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07feb09
Los militares condenados por crímenes contra la humanidad deberán cumplir la condena en prisión común
De manera imprevista, el Tribunal Oral Federal de Neuquén entregó ayer a las partes los fundamentos de la sentencia del juicio que condenó a ocho de los represores que actuaron en el centro clandestino de detención La Escuelita y que originalmente había sido programada para el próximo 20 de febrero. No hubo lectura de las resoluciones ni audiencia, sino que los abogados defensores y querellantes se retiraron del Tribunal con un disco compacto que contenía las casi 700 fojas de la sentencia.
Uno de los aspectos salientes de los fundamentos es que los represores cumplirán sus condenas en una cárcel común y no en sus domicilios, tal como ocurre con otros militares condenados por delitos semejantes.
Las víctimas rechazaron de plano el accionar de los jueces y lo calificaron de una “falta de respeto”, ya que no fueron avisadas de su decisión de adelantar 14 días la entrega de los fundamentos, como había quedado anunciado el 18 de diciembre pasado cuando dieron a conocer el veredicto.
Inés Rigo de Ragni, Oscar Ragni y Lolín Rigoni fueron las únicas víctimas que alcanzaron a hacerse presentes en el Tribunal de la calle Carlos H. Rodríguez, ya que escucharon la novedad por la radio.
Llamativamente, también los defensores, de los cuales varios de ellos residen en Buenos Aires, lograron presentarse para notificarse de la sentencia.
En el caso de las querellantes por el Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CeProDH), Ivana Dal Bianco y Romina Sckmunck, denunciaron que las notificaron por teléfono 20 minutos antes con lo cual no llegaron a asistir.
Para el Ministerio Fiscal debido a la extensión de la sentencia formulada por los jueces fue prudente que no se leyera. Manuel de Reyes Balboa consideró que lo que estuvo leyendo lo satisfizo en cuanto “se ha seguido los lineamientos del Ministerio Fiscal”.
Hernán Corigliano, defensor de Sergio Adolfo San Martín y Jorge Eduardo Molina Ezcurra, aseguró que se hizo presente en la ciudad también por un rumor de que se iban a dar a conocer los fundamentos de la sentencia, pero aclaró que el llamado del Tribunal lo recibió con media hora de anticipación.
“Esto realmente es una falta de respeto, nadie nos avisó, nos enteramos por la radio. Menos mal que llegué el miércoles pasado porque no estaba en la ciudad”, aseveró indignada la representante de Madres de Plaza de Mayo, Inés Ragni.
Por su parte, Oscar Ragni recalcó que el juicio es oral y público y que no dar lugar a las víctimas y familiares que tuvieron que revivir el horror para escuchar los fundamentos es una falta de respeto.
“La verdad que después de todo el proceso judicial esta actitud del Tribunal a mí me resulta extraña”, expresó Ragni.
El padre del joven desaparecido durante la última dictadura militar se mostró enojado al recordar las palabras del presidente del Tribunal, Orlando Coscia.
“Lo recuerdo claramente, Coscia había dicho que si había algún cambio se iba a informar a las partes y no lo hizo”, afirmó el militante de Derechos Humanos. Ragni antes de retirarse del Tribunal solicitó hablar con el presidente, quien le mandó a decir que “los saludaba a todos pero que no podía atenderlos hoy”, según comunicó uno de los policías.
La querellante por la Asamblea por los Derechos Humanos (APDH) Nerea Monte explicó que también a ellos les avisaron ayer.
La abogada se refirió a los argumentos de la sentencia y remarcó la importancia de que establece la cárcel común para los ocho represores.
Si bien esta medida ya está apelada por las defensas, tendrán que permanecer sin el privilegio de la detención domiciliaria, por lo menos hasta que la Justicia se expida de manera contraria en la casación.
Lo que se había fallado
- Oscar Reinhold:
Condenado a 25 años de prisión, inhabilitación absoluta y perpetua.- Luis Farías Barrera:
22 años de prisión, inhabilitación absoluta y perpetua.- Enrique Olea:
25 años de prisión, inhabilitación absoluta y perpetua.- Hilarión de la Pas Sosa:
20 años de prisión, inhabilitación absoluta y perpetua.- Mario Alberto Gómez:
25 años de prisión, inhabilitación absoluta y perpetua.- Sergio San Martín:
21 años de prisión, inhabilitación absoluta y perpetua.- Jorge Molina Ezcurra:
21 años de prisión, inhabilitación absoluta y perpetua.- Francisco Oviedo:
7 años de prisión.[Fuente: Diario La Mañana, Neuquén, 07feb09]
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