juan Alberto Miño explicó "Las condiciones en 'Jefatura' eran pésimas, todos estaban en una gran sala, había una gran reja que daba a la dependencia de la policía, en la sala había un montón de gente sentada en cuclillas, cerca había un lugar con duchas y baños, todo el mundo estaba vendado y con las manos atrás en la espalda, a veces había que orinarse encima sino venían los guardias a llevarlos al baño, había mujeres también.".

Los testimonios de las personas que permanecieron secuestradas en "Jefatura" permiten tener por probado que los interrogatorios con aplicación de torturas constituían una práctica constante, aunque también la aplicación de torturas sin mediar interrogatorios, como preparación para futuras preguntas o como estrategia para facilitar el control. Así lo refirieron al declarar en el debate Juan Manuel Zorrilla, Manuel Ricardo Aguirre, Raúl Santillán, Juan Carlos García, Juana Rosa Peralta, Andrés Avelino Alarcón, Ricardo Aroldo Comán, Ramón Antonio Comán, Juan Carlos Ríos Santucho, Felipe López, Alberto Luis Gallardo, Pedro Córdoba, Francisco Eudoro Lazarte, Ramón Francisco Romano, Luis René Núñez y Juan Alberto Miño. Las torturas sobre el propio cuerpo, o sobre los de otras personas detenidas que se escuchaban permanentemente, componían un cuadro de padecimiento extremo y de alta vulnerabilidad. Sobre esto último Juan Martín Martín al declarar en audiencia manifestó "El valor de la vida humana dentro de 'Jefatura' era nada", expresando también que "había olor a miedo".

En cuanto a las técnicas de tortura física empleadas, se destaca la aplicación de corriente eléctrica sobre zonas sensibles del cuerpo -la llamada picana eléctrica-, como genitales, lengua, axilas, más allá de que también se apeló a la asfixia por introducción de la cabeza en bolsas de plástico -submarino seco- o tachos con agua y fluidos corporales -submarino húmedo-, cachetadas, patadas, trompadas. Juan Carlos Clemente en la audiencia relató "...que una noche lo llevaron a un recinto con una cama metálica y allí se le aplicó picana, que ese recinto era muy usado para torturar en interrogatorios, todas las noches se oían las quejas de quienes estaban allí.". Juan Martín Martín en su declaración en audiencia en causa "Jefatura" cuyo audio fue reproducido en el debate de la presente dijo "...que la picana era para todo el mundo, que la hacían con teléfonos de campaña del Ejército, no eran otro tipo de máquina, no eran máquinas en la pared, se realizaban sobre un sommier metálico, atado al sommier se aplicaban uno o dos teléfonos, dependía de la ocurrencia de quienes lo hacían, les ponían electrodos en la cabeza y en los testículos." y agregó que "...había un tacho grande en la otra habitación que se llenaba de agua y les metían la cabeza en el agua, a esto lo llamaban el submarino mojado, y que el submarino seco era la bolsa de plástico en la cabeza, pero lo más común fue la picana eléctrica".

Debe tenerse presente, asimismo, que el cautiverio mismo en el centro clandestino, con las condiciones de privación de libertad que suponía -inmovilidad, ojos vendados, manos atadas, posiciones corporales extenuantes-, la alimentación e higiene deficientes, la exposición a torturas físicas sobre el propio cuerpo o el de otros secuestrados, configuraba una permanente tortura psicológica.-

Por otra parte, no puede pasar inadvertido el hecho de que este centro clandestino, a diferencia de otros, se encontraba por su localización -zona residencial de San Miguel de Tucumán, junto a la zona céntrica, a unas pocas cuadras de la plaza central, la Plaza Independencia- absolutamente integrado a la vida cotidiana de la ciudad. En una aproximación ingenua a la situación, que no tuviera en cuenta la sofisticada clandestinidad con la que actuaba el aparato organizado de poder, resultaría difícil de comprender que pudieran convivir dos mundos radicalmente diferentes en un mismo emplazamiento. Sin embargo, para los detenidos, el hecho que se destaca no pasaba inadvertido. Así, por ejemplo, en audiencia Juana Rosa Peralta dijo que sintió, encontrándose secuestrada en la Jefatura, los cánticos de una procesión, los pitidos de un manicero. Dora Pedregosa señaló que oía todos los días la campana de salida del tren. Pedro Antonio Cerviño recordó "un lugar al que llamaban la suite, por ahí se veía hacia afuera, y también veían la chimenea de la Cervecería del Norte que a ciertas horas hacía sonar un silbato". Demetrio Ángel Chamatrópulos en su testimonio en causa "Jefatura", cuyo audio se reprodujo en el debate, explicó que mientras permaneció detenido en la Jefatura oía las campanadas de la Iglesia Corazón de María, que eran como un carrillón. La Iglesia Corazón de María, la Estación del Ferrocarril Mitre y la Cervecería del Norte son todas instalaciones ubicadas a pocas cuadras del lugar donde funcionó la Jefatura.

IX.5 El Centro clandestino de detención Arsenal Miguel de Azcuénaga

Como lo precisa el requerimiento fiscal de elevación a juicio, el Arsenal es un predio militar de varios cientos de hectáreas ubicado en las afueras de la ciudad de San Miguel de Tucumán, sobre Ruta Nacional 9, en el municipio de Las Talitas, Departamento Tafí Viejo. A la fecha de los hechos el predio se encontraba ocupado parcialmente, en su extremo sur, por la Compañía de Arsenales 5, dependiente de la V° Brigada de Infantería de Tucumán. El centro clandestino de detención, por su parte, se encontraba hacia el norte y hacia el este de dicha unidad.

Conforme quedó acreditado con el testimonio de numerosos testigos en la audiencia, por ejemplo, con los del gendarme Omar Torres y Osvaldo Humberto Pérez, el centro clandestino de detención tenía un acceso propio y distinto al de la Compañía de Arsenales. Dicho acceso se encontraba situado en un camino de tierra que corría paralelo a la Ruta Nacional 9 y consistía en una tranquera junto a la cual existía un puesto de control vehicular.

En el curso de la inspección ocular realizada el día 13 de septiembre de 2013, en el marco de la audiencia de debate, en el predio de la citada Compañía, se tomó contacto con las instalaciones del centro clandestino recorriendo parte de la caminería que las comunicaba. Tal recorrido se inició en un ingreso al predio de la Compañía Arsenal Miguel de Azcuénaga situado sobre Ruta Nacional 9 a la altura de la Empresa Renault que se localiza al frente, cruzando la mencionada ruta. Se siguió una senda situada a unos 20 metros del acceso por el que se entró. El perito Marcos Giusta, informó que la senda ha sido denominada camino vehicular y conduce al llamado camino viejo. Seguidamente se siguió el camino que conduce a la llamada Casa vieja. Sólo pudieron observarse algunos escombros que corresponden a esa edificación. En tal sentido el testigo Torres manifestó que la Casa vieja estaba localizada algo más atrás que el lugar de emplazamiento de los escombros y estimó que éstos fueron desplazados de su localización original por una máquina. Explicó que en la casa vieja se alojaban los gendarmes, que incluso tenía un tanque de agua. Aclaró que eran aproximadamente cincuenta los gendarmes y que sólo ellos accedían a la Casa vieja. Precisó que junto a la Casa vieja había una carpa grande en la que se alojaban los gendarmes. Indicó que la Casa vieja tenía dos o tres habitaciones, una galería y un baño exterior, situado en cercanías de la vivienda y ubicado en diagonal a ésta. Recordó que había un mesón grande. Explicó que en la Casa vieja se alojaban los oficiales y suboficiales y que la carpa próxima a la misma funcionaba como dormitorio de los gendarmes. Además señaló que la Casa vieja era una edificación bastante antigua, una construcción típica de las que el Ejército realizaba hacia los años 50'. Entre los escombros pudieron observarse pedazos de chapa galvanizada. Indicó también que el tanque de agua de la vivienda tendría unos 200 litros de capacidad y se cargaba periódicamente. Señaló que en proximidades de la Casa vieja había pocos árboles y que la corriente eléctrica llegaba a ésta a través de la senda que se recorrió. Agregó que la comida para los gendarmes se preparaba en la vivienda misma, mientras que la de los detenidos se preparaba en el lugar de detención. La mercadería se traía cada dos o tres días, procedente de la 5ta Brigada. A continuación se retomó la senda por la que llegamos a la Casa vieja y luego el camino vehicular del que se partió. Luego se siguió una senda que conduce al denominado Galpón 9, lugar en el que se alojaba a los cautivos del centro clandestino. A una altura de esa senda próxima al Galpón 9, a unos 20 metros de la misma, se pudo observar pequeña construcción llamada "Galponcillo". El perito Ruy Zurita dijo que a esa edificación pudo descubrírsela gracias a una foto aérea. Explicó que tiene las mismas características constructivas que el Galpón 9, con paredes dobles, pero que, a diferencia de éste, actualmente continúa su interior revestido con brea. El perito también dijo que se estima que a la fecha de los hechos el Galponcillo debe haber funcionado como un baño. Al aproximarnos a la construcción, se observa su revestimiento interior con brea.

En cuanto al Galpón 9, éste estaba rodeado de un cerco perimetral de alambre tejido. Numerosos testigos afirmaron que este cerco estaba custodiado por personal de gendarmería con perros (ver testimonial de Torres, Pérez, Héctor René Orozco, Rodríguez Román de Fiad y Héctor Orlando Galván -quien dijo que además el predio estaba rodeado de alambre de púas-).

En el interior del cerco perimetral se ubicaba el galpón en el que se alojaba a los detenidos, un baño de material, un rancho o carpa en el que había un fogón, un mangrullo con un tanque de agua y casillas de madera donde se practicaban los interrogatorios con torturas.

Durante la inspección ocular los testigos que concurrieron a la misma pudieron señalar los lugares de emplazamientos del baño, las casillas de madera y el mangrullo que a la fecha ya no existen. Así, en particular el testigo Torres precisó que en proximidades del Galpón 9, en el espacio que quedaba delimitado por la propia construcción y el alambrado que la rodeaba, se localizaban 3 casillas de madera y un baño de material. Indicó que las torturas normalmente se practicaban en la casilla de adelante y en una de las dos que se emplazaban atrás. También dijo que en el espacio existente entre la edificación y el alambrado que la circundaba, sobre el lado sur y hacia el oeste se localizaba el baño. Sobre el sector este del exterior de Galpón 9 -la parte de atrás del edificio en su funcionamiento a la fecha de los hechos- el testigo reconoció la zona como aquella en la que existía una casilla en la que se guardaban pertrechos de gendarmería. Aclaró que sólo vio como se torturaba en el sector de adelante. La testigo Román de Fiad dijo -durante la inspección ocular- que también se torturaba en las casillas de atrás, que en una se ubicaba la picana. El testigo Torres precisó que la casilla empleada con uso prioritario para torturar se trataba de una construcción de madera, cuadrada, de dos metros de lado y que hacia atrás de la misma se ubicaba el mangrullo. En el espacio comprendido entre el Galpón 9 y el cerco perimetral sobre el lado sur de la construcción, el testigo Brizuela reconoció el lugar como el emplazamiento del baño al que fue llevado a lavarse los ojos. Aclaró que el baño era para hombres y mujeres. La testigo Barrionuevo explicó que en el baño lavaba la ropa. La testigo Yackel también reconoció el sector en el que nos situamos como el de ubicación del baño.

El galpón donde se encontraban los detenidos se trataba de una estructura rectangular techada, de material, de considerables dimensiones (alrededor de 20 metros de largo por 10 de ancho).Tenía escasa ventilación por cuanto sólo contaba con algunas pequeñas aberturas hacia el exterior. En su interior se encontraba dividido por una pared que se extendía entre sus muros más cortos desde el suelo al techo. A su vez, al interior de cada una de esas divisiones, existían muros bajos o tabiques de aproximadamente un metro veinte de altura por un metro cincuenta de ancho -de madera o de ladrillos de canto- que se apoyaban en los muros exteriores más largos y en el muro divisorio central que corría entre los muros más cortos. Se conformaban así al interior de cada una de las divisiones pequeños boxes enfrentados -que algunos testigos también llaman celdas o calabozos-, entre los cuales corría un pasillo de aproximadamente 1,50 metros de ancho por donde se podía caminar. Durante la inspección ocular los testigos que participaron de la medida coincidieron en lo esencial con la descripción de las instalaciones de la edificación. Pudo precisarse que al interior de los espacios que configuraban lo que se ha denominado como el ala norte y el ala sur del Galpón 9, los tabiques que formaban los pequeños boxes efectivamente estaban realizados con distintos materiales. Así los testigos Román de Fiad, Barrionuevo, Pérez y Brizuela coincidieron en señalar que mientras que los tabiques del ala norte estaban confeccionados con maderas de pino, los del ala sur lo fueron con ladrillos de canto. Los testigos Barrionuevo, Román de Fiad, Brizuela y Yackel reconocieron el ala norte como el sitio en el que permanecieron detenidos. A su vez, el testigo Cabrera reconoció el ala sur como el lugar en el que estuvo detenido junto a sus compañeros de Los Ralos el 10 de junio de 1977.

Todos los testigos que permanecieron secuestrados en el Galpón 9 coincidieron en su descripción del lugar en el que fueron alojados, en el sentido de que todos refirieron -aunque empleando distintas expresiones tales como "pequeñas celdas", "establo", etc.- a espacios individuales reducidos formados por pequeños tabiques ubicados en un espacio común mayor (ver, por ejemplo, las declaraciones de los testigos que asistieron a la inspección ocular Osvaldo Humberto Pérez, Ernestina Yackel, Francisco Cabrera, Cristina Rodríguez de Fiad, Ramón Brizuela y Antonia Barrionuevo y, asimismo, las testimoniales en audiencia de Celia Georgina Medina, René Manuel Quinteros, Fernando Federico Ferreyra, Manuel Medina).

La prueba testimonial rendida en la audiencia da cuenta, en lo esencial de una intensa correspondencia y concordancia en la descripción del centro clandestino. Sin embargo, muchos detalles varían en función de la vivencia de cada una de las personas que permanecieron cautivas allí. Al respecto cabe tener presente que esas variaciones obedecen a múltiples factores entre los que no pueden dejar de destacarse el transcurso del tiempo, las distintas descripciones de los lugares conforme la realidad sociocultural de cada persona y el hecho de que, salvo excepciones, la mayoría permaneció detenida en el lugar con los ojos vendados.

En particular Osvaldo Humberto Pérez -testigo que permaneció algún tiempo en el lugar sin vendas-, en la audiencia destacó que el galpón en el que se alojaban los detenidos era un polvorín que estaba rodeado por un monte con plantaciones de citrus viejas y tenía unas dimensiones aproximadas de veinte metros de largo por doce de ancho. Señaló que dicha edificación estaba rodeada por un talud perimetral de tierra que corría paralelo a las paredes externas del galpón, a unos dos metros de las mismas, que hacía que la construcción se ocultara un poco a la vista. Precisó que el cerco perimetral de alambre tejido se desplegaba a unos 5 o 6 metros de las paredes externas del galpón. Vio también este cerco perimetral la testigo Antonia Barrionuevo. Pérez relató que había dos casillas de madera de 2 metros por 2 metros que se localizaban al interior del cerco perimetral. Una de ellas era ocupada por el gendarme de guardia y como depósito del equipo del personal de guardia, y la otra era empleada como sala de torturas, aunque precisó que hacia atrás había otra piecita que era el sitio donde con más frecuencia se torturaba. Indicó también que el mangrullo próximo al galpón estaba construido con vigas de madera y que en el mismo se apoyaban reflectores que iluminaban hacia afuera del cerco perimetral, sector que se encontraba desmontado. Precisó que por el portón de la izquierda venía el camino que bordeaba el alambrado de la Ruta 9 y desembocaba en el polvorín. Con relación al galpón destacó que se trataba de una construcción de mampostería de doble pared -la cual podía observarse a través de los ventiluces que se hicieron cuando se decidió emplear el polvorín para alojar secuestrados-, que las paredes internas estaban revestidas con membrana, que el piso era de cemento revestido también con membrana, que el techo era de loza gruesa. Asimismo destacó que junto al galpón, al interior del cerco perimetral, mirando hacia la Ruta 9 se localizaba una carpa con un fogón usado por los gendarmes de la guardia interna, y que sólo había un baño, que se trataba de una pequeña letrina que tenía un lavabo que era usado para lavar ropa, cerca del portón de entrada.

En sentido particular el gendarme Torres en la audiencia señaló que el galpón estaba dividido en dos partes y cada uno de los sectores tenía entrada independiente. Por dicho pasillo era posible circular. Las paredes eran de ladrillo y piso de cemento alisado. En la zona del galpón había luz eléctrica que llegaba procedente de unos postes que venían de otras instalaciones militares.

Además de este galpón en el mismo predio, como a 100 metros al fondo, dijo el testigo Torres que había galpones de militares, pero aclaró que tenían vedado el acceso a ellos. Asimismo, hacia el frente del galpón, en dirección a la Ruta 9, indicó que se localizaba la guardia externa aproximadamente a la altura del Club de Cazadores.

Agregó la testigo Antonia Barrionuevo que el acceso al Centro Clandestino se efectuaba a través de un camino de tierra que corría paralelo a la Ruta 9 a la altura de una tranquera que había que atravesar.

En lo que refiere a las condiciones de detención en el Arsenal, la información que surge del informe de la Comisión Bicameral de la legislatura de la provincia de Tucumán y la que resulta de las denuncias en la CONADEP oralizadas en la audiencia es extensa, pormenorizada, y da cuenta de un padecimiento extremo.

No obstante, la prueba testimonial producida en el debate es la que ha permitido a estos magistrados tomar contacto directo con dichos padecimientos a través de los relatos de las víctimas y sus familiares que los recrearon.

En este sentido, el gendarme Torres relató que los prisioneros eran ubicados en los boxes, algunos con colchonetas, otros sólo con una manta. Agregó que a veces se los veía desnudos, pero que no era habitual que estuvieran así. Sobre las condiciones de permanencia de los cautivos en los boxes, durante la inspección ocular el testigo Brizuela explicó cómo permanecía detenido en dicho lugar y con su cuerpo lo ejemplificó, colocándose de pie contra la pared, las manos juntas hacia la espalda, uno de los lados de su rostro apoyado contra la pared. Agregó que con dos mantas polares verdes se acostaba por la noche en el mismo cubículo.

De los restantes testimonios surgen coincidencias respecto de que las personas detenidas, salvo cuando eran trasladadas a la sala de torturas o para ir al baño permanecían, todo el tiempo inmovilizadas en esos boxes con los ojos vendados, las manos atadas, se les asignaba un número para identificarlas y en la generalidad de los casos se les prohibía hablar entre ellas o dirigirse a los guardias. No recibían prácticamente ninguna atención médica, estaban libradas a su suerte, sin amparo frente a una contingencia de salud, lo que incrementaba el grado de vulnerabilidad y de padecimiento (testimonios de Humberto Pérez y Liliana Vitar, testimonial oralizada en la audiencia de Alberto Argentino Augier, fs. 106/116 cuerpo 186,).

Respecto de la alimentación que recibían los numerosos testimonios coinciden en que la misma era escasa, mala, y de baja calidad nutricional, que a veces comían solo una vez al día. En este sentido Mario Ernesto Medina declaró que "la comida que les daban era peor que la que recibían los perros". El agua que se les suministraba también era escasa. La comida consistía en fideos, polenta o huesos sin carne en una sopa. La testigo Barrionuevo precisó que le sirvieron polenta con carne y vio en el plato las siglas E.A (que corresponden a Ejército Argentino). Además los testimonios revelan que el suministro de comida no era regular, que provenía del mismo predio de Arsenal o la traían en unos Unimog (según testimonio de Rodríguez Román de Fiad).

Cuando los captores consideraban que alguna persona detenida "se había portado mal", porque había hablado con otra, o una circunstancia semejante, les reducían la comida y el agua como castigo colectivo (conforme testimonio de Mario Ernesto Medina). A algunos detenidos se les asignaba las tareas de repartir comida y de limpieza. Respecto a las condiciones de higiene, éstas también eran absolutamente inadecuadas, casi nunca les permitían bañarse a las personas detenidas y normalmente la vestimenta que llevaban era aquella con la que habían sido secuestradas. Con relación a las necesidades fisiológicas, los guardias llevaban a los detenidos dos veces al día al baño o al aire libre, al monte, custodiados por perros (conforme testimonios de Raúl Santillán, Ramón Antonio Comán, Daniel Alfredo Díaz, Juan Maximiliano Orozco, Héctor René Orozco, Ercilia Dolores Carabajal). Los trasladaban en grupo, haciendo fila india, a veces tomados de una soga, trotando o corriendo, con los ojos vendados. Como se constata, de ninguna manera se preservaba la intimidad y pudor de las personas detenidas en esos procedimientos, y se las sometía a tratos completamente indignos.

Como consecuencia de las torturas, la falta de atención médica y la escasa higiene, hubo detenidos que padecieron enfermedades y situaciones extremadamente dolorosas. Distintos testigos relataron en la audiencia el episodio de un detenido que tenía agusanado el brazo y le tiraron gasoil para limpiarlo, pero que finalmente murió en el Arsenal. El ex gendarme Torres relató que vio una persona con gusanos en la cabeza que también murió en el Arsenal. La víctima Héctor Orlando Galván relató que estando en este centro clandestino se le llenó de gusanos la rodilla y una persona que decía ser cura le puso alcohol y se los sacó con un palito. La testigo Iñiguez vio al detenido Hugo Román con gusanos en las manos, Roberto Estanislao Rodríguez relató que su hermano Juan Rodríguez llegó a tener gusanos en la herida de apendicitis. Julio Argentino Augier en su testimonio oralizado de fs. 106/116 del cuerpo 186, relató que un compañero de detención llamado Luis Maldonado, luego de repetidas torturas y padeciendo infecciones, murió de tétanos sin haber recibido tratamiento alguno para dicha enfermedad, a pesar de los pedidos del declarante que en su calidad de médico había diagnosticado la patología y requerido atención médica. El cuerpo sin vida de Maldonado permaneció 24 horas en el lugar en el que se encontraban las personas detenidas. La víctima desaparecida Safarov permaneció muerto en Arsenal tirado en la tierra con moscas alrededor de su cuerpo conforme lo describió la testigo Nora del Valle Cajal. El testigo Osvaldo Humberto Pérez relató que la víctima estuvo tirada agonizando hasta que murió.

En cuanto a las torturas a las que fueron sometidas las personas detenidas en el Arsenal, resulta necesario aclarar que, como ya se dijo supra, las mismas se iniciaban en el momento mismo en el que las personas eran secuestradas, y continuaban durante los traslados y posteriores alojamientos en centros clandestinos. En todos los sucesos mencionados las personas que los sufrían eran sometidas a padecimientos físicos y psicológicos que configuran torturas. A través de tales padecimientos es que, progresivamente, se minaba la subjetividad de las víctimas y se facilitaba su control y disciplinamiento. No obstante, el tratamiento diferenciado de una serie de situaciones bajo el término "torturas" se justifica en tanto permite analizar un penoso y nutrido repertorio de técnicas empleadas por los interrogadores para "arrancarles" a los interrogados alguna supuesta verdad que se proponían encontrar, más allá de que no resulta posible excluir como finalidad de tales prácticas, la obtención por parte de los interrogadores, como beneficio secundario, de un goce perverso.

Antonio Cruz en su declaración oralizada de fs. 889 vta. del cuerpo 269 relata "...se torturaba a puertas abiertas, sin interesarle a los torturadores que alguien pudiera ver lo que se hacía...".

Entre las técnicas de tortura que se utilizaban se destacan la aplicación de la picana eléctrica en distintas partes del cuerpo -especialmente zonas sensibles tales como genitales, boca, rostro, axilas y pies-. Esta práctica se llevaba a cabo generalmente sobre el elástico metálico de una cama y se la arrogaba agua a las personas que iban a ser sometidas a esta tortura. También se empleaba "la parrilla", técnica consistente en acostar a la persona sobre el elástico metálico de una cama y por debajo del mismo aplicar fuego. Asimismo se usaba el método conocido como submarino mediante el cual se introducía la cabeza de la víctima en un tacho con agua y fluidos corporales (sangre, orina, materia fecal), provocándole asfixia. Por otra parte se usaba el colgamiento, técnica consistente en atar a las personas, por largo tiempo, con alambres a clavos amurados, de manera que por la tensión anormal y extrema provocada la piel se recogía dejando expuesto los músculos. También esta técnica se usaba colgando a las personas de un arco o dejándolas atadas desnudas a la intemperie por largos días. También emplearon el "enterramiento", práctica que suponía cavar un pozo al aire libre en la tierra, introducir a la víctima en éste y cubrirla con tierra dejando solo descubierta la cabeza, lo que generaba una considerable presión sobre todo el cuerpo muy dolorosa. Para incrementar el sufrimiento se mojaba la tierra. Otra técnica consistía arrastrar a personas atadas a un tractor a través del monte.

El centro clandestino Arsenal Miguel de Azcuénaga en lo que refiere a condiciones de detención y tormentos infligidos replica muchas de las características observadas en el centro clandestino jefatura y otros centros clandestinos que funcionaron en Tucumán. No obstante, el Arsenal tiene la particularidad de haber sido constituido y concebido por el terrorismo de Estado como un centro clandestino orientado al exterminio y ocultamiento de los cadáveres en el mismo lugar, lo que quedó probado con el hallazgo de fosas comunes y posterior reconocimiento de restos humanos como pertenecientes a víctimas del terrorismo de Estado. De hecho, tal como lo sostuvieron en su alegato los representantes del Ministerio Público Fiscal, entre los restos humanos identificados se encuentran los de tres víctimas de la presente causa. Se trata de los pertenecientes al ex senador Damián Márquez, al agricultor Rosario Argañaraz y el egresado del colegio universitario Gymansium Ricardo Salinas.

Pero con relación a la horrenda particularidad del Arsenal que se destaca cabe realizar una especificación adicional: cuando calificamos en esta resolución a este centro clandestino como un ámbito de exterminio, lo hacemos para destacar la circunstancia de que si bien la muerte no constituía una contingencia infrecuente de las condiciones de detención y las torturas infligidas en otros centros clandestinos, en el Arsenal la muerte y el procesamiento de los cadáveres para deshacerse de todo rastro de los injustos cometidos estaban previstos como un elemento normal del engranaje represivo. Se trataba de un mecanismo aceitado y un ritual que de manera inequívoca evoca las técnicas empleadas en los campos de concentración instaurados en Alemania y países del este europeo durante la dominación totalitaria nacionalsocialista.

Muchas víctimas murieron en los centros clandestinos diseminados en todo el territorio de la provincia de Tucumán, sin embargo sólo el Arsenal Miguel de Azcuénaga era aquel que constituía el ámbito en el que podía esperarse casi con plena certeza la muerte.

El gendarme Torres en el debate expuso detalladamente parte del funcionamiento habitual del dispositivo de asesinato y gestión de los restos para su eliminación. Así señaló que todos los días llegaban al lugar automóviles con detenidos. Se trataba de vehículos Ford Falcon, Taunus, que llevaban cuatro o cinco personas. Precisó que ese desplazamiento ocurría generalmente a la noche o a la madrugada, pero que también en algunas oportunidades sucedía de día. Describió pormenorizadamente el funcionamiento de las fosas donde se ejecutaban personas y se disponía de sus cadáveres.

De los testimonios producidos en la audiencia se acreditó que las ejecuciones que se practicaban en el Arsenal correspondían tanto a personas que ya se encontraban alojadas en dicho lugar, como a otras que traían de otros sitios. Sobre éstas últimas, Torres precisó que sólo los días que fusilaban gente en las fosas venían con personal que custodiaba, soldados, suboficiales, y que cada detenido iba hasta las fosas con custodia, no eran más de diez personas las que traían cada vez, y eso ocurría cada 20 días aproximadamente. Dichas personas eran bajadas como a 80 metros de las fosas y eran conducidas hasta allí por una senda peatonal. Dijo además que recuerda que había alrededor de cinco o seis fosas, pero que estimaba que existieron más porque en otros períodos se repetía este procedimiento de exterminio acompañado de un recambio de detenidos.

Una vez que las personas detenidas llegaban a las fosas, eran arrodilladas alrededor de las mismas y las asesinaban con armas de fuego. Cada oficial disparaba a una víctima después que lo hacía Bussi. La verosimilitud de este procedimiento surge del hecho de que Torres precisó que dos veces estuvo a 6 metros de una fosa, porque le tocó hacer un cordón de seguridad y, además, de la circunstancia de que el testigo Mario Ernesto Medina -que que estuvo secuestrado en el Arsenal- relató que gente del Ejército, durante su cautiverio, le comentó que el primer tiro lo hacía Bussi y que les decía a los demás "tirale vos ahora si sos macho" . Por otra parte, el testigo Torres precisó que a la ejecución los detenidos llegaban en muy mal estado -lo que permite inferir fehacientemente que ya habían sido torturados-, con los ojos tapados, las manos atrás o adelante atadas con alambres o cadenas, y así se los ejecutaba. Destacó que en las fosas, antes de arrojar los cuerpos, se colocaban cubiertas, aceite de auto o gasoil y, con dichos elementos combustibles, se quemaban los cadáveres. El testigo Oscar Humberto Pérez dijo que los pozos donde ejecutaban gente no podían estar más allá de 200 o 300 metros del Arsenal porque una vez que estaban quemando cuerpos, cambió el viento y les llegó el olor a carne quemada, que por eso pudo orientarse sobre la localización de los pozos.

En sentido concordante, en la declaración oralizada en la audiencia de Antonio Cruz de fs. 128/133 vta, del cuerpo 297, relata la ejecución de tres personas -dos de las cuales eran padre e hijo- explicando que esas personas fueron retiradas del recinto de detención anunciándoseles que serían liberadas; que fueron trasladadas por el propio declarante y otros tres o cuatro gendarmes más por un sendero a un pozo, que allí fueron arrodilladas y fusiladas; que posteriormente fueron arrojadas al pozo que se encontraba cubierto de ramas y gomas de autos; que fueron cubiertas con otras gomas de autos y una mezcla de aceite con nafta; que fueron quemadas con una antorcha que tiraron al pozo.

Se tomó contacto con el lugar de emplazamiento de las fosas comunes del Arsenal durante la inspección ocular. Allí pudieron observarse distintas circunstancias asociadas con el enterramiento de las víctimas tales como la presencia de restos óseos y otros materiales y la impronta dejada por las topadoras que se emplearon para remover la tierra de las fosas.

Algunos cautivos pudieron oír detonaciones de armas de fuego que fueron atribuidas de manera altamente verosímil a las ejecuciones de cautivos. La testigo Antonia del Valle Barrionuevo en la audiencia dijo que escuchó tiros. En sentido semejante la testigo María Cristina Rodríguez Román de Fiad durante la inspección ocular dijo que desde el Galpón 9 de oían perfectamente tiros. A su vez, en el marco de dicha afirmación y a pedido del representante del Ministerio Público Fiscal Dr. Rovira, como medida para mejor proveer a la que por Presidencia se hizo lugar, personal de Gendarmería Nacional efectuó dos disparos con un arma de fuego de 9 milímetros desde la zona de emplazamiento de las fosas a efectos de determinar si los mismos resultaban audibles desde el Galpón 9 y sus adyacencias. Practicados los disparos pudo constatarse que se oían con claridad las detonaciones desde ese lugar.

Sobre las experiencias vividas por los cautivos en el Arsenal, no resulta posible describir un padecimiento tan extremo. Se trata de experiencias que sólo admiten una aproximación en su referencia, en la medida en que la vivencia del dolor físico o psíquico absoluto resulta intransferible. En auxilio de esta tentativa Hannah Arendt -cuando la autora describe tres tipos de campos de concentración, Hades, Purgatorio e Infierno, al realizar una correlación con las concepciones occidentales de la vida después de la muerte señalando lo que tienen en común- señala: "... las masas humanas apartadas en esos campos son tratadas como si ya no existieran, como si lo que les sucediera careciera de interés para cualquiera, como si ya estuviesen muertas y algún enloquecido espíritu maligno se divirtiera en retenerlas durante cierto tiempo entre la vida y la muerte antes de admitirlas en la paz eterna ... Todo lo que se ha hecho en los campos es conocido del mundo de las fantasías perversas y malignas. Lo difícil de comprender es que estos horribles crímenes se desarrollen en un mundo fantasmal que, sin embargo, se ha materializado en un mundo que está completo y que posee todos los datos sensibles de la realidad..." (Arendt, Hannah, Los orígenes del totalitarismo, Alianza, Alianza, 1999, p. 541).

En proximidades de las instalaciones del centro clandestino se encontraban la Compañía de Arsenales y otro centro de detenidos, el Motel. La existencia y emplazamiento de ambos edificios ha sido acreditada en la inspección ocular antes mencionada.

Reconocieron la Compañía de Arsenales en particular los testigos Manuel Osvaldo García, Joaquín Enrique Ibañez y Julio Luna al incorporarse a la medida luego del recorrido por las fosas comunes. Situados en el acceso principal situado sobre Ruta 9 el testigo Ibañez reconoce la garita ubicada en la entrada de la Compañía como aquella en la que hacía guardia. Señala asimismo que además del puesto de guardia de la entrada, estaban los puestos 1, 2 y 3 al sur. El testigo García señala los sectores en los que se localizaban la cuadra, la cocina, los baños y duchas que se ubicaban hacia atrás, en dirección a Villa Mariano Moreno. Explicó que los conscriptos hacían la instrucción aproximadamente un kilómetro hacia el norte desde el lugar en el que nos encontramos, a la altura del Club de cazadores que se localiza en un sector frente al predio de la Compañía de Arsenales.

Con relación al centro clandestino de detención "El Motel", en la inspección ocular el testigo Luna precisó que se localizaba al frente del acceso principal de la Compañía, cruzando la Ruta 9, en la construcción que actualmente se conoce con el nombre "Hotel Posta de los Arrieros". El gendarme Cruz en su declaración oralizada en el debate de fs. 128/133 vta. del cuerpo 297 describe a "El Motel" como un edificio en el que había dos habitaciones en construcción para las personas detenidas, y otras más, también en construcción, en las que se alojaban gendarmes, y, asimismo, como un sitio en el que se interrogaba y torturaba.

IX.6 Otros Centros Clandestinos de Detención

Además de los centros clandestinos de detención que funcionaron en la Jefatura de Policía de Tucumán y en el predio Arsenal Miguel de Azcuénaga, existieron otros en la provincia de Tucumán que, aunque no tuvieron la envergadura de los precedentemente mencionados, sirvieron a idénticos propósitos. Así, ha quedado acreditado, especialmente a partir de las testimoniales producidas durante el debate, que en estos espacios de reclusión ilegal se repitieron las penosas condiciones existenciales -hacinamiento, ojos vendados, manos atadas, alimentación e higiene pésimas, nula atención de salud, torturas físicas y psicológicas- que padecieron las personas secuestradas en Jefatura y Arsenal.

Una variedad de instalaciones fueron afectadas a la reclusión de personas ilegalmente detenidas a la fecha de los hechos de autos, públicas o privadas, emplazadas en geografías urbanas o rurales. Del material probatorio de autos se ha probado la existencia y funcionamiento de los centros clandestinos de detención "EUDEF", "Reformatorio" o "Colonia de Menores", Escuelita de Famaillá, Comisaría de Monteros, Nueva Baviera, Santa Lucía y Caspinchango. A su vez, también se ha acreditado que algunas víctimas estuvieron secuestradas en otros lugares tales como la Brigada de Investigaciones o el Comando de la V Brigada, dependencias cuyas instalaciones se encontraban sobre Avenida Sarmiento de la ciudad de San Miguel de Tucumán, a menos de 4 cuadras de la Jefatura de Policía de Tucumán.

El centro clandestino de detención "EUDEF" (Escuela Universitaria de Educación Física) funcionó en las instalaciones de la Escuela Universitaria de Educación Física de la Universidad Nacional de Tucumán, que en la actualidad corresponden al emplazamiento de la Facultad de Educación Física de la Universidad Nacional de Tucumán, sita en Avenida Benjamín Araoz 751 de la ciudad de San Miguel de Tucumán. En el marco de la inspección ocular llevada a cabo el 30 de agosto de 2013 en la presente causa los testigos Ernestina Yackel, Juana Peralta, Francisco Díaz y Ramón Brizuela reconocieron el lugar como aquel en el que permanecieron ilegítimamente detenidos y coincidieron en que ingresaron al mismo no por el acceso principal del edificio, sino por el ubicado en la parte trasera del predio. Pero, por otra parte, los testigos brindaron precisiones relativas al modo en que al tiempo que permanecían detenidos allí pudieron orientarse respecto de dónde se encontraban. En ese sentido, la testigo Yackel explicó que rápidamente pudo advertir que se encontraba en una institución educativa por los carteles que veía y recordó que después de comer, alrededor de las dos de la tarde, todos los días se oían los ruidos de la gente que se tiraba a la piscina. A su vez, el testigo Díaz señaló que como estaba vinculado a la actividad metalúrgica recordaba las rejas de hierro forjado que cercaban el predio, pero que cuando fue ingresado al mismo ya no estaban, y también dijo que conocía el edificio de la EUDEF porque trabajaba en la empresa Delaporte, de la que procedían unos armarios metálicos que vio en dicha institución en el sector de vestuarios. La testigo Peralta manifestó que también recordaba dichos armarios. El arquitecto Castillo -personal de la Facultad de Educación Física en la actualidad que participó de la medida- aclaró que los casilleros metálicos que refieren los testigos pertenecían al viejo vestuario de la institución y que fueron entregados a Rectorado por ser bienes del Estado cuando se iniciaron reformas. Los testigos Peralta y Brizuela asimismo manifestaron que se orientaban respecto del lugar en el que se encontraban también por los ruidos de aviones -cabe tener presente que a la fecha de los hechos en proximidades del lugar se localizaba el viejo aeropuerto de San Miguel de Tucumán- y campanadas de Iglesia, voces de gente, de adultos y niños.

En el interior del edificio, en el sector de su acceso principal, los testigos Yackel y Brizuela también reconocieron la escalera situada en el hall central distribuidor. A partir de la inspección ocular dispuesta pudo además verificarse la existencia de un salón de alojamiento de detenidos localizado en el sector trasero del edificio y de una oficina de interrogatorios ubicada en la planta alta del edificio, en su sector del frente. En ambos sitios se aplicaban torturas. Todos los testigos reconocieron el sector en el que se ubicaba el salón de alojamiento de detenidos -hoy inexistente en virtud de las reformas que ha experimentado el edificio-.

La testigo Peralta señaló que en ese salón los armarios metálicos que se ubicaban allí funcionaban como un muro, dividiendo dos sectores, el de mujeres y varones. En proximidades de ese salón se hallaba una piscina olímpica y unas canchas, y en proximidades de estas últimas dijo el testigo Brizuela que se disponían unas carpas verdes.

Con relación a la oficina de interrogatorios, la testigo Peralta pudo reconocerla en la planta alta del edificio, a continuación de una oficina situada junto a la escalera que en planta baja se inicia en el hall central distribuidor del edificio ubicado en el frente del mismo. La testigo aclaró que la oficina situada junto a la escalera a la fecha de los hechos no existía y esa afirmación fue corroborada por el arquitecto Castillo. La mencionada testigo aclaró que a esa oficina era trasladada desde la planta baja por una escalera ubicada en la parte trasera del edificio, escalera actualmente inexistente. El arquitecto Castillo señala que a la fecha de los hechos de la causa existía una escalera que comunicaba por la parte trasera del edificio a la planta baja con la alta.

"Reformatorio" o "Colonia de Menores" es un centro clandestino que funcionó en el inmueble sito en calle Francisco de Aguirre al 300 esquina Laprida de la ciudad de San Miguel de Tucumán, lugar en el que en la actualidad se encuentra el Hogar de Discapacitados San Benito de la Provincia de Tucumán. La existencia y funcionamiento de este ámbito de cautiverio ilegal a la fecha de los hechos ha quedado acreditada por la prueba producida en el debate. En particular, en el marco de la inspección ocular llevada a cabo el 13 de septiembre de 2013 los testigos Ernestina Yackel, Berta Miranda, Osvaldo Humberto Pérez y Ramón Brizuela reconocieron las instalaciones como las correspondientes al "Reformatorio" o "Colonia de Menores" en el que permanecieron secuestrados. Todos los testigos recordaron que fueron ingresados al edificio por un costado, a través de un patio.

También precisaron que el acceso al predio era por un camino de ripio. Todos los testigos recordaron la escalera por la que fueron conducidos a la planta alta del edificio. Asimismo, en dicha planta alta, reconocieron el baño situado en proximidades de la escalera. El testigo Pérez recordó el escalón para acceder al baño el interior del mismo y recordó las duchas. El testigo Brizuela precisó que en el baño había un tacho de 200 litros en el sector de las duchas. Los testigos además reconocieron el sector correspondiente al salón situado en la planta alta en el que permanecieron alojados, más allá de que en la actualidad se encuentra dividido. El testigo Brizuela reconoció los ventiluces donde los ataban con esposas. La testigo Miranda indicó que el piso del salón era rojo y que la puerta de acceso al salón era la puerta de hoja doble que hoy existe. También reconoció la mampara que había en la escalera y que aún hoy existe y que se abre sobre el frente del edificio.

La Escuelita de Famaillá se encuentra ubicada en la calle Teniente Matienzo N° 42, Famaillá, Tucumán, actualmente funciona allí la Escuela Diego de Rojas. La existencia y funcionamiento de esa escuela como centro clandestino de detención a la fecha de los hechos ha quedado acreditada por la prueba producida en el debate. En éste sentido, en la inspección ocular llevada a cabo el día 19 de septiembre de 2013, los testigos Luis María Gallardo y Juan Fote reconocieron las instalaciones como las correspondientes a la Escuelita de Famaillá en la que permanecieron secuestrados. El testigo Fote reconoció la puerta de ingreso y describió que lo llevaron a un aula grande y cuadrada, hacia la derecha.

El testigo Gallardo manifestó haber entrado vendado y que caminó por un pasillo largo, que pudo ver la galería de la escuela, reconoció el cuarto pilar de la galería como el lugar donde estaba tirado y que por ahí se corría la venda, reconoce un aula que está hacia la izquierda, penúltima aula de la galería, como la sala de tortura, expresa que se sentían alaridos en esa aula, que las ventanas estaban tapadas.

El testigo Fote señala como el lugar de tortura, el aula del fondo, la última de la derecha y que había dos aulas enfrentadas, que los pasaban de un aula a la otra para torturarlos. Los testigos coincidieron en que había mucha gente tirada. El testigo Fote reconoció el baño ubicado más cerca del patio.

También el día diecinueve de Septiembre de dos mil trece, éste Tribunal se constituyó en la Comisaría de Monteros, sita en calle 24 de Septiembre 311, Monteros, Tucumán, a fin de realizar una inspección del lugar en compañía de las partes y de los testigos Fidel Emilio Correa y Elisa Medina.

La testigo Medina señaló con seguridad la Comisaría de Monteros como el lugar donde estuvo detenida en tanto ingresó sin vendas, en un auto por la entrada de atrás y por conocer ese lugar antes de su detención.

Asimismo, el testigo Correa en igual sentido reconoció el lugar en tanto ingresó sin vendas por la puerta principal, conforme las descripciones aportadas por los testigos se recorrieron las instalaciones de la Comisaría, así desde la entrada, Correa señaló una oficina ubicada a la izquierda de la puerta, al fondo (hoy se trata de una oficina pintada de color turquesa) como el primer lugar a donde fue llevado y que era la oficina del Comisario, reconoce también otra oficina con salida al mismo hall que la oficina del comisario a donde lo pasaron luego, hoy es una oficina con la puerta azul y pintada de color morado, donde pasó la primera noche solo.

En el sector de celdas, Correa reconoció como la celda donde estuvo detenido la que se encuentra ubicada hacia la derecha, antes de llegar al patio de atrás, agregando que ahí estuvo la segunda noche sin vendas. La testigo Medina también reconoció la oficina de adelante, donde estuvo sin vendas y que luego la llevaron a una oficina de atrás donde estuvo detenida una semana. Señala un salón como el lugar donde estuvo detenida. Se trata de un lugar que tiene tres celdas para cada lado con ventiluces altos y luego un salón más grande. Recordó que ella estaba colgada con alambres de un ventiluz adentro de una celda. Reconoce las celdas enfrentadas y recuerda haber estado en la celda del medio en donde hay un ventiluz. Relató que la sacaron por el Juzgado de Paz que en ese momento se comunicaba con la comisaría y vio la plaza en tanto ese día estuvo sin vendas. Si bien actualmente no se encuentra esa comunicación con el Juzgado de Paz, algunos vecinos en forma espontánea expresaron que en esa época había oficinas arriba y que si había comunicación desde adentro con el Juzgado de Paz.

Durante el mismo día se realizó también la inspección ocular en el Ex Ingenio Nueva Baviera en Famaillá. Atento a que hoy ya no existe el ingenio, nos situamos sobre calle Santiago del Estero donde se observan vestigios de la chimenea que fuera del Ingenio. El testigo Carlos Severino Soldati, quien estuvo detenido allí, describió el lugar. Relató que fue llevado a ese centro clandestino el 28 de Septiembre de 1976, que lo bajaron del vehículo, caminó dos pasos y lo metieron en un recinto cerrado, que había varias personas tiradas en el piso, recuerda la vejez de las paredes y la amplitud de los espacios. Que podía percibir, a pesar de las vendas, que se trataba de una construcción vieja y amplia, y contó que había un baño dentro de ese recinto, que había un ventanal por donde entraba la luz y que se escuchaban gritos de dolor. Cuenta que había una sala de tortura donde había un mesón. También acompañó en ésta inspección la testigo Elisa Medina que también recordó el mesón con azulejos blancos, grande y que le dijeron que era un laboratorio, que estuvo ahí por tres días y siempre vendada.

El día 26 de Septiembre de 2013 se recorrió el sector que correspondía a la base militar de Santa Lucía con los testigos oriundos del lugar, algunos de los cuales estuvieron detenidos a la fecha de los hechos en esa base militar, Juan Manuel Quinteros, Oscar Godoy, Manuel Humberto Suárez, Julio Antonio Ahumada, María Candelaria Moyano, Lucía Mercado y Domingo Antonio Jerez, quedando acreditado con esa inspección y la prueba testimonial producida en la audiencia que la base militar funcionó como centro clandestino de detención de personas.

El recorrido se inició por la calle Marco Avellaneda. Los testigos en forma coincidente manifiestan que por esa calle ingresaron, que al momento de los hechos había un portón cerrado que sólo se abría cuando ingresaban autos, que había un mangrullo o garita hacia la izquierda con una persona vigilando y hacia la derecha una oficina que en principio era la administración del Ingenio y después fue tomada por los militares y usada por los soldados para dormir. Los testigos, manifestaron que la base comenzaba después del portón. El testigo Godoy señaló la oficina de Valdivieso, lo que fue corroborado materialmente por el testigo Jerez. También señalaron el taller de los camiones del Ejército. Una vecina del lugar manifestó en forma espontánea que donde hoy funciona el Centro de Jubilados empezaba el túnel y que llegaba hasta la chimenea grande. El testigo Ahumada manifestó que entró a esos túneles y que se iban haciendo más angostos. La testigo María Candelaria Moyano afirma que éste es el lugar donde la trajeron a ella, que en el sótano estaban los detenidos y que ahí se torturaba, asegurando también que el túnel empezaba donde está hoy el centro de jubilados.

Al final de la calle Alvarez Condarco, hacia la izquierda, existe un salón donde hoy funciona un comedor para discapacitados. Los testigos señalaron la entrada del sótano en ése salón. Una vecina del lugar, Lucía Aguilar, expresó que hace veinte años que el piso está así y que efectivamente por ahí se ingresaba al sótano, actualmente se encuentra tapado. El testigo Ahumada expresa que hasta ahí era la base. Un poco más al fondo y hacia mano izquierda se encuentra una construcción antigua donde se pueden apreciar distintas inscripciones en las paredes como "RIN 20 JUJUY", " C.A.C.D.O. Re. I 19", manifestando algunos testigos que era una casa donde dormían soldados. Volviendo a la calle Marco Avellaneda entramos al predio lindero, donde hoy funciona un depósito de azúcar. Allí se puede observar en la parte del fondo un gran predio descampado, señalado por los testigos como el canchón del ingenio y lugar donde descendía un helicóptero.

Otro centro clandestino de detención fue la base militar situada en Caspinchango, la cual hoy se encuentra totalmente desmantelada. Los testigos Juan Manuel Quinteros y Domingo Antonio Jerez acompañaron el recorrido y aportaron la mayor cantidad de datos para poder identificar el lugar.

Asimismo, durante la audiencia el testigo Juan Manuel Quinteros dijo ser oriundo de Caspinchango, que a la fecha de los hechos se vivía con miedo, muy atemorizados, había tanques de guerra, a las 20 horas había que apagar las luces, llevaban a quienes ellos querían. Precisó que el Ejército ingresó al lugar a partir de marzo del 76 y que estaban en los galpones de Caspinchango. Que él fue llevado a Santa Lucía y luego lo llevaron a la Chimenea Mota y que fue allí donde le cortaron las dos orejas mientras lo acusaban de cubrir gente. Aclaró que la Chimenea Mota queda en dirección a Teniente Berdina. Durante la inspección se pudo observar la chimenea. El testigo Jerez aportó datos para describir la distribución del lugar, en tanto estuvo un año allí, relató que la base era de pared de ladrillos y atrás había un galpón donde dormían , señaló las fosas donde arreglaban los camiones del ejército que aún existen, que el dispensario era a la par del galpón, hacia la derecha de la chimenea. Durante la inspección ocular se pudo observar restos de mampostería tirada, en los lugares que el testigo señala como el galpón y el dispensario. Hacia el fondo se observa un descampado señalado por el testigo Jerez como el lugar donde bajaba un helicóptero que llevaba y traía gente.

IX.7 Circuito represivo

En el curso del debate, en apreciable medida en virtud de la cantidad de hechos juzgados y del considerable material probatorio producido, ha quedado acreditada la existencia de lo que ha sido denominado "circuito represivo".

Con tal expresión, lo que se intenta nombrar en esta sentencia es la presencia de un dispositivo a través del cual las personas secuestradas eran coactivamente desplazadas por distintos centros clandestinos en función de las exigencias operativas que demandaba la obtención de información y la gestión de sujetos privados de sus derechos más básicos. Naturalmente, atento a la magnitud de tal circuito, en la presente causa, más allá del volumen de hechos que comprende, sólo ha quedado expuesta aquella parte del mismo que se revela a través del sustento fáctico materia de juzgamiento en esta causa, quedando en sombras el resto. La reconstrucción completa del circuito queda pospuesta entonces hasta que la labor de los jueces en otros hechos sometidos a su jurisdicción, los historiadores o los estudiosos de las ciencias sociales logren aproximarse, en la medida de lo posible, a su totalidad.

Huelga advertir que la efectividad del dispositivo antes caracterizado dependía de la "inteligencia", actividad indispensable para asegurar la fluida circulación de información y de personas secuestradas a través del territorio de la provincia de Tucumán. Una sofisticada coordinación de acciones de fuerzas militares y de seguridad, con constante desplazamiento de personal, con empleo de una diversidad de medios de transporte, con disposición de lugares de alojamiento para secuestrados, y todo ello en condiciones de clandestinidad, sólo resulta concebible merced la actividad de "inteligencia". Pudo montarse así la circulación fluida de secuestrados en función de las necesidades operativas del aparato organizado de poder que operó en la provincia de Tucumán en la década del 70'.

En particular, un ingente número de testimonios es el que da cuenta de la existencia del circuito represivo que se refiere.

Al declarar en el debate Ramón Francisco Brizuela -trabajador temporario del Ingenio La Florida- relató los tres secuestros de los que fue víctima junto a su entonces esposa Gloria del Valle Iñíguez -ama de casa-. El matrimonio residía en proximidades del Ingenio La Florida. Con relación al tercer secuestro que padecieron, el que tuvo lugar en abril de 1976, Ramón Francisco Brizuela precisó que fue secuestrado de su domicilio y conducido al centro clandestino que funcionaba en la EUDEF donde permaneció alrededor de 15 días hasta que, en el marco de un operativo de traslado de un considerable número de detenidos que también se encontraban en el lugar, fue llevado en un colectivo a un sitio situado en proximidades del aeropuerto de Cevil Pozo -lo que pudo confirmar al oír la sirena del Ingenio la Florida- y, ese mismo día, en horas de la noche, fue conducido, también junto a otros detenidos, al centro clandestino que se encontraba situado en las instalaciones del Arsenal Miguel de Azcuénaga. En agosto del 76 fue abandonado en un parque y de allí fue levantado por otras personas que lo llevaron al Penal de Villa Urquiza y, el 24 de marzo de 1977 al Penal de Sierra Chica, previa estancia de una semana en el regimiento 19, donde fue torturado física y psicológicamente.

Otro trabajador del Ingenio la Florida, Santos Aurelio Chaparro, al brindar testimonio en la audiencia dijo que fue detenido en 1976, que fue trasladado a la EUDEF, donde permaneció secuestrado alrededor de 20 días. Posteriormente, en una camioneta, junto a otros secuestrados, fue llevado al centro clandestino que funcionaba en la Jefatura de Policía, y luego a los centros clandestinos "Colonia de Menores" y "Arsenal". Precisó que el traslado de "Colonia de Menores" y "Arsenal" implicó el desplazamiento de unos 37 detenidos.

Como se advierte, estos testimonios, entre muchos otros, dan cuenta de la manera en que las fuerzas de seguridad y militares trasladaban en la más completa clandestinidad a personas secuestradas a través del territorio de la provincia, circulando por los distintos centros clandestinos radicados -u otros ámbitos más informales de alojamiento temporal de secuestrados-en instalaciones pertenecientes a instituciones públicas nacionales y provinciales, educativas, penitenciarias, civiles y militares, con empleo de personal y recursos logísticos de las fuerzas militares y de seguridad.

El testimonio en audiencia de Osvaldo Humberto Pérez ilustra acabadamente la eficacia del circuito represivo aún más allá de las fronteras de la provincia de Tucumán. El testigo, que residía en San Miguel de Tucumán, al ser detenida el 24 de abril de 1976 su novia de entonces Susana Ahuad y posteriormente allanados los domicilios donde él había vivido, logra huir a la provincia de Chaco. En dicho lugar es detenido por la policía de Chaco que lo traslada primero a una Comisaría y luego a la Brigada de Investigaciones de Sáenz Peña. De allí fue conducido por un grupo especial de personal vestido de civil en un vehículo Torino a una zona rural de Sáenz Peña y luego fue llevado nuevamente a la brigada de Investigaciones de dicha localidad. Luego fue conducido a Resistencia, y alojado en un salón junto a entre 20 y 40 detenidos. De ese lugar fue llevado al viejo autódromo de la ciudad. En todos los lugares mencionados fue sometido a interrogatorios y torturas. Posteriormente se le informó que lo iba a buscar gente de Tucumán, provincia a la que fue trasladado en un Renault 12. Al llegar allí hicieron una parada en EUDEF y posteriormente fue llevado al centro clandestino "El Reformatorio". De allí recordó dos hechos relevantes a los efectos de lo que aquí se examina. Por una parte, el día del atentado de Caspinchango en el que murió el militar Toledo Pimentel, suceso que implicó un recrudecimiento de los maltratos que recibían los detenidos en el centro clandestino y el traslado de un grupo de prisioneros de los que no se tuvieron más noticias. Por otra, el día de su traslado al Arsenal. Al respecto precisó que implicó el desplazamiento de un considerable número de detenidos y que tuvo lugar la madrugada del 1 de julio de 1976. Indicó que él, junto a los restantes detenidos allí trasladados en la fecha ya mencionada, fueron los primeros alojados en el centro clandestino porque estaba sin uso, no estaba impregnado con el olor de la personas secuestradas, aunque, agregó, no puede descartarse que con anterioridad al 1 de julio de 1976 ya hubiera funcionado el predio del Arsenal Miguel de Azcuénaga como sitio de exterminio de secuestrados. Con relación a su permanencia en el Arsenal brindó precisiones adicionales sobre el circuito represivo en cuanto dijo que a las fosas o pozos de exterminio eran conducidos tanto prisioneros alojados en el Galpón 9, como otros procedentes de otros sitios que directamente ingresaban al predio del Arsenal Miguel de Azcuénaga y de allí eran llevados al lugar de asesinato. Por otra parte, señaló dijo haber visto en varias oportunidades un camión con la leyenda "Transporte Higiénico de Carnes" en el Arsenal, y explicó que sabía que se encargaba del traslado de prisioneros.

Al declarar en audiencia en causa "Jefatura de Policía de Tucumán s/secuestros y desapariciones", Expte. J - 29/09, testimonio cuyo audio se reprodujo en el debate de autos antes de que el testigo declarara nuevamente, Juan Martín Martín se refirió explícitamente a la existencia de un circuito represivo. Al respecto expresó que creía que "...efectivamente había una coordinación para decidir llevarlos de un lado a otro e interrogarlos en uno u otro campo de concentración...". Por otra parte indicó que cualquiera fuera la fuerza que actuara en los distintos centros clandestinos de detención, siempre existía la presencia de un supervisor militar a cargo de la operación.

Asimismo el testigo, también al declarar en la audiencia de causa jefatura, brindó precisiones sobre el funcionamiento de los centros clandestinos de detención. En cuanto al centro clandestino "Jefatura de Policía" indicó que tanto el grupo operativo, como el grupo de interrogadores, estaban integrados por personal de la policía de la Provincia de Tucumán y, asimismo, que existía un supervisor militar de inteligencia. Sobre el centro clandestino que funcionaba en el ex Ingenio Nueva Baviera destacó que si bien el grupo operativo de secuestros estaba formado por personal de la policía de la provincia de Tucumán, a cargo de la operación se encontraba un supervisor militar; que el comando de la zona de operaciones estaba a cargo de la jerarquía militar; que en sus proximidades se localizaba una importante base militar; que se trataba de un campo de concentración destinado a operar con detenidos que trabajaban en su zona de radicación y en el cual los secuestrados permanecían poco tiempo, que rápidamente se los trasladaba a otros lugares.

En cuanto al centro clandestino "Jefatura de Policía" dijo que nucleaba al grupo operativo de secuestros que más actividad tenía pero que allí concurría gente de inteligencia del ejército que se hacía cargo de los prisioneros para torturarlos y extraerles información y, asimismo, que en la playa de estacionamiento del lugar situada sobre calle Junín generalmente estaba estacionado un camión plateado que en un costado tenía la leyenda "Transporte Higiénico de Carnes" en el que se subía a prisioneros y se los trasladaba, habiendo oído decir en muchas oportunidades que iban al pozo. Respecto del "Arsenal", señaló que era un centro clandestino que no estaba a cargo de la policía de la provincia de Tucumán, que se encontraba bajo la órbita del Ejército que se ocupaba de los interrogatorios y las torturas, en tanto que la custodia de los detenidos estaba a cargo de personal de Gendarmería Nacional.

Sobre las bases militares existentes a la fecha de los hechos de autos en el debate de esta causa manifestó que creía que había bases por todos lados y que las de Lules, Bella Vista y Monteros eran pequeñas.

Los traslados que sufrió el propio testigo durante su secuestro revelan acabadamente la dinámica del circuito represivo. En tal sentido debe tenerse en cuenta que Juan Martín Martín al declarar en audiencia en causa "Jefatura" dijo que luego de ser secuestrado el 12 de agosto de 1976 fue trasladado al centro clandestino "Jefatura de Policía"; que luego fue llevado al centro de prisioneros del ex Ingenio Nueva Baviera; que mientras permanecía secuestrado en "Nueva Baviera" en dos oportunidades fue conducido a "Jefatura de Policía"; que a mediados o fines de enero de 1977 fue trasladado a la Comisaría de Monteros donde permaneció unos pocos días; que luego fue llevado al centro clandestino "Arsenal", lugar en el que permaneció hasta mayo de 1977; que luego fue nuevamente llevado al centro clandestino "Jefatura de Policía", donde permaneció hasta septiembre de 1978. Por otra parte, precisó que hacia mayo de 1977 fue llevado a una base militar ubicada en San Javier, lugar en el que permaneció alrededor de una semana y, asimismo, que también fue llevado a bases militares localizadas en Potrero de las Tablas y en Lules. Explicó que se trataba de bases militares ubicadas en zonas que el Ejército tenía como control de operaciones, para actuar contra la militancia de izquierda que decían que se ubicaba en la zona del monte. Indicó que eran lugares que funcionaban como una especie de base de combate sin gente de inteligencia y las que los soldados conscriptos eran quienes lo custodiaban.

También los traslados que sufrió Juan Carlos Clemente durante su secuestro revelan el modo en que se desplegaba el circuito represivo. Al declarar el testigo en audiencia en causa "Jefatura" al respecto dijo que alrededor de la primera semana de julio de 1976 fue secuestrado en la madrugada de la casa de un conocido sita en la localidad de Río Seco en la que se encontraba durmiendo y fue trasladado al centro clandestino del ex ingenio Nueva Baviera, lugar el que permaneció aproximadamente una semana. De allí fue llevado luego al centro de prisioneros "Jefatura de Policía de Tucumán". Posteriormente por pocos días fue llevado al centro clandestino "Arsenal" y luego fue conducido nuevamente a "Jefatura". De allí en una oportunidad fue conducido una noche en el baúl de un automóvil a lo que considera se trataba el límite con Salta, a la Delegación de la Policía Federal de Salta, donde fue puesto en un calabozo por poco tiempo. Recuerda de esa oportunidad haber estado también en una especie de anfiteatro con gente con uniforme verde que le pedía que informe sobre su militancia y la relación con su padre que había sido suboficial cocinero del Ejército. Luego recuerda nuevamente encontrarse en la Delegación de la Policía Federal de Salta y haber sido conducido nuevamente a Tucumán, a la "Jefatura".

Sobre el funcionamiento de los centros clandestinos al declarar en el debate de autos el testigo precisó que sabía que mientras que la policía se dedicaba a los perucas, el 142 que realizaba su trabajo en el "Arsenal" se ocupaba de los erpianos. Indicó también que, aunque no sabe bien cómo, pudo concluir que "...la coordinación entre Jefatura y el Arsenal era total y diaria... que de Confidenciales salían memorándum con destino a Jefatura, al 142, a la Comunidad Informativa...".

Antonio Domingo Jerez, quien realizó el servicio militar en el Regimiento 19 a la fecha de los hechos, al declarar en la audiencia de autos, también con relación al funcionamiento del circuito represivo, señaló que efectuó traslados de personas secuestradas desde Caspinchango al Arsenal Miguel de Azcuénaga, pero que se podía alzar o dejar gente en Nueva Baviera; que trasladaban detenidos dos veces a la semana, a veces una; que en los traslados llevaban a un montón de personas, que pasaban de las 50; que en Caspinchango la tortura era más fácil porque no se escuchaban los gritos; que mientras que en Caspinchango habían 30 o 40 detenidos, en Santa Lucía habían aproximadamente 20, y que ambas bases militares pertenecían al Regimiento 19; que en el dispensario de Caspinchango tenían a veces 3, 5, 6 detenidos, y los iban trasladando a Nueva Baviera, donde eran torturados durante días en el sótano que se localizaba debajo de una chimenea.

El gendarme Antonio Cruz, fallecido, quien prestó servicios en los centros clandestinos "Escuelita de Famaillá", "El Motel", "Arsenal", "Reformatorio", en la declaración prestada en la instrucción que corre a fs. 128/133 vta. oralizada en el debate también se refirió a los traslados de personas prisioneras. Así, con relación a las personas detenidas en la "Escuelita de Famaillá", dijo que "... las mismas ingresaban en automóviles civiles y una ambulancia grande de Gendarmería, tratándose las personas que efectuaban los traslados de personal del Ejército vestidos de civil, que dichos autos tenían chapas comunes adulteradas..." . A su vez precisó que en una oportunidad, al llegar de la ciudad de Buenos Aires una Comisión de los Derechos Humanos, ingresó al mencionado lugar de detención una ambulancia grande de Gendarmería que cargó a todos los presos que allí se encontraban y se los llevó, y que no volvió a verlos.

Como se advierte, en suma, a partir de la prueba producida en la audiencia, ha quedado acreditada la existencia del denominado "circuito represivo" y, asimismo, ha quedado expuesta parte de su dinámica de funcionamiento.

De lo desarrollado anteriormente y centrando el foco de análisis en la forma en que se produjeron las conductas que aquí son juzgadas reconstrucción de lo sucedido bajo la perspectiva jurídica, nos demuestra que se trató de un plan de acción desarrollado en forma concentrada, que tenía sus puntos de referencia en el territorio con la participación de grupos o fuerzas (así llamadas en la jerga militar aunque muchos casos conocidos como "patotas" por el ciudadano común), subunidades, unidades, con distintos lugares de asentamiento y diversos lugares de detención, de torturas, de violaciones, de muertes, todo lo cual procede naturalmente ser calificado como un circuito represivo con idénticas características en todos sus puntos de referencias, aunque quizás deba aclararse que se ha probado que el principal centro de exterminio ha sido el Arsenal Miguel de Azcuénaga ( las espeluznantes y macabras "fosas" que fueron inspeccionadas)- Todo ese esquema no finalizo en la práctica como un conjunto de lugares aislados e independientes, por el contrario. Los secuestrados eran llevados de un lugar a otro, supuestamente según hilos investigativos de hipotéticos vínculos peligrosos (a los detenidos sistemáticamente se les preguntaba por sus actividades y por la de otros allegados, familiares, conocidos, etc.). Es cierto que no debe considerarse que todos los oficiales, suboficiales y efectivos participaron de hechos delictivos (un guardia del Regimiento 19 o un oficial instructor de la Compañía de Arsenales realizaban una actividad neutra o no generadora de riesgo no permitida y que existen, naturalmente, diversos grados de culpabilidad - para su atenuación o para su agravamiento según el caso-, pero no se corresponde con la realidad aquello que se pretende sostener en el sentido de que quién actuaba en Caspinchango, en Santa lucía, en la "Escuelita de Famaillá, en Nueva Baviera, en el SIC de Jefatura de Policía, en la Escuela de Educación Física, en el "Reformatorio", en el Puesto de Comando Táctico o en el Arsenal Miguel de Azcuénaga, poder considerar que su accionar era un hecho individual, que nada tenía que ver con todo lo que estaba pasando en todos esos lugares. Sobre todo, si se observa que las personas secuestradas, salvo las que iban siendo liberadas o incluso éstas cuando lo eran en el final del circuito seguían un itinerario que, supuestamente según la asignación de "peligrosidad", terminaba con la muerte.

En términos geológicos, puede decirse que toda Argentina sufrió un terremoto, con directas repercusiones, pero que tuvo su epicentro en Tucumán.-

IX.8 Consideraciones sobre el material probatorio aportado en la causa

En este debate que se ha desarrollado durante un poco más de un año calendario, a lo largo de casi noventa audiencias de jornadas completas, han comparecido 343 testigos en forma presencial y por videoconferencia desde otros lugares del país y del mundo,15; se leyeron declaraciones de otros cuarenta y un testigos ya fallecidos o imposibilitados de comparecer; se realizaron inspecciones oculares de los Centros Clandestinos de detención "Arsenal Miguel de Azcuénaga", "Jefatura de Policía", "Escuelita de Famaillá", "Escuela Universitaria de Educación Física (EUDEF)", "ex Ingenio Nueva Baviera", "Comisaría de Monteros", "Bases militares de Caspinchango y ex Ingenio Santa Lucía"; se constató la existencia de fosas de enterramiento en el mismo "Arsenal Miguel de Azcuénaga" y la utilización de un pozo del ferrocarril conocido por el nombre el propietario del inmueble lindero -"Vargas"-,donde se arrojaban los restos de personas asesinadas; y en relación con estos dos últimos "cementerios" clandestinos, y del campo de concentración y exterminio del Arsenal, se escuchó la exhaustiva y calificada exposición de los peritos científicos -antropólogos, arqueólogos, sociólogos-, del CCAMIT, GYATT Y EAFF.

En el transcurso de la audiencia se incorporó la documentación proporcionada por el testigo Clemente. Esta documentación perteneciente al D2 (inteligencia) es una prueba concluyente para múltiples hechos materia de la presente causa, en tanto permite tener por acreditada la existencia del Centro clandestino de detención Jefatura de Policía en la provincia de Tucumán y la existencia de un colectivo de personas integrante de las fuerzas militares y de seguridad del Estado nacional y provincial que, actuando en su ámbito, investigaron, secuestraron, torturaron y asesinaron a aquellas personas que reputaban como blancos y que debían ser eliminados en el marco del terrorismo de Estado instaurado o, inclusive, en el curso de su instauración.-

Sobre la cuestión cabe tener presente que la documentación provista por Clemente tiene alto valor suasorio, tanto porque el testigo ha estado en Jefatura de Policía, como en razón de que oportunamente se han peritado firmas de Albornoz obrantes en algunas de las piezas del material documental que se menciona y su autenticidad ha quedado probada.-No obstante, la relevancia del material documental que se menciona trasciende los confines de estos autos en la medida en que, y en lo que constituye un hallazgo inhabitual en las causas argentinas en las que se investigan violaciones a los derechos humanos en el marco de la criminalidad estatal organizada, ilustra acabadamente el accionar del Estado que pervierte su carácter de entidad destinada a organizar y preservar la vida social. La singularidad del hallazgo viene dada por la circunstancia de que el ocultamiento y la eliminación sistemática de rastros del accionar delictivo constituía un componente siempre presente de dicho accionar; componente que, no obstante, en esta causa, la documentación aportada por el testigo Clemente ha permitido atenuar abriendo camino a la reconstrucción de la verdad real.-

IX.9 Los legajos, los destinos, las licencias y el valor de probatorio de esas constancias.-

Asimismo debe partirse, en principio, del valor de los asientos que obran en los legajos personales de los miembros de las fuerzas de seguridad y del Ejército. Mas no se trata de constancias de valor sacramental, elementos que deben ser valorados con todo el resto de la prueba, teniendo presente particularmente las declaraciones de los testigos cuando aluden a acciones de los imputados como foco central de lo dispuesto en lugares de detención y de tortura, que lógicamente pueden padecer de imprecisiones accesorias sobre fechas y descripciones geográficas de los lugares (por ejemplo, secuestro en Escuela de Educación Física, "Reformatorio" o Arsenal, cuando el testigo se encontraba cautivo, torturado y humillado, incluso vendado rigurosamente y golpeado brutalmente). A ello, obvia y racionalmente, se suma el hecho de que tales legajos no recogen de ninguna manera, las acciones ilícitas y clandestinas de todos los personajes que desarrollaban sus conductas, normalmente, en forma anónima.- En la documentación entregada en el debate por el testigo Clemente, súmase además como documentación fundamental las listas del personal que integraba el Departamento de Información Confidencial.

Es necesario remarcar que una de las características de estos hechos fue la perpetración en la clandestinidad y la impunidad con la que actuaban sus autores, en consecuencia adquieren una innegable relevancia en este tipo de ilícitos, la prueba testimonial. Así lo tiene dicho la jurisprudencia cuando manifestó "En este proceso el valor de la prueba testimonial adquiere un valor singular, la naturaleza de los hechos investigados así lo determina... 1) La declaración testimonial es un medio de prueba que se privilegia frente a los modos particulares de ejecución en los que deliberadamente se borran las huellas, o bien se trata de delitos que no dejan rastros de su perpetración, o se cometen al amparo de la privacidad. En tales supuestos a los testigos se los llama necesarios. En la especie la manera clandestina en que se encaró la represión, la deliberada destrucción de documentos y huellas, el anonimato en que procuraban escudarse sus autores, avala el acierto. No debe extrañar que la mayoría de quienes actuaron como órganos de prueba revistan la calidad de parientes y víctimas. Son testigos necesarios. 2) El valor disuasorio de sus relatos estriba en el juicio de probabilidad acerca de la efectiva ocurrencia de los hechos que narran. "Es un hecho notorio -tanto como la existencia del terrorismo- que en el período que comprenden los hechos imputados desaparecían personas; existían lugares clandestinos de detención dependientes de las fuerzas armadas; personal uniformado efectuaba permanentes procedimientos de detención, allanamientos y requisas, sin que luego se tuviera noticias acerca de la suerte corrido por los afectados" (Causa 13. Cámara Federal de la Capital. Fallos T 309, p. 319).

Respecto a las personas que comparecieron como testigos víctimas sobrevivientes es necesario dejar establecido que "es natural y obvio que la fuente esencial para la reconstrucción de la verdad en los campos esté constituida por la memoria de los sobrevivientes" (Primo Levi, "Trilogía de Auschwitz", El Aleph Editores, Barcelona, 2012, p.480).- El citado Levi transcribe cita de Jean Amery, (un filósofo austríaco que fue también deportado a Auschwitz): "Quien ha sido torturado lo sigue estando (...) Quien ha sufrido el tormento no podrá encontrar ya el lugar en el mundo, la maldición de la impotencia no se extingue jamás. La fe en la humanidad, tambaleante ya con la primera bofetada, demolida por la tortura luego, no se recupera jamás" (p. 487)

Es necesario, a los fines probatorios y para despejar cualquier resquicio de duda o malicia, en relación con la condena a los "colaboradores", recordar un pensamiento que no resulta aislado de Primo Levi: "Antes de considerar, uno por uno, los motivos que han empujado a algunos prisioneros a colaborar en distinta medida con las autoridades de los Langer, hay que afirmar que ante casos humanos como éstos es imprudente precipitarse a emitir un juicio moral. Debe quedar claro que la culpa máxima recae sobre el sistema, sobre la estructura del Estado totalitario; la participación en la culpa de los colaboradores individuales, grandes o pequeños (¡y nunca simpáticos, nunca transparentes!) es siempre difícil de determinar. Es un juicio que querríamos confiar solo a quien se haya encontrado en condiciones similares y haya tenido ocasión de experimentar por sí mismo lo que significa vivir en una situación apremiante" (p. 504). Inclusive, respecto a los que realizaban las tareas en los crematorios, apunta: "Cada individuo es un objeto tan complejo que es inútil pretender prever su comportamiento, y mucho menos en situaciones límite; ni siquiera es posible prever el comportamiento propio. Por eso pido que la historia de los "cuervos del crematorio" sea meditada con compasión y rigor, pero que no se pronuncie un juicio sobre ellos" (p. 520).

Y lo que también debemos evitar es aquella indiferencia o duda sobre el acaecimiento de los actos inhumanos que se cometían, que Primo Levi vincula con la idiosincracia de los alemanes, pero que más bien resulta universal porque hace a la condición humana, cuando desde una posición en un orden establecido no se cree en situaciones traumatizantes de extrema gravedad. Citando a Christian Morgenstern, relata: "Es una matriz de una poesía emblemática: Palmstróm, un ciudadano alemán subordinado al orden establecido, es atropellado por un coche en una calle en la que ha sido prohibida la circulación. Se levanta maltrecho y piensa: si la circulación está prohibida, los vehículos no pueden circular, es decir, no circulan. Ergo el atropello no puede haber ocurrido: es una 'realidad imposible' una Unmögliche Tatsache (ése es el título de la poesía). Debe de haberlo soñado porque, "no pueden existir las cosas cuya existencia no es legal" (p. 615).

Análogamente, para un ciudadano común puede aparecer como increíble lo que se vivió en los Centros Clandestinos, particularmente en el Arsenal, porque está más allá de cualquier legislación y aparece como algo difícil de imaginar.

Es fundamental que se conozca la verdad de los hechos tal como sucedieron, evitando las incredulidades falsamente consoladoras.

En un sentido similar al que le asigna Primo Levi a las personas que de alguna manera "colaboraron" en los Centros Clandestinos de Detención, la escritora Virginia Feimann, en el cuento "Gloria" publicado en la edición del 18/02/2014 del diario Página 12, aludiendo a una cautiva que había identificado antes sus secuestradores a la protagonista dice textualmente: "desde la teoría el binomio excluyente "héroes/traidores" fue desarticulado con lucidez por Ana Longni (Traiciones) y Pilar Calveiro (Poder y desaparición, Política y/o memoria) quienes precisaron e insistieron en que ninguna de las supuestas "claudicaciones" -así pensadas desde la rígida moral de las organizaciones armadas de los setenta-, tales como entrega de información bajo tortura, vinculación afectiva con el captores y otras se habrían producido de no haber mediado antes el arrasamiento total de la subjetividad de la persona sometida a las condiciones del sistema concentracionario, vale decir, al circuito de secuestro, tortura, cautiverio en campo de concentración y exterminio final".

IX. 11 RESPONSABILIDAD DE LOS IMPUTADOS EN LOS HECHOS

Ha quedado acreditado con el grado de certeza sufiente conforme a la prueba producida, valorada conforme a la sana crítica, la responsabilidad de los imputados en los hechos analizados precedentemente.

No obstante el tratamiento que se realizará en las páginas siguientes sobre el grado de participación que tuvo cada uno en los hechos delictivos se deja establecido que:

Respecto del imputado Luis Orlando Varela: Se trata de una persona que puede ser referenciada de acuerdo a lo probado en el debate (testimonios de Pérez, Torres, Rodríguez Roman de Fiad, Susana Leoni Ahuad), como el principal operador del Destacamento de Inteligencia 142 en el campo de concentración del Arsenal, como jefe de la "Patota" (ver testimonio el testigo Pérez), cuya labor consistía en interrogar, torturar, denigrar, abusar, violar, matar. Además, como realización de su labor de confección de los "dossier" en el Destacamento, la marcación y el secuestro de las víctimas (caso Falú). Nominado bajo el alias de "Nazo", tuvo una actuación más que relevante en el centro de detención y muerte en que se convirtió una parte del espacio geográfico del predio del Arsenal Miguel de Azcuénaga. Fue reconocido por la testigo Berta Medina en el desarrollo de la audiencia y reiterativamente aludido por testigos sobrevivientes del Arsenal, atribuyéndosele incluso el carácter del jefe del lugar (conforme tesstimonio de Leoni Auad que lo señala como jefe del Arsenal y torturador).

El imputado Roberto Heriberto Albornoz Su rol central en el manejo y control del Servicio de Información Confidencial o Departamento de Informaciones de la Policía de Tucumán, en su condición de jefe, durante todo el tiempo que funcionó como centro de detención y tortura, que incluyó varios homicidios, resulta suficiente para describir su responsabilidad en los hechos que se le imputan, todos ocurridos en el ámbito de su competencia específica. Pero además, a lo largo de todos los testimonios y conforme a la inspección ocular al espacio que se utilizó para tales propósitos, se pudo constatar que desempeñaba una conducta delictiva permanente en todos los casos que tuvieron que ver con ese centro clandestino. Súmase también que, conforme la documentación aportada por el testigo Clemente, realizaba la labor de marcar a los supuestos opositores políticos en consonancia con el personal del Destacamento de Inteligencia 142, lo que constituía el antecedente que conducía a la detención, secuestro, torturas, violaciones y muerte de las víctimas.

El imputado Ricardo Oscar Sánchez: era otro de los miembros de las "patotas" que pertenecían al Servicio de Información Confidencial o Departamento de Inteligencia de la Policía de Tucumán (que se conformaban según afinidades personales, según lo dicho por el testigo Clemente), que salían a "marcar", detener clandestinamente, para luego torturar, violar y matar. Es nombrado por algunos testigos, y resulta particularmente grave en relación con la víctima María Angélica Cisterna y su hermano Pastor Cisterna, ya que a la primera la convirtió en su pareja y luego la hizo desaparecer. Por su condición de hermano, Pastor Cisterna, siguió la suerte de aquélla.

Luis Armando De Cándido: Fue uno de los miembros del Servicio de Información Confidencial o Departamento de Inteligencia de la Policía de Tucumán. Está probado por los testimonios y la inspección ocular que allí funcionó un centro clandestino de detención, tortura y muerte de personas sospechadas de pensar políticamente distinto. Mas su intervención en los hechos que se le atribuyen no fue sólo la de un empleado policial más, sino que formó parte de la "patota" de su jefe -Roberto Heriberto Albornoz-, (testimonial de Marta Leticia Pérez, con plena convicción y crueldad, conforme los testimonios de Clemente, Marta Leticia Pérez del Castillo que dijo que fue el que se sacó la máscara la noche que llevaron a su marido; y en particular de Raúl Elías).

Marcelo Omar Godoy, a quien identifican muchos testigos como "el Indio" era uno de los gendarmes que se encontraba en el centro clandestino Arsenal Miguel de Azcuénaga. De los testimonios escuchados en el debate (Pérez, Torres, María Cristina Rodríguez Román de Fiad, entre otros) surge claramente una decisión permanente del "Indio" Godoy para realizar conductas de torturas y agravios, con especial ensañamiento, la testigo Román de Fiad dijo que Godoy "gozaba cuando torturaba a la gente"y el testigo Víctor Fernando Alderete en sentido coincidente recordó que el "Indio" Godoy "era el que más los hacía sufrir". Con lo que queda desvirtuada su defensa cuando refiere a que se dedicaba a hacer control de rutas (declaración indagatoria).

Respecto del gendarme Ernesto Rivero, los hechos que se le imputan se corresponden con su las fechas, que según los legajos estuvo en funciones en Tucumán, en el centro clandestino de Arsenales. Por otro lado el testigo Omar Torres se refiere al imputado como su jefe y dijo que en el destacamento móvil 1 era un oficial a cargo de ellos, a cargo de una de las subdivisiones del operativo y que tenía nombre de guerra pero no lo recordaba. En la audiencia el testigo aseguró que Rivero había participado de las ejecuciones. Por lo que puede sindicarse a Rivero en el lugar de los hechos que se le imputan.

Respecto a los oficiales y suboficiales de Gendarmería, Tomas Adolfo Güemes, (admitió que estuvo en Tucumán, pero alegó que solo hacia estudios topográficos, fue referido en el lugar de los hechos por el testigo Humberto Pérez y Rodríguez Román de Fiad, esta última lo reconoce como uno de sus captores en Arsenal), Benito Palomo, (admitó que estuvo en Tucumán pero que solo cuidaba el comando), Alfredo Héctor Rafael Montes de Oca, (también dijo que estaba solo para cuidar el Comando) José Carlos Sowinsky, (pretendió eximirse diciendo que "venían a custodiar objetivos militares"), todos han sido aludidos en testimonios recogidos legalmente en el debate, y estos relatos son acordes con los destinos que se asientan en sus legajos, que tampoco pueden referirse por razones obvias de clandestinidad, a su destino en ese centro de torturas, humillaciones y ejecuciones que fue el Arsenal, cual si fuera una unidad convencional.

Adolfo Ernesto Moore, (aunque dijo que solo juntaba datos) fue uno de los oficiales de Inteligencia que controlaban el centro clandestino de detención y exterminio del Arsenal. Moore es aludido por la testigo Auad como una de las personas que estaba en el lugar de exterminio.

Así como Ramón Alfredo Ojeda Fuentes, quien además fue Jefe del Destacamento, junto con Luis Orlando Varela y Fernando Torres, hacían y deshacían en ese submundo en el que, por las cosas que se escucharon en el desarrollo del debate, puede decirse que sus conductas alcanzaron niveles de bestialidad, mucho más allá de los hombres prehistóricos, que por lo menos tenían claro el mandato del no mataras, salvo en el leal combate y no valiéndose de la indefensión del otro.

Sin perjuicio de los testigos que aluden puntualmente a algunos de ellos en particular, se han tenido en cuenta las narraciones del Gendarme Cruz, del ex Gendarme Torres, de Humberto Pérez, Susana Leoni Auad, y Berta Miranda, quienes por el tiempo que circularon con posibilidades de observación, han brindado exhaustivas descripciones coincidentes, concurrentes, en todos los aspectos esenciales con los restantes sobrevivientes.

Fernando Torres, su condición de Oficial de Inteligencia del Destacamento 142 y su presencia en el centro clandestino del Arsenal, conforme testimonio de Pérez, y otros sobrevivientes, demuestra su intervención en los hechos que se le atribuyen. Él y sus camaradas de ese destacamento, eran los "interrogadores-torturadores", que conducían el campo concentracionario. Además, eran ellos los que confeccionaban las fichas de los sospechosos de actividades políticas proscriptas, que eran el antecedente para el posterior secuestro, tortura, violación y muerte.

Como un indicio corroborante de todo lo dicho, presenció interrogatorios en el Juzgado de Instrucción Militar, con lo que lo único que se buscaba fue tergiversar los hechos y preservar la impunidad.

Respecto de Carlos Eduardo Trucco y Ariel Osvaldo Valdivieso, les corresponde la responsabilidad de los hechos producidos en el ámbito de actuación, del Regimiento 19 en la zona de operaciones, el igual que Camilo Ángel Colotti, quien dirigía los equipos de combate de fuerza de la fuerza de tareas Berdina, del regimiento 19. Respecto a Valdivieso la testigo María Candelaria Moyano dijo que "andaba mucho por Caspinchango... que era tremendo, fatal".

Por su parte Augusto Leonardo Neme, secundaba a Arrechea y Bussi en el Comando Táctico de Nueva Baviera, con responsabilidad en ese otro lugar de indignidad y atropello sin ningún respeto por la integridad y la vida. Resulta pueril el descargo de Neme, en el sentido que se había limitado a confeccionar cartas de situación.

A Hugo Enzo Soto y Pedro Osvaldo Caballero, les cabe responsabilidad por el secuestro y muerte de soldados que estaban bajo su mando.

Pedro Osvaldo Caballero se desempeñaba como Jefe de la Compañía de Arsenales, ubicada en una parte del predio que en mayor extensión ocupaba el Arsenal Miguel de Azcuénaga. Según su versión, esa Compañía tenía una existencia y funcionamiento independiente de los polvorines y de todo el resto del inmueble. Tal existencia y funcionamiento separado, fue corroborado por los ex soldados Enrique Ibañez y Manuel Osvaldo García, que dijeron que tenían prohibido el paso desde el predio de la Compañía hacia donde se comprobó en este juicio que funcionaba un centro clandestino y de exterminio, sin perjuicio de que existía un camino interno por el cual circulaban vehículos. El mencionado Ibañez -cuyo carácter de soldado conscripto en esa Compañía a la fecha de la desaparición del soldado Luis Alberto Soldati-, fue confirmada por el también ya mencionado García, en oportunidad de la inspección ocular, indicó los puntos donde funcionaban los puestos de guardia, y en uno de ellos -el número dos-, en una pared descubrió una leyenda grabada en la época en que fue soldado. Pues bien, Ibañez relató que estaba de guardia cuando salió por la puerta el soldado Luis Alberto Soldati y que en oportunidad en que se encontraba esperando el ómnibus, subió en un vehículo que conducía el teniente Guerrero. Rato después volvió ese vehículo a la unidad, conducido por Guerrero y con Soldati ubicado en el asiento de atrás. Desde ese momento nunca más se pudo saber nada de Luis Alberto Soldati.

Pues bien, jefe de la unidad era Caballero y recordó que con motivo de la desaparición de Soldati fueron a verlo, averiguó que el oficial Inocenti le entregó ese día la libreta de enrolamiento a Soldati y lo acompañó hasta la guardia.

Caballero como Jefe de la Unidad era responsable de la integridad y vida del soldado Soldati, e incurrió entonces en violación del deber de garante a su respecto y no hizo nada para averiguar cómo lo habían secuestrado del cuartel, para no aparecer nunca más, por lo que resulta responsable del hecho que se le imputa.

Hugo Enzo Soto se desempeñaba como Jefe de la Compañía de Arsenales, ubicada en una parte del predio que en mayor extensión ocupaba el Arsenal Miguel de Azcuénaga. Según su versión, esa Compañía tenía una existencia y funcionamiento independiente de los polvorines y de todo el resto del inmueble. Tal existencia y funcionamiento separado fue corroborado también por el imputado Pedro Osvaldo Caballero y los dos ex soldados Ibáñez y García, no obstante que estos últimos estuvieron allí destinados dos años después que Soto. Este último sí recordó que cuando él era Jefe de la Compañía el comandante de la V Brigada le dijo que una guardia de Gendarmería iba a ocupar una parte del inmueble distante a dos kilómetros del asiento de la Compañía que, según su versión, no estaba bajo su autoridad, cuando cumplía tal función.

Federico Furth era soldado de la compañía que comandaba Soto y es hoy un desaparecido -increíble e inhumana categoría que apareció en Argentina tras una salvaje represión contra una parte de nuestra población civil por sus ideas políticas-. En realidad, antes de adquirir la infausta categoría de desaparecido, fue visto en el "Galpón 9", donde funcionó el centro de detención y exterminio que este Tribunal tuvo ocasión de inspeccionar (así, de la declaración del testigo Pérez). En su descargo, Soto sostuvo que esa tarde que secuestraron a Furth él no estaba en el Arsenal, porque para esa época en horario vespertino concurría a la Casa de Gobierno, donde se desempeñaba como Secretario de Estado del Interventor-Comandante Antonio Domingo Bussi. Tal espúreo descargo de ninguna manera puede relevarlo de su responsabilidad, puesto que Soto como jefe de la Unidad era responsable de la integridad y vida del soldado Furth e incurrió entonces en violación del deber de garante a su respecto y no hizo nada para averiguar ni castigar el secuestro de un soldado suyo, del cuartel.

Respecto de los Policías Roberto Heriberto Albornoz, Juan Alberto Abraham, Ricardo Sánchez, Rolando Reyes Quintana, María Luisa Acosta de Barraza, Miguel Chuchuy Linares, Hugo Javier Figueroa, Oscar Humberto Gómez, Félix Insaurralde, Pedro Joaquín Pasteris, Guillermo Agustín Ugarte, Guillermo Esteban Vercellone, Luis Armando De Cándido y Ángel Custodio Moreno, en distintas actuaciones y diversos protagonismo, han intervenido activamente en ese y otro descenso al infierno que fue el centro clandestino de detención, tortura y también muerte que era el servicio de Información confidencial en la Jefatura de Policía, al que solo tenían acceso tales oficiales, suboficiales o efectivos "privilegiados", que asumieron similares roles a sus camaradas militares y gendarmes que actuaban en el arsenal.

En este centro resultan muy relevantes no solo las declaraciones coincidentes en lo esencial de los sobrevivientes y sus allegados, sino también los de Clemente y Martín Martín, pruebas amplias por vivencias que relataron.

El proceso de secuestro, tortura, violaciones, interrogatorios, muertes, se cumplió en todos esos lugares de reunión de detenidos, según la jerga oficial, que fueron la Escuelita de Famaillá, Las Bases de Caspinchango y Santa Lucia, El "Comando Táctico de Neva Baviera, El Reformatorio, la Brigada de Investigaciones, la Escuela Universitaria de Educación Física. Algunas Comisarías, Jefatura de Policía y, en general, como destino final del circuito, El Arsenal.

A Ramón Alberto Cooke le cabe responsabilidad por el tiempo que se desempeñó como Jefe de Policía, función altamente relevante, en relación con hechos ocurridos en ese ámbito, los cuales no podía desconocer, no obstante dijo en su descargo que no vio el centro clandestino de detención (conforme declaración indagatoria). Lo mismo cabe respecto a Jorge Omar Lazarte, cuando desempeño el cargo de Subjefe de Policía. Lo mismo a los denunciados supervisores militares en la policía, Mario Miguel D'Ursi y Luis Edgardo Ocaranza, aunque cabe decir que el mayor protagonismo desde esa función le cupo a Gonzales Naya.

Al Policía Ramón Cesar Jodar se lo condena por su actuación en el hecho cometido en la zona donde actuaba y conforme pruebas producidas.

Guillermo Francisco López Guerrero tuvo responsabilidad puntual como personal de Ejército. A María Elena Guerra, se la condena por usurpación de un inmueble que estaba desocupado, porque sus ocupantes habían sido secuestrados.

IX.12 Bases militares. Grupos de tareas

Los imputados Camilo Ángel Colotti, Carlos Eduardo Trucco, Augusto Leonardo Neme y Ariel Rolando Valdiviezo, todos con actuación en las bases militares ubicadas en el ámbito espacial a cargo directo de los "grupos de tareas" del Regimiento 19 de Infantería en la zona de operaciones del Operativo independencia, estaban destinados a esa unidad del Ejército. Esa zona, delimitada por Colloti y Valdiviezo en sus declaraciones, comprendía las bases militares de Caspinchango, Santa Lucía y Nueva Baviera.

Pues bien, en esa zona aquellos oficiales que estaban al frente de los grupos de tareas, que eran dos y se relevaban en forma sucesiva, tenían el control directo de la población, imponían toque de queda, restricciones de circulación, revisaban casas y personas en forma discrecional, daban permisos para entrar o salir de la zona, en fin, dominaban el curso causal de todos los hechos que ocurrían en ese ámbito. Pues bien, en ese ámbito y a la época que los imputados Colotti, Trucco, Neme y Valdiviezo integraron los grupos de tareas que representaban al Ejército en operaciones, tenían bajo su responsabilidad los domicilios, la libertad, la integridad física y la vida de los habitantes del lugar.

Colotti dijo que el gupo de tareas del 19 se llamaba Verdina y que estaba comprendido entre los ríos Caspinchango, río de los Sosa, Ruta 38 y las Sierras (eso significaba que la Ruta 38, los cauces de ese río y las Sierras estaban dentro de su ámbito de acción).

Colotti, Valdiviezo, Trucco y Neme, admitieron que sus funciones se cumplieron en el marco del Operativo Independencia alegando que lo fue en le marco de la ley y de la doctrina del ejército vigente en ese momento.

Por otro lado, en la Base del Ingenio Nueva Baviera funcionaba el Comando Táctico y fue lugar de detención, aunque el la mayoría de los casos fuera lugar de tránsito.

Aplicamos un criterio restrictivo en el sentido que no se les puede atribuir competencia en toda la zona de operaciones de Tucumán, ya que se considera que hubo grupos de tareas de otras unidades militares del país y en ámbitos delimitados de actuación. Sin embargo, queda claro que tenían bajo su responsabilidad directa el ámbito territorial asignado al Regimiento 19 de Infantería y sin perjuicio de que puedan haberse producido cruces hacia otros espacios de competencia diversos. Además, tampoco puede perderse de vista que la gran unidad militar de la provincia de Tucumán, desde el punto de vista de su capacidad operativa, era el Regimiento 19 de Infantería.

En consecuencia, conforme lo relatado por los testigos del ámbito donde tenían competencia -incluida la declaración en audiencia de la testigo Lucía Mercado-, ejercían autoridad absoluta. Por lo tanto, en función de los deberes funcionales a su cargo, son responsables de las ilegítimas y delictivas violaciones de domicilio, privaciones de libertad, torturas y homicidios cometidos contra víctimas que vivían en esa zona, al momento en que ellos tenían el dominio de hecho, cada uno desde su rol y grado, del aparato organizado de poder en que se convirtió el Ejército a través de un plan sistemático y generalizado de exterminio de una parte de la población civil por sus ideas políticas Les cabe en consecuencia el reproche penal por tales conductas, que conocían que eran delictivas y las quisieron realizar, sin ningún permiso que neutralice su antijuridicidad y sin perjuicio de regular la mensuración de la pena en función de su grado y su presencia en una hipotética zona de combate, todo ello con relación al ámbito de determinación que se analiza en la culpabilidad.

IX. 13 Integrantes del SIC

Como dijeron en sus testimonios, tanto Clemente y Juan Martín, en relación con el centro clandestino de detención que ha quedado probado (testimoniales de víctimas, sobrevivientes, inspección ocular realizada por el Tribunal y documentación aportada por Clemente) que funcionaba en la Jefatura de Policía, se trataba de una especie de zona de exclusión, donde no entraba el resto de los efectivos policiales. Así, aquellos que conforme a sus propios legajos y la documentación aportada por Clemente, prestaron servicios en ese Servicio de Información Confidencial (SIC) o Departamento de Informaciones de la Policía de Tucumán, no eran casualmente destinados allí, sino que eran personas elegidas para tal "privilegiada" tarea que era objeto de altas evaluaciones (ver la documentación aportada por Clemente). No se trata en consecuencia de conductas neutras desde el punto de vista jurídico penal: eran secuestradores -integraban las "patotas"-, torturadores y protagonizaron torturas seguidas de muerte u homicidios (los relatos de los testigos indican las distintas integraciones de las "patotas" -declaración del testigo Clemente- las alusiones a los miembros del SIC por parte de víctimas sobrevivientes o familiares de víctimas y, nuevamente la indiscutida documentación que trajera Clemente al juicio Jefatura I y que se encuentra incorporada en esta causa, donde hay permanentes instrucciones y ordenes e informaciones hacia y por parte de tales policías miembros de ese campo concentracionario -relativamente reducido desde el punto de vista del espacio físico, pero con una intensa actividad delictiva característica de un lugar clandestino, oculto a los ojos de la población, en el que se sometía a seres humanos a situaciones absolutamente indignas, mediante conductas que el menor calificativo que se les puede adjudicar es de salvajes.

De tal forma, tales imputados respecto a los cuales está probado que prestaban servicios en el SIC, deben ser alcanzados por el reproche penal porque eran concientes que estaban participando en acciones delictivas de secuestro, tortura, violaciones y muerte, que ello no estaba permitido por ninguna norma legal ni constitucional vigente y actuaban con libertad de determinación, sin perjuicio que, salvo Roberto Heriberto Albornoz y Luis De Cándido (éste por su "sobreactuación" o especial énfasis en sus conductas delictuales), puedan reconocer algún margen de limitación en su culpabilidad por los grados que tenían dentro de la estructura policial.

IX. 14 Supervisores militares

Tanto Juan Martín Martín como Juan Carlos Clemente, en sus declaraciones testimoniales señalaron que los imputados Ocaranza y D'Ursi fueron sucesivamente supervisores militares del Servicio de Informaciones Confidenciales o Departamento de Inteligencia de la Policía de Tucumán a partir de que cesara en sus funciones Arturo Félix González Naya, quien habría cumplido ese rol desde el 24 de marzo de 1976. Ello sin perjuicio que los máximos jefes de la policía también eran militares. Según la versión de Martín Martín -quien reconoció que pudo obtener el pasaporte porque para ello lo ayudó D'Ursi -, D'Ursi tenía malas relaciones con Roberto Heriberto Albornoz. Clemente sostuvo que Ocaranza había llegado con la misión de desmantelar el SIC haciendo quemar o llevando documentación que se había generado en ese ámbito. Es de esa documentación, según dijo Clemente, que él extrajo y llevó a su domicilio los escritos que entregó a este Tribunal en oportunidad de declarar en la causa Jefatura de Policía I.

En su descargo, Ocaranza alegó que era recién egresado del Colegio Militar con el grado de subteniente cuando fue destinado al Regimiento 19 de Infantería y se le asignó la función de correo entre el Comandante de la V Brigada y el Jefe de Policía, porque se trataba de correspondencia con carácter reservado que solamente puede transportar un oficial del Ejército. Sumó a ello el hecho de que a fs. 89 de la documentación aportada por Clemente, obra un instrumento que tiene fecha del 9 de noviembre de 1077 y en el que consta una firma aclarada con el nombre de González Naya como supervisor militar del D 2.

A su vez, en su defensa D'Ursi consideró que los dichos de Clemente no son creíbles porque simplemente busca expiar sus culpas graves. Independientemente de los roles cumplidos por Martín Martín y Clemente, quienes revistieron el carácter de víctimas que colaboraron con sus captores -conducta que resulta comprensible a partir de las torturas que se aplicaban a los detenidos-, son testigos directos de los sucesos ocurridos en el centro clandestino de detención del SIC en la Policía. Al respecto, Primo Levi sostiene en su obra Trilogía de Auschwitz, que para no incurrir en alguna conducta inmoral en tales condiciones de cautiverio, hay que ser héroe o santo.

Ha quedado acreditado que Ocaranza y D'Urzi fueron supervisores militares del SIC al final del funcionamiento como tal y sin perjuicio de la continuidad del Departamento de Inteligencia de la Policía.

En consecuencia, por la función que asumieron y no obstante sus bajas gradaciones, incumplieron el deber de garantizar que en el ámbito de tal competencia no se produjeran detenciones ilegales, torturas y homicidios. Han cometido, consecuentemente, las conductas que se les atribuyen a través de la infracción del deber especial como garantes que les cabía como supervisores militares del Servicio de informaciones Confidenciales de la Policía de Tucumán.

IX. 15 Unidades móviles de Gendarmería

Las unidades móviles de Gendarmería Nacional destinadas al Arsenal Miguel de Azcuénaga, provenientes de distintos lugares del país -Campo de Mayo, Jesús María, Corrientes, Santa Cruz-, tuvieron a su cargo durante todo el tiempo que existió, el centro clandestino de detención y exterminio instalado en el espacio físico que se conoce bajo el nombre aludido de Arsenal Miguel de Azcuénaga.

En todo el inmueble que comprende el "Arsenal" existía la Compañía de Arsenales (en la que había instalaciones para tareas de mantenimiento de toda la V Brigada, sin perjuicio que había un lugar de paso desde allí hacia las otras zonas militares), los "polvorines" donde se guardaban explosivos y el espacio alambrado en su perímetro que se destinó al campo de concentración. Éste incluía el "galpón 9", cuatro casillas de madera a su alrededor para sala de tortura, baño, lugar de interrogatorios y oficinas; un pedazo de campo abierto y además los puestos de guardia. A unos doscientos metros, se encontraron las fosas comunes donde enterraban y guardaban los cadáveres de las víctimas, sea que se trate de personas a las que traían muertas o las ejecutaban al borde de los pozos.

En consecuencia y sin perjuicio de la actividad del personal de inteligencia del Destacamento de Inteligencia 142 -quienes eran referenciados como los "interrogadores", sin que ello excluya su concurrente labor de torturadores y fusiladores-, lo que ha quedado probado es que el control del campo de concentración del Arsenal, durante el día y la noche, estaba en el ámbito de competencia de los gendarmes y que alegan haber estado destinados a la guardia del lugar. Más su tarea, como quedó en evidencia en el desarrollo del debate, no era una custodia neutra de simples detenidos. Eran conscientes de que estaban realizando acciones delictivas (la clandestinidad y ocultamiento de la existencia de este "lugar de detención de detenidos" es una prueba de tal carácter antijurídico), consistentes en la privación ilegítima de la libertad, torturas, violaciones y muertes. Todos esos gendarmes que están imputados como partícipes necesarios en la consumación de hechos delictivos debidamente puntualizados y probados (que se corresponden con las fechas de presencia en el lugar, conforme sus propios legajos), tienen plena responsabilidad criminal porque brindaron aportes sustanciales para que se hayan concretados delitos aberrantes en un lugar en el que las víctimas eran sometidas a una situación de indignidad extrema. Para aquellos respecto a los cuales no se ha acreditado un especial énfasis de voluntad en la consumación de los hechos, se regula el reproche penal en función de su grado de registro, atento a su pertenencia a una fuerza de seguridad.

IX. 16 Interrogadores

Evidentemente, los denominados "interrogadores" en Arsenales -a cuyo respecto se ha probado por las declaraciones de numerosos testigos, que predominantemente eran militares de inteligencia del Ejército- y en Jefatura de Policía, como en otros centros de detención, consideraban que estaban investidos por algún tipo de poder divino porque "la virtud estaba de su lado" y nada podía oponérseles (Cfr. De Luca, Javier Augusto, "La víctima en el proceso penal, modelo 2007", 1era. Jornada de Análisis y Crítica de Jurisprudencia "Las facultades del querellante en el proceso penal desde 'Santillán a Storchi TOC1'", p. 14, en el análisis que el autor realiza del paso de la disputatio a la inquisitio, http://www.pin.gov.ar/Publicaciones/00004/00009237.Pdf ).

IX. 17 Legajos

Previo a analizar el grado de participación de los condenados en autos, y a los fines configurar su responsabilidad en los hechos, cabe hacer algunas consideraciones sobre la edad y grados de revista que tenían como oficiales o suboficiales del Ejército, la Gendarmería y la Policía de Tucumán conforme resulta de sus legajos, al 24 de marzo de 1976, sin perjuicio de que existen algunos hechos que corresponden a los últimos meses de 1975 y no obstante considerar asimismo su situación de servicio en fechas posteriores-.

Se consigna a continuación la lista de los nombres y grados de revista en la fuerza militar o de seguridad respectiva.-

Luis Orlando Varela en 1976 tenía 32 años. En 1975 tenía el grado de Teniente Primero del Ejército Argentino y el 31/12/75 es ascendido a Capitán. El 23/12/75 es asignado al Destacamento 142 y a la fuerza de tarea que participaba del Operativo Independencia en Tucumán. En 1976 permanece en comisión en Buenos Aires del 20/03/76 al 26/03/76 y en Córdoba del 07/04/76 al 08/04/76. Ese mismo año toma licencia por 30 días el 16/02/76 y por 10 días el 10/08/76. En 1977 del 23/02/1977 al 25/02/1977 parte en comisión a Córdoba. El 28/12/77 continúa sus funciones en Buenos Aires, aunque regresa en dos oportunidades en comisión a Tucumán en 1978, el 07/1/78 y el 20/01/78.-

Roberto Heriberto Albornoz en 1976 tenía 45 años. En 1975 se desempeñaba en la Policía de Tucumán como Comisario Inspector, Jefe de Zona Capital, pero el 1 de julio de ese año es ascendido a Inspector Mayor, Jefe de Zona Capital. A su vez, el 10/09/75 como Inspector Mayor comienza a prestar funciones como Jefe de Servicios Confidenciales. En 1976 como Inspector Mayor comienza a desempeñarse como Jefe de Inteligencia el 17 de junio. El 14/10/76 es ascendido a Inspector General y continúa actuando como Jefe de Inteligencia. El 3 de enero de 1978 como Inspector General actúa como Jefe de Inteligencia D2.-

Ricardo Oscar Sánchez en 1976 tenía 32 años. En 1975 desempeñándose como Oficial Auxiliar de la Policía de Tucumán es promovido como Oficial Principal el 01 de julio, prestando servicios en la Unidad Regional Capital. El 26/09/75 continúa desempeñándose como Oficial Principal, pero pasa a cumplir funciones en Servicios Confidenciales. En 1976, el 21 de junio, como Oficial Principal presta servicios en Inteligencia D2. El 14 de octubre de ese año es ascendido a Subcomisario, y continúa reportando en Inteligencia D2 hasta el 26/01/78, fecha en la que es trasladado a la Unidad Regional Sud.-

Luis Armando De Cándido en 1976 tenía 37 años. En 1975 actuaba en la Policía de Tucumán como Cabo en la Unidad Regional Capital hasta que el 25 de septiembre de ese año con el mismo cargo pasa a desempeñarse en Servicios Confidenciales. También durante 1975 mientras continúa revistando en Servicios Confidenciales es ascendido a Oficial Subayudante el 19 de noviembre. En 1976, el 21 de Junio, actúa como Oficial Subayudante de Inteligencia D2. Mientras continúa prestando servicios en Inteligencia D2 el 01/01/78 es promovido al cargo de Oficial Ayudante.-

Marcelo Omar Godoy en 1976 tenía 22 años. Prestando servicio en Gendarmería Nacional el 31/12/75 es promovido a Cabo. Del 30/06/76 al 13/08/76 participa de la Comisión Tucumán Operativo Independencia. Posteriormente nuevamente estuvo en Comisión Tucumán Operativo Independencia desde el 22/09/76, sin que en su legajo personal se consigne hasta qué fecha. En 1977 se encuentra en Comisión Tucumán Operativo Independencia desde el 09/03/77 hasta el 20/04/77.-

Ernesto Rivero en 1976 tenía 29 años. Desempeñándose en Gendarmería Nacional el 31/12/74 es promovido al grado de Primer Alférez. En 1976, del 08 de abril al 22 de septiembre participa de la Comisión Tucumán Operativo Independencia. Posteriormente nuevamente estuvo en Comisión Tucumán Operativo Independencia desde el 22/09/76, sin que en su legajo personal se consigne hasta qué fecha. En 1977 se encuentra en Comisión Tucumán Operativo Independencia desde el 09/03/77 hasta el 20/04/77.-

Tomás Adolfo Güemes en 1976 tenía 34 años. Desempeñándose en Gendarmería Nacional el 31 de Diciembre de 1974 fue promovido a Segundo Comandante. En 1976, del 10 de enero al 04 de marzo se encuentra en Comisión Cdo. 3 y I 5 Operativo Independencia. Desde el 21 de abril de 1976 al 07 de junio del 78 actúa como Interventor Delegación Noroeste.-

Benito Palomo en 1976 tenía 33 años. Desempeñándose en Gendarmería Nacional el 31 de Diciembre de 1975 fue promovido a Segundo Comandante. En 1976, del 05 de mayo al 05 de julio se encuentra en Comisión Operativo Tucumán. En 1977, del 05 de enero al 05 de marzo se encuentra en Comisión Operativo Independencia.-

Alberto Héctor Rafael Montes De Oca en 1976 tenía 33 años. Desempeñándose en Gendarmería Nacional el 31 de Diciembre de 1974 es promovido como Primer Alférez. En 1975, del 17 de junio al 10 de julio se encuentra en Comisión Tucumán Operativo Independencia. También en 1975, del 01 de diciembre al 15 de enero de 1976 Comisión Tucumán Operativo Independencia. Nuevamente en Comisión Tucumán Operativo Independencia del 29/02/76 al 09/09/76. Posteriormente, afectado Operativo Independencia del 04/11/76 al 17/12/76, del 25/01/77 al 09/03/77 y del 22/04/77 al 01/06/77.-

José Carlos Sowinski en 1976 tenía 27 años. Desempeñándose en Gendarmería Nacional el 31 de Diciembre de 1974 es promovido como Alférez. Se encuentra en Comisión Tucumán Operativo Independencia del 13/09/75 al 25/10/75, del 01/12/75 al 15/01/76, del 29/02/76 al 09/04/76 y 19/05/76 al 01/07/76. El 02 de julio de 1976 se desempeña como Auxiliar Operaciones, aunque su legajo no consigna hasta cuándo ni el lugar de destino de esa función. El 01/10/76 presta servicios en el Destacamento Móvil 2 Córdoba.-

Ramón Alfredo Ojeda Fuente en 1976 tenía 31 años. Con el grado de Capitán de Ingenieros del Ejército Argentino el 20/12/76 presta servicios en el Destacamento de Inteligencia 142 de Tucumán. El 27/1/77 sigue en Tucumán, pero desempeñándose como Jefe de Grupo/Sec. Ejec. El 10/02/77, también en Tucumán, es asignado en comisión de servicio. El 03/04/77 regresa a la comisión anterior. El 04/07/77 se desempeña en Buenos Aires en la Comisión de Servicios Modo Aéreo. Regresa a Tucumán el 07/07/77 a prestar servicios a la comisión anterior, modo aéreo. En Buenos Aires el 30/07/77 hizo una presentación en la Ec. Ing. a efectos de recibir una distinción. El 15/10/77 en Tucumán continúa integrando con el Destacamento de Inteligencia 142 la fuerza de tarea que forma parte del Operativo Independencia. El 29/05/78 se desempeña en Buenos Aires en Comisión de Servicios Modo Aéreo. Regresa a Tucumán el 15/10/78, al Destacamento de Inteligencia 142.-

Adolfo Ernesto Moore en 1976 tenía 30 años. El 31/12/76 teniendo el grado de Teniente Primero del Ejército Argentino asciende al grado de Capitán en Tucumán. En esa provincia el 03/01/77 se desempeña como Jefe de Grupo DEI; el 05/01/77 pasa a Comisión en el Puesto Comando Táctico - 20; el 10/02/77 regresa a la comisión anterior. El 19/03/77 tiene comisión de servicio en Buenos Aires. Regresa a Tucumán el 23/03/77 desempeñándose en la comisión anterior. El 14/04/77 se traslada en comisión a Chaco y regresa a Tucumán el 16/04/77 a la comisión anterior. El 23/04/77 se traslada en comisión de servicio a Buenos Aires y regresa a Tucumán el 28/04/77 a la comisión anterior. El 04/05/77 es asignado en comisión de servicio a Santiago del Estero, regresando Tucumán el mismo día. El 29/05/77 se traslada en comisión de servicio a Buenos Aires. El 01/06/77 regresa a Tucumán en comisión anterior. El 27/06/77 parte a Chaco en comisión de servicio y regresa a Tucumán el 29/06/77. El 2/08/77 se desempeña en comisión de servicio en Buenos Aires regresando a Tucumán el 26/08/77. El 04/09/77 parte en comisión de servicio a Catamarca regresando a Tucumán al día siguiente. El 05/10/77 se traslada en comisión a Buenos Aires y retorna a Tucumán el 08/10/77. El 15/10/77 continúa integrando en Destacamento de Inteligencia 142 la fuerza de tarea que forma parte del Operativo Independencia. El 21/10/77 se traslada a Buenos Aires y regresa a Tucumán el 05/11/77. Parte nuevamente a Buenos Aires en comisión de servicio el 14/12/77 y vuelve a Tucumán el 18/12/77. El 04/03/78 viaja en comisión de servicio a Buenos Aires y regresa a Tucumán el 08/03/78.-

Fernando Torres en 1976 tenía 34 años. Con el grado de Teniente Primero de Infantería del Ejército Argentino, el 16/10/74 presta servicios en el Destacamento de Inteligencia 142 como Jefe Pel AEC en Tucumán, aunque desde 1972 ya venía desarrollando actividades en Tucumán en distintas áreas y en el Destacamento de Inteligencia 142. Posteriormente continúa desempeñándose en el Destacamento de Inteligencia 142, pero desde el 16/11/74 como Jefe Gno AEI y AEC y desde el 20/12/74 como Jefe 1era Sec Ejec. Desde el 09/02/75 se desempeña en el Destacamento de Inteligencia 142: Integra con el Destacamento la fuerza de tarea que forma parte del "Operativo Independencia". El 15/10/75 es designado en el Destacamento Inteligencia 142 - Jefe 1ra Sec Ejec. El 31/12/75 asciende al grado de Capitán en Tucumán. El 15/02/76 es designado en comisión de servicios a Buenos Aires regresando el 19/02/76. El 09/03/76 se encuentra en comisión en Buenos Aires regresa a Tucumán el 13/03/76. El 14/04/76 en comisión reservada en Córdoba regresando al día siguiente. El 27/06/76 en comisión reservada en Córdoba regresando el 29/06/76. El 06/07/76 se le asigna comisión reservada Santiago del Estero regresando el mismo día a Tucumán. El 24/07/76 parte a Buenos Aires en comisión reservada hasta el 28/07/76. El 15/10/76 continúa integrando con el Destacamento de Inteligencia 142 la fuerza de tarea que forma parte del "Operativo Independencia". Entre el 16/10/16 y el 13/12/77 continúa desempeñándose en Tucumán en el Destacamento de Inteligencia 142, con viajes en comisión a Santiago del Estero el 16/12/76 y el 03/02/77; a Buenos Aires el 11/04/77, el 26/05/77, el 31/05/77, el 14/09/77, el 26/09/77, el 25/10/77, el 03/11/77, el 08/11/77 y el 12/12/77; a Catamarca el 09/09/77 y el 23/09/77.-

Camilo Ángel Colotti en 1976 tenía 41 años. Con el grado de Mayor de Infantería del Ejercito Argentino el 03/12/75 presta servicios en el Regimiento de Infantería 19 de Tucumán. El 04/12/75 se incorpora a la Fuerza de Tarea Aconquija que forma parte del operativo Independencia. El 23/12/75 en Buenos Aires recibe el título de Oficial de Estado Mayor. Durante 1976 y hasta el 15/10/78 continúa prestando servicios en Tucumán en el marco del Operativo Independencia. Durante ese lapso, el 14/12/76 es nombrado Segundo Jefe del Regimiento de Infantería 19 asumiendo la Segunda Jefatura de la Unidad. El 31/12/78 es promovido al grado de Teniente Coronel.-

Augusto Leonardo Neme en 1976 tenía 39 años. En su legajo personal no se encuentra el Informe de Calificación correspondiente al año 1976/77. En el Informe de Calificación correspondiente al año 1978/79 encontrándose destinado en Buenos Aires con el cargo de Mayor de Infantería el 14/02/79 pasa a prestar servicio como Segundo Jefe del destacamento de Inteligencia 142.

Pedro Osvaldo Caballero en 1976 tenía 39 años. Con el grado de Mayor de Caballería del Ejército Argentino el 26/11/76 es destinado a continuar prestando servicio en Tucumán como Jefe de la Compañía de Arsenales 5 Miguel de Azcuénaga. El 14/12/76 en la Compañía de Arsenales 5 Miguel de Azcuénaga es puesto en posesión del cargo como Jefe de subunidad por el Comandante de la V Brigada de Infantería. Integra con la subunidad la Fuerza de Tarea que forma parte del Operativo Independencia. El 17/02/77 se dirige a Salta en comisión de servicio y regresa al día siguiente. El 03/03/77 parte en comisión de servicio a San Salvador de Jujuy y regresa al día siguiente y parte nuevamente a ese destino el 15/03/77 y regresa al día siguiente. El 18/03/77sale en comisión de servicio a Tartagal y regresa el 22/03/77. El 28/03/77 parte en comisión a Santiago del Estero y retorna al día siguiente. El 07/09/77 se dirige en comisión a Buenos Aires y regresa el 13/09/77 y parte nuevamente a ese destino el 12/04/78 y vuelve el 15/04/78.-

Ramón Ernesto Cooke en 1976 tenía 43 años. Con el grado de Mayor de Comunicaciones del Ejercito Argentino el 17/10/75 se lo asigna para que continue con sus servicios al Comando de la V Brigada de Tucumán. Al día siguiente se hace presente en el Cdo de la V° BI y es destinado a la Div. III Op. como oficial de Comunicaciones donde integra con el comando la FT que forma parte del Operativo Independencia. También en 1975, el 31 de diciembre es ascendido al grado de Teniente Coronel. Al 16/10/76 continúa integrando la Fuerza de Tarea del Operativo Independencia. En 1977 sale en comisión a Salta el 18/02/77 y regresa el mismo día; a San Salvador de Jujuy el 11/03/77 y regresa el mismo día; el 18/03/77 a Tartagal y regresa el mismo día; a Córdoba el 23/06/77 y regresa el 25/06/77; el 05/07/77 a Salta y San Salvador de Jujuy y regresa el 07/07/77. El 30/08/77 por decreto provincial 3990/14 es nombrado Jefe de Policía Interino. El 05/12/77 por resolución del Comandante en Jefe del Ejercito pasa a continuar sus servicios en la Escuela Superior Técnica General Savio, en Buenos Aires.-

Hugo Enzo Soto en 1976 tenía 41 años. Con el grado de Mayor de Infantería el 07/12/74 pasa a continuar con sus servicios en la Compañía de Arsenales 5 Miguel de Azcuénaga. Allí se le otorga la posesión del cargo como Jefe de la mencionada compañía. Integra con la subunidad la Fuerza de tarea que forma parte del Operativo Independencia. El 26 de noviembre de 1976 por resolución del Comandante en Jefe del Ejército es nombrado subdirector de la fábrica militar de cartuchos "San Francisco" en Córdoba. Abandona la guarnición ejército de Tucumán para hacer efectivo su cambio de destino el 14/12/76. Permanece en San Francisco hasta el 15/10/77.-

Juan Alberto Abraham en 1976 tenía 31 años. El 01/01/75 presta servicios en la Policía de Tucumán como Oficial Principal en la Unidad Regional Capital. El 25/09/75 pasa a desempeñarse en Servicios Confidenciales. El 21/06/76 presta servicios en Inteligencia D2 y, encontrándose en la mencionada dependencia, el 14/10/76 es ascendido a Subcomisario y el 01/01/78 a Comisario. El 03/01/78 es trasladado como Jefe de la Comisaría Quinta.-

Rolando Reyes Quintana en 1976 tenía 28 años. El 01/01/75 presta servicios en la Policía de Tucumán como Oficial Auxiliar en la Unidad Regional Capital. El 25/09/75 comienza a desempeñarse en Servicios Conficenciales. A partir del 21/06/76 presta servicios en Inteligencia D2. El 01/03/77 comienza a revistar en el Cuerpo Guardia de Infantería.-

Hugo Javier Figueroa en 1976 tenía 26 años. El 17/02/75 presta servicios en la Policía de Tucumán como Agente en infantería. El 22/10/75 pasa a desempeñarse en la Guardia Administrativa de Servicios Confidenciales. Desde el 22/06/76 presta servicios en Inteligencia D2 y, desempeñándose allí, es promovido como Oficial Subayudante el 14/10/76. El 07/01/77 es trasladado al Destino Cadillal.-

Oscar Humberto Gómez en 1976 tenía 46 años. El 01/09/72 presta servicios en la Policía de Tucumán como Subcomisario en Información Policial y, encontrándose en esa dependencia, el 01/01/76 es ascendido al grado de Comisario. El 28 de enero de 1976 es promovido como Segundo Jefe de Inteligencia, desempeñándose hasta el 11/07/78 en el que accede a la baja por retiro voluntario.-

Félix Insaurralde en 1976 tenía 32 años. El 27/04/71 presta servicios en la Policía de Tucumán como Agente en la S.I.D.E. y el 16 de agosto de ese año comienza a desempeñarse en la Brigada de Investigaciones. Encontrándose en la Brigada de Investigaciones el 01/07/75 es promovido al cargo de Cabo. El 25/09/75 presta funciones en Servicios Confidenciales. El 22/06/76 es asignado a Inteligencia. El 30/11/77 desarrolla servicios en el Departamento de Investigaciones.-

Antonio Esteban Vercellone en 1976 tenía 41 años. El 09/06/75 presta servicios en la Policía de Tucumán como Agente de la Unidad Regional Capital. El 25/09/75 comienza a desempeñarse en Servicios Confidenciales. El 22/06/76 desarrolla funciones en Inteligencia y, encontrándose allí, el 14/10/76 es ascendido al grado de Oficial Subayudante y el 01/01/78 al de Oficial Ayudante. El 30/06/78 es trasladado a la Comisaría Seccional Tercera.-

Ángel Custodio Moreno en 1976 tenía 42 años. El 01/07/75 presta servicios en la Policía de Tucumán como Oficial Principal en la Unidad Regional Capital. El 14/10/76 es ascendido al cargo de Subcomisario y comienza a desempeñarse en Inteligencia D2. El 01/01/78 es promovido al grado de Comisario y presta servicios como Segundo Jefe de la División Tránsito.-

Guillermo Agustín Ugarte en 1976 tenía 27 años. El 01/07/75 presta servicios en la Policía de Tucumán como Cabo en el Palacio de Gobierno. Ese mismo año, el 25 de septiembre comienza a desempeñarse en Servicios Confidenciales. El 10/12/76, mientras continúa actuando en Servicios Confidenciales es ascendido a Oficial Subayudante. En esa dependencia y con ese grado continúa hasta el 08/09/78, fecha en la que es asignado a la Comisaría de Concepción.-

Jorge Omar Lazarte en 1976 tenía 32 años. El 24/03/72, con el grado de Teniente Primero de Infantería y encontrándose destinado en Campo de Mayo aprueba el curso número 9 "Técnico de Inteligencia" y se le otorga la "Aptitud Especial de Inteligencia". El 29/03/72 pasa a continuar servicios en el Destacamento de Inteligencia 142 en Tucumán siendo asignado al Grupo de actividades especiales de Icia y Cicia. El 14/11/74 pasa en Comisión al Comando de la V Brigada de Infantería (Jefe Policía de la Provincia de Tucumán). El 16/11/74 pasa a continuar sus servicios al Comando de la V Brigada de Infantería de Tucumán. El 12/12/75 pasa a continuar sus servicios en el Batallón 601, en Buenos Aires. Encontrándose allí el 31/12/75 asciende al grado de Capitán. El 19/03/76 parte en comisión a zona de operaciones, retornando a Buenos Aires el 20/04/76. El 16/07/76 continúa revistando en Buenos Aires pero pasa a la Central de Reunión. El 23/12/76 parte en comisión a la zona de operaciones de la Provincia de Tucumán. El 06/01/77 pasa a continuar sus servicios en Buenos Aires a la Cen C/Icia. El 11/01/77, en Buenos Aires, presente en la Unidad de su comisión en Tucumán.-

Rolando Ariel Valdiviezo en 1976 tenía 31 años. El 26/11/75 con el grado de Teniente Primero de Infantería pasa a continuar sus servicios en el Regimiento de Infantería 19 de Tucumán. Al día siguiente en esa dependencia se le otorga el alta y se le asigna que integre con la Unidad la Fuerza de Tarea "Aconquija" que forma parte del Operativo Independencia. El 01/01/76 presente en la unidad en la que se econtraba es destinado a la Ca "C". Jefe de Compañía. Al 15/10/76 continúa en Regimiento de Infantería 19, Ca "C", Operativo Independencia. El 16/10/76 continúa en Regimiento de Infantería 19, Ca "C" pero cambia de denominación la subunidad y continúa como jefe de la misma. Al 15/10/77 continúa en Regimiento de Infantería 19, Ca "C, Jefe de Compañía Operativo Independencia. En la misma dependencia militar y con las mismas funciones el 31/12/77 asciende al grado de Capitán. Durante el año 1978, sin que se consigne fecha de salida y fecha de retorno, parte en comisión de servicio a Campo de Mayo, a la Ec I a rendir la exigencia de comprobación para el mantenimiento de la Aptitud Especial de Comando. El 03/07/78 parte en comisión de servicio a San Salvador de Jujuy y retorna de allí el 07/08/78. Nuevamente sale en comisión de servicio a la zona de Socampa, Jujuy el 02/10/78 y regresa el 07/10/78. Al 16/10/78 continúa destinado enel Regimiento de Infantería 19, Jefe Subunidad.-

Carlos Eduardo Trucco en 1976 tenía 29 años. El 13/11/74 con el grado de Teniente de Infantería pasa a continuar sus servicios en el Regimiento de Infantería 19 de Tucumán. En Bernal el 27/11/74 se deja establecido que la fecha de pase debe ser el 07712/74. El 28/11/74 alta en el Regimiento de Infantería 19 de Tucumán. Encontrándose en esa dependencia el 31/12/74 asciende al grado de Teniente Primero. El 09/01/75 presente en el Regimiento de Infantería 19 de Tucumán integra con la Unidad la Fuerza de tarea "Aconquija" que forma parte del Operativo Independencia. El 07/05/75 sale en comisión de servivio a Buenos Aires y retorna el 02/06/75. El 02/12/75 presente en el en el Regimiento de Infantería 19 de Tucumán pasa a continuar sus servicios de la Ca "A" a la Ca Cdo. Plana Mayor (S1). El 08/10/76 sale en comisión de servicio a Buenos Aires y regresa el 13/10/76. Al 16/10/76 continúa en el Regimiento de Infantería 19 de Tucumán Ca Cdo. Oficial de Personal Operativo Independencia y sale en comisión de servicio a buenos Aires regresando el 24/10/76. El 19/01/77 continúa en el Regimiento de Infantería 19 de Tucumán y pasa destinado como Jefe de la Ca Serv. El 25/08/77 sale en comisión a Buenos Aires y regresa el 30/08/77. El 05/12/77 pasa a continuar sus servicios al RI 1 "Patricios".

Mario Miguel D'Ursi en 1976 tenía 28 años. El 08/12/77 con el grado de Teniente Primero de Caballería encontrándose en Buenos Aires, en la Escuela de Inteligencia, finaliza y aprueba el curso técnico de inteligencia . El 22/12/77 pasa a continuar sus servicios al Comando de la V Brigada, en comisión en la Policía de la Provincia de Tucumán. Al 15/10/78 presente en el Comando de la V Brigada en comisión en la Jefatura de Policía de la Provincia de Tucumán. Finaliza la comisión en la Jefatura de Policía de la Provincia de Tucumán el 04/12/78 y continuando en el Comando de la V Brigada pasa a Ca Cdo y Ser como Oficial Instructor.-

Luis Edgardo Ocaranza en 1976 tenía 25 años. El 26/04/74 con el grado de Subteniente de Infantería es destinado al RIMTe 28 en Tartagal, Provincia de Salta. Encontrándose allí parte en comisión a Tucumán, a la Zona de Operaciones, el 29/10/74 regresando el 06/11/74; el 18/11/74 regresando el 25/11/74; el 06/01/75 regresando el 10/01/75; el 07/02/75 regresando el 12/03/75; el 09/04/75 regresando el 13/05/75; el 09/06/75 regresando el 11/07/75; el 05/10/75 regresando el 10/11/75; 04/01/76 regresando el 30/01/76; el 12/03/76 regresando el 12/05/76. El 19/07/76 sale en comisión a Salta regresando el 21/07/76. El 01/12/76 sale en comisión a Tucumán regresando el 29/12/76. Encontrándose en Tucumán el 22/12/76 se consigna que pasa a prestar servicios en el Regimiento 19 de Infantería y recibe el alta en la Unidad BPE 4694. En Tucumán, el 31/12/76 asciende al grado de Teniente. El 06/01/77 presente en la Unidad en el Regimiento 19 de Infantería es destinado a la Ca Cdo como Oficial Instrutor Operativo Independencia. El 30/11/77 continúa en el Regimiento 19 de Infantería y es destinado a la ca A como Oficial Educador. Continúa en la misma dependencia y función en 1978.-

Miguel Ángel Chuchuy Linares en 1976 tenía 23 años. El 01/08/75 presta servicios en la Policía de Tucumán como Agente en Informaciones Policiales. Encontrándose en esa misma dependencia el 14/10/76 es ascendido al grado de Oficial Subayudante. El 09/01/78 comienza a desempeñarse en la Unidad Regional Este, dependencia en la que el 01/01/79 es promovido al grado de Oficial Ayudante.-

María Luisa Acosta de Barraza en 1976 tenía 30 años. El 15/05/75 presta servicios en la Policía de Tucumán como Agente en la División de Antecedentes Personales. El 29/07/75 pasa a desempeñarse en la Brigada de Investigaciones. El 25/09/75 presta funciones en Servicios Confidenciales. El 22/06/76 se desempeña en Inteligencia D2 y encontrándose en esa dependencia el 14/10/76 es promovida al grado de Oficial Subayudante. El 28/11/77 pasa a desempeñarse en la Unidad Regional Capital y encontrándose allí es promovida como Oficial Ayudante el 01/01/78.-

Pedro Joaquín Pasteris en 1976 tenía 37 años. El 25/08/75 presta servicios en la Policía de Tucumán como Agente en Antecedentes Personales. El 08/02/79 pasa a desempeñarse en la Comisaría de Concepción.-

Guillermo Francisco López Guerrero en 1976 tenía 24 años. Se desempeñó como Personal Civil de Inteligencia del Ejército Argentino. En Comunicación del 30 de septiembre de 1976 el Comando General del ejército dispone que Guillermo Francisco López Guerrero se identificará con el seudónimo de Gustavo Lozano. Bajo ese alias se consigna en una foja de calificaciones que corresponde al periodo 01/10/76 al 05/10/77, en el ítem "Tareas o Funciones Adicionales-Comisiones y/o Trabajos Efectuados": Destacamento de Inteligencia 142. Integra con el Destacamento la Fuerza de Tareas que forma parte del Operativo independencia desde el 09/08/75. En el período del 16/10/77 al 15/10/78 en el ítem "Tareas o Funciones Adicionales-Comisiones y/o Trabajos Efectuados": Destacamento de Inteligencia 142. Integra con el Destacamento la Fuerza de Tareas que forma parte del Operativo Independencia. En el período del 16/10/78 al 02/03/79 en el ítem "Tareas o Funciones Adicionales-Comisiones y/o Trabajos Efectuados": Destacamento de Inteligencia 142. Integra con el Destacamento la Fuerza de Tareas que forma parte del Operativo Independencia.-

Ramón César Jodar en 1976 tenía 34 años. El 01/07/75 presta servicios en la Policía de Tucumán como Oficial Principal en Antecedentes Personales en Tafí Viejo. El 28/03/76 pasa a desempeñarse en la Unidad Regional Oeste y, encontrándose en esa dependencia, el 14/10/76 es ascendido al cargo de Subcomisario. El 21/10/76 es asignado a la Unidad Regional Norte. Durante 1977 continúa desempeñándose como Subcomisario pero es destinado sucesivamente el 04 de febrero Segundo Jefe Seccional Primera; el 19 de abril Segundo Jefe Seccional Quinta; el 14 de septiembre Jefe de la Comisaría Yerba Buena, el 16 de septiembre Segundo Jefe Comisaría Yerba Buena. El 09/01/78 pasa a desempeñarse a la Comisaría de Tafí Viejo.-

María Elena Guerra en 1976 tenía 23 años. El 01/04/77 presta servicios en la Policía de Tucumán como Agente en el Departamento de Personal D1. El 09/01/84 pasa a desempeñarse en la Brigada Femenina Unidad Regional Capital.-

Al analizar los legajos de los imputados que pertenecían a la Policía de Tucumán, resulta un indicio significativo de la relevancia y situación "privilegiada" que se asignaba a las tareas en el Servicio de Información Confidencial, el hecho de que todos recibían un ascenso en su carrera. Ello salta a la vista en todos los casos, y algunos con importantes saltos como es el caso de Luis Armando De Candido.-

Tratándose de los oficiales del Destacamento de Inteligencia 142 (y otros como Caballero y Ocaranza -sus regresos a Tucumán desde Tartagal), al examinar los legajos lo que salta a la vista son las múltiples comisiones por viajes breves a otras provincias, lo que razonablemente resulta indicativo de que se trataría del traslado de detenidos de otras jurisdicciones a Tucumán que, como lo dijera el Coronel Carloni, gozaba de la categoría de Prioridad 1 en la "lucha antisubversiva"

Que la existencia de los hechos ilícitos y la autoría por parte de los imputados han quedado plenamente acreditados con el conjunto de pruebas producidas regularmente en la audiencia de debate, en el marco del debido proceso legal y de las garantías plenas que nuestra Constitución Nacional otorga a quienes ejercen el derecho de defensa en juicio.-

IX. 18 Voto de los Dres. Gabriel Eduardo Casas y Carlos Enriqeu Ignacio Jiménez Montilla respecto a las absoluciones de José Eloy Mijalchyk, Juan Carlos Benedicto, Celso Alberto Barraza y Luis Daniel De Urquiza.

Que este Tribunal ha considerado que los imputados José Eloy Mijalchyk, Juan Carlos Benedicto, Celso Alberto Barraza y Luis Daniel De Urquiza no son autores responsables de los delitos que se les imputa.

Consideraciones sobre la prueba:

En juicios de lesa humanidad, en materia de valoración de la prueba, no pueden ser los mismos los estándares aplicables a agentes estatales que formaban parte del aparato organizado de poder concernido en la represión ilegal de la población civil, que los que deben guiar la ponderación de la prueba tratándose de civiles que de manera informal pudieran haberse integrado a dicho aparato para acompañar de alguna manera su proceder ilegal (piénsese en civiles que habrían podido integrar grupos operativos que practicaban secuestros, o grupos de interrogadores de personas alojadas en centros clandestinos de detención).

Lo considerado, en el sentido de que tratándose de civiles las construcciones dogmáticas y jurisprudenciales que se han delineado para la estimación de la prueba con relación a injustos atribuidos a agentes estatales no pueden trasladarse sin más cuando se trata de civiles. Ello por cuanto es menester advertir que no son conmensurables las situaciones subjetivas de agentes estatales con las de civiles: tratándose de las primeras, el grado de reproche es mayor, en la medida en que se trata de personas que en su quehacer se hallan volcadas al servicio a la comunidad, lo que las dota de facultades y deberes específicos que no alcanzan a ciudadanos no comprendidos en esa noción de servicio propia de los agentes estatales.

Además, desde el punto de vista de la dogmática penal, y particularmente desde el funcionalismo, que en su desarrollo atiende al rol que las personas cumplen en la sociedad y a partir de allí se apunta a cuáles son los supuestos en que se genera un riesgo no permitido que sea atribuible por actos de injerencia o por ámbitos de competencia institucional, resulta muy clara la diferencia entre funcionarios que integran formalmente el aparato organizado de poder y los civiles que no lo integran. Esos funcionarios y dentro del aparato de poder más aún aquellos con ejercicio relevante de mando, tienen a su cargo obligaciones institucionales a partir de posiciones de garante: integridad física, libertad, vida, de todos los ciudadanos. En cambio, aquellos que no tienen a su cargo tales responsabilidades institucionales no les cabe responsabilidad por infracción de deber sino por intervenciones materiales que impliquen injerencia demostrada en el ámbito de libertad de otra persona.

Conforme a lo dicho precedentemente respecto a Juan Carlos Benedicto resulta necesaria la existencia de un hecho que con certeza se pueda atribuir al imputado para que haya lugar al reproche penal por su responsabilidad subjetiva. Benedicto viene imputado como autor material en la comisión del delito de tormentos agravados en perjuicio de Adolfo MÉNDEZ BRANDER, Margarita LASKOWSKI y Gustavo Adolfo FOCHI y en la comisión del delito de homicidio agravado en perjuicio de Gustavo Adolfo FOCHI, y del delito de asociación ilícita agravada, todos en concurso real.

Ahora bien, el debate sólo se ha aludido a que uno de los miembros de la "Patota" tenía el apodo de "Juanca" o recibía el mote de "escribano". Sin embargo, nadie reconoció al imputado como partícipe en los hechos que se le endilgan, sumado a ello que a su respecto no cabe el análisis de la autoría por infracción de deber a partir de una posición de garante, ligada a su competencia institucional. Se trata de un civil, que al momento de los hechos tenía 18 años, a cuyo respecto no sólo nadie lo ha reconocido en esta audiencia, sino que además no tenía ningún vínculo con el Estado. Lo único que si se ha probado es que fue un militante de la agrupación Concentración Nacional de Estudiantes Secundarios a los 15 años -conforme lo declarado por el testigo Fernando Sosa Padilla-,para luego militar en la Concentración Nacional Universitaria. Se trató ésta de una agrupación estudiantil de "extrema derecha" -según se dijo-, respecto a la cual, no obstante su incompatibilidad con el pensamiento e instituciones del sistema democrático puesto en vigencia por nuestra Constitución, no alcanza para una condena.

Todo ello sin perjuicio de que en otros países -con muchas reservas de por medio- se ha avanzado sobre la legislación de tipos delictivos consistentes en propaganda o difusión de ideologías terroristas o vinculadas al nacionalsocialismo (Alemania, España, por ejemplo). Ello no ha ocurrido en nuestro país, que exige la existencia de una lesividad concreta, a través de la afectación del bien jurídico protegido en relación con intereses personales o de la sociedad, pero sin un nivel de abstracción absoluto.

Por lo considerado corresponde la absolución por la duda del imputado Juan Carlos Benedicto.

José Eloy Mijalchyk viene imputado como partícipe necesario en la comisión de los delitos de privación ilegítima de libertad con apremios y vejaciones y torturas agravadas en perjuicio de Félix Viterbo Corbalán, María Angélica Mazzamuto de Romero, Roberto Romero y Antonio Raúl Romero.

Debe tenerse presente que nuestro sistema jurídico penal es absolutamente respetuoso de una tajante diferencia entre pecado y delito, entre moral y derecho, de allí que las acciones de los hombres que no afecten a terceros están exentas de la autoridad de los magistrados y, en consecuencia, pertenecen al ámbito privado de las personas (artículo 19, C.N.).

Asimismo, en nuestra concepción democrática -para la que, en esencia, todas las personas somos iguales y que además gozamos de la condición de seres libres-, todo lo que no está prohibido está permitido, es decir, la libertad es la regla y la prohibición la excepción.

Además, la exigencia de "un hecho" para que pueda haber una conducta tipificada como delictiva (artículo 18, C.N.), resulta demostrativa de que nos hemos organizado jurídicamente a partir de una concepción antropológica que parte de una sociedad de personas libres (más allá de que en estricta equidad deban compensarse las diferencias en todos los ámbitos por mayor vulnerabilidad, al decir del destacado jurista argentino Eugenio Raúl Zaffaroni).

De tal manera, como resultado de tales premisas que hacen a la esencia de nuestro sistema constitucional que fija las pautas fundamentales de nuestra convivencia, para que haya un delito hace falta un hecho, y además ese hecho debe lesionar un bien jurídico, debe lesionar concretamente a los otros, y ello sin perjuicio de las inacabadas discusiones sobre el alcance del concepto "bien jurídico". No nos alcanza la mera desobediencia en abstracto, sino que debe existir una afectación concreta, real. Es lo que en dogmática juridico penal se conoce como principio de lesividad.

Y las consideraciones expuestas vienen al caso porque no se ha probado que el imputado haya estado en el Centro de Detención del Arsenal, más allá de las dudas razonables que pudieran haberse generado en la etapa de la investigación preparatoria por algunas alusiones a personas que se habrían presentado o habrían sido aludidas como sacerdotes. Pero lo cierto y objetivo es que nadie que haya comparecido a este debate reconoció al acusado como presente en este campo concentracionario, ni aún los sobrevivientes que lo han hecho, entre los que especialmente se consideran a Osvaldo Humberto Pérez, Jorge Omar Torres y Susana Leoni Auad atento a que circulaban por el lugar sin vendas. Puntualmente el ex gendarme Torres manifestó que nunca ha sentido ni ha sabido de la presencia de sacerdotes. Y debe sumarse a lo examinado la circunstancia de que a la fecha de los hechos que aquí se juzgan, el imputado no era capellán del Ejército.

La testigo María Cristina Rodríguez Román de Fiad, brindó uno de los testimonios más exhaustivos y precisos, dijo todo lo que recordaba con absoluta seguridad y sobre el tema aseveró que no vio curas.

Lo que sí ha quedado claro es que cuando era seminarista tenía ideas "de derecha", y que discutía mucho con los compañeros que se identificaban con los curas tercermundistas.

Pero aunque fueran ideas de neto corte fascista a favor de sistemas autoritarios conservadores (en un esfuerzo por nombrar posiciones ideológicas en las que puede haber múltiples puntos de diferencias y otros de coincidencias), o incluso aunque fuera simpatizante o tuviera afinidad de pensamientos con regímenes de facto, ello no puede ser valorado como delictivo, más allá de que se considere que tales ideas sean inaceptables -aunque haya que tolerarlas-, y que puedan significar delirios intelectuales.

Como bien dice el profesor de la Universidad de Roma, Italia, Luigi Ferrajoli ("El principio de lesividad como garantía penal", Revista de Derecho Penal y Criminología, La Ley, Bs. As., N° 8, Septiembre 2012): "El principio de lesividad, comprendido en un sentido heteropoiético, incluye y al mismo tiempo está incluido, en esa gran conquista de la modernidad jurídica que es la separación axiológica entre el derecho y la moral...en garantía del pluralismo moral y político, esto es, de la convivencia pacífica de varios puntos de vista morales, es necesario que la ley limite la punición únicamente frente a los comportamientos que en concreto, sean ofensivos respecto de los otros, garantizando para lo demás una esfera intangible de libertad".

Atento a la aplicabilidad a esta situación en análisis, permítasenos otra cita textual de este maestro italiano que ha puesto especial énfasis en la necesidad de plena vigencia de las garantías que se han estandarizado en la actualidad en las constituciones de los países civilizados y en los tratados internacionales de derechos humanos: "Ciertamente, la idea del bien jurídico merecedor de tutela penal como bien empíricamente determinado remite a la idea de su lesión como comportamiento a la vez determinado. De hecho, la lesión de un bien así no puede provenir sino de un comportamiento; es decir, de un hecho que se encuentra en una relación de causalidad con tal lesión, la cual consiste en un daño o en un peligro materialmente identificable. De esto se deriva un principio fundamental del garantismo penal: el principio de la inderogabilidad del hecho, expresado por la máxima nulla poena sine crimine, en virtud de la cual no se puede ser castigado por los que se es, sino solamente por lo que se hace.".

Por lo que corresponde absolver por la duda a José Eloy Mijalchyk como partícipe necesario en la comisión de los delitos de privación ilegítima de libertad con apremios y vejaciones y torturas agravadas en perjuicio Félix Viterbo Corbalán, María Angélica Mazzamuto de Romero, Roberto Romero y Antonio Raúl Romero.

Celso Alberto Barraza viene imputado por ser presunto autor material de los delitos de abuso sexual en perjuicio de A.V.B., y del delito de asociación ilícita agravada, todos en concurso real.

Barraza se desempeñaba como Alférez de Gendarmería. Reconoció que prestó servicios de guardia en el Arsenal, pero que se le había cambiado el destino al momento del hecho que se le atribuye, cuya fecha de comisión fue el en noviembre- diciembre de 1976. En su descargo el imputado dijo que había una persona con su mismo apellido que era Primer Alférez que se llamaba Carlos Hugo Barraza, que era su hermano. Dijo también que la testigo Hazurún nombró a un tal Lucho y lo describió como de tez mate con una cicatriz en la pierna y que él no tiene esas características.

Por otro lado la testigo Hazurún dijo que Barraza era el mismo Lucho, identificó a Roberto Barraza como el que tenía el apodo de "Lucho". En relación con la versión de la testigo Hazurún que aludió a un oficial de Gendarmería que estuvo en el sur del país, señaló que nunca estuvo destinado a esa zona. Que para la fecha del hecho, había otro oficial de Gendarmería que prestaba servicios en el Arsenal, de apellido Barraza pero de nombre Roberto, que era 1er Alférez.

La fecha del acto delictivo que se le endilga al imputado ocurrió a fines de noviembre, primeros días de diciembre. Fecha que surge del testimonio brindado por la víctima Teresita Hazurún, quien fue secuestrada el 20 de noviembre y fue llevada al Arsenal donde vio a A.V.B desnuda a la intemperie y que Barraza le tocaba los pechos.

Conforme el legajo de Celso Barraza a la fecha de los hechos no se encontraba prestando servicio en Tucumán (estuvo hasta el 30 de septiembre de 1976).

Cabe destacar que la Organización de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Tucumán, como querellante, a través de su representante no formuló acusación en su contra.

Asimismo los testimonios vertidos en la audiencia resultan confusos al referirse a un gendarme Barraza, indistintamente hablan de Celso Barraza y de Roberto Barraza. No existen entonces elementos contundentes que lo sindiquen al imputado como autor material del delito de abuso sexual.

Por lo que corresponde absolver a Celso Barraza como autor material de los delitos de abuso sexual en perjuicio de A.V.B., y del delito de asociación ilícita agravada por el principio de la duda.

Luis Daniel De Urquiza viene imputado como partícipe de la privación de libertad y homicidio en contra del soldado Luis Alberto Soldati. Ello basado en que a la fecha del hecho prestaba servicios en el Destacamento de Inteligencia 142.

No obstante, la presunción de la realización de actividades delictivas en ese ámbito, atento al rol que les cabía en la determinación de la "peligrosidad" política de los opositores a través de las famosas "fichas" o "dossiers", no alcanza para que se pueda considerar probada alguna forma de participación en el hecho que se le atribuye.

A la fecha del hecho, además, según lo escuchado en este debate, ya no funcionaba el Centro clandestino de detención y exterminio o campo de concentración de prisioneros Arsenal.

Por lo que corresponde absolver por la duda a Luis Daniel de Urquiza como partícipe de la privación de la libertad y homicidio contra Luis Alberto Soldati.

En las circunstancias probadas de la causa, al resultar absueltos de las imputaciones sobre hechos concretos en perjuicio de personas determinadas, tampoco ha quedado probado su voluntad de integrar la asociación ilícita conformada por la realización de un plan de actos delictivos generales y sistemáticos.

Se aplica el principio in dubio pro reo en los cuatro casos de absolución que se disponen en la presente sentencia. Con absoluta conciencia de que "la duda no es más que la indecisión de juicios entre dos o más hipótesis" (Nieva Fenoll, Jordi, La duda en el proceso penal, Marcial Pons, Madrid, 2013, p. 19) y el Diccionario de la Real Academia Española la define así: "suspensión o indeterminación del ánimo entre dos juicios o dos decisiones, o bien acerca de un hecho o una noticia".

Pues bien, no es que se haya considerado una aplicación a rajatabla de la presunción o estado de inocencia, sino que como sostiene la jurisprudencia anglosajona -instrucciones a los jurados-, para poder condenar deberá existir un grado de certeza que vaya más allá de toda duda razonable. Y en las situaciones fácticas -con sus connotaciones jurídicas, que les son inseparables porque forman un todo único-, que han llevado a tales decisiones absolutorias, se ha estimado al momento de la decisión que la probabilidad preponderante en altísimo grado es que los cuatro imputados, cada uno en función del análisis que a su respecto se ha producido, no han tenido ningún tipo de intervención en los hechos ilícitos que se les han atribuido. Y se considera que con ello se cumple con un dato del que no se debe prescindir: "en su resolución el juez debe estar siempre guiado por el valor justicia" (Nieva Fenoll, Jordi, La duda...op. cit., p. 29).

Más allá de diversas aclaraciones que se puedan formular, lo cierto es que "por mucha sospecha que se haya generado sobre esa persona, sino existe ningún dato objetivo que permita deducir la responsabilidad, no quedará otro remedio que absolver. Y ello, como digo, resulta insatisfactorio en varios sentidos, pese a que, también hay que decirlo muy claramente, es perfectamente adecuado ante la falta de cualquier otra solución alternativa. Ello es así porque la realidad contraria parece mucho más inconveniente. Imagínese qué habría de suceder en caso de que, generalizadamente, los sospechosos pudieran ser condenados sin pruebas materiales de su participación en los hechos. La situación devendría simplemente insoportable." (Nieva Fenoll, Jordi, La duda...op. cit., p. 52).

Con la fuerza de un pensador humanista que ha puesto énfasis en darle racionalidad al derecho penal y su aplicación, resulta procedente citar textualmente al maestro italiano Luigi Ferrajoli (Derecho y razón, trotta, Madrid, p. 106): "La certeza, aún no absoluta, a la que aspira un sistema penal de tipo garantista no es ya que resulten exactamente comprobados y castigados todos los hechos previstos por la ley como delitos, sino que sean castigados sólo aquellos en los que se haya probado la culpabilidad por su comisión.La incertidumbre es en realidad resuelta por una presunción legal de inocencia en favor del imputado precisamente porque la única certidumbre que se pretende del proceso afecta a los presupuestos de la condena y de las penas, y no a los de las absoluciones y de las no penas".

Y cabe subrayar lo dicho por el citado autor italiano, al tratar "El poder punitivo entre verificación y valoración" (p. 152): "De aquí el valor de la separación, según un esquema triangular, entre acusación, defensa y juez: si la acusación tiene la carga de descubrir hipótesis y pruebas y la defensa tiene el derecho de contradecir con contrahipótesis y contrapruebas, el juez, cuyos hábitos profesionales son la imparcialidad y la duda, tiene la tarea de ensayar todas las hipótesis, aceptando la acusación sólo si está probada y no aceptándola, conforme el criterio pragmático del favor rei, no sólo si resulta desmentida, sino también si no son desmentidas todas la hipótesis en competencia con ella".

Hacemos nuestro este pensamiento de un joven jurista argentino: "La primera consideración que podemos extraer es que, si queremos contribuir desde el derecho y la justicia para que Auschwitz no vuelva a suceder (ni campos concentracionarios de detención y exterminio con características semejantes, aunque fueran más pequeños en cantidad de cautivos y en el espacio ocupado, agregamos nosotros), debemos sintetizar lo mejor del iusnaturalismo y del positivismo (cita a Norberto Bobbio), y en un giro dialéctico, superar ambos para alcanzar una nueva síntesis que dé a luz un concepto de derecho inmunizado frente a las tentaciones autoritarias del poder, un concepto de justicia que se revele como limitador del poder, y que sólo admite como posible su desenvolvimiento en democracia" (Rafecas, Daniel Eduardo, "Los tribunales de justicia y el nacionalsocialismo", Suplemento La Ley, Penal y procesal Penal, Nov. 2013, N° 10, Bs. As., p. 18).

IX. 18 Voto en disidencia del Sr. Juez de Cámara Subrogante, Dr. Juan Carlos Reynaga respecto a las absoluciones de los imputados De Urquiza, Mijalchyck, Benedicto y Barraza.-

Disidencia respecto a la absolución de Luis Daniel De Urquiza

Disiento con el criterio asumido por mis colegas en cuanto a la absolución por la duda del imputado LUIS DANIEL DE URQUIZA; en cambio tengo la certeza que en el transcurso de este debate ha quedado demostrado que LUIS DANIEL DE URQUIZA es autor material del delito de Asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del C.P. según Ley 21.338) y partícipe secundario (art. 46 del C.P.) de los delitos de Privación ilegítima de la libertad con apremios y/o vejaciones; Tormentos agravados y Homicidio triplemente agravado (arts. 142 bis inc 1° y 2°; art 144 ter 1° y 2° párrafo; art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P.) en perjuicio de Luis Alberto Soldati, y considero justo imponerle por esos hechos una pena de QUINCE AÑOS de PRISIÓN e INHABILITACIÓN y ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena y COSTAS. Todo ello por los fundamentos que paso a exponer.

Se encuentra acreditado conforme surge de su legajo que Luis Daniel De Urquiza a la fecha de los hechos de que fue víctima Luis Alberto Soldati, tenía el grado de Teniente Primero del Ejército Argentino, cumpliendo funciones como oficial del Destacamento de Inteligencia 142 con base en Tucumán; era Jefe del Grupo Situación Gral. y 1a Sección Ejecución; el 31 de diciembre de 1978 fue ascendido a Capitán. Obtuvo la Aptitud Especial de Inteligencia al cursar y aprobar el curso de técnico en Inteligencia en la Escuela de Inteligencia del Ejército Argentino que culminó el 08 de Diciembre de 1977 como alumno Excelente (orden de mérito 12/20). También tenía la especialidad en Comandos, curso que realizó en 1976. Entre los años 1977 a 1980 los oficiales que lo calificaron (Busso, Rivas, Ojeda Fuente y luego también Neme y Tamini y Radrizzani) le otorgaron 99, 94 y 85 puntos por su desempeño en los acápites consignándolo como "uno de los pocos sobresalientes para su grado" y "sumamente eficiente para el servicio de su grado". Ya con anterioridad había estado en la llamada Zona de Operaciones de Tucumán bajo las órdenes de la Vta Brigada entre el 23 Septiembre de 1976 y el 15 Octubre de 1976 (mientras prestaba funciones en el RIM30 de Apóstoles).

La Vª Brigada de Infantería de Tucumán tenía a su cargo, por vía de la Jefatura G-2 (Inteligencia), al Destacamento de Inteligencia 142, si bien éste dependía orgánicamente del Comando del IIIer Cuerpo del Ejército. Esto conforme el reglamento respectivo "un destacamento de inteligencia normalmente podrá operar en un teatro de operaciones o zona de emergencia a órdenes del comando de las fuerzas terrestres del teatro de operaciones o de la zona de emergencia; otros destacamentos, podrán hacerlo, con cada una de las grandes unidades de batalla" |1|. Asociado al Comando de Zona (cuya sede geográfica compartía) había, entonces, un destacamento de inteligencia cumpliendo con sus objetivos (en el caso del IIIer Cuerpo, el Destacamento 141), lo cual no impedía que determinadas Brigadas (GUC o Comandos de Subzona, como la Vª Brigada) debido a su importancia relativa contaran con el apoyo directo de un Destacamento (en el caso tucumano, el Destacamento de Inteligencia 142).

Las tareas específicas desarrolladas por los oficiales y suboficiales del Destacamento de Inteligencia 142, especialmente de aquellos que contaban con "AEI" (Aptitud Especial de Inteligencia) |2|, consistieron en la realización de las tareas de fijación de fuentes, explotación de las mismas y difusión de la información obtenida, lo que significa, dejando de lado el lenguaje técnico, el secuestro de personas, su traslado a "Lugares de Reunión de Detenidos" (centros clandestinos de detención), su interrogatorio bajo torturas a fin de obtener información para la realización de nuevos secuestros, la sistematización de esa información y la comunicación de la misma al Comando de la ya Brigada, a la Comunidad Informativa, a la Jefatura II del IIIer Cuerpo y del EMGE, al Batallón 601 y otros. Así se puede observar en las declaraciones ante el CONSUFA de Enrique José Del Pino y Carlos Alberto yega -a fs. 65/68 y 69/72 respectivamente, Cuaderno de Prueba n° 8-, quienes eran miembros del Destacamento de Inteligencia 142 y señalaron que su rol era el de "reunión de información" y "procesamiento de información" producida en los lugares de reunión de detenidos, o sea, en los centros clandestinos de detención.

Esa misma relación de dependencia técnica absoluta se dio entre los Oficiales del Destacamento de Inteligencia 142 y los centros clandestinos que funcionaron en la Escuela Universitaria de Educación Física (EUDEF), el Reformatorio, El Motel y Arsenales y ello no sólo por una mera situación geográfica compartida dentro del primer "teatro de operaciones" que se definió en el país. El eje de la tarea que se llevaba a cabo en dicho centro (los interrogatorios, las reuniones de información, la organización de los datos, la detección, identificación y fijación, en suma, la explotación sistemática de las fuentes de información) no podía desarrollarse sin la actuación de la estructura técnica que tenía el conocimiento, los medios, el bagaje documental y las relaciones con estructuras similares en el resto del país ("canal técnico" mediante): el Destacamento de Inteligencia 142.-

Es evidente que Luis Daniel De Urquiza vino a Tucumán a reemplazar a Luis Orlando yarela (quien fue trasladado el 28 Diciembre de 1977 a Buenos Aires a la Escuela Superior Guerra para hacer el Curso Básico de Comando, según el libro histórico del Destacamento de Inteligencia 142 que se agregó a este debate) y cinco días después, en enero de 1978 De Urquiza asumió la conducción y jefatura de la 1a Sección Ejecución (hasta entonces a cargo de yarela). Es por ello que arribo, respecto a Luis Daniel de Urquiza, a la decisión que difiere de la asumida por mis colegas, con la convicción de que éste es el razonamiento correcto. Ello concuerda con las pruebas producidas en este juicio y es consecuente con lo valorado respecto de otro de los imputados (Luis Orlando yarela) que cumplió con anterioridad al imputado De Urquiza, sino idéntica, análoga función dentro de la estructura del aparato organizado de poder que posibilitó la realización del plan sistemático.-

Resulta claro que a la fecha de los hechos de que fue víctima Luis Alberto Soldati (mayo de 1978) la represión ilegal había disminuido sensiblemente en la provincia de Tucumán como consecuencia del inicio temprano del Operativo Independencia, casi un año antes que en el resto del país. Al respecto, cabe mencionar que la principal defensa esgrimida por De Urquiza en su declaración indagatoria fue que para esa época toda la tarea del Destacamento de Inteligencia 142 estaba orientada al conflicto con Chile, sin embargo, el testigo Alejandro Raúl Rivas -quien fuera su superior para esa fecha- desmintió en la audiencia tal versión al señalar que el conflicto con Chile estaba pensado para fines de 1978 pero que esa "hipótesis de conflicto" había existido desde los tiempos de O'Higgins.

Considero que ha quedado demostrado cabalmente que desde la posición que ocupaba Luis Daniel De Urquiza tenía un rol de relevancia en la llamada "lucha antisubversiva" con jurisdicción en la provincia de Tucumán. Bajo el mando del Estado Mayor del Comando de la Vta. Brigada de Infantería, el Destacamento 142 tenía a su cargo las tareas de inteligencia de los centros clandestinos de detención que funcionaban en la provincia y en particular, en lo que respecta a De Urquiza, el poder de decisión sobre el destino de las personas sujetas a la persecución a partir de su identificación como enemigos del régimen, como es el caso de Luis Alberto Soldati, a través de la estructura conocida como "Comunidad Informativa". De Urquiza desde su posición relevante en la estructura criminal montada para la ejecución del plan represivo y en la ejecución de las tareas propias de su especialidad, constituyó un eslabón intermedio clave en la formación, transmisión y ejecución de órdenes ilegales a partir de su poder de mando sobre sus subordinados directos en lo que respecta a este plan clandestino de persecución y exterminio de opositores políticos, siendo éstos subordinados quienes resultaron ser los ejecutores directos de los delitos cometidos en el marco del plan criminal bajo investigación.

Como consecuencia de lo manifestado, considero que no existe margen de duda en cuanto a que en la concreción de los hechos de que fue víctima Luis Alberto Soldati, intervino Luis Daniel De Urquiza como miembro del Destacamento de Inteligencia 142, aportando la capacidad que su especialidad en Inteligencia le otorgaba.

Disidencia parcial respecto a la absolución de Celso Alberto Barraza

Disiento parcialmente con el criterio asumido por los colegas preopinantes en cuanto a la absolución por la duda del imputado CELSO ALBERTO BARRAZA respecto a todos los hechos que se le imputan; en cambio tengo la certeza que en el transcurso de este debate ha quedado demostrado que CELSO ALBERTO BARRAZA es autor material del delito de Asociación ilícita (art. 210 del C.P.), y considero justo imponerle por ello la pena de DIEZ AÑOS DE PRISIÓN e INHABILITACIÓN y ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena y COSTAS. Todo ello por los fundamentos que paso a exponer.-

Ha quedado acreditado según constancias de su legajo que Celso Alberto Barraza se desempeñaba como Alférez de Gendarmería Nacional Argentina desde el 31 Diciembre de 1975, prestando servicios en el Destacamento Móvil 2 de Jesús María, Córdoba. También conforme las constancias de su legajo estuvo destinado en dos oportunidades a Tucumán, concretamente desde el 10 de octubre de 1975 al 24 de noviembre de 1975 -Comisión a Tucumán "Operativo Independencia"-; y desde el 19 de mayo de 1976 al 01 de julio de 1976 -Comisión a Tucumán "Operativo Independencia"-. A fs. 196 de dicha documentación puede leerse: Juicio Sintético emitido anualmente por los Distintos Jefes de Elementos: ALFEREZ: ..."75/76 Joven Oficial que se preocupa por acrecentar los conocimientos. Trabajador personal en sus tareas. Dedicado y responsable. Afectado al Operativo Independencia, actuó con acierto demostrando lealtad y capacidad: Me merece muy buen concepto"....

Sin embargo, también es ubicado en el escenario de los hechos que se juzgaron en este debate por el testigo y ex gendarme Antonio Cruz, entre (al menos) febrero y mayo de 1977.

Al respecto, especifica el ex gendarme Antonio Cruz en su testimonio de fecha 26 de junio de 1985 -obrante a fs. 128/133 vta. del cuerpo 297 y oralizado durante el debate oral- que "...que en febrero de 1977 vuelve a Tucumán y es destinado al Arsenal Miguel de Azcuénaga. Que ese campo clandestino se llamaba "El Arsenal". Que allí fue de Jefe el Primer Alferez Monte de Oca, de segundo jefe el Alférez Celso Alberto Barraza". En la misma oportunidad, refiriéndose a la víctima María Teresa Sánchez, Cruz cuenta "... que él mismo fue una de las personas encargadas de trasladarla de su lugar de detención en la Jefatura de Policía de la Provincia hasta el Arsenal Miguel de Azcuénaga. Que el traslado mencionado se efectuó bajo las órdenes del Alférez de apellido Barraza".

En la referida declaración, Antonio Cruz dice respecto a María Isabel Jiménez de Soldati -también víctima en esta causa- que "estuvo en los últimos días de mayo de mil novecientos setenta y siete en el Arsenal, que la misma era una persona preparada y hablaba mucho con el primer Alférez Barraza... que Jiménez se encontraba con los ojos vendados y esposada. Que el lugar estaba dividido por boxes, en donde se sentaban los detenidos. Que en uno de esos boxes la vio sentada y al primer alférez que se acercaba y estaba mucho tiempo con ella. Que esto lo vio por más o menos tres o cuatro días, no volviendo a ver a ésta persona".

En ese testimonio también describió Cruz que "...recuerda el nombre de una señorita estudiante de abogacía, de apellido Roichman, hermana de un profesor de la escuela de Suboficiales de Gendarmería. Que ésta persona ingresó detenida en febrero de 1977, era morocha, muy bonita y el alférez Celso Alberto Barraza la sacó del lugar común de detención y se la llevó a su habitación."

Los datos aportados por el testigo Antonio Cruz merecen especial valoración por dos circunstancias que considero determinantes a la hora de su merituación: en primer lugar, Cruz estuvo en la Gendarmería y desempeñó funciones en el lugar de los hechos en forma contemporánea con el imputado Celso Alberto Barraza; conocía al imputado y sabía a quién se refería cuando lo ubicó en la escena de los hechos que presenció. En segundo lugar, cabe resaltar que su testimonio fue brindado en junio de 1985, es decir en fecha no muy lejana a la producción de los hechos.

Ya ha sido ponderado en el voto conjunto de este tribunal lo relativo a la forma en que se interpretan los datos consignados y los datos omitidos en los legajos, en el sentido de que deben ser valorados con el resto de la prueba -especialmente con las declaraciones de los testigos- por tratarse de documentos que, debido a la clandestinidad con que operaba el aparato organizado de poder, no puede afirmarse que sus constancias (y/u omisiones) sean incontrovertibles.

Por lo manifestado, considero que no existen dudas respecto a que Celso Alberto Barraza formó voluntariamente parte de la asociación ilícita cuya existencia ha sido demostrada en este debate -me remito al respecto a los fundamentos esgrimidos conjuntamente con el tribunal en el acápite correspondiente a "asociación ilícita" y a lo referenciado al analizar la función de las unidades móviles de Gendarmería-; tuvo desde el principio la affectio societatis necesaria para la configuración del tipo penal, y no dejó de poseer tal intención con posterioridad, lo que quedó evidenciado, sobre todo, en el mantenimiento a ultranza del pacto de silencio y la negación a colaborar con la tarea, sino de la justicia, de las organizaciones civiles que desde la fecha de los hechos buscaron a sus familiares, a sus restos o a los hijos de sus familiares desaparecidos apropiados por aquella asociación criminal.-

Disidencia parcial con la absolución de José Eloy Mijalchyk

Tampoco comparto la decisión a la que arriban mis colegas de este tribunal respecto a la absolución por la duda imputado JOSÉ ELOY MIJALCHYK respecto a los hechos que se le imputan; en cambio tengo la certeza que en el transcurso de este debate ha quedado demostrado que es autor material del delito de Asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del C.P. según Ley 21.338) y partícipe secundario (art. 46 del C.P.) de los delitos de Privación ilegítima de la libertad con apremios y/o vejaciones (arts. 142 bis inc 1° y 2°) en perjuicio de María Angélica Mazzamuto, y considero justo condenarlo por ello a la pena de DIEZ AÑOS de PRISIÓN e INHABILITACIÓN y ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena y COSTAS, en virtud de los argumentos que a continuación expongo.-

En primer lugar quiero destacar que el debate se orientó a juzgar las conductas punibles del imputado José Eloy Mijalchyk -Alias "Pepe" o "Padre Pepe"- más no del de enjuiciamiento de la iglesia católica como institución y su eventual participación en el terrorismo estatal.

Se trata de señalar los hechos probados en la causa en relación a la participación punible de una persona, José Eloy Mijalchyk, en la comisión de delitos de lesa humanidad, para lo cual es preciso hacer referencia al contexto general en el que tuvieron lugar los hechos. Se trata de operaciones analíticas distintas.

Contexto General

El periodista Horacio Verbitsky en su libro "La mano izquierda de Dios" hace un análisis más en profundidad, desde una perspectiva generalizada, de la intervención de la iglesia en el terrorismo estatal. El citado libro forma parte de este debate por haber sido incorporado como prueba y me remito al mismo para un análisis en profundidad. Otras publicaciones como el clásico libro de Emilio Fermín Mignone (fundador del CELS y militante católico que tuvo una hija desaparecida) "Iglesia y Dictadura" , remarcaron ya este apoyo de las altas jerarquías eclesiásticas al desarrollo del plan criminal desatado en Argentina por el terrorismo de estado. O para ir a un análisis más cercano, el libro en donde se le hace una entrevista al "Curita" Raúl Sánchez, "Buscando el Reino: La opción por los pobres de los argentinos que siguienron el Concilio Vaticano II" de Marta Diana quien fuera ofrecido como testigo en este proceso y falleciera antes de poder testimoniar: me permito remitirme a esa declaración, que analiza en profundidad el quiebre interno de la Iglesia Católicca argentina y la persecución de los sectores más progresistas, como el Movimiento de Sacerdotes Tercermundistas.

Contexto particular

Muy sucintamente remarco aquí que durante todo este proceso hemos escuchado muchas intervenciones de la Iglesia Católica en los hechos que conforman este juicio. Ello porque sin lugar a dudas los fieles católicos consideraron ese uno de los primeros lugares a los que acudir en busca de ayuda. Desafortunadamente sobran en la causa declaraciones (sobre todo de familiares de desaparecidos) a quienes toda ayuda le fue negada.

Por ejemplo. Cartas a Primatesta (fs. 9) enviadas por familiares de Domingo Nicolás Romano; Padre párroco de la iglesia Cristo Divino Obrero, Monseñor Julio Albornoz (acompañó a declarar a Angélica Margarita Palacio) (el cura declaró en la audiencia 4 Abr 2013); Capellán del ejército (Lo habló el Padre de José Rafael Chamas); Recepción de denuncia del secretario general del episcopado argentino a fs. 9; Respuesta a la denuncia ante el Arzobispado de Santa Fe a fs. 10 (familiares de Carlos Oscar Jiménez); Movimiento de los Focolares sacerdote Ernesto Alberto Quijano (Cerviño); Capellán del Ejercito Padre Cucala Boix (habló al hijo de Chebaia) ("Según testimonio de su hijo Rubén Chebaia Un día un capellán del Ejercito Padre Cucala Boix, estaba haciendo una capilla en la viamonte, era muy amigo de su padre le dijo que no lo busque mas a José porque había fallecido en el hospital militar"); Curas del Seminario frente al Comando de Oficiales(esposa de Luis Román Gerez)(Supo que también estaban en el seminario, al frente, ahí los tenían, a donde se dirigió, y los curas le dijeron que no estaba que lo tenían en la Brigada); Iglesia Sagrado Corazón de Jesús(esposa de Luis Román Gerez) (Se reunía con otros familiares que se iban buscando de boca a boca en la iglesia Sagrado Corazón de Jesús, frente a la asistencia, en una especie de sótano, donde se metían con miedo, por supuesto y después llegaron a ser tantas las personas que les prestaron un salón más grande para reunirse); Obispo de Tucumán (esposa de Ricardo Daniel Somaini) (Su esposa por intermedio de un amigo de él de la infancia, Bernardo Vides Almonacid (f) conversó para ir a ver al Obispo de Tucumán, de quien no recuerda el nombre. El mismo la recibió con buenas perspectivas pero cuando fueron entrando en el tema, cambió el trato y la receptividad y negó la participación de la iglesia con el tema de los secuestros de los chicos); Episcopado en Tucumán (padres de Luis y Dalmiro José Rojas); Monseñor Tato en Santiago del Ester(Esposa de Archetti); Nuncio en Buenos Aires (Esposa de Archetti) "Vio a Monseñor Tato en Santiago del Estero, al Nuncio en Buenos (Nelly Bianchi, madre de Bianchi Oscar Ramón). "Recuerda que fue varias veces a ver a monseñor Conrrero, que la última vez las trató de "madres de terroristas ¿qué se creen?" porque le dejaron una carta para Videla, con motivo de la visita de Videla a Tucumán, no solamente no se la dio, sino que se enojó con ellas y las maltrato cuando fueron a ver el resultado. Les dijo que eran madres de terroristas y que las iba a ser encarcelar, así con la carta arriba les decía muy furioso, enojado, que qué se creíamos nosotros, madres de terroristas y un montón de cosas más"; padre Serafín de apellido complicado, Alemán, de Santiago del Estero(María de los Ángeles Petra Cantos)"Un tiempo después llego un cura el padre Serafín de apellido complicado, Alemán, de Santiago del Estero, cree que estaba en una parroquia, los reunió a todos y les dijo que Germán estaba bien y estaba en Tucumán, conocido en Santiago. Era un padre muy alto, muy imponente. Esa fue la primera noticia". Monseñor Tatto, Obispo de Santiago, y este le mando a verlo a Primatesta (Juan Rafael Cantos); Iglesia al presidente del episcopado argentino, Primatesta,(Alicia María Cantos) "tuvieron una reunión en Córdoba, allí su padre le pidió y Primatesta le dijo que las autoridades de la iglesia no tenían ninguna posibilidad de hacer nada ni averiguar, pero que haga una nota, esto tuvo resultado negativo"; Obispado de Catamarca, de Córdoba, de Buenos Aires. (Denunciaron allí la familia de Carreras, Juan Francisco); Monseñor Conrero, Primatesta y Monseñor De Nevares (Miguel Ángel Noguera a favor de Corbalán, Feliz Viterbo) "Después en la Iglesia voy a hablar con el monseñor Conrero, consigo que me dé una nota porque yo me iba a Buenos Aires para hablar con Primatesta, que era presidente del episcopado Argentino, no sé qué diría la nota, pero cuando yo llego (...) me contesta el padre que hace la curia "la iglesia ha resuelto canalizar todos los pedidos a través de monseñor De Nevares, para que haya un ordenamiento de los pedidos" porque eran miles las situaciones planteadas.(...); Padre Saspe (Guillermina Manuela Romano de Corral a favor de Ana Cristina Corral) "Y bueno, varios trámites que hice especialmente con los curas, los obispos (...) Después fuimos al obispo que también nos negó todo y después a Santa fe a buscarlo al padre Saspe, que nos acogió y después el padre Saspe me mandó una carta en, apoyándome.. No nos atendió porque estaba en un retiro espiritual" ; Episcopado Argentino- Papa Juan Pablo II y Nuncio Apostólico Ubaldo Calabressi (esposa de Julio Arnaldo Del Castillo)

Más aún, se escucharon en el debate declaraciones que subrayaron la participación de miembros de un sector de la iglesia en actividades ligadas directamente con el terrorismo de estado imperante desde Febrero de 1975. Durante la primera parte del Operativo Independencia, por ejemplo, está registrada la presencia en centros clandestinos de detención del sur del capellán Cucala Boix.

El testigo sobreviviente Juan Martín que describió desde sus primeras declaraciones en España y asimismo lo hizo en esta audiencia la visita que hizo el nuncio apostólico Pío Laghi en la base que se usaba como centro clandestino de detención en Ex Ingenio Nueva Baviera, donde algunos secuestrados fueron "exhibidos" como parte de un "proceso de recuperación" . Asimismo en el centro clandestino de detención conocido como el "Reformatorio", Blanca Hoyos y Ercilia Carabajal fueron interrogadas por un sacerdote, según refirieron en esta sala.

Son múltiples las visitas de altos jerarcas católicos a la llamada Zona de Operaciones. Esta documentado que estuvieron en Tucumán los religiosos Tortolo, Bonamin, José Menestrina y Eduardo Mc Kinnon y todos ellos concurrieron a la llamada Zona de Operaciones.

También se conocieron en este debate las persecuciones en nuestra provincia a sacerdotes emparentados con esa línea de pensamiento, cuyo principal referente en la región fue el Padre Dip: así, Raúl Sánchez fue secuestrado en 1975 junto a su familia y torturado en el Ex Ingenio Lules y la Escuelita; Gerván y Carmona siguieron la misma suerte; el mismo Oscar René Nieva, víctima en autos, fue secuestrado por los grupos de tareas que conformaban varios de los imputados en esta causa, trasladado al CCD "Reformatorio" (el mismo que manejaba el Arsenal) y se encuentra desaparecido. Nieva ya había sido secuestrado en 1975 durante una semana, por lo cual Yackel se había dirigido al Arzobispado y hablado con Monseñor Conrero quien le manifestó que no sabía nada y que tampoco podía averiguar.

La testigo sobreviviente Ernestina Teresa Yackel, viuda de Nieva, ex monja, también secuestrada y trasladada sucesivamente a los centros clandestinos de detención "Reformatorio" y "Arsenal", relató en esta sala que en ocasión de estar en el primero de ellos se le acercó una persona que tenía zapatos color guinda que "chillaban" mientras caminaba, que le dio la sensación de que era cura y la llamó por "monjita", "panzona", "mujer del cura" y "gringa" pero ella no le respondía y pidió a los guardias que después se la lleven. La llevaron junto a él (esto fue a principios de abril) y éste le habló del derecho canónico y sobre las pascuas, ya que estaban en esa época, manifestándole que tome lo que le sucedía como el paso de la muerte a la vida. Yackel dijo creer que se trataba del cura Fosbery, quién había manifestado en esa época estar en contra del Movimiento de los sacerdotes para el Tercer Mundo, además, percibía que se trataba de alguien alto y flaco al igual que Fosbery.

De igual manera, testigo Marcos Taire se refirió al caso de los hermanos Argüello. "El arzobispo de la provincia Blas Victorio Conrero tenía las puertas abiertas de la jefatura de policía y llegar hasta el CCD que funcionaba en el SIC. Hay un caso patético de los hermanos Arguello, un hombre de 18 años y una chica de 22, que su papa va a verlo a Conrero porque el chico militaba en alguna organización que dependía de alguna de las instituciones de la iglesia. Entonces Conrero cruzó la Av Sarmiento, entro a la jefatura de policía, llegó hasta el SIC, pidió o dio la orden de que lo sacaran al chico, Conrero le sacó la venda y lo hizo reconocer por el padre, le volvió a colocar la venda, lo llevaron de nuevo adentro, le dijo que su hijo estaba por averiguación de antecedentes y que iba a salir pero que de la hija se olvide y así ocurrió, el joven fue liberado el día siguiente y la hermana nunca apareció".

A lo anterior debe agregarse los antecedentes que se han dado de participación de algunos miembros de la Iglesia, solo por hacer mención, en las provincias que se encontraban bajo el comando del IIIer Cuerpo de Ejército. La persecución de los religiosos de Catamarca y La Rioja, la participación de Medina en Salta, la posible participación (bajo investigación) del Movimiento Familiar Cristiano en Santiago del Estero en casos de apropiaciones de niños. Sin dejar de mencionar el caso de Von Wernich.

En suma, una parte de la Iglesia Católica toleraba y apoyaba vivamente y en forma pública y ostensible la ejecución del plan criminal desatado en Tucumán y Argentina entre 1975 y 1983; mientras que otro sector de esa institución lo rechazaba y sufrió persecuciones que en muchos casos se configuraron como desapariciones forzadas.

José Eloy Mijalchyk Pertenecía a ese sector más conservador de la Iglesia que apoyaba el terrorismo de Estado. El testigo Juan González señaló en su declaración en este debate que Mijalchyk representaba dentro de la Iglesia tucumana la posición contraria a la del padre Dip que encarnaba una visión de la iglesia comprometida con la comunidad y el cambio social. De hecho señaló el accionar de "limpieza ideológica tercermundista de la iglesia de Tafí Viejo" que llevó adelante Mijalchyk con la Escuela de Diáconos de esa localidad, y entregó al Tribunal un documento que confirma sus dichos.

En su declaración ante el Juzgado de Instrucción Militar (fs.76/78 del cuerpo 189) Mijalchyk señaló él mismo su postura en relación a la llamada "Lucha Contra la Subversión": Ante la pregunta si tenía conocimiento de la situación que se vivía en Tucumán por el accionar de las bandas armadas marxistas RESPONDIÓ: "que sabe perfectamente de la formas en que se movían estas organizaciones no solo como ciudadano sino también por su función de sacerdote, ya que tuvo oportunidad de conversar con personas que le contaban lo que veían o lo que les sucedía a ellos mismos y donde se ponía de manifiesto la forma de operar de las bandas, habiéndose enterado de muertes, asaltos y asesinatos perpetrados en la ciudad, como el ataque de un policía en un diario que se editaba por la tarde en Tucumán donde fue muerto el policía por una mujer guerrillera que luego huyó en un automóvil, el asesinato del Capitán viola y su hija, mientras la otra resultaba herida, la toma de poblaciones en la campaña, la amenaza que utilizaban para amedrentar a la ciudadanía cobrándose la falta de ayuda o la negativa de cooperación si es que no la obtenían con la vida o el secuestro, torturas y posterior asesinato de las personas, a las que hacían desaparecer para mayor sufrimiento. De igual manera sometían a juicios fraguados a sus integrantes cuando fallaban en alguna operación o acción, como cuando desertaban y como medida ejemplificadora los asesinaban y nunca los entregaban a la familia sino lo hacían desaparecer y de la misma manera procedían con las bajas que sufrían en sus operativos. Además sabe que en Tucumán llegaron a contar con ayuda y medios que les permitieron adquirir y alquilar inmuebles en los diferentes barrios o suburbios periféricos a las que mediante refacciones las dotaban de alojamientos destinados a mantener prisioneros y para realizar planeamiento y reuniones operativas, razón por la cual las llamaban "cárceles del pueblo" o "casas operativas" para encubrirlas de sus funciones clandestinas. Que todo esto y muchas otras cosas más sobre las cuales no se extiende trajo aparejado que el PEN trasformara a Tucumán en zona de operaciones para poder luchar con posibilidades de éxito contra las fuerzas irregulares que mantenían en vilo a la población. Además recuerda que fue visitada en una oportunidad por la Sra. Presidenta de la Republica, autoridades eclesiásticas, judiciales y de gobierno.

A mi juicio, ha quedado acreditado en este debate, que Mijalchyk estuvo en el centro clandestino de detención que funcionó en el Arsenal Miguel de Azcuénaga y valiéndose de su condición de sacerdote "persuadía" a los detenidos clandestinos de ese lugar para que confesaran, es decir, una acción considerada como de extracción de información en un contexto de apremios ilegales y de torturas.

La testigo sobreviviente María Angélica Mazzamuto de Romero en su declaración ante el Juez Federal n° 1 (que fue incorporada al debate en virtud del art. 391 C.P.P.N. al debate) señaló que estando ella secuestrada en el Galpón n°9, en Arsenal Miguel de Azcuénaga, se produjo la visita del cura José Mijalchyk de la parroquia de El Colmenar. Refirió la mencionada que al mismo "se lo sentía parase en algunos boxes, consolar a algunos y exhortarlos a hablar con sinceridad con la gente del Ejercito". Mazzamuto refirió además que "lo conocía muy bien porque el cura había ido de misión evangélica a la escuela en la que yo era directora".

En la documentación aportada por Juan Carlos Clemente en el marco del juicio Jefatura I, a fs. 203 hay un informe de inteligencia anónimo en el que se consigna que en la escuela Ricardo Gutiérrez N°1 trabajan dos maestras, una de nombre María Angélica Mazzamuto de Romero domiciliada en calle Rivadavia 1688 que enseña en 6° grado A. Que la Sra. Mazzamuto de Romero se reúne todos los días a las 11 luego de la salida de la escuela con diferentes personas e ignora los motivos y lo hacen en la esquina de calle Perú y Rivadavia o Perú y Laprida. En cuanto a la otra docente Villagra de Romero manifestó entre las compañeras que estuvo secuestrada y decidió irse a vivir a otro lugar. La nota no está firmada ni referenciada, por lo que no puede precisarse quién la produjo. En la misma línea de pensamiento, a fs. 227 (a máquina) dice MIJACHIK: PADRE PEPE: Iglesia San José Obrero (El Colmenar). - Hay un tipo barbudo que todas las noches duerme en la Capilla/ de Granja Modelo, viste ropa verde.- Ruta 305, frente a una escuela, vive un tal Villarreal, este/hace contacto con un tal Riojano, este vive detras de la //estafeta de Granja Modelo.-Segun varias personas se siente cavar todas las noches.-

En la tarea de la lucha contra la subversión, los militares tenían clara la necesidad de contar con el apoyo de la iglesia. El Reglamento RE-10-51 sobre guerrilla urbana señala, (art.1.009) que "Las autoridades civiles y eclesiásticas podrán ser empleadas en la siguiente forma: como fuentes de información.-

El testigo Osvaldo Humberto Pérez corrobora la declaración de Mazzamuto. Declaró en esta audiencia también que Mijalchyk, "Padre Pepe", estuvo en el Arsenal Miguel de Azcuénaga: Mencionó: que era un "cura que iba ahí y no a ocuparse de nuestras almas"; que los gendarmes lo llamaban "Pepe" y que él supo su apellido por gente que estaba ahí secuestrada de El Colmenar que conocían su nombre (como por ejemplo María Angélica Mazzamuto de Romero o Félix Viterbo Corbalán); que concurría al centro clandestino de detención y que lo vio andar por lo menos dos veces; que lo primero que pensó es que era un gendarme porque tenía una campera y un pantalón, no se había dado cuenta que era cura, pero después le ve el "cuellito"; que estaba ahí en la carpa donde estaba el fogón, lugar que señaló claramente en la inspección ocular que se realizó en las inmediaciones del Galpón n° 9 del Arsenal en el transcurso de ese debate; que ingresaba por el lado en el que se encontraban las fosas, es decir, en el camino más cercano a la localidad de El Colmenar y no por la entrada "principal" que daba a la Ruta 9, también lo destacó en la inspección ocular; que en la única oportunidad en la que Pérez pudo conversar con él le dijo si podía rezar y entonces Mijalchyk le respondió que no, que "para qué van a rezar si estos se van todos al infierno".

Esta información de Pérez es confirmada por la declaración de Santos Juárez, un ex trabajador del ingenio de Los Ralos, quien señaló que en 1977 en el centro clandestino de detención Arsenal donde fue conducido había un sacerdote que visitaba habitualmente el lugar: que ellos recibían periódicamente la visita de un cura; que como él estudió 5 años en el Colegio Salesiano, les conoce las expresiones, todo; que un día le conversa, y Santos Juárez le preguntó "padre, ¿qué hace Ud. aquí?¿No ve todo lo que me están haciendo?" y le respondió "Y si Uds. más que nadie necesitan ayuda espiritual" y Juárez le dijo "bonita forma de darla padre", luego el cura dijo unas palabras en latín. El testigo contó que le decían "Pepe"; que un día uno de los muchachos estaba mal y escuchó que dijeron: "tráelo al cura", "¿a qué cura?", "a Pepe"; señaló que esta persona había concurrido 3 o 4 veces al lugar.

El testigo Antonio Romero (esposo de María Angélica Mazzamuto) señaló que lo conocía como el cura de la Iglesia de San José Obrero, que no lo vio personalmente en el centro clandestino de detención de pero supo que fue al Arsenal, que habría hecho los ablandes para que los detenidos confesaran; que esto se lo referenció Mazzamuto, pero que a él personalmente se lo comentó el Dr. Augier: "Que el Padre Pepe visitaba el Arsenal Miguel de Azcuénaga".

Este rol de "Capellán" de facto o de hecho del Arsenal Miguel de Azcuénaga era conocido en la comunidad al momento de los hechos. Se lo mencionó su compadre Miguel Ángel Noguera a Magdalena Rufina Díaz de Corbalán, esposa del desaparecido y víctima de esta causa Félix Viterbo Corbalán. Magdalena dijo ante el juez y confirmó en esta audiencia que el capellán en el Arsenal para la fecha del secuestro de su esposo era el cura José Mijalchyk, y éste era llamado habitualmente el Padre Pepe; que a la fecha de su declaración estaba a cargo de la capilla del Colmenar; que en lo que respecta al Padre Pepe de que había sido capellán en el Arsenal Miguel de Azcuénaga, lo sabe por el mencionado Noguera; que Mijalchyk era el capellán a fines del 76 y principios del 77, es decir precisamente en el momento de los hechos que aquí se imputan.

El caso de José Eloy Mijalchyk es el de aquellos imputados que, a pesar de no haber tenido el dominio de las acciones de los hechos ilícitos descriptos ni el dominio de la voluntad de quienes los ejecutaron de propia mano, realizó un comportamiento cercano y complementario a ellos dentro de un espacio de actividad delictiva.-

Se trata del comportamiento de una persona que al momento de los hechos no ostentaba una posición jerárquica en la estructura militar pero sí en el plano espiritual, lo que le otorgaba cierto poder sobre la voluntad de los ejecutores cuyas acciones eran "respaldadas" o "convalidadas" desde lo espiritual con su presencia en el centro clandestino de detención.

Del plexo probatorio producido en este juicio, se puede concluir de manera incontrovertible que se trata de una persona que efectuó un aporte que representó una cooperación para la comisión de tales delitos y por ello debe no se lo puede desvincular de la responsabilidad por tales actos criminales.

En concordancia con lo sostenido por Roxin en su tesis de autoría y participación, considero que en este caso corresponde analizar el comportamiento del imputado Mijalchick en el ámbito de la complicidad.

A la luz de este marco teórico se analizan las características del caso en cuestión. Para describir las acciones que cabría reprocharle a José Eloy Mijalchyk debe comenzarse afirmando que éstas contribuyeron -al menos-- a la formación de la atmósfera de apoyo, fomento, cobertura, clandestinidad e impunidad que imperaba en el centro clandestino dentro del cual se cometieron los delitos probados.

En este mismo sentido, Hans-Heinrich Jescheck ha dicho que la "complicidad psíquica puede manifestarse de modo especial a través del fortalecimiento de la voluntad de acción del autor principal. Se dará aquélla, entre otros supuestos, cuando el autor no utiliza el instrumento puesto a su disposición por el cómplice, pero psíquicamente se siente fortalecido por su cooperación" |3|.

Las declaraciones y circusntancias concordantes me conducen a tener certeza respecto al rol cumplido por Mijalchyk en el centro clandestino de detención que funcionó en el Arsenal Miguel de Azcuénaga. Dicho rol consistía en ser una especie de "capellán" de hecho (cargo al que luego accedió formalmente, según está demostrado en la causa y conforme su legajo) en el centro clandestino de detención, circulando libremente por él, teniendo contacto directo con las personas que sufrían el cautiverio en las denigrantes condiciones que han sido ya descriptas y teniendo respecto de los guardias un grado de superioridad o acuerdo que se explicitaba en su libre deambular por el centro.

Indudablemente el rol cumplido por Mijalchyk fue relevante, al menos, en relación a la tortura de las personas en cautiverio en el centro clandestino de detención Arsenal Miguel de Azcuénaga, dándole a éstas un sufrimiento adicional (a los tormentos físicos, tratos inhumanos y degradantes) al utilizar su calidad de religioso y los conocimientos propios de su oficio para lograr el quebrantamiento de su voluntad. En este punto, pemítaseme citar lo señalado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de La Plata en su sentencia en el caso "Von Wernich" (noviembre de 2007) el imputado "tuvo un rol destacado en el plan criminal que se llevó a cabo" y que dicho rol "fue específico y trascendente (y, en distintos aspectos, más importante aun que el de muchos de los demás criminales que actuaron en los centros de concentración o de exterminio según el caso)".

El rol se agrava por la calidad de religioso del imputado, con la simbología particularmente macabra que para los detenidos tuvo esa calidad en las condiciones de detención y tortura a la que estaban siendo sometidos diariamente. De alguna manera su presencia libre en el centro clandestino de detención significaba ya una intervención de agravamiento de la tortura, pues suponía para los cautivos cierta legitimación simbólica de lo que se encontraban padeciendo, atento precisamente a la calidad de religioso de la persona que los inducía a "colaborar con los interrogadores".

En conclusión, ha sido probado en este debate que a la fecha de los hechos Mijalchyk se desempeñaba como párroco de la Iglesia Cristo Obrero de El Colmenar teniendo libre acceso al centro clandestino de detención "Arsenal" y colaboraba directamente con las fuerzas de seguridad en la Compañía de Arsenales 5 Miguel de Azcuénaga siendo fictamente el capellán de dicho centro clandestino de detención. Las acciones desarrolladas por el Mijalchick contribuyeron -al menos-- a la formación de la atmósfera de apoyo, fomento, cobertura, clandestinidad e impunidad que imperaba en el centro clandestino dentro del cual se cometieron los delitos de autos a la par que, conforme a los testimonios, "persuadía" a los detenidos a colaborar con sus captores entregándoles la información que estos les requerían. Así, contribuyó a la implementación del plan criminal dentro de un dispositivo represivo, resultando ejecutor de delitos cometidos en el marco de la represión ilegal.

Disidencia respecto a la absolución de Juan Carlos Benedicto

Disiento con el criterio asumido por mis colegas en cuanto a la absolución por la duda del imputado JUAN CARLOS BENEDICTO; en cambio tengo la certeza que en el transcurso de este debate ha quedado demostrado que Juan Carlos Benedicto es autor material del delito de Asociación ilícita (art. 210 del C.P.) y partícipe secundario (art. 46 del C.P.) del delito de Homicidio triplemente agravado (arts. 142 bis inc 1° y 2°; art 144 ter 1° y 2° párrafo; art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P.) en perjuicio de Gustavo Adolfo FOCHI y Adolfo MENDEZ BRANDER, condenándolo a la pena de QUINCE AÑOS de PRISIÓN e INHABILITACIÓN y ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena y COSTAS, conforme se considera.-

Considero que ha quedado acreditado en autos que los oficiales del Destacamento 142 de Inteligencia comandaban las denominadas "patotas" es decir, las fuerzas de tareas que se encargaban de salir del centro clandestino de detención para cumplir con el circuito de secuestro-interrogación-extracción de la información-secuestro. Esas fuerzas de tarea estaban conformadas además por personal civil de inteligencia (PCI) a las órdenes del Destacamento 142 y también por personas que de manera "vocacional" o por compromiso ideológico con el plan criminal se sumaron a las tareas de represión ilegal, provenientes de organizaciones políticas de ultraderecha. Durante la audiencia dos testigos mencionaron esa circunstancia relacionando al imputado Benedicto con tales organizaciones políticas paramilitarizadas con el advenimiento del terrorismo estatal.-

El testigo Fernando Sosa Padilla señaló en el debate que él conocía a Juan Carlos Benedicto de antes; que era un joven delgado, de cabello negro, que en 1973 tenía quince años, más no, rostro afinado; que lo conocía del grupo puente y de diferentes actos políticos que se habían realizado antes. Que supo su nombre en aquella época por boca del mismo Benedicto; que Benedicto formaba parte de la CNES (Concentración Nacional de Estudiantes Secundarios) que se reunían conjuntamente con la CNU (Concentración Nacional Universitaria); que le decían "Conejo" y que lo vio portar armas en un episodio que relató en la puerta del Colegio secundario Gymnasium; que los miembros de la CNU siempre estaban armados, que era una conducta del conjunto; que éstos se reunían en una confitería llamada "La Góndola" en calle San Martín 670, entre quienes estaban Esper, Jensen, y otros y se veía que portaban armas de guerra. A ese grupo pertenecía Benedicto.-

El testigo-víctima Carlos María Gallardo, por su parte, describió en este debate un marco específico de las diversas agrupaciones que existían en la militancia universitaria, señalando que recordaba agrupaciones de ultraderecha o conservadoras como la CNU, el SUN (Sindicato Universitario Nacionalista), que eran minoritarias, grupos reducidos y con escasa incidencia en las votaciones.

Tal circunstancia fue corroborada por un artículo periodístico aportado en la audiencia por Fernando Sosa Padilla y admitido por el Tribunal, en el que se ve a Juan Carlos Jesús Benedicto en un acto estudiantil en el año 1974, lo cual corrobora los dichos de ambos testigos. Cabe señalar que ese pase de las organizaciones de extrema derecha a su colaboración con las unidades de Inteligencia del Ejército Argentino y la represión ilegal está siendo investigada también en otras jurisdicciones, específicamente la CNU, conforme los Autos de procesamiento que se incorporaron a la causa, provenientes del Juzgado Federal N° 3 de Mar del Plata; causa N° 13.793 "Av. Delito de acción pública", "CNU"; y del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 3 de La Plata Causa N°9 del registro de la Secretaría Especial de dicho Juzgado caratulada "Domínguez, Silvia Ester s/denuncia".-

El testigo sobreviviente Osvaldo Pérez ubicó a Benedicto en el contexto de las "patotas" o grupos de tareas conformadas por civiles y oficiales del DestIcia142. Mencionó que en el centro clandestino de detención conocido como el Reformatorio conoció a "Juanca", una persona a la que asociaban los nombres de "Benedicto" y "Escribano".

Ese testimonio coincide con lo expresado por otra testigo sobreviviente, Nora Alicia Cajal, quien señaló que a Juan Carlos Benedicto lo identificaba con los alias "Conejo" o "Escribano" y resaltó que lo conocía "de siempre" porque era compañera de su hermana en el Colegio Santa Rosa, expresó que se dedicaba a entregar gente para el Ejército "... él se paraba en la Congreso y Crisóstomo y marcaba toda la gente que estaba en ese bar que estaba ahí". La mencionada aclaró que si bien a ella no le constaba su participación en el Arsenal, sabe esto por las afirmaciones que realizó el propio Guillermo Francisco López Guerrero, imputado en autos (debe considerarse que los hechos de Cajal son de varios meses posteriores a los imputados a Benedicto).-

El hecho de que personal civil haya colaborado con las tareas de represión ilegal del Destacamento de Inteligencia 142 aun sin estar encuadrado formalmente en tal unidad militar (o al menos no haberse podido saber aún tal circunstancia) queda también demostrado por la presencia de otros civiles en tales patotas o grupos de tarea, tal el caso de Roberto Manuel López Guerrero y Mario Delfor Criado.

Hechos concretos imputados

El testigo Osvaldo Pérez dijo en la audiencia que "Juanca", "Benedicto" o "Escribano" fue el encargado de llevarlo a marcar la casa de Adolfo Méndez Brander y Margarita Laskowski desde el CCD "Reformatorio", que lo hizo cambiarse de ropa en el piso de abajo del Reformatorio, donde había ropa de gente secuestrada. Así, contó que "Lo conoce en el reformatorio como integrante de la patota, ahí lo conoce y lo ve, él es el que lo lleva a marcar la casa de Adolfo Méndez, no sabe qué día era pero llevaba como un mes sin bañarse, entonces fueron abajo a buscar ropa y había una valija con su ropa, su bolso, con sus pertenencias en la planta baja del Reformatorio. Y después fueron a marcar la casa. Ahí lo conoce a Juanca. En el 76 una coupe Taunus era un auto de lujo de los pocos que había acá y él tenía una y después tuvo otra más. La que primero conoce era una verde militar, verde musgo: con ese auto lo llevan a él a Resistencia a ponerlo en libertad. Cuando vuelven, se lo van a devolver y ya tenía otra, una cupé Taunus negra. "

También describió que "Después fue allanada la casa, los secuestran a ellos, los llevan al Reformatorio y están ahí. Él no estuvo presente en el allanamiento, sólo en el marcado de la casa. Después los ve secuestrados en el Reformatorio."

Es por ello que a mi juicio no existe margen de duda respecto a la participación de Juan Carlos Benedicto en los hechos que perjudicaron a Adolfo Méndez Brander.-

El segundo hecho por el que viene imputado Benedicto (a) "Juanca" o "Escribano" tuvo lugar en el mismo centro clandestino de detención conocido como el "Reformatorio" en una fecha próxima al 17 de mayo de 1976 (fecha en que se produjo el atentado contra una ambulancia en la localidad de Caspinchango, en el sur de la provincia) cuando un grupo conformado por varias personas, entre ellos el Capitán Luis Orlando Varela del Destacamento 142, Juan Carlos Benedicto (a) "Juanca" o "Escribano" y, quienes controlaban el centro clandestino de detención, ingresaron a éste lugar y propinaron una golpiza muy violenta a los detenidos. El testigo Osvaldo Pérez relató durante la audiencia ese hecho: "una tarde o noche vino la patota y empezó a golpearlos y a decirles que los suyos habían matado a unos de los nuestros y los empezaron a golpear y masacrar en ese momento, muy prolongada y muy violenta. Ese día golpearon especialmente a determinadas personas". Contó que les decían que los iban a matar a todos, y que quedaron varios compañeros tendidos". Recordó particularmente a uno de ellos porque dijo que sabía cómo estaba vestido y que era Gustavo Adolfo Fochi, cuyo nombre de guerra era Sebastián y afirmó que después de ese día no lo vio más a Fochi.

Este relato es coincidente con lo manifestado por otros dos testigos; así, Susana Leoni Auad señaló que en ese episodio los cautivos fueron fuertemente torturados, golpeados; que pudo percibir que se mató gente en ese momento; que había mucho movimiento, ruido, cosas que no eran normales, se escuchaban alaridos, la guardia que decía "llevalo a éste, vamos lo llevemos" ; que se escuchaban algunas voces o quejidos de dolor. La testigo aclaró que no sabe quien murió ahí.

También es coincidente el relato de Héctor "Tito" Galván en la audiencia, quien señaló que en el Reformatorio un día "se armó un lío tremendo de golpes, patadas, ruidos de gente que caía al suelo después de golpear la cabeza contra la pared, no sabe si desmayados o muertos. Los interrogadores estaban como locos porque decían que les habían matado un colega (oficial médico) que los habían emboscado y lo habían matado." Contó el testigo que sentía los gritos, que no sabe si mataron a alguien pero que las torturas eran imposibles de resistir.

Por lo expresado, considero que no existe margen de duda respecto a la presencia de Juan Carlos Benedicto en el centro clandestino de detención conocido como el Reformatorio la noche en que fue asesinado Gustavo Adolfo Fochi y su participación en tal episodio.

Los estándares probatorios que se han seguido en este Tribunal permiten tener por acreditada (con las tres declaraciones coincidentes, una que pone el nombre y 2 que se suman corroborando el evento y su gravedad) sin ninguna duda el homicidio de Fochi en el evento que se ha descripto.

Por todo lo que se ha señalado, considero acreditado que Juan Carlos Benedicto a la fecha de los hechos formaba parte de los grupos de tareas o grupos operativos ("patotas") del centro clandestino de detención "Reformatorio" y desde esa posición colaboró con la llamada "lucha antisubversiva" que se desarrolló en esta provincia. Así, constituyó un eslabón en la implementación del plan criminal cumpliendo órdenes de represión clandestinas e ilegales, dentro de un dispositivo represivo, resultando ejecutor de delitos cometidos en el marco de la represión ilegal y en hechos concretos en los que prestó su aporte material.

X. SEGUNDA CUESTIÓN

Habiéndose determinado los hechos y la responsabilidad que en los mismos les cupo a los imputados, en el tratamiento de la cuestión anterior, corresponde ahora fijar la calificación legal en la que deben encuadrarse las conductas atribuidas y realizadas por cada uno de los responsables: Luis Orlando Varela, Roberto Heriberto Albornoz, Ricardo Oscar Sánchez, Luis Armando de Cándido, Marcelo Omar Godoy, Ernesto Rivero, Tomás Adolfo Güemes, Benito Palomo, Alberto Héctor Rafael Montes de Oca, José Carlos Sowinski, Ramón Alfredo Ojeda Fuente, Adolfo Ernesto Moore, Fernando Torres, Camilo Ángel Colotti, Augusto Leonardo Neme, Pedro Osvaldo Caballero, Ramón Ernesto Cooke, Hugo Enzo Soto, Juan Alberto Abraham, Rolando Reyes Quintana, Hugo Javier Figueroa, Oscar Humberto Gómez, Félix Insaurralde, Antonio Esteban Vercellone, Ángel Custodio Moreno, Guillermo Agustín Ugarte, Jorge Omar Lazarte, Rolando Ariel Valdiviezo, Carlos Eduardo Trucco, Mario Miguel D'Ursi, Luis Edgardo Ocaranza, Miguel Chuchuy Linares, María Luisa Acosta de Barraza, Pedro Joaquín Pasteris, Guillermo Francisco López Guerrero, Ramón César Jodar, María Elena Guerra.

X.1 Calificación legal

Con respecto a cada uno de los hechos cuya adecuación típica se pretende realizar, resulta necesario atender al tiempo efectivo de la acción, desde el comienzo de ejecución hasta la realización completa del tipo o su consumación, con el propósito de resguardar el principio de irretroactividad de la ley penal, principio constitucional vinculado a la garantía de legalidad.-

Al tiempo de la realización de los hechos antijurídicos, mediante las conductas cumplidas por los imputados en la presente causa, éstos eran sancionados por el Código Penal Ley 11.179 y ley 11.221 y sus modificaciones dispuestas por leyes 14.616, 20.509, 20.642, 21.138 normas que integran el derecho a aplicar en la presente sentencia.-

De esta manera se descartan las prescripciones sancionatorias más graves que han modificado la ley en el transcurso de más de tres décadas de acontecidos los hechos.

El encuadramiento típico que el tribunal formulará entonces, estará orientado por la aplicación del art. 2 del Código Penal en cuanto consagra la irretroactividad y su excepción a favor de ley más benigna.-

Cabe tener presente, conforme lo ya señalado, que la información contenida en los legajos de los imputados constituye una referencia que contribuye a la determinación de la responsabilidad de los mismos, más no se trata de información irrefutable o de datos incontrovertibles. Ello en razón de que el modo de operar del aparato organizado de poder tornaba factible que la misma pudiera ser alterada o que lisa y llanamente no reflejara la realidad de lo que acontecía.

Sin embargo, en ningún caso se han atribuido a los penados hechos que resulten incompatibles con los datos proporcionados por tales documentos o con las declaraciones testimoniales recogidas en el debate. A título de ejemplo, en los casos en que se comprobó que una violación de domicilio fue concretada cuando el imputado no se encontraba en esta provincia, esa conducta no le fue atribuida. De la misma manera, y con absoluta buena fe y ejercicio de la sana crítica, cuando su presencia en Tucumán resulta coincidente con los períodos en que se mantuvo la privación de libertad, tormentos y en algunos casos el homicidio de las víctimas, se ha acogido la acusación y se ha decidido la respectiva condena. Esto sin perjuicio de las limitaciones que ya había determinado la resolución del Tribunal del 22 de noviembre de 2012 en base a los hechos imputados, y las sucesivas resoluciones del Juzgado y la Cámara de Apelaciones intervinientes en la etapa investigativa preparatoria.-

X.2 Forma de Intervención de los condenados

En esta sentencia se han establecido, en función de la realidad histórica reconstruida en un proceso judicial oral y público, los roles que tuvieron los intervinientes en los delitos que se juzgan y su caracterización en relación a la responsabilidad penal, conforme a los criterios dogmáticos que surgen de las normas vigentes en el Código Penal.

Cuando se alude al autor material, la referencia es a aquel que efectúa (completa o parcialmente) la acción ejecutiva típica o, en otras palabras, quien comete por sí mismo el hecho punible. Él es autor directo (Stratenwerth, Günter, Derecho Penal Parte General I. El hecho punible, Hamurabi, Bs. As., 2005, p. 367).

Cuando se hace referencia a autor mediato, se indica a aquel que comete por medio de otro el hecho punible. Más no se trata del supuesto en el que se hace actuar para sí a un inimputable y, por eso, jurídicamente tiene que responder solo (principio de responsabilidad). Nuestro caso es aquel en el que se debe adjudicar al hombre de atrás el rol de autor mediato, considerando que también el hombre de adelante responda como autor, es entonces el supuesto de la autoría mediata en virtud del dominio de la organización. La diferencia básica con la coautoría se da porque el intermediario subordinado al dominio de la organización a lo sumo puede decidir, merced a su fungibilidad, acerca de si él mismo (o bien otro) ejecutará el hecho, mientras que el coautor tiene que tener en sus manos la decisión de si el hecho se cometerá en sí o no. (Stratenwerth, Gunter, ob. cit, Derecho Penal Parte..., p. 394). Ello sin perjuicio que consideramos que también puede presentarse el caso de autoría mediata en situaciones de mandos intermedios que ejercen el dominio en el eslabón de la cadena de mando que les compete, respecto a la situación en determinados lugares (oficiales de inteligencia que ejercían la autoridad en el centro clandestino Arsenales, director del Servicio de Informaciones Confidenciales en la Jefatura de Policía, oficiales del Regimiento 19 de Infantería o del Comando de Brigada en el Puesto de Comando Táctico en la zona de operaciones de Tucumán o del ámbito territorial específico de la fuerza de tareas de esa unidad en la zona de operaciones).

En relación con las formas de participación o complicidad, está claro que la diferencia con el autor es que éste quiere llevar a la consumación su propio hecho, mientras que el cómplice sólo puede tener una voluntad dependiente de la del autor, que por lo tanto, subordina su voluntad a la del autor, de tal forma que deja en él la decisión de si el hecho habrá de llegar a la consumación o no. Es cómplice quien dolosamente haya prestado ayuda a otro para la misión dolosa de un hecho antijurídico (Stratenwerth, Gunter, ob. cit, p. 427). Para Jakobs el aporte durante el desarrollo del hecho delictivo es participación y el quebrantamiento de la norma proviene de todos.

Conforme a la normativa vigente, se distinguen los casos de participación necesaria (art. 45 CP) de aquellos conocidos como participación secundaria (art. 46 CP) o complicidad primaria o secundaria, según se trate de aportes sin los cuales no se hubiera podido cometer el hecho u otro tipo de colaboración no esencial, respectivamente. En este último supuesto se ha encuadrado la conducta de los denominados supervisores militares que llegaron a la Policía de Tucumán (el jefe era otro militar de mayor gradación) y que no aparecen con un aporte esencial o imprescindible en el desarrollo de los hechos, la diferencia del rol que había cumplido el que desempeñó tal tarea en los días del golpe de estado durante el período consecuente (firmaba las calificaciones del penal del Departamento de Inteligencia, según surge de la documentación aportada por el testigo Clemente); del subjefe de Policía en el último año del gobierno constitucional (el jefe era otro militar de mayor gradación) de personal de centro clandestino de detención policial respecto a los cuales su rol aparece como administrativo (una mujer y un efectivo con limitación de movimiento); de los oficiales que intervenían en tal ámbito de operaciones del Regimiento 19 de Infantería respecto a cautivos que pasaron por el lugar.

Se ha tenido presente asimismo el concepto doctrinario de delitos de infracción de deber. Se considera que en nuestra sociedad hay deberes institucionales adjudicados a determinadas personas, constituyen deberes especiales del autor en relación con lo que esta persona le debe al bien jurídico. Estos deberes no son los generales de actuación que apuntan a la violación de los límites generales de la libertad -caso de los civiles en este juicio y de los habitantes en general-, sino que tiene que ver con la inobservancia de los límites trazados por estatus especial (caso de los militares, gendarmes, policías).

Además, coincidimos con Denise Staw ("Algunas cuestiones sobre la autoría y la complicidad por omisión", en Revista de Derecho Penal y Procesal Penal, Abeledo Perrot, Set. 2012, p. 1517), en el sentido que no puede sostenerse que la distinción entre autores y cómplices deba regirse por criterios diferentes en los delitos de omisión y en los delitos de acción, pues es incorrecto que los primeros configuren delitos de infracción de deber. Tanto los delitos de acción como los delitos de omisión pueden tener su fundamento en una competencia por organización o en una competencia por institución. En otros términos, no puede sostenerse que la distinción entre autores y cómplices se deba regir por criterios diferentes, al menos, se trata de omisiones y de comisiones por competencia de organización; así como tampoco pueden aplicarse criterios diferentes si se trata de omisiones y de comisiones de competencia por institución (Denise Staw, anteriormente mencionado, con cita de Jakobs).

Por último todos actuaron en forma dolosa, se decidieron contra el bien jurídico, conocieron y quisieron la realización del tipo, se trata de conductas especialmente aptas para la lesión de los bienes jurídicos en juego, respecto a las cuales la alegación en contra no tiene credibilidad.

X.3 Dominio del Hecho

En el desarrollo de esta audiencia de debate, realizada en el marco de la plena vigencia de todas las garantías que prescribe nuestra Constitución Nacional y las normas procesales que rigen el modelo de enjuiciamiento en el orden federal, ha quedado plenamente acreditado que LUIS ORLANDO VARELA, ROBERTO HERIBERTO ALBORNOZ, ADOLFO ERNESTO MOORE, CAMILO ÁNGEL COLOTTI, AUGUSTO LEONARDO NEME, RAMÓN ERNESTO COOKE, ROLANDO ARIEL VALDIVIEZO y CARLOS EDUARDO TRUCCO- en los casos que a cada uno les correspondiere-, deben responder por los delitos que aquí se les atribuyen, en calidad de autores mediatos en virtud de su voluntad de dominio del hecho que les cupo en el seno del aparato organizado de poder en que se convirtieron tanto las Fuerzas Armadas de la Nación como las fuerzas de seguridad locales durante el denominado Proceso de Reorganización Nacional. Sin perjuicio que algunos hechos anteriores respondían ya al propósito de los jefes superiores de las FFAA de llevar adelante ese plan sistemático y generalizado de exterminio.-

Los argumentos vertidos por algunos de los condenados (obediencia de órdenes, supuesto estado de guerra, etc.), sólo sirven para ratificar públicamente que corresponde encuadrar sus conductas como absolutamente reprochables desde cualquier sistema civilizado de vida comunitaria: hacer desaparecer -homicidio- a personas indefensas, en situación totalmente pasiva y sin juicio previo, constituye una acción incompatible con las normas básicas que el hombre ha consolidado como esenciales a una persona: no causar daño a tercero, no torturar, no matar.-

La estructura normativa que algunos invocan en su defensa, en función de las Fuerzas Armadas en operaciones bélicas, no justifica ni disculpa los actos de barbarie que ni siquiera una tribu salvaje aceptaría. Una cosa es el leal combate y otra es la ejecución de civiles desarmados, sin juicio previo, después de torturas y ocultando sus cadáveres. De todas maneras, ninguna estructura normativa que consagre una injusticia extrema puede invocarse en contra de derechos esenciales de la persona humana, en especial el derecho a la vida. -

Al priorizar el derecho a la vida por sobre cualquier norma jurídica vigente pero de extrema injusticia, el Tribunal Constitucional Federal de Alemania sostuvo en el caso de los "Guardianes del Muro", en el marco del juzgamiento de la llamada criminalidad gubernamental durante el régimen del Partido Socialista Unificado en la República Democrática Alemana, que una causa de justificación debe ser dejada de lado en el proceso de aplicación del derecho, cuando ella encubrió el homicidio intencional de personas que no querían nada más que atravesar desarmadas la frontera interior alemana, sin peligro para ningún bien jurídico generalmente reconocido (Cfr. Vigo, Rodolfo Luis, "La injusticia extrema no es derecho", La Ley, 2004, p. 73 y ss.).-

Como ya lo tiene dicho este Tribunal en fallos anteriores, no cabe así la invocación de órdenes ni disposiciones normativas que manden a cometer delitos. En aquel fallo, se señaló como fundamento el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Declaración Universal de Derechos Humanos (Resolución de la Asamblea General de la O.N.U. del 10 de diciembre de 1948) demostrativo de que el atentado en contra de la vida no puede justificarse en normas que, aunque vigentes, afecten elementales exigencias de justicia y contra derechos humanos protegidos por el Derecho de Gentes. En idéntico sentido, en la misma causa, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (ob. cit. p. 101 y ss.). En el presente caso la "culpa" de las víctimas habría sido simplemente pensar distinto que sus secuestradores, torturadores y matadores.-

Al analizar el dominio de la voluntad en virtud de estructuras de poder organizadas, Claus Roxin señala que este tipo de conductas no pueden aprehenderse selectivamente con los solos baremos del delito individual. El factor decisivo para fundamentar el dominio de la voluntad en tales casos (que se presentan como la tercera forma de autoría mediata, delimitada claramente con respecto al dominio por coacción y por error) reside en la fungibilidad del ejecutor. En estos casos, no falta ni la libertad ni la responsabilidad del ejecutor directo, que ha de responder como autor directo y de propia mano. Pero estas circunstancias son irrelevantes para el dominio por parte del sujeto de atrás, porque desde su atalaya no se presenta como persona individual, libre y responsable, sino como figura anónima y sustituible. El ejecutor, si bien no puede ser desvinculado de su dominio de la acción, sin embargo es al mismo tiempo un engranaje -sustituible en cualquier momento- en la maquinaria del poder, y esta doble perspectiva impulsa al sujeto de atrás, junto con él, al centro del acontecer.-

LUIS ORLANDO VARELA, ROBERTO HERIBERTO ALBORNOZ, ADOLFO ERNESTO MOORE, CAMILO ÁNGEL COLOTTI, AUGUSTO LEONARDO NEME, RAMÓN ERNESTO COOKE, ROLANDO ARIEL VALDIVIEZO y CARLOS EDUARDO TRUCCO, se encontraban en un nivel jerárquico intermedio en esa maquinaria de poder en que se convirtió a las Fuerzas Armadas y a las fuerzas de seguridad locales, y decidían sobre la vida de aquellos que pudieran perturbar el denominado Proceso de Reorganización Nacional. Desde sus respectivas posiciones en esa estructura de poder, dispusieron los secuestros, el terror por medio de torturas y la posterior muerte de las víctimas de esta causa. Cabe asignarle especial significación a las conductas de LUIS ORLANDO VARELA, ROBERTO HERIBERTO ALBONOZ (respecto a quienes se comprobó la realización de ciertos hechos en calidad de autores mediatos y otros como autores materiales), RICARDO OSCAR SÁNCHEZ, LUIS ARMANDO DE CANDIDO, MARCELO OMAR GODOY, JUAN ALBERTO ABRAHAM, ÁNGEL CUSTODIO MORENO, LUIS EDGARDO OCARANZA, RAMÓN CÉSAR JODAR y MARÍA ELENA GUERRA atento a que fueron ejecutores materiales de ciertos tramos en la cadena de injustos que padecieron las víctimas de esta causa.- Asimismo, cabe señalar que todos los condenados por el delito de asociación ilícita lo son en calidad de autores materiales como se fundamenta al tratar este delito.

A su vez los condenados LUIS ORLANDO VARELA, RICARDO OSCAR SÁNCHEZ, LUIS ARMANDO DE CANDIDO, ERNESTO RIVERO, TOMÁS ADOLFO GÜEMES, BENITO PALOMO, ALBERTO HÉCTOR RAFAEL MONTES DE OCA, JOSÉ CARLOS SOWINSKI, RAMÓN ALFREDO OJEDA FUENTE, ADOLFO ERNESTO MOORE, FERNANDO TORRES, PEDRO OSVALDO CABALLERO, HUGO ENZO SOTO, JUAN ALBERTO ABRAHAM, ROLANDO REYES QUINTANA, HUGO JAVIER FIGUEROA, OSCAR HUMBERTO GÓMEZ, FÉLIX INSAURRALDE, ANTONIO ESTEBAN VERCELLONE, ÁNGEL CUSTODIO MORENO, GUILLERMO AGUSTÍN UGARTE y MIGUEL CHUCHUY LINARES aportaron una colaboración imprescindible en los hechos ejecutados por otros como autores, pero cuyas conductas son punitivamente equiparadas por el legislador (artículo 45 del C.P.).-

De la misma manera quedó acreditado que existieron responsables de aportes no esenciales que de todas maneras contribuyeron a la realización de los hechos, estos son los partícipes secundarios: JORGE OMAR LAZARTE, ROLANDO ARIEL VALDIVIEZO, CARLOS EDUARDO TRUCCO, MARIO MIGUEL D'URSI, LUIS EDGARDO OCARANZA, PEDRO JOAQUÍN PASTERIS, GUILLERMO FRANCISCO LÓPEZ GUERRERO y MARÍA LUISA ACOSTA DE BARRAZA.-

El Tribunal Regional de Jerusalén, al juzgar a Adolf Eichman, señala con acierto que en estos crímenes de proporciones gigantescas y múltiples ramificaciones, en los que han participado muchas personas de distintos puestos de la escala de mando (planificadores, organizadores y órganos ejecutores de distinto rango) no es adecuado recurrir a aplicar los conceptos del instigador.-

Los secuestros y asesinatos de las víctimas de esta causa, están conectados causal y normativamente con la acción de hacerlos desaparecer dispuesta por los mandos superiores y organizada y coordinada, en el ámbito local, por LUIS ORLANDO VARELA, ROBERTO HERIBERTO ALBORNOZ, ADOLFO ERNESTO MOORE, CAMILO ÁNGEL COLOTTI, AUGUSTO LEONARDO NEME, RAMÓN ERNESTO COOKE, ROLANDO ARIEL VALDIVIEZO y CARLOS EDUARDO TRUCCO desde el momento que dispusieron de las personas como objetos, desprovistos de derechos, sometidos absolutamente a la voluntad de los mencionados. Desde el punto de vista subjetivo, actuaron dolosamente: se representaron el resultado y lo quisieron. Conforme se ha demostrado en la audiencia, las vidas y la integridad física de las doscientas cuatro víctimas en esta causa estuvieron -en los casos que correspondiere- bajo el dominio de VARELA, ALBORNOZ, MOORE, COLOTTI, NEME, COOKE, VALDIVIEZO, TRUCCO.-

Hay una realidad incontrastable: ellos organizaron los secuestros de las mencionadas víctimas para aniquilarlas y obtuvieron el resultado que se representaron y quisieron. No es una cuestión de suerte lo que les ocurrió a las víctimas de esta causa, ni que algunos hayan sido liberados y otros asesinados: ello respondió a la decisión de los mandos superiores y de los coordinadores locales -VARELA, ALBORNOZ, MOORE, COLOTTI, NEME, COOKE, VALDIVIEZO, TRUCCO- quienes dispusieron aniquilarlos porque estaban en agrupaciones que podían resultar eventualmente perturbadoras.-

X.4 Responsabilidad Penal de los condenados. Autoría mediata, dominio de la voluntad por aparatos organizados de poder

A fin de una correcta imputación de los hechos delictivos y la correspondiente responsabilidad penal en cabeza de los imputados, es preciso analizar el rol que efectivamente desempeñaron éstos dentro del plan de terrorismo de estado ya descripto, y la relación concreta con los delitos cometidos en perjuicio de las víctimas de esta causa.-

En primer lugar, cabe señalar que en la causa N° 13/84 quedó probado que el sistema implementado por el denominado Proceso de Reorganización Nacional fue el de un aparato organizado de poder, cuyo accionar respondió a una planificación metódica, y científicamente delineada que tenía en su vértice superior a los arquitectos del plan, autores de escritorio o mediatos.-

En la citada sentencia se demostró igualmente que la eficacia de este aparato fue proporcionada por las fuerzas armadas apostadas en todo el país, conjuntamente con las fuerzas de seguridad que estaban bajo control operacional de aquellas, y que este modo de organización se implementó en todo el territorio nacional, bajo las instrucciones emanadas los reglamentos y estatutos.-

La organización interna del aparato estatal del nuevo régimen se sirvió de la ya existente y la hizo coincidir con las jurisdicciones militares. La división en zonas, sub-zonas, áreas, a cargo de Comandos de Cuerpos del Ejército, Comandos de Infantería, Batallones, sedes de las policías locales, etc, era la estructura a través de la cual se transmitía el poder, la toma de decisiones a cargo de las comandancias superiores de cada área y la emisión de las órdenes.-

Ese mapa operacional, estaba destinado a la ejecución de un plan que piloteaba sobre dos órdenes normativos: uno expreso, público y con pretensiones de legalidad; y el otro predominantemente verbal y clandestino. Así, la efectividad de ese plan sistemático de exterminio, demandó la coexistencia de ciertos factores: una dominación jerárquica con una fuerte concentración de poder, la fungibilidad de sus operadores en las escalas intermedias y bajas y la previsibilidad casi total de las consecuencias ante cada uno de los hechos -delitos- que formaban parte de estas órdenes.-

Adviértase, que conforme las directivas descriptas, quienes en cada jurisdicción asumían la responsabilidad de identificar a las personas a detener eran los Comandos de cada cuerpo del Ejército, en el caso de Tucumán correspondía al III Cuerpo; a nivel zonal y local le correspondía a la Va. Brigada de Infantería del Ejército, a través del Destacamento de Inteligencia 142, en coordinación con los servicios de inteligencia de las fuerzas locales de seguridad (SIC) -al frente del cual estaba Roberto Heriberto Albornoz. En este sentido, Afirma Kai Ambos que "... la jerarquía de mandos no sólo participó en la elaboración de una estrategia general, sino también en las decisiones sobre el empleo concreto y en la "determinación final". Esto se deriva de las visitas de militares de alto rango a los campos de detención clandestinos, comprobadas por medio de testimonios, así como también por las documentaciones meticulosas del personal de los campos.." (Kai Ambos, Fundamentos y Ensayos Críticos de Derecho Penal y Procesal Penal, Palestra Editores, Lima, 2010, pág. 240).-

El rol que les ha cabido a los intervinientes en un hecho, se define por los elementos objetivos de sus conductas y no en qué título se atribuya a sí mismo el interviniente, porque ello sería renunciar a parámetros jurídicos (Günther Stratenwerth, "Derecho Penal. Parte General I. El hecho punible", Hammurabi, Bs. As., 2005, p. 372).

La teoría del dominio del hecho sirve para contestar, en principio, la pregunta de quién ha perpetrado la acción ejecutiva típica.

La autoría mediata trata de contribuciones en las cuales alguien aparece como el señor del acontecer que cumple el tipo, aunque, justamente, no cometa el hecho de propia mano.

Se debe adjudicar al hombre de atrás el rol de autor mediato, sin considerar que también el hombre de adelante responde como autor en caso del crimen organizado por un aparato de poder. Se habla aquí de autoría mediata en virtud del dominio de la organización. En éste aparece el "autor de escritorio", quien si bien no participa por sí mismo en la ejecución del hecho, es el verdadero señor del acontecer, en la medida en que las estructuras de organización que él utiliza le aseguran que sus disposiciones serán llevadas a cabo por "instrumentos" sustituibles a discreción. Por otro lado, el hombre de atrás tendrá que tener una medida mínima de poder dentro de la organización y no podrá ser un mero "cartero" cuando deba tomar parte en el dominio sobre el acontecer (p. 394/395).

El contenido del ilícito de la participación se determina primariamente por el ilícito del hecho al que ella se presta.

La posibilidad de participación está fuera de discusión cuando el hecho principal para el cual ella se presta está consumado.

El cómplice también actúa dolosamente.

Las diversas formas de intervención pueden estar vinculadas entre sí, al cometerse un delito, de diferente manera.

Como quedó demostrado, LUIS ORLANDO VARELA, ROBERTO HERIBERTO ALBORNOZ, ADOLFO ERNESTO MOORE, CAMILO ÁNGEL COLOTTI, AUGUSTO LEONARDO NEME, RAMÓN ERNESTO COOKE, ROLANDO ARIEL VALDIVIEZO y CARLOS EDUARDO TRUCCO se ubicaban en un "segundo nivel" o "jerarquía intermedia" , ya que ejercían el control e impartían órdenes en el ámbito de los centros clandestinos de detención o zonas de operaciones en las que cumplieron funciones- VARELA, en el Arsenal Miguel de Azcuénaga; ALBORNOZ, en la Jefatura de Policía de la Provincia; MOORE, COLOTTI, NEME, COOKE, VALDIVIEZO y TRUCCO en la zona de Caspinchango, Santa Lucía, Nueva Baviera- a la vez que recibían instrucciones y se reportaban periódicamente con la jerarquía militar.

Aquí sale a la luz un principio de imputación del hecho total (Zurechungsprinzip Gesamttat), según el cual, la organización criminal como un todo sirve como punto de referencia para la imputación de los aportes individuales al hecho, los cuales deben apreciarse a la luz de sus efectos en relación con el plan criminal general o en función del fin perseguido por la organización criminal. Aquí puede hablarse de un dominio organizativo en escalones, de donde el dominio del hecho presupone, por lo menos, alguna forma de control sobre una parte de la organización. (Cfr. Kai Ambos, ob. cit., p. 233). La situación de VARELA, ALBORNOZ, MOORE, COLOTTI, NEME, COOKE, VALDIVIEZO y TRUCCO se determina en el apartado en que se analiza el delito de asociación ilícita, oportunidad en que remarcó, citando a Kai Ambos, que "La distinción tradicional entre autoría y participación es reemplazada por tres niveles de participación: el primer nivel, más elevado, está compuesto por los autores que planifican y organizan los sucesos criminales, esto es, los que como autores por mando (Führungstater) pertenecen al estrecho círculo de conducción de la organización; en el segundo nivel, encontramos a los autores de la jerarquía intermedia, que ejercitan alguna forma de control sobre una parte de la organización y por esto puede designárselos como autores por organización (Organisationstater); finalmente, en el más bajo nivel, el tercero, están los meros autores ejecutivos (Ausführungtstater) que aparecen sólo como auxiliares de la empresa criminal global". (Kai Ambos, ob. cit., pág.233).-

Es decir, los cargos que ejercían implicaban los lugares de poder, decisión y dirección de ejecución del plan criminal, el que se realizaba conforme las directivas generales emanadas de la Junta Militar, así lo disponía el art. 12 del Estatuto del Proceso de Reorganización Nacional: El PEN -a cargo de un integrante de la Junta Militar- proveerá lo concerniente a los gobiernos provinciales, y designará a los Gobernadores, quiénes ejercerán sus facultades conforme a las instrucciones que imparta la Junta Militar, la que solo se reservaba el control del cumplimiento de los objetivos del proceso de reorganización puesto en marcha. A su vez el artículo 11 del Acta del Proceso de Reorganización Nacional decía: "Los Interventores Militares procederán en sus respectivas jurisdicciones por similitud a lo establecido para el ámbito nacional y a las instrucciones impartidas oportunamente por la Junta Militar".-

Ahora bien, la moderna doctrina penal asienta sus categorías de autor, en el dominio del hecho o del suceso: es autor, quien domina el hecho, quien retiene en sus manos el curso causal y que por tanto puede decidir sobre el sí y el cómo del hecho, quien tiene la posibilidad de decidir la configuración central del acontecimiento o bien detener o impedir la concreción del mismo.-Conforme sostuvo el Tribunal Supremo Federal alemán, existe una autoría mediata cuando el autor: "aprovecha determinadas condiciones marco preconfiguradas por unas estructuras de organización, de modo que dentro de esas condiciones su contribución al hecho desencadena procesos reglados. Tal tipo de condiciones marco vienen en trato especialmente en estructuras de organización estatal y en jerarquías de mando. Si en tal caso el hombre de atrás actúa en conocimiento de estas circunstancias, en especial, si aprovecha la disposición incondicional del autor material a realizar el tipo y el hombre de atrás desea el resultado, es autor en la forma de autoría mediata". Desde un punto de vista objetivo, entonces, debe existir una contribución al hecho que bajo el empleo de determinadas condiciones marco organizativas haya provocado procedimientos reglados que desembocaron automáticamente, por así decir, en la realización del tipo. (Cfr. Kai Ambos, ob. cit. p. 237).-

Se indica a Hans Welzel como quien desarrolló firmemente su contenido. Autor es, según Welzel, aquél que mediante una conducción consciente del fin, del acontecer causal en dirección al resultado típico, es señor sobre la realización del tipo (Cfr Derecho Penal Alemán, trad. Bustos Ramírez Yáñez Pérez, Santiago 1970, p. 143).-

Dicha tesis fue introducida en la dogmática penal por el profesor de la Universidad de Munich, Claus Roxin en 1963 a partir de los casos jurisprudenciales Eichmann y Staschynski, y formulada como "teoría del dominio de la voluntad a través de aparatos organizados de poder", fue desarrollada y precisada en sus límites y contenidos en su obra Autoría y dominio del hecho en Derecho Penal (Ed. Marcial Pons, Madrid, Edición 2000), aclarando que la aparición de nuevas formas de criminalidad no pueden ser abarcadas dentro de los límites marcados por la teoría del dominio del hecho o del dominio de la voluntad, por lo que correspondía la búsqueda de nuevos criterios fundamentadores que -bajo el marco del dominio del hecho- expresaran las reales y concretas circunstancias en las que dichos acontecimientos (crímenes del nazismo y del comunismo soviético) habían sido cometidos.-

Tales criterios, considera Roxin, se justificarían en dos razones a) en la necesidad de fundamentar la autoría del hombre de atrás, cuando no ha existido error o coacción en el ejecutor directo, existiendo plena responsabilidad de este sujeto, y b) en la necesidad de diferenciar la autoría mediata de la inducción.-

Si el ejecutor directo ha actuado sin error o coacción, ha existido libertad en la acción realizada y por lo tanto es preciso encontrar nuevos criterios que fundamenten la autoría. Ese mecanismo es para Roxin, de naturaleza objetiva y consiste en el funcionamiento peculiar del aparato organizado de poder que se encuentra a disposición del hombre de atrás.-

Se devela entonces la trama de la imputación por autoría mediata para el hombre de atrás, siendo su factor decisivo la fungibilidad del ejecutor, quien también será autor responsable.-

Así, cuando en base a órdenes del Estado, agentes estatales cometan delitos (homicidios, secuestros, torturas) serán también autores, y más precisamente autores mediatos, los que dieron la orden de matar, secuestrar o torturar, porque controlaban la organización y tuvieron en el hecho incluso más responsabilidad que los ejecutores directos.-

De esta manera, el autor, pese a no realizar la conducta típica, mantiene el dominio del hecho a través de un tercero cuya voluntad por alguna razón se encuentra sometida a sus designios. Si el autor es mediato en el sentido que domina el aparato de poder sin intervenir en la ejecución y concurrentemente deja en manos de otros la realización del hecho, como autores directos, entre éstos y aquel hay propiamente una coautoría, porque con su aporte, cada uno domina la correalización del hecho.-

El factor decisivo para fundar el dominio de la voluntad en este tipo de casos constituye una tercera forma de autoría mediata, que va más allá de los casos de coacción y de error, y se basa en el empleo de un aparato organizado de poder y en la fungibilidad de los ejecutores que integran tal aparato organizado, quienes son, desde la perspectiva del inspirador, figuras anónimas y sustituibles, o engranajes cambiables en la máquina del poder, como lo expresa el citado autor alemán. De esta forma, el "hombre de atrás" puede contar con que la orden por él dictada va a ser cumplida sin necesidad de emplear coacción, o como se da en algunos casos, de tener que conocer al que ejecuta la acción. Ellos solamente ocupan una posición subordinada en el aparato de poder, son fungibles, y no pueden impedir que el hombre de atrás, el "autor de escritorio", alcance el resultado, ya que es éste quien conserva en todo momento la decisión acerca de la consumación de los delitos planificados, "él es la figura central dominante del delito ordenado por él, mientras que los esbirros ejecutantes, si bien también son responsables como autores debido a su dominio de la acción, no pueden disputar al dador de la orden su superior dominio de la voluntad que resulta de la dirección del aparato" (Roxin Claus, "La autoría mediata por dominio de la organización", en Revista de Derecho Penal 2005, Autoría y Participación II, p. 21).-

Lo característico de esta fungibilidad es que el ejecutor no opera como una persona individual sino como una pieza dentro de un engranaje mecánico. De tal manera, el hombre de atrás no necesita recurrir ni a la coacción ni al engaño (ambas hipótesis tradicionales de la autoría mediata), puesto que sabe que, si alguno de los ejecutores se niega a realizar la tarea, siempre aparecerá otro en su lugar que lo hará sin que se perjudique la realización del plan total, por lo que "el conductor" con solo controlar los resortes del aparato logrará su cometido sin que se vea perjudicada en su conjunto la ejecución del plan.-

Pero esa falta de inmediación con los hechos por parte de las esferas de mando del aparato se ve suplida de modo creciente en dominio organizativo, de tal manera que cuanto más ascendemos en la espiral de la burocracia criminal, mayor es la capacidad de decisión sobre los hechos emprendidos por los ejecutores. Lo que significa que con tales órdenes están "tomando parte en la ejecución del hecho", tanto en sentido literal como jurídico penal. Exponiendo la doctrina de Roxín, agrega Edgardo A. Donna el concepto de Peters, que describe con claridad la situación de VARELA, ALBORNOZ, MOORE, COLOTTI, NEME, COOKE, VALDIVIEZO y TRUCCO en la estructura de poder: "El que ordenando y dirigiendo, toma parte en la empresa es, sea el que sea el grado jerárquico que ocupe, autor. A él le corresponde la plena responsabilidad aunque, por su parte, esté subordinado a su vez a otra instancia que emita órdenes." (Donna Edgardo Alberto, "La autoría y la participación criminal", Rubinzal- Culzoni Editores, 1998, p. 35).-

Por su parte, dice Eugenio Raúl Zaffaroni, en relación a la teoría de Roxín, "... en lo ordinario, cuando un sujeto se encuentra más alejado de la víctima y de la conducta homicida, más se aleja del dominio del hecho, pero en estos casos, se produce una inversión del planteo, pues cuanto más alejado el ejecutor está de las víctimas, más cerca se encuentra de los órganos ejecutivos del poder, lo que lo proyecta al centro de los acontecimientos" (Zaffaroni Eugenio, Alagia, Alejandro y Slokar, Alejandro, Derecho Penal, Ediar, Bs. As., 2000, p.747).-

Esta tesis cobra especial relevancia en los casos de criminalidad estatal como el evidenciado en este debate, dado que la estructura propia del Estado, con sus enormes recursos económicos y humanos, y sus cadenas de funcionarios integrantes de una enorme burocracia resulta ser la organización que mejor se adapta para este tipo de escenarios. Que aparezcan autores por detrás del autor, en una cadena de mandos, no se opone a la afirmación del dominio del hecho: "... el dominio por parte de la cima de la organización se ve posibilitado precisamente por el hecho de que, de camino desde el plan a la realización del delito, cada instancia sigue dirigiendo gradualmente la parte de la cadena que surge de ella, aún cuando visto desde el punto de observación superior el respectivo dirigente a su vez, sólo es un eslabón de una cadena total que se prolonga hacia arriba, concluyendo en el primero que imparte las órdenes" (Roxín, ob. cit., p. 274).-

En el mismo sentido afirma Marcelo Sancinetti que al menos en un punto de la jerarquía, los factores son totalmente fungibles y que las estructuras militares regulares son el mejor ejemplo de aparatos de poder organizados en este sentido.-

Si la mirada se detiene en el" hombre de arriba", esto es quien funciona como vértice superior de un aparato así estructurado, y se admite (aún a riesgo de simplificar demasiado la interpretación del caso) que de éste depende enteramente el contenido de la acción general del aparato, puede decirse que más allá de ciertas diferencias que se observarán a continuación, este aparato es a él lo que un arma de fuego es a quien la empuña. Si quien acciona la cola del disparador de una pistola puede describirse como el autor del homicidio del que muere con la munición así disparada, quien pone en marcha de modo irreversible un aparato de poder organizado para producir un efecto determinado puede ser llamado también autor de ese efecto. (Sancinetti M. y Ferrante M, El Derecho Penal en la protección de los Derechos Humanos, Hammurabi, 1999, p. 205).-

Otra nota importante que se desprende de la estructura de la organización de dominio es que ella sólo puede darse allí donde el aparato organizado funciona como una totalidad fuera del orden jurídico, dado que si se mantiene el Estado de Derecho con todas sus garantías, la orden de ejecutar acciones punibles no sirve para fundamentar el dominio ni la voluntad del poder del inspirador.-

Roxin sostiene la aplicación de esta teoría para dos supuestos: cuando se utiliza el aparato del Estado y están suspendidas las garantías del Estado de Derecho, y la segunda forma de la autoría mediata para aquellos hechos que se cometen en el marco de organizaciones clandestinas, secretas, bandas de criminales, etc. La primera alternativa es aplicable al caso de los gobiernos de facto impuestos en toda Latinoamérica en la década del 70, como el sucedido en nuestro país. -

Así, la teoría del dominio del hecho por dominio de la voluntad en virtud de un aparato organizado de poder fue utilizada en el juicio a las Juntas Militares (Causa N° 13/84) a efectos de fundar la responsabilidad por autoría mediata de los acusados.- "... los procesados tuvieron el dominio de los hechos porque controlaban la organización que los produjo. Los sucesos juzgados en esta causa no son el producto de la errática y solitaria decisión individual de quienes los ejecutaron, sino que constituyeron el modo de lucha que los comandantes en jefe de las fuerzas armadas impartieron a sus hombres. Es decir que los hechos fueron llevados a cabo a través de la compleja gama de factores (hombres, órdenes, lugares, armas, vehículos, alimentos, etc) que supone toda organización...".

"En este contexto el ejecutor concreto pierde relevancia. El dominio de quienes controlan el sistema sobre la consumación de los hechos que han ordenado es total, pues aunque hubiera algún subordinado que se resistiera a cumplir, sería automáticamente reemplazado por otro que sí lo haría, de lo que se deriva que el plan trazado no puede ser frustrado por la voluntad del ejecutor, quien sólo desempeña el rol de mero engranaje de una gigantesca maquinaria."(Juicio a las Juntas Militares. Causa 13/84. Fallos. N 309:1601/2).-

Las condiciones marco de la realización del hecho en el presente caso se basaron en estructuras organizativas estatales atravesadas por una jerarquía de mandos. Dentro de ese aparato militar estatal fue posible, sin más, la realización de procedimientos reglados que condujeron a la eliminación física de una persona; en especial, cuando esa persona era sospechada de pertenecer a la "subversión" o tener vínculos con ella. La eliminación de tales "elementos subversivos" correspondía con los objetivos generales fijados, así como con los procedimientos realizados en múltiples ocasiones por el aparato represivo argentino. Por lo tanto, están presentes los requisitos exigibles para una responsabilidad de dominio por organización (Cfr. Kai Ambos, ob. cit. p. 242).-

Tuvo igualmente respaldo por parte del Tribunal Supremo Alemán (BGH) en la sentencia del 26/7/94 en la que la Quinta Sala de dicho tribunal empleó esta fórmula de autoría mediata para condenar a tres integrantes del Consejo Nacional de Defensa de la R.D.A. por el homicidio de nueve personas entre 1971 y 1989 que quisieron trasponer el muro de Berlín, víctimas de los disparos de soldados fronterizos que cumplieron las directivas de aquellos funcionarios, sentencia que fue confirmada, a su vez, por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Cfr. Vigo Rodolfo Luis, La injusticia extrema no es derecho, La Ley, 2004, p. 76 y ss).-

Más recientemente, esta tesis fue acogida por distintos tribunales de nuestro país, así, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N 1 de La Plata en las causas "Etchecolatz" (Sentencia de Septiembre de 2006) y "Von Wernich" (Sentencia del 01 de Noviembre de 2007); el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N I de Córdoba, en la causa "Menéndez Luciano Benjamín, Rodríguez Hermes Oscar, Acosta Jorge Excequiel, Manzanelli Luis Alberto, Vega Carlos Alberto, Díaz Carlos Alberto, Lardone Ricardo Alberto Ramón, Padován Oreste Valentín p.ss.aa. Privación ilegítima de libertad; imposición de tormentos agravados, homicidio agravado" -Expte 40/M/2008- (Sentencia del 24/07/08); y fue confirmada por la Cámara Nacional de Casación Penal en la causa "Etchecolatz" (Sentencia del 18 de Mayo de 2007).-

En dicha estructura de poder VARELA, ALBORNOZ, MOORE, COLOTTI, NEME, COOKE, VALDIVIEZO y TRUCCO se ubicaban en ese "segundo nivel" o "jerarquía intermedia" dado que ejercían el control e impartían órdenes en el ámbito de los centros clandestinos de detención que tuvieron a su cargo (Arsenales, Jefatura, Caspinchango, Santa Lucía, Nueva Baviera), a la vez que recibían instrucciones y se reportaban periódicamente con la jerarquía militar. Ello así, aunque en algunos casos se haya tratado de centros clandestinos de detención relativamente transitorios (Colotti dijo en la audiencia que las fuerzas de tareas distribuían a los detenidos).-

X. 5 Imputación objetiva

Si bien es cierto que la conexión causal de las conductas imputadas a los procesados en estos autos se ha efectuado acabadamente a la luz de la llamada "teoría del dominio del hecho mediante la utilización de aparatos organizados de poder" es dable observar que la herramienta dogmática utilizada no obsta a la implementación -sino que se complementa en forma armónica- de otra construcción de naturaleza imputativa: la teoría de la imputación objetiva del hecho.-

Es conocido en la doctrina jurídico penal que esta teoría se presenta fundamentada en dos requisitos esenciales, a saber: a) la creación de un peligro no permitido para el bien jurídico y b) la realización o concreción en el resultado de ese peligro jurídicamente desaprobado. Es decir que autor (o coautor) del hecho será quien despliegue una conducta (o varias) que provoquen un peligro no permitido para el bien objeto de tutela penal y ese peligro luego se transforme en el resultado típico.-

Es así que, en la multiplicidad de los delitos que se les enrostran a los condenados podemos encontrar fácticamente la presencia de los elementos enunciados. Y ello porque el aparato de poder que desarrolló sus tareas ilegales durante el gobierno de facto desplegó una serie de actividades que de manera directa o indirecta, provocaron una enorme cantidad de focos de peligro para los bienes jurídicos de más alta apreciación para nuestro digesto penal: la vida, la libertad y la integridad física.-

La actividad de estos individuos se dirigió sistemáticamente a organizar una estructura que puso en peligro la vida y la libertad de los individuos y que se transformaron posteriormente en resultados típicos de muerte, lesiones, torturas, violaciones de domicilio y privación de libertad, entre otros.-

Pero lo afirmado no es sólo una enunciación dogmática de carácter eminentemente teórico, sino que se ha tenido presente para tal afirmación- y para no caer en el vicio de la falta de fundamentación suficiente-, que todas estas actividades han sido debidamente probadas a lo largo del desarrollo del juicio, por lo que la base fáctica, es decir los hechos juzgados, han logrado emerger del desarrollo de la audiencia de debate con un nivel de certeza suficiente como para sostener el reproche que la condena implica.-

X.6 La Posición de Garante como Fundante de Responsabilidad

Aunque nuestro sistema jurídico penal no ha receptado de manera expresa a la posición de garante (como fundamento característico de punición de los delitos de comisión por omisión o también llamados de "omisión impropia") es interesante reseñar el papel desempeñado por los imputados respecto de la situación derivada de la privación de la libertad, tortura y muerte de las víctimas.-

Nótese que todo el proceso lineal que parte de las detenciones de las víctimas en esta causa, ha surgido con extrema claridad del relato de los testigos que dijeron haber visto la forma en que las víctimas fueron sacadas de sus domicilios o secuestradas de la vía pública, luego trasladadas al centro clandestino de detención respectivo; ello fue ratificado por las víctimas sobrevivientes, que además de relatar sus propios padecimientos, afirmaron haber tenido contacto con otras víctima en los distintos centros clandestinos de detención. Todas estas situaciones -que ya han sido citadas en estos considerandos-, revelan que todas las víctimas de esta causa estaban detenidas a disposición de las autoridades de facto. Esta afirmación indudable es fundamental para sostener la responsabilidad de todos los condenados, tanto más si se tiene en cuenta que al ordenar y permitir actos de ésta naturaleza sin la intervención de un juez- que obviamente constituyen un delito-, se han puesto en una situación de doble responsabilidad respecto de las víctimas: la primera, la de haber violado la ley al no rodear a éstos actos de las garantías legales exigidas y la segunda, como consecuencia necesaria de la primera, la obligación de garantizar evitación de riesgos para la vida e integridad física de la persona detenida (ora cuidándolo o dispensándole el trato correspondiente, ora evitando que sufra algún menoscabo en su salud).-

Por estos últimos argumentos surge claramente la obligación de vigilar por el resguardo del individuo detenido, lo que define la posición de garante de los imputados, pues si resulta claro que en un estado de derecho pleno las autoridades que tienen a su disposición personas detenidas son responsables por lo que les ocurra a las mismas por esa razón, es más claro aún qué es lo que debe esperarse de aquel funcionario que detenta el poder de facto y que ha ordenado o permitido una privación de libertad ilegal.-

El sinalagma que marca esta relación es aquel que puede expresarse de la siguiente forma: quien priva a alguien de su libertad debe asegurar la indemnidad del sujeto que tiene detenido; "libertad de configuración -responsabilidad por las consecuencias", diría el profesor alemán Günther Jakobs, por lo que todo individuo que configura defectuosamente su rol por una conducta que contraría el derecho, debe hacerse cargo de las consecuencias de su acción.-

X. 7 Asociación ilícita

Previo a ingresar en el análisis de la configuración típica, cabe aclarar que si bien el hecho calificado como asociación ilícita se extiende desde que los imputados decidieron asociarse para cometer los crímenes, procede remarcar que será la fecha de los hechos acreditados con relación a cada imputado, la que se tomará en cuenta para determinar el derecho aplicable.-

Así, respecto al encuadramiento legal de las conductas de los imputados en relación al delito de asociación ilícita, cabe distinguir el marco legal aplicable a cada uno.-

Conforme quedó acreditado en este juicio a todos los imputados que fueron condenados por el delito de asociación ilícita, les corresponde el reproche penal como autores materiales de dicho delito, en calidad de simple "miembro".

En cuanto a los imputados LUIS ORLANDO VARELA, RICARDO OSCAR SÁNCHEZ, BENITO PALOMO, ALBERTO HÉCTOR RAFAEL MONTES DE OCA, JOSÉ CARLOS SOWINSKI, FERNANDO TORRES, CAMILO ÁNGEL COLOTTI, JUAN ALBERTO ABRAHAM, ROLANDO REYES QUINTANA, HUGO JAVIER FIGUEROA, OSCAR HUMBERTO GÓMEZ, ANTONIO ESTEBAN VERCELLONE, GUILLERMO AGUSTÍN UGARTE, JORGE OMAR LAZARTE, ROLANDO ARIEL VALDIVIEZO, CARLOS EDUARDO TRUCCO, MIGUEL CHUCHUY LINARES, MARÍA LUISA ACOSTA DE BARRAZA, PEDRO JOAQUÍN PASTERIS y RAMÓN CÉSAR JODAR, corresponde analizar sus conductas a la luz del tipo penal básico que reprime el delito de asociación ilícita, art. 210 del C.P. (según ley 20.642), vigente al momento de los hechos y que conserva su redacción original en la actualidad. Ello atento a que alguno de los casos acreditados en este debate y cuya responsabilidad se les atribuye, ocurrieron con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley 21.138, que introdujo la figura agravada del delito en cuestión, por lo que se descarta su aplicación. Establece el art. 210 que: "Será reprimido con prisión o reclusión de tres a diez años el que tomare parte en una asociación o banda de tres o más personas destinada a cometer delitos por el solo hecho de ser miembro de la asociación. Para los jefes u organizadores de la asociación el mínimo de la pena será de cinco años de prisión o reclusión.".

Asimismo, en el presente debate también se juzgó la actuación de MARCELO OMAR GODOY, ERNESTO RIVERO, TOMÁS ADOLFO GÜEMES, RAMÓN ALFREDO OJEDA FUENTE, ADOLFO ERNESTO MOORE, AUGUSTO LEONARDO NEME, PEDRO OSVALDO CABALLERO, RAMÓN ERNESTO COOKE, HUGO ENZO SOTO, ÁNGEL CUSTODIO MORENO, MARIO MIGUEL D'URSI, LUIS EDGARDO OCARANZA, GUILLERMO FRANCISCO LÓPEZ GUERRERO con relación a hechos que, conforme quedó demostrado, ocurrieron con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley 21.338 (sancionada y promulgada el 25 de junio de 1976 y publicada en el B.O. el 1° de julio de 1976), lo que habilita el análisis de sus conductas también a la luz del art. 210 bis del C.P.

Ello como consecuencia de que a lo largo del período de comisión de los hechos probados en esta causa, se encontraban vigentes dos leyes que reprimían el delito de asociación ilícita agravada, descripta en el art. 210 bis, artículo que fue introducido en el Código Penal por la ley n° 21.138 y modificado por ley N° 23.077, siendo aquella la que corresponde aplicar por ser ley penal más benigna. El art. 210 bis en su redacción al momento de los hechos según ley 21.138 establece:

    "Se impondrá reclusión o prisión de 5 a 12 años, si la asociación dispusiere de armas de fuego o utilizare uniformes o distintivos o tuviere una organización de tipo militar.

    La pena será de reclusión o prisión de cinco (5) a quince (15) años, si la asociación dispusiera de armas de guerra y tuviere una organización de tipo militar.

    Los cabecillas, jefes, organizadores o instructores serán reprimidos de ocho (8) a veinticinco (25) años de reclusión o prisión. La misma pena se impondrá si la asociación estuviere organizada total o parcialmente con el sistema de células.".

La norma del art. 210 del C.P., condena al "que tomare parte en una asociación o banda de tres o más personas destinada a cometer delitos por el solo hecho de ser miembro de la asociación" agravando el mínimo de la pena "para los jefes u organizadores de la asociación". Por su parte, el art. 210 bis, 2° párrafo (según ley 21.338), eleva el monto de la pena cuando "la asociación dispusiera de armas de guerra y tuviere una organización de tipo militar".-

La razón de ser de la prohibición de una y otra norma y, por ende, de la tutela legal -respecto del orden público, desde el ángulo normativo-reside esencialmente en la idea según la cual, el orden es a la sociedad como ésta es al Estado; preexisten uno al otro para funcionar armónicamente, con el objeto de que el Estado logre sus verdaderos fines, en este caso, el afianzamiento del vínculo jurídico en la sociedad, asegurando la paz social. (cfr. Abel Cornejo, Asociación Ilícita y Delitos contra el Orden Público, Rubinzal Culzoni Editores, p. 15).-

Así, Linares define al orden público como "un conjunto de valoraciones políticas, económicas, técnicas, morales y religiosas que se consideran justas por una comunidad estatal, y estrechamente ligadas a la existencia y subsistencia de esa comunidad, tal cual lo reclama la cosmovisión en ella vigente" (Linares, Juan Francisco, "El concepto de Orden Público" en Anticipo de Anales, Academia de Derecho y Ciencias Sociales, año XXVII).-

Por su parte, para Smith, el orden público es el conjunto de condiciones fundamentales de vida social instituidas en una comunidad jurídica, las cuales, por afectar centralmente a la organización de esta, no pueden ser alteradas por la voluntad de los individuos ni, en su caso, por la aplicación de normas vigentes. (Cfr. Smith, J.C. voz: "Orden Público", en Enciclopedia Jurídica Omeba, Driskill, Buenos Aires, 1964, t. XXI, p.56. Citado por Abel Cornejo, ob. cit.).-

El profesor de la Universidad Fasta de Bariloche, Martín Lozada, al examinar el caso argentino razona que "la campaña que previó los ataques contra las víctimas fue dirigida contra toda oposición a los valores morales y políticos del régimen, sin considerar el origen nacional, la etnia, raza o religión de quienes eran sospechosos de sostener puntos de vista estimados como inaceptables. Las víctimas de los actos represivos compartían, o los perpetradores consideraban que compartían, puntos de vista políticos comunes, o al menos, una oposición común al régimen militar. En función de ello, podría afirmarse que constituían un grupo político y que fueron perseguidos por sus supuestas creencias políticas" (Lozada Martín, "Sobre el Genocidio. El crimen fundamental", 1° ed., Buenos Aires, Capital Intelectual, 2008, p. 73).-

Si bien en tiempos actuales el concepto jurídico de orden público está directamente vinculado con el de sociedad democrática, la tipificación que aquí efectuamos, toma en cuenta las consideraciones formuladas por la doctrina dominante en los autores clásicos reseñados.-

El delito previsto en los arts. 210 y 210 bis del Código Penal, consiste en tomar parte en una asociación, lo que pone a la vista su carácter mediato, secundario y complementario. No se trata de castigar la participación en un delito, sino la participación en una asociación o banda destinada a cometerlos con independencia de la ejecución o inejecución de los hechos planeados o propuestos. (Cfr. Sebastián Soler, Derecho Penal Argentino, t. IV, Editorial t.e.a., 4° ed. Parte especial, 1987, p.711).-

En cuanto a los elementos integrantes de este injusto, en primer término debe tratarse de un acuerdo entre tres o más personas en forma organizada y permanente para cometer delitos.-

Se requiere así, un mínimo de organización o cohesión entre los miembros del grupo, sin necesidad de que esa asociación se forme por el trato personal y directo de los asociados. Basta que el sujeto sea conciente de formar parte de una asociación cuya existencia y finalidades le son conocidas. Las asociaciones con cierta permanencia, aun disimuladas bajo fines lícitos o en el marco de otras organizaciones, están incluidas en la descripción típica.-

En efecto, tratándose de un delito colectivo o de pluralidad de personas, el número de integrantes reviste particular interés debido a que el propósito asociativo -cometer delitos- se nutre en el número de integrantes de la asociación para lograr una mayor eficacia delictiva, ya que la reunión de tres o más personas antecede a cualquier delito que se proponga cometer per se, razón por la que a cada integrante de la organización le tocará cumplir un rol determinado.-

Al respecto, enseña Soler que el número mínimo exigido por la ley -tres asociados- debe cumplirse no sólo en sentido objetivo, sino también subjetivamente; el partícipe debe saber que forma parte de una asociación de tres personas a lo menos. (Soler, Sebastián, ob. cit, p. 712).

Cabe precisar que los imputados Roberto Heriberto Albornoz y Luis Armando De Cándido fueron condenados por el delito de asociación ilícita en sentencia de fecha 23 de agosto de 2010, dictada en la causa "Jefatura de Policía de Tucumán s/secuestros y desapariciones", Expte. J - 29/09.-del Registro de este Tribunal, por lo tanto, en virtud del principio "ne bis in idem", se excluye en este juicio el examen de su conducta a la luz del delito mencionado.-

Los demás individuos que no están siendo juzgados en este proceso, si bien evidencian una pluralidad de autores que habrían tenido intervención material en los hechos, y cuyas participaciones no podrán ser dejadas de lado para la ponderación del funcionamiento de la organización criminal en la que actuaron los acusados en este juicio, en una dogmática jurídica ajustada al principio de legalidad, que presenta al tipo penal como una garantía más del imputado, no pueden ser considerados -en este juicio-como integrantes de la asociación.-

Este Tribunal entiende que los miembros de la asociación que la conformaron al momento de los hechos y que por razones biológicas (deceso o problemas de salud como el caso del imputado Alais) o procesales (principio "ne bis in idem" ) se excluye el análisis de sus conducta en este resolutorio, deben ser tenidos en cuenta a la hora de decidir la configuración del tipo penal objetivo del delito que se examina, en cuanto reclama la participación de tres o más personas.-

Entre los elementos subjetivos del tipo, uno de fundamental importancia es el acuerdo previo que debe existir entre sus miembros. Dicho acuerdo debe llevar a que los integrantes de la asociación actúen en forma organizada y permanente, debe existir un nexo funcional que denote en los actos que lleve a cabo la sociedad criminal una estructura delictiva estable.-

Se es parte porque se conoce que la asociación va a cometer delitos y además se integra con esa voluntad, o sea se es parte para cometer delitos.-

En la atribución definitiva del delito de asociación ilícita, se considera que se forma parte aunque eventualmente no se haya tomado parte en la decisión inicial de asociarse para cometer delitos en forma indeterminada, no siempre se adopta una decisión recíproca inicial de todos sino que basta con una decisión de adaptación, mediante la cual se conoce y se quiere integrar ese colectivo para ejecutar un plan sistemático y generalizado de exterminio de una parte de la población civil por sus ideas políticas consideradas peligrosas.

La estabilidad se refiere a la estructura de la asociación, mientras que la permanencia alude al grado de pertenencia o adhesión de sus miembros para con la sociedad criminal.-

El autor alemán Urs Kindhauser, en su obra "Handlungs-und normtheore-tische Gundfragen der Mittaterschaft" (cita de Miguel Polaino Orts en "Delitos de Organización como Derecho Penal del enemigo" en Jakobs Gunter y Polaino-Orts Miguel, "Delitos de organización: un desafío del Estado", Editora Jurídica Grijley, 2009, p. 68) señala: "coautoría es la intercalación de acciones de diversos actores en un (deseado) esquema de interpretación congruente de una esfera de organización unida".-

De otra parte, Ernst-Joachim Lampe (citado por M. Polaino Orts, en ob. cit. p. 89-90), define los sistemas del injusto jurídico penal diciendo que son las relaciones entre individuos organizados hacia fines injustos. Para él, los sistemas del injusto constituido, no sólo son más que la suma de las partes -como los sistemas simples (coautoría)- sino que además, como instituciones, son independientes del cambio de sus partes. Como ejemplo menciona las agrupaciones criminales, las empresas económicas con tendencia criminal y los Estados y estructuras estatales criminalmente pervertidos. En esta misma línea de pensamiento, Hans Joachim Rudolphi (citado en la obra referenciada, p. 104) al hablar de los delitos de organización como injusto anticipado, apunta que estas organizaciones desarrollan generalmente una dinámica propia que consiste en la comisión de los hechos proyectados, disminuyendo, o incluso anulando, el sentimiento de responsabilidad de los miembros individuales.-

Por su parte el español Jesús María Silva Sánchez (referido por M. Polaino Orts en esa misma obra, p. 105) sostiene que con el criterio del injusto anticipado, a los miembros y colaboradores de la organización se los debe hacer responsables por sus propias actuaciones y no por ser parte en un sistema asocial.-

En esta línea de pensamiento, Miguel Polaino Orts, aunque puntualizando alguna diferencia, sostiene que el eje central se sitúa en la lesión actual de la seguridad y no en el peligro futuro. Señala que "lo relevante no es tanto la entidad de los hechos (peligrosidad hipotética), cuanto la incidencia que esos hechos futuros tienen hoy, hic et nunc, en la seguridad de los ciudadanos, en el proyecto vital actual de las personas en Derecho" (ob. cit., p.111); y destaca que "...siendo la organización criminal una asociación disfuncional, esto es, un sistema de injusto que desestabiliza la estructura social, todo sujeto que se asocie con los miembros de esa agrupación, convirtiéndose de ese modo en miembro de la misma, se está arrogando una esfera de organización delictiva que excede, con mucho, del mero pensamiento" (ob. cit., p. 113). De esta manera, afirma que "... la existencia misma de la organización genera ya una desestabilización social -agrega- un estado de zozobra que impide a los ciudadanos desarrollar con un mínimo de seguridad su personalidad en Derecho. Por eso se combate anticipadamente, con especiales medidas asegurativas, la reunión de unos sujetos con fines delictivos" (ob. cit. p.114). En consecuencia, enfatiza este autor que, "a los miembros y colaboradores externos del sistema del injusto (organización criminal) se los hace ciertamente responsables por su propia actuación, que consiste en pertenecer a la organización criminal, esto es, no sólo en hacer suya la filosofía de ésta, sino en hacerse parte integrante (constitutiva) de dicha organización criminal, la cual únicamente puede existir, en tal configuración, con el aporte propio (pertenencia) de cada uno de sus miembros." (ob. cit. p. 115). Finalmente concluye subrayando que "Es cierto que la organización criminal consiste en un adelantamiento de la punición. Pero no es únicamente eso, sino que es mucho más que eso, es una institución criminal dinámica, existente en la sociedad y contraria a los fines de ésta." (ob. cit. p. 116).-

Teniendo en cuenta estas referencias dogmáticas, cabe afirmar que la organización criminal gestada en nuestro país y, específicamente, en nuestra provincia, se sustentó en la cadena de mandos con jerarquías que la estructura de las fuerzas armadas y de seguridad habilitaba, y que fue utilizada para la realización de procedimientos al margen de toda ley, con la finalidad expresa de aniquilar a los oponentes políticos o ideológicos, los que fueron considerados a tales efectos subversivos o vinculados a la subversión.-

En efecto, la sentencia del 2 de diciembre de 1986 pronunciada en la Causa 44 del registro de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, (denominada "Causa incoada en virtud del decreto 280/1984 del Poder Ejecutivo Nacional") estableció que para llevar a cabo el plan clandestino de represión, el gobierno militar dividió al país en cinco zonas -que a su vez se dividían en subzonas- que se correspondían cada una con un Cuerpo de Ejército.-

Además de las nuevas funciones institucionales que se arrogaron las Fuerzas Armadas a partir del 24 de marzo de 1976 -que se describían en las Actas y Reglamentos del Proceso de Reorganización Nacional- se estableció en el país un sistema de represión clandestino mediante el cual se llevaron a cabo procedimientos paralelos e ilegales para reprimir a toda forma de oposición al régimen de facto.

Más aún, numerosos casos evidenciaron que este accionar se desplegó, incluso, mucho antes de producirse el golpe de estado militar. Tal situación se comprobó respecto a los secuestros de Juan Antonio Fote (19 de abril de 1975); Ricardo Aroldo Coman y Ramón Antonio Coman (2 de mayo de 1975); Miguel Ángel Núñez y Carlos Moisés Núñez (14 de mayo de 1975); Carlos Ernesto Pettarosi (26 o 28 de mayo de 1975); Alberto Luis y Carlos Alberto Gallardo (agosto del año 1975); Carlos Antonio Soto (11 de enero de 1976); Juan Pablo Carballo (12 de enero de 1976); Raúl Andrés Véliz (7 de febrero de 1976); Miguel Ángel Olea, Norma Nassif y Blanca Martínez (febrero y marzo de 1976); Dora María Pedregosa (13 de marzo de 1976) -todas víctimas que estuvieron en el centro clandestino de detención que funcionó en la Jefatura-; y los casos de Juan Carlos Bustamante (2 de diciembre de 1975); Santos Aurelio (20 de enero de 1976); José Antonio Cano (20 de febrero de 1976; Gustavo Adolfo Fochi (20 de febrero de 1976); Nemesio Humberto Barrionuevo (17 de marzo de 1976); Oscar René Nieva y Ernestina Teresa Yackel (20 de marzo de 1976), -éstos últimos de Arsenales.-

Ya en la sentencia pronunciada el 9 de diciembre de 1985, en el denominado "Juicio a las Juntas", la Cámara Federal en pleno sostuvo: "En suma, puede afirmarse que los comandantes establecieron secretamente un modo criminal de lucha contra el terrorismo. Se otorgó a los cuadros inferiores de las fuerzas armadas una gran discrecionalidad para privar de libertad a quienes aparecieran, según la información de inteligencia, como vinculados a la subversión; se dispuso que se los interrogara bajo tormentos y que se los sometiera a regímenes inhumanos de vida, mientras se los mantenía clandestinamente en cautiverio; se concedió; por fin, una gran libertad para apreciar el destino final de cada víctima, el ingreso al sistema legal (Poder Ejecutivo Nacional o Justicia), la libertad o, simplemente, la eliminación física".-

En la ya mencionada "Causa 44" en la que se juzgaron delitos ocurridos en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, cometidos por personal de las fuerzas armadas y de seguridad, con relación a las órdenes dictadas para llevar adelante el plan criminal, se estableció que éstas eran impartidas por el comandante de la Zona I, y siguiendo la cadena de mandos, por el jefe de Policía de la Provincia y por el director general de Investigaciones.-

En el marco de esta organización, es claro que existía una cadena de mandos que nacía en la Junta Militar, con el Comandante en Jefe del Ejército, el Jefe del III Cuerpo, el Jefe de Zona y el Jefe de la unidad militar local (Arsenal Miguel de Azcuénaga) que actuaba coordinadamente con las autoridades e integrantes de la Gendarmería Nacional, la Policía Federal, el personal de la Policía de la Provincia de Tucumán, en donde Roberto Heriberto Albornoz era el Jefe del D-2 (sentencia de fecha 23 de agosto de 2010, dictada en la causa "Jefatura de Policía de Tucumán s/secuestros y desapariciones", Expte. J -29/09- del Registro de este Tribunal, y bajo cuyas órdenes actuaban RICARDO OSCAR SÁNCHEZ, JUAN ALBERTO ABRAHAM, ROLANDO REYES QUINTANA, MIGUEL CHUCHUY LINARES, HUGO JAVIER FIGUEROA, OSCAR HUMBERTO GÓMEZ, FÉLIX INSAURRALDE, GUILLERMO AGUSTÍN UGARTE, ANTONIO ESTEBAN VERCELLONE, ÁNGEL CUSTODIO MORENO, MARÍA LUISA ACOSTA DE BARRAZA, PEDRO JOAQUÍN PASTERIS, RAMÓN CÉSAR JODAR y Luis Armando De Cándido (éste último conforme quedó acreditado por sentencia de fecha 23 de agosto de 2010, dictada en la causa "Jefatura de Policía de Tucumán s/secuestros y desapariciones", Expte. J - 29/09.-del Registro de este Tribunal).-

De esta manera, el accionar policial se manejaba en connivencia y coordinación con la estructura militar.-

Conforme quedó evidenciado, cada miembro contaba con la actividad y participación de los otros. Así por ejemplo, los "operativos" o "procedimientos" en los domicilios particulares y en la vía pública, efectuados sin conocimiento de juez, con la intervención de varias personas, con despliegue de vehículos, contaban con el auxilio y la logística de la Policía, del Ejército y de la Gendarmería. Cada uno de los imputados sabía que contaba con el otro, que había una reunión subinstitucional -subterránea en cuanto a la legalidad del Estado-, para cometer los ilícitos que perpetraban; ese acuerdo les permitía efectivizar las acciones y al mismo tiempo garantizar su impunidad. Destáquese en este sentido, que la documentación del D2 que integra el plexo probatorio de esta causa, da cuenta del funcionamiento clandestino, oculto y subterráneo del accionar descripto. Si el funcionario del Ejército, de Gendarmería o del grupo de tareas no hubiera contado con la participación de la policía, o de su jefe militar, los procedimientos no habrían podido desarrollarse.-

En la obra referenciada ut supra Martín Lozada, señala algo que también ha ocurrido en el caso argentino y que él analiza a propósito de la acción del Estado nazi en contra del pueblo judío: "El programa por el cual se llevó a cabo el exterminio de las víctimas inauguró, por su altísima burocratización y eficacia, una nueva forma de administrar la muerte en la modernidad, es decir, concretarla bajo la dirección del Estado y tras meditadas etapas de consumación. En ese sentido pueden leerse las tareas de individualización de los grupos - víctimas-, el acotamiento espacial al cual se los sometió y su posterior asesinato" (Lozada Martín, ob. cit., p. 13). Destaca el mencionado autor "que los delitos contrarios a las normas internacionales son cometidos por hombres y no por entidades abstractas. De modo que solo castigando a los individuos que los realizaban se pueden hacer efectivas las normas internacionales" (Lozada Martín, ob. cit., pág. 28). Por otro lado, enfatiza que "la víctima colectiva se hace a través de la víctima individual'" (Lozada Martín,ob. cit., p. 33).-

Analizando la legitimidad y necesidad de las sanciones, Lozada apunta que "La internalización de la propuesta de olvido, negando la actualidad de lo ocurrido y sus implicancias en relación con el futuro, constituye una nueva forma de alienación. De igual modo, la inducción a la creencia de que el castigo es imposible coloca también a los responsables en un lugar de omnipotencia que tiende a producir efectos de impotencia colectiva" (Lozada Martín, ob. cit., p. 48). Y ello pese a compartir la conclusión a que arriba Kai Ambos, en oportunidad de analizar los fines de la pena en el Derecho Penal Internacional, en cuanto a que "Buscar la equivalencia al perjuicio sufrido en el caso de crímenes de masas resulta sencillamente impensable" (Kai Ambos, "Fundamentos y ensayos críticos en Derecho Penal y Derecho Procesal Penal", Palestra Editores, Lima 2010, p. 197).-

Por su parte, la filósofa alemana Hannah Arendt, al analizar el juicio contra Adolf Eichmann, apunta que muchos de los autores de los crímenes estaban cubiertos por una serie de mentiras y estupideces y que se trataba en muchos casos de hombres terrible y terroríficamente normales, inmersos en la práctica del autoengaño que se produjo en la sociedad alemana hasta límites insospechados (referida por Martín Lozada en ob. cit., p. 19).-

Era este tipo de organización y estructura la que en la práctica permitía a sus miembros, no solo la realización de los injustos penales imputados, sino el éxito de los emprendimientos criminosos.-

La circunstancia de que los imputados LUIS ORLANDO VARELA, RICARDO OSCAR SÁNCHEZ, BENITO PALOMO, ALBERTO HÉCTOR RAFAEL MONTES DE OCA, JOSÉ CARLOS SOWINSKI, FERNANDO TORRES, CAMILO ÁNGEL COLOTTI, JUAN ALBERTO ABRAHAM, ROLANDO REYES QUINTANA, HUGO JAVIER FIGUEROA, OSCAR HUMBERTO GÓMEZ, ANTONIO ESTEBAN VERCELLONE, GUILLERMO AGUSTÍN UGARTE, JORGE OMAR LAZARTE, ROLANDO ARIEL VALDIVIEZO, CARLOS EDUARDO TRUCCO, MIGUEL CHUCHUY LINARES, MARÍA LUISA ACOSTA DE BARRAZA, PEDRO JOAQUÍN PASTERIS y RAMÓN CÉSAR JODAR, MARCELO OMAR GODOY, ERNESTO RIVERO, TOMÁS ADOLFO GÜEMES, RAMÓN ALFREDO OJEDA FUENTE, ADOLFO ERNESTO MOORE, AUGUSTO LEONARDO NEME, PEDRO OSVALDO CABALLERO, RAMÓN ERNESTO COOKE, HUGO ENZO SOTO, ÁNGEL CUSTODIO MORENO, MARIO MIGUEL D'URSI, LUIS EDGARDO OCARANZA, GUILLERMO FRANCISCO LÓPEZ GUERRERO integraran ese acuerdo previo, hayan sabido y querido integrarlo, exhibe el dolo requerido para el tipo subjetivo.

En concordancia con lo que razona el profesor alemán Kai Ambos, es evidente que la organización criminal como un todo, sirve como punto de referencia para la imputación de los aportes individuales al hecho, los que deben apreciarse a la luz de sus efectos en relación con el plan criminal general o en función del fin perseguido por la organización criminal; de tal manera, puede hablarse de un dominio organizativo en escalones, de donde dominio del hecho presupone, por lo menos, alguna forma de control sobre una parte de la organización. Y afirma el citado autor, que la distinción tradicional entre autoría y participación es reemplazada por tres niveles de participación: "el primer nivel, más elevado, está compuesto por los autores que planifican y organizan los sucesos criminales, esto es, los que como autores por mando (Führungstater) pertenecen al estrecho círculo de conducción de la organización; en el segundo nivel, encontramos a los autores de la jerarquía intermedia, que ejercitan una forma de control sobre una parte de la organización y por esto puede designárselos como autores por organización (Organisationstäter); finalmente en el más bajo nivel, el tercero, están los meros autores ejecutivos (Ausführungstäter) que aparecen sólo como auxiliares de la empresa criminal global" (Kai Ambos, ob. cit. p. 233).-

Conforme al plexo probatorio de este juicio LUIS ORLANDO VARELA, ROBERTO HERIBERTO ALBORNOZ, ADOLFO ERNESTO MOORE, CAMILO ÁNGEL COLOTTI, AUGUSTO LEONARDO NEME, RAMÓN ERNESTO COOKE, ROLANDO ARIEL VALDIVIEZO y CARLOS EDUARDO TRUCCO se ubicaban en ese "segundo nivel" o "jerarquía intermedia" que describe Ambos, ya que ejercían el control e impartían órdenes en el ámbito de los centros clandestinos de detención que funcionaron tanto en la ex Jefatura de Policía, la Escuelita de Famaillá, el ex Ingenio Nueva Baviera, la Escuela de Educación Física, la Brigada de Investigaciones, el Arsenal Miguel de Azcuénaga, las bases de Caspinchango y Santa Lucía; a la vez que recibían instrucciones y se reportaban periódicamente con la jerarquía militar.

Al respecto, poniendo el acento en el mayor grado de reprochabilidad de quienes lideran la sociedad criminal, la jurisprudencia tiene dicho que, la calificación legal de un procesado como responsable en grado de jefe u organizador de una asociación ilícita prevista y reprimida en el art. 210 del C.P., en orden al elemento subjetivo de la figura, se rige por los principios generales de la culpabilidad, es decir que se satisface con el conocimiento por parte del sujeto activo de que se trata de una asociación de tres o más personas destinada a cometer delitos y a tomar parte en ella, cumpliendo funciones superiores, capitales, tanto desde el punto de vista ejecutivo como de planificación y preparación (CNCCorr., sala II, 29/5/86, in re "Obregón Cano, Ricardo", Boletín de Jurisprudencia, Buenos Aires, 1986, N° 2, p. 324).-

Conforme surge de sus legajos personales y las listas de integrantes obrantes en la documentación aportada por el testigo Juan Carlos Clemente, JUAN ALBERTO ABRAHAM, ROLANDO REYES QUINTANA, HUGO JAVIER FIGUEROA, OSCAR HUMBERTO GÓMEZ, ANTONIO ESTEBAN VERCELLONE, GUILLERMO AGUSTÍN UGARTE, JORGE OMAR LAZARTE, MIGUEL CHUCHUY LINARES, MARÍA LUISA ACOSTA DE BARRAZA, PEDRO JOAQUÍN PASTERIS y RAMÓN CÉSAR JODAR, ÁNGEL CUSTODIO MORENO, cumplieron funciones en la Policía de la Provincia de Tucumán, estaban afectados a la realización de tareas en el Servicio de Confidenciales y en Inteligencia de dicha repartición; por ello y en virtud de las pruebas sustanciadas durante la audiencia de debate, el Tribunal considera que no existen dudas de que integraron la asociación ilícita y les cabe el reproche penal en carácter de miembros de la misma.

Cabe recordar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación también se pronunció respecto a la figura que venimos explicando, en la causa "Arancibia Clavel, Enrique Lautaro s/ homicidio calificado y asociación ilícita y otros- causa n° 259", si bien su pronunciamiento estuvo dirigido al tratamiento de la imprescriptibilidad del delito bajo juzgamiento, en dicha oportunidad dijo "...corresponde calificar a la conducta como delito de lesa humanidad, si la agrupación de la que formaba parte el imputado, estaba destinada a perseguir a los opositores políticos del gobierno de facto, por medio de homicidios, desaparición forzada de personas y tormentos, con la aquiescencia de funcionarios estatales...", "... de la definición dada por la convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad, se desprende la conexidad y el homicidio y otros delitos o actos inhumanos y la persecución política y la conspiración para cometerlos en la formulación y ejecución de un plan común, también se incluye, dentro de la calificación de lesa humanidad, el formar parte de una organización destinada a cometerlos (voto del Dr. Boggiano)... ", "... el delito de asociación ilícita por tomar parte de una organización dirigida a la persecución de opositores políticos constituye un crimen de lesa humanidad cuyo castigo se encuentra impuesto por normas imperativas de Derecho Internacional (ius cogens) para todos los estados nacionales, que deben ser castigados por éstos, sin que pueda admitirse la legitimidad de normas que permitan la impunidad de actos aberrantes cometidos en el marco de una amplia persecución estatal (voto del Dr. Maqueda)...".-

Finalmente es oportuno mencionar que la circunstancia de pertenecer a una asociación ilícita en la cual se han establecido distintas jerarquías o cadenas de mando, no obsta a que pueda diferenciársela de la autoría mediata en el caso de aquellos individuos que integran una organización de poder delictivo.-

Así, la diferencia entre asociación ilícita y la autoría mediata surge patente. En primer lugar porque la asociación ilícita es un tipo penal previsto para delimitar una conducta delictiva, -más allá de la discusión doctrinaria relativa a su carácter de delito de peligro, o de acto preparatorio- se comete el delito por pertenecer a esa asociación destinada a cometer delitos. Mientras que la autoría se vincula al carácter en el que se participa, a la pregunta referida a la participación y no al hecho en sí. Así, quien comete un delito legalmente tipificado, puede revestir la condición de autor, coautor, cómplice necesario, etc., según tenga o no el manejo de la acción criminal.-

Es decir, una cosa es consumar el delito de asociación ilícita y responder como autor del mismo, y otra totalmente distinta es responder por haber actuado -en forma mediata o inmediata- por la comisión de los ilícitos para los cuales se formó la asociación. (cfr. Abel Cornejo, ob. cit., p. 106).-

Por todo lo expuesto el Tribunal concluye que al tiempo de producirse los hechos investigados en la presente causa, las fuerzas armadas de la Nación actuaron de acuerdo a un plan predeterminado por las Juntas Militares, destituyendo a las autoridades constitucionales de la República e instaurando un sistema ilegal que se apartó de las funciones específicas de la organización militar y de las funciones de gobierno, y en ese marco tomaron parte en una asociación ilícita para cometer delitos los mencionados supra junto a otros miembros, unos ya condenados por este tribunal y otros que si bien no concluyeron la etapa de juicio oral, concurrieron en el hecho sub judice como se ha evidenciado en el debate, tal el caso del imputado Alais (separado del juicio por razones de salud); ello a los fines estrictos de la calificación jurídica, sin que la descripción en la presente causa permita concluir que solo ellos la hubieran conformado, ya que la experiencia histórica indicaría la existencia de una asociación ilícita integrada por gran parte de los miembros de la fuerzas armadas.-

Por lo expresado corresponde declarar a LUIS ORLANDO VARELA, RICARDO OSCAR SÁNCHEZ, BENITO PALOMO, ALBERTO HÉCTOR RAFAEL MONTES DE OCA, JOSÉ CARLOS SOWINSKI, FERNANDO TORRES, CAMILO ÁNGEL COLOTTI, JUAN ALBERTO ABRAHAM, ROLANDO REYES QUINTANA, HUGO JAVIER FIGUEROA, OSCAR HUMBERTO GÓMEZ, ANTONIO ESTEBAN VERCELLONE, GUILLERMO AGUSTÍN UGARTE, JORGE OMAR LAZARTE, ROLANDO ARIEL VALDIVIEZO, CARLOS EDUARDO TRUCCO, MIGUEL CHUCHUY LINARES, MARÍA LUISA ACOSTA DE BARRAZA, PEDRO JOAQUÍN PASTERIS y RAMÓN CÉSAR JODAR, MARCELO OMAR GODOY, ERNESTO RIVERO, TOMÁS ADOLFO GÜEMES, RAMÓN ALFREDO OJEDA FUENTE, ADOLFO ERNESTO MOORE, AUGUSTO LEONARDO NEME, PEDRO OSVALDO CABALLERO, RAMÓN ERNESTO COOKE, HUGO ENZO SOTO, ÁNGEL CUSTODIO MORENO, MARIO MIGUEL D'URSI, LUIS EDGARDO OCARANZA, GUILLERMO FRANCISCO LÓPEZ GUERRERO autores del delito de asociación ilícita.-

X.8 Violación de domicilio

El art. 151 del Código Penal sanciona al "funcionario público o agente de la autoridad que allanare un domicilio sin las formalidades prescriptas por la ley o fuera de los casos que ella determina".-

El bien jurídico protegido en el artículo 151 del Código Penal consiste en el derecho constitucional a la privacidad e intimidad del domicilio de las personas. (art. 18 de la CN). Tal derecho sólo admite su afectación por resolución judicial fundada, atento a que se trata de un principio constitucional que mantiene su vigencia incluso durante el estado de sitio.-

Conforme quedó acreditado en la audiencia de debate, se produjo la violación de los siguientes domicilios: de calle La Plata 1439, San Miguel de Tucumán en perjuicio de Luis Adolfo HOLMQUIST; de calle Mario Bravo N° 1170, Barrio Parque Centenario, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Ana Cristina CORRAL; del Pasaje Primero de Mayo N° 540, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de César Gustavo CAMPOPIANO; de calle Muñecas N° 660, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de MEDINA Celia Georgina; de calle Isabel La Católica altura 2800, en perjuicio de NIEVA Oscar René y de YACKEL Ernestina Teresa; de calle Lavandería s/n de la localidad de Santa Ana, en perjuicio de BARRIONUEVO Mario; de Pasaje Polonia n° 53 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de DÍAZ SARAVIA José Horacio y de GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes; de su vivienda de calle Empalme Ranchillos (Departamento Cruz Alta), en perjuicio de OSORES Carlos Raúl; de calle San Lorenzo n° 1.666 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de RONDOLETTO Pedro, CENADOR DE RONDOLETTO María, RONDOLETTO Silvia Margarita, RONDOLETTO Jorge Osvaldo y de BERMEJO DE RONDOLETTO Azucena; de Buena Vista, Departamento Simoca, en perjuicio de ARGAÑARAZ Rosario y ARGAÑARAZ Miguel Alberto; de calle Rondeau N° 178 de San Miguel de Tucumán en perjuicio de IRAMAIN María Trinidad; de su vivienda ubicada en Caspinchango (Departamento Monteros) en perjuicio de QUINTEROS René Manuel; de calle Monteagudo N° 2.800 en perjuicio de CORBALÁN Félix Viterbo; de calle Italia 547 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de JIMENEZ DE SOLDATI María Isabel; de calle Bulnes n° 216 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de BUSTAMANTE Juan Carlos; de su vivienda ubicada en Los Ralos, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de BERÓN Oscar Rafael; de calle Tucumán n° 53 de la localidad de Monteros, en perjuicio de MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso; de su vivienda ubicada en León Rougés (Departamento Monteros), en perjuicio de RODRIGUEZ Juan Faustino y RODRIGUEZ Pedro Ricardo; de calle Junín n° 925 de esta ciudad en perjuicio de PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles; de calle Callao n° 256, Tafí Viejo, en perjuicio de BARRIONUEVO Nemesio Humberto; de calle Marcos Paz N° 1.941, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de ALMERICO José; de su vivienda ubicada en la localidad de Santa Lucía, Departamento Monteros, en perjuicio de GÓMEZ Juan de Dios; de su vivienda ubicada en Santa Lucía, Departamento Monteros, en perjuicio de GODOY Enrique; de calle Constitución n° 356, Tafí Viejo, en perjuicio de DÍAZ Manuel Julio; de su vivienda de calle Leocadio Paz 3a cuadra del Ingenio San Juan, en perjuicio de DÍAZ Alberto; de su vivienda de calle Santiago altura 3.000 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de OLIVERA Manuel Eugenio; de calle Rivadavia n° 355 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de YAÑEZ Rafael Vitalino; de calle San Martín n° 1.328 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de SÁNCHEZ María Teresa; de avenida Roca n° 551 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de CANO José Antonio; de avenida Sáenz Peña n° 215, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de DEL CASTILLO Julio Arnaldo; de calle Ecuador n° 1.008 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de SÁNCHEZ Enrique Alberto; de calle Chiclana n° 426 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de FOCHI Gustavo Adolfo, de Bernabé Aráoz N° 925 de esta ciudad, en perjuicio de MORALES Reyes Humberto; de calle San Miguel n° 583 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de GONZÁLEZ Humberto Alfredo; de calle Mendoza n° 1.332 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de LORENZO LERMA Andrés Héctor; de su vivienda del Ingenio La Florida, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de CHAPARRO Santos Aurelio, de su vivienda del Ingenio La Florida, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de IÑÍGUEZ Gloria del Valle y BRIZUELA Ramón; de calle Pedro Méndez, Barrio La Cancha, Delfín Gallo, en perjuicio de CORONEL Alfredo Antonio; de su vivienda de La Florida, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de CARABAJAL Ercilia Dolores y HOYOS Blanca; de su vivienda en la ciudad de Concepción, en perjuicio de ALDERETE SORIA Alejandro Federico; de calle Marco Avellaneda n° 532 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de ALDERETE Víctor Fernando; de Manzana B, casa 18, Barrio 89 Viviendas, Santa Lucía, Tucumán, en perjuicio de QUINTEROS Juan Manuel; de calle Rivadavia n° 1.688 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica y ROMERO Antonio Raúl; de su vivienda ubicada en Frías Silva, Caspinchango, Departamento Monteros, en perjuicio de SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto y MONASTERIO Francisco Carlos; de Potrero Negro, Santa Lucía, en perjuicio de MOYANO María Candelaria; de su vivienda ubicada en las calles Alvear y Quintana de la localidad de Frías, Departamento Choya, Santiago del Estero, en perjuicio de HAZURÚN Teresita Cándida; de su vivienda de calle Júpiter s/n, Yerba Buena, en perjuicio de MENDEZ BRANDER Ángel Adolfo y de LASKOWSKI María Margarita; de Marcelo T. de Alvear 464 de la Capital Federal, en perjuicio de CANTOS Luis; de calle Lavalle N° 3.354 de esta ciudad, en perjuicio de DÍAZ Francisco Rafael;de calle N° 6 José Hernández de la localidad de Villa Carmela, en perjuicio de COMAN Ricardo Aroldo y COMAN Ramón Antonio; de su vivienda ubicada en Cebil Redondo, San José, Yerba Buena en perjuicio de FOTE Juan Antonio; de calle Mendoza n° 1.340 de esta ciudad en perjuicio de GALLARDO Alberto Luis; de calle Alvear n° 490 de la ciudad de Santiago del Estero, en perjuicio de LESCANO Arturo Alberto; de su lugar de trabajo en el Sanatorio Ados ubicado en Mendoza al 100 de la ciudad de San Miguel de Tucumán en perjuicio de GEREZ Luis Román; de calle Uruguay n° 1.353 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de RABSIUM Olga del Valle y SESTO Lilia Estela; de calle José Colombres n° 63, de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de CURIA Gloria Constanza y CURIA Fernando Ramiro; de la vivienda de sus padres ubicada en Tafí Viejo, en perjuicio de VÉLIZ Raúl Andrés; de Av. Mate de Luna 3.921 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de CHEBAIA José Guetas; de calle Rivadavia n° 616 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de MACOR DE DÍAZ Susana, DÍAZ José Americo y DIAZ Juan Leandro Eudaldo; de la vivienda donde estaba trabajando en calle Rivadavia casi esquina pasaje Bertrés de esta ciudad en perjuicio de DÍAZ Daniel Alfredo; de su lugar de trabajo en la finca de Amado Juri en perjuicio de MENDEZ José Carlos; de calle Matheu n° 665 de esta ciudad, en perjuicio de RODRIGUEZ José Manuel; de su vivienda ubicada en Los Ralos, Tucumán, en perjuicio de PAZ Antonio Domingo; de su vivienda en la localidad de Manuela Pedraza, Departamento Simoca, Tucumán, en perjuicio de SOLDATI Carlos Severino; de su lugar de trabajo ubicado en calle San Juan al 800 de San Miguel de Tucumán en perjuicio de SOLDATI Berta María; de su vivienda ubicada de el Ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Juan Carlos; de la vivienda donde se encontraba en el ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Justo Francisco; de calle Marcos Paz n° 1.321 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de PEDREGOSA Dora María; de su vivienda en la localidad de Caspinchango, Departamento Monteros, Tucumán, en perjuicio de RACEDO José Inocencio y SANTOS OCHOA DE RACEDO Alcira; de calle Benjamín Paz n° 53 de San Miguel de Tucumán y del domicilio donde estaba trabajando en calle Laprida n° 213, en perjuicio de RODRIGUEZ Wilfredo; de calle Catamarca n° 386 de esta ciudad, en perjuicio de VILLEGAS Jorge y VILLEGAS Aida Ines; de calle Florida n° 511 de Villa Alem, en perjuicio de SILVA María Esther; de Avenida Belgrano n° 2.550, Dpto. 12, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de SOTO Carlos Antonio; de su vivienda en el Ingenio San Juan, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de TULA Miguel Segundo; de calle Matienzo n° 863 de esta ciudad, en perjuicio de TULA Héctor Gerardo; de calle Buenos Aires n° 671, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de PONCE Humberto Rubén; de su vivienda en calle Perú s/n, ex Ingenio San José, Cebil Redondo, Yerba Buena, en perjuicio de ARGÜELLO Yolanda Esther; de su vivienda en calle Reconquista n° 410 de Tafí Viejo, en perjuicio de BARRIONUEVO María Tránsito; de Colonia 5 de Luisiana, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de ROMERO Raúl Rene y VALENZUELA Roberto; de su vivienda en Estación Pacará, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de BAZÁN DE ROMERO María del Valle y ROMERO Reyes Alcario; de calle Colón n° 835 de la ciudad de Concepción, en perjuicio de JIMENEZ Carlos Oscar; de calle Monteagudo n° 42 de la localidad de Monteros, Tucumán, en perjuicio de CORROTO Pedro Guillermo; de su vivienda en calle Gral. Heredia, localidad de Concepción, en perjuicio de CISTERNA Pastor Roberto y CISTERNA DE BULACIO María; de calle Laprida n° 110 Piso 5° Dpto. "C", San Miguel Tucumán, en perjuicio de COSSIO Ana María; de calle San Martín n° 2.728 de esta ciudad, en perjuicio de EGLOFF Víctor Felipe; de Calle 16, n° 134 de la localidad de El Manantial, Tucumán, en perjuicio de DÍAZ Manuela Margarita; de avenida Juan B. Justo n° 1.451 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de SOMAINI Ricardo Daniel; de su vivienda en Amaicha del Llano (paraje llamado Km. 1.240), en perjuicio de LAZARTE Francisco Eudoro; de su vivienda en calles Pringles y Peñaloza en la localidad de Yerba Buena, en perjuicio de SANTILLAN Gustavo Raúl; de calle 25 de mayo al 100 de Banda de Río Salí, Departamento Cruz Alta, Tucumán, en perjuicio de ROJAS José Dalmiro y ROJAS Luis; de calle Italia n° 2.768 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de PONCE Horacio Marcelo; de su vivienda en la localidad de Delfín Gallo, Departamento Cruz Alta de la provincia de Tucumán, en perjuicio de ROMANO Domingo Nicolás; de calle San Luis n° 249 de San Miguel de Tucumán en perjuicio de BIANCHI Ramón Oscar; de calle Vélez Sarsfield n° 1.056, Tafí Viejo, en perjuicio de Angélica Margarita PALACIO.-

Es evidente que el ingreso a los domicilios de las víctimas se produjo para poder concretar la privación de libertad de las mismas, y siempre ocurrió de manera violenta y arbitraria, en la mayoría de los casos a la noche -salvo algunos que fueron a plena luz del día como el de la familia Rondoletto, César Gustavo Campopiano, María Angélica Mazzamuto de Romero y Antonio R. Romero, Berta María Soldati, entre otros-, los protagonistas siempre actuaron en grupo, encapuchados o utilizando linternas potentes para impedir que se vieran sus rostros, portando armas de fuego y sin orden judicial que legitime tales procedimientos.-

La circunstancia de que en los casos mencionados los captores hayan concretado la privación de la libertad de sus víctimas en los domicilios de las mismas y en las demás condiciones que rodearon tal accionar, garantizó a los actores el éxito y la impunidad en dicha empresa, a la vez que disminuyó e incluso evitó la presencia o la mirada de testigos ajenos a las familias así sorprendidas.-

Sin embargo, el tribunal se aparta del criterio adoptado en la sentencia dictada en causa "Jefatura de Policía de Tucumán s/secuestros y desapariciones", Expte. J-29/09 en la que se había consignado que esta figura concurría idealmente con el delito de privación ilegítima de libertad previsto en los arts. 144 bis y 142 ello en razón de que luego de efectuar un estricto análisis de las circunstancias que rodearon los hechos comprobados a la luz de la dogmática y jurisprudencia más actualizada, se arriba a la conclusión de que las conductas que se subsumen en el tipo violación de domicilio no constituyen un mismo hecho con las que configuran el delito de privación ilegítima de libertad, siendo la mejor prueba de ello la circunstancia que pueden existir independientemente como también concurrir realmente entre sí o con otras figuras penales. Es por ello que en esta resolución se abandona aquel criterio y se adopta la configuración de ambas figuras penales en concurso real (artículo 55 del C.P.).-

Las circunstancias que rodearon a cada uno de los hechos probados durante este debate -y que son descriptos supra- conducen al Tribunal a tener por acreditado que los hechos que se analizan fueron protagonizados por miembros de las fuerzas de seguridad y de las Fuerzas Armadas.-

De esta manera, el ingreso a la morada dispuesto por personas que revestían la calidad de funcionarios públicos, en detrimento de las formas establecidas por ley, configura el comportamiento tipificado en el art. 151 del C.P.-

Se trata de un delito que requiere en el autor una calidad especial, en el caso los condenados de autos revestían a la fecha de los hechos, la calidad de funcionarios públicos conforme las previsiones del art. 77 del Código Penal. Al respecto, cabe señalar que conforme consta en su legajo personal, el condenado Guillermo Francisco López Guerrero se desempeñaba a la fecha de los hechos como personal civil de Inteligencia del Ejército Argentino, con lo cual su calidad de funcionario público -exigida por el tipo penal- queda debidamente demostrada.

Ingresando a la tipificación de la conducta descripta en el art. 151 de la ley de fondo, atañe en primer lugar determinar la configuración de los elementos del tipo objetivo y subjetivo.-

Al respecto, cabe destacar que la conducta debe dirigirse a la realización de un allanamiento de domicilio en forma arbitraria, es decir, contra la voluntad expresa o presunta de quien tenga derecho de exclusión.-

En los casos analizados en este juicio, el ingreso a los domicilios de las víctimas se efectuó sin orden judicial habilitante, y sin la concurrencia de circunstancias autorizadas por la ley. Sostiene Soler que "el allanamiento ilegal es una tentación atrayente para autoridades abusivas y para los gobiernos dictatoriales siempre deseosos de asomarse a la intimidad..." (Sebastián Soler, ob. cit., p. 105).-

Esta figura penal recubre la garantía establecida en el art. 18 de la Constitución Nacional, porque tales garantías tienen el sentido de proteger a los ciudadanos más contra los avances del poder que contra las lesiones de los particulares, para defenderse de las cuales es suficiente la legislación común.-

Las distintas circunstancias que rodearon al momento de la intromisión en los domicilios de las víctimas, tales como invocación de autoridad, golpes a las víctimas, golpes fuertes en la puerta o en la ventana, gritos a la madrugada, sobresaltando el sueño de niños o de otras personas que se encontraban durmiendo en las distintas casas, la participación de muchas personas, el encandilamiento a las víctimas, etc., fueron condiciones de tiempo, modo y lugar que impiden considerar que los moradores hayan brindado el consentimiento libre que restaría antijuridicidad al injusto en examen, aún en los casos en que los que vivían en esos domicilios hayan abierto la puerta de ingreso a su casa.-

Prescindir de la orden judicial para realizar la injerencia en el domicilio, salvo los casos de necesidad previstos en la misma ley, tales como pedido de auxilio y persecución inminente de un prófugo, constituye siempre una conducta antijurídica.-

Como ya lo tiene dicho la doctrina y la jurisprudencia, el ingreso a un domicilio de noche, por un grupo de individuos, encapuchados, sin orden judicial, sin identificación adecuada, sin información de las causas que justificaban su presencia, no puede sino configurar el delito de violación de domicilio por allanamiento ilegal, aún cuando no haya habido necesidad de forzar la puerta de la morada para lograr el ingreso.-

En esa misma dirección entendemos que, corresponde tener por acreditado que la conducta descripta desplegada al ingresar al domicilio de las víctimas debe encuadrarse en el art. 151 del Código Penal. Por tales hechos deben responder quienes ordenaron y organizaron su realización en el marco de la estructura del aparato organizado de poder (autores mediatos), y quienes realizaron materialmente ese accionar ya sea otorgando un aporte esencial (autores materiales y partícipes necesarios) o bien una colaboración no fundamental (partícipes secundarios).-

Como consecuencia de lo expuesto en relación a la figura penal acá analizada, y conforme quedó acreditado en este juicio, a ROBERTO HERIBERTO ALBORNOZ le corresponde el reproche penal como autor material del delito de violación del domicilio de calle La Plata 1439 de la ciudad de San Miguel de Tucumán en perjuicio de Luis Adolfo HOLMQUIST.

El testigo Oscar Segundo Holmquist, al describir las circunstancias que rodearon al secuestro de su hermano dijo: "Algunos estaban con las caras cubiertas, otros no, algunos con capotes del ejército, su madre logró reconocer porque lo conocía a Roberto Albornoz"

De la misma manera a DANIEL CÉSAR JODAR le cabe el reproche penal como autor material del delito de violación del domicilio de calle Vélez Sarsfield n° 1.056, Tafí Viejo, en perjuicio de Angélica Margarita PALACIO, en tanto la propia víctima aseguró que fue uno de los que ingresaron a su casa de Tafí Viejo -declaración obrante a fs. 3/5 del cuerpo 96-.

A LUIS ORLANDO VARELA, RICARDO OSCAR SÁNCHEZ, LUIS ARMANDO DE CANDIDO, ERNESTO RIVERO, TOMÁS ADOLFO GÜEMES, BENITO PALOMO, ALBERTO HÉCTOR RAFAEL MONTES DE OCA, JOSÉ CARLOS SOWINSKI, RAMÓN ALFREDO OJEDA FUENTE, ADOLFO ERNESTO MOORE, FERNANDO TORRES, PEDRO OSVALDO CABALLERO, HUGO ENZO SOTO, JUAN ALBERTO ABRAHAM, ROLANDO REYES QUINTANA, HUGO JAVIER FIGUEROA, OSCAR HUMBERTO GÓMEZ, FÉLIX INSAURRALDE, ANTONIO ESTEBAN VERCELLONE, ÁNGEL CUSTODIO MORENO, GUILLERMO AGUSTÍN UGARTE y MIGUEL CHUCHUY LINARES, les cabe el reproche penal como partícipes necesarios del delito de violación del domicilio.

A JORGE OMAR LAZARTE, MARIO MIGUEL D'URSI, LUIS EDGARDO OCARANZA, PEDRO JOAQUÍN PASTERIS, GUILLERMO FRANCISCO LÓPEZ GUERRERO, MARÍA LUISA ACOSTA DE BARRAZA, les cabe el reproche penal como partícipes secundarios del delito de violación del domicilio.

X. 9 Privación ilegítima de la libertad

La Libertad es un valor y al mismo tiempo un derecho que nace de la dignidad humana, por ello su contracara, la esclavitud, es uno de los crímenes más atroces contra la humanidad.-

Las sociedades democráticas y los países organizados con el sistema de las instituciones republicanas a partir de la Revolución Francesa y de la Independencia de las Colonias de América del Norte, y de nuestros antecedentes patrios, brindan celosa tutela a este bien. La consagración de la libertad en manos de los ciudadanos, significa al mismo tiempo el límite al ejercicio del poder político, es decir, de los gobiernos. Nuestra Constitución acuñó el liberalismo en su preámbulo y en el capítulo dogmático de Declaraciones, Derechos y Garantías, protección genérica a la cual se sumaron otras más específicas.-

Así la prohibición de la ofensa a la libertad ambulatoria, recuerda su linaje constitucional específicamente en el art. 18 de la Carta Magna, al establecer que "nadie puede ser arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente" principio que, anticipándose al constitucionalismo moderno, fue arrancado a comienzos del siglo XIII por los barones ingleses a su monarca Juan.-

En el derecho actual los presupuestos procesales de intervención judicial previa no sólo no han sido modificados, sino que conforman una verdadera garantía de resguardo de la libertad, exigiendo requisitos que implican una barrera para la arbitrariedad.-

Muchos han sido los tipos penales configurados en esta causa, pero fue sin dudas la privación al ejercicio de la libertad como una forma de sanción de exclusión de la sociedad, el primer tramo de las ofensas jurídico penales que recibirían las víctimas.-

Algunas de las víctimas de esta causa aparecen, incluso, mencionados en las listas de detenidos del D2 -Policía de la Provincia-aportada por el testigo Clemente durante el juicio "Jefatura de Policía de Tucumán s/secuestros y desapariciones", Expte. J-29/09, y eran considerados por los captores "delincuentes subversivos" ; ellos son Gloria Constanza Curia, Víctor Manuel Moreira, María Tránsito Barrionuevo; Reyes Romero, Raúl René Romero y Lucio Roberto Valenzuela (número de orden 225, 226 y 286 respectivamente) María Cristina Bejas (número de orden 33), Elda Leonor Calabró (número de orden 43), Ezequiel Matías Claudio Pereyra (número de orden 194); Javier Hipólito Centurión (número de orden 41); Carlos Oscar Jiménez (número de orden 100); Guillermo Corroto (número de orden 60); Juan Leandro Díaz, José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz, (n° de orden 75, 65 y 140 respectivamente); Víctor Felipe Egloff (número de orden 79); Luisa Ana Ibañez (número de orden 108); Ricardo Daniel Somaini (número de orden 261); Antonio Domingo Paz (número de orden 186); Juan Carlos Castro (número de orden 116); Berta María Soldati (244); José Manuel Rodríguez (208); Humberto Rubén Ponce (195); Silvina Parrile de Salinas y Ricardo Luis Salinas (265 y 266); Luis y José Dalmiro Rojas (222 y 224); Arturo Alberto Lescano (131); María Esther Silva (número de orden 233); a Nélida Azucena Sosa de Forti (número de orden 263); Rubén Lindor Tártalo (número de orden 271); María del Pilar Toledo (269); Héctor Gerardo Tula (272); Aida Inés Villegas y a Jorge Villegas (número de orden 283 y 284); Eduardo César Araujo, Raúl Alfredo Carlevaro, Rosa del Carmen Quinteros (número de orden 9, 42 y 198); Horacio Marcelo Ponce (número de orden 196); Raúl Gustavo Santillán (número de orden 260); Víctor Hugo Elías (número de orden 78); Justo Agustín Alarcón (h) (número de orden 3); Pedro Antonio Alarcón (número de orden 10); Alicia Raquel Burdisso (número de orden 28); Manuel Antonio Tártalo (número de orden 274); José Rafael Chamas (número de orden 63); Miguel Segundo Tula (número de orden 275); José Eduardo Ojeda Sierra (número de orden 180); Adriana Mitrovich, Horacio Ramón Atilio Ferreyra Córdoba, Graciela del Valle Bustamante de Argañaraz y Ricardo Torres Correa (número de orden 32, 87, 162 y 277); Yolanda Esther Argüello (número de orden 2); Demetrio Ángel Chamatrópulos (número de orden 64); Carlos María Gallardo (número de orden 79); Miguel Ángel Olea (número de orden 179); Angélica Margarita Palacio (número de orden 190).-

Si bien en lo que respecta al centro clandestino de detención que funcionó en la ex Jefatura de Policía la documentación original del D2 aportada por el testigo Clemente durante el juicio "Jefatura de Policía de Tucumán s/secuestros y desapariciones", Expte. J-29/09 es determinante para tener por acreditado que las víctimas allí mencionadas estuvieron privadas ilegalmente de su libertad en ese lugar, igualmente concluyentes son los testimonios de las víctimas sobrevivientes que relataron en la audiencia haber visto a muchas de las víctimas en los distintos lugares que funcionaron como centros clandestinos de detención (Jefatura de Policía de Tucumán, Arsenales, Reformatorio, Nueva Baviera, Comisaría de Monteros, Caspinchango, Santa Lucía, Escuelita de Famaillá, Escuela Universitaria de Educación Física).

El ingreso de las víctimas a los lugares de detención requería el previo secuestro de las mismas conforme fue evidenciado. Esa privación de libertad se produjo, en la mayoría de los casos, en sus propias casas, donde las víctimas estaban junto a sus familias, conforme quedó explicitado al describir las circunstancias que rodearon cada una de las intromisiones en esos domicilios. Pero también hubieron casos de secuestros que se produjeron en los lugares de trabajo, tal el caso de Antonia del Valle Barrionuevo, Fidel Emilio Correa, Wilfredo Rodríguez, Luis Román Gerez, Manuel Antonio Tártalo, Juan Ángel Rodríguez, Juan de Dios Gómez, Berta María Soldati, entre otros; de dependencias universitarias, como lo ocurrido con Juan Francisco Carreras, secuestrado en la Facultad de Bioquímica; de la vía pública, según lo que se probó respecto a Elda Leonor Calabró, los hermanos Cerviño, Ismael Adriss, Luisa Ana Ibáñez, Víctor Daniel Moreira, Silvana Parrile de Salinas, Ricardo Luis Salinas, Ramón Antonio Coman, Adriana Mitrovich y Horacio Ferreyra, entre otros-.

Conforme se evidenció en esta causa, muchas de las víctimas que estuvieron privadas de la libertad en los distintos centros clandestinos de detención fueron liberadas después de sus padecimientos mientras que otras fueron asesinadas.

Las víctimas que fueron liberadas son: José Carlos Mendez, Pablo Benito Brito, María del Valle Bazán de Romero, Juan Ignacio Cativa, María Cristina Verónica Pereyra, Demetrio Ángel Chamatropulos, Pedro Antonio Cerviño, José Ramón Cerviño, Fidel Emilio Correa, Francisco Rafael Díaz, Daniel Alfredo Díaz, Raúl Edgardo Elías, Juan Antonio Fote, Luís Alberto Gallardo, Carlos Alberto Gallardo, Carlos María Gallardo, Miguel Antonio Lapetina, Miguel Ángel Núñez, Carlos Moisés Núñez, Salvador Leocadio Navarro, Carlos Severino Soldati, Wilfredo Rodríguez, Juan Alberto Miño, Justo Francisco Ontivero, Carlos Ernesto Petarossi, Luís Alberto Barrionuevo, Dora María Pedregosa, Carlos Antonio Soto, Ricardo Aroldo Comán, Ramón Antonio Comán, Ana María Cossio, Miguel Ángel OLEA, Angélica Margarita Palacio, Raúl Andrés Veliz, Juan Pablo Carballo, Juan Ángel Rodríguez, Santos Aurelio Chaparro, Ernestina Yackel, Víctor Fernando Alderete , Francisco Carlos Monasterio, Julio Guillermo Suárez, Manuel Humberto Suárez, Gloria del Valle Iñíguez, Ramón Brizuela, María Candelaria Moyano, Ercilia Carabajal, Alfredo Antonio Coronel; Blanca Hoyis, María Margarita Laskowski, René Manuel Quinteros, Diana Elsa Fabio, Enrique Godoy, Antonia del Valle Barrionuevo, Andrés Héctor Lorenzo Lerma, María Rodríguez Román de Fiad, Nora del Valle Cajal, César Gustavo Campopiano, Celia Georgina Medina, Alberto Argentino Augier, Alejandro Federico Alderete Soria, Teresita Cándida Hazurún, Miguel Alberto Argañaraz, María Angélica Mazzamuto de Romero, Ernesto José Segundo Cruz, Matilde de los Ángeles Palmieri de Cerviño, Héctor Oscar Justo, Manuel Eugenio Olivera, Alberto Díaz, Baltazar Acuña, Josefa Nicolasa Oliva.-

Antes de continuar con las formas que asumió esa privación de libertad, que se extendió sine die en el tiempo para el resto de las víctimas que no se mencionan en el párrafo anterior, este Tribunal aclara que el diferente encuadre jurídico que efectúa en el tipo de privación ilegítima de la libertad respecto de los imputados Rivero, Güemes, Palomo, Montes de Oca y Sowinski -quienes fueron condenados en virtud del artículo 142 del C.P.- obedece a estrictas razones de congruencia. De esta manera, se aparta en este punto también del criterio asumido en sentencia "Jefatura de Policía de Tucumán s/secuestros y desapariciones", Expte. J-29/09, emitida por este Tribunal -con diferente integración respecto a uno de sus miembros-, y se encuadra las conductas de los imputados -salvo respecto de Rivero, Güemes, Palomo, Montes de Oca y Sowinski- en la figura penal descripta en el artículo 144 bis del C.P. por entender que es el razonamiento que obedece a una mejor técnica jurídica y que acoge lo comprobado durante el debate.-

Tal reproche penal les corresponde en virtud de lo prescripto por el art. 144 bis del Código Penal, en cuanto prescribe: "Será reprimido con prisión o reclusión de uno a cinco años e inhabilitación especial por doble tiempo: 1) El funcionario público que, con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley, privase a alguno de su libertad personal; 2) El funcionario que desempeñando un acto de servicio cometiera cualquier vejación contra las personas o les aplicare apremios ilegales; 3) El funcionario público que impusiere a los presos que guarde, severidades, vejaciones o apremios ilegales. Si concurriere alguna de las circunstancias enumeradas en los incisos 1, 2, 3 y 5 del artículo 142, la pena privativa de la libertad será de reclusión o prisión de dos a seis años." -

Ingresando en el análisis dogmático de esta figura penal, cabe mencionar que la afectación de la libertad descripta en estas figuras, se materializa privando a la víctima de su libertad personal; y esa actividad debe ser cumplida -según lo exige el art. 144 bis- por un sujeto que tenga la calidad de funcionario público, quien lo realiza con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley.-

Aún cuando se trata de un delito de realización instantánea que se consuma cuando efectivamente se priva de su facultad de movimiento al afectado, la especial característica del bien jurídico tutelado permite que este hecho pueda constituir un delito permanente, prolongándose en cierto tiempo, durante el cual se sigue cometiendo el ilícito penal.-

Al reprimir el art. 144 bis inc. 1° del Código Penal, la conducta del funcionario público, que con abuso de sus funciones o sin las formalidades previstas por la ley, privare a alguien de su libertad personal, la figura subsume las acciones así cumplidas en este juicio por los acusados por éste delito. Como quedó acreditado, todos ellos eran funcionarios públicos a la fecha en que se produjeron los hechos acá analizados.-

Al describir el tipo penal entre sus elementos objetivos normativos, la ilegalidad de la acción, corresponde considerar si pudo existir en la especie alguna autorización legal que excluyera el requisito prescripto. En esa dirección debe el Tribunal efectuar una ponderación -respecto a si la situación imperante en la provincia o el cumplimiento de órdenes, que invocaron algunos imputados durante el transcurso del debate-, y constatar en ese razonamiento si existió algún permiso capaz de restar antijuridicidad a la conducta que decidieron y mandaron ejecutar. Dicho de otro modo, si por alguna autorización normativa la privación podía ser legal.-

A ello se suma que el elemento subjetivo del tipo requiere que el autor proceda de manera autoritaria, o sea con conocimiento de la ilegalidad.-

Cabe afirmar que no existió ninguna ley que autorizara a las fuerzas armadas o de seguridad a detener sin orden judicial a los ciudadanos y por el contrario el Código Penal regía prescribiendo el delito.-

Ni siquiera el derecho que se aplica en la guerra, denominado Derecho Humanitario, extiende un cheque en blanco a las intervenciones armadas "una mención especial y destacada merecen las normas del Derecho Humanitario, que empezó a desarrollarse en la segunda mitad del siglo XIX, como reacción al hecho de que los vencidos en una guerra quedaban a merced del vencedor y frecuentemente eran tratados con particular crueldad. Ya en el siglo XVIII había habido expresiones de preocupación por este hecho. Después de la Batalla de Fontenoy en 1745, Luis XV ordenó que el enemigo herido fuera tratado igual que sus propios soldados porque "una vez que están heridos ya no son más nuestros enemigos" (Robertson-Merrills,!989, p.!7). También Rousseau describió en términos semejantes lo que él llamó "principios que fluyen de la naturaleza de las cosas y se fundan en la razón", así escribió en su contrato social que, siendo el objetivo de la guerra la destrucción del Estado enemigo, uno sólo tiene derecho a matar a los defensores de ese Estado cuando éstos estén armados. La falta de armas los transforma en individuos comunes, haciendo cesar de inmediato el derecho a matarlos (ob. cit.). Estos principios se transformaron en normas legales gracias a los esfuerzos de Henrry Dunant, un filántropo suizo que creó el Comité Internacional y Permanente de Socorro a los heridos militares, en 1863. Las actividades de la organización creadas por Dunant -que tenían por emblema la bandera suiza con sus colores invertidos- fueron oficialmente reconocidas en la Convención de Ginebra de 1864, por medio de la cual doce Estados se comprometieron a respetar a los soldados enfermos o heridos cualquiera fuera su nacionalidad y a respetar el emblema de la Cruz Roja. Varios tratados que amplían considerablemente el campo de acción de la Cruz Roja han seguido a la Convención de 1864 (art. 3 de las cuatro Convenciones de Ginebra de 1949)" (Medina Cecilia, Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Edición de la autora para Programas de la Universidad de Utrech, Universidad Nacional de Tucumán y Universidad de Humanismo, Chile, 1990, p. 17).-

Quienes recibieron formación militar o formación policial, no podían ignorar que los crímenes comunes no pueden ser justificados en mérito a la existencia de una guerra o al cumplimiento de órdenes superiores. Por ello no puede acogerse la pretensión de legalidad de la actuación de los imputados, ni admitirse como causa de justificación.-

Es evidente que la situación de las víctimas en esta causa, nada tuvo que ver con un supuesto estado de guerra. En concreto, las personas ofendidas por este accionar fueron privadas de su libertad en el seno de sus hogares o en la vía pública, en la mayoría de los casos en presencia de sus familiares, tal como se describió en el capítulo de hechos.-

La hipótesis de la pretendida guerra, involucra una pérdida de legitimidad por parte del Estado, así "En décadas pasadas se difundió otra perspectiva bélica, conocida como de seguridad nacional, que comparte con la visión bélica comunicativa del poder punitivo su carácter de ideología de guerra permanente (enemigo disperso que da pequeños golpes) por ello, sería una guerra sucia contrapuesta a un supuesto modelo de guerra limpia, que estaría dado por una idealización de la primera guerra mundial (1914-1918), curiosamente coincidente con el culto al heroísmo guerrero de los autoritarismos de entreguerras. Dado que el enemigo no juega limpio, el Estado no estaría obligado a respetar las leyes de la guerra. Esta argumentación se utilizó para entrenar fuerzas terroristas que no siempre permanecieron aliadas a sus entrenadores. Con este argumento se consideró guerra lo que era delincuencia con motivación política y, pese a ello, tampoco se aplicaron los Convenios de Ginebra, sino que se montó el terrorismo de estado que victimizó a todos los sectores progresistas de algunas sociedades, aunque nada tuviesen que ver con actos de violencia. La transferencia de esta lógica perversa a la guerra contra la criminalidad permite deducir que no sería necesario respetar las garantías penales y procesales por razones semejantes. De este modo, así como la subversión habilitaba el terrorismo del estado, el delito habilitaría el crimen de estado. La subversión permitía que el estado fuese terrorista y el delito que el estado fuese criminal: en cualquier caso la imagen ética del estado sufre una formidable degradación y, por tanto, pierde toda legitimidad" (Zaffaroni Eugenio, Alagia, Alejandro y Slokar, Alejandro, Derecho Penal, Ediar, Bs. As., 2000, p.16).-

La verdad histórica comprobada en el juicio permite a este Tribunal concluir que las conductas desplegadas por los condenados como autores mediatos se corresponden con los tipos legales en análisis, por cuanto ellos -en cumplimiento del plan sistemático de represión y según la jerarquía que ostentaban- incluyeron a las víctimas de esta causa en los listados de personas a detener y ordenaron sus privaciones ilegítimas de libertad, órdenes que fueron ejecutadas a través de sus subordinados, quienes fueron condenados como autores materiales, partícipes necesarios y/o secundarios.-

La conducta descripta en los arts. 144 bis del Código Penal, fue llevada a cabo por LUIS ORLANDO VARELA, ROBERTO HERIBERTO ALBORNOZ, ADOLFO ERNESTO MOORE, CAMILO ÁNGEL COLOTTI, AUGUSTO LEONARDO NEME, RAMÓN ERNESTO COOKE, ROLANDO ARIEL VALDIVIEZO y CARLOS EDUARDO TRUCCO, en carácter de autores mediatos -sin perjuicio del carácter material que haya tenido respecto a Albornoz y a Varela en algunos de los casos comprobados- en tanto integrantes de un aparato organizado de poder a través del personal que se encontraba bajo sus órdenes. En dicho aparato de poder, se encontraban en un nivel jerárquico intermedio, lo que les permitía tanto dar órdenes a sus inferiores como perpetrar directamente muchos de los padecimientos de que fueron víctimas las personas que estuvieron detenidas ilegalmente en los centros clandestinos de detención que funcionaron en la ex Jefatura.

Conforme quedó acreditado en este juicio, a quienes se consigna a continuación, les corresponde el reproche penal como autores materiales del delito de privación ilegítima de libertad previsto en el art. 144 bis del C.P.: LUIS ORLANDO VARELA en perjuicio de Adolfo Méndez Brander, Margarita Laskowsky y Enrique Godoy; ROBERTO HERIBERTO ALBORNOZ en perjuicio de José Guetas Chebaia, Francisco Rafael Díaz, Víctor Egloff y Alberto Gallardo; Juan Faustino Rodríguez, Pedro Ricardo Rodríguez, José Antonio Cano, María Angélica Mazzamuto de Romero, Roberto Romero; Antonio Raúl Romero y Luis A. Holmquist; RICARDO OSCAR SÁNCHEZ en perjuicio de Centurion Javier Hipólito, Cisterna Pastor

Roberto y Cisterna de Bulacio María; LUIS ARMANDO DE CÁNDIDO en perjuicio de Eduardo César Araujo y de Raúl Edgardo Elías; MARCELO OMAR GODOY en perjuicio de Cajal Nora Alicia del Valle, y Román de Fiad María Cristina; ÁNGEL CUSTODIO MORENO en perjuicio de Ricardo Torres Correa y Graciela Bustamante de Argañaraz; y LUIS EDGARDO OCARANZA en perjuicio de Wenceslao Quinteros.-

Conforme quedó acreditado en este juicio, a quienes se consigna a continuación, les corresponde el reproche penal como partícipes necesarios del delito de privación ilegítima de libertad: RICARDO OSCAR SÁNCHEZ, LUIS ARMANDO DE CANDIDO, ERNESTO RIVERO,

TOMÁS ADOLFO GÜEMES, BENITO PALOMO, ALBERTO HÉCTOR RAFAEL MONTES DE OCA, JOSÉ CARLOS SOWINSKI, RAMÓN ALFREDO OJEDA FUENTE, FERNANDO TORRES, PEDRO OSVALDO CABALLERO, HUGO ENZO SOTO, JUAN ALBERTO ABRAHAM, ROLANDO REYES QUINTANA, HUGO JAVIER FIGUEROA, OSCAR HUMBERTO GÓMEZ, FÉLIX INSAURRALDE, ANTONIO ESTEBAN VERCELLONE, ÁNGEL CUSTODIO MORENO, GUILLERMO AGUSTÍN UGARTE y MIGUEL CHUCHUY LINARES.-

Asimismo, a quienes se consigna a continuación, les corresponde el reproche penal como partícipes secundarios del delito de privación ilegítima de la libertad: JORGE OMAR LAZARTE, ROLANDO ARIEL VALDIVIEZO, CARLOS EDUARDO TRUCCO, MARIO MIGUEL D'URSI, LUIS EDGARDO OCARANZA, PEDRO JOAQUÍN PASTERIS, GUILLERMO FRANCISCO LÓPEZ GUERRERO y MARÍA LUISA ACOSTA DE BARRAZA

De esta manera, las órdenes emitidas a tal efecto por las autoridades militares, surgieron del ejercicio de un poder de facto no solo contrario al orden constitucional, sino además sustancialmente ilegítimo, por prescindir del orden procesal y penal vigentes.-

Se agrega a la conducta anterior la circunstancia de que en el mismo acto en que eran detenidas, las víctimas fueron sometidas a tratos crueles constitutivos de las vejaciones prescriptas por la norma del art. 144 bis. del Código Penal que sanciona al funcionario público que en el desempeño de un acto de servicio cometa vejaciones contra las personas o les aplique apremios ilegales -inc. 2- o imponga a los presos que guarde severidades, vejaciones o apremios ilegales -inc. 3-.

En la descripción de la figura, vejar significa tanto como maltratar, molestar, perseguir a uno, perjudicarle o hacerle padecer. Si bien cualquier pena privativa de la libertad es en sí un padecimiento y/o mortificación, el límite está dado por el respeto a la dignidad de las personas.-

Así, el art. 18 de la Constitución Nacional dispone que las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas y toda medida que so pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquella exija, hará responsable al juez que la autorice.-

En tanto que las vejaciones tienen generalmente el fin en sí mismas, que podría ser comprendido por el término castigar; los apremios, lo mismo que las torturas, tienen como nota característica la pretensión del autor de obtener información.-

En los casos sub examine, durante el debate ha quedado acreditada la circunstancia de que a las víctimas se les vendaban los ojos, ya sea al momento de la detención o al llegar al centro clandestino de detención, lo que ocasionaba en sí mismo una vejación. En este sentido son contundentes y concordantes los relatos de los testigos sobrevivientes que estuvieron detenidos clandestinamente en los distintos centros clandestinos.

Las personas vendadas o encapuchadas pierden su autonomía, aumentan su sensación de vulnerabilidad ya que ignoran quienes son sus aprehensores, el medio en el cual los trasladan, los lugares por los que se desplazan; en una palabra, se cosifican, como un bulto, quedando a total disposición de los sujetos activos.-

Esa privación de libertad que se iniciaba en los propios hogares de las víctimas o en la vía pública, se continuaba en el centro clandestino de detención al que eran destinadas (Jefatura de Policía de Tucumán, Arsenales, Nueva Baviera, Reformatorio, Caspinchango, Santa Lucía, Escuela Universitaria de Educación Física, Comisaría de Monteros, Comando, Brigada, Escuelita de Famaillá), conforme la descripción de los hechos comprobados. En esos lugares la privación de libertad también fue agravada por la aplicación de apremios ilegales por parte de los funcionarios a cargo de su guardia y custodia.-

Si bien los malos tratos y la crueldad cotidianas hacia las personas detenidas en esos centros clandestinos de detención que funcionaron en la provincia, resultan del contexto general represivo vigente en el país, en nuestra provincia tal situación resultó acabadamente probada en esta causa por las declaraciones de quienes estuvieron alojados en dichos lugares y sobrevivieron a los múltiples padecimientos que allí les inflingieron.-

En tal sentido, fueron contundentes y concordantes los testimonios de las víctimas sobrevivientes al describir las condiciones en las que se encontraban los detenidos en los distintos lugares; con las manos atadas, tabicados, sin ropas, prácticamente sin agua ni alimentación, insultados, golpeados, torturados. Así, Diana Elsa Fabio, Dora del Valle Pedregoza, Alberto Argentino Augier, Raúl Edgardo Elías, Carlos María Gallardo, Gustavo Enrique Holmsquist, Carlos Severino Soldati, Demetrio Ángel Chamatrópulos, Oscar Conte, Juan Martín Martín, Juan Carlos Clemente -sin que en ellos se agote la lista-.

Como concluyen M. Sancinetti y M. Ferrante, "ya el primer acto de tortura era ejercido en el domicilio, en el momento de la aprehensión, a más tardar al retirar al secuestrado del domicilio, dado que se procedía siempre al llamado "tabicamiento", acción de colocar en el sujeto un tabique (vendas, trapos o ropas de la propia víctima) que le impidiera ver; así era introducido en un automóvil, donde se le hacía agachar la cabeza, que le seguía siendo cubierta hasta el lugar de detención, y, como regla, así quedaba durante toda su detención" (Marcelo A. Sancinetti y Marcelo Ferrante, El Derecho Penal en la protección de los derechos humanos, Editorial Hammurabi, Bs As, 1999, pág. 118).

Acorde al examen elaborado en los párrafos precedentes corresponde especificar el encuadramiento de la conducta de los imputados, tanto a nivel del tipo objetivo como del tipo subjetivo, en relación a las normas de los artículos 144 inc. y 142 del Código Penal -para los casos que se especificó- del Código Penal.-

Tiene presente este Tribunal, que la práctica de la desaparición forzada de personas encuadra en diversos tipos penales por la multiplicidad de lesiones que significa para las víctimas y que una de esas afectaciones es la contemplada en estas figuras penales.-

La Corte Suprema de la Nación ha dicho "...el Estado mediante el uso de figuras penales existentes en la legislación sanciona los hechos considerados como desaparición forzada. Lo contrario llevaría al absurdo de que el país, ante la ausencia de una figura legal concreta llamada "desaparición forzada de personas" en el orden interno, no incrimine las conductas descritas en una Convención, en clara violación de los compromisos internacionales asumidos. O de igual manera, que dejase impune los delitos de privación ilegítima de la libertad, torturas y homicidio. La desaparición forzada implica la violación múltiple y continuada de varios derechos, todos ellos debidamente protegidos por nuestras leyes". ("Videla Jorge Rafael s/ incidente de falta de jurisdicción y cosa juzgada" del dictamen del Procurador General Nicolás Becerra. 21/08/2003).-

X. 10 Tormentos agravados

El tipo legal está previsto en el art. 144 ter. primer y segundo párrafo, del Código Penal, conforme Ley 14.626 vigente al tiempo de los hechos. Esta norma sanciona "al funcionario público que impusiere, a los presos que guarde, cualquier especie de tormento", agravando el monto de la pena en el caso de que la víctima fuere un perseguido político".

El bien jurídico protegido por esta figura penal es la dignidad fundamental de la persona y la integridad moral de todos los ciudadanos, sin ningún tipo de distinción. Si bien se trata de un tipo totalmente autónomo, la víctima tiene que ser una persona privada de su libertad por orden o con intervención de un funcionario público. Se trata de una modalidad especialmente gravísima de afectación de la libertad por su efecto destructivo sobre la relación de la persona consigo misma, su dignidad, su integridad psicofísica; por la subyugación y colonización absoluta de la subjetividad que se transforma en anexo territorial sujeto a la voluntad soberana del torturador. El cuerpo actúa como soporte de escritura del lenguaje de la violencia, la anulación del ser. (Cfr. Baigún, David, Zaffaroni, Eugenio Raúl -dirs.-, Código Penal y normas complementarias. Análisis doctrinal y jurisprudencial, Hammurabi, Buenos Aires, 2008, T.V, p. 372).-

Sujeto activo debe ser un funcionario público, lo que implica que este sujeto tiene una posición de superioridad sobre la víctima, que lleva a que exista en la tortura alevosía; no es necesario que se trate de un funcionario que guarde a la persona privada de su libertad, basta con que tenga un poder de hecho sobre la víctima. (Cfr. Cfr. Baigún, David, Zaffaroni, Eugenio Raúl -dirs.-, Código Penal y normas complementarias. Análisis doctrinal y jurisprudencial, Hammurabi, Buenos Aires, 2008, TV, p. 372). Es evidente la condición de funcionarios públicos que detentaban los imputados en la época de los hechos aquí analizados.-

Debido al lugar jerárquico que ocupaban en la estructura del aparato de poder, no existen dudas respecto que a LUIS ORLANDO VARELA, ROBERTO HERIBERTO ALBORNOZ, ADOLFO ERNESTO MOORE, CAMILO ÁNGEL COLOTTI, AUGUSTO LEONARDO NEME, RAMÓN ERNESTO COOKE, les corresponde el reproche penal en carácter de autores mediatos penalmente responsables por la comisión del delito que aquí se analiza (más allá que la conducta de Albornoz y Varela en algunas oportunidades haya adquirido ribetes de materialidad).-

Conforme quedó acreditado en este debate, a los condenados que se menciona a continuación, les corresponde el reproche penal como autores materiales del delito de tormentos agravados: LUIS ORLANDO VARELA en perjuicio de Adolfo Méndez Brander, Margarita Laskowsky y Enrique Godoy; ROBERTO HERIBERTO ALBORNOZ en perjuicio de Mazzamuto de Romero María Angélica, Romero Antonio Raúl y Holmquist Luis A.; Cativa Juan Ignacio, Elias Raúl Edgardo, Fote Juan Antonio y Lapetina Miguel Antonio; LUIS ARMANDO DE CÁNDIDO en perjuicio de Raúl Edgardo Elías; y MARCELO OMAR GODOY en perjuicio de Cajal Nora Alicia del Valle, y Román de Fiad María Cristina.

Conforme quedó acreditado en este debate, a los condenados que se menciona a continuación, les corresponde el reproche penal como partícipes necesarios del delito de tormentos agravados: RICARDO OSCAR SÁNCHEZ, LUIS ARMANDO DE CANDIDO, ALBERTO HÉCTOR RAFAEL MONTES DE OCA, RAMÓN ALFREDO OJEDA FUENTE, FERNANDO TORRES, PEDRO OSVALDO CABALLERO, HUGO ENZO SOTO, JUAN ALBERTO ABRAHAM, ROLANDO REYES QUINTANA, HUGO JAVIER FIGUEROA, OSCAR HUMBERTO GÓMEZ, FÉLIX INSAURRALDE, ANTONIO ESTEBAN VERCELLONE, ÁNGEL CUSTODIO MORENO, GUILLERMO AGUSTÍN UGARTE y MIGUEL CHUCHUY LINARES. Asimismo, Conforme quedó acreditado en este debate, a los condenados que se menciona a continuación, les corresponde el reproche penal como partícipes secundarios del delito de tormentos agravados: JORGE OMAR LAZARTE, ROLANDO ARIEL VALDIVIEZO, CARLOS EDUARDO TRUCCO, MARIO MIGUEL D'URSI, LUIS EDGARDO OCARANZA, PEDRO JOAQUÍN PASTERIS, GUILLERMO FRANCISCO LÓPEZ GUERRERO y MARÍA LUISA ACOSTA DE BARRAZA.

El sujeto pasivo de este injusto es una persona perseguida políticamente y privada de su libertad por el accionar de un funcionario público, quien se constituye en sujeto activo del delito. Los imputados aquí juzgados reunían la calidad de funcionarios públicos, como ya se determinó.-

Ha quedado acreditado durante la audiencia de debate que las víctimas eran consideradas "delincuentes subversivos", así lo demuestra categóricamente la ya aludida documentación del D-2 aportada por el testigo Juan Carlos Clemente que incluye a muchas de las víctimas de esta causa bajo tal caratula. Ello demuestra que las mismas eran consideradas -para las fuerzas militares y de seguridad del Estado nacional y provincial-como "blancos" que debían ser eliminados en el marco del terrorismo de Estado instaurado o, inclusive, en curso de instauración.-

Ingresando al análisis del concepto tormento, ya advertía Soler que "... la tortura es toda inflicción de dolores con el fin de obtener determinadas declaraciones; cuando esa finalidad existe, como simple elemento subjetivo del hecho, muchas acciones que ordinariamente podrían ser más que vejaciones se transforman en torturas" (Sebastián Soler, ob. cit, p. 55).-

Por su parte la Convención contra la tortura y otros tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes, incorporada al art. 75 de la Constitución Nacional en 1994, la define en su art. 1: "A los efectos de la presente Convención, se entenderá por el término "tortura " todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infringidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No se considerarán torturas los dolores o sufrimiento que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a estas".- Esta definición vino a ratificar lo que el Derecho Internacional Humanitario, como el ius cogens y convencional, había caracterizado como torturas.-

Los testimonios de las personas que estuvieron secuestradas en los distintos centros clandestinos de detención y que sobrevivieron a tales padecimientos, permiten afirmar sin margen de dudas que quienes allí estuvieron cautivas fueron sometidas a múltiples formas de tormentos. Es categórica en este sentido, la descripción que Alberto Argentino Augier efectúa a fs. 3/7 del cuerpo 186: "En el mes de Diciembre nuevamente me interrogan, era un día de intenso calor, me pusieron de pie en medio del sol, con los ojos vendados y esposado con manos hacia atrás: a la noche me trasladaron a un cuarto de torturas, una pequeña habitación de madera, el interrogador trajo un puñado de plantas espinosas y las colocó sobre las manos, en forma tal que al menor movimiento las espinas se clavaban en la piel de la espalda. No sé cuánto tiempo estuve en esa situación; me trasladaron a posteriori hacia la tela metálica que rodeaba el lugar, el sueño y el cansancio me vencía, caí inconsciente sobre unos ladrillos lo que produjo una herida en mi cabeza, la sangre me corría por el cuello y el cuerpo, creo era más de medianoche, el guardián que me vigilaba notó que sentía frío y me echó agua para aumentar el tormento, al día siguiente no podía sostenerme en pie y el guardia exigía que me levante, no sé de donde salieron mis fuerzas y llegué al otro día cuando conocí SABA. El más perverso de los interrogadores, quién, después de insultarme, me preguntó si confesaría quienes eran los guerrilleros que yo conocía, al no tener respuesta porque no tenía la menor idea de lo que preguntaba, luego de golpearme con sus puños, le dijo a un guardia que cave un hoyo, donde luego de poner pedazos de ladrillos, me introdujeron y taparon con tierra salvo la cabeza, tenía la sensación de que mis brazos y piernas se quebraban y mis órganos internos estallaban, tampoco tengo memoria del tiempo que duró la tortura, luego mis compañeros de prisión me dijeron que estuve cinco días, sí recuerdo una lluvia que me despertó y empecé a gritar lo que debe haber sido desesperado ya que el interrogador ordenó que me sacaran y bañaran. Allí resucité porque de esos días que permanecí enterrado no recuerdo nada, estaba muerto". Y continua explicando el testigo: "Cuando pensé que los sufrimientos y torturas habían terminado, me trasladaron al cuarto de torturas y me aplicaron picana eléctrica en todas las zonas del cuerpo, no sé entonces que declaré o manifesté ya que mi único objetivo era que cesara el tormento. En algún momento me llevaron nuevamente a mi celda, y sobre mi vieja frazada dormí hasta el otro día porque el guardia que nos tocó, al que apodaban Carlitos, que era un hombre que cumplía órdenes pero reconocía la desgraciada situación que vivíamos, me dejó descansar sin interrupciones.".

La testigo Antonia del Valle Barrionuevo relató en la audiencia que cuando estuvo cautiva en Arsenales "la llevaron a la sala de torturas y la colocaron en una cama sin colchón, le aplicaron picana eléctrica en los pies y los pechos" contó también que "la golpearon con un cinto que tenía una enorme hebilla de metal, que le dejó en carne viva los glúteos y los pechos, le taparon la boca, aumentando así su sufrimiento" .

La testigo Dora María Pedregosa estuvo en cautiverio en el centro clandestino de detención que funcionó en la Escuela Universitaria de Educación Física durante 16 días y fue torturada todas las noches "especialmente con picana eléctrica" conforme ella misma lo relató en esta audiencia; en ese mismo lugar, Julio Arnaldo Del Castillo "fue sometido a golpes y torturas que lo dejaron en muy mal estado de salud, al punto de no poder valerse por sí mismo para ponerse de pie" esto lo relató Víctor Fernando Alderete, quien fue "careado" con Del Castillo por los interrogadores del lugar.-

Juan Carlos Clemente al sostener que "...era imposible que se interrogara sin torturar..." y Juan Martín Martín cuando afirmó que "...no había interrogatorio sin tortura, ... A todos los pasaban por la picana, con el teléfono del Ejército -un teléfono de compañía-, sobre un sommier metálico, los ataban al sommier, les daban con uno o dos teléfonos, depende la ocurrencia, con electrodos en la cabeza y en los testículos...Había un tacho grande que llenaban con agua y te metían la cabeza,...también el submarino seco, con bolsa de plástico...El Dr. Galdeano se encargaba de controlar a los prisioneros para saber si se los podía seguir torturando...".-

Así narraron otros testigos los padecimientos de que fueron víctimas en la Jefatura: el testigo Carlos Antonio Soto contó que lo llevaron nuevamente al centro clandestino de detención que funcionó en la Jefatura de Policía, donde fue tirado en dos oportunidades en una especie de letrina y los detenidos orinaban y defecaban en su cuerpo por orden de los guardias" también dijo que fue "castigado con una especie de boleadora con elásticos con las cuales lo golpeaban en la zona de los riñones y testículos" -denuncia presentada ante la fiscalía por la víctima (fs. 4 de la causa) e incorporada por el art. 391 del C.P.P.N. a este debate-. Raúl Edgardo Elías describió que "...al principio me torturaban tres o cuatro veces por día,...esa noche me acostaron en la "parrilla" con los pies atados con cables a la contraparte del respaldo,...fue lo más duro, me comí un pedazo de lengua, tengo la cicatriz...Se fueron los que interrogaban y quedo con los otros que jugaban conmigo y la picana,... me defequé encima y me pegaron por eso, luego me bañaron con agua fría y me volvieron a atar en la parrilla...Sentía como torturaban porque gritaban de noche..." ; Carlos María Gallardo "...fui golpeado, torturado, me interrogaron con picana eléctrica en los pies, las axilas, submarino en el inodoro lleno de excremento...Se escuchaban gemidos, quejidos..." ; Gustavo Enrique Holmsquist "...Me dijeron que me iban a matar ese día, me pusieron la cabeza en un balde y me dispararon, ...me pegaban en los oídos..." ; Carlos Severino Soldati "...una noche me llevan a otro lado donde había mucha luz, ...me pegan cachiporrazos, culatazos y me aplican corriente eléctrica hasta que la rigidez de los músculos me impide seguir gritando..., me preguntaban por mi hermano...había gente tirada, muy golpeada..." ; Demetrio Ángel Chamatrópulos "...a la noche me llevan a otro lugar, pasamos por un lugar descubierto y la llovizna me cae en la cara, ...ahí me torturaron, vi que había tubos fluorescentes por la rendija de la nariz.me quedan los gritos de mujeres y hombres de noche...De pronto se hace un silencio sepulcral y me dicen que me iban a fusilar, me ponen en un paredón y gatillan, luego siento una risotada general..."; Oscar Conte "...me llevan a un salón donde muchos lloraban y gritaban,.me meten la cabeza en un balde con agua, ...uno pregunta si ya me había ablandado,...".-

El modus operandi utilizado por los captores, conduce a este Tribunal a afirmar que las víctimas de esta causa sufrieron iguales padecimientos a los descriptos por los testigos referenciados.-

El delito de Torturas integra la secuencia que define lo que la doctrina designa "práctica sistemática de desaparición forzada de personas".-

En tal inteligencia es que este Tribunal entiende que las torturas padecidas por las víctimas de esta causa se verificaron desde el momento mismo de la detención, oportunidad en la que -según se acreditó- fueron sometidas no sólo a torturas físicas, sino también psicológicas, las cuales se prolongaron a lo largo de toda su detención.-

A este respecto: "...ya el primer acto de tortura era ejercido en el domicilio, en el momento de la aprehensión, a más tardar al retirar al secuestrado del domicilio, dado que se procedía siempre al llamado 'tabicamiento', acción de colocar en el sujeto un tabique (vendas, trapos o ropas de la propia víctima) que le impidiera ver; así era introducido en un automóvil, donde se le hacía agachar la cabeza, que le seguía siendo cubierta hasta el lugar de detención, y, como regla, así quedaba durante toda su detención" (Cfr. Sancinetti, Marcelo A. y Ferrante, Marcelo, El Derecho... op. cit., p. 118).-

Debe repararse que este razonamiento ha recibido amplia acogida jurisprudencial, así en la causa "Suarez Mason y otros s/privación ilegal de la libertad..." (sentencia del 20/10/2005 en la causa N°. 14.216/03) se ha sostenido que "...todo el conjunto abyecto de condiciones de vida y muerte a que se sometiera a los cautivos, si son analizados desde sus objetivos, efectos, grado de crueldad, sistematicidad y conjunto, han confluido a generar el delito de imposición de tormentos de una manera central, al menos conjunta con la figura de la detención ilegal, y de ningún modo accesoria o tangencial a ésta... Tales tratos están incluidos en la prohibición jurídica internacional de la tortura, los tratos crueles, inhumanos y degradantes y encuadran en el delito de imposición de tormentos que expresamente castiga al funcionario que impusiere cualquier especie de tormento (art. 144 ter. primer párrafo del Código Penal, según la ley 14.616).-

De otra parte, teniendo en cuenta el análisis precedente pero avanzando en las particularidades del ilícito sub examine, no puede soslayarse la circunstancia de que las privaciones ilegítimas de la libertad tenían por propósito fundamental la obtención de información que se consideraba que la víctima disponía. Propósito fundamental que lógicamente conducía a la aplicación de torturas, las cuales precisamente son definidas por la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes -incorporada al art. 75 de la Constitución Nacional en 1994- en su art. 1 como "...todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infringidos por un funcionario público u otra persona en el ejercito de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No se considerarán torturas los dolores o sufrimiento que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a estas".-

A esta altura del análisis de la figura penal en cuestión, el Tribunal considera ineludible mencionar una particular circunstancia que se acreditó en el presente caso y que concurre al momento de valorar la conducta de los imputados.-

Analizando el aspecto subjetivo del tipo, este requiere la decisión y voluntad de someter al detenido a padecimientos.-

Por ello, corresponde su atribución a título de dolo, debido al conocimiento por parte de los imputados de que la víctima se encontraba privada de su libertad y sometida a padecimientos físicos y psíquicos, lo que se comprobó por el hecho de que el objetivo mismo de la existencia de los centros de detención era el quebrantamiento de los detenidos mediante la aplicación de tormentos con el fin de la rápida obtención de información. Puede afirmarse que se trató de una práctica sistemática y generalizada en los distintos centros de detención.-

Las pruebas aportadas en la causa no dejan dudas en cuanto a que las víctimas de ésta causa fueron sometidas a padecimientos, torturas y tratos inhumanos y degradantes durante su permanencia en los distintos centros clandestinos de detención cuya existencia quedó demostrada en este debate oral, permitiendo el encuadramiento de la conducta de los imputados en la figura penal prevista en el art. 144 ter., primero y segundo párrafo del Código Penal según ley 14.616, por ser ley penal más benigna.-

X. 11 Torturas seguidas de muerte (art. 144 ter último párrafo del C. Penal)

Conforme ha quedado acreditado en la audiencia, Julio César Campopiano, Juan de Dios Gómez, Enrique Gonzalo Díaz Macías, Víctor Safarov, Humberto Alfredo González, Julio Ricardo Abad, Ángel Adolfo Méndez Brander, Julio Arnaldo del Castillo y Gustavo Adolfo Focchi murieron durante su cautiverio como consecuencia de las torturas de que fueron víctimas.-

En el caso de Julio César Campopiano quedó acreditado que falleció de tétanos en el Arsenal como consecuencia de las torturas y sin atención médica. En la declaración oralizada del ex gendarme Antonio Cruz quien, ante una foto que le exhibieron de la víctima manifestó: "Que se trataba de una persona que se encontró detenida en el Arsenal Miguel de Azcuénaga, el que falleció por falta de atención médica y decían en esa oportunidad que había muerto de tétanos. Que lo reconoció porque al ser trasladado desde el Campo Clandestino hasta un Pozo existente más o menos a cincuenta o cien metros, ya muerto, vio su rostro, aclara que vio el cuerpo entero ya que el deponente, junto con otras cinco personas, ayudaron a cargar el cadáver. .. Asimismo manifiesta que el cuerpo de esta persona lo quemaron. Que esta persona era de cabello castaño, de bigotes, delgado, con la boca abierta, tenía los labios amarillos y se encontraba todo sucio, que tenía el pelo medianamente largo, de aproximadamente un metro setenta y cinco" (fs. 128/131 vta. cuerpo 297).-

En cuanto a Enrique Gonzalo Díaz Macías, se conoció en este juicio que falleció en una sesión de tortura, lo que quedó acreditado con el testimonio de Cristina Román de Fiad: "... oía las torturas de un chico Díaz al que picanearon hasta que mataron, llamaron al enfermero, un gordo que dijo estos les hacen de todo y pretenden que yo los cure con un mejoral. Manifestó que ese señor era Díaz, el marido de Zaira Auad".

Víctor Safarov, murió en el Arsenal, por una infección muy avanzada en su codo, que culminó en gangrena, originada también en las torturas que recibía. Ello está acreditado con el testimonio de Osvaldo Humberto Pérez que cuando en audiencia fue preguntado por Víctor Safarov dijo: "Cuando lo llevaron al Arsenal ya estaba destrozado, golpeado, tenía quebrado un codo y el Dr. Augier dijo que tenía un grado de infección muy avanzado y que era una gangrena. El único camino era la cirugía y eso no existía allí. Estuvo varios días agonizando, lo que demuestra el parámetro de hasta donde llegaba la capacidad de soportar dolor a que eran sometidos los detenidos. El estado de Safarov era desesperante, pedía que lo maten, que no lo toquen, estaba en estado de delirio. Estaba dentro del galpón pero murió en el portón, en la puerta de una de las alas. Ahí le pusieron el gasoil de un mechero, porque tenía agusanado el brazo y una mañana lo sacaron a una de las puertas para curarlo y murió ahí". También la testigo Nora Cajal dijo: "había un chico que quedó tirado esa noche con pelo ensortijado, de apellido árabe o griego, se llamaba Safarov lo conocía de ir a tomar café, lo vio tirado en la tierra muerto con moscas". Y con el testimonio de Susana Leoni Auad que dijo que: "vio a Véctor Hugo Zafarov en el Arsenal, lo conocía del secundario y oyó su voz, pedía auxilio, gritaba, estaba aparentemente con gangrena en el codo por la tortura y no fue atendido ni por Ángel, le consultaban al Dr. Augier que no podía hacer nada".

Humberto Alfredo González, también murió luego de sesiones de tortura, en el Arsenal, conforme quedó acreditado con el testimonio de Nora Cajal que señaló: "Alfredo González murió adentro del Arsenal ella pasó por encima de su cadáver porque tuvo que levantar el pie y con la venda baja vio que era él y estaba muerto. ...El chico González murió por la tortura porque no entregó a nadie".

Julio Ricardo Abad, murió de tétanos en el Arsenal, como consecuencia de las torturas conforme lo describió en audiencia el testigo Antonio Raúl Romero que dijo: "que el compañero que estaba tirado en el pasillo era "El Bombo " Avalos -como le decían a Abad- y Augier le dijo que tenía tétanos, recuerda que "El Bombo " le preguntaba al doctor si se iba a morir y éste le decía que sí, que se quede tranquilo".

Angel Adolfo Méndez Brander, falleció luego de ser torturado brutalmente, conforme lo acredita el testimonio de Osvaldo Humberto Pérez que expresó: "A Adolfo lo torturaron mucho, era una persona muy fuerte y por eso le decían "Yeti", había un encarnizamiento particular porque era hijo de un Coronel y porque tenía un hermano que había desaparecido antes que él. Un día fue un oficial, un jefe de la guardia de gendarmería, y lo sacó a Méndez al patio donde los llevaban a hacer sus necesidades y lo empezó a castigar con un trenzado de cables que lo usaban como látigo. Le pegó tanto que Méndez quedó tirado. Supo que a Adolfo lo mataron entre Octubre y Diciembre en el Arsenal, aunque no puede precisarlo".

Gustavo Adolfo Focchi, falleció en El Reformatorio, como consecuencia de los golpes recibidos en una sesión de tortura, lo que quedó acreditado con el testimonio de Osvaldo Humberto Pérez que expresó en la audiencia que: "que a Focchi lo mataron a patadas. A fines del mes de mayo no estaba más en el Reformatorio y no fue trasladado al Arsenal. Lo vio tirado el día de la golpiza".

Habiéndose acreditado el secuestro de Juan de Dios Gómez y Arnaldo del Castillo en la presente causa, en las mismas condiciones que las víctimas antes mencionadas y se analiza en esta misma resolución la presunción que genera la desaparición, al fijar la tipificación de la conducta se ha respetado la imputación fiscal.

El tribunal entiende, conforme se analizó en el apartado anterior, que a LUIS ORLANDO VARELA (respecto a las víctimas Campopiano, Gómez, Díaz Macías, Safarov, González, Abad, Mendez Brander; del Castillo y Focchi), ADOLFO ERNESTO MOORE y CAMILO ÁNGEL COLOTTI (ambos en perjuicio de ABAD) les cabe el reproche penal en carácter de autores mediatos penalmente responsables por el delito previsto en el art. 144 ter último párrafo; mientras que a RAMÓN ALFREDO OJEDA FUENTE (en perjuicio de Campopiano y Abad) y FERNANDO TORRES (en perjuicio de Campopiano, Gómez, Díaz Macias, Safarov, González, Abad, Méndez Brander, y Focchi) deben responder como partícipes necesarios; y ROLANDO ARIEL VALDIVIEZO y CARLOS EDUARDO TRUCCO (ambos en perjuicio de Abad), en calidad de partícipes secundarios. Ello atento al lugar que ocupaban en la estructura organizada de poder que se analizó supra.-

X.13 Homicidio Agravado por alevosía, por el concurso premeditado de dos o más partícipes y con el fin de lograr impunidad

El tipo penal del homicidio agravado por el que se condenó a los imputados es el previsto en el artículo 80, incs. 2, 6 y 7 del Código Penal según Ley 21.338 vigente a la fecha de los hechos probados en esta causa. Sin perjuicio de que los hechos ocurridos con anterioridad a la entrada en vigencia de ésta norma, que entrarían bajo prescripciones de normas anteriores, se aclara que las figuras agravadas previstas en la 21338 estaban también incluidas en las normas vigentes anteriormente -ley N° 11.179, ley de Fe de Erratas N° 11.221 y ley N° 20.642-.

Así, establecía el art. 80 del C.P. "Se aplicará reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el art. 52 al que matare: 2° Con ensañamiento, alevosía, veneno u otro procedimiento insidioso; 6° Con el concurso premeditado de dos (2) o más personas; 7° Para preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito o para asegurar sus resultados o procurar la impunidad para sí o para sus otro o por no haber o logrado el fin propuesto al intentar otro delito." La figura básica del homicidio consiste en la muerte de un ser humano ocasionada por otro. En este sentido, el plexo probatorio existente en la presente causa, lleva a este Tribunal a concluir sobre la certeza de los homicidios de Personas que han sido víctimas de torturas seguidas de muerte y homicidios agravados: Alfredo Antonio CORONEL, Alicia Raquel BURDISSO, Ana Cristina CORRAL, Ana María SOSA DE REYNAGA, Ángel Adolfo MENDEZ BRANDER, Ángel Alfonso MEDINA GUTIÉRREZ, Ángel Vicente MANFREDI, Antonio Domingo PAZ, Armando ARCHETTI, Arturo Alberto LESCANO; Carlos Oscar JIMENEZ, Carlos Raúl OSORES, Damián Octavio MÁRQUEZ, Domingo Nicolás ROMANO, Eduardo Cesar ARAUJO, Elda Leonor CALABRO, Enrique Alberto SÁNCHEZ, Enrique Aurelio CAMPOS; Enrique Gonzalo DIAZ MACIAS, Enrique Raúl FERNÁNDEZ, Federico Adolfo FÜRTH, Félix Viterbo CORBALÁN, Fortunato Leandro FOTE, Francisco Rafael DÍAZ (h), Gustavo Adolfo FOCCHI, Gustavo Raúl SANTILLAN, Héctor Gerardo TULA, Hernán Eugenio GONZÁLEZ, Horacio Marcelo PONCE, Humberto Alfredo GONZALEZ, Humberto Rubén PONCE, Ismael ADRISS, Javier Hipólito CENTURION, José ALMERICO, José Antonio CANO, José Eduardo OJEDA SIERRA, José Guetas CHEBAIA, José Manuel RODRIGUEZ, José Rafael CHAMAS, Juan Carlos ANDRADA, Juan Carlos CASTRO, Juan Carlos PASTORI, Juan de Dios GOMEZ, Juan Francisco CARRERAS, Juan Manuel CARRIZO, Julio Arnaldo DEL CASTILLO, Julio César CAMPOPIANO, Julio Ricardo ABAD, Justo Agustín ALARCON, Lilia Estela SESTO, Luis Adolfo HOLMQUIST, Luis Eduardo FALÚ, Luis Román GEREZ, Luisa Ana IBAÑEZ, Manuel Antonio TARTALO, Manuel Julio DÍAZ, Manuela Margarita DÍAZ, María Celestina GONZÁLEZ GALLO, María CISTERNA de BULACIO, María Cristina BEJAS, María Esther SILVA, María Isabel JIMENEZ DE SOLDATI, María Teresa SÁNCHEZ, María Tránsito BARRIONUEVO, María Trinidad IRAMAIN, Mario BARRIONUEVO, Matías Claudio PEREYRA, Miguel Segundo TULA, Nélida Azucena SOSA DE FORTI, Roberto Lucio VALENZUELA, Nemesio Humberto BARRIONUEVO, Olga del Valle RABSIUM, Oscar Rafael BERÓN, Oscar René NIEVA, Osvaldo José Gregorio GIRIBALDI, Pastor Roberto CISTERNA, Pedro Antonio ALARCON, Pedro Guillermo CORROTO, Rafael Vitalino YAÑEZ, Ramón Oscar BIANCHI, Raúl Alberto VACA RUBIO, Reyes Humberto MORALES, Ricardo Daniel SOMAINI, Rina Rosa ALARCON, Rodolfo Hugo LERNER, Rosa QUINTEROS DE VIECHO, Rosario ARGAÑARAZ, Rubén Lindor TARTALO, Victor Felipe EGLOFF; Víctor Hugo ELIAS, Víctor Hugo GONZÁLEZ TOLEDO, Victor Raúl MOREIRA, Víctor SAFAROV, Wenceslao QUINTEROS, Yolanda Esther ARGÜELLO, Ricardo Luis SALINAS, Silvana PARRILE de SALINAS, Silvia Margarita RONDOLETTO, María CENADOR DE RONDOLETTO, Jorge Osvaldo RONDOLETTO, Azucena BERMEJO DE RONDOLETTO, Pedro RONDOLETTO, Raúl Rene ROMERO, Reyes Alcario ROMERO, Aida Ines VILLEGAS, Jorge VILLEGAS, Susana MACOR DE DÍAZ, José Americo DÍAZ, Juan Leandro Eudaldo DÍAZ, Berta María SOLDATI, Luis Alberto SOLDATI, Anabel Beatriz CANTOS, Germán CANTOS, Luis CANTOS, José Horacio DÍAZ SARAVIA, Teresa Mercedes GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA, Juan Carlos ONTIVERO, José Dalmiro ROJAS, Luis ROJAS, Estela Josefina LOPEZ DE AGÜERO, José Gabriel AGÜERO, Gloria Constanza CURIA, Fernando Ramiro CURIA, Alcira SANTOS OCHOA DE RACEDO, José Inocencio RACEDO, Juan Carlos DI LORENZO, María del Pilar TOLEDO, Pedro Ricardo RODRIGUEZ, Juan Faustino RODRIGUEZ, Adriana MITROVICH, Horacio Ramón Atilio FERREYRA CÓRDOBA, Graciela del Valle BUSTAMANTE DE ARGAÑARAZ, Ricardo TORRES CORREA, Juan Carlos BUSTAMANTE.-

Desde el momento mismo de la detención clandestina de cada una de estas personas -conforme quedó acreditado- pasaron a ser "desaparecidos", lo que permitió a los imputados disponer con total impunidad de su destino final, de su vida.

Ello quedó evidenciado sin ningún margen de duda con la documentación original del D2 aportada por el testigo Clemente, entre la que se encuentra la mencionada lista de personas calificadas por las fuerzas de seguridad como "delincuentes subversivos" y, en particular, aparecen los nombres de las siguientes víctimas con la sigla "DF": Gloria Constanza Curia, Víctor Manuel Moreira, María Tránsito Barrionuevo; Reyes Romero, Raúl René Romero y Lucio Roberto Valenzuela (número de orden 225, 226 y 286 respectivamente) María Cristina Bejas (número de orden 33), Elda Leonor Calabró (número de orden 43), Ezequiel Matías Claudio Pereyra (número de orden 194); Javier Hipólito Centurión (número de orden 41); Carlos Oscar Jiménez (número de orden 100); Guillermo Corroto (número de orden 60); Juan Leandro Díaz, José Américo Díaz y Susana Macor de Díaz, (n° de orden 75, 65 y 140 respectivamente); Víctor Felipe Egloff (número de orden 79); Luisa Ana Ibañez (número de orden 108); Ricardo Daniel Somaini (número de orden 261); Antonio Domingo Paz (número de orden 186); Juan Carlos Castro (número de orden 116); Berta María Soldati (244); José Manuel Rodríguez (208); Humberto Rubén Ponce (195); Silvina Parrile de Salinas y Ricardo Luis Salinas (265 y 266); Luis y José Dalmiro Rojas (222 y 224); Arturo Alberto Lescano (131); María Esther Silva (número de orden 233); a Nélida Azucena Sosa de Forti (número de orden 263); Rubén Lindor Tártalo (número de orden 271); María del Pilar Toledo (269); Héctor Gerardo Tula (272); Aida Inés Villegas y a Jorge Villegas (número de orden 283 y 284); Eduardo César Araujo, Raúl Alfredo Carlevaro, Rosa del Carmen Quinteros (número de orden 9, 42 y 198); Horacio Marcelo Ponce (número de orden 196); Raúl Gustavo Santillán (número de orden 260); Víctor Hugo Elías (número de orden 78); Justo Agustín Alarcón (h) (número de orden 3); Pedro Antonio Alarcón (número de orden 10); Alicia Raquel Burdisso (número de orden 28); Manuel Antonio Tártalo (número de orden 274); José Rafael Chamas (número de orden 63); Miguel Segundo Tula (número de orden 275); José Eduardo Ojeda Sierra (número de orden 180); Adriana Mitrovich, Horacio Ramón Atilio Ferreyra Córdoba, Graciela del Valle Bustamante de Argañaraz y Ricardo Torres Correa (número de orden 32, 87, 162 y 277).-

En la sentencia de fecha 23 de agosto de 2010, dictada en la causa "Jefatura de Policía de Tucumán s/secuestros y desapariciones", Expte. J-29/09, emitida por este Tribunal -con diferente integración respecto a uno de sus miembros-, quedó determinado de manera categórica que la sigla "DF" significaba "disposición final" e implicaba la orden para que se los mate. Textualmente se citó: "el testigo Juan Martín Martín, al responder respecto al significado de la sigla "DF" fue categórico: "...disposición final...era la orden para que se los mate". Y el imputado Albornoz manifestó "...esa información se llevaba al Comando, a la Comunidad Informativa y ahí se decidía,...de ahí salían las disposiciones a tomarse: 'Disposición Final', 'Libertad', 'Continuar Investigaciones'"; incluso arriesgó "...intuyo, tengo una idea de que la gente con destino "DF" se la trasladaba,... presumo que podía haber sido llevada a un lugar como Arsenales...".-

Cabe precisar que si bien no todas las víctimas que fueron asesinadas figuran en la mencionada lista, quedó acreditado en la audiencia que tuvieron el mismo destino de quienes allí se mencionan.

Los testimonios de Antonio Cruz y Omar Eduardo Torres, quienes como gendarmes prestaron servicio en el centro clandestino de detención Arsenal, permiten acreditar en este juicio de manera irrefutable que las conductas de los condenados por este delito se subsumen en las agravantes del homicidio calificado por las que fueron penados.-

Antonio Cruz, a la fecha fallecido, en su declaración oralizada en la audiencia de fs. 887/892 vta. del cuerpo 269, relató pormenorizadamente las condiciones de vida en el Arsenal y las torturas que se aplicaban a los secuestrados allí. Sin embargo, también refirió los asesinatos y la quema de restos humanos en las fosas. Así, mientras le eran exhibidas fotografías de personas desaparecidas señaló: Que reconoce a la persona que fusilara el Coronel Caffarena, juntamente con otras personas que eran padre e hijo. Que junto al Coronel Caffarena, se encontraba el Primer Alférez Barraza, que unos metros más atrás estaban el gendarme Pérez y el deponente. ...Que los detenidos a que hace referencia fueron sacados del recinto de detención. Que fueron sacados por la Guardia Interna y los pone en manos del Primer Alférez Carlos Hugo Barraza. De allí se aproximó el Coronel Caffareno y les dijo a los detenidos que los iba a dejar en libertad. En esa oportunidad lo llamó al deponente y a otros tres o cuatro Gendarmes y los condujo por el sendero al Pozo. Que los hizo arrodillar Caffarena y procedió a fusilarlos, cayendo al Pozo que se encontraba cubierto de ramas y de gomas de autos. Que cuando cayeron les tiraron más gomas y una mezcla de aceite con nafta y de lejos les tiraron antorchas. Que la persona que se le muestra en la fotografía quedó vivo y tenía una rueda de tractor sobre el pecho mientras se quemaba, por lo que el declarante le pidió a Barraza que lo matara, pero éste no le hizo caso y lo dejaron morir quemado... Que reconoce únicamente a una persona que en este acto se encierra su figura en un círculo, desconociendo al resto, que pertenecerían a la causa de un señor de apellido Rondoletto que se tramitan por ante este mismo juzgado y secretaría. Que se trata de una de las personas fusiladas en el hecho narrado anteriormente.".-

Omar Eduardo Torres al declarar en la audiencia también relató las condiciones de cautiverio y las torturas que se aplicaban en el Arsenal y, de modo coincidente con Antonio Cruz, narró el procedimiento de ejecución de los secuestrados en ese centro clandestino. Así dijo que "...los detenidos eran traídos en autos en los baúles o asientos de atrás, Falcon, Peugeot, Taunus, traían de tres o cuatro en forma constante todo los días y en cualquier horario.... sólo los días que fusilaban gente en la fosas traían camiones y los dejaban a los detenidos a 80 o 100 metros de las fosa, los detenidos eran custodiados por soldados o suboficiales y cada detenido iba con custodia hacia la fosa, eran no mas de 10 detenidos, cada 20 días ingresaba un camión ... había un camino que llevaba hasta la fosa a los detenidos para ser ejecutados, vio 5 o 6 fosas, desde el año 76 al 77. En el intervalo en que se iba y volvía nunca estaban los mismos detenidos. Cada detenido era llevado con un oficial, los ponían de rodillas frente a las fosas. Cuando Bussi ejecutaba al primero, los demás continuaban con la ejecución, le tocó estar a 6 o 7 metros de la fosa, los detenidos llegaban golpeados, vendados y atados. Recordó que les ponían aceites de autos y les echaban kerosene o gasoil y les prendían fuego. Había un pelotón de fusilamiento, eran los que acompañaban a Bussi, ingresaban sin insignia y ejecutaban a las personas. Muchas veces estuvo en ejecuciones, dos o tres veces a sólo 6 metros, muchos de los que venían con camiones llevaban uniforme militar... las fosas donde se quemaban cuerpos estaban en el monte a 150 metros del campo y a 80 metros del camino, desde el galpón se llegaba caminando...a la gente que iba a ser fusilada la dejaban a mitad del camino y de ahí caminaban. Dijo que llevaban linternas, faroles a los fusilamientos.".-

La disposición sobre la matanza de las víctimas fue planificada y ejecutada por las fuerzas de seguridad y militares que actuaban bajo el control y dirección operacional, entre otros, de LUIS ORLANDO VARELA, ROBERTO HERIBERTO ALBORNOZ, ADOLFO ERNESTO MOORE, CAMILO ÁNGEL COLOTTI, AUGUSTO LEONARDO NEME y RAMÓN ERNESTO COOKE, en virtud de la cadena de mandos ascendentes, conforme quedó explicitado al fundar el delito de asociación ilícita y como se analizó en párrafos anteriores, en el marco del accionar ilegal que habían acordado.-

Los imputados mencionados, al igual que quienes fueron ejecutores materiales, tenían el control absoluto de la situación y en consecuencia del curso causal de los hechos. Ellos, en ejercicio de la función pública que detentaban, estaban a cargo de la libertad y de la vida de las víctimas de esta causa cuyos homicidios se les atribuye. De manera indirecta y/o directa, generaron el riesgo no permitido, colocándose de tal manera en una auténtica posición de garantes por organización institucional, que los obliga a responder por los riesgos generados y las consecuencias determinadas.-

No existe indicio alguno que permita creer que las personas víctimas de desaparición forzada durante el terrorismo de Estado en nuestro país se encuentren actualmente con vida. Por el contrario, ha sido probado judicialmente el sistema de desaparición y extermino que implementaron las fuerzas usurpadoras del poder a la fecha que sucedieron los hechos. Así, ha quedado comprobada la implementación de un plan sistemático que consistía en el secuestro- tortura- detención clandestina- eliminación-ocultamiento del cadáver para lograr la impunidad (Causa 13/84).-

En este sentido, son contundentes los relatos de algunos de testigos, algunos de los cuales declararon en la causa "Jefatura de Policía de Tucumán s/secuestros y desapariciones", Expte. J-29/09, y cuyo audio fue escuchado en este debate, tal el caso del testigo Juan Martín Martín quien dijo "...vi salir múltiples traslados de gente del campo. de noche, en un camión que decía transporte higiénico de carnes',...allí se subía a la gente...Los trasladaban atados y vendados, no se qué recorrido hacía ese camión.muchas veces escuché decir que iban al pozo, no tengo idea cuál sería...". En igual sentido, el testigo Juan Carlos Clemente también se refirió al camión higiénico al manifestar que "...se comentaba que los detenidos eran trasladados ahí..." -

En concordancia con lo anterior, el testigo Osvaldo Humberto Pérez al narrar lo que presenció durante su cautiverio, relató que "...cuando estaba en Arsenales se producían traslados desde el Arsenal hacia Jefatura y al revés,...había un traslado cada quince días y en el Arsenal los fusilaban,...se podían escuchar los tiros, ráfagas de tiros, el humo, el olor a gente quemada, el olor a combustible,...el traslado era en un camión furgón Mercedez Benz 608...". El testigo Domingo Antonio Jerez -ex conscripto que se desempeñó como chofer en la época de los hechos- refirió "...me hacían sacar nafta y gasoil del camión, una mezcla para que los quemara, en la zona de Caspinchango, cinco kilómetros de la base hacia el cerro...".

La práctica de la desaparición forzada o involuntaria de personas ha sido calificada por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) como un crimen de lesa humanidad, que atenta contra derechos elementales de la persona humana, como son la libertad individual, la integridad personal, el derecho a la debida protección judicial y al debido proceso e, incluso, el derecho a la vida. Bajo tales parámetros, los Estados de la Organización de los Estados Americanos (OEA) adoptaron, en 1994 (ratificada por Argentina en 1995 y aprobada su jerarquía constitucional en los términos del art. 75 inc. 22, en 1997), la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, como una manera de prevenir y castigar este accionar en nuestro Continente. Así, en su artículo II define la "desaparición forzada" en los siguientes términos: "Para los efectos de la presente Convención, se considera desaparición forzada la privación de la libertad a una o más personas, cualquiera que fuere su forma, cometida por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúen con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona, con lo cual se impide el ejercicio de los recursos legales y de las garantías procesales pertinentes".

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que "las desapariciones forzadas implican una violación múltiple, a la vez que continuada, de numerosos derechos esenciales de la persona humana, de manera especial de los siguientes derechos: i) derecho a la libertad personal, por cuanto el secuestro de la persona constituye un caso de privación arbitraria de la libertad que vulnera además el derecho del detenido a ser conducido sin demora ante un juez y a interponer los recursos adecuados para controlar la legalidad de su detención: ii) derecho a la integridad personal, por cuanto el aislamiento prolongado y la incomunicación coactiva a los que se ve sometido la víctima representan por si mismos, formas de tratamiento cruel e inhumano, que constituyen lesiones a la integridad psíquica y moral de la persona y del derecho de todo detenido al respeto de su dignidad inherente al ser humano. Además, las investigaciones sobre desapariciones forzadas demuestran que ella incluye el trato despiadado a los detenidos, quienes son sometidos a todo tipo de vejámenes, torturas y demás tratos crueles, inhumanos o degradantes; iii) derecho a la vida, por cuanto la práctica de las desapariciones ha implicado con frecuencia la ejecución de los detenidos, en secreto y sin fórmulas de juicio, seguida del ocultamiento del cadáver con la finalidad de no dejar ningún tipo de huella de la comisión del crimen y de procurar la impunidad de quienes lo cometieron". (Corte IDH, Caso Velásquez Rodríguez. Sentencia del 29 de julio de 1988, párrafos 153, 155, 156 y 157).-

Nuestro sistema de enjuiciamiento no contiene ninguna regla que imponga a los jueces el deber de hallar el cuerpo de la víctima para considerar probado un homicidio. Si existiera una norma procesal que así lo exigiera, se llegaría al absurdo de consagrar la impunidad para quien, además de asesinar, logró hacer desaparecer el cuerpo de la víctima para tal finalidad.-

Sancinetti, al comentar el art. 108 del Código Civil que dice "...En los casos en que el cadáver de una persona no fuese hallado, el juez podrá tener por comprobada la muerte ...siempre que la desaparición se hubiera producido en circunstancias tales que la muerte deba ser tenida por cierta..., al sistema legal argentino no le es extraña la afirmación de una muerte sin cadáver ni partida." (Sancinetti, M. y Ferrante M., El Derecho Penal en la Protección de los Derechos Humanos, Hammurabi, 1999, p.141).-

La Corte Interamericana de Derechos Humanos en Castillo Páez vs. Perú sent. del 3 de noviembre de 1977, párrafo 73 sostuvo que "No puede admitirse el argumento en el sentido de que la situación misma de indeterminación del paradero de una persona, no implica que hubiese sido privada de su vida, ya que faltaría el cuerpo del delito," "Es inaceptable este razonamiento puesto que bastaría que los autores de una desaparición forzada ocultasen o destruyesen el cadáver de una víctima, lo que es frecuente en estos casos, para que se produjera la impunidad absoluta de los infractores, quienes en esta situación pretenden borrar toda huella de la desaparición".-

En la misma línea de pensamiento se había expresado la Corte IDH en los casos Velásquez Rodríguez (sent. del 29 de julio de 1988); Godinez Cruz (sent. del 20 de enero de 1989); Fairen Garbi y Solís Corrales (sent. del 15 de marzo de 1989) y Caso Blake, Excepciones preliminares (sent. del 2 de julio de 1996), así ha sostenido que "La práctica de desapariciones, en fin, ha implicado con frecuencia la ejecución de los detenidos, en secreto y sin fórmula de juicio, seguida del ocultamiento del cadáver con el objeto de borrar toda huella material del crimen y de procurar la impunidad de quienes lo cometieron, lo que significa una brutal violación del derecho a la vida, reconocido en el artículo 4 de la Convención cuyo inciso primero reza: 1. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.".-

Concordantemente con lo expresado, el tribunal entiende que en la presente causa no resulta óbice para establecer que se ha producido la muerte, el hecho de que no hayan aparecido los cadáveres de todas las víctimas. En consecuencia, el Tribunal considera acreditados los asesinatos de las mismas.-

En la sentencia "Jefatura de Policía de Tucumán s/secuestros y desapariciones", Expte. J -29/09- del Registro de este Tribunal se acreditó que la sigla 'DF' escrita a la derecha del nombre de las víctimas que figuraban en la lista mencionada significaba "destino final" o "disposición final" , e implicaba la eliminación, el asesinato de la persona a la que se refería.-

Los testimonios de quienes declararon haber presenciado ejecuciones de personas; la disposición de "Destino Final" que pesaba sobre alguna de las víctimas son datos categóricos para formar la convicción de este Tribunal de que se cumplió efectivamente con ese designio de matarlos.

Las desapariciones forzadas de personas que concluyeron con la vida de los privados de libertad, hoy constituyen una verdad pública y notoria, conocida por todos. Situación que acompaña la valoración crítica y razonada que efectúan estos jueces.-

Por lo expuesto, corresponde en este caso, subsumir la Desaparición Forzada de las víctimas cuyos restos no fueron hallados o identificados en el homicidio de nuestro código de fondo. Homicidio agravado por cuanto los autores actuaron sin riesgo para su persona y aprovechándose de la indefensión de las víctimas, es decir, con alevosía; con el concurso premeditado de más de dos personas y con el fin de lograr impunidad.-

Se analizará a continuación cada una de las circunstancias que concurren en el presente caso agravando el tipo básico del homicidio.-

En cuanto a la alevosía, la esencia de su significado gira alrededor de la idea de marcada ventaja a favor del que mata, como consecuencia de la oportunidad elegida. Se utilizan para el caso las expresiones "a traición", "sin riesgo", "sobre seguro", etc., pero lo fundamental es que el hecho se haya cometido valiéndose de esa situación o buscándola a propósito. Así, la alevosía resulta de la idea de seguridad y falta de riesgo para el sujeto activo como consecuencia de la oportunidad y de los medios elegidos.-

No existen dudas sobre la configuración de esta agravante en el homicidio de las víctimas de esta causa atento que los autores preordenaron su conducta para matar, con total indefensión de las víctimas y sin riesgo ni peligro para sus personas, todo lo cual se aseguró, conforme quedó demostrado, por estar las mismas atadas y vendadas y a total disposición de quienes contando con armas y medios eliminaron de esta manera toda posibilidad de resistencia y de ayuda de terceros.-

Concurre también la agravante prevista como "concurso premeditado de dos o más personas", conforme quedó debidamente probado que esa fue la mecánica general de traslado y posterior ejecución de las víctimas y, en cuanto al delito que aquí se analiza, es lógico concluir que el procedimiento requirió, al menos, de la acción de dos personas.-

Por último, quedó acreditada la concurrencia del agravante que califica el homicidio cometido con el fin de "asegurar la impunidad para sí o para sus cooperadores". Se trata de un supuesto de homicidio finalmente conexo, el que requiere que el autor en el momento de matar, tenga la indicada finalidad. La razón de la agravante finca en ese desdoblamiento psíquico dotado de poder calificante para el homicidio. En este caso, la particular odiosidad del hecho deriva de que el supremo bien de la vida es rebajado por el criminal hasta el punto de servirse de ella para otra finalidad. Su motivación tiende directamente a otra cosa distinta para cuyo logro la muerte -a la cual la acción también se dirige- aparece para él como un medio necesario simplemente conveniente o favorable. El acentuado carácter subjetivo de tal circunstancia impone como consecuencia que la agravante subsista aún cuando el sujeto esté equivocado acerca de la relación real que guarda su homicidio con la impunidad: basta que mate para lograrla. (Cfr.Soler Sebastián, Derecho Penal Argentino. Parte Especial, t. III, tea, 1987, pág. 45 y ss.).-

El transcurso de más de treinta y cinco años desde la fecha de los hechos demuestra la eficacia que tuvo en el presente caso la búsqueda de impunidad, situación que se vio favorecida por el posterior ocultamiento del cuerpo de la víctima.-

El hallazgo de restos óseos en las fosas de Arsenales, en el Pozo de Vargas, en el cementerio de Tacanas; la identificación de algunos de esos restos óseos como pertenecientes Damián Márquez, Rosario Argañaraz, Ricardo Salinas, Horacio Ferreyra Córdoba, Adriana Mitrovich de Torres Correa, Graciela Bustamante de Argañaraz, víctimas de ésta causa, son datos categóricos, además de comprobar el esfuerzo realizado por los condenados para ocultar los cuerpos de sus víctimas y lograr la impunidad. Tarea que resultó exitosa en la medida que luego de 30 años de ocurridos los hechos recién se tuvieron noticias de algunos de los lugares donde los habían ocultado y de las identidades de esas personas.-

Esta comprobación, ponderada junto a otras, tales como la circunstancia del transcurso del tiempo por más de treinta y cinco años sin que se hayan tenido noticias de la mayoría de las víctimas, las torturas padecidas por las víctimas, el trato propiciado a los detenidos clandestinamente en los distintos centros clandestinos de detención que funcionaron, la situación de privación de libertad continuada de cada uno de los ofendidos, permiten conforme a las reglas de la lógica y la sana critica racional arribar al grado de certeza necesario para tener por probados los asesinatos de las víctimas de esta causa cuyos restos óseos no fueron hallados o identificados.-

Por todo lo analizado, se concluye con el grado de certeza exigido para esta etapa procesal, que la conducta probada fue la descripta en el art. 80, incs. 2,6 y 7 del Código Penal según Ley 21.338 vigente al tiempo de la comisión de los hechos, conforme lo explicado supra.-

Coherentemente con la lógica de razonamiento que se utilizó en los apartados anteriores, el Tribunal entiende, que a LUIS ORLANDO VARELA, ROBERTO HERIBERTO ALBORNOZ, ADOLFO ERNESTO MOORE, CAMILO ÁNGEL COLOTTI, AUGUSTO LEONARDO NEME y RAMÓN ERNESTO COOKE, les cabe el reproche penal en carácter de autores mediatos penalmente responsables por la comisión del delito de homicidio agravado.-

Son partícipes necesarios del delito previsto por el artículo 80, incs. 2, 6 y 7 del Código Penal según Ley 21.338: RICARDO OSCAR SÁNCHEZ, LUIS ARMANDO DE CANDIDO, RAMÓN ALFREDO OJEDA FUENTE, FERNANDO TORRES, PEDRO OSVALDO CABALLERO, HUGO ENZO SOTO, JUAN ALBERTO ABRAHAM, ROLANDO REYES QUINTANA, HUGO JAVIER FIGUEROA, OSCAR HUMBERTO GÓMEZ, FÉLIX INSAURRALDE, ANTONIO ESTEBAN VERCELLONE, ÁNGEL CUSTODIO MORENO, GUILLERMO AGUSTÍN UGARTE y MIGUEL CHUCHUY LINARES.-

Son partícipes secundarios del delito que se analiza: ROLANDO ARIEL VALDIVIEZO, CARLOS EDUARDO TRUCCO, MARIO MIGUEL D'URSI, LUIS EDGARDO OCARANZA, PEDRO JOAQUÍN PASTERIS, MARÍA LUISA ACOSTA DE BARRAZA.

X. 13 VIOLENCIA SEXUAL DURANTE EL TERRORISMO DE ESTADO

Antes analizar la figura penal de la violación sexual y el abuso deshonesto corresponde efectuar una serie de análisis respecto a lo que significó la violencia sexual durante el terrorismo de estado, a fin de contextualizar las conductas que desplegaron los condenados.

En la presente causa quedó acreditado que una de las formas de doblegar al enemigo que utilizó el terrorismo de estado fue la violencia sexual; entendida ésta como todo acto con connotación sexual que se hace sobre el cuerpo de una persona en circunstancias coactivas (conforme el Tribunal Penal Internacional para Ruanda en el caso Acayesu (1998).

Esta forma de ejercer el terror tuvo múltiples manifestaciones que abarcaban: la desnudez forzada, la exhibición de esa desnudez, tocamientos, requisas invasivas, obligar a las personas cautivas a hacer sus necesidades o bañarse delante de guardias, aborto forzado, embarazos forzados, violación a solas o en grupo, mutilaciones, esclavitud sexual, como también las amenazas de cometer esos actos (El testigo Ricardo Comán dijo en la audiencia que "les pegaban y amenazaban con violarlos").

Son contundentes los testimonios que dan cuenta de esta forma de proceder que era constante. El testigo Osvaldo Humberto Pérez dijo que "la violencia sexual era algo habitual, el primer ensañamiento era con los órganos sexuales".

Las víctimas al ser trasladadas a los centros clandestinos de detención eran desnudadas y sometidas a la picana eléctrica, recibían insultos de naturaleza sexual y todo tipo de burlas, eran abusadas y violadas sexualmente. (Ver testimoniales de D.F. F, N.C., C.G.M., B.H., G.I., A.V. B., Teresita Hazurún, Susana Auad).

La esclavitud sexual fue otra de las manifestaciones de poder sobre el cuerpo de las mujeres, en este sentido es elocuente el caso de la víctima María Angélica Cisterna en manos del imputado Sánchez.

En la audiencia hubo testigos que recrearon situaciones que remiten a imágenes que la mente humana puede suponer que formarían parte del infierno. En este sentido el testigo Alberto Luis Gallardo relató que "cuando estaba en "la Escuelita", encontrándose tirado en una galería con su hijo, como a dos o tres metros, en horas del amanecer, se le corrió la venda y pudo ver con horror un cuerpo colgado del techo, de los tirantes de la galería, que por su contextura física era de una mujer. Ese cuerpo sangraba y estaba abierto desde la vagina hasta el cuello".

Estos actos servían también como método para amedrentar y condicionar a otras personas detenidas. El testigo Carballo relató en la audiencia que estando en cautiverio la llevaron a su esposa delante de él "la desnudaron y le hicieron iniquidades y le hicieron perder una criatura delante de él para que hablara". La testigo Ercilia Carabajal relató que "(...) una noche, hora habitual de las torturas, la habían desnudado y habían llevado a un compañero para que la tocara, el compañero se negaba y por eso le pegaron muchísimo".

La desnudez forzada y la exhibición de esa desnudez, implementada en los Centros Clandestinos de Detención, afectó tanto a varones como a mujeres. A.V. B. relató que "la desnudaron con las piernas abiertas y las manos atadas con una soga atrás a cielo abierto... la aporrearon de parada con las piernas abiertas, desnuda" . Elisa Antonia Medina dijo que "(...) la pusieron en un baño desnuda a bañarse delante de un chico de 18 años, fue como una violación, cuando ni siquiera su marido la había visto desnuda así". Susana Auad dijo que "fue desnudada, y le aplicaron torturas en sus partes íntimas". Gloria del Valle Iñiguez dijo que "Coronel estaba muy golpeado y desnudo".

Las personas secuestradas en el Arsenal eran obligadas a hacer sus necesidades a la intemperie delante de los guardias. El testigo Martín Martín relató que "los sacaban para ir al campo a hacer las necesidades". En el mismo sentido el testigo Conte dijo que "para hacer sus necesidades los sacaban a todos a la mañana y los llevaban a dos alambrabas que habían en el perímetro en el campo" ; Juan Maximiliano Orozco dijo que en Arsenales "los sacaban con un perro a un campo y ahí hacían sus necesidades".

Era habitual que en las sesiones de tortura se aplicara la picana eléctrica en los genitales y en los pechos, acompañado de una serie de insultos y amenazas de índole sexual, ver por ejemplo el testimonio de Ramón Francisco Brizuela quien dijo que "lo obligaron a presenciar la tortura de "La Petiza" que estaba desnuda y tenía los pezones partidos. Berta Miranda relató que "la desnudaron y la tiraron en un elástico de cama, le aplicaron la picana, la golpearon, le hacían preguntas se reían se burlaban le preguntaban si estaba embarazada, la quemaron con cigarrillos".

El muestrario de las atrocidades de índole sexual cometidas resulta amplísimo y da cuenta de un proceder habitual en los Centros Clandestinos de Detención, unido a la tortura con picana eléctrica, enterramientos, submarinos, colgamientos, entre otras torturas.

En la presente causa algunas mujeres fueron víctimas de abusos sexuales y violaciones sexuales cometidas como una práctica y un método más de sujeción, dentro del plan sistemático instaurado por el terrorismo de estado.

En la presente causa quedó evidenciado que este accionar delictivo se dirigía especialmente a las mujeres como una forma de castigo específico y diferenciado, se convirtió en una violencia política sexualizada, producto de efectos variados y ejecutada también con múltiples sentidos. (Aucía, Analía, "Género, violencia sexual y contextos represivos", en Grietas en el silencio. Una investigación sobre la violencia sexual en el marco del terrorismo de Estado, Rosario, Cladem, 2011, p. 61, 62). Como se dijo, este tipo de violencia tuvo múltiples sentidos, pero constituyó una de las formas más brutales de manifestación del patriarcado.

Existieron también prácticas delictivas que se perpetraron sólo a mujeres como por ejemplo la esclavitud sexual (caso de Angélica Cisterna) y otras que las afectaron por su condición de mujeres como los abortos provocados o embarazos forzosos.

Norma Natividad González relató que vio a su hermana en la Escuelita de Famaillá y que su hermana le contó que la habían torturado y violado muchísimo, que "le pusieron una especie de manguera en la vagina con un líquido y que le dijeron que nunca más iba a tener hijos, que no iba a ser nunca más madre".

A A.V. B. la desnudaron y la dejaron a la intemperie y pasaba un gendarme o policía y la tocaba; a D.F la intentaron violar, la desnudaron varias veces, la tocaron y le pusieron la picana en los pechos.

A N. C. la esposaron, le taparon la cabeza y la violaron. Tenía un embarazo incipiente y lo perdió.

María Candelaria Moyano relató que a raíz de la violencia que ejercieron en el centro clandestino de detención, tuvieron que sacarle los ovarios porque sangraba mucho.

En el mismo sentido que el relatado por las víctimas mujeres, los testigos Santos Juárez, Ramón Castellano, Jorge Antonio Argüello, Aníbal Oscar Rodríguez, Juan Martín Martín y Juan Manuel Quinteros, Raúl Elías, Baltazar Acuña, -entre otros- se refirieron a las violaciones sexuales de mujeres en el Arsenal y Jefatura. Juárez aseguró que en el centro clandestino Arsenal había una mujer que vivía en el barrio Ejercito del Norte y una de las personas que les pegaban en el lugar de detención, le hizo daño con un palo en la vagina y se le reían; y Castellano refirió a que violaban mujeres en el Arsenal.

X. 14 Mujeres embarazadas en los centros clandestinos de detención:

Merece un particular análisis la situación de las mujeres que estuvieron embarazadas en los Centros Clandestinos de Detención.

Yolanda Argüello, Nora Cajal, Azucena de Rondoletto, Juana Peralta Rosa de Pedregosa, Norma Natividad González, Alcira Ochoa Racedo, Teresita Yackel, María Angélica Cisterna, fueron algunas de las víctimas secuestradas que estaban embarazadas.

El tratamiento de estas situaciones en particular que vivieron las mujeres se fundamenta en el grado de vulnerabilidad de estas detenidas a raíz del estado en el que se encontraban.

La falta de atención adecuada para llevar adelante un embarazo, la inexistencia de condiciones de higiene y las torturas, las exponían a un doble padecimiento. Si bien todas las personas que estuvieron cautivas en las condiciones que relataron los testigos en la audiencia sufrieron calvarios inimaginables para la mente humana civilizada, las mujeres que se encontraban gestando, además de ser torturadas, tenían el plus de la incertidumbre de lo que pasaría con su cuerpo y con su embarazo, la angustia por las condiciones en que se produciría el nacimiento así como también el futuro que iban a correr sus hijos en esa situación.

Numerosos testigos refirieron a las mujeres embarazadas en los centros clandestinos de detención. El testigo Daniel Alfredo Díaz dijo que en el salón de Jefatura vio a una chica a la que le preguntaban por su filiación política y la violaron dos o tres veces y estaba embarazada.

El testigo Juan Domingo Almaraz relató que en Jefatura vio a una chica de Banda del Río Salí embarazada, atada de pies y manos.

Josefa Nicolasa Oliva relató que a una mujer embarazada le echaron ácido en el cuerpo y la dejaron ciega.

Berta Miranda relató que en el Reformatorio había una chica joven embarazada que estaba en el último período de embarazo porque se quejaba mucho, era una señora del interior de la provincia.

Osvaldo Humberto Pérez relató que en el Reformatorio vio a dos mujeres embarazadas, de estado avanzado. Vio que una estaba tirada, era una mujer joven pero no recuerda como era, sí que tenía una panza incipiente y que le dijeron "ya la vamos a sacar, ya no le duele nada"

Domingo Gerez recordó en particular una mujer que estaba embarazada, a la que le pusieron un fusil en la vagina, y que en el dispensario de la zona de Santa Lucía había como siete mujeres embarazadas.

Héctor Orlando Galván dijo que en Arsenales había una chica embarazada a la que le decían "Panzona" y Ramón Brizuela refirió a una mujer con el mismo apodo, que estaba embarazada pero en el centro clandestino "El Reformatorio". Susana Ahuad se refirió a una mujer embarazada que estaba detenida en el Arsenal a la que llamaban "Panzona" o "Comadre" y que un gendarme apodado "el Indio" la llevaba a caminar. Respecto de esta mujer decían que cuando tuviera el hijo iban a matarla.

La víctima Yolanda Argüello en su segundo secuestro estaba embarazada, conforme los relatos del testigo Baltazar Acuña y su hermano Jorge Antonio Argüello. Asimismo Acuña relató que a la decana de la Universidad Tecnológica, María Isabel Jiménez de Soldati -detenida en el Arsenal- la obligaban a ser partera de las mujeres embarazadas. Dijo Acuña en declaración: "apuraban el nacimiento de criaturas, las hacían abortar porque no estaban en período de nacimiento..."

La particular vulnerabilidad y plus de sufrimiento de las mujeres embarazadas en estos contextos fue reconocida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la causa "Castro Castro". La Corte se refirió al sufrimiento de las mujeres embarazadas recluidas en el Penal de Perú y sostuvo que "las mujeres embarazadas que vivieron el ataque experimentaron un sufrimiento psicológico adicional, ya que además de haber visto lesionada su propia integridad física, padecieron sentimientos de angustia, desesperación y miedo por el peligro que corría la vida de sus hijos" ... "la Corte ha tenido en consideración las necesidades fisiológicas de las mujeres embarazadas en la represión ocurrida en el Caso del Penal Castro Castro. En relación con ello, entendió que la desatención de las condiciones básicas de salud prenatal así como la desatención médica post natal implica una violación adicional a la integridad personal de las mujeres" (Corte IDH. Caso del Penal Miguel Castro Castro Vs. Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 25 de noviembre de 2006. Serie C No. 160, párrafo 293, 331 y 332).

En el caso "Gelman vs. Uruguay" (Sentencia de fondo y reparaciones de fecha 24 de febrero 2011), la Corte Interamericana analizó la situación vivida por las mujeres embarazadas en los Centros Clandestinos de Detención durante el terrorismo de estado. La Corte dijo que "El estado de embarazo en que se encontraba María Claudia García cuando fue detenida constituía una condición de particular vulnerabilidad por la cual se dio una afectación diferenciada en su caso... Los hechos del caso revelan una particular concepción del cuerpo de la mujer que atenta contra su libre maternidad, lo que forma parte esencial del libre desarrollo de la personalidad de las mujeres. Lo anterior es aún más grave si se considera, según fue señalado, que su caso se dio en un contexto de desapariciones de mujeres embarazadas y apropiaciones ilícitas de niños ocurridos en el marco de la Operación Cóndor" (párrafo 97).

"Los señalados actos cometidos contra María Claudia García pueden ser calificados como una de las más graves y reprochables formas de violencia contra la mujer, que habrían sido perpetrados por agentes estatales argentinos y uruguayos, que afectaron gravemente su integridad personal y estuvieron claramente basados en su género. Los hechos le causaron daños y sufrimientos físicos y psicológicos que, por los sentimientos de grave angustia, desesperación y miedo que pudo experimentar al permanecer con su hija en un centro clandestino de detención, donde usualmente se escuchaban las torturas infligidas a otros detenidos en el SID, y no saber cuál sería el destino de ella cuando fueron separadas, así como haber podido prever su fatal destino, constituyen una afectación de tal magnitud que debe ser calificada como la más grave forma de vulneración de su integridad psíquica" (párrafo 98).

Algunos padecimientos sufridos por las mujeres embarazadas en los Centros Clandestinos de detención que existieron en la Provincia de Tucumán, fueron relatados por las propias protagonistas. Rosario del Carmen Ruiz, debido a los golpes tuvo a su hijo prematuro en el centro clandestino de Jefatura de Policía. Su relato es una muestra de la crueldad ilimitada que podían desplegar los condenados.

Ruiz narró que "tenía un embarazo de 6 meses, la llevaron delante de su esposo (la víctima Carballo), le pegaron delante de él y como a las cuatro de la mañana le pegaron una trompada muy fuerte y "sintió el desprendimiento del bebé y empezó a sangrar, le sacaron las zapatillas y el pantalón, y agarrándose de una silla el bebé nació y lloró y se movía y era un varoncito, como el bebé lloraba pidió verlo pero le dijeron que estaba muerto y lo habían llevado al cementerio".

Otro caso paradigmático del sufrimiento que atravesaron las mujeres embarazadas, fue el de Juana Rosa Peralta de Pedregosa. Fue golpeada en numerosas oportunidades y le introdujeron la picana en la vagina. En una oportunidad la sacaron del Penal de Villa Urquiza porque tenía pérdidas y la ingresaron al hospital para practicarle un aborto, como comenzó a gritar, a llamar la atención, la volvieron a trasladar al lugar de detención.

El relato de las circunstancias en que tuvo lugar el nacimiento de su hijo y las condiciones en que nació el niño resultan una palmaria muestra de hasta dónde pudo llegar la monstruosidad de los responsables del terrorismo de estado en nuestro país.

El hijo de Juana Rosa nació a los 6 meses y medio en Buenos Aires porque la habían trasladado a la cárcel de Villa Devoto. El traslado se efectuó de manera inhumana, en un avión Hércules, engrilladas de a dos con los pies con otra compañera y en cuclillas. Fue llevada al hospital en medio de un escandaloso operativo con gritos y ostentación de las armas. La ingresaron a una sala de parto desde donde sentía como golpeaban las puertas y las ventanas con armas. Los médicos ponían mesas para trabar la puerta porque las personas que la trasladaron empujaban permanentemente.

Su hijo nació quebrado. Tenía la rótula en la ingle y con el nervio óptico contraído por lo que tuvo que ser intervenido quirúrgicamente. Lo internaron en neonatología en terapia intensiva, tenía cables por todo el cuerpo. A ella, le sacaban leche y le daban al niño por una jeringa con zonda.

Norma Natividad González estaba embarazada, la secuestraron y la subieron en un camión y uno de los guardias la "manoseó" hasta que llegaron a Jefatura. En la Escuelita de Famaillá la torturaron a pesar de que les dijo que estaba embarazada, la torturaron hasta que perdió el conocimiento

Los secuestradores tampoco se privaron de ejercer actos de violencia con las mujeres embarazadas de los secuestrados. El día que ingresaron al domicilio de Raúl Romero, su esposa María del Valle Bazán se encontraba embarazada. Antes de llevarlo a Raúl, golpearon a María del Valle en el vientre y en la boca y le sacaron los dientes.

X. 15 Los delitos sexuales en la jurisprudencia internacional.

La comisión de delitos sexuales en los contextos de terrorismo de estado y de conflictos armados fue algo constante a lo largo de la historia. El testimonio brindado por la experta en cuestiones de género, doctora Chiarotti, demostró cómo este proceder se repite en diversos países pero su juzgamiento recién comienza a fines del siglo XX.

Los delitos sexuales no eran considerados relevantes, sino como parte de los daños colaterales o sucesos que se daban por supuestos en los conflictos y contextos de guerra, lo que motivó su invisibilización y la impunidad de sus autores.

El tratamiento de la violencia sexual padecida por las mujeres en conflictos armados comienza a partir de las sentencias de los Tribunales Penales Internacionales Ad Hoc para Ruanda y la ex Yugoslavia. Actualmente los delitos sexuales fueron incorporados en el Estatuto de Roma (adoptado el 17 de julio de 1998).

En el caso Fiscal vs Akayesu de la Sala de Primera Instancia del Tribunal Penal Internacional para Ruanda por primera vez se consideró la violación sexual como un delito contra la humanidad (Caso No. ICTR-96-4-T, 1998).

Posteriormente el Tribunal Penal Internacional para la Ex Yugoslavia adoptó el mismo criterio, juzgó los casos de violencia sexual como crímenes autónomos perpetrados por los militares en el marco del conflicto armado, estableciendo la responsabilidad mediata e inmediata.

Análogamente la Corte Interamericana de DDHH emitió pronunciamientos relevantes sobre violencia de género y delitos sexuales en las causas: "Castro Castro c. Perú" (2006) y "Campo Algodonero c. México" (2008), Masacre de las Dos Erres vs. Guatemala (2009), "Valentina Rosendo Cantú" (2010) y "Gelman vs. Uruguay" (2011). En la causa del "Penal de Castro Castro" la CIDH introduce la perspectiva de género y considera demostrado que durante los conflictos armados internos e internacionales las partes que se enfrentan utilizan la violencia sexual contra las mujeres como un medio de castigo y represión. La utilización del poder estatal para violar los derechos de las mujeres en un conflicto interno además de afectarles a ellas en forma directa puede tener como objetivo causar un efecto en la sociedad a través de esas violaciones o dar un mensaje o lección, en tal sentido consideró: [...] que las mujeres privadas de libertad en el penal Castro Castro [...] además de recibir un trato violatorio de su dignidad personal, también fueron víctimas de violencia sexual, ya que estuvieron desnudas y cubiertas con tan solo una sábana, estando rodeadas de hombres armados, quienes aparentemente eran miembros de las fuerzas de seguridad del Estado. Lo que califica este tratamiento de violencia sexual es que las mujeres fueron constantemente observadas por hombres" (párrafo 306).

Así la Corte, siguiendo la línea de la jurisprudencia internacional y tomando en cuenta lo dispuesto en la Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belén do Para), consideró que "la violencia sexual se configura con acciones de naturaleza sexual que se cometen en una persona sin su consentimiento, que además de comprender la invasión física del cuerpo humano, pueden incluir actos que no involucren penetración o incluso contacto físico alguno" "[...] que la violación sexual de una detenida por un agente del Estado es un acto especialmente grave y reprobable, tomando en cuenta la vulnerabilidad de la víctima y el abuso de poder que despliega el agente. Asimismo, la violación sexual es una experiencia sumamente traumática que puede tener severas consecuencias y causa gran daño físico y psicológico que deja a la víctima "humillada física y emocionalmente", situación difícilmente superable por el paso del tiempo, a diferencia de lo que acontece en otras experiencias traumáticas [...]" (párrafo 311).

En el caso "Masacre de las Dos Erres vs. Guatemala", sentencia del 24 de noviembre de 2009, la Corte Interamericana señaló que de las denuncias efectuadas surge que el Estado tuvo conocimiento de violaciones sexuales, violencia sexual, abortos y sin embargo no inició una investigación tendiente a esclarecer lo ocurrido e imputar las responsabilidades correspondientes. (Párrafo 78 a 81).

En este sentido, el Tribunal estima que la falta de investigación de hechos graves contra la integridad personal como torturas y violencia sexual en conflictos armados y/o dentro de patrones sistemáticos, constituyen un incumplimiento de las obligaciones del Estado frente a graves violaciones a derechos humanos, las cuales contravienen normas inderogables (jus cogens) y generan obligaciones para los Estados como la de investigar y sancionar dichas prácticas (párrf 140)

La Comisión Interamericana de DDHH, se expidió respecto de la violación sexual en dos Informes: (i) Informe sobre Haití de 1995: donde sostuvo que los actos de violencia contra las mujeres califican como delitos de lesa humanidad cuando son utilizados como arma para infundir terror; (ii) Informe s/Perú de 1996: en donde, luego de definir la violación sexual como "todo acto de abuso físico y mental perpetrado como acto de violencia", lo calificó como forma del delito de tortura.

X.16 Los delitos sexuales en el plan represivo que existió en la Argentina (1975/1985).

En nuestro país, la CONADEP documentó en su informe la comisión de violaciones y abusos sexuales. Pero es necesario recordar que al momento de iniciarse el juicio penal a las Juntas Militares, el Ministerio Público Fiscal realizó una selección de los casos en base a los cuales formularía su acusación y excluyó a los delitos sexuales y a la apropiación indebida de niños.

Aunque no se acusó por estos delitos la Cámara Federal en la causa 13/84 en el capítulo séptimo, Punto 1 dijo que "las órdenes impartidas dieron lugar a la comisión de un gran número de delitos de privación de libertad, a la aplicación de tormentos y a homicidios. Asimismo, se ha evidenciado que en la ejecución de los hechos, los subordinados cometieron otros delitos que no estaban directamente ordenados, pero que podían considerarse consecuencia natural del sistema adoptado".

No obstante la existencia de estos delitos y la frecuencia con la que se manifiesta en los contextos de militarización, conflicto armado, guerra, dictadura, no fueron juzgados como delitos autónomos sino hasta hace pocos años. La impunidad reinante respecto de estos injustos se debía en parte a la ceguera judicial y a la dificultad de las víctimas para hablar de crímenes sexuales, vinculada al carácter que socialmente adquiere la violencia sexual.

Muchas víctimas optan por no hablar de estas agresiones en los tribunales dado que no hay contextos propicios de intimidad, privacidad y respeto que generen la confianza necesaria para relatarlas (Aucía, Analía, "Género, violencia sexual .", ob. cit. p. 64, en el mismo sentido ver el testimonio de la testigo experta Susana Chiaroti y de la testigo Fabiana María Rousseaux). En atención a estas dificultades y de las herramientas de las que adolece el sistema judicial para lograr ambientes propicios para que las víctimas puedan efectuar estos relatos, este tribunal dictó la Acordada 4/13 por la que se estableció un "Protocolo para tomar declaraciones a personas que habrían sido víctimas de delitos sexuales en el marco de juicios de lesa humanidad".

La indiferencia en la investigación y juzgamiento de la violencia sexual tiene como efecto directo la impunidad. El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Comité de CEDAW) recomendó al Estado argentino que adoptara medidas para hacer públicos, enjuiciar y castigar los actos de violencia sexual perpetrados durante la pasada dictadura, en el marco de los juicios por crímenes de lesa humanidad, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución 1820/2008 del Consejo de Seguridad y que se concedan reparaciones a las víctimas (Observaciones Finales, 46° Período de Sesiones, del 12 al 30 de julio de 2010, punto 26).

En el mismo sentido el Comité de Derechos Humanos (Comité del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos) en su informe sobre el estado de cumplimiento del PIDCP por parte del Estado Argentino, consideró que si bien se advertían importantes avances en "la tramitación de las causas de los responsables de graves violaciones a los derechos humanos durante la dictadura militar, recomendó al Estado Parte continuar desplegando un esfuerzo riguroso en la tramitación de dichas causas, a fin de garantizar que las violaciones graves de derechos humanos, incluidas aquéllas con contenido sexual y las relativas a la apropiación de niños, no queden impunes". (Comité de Derechos Humanos, 98° período de sesiones. Nueva York: 8 a 26 de marzo de 2010.)

En sentencias recientes de nuestro país, los delitos sexuales denunciados por las víctimas en sus testimonios comenzaron a ser condenados, por ejemplo en la causa "Barcos" (n° 43/08) del Tribunal Oral de Santa Fe, donde se analizó el delito de violación sexual como una forma del delito de tormento; y en la causa Molina (n° 2086/10) del Tribunal Oral de Mar del Plata donde se considera probado que en el marco del plan sistemático de represión era habitual que las mujeres ilegítimamente detenidas en centros clandestinos fueran sometidas sexualmente por sus captores o guardias, afirmando en consecuencia que los actos de violencia sexual no constituyeron hechos aislados ni ocasionales sino que formaron parte de prácticas sistemáticas y generalizadas.-

Una de las razones por las que no se visibilizaron los delitos sexuales en algunas sentencias en Argentina, como de delito autónomo y de lesa humanidad, fue porque se consideró que las violaciones sexuales eran hechos aislados que no formaban parte del plan sistemático de la dictadura, por lo tanto ya se encontrarían prescriptos.

Sin embargo, si se observa, tanto de los testimonios recabados en la causa 13/84 como en numerosas causas en nuestro país, surge que las violaciones sexuales y la violencia sexual, sobre todo contra mujeres, que se perpetraban en los Centros Clandestinos de Detención, formaban parte del plan sistemático, no constituían hechos aislados, se ejercían sobre una pluralidad de personas y se practicaban continuamente como parte del plan de la dictadura militar. La testigo Liliana Vitar que participó en la Comisión Bicameral Permanente de Tucumán relató en la audiencia que la Comisión recabó testimonios sobre violaciones sexuales.

Dentro del plan del ejército figuraban las órdenes de doblegar al subversivo. El modus operandi para llevar a cabo esta misión, siempre dentro de la extrema crueldad, fue muy variado. Si las órdenes eran doblegar a la víctima, una de las formas de hacerlo era ejerciendo violencia sexual, porque en el plan se incluía todo aquello que condujera a humillar, obtener la confesión o algún tipo de información por parte de la víctima.

Estos actos de violencia sexual no eran actos aislados, sino que se repetían en todos los Centros Clandestinos de Detención.

Por otro lado si no existía una orden expresa, los superiores conocían y toleraban ampliamente estos actos por parte de sus subalternos como medios de instrumentar el miedo y degradar a las víctimas. Debemos tener en cuenta que si por algo se caracterizó el Terrorismo de Estado en nuestro país fue por idear una maquinaria que corría paralela a la legal, es decir a la par de las normas existían otras órdenes que permanecían en la clandestinidad. En ninguna normativa del ejército constaba en forma expresa la orden de torturar, matar, robar, cambiar la identidad de los recién nacidos en cautiverio, violar, etc. Esto demuestra que existían un conjunto de normas secretas y paralelas a las conocidas que reglaban el Plan. Estas órdenes estaban implícitas y fueron interpretadas como formas de luchar contra la/el enemiga/o, como forma de doblegarla/o, y las mismas eran conocidas por los jerarcas de la dictadura.

En la causa 13/84 se probó este paralelismo entre las normas que tenían publicidad y las órdenes o normativa clandestina: "[.] Los comandantes militares que asumieron el gobierno, decidieron mantener el marco normativo en vigor, con las jurisdicciones y competencias territoriales que éste acordaba a cada fuerza. Ahora bien, sin la declaración de zonas de emergencia que posibilitaran el dictado de bandos (art. 43 de la ley 16.970 y arts. 131/139 del Código de Justicia Militar), el sistema imperante sólo autorizaba a detener al sospechoso, alojarlo ocasional y transitoriamente en una unidad carcelaria o militar, e inmediatamente disponer su libertad, o su puesta a disposición de la justicia civil o militar, o bien del Poder Ejecutivo (v. Directiva 404/75, Anexo 6 -Bases Legales-, PON 212/75 y DCGE 217/76; Placintara/75, Anexos "E" y "F") [...] Sin embargo, del análisis efectuado en los capítulos décimo primero a décimo noveno, se desprende que lo acontecido fue radicalmente distinto. Si bien la estructura operativa siguió funcionando igual, el personal subordinado a los procesados detuvo a gran cantidad de personas, las alojó clandestinamente en unidades militares o en lugares bajo dependencia de las fuerzas armadas, las interrogó con torturas, las mantuvo en cautiverio sufriendo condiciones inhumanas de vida y alojamiento y, finalmente, o se las legalizó poniéndolas a disposición de la justicia o del Poder Ejecutivo Nacional, se las puso en libertad, o bien se las eliminó físicamente. Tal manera de proceder, que suponía la secreta derogación de las normas respondió a planes aprobados y ordenados a sus respectivas fuerzas por los comandantes militares" [.] En suma, puede afirmarse que los comandantes establecieron secretamente un modo criminal de lucha contra el terrorismo. Se otorgó a los cuadros inferiores de las fuerzas armadas una gran discrecionalidad para privar de libertad a quienes aparecieran, según la información de inteligencia, como vinculados a la subversión; se dispuso que se los interrogara bajo tormentos y que se los sometiera a regímenes inhumanos de vida, mientras se los mantenía clandestinamente en cautiverio; se concedió, por fin, una gran libertad para apreciar el destino final de cada víctima, el ingreso al sistema legal (Poder Ejecutivo Nacional o justicia), la libertad o, simplemente, la eliminación física [.]". Causa 13/84, capítulo XX: (Cuestiones de hecho Nros. 88, 130, 131, 132, 133, 137, 138, 139, 140, 141, 142, 143, 144, 145, 146, 147, 148, 149 y 150).

El ataque perpetrado durante el terrorismo de estado en la Argentina fue generalizado y sistemático, parte del ataque en este contexto fueron las violaciones sexuales y los abusos sexuales. El Tribunal para la ex Yugoslavia precisa claramente en la causa Kunarac, y este tribunal lo hace propio, que "Sólo el ataque, no los actos individuales de los acusados, deben ser generalizados y sistemáticos. Ejemplifica diciendo que un simple acto puede ser considerado un crimen contra la humanidad si tiene lugar en un contexto relevante, el acto de denunciar a un vecino judío a las autoridades nazis, si se comete en un escenario de persecución generalizada se considera como un crimen contra la humanidad. (Causa: Fiscal vs. Draglol jub Kunarac, Radomir Kovac y Zoran Vukovic sentencia del 22 de febrero de 2001).

Conforme a lo analizado anteriormente este Tribunal considera que los delitos sexuales cometidos durante el terrorismo de estado en la Argentina formaron parte del plan de exterminio configurado por las fuerzas armadas y constituyen delitos de lesa humanidad

X. 17 La autoría mediata en los delitos sexuales

Históricamente la doctrina mayoritaria consideró a los delitos sexuales como "delitos de propia mano", en consecuencia sólo podía ser responsable penalmente el autor material del hecho, sin que pudiera concebirse otra forma de participación.

El bien jurídico protegido era la honestidad, se condenaba entonces al agente que obrara en virtud del placer, lascivia o móviles de esta naturaleza, lo que implicaba que sólo podía incurrir en esta figura el "beneficiario de este placer", es decir, el autor material del hecho.

Se exigía en forma arbitraria y caprichosa un elemento extra, que no estaba en el tipo penal.

No existen razones para excluir de las figuras de violación sexual y abuso sexual otras formas de autoría distintas a la de la autoría material.

La postura doctrinaria que sostiene la exigencia de autores materiales para que pueda configurarse la violación o el abuso sexual no tiene mayor recepción en la doctrina y su cuestionamiento surge con el cambio de paradigma operado sobre el bien jurídico protegido.

La consideración de la libertad sexual, la integridad física y psíquica de la víctima como el bien jurídico protegido, confluye a que poco importe si el sujeto activo siente placer con la actividad desplegada

Aún antes de operarse este cambio sobre el bien jurídico protegido, tampoco existían razones de peso jurídico para exigir la concurrencia de un elemento ajeno al tipo, una ultraintención de placer o lascivia.

Así, el dominio del hecho sexual no se rige por la motivación o ultrafinalidad de ninguno de los sujetos intervinientes, sino por un criterio objetivo que debe ser conocido y querido por ellos.

De Luca es muy gráfico cuando compara estos supuestos con otra figuras legales, "en el robo, por ejemplo, parece que lo determinante para aceptar que varios sujetos puedan ser imputados objetivamente de un "apoderamiento ", es que se hayan beneficiado patrimonialmente del hecho conjunto y, a partir de esa idea de fuerza, se admiten las divisiones de roles y funciones en la realización de ese apoderamiento de una cosa mueble ajena ¿y aunque uno de ellos ni siquiera haya tocado la cosa! Con mayor razón en un homicidio, donde un interviniente que se limita a dar la orden literalmente no mata" (De Luca, Javier A., López Casariego, Julio E, en Código Penal, op. cit, p. 514). No se entiende entonces por qué, si en los demás delitos no se sigue un criterio formal, de ejecución literal del verbo típico, por qué habría de exigírselo con los delitos sexuales.

Por lo que, pueden ser autores de estos delitos quienes dominen el hecho (ver referencias en esta sentencia a la teoría del dominio del hecho), es decir, quienes pueden decidir la configuración central del acontecimiento porque pueden detener o proseguir la realización del suceso íntegro y partícipes serán quienes realicen aportes sin ese poder

Delitos sexuales: Pruebas en la presente causa.

De la prueba producida en la presente causa surge en forma clara y concluyente para este tribunal que se perpetraron hechos que configuran los tipos penales de abuso sexual y violación sexual agravados (artículo 119 y 127 del CP según ley 11.221 y 21338).

Que a efectos de resguardar los derechos de las víctimas, toda referencia a las mismas se realizará mediante la mención de las iniciales de su nombre.

X.18 Delito de Violación sexual: (art. 119 y 122 según ley 11.221)

El art. 119 Penal vigente a la época de los hechos tipificaba el delito de violación sexual de la siguiente manera: "Será reprimido con reclusión o prisión de seis a quince años, el que tuviere acceso carnal con persona de uno u otro sexo en los casos siguientes: 1° Cuando la víctima fuere menor de doce años; 2° Cuando la persona ofendida se hallare privada de razón o de sentido, o cuando por enfermedad o cualquier otra causa, no pudiere resistir; 3° Cuando se usare de fuerza o intimidación".

Agravante en la violación sexual: Art. 122. "La reclusión o prisión será de ocho a veinte años, cuando en los casos del art. 119, resultare un grave daño en la salud de la víctima o se cometiere el hecho por un ascendiente, descendiente, afín en línea recta, hermano, sacerdote o encargado de la educación o guarda de aquélla o con el concurso de dos o más personas".

El tipo objetivo del delito de violación sexual exige el acceso carnal sobre una víctima desprovista de toda capacidad de resistencia, con la concurrencia del uso de fuerza o intimidación.

En el sujeto activo, el tipo subjetivo es doloso y se estructura con el conocimiento y voluntad del autor de utilizar la fuerza o la coacción y de aprovechamiento consciente de la imposibilidad de resistencia para acceder carnalmente.

La agravante por la comisión del hecho con el concurso de dos o más personas se fundamenta por la facilidad de los ejecutores ante la mayor indefensión de la víctima.

En el transcurso del debate quedó acreditado que LUIS ORLANDO VARELA es autor mediato, y ERNESTO RIVERO, ALBERTO HÉCTOR RAFAEL MONTES DE OCA, FERNANDO TORRES y TOMÁS ADOLFO GÜEMES son partícipes necesarios del delito de violación sexual agravada en perjuicio de M.T.G.D.S.

M.T.G.D.S estuvo secuestrada en el Arsenal Miguel de Azcuénaga en el período que Varela digitaba, controlaba, tenía a su cargo ese centro clandestino. Era el principal operador del Destacamento de Inteligencia 142 en el campo de concentración del Arsenal, como jefe de la "Patota".

Fernando Torres era Oficial de Inteligencia del Destacamento 142 y su presencia en el centro clandestino del Arsenal en la época de los hechos fue corroborada por testimonios y el correspondiente legajo, al igual que los gendarmes Tomas Adolfo Güemes, Alberto Héctor Rafael Montes de Oca y Ernesto Rivero. Respecto de la actuación de los miembros de gendarmería que estaban en los centros clandestinos la testigo Auad fue clara en su testimonio cuando dijo que tenían amplios poderes para hacer lo que quisieran.

La víctima se encontraba, como todas las personas que estuvieron secuestradas, en un absoluto estado de indefensión. El hecho que afectó a M.T.G.D.S ocurrió entre los días 4 de septiembre de 1976 y octubre del mismo año cuando la misma fue violada con acceso carnal frente a su marido por parte de personal de la guardia de Gendarmería actuante en dicho momento. Dan cuenta que la víctima estuvo en este centro clandestino de detención durante este período numerosos testigos que la vieron, entre ellos Nora Alicia Cajal, Osvaldo Humberto Pérez, María Cristina Rodríguez Román de Fiad y Celia Georgina Medina. La forma en que fue ejecutado el hecho ilícito contra M.T.G.D.S quedó acreditado por el testimonio brindado por Susana Auad quien relató que un guardia le preguntó a la víctima si quería estar con su marido, ella dijo que si y la guardia de esa noche, 3 o 4 personas, la violaron delante de él.

VARELA es partícipe necesario del delito de violación sexual en perjuicio de G.V.I, N.C. y B.H.

G.V.I declaró que estuvo en el Arsenal y cada vez que la torturaban la violaban. La víctima compartió cautiverio con Ercilia del Valle Carabajal, B. H., Ramón Brizuela, Santos Chaparro, Alfredo Coronel, Hugo Román.

N.C. fue secuestrada y trasladada al Arsenal, al llegar al centro clandestino la hicieron pasar a un lugar, le leyeron una lista de nombres para averiguar si conocía a estas personas y la violaron. La dejaron en un descampado. Acredita también este hecho delictivo el testimonio de Susana Auad quien refiere concretamente a la violación sexual de la víctima, como así también el testigo Osvaldo Humberto Pérez.

B.H. fue secuestrada, la metieron en un auto, en el piso del asiento de atrás la golpearon y le pusieron en la cara el miembro sexual. Fue llevada al Arsenal donde la violaron sexualmente. Mientras la violaban la insultaban y la amenazaban diciéndole que nunca más iba a tener hijos.

Este hecho quedó acreditado por el testimonio brindado por la víctima en la audiencia y por los testimonios coincidentes de Santos Chaparro, G.V.I, Ramón Brizuela.

X. 19 Abuso deshonesto (art 127 y 122 del CP según ley 11.221)

El abuso sexual conforme el artículo 127, vigente a la época de los hechos establecía que "Se impondrá prisión de seis meses a cuatro años, al que abusare deshonestamente de persona de uno u otro sexo, concurriendo alguna de las circunstancias del art. 119, sin que haya acceso carnal. Si el autor del hecho fuere alguna de las personas mencionadas en el art. 122, se le aplicará de tres a diez años de reclusión o prisión".

Respecto a la configuración del tipo el artículo requiere que el sujeto activo "abuse deshonestamente" usando fuerza o intimidación sin que la víctima pueda resistirse.

Abusar deshonestamente alude a tocamientos corporales de significación sexual no consentidos libremente por la víctima, sin que haya acceso carnal.

Las víctimas de abuso sexual y de violación, estaban cautivas en un centro clandestino, a merced de sus captores, con lo cual es una obviedad afirmar que no prestaron consentimiento. Los abusadores ejercieron violencia física sobre el cuerpo de las víctimas para vencer materialmente su voluntad, pero también ejercieron violencia moral, produciendo miedo o temor. (Ver De Luca, Javier A., López Casariego, Julio E, en Código Penal, Baigún David y Zaffaroni, Raúl Eugenio (dir), Terragni, Marcos A. (coord.), Bs. As. Hammurabi, 2008, p. 500-501).

El tipo subjetivo exige dolo, el sujeto debe conocer y querer la realización del tipo objetivo. No se exige un elemento libidinoso en el ánimo del autor, no existen razones para excluir un abuso sexual cuando el autor no tuvo la ultraintención de menoscabar la integridad sexual de la víctima. En cualquier caso será un acto de contenido sexual, no querido por la víctima, y el autor lo sabe (De Luca, Javier A., López Casariego, Julio E, en Código Penal,... ob. cit. p. 510).

El dolo requiere que el autor abarque con su conducta los elementos del tipo objetivo entre los que resulta determinante el significado sexual del acto que se realiza y su carácter abusivo, el carácter doloso del acto se mantiene aunque el autor no tenga un especial ánimo lascivo

En la presente causa la violación sexual y el abuso sexual perpetrado por algunos de los imputados se agrava por el concurso de dos o más personas, conforme artículo 122.

La razón de la agravante finca en la facilitación de la comisión de los delitos frente a la menor posibilidad de defensa de la víctima.

LUIS ORLANDO VARELA es autor mediato del delito de abuso deshonesto agravado en perjuicio de C.G.M y partícipe necesario de abuso deshonesto en perjuicio de A.V.B, D.F y MIJS.

ADOLFO ERNESTO MOORE es partícipe necesario del delito de abuso deshonesto en perjuicio de M.I.J.S.

ERNESTO RIVERO, TOMÁS ADOLFO GÜEMES, FERNANDO TORRES son partícipes necesarios del delito de abuso deshonesto agravado en perjuicio de C.G.M.

C.G.M. fue secuestrada y llevada al centro clandestino Arsenal Miguel de Azcuénaga. En el mes de noviembre, la víctima fue desnudada por la fuerza y la amenazaron con violarla sexualmente. Esta aseveración queda probada con el testimonio brindado por C.G.M. en la audiencia y las declaraciones de la testigo Figueroa y el testigo Gustavo César Campopiano.

A.V.B. fue secuestrada y llevada al Arsenal. La torturaron en una cama de hierro sin colchón y le pasaban por todas las partes del cuerpo un cable pelado. El día 8 de diciembre de 1976 la desnudaron a cielo abierto con las piernas abiertas y las manos atadas hacia atrás con una soga, y la golpearon. Mientras estaba totalmente desnuda a la intemperie, un gendarme pasaba y le tocaba los pezones. Este hecho quedó acreditado por el relato de la propia víctima en la audiencia y por la testigo Teresita Hazurún.

D.F. al igual que las otras víctimas de delitos sexuales fue secuestrada y llevada al Arsenal, la torturaron desnuda sobre una cama metálica pasándole la picana por todo el cuerpo. En una oportunidad uno de los guardias se le tiró encima y empezó a manosearla, le tapaba la boca y le decía que no gritara. Corroboran los hechos el testimonio de la propia víctima en la audiencia y los testimonios concordantes de testigos nombrados ut supra que se refirieron a la permanente violencia sexual existente en el lugar concentracionario.

M.I.J.S, fue víctima de abuso sexual en el Arsenal. La declaración del testigo Baltazar Acuña incorporada en la causa es contundente cuando afirmó que "... Una noche uno de los guardias intentó violarla, lo que la afectó mucho y les dijo a sus compañeras de cautiverio que sabía quién había sido y lo denunciaría, produciéndose entre los guardias del CCD cierto revuelo" (fs. 437).

ROBERTO HERIBERTO ALBORNOZ es autor mediato, RICARDO OSCAR SÁNCHEZ, LUIS ARMANDO DE CÁNDIDO, JUAN ALBERTO ABRAHAM, ROLANDO REYES QUINTANA, HUGO JAVIER FIGUEROA, OSCAR HUMBERTO GÓMEZ, FÉLIX INSAURRALDE, ANTONIO ESTEBAN VERCELLONE, GUILLERMO AGUSTÍN UGARTE, MIGUEL CHUCHY LINARES son partícipes necesarios; MARÍA LUISA ACOSTA DE BARRAZA Y PEDRO JOAQUÍN PASTERIS son partícipes secundarios del delito de abuso deshonesto agravado en perjuicio de E.L.C.

E.L.C estuvo secuestrada en Jefatura de Policía, compartió cautiverio con Raúl Edgardo Elías. En una fecha cercana al 15 de junio de 1976 fue abusada sexualmente. El hecho del que fue víctima E.L.C. quedó probado conforme todo el acervo probatorio que confirma que se cometieron delitos sexuales en los centros clandestinos de detención y por el testimonio de Elías quien aseguró que las mujeres detenidas eran sometidas a un trato especial y que supo de delitos de índole sexual cometido por lo menos a dos de ellas. Precisó cómo era el comportamiento de los secuestradores respecto de las mujeres que estaban en los calabozos, estas personas iban de noche y después de varios días de tortura o sin comer, les llevaban golosinas, más tarde salían, luego entraba otro. Una de las mujeres que estaba en el calabozo y a la que refiere Elías como víctima de delitos sexuales era E.L.C.

X. 20 Valoración de la prueba

En acápites anteriores se hizo referencia a la valoración de la prueba pero cabe aquí realizar algunas precisiones a los fines de fundar la existencia de los delitos sexuales en la presente causa.

La apreciación de la prueba en los casos de delitos sexuales está sometida a los mismos parámetros exigidos para valorar otro tipo de delitos cometidos en el marco del terrorismo de estado, es decir, comparten los mismos estándares.

El testimonio brindado por la víctima de violación o abuso sexual resulta troncal en este tipo de procesos y el mismo se debe apreciar tomando en consideración la coincidencia de circunstancias manifestadas por otros testigos sobre la habitualidad de las agresiones sexuales en los centros clandestinos, los indicios y presunciones, la documentación obrante en los legajos de los condenados y el contexto de ataque sistemático y generalizado, de manera tal que, a través de la sana crítica, se logre una motivación lógica y razonada.

Existen en la presente causa testimonios coincidentes que otorgan la suficiente verosimilitud a la forma como ocurrieron los hechos para que se pueda arribar a una sentencia de condena por violación sexual y abuso sexual de los imputados.

X. 21 Concurso de delitos (art. 55 Código Penal)

Los delitos analizados precedentemente constituyen una pluralidad de conductas que lesionan distintos bienes jurídicos no superponiéndose ni excluyéndose entre sí.-

Es decir que concurren varios delitos atribuibles a cada uno de los imputados, por lo que corresponde aplicar la regla del concurso real, prevista en el art. 55 del Código Penal.-

Así, los delitos de violación de domicilio (art. 151 del C.P.) y privación ilegítima de la libertad agravada (art. 144 bis y 142 inc 3° del C.P.) concurren en forma real entre sí (art. 55 C.P.) y a la vez se atribuyen en concurso real con el resto de las figuras: asociación ilícita (art. 210 del C.P.), imposición de tormentos agravada (art. 144 ter Código Penal), torturas seguidas de muerte (art. 144 ter último párrafo según 14.616 para los casos así consignados) y homicidio agravado por alevosía, por el concurso premeditado de dos o más partícipes y con el fin de lograr impunidad (art. 80 incs. 2, 6 y 7 del Código Penal vigente al tiempo de comisión de los hechos ley 21.338); todo en concurso real (art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad, como se explica en esta misma sentencia.-

X. 22 Usurpación art. 181 del Código Penal

Antes de ingresar en el análisis de la configuración típica del delito de usurpación corresponde realizar algunas precisiones con relación a la circunstancia de que el ilícito penal que se menciona configura un delito de lesa humanidad y, en tal carácter, constituye materia de juzgamiento en este juicio.-

De esta manera, como ya lo tiene dicho este tribunal -con distinta integración respecto a uno de sus miembros- en la causa (sentencia de fecha 23 de agosto de 2010, dictada en la causa "Jefatura de Policía de Tucumán s/secuestros y desapariciones", Expte. J -29/09- del Registro de este Tribunal, lo que determina que la usurpación como ilícito de derecho penal común se califique como delito de lesa humanidad es el contexto de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil de su realización, contexto que en el sub iudice se asocia con el terrorismo de Estado vigente a la fecha de los hechos objeto de la presente causa.-

En segundo término, el Tribunal entiende que corresponde atender también al hecho de que la usurpación no constituiría un delito de aquellos tradicionalmente considerados de lesa humanidad; en tanto esa circunstancia no modifica la configuración de la categoría delito de lesa humanidad. A este respecto interesa señalar que nuestro más Alto Tribunal in re "Arancibia Clavel, Enrique L." (Fallos 327:3294) ha considerado que se inscriben bajo la órbita de la categoría delitos de lesa humanidad todos los ilícitos penales vinculados a la violación de los derechos humanos, y no solo los delitos que "tradicionalmente" resultan asociados con dichas prácticas -privaciones ilegítimas de la libertad, torturas, homicidios-. En concreto, nuestro más Alto Tribunal al analizar los alcances del Estatuto de Roma ha señalado que constituye delito de lesa humanidad "... toda forma posible de intervención en esta clase de hechos. Así, no sólo quedan incluidas las formas "tradicionales" de participación (art. 25, inc. 3, aps. a, b y c), sino que expresamente menciona el contribuir 'de algún otro modo en la comisión o tentativa de comisión del crimen por un grupo de personas que tengan una finalidad común' (art. 25, inc. 3, ap. d), cuando dicha contribución es efectuada 'con el propósito de llevar a cabo la actividad o propósito delictivo del grupo, cuando una u otro entrañe la comisión de un crimen de la competencia de la Corte' (ap. d, supuesto i) (considerando 11 del voto de la mayoría).-

Pues bien, un examen detenido de los hechos materia de juzgamiento en la presente causa revela que la usurpación perpetrada por María Elena Guerra se encuentra inescindiblemente vinculada con los otros ilícitos que tuvieron por víctimas Diana Irene Oesterheld y Carlos Raúl Araldi, conforme se acreditó en la sentencia de fecha 23 de agosto de 2010, dictada en la causa "Jefatura de Policía de Tucumán s/secuestros y desapariciones", Expte. J -29/09- del Registro de este Tribunal -distinta integración- . No se trata aquí de menoscabar el carácter de delito autónomo de la usurpación, tan solo se trata de hacer explícita mención de la conexión que tiene con otros injustos, de modo tal de poder entender que el despojo clandestino -ocupación subrepticia de la propiedad- mediante el cual se materializó la usurpación tiene por antecedente la ausencia forzada y delictiva de Diana Irene Oesterheld y Carlos Raúl Araldi, como consecuencia de acciones ilícitas penales de lesa humanidad.-

No escapa a la consideración de este Tribunal el hecho de que mientras que en el caso "Arancibia Clavel, Enrique L." la categoría de delitos de lesa humanidad alcanza conductas ilícitas que configuran actos preparatorios punibles de otras que constituyen delitos "tradicionalmente" considerados de lesa humanidad; en el caso sub examine, en cambio, se inscribe en la órbita de los delitos de lesa humanidad una conducta ilícita que tiene por presupuesto o antecedente a otras que configuran delitos dogmáticamente considerados de lesa humanidad. Ahora bien, se entiende que la precisión expuesta no empece a la plena aplicación de la doctrina judicial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación al presente caso, por cuanto se trata de una situación semejante a la allí resuelta: en ambas causas correspondía determinar si conductas ilícitas que configuran delitos que no integran el elenco clásico de delitos de lesa humanidad resultaban comprendidas por la mencionada categoría; y en la presente causa, como en aquella, corresponde responder al precitado interrogante de manera afirmativa.-

Su comisión en el marco de un plan sistemático consiste en el aprovechamiento del abandono del que fueron objeto los inmuebles por el secuestro de sus propietarios. Además, en el elemento subjetivo del tipo como actuar doloso está presente el conocimiento de que se trataba de bienes desocupados como consecuencia del secuestro y desaparición de sus dueños en acciones ilícitas penales típicas de lesa humanidad.-

El delito de usurpación está previsto en el art. 181 del Código Penal, correspondiendo aplicar al caso -por ser ley penal más benigna- la norma prevista en el código original, ley 11.179. Si bien la ley 21.338 elevó el máximo de la pena de este delito a tres años, la ley 23.077 del año 1984 (Ley de Defensa de la Democracia), derogó a su vez a la 21.338 y restableció en lo que respecta a esta figura el artículo 181 previsto en el código original, que dispone: "Será reprimido con prisión de un mes a dos años: 1) El que por violencia, engaño o abuso de confianza, despojare a otro de la posesión o tenencia de un inmueble, o de un derecho real de uso, usufructo, habitación, servidumbre o anticresis, constituido sobre un inmueble; 2) El que para apoderarse de todo o parte de un inmueble destruyere o alterare los términos o límites del mismo; 3) El que, con violencias o amenazas trabare la posesión de un inmueble."-

Conforme fue acreditado en la sentencia citada supra Diana Irene Oesterheld y Carlos Raúl Araldi alquilaron una casa ubicada en la calle Frías Silva 231 del Barrio Ciudadela en esta ciudad y se fueron a vivir allí. La casa era de Onésimo Orfilio Marini, quien primero se las alquiló y posteriormente comenzó las negociaciones para vendérsela.

En la audiencia de debate quedó acreditado que el inmueble de la calle Frías Silva 231 fue ocupado por María Elena Guerra. Los testimonios producidos durante el debate oral, los datos aportados por quienes declararon y la documentación obrante en autos respaldatoria de esos dichos, configuran un cuadro probatorio que permite afirmar sin margen de dudas que el inmueble de propiedad de Diana Oesterheld y Carlos Raúl Araldi fue usurpado por María Elena Guerra.-

En este debate, ha sido demostrado que a fines del mes julio de 1976 el inmueble fue ocupado por efectivos de la Jefatura de la Policía de la provincia de Tucumán. Allí se instalaron a partir de septiembre u octubre del año 1976 Roberto Heriberto Albornoz junto a María Elena Guerra, también agente de la Policía de la Provincia de Tucumán. La ocupación de la casa de calle Frías Silva por efectivos de la policía quedó acreditado en el curso de la audiencia por el testimonio de Delgado, Marini y Storni. El testigo Marini manifestó "fueron por calle Pellegrini, pararon a mitad de cuadra y estaban los vecinos mirando para la casa y la policía estaba sacando las cosas, muebles, ropero, colchón, ventiladores, en esa casa vivía la familia Oesterheld Araldi, le consta porque él lo acompañó al padre al hotel Petit en la calle Crisóstomo Alvarez y lo veía a su padre conversar con el señor Araldi, porque su padre le alquilaba la casa, en enero de 1976 el padre le entregó a Araldi la llave de la calle Frias Silva, llegaron con un niño, ahí le presentó a la señora Oesterheld. La casa, después de ser desmantelada seguía con movimientos de policía, sabe de esto porque el padre siempre daba vueltas por la casa y no podía creer lo que estaba pasando y veían a la policía, siempre había parado un policía en la esquina y en la puerta, en esa casa fue a vivir Albornoz, le consta porque el padre lo conocía a Albornoz y se lo mostró". Se incorporó por lectura (fs. 6872/6873) la demanda de usucapión iniciada sobre la vivienda donde vivían los Araldi Oesterheld.-

Así, el testigo Julio Federico Storni relató en la audiencia que vive en las Piedras 1884 hace 62 años. Que conoció a Raúl Araldi y a Diana Oesterheld, que un día iba con su hermano Pedro por calle Frías Silva y éste le presentó al matrimonio en la esquina de la panadería, en febrero o marzo del 76. Que siempre veía al matrimonio sobre calle Frías Silva, y estimó que vio al matrimonio hasta noviembre del 76 y después nunca más. Luego, meses después, vio a una mujer en la casa de los Araldi; una mujer que entraba y salía, que la veía especialmente cuando iba a la verdulería de la esquina, que también vio movimiento policial en la casa y un vehículo Torino estacionado varias veces y también vio al oficial Albornoz junto a otros oficiales. Éste testigo señaló que María Elena Guerra, a partir de febrero del 77 ya estaba en esa casa y que la vio muchas veces yendo hacia la panadería o a la verdulería; también dijo que en esa casa nunca vio a una persona llamada Alcira Inocencia Guerra.

El testigo Jorge Guillermo Delgado dijo en ésta audiencia que es periodista de distintos medios locales y nacionales y que tuvo conocimiento de lo sucedido con el inmueble de Frías Silva 231, en tanto realizó una investigación al respecto. Refirió que los vecinos con los que habló le relataron el secuestro del matrimonio con su niño, y que la joven estaba embarazada. Supo que era la familia Araldi-Oesterheld y que la casa fue usurpada por el comisario Albornoz y María Elena Guerra, quienes ingresaron allí en septiembre u octubre del 76. Destacó que la información que colectaba la puso en conocimiento del Fiscal Federal Ferrer en 2005. Recordó que en la fotografía de Diana con su hijo, que se encuentra en el expediente Jefatura es de junio del 76, Diana aparece embarazada y manifiesta que la foto la obtuvo en una entrevista que tuvo con Elsa Sánchez de Oesterheld. Posteriormente, pudo fotografiar a Fernando Araldi en el inmueble de Frías Silva y aportar esa fotografía al debate. Expresó que los vecinos le dijeron que Albornoz vivía allí con María Elena Guerra, que era su amante y que en una oportunidad al lugar llegó la esposa de Albornoz que hizo un escándalo.

Ingresando en el análisis dogmático de la figura, ha quedado probado en autos, la realización del tipo objetivo de la figura penal, consistente en el despojo de la tenencia o posesión del inmueble referido, ello se consumó mediante abuso de confianza y actuando clandestinamente.-

En primer lugar, la ubicación de este delito en el Título VI, del Libro II del Código Penal, significa que el bien jurídico protegido es la propiedad. Su importancia surge claramente y la justificación de su protección se debe a que se trata de uno de esos bienes especialmente reconocidos en la Constitución Nacional, específicamente en su art. 17.-

Cabe precisar que la ley protege a quien tiene bajo su esfera de custodia el bien, lo que exige un elemento material tal cual es la ocupación del inmueble, personalmente o por intermedio de otro. La acción enunciada en el tipo penal consiste "despojar", que significa desposeer, quitar, privar a otro a través de los medios fijados en la ley. A los fines de la consumación, no basta con desapoderar, es necesario 'usurpar', es decir, sustituir un poder por otro, sea manteniéndose, invadiendo o expulsando y, para ser típico, el despojo debe estar signado por la finalidad de permanecer en el inmueble, ocupándolo. Por otro lado, la ley prevé que la usurpación puede ser total o parcial; será total cuando se priva al sujeto pasivo de la posesión o tenencia de un inmueble en su integridad o totalidad y será parcial cuando sólo se lo priva de una parte de este y siempre que aquella posea cierta individualidad e independencia. (Cfr. Zaffaroni, Eugenio, Alagia, Alejandro y Slokar Alejandro, Derecho Penal, Bs. As., 2000, p. 732 y ss.).-

La conducta de la imputada encuadra en la modalidad "abuso de confianza", atento a que en virtud del rol que desempeñaba como miembro de la Policía de Tucumán -como quedó evidenciado en la audiencia- y, conociendo la situación en que se encontraban quienes habían habitado el inmueble debió, al menos, cumplir con el deber de custodia que su propia función de integrante de dicha fuerza de seguridad le demandaba respecto a ese inmueble -o al inmueble de cualquier otro ciudadano de esta provincia-y en consecuencia, resguardarlo de todo acto de intromisión o invasión que se intentare. Conforme se acreditó en la audiencia María Elena Guerra no sólo incumplió los deberes básicos exigibles a cualquier policía, sino que protagonizó ella misma las conductas lesivas del derecho del propietario, lo que hace reprochable penalmente su accionar.-

En lo que respecta a la clandestinidad, esta modalidad se concretó por la toma de los inmuebles en ausencia del poseedor. Este medio comisivo, señala Creus, "...se refiere a la ocultación de los actos de ocupación respecto de las personas que tienen derecho a oponerse a ella...aunque aquellos no sean ocultos para terceros...se consideran ocultos tanto los actos realizados con precauciones para evitar que sean conocidos por los que tienen derecho a oponerse, como aquellos en que el agente aprovecha la ausencia de esos sujetos o de sus representantes." (Cfr. Zaffaroni, Eugenio, Alagia, Alejandro y Slokar Alejandro, Derecho Penal, Bs. As., 2000, p. 754 y ss.).

En efecto, la clandestinidad como medio comisivo del delito de usurpación, consiste en una ocupación subrepticia de la propiedad, está basada en un ingreso impropio al inmueble para luego ostentar una pseudo ocupación o tenencia, que le permita no solamente la continuidad en la ocupación, sino sustentar un ilegítimo derecho en el también ilegítimo título de poseedor o tenedor.-

En cuanto al tipo subjetivo, es evidente que la imputada actuó con abuso de confianza, conocimiento y voluntad de despojar clandestinamente de la posesión a sus moradores. Más aún, no sólo que no tenía derecho alguno sobre el inmueble, sino que conocía que aquellos no podían repeler tal intromisión. Tampoco excluye la figura acá descripta, el argumento intentado por la imputada de que el inmueble estaba "vacío" o "abandonado", y ello por cuanto no resulta una práctica común ni razonable que alguien decida habitar una propiedad por considerarla en ese estado.

Como consecuencia de lo analizado, el tribunal entiende que a María Elena Guerra le corresponde el reproche penal en calidad de autora material del delito de usurpación del inmueble de calle Frías Silva 231 de San Miguel de Tucumán, previsto en el art. 181 del Código Penal, según ley 11.179.-

X. 23 Congruencia

Si bien el principio de congruencia se verifica en las diferentes etapas del juicio: acusación, defensa, prueba y sentencia, referido sustancialmente a la plataforma fáctica, este Tribunal no ha variado sustancialmente la calificación legal que se otorgara a los hechos en los momentos procesales más relevantes: declaración indagatoria, auto de procesamiento, requerimiento fiscal de elevación a juicio y auto de elevación, como marco del juzgamiento y sentencia. De manera tal que la prueba y el consecuente debate giraron en torno a tales piezas procesales.-

La única figura que el Tribunal no ha receptado, por los argumentos que más adelante considera, está referida al delito de genocidio.-

Al momento de analizar la subsunción de las conductas de los imputados en los supuestos normativos de la legislación penal, atento a la envergadura de la cuestión a decidir, se efectuó un análisis del contexto histórico en el que se produjeron los hechos. En apartados siguientes, el Tribunal abordará un análisis de la normativa interna e internacional que rige el presente caso.-

De tal manera, no sólo se ha respetado la relación entre el hecho imputado y el hecho juzgado, sino que se ha mantenido la calificación jurídica de la acusación, con lo que se ha preservado la plena vigencia del principio de congruencia como derivación del derecho de defensa en juicio (Art. 18 de la Constitución Nacional).-

X. 24 DELITOS DE LESA HUMANIDAD

Los delitos cometidos en el marco de los hechos materia de la presente causa configuran delitos de lesa humanidad.-Al respecto, cabe tener presente que la expresión "delitos de lesa humanidad" es una categoría dogmática a través de la cual la comunidad internacional se propuso asumir y regular injustos que, en atención al bien jurídico que lesionaban resultaban especialmente ofensivos para la humanidad en su conjunto. En tal sentido, en relación a la Corte de Nüremberg, Karl Jaspers vio una oportunidad para una nueva categoría legal y cosmopolita que reconocería la responsabilidad individual de todos los perpetradores: la base de esta responsabilidad no radicaría en el sistema legal de ninguna nación en particular, sino más bien en la familia de las naciones, de tal forma que los que en el pasado habían sido considerados crímenes contra el Estado ahora se volverían crímenes contra la humanidad (Sznaider, Natan, La memoria judía y el orden cosmopolita, Capital Intelectual, Buenos Aires, 2012, p. 189). Por su parte, Hannah Arendt, recordando al pensador judío Jacob Robinson ha señalado: "Esta situación, la emergencia de la humanidad como una entidad política, convierte a la noción de "crímenes contra la humanidad", expresada por el juez Jackson en el juicio de Nüremberg, en la primer y más importante noción del derecho internacional" (Sznaider, Natan, La memoria..., op. cit., p. 213).-Aún en tiempos recientes, sin embargo, se observan algunos disensos doctrinarios en lo relativo a la legitimidad de la categoría delitos de lesa humanidad. En este sentido, en un estudio sobre la vigencia del Derecho Penal Internacional para sancionar los ataques graves a los Derechos Humanos reconocidos en Declaraciones y Convenciones Internacionales, resulta acertado lo señalado por Julia Ropero Carrasco al sostener como uno de los asuntos indudables para la extensión de una ideología humanista "La conclusión de que la prevención de nuevos ataques debe verse favorecida desde la persecución penal de los producidos, sobre la creencia de que la impunidad estimula la repetición de las agresiones" (Ropero Carrasco, Julia "La relación entre la Teoría de los Derechos Universales del Hombre y el Derecho Penal más allá de los crímenes internacionales" en Nuevos Desafíos del Derecho Penal Internacional, Tecnos, Madrid, 2009, p. 263). Y en sentido de alguna manera coincidente, cita a Werle G. (Tratado de Derecho Penal Internacional, Tiran lo Blanch, Valencia, 2005, p.84-85), quien sostiene que lo interesante no es el "discutible efecto disuasorio del Derecho Penal Internacional" , sino la creación y afirmación de la conciencia internacional de la existencia de la norma (prevención general positiva), de modo que el castigo de los crímenes internacionales haga que "la humanidad tome conciencia de que el Derecho Internacional es también derecho y que se hace cumplir, en última instancia, también respecto de quien lo infringe" .

Y en la dirección antes mencionada, con una clara y abierta posición humanista, Ropero Carrasco no elude referirse a los cuestionamientos del destacado jurista argentino Daniel Pastor -El Poder Penal Internacional. Una aproximación jurídica crítica a los fundamentos del Estatuto de Roma, Atelier, Barcelona, 2006- quien advierte de las consecuencias negativas que se derivan del paso de una política punitiva que parte de los Estados y encuentra en las Constituciones y en el respeto de los Derechos Fundamentales su límite, a otra que, auspiciada por la "euforia" en la protección de los Derechos Humanos y la confianza en su "intangibilidad" , avanza hacia la "ideología de la punición infinita" : "en esto, la ilusión de una 'defensa' irrestricta de los Derechos Humanos disfruta de un impulso que fácilmente se transforma en euforia y que en algunos casos se aventura en cierto fanatismo" . Recuerda que Pastor alude también a una "cierta soberbia ética" y que no cabe hablar de "sociedad mundial" homogénea ni de "comunidad internacional" : la realidad es la de un mundo dividido entre una minoría rica y una mayoría condenada a la pobreza, el hambre y la guerra. En este contexto, las potencias hegemónicas "no contribuyen al desarrollo equitativo de todas las personas".

Pues bien, no obstante algunos parciales aciertos que puedan tener los dichos de Pastor, coincidimos con Ropero Carrasco en el sentido que son valiosas tales voces críticas para evitar una autocomplacencia que no se corresponde con una realidad de éxitos en la protección de los Derechos Humanos. Y, sin embargo, "la bondad o legitimidad de las metas no pueden depender del grado de su consecución en la práctica. Es aquí donde se aprecian algunas de las contradicciones del discurso crítico más arriba expuesto. Si se persigue la erradicación de las desigualdades materiales, de la pobreza o de la guerra, está claro que la legitimidad y validez de estos objetivos no se ve afectada porque en la práctica se consigan escasos logros" (Ropero Carrasco, Julia "La relación..., op. cit. p. 268). Para agregar luego: "El reconocimiento de unos valores universales, al menos en el plano teórico, no puede verse menospreciado por los déficits de su implementación práctica.".-

Al reivindicar la necesidad de protección de la persona como "ciudadana universal" advierte Ropero Carrasco que "el núcleo de la protección jurídica es el 'individuo', es decir cualquier hombre que habite cualquier lugar del mundo, sin que la legitimidad de sus pretensiones se adscriba a la pertenencia a una sociedad estatal concreta: la búsqueda de un orden público que formalice dichas aspiraciones para convertirlas en auténticos derechos subjetivos constituye un camino, lleno de obstáculos por otra parte, que está lejos de haber llegado a su meta real." (Ropero Carrasco, Julia "La relación..., op. cit. p. 271). Y subrayando la aludida universalidad, añade "...la 'euforia' de los Derechos Humanos permite favorecer que en su defensa se tenga en cuenta también el respeto de los Derechos Humanos de los violadores de derechos" (Ropero Carrasco, Julia "La relación... , ob. cit. p.273).-

Pero, por otra parte, en cuanto a la aplicación del tipo penal de derecho internacional delitos de lesa humanidad resulta atinado tener en cuenta que, desde sus primeras manifestaciones, algunas objeciones medulares ya fueron zanjadas. Así, por caso, respecto de la tensión entre las prescripciones internacionales de fondo y su realización en un proceso penal concreto, al analizar en particular la importancia de atenerse a las garantías del juicio penal, en relación al proceso sobre los crímenes cometidos en el campo de Auschwitz en Frankfurt, se ha señalado que tales limitaciones no desvalorizaron las sentencias recaídas. Muy por el contrario, justamente porque los tribunales estaban atados a las estrictas formas del proceso penal, sus comprobaciones alcanzaron un gran peso (Werle, Gerhard, Pasado, presente y futuro del tratamiento jurídico-penal de los crímenes internacionales, Hammurabi, Buenos Aires, 2012, p.39). Y en relación a ese juicio, se añade: "El proceso de Auschwitz mostró, como dijo el presidente del tribunal, que tras la puerta del campo se iniciaba un infierno 'inconcebible para un cerebro humano normal'" (Werle, Gerhard, Pasado..., op. cit., p. 40). Asimismo, en los procesos realizados por la justicia alemana occidental referidos a los delitos nacionalsocialistas, se ha dejado perfectamente en claro que en los casos en que no resultaba posible una interpretación del derecho nazi se recurría, en casos extremos, a la concepción iusnaturalista de Gustav Radbruch, cuya muy citada fórmula reza: "El conflicto entre lo justo y la seguridad del Estado debe ser resuelto de modo tal, que lo justo tenga la preferencia sobre el derecho positivo asegurado con estatutos y poder, cuando su contenido resulta injusto e inadecuado; o sea que, cuando la contradicción entre el derecho positivo y lo justo alcance una medida insoportable, la ley, como derecho injusto, debería ceder a lo justo" (Werle, Gerhard, Pasado..., ob. cit., p. 52). El autor en cita así sostiene "En la medida que los procesos penales de la justicia alemana se realizaron, dejaron sentado -pese a sus limitaciones-el correcto precedente de que los autores de crímenes organizados no pueden ser protegidos por el Estado, ni contar con la impunidad". Y, refiriendo específicamente a los crímenes estatalmente dirigidos en el ámbito de Alemania Oriental antes de la caída del muro, Werle añade que las reflexiones precedentes son válidas para todas las violaciones generalizadas a derechos fundamentales "El esclarecimiento y el reconocimiento de los injustos cometidos son de una importancia decisiva para las víctimas de las graves violaciones a los derechos humanos. El primer paso insoslayable de toda forma de reparación es la confirmación oficial del injusto sufrido. La condena penal tiene incluso un valor simbólico especialmente alto, porque los juicios no sólo determinan qué es lo que ha sucedido, sino que expresan de la manera más aguda la desaprobación jurídica del injusto cometido" (Werle, Gerhard, Pasado..., ob. cit., p. 86/87).-

Ahora bien, determinar los precisos alcances y consecuencias de la calificación de los injustos materia de la presente causa como delitos de lesa humanidad demanda realizar algunas precisiones.-

Delitos comunes y delitos de lesa humanidad

Una primera distinción entre delitos comunes y delitos de lesa humanidad es la que puede establecerse teniendo en cuenta los ordenamientos jurídicos que los tipifican: mientras que los delitos comunes se encuentran tipificados en normas que integran el ordenamiento penal interno de cada Estado; los delitos de lesa humanidad, en cambio, se encuentran tipificados en normas que integran el ordenamiento penal internacional y que les asignan determinadas características como las de ser imprescriptibles.-

Otra distinción, mucho más explicativa, es la que finca en los sujetos que resultan lesionados por los mismos: si bien tanto los delitos comunes como los delitos de lesa humanidad implican la lesión de derechos fundamentales de las personas, los primeros lesionan sólo los derechos básicos de la víctima, los segundos, en cambio, implican una lesión a toda la humanidad en su conjunto. Así lo ha establecido la CSJN en el caso "Arancibia Clavel, Enrique L." (Fallos 327:3294, considerando 38 del voto del doctor Maqueda) al señalar que el presupuesto básico de los delitos de lesa humanidad es que en ellos "el individuo como tal no cuenta, contrariamente a lo que sucede en la legislación de derecho común nacional, sino en la medida en que sea miembro de una víctima colectiva a la que va dirigida la acción. Tales delitos se los reputa como cometidos contra el derecho de gentes que la comunidad mundial se ha comprometido a erradicar, porque merecen la sanción y la reprobación de la conciencia universal al atentar contra los valores humanos fundamentales (considerandos 31 y 32 del voto de los jueces Moliné O'Connor y Nazareno y del voto del juez Bossert en Fallos: 318:2148)".-

En la distinción establecida queda pendiente, no obstante, el examen de cuál es el criterio que habilita a considerar a un mismo hecho como un tipo u otro de delito. En este sentido la CSJN en el caso "Derecho, René J." del 11/07/2007 ha considerado "...que el propósito de los crímenes contra la humanidad es proteger la característica propiamente humana de ser un 'animal político', es decir, de agruparse y formar organizaciones políticas necesarias para la vida social (conf. Luban, David. A Theory of Crimes against Humanity. Yale Journal of International Law 29, año 2004, p. 85 y ss.). El razonamiento del autor mencionado consiste en lo siguiente. La característica humana de vivir en grupo, la necesidad natural de vivir socialmente, tiene por consecuencia la exigencia de crear una organización política artificial que regule esa vida en común. La mera existencia de esa organización, sin embargo, implica una amenaza, al menos abstracta, al bienestar individual....Los casos de crímenes de lesa humanidad son justamente la realización de la peor de esas amenazas, la de la organización política atacando masivamente a quienes debía cobijar. 'Humanidad', por lo tanto, en este contexto, se refiere a la característica universal de ser un 'animal político' y la caracterización de estos ataques como crímenes de lesa humanidad cumple la función de señalar el interés común, compartido por el género humano, en que las organizaciones políticas no se conviertan en ese tipo de maquinaria perversa. El criterio de distinción entonces radicaría no en la naturaleza de cada acto individual (es decir, por ejemplo, cada homicidio) sino en su pertenencia a un contexto específico: 'El alto grado de depravación, por sí mismo, no distingue a los crímenes de lesa humanidad de los hechos más crueles que los sistemas locales criminalizan. Más bien, lo que distingue a los crímenes de lesa humanidad radica en que son atrocidades cometidas por los gobiernos u organizaciones cuasi-gubernamentales en contra de grupos civiles que están bajo su jurisdicción y control' (op. cit., p. 120). Con ello aparece dada una característica general que proporciona un primer acercamiento para dilucidar si determinado delito es también un crimen de lesa humanidad. Se podría configurar ese criterio como un test general bajo la pregunta de si el hecho que se pretende poner a prueba puede ser considerado el producto de un ejercicio despótico y depravado del poder gubernamental".-

Fuentes de los delitos de lesa humanidad

Según ya se ha dicho, los delitos de lesa humanidad se encuentran tipificados en el ordenamiento penal internacional; en consecuencia, es en ese horizonte jurídico que corresponde rastrear sus fuentes. En tal sentido la CSJN en Fallos 327:3294, considerando 38 del voto del doctor Maqueda; y en Fallos 328:2056, considerando 51 del voto del doctor Maqueda, ha señalado que las fuentes generales del derecho internacional son las fijadas por el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia que establece en su art. 38 "esta Corte, cuya función es decidir de acuerdo con el derecho internacional aquellas disputas que le sean sometidas, aplicará: a) Las convenciones internacionales, generales o particulares, que establezcan reglas expresamente reconocidas por los estados en disputa; b) La costumbre internacional, como evidencia de la práctica general aceptada como derecho; c) Los principios generales del derecho reconocidos por las naciones civilizadas; d) Con sujeción a las disposiciones del art. 49, las decisiones judiciales de los publicistas más altamente cualificados de varias naciones, como instrumentos subsidiarios para la determinación de las reglas del derecho".-

Como se constata entonces, el ordenamiento penal internacional que tipifica los delitos de lesa humanidad reconoce como fuentes a sus normas consuetudinarias (ius cogens) y convencionales (tratados, declaraciones, pactos).-

Los delitos de lesa humanidad en el ius Mogens

El origen del ius cogens puede rastrearse en la vieja idea del derecho de gentes. Autores como Vitoria, Suárez y Grocio consideraron al derecho de gentes como una consecuencia de la existencia de la Comunidad Internacional (una totis orbis) que goza de una entidad tal, que permite que se erija en persona moral capaz de crear un derecho que se impone imperativamente a todas sus partes y que no resulta únicamente del acuerdo de voluntades entre los Estados que la integran.-

Pues bien, ese derecho de la Comunidad Internacional es el ius cogens; cuerpo normativo cuya vigencia en la comunidad internacional fue consagrada en el año 1899 a través de un precepto -con posterioridad bautizado como Cláusula Martens- contenido en el preámbulo de la II Convención de la Haya, luego reiterado en la IV Convención de la Haya de 1907 y, en términos similares, introducido en los cuatro Convenios de Ginebra de 1949, precepto que establecía una regla de comportamiento entre Estados en situación de guerra, sujetándolos al régimen emergente de los principios del derecho de gentes.-

A su vez, el ius cogens en mayo de 1969 recibió reconocimiento expreso en la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados -ratificada por la República Argentina el 12 de mayo de 1972 mediante ley 19.865- que en su artículo 53 establece que una norma imperativa de derecho internacional será una norma aceptada y reconocida por la comunidad internacional de Estados en su conjunto, como norma que no admite acuerdo en contrario y que sólo podrá ser modificada por otra ulterior que tenga el mismo carácter. Asimismo, en el ámbito regional la Organización de Estados Americanos -de la que la República Argentina es miembro desde el año 1956- reconoció expresamente al ius cogens al explicitar la existencia de obligaciones emanadas de otras fuentes del derecho internacional distintas de los tratados en sus artículos 43, 53 y 64.-

Así, conforme lo expuesto es posible sostener que el ius cogens cumple para la Comunidad Internacional la misma función de parámetro de validez y vigencia que cumple una Constitución para un Estado (Cfr. Gil Domínguez, Andrés, Constitución y derechos humanos. Las normas del olvido en la República Argentina, Ediar, Buenos Aires, 2004, p. 44).-

Ahora bien, en el seno del ius cogens se hallan incluidos los delitos de lesa humanidad. Nuestro más Alto Tribunal así lo ha reconocido en 1995 en el caso "Priebke, Erich" (Fallos 318:2148, considerando 32 del voto de los doctores Nazareno y Moliné O'Connor), delineando con precisión dicha inclusión en "Arancibia Clavel, Enrique L." (Fallos 327:3294, considerando 33 del voto del doctor Maqueda) al establecer "...el ius cogens también se encuentra sujeto a un proceso de evolución que ha permitido incrementar el conjunto de crímenes de tal atrocidad que no pueden ser admitidos y cuya existencia y vigencia opera independientemente del asentimiento de las autoridades de estos estados. Lo que el antiguo derecho de gentes castigaba en miras a la normal convivencia entre estados (enfocado esencialmente hacia la protección de los embajadores o el castigo de la piratería) ha derivado en la punición de crímenes como el genocidio, los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad...".-

Los delitos de lesa humanidad en el derecho penal internacional convencional.-

Tratándose del derecho penal internacional convencional, la comunidad internacional realizó múltiples esfuerzos para delimitar con precisión qué son los delitos de lesa humanidad, esfuerzos que culminaron en la definición que proporciona de tales injustos el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.-

Sin perjuicio de lo considerado, no puede pasarse por alto que la evolución del concepto de estos delitos, estuvo jalonada por importantes hitos tales como el Estatuto de Nüremberg de 1945, la Convención para la prevención y sanción del delito de genocidio de 1948 -que introduce la posibilidad de que las acciones tipificadas como delitos de lesa humanidad sean calificadas como tales independientemente de que su perpetración se concrete en tiempo de paz o de guerra-, la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de lesa humanidad de 1968 -que si bien toma el concepto de crimen de lesa humanidad del Estatuto de Nüremberg, lo desanuda definitivamente de la guerra- y, más recientemente, el Estatuto del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia de 1993 y el Estatuto del Tribunal Penal Internacional para Ruanda de 1994.-

Sin embargo, es el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional -sancionado en el año 1998, con vigencia desde el 01 de julio de 2002- el instrumento que brinda la definición final en el camino evolutivo esbozado en su artículo 7. La CSJN en el caso "Derecho, René J.", ha examinado los elementos y requisitos que autorizan a encuadrar a una conducta como delito de lesa humanidad en el marco del mencionado artículo 7 del Estatuto de Roma.-

En este sentido ha establecido que los elementos son: "...Se trata, en primer lugar, de actos atroces enumerados con una cláusula final de apertura típica (letra "k", apartado primero del artículo 7 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional). Comprende, entre otras conductas, actos de asesinato, exterminio, esclavitud, tortura, violación, desaparición forzada de personas, es decir, un núcleo de actos de extrema crueldad. En segundo lugar, estos actos, para ser calificados como crímenes de lesa humanidad, deben haber sido llevados a cabo como parte de un "ataque generalizado o sistemático"; en tercer lugar, ese ataque debe estar dirigido a una población civil... .En cuarto lugar... el final del apartado 1 incorpora realmente otro elemento, que consiste en la necesidad de que ese ataque haya sido realizado de conformidad con una política de un estado o de una organización, o para promover esa política".

A su vez, en el mencionado fallo se ha señalado que los requisitos que tipifican a una conducta como delito de lesa humanidad son: "...que haya sido llevado a cabo como parte de un ataque que a su vez -y esto es lo central- sea generalizado o sistemático. Este requisito recibió un tratamiento jurisprudencial en el fallo Prosecutor v. Tadic, dictado por el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia el 7 de mayo de 1997. Allí se explicó (apartados 647 y ss.) que la inclusión de los requisitos de generalidad o sistematicidad tenía como propósito la exclusión de hechos aislados o aleatorios de la noción de crímenes contra la humanidad.Los requisitos -sobre los que hay un consenso generalizado de que no es necesario que se den acumulativamente, sino que cada uno de ellos es suficiente por sí solo- fueron también definidos por el Tribunal Internacional para Ruanda del siguiente modo: 'El concepto 'generalizado' puede ser definido como masivo, frecuente, de acción a gran escala, llevado a cabo colectivamente con seriedad considerable y dirigido a una multiplicidad de víctimas. El concepto 'sistemático' puede ser definido como completamente organizado y consecuente con un patrón regular sobre la base de una política común que involucra recursos públicos o privados sustanciales. " (The Prosecutor versus Jean-Paul Akayesu, case N ICTR-96-4-T)...Por otra parte, el ataque debe haber sido llevado a cabo de conformidad con la política de un estado o de una organización. Este requisito tiene también un desarrollo de más de 50 años. En efecto, como señala Badar (op. cit., p. 112), si bien el estatuto del Tribunal de Nüremberg no contenía una descripción de esta estipulación, es en las sentencias de estos tribunales donde se comienza a hablar de la existencia de 'políticas de terror' y de 'políticas de persecución, represión y asesinato de civiles'. Posteriormente, fueron distintos tribunales nacionales (como los tribunales franceses al resolver los casos Barbie y Touvier y las cortes holandesas en el caso Menten) las que avanzaron en las definiciones del elemento, especialmente en lo relativo a que los crímenes particulares formen parte de un sistema basado en el terror o estén vinculados a una política dirigida en contra de grupos particulares de personas... Un aspecto que podría ser especialmente relevante en el caso en examen radica en que se ha establecido, con especial claridad en el fallo Prosecutor v. Tadic, dictado por el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia el 7 de mayo de 1997, que la política de persecución no necesariamente tiene que ser la del estado. Pero aun cuando la fuerza que impulsa la política de terror y/o persecución no sea la de un gobierno, debe verificarse el requisito de que al menos debe provenir de un grupo que tenga control sobre un territorio o pueda moverse libremente en él (fallo citado, apartado 654)".-

Realizadas las precisiones precedentes, este Tribunal analizará la concreta recepción de los delitos de lesa humanidad en nuestro derecho.-

La recepción de los delitos de lesa humanidad como ordenamiento penal internacional consuetudinario (ius cogens) en el derecho interno

La Constitución histórica de 1853-1860 en su artículo 102 (actual artículo 118) dispone "Todos los juicios criminales ordinarios, que no se deriven del despacho de acusación concedido en la Cámara de Diputados se terminarán por jurados, luego que se establezca en la República esta institución. La actuación de estos juicios se hará en la misma provincia donde se hubiere cometido el delito; pero cuando éste se cometa fuera de los límites de la Nación, contra el Derecho de Gentes, el Congreso determinará por una ley especial el lugar en que haya de seguirse el juicio" .

Pues bien, mediante esta norma la Constitución recepta al derecho de gentes, pero, como Requejo Pagés afirma, lo hace en razón de la aplicabilidad pero no de la validez. Y la consecuencia de esta operación es que la pauta de validez del derecho de gentes se encuentra fuera del sistema constitucional autóctono; no depende de los órganos internos de producción del derecho que simplemente deben limitarse a examinar la actualidad de dicho ordenamiento foráneo y aplicarlo en situaciones concretas (Cfr. Gil Domínguez, Andrés, ob. cit., p. 48-49).

Sin embargo, además de la referencia constitucional expuesta en el derecho interno también existen otras alusiones al derecho internacional consuetudinario, entre las que resulta importante resaltar la mención existente en el artículo 21 de la ley 48 de 1863 que al enunciar las normas que deben aplicar los jueces y tribunales federales cita separadamente a los "tratados internacionales" y a los "principios del derecho de gentes", remitiendo con esta última expresión al derecho internacional consuetudinario.(Cfr. Bidart Campos, Tratado Elemental de Derecho Constitucional Argentino, Ediar, 2000, Tomo IA, p. 310).-

En el mismo sentido, en la causa "Mazzeo, Julio L. y otros", la Corte dijo que: "...la especial atención dada al derecho de gentes por la Constitución Nacional de 1853 derivada en este segmento del Proyecto de Gorostiaga no puede asimilarse a una mera remisión a un sistema codificado de leyes con sus correspondientes sanciones, pues ello importaría trasladar ponderaciones y métodos de interpretación propios del derecho interno que son inaplicables a un sistema internacional de protección de derechos humanos... " (considerando 15), y es aún más contundente la Corte de la Nación al establecer en el considerando 15 que: "...la consagración positiva del derecho de gentes en la Constitución Nacional permite considerar que existe un sistema de protección de derechos que resulta obligatorio o independiente del consentimiento expreso de las Naciones que las vincula y que es conocido actualmente dentro de este proceso evolutivo como ius cogens. Se trata de la más alta fuente del derecho internacional que se impone a los estados y que prohíbe la comisión de crímenes contra la humanidad, incluso en épocas de guerra. No es susceptible de ser derogada por tratados en contrario y debe ser aplicada por los tribunales internos de los países independientemente de su eventual aceptación expresa (in re: "Arancibia Clavel" -Fallos: 327:3312-considerandos 28 y 29 de los jueces Zaffaroni y Highton de Nolasco; 25 a 35 del juez Maqueda y considerando 19 del juez Lorenzetti en "Simón").-

La recepción de los delitos de lesa humanidad como ordenamiento penal internacional convencional en el derecho interno

En el curso de la década de 1960 la República Argentina ya se había manifestado en el ámbito del derecho internacional convencional en forma indubitable respecto de la necesidad de juzgamiento y sanción del delito de genocidio, de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad.

Ello por cuanto el 28 de octubre de 1945 ratificó la Carta de Naciones Unidas, con lo que reveló en forma concluyente que compartía el interés de la Comunidad Internacional en el juzgamiento y sanción de los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra. Así convino la creación del Tribunal Militar Internacional encargado del juicio y castigo de los principales criminales de guerra del Eje europeo, acuerdo que fuera firmado en Londres el 8 de agosto de 1945 junto con el Estatuto anexo al mismo (Tribunal y Estatuto de Nüremberg).-

Asimismo, el 9 de abril de 1956, mediante decreto ley 6286/56 la República Argentina ratificó la "Convención para la Prevención y la Sanción del delito de Genocidio" aprobada por la Asamblea General de la O.N.U. el 09 de diciembre de 1948.-

Por último el 18 de setiembre de 1956 nuestro país ratificó los Convenios de Ginebra I, II, III y IV aprobados el 12 de agosto de 1949 que consagran disposiciones básicas aplicables a todo conflicto armado, sea éste de carácter internacional o interno.-

En consecuencia, atento a lo considerado precedentemente, este Tribunal se encuentra en condiciones de sostener con toda certidumbre que a la fecha de la comisión de los ilícitos imputados en autos existía un ordenamiento normativo imperativo, que reprimía los delitos de lesa humanidad.-

Imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad

Los delitos de lesa humanidad tienen un alcance que excede al de otras instituciones de derecho interno e internacional, al extremo que cada uno de sus ámbitos de validez permiten derivar notas características: 1) del ámbito material, se deriva la inderogabilidad y la inamnistiabilidad; 2) del ámbito personal, se deriva la responsabilidad individual; 3) del ámbito temporal, se deriva la imprescriptibilidad y la retroactividad y 4) del ámbito espacial se deriva la jurisdicción universal (Cfr. Gil Domínguez, Andrés, Constitución y derechos humanos. Las normas del olvido en la República Argentina, Ediar, Bs. As, 2004, p. 46).-

En particular en la presente causa reviste especial relevancia considerar a la notas características del punto 3).-

Así, respecto de la retroactividad de los delitos de lesa humanidad cabe reiterar que la República Argentina al tiempo en el que tuvieron lugar los hechos objeto de esta causa ya había manifestado su voluntad indubitable de reconocer a los delitos de lesa humanidad como categoría del ordenamiento penal internacional consuetudinario y convencional incorporada a su derecho interno, conforme lo considerado precedentemente. Con lo que independientemente de aquella aseveración doctrinaria, no se hará aplicación rectroactiva de normas internacionales salvo que fueren para hacer más benigna la situación del imputado.-

En cuanto a la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad no puede desconocerse que los mencionados excepcionan al principio general de caducidad de la acción penal por el paso del tiempo de nuestro derecho interno. A este respecto la Corte en "Arancibia Clavel, Enrique L." (Fallos 327:3294, considerandos 33 del voto del doctor Maqueda) estableció que "...los principios que, en el ámbito nacional, se utilizan habitualmente para justificar el instituto de la prescripción no resultan necesariamente aplicables en el ámbito de este tipo de delitos contra la humanidad porque, precisamente, el objetivo que se pretende mediante esta calificación es el castigo de los responsables dónde y cuándo se los encuentre independientemente de las limitaciones que habitualmente se utilizan para restringir el poder punitivo de los estados. La imprescriptibilidad de estos delitos aberrantes opera, de algún modo, como una cláusula de seguridad para evitar que todos los restantes mecanismos adoptados por el derecho internacional y por el derecho nacional se vean burlados mediante el mero transcurso del tiempo. El castigo de estos delitos requiere, por consiguiente, de medidas excepcionales tanto para reprimir tal conducta como para evitar su repetición futura en cualquier ámbito de la comunidad internacional.La aceptación por la comunidad internacional de los crímenes de lesa humanidad no extirpa el derecho penal nacional aunque impone ciertos límites a la actividad de los órganos gubernamentales que no pueden dejar impunes tales delitos que afectan a todo el género humano. Desde esta perspectiva, las decisiones discrecionales de cualquiera de los poderes del Estado que diluyan los efectivos remedios de los que deben disponer los ciudadanos para obtener el castigo de tal tipo de delitos no resultan aceptables. De allí surge la consagración mediante la mencionada Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y contra la Humanidad de un mecanismo excepcional (pero al mismo tiempo imprescindible) para que esos remedios contra los delitos aberrantes se mantengan como realmente efectivos, a punto tal que la misma convención dispone en su art. 1 que los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles cualquiera sea la fecha en que se hayan cometido".-

Conviene subrayar, sin embargo, que la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad en el derecho interno no se encuentra fuera de la garantía de la ley penal sino que, por el contrario, forma parte de ésta. Ello se comprueba si se repara en que el artículo 18 constitucional nació junto con el 118 (ex artículo 102). En otras palabras, desde los albores de nuestra normatividad constitucional la garantía de la ley penal previa al hecho del proceso estuvo complementada por los principios del derecho de gentes. Así, ya en el sistema normativo diseñado por el constituyente histórico el nulla poena sine lege tiene un ámbito de aplicación general que se complementa con taxativas excepciones que también persiguen la salvaguarda de principios fundamentales para la humanidad. Ambas garantías se integran entonces en la búsqueda de la protección del más débil frente al más fuerte, por eso la prohibición general de la irretroactividad penal que tiene por objeto impedir que el Estado establezca discrecionalmente en cualquier momento la punibilidad de una conducta; por eso la prohibición de que el mero paso del tiempo otorgue un marco de impunidad a las personas que usufructuando el aparato estatal y ejerciendo un abuso de derecho público cometieron crímenes atroces que repugnan a toda la humanidad.-

El deber de punición del Estado Argentino

La reforma constitucional de 1994 al otorgarles jerarquía constitucional a los tratados sobre derechos humanos ha desarrollado una política constitucional de universalización de los derechos humanos que acepta sin cortapisas la responsabilidad del Estado argentino frente a graves violaciones a los derechos humanos.-

En el sentido apuntado en el fallo de la C.S.J.N. "Arancibia Clavel, Enrique L." se ha sostenido "...la reforma constitucional de 1994 reconoció la importancia del sistema internacional de protección de los derechos humanos y no se atuvo al principio de soberanía ilimitada de las naciones. Sus normas son claras en el sentido de aceptar la responsabilidad de los estados al haber dado jerarquía constitucional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos y al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Correlativamente la negativa a la prosecución de las acciones penales contra los crímenes de lesa humanidad importa, de modo evidente, un apartamiento a esos principios e implica salir del marco normativo en el que se han insertado las naciones civilizadas especialmente desde la creación de la Organización de las Naciones Unidas." (del considerando 63 del voto del doctor Maqueda).-

Precisando los efectos de la ratificación por un Estado de una norma del derecho internacional convencional, en específica referencia a la función jurisdiccional, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que "es consciente que los jueces y tribunales internos están sujetos al imperio de la ley y, por ello, están obligados a aplicar las disposiciones vigentes en el ordenamiento jurídico. Pero cuando un Estado ha ratificado un tratado internacional como la Convención Americana, sus jueces, como parte del aparato del Estado, también están sometidos a ella, lo que les obliga a velar porque los efectos de las disposiciones de la Convención no se vean mermados por la aplicación de leyes contrarias a su objeto y fin, y que desde un inicio carecen de efectos jurídicos". En otras palabras, el Poder Judicial debe ejercer una especie de 'control de convencionalidad' entre las normas jurídicas internas que aplican en los casos concretos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En esta tarea, el Poder Judicial debe tener en cuenta no solamente el tratado, sino también la interpretación que del mismo ha hecho la Corte Interamericana, intérprete última de la Convención Americana -CIDH Serie C N-154, caso "Almonacid", del 26 de septiembre de 2006, parágraf. 124)". (C.S.J.N., "Mazzeo, Julio L. y otros, considerando 21") -.

En la materia sub examine es importante además tener en cuenta que a la hora de analizar el alcance concreto de la responsabilidad del Estado argentino frente a violaciones graves a los derechos humanos en el sistema regional de protección de los derechos humanos tanto la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, como las directivas de la Comisión Interamericana, constituyen una imprescindible pauta de interpretación de los deberes y obligaciones derivados de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.-

Desarrollando lo que ya había establecido en el caso "Arancibia Clavel, Enrique L.", en el caso "Simón, Julio Héctor y otros", Fallos 328:2056, considerandos 18 y 19, la C.S.J.N. ha señalado "...ya en su primer caso de competencia contenciosa, 'Velázquez Rodríguez', la Corte Interamericana dejó establecido que incumbe a los Estados partes no sólo un deber de respeto de los derechos humanos, sino también un deber de garantía, de conformidad con el cual, 'en principio, es imputable al Estado toda violación a los derechos reconocidos por la Convención, cumplida por un acto del poder público o de personas que actúan prevalidas de poderes que ostentan por su carácter oficial. No obstante, no se agotan allí las situaciones en las cuales un Estado está obligado a prevenir, investigar y sancionar las violaciones a los derechos humanos, ni los supuestos en que su responsabilidad puede verse comprometida por efecto de una lesión a esos derechos. En efecto, un hecho ilícito violatorio de los derechos humanos que inicialmente no resulte imputable directamente a un Estado, por ejemplo, por ser obra de un particular o por no haberse identificado al autor de la transgresión, puede acarrear la responsabilidad internacional del Estado, no por ese hecho en sí mismo, sino por la falta de la debida diligencia para prevenir la violación o para tratarla en los términos requeridos por la Convención'. Si bien el fallo citado reconoció con claridad el deber del Estado de articular el aparato gubernamental en todas sus estructuras de ejercicio del poder público de tal manera que sean capaces de asegurar la vigencia de los derechos humanos, lo cual incluye el deber de prevenir, investigar y sancionar toda violación de los derechos reconocidos por la Convención, lo cierto es que las derivaciones concretas de dicho deber se han ido determinando en forma paulatina a lo largo del desarrollo de la evolución jurisprudencial del tribunal internacional mencionado, hasta llegar, en el momento actual, a una proscripción severa de todos aquellos institutos jurídicos de derecho interno que puedan tener por efecto que el Estado incumpla su deber internacional de perseguir, juzgar y sancionar las violaciones graves a los derechos humanos".-

En tal sentido en el fallo que se examina en el considerando 65 del voto del doctor Maqueda se establece que la Corte Interamericana de Derechos Humanos "...ha señalado en reiteradas ocasiones que el art. 25 en relación con el art. 1.1. de la Convención Americana, obliga al Estado a garantizar a toda persona el acceso a la administración de justicia y, en particular, a un recurso rápido y sencillo para lograr, entre otros resultados, que los responsables de las violaciones de los derechos humanos sean juzgados y obtener una reparación del daño sufrido. En particular ha impuesto las siguientes obligaciones: a. El principio general que recae sobre los estados de esclarecer los hechos y responsabilidades correspondientes que debe entenderse concretamente como un deber estatal que asegure recursos eficaces a tal efecto (Barrios Altos, Serie C N 451, del 14 de marzo de 2001, considerando 48, y Velásquez Rodríguez, 29 de julio de 1988, considerandos 50 a 81);b. Deber de los estados de garantizar los derechos de acceso a la justicia y de protección judicial (Loayza Tamayo, Serie C N 33, del 17 de septiembre de 1997, considerando 57 y Castillo Páez, del 27 de noviembre de 1988, considerando 106);c. La obligación de identificar y sancionar a los autores intelectuales de las violaciones a los derechos humanos (Blake, del 22 de noviembre de 1999, considerando 61);d. La adopción de las disposiciones de derecho interno que sean necesarias para asegurar el cumplimiento de la obligación incluida en el art. 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Loayza Tamayo, Serie C N 42, del 27 de noviembre de 1998, considerando 171, Blake, considerando 65, Suárez Rosero, Serie C N 35, del 12 de noviembre de 1997, considerando 80, Durandy Ugarte, Serie C N 68, del 16 de agosto de 2000, considerando 143); e. La imposición de los deberes de investigación y sanción a los responsables de serias violaciones a los derechos humanos no se encuentra sujeta a excepciones (Suárez Rosero, parr. 79; Villagrán Morales, Serie C N 63, del 19 de noviembre de 1999, considerando 225, Velázquez, párr. 176); f. La obligación de los estados miembros de atender a los derechos de las víctimas y de sus familiares para que los delitos de desaparición y muerte sean debidamente investigados y castigados por las autoridades (Blake, párr. 97, Suárez Rosero, considerando 107, Durand y Ugarte, considerando 130, Paniagua Morales, del 8 de marzo de 1998, considerando 94, Barrios Altos, párr. 42, 43, y 48).".

Que este Tribunal entiende que la investigación, persecución y sanción de los delitos de lesa humanidad resultan cruciales para robustecer el estado democrático de derecho, uno de cuyos bastiones es la lucha contra la impunidad; impunidad que puede ser definida como "...la imposibilidad de investigar, individualizar y sancionar, a los presuntos responsables de graves violaciones de los derechos humanos, en forma plena y efectiva." (Cfr. Wlasic. Juan C., Manual crítico de los derechos humanos, La Ley, Buenos Aires, 2006, p. 132), o como "la falta en su conjunto de investigación, persecución, captura, enjuiciamiento y condena de los responsables de las violaciones de los derechos protegidos por la Convención Americana." (Cfr. Corte Interamericana de Derechos Humanos, casos Castillo Páez, Serie C N° 43, párrafos 106 y 107 y Loayza Tamayo, Serie C N° 42, párrafos 169 y 170 del 27 de noviembre de 1998; Informe Anual, 2001, párr. 123).-

Los delitos materia de la acusación y la Constitución Nacional

Quienes asaltaron el poder en el año 1976 destituyeron el gobierno constitucional con el argumento de proteger las instituciones constitucionales. Sin embargo, no sólo no lograron proteger dichas instituciones, sino que establecieron durante ocho años, valiéndose del aparato estatal, un régimen donde imperaba el terror.

Es imperioso destacar que este accionar ya se encontraba fulminado con el sello de la ilegitimidad en nuestra constitución histórica. El artículo 29 del texto constitucional de 1853-1860 establece que el Congreso no puede conceder al Poder Ejecutivo facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarle sumisiones o supremacías por los que la vida, el honor o la fortuna de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Se trata de una norma que actúa como columna vertebral de la división de funciones o separación de poderes en donde se asienta el sistema republicano. La prohibición constitucional abarca la concesión de facultades extraordinarias o la suma del poder público. Se conceden facultades extraordinarias al Poder Ejecutivo cuando se le permite realizar actos que son competencia de alguno de los otros poderes o cuando, siendo actos complejos, se le permite realizarlos por sí solo. La suma del poder público consiste en la asunción por parte del Ejecutivo de las tres funciones esenciales en las que se descompone el ejercicio del poder, la ejecutiva, la legislativa y la judicial.

Los Convencionales Constituyentes de la Constitución de 1853-1860 establecieron también en el artículo 29 la prohibición absoluta de la suma del poder público bajo pena de nulidad insanable, y a quienes la formulen, la consientan o la firmen la responsabilidad y pena de los infames traidores a la Patria.

Ahora bien, a partir de una interpretación constitucional dinámica, es posible sostener que esta norma prohíbe y condena tanto la concesión de la suma del poder público, como también toda forma de acceso al poder que atente contra el sistema democrático con el fin de arrogarse la suma del poder público.

Asimismo, y como el Procurador General de la Nación lo ha dejado establecido en la causa "Simón, Julio Héctor y otros" (Fallos 328:2056) a propósito de la inamnistiabilidad de los delitos de lesa humanidad, el artículo 29 de la Constitución Nacional no solo alcanza con sus efectos al acto mismo de la obtención de la suma del poder público sino también a los delitos cometidos en el ejercicio de la suma del poder público porque "...aquello que en última instancia el constituyente ha querido desterrar, no es el ejercicio de facultades extraordinarias o de la suma del poder público en sí mismo, sino el avasallamiento de las libertades civiles y las violaciones a los derechos fundamentales que suelen ser la consecuencia del ejercicio ilimitado del poder estatal, tal como lo enseña -y enseñaba ya por entonces- una experiencia política universal y local" (Cfr. Gil Domínguez, Andrés, ob. cit., p. 37-42).

En concreto, considerando la interpretación propuesta de la norma constitucional que se analiza, la misma alcanza tanto a las conductas desplegadas por quienes usurparon el 24 de marzo de 1976 el poder constitucional arrogándose la suma del poder público desde el ámbito del poder ejecutivo, como a los delitos que cometieron valiéndose de la estructura de poder de la que se apropiaron. Y es en ese marco que la conducta del imputado en autos es pasible de reproche en los términos del artículo 29 de la Carta Fundamental.-

De otra parte, corresponde tener presente que la interpretación constitucional del artículo 29 sub examine se compadece con las prescripciones del artículo 36 incorporado por la reforma constitucional de 1994, texto que no solo representa una complementación normativa del artículo 29, sino que amplía sus horizontes prescriptivos en un sentido semejante al que más arriba se ha expuesto.-

Ello por cuanto estipula que la Constitución mantendrá su imperio aún cuando se interrumpiere su observancia por actos de fuerza contra el orden constitucional y el sistema democrático, sancionando dichos actos con la nulidad insanable. También señala que los autores serán pasibles de la sanción prevista en el artículo 29 e inhabilitados a perpetuidad para ocupar cargos públicos y excluidos de los beneficios del indulto y la conmutación de penas. Agrega que tendrán las mismas sanciones quienes, como consecuencia de esos actos, usurparen funciones previstas para las autoridades constitucionales, los cuales responderán civil y penalmente de sus actos. En dicho caso, las acciones serán imprescriptibles.

Como corolario de lo aquí expuesto se sostiene entonces que los delitos objeto de juzgamiento en la presente causa además de configurar delitos de lesa humanidad en los términos del ordenamiento penal internacional consuetudinario y convencional, en tanto se inscriben en el derecho interno resultan alcanzados no solo por la ley penal, sino también por el artículo 29 de la Constitución Nacional. Cuestión que no puede pasar inadvertida en la medida en que en el derecho interno la función represiva del Estado resulta configurada por la Constitución Nacional, norma que contiene los lineamientos básicos de la ley penal material y procesal.- (Cfr. Jauchen, Eduardo M., El juicio oral en el proceso penal, Rubinzal-Culzoni, Santa Fe, 2008, p. 13-14).-

X.25 LOS INJUSTOS OBJETO DE JUZGAMIENTO Y SU ADECUACIÓN A LA DENOMINADA "PRÁCTICA SISTEMÁTICA DE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS"

Corresponde analizar la circunstancia de que los delitos que aquí se juzgan encuadran en lo que la doctrina denomina "práctica sistemática de desaparición forzada de personas". Con esta expresión se describe el modus operandi generalizado en las dictaduras latinoamericanas de la década de 1970.

En el caso Argentino, las fuentes que han permitido construir la categoría "práctica sistemática de desaparición forzada de personas" se apoyan en tres documentos oficiales: 1) El "Informe sobre la situación de los derechos humanos en la Argentina" realizado por la CIDH como organismo de la OEA, aprobado en la sesión del 11 de abril de 1980. Informe que fue realizado sobre la base de los elementos de juicio tenidos a la vista, esto es, las denuncias recibidas por las víctimas directas o por sus familiares por la desaparición forzada de personas, la aplicación de tormentos a las personas secuestradas y el asesinato registrado solo en contados casos de modo fehaciente en aquel momento. 2) El "Informe de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas" ("Informe CONADEP"), emitido el 20 de septiembre de 1984. Este informe constituye un minucioso estudio sobre todo del entorno de las violaciones a los derechos fundamentales cometidas, estudio que fue de inestimable utilidad para la elaboración de la acusación en el juicio de los nueve ex comandantes de las Juntas Militares sucedidos desde el 24 de marzo de 1976. 3) La sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional en la Capital Federal, dictada el 09 de diciembre de 1984. (Cfr. Sancinetti, Marcelo A. y Ferrante, Marcelo, El derecho penal en la protección de los derechos humanos, Hammurabi, Buenos Aires, 1999, p. 105-110).-

Los tres documentos oficiales descriptos dan cuenta del modo en que a la época de los hechos aquí juzgados, mientras las principales garantías penales del Estado de Derecho seguían enseñándose, miles de ciudadanos eran sometidos a la práctica de la desaparición forzada cuyos momentos decisivos implicados son el secuestro, la tortura y la desaparición. Los secuestros generalmente tenían lugar mediante operativos llevados a cabo por "grupos de tareas" cuyo número de integrantes variaba entre seis y veinte personas. Estos grupos irrumpían en el domicilio de la víctima, en la vía pública, en el lugar de trabajo, en el lugar de estudio o en dependencias militares o policiales. La mayor parte de las aprehensiones ocurrían entre la media noche y el amanecer y sus agentes siempre se hallaban fuertemente armados. Las torturas tenían comienzo por lo general a partir del acto mismo de la privación de la libertad y continuaban cuando el detenido era conducido a un centro de detención -generalmente un centro clandestino-, lugar en el que era sometido a toda clase de padecimientos físicos y psicológicos con fines de investigación. El desenlace final del proceso descripto acaecía cuando tenía lugar la desaparición de la persona sin que se tengan más noticias de ella (Cfr. Sancinetti, Marcelo A. y Ferrante, Marcelo, ob. cit., p. 111-136).-

No puede dejar de advertirse que la desaparición forzada de personas ha sido normada en el ordenamiento penal internacional convencional mediante la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, adoptada por la Asamblea General de la Organización de Estado Americanos el 09 de Junio de 1994 y ratificada por nuestro país el 28 de Febrero de 1996. En su marco la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso "Radilla Pacheco vs. México" del 23 de Noviembre de 2009 sostuvo que la figura de la desaparición forzada de personas ha alcanzado el carácter de ius cogens y constituye una violación múltiple de varios derechos protegidos por la Convención Americana en este sentido señala la caracterización pluriofensiva y continuada o permanente de la desaparición forzada siendo sus elementos constitutivos: "a) la privación de la libertad; b) la intervención directa de agentes estatales o por la aquiescencia de éstos, y c) la negativa de reconocer la detención y de revelar la suerte o paradero de la persona interesada..." (párr. 140).-

Ahora bien, un análisis detenido de la sucesión de los ilícitos perpetrados en esta causa, permite afirmar sin hesitaciones que las conductas desplegadas describen acabadamente la secuencia secuestros-torturas-desapariciones examinada supra.-

Sin perjuicio de lo considerado, es menester realizar una especificación adicional respecto del delito de usurpación que en esta resolución también se juzgan. Ello en razón de que si bien, en una primera aproximación a la cuestión pareciera no reflejar ninguno de los tres momentos fácticos -secuestro, tortura y desaparición- que configuran la "práctica sistemática de desaparición forzada de personas", en realidad se encuentra inescindiblemente ligado con éstos. La usurpación mantiene una innegable vinculación con los secuestros, torturas y desapariciones que tornaron posible que se perfeccionara la comisión del delito.-

Cabe tener presente, asimismo, que la práctica sistemática de desaparición forzada de personas como categoría conceptual extensamente desarrollada en la región, tanto en el plano doctrinario como normativo, no constituye sino el reflejo del esfuerzo de la comunidad internacional para brindar respuesta a los delitos aberrantes perpetrados en el curso de la evolución del Estado moderno.-

En su obra "Sobre el Genocidio. El crimen fundamental" (Capital intelectual, 2008, Bs. As.), el profesor de la Universidad Fasta de Bariloche, Martín Lozada, señala algo que también ha ocurrido en el caso argentino y que él analiza a propósito de la acción del Estado nazi en contra del pueblo judío: "El programa por el cual se llevó a cabo el exterminio de las víctimas inauguró, por su altísima burocratización y eficacia, una nueva forma de administrar la muerte en la modernidad, es decir, concentrada bajo la dirección del Estado y tras meditadas etapas de consumación. En este sentido pueden hacerse las tareas de individualización de los grupos-victimas, el acotamiento espacial al cual se los sometió y su posterior asesinato." (p. 13).-

Destaca el autor citado que los delitos contrarios a las normas internacionales son cometidos por hombres y no por entidades abstractas. De modo que solo castigando a los individuos que los realizaban se pueden hacer efectivas las normas internacionales (p. 28). Además la víctima colectiva se hace a través de la victima individual (p.33).-

En cuanto a la legitimidad de las sanciones, Lozada apunta: "La internalización de la propuesta de olvido, negando la actualidad de lo ocurrido y sus implicancias en relación con el futuro, constituye una nueva forma de alienación. De igual modo, la inducción a la creencia de que el castigo es imposible coloca también a los responsables en un lugar de omnipotencia que tiende a producir efectos de impotencia colectiva." (pág. 48).-

Al analizar el caso argentino, agrega Lozada que "la campaña que previó los ataques contra las victimas fue dirigida contra toda oposición a los valores morales y políticos del régimen, sin considerar el origen nacional, la etnia, raza o religión de quienes eran sospechosos de sostener puntos de vista estimados como inaceptables. Las víctimas de los actos represivos compartían, o los perpetradores consideraban que compartían, puntos de vista políticos comunes, o al menos, una oposición común al régimen militar. En función de ello, podría afirmarse que constituían un grupo político y que fueron perseguidos por sus supuestas creencias políticas." (p. 73).-

Por lo expuesto precedentemente corresponde considerar los injustos objeto de juzgamiento, las conductas de sus autores y los padecimientos experimentados por las víctimas en la práctica de la desaparición forzada de personas.-

X. 26 CONDUCTAS GENOCIDAS NO TIPIFICADAS

La cuestión que ahora se abordará tiene por objeto examinar si los delitos perpetrados en perjuicio de las víctimas de autos como integrantes del colectivo "grupo político" resultan subsumibles en el delito de genocidio.-

El delito de genocidio es regulado en el derecho penal internacional por la Convención Internacional para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio (en adelante CONUG), aprobada por la Asamblea de las Naciones Unidas el 9 de diciembre de 1948. Este instrumento internacional ha sido ratificado por la República Argentina por el decreto-ley 6286/56 promulgado el 9 de abril de 1956 y se ha incorporado al ordenamiento jurídico argentino con jerarquía constitucional al ser incluido en el artículo 75 inc. 22 de la Constitución por la reforma constitucional de 1994.-

El artículo 2 de la Convención define cuales son las conductas que considera comprendidas por la figura de Genocidio: "En la presente Convención se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal: a) matanza de miembros del grupo; b) lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo; c) sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; d) medidas destinadas a impedir los nacimientos dentro del grupo; e) traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo".

La definición de la CONUG ha recibido múltiples críticas por parte de los juristas expertos en genocidio que entienden que resulta excesivamente exclusivista y estrecha por, entre otras circunstancias, proteger a un escaso número de grupos. Se afirma que resulta preocupante, en particular, la exclusión de los grupos políticos.

Un examen del concepto de genocidio en el contexto de surgimiento de la definición de la CONUG permite advertir que aún cuando esta no incluye entre los grupos protegidos a los grupos políticos, originalmente se había previsto su inclusión. Así, un par de años antes del nacimiento del citado instrumento internacional Naciones Unidas en la resolución 96 (I) por la que se convocaba a los Estados miembros a reunirse para definir un nuevo tipo penal como consecuencia directa de los asesinatos llevados a cabo por el nazismo se establece: "el genocidio es la negación del derecho a la existencia de grupos humanos enteros, como el homicidio es la negación del derecho a la vida de seres humanos individuales; tal negación del derecho a la existencia conmueve la conciencia humana, causa grandes pérdidas a la humanidad en la forma de contribuciones culturales y de otro tipo representadas por esos grupos humanos y es contraria a la ley moral y al espíritu y los objetivos de las Naciones Unidas. Muchos crímenes de genocidio han ocurrido al ser destruidos completamente o en parte grupos raciales, religiosos, políticos y otros. El castigo del crimen de genocidio es cuestión de preocupación internacional" .

Tal como se constata, en la resolución de Naciones Unidas los grupos políticos se encontraban presentes y, lo que resulta más importante, en el marco de una enumeración de carácter enunciativo y no taxativo que hacía que la tipificación del delito de genocidio que proponía no fincara en la identidad de la víctima. No obstante, ya el jurista Rafhael Lemkin (autor del neologismo "genocidio") en ocasión de elaborarse el primer proyecto de Convención había manifestado sus dudas en torno de la inclusión de los grupos políticos por entender que estos "carecen de la persistencia, firmeza o permanencia que otros grupos ofrecen", dudas que se reforzaron frente a la posibilidad de que la inclusión del colectivo considerado pudiera poner en riesgo la aceptación de la Convención por parte de muchos Estados que no querrían implicar a la comunidad internacional en sus luchas políticas internas. En este marco es que el primer proyecto de Convención dispone en su artículo 2: "En esta Convención se entiende por genocidio cualquiera de los actos deliberados siguientes, cometidos con el propósito de destruir un grupo nacional, racial, religioso o político, por motivos fundados en el origen racial o nacional, en las creencias religiosas o en las opiniones políticas de sus miembros: 1) matando a los miembros del grupo; 2) perjudicando la integridad física de los miembros del grupo; 3) infligiendo a los miembros del grupo medidas o condiciones de vida dirigidas a ocasionar la muerte; 4) imponiendo medidas tendientes a prevenir los nacimientos dentro del grupo". Según se observa, esta definición si bien incluye a los grupos políticos resulta más limitativa que la contenida en la resolución 96 (I) de Naciones Unidas ya que restringe el número de grupos protegidos: son solo cuatro casos que, asimismo, revelan una tipificación que se sustenta en la identidad de la víctima. Finalmente, luego del desarrollo reseñado es que se llega a la definición de la CONUG que no incluye a los grupos políticos e incluye como un elemento tipificador a características personales de las víctimas -su pertenencia a determinado colectivo- (Cfr. Feierstein, Daniel, El genocidio como práctica social. Entre el nazismo y la experiencia argentina, Fondo de Cultura Económica, Buenos Aires, 2007, p. 37-42).

De otra parte, resulta pertinente advertir que, tal como algunos especialistas han señalado, la exclusión de los grupos políticos del universo de grupos protegidos por la CONUG constituye mucho más que un mero defecto de técnica legislativa, por cuanto conduce a un tipo penal de contenido posiblemente desigualitario en la medida en que la misma práctica, desarrollada con la misma sistematicidad y horror, solo se identifica como genocidio si las víctimas tienen determinadas características en común (constituir un grupo étnico, nacional, racial o religioso), pero no otras (constituir, por caso, un grupo político). Por lo demás, resulta criticable la construcción de un tipo penal que en su forma básica se sustenta no en la definición de una práctica, sino en las características de la víctima (Cfr. Feierstein, Daniel, ob. cit., p. 42-47).

Por último, debe tenerse en cuenta que al margen de la definición jurídica de genocidio que establece la CONUG, las definiciones no jurídicas de genocidio desarrolladas en el ámbito de la historia, la filosofía, la sociología y la ciencia política en general tienden a resultar más comprensivas continuando la propia línea de Lemkin, para quien la esencia del genocidio era la denegación del derecho a existir de grupos humanos enteros, en el mismo sentido en que el homicidio es denegarle a un individuo su derecho a vivir. (Cfr. Bjornlund, Matthias, Markusen, Eric, Mennecke, Martin, "¿Qué es el genocidio? En la búsqueda de un denominador común entre las definiciones jurídicas y no jurídicas" en Feierstein, Daniel (Comp.), Genocidio. La administración de la muerte en la modernidad, Eduntref, Argentina, 2005, p. 23-26).

Sin embargo, más allá de que un examen del contexto de surgimiento de la definición de genocidio de la CONUG revele que inicialmente no se había previsto excluir de sus alcances a los grupos políticos; que resulte plausible considerar que tiene escaso sustento técnico-jurídico la exclusión de los grupos políticos de los grupos protegidos por la CONUG y, finalmente, que se constate la circunstancia de que las definiciones no jurídicas tienden a incluir a los grupos políticos en la definición de genocidio, este Tribunal entiende que los delitos perpetrados contra las víctimas como integrantes del colectivo "grupo político" constituyendo crímenes de lesa humanidad no se subsumen en el tipo del derecho penal internacional delito de genocidio, al menos en su formulación actual en la CONUG.

Arriba el Tribunal a esta conclusión por considerar que: 1) No puede afirmarse categóricamente que el delito de genocidio en un alcance que resulte comprensivo de los grupos políticos se encuentre previsto en el ius cogens con anterioridad al surgimiento de la CONUG (como lo entiende, por ejemplo, Beth Van Schaack al afirmar que el aniquilamiento sistemático de poblaciones se encuentra incorporado al derecho consuetudinario internacional -Cfr. Feierstein, Daniel, ob. cit., p. 54-55-) por cuanto la definición de genocidio es una construcción eminentemente moderna surgida en el plano académico solo a comienzos del siglo XX, a propósito del aniquilamiento de la población Armenia llevada a cabo por el Estado Itthadista turco - Cfr. Feierstein, Daniel, ob. cit., p. 31-32- y que solo se incorpora al derecho penal internacional con la CONUG en el contexto del espanto provocado por los crímenes cometidos por el nacionalsocialismo alemán.-

2) La jurisprudencia internacional -en particular se hace referencia a la desarrollada a partir del establecimiento del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia "TPIY", el Tribunal Penal Internacional para Ruanda "TPIR" y la Corte Penal Internacional "CPI" cuyos estatutos se sujetan a la definición de genocidio de la CONUG- no ha dado concluyentes signos de encaminarse a la inclusión de los grupos políticos entre los grupos protegidos por el delito de genocidio de la CONUG. En el caso del TPIR, si bien en su primer fallo, en la causa Akayesu, consideró que la CONUG protegía a cualquier "grupo estable y permanente" -excluyendo a los grupos móviles, los que se forman por compromisos voluntarios, como los políticos o económicos- en fallos posteriores -causas Kayishema y Semanza- retrocedió para considerar como contemplados por la CONUG a los cuatro grupos previstos por su artículo 2, más allá de que haya establecido criterios flexibles de adscripción a los mismos al sostener que la configuración de los grupos puede resultar de la autopercepción de las víctimas, la percepción de los perpetradores y que, en todo caso, la circunstancia evaluada debe ser considerada contemplando las particularidades sociales e históricas de cada caso. Tratándose del TPIY, en sus causas ha seguido un criterio semejante al del TPIR aunque en la causa Jelisic la Sala de Primera Instancia ha confirmado que la definición jurídica de genocidio deliberadamente "excluye a los miembros de grupos políticos" (Cfr. Bjornlund, Matthias, Markusen, Eric, Mennecke, Martin, ob. cit., p. 34-38; O Donnell, Daniel, "Derecho Internacional de los Derechos Humanos: normativa, jurisprudencia y doctrina de los Sistemas Universal e Interamericano", Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, México, 2012, p. 119/120; puede consultarse también en Revista digital de la Asociación de Pensamiento Penal, en del 04/11/2013).-

3) A pesar de que la definición de la CONUG ha sido duramente criticada desde su nacimiento, los Estados han tendido a aceptarla ampliamente; como en la causa Jelisic los jueces del TPIY han afirmado: "... la Convención se convirtió en uno de los instrumentos más aceptados con relación a los derechos humanos" (Cfr. Bjornlund, Matthias, Markusen, Eric, Mennecke, Martin, ob. cit., p. 18 y Wlasic, Juan C., Manual crítico de derechos humanos, La ley, Buenos Aires, 2006, p. 62).-

4) La exclusión de los grupos políticos del alcance de la CONUG en la letra de su definición de genocidio. No se trata de un compromiso fetichista con la mencionada definición, se trata de la circunstancia de que incluir en su ámbito los grupos políticos no se compadece con los estrechos límites que marca la tipicidad en el proceso penal (Cfr. Bjornlund, Matthias, Markusen, Eric, Mennecke, Martin, ob. cit., p. 23 y 36).-

Adicionalmente, este Tribunal entiende que tampoco los delitos perpetrados contra las víctimas pueden subsumirse en el tipo del derecho penal internacional delito de genocidio considerando a la víctima como integrante de un grupo nacional, por entender que ello implicaría asignarle a tal colectivo una significación que no es la que recoge el derecho internacional y, en tal inteligencia, la CONUG. El derecho internacional con la expresión "grupo nacional" siempre refiere a conjuntos de personas ligadas por un pasado, un presente y un porvenir comunes, por un universo cultural común que inmediatamente remite a la idea de nación. El significado explicitado, a su vez, se asocia con la preocupación de la comunidad internacional por brindar protección a las minorías nacionales en el contexto de surgimiento de Estados plurinacionales al término de la Segunda Guerra Mundial. Pues bien, resulta difícil sostener que la República Argentina configure un Estado plurinacional que en la época en la que tuvieron lugar los hechos objeto de esta causa cobijara, al menos, dos nacionalidades, la de los golpistas y la de los perseguidos por el gobierno de facto de modo tal de poder entender a las atrocidades de las que han sido las víctimas como acciones cometidas por el Estado -bajo control de un grupo nacional- contra otro grupo nacional.-

Asimismo, este Tribunal considera que por la significación que para el derecho internacional tiene la expresión "grupo nacional" tampoco resulta posible incluir a toda la nación argentina como integrante de un grupo nacional comprendiendo a los delitos cometidos contra las víctimas como acciones cometidas contra unos integrantes de un grupo nacional por otros integrantes del mismo.-

Quizás debiera optarse, desde el punto de vista estrictamente teórico y siguiendo a Vezzetti (Vezzetti, Hugo, Pasado y presente. Guerra, dictadura y sociedad en la Argentina, Siglo XXI, Buenos Aires, 2002), por la noción "masacre represiva" por sobre la más difundida de "genocidio", ya que el empleo de esta última ha excedido la calificación jurídica para ser empleada tanto en la descripción de los efectos del terrorismo de Estado como en la de los efectos de pobreza, precarización y exclusión social de determinadas políticas económicas. A diferencia de lo que implica la definición estricta de genocidio, que supone que "la víctima es elegida sólo por lo que es sin ninguna posibilidad de elegir o actuar para evitar su destino: no hay profesión de fe, compromiso con el enemigo o incluso colaboración con sus verdugos que pueda ahorrarles la muerte", entendemos que la "lucha antisubversiva" fue una "masacre represiva" porque fue el producto de una decisión política, llevada adelante por motivos políticos, y dirigida contra las víctimas por lo que hacían o pensaban (o por lo que se creía que pensaban y lo que se temía que pudieran hacer) (cita de Canelo, Paula, El Proceso en su Laberinto. La interna militar de Videla a Bignone, Prometeo Libros, 2008, Buenos Aires, Argentina, p. 42).-

Este Tribunal reconoce que el grado de reproche de los delitos cometidos contra las víctimas es el mismo que el que merecen las acciones que tipifican el delito internacional de genocidio previsto por la CONUG y en este sentido configuran prácticas genocidas y, asimismo, que sus autores mediatos son claramente genocidaires en el marco de una definición no jurídica del genocidio pero, por las consideraciones ut supra expuestas, entiende que las víctimas no pueden incluirse en ninguno de los grupos que tipifican la figura. Todo ello sin perjuicio de considerar que sería altamente recomendable que tuviera lugar una enmienda formal de la CONUG que incluya a los grupos políticos, el desarrollo de una jurisprudencia internacional que de modo concluyente decida su inclusión, la incorporación del delito de genocidio por una ley argentina que incluya a los grupos políticos reconociendo jurídicamente la especificidad de los politicidios y el reproche como genocidios que merecen o el desarrollo jurisprudencial en el orden local que explícitamente los incluya. Tales estrategias permitirían especialmente en Latinoamérica resignificar jurídicamente los delitos cometidos en el curso de sus dictaduras del último tercio del siglo XX en su alcance más justo.-

XI. TERCERA CUESTIÓN

DETERMINACION DE LA PENA APLICABLE:

Que por último corresponde precisar el quantum de la pena aplicable a LUIS ORLANDO VARELA, ROBERTO HERIBERTO ALBORNOZ, RICARDO OSCAR SÁNCHEZ, LUIS ARMANDO DE CANDIDO, MARCELO OMAR GODOY, ERNESTO RIVERO, TOMÁS ADOLFO GÜEMES, BENITO PALOMO, ALBERTO HÉCTOR RAFAEL MONTES DE OCA, JOSÉ CARLOS SOWINSKI, RAMÓN ALFREDO OJEDA FUENTE, ADOLFO ERNESTO MOORE, FERNANDO TORRES, CAMILO ÁNGEL COLOTTI, AUGUSTO LEONARDO NEME, PEDRO OSVALDO CABALLERO, RAMÓN ERNESTO COOKE, HUGO ENZO SOTO, JUAN ALBERTO ABRAHAM, ROLANDO REYES QUINTANA, MIGUEL CHUCHUY LINARES, HUGO JAVIER FIGUEROA, OSCAR HUMBERTO GÓMEZ, FÉLIX INSAURRALDE, GUILLERMO AGUSTÍN UGARTE, ANTONIO ESTEBAN VERCELLONE, ÁNGEL CUSTODIO MORENO, ARIEL ORLANDO VALDIVIEZO y CARLOS EDUARDO TRUCCO, JORGE OMAR LAZARTE; MARIO MIGUEL D'URSI, LUIS EDGARDO OCARANZA, MARÍA LUISA ACOSTA DE BARRAZA, PEDRO JOAQUÍN PASTERIS, GUILLERMO FRANCISCO LÓPEZ GUERRERO, RAMÓN CÉSAR JODAR y MARÍA ELENA GUERRA con arraigo en las prescripciones de los artículos 40 y 41 del Código Penal, atendiendo a las circunstancias atenuantes y agravantes particulares, a la naturaleza de la acción, al medio empleado, a la edad, a la educación y a las costumbres de los imputados, sus conductas precedentes y demás parámetros que menciona el art. 41 ibídem.-

En cuanto a la determinación del monto de la pena se tiene en cuenta sus fines de prevención general en relación a la estabilización de las normas del núcleo duro del derecho penal, es decir vigencia de la prohibición de conductas gravemente dañosas de bienes jurídicos esenciales de una sociedad, cuales son la libertad, la privacidad, la integridad, la vida, en fin, la dignidad de las personas. Ello con límite en la pena, como justa retribución del acto culpable, respetuosa de la dignidad del ciudadano.-

Que en la especie el grado de reproche que necesariamente debe guardar relación con la entidad del injusto, es mensurado respecto de LUIS ORLANDO VARELA en la pena de PRISIÓN PERPETUA, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material de los delitos de Asociación ilícita (art. 210 del CP); Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis del C.P. según ley 14.616); Tormentos agravados y como autor mediato de los delitos de: Violación de domicilio (art. 151 del CP) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis del C.P. según ley 14.616) y (v Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14.616), Torturas seguidas de muerte (artículo 144 ter tercer párrafo del C.P., Ley 14616) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) Violación sexual agravada por haber sido cometida con el concurso de dos o más personas (artículos 119 y 122 del Código Penal según ley 11.221) Abuso deshonesto agravado por haber sido cometido con el concurso de dos o más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221), partícipe necesario (art. 45 del C.P.) del delito de Violación sexual (art. 119 del CP según ley 11.221 y 21.338), Abuso deshonesto (art. 127 del CP según ley 11.221 y 21.338), en concurso real, calificándolos como delitos de lesa humanidad; ROBERTO HERIBERTO ALBORNOZ, en la pena de PRISIÓN PERPETUA, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material de los delitos de: Violación de domicilio, Privación ilegítima de libertad (artículo 144 bis inciso 1° y 2° y último párrafo del C.P. según Ley 14.661), Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14.616), y por ser autor mediato en la comisión de los delitos de: Violación de domicilio (art. 151 del CP), Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis ley 14.616), Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616), Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P. según Ley 21.338), Abuso deshonesto agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221), todos en concurso real, calificándolos como delitos de lesa humanidad; RICARDO OSCAR SÁNCHEZ, a la pena de PRISIÓN PERPETUA, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material de los delitos de Asociación ilícita (art. 210 del C.P), Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis ley 14.616), por ser partícipe necesario (art. 45 del C.P.) en la comisión de los delitos de Violación de domicilio (art. 151 del C.P.), Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis ley 14.616), Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14.616), Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) y partícipe necesario (art. 45 C.P.) del delito de Abuso deshonesto agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221), en concurso real, calificándolos como delitos de lesa humanidad; LUIS ARMANDO DE CANDIDO, a la pena de PRISIÓN PERPETUA, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de Privación ilegítima de la libertad (art. 144 bis del C.P. según Ley 14.616), Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616), como partícipe necesario (art. 45 del C.P.) de los delitos de: Violación de domicilio, Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis del C.P. según ley 14.616), Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616), Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del Código conforme la ley 21.338) Abuso deshonesto agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221), en concurso real, calificándolos como delitos de lesa humanidad.

XI. 1 Prisión perpetua

Cuando el tribunal ha impuesto la pena de prisión perpetua lo ha hecho en consideración que en los respectivos casos se ha comprobado en sus conductas una culpabilidad gravísima, un ánimo dañoso extremo, un dolo enfatizado en función de las circunstancias (se alude aquí al dolo en su acepción amplia que incide en la culpabilidad, que va en consecuencia más allá del conocimiento y voluntad de realización del hecho (tipo subjetivo).

Varela fue prácticamente conductor militar del Centro clandestino de detención de Arsenal, allí cometió torturas violaciones sexuales y muerte. Fue referido o aludido por muchos testigos, fue quien obligó a Berta Miranda a que lo contactara con Luis Falú, para llevárselo al lugar concentracionario de exterminio.

Sánchez integró las patotas del SIC de la Policía, en sus actuaciones externas e internas pero además sometió a vasallaje y esclavitud sexual a María Angélica Cisterna para luego hacerla desaparecer junto con su hermano. Acreditó por lo tanto, un alto grado de culpabilidad.

Albornoz fue el jefe del SIC, responsable máximo de ese reducto de tortura y muerte, dirigía las patotas, insultaba a los cautivos, distribuía y asignaba las tareas de tortura y ultrajes sexuales. Presenta también un extremado grado de culpabilidad.

Idénticas características presenta la conducta de De Cándido -"el Cordobés"-, hombre de patotas y torturas, violaciones y muerte, conforme relatos de testigos -particularmente Juan Martín Martín y Raúl Elías-

Ahora bien, aparte de estos casos, en aquellos en que no se condena por homicidios agravados, se ha valorado según el grado de los imputados, sus funciones y el lugar de comisión de los hechos.

Respecto de quienes se les atribuye diversas formas de intervención en homicidios agravados, sin pruebas de una culpabilidad gravísima, a partir de la declaración de inconstitucionalidad del artículo 80 en lo que se refiere a la prisión perpetua, estos magistrados -por voto en mayoría-, pueden determinar la pena en función del grado de culpabilidad, con expreso análisis de las circunstancias que condicionaban su actuación en función de edad, grado, rol que cumplían y el cumplimiento de órdenes, que no pueden ser considerados como causa de justificación pero sí puede ser estimado como atenuante de culpabilidad, según normativa penal vigente y nuestra Constitución Nacional.

Téngase presente que el propio gendarme Torres en su condición de observador que vivió desde adentro lo que ocurría en el lugar concentracionario de Arsenal y reviste actualmente el carácter de testigo protegido, señaló que hubo dos gendarmes que allí cumplían funciones y cuando se descubrió que habían hecho llegar cartas a familiares de cautivos, fueron torturados y luego se los hizo desaparecer, sin que sus familiar supieran nunca más de ellos.

XI. 2 Voto de los Dres Gabriel Eduardo Casas y Carlos Enrique Ignacio Jiménez Montilla en lo relacionado a la Inconstitucionalidad del articulo 80 del C.P.

El Dr. Carlos Enrique Ignacio Jiménez Montilla expresa en primer término que considera abierta la jurisdicción para analizar esta cuestión al haber sido planteada expresamente por la defensa pública oficial, es decir que lo trae a juicio una parte, con lo que no estamos frente a una declaración de inconstitucionalidad de oficio.

Ahora bien antes de arribar a la declaración de inconstitucionalidad del artículo 80, acto de última ratio en nuestro sistema, corresponde realizar un recorrido doctrinario de lo que implica, desde el punto de vista del derecho penal la culpabilidad a los fines de sostener tal declaración.

Para Urs Kindhauser "la pena sólo puede ser justa si ella sirve a la retribución de culpabilidad por un comportamiento que expresa una falta grave de humanidad" (Urs Kindhauser-Juan Pablo Mañalich, "Pena y culpabilidad en el estado democrático de derecho", B. de F., 2011, p.3). Agrega más adelante: "Una reacción estatal que ni siquiera exige el convencimiento (de un juez) acerca de la efectividad del quebrantamiento de una norma, no representa pena alguna, sino una forma alternativa -más allá de cómo pueda ser fundamentada- de violencia" (ob. cit. p. 12). Y afirma en forma clara y contundente: "culpabilidad es una falta personal que lesiona el sentido de la justicia de un modo que produce indignación" (ob. cit. p. 15).

Al sostener que debe partirse de la capacidad para tomar decisiones en forma intencional, se nota que ello se concreta como "capacidad de dar prioridad a una intención sobre otras intenciones (potenciales) en atención a razones normativas admite ser denominada, siguiendo a Frankfurt, libertad de voluntad" (ob. cit., p.17). Y en sentido coherente, añade: "la culpabilidad jurídico penal ya fue designada como una forma particularmente grave -que gatilla indignación- de falta personal, a saber, como una grave lesión del sentido de la justicia" (ob. cit., p. 18).

En cuanto a tenor de las funciones del derecho penal, el coautor de la obra aludida -Mañalich-, con cita de Michel S. Moore, sostiene que "la respuesta tiende a consistir entonces en una conjunción de funciones de prevención, justicia retributiva -y eventualmente- también de justicia distributiva" (ob. cit., p.32) - Y por "pena" habrá que entender "la irrogación de un mal como expresión de desaprobación por un comportamiento previo defectuoso" (p.33). Para agregar: "el sujeto que no reconoce como vinculante una norma cuyo seguimiento generalizado es beneficioso para todos, incluido él mismo, se aprovecha de la confianza depositada ex ante en él como persona moral por parte de los demás" (ob. cit., p. 49) y define luego: "el reproche de culpabilidad puede ser visto como un reproche por una falta personal que muestra una falta de sentido de la justicia, de modo tal que ese reproche se expresa en la irrupción del mal en que se materializa la imposición de la pena. La pena, de este modo, resulta justificada como pena retributiva, pero su justificación no es absoluta, en el sentido de las teorías retribucionistas tradicionales, sino relativa, en el sentido en que la pena expresa el reproche por un abuso unilateral de la confianza cuya reciprocidad es indispensable para la estabilidad de las normas de comportamiento cuyo seguimiento posibilita la existencia de iguales espacios de libertad" (ob. cit., p. 50). Y en esa misma perspectiva, añade: "La irrogación de un mal es el modo por el cual tiene lugar la expresión de reproche porque, a diferencia de lo que se da en situaciones de relaciones personales de intimidad o cercanía, el reproche penal tiene lugar en el contexto social de contactos anónimos, en el cual una mera declaración de reproche no alcanza a materializarlo" (ob. cit., p. 59).

En torno al tema de la competencia de los integrantes de la sociedad para imputárseles responsabilidad personal, Kindhauser apunta: "la recíproca atribución de capacidad y voluntad para cumplir y mantener los compromisos asumidos es el equivalente, en el nivel de la teoría del derecho y de la comunicación, al libre albedrío metafísico" (ob. cit., p.50). Y luego propone: ".... el reproche de culpabilidad debe estar justificado, y la pena debe corresponderse en la medida evidenciada de deslealtad" (ob. cit., p. 113).

A su vez, Mañalich argumenta para que haya una pena admisible: "La irrogación del mal que es la ejecución de la pena puede entenderse como una suspensión de una disposición generalmente favorable respecto del sujeto que defrauda la pretensión fijada en la norma -la medida de esta suspensión depende tanto de la magnitud de la lesividad del hecho como de la intensidad de la responsabilidad del sujeto por el hecho lesivo. En términos de las categorías dogmáticas correspondientes, la magnitud del reproche ha de depender tanto de las características de la antinormatividad del comportamiento como de la culpabilidad del autor" (ob. cit., p. 133).

En una frase ajustada en plenitud al estado de derecho, Kindhauser apunta que "así como la creación de la norma ha de poder atribuirse, en último término, a las decisiones libres de los ciudadanos del Estado, así también el quebrantamiento de la norma sólo ha de considerarse como culpable si el mismo es imputable al individuo como expresión de una decisión libre en contra del carácter vinculante de la norma" (ob. cit., p. 164)

Puede decirse que ha habido una falta de fidelidad a la norma por un defecto en la comprensión comunicativa, determinada por la situación de revista (función menor y baja graduación).-

Pero sólo puede valer como atenuante de culpabilidad porque se trata de sujetos plenamente competentes y en consecuencia podían comprender la criminalidad de sus actos. Aquello -defecto comunicativo- planteado desde la concepción de Jakobs o Kindhauser, para quienes el fundamento de la culpabilidad es el acto comunicativo de negación de la norma prohibitiva. En cambio, Bernd Schünemann ("La culpabilidad, estado de la cuestión", trad. David Felipe Sabort y Ramón Ragues Vallés, en "Sobre el estado de la teoría del delito", Seminario de la Universidad Pompeu Fabra, Civitas, Madrid, 2000, p. 103) sostiene: "la utilización del derecho penal depende en general de la capacidad del destinatario para cumplir la norma, lo que equivale a su capacidad para evitar la conducta lesiva para el bien jurídico". No hay dudas en el sentido que todos los imputados contaban con plena capacidad para conocer y decidir que se estaban afectando bienes jurídicos esenciales que gozan de protección de la norma penal. Ello, sin perjuicio que en aquellos casos de oficiales jóvenes, que revistan en los más bajos grados de la carrera militar, existe la posibilidad de atenuar su culpabilidad tal como lo admitieron los estatutos de los juicios de Nüremberg, de los Tribunales Penales Internacionales de Yugoslavia y Ruanda y de la Corte Penal Internacional -este último llega a aceptar que puede la obediencia debida operar incluso como eximente-, así como en todos los casos se la excluye como causa de justificación.-

Desde una concepción comunitarista -si se quiere también de tradición europea-, "la infracción de la norma niega la integración social realizable sin violencia a través de la comprensión comunicativa leal" (Urs Kindhauser, "La fidelidad al derecho como categoría de la culpabilidad", Conferencia Rostock, mayo 1995, publicado en ZStw 107 (1995) 701-733 - Trad. Percy García Cavero). Para prevenir esa violencia resulta justificada la imposición de una pena. A este respecto, la doctrina y jurisprudencia mayoritaria sostiene que no puede operar como eximente total cuando se trate de homicidios.-

En el párrafo 46 inciso 1 del StGB (Código Penal Alemán) se consigna "La culpabilidad del autor es el fundamento de la individualización de la pena". -

Para Roxín, el sujeto actúa culpablemente cuando realiza un injusto jurídico penal pese a que (todavía) le podía alcanzar el efecto de llamada de atención de la norma en la situación concreta y poseía una capacidad suficiente de autocontrol de modo que le era psíquicamente asequible una alternativa de conducta conforme a Derecho (cfr. Claus Roxin, Derecho Penal, Parte General, t. I, p. 792). "Cuando se interpreta el derecho vigente no se trata de posibilitar al juez una exención de pena conforme a sus representaciones político criminales, sino que se deben averiguar las hipótesis preventivas que sirven de base a la ley" (Roxin, ob. cit., p. 793).-

Otro en su lugar habría actuado de otro modo. Un juicio de desvalor sobre "la actitud global del sujeto frente a las exigencias del derecho, actualizada en el hecho concreto" (Jeschek y Wessels).-

Resulta claro que son dos cosas distintas la culpabilidad para la fundamentación de la pena y la culpabilidad para la medición de la pena. No obstante, la culpabilidad para la fundamentación de la pena y la culpabilidad para la medición de la pena no están completamente aisladas una de otra. La asequibilidad normativa, que decide sobre la culpabilidad para la fundamentación de la pena, repercute, en el caso de su desviación, también en la culpabilidad para la medición de la pena (Roxin, ob. cit, p. 813/814).-

"Solo la culpabilidad existente durante la misma realización del tipo puede convertirse en fundamento de la responsabilidad jurídico penal. Si falta, no es lícito recurrir en vez de ella a una 'culpabilidad por la conducción de la vida' o 'culpabilidadpor la decisión de la vida' existente en el pasado, y que ha convertido al sujeto, por su propia conducta equivocada, en lo que es hoy. Pues una conducción 'culpable' de la vida no es una realización culpable del tipo, y sólo este es punible" (Roxin, ob. cit., 817).-

"La pretensión de prescindir de la culpabilidad y proveer una respuesta tradicional fundada en el injusto sería inconstitucional, por un lado por ser violatoria del principio de igualdad y, por otro, por negar frontalmente la antropología constitucional (el concepto de lo humano que presuponen los principios constitucionales)" (Zaffaroni, Eugenio Raúl, "Derecho Penal", Parte General, 2000, p. 620).-

"La antropología ius humanista y constitucional democrática -en todas sus variables- y la antropología peligrosista, son radicalmente incompatibles. Por ello se reitera en la legislación de posguerra que la medida de la pena es la medida de la culpabilidad" (párrafo 46.1 del Código Alemán, párrafo 32.1 del Código Austríaco, Zaffaroni, p. 629).-

En el curso de Especialización en Derecho Penal de la Universidad Nacional de Tucumán, decía Fernando Jorge Córdoba: "El autor tiene culpabilidad cuando no satisface la medida de un ciudadano fiel al derecho, que en la misma situación se habría motivado según la norma".-

Miguel Soto Piñeiro, en ese mismo curso (09/11/01), apuntaba: "Feuerbach y los penalistas de la ilustración separan el ámbito del derecho del ámbito de la moral. Suprimen la contaminación metafísica del sistema penal. Objetiva la lesión. Perturbación material de la esfera externa. Se evita hacer un juicio moral sobre el individuo. 'Hacer justicia es fácil, lo difícil es aplicar el derecho'" (Dostoievski, Crimen y castigo).-

A su turno, Patricia Ziffer, quien ha trabajado detenidamente el tema, en aquel curso de posgrado reflexionaba: "Los marcos penales son los más aptos para graduar las distintas culpabilidades. Las opiniones actuales coinciden en señalar que la base de la determinación de la pena en el sistema argentino es el hecho culpablemente cometido. Dentro de un derecho penal de culpabilidad, la existencia de penas relativas, es decir, con marcos penales, es considerada un presupuesto básico, pues ellos constituyen el instrumento más apropiado para reflejar las distintas culpabilidades posibles, o más precisamente, los diferentes grados de capacidad de motivación frente al mismo ilícito".

En sentido coincidente, Juan Facundo Gómez Urso subraya enfáticamente: "Toda teoría del derecho penal debe fijar un puente entre injusto y pena, ese nexo indicará la cuantía de la consecuencia, que actualmente Zaffaroni denomina 'conexión primitiva': la determinación de la pena no podría sostenerse exclusivamente en la proporción del ilícito, porque ello llevaría a desconocer el dato antropológico de diferenciación humana.Por supuesto que el injusto representa un parámetro de graduación relevante, pero no puede prescindirse de aquella visión antropológica, jurídica y social que encuentra raigambre en la categoría de la culpabilidad"(Juan Facundo Gómez Urso, "Culpabilidad, vulnerabilidad y pena. Disensos respecto de la 'culpabilidad por vulnerabilidad'", Revista de Derecho penal y Criminología, N° 11, Dic/2012, p. 31).-

Para este autor, los grados de configuración a considerar desde una concepción de la culpabilidad por el acto, son la comprensión del injusto, el espacio de autodeterminación y la capacidad psíquica.-

Todos los supuestos típicos previstos en el artículo 80 del código Penal, están amenazados con pena de prisión perpetua (atento lo determinado por doctrina y jurisprudencia en cuanto a la falta de vigencia de la pena de reclusión) y se refieren a casos que en la jerga forense se conocen como homicidios agravados.-

Al analizar la prisión perpetua, Raúl Eugenio Zaffaroni sostiene que debe tener un punto de extinción y considera que en el código argentino sí lo tiene, para agregar que en cualquier caso la carencia de un límite legalmente establecido en forma expresa en la ley, obliga a deducirlo por imperio constitucional. Desde esa perspectiva, la prisión perpetua del código vigente no es inconstitucional en sí -analiza el citado tratadista-, dado que no es perpetua en sentido estricto, sino relativamente indeterminada, pero determinable. Y agrega textualmente: "Tampoco es inconstitucional como pena fija, siempre que en el caso concreto no viole la regla de irracionalidad mínima, pues guarda cierta relación de proporcionalidad con la magnitud del injusto y de la culpabilidad. Sólo lo sería en los supuestos en que esta última condición resulte violada en concreto." (Cfr. Derecho Penal, Ediar, 2000, con la colaboración de Alejandro Alagia y Alejandro Slokar).-

El mismo autor argentino, en coincidencia con la doctrina dominante, en consideraciones sobre la culpabilidad (referenciando a Baumann - Weber - Mitsch), señala que es el juicio que permite vincular en forma personalizada el injusto a su autor y de este modo operar como el principal indicador que, desde la teoría del delito, condiciona la magnitud del poder punitivo que puede ejercerse sobre éste. Prescindir de la culpabilidad en aras de atender sólo la gravedad del delito -agrega el maestro Zaffaroni-, llevaría a imaginar una sociedad de seres humanos idénticos pero también inmutables. Tal sería una sociedad no humana compuesta de seres no humanos.-

Y permítasenos proseguir con la cita, atento la aplicabilidad de su contenido: "El principio de que a nadie puede cargárselo con un injusto si no ha sido resultado de su libre determinación o que no puede hacérselo en medida que supere su ámbito de autodeterminación es poco menos que axiomático para cualquier tentativa de construcción racional del derecho penal". Zaffaroni agrega respecto a la culpabilidad que forma parte de ella la exigencia de autodeterminación del injusto para reprochar a su autor y que debe ser un concepto que limite el efecto de reproche con la referencia al dato selectivo; a su entender, se trata de legitimar la función reductora y no el poder punitivo. Para agregar en sentido coincidente: "La exigibilidad, como todo criterio que depende de un contenido real, no se puede definir de antemano como una disyuntiva entre blanco y negro, sino que es eminentemente graduable, reconociendo una amplia gama de matices. Toda persona tiene un ámbito de autodeterminación en cada circunstancia porque eso no es más que una condición indispensable de ser persona, corresponderá a la acusación probar que fue más amplio y a la defensa que fue más estrecho, pues sin éste no podría haber sujetos procesales".-

Pues bien, conforme pacífica jurisprudencia y normativa nacional e internacional, en relación con la situación de obediencia debida en que se considera que estarían amparados efectivos militares y policiales subordinados, ella en ningún caso puede ser invocada como causa de justificación que neutraliza la existencia de delito, cuando se esté frente a la situación de que existe la orden de cometer un delito. De tal manera, no hay ninguna duda que está presente la categoría dogmática de la antijuridicidad, o lo que es lo mismo, falta de justificación, es decir, el subordinado que dice haber obedecido la orden de cometer un delito, ha realizado un hecho delictivo (cruzó ya el análisis de tipicidad) cuya antinormatividad no reconoce ninguna prescripción permisiva que la elimine. En consecuencia, lo que se debe analizar es si tal situación de obediencia debida ha mantenido incólume el máximo grado de culpabilidad, ésta se ha visto atenuada o incluso eventualmente ha obrado como eximente.-

En ese sentido, desde la perspectiva funcionalista de Gunther Jakobs habrá que analizar si el temor a la desacreditación en el ámbito de su trabajo, al retiro o retraso en la carrera profesional, a la pérdida de la libertad, a sufrir daño en su integridad física o eventualmente la muerte, constituyen en el marco de la obediencia debida un obstáculo relevante para sus actos de organización.-

Para Claus Roxin, el sujeto actúa culpablemente cuando realiza un injusto jurídico penal pese a que (todavía) le podría alcanzar la llamada de atención de la norma en la situación y poseía una capacidad suficiente de autocontrol, de modo que tenía que serle psíquicamente asequible una alternativa de conducta conforme a derecho. Ya Frank, en 1907, al desarrollar un concepto normativo de culpabilidad, señalaba que para que exista, entre otros elementos, hace falta "normalidad en las circunstancias en que actúa el sujeto". A su vez, para Freudenthal, si para la comisión del delito hubiera sido necesario un grado de capacidad de resistencia que normalmente no puede exigirse a nadie, falta el poder de reproche y con ello el reproche la culpabilidad.-

Téngase en cuenta, además, que cuando se atiende a la culpabilidad para la medición de la pena, ello atañe al supuesto de hecho o tipo de conexión para la medición judicial de la pena y por tanto al "conjunto de los momentos que poseen relevancia para la magnitud de la pena en el caso concreto" (Achenbach, citado por Roxin en ob. cit.).-

En consecuencia, en el análisis del caso puede sostenerse que se ha reducido la capacidad de conducta conforme a la norma. Es decir, ha existido un menoscabo de la libre determinación de la voluntad causado por especiales circunstancias externas (orden de oficiales jefes de actuar de determinada forma, en el marco de una organizada acción represiva). Puede hablarse de una "presión anímica extraordinaria" o una "sobrepresión que influye en la motivación". De cualquier forma, esa restricción de la libertad de decisión reduce la pena pero no la excluye. Se trata de una situación de reducción de las penas que obedece a la reducción de la culpabilidad, que responde a situaciones de este tipo "nombradas" por el legislador internacional y que no responde a situaciones subjetivas del juez. Así el apartado 4 del artículo 7 del Estatuto del Tribunal Internacional de Yugoslavia, establece: "El hecho de que el inculpado haya actuado en cumplimiento de una orden impartida por un gobierno o por un superior no lo eximirá de responsabilidad penal, pero podrá considerarse circunstancia atenuante si el Tribunal Internacional determina que así lo exige la equidad". En sentido similar los estatutos de Nüremberg, Ruanda y Corte Penal Internacional -en esta última norma se admite incluso el supuesto de exclusión de culpabilidad-. Puede decirse además que los autores enfrentaban un "peligro permanente" y de tal manera es razonable pensar que debían contar con un peligro para la integridad física o la vida en caso de negarse.-

En este marco de análisis de nuestra situación nacional y lo actuado en otras latitudes, debe tenerse presente -para comprender casos que puedan resultar semejantes- que los tribunales militares norteamericanos hacen una distinción en el sentido que el deber de control disminuye con un decreciente poder de mando. La plena responsabilidad por crímenes de subordinados se aplica aún por omisión en plenitud para comandantes generales y aún a oficiales de mando, pero ni siquiera a éstos cuando sólo transmiten una orden, ni tampoco a los oficiales superiores ya que éstos no tienen poder de mando. Criterios similares se aplican en los juicios de crímenes de guerra británicos, canadienses, australianos y chinos. En concreto, los tribunales competentes, grosso modo, consideran crucial la posición o status del acusado al momento de determinar la responsabilidad penal basada en la responsabilidad por mando -inclusive, el ICTR (Ruanda) al analizar la responsabilidad de civiles por mando sostuvo que es apropiado determinar caso por caso el poder de la autoridad efectivamente atribuido al acusado-. Por su parte, el ICTY (Yugoslavia) cuando analiza la responsabilidad por mando alude a líderes civiles y comandantes militares.-

Estas consideraciones del párrafo precedente, han sido extraídas de un artículo de Kai Ambos, "Responsabilidad penal individual en el Derecho penal supranacional. Un análisis jurisprudencial de Nüremberg a La Haya" (Revista Penal La Ley, Salamanca, 2001), que concluye con esta síntesis: "En base a la jurisprudencia de los crímenes de guerra, puede decirse que son fundamentales para que haya responsabilidad individual: -en el plano objetivo, un concepto muy amplio de participación en el sentido de cualquier atribución causal a la comisión de un acto; -en el plano subjetivo, conocimiento, eventualmente probado con evidencia circunstancial (no sobre la base de una presunción), e intención, distintas formas de expansión de la imputación, en particular la responsabilidad de mando.".-

La culpabilidad es siempre culpabilidad por el hecho; sólo se puede realizar culpablemente un tipo determinado (y no algo antijurídico en abstracto) (Roxin, Derecho Penal, Parte General, Capítulo 21, "El error de prohibición").-

En el estado de necesidad disculpante hay que analizar si actuó por miedo por su propia persona o por sus allegados en vez de por motivos delictivos. Hay que tener en claro que quien comete acciones conminadas con pena no para evitar el peligro, sino por impulso criminal precisa por razones tanto de prevención especial como general de una sanción.-

Para Roxin, la atenuación de la pena que se prevé para el estado de necesidad disculpante puede resultar procedente incluso en casos extremos para aquellos que tienen un deber intensificado de soportar el peligro. Y pone como ejemplo que puede invocarlo un agente ejecutivo de policía...cuando es forzado por un poder estatal delictivo (¡régimen nacionalsocialista!) a cometer delitos y en caso de negarse correría "serio peligro de sufrir él mismo la muerte". Inclusive, agrega que tampoco en el supuesto de peligros específicos de la profesión se puede exigir que el que tiene el deber de protección asuma la muerte segura o altamente probable; el Derecho exige soportar peligros, pero no el sacrificio consciente de la propia vida.-

En tales supuestos, el Código Penal Alemán los considera en el art. 35 con remisión al 49, que legisla circunstancias especiales de atenuación.-

En definitiva, los imputados en esta causa desempeñaron distintas funciones y roles, actuaron en zonas y períodos de tiempo diversos, detentando disímiles niveles de jerarquía y poder de decisión. Todos esos datos deben ser tenidos en cuenta a la hora de analizar la culpabilidad con que actuó cada uno de ellos y, en consecuencia determinar la medida del reproche. Entre otras circunstancias se tiene presente lo narrado por el gendarme Omar Eduardo Torres en la audiencia, en el sentido que a dos gendarmes que les atribuyeron haber actuado de correo entre los detenidos y sus familiares, los hicieron desaparecer. A su vez, el soldado Domingo Antonio Gerez dijo también en la audiencia que si no obedecían las órdenes los iban a matar. Asimismo, se considera que en los casos en que no se aplica atenuante de culpabilidad, porque como bien lo señalan diversos autores (en particular Roxin), quien actúa por placer o con crueldad, no puede ser beneficiario de una atenuación por limitación de su ámbito de culpabilidad.-


Todos ellos conocían que estaban realizando acciones ilegales, no puede decirse que haya habido error de prohibición inevitable, en todo caso, sería posible un eventual análisis de la existencia de un error evitable, que no excluye la culpabilidad sino que impacta en la punibilidad, conforme los artículos 40 y 41 del Código Penal. Sin embargo, consideramos en los casos aquí juzgados, lo que corresponde es declarar que existía una culpabilidad atenuada que se refleja en el monto de las penas.-

En este sentido, opina el juez Maqueda en su voto en disidencia en la causa "Tejerina, Romina A. s/homicidio calificado", (8) "De acuerdo con esta concepción, la medida de la pena no puede exceder la del reproche que se le formule a la persona por haber escogido el ilícito cuando tuvo la posibilidad de comportarse conforme a la norma, o sea, que la pena debe ser proporcional a la culpabilidad del autor, y eta culpabilidad determina, según el ámbito de autodeterminación que este haya tenido para ejercer su conciencia moral en la constelación situacional en que hubiese actuado y en relación a sus personales capacidades en esa circunstancia. De este modo, nuestra Constitución impuso desde siempre un derecho penal de acto, es decir, del acto ilícito en razón de la concreta posibilidad y ámbito de reproche, y rechaza toda forma de reproche a la personalidad del agente. No se pena por lo que es, sino por lo que se hace, y solo en la estricta medida en que esto se le pueda reprochar al autor" (del voto en disidencia del juez Maqueda en causa "Tejerina, Romina A. s/homicidio calificado" -causa N° 29/05, t.228, XLIII, CSJN, 8/4/08).-

Desde una concepción anglosajona habría que decir simplemente que corresponde hacer lugar parcialmente a la "defense" de obediencia debida como atenuante en relación a la responsabilidad penal, en el marco de las circunstancias procesales o sustantivas, justificantes o excusantes que se oponen a los actus reus mens rea, aspectos externos e internos del delito. ("La transformación de la teoría del delito en el derecho penal internacional", Jean Pierre Matus, Atelier Libros Jurídicos, Barcelona, 2008, pg. 19, con cita de los autores Zahar/ Slviter, Cryer/ Friman/ Robinson/ Wilmshurst, Werle y Satzger).

Aludir a esta concepción resulta oportuno si se tiene en cuenta que tal estructura bipartita al estilo Common Law es la que se considera que ha sido recogida en el Estatuto de Roma. Así, G.P Fletcher en su obra "Grammar of Criminal Law", New York: Oxford University Press, 2007 (conforme cita del trabajo referido de Matus y traducción libre de la Dra. Daniela López Testa), dice respecto a la vigencia de tal concepción: "Para bien o para mal, ese sistema bipartito está ahora incorporado en la estructura básica del derecho penal internacional... la influencia del Estatuto de Roma en la reforma legal en el futuro asegura la supervivencia del sistema bipartito en varias partes del mundo". Aunque cabe dejar aclarado que Kai Ambos objeta a esa posición que el estatuto romano no decide la cuestión del "sistema" (cita de su obra "Toward...", por parte de Matus), para reivindicar dogmáticamente la necesaria distinción categórica entre injusto y culpabilidad; en coincidencia con otros autores alemanes como Werle, Eser y Nill- Theobald e inclusive la internacionalista norteamericana L.N Sadat.

En el ámbito del Common Law, en el caso "The Queen vs Dudley & Stephens", tras el naufragio del yate La Mignonette-5/7/1884-, con motivo que dos marineros dieron muerte a un pasajero y se alimentaron de su cadáver, la Corte de Apelaciones Inglesa decidió que la "duress" (necesity) no podía definirse como "defense" (excuse) en un homicidio y condenó a los acusados a muerte, tras lo cual la Corona redujo la pena a seis meses de prisión. El caso siempre fue invocado por los dogmáticos germánicos romanos como una muestra de las limitaciones de un sistema y que la solución debió buscarse en la distinción entre justificantes y exculpantes. Siempre en función de aquella concepción anglosajona que reúne las circunstancias que neutralizan la responsabilidad en las "defenses", en el caso "Erdemovic" (un soldado voluntario croata enrolado en el ejército serbio-bosnio que confesó haber matado cientos de civiles y que dijo que si no lo hacía lo habrían matado), el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia resolvió que la duress no se admitía como defense para eximir de pena un asesinato, sino únicamente para atenuarlo (y en casos muy calificados perdonar la pena), pero no impedir la condena (Referencia a los casos en el libro citado de Matus, quien se pregunta si no se hubiera producido, parecida solución desde la dogmática alemana tradicional, p. 33).

Sin perjuicio de todo lo dicho, debe tenerse presente que en el Common Law de los Estados Unidos de América, la distinción entre "justifications" y "excuses" no es desconocida ni ajena a la legislación, jurisprudencia y teorías dominantes en el Common Law que allí se practica (Matus, pag. 35). Como muestra de ello, considérese que el Model Penal Code -fuente de legislaciones estatales y de textos de estudio-, consigna al delito como una conducta que injustificadamente e inexcusablemente infringe o amenaza sustancialmente con dañar el interés público o individual. Además, numerosos autores, el propio Fletcher (lectura positivista de Estatuto de Roma), entre otros, se pronunciaron a favor de la admisión del análisis que separa justificación y exculpación en el marco del sistema tripartito y sostiene que éste no es una doctrina alemana más de lo que la teoría de la relatividad de Einstein representa la ciencia física alemana, suiza o norteamericana.

Apuntando a la concepción utilitaria norteamericana, debemos recordar uno de sus inspiradores, J. Bentham, quien sostenía: La misma punición para la misma ofensa no debe ser aplicada o infligida a todos los delincuentes. Es necesario prestar atención a las circunstancias que afectan la sensibilidad.

Po otra parte, representativo del pensamiento que sostienen que se debe resolver justamente el caso concreto, el sucesor de H.L.A Hart en su cátedra de Oxford, Ronald Dworkin, de origen norteamericano, puntualiza que jueces que aceptan el ideal interpretativo de la integridad deciden los casos difíciles tratando de encontrar algunos conjuntos de principios coherentes de derechos y deberes del hombre, la mejor interpretación constructiva de la estructura política y doctrina legal de su comunidad. El juez debe elegir entre interpretaciones preguntándose cuál de ellas refleja mejor la estructura de las instituciones de la comunidad y sus decisiones... su propia moral y convicción política están ahora directamente comprometidas (Matus, p. 87)

Así las cosas, analizados exhaustivamente los argumentos que obligan a una mensura del grado de culpabilidad en cada caso concreto, consideramos que corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 80 del Código Penal, en relación con los casos concretos de las conductas de los imputados que se mencionan a continuación, imponiéndoles a cada uno de ellos las penas que se fijan de la siguiente manera: RAMÓN ALFREDO OJEDA FUENTE, VEINTE AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS; ADOLFO ERNESTO MOORE, VEINTE AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS; FERNANDO TORRES, DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS; CAMILO ÁNGEL COLOTTI, DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS; AUGUSTO LEONARDO NEME, DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS; PEDRO OSVALDO CABALLERO, QUINCE AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS; RAMÓN ERNESTO COOKE, DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS; HUGO ENZO SOTO, QUINCE AÑOS DE PRISIÓN , ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS; JUAN ALBERTO ABRAHAM, DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS; ROLANDO REYES QUINTANA, DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS; MIGUEL CHUCHUY LINARES, CATORCE AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS; HUGO JAVIER FIGUEROA, DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS; OSCAR HUMBERTO GÓMEZ, DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS; FÉLIX INSAURRALDE, DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS; GUILLERMO AGUSTÍN UGARTE, QUINCE AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS; ANTONIO ESTEBAN VERCELLONE, DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS; ÁNGEL CUSTODIO MORENO, DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS.

Ello así, en tanto al establecer una pena fija de prisión perpetua y carecer en consecuencia de una escala mínima, constituye una irracionalidad punitiva e impide la determinación del monto de la pena según el grado de culpabilidad de cada uno de los mencionados existente al momento del hecho.-


Hasta aquí se han consignado las penas de aquellos a los que se ha atribuido autoría o participación necesaria en homicidios agravados.

Asimismo, se hace constar que equivocadamente, en la parte resolutiva de la sentencia, se había incluido como beneficiarios de la declaración de inconstitucionalidad de la prisión perpetua del artículo 80 a Trucco y Valdiviezo, ya que no estaban comprendidos en tal supuesto por no haber sido condenados como autores ni como partícipes necesarios de homicidios agravados.

A continuación se consignan las penas de aquellos que no se encuentran en tal situación y la graduación de la pena se ha realizado en función de una forma distinta de participación o por autoría de injustos de menor gravedad. Valen a su respecto todas las consideraciones efectuadas sobre los imputados en el análisis de la existencia de los hechos y de la calificación legal.

Corresponden en consecuencia las siguientes penas: ARIEL ORLANDO VALDIVIEZO, CATORCE AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA Y COSTAS, CARLOS EDUARDO TRUCCO, CATORCE AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA Y COSTAS, MARCELO OMAR GODOY, DIECIOCHO AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, ERNESTO RIVERO, DIECIOCHO AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, TOMAS ADOLFO GÜEMES, DIECIOCHO AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, BENITO PALOMO, DIECIOCHO AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, ALBERTO HÉCTOR RAFAEL MONTES DE OCA, DIECIOCHO AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, JOSÉ CARLOS SOWINSKI, DIECISIETE AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, JORGE OMAR LAZARTE correspondea la pena de DIEZ AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS; MARIO MIGUEL D'URSI, la pena de DOCE AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, LUIS EDGARDO OCARANZA,la pena de DIEZ AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, MARÍA LUISA ACOSTA DE BARRAZA, la pena de DIEZ AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS; PEDRO JOAQUÍN PASTERIS, la pena de DIEZ AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS; GUILLERMO FRANCISCO LÓPEZ GUERRERO, la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS; RAMÓN CÉSAR JODAR, la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS; MARÍA ELENA GUERRA, la pena de DOS AÑOS DE PRISIÓN.

Cabe concluir que en los casos que se acreditan condenas, es porque la responsabilidad se ha probado fuera de toda duda razonable, mediante una clara y suficiente prueba de testigos, instrumental, pericial, de inspección ocular, de reconocimiento, lo que demuestra que se ha superado en el debate la presunción o estado de inocencia de que gozaban los imputados. Se ha cumplido con el estándar probatorio necesario, concordante y concluyente que requiere una sentencia de condena.

Respecto de CELSO ALBERTO BARRAZA, LUIS DANIEL DE URQUIZA JOSÉ ELOY MIJALCHYK, JUAN CARLOS BENEDICTO, corresponde su absolución por el principio de la duda (art 3 CPPN).

XI. 3 Voto en disidencia del Sr. Juez de Cámara Subrogante Dr. Juan Carlos Reynaga respecto a la determinación de la pena aplicable

Pese a compartir con los colegas de este Tribunal el razonamiento respecto al grado de responsabilidad y participación de los imputados en los hechos que se les endilgan, no puedo dejar de discrepar con ellos en relación al criterio que asumen a la hora de mensurar el reproche y determinar el monto de la pena atribuible a cada uno de los imputados.-

De esta manera, considero que definida la materialidad del evento, su calificación jurídica y su autoría culpable corresponde establecer la medida de la sanción que deberá imponerse a los imputados teniendo en cuenta el marco punitivo que consagra el tipo penal del art.80 incisos 2, 6 y 7 del Código Penal según Ley 21. 338 -vigente al momento de los hechos- y conforme las pautas de mensuración previstas en los arts. 40 y 41 de dicho cuerpo normativo, atendiendo a las circunstancias atenuantes y agravantes particulares, a la naturaleza de la acción, al medio empleado, a la edad, a la educación y a las costumbres de los imputados, sus conductas precedentes y demás parámetros que menciona el art. 41 del CP, todo ello sin perjuicio de no estar en el caso de una pena divisible y es en este sentido que el legislador quiso ponderar este acotado espacio punitivo para homicidios de una gravedad tal que llevo a incluir especialmente su punición en la temática de la libertad condicional.

Al respecto y, a diferencia de los colegas preopinantes, entiendo que en el caso que nos ocupa no corresponde hacer lugar al planteo de la defensa respecto a la inconstitucionalidad del artículo 80 del Código Penal.-

La obligación del juez de fundar las penas en el sistema republicano, surge de la circunstancia de que ésta constituye la concreción del ejercicio más grave del poder punitivo del Estado.

Se trata pues, de que "la decisión que individualiza la pena se realice siguiendo ciertas reglas que implican un deber de fundamentación explicita que permita el control crítico del proceso de decisión" (Código Penal y normas complementarias. Análisis doctrinario y Jurisprudencial-David Baigun, Eugenio R. Zaffaroni, Marco Terragni, T. II p. 59).-

Así, las pautas impuestas se relacionan unas, estrictamente con el hecho cometido y otras, con la persona y circunstancias en que actuó el autor y, específicamente, con su condición de guardianes de la seguridad pública; las primeras refieren a la naturaleza de la acción y de los medios empleados para ejecutarla y la extensión del daño causado, las segundas pueden distinguirse en circunstancias especiales de los autores en el caso concreto que para nada importa diseñar pautas de peligrosidad a priori propias del derecho penal de autor.

En esta causa he considerado como un hecho especialmente agravante para los imputados, la naturaleza de las acción delictuales realizadas, el número y juventud de las víctimas, la condición de funcionarios públicos y/o miembros de las fuerzas de seguridad que tenían a la fecha de los hechos, la magnitud y gravedad de los ilícitos como así también la naturaleza de las acciones que llevaron a cabo, habiendo contado con la posibilidad exigible de comprender el disvalor de sus conductas que lesionaron gravemente los bienes jurídicos tutelados. Asimismo, la extensión del daño causado con sus conductas -daño que persiste en los familiares directos de las víctimas de esta causa-, el nivel de educación y la marcada utilización del aparato del Estado para la comisión de los hechos que evidencian la labor sistemática funcional en el accionar de los encartados.-

Una pauta decisiva para la valoración de las conductas, que se reitera en todos los encausados, como un elemento agravante de relevancia, es la elección de los medios utilizados para cometer el injusto. Al respecto la doctrina es uniforme al expresar que "... como regla general pueden decirse que agrava la penalidad la elección de un medio ofensivo que disminuye la posibilidad de defensa de la víctima o le causa un especial sufrimiento" (Conf. Fleming, Abel - Viñals, Pablo López, "Las Penas", Ed. Rubinzal - Culzoni Editores, Santa Fe, 2009, p. 380).-

Así, considero que en la especie el grado de reproche que necesariamente debe guardar relación con la entidad del injusto, debe ser mensurado respecto de RAMÓN ALFREDO OJEDA FUENTE, ADOLFO ERNESTO MOORE, FERNANDO TORRES, CAMILO ÁNGEL COLOTTI, AUGUSTO LEONARDO NEME, PEDRO OSVALDO CABALLERO, RAMÓN ERNESTO COOKE, HUGO ENZO SOTO, JUAN ALBERTO ABRAHAM, ROLANDO REYES QUINTANA, MIGUEL CHUCHUY LINARES, HUGO JAVIER FIGUEROA, OSCAR HUMBERTO GÓMEZ, FÉLIX INSAURRALDE, GUILLERMO AGUSTÍN UGARTE, ANTONIO ESTEBAN VERCELLONE y ÁNGEL CUSTODIO MORENO, en la pena de prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas por considerarlos autores mediatos (en los casos de los imputados Neme, Moore, Colotti y Cooke) y partícipes necesarios (en los casos de los demás imputados) penalmente responsables de la comisión del delito de Homicidio triplemente calificado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes en concurso real -RAMÓN ALFREDO OJEDA FUENTE, en perjuicio de dieciocho víctimas; ADOLFO ERNESTO MOORE, en perjuicio de trece víctimas; FERNANDO TORRES, en perjuicio de cincuenta víctimas; CAMILO ÁNGEL COLOTTI, en perjuicio de treinta y seis víctimas; AUGUSTO LEONARDO NEME, en perjuicio de dos víctimas; PEDRO OSVALDO CABALLERO, en perjuicio de una víctima; RAMÓN ERNESTO COOKE, en perjuicio de seis víctimas; HUGO ENZO SOTO, en perjuicio de una víctima; JUAN ALBERTO ABRAHAM, en perjuicio de sesenta y tres víctimas; ROLANDO REYES QUINTANA, en perjuicio de veintiocho víctimas; MIGUEL CHUCHUY LINARES, en perjuicio de sesenta y siete víctimas; HUGO JAVIER FIGUEROA, en perjuicio de treinta y tres víctimas; OSCAR HUMBERTO GÓMEZ, en perjuicio de sesenta y nueve víctimas; FÉLIX INSAURRALDE, en perjuicio de sesenta y tres víctimas; GUILLERMO AGUSTÍN UGARTE, en perjuicio de sesenta y seis víctimas; ANTONIO ESTEBAN VERCELLONE, en perjuicio de cincuenta y seis víctimas; ÁNGEL CUSTODIO MORENO, en perjuicio de treinta y una víctimas-, previsto y penado por los arts. 80 inc. 2, 6 y 7; arts. 45 y 55 del C.P. (ley N° 11.179, ley de Fe de Erratas N° 11.221 y ley N° 20.642, vigentes al tiempo de la comisión de los hechos) y arts. 530, 531, y cctes. del C.P.P.N.-

El imputado Fernando Torres amerita un apartado especial en razón de que ha sido demostrado en este debate que concurría al centro clandestino de detención que funcionó en el Arsenal Miguel de Azcuénaga y mantenía "conversaciones" con la joven santiagueña Anabel Cantos, quien estaba secuestrada en ese lugar y permanece desaparecida hasta la fecha. Los testigos Hazurún, Pérez y Auad lo ubicaron en el escenario de los hechos. Hazurun contó en la audiencia: "Con quien más tuve acercamiento fue con una chica que se hacía llamar Ana. Era santiagueña, la habían tomado cuando ella estaba paseando con el nene. Lloraba por su hijito porque no sabía cuál había sido su destino. Decía que las personas que la habían secuestrado le habían prometido llevárselo a los padres. Ella le dijo que su esposo, el padre de la criatura, había sido desaparecido en Tucumán "Siempre venía uno del Ejército. Se sentaba con ella, charlaban, él le traía revistas, a veces shampoo, que para nosotros era oro. Estaba horas sentado ahí con ella. Esto pasaba por lo menos 3 o 4 veces por semana el tiempo que yo estuve. Ella quedó ahí cuando a mi me trasladan". Por su parte, Leoni Susana Auad expresó respecto a Torres que "era un capitán santiagueño. Ana Cantos me dijo que él la iba a salvar a ella y a Germán. Pude espiarlo, estaba dentro del pabellón, se sentaba al lado de Ana, conversaba con ella,...".

Continuando el análisis inicial, cabe destacar que con arreglo a la calificación legal que se propiciara para los hechos que se estiman acreditados (art. 80 inc. 2° y 4° (actual 6to.) del CP) y lo resuelto por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación el 22/2/2005 en el caso "MENDEZ", en el sentido que la diferencia entre la pena de reclusión y prisión, a los fines de la ejecución de la pena y según lo dispuesto por la ley 24.660, se encuentra virtualmente derogada, se sigue que en el caso que la respuesta penal es única: prisión perpetua, pena sobre cuya constitucionalidad se ha expedido la Cámara Undécima en lo Criminal de Córdoba el 02/11/07, en la causa "BACHETTI, Sebastián Alejandro y otra p.s.a. Homicidio Calificado por el Vínculo"- Expte. Letra 8 N°135579-Año 2006.-

El homicidio calificado prevé la aplicación de una pena absoluta e indivisible, que excepcionalmente no permite graduaciones: la prisión perpetua, que lleva inherente la inhabilitación absoluta por igual tiempo que el de la condena contenida en el art. 19 y demás accesorias legales previstas en el art. 12 del Código Penal. Debe tenerse presente en el caso de autos que los imputados mencionados son autores mediatos y/o partícipes necesarios de homicidios triplemente agravados, y en la mayoría de los casos en perjuicio de numerosas víctimas. La sanción prevista aplica el principio constitucional de proporcionalidad entre la lesión producida por la conducta del autor y el castigo.-

Por ende, lo relevante para ponderar esa razonabilidad y proporcionalidad, radicará en la relación entre la magnitud de la pena con las características y gravedad de la infracción a la que se vincula, lo que habrá de establecerse en función del valor social del bien ofendido y del modo de ataque al mismo previsto en la figura penal respectiva.-

La culpabilidad, también funciona como fundamento de la determinación cuantitativa de la pena aplicable, cuyo contenido difiere de aquélla, en cuanto establece los criterios de la medición de la gravedad del reproche (principio de proporcionalidad). En otras palabras, la magnitud de la pena debe ser adecuada (proporcional) a la culpabilidad, lo que significa que se encuentra prohibido el exceso sobre la medida de la culpabilidad (prohibición de exceso).-

Pese a que en la actualidad hay válidos cuestionamientos de inconstitucionalidad de los mínimos legales en algunos tipos penales menores, importante doctrina ha sostenido que "...la prisión perpetua del código vigente no es inconstitucional en sí, dado que no es perpetua en sentido estricto, sino relativamente indeterminada, pero determinable, pues tiene un tiempo límite si el condenado cumple con los recaudos de la libertad condicional. Tampoco es inconstitucional como pena fija, siempre que en el caso concreto no viole la regla de la irracionalidad mínima, pues guarda cierta relación de proporcionalidad con la magnitud del injusto y de la culpabilidad sólo sería en los supuesto en que esta condición resulte violada" (Zaffaroni, Eugenio, Plagia, Alejandro, Slokar, Alejandro. Derecho Penal Parte General).-

En suma, cabe concluir que desde el ámbito de los instrumentos de derechos humanos comprendidos por la Constitución Nacional y la interpretación que de ellos ha efectuado la Corte Suprema, no es posible concluir en la inaplicabilidad de la prisión perpetua prevista en el artículo 80, del Código Penal, ni que ella pueda significar la afectación de la integridad personal en los términos del artículo 5°, inciso 2°, del Pacto de San José de Costa Rica, de la garantía de igualdad ante la ley o del principio de culpabilidad. En el caso concreto no hay elemento alguno que permita inferir que la pena contenida en el art 80 del C.P. resulte desproporcionada al grado de culpabilidad establecido en los graves hechos que tuvieron a los imputados como protagonistas.-

Que al respecto, cuadra resaltar las consideraciones de Marcelo A. Sancinetti y Ferrante (Derecho Penal en la protección de los derechos humanos. Ed. Hammurabi 1999. pág. 459/63/ "... A mi juicio, el fenómeno de la criminalidad gubernamental, ocurrido en la Argentina y otros países de su contexto, en desmedro de los derechos fundamentales, constituye la mejor prueba de que aquella explicación doctrinal del sentido de la pena es correcta y que no implica una concepción autoritaria del sentido del derecho penal. Si es que funcionarios estatales han recurrido en masa al secuestro, tortura y asesinatos por causas políticas, y, una vez restablecido el orden no se reacciona contra los responsables o se lo hace en una medida mendaz, queda reafirmado que lo que se ha hecho por entonces "estaba bien": "secuestrar", "torturar" y "matar": es correcto...".

Señala de ese modo Sancinetti, que "... sólo es seguro que está en juego la medida en que la sociedad argentina cree, de verdad, en unos cuantos valores, entre los cuales, la dignidad del hombre, su libertad, su integridad corporal y moral y su vida, constituyen los más importantes. ...Estos son los valores comprometidos por la alternativa punibilidad-impunidad, ante el terrorismo de Estado" (Sancinetti, Marcelo, Derechos Humanos en la Argentina post-dictatorial. Lerner Editores Asociados, Bs.As. 1988, pp 10 y 11).-

Corresponde señalar lo oportunamente resuelto por el Dr. Enrique Santiago Petracchi al fallar el 5 de septiembre de 2006 en la causa Letra G, n° 560, Libro XL, caratulada "Gramajo, Marcelo Eduardo s/ robo en grado de tentativa - causa n° 1573-", cita textual que tomamos del dictamen del Dr. Eduardo Exequiel Casal en autos B., Sebastián Alejandro y otra s/ P.SS.AA. homicidio calificado por el vínculo -causa n° 57/10 B.327, L.XLVII, "...en su voto, este último magistrado recordó sobre la base de jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional Alemán, que las condenas a encierro por tiempo indeterminado -incluidas las aplicadas a reincidentes o delincuentes habituales- son compatibles con la respectiva Convención Europea y con la Ley Fundamental de Alemania, sólo bajo la premisa que se asegure debidamente el control judicial periódico de las condiciones para la liberación y que haya existido un examen concreto de la situación del afectado...".

Así también, en autos "Maldonado, Daniel Enrique y otro s/ robo agravado por el uso de armas en concurso real con homicidio calificado -causa n° 1174-" (expte. Letra M n° 1022, Libro XXXIX), al referirse a la figura del homicidio agravado cometido por mayores, se sostuvo que "la sola subsunción de la imputación en el tipo penal basta para dejar sentada la gravedad del hecho sin necesidad de mayores argumentaciones, pues la pena prevista es absoluta y por lo tanto, no exige, de hecho, ningún esfuerzo argumental adicional para la determinación de la pena: prisión perpetua".-

En la misma línea de pensamiento considero que por tratarse de delitos de lesa humanidad y, sobre todo, por haber sido perpetrados los hechos -en la mayoría de los casos- en contra de una pluralidad de personas, es razonable y justo que el reproche penal respecto a los demás imputados sea mensurado en las penas que a continuación expongo en atención a las reglas del concurso real -art. 55 del C.P.-. Así, comparto el criterio de la mayoría en cuanto al grado de participación y atribución de responsabilidad de cada uno de los imputados, discrepando respecto a los montos de la pena-.

En relación a JORGE OMAR LAZARTE, a quien se condena por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita (arts. 210 del C.P.) y partícipe secundario de los delitos de (ii) Violación de domicilio (en perjuicio de seis víctimas); (iii) Privación ilegítima de libertad y (iv) Tormentos agravados (en perjuicio de siete víctimas); todo en concurso real y calificándolos como delitos de lesa humanidad, entiendo que una pena justa es imponerle DIECIOCHO AÑOS de PRISIÓN.-

En relación a ROLANDO ARIEL VALDIVIEZO, a quien se condena por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita (art. 210 del C.P.); autor mediato de los delitos de (ii) Violación de domicilio (en perjuicio de siete víctimas); (iii) Privación ilegítima de libertad y Tormentos agravados (en perjuicio de siete víctimas; partícipe secundario del delito de (iv) Privación ilegítima de libertad y v) Tormentos agravados (en perjuicio de dos víctimas); (vi) Torturas seguidas de muerte (en perjuicio de una víctima); vii) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (en perjuicio de dos víctimas); todo en concurso real calificándolos como delitos de lesa humanidad; considero que una pena justa es imponerle DIECIOCHO AÑOS DE PRISIÓN.-

En cuanto a CARLOS EDUARDO TRUCCO, a quien se condena por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita (art. 210 del C.P.); autor mediato de los delitos de (ii) Violación de domicilio (en perjuicio de siete víctimas); (iii) Privación ilegítima de libertad y Tormentos agravados (en perjuicio de siete víctimas); partícipe secundario del delito de (iv) Privación ilegítima de libertad y Tormentos agravados (en perjuicio de dos víctimas); (v) Torturas seguidas de muerte (en perjuicio de una víctima); vi) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (en perjuicio de dos víctimas) todo en concurso real calificándolos como delitos de lesa humanidad; opino que una pena justa es imponerle DIECIOCHO AÑOS DE PRISIÓN.-

En relación a MARIO MIGUEL D'URSI, a quien se condena por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del C.P. según Ley 21.338); Partícipe secundario en la comisión de los delitos de (ii) Violación de domicilio (en perjuicio de una víctima); (iii) Privación ilegítima de libertad (en perjuicio de dos víctimas); (iv) Tormentos agravados (en perjuicio de dos víctimas); (v) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (en perjuicio de una víctima); todo en concurso real calificándolos como delitos de lesa humanidad; entiendo que una pena justa es imponerle VEINTE AÑOS DE PRISIÓN.-

Respecto a LUIS EDGARDO OCARANZA, a quien se condena por ser autor material del delito de i) Asociación Ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del C.P. según Ley 21.338); ii) Privación ilegítima de libertad (en perjuicio una víctima); Partícipe secundario de los delitos de (iii) Violación de domicilio (en perjuicio de tres víctimas); (iv) Privación ilegítima de libertad (en perjuicio de dieciseis víctimas); (v) Tormentos agravados (en perjuicio de diecisiete víctimas); (vi) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (en perjuicio de catorce víctimas); todo en concurso real calificándolos como delitos de lesa humanidad; considero que una pena justa es imponerle VEINTE AÑOS DE PRISIÓN.-

En relación a MARÍA LUISA ACOSTA DE BARRAZA, a quien se condena por ser autora material de los delitos de i) Asociación ilícita (arts. 210 del C.P.); partícipe secundaria de los delitos de: ii) Violación de domicilio (en perjuicio de cincuenta y cinco víctimas); iii) Privación ilegítima de la libertad (en perjuicio de noventa y cuatro víctimas); iv) Tormentos agravados (en perjuicio de noventa y tres víctimas) v) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (en perjuicio de sesenta y seis víctimas); vi) Abuso deshonesto agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (en perjuicio de una víctima); todo en concurso real calificándolos como delitos de lesa humanidad; opino que una pena justa es imponerle VEINTE AÑOS DE PRISIÓN.-

En relación a PEDRO JOAQUÍN PASTERIS, a quien se condena por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita (arts. 210 del C.P.); partícipe secundario (art. 46 del C.P.) de los delitos de: ii) Violación de domicilio (en perjuicio de sesenta y una víctimas) iii) Privación ilegítima de la libertad (en perjuicio de ciento dos víctimas); iv)Tormentos agravados (en perjuicio de noventa y nueve víctimas); v) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (en perjuicio de sesenta y nueve víctimas); vi) Abuso deshonesto agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (en perjuicio de una víctima); todo en concurso real calificándolos como delitos de lesa humanidad; entiendo que una pena justa consiste en imponerle VEINTE AÑOS DE PRISIÓN.-

En relación a GUILLERMO FRANCISCO LÓPEZ GUERRERO, a quien se condena por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del C.P. según Ley 21.338); partícipe secundario de los delitos de ii) Privación ilegítima de libertad y Tormentos agravados (en perjuicio de una víctima); todo en concurso real calificándolos como delitos de lesa humanidad; considero que una pena justa consiste en imponerle DIEZ AÑOS DE PRISIÓN.-

Respecto a RAMÓN CÉSAR JODAR, a quien se condena por ser autor material del delito de i) asociación ilícita (art. 210 del C.P.) y ii) violación de domicilio (en perjuicio de una víctima), todo en concurso real calificándolos como delitos de lesa humanidad; entiendo que una pena justa consiste en imponerle DIEZ AÑOS DE PRISIÓN.-

XI. 4 Modalidad de Cumplimiento de la Pena de Prisión

Que el Tribunal considera que al dictarse condenas de privación de la libertad por delitos de lesa humanidad, cuando los condenados llegan al momento del fallo detenidos en virtud del artículo 366 del C.P.P.N., resulta absolutamente razonable a los efectos de garantizar la ejecución de la pena aunque ésta no se encuentre firme, mantener el estado de detención hasta que la sentencia adquiera firmeza. En esa ocasión el imputado en cuestión pasará a ser penado o eventualmente podrá recuperar la libertad si se produce una revocatoria o modificación de la condena.

De allí entonces que se ha resuelto mantener la situación de detenidos en unidades penitenciarias a todos los condenados, a excepción de OSCAR HUMBERTO GÓMEZ, GUILLERMO FRANCISCO LÓPEZ GUERRERO y ENRIQUE GODOY (éste último por circunstancias sobrevinientes) quienes mantendrán también la condición de detenidos, pero permanecerán en sus domicilios por cuestiones de salud.-

Ello resulta de la aplicación de los criterios que surgen de los fallos de la Corte Suprema de Justicia "Olivera Robere, Jorge" -sentencia del 21/08/2013- y "Vigo, Alberto Daniel" -sentencia del 14/09/2010-, en cuanto al especial deber de cuidado que pesa sobre los Magistrados para neutralizar toda posibilidad de fuga en esta clase de procesos en el que se juzgan delitos calificados de lesa humanidad y las implicancias que ello tiene con relación a la posibilidad de sustraerse al proceso (art. 10 del C.P. y fallos de la C.S.J.N Olivera Rovere S/ recurso de Casación y Vigo, Alberto Gabriel S/causa 10.919, en materia de delitos de lesa humanidad).-

Todo ello en el marco de las obligaciones del Estado Argentino de investigación, reparación y sanción de los hechos constitutivos de delitos de lesa humanidad.

Voto concurrente del Dr. Gabriel Eduardo Casas respecto a la Modalidad de cumplimiento de la condena

Dejando a salvo mi opinión personal ya expresada en casos anteriores por delitos de lesa humanidad respecto a la prisión domiciliaria a partir de los setenta años, en función de los nuevos criterios de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el sentido de que debe acreditarse que no hay peligro de fuga en el caso de tal tipo de delitos para que pueda aplicarse ese beneficio y, no encontrándose probado que no hay peligro de fuga, en tal sentido mi voto.-

XI. 5 DERECHO A LA VERDAD

Este Tribunal, más allá de que haya procedido de modo semejante en un pronunciamiento anterior, considera que resulta necesario formular algunas apreciaciones en torno al derecho a la verdad en la presente causa habida cuenta de su particular impacto social.-

Acerca de la especial dimensión del derecho a la verdad en autos como los presentes es necesario advertir que mientras que en los procesos penales comunes -especialmente en el derecho anglosajón, pero también en el derecho continental- la verdad jurídica puede ser entendida como un producto secundario en la medida en que el cometido principal es procurar pruebas que demuestren la culpabilidad o la inocencia de los acusados; en los procesos penales en los que se investigan violaciones a los derechos humanos que configuran crímenes internacionales la verdad jurídica constituye un hallazgo de jerarquía semejante a la atribución de responsabilidad penal a los imputados en el marco del respeto pleno de sus garantías constitucionales.-

Ello en razón de que la verdad jurídica tratándose de crímenes internacionales impacta con especial intensidad en las víctimas, sus familiares y la sociedad toda en tanto tiene íntimo compromiso con la construcción de una sociedad democrática y la vigencia plena del Estado de Derecho.-

Lamentablemente no se pudo a lo largo de la audiencia, responder a los familiares de las víctimas dónde están los cuerpos, lo que constituye una dolorosa realidad para aquéllos, pero también para toda la ciudadanía.-Este Tribunal hace suyos los fundamentos vertidos en el fallo Urteaga de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el sentido que: "Esta necesidad de saber, de conocer el paradero de la víctima constituye un principio que aparece en toda comunidad moral (Emile Durkheim, "Las reglas del método sociológico", México, Premia Editora, 1987, ps. 36/37, 48 y sigtes.; Max Weber, "Economía y sociedad", México, Ed. del Fondo de Cultura Económica, 1996, ps. 33 y 330 y sigtes.). Cuestionar ese derecho implica negar que un sujeto posee una dignidad mayor que la materia. Y ello afecta, no sólo al deudo que reclama, sino a la sociedad civil, que debe sentirse disminuida ante la desaparición de alguno de sus miembros; 'una sociedad sana no puede permitir que un individuo que ha formado parte de su propia sustancia, en la que ha impreso su marca, se pierda para siempre (Robert Hertz, "La muerte", Alianza Editorial Mexicana, 1990, p. 91). Es por ello que toda comunidad moral permite y protege la posibilidad del duelo, ya que a través de él 'se recobran las fuerzas, se vuelve a esperar y vivir. Se sale del duelo, y se sale de él gracias al duelo mismo' (E. Durkheim, "Las formas elementales de la vida religiosa", Madrid, Alianza Editorial, 1993 p. 630)". (Fallo Urteaga Facundo c/Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, Fallos 321:2767, Considerando 7, voto del Dr. Bossert).-

Este derecho a conocer el destino de las víctimas es una de las conquistas del humanismo ya que está estrictamente vinculado con la dignidad humana y su vulneración configuró en todos los tiempos la perpetración de una impiedad y nada puede impedir a los familiares de las víctimas conocer lo que aconteció con sus seres cercanos, lo que requiere el otorgamiento de los medios necesarios para que sea el propio Poder Judicial el que pueda emprender las investigaciones que sean necesarias.

El esclarecimiento de los hechos es fundamental para satisfacer el derecho a la verdad sobre personas desaparecidas de modo tal que, aún sin poder saber donde está el cuerpo de la víctima, permite morigerar el dolor de la incertidumbre y abrir la posibilidad de un duelo, obrando la justicia de los hombres como un modo de reparación, que, aunque imperfecto, opera como una sanación.-

Dentro de los derechos protegidos por la cláusula del art. 33 de nuestra Constitución Nacional se encuentra el derecho a conocer la verdad sobre personas desaparecidas. Este derecho lo titularizan quienes tienen vínculos jurídicos familiares. Sin embargo es un derecho que tiene una perspectiva colectiva porque concierne a la sociedad en su conjunto. Así lo sostiene la Comisión Interamericana de Derechos Humanos al afirmar que "el derecho a la verdad sobre los hechos, como obligación del Estado no es sólo con los familiares de las víctimas sino también con la sociedad y ha sido diseñado como sistema de protección capaz de garantizar la identificación y eventual sanción de los responsables y tiene un fin no sólo reparador y de esclarecimiento sino también de prevención de futuras violaciones" (Informe n° 25/98 casos 11.505, Chile, del 7 de abril de 1998, párr. 87 y 95 e Informe n° 136/99 caso 10.488 Ignacio Ellacuría y otros, El Salvador, del 22 de diciembre de 1999, párrs. 221 a 226" (Considerando 25 del voto del Dr. Boggiano en el Fallo "Simón, Julio Héctor y otros").

El derecho a la verdad ha sido reconocido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos desde el dictado de su primera sentencia donde sostuvo que "El deber de investigar hechos de este género subsiste mientras se mantenga la incertidumbre sobre la suerte final de la persona desaparecida. Incluso si en el supuesto de que circunstancias legítimas del orden jurídico interno no permitieran aplicar las sanciones correspondientes a quienes sean individualmente responsables de delitos de esta naturaleza, el derecho de los familiares de la víctima de conocer cuál fue el destino de ésta y, en su caso dónde se encuentran sus restos, representa una justa expectativa que el Estado debe satisfacer con los medios a su alcance" (Velásquez Rodríguez, sentencia del 29/07/1988, párr. 181) Y fue sostenido posteriormente en otros pronunciamientos. (caso Bámaca Velásquez, del 25/11/00, caso Barrios Altos del 14 de Marzo de 2001, caso Las Palmeras del 6/12/01).-

Que frente a un pasado dictatorial un Estado de Derecho no debe aspirar a "superarlo", "elaborarlo" o a cualquier otra estrategia que se traduzca en la búsqueda de un proceso más bien técnico como si el pasado pudiera "dominarse", solucionarse", "vencerse", "terminarse". Por el contrario, debe encaminarse a confrontarlo y en esa tarea la vigencia del derecho a la verdad cumple un rol protagónico. (Cfr. Sancinetti, Marcelo A. y Ferrante, Marcelo, El derecho penal en la protección de los derechos humanos, Hammurabi, Buenos Aires, 1999, p. 105-110).-

Por lo que se:

RESUELVE:

I) NO HACER LUGAR a las pretensiones de nulidades, falsos testimonios, exclusiones probatorias y prescripción planteadas por las partes, sin perjuicio de la estricta vigencia del principio de congruencia en los términos del marco acusatorio fijado por resolución de fecha 22 de noviembre de 2012, conforme se considera.-

II) CONSIGNAR en los casos de hechos por delitos sexuales los nombres de las víctimas por sus iniciales y RESERVAR en protocolo del Tribunal sus nombres completos, por aplicación de los estándares internacionales que regulan la materia y conforme Acordada 04/13 dictada por este Tribunal en los presentes autos.

III) CONDENAR a LUIS ORLANDO VARELA, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de PRISIÓN PERPETUA, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita (art. 210 del CP); ii) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis del C.P. según ley 14.616); iii) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de Adolfo MÉNDEZ BRANDER, Margarita LASKOWSKY y Enrique GODOY; autor mediato de los delitos de: (iv) Violación de domicilio (art. 151 del CP) de calle La Plata 1439, San Miguel de Tucumán en perjuicio de Luis Adolfo HOLMQUIST; de calle Mario Bravo N° 1170, Barrio Parque Centenario, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Ana Cristina CORRAL; del Pasaje Primero de Mayo N° 540, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de César Gustavo CAMPOPIANO; de calle Muñecas N° 660, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de MEDINA Celia Georgina; de calle Isabel La Católica altura 2800, en perjuicio de NIEVA Oscar René y de YACKEL Ernestina Teresa; de calle Lavandería s/n de la localidad de Santa Ana, en perjuicio de BARRIONUEVO Mario; de Pasaje Polonia n° 53 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de DÍAZ SARAVIA José Horacio y de GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes; de su vivienda de calle Empalme Ranchillos (Departamento Cruz Alta), en perjuicio de OSORES Carlos Raúl; de calle San Lorenzo n° 1.666 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de RONDOLETTO Pedro, CENADOR DE RONDOLETTO María, RONDOLETTO Silvia Margarita, RONDOLETTO Jorge Osvaldo y de BERMEJO DE RONDOLETTO Azucena; de Buena Vista, Departamento Simoca, en perjuicio de ARGAÑARAZ Rosario y ARGAÑARAZ Miguel Alberto; de calle Rondeau N° 178 de San Miguel de Tucumán en perjuicio de IRAMAIN María Trinidad; de su vivienda ubicada en Caspinchango (Departamento Monteros) en perjuicio de QUINTEROS René Manuel; de calle Monteagudo N° 2.800 en perjuicio de CORBALÁN Félix Viterbo; de calle Italia 547 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de JIMENEZ DE SOLDATI María Isabel; de calle Bulnes n° 216 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de BUSTAMANTE Juan Carlos; de su vivienda ubicada en Los Ralos, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de BERÓN Oscar Rafael; de calle Tucumán n° 53 de la localidad de Monteros, en perjuicio de MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso; de su vivienda ubicada en León Rougés (Departamento Monteros), en perjuicio de RODRIGUEZ Juan Faustino y RODRIGUEZ Pedro Ricardo; de calle Junín n° 925 de esta ciudad en perjuicio de PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles; de calle Callao n° 256, Tafí Viejo, en perjuicio de BARRIONUEVO Nemesio Humberto; de calle Marcos Paz N° 1.941, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de ALMERICO José; de su vivienda ubicada en la localidad de Santa Lucía, Departamento Monteros, en perjuicio de GÓMEZ Juan de Dios; de su vivienda ubicada en Santa Lucía, Departamento Monteros, en perjuicio de GODOY Enrique; de calle Constitución n° 356, Tafí Viejo, en perjuicio de DÍAZ Manuel Julio; de su vivienda de calle Leocadio Paz 3a cuadra del Ingenio San Juan, en perjuicio de DÍAZ Alberto; de su vivienda de calle Santiago altura 3.000 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de OLIVERA Manuel Eugenio; de calle Rivadavia n° 355 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de YAÑEZ Rafael Vitalino; de calle San Martín n° 1.328 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de SÁNCHEZ María Teresa; de avenida Roca n° 551 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de CANO José Antonio; de avenida Sáenz Peña n° 215, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de DEL CASTILLO Julio Arnaldo; de calle Ecuador n° 1.008 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de SÁNCHEZ Enrique Alberto; de calle Chiclana n° 426 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de FOCHI Gustavo Adolfo, de Bernabé Aráoz N° 925 de esta ciudad, en perjuicio de MORALES Reyes Humberto; de calle San Miguel n° 583 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de GONZÁLEZ Humberto Alfredo; de calle Mendoza n° 1.332 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de LORENZO LERMA Andrés Héctor; de su vivienda del Ingenio La Florida, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de CHAPARRO Santos Aurelio, de su vivienda del Ingenio La Florida, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de IÑÍGUEZ Gloria del Valle y BRIZUELA Ramón; de calle Pedro Méndez, Barrio La Cancha, Delfín Gallo, en perjuicio de CORONEL Alfredo Antonio; de su vivienda de La Florida, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de CARABAJAL Ercilia Dolores y HOYOS Blanca; de su vivienda en la ciudad de Concepción, en perjuicio de ALDERETE SORIA Alejandro Federico; de calle Marco Avellaneda n° 532 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de ALDERETE Víctor Fernando; de Manzana B, casa 18, Barrio 89 Viviendas, Santa Lucía, Tucumán, en perjuicio de QUINTEROS Juan Manuel; de calle Rivadavia n° 1.688 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica y ROMERO Antonio Raúl; de su vivienda ubicada en Frías Silva, Caspinchango, Departamento Monteros, en perjuicio de SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto y MONASTERIO Francisco Carlos; de Potrero Negro, Santa Lucía, en perjuicio de MOYANO María Candelaria; de su vivienda ubicada en las calles Alvear y Quintana de la localidad de Frías, Departamento Choya, Santiago del Estero, en perjuicio de HAZURÚN Teresita Cándida; de su vivienda de calle Júpiter s/n, Yerba Buena, en perjuicio de MENDEZ BRANDER Ángel Adolfo y de LASKOWSKI María Margarita; de Marcelo T. de Alvear 464 de la Capital Federal, en perjuicio de CANTOS Luis; (v) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis del C.P. según ley 14.616) y (vi) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14.616) en perjuicio de HOLMQUIST Luis Adolfo, FERNÁNDEZ Enrique Raúl, CORRAL Ana Cristina, CAMPOPIANO César Gustavo, MEDINA Celia Georgina, CAMPOPIANO Julio César, NIEVA Oscar René, YACKEL Ernestina Teresa; BARRIONUEVO Mario, BARRIONUEVO Antonia del Valle, DÍAZ SARAVIA José Horacio, GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes, OSORES Carlos Raúl, RONDOLETTO Pedro, CENADOR DE RONDOLETTO María, RONDOLETTOO Silvia Margarita, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, BERMEJO DE RONDOLETTO Azucena, GONZÁLEZ GALLO María Celestina, ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, IRAMAIN María Trinidad, QUINTEROS René Manuel, CORBALÁN Félix Viterbo, DÍAZ MACÍAS Enrique Gonzalo, AUGIER Alberto Argentino, JIMENEZ DE SOLDATI María Isabel, BUSTAMANTE Juan Carlos, BERÓN Oscar Rafael, SOSA DE REYNAGA Ana María, MANFREDI Ángel Vicente, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, FOTE Fortunato Leandro, MÁRQUEZ Damián Octavio, RODRIGUEZ Juan Faustino, RODRIGUEZ Pedro Ricardo, JUSTO Héctor Oscar, PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, ACUÑA Baltasar, BARRIONUEVO Nemesio Humberto, ALMERICO José, GÓMEZ Juan de Dios, DÍAZ Manuel Julio, ALARCON Rina Rosa, DÍAZ Alberto, OLIVERA Manuel Eugenio, FÜRTH Federico Adolfo, GIRIBALDI Osvaldo José Gregorio, FALÚ Luis Eduardo, GONZÁLEZ Hernán Eugenio, VACA RUBIO Raúl Alberto, RODRIGUEZ ROMÁN DE FIAD María Cristina, YAÑEZ Rafael Vitalino, SAFAROV Víctor Hugo, SÁNCHEZ María Teresa, ARCHETTI Armando, CANO José Antonio, DEL CASTILLO Julio Arnaldo, SÁNCHEZ Enrique Alberto, FOCHI Gustavo Adolfo, MORALES Reyes Humberto, LERNER Rodolfo Hugo, CARRERAS Juan Francisco, GONZÁLEZ Humberto Alfredo; LORENZO LERMA Andrés Héctor, PASTORI Juan Carlos, CRUZ Ernesto José Segundo, CHAPARRO Santos Aurelio, IÑÍGUEZ Gloria del Valle, BRIZUELA Ramón, CORONEL Alfredo Antonio, CARABAJAL Ercilia Dolores, HOYOS Blanca, ABAD Julio Ricardo, ALDERETE SORIA Alejandro Federico, ALDERETE Víctor Fernando, CAJAL Nora Alicia del Valle, FABIO Diana Elsa, QUINTEROS Juan Manuel, MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto, MONASTERIO Francisco Carlos, MOYANO María Candelaria, HAZURÚN Teresita Cándida, CANTOS Anabel Beatriz, CANTOS Luis, CANTOS Germán; (vii) Torturas seguidas de muerte (artículo 144 ter tercer párrafo del C.P., Ley 14616) en perjuicio de Julio César CAMPOPIANO, Juan de Dios GOMEZ, Enrique Gonzalo DIAZ MACIAS, Víctor SAFAROV, Humberto Alfredo GONZALEZ, Julio Ricardo ABAD y Ángel Adolfo MENDEZ BRANDER; DEL CASTILLO Julio Arnaldo; Gustavo Adolfo FOCCHI (viii) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio de HOLMQUIST Luis Adolfo, FERNÁNDEZ Enrique Raúl, CORRAL Ana Cristina, NIEVA Oscar René, BARRIONUEVO Mario, DÍAZ SARAVIA José Horacio, GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes, OSORES Carlos Raúl, RONDOLETTO Pedro, CENADOR DE RONDOLETTO María, RONDOLETTO Silvia Margarita, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, BERMEJO DE RONDOLETTO Azucena, GONZÁLEZ GALLO María Celestina, ARGAÑARAZ Rosario, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, IRAMAIN María Trinidad, CORBALÁN Félix Viterbo, JIMENEZ DE SOLDATI María Isabel, BERÓN Oscar Rafael, SOSA DE REYNAGA Ana María, MANFREDI Ángel Vicente, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, FOTE Fortunato Leandro, MÁRQUEZ Damián Octavio, RODRIGUEZ Juan Faustino, RODRIGUEZ Pedro Ricardo, BARRIONUEVO Nemesio Humberto, ALMERICO José, DÍAZ Manuel Julio, ALARCON Rina Rosa, FÜRTH Federico Adolfo, GIRIBALDI Osvaldo José Gregorio, FALÚ Luis Eduardo, GONZÁLEZ Hernán Eugenio, VACA RUBIO Raúl Alberto, YAÑEZ Rafael Vitalino, SÁNCHEZ María Teresa, ARCHETTI Armando, CANO José Antonio, SÁNCHEZ Enrique Alberto, MORALES Reyes Humberto, LERNER Rodolfo Hugo, CARRERAS Juan Francisco, PASTORI Juan Carlos, CORONEL Alfredo Antonio, CANTOS Anabel Beatriz, CANTOS Luis, CANTOS Germán; ix) Violación sexual agravada por haber sido cometida con el concurso de dos o más personas (artículos 119 y 122 del Código Penal según ley 11.221) en perjuicio de T.M.G.D.Z.; x) Abuso deshonesto agravado por haber sido cometido con el concurso de dos o más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221) en perjuicio de C.G.M.; partícipe necesario (art. 45 del C.P.) del delito de xi) Violación sexual (art. 119 del CP según ley 11.221 y 21.338) en perjuicio de G.V.I., N.C. y B.H.; y del delito de xii) Abuso deshonesto (art. 127 del CP según ley 11.221 y 21.338) en perjuicio de A.V.B., D.F. y M.I.J.S.; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera.-

IV) CONDENAR a ROBERTO HERIBERTO ALBORNOZ, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de PRISIÓN PERPETUA, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material de los delitos de: i) Violación de domicilio (artículo 151 del C.P.) de calle La Plata 1439, San Miguel de Tucumán en perjuicio de HOLMQUIST Luis Adolfo.; ii) Privación ilegítima de libertad (artículo 144 bis inciso 1° y 2° y último párrafo del C.P. según Ley 14.661) en perjuicio de CHEBAIA José Guetas, DÍAZ Francisco Rafael, EGLOFF Víctor y GALLARDO Alberto; RODRIGUEZ Juan Faustino, RODRIGUEZ Pedro Ricardo, CANO José Antonio, MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica, ROMERO Roberto; ROMERO Antonio Raúl y HOLMQUIST Luis A.; iii) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14.616) en perjuicio de MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica, ROMERO Antonio Raúl y HOLMQUIST Luis A.; CATIVA Juan Ignacio, ELIAS Raúl Edgardo, FOTE Juan Antonio y LAPETINA Miguel Antonio; y por ser autor mediato en la comisión de los delitos de: (iv) Violación de domicilio (art. 151 del CP) de calle Lavalle N° 3.354 de esta ciudad, en perjuicio de DÍAZ Francisco Rafael;de calle N° 6 José Hernández de la localidad de Villa Carmela, en perjuicio de COMAN Ricardo Aroldo y COMAN Ramón Antonio; de su vivienda ubicada en Cebil Redondo, San José, Yerba Buena en perjuicio de FOTE Juan Antonio; de calle Mendoza n° 1.340 de esta ciudad en perjuicio de GALLARDO Alberto Luis; de calle Alvear n° 490 de la ciudad de Santiago del Estero, en perjuicio de LESCANO Arturo Alberto; de su lugar de trabajo en el Sanatorio Ados ubicado en Mendoza al 100 de la ciudad de San Miguel de Tucumán en perjuicio de GEREZ Luis Román; de calle Uruguay n° 1.353 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de RABSIUM Olga del Valle y SESTO Lilia Estela; de calle José Colombres n° 63, de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de CURIA Gloria Constanza y CURIA Fernando Ramiro; de la vivienda de sus padres ubicada en Tafí Viejo, en perjuicio de VÉLIZ Raúl Andrés; de Av. Mate de Luna 3.921 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de CHEBAIA José Guetas; de calle Rivadavia n° 616 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de MACOR DE DÍAZ Susana, DÍAZ José Americo y DIAZ Juan Leandro Eudaldo; de la vivienda donde estaba trabajando en calle Rivadavia casi esquina pasaje Bertrés de esta ciudad en perjuicio de DÍAZ Daniel Alfredo; de su lugar de trabajo en la finca de Amado Juri en perjuicio de MENDEZ José Carlos; de calle Matheu n° 665 de esta ciudad, en perjuicio de RODRIGUEZ José Manuel; de su vivienda ubicada en Los Ralos, Tucumán, en perjuicio de PAZ Antonio Domingo; de su vivienda en la localidad de Manuela Pedraza, Departamento Simoca, Tucumán, en perjuicio de SOLDATI Carlos Severino; de su lugar de trabajo ubicado en calle San Juan al 800 de San Miguel de Tucumán en perjuicio de SOLDATI Berta María; de su vivienda ubicada de el Ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Juan Carlos; de la vivienda donde se encontraba en el ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Justo Francisco; de calle Marcos Paz n° 1.321 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de PEDREGOSA Dora María; de su vivienda en la localidad de Caspinchango, Departamento Monteros, Tucumán, en perjuicio de RACEDO José Inocencio y SANTOS OCHOA DE RACEDO Alcira; de calle Benjamín Paz n° 53 de San Miguel de Tucumán y del domicilio donde estaba trabajando en calle Laprida n° 213, en perjuicio de RODRIGUEZ Wilfredo; de calle Catamarca n° 386 de esta ciudad, en perjuicio de VILLEGAS Jorge y VILLEGAS Aida Ines; de calle Florida n° 511 de Villa Alem, en perjuicio de SILVA María Esther; de Avenida Belgrano n° 2.550, Dpto. 12, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de SOTO Carlos Antonio; de su vivienda en el Ingenio San Juan, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de TULA Miguel Segundo; de calle Matienzo n° 863 de esta ciudad, en perjuicio de TULA Héctor Gerardo; de calle Buenos Aires n° 671, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de PONCE Humberto Rubén; de su vivienda en calle Perú s/n, ex Ingenio San José, Cebil Redondo, Yerba Buena, en perjuicio de ARGÜELLO Yolanda Esther; de su vivienda en calle Reconquista n° 410 de Tafí Viejo, en perjuicio de BARRIONUEVO María Tránsito; de Colonia 5 de Luisiana, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de ROMERO Raúl Rene y VALENZUELA Roberto; de su vivienda en Estación Pacará, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de BAZÁN DE ROMERO María del Valle y ROMERO Reyes Alcario; de calle Colón n° 835 de la ciudad de Concepción, en perjuicio de JIMENEZ Carlos Oscar; de calle Monteagudo n° 42 de la localidad de Monteros, Tucumán, en perjuicio de CORROTO Pedro Guillermo; de su vivienda en calle Gral. Heredia, localidad de Concepción, en perjuicio de CISTERNA Pastor Roberto y CISTERNA DE BULACIO María; de calle Laprida n° 110 Piso 5° Dpto. "C", San Miguel Tucumán, en perjuicio de COSSIO Ana María; de calle San Martín n° 2.728 de esta ciudad, en perjuicio de EGLOFF Víctor Felipe; de Calle 16, n° 134 de la localidad de El Manantial, Tucumán, en perjuicio de DÍAZ Manuela Margarita; de avenida Juan B. Justo n° 1.451 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de SOMAINI Ricardo Daniel; de su vivienda en Amaicha del Llano (paraje llamado Km. 1.240), en perjuicio de LAZARTE Francisco Eudoro; de su vivienda en calles Pringles y Peñaloza en la localidad de Yerba Buena, en perjuicio de SANTILLAN Gustavo Raúl; de calle 25 de mayo al 100 de Banda de Río Salí, Departamento Cruz Alta, Tucumán, en perjuicio de ROJAS José Dalmiro y ROJAS Luis; de calle Italia n° 2.768 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de PONCE Horacio Marcelo; de su vivienda en la localidad de Delfín Gallo, Departamento Cruz Alta de la provincia de Tucumán, en perjuicio de ROMANO Domingo Nicolás; de calle San Luis n° 249 de San Miguel de Tucumán en perjuicio de BIANCHI Ramón Oscar; (v) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis ley 14.616) en perjuicio de DÍAZ Francisco Rafael (h); COMAN Ramón Antonio; COMAN Ricardo Aroldo; FOTE Juan Antonio; LESCANO Arturo Alberto; DÍAZ Daniel Alfredo; GEREZ Luis Román; ALARCON Justo Agustín (h); CHAMAS José Rafael; ANDRADA Juan Carlos; PETAROSSI Carlos Ernesto; QUINTEROS DE VIECHO, Rosa; MIÑO Juan Alberto; ARAUJO Eduardo Cesar; MOREIRA Victor Raúl; CURIA Gloria Constanza; CURIA Fernando Ramiro; BRITO Pablo Benito; VÉLIZ Raúl Andrés; CALABRO Elda Leonor; CENTURION Javier Hipólito; MACOR DE DÍAZ Susana; DÍAZ Juan Leandro Eudaldo; DÍAZ José Americo; CARRIZO Juan Manuel; ELIAS Raúl Edgardo; MENDÉZ José Carlos; LAPETINA Miguel Antonio; ELIAS Victor Hugo; RODRIGUEZ José Manuel; PALACIO Angélica Margarita; PAZ Antonio Domingo; TARTALO Manuel Antonio; SOLDATI Berta María; SOLDATI Carlos Severino; CARBALLO Juan Pablo; OLEA Miguel Angel; ONTIVERO Juan Carlos; ONTIVERO Justo Francisco; NAVARRO Salvador Leocadio; GALLARDO Carlos María; PEDREGOSA Dora María; RACEDO José Inocencio; SANTOS OCHOA DE RACEDO Alcira; ALARCON Pedro Antonio; RODRIGUEZ Wilfredo; VILLEGAS Jorge; VILLEGAS Aida Ines; SILVA María Esther; SOTO Carlos Antonio; TULA Miguel Segundo; TULA Hector Gerardo; TARTALO Rubén Lindor; TOLEDO María del Pilar ; DI LORENZO Juan Carlos; ADRISS Ismael; PONCE Humberto Rubén; LOPEZ DE AGÜERO Estela Josefina; AGÜERO José Gabriel; ARGÜELLO Yolanda Esther; BARRIONUEVO María Tránsito; ROMERO Raúl Rene; ROMERO REYES Alcario; VALENZUELA Roberto; SOSA DE FORTI Nélida Azucena; CERVIÑO Pedro Antonio; CERVIÑO José Ramón; CAMPOS Enrique Aurelio; BEJAS María Cristina; PEREYRA Matías Claudio; CHAMATROPULOS Demetrio Angel; JIMENEZ Carlos Oscar; CORREA Fidel Emilio; CORROTO Pedro Guillermo; CISTERNA Pastor Roberto; CISTERNA DE BULACIO María; COSSIO Ana María; IBAÑEZ Luisa Ana; QUINTEROS Wenceslao; DÍAZ Manuela Margarita; RODRIGUEZ Juan Angel; SOMAINI Ricardo Daniel; LAZARTE Francisco Eudoro;SANTILLAN Gustavo Raúl; CASTRO Juan Carlos; BURDISSO Alicia Raquel; PARRILE DE SALINAS Silvana;SALINAS Ricardo Luis; ROJAS José Dalmiro; ROJAS Luis; OJEDA SIERRA José Eduardo; PONCE Horacio Marcelo; ROMANO Domingo Nicolás; CATIVA Juan Ignacio; OLIVA Josefa Nicolaza; BIANCHI Ramón Oscar; vi) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de DÍAZ Francisco Rafael; DÍAZ Francisco Rafael (h); COMAN Ramón Antonio; COMAN Ricardo Aroldo; LESCANO Arturo Alberto; DÍAZ Daniel Alfredo; GEREZ Luis Román; ALARCON Justo Agustín (h); CHAMAS José Rafael; ANDRADA Juan Carlos; PETAROSSI Carlos Ernesto; QUINTEROS DE VIECHO Rosa; MIÑO Juan Alberto; ARAUJO Eduardo Cesar; MOREIRA Victor Raúl; CURIA Gloria Constanza; CURIA Fernando Ramiro; BRITO Pablo Benito; VÉLIZ Raúl Andrés; CHEBAIA José Guetas; CALABRO Elda Leonor; CENTURION Javier Hipólito; MACOR DE DÍAZ Susana; DÍAZ Juan Leandro Eudaldo; DÍAZ José Americo; CARRIZO Juan Manuel; ELIAS Víctor Hugo; RODRIGUEZ José Manuel; PALACIO Angélica Margarita; PAZ Antonio Domingo; TARTALO Manuel Antonio; SOLDATI Berta María; SOLDATI Carlos Severino; CARBALLO Juan Pablo; OLEA Miguel Angel; ONTIVERO Juan Carlos; ONTIVERO Justo Francisco; NAVARRO Salvador Leocadio; GALLARDO Carlos María; PEDREGOSA Dora María; RACEDO José Inocencio; SANTOS OCHOA DE RACEDO Alcira; ALARCON Pedro Antonio; RODRIGUEZ Wilfredo; VILLEGAS Jorge; VILLEGAS Aida Ines; SILVA María Esther, SOTO Carlos Antonio; TULA Miguel Segundo; TULA Héctor Gerardo; TARTALO Rubén Lindor ; TOLEDO María del Pilar; DI LORENZO Juan Carlos; ADRISS Ismael; PONCE Humberto Rubén; LOPEZ DE AGÜERO Estela Josefina; AGÜERO José Gabriel; ARGÜELLO Yolanda Esther; BARRIONUEVO María Tránsito; ROMERO Raúl Rene; BAZÁN DE ROMERO María del Valle; ROMERO Reyes Alcario; VALENZUELA Roberto; SOSA DE FORTI Nélida Azucena; CERVIÑO Pedro Antonio; CERVIÑO José Ramón; CAMPOS Enrique Aurelio; BEJAS María Cristina; PEREYRA Matías Claudio; CHAMATROPULOS Demetrio Angel; JIMENEZ Carlos Oscar; CORREA Fidel Emilio; CORROTO Pedro Guillermo; CISTERNA Pastor Roberto; CISTERNA DE BULACIO María; COSSIO Ana María; EGLOFF Víctor Felipe; IBAÑEZ Luisa Ana; QUINTEROS Wenceslao; DÍAZ Manuela Margarita; RODRIGUEZ Juan Angel; SOMAINI Ricardo Daniel; LAZARTE Francisco Eudoro; SANTILLAN Gustavo Raúl; CASTRO Juan Carlos; BURDISSO Alicia Raquel; PARRILE DE SALINAS Silvana; SALINAS Ricardo Luis; ROJAS José Dalmiro; ROJAS Luis; OJEDA SIERRA José Eduardo; PONCE Horacio Marcelo; ROMANO Domingo Nicolás; BIANCHI Ramón Oscar; (vii) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P. según Ley 21.338) en perjuicio de LESCANO Arturo Alberto; GEREZ Luis Román; ALARCON Justo Agustín (h); CHAMAS José Rafael; ANDRADA Juan Carlos; QUINTEROS DE VIECHO Rosa; ARAUJO Eduardo Cesar; RABSIUM Olga del Valle; SESTO Lilia Estela; MOREIRA Victor Raúl; CURIA Gloria Constanza; CURIA Fernando Ramiro; CHEBAIA José Guetas; CALABRO Elda Leonor; CENTURION Javier Hipólito; MACOR DE DÍAZ Susana; DÍAZ Juan Leandro Eudaldo; DÍAZ José Americo; CARRIZO Juan Manuel; ELIAS Víctor Hugo; RODRIGUEZ José Manuel; PAZ Antonio Domingo; TARTALO Manuel Antonio; SOLDATI Berta María; ONTIVERO Juan Carlos; RACEDO José Inocencio; SANTOS OCHOA DE RACEDO Alcira; ALARCON Pedro Antonio; VILLEGAS Jorge; VILLEGAS Aida Ines; SILVA María Esther; TULA Miguel Segundo; TULA Héctor Gerardo; TARTALO Rubén Lindor; TOLEDO María del Pilar; DI LORENZO Juan Carlos; ADRISS Ismael; PONCE Humberto Rubén; LOPEZ DE AGÜERO Estela Josefina; AGÜERO José Gabriel; ARGÜELLO Yolanda Esther; BARRIONUEVO María Tránsito; ROMERO Raúl Rene; ROMERO Reyes Alcario; VALENZUELA Roberto Lucio; SOSA DE FORTI Nélida Azucena; CAMPOS, Enrique Aurelio; BEJAS, María Cristina; PEREYRA, Matías Claudio; JIMENEZ, Carlos Oscar; CORROTO, Pedro Guillermo; CISTERNA, Pastor Roberto; CISTERNA de BULACIO María; EGLOFF Victor Felipe; IBAÑEZ Luisa Ana; QUINTEROS, Wenceslao; DÍAZ Manuela Margarita; SOMAINI Ricardo Daniel;SANTILLAN Gustavo Raúl; CASTRO Juan Carlos; BURDISSO Alicia Raquel; PARRILE de SALINAS Silvana;SALINAS Ricardo Luis; DÍAZ Francisco Rafael (h); ROJAS José Dalmiro; ROJAS Luis; OJEDA SIERRA, José Eduardo; PONCE Horacio Marcelo; ROMANO Domingo Nicolás; Ramón Oscar BIANCHI; HOLMQUIST Luis A.; viii) Abuso deshonesto agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221) en perjuicio de E.L.C.; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera.-

V) CONDENAR a RICARDO OSCAR SÁNCHEZ, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de PRISIÓN PERPETUA, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material de los delitos de i) Asociación ilícita (art. 210 del C.P); ii) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis ley 14.616) en perjuicio de CENTURION Javier Hipólito, CISTERNA Pastor Roberto y CISTERNA de BULACIO María (Exptes. N° 401774/04 y N° 400783/07); y por ser partícipe necesario (art. 45 del C.P.) en la comisión de los delitos de (iii) Violación de domicilio (art. 151 del C.P.) de calle Lavalle N° 3.354 de esta ciudad en perjuicio de: DÍAZ Francisco Rafael; de de calle N° 6 José Hernández de la localidad de Villa Carmela, en perjuicio de COMAN Ramón Antonio y COMAN Ricardo Aroldo; de calle Mendoza n° 1.340 de esta ciudad en perjuicio de GALLARDO, Alberto Luis; calle Alvear n° 490 de la ciudad de Santiago del Estero, en perjuicio de LESCANO, Arturo Alberto; DÍAZ Daniel Alfredo; de su lugar de trabajo en el Sanatorio Ados ubicado en Mendoza al 100 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de GEREZ Luis Román; de calle Uruguay n° 1.353 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de RABSIUM Olga del Valle y SESTO Lilia Estela; de calle José Colombres n° 63, de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de CURIA Gloria Constanza y CURIA Fernando Ramiro; ; de casa de sus padres en Tafí Viejo, en perjuicio de VÉLIZ Raúl Andrés; de Av. Mate de Luna 3.921 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de CHEBAIA José Guetas; de calle Rivadavia n° 616 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de MACOR DE DÍAZ Susana, DÍAZ José Americo y DIAZ Juan Leandro Eudaldo; de la vivienda donde se encontraba trabajando de calle Rivadavia casi esquina pasaje Berthés de esta ciudad, en perjuicio de DÍAZ DANIEL ALFREDO; de calle Matheu n° 665 de esta ciudad, en perjuicio de RODRIGUEZ José Manuel; de Los Ralos, Tucumán, en perjuicio de PAZ Antonio Domingo; de la localidad de Manuela Pedraza, Departamento Simoca, Tucumán, en perjuicio de SOLDATI Carlos Severino; de el Ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Juan Carlos; del pueblo Ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Justo Francisco; de calle Marcos Paz n° 1.321 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de PEDREGOSA Dora María; de localidad de Caspinchango, Departamento Monteros, Tucumán, en perjuicio de RACEDO José Inocencio y SANTOS OCHOA DE RACEDO Alcira; de calle Benjamín Paz n° 53 de San Miguel de Tucumán y de la vivienda donde trabajaba de calle Laprida n° 213, en perjuicio de RODRIGUEZ Wilfredo; de calle Catamarca n° 386 de esta ciudad, en perjuicio de VILLEGAS Jorge y VILLEGAS Aida Ines; de calle Florida n° 511 de Villa Alem, en perjuicio de SILVA María Esther; de Avenida Belgrano n° 2.550, Dpto. 12, de esta ciudad de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de SOTO Carlos Antonio; de su vivienda del Ingenio San Juan, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de TULA Miguel Segundo; de calle Matienzo n° 863 de esta ciudad, en perjuicio de TULA Héctor Gerardo; de calle Buenos Aires n° 671 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de PONCE Humberto Rubén; de calle Perú s/n, ex Ingenio San José, Cebil Redondo, Departamento Yerba Buena, en perjuicio de ARGÜELLO Yolanda Esther; de calle Reconquista n° 410 de Tafí Viejo, en perjuicio de BARRIONUEVO María Tránsito; de Colonia 5 de Luisiana, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de ROMERO Raúl Rene y VALENZUELA Roberto; de su vivienda de Estación Pacará, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de BAZÁN DE ROMERO María del Valle y ROMERO Reyes Alcario; de calle Colón n° 835 de la ciudad de Concepción; JIMENEZ, Carlos Oscar; de calle Monteagudo n° 42 de la localidad de Monteros, Tucumán, en perjuicio de CORROTO Pedro Guillermo; de calle Gral. Heredia, de la localidad de Concepción, en perjuicio de CISTERNA Pastor Roberto y CISTERNA DE BULACIO María; de calle Laprida n° 110 Piso 5° Dpto. "C" de San Miguel Tucumán, en perjuicio de COSSIO Ana María; de calle San Martín n° 2.728 de esta ciudad, en perjuicio de EGLOFF Víctor Felipe; de Calle 16, n° 134 de la localidad de El Manantial, Tucumán, en perjuicio de DÍAZ Manuela Margarita; de avenida Juan B. Justo n° 1.451 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de SOMAINI Ricardo Daniel; de su vivienda de Amaicha del Llano (paraje llamado Km. 1.240), en perjuicio de LAZARTE Francisco Eudoro; de su vivienda de calles Pringles y Peñaloza en la localidad de Yerba Buena, en perjuicio de SANTILLAN Gustavo Raúl; de calle 25 de mayo al 100 de Banda de Río Salí, Departamento Cruz Alta, Tucumán, en perjuicio de ROJAS José Dalmiro y ROJAS Luis; de calle Italia n° 2.768 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de PONCE Horacio Marcelo; de la localidad de Delfín Gallo, Departamento Cruz Alta de la provincia de Tucumán, en perjuicio de ROMANO Domingo Nicolás; de su lugar de trabajo en el Ingenio Ñuñorco, de la localidad de Monteros, en perjuicio de RODRIGUEZ, Juan Angel; (iv) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis ley 14.616) en perjuicio de DÍAZ, Francisco Rafael; COMAN, Ricardo Aroldo; GALLARDO Alberto Luis; LESCANO Arturo Alberto; DÍAZ, Daniel Alfredo; GEREZ, Luis Román; ALARCON Pedro Antonio; ALARCON, Justo Agustín (h); CHAMAS José Rafael; ANDRADA, Juan Carlos; PETAROSSI, Carlos Ernesto; QUINTEROS de Viecho, Rosa; MIÑO, Juan Alberto; ARAUJO, Eduardo Cesar; MOREIRA, Victor Raúl; CURIA, Gloria Constanza; CURIA, Fernando Ramiro; BRITO, Pablo Benito; VÉLIZ, Raúl Andrés; CHEBAIA, José Guetas; CALABRO, Elda Leonor; MACOR de DÍAZ, Susana; DÍAZ, Juan Leandro Eudaldo; DÍAZ, José Américo; CARRIZO, Juan Manuel; ELIAS, Raúl Edgardo; MÉNDEZ, José Carlos; LAPETINA, Miguel Antonio; ELIAS, Victor Hugo; RODRIGUEZ, José Manuel; PALACIO, Angelica Margarita; PAZ, Antonio Domingo; TARTALO, Manuel Antonio; SOLDATI, Berta María; SOLDATI, Carlos Severino; CARBALLO, Juan Pablo; OLEA, Miguel Ángel; ONTIVERO, Juan Carlos; ONTIVERO, Justo Francisco; NAVARRO, Salvador Leocadio; GALLARDO, Carlos María; PEDREGOSA, Dora María; RACEDO, José Inocencio; SANTOS OCHOA DE RACEDO Alcira; RODRIGUEZ, Wilfredo; VILLEGAS Jorge; VILLEGAS Aida Ines; Silva, María Esther; SOTO, Carlos Antonio; TULA, Miguel Segundo; TULA, Hector Gerardo; TARTALO, Rubén Lindor; TOLEDO María del Pilar; DI LORENZO, Juan Carlos; ADRISS, Ismael; PONCE, Humberto Rubén; LOPEZ DE AGÜERO, Estela Josefina; AGÜERO, José Gabriel; ARGUELLO, Yolanda Esther; BARRIONUEVO, María Tránsito; ROMERO, Raúl Rene; ROMERO, Reyes Alcario; VALENZUELA, Roberto; BAZÁN DE ROMERO María del Valle; SOSA DE FORTI, Nélida Azucena; CERVIÑO, Pedro Antonio; CERVIÑO, José Ramón; CAMPOS, Enrique Aurelio; BEJAS, María Cristina; PEREYRA, Matías Claudio; CHAMATROPULOS, Demetrio Angel; JIMENEZ, Carlos Oscar; CORREA, Fidel Emilio; CORROTO, Pedro Guillermo; COSSIO, Ana María; EGLOFF, Victor Felipe; IBAÑEZ, Luisa Ana; QUINTEROS, Wenceslao; DÍAZ, Manuela Margarita; RODRIGUEZ, Juan Angel; SOMAINI, Ricardo Daniel; LAZARTE, Francisco Eudoro; SANTILLAN, Gustavo Raúl; CASTRO, Juan Carlos; BURDISSO, Alicia Raquel; PARRILE de SALINAS, Silvana; SALINAS, Ricardo Luis; ROJAS, José Dalmiro; ROJAS, Luis OJEDA SIERRA, José Eduardo; PONCE, Horacio Marcelo; ROMANO, Domingo Nicolás; v)Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14.616) en perjuicio de DÍAZ, Francisco Rafael; COMAN, Ricardo Aroldo; GALLARDO, Alberto Luis; LESCANO, Arturo Alberto; DÍAZ, Daniel Alfredo; GEREZ, Luis Román; ALARCON, Justo Agustín; CHAMAS, José Rafael; ANDRADA, Juan Carlos; QUINTEROS DE VIECHO Rosa del Carmen; MIÑO, Juan Alberto; ARAUJO, Eduardo César; MOREIRA, Víctor Raúl; CURIA, Gloria Constanza; CURIA Fernando Ramiro; BRITO Pablo Benito; VÉLIZ, Raúl Andrés; CHEBAIA José Guetas; CALABRÓ, Elda Leonor; CENTURION, Javier Hipólito; MACOR DE DÍAZ, Susana; DÍAZ, Juan Leandro Eudaldo; DÍAZ, José Américo; CARRIZO, Juan Manuel; ELIAS, Raúl Edgardo; MÉNDEZ, José Carlos; LAPETINA, Miguel Antonio; ELIAS, Víctor Hugo; RODRÍGUEZ, José Manuel; PALACIO, Angélica Margarita; PAZ Antonio Domingo; TARTALO, Manuel Antonio; SOLDATI, Berta María; SOLDATI Carlos Severino; CARBALLO, Juan Pablo; OLEA Miguel Ángel; ONTIVERO Juan Carlos; ONTIVERO, Justo Francisco; NAVARRO, Salvador Leocadio; GALLARDO, Carlos María; PEDREGOSA, Dora María; RACEDO, José Inocencio; SANTOS OCHOA DE RACEDO, Alcira; ALARCÓN, Pedro Antonio; RODRÍGUEZ, Wilfredo; VILLEGAS, Jorge; VILLEGAS, Aída Ines; SILVA, María Esther; SOTO, Carlos Antonio; TULA, Miguel Segundo; TULA, Héctor Gerardo; TÁRTALO, Rubén Lindor; TOLEDO, María del Pilar; DI LORENZO, Juan Carlos; ADRISS, Ismael; PONCE, Humberto Rubén; LOPEZ DE AGÜERO, Estela Josefina; AGÜERO, José Gabriel; Argüello, Yolanda Esther; BARRIONUEVO, María Tránsito; ROMERO, Raúl Rene; BAZÁN DE ROMERO, María del Valle; ROMERO, Reyes Alcario; VALENZUELA, Lucio Roberto; SOSA DE FORTI, Nélida Azucena; CERVIÑO, Pedro Antonio; CERVIÑO, José Ramón; CAMPOS, Enrique Aurelio; BEJAS, María Cristina; PEREYRA, Matías Claudio; CHAMATRÓPULOS, Demetrio Ángel; JIMÉNEZ, Carlos Oscar; CORREA, Fidel Emilio; CORROTO, Pedro Guillermo; CISTERNA, Pastor Roberto; CISTERNA DE BULACIO, María; COSSIO, Ana María; EGLOFF, Víctor Felipe; IBAÑEZ, Luisa Ana; QUINTEROS, Wenceslao; DÍAZ, Manuela Margarita; RODRÍGUEZ, Juan Ángel; SOMAINI, Ricardo Daniel; LAZARTE, Francisco Eudoro; SANTILLAN, Gustavo Raúl; CASTRO, Juan Carlos; BURDISSO, Alicia Raquel; PARRILE DE SALINAS, Silvana; SALINAS, Ricardo Luis; ROJAS, José Dalmiro; ROJAS, Luis; OJEDA SIERRA, José Eduardo; PONCE, Horacio Marcelo; ROMANO, Domingo Nicolás; (vi) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio de LESCANO, Arturo Alberto; GEREZ, Luis Román; ALARCON, Justo Agustín (h); CHAMAS, José Rafael; Andrada, Juan Carlos; QUINTEROS de Viecho, Rosa; ARAUJO, Eduardo Cesar; RABSIUM Olga del Valle; SESTO, Lilia Estela; MOREIRA, Victor Raúl; CURIA, Gloria Constanza; CURIA, Fernando Ramiro; CHEBAIA, José Guetas; CALABRO, Elda Leonor; CENTURION, Javier Hipólito; Macor de DÍAZ, Susana; DÍAZ, Juan Leandro Eudaldo; DÍAZ, José Americo; CARRIZO, Juan Manuel; ELIAS, Victor Hugo; RODRIGUEZ, José Manuel; PAZ, Antonio Domingo; TARTALO, Manuel Antonio; SOLDATI, Berta; ONTIVERO, Juan Carlos; Racedo, José Inocencio; SANTOS OCHOA DE RACEDO, Alcira; ALARCON Pedro Antonio; VILLEGAS Jorge; VILLEGAS Aida Ines; Silva, María Esther; TULA, Miguel Segundo; TULA, Héctor Gerardo; TARTALO, Rubén Lindor; TOLEDO María del Pilar; Di Lorenzo Juan Carlos; ADRISS, Ismael; PONCE, Humberto Rubén LOPEZ DE AGÜERO, Estela Josefina; AGÜERO, José Gabriel; Argüello, Yolanda Esther; BARRIONUEVO, María Tránsito; ROMERO, Raúl Rene; ROMERO, Reyes Alcario; VALENZUELA, Roberto; SOSA DE FORTI, Nélida Azucena; CAMPOS, Enrique Aurelio; BEJAS, María Cristina; PEREYRA, Matías Claudio; JIMENEZ, Carlos Oscar; CORROTO, Pedro Guillermo; CISTERNA, Pastor Roberto; CISTERNA de BULACIO, María; EGLOFF, Victor Felipe; IBAÑEZ, Luisa Ana; QUINTEROS, Wenceslao; DÍAZ, Manuela Margarita; SOMAINI, Ricardo Daniel; SANTILLAN, Gustavo Raúl; CASTRO, Juan Carlos; BURDISSO, Alicia Raquel; PARRILE de SALINAS, Silvana;SALINAS, Ricardo Luis; ROJAS, José Dalmiro; ROJAS, Luis; OJEDA SIERRA, José Eduardo; PONCE, Horacio Marcelo; ROMANO, Domingo Nicolás; y partícipe necesario (art. 45 C.P.) del delito de vii) Abuso deshonesto agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221) en perjuicio de E.L.C; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal), calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera.

VI) CONDENAR a LUIS ARMANDO DE CANDIDO, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de PRISIÓN PERPETUA, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) Privación ilegítima de la libertad (art. 144 bis del C.P. según Ley 14.616) en perjuicio de Eduardo César ARAUJO y de Raúl Edgardo ELÍAS; y ii) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de Raúl Edgardo ELIAS; como partícipe necesario (art. 45 del C.P.) de los delitos de: (iii) Violación de domicilio (art. 151 del C.P.) en perjuicio de: de calle Lavalle N° 3.354 de esta ciudad, en perjuicio de DÍAZ Francisco Rafael; de calle N° 6 José Hernández de la localidad de Villa Carmela, en perjuicio de COMAN Ricardo Aroldo y COMAN Ramón Antonio; de calle Alvear n° 490 de la ciudad de Santiago del Estero, en perjuicio de LESCANO Arturo Alberto; de la vivienda donde se encontraba trabajando de calle Rivadavia casi esquina pasaje Berthés de esta ciudad en perjuicio de DÍAZ Daniel; de su lugar de trabajo en el Sanatorio Ados ubicado en Mendoza al 100 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de GEREZ Luis Román; de calle Uruguay n° 1.353 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de RABSIUM Olga del Valle y SESTO Lilia Estela; de calle José Colombres n° 63, de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de CURIA Gloria Constanza y CURIA Fernando Ramiro; de la vivienda de sus padres ubicada en Tafí Viejo, en perjuicio de VÉLIZ Raúl Andrés; de Av. Mate de Luna 3.921 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de CHEBAIA, José Guetas ; de calle Rivadavia n° 616 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de MACOR DE DÍAZ Susana, DÍAZ José Americo; ELIAS, Raúl Edgardo; LAPETINA, Miguel Antonio; de calle Matheu n° 665 de esta ciudad, en perjuicio de RODRIGUEZ José Manuel; de su vivienda ubicada en Los Ralos, Tucumán, en perjuicio de PAZ Antonio Domingo; de su vivienda en la localidad de Manuela Pedraza, Departamento Simoca, Tucumán, en perjuicio de SOLDATI Carlos Severino; de su vivienda ubicada de el Ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Juan Carlos; de la vivienda donde se encontraba en el ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Justo Francisco (15 años); de calle Marcos Paz n° 1.321 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de PEDREGOSA Dora María; de localidad de Caspinchango, Departamento Monteros, Tucumán, en perjuicio de RACEDO José Inocencio y SANTOS OCHOA DE RACEDO Alcira; de calle Benjamín Paz n° 53 de San Miguel de Tucumán y de calle Laprida n° 213 domicilio laboral donde es detenido, en perjuicio de RODRIGUEZ Wilfredo; de calle Catamarca n° 386 de esta ciudad, en perjuicio de VILLEGAS Jorge y VILLEGAS Aida Ines; de calle Florida n° 511 de Villa Alem, en perjuicio de SILVA María Esther; de Avenida Belgrano n° 2.550, Dpto. 12, de esta ciudad de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de SOTO Carlos Antonio; de su vivienda en el Ingenio San Juan, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de TULA Miguel Segundo; de calle Matienzo n° 863 de esta ciudad, en perjuicio de TULA Héctor Gerardo; de calle Buenos Aires n° 671, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de PONCE Humberto Rubén; de su vivienda en calle Perú s/n, ex Ingenio San José, Cebil Redondo, Departamento Yerba Buena, en perjuicio de ARGÜELLO Yolanda Esther; de calle Reconquista n° 410 de Tafí Viejo, en perjuicio de BARRIONUEVO María Tránsito; de Colonia 5 de Luisiana, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de ROMERO Raúl Rene y VALENZUELA Roberto; de su vivienda en Estación Pacará, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de BAZÁN DE ROMERO María del Valle y ROMERO Reyes Alcario; de calle Colón n° 835 de la ciudad de Concepción, en perjuicio de JIMENEZ Carlos Oscar; de calle Monteagudo n° 42 de la localidad de Monteros, Tucumán, en perjuicio de CORROTO Pedro Guillermo; de calle Gral. Heredia, de la localidad de Concepción, en perjuicio de CISTERNA Pastor Roberto y CISTERNA DE BULACIO María; de calle Laprida n° 110 Piso 5° Dpto. "C" de San Miguel Tucumán, en perjuicio de COSSIO Ana María; de calle San Martín n° 2.728 de esta ciudad, en perjuicio de EGLOFF Víctor Felipe;; de avenida Juan B. Justo n° 1.451 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de SOMAINI Ricardo Daniel; de su vivienda en Amaicha del Llano (paraje llamado Km. 1.240), en perjuicio de LAZARTE Francisco Eudoro; de su vivienda en calles Pringles y Peñaloza en la localidad de Yerba Buena, en perjuicio de SANTILLAN Gustavo Raúl; de calle 25 de mayo al 100 de Banda de Río Salí, Departamento Cruz Alta, Tucumán, en perjuicio de ROJAS José Dalmiro y ROJAS Luis; del Ingenio Ñuñorco, de la localidad de Monteros donde se encontraba trabajando, en perjuicio de RODRIGUEZ, Juan Ángel; de calle Italia n° 2.768 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de PONCE Horacio Marcelo; (iv) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis del C.P. según ley 14.616) en perjuicio de DÍAZ, Francisco Rafael; COMAN, Ricardo Aroldo; LESCANO, Arturo Alberto; DÍAZ, Daniel Alfredo; GEREZ, Luis Román; ALARCÓN Pedro Antonio; ALARCÓN, Justo Agustín (h); CHAMAS, José Rafael; ANDRADA, Juan Carlos;; QUINTEROS DE VIECHO, Rosa del Carmen; MIÑO, Juan Alberto; MOREIRA, Victor Raúl; CURIA, Gloria Constanza; CURIA, Fernando Ramiro; BRITO, Pablo Benito; VÉLIZ Raúl Andrés; CHEBAIA, José Guetas; CALABRO, Elda Leonor; CENTURION, Javier Hipólito; Macor de DÍAZ, Susana; DÍAZ, Juan Leandro Eudaldo; DÍAZ, José Americo; CARRIZO, Juan Manuel; MÉNDEZ, José Carlos; LAPETINA, Miguel Antonio; ELÍAS, Victor Hugo; RODRIGUEZ, José Manuel; PALACIO, Angélica Margarita; PAZ, Antonio Domingo; TÁRTALO, Manuel Antonio; SOLDATI, Berta María; SOLDATI, Carlos Severino; CARBALLO, Juan Pablo; OLEA, Miguel Angel; ONTIVERO, Juan Carlos; ONTIVERO, Justo Francisco; NAVARRO, Salvador Leocadio; GALLARDO, Carlos María; PEDREGOSA, Dora María; Racedo, José Inocencio; SANTOS OCHOA DE RACEDO Alcira; RODRIGUEZ, Wilfredo; VILLEGAS Jorge; VILLEGAS Aída Ines; SILVA, María Esther; SOTO, Carlos Antonio; TULA, Miguel Segundo; TULA, Hector Gerardo; TÁRTALO, Rubén Lindor; TOLEDO María del Pilar ; DI LORENZO Juan Carlos; ADRISS, Ismael; PONCE, Humberto Rubén; LOPEZ DE AGÜERO, Estela Josefina; AGÜERO, José Gabriel; Argüello, Yolanda Esther; BARRIONUEVO, María Tránsito; ROMERO, Raúl Rene; ROMERO, Reyes Alcario; VALENZUELA, Roberto Lucio; SOSA DE FORTI, Nélida Azucena; CERVIÑO, Pedro Antonio; CERVIÑO, José Ramón; CAMPOS, Enrique Aurelio; BEJAS, María Cristina; PEREYRA, Matías Claudio; CHAMATROPULOS, Demetrio Angel; JIMENEZ, Carlos Oscar; CORREA, Fidel Emilio; CORROTO, Pedro Guillermo; CISTERNA, Pastor Roberto; CISTERNA de BULACIO, María; COSSIO, Ana María; EGLOFF, Victor Felipe; IBAÑEZ, Luisa Ana; QUINTEROS, Wenceslao; RODRIGUEZ, Juan Angel; SOMAINI, Ricardo Daniel; LAZARTE, Francisco Eudoro; SANTILLAN, Gustavo Raúl; CASTRO, Juan Carlos; BURDISSO, Alicia Raquel; PARRILE de SALINAS, Silvana;SALINAS, Ricardo Luis; ROJAS, José Dalmiro; ROJAS, Luis; OJEDA SIERRA, José Eduardo; PONCE, Horacio Marcelo; (v) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de DÍAZ, Francisco Rafael; COMAN, Ricardo Aroldo; LESCANO, Arturo Alberto; DÍAZ, Daniel Alfredo; GEREZ, Luis Román; ALARCÓN, Justo Agustín (h); CHAMAS, José Rafael; ANDRADA, Juan Carlos; QUINTEROS de Viecho, Rosa; Miño, Juan Alberto; ARAUJO, Eduardo Cesar; MOREIRA, Victor Raúl; CURIA, Gloria Constanza; CURIA, Fernando Ramiro; BRITO, Pablo Benito; VÉLIZ Raúl Andrés; CHEBAIA, José Guetas; CALABRÓ, Elda Leonor; CENTURION, Javier Hipólito; Macor de DÍAZ, Susana; DÍAZ, Juan Leandro Eudaldo; DÍAZ, José Americo; CARRIZO, Juan Manuel; ELÍAS, Raúl Edgardo; MÉNDEZ, José Carlos; LAPETINA, Miguel Antonio; ELÍAS, Victor Hugo; RODRÍGUEZ, José Manuel; PALACIO, Angelica Margarita; PAZ, Antonio Domingo; TÁRTALO, Manuel Antonio; SOLDATI, Berta María; SOLDATI, Carlos Severino; CARBALLO, Juan Pablo; OLEA, Miguel Angel; ONTIVERO, Juan Carlos; ONTIVERO, Justo Francisco; Navarro, Salvador Leocadio; GALLARDO, Carlos María; PEDREGOSA, Dora María; Racedo, José Inocencio; SANTOS OCHOA DE RACEDO, Alcira; ALARCÓN Pedro Antonio; RODRIGUEZ, Wilfredo; VILLEGAS Jorge; VILLEGAS Aida Ines; SILVA, María Esther; SOTO, Carlos Antonio; TULA, Miguel Segundo; TULA, Hector Gerardo; TÁRTALO, Rubén Lindor; TOLEDO María del Pilar Di Lorenzo Juan Carlos; ADRISS, Ismael; PONCE, Humberto Rubén; LOPEZ DE AGÜERO, Estela Josefina; AGÜERO, José Gabriel; ARGÜELLO, Yolanda Esther; BARRIONUEVO, María Tránsito; ROMERO, Raúl Rene; BAZÁN DE ROMERO María del Valle; ROMERO, Reyes Alcario; VALENZUELA, Roberto Lucio; SOSA DE FORTI, Nélida Azucena; CERVIÑO, Pedro Antonio; CERVIÑO, José Ramón; CAMPOS, Enrique Aurelio; BEJAS, María Cristina; PEREYRA, Matías Claudio; CHAMATROPULOS, Demetrio Angel; JIMENEZ, Carlos Oscar; CORREA, Fidel Emilio; CORROTO, Pedro Guillermo; CISTERNA, Pastor Roberto; CISTERNA de BULACIO, María; COSSIO, Ana María; EGLOFF, Victor Felipe; IBAÑEZ, Luisa Ana; QUINTEROS, Wenceslao; RODRIGUEZ, Juan Angel; SOMAINI, Ricardo Daniel; LAZARTE, Francisco Eudoro;SANTILLAN, Gustavo Raúl; CASTRO, Juan Carlos; BURDISSO, Alicia Raquel; PARRILE de SALINAS, Silvana;SALINAS, Ricardo Luis; ROJAS, José Dalmiro; ROJAS, Luis; OJEDA SIERRA, José Eduardo; PONCE, Horacio Marcelo; (vi) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del Código conforme la ley 21.338) en perjuicio de LESCANO, Arturo Alberto; GEREZ, Luis Román; ALARCON, Justo Agustín (h); CHAMAS, José Rafael; ANDRADA, Juan Carlos; QUINTEROS de Viecho, Rosa; ARAUJO, Eduardo Cesar; RABSIUM Olga del Valle; SESTO, Lilia Estela; MOREIRA, Victor Raúl; CURIA, Gloria Constanza; CURIA, Fernando Ramiro; CHEBAIA, José Guetas; CALABRÓ, Elda Leonor; CENTURION, Javier Hipólito; Macor de DÍAZ, Susana; DÍAZ, Juan Leandro Eudaldo; DÍAZ, José Americo; CARRIZO, Juan Manuel; ELIAS, Victor Hugo; RODRí GUEZ, José Manuel; PAZ, Antonio Domingo; TARTALO, Manuel Antonio; SOLDATI, Berta María; ONTIVERO, Juan Carlos; RACEDO, José Inocencio; SANTOS OCHOA DE RACEDO, Alcira; ALARCON Pedro Antonio; VILLEGAS Jorge; VILLEGAS Aida Ines; SILVA, María Esther; TULA, Miguel Segundo; TULA, Héctor Gerardo; TARTALO, Rubén Lindor; TOLEDO María del Pilar; DI LORENZO Juan Carlos; ADRISS, Ismael; PONCE, Humberto Rubén; LOPEZ DE AGÜERO, Estela Josefina; AGÜERO, José Gabriel; ARGÜELLO, Yolanda Esther; BARRIONUEVO, María Tránsito; ROMERO, Raúl Rene; ROMERO, Reyes Alcario; VALENZUELA, Roberto Lucio; SOSA DE FORTI, Nélida Azucena; CAMPOS, Enrique Aurelio; BEJAS, María Cristina; PEREYRA, Matías Claudio; JIMENEZ, Carlos Oscar; CORROTO, Pedro Guillermo; CISTERNA, Pastor Roberto; CISTERNA de BULACIO, María; EGLOFF, Victor Felipe; IBAÑEZ, Luisa Ana; QUINTEROS, Wenceslao; SOMAINI, Ricardo Daniel;SANTILLAN, Gustavo Raúl; CASTRO, Juan Carlos; BURDISSO, Alicia Raquel; PARRILE de SALINAS, Silvana; SALINAS, Ricardo Luis; ROJAS, José Dalmiro; ROJAS, Luis; OJEDA SIERRA, José Eduardo; PONCE, Horacio Marcelo; vii) Abuso deshonesto agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221) en perjuicio de E.L.C; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera.-

VII) CONDENAR a MARCELO OMAR GODOY, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIECIOCHO AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material de los delitos de i) Asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del C.P. según Ley 21.338); ii) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis del C.P. según Ley 14.616) ; y iii) Tormentos agravados (art. 144 ter del C.P. según Ley 14.616) en perjuicio de CAJAL Nora Alicia del Valle, y ROMÁN DE FIAD María Cristina; todos en concurso real (arts. 144 bis inc 1 y 2, 144 ter segundo párrafo, art. 45 y 55 del C.P.), calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera.-

VIII) CONDENAR a ERNESTO RIVERO, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIECIOCHO AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del CP), partícipe necesario (art. 45 del C.P.) en la comisión del delito de: ii) Privación ilegítima de libertad (art. 142 del C.P.) en perjuicio de CORRAL Ana Cristina, CAMPOPIANO César Gustavo, MEDINA Celia Georgina, CAMPOPIANO Julio César, YACKEL Ernestina Teresa; BARRIONUEVO Víctor Mario, DÍAZ SARAVIA José Horacio, GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes, OSORES Carlos Raúl, RONDOLETTO Pedro, CENADOR DE RONDOLETTO María, RONDOLETTO Silvia Margarita, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, BERMEJO DE RONDOLETTO Azucena, IRAMAIN María Trinidad, CORBALÁN Félix Viterbo, DÍAZ MACÍAS Enrique Gonzalo, AUGIER Alberto Argentino, SOSA DE REYNAGA Ana María, MANFREDI Ángel Vicente, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, JUSTO Héctor Oscar, PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, ALMERICO José, GODOY Enrique, ALARCON Rina Rosa, FALÚ Luis Eduardo, GONZÁLEZ Hernán Eugenio, VACA RUBIO Raúl Alberto, RODRIGUEZ ROMÁN DE FIAD María Cristina, YAÑEZ Rafael Vitalino, SAFAROV Víctor Hugo, SÁNCHEZ Enrique Alberto, LERNER Rodolfo Hugo, CARRERAS Juan Francisco, GONZÁLEZ Humberto Alfredo; LORENZO LERMA Andrés Héctor, PASTORI Juan Carlos, CRUZ Ernesto José Segundo, CHAPARRO Santos Aurelio, IÑÍGUEZ Gloria del Valle, BRIZUELA Ramón, CORONEL Alfredo Antonio, ALDERETE SORIA Alejandro Federico, CAJAL Nora Alicia del Valle, SUÁREZ Manuel Humberto, MOYANO María Candelaria, MENDEZ BRANDER Ángel Adolfo, CANTOS Anabel Beatriz, CANTOS Germán; iii) violación sexual agravada por haber sido cometida con el concurso de dos o más personas (artículos 119 y 122 del Código Penal según ley 11.221) en perjuicio de T.M.G.D.S.; iv) abuso deshonesto agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221) en perjuicio de C.G.M.; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera.-

IX) CONDENAR a TOMÁS ADOLFO GÜEMES, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIECIOCHO AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material de los delitos de: i) Asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del C.P. según Ley 21.338); partícipe necesario (art. 45 del C.P.) en la comisión de los delitos de: ii) Privación ilegítima de libertad (art. 142 del C.P.) en perjuicio de CORRAL Ana Cristina, CAMPOPIANO César, MEDINA Celia Geordina, CAMPOPIANO Julio César, BARRIONUEVO Antonia del Valle, DÍAZ SARAVIA José Horacio, GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes, OSORES Carlos Raúl, RONDOLETTO Pedro, CENADOR DE RONDOLETTO María, RONDOLETTO Silvia Margarita, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, BERMEJO DE RONDOLETTO Azucena, IRAMAIN María Trinidad, QUINTEROS René Manuel, CORBALÁN Félix Viterbo, DIAZ MACIAS Enrique Gonzalo, AUGIER Alberto Argentino, SOSA DE REYNAGA Ana María, MANFREDI Ángel Vicente, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, ALMERICO José, GODOY Enrique, DÍAZ Manuel Julio, , FALU Luis Eduardo, GONZÁLEZ Hernán Eugenio, VACA RUBIO Raúl Alberto, RODRIGUEZ ROMÁN DE FIAD María Cristina, YAÑEZ Rafael Vitalino, SAFAROV Víctor Hugo, SÁNCHEZ María Teresa, CANO José Antonio, SÁNCHEZ Enrique Alberto, FOCHI Gustavo Adolfo, LERNER Rodolfo Hugo, CARRERAS Juan Francisco, GONZÁLEZ Humberto Alfredo, LORENZO LERMA Andrés Héctor, CHAPARRO Santos Aurelio, ALDERETE SORIA Alejandro Federico, CAJAL Nora del Valle, CANTOS Germán; ii) Violación sexual agravada por haber sido cometida con el concurso de dos o más personas (artículos 119 y 122 del Código Penal según ley 20.642 según ley 11.221y 21.338), en perjuicio de T.M.G.D.Z.; iii) Abuso sexual agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221 y 21.338), en perjuicio de C.G.M.; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera.-

X) CONDENAR a BENITO PALOMO, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIECIOCHO AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de asociación ilícita (art. 210 del C.P.); partícipe necesario (art. 45 del C.P.) del delito de Privación ilegítima de libertad (art. 142 del CP) en perjuicio de HOLMQUIST Luis Adolfo, FERNÁNDEZ Enrique Raúl, CORRAL Ana Cristina, YACKEL Ernestina Teresa; ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, MARQUEZ Damián Octavio, RODRIGUEZ Pedro Ricardo, GIRIBALDI Osvaldo José Gregorio, IÑÍGUEZ Gloria del Valle, CORONEL Alfredo Antonio, CARABAJAL Ercilia Dolores, HOYOS Blanca, ABAD Julio Ricardo, QUINTEROS Juan Manuel, MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, SUÁREZ Julio Guillermo, MOYANO María Candelaria, MENDEZ BRANDER Adolfo, LASKOWSKI María Margarita; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera.-

XI) CONDENAR a ALBERTO HÉCTOR RAFAEL MONTES DE OCA, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIECIOCHO AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser y como autor material del delito de i) Asociación ilícita (art. 210 del C.P.); partícipe necesario (art. 45 del C.P.) en la comisión de los delitos de: ii) Privación ilegítima de libertad (art. 142 del C.P.) en perjuicio de HOLMQUIST Luis Adolfo, CORRAL Ana Cristina, NIEVA Oscar René, YACKEL Ernestina Teresa; BARRIONUEVO Mario, BARRIONUEVO Antonia del Valle, DÍAZ SARAVIA José Horacio, GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes, OSORES Carlos Raúl, GONZÁLEZ GALLO María Celestina, IRAMAIN María Trinidad, CORBALÁN Félix Viterbo, JIMENEZ DE SOLDATI María Isabel, SOSA DE REYNAGA Ana María, MANFREDI Ángel Vicente, FOTE Fortunato Leandro, RODRIGUEZ Pedro Ricardo, JUSTO Héctor Oscar, BARRIONUEVO Nemesio Humberto, ALMERICO José, GÓMEZ Juan de Dios, GODOY Enrique, DÍAZ Manuel Julio, DÍAZ Alberto, OLIVERA Manuel Eugenio, GIRIBALDI Osvaldo José Gregorio, SÁNCHEZ María Teresa, ARCHETTI Armando, FOCHI Gustavo Adolfo, LERNER Rodolfo Hugo, LORENZO LERMA Andrés Héctor, CRUZ Ernesto José Segundo, CORONEL Alfredo Antonio, ABAD Julio Ricardo, ALDERETE SORIA Alejandro Federico, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, HAZURÚN Teresita Cándida, CANTOS Anabel Beatriz, CANTOS Luis, CANTOS Germán; iii) Violación sexual agravada por haber sido cometida con el concurso de dos o más personas (artículos 119 y 122 del Código Penal según ley 11.221) en perjuicio de T.M.G.D.Z.; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera.-

XII) CONDENAR a JOSÉ CARLOS SOWINSKI, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIECISIETE AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita (art. 210 del C.P.); partícipe necesario (art. 45 del C.P.) en la comisión del delito de ii) Privación ilegítima de libertad (art. 142 del CP) en perjuicio de HOLMQUIST Luis Adolfo, FERNÁNDEZ Enrique Raúl, CORRAL Ana Cristina, NIEVA Oscar René, YACKEL Ernestina Teresa; BARRIONUEVO Mario, BARRIONUEVO Nemesio Humberto, ALMERICO José, GIRIBALDI Osvaldo José Gregorio, CANO José Antonio, FOCHI Gustavo Adolfo, CHAPARRO Santos Aurelio, IÑÍGUEZ Gloria del Valle, BRIZUELA Ramón, CORONEL Alfredo Antonio, CARABAJAL Ercilia Dolores, HOYOS Blanca, QUINTEROS Juan Manuel, SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto, MOYANO María Candelaria, MENDEZ BRANDER Ángel Adolfo, LASKOWSKI María Margarita; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera.-

XIII) HACER LUGAR al planteo de la defensa respecto a la INCONSTITUCIONALIDAD del ARTÍCULO 80 del CÓDIGO PENAL, en cuanto no establece escala penal mínima, lo que impide la determinación del monto de la pena según el grado de culpabilidad existente al momento del hecho, en relación con las conductas de los imputados RAMÓN ALFREDO OJEDA FUENTE, ADOLFO ERNESTO MOORE, FERNANDO TORRES, CAMILO ÁNGEL COLOTTI, AUGUSTO LEONARDO NEME, PEDRO OSVALDO CABALLERO, RAMÓN ERNESTO COOKE, HUGO ENZO SOTO, JUAN ALBERTO ABRAHAM, ROLANDO REYES QUINTANA, MIGUEL CHUCHUY LINARES, HUGO JAVIER FIGUEROA, OSCAR HUMBERTO GÓMEZ, FÉLIX INSAURRALDE, GUILLERMO AGUSTÍN UGARTE, ANTONIO ESTEBAN VERCELLONE y ÁNGEL CUSTODIO MORENO, en los hechos que se juzgan en el presente proceso, conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia del Dr. Juan Carlos Reynaga, quien dispone NO HACER LUGAR al planteo de la defensa respecto a la INCONSTITUCIONALIDAD del ARTÍCULO 80 del CÓDIGO PENAL, conforme se considera.-

XIV) CONDENAR a RAMÓN ALFREDO OJEDA FUENTE, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de VEINTE AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del C.P. según Ley 21.338); partícipe necesario (art. 45 del C.P.) en la comisión de los delitos de (ii) Violación de domicilio (art. 151 del C.P.) de calle Mario Bravo N° 1170, Barrio Parque Centenario, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de CORRAL Ana Cristina; de calle San Lorenzo n° 1.666 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de RONDOLETTO Pedro y RONDOLETTO Jorge Osvaldo; de su vivienda de Buena Vista, Departamento, Simoca, en perjuicio de ARGAÑARAZ Rosario y ARGAÑARAZ Miguel Alberto; de calle Italia 547 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de JIMENEZ DE SOLDATI María Isabel; de su vivienda en Los Ralos, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de BERÓN Oscar Rafael; de calle Tucumán n° 53 de la localidad de Monteros, en perjuicio de MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso; de su vivienda en León Rougés (Departamento Monteros), en perjuicio de RODRIGUEZ Juan Faustino y RODRIGUEZ Pedro Ricardo; de calle Junín n° 925 de esta ciudad, en perjuicio de PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles; de calle Leocadio Paz 3a cuadra del Ingenio San Juan en perjuicio de DÍAZ Alberto; de calle Santiago altura 3.000 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de OLIVERA Manuel Eugenio; de calle Rivadavia n° 1.688 de San Miguel de Tucumán de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica y ROMERO Antonio Raúl; de Marcelo T. de Alvear 464 de la Capital Federal, en perjuicio de CANTOS Luis; (iii) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis del CP) en perjuicio de CAMPOPIANO Julio, CORRAL Ana Cristina, RONDOLETTO Pedro, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, GONZÁLEZ GALLO María Celestina, ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, SOLDATI Luis Alberto, AUGIER Alberto Argentino, JIMENEZ DE SOLDATI María Isabel, SAADE SAIEG Antonio Naief, BERÓN Oscar Rafael, MEDINA GUTIERREZ Ángel Alfonso, FOTE Fortunato Leandro, MARQUEZ Damián Octavio, RODRIGUEZ Juan Faustino, RODRIGUEZ Pedro Ricardo, JUSTO Héctor Oscar, PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, ACUÑA Baltasar, ALMERICO José, ALARCON Rina Rosa, DÍAZ Alberto, OLIVERA Manuel Eugenio, ARCHETTI Armando, CARRERAS Juan Francisco, CRUZ Ernesto José Segundo, ABAD Julio Ricardo, MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, HAZURÚN Teresita Cándida, CANTOS Anabel Beatriz, CANTOS Luis, CANTOS Germán; (iv) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de CORRAL Ana Cristina, RONDOLETTO Pedro, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, GONZÁLEZ GALLO María Celestina, ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, SOLDATI Luis Alberto, AUGIER Alberto Argentino, JIMENEZ DE SOLDATI María Isabel, SAADE SAIEG Antonio Naief, BERÓN Oscar Rafael, MEDINA GUTIERREZ Ángel Alfonso, FOTE Fortunato Leandro, MARQUEZ Damián Octavio, RODRIGUEZ Juan Faustino, RODRIGUEZ Pedro Ricardo, JUSTO Héctor Oscar, PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, ACUÑA Baltasar, ALMERICO José, , ALARCON Rina Rita, DÍAZ Alberto, OLIVERA Manuel Eugenio, ARCHETTI Armando, CARRERAS Juan Francisco, CRUZ Ernesto José Segundo, MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, HAZURÚN Teresita Cándida, CANTOS Anabel Beatriz, CANTOS Luis, CANTOS Germán; (v) Torturas seguidas de muerte (art. 144 ter, tercer párrafo del C.P.) en perjuicio de CAMPOPIANO Julio, ABAD Julio Ricardo; y (vi) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio de CORRAL Ana Cristina, RONDOLETTO Pedro, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, GONZÁLEZ GALLO María Celestina, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, SOLDATI Luis Alberto, JIMENEZ DE SOLDATI María Isabel, SAADE SAIEG Antonio Naief, BERÓN Oscar Rafael, MEDINA DE GUTIERREZ Ángel, FOTE Fortunato Leandro, MARQUEZ Damián Octavio, RODRIGUEZ Juan Faustino, RODRIGUEZ Pedro Ricardo, ALARCON Rina Rosa, ARCHETTI Armando, CANTOS Luis, CANTOS Germán; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación); conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga, que impone una PENA de PRISIÓN PERPETUA, conforme se considera.-

XV) CONDENAR a ADOLFO ERNESTO MOORE, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de VEINTE AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del C.P. según Ley 21.338); autor mediato en la comisión de los delitos de (ii) Violación de domicilio (art. 151 del CP) de su vivienda de Buena Vista, Departamento Simoca, en perjuicio de ARGAÑARAZ Rosario y ARGAÑARAZ Miguel Alberto, de calle Italia 547 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de JIMENEZ DE SOLDATI María Isabel, de su vivienda en Los Ralos, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de BERÓN Oscar Rafael, de su vivienda en León Rougés (Departamento Monteros), en perjuicio de RODRIGUEZ Juan Faustino y RODRIGUEZ Pedro Ricardo, de calle Junín n° 925 de esta ciudad, en perjuicio de PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, de calle Marcos Paz N° 1.941 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de ALMERICO José, de calle Leocadio Paz 3a cuadra del Ingenio San Juan en perjuicio de DÍAZ Alberto, de calle Santiago altura 3.000 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de OLIVERA Manuel Eugenio; de calle Rivadavia n° 1.688 de San Miguel de Tucumán en perjuicio de ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, de Marcelo T. de Alvear 464 de la Capital Federal, en perjuicio de CANTOS Luis; (iii) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis ley 14616) en perjuicio de ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, SOLDATI Luis Alberto, AUGIER Alberto Argentino, JIMENEZ DE SOLDATI María Isabel, SAADE SAIEG Antonio Naief, BERÓN Oscar Rafael, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, MÁRQUEZ Damián Octavio, RODRIGUEZ Juan Faustino, RODRIGUEZ Pedro Ricardo, JUSTO Héctor Oscar, PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, ACUÑA Baltasar, ALMERICO José, DÍAZ Alberto, OLIVERA Manuel Eugenio, ARCHETTI Armando, CRUZ Ernesto José Segundo, ABAD Julio Ricardo, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, CANTOS Luis, CANTOS Germán; (iv) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, SOLDATI Luis Alberto, AUGIER Alberto Argentino, JIMENEZ DE SOLDATI María Isabel, SAADE SAIEG Antonio Naief, BERÓN Oscar Rafael, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, MÁRQUEZ Damián Octavio, RODRIGUEZ Juan Faustino, RODRIGUEZ Pedro Ricardo, JUSTO Héctor Oscar, PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, ACUÑA Baltasar, ALMERICO José, DÍAZ Alberto, OLIVERA Manuel Eugenio, ARCHETTI Armando, CRUZ Ernesto José Segundo, ABAD Julio Ricardo, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, CANTOS Luis, CANTOS Germán; (v) Torturas seguidas de muerte (art. 144 ter tercer párrafo del CP) en perjuicio de Julio Ricardo ABAD; (vi) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio de ARGAÑARAZ Rosario, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, SOLDATI Luis Alberto, JIMENEZ DE SOLDATI María Isabel, SAADE SAIEG Antonio Naief, BERÓN Oscar Rafael, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, MÁRQUEZ Damián Octavio, RODRIGUEZ Juan Faustino, RODRIGUEZ Pedro Ricardo, ALMERICO José, ARCHETTI Armando, CANTOS Luis; como partícipe necesario (art. 45 del C.P.) del delito de vii) Abuso deshonesto (art. 127 del CP según ley 11.221 y 21.338) en perjuicio de M.I.J.S.; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga, que impone una PENA de PRISIÓN PERPETUA, conforme se considera.-

XVI) CONDENAR a FERNANDO TORRES, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIECISEISAÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita (art. 210 del CP); partícipe necesario (art. 45 del C.P.) en la comisión de los delitos de (ii) Violación de domicilio (art. 151 del CP) de calle La Plata 1439, San Miguel de Tucumán en perjuicio de HOLMQUIST Luis Adolfo; de calle Mario Bravo N° 1170, Barrio Parque Centenario, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de CORRAL Ana Cristina; de calle Pje. Primero de Mayo N° 540, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de CAMPOPIANO César Gustavo, de calle Muñecas N° 660, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de MEDINA Celia Georgina; de calle Isabel La Católica alt. 2800, en perjuicio de NIEVA Oscar René; de calle Isabel La Católica Alt. 2800, en perjuicio de YACKEL Ernestina Teresa; de calle Lavandería s/n de la localidad de Santa Ana, en perjuicio de BARRIONUEVO Mario; de Pje. Polonia n° 53 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de DÍAZ SARAVIA José Horacio y de GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes, de su vivienda de Empalme Ranchillos (Departamento Cruz Alta), en perjuicio de OSORES Carlos Raúl; de calle San Lorenzo n° 1.666 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de RONDOLETTO Pedro, CENADOR DE RONDOLETTO María, RONDOLETTO Silvia Margarita, RONDOLETTO Jorge Osvaldo y de BERMEJO DE RONDOLETTO Azucena; de su vivienda de Buena Vista, Departamento Simoca, en perjuicio de ARGAÑARAZ Rosario y ARGAÑARAZ Miguel Alberto; de calle Rondeau N° 178 de San Miguel de Tucumán en perjuicio de IRAMAIN María Trinidad; de su vivienda de Caspinchango (Departamento Monteros) en perjuicio de QUINTEROS René Manuel; de calle Monteagudo N° 2.800 en perjuicio de CORBALÁN Félix Viterbo; de calle Italia 547 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de JIMENEZ DE SOLDATI María Isabel; de calle Bulnes n° 216 de esta ciudad, en perjuicio de BUSTAMANTE Juan Carlos; de su vivienda en Los Ralos, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de BERÓN Oscar Rafael; de calle Tucumán n° 53 de la localidad de Monteros, en perjuicio de MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso; de su vivienda en León Rougés (Departamento Monteros), en perjuicio de RODRIGUEZ Juan Faustino y RODRIGUEZ Pedro Ricardo; de calle Junín n° 925 de esta ciudad, en perjuicio de PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles; de calle Callao n° 256 de Tafí Viejo, en perjuicio de BARRIONUEVO Nemesio Humberto; de calle Marcos Paz N° 1.941 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de ALMERICO José; de su vivienda en la localidad de Santa Lucía, Departamento Monteros, en perjuicio de GÓMEZ Juan de Dios; de su vivienda en Santa Lucía, Departamento Monteros, en perjuicio de GODOY Enrique; de calle Constitución n° 356 de Tafí Viejo en perjuicio de DÍAZ Manuel Julio; de calle Leocadio Paz 3a cuadra del Ingenio San Juan en perjuicio de DÍAZ Alberto; de calle Santiago altura 3.000 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de OLIVERA Manuel Eugenio; de calle Rivadavia n° 355 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de YAÑEZ Rafael Vitalino; calle San Martín n° 1.328 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de SÁNCHEZ María Teresa; de avenida Roca n° 551 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de CANO José Antonio; de avenida Sáenz Peña n° 215, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de DEL CASTILLO Julio Arnaldo; de calle Ecuador n° 1.008 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de SÁNCHEZ Enrique Alberto; de calle Chiclana n° 426 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de FOCHI Gustavo Adolfo; de Bernabé Aráoz N° 925 de esta ciudad, en perjuicio de MORALES Reyes Humberto; de calle San Miguel n° 583 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de GONZÁLEZ Humberto Alfredo; de calle Mendoza n° 1.332 de San Miguel de Tucumán , en perjuicio de LORENZO LERMA Andrés Héctor; de su vivienda del Ingenio La Florida, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de CHAPARRO Santos Aurelio; de su domicilio del Ingenio La Florida, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de IÑÍGUEZ Gloria del Valle y BRIZUELA Ramón; de calle Pedro Méndez, Barrio La Cancha, de Delfín Gallo, en perjuicio de CORONEL Alfredo Antonio; de su vivienda en La Florida, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de CARABAJAL Ercilia Dolores; de calle Rivadavia n° 1.688 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica y ROMERO Antonio Raúl; de la vivienda en Frías Silva, Caspinchango, Departamento Monteros en perjuicio de SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto y MONASTERIO Francisco Carlos; de su vivienda en Potrero Negro, Santa Lucía, en perjuicio de MOYANO María Candelaria; de su vivienda ubicada en las calles Alvear y Quintana de la localidad de Frías (Departamento Choya, Santiago del Estero), en perjuicio de HAZURÚN Teresita Cándida; de calle Júpiter s/n, Yerba Buena, en perjuicio de MENDEZ BRANDER Ángel Adolfo y LASKOWSKI María Margarita; de Marcelo T. de Alvear 464 de la Capital Federal, en perjuicio de CANTOS Luis; (iii) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis ley 14.616) en perjuicio de HOLMQUIST Luis Adolfo, FERNÁNDEZ Enrique Raúl, CORRAL Ana Cristina, CAMPOPIANO César Gustavo, MEDINA Celia Georgina, CAMPOPIANO Julio César, NIEVA Oscar René, YACKEL Ernestina Teresa; BARRIONUEVO Mario, BARRIONUEVO Antonia del Valle, DÍAZ SARAVIA José Horacio, GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes, OSORES Carlos Raúl, RONDOLETTO Pedro, CENADOR DE RONDOLETTO María, RONDOLETTO Silvia Margarita, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, BERMEJO DE RONDOLETTO Azucena, GONZÁLEZ GALLO María Celestina, ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, IRAMAIN María Trinidad, QUINTEROS René Manuel, CORBALÁN Félix Viterbo, DÍAZ MACÍAS Enrique Gonzalo, JIMENEZ DE SOLDATI María Isabel, BUSTAMANTE Juan Carlos, BERÓN Oscar Rafael, SOSA DE REYNAGA Ana María, MANFREDI Ángel Vicente, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, FOTE Fortunato Leandro, MÁRQUEZ Damián Octavio, RODRIGUEZ Juan Faustino, RODRIGUEZ Pedro Ricardo, JUSTO Héctor Oscar, PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, ACUÑA Baltasar, BARRIONUEVO Nemesio Humberto, ALMERICO José, GÓMEZ Juan de Dios, GODOY Enrique, DÍAZ Manuel Julio, ALARCON Rina Rosa, DÍAZ Alberto, OLIVERA Manuel Eugenio, FÜRTH Federico Adolfo, GIRIBALDI Osvaldo José Gregorio, FALÚ Luis Eduardo, GONZÁLEZ Hernán Eugenio, VACA RUBIO Raúl Alberto, RODRIGUEZ ROMÁN DE FIAD María Cristina, YAÑEZ Rafael Vitalino, SAFAROV Víctor Hugo, SÁNCHEZ María Teresa, ARCHETTI Armando, CANO José Antonio, DEL CASTILLO Julio Arnaldo, SÁNCHEZ Enrique Alberto, FOCHI Gustavo Adolfo, MORALES Reyes Humberto, LERNER Rodolfo Hugo, CARRERAS Juan Francisco, GONZÁLEZ Humberto Alfredo; LORENZO LERMA Andrés Héctor, CRUZ Ernesto José Segundo, CHAPARRO Santos Aurelio, IÑÍGUEZ Gloria del Valle, BRIZUELA Ramón, CORONEL Alfredo Antonio, CARABAJAL Ercilia Dolores, ABAD Julio Ricardo, CAJAL Nora Alicia del Valle, FABIO Diana Elsa, MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto, MONASTERIO Francisco Carlos, MOYANO María Candelaria, HAZURÚN Teresita Cándida, MENDEZ BRANDER Ángel Adolfo, LASKOWSKI María Margarita, CANTOS Anabel Beatriz, CANTOS Luis, CANTOS Germán; (iv) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de HOLMQUIST Luis Adolfo, FERNÁNDEZ Enrique Raúl, CORRAL Ana Cristina, CAMPOPIANO César Gustavo, MEDINA Celia Georgina, NIEVA Oscar René, YACKEL Ernestina Teresa; BARRIONUEVO Mario, BARRIONUEVO Antonia del Valle, DÍAZ SARAVIA José Horacio, GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes, OSORES Carlos Raúl, RONDOLETTO Pedro, CENADOR DE RONDOLETTO María, RONDOLETTO Silvia Margarita, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, BERMEJO DE RONDOLETTO Azucena, GONZÁLEZ GALLO María Celestina, ARGAÑARAZ Rosario, ARGAÑARAZ Miguel Alberto, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, IRAMAIN María Trinidad, QUINTEROS René Manuel, CORBALÁN Félix Viterbo, JIMENEZ DE SOLDATI María Isabel, BUSTAMANTE Juan Carlos, BERÓN Oscar Rafael, SOSA DE REYNAGA Ana María, MANFREDI Ángel Vicente, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, FOTE Fortunato Leandro, MÁRQUEZ Damián Octavio, RODRIGUEZ Juan Faustino, RODRIGUEZ Pedro Ricardo, JUSTO Héctor Oscar, PALMIERI DE CERVIÑO Matilde de los Ángeles, ACUÑA Baltasar, BARRIONUEVO Nemesio Humberto, ALMERICO José, GODOY Enrique, DÍAZ Manuel Julio, ALARCON Rina Rosa, DÍAZ Alberto, OLIVERA Manuel Eugenio, FÜRTH Federico Adolfo, GIRIBALDI Osvaldo José Gregorio, FALÚ Luis Eduardo, GONZÁLEZ Hernán Eugenio, VACA RUBIO Raúl Alberto, RODRIGUEZ ROMÁN DE FIAD María Cristina, YAÑEZ Rafael Vitalino, SÁNCHEZ María Teresa, ARCHETTI Armando, CANO José Antonio, DEL CASTILLO Julio Arnaldo, SÁNCHEZ Enrique Alberto, MORALES Reyes Humberto, LERNER Rodolfo Hugo, CARRERAS Juan Francisco; LORENZO LERMA Andrés Héctor, CRUZ Ernesto José Segundo, CHAPARRO Santos Aurelio, IÑÍGUEZ Gloria del Valle, BRIZUELA Ramón, CORONEL Alfredo Antonio, CARABAJAL Ercilia Dolores, CAJAL Nora Alicia del Valle, FABIO Diana Elsa, MAZZAMUTO DE ROMERO María Angélica, ROMERO Roberto, ROMERO Antonio Raúl, SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto, MONASTERIO Francisco Carlos, MOYANO María Candelaria, HAZURÚN Teresita Cándida, LASKOWSKI María Margarita, CANTOS Anabel Beatriz, CANTOS Luis, CANTOS Germán; (v) Torturas seguidas de muerte (art. 144 ter tercer párrafo) en perjuicio de Julio César CAMPOPIANO, Juan de Dios GOMEZ, Enrique Gonzalo DIAZ MACIAS, Víctor SAFAROV, Humberto Alfredo GONZALEZ, Gustavo Adolfo FOCHI, Julio Ricardo ABAD y Ángel Adolfo MENDEZ BRANDER; y (vi) Homicidio agravado (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del CP) en perjuicio de HOLMQUIST Luis Adolfo, FERNÁNDEZ Enrique Raúl, CORRAL Ana Cristina, NIEVA Oscar René, BARRIONUEVO Mario, DÍAZ SARAVIA José Horacio, GUERRERO DE DÍAZ SARAVIA Teresa Mercedes, OSORES Carlos Raúl, RONDOLETTO Pedro, CENADOR DE RONDOLETTO María, RONDOLETTO Silvia Margarita, RONDOLETTO Jorge Osvaldo, BERMEJO DE RONDOLETTO Azucena, GONZÁLEZ GALLO María Celestina, ARGAÑARAZ Rosario, GONZÁLEZ TOLEDO Víctor Hugo, IRAMAIN María Trinidad, CORBALÁN Félix Viterbo, JIMENEZ DE SOLDATI María Isabel, BUSTAMANTE Juan Carlos, BERÓN Oscar Rafael, SOSA DE REYNAGA Ana María, MANFREDI Ángel Vicente, MEDINA GUTIÉRREZ Ángel Alfonso, FOTE Fortunato Leandro, MÁRQUEZ Damián Octavio, RODRIGUEZ Juan Faustino, RODRIGUEZ Pedro Ricardo, BARRIONUEVO Nemesio Humberto, ALMERICO José, DÍAZ Manuel Julio, ALARCON Rina Rosa, FÜRTH Federico Adolfo, GIRIBALDI Osvaldo José Gregorio, FALÚ Luis Eduardo, GONZÁLEZ Hernán Eugenio, VACA RUBIO Raúl Alberto, YAÑEZ Rafael Vitalino, SÁNCHEZ María Teresa, ARCHETTI Armando, CANO José Antonio, DEL CASTILLO Julio Arnaldo, SÁNCHEZ Enrique Alberto, MORALES Reyes Humberto, LERNER Rodolfo Hugo, CARRERAS Juan Francisco, CORONEL Alfredo Antonio, CANTOS Anabel Beatriz, CANTOS Luis, CANTOS Germán; vii) Violación sexual agravada por haber sido cometida con el concurso de dos o más personas (artículos 119 y 122 del Código Penal según ley 20.642 según ley 11.221y 21.338), en perjuicio de T.M.G.D.Z.; viii) Abuso sexual agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221), en perjuicio de C.G.M.; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga, que impone una PENA de PRISIÓN PERPETUA, conforme se considera.-

XVII) CONDENAR a CAMILO ÁNGEL COLOTTI de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita (art. 210 del C.P.); autor mediato en la comisión de los delitos de (ii) Violación de domicilio (art. 151 del CP) de su vivienda en Buena Vista, Departamento, Simoca, en perjuicio de ARGAÑARAZ Rosario y ARGAÑARAZ Miguel Alberto, , de su vivienda en León Rougés (Departamento Monteros), en perjuicio de RODRIGUEZ Juan Faustino y RODRIGUEZ Pedro Ricardo, de Marcelo T. de Alvear 464 de la Capital Federal, en perjuicio de CANTOS Luis, de calle Buenos Aires n° 671 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de PONCE Humberto Rubén; de calle Perú s/n, ex Ingenio San José, Cebil Redondo, Departamento Yerba Buena, en perjuicio de ARGÜELLO Yolanda Esther; ; de calle Reconquista n° 410 de Tafí Viejo, en perjuicio de BARRIONUEVO María Tránsito; de su vivienda de Colonia 5 de Luisiana, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de ROMERO Raúl Rene y VALENZUELA Roberto; de su vivienda de Estación Pacará, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de BAZÁN DE ROMERO María del Valle y ROMERO Reyes Alcario; de calle Colón n° 835 de la ciudad de Concepción, en perjuicio de JIMENEZ Carlos Oscar; de calle Monteagudo n° 42 de la localidad de Monteros, Tucumán, en perjuicio de CORROTO Pedro Guillermo; de calle Gral. Heredia, de la localidad de Concepción, en perjuicio de CISTERNA Pastor Roberto y CISTERNA DE BULACIO María; de calle Laprida n° 110 Piso 5° Dpto. "C" de San Miguel Tucumán, en perjuicio de COSSIO Ana María; de calle San Martín n° 2.728 de esta ciudad, en perjuicio de EGLOFF Víctor Felipe; de Calle 16, n° 134 de la localidad de El Manantial, Tucumán, en perjuicio de DÍAZ Manuela Margarita; de avenida Juan B. Justo n° 1.451 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de SOMAINI Ricardo Daniel; de su vivienda de Amaicha del Llano (paraje llamado Km. 1.240), en perjuicio de LAZARTE Francisco Eudoro; de calles Pringles y Peñaloza en la localidad de Yerba Buena, en perjuicio de SANTILLAN Gustavo Raúl; de calle Italia n° 2.768 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de PONCE Horacio Marcelo; de su vivienda en la localidad de Delfín Gallo, Departamento Cruz Alta de la provincia de Tucumán, en perjuicio de ROMANO Domingo Nicolás; (iii) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis ley 14616) en perjuicio de Argañaraz Rosario, Argañaraz Miguel Alberto, Fote Fortunato Leandro, RODRIGUEZ Juan Faustino, RODRIGUEZ Pedro Ricardo, Abad Julio Ricardo, CANTOS Luis ALARCON Pedro Antonio; MOREIRA, Victor Raúl; ELIAS, Victor Hugo; GALLARDO, Carlos María; ADRISS, Ismael; PONCE, Humberto Rubén; LOPEZ de AGÜERO Estela Josefina; AGÜERO José Gabriel; Argüello Yolanda Esther; BARRIONUEVO, María Tránsito; ROMERO Raúl Rene; ROMERO Reyes Alcario; VALENZUELA Roberto; SOSA DE FORTI Nélida Azucena; CERVIÑO, Pedro Antonio; CERVIÑO, José Ramón; CAMPOS, Enrique Aurelio; BEJAS María Cristina; PEREYRA Matías Claudio; CHAMATROPULOS Demetrio Angel; JIMENEZ, Carlos Oscar; CORREA, Fidel Emilio; CORROTO, Pedro Guillermo; CISTERNA, Pastor Roberto; CISTERNA de BULACIO, María; COSSIO, Ana María; EGLOFF, Victor Felipe; IBAÑEZ, Luisa Ana; QUINTEROS, Wenceslao; DÍAZ, Manuela Margarita; RODRIGUEZ, Juan Angel; SOMAINI, Ricardo Daniel; LAZARTE Francisco Eudoro;SANTILLAN, Gustavo Raúl; CASTRO Juan Carlos; BURDISSO, Alicia Raquel; PARRILE de SALINAS, Silvana;SALINAS, Ricardo Luis; OJEDA SIERRA, José Eduardo; PONCE, Horacio Marcelo; ROMANO, Domingo Nicolás; BARRIONUEVO Luis Alberto; (iv) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de Argañaraz Rosario, Argañaraz Miguel Alberto, Fote Fortunato Leandro, RODRIGUEZ Juan Faustino, RODRIGUEZ Pedro Ricardo, CANTOS Luis, ALARCON Pedro Antonio; MOREIRA, Victor Raúl; ELIAS, Victor Hugo; GALLARDO, Carlos María; ADRISS, Ismael; PONCE, Humberto Rubén; LOPEZ DE AGÜERO, Estela Josefina; AGÜERO, José Gabriel; Argüello, Yolanda Esther; BARRIONUEVO, María Tránsito; ROMERO, Raúl Rene; ROMERO, Reyes Alcario; VALENZUELA, Roberto; SOSA DE FORTI, Nélida Azucena; CERVIÑO, Pedro Antonio; CERVIÑO, José Ramón; CAMPOS, Enrique Aurelio; BEJAS, María Cristina; PEREYRA, Matías Claudio; CHAMATROPULOS, Demetrio Angel; JIMENEZ, Carlos Oscar; CORREA, Fidel Emilio; CORROTO, Pedro Guillermo; CISTERNA, Pastor Roberto; CISTERNA de BULACIO, María; COSSIO, Ana María; EGLOFF, Victor Felipe; IBAÑEZ, Luisa Ana; QUINTEROS, Wenceslao; DÍAZ, Manuela Margarita; RODRIGUEZ, Juan Angel; SOMAINI, Ricardo Daniel; LAZARTE, Francisco Eudoro; SANTILLAN, Gustavo Raúl; BURDISSO, Alicia Raquel; PARRILE de SALINAS, Silvana;SALINAS, Ricardo Luis; OJEDA SIERRA, José Eduardo; PONCE, Horacio Marcelo; ROMANO, Domingo Nicolás; BARRIONUEVO, Luis Alberto; (v) Torturas seguidas de muerte (art. 144 ter tercer párrafo) en perjuicio de Julio Ricardo ABAD; (vi) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio de Argañaraz Rosario, Fote Fortunato Leandro, RODRIGUEZ Juan Faustino, RODRIGUEZ Pedro Ricardo, CANTOS Luis, MOREIRA Víctor Raúl; ELIAS, Victor Hugo; ADRISS, Ismael; PONCE, Humberto Rubén; López de Agüero Estela Josefina; AGÜERO, José Gabriel; Argüello, Yolanda Esther; BARRIONUEVO, María Tránsito; ROMERO Raúl Rene; ROMERO, Reyes Alcario; VALENZUELA, Roberto; SOSA DE FORTI Nélida Azucena; CAMPOS, Enrique Aurelio; BEJAS, María Cristina; PEREYRA, Matías Claudio; JIMENEZ, Carlos Oscar; CORROTO Pedro Guillermo; CISTERNA Pastor Roberto; CISTERNA de BULACIO, María; EGLOFF Víctor Felipe; IBAÑEZ Luisa Ana; QUINTEROS, Wenceslao; DÍAZ, Manuela Margarita; SOMAINI, Ricardo Daniel; SANTILLAN, Gustavo Raúl; BURDISSO, Alicia Raquel; PARRILE de SALINAS, Silvana; SALINAS, Ricardo Luis; OJEDA SIERRA, José Eduardo; PONCE, Horacio Marcelo; ROMANO, Domingo Nicolás, todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga, que impone una PENA de PRISIÓN PERPETUA, conforme se considera.-

XVIII) CONDENAR a AUGUSTO LEONARDO NEME, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del C.P. según Ley 21.338); autor mediato en la comisión de los delitos de (ii) Violación de domicilio (art. 151 del C.P.) de su vivienda en Santa Lucía, Departamento Monteros, en perjuicio de GODOY Enrique; de su vivienda en Santa Lucia, Monteros, Provincia de Tucumán, en perjuicio de ABAD Julio Ricardo; de su vivienda en Frías Silva, Caspinchango, Departamento Monteros, en perjuicio de SUÁREZ Julio Guillermo; (iii) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis ley 14616) en perjuicio de Fote Fortunato Leandro, Godoy Enrique, ABAD Julio Ricardo, SUAREZ Julio Guillermo; LERNER Rodolfo Hugo, SUAREZ Manuel Humberto; (iv) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de Fote Fortunato Leandro, Godoy Enrique, Abad Julio Ricardo, SUAREZ Julio Guillermo; LERNER Rodolfo Hugo, SUAREZ Manuel Humberto; (v) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio de LERNER Rodolfo Hugo; ABAD Julio Ricardo; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga, que impone una PENA de PRISIÓN PERPETUA, conforme se considera.-

XIX) CONDENAR a PEDRO OSVALDO CABALLERO de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de QUINCE AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) asociación ilícita agravada (arts. 210 y 210 bis del C.P. según Ley 21.338) y partícipe necesario (art. 45 del C.P.) penalmente responsable por la comisión de los siguientes delitos: ii) Privación ilegítima de la libertad (art. 144 bis del CP conf. ley 14616); iii) Tormentos agravados (art. 144 ter del C.P.) y iv) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio de Luis Alberto SOLDATI; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga, que impone una PENA de PRISIÓN PERPETUA, conforme se considera.-

XX) CONDENAR a RAMÓN ERNESTO COOKE, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material en la comisión del delito de i) Asociación ilícita agravada (arts. 210 y 210 bis del C.P. según Ley 21.338); autor mediato en la comisión de los delitos de (ii) Violación de domicilio (art. 151 del CP) de calle Gral. Heredia, de la localidad de Concepción, en perjuicio de CISTERNA Pastor Roberto y CISTERNA DE BULACIO María; y de calle 25 de mayo al 100 de Banda de Río Salí, Departamento Cruz Alta, Tucumán, en perjuicio de ROJAS, Luis; (iii) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis según ley 14.616) y (iv) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de ADRISS, Ismael; LOPEZ DE AGÜERO, Estela Josefina; AGÜERO, José Gabriel; CORREA, Fidel Emilio; CISTERNA, Pastor Roberto; CISTERNA de BULACIO, María; RODRIGUEZ, Juan Angel; RODRIGUEZ Juan Angel y ROJAS, Luis; (v) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio de ADRISS, Ismael; LOPEZ DE AGÜERO, Estela Josefina; AGÜERO, José Gabriel; CISTERNA Pastor Roberto; CISTERNA de BULACIO, María; y ROJAS Luis; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga, que impone una PENA de PRISIÓN PERPETUA, conforme se considera.

XXI) CONDENAR a HUGO ENZO SOTO, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de QUINCE AÑOS DE PRISIÓN , ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del C.P. según Ley 21.338); partícipe necesario (art. 45 del C.P.) en la comisión de los delitos de ii) Privación ilegítima de libertad; iii) Tormentos agravados; iv) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio de FURTH Federico; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga, que impone una PENA de PRISIÓN PERPETUA, conforme se considera.-

XXII) CONDENAR a JUAN ALBERTO ABRAHAM, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita (art. 210 del C.P.); ii) Privación ilegítima de libertad en perjuicio de LAZARTE Francisco Eudoro (Expte. n° 136/07); partícipe necesario (art. 45 del C.P.) en la comisión de los delitos de (iii) Violación de domicilio (art. 151 del CP) de calle Lavalle N° 3.354 de esta ciudad, en perjuicio de DÍAZ Francisco Rafael; de calle N° 6 José Hernández de la localidad de Villa Carmela, en perjuicio de COMAN Ricardo Aroldo y COMAN Ramón Antonio; de Cebil Redondo - San José, Departamento Yerba Buena en perjuicio de FOTE Juan Antonio; de calle Mendoza n° 1.340 de esta ciudad en perjuicio de GALLARDO Alberto Luis; de calle Alvear n° 490 de la ciudad de Santiago del Estero, en perjuicio de LESCANO Arturo Alberto; de su lugar de trabajo en el Sanatorio Ados ubicado en Mendoza al 100 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de GEREZ Luis Román; de calle Uruguay n° 1.353 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de RABSIUM Olga del Valle y SESTO Lilia Estela; de calle José Colombres n° 63, de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de CURIA Gloria Constanza y CURIA Fernando Ramiro; de la vivienda de sus padres ubicada en Tafí Viejo, en perjuicio de VÉLIZ Raúl Andrés; de Av. Mate de Luna 3.921 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de CHEBAIA, José Guetas; de calle Rivadavia n° 616 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de MACOR DE DÍAZ Susana, DÍAZ José Americo; de calle Matheu n° 665 de esta ciudad, en perjuicio de RODRIGUEZ José Manuel; de su vivienda ubicada en Los Ralos, Tucumán, en perjuicio de PAZ Antonio Domingo; de su vivienda en la localidad de Manuela Pedraza, Departamento Simoca, Tucumán, en perjuicio de SOLDATI Carlos Severino; de su vivienda ubicada en el Ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Juan Carlos; de la vivienda donde se encontraba en el ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Justo Francisco; de calle Marcos Paz n° 1.321 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de PEDREGOSA Dora María; de su vivienda en la localidad de Caspinchango, Departamento Monteros, Tucumán, en perjuicio de RACEDO José Inocencio y SANTOS OCHOA DE RACEDO Alcira; de calle Benjamín Paz n° 53 de San Miguel de Tucumán (calle Laprida n° 213 domicilio laboral donde es detenido), en perjuicio de RODRIGUEZ Wilfredo; de calle Catamarca n° 386 de esta ciudad, en perjuicio de VILLEGAS Jorge y VILLEGAS Aida Ines; de calle Florida n° 511 de Villa Alem, en perjuicio de SILVA María Esther; de Avenida Belgrano n° 2.550, Dpto. 12, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de SOTO Carlos Antonio; de su vivienda en el Ingenio San Juan, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de TULA Miguel Segundo; de calle Matienzo n° 863 de esta ciudad, en perjuicio de TULA Héctor Gerardo; de calle Buenos Aires n° 671, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de PONCE Humberto Rubén; de su vivienda en calle Perú s/n, ex Ingenio San José, Cebil Redondo, Departamento Yerba Buena, en perjuicio de ARGÜELLO Yolanda Esther; de su vivienda en calle Reconquista n° 410 de Tafí Viejo, en perjuicio de BARRIONUEVO María Tránsito; de Colonia 5 de Luisiana, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de ROMERO Raúl Rene y VALENZUELA Roberto; de su vivienda en Estación Pacará, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de BAZÁN DE ROMERO María del Valle y ROMERO Reyes Alcario; de calle Colón n° 835 de la ciudad de Concepción, en perjuicio de JIMENEZ Carlos Oscar; de calle Monteagudo n° 42 de la localidad de Monteros, Tucumán, en perjuicio de CORROTO Pedro Guillermo; de su vivienda en calle Gral. Heredia, localidad de Concepción, en perjuicio de CISTERNA Pastor Roberto y CISTERNA DE BULACIO María; de calle Laprida n° 110 Piso 5° Dpto. "C", San Miguel Tucumán, en perjuicio de COSSIO Ana María; de calle San Martín n° 2.728 de esta ciudad, en perjuicio de EGLOFF Víctor Felipe; de Calle 16, n° 134 de la localidad de El Manantial, Tucumán, en perjuicio de DÍAZ Manuela Margarita; de avenida Juan B. Justo n° 1.451 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de SOMAINI Ricardo Daniel; de su vivienda en Amaicha del Llano (paraje llamado Km. 1.240), en perjuicio de LAZARTE Francisco Eudoro; de su vivienda en calles Pringles y Peñaloza en la localidad de Yerba Buena, en perjuicio de SANTILLAN Gustavo Raúl; de calle 25 de mayo al 100 de Banda de Río Salí, Departamento Cruz Alta, Tucumán, en perjuicio de ROJAS José Dalmiro y ROJAS Luis; (iv) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis ley 14616) en perjuicio de DÍAZ, Francisco Rafael; DÍAZ Francisco Rafael (h); COMAN, Ramón Antonio; COMAN, Ricardo Aroldo; GALLARDO, Alberto Luis; LESCANO, Arturo Alberto; GEREZ, Luis Román; ALARCON, Justo Agustín (h); CHAMAS, José Rafael; Andrada, Juan Carlos; QUINTEROS de Viecho, Rosa; Miño, Juan Alberto; ARAUJO Eduardo Cesar; MOREIRA Victor Raúl; CURIA, Gloria Constanza; CURIA, Fernando Ramiro; BRITO Pablo Benito; Véliz Raúl Andrés; CHEBAIA, José Guetas; CALABRO, Elda Leonor; CENTURION, Javier Hipólito; Macor de DÍAZ, Susana; DÍAZ, Juan Leandro Eudaldo; DÍAZ, José Americo; CARRIZO Juan Manuel; ELIAS Raúl Edgardo; Mendéz José Carlos; LAPETINA Miguel Antonio; ELIAS, Victor Hugo; RODRIGUEZ, Joséanuel; Palacio, Angelica Margarita; PAZ, Antonio Domingo; SOLDATI, Berta; SOLDATI, Carlos Severino; Carballo, Juan Pablo; Olea, Miguel Angel; ONTIVERO, Juan Carlos; ONTIVERO, Justo Francisco (15 años); Navarro, Salvador Leocadio; GALLARDO, Carlos María; PEDREGOSA, Dora María; Racedo, José Inocencio; SANTOS OCHOA DE RACEDO Alcira; ALARCON Pedro Antonio; RODRIGUEZ, Wilfredo; VILLEGAS Jorge; VILLEGAS Aida Ines; Silva, María Esther; SOTO, Carlos Antonio; TULA, Miguel Segundo; TULA Hector Gerardo; TARTALO Rubén Lindor; TOLEDO María del Pilar; Di Lorenzo Juan Carlos; ADRISS, Ismael; PONCE, Humberto Rubén; LOPEZ DE AGÜERO, Estela Josefina; AGÜERO, José Gabriel; Argüello, Yolanda Esther; BARRIONUEVO, María Tránsito; ROMERO, Raúl Rene; ROMERO, Reyes Alcario; VALENZUELA, Roberto; SOSA DE FORTI, Nélida Azucena; CERVIÑO Pedro Antonio; CERVIÑO José Ramón; CAMPOS Enrique Aurelio; BEJAS, María Cristina; PEREYRA, Matías Claudio; CHAMATROPULOS, Demetrio Angel; JIMENEZ, Carlos Oscar; CORREA Fidel Emilio; CORROTO, Pedro Guillermo; CISTERNA, Pastor Roberto; CISTERNA de BULACIO, María; COSSIO, Ana María; EGLOFF, Víctor Felipe; IBAÑEZ, Luisa Ana; QUINTEROS, Wenceslao; DÍAZ, Manuela Margarita; RODRIGUEZ, Juan Angel; SOMAINI, Ricardo Daniel; SANTILLAN Gustavo Raúl; CASTRO, Juan Carlos; BURDISSO, Alicia Raquel; PARRILE de SALINAS, Silvana;SALINAS, Ricardo Luis; ROJAS José Dalmiro; ROJAS Luis OJEDA SIERRA, José Eduardo; (v) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de DÍAZ, Francisco Rafael, COMAN, Ricardo Aroldo; GALLARDO, Alberto Luis; LESCANO, Arturo Alberto; GEREZ, Luis Román; ALARCON, Justo Agustín (h); CHAMAS, José Rafael; ANDRADA, Juan Carlos; QUINTEROS de Viecho, Rosa; MIÑO, Juan Alberto; ARAUJO, Eduardo Cesar; MOREIRA, Victor Raúl; CURIA, Gloria Constanza; CURIA, Fernando Ramiro; BRITO, Pablo Benito; VÉLIZ Raúl Andrés; CHEBAIA José Guetas; CALABRO Elda Leonor; CENTURION Javier Hipólito; Macor de DÍAZ, Susana; DÍAZ, Juan Leandro Eudaldo; DÍAZ, José Americo; CARRIZO Juan Manuel; ELIAS, Raúl Edgardo; Mendez José Carlos; LAPETINA, Miguel Antonio; ELIAS Víctor Hugo; RODRIGUEZ, José Manuel; PALACIO, Angelica Margarita; PAZ Antonio Domingo; SOLDATI Berta; SOLDATI Carlos Severino; CARBALLO Juan Pablo; OLEA Miguel Angel; ONTIVERO, Juan Carlos; ONTIVERO Justo Francisco (15 años); NAVARRO, Salvador Leocadio; GALLARDO, Carlos María; PEDREGOSA, Dora María; RACEDO, José Inocencio; SANTOS OCHOA DE RACEDO Alcira; ALARCON Pedro Antonio; RODRIGUEZ, Wilfredo; VILLEGAS Jorge; VILLEGAS Aida Ines; Silva, María Esther; SOTO, Carlos Antonio; TULA, Miguel Segundo; TULA, Hector Gerardo; TARTALO, Rubén Lindor; TOLEDO María del Pilar; DI LORENZO Juan Carlos; ADRISS, Ismael; PONCE, Humberto Rubén; LOPEZ DE AGÜERO, Estela Josefina; AGÜERO, José Gabriel; ARGÜELLO, Yolanda Esther; BARRIONUEVO, María Tránsito; ROMERO, Raúl Rene; ROMERO, Reyes Alcario; VALENZUELA, Roberto; SOSA DE FORTI, Nélida Azucena; CERVIÑO, Pedro Antonio; CERVIÑO, José Ramón; CAMPOS, Enrique Aurelio; BEJAS, María Cristina; PEREYRA, Matías Claudio; CHAMATROPULOS Demetrio Angel; JIMENEZ, Carlos Oscar; CORREA, Fidel Emilio; CORROTO, Pedro Guillermo; CISTERNA, Pastor Roberto; CISTERNA de BULACIO, María; COSSIO, Ana María; EGLOFF, Victor Felipe; IBAÑEZ, Luisa Ana; QUINTEROS, Wenceslao; DÍAZ, Manuela Margarita; RODRIGUEZ, Juan Angel; SOMAINI, Ricardo Daniel; LAZARTE, Francisco Eudoro;SANTILLAN, Gustavo Raúl; CASTRO, Juan Carlos; BURDISSO, Alicia Raquel; PARRILE de SALINAS, Silvana;SALINAS, Ricardo Luis; ROJAS, José Dalmiro; ROJAS, Luis OJEDA SIERRA, José Eduardo (vi) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio de LESCANO Arturo Alberto; GEREZ, Luis Román; ALARCON Pedro Antonio; ALACON Justo Agustín (h); CHAMAS José Rafael; ANDRADA, Juan Carlos; QUINTEROS de VIECHO, Rosa; ARAUJO, Eduardo Cesar; RABSIUM Olga del Valle; SESTO, Lilia Estela; MOREIRA, Victor Raúl; CURIA, Gloria Constanza; CURIA, Fernando Ramiro; CHEBAIA, José Guetas; CALABRO, Elda Leonor; CENTURION, Javier Hipólito; MACOR DE DÍAZ, Susana; DÍAZ, Juan Leandro Eudaldo; DÍAZ, José Americo; CARRIZO Juan Manuel; ELIAS Victor Hugo; RODRIGUEZ, José Manuel; PAZ, Antonio Domingo; SOLDATI Berta; ONTIVERO Juan Carlos; RACEDO, José Inocencio; SANTOS OCHOA DE RACEDO, Alcira; VILLEGAS Jorge; VILLEGAS Aida Ines; SILVA, María Esther; TULA, Miguel Segundo; TULA, Héctor Gerardo; TARTALO Rubén Lindor; TOLEDO María del Pilar; DI LORENZO Juan Carlos; LOPEZ DE AGÜERO, Estela Josefina; AGÜERO, José Gabriel; ARGÜELLO, Yolanda Esther; BARRIONUEVO, María Tránsito; ROMERO, Raúl Rene; ROMERO, Reyes Alcario; VALENZUELA, Roberto; SOSA DE FORTI, Nélida Azucena; CAMPOS, Enrique Aurelio; BEJAS, María Cristina; PEREYRA, Matías Claudio; JIMENEZ, Carlos Oscar; CORROTO, Pedro Guillermo; CISTERNA Pastor Roberto; CISTERNA de BULACIO, María; EGLOFF Víctor Felipe; IBAÑEZ, Luisa Ana; QUINTEROS, Wenceslao; DÍAZ Manuela Margarita; SOMAINI, Ricardo Daniel; SANTILLAN Gustavo Raúl; CASTRO Juan Carlos; BURDISSO, Alicia Raquel; PARRILE de SALINAS Silvana;SALINAS, Ricardo Luis; ROJAS, José Dalmiro; ROJAS Luis; OJEDA SIERRA José Eduardo; partícipe necesario (art. 45) vii) Abuso deshonesto agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221) en perjuicio de E.L.C; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga, que impone una PENA de PRISIÓN PERPETUA, conforme se considera.-

XXIII) CONDENAR a ROLANDO REYES QUINTANA, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN , ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita (art. 210 del C.P.); partícipe necesario (art. 45 del C.P.) en la comisión de los delitos de (ii) Violación de domicilio (art. 151 del CP) de calle Lavalle N° 3.354 de esta ciudad, en perjuicio de DÍAZ Francisco Rafael; de calle N° 6 José Hernández de la localidad de Villa Carmela, en perjuicio de COMAN Ricardo Aroldo; de calle Mendoza n° 1.340 de esta ciudad en perjuicio de GALLARDO Alberto Luis, de su lugar de trabajo en el Sanatorio Ados ubicado en Mendoza al 100 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de GEREZ Luis Román; de la vivienda donde se encontraba trabajando de calle Rivadavia casi esquina pasaje Berthés de esta ciudad en perjuicio de DÍAZ Daniel Alfredo; de calle Uruguay n° 1.353 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de RABSIUM Olga del Valle y SESTO Lilia Estela; de calle José Colombres n° 63, de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de CURIA Gloria Constanza y CURIA Fernando Ramiro; de la vivienda de sus padres ubicada en Tafí Viejo, en perjuicio de VÉLIZ Raúl Andrés; de Av. Mate de Luna 3.921 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de CHEBAIA, José Guetas; de calle Rivadavia n° 616 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de MACOR DE DÍAZ Susana; DÍAZ, José Americo; DÍAZ Juan Leandro Eudaldo; de su vivienda ubicada en Los Ralos, Tucumán, en perjuicio de PAZ, Antonio Domingo; de su vivienda en la localidad de Manuela Pedraza, Departamento Simoca, Tucumán, en perjuicio de SOLDATI Carlos Severino; de su lugar de trabajo en calle San Juan al 800 en perjuicio de Berta María SOLDATI; de su vivienda ubicada de el Ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO, Juan Carlos; de la vivienda donde se encontraba en el ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO, Justo Francisco; de calle Marcos Paz n° 1.321 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de PEDREGOSA Dora María; de su vivienda en la localidad de Caspinchango, Departamento Monteros, Tucumán, en perjuicio de RACEDO José Inocencio y SANTOS OCHOA DE RACEDO, Alcira; de calle Benjamín Paz n° 53 de San Miguel de Tucumán y del domicilio donde estaba trabajando en calle Laprida n° 213, en perjuicio de RODRIGUEZ, Wilfredo; VILLEGAS, Aida Inés; de calle Florida n° 511 de Villa Alem, en perjuicio de SILVA, María Esther; de Avenida Belgrano n° 2.550, Dpto. 12, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de SOTO, Carlos Antonio; (iii) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis, ley 14.616) en perjuicio de DÍAZ, Francisco Rafael; COMAN, Ricardo Aroldo; GALLARDO, Alberto Luis; GEREZ, Luis Román; CHAMAS, José Rafael; ANDRADA, Juan Carlos; QUINTEROS de Viecho, Rosa; ARAUJO, Eduardo César; MOREIRA, Víctor Raúl; CURIA, Gloria Constanza; CURIA, Fernando Ramiro; BRITO, Pablo Benito; VÉLIZ, Raúl Andrés; CHEBAIA, José Guetas; CALABRÓ, Elda Leonor; CENTURIÓN, Javier Hipólito; MACOR DE DÍAZ, Susana; DÍAZ, Juan Leandro Eudaldo; DÍAZ, José Americo; CARRIZO, Juan Manuel; ELIAS, Raúl Edgardo; MÉNDEZ, José Carlos; LAPETINA, Miguel Antonio; ELIAS, Victor Hugo; Palacio, Angélica Margarita; PAZ, Antonio Domingo; SOLDATI, Berta María; SOLDATI, Carlos Severino; CARBALLO, Juan Pablo; ONTIVERO, Juan Carlos; ONTIVERO, Justo Francisco; NAVARRO, Salvador Leocadio; GALLARDO, Carlos María; PEDREGOSA, Dora María; RACEDO, José Inocencio; SANTOS OCHOA DE RACEDO Alcira; RODRÍGUEZ, Wilfredo; VILLEGAS, Aída Ines; SILVA, María Esther; SOTO, Carlos Antonio; TULA, Héctor Gerardo; TÁRTALO, Rubén Lindor; TOLEDO María del Pilar; DI LORENZO, Juan Carlos; (v) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de DÍAZ, Francisco Rafael; COMAN, Ricardo Aroldo; GALLARDO, Alberto Luis;; CHAMAS, José Rafael; ANDRADA, Juan Carlos; QUINTEROS DE VIECHO, Rosa; ARAUJO, Eduardo Cesar; CURIA, Gloria Constanza; CURIA, Fernando Ramiro; BRITO, Pablo Benito; VÉLIZ, Raúl Andrés; CHEBAIA, José Guetas; CALABRO, Elda Leonor; CENTURION, Javier Hipólito; MACOR DE DÍAZ, Susana; DÍAZ, Juan Leandro; DÍAZ, José Américo; CARRIZO, Juan Manuel; ELIAS, Raúl Edgardo; MÉNDEZ, José Carlos; LAPETINA, Miguel Antonio; ELIAS, Victor Hugo; PALACIO, Angélica Margarita; PAZ, Antonio Domingo; SOLDATI, Berta María; SOLDATI, Carlos Severino; CARBALLO, Juan Pablo; ONTIVERO, Juan Carlos; ONTIVERO, Justo Francisco; NAVARRO, Salvador Leocadio; GALLARDO, Carlos María; PEDREGOSA, Dora María; RACEDO, José Inocencio; SANTOS OCHOA DE RACEDO, Alcira; RODRIGUEZ, Wilfredo; VILLEGAS Aida Ines; SILVA, María Esther; SOTO, Carlos Antonio; TULA, Hector Gerardo; TARTALO, Rubén Lindor; TOLEDO María del Pilar; DI LORENZO, Juan Carlos; (vi) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio; GEREZ, Luis Román; CHAMAS, José Rafael; ANDRADA, Juan Carlos; QUINTEROS DE VIECHO, Rosa; ARAUJO, Eduardo Cesar; RABSIUM Olga del Valle; SESTO, Lilia Estela; CURIA, Gloria Constanza; CURIA, Fernando Ramiro; CHEBAIA, José Guetas; CALABRO, Elda Leonor; CENTURION, Javier Hipólito; MACOR DE DÍAZ, Susana; DÍAZ, Juan Leandro; DÍAZ, José Americo; CARRIZO, Juan Manuel; ELIAS, Victor Hugo; PAZ, Antonio Domingo; SOLDATI, Berta; ONTIVERO, Juan Carlos; Racedo, José Inocencio; SANTOS OCHOA DE RACEDO, Alcira; VILLEGAS Aida Ines; SILVA, María Esther; TULA, Héctor Gerardo; TARTALO, Rubén Lindor; TOLEDO María del Pilar; DI LORENZO, Juan Carlos; vii) partícipe necesario (art. 45 C.P.) de Abuso deshonesto agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221) en perjuicio de E.L.C; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga, que impone una PENA de PRISIÓN PERPETUA, conforme se considera.

XXIV) CONDENAR a HUGO JAVIER FIGUEROA, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material penalmente responsable por el delito de i) Asociación ilícita (art. 210 del C.P.); partícipe necesario (art. 45 del C.P.) de los delitos de: ii) Violación de domicilio (art. 151 C.P.) de calle Uruguay n° 1.353 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de RABSIUM, Olga del Valle y SESTO, Lilia Estela; de calle José Colombres n° 63, de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de CURIA, Gloria Constanza y CURIA, Fernando Ramiro; del domicilio donde se encontraba trabajando en la administración del Sanatorio "Reyes Olea" de la Obra Social de Obreros de Fábrica y Surco del Ingenio Cruz Alta, ubicado en calle Congreso 227 de esta ciudad en perjuicio de Pablo Benito BRITO; de Av. Mate de Luna 3.921 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de CHEBAIA, José Guetas; de calle Lavalle N° 3.354 de esta ciudad, en perjuicio de DÍAZ, Francisco Rafael; de calle Rivadavia n° 616 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de MACOR DE DÍAZ Susana, DÍAZ José Americo y DIAZ, Juan Leandro; de calle Mendoza n° 1.340 de esta ciudad en perjuicio de GALLARDO, Alberto Luis; de su vivienda en Amaicha del Llano (paraje llamado Km. 1.240), en perjuicio de LAZARTE Francisco Eudoro; de su vivienda ubicada en Los Ralos, Tucumán, en perjuicio de PAZ, Antonio Domingo; de la finca citrícola de propiedad de Manuel Antonio Vargas, sita entre la Curva de Los Vega y Los Pocitos, Departamento Tafí Viejo, Tucumán, donde se encontraba trabajando, en perjuicio de Salvador Leocadio NAVARRO; de su vivienda en la localidad de Manuela Pedraza, Departamento Simoca, Tucumán, en perjuicio de SOLDATI, Carlos Severino; de calle Matheu n° 665 de esta ciudad, en perjuicio de RODRIGUEZ, José Manuel; de calle Benjamín Paz n° 53 de San Miguel de Tucumán y del domicilio donde estaba trabajando en calle Laprida n° 213, en perjuicio de RODRIGUEZ, Wilfredo; de calle Alvear n° 490 de la ciudad de Santiago del Estero, en perjuicio de LESCANO, Arturo Alberto; de calle Florida n° 511 de Villa Alem, en perjuicio de SILVA, María Esther; de calle Matienzo n° 863 de esta ciudad, en perjuicio de TULA, Héctor Gerardo; de calle Catamarca n° 386 de esta ciudad, en perjuicio de Aída Inés VILLEGAS; de su vivienda ubicada de el Ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO, Juan Carlos; de la vivienda donde se encontraba en el ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO, Justo Francisco; del domicilio donde se encontraba trabajando en el Cargadero Agua Blanca del Ingenio La Fronterita y de su vivienda ubicada en calle Laprida n° 142 de la ciudad de Famaillá, en perjuicio de Carlos E. PETAROSSI; de calle Marcos Paz n° 1.321 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de PEDREGOSA, Dora María; de Avenida Belgrano n° 2.550, Dpto. 12, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de SOTO, Carlos Antonio; de su lugar de trabajo en el Sanatorio Ados ubicado en Mendoza al 100 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de GEREZ, Luis Román; de su vivienda en la localidad de Caspinchango, Departamento Monteros, Tucumán, en perjuicio de RACEDO, José Inocencio y SANTOS OCHOA DE RACEDO, Alcira; de la vivienda de la familia Albo donde se encontraba, en el Colmenar, en perjuicio de Justo Agustín ALARCON; de una casa de campo en la zona de Piedrabuena donde se encontraba, en perjuicio de Miguel Ángel Olea; de su trabajo en el Ingenio San Juan, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de Manuel Antonio TARTALO; de su vivienda en el Ingenio San Juan, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de TULA Miguel Segundo; (iii) Privación ilegítima de la libertad (artículo 144 bis del CP - ley 14616) en perjuicio de Juan Carlos MÉNDEZ; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Pablo Benito BRITO; Elda Leonor CALABRO; Juan Manuel CARRIZO; Javier Hipólito CENTURION; José Guetas CHEBAIA; Francisco Rafael DÍAZ; Juan Leandro Eudaldo DÍAZ, José Américo DÍAZ; Susana MACOR DÍAZ; Raúl Edgardo ELIAS; Luis Alberto GALLARDO; Carlos María GALLARDO; Miguel Antonio LAPETINA; Francisco Eudoro LAZARTE; Antonio Domingo PAZ; Salvador Leocadio NAVARRO; Berta María SOLDATI; Carlos Severino SOLDATI; José Manuel RODRÍGUEZ; Wilfredo RODRÍGUEZ; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Rubén Lindor TARTALO; Juan Carlos DI LORENZO; María del Pilar TOLEDO; Héctor Gerardo TULA; Aída Inés VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS DE VIECHO; Eduardo Cesar ARAUJO; Justo Francisco ONTIVERO; Juan Carlos ONTIVERO; Carlos E. PETAROSSI; Víctor Hugo ELIAS; Dora María PEDREGOSA; Carlos Antonio SOTO; Ricardo Aroldo COMAN; Luis Román GEREZ; José Inocencio RACEDO; Alcira SANTOS OCHOA DE RACEDO; Justo Agustín ALARCÓN; Miguel Ángel OLEA; Angélica Margarita Palacio; Raúl Andrés VÉLIZ; Manuel Antonio TÁRTALO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Juan Pablo CARBALLO; Miguel Segundo TULA; iv)Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo del C.P., ley 14.616) en perjuicio de Juan Carlos MÉNDEZ; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Pablo Benito BRITO; Elda Leonor CALABRÓ; Juan Manuel CARRIZO; Javier Hipólito CENTURIÓN; José Guetas CHEBAIA; Francisco Rafael DÍAZ; Juan Leandro Eudaldo DÍAZ, José Américo DÍAZ; Susana MACOR DE DÍAZ; Raúl Edgardo ELIAS; Luís Alberto GALLARDO; Carlos María GALLARDO; Miguel Antonio LAPETINA; Francisco Eudoro LAZARTE; Antonio Domingo PAZ; Salvador Leocadio NAVARRO; Berta María Soldati; Carlos Severino SOLDATI; José Manuel RODRÍGUEZ; Wilfredo RODRÍGUEZ; Arturo Alberto LESCANO; María Esther Silva; Rubén Lindor TARTALO; Juan Carlos DI LORENZO; María del Pilar TOLEDO; Héctor Gerardo TULA; Aída Inés VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS DE VIECHO; Eduardo César ARAUJO; Justo Francisco ONTIVERO; Juan Carlos ONTIVERO; Carlos E. PETAROSSI; Víctor Hugo ELIAS; Dora María PEDREGOSA; Carlos Antonio SOTO; Ricardo Aroldo COMAN; Luis Román GEREZ; José Inocencio Racedo y Alcira SANTOS OCHOA DE RACEDO; Justo Agustín ALARCON; Miguel Ángel OLEA; Angélica Margarita PALACIO; Raúl Andrés VÉLIZ; Manuel Antonio TÁRTALO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Juan Pablo CARBALLO; Miguel Segundo TULA; v) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio de Lilia Estela SESTO; Olga del Valle RABSIUM; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Elda Leonor CALABRÓ; Juan Manuel CARRIZO; Javier Hipólito CENTURIÓN; José Guetas CHEBAIA; Juan Leandro Eudaldo DÍAZ; José Américo DÍAZ; Susana MACOR DE DÍAZ; Antonio Domingo PAZ; Berta María SOLDATI; José Manuel RODRÍGUEZ; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Rubén Lindor TÁRTALO; Juan Carlos DI LORENZO; María del Pilar TOLEDO; Héctor Gerardo TULA; Aída Inés VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS DE VIECHO; Eduardo César ARAUJO; Juan Carlos ONTIVERO; Víctor Hugo ELIAS; Luis Román GEREZ; José Inocencio RACEDO; Alcira SANTOS OCHOA DE RACEDO; Justo Agustín ALARCÓN; Manuel Antonio TÁRTALO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Miguel Segundo TULA; vi) Abuso deshonesto agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221) en perjuicio de E.L.C; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga, que impone una PENA de PRISIÓN PERPETUA, conforme se considera.-

XXV) CONDENAR a OSCAR HUMBERTO GÓMEZ, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material penalmente responsable por el delito de i) Asociación ilícita (art. 210 del C.P.); partícipe necesario (art. 45 del C.P.) de los siguientes delitos: ii) Violación de domicilio (art. 151 C.P de calle Perú s/n, ex Ingenio San José, Cebil Redondo, Departamento Yerba Buena, en perjuicio de Yolanda Esther Argüello; de calle Uruguay n° 1.353 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de RABSIUM Olga del Valle y SESTO Lilia Estela; de calle José Colombres n° 63, de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Gloria Constanza, Fernando Ramiro CURIA; del domicilio donde se encontraba trabajando en la administración del Sanatorio "Reyes Olea" de la Obra Social de Obreros de Fábrica y Surco del Ingenio Cruz Alta, ubicado en calle Congreso 227 de esta ciudad en perjuicio de Pablo Benito BRITO; de calle Reconquista n° 410 de Tafí Viejo, en perjuicio de BARRIONUEVO María Tránsito; de su vivienda de Colonia 5 de Luisiana, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de ROMERO Raúl Rene y VALENZUELA Roberto; de su vivienda en Estación Pacará, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de BAZÁN DE ROMERO María del Valle y ROMERO Reyes Alcario; de Av. Mate de Luna 3.921 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de José Guetas CHEBAIA; de su lugar de trabajo en el Ingenio Ñuñorco, en perjuicio de Fidel Emilio CORREA; de calle Monteagudo n° 42 de la localidad de Monteros, Tucumán, en perjuicio de CORROTO Pedro Guillermo; de calle Lavalle N° 3.354 de esta ciudad, en perjuicio de DÍAZ Francisco Rafael; de la vivienda donde se encontraba trabajando de calle Rivadavia casi esquina pasaje Berthés de esta ciudad en perjuicio de DÍAZ Daniel Alfredo; de calle Rivadavia n° 616 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de MACOR DE DÍAZ Susana, DÍAZ José Americo y DÍAZ Juan Leandro Eudaldo; de Calle 16, n° 134 de la localidad de El Manantial, Tucumán, en perjuicio Manuela Margarita DÍAZ; de calle San Martín n° 2.728 de esta ciudad, en perjuicio de EGLOFF Víctor Felipe; de calle Mendoza n° 1.340 de esta ciudad en perjuicio de GALLARDO Alberto Luis; de su vivienda de Amaicha del Llano (paraje llamado Km. 1.240), en perjuicio de LAZARTE Francisco Eudoro; de avenida Juan B. Justo n° 1.451 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Ricardo Daniel SOMAINI; de su vivienda ubicada en Los Ralos, Tucumán, en perjuicio de Antonio Domingo PAZ; de calle Emilio Castelar n° 2521, en perjuicio de Carlos Moisés NUÑEZ; de la finca citrícola de propiedad de Manuel Antonio Vargas, sita entre la Curva de Los Vega y Los Pocitos, Departamento Tafí Viejo, Tucumán, donde se encontraba trabajando, en perjuicio de Salvador Leocadio NAVARRO; de su vivienda en la localidad de Manuela Pedraza, Departamento Simoca, Tucumán, en perjuicio de Carlos Severino SOLDATI; de calle Matheu n° 665 de esta ciudad, en perjuicio de José Manuel RODRIGUEZ; de calle Buenos Aires n° 671, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Humberto Rubén PONCE; de calle Benjamín Paz n° 53 de San Miguel de Tucumán y del domicilio donde estaba trabajando en calle Laprida n° 213, en perjuicio de Wilfredo RODRIGUEZ; de calle 25 de mayo al 100 de Banda de Río Salí, Departamento Cruz Alta, Tucumán, en perjuicio de José Dalmiro y Luis ROJAS; de su vivienda en la localidad de Delfín Gallo, Departamento Cruz Alta de la provincia de Tucumán, en perjuicio de Domingo Nicolás ROMANO; de calle Alvear n° 490 de la ciudad de Santiago del Estero, en perjuicio de LESCANO Arturo Alberto; de calle Florida n° 511 de Villa Alem, en perjuicio de María Esther Silva; de calle Matienzo n° 863 de esta ciudad, en perjuicio de Héctor Gerardo TULA; de calle Catamarca n° 386 de esta ciudad, en perjuicio de Aída Inés y Jorge VILLEGAS; de la vivienda ubicada en Rio Seco, Tucumán, en perjuicio de Juan Alberto Miño; de su vivienda ubicada en el Ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Juan Carlos; de la vivienda donde se encontraba en el ex Ingenio Lules; de calle Italia n° 2.768 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Horacio Marcelo PONCE; del domicilio donde se encontraba trabajando en el Cargadero Agua Blanca del Ingenio La Fronterita y de su vivienda ubicada en calle Laprida n° 142 de la ciudad de Famaillá, en perjuicio de Carlos E. Petarossi; de calles Pringles y Peñaloza en la localidad de Yerba Buena, en perjuicio de Raúl Gustavo SANTILLAN; de Avenida Belgrano n° 2.550, Dpto. 12, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Carlos Antonio SOTO; de calle N° 6 José Hernández de la localidad de Villa Carmela, en perjuicio de COMAN Ricardo Aroldo y COMAN Ramón Antonio; de calle Gral. Heredia, de la localidad de Concepción, en perjuicio de María CISTERNA de BULACIO y Pastor Roberto CISTERNA; de su lugar de trabajo en el Sanatorio Ados ubicado en Mendoza al 100 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de GEREZ Luis Román; de calle Laprida n° 110 Piso 5° Dpto. "C" de San Miguel Tucumán, en perjuicio de Ana María COSSIO; de su vivienda en la localidad de Caspinchango, Departamento Monteros, Tucumán, en perjuicio de José Inocencio RACEDO y Alcira SANTOS OCHOA DE RACEDO; de la vivienda de de Pje. José Figueroa Alcorta n° 1.658 de esta ciudad, en perjuicio de Pedro Antonio ALARCON; de la vivienda de la familia Albo donde se encontraba en el Colmenar, en perjuicio de Justo Agustín ALARCON; de una casa de campo en la zona de Piedrabuena donde se encontraba, en perjuicio de Miguel Ángel Olea; de su trabajo en el Ingenio San Juan, Departamento Cruz Alta, en perjuicio Manuel Antonio TARTALO; de su vivienda en el Ingenio San Juan, Departamento Cruz Alta, en perjuicio Miguel Segundo TULA; del Ingenio Ñuñorco, de la localidad de Monteros donde se encontraba trabajando, en perjuicio de Juan Ángel RODRIGUEZ; iii) Privación ilegítima de la libertad (artículo 144 bis del CP - ley 14616) en perjuicio de José Gabriel AGÜERO; Estela Josefina LOPEZ de AGÜERO; Yolanda Esther ARGÜELLO; José Carlos MÉNDEZ; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Víctor Daniel MOREIRA; Pablo Benito BRITO; María Transito BARRIONUEVO; Roberto Lucio VALENZUELA; Raúl René ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; María del Valle BAZÁN DE ROMERO; María Cristina BEJAS; Elda Leonor CALABRÓ; Juan Manuel CARRIZO; Juan Ignacio CATIVA; Matías Claudio PEREYRA; María Cristina Verónica PEREYRA; Javier Hipólito CENTURION; Carlos Oscar JIMENEZ; Demetrio Ángel CHAMATRÓPULOS; Pedro Antonio CERVIÑO; José Ramón CERVIÑO; José Guetas CHEBAIA; Fidel Emilio CORREA; Pedro Guillermo CORROTO; Francisco Rafael DÍAZ; Francisco Rafael DÍAZ; Ismael ADRISS; Daniel Alfredo DÍAZ, Juan Leandro Eudaldo DÍAZ; José Américo DÍAZ; Susana MACOR DE DÍAZ; Manuela Margarita DÍAZ; Víctor Felipe EGLOFF; Raúl Edgardo ELIAS; Luis Alberto GALLARDO; Carlos María GALLARDO; Luisa Ana Ibáñez; Miguel Antonio LAPETINA; Francisco Eudoro LAZARTE; Ricardo Daniel SOMAINI; Antonio Domingo PAZ; Juan Carlos CASTRO; Salvador Leocadio NAVARRO; Berta María SOLDATI; y Carlos Severino SOLDATI; José Manuel RODRIGUEZ; Humberto Rubén PONCE; Silvana PARRILE DE SALINAS; Ricardo Luis SALINAS; Wilfredo RODRIGUEZ; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; Domingo Nicolás ROMANO; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Nélida Azucena SOSA DE FORTI; Rubén Lindor TARTALO; Juan Carlos DI LORENZO; María del Pilar TOLEDO; Héctor Gerardo TULA; Aída Inés VILLEGAS; Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS DE VIECHO; Eduardo Cesar ARAUJO; Juan Alberto MIÑO; Justo Francisco ONTIVERO; Juan Carlos ONTIVERO; Horacio Marcelo PONCE; Carlos E. PETAROSSI; Raúl Gustavo SANTILLAN; Víctor Hugo ELIAS; Dora María PEDREGOSA; Carlos Antonio SOTO; Ricardo Aroldo COMAN; Ramón Antonio COMAN; María CISTERNA DE BULACIO; Pastor Roberto CISTERNA; Luis Román GEREZ; Ana María COSSIO; José Inocencio RACEDO; Alcira SANTOS OCHOA DE RACEDO; Justo Agustín ALARCÓN; Pedro Antonio ALARCON; Wenceslao QUINTEROS; Miguel Ángel OLEA; Angélica Margarita Palacio; Alicia Raquel BURDISSO; Raúl Andrés VÉLIZ; Manuel Antonio TÁRTALO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Juan Pablo CARBALLO; Miguel Segundo TULA; Enrique Aurelio CAMPOS; Juan Ángel RODRÍGUEZ; José Eduardo OJEDA SIERRA; iv) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo del CP, ley 14.616) en perjuicio de José Gabriel AGÜERO; Estela Josefina LOPEZ de AGÜERO; Yolanda Esther ARGÜELLO; José Carlos MÉNDEZ; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Víctor Daniel MOREIRA; Pablo Benito BRITO; María Tránsito BARRIONUEVO; Roberto Lucio VALENZUELA; Raúl René ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; María del Valle BAZÁN DE ROMERO; María Cristina BEJAS; Elda Leonor CALABRO; Juan Manuel CARRIZO; Juan Ignacio CATIVA; Matías Claudio PEREYRA; María Cristina Verónica PEREYRA; Javier Hipólito CENTURION; Carlos Oscar JIMÉNEZ; Demetrio Ángel Chamatrópulos; Pedro Antonio CERVIÑO; José Ramón CERVIÑO; José Guetas CHEBAIA; Fidel Emilio CORREA; Pedro Guillermo CORROTO; Francisco Rafael DÍAZ; Francisco Rafael DÍAZ (h); Ismael ADRISS; Daniel Alfredo DÍAZ; Juan Leandro Eudaldo DÍAZ; José Américo DÍAZ; Susana MACOR DE DÍAZ; Manuela Margarita DÍAZ; Víctor Felipe EGLOFF; Raúl Edgardo ELIAS; Luis Alberto GALLARDO; Carlos María GALLARDO; Luisa Ana Ibáñez; Miguel Antonio LAPETINA; Francisco Eudoro LAZARTE; Ricardo Daniel SOMAINI; Antonio Domingo PAZ; Juan Carlos CASTRO; Salvador Leocadio NAVARRO; Berta María SOLDATI; Carlos Severino SOLDATI; José Manuel RODRIGUEZ; Humberto Rubén PONCE; Silvana PARRILE de SALINAS; Ricardo Luis SALINAS; Wilfredo RODRIGUEZ; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; Domingo Nicolás ROMANO; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Nélida Azucena SOSA DE FORTI; Rubén Lindor TÁRTALO; Juan Carlos DI LORENZO; María del Pilar TOLEDO; Héctor Gerardo TULA; Aída Inés VILLEGAS; Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS DE VIECHO; Eduardo César ARAUJO; Juan Alberto MIÑO; Justo Francisco ONTIVERO; Juan Carlos ONTIVERO; Horacio Marcelo PONCE; Carlos E. PETAROSSI; Raúl Gustavo SANTILLAN; Víctor Hugo ELIAS; Dora María PEDREGOSA; Carlos Antonio SOTO; Ricardo Aroldo COMAN; Ramón Antonio COMAN; María CISTERNA DE BULACIO; Pastor Roberto CISTERNA; Luis Román GEREZ ; Ana María COSSIO; José Inocencio RACEDO; Alcira SANTOS OCHOA DE RACEDO; Justo Agustín ALARCON; Pedro Antonio ALARCON; Wenceslao QUINTEROS; Miguel Ángel OLEA; Angélica Margarita PALACIO; Alicia Raquel BURDISSO; Raúl Andrés VÉLIZ; Manuel Antonio TARTALO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Juan Pablo CARBALLO; Miguel Segundo TULA; Enrique Aurelio CAMPOS; Juan Ángel RODRIGUEZ; José Eduardo OJEDA SIERRA; v) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio de José Gabriel AGÜERO; Estela Josefina LOPEZ de AGÜERO; Yolanda Esther ARGÜELLO; Lilia Estela SESTO; Olga del Valle RABSIUM; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Víctor Daniel MOREIRA; María Tránsito BARRIONUEVO; Roberto Lucio VALENZUELA; Raúl René ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; María Cristina BEJAS; Elda Leonor CALABRÓ; Juan Manuel CARRIZO; Matías Claudio PEREYRA; Javier Hipólito CENTURION; Carlos Oscar JIMÉNEZ; José Guetas CHEBAIA; Pedro Guillermo CORROTO; Francisco Rafael DÍAZ (h); Ismael ADRISS; Juan Leandro Eudaldo DÍAZ; José Américo DÍAZ; Susana MACOR DE DÍAZ; Manuela Margarita DÍAZ; Víctor Felipe EGLOFF; Luisa Ana IBÁÑEZ; Ricardo Daniel SOMAINI; Antonio Domingo PAZ; Juan Carlos CASTRO; Berta María SOLDATI; José Manuel RODRÍGUEZ; Humberto Rubén PONCE; Silvana PARRILE DE SALINAS; Ricardo Luis SALINAS; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; Domingo Nicolás ROMANO; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Nélida Azucena SOSA DE FORTI; Rubén Lindor TÁRTALO; Juan Carlos DI LORENZO; María del Pilar TOLEDO; Héctor Gerardo TULA; Aída Inés VILLEGAS; Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS DE VIECHO; Eduardo Cesar ARAUJO; Juan Carlos ONTIVERO; Horacio Marcelo PONCE; Raúl Gustavo SANTILLÁN; Víctor Hugo ELIAS; María CISTERNA DE BULACIO; Pastor Roberto CISTERNA; Luis Román GEREZ; José Inocencio RACEDO; Alcira SANTOS OCHOA DE RACEDO; Justo Agustín ALARCÓN; Pedro Antonio ALARCÓN; Wenceslao QUINTEROS; Alicia Raquel BURDISSO; Manuel Antonio TÁRTALO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Miguel Segundo TULA; Enrique Aurelio CAMPOS; José Eduardo OJEDA SIERRA; vi) Abuso deshonesto agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221) en perjuicio de E.L.C; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga, que impone una PENA de PRISIÓN PERPETUA, conforme se considera.-

XXVI) CONDENAR a FÉLIX INSAURRALDE, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material penalmente responsable del delito de i) Asociación ilícita (arts. 210); partícipe necesario (art. 45 del C.P.) de los siguientes delitos: ii) Violación de domicilio (art. 151 C.P.) de calle Perú s/n, ex Ingenio San José, Cebil Redondo, Departamento Yerba Buena, en perjuicio de Yolanda Esther ARGÜELLO; de calle Uruguay n° 1.353 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Lilia Estela SESTO y Olga del Valle RABSIUM; de calle José Colombres n° 63, de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Gloria Constanza, Fernando Ramiro CURIA; del domicilio donde se encontraba trabajando en la administración del Sanatorio "Reyes Olea" de la Obra Social de Obreros de Fábrica y Surco del Ingenio Cruz Alta, ubicado en calle Congreso 227 de esta ciudad en perjuicio de Pablo Benito BRITO ; de calle Reconquista n° 410 de Tafí Viejo, en perjuicio de María Transito BARRIONUEVO; de su vivienda de Colonia 5 de Luisiana, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de Roberto Lucio VALENZUELA y Raúl René ROMERO, de su vivienda de Estación Pacará, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de BAZÁN DE ROMERO María del Valle y ROMERO Reyes Alcario; de calle Colón n° 835 de la ciudad de Concepción, en perjuicio de Carlos Oscar JIMENEZ; de Av. Mate de Luna 3.921 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de José Guetas CHEBAIA; de su lugar de trabajo en el Ingenio Ñuñorco, en perjuicio de Fidel Emilio CORREA; de calle Monteagudo n° 42 de la localidad de Monteros, Tucumán, en perjuicio de Pedro Guillermo CORROTO; de calle Lavalle N° 3.354 de esta ciudad, en perjuicio de Francisco Rafael DÍAZ; de la vivienda donde se encontraba trabajando de calle Rivadavia casi esquina pasaje Bertrés de esta ciudad en perjuicio de Daniel Alfredo, de calle Rivadavia n° 616 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Juan Leandro Eudaldo y José Américo DÍAZ y Susana Macor de DÍAZ; de Calle 16, n° 134 de la localidad de El Manantial, Tucumán, en perjuicio de Manuela Margarita DÍAZ; de calle San Martín n° 2.728 de esta ciudad, en perjuicio de Víctor Felipe EGLOFF; de calle Mendoza n° 1.340 de esta ciudad en perjuicio de Luís Alberto GALLARDO; de su vivienda de Amaicha del Llano (paraje llamado Km. 1.240), en perjuicio de Francisco Eudoro LAZARTE; de avenida Juan B. Justo n° 1.451 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Ricardo Daniel SOMAINI; de su vivienda ubicada en Los Ralos, Tucumán, en perjuicio de Antonio Domingo PAZ; de la finca citrícola de propiedad de Manuel Antonio Vargas, sita entre la Curva de Los Vega y Los Pocitos, Departamento Tafí Viejo, Tucumán, donde se encontraba trabajando, en perjuicio de Salvador Leocadio Navarro; de su vivienda en la localidad de Manuela Pedraza, Departamento Simoca, Tucumán, en perjuicio de Carlos Severino SOLDATI; de su lugar de trabajo en San Juan al 800 de San Miguel de Tucumán en perjuicio de Berta María SOLDATI; de calle Matheu n° 665 de esta ciudad, en perjuicio de José Manuel RODRIGUEZ; de calle Buenos Aires n° 671 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Humberto Rubén PONCE; de calle Benjamín Paz n° 53 de San Miguel de Tucumán y de calle Laprida n° 213 domicilio laboral donde es detenido, en perjuicio de Wilfredo RODRIGUEZ; de calle 25 de mayo al 100 de Banda de Río Salí, Departamento Cruz Alta, Tucumán, en perjuicio de José Dalmiro y Luis ROJAS; de calle Alvear n° 490 de la ciudad de Santiago del Estero, en perjuicio de Arturo Alberto LESCANO; de calle Florida n° 511 de Villa Alem, en perjuicio de María Esther SILVA; de calle Matienzo n° 863 de esta ciudad, en perjuicio de Héctor Gerardo TULA; de calle Catamarca n° 386 de esta ciudad, en perjuicio de Aída Inés y Jorge VILLEGAS; de la vivienda ubicada en Rio Seco, Tucumán, en perjuicio de Juan Alberto Miño; de su vivienda ubicada en el Ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Juan Carlos; de la vivienda donde se encontraba en el ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Justo Francisco; de calle Italia n° 2.768 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Horacio Marcelo PONCE; de su vivienda en calles Pringles y Peñaloza en la localidad de Yerba Buena, en perjuicio de Raúl Gustavo SANTILLAN; de calle Marcos Paz n° 1.321 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Dora María PEDREGOSA; de Avenida Belgrano n° 2.550, Dpto. 12, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Carlos Antonio SOTO; de la localidad de Concepción, en perjuicio de María CISTERNA de BULACIO y Pastor Roberto CISTERNA; de su lugar de trabajo en el Sanatorio Ados ubicado en Mendoza al 100 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Luís Román GEREZ; de calle Laprida n° 110 Piso 5° Dpto. "C" de San Miguel Tucumán, en perjuicio de Ana María COSSIO; de su vivienda en la localidad de Caspinchango, Departamento Monteros, Tucumán, en perjuicio de José Inocencio RACEDO y Alcira SANTOS OCHOA DE RACEDO; de la vivienda de de Pje. José Figueroa Alcorta n° 1.658 de esta ciudad, en perjuicio de Pedro Antonio ALARCON; de la vivienda de la familia Albo donde se encontraba, en el Colmenar, en perjuicio de Justo Agustín ALARCON; de una casa de campo en la zona de Piedrabuena donde se encontraba, en perjuicio de Miguel Ángel OLEA; de su trabajo en el Ingenio San Juan, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de Manuel Antonio TARTALO; de su vivienda en el Ingenio San Juan, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de Miguel Segundo TULA; del Ingenio Ñuñorco, de la localidad de Monteros donde se encontraba trabajando, en perjuicio de Juan Ángel RODRIGUEZ; iii) Privación ilegítima de la libertad (artículo 144 bis del CP - ley 14616) en perjuicio de Yolanda Esther ARGÜELLO; José Carlos MENDEZ; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Víctor Daniel MOREIRA; Pablo Benito BRITO; María Transito BARRIONUEVO; Roberto Lucio VALENZUELA, Raúl René ROMERO, Reyes Alcario ROMERO; María del Valle BAZÁN de ROMERO; María Cristina BEJAS; Elda Leonor CALABRÓ; Matías Claudio PEREYRA: María Cristina Verónica PEREYRA; Javier Hipólito CENTURÓN; Carlos Oscar JIMENEZ; Demetrio Ángel CHAMATROPULUS; Pedro Antonio CERVIÑO; José Ramón CERVIÑO; José Guetas CHEBAIA ; Fidel Emilio CORREA; Pedro Guillermo CORROTO; Francisco Rafael DÍAZ; Ismael ADRISS; Daniel Alfredo DÍAZ; Juan Leandro Eudaldo DÍAZ; José Américo DÍAZ; Susana MACOR de DÍAZ; Manuela Margarita DÍAZ; Víctor Felipe EGLOFF; Raúl Edgardo ELIAS; Luís Alberto GALLARDO; Carlos María GALLARDO; Luisa Ana IBÁÑEZ; Miguel Antonio LAPETINA; Francisco Eudoro LAZARTE; Ricardo Daniel SOMAINI; Antonio Domingo PAZ; Juan Carlos CASTRO; Salvador Leocadio NAVARRO; Berta María SOLDATI; Carlos Severino SOLDATI ; José Manuel RODRIGUEZ ; Humberto Rubén PONCE; Silvana PARRILE de SALINAS; Ricardo Luís SALINAS; Wilfredo RODRIGUEZ; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Nélida Azucena SOSA DE FORTI; Rubén Lindor TARTALO; Juan Carlos DI LORENZO; María del Pilar TOLEDO; Héctor Gerardo TULA; Aída Inés VILLEGAS; Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS de VIECHO; Eduardo Cesar ARAUJO: Juan Alberto MIÑO; Justo Francisco ONTIVERO; Juan Carlos ONTIVERO; Horacio Marcelo PONCE; Carlos E. PETAROSSI; Raúl Gustavo SANTILLÁN; Dora María PEDREGOSA; Carlos Antonio SOTO; Ricardo Aroldo COMAN; María CISTERNA de BULACIO; Pastor Roberto CISTERNA; Luís Román GEREZ; Ana María COSSIO; José Inocencio RACEDO; Alcira SANTOS OCHOA de RACEDO; Justo Agustín ALARCÓN; Pedro Antonio ALARCÓN; Wenceslao QUINTEROS; Miguel Ángel OLEA; Angélica Margarita PALACIO; Alicia Raquel BURDISSO; Raúl Andrés VÉLIZ ; Manuel Antonio TARTALO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Juan Pablo CARBALLO; Miguel Segundo TULA; Enrique Aurelio CAMPOS; Juan Ángel RODRÍGUEZ ; José Eduardo OJEDA SIERRA; iv)Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo del CP, ley 14.616) en perjuicio de Yolanda Esther ARGÜELLO; José Carlos MÉNDEZ ; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Víctor Daniel MOREIRA; Pablo Benito BRITO; María Tránsito BARRIONUEVO; Roberto Lucio VALENZUELA; Raúl René ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; María del Valle BAZÁN de ROMERO; María Cristina BEJAS; Elda Leonor CALABRÓ; Matías Claudio PEREYRA; María Cristina Verónica PEREYRA; Javier Hipólito CENTURIÓN; Carlos Oscar JIMÉNEZ; Demetrio Ángel CHAMATRÓPULUS; Pedro Antonio CERVIÑO; José Ramón CERVIÑO; José Guetas CHEBAIA; Fidel Emilio CORREA; Pedro Guillermo CORROTO; Francisco Rafael DÍAZ; Ismael ADRISS; Daniel Alfredo DÍAZ, Juan Leandro Eudaldo DÍAZ; José Américo DÍAZ; Susana MACOR de DÍAZ; Manuela Margarita DÍAZ; Víctor Felipe EGLOFF; Raúl Edgardo ELIAS; Luís Alberto GALLARDO; Carlos María GALLARDO; Luisa Ana IBÁÑEZ; Miguel Antonio LAPETINA ; Francisco Eudoro LAZARTE; Ricardo Daniel SOMAINI; Antonio Domingo PAZ; Juan Carlos CASTRO; Salvador Leocadio NAVARRO; Berta María SOLDATI; Carlos Severino SOLDATI; José Manuel RODRÍGUEZ ; Humberto Rubén PONCE; Silvana PARRILE de SALINAS; Ricardo Luís SALINAS; Wilfredo RODRÍGUEZ; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; Arturo Alberto LESCANO; María Esther Silva; Nélida Azucena SOSA de FORTI ; Rubén Lindor TARTALO; Juan Carlos DI LORENZO; María del Pilar TOLEDO; Héctor Gerardo TULA; Aída Inés VILLEGAS; Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS de VIECHO; Eduardo Cesar ARAUJO ; Juan Alberto Miño; Justo Francisco ONTIVERO; Juan Carlos ONTIVERO; Horacio Marcelo PONCE; Carlos E. PETAROSSI; Raúl Gustavo SANTILLÁN; Dora María PEDREGOSA; Carlos Antonio SOTO; Ricardo Aroldo COMAN; María CISTERNA de BULACIO; Pastor Roberto CISTERNA; Luís Román GEREZ; Ana María COSSIO; José Inocencio RACEDO; Alcira SANTOS OCHOA de RACEDO; Justo Agustín ALARCÓN; Pedro Antonio ALARCÓN; Wenceslao QUINTEROS; Miguel Ángel OLEA; Angélica Margarita PALACIO; Alicia Raquel BURDISSO; Raúl Andrés VELIZ; Manuel Antonio TARTALO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Juan Pablo CARBALLO; Miguel Segundo TULA; Enrique Aurelio CAMPOS; Juan Ángel RODRÍGUEZ; José Eduardo OJEDA SIERRA; v) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio de Yolanda Esther ARGÜELLO; Lilia Estela SESTO, Olga del Valle RABSIUM; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Víctor Daniel MOREIRA; María Transito BARRIONUEVO; Roberto Lucio VALENZUELA; Raúl René ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; María Cristina BEJAS; Elda Leonor CALABRÓ; Matías Claudio PEREYRA; Javier Hipólito CENTURION; Carlos Oscar JIMÉNEZ; José Guetas CHEBAIA; Pedro Guillermo CORROTO; Ismael ADRISS; Juan Leandro Eudaldo DÍAZ; José Américo DÍAZ; Susana MACOR de DÍAZ ; Manuela Margarita DÍAZ; Víctor Felipe EGLOFF; Luisa Ana IBÁÑEZ; Ricardo Daniel SOMAINI ; Antonio Domingo PAZ; Juan Carlos CASTRO; Berta María SOLDATI; José Manuel RODRÍGUEZ; Humberto Rubén PONCE; Silvana PARRILE de SALINAS; Ricardo Luís SALINAS; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Nélida Azucena SOSA de FORTI ; Rubén Lindor TARTALO; Juan Carlos DI LORENZO; María del Pilar TOLEDO; Héctor Gerardo TULA; Aída Inés VILLEGAS; Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS de VIECHO; Eduardo César ARAUJO; Juan Carlos ONTIVERO; Horacio Marcelo PONCE; Raúl Gustavo SANTILLÁN; María CISTERNA de BULACIO; Pastor Roberto CISTERNA; Luís Román GEREZ ; José Inocencio RACEDO; Alcira SANTOS OCHOA de RACEDO; Justo Agustín ALARCÓN; Pedro Antonio ALARCON; Wenceslao QUINTEROS; Alicia Raquel BURDISSO; Manuel Antonio TARTALO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Miguel Segundo TULA; Enrique Aurelio CAMPOS; José Eduardo OJEDA SIERRA; vi) Abuso deshonesto agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221) en perjuicio de E.L.C; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga, que impone una PENA de PRISIÓN PERPETUA, conforme se considera.-

XXVII) CONDENAR a ANTONIO ESTEBAN VERCELLONE, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material penalmente responsable por el delito de i) Asociación ilícita (arts. 210 del C.P.); partícipe necesario (art. 45 del C.P.) de los siguientes delitos: ii) Violación de domicilio (art. 151 C.P.) de calle Perú s/n, ex Ingenio San José, Cebil Redondo, Departamento Yerba Buena, en perjuicio de Yolanda Esther Argüello; de calle Uruguay n° 1.353 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Lilia Estela SESTO y Olga del Valle RABSIUM; de calle José Colombres n° 63, de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Gloria Constanza, Fernando Ramiro CURIA; del domicilio donde se encontraba trabajando en la administración del Sanatorio "Reyes Olea" de la Obra Social de Obreros de Fábrica y Surco del Ingenio Cruz Alta, ubicado en calle Congreso 227 de esta ciudad en perjuicio de Pablo Benito BRITO; de calle Reconquista n° 410 de Tafí Viejo, en perjuicio de María Transito BARRIONUEVO; de su vivienda de Colonia 5 de Luisiana, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de Roberto Lucio VALENZUELA y Raúl René ROMERO, de su vivienda de Estación Pacará, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de BAZÁN DE ROMERO María del Valle y ROMERO Reyes Alcario ; de calle Colón n° 835 de la ciudad de Concepción, en perjuicio de Carlos Oscar JIMENEZ; de Av. Mate de Luna 3.921 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de José Guetas CHEBAIA; de su lugar de trabajo en el Ingenio Ñuñorco, en perjuicio de Fidel Emilio CORREA; de calle Monteagudo n° 42 de la localidad de Monteros, Tucumán, en perjuicio de Pedro Guillermo CORROTO; de calle Lavalle N° 3.354 de esta ciudad, en perjuicio de Francisco Rafael DÍAZ; de la vivienda donde se encontraba trabajando de calle Rivadavia casi esquina pasaje Bertrés de esta ciudad en perjuicio de Daniel Alfredo, de calle Rivadavia n° 616 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Juan Leandro Eudaldo y José Américo DÍAZ y Susana Macor de DÍAZ; de Calle 16, n° 134 de la localidad de El Manantial, Tucumán, en perjuicio de Manuela Margarita DÍAZ; de calle San Martín n° 2.728 de esta ciudad, en perjuicio de Víctor Felipe EGLOFF; de su vivienda de Amaicha del Llano (paraje llamado Km. 1.240), en perjuicio de Francisco Eudoro LAZARTE; de su vivienda en la localidad de Delfín Gallo, Departamento Cruz Alta de la provincia de Tucumán, en perjuicio de Domingo Nicolás ROMANO;de avenida Juan B. Justo n° 1.451 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Ricardo Daniel SOMAINI; de su vivienda ubicada en Los Ralos, Tucumán, en perjuicio de Antonio Domingo PAZ; de la finca citrícola de propiedad de Manuel Antonio Vargas, sita entre la Curva de Los Vega y Los Pocitos, Departamento Tafí Viejo, Tucumán, donde se encontraba trabajando, en perjuicio de Salvador Leocadio NAVARRO; de su vivienda en la localidad de Manuela Pedraza, Departamento Simoca, Tucumán, en perjuicio de Carlos Severino SOLDATI; de calle Matheu n° 665 de esta ciudad, en perjuicio de José Manuel RODRIGUEZ; de calle Buenos Aires n° 671 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Humberto Rubén PONCE; de calle Benjamín Paz n° 53 de San Miguel de Tucumán y de calle Laprida n° 213 domicilio laboral donde es detenido, en perjuicio de Wilfredo RODRIGUEZ; de calle 25 de mayo al 100 de Banda de Río Salí, Departamento Cruz Alta, Tucumán, en perjuicio de José Dalmiro y Luis ROJAS; de calle Alvear n° 490 de la ciudad de Santiago del Estero, en perjuicio de Arturo Alberto LESCANO; de calle Florida n° 511 de Villa Alem, en perjuicio de María Esther SILVA; de calle Matienzo n° 863 de esta ciudad, en perjuicio de Héctor Gerardo TULA; de calle Catamarca n° 386 de esta ciudad, en perjuicio de Aída Inés y Jorge VILLEGAS; de la vivienda ubicada en Rio Seco, Tucumán, en perjuicio de Juan Alberto Miño; de su vivienda ubicada en el Ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Juan Carlos; de la vivienda donde se encontraba en el ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Justo Francisco; de calle Italia n° 2.768 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Horacio Marcelo PONCE; de su vivienda en calles Pringles y Peñaloza en la localidad de Yerba Buena, en perjuicio de Raúl Gustavo SANTILLAN;de la localidad de Concepción, en perjuicio de María CISTERNA de BULACIO y Pastor Roberto CISTERNA; de calle Laprida n° 110 Piso 5° Dpto. "C" de San Miguel Tucumán, en perjuicio de Ana María COSSIO; de su vivienda en la localidad de Caspinchango, Departamento Monteros, Tucumán, en perjuicio de José Inocencio RACEDO y Alcira SANTOS OCHOA DE RACEDO; de la vivienda de de Pje. José Figueroa Alcorta n° 1.658 de esta ciudad, en perjuicio de Pedro Antonio ALARCON; de la vivienda de la familia Albo donde se encontraba, en el Colmenar, en perjuicio de Justo Agustín ALARCON; de una casa de campo en la zona de Piedrabuena donde se encontraba, en perjuicio de Miguel Ángel OLEA; de su trabajo en el Ingenio San Juan, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de Manuel Antonio TARTALO; del Ingenio Ñuñorco, de la localidad de Monteros donde se encontraba trabajando, en perjuicio de Juan Ángel RODRIGUEZ; iii) Privación ilegítima de la libertad (artículo 144 bis del CP - ley 14616) en perjuicio de José Gabriel AGÜERO; Estela Josefina LÓPEZ de AGÜERO; Yolanda Esther ARGÜELLO; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Víctor Daniel MOREIRA; Pablo Benito BRITO; María Tránsito BARRIONUEVO; Roberto Lucio VALENZUELA; Raúl René ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; María Cristina BEJAS; Elda Leonor CALABRO; Juan Ignacio CATIVA; Matías Claudio PEREYRA; María Cristina Verónica PEREYRA; Javier Hipólito CENTURIÓN; Carlos Oscar JIMÉNEZ; Demetrio Ángel CHAMATROPULUS; Pedro Antonio CERVIÑO; José Ramón CERVIÑO; Fidel Emilio CORREA; Pedro Guillermo CORROTO; Francisco Rafael DÍAZ (h); Ismael ADRISS; Manuela Margarita DÍAZ; Víctor Felipe EGLOFF; Raúl Edgardo ELIAS; Carlos María GALLARDO; Luisa Ana IBÁÑEZ; Miguel Antonio LAPETINA ; Francisco Eudoro LAZARTE; Ricardo Daniel SOMAINI; Antonio Domingo PAZ; Salvador Leocadio Navarro; Berta María SOLDATI; Carlos Severino SOLDATI; José Manuel RODRÍGUEZ; Humberto Rubén PONCE; Silvana PARRILE de SALINAS ; Ricardo Luís SALINAS; Wilfredo RODRÍGUEZ; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; Domingo Nicolás ROMANO; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Nélida Azucena SOSA de FORTI; Rubén Lindor TARTALO; Juan Carlos DI LORENZO; María del Pilar TOLEDO; Aída Inés VILLEGAS; Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS de VIECHO; Eduardo César ARAUJO; Juan Alberto MIÑO; Horacio Marcelo PONCE; Carlos E. PETAROSSI; Raúl Gustavo SANTILLÁN; Víctor Hugo ELIAS; María CISTERNA de BULACIO; Pastor Roberto CISTERNA; Ana María COSSIO; Justo Agustín ALARCÓN; Pedro Antonio ALARCÓN ; Wenceslao QUINTEROS; Alicia Raquel BURDISSO;; Juan Carlos Andrada; José Rafael CHAMAS; Enrique Aurelio CAMPOS; Juan Ángel RODRÍGUEZ; José Eduardo OJEDA SIERRA; iv) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo del C.P., ley 14.616) en perjuicio de José Gabriel AGÜERO; Estela Josefina LOPEZ de AGÜERO; Yolanda Esther ARGÜELLO; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Víctor Daniel MOREIRA; Pablo Benito BRITO; María Tránsito BARRIONUEVO; Roberto Lucio VALENZUELA; Raúl René ROMERO; Reyes Alcario ROMEROMaría Cristina BEJAS; Elda Leonor CALABRO; Juan Ignacio CATIVA; Matías Claudio PEREYRA; María Cristina Verónica PEREYRA; Javier Hipólito CENTURIÓN; Carlos Oscar JIMÉNEZ; Demetrio Ángel CHAMATROPULOS; Pedro Antonio CERVIÑO; José Ramón CERVIÑO; Fidel Emilio CORREA; Pedro Guillermo CORROTO; Francisco Rafael DÍAZ (h); Ismael ADRISS; Manuela Margarita DÍAZ; Víctor Felipe EGLOFF; Raúl Edgardo ELIAS; Carlos María GALLARDO; Luisa Ana IBÁÑEZ; Miguel Antonio LAPETINA; Francisco Eudoro LAZARTE; Ricardo Daniel SOMAINI ; Antonio Domingo PAZ; Salvador Leocadio NAVARRO; Berta María SOLDATI; Carlos Severino SOLDATI; José Manuel RODRÍGUEZ; Humberto Rubén PONCE; Silvana PARRILE de SALINAS; Ricardo Luís SALINAS; Wilfredo RODRÍGUEZ; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; Domingo Nicolás ROMANO; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Nélida Azucena SOSA DE FORTI; Rubén Lindor TARTALO; Juan Carlos DI LORENZO; María del Pilar TOLEDO; Aída Inés VILLEGAS; Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS de VIECHO; Eduardo César ARAUJO; Juan Alberto MIÑO; Horacio Marcelo PONCE; Carlos E. PATAROSSI; Raúl Gustavo SANTILLÁN; Víctor Hugo ELIAS; María CISTERNA de BULACIO; Pastor Roberto CISTERNA; Ana María COSSIO; Justo Agustín ALARCÓN; Pedro Antonio ALARCÓN; Wenceslao QUINTEROS; Alicia Raquel BURDISSO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Enrique Aurelio CAMPOS; Juan Ángel RODRÍGUEZ ; José Eduardo OJEDA SIERRA; v) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio de José Gabriel AGÜERO; Estela Josefina LOPEZ de AGÜERO ; Yolanda Esther ARGÜELLO; Lilia Estela SESTO; Olga del Valle RABSIUM; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Víctor Daniel MOREIRA ; María Tránsito BARRIONUEVO; Roberto Lucio VALENZUELA; Raúl René ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; María Cristina BEJAS; Elda Leonor CALABRÓ; Matías Claudio PEREYRA; Javier Hipólito CENTURIÓN; Carlos Oscar JIMÉNEZ; Pedro Guillermo CORROTO; Francisco Rafael DÍAZ (h); Ismael ADRISSManuela Margarita DÍAZ; Víctor Felipe EGLOFF; Luisa Ana IBÁÑEZ; Ricardo Daniel SOMAINI; Antonio Domingo PAZ; Berta María SOLDATI; José Manuel RODRÍGUEZ; Humberto Rubén PONCE; Silvana PARRILE de SALINAS; Ricardo Luís SALINAS; Domingo Nicolás ROMANO; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Nélida Azucena SOSA DE FORTI; Rubén Lindor TARTALO; Juan Carlos DI LORENZO; María del Pilar TOLEDO; Aída Inés VILLEGAS; Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS de VIECHO; Eduardo César ARAUJO; Horacio Marcelo PONCE; Raúl Gustavo SANTILLÁN; Víctor Hugo ELIAS; María CISTERNA de BULACIO; Pastor Roberto CISTERNA; Justo Agustín ALARCÓN; Pedro Antonio ALARCÓN; Wenceslao QUINTEROS; Alicia Raquel BURDISSO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Enrique Aurelio CAMPOS; José Eduardo OJEDA SIERRA; partícipe necesario (art. 45 C.P.) de vi) Abuso deshonesto agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221) en perjuicio de E.L.C; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga, que impone una PENA de PRISIÓN PERPETUA, conforme se considera.-

XXVIII) CONDENAR a ÁNGEL CUSTODIO MORENO, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIECISEIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del C.P. según Ley 21.338); ii) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis ley 14616) en perjuicio de Ricardo TORRES CORREA y Graciela BUSTAMANTE DE ARGAÑARAZ; y partícipe necesario (art. 45 del C.P.) en la comisión de los delitos de (iii) Violación de domicilio (art. 151 del CP) de calle Uruguay n° 1.353 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de RABSIUM Olga del Valle; SESTO, Lilia Estela; de calle Buenos Aires n° 671 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de PONCE, Humberto Rubén; de calle Perú s/n, ex Ingenio San José, Cebil Redondo, Departamento Yerba Buena, en perjuicio de ARGÜELLO, Yolanda Esther; de calle Reconquista n° 410 de Tafí Viejo, en perjuicio de BARRIONUEVO María Tránsito; de su vivienda de Colonia 5 de Luisiana, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de ROMERO Raúl Rene y VALENZUELA Roberto; de su vivienda de Estación Pacará, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de BAZÁN DE ROMERO María del Valle y ROMERO Reyes Alcario; de calle Colón n° 835 de la ciudad de Concepción, en perjuicio de JIMENEZ Carlos Oscar; de calle Monteagudo n° 42 de la localidad de Monteros, Tucumán, en perjuicio de CORROTO Pedro Guillermo; de calle Gral. Heredia, de la localidad de Concepción, en perjuicio de CISTERNA Pastor Roberto y CISTERNA DE BULACIO María; de calle Laprida n° 110 Piso 5° Dpto. "C" de San Miguel Tucumán, en perjuicio de COSSIO Ana María; de avenida Juan B. Justo n° 1.451 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de SOMAINI Ricardo Daniel; de su vivienda de Amaicha del Llano (paraje llamado Km. 1.240), en perjuicio de LAZARTE Francisco Eudoro; de calles Pringles y Peñaloza en la localidad de Yerba Buena, en perjuicio de SANTILLAN Gustavo Raúl; de calle 25 de mayo al 100 de Banda de Río Salí, Departamento Cruz Alta, Tucumán, en perjuicio de ROJAS José Dalmiro y ROJAS Luis; iv) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis ley 14616) en perjuicio de Pedro Antonio ALARCON; José Rafael CHAMAS; Juan Carlos ANDRADA; Víctor Hugo ELIAS; Carlos María GALLARDO; Ismael ADRISS; Humberto Rubén PONCE; Yolanda Esther ARGÜELLO; María del Tránsito BARRIONUEVO; Raúl Rene ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; Roberto Lucio VALENZUELA; Nélida Azucena SOSA de FORTI; Pedro Antonio CERVIÑO; José Ramón CERVIÑO; Enrique Aurelio CAMPOS; María Cristina BEJAS; Matías Claudio PEREYRA; Demetrio Ángel CHAMATROPULOS; Carlos Oscar JIMENEZ; Fidel Emilio CORREA; Pedro Guillermo CORROTO; Pastor Roberto CISTERNA; María CISTERNA de BULACIO; Ana María COSSIO; Luisa Ana IBAÑEZ; Wenceslao QUINTEROS; Juan Ángel RODRÍGUEZ; Ricardo Daniel SOMAINI; Francisco Eudoro LAZARTE; Gustavo Raúl SANTILLÁN; Alicia Raquel BURDISSO; Silvana PARRILE de SALINAS; Ricardo Luis SALINAS; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; José Eduardo OJEDA SIERRA; Adriana Cecilia MITROVICH de TORRES CORREA y Horacio Ramón Atilio FERREYRA CÓRDOBA; (v) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo del C.P., ley 14.616) en perjuicio de Pedro Antonio ALARCON; José Rafael CHAMAS; Juan Carlos ANDRADA; Víctor Hugo ELIAS; Carlos María GALLARDO; Ismael ADRISS; Humberto Rubén PONCE; Yolanda Esther ARGÜELLO; María Tránsito BARRIONUEVO; Raúl Rene ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; Roberto Lucio VALENZUELA; Nélida Azucena SOSA DE FORTI; Pedro Antonio CERVIÑO; José Ramón CERVIÑO; Enrique Aurelio CAMPOS; María Cristina BEJAS; Matías Claudio PEREYRA; Demetrio Ángel CHAMATROPULOS; Carlos Oscar JIMÉNEZ; Fidel Emilio CORREA; Pedro Guillermo CORROTO; Pastor Roberto CISTERNA; María CISTERNA de BULACIO; Ana María COSSIO; Luisa Ana IBÁÑEZ; Wenceslao QUINTEROS; Juan Ángel RODRÍGUEZ; Ricardo Daniel SOMAINI; Francisco Eudoro LAZARTE; Gustavo Raúl SANTILLÁN; Alicia Raquel BURDISSO; Silvana PARRILE de SALINAS; Ricardo Luis SALINAS; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; José Eduardo OJEDA SIERRA; (vi) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de Pedro Antonio ALARCON; José Rafael CHAMAS; Juan Carlos ANDRADA; Víctor Hugo ELIAS; Carlos María GALLARDO; Ismael ADRISS; Humberto Rubén PONCE; Yolanda Esther ARGÜELLO; María Tránsito BARRIONUEVO; Raúl Rene ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; Roberto Lucio VALENZUELA; Nélida Azucena SOSA DE FORTI; Pedro Antonio CERVIÑO; José Ramón CERVIÑO; Enrique Aurelio CAMPOS; María Cristina BEJAS; Matías Claudio PEREYRA; Demetrio Ángel CHAMATROPULOS; Carlos Oscar JIMÉNEZ; Fidel Emilio CORREA; Pedro Guillermo CORROTO; Pastor Roberto CISTERNA; María CISTERNA de BULACIO; Ana María COSSIO; Luisa Ana IBÁÑEZ; Wenceslao QUINTEROS; Juan Ángel RODRÍGUEZ; Ricardo Daniel SOMAINI; Francisco Eudoro LAZARTE; Gustavo Raúl SANTILLÁN; Alicia Raquel BURDISSO; Silvana PARRILE de SALINAS; Ricardo Luis SALINAS; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; José Eduardo OJEDA SIERRA; (vii) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio de Olga del Valle RABSIUM; Lilia Estela SESTO; Víctor Hugo ELIAS; Pedro Antonio ALARCÓN; Yolanda Esther ARGÜELLO; María Tránsito BARRIONUEVO; Raúl René ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; Roberto Lucio VALENZUELA; Nélida Azucena SOSA DE FORTI; Enrique Aurelio CAMPOS; María Cristina BEJAS; Matías Claudio PEREYRA; Carlos Oscar JIMÉNEZ; Pedro Guillermo CORROTO; Pastor Roberto CISTERNA; María CISTERNA de BULACIO; Luisa Ana IBÁÑEZ; Wenceslao QUINTEROS; Ricardo Daniel SOMAINI; Gustavo Raúl SANTILLÁN; Alicia Raquel BURDISSO; Silvana PARRILE de SALINAS; Ricardo Luis SALINAS; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; José Eduardo OJEDA SIERRA; Graciela del Valle BUSTAMANTE de ARGAÑARAZ; Ricardo TORRES CORREA ; Adriana Cecilia MITROVICH DE TORRES CORREA; Horacio Ramón Atilio FERREYRA CÓRDOBA; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga, que impone una PENA de PRISIÓN PERPETUA, conforme se considera.-

XXIX) CONDENAR a GUILLERMO AGUSTÍN UGARTE, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de QUINCE AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) asociación ilícita (arts. 210 del C.P.); partícipe necesario (art. 45 del C.P.) de los de: ii) Violación de domicilio (art. 151 C.P.) de calle Perú s/n, ex Ingenio San José, Cebil Redondo, Departamento Yerba Buena, en perjuicio de Yolanda Esther Argüello; de calle Uruguay n° 1.353 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Lilia Estela SESTO y Olga del Valle RABSIUM; de calle José Colombres n° 63, de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Gloria Constanza, Fernando Ramiro CURIA; del domicilio donde se encontraba trabajando en la administración del Sanatorio "Reyes Olea" de la Obra Social de Obreros de Fábrica y Surco del Ingenio Cruz Alta, ubicado en calle Congreso 227 de esta ciudad en perjuicio de Pablo Benito BRITO; de calle Reconquista n° 410 de Tafí Viejo María Transito BARRIONUEVO; de su vivienda de Colonia 5 de Luisiana, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de ROMERO Raúl Rene y VALENZUELA Roberto; de su vivienda de Estación Pacará, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de BAZÁN DE ROMERO María del Valle y ROMERO Reyes Alcario; de calle Colón n° 835 de la ciudad de Concepción, en perjuicio de JIMENEZ Carlos Oscar; de Av. Mate de Luna 3.921 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de José Guetas CHEBAIA; de su lugar de trabajo en el Ingenio Ñuñorco, en perjuicio de Fidel Emilio CORREA; de calle Monteagudo n° 42 de la localidad de Monteros, Tucumán, en perjuicio de Pedro Guillermo CORROTO; de calle Lavalle N° 3.354 de esta ciudad, en perjuicio de DÍAZ Francisco Rafael; de la vivienda donde se encontraba trabajando de calle Rivadavia casi esquina pasaje Bertrés de esta ciudad en perjuicio de DÍAZ Daniel Alfredo, de calle Rivadavia n° 616 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de MACOR DE DÍAZ Susana, DÍAZ José Americo y DIAZ Juan Leandro Eudaldo; de Calle 16, n° 134 de la localidad de El Manantial, Tucumán, en perjuicio de Manuela Margarita DÍAZ; de calle San Martín n° 2.728 de esta ciudad, en perjuicio de Víctor Felipe EGLOFF; de calle Mendoza n° 1.340 de esta ciudad en perjuicio de Luís Alberto GALLARDO; de su vivienda de Amaicha del Llano (paraje llamado Km. 1.240), en perjuicio de Francisco Eudoro LAZARTE; de avenida Juan B. Justo n° 1.451 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Ricardo Daniel SOMAINI; de su vivienda ubicada en Los Ralos, Tucumán, en perjuicio de Antonio Domingo PAZ; de la finca citrícola de propiedad de Manuel Antonio Vargas, sita entre la Curva de Los Vega y Los Pocitos, Departamento Tafí Viejo, Tucumán, donde se encontraba trabajando, en perjuicio de Salvador Leocadio NAVARRO; de su vivienda en la localidad de Manuela Pedraza, Departamento Simoca, Tucumán, en perjuicio de Carlos Severino SOLDATI; de calle Matheu n° 665 de esta ciudad, en perjuicio de José Manuel RODRIGUEZ; de calle Buenos Aires n° 671 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Humberto Rubén PONCE; de calle Benjamín Paz n° 53 de San Miguel de Tucumán y de calle Laprida n° 213 domicilio laboral donde es detenido, en perjuicio de Wilfredo RODRIGUEZ; de calle 25 de mayo al 100 de Banda de Río Salí, Departamento Cruz Alta, Tucumán, en perjuicio de José Dalmiro y Luis ROJAS; de su vivienda en la localidad de Delfín Gallo, Departamento Cruz Alta de la provincia de Tucumán, en perjuicio de Domingo Nicolás ROMANO; de calle Alvear n° 490 de la ciudad de Santiago del Estero, en perjuicio de Arturo Alberto LESCANO; de calle Florida n° 511 de Villa Alem, en perjuicio de María Esther SILVA; de calle Matienzo n° 863 de esta ciudad, en perjuicio de Héctor Gerardo TULA; de calle Catamarca n° 386 de esta ciudad, en perjuicio de Aída Inés y Jorge VILLEGAS; de la vivienda ubicada en Rio Seco, Tucumán, en perjuicio de Juan Alberto Miño; de su vivienda ubicada del Ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Juan Carlos; de la vivienda donde se encontraba en el ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Justo Francisco; de calle Italia n° 2.768 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Horacio Marcelo PONCE; de calles Pringles y Peñaloza en la localidad de Yerba Buena, en perjuicio de Raúl Gustavo SANTILLAN; de calle Marcos Paz n° 1.321 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Dora María PEDREGOSA; de Avenida Belgrano n° 2.550, Dpto. 12, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Carlos Antonio SOTO; de calle N° 6 José Hernández de la localidad de Villa Carmela, en perjuicio de Ricardo Aroldo COMAN; de calle Gral. Heredia, de la localidad de Concepción, en perjuicio de María CISTERNA de BULACIO y Pastor Roberto CISTERNA; de su lugar de trabajo en el Sanatorio Ados ubicado en Mendoza al 100 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Luís Román GEREZ; de calle Laprida n° 110 Piso 5° Dpto. "C", San Miguel Tucumán, en perjuicio de Ana María COSSIO; de su vivienda en la localidad de Caspinchango, Departamento Monteros, Tucumán, en perjuicio de José Inocencio RACEDO y Alcira SANTOS OCHOA DE RACEDO; de la vivienda de su padre de Pje. José Figueroa Alcorta n° 1.658 de esta ciudad, del domicilio de María Emilia Zamorano, ubicado en calle Marco Avellaneda n° 1.775 de esta ciudad y de la vivienda de la familia Albo en el Colmenar, en perjuicio de Justo Agustín y Pedro Antonio ALARCON; de una casa de campo en la zona de Piedrabuena donde se encontraba, en perjuicio de Miguel Ángel Olea; de su vivienda en el Ingenio San Juan, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de Miguel Segundo TULA; del Ingenio Ñuñorco, de la localidad de Monteros donde se encontraba trabajando, en perjuicio de Juan Ángel RODRIGUEZ; iii) Privación ilegítima de la libertad (artículo 144 bis del CP - ley 14616) en perjuicio de José Gabriel AGÜERO; Estela Josefina LOPEZ de AGÜERO; Yolanda Esther ARGÜELLO; José Carlos MÉNDEZ; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Víctor Daniel MOREIRA; Pablo Benito BRITO; María Tránsito BARRIONUEVO; Roberto Lucio VALENZUELA, Raúl René ROMERO, Reyes Alcario ROMERO; María del Valle BAZÁN DE ROMERO; María Cristina BEJAS; Elda Leonor CALABRÓ; Juan Manuel CARRIZO; Juan Ignacio CATIVA; Matías Claudio PEREYRA; María Cristina Verónica PEREYRA; Javier Hipólito CENTURION; Carlos Oscar JIMÉNEZ; Demetrio Ángel Chamatropulos; Pedro Antonio CERVIÑO; José Ramón CERVIÑO; José Guetas CHEBAIA; Fidel Emilio CORREA; Pedro Guillermo CORROTO; Francisco Rafael DÍAZ; Francisco Rafael DÍAZ (h); Ismael ADRISS; Daniel Alfredo DÍAZ; Juan Leandro Eudaldo DÍAZ; José Américo DÍAZ; Susana MACOR DE DÍAZ; Manuela Margarita DÍAZ; Víctor Felipe EGLOFF; Raúl Edgardo ELIAS; Luís Alberto GALLARDO; Carlos María GALLARDO; Luisa Ana IBÁÑEZ; Miguel Antonio LAPETINA; Francisco Eudoro LAZARTE; Ricardo Daniel SOMAINI; Antonio Domingo PAZ; Juan Carlos CASTRO; Salvador Leocadio NAVARRO; Berta María SOLDATI; Carlos Severino SOLDATI; José Manuel RODRÍGUEZ; Humberto Rubén PONCE; Silvana PARRILE DE SALINAS; Ricardo Luís SALINAS; Wilfredo RODRÍGUEZ; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; Domingo Nicolás ROMANO; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Nélida Azucena SOSA DE FORTI; Rubén Lindor TÁRTALO; Héctor Gerardo TULA; Aída Inés VILLEGAS; Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS DE VIECHO; Eduardo César ARAUJO; Juan Alberto MIÑO; Justo Francisco ONTIVERO; Juan Carlos ONTIVERO; Horacio Marcelo PONCE; Carlos E. PETAROSSI; Raúl Gustavo SANTILLÁN; Víctor Hugo ELIAS; Dora María PEDREGOSA; Carlos Antonio SOTO; Ricardo Aroldo COMAN; María CISTERNA DE BULACIO; Pastor Roberto CISTERNA; Luis Román GEREZ; Ana María COSSIO; José Inocencio RACEDO; Alcira SANTOS OCHOA DE RACEDO; Justo Agustín ALARCÓN; Pedro Antonio ALARCÓN; Wenceslao QUINTEROS; Miguel Ángel OLEA; Angélica Margarita PALACIO; Alicia Raquel BURDISSO; Raúl Andrés VÉLIZ; Manuel Antonio TÁRTALO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Juan Pablo CARBALLO; Miguel Segundo TULA; Enrique Aurelio CAMPOS; Juan Ángel RODRÍGUEZ; José Eduardo OJEDA SIERRA; iv) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo del C.P., ley 14.616) en perjuicio de José Gabriel AGÜERO; Estela Josefina LÓPEZ de AGÜERO; Yolanda Esther ARGÜELLO; José Carlos MÉNDEZ; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Víctor Daniel MOREIRA; Pablo Benito BRITO; María Tránsito BARRIONUEVO; Roberto Lucio VALENZUELA; Raúl René ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; María del Valle BAZÁN DE ROMERO; María Cristina BEJAS; Elda Leonor CALABRÓ; Juan Manuel CARRIZO; Juan Ignacio CATIVA; Matías Claudio PEREYRA; María Cristina Verónica PEREYRA; Javier Hipólito CENTURIÓN; Carlos Oscar JIMÉNEZ; Demetrio Ángel CHAMATRÓPULOS; Pedro Antonio CERVIÑO; José Ramón CERVIÑO; José Guetas CHEBAIA; Fidel Emilio CORREA; Pedro Guillermo CORROTO; Francisco Rafael DÍAZ; Francisco Rafael DÍAZ (h); Ismael ADRISS; Daniel Alfredo DÍAZ; Juan Leandro Eudaldo DÍAZ; José Américo DÍAZ; Susana MACOR DE DÍAZ; Manuela Margarita DÍAZ; Víctor Felipe EGLOFF; Raúl Edgardo ELIAS; Luis Alberto GALLARDO; Carlos María GALLARDO; Luisa Ana IBÁÑEZ; Miguel Antonio LAPETINA; Francisco Eudoro LAZARTE; Ricardo Daniel SOMAINI; Antonio Domingo PAZ; Juan Carlos CASTRO; Salvador Leocadio NAVARRO; Berta María SOLDATI; Carlos Severino SOLDATI; José Manuel RODRÍGUEZ; Humberto Rubén PONCE; Silvana PARRILE DE SALINAS; Ricardo Luis SALINAS; Wilfredo RODRÍGUEZ; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; Domingo Nicolás ROMANO; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Nélida Azucena SOSA DE FORTI; Rubén Lindor TÁRTALO; Héctor Gerardo TULA; Aída Inés VILLEGAS; Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS DE VIECHO; Eduardo César ARAUJO; Juan Alberto MIÑO; Justo Francisco ONTIVERO; Juan Carlos ONTIVERO; Horacio Marcelo PONCE; Carlos E. PETAROSSI; Raúl Gustavo SANTILLAN; Víctor Hugo ELIAS; Dora María PEDREGOSA; Carlos Antonio SOTO; Ricardo Aroldo COMAN; María CISTERNA DE BULACIO; Pastor Roberto CISTERNA; Luis Román GEREZ; Ana María COSSIO; José Inocencio RACEDO; Alcira SANTOS OCHOA DE RACEDO; Justo Agustín ALARCÓN; Pedro Antonio ALARCÓN; Wenceslao QUINTEROS; Miguel Ángel OLEA; Angélica Margarita PALACIO; Alicia Raquel BURDISSO; Raúl Andrés VÉLIZ; Manuel Antonio TÁRTALO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Juan Pablo CARBALLO; Miguel Segundo TULA; Enrique Aurelio CAMPOS; Juan Ángel RODRÍGUEZ; José Eduardo OJEDA SIERRA; v) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio de José Gabriel AGÜERO; Estela Josefina LOPEZ DE AGÜERO; Yolanda Esther ARGÜELLO; Lilia Estela SESTO; Olga del Valle RABSIUM; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Víctor Daniel MOREIRA; María Tránsito BARRIONUEVO; Roberto Lucio VALENZUELA, Raúl René ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; María Cristina BEJAS; Elda Leonor CALABRÓ; Juan Manuel CARRIZO; Matías Claudio PEREYRA; Javier Hipólito CENTURIÓN; Carlos Oscar JIMÉNEZ; José Guetas CHEBAIA; Pedro Guillermo CORROTO; Francisco Rafael DÍAZ (h); Ismael ADRISS; Juan Leandro Eudaldo DÍAZ; José Américo DÍAZ; Susana MACOR DE DÍAZ; Manuela Margarita DÍAZ; Víctor Felipe EGLOFF; Luisa Ana IBÁÑEZ; Ricardo Daniel SOMAINI; Antonio Domingo PAZ; Juan Carlos CASTRO; Berta María SOLDATI; José Manuel RODRIGUEZ; Humberto Rubén PONCE; Silvana PARRILE DE SALINAS; Ricardo Luis SALINAS; Domingo Nicolás ROMANO; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Nélida Azucena SOSA DE FORTI; Rubén Lindor TÁRTALO; Héctor Gerardo TULA; Aída Inés VILLEGAS; Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS DE VIECHO; Eduardo Cesar ARAUJO; Juan Carlos ONTIVERO; Horacio Marcelo PONCE; Raúl Gustavo SANTILLÁN; Víctor Hugo ELIAS; María CISTERNA DE BULACIO; Pastor Roberto CISTERNA; Luis Román GEREZ; José Inocencio RACEDO; Alcira SANTOS OCHOA DE RACEDO; Justo Agustín ALARCÓN; Pedro Antonio ALARCON; Wenceslao QUINTEROS; Alicia Raquel BURDISSO; Manuel Antonio TARTALO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Miguel Segundo TULA; Enrique Aurelio CAMPOS; José Eduardo OJEDA SIERRA; partícipe necesario (art. 45 C.P.) de vi) Abuso deshonesto agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221) en perjuicio de E.L.C; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga, que impone una PENA de PRISIÓN PERPETUA, conforme se considera.-

XXX) CONDENAR a JORGE OMAR LAZARTE, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIEZ AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita (arts. 210 del C.P.); partícipe secundario (art. 46 del C.P.) de los delitos de (ii) Violación de domicilio (art. 151 del CP) de calle Lavalle N° 3.354 de esta ciudad, en perjuicio de DÍAZ, Francisco Rafael; de calle N° 6 José Hernández de la localidad de Villa Carmela, en perjuicio de COMAN, Ramón Antonio y COMAN, Ricardo Aroldo; de Cebil Redondo, San José, Departamento Yerba Buena en perjuicio de FOTE Juan Antonio; de calle Mendoza n° 1.340 de esta ciudad en perjuicio de GALLARDO, Alberto Luis; de calle Emilio Castelar n° 2521, en perjuicio de NÚÑEZ, Carlos Moisés; (iii) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis ley 14616); (iv) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de DÍAZ, Francisco Rafael; COMAN, Ramón Antonio; COMAN, Ricardo Aroldo; FOTE, Juan Antonio; GALLARDO, Alberto Luis ; Nuñez, Miguel Angel; Nuñez, Carlos Moisés; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga, que impone una PENA de DIECIOCHO AÑOS de PRISIÓN, conforme se considera.-

XXXI) CONDENAR a ROLANDO ARIEL VALDIVIEZO, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de CATORCE AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita (art. 210 del C.P.); autor mediato de los delitos de (ii) Violación de domicilio (art. 151 del CP) de su vivienda en Caspinchango (Departamento Monteros) en perjuicio de QUINTEROS René Manuel; de su vivienda en Santa Lucía, Departamento Monteros, en perjuicio de GODOY Enrique; de su vivienda ubicada en Manzana B, casa 18, Barrio 89 Viviendas, Santa Lucía, Tucumán, en perjuicio de QUINTEROS Juan Manuel; de su vivienda en Frías Silva, Caspinchango, Departamento Monteros, en perjuicio de SUÁREZ Julio Guillermo y SUÁREZ Manuel Humberto; de su vivienda en Frías Silva, Caspinchango, Departamento Monteros en perjuicio de MONASTERIO Francisco Carlos; de su vivienda en Potrero Negro, Santa Lucía, en perjuicio de MOYANO María Candelaria; (iii) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis ley 14616) y Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de, QUINTEROS René Manuel, GODOY Enrique, QUINTEROS Juan Manuel, SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto, MONASTERIO Francisco Carlos, MOYANO María Candelaria; por ser partícipe secundario (art. 46 del C.P.) del delito de (iv) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis ley 14616); v) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de FOTE Fortunato Leandro y LERNER Rodolfo Hugo; (vi) Torturas seguidas de muerte (art. 144 ter tercer párrafo) en perjuicio de Julio Ricardo ABAD; vii) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio de FOTE Fortunato Leandro, LERNER Rodolfo Hugo; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera.- Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga, que impone una PENA de DIECIOCHO AÑOS de PRISIÓN, conforme se considera.-

XXXII) CONDENAR a CARLOS EDUARDO TRUCCO, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de CATORCE AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita (art. 210 del C.P.); autor mediato de los delitos de (ii) Violación de domicilio (art. 151 del CP) de su vivienda en Caspinchango (Departamento Monteros) en perjuicio de QUINTEROS René Manuel; de su vivienda en Santa Lucía, Departamento Monteros, en perjuicio de GODOY Enrique; de su vivienda ubicada en Manzana B, casa 18, Barrio 89 Viviendas, Santa Lucía, Tucumán, en perjuicio de QUINTEROS Juan Manuel; de su vivienda en Frías Silva, Caspinchango, Departamento Monteros, en perjuicio de SUÁREZ Julio Guillermo y SUÁREZ Manuel Humberto; de su vivienda en Frías Silva, Caspinchango, Departamento Monteros en perjuicio de MONASTERIO Francisco Carlos; de su vivienda en Potrero Negro, Santa Lucía, en perjuicio de MOYANO María Candelaria; (iii) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis ley 14616) y Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de, QUINTEROS René Manuel, GODOY Enrique, QUINTEROS Juan Manuel, SUÁREZ Julio Guillermo, SUÁREZ Manuel Humberto, MONASTERIO Francisco Carlos, MOYANO María Candelaria; por ser partícipe secundario (art. 46 del C.P.) del delito de (iv) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis ley 14616) y Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de FOTE Fortunato Leandro y LERNER Rodolfo Hugo; (v) Torturas seguidas de muerte (art. 144 ter tercer párrafo) en perjuicio de Julio Ricardo ABAD; vi) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio de FOTE Fortunato Leandro, LERNER Rodolfo Hugo; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera.- Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga, que impone una PENA de DIECIOCHO AÑOS de PRISIÓN, conforme se considera.-

XXXIII) CONDENAR a MARIO MIGUEL D'URSI, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DOCE AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del C.P. según Ley 21.338); Partícipe secundario (art. 46 del C.P.) en la comisión de los delitos de (ii) Violación de domicilio (art. 151 del CP) de su vivienda en la localidad de Delfín Gallo, Departamento Cruz Alta de la provincia de Tucumán, en perjuicio de ROMANO, Domingo Nicolás; (iii) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis ley 14616) en perjuicio de ROMANO, Domingo Nicolás; CATIVA, Juan Ignacio; (iv) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de ROMANO, Domingo Nicolás;; CATIVA, Juan Ignacio; (v) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P. Ley 21.338) en perjuicio de ROMANO, Domingo Nicolás; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga, que impone una PENA de VEINTE AÑOS de PRISIÓN, conforme se con sidera.-

XXXIV) CONDENAR a LUIS EDGARDO OCARANZA, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIEZ AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) Asociación Ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del C.P. según Ley 21.338); de ii) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis ley 14616) en perjuicio de Wenceslao QUINTEROS; Partícipe secundario (art. 46 del C.P.) de los delitos de (iii) Violación de domicilio (art. 151 del CP) de calle San Martín n° 2.728 de esta ciudad, en perjuicio de EGLOFF, Victor Felipe; de calle 25 de mayo al 100 de Banda de Río Salí, Departamento Cruz Alta, Tucumán, en perjuicio de ROJAS, José Dalmiro; ROJAS, Luis; (iv) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis ley 14616) en perjuicio de ADRISS, Ismael; LOPEZ DE AGÜERO, Estela Josefina; AGÜERO, José Gabriel; CAMPOS, Enrique Aurelio; PEREYRA, Matías Claudio; CHAMATROPULOS, Demetrio Angel; CORREA Fidel Emilio; CISTERNA, Pastor Roberto; CISTERNA de BULACIO, María; EGLOFF, Victor Felipe; IBAÑEZ, Luisa Ana; RODRIGUEZ, Juan Angel; BURDISSO, Alicia Raquel; ROJAS, José Dalmiro; ROJAS, Luis; OJEDA SIERRA, José Eduardo; (v) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616) en perjuicio de ADRISS, Ismael; LOPEZ DE AGÜERO, Estela Josefina; AGÜERO, José Gabriel; CAMPOS, Enrique Aurelio; PEREYRA, Matías Claudio; CHAMATROPULOS, Demetrio Angel; CORREA Fidel Emilio; CISTERNA, Pastor Roberto; CISTERNA de BULACIO, María; EGLOFF, Victor Felipe; IBAÑEZ, Luisa Ana; QUINTEROS Wenseslao; RODRIGUEZ, Juan Angel; BURDISSO, Alicia Raquel; ROJAS, José Dalmiro; ROJAS, Luis; OJEDA SIERRA, José Eduardo; (vi) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio ADRISS, Ismael; LOPEZ DE AGÜERO, Estela Josefina; AGÜERO, José Gabriel; CAMPOS, Enrique Aurelio; PEREYRA, Matías Claudio; CISTERNA, Pastor Roberto; CISTERNA de BULACIO, María; EGLOFF, Victor Felipe; IBAÑEZ, Luisa Ana; QUINTEROS Wenseslao; BURDISSO, Alicia Raquel; ROJAS, José Dalmiro; ROJAS, Luis; OJEDA SIERRA, José Eduardo; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera.- Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Sr. Juez de Cámara, Dr. Juan Carlos Reynaga, que impone una PENA de VEINTE AÑOS de PRISIÓN, conforme se considera.-

XXXV) CONDENAR a MIGUEL CHUCHUY LINARES, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de CATORCE AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita (arts. 210 del C.P.); partícipe necesario (art. 45 del C.P.) de los delitos de: ii) Violación de domicilio (art. 151 CP) de calle Perú s/n, ex Ingenio San José, Cebil Redondo, Departamento Yerba Buena, en perjuicio de Yolanda Esther Argüello; de calle Uruguay n° 1.353 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Lilia Estela SESTO y Olga del Valle RABSIUM; de calle José Colombres n° 63, de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Gloria Constanza, Fernando Ramiro CURIA; del domicilio donde se encontraba trabajando en la administración del Sanatorio "Reyes Olea" de la Obra Social de Obreros de Fábrica y Surco del Ingenio Cruz Alta, ubicado en calle Congreso 227 de esta ciudad en perjuicio de Pablo Benito BRITO; de calle Reconquista n° 410 de Tafí Viejo, en perjuicio de María Transito BARRIONUEVO ; de su vivienda de Colonia 5 de Luisiana, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de Roberto Lucio VALENZUELA y Raúl René ROMERO, de su vivienda de Estación Pacará, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de BAZÁN DE ROMERO María del Valle y ROMERO Reyes Alcario; de calle Colón n° 835 de la ciudad de Concepción, en perjuicio de Carlos Oscar JIMENEZ; de Av. Mate de Luna 3.921 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de José Guetas CHEBAIA; de su lugar de trabajo en el Ingenio Ñuñorco, en perjuicio de Fidel Emilio CORREA ; de calle Monteagudo n° 42 de la localidad de Monteros, Tucumán, en perjuicio de Pedro Guillermo CORROTO; de calle Lavalle N° 3.354 de esta ciudad, en perjuicio de Francisco Rafael DÍAZ; de la vivienda donde se encontraba trabajando de calle Rivadavia casi esquina pasaje Bertrés de esta ciudad en perjuicio de Daniel Alfredo, de calle Rivadavia n° 616 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Juan Leandro Eudaldo y José Américo DÍAZ y Susana Macor de DÍAZ; de Calle 16, n° 134 de la localidad de El Manantial, Tucumán, en perjuicio de Manuela Margarita DÍAZ; de calle San Martín n° 2.728 de esta ciudad, en perjuicio de Víctor Felipe EGLOFF; de su vivienda de Amaicha del Llano (paraje llamado Km. 1.240), en perjuicio de Francisco Eudoro LAZARTE; de avenida Juan B. Justo n° 1.451 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Ricardo Daniel SOMAINI; de su vivienda ubicada en Los Ralos, Tucumán, en perjuicio de Antonio Domingo PAZ ; de la finca citrícola de propiedad de Manuel Antonio Vargas, sita entre la Curva de Los Vega y Los Pocitos, Departamento Tafí Viejo, Tucumán, donde se encontraba trabajando, en perjuicio de Salvador Leocadio NAVARRO; de su vivienda en la localidad de Manuela Pedraza, Departamento Simoca, Tucumán, en perjuicio de Carlos Severino SOLDATI; de calle Matheu n° 665 de esta ciudad, en perjuicio de José Manuel RODRIGUEZ; de calle Mendoza n° 1.340 de esta ciudad en perjuicio de Carlos Alberto y GALLARDO Luis Alberto; del domicilio donde se encontraba trabajando en el Cargadero Agua Blanca del Ingenio La Fronterita y de su vivienda ubicada en calle Laprida n° 142 de la ciudad de Famaillá, en perjuicio de Carlos E. Petarossi; de calle Marcos Paz n° 1.321 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de PEDREGOSA Dora María ; de Avenida Belgrano n° 2.550, Dpto. 12, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Carlos Antonio SOTO; de calle N° 6 José Hernández de la localidad de Villa Carmela, en perjuicio de Ricardo Aroldo COMAN; de su lugar de trabajo en el Sanatorio Ados ubicado en Mendoza al 100 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de GEREZ Luis Román; de calle Buenos Aires n° 671 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Humberto Rubén PONCE; de calle Benjamín Paz n° 53 de San Miguel de Tucumán y de calle Laprida n° 213 domicilio laboral donde es detenido, en perjuicio de Wilfredo RODRIGUEZ; de calle 25 de mayo al 100 de Banda de Río Salí, Departamento Cruz Alta, Tucumán, en perjuicio de José Dalmiro y Luis ROJAS; de calle Alvear n° 490 de la ciudad de Santiago del Estero, en perjuicio de Arturo Alberto LESCANO; de calle Florida n° 511 de Villa Alem, en perjuicio de María Esther SILVA; de calle Matienzo n° 863 de esta ciudad, en perjuicio de Héctor Gerardo TULA; de calle Catamarca n° 386 de esta ciudad, en perjuicio de Aída Inés y Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS de VIECHO, Eduardo Cesar ARAUJO y de Rio Seco, Tucumán, en perjuicio de Juan Alberto MIÑO; de su vivienda ubicada en el Ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Juan Carlos; de la vivienda donde se encontraba en el ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Justo Francisco; de calle Italia n° 2.768 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Horacio Marcelo PONCE; de su vivienda en calles Pringles y Peñaloza en la localidad de Yerba Buena, en perjuicio de Raúl Gustavo SANTILLAN;de la localidad de Concepción, en perjuicio de María CISTERNA de BULACIO y Pastor Roberto CISTERNA; de calle Laprida n° 110 Piso 5° Dpto. "C" de San Miguel Tucumán, en perjuicio de Ana María COSSIO; de su vivienda en la localidad de Caspinchango, Departamento Monteros, Tucumán, en perjuicio de José Inocencio RACEDO y Alcira SANTOS OCHOA DE RACEDO; de la vivienda de de Pje. José Figueroa Alcorta n° 1.658 de esta ciudad, en perjuicio de Pedro Antonio ALARCON; de la vivienda de la familia Albo donde se encontraba, en el Colmenar, en perjuicio de Justo Agustín ALARCON; de una casa de campo en la zona de Piedrabuena donde se encontraba, en perjuicio de Miguel Ángel OLEA; de su trabajo en el Ingenio San Juan, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de Manuel Antonio TARTALO; del Ingenio Ñuñorco, de la localidad de Monteros donde se encontraba trabajando, en perjuicio de Juan Ángel RODRIGUEZ; iii) Privación ilegítima de la libertad (artículo 144 bis del CP - ley 14616) en perjuicio de José Gabriel AGÜERO; Estela Josefina LÓPEZ de AGÜERO; Yolanda Esther ARGÜELLO; José Carlos MÉNDEZ; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Víctor Daniel MOREIRA; Pablo Benito BRITO; María Tránsito BARRIONUEVO; Roberto Lucio VALENZUELA; Raúl René ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; María del Valle Bazán de ROMERO; María Cristina BEJAS; Elda Leonor CALABRÓ; Juan Manuel CARRIZO; Matías Claudio PEREYRA; María Cristina Verónica PEREYRA ; Javier Hipólito CENTURIÓN; Carlos Oscar JIMÉNEZ ; Demetrio Ángel CHAMATROPULUS; Pedro Antonio CERVIÑO; José Ramón CERVIÑO; José Guetas CHEBAIA; Fidel Emilio CORREA; Pedro Guillermo CORROTO ; Francisco Rafael DÍAZ ; Ismael ADRISS; Daniel Alfredo DÍAZ; Juan Leandro Eudaldo DÍAZ; José Américo DÍAZ; Susana MACOR de DÍAZ; Manuela Margarita DÍAZ; Víctor Felipe EGLOFF; Raúl Edgardo ELIAS; Luis Alberto GALLARDO; Carlos Alberto GALLARDO; Carlos María GALLARDO; Luisa Ana IBÁÑEZ; Miguel Antonio LAPETINA; Francisco Eudoro LAZARTE; Ricardo Daniel SOMAINI ; Antonio Domingo PAZ; Juan Carlos CASTRO; Salvador Leocadio NAVARRO; Berta María SOLDATI; Carlos Severino SOLDATI; José Manuel RODRÍGUEZ; Humberto Rubén PONCE; Silvana PARRILE de SALINAS; Ricardo Luís SALINAS; Wilfredo RODRÍGUEZ; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Nélida Azucena SOSA de FORTI; Rubén Lindor TARTALO; Juan Carlos DI LORENZO; María del Pilar TOLEDO; Héctor Gerardo TULA; Aída Inés VILLEGAS; Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS de VIECHO; Eduardo Cesar ARAUJO; Juan Alberto MIÑO; Justo Francisco ONTIVERO; Juan Carlos ONTIVERO; Horacio Marcelo PONCE; Carlos E. PETARAROSSI; Raúl Gustavo SANTILLÁN; Víctor Hugo ELIAS; Dora María PEDREGOSA; Carlos Antonio SOTO; Ricardo Aroldo COMAN); María CISTERNA de BULACIO ; Pastor Roberto CISTERNA; Luís Román GEREZ; Ana María COSSIO; José Inocencio RACEDO; Alcira SANTOS OCHOA de RACEDO; Justo Agustín ALARCÓN; Pedro Antonio ALARCON; Wenceslao QUINTEROS; Miguel Ángel OLEA; Angélica Margarita PALACIO; Alicia Raquel BURDISSO; Raúl Andrés VELIZ; Manuel Antonio TARTALO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Juan Pablo CARBALLO; Miguel Segundo TULA; Enrique Aurelio CAMPOS; Juan Ángel RODRÍGUEZ; José Eduardo OJEDA SIERRA; iv) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo del CP, ley 14.616) en perjuicio de José Gabriel AGÜERO ; Estela Josefina LÓPEZ de AGÜERO; Yolanda Esther ARGÜELLO; José Carlos MÉNDEZ; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Víctor Daniel MOREIRA; Pablo Benito BRITO; María Tránsito BARRIONUEVO; Roberto Lucio VALENZUELA; Raúl René ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; María del Valle Bazán de ROMERO; María Cristina BEJAS; Elda Leonor CALABRÓ; Juan Manuel CARRIZO; Matías Claudio PEREYRA; María Cristina Verónica PEREYRA; Javier Hipólito CENTURIÓN; Carlos Oscar JIMÉNEZ; Demetrio Ángel CHAMATROPULUS; Pedro Antonio CERVIÑO; José Ramón CERVIÑO; José Guetas CHEBAIA; Fidel Emilio CORREA; Pedro Guillermo CORROTO; Francisco Rafael DÍAZ; Ismael ADRISS; Daniel Alfredo DÍAZ; Juan Leandro Eudaldo DÍAZ ; José Américo DÍAZ; Susana MACOR de DÍAZ; Manuela Margarita DÍAZ; Víctor Felipe EGLOFF; Raúl Edgardo ELIAS; Luís Alberto GALLARDO; Carlos María GALLARDO; Luisa Ana IBÁÑEZ; Miguel Antonio LAPETINA; Francisco Eudoro LAZARTE; Ricardo Daniel SOMAINI; Antonio Domingo PAZ; Juan Carlos CASTRO; Salvador Leocadio NAVARRO; Berta María SOLDATI; Carlos Severino SOLDATI; José Manuel RODRÍGUEZ; Humberto Rubén PONCE; Silvana PARRILE de SALINAS; Ricardo Luís SALINAS; Wilfredo RODRÍGUEZ; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Nélida Azucena SOSA DE FORTI; Rubén Lindor TARTALO; Juan Carlos DI LORENZO ; María del Pilar TOLEDO; Héctor Gerardo TULA; Aída Inés VILLEGAS; Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS de VIECHO; Eduardo César ARAUJO; Juan Alberto MIÑO; Justo Francisco ONTIVERO; Juan Carlos ONTIVERO ; Horacio Marcelo PONCE ; Carlos E. PETAROSSI; Raúl Gustavo SANTILLÁN; Víctor Hugo ELIAS; Dora María PEDREGOSA; Carlos Antonio SOTO; Ricardo Aroldo COMAN; María CISTERNA de BULACIO; Pastor Roberto CISTERNA; Luís Román GEREZ; Ana María COSSIO; José Inocencio RACEDO; Alcira SANTOS OCHOA de RACEDO; Justo Agustín ALARCÓN; Pedro Antonio ALARCÓN; Wenceslao QUINTEROS; Miguel Ángel OLEA; Angélica Margarita PALACIO; Alicia Raquel BURDISSO; Raúl Andrés VELIZ; Manuel Antonio TARTALO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Juan Pablo CARBALLO; Miguel Segundo TULA; Enrique Aurelio CAMPOS; Juan Ángel RODRÍGUEZ; José Eduardo OJEDA SIERRA; v) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio de José Gabriel AGÜERO; Estela Josefina LÓPEZ de AGÜERO; Yolanda Esther ARGÜELLO; Lilia Estela SESTO; Olga del Valle RABSIUM; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Víctor Daniel MOREIRA; María Tránsito BARRIONUEVO; Roberto Lucio VALENZUELA; Raúl René ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; María Cristina BEJAS; Elda Leonor CALABRÓ; Juan Manuel CARRIZO; Matías Claudio PEREYRA; Javier Hipólito CENTURIÓN; Carlos Oscar JIMÉNEZ; José Guetas CHEBAIA; Pedro Guillermo CORROTO; Ismael ADRISS; Juan Leandro Eudaldo DÍAZ; José Américo DÍAZ; Susana MACOR de DÍAZ; Manuela Margarita DÍAZ; Víctor Felipe EGLOFF; Luisa Ana IBÁÑEZ; Ricardo Daniel SOMAINI; Antonio Domingo PAZ; Juan Carlos CASTRO; Berta María SOLDATI; José Manuel RODRÍGUEZ; Humberto Rubén PONCE; Silvana PARRILE de SALINAS; Ricardo Luís SALINAS; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Nélida Azucena SOSA de FORTI; Rubén Lindor TARTALO; Juan Carlos DI LORENZO; María del Pilar TOLEDO; Héctor Gerardo TULA; Aída Inés VILLEGAS; Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS de VIECHO; Eduardo César ARAUJO; Juan Carlos ONTIVERO; Horacio Marcelo PONCE; Raúl Gustavo SANTILLÁN; Víctor Hugo ELIAS; María CISTERNA de BULACIO; Pastor Roberto CISTERNA; Luís Román GEREZ; José Inocencio RACEDO; Alcira SANTOS OCHOA de RACEDO; Justo Agustín ALARCÓN; Pedro Antonio ALARCÓN; Wenceslao QUINTEROS; Alicia Raquel BURDISSO; Manuel Antonio TARTALO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Miguel Segundo TULA; Enrique Aurelio CAMPOS; José Eduardo OJEDA SIERRA; vi) Abuso deshonesto agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221) en perjuicio de E.L.C; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Dr. Juan Carlos Reynaga en cuanto impone una pena de PRISIÓN PERPETUA, conforme se considera.-

XXXVI) CONDENAR a MARÍA LUISA ACOSTA DE BARRAZA, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIEZ AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autora material penalmente responsable por el delito de i) Asociación ilícita (arts. 210 y del C.P.) y como partícipe secundaria (art. 46 del C.P.) penalmente responsable de las siguientes conductas: ii) Violación de domicilio (art. 151 C.P.) de calle Perú s/n, ex Ingenio San José, Cebil Redondo, Departamento Yerba Buena, en perjuicio de Yolanda Esther Argüello; de calle José Colombres n° 63, de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Gloria Constanza, Fernando Ramiro CURIA; del domicilio donde se encontraba trabajando en la administración del Sanatorio "Reyes Olea" de la Obra Social de Obreros de Fábrica y Surco del Ingenio Cruz Alta, ubicado en calle Congreso 227 de esta ciudad en perjuicio de Pablo Benito BRITO; de calle Reconquista n° 410 de Tafí Viejo, en perjuicio de María Transito BARRIONUEVO; de su vivienda de Colonia 5 de Luisiana, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de Roberto Lucio VALENZUELA y Raúl René ROMERO, de su vivienda de Estación Pacará, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de Reyes Alcario ROMERO y Bazán de ROMERO María del Valle; de calle Colón n° 835 de la ciudad de Concepción, en perjuicio de Carlos Oscar JIMENEZ; de Av. Mate de Luna 3.921 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de José Guetas CHEBAIA; de su lugar de trabajo en el Ingenio Ñuñorco, en perjuicio de Fidel Emilio CORREA; de calle Monteagudo n° 42 de la localidad de Monteros, Tucumán, en perjuicio de Pedro Guillermo CORROTO; de calle Lavalle N° 3.354 de esta ciudad, en perjuicio de Francisco Rafael DÍAZ; de la vivienda donde se encontraba trabajando de calle Rivadavia casi esquina pasaje Bertrés de esta ciudad en perjuicio de Daniel Alfredo DÍAZ, de calle Rivadavia n° 616 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Juan Leandro Eudaldo y José Américo DÍAZ y Susana Macor de DÍAZ; de Calle 16, n° 134 de la localidad de El Manantial, Tucumán, en perjuicio de Manuela Margarita DÍAZ; de calle San Martín n° 2.728 de esta ciudad, en perjuicio de Víctor Felipe EGLOFF; de calle Mendoza n° 1.340 de esta ciudad en perjuicio de Luís Alberto GALLARDO;de avenida Juan B. Justo n° 1.451 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Ricardo Daniel SOMAINI; de su vivienda ubicada en Los Ralos, Tucumán, en perjuicio de Antonio Domingo PAZ ; de la finca citrícola de propiedad de Manuel Antonio Vargas, sita entre la Curva de Los Vega y Los Pocitos, Departamento Tafí Viejo, Tucumán, donde se encontraba trabajando, en perjuicio de Salvador Leocadio NAVARRO; de su lugar de trabajo ubicado en calle San Juan al 800 de San Miguel de Tucumán en perjuicio de Berta María SOLDATI y de su vivienda en la localidad de Manuela Pedraza, Departamento Simoca, Tucumán, en perjuicio de Carlos Severino SOLDATI; de calle Matheu n° 665 de esta ciudad, en perjuicio de RODRIGUEZ José Manuel; de calle Buenos Aires n° 671 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Humberto Rubén PONCE; de calle Benjamín Paz n° 53 de San Miguel de Tucumán y de calle Laprida n° 213 domicilio laboral donde es detenido, en perjuicio de Wilfredo RODRIGUEZ; de calle 25 de mayo al 100 de Banda de Río Salí, Departamento Cruz Alta, Tucumán, en perjuicio de José Dalmiro y Luis ROJAS; de calle Alvear n° 490 de la ciudad de Santiago del Estero, en perjuicio de Arturo Alberto LESCANO; de calle Florida n° 511 de Villa Alem, en perjuicio de María Esther SILVA; de calle Matienzo n° 863 de esta ciudad, en perjuicio de Héctor Gerardo TULA; de calle Catamarca n° 386 de esta ciudad, en perjuicio de Aída Inés y Jorge VILLEGAS; de la vivienda ubicada en Rio Seco, Tucumán, en perjuicio de Juan Alberto Miño; de su vivienda ubicada en el Ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Juan Carlos; de la vivienda donde se encontraba en el ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Justo Francisco; del domicilio donde se encontraba trabajando en el Cargadero Agua Blanca del Ingenio La Fronterita y de su vivienda ubicada en calle Laprida n° 142 de la ciudad de Famaillá, en perjuicio de Carlos E. Petarossi; de su vivienda en calles Pringles y Peñaloza en la localidad de Yerba Buena, en perjuicio de Raúl Gustavo SANTILLAN; de calle Marcos Paz n° 1.321 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Dora María PEDREGOSA; de Avenida Belgrano n° 2.550, Dpto. 12, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Carlos Antonio SOTO; de calle N° 6 José Hernández de la localidad de Villa Carmela, en perjuicio de Ricardo Aroldo COMAN; de calle Gral. Heredia, de la localidad de Concepción, en perjuicio de María CISTERNA de BULACIO y Pastor Roberto CISTERNA; de su lugar de trabajo en el Sanatorio Ados ubicado en Mendoza al 100 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Luís Román GEREZ; de calle Laprida n° 110 Piso 5° Dpto. "C" de San Miguel Tucumán, en perjuicio de Ana María COSSIO; de su vivienda en la localidad de Caspinchango, Departamento Monteros, Tucumán, en perjuicio de José Inocencio José Inocencio Racedo y Alcira SANTOS OCHOA DE RACEDO; de la vivienda de de Pje. José Figueroa Alcorta n° 1.658 de esta ciudad, en perjuicio de Pedro Antonio ALARCON; de la vivienda de la familia Albo donde se encontraba en el Colmenar, en perjuicio de Justo Agustín ALARCON; de una casa de campo en la zona de Piedrabuena donde se encontraba, en perjuicio de Miguel Ángel OLEA; de su trabajo en el Ingenio San Juan, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de Manuel Antonio TARTALO; de su vivienda en el Ingenio San Juan, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de Miguel Segundo TULA; del Ingenio Ñuñorco, de la localidad de Monteros donde se encontraba trabajando, en perjuicio de Juan Ángel RODRIGUEZ; iii) Privación ilegítima de la libertad (artículo 144 del CP - ley 14616) en perjuicio de José Gabriel AGÜERO; Estela Josefina LÓPEZ de AGÜERO; Yolanda Esther ARGÜELLO; José Carlos MÉNDEZ; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Pablo Benito BRITO; María Tránsito BARRIONUEVO; Roberto Lucio VALENZUELA; Raúl René ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; María del Valle Bazán de ROMERO; María Cristina BEJAS; Elda Leonor CALABRÓ; Juan Manuel CARRIZO; Matías Claudio PEREYRA; María Cristina Verónica PEREYRA; Javier Hipólito CENTURIÓN; Carlos Oscar JIMÉNEZ; Demetrio Ángel CHAMATROPULUS; Pedro Antonio CERVIÑO; José Ramón CERVIÑO; José Guetas CHEBAIA; Fidel Emilio CORREA; Pedro Guillermo CORROTO; Francisco Rafael DÍAZ; Ismael ADRISS; Daniel Alfredo DÍAZ; Juan Leandro Eudaldo DÍAZ; José Américo DÍAZ; Susana MACOR de DÍAZ; Manuela Margarita DÍAZ; Víctor Felipe EGLOFF; Raúl Edgardo ELIAS; Luís Alberto GALLARDO; Carlos María GALLARDO; Luisa Ana IBÁÑEZ; Miguel Antonio LAPETINA; Francisco Eudoro LAZARTE; Ricardo Daniel SOMAINI; Antonio Domingo PAZ; Juan Carlos CASTRO; Salvador Leocadio NAVARRO; Berta María SOLDATI; Carlos Severino SOLDATI; José Manuel RODRÍGUEZ; Humberto Rubén PONCE; Silvana PARRILE de SALINAS; Ricardo Luís SALINAS; Wilfredo RODRÍGUEZ; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Nélida Azucena SOSA de FORTI; Rubén Lindor TARTALO; Juan Carlos DI LORENZO; María del Pilar TOLEDO; Héctor Gerardo TULA; Aída Inés VILLEGAS; Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS de VIECHO; Eduardo César ARAUJO; Juan Alberto MIÑO; Justo Francisco ONTIVERO; Juan Carlos ONTIVERO; Carlos E. PETAROSSI; Raúl Gustavo SANTILLÁN; Víctor Hugo ELIAS; Dora María PEDREGOSA; Carlos Antonio SOTO; Ricardo Aroldo COMAN; María CISTERNA de BULACIO; Pastor Roberto CISTERNA; Luís Román GEREZ; Ana María COSSIO; José Inocencio RACEDO; Alcira SANTOS OCHOA de RACEDO; Justo Agustín ALARCÓN; Pedro Antonio ALARCÓN; Wenceslao QUINTEROS; Miguel Ángel OLEA; Angélica Margarita PALACIO; Alicia Raquel BURDISSO; Raúl Andrés VELIZ; Manuel Antonio TARTALO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Juan Pablo CARBALLO; Miguel Segundo TULA; Enrique Aurelio CAMPOS; Juan Ángel RODRÍGUEZ; José Eduardo OJEDA SIERRA; iv) Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo del C.P., ley 14.616) en perjuicio de José Gabriel AGÜERO; Estela Josefina LÓPEZ de AGÜERO; Yolanda Esther ARGÜELLO; José Carlos MENDEZ; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Pablo Benito BRITO; María Tránsito BARRIONUEVO; Roberto Lucio VALENZUELA; Raúl René ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; María del Valle Bazán de ROMERO; María Cristina BEJAS; Elda Leonor CALABRÓ; Juan Manuel CARRIZO; Matías Claudio PEREYRA; María Cristina Verónica PEREYRA ; Javier Hipólito CENTURIÓN; Carlos Oscar JIMÉNEZ; Demetrio Ángel CHAMATROPULUS; Pedro Antonio CERVIÑO; José Ramón CERVIÑO; José Guetas CHEBAIA; Fidel Emilio CORREA; Pedro Guillermo CORROTO; Francisco Rafael DÍAZ; Ismael ADRISS; Daniel Alfredo DÍAZ; Juan Leandro Eudaldo DÍAZ; José Américo DÍAZ ; Susana MACOR de DÍAZ; Manuela Margarita DÍAZ; Víctor Felipe EGLOFF; Raúl Edgardo ELIAS; Luís Alberto GALLARDO; Carlos María GALLARDO; Luisa Ana IBÁÑEZ; Miguel Antonio LAPETINA; Francisco Eudoro LAZARTE; Ricardo Daniel SOMAINI; Antonio Domingo PAZ; Juan Carlos CASTRO; Salvador Leocadio NAVARRO; Berta María SOLDATI; Carlos Severino SOLDATI ; José Manuel RODRÍGUEZ ; Humberto Rubén PONCE; Silvana PARRILE de SALINAS; Ricardo Luís SALINAS; Wilfredo RODRÍGUEZ; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Nélida Azucena SOSA de FORTI; Rubén Lindor TARTALO; Juan Carlos DI LORENZO; María del Pilar TOLEDO; Héctor Gerardo TULA; Aída Inés VILLEGAS; Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS de VIECHO; Eduardo Cesar ARAUJO; Juan Alberto MIÑO; Justo Francisco ONTIVERO; Juan Carlos ONTIVERO; Carlos E. PETAROSSI; Raúl Gustavo SANTILLÁN; Víctor Hugo ELIAS; Dora María PEDREGOSA; Carlos Antonio SOTO; Ricardo Aroldo COMAN; María CISTERNA de BULACIO; Pastor Roberto CISTERNA; Luís Román GEREZ; Ana María COSSIO; José Inocencio RACEDO; Alcira SANTOS OCHOA de RACEDO; Justo Agustín ALARCÓN; Pedro Antonio ALARCÓN; Wenceslao QUINTEROS; Miguel Ángel OLEA; Angélica Margarita PALACIO; Alicia Raquel BURDISSO; Raúl Andrés VELIZ; Manuel Antonio TARTALO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Juan Pablo CARBALLO; Miguel Segundo TULA; Enrique Aurelio CAMPOS; Juan Ángel RODRÍGUEZ; José Eduardo OJEDA SIERRA; v) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio de José Gabriel AGÜERO; Estela Josefina LOPEZ de AGÜERO; Yolanda Esther ARÜELLO; Lilia Estela SESTO; Olga del Valle RABSIUM; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; María Tránsito BARRIONUEVO; Roberto Lucio VALENZUELA; Raúl René ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; María Cristina BEJAS; Elda Leonor CALABRÓ; Juan Manuel CARRIZO; Matías Claudio PEREYRA; Javier Hipólito CENTURIÓN; Carlos Oscar JIMÉNEZ; José Guetas CHEBAIA; Pedro Guillermo CORROTO; Ismael ADRISS; Juan Leandro Eudaldo DÍAZ; José Américo DÍAZ; Susana MARCOR de DÍAZ; Manuela Margarita DÍAZ; Víctor Felipe EGLOFF; Luisa Ana IBÁÑEZ; Ricardo Daniel SOMAINI; Antonio Domingo PAZ; Juan Carlos CASTRO; Berta María SOLDATI; José Manuel RODRÍGUEZ; Humberto Rubén PONCE; Silvana PARRILE de SALINAS; Ricardo Luís SALINAS; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Nélida Azucena SOSA de FORTI; Rubén Lindor TARTALO; Juan Carlos DI LORENZO; María del Pilar TOLEDO; Héctor Gerardo TULA; Aída Inés VILLEGAS; Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS de VIECHO; Eduardo César ARAUJO; Juan Carlos ONTIVERO; Raúl Gustavo SANTILLÁN; Víctor Hugo ELIAS; María CISTERNA de BULACIO; Pastor Roberto CISTERNA; Luís Román GEREZ; José Inocencio RACEDO; Alcira SANTOS OCHOA de RACEDO; Justo Agustín ALARCÓN; Pedro Antonio ALARCÓN; Wenceslao QUINTEROS; Alicia Raquel BURDISSO; Manuel Antonio TARTALO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Miguel Segundo TULA; Enrique Aurelio CAMPOS; José Eduardo OJEDA SIERRA; vi) Abuso deshonesto agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221) en perjuicio de E.L.C; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Dr. Juan Carlos Reynaga en cuanto impone una pena de VEINTE AÑOS DE PRISIÓN, conforme se considera.-

XXXVII) CONDENAR a PEDRO JOAQUÍN PASTERIS, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DIEZ AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita (arts. 210 del C.P.); partícipe secundario (art. 46 del C.P.) de los delitos de: ii) Violación de domicilio (art. 151 CP) de calle Perú s/n, ex Ingenio San José, Cebil Redondo, Departamento Yerba Buena, en perjuicio de Yolanda Esther Argüello; Lilia Estela SESTO, Olga del Valle RABSIUM; de calle José Colombres n° 63, de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Gloria Constanza, Fernando Ramiro CURIA; del domicilio donde se encontraba trabajando en la administración del Sanatorio "Reyes Olea" de la Obra Social de Obreros de Fábrica y Surco del Ingenio Cruz Alta, ubicado en calle Congreso 227 de esta ciudad en perjuicio de Pablo Benito BRITO; de calle Reconquista n° 410 de Tafí Viejo, en perjuicio de María Transito BARRIONUEVO; de la vivienda de Colonia 5 de Luisiana, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de Roberto Lucio VALENZUELAy Raúl René ROMERO, de su vivienda de Estación Pacará, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de Reyes Alcario ROMERO y Bazán de ROMERO María del Valle; de calle Colón n° 835 de la ciudad de Concepción, en perjuicio de Carlos Oscar JIMENEZ ; de Av. Mate de Luna 3.921 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de José Guetas CHEBAIA ; de su lugar de trabajo en el Ingenio Ñuñorco, en perjuicio de Fidel Emilio CORREA; de calle Monteagudo n° 42 de la localidad de Monteros, Tucumán, en perjuicio de Pedro Guillermo CORROTO; de calle Lavalle N° 3.354 de esta ciudad, en perjuicio de Francisco Rafael DÍAZ ; de la vivienda donde se encontraba trabajando de calle Rivadavia casi esquina pasaje Bertrés de esta ciudad en perjuicio de Daniel Alfredo DÍAZ, de calle Rivadavia n° 616 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Juan Leandro Eudaldo y José Américo DÍAZ y Susana Macor de DÍAZ; de Calle 16, n° 134 de la localidad de El Manantial, Tucumán, en perjuicio de Manuela Margarita DÍAZ; de calle San Martín n° 2.728 de esta ciudad, en perjuicio de Víctor Felipe EGLOFF; de calle Mendoza n° 1.340 de esta ciudad en perjuicio de Luís Alberto GALLARDO; de su vivienda de Amaicha del Llano (paraje llamado Km. 1.240), en perjuicio de Francisco Eudoro LAZARTE;de avenida Juan B. Justo n° 1.451 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Ricardo Daniel SOMAINI; de su vivienda ubicada en Los Ralos, Tucumán, en perjuicio de Antonio Domingo PAZ; de la finca citrícola de propiedad de Manuel Antonio Vargas, sita entre la Curva de Los Vega y Los Pocitos, Departamento Tafí Viejo, Tucumán, donde se encontraba trabajando, en perjuicio de Salvador Leocadio NAVARRO; de su vivienda en la localidad de Manuela Pedraza, Departamento Simoca, Tucumán, en perjuicio de Carlos Severino SOLDATI; de calle Matheu n° 665 de esta ciudad, en perjuicio de RODRIGUEZ José Manuel; de calle Buenos Aires n° 671 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Humberto Rubén PONCE; de calle Benjamín Paz n° 53 de San Miguel de Tucumán y de calle Laprida n° 213 domicilio laboral donde es detenido, en perjuicio de Wilfredo RODRIGUEZ; de calle 25 de mayo al 100 de Banda de Río Salí, Departamento Cruz Alta, Tucumán, en perjuicio de José Dalmiro y Luis ROJAS; de su vivienda en la localidad de Delfín Gallo, Departamento Cruz Alta de la provincia de Tucumán, en perjuicio de Domingo Nicolás ROMANO; de calle Alvear n° 490 de la ciudad de Santiago del Estero, en perjuicio de Arturo Alberto LESCANO; de calle Florida n° 511 de Villa Alem, en perjuicio de María Esther SILVA ; de calle Matienzo n° 863 de esta ciudad, en perjuicio de Héctor Gerardo TULA; de calle Catamarca n° 386 de esta ciudad, en perjuicio de Aída Inés y Jorge VILLEGAS; de la vivienda ubicada en Río Seco en perjuicio de Juan Alberto Miño; de su vivienda ubicada en el Ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Juan Carlos; de la vivienda donde se encontraba en el ex Ingenio Lules, en perjuicio de ONTIVERO Justo Francisco; de calle Italia n° 2.768 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de PONCE Horacio Marcelo; del domicilio donde se encontraba trabajando en el Cargadero Agua Blanca del Ingenio La Fronterita y de su vivienda ubicada en calle Laprida n° 142 de la ciudad de Famaillá, en perjuicio de Carlos E. Petarossi; de su vivienda en calles Pringles y Peñaloza en la localidad de Yerba Buena, en perjuicio de Raúl Gustavo SANTILLAN; de calle Marcos Paz n° 1.321 de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Dora María PEDREGOSA; de Avenida Belgrano n° 2.550, Dpto. 12, San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Carlos Antonio SOTO; de calle N° 6 José Hernández de la localidad de Villa Carmela, en perjuicio de Ricardo Aroldo COMAN; de calle Gral. Heredia, de la localidad de Concepción, en perjuicio de María CISTERNA de BULACIO y Pastor Roberto CISTERNA; de su lugar de trabajo en el Sanatorio Ados ubicado en Mendoza al 100 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, en perjuicio de Luís Román GEREZ; de calle Laprida n° 110 Piso 5° Dpto. "C" de San Miguel Tucumán, en perjuicio de Ana María COSSIO; de su vivienda en la localidad de Caspinchango, Departamento Monteros, Tucumán, en perjuicio de José Inocencio José Inocencio RACEDO y Alcira SANTOS OCHOA DE RACEDO; de la vivienda de de Pje. José Figueroa Alcorta n° 1.658 de esta ciudad, en perjuicio de Pedro Antonio ALARCON; de la vivienda de la familia Albo donde se encontraba en el Colmenar, en perjuicio de Justo Agustín ALARCON; de una casa de campo en la zona de Piedrabuena donde se encontraba, en perjuicio de Miguel Ángel OLEA; de su trabajo en el Ingenio San Juan, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de Manuel Antonio TARTALO; de su vivienda en el Ingenio San Juan, Departamento Cruz Alta, en perjuicio de Miguel Segundo TULA; del Ingenio Ñuñorco, de la localidad de Monteros donde se encontraba trabajando, en perjuicio de Juan Ángel RODRIGUEZ; iii) Privación ilegítima de la libertad (artículo 144 bis del CP - ley 14616) en perjuicio de José Gabriel AGÜERO; Estela Josefina LOPEZ de AGÜERO; Yolanda Esther ARGÜELLO; Lilia Estela SESTO; Olga del Valle RABSIUM; José Carlos MENDEZ; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Víctor Daniel MOREIRA; Pablo Benito BRITO; María Tránsito BARRIONUEVO; Roberto Lucio VALENZUELA; Raúl René ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; María del Valle BAZÁN DE ROMERO; María Cristina BEJAS; Elda Leonor CALABRÓ; Juan Manuel CARRIZO; Juan Ignacio CATIVA; Matías Claudio PEREYRA; María Cristina Verónica PEREYRA; Javier Hipólito CENTURIÓN; Carlos Oscar JIMÉNEZ; Demetrio Ángel CHAMATRÓPULOS; Pedro Antonio CERVIÑO; José Ramón CERVIÑO; José Guetas CHEBAIA; Fidel Emilio CORREA; Pedro Guillermo CORROTO; Francisco Rafael DÍAZ; Francisco Rafael DÍAZ (h); Ismael ADRISS; Daniel Alfredo DÍAZ; Juan Leandro Eudaldo DÍAZ; José Américo DÍAZ; Susana MACOR DE DÍAZ; Manuela Margarita DÍAZ; Víctor Felipe EGLOFF; Raúl Edgardo ELIAS; Luis Alberto GALLARDO; Carlos María GALLARDO; Luisa Ana IBÁÑEZ; Miguel Antonio LAPETINA; Francisco Eudoro LAZARTE; Ricardo Daniel SOMAINI; Antonio Domingo PAZ; Juan Carlos CASTRO; Salvador Leocadio NAVARRO; Berta María SOLDATI; Carlos Severino SOLDATI; José Manuel RODRÍGUEZ; Humberto Rubén PONCE; Silvana PARRILE DE SALINAS; Ricardo Luis SALINAS; Wilfredo RODRÍGUEZ; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; Domingo Nicolás ROMANO; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Nélida Azucena SOSA DE FORTI; Rubén Lindor TÁRTALO; Juan Carlos DI LORENZO; María del Pilar TOLEDO; Héctor Gerardo TULA; Aída Inés VILLEGAS; Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS DE VIECHO; Eduardo Cesar ARAUJO; Juan Alberto MIÑO; Justo Francisco ONTIVERO; Juan Carlos ONTIVERO; Horacio Marcelo PONCE; Carlos E. PETAROSSI; Raúl Gustavo SANTILLÁN; Luis Alberto BARRIONUEVO; Víctor Hugo ELIAS; Dora María PEDREGOSA; Carlos Antonio SOTO; Ricardo Aroldo COMAN; María CISTERNA DE BULACIO; Pastor Roberto CISTERNA; Luis Román GEREZ; Ana María COSSIO; José Inocencio RACEDO; Alcira SANTOS OCHOA DE RACEDO; Justo Agustín ALARCÓN; Pedro Antonio ALARCÓN; Wenceslao QUINTEROS; Miguel Ángel OLEA; Angélica Margarita PALACIO; Alicia Raquel BURDISSO; Raúl Andrés VÉLIZ; Manuel Antonio TÁRTALO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Juan Pablo CARBALLO; Miguel Segundo TULA; Enrique Aurelio CAMPOS; Juan Ángel RODRÍGUEZ; José Eduardo OJEDA SIERRA; iv)Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo del C.P., ley 14.616) en perjuicio de José Gabriel AGÜERO; Estela Josefina LÓPEZ de AGÜERO; Yolanda Esther ARGÜELLO; José Carlos MENDEZ; Gloria Constanza CURIA, Fernando Ramiro CURIA; Víctor Daniel MOREIRA; Pablo Benito BRITO; María Transito BARRIONUEVO; Roberto Lucio VALENZUELA; Raúl René ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; María del Valle BAZÁN DE ROMERO; María Cristina BEJAS; Elda Leonor CALABRÓ; Juan Manuel CARRIZO; Juan Ignacio CATIVA; Matías Claudio PEREYRA; María Cristina Verónica PEREYRA; Javier Hipólito CENTURIÓN; Carlos Oscar JIMÉNEZ; Demetrio Ángel CHAMATRÓPULOS; Pedro Antonio CERVIÑO; José Ramón CERVIÑO; José Guetas CHEBAIA; Fidel Emilio CORREA; Pedro Guillermo CORROTO; Francisco Rafael DÍAZ; Francisco Rafael DÍAZ (h); Ismael ADRISS; Daniel Alfredo DÍAZ, Juan Leandro Eudaldo DÍAZ; José Américo DÍAZ; Susana Macor de DÍAZ; Manuela Margarita DÍAZ; Víctor Felipe EGLOFF; Raúl Edgardo ELIAS; Luis Alberto GALLARDO; Carlos María GALLARDO; Luisa Ana IBÁÑEZ; Miguel Antonio LAPETINA; Francisco Eudoro LAZARTE; Ricardo Daniel SOMAINI; Antonio Domingo PAZ; Juan Carlos CASTRO; Salvador Leocadio NAVARRO; Berta María SOLDATI; Carlos Severino SOLDATI; José Manuel RODRÍGUEZ; Humberto Rubén PONCE; Silvana PARRILE DE SALINAS; Ricardo Luis SALINAS; Wilfredo RODRÍGUEZ; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; Domingo Nicolás ROMANO; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Nélida Azucena SOSA DE FORTI; Rubén Lindor TÁRTALO; Juan Carlos DI LORENZO; María del Pilar TOLEDO; Héctor Gerardo TULA; Aída Inés VILLEGAS; Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS DE VIECHO; Eduardo Cesar ARAUJO; Juan Alberto MIÑO; Justo Francisco ONTIVERO; Juan Carlos ONTIVERO; Horacio Marcelo PONCE; Carlos E. PETAROSSI; Raúl Gustavo SANTILLÁN; Luis Alberto BARRIONUEVO; Víctor Hugo ELIAS; Dora María PEDREGOSA; Carlos Antonio SOTO; Ricardo Aroldo COMAN; María CISTERNA DE BULACIO; Pastor Roberto CISTERNA; Luis Román GEREZ; Ana María COSSIO; José Inocencio RACEDO; Alcira SANTOS OCHOA DE RACEDO; Justo Agustín ALARCÓN; Pedro Antonio ALARCÓN; Wenceslao QUINTEROS; Miguel Ángel OLEA; Angélica Margarita PALACIO; Alicia Raquel BURDISSO; Raúl Andrés VÉLIZ; Manuel Antonio TÁRTALO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Juan Pablo CARBALLO; Miguel Segundo TULA; Enrique Aurelio CAMPOS; Juan Ángel RODRÍGUEZ; José Eduardo OJEDA SIERRA; v) Homicidio agravado por alevosía, con el fin de lograr impunidad y por el concurso premeditado de dos o más partícipes (art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P., Ley 21.338) en perjuicio de José Gabriel AGÜERO; Estela Josefina LOPEZ de AGÜERO; Yolanda Esther ARGÜELLO; Lilia Estela SESTO, Olga del Valle RABSIUM; Gloria Constanza CURIA; Fernando Ramiro CURIA; Víctor Daniel MOREIRA; María Tránsito BARRIONUEVO; Roberto Lucio VALENZUELA; Raúl René ROMERO; Reyes Alcario ROMERO; María Cristina BEJAS; Elda Leonor CALABRO; Juan Manuel CARRIZO; Matías Claudio PEREYRA; Javier Hipólito CENTURIÓN; Carlos Oscar JIMÉNEZ; José Guetas CHEBAIA; Pedro Guillermo CORROTO; Francisco Rafael DÍAZ (h); Ismael ADRISS; Juan Leandro Eudaldo DÍAZ; José Américo DÍAZ; Susana MACOR DE DÍAZ; Manuela Margarita DÍAZ; Víctor Felipe EGLOFF; Luisa Ana IBÁÑEZ; Ricardo Daniel SOMAINI; Antonio Domingo PAZ; Juan Carlos CASTRO; Berta María SOLDATI; José Manuel RODRÍGUEZ; Humberto Rubén PONCE; Silvana PARRILE DE SALINAS; Ricardo Luis SALINAS; Domingo Nicolás ROMANO; José Dalmiro ROJAS; Luis ROJAS; Arturo Alberto LESCANO; María Esther SILVA; Nélida Azucena SOSA DE FORTI; Rubén Lindor TÁRTALO; Juan Carlos DI LORENZO; María del Pilar TOLEDO; Héctor Gerardo TULA; Aída Inés VILLEGAS; Jorge VILLEGAS; Rosa del Carmen QUINTEROS DE VIECHO; Eduardo César ARAUJO; Juan Carlos ONTIVERO; Horacio Marcelo PONCE; Raúl Gustavo SANTILLÁN; Víctor Hugo ELIAS; María CISTERNA DE BULACIO; Pastor Roberto CISTERNA; Luis Román GEREZ; José Inocencio RACEDO; Alcira SANTOS OCHOA DE RACEDO; Justo Agustín ALARCÓN; Pedro Antonio ALARCÓN; Wenceslao QUINTEROS; Alicia Raquel BURDISSO; Manuel Antonio TÁRTALO; Juan Carlos ANDRADA; José Rafael CHAMAS; Miguel Segundo TULA; Enrique Aurelio CAMPOS; José Eduardo OJEDA SIERRA; partícipe secundario (art. 46 C.P.) de vi) Abuso deshonesto agravado por haber sido cometido con el concurso de dos más personas (artículos 127 y 122 del C.P. según Ley 11.221) en perjuicio de E.L.C; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera. Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Dr. Juan Carlos Reynaga en cuanto impone una pena de VEINTE AÑOS de PRISIÓN, conforme se considera.-

XXXVIII) CONDENAR a GUILLERMO FRANCISCO LÓPEZ GUERRERO, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) Asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del C.P. según Ley 21.338); partícipe secundario (art. 46 C.P.), de los delitos de ii) Privación ilegítima de libertad (art. 144 bis del C.P. según ley 14.616) y Tormentos agravados (art. 144 ter primer y segundo párrafo, Ley 14616), cometidos en perjuicio de Nora Alicia del Valle CAJAL; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera.- Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Dr. Juan Carlos Reynaga en cuanto impone una pena de DIEZ AÑOS de PRISIÓN, conforme se considera.-

XXXIX) CONDENAR a RAMÓN CÉSAR JODAR de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena que incluye INHABILITACIÓN ABSOLUTA y COSTAS, por ser autor material del delito de i) asociación ilícita (art. 210 del C.P.) y ii) violación de domicilio (artículo 151 del C.P.) de calle Vélez Sarsfield n° 1.056, Tafí Viejo, en perjuicio de Angélica Margarita PALACIO; todo en concurso real (Art. 55 del Código Penal) calificándolos como delitos de lesa humanidad. (Arts. 12, 19, 29 inc 3°, 40 y 41 del Código Penal; arts. 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal de la Nación), conforme se considera.- Lo dispuesto, con la disidencia parcial del Dr. Juan Carlos Reynaga en cuanto impone una pena de DIEZ AÑOS de PRISIÓN, conforme se considera.-

XL) CONDENAR a MARÍA ELENA GUERRA, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de DOS AÑOS DE PRISIÓN, por ser autora del delito de usurpación de propiedad (inmueble de calle Frías Silva n° 231) calificándolo como delito de lesa humanidad (art. 181 del C.P. y normativa internacional vigente a la fecha de los hechos), conforme lo considerado-

XLI) ABSOLVER POR EL PRINCIPIO DE LA DUDA a CELSO ALBERTO BARRAZA, de las condiciones personales que constan en autos (art. 3° del Código Procesal Penal de la Nación) de los delitos que le fueron imputados, conforme se considera, ordenando su inmediata libertad en estos actuados. Lo dispuesto, con la disidencia del Dr. Juan Carlos Reynaga en cuanto dispone declarar a CELSO ALBERTO BARRAZA culpable del delito de Asociación ilícita (art. 210 del C.P.), condenándolo a la pena de DIEZ AÑOS DE PRISIÓN e INHABILITACIÓN y ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena y COSTAS, conforme se considera.-

XLII) ABSOLVER POR EL PRINCIPIO DE LA DUDA a LUIS DANIEL DE URQUIZA, de las condiciones personales que constan en autos (art. 3° del Código Procesal Penal de la Nación) de los delitos que le fueron imputados, conforme se considera, ordenando su inmediata libertad en estos actuados. Lo dispuesto, con la disidencia del Dr. Juan Carlos Reynaga en cuanto dispone declarar a LUIS DANIEL DE URQUIZA autor material del delito de Asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del C.P. según Ley 21.338) y partícipe secundario (art. 46 del C.P.) de los delitos de Privación ilegítima de la libertad con apremios y/o vejaciones; Tormentos agravados y Homicidio triplemente agravado (arts. 142 bis inc 1° y 2°; art 144 ter 1° y 2° párrafo; art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P.) en perjuicio de Luis Alberto Soldati, condenándolo a la pena de QUINCE AÑOS de PRISIÓN e INHABILITACIÓN y ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena y COSTAS.-

XLIII) ABSOLVER POR EL PRINCIPIO DE LA DUDA a JOSÉ ELOY MIJALCHYK, de las condiciones personales que constan en autos (art. 3° del Código Procesal Penal de la Nación) de los delitos que le fueron imputados, conforme se considera, ordenando su inmediata libertad en estos actuados. Lo dispuesto, con la disidencia del Dr. Juan Carlos Reynaga en cuanto dispone declarar a JOSÉ ELOY MIJALCHYK autor material del delito de Asociación ilícita agravada (art. 210 y 210 bis del C.P. según Ley 21.338) y partícipe secundario (art. 46 del C.P.) de los delitos de Privación ilegítima de la libertad con apremios y/o vejaciones (arts. 142 bis inc 1° y 2°) en perjuicio de María Angélica Mazzamuto, condenándolo a la pena de DIEZ AÑOS de PRISIÓN e INHABILITACIÓN y ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena y COSTAS, conforme se considera.-

XLIV) ABSOLVER POR EL PRINCIPIO DE LA DUDA a JUAN CARLOS BENEDICTO, de las condiciones personales que constan en autos (art. 3° del Código Procesal Penal de la Nación) de los delitos que le fueron imputados, conforme se considera, ordenando su inmediata libertad en estos actuados. Lo dispuesto, con la disidencia del Dr. Juan Carlos Reynaga en cuanto dispone declarar a JUAN CARLOS BENEDICTO autor material del delito de Asociación ilícita (art. 210 del C.P.) y partícipe secundario (art. 46 del C.P.) del delito de Homicidio triplemente agravado (arts. 142 bis inc 1° y 2°; art 144 ter 1° y 2° párrafo; art. 80 inc. 2, 6 y 7 del C.P.) en perjuicio de Gustavo Adolfo FOCHI y Adolfo MENDEZ BRANDER, condenándolo a la pena de QUINCE AÑOS de PRISIÓN e INHABILITACIÓN y ACCESORIAS LEGALES por igual tiempo que el de la condena y COSTAS, conforme se considera.-

XLV) DISPONER que todos los condenados se mantengan en prisión conforme se encuentran al día de la fecha. Los imputados Guillermo Francisco LOPEZ GUERRERO y Oscar Humberto GÓMEZ continuarán cumpliendo la prisión en sus domicilios. Todo lo precedente, conforme se considera (art. 10 del C.P. y fallos de la C.S.J.N "Olivera Rovere S/ recurso de Casación" y "Vigo, Alberto Gabriel S/causa 10.919", en materia de delitos de lesa humanidad).

XLVI) IMPONER las COSTAS por la actuación de los letrados querellantes en representación de las víctimas, a los condenados. IMPONER las COSTAS por la actuación de los letrados querellantes en representación de las asociaciones (ANDHES y FA.DETUC.) y de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, en el orden causado (art. 403 del C.P.P.N.).-

XLVII) TENER PRESENTE las reservas de casación y de caso federal (art. 14 Ley 48) deducidas por las partes durante el transcurso del presente debate.-

XLVIII) PROTOCOLÍCESE - HÁGASE SABER.-

Carlos E. I. Jiménez Montilla
Juez de Cámara

Gabriel Eduardo Casas
Juez de Cámara

Juan Carlos Reynaga
Juez de Cámara Subrogante

ANTE MI:

Mariano García Zavalía
Secretario de Cámara


Notas:

1. RC-16-5 "La Unidad de Inteligencia" (1973), Ap. 1.001 (7). [Volver]

2. Conviene recordar aquí que la Aptitud Especial de Inteligencia "AEI" era una calificación especial que recibían los oficiales del ejército que completaban el Curso de Técnico de Inteligencia que organizaba la Escuela de Inteligencia del Comando en Jefe del Ejército. Esta especialidad, como todas las demás, implicaba, en primer lugar, un ascenso en la carrera militar y la posibilidad de realizar tareas que por su nivel de especificidad no eran asignadas a cualquier persona. El curso tenía una duración entre 6 y 8 meses y en su curricula se encontraban las siguientes asignaturas: Contrainteligencia y Actividades Especiales de Inteligencia, Inteligencia, Actividades Psicológicas, Interpretación de Imágenes, Información Político Social, Información Ideológica Totalitaria, Técnicas especiales, Criptografía, entre otras. [Volver]

3. Tratado de Derecho Penal, Parte General, cuarta edición, editorial Comares-Granada, Granada 1993, página, 630 [Volver]


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