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24nov95


Criterios de la Conferencia Episcopal Española para la selección y permanencia de profesores de religión.


CONFERENCIA EPISCOPAL ESPAÑOLA
COMISIÓN EPISCOPAL DE ENSEÑANZA Y CATEQUESIS

CRITERIOS PARA LA SELECION Y PERMANENCIA DE PROFESORES DE RELIGIÓN

Ante las dificultades que surgen para la selección y permanencia de los profesores de Religión y Moral Católica, tanto en Educación Primaria como en Secundaria, es necesario establecer unos criterios generales que eviten agravios comparativos y que faciliten la elección de los profesores más idóneos, no sólo como profesionales de la enseñanza sino como evangelizadores enviados por el obispo en nombre de la Iglesia.

A estos se unen los problemas de índole laboral y social que aparecen como consecuencia de las expectativas económicas creadas por el desarrollo del Convenio económico que equipara a los profesores de Primaria con los interinos. Lo que antes era una acción casi gratuita se ha convenido en un puesto de trabajo.

A propuesta de la Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis la Asamblea Plenaria refrenda y recomienda estos criterios:

Criterios para la selección y permanencia de profesores de Religión:

1. Requisitos previos indispensables

  1. Ser católico practicante.
  2. Estar en posesión de la Declaración Eclesiástica de Idoneidad, según los estudios correspondientes a las diversas etapas educativas en conformidad con los Requisitos básicos. (EGB, BUP/FP o Educación Infantil, Primaria y Secundaria) (Titulaciones eclesiásticas y civil).

2. Formación permanente v actualización

  1. Relación activa con la Delegación diocesana y colaboración en las orientaciones que dimanan del Episcopado.
  2. Asistencia a las reuniones de profesores de Religión convocadas por la Delegación Diocesana.
  3. Cursos de actualización teológica y pedagógica (por horas realizadas).
  4. Participación en grupos o seminarios del CEP.

3. Compromiso eclesial

  1. Participación activa en la pastoral eclesial, parroquial o diocesana.
  2. Inserción en movimientos de profesores cristianos.

4. Otros criterios circunstanciales (para casos de igualdad de condiciones)

  1. Antigüedad.
  2. Cercanía al Centro.
  3. Precariedad económica.
  4. Necesidades familiares.

Medios de verificación

- Curriculum vitae del interesado y documentación.
- Entrevista personal para conocer las motivaciones y actitudes pedagógicas del profesor.
- Establecimiento de un baremo, según las circunstancias de cada Diócesis, para objetivar los datos referentes a los apartados 1, 2 y 3 por separado, y fijando el porcentaje de cada apartado (por ejemplo 30%, 30%. 40%).
- Informes del párroco y otros superiores o entidades en orden a los apartados 2 y 3
- Cuando se trata de elegir para permanecer en el Centro: Añadir a los criterios anteriores una evaluación de su integración en el mismo (grado de aceptación por parte de los alumnos y de los demás profesores).

ESTOS CRITERIOS FUERON REFRENDADOS Y RECOMENDADOS POR LA ASAMBLEA PLENARIA DEL EPISCOPADO DE NOVIEMBRE DE 1995.

Madrid, 24 de Noviembre de 1995


Conflicto enseñanza religiosa - DDHH en España

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Este documento ha sido publicado el 27mar02 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights