EQUIPO NIZKOR |
|
08sep11
Sinopsis de las 5.ª y 6.ª Audiencias del segundo juicio contra los represores de la Base Naval de Mar del Plata
JUICIO BASE NAVAL II
Quinta y sexta audiencias 08/09/11El viejo truco de no saber
Declararon dos imputados en el juicio por los crímenes cometidos en la Base Naval de Mar del Plata. Juan Carlos Guyot, ex abogado auditor de esa dependencia del la Armada, desligó las responsabilidades hacia los superiores de los que recibía las ordenes y dijo desconocer que participaba de un grupo de tareas como lo señala su legajo militar. Aldo Carlos Máspero, ex jefe del GADA 601, no pudo explicar cuáles eran las funciones del área que comandaba en el marco de lo que él mismo denominó como "lucha contra la subversión".
"A través de (Roberto Luis) Pertusio y (Juan Carlos) Malugani recibía la mayor cantidad de órdenes", afirmó Guyot, haciendo referencia a los jefes de la Marina de esta ciudad, el primero imputado en esta causa y con una condena a cuestas, y el segundo fallecido el año pasado, en una exposición en la que argumentó su desconocimiento respecto de lo que sucedía entre los meses de agosto a noviembre de 1976, en los que le tocó desempeñarse.
La seguridad con la que defendió su inocencia, aceptando todas las preguntas de las partes, flaqueó por primera vez cuando el abogado querellante César Sivo le mostró su foja de servicio que asegura que formó parte de una fuerza de tareas y califica su actividad militar como "sobre lo normal". Sin embargo el ex auditor de la Base Naval negó saber que alguna vez había participado de esos grupos y que no utilizaba armas porque no le gusta y "siempre me sentí incómodo en ese tipo de actividades".
Guyot está imputado por la muerte de Rosa Ana Frigerio, secuestrada el 25 agosto del '76 en momentos en que se encontraba enyesada desde el pecho a las piernas tras una operación de columna, y asesinada el 8 de marzo del '77 en lo que se dio a conocer como "un enfrentamiento" al sur de la ciudad. "Nunca tuve noticias de su detención, sólo escribía la contestación a los hábeas corpus que me encomendaba Malugani o Pertusio", se desligó. Y agregó que "como padre de cuatro hijos, si me hubiera pasado lo mismo que a sus familiares yo hubiera hecho lo mismo". Aclaró que no recuerda haber tenido la reunión que los padres de la víctima, a quienes acusó de entrar en "contradicciones emocionales", aseguraron mantener con él, pero que "si la tuve es porque recibí una orden para que dijera que su hija estaba bien".
Por su parte Aldo Carlos Máspero, ex jefe del GADA 601 entre 1977 y 1979, a cargo de la sub zona militar XV, defendió su inocencia, al igual que Guyot, alegando desconocimiento de los crímenes cometidos. Sin embargo, cuando enunció que una de las tareas del área bajo su mando era "la lucha contra la subversión", se limitó a describir que el objetivo de que el Mundial 78 se realizara sin problemas en Mar del Plata se cumplió de manera exitosa.
Sin profundizar sobre el significado de dicho concepto manifestó que "no se ejecutó ninguna actividad defensiva de represión bajo ninguna de la fuerzas a mi mando, ni se detuvo a ninguna persona que tuviera alguna actividad subversiva durante mi comando".
Máspero, a quien se le imputan 15 hechos delictivos, aseguró que "aunque tenía una preponderancia en la lucha contra la subversión, el ejército no era fiscalizador de las otras fuerzas", y además negó la coordinación entre las distintas Armas y dijo desconocer lo que sucedía con anterioridad a su jefatura. Respecto de esto último alegó que "no puedo imputar la memoria del fallecido coronel (Pedro Alberto) Barda", su antecesor en el cargo, muerto hace un mes a causa de una enfermedad degenerativa en su casa de Avenida Del Libertador, mientras cumplía una condena por los crímenes cometidos bajo su mando en la sub zona militar XV.
El tribunal integrado por los jueces platenses Jorge Aníbal Michelli (presidente), Nelson Javier Jarazo y Alejandro Daniel Esmoris le otorgó la posibilidad de prestar declaración a los 14 imputados. Solamente Máspero y Guyot accedieron a declarar. El resto se negó amparándose en el derecho que le otorga la Constitución.
Mar del Plata, 08sep11
Corresponsales del Equipo Nizkor
This document has been published on 24Dec11 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.