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DERECHOS


04nov02


La reforma de la clase de religión en la Ley de Calidad agrava el conflicto con los docentes y el curso comienza con despidos por causas cuya legalidad debe estudiar el tribunal constitucional.


Polémica, algunos despidos extravagantes y la misma incertidumbre entre los 18.500 profesores de religión que prestan sus servicios en la escuela pública española. El curso 2002-2003 ha empezado para los docentes de catolicismo como acabó el anterior. En Cáceres y Badajoz, dos profesoras pierden sus puestos de trabajo en sendos colegios tras dar a luz. Otra docente es enviada al paro por estar casada sólo por lo civil, esta vez por orden del Obispado de Tenerife. Las profesoras Araceli Gómez Jaén y Nereida Díaz Mederos han perdido su empleo en la diócesis de Canarias a pesar de contar con sentencias judiciales que declararon radicalmente nulos sus despidos. Santiago López Ayala y Antonio Ángel Acosta, de Tenerife, se quedan sin contrato de trabajo por protestar contra el pago del 0,6% de su salario como cuota "voluntaria" para las arcas de su diócesis y por hacer campaña en favor de una llamada Asociación de Profesores de Religión de Canarias.

Los representantes sindicales de estos docentes hacen el recuento de decenas de casos semejantes en toda España y pronostican ya otra oleada de nuevas sentencias judiciales, casi siempre contradictorias. Sólo durante el curso pasado y únicamente en Canarias los tribunales emitieron una docena de esos fallos judiciales, con tal contundencia en algunos casos que el propio Tribunal Superior de Justicia de esa comunidad autónoma decidió finalmente plantear una cuestión de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, que ya ha admitido a trámite ese recurso, uno más de los que ya obran en su poder. La iniciativa del Tribunal Superior canario se produjo tras estudiar a fondo el caso de la profesora María del Carmen Galayo, desalojada de su empleo por la autoridad eclesiástica "porque mantenía una relación afectiva con un hombre distinto a su esposo, del que se había separado".

El pacto de 1998

Los magistrados consideran lesionados derechos fundamentales de esa docente, como el principio de igualdad y de no discriminación por razón de estado civil y el derecho a la intimidad personal, y quieren que sea el Tribunal Constitucional quien determine de una vez si los acuerdos firmados en 1979 entre España y el Estado del Vaticano sobre la enseñanza de la religión en la escuela pública española amparan esas actuaciones de los obispos, que son los únicos responsables de seleccionar a los docentes que deben impartir, pagados por el Estado, las clases de catolicismo en la escuela pública.

El acuerdo entre España y el Vaticano "sobre enseñanza y asuntos culturales" se firmó en Roma el 3 de enero de 1979 y obliga al Estado a ofrecer clases de religión católica "en todos los centros de educación". "La enseñanza religiosa será impartida por las personas que, para cada año escolar, sean designadas por la autoridad académica entre aquellas que el Ordinario diocesano proponga para ejercer esas enseñanzas", dice el artículo III de esos acuerdos.

Durante años, bajo los gobiernos de la UCD y el PSOE, el Estado entregaba a la jerarquía católica, como empleadora de esos docentes, los fondos económicos necesarios para satisfacer sus salarios, pero en el curso 1998-1999, siendo ministro de Educación Mariano Rajoy, actual vicepresidente primero del Gobierno, se llevaron a cabo cambios esenciales en la configuración del estatuto jurídico económico-administrativo del citado profesorado. Así, el Estado se convirtió en contratador y pagador de los docentes -en definitiva, en su empleador-, pero cada prelado mantenía la prerrogativa de seleccionarlos y declarar su idoneidad por anualidades.

Desde entonces, no han parado de sucederse las reclamaciones judiciales por despidos improcedentes acordados por el Estado, el empleador, por mandato de un obispo, en su papel de seleccionador. Y aunque el asunto ha sido objeto de gran polémica, tanto en el campo judicial como en el parlamentario, la Ley de Calidad aprobada la semana pasada en el Congreso eleva a definitivo ese sistema de contratación laboral "de duración determinada". Lo hace en la Disposición Adicional Segunda del texto legal que, además, regula un modelo de clase de religión con su clase alternativa correspondiente, "ambas opciones de oferta obligatoria por los centros, debiendo elegir los alumnos una de ellas", dice el nuevo texto legal.

"Mal comienzo"

El curso escolar ha vuelto a comenzar, como en años pasados, con situaciones inhumanas y antisindicales contra el colectivo de trabajadores-profesores de religión", declaró ayer un portavoz de la Federación Estatal de Profesores de Enseñanza Religiosa (FEPER). Este sindicato lamenta, en primer lugar, que los prelados católicos no hayan escarmentado de "tantas denuncias interpuestas y ganadas en los tribunales", y que persistan en "la limpieza de profesores de religión"."Antes se escudaban para prescindir de los trabajadores en el juicio arbitrario sobre su vida íntima, ahora ya no necesitan ni eso. Este curso hay personas que han perdido su empleo por haberse separado de su esposo -en contra incluso del propio Código de Derecho Canónico en el que la Iglesia admite la separación de hecho-, y hay despedidos por estar ejerciendo el derecho constitucional a la participación sindical, con el fin de atemorizar al resto del colectivo. Incluso hay profesoras despedidas por haber dado a luz y estar disfrutando de la baja legal por maternidad", añade la FEPER.Los dirigentes sindicales del sector del profesorado que lleva años defendiendo sus derechos en los tribunales cree que "estas expulsiones" pretenden "aumentar el miedo", y lamentan que la Administración olvide, al actuar "a dictado de los obispos", que el Tribunal Supremo ha dejado ya muy claro que "el empleador de los profesores de religión es el Ministerio de Educación o las comunidades autónomas con transferencias", y no la Iglesia católica.

Fuente: Juan G. Bedoya para el Diario El País, Madrid, Esp - 04nov02

Conflicto enseñanza religiosa - DDHH en España

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