EQUIPO NIZKOR
Información

DERECHOS


17may97


Criterios del Arzobispado de Pamplona para la presentación anual de los profesores de formación religiosa.


DELEGACIÓN EPISCOPAL DE ENSEÑANZA DE NAVARRA
NAFARROAKO IRAKASKUNTZARAKO GOTZAIN-ORDEZKARITZA
ARZOBISPADO DE PAMPLONA
CRITERIOS PARA LA PRESENTACIÓN ANUAL DE LOS PROFESORES DE FORMACIÓN RELIGIOSA.
  1. El Señor Arzobispo presentará a la Administración, con carácter anual, aquellos profesores de formación religiosa que reunan todos los requisitos de capacitación e idoneidad. (Cfr. Idoneidad y requisitos profesor de Religión).

  2. A la hora de designar un profesor para un determinado Centro, se tendrá en cuenta los diferentes aspectos de la labor encomendada: doctrinal, pedagógica, educativa y pastoral. En el aspecto pastoral se considerará la necesaria relación entre la Parroquia y el Centro: que se debe traducir en la colaboración entre el Profesor de Religión y el Párroco, Catequistas y Grupos de Pastoral Juvenil

  3. Se procurará completar horarios para salvar las Jefaturas de Departamento.

  4. Mientras sea posible se mantendrá la presencia de un sacerdote en cada Centro.

  5. Cuando se terminen las clases de un Centro por las causas que sean, y no se le puedan adjudicar el otro Centro, el profesor de religión, dejará de ser presentado a la Administración, dado que no existen derechos adquiridos y la presentación por el Arzobispado tiene carácter anual.

  6. En cuanto a la continuidad de un profesor en el mismo Centro se valorará su nivel de integración en el Claustro de profesores y la aceptación del mismo por parte del alumnado.

  7. En los Centros donde hay varios profesores, en caso de tener que movilizar alguno, en primer lugar se considerarán las necesidades pastorales que el Sr. Arzobispo le confia y en segundo se tendrá en cuenta la antigüedad y otros criterios.
    Fdo.: Juan José Catalán
    Delegado Diocesano de Enseñanza
    Pamplona, 17-5-1997

Conflicto enseñanza religiosa - DDHH en España

small logo
Este documento ha sido publicado el 26mar02 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights