Información
Equipo Nizkor
        Tienda | Donaciones Online
Derechos | Equipo Nizkor       

09mar13


La Cámara condenó a Menem por el contrabando de armas


Fueron 17 años de investigación, una absolución que derivó en un nuevo juicio, que insumió tres años, para llegar a un nuevo fallo, de 250 fojas, donde los integrantes de la Sala 1 de la Cámara de Casación Penal condenaron, por contrabando agravado de armas a Ecuador y Croacia, al ex presidente y actual senador Carlos Menem y su ex ministro de Defensa, Oscar Camilión.

La Cámara le ordenó, además, a los jueces del Tribunal Oral en lo Penal Económico 3 (TOPE3), que habían absuelto a los acusados, que impongan las penas que podrían ascender de cuatro a doce años de cárcel.

En su momento, dos de los jueces de ese tribunal, Luis Imas y Horacio Artabe, habían sorprendido al país cuando consideraron que la venta de armas no había constituido un "contrabando" sino que se había tratado de una simple "decisión de política exterior y un acto político no judiciable". El único magistrado que había votado por una condena fue Gustavo Losada. Por esos días, Menem sonreía.

Ayer, a pesar de su avanzada edad y la poca actividad política que desarrolla, el senador ya anunció que apelará la sentencia de Casación.

La decisión la comunicó el abogado del representante por La Rioja, Maximiliano Rusconi, quien afirmó, con buena dosis de grandilocuencia jurídica, que el fallo de Casación fue "un exceso jurisdiccional y un verdadero desastre jurídico, que sólo puede estar guiado por razones externas al Derecho".

A sus 82 años, Menem se transformó en el primer presidente desde la recuperación democrática en ser condenado por la justicia. De todos modos, el riojano es senador de la República y como tal tiene fueros legislativos, por lo que no puede ser detenido sin una decisión previa del Congreso. Aun accediendo al desafuero, debido a su edad, el ex presidente podría ser beneficiario de la prisión domiciliaria.

El dúo Menem-Camilión no fue el único condenado. La lista es larga e incluye al ex interventor en la Dirección General de Fabricaciones Militares Luis Sarlenga y su ex colaboradora en ese organismo, Teresa Irañeta de Canterino.

Además, la condena alcanzó al comerciante de armamento Diego Palleros, a Manuel Cornejo Torino, Jorge Antonio Cornejo Torino, Carlos Haroldo Fusari, Carlos Alberto Nuñez, Julio Jesús Sabra, Edberto González De la Vega y Carlos Jorge Franke.

En cambio, los que respiraron tranquilos por la ratificación de la absolución emitida por el TOPE3 fueron Emir Yoma (en esos años fungía de asesor presidencial y cuñado), Mauricio Muzi y Enrique Julio de la Torre y el sobreseimiento, por prescripción de la acción penal, del ex jefe de la Fuerza Aérea Juan Paulik.

La década de los noventa había comenzado con Panamá invadido por los Estados Unidos. Cinco años más tarde, Perú y Ecuador se enfrascaban en una contienda bélica por una cuestión de límites. Estos dos hechos, a los que se suma la guerra en Croacia, terminarían siendo parte importante en la historia de la condena a Menem y Camilión.

En 1991, el entonces presidente firmó dos decretos, el 1697 y el 2283, que autorizaban la venta de armas al Panamá invadido.

En 1995 hizo lo mismo con el que lleva el número 103, donde ordena el envío de armamento a Venezuela. Estos decretos fueron considerados por la Cámara de Casación como sustanciales para determinar la verdadera intención que tenían estos instrumentos legales.

Los camaristas consideraron que Menem sabía que el destino Panamá era "ficticio" porque "era un hecho público y notorio" que las fuerzas de ocupación estadounidenses no se había retirado y era imposible que ese país adquiriera material bélico de la Argentina.

Es más, el fallo constata que en los decretos que llevan la firma de Menem "se incluyó un material incompatible con el tipo de fuerza de ese país que lo recibiría".

En cuanto al decreto 103/95, los jueces consideraron que el entonces presidente estaba al tanto de que el envío a Venezuela "era falso y que el real sería Croacia". También afirmaron que "supo que se enviaría material bélico a Ecuador".

La decisión de Menem de desviar las armas a Ecuador generó un doble conflicto. Por un lado, se debilitaron las relaciones con Perú, situación que comenzó a recomponerse con el gobierno de Néstor Kirchner, y se restablecieron las relaciones durante la gestión de Cristina Kirchner. Perú había jugado un rol destacado de respaldo a la Argentina durante la guerra de Malvinas.

Pero además, en el momento del contrabando, la Argentina era uno de los países garantes de las negociaciones de paz entre ambas naciones y la actitud delictiva de Menem provocaba un fuerte desprestigio internacional para el país.

Tanto la venta de armas a Ecuador como la que se realizó a Croacia (donde buena parte del armamento era inservible) violaron las disposiciones de la Organización de las Naciones Unidas que llamaban a no vender armas a esos dos países que se encontraban en guerra.

La sentencia de la Cámara precisó que el destino final registrado para aquellas ventas "no coincidía con el expresado en las autorizaciones" y, en el caso de las armas que fueron a Croacia, "se acreditó también que en la ex Yugoslavia se tuvo conocimiento de estas ventas, lo que puso en peligro a militares argentinos" que formaban parte de las tropas de las Naciones Unidas.

En su momento, la defensa del riojano sostuvo que la responsabilidad no era de quien había firmado los decretos sino de quienes "se apartaron de la faz operativa".

Eso alcanzó para convencer a los a los jueces del TOPE3 de que, de esa manera, exculparon a Menem pero no a los integrantes de la Cámara de Casación que señalaron en su fallo que "existía una prohibición de exportación de material bélico a esos destinos" y que todo se hizo con la ostensible ilegalidad que ello implicaba en función de las previsiones del Código Penal.

Por lo tanto, los camaristas consideraron que "la realización de las exportaciones mediante la declaración de destinos falsos" que ocultaba a la Aduana su verdadero derrotero configuraron el delito de contrabando.

[Fuente: Por Felipe Yapur, Tiempo Argentino, Bs As, 09mar13]

Tienda de Libros Radio Nizkor On-Line Donations

DDHH en Argentina
small logoThis document has been published on 11Mar13 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.