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14abr15


Auto disponiendo que se produzcan las pruebas ofrecidas por las partes en el caso del Fiscal Demarchi


/// del Plata, abril de 2015.-

AUTOS Y VISTOS:

La presente causa n° 33013793/2007/TO1 caratulada "Demarchi, Gustavo Modesto y otros s/homicidio agravado p/el conc. de dos o mas personas y privación de la ilegal libertad agravada (art. 142 inc. 1) querellante: Paciaroni de Gasparri, Esilda y otros" de trámite por ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata.

Atento el estado de autos, dispónese la producción de las pruebas conducentes y oportunamente ofrecidas por las partes, de conformidad con lo normando por el art. 356 del Código Procesal Penal de la Nación, que se ordenan a continuación:

I) A la peticionada por el Ministerio Público Fiscal (fs. 9417/9452):

TESTIMONIAL

Comparezcan las siguientes personas quienes declararon en la instrucción:

    1) AGÜERO, Jorge
    2) ALFIERI, Jorge Horacio
    3) ARIAS, Agustín
    4) ARGUESO, Elias Argentino
    5) ARRIAGA, Máximo Reynaldo
    6) ARTO, Alfredo Rodolfo
    7) ARENA, Elena
    8) AYALA, Abel Julio César
    9) BARBIERI, Sara
    10) BARILARO, Domingo Ángel
    11) BOLINO, Alejandro Rodolfo
    12) BOGLIONE, Héctor Julio
    13) BONIFAZI, Guarino
    14) BRITOS, Eduardo Jorge
    15) CABO, Andrés Javier
    16) CASALES, Jorge Horacio
    17) CASTAGNOLI, Julio
    18) CATALANO, Pedro Norberto
    19) CELLIS DE SOLANS, Doris Juana
    20) CERMELO, Carlos Alberto
    21) CERVERA, Carlos Alberto
    22) CHAVEZ, Gonzalo
    23) CHINO, Laura
    24) CIRELLI, Miguel Ángel
    25) CLARA, Mirta Susana
    26) COME, María del Carmen
    27) CORTEZ BELLA, Inés Susana
    28) D'AURO, Julio César
    29) DEMATTEI, José Osvaldo
    30) DEL FERRERO de DIEZ, Marta Elena
    31) ECKERL, Isabel Carmen
    32) ELIZAGARAY, Beatriz Guadalupe
    33) ELIZAGARAY, Ricardo
    34) ELORZ de GOLDEMBERG, Alicia
    35) FERRARI, Jorge Celestino
    36) FIGUEROA, José María
    37) FREIJO, Adrián Enrique
    38) GABBIN, Edgardo Rubén
    39) GARAMENDI, Alberto Martín
    40) GARROTE LOPEZ, Marcelo
    41) GASPARRI, Juan Diego
    42) GIACAGLIA, Julia
    43) GIORDANO, Jorge
    44) GIORDANO ECHEGOYEN, Carlos Rafael
    45) GOMEZ, Dora Angélica
    46) GOMEZ, Maximiliano
    47) GONZALEZ, Cristina Marta
    48) GONZALEZ, Miguel Ángel
    49) GRIGERA, Tomás Enrique
    50) GUZZO, María Cristina
    51) HARAMBOURE, Pedro Horacio
    52) HOOGEN DE VIDELA, Beatriz Isabel
    53) INTELISANO, Lucila
    54) IRIARTE, Víctor
    55) IZÚS, Gregorio
    56) KIFER, Carlos
    57) LEIVA, Edith Mercedes
    58) LENCINA, Julio Víctor
    59) LEZCANO de BONIFAZI, Iderlia Damiano
    60) MALDONADO, Marco Antonio
    61) MALFA, Carlos
    62) MANCINI, Pablo José Galileo
    63) MARIN, Gregoria
    64) MARTINO, Julio César
    65) MASID, Mirta Susana
    66) MAZZOLA, Pascual
    67) MENCONI, Carlos Alberto
    68) MILANI, Víctor Eduardo
    69) MIRANDA DE HOOGEN, Sara Esther
    70) MORAN, Estela Beatriz
    71) MUÑOZ, Fabián
    72) MUSI de MAGGI, Anise Elena
    73) NAVARRO, Selva
    74) NISEMBAUM, Guillermo Raúl
    75) PALENA, Ángel
    76) PALLINI, Miguel
    77) PANTANO, Noelia
    78) PARIS, Carmelo
    79) PETRONI, Carlos
    80) PONSICO, José Luis
    81) QUIRINO, Manuel Ángel
    82) RAFALDI, Luis María
    83) RUSZKOWSKI, Alicia
    84) RUGGERI, María Lidia
    85) SALERNO, Eduardo
    86) SALERNO, Susana
    87) SAMPIETRO, José Atilio
    88) SANMARTINO, María Elena
    89) SARTORIO, Carlos
    90) SOAREZ, Eduardo
    91) SPADA, Carmelo Ángel
    92) STOPPANI, Raúl Edgardo
    93) SUARIAS, Juan Carlos
    94) TABIA, Carlos
    95) TORRES CANO, Manuel
    96) TRASENSS, María Elisa
    97) UBILLOS de PACHECO, Palmira
    98) URE, Susana
    99) VAELLO, Orestes Estanislao
    100) VALPUESTA, Julio Alberto
    101) VILLAR, Roberto Ángel
    102) YERFINO, Hugo

Nuevos testigos donde la parte expresó los hechos sobre los cuales serán examinados:

    103) ACUÑA, Juan Carlos Antonio
    104) ALGARTE, José Luis
    105) AURELIO, Julio
    106) BABY, Andrés
    107) BADARACO, Héctor Agustín
    108) BARREIRO DE MUÑOZ, Carmen Ledda
    109) BARTOLUCCI, Horacio Oscar
    110) BELLINGERI, Claudia
    111) CECCHINI, Daniel
    112) D'ARINO, José
    113) DI LORENZO, José María
    114) ELENA, Eduardo
    115) ELORZ, Alfonso Luis
    116) ELIZALDE REAL, Alberto
    117) EMAIDES, Ana María
    118) ESTRADA, Jorge
    119) FERNANDEZ, Luis Alberto
    120) FERRANTE, Juan
    121) FLESCIA, Juan Carlos
    122) FREGENAL, Omar Ángel
    123) GARCIA, Orlando
    124) GARCIA DE CANDELORO, Marta
    125) GARCIA FERNANDEZ, Heraldo
    126) GASPARRI, Juan Alberto
    127) GASPARRI, Julio César
    128) GENTILE, Oscar Guillermo
    129) GITLIN, Eduardo
    130) GONZALEZ, Carlos Alberto
    131) GONZALEZ de VERA, Ángela
    132) GUTIERREZ, Héctor Oscar
    133) HOOGEN, Noemí Juana
    134) LEVENTI, Ricardo
    135) MILLAN, Roberto
    136) MONTECCHIA, Roberto Enrique
    137) NOVO, Rita
    138) ORTIZ, Horacio
    139) PACIARONI DE GASPARRI, Esilda
    140) PAZ, Norberto
    141) PELLEJERO, Carlos Osvaldo
    142) PIATTI, Ricardo
    143) POJOL, Raúl Jorge
    144) PORTUGHEIS, Elsa
    145) QUIROGA, Roberto A.
    146) REGUERA, Miguel Enrique
    147) ROBLES, Juan Carlos
    148) SALERNO, Luis
    149) SCHENIN, Marta
    150) TAMBELLA, Guillermo
    151) TOMASIC, Mónica
    152) TRIBO, Jorge
    153) VEGA, Roberto
    154) VELAR, Eduardo
    155) VIDELA, Alejandro

Respecto a la solicitud de exhibición de los registros fílmicos de las declaraciones de otros procesos de las Sras. Carmen Ledda Barreiro de Muñoz (108) y Marta García de Candeloro (124), habiendo sido citadas a prestar declaración testimonial, deberá estarse a las resultas de dichas citaciones.

Respecto de Sebastián Mazzola, tratándose de un testigo nuevo, intímese a la parte para que en el término de 3 días explique los motivos de la citación, bajo apercibimiento de declararlo inadmisible (art. 355 último párrafo del C.P.P.N.). Con calcada consecuencia para el caso de "Chaparro" y "Cuesta", vagamente identificados con la mera cita de sus apellidos, déficit que impide citarlos.

DOCUMENTAL

Incorpórense por lectura las siguientes piezas (art. 392 del C.P.P.N.):

1) Copia del Decreto Presidencial N° 1257 del 29/10/1974 por el cual se designó a Gustavo Demarchi como Procurador Fiscal Federal ante los Juzgados de Primera Instancia (fs. 6);

2) Copia del dictamen suscripto por Gustavo Demarchi del 27/05/1976 y auto judicial del 01/07/1976 suscripto por González Etcheverry en autos N° 414 "Salerno, Eduardo Antonio s/ infracción Ley 20840" (fs. 7/8vta);

3) Copia del dictamen suscripto por Gustavo Demarchi del 28/05/1976 mediante el cual se solicitó el sobreseimiento de Eduardo Fertitta (fs. 9);

4) Copia del Decreto Presidencial N° 1581 de fecha 30/07/1976 por el cual se dispuso el cese de las funciones de Gustavo Demarchi como Procurador Fiscal Federal ante los Juzgados de Primera Instancia (fs. 10);

5) Informe remitido por el Juzgado de Transición N° 3 de Mar del Plata en relación a la causa de Silvia Filler (fs. 296/298);

6) Informe remitido por el Juzgado de Transición N° 1 de Mar del Plata en relación a la causa de Silvia Filler (fs. 301/309);

7) Informe remitido por la Municipalidad de General Pueyrredón con fecha 24/06/2002 en relación a la concesión del balneario California (fs. 571/585);

8) Copia del legajo personal correspondiente a Eduardo Salvador Ullúa de la Fiscalía Federal de Mar del Plata (fs. 679/715);

9) Copias simples de información existente en el Archivo Nacional de la Memoria (fs. 834/837);

10) Oficio remitido por la Fiscalía Federal General de Mar del Plata con fecha 26/06/2007 (fs. 801);

11) Legajo administrativo de la Universidad Provincial de Mar del Plata caratulado: "Solicita Informe Justificación sobre Inasistencias por Detención" (fs. 905/929);

12) Resolución Tribunal Oral Federal de Mar del Plata de fecha 08/04/2008 en el marco de la causa 890/12 "Colegio de Abogados de Mar del Plata y otros s/ desaparición forzada de personas s/ inc. Universidad Nacional de Mar del Plata s/ actividades de inteligencia de la represión ilegal" (fs. 841/876);

13) Resolución dictada por el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata del 20/06/2008 en el marco de la causa N° 890/12 "Colegio de Abogados de Mar del Plata y otros s/ denuncia s/ desaparición forzada de personas s/ inc. Universidad Nacional de Mar del Plata s/ actividades de inteligencia de la represión ilegal" (fs. 1001/1002vta);

14) Certificado de defunción de María del Carmen Maggi (fs. 1065/1066);

15) Copias certificadas de Legajo de dominio automotor C 746329 (fs. 1068/1111);

16) Copias simples de las partes pertinentes de la causa "Fiscal c/ Otero y otro s/ Homicidio en perjuicio de Ramón Pablo Rojas" (fs. 1165/1215);

17) Informe archivo de la Justicia Federal relativo a la causa N° 513 "Azorin-Crespo s/ víctimas de homicidio" (fs. 1341);

18) Certificado de defunción de Norberto Daniel Gasparri expedido por el Registro Provincial de las Personas (fs. 1344);

19) Informe del Tribunal Oral Federal del 11/12/2009 (fs. 1362);

20) Certificados de defunción de Ernesto Piantoni (padre), Carlos Hugo González, José Luis Piatti y José Catuogno remitidos por el Registro Provincial de las Personas (fs. 1416/1426);

21) Documentación aportada por la defensa de Corres (fs. 1528/1536);

22) Documentación aportada por Ana Margarita Tortosa (fs. 1569/1570);

23) Informe de la Comisión Provincial por la Memoria en relación a Fernando Federico Delgado y su vinculación con CNU (fs. 1581/1582 y documentación reservada por Secretaría);

24) Documentación aportada por la defensa de Juan Pedro Asaro, consistente en resolución judicial del 03/10/1976 en el marco de la causa 535 seguida a José Luis Granel, Gerónimo Gualla y Juan Pedro Asaro por tenencia de armas de guerra y explosivos en infracción a la ley 20840 (fs. 1586);

25) Declaración indagatoria de Alfredo Manuel Arrillaga de fecha 19/09/2008 en el marco de la causa N° 1 "Actuaciones relacionadas a la causa 15.988 "Molina, Gregorio Rafael s/ infracción art. 80 incisos 2, 6, 119 y 122 CP" de trámite por ante el Juzgado Federal N° 1, Secretaría de Actuación (fs. 1597/1601);

26) Informes de la Superintendencia de Policía de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires (fs. 1868/1884, 1888/1898 y 1962/1969);

27) Informe del Tribunal Oral Criminal N° 3 del Departamento Judicial de Mar del Plata en relación a Fernando Otero (fs. 1925/1928 y 2048/vta.);

28) Legajo DIPPBA de Nicolás Miguel Caffarello (fs. 1952/1957);

29) Documentación aportada por José Luis Granel en declaración indagatoria, consistente en contrato de designación en la Universidad Provincial de Mar del Plata del 20/12/74, resolución de rectorado N° 347 del 27/02/1975 por la que se lo designa delegado de la Facultad de Ciencias Turísticas, certificación de servicios docentes y Resolución de Rectorado N° 1216 del 24/02/76 por la que se acepta su renuncia (fs. 1973/1977);

30) Informes de la Policía de Seguridad Aeroportuaria en relación a Mario Durquet, Marcelo Arenaza, Juan Carlos Gómez, Raúl Arturo Viglizzo, Raúl Rogelio Moleón (fs. 2011/2028, 2060/2070, 2111/2116 y 2758/2770);

31) Informe de la DDI de La Plata en relación a la detención de Mario Ernesto Durquet (fs. 2073/2087);

32) Actas de notificación de derechos a los imputados de autos (fs. 2089, 2738, 4559, 5408, 6089 y 8301);

33) Informes remitidos por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal (fs. 2164/2174, 2336/2361, 2373/2380, 2420 y 4456/4459);

34) Informe elaborado por la Sección Inteligencia de la Prefectura Naval Argentina del 10/03/1977, obrante en el anexo N° 39 titulado: "DVD remitido por la Fiscalía Federal de Bahía Blanca conteniendo información relacionada con Prefectura (fs. 2196/2199);

35) Exhorto proveniente del Juzgado Federal N° 3 de La Plata en relación a la detención de Mario Durquet (fs. 2270/2316);

36) Documentación aportada por la defensa de Corres, consistente en la resolución en causa N° 11903 del 31/05/1973 mediante la cual se declara la amnistía del mencionado y certificación de servicios prestados en la Policía de la Provincia de Buenos Aires (fs. 2429/2430);

37) Sentencia dictada por el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata Ad Hoc del 16/06/2010 en el marco de la causa N° 2086 seguida a Gregorio Rafael Molina (fs. 2476/2543);

38) Informe del Registro Nacional de las Personas en relación a Ricardo Alberto Oliveros, Beatriz Arenaza y Marcelo Arenaza (fs. 2645/2656);

39) Informes del Ministerio de Relaciones Exteriores del 11/02/2011 y 08/02/2011 (fs. 2772 y 2806/2811);

40) Informe de la Comisión Provincial por la Memoria de fecha 25/01/2011 (fs. 2773/2784 y documentación reservada por Secretaría);

41) Exhorto proveniente del Juzgado Federal de Quilmes en relación a la detención de Raúl Rogelio Moleón (fs. 2822/2854);

42) Resolución judicial de fecha 26/11/2010 en el marco de la causa 18053 por la que se archivó la denuncia formulada por falso testimonio contra Susana Salerno y Eduardo Soarez (fs. 2864/2867);

43) Fotografías de los imputados remitidas por la Policía Federal Argentina (fs. 2886/2899);

44) Informe de la Comisión Provincial por la Memoria de fecha 17/02/2011 (fs. 2923/vta.);

45) Informe del Ministerio de Defensa de la Nación en relación a Raúl Rogelio Moleón (fs. 2937/2942 y 2989/2994);

46) Informe del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires en relación a Raúl Rogelio Moleón (fs. 2943/2944);

47) Informe del Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires (fs. 3044);

48) Declaración indagatoria de Juan Carlos Gómez (fs. 3070/3073);

49) Informe del Ministerio de Defensa de la Nación (fs. 3075/3077);

50) Documentación aportada por el Ministerio Público Fiscal obrante en el sitio web del Ministerio de Relaciones Exteriores de la Nación (fs. 3087/3090);

51) Partes pertinentes del libro "El hombre del camión" (fs. 3258/3267);

52) Informe del Ministerio de Defensa de la Nación (fs. 3270/3274 y 3336/3342);

53) Informe del Cuerpo Médico Forense relativo a Mario Ernesto Durquet (fs. 3430/3431);

54) Informe del Cuerpo Médico Forense relativo a Raúl Rogelio Moleón (fs. 3432/3433);

55) Informe del Sindicato de Vendedores Ambulantes de la República Argentina (fs. 3442 y 3452);

56) Informes de actuario de fecha 30/06/2011 (fs. 3459 y 3462);

57) Informes del Ministerio de Relaciones Exteriores en relación a Ricardo Alberto Oliveros (fs. 3478, 3487, 3497, 3505, 3507, 3511, 3562/3571, 4346/4371 y 4411/4435);

58) Informe del Director Nacional de Gendarmería Nacional Argentina en relación a César Lencina (fs. 3492);

59) Informes del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (fs. 3498/3504 y 3589/3608);

60) Informe del Ministerio de Defensa de la Nación en relación a Raúl Rogelio Moleón (fs. 3512/3516, 3623/3627);

61) Informe de la Comisión Provincial por la Memoria (fs. 3588/vta);

62) Documentación aportada por Carlos Bozzi, consistente en copias de la causa N° 285 caratulada: "ARTO, Alfredo Rodolfo y otros s/ infracción ley 20840", copia fotográfica del informe del diario "El Atlántico" de fecha 9/07/1975 y del diario "La Capital" de fecha 11/07/1975 (fs. 3628/3641);

63) Informe de la Administración General de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (fs. 3716);

64) Resolución de Superintendencia N° 927/76 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de fecha 05/10/1976 (fs. 3717);

65) Informe del Ministerio de Defensa de la Nación (fs. 3731/3737);

66) Informe del Juzgado Federal Nro. 1 en relación a la causa N° 687 "González Etcheverry Adolfo s/ denuncia contra el Procurador Fiscal Dr. Demarchi Gustavo" (fs. 3825/3829);

67) Actuaciones remitidas por la Policía de Seguridad Aeroportuaria relacionadas a la detención de Juan Pedro Asaro (fs. 4220/4224 y 4231/4236);

68) Informe del Registro Nacional de las Personas (fs. 4463/4466);

69) Ministerio de Relaciones Exteriores remite registración consular de defunción de Ricardo Alberto Oliveros (fs. 4525/4526);

70) Informe del Cuerpo Médico Forense relativo a Juan Pedro Asaro (fs. 4677/4681);

71) Informe de la Biblioteca Nacional por la que se remiten ejemplares de la revista "El Caudillo" (fs. 4725/4774);

72) Informe de la Dirección Nacional de Migraciones por la que se remiten las partes pertinentes del legajo personal de Héctor Oscar Corres (fs. 4793/4799);

73) Informes de la Procuración General de la Nación en relación a los legajos personales de Gustavo Demarchi, Eduardo Ullúa y Roberto Justel (fs. 4932);

74) Certificado de defunción de Alfredo Nicolás Battaglia (fs. 4930);

75) Documentación aportada por el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata proveniente del incidente N° 890/12 (fs. 4969/4989);

76) Informe del Juzgado Federal N° 1 de fecha 01/08/2012 (fs. 5007/5011);

77) Informe del Ejército Argentino de fecha 22/08/2012 (fs. 5065);

78) Informe de la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación por el que se remiten copias certificadas de los decretos PEN N° 1561/76 y 1257/74 (fs. 5068/5072);

79) Informe de la Secretaría de Transición del Departamento Judicial de Mar del Plata (fs. 5086/5087);

80) Informe de la Fiscalía Federal N° 1 de Mar del Plata de fecha 28/08/2012 (fs. 5107/5120);

81) Documentación aportada por Alicia Ruszkowski en su declaración testimonial, consistente en la resolución de Rectorado N° 502 del 14/04/1975 y certificación de servicios (fs. 5127/5129);

82) Informe de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata y resolución de Superintendencia en relación a Jacinto Rolón (fs. 5136/5140);

83) Informe del Juzgado Federal N° 1 de Mar del Plata por el que se remiten copias certificadas de las constancias de remisión de efectos al ADA 601 (fs. 5222/5235);

84) Informe de la Unión de Rugby de Mar del Plata (fs. 5249);

85) Informe de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata de fecha 03/09/2012 (fs. 5259/5264);

86) Documentación aportada por la Universidad Nacional de Mar del Plata consistente en informe de situación de revista histórica correspondiente a la agente docente María del Carmen Maggi expedido por la Dirección de Personal Docente de la Universidad Nacional de Mar del Plata en (12) fojas; decreto 1414/75; (8) fotografías recopiladas del archivo del Departamento de Video y Televisión de la UNMDP; situación de revista correspondiente al docente Lic. Roberto Sanmartino (fs. 5337/5400);

87) Actuaciones de la Policía Federal Argentina relativas al traslado de Gustavo Modesto Demarchi (fs. 5402/5405);

88) Informe del Ministerio de Seguridad de la Nación mediante el cual se acompaña el legajo personal de Roberto Schiro y copias del expediente de jubilación voluntaria de la caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de Oscar Corres (fs. 5519/5525);

89) Informe de la Jefatura de la Agrupación ADA 601 de fecha 09/10/2012 (fs. 5628);

90) Informe del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires por el que se remiten fotocopias certificadas del legajo N° 10276 perteneciente al ex oficial subayudante Oscar Héctor Corres (fs. 5629/5631);

91) Informe del Archivo General del Poder Judicial de la Nación relativo a la causa N° 687 (fs. 5675);

92) Informes del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires (fs. 5702/5741);

93) Informe de la Hemeroteca de la Biblioteca Nacional (fs. 5749/5750);

94) Informe de la Dirección General de Recursos Humanos del Consejo de la Magistratura de la Nación (fs. 5761/5764);

95) Informe de la casa funeraria "Sampietro" (fs. 5765/5766);

96) Informe de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata en relación a las actuaciones formadas en el año 1976 con motivo de la denuncia de González Etcheverry contra Gustavo Demarchi (fs. 5833/5837);

97) Informe del Registro Nacional de las Personas respecto de Beatriz Alicia Cebreiro (fs. 5847/5848);

98) Informe del diario "La Capital" mediante el que se remite la página 10 de la edición del 29/08/1975 relativo al asesinato de Hilmar Giles (fs. 5883/5884);

99) Informe de la Seccional Segunda de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (fs. 5891/5898);

100) Informe del diario "El Atlántico" mediante el que se remiten notas periodísticas relativas al asesinato de Hilmar Giles (fs. 5901/5904);

101) Informe de la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación mediante el cual se acompaña copia certificada de la Ley 20.508 (fs. 5905/5906);

102) Informe de la Federación Única de Viajantes de la República Argentina (FUVA) (fs. 5918);

103) Informe de la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca (fs. 5926/5927);

104) Informe del Sindicato de Vendedores Ambulantes de la República Argentina (fs. 6019);

105) Informe de la Universidad Nacional de Mar del Plata, por el que se acompaña copia certificada de la resolución de Rectorado N° 1215/76 (fs. 6022/6026);

106) Informe del Sindicato de Prensa de Mar del Plata en el que se informa la nómina de dirigentes que cumplieron funciones en el sindicato entre 1973 y 1976 (fs. 6027/2028);

107) Informe de la Confederación General del Trabajo Regional Mar del Plata (fs. 6034);

108) Informes de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (fs. 6035 y 7267);

109) Informe del Juzgado Federal N° 2, Secretaría N° 5 de La Plata (fs. 6036);

110) Actuaciones remitidas por la Policía de Seguridad Aeroportuaria relativas a la detención de Fernando Alberto Otero (fs. 6060/6087 y 6153/6154);

111) Informe de la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación por la que se remiten los decretos PEN N° 1316/63, 1728/74, 525/74 y 1917/74 (fs. 6116/6130);

112) Informes del Ministerio de Defensa de la Nación (fs. 6155/6157, 6188/6196, 6302/6308, 6320/6337, 6448/6485 y 6489/6513);

113) Informe del Juzgado Federal N° 1 de Mar del Plata (fs. 6163/6164);

114) Informe de la Comisión Provincial por la Memoria (fs. 6166/6169);

115) Acta de procedimiento de la orden de presentación efectuada en el ADA 601 (fs. 6170/6173);

116) Informe del Sindicato de Trabajadores Municipales de General Pueyrredón (fs. 6202);

117) Informe de la Unión de Rugby de Mar del Plata (fs. 6272/6280);

118) Informe de Superintendencia de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata (fs. 6291);

119) Informes de la Seccional Primera de Policía de la Provincia de Buenos Aires (fs. 6361/6367);

120) Informe de la Federación de Obreros y Empleados Telefónicos de la República Argentina (fs. 6368);

121) Informe del Ministerio de Justicia y Seguridad (Servicio Penitenciario Bonaerense) en relación a Mario Ernesto Durquet (fs. 6420/6444);

122) Informe de la delegación Mar del Plata de la Policía Federal Argentina (fs. 6487/6488);

123) Informe del Ministerio de Seguridad de la Nación (fs. 6514/6537);

124) Publicaciones aportadas por el testigo Abel Julio Ayala de la revista "El Justicialista" y "El Atlántico" (fs. 6572/6590);

125) Informe del Sindicato Unidos Petroleros (fs. 6598/6602);

126) Informe de Actuario relativo a la búsqueda de la causa 16.981 con motivo de la denuncia efectuada por González Etcheverry contra Gustavo Demarchi (fs. 6607);

127) Informe de la Municipalidad de General Pueyrredón en relación al local comercial ubicado en calle Mitre N° 1831 de esta ciudad (fs. 6611/6614);

128) Informe de la Asociación de Viajantes Vendedores de la Argentina de Industria, Comercio y Servicios (fs. 6616);

129) Informes de la Secretaría del Programa de Relevamiento, Organización y Destrucción de Expedientes (fs. 6690/6691 y 6716/6721);

130) Informe de la funeraria Roldán SCA (fs. 6694);

131) Informes de la Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad de La Plata (fs. 6724/6727 y 6877/6882);

132) Informes de la Municipalidad de General Pueyrredón de fechas 11/03/2013 y 20/05/2013 (fs.6732/6734 y 7083/7085);

133) Informe del diario "El Atlántico" de fecha 15/03/2013 (fs. 6751/6755);

134) Informe de la Federación de Obreros y Empleados Telefónicos de la República Argentina (FOETRA) (fs. 6756/6757);

135) Informe del Sindicato Obreros de la Industria del Pescado (SOIP) (fs. 6761);

136) Informe del Sindicato de Vendedores Ambulantes de la República Argentina (SIVARA) (fs. 6771/6777);

137) Informe de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del Ministerio de Trabajo de la Nación (fs. 6781/6867);

138) Informe del Registro Nacional de las Personas relativo a Arturo Carlos Chinnici Manson y Gerónimo Jorge Gualla (fs. 6870/6874);

139) Documentación aportada por el Ministerio Público Fiscal consistente en notas periodísticas del diario "La Nación" (fs. 6890/6892);

140) Informe de la División Retiros y Jubilaciones de la Policía Federal Argentina (fs. 6896/6897);

141) Informe de la Dirección Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior de la República Argentina (fs. 6898);

142) Informe del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación mediante el cual se acompañan copia certificada de la ficha personal de Juan Manuel Horacio Crespo (fs. 6905/6907);

143) Informe de la Unión Tranviarios Automotor (fs. 6913/6915);

144) Informe del Ministerio de Defensa de la Nación (fs. 6935/6943);

145) Informe de la Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires por el que se remite copia certificada del legajo del ex Senador Mario Miguel Cámara (fs. 6960/6964);

146) Informe de la Región Sanitaria VIII -sede Mar del Plata- (fs. 6965/6966);

147) Informe de la Compañía Marplatense de Construcciones S.A. en relación a Víctor Hugo Kein (fs. 7294);

148) Informe del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación (fs. 7303/7307);

149) Informe diario "La Razón" de fecha 11/09/2013 (fs. 7309);

150) Informe de la Asociación de Viajantes Vendedores de la Argentina de Industria, Comercio y Servicios (fs. 7316);

151) Informe de la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (fs. 7327/7329);

152) Informes de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata (fs. 7357/7359, 7405/7406 y 7457/7466);

153) Informe del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 3 de La Plata (fs. 7403);

154) Informe de la Dirección Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior (fs. 7407/7408);

155) Informe de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del Ministerio de Trabajo de la Nación (fs. 7411/7456);

156) Informe del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires (fs. 7468/7484);

157) Informe de la Federación de Obreros, Especialistas y Empleados de los Servicios e Industria de las Telecomunicaciones de la República Argentina (FOEESITRA) (fs. 7582/7584);

158) Actuaciones relativas a la detención de Raúl Arturo Viglizzo (fs. 8295/8299vta);

159) Documentación aportada por José Luis Granel consistente en información DIPPBA (fs. 8372/8381);

160) (Noticias publicadas en el diario "La Capital", bajo los siguientes títulos y referencias, fs. 9199/9281): "Se analizó la situación de la UTGRA local en una reunión", 02/1975; "Comunicado de la CGT local", 18/02/1975; "Ajusticiado. Hallaron el cadáver de un joven acribillado a balazos", 20/02/1975; "El caso de ejecución. Fue identificada la víctima de un crimen", 21/02/1975; "Denuncia de vecinos. Quedó destruida una sala de asistencia y guardería", 21/02/1975; "Agasajo a directivos de la CGT", 5/03/1975; "Repudio del Comando de Organización", 7/03/1975; "Acto de desagravio por el incidente en las Malvinas", 8/03/1975; "Enérgicas expresiones en el acto de desagravio realizado ante el monumento al Gral. San Martin", 11/03/1975; Tapa del 21/03/1975; "Asesinaron ayer al abogado peronista Ernesto C. Piantoni", 21/03/1975; "Nacer y Morir", 21/03/1975; Avisos fúnebres, 2/03/1975; Aviso fúnebre enviado por la CNU, 21/03/1975; Avisos fúnebres enviados por: Juventud Sindical Peronista, CdO, CNU, CJP (Comando Juventud Peronista), la Concentración Nacional de Estudiantes Secundarios, Sindicato de Médicos Peronistas, Las 62 Organizaciones Gremiales Peronistas y el Movimiento Nacional Justicialista de Mar del Plata, 21/03/1975; Pág. 8 completa, 21/03/1975; Tapa del diario "La Capital", 23/03/1975; "Honda conmoción causaron en la ciudad los 5 crímenes", 23/03/1975; "Recibieron sepultura los restos del Dr. Piantoni", 23/03/1975; "La CGT regional y las 62 Organizaciones repudiaron el asesinato", 23/03/1975; "Que la sangre derramada sea finalmente semilla de unidad y reencuentro" (Pironio), 23/03/1975; "Dió un comunicado la Universidad Católica", 26/03/1975; Tapa del diario "La Capital" del 30/03/1975; "Cuantiosos daños causaron atentados del terrorismo contra tres viviendas", 30/03/1975; "Investigan los atentados terroristas. Universidades: continúan las medidas de seguridad", 31/03/1975; "Detienen en esta ciudad a la célula extremista que copo Bartolomé Bavio", 4/04/1975; "Solo daños materiales causaron dos atentados perpetrados ayer", 13/04/1975; "Finalizan hoy las inscripciones en la ex universidad provincial", 18/04/1975; "SOIP: fue exhibida la maqueta del barrio "José Ignacio Rucci", 20/04/1975; "Educacionales: Universidad: prohibieron asambleas y a los centros realizar actos políticos", 20/04/1975; diario "La Capital" página completa, 20/04/1975; pág. 10, "Hallazgo de cadáveres, uno de ellos carbonizado. Dos funcionarios municipales fueron muertos a balazos en nuestra ciudad", 26/04/1975; pág. 10, "Distintivos y elementos probatorios. La Universidad Nacional de MDP clausuró ayer tres centros estudiantiles", 26/04/1975; "Una placa en la sede gremial. El SODEA rindió un homenaje a la memoria del Dr. Ernesto Piantoni", 27/04/1975; "Mensaje del Dr. Catuogno. Comienzan hoy los cursos en la Universidad Nacional", 28/04/1975; "Queremos para la Universidad la paz que Perón quería en el país", 29/04/1975; tapa del 6/05/1975, "Atentado extremista contra el local de la CNU: no hubo víctimas"; foto extraída de la tapa del 6/05/1975; "Estalló una bomba en el local de la CNU", 6/05/1975; "Las 62 y la JSP repudiaron el atentado contra la CNU", 7/05/1975; "Estalló una bomba en el domicilio del interventor en la Facultad de Turismo", 9/05/1975; pág. 10, "Atentado contra la casa del secretario general de la Universidad Nacional", 10/05/1975; "Secuestraron a la decana de Humanidades Católica", 10/05/1975; tapa del 11/05/1975, "Contra el terrorismo y el desabastecimiento dio una declaración la CGT local"; "Nada se sabe sobre la suerte de la docente secuestrada el viernes", 11/05/1975; "El interventor justicialista se reunió con la CGT y las 62", 12/05/1975; "Gestiones del Vicario Diocesano por el secuestro de la Licenciada Maggi", 12/05/1975; "Caso Maggi sin novedad", 12/05/1975; "La violencia sin sentido", 13/05/1975; "No hay novedades sobre la decana de la facultad de humanidades", 13/05/1975; portada del 14/05/1975, "La presidente preocupada por el secuestro de María Maggi."; "Mas voces de condena por el secuestro de la decana", 14/05/1975; Pág. 8, "Uno de los raptores", 14/05/1975; "A seis días de la desaparición de la Licenciada Maggi. Sin ninguna novedad aun acerca del paradero de la decana de Humanidades", 15/05/1975; Foto de la Licenciada Carmen Maggi, 15/05/1975; "Contra la violencia y el silencio cómplice", 16/05/1975; "Alto a la violencia", 16/05/1975; "A una semana de su secuestro nada se sabe sobre María del Carmen Maggi", 16/05/1975; "La Violencia analizada en reunión convocada por la CGT", 17/05/1975; "En el día de la Armada se tributó homenaje a Brown", 17/05/1975; "Hubo claras definiciones al firmarse el convenio entre la Universidad y la CGT", 18/05/1975; fotos del acuerdo entre CGT y Universidad Nacional de Mar del Plata, 18/05/1975; "La Universidad Católica iniciara su ciclo lectivo el miércoles próximo", 19/05/1975; tapa del 20/05/1975, "Coincidencia total en repudiar la violencia"; "Se conoce el texto del documento anti terrorista", 21/05/1975; "Grimberg renunció como rector de la Universidad Católica de esta ciudad", 26/05/1975; "Murieron un policía y un extremista en un intento de copar la Seccional Segunda", 26/05/1975; "Inhumaron los restos del cabo muerto en la acción", 27/05/1975; fotos del sepelio del cabo Álvarez, 27/05/1975; "Investigan intensamente el frustrado intento contra la Comisaria Segunda", 27/05/1975; "Duro repudio de la CGT regional. Junto a las 62 y la JSP", 27/05/1975; portada del 28/05/1975; "Atentado contra la CNU", 28/05/1975; "Matan a balazos al padre de un extremista detenido", 28/05/1975; "Condenó monseñor Pironio el asalto a una seccional", 28/05/1975; Tapa del 29/05/1975, "Se informó oficialmente sobre el ataque a la Comisaría Segunda"; "Josué Catuogno designado rector en la Universidad", 29/05/1975; "El día del ejército tuvo una brillante celebración", 30/05/1975; "Atentado terrorista contra una vivienda precaria, sin víctimas", 31/05/1975; "Tributaron un homenaje al Dr. Ernesto Carlos Piantoni", 21/03/1976; portada del 25/03/1976; "María del Carmen Maggi fue asesinada hace siete meses", 27/05/1976;

161) (Noticias publicadas en el diario "Clarín", bajo los siguientes títulos y referencias, fs. 9282/9291): "Atentado en Mar del Plata", 6/05/1975; "Fue asesinado en Mar del Plata un abogado peronista militante del CNU", 21/03/1975; "Se perpetraron otros atentados terroristas en varias ciudades", 22/03/1975; "La bestia apátrida cobro nuevas vidas", 22/03/1975; "Detuvieron a siete extremistas", 16/05/1975; "Investiga la policía bonaerense la desaparición de una docente", 17/05/1975; "Los católicos bahienses denuncia el terrorismo", 18/05/1975; "Investigan el atentado contra una comisaría marplatense, 27/05/1975;

162) (Noticias publicadas en el diario "El Atlántico", bajo los siguientes títulos y referencias - fs. 9292/9361-): "Asume como nuevo jefe de Prefectura, Mosqueda", 4/02/1975; "Comicios del sindicato de prensa", 11/02/1975; "Felicita la Juventud Sindical a la policía", 14/02/1975; portada del 19/02/1975; pág. 6 del 20 y 21/02/1975; "Habrían detenido a varios extremistas en la Ciudad", 27/02/1975; Confuso suceso habría tenido como protagonista a un médico, se trata del director del HIGA, Marcos Roberto Bravo, quien habría estado secuestrado por 45 minutos", 28/02/1975; Portada del 8/03/1975, "Pironio diserto en Roma acerca de la liberación"; "Acusan de divisionismo al centro de estudiantes de Derecho y al MNR", 4/03/1975; "Certificados de buena conducta para ingresar a la Universidad", 9/03/1975; Dirigentes de la CGT, las 62 organizaciones y autoridades de la Universidad Provincial realizarón un acto en reafirmación de nuestra soberanía sobre las Malvinas y en repudio del agravio inferido a nuestro pabellón, 11/03/1975; pag. 4, 11/03/1975; "Designan al Dr. Catuogno asesor académico de la Universidad Provincial", 12/03/1975; "Formulan seria denuncia los docentes universitarios", 16/03/1975; "Enérgico comunicado de la Alianza Libertadora", 17/03/1975; "La demora en su Nacionalización", 17/03/1975; "Denuncian cesantías docentes", 19/03/1975; "Matan al Dr. Piantoni", 20/03/1975; "Apelan a Isabel", 20/03/1975; "El paro fue total", 22/03/1975; "Comunicado de prensa" del 22/03/1975; "Sepelio", 22/03/1975; "Cinco Personas fueron muertas en la víspera", 22/03/1975; "Repudian la violencia. Se pronuncian numerosos sectores", 23/03/1975; "Entrevista a Catuogno", 26/03/1975; portada del 30/03/1975 "Quemaron dos casas"; Solicitada recordando al Dr. Piantoni del Sindicato de Abogados Peronistas, 30/03/1975; Atentado en el domicilio de Jorge Muggieri, titular de la firma de ascensores VOLTA, 31/03/1975; "Universidad Católica", 4/04/1975; "Mesa permanente peronista. Hace llamado a la unidad", 4/04/1975; "Universidad Católica. Piden renuncia de sus autoridades", 11/04/1975; "Universidad Católica. Fue dado un nuevo comunicado", 14/04/1975; "La Universidad Provincial depende ya de la Nación", 16/04/1975; "Subsidio a la Católica. Calabró entregó cien millones", 17/04/1975; "Universidad. De su futuro habló Ivanissevich" 19/04/1975; Solicitada por el aniversario de la muerte del Dr. Piantoni firmada por la UNMDP y la CGT regional, 20/04/1975; Solicitada por el aniversario de la muerte del Dr. Piantoni firmada por la CJP, CNU y el CNES, 20/04/1975; "A un mes de su asesinato recuerdan al Dr. Piantoni", 20/04/1975; "Universidad. Se dispuso prohibir la realización de actividades políticas", 20/04/1975; "Universidad Católica. Clases empiezan el 5 de mayo", 22/04/1975; "Universidad Nacional. Josué Catuogno sería delegado organizador", 24/04/1975; "Investigan asesinato de dos funcionarios municipales", 26/04/1975; "El asesor académico dio a conocer mensaje", 26/04/1975; "Centros estudiantiles han sido clausurados", 26/04/1975; "Colocaron dos bombas esta madrugada", 27/04/1975; "Que el pueblo juzgue a los inadaptados", 28/04/1975; "Repudio contra 2 atentados, se pronuncian la CGT y las 62 organizaciones", 29/04/1975; "Adhesión a Isabel", 4/05/1975; "Humanidades", 4/05/1975; "Repudio", 5/05/1975; portada del 5/05/1975, "Una bomba destruyó el local de la CNU"; "Repudio. La JSP expresa su repudio por el atentado a la CNU", 6/05/1975; "Las 62 repudian", 6/05/1975; "Más repudios", 7/05/1975; "Bomba en chalet de Punta Iglesia", 8/05/1975; "Bomba contra otro funcionario de la Universidad local", 9/05/1975; foto del frente de la casa de Cincotta, 9/05/1975; "Secuestro de la decana de la Facultad de Humanidades", 10/05/1975; "Sin novedades", 11/05/1975; "Sirotti con Isabel", 12/05/1975; "Secuestro de Maggi", 15/05/1975; "Sin novedad en el caso de la licenciada Maggi", 15/05/1975; "Repudio", 15/05/1975; "Decana secuestrada. Sin Novedades", 16/05/1975; "Universidad Católica", 19/05/1975; Tapa del 20/05/1975, "La declaración"; "Inauguro Arrighi un curso en la Universidad", 3/01/1976; "Intégranse hoy las dos universidades", 5/01/1976; "Integración definitiva de las 2 Universidades", 6/01/1976;

163) Caja titulada - Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 5 de Capital Federal. Dr. Norberto Oyarbide. Comodoro PY 2002. Piso 3°. Exclusivamente en lo que concierne al siguiente contenido: copia certificada de las partes pertinentes del expediente caratulado: "Fiscal c/ Otero, Alberto; Delfor Abraham Ocampo y otros S/ homicidio en perjuicio de Ramón Pablo Rojas"; Carpeta conteniendo 23 copias fotográficas certificadas de las fojas 39, 93, 171, 229, 231, 334, 783, 784, 937 y 881 del expediente caratulado: "Fiscal c/ Otero, Alberto; Delfor Abraham Ocampo y otros p/ homicidio en perjuicio de Ramón Pablo Rojas" en XV cuerpos; copia certificada de fs. 3087/3091 correspondientes a la causa N° 890/12 y que contienen actuaciones de la Dirección General de Personal del Ministerio de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires respecto de Ricardo Leventi; copia certificada del expediente N° 598 caratulado: "Ministerio Fiscal s/ denuncia contra PRECKEL Federico por inf. art. 275 CP"; copia certificada del expediente N° 587, caratulado: "PRECKEL, Federico José s/interpone recurso de hábeas corpus a favor de PRECKEL, María Cristina y PRECKEL, Juan José"; copia certificada del expediente N° 596, caratulado: "PRECKEL, Federico José s/interpone recurso de hábeas corpus a favor de, María Cristina y Juan José PRECKEL"; copia certificada del expediente N° 281, caratulado: "LAMBERT, Ernesto J. s/tenencia de arma de guerra y lesiones leves"; copia certificada del expediente N° 417, caratulado: "RENTA, Lorenzo s/infracción ley 20.840"; copia certificada del expediente N° 578, caratulado: "RENTA, Lorenzo denuncia apremios ilegales"; copia certificada del expediente N° 350, caratulado: "VAELLO, Rodolfo Martín s/ denuncia s/amenazas"; copia certificada del expediente N° 60, caratulado: "GASPARI, Gladis Emid s/infracción ley 20.840"; Copia certificada del expediente N° 285, caratulado: "ARTO, Alfredo Rodolfo; BOGLIONE, Héctor Julio; MALDONADO, Marco Antonio; HARAMBOURE, Pedro Horacio s/infracción ley 20.840"; copia certificada del expediente N° 248, caratulado: "GRANEL, José Luis s/intimidación pública y daño".

164) Caja N° 1. Exclusivamente en lo que concierne al siguiente contenido: copia certificada del expediente N° 4491, caratulado: "MENCONI, Carlos Alberto s/ denuncia"; copia certificada del expediente N° 109, caratulado: "GOLDEMBERG, Bernardo Alberto s/ muerte"; copia certificada del expediente N° 502, caratulado: "WILSON, Roberto Alejandro s/ privación ilegal de la libertad y tenencia ilegal de arma de guerra"; copia certificada del expediente N° 134, caratulado: "CABO, Andrés Javier; VEGA, Roberto Ismael; BABY, Abraham s/ denuncia, intimidación publica, robo e incendio en su perjuicio/ imputado N.N"; copia certificada del expediente N° 108, caratulado: "ELIZAGARAY, Enrique; VIDELA, Guillermo Enrique; VIDELA, Jorge Enrique; VIDELA, Jorge Lisandro s/muerte"; copia certificada del expediente N° 282, caratulado: "SANMARTINO, Roberto s/víctima homicidio"; copia certificada del expediente N° 137, caratulado: GASPARRI, Daniel Norberto; STOPPANI, Jorge s/ muerte"; copia certificada del expediente N° 252, caratulado: "SOARES, Eduardo s/ libertad condicional"; copia certificada del expediente N° 269, caratulado: "GIGANTI, Julia Noemí Ramona; SOARES, Eduardo s/ denuncia apremios ilegales"; copia certificada del expediente N° 241, caratulado: "RAFALDI, Luís María - CARMONA, Julia; GASPARI, Roberto s/ infracción ley 20.840"; copia certificada del expediente N° 260, caratulado: MAGGI, María del Carmen s/ privación ilegal de la libertad"; copia certificada del expediente N° 401, caratulado: "ARGIBAY, Jorge Oscar; ARGIBAY, Pablo; DI PAOLO, Norberto; DUFAU, Flavio s/ infracción arts. 90, 104, 149 bis. 162 y 210 del C.P." (3 cuerpos); copia certificada del expediente N° 413, caratulado: "MARIN de RODRIGUEZ, Gregoria s/ infracción ley 20.840"; copia certificada del expediente N° 277, caratulado: "KEIN, Víctor Hugo; DEL ARCO, Jorge Osmar s/ privación ilegítima de la libertad".

165) Caja N° 2. Exclusivamente en lo que concierne al siguiente contenido: copia certificada del expediente N° 2331, caratulado: "MIÑO de WILSON, Tomasa s/ denuncia secuestro de Roberto WILSON" (5 CUERPOS); copia simple de los legajos personales de la UNMDP de: Marcelo ARENAZA, Juan Carlos SUARIAS, Federico DELGADO, Eduardo ULLUA, Mario DURQUET, Daniel ULLUA, Roberto JUSTEL, Ricardo OLIVEROS, Juan Pedro ASARO, Federico DELGADO, Juan Carlos ASARO, Carlos Hugo GONZALEZ y Enrique GARCIA; cuadernillo con copias simples de recortes periodísticos y diversas constancias de la causa 890/12; copia certificada del expediente N° 252, caratulado: "Incidente de reconstrucción - GIGANTI, Julia Noemi, SOARES, Eduardo y LOPEZ MATEOS, Luis Adolfo s/ infracción ley 20.840"; copia de copia certificada del expediente N° 485, caratulado: "NICOLLELA, Armando - GARCIA, Enrique Francisco s/ tenencia ilegal de arma de guerra".

166) Caja N° 3. Exclusivamente en lo que concierne al siguiente contenido: copia simple de legajo DIPPBA, caratulado: "legajos varios s/ Concentración Nacional Universitaria (CNU); copia simple de los legajos DIPPBA, caratulados: "información relativa a la Concentración Nacional Universitaria (CNU) y procedimientos en la ciudad de Mar del Plata"; copia simple del legajo DIPPBA de Eduardo PIRONIO (I parte); copia simple del expediente N° 237, caratulado: "Concentración Nacional Universitaria s/ denuncia intimidación publica y daños".

167) Caja N° 4. Exclusivamente en lo que concierne al siguiente contenido: copia simple del expediente 12.642, caratulado "PETRELLI, Eduardo Oscar s/ homicidio - víctima: FILLER, Silvia Ana" (Cuerpos I, II, III, IV);

168) Caja N° 5. Exclusivamente en lo que concierne al siguiente contenido: documentación aportada por la Comisión Provincial por la Memoria en soporte digital (CD), conteniendo documentación MPLA Delegación de Inteligencia; cuadernillo con copias simples de recortes periodísticos y diversas constancias de la causa 890/12; copia simple del legajo DIPPBA de Eduardo PIRONIO (II parte).

169) Caja N° 6. Exclusivamente en lo que concierne al siguiente contenido: copia certificada del expediente N° 415, caratulado: "ARENA, Elena Mercedes; DE FALCO, Jorge Javier; MONTENEGRO, Horacio Fernando s/ infracción ley 20.840"; copia certificada del expediente N° 99, caratulado: "IZUS, Rene Arnoldo s/ muerte"; copia certificada del expediente N° 413, caratulado: "MARIN de RODRIGUEZ, Gregoria s/ infracción ley 20.840"; copia certificada del expediente N° 546, caratulado: "ZANDONADI, Horacio Arístides; GRIMBERG, Mabel s/ infracción ley 20.840".

170) Caja N° 7. Exclusivamente en lo que concierne al siguiente contenido: copia certificada del expediente N° 16.323, caratulado: "Av. delito de acción pública respecto a Fernando HALLGARTEN"; copia certificada del expediente N° 790, caratulado: "HALLGARTEN CIONFRINI, Paz de s/ interpone recurso de hábeas corpus a favor de HALLGARTEN, Fernando"; copia certificada del expediente N° 737, caratulado: "HALLGARTEN CIONFRINI, Paz de s/ interpone recurso de hábeas corpus a favor de HALLGARTEN, Fernando"; copia certificada del expediente N° 750, caratulado: "ABACHIAN, Sogmon s/ interpone recurso de hábeas corpus a favor de ABACHIAN, Juan Carlos"; copia Certificada del expediente N° 795, caratulado: "MUÑIZ, Rodolfo Ángel Ramón s/ interpone recurso de hábeas corpus a favor de MUÑIZ, María Dolores"; copia certificada del expediente N° 879, caratulado: "GIACOMINI de AGUIRRE, Noemí Ester s/ interpone recurso de hábeas corpus a favor de AGUIRRE, Juan Carlos"; copia certificada del expediente N° 388, caratulado: "MIGUENZ de ARENA, Elena s/ interpone recurso de hábeas corpus a favor de ARENA, Elena y DE FALCO, Jorge"; copia certificada del expediente N° 400, caratulado: GUTIERREZ, Félix s/ interpone recurso de hábeas corpus a su favor"; copia certificada del expediente N° 329, caratulado: "DE FALCO, Jorge Alberto s/ interpone recurso de habeas corpus a favor de DE FALCO, Jorge Javier"; copia certificada del expediente N° 414, caratulado: "OLAVE, Raúl Jorge; LOMBARDO de OLAVE, Estela Beatriz s/ infracción ley 20.840".

171) Caja N° 8. Exclusivamente en lo que concierne al siguiente contenido: copia certificada del expediente N° 278, caratulado: TORTOSA, Ricardo Emilio s/ víctima de homicidio"; copia certificada del expediente N° 191, caratulado: TORTOSA, Juan José s/ muerte"; Copia certificada del expediente N° 111, caratulado: "PIANTONI, Ernesto Carlos s/ muerte".

172) Caja N° 9. Exclusivamente en lo que concierne al siguiente contenido: copia simple del expediente 12.642, caratulado "PETRELLI, Eduardo Oscar s/ homicidio - víctima: FILLER, Silvia Ana" (Cuerpos: V, VI y VII).

173) Caja N° 10. Exclusivamente en lo que concierne al siguiente contenido: copia simple del expediente N° 817, caratulado: "Hallazgo de arma de guerra, munición y uniforme militar en edificio hotel Centenario"; copia certificada del expediente N° 350, caratulado: "VAELLO, Rodolfo Martín s/ denuncia s/ amenazas"; nómina de personal que ocupo cargo de carácter no docente durante 1974/1978 en la UNMDP"; copias certificadas de partes pertinentes del expediente N° 763, caratulado: "GONZALEZ, Miguel Ángel y otros s/ infracción art. 189 bis - asociación ilícita y robos reiterados"; copias de legajos DIPBBA de María Argarañaz, Marta Candeloro, Eduardo,Ullúa Raúl Alais, Manuel Arestín; copias de legajos DIPPBA de Norberto Centeno, Jorge Candeloro, Gustavo Demarchi, Tomás Fresneda, Carlos Bozzi, Camilo Ricci; dos fotografías originales de Moleón; copias del Libro Histórico del año 1975 del Batallón I del Ejército Argentino, y listado de Conscriptos de los años 1974/1975 del Batallón Logístico I; copias de los Libros Históricos de los años 1974 y 1975 del Batallón Logístico I del Ejército Argentino, y listado de Conscriptos de 1974/1975 del Batallón Logístico I; copias del legajo DIPBBA N° 2967, caratulado "Atentado contra Juan Carlos Gómez, militante del CNU en Mar del Plata. El 19/09/1974"; informes DIPPBA respecto de José Pedro Lencina, Sindicato Vendedores de calle SIVARA, Asunto: Vendedores Ambulantes de Mar del Plata; Asunto: Detención de Juan Carlos Romero; copias simples de expedientes: a) N° 484 "Saldivia Nelly s/ interpone recurso de hábeas corpus en favor de Uriburu Roberto Antonio"; b) N° 514 "Kohan de Pablovsky s/ interpone recurso de hábeas corpus a favor de Pablovsky Jorge; c) N° 433 "Pablovsky, Nélida M.O.B. Vallejos s/ Interpone recurso de hábeas corpus a favor de Jorge Fernando Pablovsky"; copia certificada del legajo personal de la Universidad Provincial de Mar del Plata perteneciente a Gustavo Demarchi; convenio entre el Estado Nacional y Estado Provincial de fecha 23/08/74, el cual se encuentra anexado al Decreto PEN 967 en dos copias; impresión ley N° 21.139 creación de la Universidad Nacional de Mar del Plata; copia certificada de resolución Rectorado N° 392 en tres fojas; copia del legajo personal de Oliveros; sobre marrón conteniendo resoluciones del rectorado N° 701, 791, y 142 del año 1975; legajos DIPBBA: a) R. 12.560; b) Leg. N° 44. Tomo 2 "Informes Hechos Estudiantiles Mar del Plata"; c) Leg. 23.147 "Información relativa a la Concentración Nacional Universitaria (CNU) obrante en esta Dirección General" del 06/05/1985; d) Leg. N° 68 "Concentración Nacional Universitaria"; e) Leg. N° 23.536 "Antecedentes militantes CNU"; f) Leg. 16.452 "Suicidio de Ricardo Gómez en la localidad de Mar del Plata"; g) fichas pertenecientes a José Luis Granel (Leg. 11.573), Roberto Justel (Leg. 7.366), Jorge Piantoni (Leg. 11.781), José Luis Piatti (Leg. 44), Patricio Fernández Rivero (Leg. 7.880), Eduardo Ullúa (Leg. 44), Gustavo Modesto Demarchi (Leg. 1), Marcelo Arenaza (Leg. 44), Beatriz María Arenaza (Leg. 44), Juan Pedro Asaro (Leg. 68), Nicolás Miguel Caffarello (Leg. 9.074), José Fernando Catuogno (Leg. 10.272), Luis Roberto Coronel Beltrán (Leg. 50), Héctor Oscar Corres (Leg. 44), Fernando Federico Delgado (Leg. 98), Mario Durquet (Leg. 44), Juan Carlos Gómez (Leg. 98); h) Leg. 4697 "Solicitud Antecedentes de Villarreal, Carlos A. y Piatti, José Luis"; i) Leg. 347 "Atentado en la persona de José Luis Piatti" 3 de abril de 1976; j) Leg. 54 "Información Nacional. Publicación. La Plata"; k) Leg. 15.014 "Procedimiento en la ciudad de Mar del Plata"; l) Leg. 1 "Universidad Nacional del Sur. Años 1957 - 1958". Bahía Blanca; ll) Leg. 154 "Movimiento Nacional Universitario. Concentración Nacional Universitaria"; m) Leg. 3240 "Artefacto explosivo en domicilio del Dr. José Luis Granel de la localidad de Mar del Plata, el 8-5-75"; n) Leg. 221 "Comité de Solidaridad con los Pueblos Árabes"; ñ) Leg. 1046 "Caso Corres"; o) Leg.7366 "Misa recordatoria Dr. Ernesto Carlos Piantoni. Mar del Plata" (dos ejemplares); p) Leg. 7219 "Secuestro y aparición del Dr. Gustavo Demarchi (Mar del Plata)"; q) Leg. 1 "Movimiento Nacional Justicialista"; r) Leg. 1795 "Allanamiento en domicilio de José Luis Granel y Juan Pedro Asaro en Mar del Plata"; s) Leg. 9074 "Atentado contra Nicolás Miguel Caffarello"; t) Leg. R.16.144; u) Leg. 1544 "Detención de Susana Alicia Gabbanelli y de Pedro Casaderrut. 11-3-75. Mar del Plata"; v) Leg. 2967 "Atentado contra Juan Carlos Gómez, militante del CNU en Mar del Plata. El 19-974"; w) Leg. 35.322 perteneciente a Ricardo Alberto Oliveros.

174) Caja N° 11. Exclusivamente en lo que concierne al siguiente contenido: expediente administrativo de la UNMDP N° 14129/2012-0 iniciado 08/06/2012 que contiene copias certificadas de legajos correspondientes a Gustavo Demarchi, José Luis Granel y Josué Catuogno (personal docente) y Marcelo Arenaza; Juan Carlos Asaro; Juan Pedro Asaro, Josué José Catuogno, Fernando Federico Delgado, Mario Ernesto Durquet, Roberto Alejandro Justel, Ricardo Alberto Oliveros, Fernando Alberto Otero; Daniel Ullúa, Eduardo Salvador Ullúa (personal no docente) en 232 fojas; actuaciones remitidas por la Dirección Personal Docente con copia certificada de los legajos correspondientes a Sanmartino, Cincotta, De la Canale y Vaello en 126 fojas; nómina del personal no docente de la Universidad de 1974/1976; copia certificada del legajo personal de Mirta Susana Masid, Universidad Provincial de Mar del Plata en dos cuerpos de 432 fojas; copia certificada legajo personal Roberto Schiro de la Universidad Provincial de Mar del Plata en un cuerpo de 251 fojas; sobre blanco con tarjeta personal de Oliveros; sobre papel madera con dos recortes periodísticos aportados por Roberto Justel en ampliación indagatoria del 03/09/12; expediente Administrativo n° 16-16684/2012 de la Dirección Gral. de Recursos Humanos del Consejo de la Magistratura del PJN Departamento de Administración del Personal. Legajos Personales de Gustavo Demarchi; Eduardo Salvador Ullúa, Roberto Justel; sobre papel madera conteniendo documentación remitida por la Universidad Nacional de Mar del Plata con dos fojas con cuatro tomas fotográficas cada una; certificación de trabajo de Roberto Héctor Sanmartino en la Universidad Nacional de Mar del Plata en dos juegos de copias; copia certificada del legajo personal de María del Carmen Maggi de la Universidad Provincial de Mar del Plata; copia certificada de las ordenanzas del Consejo Superior n° 1946 del 26/12/1995; 1418 del 04/05/1995 y resolución de asamblea n° 001 del 19/02/2009.

175) Caja N° 12. Exclusivamente en lo que concierne al siguiente contenido: copia certificada del expediente n° 20 (ex 81.983) caratulado "Zaldúa, Adriana; Loscertales, Roberto José; Frigerio Hugo Norberto; Agostini Lidia Cristina; y Guzner, Ana María s/ víctimas de homicidio" (cuatro cuerpos) y sus causas acumuladas n° 82.089, caratulada "Claverie, Patricia Susana; Povedano, Carlos Enrique; Lucatti, Alfredo Oscar s/ víctimas priv. Ilegal de libertad y homicidio" y n° 65 caratulada "Actuaciones remitidas por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 5 de Capital Federal", provenientes del Juzgado Federal n° 1, Secretaría n° 13 de La Plata.

176) Caja N° 13. Exclusivamente en lo que concierne al siguiente contenido: copia del legajo personal de Oscar Héctor Corres en 35 fojas remitido por la División Legajos y Antecedentes del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires; copia de los legajos de la Policía de la Provincia de Buenos Aires pertenecientes Derlis Glorioso Luppo -47 fs.- y Carlos Tomas Vila -47 fojas remitidos por la División Legajos y Antecedentes del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires; copias certificadas del expediente n° 109477 jubilación voluntaria de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal perteneciente a Oscar Corres en 182 fojas; copia simple legajo personal Policía Federal de Roberto Schiro n° 10503 y original; nóminas de personal docente de la Universidad de 1974/1976 remitidos por la UNMDP el 31/10/2012; sobre papel madera conteniendo legajos DIPBA n° 4655 - Ricardo Francisco Leventi, n° 119430 Víctor Hugo Kein, n° 2032 Aníbal Rene Izus, n° 3699 asunto: hallazgo dos cadáveres en Mar del Plata Ricardo Emilio y Juan José Tortosa; legajo 4828 asunto: homicidio, Juan Manuel Crespo y Emilio Azorin Bertucci (Mar del Plata); n° 10.962 Guillermo Raúl Nisebaum, n° 4828 Juan Manuel Crespo, n° 3546 Jorge Del Arco, n° 3728 Roberto Héctor Sanmartino.

177) Caja N° 14. Exclusivamente en lo que concierne al siguiente contenido: fichas dactilares de Mario Durquet, Juan Pedro Asaro, Gustavo Demarchi y Fernando Otero; copia expediente ANSES N° 024-2005084847-8-904-000001 perteneciente a Raúl Arturo Viglizzo; Anexo n° 68 causa n° 890/12 (Emilio Azorin) con copias certificadas por el TOF local; Anexo n° 69 causa n° 890/12 (Juan Manuel Crespo) con copias certificadas por el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata.

178) Caja N° 15. Exclusivamente en lo que concierne al siguiente contenido: legajos remitidos por el Ejército Argentino correspondiente a Roberto Damián Coronel (MI 10.093.894); Juan Carlos Gómez (MI. 13.640.390, 8.421.080 y 11.914.068 (tres legajos); Fernando Otero (16.749.543); Roberto Coronel (4.914.781); legajo DIPPBA de Delgado reservado el 9/06/2010; legajo original n° 2534 perteneciente a Hugo Ramón Lencina remitido por el Ministerio de Seguridad; informes de inteligencia remitidos por la Fiscalía Federal de Bahía Blanca conteniendo información relacionada con Prefectura"; CD con legajos REDEFA de Izus, Crespo, Azorín, Kein, Del Arco y Sanmartino remitidos por la Comisión Provincial de la Memoria (8/04/2013); copia de resoluciones de mérito respecto de Cincotta y una foja con fotografía remitidas por el Juzgado Federal n° 1 el 18/04/2013; legajo de Moleón remitido por el Ministerio de Defensa el 25/4/2013; copia certificada del legajo personal de Corres remitido por el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires el 25/4/2013; sobre papel madera conteniendo copias de F01 y LE, y 3 fichas dactilares de Raúl Arturo Viglizzo; documentación aportada por Juan Gasparri en mayo de 2014 en la sede de la Fiscalía Federal n° 2 reservada por Secretaría a fojas 8552.

179) Caja N° 16. Exclusivamente en lo que concierne al siguiente contenido: constancias remitidas por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 5 el 22/04/2013 (fs. 6911/6912) consistentes en resoluciones de mérito de 1° y 2° instancia en causa 1075/2006, caratulada "Almirón y otros s/ Asociación Ilícita"; comunicados emitidos por la "Triple A"; declaraciones en causa n° 1075/2006; constancias relativas a la persona apodada "polaco" Dubchak; publicaciones de la revista "El Caudillo"; nómina de personal perteneciente a la Jefatura General y Superintendencia de Seguridad Federal que cumplió funciones desde 1973/1976 remitida por PFA (agosto 2013); fichas dactiloscópicas de Raúl Moleón y Viglizzo.

En cuanto a la totalidad de las declaraciones obrantes en la documentación incorporada, deberá estarse a las resultas del debate.

De igual modo y con relación al sobre marrón aludido en la caja n° 10 que contiene una declaración con reserva de identidad debe destacarse que durante la instrucción la misma ya fue revelada, tratándose de Mirta Masid, la que al haber sido divulgada no tiene a esta altura ningún sentido preservar (ver fs. 1995/2000vta.), sin perjuicio de su convocatoria a este debate.

Con relación a la caja marrón que cita la fiscalía a fs. 9442, hágasele saber al oferente que en el término de 3 días deberá identificarla con precisión, bajo apercibimiento de tenerla por desistida. La intimación se hará extensiva a las siguientes piezas procesales que enumera: 14 a 31, 35, 61, 79, 108, 119, 123, 126, 150, 189, 197, 211, 212, 213 y 214.

Asimismo desde que las pruebas citadas con los números: 8, 12, 15, 16, 17, 34, 39, 50, 67, 80, 98, 105, 107, 115, 125, 133, 138, 160, 171, 182, 191, 192, 250, 254, 256, 257, 258, 265, 266, 267, 278, 281, 303, 316 ya fueron incorporadas, de lo que se sigue que se reiteraron por evidente error, estése a su admisión.

Respecto a los testigos Gregoria Marin, Susana Ure, Mirta Clara, Luis Rafaldi, Julio Martino, Carlos Cervera e Inés Cortes Vela, estése a la convocatoria dispuesta.

A la prueba señalada por el Ministerio Público Fiscal en los siguientes puntos: 74 (fs. 3003/3011), 109 (fs. 4967) y a las incorporaciones de las declaraciones de Ernesto Orosco, Miguel Ángel Mittidieri y Enrique Rodriguez Llames, no habiéndose ofrecido sus testimonios, no ha lugar por impertinente (art. 356, 2° párrafo del C.P.P.N).

INFORMATIVA

Como se pide, líbrense oficios:

1) A la Dirección Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del Ministerio de Defensa de la Nación a fin que remita: a) documentación desclasificada correspondiente al Personal Civil de Inteligencia (PCI) de conformidad con lo dispuesto por el Dec PEN N° 4/2010; b) legajo personal de Jorge Enrique Videla Yanzi (MI N° 2.906.659) quien revistó como personal de reserva en el Ejército Argentino; c) las actuaciones administrativas que pudieron haberse iniciado con motivo del homicidio del que resultó víctima Jorge Enrique Videla Yanzi del 21/03/1975; d) Que la Dirección General de Inteligencia remita el legajo personal de Juan Carlos Gómez (DNI N° 8.700.030) y Nicolás Caffarello; e) Se remita el legajo personal de Orestes Estanislao Vaello, quien habría formado parte del Ejército Argentino.

A los legajos de Raúl Rogelio Moleón y Ricardo Oliveros, estése a la admisibilidad oportunamente dispuesta.

2) Al Programa de Análisis y Destrucción de Expedientes del Departamento Judicial de Mar del Plata -ex Transición- a cargo de la Dra. Ana Giménez Ortiz de Rozas, a los fines de que remita "ad effectum videndi et probandi": a) sumario judicial N° 20832 que tramitó en el año 1976 en el Juzgado Penal N° 2, Secretaría N° 3 relativo al hallazgo del cadáver de María del Carmen Maggi; b) causa N° 23085 "Leventi, Ricardo (víctima) s/ abuso de armas y lesiones leves" de trámite originario por ante el Juzgado en lo Penal N° 1, que se encontraría actualmente archivado en el legajo paralizado N° 313; c) constancias originales de la causa N° 12642 caratulada: "Pretelli, Eduardo Oscar y otros s/ Homicidio. Víctima: Filler, Silvia Ana" de trámite originario por ante el Juzgado en lo Penal N° 3 de Mar del Plata.

3) A la Municipalidad y al Sindicato de Empleados Municipales del Partido de Gral. Pueyrredón a los efectos que remitan: a) el legajo personal y todos los antecedentes que pudieren obrar en sus archivos relativos a Daniel Gasparri; b) el acta de la reunión llevada a cabo el 24/04/1975 a las 19.30 horas en la sede del Sindicato de Municipales a la que concurrieron todos los delegados de las distintas dependencias de la Intendencia Municipal; c) las actas de las reuniones que se sucedieron con posterioridad al 24/04/1975 en las que se hubiera tratado la situación de Daniel Gasparri.

4) Al Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredón a los fines que remita la versión taquigráfica y/o su similar del acta de la sesión llevada a cabo con fecha 19/05/1975 que fue convocada por la CGT, y en la cual se aprobó un documento para repudiar la violencia de esos días.

5) A la Municipalidad de Balcarce para que remita el legajo personal y todos los antecedentes que pudieren obrar en sus archivos relativos a Jorge Stoppani.

6) Al Rectorado de la Universidad Nacional de Mar del Plata, para que remita los legajos personales de Luis Roberto Coronel, Luis Alberto Coronel, Horacio Jacinto Rolón, Eduardo Giordano, Roberto Enrique Cursak, Andrés Javier Cabo, Roberto Ismael Vega y Emilio Baby; informe la situación de revista histórica, sea en calidad de alumnos y/o personal universitario en relación a las víctimas e imputados de autos.

En relación al pedido del legajo personal de María del Carmen Maggi, la Resolución de Rectorado N° 392 y los legajos de la Universidad de José Catuogno, José Luis Granel y Fernando Alberto Otero, estése a la incorporación oportunamente dispuesta.

7) Al Juzgado Federal de Bahía Blanca a los fines que remita "ad effectum videndi et probandi" la causa N° 174/75 caratulada "Homicidio cometido en la Universidad Nacional del Sur. Víctima David Hover Cilleruelo" y la causa N° 15000005/2007 caratulada "ÁLVAREZ Aldo Mario y otros s/ privación ilegal libertad (art. 142 bis inc. 5), tortura, homicidio agravado p/ el conc. de dos o más personas y asociación ilícita. Víctima: ABERASTURI, Mirna Edith y otros" o en su defecto copia certificada y/o digitalizada de ellas.

8) A la Secretaría Académica y a la Dirección de Personal Docente y no Docente de la Universidad Nacional de La Plata a fin que informe la situación de revista histórica, sea en calidad de alumno y/o personal universitario, en relación a Gustavo Modesto Demarchi.

9) A la Fiscalía Federal n° 2 de esta ciudad para que remita las actuaciones preliminares 78488/2012 y 138849/2011 y la totalidad de sus anexos y documental reservada.

10) Al Tribunal Oral Federal de Mar del Plata para que remita "ad effectum videndi et probandi" las causas y documentación que se detallan a continuación: a) N° 890 caratulada: "Colegio de Abogados de Mar del Plata y otros s/ denuncia s/ desaparición forzada de personas (Recaratulada) conjuntamente con la totalidad de los anexos y documentación reservada que la conforman; b) N° 913 "Turón de Toledo, María s/ Dcia. S/ Desaparición Forzada de personas" la que se encuentra reservada en el marco de la causa N° 890 "Colegio de Abogados de Mar del Plata y otros s/ denuncia s/ desaparición forzada de personas (Recaratulada)"; c) los originales de la N° 4622 "Otero Fernando Alberto - Delfor Abraham Ocampo y Otros s/ homicidios en perjuicio de Ramón Pablo Rojas" que se encuentra reservada en el marco de la causa 890/12; d) N° 252 caratulada: "Giganti, Julia Noemí Ramona y otros s/ hurto de automotor, inf. Arts 189 bis, 213 bis y 292 CP e inf. Ley 20.840" que se encuentra reservada en el marco de la causa N° 890 en un total de tres cuerpos; e) fotocopias certificadas de la N° 262 caratulada: "Cincotta, Eduardo s/ denuncia Intimidación Pública y Daño" la que se encuentra reservada en el anexo 88 de la causa 890/12.

11) Al Registro Nacional de las Personas y al Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin que informen si en sus archivos constan certificados de defunción de las siguientes personas, y en su caso, remitan sus partidas: José Catuogno, Adolfo González Etcheverry, Daniel Antokoletz, Hugo Amílcar Grimberg, Alfredo Battaglia, Amilcar González, Raúl Pedro Begué, Maximiliano Gómez, Dora Angélica Gómez, Emilio Esteban Gentile, Vicente Izzo (DNI N° 1.137.602), Alfredo Domingo Maggi (DNI N° 1.373.395), Saturnino Luis Martínez Lora y Carlos Osvaldo Pellejero (DNI N° 511.526).

12) Al Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia de Buenos Aires y a la Delegación de Coronel Vidal -Partido de Mar Chiquita- de dicho registro, para que remita el acta de defunción N° 24 de fecha 25/03/1976 y acta complementaria N° 88 folio 21vta. de ese mismo libro, así como también toda la documentación respaldatoria que pudiera obrar en ese archivo relativo al hallazgo del cadáver y posterior identificación de María del Carmen Maggi.

13) A las siguientes dependencias policiales y judiciales: al Destacamento de Policía de Mar Chiquita, al Juzgado Federal de Dolores, al Juzgado de Transición de Dolores, al Juzgado de Paz de Mar Chiquita y al Programa de Análisis y Destrucción de Expedientes del Departamento Judicial Mar del Plata - ex Transición- a cargo de la Dra. Ana Giménez Ortiz de Rozas, a los fines que se remitan todos los antecedentes que pudieran obrar en sus archivos relativos al hallazgo de un cadáver con fecha 25/03/1976 en la Playa Sección Médanos del Balneario de Mar Chiquita.

14) A la Jefatura de la Policía de la Provincia de Buenos Aires a los fines que se remita: a) el legajo de antecedentes personales de María del Carmen Maggi, así como también, el dictamen necro-papiloscópico realizado sobre sus restos en el año 1976 por la Sección Laboratorio de Investigación Necro papiloscópicas de la ciudad de La Plata. De igual modo, para que la División Información de Antecedentes, remita el prontuario de la víctima, la ficha cadáver confeccionada a su respecto, así como el rollo cadáver respectivo, el que podría hallarse microfilmado en la División Fotografía Policial; b) los prontuarios de Bernardo Alberto Goldemberg, Enrique Elizagaray, Jorge Enrique Videla Yanzi, Jorge Lisandro Videla Yanzi, Guillermo Enrique Videla Yanzi, Daniel Gasparri y Jorge Stoppani.

15) Al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas (CONSUFA) la remisión "ad effectum videndi et probandi" de la causa que originariamente tramitó en el Juzgado Federal N° 1 de Mar del Plata bajo el número de registro 535, seguida a José Luis Granel, Gerónimo Gualla y Juan Pedro Asaro por tenencia de arma de guerra y explosivos en infracción a la ley 20840 y que fue remitida por incompetencia al Jefe de la Subzona Militar N° 15 con fecha 03/10/1976.

16) A la solicitud del Legajo personal de Migraciones de Oscar Corres y del decreto PEN 1414/75, estése a la admisibilidad oportunamente dispuesta.

17) Al Juzgado Federal n° 3 de esta ciudad la remisión "ad effectum videndi et probandi" de las siguientes causa: a) n° 6107 caratulada "Demarchi Gustavo s/ denuncia (ant. N° 16292 del Juzgado Federal n° 1, Secretaria n° 2)"; b) n° 14.151 "Av. Pto. Delito Acción Pública" y c) n° 6080 "Agrupación ADA 601 s/delito de Acción Pública".

Asimismo copia certificada y/o digitalizada de la causa n° 13793 (residual) y la documental en ella reservada a saber: a) causa n° 1120, b) causa n° 79, c) incidente de búsqueda n° 3277/5, d) n° 13793/24, e) n° 13793/39, f) n° 13793/69 y g) 13793/37.

18) Al Juzgado Federal n° 1, Secretaria Penal n° 2 de esta ciudad la remisión "ad effectum videndi et probandi" de las siguientes causas: N° 18053 "Av. Pto. Falso Testimonio"; N° 18.231 "Av. Pto. Delito de Acción Pública"; N° 500 "Reyes, Rafael (víctima)- Báez, Federico Guillermo (Rebelde) por Asoc. Ilícita, tenencia ilegal de armas de guerra, homicidio, lesiones y robo" que se encuentra actualmente reservada en el marco de la causa N° 17824 "Av. Delito de Lesa Humanidad"; N° 414 "Salerno, Eduardo Antonio s/ infracción Ley 20.840"; N° 415 "Fertitta, Armando Rodolfo s/ infracción Ley 20.840"; N° 763 "González, Luis Orlando, González, Miguel Ángel; González Ramón; Piaza, Ramón; Cuba, Santiago y Durquet, Mario s/ inf 189 bis y asoc. ilícita y robos reiterados", junto al incidente de retractación de González Ramón María; N° 189 "Suarías, Juan Carlos s/ dcia intimidación pública y daños"; Hábeas Corpus interpuesto por Ana María Emaides y/o Luis Salerno en favor de Eduardo Salerno en el mes de marzo de 1976; N° 1147 "Córdoba Horacio S/ Dcia. Interrupción al Servicio Telefónico"; N° 1 "Venegas José Abraham y Venegas Guillermo Elías s/ Denuncia Apremios Ilegales"; N° 198 "Sotelo

Miguel S/ Hurto En Perjuicio Del F.C.G.R (Estación Deferrari)"; N° 271 "Soprano Daniel S Denuncia Apremios Ilegales"; N° 161 "Pinto De Begue Otilia Denuncia Molestias Telefónicas"; N° 62 "Vitale, Osvaldo Nelson S/ Tentativa De Extorsión"; N° 504 "Partido Comunista S/ Intimidación Pública y Daño"; N° 3 "Miranda Carlos Alberto S/ Inf. Art 189 Bis"; N° 56 "Moyano Víctor Hugo, Videla Roberto, Pérez Prado Rafael S/ Inf. Art 189 Bis"; N° 27 "Longhi Alfredo Enrique; Eden Horacio Raúl; Gentile Víctor Agustín; Vilchez Antonio Aníbal; Benato Oscar Alberto (Fallecido) S/ PIL"; N° 460 "Ibáñez - González S/ Inf. Art. 189 bis del C.P."; N°68 "Asociación De Viajantes Mar Del Plata S/ Denuncia Atentado"; N° 506 "Alvarez de Molina Hebe S/ Interpone Recurso de Habeas Corpus en Favor de Molina Adolfo Rafael"; N°534 "Aversa Rosa Silvia S/ Interpone recurso de hábeas corpus a favor de Juan Carlos Ithurralde"; N° 452 "Carrillo De Rose Encarnación S/ Interpone recurso de hábeas corpus en favor de De Rose Genaro Armando"; N° 33 "Dávila Heydelberg S/ Interpone recurso de hábeas corpus en favor de Antonio Augusto Lucchi"; N° 17 "Carlos Alberto Tabbia Interpone recurso de hábeas corpus a favor de María Elena Sanmartino"; N° 96 "Cazaux Luis Alberto S/ Recurso de hábeas corpus en favor de Elias Pereyra De Marrone"; N° 383 "García Navarro María Del Carmen S/ Interpone recurso de hábeas corpus a favor de Navarro de Renta Sara Etelvina y Renta Lorenzo"; N° 391 "Gittlein De Sanders, Cristina S/ Interpone recurso de hábeas corpus a favor de Sanders Luis Antonio, Amado de Sanders Marta y Amado Juan"; 539 "González Balbino Adolfo S/ Interpone recurso de hábeas corpus en favor de Montiel Jorge y Ciolfi de Montiel Sonia"; N° 233 "Gasparri Mabel Giordano S/ Denuncia molestias telefónicas"; N° 428 "Goldin Moises Interpone recurso de hábeas corpus en favor de Goldin Mario Oscar"; N° 78 "Granel José Luis S/ Interpone recurso de hábeas corpus a favor de Agum Mario C"; N° 349 "José Alberto Carreras S/ Interpone recurso de hábeas corpus a favor de Teófilo Alfredo Goette"; N° 390 "Dominga J. De Cancia S/ Interpone hábeas corpus a favor De Nasiff Aníbal José"; N° 402 "Jaimes Rubén S/ Interpone hábeas corpus en su favor y a favor de Bazán de Jaimes, Eduarda; Jaimes Elsa; Jaimes Carmen y Jaimes Norma Noemí"; N° 340 "López De Valente Eugenia Amelia S/ Interpone recurso de hábeas corpus en favor de Aníbal O. Valente y Carlos E. Valente"; N° 405 "Martínez Merecedes S/ Interpone recurso de hábeas corpus a favor de Martínez Rafael Arcángel Ariel"; N° 484 "Saldivia Nelly Esther S/ Interpone recurso de hábeas corpus en favor de Uriburu de Roberto Antonio"; N° 404 "Peña De Algañaraz Edilia Idalina S/ Recurso de hábeas corpus a favor de Algañaraz Orlando Rodolfo, Algañaraz Mario Roberto y Algañaraz Hilda Miriam"; N° 325 "Ayala Jorge Agustín S/ Interpone recurso de hábeas corpus a favor de Leonor Emilia Fares"; N° 417 "Del Cerro Avellaneda Juan Carlos Interpone recurso de hábeas corpus en favor de Luis Alberto Filippin"; N°309 "Fabri Delia Alicia Fernández de S/ Interpone recurso de hábeas corpus en favor de Gustavo Arnaldo Fabri"; N° 73 "Gorga María Del Carmen Alvarez De S/ Recurso de hábeas corpus a favor de Gorga Jorge Salvador"; N° 395 "Mantilla Francisco S/ Interpone recurso de hábeas corpus en favor de Jorge F. Mantilla"; N° 310 "Molina Maria Celina S/ Interpone recurso de hábeas corpus en favor de Gregoria Marin de Rodriguez"; N° 38 "Muni Héctor P. S/ Interpone recurso de hábeas corpus en favor de José Bonavena y José Pastafiglia"; N° 286 "Razona Francisco S/ hábeas corpus en favor de María Luisa De Los Reyes"; N° 499 "Russo Héctor Ricardo S/ Interpone recurso de hábeas corpus"; N° 150 "Razona Francisco Marcelo S/ Interpone recurso de hábeas corpus en favor de Lorenzo Salvador Roberto"; N° 541 "Villar Edelweis José S/ Interpone recurso de hábeas corpus en favor de Vilar De Papeo, Clara Estela"; N° 437 "Corbacho Fernando Manuel S/ Interpone recurso de hábeas corpus en favor de Héctor Alfredo Salinas"; N° 170 "Bertoldo Oscar S/ Recurso de hábeas corpus"; N° 50 "Baeza De Ruggero Adriana S/ Interpone recurso de hábeas corpus en su favor"; N° 550 "Ugaretti Ana Maria S/ Interpone recurso de hábeas corpus en favor de Cámara Mario Miguel"; N° 299 "Córdoba, Angélica Evis S/ Interpone recurso de hábeas corpus en favor de Stella Maris Domínguez"; N° 7 "Rufino Rodolfo David; Fiorelli Donato; Suarez Oscar Alberto; Rizzo Ramón Marcos; Vázquez Oscar Rubén; García Nora Margarita s/ Inf. Art 2 Ley 20.840 y Tenencia de Arma de Guerra"; N° 32 "Muñoz Horacio Fernando Muñiz S/ Denuncia Inf. Art. 3 Ley 20.840"; N° 51 "Lafourcade Julio - Palacios Manuel S/ Inf. Art. 6 Ley 20.840"; N° 158 "Josefina Foleno Nélida Álvarez Matilde Tobal Etc S/ Inf. 20840; N° 220 "De Los Santos Marta Susana; Cervera Carlos Alberto S/ Inf. Ley 20.840 Art. 213 Bis"; N° 442 "Cardozo Luisa Del Carmen S/ Inf. Ley 20.840"; N° 443 "Biterski Tomás José - Deibarguengoitia Aníbal Domingo S/ Inf. Ley 20.840 y Art 213 Bis"; N° 545 "Gómez Víctor Hugo S/ Infracción Ley 20.840"; N° 164 "Vicente Javier y Carelli Lía Ana S/ Inf. Ley 20.840 Art 2 Inc. A".

A las restantes, estése a la admisibilidad ya dispuesta.

19) A la Presidencia de la Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires para que remita las actas de las sesiones posteriores al 20/03/1975 en las que se trató en concreto el repudio por la muerte del hijo del Senador Elizagaray.

20) Al Ministerio de Educación de la Nación a los fines que informe: a) el destino de los archivos correspondientes a la Universidad Católica que funcionó en la ciudad de Mar del Plata, dependiente del Obispado de la misma ciudad, hasta el año 1975; b) a cargo de quién se encontró en el año 1975 la Subsecretaría de Asuntos Universitarios de ese Ministerio; c) la nómina de la totalidad del personal que revistó en la Subsecretaría de Asuntos Universitarios de ese Ministerio en el año 1975 sea como personal dependiente, contratado, asesores, etc. Asimismo requiérase la remisión del legajo personal de Oscar Corres y de Mario Ernesto Durquet, así como también del expediente administrativo y toda documentación que pudiera obrar en esos archivos relacionados al proceso de nacionalización de la Universidad Provincial de Mar del Plata y de las gestiones que culminaron con la fusión de la Universidad Católica de esta ciudad.

21) Al Ministerio de Educación de la Provincia de Buenos Aires para que remita el expediente administrativo y toda documentación que pudiere obrar en esos archivos relacionados al proceso de nacionalización de la Universidad Provincial de Mar del Plata, así como de las gestiones que culminaron con la fusión de la Universidad Católica de esta ciudad.

22) A la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata para que informe en qué Juzgado tramitó la causa por infracción a la ley 20.840 que tuvo como imputado a Bernardo Alberto Goldemberg en el período 1973/1975 y, una vez identificada, remita la misma "ad effectum videndi et probandi".

23) Al Juzgado Federal N° 1 de Azul a los fines de remitir "ad effectum videndi et probandi" la causa por infracción a la Ley 20.840 que se habría instruido en esa jurisdicción contra Daniel Gasparri, Fernando Hallgarten y otros, entre los años 1974 y mediados de 1975, que llevaría el número de registro 317 y el expediente de Superintendencia S-10/76 "Señor Juez Federal a cargo del Juzgado Federal de Mar del Plata, Dr. Adolfo González Etcheverri formula denuncia contra el señor Procurador Fiscal del mismo asiento Dr. Gustavo Demarchi" que fuera remitido a esa instancia con fecha 10/03/1976 por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata o en su defecto copias certificadas de las resoluciones que pudieran obrar en los libros de registros del Juzgado.

24) A la Agencia Federal de Inteligencia (ex Secretaría de Inteligencia) para que informe, de no mediar impedimentos legales, si las siguientes personas: Gustavo Modesto Demarchi, Raúl Viglizzo, Juan Carlos Gómez, Eduardo Salvador Ullúa, Daniel Ullúa, Oscar Corres, Mario Durquet, Marcelo Arenaza; Beatriz Arenaza, Fernando Federico Delgado, José Luis Piatti, Nicolás Caffarello, Piero Asaro, Juan Carlos Asaro, José Luis Granel, Roberto Coronel, Roberto Justel, Ricardo Oliveros, Raúl Moleón, José Catuogno, Fernando Otero y Patricio Fernández Rivero; prestaron funciones en el período anterior a 1976 en esa dependencia del Estado, remitiendo en su caso sus legajos personales.

25) A lo solicitud de las publicaciones del "Diario de Cuyo" y del "Diario de Los Andes", estése a la admisibilidad ya dispuesta.

26) A la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal a fin que remita copia certificada y/o digitalizada de la causa n° 40.188 caratulada "ROVIRA, Miguel Ángel s/ prisión preventiva".

27) Ofíciese al Tribunal Oral en lo Criminal n° 3 del Departamento Judicial de Mar del Plata requiriendo fotocopias certificadas de la sentencia dictada en la causa n° 1633 contra Fernando Otero.

28) Al Registro Nacional de Reincidencia a fin de que informe los antecedentes que pudieren registrar los imputados de autos.

29) Al Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a fin de practicar respecto a los imputados un completo exámen psicológico-psiquiátrico (art. 78 del C.P.P.N.).

30) Al Juzgado Federal N° 3 de La Plata a los fines que remita copia certificada y/o digitalizada de la causa N° 34000009/2005 caratulada "Castillo, Carlos Ernesto-Pomares, Juan José s/ homicidio agravado por el conc. de dos o más personas".

31) A la Comisión Provincial por la Memoria para que remita todos los antecedentes que pudieran obrar en los archivos de la ex DIPPBA relativos a Enrique "Pacho" Elizagaray, Guillermo Enrique Videla, Jorge Enrique Videla, Jorge Lisandro Videla, Bernardo Alberto Goldemberg, Daniel Gasparri, Jorge Stoppani y María del Carmen Maggi. De igual modo, solicítese la remisión del archivo correspondiente a la carpeta 32, Legajo N° 148.

32) Al Tribunal Oral Federal N° 1 de Capital Federal que remita copias certificadas y/o digitalizadas las siguientes causas: a) N° 1.627 caratulada "GUILLAMONDEGUI, Néstor Horacio y otros s/privación ilegal de la libertad agravada, imposición de tormentos y homicidio calificado" (Orletti 1); b) causa N° 1976 (Orletti 2); y c) el tercer tramo de investigación en la causa conocida como "Orletti" la que tramitó en la instrucción bajo el N° 2637/04 caratulada "Vaello, Orestes Estanislao y otros s/privación ilegal de la libertad agravada y homicidio agravado".

33) Al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 3 fin que remita copia certificada y/o digitalizada la causa N° 2637/04 caratulada "Vaello, Orestes y otros sobre privación ilegal de la libertad agravada y homicidio agravado".

34) Al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 5 de Capital Federal la remisión de copia certificada y/o digitalizada de la causa N° 1075/2006 caratulada: "Almirón y otros s/ Asociación Ilícita".

35) Al Tribunal Oral en lo Criminal Federal de esta ciudad para que remita las declaraciones prestadas durante el debate oral por Alfredo Battaglia (13/05/2010) en formato audiovisual en el marco de la causa N° 2086 caratulada: "Molina, Gregorio R. s/ Infracción arts. 80 inc. 2 y art. 119 y 120 del C.P." y en la causa n° 2278 caratulada "Caffarello, Nicolás y Otors S/Dcho. de Gente.

En relación a Marta García de Candeloro, estése a la convocatoria oportunamente dispuesta.

36) A la solicitud de la declaración indagatoria prestada por Alfredo Arrillaga en fecha 19/09/2008 en el marco de la causa N°1 de la Secretaría de Actuación del Juzgado Federal n° 1 de esta ciudad y la causa n° 20 "Zaldúa, Adriana; Loscertales, Roberto José; Frigerio, Hugo Norberto; Agostini, Lidia Nidia y Guzner, Ana María s/ víctima de homicidio del Juzgado Federal n° 1 de La Plata, Secretaría n° 13, estése a la admisibilidad oportunamente dispuesta.

37) A la Unidad de Asistencia de la Procuraduría de Lesa Humanidad de Bahía Blanca para que informe y remita los antecedentes, causas, requerimientos fiscales y cualquier otra documentación que pudiera obrar en sus archivos relativos a la perpetración de hechos ilícitos por parte de la Concentración Nacional Universitaria y/o Triple A en la ciudad de Bahía Blanca, la misma deberá guardar vinculación con los imputados de autos.

38) En cuanto a la vaga cita que textualmente reza: "Se oficie al periódico Página 12", mención evidentemente inconclusa que impide su evaluación, no ha lugar.

39) Al diario "La Nación" a los fines de que remita copia certificada de las siguientes publicaciones que por sus fechas, títulos y páginas a continuación se identifican: a) 21/03/1975, pág. 11, "En Mar del Plata fue asesinado un abogado"; b) 22/03/1975, Tapa, "En Mar del Plata hubo 5 asesinatos"; c) 2203/1795, pág. 18, "Cinco Asesinatos"; d) 23/03/1975, pág. 1, 12 y 18; e) 24/03/1975, pág. 4.

40) Al diario "La Prensa" con calcada finalidad respecto de los siguientes artículos: a) 21/03/1975, pág. 5, "Víctima de un atentando murió un abogado en Mar del Plata"; b) 22/03/1975, pág. 3, "Cinco asesinatos y paro de actividades en Mar del Plata"; c) 23/03/1975, pág. 3, "Conocióse la identidad de los cinco asesinados en Mar del Plata".

41) Al diario "La Razón", respecto de estos documentos: a) 21/03/1975, pág. 3, "6 personas fueron ultimadas a tiros en Mar del Plata, en sangrienta jornada"; b) 22/03/1975, pág. 4, "confirmó la policía la identidad de los 5 ultimados en Mar del Plata"; c) 23/03/1975, pág. 4, "Mientras investigan los 6 crímenes en Mar del Plata Monseñor Pironio, pidió que la sangre derramada sea semilla de unidad".

42) A la Hemeroteca de la Biblioteca Nacional que remita copia certificada de las siguientes publicaciones: a) Noticias publicadas en el diario "La Opinión": 21/03/1975, pág. 10, "Fueron asesinado un abogado y un comisario retirado"; 22/03/1975, pág. 8, "Otro penoso record fijó la actividad extremista"; 23/03/1975, pág. 13, "Por primera vez en su historia, Mar del Plata en solo 24 horas fue escenario de seis crímenes extremistas"; 25/03/1975, pág. 16, "Monseñor Pironio, hizo un llamado a la reflexión"; b) Noticias publicadas en el diario "Mayoría": 22/03/1975, pág. 20, "Paro en repudio por Piantoni"; 22/03/1975, pág. 20, "Otros 5 cadáveres en Mar del Plata"; c) Noticias publicadas en el diario "Última Hora": 21/03/1975, pág. 5, "Mardel, Abogado fue acribillado"; 22/03/1975, pág. 4, "Mardel, paro por duelo; otros 5 acribillados"; 23/03/1975, pág. 4, "Retomó Mardel su habitual fisonomía luego del paro".

43) Al diario "Página 12" a fin que remita el original o copia certificada del artículo de fecha 24/12/2006 redactado por Susana Viau titulado "Buenos Aires, Valencia y Parque Patricios".

II) A la peticionada por los Dres. Eduardo Salerno y Luciano Bayo en su carácter de representantes de Asociación de Familiares de Detenidos, Desaparecidos, y Víctimas del Terrorismo de Estado del Centro y Sur de la Pcia. de Buenos Aires (fs. 9453/9456):

TESTIMONIAL

Para evitar confusiones e incluso facilitar la ubicación de los testigos, continuaremos la correlatividad iniciada con la nómina de quienes declararán a pedido de la Fiscalía.

En consecuencia se cita al debate, a:

    156) TORTOSA, Ana Margarita

A los testigos en común propuestos y ya admitidos, estése a la convocatoria dispuesta en ocasión de tratar la prueba de la fiscalía.

Respecto de Rafael Molina, siendo un testigo nuevo, intímese a la parte para que exprese los hechos sobre los cuales será examinado, bajo pena de inadmisibilidad (art. 355 última parte del C.P.P.N.), ello, en el término de 3 días.

Al testimonio de Roberto Alejandro Justel, desde que su condición de imputado impide someterlo a una declaración bajo juramento, por su manifiesta y notoria improcedencia, no ha lugar (arg. art. 18 C.N.).

Con relación a Daniel Esteban Soria y Jorge Enrique Sessa desde que el contenido de sus declaraciones vertidas en la instrucción no guardan vinculación con el objeto procesal, no ha lugar.

DOCUMENTAL

A la prueba documental ofrecida, estése a la admisión ya dispuesta.

III) A la solicitada por el Dr. César Raúl Sivo, en su carácter de representante de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (fs. 8942/8949):

TESTIMONIAL

A los testigos en común propuesto y ya admitidos, estése a la convocatoria dispuesta en ocasión de tratar la prueba de la fiscalía.

Con relación a los nuevos, cíteselos:

    157) PELLEGRINI, Alberto
    158) MUÑOZ, Alberto
    159) RINCÓN, Juan Alberto
    160) SOLANS, Héctor Rolando

DOCUMENTAL

Tratándose de prueba en común, estése a la incorporación aceptada al admitir la documental de la fiscalía.

En cuanto a las declaraciones indagatorias de los imputados, estése a las resultas del debate (art. 378 del C.P.P.N.).

A la incorporación de las declaraciones testimoniales que la parte identifica en los puntos 3 a 28, 34 a 37, 41, 43 a 46, 50 y 56 a 57, estése a la convocatoria oportunamente dispuesta.

IV) A la prueba del Dr. Manuel Alejandro Marañón en su carácter de Apoderado de la Secretaria de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires (fs. 8950/8958):

Siendo idéntica al punto anterior, estése a lo allí dispuesto.

V) A la propuesta por el Dr. Ireneo Hugo Di Matteo, apoderado de la Universidad Nacional de Mar del Plata (fs. 9116/9124):

TESTIMONIAL

A los testigos en común propuestos y ya admitidos, estése a la convocatoria dispuesta en ocasión de tratar la prueba de la fiscalía.

Respecto de Cristina Chacón, estése a lo que se resolverá infra, en ocasión de tratar la prueba ofrecida por el Sr. Defensor Oficial Dr. José Galán.

Intímese a la parte para que en el plazo de 3 días, manifieste los motivos de la citación de Juan Manuel Tortosa, Luis Daniel Pussetto, Virgina Videla y Juan Gaspari, testigos nuevos, bajo apercibimiento de declararlos inadmisibles (art. 355 último párrafo del C.P.P.N.).

Con relación a Jorge Enrique Sessa y Beatriz Alicia Cebreiro desde que el contenido de sus declaraciones vertidas en la instrucción resultan ajenas al objeto procesal, no ha lugar.

DOCUMENTAL

Incorpórense por lectura las siguientes piezas (art. 392 del C.P.P.N.):

1) Documental remitida por el Ministerio de Defensa de la Nación (fs. 6184/6196);

2) Acta de secuestro de cápsulas y restos de proyectiles de armas de fuego (fs. 6320/6327);

3) Informe remitido por la Secretaría de Superintendencia de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata (fs. 6878/6882).

A la prueba común detallada en los puntos 1 a 21, 23 a 32, 34 a 36, 40 a 42, 44 y 46, estése a la admisibilidad ya dispuesta.

A la incorporación de las declaraciones testimoniales que la parte identifica en los puntos 33 y 47 a 90, estése a la convocatoria oportunamente dispuesta.

En cuanto a la prueba solicitada bajo el número 22, estése a lo dispuesto al punto 29 de la prueba informativa del fiscal.

Y desde que el contenido de las piezas de fs. 6631/6637, resulta ajeno a la petición que invoca, intímasele a la parte para que en el plazo de 3 días aclare la incorrecta cita, bajo apercibimiento de tener por desistida su incorporación.

INFORMATIVA

Ofíciese:

1) Al Diario "Miradas al Sur" para que remita copia de las investigaciones relativas a la CNU y Triple A de Mar del Plata y La Plata, en especial copia de la editorial publicada el 26/11/2013, bajo el título "La CNU: El terrorismo de Estado antes del Golpe".

2) A la Dirección de Personal de la Universidad Nacional de Mar del Plata, a fin que remita la nómina de mandatos de máximas autoridades de la Universidad Provincial y al Departamento de Televisión de la mencionada Universidad la totalidad de los registros fílmicos y fotográficos de los eventos y/o actos institucionales de la Universidad Provincial, ambos requerimientos a partir del año 1971 hasta el 10 de diciembre de 1983.

3) A los restantes puntos, estése al oficio e incorporación oportunamente dispuesto al tratar la prueba de la fiscalía.

VI) A la prueba del Dr. Horacio Insanti, por la defensa de Juan Pedro Asaro y de Raúl Arturo Viglizzo (fs. 8959):

TESTIMONIAL

Habida cuenta que con relación a los nuevos testigos propuestos Amador Grande, Carlos Rago, Daniel Fernández, Walter Alejandro D'Ippolito, Eduardo Dartiguelongue y Jorge Alberto López la parte no indicó los hechos sobre los cuales serán examinados, intímesela para que en el plazo de 3 días manifieste los motivos de la citación, bajo apercibimiento de declararlos inadmisibles (art. 355 última parte del C.P.P.N).

VII) A la peticionada por el Dr. Gustavo Demarchi, letrado en causa propia y Cristian Moix en su carácter de codefensor (fs. 9172/9191):

TESTIMONIAL

En cuanto a los testigos comunes, estése a la convocatoria ya dispuesta y a la que se dispondrá infra.

Cítese a los testigos propuestos:

    161) DE LA CANALE, Jorge
    162) HOOFT, Eduardo

En cuanto a los nuevos testigos propuestos: Juan Iván Ladeuix, Juan Ernesto Méndez, Oscar Gastiarena, Graciela Daleo, Francisco Lucio Rioja, Lilian Dorio, María Eva Centeno, Laura Sánchez, Alberto Dalmasso, Héctor Russo, Coronel Cuneo, Héctor Intrieri, Mirta Echenique, Antonio Daguzan, Dr. Fertitta (h), Amelia Mastrogiacomo, Alberto Moriondo, Eduardo Botte, Carlos Archimio, Jorge Sigal, José Fernandez Daguerre, María Zulema Rodriguez, José Luis Jacobo, Carmelo D'Antoni, Fernando Gutierrez, Dalmacio Calderón, Aníbal Flores, Victorio Assali, Marcos Verde, Rodolfo Pradas, Armando Abruza, María Estela Murgier, Luis Serna, Facundo Caparelli, Carlos Baldino, Gloria del Carmen León, Guillermo Blanco, Juan Carlos Rentería, Mauro Palumbo, José Luis Palenzona, Juan Gariboto, Fernando Gauna, Raúl Reyes, Víctor Monti, Héctor Méndez, María Durquet, Carlos Rago, Marcelo García Berro, Alejandro Tazza, Leonardo Cumba, Carlos Bozzi, Jorge Alberto Stinson, Rodolfo Worchistz, Florencia Portela, Néstor Lazcano, María Suarez, Pedro Carenzo, Carlos Buceta, José Luis Gelemur, Juan Carlos Wlasic, Héctor Julio Mascitti, Jorge Gauna, Luis Coste, Raúl Lamachia, Carlos Aronna, Eduardo Jiménez, Luis Pablo Slavin, Carlos Martín, Daniel Katz, Oscar Pagni, Jesús Porrúa, Cesar Chavez, Horacio Garaguso, Cristina Marcos, Dolores Loyarte, Alfredo Cuesta, Cesar Tibiletti, Osvaldo Montón, Leopoldo Frenkel y Juan Gaspari; intímese a la parte, para que en el término de 3 días, manifieste los motivos de su convocatoria bajo apercibimiento de declararlos inadmisibles (art. 355 último párrafo del C.P.P.N).

Habida cuenta que los motivos esgrimidos por el peticionante para citar a deponer en el juicio a la Sra. Procuradora General de la Nación Alejandra Gils Carbó y al Sr. Juez de Cámara Jorge Ferro no resultan procedentes, no ha lugar (art. 355 1° párrafo del C.P.P.N.).

A los careos solicitados, estése a las resultas del debate.

DOCUMENTAL

Incorpórense por lectura las siguientes piezas (art. 392 del C.P.P.N.):

1) Copia simple nota del diario INFOBAE del 28/11/2014 (fs. 9172);

2) Copia simple nota de "lanacion.com", 28/11/2014 (fs. 9172 bis);

3) Copia simple "LOS PROFESIONALES CON EL PROYECTO JUSTICIALISTA" (fs. 9173);

4) Copia simple "Testimonio Gladis de Labolita" (fs. 9174/9176);

5) Recorte periodístico del diario "Clarín", 28/11/2014 (fs. 9177).

En cuanto a la prueba común estése a la admisibilidad ya dispuesta; mientras en lo que concierne a la restante, intímese al interesado para que en el término de 3 días indique en qué foja, anexo, caja o legajo se encuentra incorporada, bajo apercibimiento de tenerla por desistida.

INFORMATIVA

Como se pide, líbrese oficio:

1) A la Universidad Nacional de Mar del Plata la remisión en copia certificada de la Resolución N° 1011 de Rectorado por el cual se designa al Dr. Norberto Centeno como titular del Instituto de Derecho del Trabajo y al Dr. Gustavo Demarchi como Coordinador Docente firmada por el Rector Josué José Catuogno. Asimismo informe si durante los años 1974 y 1975 sus dependencias o facultades fueron objeto de atentados con bombas u otros elementos con capacidad destrucción, amedrentación, etc.

Al legajo de Norberto Centeno no ha lugar por superabundante y en relación al de Zulema Rodríguez, estése a la interpelación dispuesta oportunamente.

De igual modo, ofíciese:

2) Al diario "El Atlántico" a fin de que remita copia certificada de la edición de fecha 22/06/1975 y 18/05/ 1976.

3) Al diario "La Capital" de esta ciudad, a fin de que remita copia certificada de la ediciones de fechas: 22/06/1975, 18/05/1976, 21/10/1982 y 18/01/2013 (página 8).

4) Al diario "La Nación" para que remita copias certificadas de la página 7 de la edición del 26/02/2013 y de la página 22 del 10/06/2013.

5) Al Juzgado Federal N° 3 de esta ciudad a fin de que remita las siguientes causas o en su defecto copias certificadas: n° 10.735 caratulada "Demarchi, Gustavo s/ Querella" (Secretaria N° 6); n° 2919 "Demarchi, Gustavo s/ Querella" (contra Eduardo Gonzalez de la Secretaría n° 8); n° 3891 "García Berro, Marcelo S/ Encubrimiento (Secretaría N° 8) y n° 3277 "Delgado, Caffarello s/ Derechos de Gentes (Secretaría N° 8).

6) A la agencia TELAM de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de que remita el informe del 20/11/2012 de José Luis Pónsico referente a la CNU.

7) Al Juzgado Federal N° 1 de esta ciudad para que remita las siguientes causas o en su defecto copias certificadas: "Catuogno Josué y Otros" (Toma del Hospital Regional en el año 1973, de la Secretaria n° 2); n° 200 caratulada "Demarchi, Gustavo S/ Denuncia" conjuntamente con la prueba ahí adunada, en especial el libro Luna Roja del Dr. Carlos Bozzi; 16.901 "Del Carril, Elsa Rosa S/ Inf. Ley 25.814", n° 16.871 "Actuaciones relacionadas con causa 15.988 Molina, Gregorio S/ Infracción art. 80 inc. 2°, 119 y 122 del C.P.", copia de la resolución de causa n° 19 (ex 14.451 de la Secretaria n° 4) de fojas 767/769 y cédula que notifica a Gustavo Demarchi de la misma.

8) A la Escuela Nacional de Comercio de Mar del Plata a fin de remitir constancia autenticada del título de Perito Mercantil expedido en 1965 a favor de Gustavo Modesto Demarchi y las constancias de las cátedras que dicto con indicación de las mismas y tiempo de ejercicio.

9) Al Diario "Clarín" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de que remita copia de las ediciones de fecha 11/03/1976 y 25/03/1976 o en su defecto copia certificada de las declaraciones del Partido Comunista de la Argentina que obran en dichas ediciones.

10) Al diario "Página 12" para que remita copia certificada la página 16 de la edición del 21/02/2008.

11) Al Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca para que remita copia certificada de la sentencia dictada en autos n° 982, caratulada "Bayón, Juan Manuel y Otros s/ Privación Ilegal de la Agravada, Aplicación de Tormentos y Homicidio Agravado".

12) A la Municipalidad de General Pueyrredón para que a través de las dependencias pertinentes informe sobre los puntos solicitados, con la expresa exclusión del relativo al local vagamente individualizado en al numeral 3, déficit que impide cualquier tipo de análisis, de lo que sigue su rechazo: a) la ubicación del balneario California en la zona denominada Punta Mogotes, fecha de inicio y cese de la respectiva concesión y adjunte el plano de dicho sector con la ubicación en el mismo del mencionado balneario; b) informe sobre la ubicación del balneario Sea View en la zona denominada Punta Mogotes, fecha de inicio y cese de la respectiva concesión y adjunte el plano de dicho sector con la ubicación en el mismo del mencionado balneario; c) Informe si durante los años 1974 y 1975 sesionó normalmente el Concejo Deliberante y las demás dependencias de la Municipalidad, caso contrario indique las fechas y días que no cumplió con su actividad y razones o causas que lo motivaron; d) informe si durante los años 1974 y 1975 se prohibió el paso y/o circulación por la calle Catamarca entre avenida Colón y la calle Bolívar, en caso afirmativo de razones de la medida.

13) Al Registro Nacional de las Personas para que informe el fallecimiento de Fortunato de la Plaza y al Archivo General del Registro Civil de la Provincia de Buenos para que remita a esta sede copia certificada del acta de defunción.

14) Al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 10 del Departamento Judicial de Mar del Plata para que remita la causa n° 64.721 "Demarchi Gustavo C/ Varela Andrés Ezequiel S/ Daños y perjuicios" o en su defecto copia certificada.

15) Al Consejo de la Magistratura de la Nación para que remita copias certificadas de las resoluciones del 13/08/2009 y n° 422/10 y del descargo del Dr. Eduardo Jiménez efectuado en el expediente n° 56/09.

16) Al Juzgado Penal y Correccional n° 2 del Departamento Judicial de Mar del Plata para que remita la causa n° 16.292 o en su defecto copia certificada.

17) Al Juzgado Civil y Comercial n° 4 del Departamento Judicial de Mar del Plata para que remita la causa n° 75.297 "Demarchi, Gustavo c/ Battaglia, Alfredo S/ Daños y perjuicios".

18) A la revista Cristianismo y Revolución para que remita copia certificada de la tapa de la edición n° 30.

19) A la Cámara de Diputados del Congreso de la Nación para que remita el pedido de informes del expediente 4418-D-2013 de trámite parlamentario 060 del 30/05/2013.

20) Respecto a lo solicitado en el acápite B) puntos t y r, como en el acápite C) puntos a, b, c, j, l, p, el punto 6 y punto 7 en lo que a Gustavo Demarchi respecta, estése a la prueba informativa ya admitida.

21) Tratándose las diligencias que la parte cita en los acápites C puntos d, e, f, h, k, ll, n y o -este último reiteración de lo solicitado en el punto n-, reeditación de aquellas cuyo tratamiento concitara la atención del Tribunal en ocasión de resolver los incidentes de nulidad n° 33013793/2007/TO1/132 y recusación n°33013793/2007/TO1/13, no ha lugar (art. 355 última parte del C.P.P.N.).

VIII) A la peticionada por la Dra. Paula Muniagurría, en su carácter de defensora de Roberto Justel y Fernando Otero (fs. 9125/9131):

TESTIMONIAL

En cuanto a los testigos comunes, estése a la convocatoria ya dispuesta.

Y cítese a los nuevos que propone, siguiendo el orden de correlación:

    163) CROVETTO, Néstor
    164) VACANTE, Pablo
    165) IROS, Luis
    166) LAPADULA, Alfredo
    167) ATOCHKIN, José Ernesto
    168) MIGUELEZ, María Graciela

DOCUMENTAL

Incorpórese la pieza que sigue (art. 392 del C.P.P.N.):

Copia simple "Nueva agrupación en el peronismo marplatense" (fs. 9131).

A la restante, estése a la incorporación ya dispuesta.

INFORMATIVA

Ofíciese:

1) Al Ministerio de Seguridad de la Nación, a fin de que informe cuál fue el temperamento adoptado por el PEN, o en su caso por el E.A. respecto de la agrupación conocida como CNU, más precisamente indique si fue proscripta con anterioridad o posterioridad a marzo.

2) Al I.N.D.E.C. a fin de que informe cuáles eran los valores en 1975 de la canasta básica familiar y del sueldo mínimo establecido oficialmente y si sufrieron variantes durante ese año. De lo contrario, indique cuál es el organismo que pueda responder a lo solicitado.

3) Al Ministerio de Economía para que informe cuál fue el índice inflacionario de 1975.

4) A la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata para fin que informe, con exclusión de la remisión del legajo personal de Roberto Justel que deberá estarse a la incorporación dispuesta: a) el cargo que desempeñara Roberto Justel en la Fiscalía Federal de Mar del Plata durante 1975 y 1976; b) el mecanismo de ingreso al Poder Judicial durante esos años; c) detalle cuáles eran las tareas que, conforme el escalafón vigente el período mencionado, debieron corresponder a Justel; d) indique quién era el encargado de practicar las calificaciones del personal en cada dependencia; e) indique cuál era el ingreso mensual que Justel percibía del Poder Judicial; f) adjunte copias de los recibos de sueldo y de los aportes a la seguridad social; g) toda otra información relativa a la relación laboral que lo vinculara a dicho cuerpo.

5) A la Universidad Nacional de Mar del Plata que informe: a) los cargos que vincularan a Fernando Otero y Roberto Justel; b) las remuneraciones recibidas por los nombrados; c) acompañe los recibos de sueldo respaldatorios y las constancias de aportes a la seguridad social; d) indique el o los cargos del actual escalafón a los que se homologan las supuestas relaciones laborales que vincularan a Otero y Justel a la Universidad, e indique cuál era el mecanismo de ingreso al escalafón no docente en 1975.

6) A la filial local de la CGT a fin que informe si en la misma funcionó o funciona lo que habitualmente se denomina "Bolsa de trabajo". En caso afirmativo detalle el funcionamiento de la misma, indicando cuáles organismos o empresas participaban o participan y si a través de ellas se accedía a algún régimen de pasantías o similar.

7) A la Armada Argentina a efectos que informe si Roberto Justel ha realizado el servicio militar en esa fuerza y, en su caso, indique fecha de incorporación y de baja.

8) A la Parroquia Nueva Pompeya de esta ciudad para que informe la fecha de bautismo de la hija de Carlos Hugo González y Mirta Masid, indicando los datos de quienes oficiaron como padrinos.

9) A la filial local del Partido Justicialista a fin que informe respecto a la conformación de la agrupación "Movimiento Unidad y Renovación Peronista" -M.U.R.P.- e indique su integración y conducción.

Asimismo informe respecto de la integración de la mesa "Cafiero Presidente" y señale la fecha de conformación, miembros e ideario.

10) Al diario "La Capital" de esta ciudad, que acompañe toda constancia documental que obre en sus archivos con posterioridad a 1983 sobre la agrupación justicialista "Movimiento Unidad y Renovación Peronista" -M.U.R.P.- y la mesa "Cafiero Presidente".

11) Al Bloque de Concejales Justicialistas del Concejo Deliberante de Gral. Pueyrredón a fin que informe si Roberto Justel se desempeñó como asesor de algún edil de dicho cuerpo y durante qué período.

12) A la Policía Federal Argentina a fin de practicar un amplio informe de concepto y solvencia respecto de Fernando Otero y Roberto Justel.

13) En relación al pedido a la Universidad Nacional de Mar del Plata de informar la totalidad del plantel que presto servicios durante 1975 tanto en planta docente como no docente, al Archivo Nacional por la Memoria respecto a la causa "Rojas", al Registro Nacional de Reincidencia en relación a los antecedentes de sus defendidos y a la solicitud de un informe de salud respecto a Fernando Otero por el Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, deberá estarse a la prueba admitida en el apartado del Fiscal.

14) Intímese a la interesada a que en el término de 3 días especifique de que Servicio Penitenciario solicita el Legajo de Fernando Alberto Otero, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido.

15) A la reserva de ofrecer más pruebas, derecho con que la parte contó desde el momento mismo en que fue citada a juicio, prórrogas incluidas (art. 354 del CPPN), por improcedente y extemporánea, no ha lugar.

Tiénese por desistido el oficio al RENAR oportunamente solicitado (fs. 9499).

PERICIAL

1) Al Cuerpo de Peritos dependiente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, previa recepción de la información solicitada al INDEC, al Ministerio de Economía, a la Cámara Federal de Apelaciones y a la Universidad Nacional de Mar del Plata, a fin de desinsacular un perito contador para que teniendo a la vista los recibos de haberes, establezcan el valor y poder de compra actual de las remuneraciones percibidas por Otero y Justel.

IX) A la solicitada por el Dr. José Gabriel Galán, por la defensa de Marcelo Arenaza y Mario Ernesto Durquet y a la peticionada por éste (fs. 9132/9168 y fs.8961) :

-

TESTIMONIAL

A los testigos en común, estése a la convocatoria oportunamente dispuesta.

Cítese a:

    169) PORTELA, Mario Alberto
    170) CHACÓN, María Cristina
    171) VAELLO, Rodolfo Martín
    172) FALCONE, Roberto Atilio

A los careos solicitados, estése a las resultas del debate.

DOCUMENTAL

Incorpórense por lectura las siguientes piezas (art. 392 del C.P.P.N.):

1) Copia simple del dictamen fiscal de la Audiencia Nacional Sala Penal - Sección 2- EXT. 2/2013, 6/06/2013 (fs. 9132/9142);

2) Copia simple del auto n° 29/2013 de la AUDIENCIA NACIONAL Sala de lo Penal Sección 002, 11/07/2013, (fs. 9143/9150);

3) Copias simples del D.N.I. de Marcelo Arenaza (fs. 9151/9153);

4) Copia simple Cédula de Identidad de Marcelo Arenaza (fs. 9154);

5) Copias simples del pasaporte argentino de Marcelo Arenaza (fs. 9155/9157);

6) Copias simples constancias de ANSES de Marcelo Arenaza (fs. 9158/9163);

7) Copia simple de la Resolución de Decanato de la Faculta de Ciencias Económicas de Mar del Plata, 8/06/1977 (fs. 9164).

A los restantes puntos, estése a la convocatoria e incorporación oportunamente dispuestos al tratar la prueba de la Fiscalía.

En cuanto a la presentación de los originales puestos a disposición del Tribunal, téngase presente.

INFORMATIVA

Como se pide, ofíciese:

1) A la Policía Federal Argentina a fin de practicar un amplio informe socio-ambiental respecto de Mario Ernesto Durquet y Marcelo Arenaza.

2) Al RENAR a fin que informe si Marcelo Arenaza y Mario Durquet, en 1975, tenían permiso de tenencia o portación de armas de fuego.

3) A la delegación local de la Brigada de Investigaciones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, a fin que informe si en 1975 o 1976 personal de la policía bonaerense, o en colaboración con alguna otra fuerza, allanó el domicilio de calle Dorrego n° 3919 de esta ciudad y eventualmente indique por disposición de que autoridad, con que fines y resultados.

4) A las siguientes instituciones, con excepción de la Escuela Juan Vucetich y el Servicio Penitenciario Bonaerense, debiendo estarse a la incorporación dispuesta en apartado del fiscal: a) Colegio San José; b) Colegio Sagrado Corazón; c) Instituto Superior Guido de Andreis y la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, todos con domicilio en la ciudad de La Plata; a fin de solicitar los antecedentes laborales de Mario Ernesto Durquet.

5) Respecto al libramiento de oficio al Estado Mayor del Ejército y a la Universidad Nacional de Mar del Plata, estése a la prueba informativa de la Dra. Paula Muniagurría.

6) A la solicitud de antecedentes penales, estése al oficio dispuesto en el apartado de prueba del fiscal.

PERICIAL

1) Al Cuerpo de Peritos dependiente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a fin de desinsacular un perito contador para que teniendo a la vista los legajos laborales de Arenaza y Durquet, practique una pericia contable con el fin de establecer el valor y poder de compra actual de los montos de las remuneraciones percibidas

X) A la propuesta por el Dr. José Luis Granel en su carácter de abogado en causa propia y Hugo Enrique Moya abogado defensor (fs. 9107/9113):

A los testigos en común, estése a la convocatoria oportunamente dispuesta

Cítese a:

    173) BONORIS, Eduardo
    174) LAGUYAS, Beltrán
    175) GUALLA, Jorge
    176) SENDÓN, Isabel
    177) CALDERONI, Alicia
    178) CURSAK, Roberto Enrique
    179) CINCOTTA, Eduardo
    180) LEITE, Juan Martín
    181) LUCCHINI, Fernando Daniel
    182) MIGLIORATA, Emir Higinio
    183) NALLY de CASANOVA, Seila
    184) SINGLA de SCHIRO, María
    185) ZUPPI, Luis Alberto
    186) YOFRE, Juan Bautista

Respecto al testigo Daniel Marasco, intímese a la parte para que en el término de 3 días explicite los motivos de citación, bajo apercibimiento de declararlo inadmisible (art. 355 última parte del C.P.P.N.), asimismo deberá individualizar a la "Sra. Castellanos" y los motivos de su citación, bajo igual apercibimiento.

En cuanto los testigos agrupados en la leyenda: "Personal de la inmobiliaria", siendo vaga y por demás imprecisa la referencia, no ha lugar.

DOCUMENTAL

En cuanto a la prueba en común estése a la admisibilidad ya dispuesta; mientras en lo que concierne a la restante, intímese al interesado para que en el término de 3 días indique en qué foja, anexo, caja o legajo se encuentra incorporada, bajo apercibimiento de tenerla por desistida.

INFORMATIVA

Líbrese oficio:

1) Al diario "La Capital" de esta ciudad, para que remita:

a) publicación del mes de mayo de 1975 donde aparece una declaración pública de repudio por parte de José Luis Granel en el Concejo Deliberante, por el secuestro de la Licenciada María del Carmen Maggi y b) toda otra publicación referida a José Luis Granel durante los años 1975/1976.

2) A lo solicitud de oficiar a los Tribunales del fuero Civil y Comercial de Mar del Plata, intímese a la interesada para que en el término de 3 días individualice el expediente -número, carátula y Juzgado en el que tramitó-, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido.

Con calcada finalidad, indique el período que abarca la solicitud de oficio a la Universidad Nacional de Mar del Plata.

3) En cuanto a los testigos cuyos domicilios no se indican siendo carga propia y no del tribunal, no ha lugar.

En cuanto al planteo de excepción de falta de acción impetrado, deberá estarse a lo que el Tribunal sostuvo en ocasión de resolver el incidente n° 33013793/2007/TO1/132, caratulado: "Demarchi, Gustavo Modesto s/ Nulidad", donde dijo que "los suscriptos ni siquiera rozarán el punto medular relativo a si las conductas a juzgar constituyen o no crímenes de lesa humanidad, dado que el mismo se apoya en cuestiones de hecho y prueba que tendrán su ámbito natural de discusión en el debate, a cuyas resultas habrá que estar".

XI) A la peticionada por el Dr. Andrés Barbieri en su carácter de abogado defensor de Luis Roberto Coronel y Juan Carlos Asaro (fs. 9603/9604):

TESTIMONIAL

Tiénese presente la adhesión del Dr. Barbieri a las citaciones solicitadas por las restantes defensas.

DOCUMENTAL

Intímese al nombrado para que en el término de 3 días indique en que foja se haya la documental solicitada, bajo apercibimiento de tener dicha prueba por desistida.

INFORMATIVA

Siendo las indicaciones aportadas imprecisas y que la información es de fácil obtención por la defensa, atento tratarse de una cuestión atinente a su asistido, intímese a la parte a que en el término de 3 días precise el domicilio de la familia Coronel en el período 1974/1976, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido.

Tiénese presente la adhesión a la prueba informativa solicitada por las restantes defensas.

XII) A la peticionada por el Defensor Oficial Dr. Manuel Baillieau en representación de Raúl Rogelio Moleón (fs. 9648/9651):

TESTIMONIAL

A los testigos en común, estése a la convocatoria ya dispuesta. Cítese a:

    187) ÁNGEL, Carlos Alberto

DOCUMENTAL

Incorpórense por lectura las siguientes piezas (art. 392 del C.P.P.N.):

1) Informe producido por el coordinador del archivo general de la empresa Ferrocarril General Belgrano S.A. (fs. 3203/3205);

2) Convenios colectivos de trabajo Nro. 163/75 y 164/75 (fs. 3284/3318);

A la restante documental común, estése a la incorporación ya dispuesta.

INFORMATIVA

Como se pide, líbrense oficios:

1) A la Policía Federal Argentina a fin de practicar un amplio informe de socio ambiental respecto de Raúl Rogelio Moleón.

2) Al Programa de Análisis y Destrucción de Expedientes del Departamento Judicial de Mar del Plata -ex Transición- a cargo de la Dra. Ana Giménez Ortiz de Rozas para que remita la causa 11.905 formada respecto a Raúl Rogelio Moleón en fecha 16/6/72 (la misma es separación de la causa 12.642).

En su defecto, remita copias certificadas de las resoluciones de mérito dictadas respecto al nombrado en los años 1971 y 1972, que consten en el libro de registro correspondiente.

3) Al Ministerio de Defensa, al Ejército Argentino y al Batallón Logístico I del Ejército Argentino ubicado en la ciudad de Tandil a los fines de que informe: a) si el Sr. Raúl Rogelio Moleón, nacido el 28/08/51 prestó el Servicio Militar en dicha agrupación del 30/01/74 al 1/06/75; b) si el nombrado prestó funciones como chofer del autobús de la Unidad; c) en caso de existir un legajo personal del nombrado, deberá remitirse copia certificada del mismo; d) si consta algún permiso de salida del Batallón para los días 20, 21 o 22 de marzo de 1975; e) si el Sr. Carlos Alberto Ángel, DNI 11.329.662, nacido el 13/02/54, prestó funciones en dicha Unidad, especificando la fecha de ingreso y egreso; f) remita los -listados de conscriptos, personal civil, oficiales, suboficiales y demás personal que prestó funciones en los años 1974, 1975 y 1976 en el Batallón Logístico I del Ejército Argentino ubicado en la ciudad de Tandil; g) remita copias certificadas del Libro Histórico del año 1976 de dicha Unidad.

A la solicitud de antecedentes penales, estése al oficio dispuesto en el apartado del fiscal.

En cuanto a lo manifestado respecto de Nicolás Caffarello, téngase presente y requiérase al Juzgado de Instrucción que informe la situación procesal actual del nombrado.

XIII) Desígnese la audiencia del 1 de junio de 2015, a partir de las 10:00 hs., para el comienzo del juicio oral, previsión que abarcará las jornadas siguientes que resulten menester, con citación a las partes, imputados, testigos y demás operadores que deban intervenir (art. 359 párrafo primero del C.P.P.N.).

XIV) Infiriéndose que el debate se prolongará por más de diez días, requiérase de la Secretaría General de la CFCP la designación de un juez sustituto, con las obligaciones y facultades del citado art. 359, en su párrafo segundo del C.P.P.N..

XV) Ordénase el traslado de Gustavo Modesto Demarchi, Raúl Rogelio Moleón y Raúl Arturo Viglizzo quienes se encuentran alojados en Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz y Fernando Alberto Otero en la Unidad n° 31 de San Nicolás, una semana antes del juicio y hasta la finalización del mismo debiendo permanecer en el penal n° 44 de Batán, donde ya se encuentran Juan Pedro Asaro y Mario Ernesto Durquet; conforme el cupo otorgado a fs. 9642 por la Subsecretaría de Política Criminal de la Provincia de Buenos Aires.

Hágase saber al Sr. Jefe de la delegación de Mar del Plata de la Policía Federal, Policía de Seguridad Aeroportuaria y Policía de la Provincia de Buenos Aires que deberán arbitrar las medidas necesarias para garantizar la seguridad de las audiencias. Asimismo, líbrese oficio a la Municipalidad de Gral. Pueyrredón a los efectos que estime corresponder y al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires a fin de que disponga una ambulancia para las audiencias de juicio que oportunamente se darán a conocer.

En lo concerniente a la protección, asistencia y contención de testigos, requiérase al Sr. Director del Programa Verdad y Justicia dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación quien coordinadamente con el Centro de Protección de los Derechos de Víctimas (C.P.V) del Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y el Comité para la Defensa de la Salud, la Ética y los Derechos Humanos (CODESEH), el Centro Fernando Ulloa y el Programa Nacional de Protección de Testigos dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, arbitre los medios pertinentes para contactar y proceder a la notificación escrita de quienes son llamados como testigos a declarar en el marco de la audiencia del debate oral y público a desarrollarse, debiendo cada una de las entidades mencionadas abocarse, a su vez, al ámbito de la tarea que corresponda, según las funciones y finalidades de su creación.

Líbrense oficios, notifíquese.

Ante mí,

Firmado por: ELBIO OSORES SOLER, JUEZ DE CÁMARA
Firmado por: VICTOR BIANCO, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: LUIS IMAS, JUEZ DE CÁMARA
Firmado(ante mi) por: CARLOS EZEQUIEL ONETO, SECRETARIO


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