Colombia
LA IMPUNIDAD AL ORDEN DEL DIA
Luis Guillermo Pérez Casas
Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo
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Indice
I. Introducción.
II. Burocracia e impunidad.
III. Eliminar a los defensores de Derechos Humanos: uno de los pasos para afianzar la impunidad.
Notas Finales
I. Introducción.
La crisis de los derechos humanos en Colombia no ha tenido las manifestaciones externas de las
dictaduras militares que asolaron el continente latinoamericano en las décadas pasadas; pero se ha
alimentado de las mismas prácticas en la comisión de crímenes de tesa humanidad:torturas,
ejecuciones extrajudicales, desapariciones forzadas y genocidio; en un marco similar de terrorismo
de Estado. Lo peculiar y paradoxal a la vez es que hablamos de un formal régimen civil que se ufana
de ser una de las democracias más estables y antiguas del continente |1|.
Ciertamente que el poder militar ha estado sometido a un sector de la sociedad civil en Colombia,
que son las minorías que gozan de los privilegios del poder económico. Minorías que en busca de
perpetuar el statu quo le han concedido a la Fuerza Pública, en particular al Ejército, la facultad de
actuar por fiera de los marcos legales y constitucionales en el "control del orden público". Para
garantizar ese ejercicio servil de la muerte le han ofrecido a sus perpetradores la impunidad sobre
sus acciones criminales. Al terrorismo de Estado corresponde entonces una política de impunidad.
En Colombia en los últimos diez años se han asesinado trescientas mil personas -300.000- alrededor
de cien por día-, treinta mil de las cuales por razones políticas - en promedio diez diarias-, de las
cuales tres perecen en combates entre la guerrilla y la fuerza pública, y siete en ejecuciones
extrajudiciales o masacres. Cerca de un millón de personas han sido obligadas a desplazarse de su
terruño -la mayoría viudas y niños huérfanos- dejando atrás sus ranchos quemados, sus seres
queridos asesinados y cargando con su miseria a cuestas. Dos mil quinientas personas han sido
detenidas desaparecidas, miles han sido detenidas arbitrariamente |2| y miles han sido torturadas.
Estas cifras |3| espantosas que afectan los espíritus sensibles, describen el tamaño del terror y de la
impunidad que padece el pueblo de Colombia.
El propósito de estas reflexiones es el de señalar que más que fallas en el aparato judicial que impide
la persecución del delito y el castigo del verdugo, en Colombia respecto de las violaciones de los
derechos humanos existe una verdadera política de impunidad que compromete no solamente todos
los órganos del Estado, sino los medios de comunicación de masas privados al servicio del capital,
y por parte de las élites que controlan dicho capital, que encubren no solamente los crímenes de lesa
humanidad que el Estado comete, sino la exclusión económica, social y política en que dichas élites
mantienen a la mayoría de la población; todo ello bajo la cortina de humo de un discurso
democrático. Por tanto no resulta incomprensible entender el contraste que se presenta en la
legalidad y la realidad, entre uno de los aparatos judiciales y la burocracia de derechos humanos más
grandes del mundo, con las estadísticas de violaciones y de impunidad más aberrantes del planeta.
II. Burocracia e impunidad:
En efecto el aparato judicial en Colombia cuenta con cinco órganos máximos, independientes entre
sí, encargados de la administración de justicia: La Corte Suprema, la Corte Constitucional el Consejo
de Estado, la Fiscalía General de la Nación y el Consejo Superior de la Judicatura. De otro lado
como órganos de control de la función pública están la Contraloría General de la República y la
Procuraduría General de la Nación, a ésta última está adscrita la Defensoría del Pueblo. La
Procuraduría cuenta a su vez con una unidad de Investigaciones Especiales y con una Delegada de
Derechos Humanos, a la vez que varias delegadas especializadas en las Fuerzas Militares, la Policía
y la Policía Judicial, así mismo extiende su función de control y de protección a los derechos
humanos a cada uno de los municipios del país a través de los personeros.
De otra parte la rama Ejecutiva cuenta con la Justicia Penal Militar, la Consejería Presidencial para
la Defensa, Protección y Promoción de los Derechos Humanos, con unidades de Derechos Humanos
en el Ministerio del Interior, de la Defensa y cada una de las guarniciones militares y de policía, así
como en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Congreso de la República tiene por su parte una Comisión de Derechos Humanos tanto en el
Senado como en la Cámara de Representantes. Además el Parlamento debe ejercer en su conjunto
el control político sobre el uso de los estados de excepción.
Si añadimos a lo anterior que el Estado colombiano contempla en su Carta Política más de cien
artículos que consagran los derechos humanos y mecanismos de protección de los mismos como el
hábeas corpus, las acciones de tutela (o acciones de amparo) y las acciones de cumplimiento; al
tiempo que reconoce la primacia del Derecho Internacional de los Derechos Humanos sobre el
derecho interno (Arts. 93 y 94 de la Constitución). Y que ha firmado y ratificado casi la totalidad de
declaraciones, convenciones y pactos referidos a los Derechos Humanos. No podemos menos que
sentirnos estupefactos cuando la formalidad y el discurso se convierten frente a los hechos en
mecanismos de perpetuación de las violaciones y en afirmación de la irnpunidad.
Por qué éstos órganos encargados de velar por el imperio de la ley no han correspondido a las
expectativas de un Estado de Derecho? Debemos brevemente explicar las razones que nos parecen
fundamentales para comprender el papel que estas entidades han cumplido en la degradación de la
institucionalidad democrática.
Restricción de los mecanismos de protección de los derechos
fundamentales.
A partir de la Constitución de 1991 cualquier persona puede interponer acciones de tutela para que
se salvaguarde un derecho fundamental, propio o ajeno, que esté siendo vulnerado o pueda ser
vulnerado por una autoridad pública (Art. 86). La reacción del aparato judicial a ésta norma fue
adversa y se impuso una reglamentación restrictiva -tanto del punto de vista del procedimiento como
del derecho sustancial- que desconoce el espíritu del mandato constitucional. Además los jueces y
magistrados en general son reacios a defender los derechos fundamentales de las personas que son
atacadas por ser consideradas subversivas, que es precisamente la razón fundamental por la cual se
han presentado y se siguen presentando la mayor parte de las violaciones a los derechos humanos
|4|. Lo mismo puede decirse con la acción de hábeas corpus (art. 30) que precisamente está
consagrada para proteger a las personas detenidas arbitrariamente, pero cuyo derecho ha sido
restringido en la ley por iniciativa del Ejecutivo -por decreto en uso de facultades de excepción,
(Decreto 1156 de julio de 1992)-, respaldado por el Congreso -convirtiéndolo en legislación
permanente, ley 15 de 1992- y con la complacencia de la Corte Constitucional que en el proceso de
exequibilidad la consideró ajustada a la Carta Política (Sentencia C-301 del 2 de agosto de 1993).
La instrumentalización política para la guerra del aparato Jurídico.
Es la tendencia generalizada y asumida por los propios magistrados y jueces. El Ejecutivo, el
Congreso y la gran prensa presionan para que las normas no se piensen ni se apliquen
independientemente de las estrategias de guerra contra la subversión. El derecho se relativiza hasta
desaparecer cuando la víctima de una violación lo ha sido por presumírsele subversiva, de tal forma
que ha sido torturado se ignoran las torturas, si ha sido detenido arbitrariamente se ignora la
ilegalidad de la retención; o si han sido ejecutados extrajudicialmente, desaparecidos o masacrados
no habrán investigaciones penales y si excepcionalmente las hay no habrán sentencias condenatorias
o en el peor de los casos nunca se harán efectivas. Por la misma causa se produce también el
fenómeno inverso, se aplica la acción judicial con máximo rigor desbordando a menudo los marcos
del debido proceso cuando a la persona se le sindica de pertenecer a una organización subversiva |5|.
Esta instrumentalización política se expresa además de lo señalado, de las siguientes maneras:
Constitucionalizando la legislación de guerra.
En la práctica ha provocado la existencia de dos constituciones una garantista de los derechos y otra
nacida de los Decretos de Estados de Excepción que han sido convertidos en legislación permanente
pese a vulnerar los derechos consagrados en la Carta Política |6|. En ello las responsabilidades han
sido compartidas en las ramas del poder público: El Ejecutivo que una vez levantado el Estado de
excepción presenta como proyectos de ley los decretos que ha dictado en uso de esas facultades, el
Legislativo que convierte dichos proyectos en leyes, y la Corte Constitucional que los avala.
Afirmando el autoritarismo presidencial.
La Corte Constitucional y el Congreso al darle vía libre a las declaratorias de los Estados de
Excepción y a los decretos de conmoción afirman una práctica que ha terminado por confundir y
pervertir el necesario control entre las ramas del poder público. Las crisis políticas, las
improvisaciones y errores de la política criminal o del control del orden público se saldan por parte
de los gobiernos abusando de los Estados de Excepción |7|. La Corte el 18 de octubre de 1995, en
un fallo sin precedentes declaró inexequible la declaratoria de Conmoción Interior hecha por el
Presidente Samper dos meses antes, considerando que el Gobierno violó el art. 4 del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el art. 27 de la Convención Americana de Derechos
Humanos |8|. No obstante el Congreso cubrió de impunidad política al Gobierno al no abrirle el
juicio correspondiente como era su obligación constitucional. Luego el 2 de noviembre de l995, el
Gobierno volvió a declarar la Conmoción Interior, so pretexto del asesinato de un líder político de
derecha en el que estarían involucradas las propias Fuerzas Armadas; la Corte Constitucional en la
acción ambigua que la ha caracterizado, la declaró exequible en fallo de enero de 1996,
contradiciéndose con los argumentos que había expresado tres meses atrás. Así el ciclo de
violaciones a la Carta Política se reproduce desde las más altas autoridades del Estado, asegurando
recíprocamente la impunidad política y jurídica de sus actos.
Otorgándole competencia a los verdugos para que investiguen y
juzguen sus propios crimenes.
Este es uno de los ejes centrales en que se ampara con la impunidad a los terroristas de Estado,
reviste las siguientes formas:
a) La justicia negando la justicia.
Cuando ha sido posible que la Fiscalía General de la Nación inicie investigaciones penales contra
miembros de la Fuerza Pública comprometidos en crímenes de tesa humanidad, ésta hace operar los
mecanismos de la Justicia Penal Militar para provocar colisiones de competencias que ha de derimir
la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, quien reiteradamente ha sustraído dichos
procesos de la justicia civil con el argumento de que todos los crímenes cometidos por miembros de
la Fuerza Pública, incluso violaciones carnales se consideran actos del servicio o con ocasión del
servicio |9|. Dichas decisiones son discutibles en derecho y están mediadas por la voluntad implícita
de los magistrados de contribuir a la política de impunidad sobre las violaciones a los derechos
humanos |10|. Su ausencia de independencia en las decisiones podemos confirmarla con la decisión
de las Fuerzas Armadas de ascender ad honorem al cargo de Brigadieres Generales a las magistradas
de ese órgano de justicia Luz Stella Mosquera y Myriam Donceto de Montoya "por sus servicios
rendidos a las Furzas Militares |11|, hecho que ya desdice de la imparcialidad de éste órgano de
justicia, y que se ejemplifica en las siguientes decisiones:
1. El 5 de octubre de 1993, tropas del Batallón Palacé bajo el mando del Teniente Coronel Luis
Felipe Becerra Bohórquez, simulan un efrentamiento armado para justificar la masacre de trece
campesinos en el municipio de Trujillo, Departamento del Valle, entre ellos un anciano de 75 años
de edad, seis mujeres, dos de las cuales menores de edad y una embarazada, todas torturadas y
violadas. El hecho se presentó como un exitoso operativo militar contra una columna guerrillera, a
algunas de las víctimas se les colocó trajes y armas de uso privativo de las Fuerzas Militares. La
justicia penal militar inicia la "investigación" una vez trasciende a la opinión pública la verdad. Al
Coronel quien se había confesado responsable intelectual de la matanza de los presuntos guerrilleros
se le impuso una caución de U.S. 70 como medida de aseguramiento; la Fiscalía sólo entra a discutir
la competencia en la investigación trece meses después de los hechos y dicta una orden de captura
contra el Coronel quien nunca se hizo efectiva porque entretanto la Justicia Penal Militar provocó
colisión de competencias y en el mes de marzo de 1995 el Consejo Superior de la Judicatura decidió
a favor de los intereses militares.
2. Dos miembros de la Red de Inteligencia número 7 de la Armada Nacional adscrita a la Dirección
de Inteligencia de las Fuerzas Militares señalan públicamente la responsabilidad de dicha red bajo
la dirección del Coronel Rodrigo Quiñónez en el asesinato de más de cien personas en el puerto
petrolero de Barrancabermeja y sus alrededores, entre los años 1992 y 1993; la mayoría de las
víctimas eran sindicalistas, defensores de derechos humanos y líderes populares. La denuncia del
suboficial y del ex-suboficial dio lugar a la iniciación de un proceso penal en la Fiscalía General, al
tiempo la Justicia Penal Militar reacciona para reclamar la competencia quien le es otorgada el 11
de agosto de 1994 con ponencia del magistrado Leovigildo Bernal. Entonces la Justicia Penal Militar
vincula a la investigación y ordena la detención, no del Coronel Rodrigo Quiñónez, sino de los
denunciantes quienes son puestos prisioneros y uno de ellos Saulo Segura es asesinado en la cárcel
en la que estaba internado en la ciudad de Bogotá el 30 de diciembre de 1995 |12|.
3. El día 15 de enero de 1955, en el corregimiento de Puerto Patiño del municipio de Aguachica,
Departamento del César, son detenidos y ejecutados extrajudicialmente siete personas y una más
detenida desaparecida. Las víctimas fueron señaladas de ser guerrilleros o auxiliadores de la
guerrilla. En el mismo municipio y los alrededores entre el 7 de agosto de 1994 y el 31 de diciembre
de 1995, se presentaron 217 Ejecuciones Extrajudiciales y 14 desapariciones forzadas. En la zona
se ha consolidado el paramilitarismo como proyecto contrainsurgente, así lo denunció el propio
Comandante de la Policía de Aguachica quien estableció que el mayor del Ejército Jorge Lázaro
Vergel responsable militar de la base de Aguasclaras con poder de mando sobre las bases de
Aguachica y Morrison, era el principal ejecutor del paramilitarismo. La Fiscalía General dictó contra
el Mayor "orden de detención sin beneficio de excarcelación por fomentar y auxiliar estructuras
paramilitares y por su posible participación en la masacre de Puerto Patiño" |13|. El Mayor no fue
conducido a una cárcel, el Ejército comunicó que se encontraba recluido en una base militar en la
ciudad de Bucaramanga, entretanto la Justicia Penal Militar provocó la colisión de competencias y
el Consejo Superior de la Judicatura decidió asegurar el camino de la impunidad entregándoles el
" Juzgamiento del Mayor Lázaro Vergel".
4.- El 8 de octubre de 1996 la mencionada corporación judicial resolvió la colisión planteda por una
masacre de 17 campesinos cometida en abril de 1991 en el sitio conocido como "Los Uvos",
departamento del Cauca, en la que actuaron conjuntamente militares y paramilitares; decidió no
solamente que los crímenes contra la humanidad son hechos relacionados con el servicio militar sino
además legitimó el paramilitarismo al decir " ...También es lógico que en su afán de proteger la vida
de sus colaboradores los doten de prendas militares para pasar desapercibidos ante la comunidad e
igualmente los doten de armas para su protección". La magistrada ponente de esta aberrante decisión
judicial fue Myriam Donato de Montoya. De esta manera se cierra el círculo de la impunidad, aunque
como en los casos citados, las pruebas sobre las responsabilidades se hayan hecho públicas e
irrefutables. Los magistrados se convierten en una parte sustancial de la cadena del crimen y del
terror.
5.- E1 11 de octubre de 1996 la 1996 la Fiscalía General de la Nación profirió orden de detención
preventiva contra el general Faruk Yanine Díaz sindicado de promover grupos paramilitares y varias
masacres en el Magdalena Medio durante los años ochentas. Entre los hechos que se le imputan al
General Yanine se encuentra la matanza de 19 comerciantes asesinados el 6 de octubre de 1987,
cuando se desempeñaba como Comandante de la II División del Ejército. Las 19 víctimas eran
negociantes de electrodomésticos y fueron acusados de ser "auxiliadores de la guerrilla", los
perpetradores de la matanza fueron miembros de un grupo paramilitar financiado por
narcotraficantes, protegidos y promovidos por el Ejército.
Contra el General Yanine, desde que era Comandante de la XIV Brigada en 1984, se lanzaron graves
acusaciones de ser violador de los derechos humanos. Pese a ello fue ascendido al Comando de la
II División, luego al Cuartel General del Comando General de las Fuerzas Militares en 1989, al
Estado Mayor como Subcomandante y a la Inspección General del Ejército en el mismo año; en 1990
fue promovido al Comando General del Ejército y en 1991 como Jefe del Estado Mayor Conjunto
de las Fuerzas Militares. Desde noviembre de 1992 fue nombrado Delegado ante la Junta
Interamericana de Defensa en Washington, donde permaneció hasta el dos de octubre de 1996
desempeñándose como "asesor distinguido del Colegio Interamericano de Defensa, organismo
multilateral dedicado a la promoción de los derechos humanos" |14|
La colisión de competencias planteada por la Justicia Penal Militar fue decidida en diciembre de
1996 por el Consejo Superior de la Judicatura a favor de los militares. Días antes el entonces
Comandante del Ejército, general Harold Bedoya, hoy Comandante de las Fuerzas Militares, quien
fue uno de sus alumnos en la escuela del terror, y quien por tanto tendría la competencia para
juzgarlo se refirió a él reivindicándolo como un héroe, comparándolo con los próceres de la
independencia Simón Bolívar y José María Córdoba.
6.- El 19 de febrero de 1997 el Consejo Superior de la Judicatura, mantuvo su postura al "dirirnir un
conflicto de competencias, en un proceso por una matanza de 45 personas, en la que están vinculados
siete militares -entre ellos el general Raúl Rojas- y dos policías. Con la decisión el órgano judicial
declaró competente a la Justicia Penal Militar para que asuma la causa contra los involucrados en
el asesinato colectivo, uno de los más graves cometidos en Colombia. La matnza tuvo lugar el 11
de noviembre de 1988 en Segovia, población del departamento de Antioquia y fue atribuida a un
grupo paramilitar que irrumpió en el casco urbano del pueblo y disparó contra transeúntes y
conterturlios en establecimientos públicos. Una supuesta venganza política, por el respaldo que
recibieron los candidatos de izquierdas a la Alcaldía y al Consejo, fue mencionada en su momento
como causa del crimen masivo.|15|
b) El Congreso contribuyendo en la política de impunidad.
La Corte Constitucional en una de sus ambivalencias positivas, el 29 de marzo de 19995 declaró
inconstitucional el inciso segundo del art. 656 del Código Penal Militar, Decreto 2550 de 1988,
considerando que los militares en servicio activo no pueden integrar las cortes marciales ya que no
garantizan una administración de justicia independiente e imparcial. Este fallo de la Corte
Constitucional abría el camino para una reforma del fuero penal militar que evitaría que los mismos
militares que cometen los crímenes se juzguen así mismos; mas el Congreso en la reforma
constitucional más rápida en la historia del país dio al traste con la pausible jurisprudencia y
modificó el art. 221 de la Carta Política consagrando de manera expresa que los tribunales militares
podrán estar integrados por oficiales en servicio activo de las Fuerzas Armadas. El ponente de dicha
iniciativa fue Germán Vargas Lleras |16|, familiar de un expresidente, y miembro del Partido Liberal,
que a su vez es el partido del Presidente Samper, quien no manifestó ninguna objeción a dicha
iniciativa, el Partido Conservador también le dio su pleno respaldo. Ello confirma los lazos de la
clase política tradicional en la política de impunidad.
c) La justicia no se admite para los intocables.
En Colombia a diferencia de otros países de América Latina la impunidad para los violadores de los
derechos humanos no se ha asegurado a través de indultos o amnistías. Bajo la máscara de la
administración de justicia a través del fuero penal militar se ha ido asegurando la absolución de todos
los responsables del terrorismo de Estado. El fuero no es la impunidad en sí misma, pero es el medio
hacia la impunidad. Sí resalto esta reflexión, es porque la voluntad política del Poder Ejecutivo
queda comprometida, la Justicia Penal Militar está bajo su jurisdicción y el Presidente es
constitucionalmente el "Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas" en tal virtud puede dirigirla
y disponer de ella -art. 189, C.N.- Es decir que podría influir no solamente para prevenir las
violaciones a los derechos humanos, sino que a través de la misma vía podría garantizar que el Fuero
Penal Militar no se convierta en un instrumento de impunidad. Mas en Colombia los factores real
de poder invierten las reglas de la sujeción y son los gobernantes civiles los que terminan
sometiéndose a las directrices militares. Es más fácil en Colombia meter a la cárcel a un ministro de
Estado que a un general responsable de violar los derechos humanos |17|.
El sutil discurso de los funcionarios públicos que encubren el
terrorismo de Estado.
Dentro del Estado colombiano existe una amplia burocracia especializada en la teoría de la
democracia y en las refinadas prácticas de la diplomacia. Qué observador internacional no se
sorprende al visitar el país y encontrar una amplia red de autoridades civiles que los reciben con
gentileza, con puertas abiertas, con disposición autocrítica en los diálogos y con confesión de las
graves fallas que afectan al aparato de Estado?. Quién no reconoce que hay una grave crisis de
derechos humanos? Quién no reconoce que hay impunidad? Quién podría dudar al escucharlos de
que tienen una real voluntad política de ponerle fin a los desafueros y a la barbarie?. Si el observador
internacional sale de Colombia convencido de que con tales funcionarios se pondrá fin a la crisis
humanitaria y deja de hacerle un seguimiento a la situación, podrá sorprenderse años más tarde al
regresar al país de que el funcionario público conserve su mismo cargo o haya sido ascendido aunque
la situación se haya agravado, encontrará que el discurso seguirá siendo el mismo, quizás un poco
más profesional. Si el observador visita con frecuencia el país terminará descubriendo que detrás de
los bellos discursos existe una gran dosis de cinismo.
Estos mismos funcionarios se ocupan en el exterior de relativizar la responsabilidad estatal en las
violaciones a los derechos humanos con el fin de evitar que la comunidad internacional se ocupe
como es debido en la crisis humanitaria colombiana. Es decir que respecto a la acción debida de los
mecanismos internacionales de protección de los derechos humanos generan una especie de
impunidad diplomática, por supuesto con la complacencia de los otros Estados |l8|.
Podemos encontrar como ejemplo de lo dicho la accción de la Consejería Presidencial para la
Protección, la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, creada en 1988 y convertida desde
entonces en el baluarte del discurso democrático de la represión estatal |19|. En una primera etapa
se dedicaron a mostrar al Estado como víctima de las manifestaciones extremas de la violencia
ubicadas en el narcoterrorismo v.s. la guerrilla. Agotado este planteamiento por la tosudez de los
hechos que fueron demostrando que la mayor parte de la responsabilidad de la violencia política le
correspondía al Estado, pasaron de aceptar que había algunos miembros de la Fuerza Pública que
de manera aislada violaban los derechos humanos a aceptar que una parte importante de las
violaciones se producen por la acción de la Fuena Pública |20|.
Cifras, manipulaciones y mentiras en los discursos de los funcionarios
públicos:
El Dr. Carlos Vivente de Roux, Consejero Presidencial para los Derechos Humanos desde la
administración de César Gaviria Trujillo y en la actual del Presidente Ernesto Samper Pizano ha
negado que las violaciones de los derechos humanos obedezcan a una política estatal, ha negado que
el paramilitarismo tenga como causa principal la estrategia contrainsurgente de las Fuerzas Armadas
y ha negado que se propicie desde el Estado una política de impunidad |2l|. Quizás por ello es de lo
pocos funcionarios públicos con altas responsabilidades políticas que no ha sido removido de su
cargo. No solamente por negarlo, sino por tener la habilidad de darle un marco de verosimilitud a
sus palabras, de paso responsabilizando a la guerrilla colombiana "como ninguna otra en el mundo,
de las prácticas propias de la delincuencia común en el desarrollo de su actividad militar" |22| o
indicando que la "guerrilla es la responsable de la mitad, por lo menos, de la problemática
humanitaria que padece el país. Si su comportamiento se compara con los estándares de los grupos
irregulares que combaten contra los Estados a lo largo y ancho del mundo, se verá que ninguno de
esos grupos la supera en la utilización de los métodos propios de la delincuencia común y en el
irrespeto por el derecho humanitario" |23|.
Lo anterior podría pasar sin mayores controversias, si el Consejero a continuación no afirmara que
se han presentado efectos positivos por las medidas gubernamentales, cuyo "más importante consiste
en una reducción de los casos de violación de los derechos humanos cometidas por miembros de las
fuerzas militares y de policía. Esta reducción ha sido constatada no solo por organismos nacionales
de control, como la Procuraduría General de la Nación, sino también por organizaciones no
gubernamentales nacionales e internacionales y por agencias de gobiernos que ejercen monitoria
sobre la materia" |24|
La Comisión Intercongregacional de Justicia y Paz reportó para el año de 1995: 944 asesinatos
políticos, 662 asesinatos presumiblemente políticos, 200 asesinatos presumiblemente por limpieza
social, 899 muertes en acciones bélicas, 3822 asesinatos obscuros y 111 desapariciones forzadas.
Sobre la presunción de responsabilidad de los hechos de violencia política para el mismo año señaló:
Militares 28.4 %, Policías 10.9 %, Paramilitares 5.7 %, otros organismos del Estado 5.2%, Guerrillas
10.7 %, narcotraficantes 0 % y sin información un 35.2%. Es decir que la responsabilidad del Estado
en la violencia política fue cinco veces superior a la responsabilidad atribuible a los grupos
insurgentes. Y cuando el Consejero Presidencial reporta que "al menos la mitad" de la crisis
humanitaria, es responsabilidad de la guerrilla sin sustentar su afirmación, está tergiversando las
cifras para relativizar la responsabilidad del Estado, convirtiendo de paso su oficina en un
instrumento de la "Guerra Psicológica" |25|. Así implícitamente se justifica la acción militar.
Según el Comité Permanente para la Defensa de los Derechos Humanos durante 1996 registraron
en su banco de datos 2306 homicidios de naturaleza política, de los presumibles autores identificados
se señala que la Fuerza Pública y los paramilitares serían responsables del 31.18%, y la guerrilla y
milicias del 12.31%. La tendencia señala una responsabilidad creciente de los grupos paramilitares,
que es la forma estratégica de la guerra sucia que ahora prefieren las Fuerzas Armadas, frente a los
cuales manifiestan que no tienen articulación alguna.
Narcotráffco y violencia política:
El tema de la lucha contra el narcotráfico le ha servido al Estado colombiano para desviar la atención
mundial sobre su propia responsabilidad en el fenómeno de la violencia o incluso para justificara Ha
sido común que el Gobierno o los medios de comunicación al servicio del militarismo atribuyan la
responsabilidad "de la mayoría de los homicidios políticos a los traficantes de drogas y a los grupos
guerrilleros", como lo ha dicho Amnistía Internacional: "Las organizaciones dedicadas al tráfico de
drogas han recurrido a los delitos violentos en campañas de atentados indiscriminados con bombas
y a los asesinatos de ministros del gobierno, funcionarios judiciales, periodistas y otras muchas
personas que se oponían a sus actividades delictivas. Sin embargo, la percepción del tráfico de
drogas como causa principal de la violencia política en Colombia es un mito" |26|
El Gobierno respecto a las estadísticas que señalarían un reducido margen de la participación del
narcotráfico en la violencia política ha dicho: No es cierto que los narcotraficantes solamente
respondan del 2% de la violencia política en el país...esa estadística olvida el papel profundo del
narcotráfico que se ha territorializado, que ha comprado tierras en muy amplias zonas de Colombia,
en la creación de grupos paramilitares" |27|.
A este planteamiento hay que responder que efectivamente el narcotráfico financia el
paramilitarismo y promueve la violencia política, que ciertamente el narcotráfico no ha sido ajeno
a la instrumentalización de la represión. En esa perspectiva el narcotráfico ha sido utilizado por el
Estado en un doble sentido: Para justificar la consecución de grandes recursos en el exterior que de
dedicarían a "combatirlo" pero que se desvían a la lucha contrainsurgente. Y para financiar
operaciones encubiertas de la Fuerza Pública y la implementación del paramilitarismo.
Para ejemplificar el primer planteamiento resulta ilustrativo las denuncias del linguista Noam
Chomsky al resaltar que el Estado de Colombia es el mayor violador de los derechos humanos en
el hemisferio americano a la vez que es recompensado con la mayor concesión de asistencia militar
por parte de los Estados Unidos: "El pretexto de Estados Unidos para apoyar estas atrocidades es la
guerra contra las drogas, que se convirtió en una obsesión nacional al ser lanzada por George Bush
en septiembre de 1989; más bien, uno debería decir se relanzó, ya que este es un hecho que ocurre
regularmente. Un mes antes, el cargamento más grande de armas jamás autorizado bajo la ley de
provisiones de emergencia para Ayuda Extranjera fue enviado al Ejército de Colombia, sentando las
bases, informa William Hartung, "para enviar más armamento estadounidense del que se recibió en
Colombia durante toda la década de los ochenta" lo que ya era excesivo. Se enviaron al Ejército:
helicópteros, aviones, y otras cosas, inútiles en la guerra contra la droga, tal como se indicó en ese
momento. Entre el 90 y el 95% de las operaciones antinarcóticos son dirigidas por la Policía
Nacional, y no con bombarderos y helicópteros. Estos tienen otros usos. Grupos de derechos
humanos pronto informaron de bombardeos a poblaciones, masacres y otras atrocidades. Los efectos
de los envíos de armamento podrían muy bien probablemente haber sido dirigidos a fortalecer los
lazos entre las fuerzas de seguridad y los narcotraficantes, y las clases propietarias de tierra asociadas
con ellos" |28|.
El segundo planteamiento además de lo aceptado por el propio Gobierno, se ha demostrado en
numeros hechos de violaciones a los derechos humanos en que han participado militares, policías,
paramilitares y narcotraficantes en acciones conjuntas:
107 personas fueron detenidas, torturadas, descuartizadas en vida con una motosierra eléctrica y sus
restos lanzados en costales a las aguas del río Cauca, en el municipio de Trujillo, departamento del
Valle. Estos hechos atroces se cometieron entre octubre de 1998 y mayo de 1991. Muchas de las
víctimas se habían atrevido a denunciar las aberraciones cometidas. El principal testigo y
denunciante fue partícipe de los hechos como informante del Ejército. Su testimonio fue considerado
como resultado de perturbaciones mentales que lo aquejaban, luego fue asesinado. Pero su
testimonio permitió comprobar las relaciones estrechas entre narcotraficantes (vnculados a la cúpula
del Cartel de Cali), paramilitares, policías y militares que actuaron conjuntamente en la
desencadenación de estos hechos de terror |29|.
El 5 de octubre de 1993 fueron masacrados 13 campesinos en el municipio de Riofrío, departamento
del Valle. En la masacre participaron paramilitares, policías y militares, uno de los autores
intelectuales fue un reconocido narcotraficante de la región miembro del Cartel de Cali. |30|.
El 16 de diciembre de 1991, en el municipio de Caloto, Departamento del Cauca fueron masacrados
20 indígenas de la comunidad Paéz y sus ranchos incendiados. La autoría intelectual tuvo origen en
narcotraficantes del Cartel de Cali y los ejecutores fueron sicarios a su servicio y oficiales de la
Policía Nacional |31|.
El 14 de enero de 1990, 43 habitantes de Puerto Bello,- municipio de Turbo, Urabá antioqueño-fueron detenidos, se les colocó boca abajo, se les ató de las manos y luego les obligaron a subir a dos
camiones que les llevó a la ciudad de San Pedro de Urabá. Testigos presenciales los vieron pasar por
dos controles del Ejército. Las investigaciones oficiales establecieron que los responsables de los
hechos fue un grupo paramilitar bajo las órdenes de Fidel Castaño, conocido con el alias de
"Rambo": "Tras oír el testimonio de un desertor del grupo paramilitar, las autoridades judiciales y
policiales registraron dos ranchos del Departamento de Córdoba pertenecientes a Fidel Castaño en
los que encontraron nueve tumbas clandestinas. En ellas había 24 cuerpos que mostraban señales de
tortura; se cree que 20 pertenecía a habitantes de Pueblo Bello " |32|. La detención desaparición,
torturas y ejecuciones de estos 43 campesinos tuvo como causa el robo de 43 cabezas de ganado de
propiedad del narcotraficante. De esta manera daba una lección de terror a la población que
supuestamente colaboraba con la insurgencia. Fidel Castaño actuó como jefe militar del Cartel de
Medellín y luego del Cartel de Cali, ha sido procesado y condenado por otras masacres de
trabajadores de las fincas bananeras, en las que actuado en colaboración con el Ejército colombiano.
Desde hace varios años él y sus hermanos jefes de los grupos paramilitares de la región, con el apoyo
de la Fuerza Pública desarrollan una campaña de aniquilamiento de todos aquellos quienes son
considerados simpatizantes de la insurgencia armada. Fidel Castaño se dirigió al Gobierno para
criticar el cuestionamiento de los grupos paramilitares porque: "Las Fuerzas Armadas, como
nosotros, nos consideramos aliados y amigos circunstanciales, ya que compartimos un enemigo
común más poderoso que ambos" |33|. Pesen a tener él y sus hermanos varias órdenes de captura en
su contra, el Ministro del Interior, Dr. Horacio Serpa Uribe se reunió con ellos en el mes de enero
de 1996 con el propósito de dialogar su "reintegración a la vida civil".
"Desde finales de 1994, el grupo paramilitar "Serpiente Negra" desató en el departamento del Meta
una ofensiva contra la población de la región del Alto Ariari y contra el Comité Cívico de Derechos
Humanos del Meta, el cual fue desterrado de la región en febrero de 1995 y todos sus miembros
amenazados de muerte. Varios miembros del Batallón de Infantería N 21 "Vargas ", acantonado en
la región, han sido asociados a distintas acciones del grupo Serpiente Negra. Víctor Carranza Niño,
conocido negociante de esmeraldas y señalado reiteradamente como narcotraficante por distintas
autoridades, lidera el grupo paramilitar" |34| En 1989 dos integrantes de los grupos paramilitares
conformados por Víctor Carranza, confesaron que por órdenes de éste habían ejecutado a varios
miembros de la Unión Patriótica habiendo recibido el apoyo del Batallón Vargas y de la VII Brigada.
Carranza les pagó sus servicios permiténdoles explotar sin límites una de sus minas de esmeraldas
durante un mes. Posteriormente el Das -Departamento Administrativo de Seguridad- conoció que
desde las haciendas de Carranza se entrenaban los grupos paramilitares y en una de ellas hayo fosas
clandestinas con varios cadáveres y armas de uso privativo de las Fuerzas Armadas. Pese a ello
Carranza y sus hombres fueron absueltos luego de que se pusiera una bomba en el apartamento del
abogado que representaba a las víctimas, se amenazara de muerte a la agente del Ministerio Público
y se comprara a la Juez que llevaba a cargo la investigación. |35|
Muchos otros testimonios se han recogido judicialmente contra Víctor Carranza, sin embargo no
solamente continúa en libertad, sino que en marzo de 1996 participó en una conferencia a la que fue
invitado por Juan Manuel Santos, ex-ministro del Gobierno de Samper, en la que estuvo presente
el General Manuel José Bonnet |36|, varios ministros de Estado y
algunos expresidentes |37|.
Josué Giraldo Cardona, Presidente del Comité Cívico de Derechos Humanos del Meta, denunció en
el Parlamento Europeo y en Naciones Unidas los crímenes cometidos por Víctor Carranza y la
participación por acción y omisión en ellos de las Fuerzas Armadas. Josué fue asesinado el 13 de
octubre de 1996 frente a sus dos pequeñas hijas de 3 y 5 años de edad, en su casa en la ciudad de
Villavicencio.
Podríamos seguir mencionando muchos otros hechos, recientes y pasados |38| en el que es clara la
relación entre miembros de la Fuerza Pública, narcotrafilcantes y paramilitares en la comisión de
crímenes de tesa humanidad. Sin embargo los señalados son una muestra fehaciente de los tejidos
del terror y de la impunidad denunciados. El narcotráfico no es un generador independiente de
violencia política, ha estado estrechamente ligado a las estrategias represivas del Estado. De otro
lado no podemos olvidar que el actual Presidente, Dr. Ernesto Samper Pizano be elegido por los
aportes significativos del Cartel de Cali lo que ha ocasionado que quien fuera el tesorero de la
campaña presidencial esté detenido, que quien fuera el gerente de la misma y posteriormente
ministro de la Defensa esté preso, que se haya llamado a indagatoria a tres de los ministros
(Relaciones Exteriores, del Interior y Comercio Exterior) que el propio Samper por ello haya sido
acusado ante el Congreso por el Fiscal General de la Nación; y que para sortear la crisis política y
de gobernabilidad que dicho escándolo le ha generado, el Presidente renunció a la política de paz y
ha cedido por completo a las pretensiones de la extrema derecha como única manera de mantenerse
en el gobierno |39|.
III. Eliminar a los defensores de derechos humanos:
Uno de los pasos para afianzar la impunidad.
El Presidente Samper señaló en discurso público que "como Presidente y Comandante en Jefe de las
Fuerzas Armadas prefiero a los militares enfrentados a la subversión en las montañas y no en los
juzgados del país contestando requerimientos infundados presentados por sus enemigos" |40|. Con
esta frase el Presidente tiende de un lado un manto de impunidad sobre todas las violaciones a los
derechos humanos cometidas por la Fuerza Pública que se estén investigando en alguna agencia
estatal, con el mensaje claro que si investigan y sancionan están favoreciendo a la subversión, lo cual
constituye un mensaje intimidatorio para dichos funcionarios. De otra parte descalifica y expone a
la represión a las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos y a las víctimas de
violaciones de esos derechos o a sus sobrevivientes que denuncien, al equipararlos a la categoría de
"enemigos", es decir de subversivos y por tanto blancos legítimos de la confrontación. Esta frase del
Presidente implica la confirmación de la impunidad como política estatal y de la perpetuación del
terrorismo como consecuencia.
Este discurso presidencial tiene antecedentes en los propios manuales de Contrainteligencia del
Ejército, en el Manual de la Escuela Militar de Cadetes "José María Córdova", titulado
"Conozcamos a nuestro Enemigo" se incluyen a la mayor parte de las Organizaciones No
Gubernamentales de Derechos Humanos colombianas, así como organizaciones sindicales,
campesinas, populares y partidos de izquierda como vinculadas a la insurgencia armada. Es parte de
la extensión de la Doctrina de la Seguridad Nacional que como lo recoge Chomsky en el escrito ya
reseñado "no es la defensa contra un enemigo externo, sino una manera de hacer del establecimiento
militar el dueño del juego...con el derecho a combatir al enemigo interno, como fue determinado en
la doctrina brasileña, argentina, uruguaya, y en la colombiana: es el derecho de luchar y exterminar
a trabajadores sociales, sindicalistas, hombres y mujeres que no apoyan el establecimiento... El
Ministro de Defensa colombiano explicó que el aparato oficial de terror está diseñado para una
"guerra total en el terreno político, económico y social". Los objetivos oficiales son organizaciones
guerrillleras. Pero, tal como un alto mando militar explicó en 1987, éstos son de menor importancia:
"el verdadero peligro" es "lo que los insurgentes han llamado la guerra política y psicológica", la
"guerra para controlar los elementos populares" y para "manipular a las masas". Los "subvesivos"
esperan influir en los sindicatos, universidades, medios de comunicación y así sucesivamente. Por
esta razón "cualquier individuo que de una u otra manera apoya a los fines del enemigo, debe ser
considerado un traidor y tratado como tal". Ésta última cita fue extraída de un manual militar
elaborado en 1963, bajo la dirección de los instructores de Kennedy y los asesores nazis" |41|
Obedeciendo a esta lógica los defensores de los derechos humanos al denunciar las actividades
irregulares de la Fuerza Pública y al acusarlas ante los tribunales y/o ante las instancias
internacionales estarían contribuyendo a los fines del enemigo y por lo tanto serían tratados como
tales. El propio Consejero Presidencial para los Derechos Humanos declaró en mayo de 1994 que
en la "escena internacional la guerrilla desarrolla una labor publicitaria en materia de derechos
humanos, la cual se haría -como sutilmente lo sugiere - a través de las ONG internacionales de
derechos humanos, lo que muestra el grado de penetración de esta visión en todos los estamentos
estatales" |42|.
El trabajo en derechos humanos y las leyes protectoras de los mismos son vistos como un obstáculo
para lograr librar una guerra exitosa contra la subversión, en palabras del columnista Enrique Santos
Calderón, vocero del establecimiento y Gerente del más importante diario de la derecha del país: "
...un ejército que tiene un alto procentaje de su oficialidad empapelado por problemas de derechos
humanos debe sentirse cada vez más cohibido para dar la pelea. /Los oficiales empapelados suelen
ser los que más se han destacado en la misión del orden público, los que más han vivido los rigores
de un conflicto interno que poco tiene que ver con las normas convencionales de la guerra. Es decir,
que por su propia naturaleza es irregular, sucio y propenso a excesos. / Francamente, no veo bien
cómo se puede librar una lucha eficaz dentro del actual marco jurídico. No la visualizo, con cada vez
más agencias del Estado dedicadas a fiscalizar a las Fuerzas Armadas o a recortarles sus fueros; con
las ONG de toda suerte consagradas a denunciar a los militares en cualquier foro internacional". |43|.
Esta posición como lo hemos señalado hace parte de una política de intimidación y de persecución
contra los defensores de derechos humanos que se alienta desde la extrema derecha, el ex-ministro
de Samper, Juan Manuel Santos considera que el trabajo en derechos humanos es una extensión de
la guerra y que los defensores de los derechos humanos en la denuncia internacional son miembros
de la subversión que permiten vencer al Estado: "Pero la guerra no solo la están ganando en el frente
interno. Al país -o al régimen, como lo llamaría Alvaro Gómez- lo tienen acorralado en el exterior.
Y muy particularmente en los foros internacionales de Derechos Humanos. A tal punto, que se dan
el lujo de vetar el nombramiento de cónsul en Hamburgo de Alfonso Plazas, célebre Coronel que
rescató el Palacio de Justicia...se debe aceptar de una vez por todas que estamos en guerra...-y por
tanto- hay que comenzar a pensar en cambiar el marco legal y muchas de las reglas de juego. Porque
ninguna pelea se gana, ni mucho menos una guerra, con las manos amarradas". |44|.
Así se impone la lógica de la brutalidad armada y la dialéctica del terror: Los defensores de derechos
humanos son convertidos en objetivos militares, los escasos funcionarios que cumplen las leyes en
"idiotas útiles de la subversión", las instituciones de control y de justicia en un "síndrome" que
impide la eficacia de la Fuerza Pública; de tal manera las leyes que propiciarían el Estado de Derecho
y le darían fundamentos a la democracia son obstáculos para la derrota de la insurgencia. Pese que
aquellas y éstas -las instituciones y las leyes- como lo hemos reseñado a lo largo de estas reflexiones
han convivido con una impunidad casi absoluta. Lo que quieren los voceros del régimen y los
ejecutores del terrorismo es la impunidad total, el silencio completo, seguir actuando en los caminos
de la niebla donde todos los crímenes contra la humanidad se cubren con las sombras de la muerte.
Por ello los defensores de derechos humanos han sido asesinados, detenidos desaparecidos u
obligados al exilio. Desde el 7 de agosto de 1994, fecha en que asumió la presidencia el Dr. Ernesto
Samper Pizano han sido asesinados los siguientes defensores de los derechos humanos:
El 29 de septiembre de 1994 fue salvajamente torturado, asesinado e incinerado JAIRO
BARAHONA MARTINEZ, del Comité de Derechos de Pailitas, departamento del Cesar;
el 23 de octubre de 1994, fue asesinado HERMES RENDÓN OCHOA, del Comité de Derechos
Humanos de Ocaña, departamento de Norte de Santander;
el 20 de febrero de 1995 fue asesinado ERNESTO EMILIO FERNANDEZ, del Comité de Derechos
Humanos de Pailitas;
el 16 de junio de 1995 FRANCISCO JAVIER BARRIGA VERGEL, abogado del Comité de
Solidaridad con los Presos Políticos, asesinado en la ciudad de Cúcuta, Norte de Santander, había
sido amenazado de muerte en agosto de 1994 por el grupo paramilitar MACOGUE -Muerte a
Comunistas y Guerrilleros- que se adjudicaron el asesinato en la ciudad de Bogotá el 9 de agosto
de 1994 de MANUEL CEPEDA VARGAS senador de la Unión Patriótica, fundador y miembro del
Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos;
el 21 de diciembre de 1995 en la ciudad de Medellín fue asesinado FABIO DE JESUS GÓMEZ,
miembro de la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos -ASFADDES-;
el 10 de noviembre de 1996 fue asesinado en la ciudad de Ocaña, JAFETH MORALES, promotor
de Derechos Humanos en el municipio de San Calixto y miembro de las Comunidades Eclesiales
de Base.
De otra parte ya hemos mencionado el asesinato de JOSUÉ GIRALDO CARDONA, asesinado en
la ciudad de Villavicencio el 13 de octubre de 1996. La Comisión de Derechos Humanos de
Naciones Unidas en una de sus plenarias el 11 de marzo de 1997 le rindió un homenaje a su
memoria con un minuto de silencio, JOSUÉ había participado en las sesiones de dicha Comisión
durante los años de 1995 y 1996; el Relator Especial sobre las Ejecuciones Extrajudiciales de
Naciones Unidas, señor Bacre Waly Ndiaye, interviniendo en el mismo recinto el 9 de abril de 1997
manifestó que los defensores de derechos hurnanos, como en el caso de JOSUÉ GIRALDO, merecen
más que un homenaje póstumo; palabras oportunas para llamar la atención de los Estados y de la
comunidad internacional sobre el hecho de que otros cuatro defensores de derechos humanos fueron
desaparecidos o asesinados durante el mes de marzo de 1997 en Colombia, se trata de:
VÍCTOR JULIO GARZÓN asesinado en su oficina en la ciudad de Bogotá el 7 de marzo de 1997,
defensor de los derechos humanos de los trabajadores agrícolas, y Secretario General de la
Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria -Fensuagro-.
JAIME ORTIZ LONDOñO detenido y desaparecido por una patrulla militar el 9 de marzo de 1997
en el municipio de Segovia, miembro del Comité de Derechos Humanos de Segovia, Remedios,
Nordeste y Bajo Cauca.
NAZARENO DE JESÚS RIVERA, miembro del mismo Comité y líder sindical, se encontraba en
compañía de JAIME cuando fueron retenidos. NAZARENO fue reportado el 12 de marzo como
"guerrillero dado de baja en combate" junto con otras cinco personas, entre los cadáveres se
hallaron los documentos de identidad de JAIME pero su cuerpo no fue identificado por sus
familiares entre las víctimas.
MARGARITA GUZMÁN RESTREPO, asesinada el 24 de marzo de 1997 en su lugar de trabajo, la
Alcaldía de Segovia donde era secretaria de la Inspección de Policía, Margarita había sido
integrante del Comité de Derechos Humanos de Segovia entre 1992 y 1993, ella estaba
adelantandado las averiguaciones por la desaparición de JAIME ORTIZ.
La vergüenza que siente un defensor de derechos humanos por su patria humillada y vejada por el
terror, es vergüenza patriótica. Los defensores de derechos humanos aman su país y amiesgan su
libertad y su vida por su pueblo; están dispuestos al sacrificio, como se han sacrificado ya muchos
para que los valores fundamentales de la vida humana no sigan siendo ignorados en el autoritarismo
marcial de los poderosos. Lo que sigue siendo absolutamente atroz es que sólo por descubrir la
verdad de la infamia y revelarla, la muerte siga asechando a los defensores de los derechos humanos
azuzada por los que aferrados al statu quo, quieren con su torpe y criminal persistencia despedazar
la nación en medio de la guerra.
Oficio cruel, desgraciadamente imprescindible, el de los defensores de derechos humanos en el que
la tragedia de los humildes, de los torturados, de los desaparecidos, de los ejecutados, de los
desplazados, los congrega en triste pero activa solidaridad para exigirle a los victimarios que cesen
en sus crímenes y a las autoridades que ejerzan la obligación punitiva del Estado para que la
impunidad no sea la confirmación y reproducción de la barbarie.
Esta exposición es un homenaje a los que en Colombia persisten de manera inclaudicable para que
la decencia y la dignidad humanas se impongan sobre los criminales. Ellas y ellos que levantan su
voz altiva para silenciar el fuego asesino de los fusiles y las carcajadas burlescas de los verdugos;
ellos y ellas, que blindan sus ilusiones con amor universal para que el silencio y la soledad de la
muerte no sean más poderosos que el derecho a existir de los humildes; a ellas y ellos que marchan
como luceros en medio de las tinieblas para que la oscuridad del terror no enceguezca el futuro de
los colombianos.
Termino citando a JOSUÉ GIRALDO CARDONA quien previendo hace un año el hecho de su
muerte nos dejó su testimonio de amor a los suyos, a la causa de la libertad, la vida, y su amor
inclaudicable por nuestra patria; su sacrificio no nos hace arrear las banderas, por lo tanto recogemos
el espíritu de su lucha y con él decimos: "Cuando hay tempestades desoladoras, vientos huracanados,
uno sabe bien que en algún lugar del cielo el sol sigue estando presente...Colombia es un pueblo con
futuro, no lo digo yo, lo dice la gente que no da el brazo a torcer a pesar de tanta sangre derramada".
Muchas Gracias !
Notas Finales:
1. "El Estado colombiano responde al criterio universalmente aceptado de la democracia política.
Desde este punto de vista puramente formal es una de las Repúblicas mejor instituidas de
Iberoamérica, con una larga tradición de libertades y derechos que se remontan a los orígenes
mismos de la nación independiente, con sólo tres fugaces eclipses durante el siglo XIX y uno en el
XX. Sin duda la fuerza más poderosa de esta democracia política es el sentido fuertemente
arraigado en la conciencia pública respecto a la libertad, con predominio inclusive, sobre el orden"
Ex-General Alvaro Valencia Tovar. Construir la Paz. Memorias del Seminario Paz, Democracia
y Desarrollo. Jesús Antonio Bejarano, editor. 1990. pág. 341.
2. "Las propias estadísticas oficiales dejan entrever la utilización del sistema penal para la
criminalización de la acción de protesta en Colombia. Según se afirmó por el General Ramón Emilio
Gil Bermúdez, se estimaba que existían en el país 6.000 guerrilleros -El Tiempo, 19 de septiembre
de 1993- . Pero según cifras oficiales entre el año de 1991 y 1994 fueron capturados 10.110
guerrilleros -Documento de la Presidencia "Seguridad para la gente", El Tiempo 29 de diciembre
de 1994-. / Son muchos los interrogantes que quedan de esa presentación fría de las estadísticas, a
las cuales esperamos den respuesta los representantes del Gobierno colombiano. Por qué el número
de capturas es superior a la de guerrilleros existentes?; por qué, si han sido capturados 4.110
guerrillero más de los que existían, continúan operando y ejerciendo control en varias zonas las
organizaciones insurgentes... realmente quiénes son los procesados?"
3. Tomadas de la Comisión Colombiana de Juristas y del Comité Permanente por la Defensa de los
Derechos Humanos intervención en el Palacio de Naciones Unidas, 25 de marzo de 1996.
4. "Reconocemos que el marco normativo de la tutela ha abierto mayores posibilidades para la
defensa de los derechos, pero nos preocupa que en relación con determinados casos, pueda llegar a
comprometer otra serie de intereses. La Corte Constitucional, en fallos más políticos que jurídicos,
ha venido ordenando de manera reiterada que se investigue a los funcionarios judiciales que han
decidido ir un poco más lejos en la protección de los derechos. Como en el caso de un juez en el
municipio de Santo Domingo (Antioquia) que ordenó suspender la construcción de una base militar
en medio de la población civil. Incluso, en una tutela interpuesta por el traslado de Francisco Galán
-comandante guerrillero- en guarniciones militares, que la juez de segunda instancia falló
favorablemente y ordenó el traslado a la cárcel de Itaguí, hubo como consecuencia una investigación
disciplinaria contra la juez. Esto compromete la independencia e imparcialidad del sistema de
justicia y contraría el principio del tribunal independiente e imparcial, libre de injerencias arbitrarias"
Molano Jorge, Defensor de Derechos Humanos, miembro de la organización "Sembrar ",
intervención ante el Parlamento Europeo, Conferencia Europea Sobre los Derechos Humanos en
Colombia, págs. 146-147. Ed. Sago. Junio de 1995.
5. Pueden citarse muchos ejemplos pero quizás el más diciente es el de la región de Urabá, donde
se han perpetrado numerosas masacres contra la población civil, varias de ellas atribuibles a un
frente guerrillero de las FARC, la reacción del Estado ha sido el encarcelamiento masivo de los
miembros del Partido Comunista y de la Unión Patriótica acusados por los organismos de
inteligencia de tener nexos con la insurgencia:alcaldes,concejales y candidatos a las corporaciones
públicas fueron detenidos y acusados por testigos secretos. Entretanto las masacrs contra los
militantes de dichos grupos políticos continúa? víctimas de gurpos paramilitares o de la fuerza
pública, sin que se haya detenido a los responsables.
6. "Desde julio de 1991, cuando fue promulgada la nueva Constitución, el Gobierno expidió 11
decretos mediante los cuales adoptó como legislación permanente 42 decretos de excepción. Al
finalizar cada período de estado de conmoción interior el Estado colombiano ha convertido la
mayoría de las normas de excepción en legislación permanente...Entre julio de 1992 y noviembre
de 1995 en cinco oportunidades se decretó el estado de conmoción interna . La gran mayoría de los
decretos de excepción entre 1992 y 1993 fueron trasnformados en legislación permanente por medio
de la ley 104 de 1993, o ley de Orden Público, y las restricciones al Hábeas Cozpus fueron
convalidadas por la 15 de 1992". Los Derechos Humanos en 1995: violaciones a granel e impunidad.
OIDHACO, Bruselas, febrero 1996 pág. 18.
7. Cuarenta de los últimos cincuenta años se ha gobernado el país bajo declaratorias de Estados
de Sitio, desde 1991 llamadas de Comoción Interior.
8. Luego en febrero de 1997 la Corte Constitucional decidió declar contraria a la Carta Política la
utilización abusiva del gobierno de los estados de excepción al declarar la emergencia económica
para reducir el déficit fiscal. La reacción del gobierno ha sido la de insistir presentando un proyecto
de reforma constitucional al Congreso en la que se le quitan la facultades de control jurisdiccional
a la Corte sobre los motivos que el gobierno invoque para decretar los estados de excepción, lo que
fortalecería aún más el autoritarismo presidencial en detrimento de los otros órganos del poder
público.
9. "El Consejo Superior de la Judicatura ha argumentado que, estando los militares 24 horas sobre
24 al servicio de la Nación, todos los delitos que le son imputados, independientemente de su
naturaleza (militar o no, conexa o no) son de competencia de la jusrisdicción castrense. Incluso, el
Consejo Superior de la Judicatura, en un fallo que desató una colisión de jurisdicciones, consideró
como delito cometido con ocasión del servicio y, por ende de resorte de las cortes castrenses, la
violación de una agente femenina de la policía juvenil por el Comandante del Departamento de
Policía Huila" OIDHACO, Ob. Cit, págs. 19-20.
10. La Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía ciertamente ha cumplido un papel destacado,
procesando incluso a militares de alto rango por violaciones de los derechos humanos o promoción
de grupos paramilitares. Pese a ello sistemáticamente el Consejo Superior de la Judicatura ha
decidido sustraeerla de tales competencias favoreciendo el fuero penal militar. Ello unido a los
hostigamientos por parte de los organismos de inteligencia del Estado contra los miembros de la
Unidad, llevó al Visefiscal General de la Nación, Dr. Adolfo Salamanca Correa, a proponer en
febrero de 1997 su abolición.
11. La noticia fue ampliamente desplegada en los medios de comunicación en Colombia, en
particular en el periódico "El Tiempo", edición de junio de 1995.
12. El diario La Prensa, reprodujo los memoriales de denuncia que Saúl Segura Palacios y Carlos
David López enviaron al Fiscal General de la Nación. 4 de enero de 1994.
13. El Sur del César, la Provincia de Ocaña y el Catatumbo: un Ejemplo de Ofensiva Pramilitar.
OIDHACO, Serises Documentos, N. 2. Bruselas, marzo de 1996.
14. Detención al general Faruk Yanine, " El Tiempo", sábado 12 de octubre de 1996, negrillas mias.
15. Noticias RCN, vía Internet.
16. Este mismo Senador ha presentado al Congreso cinco proyectos de ley, que han sido el resultado
de un "acuerdo legislativo ...después de muchos meses de trabajo conjunto entre la cúpula de las
Fuerzas Militares, el Ministerio de Defensa y un amplio grupo de congresistas coordinados por el
senador Germán Vargas Lleras. El resultado de tal esfuerzo quedó plasmado en cinco
proyectos...encaminados a lograr una verdadera profesionalización de los soldados colombianos, con
la definición de un régimen razonable de beneficios y estímulos... -entre ellos se contempla la
propuesta de resolver de manera especial sus conflictos disciplinarios, pues como se ha vuelto ya
lugar común, el llamado "síndrome de la Procuraduría" se ha convertido en un elemento tan
perturbador como paralizante en las filas castrenses. Respeto íntegro a los derechos humanos sí, pero
sin que su promoción y guarda se confabulen contra la necesaria acción de las fuerzas del
orden....Ciertamente, tanto la reflexión integral sobre sobre la organización y el funcionamiento de
la seguridad nacional como el estatuto de las Fuerzas Militares...llegan en un momento en que los
colombianos de bien se sienten indefensos y desprotegidos frente a los avances de la subversión y
el flagelo creciente del secuestro. Ojalá el Congreso sepa entender la trascendencia de estas
iniciativas, avaladas por varias decenas de firmas de senadores de distinta procedencia, y les dé el
trámite urgente que exige una situación de inseguridad que se ha vuelto dramática". El Tiempo,
Editorial "Por las Fuerzas Militares", viernes 19 de abril de 1996, pág. 4A. Este es el más importante
diario de circulación en Colombia y se ha caracterizado por promover el militarismo, el
paramilitarismo y la impunidad como política estatal.
17. De destacar la labor del Fiscal General de la Nación, Dr. Alfonso Valdivieso Sarmiento, quien
acusó ante el Congreso de la República al Presidente Ernesto Samper Pizano por haber recibido
seis millones de dólares del Cartel de Cali para la financiación de su campaña presidencial, por
el mismo motivo encarceló, y ha sido condenado, al gerente de su campaña política, ministro de la
Defensa, Fernando Botero Zea; por los mismos hechos se encuentra procesado el Ministro del
Interior, Horacio Serpa Uribe. Igualmente por recibir dineros de la mafia para financiar sus
campañas políticas, una veintena de congresistas se encuentran en prisión.
18. "Algunos gobiernos son expertos en ocultar su responsabilidad en las violaciones graves de
derechos humanos. Los sucesivos gobiernos colombianos han conseguido evitar, en gran medida las
críticas internacionales gracias a una hábil combinación de iniciativas políticas, campañas de
relaciones públicas y el apoyo, en el plano internacional de, de poderosos aliados para los que la
importancia estratégica y económica de Colombia es más valiosa que su historial de derechos
humanos". Amnistía Internacional. "Violencia Política en Colombia: Mito y realidad". Edai. Marzo
de 1994. Madrid España. Pág. 8.
19. "Nosotros no estamos gobernados por una dictadura militar. El ámbito de influencia y de peso
de la Constitución, de la ley y de las instituciones democráticas es muy significativo en Colombia
y la Fuerza Pública nuestra cumple ese papel. Eso no se debe olvidar. No se puede aplicar al caso
colombiano de una manera esquemática, pura y simple, el esquema crítico que se planteaba frente
a las dictadures militares de latinoamerica" De Roux, Carlos Vicente. Consejero Presidencial para
los Derechos Humanos, intervención ante el Parlamento Europeo. Conferencia Europea sobre los
Derechos Humanos, Colombia. Pág. 133. Ediciones Sago.Junio de 1995. "Colombia es un país
democrático, sometido a un régimen constitucional pero afectado por un largo y traumático
conflicto armado interior. En medio de ese conflicto, el Gobierno viene enfrentando las diversas
expresiones de la problamática de los derechos humanos y ajustando las prioridades de su agenda
a la evolución de las mismas. No ha perdido el control de la situación". Intervención del mismo
Consejero ante la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas, el 10 de abril de 1996.
20. "En las últimas décadas, el Estado colombiano ha fallado en materia grave en convocar y liderar
al conjunto de la sociedad colombiana hacia un proyecto de tolerancia y convivencia. Ha fallado al
permitir que parte de los funcionarios y servidores públicos adopten una perpectiva sectárea en su
confrontación con los contradictores del propio Estado, y en impedir que recurran a conductas
ilegales y delictivas contra esos contradictores...Ha fallado también en luchar contra la impunidad
y en castigar a los violadores de los derechos humanos./ Estos reconociminetos pueden parecer
retóricos, pero la experiencia enseña que la solución de los problemas comienza por reconocer su
existencia". De Roux, Carlos Vivente, Consejero Presidencial para los Derechos Humanos.
Ponencia Conferencia Europea sobre los Derechos Humanos en Colombia. pág. 45. Ediciones Sago,
1995..
21. Intervenciones ante el Parlamento Europeo, Bruselas 9 de febrero de 1995, en el Palacio de
Naciones Unidas, Ginebra 25 de marzo de 1996 y ante la Comisión de Derechos Humanos de
Naciones Unidas el 10 de abril de 1996.
22. Ob. Cit. Parlamento Europeo, pág. 46.
23. Intervención citada, Comisión de Derechos Humanos, 10 de abril de 1996. Los estándares de
que habla el Consejero Presidencial no existen, por lo tanto no puede decirse que la guerrilla en
Colombia cometa más o menos crímenes que el IRA, o la ETA, o las Fuerzas Rebeldes Chechenas.
Al desvirtuarlo no pretendo tampoco minizar las responsabilidades de la guerrilla en violaciones
al Derecho Internacional Humanitario en Colombia que ciertemente son graves y persistentes; pero
no pueden de ninguna manera equipararsen a la responsabilidad del Estado sopena de reconocer
la legitimidad de la lucha guerrillera y darles un tratamiento como beligerantes a nivel interno y
en las relaciones internacionales al nivel de los Estados soberanos.
24. Intervención cit. págs. 2 y 3. El Consejero no menciona ni las organizaciones, ni las entidades.
25. " La Guerra Psicológica esta repetición sistemática e insistente de la mentira -parafraseando
uno de los célebres principios de la propaganda nazi- pero además, es el despliegue de múltiples
técnicas y operaciones:clasificar, por ejemplo, los datos, mensajes y hechos para elegir cuáles de
ellos se destacan y cuáles se silencian y ocultan: descontentualizar una verdad y colocarla en un
nuevo contexto en el que adquiere una significación totalmente diferente ...y en fin, crear la
confusión, el caos mental y la desorientación que permiten la legitimación de un régimen de cosas
en particular" CEPEDA, Iván. En "Amnesia Social y Guerra psicológica", Magazin Dominical.
El Espectador. Agosto de 1996. Pág 19.
26. Amnistía Internacional. Violencia Política en Colombia. Mito y Realidad. Edai. Marzo de 1994.
27. DE ROUX, Carlos Vicente. Intervención ante el Parlamento Europeo. Ob. Cit. Pág. 48.
28. CHOMSKY, Noam. Conferencia dictada en el Instituto Tecnológico de Massachussets el 13 de
marzo de 1995, publicada en Cuadernos Africa-América Latina. Serie Documentos N 3, Enero
1996. Sodepaz. Madrid España.
29. Para el efecto pueden leerse "Informe de la Comisión de Investigación sobre los hechos de
Trujillo" Caso 1107 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Bogotá, Enero de 1995.
"Trujillo: una Biopsia al Cáncer de la justicia" en Vínculum, Conferencia de Religiosos de
Colombia; No. 180. iulio-Sentiembre de 1995.
30. Comisión no gubernamental de Esclarecimiento de Hechos de Violencia. Octubre 5 de l993.
31. El caso se encuentra registrado en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos bajo cuyo
auspicio se ha constituido una Comisión de Impulso a la Administración de Justicia con
participación de ONG. Contra los narcotraficantes se libraron órdenes de captura pero siguen en
libertad, los oficiales de la Policía también siguen libres.
32. Amnistía Internacional. Ob. Cit. págs. 4445.
33. El Tiempo. Nov. 15 de 1994. Pág. 7A.
34. OIDHACO. Doc. Cit. pág. 7
35. Proceso No. 018 del entonces Juzgado 4to. de Orden Público de Villavicencio. La Juez renunció
un mes después de su fallo absolutorio y se casó con un alto oficial de la VII Brigada. Luego fue
contratada por el General Miguel Maza Marques como secretaria del Das. En la actualidad se
desmpeña como profesora de derecho en la Universidad Militar "Nueva Granada".
36. El General Bonett Locarno ha sido señalado de participar en la práctica de la tortura
y estaría
implicado igualmente en los hechos de Trujilllo que se perpetraron cuando él era Comandante de la
III Brigada. "El Terrorismo de Estado en Colombia", pág. 71. Ediciones NCOS 1992, Bruselas.
37. La Conferencia fue organizada por la "La Fundación Buen Gobierno" que dirige Juan Manuel
Santos, como expositor fue invitado el canadiense Adam Kahane experto en resolución de conflictos.
Al evento fueron invitados además de Carranza los expresidentes Belisario Betancurt y Alfonso
López Michelsen y los aspirantes presidenciales Andrés Pastrana y Nohemy Sanin. El Tiempo. ed.
30 de mano y 1 de abril pág. 6A.
38. El día 22 de abril de 1996, 14 personas son masacradas en el municipio de Segovia
Departamento de Antioquia, la acción es reivindicada por paramilitares que en la región actúan en
connivencia con políticos de derecha y con la Fuerza Pública. En el mismo municipio el 11 de
noviembre de 1988 fueron masacradas 44 personas con participación del mismo tipo de actores. Al
pueblo de Segovia se le cobra su simpatía por la izquerda en agosto de 1995 el Capitán Rodrigo
Antonio Cañas, del Batallón Bombona amenazó a sus habitantes: "Pronto vamos a masacrar este
pueblo guerrillero". Acción urgente. Sembrar, 23 de abril de 1996.
39. " El Presidente Samper se está jugando sus restos con la carta del orden público y la mano
dura. Busca su salvación a la derecha porque se da cuenta que el país se ha derechizado. /Las
iniciativas de paz, los comités de derechos humanos, el populismo social han quedado relegados
ante la prioridad de la seguridad ciudadana. Y no se equivoca al detectar que acabar con la
violencia y el crimen es el srupemo anhelo de los colombianos " SANTOS, Calderón Enrique.
Samper Juega a la derecha. El Tiempo, 20, agosto de 1995. Pág. 5A.
40. El TiemDo, 12 de octubre de 1995. más. 8A.
41. CHOMSKY, Noan. Doc. Cit. pág. i 1. Las referencias a la Doctrina de la Seguridad Nacional
son tomadas del Ex-Canciller colombiano Alfredo Vásquez Carrizosa.
42. OIDHACO. Doc. Cit. pág. 10.
43. SANTOS,Calderón Enrique. Art. Cit.
44. SANTOS, Juan Manuel. El Tiempo. Pág. 4A, 29 de junio de 1995.
En el mismo artículo se opone a los diálogos de paz con la insurgencia. Al Coronel Plazas Vega efectivamente el
Estado Alemas le impidió su nombramiento como Consul, la misma actitud asumieron las autoridades americanas por el
rechazo que expresaron ONG de Derechos Humanos de Estadodos Unidos; finalmente también su nombre fue vetado en
Sudáfrica por las mismas razones. El Coronel Luis Alfonso Plazas Vega ha sido responsable de patrocinar el
paramilitarismo con fondos de narcotraficantes y de ordenar la detención desaparición de varias personas, ver el
libro "El Terrorismo de Estado en Colombia". Ob. Cit. págs. 250 y 251.